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Page 1:  · fcnsa, dictanclosc por el misii:o gol;ierno las n~edicfn..: ~onv~riientes para que no se haga ~?I(ISO de este penni- so.-(Se circuló el nzisnxo dio por Zrr sccrelarin de gtterro,

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233 PBUREItCJ 2 Id3 1836, -. , 8 . C / l i ; - ~ : i ~ t ~ ~ r C*L? ~zrec~io92 ~erzurae-' de r en tn s , . í . ~ í i n~ r~ ZO4J

L7 -

1 Sobre sueIdos de 'espafiolas suspensos. -. .

Para la debida constancia y efectos c ~ r r e s p o n d i c ~ l ! tes eri esa olciuina del cargo de V., le acompaño rfok e.jernp1ares dc la circular d e 13 secretaría de hacienda, fe-) cl-in 29 del pasado [Pdg. 234.1 q u e contiene el soberano! decreto sobre los sueldos que han d e abonarse á los es- pa6oOles separa<los por la ley de 1'0 de mayo d e 1827" (Recopilucion dc agosto de 833, púg- 56) qlie serviari pla- zus del gobierno general con el cnracter rle interiiios, en' los casos y'términoj qiic espresa dicha circulad.

DIA 3..-Circzcla tle la srcreturln de relaciones.

i"Vombra~?zie~zlos hec7~os en el Exnzo. Sr. D. RcJfacE iUt~iz~'z'no, puru secretario d d despacl~o de hacienda, !I en e$

Sr. D. José de la Fuczte para sub-secrelrsrio ile Ia misri~cr.

E! Exrno. Sr. presidente interino se ha servido aiombrsr secretario d e estado y del despacho de 1i;tcieii- da, por renuncia de1 Sr. D. Aritonio Vallejo, al Exrno. SS. D. R:ilael Mangino, qiiien llabiendo prestado el ju- ramento correspondiente ha tomado ya posesion, oini- ti6ndose el da r á recoriocer su firrna por haberse h c c h s va cuando anieriorrnente fue nombrado para el tnismo 4

encargo ( E n 8 dc enero de 1830 Recopilacion de ese mes bgz'ila 4.)--Con arreglo 6 la autorizacion concedida al P -

supremo gobierno por el decreto de 1 .O del actual, que s e halla inserto en el pcriúdico oficial, ha tenido B bien S. E. nornbnir igu~~linente para siib-secretario de lincicn- da al Sr. D. Jds6 de la Fuente, quien asiiiiisrri~ l-ia pies-

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FEBRERO 3 DE 1836, 239 uado ei ~uritmento y torndtlo posesiori, y cujTa firma es In que al i n á r p n consta para el clehitio reconocimie:it o.

Ley. Facultad al gobierno pura pe;*mitir por ahora ú los buytlcs ~acrcnntes iizexicn?zos que se armen eia SZL defe?asn.

S e fi~ciilttl iil gobierno para que rni6nti.a~ cltire la Guerra con los rebeldes de Tejas, permita á los buques

.

riiercantes mexicanos el que sc amen en ?u propia (Ic- fcnsa, dictanclosc por el misii:o gol;ierno las n~edicfn..: ~onv~r i ien tes para que no se haga ~ ? I ( I S O de este penni- so.-(Se circuló el nzisnxo dio por Zrr sccrelarin de gtterro, niíndie?zolo:)-Y para que el antecedente decreto tenr~n ?->

s u cteljirio curaplitiiiento, ha rcsuelio el Esmo. Sr. presi- cl: r,te interino cluc se observen 'las prcvencioncs siguien- teD.-l.a TotIo dueiio de buque mercante nnciorial q u e pretenda aririiirio para el caso preveriiclo, ccurrirá al ca- pitan de puerto, cspresando el armamento qiie solicita poner en su buque y !a gente con que proyecte armarlo. El capitan dc puerto, liará que el duerlo otorgue fianzas, por valor de tres mil pesos del buen uso que ha d e ha- cerse del permiso coniforn~e á la ordenanza d c corso dt: 20 dc junio d e 1801.-2;"l capitan de puerto dir:gir& la solicitud al siipreino gobicrno con cl correspondien- te inrorrnc para LIS se expida In. patente.-Xa El jucz de distrito á qiie pertenezca el prierto 5 donde saya des- tinado el biiclgc ~lacionnl, 6 á rionde se ~ ~ i e r e ncccsita- clo á arribar, conocer5 de todos los casos que ocurran de rcsixltas de este permiso, corifora~c tj- I í t exj>rcsad;t ordcn;iriza de corso y leyes v i g e n t ~ e . - i . ~ Si herc pilcs- to cstrnrigcro cl dcl destino de la ertibascíicioii nacioi~ttl atacada, poctr6 rnari~iar su presa y rvrnitii-(ti a! r,nnr,.-i

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mieqw 4.d jqzgrtdq de distrito que mejor corirueirga a dos interesados del. expresado buque nacional.-Sr Los caí pitanes de buques mercantes arm.ados en virtud de estar disposicion, están obligados á respetar el yabellon de lag naciones arnigas y neutrales, y son persorrarniente res- ponsables de euaIquier, atentado que cometan en este

- punt~.-sepu publicó en bando de4 dia 8.f

Providiizeia de la eornandirnciogmeral de ~ é i i c o ~ . .:, - , . L . i . . .., , ._ _ ., . , .. ' , -. . .

LosJcscale~..de . . . causas. t _ I ., mílitnres:& . . re* que d&qn, vi- sj~urse en la, ex-,Acodad~;,remitan. . .. . ... +'. . ,. c ~ n ant ikpacim. de. tm diat al alcaide,. . . . ... listas ~' > de ellos, . ,. .

E1.Exmo. Sr. presidente del tribunal supletorio d e Ia guerra con fectia 23 del actual (es equivoco, debe de- cir delpróxinzo pasado] me acornpaiia el testirnonio qwe ii la,letra cópia.-Eri la ciuclad de México á 25 de me- ro de 1836, los Sres, p ~ ~ s i d e r i t e y ministros militares y letrados qrie c.oinponen el supremo tribuna1 dc giierra y marina de l;r república mexicana, acordaron, qrie &bien- do l~eclio presente en la -. Ultima v i s ~ t a el alcaide de l i ex-Acol-dada lo conveniente que seria tener col1 pmriti- tud l<is reos que deben visitarse pnra no demorar este ac- to, se prevenga por punto general, y por condiit:to de la comandancia general, que los fiscales de las causas re- &tan listas de dichos reos con anticipacion de un d i a al.expresado alcaide: asi lo proveyeron ., v firmaron los Sres. presiclente Orrnaecheri: niimstros, Obregon, Val- divielso, Lombarda, Mora, E~ziz, Conejo, Lic. Dorninqo L.

Marja Perez y Fernandez.-Coitcuerda con su original e-l que obr;i.en la secretaria de mi cargo á que me reriii- PO, y va en una foja útil de papel de oficio.-México

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e;;e:o 25- r$u-. .lY26.--Lio. Dd72z,"ch.o sjTurirl Ferez y- r~cxt~el~~z, secretario.-Y lo trariscrilm á V S. (habla colt el Sr. zia¿ctios. ,! de la pluza) para que se sirva insertarlo en 1 ü órtlen general del dia , pa ra conociniiento de todos los liscales q u e instruyen causas.-(i-te insertír en órden g c - izeral de ¿a plaza de2 diu 5 . )

La circular de la direccion general de rentas de esle 'di's, ~zhrnero ka5, no se est¿r;i,z,im porqtce solo se contrahe á a c o n p i l a r ejen~p1ar.e~ de la secretaria de relacioizes del dia 3 [pcig.. 238) sobre nornbrarnie~zto de secretario y srtó- secrelario d ~ l despac;io de l~c~cisazda.

DIA 8. Ley.-Azc!orizrrcion al gobierno pura solicitav se2.scienfos ; f ) z i l pesos ti primio.

7 9 Se autoriza al gobieriio para solicitar hasta seis- cientos mil pesos & prélliio, á lo filas, (le un tres por ciento inerisual, con tal que iio hipoteque para s u pogo las atiixünns 1iiarítirrias.-(SY circt~lj e l r:~isnto dia por la sc,cre!cl,-iu de: hacienda 'y se publicb ea bcmizllo del 16.)

ke~.-,.8 riforirnciot~ al gohienzn pura negociar lus I~!rt:s ~it? C C C I Y ~ ' ~ ~ O que czpresa.

Piieclc c:1 go!~icrno negociar las letras de que habla11 10s artículos 7.0 y 8.0 ife la ley de 20 de enero últinio, [f' ;g 2 i 51 - curi anterioridad á su recibo, y satisfacer á l a r ; toifindares de ellas el premio desde Ia fecha en que

r ,r, Ic esli iban el in1rporte.-~.ris.Pii Ic~y de 8 de febrero se cF;.czr-

aií cl u ~ i s n ~ o cltn por fa secrt-tai.i~ dc hncfefzdil, y se pe:;lilicií 6 ) : ,t!c1;!&l tJc,'! 1 5 ]

3 1.

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Puertos 9 2 : ~ sc cl'crrnn al coi~ro'cio,

E1 Exrno. Sr . presiderte interino d e la república mexicana, en virtud de las facultades que le coiicedeli los

,

artíci~los l." y 2." del decreto del congrcso general de 22 de febrero de 1832, [Eec~~iEacio~z de ese mes p6g. 271 para cerrar los puertos ocupados por fuerzas q u e xio obedezcan a1 gobierrio, se Iln servido tiisponer lo siguien- te.-l." Quedan cerrados para el corilercio estrange- ro de escala. y cabotage, los puertos tie Matagorda, La- -

Bticn, S. Liiis, Galvest,oii. Brasoria, Harr~sburg, Goiiad, An h inc, Copano y todos los demás surgideros que se h ~i ian en la costa (le Tejas, desde la longitud de 94; 3.0' I?nsta I R ( i ~ !OlO. 1C!' Oeste de Lóndres -2." Esta djs-

-

posicion teritlrá su efecto despues d e treinta dias de SU

publicacion e n esta ciiidad, para los buques procecleiires clc los p3ierios estrangeros t l i .1 seno nwxicano, y d c 1 1 0 -

venta dias para los qiie se hnllcn fuera de 61.-3.0 Los efectos d e est:t prouidericja durarjn hasta nileva órtien del gobierno.-[ e ,v?zE>Zich e72 balttJo de 1 1 .]

DIA I l .-Ley. Cecícracion relativa ú Zu uchnision en Ics

adzrnnas mcrtfirnas, d e lrrs órdenes qztc expresa.

Las órdenes esh'bi:las en las ad~irin;is irinrn'tin.tas ni?-

tes de Irr publiciicio~~ de In ley de 20 d e enero úitinic?, [Pdg. 2l5l 'en pago de dciecl:os ya cnusncL'os, a u u q u e no l i~ ju i t ios i~ rriont 3 . i .;. dos sus plazos, fiieroii bicri re- cibir!:as y no Ics omprehcn ió i i i precitntfa lfiy; pero jas ~ ~ ; h l i ; i ~ l ~ ~ en pt2g0 de ~CYP:!:SS i,t~r ccuspr cl&e11 <jcyil-

i:

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FEBRERO 11 BE 1836. 243 V C T S ~ 6 10s clueiios, y estos srijerarse 3 todi, 10 gi;c IZI ley dispone.-(Esta ley del dia 11 se circuló el nzisnzo por Ia

secretorio d e hacienda, y en 1% por In direccton gincrarl df: rentas bajo el niim. 206, y se pu.bli-6 en bando del d a 1::n.)

Lcy.-iln~~iliacion dc In grucia concedida 4 las fcímilius tlc milital-es ó en~pleudos civiles casados sin licencia, para qu3

pz~edaia g o z a r pens i~n Je n~onlc pis.

Se hace extensivo lo dispuesto en el decreto de 1 1 de enero tle 1834, (Recopkincio~z dc escmcs pdg. 10) á las fa:iiiiia$ tPe aquellos cnipienclos militnres ó civiles q u e !:abi;?n f:':illcc.id:> 5 n t . e ~ tic sil pril>'icacioz~.-[Esta ley cJe

1 1 (l.<: . . fií,:.i.;.o 7~ f?zisnt~ &a por a secretaria de JLII.+:~:::."V, i! 52 A : : ~ t b / j ~ j b a j ~ JO de It'.,]

. .~ I?TI, ; :.;. . - - - ~ ; r i ~ L I / ~ l T (ic: la comisar-ia gencrui de! i'P/I&xico. Tri-

scrttz ' tr (le In sccrctndn rle gmerr:e clc 22 de abril de 18526, ci,-<:ptlrrrl,r por el ex.tin=zrido . , esicrcZo mayor gazt.t.nl cn 9 de- n~i.s,i~o, que co?ztielie uisa nledidn de cconorr,in cota respecto

b cnbcillos solir.ritz;e.v de irg;jniclalos.

iit.ci~:tidas por el gobierno las rcflesioncs que Iiicii- ron l os gtxfcs d e 10s cilirpos d e ca!~gllerin de esta giiai- inicien, cnlunta qile Y.. E. celebró c o n nlotiro del oficio q i ~ I C rfiri jí con fecha 18 del presente, con~unicrínílole su superior resoluci~n, á fin de q u e sc tonlase una m e - dida de economía con respecto cic los czbailcs sobrari- tes que Iiay cri ellos; y en co:isideracion por otra p:trtc á la opiriion (lile V. E. vierte en su carta relativa nTirn. 450, fecha de ayer, i ~ 1 rnanifestnr ailuel!t~s, htt tenido á b i e n mandar, conforrnlindose ccri el p a r w e r de V. E., que q~mden eri los referidos cucrpes ve:ri:e ó veiiiticiiz-

3li

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244 FEBRERO 16 DE 1836. co cdbdlos ;¿el total núrnero sobrante que leligan, par:% que nunca falte en que montar á los reclutas: que el res- to se destine á buenos pastos, en donde no podrá pasar s u costo de un pcso al rnes, y que al cuerpo se le abone otro peso por cada uno de los que rernita al poérero, pa- ra qiie le sirva de crear su fondo, con lo cual, y los ar- bitrios que le quedan, podrán establecerlos ahorrando t amb i~u la hacienda nacional cuatro pesos dos reales seis granos tnensn?~les par caballo clesinuntado; y para que estos no desmerezcan, cada regimiento nombrará un individuo de confianza que e~t.;~iní!o baja las órdenes del que se encargue de todos, pueda dar á sus @es un conocimiento de¡ estado en q¿te se hallan, y pastos cn que se conscrvnn.-Lo que cornuxiico á V. E. para su inteligencia, y c;liic tiispotlg't su curnplinñiento, en con- cepto dc cliie Iiay tiaslaaIo p3ra los filies cortsiguientcs esta snprenia resa31ucicln al Exl-no. Sr. niiiiistrr, de ha- cienda.-Lo frasl;iclo 5 V S. para srr inte1igci:ckz. y fines consjgujentcs.-Y estaitdo vigciite. Itt prciiis~rtu Eilprc-

ma órden, la trailqcribo á V. coi] el fin de que :e dé el dcbido eix~iiplirnients en los casos que ocurran.

DXA 17.-Gil-czclar de la secretaria de g z t e r : ~ ~ .

Sobre revista y bug-0 de ~nililnires qice perte?7eciendo i i In escuela i~or.nta2 no cfePendulz de los cuerpos de la 921.xr-

~ ~ i c i o ~ z ;

A1 Exmo. Sr. sceretario.de Irnciendn digo hoy lo q t ~ sigue,-Exmo. Sr.-Sabiericlo el Exmo. Sr. presi- dente irleesino qixe aitgiinos de los individuos que perte- necen á la e~cuei i l normal, no estiir1 atendidas cri siis habercs con 'na puntualidad debida, y cjuc por este. rrioti-

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FT.:BRERO 17 DE 1836. 24.5 a-o co:cc.tcn algunas f~!tas en !a asis:cricizi, se. 'ha s?rvi.- -

tIo disporier, que todos los qiik no ctepcnrlnn de los cuer- pos de la guarnicion saquen s u s hüberes por pyesUpiies- tos separados, y pase11 su revista cn un piquete que se forrn.nrá de ellos 5. las Órde~ies del Sr. director general .D. Eii!ogto Villaurrutia, quien visará el pres:~puest@, y- cuyo importe percibirá el Sr. coronel D. José ~Vt~ría. Diez d e xoriega, 6 cuyo fin se sirs.irá V. E. co;riunic:lr

siis órdcncs, inandando se le rninistren de to.dn prefc- rencia nieiirualn~eilte, recorriendando al Sr. con~isnrio ge- iieral qiae confi3rrne A stis venciliriientos lo considere eir los proratcos en t@rlninos de que nunca les falte el SO-

corro, irtmes para. elEs debe tenerse presente que el esta- L>lt?eiin.icnto cnrece z~hsolutarnen:e de fondos; y clile parn' c~;>ciiitiir el giro de las cuwrni, se tenga corno uri de- p:ísito.-ko ii.serre> á. s. para su conocimiento; y Coi1 el fin <le que se sirva rnanclar q u e todos los individuos roft:ridcs duerman en el cuartel (!el segundo batatlon ae- tivo er, ciaac!ra sepcirnda, y sujetos al Sr. generttl men- cEoiia:-Fo, 5. quien se !e d2i.ü parte por la guctrcdia de pri- vericion, acornpafiánrlole diariaineiite una relacion d e firroa de IGS individuos, parn que pueda notar cunlqiliern f:t:,ilr;l q u e por los crwrpos 5 que lroy estan ngrerrados, n se les e:ipis?ii, el cese respectivo: qile á estos y 5 todos los cleiii'ts qi!e perteilezcnn rt dicflo establ~.cimicnt.o se Ics dé de k r j a para todz ~l ir~je d e servicio, y qiie la próxi:~ia revista, la pasen e¡ niisajo tiiz en q u s lo verifiqrie el bn-

. , tallo~i e~presado.-~~%',~ L colizzrmc,, ;mr la coinn~zcl . tn l~r i~~ se- 7

I ¿ C ~ . C ( ! U ! ,?o;a.. nta:;or c, Lee ;i/crzíx f 9, c r ~ n d ~ ~ : ? ~ ~ ~ ~ : l o ., f i z l l i ~ ~ l ' i i ; ~ 5 ST s. par;t !SI,: i ~ ~ ~ , : - : ~ ~ r r c r i c i . ; n t 5; c ~ f i cI] ollieto

L 1 .l 8

de cjr:e se :;irva ~ ~ i f : t l i í i i ~ ~ ~ ! ~ ;;QY ~ ~ ~ j ~ : ~ 'T~.~~'-.~; 1 I t . i 3 '~

.'.. . tíc, ('la

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2 16 FTBRERO 17 DE 1836. '$ p r a los fines in<ti.cnd;lls, y d e que tenga V S. presente

5 este piquete parn la. revista dt? com!sa.rio.-[Se inser- tó cn ¿rclen general d e lo plaza del dia 19.1

u

IPXA 18.-Ley. Sobre escusas 6 re?zrcncias d los 211divI- dttos d e Zcis julztas ciepartaw~e~zloLes, 21 nao& de cubrir las

vncar~tcs. l." Las esel-ssns 6 renuiicias de los indiviiluos de las

juntas dcpnrtnmcnt.ale.ci? so!o se ndrnitirán por los gober- fiadores respectivos cuando Iiava ., justas causas á j ~ i c io d e 10s ~riisrn~s.-'o.~ L:IY vacantes que actunltnente h;ly 6 hirbierc cn 1:: s:ieccsivo, se lieriarán por los ayunía- mirutos de Iris ci:l>tales respectivas, riornbrando el iri- dividuo ó inilivir1rrcsc; que sean necesarios para Ilerlarltts.

c - - [he cij*c%lG cl m.:zi.szao diir por la sccretailn de rclacic- nm, y se pli,bli.:5 6 2 2 I?n:~do de l 23. )

l'rruencions.; 4 /os ojfr'ciates inilitares ?zowiErr«rr'os de- fensores de rcos.

IIabienclo visto coi1 sentimiento que algrinos oficia- les des~fit.erttli6~1ldose de lo que la ordenanza les pravie- ric, coinetieiic!o falta cori atrazo dcl servicio y de I U pron- ta i1~1:nirrictraciorn de justicia, prevendrá V S. en la 6r-

den L geaeral tiel dia, que todo oficial noii~brado defensor quc '$0 concurriese al iiioriiento que sea citado por t.1 iisc:al para la práctic;t d e diligericiiis, sera r!estiilado p::: ciii irics ;i un castillo, nio sirvié.ntfoic.:s de escusa legal 0tri.s cosas ytlc Iüs de estar emplendo cfc guardia.-[Esta si:

cojiirrtzicó c n ei i~ t l :+ i ;c i> di,:( cn i;rr!ett gt:?~ernE de la pEclzn.1

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I T*T;I. ~ % J ~ T E provisiola d e Iaj U ~ ~ C U I L I L ) S dr: ~ I : X - J U S de i~:x~Ie12- du que teiaiai~ es-tablecidas los estados.

i irt . 1." P'uerie el gobierno provcci Igs vuca:ites (!e ltts plazas de hacienda que teniün estn'u!ecid~s los csta- dos, y que él riiisrrio califique de absoluta r ~ e c e s ~ i l ~ d , coi1

yrevencion d e que no ha de ciar a1 cjuc fuere rioini?rado, derecho algurio ;í cesnrltía, peuuioii ú otro <le los q i i c ? se han considerado corno de propiett;rjo.--2." La 1)roj.i- sioii de qrle llnbla el clrtíc!~lo anterior sc !lar& por el go- bierno á propuesta ex tcrnn.de los b ~ ~ o b ~ r ' n n ; ~ o i . e s < A 1 - c . . -.*pe~- tiv.,,.;, q:lieriz-s [j;ir;l Iiacerl;l t~cdirü:i ~ilh. . i i io & ¡as j ü r i ~ i i ~

.de sus dei~arici;lieiiti>s.-(So & r c ü l ~ ~ i u r in s$crcic(,-ia de I ,; ,,', .P.:, i14c,,~dcr, y se y;ili!icj cn D!r;:¿io del ,u.)

. ., II/z este ctin se E . Y ~ ) x . ~ L Ó , Ótii) CI >iti , /~~;-{> 20'7, por fa di- T C C C ~ O ~ Z 9 . ~ i 2 ~ r ~ dz I*c;¿~<IIs , tina circttlrrr Tr ic 920 se estrt!npu

, . -jor C?tcot~frczrw :e:ia:~:li~ie!?í~ Ú aco!?zpnZcil. e - eii.b.j orcs clc la A j 1 1

le? de! dia 3 [p4giizn %:So>] efi yuc j--zri;,iite ti las bzcques .nercui.~/cs /~re,ziccr~zos qccv se u ~ * ; ~ z G : z por ~';CLot-i! C ~ L S Z L dcjfc~~sa.

. ,- $Se pitfe.u i ~ ~ o r t r ~ e s para c l exacto cui.i~pll!r~icizto tic La %cy so're p r o u i s ? ' ~ ~ ~ de vacantes de 131a26.4' de h«cieiidtr, es- lublecidus c?2 los csfados.

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2.18 F~CBRERO E9 DE 1826.

Sr. p~e$iii:~it~j iilltc.ria~ se Iia, ije~viclo resolver infiPrgXea V. E. S 1 ; ~ posible brcveilad, y oyeuda préviaincilte á la jrrziia dei).arta:-i~,erital, (j.uO destinos htiy vacantes en la dc- rriarcrtc!on. de s u rnando: cuales de ellos pucclen ser des-' ernpe6ados por 1:o.s eriipl.eitdos inmediatos, y final.melite, crza!es los (!:le sean de ahsoiiitít necesidad proveer, á iin de que con tales d;zto:s pueda el suprerilo gobii3riso dis- poaer se proceila ,. ,. 5 la brmacior~ d c lasrespectivas pro- puestas, eil la3 t S r m i a ~ s d~sig:l:zdos en el decreté, refe- r ido . -Coi~~níc~ lo ;i V. E. di: st~prerna órden para srr inteligencia y firies consiguierites.

D a 3 - L e d/adz¿lto tí D. Agustin Jaime.

s e i:irlulrn ,? D. Agilatjri Jaime del iielito de deser- ci<;il, sin qrre esta Fi1t.n sc Lemote en s c r hoja de servicios,

- 1. ci ]e peq:itr;r;:lc en sus i ? s c e ~ ~ ~ ~ s . - - ( S e circuirj por la se-

cretaria de gilerra e n dicfio dio , y se halla efz diario de 22.)

C i ~ * c . ~ ~ l a r de l a secretaria de guerra.

OZ;.;'igaeiones de l0.s comi,sn>.ios y sub-co~nisarios e n 8r&c?z á revistas y ú q k s t e s , & rentate y au.xilio de esc? ibien- des qzce h.an de prestar para ello las comu~zdancius inifitares.

Con esta fecha digo al Exirio. Sr. secretario de híx- cieiiila lo qrie cópio.-Extno. Sr.-Penetrados los . . . Esrnos. Sres, inspeetoies cie la rriilicia pertnaneiltc y ac- tiva, de la necesiciad en qrre se liallan los c,uerpcrs sujetos á sri inspc:@ciori de qile se les entreguen los extractos ilc,

revista p : x j el ari.eg!o de sus cuentas, 'pidiendo por le,

misino se tlieten la:; .c,iovide!lci::.s oportunas para SU for- riiacion p m ]o,; i c ~ i i ~ i : ; ~ ! ' c j ~ ~0niiisi3~io?, piics Gii ciil!?~l'-

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FEBRERO 20 DE 1836. 2.i CJ

no de babérSeJos c?i;.gl;ir!c lps : C ~ S ~ \ O S GCi-CTjiT)?. h a n r+eh a-

~ ; l d o formarlos por ,no scl. de sus atribucioiic's si110 tle ." . .

)as cle la tesorería general, eonfonae al reglamento d e .. . . . . ~

20 d e jilaio . . . ,d:e . . ,18iI.í-, ( E s Y g;c~ávoco , n o es iLe junio S ~ ~ L O de j"lio, y se ha-l(a-:erz ,.. 1~ &ecopilacio?z.de . . . awosto e?? de 1q33, 1~6g. 402) CIi.sPVsÓ e1 EX~YIO. Sr. presideritc se oyese so.bie el . . : . , . . .

partictilar . . la . . opini0p . . de .los,sres. , i r i i i i i s t ~ ~ s ífe ,la té.:CrC-

ría gqnera], 10s cilnlcg u&iri6;lilose á la <-te 10s Sres. ins- ~ . . . , , .

pectoreg, ba?i rnanifesiado . . . . , la r~ecesiriad .de la e:<~>~cstl(la .niedida,;caiisider3ri . , c . . . , justo r . ~ # . ,que 10s co:pIsarios (Irle P ~ S C I I

re.vis\q.á ~. '.. los , cucq,ps formen . . e n seguida los ' extr;ict.os , .

c o r r e s j ? o . ~ < l i e e . . con presencia de 10s c ? o c i : ! n e ~ ~ t ~ ~ ilr-

cesnrios . . y demás qve juzgueim eorivcriia:r~tcr,,proponien- clo - . quc p ~ r a qs-e piaedan UcseinpoGa~ . 12s operaciories 11.13-

terirde. que tenvan qae,yerificnr, .sean u ~ : x ~ ! ~ ~ L ~ o s ,con u n 3 ,. . . . . 7 . . i

6 dos es.rihient.3~ al efecto.--En conseeu.u!lcia el H3snno. . . .. .

- 1 ; f 8i. preslenje iraterirlo; en vista .de j . las s i l~i jas y .[linda- das r n z ~ n a s , e n p i i ~ t n s x por !os Sres. nilnistros de la feso- m í a gt:neial, se ha servido deteñ'ii~ii::t-r: que los co.aiisa- rios y sub-c~r~nisnrioc, q u e par:en rvi7ista á los c i : e ~ j ~ ~ s , partidas, oficiales slieltos, vivos y reti~l:tdos dc la irrilici;a perolariente y activ;i, y de cua!íluiera otra ¿o cjuieil ,-e: r:zi- ~ristren SUS haberes por el ertrrio ni.,cior,::j, f;;,tmeil ~ 1 4 9 t : ~ : t f ~ r > i ~ ~ en.seguida de larevista, cori j ~ r e u ; ~ ~ i ~ ~ ~ de 10s doc~li~ientos respectivos y denrás noticins q u e consi-

dcreii nec,esarlas, arreglSnrlose á lo q u e picviene el re- 1 gf:~rnentp con res;,ecto á fa tesore,i:r general y 3 las tic-

. . disposiciones ({el enso, pr,zctieánrlt?se nslrnisnlo e:;t:l ap*.r:xcinn con i3ei,iiJn e-;r:cin->:.~!~~i:f.:~,;I para qjlc no re-

I C . 1 9 5 : 3 , ni ]os dc los

- 1 r -

CPICIY?Ofr, X ) Z P ~ I C ; : ~ . C i i ; ~ t ? y n . ~ ; ~ . i ? ~ ~ : ~ 1 : x i ! c!? j-5 ~ y f ~ ~ f ~ ~ ~ A ,,..

, : -:

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1 i&s eiilr~gdz E i tni.ii<:i que les c o r r c s ~ o ~ d a , ;y remitalr ft3g

restarriesiá la tesoseria ge~er;k!, con los deiii&s docurrrcn.. tos que deben remitirles pertenecientes á la rcvista, para que eni esta oficina se practiquen las operaciones q& re están consignadas en .el.citado reglamento, proeeciiendcr 'o i~alr~~ente á forcmr los ajustes á rernate'conforrne 6 s u s lb

atribucioiies; y por líltimo, dispone S,. E. yire para el ar.1- xilio de escribieutec á 103 corn i~a~ ios , se circule esta srx- perior resofucion ü los Sres. .comandantes gci~erüls 'de 10s departameritos, para qtie $e fos propoi.ciorie.n cien 10s oficiales de Iu guarnicion de s u marido que les pakizcan

. .

converiientes, respecto á que por las notoriis escasec*~:.s . .

clel erario, no puede erogarse eI gasto de pagarse 'rrucvv:!S escribientes.-'P'cngo e1 honor de con~siraicash '6 V.' '33; CTG órden clel Exmo. Sr. presidente-interino, pata rju-ci":se -

disporrer sti cumplimiento'.-Y lo . t r r i ~ l ~ ~ l o ' a V. 12, para 10s firfes consiguientes.-(Se &t.cttZ¿, par 6í1 in:$ptrc- cioh gencrat& pernzane?ats &? 5: por secretn?-iar3

c 3 de hflcienda en .Jo ,$e marzo, y por /u comisaría geraeraf de

PIézico en 6 rle abril.)

Por mi decreto hoy, y vorr a r r e ~ l o á los arficrt-. los 5 . O y CieO de la ley cle 12 dc abril de 82:1, [Xec~pilna

19- ciota & julio de 833, p&-. -> r kit. diido de baja en t:]. ejé'idA cito al capitan 1 ~ i f i c ; i a . activa D. fihteo EZ.amirez, por Iiaber incurrido en el deli to cte deserciori,-k~ digo 5 V S. para que se sirva lia.cerlio saber en 12 bríltcri gene- .ru! - del diri.---(Se i? t~c:r t5 !c¿ de! 23.)

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. . . L a circulni- dé In iniipcccii~n g-ertc.i.ui de rjlzlhcta perinunelz- 1c rFe esle dio, sobre el n&rnero de cjeirtplures de Jlliacio?res qae deben Zleuizr los recZ~rtus ó reemnpluzos que se presenten en reuista, no se estunzpcr porqzce i ; . ~ c l e ~ ~ c la circular de la ilz~jieccio:~ gmernl' de niilicia 'aktizib d c 21 tle oclz~úre de 33.3 que i,zsertó'la (EL' la iecretaria de guerra de 22 de ese

.mes, que se Italla cn la pú'g. 551 de la Recopilaciolz de di- cho a60 de $35, pero aiindc to q7~e sigz~e.-Y en ntencion á no tiabérseriie cornunicadu por e! ministerio d e la guer- ra e n t iempo oporturio, lo verifico ahora para que ten- +a su puntual cuti?plii~iierit.o en la parte qrie á V . le to- h

que.

R'rccio por ahora de lu piluora CEE cazadores cn C'l~il~zlahua y Xoraora.

Durante la guerra con los iiatlios bárbaros se ex- pender.? la pdvora d e cazadores c n los depaitar~rcritos de Chihriahua y Sonoríl a1 precio cle seis reales libra.- ( S e cirezdó el mismo d i í ~ por la sccreiaria de ftacicnda, !t s c pz~blieó en Oaizdo de 5 del siguiente nzurzo.)

Ley . Cantidad que del erario3/"ederui ha a7e pcfga:..se nimz-

sualmente ú cuenta de réditos ri la casa de nii2os e,-~,,Ositos de Af6xico.

131 gobierno dispondrü q:le se acuda cori toriu cnsc- t.itud á ia casa d e nifios expósitos de esta capital con una caiitidad mensual que rio bajc de trescientos pesos, en cuenta de réditos vencidos por los capitales que le reconoce Itt liacienda pública.-(Se circfcló por Zn secre- tr~ria de I~rccienda ejz 7 cle nnirzo, *; sr: iizsr;.rt¿ IY dic i r io dcl

i/

4~obierncz de 10.)

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. . . .

. , Eliecio; d e 'pre.yi<lénie .tiztei.i>2b rle la replí6licn en e l . ,

I : . . E x ~ o . SI. D. Jo8¿ .Frr.d? Corro, sii juibinento' y p o ~ e ~ i o n i

El :congreso general.,eai , S serio6 . . . . deihay .. . . se ha serví- do acordar que rpientras: dure . . , , la . enfermedad tlel Sr. pret sidenfe iiiterino d e la rep6blica, v -para -el caso de srr muerte, lo substituya en su encargo el Sr. D. Jos6 Justo Corro, c l : ~ obtuvo la rrinyorín de cincuenta y un sufra- vios en la eleccion clrlo sc verifico al efecto. Pgualrrierm- a

te ha acordado que el nuevo presidente interirio se. pre- ~ c n t c eii la misma sesion á prestar el juramento de es- tilo..-[Se cornzcrtic6 por tos Exmos. Sres. sc:cretarios del

.! ,? o-yeio gelbercrl, á la secretai-ia rk rclacioh~s, cn -el iiiismo

di,, 27, 612 el ciml lo circzdO la qnismn secretaria, afitrdien- d,,:]--.Y habiendo prestado el klxrno, Sr. D. Jose Jrcsto Corro el jur;rrncrito correspondierite y tomado posesion,., tciigo el Iioiioi. de <:oinunicarloá V. para su inteligen- cta y efectos consiguientes.-[Se publicó en bando de 23.1

Proaidencin de Zu sccretarirx de guerra.

Q i i r i por ociipacion tt.rripor;ll del Exiiio. Sr. secre- tario de jilstrc:ia v negocios ec!esiristicos, - se encargue

< I í t s p k L ~ ] 1 0 ella al Sr. oficial rriayor de la misma, B. 30;i<li~i~i Ptlirbii!e.

. 9 . LI>~. - $ o h r ~ el f~cizerd! yue debe observar.se en brc i.ej,~r~(&ctr rj~cricatza por el fallecinziento del presidente.

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~ ~ n r s ~ n o 29 DE 1836. 253

h;~bitantes de ei !n , snbect: que el congreso general I-ia decretnilo lo sigiiiente.-ilrt. 1." ,,Luego que los fü- cu!tativos d e citbecera aririneieri r i l secretario del des- paclio de relaciones h;lbcr fiillccicio el presidente de la

-~

r::p6blie:t, di;ii>on;!rá ;tq~icl q u e dos escril~anos públicos den fé y testiinoriio de el/:> en debida forma, á presencia de todos los secretarios del rlcspncho, y poniéndolo en conocimiento del .poder ejecutivo, dispondrá éste se ita- ga la co!nunicacion co~responciiente al congreso gene- ral y á la supl-ema corte rlie ju~ticia.-'2.~ Cercior;~do ?;a el g,@bieriio tiel fa1l:ecifiiieliro en el modo y for;ritl que *

prescribe el artículo anterior,' lo co.ntrri.i~;irá á las. pri- rkieras atito,ridodes civiles, ecLesiásticas y rililitai-es d e toija larepúblicrt, y dispolidrá se anuncie con cuatro cn i lo i~~zos co:nsecuiivos por la bateria cle pal:ac.io, una cle.;cniga por toda la del cuartel cie ;.!sta arma, y c,ien campanadas eri todas ].as iglesias á estilo de vacante.-. 9 o . El cadaver se :expoli - . , r á 1a espectacion del pú- i~lico por tres ciias eii un<, (_te los srilories del palacio, en *.:I c;ml se celei1rar5n misas por el cabildo, parroqiiias y comutiducies, en el órricn y fori;la qiie disponga la ? ,/

:iatoriila<l eclesiástica, d e acuerdo con el gobierno.-4.0 D e s d e el anuncio que Ii;ig;~ la artrilcria hasta el acto de sdir (le palacio 1.) procesion i l í i i tire, so disparar& t l ~

cafionnzo cada cuarto de horii tles~le i t i i!i;rii¿i á la retrc- ta, y concliiidas las cien c¿~~np:~inaclus 6 1 2 que 11í~t ) la el ;irt. 2 ", se tocar5n dobles zener:tl(bs por irn .cu::rto (le llora . .

en cada una de !as acosturri!~riidii~. profGibi6r.itlose eritre

taiito otro doble: 15 re])i~i:ie.-5.~ 111 g_;-ob:;:i.rio t f i s i > c t n - <Ir& q u ? se vista luto púb l i co por r t T I i n ~ s , ~ ' 1 1 loS i.tj;j-!l.li-

nos que le p;irez-,n coníeaii~nte,-6.~~ %as ei;cqi;ins 8 C' !~i.. ..

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pEnnmto 39 n E 1536. O?-' -43

- 1 - 'burlales y o f i ~ ; l i i i ~ . - - ~ ~ i : ; i,Lc~i;s..iel d e aiiiza13~, p?;esiile?l- te.--José R. Malo, sccreturio.-Jss6 Rafriel de Oltigiii- e l , secretario.-Por tanto i-n;tnda se impri riia, [iubli- que, circule, y se Ic cl6 el cle!)ido curnplicniento. Palacio del p b i e r n o nncioi;;il eii hlléxico á 29 de febrero de .1836.-José Justo Corro . -A 13. Jos6 María Ortiz ¡VIO- nasterio"-Y lo cori-iunicó á V. para su iriteligencia y efectos correc~>oridientes, en el concepto d e que para el ~nejor c~irri:,!irliento cle estf decreto ha tenicto 5 bien el o . S presidcrite iiitcriiio dictar las disposiciones seglarncntarias í j ~ v sigi~e;~.-Primera. 1 prjrriero d e 10s tres dins uri r j i i ~ debe cstiiir expuesto e! cadaver & .. 1::~ e:;;oecirtei~ili r; ' í7;Ei!: i i , - sc celttbrafin misas rezntlas parti- crllar::~. eri c:l saI<;n rlollcfa se hxl1r:re c! c:ierpo. E1 sc-

l. cri~ncio tila? se ccrritcrhn niisns po r cl YC~C~;I!>!C ~ i f ! ) i l d ~ y h

1 las pnrroqvi;:.~, d aT e! *Lcrr:ero I I~ZI :as C O ~ I ~ U E ~ ~ C I ¿ ~ C S rrligio .. sus.--S-;cguiid:~. I f c ~ ~ i e <:I tfitt ~ iguie i~te al c i ~ qr:e se

.:~i,riur;r,ic por hnri:!~ t:.n tullos !os Zrigarcs de la repclolicn 1 1 :a i ~ i ~ ~ r t e cte: [xeG<9eii;e dio ella, vestir.5n el 1t;f.o de qnc,

tialjln el nrt. 5." de este decreto, las pcrsonus que se ex- p i ~ ~ ; ' i r ~ Lí continuacir,in Y- eri estos terrninov: las pririae- :ras ~utoriclnde:; r:!~:i!cs u jridicl:~lev, y los ,'?;c£ea princjpn- les de oficinns étc !os dei~artnri-icirtos, clistrito ., v territn- rios, vcstir6ri luto riguroso, pudiendo u~rtr la casaca dcl uniforrnc qinc t r r~~icrc i~ . Los cailpleadcs de inz demás clx-

c . . . ses, y los incl i \~idir~s e¿ibezas de tz~.nilin, !levarán url la- . -

zo rlcgro s:n i:zulr-c rrl brazo iz::riic:-do, Los generales dcf ejercito tleberCiri arrcgl2rsc prirri el Iir tc , al art. 3," del trat. 3." t i t . 5.' tlc la or-dcnnnza g,rcrnc~al, pudiendo usar cri lu- i a r L tlo1 calzo~i y rrieciia, el p;or!raIhn, agregando un Inzo negro eii C I puiic-r dc: la espada. 'i)e;565 C C ' . T Q ~ ~ ~ hasta pri-

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rner ., aviicfante, . . . . servirá de luto el riguroso uniforme, c ~ m centro negro y i ~ n a banda neg.ra de creflpón, gaza ó ta-

fetari si11 liistre .a$ravesada por el hombro derecho, y cuyo reinate a1 ciladril izquierdo, será unido ó suj,e7 to . por u11 lazo ,tricdor, IIevando en el ptliio de la es- pada nn lazo negro. De capitan .á sub-teniente, pclrtarArr riguroso uniforme,, aysegando solo u lazo negroal bra- zo izquierdo.-Tercei-a. E.1 tercer dia cl . los de la pfi? blica exposicion de51 cactáver, á las .ocho de la niaíiana, se reunirán en el pülaciona~~ional todas las corporaciones 7

comunidades,, autoridades y .d.ernás de que E-malda. el art. 7.0 d e es.ta ley, :para ordenar la procesion t'tineLre, qric se dirigirá por las ca1l.e~ .del Seininario, Escalerilia ., 'Fa- ,cuba, Sta. Clara, Vergara, . Francisco, Plateros, y Pariari, á entrar .por l i ~ puerta priilcip,zI c!e cü.tedral. -6uart;l. Se colocar^ cciatro posas en la car:.Wit (Ig

la procesion, á distaiieias proporcioiia<:as para cltie se canten los responsos de cosiuinbie.-~¿i~ritze. La pro- cesion se ordenará ~1.e lit :~l:).ilera sigcliente: Uiia clscüq-

&a. de gastadores de cabal]-di%: seis calíories de cainpa.- íía, con sus respectivos dsstnc~rn~en~os de artillería: treg caballos enl.wt-tados: el sargento rnnyor d e la i>li~zri, sus ayudantes, dos cororieles y (los tenientes coroneles, to, dos á caballo, cori esp:rda e11 n-i;relo: las co:n;~aiíí;is t e gran:acleros de los cuerpos: treinta po!rres del J3ospici.o con hachas ericendicIas, presididos de1 director y ca-pe? llan del estableciriiierito: se ibirá toda la. cori~itiva reli- viosaque exprem el'ttrt. 7." del nritrcederiie clecreto, b

por el 6 d e n qu.= menciona: seis ali~ralnos del colegio .militar ]levar&n la tapa dt: Irt cíqn dt.¡ ;~t:ii~:i: 5 eSl:i se-

guir& Cuerpo eutru dos hileras de gastadores de infali-

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V ~ ~ B R E R O 29 DE i83f;. 957 ;r . . . =

,. :.. ierja, .. ,, 8 cuyo , centro .. . . i~ia.,cki;iran , : 1.03 ~. . . ayodentes . . . . de . , . .. [XJ* .~

gana: será conducido el '&&ver por sargentos, y Ilcv&* d.' : . - ,.,, .,

sán las borlas del ataud dos nen.erales de ; iv-lslo~ el di- . , . - > ,. . . . . . . :.: R 3 < 3 . : . . ,, ,:. , , <..:.

teCtoi general de , . . . sqnras, . u0 ministro b e ' l ~ . . , . tesoreria , , . gas .a . . . . . nsr . J, . un miembro del wu*tanii&,to. . , . y veo de la , uoivera . . . .~ L

&dad: despues , . . del c&i&ver . , . . m.arch&& . , . . , \ . ~ , . ... . e¡ .: . cpbinnd.ln$e , . y .:. i ~..,... gF. &al , . con todoel 'é,&.ádo , :. . mayor .. . , . .

y detrás la compañia do del dipunto con bandera ario~~adar, 6 continuacion irá Ia 'cornit-iva del duelo, por el 6rden rnen,cio.naad en .el arta 7." En lo . , demás se p-ctieay~ lo peienído , . . en la oid.ei ia~ageneral . . del . ei$rcito . : , para . . .. taa - .

]es casos.-Se~t&,. Lo4 bU'¡con& . . de la G r e r a se adora . .

~ n t á n . , con cortinas blancas y lazos negros.-S6tjml. , . ~. . .

Despues . . . , , de sepultado elcadáver, recibirán !a llave d e

]a e ~ j a los dos se'crckcios' deldespacho q u e asiitan al entierro, la que se custodiará en el aschivo secreto de\ rilinisterio de relaciones.-Octava. .~~ Concluidos los fu- nera!es regresará el duelo' al palacio, 6 dar e1 pesame . . . .

pl residente, por el óriien que e n el acto se ,indi.c.arii, , 7 concluida , . . ... esta ceren16nia . . se disolve.rál la coricuirenciá.

. .

T ~ o v ' e n a . El gobierno nombrará una comiiion de t r i s individuos de s u confi+nza,, qce se ,. encarguen ~ de dispo- ner todo lo neces.ario para . . que . el furieraI se celebre . . . con la mayor pompa y decencia.-Décima. Para los s i - fragios que han de liaceri; en . los departamentos y territorios, ~. segun dispone el art . 9." del decreto qii&

precede, los goberriadores y gefes politicos iespeetiuoS, de acuerdo con la autoridad eclesiástica y- la militar, fi.. jarán el din. en que hava .l de celebrarse iln srifri.agio do hcanras, con asistencia de todas l a s :tutoridartes y eria- pleados de ¡as capitales, Iinciendo las tropa:+ los holis.

SS

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r e s d - i i : ~ ~ r ] e r i i i n z a . - c S ~ publicó en bando de 2 d e +nnrio de este ngo.]

41 tratado 3.0tit2.110 5.0 de la ordenrrnza gcn~ral,~cita- 'do es el art. 8.' de Za ley anlerior ES como sigire: Honores fZnebres p i e ha; de /zacerse d personas reales, o$- eiales generales pcirticglares,. y ciernás i?zdiviCbzcos de nzis . .

tropas que ~ i o . i e r e ñ empleados e7a mi real servicio. !

- PERSONAS REALES

Art. 1 .O Inmediatarhente que 10s capitanes generares d

y ~oma~daantes generales de mis ejércitos y provincias tuvieren fornial aviso de haber fallecido alguna de nucs- tras reales personas de rey, reina, príncipe 6 princesa d e Asturias, anunciarán á mis tropas y vasailos la funesta

' noticia, haciendo tirar cinco caGonazos consecutivos, y despues de esta primera sena1 se continuará tirando c-n - cañonazo de cuarto en cuarta por el espacio de veinti- cuatro horas á excepcion de Ias de Ia noche, y lo rnisnio se ejecutará por órden de tos gobernadores cn todas las plazas de mis dominios, Tuego que el capitan general se

9 El capitan general dar& Ia órden para eI lo avise.-&. dia que ha de empezar á 'eectírse el luto, y cuando debe aligerarse y terniinar, y para qirt. cada uno cepa el que

3 a ha de llevar, se previene lo siguiente.-0. T O ~ ~ ~ los oficiales g,eneraIes 1levar;in eI Iuto rigoroso, y poclrjn usar de Ia casaca de uriiforme coni ellupa, caizorl y me- dias negras.-4." %os brigadieres, los coroneles, te- i~ierites coroneles y siirgentos mayores, Ilevar6a Ta easz- ca de uriiforme con barida negra d e gasa ó füfetair sir1

lustre, que cc pontir5 tercittda desde el Iiombro dcrcelio ];asta los p2ic.gi~cs del costado izq!i.ier:?o dc fa. c;k.jzza, y

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FEBRERO 29 -DE 1836. 259 -U .:a altura del bolsjlig se atarun los cabos cvn sz las¿ de cinta encarnada: la chupa, calzon y niedia será de lu- to rigoroso.-5." Desde capitan inclusive abajo hasta el d f k r e ~ , llevarán sobre la casaca de uniforme (que se tia de tral-ier completo) la misnla distincion de banda negra cii la forma ya explicada.-6.0 En la; banderas y es- tandartes ne pondrán unas corbatas de tafetan negro, las que per~rranecerán todo el tiempo que dure el luto rigo- rosa.-7." El dia que se celebraren las reales exequias,

.

tqda la guarnicioh sc pondrá sobre las armas, y lleván- . +las á la funeral, con las cajas 6 tronipetas á la sordina, ntarcllarán los regimientos de infantería á guarnecer la ! i12urafla, y los de caballería las plazas en que Iiubiere ca- bimiento: el regimiento riias antiguo de infant,ería for-

-

mar5 en la plaza de la iglesia donde se Iiiciere la funcion, CI la que asistirá el capitan ó corriundante general, acom- pa""ci de los generales y oficiales que no estuvieren em- ~)li.a;.los con la tropa.-8." Por la que estuviere en la, plaza de la iglesia se empezará la descarga, á que segui- 15 la artillería, y á esta la de la tropa que guarnezca la ~ n r l l a . - . ~ L a priniera descarga se hará al enipezar la misa, la segunda á la elevacion, y la tercera al últirno rcsponso, despues de lo cual se retirarán los regimientos á ,sus cuarteles en buen órden con arrnas al horribro.- 10." Los goberi~adores y comandantes de las plazas, luego que hayan recibido el aviso del capjtan general, practicarán en la parte que les corre-ponde todo lo que

-

va prevenido en los artículos precedentes, adaptando á J,I fuerza d e tropas que tiivieren,-1 1." Siernpre que el fioliecimiento de la persona real acaeciere en una plaza, 6 eri el ejQcito, se anunciará inmediatamente con uria *

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C ~ p i t a n genera2 de $<rc i i~ ~ T A : una csn mando err gefe. -

, . , . , .- .. ., ,, , $2." Sienfpre qbc ~ i ~ u r i c r e un capit&n general d e

, \ ej&rcito dentro d e l a probincia 6 qjésifb d e su. : , . . i . . . :, :

rnai~do, (d6nd.c ni5 i*sidikremoi ya, 1h k i inkd . . p ~ h e ~ p e b :

ilt? ~sti i r iai) ' si %e66 en tina plain guerTa6 donde hui . . ~ . . , . . ,, .

biere tropas y c&ii.n, el @Beriiadcir 6 eo.mandante q u e ' ..

16 jiiibi&ie su&cedidb,.di&~ondr$ que uispamfi tres ,

~i->naa;os c o n s i c ~ t i v ~ $ y que i e continii6'eí-i @Mi. uno ed . . . , ": :.: ! . ,,,da tiora, desde: j& fa&&: hitSta ]e dé

!. . . . s é ~ ~ i l l t u y a , & x c e ~ t u a n d o l k s h6&s que rr~eilian de-la retre- ta ~ , ~ ~ i ~ : li dih; i hl: süccebkdici3.e tiebpo de

. . : ~, .., s ; ~ ~ a r l e ds Su casa se h&&- otra dksciirga de' ties.daii&na- 30s oiia. igha] núm&t& af&ti-&r 61 cadh++ 6;' l& iil&- .S& y una de juirice a l t i e m p o d ~ e n t ~ r r ~ i ~ ~ . - 1 4 . e En ;el .,concepto de +le Ii-gaa~di;z del difunto capitgri general debe estar corripleta c o n s u s armas á la funeralj akrolla-

. . , ,~ .. fia 4ri -y.ndefa G Q ~ cor%ata ilegrar enlutada la caja, y t O- , *. . ?,?? ' '

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P E ~ E R O 26 DÉ 1836. 261 do en disposicion d e hacer los honores correspan;ientetl 8 su tiempo, mandará el capitan que su teniente con diez y seis hombres, se ponga de guardia á la parte exterior de la puerta de la primera antesala del cuarto donde es- tuviere el cuerpo presente del difunto, y proveer5 C U ~ -

tro centinelas con bayoneta armada, tina' en la puerta para hacer observar el buen &en, otra para resguardo de las armas, y dos para la inmediata custodia del cadá- ver, que han de apostarse dentro de la misma sala de pa- rada.-] 5 P Para la hora del entierro se pondrá toda la guardia sobre las armas, y se encaminaran las tropas á los puestos que se les hubiere destinado, formando en ala e n las calles por donde deba ir el entierro, en el órden prevenido para las entradas de los capitanes generales en las plazas de sus distritos -16." Si hubiere caballería y dragones montados, irán del misnlo modo á formar en las plazas donde hubiere cabimiento, ya sea por cuerpos enteros 6 por esc~adrones.-17.~ A la marcha del aconlpafiamiento del entierro han de preceder cuatro ca- gones de campaña con su respectivo destaca~nento de artillería, y los caballos del difunto capitan general, que llevarán caparazones negros con el escudo de sus ar- nias ó cifra de su nombre.-18.0 Luego que la expresa- da artillería llegue á la vista de la puerta de la iglesia, se colocará en frente de ella, 6 sobre algiin costado, de mo- do que no pueda ocasionar desgracia al tiempo de ha- cer tres descargas, que deberán distribuirse en los casos de entrar el cadáver, último responso y darle sepultura. -19." Si el entierro se hiciere por la mañana en hora que se celebre misa de cuerpo presente, se hará la segun- da descarga al tiempo de la elevacion, y la primera y

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269% F E I ~ E R O 29 -DE 11836.+

íi1tii:i:i Y n :OS yríe están ya explicado~.-2&~ A los ca- iíones scguirrí en el 6rJc n de marcha el sargento mayor <?e la plaza a caballo, y detras de él un coronel y un te- nicnzc cororiel tnml~ien montados, y los tres con espada en mano, seguidos de todas Iüs compaiííirs dc granacleros de I:I guarnicioo; y si rio hubiere tropa de esta clase ir5n docc piqi1etcs.-21.O Seguirán luego las comuni- dades y p:lrroq:lias, y 5 estas el cadáver dcl capitan ge- iicrnl vesticto con s u s insignias militares, y conduido por 13s oficiales de mayor graduncion que se hallasen en la j)laza, á excepcion (le los del estado rnayor de ella, 3: el qficial general en qrrien hubiere recaido el mando de la provincia, prics aquclios y este han de niarcl~ar detrás dcl cadüi.rer, cl que o'ebcr5n recibir los oficiales que 11a- y m dc co~ictucirle, practicando drites lo que explica el ni-tícuio siguiente.-22." Cuando el capitan de giiardia (<]"e estar& eri la. puerta de la casa con su tropa descan- - sarido sobre: 12s ar~rias) aclvirt.ierc, que la marcha de 139

a;on?rrnidades y parrc;c;uias es;& ya en órden, avisará con u11 cabo 5 s u teniente apostado arriba, y este al tienipo de tornar 1a c3ja 6 feretro, los criados que desde la sala cte ptrrada hasta el pie de la escalera deban conducirle, foriilur5 su tropa de g~ia,rdin, hará [cuando el cadaver salga por la puertít en que está apostadal el los honores coi.- r2spor~dientes, y disponclrá inmediataniente que conl- I~reltendic?os los dos tlonibres que ya guardaban Antes cl cac?áves, sigan con Ias armas i í la funeral otlio soldados cori i l n cabo, ponIénilose cuatro 5 cada lado de 61, sin d t iar i de ticoinpaíiarle basta el caso de darle sepultu- ra; y él con los ocho I~oinbres restantes d e los diez y seis qrie - cstzb3:i :t sr! ó ~ d e n , se reincorporüi-ü á In puer-

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FEnnzr,o 211 DE 1836. 263 i d e 1xcalle con el todo d6 la grt-,rc!in.-Z3.0 Al s i c ; i ~ el cadáver los oficiales destinailof; ci lievíirle, liar5 la rruardin a *sus honores, seguirán a1 fei-etro el of?Ci:~l'eti quicri hubiere recaido e l mando, y los oficiales i!el csta- (lo majTor de l a plaza; y dctriis d c estos ir-5 la g~rili.:ii;r

riel difunto capitnn general con la bnndera nrroll:ir?ii 7 las armas á la funei-i~l.-2~4.~ A l& g1xx4ia. srgi-iirá el ::coniparl~rniciito d e oficinles no crnp!cx?us y cnba!!cr6s

convidados en el mc:jor íircjen qiie se píieda.--25.." A pro- porcionada íiistancin 3cl rico::3paZ~.irrie11'lh .segt>irü u n re- ~ i m i e n t o d e cabtr!Ierin 6 dragones, y en s u defecto i ~ i i

escuadron; y f;~!t¿;. de USIO y o:ro ir5 !ir1 j?iq:!::te cspa- da en ~iinnb: las t ro~ipc tas e11 la c:jb:~íEcría, u v si fticrcn drqoncs los tnriibr>rcs tocai .5~ In xci-Chrt con so~di~zns , v 10s estnndart3r; se ]!ct-rirA~i nrroilados~siri p~i ier jos en "

las b~lsaS.-26.~ Toc!ou los oficiales de los reginlientos que cst6n e n ala pc.r las clilies, s;iiurlaráf~ a! critlás.cr del cnpita;: general á tlistanci:: picporciorlndri: !os r?iii.reces c:jecutar,íli lo misnno con las banderas, y los iaí5ho:res tocnrAn la inarcha: los soldados se tiia.iitsndr5n con I i t s

arixias al hombro hasta qtie descu'urntl In comit.iv:z de1 eritierro, y erit6nceu se 1i.s ~nai idará presentar las iirntns. -2'7." ri p~oporcion qrre \laya Ilegitn!lo á 121 iglc:si;~. la tropa de ncompafiamierito, irá (x forrrjtar cn lo ;~nctstcs

1 que deba ocupar: los g ~ i ~ ; ! ~ t l ~ r ~ i - . , i;rac ,fevar5rl 1 ; ~ van - -iiarclia, lo ejeeutrirfin eii 121 p!:zz:x, 6 parage ~e f in . f ado b

cerca de la iglesia, deti-ás de ?os c;il;c:i.os caSonvs: pero dcjar5n e n el centro ~ z r r c.si~acio (12 vci:jie pnsss ;):~r:?. c j 1 1 ~

1 - 1 " C . e n e! entre ,"1 f3rrnar la ~wnrdin . t.61 fi:i:>uíi? caj)if;in rrcne- n 2 3

d, que pasar5 por In retaguardia. ~.- de los granatfcrcas pn- 'I-3 ~ Q X X I sü ~ X C S ~ Q eíi LLíILLCI j > ] ~ : l ~ ~ , i -c , i rr> ~1:::: ] r ; ; ~ - ~

i3

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264 FEBREIRO .. > ~. 29 ,,~. DE 1836. fado el ca-áver dentro de la igletsia;.y .

. el reg.iiniieixto . de .

. . , ballería 6 tropa n 1 0 n i ~ d i ' ~ u ~ . .

. cerró .. la . retaguardia, ~ ..., . . . . ~ . " pasar& á for~nar en . . la . plaza 6 calle , .: mas .I... . . inmediata . . de !. la , parte opbesd

3 : :

ta B la . en que ~. se . hallan . en . ala . . . los i.eginiientos.-28.~r . . . , Como estos, por estar repartidos . , .. , , en ¡a.ieali&s, . . , . no puek den (sin riesgo . . . de &una desgracia) hacer lar. ;alias fúd nebres, , las ejecutarh los granadéros ~. . y &uardia del g& nerJ en esta forma: lahprimera solos eilos ( p e s llega- . _; ~.

rqo Antes) a1 tiempo de entrar el cadáver en la iglesia con una descarga general: la segunda, ellos y la guar- &a, que ya se habrá incorporado en el tiempo preveni. do; y la tercera al darle sepultura, empezando cnda,desd carga los cuatro cañones de su frente, si no hubiere i w coveniente que lo impida.-29." Concluida la última descarga, e1 sargento mayor de la plaza hará desfilar los batallones, segun el órden en que estaban eri ala, empe.. - - zando por el inmediato 5 la iglesia, y hará que todos pa; sen por delante de su puerta, observando en su marcha -

la mis na formalidad fúnebre con que vinieron á apos- tarse: las compañías de granaderos conforme vayan Ile-

a ando s u s respectivos batallones, se irán á poner á su cabeza; y la guardia del difunto capitan geiieral esperad

. rá que llegue su regimiento para incorporarse en él.

Cvi tan general de provi7acia muriendo en la de su mando,

30." Todo lo dispuesto para los honores y ceremo- nias del entierro de un capitan general de ejército se practicará con el de provincia que falleciere y se enter- rare dentro de la de su inando, á excepcion de que el honor de armas presentadas ha de lirilitarse a1 de: tener- las al hombro; su guardia lia de componerse de capitan

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;ultcniente cp:, ~ h I l : t . - ~ ~ ,,,.,, y- cuarciatcz licxbrcc; !lix: tiros de c a l i ~ n , luego que fallezca; han de- ser. dos, igual na- -mero al' sacar. el: de.su,cass y. al entiar' eni la iglc~ia,: y una. des@rgaide: trírcb caiíOnaZo8 al titinip6de enterrarle;: pero s i el: dapiranigeneril:de provincii iiiü-

rie*e - Glera de ella, se ejecutará.. lo reglado para. el- grg- do que tiiviero en-el ejercito, áexcepcion- de sisu~muer- te ocurriere donde yo, la reina:6 príncipes residiérenios, pues en tal caso no se hjn de hacer honores fúnebres, siquiendo <. l&,regla, general; de que nuestra presencia los impide.

Capitala general de ejército que nzuere en campak con mundo de él en gafe.

31." Si el capitan general de ejército s e hallare en campaña y falleciere (teniendo el mando dc el en gefe) en el distrito d e su nlandu,doiide esteel ejército campado, será del cargo del oficial general quele hubiere succedido, dispoiler que se observen las formalidades que explican 10s artículos siguie1lte8.-32.~ Prevendrá al vicario ge- neral del ejército, que mando asistir todos los capella- nes de los regimientos á celebrar los oficios de cuerpo presente, y acompañarle en su entierro hasta la iglesia scÍialnda.-33.0 L o mismb que para la griarnicion está arl+egIado, se observará en< canipafia en cuanto al tieni- PO y riíimero de los cañonazos que se han d e disparar, si cl parage del entierro y demás circunstancias lo pei- mitieren.-34.0 L a guardia del difunto capitan genera! ejecutará lo mismo que está prevenido para guarnicion en igual caso, con la diferencia de que, por ser en can- palia, han dc llevar las urnas al hombra ios soldaddos de

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-266 8erzc;rs~o 21) D E fO&. Da

. ,

.:EN g~;lrdiu.- . -35.~ FD?~?= 6 ~ p a ~ d ~ I,aye de ~~~~~~ la com,i- ... ~~

~.

tiva del entierro por el frente de) ejército, se pondrárr ,

&en batalla todas las tropas:,los óficiales saltidarán al ca- dáver: luego .queesté& d&aneia p r ~ o r e i ~ ~ 3 , d s , b.,mis- rno ejecujtaran Iasbunderas:~: estaridartes,; ,los tjdmbores,

<

-timbales y trompetas tocarán la marcha y .,se- presents- rá1i las a m a s can buyonkta armada,-3Gdu Para aconb- paT?:tr el entierra se. nombrar6 un teniente g,eneral, un .~narisenl (1.e campo, u n 'co'rqnel de infantería con su re- gfniienlo, qiie ser6 'el mas antiguo, y elcpi.imer regiii~ien- to de czballería 6 dragones nlontados con el suyo.- 37." S o d a esta tropa, con cuatro cañories de cainpnfía, .SS ¡untar5 en el cuartel genemr, y formará para fa,!iti- ra del entierro en diiposicion de emprel.1ender sil nmr- c11a con éste 6rtici:.--3Y." hfarcliará delqnte la com- pa6ía de carabineros 6granacleros del regimiento de ca- btillería 6 dragones, destinado, á esta funcion, yrekedi- <los de cuatro bat.idores y un c n h ; 5 csta.tropü seguirán e1 teniente general y nzariseal d e eatiipi inmediato á es- ..tos oficiales genemies ii.á e! regimiento de infrrritel-íx; detrás de 61 los cuati-o cafiones, y cabaElos enlutados del gerierai tliftlnio; seguirán los: capellr*iies de los regimien- tos precediendo el cadáver:descubierto, vestido con sus . . tnsabnins rr!ilitares, y condr~cjclo en unas n~jdas & n~odo. de litera: detras del feretro irá el pnernl conrandante del ejt5rcito ccrn sii .plana mayor, y ],os oficiakes gcnerdes que tuviere por conv-er~iente ~orxbbríu- el gefe c- del ejkrcito. - 3ck . 0 T.,:% guardia <li:l difunto capitan general, seguirá e n eI i ~ o d o que está preveriido Ic , ejecute, estiinclo en nuniriicion cn i p a l caso: inmediato al acornparianiiento b

alaichará todo el regimiento de caba1,Ieria ú dmgonos, C .,

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FEBRERO 29 DE 1836,: 267 cerrando su coronel fa retaguardia.-40." Toda esta

tropa irá con la r i~isma formalidad y aparato fúnebre que e s t j explicjldo para el caso d e suceder en una guar- riicion, y cuando a l pasar por el frente del ej6rcito ¡le-, gue al costado en que termine la línea, se adelantará al- gunos pasos miis el general coinaridante con toda la pla- na mayor, que le acori1pañar5 para saludar al cadáver con la espada, y no continuará s u marcha con la co:ni- tiva del entierro.-41 ." El vicario general con todos los capellaries, continiiará acoinpañando el cadáver has- ta la igtcsin, cuidando de que se le dé sepultura, y se ce- lebien los oficios con la solemnitlad qiie corresponde.- -42." El ejército, que desde que acabó de pasar por su frente el cadaver del capitan general se habrá puestodcs- cansando sobre las armas, las presentará luego que oiga la descarga ejecutada 6 la iniriediacion de la iglesia, y siendo esta niisriia seIia1 aviso para que la batería desti- alada dispare los quince tiros que corresponden, herá succesivarnente toda 1a tropa de sjkicito qiic tuviere en las líneas una descarga general, y concfrtida se retira- rán los regimientos á sus tiendas.

General del ejércitu el2 cantpaiia. .-

43.O Cuando ftilleciere en campai"ia un teniente ge- neral, 5 quien'con nominacion expresa Iiubiere yo con- fiado el mando de aquel ejército, se practicará todo lo rlispuesto para los honores y ceremonias del eritierro del cnpitan gcceral de ejercito, á cxcepcioi~ de que el ho- rtoi de ürmas preseiltadas, ha d e limitarse al de tenerlas a1 honibro: su guardia ha de componerse de capitan, sub- teniente con bandera, y cuarenta hombres; los tiros de

* - --

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!i?88 ~ t B I i f i ~ ~ o !29 DE -1 836. ~jfioh r l'ueg.0 q u e %.fa4.lezcaj han de . s.ef ,dos, ,igual n & a . e ~ . ~ ,

al.sacar el :cad@er dc; s u casaty al ehtar en IaCgk~i-at y :una descarga .'de ,trecé :.caiíonazos . al : tiernP.0 Be : en*- te~?arle. - - . *

. . . . ~ 6 ~ i f . a n ~ ~ e i i e ~ l . . . ! de ..ejé&io . , que ,: muere , . en une'p~a.ia. e& g.vs . .

* . n o ,&anda. . .

- 442 .Si e1;capitanigeneral: .del e~:jé,scitp~~faJlecjcs;e :en una: plaza-6 :pacage donde. $1 ' tienpo..de. :su \.ntu.erte ,-;nb fuese:co~~tanditn$e e-~:igefe, -:se practicar6 pea .s-d 'entierro 10 que. astá..prkvenido Ijara 1:~s: que-fallciClesen: .eri,.acfuai rnando, con. la ,diferencia: de-.que la gtrarniaion. no se -p6n- drá enala: por'-las calles,: n i el cañon de; la plaza 'ha de dis- parar rnas.que' 40s quince tiros: prevenidosi para :el*.tiems po 'de darle : s~$pr~Itum, despues de :la: descarga de los cuatro :cañones del -aeompañan%iento;: pero. aetras'del cadá.$er i ~ $ i -el rdg?mientode , infantetía ..qrie ,le .,daba la guuidja :al difunto capitan ;,nenerallel. dia de I su: rhtserie~ dejándole: á la-tropa *que la conxpone-el lugar .qt~e:le.cac- responde.-45.o ,,La eolbpañía d e gr.andderos -del: i-egi- miento referido llevará la'xanguardia; y :dará l a prirmi.a descarga al tiempo prevenido, y como ent6nces no pue- de hacerla el'regimiento pbr- chbrir "la ~etaguardia, eje- cutará unido <con los,gi.anac?er.os, la-.segUndary tercera, á- cuya - hora' ya 'podrán bab.ei.s.e forrnado,:y estar en: dis- posicion de praeticar1,as.

,

~ n i i t a n goierol de ejército. muere en el d e compaGa, . ,

no siendo g-efe de'él.

.:.a :Si un.capitan,general de ejercito fallcciere: en kainpgr"na, no siendo. comandante en: gefe :de é1,:no so

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F ; E ~ E W , '2-9 DE .183.G* 2 6 9

n~nd,r$. e1 .?jgrcj te s ~ b r c llf43 &E&,?.$ $u.&ndo ,pZ.;e. e! sud&- i- . ' :; . . - , : : . r

ver par . -s.y ~. frepte; p,arg* 3,9sigl),a{iip presentarán las ar- mas, ~ los. . . ,?aoib:orm . ,y: .qrp~ppetqs , . ., tocarán 1a marcho; las guardias de prerencion:foxmarái),y . . . , . ., . l a L demás d e las batallones en los interv6los de siis compa~ias se pre- senldrán.shr armas, no: pasando de:hs.i.iewd.as, yen. cu;117- $0 á lo demás .del. a~mpasiamiento . . . , . de su entierra yce - remonias .que en él han ,de .practi~ar$e, . .

, .se o.bser.var6 lo

misnm !que: . . .,está r;eglad~~pa.ra , . 1 ~ s . 3 que,,s,ean .: :~c;tua!.es . co- .+andüntes eq ge&, . .á:e~c~epki.op . , , dp.\qu,e; po se disparar& el ea?n en o t r a ' h s k . . ,a).g,upa ni. ii&npo;.q.ue e* el de dar sepultura al cadbvir, .sn;cuys &so se tir&;án de las ba- terias del, . ejercito , quince . ..caiíonazos, despues ,que se fiaya oido el disparo de los cuatro cañonos de su acom- pañayiiento.

. Teiziei2te' . . general. . .

47." .A un 'teniente .general. ,accu~par?ará. iin mariscal de campo, un coronel de: infantoí i .con su* primer bata.. llon, y- dos: escuadroiies de caballería 6 dragones mon- tados con su . ~ ~ r o r i e l , qus cerrarán, la retaguardia.

Mariscal de campo.

48." A un mariscal de campo acompafiará un briga- dier, un segiindo batallon con s u teniente coronel, y un escuadrosi de caballería 6 dragones montados con el su- yo, que cerrará. la retaguardia.

49." A todo brigaditr qiie muriere en campaña man- dando una brigada, acompañar6, además de un batallon 6 escuadron de su regimieoto, si lo tuviere, una oornpa-

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. ? . . . . . . . . . . . de d . 1 .; : -

. , . . s< . a . - nno ,. . , de-'ko& . . > . . ! . . . . que~i&rilen t . y J :F.,?.;.. ! . .,.i.. la . . . . . brigada ,..,.. . . . . . . rie su uiarii . do, y:'end&fefect6dé su r0gilniibtd ~iá u& batalloir 6 . . . , . , , . . .,, , : ..,> . , . , , , , \ ,. .. - , ~ .. . : .; cuaij io* ¿fe,: ~ j ~ j i ~ i f d t t sc,rr'uh 1 , ' '

,.]"& de. ':'baya sido, I

<?"C d t. e . . ... ...... ~b..oi.va~d6b,g,i~ ihiaind: ... gjt.i.diEidH,.. . - . . :. . , . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . ".' . , .. . > . . . . . ,: .:*;:.+:. - .- - . . . . . ~. . . . * ' . . . . . . . . ., <

1 1

. . Coronel co;m ejerczcio, ?¿irlki%adose ; en su. reg<miento. .: ' ~. S::: < > J, f .3 ; ; $ , ..S , :. -. .: I e"' 50," .& bh e o r ~ n d i ;en .pr~pied~d.a~ompañai .~a &u .prii

- . .. . . . . . . . . . . he* b;itíillo~ & & ' ~ ~ ~ ~ ~ o n con ia2 b&ndiras ó:.sgtafid&r- . . . . . ;,'j +-l.$;co . . ~: ;,' t c s a;rdli-aa&S '-

. , ,: . -ji.b ronéht se- potidiá- cárbat:~ negra: i 3 : \ C1

. . Icjg &iib;ór& '6'\iWkja'i&'ir8ri . . enlutados, y en la marcha

, - . '-;..T. .. { . . + . ; . ~ , :

&'k&griii;l el .. &(le& . . 'iT '.1x cornpañík de ' granadiras ;ú , , ~ ' ) < . o 2

' carabiheios a 19 c;\beia:.de Kás' comunidade's, el t,eiiien- .,.; , , .S r - , . , . : , .

te corÓnel'dLlilnte . . . d e l ~iStallo$ 6 escurrdión ionibrido . ., .

con inmecf iición al -cAdáver; y ' 6' los lados 'de este irá la guardia de un cabo y cuatro , . hombres, qtie se mantenl drá iiasta darle sephliiira; y c'u&dci la tropa l i n p llega- tlo 5 la plaza' ó pnfage 11,:~s proporcionado á su forma- ción, cerca di, -la igle~Ta :en' ,qi-ie.ki:iy& ,de kiackrse el cn- tierro, formárk enz ba&lt&:, y dará una descargá cuando llegue el caso. de d6r 'sepultura al cadríve~: ej-eeatndoes- t,o, se quitará el Iiito . . á las . . cajas, . , y ,p asando por delante

j . . I . . ,

de I;i iglesia, se retif'ará el batallon ó escuadron á sli , ( . ' ' cuiirtcl. , i

. Col.onel CÍZ .ptppieckad. ausente, d e su pep'2.m¿en$o.. ,. .

52." Si c1 coronel en propiedad murierc donde n o se hnlle su regin-iiento, solo se observará lo que p,ira co- - roncles reiortnados y graduados previene el artículo si- guiente.

Coronel reformado 6 graduado.

- 52.". -4 un coronel reformado ó gradt~ado rreornpa-

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: . F E ~ R E , R O 20 DE . .l83.6. , . . - ... .. ,271 - , S

Gará un tdriierite coronel . con . . cuatro a ciinipafiias; pero ioa .tambores no : llevarán . . las cajas, . . , . enlutadas, . , y . . en lo derriás

. ,

S: o b s s r v ~ r á .. . . lb . z . Iifev&&do.' . . . . I~

: & . L . . ' .!.

Teniente coronel- chiz ejercicio.

53." :l un teniente coronel con ~ je rc ic io se tlestiria- rán tres compafiízs de su bata11011: 10s talnbores Ilevürán las cajas eil!utdns, y se practicará lo ~~everiii lo.

5.1.0 ih iin teriientc coronel reformado 6 graduado se Ic darán dos cornpafiiau, que rio Iievarhn las ajas crl- . . lutadas.' . .

SuíCTe)~to i.izayor coz8 sjcrc¿czo.

55." A un sargci~to riiayor con ejercicio se darán d s s coinpañías, que llevarán las cajas enlut:-i~!ris, y a los la- dos del cadáver i rán los ayudantes.

Cui3itan con cjwcicio.

56." Con el cátlaver d e 'un capitnri*coil ejercicio irá sil coinpañia, y el tanibor llevar6 la caja eolutada.

57." A iln capitnn reformado 0 ~r¿ idua i lc L. ~icoinpafiit- rá un subalterno y ciiarent:~ I~orrlbres con ~ a r g c n t ~ y . tambor, que no llevara la cajri c~r,lr;?;\cl:i.

59: -4 uil ay urlante ruayor, teniente 6 nluerez, acolri- paiíarh otro oficil-il del rnisrno grado del (tifttrito con vein- le iioiilbres y iul tambor sin eri!utar la caja,

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602" : - A.1 d e , u n . oi~uj.an(o,~ un,c;ahq..~ . , &,z,hombres-:sin .acrnm. - . : ,

~ . , . . < l . . ; ' .! ! . . . ! :

- . . . z . , . @a.rgento. , .

61 .O A un saigFnto ncornpaÍíarA otro sargento de su - . . . , . , ' . . . , . ,. . .

compañi& con los soldndos de e l l L sin armas;

62."" A l tambar mnyor. acompañarán todjs tos tam- bores sin cajz~.

CUBO. ,

63." AI ca.bo dé e's'cuadí-5' acompañar% Ótio:ca&o coa doce hombres sin armas de sum mismis ccnrnparli~

Soldado ó tamhor.

64." Al soldado 6 tambor acornpafiarán sin arnias seis, soldados .¿fe la misma corrip1ñía:-65.~ En Ia ea- ballería y dragones- se adoptar&; segun la distineion de su servicio, 10s honores, á lo expresado para Ia infante- ría; y respecto de la menor fuerza de las cornpaííias, acornpaírará la suya entera destnontadci al capitnfi con ejercicio: treinta soldados y uo pubalterno al oapitan re- formado 6 graduado: veinte y u a subalterno al ayudante, teniente ó alferez: al capelfan doce y un sargento sin ar- mas: al cirujano un cabo y ocho soldados, al sarqento otro sargento de su compañía y 1'0s soldados de ella sin armas: &cabo de exiiacira otro c a b o con doce horn- bres sin armas de su m%snna compafia; al soldads, trsin-

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. .

F F ~ H ~ E R O 26 DE 1836. 2?3 . . p&&, t,irnF_iaiero 13 tarlibor, ~eo~k%pafi*riiii biri al.ifi&s serf.

s01tlados.-66 los ofi~iales de estado rnayof de plaa %a, desde el gobernador inclusi9e tiasta capitari di, ]la-. ves tuviese gi;adó) $6 le+ considerará para s u s hotiii; *es fúfieh.re9 conio vivos en la cjase de que fueren SUS

grados de¡ ejército+ desde el &ir&cier de coronel iriclu- sive abajo; peid si el gooeina$& 6 teniente de rey fue- re oficial 6 brigádier, se l e harán los honores correspondiéntes s u clase.-67." A; 10s oficiales. de fnariria, aftillena é irigenieros, se les liarán los honores i.eapectiir6s al aractef S ; . :, que estén co'nsiderados.-.

' : .- :: O ,os ofi'ciaids' agregados 5 e s t & d o ~ mayore8 de pla- . .. gas, sefád repfitados papa rntsmo caso, C O ~ O refor-

n os, en lg c i a~e de qué sean s u s del ejercito. m d ' . . . .

-6!k0 Po? punto gen6i.al ic: obs6ivará el no ponerse eri bampaiiu la& arnias á la funeial para honores de esta especie, y que i3 todas los oficiales particu¡ares desde álférei hasta fjrign.dier, no se debe hacer rnas que una descarga por la tropa de acon~~afiarriiento al tiempo de dar sepiiltura al caci6ver, y tres en la forma explicada para óflcfa~les génera1es.-70." Por lo que niira á oficia- les generale@ qiiie se fiailen sirviendo en cuerpos de m i Casa reai, 0bservará.d en sus honores las demás tropas de mi ejéi.ciLo lo que está a.rreglado en este título. para. él caracter que tuviere e1 difunto, con la diferencia de que no. ha, de ~ccimpañar 6. la inmediacion del cadávei Ia guardia que tenia, sino la tropa que su cuerpo debct diirle segirn esta exp¡icado e11 su ordenanza; peso si mu- kiere donde n e haya tropa de s u cuerpo, proveer8 siñ

guardia la qiie allí ~ c i s t i e r ~ de 0tro.-71.~ Siempre que iie entierro de algun oficial de cualquiera carácter, nu$:

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