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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2012 Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina” 1 CONVOCATORIA "ENTIDADES CAPACITADORAS PARA EL PROGRAMA DESARROLLO EMPRENDEDOR 2012” ANEXO I BASES Y CONDICIONES 1 PRINCIPALES LINEAMIENTOS DE LA CONVOCATORIA 1.1 Objetivo La presente convocatoria se realiza en el marco del Programa Desarrollo Emprendedor 2012, establecido por Resolución 43/SSDE/12, y tiene como objetivo brindar un servicio de asistencia y capacitación a los emprendedores participantes del citado programa. A tal efecto se seleccionarán hasta (3) tres entidades no gubernamentales que acrediten reconocida experiencia y trayectoria tanto en la capacitación y asistencia a emprendedores, en particular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como en el uso de herramientas informáticas aplicadas a la gestión de nuevas empresas y/o planes de negocios. 1.2 Sobre el rol de las Entidades Capacitadoras Las Entidades concursantes que resulten seleccionadas en el marco del presente concurso tendrán a su cargo la ejecución de 5 reuniones de las actividades del Componente Técnico inicial cuya finalidad es dotar a los emprendedores participantes del Programa Desarrollo Emprendedor 2012 de los conocimientos y herramientas básicas de gestión para la puesta en marcha de una nueva empresa. En este sentido la tarea de las entidades capacitadoras seleccionadas en el marco del presente concurso deberá atenerse a lo establecido en el punto 2.2 de las presentes Bases y Condiciones y se desarrollará en las sedes que resulten del proceso de selección de Entidades Patrocinadoras del Programa Desarrollo Emprendedor 2012, establecido por Resolución 43/SSDE/12 y 55/SSDE/2012.- 2 DE LAS ENTIDADES 2.1 Selección de entidades Capacitadoras. Entidades que hubieran sido seleccionadas como capacitadoras del Programa “Desarrollo Emprendedor 2011, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora”, por Resolución 79/SSDE/2011. Las entidades que hayan resultado seleccionadas como capacitadoras del Concurso “Desarrollo Emprendedor 2011, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora”, según lo dispuesto por la Resolución 79/SSDE/2011 y que estén interesadas en continuar actuando como Entidad Capacitadora en el marco de la presente convocatoria, deberán: a) Tener al menos una sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2012 Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”

1

CONVOCATORIA "ENTIDADES CAPACITADORAS PARA EL PROGRAMA DESARROLLO EMPRENDEDOR 2012”

ANEXO I

BASES Y CONDICIONES

1 PRINCIPALES LINEAMIENTOS DE LA CONVOCATORIA 1.1 Objetivo

La presente convocatoria se realiza en el marco del Programa Desarrollo Emprendedor 2012, establecido por Resolución 43/SSDE/12, y tiene como objetivo brindar un servicio de asistencia y capacitación a los emprendedores participantes del citado programa. A tal efecto se seleccionarán hasta (3) tres entidades no gubernamentales que acrediten reconocida experiencia y trayectoria tanto en la capacitación y asistencia a emprendedores, en particular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como en el uso de herramientas informáticas aplicadas a la gestión de nuevas empresas y/o planes de negocios.

1.2 Sobre el rol de las Entidades Capacitadoras

Las Entidades concursantes que resulten seleccionadas en el marco del presente concurso tendrán a su cargo la ejecución de 5 reuniones de las actividades del Componente Técnico inicial cuya finalidad es dotar a los emprendedores participantes del Programa Desarrollo Emprendedor 2012 de los conocimientos y herramientas básicas de gestión para la puesta en marcha de una nueva empresa. En este sentido la tarea de las entidades capacitadoras seleccionadas en el marco del presente concurso deberá atenerse a lo establecido en el punto 2.2 de las presentes Bases y Condiciones y se desarrollará en las sedes que resulten del proceso de selección de Entidades Patrocinadoras del Programa Desarrollo Emprendedor 2012, establecido por Resolución 43/SSDE/12 y 55/SSDE/2012.-

2 DE LAS ENTIDADES 2.1 Selección de entidades Capacitadoras. Entidades que hubieran sido seleccionadas como capacitadoras del Programa “Desarrollo Emprendedor 2011, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora”, por Resolución 79/SSDE/2011.

Las entidades que hayan resultado seleccionadas como capacitadoras del Concurso “Desarrollo Emprendedor 2011, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora”, según lo dispuesto por la Resolución 79/SSDE/2011 y que estén interesadas en continuar actuando como Entidad Capacitadora en el marco de la presente convocatoria, deberán: a) Tener al menos una sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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b) Expresar formalmente, a través de sus autoridades, su voluntad de participar en la presente convocatoria presentando debidamente firmado, el ANEXO IV, “Aceptación de Bases y Condiciones”; c) Presentar el listado de los capacitadores que estarán a disposición para las actividades de capacitación, ANEXO III, formulario propuesta de capacitadores; d) Cumplir con lo requerido en el apartado 2.2, “Entidades Concursantes” de las presentes Bases y Condiciones. Sobre la base de la información presentada por la Entidad, la Autoridad de Aplicación resolverá acerca de su inclusión o no como Entidad Capacitadora en el marco del presente Concurso. En este sentido, la Autoridad de Aplicación podrá solicitar información adicional y/o verificar la nómina de integrantes del equipo técnico que se presente a fin de determinar si los mismos cumplen con los lineamientos para el desarrollo del programa. 2.1.2 Entidades que no hubieran participado del Programa en el año 2011

Podrán participar de la presente convocatoria entidades especializadas, educativas, de desarrollo territorial, cámaras empresariales, entre otras que, al momento del cierre de esta convocatoria se encuentren inscriptas o hayan iniciado el trámite de inscripción en el Registro de Entidades de Apoyo a MIPYMES, creado por la Resolución Nº 61-SSPRODU-2006 (B.O.C.B.A. Nº 2502) y sus complementarias, y que cumplan con la totalidad de las siguientes condiciones establecidas para la presente convocatoria:

i. Tener al menos una sede en la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires; ii. Acreditar experiencia en materia de realización de actividades

de capacitación y asistencia técnica a emprendedores en materia de gestión de planes de negocios, preferentemente en el ámbito de la GCABA,

iii. Acreditar experiencia en el uso de software de gestión para nuevas empresas, como herramienta complementaria de capacitación;

iv. Contar con un equipo profesional disponible que, a juicio de la Autoridad de Aplicación, pueda considerarse como idóneo, capacitado y con experiencia comprobable para el desarrollo de actividades vinculadas con la temática de la presente convocatoria;

v. Designar un Responsable Técnico del proyecto, quien deberá suscribir la Propuesta presentada;

vi. Presentar nota firmada por el Responsable Legal de la Entidad de manifestación de interés por participar en la presente convocatoria,

vii. Adjuntar a la citada nota: a) Anexo III- Formulario de propuesta de

capacitadores.- b) Curriculum Vitae de cada uno de los

capacitadores, y c) Detalle de los antecedentes de

participación de la entidad concursante tanto en actividades de asistencia técnica y capacitación en gestión de nuevas empresas y/o planes de

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2012 Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”

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negocios como de programa de fomento a la creación de nuevas empresas.

Una vez expirado el plazo de presentación de las propuestas, las Entidades Concursantes serán evaluadas, y se emitirá un dictamen. La evaluación se extenderá por un plazo máximo de 10 (diez) días corridos. A efectos de la selección de las Entidades Capacitadoras, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

1. La experiencia de la Entidad en materia de actividades de capacitación y

asistencia técnica a emprendedores en la gestión de planes de negocio, 2. la trayectoria de los integrantes del equipo de capacitadores que integran la

propuesta de la entidad; 3. acreditar experiencia en el uso de software de gestión de nuevas empresas,

como herramienta de capacitación 4. experiencia en actividad con emprendedores en el ámbito de la CABA. 5. experiencia en participación como capacitadores en programas de

características equivalente o similar al Programa Desarrollo Emprendedor ,

2.2 Actividades a realizar por las Entidades Participantes que resulten seleccionadas como Entidades Capacitadoras Las entidades que resulten seleccionadas tendrán a su cargo el desarrollo de actividades de sensibilización y capacitación destinado a brindar a los participantes del Programa Desarrollo Emprendedor 2012, los conceptos y herramientas básicas necesarios para la puesta en marcha de un emprendimiento destinado a la producción y/o comercialización de bienes o servicios.

En este sentido los emprendedores participantes serán agrupados en comisiones, que funcionaran en las sedes dispuestas por las Entidades Patrocinadoras que resulten seleccionadas en el marco Programa Desarrollo Emprendedor 2012, establecido por resolución 43/SSDE/12. La actividad de la entidad capacitadora en cada comisión se desarrollará a lo largo de 5 (cinco) reuniones, cuya duración será de tres horas por cada encuentro dando un total de (15) quince horas, cuyos contenidos mínimos se detallan a continuación:

Ejes Temáticos

Duración

Contenidos principales

Presentación del curso. Expectativas. Perfil

Emprendedor. 3hs

Marco teórico: ¿Qué es emprender? Perfil emprendedor, Herramientas de

Autoevaluación, Conductas Habilidades

Búsqueda de Oportunidades en el mercado,

3hs

Estrategia y técnica en la búsqueda de una oportunidad de negocios.

Desarrollo de una red de contactos. Estrategias para el desarrollo del

negocio.

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Búsqueda de Información e Investigación de mercado

3hs

Contenidos mínimos de investigación de mercado. Análisis de

mercado.Competencia. Clientes. Caracterización de los clientes para la

satisfacción de sus necesidades.

Herramientas para el Emprendedor

3hs Análisis sobre el equipo de trabajo del

emprendimiento. Liderazgo. Comunicación. Redes de apoyo

Estrategia y Plan de Negocios. –introducción en la utilización

del Soft. 3hs

Elementos centrales del diseño de la estrategia del emprendedor.

Armado de un plan estratégico. Herramientas necesarias para operar con el “Software de gestión”: Breve

descripción de los contenidos de cada módulo (Competencias Clave para emprender; Test de Idea; Plan de

empresa on line; Plan Estratégico de Crecimiento).

El listado anterior no es de ningún modo exhaustivo ni limitante de nuevos temas que puedan surgir, vinculados con la gestión de nuevas empresas y/o planes de negocios. De ser necesario, y en pos del cumplir con el objetivo de la presente convocatoria, se solicitara a las Entidades Capacitadoras asistencia para el desarrollo de actividades adicionales orientadas al análisis de casos prácticos y evacuación de consultas. Las actividades tendrán lugar en el ámbito de la CABA, entre los meses de junio y octubre de 2012, inclusive. Tanto los lugares específicos como las fechas y horarios de las comisiones serán oportunamente asignadas e informadas por la SSDE a cada entidad capacitadora, con debida anticipación respecto de la fecha de inicio de la primera reunión.

Previo al inicio de las actividades en la primer comisión que se le asigne, cada entidad capacitadora deberá remitir a la SSDE el material de apoyo a utilizar (preferentemente diapositivas en formato con extensión “.ppt” o similar). La SSDE podrá dar a publicidad a través de su página web dicho material. Las filminas y/o cualquier material de apoyo que se utilice y/o entregue deberán contener el logo y la leyenda "DESARROLLO EMPRENDEDOR 2012". 2.3 Asignación de comisiones a las Entidades Capacitadoras. La asignación de comisiones, a las Entidades Capacitadoras estará a cargo de la SSDE, y se realizará en función de las comisiones que se encuentren vacantes, luego de la asignacion a los capacitadores propios, la cantidad de participantes inscriptos en el programa, así como también de las posibilidades horarias y de los recursos disponibles de las partes involucradas en “Programa Desarrollo Emprendedor 2012, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora” establecido por Resolución 43/SSDE/12”. 3 DE LAS ENTIDADES CAPACITADORAS

3.1 Beneficios para las Entidades seleccionadas La SSDE abonará en función de la cantidad de comisiones que tenga asignado cada uno de los capacitadores de la Entidad, según el siguiente esquema.

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2012 Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”

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Comisiones a

cargo por capacitador

Monto en $ por hora

TOTAL en $ por 15 hs

1 160 2.400

2 170 5.100

3 180 8.100

4 185 11.100

5 190 14.250

El monto total a pagar se hará en dos pagos. Un pago inicial equivalente al 50% de la demanda de horas de capacitación que recibirá la entidad capacitadora.

El importe restante para completar el pago del total de horas de capacitación efectivamente brindadas por la entidad, se realizará al finalizar las actividades de la última comisión.

3.2 Calificación y registro de antecedentes de las Entidades Las actividades de las entidades que resulten seleccionadas, serán evaluadas durante y al final del Programa por la Autoridad de Aplicación. Asimismo, se podrá solicitar a los emprendedores una evaluación adicional a la que se realiza en forma sistemática al final de cada comisión.

3.3 Cierre del Concurso para calificar como Entidad Capacitadora Las entidades interesadas en presentar sus propuestas deberán hacerlo hasta el día 23 (veintitres) de mayo a las 16 hs, en la Mesa de Entrada de la SSDE, sita en Av. Roque Sáenz Peña 832, 4to Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La totalidad de la documentación que se presente deberá ser firmada por el representante legal de la Entidad Concursante debidamente acreditado. Sus hojas serán numeradas correlativamente. Las enmiendas, interlineados y testaduras, deberán ser salvados en forma.

Las Entidades Concursantes deberán constituir domicilio, a todos los efectos del Concurso, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todas las consultas sobre este Concurso deberán dirigirse a la SSDE, personalmente o por teléfono a las líneas n: 43131-5900; interno 1608 o por e-mail a [email protected]

4 OBLIGACIONES Y RESERVAS 4.1 Obligaciones de las Entidades Beneficiarias Las Entidades Seleccionadas deberán utilizar todo el material de difusión que, en el marco de la iniciativa “Desarrollo Emprendedor 2012”, pudiera entregarles el GCABA.

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Las Entidades que resulten elegidas deberán suscribir con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una Acta Acuerdo, que se adjunta a las presentes como Anexo II.

Las Entidades Concursantes se obligan, en caso de resultar titulares del beneficio objeto de este Concurso, a dar cumplimiento a los contenidos y las actividades proyectadas, en los términos del compromiso asumido en el Acta Acuerdo que a tal efecto suscribirán con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de conformidad con estas Bases y Condiciones.

En el caso de que una entidad incumpliera con los compromisos asumidos, la Autoridad de Aplicación podrá exigir a la entidad, la devolución de la parte proporcional o el todo del aporte efectuado.

Se prohíbe que las entidades capacitadoras y los capacitadores cobren cualquier tipo de entrada o bono a los participantes del programa, en cualquiera de las actividades que se desarrollen en la presente convocatoria.

4.2 Reservas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Solamente podrán ser seleccionadas las Propuestas que, además de ajustarse a los requisitos establecidos en estas Bases y Condiciones, cumplan con la totalidad de la información y documentación requerida en los Formularios, que constituyen la única forma válida de presentación a fin de participar de esta convocatoria a Concurso.

Cualquier incumplimiento de los términos y condiciones establecidos para el presente Concurso, así como la omisión o falseamiento de los datos consignados, dará lugar a la desestimación de la Propuesta presentada por la Entidad Concursante y podrá ser causal de eliminación del Registro de Entidades de Apoyo a PYMES.

La información y documentación contenida en las Propuestas presentadas a solicitud tendrán carácter de declaración jurada y serán confidenciales.

La presentación de una solicitud por parte del concursante y su recepción no implicará ni podrá ser interpretada como la asunción de obligación alguna por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o la Autoridad de Aplicación.

Durante el proceso de evaluación se podrá solicitar a la entidad el reemplazo de los capacitadores cuyos antecedentes no sean acordes al perfil del desarrollo de las actividades del presente programa.

De igual manera, durante el desarrollo de las actividades se podrá solicitar a la entidad el cambio de aquellos capacitadores que no cumplan con las acciones previstas y/o no tengan un desempeño satisfactorio en el presente programa.

Se hace expresa reserva del derecho de modificar, por razones justificadas, la fecha de realización de las actividades de la entidad capacitadora.

La presentación de solicitudes por los concursantes implicará el reconocimiento pleno y la aceptación en forma indeclinable de la Resolución y de las presentes Bases y Condiciones y que han tenido acceso pleno e incondicionado a toda la información necesaria para preparar correctamente la Solicitud, y que la confección y presentación de la misma se basó exclusivamente en su propia investigación, verificación y evaluación, renunciando en forma expresa a formular reclamos.

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2012 Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”

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Las Entidades Concursantes deberán realizar sus propias investigaciones a los efectos de la elaboración de sus Propuestas. Ni el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ni sus funcionarios intervinientes, serán responsables en forma alguna por eventuales perjuicios para las Entidades Concursantes derivados, directa o indirectamente del empleo de cualquier tipo de información, de programas de computación o cualquier otro dato o herramienta entregados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Autoridad de Aplicación, la Unidad Ejecutora, o sus funcionarios, en forma documentada o no.

En todos los casos, los gastos en que incurran los Concursantes con motivo de la preparación y presentación de sus Solicitudes, así como los gastos incurridos por los Concursantes durante todo desarrollo del Concurso serán a su única y exclusiva cuenta. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá dar a publicidad aspectos generales de las experiencias de trabajo realizadas con las distintas Entidades patrocinadoras en el marco del presente concurso.

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GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”

CONVOCATORIA “ENTIDADES CAPACITADORAS PARA EL PROGRAMA

DESARROLLO EMPRENDEDOR 2012”

ANEXO II- ACTA ACUERDO

La Subsecretaría de Desarrollo Económico del Ministerio de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Concurso "Desarrollo Emprendedor 2012, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora”, representada en este acto por su titular, Lic. Gustavo Svarzman; en adelante “LA SSDE”, por una parte, y por la otra la entidad ...................................., representada por su……........................., Sr, ……………………….. en adelante “EL BENEFICIARIO”, convienen en celebrar la presente Acta Acuerdo, la que se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Objeto – “LA SSDE” abonará en función de la cantidad de comisiones que

tenga asignado cada uno de los capacitadores de la Entidad, según el siguiente esquema. Comisiones a cargo por capacitador

Monto en $ por hora

TOTAL en $ Por 15 hs

1 160 2.400

2 170 5.100

3 180 8.100

4 185 11.100

5 190 14.250

El monto total a pagar se hará en dos pagos. Un pago inicial equivalente al 50% de la demanda de horas de capacitación que recibirá la entidad capacitadora.

El importe restante para completar el pago del total de horas de capacitación efectivamente brindadas por la entidad, se realizará al finalizar las actividades de la última comisión. SEGUNDA: Cumplimiento de la Propuesta – “EL BENEFICIARIO” se obliga a realizar las acciones de asistencia y capacitación en las comisiones que le sean asignadas por parte de “LA SSDE”. Para ello solamente se utilizarán los capacitadores que informó “EL BENEFICIARO” al momento de la presentación de la propuesta, con las modificaciones que se hagan durante la evaluación realizada por “LA SSDE”.

En caso que por razones de fuerza mayor “EL BENEFICIARIO” se vea obligado a realizar el cambio de algún capacitador, el reemplazante deberá reunir antecedentes similares a los del saliente.

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TERCERA: Asignación de Comisiones- La asignación de comisiones a “EL BENEFICIARIO” estará a cargo de “LA SSDE”, y se realizará en función de las posibilidades horarias y de los recursos disponibles de las partes.

CUARTA: Plazos - Las actividades tendrán lugar en el ámbito de la CABA, entre los meses de junio y octubre de 2012, inclusive. “LA SSDE” se reserva el derecho de modificar, la fecha de realización de las actividades de la entidad capacitadora.

QUINTA: De la forma de Pago – “EL BENEFICIARIO” se obliga en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles a partir de la fecha de suscripción de este Acta Acuerdo, a la apertura de una Cuenta Corriente Especial en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Casa matriz o sucursales, a los fines de que “LA SSDE”, realice los pagos objeto de la presente Acta Acuerdo conforme la cláusula PRIMERA. “EL BENEFICIARIO” se compromete a comunicar fehacientemente los datos de la cuenta precitada a la Dirección General de la Tesorería. En caso que “EL BENEFICIARIO” ya cuente con dicha cuenta en la mencionada institución deberá informar a “LA SSDE”, el número de cuenta y sucursal donde la misma fue abierta En caso de incumplimiento por parte de “EL BENEFICIARIO”, el mismo se hará cargo de los perjuicios que dicha omisión pudiera ocasionar, quedando “LA SSDE” excluida de toda responsabilidad en tal sentido.

SEXTA: Incumplimiento de las Obligaciones asumidas por “EL BENEFICIARIO” - El incumplimiento de alguna de las obligaciones de “EL BENEFICIARIO”, sin que medie causa fundamentada a satisfacción de “LA SSDE”, dará lugar a la resolución del Acta Acuerdo quedando la “LA SSDE” automáticamente habilitada y sin necesidad de interpelación previa a exigir la devolución total o parcial del BENEFICIO otorgado.

SÉPTIMA: Integración del Acta Acuerdo - Son elementos constitutivos de la presente Acta Acuerdo: a) La Resolución N° ......../SSDE/2012 y sus Anexos y b) LA PROPUESTA aprobada identificada como Expediente N°..........., instrumentos que “EL BENEFICIARIO” declara conocer y aceptar. Las relaciones jurídicas que “EL BENEFICIARIO” establezca con terceros con motivo de la ejecución de LA PROPUESTA y el Beneficio son ajenas a “LA SSDE” y las obligaciones que por este medio se regulan siendo inoponibles a la Autoridad de Aplicación.

OCTAVA: Domicilios Especiales -A todos los efectos derivados de este Acta Acuerdo las partes constituyen domicilios especiales en:

LA SSDE, en calle ________________________, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; EL BENEFICIARIO, en ________________________, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; donde se tendrán por válidas todas y cada una de las notificaciones que con motivo de la presente Acta Acuerdo deban practicarse. Tales domicilios se reputarán subsistentes en tanto no se constituya y notifique fehacientemente a la otra parte uno nuevo en el radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

NOVENA: Jurisdicción - Las partes se someterán para dirimir cualquier diferencia no resuelta de común acuerdo a los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se deja expresa constancia que las notificaciones judiciales dirigidas al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán realizarse en Uruguay 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento de Oficios Judiciales y Cédulas, en atención a lo dispuesto por el Decreto N° 804/GCABA/2009.-

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GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”

Los términos que no estuvieran definidos en la presente Acta Acuerdo tendrán el significado que se les asigna en las Bases y Condiciones del presente concurso.

En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Buenos Aires, a los......días del mes de...........de dos mil doce.

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GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

“2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”

1

CONVOCATORIA "ENTIDADES CAPACITADORAS PARA EL PROGRAMA DESARROLLO EMPRENDEDOR 2012”

ANEXO III

“FORMULARIO PROPUESTA DE CAPACITADORES”

LISTADO DE CAPACITADORES PROPUESTOS

ENTIDAD:……………………………….

Apellido y nombre del capacitador

Mayor título académico alcanzado

DNI Teléfono Mail

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GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

“2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”

Firma y aclaración del Representante Legal:…………………………………………………………………………… Firma y aclaración del Responsable Técnico:................................................................................

1

CONVOCATORIA "DESARROLLO EMPRENDEDOR 2012. Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora"

ANEXO IV

NOTA DE ACEPTACIÓN DE BASES Y CONDICIONES Por la presente (NOMBRE DE O DE LAS ENTIDADES PATROCINADORA) expresa su voluntad de participar del Programa “Desarrollo Emprendedor 2012, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora”, como entidad capacitadora de acuerdo a las Bases y Condiciones de la Convocatoria establecidas por la Resolución Nº 43/SSDE/2012 y toda otra normativa que complemente esta norma. 1.-REPRESENTANTE LEGAL: nombre, cargo, DNI, TE, celular, email

Apellido: Nombre:

Cargo: Tipo y Nº doc:

Teléfono: Celular:

E-Mail

2.- NOMBRE Y ANTECEDENTES DEL RESPONSABLE TÉCNICO

Datos del Responsable Técnico:

Apellido: Nombre:

Teléfono: Celular:

E-Mail