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GUÍA BÁSICA DE DERECHOS DEFENSORÍA DEL PUEBLO defensoriacaba

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GUÍA BÁSICA DE DERECHOSDEFENSORÍA DEL PUEBLO

defensoriacaba

2 | GUÍA DE DERECHOS, DEFENSORÍA DEL PUEBLO

ADJUNTOSAlejandro LabadoEsteban Centanaro

ADJUNTOSEugenio SeminoAlfredo Guzmán Echeverry

ADJUNTOSAtilio AlimenaGustavo LesbeguerisGraciela MuñizClaudia Serio

ADJUNTOSMaría América GonzálezJosé PalmiottiArturo Pozzali (2017)Claudio Presman (2014 - 2017)Lidia Saya ( 2014 - 2015 )Oscar Zago

ADJUNTOSAntonio BrailovskyDiana MaffíaAlejandro NatóRafael Veljanovich

ADJUNTOSAtilio AlimenaAndrés ElissecheGerardo Gómez CoronadoGraciela MuñizJosé Palmiotti

TENÉS QUIEN TE DEFIENDA

DEFENSORÍA DEL PUEBLO | 3

¿CUÁL ES EL ROL DEL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES?

El Defensor del Pueblo es elegido por la mayoría de los legisladores porteños de acuerdo con los resultados de una votación. Uno de los requisitos para poder ejercer el cargo es no ser miembro del partido oficial a cargo del Gobierno de la Ciudad. La norma constitucional determina que el Defensor o la Defensora del Pueblo debe reunir las condiciones establecidas para ser legislador y goza de iguales inmunidades y prerrogativas. Le alcanzan las mismas inhabilidades e incompatibilidades de los jueces y tiene vedada la actividad político partidaria. El cargo es remunerado con el mismo importe percibido por los legisladores de la ciudad.

¿CUÁNTO TIEMPO DURA SU MANDATO?

El mandato del Defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires dura cinco años y puede ser renovado por un único período consecutivo.

¿QUIÉN ES EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES?

Alejandro Amor. Fue elegido por la Legislatura porteña para ocupar ese cargo durante el período 2014-2019. Lo acompañan los Defensores del Pueblo adjuntos María América González, José Palmiotti, Arturo Pozzali y Oscar Zago.

El Defensor del pueblo de la Ciudad de Buenos Aires es el encargado de tutelar, controlar y promover que se respeten los derechos de los individuos y de la comunidad de la Ciudad de Buenos Aires. No recibe órdenes de ninguna institución ni tampoco responde a ningún partido político. Su gestión es independiente del gobierno de turno. El Defensor puede iniciar y proseguir investigaciones conducentes al esclarecimiento o rectificación de cualquier acción o comportamiento que implique el ejercicio ilegítimo, defectuoso, irregular, abusivo, arbitrario, discriminatorio o negligente de la función administrativa pública y que sea susceptible de afectar derechos y garantías e intereses, sean individuales, difusos o colectivos.Trabaja junto con otros defensores y defensoras adjuntos/as que colaboran en el ejercicio de sus tareas.

¿QUIÉN ELIGE AL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES?

¿QUÉ ES LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES?

4 | GUÍA DE DERECHOS, DEFENSORÍA DEL PUEBLO

EL BLOQUE DEFENSORÍA

La Defensoría del Pueblo participa permanentemente en la actividad de las diferentes comisiones y juntas que componen la Legislatura porteña. En ellas, los cuadros técnicos y políticos del organismo con reconocidos conocimientos en las diversas temáticas, producto de la experiencia recogida en el desempeño en sus Áreas de Trabajo, defienden las iniciativas legislativas presentados por el Defensor del Pueblo, y debaten los demás

proyectos y aportan la visión de defensa, protección y promoción de derechos que distingue a esta organización y a su gente. Por estas razones, y porque cuenta con una nutrida representación en cada una de las Comisiones y Juntas, es que denominamos a este colectivo como BLOQUE

- Radio La Red AM 910 -

LA DEFENSORÍA CON VOS

13 a 14 hs.TODOS LOS SÁBADOS

La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires puede presentar proyectos de ley al Poder Legislativo de la Ciudad de Buenos Aires para su eventual sanción, facultad que reside solo en contadas personas u órganos del Estado. Más allá de la iniciativa popular que regula el artículo 64 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la potestad en cuestión reside naturalmente en el

¿CUÁNDO SE CREÓ LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES?La Defensoría fue creada en la Convención Constituyente que, en 1996, sancionó la Carta Magna de la ciudad e incorporó en ella instrumentos de democracia participativa. Creó cinco órganos de control: la Sindicatura General de la Ciudad, la Procuración General, la Auditoría General, la Defensoría del Pueblo y el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos. Cada uno de ellos, a excepción de la Defensoría del Pueblo, funciona en el ámbito de alguno de los Poderes del Gobierno de la Ciudad.La Sindicatura, la Procuración, la Auditoría y el Ente Regulador de los Servicios Públicos fueron instituidos con miras principalmente a los intereses del Estado, y con el objeto de custodiar la regularidad y eficiencia de la función pública. Mientras que, para el caso de la Defensoría del Pueblo, la Justicia de la Nación tanto Ordinaria como Federal, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación le han reconocido legitimación procesal para actuar en defensa de los derechos de los habitantes de la ciudad frente a actos, hechos u omisiones de la Administración Nacional, de los prestadores de servicios públicos, las fuerzas policiales o de seguridad y las empresas privadas y/o particulares.

DEFENSORÍA DEL PUEBLO | 5

¿QUÉ ES LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y PARA QUÉ SIRVE?

¿QUÉ PUEDE HACER EL DEFENSOR DEL PUEBLO?El Defensor del Pueblo puede solicitar investigaciones, vista de expedientes, informes, documentos y antecedentes si lo considera de utilidad. Puede visitar unidades carcelarias y penitenciarias, dependencias policiales e institutos de internación o guarda, tanto públicos como privados, que se encuentren sujetos al control de la administración para establecer si se respetan o no los derechos humanos de sus internos. Puede realizar inspecciones en oficinas, archivos y registros de los entes y organismos bajo su control. Puede elaborar o solicitar la elaboración de estudios, pericias o investigaciones conducentes a investigar fallas o problemáticas en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.En todos los casos, está autorizado a fijar los plazos para la remisión de informes y antecedentes y la realización de diligencias, y también para demandar la intervención de la Justicia cuando la documentación solicitada le hubiere sido negada.Tanto los organismos y entes sometidos a su competencia como los particulares se encuentran obligados a colaborar con la Defensoría del Pueblo, y el incumplimiento de esta obligación por parte de un empleado o funcionario público es causal de mal desempeño y puede acarrear sanciones. Si a raíz de una investigación el titular de la institución toma conocimiento de hechos presuntamente delictivos de acción pública, debe denunciarlos de inmediato al juez correspondiente.

La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires es un organismo independiente de los tres poderes, el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, que se encarga de difundir, tutelar y controlar que se respeten los derechos de los individuos y de la comunidad establecidos por los tratados internacionales y la Constitución nacional, local y leyes correspondientes. Además, promueve el respeto a los derechos humanos, los intereses colectivos e individuales y protege a la ciudadanía de las arbitrariedades, las desviaciones de poder y los errores que puedan cometer tanto las institucionales del Estado local y sus funcionarios como los abusos, negligencias e irregularidades cometidas por empresas privadas o estatales que prestan servicios públicos y las fuerzas que ejercen funciones de policía y de seguridad local.

EL DEFENSOR DEL PUEBLO PUEDE PRESENTAR PROYECTOS DE LEY cuerpo legislativo de la Ciudad, pero también se le atribuye al Jefe de Gobierno, al Defensor del Pueblo y al Consejo Económico y Social, entre otros. Esta facultad le asigna otra dimensión a la compleja acción del Defensor del Pueblo, ya que de esta manera le permite aportar su mirada particular a través de propuestas normativas que considere necesarias, e incidir de modo positivo en la actividad del Poder Legislativo.

En los siguientes casos:• Violaciones a los derechos humanos en cárceles e institutos psiquiátricos y

de reclusión. • Corrupción en la función pública. • Seguridad: inconvenientes con las fuerzas policiales y los servicios de

vigilancia privada en locales bailables, confiterías y cualquier lugar público. • Discriminación por cuestiones de raza, sexo, condición física o

socioeconómica. • Salud: limitaciones en el acceso a tratamientos médicos o en la obtención

de medicamentos. Deficiencias en la atención de los hospitales públicos, centros de salud y obras sociales. Quejas de las personas en emergencia social y trabas con la implementación de planes alimentarios.

• Problemas con los servicios públicos: sobrefacturación o facturación incorrecta por parte de las empresas concesionarias. Deficiencias técnicas y cortes deliberados del suministro.

LA PRESENTACIÓN DE CUALQUIER CONSULTA, RECLAMO O QUEJA ES TOTALMENTE GRATUITA Y NO REQUIERE DEL PATROCINIO DE NINGÚN ABOGADO. QUIEN PRESENTE SU RECLAMO PUEDE SOLICITAR QUE SU DEMANDA SEA CONFIDENCIAL O SU IDENTIDAD RESERVADA, AUNQUE, DE POR SÍ, SU NOMBRE SE MANTIENE EN SECRETO FRENTE A TERCEROS Y A ORGANISMOS NO IMPLICADOS EN EL TEMA INVESTIGADO. FINALMENTE, TIENE EL DERECHO DE SER INFORMADO SIN DEMORA DEL CURSO QUE SE LE OTORGÓ A SU QUEJA O RECLAMO.

6 | GUÍA DE DERECHOS, DEFENSORÍA DEL PUEBLO

¿CUÁNDO PUEDE INTERVENIR EL DEFENSOR DEL PUEBLO?

VECINOATENCIÓN AL VECINO

PROBLEMÁTICA SE INICIA

REDES SOCIALES

CORREO ELECTRÓNICO

TELÉFONO

PORTAL DEL VECINO

CARTA

SEDES

CENTRO DE CONTACTO

• Defensa del consumidor y el usuario de bienes y servicios: abusos y deficiencias administrativas de las entidades bancarias. Mal funcionamiento de cajeros automáticos. Reclamos contra las compañías de telefonía celular, las tarjetas de crédito, las empresas proveedoras de Internet, de TV por cable y de turismo y los comercios en general.

• Espacios verdes y vía pública: mal estado de conservación de plazas y parques. Falta de iluminación, higiene y limpieza de las calles. Veredas rotas.

• Educación: problemas edilicios de las escuelas. Inconvenientes en la entrega de títulos y en el normal funcionamiento de comedores escolares. Haberes docentes mal liquidados.

• Conflictos vecinales entre particulares, a través del Centro de Mediación de la Defensoría.

• Inconvenientes de los ciudadanos en su condición de contribuyentes: incorrecta liquidación de impuestos y patentes de automotores. Problemas con exenciones, condonaciones y con la gestión de trámites en general.

• Tránsito y transporte: mal estado de colectivos, trenes y ómnibus. Deficiente funcionamiento de semáforos y señalización exigua. Altas

temperaturas en subtes y andenes. Falta de accesibilidad a las estaciones para las personas con movilidad reducida. Escasa frecuencia de los servicios.

• Aumento indiscriminado de tarifas. • Infraestructura y planeamiento urbano: trastornos ocasionados por las

inundaciones. Ocupación ilegal del espacio público. Incumplimiento de los contratos de las concesiones otorgadas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Conservación y cuidado del patrimonio histórico de la ciudad.

• Ecología y contaminación ambiental. • Vivienda: maltrato, condiciones edilicias deficientes y hacinamiento en

hogares de tránsitos y hoteles contratados por el Gobierno de la ciudad. • Migrantes: inconvenientes con trámites de radicación. Dificultades de los

extranjeros para acceder a los sistemas de salud, educación, trabajo y justicia. Violación de sus derechos humanos y discriminación.

• Si un policía o miembro de seguridad te detiene o te requisa injustamente.• Si tenés problemas con tu consorcio o tus vecinos.Por cualquier otro problema, podés contactarte con la Defensoría y consultarnos.

RECORRIDO DE LA CONSULTA

En los siguientes casos:• Violaciones a los derechos humanos en cárceles e institutos psiquiátricos y

de reclusión. • Corrupción en la función pública. • Seguridad: inconvenientes con las fuerzas policiales y los servicios de

vigilancia privada en locales bailables, confiterías y cualquier lugar público. • Discriminación por cuestiones de raza, sexo, condición física o

socioeconómica. • Salud: limitaciones en el acceso a tratamientos médicos o en la obtención

de medicamentos. Deficiencias en la atención de los hospitales públicos, centros de salud y obras sociales. Quejas de las personas en emergencia social y trabas con la implementación de planes alimentarios.

• Problemas con los servicios públicos: sobrefacturación o facturación incorrecta por parte de las empresas concesionarias. Deficiencias técnicas y cortes deliberados del suministro.

DEFENSORÍA DEL PUEBLO | 7

TRÁMITE CIERRE DETRÁMITE

DIRECCIONESTEMÁTICAS

SEGÚN LA PROBLEMÁTICA

ASESORAMIENTO

DERIVACIÓN ALORGANISMO COMPETENTE

ASESORAMIENTO

GESTIÓN DIRECTA

GESTIÓN ADMINISTRATIVA

GESTIÓN DIRECTA

REQUISITOS PARAINICIAR EL TRÁMITE EN

LA DEFENSORÍA

• Defensa del consumidor y el usuario de bienes y servicios: abusos y deficiencias administrativas de las entidades bancarias. Mal funcionamiento de cajeros automáticos. Reclamos contra las compañías de telefonía celular, las tarjetas de crédito, las empresas proveedoras de Internet, de TV por cable y de turismo y los comercios en general.

• Espacios verdes y vía pública: mal estado de conservación de plazas y parques. Falta de iluminación, higiene y limpieza de las calles. Veredas rotas.

• Educación: problemas edilicios de las escuelas. Inconvenientes en la entrega de títulos y en el normal funcionamiento de comedores escolares. Haberes docentes mal liquidados.

• Conflictos vecinales entre particulares, a través del Centro de Mediación de la Defensoría.

• Inconvenientes de los ciudadanos en su condición de contribuyentes: incorrecta liquidación de impuestos y patentes de automotores. Problemas con exenciones, condonaciones y con la gestión de trámites en general.

• Tránsito y transporte: mal estado de colectivos, trenes y ómnibus. Deficiente funcionamiento de semáforos y señalización exigua. Altas

temperaturas en subtes y andenes. Falta de accesibilidad a las estaciones para las personas con movilidad reducida. Escasa frecuencia de los servicios.

• Aumento indiscriminado de tarifas. • Infraestructura y planeamiento urbano: trastornos ocasionados por las

inundaciones. Ocupación ilegal del espacio público. Incumplimiento de los contratos de las concesiones otorgadas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Conservación y cuidado del patrimonio histórico de la ciudad.

• Ecología y contaminación ambiental. • Vivienda: maltrato, condiciones edilicias deficientes y hacinamiento en

hogares de tránsitos y hoteles contratados por el Gobierno de la ciudad. • Migrantes: inconvenientes con trámites de radicación. Dificultades de los

extranjeros para acceder a los sistemas de salud, educación, trabajo y justicia. Violación de sus derechos humanos y discriminación.

• Si un policía o miembro de seguridad te detiene o te requisa injustamente.• Si tenés problemas con tu consorcio o tus vecinos.Por cualquier otro problema, podés contactarte con la Defensoría y consultarnos.

¿CÓMO SE PRESENTA UN RECLAMO O QUEJA?

Las denuncias pueden realizarse personalmente en cualquiera de nuestras sedes (ver listado completo al final de la guía o en www.defensoria.org.ar, llamando de lunes a viernes de 10 a 18 al 0800-999-3722, enviando un correo-e a [email protected] o a través de las redes sociales Facebook, Twitter e Instagram (DefensoriaCABA).En la queja deben constar la firma del denunciante, su dirección, teléfono y número de documento, así como también una explicación clara y detallada sobre el problema planteado y los establecimientos públicos a los que se ha concurrido previamente. Es aconsejable que se haga referencia a todas las gestiones que se hayan realizado para intentar solucionar el problema, así como las entidades que hayan intervenido en el tema con anterioridad, y que junto a la demanda se aporten copias de aquellos documentos que contengan información relacionada con el inconveniente denunciado.

¿QUIÉN PUEDE PRESENTAR UN RECLAMO?

Toda persona, mayor o menor de edad, o grupo de personas (asociaciones de defensa de los derechos humanos, vecinales, culturales, fomentistas, profesionales, entre otras) que considere que sus derechos humanos han sido vulnerados o se sienta perjudicado por errores o arbitrariedades de la administración puede presentar sus reclamos ante la Defensoría del Pueblo, sin importar cuál sea su nacionalidad, lugar de residencia, e incluso si se halla internada en un centro penitenciario o de reclusión.

¿CÓMO SE TRAMITAN LOS RECLAMOS O QUEJAS?

Recibida la denuncia, se brinda al reclamante un número al que habrá de hacerse referencia en todo contacto posterior con el organismo. Esto no significa que la queja haya sido definitivamente admitida, sino sólo que fue registrada, ya que la Defensoría del Pueblo siempre acusa recibo de la denuncia presentada y, cuando es formulada contra personas o instituciones o por actos, hechos u omisiones que no están bajo su órbita, el Defensor o Defensora del Pueblo está obligada a derivarla a la autoridad competente.Una vez aceptada la presentación, se inician las actuaciones correspondientes ante el o los organismos involucrados, que están obligados a responder por escrito a la demanda elevada por la Defensoría y en el plazo que ella determine. Resuelto el reclamo, el denunciante recibirá una carta en la que se le informará sobre las acciones tomadas y sus resultados.Si la queja no es admisible, el rechazo se efectuará por escrito y en él podrán sugerirse alternativas de acción.La queja no interrumpe los plazos para interponer los recursos administrativos previstos en el ordenamiento jurídico, pero las actuaciones iniciadas por la Defensoría son antecedentes que pueden invocarse para el caso de entablar acciones judiciales.

8 | GUÍA DE DERECHOS, DEFENSORÍA DEL PUEBLO

INFORMES ANUALES DE GESTIÓN

Año tras año, el Defensor o Defensora del Pueblo debe dar cuenta a la Legislatura de la labor realizada, en un informe que le presenta el 15 de marzo y en el que indica el número de quejas recibidas, las que fueron rechazadas y los motivos, y el resultado de las investigaciones producidas.

¿QUÉ PASA CUANDO LA DEFENSORÍA NO PUEDE ACTUAR?

Si los hechos denunciados no están bajo su competencia, la Defensoría debe derivar la queja a los organismos de control específicos o a la autoridad competente. Debe considerarse que todas las actuaciones iniciadas por la Defensoría son antecedentes válidos en caso de iniciarse acciones judiciales.

Puede iniciar y proseguir, de oficio o a pedido del interesado, cualquier investigación para esclarecer o rectificar actos, hechos u omisiones de la administración, de prestadores de servicios públicos o de las fuerzas que tengan funciones de policía de seguridad que impliquen el ejercicio ilegítimo, defectuoso, irregular, abusivo, arbitrario, discriminatorio o negligente de sus funciones y que afecten los derechos y garantías e intereses individuales, difusos o colectivos. La Defensoría recomienda a los organismos oficiales y exhorta a las empresas privadas o a particulares.Cuando se denuncia un conflicto entre vecinos o particulares, se establece un servicio de mediación comunitaria.

¿QUÉ SOLUCIONES BRINDA LA DEFENSORÍA?

DEFENSORÍA DEL PUEBLO | 9

En la Defensoría del Pueblo se creó un Centro de Mediación Comunitaria para la resolución pacífica de los conflictos de convivencia, con una sede especialmente dedicada al tema ubicada en Av. Santa Fe 1736. Además de atender consultas y reclamos sobre estos temas, puede proponer fórmulas de acuerdo o conciliación en el caso de problemas entre vecinos o particulares, para que las partes afectadas arriben a una solución definitiva.

COMPETENCIAS DE LA DEFENSORÍA

El Defensor del Pueblo no es un juez y, por lo tanto, no dicta sentencias ni impone sanciones, pero sus advertencias y recomendaciones constituyen la voz de la opinión pública y tienen una influencia decisiva en la modificación de las normas y disposiciones vigentes.También puede impulsar acciones declarativas de inconstitucionalidad contra la validez de leyes, decretos y cualquier otra norma de carácter general emanada de las autoridades de la Ciudad, para determinar si son contrarias a la Constitución Nacional o a la de la Ciudad de Buenos Aires.De la misma forma, puede ejercer la iniciativa legislativa, y proponer la modificación o sustitución de normas y criterios administrativos.En definitiva, la Defensoría del Pueblo constituye una verdadera magistratura de opinión y persuasión. No fue concebida ni diseñada para ejercer la función de parte necesaria en los procesos judiciales ni para desempeñar el patrocinio gratuito de las personas afectadas en sus derechos, sino que está fundamentalmente destinada a servir como un mecanismo ágil y elástico para resolver los problemas entre la Administración y los administrados, sobre la base de recomendaciones y sugerencias no vinculantes.La autoridad del Defensor o Defensora del Pueblo se basa en el propio prestigio y en la sensatez, racionalidad y enjundia de sus decisiones. Su poder emana de la influencia que adquieren frente a la opinión pública sus informes, investigaciones y denuncias.

ASOCIACIÓN DE DEFENSORES DEL PUEBLO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ADPRA)

La Defensoría del Pueblo puede promover acciones administrativas y judiciales en todos los fueros, inclusive el federal. Su legitimación procesal surge del conjunto de reglas y principios estipulados en los artículos 43 y 137 de las Constituciones Nacional y de la Ciudad de Buenos Aires, respectivamente, y en la Ley Nº 3, y significa que está facultada para presentarse en los tribunales en representación de los ciudadanos y proteger sus derechos humanos y demás garantías e intereses individuales, derechos de incidencia colectiva e intereses difusos. Estos últimos son aquellos que no se sitúan en un sujeto determinado, sino que se encuentran difundidos o diseminados entre todos los integrantes de una comunidad, y que remiten, entre otros, al cuidado de la ecología y el derecho a un medio ambiente sano, a la protección del consumidor o usuario de servicios públicos y a la preservación del patrimonio histórico, cultural y artístico, tutelados tanto en ambas Cartas Magnas como en el resto de las normas vigentes.Además, debido a la falta de un Defensor del Pueblo de la Nación designado, la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA) viene llevando a cabo acciones conjuntas para tratar temas de competencia federal como son las pensiones no contributivas, las tarifas, la inconstitucionalidad del fallo del 2x1 para los genocidas, temas de violencia de género o discriminación. Actualmente, el Defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires es, también, el Presidente de ADPRA.

Los 10 temas más denunciados durante 2016

Tema Participación en relación al total de trámites

Servicios públicos

Inquilinos

Emergencia habitacional

Mediación - conciliación y arbitraje

Políticas de inclusión social

Documentación personal

Educación publica

PAMI

Consumidores y usuarios bancarios

11,44%

9,66%

7,24%

Jubilaciones y pensiones 7,73%

6,99%

6,34%

5,02%

4,92%

3,66%

3,62%

DURANTE 2016 SE ABRIERON EN LA DEFENSORÍA 29.560

TRÁMITES QUE DIERON LUGAR A 1.607

RECOMENDACIONES Y RESOLUCIONES.

MEDIACIÓN, CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

10 | GUÍA DE DERECHOS, DEFENSORÍA DEL PUEBLO

DEFENSORÍA DEL PUEBLO | 11

ATENCIÓN AL VECINO DefensoriaCABA@DefensoriaCABA

Av.Belgrano 673

LUNES A VIERNES DE 9 A 18 HORAS0800 999 3722

OesteZona

N

Eo

S

SEDE INDOAMERICANOCentro de Formación “San Juan Diego”Av. Escalada 2921Martes de 10 a 14 hs

SEDE MATADEROSEmilio Castro 7680Lunes a viernes de 10 a 16 hs.

SEDE VILLA 20 Pola y Barros PazosLunes, martes, jueves y viernes de 10 a 14 hs

SEDE CILDAÑEZAvenida Derqui y Avenida La Salle Lunes a juevesde 10 a 14 hs.

SEDE VILLA 15 Hubac y Martiniano Leguizamón.Parroquia Vírgen del Carmen.Manzana 8, Casa 35Lunes, miércoles y viernes de 10 a 14 hs.

SEDE VILLA 1.11.14Parroquia Madre del PuebloAv. P. Moreno y F. de la Cruz, Manzana 3-Casa 1Lunes a viernes de 10 a 14 hs.

SEDE LOS PILETONES (I)Av. Lacarra y Ana María JanerMiércoles y jueves de 10 a 14 hs.

SEDE LOS PILETONES (II)Ana M. Janer y Martinez Castro - Refugio 2, Bo. FátimaLunes y viernes de 10 a 14 hs.

SEDE FLORESCarabobo 84Lunes a viernes de 9 a 18 hs.

SurZona

N

Eo

S

SEDE MONSERRATVenezuela 842Lun a vie de 10 a 18 hs.

SEDE ABUELAS DE PLAZA DE MAYOAv. Paseo Colón 484Lun a vie de 9 a 18 hs.

SEDE CAJ CONSTITUCIÓNSalta 2007 Lun a vie de 10 a 16 hs.

SEDE CONSTITUCIÓNSubsuelo de la Estación de Trenes Local 60 B Lun a vie de 10 a 16 hs.

SEDE VILLA 21.24Av. Iriarte 3500Casa de la CulturaMar, jue y vie de 10 a 14 hs.

Defensoría del TuristaSEDE LA BOCA(Museo Quinquela Martín - La Boca)

Av. P. de Mendoza 1835

Defensoría del TuristaSEDE PTO. MADEROAv. Alicia Moreau de Justo 200 (Dique 4)

Defensoría del TuristaSEDE SAN TELMODefensa 1250

Defensoría del TuristaSEDE SAN TELMO IIDefensa 1302

SEDE RODRIGO BUENOCtro. Comunitario Rodrigo Bueno,Blvd. Elvira Rawson de Dellepiane y Av. España, Manzana 3Jueves de 10 a 14 hs.

SEDE LAMADRIDCentro de Formación “San Juan Diego” Av. Evscalada 2921Martes de 10 a 14 hs.

INSTITUTO CONTRA LA DISCRIMINACIÓN Y DEFENSORÍA LGBT Av. Belgrano 588(Atención al público: Av. Belgrano 673)Lun a vie de 10 a 18 hs.

EsteZona

N

Eo

S

SEDE RETIROPuente 1 de la Terminal de Ómnibus Local 36Lun a vie de 9 a 18 hs.

SEDE AMIAUriburu 650Martes de 9 a 13 hs.

SEDE PZA. MISEREREEstación de la línea A de subtesLun a vie de 9 a 15 hs.

SEDE SANTA FEAv. Santa Fe 1736Lun a vie de 9 a 18 hs.

SEDE CAJ ONCEAv. Rivadavia 2690Lun a vie de 9 a 16 hs.

Defensoría del TuristaSEDE FLORIDAFlorida y Marcelo T de Alvear

Defensoría del TuristaSEDE PALERMOBeruti 3345

Defensoría del TuristaSEDE RECOLETAPte. J. M. Quintana yPte. R. M. Ortiz

SEDE VILLA 31(I)El Galpón, Sector Playón Oeste.Lun a vie de 10 a 14 hs.

Defensoría del TuristaSEDE CRUCEROSAv. Ramón Castillo y Av. De los Inmigrantes

NorteZona

N

Eo

S

SEDE COLEGIALESDelgado 771Lun a vie de 9 a 16 hs.

SEDE FLORESTASanabria 2440Lun a vie de 9 a 15 hs.

SEDE LACROZE Centro de Jubilados,Pensionados y Adherentes Colegiales

Federico Lacroze 2751Lun a vie de 10 a 17 hs.

SEDE MONSEÑOR JERÓNIMO PODESTÁAv. Gaona 1367Martes de 16 a 18 hs.

SEDE LA CARBONILLATrelles y Añasco-Centro Comunitario-Sector 2Mie y vie 10 a 14 hs.

SEDE PLAYÓN DE CHACARITAFraga 900-Capilla Sagrado CorazónMa y jue de 10 a 14 hs.

María América González José Palmiotti Arturo Pozzali Oscar Zago

UNA INSTITUCIÓNQUE TE DEFIENDE

La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires se creó luego de sancionada la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, en el año 1998. Como se describe en esta Guía Básica, cumple un rol fundamental dentro del sistema democrático porque es un organismo estatal, pero autónomo e independiente del gobierno de turno. Su función es difundir, controlar, defender y garantizar el cumplimiento de los derechos de quienes viven, trabajan o transitan por la Ciudad de Buenos Aires. Tiene el deber de ponerse al frente de los problemas de la gente e intentar solucionarlos, y ayudar a que toda la población conozca cuáles son sus los derechos y las herramientas que tiene para hacerlos valer. Por eso es que desde su creación hasta ahora, la Defensoría pasó de tener una sede en el barrio de Monserrat a contar con treinta y cinco sedes descentralizadas en toda la Ciudad, para estar más cerca de las problemáticas de cada barrio y de cada ciudadano. Pero, para eso, también necesitamos contar con vos, que te acerques a nosotros, que nos llames por teléfono, que nos escribas por redes sociales, que hagas tu reclamo. Desde la Defensoría del Pueblo creemos que los problemas no son ni grandes ni chicos, sino que tienen la trascendencia e importancia que les dan las personas que los padecen y por eso asumimos con la misma responsabilidad la denuncia por una vereda rota como la de un jubilado que quedó afuera de la tarifa social. Estamos convencidos de que podemos vivir mejor y ese es un esfuerzo que tenemos que hacer entre todos.Creemos en la necesidad de hacernos cargo de los problemas, pero necesitamos saber qué está ocurriendo en tu cuadra, en tu edificio, en el camino al trabajo, en tu trabajo, en el hospital, en la escuela. La Defensoría del Pueblo es un organismo fundamental porque reafirma la democracia, fortalece la ciudadanía, educa sobre el ejercicio de los derechos y también las obligaciones. Acercate a la Defensoría, llamanos, contá con nosotros. Si te discriminan, te maltratan o te niegan un derecho: tenés quien te defienda.

DEFENSORES ADJUNTOS

ALEJANDRO AMORDefensor del Pueblo de la CiudadAutónoma de Buenos Aires