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Guía de Buenas Prácticasen la Intervencióndel Delegado de Prevención en materiade Drogodependencias en el Ámbito Laboral

Realiza: Secretaría de Salud Laboral de UGT Madrid

Edita: UGT-Madrid

Imprime: Gráficas de Diego

Depósito Legal: M-15521-2012

Guía de buenas prácticas en la intervención del delegado de prevenciónen materia de drogodependencias en el ámbito laboral

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ÍNDICE

PRESENTACIÓN ...................................................................................................... 5

INTRODUCCIÓN...................................................................................................... 7

1. CONCEPTO DE DROGAS ...................................................................................... 111.1 ¿Qué es una droga? ...................................................................................... 111.2 Uso y abuso de las drogas ............................................................................. 121.3 Conceptos a tener en cuenta cuando hablamos de drogodependencias ............... 141.4. Fases del proceso de rehabilitación en drogodependencias ............................... 15

2. LOS USOS FRENTE A LOS TIPOS DE SUSTANCIAS ............................................... 172.1 Usos y sustancias depresoras del sistema nervioso central ................................ 182.2 Usos y sustancias estimulantes del sistema nervioso central .............................. 192.3 Usos y sustancias perturbadoras del sistema nervioso central ............................ 20

3. LAS DROGAS EN EL ÁMBITO LABORAL ............................................................... 213.1 Situación del consumo de drogas en la población trabajadora ............................ 213.2 Factores de riesgo propiciadores del consumo de drogas en el trabajo ................ 243.3 Modelo preventivo de las drogodependencias en el centro de trabajo .................. 30

4. FUNCIONES DEL DELEGADO DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN EN LA EMPRESA .... 31

5. NEGOCIACIÓN COLECTIVA .................................................................................. 35

6. PLAN DE PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN EN DROGODEPENDENCIAS EN EL ÁMBITO LABORAL .............................................................................................. 39

7. PROPUESTAS DE UGT-MADRID EN MATERIA DE DROGODEPENDENCIAS EN EL TRABAJO ............................................................................................................ 51

8. RECOMENDACIONES DE UGT MADRID EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ......................................................................................... 53

9. PUBLICACIONES ................................................................................................ 55

10. DIRECCIONES DE INTERÉS .................................................................................. 61

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PRESENTACIÓN

A pesar de que se ha aprobado diversa normativa sobre prevención de riesgos laborales que es de obligado cumplimiento para las empresas, aún no hay una implantación efectiva en todos los centros de trabajo, por lo que los trabajadores y las trabajadoras siguen expuestos a situaciones que pueden repercutir en su seguridad y su salud.

La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, se aprobó ya hace más de 15 años y aún nos encontramos con unos niveles de siniestralidad inaceptables en la Comunidad de Madrid.

Durante el año 2011, en la Comunidad de Madrid se han registrado 93.284 accidentes laborales, 94 de ellos han sido mortales y 454 graves. Esto significa que en este periodo, en nuestra región cada día se producen más de 255 accidentes de origen laboral y cada cuatro días fallece un trabajador/a y cinco sufren accidentes graves.

Y todo esto a pesar de que la actividad laboral en nuestra Comunidad, ha sufrido importantes variaciones, con un descenso del total de ocupados desde 2008 a 2011, del 10,14%, fundamentalmente en los sectores de agricultura y de construcción, donde la siniestralidad es más grave, especialmente en este último sector.

La situación actual hay que enmarcarla, además de en la situación de crisis que venimos padeciendo, en un entorno en el que las últimas modificaciones del mercado de trabajo, pueden implicar una mayor incidencia en los riesgos laborales ligada a una pérdida de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras al verse obligados a aceptar condiciones de trabajo inseguras para poder mantener su puesto de trabajo, a veces con una alta precariedad e inseguridad.

Desde UGT Madrid defendemos la necesidad de seguir luchando por la implantación de todas las medidas de seguridad en los centros de trabajo, incluidas la formación e información, que consigan no solo un trabajo decente, sino unos trabajadores/as sanos y saludables, ya que entendemos que la salud es el bienestar físico, mental y social, tal como la define la Organización Mundial de la Salud (OMS).

En este sentido, desde UGT Madrid, atendiendo a las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), consideramos que las personas que sufren alguna dependencia de sustancias psicoactivas como el alcohol, el tabaco, otras drogas o algunos fármacos, tienen un problema de salud y no pueden ser discriminados en el trabajo por la circunstancia personal de estar enfermos.

Los problemas relacionados con el consumo de estas sustancias pueden estar originados por factores personales, familiares o sociales, pero también por determinadas situaciones en el ámbito laboral, pudiendo repercutir en las tareas que desarrollan en su trabajo, además de los problemas que se generan en su entorno familiar e individual

Algunas condiciones del medio laboral, o el hecho de no tener trabajo, pueden ser considerados como factores de riesgo del consumo de drogas.

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Según la Encuesta 2007-2008 sobre consumo de sustancias psicoactivas en el ámbito laboral en España, realizado por el Observatorio Español sobre Drogas del entonces Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, las características de la actividad laboral pueden repercutir en el consumo de estas sustancias. La inseguridad en el trabajo tiene una incidencia importante sobre el uso de algunas drogas como el alcohol, hecho de especial relevancia en estos momentos de crisis, en los que el incremento evidente de los riesgos psicosociales se asocia claramente con el consumo de estas sustancias.

Se considera que el consumo de alcohol y otras drogas en el ámbito laboral es un problema muy importante que puede afectar al rendimiento laboral, estar en el origen de malas relaciones entre compañeros y crear mal ambiente laboral e incluso, aumentar el riesgo de accidentabilidad laboral.

Desde este punto de vista, desde UGT Madrid planteamos el tratamiento de la prevención de las drogodependencias como parte de la prevención de los riesgos laborales en las empresas, siendo necesario que los trabajadores/as drogodependientes tengan el apoyo de sus compañeros y especialmente de los delegados de prevención, quienes se consideran instrumentos idóneos para canalizar la búsqueda de soluciones a su situación, siendo un objetivo a conseguir la protección de su situación laboral dentro de la empresa, ejerciendo de negociadores de planteamientos dirigidos a prevenir las drogodependencias y a apoyar a los que se encuentran en situación de deshabituación.

La eliminación de este drama personal, laboral y social, tiene que partir del conocimiento del mismo, por lo que es imprescindible sensibilizar, informar y formar a los trabajadores/as sobre las consecuencias del uso de las drogas, tanto de las legales como el alcohol y el tabaco como de las ilegales, así como de las posibles repercusiones que pueda tener este uso. Por ello creemos imprescindible que se informe y sensibilice a los trabajadores sobre este problema.

Un trabajador que se encuentre en situación de deshabituación, para propiciar su recuperación, debe contar con el apoyo de toda la sociedad y de manera especial de sus compañeros de trabajo y de sus representantes sindicales.

Creemos que una persona enferma no puede ser desligada de su trabajo simplemente por padecer esa enfermedad, sino que la sociedad está obligada a buscar remedios para conseguir su recuperación y su reincorporación a la sociedad.

Dada la importancia del ámbito laboral para ayudar a las personas drogodependientes a superar su adicción, desde UGT Madrid hemos elaborado este cuadernillo informativo, con la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales (FPRL), dentro de la acción IT-0042/2011, que va dirigido preferentemente a los delegados de prevención, con el objetivo de ofrecerles una herramienta de apoyo que les facilite el afrontamiento de situaciones que se encuentran en su entorno laboral, y que esperamos sirva a todos los trabajadores/as para prevenir las drogodependencias en el ámbito laboral y facilitar la deshabituación de los compañeros y compañeras que padecen esta enfermedad.

Secretaría de Salud Laboral

UGT-Madrid

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INTRODUCCIÓN

La Organización Mundial de la Salud (OMS), en su Carta fundacional de 1948 define la salud como: “un estado de completo bienestar físico, mental y social y no sólo ausencia de enfermedad o dolencia, y se establece que la salud es un derecho de todo individuo”.

En relación a las drogodependencias, la OMS recomienda garantizar una actuación integral en esta materia de modo normalizado, como una enfermedad más, y la drogadicción lo es, por lo que no tiene sentido aplicar medidas coercitivas ni en la prevención ni en el tratamiento de la misma.

En 1987, la Organización Internacional del Trabajo, (OIT), adoptó una Resolución relativa a las medidas para combatir el uso indebido de alcohol y otras drogas en la vida laboral y social, con la finalidad de promover una política de prevención y eliminación del uso de sustancias tóxicas en el lugar de trabajo y de apoyar los programas de asistencia en las empresas.

Posteriormente, la OIT manifiesta que: “el lugar de trabajo es un sitio idóneo para prevenir y resolver, los problemas derivados del consumo de alcohol, dónde las personas tienen más posibilidades de recuperarse” y, en 1995 su Consejo de Administración aprueba el texto de un Repertorio sobre “Tratamiento sobre cuestiones relacionadas con el alcohol y las drogas en el lugar de trabajo”, consistente en recomendaciones para prevenir y tratar los problemas de consumo drogas en el trabajo, y además, elabora unas listas orientadoras de las condiciones de trabajo que pueden contribuir al consumo de drogas y de los efectos negativos en el lugar de trabajo.

La Directiva Marco 89/391 CEE sobre Seguridad y Salud en el Trabajo dio paso a nuestra Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en la que se responsabiliza a los empresarios de velar para que los trabajadores/as no sufran daños en el trabajo, y hace que cambien los comportamientos y se pase de reparar los daños derivados del trabajo a prevenir los riesgos laborales que puedan causarlos, trasladando los principios preventivos de la salud al ámbito laboral: “la promoción de la seguridad y salud de los trabajadores/as mediante el desarrollo de actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo” Art. 2 de la citada Ley.

En el trabajo pasamos la mayor parte de nuestra vida convirtiéndose así en un factor posiblemente responsable del inicio y mantenimiento del uso de drogas, pero a la vez es el lugar idóneo para prevenir el abuso en el consumo de alcohol y otras drogas, y los riesgos de enfermedad que la adicción produce en sí misma.

Diversos estudios han demostrado la relación existente entre unas condiciones de trabajo y empleo deficientes (temperaturas extremas, altos niveles de ruido, precariedad laboral, jornadas de duración excesiva, trabajos repetitivos, etc.) que determinan el ambiente laboral, convirtiéndose a veces, en causas de insatisfacción laboral, ansiedad, tensión o estrés laboral; que conllevan trastornos físicos y psicosociales y originan en el individuo una necesidad de evasión que, con frecuencia, comporta la predisposición al consumo de alcohol y otras drogas y a una posible adicción a las mismas.

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La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales es el marco inestimable bajo el que se pueden llevar a cabo actuaciones en materia de prevención de las drogodependencias, con la identificación de factores de riesgo psicosociales de organización del trabajo y factores ambientales que pueden ser mantenedores o inductores del consumo de drogas, aplicación de medidas preventivas, mejora de las condiciones laborales y de vida de los trabajadores/as que tienen algún problema de consumo indebido de drogas y otras sustancias adictivas.

El Plan Nacional sobre Drogas (PNSD) dependiente del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, coordina y potencia las políticas que, en materia de drogas, se llevan a cabo desde las distintas Administraciones Públicas y entidades sociales. Estas políticas se plasman en la Estrategia Nacional sobre Drogas 2009-2016 (ENSD), que es un documento consensuado y aprobado por la Conferencia Sectorial sobre Drogas del PNSD. En su Plan de Acción 2009-2012, de periodicidad cuatrienal, se establecen las acciones necesarias para alcanzar los objetivos que plantea la ENSD.

La prevención del consumo de drogas es la clave sobre la que se apoya la ENSD y, respecto al ámbito laboral recoge que las actividades desarrolladas con población laboral: “han de regirse por el enfoque de salud integral que propugna el Plan Nacional sobre Drogas y deben contemplarse incardinadas como parte del desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. El abordaje de la prevención del consumo de drogas en el ámbito laboral requiere de estrategias y actuaciones específicas en las que son necesarias la implicación tanto de las empresas como de los trabajadores/as, como de sus representantes (sindicatos), conjuntamente con los servicios de prevención de riesgos laborales. En este sentido, se considera muy importante el papel que deben desarrollar las Comisiones para la Prevención y el Tratamiento de las Drogodependencias en el Ámbito Laboral creadas en los Comité de Seguridad y Salud de las empresas.”

En la Comunidad de Madrid, disponemos de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos que regula las actuaciones e iniciativas en el campo de las drogodependencias y otros trastornos adictivos, englobando las áreas de prevención, asistencia, integración social, formación y evaluación, así como las actuaciones tendentes a la protección de terceras personas, ajenas al consumo de drogas y que, por esta causa, pudieran verse afectadas. De entre los Principios Generales que promulga la citada ley destacamos: “La consideración, a todos los efectos, de las drogodependencias y otros trastornos adictivos como enfermedades comunes con repercusiones en las esferas biológica, psicológica y social de la persona”, Art. 5.4.

El artículo 6 Medidas preventivas generales, trata sobre el papel de las Administraciones Públicas para: “6.h) Potenciar la implantación y desarrollo de programas de prevención comunitaria, educativa, familiar y laboral necesarios para que las políticas de prevención de drogodependencias sean efectivas. j) Promover la formalización de acuerdos de colaboración con organizaciones empresariales y sindicales, a fin de promover la prevención en el ámbito laboral”.

En la Ley 5/2002, uno de los ámbitos prioritarios de actuación es el Laboral (Art.16) en el que se recoge que la Comunidad de Madrid: “potenciará los acuerdos entre organizaciones empresariales y sindicatos encaminados a la reserva de puesto de trabajo de los trabajadores/as drogodependientes durante su proceso de recuperación”, y el Gobierno Regional: “promoverá la creación de un clima favorecedor para que las drogodependencias, tal y como

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están definidas en la presente Ley, o las patologías derivadas del consumo de drogas, no sean un instrumento de discriminación en el ámbito laboral”, Art. 16.4.

En lo referente al empleado público señala: “La Comunidad Autónoma en sus centros, establecimientos y servicios, reservará el puesto de trabajo de la persona drogodependiente durante el proceso de tratamiento, en las condiciones y con las limitaciones que contempla la normativa aplicable. Los Comités de Seguridad y Salud de las distintas dependencias de la Administración Regional velarán por la aplicación de lo dispuesto en la presente Ley a sus trabajadores/as”, artículo 16.3.

Por todo ello, UGT-Madrid, en su acción de defensa de la salud como derecho de los trabajadores/as, lucha para promover la cultura de prevención y atención a las drogodependencias en las empresas de la Comunidad de Madrid, y considera fundamental abordar las drogodependencias en el ámbito laboral para plantearse actuaciones dentro de la promoción de la Salud Laboral.

Para ello una de las tareas fundamentales es la sensibilización de los Delegados/as de Prevención en materia de drogodependencias mediante la información y la formación, y dotarles de instrumentos para lograr un eficaz apoyo a los trabajadores/as con problemas de drogodependencia, con el objetivo de crear espacios de trabajo saludables.

Es necesario facilitar al Delegado/a herramientas orientadas para analizar las condiciones de trabajo que fomentan o mantienen el consumo indebido de sustancias psicoactivas en el trabajo, y para el mantenimiento de los derechos laborales de cualquier compañero con problemas derivados del consumo de sustancias. Proporcionarle conocimientos encaminados al desarrollo de Planes de Prevención de Drogodependencias en la empresa, Protocolos de actuación, y desarrollo de cláusulas en Convenios de empresa, para conseguir eliminar y/o reducir cualquier factor de riesgo que induzca al consumo indebido y a la drogodependencia en el trabajo.

Así, desde UGT-Madrid se realiza esta publicación con la finalidad de proporcionar un instrumento útil a nuestros delegados/as de prevención, para que les ayude en la intervención de la prevención de las drogodependencias en el trabajo, siempre desde la defensa de la salud de los trabajadores/as y por supuesto, de la defensa de sus derechos en la empresa.

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CONCEPTO DE DROGAS

1.1. ¿QUÉ ES UNA DROGA?Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), DROGA es toda sustancia que introducida en un organismo vivo por cualquier vía (inhalación, ingestión, intramuscular, endovenosa), es capaz de actuar sobre el sistema nervioso central, provocando una alteración física y/o psicológica, la experimentación de nuevas sensaciones o la modificación de un estado psíquico, es decir, capaz de cambiar el comportamiento de la persona, y que posee la capacidad de generar dependencia (psicológica, física o ambas), y tolerancia en sus consumidores.

En la definición de droga de la OMS, la alteración a la que se refiere puede ser perjudicial o beneficiosa para el ser vivo, y depende del tiempo de administración y de la dosis y las características del individuo que la consume. De acuerdo con esta definición no solo la marihuana, cocaína, éxtasis, o la heroína son drogas (ilegales) sino que también son drogas (legales) sustancias como el alcohol, el tabaco y algunos fármacos.

Un FÁRMACO es cualquier sustancia que produce efectos medibles o sensibles en los organismos vivos y que se absorbe, puede transformarse, almacenarse o eliminarse. Esta definición se refiere a aquellas sustancias de interés clínico, es decir aquellas usadas para la prevención, diagnóstico, tratamiento, mitigación y cura de enfermedades, y se prefiere el nombre de TÓXICO para aquellas sustancias no destinadas al uso clínico pero que pueden ser absorbidas accidental o intencionadamente; y DROGA para aquellas sustancias de uso social que se utilizan para modificar estados del ánimo.

Se considera que las sustancias psicoactivas o drogas crean adicción en el consumidor cuando generan un síndrome de abstinencia al dejar de consumirlas, pero no toda droga nos lleva a una adicción cuando la consumimos.

La adicción es el hábito que domina la voluntad de una persona. Una adicción es una enfermedad física y psico-emocional, según la Organización Mundial de la Salud. Pero no debemos confundir el hábito con la adicción; una persona que tiene el hábito de beber una copa de vino al día no es adicta al alcohol.

En el sentido tradicional, la adicción es una dependencia hacia una sustancia, actividad o relación. A diferencia de los simples hábitos o influencias consumistas, las adicciones son dependencias que traen consigo graves consecuencias en la vida real, que deterioran, afectan negativamente y destruyen relaciones personales, familiares, laborales y la salud (física y mental) de cualquier persona.

No obstante, más importante aún es la relación que la persona establece con esa sustancia. Es decir, para comprender la adicción a una droga hay que tener en cuenta la forma en que los individuos se relacionan con ella; la sustancia o sustancias consumidas, por qué se consumen, dónde la consumen, qué cantidad y con qué frecuencia.

En el ámbito laboral, al igual que en el resto de ámbitos sociales, se mantienen los estereotipos

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de definir drogas como aquellas sustancias catalogadas por la sociedad como ilegales, droga es heroína, cocaína, cannabis y drogas de diseño. No se consideran drogas el alcohol, el tabaco o los fármacos.

Esta concepción lleva a un distanciamiento de los trabajadores/as respecto del problema del consumo, pues ellos “no toman drogas” refiriéndose a las drogas ilegales que se piensa generan por sí mismas adicciones, banalizándose el uso de tabaco, alcohol y fármacos pues no se perciben relacionados con las adicciones.

1.2. USO Y ABUSO DE LAS DROGAS

Es importante establecer la diferencia entre estos dos conceptos, pues muchas de las drogas tienen aplicaciones en el campo de la medicina, y utilizadas correctamente de acuerdo con las indicaciones de un médico, su USO puede ser beneficioso y no generar consecuencias negativas. De igual forma el uso/consumo responsable de algunas sustancias como el alcohol y algunas drogas no llegan a implicar consecuencias negativas.

Para saber cuando el USO se convierte en ABUSO hay que tener en cuenta: Las características de la sustancia consumida. La cantidad y frecuencia de consumo. Las características del consumidor. Las circunstancias en que ese consumo se produce: sociales, laborales y el motivo del

consumo.

El uso de drogas es un concepto ambiguo, ya que está íntimamente ligado a las costumbres propias de cada cultura. No obstante, por uso de drogas podríamos entender aquella modalidad de consumo que no presenta consecuencias negativas para el sujeto, ni físicas, ni psicológicas, ni sociales, ni laborales, bien por producirse en pequeñas cantidades o por usarlas con frecuencia mínima.

USO INADECUADO

Es aquel que se efectúa en situaciones en las que el uso de drogas, nos puede poner, y/o podemos poner a otros o a bienes materiales, en situaciones de riesgo real.

Es importante tener en cuenta el uso inadecuado de drogas en el mundo laboral, toda vez que hay trabajos en los cuales pueden producir problemas graves para el propio trabajador/a, terceros o bienes materiales.

USO DE RIESGO

Es aquel en que el uso de una droga o drogas podrá llegar a producir con el tiempo un problema para la salud, pero sin que se haya llegado a una clara dependencia.

En la Comunidad de Madrid la sustancia con mayor prevalencia1 de consumo por la población

1. A La prevalencia es el número total de los individuos que presentan un atributo o enfermedad en un momento o durante un periodo, dividido por la población en ese momento en el tiempo.

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es el alcohol. Para calcular la cantidad de alcohol consumida, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad utiliza la medición de consumo en UNIDADES DE BEBIDA ESTÁNDAR (UBE), en vez de grados de concentración de cada grado de bebida alcohólica.

En España una “unidad de bebida” es igual a 10 gramos de etanol puro. Para saber si un consumo/uso de alcohol se convierte en un uso/consumo de riesgo, se establecen las siguientes tablas:

ABUSO

Se entiende por abuso de drogas aquel que pueda comprometer física, psíquica y/o socialmente la evolución del sujeto, o afectar negativamente a su entorno emocional.

El abuso puede ser una etapa previa a la dependencia, de menor gravedad, reversible, pues después de un período de abstinencia es posible retornar al uso moderado, y controlado de algunas sustancias.

En nuestro contexto sociocultural, es importante distinguir entre consumo de alcohol y abuso de alcohol, y entender que aunque el abuso está relacionado con la dependencia, no significa lo mismo.

En cambio para la nicotina, que es la sustancia psicoactiva del tabaco, no existe la etapa de abuso, pues al tener un potencial adictivo muy alto se pasa directamente a la dependencia.

USO DEPENDIENTE

Uso sistemático que genera un estado físico y psíquico, caracterizado por modificaciones de comportamiento que comprenden un impulso irreprimible por tomar la sustancia, a fin de experimentar sus efectos o de evitar el malestar producido por su privación.

POLICONSUMO

Es el abuso simultáneo de varias sustancias con distintos efectos y que pueden generar una dependencia.

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1.3. CONCEPTOS A TENER EN CUENTA CUANDO HABLAMOS DE DROGODEPENDENCIAS

Cuando hablamos de drogodependencia o de adicción a una droga se deben conocer los términos asociados a esta enfermedad.

Drogodependencia o adicción a una droga:

La OMS la define como “el estado psíquico y a veces físico causado por la interacción entre un organismo vivo y una droga, caracterizado por modificaciones del comportamiento y por otras reacciones que comprenden siempre un impulso irreprimible por tomarla de forma continua o periódica, a fin de experimentar sus efectos psíquicos y a veces, para evitar el efecto producido por la privación”.

Dependencia:

La dependencia es el conjunto de comportamientos y de reacciones que comprenden el impulso y la necesidad imperiosa de tomar la sustancia de forma continua o regular, ya sea para sentir sus efectos o para evitar el malestar que produce la privación de esa sustancia. Este estado se puede acompañar o no de tolerancia.

La dependencia se caracteriza por: Un deseo irresistible (compulsión) de continuar procurándose la sustancia. Tendencia a incrementar la dosis (tolerancia). Aparición de dependencia física y/o psíquica, según la sustancia consumida.

Los factores que influyen a la hora de generarse una dependencia son: Características personales del consumidor. Circunstancias que rodean al individuo: sociales, culturales y laborales. Los efectos sobre el organismo de la sustancia, teniendo en cuenta la cantidad utilizada,

la frecuencia del uso y la vía de administración.

Dependencia física:

Es el estado de adaptación del organismo que se produce tras el consumo repetido de una sustancia. Se requiere, en consecuencia, de la existencia de ciertas cantidades para el funcionamiento normal del organismo.

Dependencia psíquica:

Consiste en un deseo irrefrenable de consumir una sustancia, para obtener los efectos positivos, placenteros o agradables y evitar los negativos originados al prescindir de ella.

Tolerancia:

Se trata de la disminución gradual del efecto de una sustancia cuando se toma de forma repetitiva, de tal manera que se necesita aumentar continua y gradualmente la dosis para conseguir los mismos efectos.

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Tolerancia Cruzada:

Fenómeno por el cual si una sustancia se consume en repetidas ocasiones, no solamente aparece tolerancia a la misma, sino también a otras cuyos efectos sobre el organismo son similares. Es el caso del alcohol y los barbitúricos.

Síndrome de Abstinencia:

Conjunto de síntomas físicos y psíquicos que se desencadenan al interrumpir bruscamente el consumo de algunas sustancias en sujetos que presentan dependencia a éstas. El síndrome de abstinencia es diferente para cada sustancia. No toda sustancia calificada como droga conlleva un síndrome de abstinencia como tal.

1.4. FASES DEL PROCESO DE REHABILITACIÓN EN DROGODEPENDENCIAS:

a) Desintoxicación:

Consiste en la desaparición del organismo de todo vestigio de la sustancia consumida una vez interrumpido el consumo de la misma, volviendo el organismo a su estado normal y autorregulado de funcionamiento.

b) Deshabituación:

Consiste en un proceso por el cual la persona consigue controlar o eliminar el deseo vehemente de consumir la sustancia y regular y/o modificar las causas que le incitan al consumo o que mantienen el mismo.

c) Reinserción:

Es la integración del exdrogodependiente en la sociedad de forma similar a cualquier otro individuo. Si bien la deshabituación y la reinserción tienen diferente significado suelen superponerse en la práctica.

Las recaídas o no completar todo el proceso, no significan unfracaso, ya que forman parte del proceso mismo de rehabilitación.

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LOS USOS FRENTE A LOS TIPOS DE SUSTANCIAS

A las drogas o sustancias psicoactivas se las clasifica de muy diferentes maneras; según la estructura química de la sustancia, según sus efectos sobre el sistema nervioso central, por su acción farmacológica, su legalidad o ilegalidad, o por el grado de dependencia que pueden generar.

Las sustancias no son lo más importante sino que son los usos de éstas las que generan problemas. La propia sustancia juega su papel dentro de los consumos pero es importante no sobrevalorarla dándole su justo valor.

Sin embargo, es necesario analizar y saber el motivo por el cual se consume, que va más allá del efecto de la propia sustancia. Así pues es necesario conocer cuales son las motivaciones que se encuentran en el origen del inicio y/o mantenimiento del consumo de una sustancia.

La información y formación sobre el consumo de sustancias psicoactivas no se debe centrar en los efectos que produce el consumo de la sustancia, ya que esto ha llevado a crear en la sociedad el efecto contrario: La desinformación. La creación de estereotipos de personas que las consumen. La discriminación social y laboral.

A continuación presentamos la clasificación según su acción sobre el Sistema Nervioso Central (efectos) y el nombre comercial de algunos de los medicamentos más conocidos que las contienen.

Los cuadros también muestran los usos que se hacen de éstas en el organismo (para qué se toman) y en concreto, en el ámbito que abordamos, el laboral.

Los usos que se hacen de una sustancia para conseguir un determinado efecto mantienen en gran medida el consumo de la sustancia.

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2.1. USOS Y SUSTANCIAS DEPRESORAS DEL SISTEMA NERVIOSO CENTRAL

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2.1 Usos y sustancias depresoras del sistema nervioso central

DEPRESORAS DEL SISTEMA NERVIOSO CENTRAL: Disminuyen el estado de excitabilidad e inducen al sueño.

SUSTANCIA/(FÁRMACO) USOS (PARA QUÉ SE TOMAN) EFECTOS ASOCIADOS

ALCOHOL

Etanol

Fermentado y destilado. Alcohol artificial. Algunos colutorios para el enjuague bucal contienen etanol.

-Para aportar sensación de energía después de horas de esfuerzo físico. -Para relacionarse con clientes, y compañeros. -Para paliar la sed. -Para mitigar el frío. -Cuando se tiene seca la garganta. -Para aguantar la monotonía del trabajo. -Después de jornada excesiva de trabajo. -Ante problemas laborales. -Como parte de la cultura de la empresa. -Para evadirse de los enfados. -Como “quitamiedos”, para dar coraje ante la inseguridad y el riesgo.

-Sensación inicial de euforia y desinhibición. -Después aparece la somnolencia y la visión borrosa. -Falta de coordinación en la ejecución de las funciones motoras controladas por el cerebro. -Falta de atención y comprensión. -Fatiga muscular.

OPIÁCEOS

Sintético: Heroína (Tramadol)

Sensación de placer muy intenso, sedación total. Ausencia de malestar físico y psíquico.

Sustancia sintética: Metadona (Metasedín)

Tratamiento alternativo a la heroína de efectos más prolongados que los producidos por aquella.

Sustancia natural: Morfina Sustancia natural: Codeína. (Codeisán, Bisolvón Compositum, Broncovital, Termalgín,..)

-Para aguantar el trabajo monótono y rutinario. -Para superar el malestar físico y psíquico. -Para evitar el síndrome de abstinencia. -Para no preocuparse de los problemas. -Para no preocuparse de enfrentamientos con superiores o problemas con compañeros. -Para sentirse más felices. -Para evitar dolores y para dormir. -Para sentirse a gusto consigo mismo.

-El analgésico más potente, para el tratamiento paliativo contra el dolor. -Un inhibidor de la tos con propiedades adictivas. Se sustituye en jarabes por el dextrometorfano que no crea adicción.

HIPNOSEDANTES

Benzodiacepinas: Loracepam (Orfidal). Bromacepam (Lexatín). Flunitracepam (Rohipnol). Diacepam (Valium). Alprazolam (Trankimazin). Clordiacepóxido (Librium).Paracepam (Demetrín). Cloracepato (Transilium). Pregabalin (Lyrica).

-Son medicamentos psicotrópicos con efectos sedantes, hipnóticos, ansiolíticos, anticonvulsivos, amnésicos y relajantes musculares. -También se utilizan en el tratamiento de la alcoholemia. -Disminuyen los estados de excitabilidad e inducen al sueño. -Para el tratamiento de la epilepsia, del dolor neuropático y del trastorno de ansiedad generalizada.

Barbitúricos: Fenobarbital (luminal, Fenical). (Pentobarbital) (Nembutal, Insan Rápido). Tropental (Pentotal).

-Para dormir después del estrés del día. -Para aguantar el malestar físico y seguir trabajando. -Para estar despierto. -Como un instrumento para dormir después de una jornada laboral de gran cansancio o ante los cambios de turno. -Para tener más energía y no bajar el ritmo. -Para paliar los dolores y seguir trabajando. Para encontrarse mejor.

Son narcóticos y sedantes. Producen tranquilidad y relajación. Indicados para la ansiedad e insomnio. Se suprimió la medicación por el alto poder de dependencia.

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2.2. USOS Y SUSTANCIAS ESTIMULANTES DEL SISTEMA NERVIOSO CENTRAL

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2.2 Usos y sustancias estimulantes del sistema nervioso central ESTIMULANTES DEL SISTEMA NERVIOSO CENTRAL:

Aumentan la resistencia física y psíquica. SUSTANCIA (FÁRMACO) USOS (PARA QUÉ SE TOMAN) EFECTOS ASOCIADOS

CAFÉ Alcaloide. Es una Xantina o sustancia psicoactiva que estimula el Sistema Nervioso Central. La Cafeína se encuentra en el Té, en el Mate, en el Chocolate, en refrescos de cola, en bebidas energéticas, en el guaraná y en algunos medicamentos para el dolor de cabeza.

-Para aumentar la atención y la concentración en el trabajo. Crea ligera euforia. -Para paliar la fatiga mental y la fatiga física. -Para sobrellevar jornadas laborales de gran cansancio o ante los cambios de turno. -Para mejorar el estado de alerta.

-En altas dosis: Insomnio, Nerviosismo y Arritmias. -Aumento de los niveles de colesterol. -Acción diurética. -Acción relajante de la musculatura lisa. -Vaso-constricción de la circulación cerebral. -Inhibidor del apetito.

TABACO

Nicotina

Alcaloide que se encuentra en la planta del tabaco.

-Para obtener mayor sensación de estímulo y energía después de unas horas de trabajo. -Para relajarse en situaciones de tensión o de cansancio. -Como hábito. -Como estímulo del ritmo de trabajo.

-Es un estimulante. -La nicotina genera alta dependencia. -Cuenta con un centenar de sustancias tóxicas como el alquitrán, monóxido de carbono, cadmio, etc.

COCAÍNA

Alcaloide que se obtiene de la planta de la coca.

-Para aguantar largas jornadas de trabajo y la presión del trabajo. -Para elevar el nivel de agresividad. -Para paliar el cansancio. -Para aumentar la productividad.

-Ausencia de fatiga. -Sensación de vértigo. -En altas dosis puede provocar: *Ataques de pánico. *Ansiedad. *Trastorno mental.

ANTIDEPRESIVOS Imipramina (Trofanil). Doxepina (Sinequan). Viloxacina (Vivarint). Fluoxetina (Prozac). Anfebutamona (Bupropion).

-Para aminorar la presión en el trabajo. -Para sobrellevar el estrés laboral. -Para enfrentarse al día a día. -Para minimizar el miedo a no cumplir con las expectativas y ante el futuro laboral.

-Indicación médica para el tratamiento de la depresión y la ansiedad. -Automedicación elevada en mujeres.

ANFETAMINAS Derivado químico de la efedrina. Dexedrina El sulfato de anfetamina:“Speed”.(Bupropion), (Ritalin), (Adderall).

-Para desvelarse y sobrellevar largas jornadas de trabajo. -Para aumentar los estados de vigilia y energía. -Para disminuir la fatiga.

-Dificultan el sueño. -Disminuyen el apetito.

DROGAS DE DISEÑO -Desorientación, exagerada euforia y sociabilidad.

MDMA: “Éxtasis”. Metanfetamina: “Ice”, “Cristal”.

MDA Metilendioxianfetamina

-Son derivados anfetamínicos. Algunos, tienen efectos alucinógenos. -Se consumen generalmente los fines de semana por lo que no se asocia su consumo al ámbito laboral.

-Euforia y aumento de la sociabilidad. Píldoras y pastillas con símbolos y colores...

Guía de buenas prácticas en la intervención del delegado de prevenciónen materia de drogodependencias en el ámbito laboral

20

2.3. USOS Y SUSTANCIAS PERTURBADORAS DEL SISTEMA NERVIOSO CENTRAL

GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS EN LA INTERVENCIÓN DEL DELEGADO DE PREVENCIÓN EN MATERIA DE DROGODEPENCIAS EN EL ÁMBITO LABORAL

21

2.3 Usos y sustancias perturbadoras del sistema nervioso central

ALUCINÓGENAS O PERTURBADORAS DEL SISTEMA NERVIOSO CENTRAL:

Ampliación y distorsión de la conciencia.

SUSTANCIA/(FÁRMACO) EFECTOS ASOCIADOS

CANNABIS

Tetrahidrocannabinol (TCH). Planta Cannabis Sativa. Marihuana. “María” Hachís. Resina de la flor de la planta. “Costo” “Chocolate”.

Sensación de calma, enrojecimiento de los ojos, taquicardia, aumento de sensaciones auditivas, del gusto, etc.

INHALANTES

O SUSTANCIAS VOLÁTILES

Pinturas, disolventes, lacas aerosoles, pegamentos... Contienen aromáticos: benceno, tolueno, acetona, óxido nitroso, etc.

Sustancias utilizadas en sectores como Textíl-Piel y Metalurgia. También son utilizadas como narcótico en Medicina y en el sector Alimentario para elaborar yogures.

LSD

Dietilamida de ácido lisérgico. Comúnmente llamado Ácido y “Tripi”. Es una sustancia artificial relacionada con los alcaloides del cornezuelo del centeno.

Sensación de mayor agudeza sensorial, distorsión percepción corporal, dificultad de concentración, de control de pensamiento, disminución de memoria, alteración del humor hacia la alegría o la angustia y terror (mal viaje).

HONGOS ALUCINÓGENOS

Psilocibina y psilocina. -Hongo psilocibe, llamado coloquialmente “Monguis”. -Peyote: Tubérculo del que se extrae la “ Mezcalina”.

Sensación de mayor agudeza sensorial, distorsión de la percepción corporal.

KETAMINA

Sustancia derivada de la feciclidina. Anestésico disociativo, que se utiliza en Veterinaria.

Distorsiona la percepción visual y auditiva y produce sentimientos de aislamiento o disociación del medio y de sí mismo.

PCP Feniciclina. Narcótico. Llamado “Polvo de Angel” en el lenguaje coloquial cuando se popularizó su consumo.

Anestésico para cirugía que distorsiona la percepción visual y auditiva, produce sentimientos de aislamiento o disociación del medio y de sí mismo. Ya no tiene ese uso en Medicina.

Guía de buenas prácticas en la intervención del delegado de prevenciónen materia de drogodependencias en el ámbito laboral

21

LAS DROGAS EN EL ÁMBITO LABORAL

3.1. SITUACIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS EN LA POBLACIÓN TRABAJADORA

La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas presentó en 2011, como demanda de la Comisión Nacional de Prevención y Tratamiento de las Drogodependencias en el Ámbito Laboral, de la que forman parte los sindicatos más representativos como UGT y CCOO, y la Confederación de empresarios (CEOE) la primera encuesta sobre consumo de drogas entre la población trabajadora de 16 a 65 años de edad: “Encuesta 2007-2008 sobre consumo de sustancias psicoactivas en el ámbito laboral en España”, realizada por el Observatorio Español sobre Drogas.

En la presentación de los resultados, se destacó que la prevención en las políticas de drogodependencias en el ámbito laboral no está tan presente como debiera. Uno de los motivos es el temor de las empresas a que se sepa de cara a la opinión pública, que existe el consumo indebido de sustancias psicoactivas en ellas, lo que supone un grave problema que dificulta la prevención y el tratamiento de las drogodependencias.

El ámbito laboral puede verse desde dos perspectivas, por una parte como factor de riesgo, pero también como un factor de protección. La encuesta se ha realizado para el estudio y posterior puesta en práctica de acciones para conseguir objetivos como:

• Estimular estrategias preventivas.• Potenciar acuerdos autonómicos en este ámbito.• Facilitar la rehabilitación de los trabajadores/as afectadas por consumo de sustancias

psicoactivas.• Impulsar la inclusión de Programas de Prevención de Drogodependencias en las políticas

generales de prevención de riesgos laborales y la consideración de los condicionantes personales.

• Realizar acciones en la empresa de carácter informativo y formativo a trabajadores/as sobre el consumo indebido de drogas.

• Potenciar el consenso entre los Agentes Sociales: Sindicatos y Patronal.• Considerar las condiciones de trabajo como factor de riesgo inductor al consumo de

drogas.

DATOS MÁS RELEVANTES DE LA ENCUESTA SOBRE:Información y otras actuaciones en la empresa. El 84,5% de la población encuestada afirma que no ha recibido ningún tipo de información (folletos, material informativo, charlas, cursos) por parte de su empresa sobre los riesgos del consumo de drogas o su prevención durante los últimos 12 meses anteriores a la entrevista. La población laboral considera que las actuaciones más importantes en este aspecto son la información y formación, así como la orientación de los trabajadores/as con problemas de consumo de alcohol y otras drogas hacia centros de atención especializada.

3

Guía de buenas prácticas en la intervención del delegado de prevenciónen materia de drogodependencias en el ámbito laboral

22

Porcentaje de población laboral y general que ha consumido diferentes sustancias psicoactivas en los últimos 12 meses (salvo tabaco diario) en España 2008.

Fuente: Encuesta Domiciliaria sobre Alcohol y Drogas en España. EDADES-2007-08. Observatorio Español sobre Drogas.

Percepción del consumo de alcohol y otras drogas en el trabajo. Casi la mitad de la población laboral entrevistada considera que el consumo de sustancias psicoactivas en el trabajo es un problema muy importante, que además puede afectar a la productividad, motivar malas relaciones entre compañeros y mal ambiente laboral e incluso, aumentar el riesgo de accidentalidad laboral. Sin embargo, 8 de cada 10 entrevistados asegura no conocer a ningún compañero con un consumo excesivo de alcohol o que utilice otras drogas.

Prevalencia de consumo. El alcohol y el tabaco son las sustancias psicoactivas de mayor consumo entre la población laboral. Las drogas ilegales con mayor prevalencia de consumo son el cannabis, seguido a gran distancia de la cocaína en polvo. El consumo en la población laboral es similar al de la población general, si bien la laboral muestra prevalencia de consumo de sustancias psicoactivas ligeramente superiores, salvo para los hipnosedantes (tranquilizantes y somníferos).

Características sociodemográficas. Para todas las sustancias psicoactivas, salvo para el caso de los hipnosedantes, es siempre mayor la proporción de hombres que consumen que la de mujeres. El consumo de drogas ilegales se concentra más entre los jóvenes (16-34 años) mientras que el consumo de hipnosedantes predomina en edades más avanzadas (35 a 63 años). La prevalencia de consumo de drogas legales es mayor en trabajadores/as separados, divorciados o viudos mientras que el consumo de las ilegales predomina entre los solteros.

Edad y sexo. Los hombres consumen drogas en mayor proporción que las mujeres, salvo en el caso de los hipnosedantes. En el caso de la mujer, el uso de hipnosedantes está más extendido en las que realizan actividades primarias y directamente relacionado con la “doble jornada” y la dificultad de poder compaginar la vida laboral con el trabajo en casa. El consumo se concentra en el grupo de jóvenes (16 a 34 años).

Guía de buenas prácticas en la intervención del delegado de prevenciónen materia de drogodependencias en el ámbito laboral

23

Situación laboral. Para todas las drogas, la prevalencia de consumo es mayor en el grupo de hombres parados, que en el de los que tienen trabajo. En las mujeres, la tendencia es similar, aunque las mujeres en paro consumen hipnosedantes en mayor proporción.

Sector de actividad. El consumo de riesgo de alcohol y el consumo diario predominan en el grupo de hombres que trabajan en la actividad primaria como agricultura, pesca, ganadería e industria, además de hostelería y construcción.

Igualmente, el consumo diario de tabaco es también mayor en trabajadores/as de la construcción y la hostelería, en ambos sexos. Hostelería y construcción, seguidos de transporte y comercio, son también las actividades donde se encuentra mayor proporción de trabajadores y trabajadoras que consumen drogas ilegales.

Los trabajadores/as de la Administración y de la Enseñanza son los que menos consumen drogas.

Categoría laboral. El consumo de riesgo de alcohol es más prevalente entre los directivos y profesionales que en el resto de categorías laborales, y más en hombres que en mujeres. El consumo de tabaco diario se registra, con mayor frecuencia, en el grupo de trabajadores/as manuales.

En el caso de las drogas ilegales, entre los hombres, su consumo está más extendido entre los trabajadores manuales no cualificados. En cambio, entre las mujeres, las drogas ilegales se dan en mayor proporción entre las administrativas y las técnicas intermedias.

Tipo de jornada de trabajo. Entre los hombres, la mayor proporción de consumidores de drogas ilegales e hipnosedantes se observa en el grupo de los que realizan jornada reducida/media jornada y, en mujeres, las que realizan jornada continua/rotativa noche. En el consumo de éstos últimos, la diferencia entre hombres y mujeres que realizan jornada continua de noche o con turnos rotatorios nocturnos, es significativa, ya que el 11,1% de mujeres recurre a los somníferos frente al 4,85% de los hombres.

Satisfacción en el trabajo. La encuesta registra mayor prevalencia de consumo reciente de cannabis entre hombres y mujeres que declaran estar insatisfechos con su trabajo, que entre los que se muestran satisfechos.

Riesgos de seguridad. Los hombres que ejecutan tareas peligrosas o en condiciones de penosidad (frío, calor, malos olores, posturas forzadas, etc.) declaran, con mayor frecuencia, consumir alcohol y tabaco. En este grupo se registra la presencia de bebedores que consumen diariamente o realizan consumo de riesgo. Para ambos sexos, también se observa mayor prevalencia de consumo de hipnosedantes, cannabis y cocaína entre trabajadores/as que realizan labores de mayor peligrosidad o penosidad.

Riesgos psicosociales. El consumo de drogas legales y la presencia de riesgos psicosociales muestran una clara asociación en la población laboral masculina. El consumo de alcohol y tabaco es más prevalente entre los trabajadores/as expuestos a dichos riesgos.

Paradójicamente, hay mayor prevalencia de consumo entre los trabajadores/as que declaran sentirse capacitados para realizar su trabajo o éste es adecuado a sus capacidades y formación.

Guía de buenas prácticas en la intervención del delegado de prevenciónen materia de drogodependencias en el ámbito laboral

24

El consumo de drogas ilegales muestra mayor prevalencia entre los trabajadores de ambos sexos que dicen estar expuestos a los factores de riesgo psicosociales.

Condiciones de empleo. Las condiciones de empleo parecen tener poca influencia sobre el consumo de alcohol, pero sí en el de tabaco. La existencia de malas condiciones de empleo (salario y seguridad en la continuidad) se relacionan directamente con la prevalencia de consumo de hipnosedantes, cannabis y cocaína.

Daños iniciales para la salud. La prevalencia de consumo de tabaco diario y de exposición al humo de tabaco1 es mayor en trabajadores y trabajadoras que declaran sentir agotamiento y estrés (considerando éstos como indicadores de daños iniciales para la salud). Por otra parte, los trabajadores/as que declaran sentirlos muestran prevalencia más elevada de consumo de hipnosedantes, cannabis y cocaína que los que declaran no verse afectados por estos síntomas.

3.2. FACTORES DE RIESGO PROPICIADORES DEL CONSUMO DE DROGAS EN EL TRABAJO

El uso indebido de drogas tiene mucho que ver con las condiciones de trabajo. No todos los sectores tienen las mismas condiciones de trabajo, por tanto, los factores de riesgo cambian.

Las condiciones de trabajo suelen llevar asociadas una serie de peligros para la salud, es decir, se trata de aspectos presentes en las mismas con capacidad de producir desequilibrio biológico, psicológico y/o social en el trabajo. Estos peligros presentes en las condiciones de trabajo son los que se definen como Factores de Riesgo.

Una condición inadecuada de trabajo no explica siempre por sí sola el consumo de drogas si no interacciona con otras y se potencian mutuamente. Es necesario tener presente que estos

2. La encuesta se realizó antes de la aprobación de la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.

2

Ley de Prevención de Riesgos Laborales en el Art. 4.7: “Se entenderá como condición de trabajo cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador/a.

Quedan específicamente incluidas en esta definición:

a) Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el centro de trabajo.

b) La naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia.

c) Los procedimientos para la utilización de los agentes citados anteriormente que influyan en la generación de los riesgos mencionados.

d) Todas aquellas otras características del trabajo, incluidas las relativas a su organiza-ción y ordenación, que influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto el trabajador/a”.

Guía de buenas prácticas en la intervención del delegado de prevenciónen materia de drogodependencias en el ámbito laboral

25

factores se relacionan con la mayor vulnerabilidad que tienen las personas de consumir drogas, no pudiéndose establecer la existencia de una relación directa causa-efecto entre un factor de riesgo concreto y el consumo de drogas.

Prevenir es promover cambios en las condiciones de trabajo mantenedoras y/o inductoras al consumo de drogas que afectan a la salud, hacia condiciones más favorables para la salud. La prevención incluye la reducción de daños y la promoción de hábitos saludables. Prevenir también es proporcionar información, educación y sensibilización. No se puede eliminar el consumo indebido de drogas sin dar alternativas que favorezcan climas saludables en el trabajo.

El trabajo y las condiciones de trabajo que determinan el ambiente laboral se convierten, a veces, en causa de insatisfacción laboral, ansiedad, tensión o estrés laboral que originan en el individuo una

necesidad de evasión que, con frecuencia, comportan lapredisposición al consumo de drogas.

Guía de buenas prácticas en la intervención del delegado de prevenciónen materia de drogodependencias en el ámbito laboral

26

FACTORESDERIESGOQUEPUEDENPROVOCARPROBLEMASRELACIONADOS

CONELCONSUMOINDEBIDODEDROGASENELTRABAJO

CONDICIONESAMBIENTALES

FACTORESDERIESGO MEDIDASPREVENTIVAS

Climatología,trabajosalairelibre:

Lasinclemenciasdeltiempollevanaquelos

trabajadores/asrecurranabebidasalcohólicasyal

café(bebidascalientes)paracalmarlasedomitigar

elfrío.

Temperatura:

Calor:Favoreceelconsumodesustancias

estimulantes.

Determinantedelafatigaindustrial(fisiológicay

nerviosa)pudiendoproducirestréstérmico.Elcalor

excesivomermalaproducciónobligandoal

trabajador/aagastarmásenergíaparamantenersu

rendimiento.

Frío:Reducelaatenciónyaumentaelmalestar

Predisponealabebidadealtagraduación,sebebe

máscantidad.

Contaminaciónambiental:

Polvoambiental,residuos,humos,disolventes,

vapores,partículasensuspensión,etc.,que

producensequedaddegargantaybocadando

sensacióndesed,porloqueserecurrealalcohol

parapaliarla.

El alcohol puede aumentar el efecto de muchas

sustancias tóxicas (efecto sinergia), aún en

pequeñascantidades.

Contaminaciónacústica:

Elruidoesunfactorgeneradordeestrés,aumenta

latensiónarterial,provocatrastornosnerviosos

comoirritabilidad,doloresdecabeza,trastornos

delsueño...,recurriendoafármacosparaaliviar

estossíntomas.

Vibraciones:afectanalsistemanerviosocentral.

Puedenprovocarmareos,nauseasyvómitos,

trastornosdelavisión,lesionesenmano,muñeca,

codoyhombro,yesunfactorgeneradordedolores

lumbaresydetrastornosmusculoesqueléticos.

Favoreceelusodefármacosparaaliviareldolory

elmalestar.

‐Ropadeprotecciónadecuadaantelas

inclemenciasdeltiempoytranspirable.

‐Suspendereltrabajoencondicionesambientales

extremas.

‐Disponerdeespaciospararesguardarse.

‐Evitarrealizartrabajosdealtoesfuerzoenlugares

contemperaturasextremas.

‐Mejoradelaorganizacióndeltrabajo:Limitarel

tiempodeexposición,estableciendopausasy

descansosadecuados.

‐Instalacionesparamitigarlasedyelfrío:

máquinasderefrescoseinfusionescalientes,

surtidoresdeagua,zumos,etc.

‐Controlarlatemperaturayvelocidaddelaire.

‐Equiposdeprotecciónqueprotejancontraelfrío

yqueseantranspirables.Evitarelenfriamientode

lasextremidades.

‐Seleccióndelproductomenospeligroso.

‐Sistemasadecuadosdeextracción.

‐Procedimientosescritosdetrabajo.

‐Mantenimientodellocallimpioyrecogida

inmediataderesiduos.

‐Disponeryleer(inclusoenlostrasvases)la

etiquetaylafichadeseguridaddelosproductos

peligrosos.

‐Realizacióndetrasvasesenespaciosventilados.

‐Extremarlahigienepersonalenzonasexpuestas.

‐Nocomernibeberenelpuestodetrabajo.

‐Eliminaroreducirlosfocosdelasvibraciones.

‐Seleccióndesistemasergonómicos.

‐Usodeherramientasadecuadas(diseñodelas

herramientas,materialantivibratorio,etc.).

‐‐Equiposdeprotecciónindividualadecuados.

‐Informaciónyformacióndelostrabajadores/as.

‐Vigilanciadelasalud.

Guía de buenas prácticas en la intervención del delegado de prevenciónen materia de drogodependencias en el ámbito laboral

27

FACTORESDERIESGOQUEPUEDENPROVOCARPROBLEMASRELACIONADOSCONELCONSUMOINDEBIDODEDROGASENELTRABAJO

CONDICIONESDEORGANIZACIÓN

FACTORESDERIESGO MEDIDASPREVENTIVAS

Laordenacióndeltiempodetrabajo:Tipodejornadafija‐continuaopartida‐oaturnos

ydeladuracióndelamisma.Eltiempodetrabajo

repercutedirectamenteenelgradodetensión,en

lafatiga,eneltiempolibreyenlavidaderelación

socialyfamiliar.

Tieneefectosanti‐socializantes.

Eltrabajoaturnosytrabajonocturno:Losproblemasdesaludquetienenlos

trabajadores/asnocturnosson:

‐Laprivacióndelsueño.

‐Alteracionesenelhumorquesemanifiestancon

irritabilidadprovocadaporfatigacrónica.

‐Ladepresión.

‐Aumentoderiesgoscardiovasculares,etc.

Puedeprovocarunaumentodeconsumodecafé,tabacoyotrosexcitantesconelpropósitoderendirmásyaguantarmejorlajornadalaboral.Laspausasydescansos:Notenerdescansosimpidelarecuperaciónyla

modulacióndelatensión,fatiga,yafectaala

seguridaddeltrabajo.

Lashorasextras:Entrabajosnocturnosnoserealizaránhoras

extraordinarias.

Puedenpotenciarelconsumodetranquilizantesparaconseguirdormir.

‐Sehademinimizarenlamedidadeloposibleel

trabajoaturnosynocturno.

Sieltrabajonocturnooaturnosesnecesario:

1.‐Sehandeevaluarlosriesgosderivadosdelaturnicidadynocturnidad.

2.‐Sitraslaevaluaciónseconsideranecesario,hayqueplanificarunaseriedemedidas:‐Establecimientodelosturnosteniendoencuentael

ciclodesueño.

‐Contemplarlavoluntariedaddeeleccióndeturnoyla

conciliacióndelavidapersonalyfamiliar.

‐Laposibilidaddeintercambiarlosturnos.

‐Losturnosdenocheseránmáscortosquelosdedía.

‐Reducirlacomplejidaddelastareasporlanoche.

‐Notrabajarnuncaensolitariodenoche.

‐Mantenimientodelaspersonasenlosequipospara

favorecerlasrelacionesestables.

‐Adaptarlascondicionesdetrabajoalosturnosoal

trabajodenoche(iluminación,comidascalientes,

cafetería,máquinasdebebidascalientes,etc.).

‐Contemplarsituacionesindividuales.

3.‐Mejoradelaorganizacióndeltrabajo:Limitarel

tiempodetrabajo,yestablecimientodepausasy

descansosadecuados.

4.‐PlandeFormaciónespecíficoenbasealosriesgos

delpuestodetrabajo‐incluidoslanocturnidady/oel

trabajoaturnos‐yestablecimientodeprogramasde

apoyoparamejorarelsueño, laalimentación,etc.

5.‐Lavigilanciadelasalud,enrelaciónalosriesgosespecíficos‐incluyendolanocturnidad‐delpuestode

trabajo.

‐Informaciónyformaciónalostrabajadores/as.

‐Vigilanciadelasalud.

Guía de buenas prácticas en la intervención del delegado de prevenciónen materia de drogodependencias en el ámbito laboral

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FACTORESDERIESGOQUEPUEDENPROVOCARPROBLEMASRELACIONADOSCONELCONSUMOINDEBIDODEDROGASENELTRABAJO

CONDICIONESDEORGANIZACIÓN

FACTORESDERIESGOPSICOSOCIAL MEDIDASPREVENTIVAS

Losfactoresrelativosalaorganizacióndeltrabajo,puedensercausaderiesgo

psicosocialenlaempresaydesencadenar

problemascomolainsatisfacciónoelestrés

derivadodeltrabajo.

Estosfactoresson,entreotros:

Elcontenidoysignificadodelatarea:‐Trabajorepetitivooencadena.

‐Peligrosidad.

‐Incorporacióndenuevastecnologías.

‐Ambigüedadyconflictoderol.

‐Responsabilidadelevada.

‐Sobrecargaofaltadetrabajo.

LapolíticasdeRRHHenlasempresas:‐Laprecariedadlaboral.

‐Lasescasasexpectativasdepromoción

laboralodeformación.

‐Lasdesigualdadesretributivasentre

trabajadores/asquedesarrollanlasmismas

funciones.

‐Lossistemasderemuneración,etc,pueden

actuarcomoestresores.

Elclimadelaorganización:

Eltipodeliderazgo,lanoparticipaciónenla

tomadedecisionesylafaltadeautonomía

enlatarea,sonotrassituacionesderiesgo.

Adecuacióndelavidapersonalyfamiliarconeltrabajo:

Sehadeevitarlaprolongacióndelavida

laboralendetrimentodelavidapersonaly

familiar.

Para poder identificar los riesgos psicosociales en

nuestra empresa y proponer las medidas preventivas

adecuadasparaevitarlos,sehadetenerencuenta:

‐Quelaevaluaciónderiesgoscontengalosfactores

psicosocialesderivadosdelaorganizacióndeltrabajo.

‐Queelinformedelaevaluaciónderiesgoscontengala

planificación de la actividad preventiva, en la que

debenestablecersefasesyprioridadesparauntiempo

determinado,segúnelnivelderiesgoevaluado.

‐Que al realizar la vigilancia de la salud, la evaluación

de riesgos esté actualizada, ello permite conectar los

factores de riesgo existentes en las condiciones de

trabajo con los efectos negativos en la salud de los

trabajadores/as.

Lavigilanciadelasaludhadepermitirladetecciónde

problemaspsicosocialesenlaempresaylaeliminación

de los daños derivados de las condiciones específicas

detrabajo.

‐Proporcionarapoyoyasistenciaalostrabajadores/as

frenteanuevassituacionesderiesgo:

• Incorporacióndenuevastecnologías.

• Responsabilidadelevada.

• Sobrecargadetrabajo,etc.

Guía de buenas prácticas en la intervención del delegado de prevenciónen materia de drogodependencias en el ámbito laboral

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FACTORESDERIESGOQUEPUEDENPROVOCARPROBLEMASRELACIONADOSCONELCONSUMOINDEBIDODEDROGASENELTRABAJO

OTRASCONDICIONES:DEEMPLEO,PSICOSOCIALESYDEORGANIZACIÓN

FACTORESDERIESGOPSICOSOCIAL MEDIDASPREVENTIVAS

Sistemasderemuneración:Enhorasydías:potenciaviviraldía,mecanismoquefavoreceelconsumodiariodedrogas.

Porrendimiento:(destajo,porpiezaoproductoterminado,productividad...)produceunritmo

excesivoqueincitaalainseguridadeneltrabajo,

esfuerzoexcesivoylargasjornadaslaborales.

Incrementodelacompetitividad.

‐Quelaevaluaciónderiesgoslocontempledentrode

losfactorespsicosocialesderivadosdelaorganización

deltrabajo.

‐Posibilitarsistemasderemuneraciónportiempo,

mejormensual.

‐PosibilitarremuneracióneIncapacidadTemporal(IT)

paratrabajadores/asconsalariosporrendimiento.

‐Coberturadeprotecciónal100%.

Trabajosencadenayritmosdeproducción:Provocacargaestáticaydinámica,fatigatanto

físicacomomental,problemastraumatológicos,

musculares,doloresdecabeza.

Estostrabajospotencianelconsumodefármacosdeformahabitualparavencerlosdolores,llegandoenmuchoscasosalaautomedicación.

‐Quelaevaluaciónderiesgoslocontempledentrodelosfactorespsicosocialesderivadosdelaorganización

deltrabajo.

‐Ritmodeproducciónadecuadoyexentoderiesgos.

‐Quesecontemplenlascaracterísticasindividualesen

elestablecimientodelosritmosdetrabajo.

‐Mejoradelaorganizacióndeltrabajo:pausasy

descansosadecuados.

‐Diseñoergonómicodelospuestosdetrabajo.

‐Proporcionarcalzadoymediasanatómicas.

‐Mejoradelaprotecciónsocial,componentes

salarialesdurantelaIT.

Movilidadyfrecuentesdesplazamientos:Alejandelafamiliaydificultanlasrelaciones

sociales,aislamiento,loqueproduceun

incrementodelconsumodealcoholydrogasparamitigarlasoledad.

‐Quelaevaluaciónderiesgoslocontempledentrode

losfactorespsicosocialesderivadosdelaorganización

detrabajo.

‐Posibilidaddeaccesoalugaresdedescansoyocio.

‐Garantizarunaplantilladepersonalsuficientepara

reducirelexcesodehorasdetrabajo.

‐Garantizarperiodosdedescanso,sueñoyde

relajaciónantesdevolveraltrabajo.

Disponibilidaddelasustancia:Sedaenprofesionescondisponibilidadyaccesoa

drogas(fármacos,alcohol,etc.).

Muchasveceselalcoholsirvecomomediadorenlaventayatenciónalcliente.

‐Quelaevaluaciónderiesgoslocontempledentrode

losfactorespsicosociales.

‐Reduccióndelajornada,posibilidadderotar.

‐Trabajoengrupo,nosólo.

‐Concienciaciónyeducaciónparalasaludespecífica.

Guía de buenas prácticas en la intervención del delegado de prevenciónen materia de drogodependencias en el ámbito laboral

30

3.3. MODELO PREVENTIVO DE LAS DROGODEPENDENCIAS EN EL CENTRO DE TRABAJO

GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS EN LA INTERVENCIÓN DEL DELEGADO DE PREVENCIÓN EN MATERIA DE DROGODEPENCIAS EN EL ÁMBITO LABORAL

31

3.3 Modelo preventivo de las drogodependencias en el centro de trabajo

Ambiente Insalubre Malas Condiciones de Trabajo

Condiciones de Vida Factores Personales

Alteraciones de salud biológica, psíquica y social.

Aumento de la probabilidad de consumo de drogas.

Evaluación de Riesgos Laborales Reconocimiento Médico

Negociación Colectiva

Medidas de mejora de las Condiciones de Trabajo

Ambiente Promotor de la Salud

Análisis de Condiciones de Trabajo Evaluación de Riesgos Psicosociales

Negociación Colectiva

Medidas Preventivas

Recursos Socio-comunitarios

Recursos de la Iniciativa social

Trabajador Sano Abstinencia

Apoyo a Reinserción

CLIMA LABORAL SALUDABLE

Plan de Prevención Riesgos Laborales en la

empresa

Plan de Prevención y Rehabilitación de

Drogodependencias

Medidas Rehabilitadoras

Medidas Asistenciales

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31

FUNCIONES DEL DELEGADO DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN EN LA EMPRESA

La drogodependencia en el ámbito laboral debe considerarse como una cuestión de salud. Además, los aspectos relativos a las condiciones de trabajo han de ser tratados desde la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y, las actuaciones relacionadas con la intervención de las drogodependencias en el ámbito laboral se deben contemplar desde un enfoque más amplio de salud, tal y como recoge el Art. 32 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, referido a la Salud Laboral:

“La salud laboral tiene por objeto conseguir el más alto grado de bienestar físico, psíquico y social de los trabajadores/as en relación con las características y riesgos derivados del lugar de trabajo, el ambiente laboral y la influencia de éste en su entorno, promoviendo aspectos preventivos, de diagnóstico, de tratamiento, de adaptación y rehabilitación de la patología producida o relacionada con el trabajo”.

El objetivo principal de la intervención del delegado, una vez identificado el consumo indebido de drogas de un trabajador/a, es mantener el puesto de trabajo del afectado, defender sus derechos laborales y establecer medidas de apoyo y recuperación.

El delegado/a de prevención deberá:• Considerar la drogodependencia como una enfermedad, de tal manera que el trabajador/a

con un consumo problemático de drogas sea considerado como enfermo/a y no como “un riesgo a eliminar” a través del despido.

• Asesorar y prestar todo el apoyo al compañero, con la mayor efectividad posible.• Tratar a los afectados con el mayor respeto y tolerancia.• Como delegados y delegadas tienen la misión la de ser mediadores y garantes de sus

derechos laborales.• La estabilidad en el trabajo es un factor determinante para facilitar la recuperación de los

problemas relacionados con el consumo de drogas.

FUNCIONES DEL DELEGADO DE PREVENCIÓN ANTE LAS DROGODEPENDENCIAS:* Proporcionar alternativas de solución al problema.* Informar acerca de los recursos sociales existentes en su Comunidad para atender dicho

problema y los medios para informarse.* Informar sobre los derechos laborales a los que se puede acoger el trabajador/a.* Mantener la confidencialidad.* No debe asumir en ningún momento el papel que corresponde a los profesionales en la

materia, debe indicar los mecanismos laborales a su disposición para solucionar el problema.

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* Proporcionar el apoyo que necesita el trabajador/a de cara a la postura que la empresa tenga y adopte al respecto.

* Los Delegados de Prevención funcionan como orientadores, asesores, controladores, mediadores en el desarrollo de todo un sistema de apoyo.

* Vigilar la realización de posibles pruebas de detección de consumo de drogas, ya que pueden vulnerar los derechos de los trabajadores/as.

* No consentir la realización de pruebas de detección de consumo encubiertas o ilegales.* Garantizar en todo momento la voluntariedad y confidencialidad en los reconocimiento

médicos.* Negociar una incapacidad temporal (IT) y un posible tratamiento para pasar el síndrome de

abstinencia.* Negociar un apoyo económico durante la IT (anticipos, fondos de acción social, etc.) para

facilitar el tratamiento.* Adaptar el horario y la jornada de trabajo para que pueda asistir al tratamiento.* Cambio de puesto de trabajo con riesgos específicos derivados del consumo de drogas con

el consentimiento y participación del trabajador/a y con el compromiso de ser algo temporal hasta su recuperación.

* Cambiar a unas condiciones de trabajo que no impliquen riesgo de consumo para fomentar la abstinencia en trabajadores/as en proceso de inserción (trabajar en compañía de otros compañeros/as y no sólo, etc.).

* Acuerdo entre el delegado y la familia del afectado de pagar la nómina directamente a ésta o en cuenta bancaria a otro nombre, si es necesario.

* Algunas empresas proponen que el trabajador/a afectada solicite una excedencia voluntaria hasta que termine el tratamiento. La experiencia demuestra que en muchos casos existen problemas para recuperar el puesto de trabajo.

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ACTUACIÓN DEL DELEGADO EN LA EMPRESA01. Reivindicar el reconocimiento de la drogodependencia como enfermedad para que

pueda ser tratada como cualquier otra enfermedad que padezca el trabajador/a, sin ninguna merma en sus derechos laborales y sociales.

02. Asimilación a la situación de Incapacidad Temporal (IT).

03. Evitar la discriminación laboral de los trabajadores y las trabajadoras.

04. Flexibilizar la jornada laboral para facilitar el acceso al tratamiento y compaginarlo con la actividad laboral.

05. Garantizar la voluntariedad y confidencialidad en los reconocimientos médicos de em-presa.

06. Vigilar que en los procesos de selección de personal no exijan ni se realicen pruebas de detección de consumo de alcohol y otras drogas.

07. Implicar a las empresas en la financiación de los programas que habrán de ser nego-ciados y consensuados en la empresa con participación sindical.

08. Trabajar por la sensibilización de todas las personas que forman parte de tu empresa sobre los efectos nocivos de cualquier tipo de consumo indebido de drogas.

09. Profundizar en las causas que llevan al consumo de sustancias tóxicas en el ámbito social y laboral.

10. Establecer líneas de actuación para que todas las intervenciones en el ámbito de las drogodependencias sean instrumento de acción sindical, principalmente en el marco de la Negociación Colectiva.

11. Proponer la formación de los delegados para su actuación, tanto para el apoyo como para la prevención y reinserción de los trabajadores/as con esa problemática.

12. Coordinarse con las Administraciones Públicas en las actuaciones que se desarrollen, participando en las acciones que faciliten la superación de las adicciones a drogas.

13. Desarrollar programas informativos y publicaciones que contengan material teórico y práctico que nos sirvan de referencia.

14. Formalizar acuerdos entre la empresa y delegados de prevención para reservar el pues-to de trabajo del trabajador/a drogodependiente durante su proceso de rehabilitación, defendiendo que las enfermedades no sean instrumento de discriminación en el tra-bajo.

15. Elaboración de Planes de Prevención y Rehabilitación de drogodependencias para tra-bajadores/as con problemas de consumo de drogas en empresas e instituciones, junto con la participación de los Agentes sociales y los Servicios de Prevención en los Comi-tés de Seguridad y Salud y siempre bajo el marco de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Desde UGT Madrid, hemos de fomentar el desarrollo de dichos acuerdos y defender los planteamientos existentes en las leyes para incluirlos en la Negociación Colectiva.

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NEGOCIACIÓN COLECTIVA

La Constitución Española reconoce en su Art. 37: “El derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores/as y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.” La Negociación Colectiva persigue dos objetivos:

1. Por una parte, sirve para determinar las condiciones de empleo y las condiciones de trabajo de aquellos trabajadores/as a los cuales se aplica un acuerdo (Convenio), que se ha alcanzado mediante negociaciones entre dos partes que han actuado libre, voluntaria e independientemente.

2. Por otra parte, hace posible que empleadores y trabajadores/as definan, mediante acuerdo, las normas que regirán sus relaciones recíprocas.

Estos dos aspectos del proceso de negociación están íntimamente vinculados.

A través de la Negociación Colectiva debemos superar los mínimos establecidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y para ello, en los Convenios Colectivos, los representantes sindicales pueden introducir la consideración de la drogodependencia como enfermedad, pues no tiene sentido la aplicación de medidas coercitivas ni como prevención, ni como tratamiento. Ninguna enfermedad debe ser motivo de discriminación laboral.

Es necesario garantizar el mantenimiento del puesto de trabajo de trabajadores/as con problemas de abuso en el consumo de drogas, y el respeto de las condiciones económicas del contrato durante las tres fases de su proceso de rehabilitación: desintoxicación, deshabituación y reinserción.

Se deberá habilitar un Plan de Prevención y Rehabilitación de Drogodependencias en la empresa a través del cual se negocien y se pacten medidas encaminadas a:

Analizar aquellos factores de riesgo en el trabajo que pueden mantener o inducir al consumo de drogas y por tanto afectar a la salud integral de los trabajadores/as. Se deben incluir en las Evaluaciones de Riesgos, los factores psicosociales de organización y factores de riesgo ambiental de trabajo que pueden favorecer o mantener el uso indebido de drogas, con el objetivo de eliminarlos o reducirlos.

Es fundamental considerar la flexibilización de horarios o adaptación de jornada para los trabajadores/as con problemas de abuso de sustancias psicoactivas, y así permitir la asistencia a programas de rehabilitación. En el proceso de reinserción, cada etapa implica una flexibilidad laboral determinada, por lo que se negociarán distintas adaptaciones del horario laboral en base a las necesidades de dichas etapas del tratamiento.

Se ha de negociar que el periodo de internamiento para someterse a un tratamiento de desintoxicación sea tratado como baja por enfermedad común (IT) y retribuido, a ser posible, con el 100% del salario.

Si un compañero con problemas de consumo se accidenta y la empresa decide despedirlo, hay

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que actuar para evitarlo. El Art. 15.4 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales dice: “La efectividad de las medidas preventivas deberá prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador/a. Para su adopción se tendrán en cuenta los riesgos adicionales que pudieran implicar determinadas medidas preventivas, las cuales sólo podrán adoptarse cuando la magnitud de dichos riesgos sea sustancialmente inferior a la de los que se pretende controlar y no existan alternativas más seguras”.

Cuando se produce un accidente, la causa no está en la conducta del trabajador o trabajadora, sino en un fallo en el sistema de prevención de riesgos laborales, al no haberse adoptado todas las medidas preventivas necesarias para evitar la aparición de riesgos.

PRUEBAS DE DETECCIÓN DE CONSUMO DE DROGAS EN EL TRABAJO

Como delegados de prevención se debe rechazar la realización, por parte de la empresa, de pruebas de detección de consumo de drogas, tanto a la hora de seleccionar nuevos trabajadores/as, como a los ya incorporados en plantilla, ya que estas pruebas se pueden convertir en un instrumento de las empresas para facilitar el despido.

Si se descubre que en los reconocimientos médicos se realizan pruebas de detección de consumo de drogas, debemos rechazarlas en base a las siguientes razones:

• Los reconocimientos médicos de la vigilancia de la salud deben diseñarse en relación a los factores de riesgo que el puesto de trabajo pudiera tener para el trabajador/a (Art. 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales) y deben estar contemplados en la Evaluación de Riesgos de la empresa.

• La conducta de consumo supone una respuesta adaptativa (inadecuada) del individuo ante determinadas condiciones negativas de trabajo.

• La vigilancia colectiva de la salud referida a las drogodependencias deberá analizar, dentro de las actuaciones del Plan de Prevención, la relación de los efectos negativos de las condiciones de trabajo, que son las que aumentan la probabilidad de consumo de drogas.

• Las pruebas no son imprescindibles para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo porque por sí mismas no ofrecen marcadores directos de la relación con las condiciones de trabajo.

• Una prueba de detección de consumo por sí sola, no puede ofrecer información directa sobre la frecuencia, cantidad, o forma de consumo, ni acerca de cómo este consumo puede afectar a la realización del trabajo.

• Un resultado positivo no indica que la persona consuma habitualmente, y tampoco que vaya a seguir consumiendo drogas. Por lo que tampoco, por sí mismas, podrían indicarnos si el estado de salud del trabajador/a puede constituir un peligro para él, para los demás compañeros o para otras personas relacionadas con la empresa.

• En general, las pruebas de detección de consumo de drogas, tienen escaso valor preventivo y en ocasiones, un alto nivel de error, en función de diferentes parámetros.

• Sus resultados dependen de cómo se ha recogido la muestra, y de su almacenamiento para su posterior análisis, de la especificidad y sensibilidad de la técnica utilizada, de haber descartado un falso positivo cuando un trabajador o trabajadora en el momento de la toma de muestras esté tomando medicación prescrita por el médico, etc.

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Sólo en aquellos casos en que existan puestos de trabajo de especial riesgo o puestos con riesgo para terceros, y la empresa pueda realizar las pruebas legalmente, se admitirían si se cumplieran una serie de requisitos:

Que las pruebas se contemplen dentro de un Plan de Prevención y Rehabilitación en Drogodependencias en la empresa con participación sindical, donde se garantice el apoyo a la rehabilitación de los trabajadores/as afectados, se reserve el puesto de trabajo hasta la reincorporación del trabajador/a tras finalizar el tratamiento, y asegurar la absoluta confidencialidad de las pruebas.

Que los resultados de estas pruebas sean considerados como datos complementarios y dentro siempre de las actuaciones del Plan de Prevención y Rehabilitación en Drogodependencias.

Que su aplicación sea igualitaria a todas las categorías profesionales de la empresa.

Que un resultado positivo no pueda ser utilizado nunca como causa de sanción o despido, y siempre debe ser confirmado con una segunda muestra utilizando una técnica de análisis distinta a la anterior.

Si la segunda muestra también da positivo, se le debe ofrecer al trabajador/a la posibilidad de aceptar un programa de tratamiento, siempre bajo un Plan de Prevención y Rehabilitación en Drogodependencias de la empresa.

Es necesario PACTAR EN CONVENIO todo el contenido de las pruebas de detección de sustancias psicoactivas en estos reconocimientos médicos.

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PLAN DE PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN DE DROGODEPENDENCIAS EN EL ÁMBITO LABORAL

Un Plan de Prevención y Rehabilitación de Drogodependencias en el ámbito laboral, de ahora en adelante (PPRD) es un conjunto de actuaciones dirigidas a eliminar, reducir o paliar los efectos asociados al consumo de drogas, con el objetivo de promover hábitos de vida más saludables para la mejora de la salud de los trabajadores/as y el mayor control de los factores que afectan a su salud, en el centro de trabajo.

El PPRD contemplará la relación entre las condiciones de trabajo y el consumo de drogas y permitirá modificar si resulta necesario, las condiciones de trabajo que repercutan negativamente en la salud y/o inciten al consumo. El PPRD forma parte de la salud laboral de la empresa y estará integrado en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la empresa.

DEFINICIONES:

3 Plan de Prevención de Riesgos Laborales (PPRL): establece cómo debe integrarse la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades, como en todos los niveles jerárquicos de dicha empresa. el plan deben incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción preventiva en la empresa. Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del Plan, son la Evaluación de riesgos laborales y la Planificación de la actividad preventiva.

3 Plan de Prevención y Rehabilitación de Drogodependencias en el ámbito laboral (PPRD): conjunto de actuaciones dirigidas a eliminar, reducir o paliar los efectos asociados al consumo de drogas, con el objetivo de promover hábitos de vida más saludables para la mejora de la salud de los trabajadores/as y el mayor control de los factores que afectan a su salud, en el centro de trabajo.

3 Acuerdo de Plan de Prevención y Rehabilitación de Drogodependencias: es el primer documento de consenso. En él se plasma la política de la empresa sobre drogodependencias, el código de conducta y/o la declaración de principios. Además se establecen los objetivos generales, los niveles de actuación, los criterios de aplicación y los 2 documentos a desarrollar del PPRD: el Protocolo de Prevención de Drogodependencias y el de Asistencia y Rehabilitación. La redacción de la filosofía de la campaña la hace la empresa y la acuerda con los representantes de los trabajadores/as en el Comité de Seguridad y Salud.

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3 Protocolo de Prevención de Drogodependencias: es el documento que describe los pasos para la aplicación de las actividades preventivas contenidas en el Acuerdo del PPRD de la empresa; actividades informativas iniciales, formativas y de sensibilización y análisis de los factores de riesgo psicosocial derivados de la organización y del ambiente de trabajo. El protocolo lo acordará la Comisión Técnica de Prevención de Drogodependencias y entra en funcionamiento tras la firma del acuerdo del PPRD y la creación de la citada comisión técnica de prevención de drogodependencias.

3 Protocolo de Asistencia y Rehabilitación de Drogodependencias: es el documento que desarrolla los aspectos asistenciales y de reinserción contenidos en el Acuerdo del PPRD, estableciendo los criterios para los procedimientos de información, orientación y, si es necesario, derivación a centro de tratamiento. Contiene tres etapas: detección, canalización y estudio de las demandas, derivación y seguimiento y reincorporación laboral. Todas las etapas de este protocolo estarán acordadas y se firmarán procedimientos para cada actuación, consensuados entre la empresa y los representantes de los trabajadores/as

3 Comisión Técnica de Prevención de Drogodependencias (CTPD): es el grupo de trabajo, formado por representantes sindicales y de la empresa, que recaba las propuestas de los trabajadores/as, trasmite los resultados, discute y define las líneas de actuación del PPRD para desarrollar las actuaciones que recojan los protocolos que la Comisión elabore para implantar el Plan de Prevención y Rehabilitación de Drogodependencias. La CTPD elabora el Protocolo de Prevención de Drogodependencias y el Protocolo de Asistencia y Rehabilitación de Drogodependencias en la empresa.

CARACTERÍSTICAS DEL PLAN DE PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN DE DROGODEPENDENCIAS:

• Preventivo. Se pondrán en práctica medidas sensibilizadoras; informativas y formativas dirigidas a motivar la reducción del consumo de drogas, promocionar hábitos saludables, detectar trabajadores/as con problemas de adicción a drogas y facilitar el manejo de situaciones de conflicto por consumo de drogas.

• Asistencial y voluntario. Se facilitará el tratamiento de aquellos trabajadores/as que voluntariamente quieran adherirse al Protocolo de Asistencia y Rehabilitación de Drogodependencias, previamente acordado.

• Rehabilitador. Se persigue que la persona no pierda su trabajo y tras los procesos de desintoxicación y deshabituación, pueda desarrollar su trabajo preservando su salud, en las mejores condiciones laborales que le ayuden en el proceso de reinserción, así como facilitar que se complete la Rehabilitación, protegiendo al trabajador/a de recaídas posteriores. Debemos conseguir un clima laboral facilitador de hábitos saludables.

• No sancionador. Las personas que se acojan al programa de rehabilitación, pactado mediante el Protocolo de Asistencia y Rehabilitación de Drogodependencias, no podrán ser objeto de sanción ni despido y se asegurará su reincorporación una vez determinada su alta terapéutica. Las enfermedades no se castigan, se tratan.

• Participativo. Toda iniciativa empresarial relacionada con la salud laboral y las drogodependencias será, con carácter previo, consultada y acordada con los representantes de los trabajadores/as.

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• Se contemplará el abuso y la adicción a las drogas como un problema de salud. Durante el tratamiento de la adicción a drogas, como cualquier otra enfermedad, el trabajador/a pasará a una situación de incapacidad temporal y nunca a una excedencia o suspensión de empleo y sueldo.

• Confidencial. Por su consideración de enfermedad, la comunicación deberá plantearse en términos de “apto o no apto”, y nunca vulnerar la intimidad de la persona ni el contenido del diagnóstico, de acuerdo con el Art. 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

• Global. Se aplicará al conjunto de la plantilla y por igual a todas las categorías profesionales.

• Integral e Integrado. Enfocado a la salud y bienestar de todo el personal de la empresa. El PPRD articulará todas las medidas de prevención dentro de un enfoque amplio de salud laboral por lo que formará parte del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la empresa.

• Planificado, estratégico y evaluable e incluido en un marco más amplio de fomento de la salud y mejora de las condiciones de trabajo.

• Subvencionado. Los costes derivados de la puesta en marcha y aplicación del PPRD han de estar subvencionados por la empresa; folletos, carteles, etc., así como el tratamiento y rehabilitación del trabajador/a que se adhiera a él.

• Negociado y Revisado. El PPRD estará negociado y consensuado por la dirección de la empresa y los representantes de los trabajadores/as en el Comité de Seguridad y Salud. Se ha de constituir previamente una Comisión Técnica de Prevención de Drogodependencias (CTPD), formada por miembros del Comité de Seguridad y Salud: representantes sindicales, delegados de prevención, representantes de la empresa y en calidad de asesor, el Servicio de Prevención. Los miembros de la CTPD deben tener conocimientos en materia de drogodependencias, si no es así se les formará en esta materia.

La CTPD será la responsable de canalizar las propuestas de los trabajadores/as de la empresa, de discutir y definir las líneas y los elementos de actuación del PPRD en el centro de trabajo y de transmitir los resultados para poder desarrollar el programa de forma consensuada. En la CTPD se acordarán todas las acciones del proceso y el seguimiento de casos individuales con problemas de consumo de drogas, para el desarrollo de las actuaciones que se recojan en los Protocolos/Procedimientos acordados para llevarlas a cabo. La CTPD elaborará el Protocolo de Prevención de Drogodependencias y el Protocolo de Asistencia y Rehabilitación de Drogodependencias.

La CTPD establecerá los criterios, métodos y momentos de la Evaluación del Plan, en relación con los objetivos planteados y las estrategias diseñadas, así como su revisión periódica. Toda actuación será ratificada en el Comité de Seguridad y Salud y como indica la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, también podrán formar parte, en calidad de asesores externos, las personas que soliciten los miembros del CSS.

El Plan de Prevención y Rehabilitación de Drogodependencias es un programa integral, vinculado a los servicios internos de la empresa y a otros externos de tratamiento. El personal que participe en el PPRD deberá estar debidamente formado. El programa será flexible y el tratamiento a realizar será individualizado. Tanto la dirección de la empresa como el CSS, deberán velar por el cumplimiento de la aplicación de los protocolos y procedimientos que se acuerden y firmen.

El PPRD se estructura en distintos programas: Preventivo, Asistencial y Rehabilitador, mediante los que se abordará la prevención, la asistencia y las tres etapas de la rehabilitación: desintoxicación, deshabituación y reinserción.

PAUTAS A SEGUIR PARA IMPLANTAR EL PLAN DE PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN EN DROGODEPENDENCIAS EN EL ÁMBITO LABORAL

Ante posibles casos de consumo indebido de drogas en el trabajo, abuso y/o adicción a drogas, el delegado de prevención de riesgos laborales tomará la iniciativa de promover un Plan de Prevención y Rehabilitación de Drogodependencias (PPRD) en el trabajo, en colaboración con la dirección y previamente negociado.

El primer paso consiste en explicar a la dirección de la empresa la iniciativa del PPRD y las diferentes etapas que lo componen para poderlo implantar. Al mismo tiempo se solicita la implicación de la empresa en todas las fases del proyecto y si se ha planteado en EL CSS, debe quedar reflejado en el Acta de la reunión.

El siguiente paso será la designación de los miembros que formarán la Comisión Técnica de Prevención de Drogodependencias (CTPD) que también debe reflejarse en el Acta de reunión del CSS.

Es el momento de acordar redactar y firmar el ACUERDO DEL PLAN DE PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN DE DROGODEPENDENCIAS EN LA EMPRESA. Lo firman la dirección de la empresa y los representantes de los trabajadores/as.

A partir de aquí, la Comisión Técnica de Prevención de Drogodependencias deberá trabajar para:

PRIMER PASO: Analizar previamente las necesidades.

Se definirá el problema sobre el que hay que incidir prioritariamente y las características de los trabajadores/as a tratar.

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La CTPD será la responsable de canalizar las propuestas de los trabajadores/as de la empresa, de discutir y definir las líneas y los elementos de actuación del PPRD en el centro de trabajo y de transmitir los resultados para poder desarrollar el programa de forma consensuada. En la CTPD se acordarán todas las acciones del proceso y el seguimiento de casos individuales con problemas de consumo de drogas, para el desarrollo de las actuaciones que se recojan en los Protocolos/Procedimientos acordados para llevarlas a cabo. La CTPD elaborará el Protocolo de Prevención de Drogodependencias y el Protocolo de Asistencia y Rehabilitación de Drogodependencias. La CTPD establecerá los criterios, métodos y momentos de la Evaluación del Plan, en relación con los objetivos planteados y las estrategias diseñadas, así como su revisión periódica. Toda actuación será ratificada en el Comité de Seguridad y Salud y como indica la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, también podrán formar parte, en calidad de asesores externos, las personas que soliciten los miembros del CSS. El Plan de Prevención y Rehabilitación de Drogodependencias es un programa integral, vinculado a los servicios internos de la empresa y a otros externos de tratamiento. El personal que participe en el PPRD deberá estar debidamente formado. El programa será flexible y el tratamiento a realizar será individualizado. Tanto la dirección de la empresa como el CSS, deberán velar por el cumplimiento de la aplicación de los protocolos y procedimientos que se acuerden y firmen. El PPRD se estructura en distintos programas: Preventivo, Asistencial y Rehabilitador, mediante los que se abordará la prevención, la asistencia y las tres etapas de la rehabilitación: desintoxicación, deshabituación y reinserción.

TIPOS DE PREVENCIÓN

UNIVERSAL SELECTIVA INDICADA

Dirigida a un Grupo General, sin distinción alguna. Los trabajadores/as de un centro de trabajo.

Enfocada a un subgrupo de trabajadores/as con un riesgo mayor de ser consumidores. Posible Grupo de Riesgo debido a: -La categoría profesional. -Sector. -Condiciones de trabajo. -Tipo de jornada. -Disponibilidad de sustancias psicoactivas en el trabajo, etc.

Destinada a un subgrupo concreto, que suele abusar en el consumo o con problemas de comportamiento. Grupo de Alto Riesgo. Trabajadores/as con el problema ya detectado.

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Se recopilará toda la información necesaria para establecer las prioridades en el ámbito de trabajo:

• Organigrama de la empresa con los trabajadores/as, categorías profesionales y puestos de trabajo por departamentos, secciones, etc.

• Datos relativos a la documentación en materia preventiva: evaluaciones de riesgos, planificación de la actividad preventiva, bajas médicas guardando la confidencialidad que exigen la Ley de Prevención de Riesgos laborales, y con la colaboración del Servicio de Prevención.

• Recursos sociales y asistenciales existentes tanto públicos como de Organizaciones sociales de acreditada experiencia.

Con esta información sabremos los problemas prioritarios a abordar, y el grupo de trabajadores/as con quien trabajar, los puestos con mayor riesgo, los posibles mediadores en drogodependencias, etc.

SEGUNDO PASO: Definir los objetivos: claros, medibles y alcanzables.

Los Objetivos generales se estructurarán en Objetivos específicos, y estos se irán concretando en Actividades u Objetivos operativos para la puesta en práctica del programa del Plan de Prevención y Rehabilitación de Drogodependencias.

Objetivos generales: - Promover la salud de los trabajadores/as de la empresa mediante la promoción de hábitos de vida saludables.

- Prevenir el consumo de drogas mejorando la salud personal, familiar y social del ámbito de los trabajadores/as.

- Prevenir los riesgos laborales para eliminar la siniestralidad de origen laboral.- Reducir y/o eliminar los factores de riesgo psicosociales derivados de la organización del trabajo y los ambientales mantenedores y/o propiciadores del consumo de drogas en el trabajo.

- Proporcionar información y asistencia a los trabajadores/as con problemas de drogas, garantizando las condiciones necesarias para el adecuado seguimiento del tratamiento, así como el mantenimiento del puesto de trabajo.

- Fomentar la colaboración y responsabilidad de todos los trabajadores/as en el cumplimiento del Plan de Prevención y Rehabilitación de Drogodependencias.

- Mejorar las relaciones laborales, la seguridad y la calidad del trabajo, logrando así un clima laboral más positivo.

- Prevenir el consumo de drogas para mejorar el nivel de salud a nivel personal, familiar y social.- Apoyar las estrategias de inserción/reinserción en el puesto de trabajo.

TERCER PASO: Definir la población objetivo de la acción preventiva. Las estrategias se adecuarán a las características y necesidades de esta población.

CUARTO PASO: Se definirán las estrategias que han de adecuarse a los objetivos planteados y a la población destinataria. En esta etapa se elaboran las futuras acciones que serán la base de la EJECUCIÓN DEL PROGRAMA, en la que ya se contará con todos los elementos organizados y las funciones delimitadas claramente en los protocolos de actuación que se acuerden y firmen.

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Es el momento de reflejar en papel las acciones a realizar que se han estudiado, analizado y planificado en los cuatro pasos anteriores, en uno o varios Protocolos de Actuación. Es aconsejable que se elaboren varios protocolos, por ejemplo:

a. Protocolo de Prevención de Drogodependencias en la empresa.b. Protocolo de Asistencia y Rehabilitación para trabajadores/as con problemas de abuso/

dependencia de drogas.

Los protocolos se acordarán y se firmarán por la empresa y representantes de los trabajadores/as.

QUINTO PASO: Evaluación del Plan. La CTPD establecerá los criterios, los métodos y el momento de la evaluación, en relación con los objetivos planteados y las estrategias diseñadas. Es primordial que se fijen fechas de evaluación.

El PPRD se puede evaluar cada año, con el compromiso de revisarlo y poderlo mejorar si es necesario.

Las conclusiones de cada evaluación se plasmarán en un documento o Memoria del PPRD.

Se presentan a continuación unos modelos que pueden servir de guía para la redacción de:• Modelo de Acuerdo del Plan de Prevención y Rehabilitación de Drogodependencias en la

Empresa. • Modelo de Protocolo de Prevención de Drogodependencias en la Empresa. • Modelo de Protocolo de Asistencia y Rehabilitación de Drogodependencias en la Empresa.

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Estrategias

Estrategias para desarrollar la información, formación, orientación sobre la participación, motivación, autoestima, resolución de conflictos, toma de decisiones, etc.

Actividades a realizar

-Reuniones y Asambleas. -Charlas-coloquio. -Cursos de formación y seminarios. -Análisis de casos. -Folletos, carteles. -Actividades de prevención y promoción de hábitos saludables, así como de apoyo a la rehabilitación. -Evaluación de Riesgos Psicosociales de organización y ambiente de trabajo para detectar posibles factores de riesgo mantenedores y/o inductores al consumo de drogas.

Recursos Humanos

-Comité de Seguridad y Salud. -Personal Técnico del Servicio de Prevención. -Personal Técnico en Drogodependencias. -Representantes de trabajadores/as, delegados de prevención. -Trabajadores/as sensibilizados con la temática.

Recursos

Materiales

-Material divulgativo. -Material formativo específico. -Otros decididos y diseñados por las estructuras organizativas. -Medios tecnológicos disponibles.

Es el momento de reflejar en papel las acciones a realizar que se han estudiado, analizado y planificado en los cuatro pasos anteriores, en uno o varios Protocolos de Actuación. Es aconsejable que se elaboren varios protocolos, por ejemplo:

a. Protocolo de Prevención de Drogodependencias en la empresa. b. Protocolo de Asistencia y Rehabilitación para trabajadores/as con problemas de abuso/dependencia de drogas.

Los protocolos se acordarán y se firmarán por la empresa y representantes de los trabajadores/as. QUINTO PASO: Evaluación del Plan. La CTPD establecerá los criterios, los métodos y el momento de la evaluación, en relación con los objetivos planteados y las estrategias diseñadas. Es primordial que se fijen fechas de evaluación. El PPRD se puede evaluar cada año, con el compromiso de revisarlo y poderlo mejorar si es necesario.

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MODELO DE ACUERDO DE PLAN DE PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN DE DROGODEPENDENCIAS EN LA EMPRESA

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MODELO DE ACUERDO DE PLAN DE PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN DE DROGODEPENDENCIAS EN LA EMPRESA

MODELO ACUERDO DE PLAN DE PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN DE DROGODEPENDENCIAS EN LA EMPRESA .............. (1)

Las personas firmantes de este acuerdo, en calidad de representantes de (empresa)...... y de los trabajadores y trabajadoras, suscriben que,

INTRODUCCIÓN (que incluya:) Estadísticas de consumo en el ámbito laboral. Necesidad de actuación en materia de drogodependencias en la empresa. El acuerdo está avalado por las Políticas en prevención de drogodependencias como la Estrategia sobre Drogas y su Plan de Acción, del Plan Nacional sobre Drogas, las Recomendaciones de organismos como la OMS, OIT, y la legislación nacional: Ley de Salud Pública, Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la legislación autonómica: Ley 5/2002 de drogodependencias. (Ver Introducción de la publicación). FILOSOFÍA DE LA CAMPAÑA Política de la empresa sobre drogodependencias/código de conducta y/o declaración de principios. La información debe ser objetiva y transparente. La redacción del texto la realiza la empresa y la acuerda con los representantes de los trabajadores/as en el CSS.

Para ello se proponen los objetivos siguientes: OBJETIVOS GENERALES Prevenir conductas de consumo de drogas. Favorecer pautas y hábitos de vida saludables. Mejorar la salud y calidad de vida de los trabajadores/as de la empresa. Analizar las condiciones de trabajo que pueden incidir en el consumo inadecuado de drogas. Prevenir factores de riesgo psicosocial y de ambiente del trabajo inductores o mantenedores del consumo de sustancias psicoactivas o drogas. Sensibilización de toda la plantilla, en todas sus categorías profesionales, de la filosofía del Plan de Prevención y Rehabilitación en Drogodependencias de la empresa. (PPRD) CARACTERÍSTICAS DEL PLAN (ver punto 4.3.1 de la publicación)

Acuerdan: Que todas las actuaciones de este Plan se proponen siguiendo los criterios anteriormente establecidos, siempre negociados y acordados, y se plasmarán por escrito. Serán vinculantes a todos los niveles de la empresa y orientados a la seguridad y salud con la cooperación de la Dirección, las Organizaciones Sindicales y los trabajadores/as. Las actuaciones irán protocolarizadas y enfocadas a reducir las causas y consecuencias del consumo de drogas desde un punto de vista preventivo y con apoyo asistencial y rehabilitador necesario. NIVELES DE ACTUACIÓN: Preventivo: Basado en la formación e información de los trabajadores/as sobre las consecuencias del consumo de drogas en todos los ámbitos y en la reducción de este consumo en la empresa; y en el control de las condiciones de trabajo que favorecen o inducen al consumo. Asistencial: Consiste en la detección precoz del problema, mediante indicadores previamente pactados, en el asesoramiento al trabajador/a afectado y en la oferta del tratamiento. Con las máximas garantías de confidencialidad. Rehabilitador: Basado en el retorno a la actividad laboral e integración del trabajador/a en el centro de trabajo. Si es necesario se le adaptará el puesto de trabajo de manera que sus condiciones no provoquen la vuelta al consumo problemático de sustancias psicoactivas.

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MODELO ACUERDO DE PLAN DE PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN DE DROGODEPENDENCIAS EN LA EMPRESA .............. (2)

CRITERIOS DE APLICACIÓN: El Plan se aplicará a todos los trabajadores/as de la empresa sin hacer diferencias entre las diferentes categorías profesionales. Para el desarrollo operativo, planificación, seguimiento y evaluación del ACUERDO y para garantizar la confidencialidad y privacidad que marca la Ley, se constituirá una Comisión Técnica de Prevención de Drogodependencias (CTPD), de carácter paritario, compuesta por miembros del CSS: representantes de la empresa y representantes de los trabajadores/as y asesor el Servicio de Prevención. También pueden formar parte, en calidad de asesores, Mutua/Sociedad de Prevención y los asesores externos que soliciten los representantes.

Para su desarrollo se acuerda llevar a cabo los programas del PPRD: Programa de Prevención: Dirigido a personas que, o bien no consumen o lo hacen de forma esporádica. Basado en medidas que fomenten la calidad de vida a través de la promoción de la salud, anticipándose a la posible aparición del problema y proporcionando pautas de autocontrol individual y colectivo: sensibilización, formación, participación y fomento de la salud, mediante la vigilancia de la salud de acuerdo con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Programa de Asistencia y Rehabilitación o prevención selectiva e indicada, está orientado a la detección temprana de posibles drogodependientes y a trabajadores/as con abuso de consumo de sustancias, para informar, asesorar y orientarles hacia un tratamiento adecuado a su salud que facilite su integración laboral. El periodo de baja será considerado como una IT por enfermedad común y la empresa se compromete a que este periodo sea remunerado con el 100% del salario del trabajador/a. El programa contemplarán las acciones de: -Detección de casos y canalización de las demandas. -Evaluación de las demandas. -Información, asesoramiento y oferta de tratamiento. -Derivación a recursos sociales adecuados y firma del contrato terapéutico del trabajador/a. -Seguimiento de la evolución del tratamiento. -Planificación de la inserción laboral-del proceso de alta: adaptando el horario y la jornada laboral al tratamiento, cambio de puesto de trabajo que conlleve riesgo de consumo (con permiso del trabajador/a) de carácter temporal y con el compromiso de vuelta a su anterior puesto.

El soporte para todas las actuaciones es la CTPD , pero también se contará con recursos externos a la empresa tanto de Instituciones públicas como de Organizaciones sociales

expertas en materia de drogas, de nuestro ámbito geográfico. EVALUACIÓN Y MEJORA DEL PROGRAMA Para comprobar la eficacia del Plan, la CTPD evaluará anualmente las actividades, procesos y resultados, que quedarán registrados en un Informe-Memoria, para estudio y posible mejora.

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GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS EN LA INTERVENCIÓN DEL DELEGADO DE PREVENCIÓN EN MATERIA DE DROGODEPENCIAS EN EL ÁMBITO LABORAL

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MODELO PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DE DROGODEPENDENCIAS EN LA EMPRESA

MODELO PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DE DROGODEPENDENCIAS EN LA EMPRESA ........... OBJETO El objeto del presente documento es desarrollar los pasos para la aplicación de las actividades preventivas en materia de drogodependencias contenidas en el ACUERDO DEL PLAN DE PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN DE DROGODEPENDENCIAS EN LA EMPRESA …………. CRITERIOS DE APLICACIÓN Las actividades descritas en el presente documento serán de aplicación a todos los trabajadores/as, independientemente de su categoría profesional. DESARROLLO El presente Protocolo entrará en funcionamiento tras la firma del Acuerdo del Plan de Prevención y Rehabilitación de Drogodependencias (PPRD) y de la creación de la Comisión Técnica de Prevención de Drogodependencias en la empresa (CTPD). 1.- Actividades Informativas iniciales. Todas las actividades estarán consensuadas y la información será clara y concisa. En primer lugar hay que explicar a todo el personal de la empresa el contenido y alcance del Acuerdo del PPRD. Esta acción se puede llevar a cabo mediante:

• Elaboración de carteles para ser expuestos en la empresa. • Elaboración de folletos que lleguen a todos los empleados (distribución de

ejemplares junto con la nómina). • Realización de sesiones explicativas del PPRD a los trabajadores/as (asambleas)

organizadas por los representantes e invitando a la empresa a participar. • Cualquier otra actividad con el fin de darlo a conocer.

2.- Actividades formativas y de sensibilización. La formación se establecerá en función de las necesidades del destinatario de la misma y del papel que desempeñe en el contexto de este Acuerdo. Se deberá realizar un calendario de actividades formativas y de sensibilización teniendo en cuenta a los destinatarios de las mismas, los contenidos y la modalidad de las acciones.

DESTINATARIOS CONTENIDOS MODALIDAD Día/mes/hora FORMADORES

CTPD Mandos

Intermedios

Trabajadores/as

3.- Análisis de las condiciones de trabajo, en concreto de los factores de riesgo psicosocial de organización y ambiente de trabajo. Se estudiarán las condiciones de trabajo y en concreto las situaciones que puedan dar lugar a riesgos psicosociales a través de las evaluaciones correspondientes, para detectar los posibles factores de riesgo mantenedores o propiciadores de conductas de consumo de drogas. Finalmente se adoptarán las medidas preventivas adecuadas para eliminar y/o reducir los riesgos encontrados y se promoverán actividades de promoción de hábitos de vida saludables.

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MODELO PROTOCOLO DE ASISTENCIA Y REHABILITACIÓN DE DROGODEPENDENCIAS EN LA EMPRESA

MODELO DE PROTOCOLO DE ASISTENCIA Y REHABILITACIÓN DE DROGODEPENDENCIAS EN LA EMPRESA ............... (1)

OBJETO El objeto del presente documento es desarrollar los aspectos asistenciales y de reinserción contenidos en el ACUERDO del Plan de Prevención y Rehabilitación de Drogodependencias en la empresa ............, estableciendo los criterios para los procedimientos de información, orientación y si es necesario, derivación a centro de tratamiento de los trabajadores/as que presenten abuso y/o dependencia de drogas. Se trata de lograr un adecuado estado de salud que facilite la plena integración laboral. CRITERIOS DE APLICACIÓN Las actividades descritas en el presente documento serán de aplicación a todos los trabajadores/as con independencia de su categoría profesional. Las actividades se basarán en criterios de confidencialidad y voluntariedad. El protocolo no tendrá características disciplinarias. La política disciplinaria será independiente de la incorporación del trabajador/a a las actuaciones asistenciales a las que se pueda adherir. Ello no inhibe de responsabilidad a los trabajadores/as con abuso de consumo de drogas y/o drogodependientes en caso de no adhesión al Programa rehabilitador ante posibles incumplimientos y reincidencias continuadas. Todas las comunicaciones sobre la situación del los trabajadores/as se harán en términos de aptitud, preservando el derecho a la intimidad de acuerdo con el Art. 22 de la LPRL. Se pondrán a disposición del trabajador/a afectado: una baja por IT, flexibilización horaria, adaptación temporal del puesto de trabajo para el seguimiento del proceso de rehabilitación, así como medidas para la adecuada reincorporación laboral del trabajador/a. DESARROLLO El presente Protocolo entrará en funcionamiento tras la firma del Acuerdo del Plan de Prevención y Rehabilitación de Drogodependencias (PPRD), creación de la Comisión Técnica de Prevención de Drogodependencias en la empresa (CTPD), información del contenido y alcance del ACUERDO y formación necesaria de las personas que han de intervenir.

Los miembros de la CTPD, mandos intermedios, profesionales, dirección de la empresa, así como los trabajadores/as, Servicio de prevención y todos los profesionales que intervengan

en estos procesos, están obligados a la debida confidencialidad sobre las informaciones y debates que se produzcan.

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MODELO DE PROTOCOLO DE ASISTENCIA Y REHABILITACIÓN DE DROGODEPENDENCIAS EN LA EMPRESA ............... (2)

Todas las etapas del presente protocolo estarán acordadas y se firmarán procedimientos para

cada actuación, consensuados entre la empresa y representantes de los trabajadores/as. ETAPAS Detección y canalización y estudio de las demandas: La detección puede darse por diferentes vías: por el trabajador/a afectado que solicita información y asesoramiento, por representantes sindicales, por el Servicio de Prevención y los mandos intermedios. Todos ellos previamente, habrán recibido formación en prevención en drogodependencias y en habilidades sociales, de acuerdo con el protocolo de prevención. Las comunicaciones que se realicen deberán salvaguardar la confidencialidad y sigilo profesional de acuerdo con la Normativa Legal y con lo que propugna el Plan de Prevención y Rehabilitación en Drogodependencias firmado. Los representantes sindicales de la CTPD se pondrán en contacto con el trabajador/a afectado, y se reunirán con él para escucharle y orientarle sobre su problema en la empresa, y si es necesario, se le informará sobre la posible derivación a recursos públicos y/o sociales para el tratamiento y rehabilitación de su enfermedad Derivación y seguimiento: Si el trabajador/a afectado por un abuso en el consumo de sustancias, voluntariamente acepta contactar con alguno de los recursos públicos y/o sociales, se procederá a su derivación. Si el trabajador/a requiriera ingreso en centro especializado, los representantes sindicales de la CTPD le acompañarán al médico de cabecera para gestionar la Incapacidad Temporal por contingencia común mientras sea necesaria. Durante su ingreso, la CTPD establecerá contacto con el recurso público o social al que se derive al trabajador/a y hará un seguimiento del caso. Si el proceso de tratamiento fuese en régimen ambulatorio, se adaptará el horario y puesto de trabajo, según el caso, para que sea compatible éste con el tratamiento correspondiente. Reincorporación laboral: Tras el alta médica del centro en el que ingrese el trabajador/a, la empresa llevará a cabo medidas para que: - Finalice el proceso de adaptación a su anterior puesto de trabajo. - Se realice el acoplamiento definitivo.

En todos los casos, Tras la incorporación del trabajador/a a su puesto de trabajo, la CTPD hará seguimiento del proceso (dependiendo del caso) durante 1 a 5 años, prestando atención a las recaídas que se contemplarán como parte del proceso de rehabilitación del trabajador/a afectado.

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PROPUESTAS DE UGT-MADRID EN MATERIA DE DROGODEPENDENCIAS EN EL TRABAJO

Las propuestas que desde UGT-Madrid hacemos para intentar erradicar los problemas que se derivan del Consumo de Drogas en los Centros de Trabajo madrileños, irían encaminadas hacia:

•Actualizar elmarco normativo que suponga lamodificación del Artículo 54.2f del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, para que en Convenios colectivos se acuerden el desarrollo de Programas efectivos para paliar el problema de las drogodependencias.

•Elempresario debe cumplir con las obligaciones contempladas en la Normativa de Prevención de riesgos laborales, según la cual es él, quien debe garantizar la seguridad y salud de los trabajadores/as. Esto implica el garantizar condiciones de trabajo que cumplan condicha Normativa y evaluar los riesgos para obtener la información necesaria que permita adoptar las acciones preventivas pertinentes, así como proteger a los trabajadores/as especialmente sensibles a determinados riesgos.

•Sedebenincluir en la evaluación de riesgos los factores de riesgos psicosociales derivados de la organización del trabajo y los factores ambientales de trabajo que puedan ser mantenedores o inductores del consumo de alcohol u otras drogas.

•Losdelegadosdeprevencióndebenrecibirformaciónenmateriadedrogodependenciaseneltrabajo, y los trabajadores/as deben ser formados e informados sobre este problema y cómo evitarlo.

•Promover programas de Prevención y Rehabilitación de Drogodependencias desde las empresas, motivados desde la Administración Pública, de carácter integral (preventivos y asistenciales), integrados en las políticas generales de salud, y siempre pactados entre Empresa y Representantes Sindicales.

•Requerir la aplicación real y no meramente formal de las políticas sobre drogas de laEstrategia Nacional sobre Drogas, con vigencia de 2009 a 2016, y su Plan de Acción sobre Drogas 2009-2012, del Plan Nacional sobre Drogas de la Delegación del Gobierno, dependiente del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

•AplicaciónrealdelaLey 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos de la Comunidad de Madrid, con el objetivo de conseguir espacios de trabajo más saludables y libres de drogas, mediante la prevención en el consumo de drogas, a través de la información y la formación de los trabajadores/as en materia de drogodependencias en la empresa.

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•InstaralasAdministracionespúblicasatutelarladefensadelasaluddelostrabajadores/as,resaltando la necesidad de llegar a acuerdos con los Agentes sociales para la adopción de medidas eficaces a medio y largo plazo, para la mejora de las condiciones de trabajo.

•Desarrollar investigaciones encaminadas al estudio del consumo de Drogas en los diversos sectores de producción de la Comunidad de Madrid teniendo en cuenta su división territorial y otras variables como la edad, tipo de contrato, etc.

•Mantener y potenciar el debate político constructivo entre Administración, Empresas y Centrales Sindicales, que posibiliten la realización de acuerdos eficaces en materia de Prevención de Drogodependencias en el ámbito laboral.

•Reclamarelreconocimientodelosriesgospsicosocialescomoenfermedadesprofesionales,que muchas veces condicionan o ayudan a mantener los problemas de Adicción a las Drogas en los centros de trabajo.

•Complementarlaformación a los profesionales de la sanidad, con el objeto de adquirir más conocimientos dirigidos a identificar y gestionar adecuadamente el problema de Prevención, detección, ayuda y reinserción a los trabajadores/as con problemas de drogodependencias.

Para cualquier duda, pregunta a Tu Delegado de Prevención

Ven a UGT Madrid...TU SINDICATO

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RECOMENDACIONES DE UGT MADRID EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Las propuestas que desde UGT-Madrid hacemos para intentar reducir la siniestralidad laboral de la Comunidad de Madrid, irían encaminadas hacia:

• Exigir el cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en relación a los derechos de los trabajadores y las trabajadoras.

• Continuidad en los Acuerdos firmados entre la Administración y los Agentes Sociales y mayor duración de los mismos.

• Aplicación del Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, e instar a la Administración a que se publique no sólo en el Boletín Oficial del Estado o de la Comunidad Autónoma sino también a través de los medios de comunicación de forma que se de la mayor publicidad posible.

• Exclusión de las subvenciones públicas de las empresas que hayan sido sancionadas por infracción grave y muy grave en materia de seguridad y salud.

• La comunicación inmediata, al Ministerio de Economía y Hacienda, de las empresas que hayan sido sancionadas con carácter grave o muy grave, en los términos previstos por la Ley de Contratos del Estado y la normativa reglamentaria que la desarrolla.

• Instar a la Administración a que se persone como acusación popular en aquellos casos en que exista presunción de delito por parte del empresario.

• Demandar una efectiva coordinación entre la Inspección de Trabajo, Fiscalía y Judicatura, con la participación de los agentes sociales para conseguir mejorar la efectividad de las actuaciones llevadas a cabo en materia de siniestralidad laboral; a través del protocolo marco de colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Fiscalía General del Estado para la investigación eficaz y rápida de los delitos contra la vida, la salud y la integridad física de los trabajadores y la ejecución de las sentencias condenatorias.

• Solicitar una aplicación efectiva del convenio de colaboración firmado entre la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, el Decano de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Madrid y el ayuntamiento de Madrid, para actuar contra la Siniestralidad laboral, e instar a la Comunidad de Madrid a que impulse la firma de convenios con otros municipios para perseguir el delito en materia de seguridad y salud.

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• Aumentar los recursos materiales y humanos de la Inspección Provincial de Trabajo de la Comunidad de Madrid, así como del IRSST, solicitando un incremento del número de técnicos habilitados para una mayor vigilancia y control de la norma.

• Desarrollar y consolidar una cultura preventiva en la sociedad española en todos los ámbitos, impulsando el tratamiento de la prevención de riesgos laborales en los diferentes niveles del sistema educativo, de forma que se de cumplimiento a uno de los objetivos marcados en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012.

Uno de los objetivos de UGT-Madrid es desarrollar actividades de promoción de la salud de los trabajadores/as y mejorar las condiciones de trabajo existentes en la empresa, de forma que podamos disminuir la siniestralidad existente en nuestra Comunidad.

Es importante que contemos con representación de los trabajadores/as en todas las empresas, ya que a través de ésta haremos llegar al empresario nuestras propuestas, dado que los trabajadores/as somos los que mejor conocemos nuestro puesto de trabajo y las condiciones en que desarrollamos el mismo.

Los Delegados/as de Prevención y los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo son los órganos de defensa de los intereses de los trabajadores/as, vigilan el cumplimiento en las empresas y centros de trabajo de la legislación vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales y promueven la participación de los trabajadores/as en la organización del trabajo y la gestión del riesgo, desarrollando una política preventiva y de promoción de la seguridad y salud, en definitiva ejercen una labor de vigilancia y control de las condiciones de salud y seguridad en el desarrollo del trabajo en la empresa.

NO OLVIDES QUE ...

... ponte en contacto con UGT Madrid, ¡TU SINDICATO!

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PUBLICACIONES

A continuación se detallan las publicaciones realizadas desde la Secretaría de Salud Laboral, que tenéis a vuestra disposición.

Últimos Boletines Informativos

• Nº 27 (marzo 2009). Tema del mes: “Hacia una ley integral de la siniestralidad laboral”.

• Nº 28 (junio 2009). Tema del mes: “Absentismo laboral como indicador de las condiciones de trabajo”.

• Nº 29 (septiembre 2009). Tema del mes: “Riesgos Ergonómicos y Psicosociales”.

• Nº 30 (diciembre 2009). Tema del mes: “Relaciones Laborales Integrales”.

• Nº 31 (septiembre 2010). Tema del mes: “III Plan Director de Prevención de Riesgos La-borales”.

• Nº 32 (octubre 2010). Tema del mes: “Juventud: Precariedad y siniestralidad”.

• Nº 33 (noviembre 2010). Tema del mes: “Asma Laboral”.

• Nº 34 (diciembre 2010). Tema del mes: “Acoso Laboral”.

• Nº 35 (enero 2011). Tema del mes: “Ergonomía en el Ámbito Laboral”.

• Nº 36 (junio 2011). Tema del mes: “El atraco como riesgo laboral”.

• Nº 37 (septiembre 2011). Tema del mes: “Estrés térmico por calor”.

• Nº 38 (diciembre 2011). Tema del mes: “El necesario IV Plan Director”.

Trípticos informativos de prevención de riesgos laborales:

• General.• Servicios Públicos.• Trabajadores de la Enseñanza.• Jóvenes.• Hostelería y Comercio.• Servicios.• Alimentación y Trabajadores de la Tierra.• Inmigrantes.• Mujeres.• Transportes.• Productos Metálicos.• Madera.• Construcción.

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• Saneamiento Público.• Industria Química y Textil.• Accidentes de trabajo.• Delegados de Prevención.• Actuación en caso de accidente en español, inglés, árabe y francés.• Riesgos psicosociales.• Pantallas de visualización de datos.• Enfermedad y trabajo.• Riesgos laborales bingos-salones de juegos.• Riesgos laborales Hoteles.• Riesgos laborales colectividades.• Riesgos laborales comercio y textil.• Riesgos laborales grandes almacenes.• Riesgos laborales comercio-alimentación.• Riesgos laborales Comercio vario.• Riesgos en la manipulación de cargas y cómo prevenirlos.• Latex.• Lipoatrofia semicircular.• Protocolo de adaptación al puesto de trabajo.• Incapacidad temporal.• Maternidad. • Las mutuas y tu salud.• Publicaciones Secretaría de Salud Laboral UGT-Madrid.• Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.• EPI´s.• Díptico Red Social de Prevención de Riesgos Laborales.

Trípticos Informativos circulares en materia de prevención deriesgos laborales de los siguientes títulos:

• Secretaría de Salud Laboral y Medio Ambiente• ¿Por qué prevenir?• Accidentes de trabajo y riesgos psicosociales.

Cuadernillos Informativos de Prevención de Riesgos Laborales:

• Coordinación de actividades empresariales.• Trabajadores especialmente expuestos a riesgos laborales.• Subcontratación.• Guía delegados de prevención de riesgos laborales en la administración pública.• Protocolo de prevención y erradicación del acoso laboral.

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• Primeros auxilios en el trabajo.• Plan de autoprotección.• Protocolo: Violencia en el trabajo.• Absentismo.• Látex.• Adaptación puesto de Trabajo.• Mujer trabajadora.• Accidentes de trabajo.• General.• Servicios Públicos.• Trabajadores de la Enseñanza.• Jóvenes.• Hostelería y Comercio.• Servicios.• Alimentación y Trabajadores de la Tierra.• Inmigrantes.• Mujeres.• Transportes.• Productos Metálicos.• Madera.• Construcción.• Saneamiento Público.• Industria Química y Textil.• Accidentes de trabajo.• Sector Juego.• Enseñanza personas discapacitadas.• Prevención del Asma Laboral.• La Dermatosis Laboral.

Manuales dirigidos a los siguientes sectores:

• Construcción.• Madera.• Sector del Mueble.• Productos Metálicos.• Saneamiento Público.• Trabajadores de la Enseñanza.• Mutuas.• Enfermedades Profesionales.

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• Riesgo Eléctrico.• Manual de Autoprotección del trabajador.• Manual de PYME’s.• Legislación en materia de Prevención de Riesgos Laborales (también en CD).• Delegados de Prevención.• Organización del Trabajo.• Salud Laboral y Trabajo a Turnos y Nocturno.• Actualización del Conviene Saber.• Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales.• Acoso Psicológico.• Sustancias químicas peligrosas.• Riesgos psicosociales.• Auditoría del sistema de gestión en prevención de riesgos laborales• Sistema de gestión en prevención de riesgos laborales• Riesgos en centros hospitalarios• Situación de la negociación colectiva en Madrid en materia de seguridad y salud. Año 2009.• Conviene Saber… Salud y Seguridad en el Trabajo.• Mutuas/Sociedades de Prevención.• Prevención de riesgos laborales asociados al amianto.• Riesgos músculo-esqueléticos.

Estudios de investigación:

• Sector de la Enseñanza.• Sector de Hostelería.• Sector de Comunicación.• Sector de Servicios Públicos.• Condiciones de Seguridad y Salud en las depuradoras de la Comunidad de Madrid.• La organización del trabajo como factor de riesgo: el trabajo a turnos, rotativo y nocturno.• Estudio sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en la Comunidad de Ma-

drid.• Estudio sobre la coordinación de la actividad preventiva en los sectores de Transportes, cons-

trucción y metal.• Detección de los riesgos debidos a las conductas violentas de las personas.• Los Riesgos Psicosociales en la Comunidad de Madrid.

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Curso Básico de Prevención de Riesgos Laborales en CD-ROM con formato multimedia, diri-gido a autónomos.

CD-ROM de Legislación.

DVD “Selección de Publicaciones sobre Salud Laboral”

DVD “Prevenir 365”

Elaboración de informes Técnicos sobre:

• Estadística de siniestralidad.• Negociación Colectiva.• Síndrome del Edificio Enfermo.• Mobbing.• Artículo 24. Coordinación de actividades empresariales.• Riesgos Psicosociales.• Y otros.

Información y asesoramiento técnico y jurídico.

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10DIRECCIONES DE INTERÉS

ORGANISMOS DE UGT- MADRID

Secretaría de Salud Laboral UGT - MadridAvda. América 25, planta baja 28002 MadridTelf.: 91 589 09 09/10e-mail: [email protected]://www.saludlaboralugtmadrid.org

Oficina Técnica para la Prevención de Riesgos LaboralesUGT - Madrid. C/ Alcántara, 67 - 69, bajo dcha. 28006 MadridTelf.: 900 36 36 37e-mail: [email protected]/[email protected]

Servicio de Prevención, Información y Orientación sobre las drogodependencias en el ámbito laboralAvda. de América, 25, planta baja28002 MadridTelf.: 91 589 09 09e-mail: [email protected]://www.saludlaboralugtmadrid.org

Secretaría Salud Laboral ConfederalC/ Hortaleza, 8828004 MadridTelf.: 91 589 09 52 e-mail: [email protected]

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UNIONES COMARCALES

Unión Comarcal Norte UGT - MadridAvda. Valdelaparra, 108 28100 AlcobendasTelf.: 91 662 08 75e-mail: [email protected].

Unión Comarcal Sur UGT - MadridAvda. de los Ángeles, 2028903 Getafe Telf.: 91 696 05 11 e-mail: [email protected]

Unión Comarcal Este UGT - MadridC/ Simón García de Pedro, 2 28805 Alcalá de HenaresTelf.: 91 888 08 18/09 92e-mail: [email protected]

Unión Comarcal Oeste UGT - Madrid C/ Clara Campoamor, 228400 Collado VillalbaTelf.: 91 850 13 01 / 91 849 11 97e-mail: [email protected]

Unión Comarcal Sureste UGT – MadridC/ Silos, 2728500 Arganda del ReyTelf.: 91 876 89 65 e-mail: [email protected]

Unión Comarcal Suroeste UGT – MadridC/ Huesca, 228941 FuenlabradaTelf.: 91 690 40 68e-mail: [email protected]

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FEDERACIONES REGIONALES

FETE (Trabajadores de la Enseñanza)Avda. América, 25 - 3ª planta28002 MadridTelf.: 91 387 92 38 / Fax: 91 589 73 78e-mail: [email protected]

FES (Servicios)Avda. América, 25 - 2ª planta28002 MadridTelf.: 91 387 92 41e-mail: [email protected]

MCA (Metal, Construcción y Afines)Avda. América, 25 - 4ª planta28002 MadridTelf.: 91 589 73 48e-mail: [email protected]

CHTJ (Comercio, Hostelería, Turismo y Juego)Avda. América, 25 - 5ª planta28002 MadridTelf.: 91 589 73 57 / 91 589 75 57

FITAG (Industria y Trabajadores Agroalimentarios)Avda. América, 25 - 6ª planta28002 MadridTelf.: 91 589 73 68 / 72 10 e-mail: [email protected]

TCM (Transportes, Comunicaciones y Mar)Avda. América, 25 - 7ª planta28002 MadridTelf.: 91 589 73 84e-mail: [email protected]

FSP (Servicios Públicos)C/ Miguel Yuste, 1728017 MadridTelf.: 91 589 70 43e-mail: [email protected]

UPJPAvda. América, 25 planta baja28002 MadridTelf.: 91 589 73 65e-mail: [email protected]

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OTROS ORGANISMOS

Instituto Regional de Seguridad y Salud en el TrabajoC/ Ventura Rodríguez, 728008 MadridTelf.: 900 71 31 23e-mail: [email protected]

Inspección Provincial de TrabajoC/ Ramírez de Arellano, 1928043 - MadridTelf.: 91 363 56 00

Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el TrabajoC/ Torrelaguna, 7328027 MadridTelf.: 91 363 41 00www.mtas.es/insht/principal/consul_cnnt.htm

Fundación para la Prevención de Riesgos LaboralesC/ Príncipe de Vergara, 108 6ª Planta28002 MadridTelf.: 91 535 89 15www.funprl.ese-mail: [email protected]

Agencia Europea de Seguridad y Salud en el TrabajoC/ Gran Vía, 3348009 BilbaoTelf.: 94 479 43 60

Agencia Antidroga de la Comunidad de MadridC/ Julián Camarillo, 4-B28037 MadridTelf.: 91 426 95 58