guía de intervención en situaciones de usos y consumos.pdf

51
Guía de prevención e intervención, en situaciones de uso, consumo, tenencia o expendio de alcohol, tabaco y otras drogas, en el Sistema Nacional de Educación PROTOCOLOS Y RUTAS

Upload: monica-navarrete

Post on 07-Sep-2015

85 views

Category:

Documents


8 download

TRANSCRIPT

  • Gua de prevencin e intervencin, en situaciones de uso, consumo, tenencia o

    expendio de alcohol, tabaco y otras drogas, en el Sistema Nacional de Educacin

    PROTOCOLOS Y RUTAS

  • CRDITOS PRESIDENTE DE LA REPBLICA

    Rafael Correa Delgado

    MINISTRO DE EDUCACIN Augusto X. Espinosa A.

    VICEMINISTRO DE EDUCACIN Freddy Peafiel Larrea

    VICEMINISTRO DE GESTIN EDUCATIVA Jaime Roca Gutirrez

    SUBSECRETARIA PARA LA INNOVACIN Y EL BUEN VIVIR

    Celine Andrs Oleas

    DIRECTORA NACIONAL DE EDUCACIN PARA LA DEMOCRACIA Y EL BUEN VIVIR

    Mara Fernanda Porras

    AUTORES MINISTERIO DE EDUCACIN

    REVISIN Y APOYO TCNICO Equipo Tcnico Direccin Nacional De Educacin Para

    La Democracia y Buen Vivir Diana Castellanos

    Maribel Romero Luis lvarez

    Paola Sols Diego Paz

    CORRECCIN DE ESTILO, DISEO, DIAGRAMACIN, ILUSTRACIN Y FOTOGRAFA.

    DIRECCIN NACIONAL DE COMUNICACIN SOCIAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIN

    EL MINISTERIO DE EDUCACIN AGRADECE A: MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL (MCDS),

    CONSEP, MINISTERIO DE SALUD PBLICA (MSP), CNNA, MINISTERIO DEL INTERIOR (MDI), FISCALA

    GENERAL DE LA NACIN, MINISTERIO DE INCLUSIN ECONMICA Y SOCIAL (MIES), POR SUS APORTES Y

    APOYO PARA LA CONSTRUCCIN DE ESTA GUA.

    Primera Edicin 2014

    ISBN- DISTRIBUCIN GRATUITA- PROHIBIDA SU VENTA

    Ministerio de Educacin del Ecuador

    Amazonas N 34-451 entre Juan Pablo Sanz y Atahualpa. Quito, Ecuador.

    Telfono: 1800 EDUCACIN

    La reproduccin parcial o total de esta publicacin, en cualquier forma que sea por cualquier medio mecnico o electrnico, no autorizada por los editores, viola los derechos reservados. Cualquier utilizacin debe ser

    previamente solicitada.

    LIBRO PARA USO EXCLUSIVO DEL MAGISTERIO DEL ECUADOR

    ADVERTENCIA Un objetivo manifiesto del Ministerio de Educacin es combatir el sexismo y la discriminacin de gnero en la sociedad

    ecuatoriana y promover, a travs del sistema educativo, la equidad entre mujeres y hombres. Para alcanzar este objetivo, promovemos el uso de un lenguaje que no reproduzca esquemas sexistas, y de conformidad con esta prctica preferimos

    emplear en nuestros documentos oficiales palabras neutras, tales como las personas (en lugar de los hombres) o el profesorado (en lugar de los profesores), etc. Slo en casos en que tales expresiones no existan, se usar la forma

    masculina como genrica para hacer referencia tanto a personas del sexo femenino como del masculino. Esta prctica comunicativa, que es recomendada por la Real Academia Espaola en su Diccionario Panhispnico de Dudas, obedece a dos razones: (a) en espaol es posible referirse a colectivos mixtos a travs del gnero gramatical masculino, y (b) es preferible aplicar la ley lingstica de la economa expresiva, para as evitar el abultamiento grfico y la consiguiente

    ilegibilidad que ocurrira en el caso de utilizar expresiones tales como las y los, os/as y otras frmulas que buscan visibilizar la presencia de ambos sexos.

  • CNNA: CONSEJO NACIONAL DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA CONSEP: CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y

    PSICOTRPICAS DECE: DEPARTAMENTO DE CONSEJERA ESTUDIANTIL DNA: DIRECCION NACIONAL ANTINARCTICOS DINAPEN: DIRECCIN NACIONAL DE POLICA ESPECIALIZADA PARA NIOS, NIAS Y

    ADOLESCENTES GADS: GOBIERNOS AUTNOMOS DESCENTRALIZADOS IE: INSTITUCIONES EDUCATIVAS IESS: INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL MCS: MINISTERIO COORDINADOR DE SEGURIDAD MCDS: MINISTERIO COORDINADOR DE DESARROLLO SOCIAL MJDHC: MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS MinEduc: MINISTERIO DE EDUCACIN MDI: MINISTERIO DEL INTERIOR MIES: MINISTERIO DE INCLUSIN ECONMICA Y SOCIAL MSP: MINISTERIO DE SALUD PBLICA OMS: ORGANIZACIN MUNDIAL DE LA SALUD OND: OBSERVATORIO NACIONAL DE DROGAS UNODC: OFICINA DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO ONU: ORGANIZACIN DE LAS NACIONES UNIDAS PEI: PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL PPI: PLAN DE PROTECCIN INTEGRAL UPC: UNIDAD DE POLICIA COMUNITARIA

    SIGLAS

  • NDICE

    1. INTRODUCCIN OBJETIVOS DE LA GUA. ENFOQUES DE LA GUA.

    2. CAPTULO I 1.1 A QU SE REFIERE EL CUIDADO Y PROMOCIN DE LA SALUD? 1.2 A QU SE REFIERE LA PREVENCIN INTEGRAL DE DROGAS? 1.3 QU ES EL USO DEL TIEMPO LIBRE O AUTNOMO? 1.4 ACCIONES Y ESTRATEGIAS SUGERIDAS PARA ESTABLECER PROCESOS DE

    PROMOCIN O PREVENCIN INTEGRAL.

    3. CAPTULO II 2.1 HABLEMOS DE USOS Y CONSUMOS DE DROGAS. 2.2 POSIBLES INDICADORES ASOCIADOS AL CONSUMO PROBLEMTICO DE DROGAS. 2.3 QU ES EL ACOMPAAMIENTO Y LA CONTENCIN EMOCIONAL?

    4. CAPTULO III 3.1 PROTOCOLOS

    5. CAPTULO IV 4.1 RUTAS

    6. CAPTULO V NORMATIVA LEGAL 5.1 CONSTITUCIN DE LA REPBLICA 5.2 DERECHOS HUMANOS 5.3 CDIGO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA. 5.4 LEY ORGNICA DE EDUCACIN INTERCULTURAL Y REGLAMENTO. 5.5 LEY DE SUBSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRPICAS. 5.6. LEY ANTITABQUICA

    7. GLOSARIO

    8. ANEXOS

    4

  • La presente herramienta de trabajo contiene informacin bsica que ayudar al entendimiento del fenmeno social drogas. Para utilizarla se recomienda a los lectores que se ubiquen en posicin respetuosa, abandonen los prejuicios, conceptualizaciones de orden moral y los pre-conceptos establecidos en la sociedad basados en la poltica y guerra antidrogas, la cual hoy se evidencia con pocos resultados,

    La prevencin integral tiene su centro en la persona, el ser humano y su desarrollo integral.

    A continuacin entregamos lineamientos generales para utilizar la gua.

    Familiarcese e investigue las temticas propuestas. Sitese en una posicin respetuosa. Abandone prejuicios y conceptualizaciones de orden moral. Evite emitir juicios de valor. Fomente espacios de dilogo que le permitan analizar, discutir, criticar y

    reflexionar sobre el fenmeno social drogas y las necesidades presentadas en su Institucin Educativa. Todas las actividades que se utilicen como parte de la generacin de

    procesos de promocin y prevencin deben ser obtenidas del trabajo participativo con los actores de la comunidad educativa. Recuerde que los actores de la comunidad educativa se convierten en los

    primeros facilitadores de los diversos procesos que se puedan generar en las acciones de prevencin integral. Recuerde que las acciones de intervencin se fortalecern siempre y

    cuando se proporcione abordajes oportunos a partir de la prevencin integral y se generen espacios de acompaamiento. Los protocolos y rutas se proponen bajo el estricto respeto a los derechos

    de nios, nias y adolescentes. Articule y coordine acciones con los diversos programas o proyectos que se

    realizan en la institucin educativa. (Programa de Participacin Estudiantil, Departamento de Consejera Estudiantil (DECE), Tutores/as de grado).

    ANTES DE INICIAR.

    5

  • El Ministerio de Educacin, rector de las polticas educativas en el pas pone a disposicin de los actores de la comunidad educativa la Gua de prevencin e intervencin en situaciones de uso, consumo, tenencia o expendio de alcohol, tabaco y otras drogas en el Sistema Educativo Nacional. Esta gua tiene como objetivo brindar lineamientos y herramientas que orienten el trabajo de autoridades institucionales, docentes, estudiantes, padres, madres de familia, representantes legales y miembros de la comunidad en general, para que puedan abordar integralmente las diversas situaciones que se presenten en la institucin a travs de estrategias y acciones que promuevan el desarrollo y fortalecimiento de capacidades y potencialidades de nios, nias y adolescentes.

    Este trabajo surge ante la necesidad de contar con un instrumento tcnico - pedaggico que oriente y se implemente un abordaje integral a nias, nios y adolescentes, con enfoques de derechos humanos, gnero, interculturalidad, intergeneracionalidad y prevencin integral; los cuales deben estar integrados en todas las acciones que el pas y la comunidad desarrolle para afrontar este fenmeno social. Establecer mecanismos de intervencin, basados en informacin cientfica y en estudios realizados se hace necesario, de tal manera que se construyan acciones en funcin de las realidades y necesidades locales.

    El presente instrumento contiene pautas, lineamientos y directrices, sobre cmo actuar en el mbito educativo. Incorpora estrategias de cuidado y promocin de la salud, prevencin integral mismas que son indispensables para propiciar espacios de construccin colectiva; seala algunos mecanismos para el abordaje temprano y acompaamiento ante posibles situaciones de usos o consumos de drogas, as como tambin se incluyen modalidades de acompaamiento, junto con sugerencias para planificar procesos de promocin y prevencin; adems se establecen protocolos y rutas para actuar en casos de uso, consumo, tenencia o expendio de alcohol, tabaco y otras drogas, las cuales se complementan con normativa legal vigente, glosario de trminos y generalidades sobre el fenmeno social de las drogas y las diferencias que existen entre los usos y consumos problemticos.

    INTRODUCCIN

    6

  • Existe la necesidad de establecer un procedimiento integral que permita a las autoridades, directivos y docentes actuar frente al fenmeno social de las drogas, desde una nueva perspectiva y enfoques que acompaen y apoyen procesos que deben seguir ante las diferentes situaciones que se presenten en el mbito educativo.

    Es importante sealar que estos fenmenos sociales, deben ser entendidos desde varias aristas que observen las causas por las cuales se han originado y cmo estn articuladas entre s. Estigmatizar, juzgar o pre-conceptuar, no permitir afrontar la situacin de manera adecuada e integral, al contrario propiciar violentar los derechos de nios, nias y adolescentes.

    Los profesionales de la educacin deben conocer los lineamientos y directrices de cmo establecer procesos sostenidos frente a estas situaciones, para que durante las intervenciones, no se vulnere los derechos de los y las estudiantes, as como tambin de todos los miembros de la comunidad educativa.

    Segn las cifras proporcionadas por el Observatorio Nacional de Drogas en la investigacin realizada en el 2012 Cuarta Encuesta Nacional sobre uso de drogas, aplicada a 30 mil estudiantes de 12 a 17 aos, en los niveles de 9no EGB hasta 3ro de bachillerato de instituciones del Sistema Educativo Nacional; se determina que los usos de drogas han disminuido y se ha retrasado la edad en la que se inicia el uso a partir de los 14,2 aos; esta relacin se diferencia de los datos obtenidos en la misma encuesta realizada en el ao 2008 en la cual el uso de drogas se iniciaba a partir de los 12,8 aos de edad.

    Acciones continuas y sostenidas en prevencin integral garantizaran avances en el abordaje e intervencin convirtindose en la clave para obtener mejores resultados, es prioritario contar con mecanismos de promocin, prevencin, intervencin y proteccin, para los actores de la comunidad educativa. Cualquier dato en relacin a este tema no debe ser valorado por su nmero, frecuencia o tipo de substancia, sino por la continuidad, seguimiento y evaluacin de los espacios de construccin brindados, garanta de derechos y desarrollo propiciado para ejecutar las acciones planificadas y coordinadas con los recursos existentes. Podemos afirmar con certeza que prevenir es invertir en el presente y futuro de la sociedad.

    JUSTIFICACIN

    7

  • General: Ofrecer a las autoridades institucionales, directivos y docentes lineamientos y

    directrices oficiales para la intervencin y prevencin en situaciones de uso, consumo, tenencia o expendio de drogas en el Sistema Educativo Nacional.

    Especficos: Generar estrategias para realizar intervenciones tempranas para abordar

    problemas relacionados con el uso o consumo de drogas. Establecer lineamientos de promocin de salud mental y prevencin integral en

    los usos de drogas. Dotar a la comunidad educativa, protocolos y rutas que permitan un abordaje

    oportuno, en situaciones de tenencia o expendio de drogas.

    Los enfoques utilizados se encuentran transversalizados a lo largo de la gua: Derechos Humanos, que garantizan el bienestar y el derecho que asiste a todas las personas de la Comunidad Educativa. Enfoque de Gnero, permite visibilizar y reconocer la existencia de relaciones y realidades distintas; y, muchas veces inequitativas, entre mujeres y hombres. Se aplica para analizar los significados, prcticas, smbolos, representaciones, creencias y mitos que las sociedades establecen a partir del sexo y del gnero, especficamente, frente a los usos y consumos de drogas. Interculturalidad, que debe generar el respeto y conocimiento de los usos y saberes ancestrales, la cultura contempornea y urbana para el entendimiento de su visin. Intergeneracionalidad, que permite reconocer que el fenmeno drogas no es un hecho nico y exclusivo de las y los adolescentes, y que todos los segmentos etarios de la sociedad tienen cierta relacin con el fenmeno social. Participacin ciudadana, con la cual se genera el abordaje de acuerdo al conocimiento de la realidad del entorno social y permitir que las acciones sean construidas por los/las estudiantes.

    Todos los enfoques responden a lo establecido en la Constitucin de la Repblica del Ecuador y principios del Buen Vivir, Ley Orgnica de Educacin Intercultural y Reglamento. La prevencin integral prioriza el desarrollo de habilidades de la persona a fin de evitar centrarse en la sustancia.

    OBJETIVOS DE LA GUA

    ENFOQUE DE LA GUA

    8

  • Los principios expuestos en la presente gua son normas que se encuentran establecidas en el marco legal educativo, el Plan Nacional del Buen Vivir 2013-2017, as como tambin en el Cdigo de la Niez y Adolescencia; instrumentos fundamentales para la prevencin integral e intervencin de los usos, consumos, tenencia y expendio de alcohol, tabaco y otras drogas, en las instituciones del Sistema Nacional de Educacin.

    Educacin. Proteccin de los derechos de nios, nias y adolescentes, por sobre

    cualquier inters. Abordaje integral. Fortalecimiento y desarrollo de habilidades y capacidades de las y los

    estudiantes. Informacin basada en evidencia cientfica. Acceso inmediato a los servicios de acompaamiento en casos que lo

    requieren. Generacin de espacios de construccin colectiva, de nuevos saberes en el

    tema drogas. Participacin activa de la comunidad educativa.

    PRINCIPIOS DE LA GUA

    9

  • CUIDADO Y PROMOCIN DE SALUD, PREVENCIN INTEGRAL Y ESTRATEGIAS EN SITUACIONES DE USO Y CONSUMO DE ALCOHOL, TABACO Y OTRAS DROGAS

    Las estrategias de cuidado y promocin de la salud y su relacin con la prevencin del fenmeno social drogas son mltiples, y para aproximarnos a su comprensin realizaremos una introduccin conceptual sobre estos temas.

    1.1 A QU SE REFIERE EL CUIDADO Y PROMOCIN DE LA SALUD?

    Es la combinacin de educacin en salud e intervenciones organizativas, polticas y econmicas, diseadas para facilitar cambios en la conducta y adaptaciones medioambientales que mejorarn o protegern la salud1. Para contextualizarlo en la comunidad educativa implicara que continuamente se deben propiciar procesos de promocin establecidos en los cuales se promuevan el cuidado de la salud y el cuerpo y como ligarlos a los procesos de prevencin integral.

    1.2 A QU SE REFIERE LA PREVENCIN INTEGRAL?

    Segn el CONSEP, organismo rector de la poltica pblica de prevencin integral este Es un proceso que brinda espacios para el desarrollo de capacidades de la persona y la comunidad, principalmente de autonoma y toma de decisiones en una continua construccin individual y social.2

    El mbito educativo debe establecer procesos de prevencin integral, estos se convierten en una accin de gran importancia, puesto que a travs del proceso educativo se acompaa a los estudiantes en la toma de decisiones, fortalece y desarrolla las capacidades de la poblacin estudiantil.

    Durante varios aos se establecieron en el imaginario social ideas, prejuicios y preconceptos propios de una guerra antidroga, la cual no ha generado mayores resultados. A continuacin planteamos las diferencias del proceso anterior as como tambin del actual enfoque respecto al abordaje sobre el fenmeno social.

    1 MSP. Manual de Atencin Integral de Salud Quito Ecuador 2013. 2 CONSEP. Usos, consumos de drogas y prevenciones Quito-Ecuador 2013.

    CAPTULO 1

    10

  • Hablar sobre drogas requiere cambiar los criterios, ideas y conceptos que en determinado momento se establecieron; demanda una nueva manera de pensar, la cual permite investigar, analizar y reflexionar de tal manera que se propicie un abordaje integral.

    1.3. SITUACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA QUE MANIFIESTA LA NECESIDAD DE ESTRUCTURAR UN PLAN DE PREVENCIN INTEGRAL DE USO, CONSUMO, TENENCIA O EXPENDIO DE DROGAS.

    a) SUGERENCIAS DE TRABAJO EN PREVENCIN INTEGRAL PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS.

    Ha observado o se ha informado sobre estudiantes que usan, consumen, tienen o expenden drogas. (Esta informacin puede haber sido comentada por algn actor de la comunidad educativa.)

    Drogas localizadas en algn lugar de la Institucin Educativa. (Baos, aulas, patios, lugares abandonados, corredores, bar).

    3 MINISTERIO DE EDUCACIN DE LA NACIN. Prevencin del consumo problemtico de drogas Buenos Aires- Argentina-2012

    PREJUICIOS Y PRECONCEPTOS DEL USO Y CONSUMO DE DROGAS3

    CARACTERSTICAS DE LA PREVENCIN INTEGRAL

    Es un concepto monoltico, se hace distincin entre drogas legales e ilegales.

    No realiza distinciones entre drogas legales e ilegales. (El alcohol y el tabaco son las drogas ms consumidas y con mayores ndices de daos)

    Es algo que infecta el cuerpo, que lo enferma de tal manera que la persona es aislada y marginada mientras ingresa en un proceso que produce la cura.

    No excluye ni aparta; integra, acompaa y apoya a la persona, fortaleciendo la toma de decisiones y reconociendo las necesidades del contexto social en el cual se desarrolla.

    Se relaciona a las drogas con la adolescencia, asumiendo que es un problema de jvenes.

    La adolescencia no est relacionada, exclusivamente, con el consumo de drogas. El consumo de drogas no es un problema de adolescentes y jvenes, es un fenmeno social que le pertenece a la comunidad.

    La prctica de rituales y ceremonias ancestrales generan adicciones.

    Respeto a los usos ancestrales y sus prcticas desde su cosmovisin o construccin cultural.

    FUENTE: CONSEP ELABORACIN PROPIA

    11

  • Alrededores de la IE son considerados como vulnerables para el expendio de drogas (existen bares, discotecas, licoreras, tiendas que no cumplen su funcin).

    Algn estudiante de su IE ha solicitado apoyo para afrontar una situacin de uso o consumo de drogas.

    Ha observado o se ha informado, sobre personas identificadas como expendedores de drogas, en las afueras de la IE.

    Se ha establecido procesos de abordaje o acompaamiento por situaciones de uso o consumo de drogas en el pasado.

    Identificacin de pandillas (grupos asociados con delitos, no confundir con agrupaciones urbanas o juveniles) en la IE o en sus alrededores.

    Identificacin de entornos o contextos que vulneren o se considere de riesgo para el o la estudiante.

    b) PASOS SUGERIDOS PARA REALIZAR PREVENCIN INTEGRAL

    Diagnstico interno institucional. Tabule resultados y necesidades. Cree espacios de dilogo alternativo para hablar sobre el fenmeno de drogas. Elaboren plan o proyecto socioeducativo para iniciar el proceso de prevencin

    integral. Estructure una agenda de trabajo. Realice el seguimiento y monitoreo del proyecto. Evale el proyecto.

    c) LECCIONES APRENDIDAS EN PREVENCIN4

    La evidencia disponible en la investigacin realizada por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), expone que las siguientes tcnicas utilizadas presentaron resultados negativos en procesos de prevencin, por lo que se sugiere lo siguiente:

    Utilizar mtodos no interactivos.

    Conferencias, como estrategia de distribucin primaria, es decir para entregar informacin o realizar promocin.

    Entrega de informacin que propicie temor.

    Acciones basadas en sesiones de dilogo no estructurados.

    Centrarse slo en la construccin de la autoestima y la educacin emocional.

    4 UNODC, (2013), International Standars on Drug User Prevention, Estados Unidos. 12

  • Discurso de toma de decisiones o valores slo tico / moral.

    Usar testimonios de ex- consumidores de alcohol, tabaco y otras drogas..

    Aprobar la presencia de agentes de polica para impartir charlas, conferencias o programas de prevencin.

    1.5. ACCIONES Y ESTRATEGIAS SUGERIDAS PARA ESTABLECER PROCESOS DE PROMOCIN Y PREVENCIN INTEGRAL.

    Las acciones y estrategias que se pueden establecer son importantes ya que una planificacin oportuna la utilizacin de herramientas que fomenten la reflexin apoyarn los procesos preventivos a fin de disminuir los riesgos y el aparecimiento de personas que decidan utilizar drogas.

    a) TCNICAS O METODOLOGAS SUGERIDAS PARA LA PREVENCIN INTEGRAL E INTERVENCIN EN EL FENMENO SOCIAL DROGAS. Cine Foro Debate teatral Dramatizaciones Dinmicas grupales Conversatorios Talleres Debates Grupos Focales Crculos de estudio Trabajo entre pares Mesas redondas

    Para la realizar estas actividades se debe coordinar con el Departamento de Consejera Estudiantil (DECE); cuando la institucin no cuente con un DECE, la estrategia podr ser elaborada por los tutores o docentes, autoridades institucionales y los estudiantes, manteniendo los enfoques propuestos en esta Gua.

    b) RECOMENDACIONES PARA ESTABLECER MECANISMOS QUE GARANTICEN EL ABORDAJE INTEGRAL EN SITUACIN DE USOS Y CONSUMOS DE ALCOHOL, TABACO Y OTRAS DROGAS. Promover reuniones participativas, de tal manera que permita llegar a

    consensos y a soluciones generadas por los asistentes, de acuerdo a sus realidades locales.

    Participar activamente en la construccin y ejecucin del PEI, PPI y Cdigos de Convivencia Institucional, propiciando la generacin de acciones relacionadas a la promocin, prevencin y proteccin integral de los y las estudiantes.

    13

  • Integrar en el PEI y los cdigos de convivencia, acciones estratgicas que faciliten y regulen la intervencin ante el uso y consumo de drogas; de tal manera que se aseguren las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa y se garanticen los derechos y la integridad de nios, nias y adolescentes.

    Realizar talleres vivenciales, con actividades que generen propuestas propias de los adolescentes y respondan a sus necesidades especficas en la comunidad educativa.

    Ejecutar campaas internas en las Instituciones Educativas, que permitan realizar acciones de promocin y prevencin. Ejemplo. Declaratoria de espacios libres de consumo de alcohol, tabaco y otras drogas,

    Promocionar actividades que permitan el uso del tiempo libre o autnomo de conformidad con los intereses de los estudiantes en las Instituciones Educativas. (Conformacin de clubes intelectuales, deportivos, arte y cultura, campeonatos deportivos, artsticos, intelectuales o culturales, entre otras actividades que consideren importantes).

    AUTORIDADES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS:

    El abordaje temprano en situaciones relacionadas con las drogas debe establecer procesos que garanticen la no vulneracin de derechos de nios, nias y adolescentes, es necesario trabajar en entornos positivos para el desarrollo integral de los estudiantes y la convivencia armnica de todos los actores de la comunidad educativa para lo cual se sugiere:

    Realice diagnsticos previos de la institucin educativa e incorporarlos dentro de los planes de mejora del PEI o en la construccin de acuerdos y compromisos para el Cdigo de Convivencia Institucional.

    Organice mesas de dilogo, crculos de estudio, conversatorios, entre otras acciones que permita conocer, las necesidades y realidades de sus entornos.

    Declare a la Institucin Educativa como Espacio Libre de Uso y Consumo de alcohol, tabaco y otras Drogas.

    Evite las requisas o intervenciones policiales para incautar alcohol, tabaco y otras drogas (estas acciones lejos de generar reflexin y anlisis, son acciones que vulneran los derechos de nios, nias y adolescentes).

    Establezca acciones preventivas en el PEI (Proyecto Educativo Institucional), Cdigo de Convivencia Institucional (Pla anual de la convivencia armnica), que deben constar en la planificacin institucional.

    Articule las actividades con los diferentes proyectos o procesos que se ejecutan en la Institucin Educativa. Ejemplo. Programa de Participacin Estudiantil, Departamentos de Consejera Estudiantil, entre otros.

    14

  • Disee y ejecute proyectos socioeducativos de promocin y prevencin integral del uso y consumo de alcohol, tabaco y otras drogas en las instituciones educativas. (Anexo 1)

    Apoye y cree espacios de dilogo con padres, madres o representantes legales de los y las estudiantes, a travs de estrategias que permitan mejorar la comunicacin en familia y le permitan conocer sus necesidades.

    Forme equipos de apoyo y vigilancia que velen por la proteccin, la conservacin y el cuidado de ambientes saludables dentro de las Instituciones Educativas (maestros, estudiantes, autoridades, familias).

    Propicie espacios y ambientes que fomenten el uso del tiempo libre (actividades extracurriculares, clubes, entre otras).

    Coordine y realice alianzas estratgicas con organismos gubernamentales (CONSEP, Ministerio del Deporte, Ministerio de Cultura, Ministerio de Inclusin Econmica y Social (MIES), Gobiernos Autnomos Descentralizados o Gobiernos Provinciales) para el fomento del uso del tiempo autnomo o libre.

    Recuerde que detrs de un estudiante usador o expendedor de drogas existe un adulto que provee las substancias o no brinda la proteccin que requiere

    PARA LOS DOCENTES:

    Investigue sobre el fenmeno social y asegrese que la informacin sea proporcionada por fuentes cientficas nacionales e internacionales. Establezca con los estudiantes, relaciones basadas en el respeto, comunicacin

    y cordialidad, fomente la prctica de valores. Aborde el tema sobre uso y consumo de drogas en el aula de clase, aplicando

    metodologas como conversatorios, exposiciones, paneles o debates de tal manera que fomenten la reflexin y sensibilizacin de este fenmeno social.

    Apoye y participe activamente en la construccin y ejecucin del PEI (Plan Educativo Institucional), PPI (Plan de Proteccin Integral) y Cdigo de Convivencia Institucional, en los cuales se generen acciones de proteccin integral y prevencin.

    Contctese con las familias sobre cambios inusuales que se observe en los y las estudiantes (faltas recurrentes, falta de atencin, retraimiento, no cumple con las tareas, comportamiento dentro y fuera del aula diferente, bajo rendimiento, diferencindolos de los cambios propios de la adolescencia entre otros).

    Apoye a padres, madres de familia o representantes legales en la educacin de sus representados, con el fin de fomentar relaciones familiares slidas enmarcadas en el respeto y generacin de valores.

    Si conoce situaciones de uso, consumo, tenencia o expendio de alcohol, tabaco y otras drogas, informe al DECE o tutor de grado para activar las rutas y protocolos correspondientes.

    15

  • Busque apoyo jurdico o legal, para denunciar actos vinculados con este fenmeno social en la Direccin Distrital o solicite acogerse al sistema de vctimas y testigos de la Fiscala.

    PADRES, MADRES DE FAMILIA Y REPRESENTANTES LEGALES:

    Fomente el dilogo y buenas relaciones con sus hijos, hijas o representados. Propicie actividades familiares, pregunte cmo se sienten, promueva la

    participacin de todos y todas en dichas actividades. Infrmese constantemente del rendimiento acadmico y comportamiento de

    su hijo, hija o representado. Visite y conozca los lugares a los que su hijo/a acude. Conozca a los amigos de su hijo/a e intente establecer relaciones de cordialidad

    y de dilogo con ellos. Sea actor activo en la vida de su hijo, hija o representado. Esto significa

    participar las diferentes actividades institucionales que su hijo, hija o representado realiza.

    Fortalezca en sus hijos capacidades o habilidades sociales como: autovaloracin, asertividad, toma de decisiones, buenas relaciones y resolucin de conflictos desde sus primeros aos de vida.

    Genere espacios de comunicacin y acogimiento familiar, proporcionando la informacin necesaria sobre las diversas inquietudes que puedan presentar sus hijos, hijas o representados.

    Mantenga una adecuada comunicacin con las autoridades de las instituciones educativas.

    Asista a las reuniones que sean propiciadas por las autoridades institucionales, para establecer acciones coordinadas que permitan generar la proteccin integral de los y las estudiantes.

    ESTUDIANTES:

    A travs del Programa de Participacin Estudiantil, en la opcin Educacin Preventiva del uso y consumo de alcohol, tabaco y otras drogas, infrmese sobre el tema y promueva estrategias de promocin y prevencin.

    Participe activamente en la generacin y construccin de acciones preventivas. Mantenga y promueva relaciones basadas en el respeto con los distintos

    integrantes de la comunidad educativa. Cumpla con las normas y deberes establecidos en el Cdigo de Convivencia

    Institucional, Ley Orgnica de Educacin Intercultural y Reglamento. Busque apoyo, ayuda y proteccin en las autoridades institucionales, docentes,

    padres, madres de familia y representantes, cuando as lo requieran.

    16

  • c) ESPACIOS PBLICOS Y COMUNIDAD CIRCUNDANTE A LAS INSTIUCIONES EDUCATIVAS QUE INCIDEN EN LAS ACCIONES DE PREVENCIN INTEGRAL.

    Coordinar y fomentar acciones de prevencin integral intersectoriales, ayudar el abordaje integral del fenmeno social, de tal manera que se puedan plantear acciones coordinadas y planificadas en funcin de las necesidades detectadas.

    Levante informacin correspondiente sobre los vendedores ambulantes y lugares comerciales del entorno de la institucin educativa. Solicitar al Municipio el registro de los mismos.

    Organice campaas de socializacin de los programas de prevencin a fin de coordinar y ejecutarlas al interior de la Institucin Educativa.

    Coordine con la Polica Nacional, Intendencia de Polica, MSP (Agencia Nacional de Regulacin, Control y Vigilancia Sanitaria ARCSA), Gobiernos Autnomos descentralizados, el registro y control de los locales comerciales para que cumplan con su funcin especfica.

    Coordine, con el Ministerio del Deporte y Ministerio de Cultura, acciones o actividades que fomenten el buen uso del tiempo libre.

    Si desea recibir apoyo o informacin llamar al 1800 CONSEP (266737). Si desea denunciar alguna actividad ilcita llamar al 1800- DELITO (335486). Si desea entrar al sistema de proteccin de vctimas y testigos puede

    comunicarse al 1800 FISCALA. (347225) Polica Nacional: 911 MinEduc: 1800-338222.

    ORGANISMOS GUBERNAMENTALES QUE TIENEN RELACIN CON PROCESOS DE PREVENCIN INTEGRAL.

    INSTITUCIN EDUCATIVA

    17

    MINEDUC

    MSP

    MDI

    CONSEP

    MCDS

    MJDHC

    MCS

    MIES

    CNNA

    GADS

  • RECUERDE:

    Las acciones preventivas son el paso previo, y el ms importante, en el abordaje de un

    fenmeno social. Prevenir es el mejor recurso y la mejor inversin. Apoye a los actores de la comunidad educativa brindando facilidades para implementar

    estrategias preventivas.

    18

  • USOS, CONSUMOS PROBLEMTICOS, ACOMPAAMIENTO Y CONTENCIN EMOCIONAL EN SITUACIONES DE USO, CONSUMO, TENENCIA O EXPENDIO ALCOHOL, TABACO Y OTRAS DE DROGAS.

    El fenmeno social de los usos y consumos de drogas debe ser analizado desde su complejidad y multi-causalidad; esto permite un abordaje y tratamiento integral del fenmeno para dejar atrs la visin punitiva, moralista, prejuiciosa y des conceptualizada.

    2.1 HABLEMOS DE USOS Y CONSUMOS DE DROGAS.

    Uso de drogas5: El uso se refiere a los actos, motivaciones y relaciones socio-culturales que una persona establece con la droga en un momento determinado. Hablamos de usos de drogas cuando este es ocasional, tiene un fin especfico el cual est relacionado con pocos acontecimientos, no llega a producir estados de dependencia abuso de las sustancias.

    Consumo problemtico6: Es un estado de necesidad psicolgica y fisiolgica que se expresa en el consumo obligatorio de drogas, produce un deterioro del control en el uso de tales substancias y la alteracin de la conciencia. En los consumos problemticos se someten los aspectos socioculturales y se ha generado una relacin de dependencia con las substancias.

    DIFERENCIA ENTRE USOS Y CONSUMOS PROBLEMTICOS El abordaje de los Usos y Consumos de drogas debe centrarse en la persona y la relacin que establece con el objeto droga, este anlisis no debera ser en funcin de las prevalencias es decir frecuencia, cantidad, tipo de droga, efectos, signos o sntomas.7 El Observatorio Nacional de Drogas implement un anlisis de categorizacin de los usos de drogas, el cual deja de lado el anlisis clsico en funcin de las prevalencias

    5 CONSEP. Usos Consumos de Drogas y Prevenciones Quito - Junio del 2013. 6 CONSEP. Usos Consumos de Drogas y Prevenciones Quito - Junio del 2013. 7 UNODC-CONSEP.Consideraciones bsicas para el Desarrollo de Programas Preventivos Agosto de 2012

    CAPTULO II

    19

  • como eje de estudio; para ello estableci tres indicadores fundamentales como son el tiempo, la frecuencia y la cantidad de droga usada; el cruce de estas tres variables reflejar una medicin diferente del uso de drogas, las que estarn diferenciaran al momento de la categorizacin y en la frecuencia de uso al analizar el alcohol, y el tabaco, segn el cuadro adjunto. En el abordaje de Uso y Consumo de drogas se da importancia a la Persona y su relacin con las drogas. Esto implica no centrarse en: frecuencia de uso o consumo (habitual, ocasional, rutinario, etc.), tipo de droga (frmaco, estupefaciente, alcohol, cigarrillo, etc.), cantidad (1 cajetilla, 1 botella, 1 porro, 1 sobre, 1 cigarrillo, etc.), edad de inicio (12 aos, 10 aos, 16 aos, 18 aos, etc.) Dado que estas sustancias producen alteracin en el sistema nervioso central y que la normativa legal determina que nios, nias y adolescentes, por encontrarse en etapa de desarrollo, son poblacin vulnerable, es importante generar acciones que les protejan del uso y consumo de alcohol, tabaco y otras drogas.

    2.2 QU ES EL ACOMPAAMIENTO Y LA CONTENCIN EMOCIONAL? El acompaamiento y la contencin emocional son procesos que apoyan el abordaje de este fenmeno social. Para realizar este procedimiento es importante seguir objetivamente los lineamientos tcnicos establecidos en esta Gua. Si usted tiene sospechas que l o la estudiante es un presunto usador o consumidor de alcohol, tabaco y otras drogas, converse con l/ella por separado, dejando claro que su intencin es ayudarlo y no acusarlo.

    USOS CONSUMOS PROBLEMTICOS Ocasional, caracterizado por usadores

    que han utilizado una droga, varias veces en el lapso de un ao. Consumo perjudicial o abuso: Segn lo

    enunciado en el CIE y DSM- IV, el cual lo citamos como referencia, este consumo es un patrn desadaptativo de abuso de substancias. Este abuso ocasionar un deterioro o malestar clnico en perodo de 12 meses.

    Regular, determinado por el contacto con las drogas varias veces al ao, durante dos aos.

    Frecuente, determinado por personas que han usado drogas a diario menos de un ao.

    Intenso, corresponde al uso de drogas a diario ms de dos aos.

    Experimental, social o recreativo Se trata de un uso circunstancial de drogas que busca compartir experiencias, acontecimientos. Podra ser por una sola vez.

    Consumo dependiente: Persona que no controla la ingesta de algn tipo de substancia. En esta etapa, esta la persona se ha excluido de las distintas actividades laborales, educativas y recreativas.

    FUENTE: CONSEP ELABORACIN: MINEDUC

    20

  • En caso de identificar un posible uso o consumo de alcohol, tabaco y otras drogas por parte de algn estudiante o grupo de estudiantes, es necesario informar al tutor o personal del Departamento de Consejera Estudiantil (DECE) para que realice el acompaamiento oportuno y brinde soporte emocional del estudiante para enfrentar las dificultades que experimenta. El tutor servir entonces de apoyo en este proceso y no dejar al estudiante solo con su problema8. Como parte del acompaamiento se contempla tambin un proceso de contencin emocional el cual debe garantizar: seguridad, proteccin, estabilidad emocional y fsica del estudiante. Este proceso es entendido como el acto de recibir, escuchar, acoger y cuidar al estudiante.

    2.1 Posibles indicadores asociados al consumo problemtico de drogas.

    Los signos o sntomas que presenta un consumidor problemtico de drogas varan de acuerdo al tipo de sustancia, tiempo de consumo, cantidad dosificada, calidad de droga administrada, enfermedades o situaciones propias del estudiante; por lo que la persona que brinde un primer abordaje no debe juzgar, etiquetar o estigmatizar al estudiante; por esta razn, es importante remitir al estudiante al profesional que diagnosticar y definir el tipo de consumo y su posterior tratamiento.

    2.2 Cmo acompaar y contener emocionalmente a los estudiantes que usan o consumen alcohol, tabaco y otras drogas?

    Para realizar el acompaamiento y la contencin emocional del estudiante, la autoridad educativa, el tutor y el Departamento de Consejera Estudiantil deben considerar que quien usa o consume algn tipo de droga requiere ser apoyado y escuchado. Este paso indispensable brindar elementos que posibiliten comprender las causas y el contexto que desencadena el uso o consumo de sustancias. Ante todo, se debe garantizar el bienestar del estudiante y comprender que este fenmeno responde a un sinnmero de circunstancias, algunas veces ajenas al sujeto.

    Con el objetivo de establecer un canal de comunicacin con el estudiante, es necesario despojarse de todo prejuicio y estigma acerca del uso o consumo de alcohol, tabaco y otras drogas.9

    2.2.1 Recomendaciones para el abordaje adecuado

    a. Acrquese al estudiante y plantee directamente su inters por conversar con l. No indique la causa.

    8 PILAR RAFFO. Acompaamiento psicolgico y terapia psicolgica23 de mayo de 2013. 9 CONACE: Orientaciones para abordar el consumo de alcohol y drogas en enseanza media CHILE 2004 Adaptado por el Equipo Tcnico de DNEDBV 2012 21

  • b. Selele su preocupacin por saber cmo ha estado durante el ltimo tiempo y cuntele que ha evidenciado algunos cambios en l. En este primer acercamiento jams hable negativamente de estos cambios.

    c. Invtelo a conversar en un lugar tranquilo dentro del establecimiento, procurando que el espacio fsico propicie un clima de confianza para el estudiante. Es recomendable el uso de una sala u oficina, ya que el estudiante podra sentirse amenazado en espacios abiertos, donde sus pares y dems personal de la institucin podra observarlo.

    d. Adopte una postura relajada para escuchar con atencin y naturalidad, as el estudiante no se sentir intimidado, evaluado o juzgado.

    e. Explquele al estudiante que en ningn caso este acercamiento o acompaamiento tiene un fin acadmico, o de evaluacin.

    f. No juzgue al estudiante. Escuche lo que cuenta sin criticar y sin tratar de convencerlo con sus argumentos. En un primer acercamiento, esta actitud, ms que ayudar, puede dificultar la comunicacin y daar el clima de confianza.

    g. Focalice la conversacin en aquello que al estudiante le parece importante. Por ejemplo, intervenciones como: Parece que eso te interesa, quieres hablar ms al respecto? Demuestre atencin e inters por ayudarlo.

    h. Si le pregunta su opinin, trate de devolverle la pregunta con frases como: Qu piensa usted?, qu cree usted?.

    i. Transmita calma. En ocasiones el estudiante puede contarnos situaciones que escapan a nuestra realidad y nos incomodan. Es importante no demostrarlo puesto que esto puede angustiarlo ms.

    j. Entrguele informacin y elementos para ayudarlo a reflexionar, por ejemplo: folletos informativos, lecturas motivadoras y de informacin, links de pginas informativas en internet.

    k. Respete la decisin de no desear hablar en ese momento, si ese es el caso y deje planteado su genuino inters de estar atento si en algn momento necesita hablar o requiere ayuda.

    2.2.2 Aspectos que debe considerar para la comunicacin con el estudiante

    a. Relacinese de manera no autoritaria. En esta etapa los estudiantes tienden a ser muy cuestionadores.

    b. En toda comunicacin, tanto el lenguaje verbal como el no verbal son indicadores muy importantes. (Es decir su postura, el tono verbal y las palabras utilizadas adquieren significado en la relacin y el dilogo).

    c. El estudiante sentir que usted le da poca importancia a su problemtica si mientras le habla de sus conflictos usted pone atencin a otras cosas o le cambia el tema.

    22

  • d. Exprese empata ponindose en el lugar del estudiante, demostrando que ha entendido sus sentimientos.

    e. Demuestre confianza en las potencialidades del estudiante, centrndose en las caractersticas personales con que cuenta, dejando de lado aquellos aspectos que pudieran parecer negativos.

    f. Sea consecuente con la confidencialidad ofrecida. No comente con persona alguna lo dialogado. En caso de encontrarse frente a una situacin de riesgo vital, es decir, que amenace la integridad fsica, psicolgica y familiar del estudiante, manifistele que para ayudarlo verdaderamente, es necesario comunicar lo ocurrido a otras personas (psiclogo, consejero, autoridad educativa, padres o representante legal), avisndole de manera previa que lo har.

    g. Es posible que el estudiante necesite probar primero que puede contar con su confidencialidad, antes de entregarle informacin importante.

    h. En caso que el estudiante acceda a recibir apoyo del Departamento de Consejera Estudiantil y de la mxima autoridad de la institucin educativa, que se debe remitir el caso al lugar especializado (1er nivel de atencin en los centros de salud).

    2.2.3 Pasos que debe seguir si se sospecha o presume que un estudiante est usando o consumiendo alcohol, tabaco y otras drogas.

    a. Refiera sus sospechas inmediatamente al del DECE. El profesional asignado realizar el abordaje correspondiente.

    b. Si se presume que el estudiante no establecer relacin con el profesional del DECE, se debe contactar con algn miembro de la comunidad educativa.

    c. Refiera al estudiante con prudencia para que realice el correcto procedimiento y el primer abordaje.

    d. Si el estudiante se niega abiertamente a conversar, no asuma una actitud autoritaria que podra aumentar su resistencia, tampoco lo amenace con castigarlo, ponerle una mala calificacin o hablar con sus representantes.

    e. Motvelo a reflexionar, entregndole la responsabilidad de decidir cundo y en qu lugar de la institucin educativa desea reunirse.

    f. La confianza que el profesional de la educacin (autoridad, docente, tutor, profesionales del DECE) brinde al estudiante, permitir detener a tiempo la situacin de riesgo o peligro.

    g. Reporte al Departamento de Consejera Estudiantil para que realice el abordaje correspondiente y elabore el informe a fin de remitirlo a la instancia competente.

    2.2.4. Pasos que debe seguir s terceras personas le manifiestan sus sospechas sobre un estudiante usa o consume alcohol, tabaco y otras drogas.

    23

  • a. Realice un acercamiento con el estudiante que es considerado como sospechoso, considerando los elementos mencionados en los procesos anteriores anteriores. Adems, plantear su inters personal por su bienestar y por conversar para saber cmo ha estado ltimamente, manifistele que terceras personas se han acercado a usted con preocupacin comentndole su situacin de consumo de drogas.

    b. Sea muy claro en asegurarle la confidencialidad de la conversacin establecida. Recuerde que la coherencia y la congruencia son esenciales, por lo tanto, si se busca sinceridad y autenticidad por parte del estudiante, es importante que usted tambin lo sea.

    c. Es clave que se cumpla con no comentar a nadie sobre lo dialogado. Dado que el estudiante se sentir acusado, traicionado, evaluado y amenazado, se debe atenuar estos sentimientos a travs de las sugerencias sealadas en la situacin anterior.

    d. Si el estudiante solicita el nombre de la persona que le hizo el comentario, NO revele su identidad. Un buen argumento es el respeto a la confidencialidad, en este caso, frente al otro. En vez de ello, manifieste que esa informacin es irrelevante y que lo importante es la preocupacin y el cario que la persona en cuestin manifiesta por l. Esto ltimo ayudar al estudiante a hacer una lectura positiva de los hechos, permitindole sentir que quieren ayudarle por una preocupacin real y por estima.

    2.2.5 Pasos que se deben seguir en el caso de encontrar al estudiante consumiendo drogas en la Institucin Educativa.

    a. En caso de encontrar a uno o varios estudiantes consumiendo drogas, conserve la calma. Comunique al Departamento de Consejera Estudiantil y aborde a los estudiantes con prudencia, como lo especificamos anteriormente.

    b. Solicite a uno de los docentes que informe a la autoridad educativa la situacin de conflicto.

    c. Renase con el estudiante o los estudiantes con serenidad y manifieste lo que se ha observado y solicite sus opiniones para a enfrentar la situacin.

    d. El docente debe recordar que las actitudes represivas y coercitivas, as como la vigilancia o control, son poco tiles para ayudar a la persona que usa o consume. La nica forma de ayudar es ofrecer confianza y dilogo sincero.

    e. Si el docente no ve oportuno el momento para acercarse y abordar al estudiante, debe esperar el momento ms conveniente para acercarse y conversar en privado. Resulta fundamental que el encuentro ocurra fuera del lugar en el que fue sorprendido consumiendo.

    f. Es importante no emitir juicios de valor ni comentarios negativos sobre el estudiante y su conducta. El castigo, la suspensin o expulsin, como nica o principal medida, slo aumentar la probabilidad de continuar el uso o

    24

  • consumo, perdiendo la oportunidad de abordar el problema desde las distintas dimensiones. Adems, se violar el derecho a la educacin, as como los postulados de la Constitucin de la Repblica que no penaliza ni criminaliza los usos de drogas.

    g. Es importante que, despus del abordaje realizado al interior de la institucin educativa, se remita el caso a un centro de atencin especializado para que reciba el diagnstico y tratamiento ms conveniente segn la necesidad establecida por el profesional de la salud. Si considera necesario, debe recordar que la mayora de los usos a esta edad son espordicos y no necesitan intervencin teraputica de internamiento, si no la debida informacin y atencin a las necesidades de los adolescentes.

    2.2.6. Intervencin que se puede realizar con el estudiante que se encuentra en situacin de uso o consumo de drogas

    a. Es probable que el estudiante se acerque con alguna excusa, solicitando, por ejemplo, apoyo para mejorar la relacin con sus amigos, su familia o pareja. Tambin puede ocurrir que le comente otras situaciones de riesgo, como relaciones sexuales tempranas, embarazo precoz o violencia intrafamiliar. En esos casos se debe brindar apoyo y acompaamiento, hablar de los problemas planteados y observar si estos se relacionan con un probable consumo de drogas.

    b. Como en los casos anteriores, si el estudiante no menciona sobre el uso de drogas que se supone, no lo presione. Por el contrario, propicie un espacio que permita expresar aquello que le aqueja. Si esto es un desvo para llegar al otro tema, el hecho que haya acudido significa un importante avance.

    2.2.7. Qu hacer si los representantes de la o l estudiante solicitan ayuda ante la sospecha de un posible uso o consumo de drogas.

    a. Transmita calma, escuche y oriente a los representantes. Manifisteles que el hecho de pedir apoyo a la institucin educativa es una forma de ayudar a su hijo y de buscar alternativas para solucionar el problema.

    b. Exprese empata. Demuestre que entiende sus sentimientos, con una actitud de escucha y de comprensin.

    c. No juzgue ni sermonee, no los culpe. Brndeles un espacio y tiempo para dominar sus emociones y tensiones por la preocupacin del hecho.

    d. Indague acerca de la preocupacin de los representantes, pregunte por las seales que ha observado en su hijo, las situaciones que les han parecido diferentes parecen distintas y las medidas que han tomado para intentar enfrentar la situacin.

    25

  • e. Comunique sobre los protocolos y rutas que deben seguir y las acciones que la institucin educativa contempla para abordar los usos y consumos de alcohol, tabaco y otras drogas, los cuales estarn establecidos en funcin de la ley.

    f. Informe a los representantes legales del estudiante los procedimientos y las instancias o instituciones a los que puede acudir para que reciba tratamiento y acompaamiento profesional.

    g. Propiciar una reunin familiar h. Presente posibles soluciones y alternativas a la familia, para que pueda

    seleccionar la que mejor se ajuste a su situacin.

    RECUERDE:

    PROTOCOLO A SEGUIR EN SITUACIONES DE

    USO, TENENCIA O EXPENDIO DE ALCOHOL, TABACO

    Y OTRAS DROGAS AL INTERIOR DE UNA

    INSTITUCIN EDUCATIVA.

    Por definicin el protocolo es un proceso o procedimiento que se establece para realizar acciones especficas respecto a un determinado tema. Establece una serie de pautas o acciones que orienten los procedimientos a realizar de manera integral,

    Los signos y sntomas descritos pueden corresponder a diferentes circunstancias por lo que es necesario contextualizar la situacin y realizar un diagnstico diferencial.

    La deteccin, el acompaamiento y la contencin emocional que se proporcione al estudiante, est fundamentada en la relacin de respeto a los derechos de todos los actores de la

    comunidad educativa.

    CAPTULO III

    26

  • frente a una situacin especfica. El Protocolo para los casos de uso, consumo, tenencia, o expendio de alcohol, tabaco y otras drogas en las instituciones educativas pretende ser una gua de intervencin ante situaciones relacionadas a este fenmeno social. Cada institucin est en la capacidad de adaptar el mismo de acuerdo a las particularidades y necesidades de cada caso. Se han identificado dos grupos vulnerables que incurren en situaciones ligadas a este fenmeno social dentro de las instituciones educativas:

    Estudiantes vinculados al presunto uso o consumo de alcohol, tabaco y otras drogas, ya sea voluntariamente o coercionados por otros.

    Estudiantes vinculados presuntamente a la tenencia o expendio de drogas, ya sea voluntariamente o coercionados por otros.

    Las instituciones educativas debern realizar y contemplar el siguiente protocolo, para abordar situaciones de uso, consumo, tenencia o expendio de alcohol, tabaco y otras drogas lo descrito a continuacin deber ser coordinado con el Departamento de Consejera Estudiantil para el cual proponemos el siguiente protocolo. 3.1 DEPARTAMENTO DE CONSEJERA ESTUDIANTIL

    El Departamento de Consejera Estudiantil (DECE) deber planificar un abordaje integral de situaciones relativas al fenmeno social drogas. Al momento que un estudiante que usa o consume drogas es identificado al interior de la institucin educativa, se deber informar al coordinador del Departamento de Consejera Estudiantil o a la autoridad de la institucin educativa, en caso de no haber DECE:

    1. El jefe del DECE asignar a uno de los profesionales del Departamento para realizar la primera entrevista y valoracin de la situacin del estudiante.

    2. El profesional asignado proceder a realizar el primer abordaje o entrevista para conocer la situacin familiar, social y psicolgica del estudiante.

    3. Una vez realizadas las entrevistas de valoracin con el estudiante y familia se proceder a realizar el informe para comunicar a la autoridad educativa y a los representantes del estudiante.

    4. El DECE deber apoyar y contener emocionalmente tanto al estudiante como a los miembros de su familia, con el fin de orientar y guiar los procedimientos a seguir dentro y fuera de la institucin educativa.

    5. La autoridad de la institucin educativa, en coordinacin con el DECE, realizar el informe de referencia/derivacin a la instancia que se considere necesaria para realizar el diagnstico, tratamiento o investigacin pertinente.

    6. El DECE generar el acta de compromiso, la cual ser firmada por los representantes y autoridades de la institucin educativa; de tal manera que se corresponsabilicen de proceso que seguir su representado.

    27

  • 7. El DECE, realizar el seguimiento al estudiante, garantizando la permanencia del mismo dentro del proceso de abordaje, orientacin y de la Institucin Educativa.

    8. Si el estudiante no usa o consume drogas, se propiciar informacin y se realizar un proceso de orientacin con el curso para generar procesos de prevencin integral con los estudiantes.

    9. Si es necesario reintegrar a la institucin a un estudiante referido al DECE por tenencia, se trabajar en la reinsercin. Se proporcionar orientacin e informacin a compaeros, padres de familia del curso y a docentes, de tal manera que no se generen rumores o etiquetacin sobre el estudiante. Esto se debe realizar previo a la reinsercin del estudiante.

    10. El inspector de la institucin educativa ser el encargado de aplicar y levantar el informe sobre la normativa a seguir para cumplir con el procedimiento de faltas de acuerdo a lo establecido en el reglamento de la LOEI. El DECE deber proporcionar las recomendaciones para preservar la integridad del estudiante y sus derechos.

    11. Reporte, a travs de la autoridad educativa, a la Junta de Resolucin de Conflictos de la Direccin Distrital para su oportuno conocimiento e intervencin.

    RECUERDE:

    3.2 ESTUDIANTES PRESUNTAMENTE VINCULADOS AL USO Y CONSUMO DE ALCOHOL, TABACO Y OTRAS DROGAS.

    Antes de iniciar con este procedimiento recuerde lo enunciado en el segundo captulo sobre el acompaamiento y la contencin emocional la cual debe ser aplicada en el presente protocolo.

    1. Si se ha identificado a las o los estudiantes presuntamente vinculados al uso o consumo de alcohol, tabaco y otras drogas, contctese con el tutor o gua de

    Es importante resaltar que todo el proceso debe realizarse bajo total CONFIDENCIALIDAD, respetando la privacidad del estudiante y priorizando su seguridad. Se debe evitar difundir la informacin entre los miembros de la comunidad educativa, en funcin de garantizar el bienestar del estudiante.

    28

  • curso. (Esta identificacin la pudo haber realizado cualquier miembro de la comunidad educativa y puede ser al interior o exteriores de la IE).

    2. Remita al estudiante, al Departamento de Consejera Estudiantil, o con el tutor (dirigente de curso), recuerde que debe cuidar la integridad, confidencialidad, el respeto de los derechos del estudiante. El acompaamiento y contencin emocional que se realice, sern muy importante para el xito de las posteriores acciones.

    3. Observe si el estudiante presenta sntomas o est bajo el efecto de alguna substancia. Si es as, busque un lugar tranquilo o llvelo a la enfermera para que descanse y provale de alimento e hidratacin. Comunique a los padres la situacin del estudiante.

    4. Si el estudiante presenta sintomatologa de intoxicacin comunquese inmediatamente con el 911. (convulsiones, desmayos, dificultad para respirar, asfixia producida por vmitos, nauseas y vmitos, sangrado nasal. arritmia cardiacas).

    5. No someta al o los estudiantes a varias entrevistas o interrogatorios, hgalo por una sola vez y contine con el procedimiento psicolgico segn la necesidad del caso.

    6. Informe a la autoridad de la institucin educativa y a su representante legal, sobre la situacin. Este procedimiento debe ser consensuado con el estudiante, para que se cuide la integridad del mismo.

    Si se presume que el padre, madre o representante legal del o la estudiante est involucrado o vinculado con el consumo o expendio de droga, no informe. Realice una evaluacin familiar y en funcin de su diagnstico, contacte algn familiar cercano y d a conocer este hecho a los organismos de proteccin competentes en su jurisdiccin. (Juntas de proteccin de derechos del nio, nia o adolescente, fiscala, juntas de resolucin de conflictos, entre otros).

    7. La autoridad de la institucin educativa, los padres de familia, el Departamento de Consejera Estudiantil y el tutor deben firmar el acta de compromiso en la cual se comprometan a brindar la proteccin, acompaamiento y ayuda al estudiante. (ANEXO 2)

    8. El Departamento de Consejera Estudiantil o tutor debe elaborar y entregar el informe correspondiente a la autoridad del establecimiento educativo.

    9. Remita al estudiante, al Primer nivel de atencin de salud o a la instancia de salud que prefieran sus representantes previo al diagnstico establecido por los el profesional de la salud competente. De esta manera, conocer diagnstico de la situacin y se proporcionar el tratamiento al estudiante. (ANEXO 3)

    10. Realice acciones de sensibilizacin, motivacin e integracin del o la estudiante usador o consumidor con sus compaeros/as, docentes, padres y madres de

    29

  • familia. En el caso que el diagnstico obtenido sea de uso o consumo, tome en cuenta que esta persona no puede ser excluida del Sistema Educativo Nacional.

    11. Reporte el caso a la Junta de Resolucin de Conflictos de la Direccin Distrital, para que realice el procedimiento de acuerdo a lo establecido en la Ley y Reglamento de Educacin.

    12. El DECE o tutor de aula realizaran el seguimiento y monitoreo al estudiante referido a los centros de atencin integral, en caso de que este requiera un tratamiento de desintoxicacin. Es importante encontrar un mecanismo de apoyo educativo que permita al estudiante no retrasar los conocimientos en sus materias.

    13. Si la familia del estudiante no ofrece el apoyo y proteccin, comunquese con los organismos de proteccin de derechos, juntas cantonales entre otras.

    3.3 ESTUDIANTE PRESUNTAMENTE VINCULADO A LA TENENCIA, O EXPENDIO DE DROGAS.

    Un estudiante que posee o expende drogas, ha sido expuesto/a a situaciones de peligro y falta de proteccin, por esta razn se debe reportar a las instancias competentes, (DECE, Juntas de Resolucin de Conflictos, Juntas de proteccin de Derechos de la niez y adolescencia, fiscala o DINAPEN); de esta manera se investigar la situacin que rodea al nio, nia o adolescente. No es funcin de las autoridades educativas o docentes investigar los actos que estn ligados a la tenencia o expendio; sin embargo es importante reportar a las instancias correspondientes para proporcionar la proteccin y asistencia requerida. A continuacin detallamos los pasos y procedimiento a seguir en estos casos.

    1. Si ha identificado al o los estudiantes presuntamente vinculados a la tenencia o expendio de alcohol, tabaco y otras drogas contctese con el tutor de curso o Departamento de Consejera Estudiantil para que realice el abordaje correspondiente.

    2. Si ha identificado la sustancia con el estudiante, solicite abandonar el lugar y llvelo al Departamento de Consejera Estudiantil, con el fin de recibir orientacin y abordaje adecuado para enfrentar la situacin.

    3. No manipule o toque la substancia encontrada. Solicite al estudiante que la ubique en un contenedor (funda o recipiente).

    4. Informe inmediatamente a los representantes legales del estudiante. 5. Informe sobre el particular a la autoridad de la institucin educativa. 6. El Departamento de Consejera Estudiantil debe realizar la primera entrevista y

    en caso de no haber un DECE deber hacerlo el tutor. Esta entrevista permitir conocer la situacin real del estudiante. Es decir si la substancia encontrada es

    30

  • para su consumo o es utilizada para expendio. Recuerde que es importante establecer buena relacin y empata con el nio, nia o adolescente.

    7. Posterior a la entrevista, determine el nivel de responsabilidad del estudiante y si se presume se encuentre vinculado al expendio de drogas. Si bien es cierto, establecer este nivel de responsabilidad no ser posible en una entrevista, se podr conocer las situaciones sociales que rodean al estudiante.

    8. No someta al estudiante a varias entrevistas o interrogatorios. Hgalo por una sola vez e inmediatamente informe a sus padres o representantes legales.

    9. Si se presume que el padre, madre o representante legal del o la estudiante, est involucrado o vinculado con el expendio de droga, no lo informe. Tome contacto con algn familiar cercano y reporte la presuncin de esta situacin a los organismos de proteccin de nios, nias o adolescentes, competentes en su jurisdiccin. (Juntas de proteccin de derechos de nios, nias y adolescentes, Juntas de resolucin de conflictos entre otros).

    10. Los padres de familia o representantes legales debern firmar un acta de compromiso con los miembros de la institucin educativa: Rector, director, miembros del Departamento de Consejera Estudiantil, tutor de curso.

    11. Si la substancia es encontrada en patios, aulas, baos u otros lugares de la IE, separe a las personas que se encuentren en el lugar y comunquese con el 911 para reportar y solicitar la presencia del organismo competente para recoger las substancias. (no importa la cantidad encontrada).

    12. El Departamento de Consejera Estudiantil, Inspeccin General o tutor deben elaborar y entregar el informe correspondiente a la autoridad del establecimiento educativo para dejar constancia de estos hechos.

    13. Si se presume que existen estudiantes que expenden drogas al interior de la institucin educativa y han sido denunciados por otros miembros de la comunidad educativa comunique esta situacin a los organismos competentes, fiscala, junta de proteccin de derechos o travs del 1800- DELITO, para que se realice la investigacin respectiva en las afueras de Institucin Educativa.

    14. Recuerde que un nio, nia o adolecente involucrado en esta situacin, existe una ausencia de proteccin.

    15. Si el estudiante fue encontrado con alcohol o tabaco, el procedimiento ser el mismo para el estudiante usador o consumidor, se deber proporcionar ayuda e informacin.

    16. Una vez consensuado y establecidos los acuerdos con los padres, madres de familia o representantes del estudiante, la institucin educativa podr reportar a las instancias correspondientes (fiscala, 1800- Delito) las situaciones presentadas para realizar las investigaciones pertinentes, mismas que se llevaran a cabo fuera del rea educativa.

    17. Contine con el proceso correspondiente de acuerdo a las indicaciones facilitadas por organismos que se encargan de investigar, recuerde que estas

    31

  • debern garantizar los derechos y la integridad fsica, emocional y social de los y las estudiantes.

    18. Acompae con asistencia pedaggica, para que el o la estudiante contine sus estudios, mientras se realiza la investigacin.

    19. Reporte a la Junta de Resolucin de Conflictos del Distrito, para que realice el procedimiento establecido en la Ley y Reglamento de Educacin.

    20. En caso que el abordaje realizado por el DECE, demuestre que el estudiante posea drogas para su uso personal, deber ser inmediatamente reintegrado a la institucin educativa y continuar con el procedimiento establecido en el literal 3.2 de esta gua de intervencin.

    21. Si el caso lo amerita, luego de las investigaciones realizadas, el estudiante deber cumplir con las sancin socio educativa dictadas por el Juez de la niez y adolescencia.

    NOTA: Si algn miembro de la comunidad educativa est dispuesto a denunciar situaciones de expendio en los alrededores de la institucin y temen represalias, puede hacerlo a travs de: 1800- DELITO (335486) y para ingresar al sistema de proteccin de vctimas y testigos al 1800 FISCALA (347225). La autoridad educativa puede solicitar apoyo jurdico en cada una de las Direcciones Distritales en las Juntas de Resolucin de Conflictos, as como tambin al Ministerio de Educacin llamando al 1800-338222. Si en algn momento se ha reportado situaciones de violencia en contra de algn miembro de la comunidad educativa (obligar a consumir o expender drogas, aplique el protocolo a seguir para situaciones de violencia).

    RECUERDE:

    Los y las estudiantes que son utilizados para el expendio de drogas se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y desproteccin, por esta razn es importante reportar a

    los organismos de proteccin.

    CAPTULO IV

    32

  • RUTAS O PROCESOS A SEGUIR

    Las rutas son procedimientos que promueven una intervencin oportuna que permita brindar apoyo y acompaamiento a los estudiantes y maestros estableciendo un modelo de manejo integral y equitativo para los miembros de la comunidad educativa. Al igual que en los protocolos se han definido dos tipos de procesos.

    1. Ruta o proceso a seguir para situaciones de uso o consumo de alcohol, tabaco y otras drogas al interior de la Institucin Educativa.

    2. Ruta o proceso a seguir para situaciones de presunta tenencia o expendio de drogas, al interior de la Institucin Educativa.

    RECUERDE:

    Nota: Remitirse al documento de rutas grficas.

    El uso, consumo, tenencia o expendio de drogas en nios, nias o adolescentes no es permitida, las cantidades admisibles son exclusivamente para adultos. Se debe propiciar la proteccin ya que las personas menores de edad se encuentran en situacin de vulnerabilidad y se debe propiciar acciones que brinden seguridad y atencin

    33

  • NORMATIVA LEGAL DE LA GUA DE PREVENCIN E INTERVENCIN EN SITUACIONES DE USO, CONSUMO, TENENCIA O EXPENDIO DE ALCOHOL, TABACO Y OTRAS DROGAS

    Para conocer qu acciones realizar al abordar este fenmeno social, debemos tener en cuenta las diferentes leyes y normativas que nos permiten accionar en situaciones de uso, consumo, tenencia o expendio de alcohol, tabaco y otras drogas. Recordemos que la Constitucin de la Repblica del Ecuador, Plan Nacional del Buen Vivir, Cdigo de la Niez y Adolescencia, Ley Orgnica Salud, Educacin Intercultural, sus Reglamentos, entre otras leyes relacionadas permitirn trabajar de manera integral y articulada con otros organismos gubernamentales, enmarcados en un mbito de derecho y proteccin a los nios, nias y adolescentes.

    CONSTITUCIN DE LA REPBLICA10.

    Art. 26.- La educacin es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un rea prioritaria de la poltica pblica y de la inversin estatal, garanta de la igualdad e inclusin social y condicin indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo.

    Art. 27.- La educacin se centrar en el ser humano y garantizar su desarrollo holstico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; ser participativa, obligatoria, intercultural, democrtica, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsar la equidad de gnero, la justicia, la solidaridad y la paz; estimular el sentido crtico, el arte y la cultura fsica, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar.

    Art. 364.- Las adicciones son un problema de salud pblica. Al Estado le corresponder desarrollar programas coordinados de informacin, prevencin y control del consumo de alcohol, tabaco y sustancias estupefacientes y psicotrpicas; as como ofrecer tratamiento y rehabilitacin a los consumidores ocasionales, habituales y

    10 CONSTITUCIN DE LA REPBLICA DEL ECUADOR. ECUADOR 2008

    CAPTULO V

    34

  • problemticos. En ningn caso se permitir su criminalizacin ni se vulnerarn sus derechos constitucionales.

    PLAN NACIONAL DEL BUEN VIVIR 2013-201711. La gua de intervencin se encuentra articulada con los objetivos y polticas propuestas en el Plan Nacional del Buen Vivir 2013-2017. A continuacin se exponen los ms relevantes, para la aplicacin de la presente gua de prevencin e intervencin.

    Objetivo 1: Consolidar el Estado democrtico y la construccin del poder popular. Poltica 1.2. Garantizar la prestacin de servicios pblicos de calidad con calidez. Poltica 1.3. Afianzar la institucionalidad del Estado democrtico para el Buen Vivir. Lineamiento e. Mejorar la coordinacin interinstitucional y fortalecer la institucionalidad, para garantizar igualdad, equidad e inclusin y erradicar la pobreza en el pas. Poltica 1.4. Mejorar la facultad reguladora y de control del Estado. Lineamiento b. Fortalecer las capacidades de las entidades e instituciones pblicas encargadas de la regulacin y control.

    Objetivo 3.- Mejorar la calidad de vida de la poblacin. Poltica 3.2. Ampliar los servicios de prevencin y promocin de la salud para mejorar las condiciones y los hbitos de vida de las personas. Lineamiento e. Prevenir y combatir el consumo de tabaco, alcohol, sustancias estupefacientes y psicotrpicas, con nfasis en las mujeres en periodo de gestacin, nias, nios y adolescentes. Poltica 3.3. Garantizar la prestacin universal y gratuita de los servicios de atencin integral en salud. Lineamiento f. Fortalecer y consolidar el primer nivel de atencin de salud como el punto de entrada al sistema nacional de salud, para que facilite y coordine el itinerario del paciente en el sistema y permita la deteccin, el diagnstico y el tratamiento temprano de las enfermedades en la red pblica integral de salud.

    LEY DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRPICAS12: Ttulo Segundo DE LA PREVENCIN

    Art. 17.- Actividades preventivas.- Las instituciones y organismos pblicos, en aplicacin de los planes y programas de prevencin del uso indebido de sustancias sujetas a fiscalizacin, desarrollarn, en las reas de su competencia o actividad, bajo

    11 SECRETARIA DE PLANIFICACIN Y DESARROLLO PLAN NACIONAL DEL BUEN VIVIR 2013-2017 12 LEY DE SUBSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRPICAS. ECUADOR 2004 35

  • la supervisin de la Secretara Ejecutiva y en coordinacin y colaboracin con las entidades y personas que estimaren del caso, las campaas tendientes a alcanzar los objetivos de esta Ley.

    Art. 18.- Educacin preventiva.- Los programas de todos los niveles y modalidades del sistema nacional de educacin incluirn enfoques y metodologas pedaggicos que desarrollen la formacin de una personalidad individual y una conciencia social orientadas a la prevencin del uso indebido de sustancias sujetas a fiscalizacin. Las autoridades del sistema educativo nacional y los directivos de los establecimientos de educacin fiscal, municipal y particular y el Magisterio en general, debern participar activamente en las campaas de prevencin.

    Art. 31.- Tratamiento de menores de edad.- Para el tratamiento de menores de edad se contar con el Juez de la Niez y la Adolescencia de la respectiva jurisdiccin. Las salas especializadas de menores de las cortes superiores y la Secretara Ejecutiva del CONSEP coordinarn sus acciones para asegurar la debida proteccin de los menores de edad.

    Art. 38.- Tenencia de sustancias sujetas a fiscalizacin.- nadie podr, sin autorizacin legal o previo despacho de receta mdica, mantener en su persona, ropas, valijas, vivienda, lugar de trabajo u otro sitio cualquier cantidad de las sustancias sujetas a fiscalizacin, ni tenerlas, en cualquier forma, para el trfico ilcito de ellas.

    LEY ORGNICA PARA LA REGULACIN Y CONTROL DEL TABACO13 Art. 1: Objeto.- La presente Ley tiene por objeto promover el derecho a la salud de los habitantes de la Repblica del Ecuador, protegindolos de las consecuencias del consumo de productos de tabaco y sus efectos nocivos.

    CDIGO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA14. Art. 1.- Finalidad.- Este Cdigo dispone sobre la proteccin integral que el Estado, la sociedad y la familia deben garantizar a todos los nios, nias y adolescentes que viven en el Ecuador, con el fin de lograr su desarrollo integral y el disfrute pleno de sus derechos, en un marco de libertad, dignidad y equidad. Para este efecto, regula el goce y ejercicio de los derechos, deberes y responsabilidades de los nios, nias y adolescentes y los medios para hacerlos efectivos, garantizarlos y protegerlos, conforme al principio del inters superior de la niez y adolescencia y a la doctrina de proteccin integral.

    Art. 8.-Corresponsabilidad del Estado, la sociedad y la familia.- Es deber del Estado, la sociedad y la familia, dentro de sus respectivos mbitos, adoptar las medidas polticas, administrativas, econmicas, legislativas, sociales y jurdicas que sean necesarias para

    13 LEY ORGNICA PARA LA REGULACIN Y CONTROL DE TABACO. ECUADOR. 2011 14 CODIGO DE LA NIEZ Y LA ADOLESCENCIA. ECUADOR 2004 36

  • la plena vigencia, ejercicio efectivo, garanta, proteccin y exigibilidad de la totalidad de los derechos de nios, nias y adolescentes. El Estado y la sociedad formularn y aplicarn polticas pblicas sociales y econmicas; y destinarn recursos econmicos suficientes, en forma estable, permanente y oportuna.

    LEY ORGNICA DE SALUD15 Art. 6: Es responsabilidad del Ministerio de Salud Pblica:

    Numeral 10. Emitir polticas y normas para regular y evitar el consumo del tabaco, bebidas alcohlicas y otras sustancias que afectan la salud;

    Art. 38. Se establece claramente como problema de salud pblica al consumo de tabaco y al consumo excesivo de bebidas alcohlicas, as como al consumo de sustancias estupefacientes y psicotrpicas, fuera del mbito teraputico.

    Art. 69: La atencin integral y el control de enfermedades no transmisibles, crnico - degenerativas, congnitas, hereditarias y de los problemas declarados prioritarios para la salud pblica, se realizar mediante la accin coordinada de todos los integrantes del Sistema Nacional de Salud y de la participacin de la poblacin en su conjunto.

    Comprender la investigacin de sus causas, magnitud e impacto sobre la salud, vigilancia epidemiolgica, promocin de hbitos y estilos de vida saludable, prevencin, recuperacin, rehabilitacin, reinsercin social de las personas afectadas y cuidados paliativos. Los integrantes del Sistema Nacional de Salud garantizarn la disponibilidad y acceso a programas y medicamentos para estas enfermedades, con nfasis en medicamentos genricos, priorizando a los grupos vulnerables.

    LEY ORGNICA DE EDUCACIN INTERCULTURAL16.

    Art. 2 Lit. j. Escuelas saludables y seguras.- El Estado garantiza, a travs de diversas instancias, que las instituciones educativas son saludables y seguras. En ellas se garantiza la universalizacin y calidad de todos los servicios bsicos y la atencin de salud integral gratuita. Art. 3 Lit. n. La garanta de acceso plural y libre a la informacin y educacin para la salud y la prevencin de enfermedades, la prevencin del uso de estupefacientes y psicotrpicos, del consumo de bebidas alcohlicas y otras substancias nocivas para la salud y desarrollo. Art. 132 Lit. q. Incentivar publicitar o permitir el consumo o distribucin de tabacos, bebidas alcohlicas, narcticas, alucingenas, o cualquier tipo de sustancias psicotrpicas o estupefacientes.

    15 LEY ORGNICA DE SALUD. ECUADOR. 2006 16 LEY DE EDUCACIN INTERCULTURAL. ECUADOR. 2011 37

  • Reglamento de la LOEI17 Autoridades Educativas. Son Atribuciones de las Autoridades Educativas (Rector, Director, Vicerrector, Inspector General, Subinspector General), todas las enunciadas en Art. 44, 45, 46, 47, en las que se destacan los literales 16, 8, 3, Art. 44.

    16. Ejecutar acciones para la seguridad de los estudiantes durante la jomada educativa que garanticen la proteccin de su integridad fsica y controlar su cumplimiento;

    Art. 45 8. Implementar el apoyo pedaggico y tutoras acadmicas para los estudiantes,

    de acuerdo con sus necesidades; Art. 46

    3. Gestionar el clima organizacional, y promover y controlar el cumplimiento de las normas de convivencia y de la disciplina en el plantel;

    Docentes. Son obligaciones de los Docentes, todas las enunciadas en el Art. 11 de la LOEI por lo que se les recuerda que: Art.11 n. Cuidar la privacidad e intimidad propias y respetar la de sus estudiantes y de los dems actores de la comunidad educativa. s. Respetar y proteger la integridad fsica, psicolgica y sexual de las y los estudiantes, y denunciar cualquier afectacin ante las autoridades judiciales y administrativas competentes. Comunidad Educativa: Obligaciones. Art. 18

    a. Propiciar la convivencia armnica y la resolucin pacfica de conflictos en la comunidad educativa.

    b. Mantener un ambiente propicio para el desarrollo de las actividades educativas, alrededor de los planteles escolares.

    e. Apoyar a los miembros de la institucin educativa en las actividades propuestas.

    Estudiantes: Art. 7 Derechos

    m. Ejercer su derecho constitucional al debido proceso, en toda accin orientada a establecer la responsabilidad de las y los estudiantes por un acto de indisciplina o violatorio de las normas de convivencia del establecimiento;

    Obligaciones: Art. 8 h. Respetar y cumplir los cdigos de convivencia armnica y promover la

    resolucin pacfica de los conflictos; Padres de Familia: Art. 13 Obligaciones.

    17 Reglamento de la LOEI 38

  • Respetar leyes, reglamentos y normas de convivencia en su relacin con las instituciones educativas;

    ACUERDO MINISTERIAL 208-13: Art. 1.- Declarar al Sistema Educativo Nacional de Educacin como libre de tabaco, alcohol, narcticos, alucingenos o cualquier tipo de sustancias psicotrpicas o estupefacientes. Art. 2.- Prohibir.- en todos los espacios de los establecimientos educativos pblicos, fiscomisionales y particulares el ingreso, tenencia, consumo, publicidad, incentivo, distribucin, o comercializacin de tabaco, alcohol, sustancias estupefacientes y psicotrpicas, sea cual fuere su cantidad.

    CDIGO ORGNICO INTEGRAL PENAL18 Captulo Segundo Garantas Y Principios Rectores Del Proceso Penal

    Artculo 4.- Dignidad humana y titularidad de derechos.- Las y los intervinientes en el proceso penal son titulares de los derechos humanos reconocidos por la Constitucin de la Repblica y los instrumentos internacionales.

    Las personas privadas de libertad conservan la titularidad de sus derechos humanos con las limitaciones propias de la privacin de libertad y sern tratadas con respeto a su dignidad como seres humanos. Se prohbe el hacinamiento.

    Artculo 5.- Principios procesales.- El derecho al debido proceso penal, sin perjuicio de otros establecidos en la Constitucin de la Repblica, los instrumentos internacionales ratificados por el Estado u otras normas jurdicas, se regir por los principios:

    2. Favorabilidad: en caso de conflicto entre dos normas de la misma materia, que contemplen sanciones diferentes para un mismo hecho, se aplicar la menos rigurosa aun cuando su promulgacin sea posterior a la infraccin.

    3. Duda a favor del reo: la o el juzgador, para dictar sentencia condenatoria, debe tener el convencimiento de la culpabilidad penal de la persona procesada, ms all de toda duda razonable.

    4. Inocencia: toda persona mantiene su estatus jurdico de inocencia y debe ser tratada como tal, mientras no se ejecutore una sentencia que determine lo contrario.

    5. Igualdad: es obligacin de las y los servidores judiciales hacer efectiva la igualdad de los intervinientes en el desarrollo de la actuacin procesal y proteger especialmente a aquellas personas que, por su condicin econmica, fsica o mental, se encuentren en circunstancias de vulnerabilidad.

    18 Cdigo Orgnico Integral Penal 2013 39

  • 7. Prohibicin de empeorar la situacin del procesado: al resolver la impugnacin de una sancin, no se podr empeorar la situacin de la persona procesada cuando esta es la nica recurrente.

    8. Prohibicin de autoincriminacin: ninguna persona podr ser obligada a declarar contra s misma en asuntos que puedan ocasionar su responsabilidad penal.

    9. Prohibicin de doble juzgamiento: ninguna persona podr ser juzgada ni penada ms de una vez por los mismos hechos. Los casos resueltos por la jurisdiccin indgena son considerados para este efecto. La aplicacin de sanciones administrativas o civiles derivadas de los mismos hechos que sean objeto de juzgamiento y sancin penal no constituye vulneracin a este principio.

    10. Intimidad: toda persona tiene derecho a su intimidad personal y familiar. No podrn hacerse registros, allanamientos, incautaciones en su domicilio, residencia o lugar de trabajo, sino en virtud de orden de la o el juzgador competente, con arreglo a las formalidades y motivos previamente definidos, salvo los casos de excepcin previstos en este Cdigo.

    Interpretacin

    Artculo 13.- Interpretacin.- Las normas de este Cdigo debern interpretarse de conformidad con las siguientes reglas:

    1. La interpretacin en materia penal se realizar en el sentido que ms se ajuste a la Constitucin de la Repblica de manera integral y a los instrumentos internacionales de derechos humanos.

    Seccin Segunda

    Delitos por la produccin o trfico ilcito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalizacin

    Artculo 219.- Produccin ilcita de sustancias catalogadas sujetas a fiscalizacin.- La persona que directa o indirectamente sin autorizacin y requisitos previstos en la normativa correspondiente:

    1. Produzca, fabrique, extraiga o prepare, sustancias estupefacientes, psicotrpicas o preparados que las contengan, ser sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez aos

    2. Produzca, fabrique o prepare precursores y qumicos especficos destinados a la elaboracin ilcita de sustancias estupefacientes y psicotrpicas o preparados que las contengan, ser sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco aos.

    Artculo 220.- Trfico ilcito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalizacin.- La persona que directa o indirectamente sin autorizacin y requisitos previstos en la normativa correspondiente:

    1. Oferte, almacene, intermedie, distribuya, venda, enve, transporte, comercialice, importe, exporte, o en general efecte trfico ilcito de sustancias estupefacientes y psicotrpicas o preparados que las contengan, en las cantidades sealadas en las

    40

  • escalas previstas en la normativa correspondiente, ser sancionada con pena privativa de libertad , segn escala a determinarse.

    2. Oferte, almacene, intermedie, distribuya, venda, enve, transporte, comercialice, importe, exporte, o en general efecte trfico ilcito de precursores qumicos o sustancias qumicas especficas, destinados para la elaboracin ilcita desustancias estupefacientes y psicotrpicas o preparados que las contengan, ser sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete aos.

    Si las sustancias estupefacientes y psicotrpicas o preparados que las contengan, se oferten, vendan, distribuyan o entreguen a nias, nios o adolescentes, se impondr el mximo de la pena aumentada en un tercio.

    La tenencia o posesin de sustancias estupefacientes o psicotrpicas para uso o consumo personal en las cantidades establecidas por la normativa correspondiente, no ser punible.

    RECUERDE:

    Conocer la normativa vigente le permitir actuar y proceder correctamente ante situaciones relacionadas con los distintos fenmenos sociales.

    41

  • GLOSARIO DE TRMINOS

    Adiccin: Segn la Organizacin Mundial de la Salud, este es un patrn de conducta de consumo de frmacos que se caracteriza por aferramiento insuperable al consumo de una sustancia, conducta de bsqueda compulsiva de la misma y gran tendencia a las recadas despus de la supresin. Este trmino se refiere al abuso de sustancias psicoactivas o drogas que interfieren de manera grave con la salud o el funcionamiento ocupacional y social del paciente, produciendo la adiccin.

    Abuso: El DSMIV define el abuso como un patrn desadaptativo de consumo de sustancias que conllevan un deterioro o malestar clnicamente significativo, expresado por uno o ms problemas asociados, durante un perodo de doce meses.

    Acompaamiento: Brindar atencin, apoyo, guardando empata correspondiente con el sujeto.

    Auto-cuidado: Conjunto de actitudes y conductas que desarrolla una persona orientada a regular aspectos internos o externos que afectan o puedan comprometer la salud y bienestar fsico y mental del individuo.

    Consumo problemtico: Se refiere a la ingesta de substancias (alcohol, tabaco, estupefacientes o psicotrpicas), que por el tiempo de uso han derivado en consumos abusivos o problemticos.

    Control Preventivo: Es el conjunto de normas tcnico-administrativas dirigido a precautelar el uso de sustancias qumicas catalogadas, medicamentos y productos que las contengan, en el sector productivo y comercial, en el marco del desarrollo sostenible.

    Dependencia: Se encuentra ligada a los consumos problemticos, es aquella situacin en la que un sujeto necesita recurrir a la sustancia con regularidad para superar los obstculos que se le imponen en su vida diaria. Se puede dar la Dependencia psquica que es cuando la droga produce una sensacin de satisfaccin y un impulso psquico y la dependencia fsica que es un estado de adaptacin en el cual se manifiesta en intensos trastornos fsicos cuando se suspende la administracin de una droga.

    Droga: La Organizacin Mundial de la Salud (OMS) define a la droga como cualquier sustancia natural o sinttica que al ser introducida en el organismo es capaz, por sus efectos en el sistema nervioso central, de alterar y/o modificar la actividad psquica, emocional y el funcionamiento del organismo. Se entiende por drogas ilcitas aquellas cuya produccin, porte, transporte y

    42

  • comercializacin est legalmente prohibida o que son usadas sin prescripcin mdica. Se distinguen segn su origen en drogas naturales (provenientes de alguna planta) o sintticas (elaboradas a partir de sustancias qumicas).

    Expendio: Que promueve, regala o fomenta el consumo de drogas.

    Microtrfico: Hace referencia a la venta de drogas a pequea escala, utilizada como una prctica de mercado para la transaccin de sustancias a nivel local y constituye el ltimo eslabn de las redes de trfico.

    Reintegracin social: Es un proceso de atencin integral que contribuye a preservar o recuperar el ejercicio de derechos y deberes de las personas dependientes de las drogas, mediante la inclusin familiar, laboral y social.

    Tratamiento: el tratamiento es la alternativa teraputica que se ofrece al usador o consumidor, la cual no necesariamente corresponder a un internamiento si no que se puede establecer en un proceso de tratamiento ambulatorio, el cual es ms recomendable para el abordaje teraputico de los usos y consumos.

    Tenencia: que tiene o posee droga