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INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL

SERGAS

EJERCICIO 2005

Tomo I

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Índice

Índice - 1

ÍNDICE

I.- ASPECTOS GENERALES ........................................................................................................1 I.1.- INFORME DE AUDITORÍA DEL SERGAS........................................................................................ 1

I.1.1.- INTRODUCCIÓN 1 I.1.2.- OBJETIVOS Y METODOLOGÍA 1 I.1.3.- ALCANCE 1

I.2.- ESTRUCTURA ORGÁNICA Y ORDENACIÓN FUNCIONAL .............................................................. 2 I.2.1.- ASPECTOS GENERALES 2 I.2.2.- ASPECTOS RELEVANTES DEL EJERCICO 2005 3

I.3.- RÉGIMEN JURÍDICO.................................................................................................................... 6 I.4.- PRESUPUESTO SANITARIO PÚBLICO ........................................................................................... 8

II.- ANÁLISIS DE LA CUENTA GENERAL ..................................................................................11 II.1.- EL PRESUPUESTO DEL SERGAS................................................................................................. 11

II.1.1.- PECULIARIDADES DEL PRESUPUESTO 11 II.1.2.- PARTICULARIDADES DEL PRESUPUESTO DE GASTOS 12 II.1.3.- FUENTES DE FINANCIACIÓN 18

II.2.- DESARROLLO DEL PRESUPUESTO............................................................................................. 22 II.2.1.- PRESUPUESTO DE GASTOS 22

II.2.1.1.- Presupuesto por Centros Gestores 22 II.2.1.2.- Modificaciones presupuestarias 25 II.2.1.3.- Presupuesto definitivo 39 II.2.1.4.- Liquidación del presupuesto 48

II.2.2.- PRESUPUESTO DE INGRESOS 60 II.2.2.1.- Informe sobre modificaciones presupuestarias 60 II.2.2.2.- Liquidación del Presupuesto 60

II.3.- OPERACIONES DE PRESUPUESTOS CERRADOS......................................................................... 67 II.3.1.- INGRESOS 67 II.3.2.- GASTOS 70

II.4.- GASTOS COMPROMETIDOS DE EJERCICIOS FUTUROS.............................................................. 71 II.5.- OBLIGACIONES PENDIENTES DE RECONOCER.......................................................................... 72 II.6.- RESULTADO PRESUPUESTARIO ................................................................................................ 79 II.7.- RESUMEN FINAL...................................................................................................................... 82

III.- ÁREAS EXTRAPRESUPUESTARIAS ....................................................................................83 III.1.- INMOVILIZADO....................................................................................................................... 83 III. 2.- TESORERÍA ............................................................................................................................ 87

IV.- INFORMACIÓN SOBRE ACTIVIDAD ..................................................................................89 IV.1.- ACTIVIDAD ASISTENCIAL........................................................................................................ 90 IV.2.- INDICADORES DE GESTIÓN .................................................................................................... 90 IV.3.- INDICADORES ECONÓMICOS ................................................................................................. 91 IV.4.- LISTA DE ESPERA.................................................................................................................... 91

V.- SEGUIMIENTO DEL CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES EFECTUADAS EN EL ANTERIOR INFORME DE FISCALIZACIÓN................................................................................93

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Índice

Índice - 2

V.- CONCLUSIONES ................................................................................................................93 VI.- RECOMENDACIONES .......................................................................................................95 TRÁMITE DE ALEGACIONES ...................................................................................................99 RÉPLICA A LAS ALEGACIONES .............................................................................................131

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Abreviaturas

Abreviaturas - 1

Referencias Normativas. ABREVIATURAS

LOSGA.- Ley de Ordenación Sanitaria de Galicia. Ley 7/2003 de 9 de diciembre.

LPGCA.- Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma. Ejercicio 2005. Ley 13/2004 de 29 de diciembre.

TRLCAP.- Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Real Decreto Legislativo 2/2000 de 16 de junio.

TRLRFPG.- Texto Refundido de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia. Decreto Legislativo 1/1999 de 7 de octubre.

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

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I.- ASPECTOS GENERALES

I.1.- INFORME DE AUDITORÍA DEL SERGAS

I.1.1.- INTRODUCCIÓN El Consello de Contas en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 6/1985, de 24 de junio, reguladora del mismo, y de acuerdo con el Plan de Trabajo aprobado, realizó el análisis y fiscalización de las cuentas del SERGAS correspondientes al ejercicio 2005, cuyo resultado se recoge en este informe y que tiene su complemento en las fiscalizaciones selectivas desarrolladas.

Como en anteriores fiscalizaciones, el trabajo se desarrolló siguiendo los Principios y Normas de Auditoría del Sector Público elaborados por la Comisión de Coordinación de los Órganos Públicos de Control Externo.

Los hechos, conclusiones y recomendaciones que se recogen en el informe se basan en las evidencias obtenidas del examen de la correspondiente documentación.

I.1.2.- OBJETIVOS Y METODOLOGÍA Los objetivos de la fiscalización están referidos fundamentalmente a:

− Comprobar la adecuación de la información presupuestaria y financiera a los principios contables que le son de aplicación.

− Verificar el cumplimiento de la legalidad vigente.

− Analizar determinados aspectos de gestión de los recursos y de los fondos públicos.

La fiscalización se llevó a cabo mediante el desarrollo de técnicas y procedimientos de auditoria, practicando aquellas pruebas sustantivas y comprobaciones consideradas necesarias en cada caso, en función de los objetivos perseguidos, sin que suponga una revisión detallada y sistemática de todas las transacciones.

I.1.3.- ALCANCE El alcance de este informe está referido al análisis de la estructura, contenido y presentación de la documentación rendida, constituida por los siguientes antecedentes:

− Cuenta General de la Administración del SERGAS.

− Cuenta de Patrimonio del SERGAS.

− Relación de acreedores de secciones presupuestarias.

− Relación de acreedores de ordenación de pagos.

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− Diario de operaciones de las oficinas contables.

− Estados mayores del ejercicio.

− Estado mayor de ejercicios anteriores.

− Estado mayor de ejercicios futuros.

La fiscalización comprendió el análisis del presupuesto del SERGAS aprobado para el ejercicio 2005 así como la liquidación rendida, tanto en lo que se refiere al ejercicio corriente como a ejercicios cerrados, la verificación de los expedientes de modificación tramitados y la determinación de obligaciones pendientes de registrar y del resultado del ejercicio. Por otra parte se analizaron las áreas de gestión extrapresupuestarias correspondientes a Tesorería e Inmovilizado, concluyendo con una información sobre la actividad asistencial del ejercicio.

I.2.- ESTRUCTURA ORGÁNICA Y ORDENACIÓN FUNCIONAL

I.2.1.- ASPECTOS GENERALES

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad define el actual sistema sanitario público, que responde a un Sistema Nacional de Salud, basado en una red pública única, formada por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas del Estado, con poderes totales en cuanto a planificación y gestión sanitarias, coordinado mediante un Consejo Interterritorial paritario-Administración Central y Comunidades Autónomas-y presidido por el Ministerio de Sanidad.

El Servicio Gallego de Salud (SERGAS), fue creado por Ley 1/1989, de 2 de enero, reformada posteriormente por la Ley 8/1991, como un organismo autónomo de carácter administrativo, dotado de personalidad jurídica propia, adscrito a la Consellería de Sanidad. Tiene por finalidad la gestión de los servicios sanitarios públicos dependientes de la Comunidad Autónoma y coordina los medios y recursos sanitarios existentes en Galicia, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Consellería de Sanidad que ejerce sobre el mismo las funciones de dirección, vigilancia y tutela.

Mediante Real Decreto 1679/1990, de 28 de diciembre, se traspasan a la Comunidad Autónoma las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud, que fueron asumidos mediante Decreto 16/1991, de 11 de enero.

La Ley 7/2003, de 9 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Galicia (LOSGA) establece los principios que inspiran el sistema sanitario en la Comunidad Autónoma. La Ley atribuye al SERGAS el gobierno, la dirección y gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad de la Administración autonómica gallega, garantizando la provisión de los servicios y prestaciones de asistencia sanitaria de cobertura pública; a tal efecto, coordinará los recursos

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humanos, materiales y financieros que tenga asignados, desarrollará los programas de docencia e investigación y ejercerá aquellas funciones que le delegue la Consellería de Sanidad.

La LOSGA, en vigor desde febrero de 2004, define una nueva ordenación territorial de la sanidad, organizada en áreas sanitarias y, dentro de su ámbito, en distritos hospitalarios y zonas de atención primaria. Las áreas sanitarias conforman la demarcación territorial básica y son equivalentes a las áreas de salud previstas en el artículo 56 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; les corresponde la gestión unitaria de los recursos sanitarios públicos de su ámbito territorial, así como de las prestaciones y programas sanitarios que se desarrollen; su ámbito geográfico se determinará por Decreto del Consello de la Xunta. Los distritos hospitalarios son el marco territorial para la prestación de la atención especializada y las zonas de atención primaria constituyen las unidades elementales donde se presta la atención primaria de salud. La Ley prevé que las áreas sanitarias podrán organizarse en dispositivos sanitarios a los que, dependiendo de éstas, se les encomiende la gestión unitaria de hospitales o complejos hospitalarios y/o la gestión integral de los recursos asistenciales de atención primaria del ámbito correspondiente.

El sistema sanitario gallego se organiza territorialmente en torno a 11 áreas sanitarias en las siguientes demarcaciones: A Coruña, Ferrol, Santiago, Lugo, Cervo, Monforte, Ourense, Pontevedra, Vigo, Salnés y Barco de Valdeorras.

Para prestar los servicios sanitarios, la red de asistencia sanitaria del SERGAS cuenta con los siguientes centros: 5 gerencias de atención primaria y 10 centros de gestión hospitalaria (hospitales y complejos hospitalarios).

La estructura orgánica con la que el SERGAS inicia el ejercicio 2005 viene establecida por el Decreto 45/2002, de 8 de febrero, que define las siguientes unidades gestoras: Consejo de Administración y Presidente como órganos superiores y la Secretaría General, División de Asistencia Sanitaria, División de Recursos Económicos, División de Recursos Humanos y División de Farmacia y Productos Sanitarios como órganos de dirección y gestión. A nivel de estructura administrativa periférica, el SERGAS se organiza en cuatro Direcciones Provinciales. La presidencia la ejerce el Conselleiro de Sanidad.

I.2.2.- ASPECTOS RELEVANTES DEL EJERCICO 2005

El ejercicio 2005 viene marcado por el cambio de gobierno como resultado de las elecciones al Parlamento de Galicia, que tuvo lugar en el ecuador del ejercicio. Mediante Decreto 231/2005, de 3 de agosto, se establece la nueva estructura orgánica del Gobierno de Galicia, y se desarrolla con el Decreto 232/2005, de 11 de agosto, la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia.

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Durante el ejercicio 2005, se promulgan diferentes disposiciones de especial incidencia en el SERGAS, y que se ordenan en torno a tres hitos básicos:

1. Regulación de órganos del sistema sanitario gallego.

2. Modificaciones de la estructura orgánica del SERGAS.

3. Creación del área sanitaria de Ferrol.

1. Se regulan diferentes órganos previstos en la LOSGA, aunque vinculados a la Consellería de Sanidad y con especial relevancia en el sistema sanitario:

− Decreto 74/2005, de 14 de abril, que determina la composición del Consejo Gallego de Salud, desarrollando mediante Orden de 20 de mayo las normas generales de su organización y funcionamiento. Se trata del principal órgano de participación comunitaria en el sistema sanitario de Galicia.

− Orden de 25 de mayo de 2005, que regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo Asesor del Sistema Sanitario de Galicia. Es un órgano no colegiado superior de consulta y asesoramiento dependiente directamente del Conselleiro de Sanidad.

− Orden de 27 de mayo de 2005, que aprueba la composición, organización y funcionamiento de las Comisiones de Participación Ciudadana. Son órganos colegiados de naturaleza consultiva a través de los que se articula la participación comunitaria en el ámbito de la áreas sanitarias.

2. La estructura orgánica del SERGAS es objeto de sucesivas modificaciones durante el ejercicio siguiendo el proceso que se indica:

− Mediante Decreto 14/2005, de 3 de febrero, se modifica y adapta la estructura a las previsiones contenidas en la LOSGA. Se define una nueva estructura conformada por órganos centrales y órganos periféricos de dirección; los primeros los integran el Consejo de Dirección y el Presidente cómo órganos superiores, y la División de Asistencia Sanitaria, División de Recursos Económicos y División de Recursos Humanos; los segundos corresponden a los directores de las áreas sanitarias. La presidencia la ejerce el Conselleiro de Sanidad.

Los aspectos más relevantes que ha supuesto la modificación que opera a través de este Decreto, se resumen en los siguientes:

• Se crean las áreas sanitarias como órganos periféricos de dirección. Se trata de una nueva fórmula organizativa que pretende integrar los procesos asistenciales de primaria y especializada bajo una dirección única. No obstante, y en tanto no se establezca la estructura de las áreas sanitarias correspondientes, se mantienen las estructuras de las direcciones provinciales.

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• Desaparece la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios trasladando sus funciones a la Consellería de Sanidad que asume la política autonómica en relación con la prestación farmacéutica.

• La Consellería de Sanidad asume las competencias sobre el diseño, mantenimiento y calidad de los sistemas y de las tecnologías de la información, integrando en su estructura la unidad de informática, que hasta ese momento dependía del SERGAS.

La Orden de 3 de febrero de 2005, modificada por la Orden de 12 de abril, establece la delegación competencial de los órganos de la nueva estructura del SERGAS.

Finalmente subrayar que se mantiene la situación de provisionalidad que la normativa precedente establecía sobre el ejercicio por las unidades del SERGAS (División de Recursos Humanos y División de Recursos Económicos) de las funciones en materia de personal y económica de la Consellería, como consecuencia de la falta de creación de las unidades precisas en esta entidad.

− Como resultado de la publicación del Decreto 232/2005 que modifica la estructura de la Xunta de Galicia, el SERGAS pasa a conformarse en los siguientes órganos superiores: Secretaría General, División de Asistencia Sanitaria, División de Recursos Económicos y División de Recursos Humanos y Desarrollo Profesional. Esta regulación no ha sido objeto de desarrollo durante el ejercicio 2005, manteniendo los centros directivos las funciones y competencias previstas en el Decreto 14/2005. No obstante, se deroga la previsión contenida en este Decreto respecto a que el Secretario del SERGAS fuera el Secretario de la Consellería de Sanidad.

3. Dando cumplimiento a las previsiones que sobre el ámbito geográfico de las áreas sanitarias contiene la LOSGA, se promulga el Decreto 15/2005, de 3 de febrero, que establece la estructura del área sanitaria de Ferrol y regula sus órganos de dirección, asesoramiento y participación. Supone el inicio de un proceso, que prevé ser progresivo, de cambio organizativo y funcional en el sistema sanitario gallego y pretende ser el vehículo de integración de la atención primaria y la atención especializada a través de una organización que gestione de forma única los dos niveles asistenciales.

La estructura orgánica con la que el SERGAS cierra el ejercicio se presenta en el siguiente organigrama:

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I.3.- RÉGIMEN JURÍDICO

En anexo al presente informe se incluye una relación sucinta de la normativa general aplicable al SERGAS, refiriéndose a continuación las normas que, con aplicación al ejercicio 2005, destacan por su incidencia.

En materia de normativa presupuestaria:

− Ley 13/2004, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el ejercicio 2005.

− Ley 14/2004, de 29 de diciembre, de medidas tributarias y de régimen administrativo.

− Decreto 61/2005, de 7 de abril, por que dicta las normas para la aplicación de las tasas y precios de la Comunidad Autónoma de Galicia.

− Orden de 14 de junio de 2004 por la que se dictan instrucciones para la elaboración de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2005.

− Orden de 29 de noviembre de 2005, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2005.

En el ámbito específico del SERGAS destacamos la publicación de las siguientes normas:

− Se aprueba la Ley 3/2005, de 7 de marzo, de modificación de la Ley 3/2001, relativa al consentimiento informado y a la historia clínica de los pacientes. Su finalidad es adaptar la Ley gallega 3/2001, de 28 de mayo, a la Ley estatal 41/2002, de 14 de noviembre, de carácter básico, que regula la autonomía del paciente y los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Modifica la definición legal de consentimiento informado y

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menciona expresamente el derecho del paciente a decidir libremente entre las opciones clínicas disponibles y su derecho a negarse al tratamiento. Esta norma define, asimismo, el denominado estado de necesidad terapéutica, entendido éste como un supuesto de restricción de la información en interés del paciente. También se introducen cambios en el régimen jurídico de la historia clínica: el más importante el referido a la nueva determinación de los datos mínimos que deben constituir el contenido de la historia clínica, entre los que destaca la necesidad de que figure en ella la identificación de los médicos y de los demás profesionales que intervienen durante el proceso asistencial. La ley especifica, además, que la elaboración de la historia clínica, en todo aquello que se refiere a la asistencia directa al paciente, será responsabilidad de los profesionales sanitarios. Y determina, en fin, que el paciente tiene el derecho de acceder a la documentación contenida en su historia clínica, derecho éste que podrá ejercer a través de representación debidamente acreditada, y siendo posible, además, en determinados supuestos tasados por la ley, el acceso a la historia clínica por parte de terceros.

− Por su especial relevancia desde la perspectiva asistencial se publica el Decreto 104/2005, de 6 de mayo, relativo a la garantía de tiempos de espera en la atención sanitaria. Su finalidad es establecer las medidas que garanticen los tiempos máximos de espera para la realización de servicios de atención sanitaria no urgentes en el SERGAS. El tiempo máximo de espera estructural para las intervenciones quirúrgicas que se establece es de 180 días naturales. El procedimiento que se establece concreta que transcurridos 140 días desde la fecha de inclusión en el registro de tiempos de garantía, el usuario puede optar por continuar en la lista de espera del centro o requerir la atención sanitaria en cualquier otro que disponga de la acreditación en la Comunidad Autónoma de Galicia.

− En materia de personal:

• Resolución de 27 de mayo de 2005 por la que se ordena la publicación del acuerdo suscrito por la Administración sanitaria y las organizaciones sindicales UGT, CSI-CSIF, CCOO y CIG, que regula las condiciones de trabajo y retributivas del nuevo modelo de atención primaria, crea puestos de trabajo de médicos de familia y diplomados de enfermería en puntos de atención continuada y revisa las cuantías de las guardias para el personal estatutario del SERGAS.

• Decreto 155/2005, de 9 de junio, sobre régimen extraordinario de reconocimiento del desarrollo profesional del personal estatutario de las categorías de licenciados sanitarios del SERGAS, previo a la implantación del régimen de desarrollo profesional a que se refiere la Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias.

• Decreto 156/2005, de 9 de junio, que modifica los decretos de atención primaria en el SERGAS, Decreto 172/1995 que aprueba el Plan de Urgencias Extrahospitalarias y Decreto 226/1996 que regula el régimen retributivo del personal de las unidades y servicios de atención primaria.

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− En facturación a terceros:

• Decreto 159/2005, de 2 de junio, por el que se establecen las tarifas de los servicios sanitarios prestados en los centros dependientes del SERGAS y en las fundaciones públicas sanitarias.

• Orden de 22 de junio de 2005 por el que se establecen las tarifas aplicables a la prestación de asistencia sociosanitaria concertada por el SERGAS.

• Orden de 21 de septiembre de 2005 por la que se fijan las tarifas máximas aplicables a la asistencia sanitaria concertada por el SERGAS y actualiza los precios de los conciertos vigentes.

− En sistemas de información:

• Orden de 11 de abril de 2005 que regula el acceso al certificado electrónico de identidad por los profesionales que intervienen en los procedimientos de prestación y gestión de servicios del sistema sanitario público gallego.

• Orden de 13 de mayo de 2005 que modifica la Orden 19 de mayo de 2003, sobre normalización del sistema de información y control de la demanda de actividad programada de hospitalización, cirugía y salas, en la red de hospitales del SERGAS.

− En aspectos organizativos, de funcionamiento y procedimentales:

• Orden de 23 de junio de 2005 que establece las medidas de estandarización, coordinación y supervisión en materia de tecnologías de la información.

• Orden de 6 de octubre de 2005 que modifica la Orden de 15 de diciembre de 2000, de creación de ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en la Consellería de Sanidad y en el SERGAS.

• Orden de 6 de octubre de 2005 que modifica las Ordenes de 2 de febrero de 2001, 17 de diciembre de 2002 y 1 de octubre de 2003, que crea y modifica ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en la Consellería de Sanidad y en el SERGAS.

I.4.- PRESUPUESTO SANITARIO PÚBLICO

La finalidad de este apartado es mostrar el nivel de recursos aprobados por la Comunidad Autónoma de Galicia para dar cobertura al dispositivo sanitario destinado a responder de los problemas de salud de sus ciudadanos en el ejercicio objeto de análisis de este informe. La C.A. dispone y ejecuta estos recursos a través de las siguientes entidades integradas en el sector público autonómico:

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− La Consellería de Sanidad.

− El Servicio Gallego de Salud.

− Las Fundaciones y Sociedades Públicas de carácter sanitario:

• Fundación Pública Hospital da Barbanza.

• Fundación Pública Hospital de O Salnés.

• Fundación Pública Hospital de Verín.

• Fundación Pública Hospital Virxe de A Xunqueira.

• Instituto Gallego de Medicina Técnica, S.A. (MEDTEC).

• Fundación Pública Instituto Gallego de Oftalmología (FINGO).

• Fundación Pública Urgencias Sanitarias de Galicia (061).

• Fundación Pública Centro de Transfusión de Galicia.

• Fundación Pública Escuela Gallega de Administración Sanitaria (FEGAS).

• Fundación Foro Permanente Gallego-Iberoamericano de la Salud.

• Fundación Pública Gallega de Medicina Genómica.

Entendemos como presupuesto sanitario público el conjunto de los recursos públicos dedicados a la producción de bienes y servicios sanitarios y de salud pública. Partiendo del presupuesto aprobado por la C.A. para el ejercicio 2005, éste se conforma mediante los presupuestos de los diferentes entes públicos referidos y que a continuación se describen:

1. El presupuesto consolidado de la Consellería de Sanidad y el SERGAS asciende a 2.827.169 miles de euros. Deducidas las transferencias internas, los presupuestos netos de ambas entidades son los que siguen:

− Presupuesto Consellería de Sanidad: 75.448.519 €

− Presupuesto SERGAS: 2.751.720.538 €

2. Los presupuestos de explotación y capital de las Fundaciones y Sociedades Públicas sanitarias alcanzan un total de 144.178 miles de euros con el siguiente detalle.

Miles de euros

Entidad Presupuesto Explotación

Presupuesto Capital

F.P.H. da Barbanza 14.163 143

F.P.H. O Salnés 14.485 133

F.P.H. Verín 9.871 162 F.P.H. Virxe da Xunqueira 11.733 175

MEDTEC 24.668 7.193

F.P. Centro Transfusión 22.327 890

FINGO 2.038 199

F. 061 29.147 288

FEGAS 3.505 450 Foro Iberoamericano 2.063 29

F.M. Genómica 512 5 Total 134.512 9.667

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La financiación de estas entidades tiene su origen, mayoritariamente, en las dotaciones del presupuesto del SERGAS que, en concepto de subvenciones o de prestación de servicios, transfiere los correspondientes recursos económicos. La información sobre la situación de estas transferencias internas es la que sigue:

− Las dotaciones iniciales en concepto de subvenciones de explotación y de capital del presupuesto del SERGAS ascienden a 99.427 miles de euros y se distribuyen conforme el siguiente detalle:

Miles de euros

Entidad Subvención Explotación

Subvención Capital

F.P.H. da Barbanza 13.194 F.P.H. O Salnés 13.589 120 F.P.H. Verín 9.603 F.P.H. Virxe da Xunqueira 11.403 MEDTEC 21.529 FINGO 1.381 F. 061 25.400 FEGAS 2.609 Foro Iberoamericano 599 Total 99.307 120

Las subvenciones de explotación que tienen como finalidad la cobertura de sus gastos de funcionamiento representan el 82% de los recursos totales de estas entidades.

− La financiación del SERGAS a las Fundaciones Centro de Transfusión y Medicina Genómica se canaliza en concepto de prestación de servicios y se percibe a través de las dotaciones presupuestarias de los diferentes centros de gestión del organismo. Respecto a la F. Centro de Transfusión estos recursos sobrepasan el 80% del total de sus ingresos y representan el 100% para la F. Medicina Genómica.

Las referencias básicas entre los presupuestos de la Consellería, SERGAS y la Xunta de Galicia se presentan en el siguiente gráfico:

El presupuesto consolidado de la Consellería y el SERGAS para el ejercicio 2005 presenta las siguientes magnitudes económicas básicas:

Sanidad

Miles de euros

Xunta 9.090.327

C. Sanidad 75.449

Sergas 2.751.721

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− El presupuesto por habitante se eleva a 1.023,5 € (1).

− Representa un 5,9 % del Producto Interior Bruto de la Comunidad (1).

El presupuesto sanitario es un elemento determinante en la composición del presupuesto de la C.A., y adquiere especial significación con el actual modelo de financiación autonómica que integra la financiación sanitaria en la totalidad de competencias traspasadas, perdiendo su antiguo carácter de financiación condicionada. Al margen de las consecuencias que pueden derivarse del sistema de financiación vigente, el incremento de recursos con destino al sistema sanitario vendrá condicionado por la capacidad para generar ingresos y/o reasignar presupuestos entre los diferentes departamentos. No sólo es una cuestión de equilibrio presupuestario sino de sostenibilidad del propio sistema sanitario.

II.- ANÁLISIS DE LA CUENTA GENERAL

II.1.- EL PRESUPUESTO DEL SERGAS

El objetivo de este apartado del informe es analizar el presupuesto aprobado del Servicio Gallego de Salud para el ejercicio 2005.

II.1.1.- PECULIARIDADES DEL PRESUPUESTO

La primera actuación para evaluar la gestión pública a través del presupuesto es identificar los objetivos que se pretenden conseguir con las diferentes asignaciones de partidas de gasto en las que se estructura el documento presupuestario, de acuerdo con las previsiones de ingresos y las posibilidades de financiación.

Un presupuesto por programas debería ser capaz de fijar y asociar recursos a objetivos; sin embargo del análisis del presupuesto de la Xunta de Galicia para 2005 en el que se integra el SERGAS, se extraen las siguientes conclusiones:

− No existe una definición de los programas de gasto que acote de forma clara sus objetivos.

− No consta una memoria de programas u objetivos que los identifique individualmente.

− No se definen indicadores orientados a la evaluación de los resultados.

Analizando la memoria del presupuesto del SERGAS, se ratifica lo señalado anteriormente, con referencias genéricas, sin que se identifiquen los recursos y actuaciones de forma explícita o se relacionen los mismos en la estructura de créditos presupuestarios.

(1) Fuente datos población y PIB: Instituto Gallego de Estadística.

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

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Con carácter recurrente, los informes del Consello de Contas establecen la limitación que al análisis de la Cuenta General supone la falta de objetivos e indicadores claros y precisos de los programas presupuestarios.

Con esta problemática presupuestaria, no exclusiva del presupuesto de la Comunidad Autónoma, la evaluación de la acción pública a través del documento presupuestario conlleva limitaciones por la dificultad que supone su deducción de un documento técnico complejo, que presenta problemas para su comprensión en términos de programas de gasto.

Adicionalmente, el sector sanitario y en particular el SERGAS, reviste una peculiaridad con respecto al resto de áreas del sector público, que se manifiesta en la existencia de un volumen importante de gasto que excede el presupuesto. Esta circunstancia afecta a la representatividad del presupuesto como instrumento de control de la actividad pública.

Derivado de esta situación, entre los elementos de análisis se introduce el concepto de gasto real, que en puridad no presenta significación desde la perspectiva presupuestaria que entiende el presupuesto como el marco jurídico y financiero al que se debe adaptar la totalidad de la actuación pública. El gasto real, que incorpora los gastos no contabilizados, se incluye como un referente en el análisis tanto para la evaluación de la suficiencia en la presupuestación como en la revisión de determinadas áreas de gestión. Los datos del gasto real se obtienen de conformidad con la metodología aplicada por este Consello y reflejada en los informes de fiscalización de la Cuenta General del SERGAS.

II.1.2.- PARTICULARIDADES DEL PRESUPUESTO DE GASTOS

El crédito inicial consignado en el presupuesto del SERGAS para el año 2005 se eleva a 2.751.721 miles de euros, un 10,5 % superior al del ejercicio precedente. Representa el 30,3% del presupuesto de la Comunidad Autónoma.

Con la limitación que ofrece el documento presupuestario como mecanismo de expresión de las directrices políticas de gasto para el ejercicio, el análisis de las cifras presupuestarias aprobadas pretende extraer las orientaciones que presiden las actuaciones que se programan abordar durante el ejercicio. El examen se desarrolla desde la perspectiva que proporcionan tanto la clasificación económica como la clasificación funcional, que sirven de orientadores básicos para dar respuesta a las preguntas de en qué y para qué se destinan los recursos públicos.

La clasificación funcional del presupuesto suministra información sobre su destino final según diferentes programas de actuación a los que se asignan las correspondientes dotaciones presupuestarias y permite comprobar el orden de prioridades en función de la dotación de cada uno. La clasificación económica del presupuesto permite conocer en qué se gasta de acuerdo a la naturaleza del gasto, desagregándolo entre sus componentes básicos, integrados por

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operaciones corrientes, de capital y financieras, incluyendo como novedad en este ejercicio la constitución de un Fondo de Contingencia.

Conforme la clasificación funcional, el SERGAS estructura su presupuesto en cuatro programas:

• 2121 Atención Primaria de Salud

• 2223 Atención Especializada

• 2591 Dirección y Servicios Generales

• 2628 Formación de Graduados y Postgraduados

Durante el proceso de ejecución del presupuesto se adiciona el programa 2400 Fondo de Investigación Sanitaria como resultado de modificaciones presupuestarias que tienen su origen en generaciones de crédito con destino a nuevas actuaciones en el ámbito de la investigación sanitaria, así como en créditos no ejecutados del ejercicio anterior que son objeto de incorporación.

Como se ha referido, el presupuesto del ejercicio 2005 presenta la novedad de la incorporación de un Fondo de Contingencia en su estructura económica. Este tiene como finalidad garantizar el equilibrio económico-financiero en previsión de las desviaciones derivadas de los gastos de funcionamiento y de farmacia. Se establece en virtud de la Ley 5/2002, de 20 de diciembre, y se dota con un importe que representa el 3,5% de los créditos iniciales de los capítulos II y IV. Se presupuesta en el capítulo V, que, por su naturaleza, no es objeto de imputación específica de gastos, ejecutándose mediante traslado de sus créditos a otros capítulos, a través de las correspondientes modificaciones presupuestarias.

Esta situación condiciona el análisis del presupuesto inicial; en particular afecta a las referencias entre los diferentes componentes de la clasificación económica, consecuencia del desconocimiento del destino final de los créditos del Fondo. No obstante, el análisis se establece sobre la premisa de que las consignaciones presupuestarias deben ajustarse a las necesidades y actuaciones previstas, actuando el Fondo como un crédito de reserva para desviaciones no presupuestadas.

El presupuesto del SERGAS para el ejercicio 2005 conforme la información que nos proporciona la clasificación funcional y orgánica, se presenta con el siguiente detalle:

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Miles de euros

Programa Importe % s/total

2121 Atención primaria de salud 1.088.562 1.557.466.1

39,56

Concepto 489 Farmacia 729.416 26,51

2223 Atención especializada 1.577.466 57,33

2591 Dirección y servicios generales 55.720 2,02

2628 Formación de graduados y postgraduados 29.973 1,09 Total 2.751.721 100,00

Miles de euros Capítulo Importe % s/total

I Gastos de personal 1.119.411 40,68

II Gastos corrientes 607.703 22,08

Art. 25 Conciertos 149.826 5,44

IV Transferencias corrientes

846.836 30,77

Concepto 489 Farmacia 729.416 26,51

V Fondo de contingencia 50.909 1,85

Operaciones corrientes 2.624.859 95,39

VI Inversiones reales 125.144 4,55

VII Transferencias de capital 1.093 0,04

Operaciones de capital 126.237 4,59

Operaciones no financieras 2.751.095 99,98

VIII Activos financieros 625 0,02

Operaciones financieras 625 0,02

Total 2.751.721 100,00

Miles de euros

Capítulo Programa

I % (1) II % (1) IV % (1) V % (1) VI % (1) VII %

(1) VIII % (1)

Total % s/total

2121 292.074 26,83 25.994 2,39 729.912 67,05 26.809 2,46 13.773 1,27 1.088.562 39,56

2223 776.372 49,22 576.623 36,55 113.656 7,20 24.100 1,53 85.363 5,41 1.093 0,07 258 0,02 1.577.466 57,33

2591 21.325 38,27 5.085 9,13 3.269 5,87 25.674 46,08 367 0,66 55.720 2,02

2628 29.639 98,89 333 1,11 29.973 1,09

Total 1.119.411 607.703 846.836 50.909 125.144 1.093 625 2.751.721 100,00

% s/total 40,68 22,08 30,77 1,85 4,55 0,04 0,02 100,00

(1) Este porcentaje representa la participación de cada capítulo en el presupuesto total de cada programa.

En función de los recursos que se asignan a cada programa se observa lo siguiente:

− Los programas de Atención Primaria y Atención Especializada (programas asistenciales) absorben el 97% del presupuesto inicial; el 3% restante se distribuye entre los programas de Dirección y Servicios Generales (2%) y Formación de Graduados y Postgraduados (1%).

− Los programas asistenciales concentran su presupuesto en operaciones corrientes (capítulos I a V) representando un 94,5% en Atención Especializada y un 98,7% en Atención Primaria, pero mientras la primera obedece a una estructura dominada por los créditos destinados a gastos de

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personal (49%) y a gastos corrientes (37%), en la segunda predomina la prestación farmacéutica (farmacia) que absorbe el 67% del total del programa.

− Se advierte la hegemonía de la Atención Especializada en la estructura del presupuesto del SERGAS concentrando el 57% de los créditos. Excluyendo los créditos destinados a farmacia, el presupuesto de Atención Primaria representa el 23% del consignado para Atención Especializada.

− Los créditos iniciales para la cobertura de los gastos de funcionamiento (capítulos I y II) de los programas asistenciales representan el 86% del presupuesto de Atención Especializada y el 29% de Atención Primaria. La relación entre los créditos destinados a gasto de personal y a gasto corriente responde al siguiente comportamiento: 57% y 43% en Atención Especializada y 92% y 8% en Atención Primaria, respectivamente.

− Estos programas asistenciales asignan para inversiones el 1% de su presupuesto en Atención Primaria y el 5% en Atención Especializada. Las inversiones se destinan básicamente a construcción y equipamiento de centros sanitarios, consignando créditos por cuantía de 9.001 miles de euros en Atención Primaria y 83.405 miles de euros en Atención Especializada.

− El programa Dirección y Servicios Generales destina el 46% de su presupuesto a inversiones, destacando el concepto de equipamiento informático que registra una cuantía de 23.361 miles de euros.

Desde la perspectiva de la clasificación económica del presupuesto se destaca lo siguiente:

− El presupuesto del SERGAS se orienta básicamente a operaciones corrientes. Los créditos con destino a gastos de personal (41%), gastos corrientes (22%) y farmacia (26%), acumulan el 89% del total del presupuesto aprobado.

− El SERGAS destina el 63% de su presupuesto a la cobertura de sus gastos de funcionamiento (capítulos I y II), correspondiendo a la asistencia sanitaria con medios ajenos (conciertos) el 9% de los mismos. La prestación concertada representa el 5% del presupuesto total del SERGAS.

− Los créditos destinados a inversiones suponen el 5% del presupuesto del SERGAS, presentando un carácter residual los destinados a transferencias de capital (0,04%).

− Los créditos de operaciones financieras, que tienen como destino atender la gestión de préstamos al personal del organismo representan un exiguo 0,02%.

La relación con el presupuesto del ejercicio anterior se corresponde con la siguiente información:

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Miles de euros

2004 2005 Variación Programa

Importe % s/total Importe %

s/total Absoluta %

2121 Atención primaria de salud 947.830 38,07 1.088.562 39,56 140.732 14,85 Concepto 489 Farmacia 635.800 25,54 729.416 26,51 93.616 14,72

2223 Atención especializada 1.462.267 58,74 1.577.466 57,33 115.199 7,88 2591 Dirección y servicios generales 51.386 2,06 55.720 2,02 4.333 8,43 2628 Formación de graduados y postgraduados 28.033 1,13 29.973 1,09 1.940 6,92 Total 2.489.516 100,00 2.751.721 100,00 262.204 10,53

Miles de euros

2004 2005 Variación Capítulo

Importe % s/total Importe %

s/total Absoluta %

I Gastos de personal 1.043.689 41,92 1.119.411 40,68 75.721 7,26 II Gastos corrientes 576.769 23,17 607.703 22,08 30.934 5,36

Art. 25 Conciertos 140.067 5,63 149.826 5,44 9.759 6,97 IV Transferencias corrientes 744.992 29,93 846.836 30,77 101.844 13,67

Concepto 489 Farmacia 635.800 25,54 729.416 26,51 93.616 14,72 V Fondo de contingencia -- -- 50.909 1,85 50.909 -- Operaciones corrientes 2.365.451 95,02 2.624.859 95,39 259.408 10,97

VI Inversiones reales 122.680 4,93 125.144 4,55 2.464 2,01 VII Transferencias de capital 510 0,02 1.093 0,04 583 114,27 Operaciones de capital 123.190 4,95 126.237 4,59 3.046 2,47 Operaciones no financieras 2.488.641 99,96 2.751.095 99,98 262.454 10,55

VIII Activos financieros 875 0,04 625 0,02 -250 -28,57 Operaciones financieras 875 0,04 625 0,02 -250 -28,57 Total 2.489.516 100,00 2.751.721 100,00 262.204 10,53

El presupuesto se incrementa un 10,5% respecto al ejercicio anterior y, desde la perspectiva que nos aporta la clasificación funcional y económica, se extraen las siguientes observaciones.

− El aumento más significativo tiene como destino la Atención Primaria (14,8%) que absorbe el 54% del total incrementado. Si deducimos el crédito destinado a farmacia, que es objeto de una importante ascensión (14,7%), el presupuesto de Atención Primaria mantiene sus referencias (15%). El resto de programas presentan unos incrementos ajustados a una banda que oscila entre el 6,9% y el 8,4%; no obstante, es preciso subrayar que la Atención Especializada absorbe el 44% del total incrementado.

− Desde la perspectiva que ofrece la clasificación económica, el incremento más notable corresponde a los créditos de operaciones corrientes, un 11%; frente a ellas se sitúa el presupuesto de inversiones que registra un 2%. Con las salvedades que se han indicado respecto de la incidencia de los créditos del Fondo de Contingencia, se aprecia una desigual distribución del incremento presupuestario entre los créditos de operaciones corrientes; su principal beneficiario es farmacia con un 14,7%, correspondiendo a los créditos con destino a gastos corrientes el 5,4% y para gastos de personal el 7,3%.

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Contrastando el presupuesto inicial aprobado con el resultado de la liquidación del ejercicio anterior, atendiendo a su doble vertiente de gasto ejecutado (obligaciones reconocidas) y gasto real, se presenta la siguiente información:

Miles de euros

Variación Capítulo

Presupuesto inicial 2005

(PI)

Liquidación presupuestaria

2004 (LP)

Gasto real 2004 (GR) (PI/LP)

(%) (PI/GR)

(%)

I Gastos de personal 1.119.411 1.064.515 1.066.116 5,16 5,00

II Gastos corrientes 607.703 608.817 637.568 -0,18 -4,68

Art.25 Conciertos 149.826 148.630 149.385 0,80 0,30

III Gastos financieros 348 348 -100,00 -100,00

IV Transferencias corrientes 846.836 773.719 842.564 9,45 0,51

Concepto 489. Farmacia 729.416 664.281 731.892 9,1 -0,34

V Fondo de contingencia 50.909 -- -- -- --

VI Inversiones reales 125.144 122.106 122.116 2,49 2,48

VII Transferencias de capital 1.093 613 613 78,30 78,30

VIII Activos financieros 625 2.034 2.034 -69,27 -69,27

Total 2.751.721 2.572.151 2.671.359 6,98 3,01

De su análisis se desprende lo siguiente:

− El presupuesto aprobado presenta un incremento de un 7% respecto del gasto ejecutado en el ejercicio anterior, que se reduce a un 3% si la referencia se establece sobre el gasto real.

− Pendiente de la aplicación del Fondo de Contingencia, el presupuesto aprobado se manifiesta inequívocamente insuficiente en relación con los créditos destinados a gastos corrientes que no alcanzan el gasto ejecutado en el ejercicio anterior, así como en los destinados a farmacia si los comparamos con el gasto real del ejercicio precedente.

− Los créditos destinados a gastos de personal se sitúan en torno al 5% respecto al gasto ejecutado y al gasto real del ejercicio anterior.

De la observación de estos datos se puede deducir una previsible inadecuación de las cuantías presupuestadas, tanto en términos de suficiencia como en términos de asignación distributiva entre los diferentes componentes.

El carácter sistemático de estos desajustes, que se han puesto de manifiesto en los ejercicios precedentes y han sido constatados en los informes de fiscalización de este Consello, induce a excluir explicaciones de carácter coyuntural, constituyendo un problema estructural que afecta a la representatividad del presupuesto inicial.

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Miles de euros

2004 2005 Variación Epígrafe

Importe % Importe % Absoluta %

301.04 Otras tasas por servicios administrativos 1.500 1.800 300 20,02

301.05 Inscripción convocatoria selección personal 80 80 0 0,00 363 Deudores varios y particulares 10.700 11.433 733 6,85 364 Deudores accidentes de tráfico 11.538 11.538 0 0,00

365 Deudores Mutuas Patronales accidentes de trabajo 8.050 10.438 2.388 29,66

366 Convenio MUFACE 568 574 6 1,14

367 Convenio ISFAS 277 286 9 3,16

368 Convenio MUGEJU 25 25 1 2,22

369 Convenio instituciones penitenciarias 742 895 154 20,72

370 Ingresos por ensayos clínicos 1 1 0 0,00

399 Ingresos diversos 1.284 1.284 0 0,00

III Tasas, precios y otros ingresos 34.764 1,40 38.354 1,39 3.591 10,33

404 Fondo de Cohesión Sanitaria -- -- 1.900 -- 1.900 --

421 Transferencias del INSALUD 1.500 -1.500 -100,00

423 Transferencias del INSS 14.300 14.300 0 0,00

424 Transferencias del ISM 34.623 34.270 -353 -1,02

450.10 Plan de Formación Continua 42.662 906 -41.756 -97,88

450.11 Participación sistema de financiación 2.272.133 2.582.111 309.978 13,64

450.14 Hidrocarburos tramo autonómico 23.514 23.984 470 2,00

460.36 Transferencias Corporaciones locales. Ayto. de Vigo 2.046 2.112 66 3,24

461.15 Transferencias Diputación de A Coruña 18.294 18.887 593 3,24

461.32 Transferencias Diputación de Ourense 12.837 13.253 416 3,24

461.36 Transferencias Diputación de Pontevedra 20.219 20.874 655 3,24

IV Transferencias corrientes 2.442.128 98,10 2.712.597 98,58 270.469 11,08

750.00 Transferencias de la CA. Fondos propios 7.000 144 -6.856 -97,94

750.06 FCI 5.000 -5.000 -100,00

VII Transferencias de capital 12.000 0,48 144 0,01 -11.856 -98,80

821 Reintegros préstamos 625 625 0 -0,01

VIII Activos financieros 625 0,03 625 0,02 0 -0,01

Total 2.489.516 100,00 2.751.721 100,00 262.204 10,53

Atendiendo a la diferente naturaleza de las fuentes de financiación, se aborda su análisis agrupándolas en bloques homogéneos según la siguiente clasificación:

− Fondos del sistema de financiación.

− Fondos de servicios sanitarios traspasados.

− Ingresos por la prestación de servicios a terceros.

− Otros.

Los fondos del sistema de financiación, que ascienden a 2.622.295 miles de euros y representan el 95% de la financiación del organismo autónomo, tienen su fundamento en la Ley 21/2001, que regula el sistema de financiación autonómico. Se encuentran integrados por las siguientes partidas:

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

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• Epígrafe 450.11. “Transferencias participación en sistema de financiación”. Es la asignación que la Xunta aplica a la financiación de la asistencia sanitaria de los servicios transferidos por el extinto INSALUD, y es consecuencia del nuevo sistema de financiación que integra la financiación sanitaria en la general de la Comunidad Autónoma. Con anterioridad constituía un bloque separado de financiación condicionada. No obstante, este nuevo modelo impone a las Comunidades Autónomas la obligación de una asignación mínima para sus servicios sanitarios, calculada en base a incrementar anualmente, en función del ITE (Ingresos Tributarios del Estado), el valor del año 1999, que se toma como año de referencia.

Su importe asciende a 2.582.111 miles de euros, representa el 94% de los recursos previstos para la financiación del organismo, y se incrementa un 13,6% respecto del ejercicio anterior.

• Epígrafe 423. “Transferencias del INSS”. Contempla la previsión de los ingresos procedentes del Fondo del Programa de Ahorro en Incapacidad Temporal. Este Fondo se establece para financiar la adopción de programas y medidas dirigidas al control del gasto relativo a la Incapacidad Temporal y a la mejora en la gestión de los servicios de asistencia sanitaria de la Seguridad Social por contingencias comunes, correspondiendo la gestión financiera de este Fondo a la Tesorería General de la Seguridad Social. Las Comunidades Autónomas participan según la población protegida y los compromisos se determinan entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia mediante Convenio donde se fija su importe definitivo.

El importe previsto asciende a 14.300 miles de euros no variando respecto al ejercicio precedente.

• Epígrafe 450.14. “Tramo autonómico Impuesto Minoristas Hidrocarburos”. Supone la aplicación, por parte de la Comunidad Autónoma, de la capacidad normativa prevista en la referida Ley 21/2001; su alcance y condiciones se regulan mediante la Ley 18/2002. Se concreta en la fijación de un incremento (tramo autonómico) en el impuesto sobre la venta minorista de determinados hidrocarburos. Los rendimientos derivados de este gravamen quedan afectados en su totalidad a la financiación de gastos de naturaleza sanitaria y medioambiental, correspondiendo a los primeros el 70%.

El importe previsto asciende a 23.984 miles de euros, representando un incremento sobre el ejercicio anterior de un 2%.

• Epígrafe 404. “Fondo de Cohesión Sanitaria”. Actúa como financiación complementaria del sistema de financiación general previsto en la Ley 21/2002 y su regulación se contiene en el Real decreto 1247/2002. Está destinado a satisfacer los costes generados por los flujos de pacientes desplazados entre los diferentes territorios autonómicos y extranjeros.

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

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Se dota por primera vez y su presupuestación indica la previsión de un saldo neto positivo por importe de 1.900 miles de euros.

Los fondos de servicios sanitarios traspasados tienen su origen en los acuerdos de transferencia de servicios sanitarios competencia de distintos organismos de la Administración del Estado (excepto del extinto INSALUD) y de las Corporaciones Locales, y que fueron objeto de transferencia a la C.A.. Su importe asciende a 89.396 miles de euros, representando un 3% de los recursos del sistema. Está integrado por las siguientes partidas:

• Epígrafe 424. Instituto Social de la Marina (ISM).

• Epígrafe 460.36. Ayuntamiento de Vigo.

• Epígrafe 461.15. Diputación de A Coruña.

• Epígrafe 461.32. Diputación de Ourense.

• Epígrafe 461.36. Diputación de Pontevedra.

La estimación presupuestaria de las transferencias de corporaciones locales se incrementa un lineal 3,2% respecto del ejercicio anterior y los fondos previstos del ISM se reducen en un 1%.

Los ingresos por la prestación de servicios a terceros se corresponden con aquellos ingresos ordinarios o extraordinarios que legalmente o convencionalmente está autorizado a percibir el organismo autónomo, en particular los procedentes de prestación de servicios sanitarios cuando existan terceros obligados al pago y los procedentes de acuerdos con entidades aseguradoras de asistencia sanitaria y con otras comunidades autónomas.

Constituyen las partidas que conforman el capítulo III y representan la principal fuente de ingresos propios del organismo sobre la que puede ejercitar plenamente su capacidad de gestión. No obstante, su peso en el conjunto de fuentes de financiación es muy reducido, representando un escaso 1,4%. El importe previsto para el presente ejercicio asciende a 38.354 miles de euros, con un incremento respecto del año anterior de un 10,3%.

Otros. Comprenden aquellos recursos de escasa relevancia como fuentes de financiación del organismo autónomo y que en su conjunto suponen 1.675 miles de euros:

• Epígrafe 450.10. “Plan de Formación Continua”. Corresponde a la asignación del plan de formación continua destinado al personal estatutario del SERGAS. Su cuantía se ha reducido respecto del ejercicio anterior en un 98%.

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• Epígrafe 750.00. “Transferencias CCAA fondos propios”. Su destino es la financiación de proyectos de investigación a través del sistema de becas procedentes básicamente de la Consellería de Industria.

• Epígrafe 821. “Reintegro de préstamos concedidos a largo plazo”. Son ingresos procedentes de la devolución de los préstamos que el SERGAS concede a su personal.

Finalmente cabe reseñar que el presupuesto del ejercicio no prevé ingresos procedentes del Fondo de Compensación Interterritorial.

II.2.- DESARROLLO DEL PRESUPUESTO

En este apartado se evalúa el proceso de ejecución presupuestaria y su liquidación a través del análisis de la Cuenta General del SERGAS rendida por la Intervención General.

II.2.1.- PRESUPUESTO DE GASTOS

II.2.1.1.- PRESUPUESTO POR CENTROS GESTORES

El SERGAS ejecuta su presupuesto a través de los diferentes órganos en que se estructura y ateniéndonos a la información que proporciona la clasificación orgánica, se distinguen los siguientes:

− Dirección y Servicios Generales (Centro 5001) - Integra los órganos que definen las directrices y ejecutan la política sanitaria del organismo. Entre las actuaciones de ejecución directa, con implicación presupuestaria, debemos destacar los programas de inversiones, donde sobresalen los relativos a obras, instalaciones y equipamientos, así como los relacionados con los sistemas de información del organismo.

− Direcciones Provinciales.- Son órganos periféricos de descentralización administrativa que ejercen sus funciones en el ámbito territorial correspondiente. Destacan entre sus funciones la ejecución de los créditos de la prestación farmacéutica extrahospitalaria y los conciertos suscritos con distintos centros y servicios no pertenecientes a la red sanitaria pública.

• D.P. A Coruña (1597)

• D.P. Lugo (2797)

• D.P. Ourense (3297)

• D.P. Pontevedra (3697)

− Centros de gestión - Son los centros asistenciales, tanto de atención primaria como de especializada, que disponen de presupuesto de gasto diferenciado y competencias propias para

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atender sus finalidades. Se corresponden con las gerencias de atención primaria y los centros hospitalarios conforme el siguiente detalle:

− Gerencias de Atención Primaria

• X.A.P Área A Coruña (1507)

• X.A.P. Área Ferrol (1508)

• X.A.P. Área Santiago (1509)

• X.A.P. Lugo (2703)

• X.A.P. Ourense (3206)

• X.A.P. Área Vigo (3606)

• X.A.P. Área Pontevedra (3612)

− Centros Hospitalarios

• C.H.U. Juan Canalejo (1501)

• C.H. Arquitecto Marcide (1505)

• C.H.U. de Santiago (1571)

• C.H. Xeral Calde (2701)

• H. da Costa (2706)

• H.C. Monforte (2707)

• C.H. Ourense (3201)

• H.C. Valdeorras ( 3204)

• C.H.U. de Vigo (3601) (2)

• C.H. de Pontevedra (3603)

El Decreto 14/2005, de 3 de febrero, modifica la estructura orgánica del SERGAS creando las “Áreas Sanitarias” como órganos periféricos de dirección que integran todos los centros asistenciales del SERGAS en su ámbito territorial. En su disposición transitoria mantiene las estructuras de las Direcciones Provinciales, en tanto no se establezcan las áreas sanitarias correspondientes.

El Decreto 47/2005, de 3 de febrero, establece la estructura del área sanitaria de Ferrol, integrando en la misma la gestión y los recursos de los siguientes centros:

• X.A.P. Área Ferrol (1508)

• C.H. Arquitecto Marcide (1505)

(2) Engloba los centros 3601 (C.H. Xeral Cíes), 3611 (H. Meixoeiro) y 3649 (H. Nicolás Peña) que eran centros de gestión con presupuesto diferenciado y gestión independiente en el ejercicio 2004. Para la elaboración de este informe, en particular para la comparativa interanual, se han englobado los datos relativos a los referidos centros en el 3601 (C.H.U. de Vigo).

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Estas modificaciones no han afectado a la clasificación orgánica del presupuesto. No se ha realizado ningún tipo de integración de créditos y consiguientemente estos se han ejecutado conforme a la estructura definida en el presupuesto inicial aprobado. Es necesario precisar asimismo que en virtud de los Decretos 231/2005 y 232/2005, por Resolución de fecha 2 de septiembre de 2005 de la Consellería de Economía y Hacienda, se fijan, a efectos presupuestarios, los nuevos códigos de la clasificación orgánica de los distintos departamentos de la Xunta; al SERGAS se le asigna el 59.80 que sustituye al 11.50 que tenía atribuido hasta entonces.

Los siguientes cuadros reflejan la distribución del presupuesto entre los diferentes centros gestores del SERGAS, con la referencia comparativa respecto del ejercicio precedente:

Créditos iniciales gastos. Análisis comparativo

Miles de euros

2004 2005 Variación Centro

Importe % Importe % Absoluta %

1501 C.H.U.Juan Canalejo 241.480 9,70 258.220 9,38 16.740 6,93

1505 C.H. Arquitecto Marcide 64.216 2,58 68.265 2,48 4.049 6,31

1507 X.A.P. Área A Coruña 51.970 2,09 55.644 2,02 3.674 7,07

1508 X.A.P. Área Ferrol 23.376 0,94 24.909 0,91 1.533 6,56

1509 X.A.P. Área Santiago 39.580 1,59 41.881 1,52 2.301 5,81

1571 C.H.U. de Santiago 224.525 9,02 238.732 8,68 14.208 6,33

1597 D.P. A Coruña 314.983 12,65 354.092 12,87 39.109 12,42

2701 C.H. Xeral-Calde 103.430 4,15 110.442 4,01 7.012 6,78

2703 X.A.P. Lugo 47.425 1,90 51.534 1,87 4.110 8,67

2706 H. da Costa 25.653 1,03 27.703 1,01 2.050 7,99

2707 H.C. de Monforte 20.483 0,82 21.980 0,80 1.498 7,31

2797 D.P. Lugo 116.337 4,67 130.936 4,76 14.599 12,55

3201 C.H. de Ourense 140.468 5,64 148.956 5,41 8.488 6,04

3204 H.C. de Valdeorras 17.645 0,71 18.718 0,68 1.073 6,08

3206 X.A.P. Ourense 43.166 1,73 45.305 1,65 2.139 4,96

3297 D.P. Ourense 114.363 4,59 128.008 4,65 13.645 11,93

3601 C.H.U. de Vigo 215.514 8,66 231.233 8,40 15.719 7,29

3603 C.H. de Pontevedra 114.329 4,59 121.462 4,41 7.134 6,24

3606 X.A.P. Área Vigo 56.399 2,27 60.520 2,20 4.122 7,31

3612 X.A.P. Área Pontevedra 40.205 1,61 41.948 1,52 1.744 4,34

3697 D.P. Pontevedra 299.160 12,02 338.003 12,28 38.843 12,98

5001 Servicios Centrales 174.810 7,02 233.226 8,48 58.415 33,42

Total 2.489.516 100,00 2.751.721 100,00 262.204 10,53

Miles de euros

2004 2005 Variación Tipo de centro

Importe % Importe % Absoluta %

Centros hospitalarios 1.167.743 46,91 1.245.713 45,27 77.970 6,68 Centros de atención primaria 302.120 12,14 321.742 11,69 19.623 6,49 Direcciones provinciales 844.843 33,94 951.040 34,56 106.196 12,57 Servicios Centrales 174.810 7,02 233.226 8,48 58.415 33,42 Total 2.489.516 100,00 2.751.721 100,00 262.204 10,53

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De la información contenida en los cuadros se desprende lo siguiente:

− Los centros hospitalarios gestionan el mayor volumen de recursos del SERGAS, alcanzando el 45% del total. Las Direcciones Provinciales, con un 35%, presentan una cualificada condición de gestor presupuestario dentro del sistema como consecuencia de la gestión de los créditos de la prestación farmacéutica extrahospitalaria y de la actividad concertada.

− Analizando la variación interanual se aprecia que los créditos de los centros sanitarios (hospitales y centros de atención primaria) presentan un incremento entorno al 6,5% frente a los centros administrativos (direcciones provinciales y servicios centrales) que se sitúan en un 13% y un 33%, respectivamente. Esta descompensación a favor de los centros administrativos responde al efecto del incremento del presupuesto de farmacia que afecta a las Direcciones Provinciales, y al efecto de la inclusión del crédito del Fondo de Contingencia entre los créditos del ámbito de gestión de los Servicios Centrales.

− En relación con el presupuesto anterior, los centros asistenciales pierden representatividad en beneficio de los centros administrativos en 2 puntos, lo que se justifica por el efecto del Fondo de Contingencia.

− La distribución del incremento presupuestario en los centros asistenciales se sitúa dentro de un margen del 6% (C.H. Ourense) y 8% (H. da Costa) para los centros hospitalarios, y un 4% (X.A.P. de Pontevedra) y 7% (X.A.P. Área Vigo) para los centros de atención primaria.

El instrumento de relación con los centros es el contrato-programa que vincula la actividad al presupuesto asignado a cada centro.

II.2.1.2.- MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

Las modificaciones presupuestarias son variaciones autorizadas de los créditos aprobados, que exigen excepcionar determinadas limitaciones que impone la clasificación económica del presupuesto, en particular en sus aspectos de especificidad cuantitativa y cualitativa que obliga a limitar los gastos a las cuantías y finalidades que definen la desagregación de los créditos al nivel de vinculación establecido.

La normativa presupuestaria, además de definir los distintos tipos de modificación y enumerar las posibilidades y limitaciones de utilización de cada uno de ellos, establece la competencia para su autorización.

El uso excesivo de las modificaciones presupuestarias, y especialmente aquellas operaciones que suponen una reasignación de créditos, puede afectar a la credibilidad del presupuesto aprobado,

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perjudicando el objetivo primario del documento presupuestario de imponer una disciplina en la gestión del gasto por medio de la configuración y estructuración de sus créditos.

II.2.1.2.1.- ANÁLISIS GENERAL

El importe neto de las modificaciones presupuestarias contabilizadas en el ejercicio 2005 asciende a 333.159 miles de euros, conforme el detalle que se refleja a continuación:

Miles de euros

Tipo de modificación Nº expedientes Importe

Suplementos de crédito 1 4.601

Ampliaciones de crédito 35 383.446

Transferencias de crédito 118 +/- 64.681

Incorporaciones de crédito 3 135

Generaciones de crédito 57 36.894

Bajas de crédito 26 - 91.917

Total 240 333.159

Utilizando la documentación aportada en la Cuenta General se han confeccionado cuadros sobre las modificaciones presupuestarias, que se presentan en el anexo VIII.1, atendiendo a las modalidades y tipos modificativos, analizando su variación y comparativa interanual, su distribución respecto de la clasificación orgánica, económica y funcional y detallando asimismo la evolución temporal de los expedientes de modificación. Del análisis cuantitativo que se deduce de esta información se extrae lo siguiente:

− Como resultado de las modificaciones presupuestarias el presupuesto inicial se ha incrementado un 12%.

− Las modificaciones han aumentado un 6% en número de expedientes. En relación con su importe destaca el considerable incremento que registran las ampliaciones de crédito, cerca del 400%, frente a las incorporaciones y generaciones de crédito que presentan una reducción respecto al ejercicio anterior.

− La repercusión de las modificaciones en la estructura funcional ha significado que los programas de atención primaria y especializada hayan visto ampliados sus créditos iniciales en un 13,9% y 11,7%, respectivamente.

− En cuanto a la estructura económica del presupuesto las modificaciones presupuestarias han originado que los créditos destinados a gastos corrientes (capítulo II) y a transferencias corrientes (capítulo IV, donde se integra la farmacia) experimenten incrementos significativos sobre sus consignaciones iniciales que alcanzan el 29,4% y 21,3%, respectivamente. Frente a ellos el presupuesto con destino a gastos de personal presenta un incremento del 1,8%; no obstante se aprecia entre sus componentes, que el presupuesto de “personal laboral” duplica el consignado

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inicialmente frente a “personal funcionario” y “cuotas de la seguridad social” que reducen sus consignaciones iniciales en un 5,8% y 3,4%, respectivamente.

− Desde la perspectiva orgánica la incidencia más significativa se manifiesta en el elevado incremento del presupuesto de las Direcciones Provinciales, por efecto del crecimiento de los créditos destinados a farmacia. Por otra parte, Servicios Centrales reduce su presupuesto inicial, posicionándose como centro netamente financiador de modificaciones presupuestarias.

− En su ejecución temporal, como viene siendo habitual en ejercicios anteriores, destaca el mes de diciembre sobre el resto del año tanto por el número de expedientes tramitados como por su importe.

II.2.1.2.2.- ANÁLISIS DE LOS EXPEDIENTES DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

En este apartado se revisan los expedientes de modificación, atendiendo a su tipología, con el objeto de aplicar un control de legalidad y evaluar su régimen financiero mediante el análisis de su destino y sus fuentes de financiación.

El control de legalidad se ha efectuado mediante las siguientes comprobaciones:

a) Que los órganos que han adoptado los acuerdos, dictado los actos, e impulsado los expedientes, tienen atribuida la competencia para ello.

b) La suficiencia e integridad en la documentación de los expedientes.

c) El cumplimiento de los requisitos y limitaciones recogidos en las normas de aplicación.

Los trabajos de auditoria se han efectuado sobre una muestra de expedientes seleccionada mediante el método aleatorio simple, salvo en caso de los suplementos e incorporaciones en que se ha analizado la totalidad, conforme el siguiente detalle:

Nº de expedientes Importes (en €) Tipo de modificación

Totales Muestreados

Tamaño muestra

expedientes (%) Totales Muestreados

Tamaño muestra importes

(%)

Redistribuciones 30 12 40,00 13.234.019 2.892.546 21,86

Suplementos de crédito 1 1 100,00 4.601.381 4.601.381 100,00

Ampliaciones de crédito 35 18 51,43 383.445.576 277.444.349 72,36

Transferencias de crédito 118 53 44,92 64.680.795 37.792.076 58,43

Incorporaciones de crédito 3 3 100,00 135.455 135.455 100,00

Generaciones de crédito 57 23 40,35 36.893.545 19.376.988 52,52

Total 244 110 45,08 502.990.771 342.242.795 68,04

Del análisis de los expedientes de la muestra se desprende, salvo las observaciones que se indican en los apartados correspondientes, su general corrección y regularidad normativa.

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Suplementos de crédito

Modalidad de modificación presupuestaria que se aplica cuando es preciso realizar con cargo al presupuesto algún gasto que no puede demorarse hasta el ejercicio siguiente y para el que la dotación existente es insuficiente, y además no puede financiarse mediante transferencias de otras partidas del presupuesto.

Regulación: Art. 62 del TRLRFPG.

Control de legalidad y régimen financiero

En el ejercicio 2005 se aprobó un expediente por importe de 4.601 miles de euros. Su finalidad es básicamente atender las insuficiencias de crédito del centro 1571 (C.H.U. de Santiago) para el pago de la nómina del mes de diciembre, destinando con carácter residual 27 euros para el centro 1505 (C.H. Arquitecto Marcide – Área Sanitaria de Ferrol) para productividad del personal estatutario. La financiación tiene su origen en bajas de crédito, destacando el subconcepto 160.00 (cuotas de la seguridad social) que alcanza el 80%.

El expediente no presenta un estudio económico que evalúe la situación que demanda la exigencia de la modificación propuesta, resolviéndose este aspecto mediante una remisión genérica a la insuficiencia detectada. A este respecto conviene precisar que la práctica totalidad del suplemento tiene como destino el C.H.U de Santiago, y al verificar los datos contables de la aplicación presupuestaria objeto de destino del expediente, se constata que el importe de las obligaciones reconocidas al final del ejercicio fiscalizado es inferior al del respectivo crédito inicial, cuestionando la necesidad del expediente en las cuantías establecidas.

Ampliaciones de crédito

Son ampliables aquellos créditos en los que la cuantía máxima de la autorización presupuestaria es modificable. Mediante operaciones de ampliación, las cifras del presupuesto se modifican contablemente, aunque, en rigor, no se altera el mandato del legislativo sino que éste se concreta cuantitativamente en la ejecución del presupuesto.

El que una partida presupuestaria tenga carácter ampliable no quiere decir que los importes recogidos en la misma con carácter inicial se deban alejar de lo que sería previsible.

Regulación

− La regulación legal de este tipo de modificación presupuestaria prevista en el artículo 64 del TRLRFPG que establece una relación de créditos considerados ampliables que se completa con la determinada, con carácter excepcional, en el artículo 7 de la LPGCA para 2005.

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− La LPGCA para 2005 presenta como novedad (art. 7 apartado 2) la autorización para financiar ampliaciones de crédito mediante bajas en otros conceptos presupuestarios. Esta será la operativa aplicada para la financiación de créditos ampliables por otras partidas del presupuesto del SERGAS, suponiendo una mejora importante respecto del procedimiento empleado en ejercicios anteriores basado en practicar retenciones de crédito de no disponibilidad que no disminuían el importe de los créditos definitivos, provocando una deficiencia informativa que se ha puesto de manifiesto en anteriores informes de este Consello.

− Es preciso destacar que mediante esta modalidad de ampliaciones de crédito se instrumentalizan modificaciones presupuestarias que presentan características especiales, que excepcionan las limitaciones que la normativa presupuestaria impone a los créditos a los que afectan. La habilitación legal se establece en la LPGCA para el ejercicio 2005, y se corresponde con los siguientes supuestos:

• Art. 5. o). Modificaciones para adecuar los créditos afectados por transferencias finalistas.

• Art. 5. p). Variaciones que reflejen las modificaciones de los créditos que figuran en el estado de transferencias entre subsectores de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma.

• Art. 5. q). Adaptaciones técnicas y transferencias de crédito que procedan como consecuencia de reorganizaciones administrativas.

Este tipo de modificaciones permite incrementar los créditos del presupuesto del SERGAS mediante la aplicación de recursos externos canalizados a través de la Consellería de Sanidad.

Control de legalidad

Examinados los expedientes de la muestra, se ponen de manifiesto las siguientes observaciones:

− En el expediente AM-11-50-001-05, se advierte la existencia de documentación incompleta, en particular no se incluye el acuerdo de distribución de la “mesa de pluses” justificativa de la modificación y reseñada en el expediente, y no consta informe de la Intervención Delegada.

− En los documentos de gestión presupuestaria referidos en el artículo 3 de la Orden de 27 de julio de 2000, sobre desarrollo de la gestión presupuestaria y contabilización de los ingresos procedentes de transferencias corrientes y de capital, no figuran cumplimentados los datos relativos a la anotación en cuenta.

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− La memoria de los expedientes no contiene un estudio económico que evalúe, justifique y cuantifique con detalle las insuficiencias de crédito en las partidas afectadas por las ampliaciones de crédito.

Régimen financiero

Por su especial significación, se presentan en el anexo VIII.1.2. cuadros informativos sobre el régimen financiero de las ampliaciones de crédito, donde se detallan las fuentes de financiación, con expresión de las partidas financiadas y de las financiadoras. Del análisis de esta información se extraen las siguientes observaciones:

− El importe de las ampliaciones de crédito ascendió a 383.446 miles de euros.

− El crédito ampliado se destina en su práctica totalidad a la cobertura de operaciones corrientes, destacando significativamente los conceptos de “personal laboral eventual” en el capítulo I (15,5%), “suministros” en el capítulo II (36,2%) y farmacia en el capítulo IV (44,0%).

− La financiación tuvo su origen en la reasignación de créditos del presupuesto del SERGAS por importe de 78.027 miles de euros, ejecutada mediante bajas de créditos, y en la aplicación de recursos externos por importe de 305.419 miles de euros canalizadas a través de la Consellería de Sanidad. Estos recursos externos proceden del presupuesto de la Comunidad Autónoma y tienen su origen básicamente en transferencias de la sección 23 “Programa de imprevistos” (97.249 miles de euros), en anticipos de liquidación de tributos cedidos y fondo de suficiencia (109.570 miles de euros) y en mayores recursos respecto a la previsión inicial de ingresos en los capítulos I y II (96.811 miles de euros).

Por último cabe reseñar que como resultado de las modificaciones en las estructuras orgánicas de la Consellería de Sanidad y del SERGAS consecuencia de los Decretos 13 y 14/2005, de 3 de febrero, se ha ejecutado una ampliación con destino a créditos del capítulo VI por importe de 81 miles de euros correspondientes a proyectos de atención sociosanitaria que pasan a gestionarse en el ámbito del SERGAS.

Transferencias de crédito

Supone un cambio en el destino o finalidad de un crédito, cuya dotación se asigna a otro diferente.

Regulación: Art. 66, 67 y 68 del TRLRFPG.

Control de legalidad

Se realizó sobre la totalidad de los expedientes la verificación del cumplimiento de las limitaciones establecidas en el art. 8, apartados uno, dos, tres y seis de la LPGCA, no

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observándose ninguna incidencia al respecto. Del control efectuado sobre la muestra se destacan las siguientes observaciones:

− La memoria de los expedientes no presenta un análisis cuantitativo pormenorizado, o, en su caso, no incorpora un estudio económico que evalúe y justifique las insuficiencias que se pretenden financiar con la transferencia y las economías que se estiman en las partidas financiadoras.

− Los informes emitidos por la Intervención Delegada no hacen constar la adecuación de los créditos que se pretenden minorar de conformidad con lo previsto en el artículo 8, siete, b) de la LPGCA.

− Se advierte la existencia de expedientes con documentación incompleta:

• En el expediente TR-11-50-035-05 no consta la documentación justificativa de la obligación de pago de intereses a la empresa.

• El expediente TR-59-80-099-05 no incorpora el contrato y 1ª addenda que justifica la transferencia.

• En los expedientes TR-11-50-009/ 27/ 32/ 54/ 73/ 80/ 115 –05, tramitados para dotar crédito con destino al abono de productividad a personal especialista sanitario perteneciente a la red hospitalaria del SERGAS y que realiza su actividad en Fundaciones Públicas Sanitarias y MEDTEC, no consta certificación nominativa de perceptores e importes expedida por el centro donde desarrolló la actividad y que da lugar a la percepción de este complemento. En la misma circunstancia se encuentra el TR-59-80-117-05 que tiene como finalidad el abono de la productividad del personal no directivo de la X.A.P. de Ferrol.

− En la práctica totalidad de los expedientes no se cumplimenta en los RCt el apartado del asiento contable correspondiente a Intervención Delegada y Servicio de Contabilidad.

Régimen financiero

En el ejercicio fiscalizado se tramitaron transferencias de crédito entre distintos epígrafes del presupuesto de gastos por importe de 64.681 miles de euros. En el anexo VIII.1.3. se detalla su distribución atendiendo a la clasificación económica y funcional. El efecto neto de las transferencias sobre el crédito inicial ha sido el siguiente:

− Los créditos destinados a operaciones corrientes se han incrementado en 3.059 miles de euros en detrimento de los destinados a operaciones de capital y financieras.

− El programa de Atención Especializada ha incrementado sus créditos en 11.531 miles de euros en menoscabo del resto de programas; la Atención Primaria ha visto reducidos sus créditos en 10.417 miles de euros.

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Redistribuciones de crédito

Se corresponde con una particular transferencia de crédito que afecta únicamente a la clasificación orgánica y que se efectúa entre centros de gestión del SERGAS. A estas modificaciones no le son aplicables las limitaciones previstas en el art. 68 del TRLRFP.

Regulación: Art. 8, apartado cinco de la LPGCA.

Control de legalidad y régimen financiero

Al no formalizarse como una transferencia y carecer de una regulación sobre el contenido de la documentación justificativa, el expediente está integrado por una escueta y estandarizada memoria, una resolución de autorización y los correspondientes documentos contables RC. Esta limitación normativa no debería privar de incorporar justificaciones específicas con los correspondientes estudios económicos o de indicación sobre posibles afectaciones a los objetivos y programas, de forma similar a una modificación de crédito. No obstante, además de lo indicado, no se han observado en la muestra incidencias que reseñar.

El importe de las redistribuciones de crédito ha ascendido a 13.203 miles de euros, destacando los siguientes aspectos:

− El centro 5001 “Servicios Centrales” se comporta como centro exclusivamente financiador, y sus créditos han soportado el 62,5 % del total de operaciones de redistribución.

− En relación con su efecto neto sobresalen con saldos netos positivos los centros 3601 C.H.U. de Vigo y 3603 C.H. de Pontevedra que absorben el 23,1% y 24%, respectivamente, del total; con saldos netos negativos, además del centro 5001 Servicios Centrales, destaca el 1501 C.H.U. Juan Canalejo con una incidencia del 5,8% sobre el total de redistribuciones.

Incorporaciones de crédito

Suponen la traslación de remanentes de crédito del ejercicio anterior al actual. La normativa presupuestaria reconoce la posibilidad de incorporación de los remanentes de determinados créditos, siendo especialmente significativos los que proceden de fondos o subvenciones finalistas, tanto de la Unión Europea como del Estado.

Regulación: Art. 71 del TRLRFPG

Control de legalidad y régimen financiero

El importe de las incorporaciones de crédito ascendió a 135 miles de euros y su origen son remanentes de créditos correspondientes a fondos de la Administración del Estado y de la Unión Europea en la proporción del 56% y 44%, respectivamente.

En el ejercicio 2005 se aprobaron tres expedientes de incorporación de crédito. Del análisis de los mismos se extraen las siguientes observaciones:

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

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− En los dos expedientes que incorporan fondos recibidos de la Administración del Estado, no se justifican en la memoria los motivos de la inejecución presupuestaria, en el ejercicio anterior al fiscalizado, de los créditos objeto de incorporación.

− En el expediente que incorpora fondos recibidos de la Unión Europea para financiar proyectos incluidos en el programa operativo FEDER-MAC 2000-2006, el importe de los remanentes incorporados corresponde a la situación de los créditos a 31.12.2002, sin que por parte del SERGAS se hubiesen tramitado los correspondientes expedientes de incorporación en el presupuesto de los ejercicios 2003 y 2004.

Generaciones de crédito

Son las que se producen como consecuencia de la recaudación de recursos derivados de una serie de operaciones contempladas en la normativa que las regula. Tienen su origen en ingresos no previstos en el presupuesto.

Regulación: Art. 69 del TRLRFPG.

Control de legalidad y régimen financiero

El importe de los créditos generados ascendió a 36.894 miles de euros. Sin observaciones reseñables en el control de legalidad en los expedientes de la muestra, el análisis de su régimen financiero se ha centrado en la revisión de sus fuentes de financiación, elaborándose a tal efecto el siguiente cuadro que las ordena en función de su tipología y las referencia con los importes del ejercicio anterior en aquellas dotaciones que presentan carácter recurrente:

Miles de euros

Fuente 2005 2004

1. Subvenciones finalistas Unión Europea 827 Administración Estado 1.854 1.540 Comunidad Autónoma 483 485

2. Mayores ingresos s/ previstos Fondo Cohesión Sanitaria 107 Convenio INSS gestión IT 4.527 7.060 ISM 3.058 1.033 Tasas administrativas 847 727 Ensayos clínicos 63 67

3. Específicas Reíntegro TGSS 1.639 Convenio Diputación A Coruña 9.487 Convenio Diputación Lugo 8.370

4. Otras fuentes Reembolso de préstamos 1.066 1.226 Reintegro de centros 602 360 Compensación pólizas seguros 3.862 555 Donaciones 102 9

36.894

Por su significación se han examinado las dotaciones que presentan novedad con respecto al ejercicio anterior, deduciéndose lo siguiente:

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− Subvención Unión Europea

Se corresponde con dos proyectos de gestión conjunta con la región norte de Portugal para actuaciones de cooperación sanitaria transfronteriza.

− Fondo de Cohesión Sanitaria

El Fondo de Cohesión Sanitaria, regulado por Real decreto 1247/2002, de 3 de diciembre, se configura como un fondo adicional previsto en el nuevo sistema de financiación (art. 4. c) de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre), con la finalidad de compensar a las Comunidades Autónomas por la asistencia a desplazados de otros territorios, tanto nacionales como extranjeros.

La generación de crédito se fundamenta en la acreditación de ingresos superiores a los previstos en el presupuesto inicial. Revisado el expediente XC-59-80-053-05 se advierte la adición de ingresos procedentes de la asignación del Fondo de Cohesión Sanitaria (FCS) con ingresos derivados de políticas de cohesión sanitaria enmarcadas en la Ley 16/2003, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. El importe generado es el resultado de la diferencia entre el importe consignado en el presupuesto inicial en concepto de FCS que asciende a 1.900.000 € y los ingresos procedentes de la distribución del FCS correspondiente al ejercicio 2004 y liquidado en el ejercicio 2005 por cuantía de 1.146.513 €, y los ingresos percibidos como subvenciones finalistas derivados de políticas de cohesión sanitaria por importe de 860.637 €, destinadas a programas de actuación sobre el tabaquismo (361.940 €), bioseguridad (253.297 €) y diabetes (245.400 €). El importe generado que asciende a 107.150 € se destina a dotar el epígrafe 221.16 de diferentes centros para actuaciones del programa de bioseguridad.

La adición de ingresos derivados de diferentes fuentes distorsiona la información presupuestaria sobre el resultado de la ejecución del FCS y conlleva el inadecuado registro y seguimiento de la ejecución presupuestaria de las subvenciones finalistas correspondientes a las políticas de cohesión sanitaria.

Contrastada la documentación del expediente de generación de crédito con la liquidación del presupuesto de ingresos del FCS se advierte que, aislado el efecto de las subvenciones finalistas, los derechos reconocidos en el ejercicio 2005 correspondientes al FCS ascienden a 1.808.640 €, compuestos por la distribución del Fondo correspondiente al ejercicio 2004 y liquidada en el ejercicio 2005 (1.146.513 €) y la distribución del Fondo del ejercicio 2005 acreditada mediante acuerdo del Ministerio de Sanidad de fecha 9/06/05 (662.127 €). Estos derechos no alcanzan el presupuesto inicial consignado con una diferencia de 91.360 €.

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− Reintegro Tesorería General de la Seguridad Social

Tiene su origen en la devolución de cuotas efectuada por la Tesorería General de la Seguridad Social, que fueron ingresadas indebidamente por el SERGAS en concepto del Fondo de Garantía Salarial.

− Convenio Diputación A Coruña

Mediante convenio de fecha 20 de julio de 2005 se pacta la resolución de las controversias y reclamaciones que mantienen la Xunta de Galicia – SERGAS y la Diputación respecto de la transferencia del Hospital Médico Quirúrgico Provincial y el Sanatorio Psiquiátrico de Conxo. Este acuerdo se autoriza en virtud del Decreto 168/2005, de 16 de junio, conforme lo dispuesto en el art. 22.1º del TRLRFPG. Su objeto es cancelar los derechos y obligaciones entre las partes y consecuentemente los procesos contenciosos en curso. Las condiciones económicas del acuerdo se reflejan a continuación:

Euros

Deuda “neta” en litigio 37.946.045,15

Acuerdo de compensación 18.973.022,58

El pago se fracciona en dos mitades y se aplica a los ejercicios 2005 y 2006. La generación tiene su origen en el ingreso de la anualidad del ejercicio 2005 por importe de 9.486.511,29 € y se materializa mediante dos pagos de 7.986.511,29 € y 1.500.000 € por parte de la Diputación y la Vicepresidencia de Igualdad y del Bienestar, respectivamente; se fundamenta en una compensación de obligaciones reconocidas a favor de la Diputación por parte de la Xunta de Galicia en concepto de estancias de menores en colegios dependientes de la Diputación y por otros conceptos, autorizado mediante Decreto 169/2005, de 16 de junio y ejecutado por la Consellería competente en la materia.

− Convenio Diputación de Lugo

Mediante convenio de fecha 28 de julio de 2005, se procede a la resolución de la situación arrastrada en cuanto a la deuda mutua reclamada por ambas instituciones a 31.12.04. Dicha deuda tiene el siguiente origen:

• Por un lado se deriva de los controvertidos derechos generados por la asistencia prestada en el hospital Psiquiátrico S. Rafael, de titularidad de la Diputación, a determinados pacientes, determinándose, mediante pronunciamiento judicial, que corresponde al SERGAS hacerse cargo de dicha prestación; su importe asciende a 70.475.368 €.

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• Por otra parte, el SERGAS mantiene a su favor una deuda, 8.370.168 €, en concepto de gastos corrientes proveniente de su gestión del hospital San José, también de la Diputación, según lo determinado en el Convenio entre ambas entidades.

Acordada la compensación de deudas se prevé su liquidación del saldo resultante en 7 anualidades procediéndose en la primera de ellas, correspondiente al ejercicio fiscalizado, a la realización de una operación presupuestaria en formalización (sin salida material de fondos) compensatoria del saldo adeudado al SERGAS con un importe equivalente con cargo al mismo, a favor de la Diputación.

En base al ingreso en formalización se fundamentó una generación de crédito destinada a la ampliación de la dotación de farmacia, a pesar de que ello no supuso un mayor recurso efectivo.

II.2.1.2.3.- ANÁLISIS ESPECÍFICOS

Fondo de Contingencia

Se ha realizado un análisis específico del Fondo de Contingencia, presentándose a continuación el detalle de su aplicación:

Dotación Destino

Programa Importe Objeto Importe (en €) Epígrafe

Gasto farmacéutico 18.438.696,28 2121 489.0 2121 26.808.864

Deuda Diputación Lugo 8.370.167,72 2223 252.02

Programa lista espera 20.635.081,20

2223 153.04 2223 221.16 2223 252.03

2223 430 2223 24.100.000

Nómina diciembre 3.646.918,80 2223 120.0

− Respecto a su destino, la Ley 5/2002, creadora del Fondo, lo orienta a la cobertura de las previsibles desviaciones en los gastos de funcionamiento y de farmacia. Asimismo en el informe de la Intervención Delegada de fecha 19 de mayo se indica que “sólo se podría disponer de este fondo para otras atenciones en la medida en que las previsiones de gasto en los capítulos II y IV no hagan necesaria su utilización en los referidos capítulos”.

− Respecto a su finalidad, la Ley 5/2002 pretende garantizar el necesario equilibrio económico-financiero que podría verse afectado por las desviaciones en los gastos referidos. Su dotación es ampliamente sobrepasada por el incremento presupuestario que ha registrado el presupuesto aprobado.

Tanto en su gestión como en su finalidad, la actual configuración del Fondo de Contingencia no cumple con las previsiones contenidas en su ley de creación, introduce elementos de distorsión

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en las consignaciones presupuestarias y no contribuye a la mejora del proceso y gestión del presupuesto.

Bajas de crédito para financiación externa

Se incluyen en este apartado operaciones de financiación, con cargo a créditos del SERGAS, con destino a otros organismos. Estas operaciones se formalizan mediante modificaciones presupuestarias en la Consellería de Sanidad, a la que compete su gestión, y operan mediante bajas de crédito del presupuesto del SERGAS, correspondiendo su revisión a la Cuenta General, razón por la que no se incluyen en la relación de expedientes de modificación presupuestaria y no son objeto de revisión de control de legalidad en el presente informe de fiscalización.

El importe de estos expedientes de bajas de crédito ascendió a 9.289 miles de euros. La finalidad de esta financiación ha sido la siguiente:

− Modificación de las estructuras orgánicas de la Consellería de Sanidad y del SERGAS consecuencia de los Decretos 13 y 14/2005, de 3 de febrero, que ha supuesto una reducción del presupuesto del SERGAS de 9.006 miles de euros y que afectó a créditos de los capítulos I, II y VI, presentando un efecto de consolidación para ejercicios futuros de 11.568 miles de euros. En el siguiente cuadro se muestra la información detallada:

Euros

Capítulos Bajas 2005 Consolidado

I Gastos de personal 8.049.336 9.473.656

II Gastos corrientes en bienes y servicios 467.083 1.042.299

VI Inversiones reales 489.578 1.052.423

Total 9.005.997 11.568.378

− Otras operaciones por importe de 283 miles de euros, que afectan al capítulo VI, con escasa significación y que atienden a las siguientes finalidades:

• Se destinan 49 miles de euros para financiar el programa formativo de la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias formalizado mediante convenio entre la Consellería de Sanidad y la FEGAS. La Agencia es competencia de la Dirección General de Aseguramiento y Planificación Sanitaria, centro directivo de la Consellería de Sanidad.

• Se financian proyectos de investigación que gestiona la Consellería de Innovación, Industria y Comercio por importe de 234 miles de euros.

II.2.1.2.4.- ANÁLISIS FINAL

Para una visión más clara de la incidencia de las modificaciones presupuestarias en el presupuesto, es preciso desagregar los dos efectos que se solapan en la ejecución de las

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modificaciones de crédito y que se corresponden por una parte con operaciones de reasignación entre créditos del presupuesto, que, aun alterando el crédito definitivo de las diferentes partidas afectadas, no ocasionan un incremento en términos reales del presupuesto aprobado y, por otra parte, las operaciones que tienen como resultado la efectiva variación en términos reales de las consignaciones iniciales del presupuesto.

Reasignación de créditos dentro del presupuesto

El importe total que ha sido reasignado asciende a 147.309 miles de euros y se corresponde con las modificaciones mediante suplementos, transferencias y ampliaciones financiadas con bajas. No se han considerado las redistribuciones por afectar exclusivamente a la clasificación orgánica, sin alterar los créditos de la estructura económica y funcional.

Esta reasignación representa el 5% del presupuesto aprobado y su efecto redistributivo (se describe en el cuadro 1 del anexo VIII.1.4.), extrayéndose de su análisis las siguientes observaciones:

− Desde la perspectiva funcional, se origina un traslado de créditos con destino a Atención Especializada desde los restantes programas por importe de 13.791 miles de euros, destacando la reducción de Atención Primaria por importe de 12.297 miles de euros.

− Desde la perspectiva económica, tiene lugar la traslación de créditos de operaciones de capital y financieras hacia operaciones corrientes por importe de 3.538 miles de euros. Si se elimina el efecto ocasionado por la distribución de los créditos del Fondo de Contingencia (descrito en el cuadro 2 del anexo VIII.1.4., se puede observar el resultado redistributivo que opera entre los créditos por operaciones corrientes donde destaca la reducción de los créditos del capítulo II por importe de 3.199 miles de euros, nótese que estos créditos son los que experimentan un mayor incremento respecto de sus consignaciones iniciales.

Variación en términos reales del presupuesto

El presupuesto se ha incrementado respecto de sus consignaciones iniciales en 333.159 miles de euros, resultado del efecto positivo de las modificaciones por incorporaciones, generaciones y ampliaciones financiadas con fondos externos, y el efecto negativo de las bajas de crédito que financian programas de otras entidades públicas (en el ejercicio 2005 su destinatario es la Consellería de Sanidad). Este resultado se describe en el cuadro 3 del anexo VIII.1.4., donde se

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aprecia que el 95,5% del incremento presupuestario tiene como destino los créditos del capítulo II “Gastos corrientes” y capítulo IV “Transferencias corrientes” que absorben el 45,7% y 49,8%, respectivamente.

II.2.1.3.- PRESUPUESTO DEFINITIVO

Como resultado de las modificaciones presupuestarias, el presupuesto definitivo con el que el SERGAS afronta la cobertura de las prestaciones sanitarias para el ejercicio 2005 asciende a 3.084.880 miles de euros. El presupuesto inicial ha resultado incrementado en un 12,1%.

El análisis comparativo con el ejercicio anterior respecto de los presupuestos definitivos se ve afectado por el efecto de la sistemática contable aplicada en ejercicios anteriores que practicaba retenciones de no disponibilidad para la financiación de modificaciones presupuestarias y que contablemente no reducían los créditos del presupuesto definitivo. En el ejercicio 2005 esta financiación opera mediante bajas de crédito que reduce contablemente los importes del presupuesto definitivo. Para llevar a cabo un análisis comparativo entre consignaciones presupuestarias homogéneas se han ajustado los importes de los créditos definitivos del presupuesto 2004 reduciendo su importe en las cuantías correspondientes a las retenciones de no disponibilidad con destino a la financiación de modificaciones presupuestarias (suplementos y ampliaciones de crédito).

II.2.1.3.1.- ANÁLISIS GENERAL

La nueva composición del presupuesto como resultado de las modificaciones presupuestarias, se pone de manifiesto en el siguiente cuadro:

Miles de euros

Capítulo Programa

I % (1) II %

(1) IV % (1) V %

(1) VI % (1) VII %

(1) VIII % (1)

Total %

sobre total

2121 Atenc.primaria de salud 293.733 23,70 25.487 2,06 3 0,00 905.452 73,06 14.682 1,18 50 0,00 0,00 1.239.406 40,18

2223 Atención especializada 802.370 45,53 754.078 42,79 40 0,00 118.524 6,73 86.233 4,89 635 0,02 307 0,02 1.762.186 57,12

2400 Fondo investig. sanitaria 404 38,09 40 3,78 0,00 16 1,50 0,00 600 56,64 0,00 1.060 0,03

2591 Direc. y servicios grales. 13.096 25,29 6.598 12,74 0,00 3.539 6,83 27.263 52,65 0,00 1.288 2,49 51.784 1,68

2628 Formac. graduad. y postgr. 30.160 99,07 0,00 0,00 0,00 284 0,93 0,00 0,00 30.444 0,99

Total 1.139.762 786.202 43 1.027.531 128.461 1.286 1.595 3.084.880 100,0

% sobre total 36,95 25,49 0,00 33,31 4,16 0,04 0,05 100,0

(1) El porcentaje representa la participación de cada capítulo en el presupuesto de cada programa

De la comparativa con la estructura del presupuesto inicial se destaca lo siguiente:

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− El programa de Atención Primaria incrementa su participación en el presupuesto en 0,62 puntos; entre sus componentes aumenta el peso de las transferencias corrientes que alcanza un 73,1% en detrimento del resto, y que tiene en el concepto de farmacia su principal justificación, comportándose conforme el siguiente detalle:

Miles de euros

Programa Crédito inicial % s/ total Crédito definitivo % s/ total

2121 Atención primaria de la salud 1.088.562 39,56 1.239.406 40,18

Concepto 489 Farmacia 729.416 26,51 904.730 29,33

Presupuesto definitivo 2.751.721 3.084.880

El presupuesto de farmacia se incrementa un 24% alcanzando una participación sobre el presupuesto total del 29%, superior en 2,8 puntos respecto a su posición en la estructura del presupuesto inicial.

− El programa de Atención Especializada eleva el peso del componente de operaciones corrientes (caps. I a IV) que alcanza el 95%, superior en 2 puntos a la situación que presentaba en el presupuesto inicial. En el otro extremo se sitúa el presupuesto de inversiones que reduce su participación en la estructura de créditos del programa en 0,5 puntos.

− Respecto a la clasificación económica se aprecia una redistribución de pesos entre sus componentes: los créditos de personal reducen 3,8 puntos su representatividad en beneficio de los destinados a gasto corriente que incrementan su participación en 3,4. Su principal justificación obedece al significativo aumento que experimentan los créditos para gasto corriente que alcanzan el 29% respecto del presupuesto inicial y que a continuación se presentan con detalle:

Miles de euros Variación

Artículo Crédito inicial

Crédito definitivo Absoluta %

20 Alquileres y cánones 8.046 6.707 -1.339 -16,64 21 Reparación, mantenim. y conserv. 26.880 27.986 1.106 4,11 22 Material, suministros y otros 421.691 574.846 153.155 36,32 23 Indemnización por razón de servicio 1.260 1.026 -234 -18,57 Consumo intermedio 457.877 610.565 152.688 33,35

25 Asistencia sanitaria con medios ajenos 149.826 175.637 25.811 17,23 Total 607.703 786.202 178.499 29,37

El consumo intermedio se incrementa un 33% frente al 17% de asistencia sanitaria con medios ajenos. En el primero se manifiesta una oscilación importante entre epígrafes presupuestarios que reducen o incrementan sus consignaciones iniciales. Por su peso y variación significativa destaca el Art. 22 “Materia, suministros y otros” que eleva sus créditos iniciales en un 36%.

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El análisis de los datos cuestiona la estructura del presupuesto inicial tanto desde la perspectiva funcional como económica, que se altera de forma significativa como resultado de las modificaciones presupuestarias.

Se presenta a continuación la evolución interanual que experimentan los créditos definitivos en el marco del período 1992-2005. El ajuste de créditos definitivos como resultado del efecto de retenciones de no disponibilidad se ha realizado hasta el ejercicio 2000; no obstante, las salvedades que afectan a los importes de ejercicios anteriores no desvirtúan las observaciones que se extraen del análisis del cuadro y gráfico que a continuación se muestra:

Se observa que la evolución del presupuesto describe unos incrementos desiguales en forma de diente de sierra que caracteriza la situación del presupuesto sanitario, y que encuentra su explicación en las insuficiencias presupuestarias y las obligadas operaciones de saneamiento que se imponen en determinados períodos con objeto de mantener la sostenibilidad y viabilidad del propio sistema.

Contrastado el presupuesto definitivo con el resultado de la liquidación del ejercicio anterior, atendiendo a la clasificación económica del presupuesto, en su doble vertiente de gasto ejecutado y gasto real, obtenemos la siguiente información:

Miles de euros Variación

Capítulo

Presupuesto definitivo

2005 (PD)

Liquidación presupuestaria

2004 (LP)

Gasto real 2004 (GR) (PD/LP)

(%) (PD/GR)

(%)

I Gastos de personal 1.139.762 1.064.515 1.066.116 7,1 6,9 II Gastos en bienes corrientes y servicios 786.202 608.817 637.568 29,1 23,3 III Gastos financieros 43 348 348 -87,7 -87,7 IV Transferencias corrientes 1.027.531 773.719 842.564 32,8 22,0 VI Inversiones reales 128.461 122.106 122.116 5,2 5,2 VII Transferencias de capital 1.286 613 613 109,6 109,6 VIII Activos financieros 1.595 2.034 2.034 -21,6 -21,6

Total 3.084.880 2.572.151 2.671.359 19,9 15,5

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El presupuesto definitivo presenta un incremento respecto del gasto ejecutado (20%) y del gasto real del ejercicio anterior (15,5%) que ratifica la necesidad de orientar los importes del presupuesto de cada ejercicio teniendo en cuenta las magnitudes referidas.

II.2.1.3.2.- ANÁLISIS POR CAPÍTULOS

Para el análisis por capítulos se presentan en el anexo VIII.2. varios cuadros que integran la información sobre los créditos definitivos y la liquidación del presupuesto atendiendo a los datos que proporcionan las clasificaciones funcional, económica y orgánica del presupuesto, incorporando, en su caso, una comparativa interanual. Esta información integrada servirá de soporte para el presente análisis desde la perspectiva de los créditos definitivos así como para la que se desarrolla, en un apartado posterior del informe, sobre la liquidación del presupuesto en su doble vertiente de obligaciones reconocidas y pagos realizados.

Capítulo I (cuadros anexo VIII.2.1.)

Se corresponde con los créditos destinados a las remuneraciones del personal del SERGAS, incluyendo las cotizaciones y prestaciones sociales.

El presupuesto inicial aprobado ascendió a 1.119.411 miles de euros, incrementándose mediante modificaciones de crédito hasta la cifra de 1.139.762 miles de euros. Representa el 37% del presupuesto definitivo del organismo autónomo para el ejercicio 2005.

La comparativa interanual refleja lo siguiente:

− El presupuesto definitivo se incrementó un 7%.

− En relación con la desagregación económica de estos créditos, frente a un aumento muy significativo del concepto “personal laboral” e “incentivos al rendimiento” que superan el 21%, se sitúan incrementos alrededor del 3% en los conceptos de “personal funcionario y estatutario” y de “otro personal”, e incluso reducciones del 9,4% y 0,6% de “altos cargos” y “delegados y personal eventual de gabinete”, respectivamente. El concepto de “cuotas y prestaciones sociales” se incrementa un 5%.

− En relación con la estructura orgánica, frente a un incremento en los centros hospitalarios de un 8% y en los centros de atención primaria de un 7%, se sitúa una reducción de un 42,6% en las Direcciones Provinciales y un 12,4% en Servicios Centrales. Por otra parte el comportamiento entre los diferentes centros de un mismo tipo se manifiesta homogéneo, sin diferencias significativas.

Capítulo II (cuadros anexo VIII.2.2.)

Comprende los créditos necesarios, en concepto de bienes y servicios, para el desarrollo de las funciones asignadas al organismo autónomo, y que no producen un incremento del capital o del patrimonio público. Se desagrega entre consumo intermedio y asistencia sanitaria con medios

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ajenos: el primero registra los créditos, en concepto de gasto corriente, destinados al funcionamiento de los centros y servicios propios; el segundo muestra los créditos destinados a la actividad concertada.

El presupuesto inicial ascendió a 607.703 miles de euros, incrementándose mediante modificaciones de crédito hasta la cifra de 786.202 miles de euros, representando una cuarta parte del presupuesto total del SERGAS. El consumo intermedio supone un 78% del presupuesto total del capítulo frente al 22% de la asistencia sanitaria con medios ajenos.

En el ejercicio 2004 se consignaba un crédito definitivo en el epígrafe 259 (convenio con universidades) por importe de 3.159 miles de euros que no fue ejecutado ni ha tenido continuidad en ejercicios posteriores, esta situación afecta a la comparabilidad interanual, sobre la que se observa lo siguiente:

− El presupuesto definitivo se incrementa un 29,1%, deducido el epígrafe 259 este incremento se elevaría a un 29,8%.

− El presupuesto correspondiente a consumo intermedio asciende a 610.565 miles de euros con un incremento del 32,6%, destacando muy significativamente el concepto de “suministros” que alcanza un 41% de incremento respecto del ejercicio anterior y representa el 79% de dicho presupuesto.

− La asistencia sanitaria con medios ajenos alcanza 175.637 miles de euros y experimenta un incremento del 18,1%, que se elevaría a un 20,7% si deducimos el epígrafe 259.

− Por centros de gestión, destacan los hospitalarios con un incremento del 34,6%, oscilando entre el 17,5% del H.C. O Barco de Valdeorras y el 53,2% del C.H. Arquitecto Marcide; en el resto sobresale la D.P. de Lugo con un 77,9%.

Capítulo III

Son créditos destinados a la cobertura de gastos financieros. En el SERGAS los créditos por este concepto tienen como finalidad el pago de intereses de demora, presentando especial significación los originados por reclamaciones en vía judicial de acreedores del organismo. Su presupuesto ascendió a 42.599 euros, reduciéndose respecto del ejercicio anterior en un 88%. Este concepto carece de dotación inicial, habilitándose mediante modificaciones de crédito.

Capítulo IV (cuadros anexo VIII.2.3)

Se denomina “Transferencias corrientes” e incluye los créditos consignados para pagos condicionados o no, realizados por el organismo autónomo, destinados a financiar operaciones corrientes, sin contraprestación directa por parte de los agentes receptores.

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El presupuesto inicial ascendió a 846.836 miles de euros, incrementándose mediante modificaciones de crédito hasta la cifra de 1.027.531 miles de euros. En este capítulo se incluye la prestación farmacéutica que alcanza un presupuesto definitivo de 904.730 miles de euros, representado un 88% del total del capítulo.

Se asocia a la prestación farmacéutica el concepto 489 del programa 2121 y su componente fundamental y más significativo corresponde a gastos por dispensación de medicamentos mediante receta por las oficinas de farmacia cuya gestión se desarrolla en el ámbito de las Direcciones Provinciales. No obstante, se integran en esta prestación otros componentes entre los que destacan el suministro de absorbentes de incontinencia a pacientes de residencias sociosanitarias y la adquisición de medicamentos extranjeros para pacientes ambulatorios, cuya tramitación se realiza a través de las Delegaciones de Sanidad con cargo a créditos gestionados por el centro 5001 “Servicios Centrales”. Asimismo, desde finales del ejercicio 2002, se inicia un programa especial de dispensación farmacéutica a través de los centros hospitalarios a determinados grupos de pacientes, que anteriormente eran objeto de prescripción mediante receta médica, con cargo a créditos dotados en los diferentes centros.

El resto de conceptos que integran este capítulo, con un presupuesto definitivo que asciende a 122.801 miles de euros (12% del total del capítulo), se ordena, a efectos metodológicos, atendiendo a la siguiente clasificación:

Miles de euros

Concepto Crédito definitivo

Transferencias organismos y entes públicos 102.540

Convenios con Universidades 5.140

Subvenciones familias e instituciones 14.521

Transferencias corporaciones locales 600

Transferencias a favor de organismos y entes públicos del SERGAS

Tienen como destino financiar los gastos de funcionamiento de los entes públicos (fundaciones sanitarias y sociedades públicas) adscritos al organismo autónomo. El instrumento de ejecución de estos créditos es el contrato-programa que vincula la financiación a la actividad del centro, previsión contenida en el art. 69.7 de la LOSGA.

El presupuesto aprobado ascendió a 100.378 miles de euros, incrementándose mediante modificaciones de crédito hasta la cifra de 102.540 miles de euros y representa el 3% del presupuesto total del SERGAS.

A continuación se presentan los datos sobre los créditos iniciales y definitivos con su variación interanual:

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

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Miles de euros

Epígrafe presupuestario Crédito inicial Crédito definitivo Entes

2004 2005 2004 2005 2004 2005 % variación

F.P.H. Virxe da Xunqueira 4400 4300 10.709 11.403 10.852 11.987 10,5 F.P.H. do Barbanza 4401 4301 12.392 13.194 13.010 13.732 5,5 F.P.H. de Verín 4402 4302 9.019 9.603 9.368 10.331 10,3 F.P.H. do Salnés 4404 4303 12.762 13.589 12.834 14.322 11,6 F. Urgencias sanitarias 061 4405 4304 23.829 25.400 23.829 28.258 18,6 F. Inst. Gallego de Oftalmología 4406 4305 1.302 1.381 809 989 22,1 MEDTEC 4403 4410 21.058 22.089 17.651 18.897 7,1 F. Escuela Gallega de Admón. Sanitaria 4400 4307 1.691 2.610 1.793 2.916 62,6 F. Foro Permanente Gallego Iberoamericano 4401 4308 539 599 964 599 -37,8 MEDTEC. Consultoría especializada 4408 4411 510 510 510 510 0,0 Total 93.811 100.378 91.620 102.540 11,9

Se observan diferencias relevantes en el crecimiento interanual de los presupuestos definitivos de los entes que realizan actividad asistencial, que oscilan entre el 22,1% de la Fundación Instituto Gallego de Oftalmología y el 5,5% de la Fundación Pública do Barbanza.

Convenios con universidades. Plazas vinculadas

Su destino es la financiación de los convenios entre el SERGAS y las Universidades por los que se regulan las plazas vinculadas de personal de la Universidad que presta servicios en los centros sanitarios del SERGAS.

La comparativa interanual de los créditos iniciales y definitivos es la siguiente: Miles de euros

Crédito inicial Crédito definitivo Aplicación

2004 2005 2004 2005 % variación

1501 2223 4401 592 633 607 668 10,0

1505 2223 4401 154 166 161 176 9,3

1571 2223 4401 3.727 4.021 3.853 4.171 8,3

3601 2223 4401(*) 54 52 54 64 18,2

3603 2223 4401 52 52 52 45 -13,4

1597 2121 4401 0 0 0 16 --

Total 4.578 4.923 4.727 5.140 8,7

(*) En 2004 corresponde al 3611 que en 2005 se engloba en 3601 “C.H.U. de Vigo”

El centro 1571 C.H.U de Santiago, absorbe el 81% del crédito definitivo de este concepto y responde a su histórica referencia de centro sanitario con vínculo universitario.

Se ha registrado en este epígrafe un crédito definitivo por importe de 16 miles de euros con destino a la Fundación Foro Iberoamericano que debería haberse reconocido en el epígrafe 4308; su reducido valor no afecta al análisis presentado, no considerando su reclasificación con objeto de mantener las referencias presupuestarias.

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Subvenciones a familias e instituciones sin fines de lucro

Con carácter genérico se dotan 14.521 miles de euros para ayudas destinadas a sufragar gastos corrientes vinculados con la actividad objeto del organismo. Entre ellas destacan aquellas prestaciones e indemnizaciones por desplazamientos de enfermos, prótesis, vehículos para inválidos y similares (concepto 486), que alcanzan un presupuesto definitivo de 13.486 miles de euros, con un incremento respecto del ejercicio anterior de un 13%. Se incluyen en este apartado presupuestario las actuaciones de los programas de salud mental por importe de 846 miles de euros que se incrementan un 6%. En el 1% restante de los créditos de este apartado destaca el Convenio con la Cruz Roja por importe de 85 miles de euros.

Transferencias a corporaciones locales. Convenios Centros de Salud

Corresponden a aportaciones del SERGAS a las corporaciones locales que se formalizan mediante Convenios. El importe definitivo ascendió a 600 miles de euros, sin trascendencia significativa dentro del presupuesto del organismo.

Capítulo VI (cuadros anexo VIII.2.4.)

Recoge los créditos de inversiones destinados a la creación o adquisición de bienes de capital, así como los de naturaleza inventariable necesarios para el funcionamiento operativo de los servicios.

El crédito aprobado ascendió a 125.144 miles de euros, incrementándose mediante modificaciones de crédito hasta la cifra de 128.461 miles de euros.

De la comparativa interanual entre presupuestos definitivos se observa lo siguiente:

− El incremento en el presupuesto de inversiones alcanza el 5%.

− Desde la perspectiva funcional, los créditos en inversiones en Atención Primaria crecen un 10% frente a un ligero ascenso en Atención Especializada de un 0,7%. El programa de Dirección y Servicios Generales, que concentra el 90% de su crédito en equipamiento informático, aumenta un 18%.

− La gestión de estos créditos presenta un carácter muy centralizado, aglutinando los Servicios Centrales del organismo el 93% de los mismos.

− Respecto a los créditos que gestionan los restantes centros se observa una situación muy dispar, destacando los complejo hospitalarios Juan Canalejo y de Pontevedra que presentan un incremento muy significativo (179% y 303%, respectivamente) concentrando el 39% del presupuesto total de las inversiones gestionadas por los centros. No obstante, debe subrayarse la escasa significatividad de este presupuesto, que se manifiesta de forma evidente al analizar su relación con el total del centro que, salvo excepciones, se sitúa por debajo del 1%.

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Se presenta a continuación la estructura de financiación de las inversiones, atendiendo a la información que facilita el sistema de gestión de proyectos:

Ejercicio inicio Nº proyectos

2001 20

2002 15

2004 3

2005 15

Total 53

Euros

1010 1020 1040 3010 3011 4111 5120

Nº Proyectos (Fondos propios

libres) (FCA que

cofinancia elegible)

(FCA que cofinancia

incorporados elegible)

(Transf. finalistas del

Estado)

(Transf. finalistas del Estado.

incorporado)

(FEDER P.O. incorporado)

(INTERREG III A-Socio) Total

40 58.052.091 58.052.091

6 52.121.864 3.693.754 55.815.618

1 12.558.754 19.647 58.942 12.637.343

2 266.585 799.754 1.066.339

3 889.632 889.632

1 460 460

53 122.732.709 266.585 19.647 4.583.386 460 58.942 799.754 128.461.483

De la información aportada destacamos que durante el ejercicio 2005 se han iniciado 15 proyectos del total de 53 que presentan dotación definitiva en el mismo, y que la mayor parte de los fondos que se destinan para la financiación de estos proyectos provienen de la propia Comunidad Autónoma ( 95,5%).

Capítulo VII (cuadros anexo VIII.2.5.)

Denominado “Transferencias de capital”, recoge los créditos destinados a realizar pagos condicionados o no, efectuados sin contrapartida directa por parte de los agentes receptores, que destinarán estos fondos a financiar operaciones de capital.

El crédito aprobado fue de 1.093 miles de euros, incrementándose mediante modificaciones de crédito hasta la cifra de 1.286 miles de euros, cuantitativamente irrelevante en la estructura de gastos del organismo autónomo.

La finalidad del presupuesto aprobado es el equipamiento de las fundaciones públicas sanitarias; este crédito inicial fue objeto de reducción en un 45%. El resto de créditos nacen de modificaciones presupuestarias destacando los destinados al Programa 2400 de Fondos de Investigación Sanitaria por importe de 600 miles de euros.

Capítulo VIII (cuadros anexo VIII.2.6.)

Denominado “Activos financieros” recoge los créditos que, con carácter general, se destinan a atender las obligaciones derivadas de operaciones de concesión de préstamos, constitución de depósitos, adquisición de títulos valores, dotación de capital de fundaciones y similares.

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El crédito definitivo fue de 1.595 miles de euros, importe de poca relevancia en relación con el presupuesto global del organismo, recogiendo exclusivamente créditos destinados a anticipos y préstamos al personal. Respecto de estos créditos, que presentan carácter recurrente, destacamos la reducción del presupuesto definitivo en relación al ejercicio anterior en un 11,4% para los préstamos con corto plazo de reembolso (no superior a doce meses) y de un 33,6% para los de largo plazo.

II.2.1.4.- LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO

II.2.1.4.1.- ANÁLISIS GENERAL

Atendiendo a la información que facilita la clasificación económica, la liquidación del presupuesto queda reflejada en el siguiente cuadro:

Miles de euros

Capitulo Crédito definitivo Obligaciones reconocidas Pagos realizados

I Gastos de personal 1.139.762 1.139.741 1.129.002

II Gastos en bienes corrientes y servicios 786.202 785.659 603.274

III Gastos financieros 43 43 43

IV Transferencias corrientes 1.027.531 1.027.225 886.999

VI Inversiones reales 128.461 124.460 92.376

VII Transferencias de capital 1.286 1.227 1.009

VIII Activos financieros 1.595 1.595 1.060

Total 3.084.880 3.079.948 2.713.763

Sobre créditos definitivos de 3.084.880 miles de euros, superiores en 333.159 miles de euros a los iniciales, se han contraído obligaciones por importe de 3.079.948 miles de euros, lo que supone un grado de ejecución del 99,8%. Los pagos realizados ascienden a 2.713.763 miles de euros, con un grado de cumplimiento del 88,1%.

Los créditos definitivos sin ejecutar, deducidos de la liquidación, en su doble vertiente de remanentes comprometidos y no comprometidos, se describen a continuación:

Miles de euros Capitulo Remanentes

comprometidos Remanentes

no comprometidos

I Gastos de personal 4 18

II Gastos en bienes corrientes y servicios 189 354

III Gastos financieros 0 0

IV Transferencias corrientes 138 168

VI Inversiones reales 1.179 2.823

VII Transferencias de capital 0 59

VIII Activos financieros 0 0

Total 1.510 3.422

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El saldo de remanentes que asciende a 4.932 miles de euros, representa un 0,2% del presupuesto definitivo, y se concentra de forma muy significativa en el capítulo VI (inversiones) que absorbe el 81%, destacando los remanentes no comprometidos que representan un 2,2% del total del presupuesto definitivo de este capítulo.

El sistema presupuestario parte de la premisa de que créditos definitivos sin ejecutar son un indicador de cierta ineficacia en la gestión presupuestaria. No obstante, los remanentes de créditos constituyen una posible fuente de financiación del ejercicio siguiente en el que podrán ser objeto de incorporación conforme lo previsto en el Art. 71 del TRLRFP, con especial incidencia en los remanentes comprometidos.

Para el análisis y evaluación de la liquidación del presupuesto debemos distinguir dos indicadores: el grado de ejecución, que mide el nivel de reconocimiento de obligaciones con terceros durante el ejercicio, y el grado de cumplimiento que mide el nivel de pagos, consecuencia de que el reconocimiento de la obligación no implica un pago inmediato. La ejecución del presupuesto de gastos culmina con el reconocimiento de la obligación, fase en la que el crédito queda consumido y se emite la correspondiente propuesta de pago dirigida al órgano pagador. A partir de ese momento se inicia el procedimiento de pago que se enmarca en la gestión de Tesorería bajo la responsabilidad de los órganos pagadores. El SERGAS no dispone de Tesorería propia y por tanto no tiene competencias en la gestión de los pagos. Su Tesorería se encuentra integrada en la Tesorería General de la Xunta y es competencia de la Consellería de Economía y Hacienda. En función de lo expuesto, el grado de cumplimiento debe medirse, respecto al Sergas, en función del nivel de propuestas de pago dirigidas al órgano pagador y formalizadas durante el ejercicio. La naturaleza de estas propuestas de pago como acto operativo de traslado de una obligación reconocida exige que su nivel de cumplimiento sea muy elevado. Bajo esta premisa, se presenta a continuación el detalle de los niveles de ejecución del presupuesto:

Miles de euros

Capitulo Crédito definitivo

Obligaciones reconocidas

Grado de ejecución

Propuestas de pago

Grado de cumplimiento

SERGAS

Saldo de obligaciones

I Gastos de personal 1.139.762 1.139.741 100,00 1.138.736 99,91 1.005

II Gastos en bienes corrientes y servicios 786.202 785.659 99,93 766.885 97,61 18.774

III Gastos financieros 43 43 99,98 43 100,00 0

IV Transferencias corrientes 1.027.531 1.027.225 99,97 1.024.940 99,78 2.284

VI Inversiones reales 128.461 124.460 96,89 116.842 93,88 7.618

VII Transferencias de capital 1.286 1.227 95,40 1.132 92,31 94

VIII Activos financieros 1.595 1.595 99,98 1.568 98,31 27

Total 3.084.880 3.079.948 99,84 3.050.146 99,03 29.802

De su observación deducimos que el nivel de propuestas de pago sobre la ejecución presupuestaria ha ascendido a un 99%, manteniéndose en fase de obligaciones pendientes de proponer el pago, 29.802 miles de euros. Las obligaciones pendientes sufrirán una demora en la

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gestión del proceso de pago, incorporándose a las operaciones de presupuestos cerrados, por lo que es necesario que obedezcan a aquellos actos de reconocimiento de compromisos derivados de una adecuada gestión temporal del presupuesto, sin acumulaciones innecesarias al final del ejercicio. En el ejercicio precedente el importe ascendió a 81.990 miles de euros apreciándose una importante reducción (64%).

Por lo que respecta a la ejecución de las propuestas de pago que, como señalamos, corresponde al ámbito de gestión de Tesorería, el cuadro siguiente informa sobre su grado de realización:

Miles de euros Capitulo Propuestas

de pago Pagos

realizados Propuestas de pago

pendientes de ordenar

I Gastos de personal 1.138.736 1.129.002 9.735

II Gastos en bienes corrientes y servicios 766.885 603.274 163.611

III Gastos financieros 43 43 0

IV Transferencias corrientes 1.024.940 886.999 137.941

VI Inversiones reales 116.842 92.376 24.466

VII Transferencias de capital 1.132 1.009 123

VIII Activos financieros 1.568 1.060 508 Total 3.050.146 2.713.763 336.383

Sobre el importe de propuestas de pago formalizadas por el Sergas durante el ejercicio, se han realizado pagos por cuantía de 2.713.763 miles de euros, que representan un 89%, quedando pendientes de ordenar al final de ejercicio 336.383 miles de euros.

II.2.1.4.2.- ANÁLISIS POR COMPONENTES DEL GASTO

En este apartado se examinan las ratios de ejecución y cumplimiento de los diferentes componentes del gasto, concluyendo con el análisis de las obligaciones reconocidas (gasto del ejercicio) y la revisión de determinadas áreas de gestión vinculadas. La ratio de cumplimiento indicado en este apartado se corresponde con el nivel de pagos del ejercicio. La información para el análisis general se recoge en los cuadros del anexo VIII.2., y la correspondiente a las áreas de gestión se referencia con cada análisis específico. Se anticipan datos sobre el gasto ajustado (gasto real) con objeto de completar la revisión de determinadas áreas, no obstante para su análisis completo nos remitimos al apartado II.7.

Capítulo I: Gastos de personal (cuadros anexo VIII.2.1.)

El grado de ejecución alcanzó el 100%. El grado de cumplimiento representó el 99%.

El gasto de personal asciende a 1.139.741 miles de euros, con un 7% de incremento respecto del ejercicio anterior. El análisis del gasto se presenta mediante la información sobre la evolución de las obligaciones reconocidas en el período 2000-2005, a través de los siguientes cuadros y gráficos:

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Miles de euros Obligaciones reconocidas

Artículo 2000 2001 2002 2003 2004 2005

10 Altos cargos y delegados 190 194 198 200 206 187

11 Personal eventual de gabinete 132 144 135 144 134 133

12 Personal funcionario y estatutario 536.838 576.957 615.799 646.767 674.299 697.339

13 Personal laboral 101.828 106.655 103.019 105.319 117.062 142.097

14 Otro personal 494 513 528 539 555 571

15 Incentivos al rendimiento 54.899 54.022 56.330 60.785 82.946 100.566

16 Cuotas S.S. 155.822 163.092 171.317 177.944 189.313 198.847 Total 850.204 901.577 947.325 991.699 1.064.515 1.139.741

Capítulo II: Gastos corrientes (cuadros anexo VIII.2.2.)

El grado de ejecución registró un 99,9%, manteniéndose en los niveles del ejercicio anterior, con un leve ascenso del 0,16%. El grado de cumplimiento, no obstante, experimentó una elevada recesión (15,2%) alcanzando en el ejercicio objeto de fiscalización un 76,8%.

% variación Artículo

01/00 02/01 03/02 04/03 05/04

10 Altos cargos y delegados 2,00 2,00 1,02 2,99 -9,45

11 Personal eventual de gabinete

8,88 -6,42 7,14 -7,02 -0,58

12 Personal funcionario y estatutario

7,47 6,73 5,03 4,26 3,42

13 Personal laboral 4,74 -3,41 2,23 11,15 21,39

14 Otro personal 3,70 3,04 1,93 3,14 2,87

15 Incentivos al rendimiento -1,60 4,27 7,91 36,46 21,24

16 Cuotas S.S. 4,67 5,04 3,87 6,39 5,04 Total 6,04 5,07 4,68 7,34 7,07

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El análisis del gasto corriente se aborda desagregando sus componentes básicos: el consumo intermedio y la asistencia sanitaria con medios ajenos. La comparativa interanual se refleja en el siguiente cuadro:

Miles de euros

2004 2005 % variación

Consumo intermedio 460.187 610.260 32,61 Asistencia sanitaria con medios ajenos 148.630 175.399 18,01 Total 608.817 785.659 29,05

Consumo intermedio

Presenta un aumento del 32,6% respecto del ejercicio anterior y concentra su gasto en el concepto de suministros (78,4%), donde el incremento alcanza un notorio 41%.

El consumo intermedio se ve afectado muy significativamente por la existencia de un recurrente gasto no contabilizado que distorsiona las evaluaciones sobre su situación presupuestaria. En interés de una adecuada perspectiva, se completa el análisis con la información reflejada en el siguiente cuadro sobre el gasto ajustado (gasto real) resultado de deducir las obligaciones de ejercicios anteriores imputadas en el presente e incrementar las correspondientes al ejercicio no contabilizadas. Esta información se complementa en el cuadro nº 4 del anexo VIII.2.2. con el detalle por centros de gestión y conceptos presupuestarios.

Miles de euros

Artículos Obligaciones Reconocidas

(A)

Obligaciones del ejerc. no

contabilizadas (B)

Obligaciones de ejerc. anteriores

imputadas en 2005 (C)

Gasto ajustado (A+B-C)

20 Arrendamientos 6.688 13 16 6.686 21 Reparación y conservación 27.899 481 1.128 27.251 22 Material y suministros 574.669 20.118 102.222 492.566 23 Indemnizaciones por razón del servicio 1.003 13 45 971 Total 610.260 20.625 103.411 527.474

El aprovisionamiento de bienes y servicios (con excepción del concepto 23) se regula, con carácter general, conforme las previsiones contenidas en el TRLCAP. Dado que la estructura de la información obtenida presenta limitaciones por falta de homogeneidad y consistencia no ha sido posible el desarrollo del pertinente análisis general de la actividad contractual del ejercicio.

Asistencia sanitaria con medios ajenos

La asistencia sanitaria con medios ajenos (artículo 25), que refleja un incremento del 18%, está integrada por los siguientes conceptos presupuestarios:

Epígrafes 252, 253 y 254. Registran los conciertos por asistencia sanitaria prestada por medios ajenos en instituciones hospitalarias privadas, así como los derivados de programas de hemodiálisis y los conciertos con centros de diagnóstico y tratamiento. El gasto del ejercicio ascendió a 153.968 miles de euros y representa el 88% del gasto en asistencia sanitaria con

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medios ajenos constituyendo la partida más representativa de la actividad concertada; su incremento respecto del ejercicio anterior se eleva al 16%.

La contratación de servicios sanitarios con centros privados se regula conforme las previsiones contenidas en el TRLCAP respecto del contrato de gestión de servicios públicos en su modalidad de concierto. Complementariamente se reconocen las autorizaciones de uso como mecanismo excepcional de contratación, previsto en la normativa contractual y fundamentado en el concepto de urgencia.

Conforme los datos suministrados por los centros gestores, se recoge en el anexo VIII.3. información relativa a los conciertos y autorizaciones de uso en vigor durante el ejercicio, así como la actividad asistencial realizada atendiendo a su diferente tipología. De su análisis se desprende lo siguiente:

− Se aprecia la existencia de contratos de una gran antigüedad sin que hayan sido objeto de revisión.

− La mayoría de las situaciones amparadas por autorizaciones de uso, al igual que en ejercicios anteriores, desvirtúa la propia naturaleza de esta figura que debe ser utilizada con carácter excepcional y restringida a supuestos de urgencia, por lo que debería ser objeto de nueva concertación o de integración en los contratos existentes.

− En función del objeto del concierto se reflejan distintos tipos de actividad, sobresaliendo el centro POVISA, resultado del concierto especial que mantiene con el Sergas y que es objeto de fiscalización dentro del programa de ejercicio 2007, y a cuyo informe hacemos remisión expresa.

Resto de epígrafes. Incluidos en el concepto de asistencia sanitaria con medios ajenos se reconocen los siguientes conceptos presupuestarios:

− Epígrafe 255. Registra los conciertos por el programa especial de transporte, reflejando los gastos ocasionados en la atención y traslado de pacientes. El gasto ha ascendido a 15.402 miles de euros, representa el 8,8% del gasto correspondiente a la asistencia sanitaria con medios ajenos y se ha incrementado respecto del ejercicio anterior un 7,1%.

− Epígrafe 258. Comprende los reintegros de gastos de asistencia sanitaria y los servicios originados por terceros que no cuenten con convenio previo. El gasto constata un incremento significativo respecto del ejercicio anterior (575%), no obstante, su peso en el concepto de asistencia sanitaria con medios ajenos es reducido (2,9%).

− Epígrafe 251. Registra los convenios con ayuntamientos con destino a la cobertura de gastos de los centros de atención primaria de titularidad de la institución municipal. Con 1.012 miles de euros de gasto, su representatividad no es significativa en el concepto de asistencia sanitaria con medios ajenos (0,6%).

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Se presenta a continuación un cuadro informativo sobre la evolución de las obligaciones reconocidas de los gastos financieros del SERGAS en el período 2000-2005:

Euros

La existencia de un volumen importante de gasto no contabilizado es el factor desencadenante de la problemática que afecta a los intereses de demora y que se manifiesta en los niveles alcanzados en ejercicios anteriores.

Capítulo IV: Transferencias corrientes. Gasto farmacéutico (cuadros anexo VIII.2.3.)

El grado de ejecución alcanzó un 99,97%. El grado de cumplimiento representó el 86,35%.

El gasto en este capítulo se concentra en la prestación farmacéutica que acumula el 88% del total. El resto de conceptos, que integran este capítulo y que han sido objeto de análisis específico en el apartado II.2.1.3.2, representan el 12% del gasto total del mismo.

La comparativa interanual de las obligaciones reconocidas del ejercicio es la siguiente: Miles de euros

2004 2005 % variación

Prestación farmacéutica 664.281 904.541 36,17

Resto de conceptos 109.438 122.683 12,10

Total 773.719 1.027.225 32,76

Análisis específico del gasto farmacéutico

El gasto farmacéutico ha alcanzado 904.541 miles de euros, con un incremento del 36% respecto del ejercicio anterior, no obstante, se considera adecuado evaluar este incremento desde la perspectiva del gasto real, máxime cuando en este ejercicio se han imputado

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• Los restantes asegurados que habitualmente están exentos de aportación, colectivo denominado “pensionistas”, integrado por jubilados e inválidos que ostentan esta condición, así como sus beneficiarios y aquellas personas que excepcionalmente tienen reconocida una situación singular, como el caso de los afectados por el síndrome tóxico.

La evolución del gasto en el período 2003-2005 indica que el gasto entre los dos colectivos se mantiene en un 81% para asegurados exentos de aportación y el 19% para aquellos con aportación. La distribución territorial del gasto revela que estas diferencias se acentúan en las provincias de Lugo y Ourense donde el primero alcanza un 84% y un 85% respectivamente.

b) Recetas facturadas

El número de recetas facturadas en el ejercicio ha sido de 53 millones, incrementándose un 5,5% respecto del ejercicio anterior.

La evolución del número de recetas facturadas en el período 2003-2005 revela que la modalidad de “Especialidades” absorbe en torno al 96-97% frente al 4-3% que corresponde a la modalidad “Efectos, fórmulas y otros”. En cuanto a la facturación por regímenes, su número se incrementa de forma generalizada. A nivel global es significativamente superior al constatado en el ejercicio anterior, superándolo en 3,5 puntos.

c) Indicadores de consumo farmacéutico

Tomando como referencia los datos contenidos en el anexo, se elabora un cuadro comprensivo de los siguientes indicadores de consumo farmacéutico y su evolución interanual:

Indicadores 2003 2004 2005 % 04/03

% 05/04

Recetas/ asegurados “sujetos a aportación” 7,4 7,3 7,8 -1,3 6,2 Recetas/ asegurados “exentos de aportación” 42,9 43,8 45,9 2,2 4,7

Gasto/ asegurados “sujetos a aportación” (en €) 71,7 75,1 80,4 4,7 7,0

Gasto/ asegurados “exentos de aportación” (en €) 663,4 691,5 731,4 4,2 5,8

Precio medio receta asegurados “sujetos a aportación” (en €) 9,6 10,2 10,3 6,1 0,7

Precio medio receta asegurados “exentos de aportación” (en €) 15,5 15,8 16,0 2,0 1,0

El número de recetas por titular se ha incrementado de forma significativa en los dos colectivos (sujetos a aportación 6,2% y exentos 4,7%); la relación entre ambos se mantiene en torno a 6 veces superior en el colectivo exento.

El gasto por asegurado se incrementó un 7% y la relación de gasto se mantiene en torno a 9 veces superior en el colectivo exento de aportación.

El precio medio por receta presenta un ligero incremento en torno al 1%.

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Capítulo VI: Inversiones (cuadros anexo VIII.2.4.)

El grado de ejecución y el grado de cumplimiento sufren reducciones con respecto al ejercicio anterior de un 2,7% y 10,4% respectivamente, situándose el primero en un nivel del 96,9% y el segundo en un 74,2%.

El gasto en inversiones ascendió a 124.460 miles de euros, con un incremento del 1,9% respecto del ejercicio anterior. La información detallada de este gasto, que se presenta a continuación se ha basado en los datos extraídos de la memoria del Sergas.

La desagregación de las inversiones (obligaciones reconocidas) por ámbitos temáticos y clasificación funcional presenta el siguiente detalle:

Euros

Funciones Construcciones Equipamiento Reparaciones / RAM Otras inversiones Total

Atención primaria 7.043.703 1.703.426 4.287.489 252.122 13.286.741

Atención especializada 24.706.007 16.903.019 41.898.654 1.273.923 84.781.602

Servicios administrativos 24.786.120 155.136 1.180.506 26.121.761

Formación MIR 269.919 269.919

Total 31.749.710 43.392.565 46.341.278 2.976.470 124.460.023

La distribución territorial de las inversiones en atención primaria y especializada se corresponde con la siguiente información:

Euros

Programas A Coruña Lugo Ourense Pontevedra Varios Total

Atención primaria 5.713.922 1.091.941 985.446 5.347.359 148.073 13.286.741

Atención especializada 19.155.046 31.215593 14.598.903 18.452.896 1.359.164 84.781.602

Sobre la información referida se destacan los siguientes aspectos de interés:

a) La continuación de las obras del “Nuevo Hospital de Lugo” ascienden a 24.676 miles de euros y representa el 29% del gasto de inversiones en atención especializada y el 20% del total de inversiones del ejercicio.

b) El gasto en equipamiento informático ha alcanzado 24.621 miles de euros, se gestiona en el ámbito de servicios centrales y se adscribe funcionalmente a servicios administrativos donde

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representa el 94% de su inversión. Conjuntamente con el apartado anterior estos gastos absorben el 40% del total de inversiones del Sergas en el ejercicio 2005.

Dado que la estructura de la información obtenida presenta limitaciones por falta de homogeneidad y consistencia no ha sido posible el desarrollo del pertinente análisis general de la actividad contractual del ejercicio.

Capítulo VII: Transferencias de capital (cuadros anexo VIII.2.5.)

El grado de ejecución alcanzó el 95,4%, y el grado de cumplimiento un 82,3%. Desde la perspectiva orgánica debe destacarse el bajo nivel de ejecución que presentan los centros X.A.P. de Ourense (27%), C.H.U. de Vigo (36%) y X.A.P. de Pontevedra (57%).

Las obligaciones reconocidas durante el ejercicio alcanzaron 1.227 miles de euros, importe que duplica las del ejercicio anterior.

Capítulo VIII: Activos financieros (cuadros anexo VIII.2.6.)

El grado de ejecución alcanzó el 99,98%, frente a un grado de cumplimiento del 66,45%. Respecto de la situación del ejercicio anterior, el grado de ejecución se incrementa en 2,6 puntos mientras que el grado de cumplimiento se reduce en 32,1 puntos.

El importe de las obligaciones reconocidas ascendió a 1.594 miles de euros con una reducción del 22% respecto del ejercicio anterior.

II.2.1.4.3. PROYECTOS DE GASTO

Concluimos el análisis del presupuesto de gastos del ejercicio con el examen de la información suministrada por el subsistema de proyectos de gasto, que identifica 95 proyectos con cargo a los créditos de los capítulos IV (Transferencias corrientes), VI (Inversiones), VII (Transferencias de capital) y VIII (Activos financieros). Su dotación inicial ascendió a 973.698 miles de euros siendo objeto de modificación por importe de 185.175 miles de euros, alcanzando un crédito definitivo de 1.158.873 miles de euros. La ejecución presupuestaria de los referidos proyectos es la siguiente:

Miles de euros

Capítulo Nº proyectos Crédito inicial Modific. Crédito

definitivo Obligaciones reconocidas

Grado ejecución

Pagos realizados

Grado cumplimiento

IV Transf. corrientes 26 846.836 180.695 1.027.531 1.027.225 100,0 886.999 86,3

VI Inversiones reales 53 125.144 3.317 128.461 124.460 96,9 92.376 74,2

VII Transf. capital 14 1.093 193 1.286 1.227 95,4 1.009 82,3

VIII Activos financieros 2 625 970 1.595 1.595 100,0 1.060 66,5

Total 95 973.698 185.175 1.158.873 1.154.506 99,6 981.445 85,0

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II.2.2.- PRESUPUESTO DE INGRESOS

II.2.2.1.- INFORME SOBRE MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

El presupuesto de ingresos del SERGAS para el ejercicio 2005 no presenta variación entre las cifras presupuestarias previstas en el presupuesto inicial y las establecidas como definitivas en el presupuesto liquidado. Esta coincidencia final tiene su origen en la falta de registro de las modificaciones realizadas durante el ejercicio y conduce a la ruptura del equilibrio presupuestario desde la perspectiva contable.

II.2.2.2.- LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO

II.2.2.2.1.- ANÁLISIS GENERAL

En el ejercicio objeto de fiscalización, los derechos reconocidos ascendieron a 3.084.809 miles de euros, lo que supone un reconocimiento neto sobre las previsiones iniciales de 333.088 miles de euros, representando un incremento del 12%.

En el siguiente cuadro se muestra la ejecución del presupuesto de ingresos: Miles de euros

Capítulo Previsiones definitivas

Derechos reconocidos Participación Grado

ejecución Recaudación

neta Participación Rec. liq./der. rec. (%)

Derechos pendientes de

cobro

III. Tasas y otros ingresos 38.354 42.487 1,38 110,77 34.449 1,21 81,08 8.038

IV. Transf. corrientes 2.712.597 3.037.985 98,48 112,00 2.801.859 98,64 92,23 236.126

V. Ingresos patrimoniales 0 169 0,01 -- 152 0,01 89,97 17

VII. Transf. capital 144 2.526 0,08 1.754,49 2.526 0,09 100,00 0

VIII. Activos financieros 625 1.641 0,05 262,61 1.641 0,06 100,00 0

Total 2.751.721 3.084.809 100,00 112,13 2.840.628 100,00 92,08 244.181

De la situación descrita se pueden extraer las siguientes observaciones:

Los derechos reconocidos superaron las previsiones en todos los capítulos, siendo especialmente significativo el capítulo IV “Transferencias corrientes” que, incrementando un 12% las previsiones definitivas, justifica el 98% del total del presupuesto de ingresos.

La recaudación neta de los derechos ha alcanzado el 92% quedando pendiente de cobro 244.181 miles de euros.

De la estructura económica de los ingresos del SERGAS se desprende que éstos se concentran básicamente en los derivados de transferencias de otros entes, siendo subsidiarios los ingresos propios, lo que pone de manifiesto un escaso grado de autonomía financiera.

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II.2.2.2.2.- ANÁLISIS POR COMPONENTES DE INGRESOS

Capítulo III: Ingresos, por tasas, precios públicos y otros ingresos.

Se registran en este capítulo los ingresos de naturaleza presupuestaria generados por la aplicación de tasas, precios públicos por prestación de servicios e ingresos residuales por venta de bienes, precios privados, etc. Aunque cuantitativamente representan el 1% del total de los derechos reconocidos, constituyen la principal fuente de ingresos propios del organismo autónomo sobre la que puede ejercitar su capacidad de gestión.

Según los datos registrados en la liquidación, su ejecución fue la siguiente: Miles de euros

Concepto Previsiones definitivas

Derechos reconocidos Participación Grado

ejecución Recaudación

neta Participación Rec. neta /der. rec. (%)

Derechos pendientes de cobro

301 Tasas por servicios administrativos 1.880 312 0,73 16,58 312 0,90 100,00 0

302 Tasas actuaciones profesionales 0 2.136 5,03 -- 2.136 6,20 100,00 0

303 Tasas por venta de bienes 0 45 0,11 -- 45 0,13 100,00 0

312 Precios privados 0 (1) 0 0,00 -- (1) 0 0,00 100,00 0

363 Deudores varios y particulares 11.433 11.014 25,92 96,34 8.742 25,38 79,37 2.273

364 Deudores accidentes tráfico 11.538 10.912 25,68 94,58 8.534 24,77 78,21 2.378

365 Deudores mutuas patronales y acc.trab. 10.438 8.039 18,92 77,01 6.140 17,82 76,39 1.898

366 Convenio MUFACE 574 642 1,51 111,71 642 1,86 100,00 0

367 Convenio ISFAS 286 414 0,98 145,05 414 1,20 100,00 0

368 Convenio MUGEJU 25 27 0,06 106,33 27 0,08 100,00 0

369 Convenio instituciones penitenciarias 895 1.374 3,23 153,42 0 0,00 0,00 1.374

370 Ingresos por ensayos clínicos 1 67 0,16 11.144,36 67 0,19 100,00 0

380 Reintegro de ejercicios cerrados 0 2.047 4,82 -- 2.047 5,94 100,00 0

381 Reintegros del presupuesto corriente 0 212 0,50 -- 212 0,62 100,00 0

391 Recargos y multas 0 35 0,08 -- 35 0,10 98,84 0

399 Ingresos diversos 1.284 5.211 12,27 405,88 5.096 14,79 97,79 115

Total 38.354 42.487 100,00 110,77 34.449 100,00 81,08 8.038

(1) Importe sin reflejo numérico debido a la presentación en miles de euros

De la información mostrada se desprende lo siguiente:

− Los derechos reconocidos superaron en un 11% las previsiones definitivas y su recaudación neta alcanzó el 81%.

− Los ingresos por prestación de servicios sanitarios (artículo 36) acumulan el 76,3% de los derechos reconocidos.

− Entre los derechos reconocidos no previstos en la presupuestación inicial destacamos los conceptos de tasas por actuaciones profesionales y reintegros de ejercicios cerrados que han supuesto el 5% y 4,8% respectivamente del total del ejercicio. En cuanto al primero de ellos,

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considerando su carácter recurrente y el importe alcanzado en el ejercicio anterior (2.133 miles de euros) debería considerarse su consignación en el presupuesto inicial.

A continuación se centrará el análisis en la revisión de la gestión de ingresos por centros. A tal efecto, se recogen en el anexo VIII.5. los cuadros por conceptos de ingresos, que atendiendo a la clasificación orgánica, informan sobre la gestión presupuestaria en términos de derechos reconocidos, recaudación líquida y derechos pendientes de cobro, así como su variación interanual.

A efectos metodológicos se diferencian los ingresos que proceden de la prestación de servicios sanitarios y, por lo tanto, acordes con la naturaleza del ente fiscalizado, de los restantes ingresos del capítulo y cuya procedencia es, por lo general, complementaria de dicha actividad principal.

A) Ingresos por prestación de asistencia sanitaria Miles de euros

Artículo Previsiones definitivas

Derechos reconocidos

Grado ejecución

Recaudación neta

Rec. neta./der. rec. (%)

Derechos pendientes de

cobro

36 Asistencia sanitaria 35.190 32.421 92,13 24.499 75,56 7.923

Concepto 363.- Deudores varios y particulares (cuadro nº 1)

En este concepto se registra la facturación realizada a particulares no asegurados, aseguradoras privadas, empresas colaboradoras, convenios internacionales y similares.

Representa el 34% del total de ingresos por prestación de asistencia sanitaria, y experimentó un incremento del 3,7% respecto del ejercicio anterior.

La evolución interanual de los derechos reconocidos presenta una gran disparidad entre los diferentes centros. Las gerencias de atención primaria reducen su nivel, con la salvedad de las de Santiago y Ferrol que los elevan (71% y 39%, respectivamente). Los centros hospitalarios incrementan los derechos reconocidos con la excepción significativa del C.H. Arquitecto Marcide, C.H. Pontevedra y C.H.U. Juan Canalejo que los disminuyen (36%, 25% y 10%).

La gestión recaudatoria se sitúa, en general, por encima del 79%, los centros X.A.P. de Ferrol y C.H.U. de Santiago presentan los niveles más bajos, sin alcanzar el 64%.

Concepto 364.- Deudores por accidentes de tráfico (cuadro nº 2)

Este concepto incluye los ingresos derivados de la prestación de asistencia sanitaria por accidentes de tráfico en aquellos supuestos en que el tercero responsable es una empresa aseguradora. El SERGAS tiene suscrito un convenio con la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA) en el que se regula la facturación de los referidos servicios, recogiéndose las tarifas aplicadas en el anexo II del Decreto 159/2005.

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Representa el 34% del total de ingresos por prestación de asistencia sanitaria, y presenta una reducción del 0,7% respecto del ejercicio anterior.

Dentro de la disparidad que presenta la evolución interanual de los derechos reconocidos, destacamos la reducción que experimentan las gerencias de atención primaria; no obstante entre las excepciones destacan las X.A.P. de Lugo y Ferrol que incrementan sus valores significativamente (73% y 47%, respectivamente). Por el contrario, los centros hospitalarios incrementan sus derechos reconocidos con la salvedad de los complejos hospitalarios de Vigo, Juan Canalejo y de Santiago que los reducen de forma relevante (13%, 8% y 8%, respectivamente).

La gestión recaudatoria se sitúa en torno al 78%, las gerencias de atención primaria de Lugo y A Coruña presentan los niveles más bajos, sin alcanzar el 61%.

Concepto 365.- Deudores Mutuas Patronales (cuadro nº 3)

Los ingresos en este concepto tienen su origen en la prestación de asistencia sanitaria derivada de contingencias profesionales cubiertas por Mutuas de Accidentes de Trabajo.

Representa el 25% del total de ingresos por prestación de asistencia sanitaria, y experimenta un decremento del 9,3% respecto del ejercicio anterior.

En cuanto a la diferente variación interanual sobre los derechos reconocidos, las gerencias de atención primaria incrementan sus valores con excepción de las de Santiago y Vigo que los reducen en torno al 33%. Los centros hospitalarios se espacian entre reducciones significativas como el H. da Costa y H.C. de Monforte (45%, 37%) y notables incrementos como el H.C. de Valdeorras (34%) y el C.H. Pontevedra (32%).

La recaudación alcanzó el 76,4%, situándose todos los centros por encima del 65%.

Conceptos 366 a 369.- Convenios aseguradoras e instituciones públicas (cuadro nº 4)

Los ingresos por estos conceptos tienen su origen en las prestaciones del sistema sanitario a empleados públicos con cobertura en aseguradoras sanitarias y a instituciones penitenciarias. Su regulación se establece mediante convenios con MUFACE, ISFAS, MUJEGU e Instituciones Penitenciarias. La gestión de estos ingresos se imputa a Servicios Centrales.

Representan el 8% del total de ingresos por prestación de asistencia sanitaria. Frente a los convenios con aseguradoras públicas que experimentan incrementos respecto del ejercicio anterior, los derechos reconocidos del convenio con instituciones penitenciarias sufren una reducción del 29%.

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La recaudación alcanza el 100% en los convenios con mutualidades, sin embargo resulta significativo que el convenio con instituciones penitenciarias no presenta valor recaudado pese a representar el 56% de los derechos reconocidos.

B) Otros ingresos (cuadro nº 5) Miles de euros

Artículo Previsiones definitivas

Derechos reconocidos

Grado ejecución

Recaudación neta

Rec. liq./ der. rec. (%)

Derechos pendientes de cobro

30 Tasas administrativas 1.880 2.493 132,58 2.493 100,00 0

31 Precios 0 (1) 0 -- (1) 0 100,00 0

37 Ingresos por ensayos clínicos 1 67 11.144,36 67 100,00 0

38 Reintegros 0 2.259 -- 2.259 100,00 0

39 Otros ingresos 1.284 5.247 408,64 5.131 97,80 116

Total 3.165 10.065 318,04 9.950 98,85 116

(1) Importe sin reflejo numérico debido a la presentación en miles de euros

Se corresponde con ingresos de diversa procedencia (tasas, ensayos clínicos, reintegros, etc.), que representan el 23,7% del total de derechos reconocidos de este capítulo. Los Servicios Centrales concentran el 82,3% de su gestión. La recaudación alcanzó el 100% con la salvedad del C.H. de Santiago que registró un reducido 18,6%.

Capítulo IV: Transferencias corrientes. En este capítulo se engloban los ingresos presupuestarios que tienen su origen en transferencias de otros entes con destino a la financiación de gastos de naturaleza corriente. Constituyen la fuente básica de financiación del organismo.

La liquidación del ejercicio ofrece la siguiente información: Miles de euros

Epígrafe Previsiones definitivas

Derechos reconocidos Participación Recaudación

neta

Derechos pendientes de cobro

403 Transferencias finalistas 0 500 0,02 500 0

404 Fondo de cohesión sanitaria 1.900 2.669 0,09 2.669 0

407 Fondo de investigación sanitaria 0 (1) 0 0,00 (1) 0 0

423 INSS 14.300 21.389 0,70 21.389 0

424 ISM 34.270 37.328 1,23 37.328 0

45000 Fondos Propios 0 15 0,00 15 0

45010 Plan de formación continua. 906 906 0,03 906 0

45011 Participación. en el sist. de financiación. 2.582.111 2.878.578 94,75 2.642.453 236.126

45014. Financ.Sanit.Tramo Auton. Imp.minor. hidrocarburos. 23.984 23.088 0,76 23.088 0

46036 Ayuntamiento de Vigo 2.112 0 0,00 0 0

46115 Diputación A Coruña. 18.887 28.448 0,94 28.448 0

46127 Diputación Lugo. 0 8.370 0,28 8.370 0

46132 Diputación Ourense. 13.253 15.064 0,50 15.064 0

46136 Diputación Pontevedra 20.874 21.528 0,71 21.528 0

470 De empresas privadas 0 102 0,00 102 0 Total 2.712.597 3.037.985 100,00 2.801.859 236.126

(1) Importe sin reflejo numérico debido a la presentación en miles de euros. Importe negativo 60,85 €

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De la información reflejada se extraen las siguientes observaciones:

− Estos ingresos se concentran en el epígrafe 450.11, que es el componente básico de los fondos provenientes del sistema de financiación, y se corresponde con la asignación que la Xunta aplica a la financiación sanitaria. Estos fondos se han visto incrementados respecto a su previsión inicial en 296.467 miles de euros, lo que supone un 11%, justifica el 89% del incremento del presupuesto total, y concentra el 94,8% de los derechos reconocidos del capítulo IV.

− Se mantienen al cierre del ejercicio derechos pendientes de cobro por una cuantía que representa el 7,7% del total de derechos reconocidos del presupuesto de ingresos. Corresponden en su totalidad a transferencias de la propia Comunidad Autónoma en el epígrafe referido (450.11).

− La existencia de un saldo negativo pone de manifiesto una anómala situación contable.

Para un análisis más detallado y a efectos metodológicos, se agrupan las partidas en bloques homogéneos siguiendo el criterio aplicado en el análisis de las fuentes de financiación (apartado II.1.3.) y que presenta la siguiente clasificación:

A) Fondos del Sistema de Financiación Miles de euros

Variación Epígrafe Previsión Derechos

reconocidos Absoluta %

404 Fondo de Cohesión Sanitaria 1.900 2.669 769 40,47

423 INSS 14.300 21.389 7.089 49,57

450.11 Participación Sistema Sanitario 2.582.111 2.878.578 296.467 11,48

450.14 Impuesto Hidrocarburos 23.984 23.088 -896 -3,74

Total 2.622.295 2.925.724 303.429 11,57

Estos fondos representan el 94,8% del total de los derechos reconocidos y han resultado incrementados en un 11,6%. Apuntadas con anterioridad las observaciones sobre su componente básico (epígrafe 450.11 Asignación de la Xunta), cabe subrayar las siguientes consideraciones sobre el resto de componentes:

− Los ingresos procedentes del “Programa de Ahorro en Incapacidad Temporal” se incrementan de forma significativa, no alcanzado el importe previsto los correspondientes al impuesto sanitario sobre hidrocarburos (tramo autonómico).

− Sobre los derechos reconocidos del Fondo de Cohesión Sanitaria nos remitimos a las observaciones referidas en el apartado II.2.1.2.2.

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B) Fondos de servicios sanitarios traspasados

Representando el 3,3% de los derechos reconocidos, se observa una disparidad en el grado de ejecución de las previsiones entre sus diferentes componentes. Respecto a la Diputación de A Coruña debe advertirse que, entre los derechos reconocidos, se registran 9.487 miles de euros correspondientes al primer pago derivado del acuerdo transaccional formalizado mediante convenio y descrito en el apartado II.2.1.2.2.

C) Otros ingresos Miles de euros

Epígrafe Previsión Derechos reconocidos

450.10 Formación continua 906 906

Corresponde a la asignación al SERGAS del plan de formación continua destinado al personal estatutario.

D) Ingresos no previstos Miles de euros

Epígrafe Derechos reconocidos

403 Transf. finalistas 500

450.00 Transf. finalistas CC.AA. 15

461.27 Transf. Diputación Lugo 8.370

470 Empresas Privadas 102

Total 8.987

Son ingresos no previstos en la formulación del presupuesto inicial. Sobresale en este apartado el importe correspondiente a la Diputación de Lugo y que ha sido analizado en el apartado II.2.1.2.2.1. El resto de componentes tiene su origen en transferencias finalistas del Ministerio y la C.A. para fines de investigación sanitaria y aportaciones de empresas privadas (convenio con La Caixa para la creación de ciberaulas en los centros sanitarios).

Capítulo V: Ingresos patrimoniales Recoge los ingresos procedentes de rentas de la propiedad o patrimonio del organismo, así como los derivados de actividades realizadas en régimen de derecho privado.

Sin previsión inicial, se han reconocido derechos por importe de 169 miles de euros en concepto de concesiones administrativas, con una recaudación neta que alcanzó el 90%.

Miles de euros

Variación Epígrafe Previsión Derechos

reconocidos Absoluta %

424 ISM 34.270 37.328 3.058 8,92 460.36 Ayuntamiento Vigo 2.112 0 -2.112 -100,00 461.15 Diputación A Coruña 18.887 28.448 9.561 50,62 461.32 Diputación Ourense 13.253 15.064 1.811 13,66 461.36 Diputación Pontevedra 20.874 21.528 654 3,13 Total 89.396 102.368 12.972 14,51

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

67

Capítulo VII: Transferencias de capital Se recogen en este capítulo los ingresos que tienen su origen en transferencias con destino a la financiación de inversiones nuevas y de reposición.

La liquidación del ejercicio presenta la siguiente información: Miles de euros

Epígrafe Previsiones definitivas

Derechos reconocidos Participación Recaudación

neta

Derechos pendientes de

cobro

702 Subvenciones finalistas 0 1.483 59 1.483 0

722 Fondo de investigación sanitaria 0 (1) 0 (1) 0 0

75000 Fondos propios 144 1.018 40 1.018 0

770 Empresas privadas 0 1 1 0

79930 Otras 0 14 14 0

79960 UE. Programas Investigación 0 10 10 0

Total 144 2.526 100 (1) Importe sin reflejo numérico debido a la presentación en miles de euros. Importe negativo 122,51€

Estos ingresos se caracterizan por corresponder básicamente a programas de investigación sanitaria y reconocerse durante el ejercicio sin previsión inicial.

De la información expuesta se extraen las siguientes observaciones:

− El 99% de los derechos reconocidos tienen su origen en transferencias del Estado y de la Comunidad Autónoma, presentando un carácter residual los procedentes de la Unión Europea.

− Las transferencias de la Comunidad Autónoma reconocen en su mayoría ayudas a la investigación financiadas por la Consellería de Innovación, Industria y Comercio.

− La existencia de un importe negativo pone de manifiesto una anómala situación contable.

Capítulo VIII: Activos Financieros

Se recogen en este capítulo los reintegros de préstamos que el SERGAS concede a su personal. Los derechos reconocidos han superado a las previsiones en un 163%.

II.3.- OPERACIONES DE PRESUPUESTOS CERRADOS

II.3.1.- INGRESOS

La información que refleja la Cuenta General del SERGAS respecto de la liquidación del presupuesto de ejercicios cerrados de ingresos es la siguiente:

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

68

Miles de euros

Concepto Saldo dchos. ptes. cobro

a 1.1.05

Anulac. / rectific. Recaudación

Saldo dchos. ptes. cobro a 31.12.05

% s/ saldo inicial

301 Tasas servicios administrativos (1) 0 0 0 (1) 0 100,00

363 Deudores varios y particulares 59.166 388 1.498 57.279 96,81

364 Deudores accidentes tráfico 13.064 434 1.874 10.756 82,33

365 Deudores mutuas patronales 4.564 22 1.180 3.363 73,67

370 Ensayos clínicos 1 0 0 1 100,00

380 Reintegros ejercicios cerrados 13 0 5 9 65,27

381 Reintegros presupuesto corriente 1 0 0 1 90,10

391 Recargos y multas 4 1 1 3 68,11

399 Ingresos diversos 697 0 41 655 94,07

Capítulo III 77.509 845 4.598 72.066 92,98

403 Subvenciones finalistas del Estado 27 0 0 27 100,00

421 Transferencias INSALUD 535 0 0 535 100,00

450 Transferencias comunidad autónoma 24.466 0 24.466 0 0,00

460 Transferencias ayuntamientos 2.124 0 0 2.124 100,00

461 Transferencias diputaciones 5.496 6.234 -738 0 --

Capítulo IV 32.649 6.234 23.729 2.687 8,23

702 Subvenciones finalistas 140 0 0 140 100,00

722 Fondo investigación sanitaria 25 0 0 25 100,00

750 Transferencias comunidad autónoma 2.090 0 2.090 0 0,00

799 Otras transferencias de la U.E. (1) 0 0 0 (1) 0 100,00

Capítulo VII 2.255 0 2.090 165 7,31

Total 112.414 7.079 30.417 74.917 66,64

(no incluye ejercicio 1991) (1) Importe sin reflejo numérico debido a la presentación en miles de euros De su examen se extraen las siguientes observaciones: − El resultado de las operaciones ejecutadas durante el ejercicio ha reducido el saldo de derechos pendientes de cobro un 33,4%, correspondiendo a actuaciones de recaudación de derechos el 81%, frente al 19% producto de operaciones de anulación / rectificación.

− Destaca de forma significativa la anulación / rectificación por importe de 6.234 miles de euros en el concepto de “transferencias diputaciones” que es consecuencia del convenio formalizado con la Diputación de A Coruña y descrito en el apartado II.2.1.2.2. El importe anulado excede el derecho reconocido, situación que pone de manifiesto una anómala situación contable.

− El capítulo III (tasas y otros ingresos) representa el 69% del total de derechos pendientes de cobro al inicio del ejercicio siendo objeto de recaudación y anulación / rectificación un exiguo 7%, manteniendo un saldo de elevado importe que representa el 96% del total de los derechos pendientes de cobro al final del ejercicio.

Se realiza a continuación el análisis de la ejecución por centros de gestión del capítulo III. A tal efecto se resume en el siguiente cuadro la información agregada, reflejándose en el anexo VIII.6.1. la situación por concepto presupuestario:

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

69

Miles de euros

Centro Saldo 1.1.05

% partic.

Anul. / rectif. Recaudación Saldo

31.12.05 %

partic. % s/ saldo

inicial

1501 C.H.U. Juan Canalejo 25.831 33,33 40 1.351 24.440 33,91 94,62

1505 C.H. Arquitecto Marcide 1.722 2,22 24 323 1.375 1,91 79,85

1507 X.A.P. Área A Coruña 68 0,09 2 24 42 0,06 61,76

1508 X.A.P. Área Ferrol 41 0,05 1 17 24 0,03 57,53

1509 X.A.P. Área Santiago 133 0,17 5 39 88 0,12 66,33

1571 C.H.U. de Santiago 31.011 40,01 548 946 29.517 40,96 95,18

1597 D.P. A Coruña (1) 0 0,00 0 0 (1) 0 0,00 100,00

2701 C.H. Xeral-Calde 1.322 1,71 63 318 942 1,31 71,26

2703 X.A.P. Lugo 20 0,03 0 2 18 0,02 89,75

2706 H. da Costa 2.471 3,19 9 191 2.271 3,15 91,92

2707 H.C. de Monforte 225 0,29 2 64 160 0,22 71,04

3201 C.H. de Ourense 3.171 4,09 71 472 2.628 3,65 82,88

3204 H.C. de Valdeorras 529 0,68 8 51 470 0,65 88,85

3206 X.A.P. Ourense 28 0,04 1 24 3 0,00 9,22

3297 D.P. Ourense 1 0,00 0 0 1 0,00 100,00

3601 C.H.U. de Vigo 4.965 6,41 55 459 4.452 6,18 89,65

3603 C.H. de Pontevedra 5.771 7,45 10 235 5.527 7,67 95,76

3606 X.A.P. Área Vigo 93 0,12 2 35 56 0,08 60,33

3612 X.A.P. Área Pontevedra 105 0,14 6 48 50 0,07 48,14

3697 D.P. Pontevedra (1) 0 0,00 0 0 (1) 0 0,00 100,00

5001 Servicios Centrales 3 0,00 0 0 3 0,00 100,00

Total 77.509 100,00 845 4.598 72.066 100,00 92,98

(1) Importe sin reflejo numérico debido a la presentación en miles de euros

De la información que se refiere extraemos las siguientes observaciones:

− Los complejos hospitalarios de Santiago y Juan Canalejo concentran el 75% del saldo total al final de ejercicio.

− Se constata la existencia de saldos pendientes de cobro negativos que no fueron depurados conforme a las recomendaciones emitidas en informes precedentes.

En el análisis de este apartado se reproduce la limitación originada por la falta de detalle, en cuanto a los saldos que refleja la Cuenta General del SERGAS, en lo relativo al importe del ingreso pendiente por año de procedencia.

Finalmente, y como se viene reiterando en informes anteriores, la información facilitada no alcanza la totalidad de ingresos generados desde la transferencia de los servicios, ya que no proporciona datos respecto a los derechos contabilizados en 1991 y que permanecen pendientes de cobro. Al término del ejercicio fiscalizado continúan figurando en la Cuenta General de la Comunidad Autónoma saldos pendientes de cobro del capítulo III (tasas, precios y otros ingresos), por importe de 3.388 miles de euros, que no fueron depurados.

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

70

II.3.2.- GASTOS Extraído de la información que refleja la Cuenta General del SERGAS se presenta a continuación cuadro comprensivo de la ejecución de las obligaciones reconocidas de ejercicios cerrados a 1 de enero de 2005, que se complementa con la información contenida en el anexo VIII.6.2. que muestra su desagregación por anualidades (período 1991 – 2005) y capítulos presupuestarios:

Euros

Saldo inicial

a 1.1.05

Anulac. en 2005

Prop. pag. emit. en 2005

Obligac. pend. a

31.12.05

Pagos ordenados

en 2005

Prop. pag. ptes. ord. a 31.12.05

Pagos realiz.

en 2005

84.419.521 524.360 81.945.909 1.949.251 81.143.576 802.334 81.143.576

− Del saldo inicial de obligaciones reconocidas a 1 de enero de 2005, el 97% corresponde al ejercicio anterior. El resultado de las operaciones ejecutadas durante el ejercicio concluye con un saldo final de obligaciones reconocidas pendientes de ejecutar de 1.949 miles de euros.

− Como se refleja en anteriores informes, al finalizar el ejercicio continúan en la misma situación las propuestas de pago pendientes de ordenar correspondientes al ejercicio 1992 por importe de 3,3 miles de euros, así como órdenes de pago pendientes de ejecutar del ejercicio 1991 por cuantía de 1,6 miles de euros.

− Se mantiene un significativo importe en obligaciones de elevada antigüedad. El saldo de las obligaciones que superan cinco años, susceptibles de aplicación de la prescripción prevista en el art. 27 del TRLRFPG, asciende a 1.391 miles de euros, representando el 71% del total. Esta situación es objeto de reiteradas observaciones en los últimos informes de este Consello, recomendando actuaciones conducentes a la depuración de estos saldos.

− El saldo de propuestas de pago pendientes de ordenar al cierre de ejercicio se corresponde en su práctica totalidad con obligaciones reconocidas en el ejercicio precedente. Estas propuestas corresponden en exclusiva a los centros C.H.U. de Santiago (16 miles de euros), H. Meixoeiro (5 miles de euros) y Servicios Centrales, éste ultimo acumula el 97% (781 miles de euros) del total y se corresponden con obligaciones del capítulo VI cuya propuesta de pago se formaliza el 31 de diciembre del 2005.

Se presenta a continuación la situación del saldo de obligaciones a 31.12.2005 distribuido por año y centro de gestión:

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

71

Euros

Ejercicio Centro

1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 Total %

1501 C.H.U. Juan Canalejo 84 153 2.568 216 47.233 0 50.255 2,58

1507 X.A.P. Area Coruña 124 4.710 919 81 5.833 0,30

1508 X.A.P. Area Ferrol 52.753 1.825 484 429 55.491 2,85

1509 X.A.P. Area Santiago 2.351 6.396 398 102 9.247 0,47

1571 C.H.U. de Santiago 2.259 60.106 54.094 28.199 81 44.657 189.397 9,72

1597 D.P. de A Coruña 32.792 5.516 1.521 1.516 752 42.097 2,16

2701 C.H. Xeral-Calde 0 29.814 56.262 86.076 4,42

2703 X.A.P. Lugo 78 1.552 187 1.817 0,09

2706 H. da Costa 0 65 65 0,00

2707 H.C. de Monforte 8.067 12.814 150 45.775 20.118 156 87.080 4,47

3201 C.H. de Ourense 7 6.011 4.317 12.000 22.335 1,15

3297 D.P. de Ourense 60 60 0,00

3601 C.H. Xeral-Cíes 25 416 10.295 3.586 1.968 1.392 47 3.005 973 40 5 21.750 1,12

3603 C.H. de Pontevedra 25.593 5.980 25.639 5.883 547 0 68.600 132.241 6,78

3606 X.A.P. Area Vigo 1.368 321 1.688 0,09

3611 H. Meixoeiro 37.963 11.106 8.399 9.373 10.467 7.033 8.495 20.112 30.745 31.013 11.242 35.229 10.223 231.400 11,87

3612 X.A.P. Area Pontevedra 1.297 1.297 0,07

3649 H. Nicolás Peña 122 122 0,01

3697 D.P. de Pontevedra 576.929 6.197 10.952 223 594.301 30,49

5001 Servicios Centrales 23.658 20.589 3.756 62.502 7.545 35.579 83.447 32.768 257 18.960 122.896 4.742 416.698 21,38

Total 61.620 33.962 20.246 93.674 697.481 244.220 173.179 66.937 37.368 56.052 76.747 189.577 198.188 1.949.251 100,00

% 3,16 1,74 1,04 4,81 35,78 12,53 8,88 3,43 1,92 2,88 3,94 9,73 10,17 100,00

La D.P. de Pontevedra y Servicios Centrales acumulan el 51,9% del saldo de obligaciones reconocidas. El primer centro concentra su importe (97%) en obligaciones correspondientes al ejercicio 1996.

II.4.- GASTOS COMPROMETIDOS DE EJERCICIOS FUTUROS Los compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros son aquellos cuya ejecución se proyecta en varios ejercicios, lo que implica la asunción del compromiso de anualidades con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores. Las condiciones y requisitos para la ejecución de este tipo de compromisos presupuestarios se encuentran recogidos en el artículo 58 del TRLRFP.

A 31.12.2005 el importe de los créditos comprometidos para ejercicios futuros registra un saldo de 485.107 miles de euros, siendo su distribución por anualidades y por capítulos el que se refleja en el siguiente cuadro, información que se complementa en el anexo VIII.7 con el detalle referido a los límites de compromisos, autorizaciones y disposiciones:

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

72

Del análisis de la información se extraen las siguientes observaciones sobre la situación de los créditos comprometidos de ejercicios futuros:

− A nivel global se registra una reducción del 13% respecto de la situación del ejercicio precedente.

− Por centros de gestión, se mantiene la situación de ejercicios anteriores de concentración de compromisos en la D.P. de Pontevedra (36%) y en Servicios Centrales (24%), correspondiendo el primer caso a la actividad concertada, en particular la concertación con POVISA, y el segundo a la actividad inversora en construcción y equipamientos.

− Por ámbito funcional el programa de Atención Especializada aglutina el 92% de los compromisos futuros.

− Desde la perspectiva económica, los compromisos futuros están orientados hacia gastos corrientes (76%) e inversiones (24%). Se observa, en los últimos ejercicios, una tendencia al incremento de los primeros respecto de los segundos.

En el Estado Mayor de Aplicaciones Presupuestarias del SERGAS de ejercicios futuros correspondiente al ejercicio 2005, no figuran compromisos de gasto en la aplicación 2797. 2223. 252.02 con destino al abono de la deuda comprometida mediante Convenio con la Diputación de Lugo, descrito en el apartado II.2.1.2.2. Recabada la documentación acreditativa de estos compromisos al SERGAS, se constata que los documentos contables para compromisos futuros figuran registrados en el ejercicio 2007, abonándose los importes correspondientes a los ejercicios 2006 y 2007 sin compromiso previo en presupuesto de ejercicios futuros.

II.5.- OBLIGACIONES PENDIENTES DE RECONOCER

Uno de los objetivos primordiales de fiscalización de la Cuenta General del SERGAS lo constituye el análisis de las obligaciones pendientes de contabilizar, tanto las generadas en el propio ejercicio como, en su caso, las correspondientes a ejercicios anteriores; su adecuada periodificación permite precisar el resultado del ejercicio y fijar el gasto real.

Miles de euros

Capítulo 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 Total

I Gastos de personal 28 0 0 0 0 0 0 0 0 0 28

II Gastos en bienes corrientes y servicios. 197.884 95.343 69.606 1.955 416 416 416 414 403 241 367.095

IV Transferencias corrientes 2.676 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2.676

VI Inversiones reales 65.008 34.967 15.333 0 0 0 0 0 0 0 115.308

Total 265.596 130.310 84.940 1.955 416 416 416 414 403 241 485.107

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

73

La determinación del importe de obligaciones pendientes de imputar al presupuesto se realizó siguiendo los criterios y metodología aplicados en los informes precedentes basándose en la información facilitada por los Servicios Centrales y centros de gestión del propio organismo. El proceso seguido consiste en cuantificar en primera instancia las obligaciones pendientes de reconocer del ejercicio 2005 para, en un segundo momento, establecer el importe acumulado de obligaciones pendientes de reconocer al final del mismo; este importe es el resultado de incorporar a las primeras las correspondientes a ejercicios anteriores, que se mantienen sin imputar al presupuesto.

Obligaciones del ejercicio pendientes de reconocer

Adoptando similar criterio al seguido en los informes de fiscalización precedentes, se ha considerado el gasto de la factura de farmacia correspondiente al mes de diciembre entre las obligaciones del ejercicio a efectos de conseguir un análisis comparativo homogéneo e independiente del momento en que se realiza su imputación presupuestaria, cuyo importe asciende a 66.904 miles de euros. Coincidiendo con el criterio seguido por este Consello, el SERGAS declara como obligación pendiente de reconocer en el presente ejercicio las cuotas de seguros sociales del mes de diciembre.

El importe de las obligaciones del ejercicio 2005 no contabilizadas asciende a 110.796 miles de euros, suponiendo una reducción del 64% respecto del ejercicio anterior, y representan el 3,6% de las obligaciones reconocidas en el ejercicio, 8 puntos menos que en el ejercicio anterior.

El detalle por centros de gestión y conceptos presupuestarios se presenta mediante los siguientes cuadros:

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

74

Por centros de gestión Miles de euros

Deuda real Centro Total deuda

declarada Deuda

improcedente Deuda

No declarada Total %

1501 C. H. U. Juan Canalejo 5.737 0 0 5.737 5,2

1505 C. H. Arquitecto Marcide 1.804 0 0 1.804 1,6

1507 X.A.P. Area de A Coruña 1.227 0 0 1.227 1,1

1508 X.A.P. Area Ferrol 721 0 0 721 0,7

1509 X.A.P. Area Santiago 609 0 0 609 0,5

1571 C. H. U. de Santiago 6.693 0 729 7.422 6,7

1597 D. P. de A Coruña 2.947 (1) 0 25.709 28.656 25,9

2701 C. H. Xeral-Calde 1.981 0 0 1.981 1,8

2703 X.A.P. de Lugo 1.136 0 0 1.136 1,0

2706 H. da Costa 625 0 0 625 0,6

2707 H. de Monforte 1.490 10 26 1.506 1,4

2797 D. P. de Lugo 85 0 10.150 10.235 9,2

3201 C. H.de Ourense 4.366 0 0 4.366 3,9

3204 H. de Valdeorras 304 0 0 304 0,3

3206 X.A.P. Ourense 621 0 0 621 0,6

3297 D.P. de Ourense 448 0 10.287 10.735 9,7

3601 C. H. U. de Vigo 6.925 0 0 6.925 6,3

3603 C.H. de Pontevedra 2.774 0 0 2.774 2,5

3606 X.A.P. Area Vigo 857 0 0 857 0,8

3612 X.A.P. Area Pontevedra 581 (1) 0 0 581 0,5

3697 D. P. de Pontevedra 1.194 2 20.759 21.951 19,8

5001 Servicios Centrales 0 0 25 25 0,0

Total 43.123 12 67.684 110.796 100,0

(1) Sin reflejo numérico debido a la presentación en miles de euros

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

75

Por conceptos presupuestarios

Miles de euros

Concepto económico

Total deuda

declarada

Deuda improcedente

Deuda no declarada

Deuda real

160 15.740 0 0 15.740

162 14 0 0 14

CAPITULO I 15.754 0 0 15.754

203 12 0 0 12

205 1 0 0 1

212 149 0 0 149

213 253 5 26 274

214 (1) 0 0 0 (1) 0

215 14 0 1 15

216 43 0 0 43

220 168 (1) 0 1 169

221 17.994 5 721 18.710

222 111 0 0 111

223 36 0 (1) 0 36

225 9 0 0 9

226 4 0 0 4

227 1.075 0 5 1.080

230 1 (1) 0 0 1

231 11 0 0 11

233 2 0 0 2

Total consumo intermedio 19.881 10 754 20.625

252 1.672 0 0 1.672

253 1.106 0 0 1.106

254 1.451 (1) 0 (1) 0 1.452

255 1 0 0 1

258 79 0 0 79

Total art. 25 4.309 (1) 0 (1) 0 4.309

CAPITULO II 24.189 10 755 24.934

441 416 0 0 416

486 202 2 0 200

489 2.553 0 66.930 69.483

CAPITULO IV 3.171 2 66.930 70.099

621 9 0 0 9

CAPITULO VI 9 0 0 9

Total 43.123 12 67.684 110.796

(1) Sin reflejo numérico debida a la presentación en miles de euros

De la información contenida se destaca lo siguiente:

− El gasto farmacéutico, y en particular la factura de farmacia del mes de diciembre (60,4%), concentra el 62,7% del importe total de la deuda y justifica que, analizada por centros de

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

76

gestión, las Direcciones Provinciales absorban los mayores porcentajes de la misma, destacando la D.P. de A Coruña con el 25,9% del total.

− La cuota de la Seguridad Social del mes de diciembre explica el 14,2% del importe de la deuda total.

− La deuda de los gastos en bienes corrientes y servicios representa el 22,5% del total y se reparte entre sus componentes de consumo intermedio y asistencia sanitaria con medios ajenos a razón de 83% y 17%, respectivamente.

A continuación se compara la deuda correspondiente a los gastos en consumo intermedio, que representan el 18,6% del total de obligaciones no reconocidas del ejercicio, con las obligaciones reconocidas por centros de gestión:

Miles de euros

Centro Obligaciones reconocidas

en 2005 (A)

Deuda generada en 2005 (B) % B/A

1501 C. H.U. Juan Canalejo 116.031 3.106 2,68

1505 C. H. Arquitecto Marcide 31.823 1.101 3,46

1507 X.A.P. Area de A Coruña 3.957 446 11,27

1508 X.A.P. Area Ferrol 2.155 330 15,29

1509 X.A.P. Area Santiago 2.585 41 1,57

1571 C. H. U. de Santiago 127.218 5.212 4,10

1597 D. P. de A Coruña 374 0 0,00

2701 C. H. Xeral-Calde 60.807 794 1,31

2703 X.A.P. de Lugo 4.844 412 8,50

2706 H. da Costa 11.434 335 2,93

2707 H. de Monforte 8.399 1.220 14,53

2797 D. P. de Lugo 367 8 2,16

3201 C. H.de Ourense 69.150 2.442 3,53

3204 H. de Valdeorras 5.823 116 1,98

3206 X.A.P. Ourense 3.320 4 0,12

3297 D.P. de Ourense 199 19 9,48

3601 C. H. U. de Vigo 98.043 3.015 3,08

3603 C.H. de Pontevedra 49.255 1.996 4,05

3606 X.A.P. Area Vigo 4.094 30 0,72

3612 X.A.P. Area Pontevedra 2.502 (1) 0 0,01

3697 D. P. de Pontevedra 529 0 0,00

5001 Servicios Centrales 7.349 0 0,00

Total 610.260 20.625 3,38

(1) Sin reflejo numérico debido a la presentación en miles de euros

La deuda en consumo intermedio alcanza el 3,4% de las obligaciones reconocidas, con diferencias significativas entre centros, destacando los X.A.P. de Ferrol (15,3%), A Coruña (11,3%) y Lugo (8,5%); entre los centros hospitalarios sobresale el H. de Monforte (14,5%) y entre los centros de carácter administrativo destaca la D.P. de Ourense (9,5%).

Finalmente se presenta la comparativa de las obligaciones del ejercicio no contabilizadas en relación con los tres ejercicios anteriores atendiendo a la estructura económica del presupuesto.

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Miles de euros

Fluctuación 03/04 Fluctuación 04/05

Capítulos

Deuda generada en 2003

Deuda generada en 2004 Absoluta Porcentual

Deuda generada en 2005 Absoluta Porcentual

I Gastos de personal 14.442 16.042 1.601 11,1 15.754 -288 -1,8

II Gastos corrientes en bienes y servicios 70.357 100.923 30.566 43,4 24.934 -75.989 -75,3

Consumo intermedio 62.626 92.292 29.665 47,4 20.625 -71.667 -77,7

Art. 25 Conciertos 7.731 8.631 901 11,6 4.309 -4.322 -50,1

IV Transferencias corrientes 122.661 191.507 68.846 56,1 70.099 -121.408 -63,4

Concepto 489 Farmacia 121.941 189.553 67.611 55,4 69.483 -120.070 -63,3

Resto conceptos 719 1.954 1.235 171,6 616 -1.338 -68,5

VI Inversiones reales 17 28 11 63,5 9 -19 -68,7

Total 207.477 308.500 101.023 48,7 110.796 -197.704 -64,1

Obligaciones pendientes de reconocer al final del ejercicio La deuda acumulada a 31.12.2005 asciende a 111.234 miles de euros, donde las obligaciones no contabilizadas anteriores al ejercicio representan el 0,4% del total, y su detalle por centros gestores y conceptos presupuestarios se muestra en los siguientes cuadros:

Miles de euros

Deuda real Centro Deuda

declarada Deuda

improcedente Deuda

No declarada Total %

1501 C. H. Juan Canalejo 5.737 0 0 5.737 5,2

1505 C. H. Arquitecto Marcide 1.804 0 0 1.804 1,6

1507 X.A.P. Area de A Coruña 1.227 0 0 1.227 1,1

1508 X.A.P. Area Ferrol 721 0 0 721 0,6

1509 X.A.P. Area Santiago 650 0 0 650 0,6

1571 C. H. U. de Santiago 6.993 0 729 7.722 6,9

1597 D. P. de A Coruña 2.947 (1) 0 25.709 28.656 25,8

2701 C. H. Xeral-Calde 1.981 0 0 1.981 1,8

2703 X.A.P. de Lugo 1.136 0 0 1.136 1,0

2706 H. da Costa 630 0 0 630 0,6

2707 H. de Monforte 1.520 10 28 1.538 1,4

2797 D. P. de Lugo 85 0 10.150 10.235 9,2

3201 C. H.de Ourense 4.398 0 0 4.398 4,0

3204 H. de Valdeorras 304 0 0 304 0,3

3206 X.A.P. Ourense 627 0 0 627 0,6

3297 D.P. de Ourense 448 0 10.287 10.735 9,7

3601 C. H. U. de Vigo 6.926 0 0 6.926 6,2

3603 C.H. de Pontevedra 2.774 0 0 2.774 2,5

3606 X.A.P. Area Vigo 857 0 0 857 0,8

3612 X.A.P. Area Pontevedra 582 (1) 0 0 582 0,5

3697 D. P. de Pontevedra 1.213 2 20.759 21.970 19,8

5001 Servicios Centrales 0 0 25 25 0,0

TOTAL 43.559 12 67.687 111.234 100,0

(1) Sin reflejo numérico debido a la presentación en miles de euros

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

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Miles de euros

Concepto económico

Deuda declarada

Deuda improcedente

Deuda no declarada

Deuda real

160 15.740 0 0 15.740

162 14 0 0 14

CAPITULO I 15.754 0 0 15.754

203 12 0 0 12

205 1 0 0 1

212 149 0 0 149

213 255 5 26 276

214 (1) 0 0 0 (1) 0

215 14 0 1 15

216 43 0 0 43

220 169 (1) 0 1 170

221 18.368 5 724 19.086

222 127 0 0 127

223 41 0 (1) 0 41

225 9 0 0 9

226 5 0 0 5

227 1.080 0 5 1.085

230 1 (1) 0 0 1

231 11 0 0 11

233 2 0 0 2

Total consumo intermedio 20.286 10 757 21.033

252 1.691 0 0 1.691

253 1.106 0 0 1.106

254 1.451 (1) 0 (1) 0 1.452

255 1 0 0 1

258 79 0 0 79

Total art. 25 4.328 (1) 0 (1) 0 4.329

CAPITULO II 24.615 10 757 25.362

441 416 0 0 416

486 202 2 0 200

489 2.553 0 66.930 69.483

CAPITULO IV 3.171 2 66.930 70.099

621 19 0 0 19

CAPITULO VI 19 0 0 19

Total 43.559 12 67.687 111.234

(1) Sin reflejo numérico debido a la presentación en miles de euros

Imputación presupuestaria de las obligaciones pendientes de reconocer a 31.12.2005

La cuantía total de la deuda acumulada al final del ejercicio 2005 se imputó con cargo a los créditos del presupuesto siguiente.

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

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Desde el punto de vista normativo la convalidación de deuda por el Consello de la Xunta se fundamenta en la previsión contenida en el art. 102 del TRLRFPG, que establece el procedimiento a seguir en los supuestos de falta de fiscalización o de reconocimiento de la obligación cuando dichos trámites se omiten.

Del contenido de los informes de la Intervención General, preceptivos para la toma de decisión por el Consello de la Xunta sobre los expedientes que fueron sometidos a su consideración, se desprende que las causas que originaron la tramitación de expedientes de convalidación de gasto estriban en la ausencia de fiscalización previa motivada por insuficiencia de crédito en las aplicaciones presupuestarias que por su naturaleza tendrían que soportar el gasto. El carácter recurrente de esta situación limita la capacidad del presupuesto corriente para afrontar el gasto previsto al tener que asumir obligaciones de ejercicios anteriores y se traduce en prácticas al margen de los procedimientos de legalidad y control que exige la gestión de los recursos públicos.

El traslado de gasto al ejercicio siguiente afecta fundamentalmente a la seguridad social y la facturación de farmacia del mes de diciembre. Con respecto a esta última imputación de gasto extemporáneo, hay que hacer constar que el Concierto suscrito entre el Colegio Oficial de Farmacéuticos y la Consellería de Sanidad contempla que la facturación correspondiente a cada mes pueda presentarse dentro de los diez primeros días del mes siguiente; no obstante, de conformidad con lo previsto en la Orden de 29 de noviembre que regula las operaciones de cierre del ejercicio 2005, se amplía el plazo de presentación de documentos hasta el día 13 de enero, para aquellos cuya tramitación no sea posible ante la Intervención Delegada antes del 30 de diciembre, con objeto de su correcta imputación al ejercicio 2005.

II.6.- RESULTADO PRESUPUESTARIO De gestión del ejercicio

Según los datos contenidos en la liquidación de la Cuenta General del Sergas de 2005, el importe de los derechos reconocidos netos asciende a 3.084.809 miles de euros y la cuantía de las obligaciones reconocidas netas suma 3.079.948 miles de euros, por lo que el saldo presupuestario arroja un superávit de 4.861 miles de euros, y se corresponde con el siguiente detalle:

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

80

Miles de euros

Conceptos Derechos reconocidos netos

Obligaciones reconocidas netas Importes

(+) Operaciones corrientes 3.080.641 2.952.667 127.974

(+) Operaciones de capital 2.526 125.687 -123.160

1. (+) Operaciones no financieras 3.083.168 3.078.353 4.814

2. (+) Operaciones con activos financieros 1.641 1.595 47

I. RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO 3.084.809 3.079.948 4.861

II. VARIACIÓN NETA DE PASIVOS FINANCIEROS -- -- --

III. SALDO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO (I + II) 4.861

3. (-) Desviaciones de financiación positivas por recursos del ejercicio en gastos con financiación afectada --

4. (+) Desviaciones de financiación negativas con gastos con financiación afectada --

IV. SUPERÁVIT DE FINANCIACIÓN DEL EJERCICIO (III-3+4) 4.861

El SERGAS no viene registrando desviaciones de operaciones de financiación afectada.

Excepciones y salvedades a los gastos e ingresos

Las salvedades que afectan al estado gastos se derivan de la inclusión de los gastos devengados en el ejercicio y no aplicados al presupuesto (apartado II.5 del informe) y la deducción de los generados en ejercicios anteriores y que han sido aplicados al presupuesto del ejercicio fiscalizado. En el cuadro que sigue se detalla el proceso de ajuste:

Miles de euros

Clasificación económica Derechos y

obligaciones reconocidos

Obligaciones del ejercicio

no contabilizadas

Obligaciones ejerci. anteriores imputadas 2005

Total salvedades

Liquidación s/efectos

salvedades

III Prestación de Servicios 42.487 42.487

IV Transferencias corrientes 3.037.985 3.037.985

V Ingresos patrimoniales 169 169

VII Transferencias de capital 2.526 2.526

VIII Activos financieros 1.641 1.641

Ingr

esos

Total 3.084.809 3.084.809

I Gastos de personal 1.139.741 15.754 -16.042 -288 1.139.453

II Gastos corrientes 785.659 24.934 -112.166 -87.232 698.427

III Gastos financieros 43 43

IV Transferencias corrientes 1.027.225 70.099 -191.508 -121.409 905.816

VI Inversiones reales 124.460 9 -28 -19 124.441

VII Transferencias de capital 1.227 1.227

VIII Activos financieros 1.595 1.595

Gas

tos

Total 3.079.948 110.796 -319.744 -208.948 2.871.000

Resultado del ejercicio 4.861 -110.796 319.744 208.948 213.809

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

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El superávit que refleja la liquidación de la cuenta rendida, que asciende a 4.861 miles de euros, se incrementa en 208.948 miles de euros, originando un superávit de 213.809 miles de euros.

Resultado presupuestario acumulado a 31.12.2005

De los datos contenidos en la contabilidad presupuestaria se desprende lo siguiente:

Miles de euros

− Resultado presupuestario acumulado ejercicios anteriores (15.663)

− Operaciones de presupuestos cerrados (6.555)

− Resultado presupuestario 2005 4.861

− Déficit presupuestario a 31.12.2005 (17.357)

Teniendo en cuenta que el organismo autónomo tiene contraídas a 31.12.2005 obligaciones pendientes de imputación presupuestaria por importe de 111.234 miles de euros, la situación reflejada anteriormente debe ajustarse como sigue:

Miles de euros

− Resultado presupuestario a 31.12.2005 (17.357)

− Gastos pendientes de aplicación presupuestaria (111.234)

− Resultado presupuestario a 31.12.2005 s/ salvedades (128.591)

Evolución del resultado Miles de euros

S/ datos liquidación presupuestaria S/ efecto de las salvedades detectadas

a 31.12.91 -7.957 -204.050

a 31.12.92 -64.054 -261.771

a 31.12.93 -20.681 -199.079

a 31.12.94 11.561 -113.844

a 31.12.95 13.150 -43.261

a 31.12.96 30.730 6

a 31.12.97 35.027 -1.929

a 31.12.98 33.398 -25.982

a 31.12.99 32.833 -69.483

a 31.12.00 36.121 -92.267

a 31.12.01 35.880 -132.337

a 31.12.02 -23.572 -117.383

a 31.12.03 -16.560 -225.853

a 31.12.04 -15.663 -335.423

a 31.12.05 -17.357 -128.591

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82

II.7.- RESUMEN FINAL Como resumen final de la fiscalización de la Cuenta General del SERGAS se presenta la información sobre las magnitudes básicas del presupuesto del ejercicio 2005. La situación comparativa del crédito inicial, el gasto ejecutado y el gasto real es la que sigue:

Miles de euros

Capítulo Presupuesto inicial (PI) %

Liquidación presupuestaria

(LP)

Gasto real (GR) LP/PI GR/PI

I. Gastos de personal 1.119.411 40,68 1.139.741 1.139.453 1,02 1,02

lII. Gtos. corrientes 607.703 22,08 785.659 698.427 1,29 1,15

Consumo intermedio 457.877 16,64 610.260 527.474 1,33 1,15

Art. 25 Conciertos 149.826 5,44 175.399 170.953 1,17 1,14

III. Gastos financieros 0 0,00 43 43 -- --

IV. Transferencias corrientes 846.836 30,77 1.027.225 905.816 1,21 1,07

Conc. 489 Farmacia 729.416 26,51 904.541 784.470 1,24 1,08

Resto capítulo 117.420 4,27 122.683 121.346 1,04 1,03

V. Fondo de Contingencia 50.909 1,85 0 0 0,00 0,00

VI. Inversiones reales 125.144 4,55 124.460 124.441 0,99 0,99

VII. Transferencias corrientes 1.093 0,04 1.227 1.227 1,12 1,12

VIII. Activos financieros 625 0,02 1.595 1.595 2,55 2,55

Total 2.751.721 100,00 3.079.948 2.871.000 1,12 1,04

La distribución del gasto real entre sus diferentes componentes se detalla en el siguiente gráfico:

A continuación se presenta la evolución del gasto real y de las obligaciones reconocidas en el período 1995-2005.

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

84

− Sigue sin ser implantado un sistema contable sujeto al Plan General de Contabilidad Pública de Galicia. El contenido de la información de la Cuenta es de tipo administrativo-presupuestario.

La Cuenta se encuentra incompleta no siendo representativa de la situación real al reflejar únicamente el movimiento del ejercicio con criterios dispares en cuanto a la cumplimentación de la información por parte de los diferentes centros y observándose deficiencias en su contenido.

A la vista de las limitaciones reseñadas, se ha procedido a solicitar al SERGAS la cumplimentación de información adicional mediante estadillos comprensivos del detalle y cuantificación de los distintos bienes y su situación patrimonial. Conforme a los datos suministrados, la situación patrimonial del SERGAS es la siguiente:

Miles de euros

Bienes inmuebles Bienes muebles Total Descripción

Nº elementos Importe Nº elementos Importe Nº elementos Importe

Situación a 31.12.04 1.112 504.023 228.971 112.543 230.083 616.566

Altas durante ejercicio 2005 10 36 9.020 14.790 9.030 14.826

Bajas durante ejercicio 2005 14 1.100 3.157 6.097 3.171 7.197

Situación a 31.12.05 1.108 502.958 234.834 121.237 235.942 624.195

% variación -0,4 -0,2 2,6 7,7 2,5 1,2

A final del ejercicio fiscalizado el valor de los bienes inventariados se eleva a 624.195 miles de euros, lo que representa un aumento del 1,2% con respecto al ejercicio precedente. De esta valoración, el 80,6% corresponde a bienes inmuebles y el 19,4% a bienes muebles.

Con objeto de proceder a un análisis comparativo interanual homogéneo, se ha seguido el tratamiento de la información con los mismos criterios de ejercicios anteriores.

De acuerdo con ello, los BIENES INMUEBLES han sido clasificados:

a) Por su naturaleza: Miles de euros

Nº elementos Valoración s/cuenta patrimonio % variación Naturaleza

A 1.1.05 A 31.12.05 A 1.1.05 A 31.12.05 Número Importe

Dominio Público 937 937 416.601 416.601 0,0 0,0

Patrimonial 175 171 87.422 86.357 -2,3 -1,2 Total 1.112 1.108 504.023 502.958 -0,4 -0,2

Los bienes inmuebles de dominio público, tanto en su número como en su valoración, no experimentan variación en el año 2005.

Por el contrario en lo que respecta a los de naturaleza patrimonial sí se observa un ligero descenso en ambos datos al finalizar el ejercicio fiscalizado.

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b) Por su titularidad: Miles de euros

Nº elementos Valoración s/cuenta patrimonio % variación Descripción

A 1.1.05 A 31.12.05 A 1.1.05 A 31.12.05 Número Importe

SERGAS 157 157 79.294 79.294 0,0 0,0

TGSS 507 505 244.881 240.292 -0,4 -1,9

Ayuntamientos 306 303 19.329 22.854 -1,0 18,2

Comunidades vecinales 5 5 70 70 0,0 0,0

Xunta de Galicia 120 121 160.405 160.405 0,8 0,0

Otros 17 17 44 44 0,0 0,0 Total 1.112 1.108 504.023 502.958 -0,4 -0,2

En este cuadro destaca el incremento del valor de los bienes cuya titularidad corresponde a los Ayuntamientos, a pesar de la disminución del número de elementos que se produce en el transcurso del año 2005.

c) Por su modo de incorporación: Miles de euros

Nº elementos Valoración s/cuenta patrimonio % variación Modo incorporación

A 1.1.05 A 31.12.05 A 1.1.05 A 31.12.05 Número Importe

Transf. otras administraciones públicas

575 571 287.954 286.889 -0,7 -0,4

Inventario 304 304 14.619 14.619 0,0 0,0

Construcción propia 117 117 75.161 75.161 0,0 0,0

Cesión de uso 34 34 10.312 10.312 0,0 0,0

Otras 82 82 115.977 115.977 0,0 0,0 Total 1.112 1.108 504.023 502.958 -0,4 -0,2

La única variación se registra en bienes transferidos por otras administraciones públicas.

d) Por su modalidad: Miles de euros

Nº elementos Valoración s/cuenta patrimonio % variación Modalidad

A 1.1.05 A 31.12.05 A 1.1.05 A 31.12.05 Número Importe

Edificios 661 657 396.560 395.495 -0,6 -0,3

Terrenos urbanizables 1 1 894 894 0,0 0,0

Terrenos urbanos edificados 154 154 97.279 97.279 0,0 0,0

Terrenos urbanos sin edificar 9 9 1.246 1.246 0,0 0,0

Urbanización 287 287 8.045 8.045 0,0 0,0

Total 1.112 1.108 504.023 502.958 -0,4 -0,2

En este caso la disminución, tanto en número de elementos como en valor de los bienes, corresponde a “edificios”.

e) Por centros: Miles de euros

Nº elementos Valoración s/cuenta patrimonio % variación Centro

A 1.1.05 A 31.12.05 A 1.1.05 A 31.12.05 Número Importe

Servicios Centrales 1.112 1.108 504.023 502.958 -0,4 -0,2

La variación en el ejercicio es insignificante.

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Respecto a los BIENES MUEBLES su clasificación es la siguiente:

a) Por su naturaleza: Miles de euros

Nº elementos Valoración s/cuenta patrimonio % variación Descripción

A 1.1.05 A 31.12.05 A 1.1.05 A 31.12.05 Número Importe

Aplicaciones informáticas 182 262 184 284 44,0 54,7

Instalaciones técnicas 2.006 2.062 25.061 25.972 2,8 3,6

Maquinaria 5.856 5.928 33.121 34.212 1,2 3,3

Utillaje 186 173 1 1 -7,0 0,0

Mobiliario 174.330 177.593 22.831 24.187 1,9 5,9

Eq. procesos información 13.969 15.799 2.290 2.635 13,1 15,1

Elementos de transporte 76 75 164 176 -1,3 7,3

Otro inmovilizado material 27.123 27.651 28.812 33.675 1,9 16,9

Inmovilizado inmaterial 5.243 5.291 79 94 0,9 18,8

Total 228.971 234.834 112.543 121.237 2,6 7,7

“Aplicaciones informáticas” registra el aumento porcentual más significativo.

En el ejercicio 2005 el apartado “Inmovilizado inmaterial” no figura desagregado como en el ejercicio precedente.

b) Por su titularidad: Miles de euros

Nº elementos Valoración s/cuenta patrimonio % variación Descripción

A 1.1.05 A 31.12.05 A 1.1.05 A 31.12.05 Número Importe

SERGAS 219.816 224.933 112.543 121.237 2,3 7,7

TGSS 0 0 0 0 -- --

Xunta de Galicia 3 17 0 0 466,7 --

Cesión de empresas 16 19 0 0 18,8 --

Otros 9.136 9.865 0 0 8,0 -- Total 228.971 234.834 112.543 121.237 2,6 7,7

No consta la valoración de los bienes cuya titularidad corresponde a otros entes públicos o privados, excepto los bienes cuyo titular es el SERGAS.

c) Por centros: Miles de euros

Nº elementos Valoración s/cuenta patrimonio % variación Centro A 1.1.05 A 31.12.05 A 1.1.05 A 31.12.05 Número Importe

1501 C.H.U. Juan Canalejo 37.021 37.688 17.151 18.022 1,8 5,1

1505 C.H. Arquitecto Marcide 20.738 19.826 5.947 6.401 -4,4 7,6

1571 C.H.U. de Santiago 43.349 44.942 35.020 35.315 3,7 0,8

2701 C.H. Xeral-Calde 14.822 15.574 8.754 9.800 5,1 11,9

2706 H. da Costa 4.682 4.715 3.300 3.398 0,7 3,0

2707 H.C. de Monforte 4.441 4.632 915 1.524 4,3 66,5

3201 C.H. de Ourense 28.168 28.858 8.269 9.508 2,4 15,0

3204 H.C. Valdeorras 4.842 4.835 2.858 2.942 -0,1 2,9

3603 C.H. de Pontevedra 23.452 25.244 14.312 16.718 7,6 16,8

3601 C.H.U. Vigo 38.506 39.573 13.761 15.352 2,8 11,6

5001 Servicios Centrales 8.950 8.947 2.256 2.256 0,0 0,0 Total 228.971 234.834 112.543 121.237 2,6 7,7

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Tan sólo dos centros, 1505 “C.H. Arquitecto Marcide” y 3204 “H. Comarcal de Valdeorras”, ven reducido el número de bienes muebles; por el contrario al final del ejercicio fiscalizado la variación de la valoración de estos bienes con respecto al inicio del mismo periodo ha sido positiva, destacando al respecto el centro 2707 “H. Comarcal de Monforte”.

III. 2.- TESORERÍA

Al amparo de lo regulado en el art. 90.4 del Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre, la Xunta de Galicia estableció mediante Decreto 302/1992, de 22 de octubre, que las operaciones de ingresos y ordenación y realización material de pagos del organismo autónomo, Servicio Gallego de Salud, las realizará la Tesorería de la Xunta de Galicia; por consiguiente, el SERGAS no dispone de tesorería propia e independiente.

El desarrollo de las actuaciones en esta área se ha limitado a realizar las comprobaciones pertinentes que permitan determinar:

− El número de cuentas corrientes de que dispone el Organismo Autónomo, tanto a nivel central como periférico.

− Los saldos que registran las entidades financieras al final del ejercicio.

− Los intereses que generan las cuentas en el ejercicio fiscalizado y su aplicación al presupuesto.

Al final del ejercicio fiscalizado el saldo contable de tesorería de la caja 07 (SERGAS) correspondiente a las distintas cuentas de las entidades financieras asciende a 199.986 miles de euros, registrándose diferencias de conciliación con las entidades financieras con las que se opera por importe de 17.366 miles de euros, toda vez que el saldo certificado por éstas asciende a 217.352 miles de euros.

En el ejercicio 2005 la Tesorería General de la Xunta utilizó ocho cuentas operativas (una de ellas registra un saldo de 0 euros) para hacer efectivas las propuestas de pago realizadas por los centros de gestión del SERGAS y una cuenta restringida de ingresos en el Banco Gallego que es la receptora transitoria de los importes traspasados periódicamente.

Los centros a su vez disponen de tres tipos de cuentas:

1. Cuentas especiales de pagos. Se diferencian entre las correspondientes a los centros de gestión y Servicios Centrales:

a) Centros de gestión. Son el instrumento operativo para la gestión del fondo de maniobra, que se repone a medida que se van justificando los pagos realizados y figura en la liquidación de la Cuenta General del SERGAS dentro del estado de deudores extrapresupuestarios, cuenta 310002, epígrafe “Fondo de Maniobra”, registrando un saldo igual al inicio y final del ejercicio

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por importe de 795 miles de euros. De acuerdo con los datos facilitados por los centros gestores, su saldo a 31.12.005 es de 762 miles de euros.

b) Servicios Centrales. Son el instrumento operativo del sistema de pagos a justificar, regulado en el art. 77 del TRLRFPG y mediante Decreto 51/1985. De acuerdo con los datos facilitados, el saldo a 31.12.2005 ascendió a 655 miles de euros.

2. Cuentas habilitadas para el pago de nóminas. Según información facilitada por los centros el saldo al cierre del ejercicio fiscalizado es de 21.095 miles de euros.

3. Cuentas restringidas de ingresos. Tienen por objeto la recaudación de ingresos por facturación de la asistencia prestada a terceros e ingresos atípicos, procediendo con posterioridad al traspaso a la cuenta restringida de ingresos abierta por la Tesorería General de la Xunta en el Banco Gallego. A 31.12.2005 estas cuentas arrojan un saldo de 2.956 miles de euros.

Todas estas cuentas requieren autorización de la Dirección General de Política Financiera y Tesoro de la Consellería de Economía y Hacienda, de conformidad con el Decreto 51/1985, de 21 de marzo.

El cuadro siguiente muestra, según su modalidad, la distribución de las cuentas autorizadas en las distintas entidades financieras a través de las cuales los centros gestionan sus recursos:

Entidad financiera Cuentas restringidas de ingresos

Cuentas especiales de pagos

Cuentas para pago de nóminas Total

Banco Español de Crédito 1 1 Banco Gallego 22 1 23 Banco Pastor 8 7 13 Banco de Galicia 1 1 BBVA 3 3 Caixanova 7 8 15 Caixa Galicia 3 6 9 Total 22 23 22 67

Se observa un ligero descenso con respecto al ejercicio anterior resultado de la integración de las cuentas correspondientes a los centros 3601 “C.H. Xeral-Cíes”, 3611 “H. Meixoeiro” y 3649 “H. Nicolás Peña”, en el “C.H.U. de Vigo” en virtud del Decreto 95/2004, de 13 de mayo.

En el anexo VIII.8. se presenta la información por centros y tipos de cuentas, con detalle de saldos a 31.12.2005 y los intereses devengados por las mismas durante el ejercicio fiscalizado. De su análisis se extrae lo siguiente:

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− Por lo que se refiere a la cuenta de nóminas, es significativo el saldo que registra el C.H.U. de Vigo que constata un importe de 7.962 miles de euros a 31/12/2005 que representa el 37,7% del total.

− Se aprecia que algunas de las cuentas no devengan intereses; hecho que ya se expone en informes de fiscalización anteriores.

Los intereses generados por las cuentas continúan sin ser contabilizados en el capítulo V “Ingresos patrimoniales” del presupuesto de ingresos del SERGAS.

No se dispone de autorización de apertura de la cuenta restringida de ingresos correspondiente al C.H.U. de Vigo ni tampoco de Resolución de cancelación de las cuentas cuya titularidad correspondía a los centros integrados en este complejo hospitalario.

IV.- INFORMACIÓN SOBRE ACTIVIDAD Este apartado tiene por objeto la presentación y análisis sucinto de la actividad desarrollada por los centros hospitalarios del SERGAS, excluidas las fundaciones y sociedades públicas, así como de los indicadores de gestión más significativos.

Como en informes anteriores la información se ha obtenido de la Memoria del SERGAS; no obstante, los datos correspondientes al ejercicio 2005 se presentan de forma incongruente por diferentes motivos:

− Se constatan diferencias en la traslación de datos contenidos en la Memoria del ejercicio 2004 y que se integran en la Memoria del 2005 para la comparativa interanual.

− Determinados datos, referidos en particular a personal y camas, se manifiestan con escasa coherencia si se revisan desde la comparativa interanual, con significativos incrementos o disminuciones.

− Existen errores de cálculo en la determinación de los valores de indicadores como el índice de ocupación y rotación, si se atiende a los datos de referencia y las fórmulas de aplicación correspondientes.

En consecuencia se expone la información estructurada conforme se presenta en anteriores informes, sin efectuar análisis alguno al respecto. En cuanto a la información sobre lista de espera hay que señalar que esta materia es objeto de fiscalización selectiva dentro de la programación aprobada.

La información reflejada en cada apartado se desarrolla en el anexo VIII.9.

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

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IV.1.- ACTIVIDAD ASISTENCIAL

Centro Hospitalario

Total pers.

Nº camas

Nº de quiróf.

Primeras consultas

Consultas sucesivas

Urgencias atendidas

Ingresos urgentes

Ingresos program.

Ingresos totales Estancias Interv.

con hospit.

1501 C.H. J. Canalejo 4.351 1.420 35 231.253 450.943 177.554 30.047 15.972 46.019 434.448 16.214

1505 C.H. Arq.Marcide 1.318 412 8 79.482 144.687 61.841 9.133 4.450 13.583 112.560 4.321

1571 C.H.U. Santiago 3.885 1.120 28 155.407 346.889 163.302 22.261 12.642 34.903 360.466 14.586

Total Coruña 9.554 2.952 71 466.142 942.519 402.697 61.441 33.064 94.505 907.474 35.121

2701 C.H. Xeral Calde 2.031 735 13 119.036 197.629 88.790 15.952 7.210 23.162 207.250 7.806

2706 H. da Costa 515 140 5 30.882 61.208 24.280 3.266 1.903 5.169 35.901 2.656

2707 H. de Monforte 422 135 5 28.524 37.323 16.687 2.761 1.680 4.441 31.380 1.754

Total Lugo 2.968 1.010 23 178.442 296.160 129.757 21.979 10.793 32.772 274.531 12.216

3201 C.H. de Ourense 3.030 840 17 145.237 217.400 104.618 19.679 7.185 26.864 258.255 8.485

3204 H. de Valdeorras 386 100 3 20.019 42.607 8.308 2.667 940 3.607 30.105 951

Total Ourense 3.416 940 20 165.256 260.007 112.926 22.346 8.125 30.471 288.360 9.436

3601 C.H.U. de Vigo 4.268 1.251 27 265.306 413.923 197.657 23.861 13.168 37.029 359.000 17.669

3603 C.H. Pontevedra 2.343 604 17 121.427 244.959 86.678 13.007 8.381 21.388 181.570 8.784 Total Pontevedra 6.611 1.855 44 386.733 658.882 284.335 36.868 21.549 58.417 540.570 26.453

Total 22.549 6.757 158 1.196.573 2.157.568 929.715 142.634 73.531 216.165 2.010.935 83.226

La situación comparativa interanual de los recursos y la actividad se desarrolla en los cuadros nº 1 y 2.

IV.2.- INDICADORES DE GESTIÓN

Centro Hospitalario

Pers./ cama

Camas/ 1000 hb.

Consultas suces./prim.

consultas

Estancia media

Índice Ocupación

Índice Rotación

Frecuent. Hospit.*

Índice Urgenc. Ingres.

Presión Urgenc.

Urgenc./ Día

Interv. Totais/ quiróf.

día.

1501 C.H. J. Canalejo 3,1 1,9 9,4 83,8 32,4 16,9 65,3 486 2,60

1505 C.H. Arq. Marcide 3,2 1,8 8,3 74,9 33,0 14,8 67,2 169 2,33

1571 C.H.U. Santiago 3,5 2,2 10,3 88,2 31,2 13,6 63,8 447 2,60

2701 C.H. Xeral-Calde 2,8 1,7 8,9 77,3 31,5 18,0 68,9 243 2,80

2706 H. da Costa 3,7 2,0 6,9 70,3 36,9 13,5 63,2 67 1,72

2707 H. de Monforte 3,1 1,3 7,1 63,7 32,9 16,5 62,2 46 2,48

3201 C.H. de Ourense 3,6 1,5 9,6 84,2 32,0 18,8 73,3 287 2,26

3204 H. de Valdeorras 3,9 2,1 8,3 82,5 36,1 32,1 73,9 23 2,25

3601 C.H.U. de Vigo 3,4 1,6 9,7 78,6 29,6 12,1 64,4 542 2,67

3603 C.H. Pontevedra 3,9 2,0 8,5 82,4 35,4 15,0 60,8 237 3,18

Total 3,3 2,87 1,8 9,3 81,5 32,0 91,97 15,3 66,0 2.547 2,60

La situación comparativa interanual de la evolución de los indicadores de funcionamiento de los centros hospitalarios se desarrolla en el cuadro nº 3.

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Cuenta General del SERGAS del ejercicio 2005

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IV.3.- INDICADORES ECONÓMICOS Euros

Gasto total/nº empleados Gasto cap. I/nº empleados

Variación Variación Centro

Hospitalario 2004 2005 Absoluta Porcentual

2004 2005 Absoluta Porcentual

1501 H. J. Canalejo 51.369 65.130 13.761 26,8 30.974 36.987 6.013 19,4

1505 H. Arq. Marcide 42.153 61.709 19.556 46,4 28.029 36.178 8.148 29,1

1571 C.H.U. Santiago 45.341 72.282 26.941 59,4 26.081 37.174 11.092 42,5

Total Coruña 47.445 67.566 20.122 42,4 28.403 36.951 8.548 30,1

2701 H. Xeral Calde 55.960 70.168 14.208 25,4 33.387 38.358 4.971 14,9

2706 H. da Costa 48.659 63.573 14.914 30,6 33.250 39.657 6.407 19,3

2707 H. de Monforte 51.464 59.030 7.566 14,7 35.195 37.264 2.068 5,9

Total Lugo 54.042 67.440 13.398 24,8 33.601 38.428 4.827 14,4

3201 C.H. de Ourense 45.256 58.063 12.807 28,3 29.493 33.599 4.106 13,9

3204 H. de Valdeorras 46.607 51.561 4.953 10,6 31.888 34.118 2.230 7,0

Total Ourense 45.400 57.328 11.928 26,3 29.748 33.658 3.910 13,1

3601 C.H.U. de Vigo 47.738 60.168 12.431 26,0 30.479 36.006 5.527 18,1

3603 C.H. Pontevedra 45.330 61.953 16.624 36,7 31.329 38.727 7.398 23,6

Total Pontevedra 46.880 60.801 13.921 29,7 30.782 36.970 6.188 20,1

Total 47.804 64.015 16.211 33,9 29.913 36.652 6.739 22,5

IV.4.- LISTA DE ESPERA Pacientes en espera estructural quirúrgica por servicios

Servicios 0 - 3 m 3 - 6 m 6 - 12 m más 12 m Total Esp. media

Angiología y cirugía vascular 1.058 391 156 1.605 82

Cirugía cardiaca 151 83 21 255 84

Cirugía maxilofacial 562 343 651 314 1.870 228

Cirugía pediátrica 779 191 40 1.010 70

Cirugía plástica y reparadora 771 301 194 131 1.397 154

Cirugía torácica 64 10 1 75 48

Cirugía general y digestiva 4.405 1.490 539 781 7.215 147

Dermatología 329 107 1 437 61

Neurocirugía 347 180 38 12 577 92

Oftalmología 5.159 2.422 438 45 8.064 84

Otorrinolaringología 1.339 707 131 104 2.281 105

Traumatología 4.807 2.509 1.573 832 9.721 141

Urología 1.702 621 330 120 2.773 115

Ginecología 1.649 519 63 1 2.232 66

Total 23.122 9.874 4.176 2.340 39.512 121

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Pacientes en cola de programación de consultas médicas iniciales por servicios

Servicios Pacientes Esp. media

Alergología 3.281 66

Anestesiología y reanimación 154 33

Angiología y cirugía vascular 6.416 121

Cardiología 7.902 59

Cirugía cardiaca 132 16

Cirugía maxilofacial 657 107

Cirugía pediátrica 941 38

Cirugía plástica y reparadora 1.240 81

Cirugía torácica 40 16

Cirugía general y digestiva 9.044 50

Dermatología 11.310 48

Digestivo 9.027 57

Endocrinología 5.960 70

Hematología clínica 351 34

Hospitalización de día 57 94

Lesionados medulares 4 15

Medicina intensiva 25 31

Medicina interna 2.921 30

Medicina nuclear 1 2

Medicina preventiva 146 35

Nefrología 581 51

Neonatología 15 18

Neumología 2.532 47

Neurocirugía 1.396 58

Neurología 7.780 65

Obstetricia 1.991 28

Oftalmología 52.546 88

Oncología médica 88 14

Otorrinolaringología 8.229 35

Pediatría 2.356 42

Psiquiatría 2.531 38

Radiodiagnóstico 6 37

Radioterapia 53 11

Rehabilitación 4.174 63

Reumatología 5.729 69

Traumatología 21.327 47

Urología 8.949 59

Geriatría 417 67

Ginecología 43.087 127

Total 223.396 78

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V.- SEGUIMIENTO DEL CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES EFECTUADAS EN EL ANTERIOR INFORME DE FISCALIZACIÓN

De las actuaciones practicadas no se desprenden mejoras significativas con respecto a la situación del ejercicio precedente que puedan ser dignas de mención.

V.- CONCLUSIONES

Como resultado del análisis realizado a la Cuenta General del SERGAS para el ejercicio 2005, las conclusiones más significativas referidas a los epígrafes contenidos en este informe, son las que a continuación se exponen:

Presupuesto inicial

El presupuesto inicial del SERGAS para el ejercicio 2005 asciende a 2.751.721 miles de euros, se incrementa un 10,5% respecto del ejercicio anterior y representa el 30,3% del presupuesto de la Comunidad Autónoma. Su consolidación con el presupuesto de la Consellería de Sanidad lo eleva a 2.848.522 miles de euros suponiendo el 5,91% del PIB de la Comunidad Autónoma y 1.023 euros por habitante.

Se presupuesta un Fondo de Contingencia por un importe que representa el 3,5% de los créditos iniciales de los capítulos II y IV. Tanto en su gestión como en su finalidad, la actual configuración de este Fondo no cumple con las previsiones establecidas en su ley de creación.

Modificaciones presupuestarias

Durante el ejercicio fueron autorizadas modificaciones presupuestarias en el presupuesto de gastos por importe de 333.159 miles de euros. La reasignación de créditos dentro del presupuesto ascendió a 147.309 miles de euros, representando un 5% del presupuesto inicial. Desde la perspectiva funcional ha supuesto un trasvase de créditos hacia el programa de atención especializada por importe de 13.791 miles de euros, y desde la económica hacia operaciones corrientes por importe de 3.538 miles de euros.

Presupuesto definitivo

Mientras las previsiones definitivas de ingresos ascienden a 2.751.721 miles de euros, no reflejando el equilibrio presupuestario al no recogerse las correspondientes modificaciones, el presupuesto definitivo de gastos se eleva a 3.084.880 miles de euros, experimentando un incremento de un 12% respecto del presupuesto inicial.

Como consecuencia del incremento de recursos aplicados al presupuesto del Sergas los créditos definitivos del presupuesto superaron en un 15,5% el gasto real del ejercicio anterior posibilitando una importante reducción de la deuda acumulada.

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Liquidación del presupuesto

Se han reconocido derechos por importe de 3.084.809 miles de euros, situándose la recaudación neta en 2.840.628 miles de euros, lo que representa un 92%. Los derechos reconocidos por asistencia prestada ascendieron a 32.421 miles de euros, con un grado de ejecución del 92%, alcanzando su recaudación neta el 75,6%.

Las obligaciones reconocidas ascendieron a 3.079.948 miles de euros, con un grado de ejecución del 99,8%, y los pagos realizados a 2.713.763 miles de euros, con un grado de cumplimiento del 88,1%.

Gasto sanitario

El resultado presupuestario de las partidas más significativas del gasto sanitario ha sido el siguiente:

• Los gastos de personal ascendieron a 1.139.741 miles de euros, representando el 37% del gasto total y se han incrementado un 7% respecto del ejercicio anterior.

• El gasto corriente experimentó un incremento del 29% con un importe de 785.659 miles de euros y supone el 25,5% del gasto total.

• El gasto farmacéutico alcanzó 904.541 miles de euros, se incrementa un 36% y representa el 29,4% del gasto total.

• El gasto en inversiones ascendió a 124.460 miles de euros con un aumento del 1,9%, constituyendo el 4% del gasto total.

Los significativos incrementos del gasto corriente y gasto farmacéutico responden en buena parte a la imputación de un volumen importante de obligaciones no reconocidas correspondientes a ejercicios anteriores con cargo al presupuesto del ejercicio.

Operaciones de ejercicios cerrados

Desde la vertiente de los ingresos, el resultado de las operaciones ejecutadas durante el ejercicio ha supuesto una reducción del saldo de derechos pendientes de cobro respecto de su situación en el ejercicio anterior de un 33% (el 19% es producto de operaciones de anulación y/o rectificación), concluyendo con un saldo final de 57.279 miles de euros. Desde la perspectiva del gasto, el saldo final de obligaciones reconocidas pendientes de ejecutar asciende a 1.949 miles de euros, existiendo un significativo importe de obligaciones de elevada antigüedad; asimismo se mantiene al finalizar el ejercicio propuestas de pago pendientes de ordenar correspondientes al ejercicio 1992 por importe de 3,3 miles de euros, así como pagos sin ejecutar del ejercicio 1991 por cuantía de 1,6 miles de euros.

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Créditos comprometidos para ejercicios futuros

Los créditos comprometidos para ejercicios futuros registran una evolución decreciente, con una reducción del 13% respecto del ejercicio anterior, reflejando un importe de 485.107 miles de euros.

Periodificación del gasto y resultado presupuestario

Al finalizar el ejercicio quedaron pendientes de contabilizar 110.796 miles de euros de obligaciones del ejercicio y fueron imputadas al mismo obligaciones generadas en ejercicios anteriores por importe de 319.744 miles de euros. Teniendo en cuenta esta salvedad, el resultado del ejercicio 2005 presenta un superávit de 213.809 miles de euros, superior en 208.948 miles de euros al que refleja la liquidación presupuestaria.

El resultado presupuestario acumulado al final del ejercicio registra un déficit de 17.357 miles de euros, considerando que se encuentran pendientes de imputar a presupuesto 111.234 miles de euros, el déficit real a 31/12 /2005 asciende a 128.591 miles de euros.

Gasto real

El gasto real del ejercicio ascendió a 2.817.000 miles de euros, superior en un 7,5% al del ejercicio anterior. Los gastos corrientes se incrementaron un 9,5% y el gasto farmacéutico un 7,2% en relación con el ejercicio precedente. Este gasto real representa un 6% del PIB de la Comunidad Autónoma y supone 1.039 euros por habitante.

Inmovilizado

La Cuenta de Patrimonio resulta incompleta no siendo representativa de la situación real al reflejar únicamente el movimiento del ejercicio con criterios dispares en cuanto a la cumplimentación de la información.

Tesorería

Continúa sin contabilizarse en el presupuesto de ingresos del SERGAS los intereses generados por las cuentas abiertas en los centros del SERGAS.

VI.- RECOMENDACIONES A tenor de lo manifestado en el informe de fiscalización se estima oportuno realizar las siguientes propuestas:

Documento presupuestario

Procede mayor desarrollo del documento presupuestario que posibilite la identificación de las finalidades de los diferentes programas de actuación pública, los asocie a los correspondientes créditos del presupuesto y establezca los indicadores para su evaluación.

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Presupuestación

Es preciso que la dotación inicial de los créditos sea suficiente para atender el pago de las obligaciones que se deriven, con especial incidencia en aquellas que por su naturaleza y carácter recurrente puedan ser conocidas y cuantificadas con antelación.

Documentación rendida

La documentación rendida que se integra en la Cuenta General relativa a los expedientes de modificación presupuestaria deberá figurar completa con objeto de desarrollar adecuadamente su fiscalización.

Gestión presupuestaria

El presupuesto de ingresos debe recoger las modificaciones que le afecten, con objeto de mantener en todo momento el equilibrio presupuestario.

Debe adecuarse el excesivo volumen de modificaciones presupuestarias al estrictamente necesario para cumplir el objetivo que se pretende con su excepcional tramitación, en especial aquellas que suponen reasignación de créditos dentro del presupuesto, que en todo caso, deberán fundamentar debidamente las necesidades que se pretende cubrir y las economías que se producen en las partidas financiadoras.

A fin de que el presupuesto constituya un eficaz instrumento de gestión, procede que los derechos y obligaciones sean imputados al ejercicio en que realmente se generen.

Se considera conveniente la regularización y depuración de los derechos reconocidos pendientes de cobro y de las obligaciones pendientes de pago de ejercicios anteriores, en especial los de mayor antigüedad.

Ingresos

Ha de procurarse un incremento del nivel de recaudación por asistencia prestada.

Tesorería

Se recomienda un mayor seguimiento de los intereses que devengan las cuenta operativas de los centros y su adecuado registro contable.

Inmovilizado

En la Cuenta de Patrimonio deberán figurar debidamente registrados la totalidad de los bienes muebles e inmuebles, recogiendo de forma sistematizada la información relativa a ubicación, descripción, referencia, fecha de adquisición, valor contable, variaciones de su valoración, provisiones, amortizaciones, situación patrimonial y cualquier otra circunstancia significativa que afecte al elemento patrimonial.

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Prestación farmacéutica

Con la finalidad de adecuar, en la medida de lo posible, el significativo volumen de gasto de la prestación farmacéutica extrahospitalaria y su progresivo crecimiento, deben adoptarse medidas encaminadas a su racionalización, así como a un mayor desarrollo de las medidas de control y de los programas destinados a la detección y seguimiento de posibles desviaciones con la finalidad de que, manteniendo la calidad de la prestación, pueda ser asumible su coste en el marco de unos recursos limitados.

Lista de espera

Se aconseja la adopción de medidas correctoras que posibiliten la reducción de tiempos de espera, en especial la de aquellos pacientes que superen los seis meses en dicha situación.

Memoria del SERGAS

Es preciso la mejora del sistema de información evitando las deficiencias en la congruencia e integridad de los datos y procurando la máxima representatividad en el reflejo de la actividad desarrollada por el SERGAS en la aplicación de los recursos del ejercicio.

Seguimiento de las recomendaciones de la anterior fiscalización

Procede un mayor desarrollo de las medidas correctoras en relación con los extremos negativos puestos de relieve en el informe y una mejora del nivel de subsanación de las deficiencias detectadas.

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TRÁMITE DE ALEGACIONES

ALEGACIONES FORMULADAS POR LA INTERVENCIÓN XERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL SERGAS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2005

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RÉPLICA A LAS ALEGACIONES

ANÁLISIS DE LA DOCUMENTACIÓN RECIBIDA EN TRÁMITE DE ALEGACIONES RELATIVA AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL SERGAS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2005

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TRÁMITE DE ALEGACIONES: ANÁLISIS DE LA DOCUMENTACIÓN RECIBIDA AL EFECTO, RELATIVA AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL SERGAS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2005

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento del Consello de Contas, con fecha 10 de septiembre de 2007, se les dio traslado a la Intervención Xeral de la Comunidad Autónoma del resultado provisional de las actuaciones practicadas en torno al examen de la liquidación de la cuenta general del ejercicio fiscalizado, al objeto de que pudieran formular las pertinentes alegaciones, recabando en su caso las aclaraciones precisas, y adjuntar la oportuna documentación sobre los aspectos recogidos en la fiscalización.

Con fecha 29 de enero de 2008, después de ser concedida la prórroga solicitada, fueron recibidas las alegaciones en el plazo otorgado.

Procediendo su detenido análisis y valoración, es preciso indicar que las alegaciones formuladas no desvirtúan, en general, el contenido del anteproyecto de informe, no se altera en consecuencia su texto inicial en aquellos supuestos en que las consideraciones expuestas formulan criterios u opiniones sin soporte documental o normativo o pretenden aclarar o justificar determinadas cuestiones sin rebatir el contenido expuesto: Sin embargo fueron aceptados determinados aspectos formulados en algunas de ellas, suprimiéndose o modificándose el texto originario.

A continuación se pone de relieve la valoración sistematizada de las alegaciones planteadas, indicando los correspondientes comentarios que se desprenden de su análisis:

1

OBSERVACIÓN:

“Un presuposto por programas debería ser capaz de fixar e asociar recursos a obxectivos; non obstante da análise do presuposto da Xunta de Galicia para 2005 no que se integra o SERGAS, extráense as seguintes conclusións:

- Non existe unha definición dos programas de gasto que acoute de forma clara os seus obxectivos.

- Non consta unha memoria de programas ou obxectivos que os identifique individualmente.

- Non se definen indicadores orientados á avaliación dos resultados.”

(Páx.12 do anteproxecto do informe)

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134

ALEGACIÓN:

De conformidade coa Orde do 14 de xuño pola que se ditan instruccións para a elaboración dos presupostos xerais da Comunidade Autónoma de Galicia para o ano 2005, elaborouse a memoria do organismo autónomo Servizo Galego de Saúde e se integrou coa correspondente á Consellería de Sanidade.

Na devandita memoria, publicada cos orzamentos do exercicio 2006, de arranxo co esquema definido nas citadas instrucións, recóllense:

- Competencias

- Obxectivos e fines de acción para o ano 2005

- Distribución funcional: programas de gasto, cunha descrición do contido de cada programa e dos seus obxectivos, así como a necesidade e os beneficios que se esperan alcanzar coa execución.

- Actividades máis significativas a desenvolver para conseguir a finalidade e obxectivos previstos polo programa.

- Órganos encargados da súa execución.

- A devandita información atópase publicada na Memoria dentro da sección 11 correspondente á Consellería de Sanidade, ademais os datos incluídos na memoria de obxectivos e programas.

COMENTARIO:

La alegación se limita a argumentar que la Memoria que acompaña a los presupuestos del Sergas responde a la estructura de contenidos prevista en el Orden de 14 de junio por la que se dictan instrucciones para la elaboración de los presupuestos para el año 2005, pero esto no significa que de satisfacción a las exigencias de un verdadero presupuesto por programas que debe detallar objetivos específicos evaluables a través de indicadores precisos. Dado que los objetivos, más bien genéricos, no se explicitan de forma concreta y precisa asociándose a los correspondientes indicadores, dicha insuficiencia se pone de manifiesto en el informe al convertirse la estructura por programas en una mera clasificación más del documento presupuestario, con una ausencia de elementos básicos para un adecuado seguimiento y control en términos de eficiencia y eficacia. En el capítulo de recomendaciones del informe se indica la necesidad de una mejora en la construcción del documento presupuestario orientado a paliar estas deficiencias.

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135

2

OBSERVACIÓN:

“No exercicio 2005 aprobouse un expediente por importe de 4.601 miles de euros. A súa finalidade é basicamente atender as insuficiencias de crédito do centro 1571 ...

O expediente non presenta un estudo económico que avalíe a situación que demanda a esixencia da modificación proposta, resolvéndose este aspecto mediante unha remisión xenérica á insuficiencia detectada. A este respecto convén precisar que a práctica totalidade do suplemento ten como destino o C.H.U. de Santiago, e ao verificar os datos contables da aplicación presupostaria obxecto de destino do expediente, constátase que o importe das obrigas recoñecidas ao final do exercicio fiscalizado é inferior ao do respectivo crédito inicial, cuestionando a necesidade do expediente nas contías establecidas.”

(Páx 28 do anteproxecto de informe)

ALEGACIÓN:

O artigo 62.2 b) do texto refundido da Lei de réxime financiero e orzamentario de Galicia indica que a Consellería da que depende o organismo emitará informe xustificando debidamente a necesidade e urxencia do Gasto e propoñendo os recursos para o seu financiamento. Este requisito cúmprese no expediente.

A circunstancia á que fai referencia a observación prodúcese na aplicación 1571/2223/120.00, no que o importe das obrigas recoñecidas foi sensiblemente inferior ao crédito inicial. De todos os xeitos o suplemento foi necesario porque no momento de proceder ao pagamento da nómina de decembro, non era suficiente o crédito dispoñible desta aplicación para asumir o importe das obrigas correspondentes a este concepto, xa que do crédito dispoñible neste aplicación, ao longo do ano financiáronse modificacións de crédito para outros conceptos de gasto, tales como amplicacións ou redistribucións de crédito. Non se vulnerou con estes movementos ningún precepto normativo, xa que todos se tramitaron con anterioridade ao suplemento de crédito.

Debe indicarse ademais que por tratarse da nómina de decembro queda acreditada a súa necesidade e a súa urxencia.

Por outro lado, o artigo 12 executouse na súa totalidade, as baixas que se produxeron financiaron na súa maior parte os incrementos no concpeto 131 destinado a substitucións, que por lei ten carácter de ampliable con baixas necesariamente noutras dotacións do capítulo I

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136

COMENTARIO:

El informe del expediente de modificación se limita a reseñar la necesidad de “afrontar el gasto derivado de la nómina”, sin que se incorpore un estudio económico que fundamente la insuficiencia económica en relación con las previsiones iniciales y con detalle del correspondiente análisis cuantitativo. Un informe que justifique debidamente la necesidad, como exige el artículo 62.2 b) del texto refundido de la ley de régimen financiero y presupuestario no debe resolverse con una simple invocación genérica a la necesidad que se trata de paliar.

En relación a lo alegado respecto de la ejecución de la aplicación presupuestaria 1571.2223. 120.0, objeto de un suplemento de crédito por importe de 4.601.354,39 €, cabe indicar que el importe de obligaciones reconocidas a 31/12/2005 (8.276.751,54 €) es sensiblemente inferior al consignado en el presupuesto inicial (9.928.421 €), situación que, como se refiere en el informe, cuestiona la necesidad de la modificación. La alegación confirma esta observación porque de no haberse utilizado su remanente a lo largo del ejercicio para financiar otras modificaciones no hubiera sido necesaria la tramitación del expediente de suplemento.

3

OBSERVACIÓN:

“- No expediente AM-11-50-001-05, advírtese a existencia de documentación incompleta, en particular non se inclúe o acordo de distribución da “mesa de plus” xustificativa da modificación e salientada no expediente, e non consta informe da Intervención Delegada.”

(Páx. 29 do anteproxecto de informe)

ALEGACIÓN:

A tal efecto debe sinalarse que este expediente está integrado no TR-23-007-05, no que se inclúe toda a documentación que forma parte do expediente. En todos os expedientes de modificación de crédito figura o informe da Intervención Delegada, xa que este é un informe preceptivo.

Debe indicarse ademais que a dotación que figuraba na aplicación da sección 23 “gastos de diversas consellerías”, 23.01.531B.130.01 estaba prevista para atender entre outras a estas necesidades

Por outro lado esta modificación non se realiza en base a transferencias finalistas ou fondos europeos, a que se refire a orde de 27 de xullo de 2000, polo que non é de aplicación o previsto

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no artigo 3 de dita norma, xa que a ampliación de crédito se realiza en base ao artigo 5 p) da Lei de orzamentos de 2005.

COMENTARIO:

En la alegación se remite al expediente de transferencia que origina la ampliación en el Sergas para la revisión de la documentación completa. Es precisamente este expediente el que ha sido objeto de análisis como resultado de la remisión que se indica en el expediente de ampliación.

En relación con lo indicado en el último párrafo de la alegación donde se alude que a la modificación anterior no le es de aplicación lo contenido en la Orden de 27 de julio de 2000, el informe no refiere esta observación sobre el expediente AM-11-50-001-05 sino sobre aquellos de la muestra analizada a los que le es aplicable la citada Orden.

4

OBSERVACIÓN:

“- A memoria dos expedientes non presenta unha análise cuantitiva pormenorizada, ou, no seu caso, non incorpora un estudo económico que avalíe e xustifique as insuficiencias que se pretenden financiar coa transferencia e as economías que se estiman nas partidas financiadoras.

• Os informes emitidos pola Intervención Delegada non fan constar a adecuación dos créditos que se pretenden minorar de conformidade co previsto no artigo 8, sete, b) da LPXCA.”

(Páx.31 do anteproxecto informe)

ALEGACIÓN:

Respecto del informe de la Intervención Delegada, os mesmos fan referencia á dispoñibilidade dos créditos que se pretenden minorar e en todos eles se achega copia do RCt.

A estrutura do contido da memoria dos expedientes de modificación en xeral, e das transferencias de crédito en particular, adáptase ao establecido na Orde do 3 de xaneiro de 1989 sobre documentación e tramitación dos expedientes de modificación orzamentaria nos orzamentos xerais da Comunidade Autónoma de Galicia. Así nas memorias faise un estudo económico cuantificando os créditos necesarios e indicando o seu financiamento, o mesmo tempo que se indica a incidencia que a modificación poida ter nos programas da consellería ou organismo autónomo.

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COMENTARIO:

El artículo 8.7 b) de la Ley de presupuestos generales para el ejercicio 2005 exige que el Informe de la Intervención se pronuncie sobre “la adecuación y disponibilidad del crédito que se pretende minorar”. En la alegación se considera que la alusión y acreditación de la suficiencia de crédito da cumplimiento a dicha premisa, no obstante no se puede considerar que se acomode a la exigencia legal.

Respecto a las memorias de los expedientes de transferencia, en el informe no se cuestiona la adecuación a la estructura de contenidos previstos en la Orden de 3 de enero de 1989, sino la necesidad de que el apartado relativo al estudio económico incorpore una análisis cuantitativo pormenorizado de las necesidades a las que se pretende dar cobertura y de las economías que se producen en sus fuentes de financiación. Este apartado se resuelve en las memorias con simples referencias genéricas de las necesidades y con meras indicaciones de las fuentes de financiación. La reiteración de esta situación ha orientado su traslado al capítulo de recomendaciones.

5

OBSERVACIÓN:

“- Advírtese a existencia de expedientes con documentación incompleta:

• No expediente TR-11.50-002-05 que ten por obxecto dotar crédito para o abono de gratificación por servizos extarordinarios prestados fora da xornada ordinaria de traballo a persoal da Dirección Provincial de A Coruña, non se documenta a acreditación ou xustificación do dereito á percepción da gratificación”

(Páx.31 do anteproxecto informe)

ALEGACIÓN:

A modificación de crédito ten por finalidade dotas a aplicación correspondente a gratificacións, unha vez dotado o crédito solicitase autorización ao Consello da Xunta para o seu abono (debe figurar RC no expediente), será cabo se realice o seu pago cando se xustifique o dereito á percepción. A dotación do crédito ten carácter previo.

COMENTARIO:

Considerando que el expediente contiene una memoria propuesta suscrita por el Director de la División de Recursos Humanos en el que figuran los trabajadores que realizaron las horas extraordinarias y sus cuantías, procede aceptar la alegación suprimiendo, en consecuencia, el texto del informe afectado cuyo tenor literal es el siguiente: “En el expediente TR-11.50-002-05

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que tiene por objeto dotar crédito para el abono de la gratificación por servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada de trabajo al personal de la Dirección Provincial de A Coruña, no se documenta la acreditación o justificación del derecho a la percepción de la gratificación”.

6

OBSERVACIÓN:

• “O expediente TR-11-50-020-05 non incorpora o convenio subscrito entre o SERGAS e a Universidade que da orixe á transferencia.”

(Páx.31 do anteproxecto de informe)

ALEGACIÓN:

A finalidade da transferencia é dispoñer de crédito para poder subscribir un convenio, polo que non pode figurar no expediente copia do mesmo.

COMENTARIO:

Al no constituir la referencia documental un antecedente requerido en la tramitación del expediente se acepta lo alegado suprimiendo del informe el correspondiente texto afectado cuyo contenido es el siguiente: “El expediente TR-11-50-020-05 no incorpora el convenio suscrito entre el SERGAS y la Universidad que da origen a la transferencia”.

7

OBSERVACIÓN:

• “O expediente TR-11.50-035-05 non consta a documentación xustificativa da obriga de pagamentos de xuros á empresa.”

(Páx.31do anteproxecto de informe)

ALEGACIÓN:

Figura no expediente copa da reclamación e conta documento ADOK de 20 de xullo.

COMENTARIO:

No constan en la documentación rendida por la Intervención General los documentos justificativos a los que se hace referencia en la alegación. Incidencias de este tipo que afectan a

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la documentación presentada para su fiscalización han sido objeto de recurrente observación en anteriores informes, situación que ha orientado su traslado al capítulo de recomendaciones.

8

OBSERVACIÓN:

• “O expediente TR-59-80-099-05 non incorpora o contrato e 1ª addenda que xustifica a transferencia”.

(Páx.31 do anteproxecto de informe)

ALEGACIÓN:

Consta no anexo ao expediente copia do convenio.

COMENTARIO:

Se reitera lo indicado respecto de las alegaciones anteriores, al no constar en la documentación remitida para su fiscalización los documentos que se mencionan en la alegación.

9

OBSERVACIÓN:

• “Nos expedientes TR-11.50-009/27/32/54/73/80/115-05, tramitados para dotar crédito con destino ao abono de productividade a persoal especialista sanitario pertencente á rede hospitalaria do SERGAS e que realiza a súa actividade en Fundacións Públicas Sanitaria e MEDTEC, non consta certificación nominativa de preceptores e importes expedida polo centro onde desenvolveu a actividade e que dá lugar á percepción deste complemento. N mesma circunstancia atópase o TR-59-80-117-05 que ten como finalidade o abono da productiviade dos persoal non directivo da X.A.P. de Ferrol.”

(Páx.31 do anteproxecto de informe)

ALEGACIÓN:

Consta no expediente relación nominal dos preceptores.

COMENTARIO:

Se reitera lo indicado respecto de las alegaciones anteriores, al no constar en la documentación remitida para su fiscalización los documentos que se mencionan en la alegación.

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OBSERVACIÓN:

• “Nos expedientes TR-11-50-041/94-05 que teñen como obxecto a compensación de gastos ao C.H.U. de Vigo pola actividade desenvolvida polo MEDTEC nos seus centros, non se acompaña a documentación xustificativa do gasto prevista no punto 6.3 do contrato programa subscrito entre o SERGAS e MEDTEC”.

(Páx.31 do anteproxecto de informe)

ALEGACIÓN:

A transferencia de crédito solicitase en función do gasto que o SERGAS prevé. Os libramentos realízanse en función da actividade desenvolvida.

COMENTARIO:

Aunque el expediente carece del correspondiente estudio económico justificativo, procede aceptar la alegación dado que en el texto del informe se alude a un antecedente que no es el requerido. Por tanto se elimina del informe el contenido afectado cuya literalidad es la siguiente: “En los expedientes TR-11-50-041/94-05 que tienen por objeto la compensación de gastos al C.H.U. de Vigo por la actividad desarrollada por el MEDTEC en sus centros, no se acompaña la documentación justificativa del gasto prevista en el punto 6.3 del contrato programa entre el SERGAS y MEDTEC”.

11

OBSERVACIÓN:

“- Na práctica totalidade dos expedientes non se cumpre nos RCt o apartado do asento contable correspondente a Intervención Delegada e Servizo de Contabilidade.”

(Páx.31 do anteproxecto de informe)

ALEGACIÓN:

En todos os expedientes de modificación de crédito constan os documentos contables RCt e MC coa data e a sinatura e pé de firma perfectamente lexibles. Se non constase o asento contable no RCt, non se podería contabilizar o MC/, xa que estes dous documentos están contablemente relacionados. Estes expedientes están arquivados na División de Recursos Económicos a

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disposición dese órgano fiscalizador para que realicen cantas comprobacións consideren procedentes.

COMENTARIO:

La fiscalización está referida al análisis de los expedientes de modificación presupuestaria que figuran encuadernados como anexo a la liquidación de la cuenta general rendida por la Intervención General correspondiente al ejercicio 2005, no a los antecedentes obrantes en la División de Recursos Económicos. La documentación fiscalizada presenta las deficiencias descritas no habiéndose aportado su justificación.

12 OBSERVACIÓN:

“No exercicio 2005 aprobáronse tres expedientes de incorporación de crédito. Da análise destes extráense as seguintes observacións:

− Nos dous expedientes que incorporan fondos recibidos da Administración do Estado, non se xustifican na memoria os motivos da inexecución presupostaria, no exercicio anterior ao fiscalizado, dos créditos obxecto de incorporación.

− No expediente que incorpora fondos recibidos da Unión Europea para financiar proxectos incluídos no programa operativo FEDER-MAC 2000-2006, o importe dos remanentes incorporados corresponde á situación dos créditos de incorporación no presuposto dos exercicios 2003 e 2004.”

(Páx.33 do anteproxecto de informe)

ALEGACIÓN:

Os fondos finalistas que se incorporan se corresponden con transferencias do Estado para financiar proxectos de investigación, sendo acorde a súa execución co avance do proxecto

Por outro lado o artigo 71 do Texto refundido da Lei de réxime prevé a posibilidade de incorporar fondos finalistas e europeos mentres persista o dereito a súa percepción.

Os fondos europeos non foron incorporados en 2003 e 2004 porque non se prevía a súa execución en ditos anos.

COMENTARIO:

La alegación no cuestiona ni aclara la observación indicada en el informe respecto a la ausencia en la memoria de los motivos por los que no fue materializado el gasto en el correspondiente

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ejercicio económico tal y como exige la Orden de 3 de enero de 1989 sobre documentación y tramitación de los expedientes de modificación presupuestaria.

13 OBSERVACIÓN:

“- Convenio Deputación de Lugo

...

• Por outra parte, o SERGAS mantén ao seu favor unha débeda, 8.370.168 €, en concepto de gastos correntes...”

(Páx.36 do anteproxecto)

ALEGACIÓN:

Debe indicarse que as xeracións de créditos por importe de 8.370.168 €, se corresponden con ingresos recoñecidos na conta 146127.

COMENTARIO:

La alegación se limita a mencionar una información relativa a la gestión de la generación de crédito, indicando la cuenta en la que se reconocen los ingresos, pero no desvirtúa el contenido del informe.

14 OBSERVACIÓN:

“Realizouse unha análise específica do Fondo de Continxencia, presentándose a continuación o detalle da súa aplicación ...”

(páxina 36 do anteproxecto do informe)

ALEGACIÓN:

No informe debería constar a explicación da variación interanual tan significativa:

O concerto que subscribe o Servizo Galego de Saúde cos Colexios Oficiais de Farmacéuticos polo que se fixan as condicións para a execución da prestación farmacéutica a través das oficinas de farmacia recollía ata 2005 que, todas as receitas con visado de inspección se facturarían e entregarían dentro do grupo de receitas de fórmulas e varios. Tendo en conta que, dentro das receitas que requiren visado se encontran especialidades farmacéuticas, a revisión do concerto que entrou en vigor en novembro de 204 inclúe a seguinte modificación: todas as receitas con

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visado facturaranse dentro do grupo que lle corresponda segundo se trate de especialidades farmacéuticas, fórmulas maxistrais, efectos e accesorios, etc.

O descenso tan significativo da porcentaxe de gasto imputado ao grupo de efectos, fórmulas e outros no ano 2005, deriva polo tanto dun cambio nos criterios de distribución de receitas entre os dous grupos no momento da súa facturación, non sendo atribuíble a unha diminución no consumo.

COMENTARIO:

Esta alegación no guarda relación con el texto del informe al que se hace referencia ni desvirtúa su contenido.

15 OBSERVACIÓN:

“A continuación preséntanse os datos sobre os créditos iniciais e definitivos coa súa variación interanual ...”

(Páx.45 do anteproxecto do informe)

ALEGACIÓN:

Parece que os importes correspondentes ao crédito inicial e definitivo están cambiados.

COMENTARIO:

Los datos a los que se refiere la alegación se presentan correctos en el informe.

16 OBSERVACIÓN:

“- Apréciase a existencia de contratos dunha grande antigüidade sen que foran obxecto de revisión.”

(Páx.53 do anteproxecto do informe)

ALEGACIÓN:

No que se refire a antigüidade dos contratos debe indicarse o seguinte:

1. Que proporcionalmente en número e repercusión económica respecto ao total dos concertos de asistencia sanitaria non se pode entender que supoñan unha gran repercusión.

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2. Que, en calquera caso, a prórroga destes contratos é axeitada á normativa de contratación na que se basean sen que sexa obrigatorio, normativamente, a súa rescisión.

3. Que, para os efectos de xestión, tampouco se producira ningunha circunstancia que esixise a vacinación do concerto e a formalización dun novo o que supuxese algunha vantaxe facelo así.

No Servizo Galego de Saúde existen unicamente catro concertos que se poden considerar con certa antigüidade pola súa data de formalización. No seu texto non se establece un período máximo de vixencia polo que hai que entender que a súa vixencia máxima será a establecida na lexislación vixente para os contratos de xestión de servizos públicos no momento en que se formalizaron os ditos concertos. Ademais estes concertos son obxecto de actualización periódica mediante a Orde de revisión de tarifas de servizos concertados que anualmente publica a Consellería de Sanidade.

COMENTARIO:

En la alegación se justifica la situación de estos contratos en base a argumentos diversos sobre los que corresponde realizar las siguientes consideraciones:

1. Desde la perspectiva de la gestión la renovación de los contratos representa una oportunidad para la revisión, actualización y adecuación de las condiciones contractuales y afecta a más elementos que el factor precio. Abogar por la inalterabilidad de los contratos se manifiesta contrario a los principios que deben regir una buena gestión.

2. La normativa contractual no obliga a su rescisión, pero impone unos límites para su duración que orientan la necesidad de su renovación e impide que puedan tener carácter perpetuo o indefinido como parece desprenderse de lo expuesto en los argumentos de la alegación.

3. El valor relativo que representa un contrato como consecuencia de su comparativa con el resto no debe servir de argumento para justificar el mantenimiento de la situación que en el informe se constata.

17

OBSERVACIÓN:

“- A maioría das situacións amparadas por autorizacións de uso, ao igual que en exercicios anteriores, desvirtúa a propia natureza desta figura que debe ser utilizada con carácter

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excepcional e restrinxida a supostos de urxencia, polo que debería ser obxecto de nova concertación ou e integración nos contratos existentes.”

(Páx.53 do anteproxecto do informe)

ALEGACIÓN:

No que se refire ás autorizacións de uso debe indicarse que a Lei 7/2003, do 9 decembro, de ordenación sanitaria de Galicia non restrinxe a autorización de uso de centro e servizos aos supostos de urxencia senón que pode empregarse noutros casos nos que as necesidades asistenciais non poidan ser satisfeitas con recursos propios ou alleos concertados. En calquera o seu emprego redúcese a casos de carácter excepcional en que as devanditas necesidades asistenciais precisan desta fórmula para poder ser atendidas.

En todo caso, aínda que a autorización de uso ten carácter excepcional e por tempo limitado, a propia normativa que regula a súa tramitación establece que poderán tramitarse sucesivas autorizacións de uso cun mesmo centro mentres continúen producíndose as circunstancias que motivaron a autorización temporal inicial. Como consecuencia o Servizo Galego de Saúde solo está a tramitar autorizacións de uso sucesivas naqueles supostos nos que non é posible promover a concorrencia na oferta ou ben naqueles supostos nos que non se pode establecer un concerto.

COMENTARIO:

Lo alegado no desvirtúa lo constatado en la observación que refleja la situación detectada referida al ejercicio fiscalizado.

18

OBSERVACIÓN:

“Representan un 8% do total de ingresos por prestación de asistencia sanitaria. Fronte aos convenios con aseguradoras públicas que experimentan incrementos respecto do exercicio anterior, os dereitos recoñecidos do convenio con institucións penitenciarias sofren una reducción do 29%.”

(Páx.64 do anteproxecto do informe)

ALEGACIÓN:

De conformidade co establecido no convenio subscrito coa Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarias o importe da asistencia sanitaria prestada á poboación reclusa no ano 2003 foi de 790.081,05 euros, no ano 2004 de 1.143.246 euros e no ano 2005 de 1.373.531,25 euros. O

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que ocorre é que o ingreso correspondente ao ano 2003 recíbese na conta operativa do Servizo Galego de Saúde con data 9.01.04 e con data 17.12.04 prodúcese na mesma conta operativa o ingreso correspondente a o ano 2004 por importe de 1.143.246 euros. En consecuencia recoñécense dereitos polos importes das dúas anualidades o que xustifica que os dereitos recoñecidos nos ano 2005 sexan inferiores aos do ano 2004 cando a asistencia prestada sobre un incremento do 20,14%.

COMENTARIO:

Lo expuesto en la alegación no altera el contenido del informe, justificando sin embargo la situación que se describe.

19

OBSERVACIÓN:

No apartado de Convenios aseguradoras e institucións públicas sinálase:

“A recadación alcanza o 100% nos convenios con mutualidades, non obstante resulta significativo que o convenio con institucións penitenciarias non representa valor recadado malia representar o 56% dos dereitos recoñecidos”.

(páxina 64 do antepreoxecto de informe)

ALEGACIÓN:

De conformidade co establecido na estipulación oitava do citado convenio o importe da financiación de cada anualidade calcúlase en función da media de internos dende o 1 de agosto do ano anterior ata o 31 de xullo do ano correspondente. Esta media de reclusos multiplícase polo importe correspondente a cada recluso que á súa vez se obtén de aplicar ao importe por recluso do ano anterior a previsión do incremento porcentual do PIB nominal respecto do ano anterior. A Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios, unha vez coñecidos estes índices, comunícaos ao Servizo Galego de Saúde e inicia a tramitación do oportuno expediente de gasto para poder transferir ao Servizo Galego de Saúde o importe correspondente a ese anualidade. Un pequeno retraso neste procedemento entendemos que foi o motivo de que o ingreso do importe correspondente ao ano 2005 se recibira o11 de xaneiro de 2006 en vez de recibilo en decembro de 2005

COMENTARIO:

El sentido de esta alegación es similar al de la anterior al incorporar una justificación sobre la situación descrita en el informe.

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20

OBSERVACIÓN:

“Mantense un significativo importe en obrigas de elevada antigüidade. O saldo das obrigas que superan cinco anos, susceptibles de aplicación da prescrición prevista no art. 27 do TRLRFPG, ascende a 1.391 miles de euros, representando o 71% do total”.

“Esta situación é obxecto de reiteradas observacións nos últimos informes deste consello, recomendando actuación conducentes á depuración destes saldos.”

(páxinas 71 – 72 do anteproxecto do informe)

ALEGACIÓN:

De acordo coas observacións do consello, durante o exercicio 2005 levouse a cabo a anulacións de obrigas recoñecidas por importe de 524,36 miles de euros, ademais das propostas de pagamento emitidas en dito exercicio.

Con iso a porcentaxe de obrigas pendentes a 31 de decembro de 2005 correspondentes ás recoñecidas a 1 de xaneiro de 205 supuxo unha reducción do 97,69% pasándose dos 84.419.521 € a 31 de decembro de 2005 a unicamente 1.949.251 € a 31 de decembro de 2005.

Por outra banda, debe subliñarse que a antigüidade de máis de 5 anos dunha obriga non supón de forma automática a súa prescrición dado que pode producirse a interrupción da prescrición como consecuencia de calquera solicitude de recoñecemento do dereito por parte do acredor lexítimo.

COMENTARIO:

La primera parte de la alegación es meramente aclaratoria, y en cuanto al último punto de la misma lo descrito en el informe no se corresponde con lo expuesto en dicha alegación; no se recoge en el texto alegado que la prescripción opere de forma automática sino que se hace referencia a que la antigüedad de las obligaciones las hace susceptibles de incurrir en prescripción.

21

OBSERVACIÓN:

“Adoptando similar criterio ao seguido nos informes de fiscalización precedentes, considerouse o gasto de factura de farmacia correspondente a mes de decembro entre as obrigas do exercicio para os efectos de conseguir unha análise comparativa homoxénea e independente do momento

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en que se realiza a súa imputación presupostaria, o importe da cal ascende 66.904 miles de euros.”

(páxina 74 do anteproxecto do informe)

ALEGACIÓN:

Non pode estarse de acordo no criterio utilizado para determinar as obrigas pendentes de recoñecer aínda que xustifique o método en adoptar un criterio similar a exercicios anteriores a efectos de conseguir unha análise comparativa homoxénea.

Entre os gastos que se utilizan para esta estimación inclúense, como máis significativos,

- A facturación de farmacia-receitas médicas do mes de decembro

En calquera caso debe entenderse que esta obriga non era esixible a 31 de decembro dado que, por un lado, nin sequera era coñecido o seu importe e, sobre todo, de acordo coa normativa da súa regulación ou o concerto vixente, a súa facturación e a súa data de aboamento é posterior a 31 de decembro.

COMENTARIO:

Aunque se cuestiona el criterio para la determinación de las obligaciones pendientes, tal como se pone de manifiesto en el informe, cabe recalcar su idoneidad al realizarse una periodificación del gasto del ejercicio, tomando en consideración lo efectivamente generado en el mes de diciembre o anteriores que no fue contabilizado en el año, por el contrario, no se computa el gasto correspondiente a aquel período del año anterior que fue imputado al presupuesto del ejercicio fiscalizado, lo que permite obtener un análisis comparativo homogéneo. Con ello se persigue mostrar una perspectiva más representativa del gasto independiente de su imputación presupuestaria.

22 OBSERVACIÓN:

“O importe das obrigas do exercicio 2005 non contabilizadas ascende a 110.796 miles de euros, supoñendo unha reducción do 64% respecto do exercicio anterior.”

(páxina 75 do anteproxecto do informe)

OBSERVACIÓN:

“A débeda acumulada a 31.12.2005 ascende a 111.234 miles de euros, onde as obrigas non contabilizadas anteriores ao exercicio representan o 0,4%...”.”

(páxina 78 do anteproxecto do informe)

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ALEGACIÓNS:

Ademais da desconformidade respecto a inclusión da facturación de farmacia-receitas médicas do mes de decembro como débeda do exercicio polos motivos sinalados anteriormente (trátase dun gasto non esixible a 31 de decembro e que, de acordo con concerto aplicable neste caso, se aboa no mes de xaneiro) existe un importe de 780 miles euros que se indica como débeda non declarada, pero respecto á cal non existe ningunha explicación da súa forma de estimación ao cálculo polo que non pode existir conformidade con dito importe.

COMENTARIO:

Todo el proceso de determinación y cálculo de las obligaciones pendientes de reconocer al final de ejercicio se basa en la documentación facilitada por los Servicios Centrales y centros de gestión del propio organismo, y que es objeto de revisión y contraste con la recibida en ejercicios anteriores.

La cuantía de la deuda no declarada pendiente de reconocer al final del ejercicio que recoge el informe asciende a 67.684 miles de euros, desconociéndose a que corresponde el dato de 780 miles de euros que figura en la alegación.

23

OBSERVACIÓN:

“Da análise da Conta Xeral do Patrimonio do SERGAS correspondente ao exercicio fiscalizado, despréndese o seguinte:

- Continúan sen incluírse os bens das xerencias de atención primaria e das direccións provinciais.

- A situación patrimonial do inmovilizado Material, en calquera das súas modalidades de titularidade, figura adscrita ao centro 5001 “Servizos Centrais”.

- Non figuran desagregados os bens mobles e inmobles”.

(páxina 84 do anteproxecto do informe)

ALEGACIÓNS:

Con data 3 de xuño de 2005 remitíronse á Intervención Xeral da Comunidade Autónoma, para a súa incorporación á Conta Xeral da Comunidade Autónoma, listados de altas, baixas e modificacións rexistradas durante o ano 2004 no Inventario de Bens e Dereitos do SERGAS, nos que se incluían os bens mobles e inmobles pertencentes ao Servizo Galego de Saúde e os ben mobles sitos nos seguintes centros hospitalarios: Complexo Hospitalario Universitario Juan

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Canalejo; Complexo Hospitalario Arquitecto Marcide; Complexo Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela; Complexo Hospitalario Xeral-Calde; Hospital da Costa; Complexo Hospitalario de Ourense; Hospital comarcal Valdeorras; Complexo Hospitalario de Pontevedra; Complexo Hospitalario Universitario Xeral-Cíes; Hospital do Meixoeiro e o Hospital Nicolás Peña e non se remitiron listados do hospital de Monforte xa que non houbo ningún tipo de movemento durante o ano.

En canto ao inventario das Xerencias de Atención Primaria e Direccións Provinciais, nas datas de referencia non contaban cun sistema para levar a cabo o axeitado inventario dos seus bens. Por este motivo, tras estudar as necesidades específicas destes centros e tendo en conta que pola súa propia natureza merecen un tratamento diferenciado, no ano 2006 xa comezaron as xestións oportunas para dispoñer esta información. Co fin de acadar estes obxectivos, nas mesmas datas se iniciaron os trámites correspondentes para a contratación dunha consultoría e asistencia para a realización do inventario e a valoración dos bens mobles dos centros de atención primaria do Servizo Galego de Saúde.

COMENTARIO:

Lo alegado no altera el contenido del informe en el que se considera que la Cuenta General del Patrimonio debe recoger los aspectos relevantes de la situación patrimonial del Organismo, situación que se incumple en el ejercicio objeto de fiscalización.

24

OBSERVACIÓN:

“No exercicio 2005 a tesouraría xeral da Xunta utilizou oito contas operativas...importes traspasadas periodicamente

(Páx 89 do anteproxecto do informe)

ALEGACIÓNS:

Decir que no ano 2005 o número de contas das que dispoñía a tesouraría para facer efectivas as propostas de pagamento realizadas polos centros de xestión do Sergas eran sete, ademáis de dúas contas de tesouraría periódicas asociadas ás contas operativas nas entidades Caixa Galicia e Caixanova, cuxa finalidade é a rentabilización dos excedentes temporais de tesouraría (unha delas rexistra un saldo 0 € ó final do ano 2005).

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Ademais da conta operativa do Banco Gallego, existe tamén unha “Conta restrinxida” de ingresos na mesma entidade (c/c 0046 0001 0000012719), que é unha conta receptora dos ingresos recadados polos centros de xestión en concepto de facturación de asistencia sanitaria prestada a terceiros e outros ingresos diversos. O importe total recadado a fin de cada mes nesta conta, é traspasado á conta operativa aberta na mesma entidade (c/c 0046 0001 21 0000012721).

COMENTARIO:

El informe refleja lo que figura en la liquidación del ejercicio que rinde la Intervención General de la Comunidad Autónoma a este Consello, en la cual dentro del apartado “Caixa 07: SERGAS”, describe la situación de las entidades financieras, detallando las entidades, nº de cuenta y saldo a 31/12/2005, de las que ocho son cuentas operativas (una de ellas con saldo cero) y una corresponde a la cuenta restringida de ingresos aperturada en el Banco Gallego.

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OBSERVACIÓN:

“b) Servizos centrais. Son instrumento operativo do sistema de pagamentos a xustificar, regulado no artigo 77 do TRLRFPG e mediante Decreto 51/1985. De acordó cos datos facilitados, o saldo a 31/12/2005 ascendeu a 655 miles de euros”

(Páx 89 do anteproxecto do informe)

ALEGACIÓNS:

Decir que éstos dispoñen de dúas contas especiais de pagamentos:

-AUT500101 –Habilitación Sergas- Fondos a xustificar SSCC

C/c: 0182 5947 18 0010139557.

-AUT500102 –Habilitación Sergas- Fondos en firme.

C/c: 0182 5947 11 001039564.

COMENTARIO:

El informe se limita a constatar en el apartado referido a las “cuentas especiales de pago” las diferencias entre el procedimiento aplicado en Servicios Centrales, consistente en el sistema de “pagos a justificar” frente al “fondo de maniobra” aplicado en los Centros de Gestión, sin que se describa el título o número de cuenta que se detallan en la alegación.

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OBSERVACIÓN:

“Todas estas contas requiren autorización da Dirección Xeral de Política Financiera e Tesouro da Consellería de Economía e Facenda, de conformidade co Decreto 51/1985, do 21 de marzo.”

(Páx. 89 do anteproxecto do informe)

ALEGACIÓNS:

Cabe sinalar que no caso das contas restrinxidas de ingresos, a súa autorización e control correspóndelle a Dirección Xeral de Tributos, de acordo co Decreto 79/2007, de 19 de abril, que (no seu artigo 6º apartado 1e) sinala que é competencia da D.X. de Tributos: “A dirección e xestión recadatoria nos seus dous períodos, así como a autorización das contas restrinxidas de recadación e o seu control, de acordo co previsto na Lei de réxime financiero e orzamentario de Galicia, e no regulamento xeral de recadación sen prexuizo das actuacións de coordinación que procedan, para estes efectos, coa D.X. de Política Financiera e Tesouro”.

COMENTARIO:

Respecto a lo alegado es conveniente dejar constancia que el informe de fiscalización corresponde al ejercicio 2005 y refiere la situación en base a la normativa en vigor durante el mismo, por lo que no se puede pretender que se aplique una disposición reguladora de cuentas restringidas de ingresos que fue promulgada en el ejercicio 2007.

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OBSERVACIÓN:

“O cadro seguinte mostra, segundo a súa modalidade, a distribución das contas autorizadas nas distintas entidades financieras a través das cales os centros xestionan os seus recursos: ...”

(Páxs 89-90 do anteproxecto do informe)

ALEGACIÓNS:

Cabe resaltar:

a. Contas especiais de pagamentos:

o Falta a conta de fondos en firme de SSCC, serían 3 contas no BBVA facendo un total de 23 contas.

o A Dirección Provincial do Sergas de Lugo tiña a conta de Fondo de manobra no ano 2005 no Banco Pastor facendo un total de 8 contas, mentres que en Caixanova eran

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7 contas. (No ano 2006 foi cancelada esta conta do Banco Pastor e aberta en Caixanova).

b. Contas para pagamento de nóminas:

o Non hai ningún centro de xestión que teña a conta de nóminas no BBVA polo que se supón que esta é a conta de fondos en firme de SSCC. A nómina de SSCC do Sergas está na entidade Caixa Galicia facendo un total de 6 contas.

o A Dirección Provincial do Sergas de Lugo tiña a conta de nóminas no ano 2005 no Banco Pastor facendo un total de 7 contas, mentres que en Caixanova eran 8 contas. (No ano 2006 foi cancelada esta conta do Banco Pastor e aberta en Caixanova).

Entidade financeira Contas restrinxidas de ingresos

Contas especiais de pagamentos

Contas para pagamentos de

nóminas

Total

Banco Español de Crédito 1 1

Banco Galego 22 1 23

Banco Pastor 8 7 15

Banco de Galicia 1 1

BBVA 3 3

Caixanova 7 8 15

Caixa Galicia 3 6 9

Total 22 23 22 67

COMENTARIO:

Respecto de lo alegado se considera necesario precisar que los datos que constan en el informe proceden de la información contenida en los estadillos cumplimentado por los centros de gestión del organismo. En el traslado de esta información se constata un error en las cuentas del BBVA, figurando en los datos del informe dos cuentas asociadas a la modalidad de cuentas especiales de pago y una a la de pago de nóminas, cuando, como se señala en la alegación, corresponden las tres a la modalidad de cuentas especiales de pago. Al tiempo, la alegación incorpora información respecto a la situación de las cuentas de la Dirección Provincial de Lugo que no es coincidente con la reflejada en el estadillo remitido por el centro para la elaboración del informe.

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Teniendo en cuenta lo expuesto procede rectificar el cuadro de cuentas contenido en el informe rectificando el error y adecuando la información a la que se presenta en la alegación. En consecuencia se sustituyen los datos reflejados en el cuadro de distribución de cuentas en entidades financieras según su modalidad por los indicados en la alegación.

28

OBSERVACIÓN:

“-Polo que se refire á conta de nóminas, é significativo o saldo que rexistra o C.H.U. de Vigo que constata un importe de 7.962 miles de euros a 31-12-05 que representa o 37,7% do total.”

(Páx 90 do anteproxecto do informe)

ALEGACIÓNS:

Presupónse que é o importe da nómina do mes de decembro que foi ordeada por esta subdirección con data 30-12-05, último día laborable do ano 2005.

COMENTARIO:

El informe se limita a resaltar por su cuantía el importe que figura en la información remitida por el Complejo Hospitalario Universitario de Vigo respecto a la situación que registran las cuentas gestionadas por dicho centro a 31/12/2005, sin “presuponer” nada al respecto como señala la alegación.

29

OBSERVACIÓN:

“Os xuros xerados polas contas continúan sen ser contabilizados no capítulo V de “Ingresos patrimoniais” do presuposto do Sergas”.

(Páx 90 do anteproxecto do informe)

ALEGACIÓNS:

Cabe sinalar que os xuros xerados son contabilizados pola intervención delegada da Consellería de economía e facenda no capítulo V de –ingresos patrimonias, do presuposto- da Comunidade Autónoma de Galicia.

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COMENTARIO:

Como corresponde a su naturaleza de organismo autónomo, el importe de los intereses que generen las cuentas de titularidad del SERGAS aperturadas en entidades financieras debería ser objeto de contabilización en el capítulo V de su presupuesto de ingresos.

30

OBSERVACIÓN:

“Cadro IV.1.- referente a actividade asistencial, cadro IV.2. de indicadores de xestión, como indicadores globais das columnas 2 e 7 referentes a camas por mil habitantes e frecuentación de hospitalización figuran respectivamente os datos de 2,5 e 80,0”.

(páxina 92 do anteproxecto do informe)

ALEGACIÓNS:

Para ó cálculo destes indicadores pártese como numerador no primeiro caso do número de camas (neste caso as que se están a usar son as camas funcionantes), e no segundo caso dos ingresos totais de hospitalización, sendo o denominador a poboación de referencia.

Posto que do estudio se exclúen as fundacións hospitalarias públicas e POVISA, da poboación a utilizar como denominador tamén se ten que detraer a poboación que ten como referencia eses 5 hospitais, polo que a poboación total para o ano 2005 é de 2.350.446 habitantes e, polo tanto, os indicadores desa táboa quedan como segue:

Camas funcionantes por 1.000 habitantes: 2,87

Frecuentación de hospitalización: 91,97

HOSPITAL POBOACIÓN 2005

C.H. Juan Canalejo 488.847

Fundación Virxe da Xunqueira 43.396

C:H:U:S: 383.286

H. Comarcal da Barbanza 64.243

C.H. Arquitecto Marcide 192.989

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C.H. Xeral-Calde 221.509

H. Comarcal de Monforte 50.354

Hospital Comarcal da Costa 70.968

C.H. de Ourense 262.930

H. Comarcal de Valdeorras 37.372

Hospital Fundación Verín 30.395

C.H. de Pontevedra 219.826

H. Comarcal do Salnés 72.466

POVISA 136.794

C.H. Xeral-Cíes 256.238

Hospital do Meixoeiro 166.127

TOTAL 2.697.740

Total sen Fundacións e POVISA 2.350.446

COMENTARIO:

Tomando en consideración lo expuesto en la alegación se ha procedido a la rectificación de los datos del informe referidos a las “camas funcionantes por 1.000 habitantes” y la “frecuentación hospitalaria”.

En consecuencia, en las columnas relativas a “camas/1000hb” y “frecuentación hospitalaria” se sustituyen los datos de 2,5 y 80,0 por 2,87 y 91,97, respectivamente.

31 OBSERVACIÓN:

“Cadro indicadores ...”

(páxina 92 do anteproxecto do informe)

ALEGACIÓNS:

Non se entende o resultado desta columna. Para o cálculo das intervencións cirúrxicas por día o numerador deben ser as intervencións cirúrxicas totais (que non figuran nos datos que se aportan). Se se está a utilizar o dato de intervencións con ingreso debería figurar desta maneira na definición do indicador.

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Como denominador utilízanse os días do ano que poden ser días totais ou días laborais, no primeiro caso son 365 e no segundo caso 250.

Utilizando os 365 días do ano a táboa quedaría da seguinte maneira:

ACTIVIDADE INDICADORES INDICADORES

HOSPITAL Interv.

hospitaliz.

Interv. totais

Interv. Hosp/día

Interv. Totais/día

Interv. Hosp. /quirórfano/día

Interv. totais /quirófano/día

C.H.U. Juan Canalejo 16.214 33210 44,42 90,99 1,27 2,60

C.H.U.S. 14.586 23838 39,96 65,31 1,43 2,33

C.H. Arquitecto Marcide 4.321 7590 11,84 20,79 1,48 2,60

C.H. Xeral-Calde 7806 13291 21,39 36,41 1,65 2,80

H. Comarcal de Monforte 1.754 3144 4,81 8,61 0,96 1,72

Hospital da Costa 2.656 4525 7,28 12,40 1,46 2,48

C.H. de Ourense 8.485 13999 23,25 38,35 1,37 2,26

H. de Valdeorras 951 2464 2,61 6,75 0,87 2,25

C.H. de Pontevedra 8.784 16551 24,07 45,35 1,42 2,67

C.H.U. de Vigo 17.669 31330 48,41 85,84 1,79 3,18

TOTAL 83.226 149.942 228,02 410,80 1,44 2,60

Polo que entendemos que o indicador do que se está a tratar é de intervencións con hospitalización por quirófano e día o que non se corresponde co enunciado. Ademais este indicador non está a reflectir a realidade dos centros posto que o resultado dependerá do maior o menor grado de desenvolvemento da cirurxía ambulatoria no centro. A cirurxía ambulatoria, sobre todo a maior, tamén se está a realizar en quirófano polo que este resultado está infravalorado.

COMENTARIO:

Los datos para el cálculo de la columna relativa a “intervenciones quirúrgicas día” son extraídos de la Memoria del Sergas en la que sólo consta el dato de las intervenciones hospitalarias. No obstante, y con objeto de precisar este dato, conforme la información que se incorpora en la alegación, se modifica el contenido del informe, en el siguiente sentido: se sustituye la columna “intervenciones quirúrgicas y día” del informe por la columna “intervenciones totales / quirófano / día” incluida en la alegación con sus correspondientes datos.

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