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SAI SA8000®: 2008 Social Accountability International (Responsabilidad Social Internacional) INFORME DE REVISIÓN POR LA DIRECCIÓN DE RESPONSABILIDAD SOCIAL 2012 [EL PRESENTE INFORME CONSTITUYE UNA REVISIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LIMASA DE AÑO 2012]

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SAI

SA8000®: 2008

Social Accountability International (Responsabilidad Social Internacional)

INFORME DE REVISIÓN POR LA DIRECCIÓN DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

2012

[EL PRESENTE INFORME CONSTITUYE UNA REVISIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LIMASA DE AÑO 2012]

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ÍNDICE:

1. INTRODUCCIÓN. 2

2. REQUISITOS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL 3

2.1. TRABAJO INFANTIL 3

2.2. TRABAJOS FORZADOS 4

2.3. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 5

2.4. LIBERTAD DE ASOCIACIÓN Y DERECHO A NEGOCIACIÓN COLECTIVA 10

2.5. DISCRIMINACIÓN 12

2.6. MEDIDAS DISCIPLINARIAS 14

2.7. HORARIO DE TRABAJO 15

2.8. REMUNERACIÓN 16

3. ELEMENTOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN 19

3.1. POLÍTICA DE LA EMPRESA 19

3.2. REVISIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN 21

3.3. REPRESENTANTES DE LA COMPAÑÍA 23

3.4. PLANEAMIENTO Y APLICACIÓN 24

3.5. COMUNICACIÓN A PARTES INTERESADAS 25

3.6. CONTROL DE LOS PROVEEDORES/SUBCONTRATISTAS Y SUB-PROVEEDORES 25

3.7. IDENTIFICANDO PROBLEMAS E INICIANDO ACCIONES CORRECTIVAS 27

3.8. COMUNICACIÓN EXTERNA 29

3.9. ACCESO PARA VERIFICACIÓN 29

3.10. REGISTROS 30

4. DOCUMENTOS ASOCIADOS 31

1. INTRODUCCIÓN.

El presente informe supone la Revisión por la Dirección del Sistema de Gestión de Responsabilidad Social Corporativa correspondiente al año 2012. Dicha revisión parte de los resultados y conclusiones de la anterior Revisión por la Dirección, recogidas en el informe de fecha de 20/10/2011. En este sentido es necesario destacar que:

1. Este informe de revisión recoge las novedades y avances del sistema desde la revisión anterior.

2. La próxima auditoría de seguimiento ha sido anunciada.

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3. Recientemente se ha realizado el traslado de la sede a las nuevas instalaciones, por lo que es necesario considerar sus efectos sobre el sistema. Dicho traslado supone la necesidad de revisión y replanteamiento de determinados aspectos sobre los que se ya se estaba trabajando, así como posibles retrasos en algunas de las dinámicas establecidas.

4. La norma SA 8000 de Responsabilidad Social (SA) no establece una tipología de informe de revisión ni cuáles son los elementos de entrada del mismo, por ello parece conveniente contemplar los elementos y requisitos previstos por la misma. Requisitos de Responsabilidad Social dónde especifica las normas mínimas sobre derechos laborales básicos, seguridad e higiene, niveles de remuneración, etc...Elementos del sistema de gestión, como son las política de la empresa, responsabilidades de gestión, documentación, etc.; requeridos para asegurar que la empresa cumple con los requisitos de comportamiento establecidos. Tampoco establece el trámite y periodificación con que han de desarrollarse las auditorías ni informes de revisión.

Este informe será sometido a consideración del representante de SA 8000 de los trabajadores y colgado en el apartado de sistema de gestión de la página web de LIMASA.

2. REQUISITOS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

2.1. TRABAJO INFANTIL

No se han producido cambios destacables respecto al informe anterior.

REQUISITO DE LA NORMA:

DEFINICIONES:

8. Definición del niño: Toda persona menor de 15 años de edad, a menos que la edad mínima para trabajo o la escolaridad obligatoria se ha fijado como siendo mayor por la ley local, en cuyo caso la edad superior estipulado que se aplica en la localidad.

IV. REQUERIMIENTOS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL 2001 1. TRABAJO INFANTIL Criterios: 1.1 La compañía no utilizará, ni apoyará el uso de trabajo infantil, según la definición realizada en este documento. 1.2 La compañía establecerá, documentará, mantendrá y comunicará de modo eficaz a todo su personal y a las partes interesadas, la política y los procedimientos para la remediación de los niños que se encuentren trabajando en situaciones encuadradas dentro de la definición de trabajo infantil, y proporcionará la ayuda necesaria para permitir que dichos niños tengan acceso a la enseñanza y permanezcan escolarizados mientras sean niños, según la definición realizada en este documento. 1.3 La compañía establecerá, documentará, mantendrá y comunicará de modo eficaz a todo su personal y a las partes interesadas, la política y los procedimientos para promover la educación de los niños, según lo establecido en la Recomendación 146 de la OIT, y de los jóvenes trabajadores sujetos a la legislación local de enseñanza obligatoria, o que se encuentran en la escuela. La compañía fijará los mecanismos necesarios para asegurar que ningún niño o trabajador joven trabaje durante el horario escolar, y que la combinación de horas de escuela, trabajo y transporte (de casa al trabajo y a la escuela, y vuelta) no supere las 10 horas diarias. 1.4La compañía no expondrá a niños ni a jóvenes trabajadores a situaciones, dentro o fuera del lugar de trabajo, que sean peligrosas, inseguras o insalubres.

IV. Responsabilidad Social REQUISITOS 2008 1. TRABAJO INFANTIL Criterios: 1.1 La compañía no utilizará, ni apoyará el uso de trabajo infantil, según la definición realizada en este documento. 1.2 La compañía establecerá, documentará, mantendrá y comunicará de modo eficaz a todo su personal y a las partes interesadas, la política y los procedimientos para la remediación de los niños que se encuentren trabajando en situaciones encuadradas dentro de la definición de trabajo infantil, y proporcionará la ayuda necesaria para permitir que dichos niños tengan acceso a la enseñanza y permanezcan escolarizados mientras sean niños, según la definición realizada en este documento. 1.3 La empresa puede emplear a jóvenes trabajadores, pero cuando los trabajadores jóvenes están realizando la educación obligatoria, de acuerdo con la legislación, sólo pueden trabajar fuera del horario escolar. Bajo ningún caso cualquier joven trabajador podrá desarrollar un trabajo por tiempo superior tiempo de transporte superior a un total combinado de 10 horas contando el tiempo de transporte desde la escuela al trabajo, por día, y en ningún caso, los trabajadores jóvenes trabajan más de 8 horas del día. Los trabajadores jóvenes no pueden trabajar durante las horas nocturnas. 1.4 La compañía no expondrá a los niños o a los trabajadores jóvenes a cualquier situación considerada peligrosos para su salud física y mental.

Tenemos implementado los cambios

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9. Definición de trabajador joven: Una entidad de negocios dentro de la cadena de suministros que, de modo directo o indirecto, ofrece al proveedor bienes y/o servicios necesarios para, y utilizados en, la producción de los bienes y/o servicios del proveedor y/o de la compañía.

10. Definición del trabajo infantil: Cualquier trabajo realizado por un niño, según lo definido arriba, con excepción de lo dispuesto en la Recomendación 146 de la OIT.

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

El PROCESO DE GESTIÓN DE LAS PERSONAS recoge las actividades a realizar en caso de que se detectasen desviaciones en este aspecto.

No se han producido cambios destacables respecto al informe anterior.

RESULTADOS:

Los resultados son Conformes con la norma SA 8000 y el Pacto Mundial de Naciones Unidas.

EVIDENCIAS:

Documento revisado y localizado en la herramienta informática de gestión PRSIG.

No se han producido cambios destacables respecto al informe anterior.

OBJETIVOS DE MEJORA:

Mantenimiento de la Certificación de SA 8000 en toda la organización.

Continuar con la difusión de este requisito a todos los grupos de interés (GI).

Seguir impulsado el conocimiento y la sensibilidad de este requisito en toda la plantilla.

Continuar impulsando y potenciando las figuras de los ADN como facilitadores del cambio, de forma que favorezca la mejora del sistema de responsabilidad social y su grado de madurez.

2.2. TRABAJOS FORZADOS

No se han producido cambios destacables respecto al informe anterior.

REQUISITO DE LA NORMA:

DEFINICIONES:

TRABAJOS FORZADOS 2001 Criterio:

1. La compañía no utilizará, ni auspiciará el uso de trabajos

forzados, ni exigirá a su personal que deje bajo su custodia "depósitos", o documentos de identidad, al comenzar la relación laboral con la compañía.

2. TRABAJO FORZOSO Y OBLIGATORIO 2008 Criterios: 2.1 La empresa se abstendrán de participar o apoyar el uso de trabajo forzoso u obligatorio trabajo tal como se definen en el Convenio de la OIT 29, ni exigirá a su personal que deje bajo su custodia "depósitos", o documentos de identidad, al comenzar la relación laboral con la compañía 2.2 Ni la empresa, ni cualquier entidad el trabajo temporal podrá retener

cualquier parte de los sueldos del personal, beneficios, bienes o documentos, a fin de fuerzarlos a seguir trabajando para la empresa. 2.3 El personal tendrá derecho a salir de los centros de trabajo después de completar el horario de trabajo, y tener la libertad de rescindir su empleo siempre que den aviso razonable a su empleador.

Tenemos implementado los cambios

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11. Definición del trabajo forzoso y obligatorio: Todo trabajo o servicio exigido a una persona no ha se ofreció a hacerlo voluntaria y se hace bajo la amenaza de castigo o represalia, o se exige como medio de pago de deuda.

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

No se han producido cambios destacables respecto al informe anterior.

RESULTADOS:

Actualmente se está llevando a cabo una nueva encuesta de clima laboral para recabar nuevos datos, siguiendo con la pauta de desarrollo de la misma.

EVIDENCIAS:

Las garantías de los representantes de los trabajadores y del representante de la norma al respecto

OBJETIVOS DE MEJORA:

Ampliación del sistema de gestión en los procesos operativos de recogida y limpieza

Mantenimiento de la Certificación de SA 8000 en toda la organización

Continuar con la difusión de este requisito a todos los grupos de interés (GI)

Seguir impulsado el conocimiento y la sensibilidad de este requisito en toda la plantilla.

Continuar impulsando y potenciando las figuras de los ADN como facilitadores del cambio, de forma que favorezca la mejora del sistema de responsabilidad social y su grado de madurez.

2.3. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

REQUISITO DE LA NORMA:

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DEFINICIONES:

Seguridad y salud en el trabajo: Condiciones y factores que afectan a la salud y seguridad de los empleados o de otros trabajadores, visitantes o cualquier otra persona en el lugar de trabajo.

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

Se ha realizado una nueva auditoría reglamentaria del sistema de prevención de riesgos laborales.

Se continúa con la revisión del sistema legal de prevención de riesgos laborales previo a la implantación de OHSAS en el área de Prestación de Servicios, contemplando el traslado de la sede a las nuevas instalaciones.

Se está llevando a cabo la revisión del Plan de Autoprotección del CAM, y se ha revisado el plan de autoprotección del Parque Auxiliar de Hermanas Bronte.

Se ha elaborado el Pla de Autoprotección del Parque Central Los Ruices, nueva sede.

Se está programando la ejecución de los simulacros del CAM, Parque Auxiliar de Hermanas Bronte y la nueva sede. Para ello se partirá de la detección de necesidades formativas en la materia y mejora de los equipos de intervención tanto en dotación como en reestructuración.

Se han elaborado manuales de evacuación de los centros de trabajo.

Recientemente se ha reestructurado la organización del Servicio de Prevención Propio. Bajo la nueva organización se ha elaborado un plan de trabajo para revisar todo el sistema de gestión tanto en el CAM como en Prestación de Servicios, con el objeto de mejorar dicho sistema y su funcionamiento. Entre los objetivos planteados en dicho plan se encuentra la revisión del Plan de Prevención de Riesgos Laborales y de las Evaluaciones de Riesgos.

3. SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO 2001 Criterios:

3.1 La compañía, teniendo en cuenta el conocimiento general existente sobre los riesgos en su industria, en general, así como sobre cualquier otro riesgo especifico a su actividad, establecerá un entorno laboral seguro y saludable, y tomará medidas adecuadas para prevenir accidentes y lesiones ocasionadas durante la actividad laboral o asociadas a ella, mediante la limitación, hasta donde sea razonablemente práctico, de las causas de riesgo inherentes a dicho entorno laboral. 3.2 La compañía nombrará un representante de la alta administración de la empresa encargado de la salud y la seguridad laboral de todo el personal, y responsable de la aplicación de las disposiciones sobre Salud y Seguridad en el Trabajo incluidas en la presente norma. 3.3 La compañía garantizará que todos sus empleados reciban, de forma periódica y documentada, instrucción sobre salud y seguridad laboral, y que dicha instrucción sea ofrecida también a todo el personal nuevo, y al trasladado de otros lugares de trabajo. 3.4 La compañía establecerá sistemas para detectar, evitar, o responder a aquellas amenazas potenciales para la salud y la seguridad laboral de todos sus empleados. 3.5 La compañía mantendrá, para uso de todos sus empleados, baños higiénicos, garantizando el acceso a agua potable y, cuando sea apropiado, la existencia de instalaciones en adecuadas condiciones sanitarias para el almacén de alimentos. 3.6 La compañía garantizará que los dormitorios, cuando este sea un servicio que ofrezca a sus empleados, estén limpios, sean seguros, y cubran las necesidades básicas del personal.

3. SALUD Y SEGURIDAD 2008 Criterios: 3.1 La empresa deberá presentar un entorno seguro de trabajo saludable y adoptará medidas eficaces para prevenir posibles accidentes y daños para la salud de los trabajadores derivados trabajo, reduciendo al mínimo en la medida de lo posible las causas de los riesgos inherentes al lugar de trabajo, medio ambiente para lo cual tendrá los conocimientos de la industria y de cualquier peligro específico. 3.2 La compañía nombrará un representante que será responsable de garantizar un trabajo seguro y saludable medio ambiente para todo el personal y para la aplicación de los elementos de Seguridad y Salud de esta norma. 3.3 La empresa deberá facilitar de forma sistemática instrucciones a su personal sobre salud y la seguridad, incluyendo instrucciones operativas y, cuando sea necesario, instrucciones de trabajo específicas. Tales instrucciones se entregarán al personal entrante y se revisarán en los casos de accidentes. 3.4 La compañía establecerá sistemas para detectar, evitar, o responder a posibles amenazas a la salud y la seguridad del personal. La empresa deberá mantener registros escritos de todos los accidentes que ocurran en el lugar de trabajo. 3.5 La empresa deberá proporcionar a su costa equipo de protección personal apropiado para personal. En el caso de una lesión relacionada con el trabajo la empresa deberá proporcionar los primeros auxilios y asistencia el trabajador y seguimiento médico. 3.6 La empresa se compromete a evaluar todos los riesgos derivados del embarazo de nuevas y futuras madres derivados de su actividad laboral y asegurar las medidas adoptadas para eliminar o de reducir los riesgos para su salud y su seguridad. 3.7 La empresa deberá presentar, para su uso por parte de todos personal, el acceso a los servicios sanitarios, acceso al agua potable, y, cuando sea aplicable, a instalaciones sanitarias para almacenamiento de alimentos. 3.8 La compañía garantizará que los dormitorios, cuando este sea un

servicio que ofrezca a sus empleados, estén limpios, sean seguros, y cubran las necesidades básicas del personal. 3.9 Todo el personal tendrá derecho a retirarse de grave e inminente peligro

Tenemos implementado los cambios

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Está en desarrollo una herramienta informática de gestión de seguridad y salud para favorecer la integración y centralización de la información en esta materia. Dicha herramienta se integrará con el resto de aplicaciones ya existentes para otras áreas de la empresa.

Se mantienen en vigor los conciertos de las especialidades preventivas no asumidas con medios propios y los de las mediciones higiénicas.

Se continúa con el despliegue del plan de adecuación de instalaciones.

Se he llevado a cabo la apertura de las nuevas instalaciones de la sede, lo que supone una mejora tanto de las condiciones como del plan de adecuación de instalaciones.

Se ha creado la función de coordinador de servicios S Y S L en prestación de servicios.

Se ha revisado la sistemática de gestión de entrega, control y gestión de stocks de EPIS en prestación de servicios.

Se han revisado y ampliado las responsabilidades y actividades derivadas de los requisitos de integración de la prevención en la cadena de mando.

Se ha formado a los mandos intermedios para la capacitación necesaria en las responsabilidades derivadas de la integración de la prevención.

Se ha integrado como responsabilidad de la cadena de mandos la implicación en la revisión e investigación de los incidentes y accidentes

Se han incorporado la gestión de controles operacionales de las diferentes actividades de PS en la cadena de mandos.

Se ha dotado de líneas directas de comunicación con los Delegados de prevención y el Coordinador de S Y S L para la agilización de las soluciones y desviaciones detectadas al respecto.

Carteleria de EPIS en PS.

Campaña de sensibilización sobre los accidentes y sus consecuencias

Campaña de control de los riesgos esenciales de las actividades de mayor peligrosidad.

Participación en el banco de buenas prácticas de Anepma.

Participación en Prevexpo.

Desarrollo de DAFO de seguridad y salud laboral de Anepma y empresas del entorno.

RESULTADOS:

Los resultados son Conformes con la norma SA 8000.

A continuación se refleja los resultados del absentismo en LIMASA, muy positivos durante los últimos ejercicios, manteniéndose una tendencia muy favorable tanto en IT como en AT.

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Igualmente se ha evaluado este aspecto mediante la encuesta de clima social. Ver resultados relativos al entorno laboral.

Se ha ampliado la formación e información respecto a los requisitos preventivos de las actividades y la satisfacción con la formación es adecuada.

Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Media

2003 10,04% 12,32% 11,48% 9,89% 10,20% 9,72% 10,16% 9,83% 11,23% 11,69% 12,94% 10,93% 10,87%

2004 12,28% 13,40% 12,05% 10,34% 11,82% 10,97% 9,94% 10,06% 11,75% 11,76% 11,04% 9,10% 11,21%

2005 13,27% 12,43% 11,62% 12,75% 11,39% 10,29% 10,53% 11,28% 11,61% 13,05% 12,72% 10,96% 11,82%

2006 10,14% 10,57% 11,13% 10,31% 9,19% 8,67% 7,54% 8,07% 8,28% 9,74% 10,13% 8,77% 9,38%

2007 9,50% 11,44% 9,95% 9,41% 9,55% 10,79% 10,86% 9,50% 9,36% 11,41% 11,03% 11,06% 10,32%

2008 10,85% 9,97% 9,39% 9,32% 10,32% 9,85% 9,73% 8,75% 7,94% 8,42% 8,50% 7,50% 9,21%

2009 8,44% 7,70% 7,59% 7,32% 7,72% 6,73% 7,26% 7,77% 8,60% 8,15% 9,03% 8,24% 7,88%

2010 8,60% 8,44% 8,27% 7,53% 6,67% 6,18% 5,66% 5,42% 6,08% 8,35% 9,38% 8,37% 7,41%

2011 9,42% 8,99% 8,46% 8,21% 8,12% 8,18% 8,79% 7,63% 8,04% 7,76% 7,42% 6,83% 8,15%

2012 6,70% 6,87% 6,32% 5,79% 5,41% 5,11% 5,43% 5,17% 5,98% 6,31% 7,20% 6,37% 6,06%

2013 6,44% 6,44%

Promedio por

meses9,61% 10,21% 9,63% 9,09% 9,04% 8,65% 8,59% 8,35% 8,89% 9,66% 9,94% 8,81% 8,98%

% de Absentismo Anual en LIMASA III

0,00%

2,00%

4,00%

6,00%

8,00%

10,00%

12,00%

14,00%

16,00%2003

2004

2005

2006

2007

2008

2009

2010

2011

2012

2013

5,815,88

6,276,20

6666666666

2009 2010 2011 2012

¿Se siente seguro con las medidas que aplica la Empresa en relación con los riesgos laborales?

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Se detecta un área de mejora en la disponibilidad y adecuación de recursos laborales.

EVIDENCIAS:

Informe de resultados de la Auditoria Reglamentaria

Plan de Medidas correctoras para el resultado del informe de Auditoría Reglamentaria.

Documentos, datos, etc.

OBJETIVOS DE MEJORA:

Mantenimiento de la Certificación de SA 8000 en toda la organización.

Integración y ampliación del sistema de gestión basado en OHSAS en toda la organización.

Reforzamiento de la imagen de la gestión de la seguridad y salud.

Revisión y mejora de la organización de las actuaciones del SPP.

Formación e información al personal de la empresa en seguridad y salud en el trabajo.

Desarrollo del objetivo estratégico nº 3.

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Continuar impulsando y potenciando las figuras de los ADN como facilitadores del cambio, de forma que favorezca la mejora del sistema de responsabilidad social y su grado de madurez.

2.4. LIBERTAD DE ASOCIACIÓN Y DERECHO A NEGOCIACIÓN COLECTIVA

En agosto de 2010 se firmó el convenio colectivo con un vigor por tres años.

Actualmente se está llevando a cabo la negociación para la firma de un nuevo convenio colectivo.

REQUISITO DE LA NORMA:

DEFINICIONES:

Libertad de asociación. La libertad de asociación es un derecho humano que consiste en la facultad de unirse y formar grupos, asociaciones u organizaciones con objetivos lícitos, así como retirarse de las mismas. La libertad sindical está incluida en la libertad de asociación y en inglés ambas de denominan con la misma expresión (freedom of association). REQ UISITO DE LA NORMA

17. Organización de los trabajadores: una asociación voluntaria de los trabajadores organizados de manera continua con el propósito de mantener y mejorar sus condiciones de empleo y trabajo.

18. Acuerdo de negociación colectiva: un contrato de trabajo negociado entre un empleador o grupo de empleadores y una o más organizaciones de trabajadores, que especifica los términos y condiciones de empleo.

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

VER INFORME ANTERIOR

Por último a continuación se detalla la participación de los trabajadores en estas comisiones:

DENOMINACIÓN FUNCIÓN COMPONENTES

CONSEJO DE Las previstas en los estatutos sociales, como vocales del 5

4.-LIBERTAD DE ASOCIACION Y DERECHO DE NEGOCIACION COLECTIVA 2001 Criterios:

4.1 La compañía respetará el derecho de sus empleados a formar sindicatos, y a ser miembros del sindicato de su elección, así como a negociar colectivamente. 4.2 En aquellos casos en que la libertad de asociación y el derecho a la negociación colectiva estén restringidos por la ley local, la compañía facilitará instrumentos paralelos para que todo el personal pueda asociarse libremente, y negociar colectivamente. 4.3 La compañía garantizará que los representantes del personal no sean discriminados, y que dichos representantes tengan acceso a los trabajadores en el lugar de trabajo.

4. LIBERTAD DE ASOCIACIÓN Y DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2008 Criterios: 4.1 Todo el personal respetará el derecho de forma, participar, y organizar los sindicatos de su elección y de negociación colectiva. La empresa deberá respetar el presente derecho, y deberá informar al personal de manera efectiva que son libres de afiliarse a una organización de su elección y que no tendrán consecuencias negativas para ellos, o represalia, por parte de la empresa. La empresa no podrá interferir en la constitución, funcionamiento o administración las organizaciones de trabajadores o colectivos negociación. 4.2 En las situaciones en que el derecho a la libertad de sindical y la negociación colectiva son restringido por ley, la empresa deberá permitir los trabajadores de elegir libremente a sus propios representantes. 4.3 La compañía se asegurará de que los representantes de los trabajadores y el personal que participan en la organización de los trabajadores no son objeto de discriminación, hostigamiento, intimidación o represalia por razón de ser miembros de un sindicato o participar en actividades sindicales y que tales representantes tienen acceso a los lugares de trabajo

Tenemos implementado los cambios

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DENOMINACIÓN FUNCIÓN COMPONENTES

ADMINISTRACIÓN mismo.

COMITÉ DE DIRECCIÓN EJECUTIVO

EJECUTIVAS DE DIRECCIÓN 8

COMITÉ DE DIRECCIÓN ESTRATÉGICO

SEGUIMIENTO DE LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y CMI

15

COMISIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Las previstas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

Seguimiento de la responsabilidad social de la organización

5

COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL PAE

Control y seguimiento del PAE. Aseguramiento de su implantación.

Revisión y actualización de las acciones definidas.

Seguimiento de la responsabilidad social de la organización

5

COMISIÓN DE FORMACIÓN

Canaliza las demandas de formación.

Elabora, revisa y garantiza la ejecución del plan de formación anual.

10

COMISIÓN LABORAL

Iniciativas dentro del ámbito laboral (modificaciones de servicios, ascensos, sanciones, etc.).

10

COMISIÓN DE FIJOS Fijación de criterios para pasar trabajadores eventuales a fijos.

8

COMISIÓN PARITARIA

Interpretación de convenio, vigilancia de lo pactado, estudio y valoración de nuevas disposiciones.

5

COMISIÓN ECONÓMICO-SOCIAL

Funciones relativas a actividades socio-culturales, deportivas

5

COMISIÓN and Funciones relativas a actividades de sa 8000 35

RESULTADOS:

Los resultados son Conformes con la norma SA 8000 y con el principio 3 del Pacto Mundial.

EVIDENCIAS:

Actas y acuerdos.

Informes.

Expedientes de empleados.

Capítulo VII del convenio colectivo.

Nueva disposición adicional del convenio, cuyo contenido es el siguiente:

Disposición adicional 1ª del convenio Colectivo de Servicios de Limpieza integral de Málaga III, S.A.

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En el marco del desarrollo de la Responsabilidad Social, y atendiendo a los requisitos de la norma SA 8000 y de los compromisos referentes al Pacto mundial se ha establecido unas normas internas de conducta que incentivan el comportamiento ético de sus empleados y cooperan a la prevención de la corrupción en todas sus formas y que se incorporan en la “Directriz Interna de Prácticas Responsables del Personal de LIMASA”

Con esta directriz se pretende procurar un comportamiento profesional, ético y responsable de sus empleados en el desarrollo de las actividades de la empresa, todo ello como elemento básico de su cultura empresarial, en la que se asienta la formación y el desarrollo personal y profesional de sus empleados.

Para la consecución de los anteriores objetivos, la presente Directriz no establece obligaciones de comportamiento exigibles frente a la empresa como tal, sino una guía de los estándares de conducta que la empresa espera de sus empleados.

Los contenidos de la Directriz, cuya publicación se encuentra establecida en la web. de LIMASA se desarrollan según siguientes apartados:

o Asunción del código de conducta o Relaciones entre empleados y con clientes o Relaciones con proveedores o Relaciones con autoridades o Confidencialidad de datos o Publicidad de la directriz o Incorporación de la directriz a la normativa interna

OBJETIVOS DE MEJORA:

Continuar manteniendo la participación de los representantes de los trabajadores en la toma de decisiones de la organización a través de los diferentes Comités de participación señalados.

Continuar impulsando y potenciando las figuras de los ADN como facilitadores del cambio, de forma que favorezca la mejora del sistema de responsabilidad social y su grado de madurez.

2.5. DISCRIMINACIÓN

No se han producido cambios destacables respecto al informe anterior.

REQUISITO DE LA NORMA:

5.- DISCRIMINACION 2001 Criterios: 5.1 La compañía no efectuará, ni auspiciará, ningún tipo de discriminación basada en los atributos de raza, casta, origen nacional, religión, discapacidad, género, orientación sexual, participación en sindicatos, afiliación política o edad al contratar, remunerar, entrenar, promocionar, despedir, o jubilar a su personal. 5.2 La compañía no interferirá en el ejercicio del derecho de sus empleados a observar sus prácticas religiosas, o en la necesidad de satisfacer necesidades que vengan determinadas por su raza, casta, origen nacional, religión, discapacidad, género, orientación sexual, participación en un sindicato, o afiliación política. 5.3 La compañía no permitirá comportamientos, incluyendo gestos, lenguaje, y contacto físico, que sean, desde el punto de vista sexual, coercitivos, amenazadores, abusivos, o explotadores

5. DISCRIMINACIÓN 2009 Criterios: 5.1 compañía no efectuará, ni auspiciará, ningún tipo discriminación en la contratación, remuneración, el acceso a la formación, la promoción, la terminación, o jubilación por motivos de raza, origen nacional o social origen, casta, lugar de nacimiento, religión, discapacidad, género, orientación sexual, responsabilidades familiares, estado civil, la afiliación sindical, política opiniones, la edad o cualquier otra condición de que podría dar lugar a discriminación. 5.2 La empresa no deberá interferir en el ejercicio de los derechos del personal para observar principios o prácticas, o para satisfacer necesidades relacionadas motivos de raza, origen nacional o social, religión, discapacidad, género, orientación sexual, la familia responsabilidades, la afiliación sindical, política opiniones, o cualquier otra condición que podría dar lugar a discriminación. 5.3 La compañía no permitirá comportamientos incluyendo gestos, lenguaje, y contacto físico, que sean, desde el punto de vista sexual, coercitivos, amenazadores, abusivos, o explotadores, en el lugar de trabajo y, en su caso, en residencias y otros servicios proporcionados por el empresa para su uso por el personal. 5.4 La compañía no realizará a su personal pruebas de embarazo o de virginidad en cualquier circunstancia.

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DEFINICIONES:

Discriminación. Es el acto de hacer una distinción, es un acto de abuso e injusticia que viola el derecho de la igualdad de oportunidades. NOA

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

Desde el informe anterior se ha desplegado las acciones derivadas de la aplicación de la Ley de Igualdad. Ver archivos Plan de Igualdad. A tal efecto se ha solicitado un distintivo sobre dicha aplicación.

Plan de formación en obligaciones y derechos de la ley de igualdad.

Información resumen de obligaciones y derechos de la ley de igualdad por escrito a los trabajadores.

Cartelería de obligaciones y derechos de la ley de igualdad por escrito a los trabajadores

RESULTADOS:

Los resultados son Conformes con la norma SA 8000 y con el principio 6 del Pacto Mundial. La encuesta de clima social arroja datos de mayor valoración entre el personal de género femenino.

La plantilla media de mujeres se mantiene al alza.

EVIDENCIAS:

Actas y acuerdos.

Informes.

Expedientes de empleados.

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Diplomas de asistencia a los cursos.

Artículos en revista interna.

Acuerdos con el Instituto Andaluz de la Mujer.

Acuerdos con el Área de la Mujer del Ayuntamiento de Málaga.

Encuestas de clima social.

Aprobación del plan de igualdad (18.03.11).

OBJETIVOS DE MEJORA:

Continuar la implantación del Plan de Igualdad dentro del ámbito del actual convenio colectivo.

Continuar impulsando y potenciando las figuras de los ADN como facilitadores del cambio, de forma que favorezca la mejora del sistema de responsabilidad social y su grado de madurez.

2.6. MEDIDAS DISCIPLINARIAS

No se han producido cambios destacables respecto al informe anterior

REQUISITO DE LA NORMA:

DEFINICIONES:

Medidas disciplinarias. Actuaciones contrarias a lo expresado en el requisito de la norma.LA NORMA

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

En el apartado anterior se han resumido algunas de las acciones implementadas contra estas situaciones.

Los procedimientos disciplinarios de LIMASA y sus consecuencias están tipificados en las ordenanzas correspondientes.

RESULTADOS:

Los resultados son Conformes con la norma SA 8000.

EVIDENCIAS:

Expedientes de procedimientos disciplinarios.

6. MEDIDAS DISCIPLINARIAS 2001 Criterio: 6.1.- La compañía no utilizará, ni apoyará el uso de castigos corporales, coerción mental o física, ni abusos verbales.

6. PRACTICAS DISCIPLINARIAS 2008 Criterios: 6.1 La empresa tratará a todo el personal con dignidad y respeto. La compañía no participará o tolerará el uso de corporal castigo, coerción mental o física, o abuso verbal de personal, ni permitirá el trato inhumano.

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OBJETIVOS DE MEJORA:

Que no se desarrollen las situaciones expresadas en este requisito de la norma.

Continuar impulsando y potenciando las figuras de los ADN como facilitadores del cambio, de forma que favorezca la mejora del sistema de responsabilidad social y su grado de madurez.

2.7. HORARIO DE TRABAJO

No se han producido cambios destacables respecto al informe anterior.

REQUISITO DE LA NORMA:

DEFINICIONES:

7.- HORARIO DE TRABAJO 2001 Criterios: 7.1 La semana de trabajo normal será como la defina la ley, pero no excederá las 48 horas. Se otorgará al personal por lo menos un día libre en cada período de siete (7) días laborados. Todo trabajo que implique horas extras será reembolsado con paga adicional superior a la de las horas normales, pero bajo ninguna circunstancia deberá exceder 12 horas por empleado por semana. Las horas extras laborales serán voluntarias a excepción de lo estipulado en la sección 7.3 7.2 Las horas extra laborales serán voluntarias a excepción de

lo permitido en la sección 7.3 (infra). 7.3 En el caso que la compañía sea parte de un contrato colectivo negociado libremente con las organizaciones laborales (como definido por la OIT) y que estas representen una porción significativa de su fuerza laboral, puede requerir horas extras laborales, según el acuerdo, para cumplir con la demanda empresarial de corto plazo.

7. HORARIO DE TRABAJO 2008 Criterios: 7.1 La empresa deberá cumplir, de acuerdo con las leyes y las normas de la industria, el horario de trabajo y festivos. La jornada semanal de trabajo, no incluidas las horas extraordinarias, se definirán por ley, y no excederá de 48 horas. 7.2 El personal deberá estar provisto de al menos un día de descanso después de cada seis días de trabajo. Las excepciones a esta regla se aplican únicamente cuando las dos condiciones siguientes existen: a) La legislación nacional permite que el tiempo de trabajo será superior al presente límite, y b) Negocien libremente que el tiempo de trabajo promedio, incluyendo períodos de descanso adecuados. 7.3 Todas las horas extraordinarias de trabajo serán de carácter voluntario, salvo lo dispuesto en 7.4, y no serán superiores a 12 horas por semana. 7.4 En el caso que la compañía sea parte de un contrato colectivo negociado libremente con las organizaciones laborales (como definido por la OIT) y que estas representen una porción significativa de su fuerza laboral, puede requerir horas extras laborales, según el acuerdo, para cumplir con la demanda empresarial de corto plazo.

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La jornada de trabajo o jornada laboral es el tiempo que cada trabajador dedica a la ejecución del trabajo por el cual ha sido contratado.

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

El convenio colectivo recoge todo lo relativo a jornada de trabajo en su CAPÍTULO IV. RÉGIMEN DE TRABAJO: JORNADAS, DESCANSOS, VACACIONES, LICENCIAS Y PERMISOS (artículos 21 a 32).

El artículo 41 establece sobre horas extraordinarias que: Las partes firmantes de este convenio coinciden en los efectos positivos que pueden

derivarse de una política social solidaria, conducente a la supresión de las horas

extraordinarias habituales, manteniendo así el criterio ya establecido en otros acuerdos

anteriores. Para ello, se recomienda se analice conjuntamente, entre los representantes de los trabajadores y la empresa, la posibilidad de realizar nuevas contrataciones, dentro de

las modalidades de contratación vigente, en sustitución de las horas extraordinarias así suprimidas.

Con independencia de lo anterior, ambas partes estiman inevitable la realización de horas

extraordinarias estructurales y de fuerza mayor, por tratarse de un servicio público de inexcusable

ejecución; asimismo, están de acuerdo en considerar estructurales las siguientes:

a) Las motivadas por ausencias imprevistas. b) Trabajos en festivos.

c) Festividades de Semana Santa y Feria de Agosto de Málaga.

d) Situaciones transitorias debidas a inclemencias climatológicas, catástrofes u otras que

se ocasionen imprevisiblemente.

RESULTADOS:

Los resultados son Conformes con la norma SA 8000.

EVIDENCIAS:

Expedientes de trabajadores.

Recibos de salarios.

Resultados de la gestión (horas extras).

Contratos de los empleados.

OBJETIVOS DE MEJORA:

Los establecidos en el convenio colectivo.

Continuar impulsando y potenciando las figuras de los ADN como facilitadores del cambio, de forma que favorezca la mejora del sistema de responsabilidad social y su grado de madurez.

2.8. REMUNERACIÓN

No se han producido cambios destacables respecto al informe anterior.

REQUISITO DE LA NORMA:

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DEFINICIONES:

El salario o remuneración salarial, es el pago que recibe de forma periódica un trabajador a cambio del trabajo para el que fue contratado.

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

Se está implantando el portal del empleado para el acceso informático a información pertinente o nóminas.

BENEFICIOS SOCIALES INTERNOS:

Con independencia de los emolumentos salariales establecidos por convenio colectivo, las personas de LIMASA perciben una serie de beneficios sociales internos, como son los que se detallan en los gráficos del siguiente punto.

RESULTADOS:

Los resultados son Conformes con la norma SA 8000.

Los resultados de la encuesta de clima respecto a la retribución y su evolución temporal son los siguientes:

8. REMUNERACION 2001 Criterios: 8.1 La compañía garantizará que los salarios pagados por una semana de trabajo normal cumplan siempre, por lo menos, la normativa legal o las reglas mínimas establecidas por cada industria respectiva, de modo que sean suficientes para cubrir las necesidades básicas del personal y para ofrecer cierta capacidad de gasto discrecional. 8.2 La compañía garantizará que no se realicen deducciones de los salarios por razones disciplinarias. Así mismo, garantizará que la composición de salarios y beneficios se detalle claramente y de forma habitual a los trabajadores. La compañía garantizará igualmente que los salarios y beneficios sean otorgados, cumpliendo rigurosamente con todas las leyes, y que la remuneración se realice en cheque o en efectivo, de manera conveniente para los trabajadores. 8.3 La compañía garantizará que no se lleven a cabo prácticas de contratación irregular, o de falsificación de los programas de aprendizaje, dirigidas a evitar el cumplimiento de las obligaciones legales relativas a los derechos laborales y a la seguridad social.

8. RETRIBUCIONES 2008 Criterios: 8.1 La compañía respetará el derecho de personal a un salario digno y garantizará que los salarios pagados por una semana normal de trabajo por lo menos, la normativa legal o las reglas mínimas establecidas por cada industria respectiva de modo que sean suficientes para cubrir las necesidades básicas del personal y para ofrecer cierta capacidad de gasto discrecional. 8.2 La compañía garantizará que no se realicen deducciones de los salarios por razones disciplinarias. Así mismo, garantizará que la composición de salarios y beneficios se detalle claramente y de forma habitual a los trabajadores. La compañía garantizará igualmente que los salarios y beneficios sean otorgados, cumpliendo rigurosamente con todas las leyes, y que la remuneración se realice en cheque o en efectivo, de manera conveniente para los trabajadores.. Las excepciones a esta regla sólo se aplicarán cuando las dos siguientes condiciones: a) Los descuentos de los salarios por indisciplina están autorizados por la legislación nacional, y b) Se negocien libremente en la negociación colectiva acuerdo está en vigor 8.3 La compañía garantizará al que personal que la composición de los salarios y beneficios se detallan claramente y por escrito para regular para cada período de pago. La compañía garantizará que los salarios y las prestaciones son dictados en el pleno cumplimiento de todas las leyes y que la remuneración se hace bien en forma de efectivo o cheque, o de manera conveniente a los trabajadores. 8.4 Todas las horas extraordinarias serán reembolsados en un tipo de prima, tal como se definen en la legislación nacional. En países en los que el tipo de prima por horas extraordinarias no está regulada por la ley o por un colectivo acuerdo de negociación, se compensarán al personal las horas extraordinarias de acuerdo a un tipo de prima o igual a los estándares de la industria o el que sea más favorable a intereses de los trabajadores ". 8.5 La compañía no establecerá contrataciones temporales a corto plazo consecutivas y / o de falso aprendizaje para evitar el cumplimiento de sus obligaciones a su personal en virtud de las leyes aplicables relativas a

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Otros datos y estadísticas:

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EVIDENCIAS:

Expedientes de trabajadores.

Recibos de salarios.

Contratos.

Nóminas.

Documentos de SS y IRPF.

OBJETIVOS DE MEJORA:

Mantener y cumplir el convenio colectivo.

3. ELEMENTOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN

3.1. POLÍTICA DE LA EMPRESA

REQUISITO DE LA NORMA:

DEFINICIONES:

Política. Conjunto de principios y compromisos asumidos por la dirección para la organización y gestión de la empresa.

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

SISTEMAS DE GESTION 2001 Criterios: 1. Política 9.1 La alta administración de la compañía definirá su política respecto a la responsabilidad social y a las condiciones laborales garantizando que ésta: a) Incluye el compromiso de cumplir con todos los requerimientos de esta Norma y con las obligaciones a las que la compañía se someta voluntariamente. b) Incluye el compromiso de acatar la legislación nacional y cualquier otro derecho aplicable, y de respetar los instrumentos internacionales listados en la Sección II, así como su interpretación. c) Incluye el compromiso de mejora continua.

9. SISTEMAS DE GESTIÓN 2008 Criterios: Política 9.1 La alta dirección debe definir documentalmente su política de responsabilidad social de esta norma en el idioma de sus trabajadores, comunicarla a sus trabajadores en un lugar destacado, fácilmente lugar visible en los locales de la empresa, a informar al personal que ha elegido voluntariamente cumplir los requisitos de la Norma SA8000. Esta política deberá indicar claramente los siguientes compromisos: a) Incluye el compromiso de cumplir con todos los requerimientos de esta Norma y con las obligaciones a las que la compañía se someta voluntariamente.; b) Incluye el compromiso de acatar la legislación nacional y cualquier otro derecho aplicable, y de respetar los instrumentos internacionales listados en la Sección II, así como su interpretación.); d) Para ver que su política es eficaz documentada, implantada, mantenida, comunicarse, y accesibles en un comprensible a todo el personal, incluidos los directores, ejecutivos, de gestión, supervisores, y el personal, ya sea directamente empleadas por, contratada, o de otra en representación de la empresa; e) tener a disposición de las partes interesad la política de forma y manera efectiva, previa solicitud.

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La política de LIMASA contiene el compromiso de cumplir con las normas. Dicha política se revisa de forma periódica, siendo la última de fecha 5 de abril de 2011, y se publica en su página web oficial (www.limasa3.com).

Despliegue informativo junto con los resúmenes informativos de los requisitos de los diferentes sistemas de gestión implantados.

Las líneas estratégicas de personas, procesos y entorno de nuestro PEA se han desarrollado al 100% en su periodo de despliegue.

Las iniciativas estratégicas de afectación han sido seguidas, revisadas y mejoradas desarrollándose más allá de lo planificado.

DESPLIEGUE DE LA POLÍTICA:

La política ha sido difundida:

Cursos de formación.

Página web oficial.

Tablones de anuncios.

Marcos y cuadros.

2009 2010 2011 2012

OBJETIVOS % Total

PEA

% avance

acción

% avance

acción

% avance

acción

% avance

acción

1.- DESARROLLAR UNA POLÍTICA INTEGRAL DE RECURSOS

HUMANOS10% 65% 70% 89% 100%

2.- ADAPTAR LA FORMACIÓN A LAS NECESIDADES REALES 3% 50% 90% 100% 100%

3.- DESARROLLAR EL PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 7% 10% 61% 63% 100%

(PROCESOS Y RESULTADOS) 2.- OPTIMIZAR LA

ORGANIZACIÓN Y SUS PROCESOS Y MEJORAR LA

GESTIÓN ECONÓMICA

6.- DESPLIEGUE DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN 10% 50% 80% 81% 100%

12.- MEJORA Y REGULARIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES 10% 60% 80% 90% 100%

13.- DETECCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS NECESIDADES DE LOS

GRUPOS DE INTERES5% 40% 95% 100% 100%

14.-GESTIÓN DEL CAMBIO 3% 20% 75% 80% 100%

16.-ESTABLECER UNAS DIRECTRICES DE GESTIÓN QUE GARANTICEN

EL RESPETO AL MEDIOAMBIENTE3% 70% 75% 83% 100%

(PERSONAS) 1.- POTENCIAR LA

SATISFACCIÓN Y EL BIENESTAR DE LAS

PERSONAS QUE CONFORMAN LIMASA Y LA

ACTIVACIÓN DE SU SENTIDO DE

PERTENENCIA

(ENTORN0)3.- DESARROLLAR LA IMAGEN

PROYECTADA POR LA EMPRESA,

POTENCIAR SU ADAPTACIÓN PERMANENTE

A LAS NECESIDADES DE LOS DISTINTOS

GRUPOS DE INTERÉS Y CONSOLIDAD SU

COMPROMISO

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Recibos de salarios.

III Convención de LIMASA.

Escrito a proveedores.

Informes y memorias.

RESULTADOS:

Los resultados son Conformes con la norma SA 8000.

Se ha producido una nueva revisión de la política (07), incluyéndose la actualización de las normas del sistema de gestión así como los objetivos estratégicos, tras el último seguimiento.

EVIDENCIAS:

Instrumentos y herramientas mencionados en el apartado de despliegue de la política.

Continuar impulsando y potenciando las figuras de los ADN como facilitadores del cambio, de forma que favorezca la mejora del sistema de responsabilidad social y su grado de madurez.

OBJETIVOS DE MEJORA:

Mantener y cumplir la política del sistema de gestión.

3.2. REVISIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN

REQUISITO DE LA NORMA:

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DEFINICIONES:

Revisión. Actividad emprendida para asegurar la conveniencia, adecuación y eficacia del tema objeto de revisión para alcanzar unos objetivos establecidos.

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

El seguimiento de las líneas estratégicas y las iniciativas y objetivos asociados forman parte esencial del informe de gestión y reflejan su grado de avance, incorporando criterios sostenibles de gestión

RESULTADOS:

Los resultados son Conformes con la norma SA 8000.

EVIDENCIAS:

Informes de revisión por la dirección.

Publicación del informe en la página web de LIMASA.

Revisión por la Administración 9.2 La alta administración de la compañía revisará periódicamente la oportunidad, conveniencia y efectividad de su política, los procedimientos y los resultados de su aplicación, comparándolos con los requerimientos de esta Norma y con las otras obligaciones a las que la compañía se suscriba voluntariamente. Cuando sea apropiado, se introducirán modificaciones y mejoras al sistema.

c) Revisar periódicamente su política a fin de mejorar continuamente, teniendo en cuenta cambios en la legislación, en su propio código de Conducta requisitos, y cualquier otra empresa requisitos;

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OBJETIVOS DE MEJORA:

Los contemplados en los informes de revisión por la dirección.

3.3. REPRESENTANTES DE LA COMPAÑÍA

REQUISITO DE LA NORMA:

DEFINICIONES:

Representante. Persona o personas que son designadas y aceptan la responsabilidad de ejercer funciones.

15. Definición de la norma SA8000 de representación de los trabajadores: Un trabajador elegido para facilitar la comunicación con el personal directivo superior sobre cuestiones relacionadas con SA8000, realizado por el reconocido comercio sindicato (s) en las instalaciones y los sindicalizados, en otros lugares, por un trabajador elegido por los no-gestión personal para ese fin.

16. Representante de la dirección: Un miembro de la alta dirección nombrado por la empresa para garantizar que los requisitos de la norma se cumplen.

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

La designación del representante de los trabajadores en este ámbito se ha modificado de acuerdo a las solicitudes de la parte social quedando repartida entre los representantes de los trabajadores de manera rotatoria. La experiencia y formación en la norma SA 8000 de la persona que ocupe este puesto deberá garantizar el cumplimiento y mejora de los requisitos de la misma.

RESULTADOS:

Los resultados son Conformes con la norma SA 8000. No obstante se estima la conveniencia de continuar impulsando y promoviendo la cultura de la responsabilidad social entre éstos.

Representantes de la compañía 2001 9.3 La compañía nombrará un representante de la alta administración, quien, independientemente de otras responsabilidades, será responsable del cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente Norma.

9.4 La compañía garantizará el derecho del personal de planta a elegir un representante de su grupo para facilitar la comunicación con la alta administración, en asuntos relacionados con esta Norma.

Representante de gestión 2008 9.2 La compañía nombrará un representante de la alta administración, quien, independientemente de otras responsabilidades, será responsable del cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente Norma. Representante trabajador SA8000 9.3 La empresa deberá reconocer que lugar de trabajo del diálogo es un componente clave de, la responsabilidad social y asegurar que todos los trabajadores tienen derecho a la representación de facilitar la comunicación con los altos la gestión de los asuntos relacionados con la norma SA8000. En instalaciones en donde existan sindicatos, tal representación debe ser llevadas a cabo por reconocidos sindicato (s). En otros lugares, los trabajadores pueden elegir un representante de los trabajadores de SA8000 entre sí para este propósito. En ningún caso, el representante de los trabajadores de SA8000 debe considerarse como un sustituto de la representación sindical.

Examen de la Gestión

9.4 La alta dirección debe revisar periódicamente la suficiencia, la idoneidad, y la continuación de eficacia de la política de la empresa, procedimientos, y los resultados con respecto a los requisitos de esta norma y otros requisitos que la empresa suscribe. En su caso, el sistema de modificaciones y mejoras se aplicación. El representante de los trabajadores participará en esta revisión.

Nuevo

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EVIDENCIAS:

Manual del sistema de gestión.

Registros de nombramientos.

OBJETIVOS DE MEJORA:

Incrementar la percepción y el conocimiento de la SA 8000 de los empleados de LIMASA.

Continuar impulsando y potenciando las figuras de los ADN como facilitadores del cambio, de forma que favorezca la mejora del sistema de responsabilidad social y su grado de madurez.

3.4. PLANEAMIENTO Y APLICACIÓN

REQUISITO DE LA NORMA:

En documento anexo se ha traducido al castellano la guía a que hace referencia el punto 9.6 (traducción no oficial – sólo opera a los efectos de documento de trabajo interno ha sido tenida en cuenta durante el desarrollo de la auditoría interna. Ver PRSIG-ACCESOS VARIOS).

DEFINICIONES:

Implantación: Establecimiento de sistemáticas y de controles para asegurar la mejora de la gestión.

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

La empresa con independencia de la acciones de formación ha elaborado e implementado un NUEVO plan de comunicación. Algunos de sus resultados se encuentran detallados en el informe de Revisión por la Dirección de 30.09.10.

Igualmente se encuentra en proceso un plan de comunicación dirigida a todos los trabajadores con el siguiente contenido:

Planeamiento y Aplicación 9.5 La compañía garantizará que los requerimientos de esta

Norma sean comprendidos y aplicados en todos los niveles de la organización; dentro de los métodos para lograr esto se incluyen, entre otros:

a) La clara definición de los roles y de las responsabilidades dentro de la estructura jerárquica de la compañía.

b) La capacitación de los trabajadores nuevos y/o temporales al entrar en plantilla.

c) La realización periódica de programas de concienciación y de capacitación para todos los trabajadores previamente empleados.

d) El monitoreo continuado de las actividades y de los resultados de la aplicación de la Norma, con el objeto de demostrar la eficacia de los sistemas establecidos para cumplir con la política de la compañía y con los requerimientos de la Norma.

Planificación y ejecución

9.5 La compañía garantizará que los requerimientos de esta Norma sean comprendidos y aplicados en todos los niveles de la organización; dentro de los métodos para lograr esto se incluyen, entre otros:

a) La clara definición de los roles y de las responsabilidades dentro de la estructura jerárquica de la compañía.

b) La capacitación de los trabajadores nuevos y/o temporales al entrar en plantilla.

c) La realización periódica de programas de concienciación y de capacitación para todos los trabajadores previamente empleados.

d) El monitoreo continuado de las actividades y de los resultados de la aplicación de la Norma, con el objeto de demostrar la eficacia de los sistemas establecidos para cumplir con la política de la compañía y con los requerimientos de la Norma.

9.6 La empresa tiene la obligación de consultar el Documento de orientación para la SA8000 interpretativa orientación con respecto a esta norma.

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Conceptos de nómina.

Sensibilización de SA 8000.

Encuestas sobre SA 8000.

3.5. COMUNICACIÓN A PARTES INTERESADAS

CLIENTES, PERSONAS, ENTORNO Y SOCIEDAD, PROVEEDORES Y ACCIONISTAS:

INFORMACIÓN DISPONIBLE EN LA PÁGINA WEB OFICIAL.

AUDITORÍAS DE SEGUNDA PARTE

Plan de COMUNICACIÓN INTERNA

IV Convención de Limasa.

Distribución general y particular de la política.

RESULTADOS:

Los resultados son Conformes con la norma SA 8000, aunque debe continuarse con este esfuerzo.

EVIDENCIAS:

Procesos de gestión.

Informes.

Actas, acuerdos, diplomas, registros.

OBJETIVOS DE MEJORA:

Mantenimiento de sistemáticas y control de los cambios

Continuar impulsando y potenciando las figuras de los ADN como facilitadores del cambio, de forma que favorezca la mejora del sistema de responsabilidad social y su grado de madurez.

3.6. CONTROL DE LOS PROVEEDORES/SUBCONTRATISTAS Y SUB-PROVEEDORES

REQUISITO DE LA NORMA:

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DEFINICIONES:

Proveedores. Persona física o jurídica que proporciona un producto, obra o servicio.

4. Definición de proveedor / subcontratista: Un/a organización que proporciona la empresa con productos y / o integrante de los servicios y utilizado o para la producción de bienes de la empresa y / o servicios

5. Definición de sub-proveedor: Una entidad de negocios dentro de la cadena de suministros que, de modo directo o indirecto, ofrece al proveedor bienes y/o servicios necesarios para, y utilizados en, la producción de los bienes y/o servicios del proveedor y/o de la compañía.

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

LIMASA ha llevado a cabo un ambicioso programa de comunicación con proveedores, mediante la distribución de los principios de responsabilidad social.

LIMASA tiene implantado un proceso de selección, homologación y reevaluación de proveedores. Igualmente ha puesto en funcionamiento un programa informático que facilite la gestión de proveedores. En este programa se propone iniciativas que tienden a estructurar las relaciones estableciendo alianzas de apoyo y de reconocimiento entre las que destacan las de responsabilidad social.

En este sentido el sistema ha detectado las posibilidades de avance y puesto en marcha una acción de mejora en la que participan todos los miembros del Comité de Dirección.

Control de los Proveedores/ subcontratistas y sub-

proveedores 9.6 La compañía establecerá y mantendrá procedimientos adecuados para evaluar y seleccionar proveedores/subcontratistas ( y cuando sea apropiado: sub-proveedores) basados en su capacidad para cumplir con los requerimientos de la presente Norma.

9.7 La compañía mantendrá registros adecuados del compromiso de los proveedores, subcontratistas (y sub-proveedores cuando sea apropiado) con responsabilidad social, incluyendo, entre otros, el compromiso escrito de lestas organizaciones de: a) Acatar todos los requerimientos de la Norma (incluyendo esta cláusula). b) Participar en las actividades de control de la compañía, cuando esta así lo solicite. c) Implementar acción remedial y correctiva inmediata para cualquier no-conformidad identificada según los requerimientos de la Norma. d) Informar a la compañía, de forma rápida y completa, de cualquier relación comercial relevante con otros proveedores, subcontratistas y sub-proveedores.

9.8 La compañía mantendrá pruebas razonables de que los requerimientos de la presente Norma se cumplen por parte de proveedores y subcontratistas.

9.9 Además de los requerimientos de las secciones 9.6 y 9.7 supra, en los cuales la empresa recibe, maneja o promueve bienes y/o servicios de los proveedores/subcontratistas o sub-proveedores que están clasificados como trabajadores del hogar, la compañía tomará pasos especiales para asegurar que a los trabajadores en el hogar se les proporcione un nivel de protección similar al proporcionado al personal empleado directamente bajo los requerimientos de esta norma. Estos pasos incluirán, pero no se limitarán a:

Control de los proveedores / subcontratistas y sub - Proveedores 9.7 La empresa deberá mantener adecuadas registros de los proveedores / subcontratistas (y, en su caso, sub-proveedores) compromisos de responsabilidad social, incluyendo, pero no limitado a, contractuales acuerdos y / o el compromiso escrito de las organizaciones a: a) Conforme a todos los requisitos de la presente estándar y de exigir lo mismo de subcontratistas. b) Participar en las actividades de seguimiento como solicitado por la empresa; c) Identificar la causa raíz y con prontitud aplicar acciones correctivas y preventivas para resolver cualquier identificó la no conformidad a la requisitos de la presente norma; d) informar rápidamente y por completo la de cualquier empresa y todas las empresas relación (s) con otros proveedores / subcontratistas y sub-proveedores. 9.8 La empresa debe establecer, mantener, y el documento por escrito adecuado procedimientos para evaluar y seleccionar proveedores / subcontratistas (y, cuando adecuado, sub-proveedores), teniendo en cuenta su desempeño y compromiso de cumplir los requisitos de esta norma. 9.9 La compañía hará una razonable esfuerzo para garantizar que los requisitos de la presente norma se cumplen por parte de los proveedores y subcontratistas dentro de su ámbito de control e influencia. 9.10 Además de los requisitos de Secciones 9.7 a través de 9,9, cuando la empresa recibe, maneja o promueve productos y / o servicios de proveedores / subcontratistas o sub-proveedores que se clasifican como trabajadores a domicilio, la empresa adoptará medidas especiales para garantizar que esos los trabajadores a domicilio se ofrece un nivel de protección similar al que se otorga directamente a personal empleado en virtud de los requisitos de esta norma. Tales medidas especiales incluirán, pero no se limitan a: a) Establecer jurídicamente vinculante, por escrito compra de contratos que requieran la conformidad con criterios mínimos de acuerdo con el requisitos de la presente norma; b) Garantizar que los requisitos de la contrato de compra por escrito se entienden y ejecutado por los trabajadores a domicilio y todos los otras

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Igualmente el nuevo Plan Estratégico recoge una iniciativa en relación con los proveedores que dará cobertura y enfoque al trabajo que deba desarrollar el Comité de Dirección.

RESULTADOS:

Desde el último informe de Revisión, los avances en la gestión de proveedores han ido en la línea del desarrollo de las siguientes acciones:

Despliegue de encuestas a proveedores.

EVIDENCIAS:

Registros.

Programa informático.

OBJETIVOS DE MEJORA:

Encuestas y auditorías a proveedores.

3.7. IDENTIFICANDO PROBLEMAS E INICIANDO ACCIONES CORRECTIVAS

REQUISITO DE LA NORMA:

DEFINICIONES:

Acciones correctoras: Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad detectada u otra situación indeseable.

6. Definición de medidas correctivas y acciones preventivas: un remedio inmediato y permanente a una no-conformidad a la norma estándar SA8000.

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

LIMASA ha revisado la gestión de los buzones de mejora para la detección de quejas y reclamaciones de empleados.

Ser ha revisado y modificado el Programa de gestión de Acciones de mejora para la reasignación de roles, gestión del seguimiento y determinación de responsabilidades.

Identificando Problemas e Iniciando Acciones Correctivas

2001 9.9 La compañía investigará, confrontará, y responderá a las cuestiones que planteen sus empleados y otras partes interesadas, con respecto al cumplimiento o incumplimiento de la política de la compañía y/o de los requerimientos de la presente Norma. La compañía se abstendrá de disciplinar, despedir, o discriminar de cualquier forma a los empleados que proporcionen información concerniente a la observancia de la Norma.

9.10 La compañía llevará a cabo acciones correctoras y remediales, asignando los recursos necesarios que sean apropiados de acuerdo con la naturaleza y la gravedad de la infracción, cuando se identifique el incumplimiento de la política o de los requerimientos de esta Norma.

Identificando Problemas e Iniciando Acciones Correctivas 2008 9.11 La empresa deberá presentar una medios confidenciales para informar a todo el personal no-conformidades con esta norma a la la gestión de la empresa y el trabajador representante. La compañía investigará, dirección, y responder a las preocupaciones de personal y otras partes interesadas con lo que se refiere a la conformidad o no conformidad con las políticas de la empresa y / o la requisitos de esta norma. La empresa se abstendrá de disciplinar, despedir, o de otro modo discriminar contra cualquier personal para proporcionar la información relativa a la observancia de la norma. 9.12 La empresa deberá identificar la raíz causa, aplicar rápidamente medidas correctivas y la acción preventiva, y asigne recursos recursos adecuados a la naturaleza y la gravedad de las no conformidades identificadas con la política de la empresa y / o la norma.

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VER GESTIÓN DE ACCIONES DE MEJORA EN EL PRSIG.

RESULTADOS:

Los resultados son conformes con la norma.

EVIDENCIAS:

Registros.

Programa informático.

Informes de acciones correctoras.

OBJETIVOS DE MEJORA:

Desarrollar las acciones de mejora previstas así como evaluar la eficacia de las mismas.

Continuar impulsando y potenciando las figuras de los ADN como facilitadores del cambio, de forma que favorezca la mejora del sistema de responsabilidad social y su grado de madurez.

Mejora y mantenimiento de los niveles de satisfacción de los trabajadores

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3.8. COMUNICACIÓN EXTERNA

REQUISITO DE LA NORMA:

DEFINICIONES:

Comunicación: Consiste en la transmisión de información.

7. Definición de parte interesada: un individuo o grupo de interesados o afectados por el desempeño social de la empresa.

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

LIMASA tiene un apartado específico en su página web oficial donde comunica toda clase de información relativa a la responsabilidad social. Su política de transparencia llega a todos sus GI.

Igualmente dispone de procesos de comunicación externa.

RESULTADOS:

Los resultados son conformes con la norma.

EVIDENCIAS:

www.limasa3.com

Documentos varios

OBJETIVOS DE MEJORA:

Continuar con la política de transparencia, siendo publicados documentos del SG en la página web oficial.

3.9. ACCESO PARA VERIFICACIÓN

REQUISITO DE LA NORMA:

Comunicación Externa 9.11 La compañía establecerá y mantendrá procedimientos para comunicar regularmente a todas las partes interesadas datos y otra información relativa al cumplimiento de los requerimientos de este documento. Entre otros aspectos, esta información incluirá detalle de los resultados de las revisiones realizadas por la administración de la empresa y de las actividades de monitoreo.9

Fuera de la Comunicación y las partes interesadas Compromiso 9.13 La compañía establecerá y mantener procedimientos para comunicarse regularmente a todas las partes interesadas y los datos otra información sobre el cumplimiento de los requisitos de este documento, incluyendo, pero no limitado a, los resultados de la gestión exámenes y actividades de supervisión. 9.14 La empresa deberá demostrar su voluntad de participar en los diálogos con todos los las partes interesadas, incluyendo, pero no se limitan a: los trabajadores, los sindicatos, proveedores, subcontratistas, sub-proveedores, compradores, organizaciones no gubernamentales organizaciones, y los entes locales y funcionarios del gobierno nacional, con el fin de el logro sostenible de conformidad con este estándar. Acceso para Verificación

Acceso para Verificación 2001 9.12 Cuando exista un contrato que así lo estipule, la compañía facilitará información razonable y acceso a aquellas partes interesadas en verificar el cumplimiento de los requerimientos de la Norma. Así mismo, cuando lo exija el contrato, los proveedores y subcontratistas de la compañía deberán ofrecer similar información y acceso, mediante la incorporación de dicha obligación en los contratos de compras de la compañía.

Acceso para Verificación 2008 9.15 En el caso de las anunciadas y auditorías sin previo aviso de la empresa para la fin de que certifique su conformidad con las requisitos de esta norma, la empresa velará por el acceso a sus locales y razonable de la información requerida por el auditor. Documentos

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DEFINICIONES:

Verificación: Confirmación mediante evidencia objetiva de que se han cumplido los requisitos especificados.

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

Los contratos establecen las condiciones de verificación en cada caso.

RESULTADOS:

Los resultados son conformes con la norma.

EVIDENCIAS:

INFORMES DE AUDITORÍAS

OBJETIVOS DE MEJORA:

Mantener la política de verificación establecida. 3.10. REGISTROS

REQUISITO DE LA NORMA:

DEFINICIONES:

Registros: Documento que presenta resultados obtenidos o proporciona evidencia de actividades.

ACCIONES DE PROHIBICIÓN, APOYO O PROMOCIÓN:

La mayoría de los registros del sistema de SA 8000 han sido identificados en este informe.

LIMASA dispone de procesos de gestión de los registros.

RESULTADOS:

Los resultados son conformes con la norma.

Durante el último trimestre se ha revisado toda la gestión de los registros de toda la empresa. Inventario, formalización, digitalización, localización, distribución, etc. a través del PRSIG.

EVIDENCIAS:

Los especificados en este documento.

Registros 2001 9.13 La compañía mantendrá registros apropiados para demostrar el cumplimiento de los requerimientos de la presente Norma

. Registros 2008 16 La empresa deberá mantener registros para demostrar la conformidad con la requisitos de esta norma

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OBJETIVOS DE MEJORA:

Mantenimiento y mejora del proceso de gestión de los registros.

4. DOCUMENTOS ASOCIADOS

APARTADO DOCUMENTO/S ASOCIADO/S

1. INTRODUCCION Informe de Auditoría.

Informe de revisión anterior

Informe de revisión por la dirección

2. REQUISITOS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL:

1. TRABAJO INFANTIL 2. TRABAJOS FORZADOS 3. SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO 4. LIBERTAD DE ASOCIACIÓN Y DERECHO A

LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 5. DISCRIMINACIÓN 6. MEDIDAS DISCIPLINARIAS 7. HORARIO DE TRABAJO 8. REMUNERACIÓN

Informe de Auditoría

Informe de progreso

Memoria efqm

Encuesta de clima

Convenio colectivo

Documentos de la página web oficial (www.limasa3.com)

Memorias de PRL

3. ELEMENTOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN

1. POLÍTICA DE LA EMPRESA 2. REVISIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN 3. REPRESENTANTES DE LA COMPAÑÍA 4. PLANTEAMIENTO Y APLICACIÓN 5. COMUNICACIÓN A PARTES INTERESADAS 6. CONTROL DE

PROVEEDORES/SUBCONTRATAS Y SUB-PROVEEDORES

7. IDENTIFICANDO PROBLEMAS E INICIANDO ACCIONES CORRECTIVAS

8. COMUNICACIÓN EXTERNA 9. ACCESO A LA VERIFICACIÓN 10. REGISTROS

Informe de Auditoría

Política del sistema de gestión, rev. 07

Manual del sistema de gestión, rev. 13

Constitución de ADN

Jornadas de ADN

Memoria efqm

Memoria de progreso

Encuesta de clima

Convenio colectivo

Documentos de la página web oficial (www.limasa3.com)

Memorias de PRL

Informes de revisión

Plan de RSC

Informes de sostenibilidad

Buenas Prácticas de RSC

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APARTADO DOCUMENTO/S ASOCIADO/S

Plan estratégico 2009/2012

OTROS ELEMENTOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN PROGRAMA INFORMÁTICO PRSIG