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Grupo Funcional Desarrollo Social 1 Instituto Nacional de Medicina Genómica Proyecto Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica Auditoría de Inversiones Físicas: 10-1-12NCH-04-1042 DS-062 Criterios de Selección Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización. Objetivo Fiscalizar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron, presupuestaron, licitaron, contrataron, ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable. Alcance Universo Seleccionado: 174,271.0 miles de pesos Muestra Auditada: 164,286.4 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 94.3 % Se revisaron 164,286.4 miles de pesos que corresponden al 94.3% del monto reportado como ejercido en la Cuenta Pública 2010 para Programas y Proyectos de Inversión, conforme al cuadro siguiente: Relación de Contratos (Miles de pesos) PEDIDO O CONTRATO PROVEEDOR CONCEPTO EJERCIDO 2010 REVISADO % 264/10 Centro de Soporte Continuo Maquinaria y Equipo, S.A. de C.V. UPS PULSAR M 3000 13.7 13.7 100.0 265/10 Equipar, S.A. de C.V. PSC000500 Incubadora de Convección por gravedad 33.2 33.2 100.0 CPI092485 Desecador elctrónico automatico vertical 29.9 29.9 100.0 SOR75006449 Portador de Microplatos 49.4 49.4 100.0 TOTAL (CAPÍTULO 5000) 126.2 126.2 100.0

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Grupo Funcional Desarrollo Social

1

Instituto Nacional de Medicina Genómica

Proyecto Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica

Auditoría de Inversiones Físicas: 10-1-12NCH-04-1042

DS-062

Criterios de Selección

Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.

Objetivo

Fiscalizar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron, presupuestaron, licitaron, contrataron, ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable.

Alcance

Universo Seleccionado: 174,271.0 miles de pesos Muestra Auditada: 164,286.4 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 94.3 %

Se revisaron 164,286.4 miles de pesos que corresponden al 94.3% del monto reportado como ejercido en la Cuenta Pública 2010 para Programas y Proyectos de Inversión, conforme al cuadro siguiente:

Relación de Contratos

(Miles de pesos) PEDIDO O

CONTRATO PROVEEDOR CONCEPTO

EJERCIDO 2010

REVISADO %

264/10 Centro de Soporte Continuo Maquinaria y Equipo, S.A. de C.V.

UPS PULSAR M 3000 13.7 13.7 100.0

265/10 Equipar, S.A. de C.V. PSC000500 Incubadora de Convección por gravedad

33.2 33.2 100.0

CPI092485 Desecador elctrónico automatico vertical

29.9 29.9 100.0

SOR75006449 Portador de Microplatos 49.4 49.4 100.0

TOTAL (CAPÍTULO 5000) 126.2 126.2 100.0

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010

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CONTRATO / MONTO

CONTRATISTA OBJETO EJERCIDO

2010 REVISADO %

Convenio núm. C-1, Contrato DA-SRO-009-09-AD

2,417.4

ABA Desarrollo Inmobiiario, S.C.

Gestión y Responsivas Manifestación de Construcción Tipo C

1,595.0 1,595.0 100.0

INMEGEN OP-01-12297001-018-06

7,069.6

Construcciones e Instalaciones Modernas, S.A. de C.V.

Estructuras Prefabricadas. (1) 7,069.6

7,069.6 100.0

Convenio núm. CA-C7, Contrato INMEGEN-OP-05-12297001-08-06

1,154.3

Constructora e Ingeniería Aplicada Habitat, S.A. de C.V.

Trabajos de Jardinería 3109.9 3109.9 100.0

Convenio núm. C-1 y C-2, Contrato DA-SRO-007-09-AD

11,170.9

Desarrollo Tecnología y Planeación, S.A. de C.V.

Supervisión Técnico – Administrativa Conclusión de Construcción Sede del INMEGEN

12,606.2 12,606.2 100.0

Contrato DA-SRO-006-09-AD

2,815.1

Desarrollo Tecnología y Planeación, S.A. de C.V.

Detección, Cuantificación y Trámite de Regularización en Base a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de Obra Detectada como Mal Ejecutada durante los años 2006-2007, Intemperizada del ejercicio 2007 al 2009, y Obra que Requiere Cambios por el Proyecto y Proceso Constructivo, así como Obra Vandalizada durante el Periodo del año 2007 al 2009, en el Edificio Sede del INMEGEN

2,653.3 2,653.3 100.0

Convenio núm. C-1, Contrato DA-SRO-017-09-AD

1,372.9

Diseño Planificación e Ingeniería Ambiental, S.A. de C.V.

Asesoría y Apoyo para la Actualización de las Condiciones Ambientales y Urbanas

209.9 209.9 100.0

Convenio núm. C1, Contrato DA-SRO-020-09-AD

113,430.0

Fonatur Constructora, S.A. de C.V.

Reparación en Estructura Metálica, Armaduras y Vigas IPR, Demolición de Firmes en Pisos, Aplicación de Pintura Intumescente en Estructura Metálica

107,213.7 107,213.7 100.0

Convenio núm. C-4 y C-5, Contrato INMEGEN-OP-09-12297001-017-06

0.0

Ganemedic, S.A. de C.V. Suministro e Instalación de Lonaria 786.7 786.7 100.0

Convenio núm. C-1, Contrato DA-OP-002-10-AD

3,869.3

GANEM Construcción, S.A. de C.V.

Suministro, e Instalación de Marmol y Recinto Natural en el Edificio Sede del INMEGEN

1,283.1 1,283.1 100.0

Finiquito, Contrato DA-SRO-014-09-AD

461.8

Ingeniería Computarizada y Prefabricación, S.A. de C.V.

Realización Trabajos de Sellado Cárcamos y Fosos de Elevadores en Sótano II

36.3 36.3 100.0

Convenio núm. C-7, Contrato INMEGEN-OP-05-12297001-008-06

1,143.5

Industrias y Representaciones Gar-Vel, S.A. de C.V.

Trabajos de Aire Acondicionado en el Edificio Sede del INMEGEN

1,495.7 1,495.7 100.0

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Grupo Funcional Desarrollo Social

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CONTRATO /

MONTO CONTRATISTA OBJETO

EJERCIDO 2010

REVISADO %

Contrato DA-OP-004-10-AD

8,260.4

JENA Servicios de Administración y Mantenimiento, S. de R.L. de C.V.

Suministro e Instalación de Pisos, Plafones y Muros de PVC para el Área de Laboratorios del Edificio Sede del INMEGEN

4,130.2 4,130.2 100.0

Convenio núm. CA-C1, Contrato DA-OP-001-10-AD

1,486.6

Profesionista Independiente Suministro de Piezas Faltantes, Instalación y Puesta en Funcionamiento de Nueve Equipos de Ascensores Marca Macpursa en el Edificio Sede del INMEGEN

557.5 557.5 100.0

Convenio núm. C-7, Contrato INMEGEN-OP-14-12297001-AD-06

679.3

Lasser Electrónica y Comunicaciones, S.A. de C.V.

Trabajos de Cableado Estructurado 1,392.3 1,392.3 100.0

Convenio núm. CA-C2, Contrato DA-SRO-010-09-AD

359.6

Reyval Arquitectos, S.A de C.V.

Servicios para realizar Trabajos Arquitectónicos y de Ingeniería para Actualización y Complemento Proyecto Ejecutivo

2,486.7 2,486.7 100.0

Orden de trabajo OT 049/10

65.0

Reyval Arquitectos, S.A de C.V.

Restauración de Maqueta Volumétrica del Edificio Sede, Elaboración de Perspectivas para Presentación

75.4 75.4 100.0

Contrato DA-OP-003-10-AD

369.7

Reyval Arquitectos, S.A de C.V.

La Adecuación de las Oficinas en el Área de la Biblioteca del Edificio Sede del INMEGEN

242.8 242.8 100.0

Convenio núm. C-8, Contrato INMEGEN-OP-02-12297001-002-06

-172.3

RL Construcciones, S.A. de C.V.

Instalaciones Hidrosanitarias y Contra Incendio (Sistema Conjunto)

5,225.1 5,225.1 100.0

Convenio núm. C-6, Contrato INMEGEN-OP-13-12297001-AD-06

8,882.3

Siemens, S.A. de C.V. Trabajos de Seguridad y Control 8,817.4 8,817.4 100.0

Contrato DA-OP-005-10-AD

3,620.3

Soluciones Imagina, S.A. de C.V.

Sistema Modular de Señalización para el Edificio Sede del INMEGEN

1,810.1 1,810.1 100.0

Convenio núm. C-5, Contrato INMEGEN-OP-10-12297001-021-06

2,434.1

Teletec de México, S.A. de C.V.

Trabajos de Electroacústica 1,062.2 1,062.2 100.0

Finiquito, Contrato DA-SRO-016-09-AD

315.7

Union Presforzadora, S.A. de C.V. (TEKKNÉ)

Construcción de Muro de Concreto para Barda Perimetral

301.1 301.1 100.0

TOTAL (CAPÍTULO 6000) 164,160.2 164,160.2 100.0

MONTO TOTAL 164,286.4 164,286.4 100.0

FUENTE: Cédula de alcance seleccionada de la información proporcionada por la entidad fiscalizada.

1) Se aplicó un pago para dar atención a la sentencia ejecutoria de fecha 8/sep/2009 dictada por el segundo tribunal unitario en materia civil y administrativa del primer circuito.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010

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Antecedentes

El Instituto Nacional de Medicina Genómica (INMEGEN) se creó mediante decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de julio de 2004, con el objeto de desarrollar una plataforma en medicina genómica para vincular instituciones públicas y privadas, tanto en México como en el extranjero, la cual contribuiría a generar su desarrollo integral en todo el país, incidiendo en enfermedades comunes, con un alto impacto en la salud y la economía de los mexicanos.

El 12 de septiembre de 2005 se inició la construcción de la primera etapa de las nuevas instalaciones del INMEGEN, en un terreno de 40,097.81 m2

El proyecto Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica contempló la construcción de cuatro edificios, identificados como: Edificio principal; Biblioteca y anexos; Auditorio; y Servicios, en una superficie de 11,996.16 m

donado por la Secretaría de Salud, ubicado en Periférico Sur núm. 4809, Col. El Arenal Tepepan, Delegación Tlalpan, México, Distrito Federal.

2 de construcción, en los que habrá áreas administrativas, tres niveles de laboratorios, área de dirección, auditorio, aulas, biblioteca, restaurante, cuarto de máquinas y servicios, y dos niveles de sótanos destinados para el estacionamiento de 832 vehículos, con una superficie de 18,620.42 m2. Además, se consideró una área libre de 31,547.45 m2, integrada por 17,668.49 m2 para plazas y andadores, 3,971.33 m2 para vialidades internas y 9,907.63 m2

En la Cuenta Pública 2010 para Programas y Proyectos de Inversión se tenía acumulado hasta 2010 un monto de 1,326,444.7 miles de pesos, sin incluir equipamiento, y un costo total programado modificado de 1,931,882.8 miles de pesos. En la revisión del importe ejercido en el capítulo 5000, se verificaron 2 pedidos, en tanto que para la revisión del capítulo 6000, se verificaron 22 contratos de obra, 8 de ellos adjudicados mediante licitación pública, y 14 de manera directa.

en áreas permeables jardinadas. El costo total inicial del proyecto fue de 1,190,387.1 miles de pesos. Con base en los resultados obtenidos en la revisión de las Cuentas Públicas 2006, 2007, 2008 y 2009, se determinó efectuar una auditoría como parte de la revisión de la Cuenta Pública 2010, al proyecto de inversión referido, con el fin de dar continuidad a las revisiones anteriores.

Resultados

1. Del análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se concluyó que el proyecto ejecutivo se modifícó durante todo el periodo de la obra de 2005 a 2010; no obstante, al mes de diciembre de 2010, aún no se había atendido el resolutivo de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal, emitido mediante el oficio núm. SMA/DGRVA/DIR/002779/2006 del 30 de marzo de 2006, por medio del cual se condicionó en materia de impacto ambiental a ese instituto para validar su construcción estableciendo 30 condicionantes, y aun cuando a la fecha no se les ha dado atención, las autoridades del INMEGEN no han reportado las modificaciones realizadas al proyecto no obstante que esto

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Grupo Funcional Desarrollo Social

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modificó drasticamente el diseño original y no se presentó el dictamen técnico que justifique dichas modificaciones.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-001

2. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observó que el INMEGEN omitió incluir en el Programa Anual de Obras Públicas de 2010 los objetivos y metas a corto, mediano y largo plazos; calendarización física y financiera de los recursos necesarios para estudios y proyectos; ejecución de los trabajos, así como gastos de operación; unidades responsables de su ejecución y fechas de inicio y término de los trabajos.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-002

3. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observó que el INMEGEN no incluyó en el Programa Anual de Adquisiciones de 2010 los plazos estimados de suministro; avances tecnológicos incorporados en los bienes y, en su caso, planos, proyectos y especificaciones, así como requerimientos de mantenimiento de los bienes muebles a su cargo.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Instituto Nacional de Medicina Genómica proporcionó información complementaria, mediante el oficio núm. INMG/DA/856/2011 del 11 de octubre de 2011, en la que se señala que la formulación del programa, recae en la totalidad de la dependencia o entidad, y no sólo a un área exclusivamente, es decir, cada área administrativa y sustantiva es la que determinan los requerimientos que serán necesarios recibir para el adecuado cumplimiento de sus funciones y objetivos. Dichos requerimientos quedarán plasmados en un Programa Anual de Adquisiciones, en el que se señala lo que la dependencia adquirirá en un ejercicio y desglosandose en trimestres (de conformidad al formato establecido para tal efecto por la Secretaría de la Función Pública). Es importante mencionar que el área de Recursos Materiales es quien recaba e integra el formato antes citado, a partir de la información que le proporcionaron las diferentes áreas del instituto.

Por lo anterior, se considera que la observación subsiste en razón de que se ratifica el resultado emitido y además no se incluyó el formato establecido por la Secretaría de la Función con lo que sustente su respuesta.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-003

4. Con el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se comprobó que en el ejercicio 2010 con el oficio núm. DGPOP/06/07866 se autorizaron recursos al proyecto por un monto de 99,562.0 miles de pesos, el cual se modificó posteriormente por medio de 11 oficios de inversión, hasta hacer un total de 174,221.1 miles de pesos, cifra que no se reportó en la Cuenta Pública 2010, en la que se informaron como ejercidos 174,271.0 miles de pesos, por lo que existe una diferencia de -49.9 miles de pesos. Además, se observó un subejercicio de 5,470.8 miles de pesos entre lo reportado en la Cuenta Pública 2010 y lo autorizado en el

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010

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oficio de liberación de inversión INMEGEN/003/2010, sin que se haya entregado la adecuación presupuestal de dicha diferencia.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-004

5. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observó que en relación con los 7 contratos, 14 convenios de obras pública y servicios, una orden de trabajo y dos pedidos de adquisiciones del ejercicio 2010, correspondientes al proyecto, el monto total ejercido fue de 164,412.5 miles de pesos (obra: 164,286.3 miles de pesos y adquisiciones: 126.2 miles de pesos), el cual no coincide con lo reportado en la Cuenta Pública 2010, 174,271.0 miles de pesos, por lo que existe una diferencia de -9,858.5 miles de pesos, además, de la existencia de dos contratos de adquisiciones por 126.2 miles de pesos que se señala formaron parte del monto total ejercido y que tampoco se reportaron en la citada Cuenta Pública.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-005

6. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se detectó que en el sexto piso de la obra aún se encuentra material y escoria producto de los trabajos de reparación y restructuración de la estructura metálica, que la empresa Fonatur Constructora, S.A. de C.V., aún no ha retirado; lo mismo ocurre en la entrada principal en el acceso hacia el Periférico Sur, donde están apilados pedazos de placas utilizadas en la reestructuración, vigas IPR, láminas Romsa y rejillas Irving. Además, los materiales desmontados de los pisos 2o. al 6o., se concentra en el sótano dos, que está inundado, y podrían deteriorase por la humedad, y extraviarse al no estar bien estibados e identificados en un lugar cerrado y debidamente resguardado.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-006

7. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observó que, en el contrato DA-OP-001-10-AD, que tuvo por objeto el Suministro de piezas faltantes, instalación y puesta en funcionamiento de nueve equipos de ascensores marca Macpursa en el edificio sede del INMEGEN, trabajos que fueron adjudicados directamente por excepción, el avance en la reestructuración de la obra y la falta de la electrificación definitiva ha impedido la realización de las pruebas de puesta en marcha del citado contrato, por lo que no se ha realizado su instalación definitiva y sólo se realizaron trabajos parciales durante 2010. Por lo anterior y debido a que el monto rebasa los máximos para una autorización directa, debió adjudicarse mediante invitación a cuando menos tres personas.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-007 10-9-12NCH-04-1042-08-001

8. Con el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se determinó que el contrato DA-OP-004-10-AD tuvo por objeto el Suministro e Instalación de Pisos, Plafones y Muros de PVC para el Área de Laboratorios del Edificio Sede del INMEGEN y fue adjudicado directamente, con base en el artículo 42, fracción I, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, que establece: “…El contrato sólo puede celebrarse con una determinada persona

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por tratarse de obras de arte, el licenciamiento exclusivo de patentes, derechos de autor u otros derechos exclusivos…”; sin embargo, considerando que los trabajos por realizar no corresponden a las causales de excepción que establece la fracción I del artículo 42, se considera improcedente dicha adjudicación, por lo que debió aplicarse el procedimiento de licitación pública. Además, no se presentó prueba documental de la autorización del Comité de Obras de la entidad, ni de que se informó al Órgano Interno de Control sobre su forma de contratación.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Instituto Nacional de Medicina Genómica proporcionó información complementaria, mediante el oficio núm. INMG/DA/856/2011 del 11 de octubre de 2011, se entregó copia del Acuerdo del Comité de obras del contrato observado, la constancia del derecho de exclusividad de la empresa para vender el producto expedido por el fabricante de los pisos marca “Polyflor”, el oficio núm. INMG/DA/0949/2010 del 30 de noviembre de 2010, en donde se informó al Órgano Interno de Control sobre la contratación referida. Sin embargo, dichos trabajos a la fecha no se han ejecutado.

Por lo anterior, se considera aclarada la presente observación, ya que se proporcionó información complementaria que justifica y soporta la exclusividad de los trabajos realizados y el ejercicio del gasto correspondiente.

9. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observó que la supervisión de obra del proyecto no está cumpliendo con lo convenido contractualmente, al no cumplir con la obligación de revisar las estimaciones de trabajos ejecutados a efecto de que la residencia de obra las autorice y se evite atraso en el pago y en la ejecución de los trabajos.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-008

10. Para el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se revisaron que en 7 contratos, 14 convenios de obra pública y servicios, y una orden de trabajo, relacionados con el proyecto y celebrados en el ejercicio 2010, y determinó que en los contratos DA-SRO-009-09-AD y su convenio C-1; INMEGEN-OP-05-12297001-08-06, convenio CA-C7; DA-SRO-007-09-AD, convenios C-1 y C-2; DA-SRO-006-09-AD; DA-SRO-017-09-AD, convenio C-1; DA-SRO-020-09-AD, convenio C1; INMEGEN-OP-09-12297001-017-06, convenios C-4 y C-5; DA-OP-002-10-AD; DA-SRO-014-09-AD; INMEGEN-OP-05-12297001-008-06, convenio C-7; DA-OP-004-10-AD; DA-OP-001-10-AD, convenio CA-C1; INMEGEN-OP-14-12297001-AD-06, convenio C-7; DA-SRO-010-09-AD; DA-OP-003-10-AD; OT 049/10; DA-OP-005-10-AD y DA-SRO-016-09-AD, el área administrativa omitió a la Auditoría Superior de la Federación entregar copia de las facturas, pólizas, cuentas por liquidar certificadas y las estimaciones soportes de los trabajos correspondientes a cada contrato para su integración en el expediente.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Instituto Nacional de Medicina Genómica proporcionó información complementaria, mediante el oficio núm. INMG/DA/856/2011 del 11 de octubre de 2011, en la que se entregó copia certificada de cada uno de los pagos realizados a los contratistas que presentaron estimaciones para cobro de los trabajos realizados.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010

8

Por lo anterior, se considera aclarada la presente observación, ya que se proporcionó información complementaria de las copias de las facturas, pólizas, cuentas por liquidar certificadas y las estimaciones soportes de los trabajos correspondientes a cada contrato.

11. Para el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se revisaron 7 contratos, 14 convenios de obras pública y servicios y una orden de trabajo relacionados con el proyecto y celebrados en el ejercicio 2010, y se observaron que los contratos DA-SRO-006-09-AD, DA-OP-003-10-AD y DA-OP-005-10-AD, y en los convenios núm. C-1 del contrato DA-SRO-009-09-AD; C-1 y C-2, del DA-SRO-007-09-AD; C-1, del DA-SRO-017-09-AD; C1, del DA-SRO-020-09-AD; C-4, del INMEGEN-OP-09-12297001-017-06; C-7, del INMEGEN-OP-05-12297001-008-06; CA-C1, del DA-OP-001-10-AD; C-7, del INMEGEN-OP-14-12297001-AD-06; C-8, del INMEGEN-OP-02-12297001-002-06 y C-5, del INMEGEN-OP-10-12297001-021-06, no cuenta con las garantías de cumplimiento contractuales.

En los contratos DA-OP-003-10-AD y DA-OP-005-10-AD y en el convenio C1 del contrato DA-SRO-020-09-AD, no se entregaron las fianzas de anticipo.

Además, en el contrato DA-SRO-009-09-AD y en los convenios C-7 del contrato INMEGEN-OP-05-12297001-08-06; C-1, del DA-SRO-017-09-AD; C-1, del DA-OP-002-10-AD; CA-C1, del DA-OP-001-10-AD; C-7, del INMEGEN-OP-14-12297001-AD-06; C-8, del INMEGEN-OP-02-12297001-002-06 y C-6, del INMEGEN-OP-13-12297001-AD-06, hubo modificaciones en más del 25.0%, sin que la entidad solicitará la autorización de la Secretaría de la Función Pública para revisar los indirectos y el financiamiento originales a fin de determinar la procedencia de ajustarlos.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-010 10-9-12NCH-04-1042-08-002

12. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observó que durante 2010 no contó con un residente de obra durante tres meses; estos atrasos fueron provocados por la entidad, toda vez que hubó el cambio de tres residentes de obra, lo que provocó el retraso en la generación de estimaciones y generadores, y falta de respuestas adecuadas en las notas de bitacora de obra dentro de los terminos de ley.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-011

13. Para el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se revisaron 7 contratos, 14 convenios de obras públicas y servicios y una orden de trabajo celebrados en el ejercicio 2010, y se detectó que en los contratos DA-OP-004-10-AD, DA-OP-003-10-AD, y los convenios núms. CA-C1 del contrato DA-OP-002-10-AD y CA-C1 del contrato DA-OP-001-10-AD, de las empresas JENA Servicios de Administración y Mantenimiento, S. de R.L. de C.V., Reyval Arquitectos, S.A. de C.V., GANEM Construcción, S.A. de C.V.,y un Profesionista Independiente, respectivamente, se omitió indicar la forma en que se reintegrarían las cantidades que, de cualquier forma, hubieran recibido en exceso las empresas por la contratación o ejecución de los trabajos.

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Además, el instituto no entregó los documentos correspondientes a los convenios núm. C-4 del Contrato INMEGEN OP-09-12297001-017-06 y C-6 del Contrato INMEGEN-OP-05-12297001-08-06, de las empresas Ganemedic, S.A. de C.V., e Industrias y Representaciones Gar-Vel, S.A. de C.V., por lo que fue imposible su evaluación normativa y determinar su procedencia.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Instituto Nacional de Medicina Genómica proporcionó información complementaria, mediante el oficio núm. INMG/DA/856/2011 del 11 de octubre de 2011, con el que se entregó documentación correspondiente a los convenios núm. C-4 del Contrato INMEGEN OP-09-12297001-017-06 y C-6 del Contrato INMEGEN-OP-05-12297001-08-06 consistente en copias de sus contratos, su dictamen de adjudicación y su presupuesto de obra. En los contratos DA-OP-004-10-AD, DA-OP-003-10-AD, se señaló que en el párrafo once de la cláusula cuarta “Forma y lugar de los pagos” de los contratos, se menciona la forma en que se reintegrarían las cantidades que, de cualquier forma, hubieran recibido en exceso las empresas por la contratación o ejecución de los trabajos. En los demás contratos se acepto que no se incluyó dicha cláusula y por lo mismo mediante oficio INMG/DA/887/2011 del 18 de octubre de 2011, se le solicitó a la Subdirección de Asuntos Juridicos del INMEGEN a efecto de que en todos los contratos de obra pública y servicios relacionados con la misma que celebre el instituto se incluya la cláusula relativa a la forma de reintegrar los pagos en exceso.

Por lo anterior, se considera atendida parcialmente la presente observación, en razón de que las autoridades del Instituto sólo proporcionaron información complementaria que justifica la entrega de la documentación faltante de evaluar; en dos contratos si se incluyó lo referente a la reintegración de cantidades recibidas en exceso, y en los demás contratos se aceptó que no se incluyó dicha cláusula, que las autoridades del instituto proporcionaron copia del oficio en el que se manifiestan las acciones de carácter preventivo para que en el futuro los contratos de obras públicas y servicios relacionados con las mismas cuenten con el sustento legal correspondiente y cumplan con los requisitos establecidos en la normativa, incluidos los aspectos observados.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-012

14. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se revisaron las pruebas de inspección de control de calidad con torquímetro, sobre la verificación del apriete de anclas, tornillos y tuercas en la estructura metálica, no se establecieron los parámetros de evaluación, para determinar el cumplimiento de las especificaciones de diseño.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-013

15. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observó que, en relación con el convenio núm. 8 del contrato núm. INMEGEN-OP-02-12297001-002-06, celebrado con la empresa Constructora RL Construcciones, S.A. de C.V., por 14,267.0 miles de pesos, en los reportes de control de calidad de las instalaciones sanitarias e hidráulicas y del sistema contra

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incendio existen deficiencias o defectos en sus pruebas hidrostáticas, de funcionamiento y de inspección física, como se señala a continuación:

1. Instalaciones sanitarias: fugas en los coples y falla en las conexiones en los sanitarios de hombres y mujeres de la planta alta, en el área del auditorio, ejes P-Q (13-14 y 15-16).

2. Sistema contra incendio: se registró una disminución de la presión en la línea en el edificio de servicios en la planta baja eje E-3.

3. Instalaciones hidráulicas: se registró una disminución de la presión en los sanitarios de la biblioteca en la planta baja, ejes I-J (15-16); falta de soporteria adecuada, además de faltar el cuadro de válvulas en el edificio principal en los sanitarios de hombres y mujeres en el segundo nivel, ejes X-Y (25-26); los manómetros se encuentran en mal estado, falta soportería y existen fugas en el edificio principal, línea de alimentación de agua tratada y agua potable en la planta baja, ejes W-Y (20-26) y M-P (12-16); disminución de presión y una fuga, deficiente soportería y se deberán limpiar las conexiones pintadas en la tubería de agua potable en las áreas de exteriores del edificio de servicios en la azotea, ejes 2, 10; soportería mal colocada o incompleta en los laboratorios del edificio principal, tercer nivel, eje W-Z (20-25).

El corresponsable en instalaciones no presentó opciones para resolver dichas problemáticas, ni las acciones efectuadas por el residente de la obra y la empresa de supervisión, Desarrollo Tecnología y Planeación, S.A. de C.V., para solventarlas.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-014

16. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observó que el proyecto fue planeado, programado y ejecutado de manera parcial, lo que impidió a las empresas ejecutar los trabajos en forma ininterrumpida hasta su conclusión; además, no se llevó un control adecuado de los periodos de contratación, lo que provocó retrasos en la reestructuración del edificio del INMEGEN; por otra parte, las interrupciones en la ejecución de la obra por la falta de liberación de sus respectivos frentes de trabajo provocaron que varias empresas tuvieran que suspender los trabajos hasta nuevo aviso, con el correspondiente retraso en la terminación en los diversos frentes de trabajo. Lo anterior ocasionó que se tuvieran que autorizar diversos convenios para modificar los plazos de ejecución.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-015

17. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, en el contrato DA-SRO-020-09-AD, adjudicado a Fonatur Constructora, S.A. de C.V., se observó que durante su vigencia se ejecutaron trabajos por cantidades adicionales y conceptos no previstos en el catálogo original, sin incluir tales modificaciones en el cuerpo del dictamen y convenio correspondientes, con sus especificaciones y precios unitarios, así como la extinción de los conceptos cancelados, a fin de dar seguridad jurídica a las partes sobre las obligaciones contractuales.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-016

18. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observó que la Residencia de Obra omitió

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firmar todas las bitácoras de obra de las 20 empresas involucradas en la ejecución de los trabajos en 2010. En las mismas notas se incluyeron anotaciones como la falta de pago, falta de firma o de entrega de los convenios por ampliación del plazo para la ejecución de los trabajos, falta de autorización de las estimaciones y de su pago, suspensiones de obra, falta de entrega de las adecuaciones del proyecto, errores en la numeración de las notas de bitácora; además, hubo lapsos en los que no se tuvo acceso para elaborar las notas relacionadas con la obra de las empresas que se contrataron, y en algunos casos, no se numeraron de manera adecuada las hojas de la bitácora.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-017

19. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, al valorar los riesgos y los controles implementados para evitarlos, se observó que la probabilidad de ocurrencia es alta en las actividades de inventario de activo de fijo al estar desactualizado; que la documentación es insuficiente para atender los procesos judiciales relacionados con los controles de obra pública; que las publicaciones de artículos e investigaciones se publican con retraso; que se les paga a los proveedores de bienes y servicios de enseñanza fuera de tiempo, y que los programas informáticos requeridos por las áreas están inconclusos al ser instalados.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Instituto Nacional de Medicina Genómica proporcionó información complementaria, mediante el oficio núm. INMG/DA/856/2011 del 11 de octubre de 2011, en el que se entregó copia de su programa de trabajo de administración de riesgos institucional en donde se señalan las estrategias para administrar los riesgos señalados.

Por lo anterior, se considera que la observación subsiste en razón de que se confirman la valoración de los riesgos y se ratifica el resultado emitido.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-018

20. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observó que Fonatur Constructora, S.A. de C.V., omitió entregar diversa documentación necesaria para el control de los trabajos del convenio C1, del contrato DA-SRO-020-09-AD, como el catálogo de conceptos autorizado y los alcances del convenio, fianza de reparación de vicios ocultos y el seguro de responsabilidad civil de la obra, que efectuó dicha compañía en la etapa de reestructuración; además, incumplió en diversos frentes los alcances contractuales, como no terminar de manera adecuada, lo siguiente: las dos escaleras a base de estructura metálica de los pisos de los laboratorios 2, 3 y 4, ya que no se instalaron todos los barandales y sus atiesadores, pues están mal detallados y cortados con acetileno; de aplicar la pintura intumescente en las estructuras y losa acero; los trabajos eléctricos de mediana tensión; de realizar las reestructuración de las escaleras y de los cubos de elevadores del MC1, MC3 y MZZ; de realizar todos los trabajos del área de la biblioteca, y la limpieza general, gruesa y fina de la obra; realizar la carga y retiro de desechos fuera de la obra producto de los trabajos, por lo que se determina que se tendrá que deducir o penalizar en el finiquito de obra, pues los trabajos los están realizando otras empresas.

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Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Instituto Nacional de Medicina Genómica proporcionó información complementaria, mediante el oficio núm. INMG/DA/856/2011 del 11 de octubre de 2011, en el que entregó documentación en donde señala que de conformidad con las disposiciones legales, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se encuentran exentas de otorgar garantías para responsabilizarse en el cumplimiento de las obligaciones que contraen, sin embargo la constructora entregó al INMEGEN cartas de fechas 1 de octubre de 2009 y 21 de julio de 2010 en la que se responsabiliza de los daños que pudieran causar en la ejecución de la obra para la cual fue contratada. Asímismo, ha manifestado que entregrará uan carta en la que se responsabilizará por doce meses de los vicios ocultos que se resulten en la obra.

Por lo anterior, se considera que la observación subsiste en razón de que se confirman la falta de la entrega del catálogo de conceptos autorizado y los alcances del convenio; además, incumplió en diversos frentes los alcances contractuales; de la falta de la fianza de reparación de vicios ocultos y el seguro de responsabilidad civil de la obra y sólo entregaron cartas de fechas 1 de octubre de 2009 y 21 de julio de 2010 en la que se responsabiliza de los daños que pudieran causar en la ejecución de la obra para la cual fue contratada, aun cuando en su análisis de Precios unitarios especificaba su entrega.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-019

21. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observaron diversas irregularidades en el diseño y construcción del proyecto, como las que se mencionan a continuación:

a) La construcción de las escaleras del muro cabecero núm. 3 no se ajustó a la normativa correspondiente, ya que no hay ningún punto de iluminación ni ventilación natural, como ventanas al exterior en los 40 m de altura, convirtiéndose en un tiro de chimenea de alto riesgo en caso de siniestro pues cuenta con iluminación artificial, lo que en caso de interrupción, quedaría totalmente a oscuras, por lo que se debería contar con un proyecto de iluminación de emergencia que observará contar con lámparas de emergencia en toda su longitud.

b) Tampoco se incluyeron escaleras de emergencia exteriores a pesar de que el edificio mide 40 m de altura.

c) En los anchos de las banquetas de protección de las rampas de acceso a estacionamientos de los sótanos 1 y 2, los tramos rectos son de 28 cm de ancho, en lugar de un mínimo de 30 cm, y en las curvas tampoco tiene las dimensiones mínimas de ancho la banqueta de 50 cm y también tienen 28 cm; además, las rampas de acceso tienen una pendiente superior al 15.0% fijado como máximo y éstas tienen aproximadamente el 25.0% (10% de más), asimismo no se cumple con el ancho en curvas es de 3.50 m, ni con el radio mínimo medido al eje de la rampa de 7.50 m, sólo tiene 5.50 m.

d) Las diferentes áreas de sanitarios para discapacitados carecen de las barras de apoyo en los WC y en general el proyecto no incluye rampas de acceso a las áreas de oficinas y jardines, ya que sólo existe un acceso oriente que colinda con el Anillo Periférico y uno

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provisional de madera detrás de la biblioteca, y sólo habrá elevadores del sótano 1 a la zona de la biblioteca; y en caso de falla eléctrica, no se podrá accesar a ninguna de las zonas del edificio.

e) En el cuerpo del edificio de la biblioteca la ubicación de los extinguidores sólo está señalizada, pero no se ha colocado ninguno, en incumplimiento del artículo 109 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.

f) Algunas de las estructuras exteriores para colocar los cristales laminados carecen de largueros intermedios; además, por errores constructivos deberán cambiarse las bases de casi todas las arañas de dos brazos de acero inoxidable; los cristales laminados claros instalados, ya desmontados anteriormente y la mayoría se están rompiendo, pues no cumplen con las especificaciones del proyecto (6mm + pvb de 1.14 mts.+ claro de 6 mm), al ser más gruesos y más pesados.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-020

22. Con la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se analizó el pago de la mano de obra empleada de Fonatur Constructora, S.A. de C.V., y se constató que no se atendió la nota de bitácora núm. 47 del 11 de enero de 2010 en donde se le requería la información referente al pago del IMSS de su personal.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Instituto Nacional de Medicina Genómica proporcionó información complementaria, mediante el oficio núm. INMG/DA/856/2011 del 11 de octubre de 2011, en el que entregó documentación en donde señala que con oficio número FONC-GTR-151/2010 del 2 de septiembre de 2010 se entregó al Residente del INMEGEN copia de los pagos del IMSS por los periodos de febrero a julio de 2010. Asímismo, se le solicitó a dicha empresa los comprobantes de pago y la relación del personal contratado para la obra que se realizó al amparo del contrato DA-SRO-020-09-AD de los periodos que dejó de presentar, dicha entrega la efectuó con oficio FONC-RLTCH-650/2011 del 11 de octubre de 2011 y le entregó a la residencia de obra del INMEGEN los comprobantes de pago del IMSS por los periodos de enero, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2010. Con oficio número INMG/RO/366/2011 del 20 de octubre de 2011 el INMEGEN solicitó a la empresa la relación del personal que ocupó con el monto de sus ingresos y el pago de sus aportaciones al IMSS.

Por lo anterior, se considera parcialmente atendida la presente observación en lo que se refiere a la entrega de la información del periodo de febrero a julio de 2010, y subsiste para el periodo de agosto a diciembre de 2010 la relación del personal que ocupó con el monto de sus ingresos y el pago de sus aportaciones al IMSS.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-021

23. En el análisis de la documentación correspondiente al Proyecto Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica, se detectó, lo siguiente:

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1. Desde 2008 no hay una unidad verificadora de instalaciones eléctricas (UVIE) o un corresponsable en instalaciones que avale que estas cumplan con lo dispuesto en el Reglamento y la Norma Oficial Mexicana aplicables. Casi todas las instalaciones eléctricas (alimentadores de los centros de carga y sub-estaciones) existentes a la fecha son provisionales, y para el cierre de conexiones solo se han realizado trabajos provisionales a base de empalmes, las cajas de tableros, mazas y cierres de conexiones aún no tienen el cierre e identificación del cableado, y las que se están instalando carecen de la identificación de circuitos y el ponchado correspondiente para su identifcación normativa; debido a lo anterior, la calidad y seguridad de las instalaciones del inmueble resulten deficientes, incluyendo las que están en funcionamiento, por lo que es necesario que se cuente con una UVIE para que practique una revisión general, y que en este sentido se emita el dictamen eléctrico correspondiente.

2. En la reestructuración de la obra se utilizaron placas de acero estructural A-36 y A-50 procedentes de Ucrania, de las cuales se cuestionó a Fonatur, Constructora, S.A. de C.V., su calidad por su dureza al contener más carbón y sufrir fracturas al trabajar en su eje z, según nota de bitácora núm. 91 del 21 de enero de 2010, por lo que se requiere un dictamen estructural del Director Responsable de Obra y de su Corresponsable, mediante dictamen de laboratorio, que avalé su calidad y la seguridad estructural de la reestructuración.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Instituto Nacional de Medicina Genómica proporcionó información complementaria, mediante el oficio núm. INMG/DA/856/2011 del 11 de octubre de 2011, en el que entregó documentación en donde señala que el 29 de agosto de 2011 se celebró la formalización del Convenio Modificatorio C-1 del Contrato INMEGEN-SROP-14-301006 con la Unidad Verificadora de Instalaciones Eléctricas (UVIE) para la “Revisión y verificación del proyecto de instalaciones eléctricas, revisión en obra de las mismas y expedición del dictamen de la verificación, de acuerdo con lo establecido por las Normas Oficiales Mexicanas relacionadas con las instaciones eléctricas y el artículo 28 de la Ley del Servicio Público de Energía eléctrica, en la construcción de la sede permanente del INMEGEN”.

Por lo anterior, se considera que la observación subsiste en razón de que se confirma la deficiente planeación y se ratifica el resultado emitido.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-022

24. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observó que el sótano núm. 2 ha estado inundado desde el inicio de la obra sin que se le haya dado una solución definitiva. En 2009, en la nota de bitacora núm. 57 del 24 de noviembre de 2009, de Reyval Arquitectos, S.A de C.V., se señaló que ante la incapacidad de desalojo del colector pluvial sobre la lateral del Periférico, se deberían desalojar las aguas pluviales colectadas al drenaje urbano; sin embargo, del colector del periférico está saturado y sería insuficiente para desalojar la del sótano 2. Tampoco es viable enviar el agua al cárcamo de aguas pluviales, cisterna de agua tratada o planta de tratamiento de aguas residuales, porque dichos contenedores se llenan rápidamente y saturan la red interna de la nueva sede del INMEGEN. En 2010 un especialista visitó el área inundada (nota de bitacora núm. 149 del 30 de noviembre de 2010

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de la empresa Desarrollo Tecnología y Planeación, S.A. de C.V.), pero a la fecha no se ha solucionado dicho problema.

Por otra parte desde 2006 se ha venido pagando bombeo de agua. Por ejemplo, en 2010 se pagó un monto total de 4,055.3 miles de pesos en las actividades de BOMBEO-SOT2 “Bombeo de agua continuo de zonas inundadas en el sótano 2, con bomba autocebante de 6.5hp-3" Ø…” y SOB-ACAGUA “Sobreacarreo continuo del agua, consiste en "jalar" el agua que inunda toda el agua del sótano 2…” por montos de 1,319.0 miles de pesos y 2,736.3 miles de pesos. Por tanto, es claro que con lo pagado por bombeo desde 2006, ya se habría solucionado en definitiva dicho problema, el cual origina otros, como la no terminación de los trabajos inducidos; instalaciones eléctricas en baja y mediana tensión, cableado estructurado, trabajos de seguridad y control, instalaciones hidráulicas y contra incendio, de los elevadores. Además, existe la posibilidad de que los 17,378.75 m2 de construcción que ocupa este segundo nivel del inmueble queden fuera de operación, lo que además obligaría a reproyectar otros espacios para dar soluciones a las acometidas eléctricas a mediana tensión y la reubicación de alimentadores y tableros de control de fuerza de instalaciones eléctricas.

De acuerdo con el diagnóstico emitido por el Instituto de Ingeniería de la UNAM existen deficiencias de soldaduras en los armados de acero de refuerzo de los nodos de los candeleros de cada entre eje, a los cuales no se les ha realizado ninguna reparación, con el riesgo adicionado de que el mismo nivel fréatico provoque corrosión en los citados armados, lo que pondría en riesgo la estabilidad del inmueble ante cualquier esfuerzo sísmico al ser uno de los elementos de mayor esfuerzo en el área de desplante del inmueble que además afectaría las condiciones de la licencia de construcción, por lo que se considera necesario que se practique una revisión general de los armados del sótano 2, y que en este sentido se emita el dictamen correspondiente.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-023

25. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observó que hay diversos trabajos que carecen del proyecto técnico correspondiente, como los siguientes:

No se implementó ningún mecanismo ni acceso directo al domo cañón, por lo que su limpieza por una compañía especializada generó un pago improcedente de 488.3 miles de pesos, pues existe una película protectora del policarbonato que no se retiró, y después de cinco años ésta se fusionó al policarbonato, además de que ya se quebraron varias de sus hojas, las que se deberán cambiar; otras más se desajustaron y están por caerse y algunas más se quemaron durante la reestructuración de los pisos 4, 5 y 6, las cuales deberán reemplazarse y descontarlas en el finiquito de Fonatur Constructora, S.A. de C.V., a la fecha no se han implementado acciones para resarcir los daños, por lo que se tendrá que sustituir todo el policarbonato por otro material más adecuado.

En el copete perimetral de la azotea del edifico principal, se retiró la lámina negra lisa que se pintó de color morado, ya dañada, con la que se estructuró el faldón superior de la fachada superior perimetral y se colocó un paso de gato en su interior, se colocaron refuerzos de contraventeo en la estructura existente para su mantenimiento, lo cual originó un costo

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adicional de 3,731.0 miles de pesos (“Colocación de lámina negra lisa color morado cal 22 para copete de edificio principal en altura de hasta 35 m” por 77.2 miles de pesos; “Lámina 100% acrílica color blanco lechoso para cubierta interior del copete en azotea, en altura de hasta 35 m” por 1,069.6 miles de pesos; “Corte con arco aire de elementos existentes, a base de vaciado de soldadura” por 504.6 miles de pesos; “Colocación de rejilla de acero tipo Irving estándar IS-05 con solera de 3.5 x 38.1 mm para paso de gato en azotea” por 1,269.6 miles de pesos y “Suministro y colocación de estructura a base de PTR de 2" x 2" línea verde, y ángulo de 2" x 1/4" para recibir rejilla Irving en paso de gato en azotea, y refuerzo de contraventeo en estructura existente” por 810.0 miles de pesos); además, se repintó todo el copete, por el intemperismo sufrido en la pintura y para lograr el mismo acabado, lo que indica la deficiencia del proyecto y supervisión de la obra.

Se pagó a la empresa Reyval Arquitectos, S.A de C.V., la restauración de la maqueta volumétrica del edificio sede y la elaboración de las perspectivas de presentación con la Orden de trabajo OT 049/10, por 75.1 miles de pesos, pero estos trabajos carecen de justificación, ya que no es el inicio del proyecto y la obra aún no está terminada y habrá más modificaciones, y a la fecha no se ha presentado el dictamen de justificación para la autorización de esos trabajos.

Todos los gastos adicionales deberán agregarse al cálculo de las reparaciones efectuadas, para obtener el costo total de los daños ocasionados.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-024 10-9-12NCH-04-1042-08-003

26. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observó que el instituto autorizó a Fonatur, Constructora, S.A. de C.V., un pago improcedente de 7,583.4 miles de pesos, por los conceptos E.01.01 “Suministro y aplicación de barrera contra fuego (pintura intumescente) en estructura metálica con espesor de 750 micras o 30 milésimas en interiores y exteriores, sobre pintura existente,... Incluye: suministro de equipo y andamiaje para trabajar desde una altura interior de 3.50 mts, hasta una altura de 32.00 mts en exteriores, preparación de la superficie de trabajo para el correcto funcionamiento del recubrimiento: 1) lijar, cepillar y sand blastear la superficie en caso de que no exista una corrosión avanzada, 2) en caso de que exista una corrosión avanzada aplicar convertiox para convertir el óxido en fosfato desde la parte donde se genera, 3) la superficie debe de estar libre de grasa, humedad y óxido, 4) utilizar primario epóxico "pripox" o similar, se debe de incluir fianza, reparación de vicios ocultos, seguro de responsabilidad civil,….limpieza requerida para la correcta ejecución en base a normas, reglamentos y parámetros aplicables en la materia...” por 5,249.3 miles de pesos; en el concepto E.01.01-01 “Suministro y aplicación de barrera contra fuego (pintura intumescente) en losa cero con espesor de 750 micras o 30 milésimas en interiores y exteriores, sobre pintura existente,… Incluye: suministro de equipo y andamiaje para trabajar desde una altura interior de 3.50 mts, hasta una altura de 32.00 mts en exteriores, preparación de la superficie de trabajo para el correcto funcionamiento del recubrimiento: 1) lijar, cepillar y sand blastear la superficie …, 2) en caso de que exista una corrosión avanzada ….., 3) la superficie debe de estar libre de grasa, humedad y oxido, 4) utilizar primario epóxico "pripox" o similar, se debe de incluir fianza, reparación de vicios ocultos, seguro de responsabilidad civil, pago de satic (antes afil 15)… limpieza requerida

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para la correcta ejecución en base a normas, reglamentos y parámetros aplicables en la materia…” por 2,285.1 miles de pesos, con lo que no se cumplió con los alcances contractuales, ya que estas actividades se realizaron parcialmente y ya presentan vicios ocultos pues se está desprendiendo la pintura en diversos lugares, situación que se repite en el concepto BACOLIMPMEC1 ”Limpieza quimica y mecánica, incluye: material, mano de obra, depreciacion y demás derivados del uso de equipo y herramienta, equipo de seguridad, andamios, seguridad requerida para la correcta ejecución en base a normas, reglamentos y parámetros de calidad aplicables en la materia”, por 49.0 miles de pesos, actividad que no se realizó, por lo cual se está desprendiendo la pintura colocada.

En nota de bitácora núm. 345 del 4 de agosto de 2010, se recomendó a la contratista Fonatur, Constructora, S.A. de C.V., que utilizara, debido al grado de corrosión, el Sand blasteo con chorro de arena para poder colocar correctamente la pintura, por lo que no se cumplió con el alcance de dicha actividad, pues tuvieron que interrumpirse los trabajos en diversas ocasiones por no cumplir con las especificaciones; limpieza del área, deficiencias en la preparación del material por aplicar, y no aplicar el primario antes de la pintura intumescente, lo cual se registró en la notas de bitácora núms. 434 y 436 del 28 de octubre, 454 y 466 del 9 y 12 de noviembre de 2010 (esto también se presentó en el año de 2011). Además, la contratista disminuyó su fuerza de trabajo, lo que frenó el avance, como consta en la nota de bitácora núm. 500 del 9 de diciembre de 2010.

También se observó en otros conceptos, como en la D-004PK “Escarificado de pintura y barrera antifuego en columnas y trabes de 5to, 6to y azotea, a base de martelinas, cinceles y cuñas a una altura desde 25 hasta 35 mts. Incluye: mano de obra, herramienta, equipo, andamios, limpieza del área trabajada y todo lo necesario para su correcta ejecución” con un importe por pagar de 120.6 miles de pesos y B47-E-002-007 “Suministro, habilitado, trazo y colocación de ángulo para refuerzo central de escalera LI 63 x 6 mm incluye: material complementario, cortes, soldadura, ajustes acarreos, una mano de primer, equipo, herramienta, limpieza del área de trabajo, retiro de los materiales sobrantes fuera de la obra con tiro libre y todo lo necesario para su correcta terminacion” con un importe de 494.7 miles de pesos, no se ejecutaron en su totalidad, por lo cual no se deben considerar como conceptos ejecutados. El concepto de la colocación de ángulo para refuerzo central de escalera fue impugnada varias veces durante su ejecución por la mala calidad de obra realizada por la subcontratista que contrató Fonatur, Constructora, S.A. de C.V. (notas de bitácora núm. 14 del 3 de noviembre de 2009, 142 del 22 de febrero y 206 del 24 de marzo de 2010).

Por lo anterior se determinó un pago en exceso de 8,198.7 miles de pesos (7,583.4 miles de pesos y 615.3 miles de pesos), por incumplimiento del contrato; por tanto, deberá requerirse a la empresa contratista la devolución de dicho importe, más su actualización desde la fecha de pago y los intereses que correspondan.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-025 10-1-12NCH-04-1042-06-001

27. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observó que el instituto pagó de manera improcedente a la contratista Fonatur, Constructora, S.A. de C.V., 336.5 miles de pesos por

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el concepto BI-EXT08 “Suministro y colocación de estructura a base de PTR de 2" x 2" línea verde, y ángulo de 2" x 1/4" para recibir rejilla Irving en paso de gato en azotea, y refuerzo de contraventeo en estructura existente…”, que se autorizó originalmente con un precio unitario de $65.89 y un importe de 810.0 miles de pesos, pero se ejecutó parcialmente, por lo que al analizar el precio unitario y descontar los conceptos no ejecutados, resultó un importe de 473.5 miles de pesos y un nuevo precio unitario de $38.52.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-026 10-1-12NCH-04-1042-03-001

28. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observó que el instituto autorizó a la contratista Fonatur, Constructora, S.A. de C.V., los precios unitarios de los siguientes conceptos ejecutados parcialmente, pero no pagados: BI-EXT08 “Suministro y colocación de estructura a base de Ptr de 2" x 2" línea verde, y ángulo de 2" x 1/4" para recibir rejilla Irving en paso de gato en azotea, y refuerzo de contraventeo en estructura existente…”; A.01.05 “Refuerzo de conexiones con soldadura eléctrica (en puntos especificados en plano anexo R-01) de vigas principales tipo "I" de 1.50 m de peralte y 0.40 m de patin, en una altura de entrepiso de 33.00 m,...la viga antes de su reparaciòn, limpieza mecánica del área a reparar, pintura anticorrosiva en área del trabajo a su término, acarreos horizontal y vertical,...”; A.01.10 “Refuerzo de conexiones con soldadura eléctrica (en puntos especificados en plano anexo R-2) de vigas secundarias...se realizara limpieza mecánica del área a reparar, pintura anticorrosiva en área del trabajo a su termino, acarreos …”; A.01.22 “Señalización y protección de áreas adyacentes a los trabajos a realizar, desmantelamientos o demoliciones para poder ejecutar los refuerzos, protección de los trabajadores de acuerdo al reglamento de seguridad de la obra, contar con extinguidores, andamios, herramienta, equipo, maquinaria, suministro de energia eléctrica,...”; A.01.31 “Suministro, habilitado y montaje de perfil I rectangular "IR" (IPR) 406 x 67.4kg/m, a una altura de entrepiso de 4.40 m en el nivel de...normas NMX, el precio incluye: limpieza mecánica del área a reparar, pintura anticorrosiva en área del trabajo...”, cuyos precios unitarios son $32,427.35; $7,494.78; $338.38; $48.95 y $687.13, respectivamente, y de los cuales sólo proceden los precios unitarios modificados de $32,373.29; $7,441.77; $337.89; $47.19 y $ 687.13, respectivamente, por lo que es improcedente el pago total de dichos conceptos por un monto de 506.3 miles de pesos pues no se cumplió con sus alcances.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-027 10-1-12NCH-04-1042-03-002

29. Con el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se constató que a finales de 2009 y en 2010, la entidad otorgó un anticipo total de 31,381.7 miles de pesos S/IVA en dos parcialidades, relacionado con el contrato núm. DA-SRO-020-09-AD adjudicado a la contratista Fonatur, Constructora, S.A.; sin embargo, para el cálculo del factor de financiamiento se consideró un anticipo de 8,695.7 miles de pesos S/IVA, sin que la entidad haya hecho el ajuste al factor de financiamiento, ya que a la fecha aún no se han terminado de pagar las estimaciones del Convenio Modificactorio C1 en donde se recibió un segundo anticipo de 22,686.0 miles de pesos para un total de 31,381.7 miles de pesosb, el cual aún no se ha amortizado ante la falta de pago de las siguientes estimaciones, por lo cual su análisis de gastos financieros se

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deberá adecuar con los números reales que resulten de descontar la obra no ejecutada, la obra pagada a otras empresas y la obra ejecutada por Fonatur, en los gastos financieros.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-028

30. En el análisis de la documentación correspondiente al proyecto “Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica”, se observó que los reportes de control de calidad de los trabajos de soldadura de la reestructuración metálica de la obra fueron firmados por el corresponsable estructural. Sin embargo, durante la visita física a la obra, se observó lo siguiente:

La energía eléctrica utilizada en el edificio administrativo y laboratorios (Frente 8) se obtiene del uso de dos plantas móviles diesel debido a que instalaciones eléctricas están inconclusas.

a). Trabajos efectuados en 2010:

Área Jardinada y Patio Ajedrez (Frente 5):

1. Obra civil terminada, limpia de escombros y jardín con corte de pasto (que efectuó el Inmegen), pero faltan árboles de los originalmente contratados y concluir el sistema de riego.

Frente 4:

2. Obra civil terminada y limpia de escombros: falta el cableado de conductos eléctricos, colocación de luminarias, sistemas de vigilancia y cableado estructurado, tapas en los cárcamos, el sistema de drenaje es inadecuado, pues el agua satura los registros y se derrama por las tapas.

Subestaciones Eléctricas (Frente 2):

3. Obra civil terminada con trampas de agua pluvial, para evitar que se inunden las subestaciones eléctricas 1 y 2, por los canalones lo que ocasión penetración en muros y plafones; el sistema de drenaje es inadecuado, pues el agua satura los registros y se derrama por las tapas y falta detallar una pequeña área en el interior de la techumbre, lado sur. Los drenajes pluviales en la techumbre son insuficientes.

Planta de Tratamiento de Aguas Negras (Frente 3):

4. Obra civil terminada, con detalles de pintura en escalera marina y descanso mal aplicada.

Biblioteca y Aulas (Frente 6):

5. Todo el cableado de los nodos de la biblioteca es provisional, está a la vista y aún no se ha canalizado. Esta zona se habilitó para la administración del Inmegen en tanto se libere, hasta que se libere la zona administrativa.

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6. Sanitario de hombres: Una llave de lavabo no funciona; el espejo está estrellado, una manija de puerta está rota; la cerámica del rodapié está despostillado; y las luminarias instaladas no prenden y las que prenden son provisionales.

7. Sanitario mujeres: La chapa de la puerta no funciona y mal emboquillado en la cerámica.

8. Área de servicios: No tiene tapa el registro del plafón.

9. Auditorios: Luces conectadas en serie, todas prenden al mismo tiempo; cuarteaduras en el enyesado de los muros; recortes en alfombra para registros mal terminados; el cableado es provisional, por lo que solo se ha instalado parte de las canalizaciones; faltan tapas del muro acústico; falta detallar pintura cercana a los zoclos; alfombra cercana a las escaleras mal colocadas; el barnizado de zoclos en auditorios manchó la pintura de la parte baja de los muros; en el Aula 4 falta un pedazo de alfombra debajo de una de las mesas y están mal pegadas las alfombras, pues se observa parte del piso; está despostillada una de las puertas; faltan juntas en cambio de material en piso; faltan detalles de resanes en escaleras y los zoclos no cubren las esquinas.

10. Aula A: Duela rota cercana al escenario; falta chambrana y barnizar puerta de bodega; falta enyesar unión de trabe con el muro curvo; alfombra manchada con pegamento; no prenden todas las luces de las escaleras; no hay tapa de soporte para los contactos; detalle de tablarroca despostillada cerca de los zoclos; el cableado de las escaleras no está oculto; puerta descuadrada y aún no se coloca el aire acondicionado.

11. Aula B: El cableado de los escalones no está oculto; puerta mal colocada (ondulada) y aún no se coloca el aire acondicionado.

12. Sala de Televisión: No se pudo constatar el estado de avance de sus trabajos al estar cerrado con llave y no poder entrar para su verificación.

13. Laberinto (zona de instalaciones de auditorios): el recubrimiento de los ductos está dañado, uno de los cuartos de control tiene luz parcial y en otros dos, no hay apagadores y los cableados son provisionales al no estar aún cableados las cajas de conexiones eléctricas.

14. Sala de Juntas: Galleta de plafón mal nivelada y zoclo de mármol discontinuo.

15. Cabinas: núm. 1) no están tapados los registros en plafones; no hay luz en los tableros; núm. 2) no hay manija; los vidrios se encuentran sujetos con cuñas y clavos y no están sellados; núm. 3) no sirve la chapa, no hay junta del piso en cambio de materiales; núm. 4) detalle de pintura alrededor de contactos, no están sellados los vidrios; núm. 5) la pintura en el plafón está dañada; núm. 6) no están sellados los vidrios; núm. 7) no sirve la chapa, cuarteadura en firme y no están sellados los vidrios.

16. Biblioteca: Faltan tapas de registro en el plafón, faltan luminarias, detalles de pintura y resanes en plafón. Baño de mujeres: existe cerámica rota en piso, los zoclos de mármol se interrumpen por lo vidrios de los privados y de las puertas, falta canalización en privados, las tapas de las salidas de aire acondicionado en privados están mal nivelados.

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17. Baño mujeres planta alta: El azulejo no esta bien plomeado.

18. Pasillo planta alta: Galleta de plafón rota; detalle de humedad en techo, luminarias mal niveladas y manchas cercanas.

19. Biblioteca planta alta: Mármol en barandal roto; faltan tapas de registros eléctricos, detalles de pintura en columnas; falta perfilar boquillas de plafón en primer nivel, barandal mal detallado en soldaduras en algunos casos solo punteada.

20. Comedor: Solo con preparaciones de instalaciones hidráulicas, con pisos agrietados, con ranurado para colocación de salidas eléctricas. El piso superior del comedor tiene muros en tablarroca sin ningún tipo de acabado y la caja de conexiones sin cableado. La escalera de acceso a la parte superior tiene tres escalones fracturados que se mueven.

21. Pasillo de domo cañón: los pisos están mal colocados, pues no están bien plomeados ni detallados y ya tienen oquedades, por ser de segunda o tercera calidad.

22. Lonaria: ya instalada, se tuvo que desmontar por una sobrecarga de granizo. Situación que se omitió en su diseño, que provocó la rasgadura de la propia lona y la rotura de los cables tensores (se rediseñaran los cables para soportar esa carga extra).

23. Escalera hacia los sótanos, no tiene aún el domo definitivo y sus luminarias y el cableado son provisionales.

24. Las luminarias del domo cañón se encuentran colocadas y conectadas; sin embargo, la conexión del sistema completo aún no se realiza, ya que debe controlarse automáticamente desde el cuarto de control central, aún no terminado.

25. Asímismo, se deberán reponer las partes sin el recubrimiento de flexiglas y la contratista Fonatur Constructora, S.A. de C.V., deberá reponer aquellas que quemó con la escoria producto de las soldaduras que efectuó en la reestructuración del edificio.

Azotea (Frente 10):

26. En general se observa que ya se terminaron los trabajos de reestructuración y están debidamente sellados, se cambió la lámina acrílica blanca que cubre el paso de gato del copete y se colocaron accesos para su mantenimiento.

27. Pendiente de colocar dos UMA, lo que hará la empresa encargada del aire acondicionado en septiembre, de la cual ya se cuenta con la estructura que le servirá de base.

28. Existe escombro producto de los trabajos efectuados que se tienen que retirar por parte de la contratista Fonatur Constructora, S.A. de C.V.

29. Aún hay encharcamientos, falta relleno para dar las pendientes del proyecto.

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30. Falta realizar el pretil del domo; lo realizará otra empresa y no Fonatur Constructora, S.A. de C.V.

31. Se reaplicará la pintura intumescente a la estructura metálica del domo la cual no fue correctamente aplicada por la empresa Fonatur Constructora, S.A. de C.V., esto se deberá corregir por dicha empresa o descontarle dichos trabajos en su finiquito.

Sexto Piso:

32. Trabajos de reestructuración terminados: montaje de placas de momento y de cortante en los nodos primarios y secundarios; corrección de atiesadores en las vigas, y reestructuración de la viga vierendel y columnas, las cuales tenían defectos en la soldadura y se cuenta con el 95% de pruebas de laboratorio.

33. Sólo se aplicó la pintura intumescente en el área de oficinas, en el pasillo elevado (área del domo) aún no se coloca. Estos trabajos ya no los efectuará la empresa Fonatur Constructora, S.A. de C.V. Sin embargo se tienen localizadas áreas en donde dicha empresa tendrá que repararla al existir errores en su aplicación.

34. En el área de oficinas se demolieron todos los trabajos: debido a su mala calidad, intemperismo, errores y cambios en el proyecto, como muros divisorios con durok, se quitaron los plafones y toda la canalización efectuada, pero aún no estaba cableada.

35. Se desmontó el aire acondicionado por errores de diseño y cálculo, y se modificarán sus accesorios, los que se desmontaron ya no cumplen con el nuevo diseño (al inicio de la obra no existía un diseño ni proyecto totalmente terminados y autorizados, por lo cual la empresa fue montando con la información existente en ese momento como anteproyecto).

36. Se demolieron los pisos existentes porque sus espesores no se ajustaron al diseño y norma (en promedio 20 cm, debiendo ser 10 cm), se coló el nuevo piso y se colocarán acabados de pisos con una carga muerta menor por exigencias del proyecto. En este piso existe un desnivel de origen debido a las vigas acarteladas que se colocaron, por lo que se tuvo que colar un nuevo piso, nivelar el piso y corregir el desnivel existente.

37. Los cristales colocados en la estructura exterior (fachada planar) de las oficinas administrativas, no se ajustaron a las especificaciones, son más pesados que los establecidos, por lo que su nivel de recuperación para reutilizarlos será casi nula. Esto mismo sucedió con los conectores de fijación y las arañas de sujeción de los cristales los cuales no cumplen con las especificaciones.

38. Está en proceso de terminación la revisión de la estructura del elevador número 5, para posteriormente instalar la cabina; está pendiente, las pruebas del motor y aún no se ha instalado la energización definitiva, la actual es provisional y proviene de dos plantas auxiliares de diesel.

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39. Se tratará de reutilizar parte de dicho material desmontado (canalizaciones principalmente), y en su caso se pondrá a disposición del Inmegen para su disposición final.

Quinto Piso:

40. Este piso tiene problemas similares al sexto, se desmontó lo ya existente por la mala calidad e intemperismo de los trabajos como: los muros divisorios con durok, se quitaron los plafones y toda la canalización efectuada, pero aún no estaba cableada.

41. Se desmontó el aire acondicionado por errores de diseño y cálculo, ya que al inicio de la obra no existía un diseño ni proyecto totalmente terminados ni autorizados, por lo que la empresa fue montando con la información existente.

42. Se demolieron los pisos existentes porque sus espesores no se ajustaron al diseño y norma (en promedio 20 cm, debiendo ser 10 cm), se coló el nuevo piso y se colocarán acabados de pisos con una carga muerta menor por exigencias del proyecto. En este piso existe un desnivel de origen debido a las vigas acarteladas que se colocaron, por lo que se tuvo que colar un nuevo piso, nivelar el piso y corregir el desnivel existente.

43. Ya se están colocando las preparaciones de malla electrosoldada para colar el nuevo piso e instalando los nuevos ductos de aíre acondicionado.

44. En diversas áreas se aplicó mal la pintura intumescente por la contratista Fonatur Constructora, S.A. de C.V., pues no retiró la pintura anterior ni aplicó pintura anticorrosiva sobre superficies sucias o con óxido, también colocó sobre la lamina Romsa galvanizada, que se está cayendo totalmente.

Entrepiso de los dos edificios (Frente 8):

45. En proceso de reimpermeabilización de azotea de entrepiso (por ser un área cerrada no tiene objeto impermeabilizarla. Las vigas Vierendel devieron servir de techumbre del piso inferior o utilizarse para colocar el aire acondicionado.

Cuarto Piso (Frente 8):

46. Existen aún algunas filtraciones por las losas prefabricadas.

47. Cuenta con un mayor avance de trabajo, se han colocado los muros durok con PTR, para evitar se caida o doblez, hay un buen avance en las canalizaciones de las instalaciones eléctricas, aire acondicionado, plafones, instalaciones hidrosanitarias y sus salidas, cajas de conexión, etc.

48. Esta instalado el elevador E-3 montacargas, pero está en proceso de instalación su motor, y falta ser probado.

49. Se adecuaron los niveles de piso, se demolió el piso, se retiró el aire acondicionado, cable estructurado, canalizaciones, muros durok y plafones.

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50. No se tiene la totalidad de los barandales de la escalera, los cuales serán instalados por otra empresa, falta detallar las soldaduras de los barandales instalados y los atiesadores colocados para rigidizar las escaleras no están perfilados y se observa que fueron cortados con acetileno (mordidos y con escoria). La empresa que se ocupaba de estos trabajos se le pidió que se retirara de la obra por estar desarrollando mal los trabajos.

51. Hay un avance del 85.0% en proceso de reinstalación de aire acondicionado, canalizaciones, muros durok y salidas de instalaciones eléctricas.

52. Se ajustaron los niveles de los plafones, debido al tamaño de los ductos principales del aire acondicionado.

53. Se adecuaron las escaleras, pues estaban fuera de norma los descansos y no había espacio para tránsito de dos personas al mismo tiempo, también se ajustaron los niveles.

54. Fonatur Constructora, S.A. de C.V., deberá de reparar la impermeabilización de la azotea debio a las zonas dañadas producto de la escoria de soldaduras que cayo de la reestructuración que efectuo en los pisos 5, 6 y azotea del edificio del Inmegen

55. Se retiró el cableado estructural.

Tercer Piso:

56. También se adecuaron los niveles de piso, se demolió el piso, se retiró el aire acondicionado, cable estructurado, canalizaciones, muros durok y plafones.

57. Se retiraron los canceles de aluminio y se están recolocando junto con los cristales, debido a que la estructura de aluminio no se ajustó al proyecto, ya que no contaba con una estructura interna de perfiles tubulares dentro del perfil básico, también se reestructurará la fachada planar exterior y se colocará un tubo debido a que falta un punto de conexión para colocar las arañas intermedias, para sujetar los cristales (error en diseño de origen).

58. El elevador 5 ya fue colocado, solo falta su energización definitiva, el elevador 6 estan los rieles de soporte en proceso de colocación.

Segundo Piso:

59. En proceso de instalación muros durok, colocación de canalización eléctrica y aire acondicionado e instalación de los baños.

Mezzanine (Entrepiso):

60. Se modificó el proyecto y se construyó un entrepiso, ya que no se tenía acceso por este punto.

61. En los prefabricados de columnas, se sustituteron algunas por muros durok que se cayeron por estar mal sujetadas.

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Zona administrativa y estacionamiento a nivel de Sótano núm. 1:

62. Continúa encharcado debido a que aún no se termina de sellar la parte superior de los nuevos canceles que dan hacia el área de jardines y la plaza.

63. Se desmontaron los plafones y se quitaron los muros de durok dañados por la humedad, asimismo, se quitaron todos los canceles de aluminio y los cristales que se colocaron fuera de proyecto.

64. Continúan fuertes filtraciones de agua hacia la zona administrativa, debido a que en el “Patio Ingles” los cristales están totalmente dañados por el intemperismo y por los daños de la reestructuración.

65. Se tendrá que ver la necesidad de retirar todo el material dañado (plafones, muros, canalizaciones, puertas, luminarias, etc.) y colocar uno nuevo cuando se terminen de sellar por donde se sigue metiendo el agua.

66. La estructura metálica de los elevadores 1 y 2 están en proceso de reestructuración, ya sufren problemas de torsión, por lo que se están colocando placas de cortantes y acartelamientos.

67. En el sótano uno aún falta mucho trabajo por realizar: sellado de las filtraciones de agua en el área administrativa y en el estacionamiento. Existen canalizaciones de instalaciones que se realizaron perforando las losas prefabricadas existentes, pero no se resellaron. Además que las instalaciones eléctricas existentes en este nivel aún son provisionales.

Sótano núm. 2:

68. Se encuentra totalmente inundado con un espejo de agua de 15 a 20 cm, y no obstante que hay ocho bombas instaladas, no es posible desalojar el agua pluvial o freatico, ya que la capacidad de las instalaciones es insuficiente y el colector del periférico está saturado.

69. No está energizado este nivel por su inundación para evitar accidentes, lo que genera más problemas, pues no se pueden terminar los trabajos en la zona, y sirven también de almacén de los materiales que se han desmontado.

Zona de acceso principal por Periférico:

70. Los acabados en los pisos están mal colocados y se está rompiendo el material utilizado.

71. Las rampas de acceso al estacionamiento del sótano 2 están mal diseñadas.

72. Los muros MC-1, MC-2 y MC-3 están totalmente cubiertos con el muro durok que sustituyó a los prefabricados.

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73. Se encuentra terminada la planta de tratamiento y los cárcamos de demasías.

74. Se encuentra material producto de las reestructuración, como placas y PTR’s, y aún no han sido removidas desde el año pasado.

La entidad contrató a Fonatur Constructora, S.A. de C.V., por un importe por $156,908,275.71 para llevar a cabo trabajos de reparación de conceptos ya ejecutados y pagados anteriormente, sin que la entidad haya acudido ante la autoridad judicial para ejercer su acción y recuperar el daño provocado por la contratista que ejecutó trabajos de mala calidad. Aunado a lo anterior, la contratista Fonatur Constructora, S.A. de C.V., dejó inconclusos trabajos objeto de su contrato, sin que a la fecha se hayan ejercido las acciones juridicas para exigir el cumplimiento del contrato o la aplicación de la pena convencional correspondiente.

Véase acción(es): 10-1-12NCH-04-1042-01-029 10-9-12NCH-04-1042-08-004

Acciones

Recomendaciones

10-1-12NCH-04-1042-01-001.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que se tomen las medidas pertinentes con objeto de dar cumplimiento a lo que para tal efecto emitan las autoridades ambientales en materia de impacto ambiental. [Resultado 1]

10-1-12NCH-04-1042-01-002.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, en la formulación del Programa Anual de Obras Públicas de la entidad se consideren los objetivos y metas a corto, mediano y largo plazo; la calendarización física y financiera de los recursos necesarios para la realización de estudios y proyectos, la ejecución de los trabajos, así como los gastos de operación; y las unidades responsables de su ejecución, así como las fechas previstas de iniciación y terminación de los trabajos. [Resultado 2]

10-1-12NCH-04-1042-01-003.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, en la formulación del Programa Anual de Adquisiciones de la entidad se consideren los plazos estimados de suministro; avances tecnológicos incorporados en los bienes y, en su caso, planos, proyectos y especificaciones, así como requerimientos de mantenimiento de los bienes muebles a su cargo. [Resultado 3]

10-1-12NCH-04-1042-01-004.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que en lo subsecuente se implementen las acciones o mecanismos adecuados para el fortalecimiento de los sistemas de control administrativo y contable, con objeto de realizar una planeación y presupuestación correcta del ejercicio del gasto y evitar la solicitud y autorización de recursos en exceso para la ejecución de los programas y proyectos de inversión a su cargo. [Resultado 4]

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10-1-12NCH-04-1042-01-005.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que en lo subsecuente se implementen las acciones o mecanismos adecuados para fortalecer los sistemas de control administrativo contable, con objeto de realizar una planeación y presupuestación correcta del ejercicio del gasto y reportar en la Cuenta Pública el monto total ejercido destinado a las contrataciones de los programas y proyectos de inversión a su cargo. [Resultado 5]

10-1-12NCH-04-1042-01-006.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, se vigile que en las obras a su cargo se cuente con los requisitos mínimos de seguridad e higiene, en particular en lo que se refiere al retiro de materiales producto de los trabajos realizados, y que dichos materiales resguarden los materiales en su caso, en lugar cerrado y debidamente resguardados. [Resultado 6]

10-1-12NCH-04-1042-01-007.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, las adjudicaciones directas se fundamenten adecuadamente en la normativa aplicable a cada caso y, cuando se realicen por causas de excepción a la licitación, se cuente con un dictamen en el que se haya analizado el avance de los trabajos; con razones plenamente justificadas para la adjudicación del contrato, y con criterios y las justificaciones para el ejercicio de la opción sin proceder a su licitación. [Resultado 7]

10-1-12NCH-04-1042-01-008.- Para que la Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, implemente acciones o mecanismos para fortalecer los procesos y los sistemas de control administrativo con objeto de que, en lo subsecuente, la supervisión de obra revise las estimaciones de trabajos ejecutados y la residencia de obra las autorizaciones para que se cumplan los compromisos de pago estipulados en los contratos o se justifique el motivo de los desfasamientos de los pagos. [Resultado 9]

10-1-12NCH-04-1042-01-010.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que en lo subsecuente se tomen las medidas de control que se estimen necesarias para vigilar que se cuente con las garantías de cumplimiento contractuales, de las fianzas de anticipo y, en modificaciones de más del 25.0%, la entidad solicitará la autorización de la Secretaría de la Función Pública para revisar los indirectos y el financiamiento originales a fin de determinar la procedencia de ajustarlos. [Resultado 11]

10-1-12NCH-04-1042-01-011.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que en lo subsecuente, se cuente con el residente de obra desde que se inicien los trabajos. [Resultado 12]

10-1-12NCH-04-1042-01-012.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, los contratos y convenios indiquen la forma en que se reintegrarán las cantidades que, en cualquier forma, reciban en exceso las contratistas durante la ejecución de los trabajos. [Resultado 13]

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10-1-12NCH-04-1042-01-013.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, se establezcan los parámetros de evaluación para determinar el cumplimiento de las especificaciones de diseño. [Resultado 14]

10-1-12NCH-04-1042-01-014.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, se tomen las medidas de control que se estimen necesarias con objeto de vigilar que, por conducto de la residencia de obra y la supervisión, se efectúe una adecuada vigilancia, control y revisión de los trabajos ejecutados al amparo de los contratos de obra celebrados por la entidad, y se verifique que los materiales, la mano de obra, la maquinaria y los equipos cumplan con la calidad y características pactadas en los contratos. [Resultado 15]

10-1-12NCH-04-1042-01-015.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, en la realización de las obras públicas a su cargo, se cuente con los proyectos, especificaciones de construcción, normas de calidad y el programa de ejecución totalmente terminados, o bien, en el caso de obras públicas de gran complejidad, con un avance en su desarrollo que permita a los licitantes preparar una propuesta solvente y ejecutar los trabajos en forma ininterrumpida hasta su conclusión, a efecto de evitar en lo posible convenios modificatorios de los plazos de ejecución. [Resultado 16]

10-1-12NCH-04-1042-01-016.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, en la realización de los dictámenes y convenios a su cargo, incorporen las cantidades adicionales y los conceptos no previstos en el catálogo original, con sus especificaciones y precios unitarios, así como la extinción de los conceptos cancelados, a fin de dar seguridad jurídica a las partes sobre las obligaciones contractuales. [Resultado 17]

10-1-12NCH-04-1042-01-017.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, la residencia de obra requisite adecuadamente las bitácoras de los contratos respectivos, de conformidad con la normativa, en particular en lo que se refiere a la obligación de asentar en la bitácora la descripción de los asuntos trascendentes que deriven de la ejecución de los trabajos, ubicación, causa, solución, responsabilidad, en su caso, autorización de conceptos adicionales o no previstos en los contratos, instrucciones pertinentes y registro de aspectos relevantes, entre otros. [Resultado 18]

10-1-12NCH-04-1042-01-018.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, se detecten y reconozcan las debilidades del control interno con riesgo alto y se implementen las acciones necesarias con objeto de evitar que ocurran de acuerdo con la normativa del control interno. [Resultado 19]

10-1-12NCH-04-1042-01-019.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, la entidad vigile que el prestador de servicios cumpla con lo convenido contractualmente,

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entregue la información acordada y si no lo hiciere se solicite que se desahaga lo mal hecho o se paguen los daños y perjuicios en caso de contravención. [Resultado 20]

10-1-12NCH-04-1042-01-020.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, el diseño del proyecto y los trabajos se ejecuten de conformidad con la normativa aplicable y lo previsto en los proyectos, planos y especificaciones técnicas; los programas de ejecución y suministro, y los procedimientos para llevarlos a cabo. [Resultado 21]

10-1-12NCH-04-1042-01-021.- Para que la Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, se atiendan las notas de bitácora de los contratos, de conformidad con la normativa aplicable. [Resultado 22]

10-1-12NCH-04-1042-01-022.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente las acciones necesarias, a fin de que se cuente con una UVIE que practique una revisión general y que de acuerdo a los resultados se emita el dictamen eléctrico y se elabore el dictamen estructural del Director Responsable de Obra y de su corresponsable mediante dictamen de laboratorio. [Resultado 23]

10-1-12NCH-04-1042-01-023.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica practique una revisión general de los armados del sótano 2 y que en este sentido se emita el dictamen correspondiente a fin de que con base en éste se analicen las alternativas de solución, para resolver la problemática presentada. [Resultado 24]

10-1-12NCH-04-1042-01-024.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, se tomen las medidas de control que se estimen necesarias para vigilar que, si durante la ejecución de los trabajos, el contratista se percata de la necesidad de ejecutar cantidades adicionales o conceptos no previstos en el catálogo original del contrato, se notifique a la entidad de que se trate, para que ésta resuelva lo conducente; el contratista sólo podrá ejecutarlos una vez que cuente con la autorización por escrito o en la bitácora, por parte de la residencia de obra. [Resultado 25]

10-1-12NCH-04-1042-01-025.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que en lo subsecuente, la entidad vigile que el prestador de servicios cumpla con lo convenido contractualmente, entregue la información convenida y si no lo hiciere se solicite que se desahaga lo mal hecho o pague los daños y perjuicios en caso de contravención. [Resultado 26]

10-1-12NCH-04-1042-01-026.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, la entidad vigile que el prestador de servicios cumpla con lo convenido contractualmente y si no lo hiciere se solicite que se desahaga lo mal hecho o pague los daños y perjuicios en caso de contravención. [Resultado 27]

10-1-12NCH-04-1042-01-027.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que en lo subsecuente, la

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010

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entidad vigile que el prestador de servicios cumpla con lo convenido contractualmente y si existen diferencias en precios procediendo los más bajos el pago se realice con base en estos. [Resultado 28]

10-1-12NCH-04-1042-01-028.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, se apliquen los factores de actualización cuando las condiciones originales de los contratos hayan variado substancialmente, y sus gastos financieros se deban adecuar con los números reales que resulten de descontar la obra no ejecutada, la obra pagada a otras empresas y la obra no ejecutada. [Resultado 29]

10-1-12NCH-04-1042-01-029.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de que, en lo subsecuente, la entidad vigile que el prestador de servicios cumpla con lo convenido contractualmente y si no lo hiciere se solicite que se desahaga lo mal hecho o pague los daños y perjuicios en caso de contravención. [Resultado 30]

Solicitudes de Aclaración

10-1-12NCH-04-1042-03-001.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 336.5 miles de pesos, por concepto de un pago improcedente en el concepto de colocación de estructura a base de PTR de 2" x 2" línea verde, y ángulo de 2" x 1/4" para recibir rejilla Irving en paso de gato en azotea, el cual se ejecutó parcialmente y se descontó de los conceptos no ejecutados, como fue la falta de aplicación de pintura anticorrosiva. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá en el plazo establecido a la recuperación del monto convenido. [Resultado 27]

10-1-12NCH-04-1042-03-002.- Para que el Instituto Nacional de Medicina Genómica aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 506.3 miles de pesos, que no procede realizar su pago en el concepto de colocación de estructura a base de Ptr de 2" x 2" línea verde, y ángulo de 2" x 1/4" para recibir rejilla Irving en paso de gato en azotea; conexiones con soldadura eléctrica de vigas principales tipo "I"; conexiones con soldadura eléctrica de vigas secundarias; protección de áreas adyacentes a los trabajos a realizar, desmantelamientos o demoliciones para poder ejecutar los refuerzos y habilitado y montaje de perfil I rectangular "IR" (IPR) 406 x 67.4kg/m, el cual se ejecutó parcialmente y se descontó de los conceptos no ejecutados, como fue la falta de aplicación de pintura anticorrosiva, y no se cumplió con sus alcances. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá en el plazo establecido a la recuperación del monto convenido. [Resultado 28]

Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

10-9-12NCH-04-1042-08-001.- Ante el Órgano Interno de Control en el Instituto Nacional de Medicina Genómica, en el ámbito de sus atribuciones, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión permitieron la adjudicación

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directa por excepción del contrato DA-OP-001-10-AD, sin tomar en cuenta el avance en la reestructuración de la obra, ni la falta de la electrificación definitiva que ha impedido la realización de las pruebas de puesta en marcha del citado contrato, por lo que no se ha realizado su instalación definitiva y sólo se realizaron trabajos parciales durante 2010 y debido a que el monto rebasa los máximos para una autorización directa. [Resultado 7]

10-9-12NCH-04-1042-08-002.- Ante el Órgano Interno de Control en el Instituto Nacional de Medicina Genómica, en el ámbito de sus atribuciones, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión permitieron la falta de fianzas de cumplimiento en los contratos DA-SRO-006-09-AD, DA-OP-003-10-AD y DA-OP-005-10-AD, y en los convenios núm. C-1 del contrato DA-SRO-009-09-AD; C-1 y C-2, del DA-SRO-007-09-AD; C-1, del DA-SRO-017-09-AD; C1, del DA-SRO-020-09-AD; C-4, del INMEGEN-OP-09-12297001-017-06; C-7, del INMEGEN-OP-05-12297001-008-06; CA-C1, del DA-OP-001-10-AD; C-7, del INMEGEN-OP-14-12297001-AD-06; C-8, del INMEGEN-OP-02-12297001-002-06, y C-5, del INMEGEN-OP-10-12297001-021-06. La falta de las fianzas de anticipo en los contratos DA-OP-003-10-AD y DA-OP-005-10-AD y en el convenio C1 del contrato DA-SRO-020-09-AD. Y la falta de las solicitudes de autorización de la Secretaría de la Función Pública para revisar los indirectos y el financiamiento originales a fin de determinar la procedencia de ajustarlos, ya que hubo modificaciones en más del 25%, en los contratos en el contrato DA-SRO-009-09-AD y en los convenios C-7 del contrato INMEGEN-OP-05-12297001-08-06; C-1, del DA-SRO-017-09-AD; C-1, del DA-OP-002-10-AD; CA-C1, del DA-OP-001-10-AD; C-7, del INMEGEN-OP-14-12297001-AD-06; C-8, del INMEGEN-OP-02-12297001-002-06 y C-6, del INMEGEN-OP-13-12297001-AD-06, en relación con el proyecto Creación del Instituto Nacional de Medicina Genómica. [Resultado 11]

10-9-12NCH-04-1042-08-003.- Ante el Órgano Interno de Control en el Instituto Nacional de Medicina Genómica, en el ámbito de sus atribuciones, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión permitieron una deficiente supervisión de la obra, de la mala calidad de los materiales y trabajos ejecutados por las empresas contratadas, de no haber aplicado las penalizaciones correspondientes, lo que repercutió en gastos adicionales, así como de los trabajos sin un dictamen de justificación para su autorización. [Resultado 25]

10-9-12NCH-04-1042-08-004.- Ante el Órgano Interno de Control en el Instituto Nacional de Medicina Genómica, en el ámbito de sus atribuciones, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión permitieron una mala calidad en los trabajos ejecutados y dejaron inconclusos trabajos objeto de su contrato, sin que a la fecha se hayan ejercido las acciones juridicas para exigir el cumplimiento del contrato o la aplicación de la pena convencional correspondiente a la empresa contratada. [Resultado 30]

Pliegos de Observaciones

10-1-12NCH-04-1042-06-001.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos al patrimonio de la Hacienda Pública Federal por un monto de $8,198,722.00 (ocho millones

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010

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ciento noventa y ocho mil setecientos veintidos pesos 00/100 M.N.) por un pago improcedente por no cumplir con lo convenido contractualmente en la aplicación de pintura intumescente en estructura metálica y en losa cero; por la falta del escarificado de pintura y barrera antifuego en columnas y trabes de 5o., 6o. y azotea, y por la mala calidad en la colocación de ángulo para refuerzo central de escalera. [Resultado 26]

Recuperaciones Probables

Se determinaron recuperaciones probables por 9,041.5 miles de pesos.

Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 28 observación(es) la(s) cual(es) generó(aron): 28 Recomendación(es), 2 Solicitud(es) de Aclaración, 4 Promoción(es) de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria y 1 Pliego(s) de Observaciones.

Dictamen: negativo

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos; y se aplicaron los procedimientos de auditoría que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, el Instituto Nacional de Medicina Genómica no cumplió con las disposiciones normativas aplicables, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, donde se destacan los siguientes: no se tramitaron las adecuaciones presupuestarias correspondientes; se observó un subejercicio de 5,470.8 miles de pesos; deficiencias en las bitácoras de obra; falta de una unidad verificadora de instalaciones eléctricas; trabajos que carecen del proyecto técnico correspondiente; un pago improcedente por 8,198.7 miles de pesos por la mala aplicación de la pintura intumescente en estructura metálica y losa acero; un pago improcedente por 336.5 miles de pesos por conceptos parcialmente ejecutados en la colocación de estructura a base de PTR; un pago improcedente de 506.3 miles de pesos por no haberse cumplido con los alcances de diversos conceptos en la falta de la aplicación de la pintura anticorrosiva, y falta de acciones judiciales para recuperar el daño provocado por la contratista que ejecutó trabajos de mala calidad y de los trabajos inconclusos objeto de la restructuración del edificio del Inmegen en el año de 2010.

Apéndices

Procedimientos de Auditoría Aplicados

1. Verificar que la planeación, programación y presupuestación del proyecto de inversión se realizaron conforme a las disposiciones aplicables.

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2. Verificar que las licitaciones y contrataciones de la obra pública se realizaron conforme a la normativa aplicable.

3. Verificar que la ejecución y el pago del proyecto se realizaron conforme a la normativa aplicable.

Áreas Revisadas

La Dirección de Administración del Instituto Nacional de Medicina Genómica

Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

Durante el desarrollo de la auditoría practicada se determinaron incumplimientos en las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Artículos 66 y 68.

2. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público: Artículo 20, fracciones II, III, VI y VIII.

3. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: Artículos 17, fracción III; 21, fracciones II, VIII y IX; 24; 25, fracción III, 41, 42, fracciones I y 43; 42, fracción III; 46, fracción XII; 48, fracciones I y II y 59, párrrafos segundo y cuarto. 54 y 55, párrafo primero; 73.

4. Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: Artículo 10, párrafo segundo; 74; 84, fracciones I, V, VI, VIII, XIV y XV, y 86, fracciones III, V y XI; 197; 95, fracción II, y 96; 101.

5. Código Fiscal de la Federación: Artículos 17 A y 21.

6. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Artículos 93 y 99, fracción II, 195, 200, fracción I, del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, y 107 del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo; Artículos 1792, 2027 y 2028 del Código Civil Federal; Normas para la Práctica de Auditoría Interna (COSO); Artículos 143, inciso g, de la Ley Federal del Trabajo, 29, fracción II, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, 9, 11, fracciones I, II, III, IV y V, 12, fracción I, 14, fracciones I, II, III, IV, V y VI, 15, fracciones I, II, III, IV, V, VI y VII, 15 A, párrafo quinto, fracciones I y II, 17, 25, 38, 39, 40, 106, fracciones I y II, 107, 147, 168, fracciones I y II, y 211 de la Ley del Seguro Social, inciso 3.4 Iluminación y Ventilación, punto 3.4.1. Generalidades, inciso 4.2 Rutas de Evacuación y Salidas de Emergencia, punto 4.2.2 Salidas de Emergencia, inciso 1.2 Estacionamientos, inciso 1.2.1. Cajones de estacionamiento y sus Condiciones Complementarias XXVI, XXVII y XXIX, incisos 2.2. Accesibilidad en las Edificaciones, punto 2.2.1 Accesibilidad a los Servicios en Edificios de Atención al Público, y 2.3 Accesibilidad a Espacios de Uso Común de las Normas Técnicas Complementarias para el Proyecto Arquitectónico del Gobierno del Distrito Federal.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010

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Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que derivaron de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafo penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar y/o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación y que les dio a conocer esta entidad fiscalizadora para efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.