la duda razonable y la presuncion de inocencia

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apuntes que tratan de analizar de manera mas profunda las limitaciones que tiene un juez ante una duda razonable y presunción de inocencia.

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    Conferencia: La Duda Razonable y la

    Presuncin de Inocencia Prof. Jordi

    Nieva Fenoll12

    El proceso judicial no existira, si no existiera una duda, si hay

    un proceso judicial es porque alguien duda de algo, el de la

    duda siempre va ser el juez, las partes no van a dudar nada

    siempre saben cmo ha sucedido los hechos esto pasa en un

    proceso civil y en un proceso penal es un poco ms difcil pues

    1 Alerta Informativa. (2014). La Duda Razonable y la Presuncin de

    Inocencia - Prof. Jordi Nieva-Fenoll. 2016, de Alerta Informativa Sitio

    web: https://www.youtube.com/watch?v=PJM9rZ12fdg.

    2 2 JORDI NIEVA FENOLL Catedrtico de Derecho Procesal de la Universidad de Barcelona. Docente en diversas Universidades extranjeras

    (Mnster, Wrzburg, Lyon, Central de Venezuela, Catlica del Tchira, Notarial

    Argentina, Pontificia de Valparaso, Antofagasta y Libre de Colombia). Autor de

    13 libros y ms de 80 artculos cientficos. Conferenciante en ms de 80 congresos

    internacionales. Miembro de la International Association of Procedural Law

    (2011), Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal (2006), Wissenschaftliche

    Vereinigung fr Internationales Verfahrensrecht (2005). Fundador, con Michele

    Taruffo, de la Coleccin 'Proceso y Derecho' de la Editorial Marcial Pons,

    codirigida con Eduardo Oteiza y Daniel Mitidiero

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    la victima cree saberlo pero realmente no lo sabe y muchas

    veces tambin creemos que el reo lo sabe, pero realmente no

    sabe nada de porque est all, entonces la duda es

    consustancial a la existencia del proceso si esto es as

    cuando hay una duda en el proceso penal que es lo que

    hacemos. La primera respuesta ante una duda es generar el

    proceso y a pesar de ese proceso la duda se sigue manteniendo,

    entonces que hacemos, seguimos dudando.

    Bueno en proceso civil dan una alternativa radical la carga de

    la prueba, si tienes dudas y la prueba que as practicado no ha

    servido para nada vas a tener que darle la razn al uno o al

    otro segn lo est indicando el reglamento jurdico y vas a

    tener que darle la razn al que creas que debi aportar la

    prueba, estas solucin puede ser justa o no pero es que en

    realidad no tenemos otra solucin.

    En el proceso penal esta nocin de cargas de la prueba es ajena

    al proceso penal uno no puede decir al juez dele esto en funcin

    a la prueba tal, definitivamente esto no puede ser as, esto no

    es derecho penal, la nocin de carga no tiene ningn sentido.

    lo que se califica es la presuncin de inocencia.

    En el proceso penal cuando tenemos dudas se le dice al juez

    absuelva y ojo presuncin de inocencia es lo mismo que

    indubio pro reo aclarando que histricamente es

    exactamente lo mismo presuncin de inocencia con

    indubio pro reo.

    La formacin de presuncin de inocencia viene de principios

    del primer milenio de formulaciones de VOLTAIRE, el digesto y

    bsicamente ULPIANO dice que no se condene a nadie por

    sospechas y cuando se condene a alguien tengamos

    pruebas directas que realmente lo acusen y si es que no es

    as, por ms que estemos dispuestos en contra de l, lo que

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    tenemos que hacer es absolver sin ms. Estos es lo que dijo

    Ulpiano hace 1800 aos, lo dijo alguien antes si ya lo deca el

    cdigo de Hammurabi (en su artculo primero deca que si el

    acusador no logra probar la culpabilidad el acusador ser

    condenado a muerte).

    El principio de inocencia es un principio formador de todo el

    derecho penal y el derecho procesal penal, es decir es la clave

    de bveda del sistema, el derecho penal es el ltimo organismo

    de solucin y se tiene que estar seguro que solamente se aplica

    al culpable sino a ninguno.

    Uno se puede preguntar porque el consejo a los jueces que

    absuelvan antes de condenar en caso de dudas? vamos a ir

    con un ejemplo cuando a ustedes les cuentan que fulano le ha

    sido infiel a mengana, cuando a ustedes le cuentan que a un

    poltico se ha corrompido y si lo dudan verdaderamente es

    presuncin de inocencia.

    .

    La explicacin a esto sera que hay un instinto de proteccin

    si nos dicen que alguien roba uno se aleja de l, pero primero

    tengo que creer que me va robar sino no me alejara, adems

    tendemos a creer en chismes o habladuras creemos en eso

    porque el ser humano para llegar a donde estamos lo ha hecho

    porque hemos creado grupos parece que el hecho de andar

    contando secretos ayudar a los seres humanos a estrechar

    lazos.

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    Claro uno piensa que todo el mundo es eficaz que la

    persecucin penal es eficacsima y todo el mundo lo hace bien

    o bien se est haciendo perjuicios con la culpabilidad, claro si

    el juez de juicio hace lo que hace su compaero de instruccin

    y este hace lo que le dice el fiscal y este hace lo que le dice la

    polica, al final quien termina dictando sentencia es la polica.

    Y es as que el perjuicio de culpabilidad trasciende al proceso

    penal donde realmente debera ser todo lo contrario.

    Es por eso que es necesario que exista la presuncin de

    inocencia si a un juez no le dieras la presuncin de inocencia

    y tuviera la instruccin abusada por las personas que se

    mencion antes y el no encuentra ninguna prueba contra esa

    persona lo que le pedira el cuerpo si no fuera la presuncin de

    inocencia el cuerpo le pedira condenarla porsiacaso es

    justamente lo que pide la poblacin cuando alguien es acusado

    de un crimen terrible claro toda la gente cree que es culpable,

    es por eso que siempre se debe decir ojala sea esa persona. Y

    la preocupacin debe ser tener al autntico para no tener al

    asesino matando ms gente.

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    Claro que no, es su trabajo acusar? No, su trabajo

    sencillamente es defender la legalidad y eso puede llevarte a

    defender la absolucin o a defender la acusacin.

    Si presentas la acusacin es que estas convencido de que

    tienes que acusar a esa persona y si tu estas acusando es

    porque quieres una sentencia condenatoria de lo contrario no

    estara acusando.

    Entonces tenemos a tres actores de los cuales ya hemos

    hablado, los policas, los fiscales y la poblacin, clamando por

    la culpabilidad de esa persona y adems en un caso famoso

    medios de comunicacin que van hacer exactamente lo mismo

    imagnese si adems escuchamos a la vctima esta siempre

    piensa que si est sentado en el banquillo es culpable sin lugar

    a duda.

    Ahora por ejemplo vayamos a casos de delitos de lesa

    humanidad alguien cree que si a OSAMA BIN LADEN se le

    hubiese capturado vivo hubiese obtenido una sentencia

    absolutoria? Claro que es imposible que tenga la presuncin

    de inocencia, delitos de corrupcin poltica todos los polticos

    son corruptos, delitos de violencia a la mujer les puedo

    asegurar que no entra ningn denunciado inocente, delitos de

    violacin sexual a menores es terrible si nos imaginamos a los

    hijos, los sobrinos, en una situacin como esa y nos entran

    ganas de olvidarte de todo el derecho que sabes y no puedes

    hacerlo como un jurista. En Espaa y dems pases europeos

    hay dos delitos que necesariamente la presuncin de inocencia

    no recae sobre ellos, delitos contra un imputado racialmente

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    diferenciado un peruano, un colombiano, un mexicano cuando

    est en el banquillo va con una carga de culpabilidad, bueno

    para todos estos casos existe la presuncin de inocencia

    incluso a pesar de que nos excita tanto la conciencia sepamos

    que tambin tenemos que usar la presuncin de inocencia. No

    podemos en absoluto ni siquiera dejarla de lado, ni siquiera

    podemos hacer ni siquiera se puede absolver porque no se ha

    encontrado pruebas, no se absuelve porque no le podido

    atrapar no es as esa persona es inocente y punto.

    Esta presuncin de inocencia y la duda razonable tienen un

    origen ingls que fue hecha para jurados por los siglos XVI Y

    XVII aproximadamente, cuando le decan al jurado para

    condenar tienes que estar muy seguro ms all de toda duda

    razonable.

    Por mucho que la presuncin de inocencia sea la clave de

    bveda del sistema penal tiene que seguirlo siendo

    evidentemente, uno no puede hacer la ejercin de prctica

    como juez de la responsabilidad de la prueba, uno tiene que

    agotar completamente todas las posibilidades probatorias

    que tengamos, el fiscal tiene que instarlo, el juez tiene que

    hacerlo, y si las partes no lo distan el juez tiene que

    recurrir a prueba de oficio evidentemente estamos en un

    caso muy difcil, tenemos que agotar todas las

    posibilidades probatorias que puedan existir, todas.

    El juez tiene que tener una actividad subsidiaria a las partes

    normalmente excepcional pero tiene que hacerlo, si hace falta

    ampliar la prueba solicitadas por las partes hay que hacerlo.

    Esto es contrario al principio acusatorio? No, este

    principio simplemente es una forma de parecer imparcial ante

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    sus partes, pero despus que se ha conseguido el proceso, el

    juez puede hacer uso de la prueba de oficio, pero Ud. pueden

    preguntar pero no hay nada, bueno se puede acudir a la

    psicologa del testimonio que es lo ms sensato, donde se tiene

    que valorar lo que dice el testigo y no lo gesticula habla o mira

    de frente no, lo que verdaderamente hay que valorar es lo que

    el testigo dice, alguien me dir bueno tenemos el detector de

    mentiras el polgrafo, bueno esa herramienta es ms diablica

    que se invent que no sirve para nada, cuando alguien miente

    se le ve en la cara, todo eso es falso.

    Para condenar tenemos que tener una conviccin ms all

    de toda duda razonable del 1 al 10 cunto es? Para pasar

    de la etapa intermedia al juicio oral con qu porcentaje

    tendra que ser? ac en el Per se dice con el cdigo

    procesal penal suficientes elementos de conviccin

    Ahora estamos en la sentencia condeno o absuelvo es decir, yo

    tengo la conviccin de que es concurrido pero no puedo

    demostrarlo, lo primero que es muy difcil para el juez medir

    en estar rozablemente convencido o muy convencido, lo

    mximo que puede tener es una arista ponderarte de que esa

    persona es culpable o inocente,

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    Pero si queremos aplicarla al momento del juicio como una

    regla de inferencia, una regla de confirmacin teniendo como

    inferencia la culpabilidad verdaderamente es imposible.

    PREGUNTAS DEL AUDITRIUM

    1. Si un muerto habla para la ciencia, para los peritos

    porque un cuerpo de un vivo no puede hablar? en

    consecuencia le hago la pregunta es verdad?

    Si el juez lo puede motivar ms all de decir su intuicin

    de porque cree que esa persona miente o dice la verdad

    tendra que explicarlo por ejemplo puede decir esta

    persona miente porque se contradijo, no hay ninguna

    otra prueba que confirme que haya sido esta persona, la

    persona sobre el lugar y no recuerda evidentemente nada.

    El muerto habla habla el perito que ve al muerto, la

    autopsia es una prueba ms como cualquier otra,

    entonces a partir de all, lo que nos puede decir una

    autopsia lo que normalmente se suele decir y ha este de

    que lo mataron, porque realmente no saben de qu ha

    muerto, lo que la autopsia suele decir parada de

    capacidad respiratoria es algo que naturalmente todos

    vamos a morir, bueno a veces se encuentran restos de

    sustancias a veces.

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    2. Generalmente cuando un juez juzga piensa que juzga

    objetivamente que tasa las pruebas y en ese sentido

    seala que quien sentencia y condena a alguien es la

    prueba. Qu tan importante es la subjetividad al

    momento de resolver?

    La subjetividad siempre es fundamental porque somos

    seres humanos y lo que nos salva de la subjetividad es la

    motivacin precisamente y

    En materia de presuncin de inocencia es muy difcil

    hacer jurisprudencia, la primera sentencia que sale esa

    es jurisprudencia es decir no se crea casos generales y lo

    que se hace es analizar casos particulares.

    3. La prueba razonable en los audios y videos que influye

    mucho en los jueces al momento de sentenciar.

    Un video es muy impactante, pero lo que es importante

    es hacer una prueba pericial sobre el video.

    Un caso es un mircoles 1.30 del da, estamos en la av.:

    fos en el callao tiene 3 canales a cada lado a un banco

    que se llama continental, hay un seor con una mochila

    cuyo apellido es calero quiere ingresar al banco, el polica

    1.30 el polica que esta fuera le dice no ingreses entonces

    el tipo siempre quiere ingresar dice que lo estn

    persiguiendo pero no hay nadie atrs del insiste, el otro

    polica que estaba almorzando sale para controlarlo se

    resiste no se puede tiene un pulsador los policas piensan

    que es un atraco llaman a los guilas negras esos son

    unos policas que cuidan bancos vienen 4 en una

    camioneta ploma continan no lo pueden controlar

    conclusin viene otro patrullero ms te imaginas todo el

    escndalo que haba porque ya era la 1.30 del medioda,

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    entonces lo colocan en la maletera y lo cargan en la

    maletera del segundo patrullero no es de metal es de

    cartn fuerte empieza a golpear todo entonces se acerca

    se acercan 4 policas uno se queda afuera dos le agarran

    de las manos viene un tercero que es un chofer que le

    llaman especialista lo cogen del cuello para evitar que

    siga as le ejerce una presin mayor a la que corresponde

    y muere por asfixia, conclusin los medios de

    comunicacin hace cuatro aos, la prensa escrita ven

    este caso y la sala nacional que dicen que es condena por

    tortura seguida de muerte contra 7 policas a 15 aos de

    pena privativa de libertad. Este caso llego a la corte

    suprema, el fiscal dice que todo est bien no haber

    nulidad de condena en pena y el tipo legal de tortura dice.

    Que cuando esta se produce para obtener una confesin

    se produce para castigar por algo que haya hecho y

    obviamente su objetivo de ellos era por violencia y

    resistencia a la autoridad era trasladarlo a una unidad

    policial para verlo que cosa estaba pasando este polica

    puede responder por una tortura seguida de muerte?

    Hablando de las reglas de la experiencia una tortura a la

    1.30 de da en un lugar pblico no califica para tortura

    entonces la pregunta es hay un tipo que ha muerto la

    responsabilidad es dolosa o culposa? Y si es dolosa los

    7 policas responden o el polica que ejerci la presin. El

    polica que ha ejercido la presin lo ha hecho

    intencionalmente para matarlo a la 1.30 del da delante

    de todo el mundo o en todo caso se ha excedido y la

    responsabilidad es por culpa y si estamos de acuerdo en

    la autora culposa no hay autora por culpabilidad y cada

    uno responde por sus actos. Conclusin se absolvi a seis

    policas y a uno se le cambio el tipo por homicidio culposo

    de 15 aos se le impuso 4 aos de pena privativa de

    libertad recin acaba de cumplirla.

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    4. Qu peso tiene la intuicin para destruir la

    presuncin de inocencia?

    La respuesta es ninguna, la intuicin es una serie de

    conocimientos adquiridos por la experiencia

    5. Un procesado penal tiene derecho a mentir?

    Un proceso penal no se puede resolver con la confeccin

    del reo y si se confiesa culpable hay que saber porque lo

    hace.

    6. Se aplica la duda razonable al momento de emitir

    una prisin preventiva?

    Para dictar una prisin preventiva hay que estar

    convencido de la condena y pensar si yo fuera juez lo

    condenara y sino no se puede dictar una prisin

    preventiva