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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DÉ PARACAS PISCO ICA PRÓCÉSO DE SELECCIÓN N601-2OÍ7-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEYN* 29230 BASES DR.. PROCFSO DE SELECCIÓN OE LA EMPRESA PRIVADA PARA EL FINANí’I Af\ñl E NTO Y F IFnif'HHJ l»H PR<»\ f;í I'O DF !NVFncí!< '4fi PUBLICA » M M M A f?f f t {>1- I A ( I ■> NT 29230 y i a i f t r >,0264 PROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE LEY N° 29230 CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN Y FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. N° 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA. CÓDIGO SNIP 342117. CREADO POR LEY No. 11597 C u n a ; d e 'la /'B a ix d e rc i/ P u e r ta / d e / la / L ibertad/. PRIMERA CONVOCATORIA

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DÉ PARACAS PISCO ICAPRÓCÉSO DE SELECCIÓN N601-2OÍ7-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEYN* 29230

BASES DR.. PROCFSO DE SELECCIÓN OE LA EMPRESA PRIVADA PARA EL FINAN í’ IAf\ñl ENTO Y

F IF n if 'H H J l»H PR<»\ f;í I'O DF !N V F ncí!<'4f i PUBLICA » M M M A f ? f f t {>1- I A ( I ■> NT 2 9 2 3 0 y i a i f t r >,0264

PROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE LEY N° 29230

CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN Y FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO DE INVERSIÓN

PÚBLICA:

MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. N° 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA.

CÓDIGO SNIP 342117.

CREADO POR LEY No. 11597

C u n a ; d e ' l a / ' B a i x d e r c i /

P u e r t a / d e / l a / L i b e r t a d / .

PRIMERA CONVOCATORIA

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PÁRÁCÁS-PISCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N ’ 29230

SECCION GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(ESTA S E C C IÓ N NO D E B E S E R M O D IF IC A D A E N N IN G Ú N E X TR E M O , B A JO S A N C IÓ N D E N U LID A D )

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MUNICIPAlIDAD DISTRITAL DÉ PARACAS PiSC.O IC.APROCESÓ DE SELECCIÓNN°01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LE Y N ° 29230

CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1. BASE LEGAL

- Ley N° 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado.

- Decreto Supremo N° 036-2017-EF, Reglamento de la Ley N" 29230 y del artículo 17 de la Ley N° 30264 (en adelante el Reglamento).

- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado (en adelante, Ley de Contrataciones del Estado) y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 350-2015-EF, en tanto no se contraponga a la naturaleza, objeto y finalidad de la Ley N" 29230.

De ser el caso, las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones.

Para la aplicación del Derecho debe considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CONVOCATORIA

Se realiza a través de su publicación en un diario de circulación nacional, así como en el Portal Institucional de la Entidad Pública y de PROINVERSIÓN. La Convocatoria incluirá los enlaces electrónicos en los cuales se encuentran publicadas las Bases.

1.3. CIRCULARES

Si el Comité Especial considera necesario aclarar, modificar o complementar las Bases, emitirá una Circular, que será remitida a todos los postores, dirigida a los representantes legales y enviada al domicilio o correo electrónico señalado. Las Circulares emitidas por el Comité Especial integran las presentes Bases, siendo jurídicamente vinculantes para todos los postores, y serán publicadas en el Portal Institucional de la Entidad Pública y de PROINVERSIÓN.

1.4. EXPRESIÓN DE INTERÉS

A efectos de poder participar en el proceso de selección, las Empresas Privadas de manera individual o en Consorcio, a través de su representante y/o apoderado legal, deben presentar su Expresión de Interés al Comité Especial, conforme al modelo adjunto al documento de Convocatoria dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la Convocatoria, en la Mesa de Partes de la Entidad Pública.

IMPORTANTE:

La sola presentación de la Expresión de Interés por parte del Postor implica el pleno conocimiento, aceptación y sometimiento incondicional a

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todo lo establecido en les Bases, y todos sus documentos adératenos, complementarios o modificatorios, las mismas que tienen jurídicamente carácter vinculante para aquéllos, asi como su renuncia irrevocable e incondicional, de la manera más amplia que permitan las leyes aplicables, a plantear, ante cualquier fuero o autoridad, cualquier acción, leciamo. demanda, denuncia o solicitud de indemnización contra el Estado Peruano o cualquier dependencia, organismo, funcionado o empleado de éste, la Entidad Pública, sus integrantes y asesores.

1.5. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones a las Bases se realizan en idioma español y por escrito, en el mismo plazo establecido para la presentación de la Expresión de Interés previsto en el respectivo Calendario del proceso de selección. Las observaciones a las Bases, se realizan de manera fundamentada, por supuestas vulneraciones a la normativa del mecanismo previsto en la Ley N° 29230, la Ley N° 30264, u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación.

Las consultas y observaciones solo pueden ser presentadas por quienes hayan presentado su Expresión de Interés.

1.6. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las respuestas del Comité Especial, a las solicitudes de consultas u observaciones que se efectúen, se realizan de manera simultánea y pueden modificar o ampliar las Bases, pasando a formar parte de las mismas; serán dadas a conocer mediante Circular a todos los participantes del proceso y publicadas en el SEACE. Cualquier deficiencia o defecto en las propuestas por falta de consultas u observaciones, no podrá ser invocado como causal de apelación.

La absolución referida en el párrafo anterior se realiza de manera motivada. En el caso de las observaciones, se debe indicar si éstas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen. La absolución se realiza en un plazo de 3 días hábiles contados a partir de la culminación del plazo para presentar las Expresiones de Interés. Si se presenta más de una expresión de Interés el plazo es de 6 días hábiles.

La absolución a las consultas u observaciones por parte del Comité Especial no debe ser contraria a la Ley N° 29230, la Ley N° 30264 y su Reglamento o normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

IMPORTANTE:

No serán absueltas consultas y observaciones a las Bases presentadas extempoi éneamente. en un lugar distinto al señalado en las Bases o que sean formuladas por quienes no hayan piesentado Expresiones de Interés

1.7. INTEGRACIÓN DE BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deben contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas, observaciones y Circulares emitidas por el Comité Especial.

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Una vez integradas, las Bases no pueden ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas de oficio por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad salvo el supuesto regulado en el último párrafo del presente apartado.

El Comité Especial integra y publica las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:

a. Cuando no se hayan presentado consultas y/u observaciones, al día hábil siguiente de vencido el plazo para formularlas.

b. Cuando se hayan presentado consultas y/u observaciones, al día hábil siguiente de concluido el plazo de la absolución de consultas y observaciones a las Bases.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el Portal Institucional de la Entidad Pública y de PROINVERSIÓN.

Dentro del día hábil siguiente de publicadas las Bases integradas, la Empresa Privada que presentó la Expresión de Interés, puede observar la incorrecta integración de Bases ante el Comité Especial a efecto que rectifique dicha información. El Comité Especial remite la observación al órgano de la Entidad Pública que aprobó las Bases para que se pronuncie al respecto en un plazo de tres (3) días hábiles. En caso se admita la observación, el Comité Especial deberá corregir las Bases e integrarlas nuevamente y publicarlas nuevamente en el Portal Institucional, modificando los plazos respectivos indicados en la Convocatoria.

1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Los documentos que acompañan las propuestas, se presentan en idioma español o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor público juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado; salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El Postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Sí hubiere discrepancia entre los textos en diferentes idiomas de cualquier documento, prevalecerá el texto en español.

Las propuestas deben llevar la rúbrica del representante legal del Postor, apoderado o mandatario designado para dicho fin y debidamente acreditado mediante carta poder simple. Las propuestas y toda documentación se presentan por escrito, debidamente foliadas, y se deberá incluir una relación detallada de todos los documentos incluidos en cada sobre.

En caso de Consorcio, las propuestas deben ser presentadas por el representante común del Consorcio, o por el apoderado designado por éste, conforme a lo siguiente: i) En el caso que el representante común del Consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de Consorcio; ii) En el caso que el apoderado designado por el representante común del Consorcio presente la propuesta, éste debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del Consorcio y copia simple de la promesa formal de Consorcio.

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El precio contenido en la Propuesta Económica debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, Inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, asi como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del Proyecto, excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su propuesta los tributos respectivos.

El precio total de la propuesta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos (2) decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimales, de corresponder. En caso de existir discrepancia entre una cifra expresada en números y otra cifra expresada en letras, prima la expresada en letras.

El Postor será responsable por los costos o gastos directos e Indirectos en que Incurra relacionado con la preparación de los sobres. El Estado Peruano o cualquier dependencia oficial o funcionario Involucrado, o el Comité Especial, no serán responsables en ningún caso por dichos costos o gastos, cualquiera sea la forma en que se realice el proceso de selección.

Cada documento presentado por el Postor tendrá el carácter de Declaración Jurada.

IMPORTANTE:

La sola presentación de una propuesta de un Postor no obliga al Comité Especial a aceptarla.Los integrantes de un Consorcio no pueden presentar propuestas individuales n i conformar más de un Consorcio en un proceso de selección.Es obligación y responsabilidad de cada Postor revisar y evaluar las características particulaies del Proyecto y adoptar las decisiones que consideren pertinentes, bajo su responsabilidad.

1.9. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTA

a) En caso que una única Empresa Privada presente su Expresión de Interés en la ejecución del(los) Proyecto(s) y, de ser el caso, su mantenimiento, se seguirá el procedimiento siguiente:

La presentación de los sobres N° 1, N° 2 y N° 31 se lleva a cabo ante el Comité Especial, el día previsto en el Calendario del presente proceso de selección, a la hora y lugar establecidos. El Comité Especial otorgará hasta treinta (30) minutos de tolerancia a partir de la hora fijada para el cumplimiento del acto.

Después del plazo señalado, no se admite la entrega de documentos adicionales ni la modificación de las propuestas presentadas.

Si al momento de la evaluación del Sobre N° 1, los documentos requeridos adolecen de defecto subsanable que implica un error no sustancial, el Comité Especial procede a comunicar al Postor para que en el plazo de dos (2) días hábiles subsane los defectos incurridos. Si venciera dicho plazo sin que se hubiera subsanado la deficiencia, el Postor queda automáticamente descalificado y se le devuelve sus sobres N° 2 y N° 3 sin abrir.

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Se consideran únicamente como defectos subsanables aquellos que son formales por su naturaleza, como los siguientes casos:

- Falta de foliado- Falta de sello- Falta de firma y/o rúbrica- Falta de fotocopias (únicamente en el ejemplar denominado como “Copia

1” )- La no consignación de determinada información de carácter no sustancial

en los formularios o declaraciones juradas- Otros de carácter no sustancial que, a criterio discrecional del Comité

Especial, puedan ser subsanables

El Sobre N" 2 que no incluya lo solicitado en el Anexo N° 3 de las Bases invalida la Propuesta Técnica y será devuelto al Postor con el Sobre N° 3, éste último sin abrir.

La evaluación de las Propuestas Técnica y Económica y verificación de que los documentos presentados por el Postor cumplen con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en las Bases del presente proceso de selección, será realizada por el Comité Especial dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de presentadas las mismas, a la hora y lugar que comunicará a través de Circular. Si dicha evaluación y verificación resulta favorable, el Comité Especial procederá al otorgamiento de la Buena Pro luego de culminada la evaluación y verificación, levantándose el acta respectiva. La Buena Pro queda consentida con su otorgamiento.

No se considera como una Propuesta Económica válida y por lo mismo el Comité Especial la devuelve, aquella que se encuentre por debajo del noventa por ciento (90%) del Monto Total de Inversión Referencial o que exceda en más del diez por ciento (10%). En estos casos, las Propuestas Económicas se dan por no válidas y es devuelta al postor.

IMPORTANTE:

. Cuando la Propuesta Económica exceda hasta en 10% el Monto Total deInversión Referencial: En el caso de los Gobiernos Nacionales deberá considerarse que dicho monto se encuentre dentro de la disponibilidad presupuestaI otorgada por e l Ministerio de Economía y Finanzas y el monto certificado por la Oficina de Presupuesto de la Entidad Pública: y, en el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben tener en cuenta que el exceso esté dentro del limite CIPRL y que su disponibilidad no comprometa a otro proyecto bajo el mecanismo de Obras por Impuestos.

- Lo dicho anteriormente debe ser realizado de manera anterior a la Adjudicación de la Buena Pro.

Para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el Monto Total de Inversión Referencial, hasta el limite del ciento diez por ciento (110%), debe contarse con la aprobación del Titular de la Entidad Pública, salvo que el Postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su Propuesta Económica a un monto igual o menor al Monto Total de Inversión Referencial.

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Las Propuestas Económicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases, como Monto Total de Inversión Referencial, cuando el proceso de selección es convocado para el financiamiento y/o ejecución de proyectos propuestos por el Sector Privado en el marco del Titulo II del Reglamento.

b) En caso que más de una Empresa Privada presente su Expresión de Interés en la ejecución del(los) Proyecto(s) y, de ser el caso, su mantenimiento, se seguirá el procedimiento siguiente:

La presentación de los Sobres N° 1, N° 2 y N" 3 se lleva a cabo en acto público ante el Comité Especial, en presencia de Notario Público o Juez de Paz, el día previsto en el Calendario del presente proceso de selección, a la hora y lugar que oportunamente se comunicará a los postores mediante Circular. El Comité Especial otorgará hasta treinta (30) minutos de tolerancia a partir de la hora fijada para el cumplimiento del acto público. Culminado dicho plazo, se procede a dar inicio al acto con los postores que se encuentren presentes. Después del citado plazo, no se admite la participación de más postores ni la entrega de documentos adicionales, ni la modificación de las propuestas presentadas.

El Presidente del Comité Especial, inicia el acto de recepción de sobres e invita a los postores a entregar los sobres correspondientes. Una vez que los postores hayan hecho entrega de sus sobres, en presencia de Notario Públicoo Juez de Paz, se procede a la apertura y verificación de la documentación contenida en el Sobre N° 1, en el mismo orden en que fueron presentados. El Notario Público o Juez de Paz visa al margen de los documentos presentados. Si se encuentra que algún documento necesario no ha sido incluido, de acuerdo al Anexo N° 3, el Postor queda automáticamente descalificado y se le devuelven sus Sobres N" 2 y N" 3 sin abrir.

Si al momento de la evaluación del Sobre N" 1, alguno de los documentos requeridos adolece de defecto subsanable que implica un error no sustancial, el Comité Especial procede a comunicar al Postor para que en el plazo que se le indique subsane los defectos incurridos. Si venciera dicho plazo sin que se hubiera subsanado la deficiencia, el Postor queda automáticamente descalificado y se le devuelven sus sobres N ' 2 y N° 3 sin abrir, en el acto de apertura del Sobre N° 3.

Se consideran únicamente como defectos subsanables aquellos que son formales por su naturaleza, como los siguientes casos:

- Falta de foliado- Falta de sello- Falta de firma y/o rúbrica- Falta de fotocopias (únicamente en el ejemplar denominado como “Copia

1")- La no consignación de determinada información de carácter no sustancial

en los formularios o declaraciones juradas- Y otros de carácter no sustancial que, a criterio discrecional dei Comité

Especial, puedan ser subsanables

Luego se procede a la apertura del Sobre N” 2 de los postores cuyos Sobres N” 1 hayan sido declarados aptos. El Notario Público o Juez de Paz visa al margen los documentos presentados y el Comité Especial procede a su revisión. En el mismo acto, el Notario Público o Juez de Paz firma y sella el Sobre N’ 3, que pasará a su custodia hasta su apertura. Se levanta un acta de

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MUNICPAI.IDAD DISTRITAL DÉ PARACAS PISCO ICAPROCESO DÉ SELECCIÓN N° Ó1-20 i 7-MDP/CE PRIMERA CONVOCA TORlA LEY N° 29230

lo acontecido, que será suscrita por los miembros del Comité Especial, el Notario Público o Juez de Paz y los postores que así lo deseen.

Los Sobres N° 2 que no incluyan lo solicitado en el Anexo N° 3 de las Bases, invalidarán la Propuesta Técnica y serán devueltos al Postor con el Sobre N° 3, éste último sin abrir.

El presidente del Comité Especial anuncia la relación de los postores que fueron declarados aptos luego de haberse evaluado la Propuesta Técnica y que por tanto pasan a la etapa siguiente del proceso de selección.

Luego, se procede a devolver los Sobres N° 3 sin abrir a los Postores cuyos puntajes de la Propuesta Técnica no hubiesen alcanzado el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, los mismos que quedan descalificados.

Acto seguido, el Notario Público o Juez de Paz procede a abrir el Sobre N° 3 de los postores aptos, uno por uno, en el mismo orden en que fueron recibidos, estableciéndose el orden de mérito final de la evaluación y, procediéndose a adjudicar la Buena Pro a la mejor propuesta, levantándose el acta correspondiente.

El Comité Especial calificará las Propuestas Técnicas y Económicas de acuerdo al Anexo N° 5.

En el supuesto de empate entre dos o más postores, los postores que empataron tienen un plazo de dos (2) días hábiles para presentar una nueva Propuesta Económica, la que no podrá ser de un monto mayor al inícialmente / presentado.

Las nuevas propuestas deben presentarse en un nuevo Sobre N" 3 cerrado, cumpliendo con las mismas formalidades establecidas para la presentación de la Propuesta Económica. El procedimiento del acto público para la presentación de las nuevas Propuestas Económicas estará sujeto a los mismos términos y condiciones de la Propuesta Económica original.

No es considerada como una Propuesta Económica válida y por lo mismo el Comité Especial la devuelve, aquellas que se encuentren por debajo del noventa por ciento (90%) del Monto Total de Inversión Referencial o que excedan este en más del diez por ciento (10%). En estos casos, las Propuestas Económicas se dan por no válidas.

IMPORTANTE:

. Cuando la Propuesta Económica exceda hasta en 10% el Monto Total deInversión Referencial: En el caso de los Gobiernos Nacionales deberá considerarse que dicho monto se encuentre dentro de la disponibilidad presupuesta! otorgada por el Ministerio de Economía y Finanzas y el monto certificado por la Oficina de Presupuesto de la Entidad Pública: y, en el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben tener en cuenta que el exceso esté dentro del limite CIPRL y que su disponibilidad no comprometa otro proyecto bajo el mecanismo de Obras po r Impuestos.Lo dicho anteriormente debe ser realizado de manera anterior a la Adjudicación de la Buena Pro

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MÜÑICIPALId AD DISTRITAL DÉ PÁRACÁS-PISCO-ICÁPROCESO DÉ SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LE Y N ° 29230

Para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el Monto Total de Inversión Referencial hasta el limite dei;ciento diez por ciento (110%), debe contarse con la aprobación del Titular de la Entidad Pública para lo cual deberá considerarse los lim ites de la disponibilidad presupuestal aprobada, salvo que el Postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su Propuesta Económica a un monto igual o menor al Monto Total de Inversión Referencial.

Las Propuestas Económicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como Monto Total de Inversión Referencial, cuando el proceso de selección es convocado para el financiamiento y/o ejecución de proyectos propuestos por el Sector Privado en el marco del Titulo II del Reglamento.

1.10. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

La evaluación de las propuestas se realizará de acuerdo a la metodología establecida en el Anexo N° 5.

1.11. CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS

Luego de culminada la evaluación, el Comité Especial debe determinar si el Postor que obtuvo el primer lugar según el orden de prelación cumple con los requisitos de calificación detallados en la sección especifica de las Bases. Si dicho Postor no cumple con los requisitos de calificación su propuesta debe ser descalificada. En tal caso, el Comité Especial debe verificar los requisitos de calificación respecto del Postor cuya propuesta quedó en segundo lugar, y así sucesivamente en el orden de prelación de propuestas.

IMPORTANTE:

Cuando los poslores presenten dentro de su propuesta como personal permanente a profesionales que se encuentran laborando como residenteo supervisor en obras contratadas por la Entidad Publica que no cuentan con recepción, dicha propuesta seiá descalificada.

1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

Luego de la calificación de las propuestas, el Comité Especial otorga la Buena Pro en la fecha señalada en el Calendario de las Bases.

IMPORTANTE:Las Entidades Públicas someten a fiscalización postenor, conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ley N" 27444. Ley del Procedimiento Administrativo General la documentación, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.

1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más postores, el consentimiento de la Buena Pro se produce a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.

En caso que se haya presentado un solo Postor, el consentimiento de la Buena Pro se produce el mismo día de su otorgamiento en acto público.

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El consentimiento de la Buena Pro se publica en el Portal Institucional de la Entidad Pública y PROINVERSIÓN, así como en el SEACE, al día hábil siguiente de haberse producido.

1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

A partir del día hábil siguiente del consentimiento de la Buena Pro o de que ésta haya quedado administrativamente firme, el postor ganador de la Buena Pro, sus integrantes al tratarse de un Consorcio y la Empresa Ejecutora, de corresponder, pueden solicitar ante el OSCE la expedición de la Constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado y/o de capacidad libre de contratación, de corresponder.

1.15. REGLAS ESPECIALES PARA PROPUESTAS DE PROYECTOS DEL SECTOR PRIVADO

Si el proceso se enmarca dentro de los dispuesto por el Título II del Reglamento, el Comité Especial utilizando como base la información presentada por el sector Privado, la misma que se encuentra detallada en el Anexo N° 8 de las presentes Bases, determina el costo de los estudios de preinversión a nivel de Perfil y/o Factibilidad cuando corresponda.

El costo que razonablemente determíne el Comité Especial, será considerado como parte del Monto Total de Inversión Referencial, el cual no podrá exceder del 2% del Monto Total de Inversión del Proyecto cuando estos solo requieran estudios a nivel de Perfil para su declaración de viabilidad, y del 5% del Monto Total de Inversión del Proyecto (incluidos los gastos correspondientes al Perfil) tratándose de proyectos que requieran de estudios a nivel de Factibilidad para su declaratoria de viabilidad.

Habiéndose determinado el monto de los gastos incurridos por la Empresa Privada que propuso la príorizacíón del Proyecto, estos serán asumidos por el Adjudicatario de la Buena Pro, en caso de ser distintos. Debiendo constituirse el pago como un requisito que deberá cumplirse como plazo máximo en la fecha de suscripción del Convenio de Inversión, de conformidad con el Calendario establecido en el presente proceso de selección.

1.16. PROCESO DE SELECCIÓN DESIERTO

El proceso de selección es declarado desierto cuando no se hubiese presentado ninguna Expresión de Interés o no se presente ninguna propuesta o no quede propuesta válida.

En caso de declararse desierto el proceso de selección por cualquier razón, el Comité Especial puede convocar a un nuevo proceso de selección. Se requerirá un nuevo Informe Previo de la Contraloría General de la República, siempre que el Comité Especial realice modificaciones sustanciales al Proyecto.

1.17. RÉGIMEN DE NOTIFICACIONES

Las notificaciones dirigidas al Postor se efectúan remitiéndolas a cualquiera de los representantes legales, mediante:

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a. Correo Electrónico: con confirmación de transmisión completa expedida por el destinatario de la comunicación respectiva a través de otro correo electrónico, en cuyo caso se entenderá recibida en la fecha que se complete la transmisión del remitente.

b. Por carta entregada por mensajería o por conducto notarial: en cuyo caso se entenderá recibida la notificación en la fecha de su entrega, entendiéndose en estos casos pcv bien efectuada y eficaz cualquier notificación realizada en el domicilio señalado por el Representante Legal.

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M'JNICIPAUDAD DISTRITAL DE PARACAS PISCO IC.APROCESÓ DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CÈ PRIMERA CONVOCA ÏO R IA LEY N° 29230

CAPÍTULO IISOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. RECURSO DE APELACIÓN

Las discrepancias que surjan entre la Entidad Pública a cargo del proceso de selección y los postores participantes, únicamente dan lugar a la interposición del recurso de apelación.

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la Convocatoria hasta aquellos actos emitidos antes de la celebración del Convenio de Inversión, no pudiendo impugnarse las Bases ni su integración.

El recurso de apelación es conocido y resuelto por el Titular de la Entidad Pública, y en caso de encargo por el Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN, en un plazo máximo de siete (7) días hábiles de admitido el mismo

El incumplimiento de alguna de las disposiciones que regulan el desarrollo de las etapas del proceso de selección constituye causal de nulidad de las etapas siguientes, y determina la necesidad de retrotraerlo al momento o instante previo al acto o etapa en que se produjo dicho incumplimiento.

Salvo lo expresamente establecido en sentido contrario en estas Bases, en relación con el presente proceso de selección, las decisiones del Comité Especial o de cualquier órgano de la Entidad Pública respecto a este proceso son definitivas, no darán lugar a indemnización de clase alguna y no son susceptibles de impugnación en el ámbito administrativo, judicial o arbitral.

2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN

La apelación debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes del otorgamiento de la Buena Pro.

La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la Buena Pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del proceso de selección, debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

2.3. GARANTÍA DE APELACIÓN

La Garantía de Apelación equivale al 3% del Monto Total de Inversión Referencial del proceso de selección impugnado y deberá mantenerse vigente al menos por treinta (30) días hábiles, contados desde su fecha de emisión, la cual debe ser en igual fecha a la interposición del recurso de apelación.

El monto de la Garantía de Apelación debe ser expresado con dos (2) decimales.

Ningún recurso de apelación se considerará válidamente interpuesto y carecerá de todo efecto si el Postor no cumple los plazos estipulados y no adjunta la

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Garantía de Apelación.

Independientemente que se haya presentado el recurso de apelación ante la Entidad Pública o ante PROINVERSIÓN, según corresponda, cuando el recurso sea declarado fundado en todo o en parte, o se declare la nulidad sin haberse emitido pronunciamiento sobre el fondo del asunto, u opere la denegatoria ficta por no resolver y notificar la resolución dentro del plazo legal, se procede a devolver la garantía al impugnante, en un plazo máximo no mayor a los cinco (05) dias hábiles de solicitado.

En caso se declare infundado o improcedente el recurso de apelación, o el impugnante se desistiera, la Entidad Pública o PROINVERSIÓN procede a ejecutar la Garantía de Apelación, y el importe debe ser depositado en la cuenta bancaria de la Entidad Pública.

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CAPÍTULO III DEL CONVENIO DE INVERSIÓN

3.1. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO DE INVERSIÓN

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro y la empresa adjudicataria haya presentado la totalidad de los requisitos para perfeccionar el convenio, dentro de un plazo máximo de veinte (15) días hábiles se suscribirá el Convenio de Inversión. De ser necesario, dicho plazo será prorrogado por única vez hasta en quince (15) días

En la Fecha de Cierre el Adjudicatario de la Buena Pro entregará a la Entidad Pública los siguientes documentos:

- Copia Legalizada del poder vigente debidamente registrado expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario, que consigne la designación del(los) representante(s) legal(es) que suscribieron las propuestas y suscribirá(n) el Convenio de Inversión.

- En caso de Consorcio debe presentar copia legalizada de los poderes vigentes registrados de los representantes legales de las Empresas Privadas que lo integran y la copia legalizada del documento constitutivo del Consorcio, que estén acordes a lo señalado en la Declaración Jurada del Formulario N° 1 del Anexo 11.

- Garantía de Fiel Cumplimiento conforme a los Formularios N° del Anexo 11

- Copia legalizada del contrato celebrado con la(s) Empresa(s) Ejecutora(s) del Proyecto, cumpliendo con las condiciones establecidas en las Bases.

- Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado del Adjudicatario y/o de sus integrantes en caso de Consorcio, emitida por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

- Registro Nacional de Proveedores y Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado de la(s) empresa(s) que será(n) la(s) ejecutora(s) del Proyecto, emitidos por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

El Convenio de Inversión es suscrito por la Entidad Pública, a través de su titular, y por el ganador de la Buena Pro, por medio de su Representante Legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases.

Siempre que el Adjudicatario haya entregado los documentos antes señalados, se procede a la celebración del Convenio de Inversión y se le entrega al adjudicatario un ejemplar original del mismo debidamente firmado por el Titular de la Entidad Pública.

En el supuesto que el Adjudicatario no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el Convenio de Inversión, según corresponda, en los plazos

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antes indicados, el Comité Especial puede, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega el que no puede exceder de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el Convenio de Inversión. De no cumplir con la suscripción del Convenio de Inversión, el Adjudicatario perderá automáticamente la Buena Pro y el Comité Especial procede a adjudicársela al Postor que quedó en segundo lugar, y así sucesivamente.

Si el Adjudicatario no suscribe el Convenio de Inversión y no hubiere otro Postor calificado, el Comité Especial declara desierto el proceso de selección y convoca a un nuevo proceso de selección.

3.2. GARANTÍAS

Las garantías serán cartas fianzas bancadas que deberán ser extendidas conforme a los modelos indicados en los Formularlos N° 8, N” 9 y N° 10, del Anexo N° 11, según corresponda.

En el caso de Consorcio, es necesario que la carta fianza que se emita mencione expresamente a todas y cada una de las Empresas Privadas que lo conforman.

Cuando las variaciones o modificaciones impliquen un incremento en el Monto Total de Inversión y/o del mantenimiento establecido en el Convenio de Inversión inicial, la Empresa Privada está obligada a ampliar el monto de la Garantía de Fiel Cumplimiento y/o Garantía para las Actividades de Mantenimiento. Igualmente, cuando se conviene la reducción de prestaciones, la Empresa Privada queda facultada a reducir el monto de dichas garantías.

El monto de las garantías debe ser expresado con dos (2) decimales.

3.2.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

La Garantía de Fiel Cumplimiento equivale al 4% del Monto Total adjudicado (sin considerar el monto asignado a la supervisión del proyecto) y deberá mantenerse vigente durante el plazo y en las condiciones establecidas en el Convenio de Inversión, con el objeto de asegurar el cumplimiento de las obligaciones de la Empresa Privada. Esta garantía será entregada con los documentos requeridos para la firma del Convenio de Inversión, conforme al Formulario N° 8 del Anexo N° 11.

Luego de la recepción del Proyecto, la Empresa Privada renovará la Garantía de Fiel Cumplimiento por un monto que represente el 1% del Monto Total adjudicado, la misma que debe permanecer vigente por un año. En este caso, la Entidad Pública devuelve la Garantía de Fiel Cumplimiento inicial

3.2.2. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías son cartas fianzas incondicionales, solidarias, irrevocables, sin beneficio de excusión, ni división, y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad Pública. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de

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Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

IMPORTANTE:

Corresponde a la Entidad Pública verificar que las garantías presentadas por el Postor ganador de la Buena Pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución: sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan.

- En caso de Consorcio, las garantías deben emitirse a nombre de éste consignando el nombre de todos y cada uno de sus integrantes.

- Los funcionarios de, las Entidades Public as no deben aceptar garantías emitidas bajo condiciones distintas a las establecidas en e l presente numeral.

3.2.3. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

Cualquier incumplimiento de las obligaciones recogidas en las presentes Bases o en el Convenio de Inversión dará lugar a la ejecución de la garantía correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales a que hubiere lugar.

3.3. AVANCES DEL PROYECTO

En caso que la ejecución del Proyecto demande un plazo mayor a cinco (5) meses, sin contar con la elaboración del Estudio Definitivo, se realiza la entrega del CIPRL trimestralmente por avances en la ejecución del Proyecto, de acuerdo a los criterios de avance definidos en el Anexo N° 4 de las Bases y conforme al Estudio Definitivo.

Los criterios para el avance físico del Proyecto deben guardar relación con el Estudio Definitivo aprobado por la Entidad Pública.

Cuando el mantenimiento forme parte de los compromisos de la Empresa Privada, se realizará la entrega de CIPRL por este concepto, trimestralmente, conforme el Expediente de Mantenimiento y con la conformidad del supervisor del mantenimiento o del órgano competente de la Entidad Pública, siguiendo el mismo procedimiento que se utiliza para la emisión de CIPRL por ejecución del Proyecto.

Las partes suscribirán la modificación al Convenio de Inversión con las adecuaciones correspondientes, si durante la fase de inversión se determina que el Proyecto demanda plazos de ejecución mayores a los cinco (5) meses, conforme a lo establecido en el literal a) del numeral 92.1 del artículo 92 del Reglamento.

IMPORTANTE:

. La Entidad Pública deberá determ inar los criterios para definir los avancesdel Proyecto en los Términos de Referencia.

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MUNICIPALIDAD DÏSTRITÀL DE PARACÂS-PISCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N°01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA L E Y N ’ 29230

3.4. FÓRMULA DE REAJUSTE

La fórmula o fórmulas polinómicas son las determinadas en el Anexo N° 4 de estas Bases y deben ser recogidas en el Estudio Definitivo que apruebe la Entidad Pública como parte del Convenio de Inversión.

IMPORTANTE:

Tanto la elaboración como la aplicación de las fórmulas polinómicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supiemo /Vo 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.

3.5. PENALIDADES

En caso de incumplimiento del Convenio de Inversión, la Entidad Pública aplica automáticamente una penalidad, de acuerdo a lo establecido en el Convenio de Inversión.

En caso de retraso injustificado de la Empresa Privada en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad Pública le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso.

Asimismo, la Entidad Pública puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el párrafo precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables, congruentes y proporcionales con el objeto de la contratación, y de ser el caso incluyendo el mantenimiento de del Proyecto. Para estos efectos, se deben incluir en la sección específica de las Bases, los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar.

Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del Monto Total de Inversión.

3.6. RECEPCIÓN DEL PROYECTO

La recepción del Proyecto es un procedimiento que se inicia una vez culminada su ejecución con la finalidad de verificar el fiel cumplimiento de lo establecido en el Estudio Definitivo y el Convenio de Inversión así como de realizar las pruebas necesarias para comprobar el correcto funcionamiento de sus instalaciones y equipos.

El procedimiento de recepción del Proyecto se realiza de conformidad a lo estipulado en el artículo 74 del Reglamento.

En caso observaciones y de persistir la discrepancia, ésta podrá resolverse en lo posible, por trato directo conforme a las reglas de la buena fe y común intención de las partes. En caso no prospere el trato directo, cualquiera de las partes tiene el derecho a someter la controversia a conciliación y/o arbitraje, según corresponda, dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores al pronunciamiento de la Entidad Pública o al vencimiento del plazo en que éste debió realizarse.

Todo retraso en la subsanacíón de las observaciones que exceda del plazo

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WÑICÍPAÜDAD DISTRITAL DE PARACAS PISCC ICAp r o c e s o Be s e le c c ió n n ° 01-201 7-mdp/ce p r im e ra c o n v o c a to r ia l é y N ’ 29230

otorgado, se considera como demora para efectos de las penalidades que correspondan y puede dar lugar a que la Entidad Pública resuelva el Convenio de Inversión por incumplimiento. Dichas penalidades serán aplicadas hasta el tope señalado en el Convenio de Inversión.

3.7. LIQUIDACIÓN DEL CONVENIO DE INVERSIÓN

Una vez realizada la recepción del Proyecto corresponde iniciar el procedimiento de liquidación, conforme a lo señalado en la Base Legal del apartado 1 y de conformidad con el sistema de contratación aplicable. No procederá la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver.

Luego de haber quedado consentida la liquidación y efectuada la emisión del único o último CIPRL, culmina el Convenio de Inversión y se cierra el expediente respectivo.

3.8. PROYECTO DE CONVENIO DE INVERSIÓN

Los términos y condiciones bajo los cuales se regirá el financiamiento y ejecución (y, de ser el caso, el mantenimiento) del Proyecto, se fijan en el formato de Convenio de Inversión, aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas medíante Resolución Ministerial, el cual se incluye en el Anexo N° 6.

3.9. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

Las presentes Bases y los documentos que las integran se regirán e interpretarán de acuerdo a las leyes peruanas. Los postores y el Adjudicatario se someten y aceptan irrevocablemente a las disposiciones de solución de controversias establecidas en las Bases y eí Convenio de Inversión para los conflictos que pudiesen suscitarse respecto a este proceso.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS PISCO ICAPROCESO DÉ SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N° 29230

SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD PÚBUCA DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA. DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DÉ PARACAS PISCO ICAPROCÉSÓ DE SELECCIÓN Ñ° 0Í-2Ó17-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N a 2923Ó

CAPITULO I GENERALIDADES

1.1. ENTIDAD PUBLICA CONVOCANTE

Nombre MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS

RUC N° 20162427301

Domicilio legal AV. LOS LIBERTADORES S/N URB. EL GOLF, PARACAS-PISCO-ICA.

Teléfono: 056-530630

Correo electrónico: : [email protected]

1.2. ANTECEDENTES

- Mediante ACUERDO DE CONCEJO N” 057-2016-CMP, la Entidad Pública priorizó el Proyecto.

- Mediante Resolución de Alcaldía N° 45-2017-MDP/ALC, de fecha 10 de enero de 2017, se designó a los miembros del Comité Especial responsables del proceso de selección de la Empresa Privada que será responsable del financiamiento y ejecución del Proyecto.Medíante Resolución N° 142-2017-ALC de fecha 22 de Marzo de 2017, se aprobó las Bases del presente proceso de selección

- Informe Previo N° 00009-2017-CG/PREV de fecha 23 de enero de 2017, emitido por la Contraloría General de la República, cuyas recomendaciones han sido debidamente implementadas por la Entidad Publica, antes de la Convocatoria del presente proceso de selección.

IMPORTANTE:

. Cuando se trate de Entidad Pública del Gobierno Nacional indicar númeroy fecha del documento donde consta la opinión previa de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, respecto de la Disponibilidad Presupuesta! que tiene la Entidad Pública para el financiamiento y ejecución del Proyecto así como el número y fecha del documento donde consta la Certificación PresupuestaI otorgada po r la oficina de presupuesto de la Entidad Pública.

1.3. OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN

El objeto del proceso es seleccionar a la(s) Empresa(s) Privada(s) que será(n) responsable(s) del financiamiento y ejecución del Proyecto de Código SNIP N° 342117, denominado MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LAI E.I. N 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA., (en adelante EL PROYECTO), en el marco del mecanismo previsto en la Ley N° 29230, la Ley N° 30264 y su Reglamento, y según los Términos de Referencia (Anexo N° 4) y al estudio de preinversión que sustenta la declaratoria de viabilidad del Proyecto, conforme al SNIP (Anexo N° 8)

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS-PISCO-ICAPROCESÓ DE SELECCIÓN N° Ó1-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N° 29230

En todos los casos, los Estudios Definitivos que elabore la Empresa Privada seleccionada deben guardar plena coherencia con los objetivos, alcances y parámetros que sustentan la viabilidad del Proyecto.

Pueden participar empresas privadas en Consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente. Para tal efecto, es necesario acreditar la existencia de una promesa formal de Consorcio, la que se perfeccionará antes de la suscripción del Convenio de Inversión, en la que se consigne a todos y cada uno de los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del Consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (Formulario N° 1 del Anexo N° 11)

1.4. MONTO TOTAL DE INVERSIÓN REFERENCIAL

El Proyecto tiene un Monto Total de Inversión Referencial de SI. 1'788,900.40 (Un Millón Setecientos Ochenta y Ocho Mil Novecientos con 40/100 Soles) que incluye los costos de supervisión que ascienden a SI. 60,000.00 (Sesenta Mil con 00/100 Soles).

El Monto Total de Inversión Referencial señalado en los párrafos precedentes se expresa a precios de mercado conforme a las disposiciones del SNIP. El referido precio de mercado comprende los impuestos de Ley y los demás indicados en las Bases, incluido el Impuesto General a las Ventas.

IMPORTANTE:

- Cuando el proceso se desarrolle en el marco de la Novena Disposición Complementaria y Final del Reglamento, en estas Bases debe especificarse tanto e l Monto de Inversión Referencial de cada Proyecto como el Monto Total de Inversión Referencial del proceso de selección.

1.5. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El Proyecto se ejecutará mediante el sistema de SUMA ALZADA.

1.6. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

Los sobres deben ser presentados al Comité Especial cerrados y claramente marcados en el anverso, indicando el número de sobre que le corresponde así como el nombre del Postor, en cada uno de ellos, con los siguientes rotulados:

SOBRE N° 1: CREDENCIALES

SeñoresMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACASDirección. Av. Los Libertadores S/N Urb. El Golf, Paracas-Pisco-lca.Atte. Comité Especial - Ley N* 29230/ Ley N° 30264 Proceso de Selección N° 01-2017-MDP/CE Objeto del Proceso.-Selección de la Empresa Privada para el financiamiento y ejecución del Proyecto:

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACÂS-PISCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N° 29230

MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. N 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA. CÓDIGO SNIP 342117. SOBRE N* 1: CREDENCIALESNOMBRE / DENOMINACIÓN SOCIAL / RAZÓN SOCIAL DE POSTOR N° DE FOLIOS DE C/EJEMPLAR [.......... ]

SOBRE N° 2: PROPUESTA TÉCNICA

SeñoresMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACASDirección. Av. Los Libertadores S/N Urb. El Golf, Paracas-Pisco-íca.Aüe. Comité Especial Ley N° 29230/ Ley Np 30264 Proceso de Selección N° 01-2017-MDP/CE Objeto del Proceso.-Selección de la Empresa Privada para eí financiamiento y ejecución del Proyecto: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. N 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA. CÓDIGO SNIP 342117. SOBRE N° 2: PROPUESTA TÉCNICANOMBRE / DENOMINACIÓN SOCIAL / RAZÓN SOCIAL DE POSTOR N° DE FOLIOS DE C/EJEMPLAR [ ............]

SOBRE N° 3: PROPUESTA ECONÓMICA

SeñoresMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACASDirección. Av. Los Libertadores S/N Urb. El Golf, Paracas-Pisco-lca.Alte. Comité Especial Ley N° 29230/Ley N° 30264 Proceso de Selección N° 01-2017-MDP/CE Objeto del Proceso.-Selección de la Empresa Privada para el financiamiento y ejecución del Proyecto: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. N 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA. CÓDIGO SNIP 342117. SOBRE N° 3: PROPUESTA ECONÓMICANOMBRE / DENOMINACIÓN SOCIAL / RAZÓN SOCIAL DE POSTOR N° DE FOLIOS DE C/EJEMPLAR [............j

1.7. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES

Los participantes tienen el derecho de recabar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar S/. 13.00 (Trece con 00/100 Soles) en Caja de la Municipalidad y se le otorgará copia de la reproducción de las bases en la Sub Gerencia de Logística y Patrimonio.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PÁPACAS-PISCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N° 29230

ANEXOS DE LAS BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE LA EMPRESA PRIVADA PARA EL

FINANCIAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA EN EL MARCO DE LA LEY N°

29230 Y EL ARTÍCULO 17 DE LA LEY 30264

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DÉ PÁRÁCÁS-PISCO-ICÁPROCESÓ DÉ SÉLECCIÓN N° Ói-2017-MDP/CÉ PRIMERA CONVOCATORIA LEY N '29230

ANEXO N” 1

DEFINICIONES

Adjudicatario: Es el Postor que resulte favorecido con la adjudicación de la Buena Pro de este proceso de selección.

Adjudicación de la Buena Pro: Es el acto por el cual se otorga la Buena Pro.

Bases: Están constituidas por el presente documento (incluidos sus formularios y anexos) y las Circulares, los mismos que fijan los términos bajo los cuales se desarrolla el presente Proceso de Selección.

Circulares: Son las directivas emitidas por escrito por el Comité Especial con el fin de aclarar, interpretar, completar o modificar el contenido de las presentes Bases, sus anexos, de otra Circular o para absolver las consultas formuladas por quienes estén autorizados para ello, conforme a estas Bases.

Las Circulares forman parte integrante de las Bases.

Credenciales: Son los documentos que un Postor debe presentar en el Sobre N° 1, de acuerdo con el Anexo N° 3.

Comité Especial: Es el responsable de la organización y conducción del proceso de selección de la Entidad Pública, conforme a las formalidades establecidas en la Ley N° 29230, la Ley N° 30264 y su Reglamento, cuyos miembros son designados por resolución por el Titular o funcionario delegado.

Consorcio: Es la agrupación de una persona jurídica con una o más personas jurídicas que carece de personería jurídica independiente a la de sus miembros y que ha sido conformada con la finalidad de participar en el Proceso de Selección; y, de resultar Adjudicatario, el financiamiento del Proyecto.

Control Efectivo: Se entiende que una persona jurídica, sola o en conjunto con otra, ostenta(n) el control efectivo de una persona jurídica o está(n) sometida(s) a control común con ésta cuando:

a) Posee(n) de manera directa o indirecta, más del cincuenta por ciento (50%) de su capital social con derecho a voto; o

b) Posee(n) de manera directa o indirecta, una representación en su directorio u órgano equivalente superior al cincuenta por ciento (50%) de sus integrantes; o

c) Por cualquier otro mecanismo o circunstancia (contractual o no) controla(n) el poder de decisión de la otra empresa de manera efectiva.

Convenio de Inversión: Convenio de Inversión Pública suscrito entre la Empresa Privada seleccionada y la Entidad Pública, conforme al ANEXO N° 6

Calendario: Es la secuencia temporal de actos que se desarrollan durante el presente Proceso de Selección y que aparece en el Anexo N° 2 de las presentes Bases.

Empresa Afiliada: Una persona jurídica será considerada afiliada de otra cuando el Control Efectivo de tales empresas se encuentre en manos de la misma Empresa Matriz o de una Empresa Subsidiaria.

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Empresa Ejecutora: Es la persona jurídica que elabora el Estudio Definitivo, ejecuta el proyecto y/o realiza el mantenimiento del Proyecto. La Empresa Ejecutora deberá celebrar un contrato de construcción con la Empresa Privada seleccionada, asumiendo responsabilidad solidaria en la ejecución de las obras que comprende el Proyecto; copla de dicho contrato será presentado a la Entidad Pública por la Empresa Privada adjudicataria antes de la firma del Convenio de Inversión.

Empresa Matriz: Es aquella persona jurídica que, sola o en conjunto con otra, posee(n) el Control Efectivo de otra persona jurídica. También está considerada en esta definición aquella empresa que posee el Control Efectivo de una Empresa Matriz, tal como ésta ha sido definida y así sucesivamente.

Empresa Privada: Empresa o Consorcio Adjudicatario que financia el Proyecto acogiéndose a los dispuesto en la Ley N° 29230, Ley N” 32064 y su Reglamento. También se consideran Empresas Privadas a las sucursales de sociedades constituidas en el extranjero. La Empresa Privada también pueden ser la ejecutora del Proyecto, de conformidad con los dispuesto en el artículo 2 de la Ley N" 29230.

Empresa Subsidiaria: Es aquella persona jurídica donde el Control Efectivo está en . manos de una Empresa Matriz. También está considerada en la presente definición aquella persona jurídica en la que el Control Efectivo está en manos de una Empresa Subsidiaria, tal como ésta ha sido definida, y así sucesivamente.

Empresas Vinculadas: Son aquellas personas jurídicas vinculadas entre sí a través de la relación de una Empresa Matriz con una Empresa Subsidiaria (o viceversa) o entre una Empresa Afiliada y otra Empresa Afiliada, de acuerdo a lo que resulta de las definiciones pertinentes.

Entidad Privada Supervisora: Persona natural o jurídica contratada para supervisar la ejecución del Proyecto. Tratándose de personas jurídicas, ésta designará a una persona natural como supervisor permanente de la obra.

Entidad Pública: Para efectos de las presentes Bases, se entiende por Entidad Pública al Gobierno Regional, Gobierno Local, Universidad Pública o Entidad del Gobierno Nacional que en el marco de sus competencias ejecute un PIP conforme a las normas del SNIP dentro de los alcances de la Ley N° 29230, la Ley N° 30264 y su Reglamento.

Expresión de Interés: Es el documento que remiten los interesados al Comité Especial a efectos de participar en el Proceso de Selección, de acuerdo al formato adjunto al documento de la Convocatoria.

Fecha de Cierre: Es el día y hora que serán comunicados por el Comité Especial para llevar a cabo los actos establecidos en el Apartado 3.1 de la Sección General de estas Bases, incluyendo la suscripción del Convenio de Inversión.

PROINVERSIÓN: Agencia de Promoción de la Inversión Privada.

Postor: Es la empresa o Consorcio que ha presentado su Expresión de Interés para encargarse del financiamiento y ejecución del Proyecto.

Propuesta Económica: Documento que contiene la oferta económica, conforme a lo establecido en los Apartados 1.8 y 1.9 de la Sección General, el Anexo N° 3 y el Formulario N° 5 del Anexo N° 11 de las Bases.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS-PISCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N ' 29230

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DÉ PARACAS PISCO ICAPROCESO DE SELECCIÓN Ñ °0 Í-20 Í7 -h lD P /C E PRIMERA CONVOCATORIA LE Y N ° 29230

Propuesta Técnica: Es la documentación que debe presentar el Postor, de acuerdo a lo establecido en los Apartados 1,8 y 1.9 de la Sección General, y el Anexo N° 3 de las Bases.

Proyecto: Proyecto de Inversión Pública según definición contenida en la normativldad del SNIP.

Representante Legal: Es la persona natural designada por el Postor para llevar a cabo los actos referidos en las Bases.

SNIP: Sistema Nacional de Inversión Pública

Sobre N° 1: Es aquel que contiene las credenciales y documentos especificados en el Anexo N° 3 de las presentes Bases.

Sobre N° 2: Es el sobre que contiene la Propuesta Técnica conforme a los documentos especificados Anexo N° 3 de las presentes Bases.

Sobre N° 3: Es el sobre que contiene la Propuesta Económica conforme a la documentación indicada en el Anexo N° 3 de las presentes Bases.

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MUNJCÍPÁUDÁD DISTRITAL DE PARACÁS-PÍSCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2Ó17-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY Na 29230

ANEXO N° 2 CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Etapa Fecha

C onvocatoria y pub licac ión de Bases 24 -03-2017P resentac ión de E xpres iones de in te rés (*) Del 27 -03 -2017 Hasta 0 7 -04 ­

2017

P resentac ión de consu ltas y observac iones a las B ases (*)

Del 27 -03 -2017 H asta 07 -04 ­2017

A bso luc ión de consu ltas y o b se rvac io nes a las Bases

Del 10 -04-2017 Hasta 12 -04­2017

In tegrac ión de B ases y su pub licac ión en el P orta l Instituc iona l

17 -04-2017

20 -04-2017P resentac ión de P ropuestas, a través de los S obre N° 1, 2 y 3.E va luac ión y C a lificac ión de P ropuestas Técn ica y E conóm ica

Del 21 -04 -2017 H asta 21 -04 ­2017

R esu ltados de la E va luación y C a lificac ión de las P ropuestas y O to rgam ien to de Buena ProS uscripc ión de l C onven io en tre la Entidad P ública y la E m presa P rivada

21 -04-2017

28 -04-2017

*En la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentarlo) primer piso en ¡a Av. Los Libertadores S/N Urb. el Golf, Paracas-Pisco-lca, en el siguiente horario de 8:00 am a 16:00 horas, de lunes a viernes.

El Comité Especial puede prorrogar los plazos previstos en el Calendario del proceso de selección; y, asimismo, sin expresión de causa puede suspender el proceso de selección, si así lo estimare conveniente, sin incurrir en responsabilidad alguna como consecuencia de ello. Asimismo, a solicitud de la Entidad Pública puede cancelar el proceso, aún luego de adjudicada la Buena Pro y hasta antes de la fecha prevista para el cierre.

IMPORTANTE:- El Calendario está sujeto a cuantas Empresas Privadas presenten su

Expresión de Interés. Cuando se presente más de una Expresión de Interés, e l calendario podrá ser prorrogado en la etapa de integración de Bases, conforme a lo previsto en los numerales 16.9 y 16.10 del artículo 16 del Reglamento.

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municipalidad distrital dé paracás-pisco -icAPROCESÓ DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N’ 29230

ANEXO N° 3

CONTENIDO DE LOS SOBRES

CONTENIDO DEL SOBRE N° 1

Sobre N° 1: Credenciales

1. Requisitos Legales:

- Copia simple del documento constitutivo del Postor. En caso se trate de un Consorcio, se requerirá copia simple del documento constitutivo de las empresas que integran el Consorcio. Alternativamente al documento constitutivo de la Empresa Privada o de los integrantes del Consorcio, se aceptará copla del Estatuto vigente, sea de la persona jurídica o de los integrantes del Consorcio.

En el caso de Consorcio, deberá presentarse una Declaración Jurada firmada por los representantes legales que lo integran, conteniendo la promesa formal de Consorcio y el compromiso de formalizar dicha promesa en caso de obtener la Buena Pro, así como la solidaridad de los integrantes respecto de las obligaciones asumidas y declaraciones juradas presentadas. Esta Declaración Jurada deberá ser redactada conforme al modelo que aparece como Formulario N° 1 del Anexo N° 11. El Consorcio deberá quedar constituido a la Fecha de Cierre.

Declaración Jurada conforme al modelo que aparece como Formulario N°2 del Anexo N° 11, firmada por los representantes legales de los integrantes del Consorcio, indicando el porcentaje de participación de cada uno de ellos en el financiamiento y ejecución del Proyecto.

Declaración Jurada conforme al modelo que aparece como Formulario N°3 del Anexo N° 11 firmada por los representantes legales de los integrantes del Postor y, de ser el caso, los representantes legales de los integrantes del Consorcio.

Copia simple de los documentos que acrediten las facultades del Representante Legal del Postor: en caso se trate de Empresa extranjera que va invertir en el Perú, documento que acredite a los representantes legales en el Perú

2. Información Financiera:

- Los Postores y, en caso de Consorcio, las empresas integrantes, deberán presentar la Carta respecto de sus Estados Financieros, correspondientes a los últimos 3 ejercicios. Adjuntar copia de la última Declaración Jurada presentada a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaría (SUNAT).

- Declaración Jurada en la que el Postor indique que cuenta con un patrimonio neto por un valor superior a los SI. 1788,900.40 (Un Millón Setecientos Ochenta y Ocho Mil Novecientos con 40/100 Soles).

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Mu n ic ip a l id a d d is t r it a l d e p a r a c a S-p is c o -icáPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEYN’ 29230

Se considera Patrimonio Neto:

a) En el caso de una persona jurídica, su patrimonio neto calculado en su último Balance General.

b) En el caso de un Consorcio, se puede considerar a la suma de los patrimonios netos prorrateados de cíK.'a uno de los integrantes.

3. Carta de Presentación de Información Financiera y Técnica: Conforme al Formulario N° 4 del Anexo N° 11, firmada en original por el Representante Legal cuyas firmas deben ser legalizadas por Notario Público o Juez de Paz.

CONTENIDO DEL SOBRE N° 2

Sobre N° 2: Propuesta Técnica

1. Documentación que acredite experiencia en ejecución de obras en general ejecutados en los últimos [DIEZ (10)] años y experiencia en obras similares ejecutados en los últimos [DIEZ (10)] años. Se consideran obras similares a la ejecución de proyectos de naturaleza semejante al objeto de Convocatoria que se desea contratar, es decir, está referido a proyectos de Ampliación, Mejoramiento o Construcción de Edificaciones, Pública o Privada, Instituciones Educativas, Centros de Salud, Hospitales, Locales comunales, en donde se incluyan lo que indica el perfil del Proyecto de Inversión Pública.

La experiencia podrá ser acreditada a través del Postor, por uno o más integrantes en el caso de Consorcio, por una Empresa Vinculada o por una Empresa Ejecutora especializada que será contratada por el Adjudicatario, durante todo el periodo de ejecución del Proyecto. En cualquiera de los casos la(s) Empresa(s) Ejecutora(s) deberá(n) acreditar también estar inscritas en el Registro Nacional de Proveedores del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), según los registros que correspondan.

2. Acreditar el cumplimiento de Requisitos Mínimos establecidos en los Términos de Referencia.

3. En caso se acredite el requisito a través de una Empresa Ejecutora contratada, distinta a la Empresa Privada, el Postor debe presentar el Formulario N° 6 del Anexo N° 11, mediante el cual manifieste que de resultar favorecido con la Adjudicación de la Buena Pro, se compromete a contratar como ejecutora del Proyecto a la empresa cuya experiencia acreditó en el Sobre N° 2, bajo apercibim iento de perder automáticamente la Buena Pro en caso de incumplimiento.

La Empresa Ejecutora será solidariamente responsable con el Adjudicatario por la prestación de los servicios a su cargo. En este caso, la Empresa Ejecutora y el Postor deberán adjuntar el Formulario N° 7 del Anexo N° 11 debidamente suscrito.

La Propuesta Técnica será evaluada por el Comité Especial, tendrá el carácter de vinculante. Las propuestas que se presenten de manera incompleta quedarán eliminadas.

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MÍJNICIPAI ¡DAD DISTRITAL DÉ PARACAS PISCO ICAPROCESO DE SELECCIÓN N ó 01-2017-MDP/CÉ PRIMERA CONVOCA TORÍÁ LEY N ’ 29230

CONTENIDO DEL SOBRE N° 3

Sobre N° 3: Propuesta Económica

La Propuesta Económica será presentada según el Formulario N° 5 del Anexo N° 11 de las presentes Bases.

Cada Propuesta Económica deberá permanecer vigente, cuando menos hasta sesenta (60) días hábiles después de la Fecha de Cierre, aun cuando no hubiera sido declarada ganadora. Quedará sin efecto toda Propuesta Económica que tuviese una vigencia menor. El Comité Especial podrá disponer la prórroga obligatoria de las Propuestas Económicas.

A los efectos de este Proceso de Selección, la presentación del Sobre N° 3 por parte de un Postor constituye una Propuesta Económica irrevocable por la materia de este proceso. Una Propuesta Económica implica el sometimiento del Postor a todos los términos y condiciones, sin excepción, del Convenio de Inversión y de la carta de presentación de su Propuesta Económica.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS-PISCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CÉ PRIMERA CONVOCATORIA LEY N" 29230

ANEXO N° 4

TÉRMINOS DE REFERENCIA

1. CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO

El Proyecto se encuentra localizado en EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA.

2. DESCRIPCION DEL PROYECTO

El Proyecto con Código SNIP N° 342117, denominado MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. N 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA, pretende solucionar inadecuadas condiciones de prestación del servicio Educación Inicial, El Proyecto se desarrollará en el área ubicada en ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA, cuyo terreno está libre y disponible, de acuerdo a la Declaración Jurada (Anexo N° 10).

El Monto Total de Inversión Referencial del proyecto, asciende a SI. 1 '788,900.40 (Un Millón Setecientos Ochenta y Ocho Mil Novecientos con 40/100 Soles) que Incluye los costos de supervisión que ascienden a SI. 60,000.00 (Sesenta Mil con 00/100 Soles).

El Proyecto tiene un plazo de ejecución de Noventa (90) dias calendario plazo que no incluye liquidación de la obra.

El Proyecto se ejecuta en el marco del mecanismo previsto en la Ley N° 29230, la Ley N° 30264 y su Reglamento, a SUMA ALZADA.

Asi también, el Proyecto a ejecutar tiene como metas físicas conforme al expediente Técnico aprobado.

• M etas físicas

El proyecto plantea la Instalación de los servicios de la Institución Educativa en Inicial,

Primaria y Secundaria.

...... . . : I ....‘ .............. - ' . ...... . ............. '• ■ ■■ : I..!'.3?..---*, " : ■

i INFRAESTRUCTURA Global 1

2MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO f)E AULAS Y

AMBIENTESGlobal 1

o Com ponentes de las Metas Físicas del Proyecto

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS-PISCO-ÍCÁPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA L E Y Ñ ’ 2923Ó

m smSUB. COMPONENTE DESCRIPCION DE LA META PISOS N iveles

AREA(M 2)

A R E A /m odu lo(M 2)

MODULO 0102 Aulas de in ic ia l c /depósito + SS.HII.+ 01 Dirección + 01 sala de profesores + 01 almacén + 01 secretaria + 01 escalera tipo 1

1er Piso 167.88214.04

2M -l 2do Piso 46.16

MODULO 02

M-201 Aula de In ic ia l + 01 Aula de Psicomotricidad + 01 Tópico + 01 Cocina

1er Piso 207.46 207.46

u AMPLIACION DE Ampliación de aulas 1 1er Piso 46.51àu.z

AULAS Y SS.HH. Servicios Higiénicos 1 1er piso 7.83

ou

OBRAS EXTERIORES01 Patio de form ación + Veredas + Asta de

Bandera + Áreas verdesAREA 774.00 774.00

zzoa.

CORERTURA DE ALU7.INC

Cobertura de ALUZ1NC con estructura metálica sobre pa tio de form ación y área de juegos infantiles

AREA 774.00 774.00

O PORTADA DEINGRESO Portada de ingreso según diseño LONG. 5.05 mi 5.95 m i

PRINCIPAL

MONTO TOTAL DE INVERSIÓN REFERENCIAL DEL PROYECTO:

“MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. N 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS- PISCO-ICA. CÓDIGO SNIP 342117”

RESUMEN DEL PRESUPUESTO REFERENCIAL

RUBRO SICOSTO DIRECTO 1'210,282.45GASTOS GENERALES (10%) 121,028.25UTILIDAD (5%) 60,514.12SUB TOTAL 1'391,824.82IMPUESTO I.G.V. (18%) 250,528.47PRESUPUESTO BASE 1 '642,353.29MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO 81,547.11CAPACITACIÓN 5,000.00TOTAL PRESUPUESTO DE OBRA 1 '728,900.40COSTO DE SUPERVISIÓN 60,000.00PRESUPUESTÓ TOTAL REFERENCIAL 1 788,900.40

(*) No Incluye intereses, ni costos financieros de carta fianza de adelanto directo o adelanto de materiales, ni costos de financiamiento a favor de la Empresa Privada y/o Empresa Ejecutora del PIP.

3. FINANCIAMIENTO DEL SERVICIO DE SUPERVISIÓN

El costo de contratación del servicio de supervisión de la Entidad Privada Supervisora es financiado por la Empresa Privada con cargo a ser reconocido en el CIPRL, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 del Reglamento. La periodicidad de pago de los servicios de supervisión será determinada en el Convenio de Inversión.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACÁS-PISCO-ICAPr o c e s o d e s e l e c c ió n n ° q i-2017-m d p /c e p r im e r a c o n v o c a t o r iA l e y n °29230______ ________

En caso de mayores prestaciones del servicios de supervisión producto de variaciones o modificaciones del Proyecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110 del Reglamento, los costos adicionales de supervisión del Proyecto por parte de la Entidad Privada Supervisora son financiado por la Empresa Privada.

4. FORMULA DE REAJUSTE

La fórmula o fórmulas polinómicas debe ser recogida en el Expediente Técnico aprobado por la Entidad Pública que será parte del Convenio de Inversión.

Fórmula Pelinc-mics

0308510 MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA I.E.l. N:210 EN EL AA.HH. SANTA CRUZ ZONA A DISTRITO DE PftRACAS-FISCO-ICfl

001 [íEJORAHENTODEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA I.E.l. N110ENEL AA.HH. SANTA CRUZ ZONA A DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA

02-DS'20ie

NUEVOS SOLES

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5. SOBRE LA EXPERIENCIA TECNICA DE LA EMPRESA EJECUTORA

Documentación relativa a los factores de evaluación

La experiencia en ejecución de obras en general ejecutadas en los últimos diez (10) años y la experiencia en obras similares ejecutados en los últimos diez (10) años se acredita con Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total.

Se consideran obras similares a la ejecución de obras de naturaleza semejante a la que se desea contratar, es decir, está referido a Ampliación, Mejoramiento o Construcción de Edificaciones, Pública o Privada, Instituciones Educativas, Centros de Salud, Hospitales y Locales comunales.

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MUNÍCJPAIIDAD DISTRITAL. DÉ PARACAS PISCO ICAPROCÉSO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LE Y N ° 2S23Ó

Los Postores deberán contar con registro vigente en el Registro Nacional de Proveedores (Registro de Ejecutores de Obras).

Los documentos que sustentan la experiencia en ejecución de proyectos en general pueden usarse para sustentar la experiencia en proyectos similares, o viceversa.

Personal Profesional Propuesto

El Personal profesional mínimo a proponer es el siguiente:

1) Ingeniero Residente de Obra.2) Ingeniero Asistente de Obra.3) Ingeniero Civil Especialista en Estructuras.4) Ingeniero Civil Especialista en Seguridad.

La experiencia del personal profesional propuesto para la ejecución de la obra, se acredita con copias simples de los contratos suscritos con el empleador o contratante o copias simples de las constancias de trabajo o certificados de trabajo, así como copias simples de las actas de recepción y conformidad de la obra ejecutado donde participaron como Ingeniero Residente de Obra, Asistente de Obra, Especialista en Estructuras, Especialista en Seguridad. Así también, se debe presentar copia simple del currículum vitae, Declaración Jurada de estar habilitado para el ejercicio de sus funciones y carta de compromiso.

Requisitos mínimos del personal profesional

ProfesionalN°

N° Puesto Requisito Mínimo /Experiencia

Colegiado y habilitado:

IngenieroCivil

1 Residente de Obra

- Sustentar como mínimo [12] meses como Residente y/o Supervisor y/o Inspector en la ejecución de obras similares.

IngenieroCivil

1 Asistente de Obra

Colegiado y habilitado:- Contar con experiencia mínima de

doce (12) meses como Residente y/o Asistente de Residente y/o Supervisor y/o Asistente de Supervisor y/o Inspector y/o Asistente de Inspector en la ejecución de obras similares.

IngenieroCivil

1 Especialista en Estructuras

Colegiado y habilitado:- Contar con experiencia mínima de

doce (12) meses en la Ejecución y/o Supervisión de Obras Similares en calidad de Especialista en Estructuras.

IngenieroCivil 1

Especialista en Seguridad

Colegiado y habilitado:- Contar con experiencia mínima de

doce (12) meses en la Ejecución y/o Supervisión de Obras Similares en

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m u n ic ip a l id a d D is tr it a l d é PARAcAs -p is c o -ic aPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEYN° 2923Ó

gestión de la seguridad y

salud laboral

calidad de Ingeniero especialista en seguridad y/o Ingeniero en gestión de la seguridad y salud laboral.

Maquinaria y Equipo Mínimo a Utilizar en la Ejecución del Provecto

El Postor deberá acreditar que cuenta cuando menos con la siguiente maquinaria y equipo para su utilización en la ejecución de la obra. Se sustentará la tenencia de los equipos y/o maquinaria (con dichas características), con Declaración Jurada inserta en la Propuesta Técnica.

Orden

1

2

Cantidad

" 02

RELACIÓN DE EQUIPO M ÍN IM O ....................

VOLQUETE DE 380 HP í 4 m3

CARGADOR FRONTAL S/LLÁÑTÁS 195HP01

3 03 MEZCLADORA DE CONCRETO 9-11 P3

4 01 COMPRESORA 350

5 01 MARTILLO NEUMATICO

6. SOBRE EL PRESUPUESTO DEL PROYECTO

El Monto Total del Presupuesto debe incluir todos los impuestos, tributos, gastos generales, utilidad, seguros, transporte, Inspecciones, pruebas, o cualquier otro concepto, de acuerdo al formato siguiente, el que no podrá tener borradura alguna, enmendadura o corrección, caso contrario se considerará como no presentado.

El Presupuesto del Proyecto que sustente la Propuesta Económica de cada postor, tendrá las características.

RESUMEN DEL PRESUPUESTO REFERENCIAL

RUBRO SI.COSTO DIRECTO 1'210,282.45GASTOS GENERALES (10%) 121,028.25UTILIDAD (5%) 60,514.12SUB TOTAL 1'391,824.82IMPUESTO I.G.V. (18%) 250,528.47PRESUPUESTO BASE 1'642,353.29

........... 81,547'11MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTOCAPACITACIÓN 5,000.00TOTAL PRESUPUESTO DE OBRACOSTO DE SUPERVISIÓN

1728,900.4060,000.00

PRESUPUESTO TOTAL REFERENCIAL 1 788,900.40

(*) No incluye intereses, ni costos financieros de carta fianza de adelanto directo o adelanto de materiales, ni costos de financiamlento a favor de la Empresa Privada y/o Empresa Ejecutora del PIP.

7. CRONOGRAMA DE CONSTRUCCIÓN.Una vez definida la fecha de inicio de obra, la Empresa Privada deberá presentar al Supervisor el Cronograma de Construcción adecuado a dicha fecha de inicio, concordado con un diagrama

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARÁCÁS-PISCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N° 29230

PERT a CPM y un Plan General de los trabajos a ejecutar para su aprobación. En estos documentos se indicará claramente las fechas fundamentales secuencia de la Obra, métodos constructivos, rendimientos asumidos, protocolo de pruebas y todos los demás datos necesarios para la correcta y oportuna ejecución y control de la Obra. Conjuntamente con estos documentos la Empresa Privada deberá entregar el Cronograma de empleo de personal, por categorías con indicación expresa del uso del personal de la zona, el Cronograma de utilización de equipos y materiales, el Cronograma del suministro, preinstalación, instalación y puesta en funcionamiento de los equipos vinculados a la obra y en general de todos los trabajos y actividades definidos dentro de los términos contractuales.

Una vez aprobados el Cronograma de Construcción y el Plan General de los Trabajos por la ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA, serán considerados como documentos contractuales e inmersos dentro de los documentos del Expediente Técnico. La presentación de los documentos mencionados y su aprobación, no exonerara a la Empresa Privada de ninguna de sus obligaciones ni responsabilidades emanadas del Contrato.

8- INGENIERO RESIDENTE DE OBRAEl Ingeniero Residente de Obra representa a la Empresa Privada y todas las instrucciones que le fueran impartidas, serán consideradas como dadas a él. Tendrá plenos poderes para representarlo y llevar el manejo contractual y logístico del Contrato hasta su Liquidación.

El Ingeniero Residente de Obra será la única persona autorizada por la Empresa Privada para hacer las anotaciones en su nombre en el Cuaderno de Obra, tendrá suficiente autoridad para representarlo y actuar por él durante la ejecución de los trabajos en el sitio de la Obra.

El Ingeniero Residente deberá recibir y atender debidamente las órdenes, instrucciones, observaciones, objeciones, sugerencias, cualquier otra intervención del Supervisor de Obra.

9* ASPECTOS CONSTRUCTIVOS DE LA OBRA Aspectos GeneralesLos trabajos se ejecutaran de acuerdo a lo señalado en las Bases integradas, Requerimiento, Expediente Técnico aprobado.

Suministro de Materiales, Equipos de Construcción y PersonalLa Empresa Privada deberá suministrar todos los materiales de Obra y personal para la construcción de la Obra, así como todos los demás insumos que se necesiten para la construcción de la Obra.

Laboratorio de Ensayo de Materiales, (de ser el caso)La Empresa Privada efectuara los análisis y ensayos necesarios para el control de la Obra de acuerdo al Expediente Técnico aprobado, y según sea solicitada por ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA. No se admitirán pruebas conjuntas, ni que la Entidad Privada y la ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA contraten Laboratorios de una misma Institución.

La Entidad Privada deberá suministrar, libre de costo para la Entidad todos los materiales de consumo, la mano de Obra auxiliar y los transportes necesarios para la ejecución de tales pruebas.

Los ensayos se llevarán a cabo en Laboratorios de Instituciones Públicas o Privadas de reconocido prestigio y que cuenten con la aprobación previa de ia ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA.

10.INFORMES MENSUALES Y REUNIONESEn forma mensual la Empresa Privada entregará a la ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA en tres (3) copias, Informes de Avance en el que se detalle en general el estado de los trabajos, problemas surgidos, estadísticas de las Obras, número de personal, equipo, pagos y otros, cuya forma de presentación será acordada con el Supervisor.Se realizaran reuniones de coordinación sobre el estado situacional de ia Obra entre ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA y la Entidad Privada quien delegará un Representante a la asistencia y participación a dichas reuniones para tomar decisiones a la comunicación de la

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Entidad. La frecuencia de estas reuniones será definida por ia ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA.

El avance mensual de la Obra deberá quedar registrado en un álbum fotográfico, el que será confeccionado por la Empresa Privada. En este álbum debe mostrarse sobre todo el avance de las diferentes secciones de obra, así como detalles particulares del suministro.

El tamaño de las fotografías será de 15 x 9 cm. y contarán con una descripción en cada fotografía, debiéndose entregar a la Entidad un (1) original a color con dos (2) CD o USB, al final de la Obra.

11 .OBLIGACIONES DE LA EMPRESA PRIVADASin exclusión de las obligaciones que corresponden la Empresa Privada conforme a los dispositivos legales y que son inherentes como tal para la ejecución de Obra, la Empresa Privada tiene las siguientes obligaciones:

Ejecutar la obra de manera integral de acuerdo a los Planos, Especificaciones técnicas y en general a toda la documentación que conforma el Expediente Técnico, las bases integradas, oferta ganadora, y de conformidad con las Normas de construcción, Normas ambientales, Normas y Reglamentos para la Prevención de Riesgo (Seguridad), Medio ambiente y otras Normas aplicables, así como la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. Esta obligación implica la permanencia diaria e interrumpida del Residente en la Obra durante la ejecución de la misma.Ejecutar correctamente la obra, lo cual comprende la movilización y utilización de Equipos presentados en su oferta a la ENTIDAD, así como la adquisición de materiales e insumos adecuados para la ejecución de los trabajos, de acuerdo al Expediente Técnico aprobado, los Calendarios de Avance de Obra, respetando los materiales y equipos aprobados por la Entidad.

Efectuar detallada y oportunamente la medición y valorización de las cantidades de obra ejecutada, mediante la utilización de programas de cómputo, con el fin de contar con los metrados realmente ejecutados, correspondientes a cada una de las partidas conformantes del presupuesto de obra. La Entidad podrá verificar' en cualquier etapa las mediciones y valorizaciones reportadas, efectuando los descuentos correspondientes en caso de detectarse menores cantidades que las reportadas por la Empresa Privada pudiendo incluso ser causal de resolución de contrato la reiterada omisión de esta infracción.

Cumplir y hacer cumplir el Reglamento de Seguridad y las Normas de Prevención de riesgos Laborales y Salud Ocupacional a todo el personal directo e indirecto involucrado en la obra, y de toda persona que ingrese a la obra durante toda la etapa de ejecución de la misma, así

* como la Prevención de Riesgos y daños que se pueden producir a terceros durante la ejecución de la obra. El incumplimiento de esta obligación podrá ser causal de resolución contractual, sin perjuicio de la responsabilidad de la Empresa Privada por cualquier daño material y/o personal que ocasione.

Durante las etapas de la Obra tales como: Ejecución de obra y Recepción de Obra tomará en cuenta para dichas etapas: la conservación y medidas ambientales exigidas y descritas en el Estudio de Impacto Ambiental, del Expediente Técnico aprobado.

Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la Obra, la Empresa Privada se ajustará estrictamente a los plazos consignados en los Calendarios Valorizados de Avance de Obra y de Adquisición de Materiales que formarán parte del Contrato, respetando el Cronograma de Pagos establecido.

La Empresa Privada no podrá iniciar la ejecución de la Obra, si no ha sido abierto el Cuaderno de Obra. Con la apertura del Cuaderno de Obra la Empresa Privada se somete al seguimiento y control de la ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA, en todo lo que se refiere a la Obra.La Empresa Privada se obliga a cumplir con todos los procedimientos e instrucciones establecidos por la Entidad en lo que respecta al Medio Ambiente y a la Seguridad y Salud Ocupacional.

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MUNiCÍPAUDÁD DISTRITAL DE PARACAS PISCO ICAPROCESÓ DE SELECCIÓN N° 01-2ÓÍ7-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LE Y N " 29230

• PersonalLa Entidad Privada deberá indicar en su oferta ei nombre, documento de identidad y especialidad del profesional responsable que participará en la dirección y ejecución de la obra Residente de obra.La Entidad Privada deberá emplear personal técnico calificado, obreros especializados y demás personales necesarios para la correcta realización de los trabajos.La Empresa Privada tiene la obligación de reemplazar el personal no competente o no satisfactorio, de acuerdo a las órdenes de la ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA de Obra. La Empresa Privada tiene la obligación de suministrar a los trabajadores las condiciones más adecuadas de salubridad e higiene, así como dar el debido cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 29783 de Salud y Seguridad en el Trabajo y su Reglamento, así como el Decreto Supremo N° 001-98-TR, y sus normas complementarias y modificatorias.La Empresa Privada tiene la obligación de velar por la seguridad de los trabajadores durante la ejecución de todos y cada uno de los trabajos brindando el equipo y material necesario para tal efecto.La Empresa Privada no podrá modificar el listado de personal profesional designado a la obra y consignado en su propuesta sin el consentimiento previo y por escrito por la ENTIDAD.

• SeguridadLa Empresa Privada debe cumplir íntegramente con La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo vigente, con el personal que está laborando en los diferentes frentes de trabajo; así mismo, deberá garantizar que se adopten las medidas de seguridad necesarias en el entorno o perímetro, áreas de tránsito, cercado y delimitación de zonas de trabajo u otros que no puedan causar accidentes a terceros transeúntes, etc.Todo el personal de la Empresa Privada incluido los profesionales, previo al inicio de sus labores, deberá contar con su respectiva póliza de seguros contra todo riesgo y deberá portar y utilizar en todo momento su vestimenta o uniforme de trabajo, así como su equipo de protección personal (EPP).Durante el desarrollo de los trabajos, el personal técnico y profesional de la Empresa Privada guardará las medidas de seguridad, así mismo deberá portar uniforme nuevo y limpio con logotipo de su empresa, casco, botas, lentes industriales de acuerdo a las normas vigentes. ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA de Obra o la Entidad, tendrá la potestad de detener las labores en caso incumplan lo referido a seguridad, lo cual no será causal de ampliación de plazo de la obra Contratada.La Empresa Privada deberá cumplir con la normatividad legal sobre Seguridad y Salud Ocupacional; de aplicación en su actividad; Al respecto deberá dar estricto cumplimiento, bajo su responsabilidad en caso de inobservancia, de la normatividad referencial y sus modificaciones. La Empresa Privada deberá desarrollar las medidas adecuadas de seguridad y salud ocupacional a fin de garantizar la seguridad y salud del personal que intervenga en la actividad y preservar los bienes propios.Complementando las actividades programadas se tomarán las medidas de seguridad durante la ejecución de la obra, la misma que deberá ¡mplementarse de tal manera que se den todas las condiciones necesarias para evitar accidentes. Las medidas de seguridad deben abarcar desde las labores de difusión de los desvíos hasta los avisos preventivos en el sitio de la obra. Durante las diversas etapas de la construcción, las obras se mantendrán, en todo momento, en perfectas condiciones.

• Materiales.Todos los materiales y equipos destinados a la obra, deberán cumplir con las características técnicas exigidas en el Expediente Técnico aprobado y se podrán someter a los ensayos necesarios para verificar sus características.

La aprobación de los materiales y/o de los equipos por ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA de Obra no libera a la Empresa Privada de su responsabilidad sobre la calidad de los materiales y/o equipos.

• Equipos y maquinarías.

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Todos los equipos y maquinarias necesarios para la ejecución satisfactoria de los trabajos a realizar, deberán llevarse a la obra en forma oportuna y no podrán retirarse de la misma salvo autorización escrita del Supervisor de Obra, que no podrá negarla sin justa razón.La reparación por las pérdidas o daños causados a los equipos y maquinarias durante la ejecución de la obra, corren por cuenta y costo de la Empresa Privada.Si ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA de Obra demuestra que los equipos, maquinarias, herramientas son insuficientes o inapropiados para asegurar la calidad de la obra y el cumplimiento de los plazos, la Empresa Privada está obligado a efectuar enmiendas y/o adiciones necesarias, por su cuenta y costo.La Empresa Privada situará en la obra el equipo o maquinaria y medios auxiliares que sean precisos para la correcta ejecución de aquéllas en los plazos establecidos, y en todo caso, los equipos que se propusieron en las Bases integradas, en los mismos términos y detalle. Dichos equipos, adscritos a la obra, deberán estar en perfectas condiciones de funcionamiento, debiendo repararse inmediatamente los elementos averiados, y asumiendo la Empresa Privada la obligación de reemplazarlos cuando así lo ordene la ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA de obra.

12- RESPONSABILIDAD POR DAÑOSDaños a la Obra, a personas v a propietariosLa Empresa Privada es responsable y tiene la obligación de proteger los trabajos ejecutados contra daños, perdida de materiales y perjuicios ocasionados a la Obra, a las personas y a las propiedades de terceros incluyendo entre los terceros la Entidad y a cualquier persona contratada por ella en relación o no con la ejecución de la Obra, personal suyos, y que sean debido a actos, omisiones, accidentes de cualquier naturaleza incluyendo las causas de fuerza mayor o fortuitas, que se verifiquen durante la ejecución de la Obra y hasta la recepción de la misma.

Correrá por cuenta la Empresa Privada y de acuerdo a Ley, las lesiones o muerte del personal de la Empresa Privada y las pérdidas o daños que sufran los bienes materiales y que se produzcan durante el periodo de cumplimiento del Contrato o como consecuencia del mismo y que no constituyan riesgos de excepción.

Después de la Recepción de Obra ésta quedará bajo la responsabilidad de la Entidad, salvo las anteriores responsabilidades de la Empresa Privada según lo establecido por el Artículo 40° de la Ley de Contrataciones del Estado además, se debe cumplir lo dispuesto en los numerales 2) y 3) del artículo 1774 del Código Civil.

■ Indemnizaciones requeridas por la EntidadLa Empresa Privada cubrirá a la Entidad y a cualquier persona contratada por ésta en relación con la ejecución de la Obra, de cualquier reclamación o pedido de indemnización de los obreros de la Empresa Privada que surja o este amparado por las leyes sociales, así como también para las otras leyes, estatutos, ordenanzas, reglamentos, órdenes, decretoso resoluciones.

■ Protección y Restauración de PropiedadesLa Empresa Privada no entrará en propiedad ajena sin obtener los correspondientes permisos; será responsable por el cuidado de toda propiedad pública y privada de posible

, afectación por la Obra, y usará todas las precauciones razonables para impedir daño o desperfectos a ellas.

Cuando o donde hubiera daño o desperfectos por acto imputable la Empresa Privada, a la propiedad privada o pública, tendrá la obligación de reparar a su costo las propiedades dañadas hasta ponerlas en condición similar o igual a la que tenía antes de dañarlas, o de compensar los daños tan pronto como sea posible.

■ Informe de Accidentes y/o de Acciones JudicialesLa Empresa Privada dará aviso inmediato, dentro de un máximo de veinticuatro (24) horas de cualquier accidente o hecho que se produjera durante la ejecución de la Obra, que determine perjuicios a terceros y/o a las propiedades o pudiera ocasionar daño a las mismas. Dicho aviso será complementado presentando al Supervisor de Obra, dentro de los

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tres (3) días del suceso, un informe escrito completo y preciso de ios hechos.

13- SEGUROS■ Seguros por accidentes: a cargo de la Empresa Privada póliza permanente que cubra

contra accidentes provenientes del trabajo durante la ejecución del Contrato a todo su personal. Deben mantenerse vigentes desde el inicio de los trabajos hasta la culminación de los mismos, incluyendo el lapso comprendido hasta la recepción final de la Obra.

14. MANO DE OBRA■ Contratación de Personal

La Empresa Privada tomara las providencias relativas a la contratación, alojamiento, transporte, alimentación, pago de salarios y beneficios sociales de sus trabajadores, sean estos locales o extranjeros, en tanto sea necesario, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

■ Legislación de T rab a joLa Empresa Privada deberá respetar las disposiciones vigentes de la legislación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de todo el personal a su cargo para la ejecución de la Obra. La ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA verificará su cumplimiento.

15 EQUIPOS, MATERIALES• Equipos de Construcción

La Empresa Privada entregará antes del inicio de los trabajos, para aprobación la ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA de Obra, un Cronograma de Utilización de los Equipos ofertados otros que fueran necesarios a criterio de la ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA, para cumplir con el cronograma de Obra, en el que deberá estar claramente indicado el tipo, la cantidad y plazos de los diferentes equipos a ser utilizados en la Obra.

• Calidad de los Materiales v Ensayo de los mismosTodos los materiales y la calidad de los servicios deberán estar de acuerdo a las Especificaciones Técnicas en el Expediente Técnico aprobado por la Entidad, sin perjuicio de ello, sujeto a la fiscalización de la Entidad Privada Supervisora. Tales materiales y servicios serán objeto de las pruebas de calidad que la Entidad Privada Supervisora determine bien sea en el local de fabricación en el sitio de Obra o en ambos.La Empresa Privada deberá a su propio costo obtener las muestras de materiales antes de que ellas sean incorporadas a la Obra para ser sometidas a ensayos conforme a las instrucciones que imparte la Entidad Privada Supervisora. Las inspecciones y/o pruebas que realice la Entidad Privada Supervisora no relevarán a la Empresa Privada de cualquiera de sus obligaciones previstas en el convenio y la ejecución de la Obra.

• Cartel de ObraLa Empresa Privada asumirá el costo del Cartel de la Obra, que será uno (01) como mínimo. En dicho Cartel de Obra se colocarán el nombre de la Obra con las características que indican en el expediente técnico aprobado.

16. SUPERVISION DE LAS OBRASLa Entidad Privada Supervisora con autorización de la Entidad cuando lo considere necesario, podrá ordenar la suspensión o intervención parcial o total de la Obra conforme la normativa vigente, decisión que será impartida mediante orden escrita, causados por: s Trabajos defectuosos o no autorizados. s Negligencia cometida por la Empresa Privada. s Atrasos en la ejecución de la Obra. s Causa prevista en el Contrato.

Que a criterio de la Entidad Privada Supervisora de Obra sea necesario para la correcta ejecución de la Obra, o en razón de condiciones meteorológicas o de otra naturaleza que afecten la seguridad o calidad de la Obra.

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La ampliación de plazo convenido procede por cualquiera de las siguientes causales, siempre que modifiquen la ruta crítica del programa de ejecución del Proyecto vigente al momento de la solicitud de ampliación:

a. Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles a la Empresa Privada.b. Cuando sea necesario un plazo adicional para la ejecución de los mayores trabajos de obra. En este caso, la empresa amplía el plazo de la garantía que hubiere otorgado.c. Otras causales previstas en el Convenio.

Para que proceda la ampliación de plazo de conformidad con lo establecido por el numeral precedente, la Empresa Privada debe solicitarla a la Entidad Pública de acuerdo al procedimiento siguiente:

i El Ejecutor del Proyecto debe anotar en el cuaderno de obra o registro respectivo, el inicio y final de la circunstancia que determina la ampliación de plazo. Dentro de los quince (15) Días siguientes de concluida la circunstancia invocada, la Empresa Privada solicita y sustenta su solicitud de ampliación de plazo ante la Entidad Privada Supervisora.

ii La Entidad Privada Supervisora emite informe dando su opinión sobre la solicitud de ampliación de plazo y lo remite a la Entidad Pública y a la Empresa Privada en un plazo no mayor de cinco (5) Días hábiles de recibida la solicitud.

iii La Entidad Pública resuelve sobre la ampliación y notifica su decisión a la Empresa Privada en un plazo máximo de cinco (5) Días hábiles, contados desde el día siguiente de la recepción del citado informe o del vencimiento del plazo, bajo responsabilidad de su Titular.

De no emitirse pronunciamiento alguno dentro del plazo indicado, se tiene por aprobado lo . informado por la Entidad Privada Supervisora.

; Cualquier controversia relacionada con las solicitudes de ampliación de plazo será? sometida al respectivo medio de solución de controversias dentro de los quince (15) Días

. hábiles posteriores a la fecha en que la Entidad Pública debió notificar su decisión o de lanotificación de la denegatoria, total o parcial, de la solicitud formulada.

18. CUADERNO DE OBRAConforme al artículo 163 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, En la fecha de entrega del terreno, la Empresa Privada entrega y abre el cuaderno de obra, el mismo que

' , debe encontrarse legalizado y firmado en todas sus páginas por el Supervisor, y por el' Residente, a fin de evitar su adulteración. Dichos profesionales son los únicos autorizados

* para hacer anotaciones en el cuaderno de obra.

,/T'| El Cuaderno de Obra debe constar de una hoja original con tres (03) copias desglosables,• correspondiendo una de éstas a la Entidad, otra la Empresa Privada, y la tercera ai

.. Supervisor. El original de dicho cuaderno debe permanecer en la obra, bajo custodia delResidente, no pudiendo ser retenido por ninguna de las partes. Concluida la ejecución de la obra, el original quedará en poder de la Entidad.

En el cuaderno de obra se anotarán los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de ella, firmando al pie de cada anotación el Supervisor o residente, según sea el que efectuó la anotación. Las solicitudes que se realicen como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el Cuaderno de Obra, se harán directamente a la Entidad por Empresa Privada o surepresentante legal, por medio de comunicación escrita.

Asimismo, la Empresa Privada anotará las instrucciones del Supervisor y sus observaciones, además de cualquier hecho o acontecimiento importante de la Obra. La Entidad y elSupervisor tendrán derecho a examinar este cuaderno en cualquier momento y anotar en élsus observaciones.

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17- AMPLIACION DE PLAZOS

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La Empresa Privada deberá entregar mensualmente a la Entidad o al Supervisor, copias del Cuaderno de Obra.

El Cuaderno de Obra será cerrado por el Supervisor cuando la obra haya sido recibida definitivamente por la Entidad.

En caso de resolución contractual por cualquiera de la partes, el Cuaderno de Obra será entregado a la Entidad, bajo apercibimiento de aplicarse la penalidad por la no entrega del Cuaderno de Obra a la Entidad.

De incumplir la Empresa Privada lo antes citado se aplicará la penalidad correspondiente.

19.RECEPCIQN DE LA OBRA

La recepción del Proyecto tiene como finalidad verificar eí fiel cumplimiento de lo establecido en el Estudio Definitivo y realizar las pruebas necesarias para comprobar el correcto funcionamiento de sus instalaciones y equipos.

Una vez comunicada la culminación del Proyecto, en un plazo no mayor de veinte (20) Días, en la fecha notificada, la Entidad Privada Supervisora, el funcionario designado en el Convenio como responsable de dar la conformidad de recepción del Proyecto, la Empresa Privada y el Ejecutor del Proyecto a través de sus representantes, verifican de forma conjunta la culminación del Proyecto.

Culminada la verificación, y de no existir observaciones, se procede a la recepción del Proyecto por parte de la Entidad Pública, teniéndose por concluida en la fecha indicada en el cuaderno de obra, o registro correspondiente. La Entidad Privada Supervisora procede a emitir la conformidad de calidad del Proyecto, y la Entidad Pública a través del funcionario antes indicado procede a emitir la conformidad de recepción del Proyecto dentro de los tres (3) Días siguientes de transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior. Ambas conformidades pueden estar contenidas en un mismo documento.

De existir observaciones por la Entidad Privada Supervisora o Entidad Pública, éstas se consignarán en un Acta o Pliego de Observaciones y no se emitirá la conformidad respectiva. A partir del día siguiente, la Empresa Privada dispondrá de un décimo (1/10) del plazo de ejecución del Proyecto para subsanar las observaciones, plazo que se computará a partir del quinto día de suscrito el Acta o Pliego. Las obras que se ejecuten como consecuencia de observaciones no darán derecho al pago de ningún concepto a favor de la Empresa Privada ni a la aplicación de penalidad alguna.

Subsanadas las observaciones, la Empresa Privada solicita nuevamente la recepción del Proyecto, dejándose constancia en el cuaderno de obras o registro correspondiente, a través de la empresa ejecutora, lo cual será verificado por la Entidad Privada Supervisora e informado a la Entidad Pública dentro de los tres (3) Días siguientes de la anotación. En un plazo no mayor de cinco (5) Días, la Entidad Pública y la Entidad Privada Supervisora verifican el cumplimiento de la subsanación de éstas, no pudiendo formular nuevas observaciones. De haberse subsanado las observaciones se emitirán las conformidades correspondientes.

De existir observaciones y persistir la discrepancia, ésta puede resolverse por trato directo entre las partes. En caso no prospere el trato directo, cualquiera de las partes tiene el derecho a someter la controversia a conciliación y/o arbitraje, según corresponda, dentro de ios treinta (30) Días hábiles posteriores al pronunciamiento de la Entidad Pública o al vencimiento del plazo en que éste debió realizarse.

En caso la Entidad Pública no participe en el acto o no emita la Conformidad de Recepción, esto no impide que la Entidad Privada Supervisora expida la Conformidad de Calidad del Proyecto.

Si la Entidad Pública no emite pronunciamiento de las conformidades correspondientes en el plazo, según corresponda, y sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar

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por la falta de pronunciamiento oportuno, la conformidad de recepción o la conformidad de avance del proyecto se tendrá por otorgada siempre que la Entidad Privada Supervisora haya otorgado la conformidad de la calidad del Proyecto o de sus avances.

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21. LIQUIDACION FINAL DE OBRA

La Empresa Privada debe presentar ia liquidación debidamente sustentada con la documentación y cálculos detallados, dentro de un plazo de sesenta (60) Días o el equivalente a un décimo (1/10) del plazo vigente de ejecución del Proyecto, e! que resulte mayor, contado desde el día siguiente de la recepción del Proyecto. Dentro del plazo máximo de sesenta (60) Días de recibida, la Entidad Pública debe pronunciarse con cálculos detallados, ya sea observando la liquidación presentada por la Empresa Privada o, de considerarlo pertinente, elaborando otra, y notificar a la Empresa Privada para que éste se pronuncie dentro de los quince (15) Días siguientes.

En caso la Empresa Privada no presente la liquidación en el plazo previsto, es responsabilidad de la Entidad Pública elaborar la liquidación en idéntico plazo, siendo ios gastos a cargo de la Empresa Privada. La Entidad Pública notifica la liquidación a la Empresa Privada para que éste se pronuncie dentro de los quince (15) Días siguientes. La liquidación queda consentida o aprobada, según corresponda, cuando, practicada por una de las partes, no es observada por la otra dentro del plazo establecido.

Cuando una de las partes observe la liquidación presentada por la otra, ésta debe pronunciarse dentro de los quince (15) Días de haber recibido la observación; de no hacerlo, se considera aprobada o consentida, según corresponda, ia liquidación con las observaciones formuladas. 75.4 En el caso que una de las partes no acoja las observaciones formuladas por

‘ la otra, aquella debe manifestarlo por escrito dentro del plazo previsto en el párrafo anterior. Ental supuesto, la parte que no acoge las observaciones debe solicitar, dentro del plazo de treinta (30) Días hábiles, el sometimiento de esta controversia a conciliación y/o arbitraje, vencido el

v. plazo se considera consentida o aprobada, según corresponda, ia liquidación con las observaciones formuladas.

•IToda discrepancia respecto a la liquidación, incluso las controversias relativas a su

consentimiento o al incumplimiento de los pagos que resulten de la misma, se resuelve según / las disposiciones previstas para la solución de controversias establecidas en el presente

Reglamento. La Entidad Pública emite ei CIPRL o CIPGN por el monto no controvertido.

No se procede a la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver.

22 . ALMACENAMIENTO DE MATERIALES

■ . Las zonas destinadas requerirán la aprobación de la Entidad Privada Supervisora de Obra, debiendo ser acondicionados a completa satisfacción de éste, una vez hayan cumplido su misión, de forma tal que recuperen su aspecto original.El almacenamiento se realizará de forma que se garantice la conservación de los materiales en perfectas condiciones de utilización y siguiendo en todo caso las instrucciones de la Entidad Privada Supervisora.

23. MATERIALES NO EMPLEADOS.La limpieza de la obra y la eliminación de los materiales acopiados y no utilizados corresponden a la Empresa Privada de tal modo que deberán ser efectuados a medida que se realicen ios trabajos.

24. FORMA DE PAGOEl periodo de valorización será mensual.Las valorizaciones serán mensualmente por lo que se presentarán, en un (01) original y dos (02) copias, acompañadas según el caso por los cómputos métricos resultantes de las

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mediciones de ios trabajos ejecutados hasta la fecha y verificados por la Entidad Privada Supervisora de obra.

Valorizaciones.Forma de las valorizacionesLa forma de las valorizaciones y facturas de pago, será la preparada por la Empresa Privada en coordinación con la Entidad Privada Supervisora de Obra.La Empresa Privada consignará en sus valorizaciones todos los trabajos ejecutados, de acuerdo a las cantidades establecidas en las mediciones.La valorización será aprobada por la Entidad Privada Supervisora de Obra y presentada a la ENTIDAD en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles, contados a partir del primer día hábil del mes siguiente de la valorización respectiva, la Entidad Privada Supervisora de obra elevará un informe Técnico a la ENTIDAD.La conformidad previa al pago, estará a cargo de la Sub Gerencia de Estudios Obras e Infraestructura y la Gerencia de Desarrollo Urbano.

Valorizaciones mensualesLas valorizaciones mensuales se presentarán, durante los cinco (5) primeros días hábiles del mes siguiente a la ejecución de los trabajos en tres (3) ejemplares, acompañadas según el caso por los cómputos métricos resultantes de las mediciones de los trabajos ejecutados hasta la fecha y verificados por la Entidad Privada Supervisora de obra.

Valorización de liquidación finalLuego de la Recepción de la Obra, la Empresa Privada presentará la Valorización de Liquidación Final, debidamente sustentada con la documentación y cálculos detallados.

La liquidación se ejecutará según lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.

La Entidad o la Empresa Privada según corresponda, deben efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de quince (15) días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante de pago respectivo, debiendo hacer entrega de los planos y la memoria descriptiva valorizada, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 181° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para proceder al pago correspondiente.

En caso que la liquidación de contrato debidamente consentida determine un saldo a favor de la Entidad, ésta requerirá por escrito la Empresa Privada para que efectúe el pago respectivo en el plazo de quince (15) días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación, transcurrido este plazo sin que se haya verificado el pago, la Entidad podrá hacerse cobro de cualquier deuda pendiente a favor de la Empresa Privada de las garantías que aún estuvieran vigentes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 131° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Esta valorización final, debe estar respaldado por:• Evidencia de que los trabajos comprendidos en el Contrato están libres de todo

reclamo legal, deudas (Declaración Jurada y otros documentos).• Monto actualizado del Contrato de acuerdo a las modificaciones autorizadas y

realizadas durante el período de ejecución. De ser el caso.• Cantidad de obra ejecutada de acuerdo a la Valorización Final de Medición.• Costo total de la obra ejecutada, incluyendo todos los trabajos realizados.• Declaración jurada de no tener reclamos laborales del MTPE y pagos pendientes a los

trabajadores.• Monto total percibido por la Empresa Privada hasta la Valorización anterior.• Deducciones en favor de la ENTIDAD por incumplimiento de plazo y otros conceptos, si

los hubiera.• Saldo a favor o en contra de la Empresa Privada.

25- PLAZO RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOSPor lo que, para la presente obra, se establece el plazo de responsabilidad por vicios ocultos

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para a la Empresa Privada es de siete (07) años contado a partir del día siguiente de la fecha del acta de recepción de obra conforme a lo dispuesto en el artículo 63° del Reglamento de laLey N° 29230.

26. PENALIDADESPenalidades por Mora en la Ejecución de Obra.En el caso de retraso injustificado de la Empresa Privada en la ejecución de la Obra, aquél se hará acreedor a una penalidad por mora, por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento al 10% del monto del contrato vigente, según lo establece el Artículo 133° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Esta penalidad será deducida de ios pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento.La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:

________ 0.10 x Monto_______Penalidad Diaria = F x Plazo en días

Dónde:

F = 0.15 para plazos mayores a sesenta (60) días:

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato por incumplimiento.

27. Otras Penalidades.La ENTIDAD aplicara a la Empresa Privada otras penalidades de conformidad con lo establece el Artículo 134° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente.

La aplicación de estas penalidades están referidas ai porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (U.l.T) y las sanciones se efectuarán por cada ocurrencia, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

N°SUPUESTO DE APLICACION DE PENALIDAD FORMA DE CALCULO PROCEDIMIENTO

1

En caso culmine la relación contractual entre Empresa Privada y el personal ofertado y la Entidad no haya aprobado la sustitución del personal por no cumplir con las experiencias y calificaciones del profesional a ser reemplazado.

50% de 1 U.l.T por cada día de ausencia del personal en obra.

Según informe de la Entidad Privada

Supervisora

Según informe de la Entidad Privada

Supervisora

2Cuando el ingeniero residente no se encuentra en forma permanente en la obra.

20% de 1 U.l.T por cada día de ausencia

no justificada.

3

4

Cuando la Empresa Privada no presenta ios equipos declarados en la oferta.

Cuando la Empresa Privada de manera injustificada, no asista con sus especialistas a reuniones convocados por la Entidad.

20% de 1 U.l.T por cada día de retraso

50% de 1 U.l.T por cada evento

Según informe del supervisor de la obra

Según informe de la Entidad Privada

Supervisora

Según informe de la Entidad Privada

Supervisora

5

Cuando la Empresa Privada no cumpla con dotar a su personal de los elementos de seguridad

20% de 1 U.l.T por cara trabajador

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6

Cuando la Empresa Privada no realiza las pruebas o ensayos oportunamente para verificar la calidad de los materiales de acuerdo con las especificaciones técnicas del expediente técnico.

20% de 1 U.I.T por cada incumplimiento Según informe de la

Entidad Privada Supervisora

7

Cuando la Empresa Privada emplee materiales no normalizados, en este caso a la Empresa Privada deberá retirar dicho material y reemplazarlo por otro que este normalizado y cumpla con las especificaciones técnicas, siendo dicho reemplazo sin costo alguno para la MDP.

50% de 1 U.I.T por cada caso detectado.

Según informe de la Entidad Privada

Supervisora

8

Cuando la Empresa Privada no cuenta con los dispositivos de seguridad en la obra tanto peatonal y vehicular incumpliendo las normas.

30% de 1 U.I.T por cada día de

incumplimientoSegún informe de la

Entidad Privada Supervisora

9

Si personal, no permite el acceso al cuaderno de obra al SUPERVISOR DE LA OBRA, impidiéndole anotar las ocurrencias. La penalidad es por cada día de indisponibilidad

Cinco por mil (5/1000) del monto de la

valorización del periodo por cada día de dicho

impedimento.

Según informe de la Entidad Privada

Supervisora

10

Cuando la Empresa Privada no coloque el cartel de obra dentro del plazo establecido. Asimismo tiene la obligación de mantener e! cartel de obra durante la ejecución de la obra, se penalizara de la misma forma, cuando no se mantenga durante el tiempo establecido.

20% de 1 U.I.T por cada día de

incumplimiento

Según informe de la Entidad Privada

Supervisora

Procedimiento de aplicación de otras penalidades1. Cada vez que la Empresa Privada incurra en los incumplimientos descritos en la tabla

de penalidades será notificado por la SGEOl, mediante carta comunicando la penalidad impuesta, indicándole que deberá subsanar la falta en la que ha incurrido.

2. El monto de las penalidades impuestas serán descontadas de la facturación mensual.3. De no subsanar las faltas indicadas en la presente tabia, las penalidades se

continuaran aplicando en los meses siguientes.4. En caso de existir reclamos por la(s) penalidad(es) aplicada(s), de corresponder y de

acuerdo a la naturaleza de la penalidad aplicada, la Empresa Privada presentará mediante una carta debidamente sustentada, el descargo correspondiente; al respecto cabe indicar, que las cartas de reclamo por penalidad podrán ser presentadas hasta los tres (03) días hábiles de notificada la penalidad, en caso de ser aprobado el reclamo, el cual será notificado mediante carta por la SGOI, según corresponda; la Empresa Privada presentará la nota de débito (adjuntando el documento mediante el cuai se acepta su reclamo) correspondiente conjuntamente con ia factura del mes siguiente.

28. REAJUSTE.En el caso de contratos de obra pactados en moneda nacional, las valorizaciones que se efectúen a precios originales del contrato y sus ampliaciones son ajustadas multiplicándolas por el respectivo coeficiente de reajuste "K" que se obtenga de aplicar la fórmula o fórmulas polinómicas previstas en el expediente técnico de obra que es parte de las bases, los índices Unificados de Precios de la Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, correspondiente al mes en que debe ser pagada la valorización. Una vez publicados los índices correspondientes al mes en que debió efectuarse el pago, se realizan las regularizaciones necesarias.

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29. CONFIDENCIALIDAD.

La Empresa Privada deberá mantener a perpetuidad confidencialidad y reserva absoluta en el manejo de cualquier información y documentación a la que se tenga acceso a consecuencia de la ejecución del contrato, quedando prohibido de revelarla a terceros. La Empresa Privada deberá dar cumplimiento a todas las políticas y estándares definidos por la Municipalidad en materia de seguridad de la información.

30. SISTEMA DE CONTRATACION.El sistema de contratación será a Suma Alzada.

31. SUBCONTRAT ACIÓNNo podrá transferir, de manera parcial o totalmente, a favor de terceros, la prestación materia del Contrato teniendo la responsabilidad total sobre su ejecución y cumplimiento íntegro.

ANEXO N° 5METODOLOGÍA DE CALIFICACION DE LAS PROPUESTAS TÉCNICA Y

ECONÓMICA

J 1.- EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 puntos)

A. FACTORES REFERIDOS AL POSTOR/CONSTRUCTOR (Puntaje Máximo 45 puntos)

_______________ FACTORES PUNTAJE

A.1 Experiencia en Obras en General (Puntaje Máximo 20 puntos).Experiencia de obras de infraestructura en general ejecutadas en los últimos [DIEZ (10)] años a la fecha de presentación de propuestas.

Igual o mayor a 3 veces del monto Referencial del Proyecto. Mayor a 1 vez y menor a 3 veces del monto Referencial del Proyecto.

2010

A.2 Experiencia en Obras Similares (Puntaje Máximo 25 puntos)Ejecución de Obras similares en los últimos [DIEZ (10)] años, a la fecha de presentación de propuestas,

Igual o mayor a 1 vez del monto Referencial del Proyecto. Mayor a 0.7 vez y menor a 1 vez del monto Referencial del Proyecto.

2510

B. FACTORES REFERIDOS AL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO(Puntaje Máximo 35 puntos)

CARGO CRITERIOS PUNTAJE

PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA

Haber participado como Residente en obras similares ejecutadas en los últimos [DIEZ (10)] años.En caso cuente con el mínimo de experiencia establecido en los 12

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Residente de Obra Ingeniero

Civil

Experiencia de Obras Similares

términos de referencia se le otorgará el puntaje de 01 punto.Se otorgará 1 puntos por cada mes adicional al de los términos de referencia donde haya designado como residente y/o Inspector y/o supervisor en la ejecución de obras similares con un máximo de once (11) meses.

Asistente de Obra Ingeniero Civil

Especialista en Estructuras

Ingeniero Civil

ExperienciaenObrasSimilares

ExperienciaenObrasSimilares

Haber participado en la e jecuc ión de ob ras s im ila res ejecutadas en los últimos [DIEZ (10)] años.En caso cuente con el mínimo de experiencia establecido en los términos de referencia se le otorgará el puntaje de 01 punto.Se otorgará 1 punto por cada mes adicional al de los términos de referencia donde haya sido designado como Residente y/o Inspector y/o Supervisor y/o Asistente en la ejecución de obras similares con un máximo de siete (07) meses. Participación en obras similares ejecutadas en los últimos [DIEZ (10)] años.Se otorgará 1.5 puntos por cada mes adicional al de los términos de referencia donde haya sido designado como Especialista en Estructuras en la ejecución de obras similares con un máximo de cinco (05) meses.

08

7.5

Especialista en Seguridad Ingeniero

Civil

Experiencia en Obras Similares

Participación en obras ejecutadas similares en los últimos [DIEZ (10)] años.Se otorgará 1.5 puntos por cada mes adicional al de los términos de referencia donde haya sido designado como especialista en seguridad y/o ingeniero en gestión de la seguridad y salud laboral con un máximo de cinco (05) meses.

7.5

C. MAQUINARIA Y EQUIPO A UTILIZAR EN LA EJECUCION DE LA OBRASe otorgará puntaje a aquellas propuestas que presenten equipo superior a los señalados como Maquinaria y Equipo Mínimo en el Anexo 4: Términos de Referencia, hasta un máximo de 20 puntos, otorgándose puntaje adicional por cada maquinaria adicional que se presente y además por la maquinaria de mejor calidad a la señalada.

MAQUINARIA Y EQUIPO A UTILIZAR EN LA EJECUCION DE LA OBRA(Puntaje Máximo 20 puntos)

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CRITERIO

ADICIONAL DE LA MISMA

CALIDAD

ADICIONAL DE MEJOR CALIDAD

PUNTAJEMAXIMO

(*)

Hasta cinco (5) o más maquinarias y/o equipo adicionales de mejor calidad. 15 20 20

Hasta cuatro (4) maquinarias y/o equipo adicionales y de mejor calidad. 12 16 16

Hasta dos (2) maquinarias y/o equipo adicional de mejor calidad. 06 08 08

2 - CALIFICACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

\ Para efectos de la evaluación de la Propuesta Económica, el monto de la ejecución dela obra propuesto por los Postores será convertido a una nueva escala (Puntaje Final de la Evaluación Económica), de tal manera que pueda alcanzar un puntaje máximo de 100 puntos, asignándose el máximo puntaje a la Propuesta Económica más baja, y al resto de propuestas en función de la siguiente fórmula:

X = (A / B) * 100

Donde,

X= Puntaje Final de la Evaluación Económica A= Monto de la Propuesta Económica menor B= Monto de la Propuesta Económica evaluada

3.- DEFINICIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE CADA POSTOR

El Puntaje Total a ser evaluado corresponde a la siguiente fórmula:PT = PTE (0.6) + PE (0.4)Donde,

isfr PT = Puntaje TotalPTE= Puntaje Propuesta Técnica PE = Puntaje Propuesta Económica

4.- DEFINICIÓN DE LA PROPUESTA GANADORA

La Propuesta ganadora será la que obtenga el mayor valor en la aplicación de la fórmula indicada en el Numeral 3, otorgándosele la Buena Pro al citado Postor.

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ANEXO N° 6 FORMATO DE CONVENIO DE INVERSIÓN

Nota: El formato de Convenio de Inversión es aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial2.

Conste por el presente documento, el Convenio de Inversión Pública Local para el financiamiento y e jecuc ión del P royecto: Código SNIP N° 342117, denominado MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. N 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS- PISCO-ICA, que ce leb ra de una pa rte la M U N IC IP A LID A D D IS T R IT A L DE P A R A C A S , en ad e lan te LA E N TID A D P Ú B L IC A , con R U C N° 20162427301 , con dom ic ilio lega l en la AV. LOS L IB E R T A D O R E S S/N URB. EL G O LF, P A R A C A S -P IS C O -IC A , rep resen tada po r su A lca lde , el Sr. M IG U E L A N G E L C A S T ILLO O LID E N , iden tificado con D .N .I. N° 32117058, en e je rc ic io de las facu ltades o to rgadas po r la C redenc ia l em itida por el Ju rado E lecto ra l E specia l; y de o tra pa rte [R A ZO N S O C IA L DE LA E M P R E S A P R IV A D A ] [EN C A S O DE C O N S O R C IO C O N S IG N A R EL N O M B R E DE TO D A S Y C A D A U N A DE LAS E M P R E S A S Q U E LO IN TE G R A N , ASÍ C O M O LA IN FO R M A C IÓ N DEL R E P R E S E N T A N T EC O M Ú N D EL C O N S O R C IO ], con RUC N° [ ...................], con dom ic ilio lega lpara estos e fec tos en [ .................................................... ], inscrita en la F icha N°[ .....................................] A s ien to N° [ ......................] del R eg istro de P ersonasJu ríd icas de la ciudad de [ ......................... ], deb idam ente representado po r suR epresen tan te Legal, [ .................................................... ], con DNI N°[ ............................ ], según poder inscrito en la F icha N° [ ....................], A s ien to N°[ ................ ] de l R eg istro de P ersonas Juríd icas de la c iudad de [ ................. ], aqu ien en ade lan te se le denom inará LA E M P R E S A P R IV A D A [O EL C O N S O R C IO ] en los té rm inos y cond ic iones s igu ien tes:

A LA E N TID A D P Ú B L IC A y a LA E M P R E S A P R IV A D A [O ELC O N S O R C IO ], se les denom inará con jun tam en te LAS P A R TE S.

C L Á U S U L A P R IM E R A : A N T E C E D E N T E S

1.1. M ed ian te ACUERDO DE CONCEJO N° 057-2016-CMP de fecha 06 de d ic iem bre de 2016 la M U N IC IP A LID A D D IS TR IT A L DE P AR A C A S prio rizó el P royecto de Código SNIP N° 342117, denominado MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. N 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA, (en ade lan te EL P R O Y E C TO ), para su fina nc iam ie n to y e jecución en el m arco prev is to en la Ley N° 29230 (en ad e lan te la Ley) y su R eg lam en to ap robado po r D ecre to S uprem o N° 03 6 -20 17-EF (en ade lan te el R eg lam ento).

1.2. Con In form e P revio N °00009-2017-C G /P R E V , de fecha 23 Enero del

E n t a n t o n o so o m i t a la R e s o l u c i ó n M i n i s t e r i a l . Lis e n t i d a d e s p ú b l i c a s u t i l i z a r án el M o d e l o d e C o n v e n i o a p r o b a d o y m o d i f i c a r a n ú n i c a m e n t e a q u e l l o s a s p e c to s i n c o r p o r a d o s en el D e c r e t o l e g i s l a t i v o N ° I 2 3 R , el D e n o t o S u p r e m o N ° Cn<í 201 7 - E F y l a s p r e s e n t e s Rasos.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DÉ PARÁCAS-PISCO-ICÁPROCESO DE SELECCIÓN N° Ó1-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA L E Y N ‘ 29230

2017, la C ontra lo ría G enera l de la R epública, em ite p ronun c iam ien to al respecto , en el p lazo ind icado y con fo rm e al num era l 16.4 de l artícu lo 16° de l R eg lam en to (en caso no se hub ie re rec ib ido p ronunc iam ien to exp reso de la C on tra lo ría G enera l de la R epúb lica , se deberá de ja r constanc ia de ello, ind icando el docum en to con el que la E ntidad Pública so lic ito d icho in fo rm e prev io).

1.3. M ed ian te In form e N° 027-2015-O P I-G P P /M D P de fecha 14 de d ic iem bre de 2015 de OPI dec la ró la v iab ilidad de l P royecto , la m ism a que com o anexo in tegra el p resente C onvenio .

1.4. Con fecha 07 de oc tu b re de 2016, m ed ian te R eso luc ión de G erencia M un ic ipa l N° 70 -2016-M D P /G M se ap robó el exped ien te técn ico.

1.5. Con fecha [ ............................ ], e l C om ité E specia l ad jud icó la B uena Prode l P R O C E S O DE S E LE C C IÓ N N° 01 -2017-M D P /C E P R IM E R A C O N V O C A T O R IA LEY N° 29230 para el fina nc iam ie n to y e jecuc ión de EL P R O Y E C TO , a [C O N S IG N A R N O M B R E D EL G A N A D O R DE LA B U E N A PRO ], cuyos de ta lles y costos constan en los docum en tos in teg ran tes del p resente convenio .

C L Á U S U L A S E G U N D A : O B JE T O

El presente convenio tiene por objeto, que LA EM PRESA PRIVADA [CONSIGNAR EL NOM BRE DE LA E M P R E S A O C O N S O R C IO ], financ ie la e jecuc ión del P R O Y E C TO , con fo rm e a las cond ic iones técn icas y económ icas prev is tas en las B ases In tegradas, la P ropuesta Técn ica y E conóm ica y el A cta de O to rgam ien to de la Buena Pro, que in tegran el p resente C onven io , en el m arco del m ecan ism o prev is to en la Ley N° 29230 y su R eg lam ento .

En todo caso, los estud ios de fin itivos o exped ien te técn ico que e labore l a EMPRESA PRIVADA deben gu a rda r plena coherencia con los ob je tivos, a lcan ces y pa rám e tros que susten tan la v iab ilidad del proyecto .

Las P A R T E S conv ienen en que el e jecu tor del P royecto será la em presa [C O N S IG N A R EL N O M B R E DE LA E M P R E S A O C O N S O R C IO C O N S TR U C TO R ],

C L Á U S U L A T E R C E R A : M O N T O T O T A L DE IN V ER S IÓ N

El P royecto fue p rio rizado por in ic ia tiva de L A E N T ID A D P Ú B L IC A y cuenta con exped ien te técn ico ap robado.

3.1 El M onto To ta l de Inversión ob je to de l p resen te C onven io , está com puesto po r el m onto de invers ión de te rm in ado en el E xped ien te Técn ico ap robado que asc iende a SI. 1 '7 2 8 ,9 0 0 .4 0 (Un M illón S etec ien tos V e in tioch o Mil N ovec ien tos con 40 /100 S o les ) y el cos to de superv is ión que asc iende a SI. 60 ,000 .00 (S esenta Mil 00 /100 Soles), hac iendo la sum a total de SI. 1 '78 8 ,90 0 .40 (Un M illón S e tec ien tos O chenta y O cho Mil N ovec ien tos con 40 /100 S oles); e inc lu irá los

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Mu n ic ip a l id a d d is t r it a l d e p a r a c a s p is c o icaPROCtSO DE SELECCIÓN N°01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N’ 29230

costos que se generen du ran te la e jecuc ión de l P royecto, en el m arco de l S N IP y a [S U M A A LZA D A ],

3.2 La E M P R E S A P R IV A D A acepta y decla ra que el M onto To ta l de Inve rs ión inc luye todo concep to necesario para la com ple ta y correcta e jecuc ión de l P R O Y E C TO , de acuerdo con lo de ta llado en las Bases In tegradas.

En ese sen tido , sin ca rác te r lim ita tivo , LA E M P R E S A P R IV A D A deja exp resa constancia que dentro del M onto To ta l están inc lu idos todos los concep tos m enc ionados en los Té rm ino s de R efe rencia que fo rm an parte de las B ases In tegradas y cua lq u ie r o tro costo o gasto necesario para la correcta y to ta l e jecución de l P royecto hasta su cu lm inación ; de jándose exp resam ente es tab lec ido que el financ iam ien to y e jecuc ión de l p royecto no dará luga r al pago de in te reses po r pa rte de l a e n t id a d p ú b l ic a a favo r de la em presa privada y/o em presa e jecu tora de l proyecto .

3 .3 Las varia c ione s o m od ificac iones que tenga el P royecto du ran te la fase de invers ión se incorporan al M onto To ta l de Inve rs ión , su je tándose a las d ispos ic iones de l SN IP.

A sí se p rec isa que una vez que LA E N TID A D P Ú B L IC A ap ruebe el E xped ien te T écn ico y con tra te a la E ntidad P rivada S upe rv iso ra , se de te rm ina rá el M onto To ta l de Inve rs ión m ateria del p resen te C onven io . Para tal e fecto , LA E N TID A D P Ú B L IC A y LA E M P R E S A P R IV A D A firm arán la(s) ad enda (s ) correspond ien tes , s iem pre que se cum plan los requ is itos y fo rm a lidades de la Ley y R eg lam ento .

El P royecto se e jecu ta a [S U M A A LZA DA ],

3.4 El m onto to ta l de invers ión no inc luye in te reses, indem nizac iones, m u ltas o sanc iones y concep tos s im ila res de rivado s de la e jecuc ión del P royecto, los cua les deberán ser asum idos po r LA E M P R E S A P R IVA D A .

C L Á U S U L A C U A R TA : P LA ZO DE E JE C U C IÓ N DEL C O N V E N IO DE IN V E R S IO N

El p lazo de e jecuc ión de l p resen te C onvenio , es de [90] d ías ca lendario , el m ism o que com prende lo s igu iente .

O bligac iones R esponsab le P lazo de e jecución

90 D ías C a lendarioE jecución de l P royecto E m presa Privada P lazo que no inc luye

liqu idac ión de obra.

El p lazo se com puta desde el d ía s igu ien te que LA E N TID A D P Ú B L IC A hace en trega de la to ta lidad de l terreno saneado a LA E M P R E S A P R IV A D A y se cum plen las cond ic iones prev is tas en el num era l 55.1 del a rtícu lo 55° del R eglam ento.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARÁCÁS-PISCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N° 29230

En todo caso, el p lazo de fin itivo de e jecución del p royecto m a te ria del p resen te conven io , será el de te rm inado en el D ocum ento de T raba jo que ap ruebe LA E N TID A D P Ú B LIC A , an te el supuesto con tem p lado en el num era l 64.1 del a rtícu lo 64° del R eg lam ento . De va ria r el p lazo conven ido , se procederá a firm a r la adenda correspond ien te .

C uando se p roduzcan eventos no a tribu ib les a las partes que o rig inen la pa ra lizac ión de la obra, estas aco rdarán m ed ian te adenda la suspens ión del p lazo de e jecuc ión de la m ism a, hasta la cu lm inac ión de d icho evento , sin que e llo suponga el reconoc im ien to de m ayores gastos gene ra les y costos.

En caso de a trasos en la e jecuc ión de l p royecto po r causas im pu tab les a LA E M P R E S A P R IVA D A , con respecto a la fecha cons ignada en el ca lendario de avance de obra v igen te , y cons id e ra ndo que d icho atraso puede p roduc ir una extens ión del serv ic io de superv is ión , lo cual genera un m ayor costo , LA E M P R E S A P R IV A D A asum e el costo del m ayor m onto por el se rv ic io ind icado, el que se hace e fec tivo deduc iendo d icho m onto du ran te la e jecución de l p royecto o en la liqu idación del conven io de invers ión.

C L Á U S U L A Q U IN TA : P A R TE S IN T E G R A N T E S DEL C O N V E N IO

El p resen te conven io está con fo rm ado por los estud ios de pre invers ión del P royecto v iab le , las B ases in tegradas, la o fe rta g a nado ra3 y los docum en tos de rivados del p roceso de se lecc ión que estab lezcan ob lig ac ione s para las partes, así com o el E xped ien te T écn ico de Obra.

C L Á U S U L A S EX TA : G A R A N TÍA S

LA E M P R E S A P R IV A D A en trega a la suscripc ión de l p resente conven io la(s) respec tiva (s ) ga ran tía (s ) so lida ria , irrevocab le , incond ic iona l, sin benefic io de excus ión , ni d iv is ión y de rea lizac ión au tom á tica a sólo requerim ien to , a favo r de LA E N TID A D P Ú B L IC A , por los conceptos, im portes y v igen c ias s igu ientes:

G aran tía de fie l cu m p lim ien to '1: SI. 69,156.02 (Sesenta y Nueve Mil Ciento Cincuenta y Seis con 02/100 Soles), a través de la [G A R A N T ÍA DE FIEL C U M P LIM IE N T O Y N U M E R O D EL D O C U M E N TO , E M P R E S A Q UE LA EM ITE ]. C antidad que es equ iva len te al cua tro por c ien to (4% ) del M onto To ta l de Inversión ad jud icado (sin cons ide ra r el m onto as ignado a la superv is ión del p royecto ). La C arta Fianza deberá ser renovada anua lm en te por un m onto equ iva len te al 4% del M onto To ta l de Inversión rem anen te cuya e jecución esté pendien te.

La garantía de fiel cum plim iento deberá estar vigente por un año adicional a la

s La oferta ganadora com prende a las propuestas técn ica y económ ica del postor ganador de la Buena Pro.

' La garantía de fiel cum plim iento deberá ser em itida por una sum a equiva lente al cuatro por ciento (4% ) del montototal de inversión y deberá ser renovada anualm ente por el m onto equiva lente a! 4% del m onto rem anente por ejecutar, con e¡ com prom iso de renovar su vigencia hasta por un año adiciona! a la conform idad de recepción por el 1% del m onto total de inversión convenido hasta el consentim iento de la liquidación final.

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correspondiente con form idad de recepción por pa rte de LA E N TID A D PÚ B LIC A . La renovación de la G arantía de Fiel C um p lim ien to después de la co rrespond ien te con fo rm idad de recepc ión será po r un m onto que rep resen te el 1% del M onto To ta l de Inve rs ión y podrá ser e jecu tada en caso de de fic ie nc ias re lac ionadas con la e jecución del P royecto m ateria del p resente C onvenio .

La carta fianza debe ser renovada dentro del p lazo de c inco (05) días ca lendarios p rev ios al té rm ino de su v igenc ia , en tan to se en cuentre pend ien te el cum p lim ien to de ob ligac iones. De no re novarse dentro de este p lazo , LA E N TID A D P Ú B L IC A podrá so lic ita r su e jecución , con fo rm e a la C láusu la S étim a del p resente C onvenio .

LA E N TID A D P U B L IC A procede a la devo luc ión de esta ga ran tía dentro de los d iez (10) d ías ca lendario de transcurrido el año ad ic iona l al consen tim ien to de la liqu idación final.

C uando las va riac iones o m od ificac iones im p liquen un increm en to en el M onto To ta l de Inve rs ión y/o del m an ten im ien to es tab lec ido en el C onven io de Invers ión in ic ia l, la E M P R E S A P R IV A D A está ob ligada a am p lia r el m onto de la G arantía de Fiel C um p lim ien to en la m ism a proporc ión dentro de d iez (10) d ías ap robadas d ichas varia c ione s o m od ificac iones po r parte de la E N TID A D P Ú BLIC A .

Asimismo, cuando se convenga la reducción de p restac iones, LA E M P R E S A P R IV A D A podrá reducir el m onto de d ichas ga rantías.

C L Á U S U L A S É T IM A : E JE C U C IÓ N DE G A R A N TÍA S

LA E N TID A D P Ú B L IC A está facu ltada para e jecu ta r las ga ran tías an te el incum p lim ien to de LA E M P R E S A P R IV A D A de las ob lig ac ione s del C onve n io o si LA E M P R E S A P R IV A D A no hub ie ra llevado a cabo su renovación an tes de la fecha de su venc im ien to en caso de ex is tir ob lig ac ione s cuyo cum p lim ien to esté pendien te.

C L Á U S U L A O C TA V A : A V A N C E S D EL P R O Y E C TO

De con fo rm idad con los lite ra les a) y g) del num era l 92.1 de l artícu lo 92° del R eg lam ento , en caso de P royectos cuya e jecuc ión , sin cons ide ra r el p lazo de e laborac ión de exped ien te técn ico, sea superio r a los c inco (5) m eses, se en tregará los C IP R L trim estra lm en te , po r avances en la e jecuc ión del P royecto, de acuerdo a los c rite rios que se es tab lecen en este conven io y con fo rm e al exped ien te técn ico de ob ra . Al respecto , los crite rios para la em isión de los C IP R L serán los s igu ientes:

- El p rim er C IP R L se em itirá a los 03 m eses (trim estra l), de in ic iada la e jecuc ión de l p royecto y corresponde rá al avance físíco de la obra en d icho período, de acuerdo a la con form idad oto rgada por la Entidad P rivada S uperv isora sobre la calidad del avance fís ico real de la ob ra , y la con fo rm idad de d icho avance fís ico trim estra l o to rgada po r el

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MUNICIPALIDAD d is t r it a l DE PARÁCÁS-PISCO-ICÁPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERÁ CONVOCATORIA LEY N ’ 29230

func ionario de la E ntidad Pública des ignado en este convenio . A s im ism o, en el p rim er C IP R L, adem ás de l m onto de invers ión por avance de obra, se reconoce rá el costo de e laborac ión del exped ien te técn ico ; y los costos de superv is ión que la em presa privada hubiera pa gado a la en tidad privada superv isora , s iendo su fic ien te para su reconoc im ien to , la con fo rm idad va lo rizada de d icho se rv ic io em itida por la E ntidad P ública, de con fo rm idad con el num era l 108.1 del a rtícu lo 108° del R eg lam ento . En ningún caso, se podrá em itir el C IP R L para reconoce r ún icam en te los costos de los estud ios de pre inve rs ión y de e laborac ión de exped ien te técn ico.

- El segundo y subs ig u ien tes C IP R L se em itirán cada 03 m eses (trim estra l) por el avance de obra a lcanzado en d icho pe riodo , de a cuerdo a la con form idad de calidad em itido por la E ntidad P rivada S uperv isora y la con fo rm idad oto rgada po r la E ntidad P ública a través del func ionario des ignado en el convenio . A s im ism o, en el C IPRL, a dem ás del m onto de invers ión po r avance de obra, se reconoce rá los costos de superv is ión que la em presa privada haya pagado a la en tidad privada superv isora du ran te d icho pe riodo , s iendo su fic ien te para su reconoc im ien to , la con fo rm idad va lo rizada de d icho se rv ic io em itida por la E ntidad P ública, de con fo rm idad con el num era l 108.1 del a rtícu lo 108° del R eglam ento.

- La em is ión del ú ltim o C IP R L se rea lizará a la cu lm inac ión del P royecto, previa con fo rm idad de la calidad de la to ta lidad de l p royecto expedida po r la E ntidad P rivada S upe rv iso ra , le con fo rm idad de recepción de la ob ra o to rgada po r el func ionario de la E ntidad Pública des ignado en el conven io , y la con fo rm idad va lo rizada del serv ic io de superv is ión em itida po r la E ntidad Pública.

- Para los e fec tos de la em is ión de los C IP R L se debe tener en cuenta que los m e trados de obra e jecu tados en cada pe riodo trim estra l, serán fo rm u lad os y va lo rizado s m ensua lm en te por la E m presa E jecuto ra del P royecto con la op in ión favo rab le de la E ntidad P rivada S uperv isora , y serán p resen tadas a la E ntidad P ública dentro de los c inco (5 ) días, con tados a pa rtir de l p rim er día de l pe ríodo s igu ien te al de la va lo rizac ión .

N ecesariam ente , para e fec tos de so lic ita r la em is ión de los C IP R L por avances en la e jecuc ión del p royecto , la E ntidad P ública deberá con tar con la s igu ien te docum en tac ión :

- La con fo rm idad de recepc ión de l P royecto o la con fo rm idad de los avances del p royecto y la con form idad de la ca lidad de l P royecto o de sus avances, o to rgada po r la E ntidad P ública a través del func ionario des ignado en el C onvenio

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DÉ PARACAS-PISCO-ICÁPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCA TORlA LEY N" 29230

El resu ltado de la eva luac ión para el o to rga m ien to de d ichas con fo rm idades se regirá de acuerdo a lo es tab lec ido en los a rtícu los 69 y 74, según corresponda .

- C on fo rm idad va lo rizada de l serv ic io de superv is ión em itida po r la Entidad Pública.

LAS PARTES suscribirán una modificación al Convenio con las adecuaciones correspondientes, si du ran te la fase de invers ión se de term ina que el p royecto dem anda p lazos de e jecuc ión m ayores a los c inco (5 ) m eses, con fo rm e a lo es tab lec ido en el lite ra l a) del num era l 92.1 de l a rtícu lo 92° de l R eg lam en to de la Ley N° 29230.

C L Á U S U L A N O V E N A : F O R M U LA DE R E A JU S T E S

La fó rm u la o fó rm u las po linóm icas son las de te rm inadas en el A nexo N° 4 (T D R ) de las B ases y serán recog idas en el exped ien te técn ico ap robado po r la E ntidad P ública que in tegran este C onven io .

C L Á U S U L A D É C IM A : C O N F O R M ID A D E S D EL P R O Y E C TO

La con fo rm idad de ca lidad del p royecto o de sus avances será o to rgada po r la E ntidad P rivada S uperv isora con tra tada por la E ntidad Pública y la con fo rm idad de recepción de l p royecto o de sus avances será o to rgada por LA E N TID A D PÚ B LIC A , sigu iéndose el p roced im ien to es tab lec ido en el a rtícu lo 74° del R eglam ento.

C L Á U S U L A D É C IM O P R IM E R A : S U P E R V IS IÓ N DE LA E JE C U C IÓ N D EL P R O Y E C TO

La E ntidad P rivada S uperv isora , con tra tada po r LA E N TID A D PÚ B LIC A , e fectuará la verificac ión de la e jecución del P royecto y de sus avances e jecu tados, de ser el caso , con fo rm e a lo es tab lec ido en el E xped ien te Técn ico , los Té rm ino s de R efe rencia , las BAS E S y la P ropuesta presentada po r LA E M P R E S A P R IVA D A , así com o en el D ocum ento de T raba jo sí lo hub iere . A s im ism o, se ded icará al segu im ien to del cum p lim ien to del cronogram a de avance de la e jecución del P royecto po r parte de LA E M P R E S A P R IV A D A

La E ntidad P rivada S upe rv isora deberá da r la con fo rm idad de la ca lidad del P royecto tras la cu lm inac ión del m ism o o a la cu lm inac ión de cada avance de l P royecto, de ser el caso .

La E ntidad P rivada S uperv isora de l P royecto asum irá las a tr ibuc iones que LA EN TID A D P Ú B L IC A de te rm ine en los Té rm ino s de R efe rencia y las B ases del p roceso de se lecc ión que dará m érito a su con tra tac ión con arreg lo a lo d ispuesto en el C apítu lo I del T ítu lo VII del R eglam ento. LA ENTIDAD PÚBLICA está obligada a entregar copia del Contrato a LA EMPRESA PRIVADA, dentro de los 02 d ías de ce leb rado el m ism o con la E ntidad P rivada S uperv isora .

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•Á

Si LA EN TID A D P Ú B L IC A no em ite p ronunc iam ien to en los p lazos lega les, y sin pe rju ic io de las re sponsab ilidades a que hub ie re luga r po r la fa lta de p ronunc iam ien to oportuno, la con form idad de recepción del P royecto o de sus avances e jecu tados se tendrá po r o to rgada, s iem pre que la E ntidad P rivada S uperv isora haya o to rgado la con fo rm idad de ca lidad del P royecto o de sus avances e jecu tados.

El costo de los serv ic ios de superv is ión será financ iado por LA E M P R E S A P R IV A D A que ce leb ra el C onven io de Inversión con la E ntidad P úb lica para # la e jecución del P royecto m ateria de superv is ión , con cargo a que d ichos ga s tos se reconozcan en el C IPRL.

El fina nc iam ie n to de d icho costos, no im plica una re lac ión de subord inación de la E ntidad P rivada S upe rv iso ra a la E m presa Privada.

LA E M P R E S A P R IV A D A pagará las con trap res ta c io nes pactadas a favo r de la en tidad privada superv isora en la form a y oportun idad (pago ún ico o pagos pa rc ia les) es tab lec ida en el con tra to de superv is ión , s iem pre que la en tidad privada superv iso ra los so lic ite p resen tando el In form e V a lo rizado

, que ju s tifiqu e el pago y acred ite la e jecución de la p res tac ión de los! : se rv ic ios y LA EN TID A D P Ú B L IC A o to rgue la C on fo rm idad respectiva , dea ; acuerdo con el a rtícu lo 74° del R eglam ento.

> Para tal e fecto , el re sponsa b le de LA E N TID A D P Ú B L IC A de o to rga r lacon fo rm idad de la p res tac ión de los serv ic ios de superv is ión , deberá hacerlo en un p lazo que no excederá de los c inco (5 ) d ías háb iles de haberse

- p resen tado el in fo rm e V a lo rizado, s iem pre que se ve rifiquen las cond ic iones es tab lec idas en el con tra to de superv is ión , a fin que LA E M P R E S A P R IV A D A cum pla con la ob ligac ión de e fe c tua r el pago dentro de los d iez (10) d ías háb iles s igu ien tes , sin posib ilidad de cuestionam ien to a lguno. D icho té rm ino será p ro rrogado po r un... p lazo igua l al seña lado , de ser necesario .

C L Á U S U L A D É C IM O S E G U N D A : D E LO S FU N C IO N A R IO SR E S P O N S A B L E S

, En el cum p lim ien to de lo d ispu es to po r el num era l 90 .3 de l a rtícu lo 90° delR eg lam en to de la Ley N° 29230, LA E N TID A D P Ú B L IC A des igna a los func ionarios s igu ientes:

- Sub G erente de E stud ios O bras e In fraestructu ra R esponsab le de em itir la^ con fo rm idad de sus avances e jecu tados.

Sub G erente de E stud ios O bras e In fraestructu ra R esponsab le de em itir lacon fo rm idad va lo rizada del se rv ic io de superv is ión p restado por la E ntidad P rivada S uperv isora .

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G erente de A dm in is trac ión R esponsab le de so lic ita r la em is ión de C IP R L a la D G ETP de l M EF.

V

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS-PISCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N° 0Í-2Ó17-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N° 29230

G erente de P lan ificac ión y P resupuesto R esponsab le de rea liza r las a fec tac iones p resupuésta les y fina nc ie ra s en el S IAF para la em is ión del C IPRL.Sub G erente de Logística y P atrim on io R esponsab le de re m itir el C onvenio de Inve rs ión y C ontra to de S uperv is ión a la D G P P IP y D G E TP del M EF.

El incum p lim ien to de las func iones as ignadas acarrea las re sponsab ilidades y sanc iones respectivas , con fo rm e a ley.

C L Á U S U L A D É C IM O TE R C E R A : O B L IG A C IO N E S DE LA E M P R E S A P R IV A D A

LA E M P R E S A P R IVA D A , asum e sus ob lig ac ione s con form e a las cond ic iones técn icas y económ icas prev is tas en las Bases, P ropuesta Técn ica y E conóm ica , A cta de O to rgam ien to de la B uena Pro y el p resente C onvenio .

A s im ism o, todos los trám ites y pagos co rrespo nd ie n tes a licenc ia s de construcc ión , au to rizac iones y todo aque llo que s ign ifique gestión y pago a nom bre de LA E N TID A D PÚ B LIC A , serán rea lizados y cub ie rtos po r LA E M P R E S A P R IV A D A . Los m ontos que corresponda esta rán inc lu idos en el p resupuesto de obra que fo rm e pa rte de l E xped ien te T écn ico D efin itivo . LA E M P R E S A P R IV A D A du ran te e jecuc ión y recepc ión de la obra, com o es el trám ite por o to rgam ien to de licencias, au to rizac iones, gestiones en ins tituc iones es ta ta les y m un ic ipa les , em presas e léc tricas , en tre otros.

C L Á U S U L A D É C IM O C U A R TA : O B L IG A C IO N E S DE LA E N TID A D P U B L IC A

LA E N TID A D PÚ B LIC A , ad em ás de las ob lig ac ione s es tab lec idas en las B ases, el p resen te C onven io y sus m od ifica to rias , deberá cum plir con las ob lig ac ione s y re sponsab ilidades que el m ecan ism o prev is to en la Ley N° 29230 y su R eg lam en to le o to rgan.

A s im ism o, LA EN TID A D P Ú B L IC A , en el m a rco de sus com petenc ias , se ob liga a cum p lir los p lazos fijados en el p resente C onven io . Y, de C orresponde r, a O to rga r las L icencias, P erm isos y A u to rizac iones N ecesa rios para el C um p lim ien to de es te C onven io .

C L Á U S U L A D É C IM O Q U IN TA : R E S P O N S A B IL ID A D P O R V IC IO S O C U LT O S

LA E M P R E S A P R IVA D A , dec la ra ba jo ju ra m en to ser responsab le po r la ca lidad o frec ida de las obras, adem ás de las ob lig ac ione s es tab lec idas en los Té rm ino s de R efe rencia de las B ases in tegradas, el E xped ien te Técn ico y el p resen te C onvenio .

Ni la suscripc ión de la con form idad de recepc ión de l P royecto o de sus avances, ni el consen tim ien to de la liqu idac ión del conven io de invers ión, enerva el de recho de LA E N TID A D P Ú B L IC A a rec lam ar, poste rio rm en te ,

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por de fec tos o v ic ios ocu ltos.

El p lazo de responsab ilidad de L A E M P R E S A P R IV A D A es de s ie te (7) años, de con fo rm idad con lo es tab lec ido po r el num era l 63.2 de l a rtícu lo del reg lam ento de la Ley 29230.

C L Á U S U L A D É C IM O S E X T A : P E N A L ID A D E S

I ' í«B i''

L A E M P R E S A P R IV A D A incurrirá en pena lidad, sin pe rju ic io de lo es tab lec ido en las Bases que fo rm an parte del este C onven io , cuando no haya conc lu ido en la fecha estab lec ida la e jecución de las p res tac iones ob je to del p resen te C onvenio .

La pena lidad se genera au tom á ticam en te po r cada día ca lendario de re traso in jus tificado en la e jecución de las p res tac iones ob je to de l conven io , hasta a lcan za r com o m onto m áx im o el equ iva len te al d iez po r c ien to (10% ) de l M onto To ta l de Invers ión, pactado en el conven io , cuya e jecuc ión esté pend ien te . En cuyo caso, L A E N T ID A D P Ú B L IC A podrá reso lve r el p resente C onven io , sin pe rju ic io de e jecu ta r la G arantía correspond ien te .

En todos los casos, la pena lidad se ap lica rá y se ca lcu la rá de acuerdo a la s igu ien te fórm ula :

P ena lidad D iaria = = 0 JO x M ontoF x P lazo en días

/ ■" D onde F tendrá los s igu ien tes va lores,

a) Para p lazos m ayores a sesenta (60) días: j í : , a .1) Para e jecuc ión del P royecto F = 0.15

■ Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, a la prestación que. deba ejecutarse, ejecución del Proyecto.

E stas pe na lida des se deducen de las va lo rizac iones de C IP R L trim estra les , •, o en la liqu idación fina l, según corresponda ; o si fue ra necesario , se ap lica

al m onto resu ltan te de la e jecución d é la ga ran tía de fie l cum plim ien to V 'íX es tab lec ida en el C onven io , sin perjuicio que LA ENTIDAD PÚBLICA exija el

! a | resarcimiento de los daños y pe rju ic ios que se produzcan, m ed ian te la acción r í f lega l correspond ien te , si fuese necesario .

-yLa ju s tificac ió n por el re traso se su je ta a lo d ispuesto po r la Ley de C on tra ta c io nes del E stado y su R eg lam en to , el C ód igo C iv il y dem ás no rm as ap licab les , según corresponda .

El incum p lim ien to o dem ora de pa rte de L A E M P R E S A P R IV A D A en la e jecuc ión del P royecto, o rig inada por el incum p lim ien to de a lguna ob ligac ión de L A E N TID A D P Ú B L IC A d ire c tam e n te re lac ionada con la e jecuc ión del P royecto , o po r causas no im pu tab les a L A E M P R E S A P R IV A D A que ésta no hub iera pod ido ni p rever ni ev ita r, no será

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS PISCO ICAPROCESO DE SELECCIÓN Nó 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N" 29230

cons ide rado com o incum p lim ien to hasta el m om ento en que LA E N TID A D P Ú B L IC A cum pla con su ob ligac ión o, de a lguna otra m anera , la satis faga,o sean superadas las causas que hayan im ped ido la e jecución del P royecto. En ta les casos, se p rocederá a la am pliac ión de los p lazos de construcc ión re spectivos hasta recupera r el tiem po de dem ora causada.

C L Á U S U L A D É C IM O S É T IM A : R E S O L U C IÓ N D E L C O N V E N IO

17.1 LA E N TID A D P Ú B L IC A podrá re so lve r el C onven io por las causa les s igu ien tes:

a ) Incum p lim ien to in jus tificado de sus ob ligac iones de rivada s de l p resente C onven io , lega les o reg lam enta rias , a cargo de LA E M P R E S A P R IV A D A y/o E jecu to r de l P royecto, pese a ha be r sido requerido para e llo por parte de LA E N TID A D PÚ B LIC A .

b) C uando LA E M P R E S A P R IV A D A haya llegado a acu m u la r el m onto m áx im o de la pena lidad equ iva len te al d iez po r ciento (10% ), a que se re fie re la C láusu la p recedente , en la e jecución y/o m an ten im ien to del P royecto.

c) C uando LA E M P R E S A P R IV A D A suspenda o ab andone in jus tifica dam ente los traba jos del P royecto y de su m an ten im ien to , de ser el caso, por m ás de ve in te (20) d ías ca lendario , pese ha ber sido requerido.d ) O tras seña ladas en la no rm ativ idad v igen te.

17.2 C uando se presen te cua lqu ie ra de las causa les , LA E N TID A D P Ú B L IC A cursará carta no taria l a LA E M P R E S A P R IV A D A para que subsane el incum p lim ien to en un p lazo no m ayor de qu ince (10) días ca lendario , ba jo aperc ib im ien to de reso luc ión del C onvenio . D icho plazo puede ser am pliado hasta po r ve in tic inco (25) d ías de o fic io o a ped ido de la em presa privada. Si venc ido d icho plazo, LA E M P R E S A P R IV A D A continúa con el incum p lim ien to advertido , LA E N TID A D P Ú B L IC A reso lverá el C onven io m ed ian te C arta N otaria l.

En tal supuesto , LA E N TID A D P Ú B L IC A e jecu ta rá la co rrespond ien te G arantía que LA E M P R E S A P R IV A D A hub ie ra o to rgado para el cum p lim ien to del ob je to del C onven io , sin pe rju ic io de la indem n izac ión por los daños y pe rju ic ios u lte rio res que pueda exig ir.

17.3 LA E M P R E S A P R IV A D A podrá reso lve r el C onven io po r las causa les s igu ientes:

En los supuestos p rev is tos en el num era l 84.2 y 84 .3 del artícu lo 84° del R eg lam ento . En estos casos, LA E M P R E S A P R IV A D A cursa rá carta no taria l a LA E N TID A D PU B LIC A , para que subsane el incum p lim ien to en un p lazo no m ayor de qu in ce (10) d ías ca lendario , ba jo aperc ib im ien to de reso luc ión del C onvenio . D icho p lazo puede ser am pliado hasta por ve in tic inco (25) días. Sí ven c id o d icho p lazo , LA E M P R E S A P R IV A D A reso lverá el C onvenio m ed ian te C arta Notaria l.

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17.4 En caso LA E N TID A D P Ú B L IC A no haya con tra tado a la E ntidad P rivada S uperv isora dentro de los tres (03) m eses de ce leb rado el C onven io con LA E M P R E S A PR IVA D A .

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS-PISCO-ICÁPRÓCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N° 29230 _________ ___

17.5 El caso fo rtu ito o fue rza m ayor, con form e a lo d ispuesto po r el artícu lo 1315° del C ód igo C ivil, podrá suspende r o in te rrum p ir el p lazo de e jecución del P royecto.

C L Á U S U L A D É C IM O O C TA V A : NO P A R T IC IP A C IO N ENP A R T IC IP A C IO N EN P R A C T IC A S C O R R U P T A S .

Será causa l de reso luc ión de con tra to en caso que la E M P R E S A P R IV A D A S U P E R V IS O R A , ha rea lizado o adm itido la rea lizac ión de prác ticas co rrup tas en re lac ión al proyecto , p royecto con fo rm e lo p rev is to en el num era l 63 .4 de l a rtícu lo 63°.

í \'C\

C L A U S U L A D E C IM O O C T A V A : M A R C O L E G A L D E L C O N V E N IO

En lo no p rev is to en el C onven io , la Ley N° 29230 y su R eg lam en to , serán de ap licac ión sup le to ria las d ispos ic iones pe rtinen tes de la Ley de C on tra ta c io nes de l E stado y su R eg lam ento y, en su de fec to , de l C ódigo C ivil, s iem pre que su na tura leza sea sem e jan te y, po r tanto, com pa tib le con el m ecan ism o prev is to en la Ley N° 29230 y su R eg lam en to .

En todo caso, el C onven io y todas las ob lig ac ione s de rivadas de él, se reg irán por la leg is lac ión de la R epública del Perú.

C L Á U S U L A D É C IM O N O V E N A : S O L U C IÓ N DE C O N T R O V E R S IA S 5

Las con trove rs ias que surjan en tre las pa rtes sobre la e jecución , in te rp re tac ión , reso luc ión , inex is tenc ia , ineficac ia , nu lidad o inva lid ez del C onven io , podrán ser resue ltas, en lo posib le, por tra to d irecto , con fo rm e a las reg las de la buena fe y com ún in tención de las partes.

O í En caso no p rospere el tra to d irecto , cua lqu ie ra de las pa rtes tiene els»y de recho a in ic ia r un a rb itra je de de recho en una instituc ión arbitra l,

ap licando su respectivo R eg lam en to A rb itra l Ins tituc iona l, a cuyas no rm as am bas pa rtes se som eten incond ic iona lm en te , a fin de re so lve r las con trove rs ias que se p resenten du ran te la e tapa de e jecuc ión del C onvenio , d en tro del p lazo de caduc idad prev is to po r Ley.

Facu lta tivam ente , cua lqu ie ra de las partes podrá som ete r a conc iliac ión la re fe rida con trove rs ia , sin pe rju ic io de re cu rrir al a rb itra je en caso no se llegue a un acuerdo en tre am bas. La conciliac ión debe rea lizarse en un

Podrá adic ionarse la inform ación que resulte necesaria para reso lver las controversias que se susciten durante la e jecución del C onvenio. Por ejem plo, para la suscripción del convenio y, según el acuerdo de las partes podrá estab lecerse que el arbitraje será institucional o ante el Centro de Conciliación de la Cám ara de Com ercio, debiendo indicarse el nom bre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arb itra je ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se som eterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DÉ PARACAS PISCO ICAPROCESÓ DÉ SELECCIÓN N ° 01~2017-hÍDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N° 29230

cen tro de conc iliac ión púb lico o acred itado por el M in is te rio de Justic ia .

El laudo arb itra l em itido es de fin itivo e inapelab le , tiene el va lo r de cosa juzga da y se e jecu ta com o una sen tencia .

C L Á U S U L A V IG É S IM A : D O M IC IL IO P A R A E F E C T O S D E LAE J E C U C IO N D E L C O N V E N IO

Las partes dec la ran el s igu ien te dom ic ilio para e fecto de las no tificac iones que se rea licen du ran te la e jecución de l p resen te conven io :

D O M IC IL IO DE L A E N TID A D P Ú BLIC A : [AV. LOS L IB E R T A D O R E S S/N U RB. EL G O LF, P A R A C A S -P IS C O -IC A ]

D O M IC IL IO DE LA E M P R E S A PR IVA D A : [C O N S IG N A R D O M IC IL IO LE G A L]

La variac ión del dom ic ilio aquí dec la rado de a lguna de las pa rtes debe ser com un icada a la otra parte, fo rm a lm en te y por escrito , con una an tic ipac ión no m enor de qu ince (15) d ías ca lendario .

D e acuerdo con las B ases in tegradas, la p ropuesta técn ica y económ ica y las d ispo s ic iones de este C onven io , las pa rtes lo firm an por cuadrup licado en seña l de con fo rm idad en la c iudad de P aracas, a los [FEC H A ],

D entro de los d iez (10) d ias de ce leb rado el p resen te C onven io y sus m od ifica to rias , LA EN TID A D P Ú B L IC A y LA E M P R E S A P R IV A D A deberán re m itir cop ia de estos do cum en tos a la D irecc ión G enera l de P olítica de P rom oción de la Invers ión P rivada (D G P P IP ) del M in is te rio de E conom ía y F inanzas y a P R O IN V E R S IÓ N .

LA E N TID A D P Ú B L IC A ” "LA E M P R E S A P R IV A D A ”

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PÁRACAS-PISCO-ICAP r o c e s o d é s e le c c ió n n ° 01-201 7 -m d p /ce p r im e r a c o n v o c a t o r i a l e y n ° 29230

ANEXO N° 7

CRONOGRAFIA TENTATIVO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DÉ PARACAS-PISCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCA TORIA LEY N° 29230

ANEXO N° 8ESTUDIO DE PREINVERSION QUE SUSTENTA LA DECLARATORIA DE

VIABILIDAD DEL PROYECTO

Nota: Toda la documentación del Estudio de Preinversión a Nivel Perfil y/o Factibilidad será entregada en disco compacto una vez presentada la Carta de Expresión de Interés, según Convocatoria, con el cargo de recepción de la Secretaria Técnica del Comité Especial de la Entidad Pública de acuerdo con el Apartado 1.4 de la Sección General de las Bases.

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ANEXO N° 9DOCUMENTOS QUE SUSTENTEN EL COSTO DE LOS ESTUDIOS DE

PREINVERSION

Nota: Cuando el proyecto se enmarca dentro de los dispuesto por el Título II del Reglamento, la documentación que sustenta los costos de los estudios de Preinversión será entregado en disco compacto al Comité Especial una vez presentada la Carta de Expresión de Interés, según la Convocatoria, con el cargo de recepción del Comité Especial de la Entidad Pública, de acuerdo con en el Apartado 1.15 de la Sección General de las Bases.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DÉ PÁRÁCAS-PiSCO-ICAPROCESO DE SÉLECCIÓÑ N ~ 0 Í-2 0 !7 MU-'A'.L PRIMERA CONVOCATORIA LEY N° 29230

ANEXO N° 10 DISPONIBILIDAD DEL TERRENO

El GERENTE DE DESRROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS

CERTIFICA

La Municipalidad Distrital de Paracas, certifica la LIBRE DISPONIBILIDAD DEL TERRENO, para la ejecución del Proyecto denominado: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. N 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA. CÓDIGO SNIP 342117, el mismo que se encuentra en el ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA, conforme consta en Título de Propiedad.

Se expide la presente para los fines pertinentes.

[INDICAR LUGAR Y FECHA]

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ANEXO N° 11

FORMULARIO N° 1 DECLARACIÓN JURADA DE PROMESA FORMAL DE CONSORCIO

(SÓLO PARA EL CASO EN QUE UN CONSORCIO SE PRESENTE COMO POSTOR) SeñoresCOMITÉ ESPECIAL - Ley N° 29230 I Ley N° 30264PROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N ° 29230Presente-

De nuestra consideración,Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta al PROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N° 29230, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de Consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado).

Designamos al Sr. [ ..................................... ], identificado con [CONSIGNAR TIPO DEDOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del Consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el Convenio de Inversión correspondiente con la Entidad Pública [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD PÚBLICA]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en[..................................................]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]:% de Obligaciones■ [DFRCRIBIR LA OBI IGAOIÓN VINCHI ADA A! OBJETO DE LA

CONVOCATORIA] [ % ]■ [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]:% de Obligaciones■ [DESCRIBIR LA OBLIGACION VINCULADA AL OBJETO DE LA

CONVOCATORIA] [ % ]■ [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

TOTAL: 100%[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI delRepresentante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2

Nota: Las firmas de los representantes legales en esta Declaración Jurada deberán ser legalizadas por Notario Público.

En la sección Obligaciones y Firma, se incluirá la información en razón al número de empresas consorciadas que conforman el Consorcio.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACÁS-PISCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN Ñ° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N ’ 29230

ANEXO N° 11

FORMULARIO N° 2 DECLARACION JURADA

(SÓLO PARA EL CASO EN QUE UN CONSORCIO SE PRESENTE COMO POSTOR)

Por medio de la presente declaramos bajo juramento que el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes es el siguiente:

Empresas del Consorcio

TOTAL

Porcentaje de Participación

Lugar y fecha: [INDICAR LUGAR Y FECHA]

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

4

Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI delRepresentante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2

Nota: Las firmas de los representantes legales en esta Declaración Jurada deberán ser legalizadas por Notario Público .

En la sección Firma, se incluirá la información en razón al número de empresas consorciadas que conforman el Consorcio.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS-PISCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N° 29230

ANEXO N° 11

FORMULARIO N° 3 DECLARACION JURADA

Por medio de la presente y con carácter de Declaración Jurada manifestamos austedes:

1. Que, somos empresas o sociedades debidamente constituidas y válidamente existentes conforme a las Leyes del país o lugar de constitución, y que los representantes legales que participan en el proceso de selección se encuentran válidamente premunidos con facultades suficientes para representarnos en todos los actos y declaraciones que deben efectuarse como consecuencia del proceso de selección.

2. Que, nos sometemos irrevocablemente a todos y cada uno de los términos y condiciones establecidos en las Bases y demás documentos de la referencia y acataremos todas las resoluciones, Circulares y comunicaciones en general que el Comité Especial encargado formule en relación con el proceso de selección materia de las Bases. Asimismo, nos comprometemos a ejecutar todas las acciones que sean necesarias para cumplir lo exigido por ustedes en las Bases, así como en el Convenio de Inversión y los Términos de Referencia.

3. Que, somos empresas que contamos con los recursos económicos y/ofinancieros para cumplir con nuestra obligación de financiar la ejecución del proyecto materia del presente proceso de selección, conforme a las Bases, el Convenio de Inversión, la Ley N" 29230, la Ley N" 30264 y su Reglamento.

4. Que, sabemos que el financiamiento y/o ejecución del Proyecto (o sumantenimiento), no dará lugar a pago alguno de Intereses por parte de la Entidad Pública en favor de nuestra Empresa Privada y/o Empresa(s) Ejecutora(s) del Proyecto.

5. Que, entendemos que la ejecución del Proyecto estará supervisado por unaEntidad Privada Supervisora contratada por la Entidad Pública de acuerdo al procedimiento previsto en la Ley N° 29230, Ley N° 30264 y su Reglamento, por lo que nos comprometemos a brindar todas las facilidades del caso para que la misma pueda cumplir efectivamente sus funciones dentro del marco de las referidas normas.

6. Que, no estamos sancionados o condenados por sentencia firme o laudoarbitral definitivo, desfavorable, recaído o derivado de un proceso judicial o proceso arbitral iniciado por el Estado o por la Entidad Pública, en vía de demanda o de reconvención, relativos al incumplimiento de sus obligaciones contractuales con alguna Entidad Pública del Estado.

Asimismo, no estamos incursos dentro de los alcances del Artículo 1366 del Código Civil, ni comprendidos en alguno de los impedimentos para ser postor y/o contratista establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado y sus nomas modificatorias o sustitutorias, salvo que la Empresa Privada haya propuesto el Proyecto conforme al Título II del presente Reglamento o cuando la elaboración de Estudio Definitivo y ejecución de obra formen parte de los compromisos de la Empresa Privada, en cuyo caso no aplicará únicamente lo

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establecido en el literal e) del artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado. Y no estamos impedidos a participar como postores, contratistas y/o participar en acciones de promoción de la inversión que realiza el Estado, de acuerdo con lo señalado en la Ley de Endeudamiento del Sector Público del respectivo Año Fiscal.

7. Que, no somos empresas o sociedades vinculadas a cualquier otra persona jurídica o integrante de un Consorcio que se presente al presente proceso de selección, ni de cualquier otra empresa vinculada a ellos.

8. Que, somos empresas o sociedades debidamente constituidas y válidamente existentes conforme a las leyes del país o lugar de su constitución y que los Representantes Legales que participan en el proceso de selección están válidamente premunidos con facultades suficientes para representarnos en todos los actos y declaraciones que deben efectuarse como consecuencia del Proceso de Selección.

9. Que, acataremos los términos y condiciones establecidos por ustedes en lo que respecta a la utilización de la información que se proporcione y en general, mientras dure el proceso de selección, manteniendo estricta reserva sobre la información obtenida.

10. Que, nos sometemos a las leyes y demás normas vigentes en la República del Perú así como a la jurisdicción de los jueces y tribunales de la ciudad de ICA, a efectos de someter cualquier controversia que se pudiese generar en aplicación de lo dispuesto por las bases del proceso de selección en la referencia, renunciando a cualquier reclamo que pudiera ser formulado por la vía diplomática.

11. Que, los integrantes de nuestro Consorcio responderán solidariamente por las obligaciones emanadas de las Bases, de su Propuesta Económica, así como del Convenio de Inversión. (SOLO PARA CASOS DE CONSORCIO)

12. Que, declaramos y/o manifestamos, que somos responsables de la veracidad de los documentos e información que presentamos para efectos de este proceso de selección.

Los impedimentos señalados en los numerales precedentes alcanzan a los miembrosintegrantes del Postor, en caso éste se presenten en Consorcio.

Se suscribe la presente con carácter de Declaración Jurada irrevocable eincondicional.

Atentamente,

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS-PISCO-ICAPROCESÓ DE SELECCIÓN N° Q l-2QÍ7-MPP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N° 29230

EN CASO DE PERSONA JURÍDICA:

[INDICAR NOMBRE DE LA ENTIDAD PÚBLICA]Postor

Nombre: [INDICAR NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL POSTOR]

F irm a :..................................................

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS-PISCO-ICÁPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEYN° 29230

(Representante Legal del Postor)

Nota: Las firmas de los representantes legales deberán ser legalizadas por Notario Público.

EN CASO DE CONSORCIO:

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

Nota: Las firmas de los representantes legales en esta Declaración Jurada deberán ser legalizadas por Notario Público.

Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1

Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 2

En la sección Firma, se incluirá la información en razón al número de empresas consorciadas que conforman el Consorcio.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DÉ PARACAS PISCO IC.APROCESO DE SELECCIÓN N~01~ 7017 MDP/CB PRIMERA CONVOCATORIA LEY N é 29230

ANEXO N° 11

FORMULARIO N° 4MODELO DE CARTA DE PRESENTACION DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y

TÉCNICA[INDICAR LUGAR Y FECHA]

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL - Ley N° 29230 I Ley N° 30264Municipalidad Distrital de Paracas V-jPresente,-

Postor: | ............................................................................................. I

Referencia: Proceso de selección de la Empresa Privada para el financiamiento y ejecución del Proyecto: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. N 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA. CÓDIGO SNIP 342117.

Por medio de la presente cumplimos con acreditar los requisitos financieros para la calificación en el proceso de la referencia.

A. PATRIMONIO NETO DEL POSTOR

PATRIMONIO NETO SI [CANTIDAD EN NÚMEROS Y LETRAS]*(*) El monto que se coloque en esta tabla deberá ser el mismo que aparezca en la tabla B.

B. PATRIMONIO NETO Y PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA EMPRESA, DE LOS ACCIONISTAS O INTEGRANTES DE LA EMPRESA POSTORA:

Accionista o Integrante Nota 1 S/ Patrimonio

Neto(Nota 2) Participación

TOTAL(Llevar este total a la Sección A) 100%

Nota 1: Marque una “X” si la cifra del Patrimonio Neto pertenece a unaEmpresa vinculada y complete adicionalmente la SECCIÓN D.

Nota 2: Si las cifras originales están expresadas en moneda distintas al Sol,indicar el tipo de cambio utilizado.

C. IMPUESTO A LA RENTA PAGADO:

La empresa [ .......................................................] declara bajo juramento que durante elejercicio fiscal anterior [INDICAR AÑO DE LA DECLARACIÓN] ha procedido al pago de SI [INDICAR MONTO EN NÚMEROS Y LETRAS] por concepto de Impuesto a la Renta.

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Mu n ic ip a l id a d d is t r it a l d e p á r á c a s -p is c o -icáPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N° 29230

^*1 35 I{&■ &

Adicionalmente, se incluye la Declaración Jurada presentada ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) correspondiente al año [DEL EJERCICIO ANTERIOR A LA CONVOCATORIA]; y, asimismo, información relevante de la(s) empresa (s) que podrían empezar a pagar Impuesto a la Renta en el país a mediano plazo.

D. EXPLICACION DE LA RELACION ENTRE EL POSTOR, EL ACCIONISTA O INTEGRANTES DEL POSTOR

En caso de que la cifra del participante, accionista o de uno de sus integrantes corresponda a otra persona, debe explicarse a continuación la relación que causa que tal empresa sea empresa accionista o integrante del Postor.

E. REQUISITOS TECNICOS:

Por medio de la presente, declaramos bajo juramento que el Postor, las empresas integrantes del Postor o la(s) Empresa(s) Ejecutora(s) a ser contratada(s), posee(n) experiencia adquirida dentro de los últimos 10 años en la ejecución de proyectos que se señalan a continuación:

Experiencia en ejecución de Proyectos en general (*)

Datos de la Empresa Ejecutora

Tipo de Actividad_Año de inicio de actividades e información económica relevanteNúmero de proyectos más importantes y número de personal ocupado en cadauna de e llos________________________Monto acumulado en estos contratos (EXPRESADO ENJSOLES)_____________

{*) En caso que la experiencia sea de una Empresa Ejecutora distinta al Postor, adjuntar información sustentatoria {Actas, liquidaciones, conformidades, certificados, constancias o Currículum Vitae, otros)

(REPLICAR EL CUADRO EN CUANTAS ACTIVIDADES CREA CONVENIENTE)

Experiencia en ejecución de similares Proyecto a ejecutar

Tipo de ActividadesAño de inicio de las actividadesMonto de contratos realizados en los Últimos [..... ] años.

Nombre y Firma:

Empresa:

Representante Legal del Postor

Postor

Nota: Las firmas de los Representantes Legales deberán ser legalizadas por Notario Público o Juez de Paz.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACÀS-PISCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-20Í7-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LE Y N ’ 29230

ANEXO N° 11

FORMULARIO N° 5 MODELO DE CARTA DE PRESENTACION DE PROPUESTA ECONÓMICA

[INDICAR LUGAR Y FECHA]

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL - Ley N° 29230 / Ley N° 30264PROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N ° 29230Municipalidad Distrital de Paracas Presente.-

Postor: [ ...........................................................................................]Referencia: Proceso de selección de la Empresa Privada para el financiamiento y ejecución del Proyecto: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. N 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA. CÓDIGO SNIP 342117.Nos es grato hacerles llegar nuestra Propuesta Económica, en los siguientes términos:

El Monto de Inversión propuesto para la ejecución del Proyecto: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. N 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA. CÓDIGO SNIP 342117 alcanza la suma de [INDICAR CANTIDAD EN NÚMEROS Y LETRAS].

IMPORTANTE:- En caso la Entidad Pública haya convocado et proceso de selección con

Estudios Definitivos según corresponda, se deberá contemplar el Monto Total de Inversión señalado en estos, incluyendo el costo de supervisión y sin considerar el costo de elaboración de dichos estudios.

- No será considerada como una Propuesta Económica válida y por lo mismo el Comité Especial las devuelve, aquellas que se encuentren por debajo del noventa por ciento (90%) del Monto Total de Inversión ReferenciaI o que excedan esle en más del diez por ciento (10%), teniéndose estas por no válidas.

- Cuando se incluya el mantenimiento del proyecto deberá indicarse el monto de estas actividades.

Este monto incluye todos los impuestos, tributos, gastos generales, gastos laborales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, o cualquier otro concepto, de acuerdo al siguiente presupuesto detallado:

(Adjuntar tabla con presupuesto detallado conforme a lo establecido en los Términos de Referencia, acompañando el desagregado de los Gastos Generales Fijos y/o Variables).Declaramos que nuestra Propuesta Económica tiene el carácter de irrevocable y que mantendrá su plena vigencia hasta sesenta (60) días hábiles posteriores a la Fecha de Cierre, comprometiéndonos a prorrogarla obligatoriamente si el Comité Especial así lo dispusiera.Declaramos conocer que nuestra Propuesta Económica se incorporará al Convenio de Inversión en todos sus términos y condiciones y sin excepción alguna.Nombre y Firma: [ ...........................................................]

Representante Legal del PostorEmpresa: [ ...........................................................]

Postor

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS-PISCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N° 61-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCA TORIA LEY N ’ 29230

ANEXO N° 11

FORMULARIO N° 6 COMPROMISO DE CONTRATACION DE LA EMPRESA EJECUTORA

(EN CASO LA EMPRESA PRIVADA CONTRATEA UNA EMPRESA EJECUTORA PARA EL PROYECTO)

[INDICAR LUGAR Y FECHA].

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL - Ley N° 29230 / Ley N° 30264PROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N ° 29230Municipalidad Distrital de Paracas Presente.-

Referencia: Proceso de selección de la Empresa Privada para el financiamiento y ejecución del Proyecto: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. N 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA. CÓDIGO SNIP 342117.

Por medio de la presente, declaramos bajo juramento lo siguiente:

Que, hemos firmado un compromiso de contratar con [INDICAR NOMBRE, DENOMINACIÓN SOCIAL O RAZÓN SOCIAL DE LA(S) EMPRESAS EJECUTOR(AS) DEL PROYECTO], en adelante la(s) Empresa(s) Ejecutora(s), con experiencia en Proyecto similares, con quien(es) nos obligamos a celebrar un contrato para la ejecución del Proyecto, en la eventualidad de adjudicarnos la Buena Pro de este proceso de selección conforme a sus Bases.

Dejamos expresamente establecido que nuestra Empresa Privada y la Empresa Ejecutora somos responsables solidarios ante la Entidad Pública, por la calidad ofrecida y los vicios ocultos que puedan surgir después de entregadas las obras, por un período mínimo de siete (7) años contados a partir de la conformidad de recepción de las mismas, de acuerdo a lo establecido en el Convenio de Inversión.

Lugar y fecha: [ ........................................................ ]

Nombre del Postor [ ........................................................ ]

Nombre [........................................................ ]Representante Legal del Postor

Firma [........................................................ ]Representante Legal del Postor

Nombre de la Empresa Ejecutora [ ........................................................ ]

Nombre [........................................................ ]Representante Legal de la Empresa Ejecutora

Firma [........................................................ ]Representante Legal de la Empresa Ejecutora

Firma [........................................................ ]Representante Legal de la Empresa Ejecutora

Nota: Las firmas de los Representantes Legales deberán ser legalizadas por Notario Público o Juez de Paz.

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_ _____ ^

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS-PISCÓ-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N° OÍ-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LE Y N ° 29230

ANEXO N° 11

FORMULARIO N° 7 DECLARACIÓN JURADA RESPECTO AL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE

PROYECTO(EN CASO LA EMPRESA PRIVADA CONTRATEA UNA EMPRESA EJECUTORA

DEL PROYECTO)

Por la presente y en relación al contrato de ejecución del proyecto, el Postor y la empresa ejecutora declaran bajo juramento que las disposiciones que contendrá como mínimo el contrato de obra y/o de ejecución del proyecto son las siguientes:

1. Organización y Poderes

Que, la Empresa Ejecutora es una persona jurídica debidamente constituida, válidamente existente, debidamente inscrita en el registro correspondiente, de acuerdo con las leyes de su jurisdicción de constitución u organización, para suscribir el contrato de ejecución del Proyecto y para cumplir con las obligaciones establecidas en el mismo.

2. Capacidad

Que, la Empresa Ejecutora está debidamente capacitada y es competente para llevar a cabo sus negocios, operaciones cotidianas, y aquellas otras operaciones contempladas en el contrato de ejecución del Proyecto.

3. Autorización

Que, la Empresa Ejecutora cuenta con la capacidad y representación suficiente para suscribir y cumplir el contrato de ejecución del proyecto. La suscripción y cumplimiento del contrato de ejecución ha sido debidamente autorizado de conformidad con sus reglamentos internos o normas societarias correspondientes. Ninguno de los actos requeridos para este propósito ha sido modificado o cancelado, y dichos actos tienen plena vigencia.

4. Inexistencia de conflictos

Que, la suscripción, entrega y cumplimiento del contrato de ejecución del Proyecto por parte de la empresa ejecutora y la realización de los actos contemplados en el mismo, no incumplen ninguna disposición de las normas legales aplicables, así como tampoco algún acuerdo societario, o contraviene disposición alguna del estatuto de la empresa ejecutora.

5. Responsabilidad solidaria

Que, la Empresa Ejecutora se responsabiliza solidariamente con la Empresa Privada que financiará las obras por la calidad ofrecida y los vicios ocultos que puedan surgir a raíz de la ejecución del Proyecto, por un periodo mínimo de siete (7) años, contados a partir de la entrega del documento de recepción del proyecto, conforme a lo previsto en el Convenio de Inversión y la Propuesta Técnica de la Empresa Privada.

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En tal sentido, señalamos conocer y aceptar las consecuencias del incumplimiento del presente compromiso y/o de la falta de veracidad de las declaraciones arriba señaladas.

/ * [INDICAR LUGAR Y FECHA]iI Postor: | ......................................................... |

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACÁS-PISCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LE Y N ° 29230

/

¡ i J [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL POSTOR]

v ' F irm a :................................................

Empresa Ejecutora del Proyecto (Proyectista y/o Constructor): [ ....................................][NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA EJECUTORA DEL PROYECTO (PROYECTISTA Y/O CONSTRUCTOR)]

[NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL EJECUTOR DEL PROYECTO]

1*!¡S , F irm a :................................................

Nota: Las firmas de los Representantes Legales deberán ser legalizadas por Notario Público o Juez de Paz.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DÉ PARACAS PISCO ICAPROCÉSO DÉ SÉLECCIÓN N°01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LE Y N ° 29230

ANEXO N° 11

FORMULARIO N° 8

MODELO DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE INVERSIÓN

[INDICAR LUGAR Y FECHA]SeñoresCOMITÉ ESPECIAL - Ley N° 29230 / Ley N° 30264PROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N ° 29230Municipalidad Distrital de Paracas Presente.-

Referencia: Proceso de Selección de la Empresa Privada para el financiamiento y ejecución del Proyecto: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. N 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA. CÓDIGO SNIP 342117.

De nuestra consideración:

Por la presente otorgamos fianza solidaria, irrevocable, sin beneficio de excusión, ni división, incondicional y de realización automática, hasta por la suma de SI. 69,156.02 (Sesenta y Nueve Mil Ciento Cincuenta y Seis con 02/100 Soles), que equivale al 4% del Monto de Inversión del Proyecto adjudicado (sin considerar el monto asignado a la supervisión del proyecto), en favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS, para garantizar el correcto y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones asumidas por nuestros clientes señores[...................................................................... ], en virtud del Convenio de Inversión para laejecución del Proyecto de la referencia.

Esta fianza tendrá un plazo de vigencia de un (1) año, contado a partir de su fecha de emisión y, se hará efectiva en el caso que nuestros afianzados no cumplan con cualquiera de los compromisos y obligaciones derivados del Convenio de Inversión. Esta garantía deberá renovarse de acuerdo a las condiciones previstas en el Convenio de Inversión.

Queda expresamente entendido por nosotros que esta fianza será ejecutada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 1898 del Código Civil Peruano vigente.

Para que nosotros procedamos a honrar esta fianza, bastará un simple requerimiento del Titular de la Entidad Pública, o quien haga sus veces, realizado por conducto notarial en nuestras oficinas en la dirección indicada líneas abajo.

Nos comprometemos a pagarles el monto total de la fianza en un plazo máximo de 72 horas, contado a partir de la fecha de recepción de la carta notarial de requerimiento. Toda demora de nuestra parte en honrar el pago dará origen al pago de intereses compensatorios en favor de ustedes que se calcularán sobre la base de la mayor Tasa Activa en Moneda Nacional (TAMN) publicada por la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú más un spread de 3.0%. Tales intereses se devengarán a partir de la fecha en que sea exigido el pago y hasta la fecha efectiva del pago.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DÉ PARACAS-PISCO-ICAPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LE Y N ° 29230

Las obligaciones contraidas en virtud a la presente garantía no se verán afectadas por cualquier disputa entre ustedes y nuestros clientes.

Los términos utilizados en esta Carta Fianza tienen el mismo significado que los términos definidos en las Bases del proceso de selección.

Atentamente,

IMPORTANTE:

En caso que el postor ganador de la Buena Pro sea un Consorcio la carta fianza debe consignar en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el Consorcio.

Corresponde a la Entidad Pública verificar que las garantías presentadas cumplen con los requisitos y condiciones necesaiios para su aceptación y eventual ejecución.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DÉ PARACAS PISCO ICAPROCESO DÉ SELECCIÓN N°01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N 6 29230

ANEXO N° 11 FORMULARIO N° 9

MODELO DE GARANTÍA DE APELACION CONTRA LA ADJUDICACIÓN DE LABUENA PRO

[INDICAR LUGAR Y FECHA].

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL - Ley N° 29230 / Ley N° 30264PROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N ° 29230Municipalidad Distrital de Paracas Presente.-

Referencia: Proceso de selección de la Empresa Privada para el financiamiento y ejecución del Proyecto: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I E I. N 210 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA CRUZ ZONA A, DISTRITO DE PARACAS-PISCO-ICA CÓDIGO SNIP 342117.

Carta Fianza Bancaria N° [........ ]Vencimiento: [ ................................................................... ]

De nuestra consideración:

Por la presente y a la solicitud de nuestros clientes, señores[............................................. ], constituimos fianza solidaria, irrevocable, incondicional yde realización automática, sin beneficio de excusión, ni división, hasta por la suma de SI. 51,867.01 (Cincuenta y Un Mil Ochocientos Sesenta y Siete con 01/100 Soles) que equivale al 3% del Monto Total de Inversión Referencial del proceso de selección impugnado, a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS, para garantizar a nuestros afianzados en el pago de esa suma en cualquiera de los supuestos indicados en el segundo párrafo de esta carta fianza.

Esta fianza deberá encontrarse vigente hasta treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha de otorgamiento de la Buena Pro; y se hará efectiva en caso el recurso de apelación interpuesto fuera declarado infundado o improcedente por el Titular de la Entidad Pública o el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en caso de encargo de proceso de selección.

Queda expresamente entendido por nosotros que esta fianza será ejecutada por la Entidad Pública [o PROINVERSIÓN, según sea el caso], de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 1898 del Código Civil Peruano.

Se conviene expresamente que para que procedamos a honrar esta fianza, bastará un simple requerimiento vía notarial en nuestras oficinas sito en la dirección indicada líneas abajo.

Nos comprometemos a pagar el monto total de la fianza en un plazo máximo de 24 horas, contado a partir de la fecha de recepción de la carta notarial de requerimiento. Toda demora de nuestra parte en honrar el pago dará origen al pago de intereses compensatorios en favor de ustedes que se calcularán sobre la base de la mayor Tasa Activa en Moneda Nacional (TAMN) publicada por la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú más un spread de 3.0%. Tales intereses se devengarán a partir de la fecha en que sea exigido el pago y hasta la fecha efectiva del pago.

Atentamente,IMPORTANTE:

En caso de Cnnscvcto la Carta F-ian?a debe e m itirte consignando el nom bra de todas las Em presas P rivadas que lo integran.C orresponde a la E ntidad P ública verificar que la garantía p resen tada p o r el p os to r cum ple con los requ is itos y cond ic iones necesa iios para sn aceptación y even tua l ejecución.

Page 82: ñlE - Obras por Impuestos...MUNICIPAlIDAD DISTRITAL DÉ PARACAS PiSC.O IC.A PROCESÓ DE SELECCIÓNN 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEYN 29230 CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE

ANEXO N° 11

FORMULARIO N° 10 MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS-PISCO-ICÁPROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N ’ 29230

Paracas, [INDICAR LUGAR Y FECHA]

S eñores:

COMITÉ ESPECIAL - Ley N° 29230 / Ley N° 30264PROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N ° 29230Municipalidad Distrital de Paracas

Presente.-

[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (EMPRESA PRIVADA Y/O CONSORCIO)], N°RUC [ ..................], debidamente representado por su [CONSIGNARREPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE EMPRESA PRIVADA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIO, ASf COMO SU NOMBRECOMPLETO], identificado con DNI N° [ ..................], tenemos el agrado de dirigirnos austedes, en relación con el PROCESO DE SELECCIÓN N° 01-2017-MDP/CE PRIMERA CONVOCATORIA LEY N° 29230, a fin de acreditar a nuestro apoderado:[INDICAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI N° [ ..................], quien seencuentra, en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.

Firma, Nombres y Apellidos del Postor o Representante Legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

El presente formulario será utilizado cuando el Representante Legal de la Empresa Privada o el representante común del Consorcio no concuna peí sonalniente al proceso de selección