legislación minera en hispania romana
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Legislación minera en Hispania
Textos: Bronces de Vipasca
Vipasca I (1876): lex locationis
Objetivo: regular concesión de servicios, particularmente, precios de arrendamientos
Vipasca II (1906): lex dicta
¿Qué es una lex dicta?
Presupuesto: minas son propiedad del emperador
Régimen jurídico minero
Adquisición, contenido y extinción del derecho minero
1. Ocupación de pozos libres
Previa autorización de procurator metallorum
Pago de impuesto: pittaciarum
2. Inicio de explotación
25 días desde ocupación del pozo
Iniciada explotación no podía suspender por más de 10
días trabajos
Pérdida del derecho en ambos casos
3. Adquisición del pozo
Textos
Vip. II, 1: Se probará que antes de que el colono haya
fundido el metal ha pagado el precio de la mitad que pertenece al fisco....
Vip. II, 5: Una vez encontrado el filón, que la mitad corre-spondiente al fisco quede a salvo, según la costumbre
Interpretaciones
Derecho del fisco a la mitad del mineral
Obligación del minero de comprar la mitad del mineral, al precio
fijado por el fisco
Minero compra la otra mitad del pozo y se hace dueño de éste
por completo (la más aceptable)
Venta de la parte fiscal
Pública subasta
Podía adquirirla tercero -> comunidad
Si antes de venta fiscal no encuentra comprador, se procede
a pública subasta
Venta de parte de los mineros
Después de venta fiscal: libertad
Antes de venta fiscal: professio ante procurator metallorum