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1 FUERZA AÉREA ARGENTINA DI.B.P.F.A. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA CONTRATACIONES Y CONVENIOS APROBADO POR RESOLUCIÓN Nº 1011/2010 (JEMGFA) EDICIÓN 2010

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FUERZA AÉREA ARGENTINA

DI.B.P.F.A.

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA CONTRATACIONES Y CONVENIOS

APROBADO POR RESOLUCIÓN Nº 1011/2010 (JEMGFA)

EDICIÓN 2010

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INDICE

I. ASPECTOS GENERALES DEL MANUAL

ACLARACIONES 6 PROPÓSITO DEL MANUAL 6 ALCANCE 6 CONCEPTOS GENERALES 6 CONCEPTOS PARTICULARES 6 OBJETIVO 6 ÁMBITO DE APLICACIÓN 6 CONTRATOS COMPRENDIDOS 6 PRINCIPIOS GENERALES 7 ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE CONTRATACIONES 7 PROGRAMA ANUAL DE CONTRATACIONES 7 FORMALIDADES DE LAS ACTUACIONES 8 DESDOBLAMIENTO 8 RESPONSABILIDAD Y ORG. DE CONTROL 8

II. REQUERIMIENTOS Y FORMAS DE CONTRATACION

SOLICITUD DE GASTOS 9 CONFECCIÓN DE LA SOLICITUD 9 TRÁMITES DEL SECTOR COMPRAS 9 AGRUPAMIENTO DE COMPRAS 9 AFECTACIÓN PRESUPUESTARIA 10

FORMAS DE CONTRATACIÓN 10 PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN DEL PROVEEDOR 10 CRITERIOS PARA LA ELECCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 10 LICITACIÓN O CONCURSO 11 LICITACIÓN O CONCURSO PÚBLICO 11 LICITACIÓN O CONCURSO PRIVADO 11 LICITACIÓN O CONCURSO DE ETAPA ÚNICA 11 LICITACIÓN O CONCURSO DE ETAPA MÚLTIPLE 11 CONTRATACIÓN DIRECTA 11 CONTRATACIÓN DIRECTA CON TRÁMITE SIMPLIFICADO 12 URGENCIAS O EMERGENCIAS MÉDICAS 13

MODALIDADES DE LA CONTRATACIÓN 14 CON ORDEN DE COMPRA ABIERTA 14 CAJA CHICA 14 COMPRA INFORMATIZADA 14 CON PRECIO AJUSTADO A BONIFICACIÓN SOBRE UN PRECIO REFERENCIAL 14 CON PRECIO TOPE O PRECIO DE REFERENCIA 14 CONTRATACIONES CONSOLIDADAS 14 CONTRATACIONES LLAVE EN MANO 14 CONCURSO CON DOBLE SOBRE 15 OTROS CONTRATOS COMPRENDIDOS 15 LOCACIÓN DE INMUEBLES 15 CONCESIONES 15 CONSTRUCCIONES 15

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III. PROCEDIMIENTOS PARA CONTRATAR

PEDIDOS DE COTIZACIÓN Y PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

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DOCUMENTACIÓN INTEGRANTE DE LOS PLIEGOS 16 REQUISITOS DE LOS PLIEGOS 16 PARÁMETROS DE DETERMINACIÓN DE OFERTAS 17 OBSERVACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES 17 TRÁMITE DE LAS OBSERVACIONES 18 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES DEFINITIVO 18 CIRCULARES ACLARATORIAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

18

CONTRATACIONES DE BIENES Y SERVICIOS DE CARÁCTER INFORMÁTICO 18 COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES 19 REQUERIMIENTOS DE DATOS DE LOS OFERENTES EN LOS PLIEGOS 19 RETIRO Y COSTO DE PLIEGOS 19

PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN 20 LICITACIÓN O CONCURSO PÚBLICO 20 DIFUSIÓN 20 OBTENCIÓN DE LOS PLIEGOS POR INTERNET 20 CONTENIDO DE LOS ANUNCIOS 21 PRECIO TESTIGO 21

PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 21 CONTENIDO DE LAS OFERTAS 21 REQUISITOS FORMALES DE LAS OFERTAS 22 EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN 22 PLAZOS 22 PLAZOS DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 22 MUESTRAS 22 COTIZACIONES POR PRODUCTOS A IMPORTAR 23 COTIZACIONES EN MONEDA EXTRANJERA 23 MONEDA DISTINTA DE LA ESTABLECIDA EN EL PLIEGO 23 ERRORES DE COTIZACIÓN 24 CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR 24 DECLARACIÓN JURADA DE LIBRE DEUDA PREVISIONAL 24 INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR EL OFERENTE 24 OFERTAS CON DEFECTOS FORMALES 26 GASTOS POR CUENTA DEL PROVEEDOR 26

GARANTÍAS 26 GARANTÍAS QUE CONSTITUIRÁN LOS OFERENTES Y EL ADJUDICATARIO 26 CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS 27 GARANTÍAS POR ORDEN DE COMPRA ABIERTA O COMPRA INFORMATIZADA

27

EXCEPCIONES A LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS 28 DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS 28 ACRECENTAMIENTO DE VALORES 28

APERTURA DE OFERTAS 29 ACTO FORMAL DE APERTURA 29 ACTA DE APERTURA 29 VISTA DE LAS ACTUACIONES 29 REMISIÓN DE LAS OFERTAS PARA INFORME TÉCNICO 29

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REMISIÓN DEL EXPEDIENTE A LA COMISIÓN EVALUADORA 30 CUADRO COMPARATIVO DE LAS OFERTAS 30

HABILITADOS Y NO HABILITADOS PARA CONTRATAR CON DI.B.P.F.A. 30 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS – DICTAMEN DE EVALUACIÓN 30

COMISIÓN EVALUADORA 30 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y DICTAMEN 31 INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS 31 DESEMPATE DE LAS OFERTAS 32 OBSERVACIONES AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN 32 DICTAMEN JURÍDICO 32 FACULTAD PARA DEJAR SIN EFECTO LA CONTRATACIÓN 32

ADJUDICACIÓN 32 ATRIBUCIONES DEL DIRECTOR GENERAL 32 CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN 33 RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN 33 NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN 33 PLAZOS EN LAS NOTIFICACIONES 33 RECURSO CONTRA LA ADJUDICACIÓN 33

ORDEN DE COMPRA 34 PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO 34 CONTENIDO DE LA ORDEN DE COMPRA 34 INICIO DEL PLAZO DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 34 REGISTRO DEL COMPROMISO 34 AUMENTO O DISMINUCIÓN DE LA PRESTACIÓN 35 TRANSFERENCIA DEL CONTRATO 35 TRANSFERENCIA DEL ACREEDOR 35 PRÓRROGA DE CONTRATOS 36 ORDEN DE PRELACIÓN 36

IV. EJECUCION DE LA CONTRATACION

RECEPCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 37 CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 37 CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR 37 RECEPCIÓN PROVISORIA Y DEFINITIVA DE BIENES Y SERVICIOS 37 ANÁLISIS, ENSAYOS, PERICIAS U OTRAS PRUEBAS 37 INSPECCIONES 38 VICIOS REDHIBITORIOS 38

INCUMPLIMIENTOS, PENALIDADES Y SANCIONES 38 OBLIGACIONES DE INTEGRAR GARANTIA 38 PRÓRROGA DEL PLAZO DE CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN 39 MORA EN EL CUMPLIMIENTO 39 AFECTACIÓN DE LAS MULTAS 39 PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTOS DE OFERENTES O ADJUDICATARIOS

39

SANCIONES 40 SUSPENSIÓN 40 INHABILITACIÓN 40 RESCISIÓN (OTROS SUPUESTOS) 40 COMPETENCIA TEMPORAL 41 RESARCIMIENTO INTEGRAL 41

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DICTAMEN JURÍDICO PREVIO A LA IMPOSICION DE LAS PENAS 41 FACTURACIÓN 41 PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS 41 PLAZO PARA EL PAGO 41 BONIFICACIONES 41

V. PROCEDIMIENTOS PARA MODALIDADES NO COMUNES

CONCURSOS CON DOBLE SOBRE 42 OBSERVACIONES AL SOBRE A 42 EVALUACIÓN DEL CONTENIDO DEL SOBRE A 43 IMPUGNACIÓN DEL DICTAMEN DE PRECALIFICACIÓN 43 APERTURA DEL SOBRE B 43 ACTA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS (SOBRE B) 43 ADJUDICACIÓN 44 CONCURSOS CON MÁS DE DOS SOBRES 44 ORDEN DE COMPRA ABIERTA 44 COMPRA INFORMATIZADA 45 CONCESIONES 47 CONTRATACIONES CONSOLIDADAS 49

VI. FORMALIDADES DEL LEGAJO DE CONTRATACION

CONTENIDOS BÁSICOS 51

VII. PROCEDIMIENTOS PARA CONTRATACIONES ESPECIALES

CONTRATACIONES DIRECTAS – UM 53 REQUISITOS PARA EL USO DE LA MODALIDAD 53

PROCEDIMIENTO PARA ADQUISION DE PRÓTESIS IMPLANTABLES, NO IMPLANTABLES Y OTROS ELEMENTOS DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS

54

CONVALIDACIÓN DE GASTOS 54 ADJUDICATARIOS SIMULTÁNEOS 55

VIII. CONVENIOS

TIPOS DE CONVENIOS 56 ETAPAS PARA SUSCRIPCION Y EJECUCIÓN 56 FORMALIDADES DE LOS LEGAJOS DE CONVENIOS 57

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ANEXOS

I LÍMITES DE MONTOS PARA PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN Y NIVELES DE ATRIBUCIONES PARA APROBACIÓN

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II DISTRIBUCIÓN DE TAREAS Dirección General (Nivel I) Delegaciones (Nivel II A y B) Dirección de Asistencia Sanitaria (Nivel III)

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III PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES 61

Apéndices: Formularios y Modelos

Apéndice 1 - SOLICITUD DE GASTOS 75 Apéndice 2 - DISPOSICIÓN DE AUTORIZACIÓN 76 Apéndice 3 - INVITACIÓN A COTIZAR 77 Apéndice 4 - FIRMAS INVITADAS A COTIZAR 78 Apéndice 5 - ACTA DE APERTURA 79 Apéndice 6 - DICTAMEN COMISIÓN EVALUADORA 80 Apéndice 7 - DISPOSICIÓN DE ADJUDICACIÓN 82 Apéndice 8 - ORDEN DE COMPRA 84

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I. ASPECTOS GENERALES

ACLARACIONES

Propósito del Manual

1. El presente Manual tiene por objeto establecer los procedimientos que regirán las contrataciones de todo tipo de bienes y servicios en el ámbito de la Dirección General de Bienestar del Personal de la Fuerza Aérea Argentina, como así también especificar los procedimientos especiales para adquirir y/o convenir la obtención de las necesidades del rubro de la Salud.

Alcance

2. Todos los Organismos de la DI.B.P.F.A. deberán cumplir estrictamente las normas especificadas en el presente Manual, cuando tengan la responsabilidad de llevar a cabo una Contratación o suscribir Convenios que demanden compromisos económicos que afecten los Recursos de esta Dirección General.

Conceptos Generales

3. En razón de la importancia que se asigna a la administración de los recursos para dar cumplimiento a los objetivos de D.I.B.P.F.A., es menester que el personal del área de contrataciones tome el máximo de recaudos en la aplicación de los procedimientos establecidos en el presente Manual, a fin de lograr la eficacia y eficiencia requerida en la obtención de aquellos recursos.

Conceptos Particulares

4. Establecido por el Decreto P.E.N. Nº 1776/07 el carácter de Obra Social Estatal a la Dirección General de Bienestar del Personal de la Fuerza Aérea y encuadrada entre los organismos comprendidos en el artículo 8º inciso b) de la Ley Nº 24.156, se detallan en el presente, pautas establecidas a partir del Manual de Contrataciones de la Fuerza Aérea (MAPG 20) (con acceso: htp://www.info.faa.mil.ar/cacfa/index.html) y la legislación vigente para las Contrataciones del Estado (Decretos Nº 1023/01 y 436/00).

5. Si bien dichas normas no son de aplicación estricta en el ámbito de la DIBPFA, a partir de los principios generales allí establecidos, se fijan los procedimientos a aplicar en el presente régimen particular.

Objetivo

6. Establecer el marco normativo que regule los procedimientos para la obtención de obras, bienes y servicios con la mejor calidad y tecnología, proporcionada a las necesidades y en el momento oportuno como así también, al menor costo posible.

Ámbito de Aplicación

7. El ámbito de aplicación para los procedimientos de contratación establecidos en la presente Norma, es la DIRECCION GENERAL DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA FUERZA AÉREA y sus Dependencias.

Contratos Comprendidos

8. Comprende los contratos de compraventa, suministros, locaciones, concesiones, servicios y consultorías, quedando excluidos expresamente los de contratación de personal

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Principios Generales

9. Los principios generales a los que deberá ajustarse la gestión de las contrataciones son:

1º) Razonabilidad del proyecto

2º) Eficacia, eficiencia y economía en los procedimientos

3º) Promoción de la concurrencia de interesados y de la competencia entre oferentes.

4º) Transparencia en los procedimientos

5º) Publicidad y difusión

6º) Control de las Actuaciones

7º) Igualdad de tratamiento para interesados y oferentes

8º) Responsabilidad de los funcionarios y agentes que autoricen, aprueben y/o gestionen las contrataciones.

Organización del Sistema de Contrataciones

10. La filosofía del sistema de compras es de conducción centralizada (desde la sede central) y ejecución descentralizada; ejecutada por los Organismos de contrataciones dependientes, según los niveles de atribuciones establecidos en el Anexo I.

11. Se determinan cuatro niveles de capacidades, para la ejecución y control de las contrataciones,

12. La distribución de tareas, por tipos de contrataciones, en las dependencias de la Obra Social, se describen en el Anexo II, debiendo las autoridades de los organismos con facultades delegadas, controlarlas y ejecutarlas según el nivel de competencia que tienen autorizadas.

13. Existiendo en el área de la administración sanitaria, características específicas que justifican procedimientos especiales, los requerimientos que se caractericen por la perentoriedad justificada de la satisfacción de la necesidad, serán tratados como Urgencias Médicas (UM) de manera particular, las cuales serán médicamente auditadas antes de su convalidación.

14. Así, algunas recepciones de bienes o servicios contratados serán realizadas directamente por el usuario (prótesis en quirófanos y otros casos especiales), por lo que la convalidación de lo ejecutado deviene a posteriori del proceso de auditoría médica pertinente, el cual equivale a la función logística de recepción que, para las compras rutinarias, realiza el organismo de abastecimiento corriente

Programa Anual de Contrataciones

15. La inversión presupuestaria anual necesaria para sustentar las contrataciones que efectúan las dependencias de la Obra Social surge de las estimaciones del Programa Anual de Contrataciones, cuya elaboración está organizada de la siguiente manera:

1º) El usuario (Servicios y Delegaciones): planifica y eleva (junto con las previsiones presupuestarias y de acuerdo con el cronograma que se fije anualmente) al organismo Abastecimiento de DIBPFA Central (para compras centralizadas) o al responsable de la planificación de las adquisiciones del organismo (en el caso de las descentralizadas), las necesidades que deberán satisfacer en el ejercicio siguiente.

2º) El Organismo Abastecimiento: planifica unificadamente los requerimientos del ejercicio siguiente y los remite, en la oportunidad que establezca el cronograma, al Organismo Economía.

3º) La Dirección General: en función del Plan de Contrataciones solicitado y de los Recursos previstos y las Erogaciones pendientes, formula el Presupuesto Anual de Inversiones aprobado para la DI.B.P.F.A,

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4º) El organismo Economía: En disposición del Presupuesto Anual, confecciona el

Programa Anual de Contrataciones del ejercicio siguiente y gestiona los procedimientos necesarios para la ejecución del plan del ejercicio actual.

16. Los requerimientos eventuales (fuera de plan) se regirán por las directivas que se dicten oportunamente por parte de la Dirección General

Formalidades de las Actuaciones

17. Deberán realizarse mediante el dictado del acto administrativo respectivo, con los requisitos establecidos en el artículo 7° de la Ley N° 19.549 y sus modificatorias, como mínimo las siguientes actuaciones, sin perjuicio de otras que por su importancia así lo hicieren necesario:

1. La convocatoria y la elección del procedimiento de selección.

2. La aprobación de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares.

3. La declaración de que el llamado hubiere resultado desierto o fracasado.

4. La preselección de los oferentes en la licitación con etapa múltiple.

5. La aplicación de penalidades y sanciones a los oferentes o cocontratantes.

6. La aprobación del procedimiento de selección y la adjudicación

7. La determinación de dejar sin efecto el procedimiento.

8. La revocación de los actos administrativos del procedimiento de contratación.

9. La suspensión, resolución, rescisión, rescate o declaración de caducidad del contrato

18. Las actuaciones mencionadas en los incisos 1º) y 2º) del párrafo anterior se efectuarán mediante el acto administrativo de Autorización respectivo, dictado por la autoridad competente (Anexo I), y que deberá contener:

1º) La aprobación del procedimiento de selección, con intervención previa del área Económica y de la Legal.

2º) La aprobación de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y sus Especificaciones Técnicas, propuestos por el sector adquirente y con intervención del Organismo Compras de DI.B.P.F.A. o de sus dependencias y del área legal.

3º) La designación de la Comisión Evaluadora.

4º) La Imputación Presupuestaria Preventiva.

19. En el caso de los incisos 3º) a 9º) del párrafo 17, previo al dictado del acto administrativo, se dará intervención a la Comisión Evaluadora.

Desdoblamiento

20. No se podrán fraccionar contrataciones con la finalidad de eludir la aplicación de los montos máximos fijados como niveles para los procedimientos de selección.

21. Debe considerarse que podrá incurrirse en desdoblamiento, cuando dentro de un período de tres meses se adquieran por Contratación Directa o Licitación Privada, efectos del mismo tipo o iguales servicios, sin que previamente se expresen las razones que lo justifiquen.

Responsabilidad y Órgano de Control

22. Al personal de la DIBPFA que participe en los procedimientos de contrataciones que se realicen con recursos de la misma, le cabe las responsabilidades establecidas en la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y Control del Sector Público. Para ello rigen los sistemas de Control Externo e Interno que fija dicho marco.

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II. REQUERIMIENTOS Y FORMAS DE CONTRATACION

SOLICITUD DE GASTOS

Confección de la Solicitud

23. Para adquirir un bien determinado o contratar un servicio, el solicitante deberá confeccionar indefectiblemente el pedido, instrumentándolo mediante la SOLICITUD de GASTO correspondiente, citando su origen en el plan anual de contrataciones; esta solicitud será el documento que dará origen a la gestión de adquisición una vez remitido al órgano de Compras, debiéndose:

1º) Detallar las cantidades y características de los bienes y servicios a adquirir o contratar.

2º) Consignar las especificaciones técnicas, la forma, oportunidad y lugar de entrega, la calidad exigida y las normas a requerirse.

3º) Para el caso de medicamentos, descartables, reactivos u otras especialidades medicinales, especificar las características de los mismos, envase, normas (DEF, ANMAT, OMS, etc.) que deben cumplir.

4º) Aclarar si los elementos deben ser nuevos, usados o reacondicionados y si se aceptarán tolerancias.

5º) Estimar el costo de la prestación (citando fuente) con el fin de registrar la afectación preventiva y el procedimiento de contratación a realizar.

6º) Indicar las razones de urgencia o emergencia que condicionen el procedimiento y fundamentar explícitamente la adquisición de determinado modelo o marca si ese fuera el caso.

7º) Agregar los datos de empresas a consultar.

8º) Incluir la propuesta de Cláusulas Particulares en lo referente a los aspectos técnicos, firmadas por el titular del área solicitante, con el fin de la redacción del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

9º) Indicar número de solicitud por parte de la División Abastecimiento, quien a su vez indicará con su firma la inexistencia del elemento o bien requerido en stock.

10º) Establecer la Imputación Preventiva del cargo solicitante.

11º) Contener la firma del titular del área solicitante.

12º) Ser autorizada por la autoridad que corresponda en función del monto estimado y según los Niveles de Atribuciones que se fijan a partir de la presente normativa y que se detallan en el Anexo I .

Trámites del Sector Compras

24. Se inicia el trámite de adquisición / contratación a partir de la recepción de la Solicitud de Gastos autorizada por la autoridad competente y requerirá la Imputación Preventiva por parte del Departamento Presupuesto.

25. El pedido debe incluir toda la información necesaria antes mencionada, caso contrario será devuelto al solicitante.

Agrupamiento de las Compras

26. Sobre la base de la identidad del rubro comercial, el organismo Compras procurará consolidar

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Solicitudes de Gastos de diferentes áreas para que sean contratados mediante una única gestión, considerando especialmente las fechas de provisión requeridas.

Afectación Presupuestaria

27. El Jefe del Departamento u Organismo solicitante, dejará constancia del crédito a afectar, siendo responsable de la gestión para que en dicha partida se cuente con saldo para su posterior Imputación Preventiva por parte del Departamento Presupuesto.

FORMAS DE CONTRATACIÓN

Procedimientos de Selección del Proveedor

28. Los Tipos de Procedimientos de Selección, son los siguientes:

1º) Licitación o Concurso

2º) Contratación Directa

3º) Subasta o Remate Público

29. Las Clases de licitaciones o concursos pueden ser:

1º) Públicos o privados.

2º) De etapa única o múltiple.

30. Asimismo se reconocen las siguientes Modalidades de las contrataciones, que podrán ser utilizadas en forma individual o mediante una combinación de dos o más de ellas, según la necesidad:

1º) Con orden de compra abierta.

2º) Con caja chica.

3º) Compra informatizada.

4º) Con precio ajustado a bonificación porcentual sobre Precio de Referencia.

5º) Con precio tope o de referencia.

6º) Consolidadas.

7º) Llave en mano.

8º) Concurso con Doble Sobre.

31. El Organismo Compras determinará el Tipo de Procedimiento a utilizar para la selección del proveedor, junto con su respectiva Clase y Modalidad.

32. El organismo solicitante podrá también sugerirlas a partir de su conocimiento del mercado, fundamentándolo en la Solicitud de Gastos.

Criterios para la Elección del Procedimiento

33. Se deberán evaluar las siguientes circunstancias:

1º) Cumplir con los objetivos de economía, eficiencia y eficacia en la aplicación de los recursos.

2º) Las características de los bienes o servicios a contratar.

3º) El monto estimado del contrato, considerando que para ello se deberán respetar los Límites de Montos para cada Procedimiento de Selección que se fija en el Anexo I.

4º) Las condiciones de comercialización y configuración del mercado.

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5º) Las razones de urgencia o emergencia.

6º) La fecha de provisión necesaria.

Licitación o Concurso

34. Se efectuará Licitación cuando el criterio de selección recaiga primordialmente en factores económicos y Concurso, cuando el criterio de selección recaiga en factores no económicos tales como capacidades técnico-científicas, culturales o artísticas, según corresponda.

Licitación o Concurso Público

35. Cuando el llamado a participar esté dirigido a una cantidad indeterminada de posibles oferentes, procurando la máxima difusión y participación, y el monto de la Contratación sea igual o mayor que el determinado en el Anexo I para este procedimiento.

Licitación o Concurso Privado

36. Cuando se invite a participar a una determinada cantidad de posibles oferentes y será procedente cuando el monto estimado de la contratación sea mayor que el determinado en el Anexo I para este procedimiento y no exceda el mínimo establecido para la Licitación Pública, extendiéndose la invitación a por lo menos, CINCO (5) de los principales productores, prestadores, fabricantes o comerciantes del rubro y a proveedores anteriores, si los hubiere.

Licitación o Concurso de Etapa Única

37. Es cuando la comparación de las ofertas y de las calidades de los oferentes se realiza en un mismo acto.

Licitación o Concurso de Etapa Múltiple

38. Cuando el alto grado de complejidad del objeto del contrato o las características específicas de la prestación lo justifiquen, se realiza en DOS (2) o más fases la evaluación y comparación de las calidades de los oferentes, los antecedentes empresariales y técnicos, la capacidad económico-financiera, las garantías, las características de la prestación y el análisis de los componentes económicos de las ofertas, mediante preselecciones sucesivas.

39. En los casos en que se utilice esta variante, la recepción de los sobres respectivos será simultánea para todos los oferentes.

40. Sólo se procederá a abrir los sobres correspondientes a las ofertas económicas de aquellos oferentes que hubieran sido precalificados.

Contratación Directa

41. Se utilizará bajo las condiciones que se establecen a continuación, debiéndose, en los casos señalados en los incisos 1º), 2º), 5º) y 6º), arbitrar los medios para efectuar el pedido de cotización por medio fehaciente a un mínimo de TRES (3) proveedores habituales, prestadores, productores, fabricantes, comerciantes o proveedores del rubro:

1º) Cuando no fuese posible aplicar otro procedimiento o la operación no exceda del monto máximo que se establece en el Anexo I para este Tipo de Procedimiento.

2º) Cuando no hubiera podido concretarse la contratación por concurso o licitación al haber resultado desierta o por no haberse obtenido ofertas admisibles.

3º) Cuando la realización o adquisición de obras científicas, técnicas o artísticas deba confiarse a empresas, artistas o especialistas que sean los únicos que puedan llevarlas a cabo. Se deberá fundamentar la necesidad.

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4º) Para la contratación de bienes o servicios cuya venta fuera exclusiva de quienes tengan

privilegio para ello o que sólo posea una determinada persona física o jurídica, siempre y cuando, no hubieran sustitutos convenientes. Se deberá documentar en las actuaciones la constancia de tal exclusividad mediante el documento o informe técnico respectivo. La marca no constituye de por sí causal de exclusividad, salvo que no haya sustitutos convenientes o que se trate de material sanitario pedido específicamente por el médico responsable y avalado por el auditor correspondiente.

5º) Cuando la urgencia para la prestación del bien o servicio en general a contratar, impida la realización de otro procedimiento de selección en tiempo oportuno. En todos los casos la escasez del plazo para la provisión, deberá resultar suficientemente acreditada en las constancias del expediente respectivo.

6º) Cuando la compra deba realizarse en países extranjeros y no sea posible realizar en ellos licitaciones o concurso de precios.

7º) Cuando sea necesario efectuar la contratación o realizar convenios para mantener la cobertura Médico – Asistencial de los afiliados, en los que se deba priorizar la capacidad científica, los niveles de estructura y la disponibilidad de aparatología requerida para la prestación, lo cual implica criterios de categorización y acreditación tendientes a optimizar la calidad de la Atención Médica, no pudiendo aplicarse con ellos los procedimientos normales de comparación valorativo. Dichas circunstancias deberán acreditarse documentadamente en el respectivo trámite.

8º) Compras para atender Urgencias o Emergencias médicas, debidamente justificadas por el profesional que formula el requerimiento, cuando por los plazos para la provisión no sea posible efectuar otro procedimiento.

9º) En las contrataciones con reparticiones públicas, provinciales, municipales, empresas del Estado o Sociedades de cualquier naturaleza en la que el Estado Nacional forme parte, con participación mayoritaria en el capital.

10º) En las contrataciones con Universidades Nacionales.

11º) Cuando se trate de reparaciones de maquinarias, vehículos, equipos o motores cuyo desarme, traslado o examen previo sea imprescindible para determinar la reparación necesaria y resultare más oneroso en caso de adoptarse otro procedimiento de contratación.

12º) Cuando se trate de la reparación de aparatos e instrumental para el cuidado y la conservación de la salud y otros de carácter científico, como así también la adquisición de repuestos, componentes y accesorios de los mismos.

Contratación Directa con Trámite Simplificado (TS)

42. Cualquiera de los casos de Contratación Directa, podrá realizarse por Trámite Simplificado siempre y cuando el monto estimado del contrato fuera de hasta el monto máximo indicado en el ANEXO I para esta modalidad.

43. Resulta Simplificado, porque no se requiere: de más de DOS (2) días de anticipación en las invitaciones a cotizar, de exigencias de garantías, de las formalidades de la Apertura, ni de la intervención de la Comisión Evaluadora.

44. Autorización: Para realizar el procedimiento simplificado deberá constar en el legajo la autorización de la Autoridad que corresponda según Anexo I.

45. Invitaciones: Sólo cuando el Trámite Simplificado encuadre, en los incisos: 1º) (monto), 2º) (desierta o fracasada), 5º) (urgencia) y 6º) (exterior) del título anterior (Contratación Directa), se deberán cursar invitaciones fehacientes, por cualquier medio, a un mínimo de TRES (3) proveedores habituales, prestadores, productores, fabricantes y/o comerciantes del rubro, con una antelación mínima

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de DOS (2) días al vencimiento del plazo de presentación de ofertas. Antelación que no será necesaria en el caso del inciso 5º) (urgencia); debiendo indicarse como datos mínimos en las mismas:

1º) Día, hora y lugar de presentación de las ofertas.

2º) La forma de presentar las ofertas.

46. Garantías: La contratación con Trámite Simplificado siempre será hasta el monto explicitado en Anexo I, razón por la que no será necesario que los oferentes presenten garantía de mantenimiento de la oferta, ni que los adjudicatarios integren la garantía de cumplimiento del contrato, excepto que puntualmente se disponga otra cosa.

47. El titular del sector Compras será depositario de las propuestas que se reciban —ya sea abiertas o cerradas; mediante nota o vía electrónica por e-mail — y tendrá la responsabilidad de que las ofertas permanezcan reservadas hasta el día y hora de vencimiento del plazo fijado para la presentación.

48. Apertura: En esa oportunidad todas las ofertas que se hubieren presentado se agregarán al expediente según el orden de su recepción, pudiendo prescindirse del acto formal de apertura de las ofertas.

49. Vencido el plazo para la presentación de Ofertas, se procederá en forma inmediata a labrar un Acta simple, la cual debe contener los siguientes datos:

3º) Fecha, hora, Nº de Acta y Nº de Procedimiento.

4º) Número de orden asignado a cada oferta.

5º) Nombre de los oferentes.

6º) Montos de las ofertas.

7º) Montos y formas de las garantías acompañadas, si han sido solicitadas.

8º) Las observaciones que se formulen.

9º) Firma del organismo Compras.

50. Con posterioridad se confeccionará el Cuadro Comparativo de Ofertas, el Informe Técnico y el Dictamen Jurídico previo a la Adjudicación, en virtud de lo cual, la autoridad competente para Aprobar y Adjudicar resolverá sobre la correspondiente contratación.

51. En todas las contrataciones, la Adjudicación deberá notificarse a todos los oferentes y la Orden de Compra al Adjudicatario.

52. Difusión en Internet: Se publicará de acuerdo a lo establecido en título Difusión y contendrá como mínimo:

10º) Convocatoria.

11º) Adjudicación.

12º) Ordenes de Compra

Urgencias o Emergencias Médicas 53. Deberán ser clasificados como Contrataciones Directas UM, aquellas Contrataciones Directas para atender Urgencias o Emergencias Médicas que no pueden satisfacerse mediante la aplicación de alguno de los procedimientos normales establecidos por el grado de perentoriedad de la provisión (lapso que media entre la formulación de la solicitud al sector Compras y la fecha requerida de disponibilidad del bien o servicio), circunstancias que serán debidamente justificadas en el Legajo.

54. Para ello, el grado de perentoriedad se encuadrará considerando que deben mediar (en días hábiles):

1º) Trámite Normal: QUINCE (15) días o más.

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2º) Trámite Urgente (UM – Urgencia Médica), menos de QUINCE (15) días.

55. En todos los casos que la compra se encuadre como Contratación Directa UM, los plazos de entrega deben ser de carácter INMEDIATO.

MODALIDADES DE LA CONTRATACIÓN

Con Orden de Compra Abierta 56. Se utilizará cuando la cantidad de bienes o servicios no se pudiesen prefijar en el contrato, de manera tal que el organismo contratante pueda realizar los requerimientos de acuerdo con sus necesidades durante el lapso de vigencia contractual y al precio unitario adjudicado.

Con Caja Chica 57. Esta modalidad se aplicará para compras menores, como así también para el pago de los Servicios Básicos (impuestos, agua, teléfonos, gas, energía eléctrica, etc), en razón de su bajo monto. La misma está excluida de los procedimientos desarrollados en este Manual; ajustándose a los montos máximos que a tal efecto establezca por Disposición el señor Director General de Bienestar de Personal de la Fuerza Aérea.

Compra Informatizada 58. Se empleará para la adquisición de bienes homogéneos, de bajo costo unitario, de los que se utilizan con habitualidad en cantidades considerables, que además tengan un mercado permanente, mediante la presentación de ofertas en medio magnético estándar que será establecido en cada convocatoria.

Con Precio Ajustado a bonificación sobre un Precio Referencial 59. Esta modalidad será empleada cuando las condiciones del llamado establezcan que las ofertas se constituirán con la determinación de un porcentaje de descuento a mantener durante la vigencia de la Orden de Compra o Contrato, sobre los precios de referencia (por ejemplo: Precio de Venta al Público en el caso de medicamentos) difundidos convenientemente con la periodicidad de cada caso y reconocidos como tal.

Con Precio Tope o con Precio de Referencia 60. Cuando el llamado a participar indique el precio más alto (Precio Tope) que habrá de pagarse por los bienes o servicios requeridos.

61. Cuando se utilice Precio de Referencia no podrá abonarse un precio unitario que supere a aquél en más de un CINCO POR CIENTO (5%).

62. En ambos casos se deberá dejar constancia en el expediente de la fuente utilizada para su determinación.

Contrataciones Consolidadas 63. En aquellos casos en que DOS (2) o más dependencias de la DI.B.P.F.A. con atribuciones para contratar, requieran un mismo tipo de prestación, se podrá utilizar este procedimiento.

64. El mismo consiste en unificar la gestión del proceso de contratación con el fin de obtener mejores condiciones de compra. De igual manera será de aplicación, cuando se decidiese obtener dichas ventajas con otros Organismos de la Fuerza Aérea o de la Administración Pública en general.

Contrataciones Llave en Mano 65. Cuando se estime conveniente concentrar en un único proveedor la responsabilidad de la realización integral de un Proyecto.

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Concursos con Doble Sobre

Otros contratos comprendidos: 1º) Locación de Inmuebles: Se realizará mediante la aplicación de las normas administrativas

que sobre la materia estuvieran vigentes en la Fuerza Aérea en el momento de realizarse dicha locación.

2º) Concesiones: Son contratos por los que los concesionarios, actuando a su propia costa y riesgo, ocupan, usan o explotan, por tiempo determinado, bienes inmuebles que administra DI.B.P.F.A., a la que pagarán un canon por dicho uso, explotación u ocupación de los inmuebles puestos a su disposición por un período de tiempo limitado y de acuerdo con las disposiciones vigentes en la Fuerza Aérea y a las pautas que establezca el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

3º) Construcciones: Las Reparaciones Mayores de Infraestructura y Obras Nuevas, se realizarán solicitando la debida intervención y el asesoramiento técnico de la Dirección General de Infraestructura de la FAA. Para la contratación, de corresponder, se aplicará la Ley de Obras Públicas Nº 13.064.

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III. PROCEDIMIENTOS PARA CONTRATAR

PEDIDOS DE COTIZACIÓN Y PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

Documentación integrante de los Pliegos 66. Cuando el monto estimado de la contratación a realizar no exceda el previsto para Trámite Simplificado, a los posibles oferentes se les deberá remitir como mínimo, la siguiente documentación:

1º) Invitación a Cotizar.

2º) Pliego de Bases y Condiciones Particulares, si fuese requerido.

3º) Especificaciones Técnicas, si correspondieran.

Requisitos de los Pliegos

67. El Pliego de Bases y Condiciones Generales, que se agrega al presente Manual como Anexo III, tendrá aplicación en todas las contrataciones que realice DIBPFA y se expone en la página de Internet de este Organismo, dato que se informa en los Pliegos de Condiciones Particulares, razón por la que no será necesaria su inclusión con las Ofertas.

68. El Pliego de Bases y Condiciones Particulares se elaborará a partir de los requisitos formulados por las Dependencias requirentes y al cual se adicionarán las Especificaciones Técnicas. Dicho Pliego contendrá la siguiente información mínima:

1º) Nombre del Organismo contratante.

2º) Tipo, número, ejercicio, clase y modalidad del procedimiento de selección.

3º) Objeto de la contratación.

4º) Lugar, plazo y horario de presentación de ofertas.

5º) Lugar, día y hora del acto de apertura de ofertas.

6º) Especificaciones Técnicas, en las que deberán consignarse en forma clara e inconfundible:

a) Las características y especies de la prestación.

b) La calidad exigida y, en su caso, las normas de calidad que deben cumplir los bienes o servicios o que deban satisfacer los proveedores.

c) Si los elementos deben ser nuevos, usados o reacondicionados.

d) Si se aceptarán tolerancias.

7º) Para la reparación de aparatos y equipos de alta complejidad, podrán solicitarse repuestos legítimos.

8º) No se deberán formular especificaciones cuyo cumplimiento sólo sea factible para determinadas empresas o productos, ni transcribirse detalladamente textos extraídos de folletos, catálogos o presupuestos informativos.

9º) Garantía de oferta, de cumplimiento de contrato y requisitos que deberán reunir las compañías aseguradoras con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución. Cuando existan razones fundadas se podrá elegir la forma de garantía

10º) Plazo de mantenimiento de la oferta.

11º) Cantidad de copias en que los oferentes deben presentar sus ofertas.

12º) Moneda de cotización, forma y moneda de pago. Impuestos

13º) Establecer cuando la cotización debe hacerse por cantidades netas y libres de envase y de

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gastos de embalaje.

14º) Dejar constancia cuando se admita formular oferta por renglones aislados.

15º) Plazo y Lugar de entrega de los bienes o de prestación de los servicios.

16º) Indicar si es necesario la presentación de muestras.

17º) Plazo en que se efectuará la recepción definitiva.

18º) Forma y lugar de presentación de las facturas.

19º) Prever la opción de prórroga, cuando corresponda.

20º) Cuando el procedimiento sea de etapa múltiple: Se indicarán los factores que serán tenidos en cuenta para la evaluación de cada uno de los sobres y, en su caso, los coeficientes de ponderación relativa que se aplicarán a cada uno de ellos, sistemas que se aplicarán para la determinación de la oferta más conveniente, detalles de la carta de presentación que tienen que suministrar los oferentes, valor máximo del puntaje para cada factor que deba analizar la Comisión Evaluadora y el puntaje mínimo para la precalificación, plazo en el que deberán ser resueltas las impugnaciones que se hubieran planteado al acta de precalificación, parámetros de evaluación para el sobre que contenga la oferta económica, monto de la garantía de mantenimiento de la oferta.

21º) Cuando se utilice la modalidad llave en mano: prever que los oferentes acompañen información acerca del financiamiento del proyecto, se hagan cargo de la provisión de repuestos, ofrezcan garantías de calidad y vigencia apropiadas, detallen los trabajos de mantenimiento a realizar y todo otro requisito que resulte conducente al buen resultado de la contratación.

22º) Cuando se utilice la modalidad orden de compra abierta: se indicará la cantidad máxima y mínima de unidades que podrán requerirse durante el período de vigencia del contrato, para cada uno de los renglones que el adjudicatario deberá proveer si así se indicase, frecuencia en que se realizarán las solicitudes de provisión, para cada uno de los renglones.

Parámetros para la determinación de las Ofertas más convenientes 69. Deberá establecerse en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares el criterio de evaluación y selección de las ofertas, ya sea mediante la inclusión de fórmulas polinómicas o la clara determinación de los parámetros que se tendrán en cuenta para determinar la oferta más conveniente, tomando en consideración el grado de complejidad, el monto, el tipo de contratación a realizar y los intereses de la DI.B.P.F.A.

Observaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares 70. Cuando la complejidad del Pliego lo justifique, podrá efectuarse la apertura de una etapa, previa a la convocatoria, para recibir observaciones a un proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

71. Para ello, el órgano Compras enviará comunicaciones a las asociaciones que nuclean a los productores, fabricantes y comerciantes del rubro y a las asociaciones locales del lugar donde deban efectuarse las provisiones, para su difusión entre los interesados.

72. Estas comunicaciones podrán cursarse por cualquier medio y se agregarán en el expediente las constancias de su envío.

73. Los avisos y comunicaciones deberán contener la siguiente información:

1º) Nombre del organismo que contratará.

2º) Objeto de la contratación. Descripción sintética del material/servicio a adquirir/contratar.

3º) Base de la contratación, si la hubiere.

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4º) Fecha de finalización del plazo para formular observaciones al Pliego de Bases y

Condiciones Particulares.

Trámite de las Observaciones 74. El órgano Compras pondrá a disposición del público el Proyecto en cuestión, durante el plazo fijado para la recepción de observaciones, vencido el cual no se admitirán presentaciones.

75. El Jefe de la dependencia requirente podrá convocar a reuniones para debatir las observaciones presentadas; en tal caso presidirá las mismas, debiendo estar presente como mínimo un integrante de la Comisión Evaluadora.

76. Tanto las observaciones recibidas como los temas tratados, deberán constar en actas que serán firmadas por los funcionarios designados al efecto y los presentes que desearen hacerlo, las que junto con la información presentada se agregarán al expediente.

Pliego de Bases y Condiciones Particulares Definitivo 77. La Dependencia contratante elaborará el Pliego de Bases y Condiciones Particulares definitivo conforme con los criterios técnicos, económicos y jurídicos que a su juicio correspondan, teniendo en cuenta las opiniones vertidas por los interesados en la medida en que las considere pertinentes a los fines de obtener un mejor resultado de la contratación y preservando los principios de igualdad entre los interesados, de promoción de la concurrencia, de la competencia, de la transparencia y de la ética.

Circulares aclaratorias al Pliego de Bases y Condiciones Particulares

78. El órgano Compras recibirá aquellas consultas aclaratorias a los pliegos remitidos o adquiridos por los potenciales oferentes, que se efectúen por escrito, dentro del plazo estipulado para la presentación de la oferta y hasta CUARENTA Y OCHO (48) horas antes de la fecha de apertura, si no se estableciera otro plazo.

79. Evaluará si la solicitud es pertinente y contribuye a una mejor comprensión e interpretación del Pliego en cuestión; en tales casos, emitirá la correspondiente circular aclaratoria la cual deberá ser comunicada en forma fehaciente a todos los interesados que hubieren retirado y/o adquirido el Pliego y al consultante. La misma pasará a formar parte como anexo del Pliego.

80. Dicho organismo podrá de oficio realizar las aclaraciones y/o modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares que sean pertinentes, debiendo comunicarlas, siguiendo el procedimiento mencionado precedentemente e incluirlas en el Pliego.

81. Cuando por la índole de la consulta practicada por un interesado, resulte necesario pedir informes o realizar verificaciones técnicas que demanden un plazo superior a las VEINTICUATRO (24) horas contadas desde que se presentare la solicitud, el Jefe del órgano Compras con acuerdo del Organismo requirente, podrá prorrogar de oficio la fecha de apertura, en no más de una semana.

82. La prórroga deberá ser comunicada en los mismos medios en los que se haya publicado el llamado y notificada en forma fehaciente a todos los interesados que hayan retirado o recibido el Pliego.

Contratación de Bienes y Servicios de carácter Informático

83. Los requerimientos de bienes y servicios que hagan al funcionamiento de sistemas informáticos (tanto de hardware como de software), deberán gestionarse a partir del requerimiento del Departamento Informática, quién efectuará el análisis técnico y la confección del pliego correspondiente que remitirá a Compras para efectuar la contratación.

84. De igual manera será el organismo responsable de la evaluación técnica de las consultas que se formulen, las ofertas y el posterior seguimiento del cumplimiento de las contrataciones del rubro.

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Comunicaciones y Notificaciones 85. Las comunicaciones que se realicen entre el Organismo contratante y los interesados, oferentes o adjudicatarios, podrán llevarse a cabo con entrega personal, por correo electrónico, por fax, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, dirigida a la dirección de correo electrónico, número de fax o domicilio indicado por los interesados, oferentes o adjudicatarios en su presentación.

86. Constituirá plena prueba de la notificación realizada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre: la copia certificada por el funcionario interviniente en la notificación, el reporte emitido por el equipo utilizado o el aviso de retorno.

87. La indicación del fax, e-mail o del domicilio del Organismo contratante, efectuada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares a los fines de un procedimiento de selección, determina que únicamente serán válidas las comunicaciones que los interesados, oferentes o adjudicatarios realicen en ellos.

88. El órgano Compras será quien efectúe o reciba toda comunicación o notificación vinculada con la contratación, que se realice con los oferentes, las cuales se incorporarán al legajo correspondiente.

Requerimientos de Datos de los Oferentes en los Pliegos 89. Datos que podrán ser requeridos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de acuerdo a las necesidades de cada contratación:

1º) Memoria descriptiva de las distintas prestaciones a efectuar por el oferente, detallando cada uno de los pasos que componen las prestaciones a brindar.

2º) Estatuto social o contrato constitución de la persona jurídica oferente, debidamente aprobado e inscripto por los organismos de contralor que correspondan, como asimismo la constancia que el mismo se encuentra vigente.

3º) Nómina de los integrantes de los órganos de administración y fiscalización. A tal efecto deberán agregarse los respectivos documentos en los que consten tales designaciones.

4º) Estados contables correspondientes a los dos últimos ejercicios incluidos los estados de origen y aplicación de fondos y evolución de patrimonio neto. En caso de empresas unipersonales, deberán adjuntarse las respectivas declaraciones juradas de bienes.

5º) Antecedentes que acrediten experiencia en el mercado en prestaciones iguales o similares, adjuntando documentación con dichos recaudos.

6º) Constancia de la habilitación correspondiente a las oficinas y/o locales utilizados por el oferente para su desarrollo comercial.

7º) Toda otra acreditación que el organismo requirente, el técnico o legal determinen necesario para selección conveniente en la contratación.

90. La DIBPFA determinará el grado de exigibilidad de los requisitos mencionados para cada caso en particular, dejando expresa constancia de aquellos de carácter formal.

Retiro y costo de los Pliegos

91. Los proveedores interesados deberán retirar los Pliegos en el lugar indicado en la convocatoria, donde se registrará su entrega mediante la emisión de una constancia.

92. En el caso que los mismos tengan un costo, se entregarán una vez verificado el pago mediante la exhibición del correspondiente recibo emitido por la Tesorería del organismo.

93. La Invitación a Cotizar que adjunta los Pliegos deberá ser firmada por el Jefe de Compras o el Encargado de la misma.

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PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN

Licitación o Concurso Público 94. Para la publicidad en los casos de Licitación o Concurso Público, deberá procederse de la siguiente manera:

1º) Por montos iguales o superiores a CINCO (5) millones de pesos se publicará un aviso por TRES (3) días en DOS (2) diarios de gran circulación en el país y con VEINTE (20) días corridos de anticipación a la fecha de la apertura respectiva.

2º) Por montos inferiores a cinco (5) millones de pesos se publicará un aviso por DOS (2) días en DOS (2) diarios de gran circulación en el país y con SIETE (7) días corridos de anticipación a la fecha de la apertura respectiva.

95. Los plazos fijados en el párrafo precedente no incluirán los de publicación ni los de apertura y se considerarán mínimos, pudiendo ampliarse en atención a la importancia, complejidad u otras características de la contratación que se propicie.

96. Cuando se trate de licitaciones o concursos internacionales, deberán disponerse publicaciones en los países correspondientes adecuando los plazos necesarios.

Difusión

97. Tanto en las Licitaciones Públicas como en las Licitaciones Privadas, éstas últimas con CUATRO (4) días hábiles de anticipación a la apertura y en las Contrataciones Directas, con TRES (3) días hábiles de anticipación a la apertura, el organismo Compras podrá enviar comunicaciones a las asociaciones que nuclean a los productores, fabricantes, comerciantes del rubro y, en su caso, a las asociaciones locales del lugar donde deban efectuarse las provisiones, para su difusión entre los interesados y también, a firmas que sean proveedoras habituales del organismo o que, por su importancia, se considere conveniente que conozcan la convocatoria.

98. Los plazos fijados en los párrafos precedentes no incluirán los de publicación ni los de apertura y se considerarán mínimos, pudiendo ampliarse en atención a la importancia, complejidad u otras características de la contratación que se propicie.

99. Siempre que se cursen invitaciones, se deberá recurrir previamente en consulta al Sistema de Proveedores (SIPRO) de la ONC, a fin de cursarlas preferentemente a proveedores incorporados en este sistema, con información actualizada y sin antecedentes de incumplimientos anteriores, considerando que la causa principal por la que se realiza este procedimiento es contar con el objeto de la prestación en el menor tiempo posible. Cubierta esta condición, se puede invitar a no inscriptos.

100. Estas comunicaciones deberán cursarse por cualquier medio fehaciente (carta, fax, e-mail)

101. Los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares deberán ser exhibidos en forma obligatoria para consultas en el Departamento Compras, a partir del primer día de la convocatoria.

102. Se incluirán en la página Web de DI.B.P.F.A., debidamente clasificados y en el sector de información que a tal efecto se mantenga habilitado, los datos de todos los procesos contractuales (Licitaciones , Concursos y Contrataciones Directas ) que realice la Dirección General.

Obtención de Pliegos por Internet. 103. Las empresas interesadas, podrán requerir que se les remitan “los Pliegos a través de Internet con intención de formular oferta” con no menos de CUARENTA Y OCHO (48) horas de anticipación al día del acto de apertura.

104. Esta comunicación la harán los interesados mediante el envío de un e-mail a la dirección de correo electrónico institucional ([email protected]). El e-mail deberá indicar:

1º) El Número de CUIT

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2º) Razón Social o Nombre y Apellido completos

3º) Datos del procedimiento que se trate:

a) Tipo.

b) Clase.

c) Modalidad.

d) N°.

e) Ejercicio.

4º) Una dirección de fax, correo electrónico o dirección en la que serán válidas las Circulares y demás comunicaciones que deban cursársele hasta el día de apertura de las ofertas.

105. Si los Pliegos tuvieran un costo, el recibo de constancia de pago en el Departamento Contable de DIBPFA deberá estar incorporado a la Oferta, para que ésta sea considerada.

Contenido de los Anuncios 106. Los anuncios de los llamados a ofertar deberán contener como mínimo los siguientes datos:

1º) Nombre del organismo contratante.

2º) Tipo, número y objeto de la contratación.

3º) Base de la contratación, si la hubiere.

4º) Lugar, día y hora donde pueden retirarse o consultarse los pliegos.

5º) Costo del Pliego, si correspondiese.

6º) Lugar, día y hora de presentación de las ofertas y del acto de apertura.

107. De todo lo actuado respecto de la publicidad y difusión de las contrataciones, se deberá dejar constancia en el expediente respectivo. Se agregará al mismo, copia de los anuncios publicados.

Precio Testigo 108. Si fuera necesario adquirir bienes o servicios de los cuales la DI.B.P.F.A. no cuente con los antecedentes suficientes que permitan determinar su precio de mercado, se podrá aplicar lo establecido en la normativa dictada por la autoridad competente para la gestión del Precio Testigo o de Referencia.

PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Contenido de las Ofertas 109. La oferta deberá especificar:

1º) El precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el precio total del renglón, en números, y el total general de la oferta, expresado en letras y números, determinados en la moneda de cotización fijada. Cuando se hubiera requerido cotizar Precio ajustado por Bonificación de un Precio Referencial, se expresará el porcentaje de descuento a aplicarse por cada ítem cotizado.

2º) La cotización por cantidades netas y libres de envase y de gastos de embalaje, salvo que el Pliego previera lo contrario. El proponente podrá formular oferta por todos los renglones o por algunos de ellos. Podrá también hacerlo por parte del renglón, pero sólo cuando así lo admita el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Los oferentes, como alternativa, después de haber cotizado por renglón, podrán ofertar por el total de los efectos ya propuestos o grupos de renglones, sobre la base de su adjudicación íntegra.

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3º) El origen del producto cotizado. Si no se indicara lo contrario, se entiende que es de

producción nacional. Si el producto fuera de construcción nacional pero con componentes importados, deberá presentarse el Certificado de Verificación que emite la Secretaría de MIPyME a fin de ser tratado como producto nacional por la Comisión Evaluadora. Si el producto fuese importado, deberá tener adherida la estampilla que demuestre su nacionalización.

Requisitos Formales de las Ofertas 110. Requisitos formales para la presentación de las ofertas:

1º) Las ofertas serán redactadas en idioma nacional y se presentarán en el lugar de apertura y con tantas copias como se indique en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

2º) Estarán contenidas en sobres, cajas o paquetes que deberán encontrarse perfectamente cerrados, identificados con los datos del procedimiento de selección al que correspondan, fecha y hora de apertura y nombre del oferente.

3º) Todos los importes consignados se entienden como importes que incluyen la alícuota del Impuesto al Valor Agregado y toda otra carga impositiva.

4º) Las ofertas sólo serán admitidas hasta el día y la hora fijados en el llamado para realizar el acto de apertura de las mismas. El original deberá estar firmado en cada una de sus hojas por el oferente (o su representante legal), quien deberá salvar las enmiendas o raspaduras, si las hubiere.

5º) Cada propuesta indefectiblemente deberá estar acompañada en el sobre que la contiene por las constancias relativas al retiro de los Pliegos extendidos por el Organismo contratante y la de constitución de la garantía de mantenimiento de oferta. Asimismo se deberá agregar el recibo que acredite el pago de dichos Pliegos, en los casos que corresponda.

Efectos de la Presentación 111. La presentación de la oferta, importa de parte del oferente el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el llamado a contratación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento, también implica, la aceptación de este régimen específico de contratación.

Plazos 112. Todos los plazos establecidos en el presente se computarán en días hábiles administrativos, salvo expresa disposición en contrario.

Plazo de Mantenimiento de la Oferta 113. Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término mínimo de TREINTA (30) días o el que se fije en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, contado a partir de la fecha del acto de apertura.

114. El plazo de mantenimiento de la oferta será automática y sucesivamente prorrogado por igual término si no existiera comunicación del oferente, con una antelación mínima de DIEZ (10) días al vencimiento del plazo, de no aceptar la prórroga.

Muestras 115. Cuando en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se establezca la obligación de acompañar muestras a la oferta, éstas podrán ser presentadas en el lugar prefijado, como máximo hasta el momento de iniciación del acto de apertura.

116. Asimismo el oferente podrá presentar muestras que contribuyan a ilustrar su oferta, pero en

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ningún caso podrá reemplazar con ellas las especificaciones técnicas fijadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

117. Las muestras deberán indicar en forma visible los datos del procedimiento de selección al que correspondan, fecha y hora de apertura de las ofertas y la identificación del oferente.

118. Como constancia de su recepción, se extenderá un recibo cuyo original será agregado al expediente en trámite, entregándose al oferente la copia.

119. Las muestras que no sufrieran destrucción, degradación o consumo como consecuencia del proceso de control de su calidad, serán devueltas a sus respectivos oferentes luego de la adjudicación.

120. Las muestras correspondientes a los artículos adjudicados, quedarán en poder del Organismo contratante para ser cotejadas con los que entregue oportunamente el adjudicatario.

121. Cumplido el contrato, quedarán a disposición del adjudicatario por el plazo de UN (1) mes a contar desde la última conformidad de recepción.

122. De no procederse a su retiro, vencido el plazo estipulado precedentemente, las muestras pasarán a ser propiedad de la DI.B.P.F.A, sin cargo.

123. En esos casos el Organismo contratante queda facultado para resolver sobre el uso o destrucción de las mismas.

Cotizaciones por Productos a Importar 124. Las cotizaciones por productos a importar deberán hacerse bajo las siguientes condiciones, a menos que en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se defina otra cosa:

1º) En moneda extranjera, correspondiente al país de origen del bien ofrecido u otra usual en el momento de la importación.

2º) En condición F.O.B. puerto o aeropuerto de origen.

3º) Los plazos de entrega se entenderán cumplidos cuando el organismo contratante reciba los bienes en el lugar indicado en los pliegos como Lugar de Entrega.

4º) Cuando la mercadería adquirida deba ser entregada y se trate de elementos a instalar y recibir en funcionamiento, el oferente deberá consignar por separado los plazos para dar cumplimiento a esta última obligación.

5º) En aquellos casos especiales que se establezca para las cotizaciones la condición C.I.F., deberá indicarse la moneda de cotización de los seguros, los que deberán siempre cotizarse separadamente del valor de la mercadería.

6º) La liberación de recargos, derechos aduaneros y otros gravámenes correspondientes al bien adjudicado, estará a cargo del organismo contratante y deberá ser tramitada y obtenida en todos los casos antes de la apertura de la carta de crédito, entendiéndose que si aquél no pudiera ser liberado por disposiciones legales en vigencia, el contrato podrá ser rescindido por DI.B.P.F.A. sin resarcimiento alguno a favor del adjudicatario.

Cotizaciones en Moneda Extranjera

125. Cuando la cotización se hiciere en moneda extranjera, el importe de la garantía se calculará sobre la base del tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACION ARGENTINA vigente al cierre del día anterior a la fecha de constitución de la garantía.

Moneda distinta de la establecida en el Pliego 126. No se podrá cotizar el pago en moneda distinta de la establecida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

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Errores de Cotización 127. Si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado. Todo otro error denunciado por el oferente antes de la adjudicación, producirá la desestimación de su oferta, con pérdida de la garantía en la proporción que corresponda.

Certificado Fiscal para Contratar 128. Cuando la oferta sea igual o mayor de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000), el Certificado Fiscal para Contratar del oferente, expedido por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, deberá estar vigente en la página Web de la AFIP como requisito para ser Adjudicatario.

Declaración Jurada de Libre Deuda Previsional 129. Cuando el monto de la oferta sea menor de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000), el oferente que no posea Certificado Fiscal para Contratar vigente, deberá entregar con la oferta la Declaración Jurada de Libre Deuda Previsional (DJLDP) emitida por la AFIP por Internet, para ello se seguirán las siguientes instrucciones:

1º) Si el oferente posee el CFC (vigente) no será exigible que presente la DJLDP, por lo que antes de rechazar su oferta o de requerirle la DJLDP, el Departamento Compras debe ingresar en el sitio de AFIP (Internet) y proceder a verificar si tiene el CFC vigente. Si lo posee, se dará por cumplido el requisito.

2º) En cambio, si carece de CFC vigente, de acuerdo al Artículo 2º) de la Resolución General (AFIP) Nº 2191/2007, los interesados deberán “...generar el formulario de declaración jurada Nº 522/A (utilizando) el sistema denominado ’DDJJ Ley 17.250’ que opera a través de la red de Internet y se encuentra disponible en la página web institucional de (la AFIP) (http://www.afip.gov.ar)”.

3º) “El ingreso al sistema, así como la solicitud de alta en el servicio y la obtención de la aludida declaración jurada, se realizará de acuerdo con el procedimiento que se detalla...” en la mencionada Resolución.

4º) “Art 3º) - La presentación del formulario de declaración jurada Nº 522/A, generado por el sistema indicado en el artículo anterior, se efectuará mediante la transmisión electrónica a (la AFIP). Una vez finalizada dicha transmisión el sistema emitirá un acuse de recibo de presentación realizada”.

5º) Tal formulario, una vez llenado y debidamente firmado, por el oferente deberá ser incorporado a la documentación presentada con la oferta.

Información a suministrar por el Oferente 130. Los interesados en ofertar deberán suministrar una serie de informes o documentos con el fin de determinar su identificación y habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional.

131. Básicamente, los datos/documentos a presentar estarán referidos a:

1º) Información: El oferente deberá suministrar por escrito, la información que se indica a continuación, junto con la totalidad de la documentación respaldatoria correspondiente:

a) Personas físicas y apoderados:

I. Nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, profesión, domicilio real y constituido, estado civil y número de documento de identidad.

II. Número de Código Único de Identificación Tributaria. (C.U.I.T.)

III. Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos TRES (3) años.

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b) Personas Jurídicas:

I. Razón social, domicilio legal y constituido, lugar y fecha de constitución y datos de inscripción registral.

II. Número de Código Único de Identificación Tributaria. (C.U.I.T.).

III. Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de fiscalización y administración.

IV. Fecha, objeto y duración del contrato social.

V. Fecha de comienzo y finalización de los mandatos de los órganos de administración y fiscalización.

VI. Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos TRES (3) años.

c) Personas jurídicas en formación:

I. Fecha y objeto del contrato constitutivo.

II. Número de expediente y fecha de la constancia de iniciación del trámite de inscripción en el registro correspondiente.

III. Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos TRES (3) años.

d) Agrupación de Colaboración y Uniones Transitorias de Empresas:

I. Identificación de las personas físicas o jurídicas que las integran.

II. Identificación de las personas físicas que integran cada empresa.

III. Fecha del compromiso de constitución y su objeto.

IV. Fecha y número de inscripción registral o de la constancia de iniciación del trámite respectivo.

V. Declaración de solidaridad de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes de la presentación de la oferta, de la adjudicación y de la ejecución del contrato.

VI. Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos TRES (3) años.

2º) Habilidad: En todos los casos los oferentes deberán acompañar una declaración jurada donde conste que no se encuentran incursos en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con el Estado Nacional.

3º) Judicial: Deberán denunciar con carácter de declaración jurada, si mantienen o no juicios con el ESTADO NACIONAL o sus entidades descentralizadas, individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado, secretaría y entidad demandada.

4º) Contable: Deberán acompañar copia de los Balances Generales de cierre de ejercicio, firmadas por Contador Público Nacional y certificadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, correspondientes a los DOS (2) ejercicios anteriores a la fecha de presentación de la oferta, con excepción de aquellos casos en que se acredite la imposibilidad de presentar dicha documentación de acuerdo a la fecha de inicio de sus actividades que consten en el Estatuto Social o Contrato; en éstos casos, sólo deberán presentar los antecedentes que registren.

5º) Impositiva: Certificado Fiscal para Contratar vigente o acreditación de libre deuda previsional, expedido por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, en los casos que corresponda y con las formalidades legales pertinentes.

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Ofertas con defectos formales 132. Cuando la documentación respaldatoria presentada por los oferentes tuviera defectos formales no esenciales (definido a criterio de la Comisión Evaluadora de Compras y Contrataciones como aquellos que no implican quebrar la igualdad de trato entre oferentes) deberán subsanarlos dentro del término de CINCO (5) días contados a partir de la fecha de recibida la notificación; si no lo hicieran, la Comisión Evaluadora desestimará la oferta con pérdida de la garantía correspondiente.

133. Cuando el proveedor sea otro organismo que perteneciere a la ADMINISTRACION PÚBLICA NACIONAL, PROVINCIAL o MUNICIPAL o al GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, se exceptuará de presentar la información indicada precedentemente.

134. Serán exceptuados de las obligaciones contempladas en el párrafo 131, aquellos interesados que acompañen la presentación de sus ofertas ante la DI.B.P.F.A. con la constancia de hallarse inscriptos en el SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC) y sus datos en este Sistema se encuentren actualizados.

Gastos por Cuenta del Proveedor 135. Serán por cuenta del proveedor los siguientes gastos:

1º) Sellado de ley, cuando corresponda.

2º) Costo del despacho, derecho y servicios aduaneros y demás gastos incurridos por cualquier concepto en el caso de rechazo de mercaderías importadas con cláusulas de entrega en el país.

3º) Reposición a su costa de las muestras destruidas, a fin de determinar si se ajustan en su composición o construcción a lo contratado, si por ese medio se comprobaren defectos o vicios en los materiales o en su estructura. En caso contrario, los gastos de reposición estarán a cargo del organismo contratante.

136. Si el producto tuviera envase especial y éste debiera devolverse, el flete y acarreo respectivo, ida y vuelta, desde el mismo lugar y por los mismos medios de envío a emplear para la devolución, serán por cuenta del oferente.

137. En estos casos deberá especificar separadamente del producto, el valor de cada envase y además estipular el plazo de devolución de los mismos, si el organismo contratante no lo hubiera establecido en las cláusulas particulares.

138. De no producirse la devolución de los envases en los plazos establecidos, el oferente podrá facturarlos e iniciar el trámite de cobro de los mismos a los precios consignados en la oferta, quedando este trámite sin efecto si la devolución se produjera en el ínterin.

GARANTÍAS

Garantías que constituirán los Oferentes y el Adjudicatario 139. Las clases, momentos y valor que deben poseer las garantías para afianzar el cumplimiento de las obligaciones por parte del/de los oferente/s y adjudicatario/s son:

1º) De Mantenimiento de la Oferta: CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de la oferta. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calculará sobre el mayor valor cotizado. En los casos de licitaciones y concursos de etapa múltiple la garantía de mantenimiento de la oferta, será establecida en un monto fijo por el organismo contratante en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

2º) De Cumplimiento del Contrato: DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total de la adjudicación. Deberá ser integrada dentro de los ocho (8) días de recibida la comunicación de adjudicación o la respectiva orden de compra.

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3º) Contragarantía: la cual, si fuera con seguro de caución, la Póliza de Caución deberá estar

emitida según norma de la Superintendencia de Seguros, por el equivalente de los montos que reciba el adjudicatario como pagos anticipados, en aquéllas contrataciones en que los pliegos lo previesen.

140. Para garantizar realmente el cumplimiento de las obligaciones de los oferentes y adjudicatarios, todas las garantías, a excepción de la de mantenimiento de la oferta (que deberá cubrir el plazo previsto en el pliego), se extenderán por el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada contratación.

Constitución de Garantías 141. Las garantías deberán constituirse en alguna o algunas de las siguientes formas o combinaciones, a opción del contratante, siempre que las cláusulas particulares no determinen una de ellas en particular.

1º) En efectivo, con recibo de pago ante el órgano Contaduría de la dependencia, depósito bancario en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante, o giro postal o bancario.

2º) Con cheque contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice la contratación o del domicilio del organismo contratante. El organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.

3º) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL. Los mismos deberán ser depositados en una entidad bancaria a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores se formulará cargo por los gastos que ello ocasione. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías.

4º) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador, con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del 2.013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa.

5º) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN extendidas a favor de la DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA FUERZA AÉREA, cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA. Los Pliegos de Cláusulas Particulares deberán establecer los requisitos que deberán reunir las compañías aseguradoras, con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución.

6º) Con pagarés a la vista suscriptos por quienes tengan el uso de la firma social o actuaren con poderes suficientes, cuando el monto de la garantía no supere la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000). La constitución del total o parte de las garantías con pagaré, cuando se supere dicho monto, determinará el rechazo de la respectiva oferta.

Garantías por Orden de Compra Abierta o Compra Informatizada 142. En aquellos procedimientos de selección en que se utilicen las modalidades de Orden de Compra Abierta o Compra Informatizada, la garantía de oferta se deberá calcular en base al CINCO POR CIENTO (5 %) del importe resultante de multiplicar la cantidad máxima solicitada y el precio unitario cotizado.

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Excepciones a la obligación de presentar Garantías 143. No será necesario presentar garantías en los siguientes casos:

1º) En la adquisición de publicaciones periódicas.

2º) En las contrataciones con entidades estatales.

3º) En las contrataciones de avisos publicitarios.

4º) Cuando el monto de la garantía no fuere superior a PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500) y no se dispusiere lo contrario en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

5º) En las contrataciones de artistas o profesionales.

144. Tampoco se constituirán garantías de mantenimiento de oferta ni de cumplimiento de contrato, para las ofertas de las contrataciones encuadradas como Contrataciones Directas – Trámite Simplificado (TS) o Urgencias Médicas (UM), cuya provisión es INMEDIATA y la adjudicación se efectúa en un plazo sumarísimo.

145. A pesar de ello, en estos casos deberá requerirse Contragarantía si se hubiese determinado algún tipo de Pago Anticipado.

Devolución de Garantías 146. Las garantías serán devueltas observándose los siguientes procedimientos:

1º) Las Garantías de Mantenimiento de la Oferta, a los oferentes que no resulten adjudicatarios, dentro de los DIEZ (10) días de presentada la Garantía de Cumplimiento del Contrato, en caso de afianzado el contrato por parte del adjudicatario. A los adjudicatarios, una vez integrada la de Cumplimiento del Contrato o, en su caso, de ejecutado el mismo.

2º) En el caso de concursos o licitaciones de Etapa Múltiple se devolverá la garantía a los oferentes que no resulten precalificados luego de la apertura de los sobres que contienen la oferta económica.

3º) Las Garantías de Cumplimiento del Contrato, una vez ejecutado el mismo a satisfacción de la DI.B.P.F.A. Cuando se utilice la modalidad de Orden de Compra Abierta, al adjudicatario, se le devolverá la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, una vez integrada la de Cumplimiento del Contrato o, en su defecto con cada solicitud de provisión y en forma proporcional a la parte ya cumplida del contrato. Vencido el período de vigencia de aquél, se le reintegrará el saldo remanente de dicha Garantía de Oferta.

4º) En su caso y salvo cuando se trate de pagarés sin afianzar, deberá procederse a la devolución parcial de la garantía de adjudicación en proporción a la parte ya cumplida del contrato, para lo cual se aceptará la sustitución de la garantía por otra para cubrir los valores resultantes.

5º) Si luego de notificado fehacientemente, el oferente o adjudicatario no retirase las garantías, podrá reclamar su devolución dentro del plazo de UN (1) año a contar desde la fecha de la notificación. La falta de presentación dentro del plazo señalado por parte del titular del derecho, implicará la renuncia tácita del mismo a favor de la DI.B.P.F.A. y será aceptada por la autoridad competente al ordenar el ingreso patrimonial del importe que constituyo la garantía. Cuando la garantía haya sido constituida mediante pagaré, este se destruirá al término de dicho plazo.

Acrecentamiento de Valores 147. La D.I.B.P.F.A. no abonará intereses por los depósitos de valores otorgados en garantía, en tanto que los que devengaren los mismos pertenecerán a sus depositantes.

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APERTURA DE OFERTAS

Acto formal de Apertura 148. La apertura de las ofertas recibidas se realizará en el lugar, día y hora determinado para celebrar el acto formal, ante los integrantes de la Comisión Evaluadora y de todos aquellos que desearen presenciarlo, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres, cajas, paquetes o disquetes dispuestos para ser abiertos.

149. A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no podrán admitirse otras, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado.

150. Los sobres que al sector Compras llegasen fuera de término, no integrarán el expediente y serán devueltos con registro documentado al remitente, dejándose constancia en el Legajo.

151. Si el día señalado para la apertura deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente a la misma hora.

152. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura.

153. Las que en su presentación sean observadas se agregarán al expediente para su análisis, dejándose constancia en el acta de Apertura.

Acta de Apertura 154. En la misma deberá constar lo siguiente:

1º) Fecha y hora de apertura.

2º) Nombre de los oferentes.

3º) Monto de las ofertas.

4º) Montos y formas de las garantías acompañadas.

5º) Las observaciones que se formulen.

6º) Firma de los funcionarios del Organismo contratante y de los oferentes presentes que desearan hacerlo.

Vista de las Actuaciones 155. Las actuaciones se pondrán a disposición de los oferentes para que tomen vista y puedan formular por escrito sus observaciones, durante CINCO (5) días contados a partir del día hábil siguiente al de la apertura.

156. Todo oferente podrá en cualquier momento (exceptuando la etapa de evaluación de las ofertas) tomar vista de las actuaciones hasta la emisión de la Orden de Compra referidas a una contratación en la cual participó.

157. También podrá, a su costa, solicitar copia del legajo, parcial o total.

Remisión de las ofertas para Informe Técnico 158. El Organismo que efectuó la Solicitud de Gasto, mediante personal idóneo (solicitando, si fuera necesario, el concurso de otras autoridades técnicas en la materia) emitirá Informe Técnico escrito evaluando si los aspectos técnicos de las ofertas cumplen o no con lo requerido por los Pliegos, para lo cual dispondrá de un plazo de CINCO (5) días desde recibido el legajo que el Organismo Economía le remitirá al efecto.

159. El mencionado Informe Técnico deberá contener como mínimo:

1º) El detalle de las ofertas que cumplen los requisitos exigidos del Pliego del llamado.

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2º) Las causas fundadas de aquellas ofertas que no cumplan los requisitos.

3º) Consideraciones sobre los precios cotizados, cuando los mismos difieran significativamente de los montos preventivos.

Remisión del expediente a la Comisión Evaluadora 160. En el plazo de TRES (3) días contados a partir de la recepción del Informe Técnico, el organismo Compras pondrá a consideración de la Comisión Evaluadora las actuaciones, a fin de que emita el Dictamen correspondiente, el cual se expedirá en el término de DIEZ (10) días contados a partir de la fecha de recepción de las precitadas actuaciones.

Cuadro Comparativo de Ofertas 161. Previo al envío del legajo a la Comisión Evaluadora, el órgano Compras confeccionará e incorporará al mismo el Cuadro Comparativo de Ofertas, el cual debe exponer sintéticamente la información de todas las ofertas presentadas.

HABILITADOS Y NO HABILITADOS PARA CONTRATAR CON DI.B.P.F.A. 162. Deben considerarse Habilitados, todas las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse y que no se encuentren alcanzadas por las causales previstas en el párrafo siguiente.

163. Se incluyen en los No Habilitados, los siguientes:

1º) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren suspendidas o inhabilitadas para contratar con el Estado Nacional.

2º) Los integrantes de la FUERZA AÉREA ARGENTINA, en actividad y las empresas en las cuales aquellos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social.

3º) Otros agentes y funcionarios del Estado Nacional y las empresas en las cuales aquellos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social.

4º) Los fallidos, interdictos y concursados, salvo que estos últimos presenten la correspondiente autorización judicial y se trate de contratos donde resulte intrascendente la capacidad económica del oferente.

5º) Los condenados por delitos dolosos.

6º) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad, o contra la Administración Publica Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción, Ley Nº 24.759.

7º) Las personas físicas o jurídicas que no hubieren cumplido con sus obligaciones impositivas y/o previsionales.

8º) Las personas físicas o jurídicas que no hubieren cumplido en tiempo oportuno con las rendiciones de cuentas a que alude el Artículo 8º de la Ley Nº 24.156.

EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS – DICTAMEN DE EVALUACIÓN.

Comisión Evaluadora 164. Se integrará con tres componentes, siendo presidida por un Oficial Superior, el Director de Economía o el Jefe de Compras (que actuará de secretario) y un Oficial o un funcionario del organismo solicitante, que posea conocimientos adecuados respecto al servicio o suministro que se propicia contratar.

165. Es su función brindar al Director General todos los fundamentos que le permitan adjudicar a la oferta más conveniente la respectiva contratación.

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166. Cuando la complejidad de la contratación lo requiera, el organismo licitante podrá solicitar a organismos estatales los informes que considere necesarios.

167. Cuando se utilice la modalidad de Compras Consolidadas, a la Comisión se incorporará un representante de cada organismo requirente.

168. Son válidos los dictámenes de la Comisión constituida por tres (3) miembros, debiendo hallarse siempre presente su Presidente.

169. Todos sus integrantes contarán con un voto para decidir las resoluciones, que deberán adoptarse por mayoría de votos.

170. En caso de disidencia resolverá el Presidente de la Comisión.

171. La Comisión deberá reunirse a sesionar cada vez que sea convenientemente convocada a tal efecto.

Evaluación de las Ofertas y Dictamen 172. Producido el análisis de las ofertas y demás antecedentes, serán contenidos mínimos del Dictamen de la Comisión Evaluadora los siguientes:

1º) El examen de los aspectos formales y la evaluación del cumplimiento de los requisitos exigidos en este Reglamento y por los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares.

2º) La verificación, sea en banco de datos propio o en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), para determinar si un oferente es hábil para contratar. Cuando alguno de los oferentes no lo sea, deberán hacerse explícitos los motivos de su exclusión, calificándose a la oferta que aquél hubiere formulado como inadmisible.

3º) Evaluación de las calidades de los elementos o servicios ofrecidos, con sustento en el Informe Técnico pertinente.

4º) Se tomarán en consideración, objetivamente, entre las ofertas que sean admisibles y convenientes, los aspectos previstos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares a fin de su precisa comparación, como asimismo, para determinar su orden de mérito.

5º) Recomendación de la resolución propuesta para concluir el procedimiento.

173. El Dictamen de la Comisión Evaluadora no será vinculante, por lo cual la Adjudicación, convenientemente fundada, podrá apartarse de lo recomendado en aquella.

174. En el plazo de TRES (3) días desde su emisión, dicho Dictamen de Evaluación será fehacientemente notificado a todos los oferentes presentados en el procedimiento de selección.

Inadmisibilidad de las Ofertas 175. Será considerada inadmisible una oferta en los siguientes supuestos:

1º) Que no estuviere firmada por el oferente o su representante legal.

2º) Que estuviere escrita con lápiz.

3º) Que careciera de la garantía exigida o no se presentara con las muestras que el Pliego requiera.

4º) Que fuera formulada por personas inhabilitadas o suspendidas para contratar con el ESTADO NACIONAL.

5º) Que contuviere condicionamientos.

6º) Que tuviere raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidad, plazo de entrega o alguna otra parte - que hiciere a la esencia del contrato- no salvadas debidamente.

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7º) Que contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación o con

los pliegos de la misma.

8º) Que incurriere en otras causales de inadmisibilidad que expresa y fundadamente el Pliego de Bases y Condiciones Particulares hubieren previsto como tales.

Desempate de las Ofertas 176. En caso de igualdad de precios y calidad, previo a la remisión a la Comisión Evaluadora, el Departamento Compras solicitará a los respectivos oferentes que por escrito y dentro del plazo común que se les fije, formulen una mejora de precios, labrándose un acta con todo lo actuado.

177. El silencio por parte del oferente invitado a mejorar, se considerará como que mantiene su oferta.

178. De subsistir el empate, el Jefe del órgano Compras procederá al sorteo público de las ofertas empatadas. Para ello se deberá fijar día, hora y lugar, que deberá ser notificado fehacientemente a los oferentes llamados a desempatar.

179. El sorteo se realizará en presencia de los interesados, si asistieran y se labrará un acta donde conste el resultado de aquél.

Observaciones al Dictamen de Evaluación 180. De haberse presentado observaciones al Dictamen de Evaluación (DdeE) dentro de los CINCO (5) días establecido para ello, la Comisión Evaluadora (CE) del Organismo Contratante las tratará con carácter de impugnaciones.

181. Analizadas las argumentaciones, si no tienen lugar serán fundadamente rechazadas en el acto administrativo de adjudicación.

182. Si correspondiera hacer lugar a dichas observaciones, una vez resueltas las impugnaciones, la CE podrá optar por confeccionar un nuevo DdeE y volver a notificarlo a todos los oferentes, dándoles nuevamente CINCO (5) días de plazo para reformular sus observaciones; o bien, resolverlas en la Adjudicación.

Dictamen Jurídico 183. Previo a ser sometido a la decisión del Director General para su resolución, se dará traslado del legajo que conforma la Contratación al Departamento Asesoría Jurídica de la DIBPFA, a los fines que se elabore el Dictamen Jurídico a partir de los antecedentes obrantes.

184. Dicho Dictamen considerará y verterá asesoramiento sobre los distintos aspectos que hacen a la legalidad del acto que se promueve y los que permitirán dar respuesta a los eventuales planteos recibidos de los oferentes.

Facultad para dejar sin efecto la contratación 185. La Autoridad con facultades de Aprobación podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato (emisión de la adjudicación), sin lugar a indemnización alguna en favor de los oferentes presentados en dicho procedimiento.

ADJUDICACIÓN

Atribuciones del Director General 186. El Director General, con el asesoramiento de la Comisión Evaluadora y el debido Dictamen Jurídico, será el responsable de aprobar todas las compras, contratos, convenios y contrataciones que la Dirección realice.

187. Podrá delegarse dicha atribución en aquellos casos de contrataciones que se especifiquen en la

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presente Norma en virtud de los niveles de facultades que se fijan, o cuando expresamente el Director General de la DIBPFA lo disponga, dictando el correspondiente acto administrativo.

Criterios para la Adjudicación

188. La adjudicación deberá realizarse en favor de las ofertas más convenientes para la DI.B.P.F.A. teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta.

189. Cuando se trate de la compra de un bien o de la contratación de un servicio estandarizado o uno de uso común, cuyas características técnicas estén inequívocamente especificadas e identificadas, se entenderá, en principio, por oferta más conveniente aquélla de menor precio.

190. En igualdad de precio y calidad, la que cotice con menor plazo de entrega.

191. Cuando se trate de la compra de un bien o de la contratación de un servicio no estandarizado o de uso poco común, se podrá en las Condiciones Particulares requerir, como alternativas y adicionalmente a la oferta básica, otras opciones con superior prestación y se entenderá, en principio, como oferta más conveniente, aquélla que a criterio de la Comisión Evaluadora reúna las mejores condiciones técnicas y su precio sea conveniente; criterio que será reflejado en su Dictamen de Evaluación.

192. Podrá adjudicarse aún cuando se haya presentado una sola oferta o sólo se disponga de una oferta válida.

Resolución de Adjudicación.

193. Constituye el acto administrativo por el que la máxima autoridad de la DIBPFA (o la autoridad con facultades delegada), aprueba la correspondiente contratación, adjudicándose en forma fundada la misma y resolviendo las observaciones / impugnaciones que se hubieran efectuado al Dictamen de Evaluación.

194. El acto administrativo de Adjudicación se realiza reviendo todo lo actuado hasta ese momento.

Notificación de la Adjudicación

195. La Adjudicación será notificada fehacientemente al adjudicatario y al resto de los oferentes.

196. También deberán notificarse a todos los oferentes, las resoluciones de contrataciones frustradas, anuladas o con rechazos por precio excesivo de las cotizaciones efectuadas

Plazos en las notificaciones

197. Los plazos en las notificaciones se contarán desde el primer día hábil siguiente a la fecha de la constancia de recepción y vencerán a las DIEZ (10) horas del día hábil siguiente al de su vencimiento.

Recursos

198. Los recursos que se deduzcan contra el acto de adjudicación se regirán por lo dispuesto en la Ley Nº 19.549 modificada por la Ley Nº 21.686, y el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1759/72 t.o. 1991 y sus modificatorias.

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ORDEN DE COMPRA

Perfeccionamiento del Contrato

199. Dentro del plazo de mantenimiento de la oferta se emitirá una orden de compra o contrato, acto administrativo que perfecciona la Adjudicación.

200. Si el proveedor rechazara la Orden de Compra (o la notificación de adjudicación) o no constituyera la garantía de cumplimiento del contrato dentro del término fijado para ello, la autoridad facultada podrá adjudicar la contratación al oferente que siga en el orden de mérito y así sucesivamente, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades respectivas.

Contenido de la Orden de Compra

201. La Orden de Compra deberá contener la información necesaria sobre:

1º) Destino.

2º) Número de la Orden de compra.

3º) Fecha de emisión.

4º) Tipo de Licitación/ Concurso (Público o Privado) o Contratación Directa.

5º) Número identificatorio del procedimiento.

6º) Información correspondiente al adjudicatario. Podrán omitirse los datos de cuenta bancaria, cuando se cancele la facturación en el destino.

7º) Unidad, cantidad, tipo de material, calidad, marca, norma, etc, de los bienes contratados.

8º) Precio unitario y total.

9º) Cuando se adquiera “según muestra”, se indicara esta circunstancia, caracterizando sus particularidades y cuando se lo haga “por marca”, se indicara claramente esta, así como también, la cosecha, o fecha de envase, zafra y demás detalles aclaratorios que contenga la respectiva adjudicación.

10º) Indicará porcentaje y motivo de la bonificación, si correspondiera.

11º) El lugar, hora y plazo de entrega respectivo.

12º) Como norma general deberá incluir todas las características establecidas en las cláusulas particulares insertas en el Invitación a Cotizar y en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de manera de facilitar el control de correspondencia en el momento del ingreso del bien o prestación del servicio. Se incluirá toda otra información que resulte de interés para los proveedores, organismos y comisiones que deban efectuar la recepción.

Inicio del plazo de cumplimiento del Contrato

202. La fecha de notificación de la Orden de Compra determinará el inicio del plazo de cumplimiento del contrato adjudicado, salvo especificación en contrario expresadas en la misma Orden de Compra (fechas prefijadas).

Registro del Compromiso

203. Emitida la Orden de Compra, se debe proceder al registro del compromiso definitivo por parte del

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área presupuestaria. Cuando se trate de un procedimiento de selección con ORDEN DE COMPRA ABIERTA, el registro del compromiso se realizará por el total de la Orden de Compra y el devengado por la emisión de cada Solicitud de Provisión.

Aumento o Disminución de la Prestación 204. La DI.B.P.F.A. se reserva el derecho de aumentar o disminuir el total adjudicado, en hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) de su valor original; en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos.

205. El aumento o la disminución podrá incidir sobre uno, varios o todos los renglones de la orden de compra, siempre y cuando el total resultante de la Orden de Compra no exceda el porcentaje previsto.

206. Para ello, el Organismo que originó la Solicitud de Gasto, efectuará el requerimiento de modificación al de Compras con la conformidad por escrito del adjudicatario.

207. El expediente será sometido a tratamiento por parte de la Comisión Evaluadora.

208. Aprobado el aumento o la disminución en cuestión por la Comisión, antes del vencimiento del contrato vigente, se dará intervención del expediente al Departamento Presupuesto, a fin de regularizar el compromiso aumentándolo o desafectándo los créditos según corresponda, emitiendo cuando corresponda la Orden de Compra Complementaria por la cantidad adicionada.

209. Ante la imposibilidad de fraccionar las unidades para entregar la cantidad exacta contratada, las entregas podrán ser aceptadas según criterio de la Administración, en más o en menos, según lo permita el mínimo fraccionable.

Transferencia del Contrato 210. En principio, el contrato no podrá transferirse o cederse.

211. En caso de que esto sea imprescindible, el adjudicatario deberá presentar ante el Departamento Compras la solicitud por escrito.

212. Cuando por la naturaleza de la prestación exista escrito, acompañando el instrumento público pertinente, donde conste la conformidad del contratista propuesto, sus fundamentos y todos los datos que oportunamente se le hubieron requerido al adjudicatario original.

213. El Órgano requirente originario conjuntamente con Economía, evaluará la solicitud y al cesionario propuesto, para determinar si el mismo reúne los requisitos y antecedentes para cumplir la prestación requerida.

214. Sea el caso favorable o desfavorable, elevará las actuaciones a la Comisión Evaluadora para su conocimiento y posterior resolución.

215. Aprobada la transferencia del contrato, el Departamento Presupuesto deberá desafectar el total o el remanente de la adjudicación y comprometerlo a favor del proveedor al cual se le transfiere la misma.

216. Seguidamente se confeccionará el nuevo contrato u orden de compra a nombre del nuevo cesionario, notificándolo fehacientemente.

217. Si fuera rechazada la cesión, el adjudicatario original deberá cumplir el contrato adjudicado.

Transferencia del acreedor 218. Al Contratista le asiste el derecho de transferir a un tercero la percepción del dinero a obtener por los bienes o servicios que debe proveer, quien por ello pasará a denominarse el “acreedor cedido”.

219. Tal gestión es de incumbencia del SAF, a quién el órgano Compras debe transferir el requerimiento, quién aplicará el procedimiento normado por Circular Administrativa de la DGAF.

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Prórroga de Contratos 220. Siempre y cuando se encuentre prevista dicha facultad en los Pliegos, se podrán prorrogar los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios, por única vez y por un plazo igual al del contrato inicial. Cuando éste fuere plurianual, no podrá prorrogarse más allá de DOS (2) años adicionales.

221. En principio, la prórroga deberá realizarse en las condiciones y precios pactados originariamente, pero si los precios de plaza hubieren variado, el organismo contratante deberá renegociar el contrato para adecuar su monto a dichos precios y, en caso de no llegar a un acuerdo con el proveedor, no podrá hacer uso de la opción de prórroga.

222. En los contratos en que se hubiere estipulado una opción de prórroga del plazo contractual, el Departamento interesado emitirá opinión evaluando previamente la eficacia y calidad de la prestación a los fines del ejercicio de la opción.

223. En caso de optarse por la prórroga, la Comisión Evaluadora confeccionará el dictamen correspondiente.

224. El caso será tratado por la Comisión Evaluadora por lo menos TREINTA (30) días antes del vencimiento del plazo de vigencia del contrato que se propicie prorrogar.

225. Una vez aprobada la prórroga se registrará el compromiso definitivo emitiéndose la respectiva Orden de Compra, antes del vencimiento del contrato vigente.

Orden de Prelación 226. Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:

1º) El presente Manual de Procedimientos para Contrataciones y Convenios de la DI.B.P.F.A. (Dirección de Bienestar del Personal de la Fuerza Aérea).

2º) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.

3º) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

4º) La oferta y las muestras que se hubieren acompañado.

5º) La adjudicación.

6º) La orden de Compra o Convenio suscripto.

227. Cualquier divergencia que pudiere suscitarse con motivo de la interpretación o aplicación de las presentes normas, será sometida a consideración de la Comisión Evaluadora y resuelta en última instancia por el Directorio General de la DIBPFA

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IV. EJECUCIÓN DE LA CONTRATACIÓN

RECEPCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

Cumplimiento del Contrato 228. Los adjudicatarios deberán cumplir la prestación a la que se han obligado, de acuerdo a los términos establecidos en la Orden de Compra o el respectivo contrato.

229. Los plazos para cumplimentar dicha prestación se computarán en días corridos a partir de la fecha de recepción de la respectiva orden de compra.

Caso fortuito o fuerza mayor 230. La existencia de caso fortuito o de fuerza mayor que impida el cumplimiento de los compromisos contraídos por los adjudicatarios, deberá ser puesta en conocimiento del organismo contratante dentro de los TRES (3) días de producido o desde que cesaren sus efectos.

231. La comunicación será debidamente documentada por el interesado y las razones evaluadas, y si correspondiere aceptadas, por DI.B.P.F.A.

232. Transcurrido dicho plazo no podrá invocarse el caso fortuito o la fuerza mayor.

Recepción provisoria y definitiva de Bienes y Servicios

233. La recepción de las mercaderías se realizará en los lugares establecidos en el contrato y tendrá carácter provisional.

234. Los recibos o remitos expedidos al respecto quedarán sujetos a la recepción definitiva.

235. Cada Departamento/Dependencia designará quienes serán los responsables de certificar la recepción definitiva de los bienes o la prestación de servicios, no debiendo recaer dicha designación en quienes hayan intervenido en la adjudicación (salvo imposibilidad material debidamente fundada).

236. A los efectos de la conformidad definitiva deberá procederse previamente a la confrontación de la prestación con las especificaciones del pedido, con la muestra patrón o con la presentada por el adjudicatario, y en su caso, con los resultados de la prueba que fuere necesario realizar, además de lo que dispongan las cláusulas particulares.

237. Los funcionarios con competencia para otorgar la recepción definitiva, podrán requerir directamente al proveedor la entrega de las cantidades o servicios faltantes.

238. La recepción definitiva se otorgará dentro del plazo que al efecto fije el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que se contará a partir del día siguiente al de la fecha de entrega de los elementos o de prestados los servicios.

239. En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el proveedor podrá intimar la recepción.

240. Si la dependencia contratante no se expidiera dentro de los DIEZ (10) días siguientes al de la recepción provisoria, los bienes o servicios se tendrán por recibidos de conformidad.

241. Corresponderá a los funcionarios con competencia para otorgar la recepción definitiva remitir a la oficina contable ante la cual corresponde se tramiten los pagos, la factura conformada.

Análisis, Ensayos, Pericias u otras pruebas 242. En el caso en que fuera necesario efectuar análisis, ensayos, pericias u otras pruebas necesarias para verificar si los elementos o servicios se ajustan a lo requerido, se deberá proceder de la siguiente manera:

1º) Productos perecederos. Se efectuará con las muestras que se extraerán en el momento de la

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entrega, en presencia del adjudicatario, o su representante legal. En ese mismo acto se comunicará la hora en que se practicará el análisis. La incomparecencia del adjudicatario o del representante no obstará la realización del análisis, cuyo resultado se tendrá por firme y definitivo. Cuando del resultado del análisis, efectuado se concluya que existe incumplimiento de lo pactado y, por la naturaleza del producto, no sea posible proceder a su devolución y/o reemplazo, la DI.B.P.F.A. no reconocerá el pago del mismo, sin perjuicio de las penalidades o sanciones que correspondieren.

2º) Productos no perecederos. En orden a las circunstancias de cada caso, se arbitrarán los medios para facilitar la participación del proveedor o su representante legal en el control de los resultados de los análisis, pericias, ensayos u otras pruebas que se practiquen. Aquellos se le comunicarán en forma fehaciente, indicando -en su caso- los defectos hallados. Cuando el contratante no contara con el personal o instrumentos necesarios podrá encomendar la realización de los ensayos a organismos nacionales, provinciales o municipales, o a instituciones privadas técnicamente competentes. Si los elementos sometidos a análisis, pericia, ensayo o prueba no fueran los requeridos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el costo de la diligencia correrá por cuenta propia, en caso contrario, por cuenta del proveedor. El interesado podrá designar a su propio costo peritos presenciales de los ensayos.

3º) Para proceder a la devolución de muestras presentadas oportunamente, por quienes luego resultaron adjudicatarios, se los deberá notificar fehacientemente para el retiro de las mismas, una vez que se haya cumplido en su totalidad con la prestación fijada como objeto del contrato. El proveedor estará obligado a retirar los elementos rechazados dentro del plazo que le fije al efecto el contratante, el que comenzará a correr a partir del día siguiente a la notificación fehaciente del rechazo.

4º) Vencido el lapso indicado, se considerará que existe renuncia tácita de los elementos en favor de la DI.B.P.F.A., pudiendo éste disponer la destrucción de los mismos. Sin perjuicio de las penalidades que correspondieren, el proveedor cuyos bienes hubieran sido rechazados deberá hacerse cargo de los costos de traslado y, en su caso, de los que se derivaren de la destrucción de los mismos.

Inspecciones 243. Cuando la contratación tuviere por objeto la adquisición de bienes a manufacturar, los proveedores facilitarán al organismo contratante el libre acceso a sus locales de producción, debiendo proporcionarle los datos y antecedentes necesarios a fin de verificar si la fabricación se ajusta a las condiciones pactadas, sin perjuicio del examen a practicarse en oportunidad de la recepción.

Vicios redhibitorios 244. La conformidad definitiva no libera al adjudicatario de las responsabilidades emergentes de vicios redhibitorios que se adviertan durante el lapso de TRES (3) meses computados a partir de la recepción definitiva.

INCUMPLIMIENTOS, PENALIDADES Y SANCIONES

Obligaciones de integrar Garantía 245. El adjudicatario deberá integrar dentro de los OCHO (8) días de recibida la comunicación de la adjudicación o la respectiva orden de compra, una garantía de cumplimiento de contrato.

246. Si al vencimiento de dicho plazo, no la ha integrado, se le rescindirá la orden de compra, con pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta.

247. En cambio, si dentro de aquél, cumple con la prestación, quedará eximido de presentar la garantía, salvo caso de rechazo de los bienes.

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248. En este último supuesto, el plazo para la integración se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo.

249. Los bienes rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, sin previamente integrar la garantía que corresponda.

Prórroga del plazo de cumplimiento de la prestación 250. El adjudicatario podrá solicitar por única vez, ante el Departamento requirente originario una ampliación del plazo de entrega estipulado en la Orden de Compra.

251. La solicitud debe ser efectuada por escrito, exponiendo los motivos de la demora y no podrá exceder, en ningún caso, el término equivalente al fijado en la Orden de Compra.

252. El Departamento interviniente se expedirá por escrito al respecto, remitiendo lo actuado al Sector Compras.

253. En todos los casos, la admisión de la citada prórroga constituirá una facultad reservada a la DIRECCIÓN DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA FUERZA AÉREA, la cual deberá ser convenientemente documentada.

Mora en el cumplimiento 254. El incumplimiento en términos de la prestación o suministro podría determinar, la aplicación de una multa por mora en el cumplimiento del contrato.

255. Dicha multa será del TRES POR CIENTO (3%) del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato, por cada SIETE (7) días de atraso o fracción mayor de TRES (3) días.

Afectación de las Multas 256. Las multas o cargos que se formulen, se afectarán en el orden siguiente:

1º) A las facturas emergentes del contrato, que estén al cobro o en trámite.

2º) A la correspondiente garantía.

3º) A los créditos resultantes de otros contratos de suministros o prestación de servicios, quedando establecido, que el contratista prestó su conformidad para que se efectúen las compensaciones o retenciones respectivas con la presentación de su oferta.

4º) Mediante el ejercicio de la acción que resulte procedente en caso de no ser aplicable total o parcialmente lo dispuesto en los acápites precedentes.

Penalidades por incumplimientos de Oferentes o Adjudicatarios 257. Serán aplicables, mediante acto administrativo (Resolución DI.B.P.F.A.) y con el asesoramiento de la Comisión Evaluadora y Dictamen previo de la Asesoría Jurídica:

1º) Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta o de cumplimiento de contrato.

2º) Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones.

3º) Rescisión contractual.

258. Vencido el plazo de cumplimiento del contrato o de su prórroga, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad, la DI.B.P.F.A., luego de la pertinente intimación a su cumplimiento, podrá declarar rescindido el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio de ser responsable el proveedor por los daños y perjuicios que sufriere el Organismo Contratante como consecuencia directa o, indirecta de dicho incumplimiento.

259. Esta rescisión producirá sus efectos, en forma automática, desde su notificación fehaciente al

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adjudicatario.

Sanciones 260. En concordancia con las penalidades dispuestas en los párrafos precedentes, los oferentes o contratantes podrán ser pasibles de las siguientes sanciones por incumplimiento de sus obligaciones:

1º) Apercibimiento (Por incumplimientos leves –al solo juicio de la DI.B.P.F.A.)

2º) Suspensión.

3º) Inhabilitación.

261. Las sanciones serán aplicadas –exclusivamente- por la Dirección General con el asesoramiento de la Comisión Evaluadora y Dictamen de la Asesoría Jurídica.

262. Los recursos que se deduzcan contra las sanciones se regirán por lo dispuesto en la Ley Nº 19.549 modificada por la Ley Nº 21.686, y el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1759/72 t.o. 1991 y sus modificatorias.

Suspensión 263. Será sancionado con suspensión:

1º) Por TRES (3) meses: El cocontratante a quien se le hubiere rescindido su contratación por causas que le fueren imputables, debidamente acreditadas.

2º) Por UN (1) año:

a) El proveedor a quien en el lapso de UN (1) año calendario se le hubieren aplicado TRES (3) rescisiones contractuales.

b) El proveedor que, intimado para que deposite en la cuenta de la DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA FUERZA AÉREA el valor de la multa o de la garantía perdida, no lo hiciera dentro del plazo que se le fije a tal efecto.

c) Cuando la rescisión contractual tuviere causa en la entrega de bienes o la prestación de servicios de calidad inferior a la contratada.

3º) Cuando concurriera más de una causal de suspensión, los lapsos previstos en los incisos que anteceden se cumplirán ininterrumpidamente en forma sucesiva.

Inhabilitación

264. Serán inhabilitados para contratar cuando por incumplimientos reiterados, los proveedores acumulen sanciones de suspensión.

Rescisión (Otros supuestos)

265. También podrá aplicarse la rescisión unilateral del contrato sin indemnización alguna, en los siguientes casos:

1º) Quiebra o concurso preventivo de la empresa adjudicataria.

2º) Cuando el adjudicatario sea culpable de fraude o negligencia debidamente acreditada, en relación al cumplimiento de su prestación.

3º) Cuando exista transferencia de todo o parte del contrato, sin que la misma haya sido autorizada previamente por el Organismo contratante.

266. La rescisión producirá sus efectos jurídicos a partir de la fecha de recepción de la notificación fehaciente al proveedor por parte del Sector Compras, agregándose la misma al expediente.

267. La rescisión acarreará la pérdida de la garantía de cumplimiento de contrato.

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Competencia temporal 268. No podrá imponerse apercibimiento, suspensión e inhabilitación después de transcurrido el plazo de DOS (2) años (prescripción), contados desde la fecha en que el acto a que diera lugar la aplicación de aquéllas quedó firme en sede administrativa o judicial.

Resarcimiento integral 269. El organismo contratante tendrá derecho a intimar al oferente, adjudicatario o proveedor incumplidor para que haga el depósito en efectivo del importe de la multa o garantía perdida, en la cuenta bancaria que indique y dentro del plazo que a tal efecto le fije.

270. La ejecución de las garantías o la iniciación de las acciones destinadas a obtener el cobro de las mismas, tendrán lugar sin perjuicio de la aplicación de las multas que correspondan o de las acciones que se ejerzan para obtener el resarcimiento integral de los daños, que los incumplimientos de los oferentes o proveedores hubieren ocasionado.

Dictamen Jurídico previo a la Imposición de las Penas 271. Previo a la imposición de las penas y sanciones previstas en los puntos precedentes, deberá emitir opinión sobre su procedencia el Departamento Asesoría Jurídica de la DI.B.P.F.A.

272. Dicho dictamen no tendrá carácter vinculante respecto a la Comisión Evaluadora.

FACTURACIÓN

Presentación de las Facturas

273. La presentación de las facturas en la forma y en el lugar indicados por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares determinará el comienzo del plazo fijado para el pago.

274. La misma una vez conformada por el organismo responsable de dicha actividad, deberá ser elevada al órgano contable para su gestión de pago.

Plazo para el Pago

275. El plazo para el pago normal de las facturas será de TREINTA (30) días corridos, a partir de la fecha de presentación de las mismas, salvo que en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se establezca uno distinto.

276. Si se previese el pago contra entrega, se entenderá que el pago será hecho después de operada la conformidad definitiva de recepción.

Bonificaciones 277. Cuando los proveedores hubieran ofrecido bonificaciones por pago dentro de determinado plazo, las dependencias intervinientes efectuarán la liquidación de las facturas por los montos brutos, indicando además el importe a que asciende el descuento y la fecha hasta la cual corresponde deducirlo del pago.

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V. PROCEDIMIENTOS PARA MODALIDADES NO COMUNES

Concursos con Doble Sobre 278. Deberán establecerse en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares los factores que serán tenidos en cuenta para la evaluación de cada uno de los sobres y, en su caso, los coeficientes de ponderación relativa que se aplicarán a cada uno de ellos.

279. A los efectos de la determinación de la oferta más conveniente podrá optarse por alguno de los siguientes sistemas o el que establezca el pliego precitado:

1º) Adjudicar el contrato al oferente que presente la mejor oferta económica de entre los que hubieran resultado preseleccionados.

2º) Adjudicar el contrato al oferente que haya alcanzado el mayor puntaje final, sobre la base de la ponderación de los puntajes obtenidos en cada uno de los sobres.

280. La oferta estará contenida en DOS (2) sobres cerrados , identificados con las letras A y B, que se presentarán simultáneamente que deberán contener :

Sobre A (Información sobre el oferente):

1º) Carta de presentación del oferente, con todos los datos que correspondan a su individualización conforme con su personalidad, según los detalles que establecerá el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

2º) Antecedentes empresariales y técnicos.

3º) Capacidad económico financiera.

4º) Planes, programas o proyectos diseñados para el cumplimiento de la prestación específica que constituya el objeto de la contratación.

5º) Garantía de mantenimiento de la oferta, que será establecida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares en un monto fijo.

Sobre B (Oferta Económica).

1º) Precio.

2º) Demás componentes económicos.

281. En el lugar, día y hora determinados para celebrar el acto, se procederá a abrir el sobre A de las propuestas en presencia de los funcionarios designados de la dependencia y de todos aquellos que desearan presenciarlo.

282. En el acta de apertura constarán los siguientes datos:

1º) Número de orden asignado a cada oferta.

2º) Nombre del oferente.

3º) Montos y formas de la garantía acompañada.

4º) Las observaciones que se formulen.

5º) Constancia de la reserva del sobre B.

6º) El acta será firmada por el Jefe del Sector Compras y por los oferentes presentes que desearen hacerlo.

Observaciones al sobre A 283. Una copia del sobre A de todas las ofertas quedará a disposición de cada uno de los oferentes, a fin de que tomen vista de ellas.

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284. Los oferentes podrán tomar vista durante TRES (3) días contados a partir del día siguiente a la fecha de apertura y formular las observaciones que estimen pertinentes dentro de los CINCO (5) días posteriores a la finalización del plazo para la vista.

285. El organismo licitante deberá notificar las observaciones en forma fehaciente a los oferentes observados, los que podrán contestarlas dentro de los TRES (3) días siguientes.

286. Con las observaciones y, en su caso, las contestaciones respectivas, deberán acompañarse las pruebas correspondientes.

287. Toda presentación deberá hacerse con copia de la misma, así como de la documentación acompañada.

Evaluación del contenido del Sobre A 288. La Comisión Evaluadora analizará los aspectos de las ofertas contenidos en el sobre A y asignará a cada factor un puntaje cuyo valor máximo estará previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

289. También emitirá su opinión fundada sobre las mismas y se pronunciará sobre las observaciones realizadas a las ofertas –de existir observaciones-.

290. Asimismo, elaborará el correspondiente cuadro comparativo de ofertas.

291. La Comisión Evaluadora también emitirá el Dictamen recomendando la precalificación, debiéndose notificar del mismo en forma fehaciente a todos los oferentes.

292. Sólo serán aceptadas las ofertas que reúnan un puntaje superior o igual al establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares como mínimo para la precalificación.

Impugnación del Dictamen de Precalificación 293. Los oferentes podrán impugnar el dictamen de precalificación dentro de los CINCO (5) días de notificados.

294. Todas las impugnaciones planteadas serán resueltas por la Comisión de Compras y Contrataciones dentro del plazo que determine el Pliego, el que se computará desde el vencimiento del término para impugnar el dictamen de precalificación.

295. Dicha Comisión resolverá en forma definitiva la precalificación.

Apertura del Sobre B

296. El sobre B de las ofertas que hubieran sido precalificadas se abrirá en acto público al que serán debidamente citados todos los oferentes.

297. En ese acto se devolverán cerrados los sobres B a los oferentes no precalificados, juntamente con las respectivas garantías de oferta.

298. De lo actuado se labrará la correspondiente acta.

Acta de Evaluación de las ofertas económicas (Sobre B) 299. Se elevará a la Comisión Evaluadora de Compras el legajo correspondiente para que emita el dictamen pertinente.

300. La Comisión Evaluadora teniendo en cuenta los parámetros de evaluación contenidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para el sobre B, establecerá el orden de mérito de las ofertas y recomendará la adjudicación.

301. En caso de haberse previsto en el referido pliego la combinación de los puntajes obtenidos en ambos sobres, se ponderarán los puntajes de la manera preestablecida, a los efectos de la obtención del

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puntaje final.

Adjudicación 302. La adjudicación será resuelta por la instancia correspondiente sobre la base de la documentación existente (Dictámenes de Evaluación y Jurídico) y se notificará –por un medio fehaciente- al adjudicatario y, también al resto de los oferentes.

Concursos con más de DOS (2) Sobres 303. El mismo procedimiento establecido para doble sobre será aplicable, en lo pertinente y con las modificaciones que en cada caso correspondan, a las licitaciones y concursos que comprendan más de DOS (2) etapas.

Orden de Compra Abierta 304. Se podrá utilizar la modalidad de orden de compra abierta cuando se efectúen contrataciones consolidadas o compras informatizadas y en todo otro caso en que el organismo contratante no pueda determinar con precisión o con adecuada aproximación, desde el inicio del procedimiento de selección, la cantidad de unidades de los bienes o servicios a adquirir durante el período de vigencia del contrato.

305. Algunos aspectos y características que reúne esta Modalidad:

1º) Máximo y mínimo de unidades del bien o servicio:

El organismo contratante determinará, para cada renglón, el número máximo y mínimo de unidades que podrán requerirse durante el lapso de vigencia del contrato y la frecuencia en que se realizarán las solicitudes de provisión. Las unidades de medida serán las usuales en el mercado para el expendio del tipo de bien de que se trate o para la prestación del respectivo servicio. El adjudicatario estará obligado a proveer hasta el máximo de unidades determinadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, la cantidad no podrá ser inferior al mínimo que fije el organismo, pudiendo establecerse las variaciones en cantidades para cada ítem, sin superar el monto máximo fijado para la Orden de Compra.

2º) Garantías: a) El monto de las garantías de mantenimiento de la oferta se calculará aplicando el

CINCO POR CIENTO (5%) sobre el importe que surja de la multiplicación entre la cantidad máxima solicitada de acuerdo con al inciso anterior, y el precio unitario cotizado.

b) El monto de la garantía de cumplimiento del contrato se calculará aplicando el DIEZ POR CIENTO (10%) sobre el valor total de la solicitud de provisión.

c) Las garantías de mantenimiento de la oferta serán devueltas a los oferentes que no resulten adjudicatarios, dentro de los DIEZ (10) días de aprobada la respectiva adjudicación.

d) A los adjudicatarios, se les devolverán las garantías de mantenimiento de la oferta, una vez integrada la de cumplimiento del contrato o, en su caso, de cumplida la solicitud de provisión y en forma proporcional a la parte ya cumplida del contrato. Vencido el período de vigencia del contrato se les reintegrará la parte restante de dicha garantía.

e) El adjudicatario deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato dentro del término de OCHO (8) días de recibida la solicitud de provisión pertinente o la notificación fehaciente de adjudicación.

f) El adjudicatario podrá eximirse de presentar la garantía de cumplimiento del contrato satisfaciendo la prestación dentro del plazo fijado en el párrafo anterior,

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salvo el caso de rechazo de los bienes.

g) En este supuesto el plazo para la integración se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo. Los bienes rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, sin que previamente se integre la garantía que corresponda.

3º) Rescisión – Solicitud de Provisión:

Si el adjudicatario no retirase la solicitud de provisión o si la rechazara dentro de los TRES (3) días de notificada, o no constituyera la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo fijado para ello, se rescindirá el contrato con aplicación de las penalidades respectivas.

4º) Duración del contrato:

El plazo de duración del contrato ejecutado conforme con la modalidad de orden de compra abierta será regularmente de DOCE (12) meses, pudiéndose aplicar para plazos menores de hasta seis (6) meses en casos debidamente fundados. Los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares podrán contemplar la opción de prórroga en favor de la DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR DEL PERSONAL o sus Dependencias, por un plazo igual al inicial. Durante el lapso de vigencia del contrato, la DI.B.P.F.A. no podrá contratar con terceros la provisión de bienes o la prestación de servicios con igual objeto, salvo decisión fundada de Dirección General con la intervención de la Comisión Evaluadora y la Asesoría Jurídica. La constatación de la reducción del precio de mercado de los bienes o servicios contratados podrá determinar en cualquier momento la rescisión del contrato, sin culpa de ninguna de las partes, siempre que el proveedor no consintiera en negociar el nuevo valor. Esta rescisión no hará surgir derecho resarcitorio, compensatorio o de reembolso alguno a favor del adjudicatario.

Compra Informatizada – Trámite Simplificado

306. Las Compras Informatizadas se caracterizarán por la confección y entrega del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y la presentación de ofertas en medios de almacenamiento magnético estándar, dando lugar estas últimas, después de la apertura, a la constitución de una base de precios.

307. Cada Pedido de Precios llevará un número correlativo para cada Compra Informatizada y contendrá renglones pertenecientes a un mismo rubro comercial.

308. Para cada renglón se determinará el número máximo de unidades que podrán requerirse durante el período comprendido en la convocatoria, que son las unidades de medida usuales en el mercado para el expendio del tipo de bien de que se trate.

309. Su procedimiento se regirá a similitud con lo establecido por el Régimen de Contrataciones para la Adm. Pública Nacional en la materia, destacándose :

1º) CONVOCATORIAS A COTIZAR. El órgano Compras efectuará convocatorias periódicas, que comprenderán tantos Pedidos de Precios como rubros comerciales que abarquen los bienes a adquirir durante el período. Los anuncios de las convocatorias deberán contener:

a) Nombre del organismo contratante.

b) Número de contratación.

c) Tipo de contratación: Compra Informatizada.

d) Objeto de cada Pedido de Precios.

e) Lugar donde pueden consultarse las bases de la convocatoria y retirarse los soportes magnéticos que contienen los Pedidos de Precios, lugar, día y hora del acto de presentación y apertura de las ofertas.

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2º) ENTREGA DE LOS PEDIDOS DE PRECIOS. Cada Pedido de Precios se entregará en DOS (2) medios de almacenamiento magnético estándar de idéntico contenido, con sendas etiquetas identificatorias en las que figurarán:

a) Número de la Contratación.

b) Lugar, día y hora de presentación y apertura de las ofertas.

c) Espacios en blanco para que el oferente coloque su nombre o razón social, número de Código Único de Identificación Tributaria, su firma y la aclaración de ésta.

Contra la entrega de los medios de almacenamiento magnético que contendrán cada Pedido de Precios, los interesados deberán aportar otros similares, sin uso.

3º) CONTENIDO DE LOS PEDIDOS DE PRECIOS. Los medios de almacenamiento magnético que se entregarán a los interesados contendrán:

a) Número de la contratación.

b) Cantidad estimada a adquirir y descripción del bien.

c) Plazo de entrega máximo exigido.

d) Plazo de mantenimiento de la oferta.

e) Precio tope, en caso de que el organismo prefiriera aplicar esta modalidad para uno o más renglones.

f) Las cláusulas generales y particulares de los respectivos Pliegos.

4º) CONTENIDO DE LA OFERTA. Los oferentes podrán formular oferta por uno o más renglones de los comprendidos en el respectivo Pedido de Precios, la oferta especificará:

a) Precio unitario.

b) Máximo de unidades a suministrar por pedido.

c) Marca del producto ofrecido.

Si no se indica, no se admitirán alternativas ni descuentos por plazos de pago menores, o por adjudicación total, ni por ningún otro concepto.

5º) PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. En el lugar, día y hora indicados en la convocatoria deberán ser entregados el medio de almacenamiento magnético que contenga la oferta y la garantía de mantenimiento de ésta, en un sobre cerrado. La etiqueta identificatoria adherida a aquél deberá tener los datos completos del oferente, su firma y la aclaración de ésta. Los mismos elementos que figuran en la etiqueta deberán consignarse en el frente del sobre. A cada oferta se le asignará UN (1) número de orden, extendiéndose al presentante el correspondiente recibo.

6º) APERTURA DE LAS OFERTAS. La apertura de los sobres se hará en acto público que será presidido por el titular del sector Compras. En el acto de apertura se procederá a incorporar las propuestas en la base de datos, siguiendo el número de orden asignado a cada oferta. Si un medio de almacenamiento magnético no se hallare en condiciones de ser procesado, se intentará el procesamiento del otro. Si ninguno de los DOS (2) fuera apto, la oferta no podrá ser reemplazada y será rechazada sin más trámite, devolviéndose la garantía al oferente. Se confeccionará un Acta de Apertura que contendrá la información de lo actuado y será firmada por quien presida el acto y por los presentes que quisieran suscribirla. El ejemplar del Acta de Apertura que compone el expediente llevará como Anexo el cuadro comparativo de las ofertas.

7º) CUADRO COMPARATIVO DE OFERTAS. Las cotizaciones incorporadas en la base de datos se procesarán por sistema informático a los efectos de la elaboración del cuadro

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comparativo de las ofertas. Este se conformará automáticamente a partir de los precios ofrecidos por cada oferente para cada uno de los renglones, ordenándose aquellos de menor a mayor.

8º) ENTREGA DE COPIAS DEL ACTA DE APERTURA. Se entregará una copia del Acta de Apertura a cada uno de los oferentes que lo requieran. Si lo solicitaren y trajeren a tal fin el correspondiente medio de almacenamiento magnético, se les proporcionará en ese soporte una copia del cuadro comparativo de las ofertas.

9º) ERRORES DE COTIZACIÓN. No se admitirá la invocación de errores de cotización en ningún caso y por ningún concepto.

10º) EVALUACIÓN DE OFERTAS. Dentro de los TRES (3) días de realizada la apertura de las ofertas se remitirá el expediente a la Comisión Evaluadora, la que dentro de los DIEZ (10) días siguientes deberá emitir el dictamen respectivo recomendando la adjudicación, que será resuelta –en forma definitiva- por la Dirección General.

11º) EJECUCION DEL CONTRATO. El contrato se ejecutará bajo la modalidad de orden de compra abierta.

12º) ACTUALIZACIÓN DE LA BASE DE DATOS. En oportunidad de cada entrega se registrará en la base de datos la cantidad de bienes disponibles que restan de cada oferta.

Concesiones 310. De acuerdo a lo ya citado, cuando se otorgan a empresas a su propia costa y riesgo la ocupación, el uso o explotación por tiempo determinado de bienes inmuebles cuyo uso tiene asignado la DI.B.P.F.A., se observarán las siguientes características:

1º) CLAUSULAS PARTICULARES. Los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares establecerán, según corresponda y respecto a las concesiones propiciadas, los siguientes aspectos:

a) Plazo de vigencia del contrato.

b) Plazos y formas de pago del canon a abonar por el concesionario, definición de las bases y procedimiento a seguir para su fijación.

c) Presentación de certificado de visita al lugar o a las instalaciones objeto de la concesión, por parte del oferente.

d) Condiciones y plazos relativos a entrega de los bienes y su habilitación por el concesionario.

e) Trabajos de mantenimiento o mejoras que deba introducir el concesionario en los bienes inmuebles afectados a la concesión.

f) Garantías adicionales que se deberán presentar por los bienes afectados a la concesión y por los daños que pudieran ocasionarse a terceros o, en su caso, fondo que se deberá integrar para reparaciones o reposiciones, con retenciones porcentuales sobre los pagos pertinentes. Tales garantías deberán comprender todo el lapso de duración del contrato y sus eventuales prórrogas.

g) Idoneidad técnica requerida al concesionario y, en su caso, a sus reemplazantes, para la atención de la concesión.

h) Limitación de adjudicaciones similares a un mismo oferente, cuando existan razones previamente fundadas.

i) Condiciones que obliguen al adjudicatario a hacerse cargo transitoriamente de otra concesión similar que por cualquier motivo se hubiera extinguido.

j) Lugar, día y hora en que se presentarán las ofertas.

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k) Garantías de oferta que se deberá presentar.

l) Privilegio o exclusividad del concesionario.

m) Que los concesionarios deberán contar con el personal necesario para asegurar la eficiencia del servicio en forma permanente.

n) Datos del personal que actuará en la concesión

o) Derecho de reserva de admisión del personal propuesto.

p) Las instalaciones y/o equipos que se otorgarán al concesionario.

q) Detalles referentes al funcionamiento del servicio

r) Forma en que deberá efectivizarse el canon

s) Validez de la oferta

t) Duración del contrato

u) Opciones de prórroga

v) Antecedentes que deben presentarse

w) Normas de circulación de vehículos, cuando corresponda.

x) Modelo del Contrato.

y) El Departamento Compras (DI.B.P.F.A.) intervendrá en la aprobación del Pliego de Concesión que dará origen al contrato que regirá a ambas partes.

2º) FALTA DE ENTREGA DE LOS BIENES. Si por razones de caso fortuito o fuerza mayor la DI.B.P.F.A. no pudiera hacer entrega de los bienes inmuebles concesionados en el plazo estipulado, el concesionario podrá obtener la devolución del total de la garantía aportada, sin derecho a indemnización alguna. En tal supuesto, el contrato se extinguirá –de pleno derecho- desde la fecha de reintegro de la garantía.

3º) PRECIO BASE. Las convocatorias para el otorgamiento de concesiones se efectuarán con canon base, salvo que la DI.B.P.F.A. lo aprecie inconveniente.

4º) CRITERIO DE SELECCIÓN. La adjudicación deberá recaer en la propuesta que ofrezca la mejor oferta económica.

5º) RESPONSABILIDAD POR DAÑOS. El concesionario será responsable en todos los casos de los deterioros ocasionados a los bienes inmuebles otorgados a la concesión, que no obedezcan al uso normal de los mismos. Si en el momento de recibir las instalaciones y bienes inmuebles el adjudicatario no formulara observación, se entenderá que los recibe en perfectas condiciones.

6º) PROPIEDAD DE LAS MEJORAS. Todas las mejoras edilicias, tecnológicas, o de cualquier tipo que el concesionario introduzca en los bienes inmuebles otorgados en concesión, quedarán incorporadas a los mismos y no darán lugar a compensación o resarcimiento alguno.

7º) OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. Sin perjuicio del cumplimiento de las cláusulas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el concesionario estará obligado a:

a) Cumplimentar estrictamente las disposiciones legales que sean de aplicación, de acuerdo con la naturaleza de la concesión, y al pago de los impuestos, tasas, contribuciones y demás obligaciones que graven a los bienes por su explotación o actividad.

b) Satisfacer en todos los casos las indemnizaciones por despido, accidentes y demás pagos originados por la concesión.

c) No destinar los bienes a otro uso que el estipulado ni hacer uso indebido de los

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mismos.

d) Mantener los bienes en perfectas condiciones de conservación y uso, y efectuar con la periodicidad establecida en las cláusulas particulares los trabajos de mantenimiento o mejoras que correspondan. Ello, a su exclusiva costa.

e) Facilitar el acceso de inspectores autorizados a todas las instalaciones, libros de contabilidad y documentación vinculada con el cumplimiento del contrato y firmar las actas de infracción que se labren.

f) No introducir modificaciones en los inmuebles concesionados, ni efectuar obras de cualquier naturaleza sin consentimiento escrito y previo de la DI.B.P.F.A..

g) Proponer con anticipación a la dependencia contratante los representantes con facultad para obligarlo.

h) Reintegrar los bienes dentro de los DIEZ (10) días corridos de vencido el contrato o de comunicada su rescisión.

i) Satisfacer las multas por infracciones dentro de los TRES (3) días de notificado en forma fehaciente.

8º) CAUSALES DE RESCISIÓN. Serán causales de rescisión de la concesión por culpa del concesionario, sin perjuicio de otras establecidas en este Manual o en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:

a) Falta de pago del canon acordado en el plazo establecido.

b) Falta de concurrencia al acto de entrega de los bienes o negativa a su habilitación, salvo causas justificadas a juicio de la dependencia contratante.

c) Destinar los bienes a un uso o goce distinto del estipulado.

d) Infracciones reiteradas en el cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en este Manual o en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

e) Requerimientos de la Defensa Nacional.

9º) MULTAS. El incumplimiento por el concesionario de obligaciones que al solo juicio de DI.B.P.F.A. no sean graves, dará lugar a la aplicación de multas las que serán graduadas en los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones Particulares.

10º) PÉRDIDA PROPORCIONAL DE GARANTÍA –RESARCIMIENTO-. La rescisión del contrato por culpa del concesionario importará la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato en proporción al período que reste para su cumplimiento, sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de las multas y sanciones que correspondieren, quedando el mismo obligado a indemnizar los perjuicios ocasionados.

11º) CONTINUIDAD DE LA CONCESIÓN. Habida cuenta que el concesionario será adjudicado por las condiciones de solvencia económica e idoneidad requeridas para ejercer su concesión, no podrá ceder ni transferir la misma, excepto, que por decisión exclusiva del concedente ello sea conveniente.

Contrataciones Consolidadas 311. Esta contratación se caracteriza por cuanto comprende el llamado a ofertar precios para dos o más organismos en un sólo acto licitatorio.

312. En tal caso se unificará la gestión del proceso de contratación, siendo la unidad de contrataciones que se encargue de la gestión, quien coordinará las acciones vinculadas con estas contrataciones. Para ello deberá, como mínimo:

1º) Unificarse codificación y denominación de iguales efectos requeridos por distintos

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usuarios.

2º) Asegurarse los financiamientos de los distintos requirentes.

3º) Determinar criterios comunes para la recepción del material.

4º) Fijar procedimientos para el trámite de la documentación y de pago.

5º) Determinar composición de la Comisión Evaluadora y responsabilidades de los organismos técnicos intervinientes.

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VI . FORMALIDADES DEL LEGAJO DE CONTRATACIÓN

Contenidos básicos. 313. En todos los casos el mismo contendrá la documentación original, ordenada y foliada, siendo dichas formalidades materia de procesos de Auditoria .

314. El contenido básico de un legajo de contrataciones comprenderá secuenciadamente los siguientes documentos, pudiendo variar según la Modalidad adoptada para cada caso:

1º) Índice

2º) Solicitud de Gastos.

3º) Pliego de Especificaciones Técnicas.

4º) Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

5º) Justificación del Jefe del órgano Compras/ Usuario (toda vez que no se realice una Licitación Pública).

6º) Dictamen o Informe Jurídico (si correspondiera ).

7º) Disposición de Autorización.

8º) Formulario de Firmas Invitadas a Cotizar.

9º) Pedido de Precio Testigo (cuando corresponda).

10º) Copia de Invitaciones a Cotizar.

11º) Constancia de comunicaciones efectuadas y publicación cuando corresponda.

12º) Entrega o recibos de venta de pliegos.

13º) Consultas y Circulares aclaratorias del pliego cuando corresponda.

14º) Acta de Apertura.

15º) Cotizaciones de los oferentes.

16º) Constancias de muestras recibidas cuando corresponda.

17º) Certificado Fiscal para Contratar cuando corresponda. (Resolución AFIP Nº 135/98 o la que pueda reemplazarla.

18º) Copias de Garantías de oferta.

19º) Cuadro comparativo de ofertas.

20º) Informe Técnico.

21º) Desempate de ofertas si ocurriera.

22º) Dictamen de Evaluación.

23º) Notificación del Dictamen de Evaluación a los oferentes.

24º) Observaciones que se hayan formulado.

25º) Dictamen Jurídico.

26º) Disposición de Adjudicación y Aprobación.

27º) Comunicación de la adjudicación.

28º) Vista de Actuaciones.

29º) Observaciones e Impugnaciones.

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30º) Descargos de las impugnaciones.

31º) Orden de Compra.

32º) Constancia de la Garantía de Adjudicación.

33º) Constancia de devolución de garantías de oferta.

34º) Constancia de cumplimiento de la Orden de Compra.

35º) Disposición de Archivo.

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VII .PROCEDIMIENTOS PARA CONTRATACIONES ESPECIALES

315. Considerando las particularidades que poseen algunas adquisiciones de Bienes y Servicios vinculados a la salud, se describen a continuación los procedimientos que normalizarán las mismas, permitiendo mantenerlas de forma integradas a un régimen regulatorio de compras efectivo y eficiente.

CONTRATACIONES DIRECTAS UM

Requisitos para el uso de la Modalidad

316. El principal requisito para utilizar tal modalidad se vincula con la perentoriedad de los servicios o elementos necesarios, asegurando la provisión oportuna de las prestaciones para la salud

317. A ello debe adicionarse que tales prestaciones surgidas de emergencias / urgencias no pueden en muchos casos preverse, siendo estas las que demandan ser atendidas con procedimientos diferentes a los normales.

318. Requerimientos que se incluyan en efectos o servicios que pudiesen ser adquiridos oportunamente mediante contrataciones programadas, no deberán clasificarse como Urgencia Médica ( UM ).

319. En todos los casos que proceda la compra mediante Contratación Directa –UM, se deberán verificar como mínimo los siguientes pasos :

1º) Formulario con requerimiento de elementos a adquirir, confeccionado por el usuario / médico tratante, con las correspondientes especificaciones técnicas o descripciones de la necesidad .

2º) Autorización de la Dirección de Asistencia Sanitaria (si no hubiese sido esta la generadora del pedido ).

3º) Publicación del llamado (en la página de la DIBPFA ) ; si el plazo de anticipación y la urgencia lo permite, dar difusión y publicación por otros medios.

4º) Pedido de cotización vía Fax y/o Mail (Internet).

5º) Presentación de las ofertas.

6º) Acta de apertura de ofertas ( si se hubiese producido ).

7º) Cuadro comparativo de las ofertas presentadas, elaborado por Compras.

8º) Informe técnico de la Auditoría Médica .

9º) Dictamen de la Comisión Evaluadora (si por su monto correspondiera ).

10º) Presentación observaciones e impugnaciones, cuando las hubiere.

11º) Dictamen jurídico ( para resolución de las observaciones e impugnaciones)

12º) Disposición de adjudicación y Aprobación del gasto (si por monto correspondiera ).

13º) Orden de Compra / Contrato / Convenio.

14º) Recepción de los bienes o servicios entregados.

15º) Facturación.

16º) Pago.

320. Los pasos resaltados y subrayados del párrafo anterior , serán los mínimos que constituirán el contenido de los legajos de las compras más Urgentes, los que deberán también cumplir los requisitos formales de los demás.

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PROCEDIMIENTO PARA ADQUISICIÓN DE PRÓTESIS IMPLANTABLES, NO IMPLANTABLES Y OTROS ELEMENTOS DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS. 321. A efectos de atender las necesidades de los Afiliados, relacionados con la provisión de elementos para los servicios y prestaciones de salud ofrecidas por DI.B.P.F.A., se deberán cumplir los siguientes procedimientos :

1º) Formulación del Requerimiento: Los profesionales tratantes efectuarán los requerimientos o prescripciones médicas mediante el formulario SA-2 (si son médicos de la Fuerza), o bien, en recetarios médicos (si son de medios o médicos extrainstitucionales), debiendo contar en todos los casos con la AUTORIZACIÓN de la Dirección de Asistencia Sanitaria, a efectos de proceder a su tramitación. Dicho trámite también debe aplicarse con requerimientos de las Delegaciones. Cuando el monto del requerimiento que se origina excede preventivamente las atribuciones de dicha Dirección, deberá incorporarse la autorización del Director General.

2º) Obtención de Ofertas El expediente confeccionado con la documentación mencionada en el inciso 1º) se recepciona en Compras, solamente a través de la Dirección de Asistencia Sanitaria, quien en la primera auditoría que realiza completará los aspectos técnicos y requisitos del pedido, necesarios para su correcta tramitación. Con dichos antecedentes, se procederá a realizar en proceso abreviado la compulsa de precios, emitiendo las Invitaciones a Cotizar ( por FAX , MAIL o nota ) a todas las firmas en condiciones de proveer los elementos solicitados. Simultáneamente dispondrá la publicación de la información en la Página Web de la DIBPFA.

3º) Evaluación y adjudicación de la Contratación: Obtenidos los presupuestos se anexan al expediente, remitiéndoselo a la Dirección de Asistencia Sanitaria para que emita el Informe Técnico. En aquellos casos en los cuales sea necesario, dará intervención al organismo o al profesional tratante para conformar convenientemente el mismo. Una vez recibido el expediente con el Informe Técnico, se procede a la adjudicación, la cual se realiza a aquella oferta que siendo válida y reuniendo los requisitos técnicos solicitados, resulte la más conveniente a los intereses de la Dirección General y del Afiliado, que debe abonar parte del valor correspondiente. En aquellos casos que la condición de pago difiera de la normal (contado contra entrega o menos tiempo que el pautado por esta Dirección General), la Dirección de Administración y Finanzas deberá prestar conformidad por la disponibilidad de fondos. El procedimiento de Aprobación se ajustará de acuerdo con el monto de la contratación y las atribuciones fijadas. Asimismo, previo a la adjudicación definitiva se dará conocimiento a la Dirección de Asistencia Sanitaria y a la Delegación correspondiente, quien se pondrá en contacto con el afiliado para coordinar el lugar y la forma de pago del coseguro pertinente según el régimen arancelario vigente.

4º) Perfeccionamiento de la contratación: Luego de la Aprobación del Gasto se emite la Orden de Compra, remitiéndose copia al Proveedor seleccionado, y a la Dirección de Asistencia Sanitaria. Todas estas tramitaciones se realizan por medio de la utilización de FAX o MAIL, a efectos de lograr agilizar los procedimientos, en virtud que los elementos a proveer hacen directamente a la salud de los afiliados. Toda novedad que surja como consecuencia de la falta de cumplimiento de las obligaciones del proveedor (calidad de los elementos, tiempo de entrega, etc.), se deberá registrar para ser consultadas al momento de una nueva selección y adjudicación final de futuras compras. Dichos antecedentes se deberán poner también en conocimiento de la CACFA o el organismo coordinador y/o asesor de las contrataciones de la Fuerza Aérea .

CONVALIDACIÓN DE GASTOS 322. Procedimiento de excepción relacionado con los servicios y prestaciones ofrecidas por DI.B.P.F.A. cuya extrema urgencia, ámbito de aplicación e imposible previsión, no posibilitan utilizar ninguno de los procedimientos indicados anteriormente.

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323. En ellos , el monto involucrado debe superar al fijado para Caja Chica, ya que si no corresponderá utilizar dicho procedimiento .

324. La Convalidación no se vincula con los gastos originados a partir de Convenios suscriptos, para los cuales se establece su procedimiento particular.

325. Para la ejecución de toda Convalidación de Gastos se deberán cumplir los siguientes pasos:

1º) El organismo responsable de la realización del gasto en cuestión, dará traslado al organismo Compras ,de la/ s facturas por prestaciones o bienes adquiridos , sus correspondientes comprobantes de Recepción de los mismos ( Remitos, Actas, Certificados de Implantes, etc.), así como de su auditoría si correspondiese, adjuntándoles el Formulario de Solicitud de Convalidación y otros antecedentes documentales que lo justifiquen.

2º) Recibidos dichos documentos, Compras confeccionará el legajo que remitirá a Presupuesto para la verificación e imputación preventiva del gasto.

3º) Luego y en virtud del monto involucrado, Compras pondrá el legajo a disposición de la Comisión Evaluadora para que emita su Dictamen respecto a la pertinencia del trámite solicitado. Cuando ésta lo estime conveniente, se dará intervención a la Asesoría Jurídica para que también dictamine referente a lo planteado.

4º) Cumplidos los pasos anteriores, el Director General suscribirá la correspondiente Acta de Aprobación del Gasto basada en los asesoramientos mencionados.

5º) Posteriormente se dará intervención de lo actuado remitiendo las copias a la Dirección de Administración y Finanzas, para la pertinente regularización de los fondos.

326. Cumplimentados dichos trámites, la documentación será incorporada y mantenida con la de las restantes Contrataciones en el organismo Compras, archivándose el legajo durante los DIEZ (10) años reglamentariamente establecidos.

ADJUDICATARIOS SIMULTÁNEOS 327. Puede ser necesario disponerse a un mismo tiempo de diferentes proveedores de igual rubro, que aseguren el abastecimiento oportuno del total de bienes que se demandan, por ejemplo medicamentos o servicios de prestaciones médicas, en una misma localidad.

328. Ello demandará la selección de los mismos mediante un proceso que produciéndose en un mismo acto contractual, exigirá un proceso especial.

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VIII. CONVENIOS

Tipos de Convenios 329. A través de los mismos se instrumentan acuerdos de diferentes características y modalidades de aplicación, con el objeto de establecer los bienes y servicios a demandar, así como los precios que el proveedor cotizó por los mismos y las condiciones en las que se cumplirán las prestaciones convenidas.

330. Considerando el origen de los Recursos con los que se cancelarán los Convenios al momento de generar compromiso económico, pueden clasificarse en :

1º) Los que no implican erogaciones al presupuesto de la DIBPFA, debiendo ser el pago total afrontado por el Afiliado en cada oportunidad que hace uso de los beneficios del Convenio suscripto. Se encuadran en estos, los que otorgan diferentes entidades y empresas mediante descuentos especiales o beneficios adicionales acordados.

2º) Aquellos que implican un compromiso cierto o eventual de gasto con cargo al organismo, en las oportunidades que se demandan los bienes y servicios convenidos. Generalmente se suscriben para asegurar la cobertura de diferentes prestaciones propias del área de la salud en la que la DIBPFA concentra su mayor responsabilidad.

331. Los que implican erogación al organismo, poseen características diferenciadas según algunas particularidades a partir de las cuales se distinguen :

1º) Las de una prestación que se dará en forma cierta, por la cual se acuerdan valores y cantidades, siendo éstas las que sufrirán pequeños ajustes no significativos durante su ejecución. Las cápitas son los convenios típicos de esta característica y podrán abarcar la totalidad de prestaciones o sólo una parte de las que brinda el prestador. El compromiso será periódicamente generado a partir de la suscripción del documento.

2º) Acuerdos de precios sobre determinados bienes y servicios, de los cuales se estiman posibles demandas que eventualmente podrán concretarse o no. Se genera un compromiso económico sólo en oportunidad de requerirse la prestación. Se encuadran en éstos los que se suscriben con Farmacias para venta de medicamentos a pacientes ambulatorios con algún costo a cargo de DIBPFA, los que se realizan con Laboratorios o Droguerías para determinadas provisiones, los firmados con prestadores de servicios y prácticas médicas a los que se derivan Afiliados para su atención , etc.

332. También pueden generar algunas consideraciones de diferencias en procedimientos, según se convenga con entidades de la Administración Pública o con Privadas.

Etapas para la Suscripción y Ejecución 333. A los fines de describir los procedimientos mínimos a llevar a cabo, se refiere para cada Etapa de los Convenios, los distintos actos administrativos que deben documentarse convenientemente, siendo estos los mínimos requeridos:

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ETAPA

ACCION ADMINISTRATIVA

OBSERVACIONES

SOLICITUD / PROPUESTA DE LA

PRESTACION

• Presentación de las Propuestas / Solicitudes • Evaluación previa de organismos operativos y administrativos • Inicio del Legajo para Gestión o Desestimación.

En todos los casos de propuesta de un prestador, se dará curso a la misma a partir del análisis inicial de la dependencia pertinente; para prestaciones de salud intervendrá la Delegación y/o la Dir. de Asistencia Sanitaria

GESTION PARA SUSCRIPCION

• Disposición de Autorización • Informes técnicos y económico • Dictamen Jurídico • Dictamen Comisión Evaluadora • Disposición y Firma de Convenio • Notificaciones y Publicaciones

La Disposición. de Autorización indicará si la Gestión será mediante un proceso de selección de prestadores o será directo .

EJECUCION

• Autorizaciones ( para los que no son Cápitas ) • Auditoría y Conformidad de la Prestación • Gestión de la Facturación • Aprobación del Gasto

Los procedimientos de esta etapa, no conforman antecedentes a incorporar a los Legajos de Convenios, debiéndose sustituir con informes estadísticos sobre la conformidad ,volúmenes y demás datos referidos al cumplimiento.

MODIFICACIONES

• Solicitud / Propuesta de modificación • Informes de Evaluación • Dictamen Jurídico/ Comisión Evaluadora ( cuando modifica aspectos sustanciales ) • Firma del Protocolo Adicional

Si el Cese se produce a partir de incumplimientos, se deberá aplicar los procedimientos previstos para penalidades y sanciones del presente Manual

• Requerimiento con justificativo del mismo CESE DEL CONVENIO • Acto Dispositivo • Notificación y Difusión

Formalidades de los Legajos de los Convenios 334. Deberán cumplirse las generales de administración que establece que los cuerpos de legajos deberán estar convenientemente identificados, sus documentos en original y todo su contenido foliado.

335. Cuando el Convenio suscripto surgiera a partir de uno de los procesos de contratación (Licitación o Contratación Directa) ya analizados, el legajo se conformará agregando al proceso de selección mencionado, los documentos propios del instrumento firmado, pasando a integrar estos el Legajo de la Contratación.

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ANEXOS

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ANEXO I

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LÍMITES DE MONTOS PARA CADA PROCEDIMIENTO Y NIVELES DE ATRIBUCIONES PARA

APROBACIÓN

TIPO DE PROCEDIMIENTO

MONTOS (*) OBSERVACIONES

TRAMITE SIMPLIFICADO Hasta $ 35.000 CONTRATACIÓN DIRECTA Hasta $ 75.000 Para las calificadas URGENCIA MÉDICA que superen

límite, debe autorizar el DIRECTOR GENERAL LIC./CONCURSO PRIVADO Hasta $ 300.000 LIC./CONCURSO PUBLICO Más de $ 300.000 Por importes superiores a $ 3.500.000 , se debe requerir

autorización, como instancia superior, al Directorio.

AUTORIDAD NIVEL LIC./CONCURSO PUBLICO

LIC./CONCURSO PRIVADO

CONTRATACION DIRECTA

TRAMITE SIMPLIFICADO

URGENCIA MEDICA

DIRECTOR GENERAL

I

Autoriza Aprueba

Autoriza Aprueba

Autoriza Aprueba

Autoriza Aprueba

Autoriza Aprueba

II (A)

Autoriza DG Aprueba DG

Autoriza DG Aprueba DG

Autoriza Aprueba

Autoriza Aprueba

Autoriza y Aprueba

hasta $ 35.000

DELEGADOS

Y TITULARES DE ORGANISMOS

II (B)

NO REALIZA

NO REALIZA

NO REALIZA

NO REALIZA

Autoriza y Aprueba

hasta $ 5.000 DIRECTOR

ASISTENCIA SANITARIA

III

NO REALIZA

NO REALIZA

NO REALIZA

NO REALIZA

Autoriza hasta $ 75.000 y

Aprueba DG El límite máximo para el DIRECTOR GENERAL es de $ 3.500.000 en cualquier tipo de Procedimiento, a partir del cual corresponde al Directorio. NIVEL (A), corresponde a organismos con unidades de compra y el NIVEL (B), a los que no las poseen.

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ANEXO II

DISTRIBUCIÓN DE TAREAS EN LA EJECUCIÓN DE LAS CONTRATACIONES

DIRECCIÓN GENERAL ( Nivel I )

A) Departamento Compras: Bienes y Servicios para el funcionamiento de las dependencias. Adquisición de aparatología médica para dotación de las dependencias de la DIBPFA. Adquisición de Prótesis, insumos odontológicos, elementos ortopédicos y cualquier

otro efecto necesario para la atención de la salud de los afiliados.

B) Departamento Farmacias Propias: Contrataciones centralizadas para el suministro de insumos y medicamentos a las

Farmacias administradas por la DIBPFA. Farmacias Hospitalarias.

C) Dirección de Asistencia Sanitaria: Auditoría de compras de medicamentos. Auditoría de atención sanitaria externa. Suministro de medicamentos del Plan Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE),

tales como los Oncológicos, los de Alto Costo y Baja Incidencia (HIV, Esclerosis Múltiple, anti-reactivos pre y post trasplantes, etc.) y convenios para Hemodiálisis.

D) Departamento Convenios: Convenios de Atención Médica, Odontológica, Bioquímica; Oftalmológica; etc,

cubriendo las necesidades de atención sanitaria en toda la extensión del País. Convenios con Grupos Farmacéuticos.

DELEGACIONES ( Nivel II A y B )

A) División Compras: Bienes y Servicios para el funcionamiento de las dependencias. Adquisición de Aparatología médica menor. Adquisición de insumos y medicamentos (UM ). Contratación de servicios para la salud (no convenidos).

B) División Auditoría: Auditoría de compra de medicamentos. Auditoría de atención sanitaria externa.

En ambos casos A y B se cumplirán las funciones precitadas, según orgánica vigente de la Delegación.

DIRECCIÓN DE ASISTENCIA SANITARIA ( Nivel III )

A) Sección Auditoría: Autoriza contrataciones y gastos por convenio de las Delegaciones, para la salud y

hasta el límite de $75.000. Gestiona Autorización del Director General para gastos de salud que superan los

$75.000. Auditoría de compras de medicamentos. Auditoría de atención sanitaria externa.

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ANEXO III

PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES

ARTICULO 1° ÁMBITO DE APLICACIÓN. ARTICULO 2° PLAZOS. ARTICULO 3° COMUNICACIONES. ARTICULO 4° VISTAS DE LAS ACTUACIONES. ARTICULO 5° GARANTÍAS. ARTICULO 6° ACLARACIONES Y MODIFICACIONES AL PLIEGO DE BASES Y

CONDICIONES PARTICULARES. ARTICULO 7° REQUISITOS FORMALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. ARTICULO 8° OMISIÓN DE REQUISITOS FORMALES. ARTICULO 9° EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA. ARTICULO 10º CONTENIDO DE LA OFERTA. ARTICULO 11º DE LAS MUESTRAS. ARTICULO 12º INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR EL OFERENTE. ARTICULO 13º PRESENTACIÓN ÚNICA. ARTICULO 14º GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. ARTICULO 15º APERTURA DE LAS OFERTAS. ARTICULO 16º CAUSALES DE INADMISIBILIDAD Y DESESTIMACIÓN DE OFERTAS. ARTICULO 17º COMISIÓN EVALUADORA. ARTICULO 18º EVALUACIÓN. ARTICULO 19º EMPATE DE OFERTAS. ARTICULO 20º IMPUGNACIONES Y RECURSOS. ARTICULO 21º ADJUDICACIÓN. ARTICULO 22º ORDEN DE COMPRA. ARTICULO 24º ORDEN DE PRELACIÓN. ARTICULO 25º MORA EN EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. ARTICULO 26º PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. ARTICULO 27º AUMENTO O DISMINUCIÓN DE LA PRESTACIÓN. ARTICULO 28º RECEPCIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA. ARTICULO 29º CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR. ARTICULO 30º RESCISIÓN. ARTICULO 31º AFECTACIÓN DE LAS MULTAS. ARTICULO 32º PAGO DE FACTURAS. ARTICULO 33º REVOCACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. ARTICULO 34º CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN. ARTICULO 35º REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBEN CONTENER LOS PLIEGOS DE BASES

Y CONDICIONES PARTICULARES.

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ARTICULO 1° - ÁMBITO DE APLICACIÓN: Las normas contenidas en el presente articulado, constituyen el PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR DE PERSONAL DE LA FUERZA AÉREA para los contratos de compraventa, suministros, servicios, locaciones, alquileres con opción a compra, permutas y concesiones de uso de los bienes de dominio público y privado de la DI.B.P.F.A. y para todos aquellos contratos no excluidos expresamente en el Manual de Compras de la DI.B.P.F.A. o sujetos a un régimen especial, que celebre este organismo del Sector Público Nacional comprendido en el inciso b) del Artículo 8° de la Ley N° 24.156.

ARTICULO 2° - PLAZOS: Todos los plazos establecidos en el presente Pliego se computarán en días hábiles administrativos, salvo expresa disposición en contrario.

ARTICULO 3° - COMUNICACIONES: Las comunicaciones que se realicen entre el Organismo contratante y los interesados, oferentes o adjudicatarios, podrán llevarse a cabo personalmente, por correo electrónico, por fax, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, dirigida a la dirección de correo electrónico, número de fax o domicilio indicado por los interesados, oferentes o adjudicatarios en la presentación de su oferta.

Constituirá plena prueba de la notificación fehaciente y de su fecha, el documento que en cada caso la registre (la copia certificada por el funcionario interviniente en la notificación, el reporte emitido por el equipo utilizado o el aviso de retorno).

La indicación del fax, e-mail y/o del domicilio de la Administración, efectuada en el presente Pliego, determina que únicamente serán válidas las comunicaciones que los interesados, oferentes o adjudicatarios realicen en ellos.

ARTICULO 4° - VISTA DE LAS ACTUACIONES: Toda persona que acredite interés legítimo, podrá, en cualquier momento, excepto durante la etapa de evaluación de las ofertas, tomar vista de las actuaciones referidas a una contratación.

Los originales de las ofertas serán exhibidos a los oferentes por el término de CINCO (5) días, contados a partir de la apertura. Los oferentes podrán solicitar copias a su costa.

Los terceros deberán acreditar su interés por cualquier medio de prueba y la toma de vista, en ningún caso dará derecho al tercero a efectuar presentaciones en el expediente por el que se tramita la licitación, ni dará lugar a la suspensión de los trámites o a demoras en el procedimiento de la contratación.

ARTICULO 5° - GARANTÍAS:

I.- Clases De mantenimiento de oferta: CINCO POR CIENTO (5 %) del valor total de la oferta.

En el caso de cotizar con alternativas la garantía se calculará sobre el mayor valor propuesto.

En los casos de licitaciones y concursos de etapa múltiple o procedimiento con la modalidad de porcentaje de descuento sobre un precio de referencia, la garantía de mantenimiento de oferta es la establecida (monto fijo) por el Organismo contratante, en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

En los casos de procedimientos de selección en los que se utilice la modalidad Orden de Compra Abierta, el monto de la garantía de mantenimiento de la oferta se calculará aplicando el CINCO POR CIENTO (5%) sobre el importe que surja de la multiplicación entre la cantidad máxima solicitada y el precio unitario cotizado.

De cumplimiento del contrato: DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total de la adjudicación, excepto que el cumplimiento se especifique o ejecute en un plazo inferior a OCHO (8) días.

En los casos de procedimientos de selección en los que se utilice la modalidad Orden de Compra Abierta, el monto de la garantía de cumplimiento del contrato se calculará aplicando el DIEZ POR CIENTO (10%) sobre el valor total de cada solicitud de provisión.

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Contragarantía: En aquellas contrataciones en que los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares previeran pago anticipado, el monto equivalente al mismo, excepto que se especifique otra cosa.

II.- Formas de Constitución El Organismo contratante podrá disponer en el PBCP, la forma de constitución de la garantía. De no definirlo, el oferente podrá constituir las garantías en cualquiera de las siguientes formas o combinaciones de ellas:

a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la entidad contratante, o por giro postal o bancario.

b) Con cheque, contra una entidad bancaria con preferencia del lugar donde se realice la licitación y/o contratación o del domicilio del Organismo contratante. El Organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.

c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL; los mismos deberán ser depositados en una entidad bancaria a la orden del Organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito.

En caso de liquidación de los valores de los títulos en cuestión, se formulará un cargo por los gastos que ello ocasione. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de las garantías.

d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del Organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa.

e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA, extendidas a favor del Organismo contratante y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

f) Mediante la afectación de créditos que el proponente o adjudicatario tenga liquidados y al cobro en entidades estatales de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, a cuyo efecto el interesado deberá presentar en la fecha de constitución de la garantía, la certificación pertinente.

g) Con pagarés a la vista, suscriptos por quienes tengan el uso de la firma social o actuaren con poderes suficientes, cuando el monto de la garantía no supere la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000).

Todas las garantías, a excepción de la de mantenimiento de oferta, que deberá cubrir los plazos previstos en el Pliego, afianzarán el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada licitación.

La documentación de la garantía deberá acompañar a la oferta económica.

III.- Devolución de las garantías. a) De oficio:

• Las garantías de mantenimiento de oferta, a los oferentes que no resulten adjudicatarios, dentro de los DIEZ (10) días de presentada la garantía de cumplimiento del contrato, o en su caso, de ejecutado el contrato por el adjudicatario. A éstos últimos, una vez integrada la de cumplimiento del contrato o en su caso de ejecutado el mismo.

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• En el caso de licitación o concurso de etapa múltiple, se devolverá la garantía de mantenimiento de oferta a quienes no resulten precalificados, en oportunidad de la apertura del sobre que contiene la oferta económica.

• Las garantías de cumplimiento del contrato, una vez cumplido el mismo a satisfacción de la jurisdicción o entidad contratante.

• En los casos de procedimientos de selección en los que se utilice la modalidad Orden de Compra Abierta, las garantías de mantenimiento de la oferta serán devueltas:

a los oferentes que no resulten adjudicatarios: dentro de los DIEZ (10) días de aprobada la respectiva adjudicación;

a los adjudicatarios: una vez integrada la de cumplimiento del contrato o, en su caso, de cumplida la solicitud de provisión respectiva y en forma proporcional a la parte ya cumplida de ésta. Vencido el período de vigencia del contrato se les reintegrará la parte restante de dicha garantía.

b) A solicitud de los interesados y salvo el caso de los pagarés sin afianzar, se procederá a la devolución parcial de las garantías de adjudicación en proporción a la parte ya cumplida del contrato, para lo cual se aceptará la sustitución de la garantía para cubrir los valores restantes.

En los casos en que, luego de notificado fehacientemente el oferente o adjudicatario para que retire su garantía, podrá reclamar su devolución dentro del plazo de UN (1) año, contado desde la fecha de la notificación. La falta de presentación dentro del término señalado por parte del titular del derecho, importará la renuncia tácita del mismo a favor de la DI.B.P.F.A. y será aceptada por la autoridad competente al ordenar el ingreso patrimonial de aquello que constituyera la garantía.

Cuando la garantía haya sido constituida mediante pagaré, éste se destruirá al término de dicho plazo.

ARTICULO 6° - ACLARACIONES Y MODIFICACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES: Las consultas referidas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse por escrito ante el Organismo contratante o en el lugar y como se indique en el citado pliego.

No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término.

Deberán ser efectuadas hasta CUARENTA Y OCHO (48) horas antes de la fecha fijada para la apertura, salvo que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares estableciera un plazo distinto.

Si a criterio del Organismo contratante, la consulta es pertinente y contribuye a una mejor comprensión e interpretación del Pliego en cuestión, el citado organismo elaborará una circular aclaratoria y la notificará en forma fehaciente con VEINTICUATRO (24) horas, como mínimo, de anticipación a la fecha de apertura a todas las personas que formalmente hubiesen retirado el pliego, asimismo la exhibirá en la cartelera para conocimiento de todos los demás interesados y la incluirá como parte integrante del Pliego.

El Organismo contratante podrá de oficio realizar las aclaraciones y/o modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares que sean pertinentes, las que comunicará e incluirá siguiendo el procedimiento mencionado precedentemente

En cuanto a las modificaciones del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, del mismo modo que las aclaraciones, podrán derivar de consultas de los interesados o efectuarse de oficio por el Organismo contratante, fijándose como límite, para su procedencia, que no se altere el objeto de la contratación.

Cuando por la índole de la consulta practicada por un interesado, resulte necesario pedir informes o realizar verificaciones técnicas que demanden un plazo superior a VEINTICUATRO (24) horas contadas desde que se presentare la solicitud, el Organismo contratante debe posponer la fecha de apertura. El cambio de fecha de la apertura de ofertas será comunicado fehacientemente a todos aquéllos a quienes se les hubiese invitado a cotizar y a todas las firmas que hayan retirado el Pliego y se publicará, por UN (1) día, en los mismos medios en los que se haya publicado el llamado

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ARTICULO 7° - REQUISITOS FORMALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Las ofertas serán redactadas en idioma nacional y se presentarán tantas copias como lo indique el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Estarán contenidas en sobres, cajas o paquetes que deberán encontrarse perfectamente cerrados, identificados exteriormente con los datos del procedimiento de selección al que correspondan, fecha y hora de apertura y nombre del oferente.

Las ofertas sólo serán admitidas hasta el día y la hora fijados en el llamado para realizar el acto de apertura de las mismas. El original constituirá el Fiel de la oferta y deberá estar firmado en cada una de sus hojas por el oferente o representante legal, quien deberá salvar las enmiendas o raspaduras, si las hubiere.

Los oferentes deberán constituir domicilio en la ciudad asiento del Organismo licitante o en el éjido establecido al efecto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Cada propuesta indefectiblemente deberá estar acompañada por las constancias relativas al retiro del Pliego de Bases y Condiciones Particulares extendido por el Organismo contratante y la de constitución de la garantía de mantenimiento de oferta. Asimismo se deberá agregar el recibo que acredite el pago del Pliego, en los casos que corresponda.

ARTICULO 8° - OMISIÓN DE REQUISITOS FORMALES: Cuando la oferta tuviera defectos de forma, el oferente será intimado por la Comisión Evaluadora, a subsanarlos dentro del término de DOS (2) días. Si no lo hiciere, la oferta será desestimada, sin más trámite.

ARTICULO 9° - EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA: La presentación de la oferta, importa de parte del oferente el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el llamado a contratación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante el oferente su desconocimiento, por lo que no será necesario la presentación de los pliegos con la oferta.

ARTICULO 10º - CONTENIDO DE LA OFERTA: La oferta especificará:

a) El precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares; el precio total del renglón, en números; y el total general de la oferta, expresado en letras y números, determinados en la moneda de cotización fijada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

b) El porcentaje de descuento ofrecido sobre un precio de referencia, en aquellos procedimientos con Precio Referencial.

c) La cotización por cantidades netas y libres de envase y de gastos de embalaje, salvo que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares previera lo contrario. El proponente podrá formular oferta por todos los renglones o por algunos de ellos. Podrá también hacerlo por parte del renglón, pero sólo cuando así lo admita el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Los oferentes, como alternativa, después de haber cotizado por renglón, podrán ofertar por el total de los efectos ya propuestos o grupos de renglones, sobre la base de su adjudicación íntegra.

d) El origen del producto cotizado. Si no se indicara lo contrario, se entiende que es de producción nacional.

Toda otra documentación establecida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas.

ARTICULO 11º - DE LAS MUESTRAS: Cuando en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se establezca la obligación de acompañar muestras, éstas podrán ser presentadas, como máximo, hasta el momento de iniciación del acto de apertura y en el lugar prefijado, salvo que dicho pliego estableciera un plazo distinto.

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Asimismo el oferente podrá presentar muestras que contribuyan a ilustrar su oferta, pero en ningún caso podrá reemplazar con ellas las especificaciones técnicas fijadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Las muestras deberán indicar en forma visible los datos del procedimiento de selección al que correspondan, fecha y hora de apertura de las ofertas y la identificación del oferente. Como constancia de su recepción, se extenderá un recibo en original y copia.

Las muestras correspondientes a los artículos adjudicados, quedarán en poder del Organismo contratante para ser cotejadas con los que entregue oportunamente el adjudicatario. Cumplido el contrato, quedarán a disposición del adjudicatario por el plazo de UN (1) mes a contar desde la última conformidad de recepción. De no procederse a su retiro, vencido el plazo estipulado precedentemente, las muestras pasarán a ser propiedad de la DI.B.P.F.A. sin cargo. En esos casos el Organismo contratante queda facultado para resolver sobre el uso, venta o destrucción de las mismas, en este último caso cuando no tuvieren aplicación alguna.

Las muestras presentadas por aquellos oferentes que no hubiesen resultado adjudicatarios quedarán a su disposición para el retiro, hasta UN (1) mes después de la comunicación efectuada por el organismo contratante de que las mismas están a disposición del oferente. En el caso en que no pasaran a retirarlas en el plazo fijado se utilizará el procedimiento citado en el párrafo anterior.

Cuando las muestras sean "sin cargo", el oferente lo hará constar en la documentación respectiva.

ARTICULO 12º - INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR EL OFERENTE: En el momento de presentar la oferta y formando parte de la misma, los interesados deberán suministrar lo detallado a continuación, con el fin de determinar su identificación y su habilidad para contratar con la DI.B.P.F.A, de acuerdo a las siguientes pautas:

Información

El oferente deberá suministrar por escrito, la información que se indica a continuación, junto con la totalidad de la documentación respaldatoria correspondiente,

I. Personas físicas y apoderados:

a) Nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, profesión, domicilio real y constituido, estado civil y número de documento de identidad.

b) Número de Código Único de Identificación Tributaria. (C.U.I.T.)

c) Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos TRES (3) años.

II. Personas Jurídicas:

a) Razón social, domicilio legal y constituido, lugar y fecha de constitución y datos de inscripción registral.

b) Número de Código Único de Identificación Tributaria. (C.U.I.T.).

c) Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de fiscalización y administración.

d) Fecha, objeto y duración del contrato social.

e) Fecha de comienzo y finalización de los mandatos de los órganos de administración y fiscalización.

f) Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos TRES (3) años.

III. Personas jurídicas en formación:

a) Fecha y objeto del contrato constitutivo.

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b) Número de expediente y fecha de la constancia de iniciación del trámite de inscripción en el registro correspondiente.

c) Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos TRES (3) años.

IV. Agrupación de Colaboración y Uniones Transitorias de Empresas:

a) Identificación de las personas físicas o jurídicas que las integran.

b) Identificación de las personas físicas que integran cada empresa.

c) Fecha del compromiso de constitución y su objeto.

d) Fecha y número de inscripción registral o de la constancia de iniciación del trámite respectivo.

e) Declaración de solidaridad de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes de la presentación de la oferta, de la adjudicación y de la ejecución del contrato.

f) Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos TRES (3) años.

Habilidad En todos los casos los oferentes deberán acompañar una declaración jurada donde conste que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con el Estado Nacional, de conformidad con lo establecido en el Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional.

Judicial Deberán denunciar con carácter de declaración jurada, si mantienen o no juicios con el ESTADO NACIONAL o sus entidades descentralizadas, individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado, secretaría y entidad demandada.

Dicha información podrá ser verificada en la DIRECCIÓN NACIONAL DE AUDITORÍA (Ver Direcciones Útiles. -http://sg.mecon.gov.ar/onc), dependiente de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN.

Contable

Deberán acompañar copia de los Balances Generales de cierre de ejercicio, firmadas por Contador Público Nacional y certificadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, correspondientes a los DOS (2) ejercicios anteriores a la fecha de presentación de la oferta, con excepción de aquéllos casos en que se acredite la imposibilidad de presentar dicha documentación de acuerdo a la fecha de inicio de sus actividades que consten en el Estatuto Social o Contrato; en éstos casos, sólo deberán presentar los antecedentes que registren.

Impositiva Vigente al momento de adjudicar: Certificado Fiscal para Contratar o acreditación de Libre Deuda Previsional, expedido por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, en los casos que corresponda y con las formalidades legales pertinentes.

IMPORTANTE: Cuando la documentación respaldatoria presentada por los oferentes tuviera defectos formales, el interesado será intimado por la Comisión Evaluadora a subsanarlos dentro del término de DOS (2) días contados a partir de la fecha de recibida la notificación; si no lo hiciera, la Comisión desestimará la oferta con pérdida de la garantía correspondiente. Cuando el proveedor sea otro organismo de la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL, PROVINCIAL o MUNICIPAL o el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, sólo deberá proporcionar al organismo contratante, por escrito y en un medio de almacenamiento magnético, en el momento de presentar la oferta y formando parte de la misma, la siguiente información: denominación, rubro en el que haya efectuado provisiones o prestado servicios y domicilio.

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ARTICULO 13º - INSCRIPTOS EN EL SIPRO: Serán exceptuados de las obligaciones contempladas en el artículo anterior, aquellos interesados que acompañen la presentación de sus ofertas ante la DI.B.P.F.A. con la constancia de hallarse inscriptos en el SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC) y sus datos en este Sistema se encuentren actualizados. En caso que el SIPRO no tuviera la información actualizada, sólo deberá presentar con la oferta la documentación para la actualización de los datos.

ARTICULO 14º - GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: Los oferentes deberán presentar junto con su oferta una garantía de mantenimiento de aquélla, por el término estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en base al monto y a las formas que se han establecido en el presente Pliego.

Si no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días al vencimiento del plazo, aquélla se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial y así sucesivamente, salvo que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares disponga otro distinto.

ARTICULO 15º - APERTURA DE LAS OFERTAS: En el lugar, día y hora determinados para celebrar el acto de apertura, se procederá a realizarlo en presencia de los funcionarios de la dependencia designados a tal efecto y de todos aquellos interesados que desearen asistir, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres, cajas o paquetes dispuestos para ser abiertos.

A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no podrán admitirse otras, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado.

Si el día señalado para la apertura deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente a la misma hora.

Ninguna oferta presentada en término será desestimada en el acto de apertura. Las que sean observadas se agregarán al expediente para su análisis por la autoridad competente.

Se labrará un Acta de Apertura, que será firmada por los funcionarios intervinientes y los oferentes presentes que desearen hacerlo.

IMPORTANTE: En todos los procedimientos de selección del cocontratante en que la invitación a participar se realice a un número determinado de personas físicas o jurídicas, las jurisdicciones o entidades que realicen el llamado considerarán presentadas y evaluarán, incluso, las ofertas de quienes no fueron convocados.

ARTICULO 16º - CAUSALES DE INADMISIBILIDAD Y DESESTIMACIÓN DE OFERTAS: Será declarada inadmisible la oferta en los siguientes supuestos:

a) que no estuviere firmada por el oferente o su representante legal.

b) que el apoderado o representante legal, firmante de la oferta, no adjunte poder que lo acredite o no se encuentre registrado como tal en el SIPRO.

c) que estuviere escrita con lápiz.

d) que careciera de la garantía exigida o no se presentaren las muestras que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares indicare.

e) que fuera efectuada por personas inhabilitadas o suspendidas para contratar con el ESTADO NACIONAL.

f) que contuviere condicionamientos.

g) que tuviere raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidad, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato y no estuvieren debidamente salvadas.

h) que contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación.

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i) que incurriere en otras causales de inadmisibilidad que expresa y fundadamente se prevea en el presente pliego.

Si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado. Todo otro error de cotización denunciado antes de la adjudicación, producirá la desestimación de la oferta, con pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta en la proporción que corresponda.

ARTICULO 17º - COMISIÓN EVALUADORA: La Comisión Evaluadora emitirá dictamen/ es de carácter no vinculante/ s, que proporcionará/ n a la autoridad competente para adjudicar, los fundamentos para el dictado del/ de los acto/ s administrativo/ s pertinentes al procedimiento en curso.

ARTICULO 18º - EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS: Respecto de las ofertas que resulten admisibles y convenientes, considerará los factores previstos por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la comparación de las ofertas y la incidencia de cada uno de ellos.

ARTICULO 19º - DESEMPATE DE OFERTAS: En caso de igualdad de precios, la adjudicación recaerá en la oferta presentada por una Pequeña y Mediana Empresa que opere, desarrolle su actividad y tenga la sede principal de sus negocios en el país y que así lo haya acreditado documentalmente con la oferta. De mantenerse la igualdad se solicitará a los proponentes, que por escrito y dentro del término común que al efecto se les fije, formulen una mejora de precios. Las nuevas propuestas que en su consecuencia se presenten, serán abiertas en la misma forma prevista para el acto de apertura de las ofertas. El silencio del oferente invitado a mejorar, se entenderá como que mantiene su oferta.

De subsistir el empate, se procederá al sorteo público de las ofertas empatadas. Para ello se fijará día, hora y lugar del sorteo público y se notificará fehacientemente a los oferentes llamados a desempatar. El sorteo se realizará en presencia de los interesados, si asistieran, y se labrará el acta correspondiente.

ARTICULO 20º - IMPUGNACIONES Y RECURSOS: Los interesados podrán impugnar el Dictamen de Evaluación dentro de los CINCO (5) días de notificado. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los oferentes para su vista.

Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.

Por otra parte, los recursos que se deduzcan contra el acto de adjudicación, para el cual los oferentes tendrán un plazo de DOS (2) días a partir de su notificación, se regirán por lo dispuesto la Ley N° 19.549 modificada por la Ley N° 21.686, y el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 t.o. 1991 y sus modificatorias.

IMPORTANTE: Se considerará como cumplida la notificación referida precedentemente, con la utilización de cualquiera de los medios citados en el Título COMUNICACIONES del presente Pliego.

ARTICULO 21º - ADJUDICACIÓN: La adjudicación recaerá en la oferta más conveniente para el Organismo contratante, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la misma, debiéndose emitir dentro del plazo de mantenimiento de oferta la respectiva orden de compra, perfeccionándose el contrato al producirse la notificación de aquélla, al adjudicatario.

La adjudicación será aprobada por la autoridad competente y se notificará a todos los oferentes dentro de los DOS (2) días de dictado acto administrativo respectivo, pudiendo ser recurrida en igual plazo.

ARTICULO 22º - ORDEN DE COMPRA: Si el adjudicatario rechazara la orden de compra recibida la notificación, o no constituyera la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo fijado para ello, el Organismo podrá adjudicar la licitación al oferente que siga en el orden de mérito y así sucesivamente, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades respectivas.

En los procedimientos con Orden de Compra Abierta, se tendrá en cuenta que:

a) El adjudicatario, tendrá la exclusividad durante el período de vigencia del contrato, para la provisión de los bienes o la prestación de los servicios que fueren el objeto de aquél, salvo decisión debidamente fundada de la autoridad que lo hubiere adjudicado

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b) La emisión de solicitudes de provisión durante el lapso de vigencia del contrato, por una cantidad inferior a la establecida como máxima en la orden de compra, no generará ninguna responsabilidad para la Administración y no dará lugar a ningún reclamo ni indemnización alguna a favor de los adjudicatarios.

ARTICULO 23º - OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO: El adjudicatario deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

a) Garantía de cumplimiento del contrato. El adjudicatario deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato en base al monto y a las formas establecidas en el presente Pliego, dentro del término de OCHO (8) días de recibida la orden de compra. Vencido dicho plazo, en caso de incumplimiento, se rescindirá el contrato con pérdida de la garantía de oferta.

El adjudicatario podrá eximirse de presentar la garantía de cumplimiento del contrato, satisfaciendo la prestación dentro del plazo fijado en el párrafo anterior, salvo el caso de rechazo de bienes.

En tales supuestos, el plazo para la integración de la garantía se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo. Los bienes rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, sin que previamente se integre la garantía que corresponda. La garantía será devuelta una vez cumplido el contrato.

b) Información de cuenta bancaria. A los efectos de percibir el pago por los bienes entregados o servicios prestados deberán informar su número de cuenta bancaria en moneda nacional, corriente o de ahorro, indicando:

• Titular • Denominación • Banco • Sucursal • Domicilio • CBU • Nº de Fax • Correo Electrónico.

Dado que los pagos que realiza la DI.B.PFA. se efectúan mediante acreditación en la cuenta bancaria informada por el proveedor, el cumplimiento de este requisito es necesario para percibir los pagos a los que resulte acreedor.

c) Alta de beneficiario. Dentro del plazo que a tal fin se le fije, deberán acompañar fotocopia de la presentación del formulario de ALTA DE BENEFICIARIO y de AUTORIZACIÓN DE PAGO, con la constancia de recepción respectiva o indicación del CÓDIGO DEL BENEFICIARIO, otorgado de conformidad con la Disposición N° 21 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y su similar N° 10 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Quienes no posean número de beneficiario, deberán gestionarlo ante el organismo contratante.

d) Cumplimiento de la prestación. El adjudicatario deberá dar cumplimiento en tiempo y forma a su obligación de entregar los bienes o prestar los servicios, en un todo de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas.

ARTICULO 24º - ORDEN DE PRELACIÓN: Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias entre los referidos documentos, regirá el siguiente orden de prelación:

a) El Manual de Procedimientos para Contrataciones y Convenios de la DI.B.P.F.A.

b) El presente PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE LA DI.B.P.F.A.

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c) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

d) La oferta y las muestras que se hubieren acompañado.

e) La adjudicación.

f) La orden de compra.

ARTICULO 25º - AUMENTO O DISMINUCIÓN DE LA PRESTACIÓN: El Organismo contratante, tendrá derecho a:

a) Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un VEINTE POR CIENTO (20 %) de su valor original, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o disminución podrá incidir sobre uno o varios renglones de la orden de compra, siempre y cuando el total resultante no exceda los porcentajes previstos según corresponda.

b) Cuando por la naturaleza de la prestación exista imposibilidad de fraccionar las unidades para entregar la cantidad exacta contratada, las entregas podrán ser aceptadas en más o en menos, según lo permita el mínimo fraccionable. Estas diferencias serán aumentadas o disminuidas del monto de la facturación correspondiente, sin otro requisito.

c) Prorrogar, cuando así lo prevea el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios, con las modificaciones que se hubieran introducido de conformidad con el inciso a) del presente artículo o sin ellas, por única vez y por un plazo igual al del contrato inicial. Cuando éste fuere plurianual, no podrá prorrogarse más allá de UN (1) año adicional. En principio, la prórroga deberá realizarse en las condiciones y precios pactados originariamente. A los efectos del empleo de esta facultad, el Organismo contratante emitirá la pertinente orden de compra antes del vencimiento del contrato. En los contratos en los que se hubiera estipulado una opción de prórroga del plazo contractual a favor de la DI.B.P.F.A., se evaluará la eficacia y calidad de la prestación, a los fines de determinar la procedencia del ejercicio de la opción.

ARTICULO 26º - RECEPCIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA: La recepción de las mercaderías tendrá carácter provisional y los recibos o remitos que se firmen quedarán sujetos a la recepción definitiva.

A los efectos de la conformidad definitiva, se procederá a cotejar la prestación con lo solicitado, en la forma prevista en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Los proveedores deberán entregar las cantidades o cumplir los servicios faltantes, si los funcionarios con competencia para otorgar la recepción definitiva así lo requieran. La conformidad definitiva con la recepción se otorgará dentro del plazo fijado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo el adjudicatario podrá intimar la recepción. Si la dependencia licitante no se expidiera dentro de los DIEZ (10) días siguientes de recibida la intimación, los bienes o servicios se tendrán por recibidos de conformidad.

Los funcionarios con competencia para otorgar la recepción definitiva remitirán la certificación correspondiente, tanto a la oficina ante la cual tramitaren los pagos, como a la de Compras para su Legajo y al adjudicatario.

ARTICULO 27º - CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: Las sanciones y penalidades establecidas en el Manual de Procedimientos para Contrataciones y Convenios de la DI.B.P.F.A., no serán aplicadas cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente documentado por el interesado y aceptado por el Organismo licitante.

La existencia de caso fortuito o de fuerza mayor que impida el cumplimiento de los compromisos contraídos por los oferentes o los adjudicatarios, deberá ser puesta en conocimiento del Organismo contratante dentro de los TRES (3) días de producido y/o de cesados sus efectos. Transcurrido dicho plazo no podrá invocarse el caso fortuito o la fuerza mayor.

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ARTICULO 28º - RESCISIÓN: El Organismo contratante tendrá la facultad de proceder a la rescisión unilateral del contrato por culpa del adjudicatario, sin que a éste le corresponda indemnización alguna, en los siguientes casos:

a) Quiebra o concurso preventivo de la empresa. En este último caso, cuando la situación jurídica de la misma impida el cumplimiento de las prestaciones.

b) Cuando el adjudicatario sea culpable de fraude o negligencia, o incumpla las obligaciones y condiciones estipuladas en el contrato.

c) Cuando en la oferta se hubiera incurrido en inexactitudes que determinaron la adjudicación.

d) Cuando exista transferencia de todo o parte del contrato, sin que la misma haya sido autorizada previamente por el Organismo contratante.

La rescisión operada, conforme con lo establecido en el presente artículo, acarreará la pérdida de la garantía de cumplimiento de contrato.

ARTICULO 29º - MORA EN EL CUMPLIMIENTO: Las moras en el cumplimiento del plazo contractual, determinarán en todos los casos la aplicación de una multa. Dicha multa será del TRES por ciento (3 %) del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato, por cada SIETE (7) días de atraso o fracción mayor de TRES (3) días.

ARTICULO 30º - PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Vencido el plazo de cumplimiento del contrato, de su prórroga o, en su caso, del contrato rehabilitado, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad, la Administración declarará rescindido el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio de ser responsable el proveedor por los daños y perjuicios que sufriere la Administración.

La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato podrán ser totales o parciales, afectando, en este último caso, a la parte no cumplida de aquél.

ARTICULO 31º - AFECTACIÓN DE LAS MULTAS: Las multas o cargos que se formulen, se afectarán en el orden siguiente:

a) A las facturas emergentes del contrato, que estén al cobro o en trámite.

b) A los créditos del contratante resultantes de otros contratos de suministros o prestación de servicios no personales, aún de otras entidades o jurisdicciones, quedando establecido que el contratista presta su conformidad para que se efectúen las compensaciones o retenciones respectivas.

c) A la correspondiente garantía. En tal caso el Adjudicatario deberá restituir a la garantía, en un plazo de CINCO (5) días, el valor original que fuera disminuido por afectación de multas.

ARTICULO 32º - PAGO DE FACTURAS:

Plazo de Pago El plazo para el pago de las facturas será de TREINTA (30) días corridos, salvo que en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se establezca excepcionalmente uno distinto.

Cuando en las ofertas se incluyan plazos diferentes, no se considerarán como válidos, rigiendo el principio general.

Si se previese el pago contra entrega, se entenderá que el pago debe efectuarse después de operada la conformidad definitiva de la recepción.

La presentación de las facturas en la forma y en el lugar indicados por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares determinará el comienzo del plazo fijado para el pago. Si se hiciere alguna observación a la documentación presentada, el trámite de pago se interrumpirá hasta la subsanación del vicio.

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Cuando por la naturaleza de los elementos a adquirir sea conveniente, necesario u obligatorio hacer uso de financiaciones por parte de los adjudicatarios, se establecerá en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares las bases de las mismas, las que en ningún caso podrán apartarse de las normas fijadas por las autoridades competentes.

Bonificaciones por pronto pago Cuando los proveedores hubieran ofrecido bonificaciones por pago dentro de determinado plazo, las dependencias intervinientes efectuarán la liquidación de las facturas por los montos brutos, indicando además el importe a que asciende el descuento y la fecha hasta la cual corresponde deducirlo del pago.

ARTICULO 33º - REVOCACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: La comprobación de que en un llamado a licitación y/o contratación se hubieran omitido los requisitos de publicidad previa en los casos en los que la norma lo exija, o formulado especificaciones o incluido cláusulas cuyo cumplimiento sólo sea factible por determinado interesado u oferente, de manera que el mismo esté dirigido a favorecer situaciones particulares, dará lugar a la revocación inmediata del procedimiento, cualquiera sea el estado de trámite en que se encuentre, y a la iniciación de las actuaciones sumariales pertinentes.

En tal caso podrá realizarse un nuevo llamado, por el mismo procedimiento de selección, debiendo invitarse además de los nuevos interesados, a los oferentes del anterior llamado.

En ningún caso los oferentes tendrán derecho a reclamo alguno, ya sea por el dictado del acto administrativo en sí, como por el cobro de indemnizaciones y/o reembolsos por gastos efectuados para la participación en el llamado a licitación.

IMPORTANTE: Los Organismos contratantes podrán dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior a la adjudicación, a la emisión de la Orden de Compra o a la firma del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.

ARTICULO 34º - CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN: Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la licitación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de que:

a) Funcionarios o empleados de la DI.B.P.F.A con competencia referida a una licitación o contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.

b) O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que esos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.

c) Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.

Serán considerados sujetos activos de estas conductas quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.

Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aún cuando se hubiesen consumado en grado de tentativa.

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APÉNDICES

Formularios y Modelos

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Apéndice 1

SAF: 381 CUIT: 30-61013120-0

UNIDAD S OLICITANTE: RUBRO COM ERCIAL:

M ODALIDAD DE COM P RA S UGERIDA: FECHA DE INICIO Y FIN DE V IGENCIA S UGERIDAS :

FONDOS PROP IOS Nac ionalCAUSAS DE CONTRATACION DIRECTA:

UNIT . TOTAL

DATOS DEL SERV ICIO: OBSERV ACIONES PROPIAS:OBSERV ACIONES DEL CATALAGO:

FUERZA AEREA ARGENTINA Com a ndo de P e rsona l DI.B.P .F.A.

SOLIC ITU D D E GASTOS

Nº DE SOLICITUD: EJERCICIO:

EXP EDIENTE:

ACTIV IDAD INTERNA: DELEGACION:

CLASE: S IN CLAS E

OBJETO:

IM PORTE

ENTREGA UNICA: FECHA ENTREGA: LUGAR DE ENTREGA: IM P UTACION P RESUPUESTARIA:Jurisdicc ion S ubju: E nt P rogram a S ubprog. P roy . Ac tiv. Ob Desc ripc ion de la ac tividad P rogram atica

E jer Inc P Pr P pa S pa Fuente de Financ iam iento Ub. Geografica M on Im porte

BIENES Y SERV ICIOS S OLICITADOSODIGO DE CATALOG

DESCRIPCIONUNIDAD DE M EDIDA

CANTIDAD

ESPECIFICACIONES TECNICAS:DESPIECE:TOLERANCIA:

A CONVENIR HOSPITAL NAVAL TOTAL:

FIRMA Y ACLARACION:

AUTORIZACION DEL GASTOFECHA:FIRMA Y ACLARACION

Observaciones o antecedentes de interes, justificacion de la necesidad: Se solicita la provis ión a fin de realizar cirugia de columna para el afiliado Nº 70860/02 D´INCA DAMIAN ALEJANDRO.

FECHA ENTREGA LUGAR DE ENTREGA: CANTIDAD UNIDAD OBSERVACIONES

LA SUMA DE : CUARENTA MIL CON 00/100.-

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Apéndice 2 FUERZA AÉREA ARGENTINA

COMANDO DE PERSONAL DI.B.P.F.A

MODELO

DISPOSICIÓN DE AUTORIZACIÓN Nº /20

BUENOS AIRES, de....................... de 20

VISTO, el requerimiento efectuado mediante Solicitud de Gastos, Expediente Nº ............. (FAA), proveniente del Departamento ............., y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con las facultades establecidas en el Manual de Procedimientos para Contrataciones y

Convenios de la DI.B.P.F.A. aprobado por Resolución Nº /10 de fecha ................del señor Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, le compete al suscripto autorizar que se inicien las gestiones de la presente contratación, de acuerdo al procedimiento seleccionado de ..........................y para cuyo desarrollo se han propuesto los correspondientes Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, conforme lo prescripto en el párrafo........del precitado manual.

Que consta la correspondiente Solicitud de Gastos debidamente completada y autorizada por la

autoridad competente. Que el procedimiento de ..........se justifica en razón de la necesidad de

................................................................... Que la Asesoría Jurídica ha tomado la intervención que le compete. Que asimismo corresponde designar los miembros de la Comisión Evaluadora que actuarán para

asesorar en estas actuaciones, de acuerdo con lo establecido en el párrafo 18 del Manual de Procedimiento para Contrataciones y Convenios de la DI.B.P.F.A.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA FUERZA AÉREA

DISPONE:

1º) Autorizar la iniciación de las gestiones y el procedimiento para la LIC. PÚBL., PRIV. O CONTR. Nº ........./20 por la Adquisición de ........................... requeridos mediante Solicitud de Gastos, Expediente Nº................

2º) Imputar preventivamente el gasto de la presente Contratación a la CUENTA DES-CENTRALIZADA – EJERCICIO ................ – PPAL ............ - PPCIAL ............... .

3º) Aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas propuestos para la convocatoria antes indicada.

4º) Designar para desempeñarse como miembros de la Comisión Evaluadora que asesorará en la gestión de esta contratación al siguiente personal:

a)

b)

c)

5º) Incorporar el presente documento a las actuaciones de la LIC. PÚBL., PRIV. O CONTR. Nº .../20 .

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Apéndice 3

FUERZA AÉREA ARGENTINA COMANDO DE PERSONAL DI.B.P.F.A

INVITACIÓN A COTIZAR

HORA DIA MES AÑO 20

BUENOS AIRES, de .................. de 20

......................................... Jefe de Compras

PLAZO DE ENTREGA:

UNITARIO TOTAL

DOMICILIO:……………………………..LUGAR: DIBPFA - SAN JOSE 317 - 2º P - Of."F"

LOCALIDAD:……………………………

VALIDEZ DE LA OFERTA: DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº ......../20

EXPEDIENTE Nº ...................SEÑOR: …………………………………. APERTURA DE LAS OFERTAS

CA

NTID

AD

DESCRIPCIÓN

TOTAL DE LA OFERTA:$ ………………………………………………………………………………………………………

( PESOS …………………………………………………………………………………………………………………………

REN

GLO

N

CÓDIGO DE CATALOGO

IMPORTEUNIDAD DE

MEDIDA

Estimaré se sirva/n cotizar precio por la provisión de los elementos enumerados a continuación, de acuerdo con el Pliegode Bases y Condiciones Particulares de la presente convocatoria.

COMISIÓN EVALUADORA

………………………………………………..OFERENTE

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Apéndice 4

FIRMAS INVITADAS A COTIZAR

Buenos Aires, .............................................. Autorizado por: DIRECTOR GENERAL DE BIENESTAR DEL PERSONAL LICITACIÓN PRIVADA Nº /20 .....

Nº Orden

Firmas Domicilio Recibido

1 .......................... .........................

2

......................... .........................

3 ......................... .........................

4 ......................... .........................

5 ......................... .........................

6 ......................... .........................

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Apéndice 5 FUERZA AÉREA ARGENTINA

COMANDO DE PERSONAL DI.B.P.F.A

ACTA DE APERTURA

REFERENCIA

En la ciudad de Buenos Aires, a los ............ días del mes de .......... del año DOS MIL , siendo las ........ horas, en la DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA FUERZA AÉREA, se procede a la apertura de la ofertas solicitadas. Leídas las mismas, se transcriben los datos obtenidos:

Nº ................ Licitación Publica Nº ...../20 ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS DIRECCIÓN DE ASISTENCIA SANITARIA – DTO FCIA Y BIOQUÍMICA .....-MAR-20 HORA: .....:00

Expediente/s Nº: Tipo y numero de procedimiento de selección: Objeto: Organismo Solicitante: Fecha y hora fijada para el Acto de Apertura:

Nombre del Oferente MONTO TOTAL DE LA OFERTA

Forma de la garantía

integrada

Monto de la garantía

integrada $

Nº de orden asignado a cada oferta

........... 1 ....................... $ ......,00 ...............................

2 ........................ $ .......,00 ................................... .............

Se deja constancia que durante el transcurso del presente acto no se formularon observaciones y/o

impugnaciones.

Con las ofertas obtenidas y siendo las ........ horas, se procede a dar cierre al acto, suscribiendo los funcionarios intervinientes y los oferentes participantes.

................................................. PRESIDENTE

.......................................... ............................................. VOCAL VOCAL

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Apéndice 6 FUERZA AÉREA ARGENTINA

COMANDO DE PERSONAL DI.B.P.F.A

MODELO

DICTAMEN DE EVALUACIÓN Nº ......../20

Buenos Aires, de ............ de 20 ..

VISTO: El requerimiento formulado por el Departamento Informática, mediante Expediente Nº ..........., los

Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, las Especificaciones Técnicas, la Disposición de Autorización Nº ........./20 , el Informe Técnico correspondiente y,

CONSIDERANDO: Que el Director General de Bienestar del Personal autorizó a realizar la Licitación ........... Nº

......../20 , para el equipamiento informático de la ................................

Que se encuentran cumplimentados los aspectos formales exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, como así también los establecidos en Manual de Procedimientos para Contrataciones y Convenios de la DI.B.P.F.A.

Que al acto de apertura presentaron sobres con ofertas de SIETE (7) firmas: XX1, XX2, XX3, XX4,XX5,XX6 Y XX7.

Que el Departamento Informática elaboró el Informe Técnico sobre las ofertas presentadas y el Departamento Compras confeccionó el cuadro comparativo de ofertas.

Que efectuado el análisis pormenorizado de las ofertas según lo solicitado en los pliegos pertinentes y de acuerdo a informe técnico se considera puntualizar lo siguiente:

OFERENTE Nº .......: XX Renglón Nº 2: Presenta su oferta en básica y alternativa. Se declara su oferta básica inadmisible ya que no se ajusta técnicamente a lo solicitado.

OFERENTE Nº ........: XX Renglón Nº .... : se declara su oferta inadmisible por no ajustarse técnicamente a lo solicitado.

OFERENTE Nº .......: XX Se declara su oferta inadmisible por no ser hábil para contratar con el Estado Nacional, de acuerdo a lo que surge de la consulta al SIPRO (explicar).

Que el presente Acto se encuadra dentro del Art. 172 del Manual de Procedimientos de Contrataciones y Convenios de la DI.B.P.F.A

CONTI...

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...NUACIÓN DICTAMEN DE EVALUACIÓN Nº ........../20 .

POR ELLO,

LA COMISIÓN EVALUADORA DE COMPRAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA FUERZA AÉREA

PROPONE :

1º- La adjudicación por renglones de acuerdo a calidad y precios ofrecidos que resultan convenientes, de la firmas que a continuación se detallan :

XX: Renglón Nº 1 a 5; 7 Y 8, por un monto total de PESOS ...................... CON 00/100 ($ .............,00).

XX1: Renglón Nº 6, por un monto total de PESOS ........................................ CON 00/100 ($ ..........,00).

2º- Aprobar la presente licitación por un importe total de PESOS ................CON 00/100 ($ .........,00).

3º- Comunicar el presente Dictamen a los oferentes participantes, de acuerdo a lo establecido en el párrafo 174 del Manual de Procedimientos para Contrataciones y Convenios de la DI.B.P.F.A

................................................... Presidente

......................................................... .......................................................

Vocal Vocal

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Apéndice 7 FUERZA AÉREA ARGENTINA

COMANDO DE PERSONAL DI.B.P.F.A

MODELO

DISPOSICIÓN DE ADJUDICACIÓN Nº ......../20

Buenos Aires, de ............ de 20 ....

VISTO: El legajo de la LIC. PÚBL. / PRIV / CONTR . Nº.........../20 , el Dictamen de Evaluación Nº

....../20 , el Dictamen Jurídico Nº ...............y,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con las facultades establecidas en el Manual de Procedimientos para Contrataciones y Convenios de la DI.B.P.F.A – Anexo I, aprobado por Resolución JEMGFA Nº /20 , le compete al suscripto la adjudicación y aprobación de la presente Contratación.

Que las conclusiones del Dictamen de Evaluación Nº /20 fueron oportunamente notificadas a todos los oferentes que participaron de la LIC. PUBL/ PRIV/ CONTR. Nº , a quienes se invitó a formular observaciones, habiéndose ( o no) presentado ....empresas cuyas argumentaciones se sintetizan a continuación.... (en caso de proceder).

Que del análisis de los motivos y/o desacuerdos expuestos, surgen en cada caso las siguientes conclusiones.......(en caso de proceder)

Que por lo expuesto, no corresponde hacer lugar ( o sí) a ninguna de las observaciones formuladas, manteniendo la propuesta de adjudicar señalada en el Dictamen de Evaluación Nº ..........(en caso de proceder)

Que de la intervención correspondiente del Departamento Asesoría Jurídica, mediante Dictamen Nº ....... de fecha ......... 20 , se considera procedente la continuidad del trámite con el dictado del presente acto administrativo.

POR ELLO:

EL DIRECTOR GENERAL DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA FUERZA AÉREA

D I S P O N E 1º- Adjudicar la presente LIC. PÚBL. / PRIV / CONTR Nº ....../20 , por la Adquisición de escritorios y sillas de oficina , por la suma total de PESOS .................. CON /100( $ ...........,00), a las firmas que se detallan a continuación:

OFERENTE Nº 1 : xx El renglón: 1, por cumplir técnicamente con lo solicitado y ser su precio conveniente, por un monto total de PESOS ....................... CON 00/100 ( $ ..........,00)

OFERENTE Nº 2:. xx

Los renglones: 2,3,4, Y 5 por cumplir técnicamente con lo solicitado y ser su precio conveniente , por un monto total de PESOS ................. CON 00/100 ( $ .........,00)

CONTI...

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...NUACIÓN DISPOSICIÓN DE ADJUDICACIÓN Nº .........../20

2º- Aprobar lo actuado con relación a la contratación de referencia.

3º- Imputar el presente gasto en CUENTA DESCENTRALIZADA – EJERCICIO 20 – PARTIDAS: ........................

4º- Notificar a todos los oferentes, conforme el párrafo 195 y subsiguientes del Manual de Procedimientos para Contrataciones y Convenios de la DI.B.P.F.A.

5º- Facultar al Director de Economía para extender las pertinentes Órdenes de Compra, una vez que la presente Disposición se encuentre firme.

6º- Las presentes actuaciones se mantendrán en reserva en la Dirección de Economía a los fines del seguimiento de los plazos y de las comunicaciones que corresponda efectuar para concretar su gestión.

Page 85: MANUAL DE COMPRAS - dibpfa.faa.mil.ar · CONTRATACIONES DE BIENES Y SERVICIOS DE CARÁCTER INFORMÁTICO 18 ... Fuerza Aérea Argentina, como así también especificar los procedimientos

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Apéndice 8

FUERZA AÉREA ARGENTINA

SAF 381 Jurisdicción D.G.B.P.F.A.Oficina: D.G.B.P.F.A. Numero: ....../20 Dirección : SAN JOSÉ Nro. 317 Fecha: de ...... de 20 Rubro:Teléfono 4383-1148 Ubicación Geográfica: 801

Procedimiento de Selección: ..................................Expediente: ...........................DISPOSICION DE ADJUDICACION Nº ................../20Señores : XXX S.A.C.U.I.T. : 30-..............-3 IVA : RESP. INSRIPTODomicilio : Localidad : C.P : 1055 Teléfono: Provincia : Fax :

Renglón Unidad de Cantidad Precio PrecioMedida Unitario Total

TOTAL: -$

Lugar Horario y Plazo de Entrega:HORARIO

1) Factura original CONFORMADA.2) Remito Original, con Firma, Aclaración y Nº de Documento de quien recibe.3) Fotocopia de la presente ORDEN DE COMPRA.

La FACTURA ORIGINAL deberá ser entregada en DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA FUERZA AÉREA - Mesa de Entradas - San José 317 - Entre Piso - Capital Federal - , días Lunes a Viernes en el horario de 08:00 a 13:00, cumplimentando siguientes requisitos:

................................... INMEDIATO A CONVENIR

Renglón Nº Lugar PLAZO

Renglón Nº Imputacion PresupuestariaPPAL PPCIAL

Son Pesos:.................................................... CON 00/100 ( $ ......,00 ) Condiciones de Pago : 30 DIAS FECHA FACTURA

Comando de Personal DI.B.P.F.A

ORDEN de COMPRAS

Descripción