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2018 MANUAL DE CONVIVENCIA Y REGLAMENTO ESCOLAR

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2018

MANUAL DE CONVIVENCIA Y REGLAMENTO ESCOLAR

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REÍNDICE

IDENTIFICACIÓN ...................................................................................................................... 4

FUNDAMENTOS: ...................................................................................................................... 5

CAPITULO I DEL FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO ............................................ 6

CAPITULO II CONVIVENCIA ESCOLAR ................................................................................... 6

CAPITULO III DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS.........…………………………….. 7

COMPORTAMIENTO Y NORMAS DE CONVIVENCIA ........................................................... 10

CAPITULO IV DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS. ............................................. 11

CAPITULO V DEBERES Y DERECHOS DE LOS PROFESORES. ......................................... 14

CAPITULO VI DEBERES Y DERECHOS DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACION……...15

CAPITULO VII PROCEDIMIENTOS QUE SE APLICARÁN AL ALUMNO AL NO DAR

CUMPLIMIENTO A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL PRESENTE REGLAMENTO..... 17

CAPITULO VIII DEL DEBIDO PROCESO ............................................................................... 21

CAPITULO IX RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONFLICTOS. .......................................... 23

CAPITULO X CONSEJO ESCOLAR ....................................................................................... 24

CAPITULO XI PERFILES DE LOS MIEMBROS DEL COLEGIO. ............................................ 25

CAPITULO XII DE LA PARTICIPACION…………………………………………………………….30

CAPITULO XIII DE ESCUELA PROMOTORA DE LA SALUD…………………………………..31

CONCLUSION………………………………………………………………………………………….32

PROTOCOLO BULLYING ....................................................................................................... 33

PROTOCOLO ABUSO SEXUAL.............................................................................................. 37

PROTOCOLO DROGAS ......................................................................................................... 41

PROTOCOLO CONDICIÓN DE EMBARAZO Y MATERNIDAD .............................................. 44

PROTOCOLO ACCIDENTE ESCOLAR ................................................................................... 48

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PROTOCOLO VIOLENCIA ESCOLAR ASIMETRICA (ESTUDIANTE – MIEMBRO DE LA

COMUNIDAD EDUCATIVA.………………………………………………………………………….50

PROTOCOLO DE INASISTENCIA............................................................................................53

PROTOCOLO DE ATRASOS....................................................................................................55

PROTOCOLO RETIRO DEL ESTABLECIMIENTO Y/O ACTIVIDAD EXTRAESCOLAR

PROGRAMADA..........................................................................................................................57

PROTOCOLO SALIDAS PEDAGOGICAS Y GIRAS DE ESTUDIO...........................................59

PROTOCOLO CUIDADO DE LA NATURALEZA, MOBILIARIO, INFRAESTRUCTURA Y

EQUIPOS TECNOLÓGICOS………………………………………………………………………….61

PROTOCOLO SOBRE OCURRENCIA DE DELITOS................................................................64

PROTOCOLO DE SISMO..........................................................................................................68

PROTOCOLO ANTE INASISTENCIA REUNION APODERADOS........................................... 69

PROTOCOLO ACCION FRENTE AUTOLESION ALUMNOS.................................................. 70

PROTOCOLO ATENCION FUERA DEL AULA ALUMNO CON NEE....................................... 71

PROTOCOLO DE DESREGULACION EMOCIONAL……………………………………………..72

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IDENTIFICACIÓN

NOMBRE INSTITUCIÓN: Colegio ―República del Perú‖ D – 474

DIRECCION: Hungría Nº 2970 Población ―Arturo Prat‖, Hualpén, Prov. Concepción, Región del

Biobío.

TELEFONOS: 2178534 (Dirección), 2178533 (Secretaría), 2178535 (U.T.P)

EMAIL: [email protected],[email protected]

DEPENDENCIA: Municipal Mixta (Ilustre Municipalidad de Hualpén)

ROL BASE DATOS: 4719 – 8

FECHA DE TRASPASO: 01 Diciembre 1981

Nº DECRETO DE LA FUNCION DOCENTE: 8234 – 81

MODALIDAD DE ENSEÑANZA: Pre básica y Básica completa

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA

COLEGIO REPÚBLICA DEL PERÚ - HUALPEN.

FUNDAMENTOS:

El Reglamento de Convivencia Escolar del Colegio República del Perú constituye un

componente del reglamento interno, el cual todo establecimiento educacional debe tener, los

establecimientos educacionales están legalmente obligados a contar con un reglamento

interno que contenga el de convivencia, cuyo objetivo es otorgar un marco regulatorio a los

problemas de convivencia en la comunidad educativa, sirve para orientar a los diversos

actores que conforman la comunidad, a través de normas y acuerdos que definen los

comportamientos aceptados, esperados o prohibidos, estableciendo criterios y

procedimientos formativos, para abordar los conflictos y situaciones de violencia, para esto,

define sanciones y medidas reparatorias, proporcionales y ajustadas a derecho susceptibles

a aplicar

El presente Reglamento de Convivencia recoge las orientaciones entregadas por

el Ministerio de Educación, que tiene como marco legal la Constitución Política del Estado,

la Declaración Universal de los DD.HH., la Convención sobre los Derechos del Niño, y el

artículo 41, de la Ley 19.070, l /90, publicada en el Diario Oficial, del 01 de julio de 1991,la

Ley N°20370 General de Educación, la Ley N°20536 Violencia Escolar, la Ley N°20609

Establece medidas contra la discriminación, la Ley N° 20845 De inclusión escolar que regula

la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro

en establecimientos que reciben aportes del estado, la Ley N° 20084 Establece un sistema

de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal.

Las normas de convivencia impartidas en el establecimiento son absolutamente compatibles

con la dignidad y derechos que el alumno(a) posee.

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CAPITULO I

DEL FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO

Art.1.El funcionamiento del Colegio se establece en una jornada de trabajo, de lunes a viernes,

en modalidad JEC, desde pre kínder hasta Octavo año básico, entre las 07:30 AM y 17,00 hrs.

Las clases se inician a las 8.00 y finalizan a las 16:15, habiendo distintos horarios de término

de clases, para los cursos de la educación Pre - básica y básica. Los horarios de clases y

recreos se entregan, por diversos canales, al conocimiento de los apoderados, al inicio de cada

período lectivo.

Art.2.En la jornada escolar, se establecen recreos de 15 minutos, cada uno, para permitir la

recreación de los alumnos al término de los bloques de trabajo escolar.

Art.3.Todo alumno o alumna que ingrese por 1ª vez al establecimiento o que venga

trasladado de otro colegio firmará carta de compromiso, a fin de cautelar el conocimiento y

cumplimiento respecto a conductas relacionadas a la convivencia escolar. Se evaluará su

desempeño después de un mes de permanencia en el establecimiento.

CAPITULO II

CONVIVENCIA ESCOLAR

La Ley N°20536, sobre Violencia Escolar entiende la buena convivencia escolar como “la

coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una

interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos

educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”1

Al interior del Establecimiento escolar la Dirección ha establecido que la encargada de la

Convivencia Escolar2 es la docente Gloria Arellano Chamorro, Número de contacto 41

2178533

FUNCIONES DEL CARGO

1. Promover la participación de los diferentes estamentos de la comunidad educativa en el

Consejo Escolar.

2. Promover el trabajo colaborativo en torno a la Convivencia Escolar en el Consejo

Escolar o el Comité para la Buena Convivencia.

1 LEY 20.536 Sobre Violencia Escolar, que modifica la Ley 20.370, General de Educación. Art. 16.A.

2 La ley 20.536 Sobre Violencia Escolar, que modifica la Ley General de Educación , agrega un inciso al Art. 15,

donde se hace obligatorio para todos los establecimientos del país, contar con un/a Encargado/a de Convivencia

Escolar.

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3. Disponer la implementación de las medidas sobre convivencia escolar que

disponga el Consejo Escolar o el Comité para la Buena Convivencia.

4. Elaborar el Plan Acción sobre convivencia escolar, en función de las indicaciones

del Consejo Escolar o el Comité para la Buena Convivencia.

5. Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia y

manejo de situaciones de conflicto, entre los diversos estamentos de la comunidad

educativa.

6. Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad educativa en la

elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención, medidas

pedagógicas y disciplinas que fomenten la buena convivencia escolar.

CAPITULO III

DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE LOS ALUMNOS

"Un niño acepta lo que se le propone, pero lo acepta por voluntad propia, en eso

consiste el deber”

Los alumnos del Colegio ―República del Perú‖, D-474 tienen derechos, como todos los

niños chilenos, a recibir una educación que favorezca su desarrollo armonioso e integral y

les permita convertirse en útiles a sí mismos y a la sociedad.

Junto a estos derechos tienen también deberes que cumplir, los cuales permitirán una

relación armónica entre Profesores, Alumnos y el resto del personal del establecimiento,

que en definitiva irán en beneficio de ellos mismos, ya que de este modo se fomenta una

sana convivencia entre todos los actores del proceso educativo al interior de la escuela.

Derechos de los alumnos(a) s:

Art.4.El Colegio procurará ofrecer a los alumnos el máximo de instancias educativas que

le permitan ejercer todo el derecho como personas, siendo considerados en las

siguientes instancias:

1. Ser tratados como personas, respetando sus diferencias individuales.

2. Ser informados oportunamente de los cambios y medidas que el Colegio adopte y

que los afecten directa o indirectamente.

3. Ser escuchados y atendidos por sus profesores, cuando corresponda.

4. Recibir una atención de urgencia, en caso de accidente o enfermedad, dando aviso

de inmediato a su familia.

5. Ser informado del Reglamento Interno de Evaluación que el Colegio utiliza.

6. Ser considerados como sujetos de derechos con plena participación, según el nuevo

enfoque de los DD. del Niño.

7. Recibir orientación e información respecto a las observaciones que se le registren en

el libro de clases, a lo menos una vez a la semana.

8. Permanecer todo el período de clases en su sala. Sólo podrá ser retirado en caso de

grave comportamiento y ante situación extrema.

9. Conocer puntualmente sus calificaciones.

10. Participar responsable y libremente en las actividades de su curso, en la elección de

las directivas de su curso y del Centro de Alumnos, cuando corresponda.

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11. Recibir todos los beneficios que el Colegio proporcione para el desarrollo de los

alumnos.

12. Participar activamente de un ambiente creativo que favorezca el desarrollo de su

libertad personal.

13. Ser educados integralmente como personas, respetando sus diferencias individuales

y de acuerdo a los valores del Proyecto Educativo.

14. Obtener asesorías que le permitan diagnosticar intereses, detectar aspectos

vocacionales y otros aspectos relativos a su desarrollo personal.

15. Obtener información para enfrentar procesos de admisión a la educación media, en

cualquiera de sus modalidades.

16. Postular a las becas que otorgue el sistema educacional, bajo la orientación y guía

de Trabajadora Social del establecimiento.

17. Ser evaluado en conformidad al reglamento de evaluación vigente, con las

adaptaciones que haya efectuado el Colegio y que se hayan informado

oportunamente.

18. Todo alumno tendrá derecho a expresar libre y respetuosamente su opinión, dentro

de un marco socializador.

19. En caso de que el niño sea separado de sus padres, atentando estos a su integridad

física y emocional, el establecimiento tomará todas las medidas legales necesarias

para apoyar y proteger al alumno.

20. Si el alumno no cuenta con un núcleo familiar que asegure el cumplimiento pleno de

sus derechos, se harán las gestiones necesarias para coordinar la protección del

Estado.

21. El establecimiento velará por el cuidado y las condiciones necesarias para que los

alumnos con Necesidades Educativas Especiales (NEE) se desarrollen en igualdad

de condiciones.

22. Los alumnos tendrán derecho a ser estimulados plenamente en su desarrollo físico,

espiritual, social y moral.

23. Los alumnos, durante los recreos, tendrán derecho al descanso, al esparcimiento, al

juego y a las actividades recreativas propias de su edad.

24. Los alumnos tendrán el pleno derecho de expresar su religión (formación valórica),

su Cultura y su etnia en un ambiente de tolerancia y respeto.

25. En caso de embarazo, las alumnas podrán continuar sus estudios en el

establecimiento teniendo las facilidades que la situación amerite (ver protocolo

Embarazo y maternidad anexo IV). (Ley Nº 19.688 del 5 de agosto del 2000,

Ministerio de Educación).

26. Utilizar el beneficio del Seguro Escolar en caso de accidente (dentro del

establecimiento y durante el trayecto hacia y desde la escuela). (Ver protocolo de

Accidente escolar anexo V).

27. Representar dignamente a la institución en actividades deportivas, culturales,

académicas, culturales con previa autorización del colegio, padres y apoderados.

28. Usar todas las dependencias del Establecimiento, adecuadas para su trabajo diario,

(aulas, salas de clases, biblioteca, laboratorio, sala de computación, comedor, etc.).

29. Conocer el protocolo de acción frente a situaciones de emergencia, lugar de

evacuación y zona de seguridad y demás Protocolos que están incorporados en el

presente reglamento.

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30. Recibir una formación integral que lo incentive a la aceptación de la diversidad y

reconocimiento de cada persona como ser único, con derecho a ser respetado y

valorado como tal.

Art.5. Derecho a ser reconocido en sus conductas positivas con los siguientes estímulos:

Cartas de reconocimiento; Diplomas de honor; mención en actos de apertura; fotografía

en lugar destacado, etc. y en el caso de los grupos de alumnos que mejor reflejen estas

conductas, ofrecer como estímulos; fotografía del colectivo en lugar destacado; visitas

educativas o salidas recreativas a algún lugar de interés para ellos.

5.1) FELICITACIONES: El Profesor Jefe, semestralmente registrará el concepto

―Felicitaciones‖ en la hoja de vida del alumno que haya demostrado un cambio

positivo académico y/o personal.

5.2) Semestralmente, se destacará en las redes sociales del colegio, a un alumno

integral por curso, recibiendo reconocimiento a través de un Diploma y ubicando su

fotografía en el Diario Mural en el cuadro de honor del colegio.

5.3) Mensualmente se destacará a un alumno por curso por las cualidades positivas

que haya demostrado, se le entregará un Diploma y se le ubicará su fotografía en un

lugar destacado en su sala de clases, en el Diario Mural del Colegio y en las redes

sociales del este.

5.4) Al término de cada semestre se entregará una Carta de Reconocimiento a tres

estudiantes por curso, en reconocimiento de su espíritu de superación.

5.5) Reconocer a estudiantes que demuestren una destacada Convivencia Escolar

al término del año escolar un estudiante por nivel: desde Pre básica hasta Tercer

año y desde Cuarto a Séptimo año.

5.6) En Licenciatura de Octavos años, el establecimiento premiará por: Mejor

Compañero(a) entregado por Centro de Alumnos; Mejor Rendimiento, entregado por

Consejo de Profesores; Superación y esfuerzo, entregado por Centro General de

Padres y Apoderados; Colegio Artístico República del Perú, entregado por Dirección

y Unidad Técnico Pedagógica; Convivencia Escolar, entregado por Departamento de

Convivencia Escolar.

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RESPONSABILIDADES DE LOS ALUMNOS

Art .6. Son responsabilidades de los Alumnos/as:

PRESENTACIÓN PERSONAL

1. Presentarse aseado y con su uniforme completo, ordenado y limpio, sin accesorios

(aretes colgantes, de colores llamativos, piercings, anillos, etc.), las damas con su

pelo tomado (cara despejada) y los varones pelo corte tradicional.

2. Los alumnos podrán asistir sin su uniforme sólo en actividades establecidas por el

colegio.

3. Las niñas deberán asistir sin maquillaje y/o tintura de pelo.

4. Los alumnos deberán presentarse con un corte de pelo más arriba del cuello de la

polera.

5. Las uñas deben ser cortas y limpias, no deben estar pintadas.

6. El calzado debe estar lustrado.

ASISTENCIA

1. Asistir a clases todos los días, cumpliendo con un mínimo de 85% de asistencia.

Situación que será monitoreada por Inspectoría General y Trabajadora Social.

2. En caso de no asistir al establecimiento por enfermedad las inasistencias deben

ser justificadas por el apoderado y acompañadas por certificado médico.

3. Llegar puntualmente al establecimiento antes del inicio de las clases: 8:00 en la

mañana, evitando los atrasos.

4. La inasistencia debe ser justificada por el apoderado, de manera escrita o verbal

en el momento en que el alumno se integre a clases.

5. Los alumnos que no realicen Educación Física, deberán justificarse a través de su

apoderado de manera escrita o bien presentar un certificado médico.

COMPORTAMIENTO Y NORMAS DE CONVIVENCIA

1. Mantener siempre una actitud respetuosa. Ser cortés y tener buenos modales.

2. Usar un lenguaje correcto con todos los miembros de la comunidad educativa.

3. Cuidar y conservar el mobiliario escolar y dependencias del establecimiento,

principalmente salas de clases y baños. Cualquier deterioro deberá ser reparado,

según corresponda, por él o su apoderado.

4. Abandonar la sala de clases durante los recreos.

5. Ingresar a la sala de clases con el profesor(a) o con un pase o autorización de

inspectoría, por atraso u otro motivo.

6. Formarse al toque del timbre, después de cada recreo y mantener silencio en

actos de apertura los días lunes u otros actos conmemorativos.

7. Fomentar y practicar el respeto con sus pares, docentes y demás personal del

establecimiento.

8. Informar a Inspectoría, profesor jefe, Dirección o a cualquier adulto miembro de la

comunidad educativa del Establecimiento, cualquier hecho que le parezca extraño

o grave, dentro del Colegio.

9. Informar en forma inmediata cualquier situación de Bullying o acoso, a la persona

adulta más próxima a la situación, considerando el procedimiento establecido (ver

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protocolo Bullying).

10. No llevar al Colegio objetos de valor o dinero, pues su hurto o pérdida será de su

exclusiva responsabilidad.

11. No ingresar al establecimiento: cigarrillos, alcohol, drogas, armas, juguetes bélicos,

objetos corto-punzantes (cortaplumas, cartoneros, tijeras con punta, etc.) o

elementos tóxicos.

12. No se permitirá uso de celulares u otros dispositivos como Ipod, Mp4, Tablet, si el

profesor no lo autoriza a fin de no interrumpir el normal desarrollo de las

actividades escolares. Si el estudiante, en horario de clases, lo usa sin la

autorización del profesor de asignatura el establecimiento podrá retener el celular,

citar al apoderado y entregárselo a este, estableciendo un compromiso con el

estudiante de no repetir dichas situaciones

13. Conocer el Reglamento Interno de Convivencia.

14. Los alumnos deberán respetar el toque de timbre, para concurrir a la formación,

horario de almuerzo y horario de salida del colegio.

Art. 7. Uniforme del colegio.

7.1) Uniforme de las niñas:

Delantal blanco (con nombre marcado).

Falda escocesa plisada gris, con franjas azules, 10 cm sobre la rodilla.

Polera institucional gris con cuello azul, manga larga de pique, con la insignia del

colegio.

Sweater institucional

Casaca institucional opcional.

Pelo tomado.

Buzo institucional y zapatillas para la clase de Educación Física.

Polera institucional.

7.2) Uniforme de los varones:

Delantal blanco.

Pantalón gris.

Polera institucional gris con cuello azul, manga larga de pique, con la insignia del

colegio.

Sweater institucional

Calcetines grises.

Zapatos negros.

Casaca institucional.

Buzo institucional, polera manga corta zapatillas para la clase de Educación

Física.

Polera institucional.

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7.3) Uniforme Educación Parvularia

_ Buzo institucional

_ Delantal institucional

_ Zapatillas deportivas

7.3) Se permitirá el uso del buzo institucional para la clase de Educación Física,

solo para el día que corresponda (incluyendo talleres deportivos) con ropa

interior de recambio y útiles de aseo personal. En caso de no poseer el buzo

institucional deberá presentarse con su uniforme completo y la implementación

necesaria para la clase de Educación Física. El buzo también podrá ser utilizado en

representación del establecimiento, en eventos o actividades extraescolares.

7.4) En correspondencia con los sellos de nuestro colegio los alumnos propenderán

a practicar hábitos de vida saludable (colaciones escolares, rutinas de sueño,

actividad física, celebraciones internas de curso y otras)

CAPITULO IV

DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS.

Art.8. Son deberes de los Padres y Apoderados-as:

1. Conocer el Reglamento Interno del establecimiento.

2. Enviar a sus hijos(as) al colegio a la hora, evitando atrasos.

3. Apoyar la labor educacional del establecimiento, en los aspectos académicos y

disciplinarios, en coherencia con la política institucional del colegio.

4. Mantener una buena comunicación con el Colegio.

5. Evitar las inasistencias de sus pupilos a clases, por situaciones

injustificadas.

6. Justificar personalmente las inasistencias y/o retiros del alumno en horas

de clases.

7. Asistir puntualmente a las reuniones de apoderados o cada vez que su

presencia sea requerida por el Colegio.

8. Justificar personalmente o por escrito su inasistencia a reuniones de

apoderados; de repetirse más de una vez, deberá justificar directamente en la

Dirección.

9. Mantener una actitud de respeto y deferencia hacia los Docentes, Directivos,

Alumnos y Asistentes de la Educación del establecimiento.

10. Responder por los daños ocasionados por su pupilo al establecimiento: (vidrios,

mobiliario, etc.)

11. Informarse, por escrito, del comportamiento y rendimiento escolar de su pupilo en

forma permanente.

12. Estimular el buen uso del tiempo libre del alumno, a objeto de mejorar su

aprendizaje, favoreciendo el estudio en el hogar, motivando el interés por

aprender, supervisando el cumplimiento de tareas y deberes.

13. Mandar a su pupilo con su uniforme, limpio y bien presentado, de acuerdo a las

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exigencias del colegio, si por razones de fuerza mayor no pudiera cumplir con lo

solicitado, deberá informar al colegio a través de su profesor(a) jefe, para acordar

en conjunto las medidas para apoyar al estudiante.

14. Apoyar y reforzar las medidas disciplinarias que el Profesor Jefe o el

establecimiento apliquen a su pupilo cuando sea necesario.

15. Retirar personalmente a su pupilo durante el horario de clases, por razones

especiales, debiendo firmar libro de registro respectivo.

16. Cumplir con el Perfil de Apoderado estipulado en el Reglamento Interno,

especialmente cuando desee postular a un cargo representativo en su curso o al

CGP del colegio. Colaborar en el mantenimiento de una sana convivencia al

interior del Colegio, fomentando que sus hijos acaten las normas del

establecimiento.

17. Reforzar en la vida familiar los valores entregados por el Colegio, con especial

énfasis en la honradez, la generosidad, la tolerancia, la responsabilidad, la

satisfacción por el logro personal y un vocabulario y actitudes respetuosas

18. Entregar informes diagnósticos y certificados de tratamiento de especialistas que

les sean solicitados dentro de los plazos establecidos

19. Controlar que su pupilo (a) no traigan dinero, ni objetos de valor, como joyas,

celulares y otros dispositivos.

20. Revisar permanentemente las calificaciones escolares, teniendo presente que

estas son el resultado personal de las aptitudes de sus hijos, el ambiente y apoyo

familiar que les brindan.

21. Es deber del apoderado plantear sus necesidades personales, consultas,

sugerencias, dudas, experiencias, diferencias o reclamos, etc., en privado y

respetando el conducto regular. (1°Profesor de asignatura, Profesor jefe, 2º

Inspectoría General, 3º Encargada de Convivencia/Director), con el debido

respeto, propiciando siempre un clima de sana convivencia y buscando el

entendimiento y mejora de la situación presentada.

22. Fomentar en su pupilo hábitos de vida saludable (colaciones escolares, rutinas

de sueño, actividad física, en celebraciones internas de curso y otras).

23. Planificar y ejecutar actividades de convivencias, que sean desarrolladas al

interior o exterior del establecimiento, que respete la línea saludable de acuerdo

al sello del colegio.

Art. 9. Derechos de los apoderados.

1. Ser informado del Reglamento de Convivencia Interna del establecimiento.

2. Ser atendido en forma correcta y oportuna por el personal Docente Directivo,

Docentes y Asistentes de la Educación Colegio, cuando sea citado o cuando el

caso lo requiera.

3. Ser informado por escrito oportunamente de cualquier medida o cambio que

afecte a su pupilo.

4. Ser informado del proceso financiero del Colegio y del Centro General de Padres

y Apoderados.

5. Conocer las medidas disciplinarias que afecten a su hijo-a o pupilo-a.

6. Conocer, a través de un Informe escrito, el rendimiento escolar de su hijo.

7. Que el establecimiento atienda a su hijo, en forma oportuna, en caso de:

accidente, emergencia, enfermedad o agresión de otros alumnos.

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8. Conocer el protocolo de acción frente a situaciones de emergencia, lugar de

evacuación y zona de seguridad.

CAPITULO V

DEBERES Y DERECHOS DE LOS PROFESORES.

Art. 10. Deberes de los profesores.

1. Conocer y aplicar el Reglamento Interna de Convivencia del Establecimiento.

2. Generar un clima propicio para el aprendizaje.

3. Realizar las horas de clases que le corresponda de acuerdo al Plan de Estudio y al

horario establecido al inicio del año escolar, según lo estipulado en su contrato de

trabajo.

4. Pasar la lista de asistencia del curso al término del primer bloque de clases

(09:30hrs) y luego al inicio de cada hora de clases.

5. Exigir en la primera hora, la justificación o pase a los alumnos ausentes del día

anterior.

6. Exigir una Agenda o cuaderno de comunicaciones para enviar, mensajes o

citaciones a los padres o apoderados.

7. Reforzar valores y enseñar los contenidos de su especialidad con rigor, a los

alumnos.

8. Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente las actividades docentes de su

asignatura o especialidad.

9. Llegar puntualmente a la escuela de acuerdo al horario establecido por la

Dirección.

10. Cumplir con las normas técnicas pedagógicas que la escuela exige.

11. Estar actualizado en materias técnico pedagógicas de su área.

12. Atender a tiempo y con prontitud el curso o clase según horario asignado.

13. Evitar el uso de celulares en horario de clases, excepto en caso de una

emergencia.

14. Tratar cordialmente, con respeto y vocabulario adecuado a los apoderados,

alumnos y funcionarios del establecimiento.

15. Exigir el uso correcto del uniforme al interior de la sala de clases.

16. Fomentar en los alumnos hábitos de vida saludable (colaciones escolares,

rutinas de sueño, actividad física, en celebraciones internas de curso y otras)

17. En el caso de Profesores Jefes, realizar una entrevista semestral con cada

apoderado de su jefatura, para ello dispondrá de un horario establecido de

atención.

18. Profesor Jefe, deberá atender los primeros 15 minutos al inicio de la jornada,

desde martes a viernes, en donde trabajará temas valóricos, situaciones internas

de curso y seguimiento del proceso educativo de su jefatura.

19. Profesor Jefe realizará una reunión mensual con los apoderados de su jefatura.

20. Fomentar y promover la solidaridad y preocupación de los estudiantes por sus

pares cuando lo amerite.

21. Promover acciones preventivas de acoso escolar o bullying con los estudiantes,

que fomenten el respeto a la diversidad, fortaleciendo la responsabilidad con sus

pares.

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22. Fomentar entre los estudiantes, instancias sistemáticas que promuevan la

expresión y debate de ideas como estrategias de aprendizaje de los estudiantes.

23. Fomentar y promover acciones preventivas que aborden el respeto de equidad

de género.

Art. 11. Derechos de los profesores.

1. Ser respetado en su integridad personal y profesional por toda la Comunidad

escolar.

2. Ser tratado con dignidad y cordialidad en su quehacer profesional.

3. Ser aceptado con sus valores y características personales en su desempeño

profesional.

4. No ser amenazado o agredido de hecho o de palabra por alumnos, padres o

apoderados o cualquier miembro de la comunidad educativa.

5. No ser interrumpido en su labor docente en el aula, a menos que la situación lo

amerite.

6. Ser consultado o informado, oportunamente de cualquier cambio que afecte a su

función docente.

7. Usar elementos audiovisuales como evidencia para fines pedagógicos y ante

situaciones emergentes.

8. Conocer el protocolo de acción frente a situaciones de emergencia, lugar de

evacuación y zona de seguridad y demás protocolos que estén contemplados en

el presente reglamento.

9. Participar en la entrevista de apoderado(a) con Director, Inspectoría General,

Jefe de UTP y/o Encargada de Convivencia en situaciones de inquietudes y/o

quejas de un apoderado hacia su gestión como docente.

CAPITULO VI

DEBERES Y DERECHOS DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACION.

Art. 10. Deberes de los asistentes de la educación.

1. Llegar puntualmente a la escuela de acuerdo al horario establecido por la

Dirección.

2. Tratar cordialmente, con respeto y vocabulario adecuado a los apoderados,

alumnos y funcionarios del establecimiento.

3. Fomentar en los alumnos hábitos de vida saludable.

4. Fomentar y promover la solidaridad y preocupación de los estudiantes y demás

funcionarios del establecimiento cuando lo amerite.

5. Fomentar acciones preventivas de acoso escolar o bullying con los estudiantes,

que valoren el respeto a la diversidad, fortaleciendo la responsabilidad con sus

pares.

6. Fomentar acciones preventivas que aborden el respeto de equidad de género.

7. Cumplir con la asignación de tareas dadas por Dirección e Inspectoría General

de acuerdo a su rol dentro del establecimiento.

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Art. 11. Derechos de los asistentes de la educación.

8. Ser respetado en su integridad personal y profesional por toda la Comunidad

escolar.

9. Ser tratado con dignidad y cordialidad en su quehacer profesional.

10. Ser aceptado con sus valores y características personales en su desempeño

profesional.

11. No ser amenazado o agredido de hecho o de palabra por alumnos, padres o

apoderados o cualquier miembro de la comunidad educativa.

12. Ser consultado o informado, oportunamente de cualquier cambio que afecte a su

función.

13. Conocer el protocolo de acción frente a situaciones de emergencia, lugar de

evacuación y zona de seguridad y demás protocolos que estén contemplados en

el presente reglamento.

14. Recibir la información de las diferentes actividades que se desarrollan en el

establecimiento en momento oportuno, en reunión semanal con Inspectoría

General.

15. Participar en entrevista con Director, Inspectoría General, Jefe de UTP y/o

Encargada de Convivencia en situaciones de inquietudes y/o quejas de un

apoderado hacia su gestión como asistente de la educación.

Art. 12. Procedimiento ante agresión verbal o física a un docente o funcionario.

(Ver protocolo de Violencia escolar asimétrica anexo VI).

En el caso particular de agresión verbal o física, que pueda sufrir un Docente o

funcionario del establecimiento, el procedimiento será: llamar de inmediato a

Carabineros, Seguridad Ciudadana, denunciando el hecho, siempre que éste sea

constitutivo de delito, e informar, además, por teléfono y/o por escrito al Departamento de

Educación y Administración Municipal D.A.E.M

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CAPITULO VI

PROCEDIMIENTOS QUE SE APLICARÁN AL ALUMNO(A) AL NO DAR

CUMPLIMIENTO A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL PRESENTE REGLAMENTO

MEDIDAS FORMATIVAS DISCIPLINARIAS: Las medidas deben permitir que las y los

estudiantes tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, aprendan a

responsabilizarse de ellos y desarrollen compromisos genuinos de reparar el daño. Para

ser formativa, reparadora y eficientes deben ser coherentes con la falta y acordes al nivel

educativo.

Para ello se considerarán las siguientes medidas:

a) Acciones para reparar el daño causado: El acto de restitución y/o reparación

debe estar relacionado y ser proporcional al daño causado. Por ejemplo, restituir y/o

reparar un bien o pedir disculpas públicas y/ o privadas, u otras acciones.

b) Servicios en beneficio de la comunidad: Prestación de un servicio en favor de la

comunidad que ha sido dañada, e igualmente debe estar relacionado con el daño

causado. Por ejemplo hermosear o arreglar dependencias del establecimiento. Trabajar el

Diario Mural del curso con temática relacionada a la falta cometida. Así mismo es

importante hacer reflexionar al alumno(a) y que reconozca su error, ya que tiene un valor

sustantivo en su crecimiento personal.

c) Preparar material valórico que tenga relación con la falta cometida, que presente

a un grupo curso (disertación), ya sea su curso u /otro. Se podrá solicitar el apoyo y

presencia de su apoderado en el cumplimiento de ésta medida.

d) El profesor realiza un diálogo pedagógico o correctivo con el estudiante que

comete falta. Le hacer ver el error que está cometiendo y las consecuencias que puede

tener para su proceso de aprendizaje. Además de referirle que su falta vulnera el derecho

de todos a educarse en un clima propicio para el aprendizaje.

e) Se sugiere que el profesor determine alguna tarea adicional o medida pedagógica

para el alumno(a) que no prestó atención en la clase o evadió sus responsabilidades,

como investigar algún concepto o temática relacionada a la clase, que realice un aporte al

Diario Mural del curso, explicar al curso la Noticia del Día, explicar un ejercicio al curso,

tratando siempre de potenciar las habilidades del alumno(a).

f) Si el profesor al momento de monitorear el trabajo del estudiante observa que éste

no lo terminó o no trabajó en clases, podrá optar por llevar al estudiante a concluir su

trabajo en la hora de recreo. Si ésta situación es reiterada citar al apoderado para

establecer un compromiso de cambio y acuerdos futuros, como utilizar el recreo para que

el estudiante realice lo no trabajado en clases. También se podrá solicitar que el

apoderado acompañe a clases al estudiante si la situación lo amerita.

g) Sí el estudiante comete faltas graves o gravísimas estará imposibilitado de

participar representando al colegio en actividades externas ya sea de tipo deportiva,

artística u/otra índole, en principio por un mes, sí se repitiera la misma falta grave u/otra,

la medida se tomará por el semestre y sí la situación se reitera por tercera vez se

ampliará la medida por lo que resta del año escolar.

h) También se podrá tomar como medida formativa el hacer un acompañamiento

pedagógico a un compañero(a) de cursos inferiores, en horario de taller JEC.

i) Si la situación lo amerita y el estudiante muestra arrepentimiento de la falta

cometida, tendrá la posibilidad de pedir disculpas en forma privada o pública dependiendo

del hecho.

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j) De común acuerdo con el apoderado, realizar un monitoreo semanal, quincenal o

de acuerdo a necesidad, con la Encargada de Convivencia y Apoderado(a) del trabajo

escolar y conductual del estudiante que lo necesite.

El presente Reglamento de convivencia contempla 3 tipos de faltas:

a) leves

b) graves

c) gravísimas

Art.13.

Son faltas leves: Actitudes y comportamientos que alteran la convivencia, pero que no

involucran daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad entre los cuales se

encuentra:

- El incumplimiento de tareas y/o falta de materiales solicitados.

- El no uso del uniforme escolar oficial del Colegio.

- Llegar atrasado a la sala de clases.

- Pararse y/o cambiarse de puesto sin autorización del profesor.

- No escribir las materias o contenidos tratados en clases.

Art. 14.

Sanciones y/o medidas por faltas leves: estas se tomarán considerando las circunstancias

agravantes y atenuantes del hecho.

1. Amonestar verbalmente al alumno afectado.

2. Anotar, por el profesor testigo; en su hoja de vida cuando estas faltas se repitan dos

Veces.

3. Citar por escrito al apoderado de parte del profesor de asignatura y/o profesor jefe,

para informar situación, cuando se han presentado 3 faltas leves, solicitar un

compromiso de parte del alumno, el que quedará registrado en su hoja, junto a la firma

del apoderado y alumno.

4. Si las faltas leves son reiteradas y se ha cumplido con los puntos anteriores, el alumno

será derivado a Inspectoría General, por parte del profesor Jefe.

5.- Cumplir con alguna de las medidas formativas y/o reparatorias descritas

anteriormente, considerando las circunstancias agravantes y atenuantes descritas en el

Capítulo VII del Debido Proceso

Art. 15.

Son faltas graves: Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad

psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como

acciones deshonestas que alteren la convivencia tales como:

1. Causar destrozos intencionales a la infraestructura del establecimiento.

2. Faltar a la verdad: al falsificar firmas; presentar como propios trabajos de otros

compañeros; copiar pruebas y exámenes; adulterar justificativos o calificaciones en el

libro de clases; señalar falsas lesiones verbales o físicas de adultos o compañeros.

3. Poner en riesgo su integridad física y la de los demás.

4. Abandonar o salir de la sala de clase y del Colegio, sin autorización, durante la jornada

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escolar normal.

5. Faltar a clases sin conocimiento de los padres o apoderados (cimarra)

6. Portar cigarrillos o alcohol al interior del establecimiento educacional.

7. Fumar, beber alcohol o realizar manifestaciones amorosas de tipo sexual (pololeos), al

interior del establecimiento.

8. Insultar con garabatos a sus pares y referirse con actitudes de falta de respeto a los

docentes y personal asistente.

9. Usar celular u otro tipo de elementos que interrumpan las clases y no estén

autorizados por el profesor, en acciones tales como escuchar música, enviar mensajes,

filmar y fotografiar en clases.

10. Ser cómplice de una falta grave cometida por un compañero o compañera.

11. Conductas disruptivas permanentes: gritar en clase, hacer bromas, silbar o lanzar

papeles, etc.

12. Todas las manifestaciones de violencia por razones de género, que incluye comentario

descalificatorios, humillaciones, trato degradante.

13. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno (a) o a cualquier otro integrante

de la Comunidad Educativa verbalmente o a través de chats, blogs, Facebook,

mensajes de texto, correos electrónicos, foros, whatsapp, servidores que almacenan

videos o Fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio de divulgación

virtual.

Art. 16.

Sanciones y/o medidas por faltas graves: estas se tomarán considerando las

circunstancias agravantes y atenuantes del hecho

1. Anotar, por el profesor testigo; en su hoja de vida.

2. Citar por escrito al apoderado de parte del profesor de asignatura y/o profesor jefe,

para informar situación y solicitar un compromiso de parte del alumno, el que

quedará registrado en su hoja, junto a la firma del apoderado y alumno.

3. Una vez cumplido los puntos anteriores, el alumno será derivado a Inspectoría

General, por parte del profesor Jefe o asignatura.

4. Cumplir con alguna de las medidas formativas y/o reparatorias descritas

anteriormente, considerando las circunstancias agravantes y atenuantes descritas

en el Capítulo VII del Debido Proceso

Cuando la falta grave exceda los procedimientos y las situaciones comunes y éste atente

con la seguridad del alumno u otros miembros de la comunidad educativa, se evaluará la

suspensión del alumno del establecimiento de 1 a 5 días.

Art. 17.

Son faltas gravísimas: Son aquellas actitudes y comportamientos que atenten contra la

integridad física y psicológica de un(a) integrante de la comunidad educativa (entre pares

y entre estudiante y adulto), de manera sostenida en el tiempo. Así también, conductas

tipificadas como delito y comportamientos que infrinjan principios fundamentales tales

como:

a) Cualquier forma de acoso escolar o Bullying que se dé entre pares.

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b) Agredir sexualmente a otros integrantes de la comunidad educativa.

c) Consumir drogas o estupefacientes al interior del establecimiento.

d) Portar, o vender drogas y estupefacientes de cualquier tipo dentro del

establecimiento.

e) Insultar con garabatos a un docente, apoderado u otros funcionarios del

establecimiento.

f) Agredir físicamente de cualquier forma a docentes, apoderados, personal

administrativo o asistente de la educación y alumnos (as).

g) Ingresar al establecimiento armas de fuego o elementos contundentes o

corto punzantes: cortaplumas, garrotes, linchacos, etc.

h) Participar en hurtos o robos de especies en el local escolar.

i) Cualquier forma de discriminación a cualquier integrante de la comunidad

educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión,

pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre,

nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, aspecto físico o cualquier

otra circunstancia.

Art. 18.

Procedimiento ante faltas gravísimas:

En relación a la falta gravísima considerar protocolo de Bullying (Anexo I pág. 24).

En relación a la falta gravísima considerar protocolo de Agresión sexual (Anexo II pág.28).

En relación a la falta gravísima considerar protocolo de Abuso de drogas (Anexo III pág

34).

*En caso de que el adolescente desde 14 a 17 años incurra en una falta o delito que

corresponda ser sancionada bajo la ley de responsabilidad penal adolescente (ley 20084),

se pondrá inmediatamente a disposición de la justicia (se llamará a Carabineros).

Sanciones y/o medidas por faltas gravísimas que no son constitutivas de delito: estas se

tomarán considerando las circunstancias agravantes y atenuantes del hecho. Si la

situación lo amerita se evaluará la aplicación de las siguientes medidas:

La suspensión del alumno de 1 a 5 días del establecimiento.

Reducción de jornada escolar

Condicionalidad de matricula

Expulsión y/o cancelación de matrícula.

Suspensión de participación de la ceremonia de graduación en el caso de

estudiantes de Octavo año básico.

Cumplir con alguna de las medidas formativas y/o reparatorias descritas

anteriormente, considerando las circunstancias agravantes y atenuantes descritas

en el Capítulo VII del Debido Proceso.

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APLICACIÓN DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS EXCEPCIONALES, DE ACUERDO A LEY DE INCLUSION

Medidas disciplinarias que sólo pueden ser aplicadas excepcionalmente cuando se presenta una situación que afecta gravemente la convivencia escolar y pone en riesgo la integridad física y/o psicológica de los miembros de la comunidad educativa.

Medidas excepcionales: Suspensión de clases y de graduación. Reducción de jornada. Condicionalidad de matrícula. Expulsión y/o cancelación de matrícula.

FUENTE: Superintendencia de Educación → Resguardo de Derechos→ Medidas

disciplinarias→ Disciplina Formativa: Una oportunidad para el aprendizaje→ Medidas

disciplinarias excepcionales →Actualizado Abril 2017 https://www.supereduc.cl/

Cabe destacar que si alguna de las situaciones descritas como falta gravísima, implican

un riesgo real y actual para algún miembro de la comunidad educativa, las sanciones se

evaluarán en una sesión del Consejo General de Profesores y reunión extraordinaria del

Consejo Escolar, decisión que se aplicará conforme a un justo proceso que se

describe a continuación:

CAPITULO VII

DEL DEBIDO PROCESO

Es necesario conocer la versión de todos los involucrados previo a aplicar una medida o

sanción, considerando el contexto y las circunstancias relacionadas con la falta, con el fin

de no actuar con rigidez ni arbitrariedad.

El debido proceso:

• Que sean escuchado

• Que sus argumentos sean escuchados

• Que se presuma inocencia

• Que se reconozca el derecho de apelación.

DE LAS CIRCUNTANCIAS ATENUANTES

Se consideran como circunstancias atenuantes las siguientes:

- Tomar en consideración la edad, las circunstancias personales, familiares y

condiciones personales del alumno

- Reconocer por parte del alumno la falta antes de la formulación de la medida

- Corregir el daño o compensar el perjuicio causado voluntariamente, antes de que

se haya determinado la medida formativa

- Haber presentado un buen comportamiento anterior a la falta.

- Haber sido inducido a cometer la falta por otra persona.

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DE LAS CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES

Se consideran circunstancias agravantes las siguientes:

- No reconocer la falta ni mostrar arrepentimiento de su actuación

- Reiteración de una conducta negativa en particular.

- Mal comportamiento anterior, aun cuando no esté referido a la reiteración

de una Conducta negativa en particular.

- Presentar un comportamiento negativo, teniendo un cargo de

representatividad de la Comunidad educativa.

- Haber actuado con premeditación.

DEL DERECHO A APELACIÓN

Todo alumno (a) que haya sido sancionado por alguna medida, que no la

considere justa, tiene derecho a presentar reclamo por escrito a la Dirección del

Establecimiento, la autoridad debe pronunciarse de la apelación del alumno.

Para ejercer el derecho de apelación el alumno (a) o su apoderado, deberá

presentar sus peticiones en un plazo no mayor de dos días, del momento de haber sido

notificado por la Dirección sobre las causales de la sanción, y el Director en un plazo no

superior a tres días para su pronunciamiento.

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CAPITULO VIII

RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONFLICTOS.

INDIVIDUALES O COLECTIVOS: NEGOCIACIÓN, MEDIACIÓN.

El conflicto forma parte de la vida diaria. Incluso es una instancia crucial del

crecimiento personal. Una convivencia respetuosa de los derechos de las personas,

implica aprender a desarrollar relaciones humanas cálidas y sustentadoras de autoestima,

así como manejar los conflictos de la vida cotidiana en forma pacífica y constructiva.

Los conflictos que se presenten en el establecimiento serán analizados siguiendo

el siguiente procedimiento, de esta forma se logrará verificar en qué momento se presentó

el problema, que determinó transformándose en un conflicto y teniendo en cuenta que el

conflicto es un desencuentro entre dos posiciones.

Ante situaciones de conflictos entre pares, Inspectoría general y/o Orientación, seguirán el

siguiente procedimiento:

a) Tomar distancia, objetivando la situación.

b) Analizar la situación conflictiva, lo que supone pensar en el contexto y en las variables

que han intervenido.

c) Promover la reflexión en el/la alumno/a y/o grupo: Detallar la situación; Dar un espacio

de participación; Preguntar; Escuchar. Asegurar que la situación sea explicada por

escrito, formulando los descargos correspondientes.

d) Discernir, si corresponde o no una sanción:

Discernir qué clase de falta es.

Contextualizar la falta en función de agravantes y atenuantes: antecedentes del

año, asumir responsabilidad, etc.

e) Explicar la decisión y su fundamento.

Es imprescindible comunicar a las partes involucradas la decisión y sus razones,

para marcar la trasgresión a la norma y reflexionar sobre el límite que ella implica.

f) Garantizar el derecho de defensa de los estudiantes.

Para garantizar el derecho de apelación la alumna o alumno deberá presentar sus

peticiones en un plazo no mayor a dos días, a partir del momento de haber sido

sancionado.

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CAPITULO IX

CONSEJO ESCOLAR

Art. 19.

Existirá un Consejo escolar, que estará integrado al menos por un representante de cada

uno de los siguientes estamentos:

a) Un representante del sostenedor

b) Dirección;

c) Profesores;

d) Alumnos;

e) Apoderados;

f) Asistentes de la educación.

g) Encargada de Convivencia

El Consejo Escolar tiene una responsabilidad especial por su carácter representativo. Por

esto, tiene que encargarse de generar en la escuela espacios de formación, participación,

y propiciar el fortalecimiento del encuentro interestamental y las confianzas institucionales,

vale decir, validar el trabajo en equipo, valorar la opinión de otros/as y consensuar y

construir acuerdos, además de proponer acciones y programas conducentes al

mantenimiento de un clima de buena convivencia y prevención de la violencia escolar en

el colegio.

El consejo escolar específicamente, deber ser informado y consultado sobre las

siguientes materias:

Informado sobre: Consultado sobre:

Los logros de aprendizaje de los/as

estudiantes, a lo menos semestralmente,

(resultados de rendimiento escolar y/o

mediciones de la calidad de la educación,

obtenidos por el establecimiento)

Los informes de las visitas de fiscalización

del Ministerio de Educación.

En los establecimientos municipales, de los

resultados de los concursos para docentes,

profesionales de apoyo, administrativos y

directivos.

En los establecimientos municipales, del

presupuesto anual de todos los ingresos y

todos los gastos del establecimiento,

pudiendo el Consejo hacer observaciones y

pedir las aclaraciones que estime

necesarias.

Proyecto Educativo Institucional

Programación anual y actividades

extracurriculares.

Las metas del establecimiento y los

proyectos de mejoramiento propuestos;

El informe escrito de la gestión educativa

del establecimiento que realiza el Director/a

anualmente, antes de ser presentado a la

comunidad educativa.

La elaboración y las modificaciones al

reglamento interno del establecimiento.

Situaciones de convivencia escolar que

sean complejas de manejar.

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CAPITULO X

PERFILES DE LOS MIEMBROS DEL COLEGIO

Art.20. El perfil general de los alumnos deberá reflejar las siguientes acciones y actitudes:

El Colegio ―República del Perú‖ ―D‖- 474 de la comuna de Hualpén, teniendo presente la

importancia de la formación integral de nuestros alumnos y alumnas, en concordancia con

el Proyecto Educativo del Establecimiento, ha determinado priorizar las siguientes

conductas que serán evaluadas en todas las instancias educativas por los docentes.

1.- Cuidar el aseo y presentación personal.

2.- Respetar y acatar las normas de convivencia del Colegio.

3.- Cumplir responsablemente con deberes escolares.

4.- Mostrar actitudes de respeto con todas las personas.

5.- Cuidar y respetar el medio ambiente.

6.- Aceptar las críticas y reconocer sus errores.

7.- Utilizar el diálogo como forma de resolver los conflictos.

8.- Cuidar y mantener los bienes materiales del Colegio.

9.- Mantener y desarrollar conductas de vida saludable

10.-Tener disposición a desarrollar habilidades artísticas

y/o deportivas.

Art. 21. Perfil del alumno(a) egresado(a) de Octavo año Básico:

Al término de la EGB. Nuestro Colegio aspirará que los alumnos(as) reúnan las siguientes

características:

1. Características educativas:

Ser responsable de su aprendizaje.

Comunicarse en forma oral y escrita.

Usar la tecnología como herramienta efectiva de aprendizaje.

Conocer y comprender la historia de Chile y la historia universal, valorando el

conocimiento e identidad cultural propia.

Conocer y comprender el quehacer científico y la complejidad del problema

medioambiental.

Resolver situaciones que impliquen razonamiento matemático.

2. Características sociales:

Respetar normas y autoridades existentes.

Respetar a todas las personas en su entorno directo.

Conocer deberes cívicos y responsabilidades democráticas como un futuro

ciudadano.

Tener espíritu crítico y de superación, orientando su opción de vida, según su

realidad.

3. Características valóricas:

Respetar el derecho a la vida.

Practicar la solidaridad en acciones concretas.

Conocer y respetar los derechos humanos fundamentales.

Propender al desarrollo de la conciencia social y moral.

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Valorar y proteger el medio ambiente, integrando la convivencia humana en el

ecosistema.

Respetar la identidad cultural, valorando la diversidad.

Mantener y desarrollar conductas de vida saludable

Tener disposición a desarrollar habilidades artísticas y/o deportivas.

Mostrar valores tales como el ser reflexivo, el respeto, la tolerancia, ser asertivo,

ser justo, ser resiliente.

Art. 22.1. Perfil del alumno(a) egresado de Octavo año Básico con NEEP:

1.-Características Sociales:

Que respete normas y autoridades existentes, a nivel escolar, comunal y nacional.

Que logre resolver situaciones cotidianas a través del diálogo, respetando normas

de convivencia, demostrando una conducta autónoma y con participación

democrática cuando corresponda.

2.- Características Afectivas:

Que sea una persona responsable, respetuosa, tolerante y solidaria.

Que pueda tomar decisiones en función de poder elegir lo más conveniente para

su propio cuidado

3.- Características Valóricas:

Que tenga respeto por sus valores patrios y tradiciones históricas.

Que conozca sus limitaciones, potencialidades, derechos y deberes.

Que valore y proteja el medio ambiente.

Que respete la identidad cultural, valorando la diversidad.

Art. 22. Perfil del Apoderado del Colegio “República del Perú”.

El Colegio ―República del Perú‖ teniendo en cuenta la diversidad y la condición

socio-cultural, desea contar con un Apoderado que reúna las características que a

continuación se detallan:

1. Características Sociales:

- Ser responsable en su rol de apoderado.

- Ser activo colaborador de la labor educativa del Colegio.

- Ser puntual en las actividades que le corresponden a su rol.

- Ser un sujeto informado y comunicativo.

- Ser ejemplo de conducta para sus pupilos y pares.

2. Características valóricas:

Respetar el derecho a la vida.

Practicar la solidaridad en acciones concretas.

Conocer y respetar los derechos humanos fundamentales.

Propender al desarrollo de la conciencia social y moral.

Valorar y proteger el medio ambiente, integrando la convivencia humana en el

ecosistema.

Respetar la identidad cultural, valorando la diversidad.

Con criterio flexible.

Capaz de relacionarse con otras personas.

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Capaz de controlar las propias emociones.

Capacidad de resolución de conflictos a través de los canales formales de

comunicación.

Art. 23.Perfil del profesor

El docente del Colegio República del Perú, deberá reunir las siguientes características

para desempeñar el cargo:

1. Competencias profesionales:

Manejo y dominio de su especialidad.

Manejo y uso adecuado de la lengua materna.

Dominio a nivel de usuario en informática.

2. Características psicológicas:

Capacidad para manejar grupos humanos.

Capacidad creativa y emprendedora.

Ser flexible y tolerante.

Buen comunicador social.

Ser capaz de controlar sus emociones.

Capacidad de liderazgo.

Ser proactivo.

Ser receptivo a la innovación.

Usar la empatía.

Tolerancia a la frustración.

Capacidad de trabajar colaborativamente.

3. Características valóricas:

Que sea asertivo

Responsable

Honesto.

Justo.

Que sea cordial en el trato con los alumnos y los diferentes estamentos del colegio

Comprometido con la Misión y Objetivos Institucionales.

Contraindicaciones para el cargo:

Las que determine la autoridad competente para optar o postular a un cargo público

(DAEM o Corporación Municipal) y las contempladas en el Estatuto Docente.

Art. 24. Perfil del asistente técnico

El asistente de aula para apoyo del docente del Colegio República del Perú deberá reunir

las siguientes características para desempeñar el cargo:

1. Competencias profesionales:

Título de técnico en educación parvularia o de asistente técnico en educación

diferencial.

Manejo y dominio de su especialidad.

Manejo y uso adecuado de la lengua materna.

Dominio a nivel de usuario en informática.

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2. Características psicológicas:

Capacidad para manejar grupos humanos.

Capacidad creativa y emprendedora.

Ser flexible y tolerante acuerdo a las características y necesidades personales del

alumnos

Buen comunicador social.

Ser capaz de controlar sus emociones.

Capacidad de liderazgo.

Ser proactivo.

Ser receptivo a la innovación.

Usar la empatía.

Tolerancia a la frustración.

Capacidad de trabajar colaborativamente.

3. Características valóricas:

Que sea asertivo

Responsable.

Honesto.

Justo.

Que sea cordial en el trato con los alumnos y los diferentes estamentos del colegio.

Comprometido con la Misión y Objetivos Institucionales.

Contraindicaciones para el cargo:

Las que determine la autoridad competente para optar o postular a un cargo público

(DAEM o Corporación Municipal) y las contempladas en el Estatuto Administrativo.

Art. 25. Relación entre estamentos:

1. Relación Profesor-alumno:

Estimular siempre un trato respetuoso y cordial.

Fomentar el diálogo como una forma eficaz de resolver los conflictos

interpersonales.

Estimular y reforzar constantemente las actitudes y conductas positivas de los

alumnos.

Considerar las diferencias individuales y los ritmos de aprendizaje en el aula.

Motivar y fomentar en los alumnos la buena convivencia entre ellos(as) y la

comunidad escolar.

Valorar y reconocer el esfuerzo y compromiso de los alumnos por su trabajo

escolar.

Reconocer y valorar los logros individuales por pequeños que sean; dar refuerzo

positivo cuando corresponda (Cartas de reconocimiento. Notas de felicitaciones a

los padres, Cuadro de Honor con alumnos destacados, etc.).

2. En la relación alumno-profesor:

Estimular siempre un trato respetuoso y cordial.

Valorar y practicar el diálogo como una forma pacífica de resolver los problemas

en la relación interpersonal.

Reconocer los propios errores y faltas, proponiendo soluciones prácticas ante los

mismos.

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Reconocer el desempeño profesional de un docente, cuando la situación lo

amerite.

3. En la relación profesor – padres y apoderados:

El profesor deberá:

Mantener permanentemente informados a los padres y apoderados a fin de

vincularlos y hacerlos participar activamente del proceso educativo de sus hijos.

Programar entrevistas individuales con los padres y apoderados, a lo menos una

vez por semestre, de acuerdo a los planes de Mejoramiento Interno de la SEP

(Área de Convivencia).

Practicar el diálogo como una forma de resolver los conflictos y fomentar un clima

de buena convivencia entre ellos.

El apoderado deberá:

Informarse permanentemente sobre el rendimiento y comportamiento escolar de

su pupilo.

Practicar el diálogo como una forma de resolver los conflictos y fomentar un clima

de buena convivencia entre ellos.

Colaborar con el proceso educativo, reforzando en el hogar lo entregado por el

Colegio.

Apoyar la acción educativa del profesor y/o establecimiento, con respeto y

deferencia, teniendo conciencia de la importancia del Rol profesional del docente.

Cumplir con el Perfil mínimo del apoderado, establecido en el Reglamento Interno.

Garantizar la adecuada difusión del Reglamento de Convivencia Escolar Interna

hacia todos los integrantes de la comunidad educativa.

Respetar el lineamiento técnico pedagógico del colegio

4. En la relación del Colegio con instituciones de la comunidad:

Con el objeto de mantener relaciones con la comunidad y recoger las inquietudes de

esta, y a su vez recibir la cooperación de la misma, participará activamente a través

de:

Centro General de Padres y Apoderados.

Talleres de Capacitación en temas específicos.

4ª Comisaría de Carabineros de Hualpén (Plan cuadrante, Seguridad ciudadana,

etc.)

Departamento de Educación Municipal de la comuna.

Dirección de Desarrollo Comunitario de la comuna.

10ª Compañía del Cuerpo de Bomberos.

Junta de Vecinos del sector; 43-A Villa El Triángulo, Nueva El Triángulo, 43-B

Esfuerzo Unido, etc.

Comisión Tripartita (Dirigentes Vecinales, Colegio, Autoridades).

Iglesias Católicas y Evangélicas del sector.

CESFAM de Salud de Hualpén y sus redes de apoyo (COMSE y otros).

Industrias Aledañas al Establecimiento: FOSTER WHEELER, REFINERIA ENAP

Bio – Bio, PETROQUIM.

Otras Redes Sociales: Pro- Niño, PIB Tupahue, Servicio País Educación, SENDA,

Universidades de Concepción, UCSC, USS, etc.

JUNAEB, Habilidades para la Vida (HPV).

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5. Será preocupación permanente del establecimiento compartir con estas

organizaciones comunitarias en actos y celebraciones nacionales, comunales y locales

como: Aniversario del Colegio, Mes de la Patria, Aniversario de la Comuna de Hualpén y

otras actividades sociales, artísticas, deportivas y culturales, con especial participación

de nuestros alumnos y alumnas.

6. En la relación de los diferentes estamentos con el uso de las redes sociales:

Como política institucional se establece la prohibición de que los adultos que se

desempeñen en el establecimiento (profesores, directivos, asistentes de la educación,

etc.) incluyan a los estudiantes como contacto en sus redes sociales personales. Este

tipo de contacto debe estar regulado a través de las diferentes cuentas institucionales.

CAPITULO XI

DE LA PARTICIPACION

Art.26. De los Padres y Apoderados:

1. De acuerdo a normativa interna, cada 2 años se realizará elección de Directiva del

Centro General de Padres y Apoderados de manera democrática y participativa

del establecimiento.

Será requisito para postular al cargo de dirigente del Centro General de Padres:

• Ser apoderado del Colegio, al menos durante un año.

• Cumplir con el perfil de apoderado que el Colegio requiere.

• Certificado de Antecedentes ―sin observaciones‖.

• Fotocopia de Cédula de Identidad.

• No ser parte de la directiva del sub centro de un curso.

Los dirigentes y apoderados no deberán mostrar las siguientes

conductas:

• Actitud violenta en las relaciones interpersonales.

• No faltar a la verdad y honradez en sus acciones cotidianas.

2. Se realizarán reuniones mensuales, planificadas por semestre, con los diferentes

sub centros de Padres y Apoderados y sus respectivos Profesores Jefes, en

donde se les informará del proceso educativo de los estudiantes y temas internos.

3. Se realizarán reuniones, por lo menos 4 veces al año, entre la Directiva del Centro

General de Padres y Apoderados y el equipo directivo y/o de gestión.

4. A través del Consejo Escolar y reuniones de apoderados del Centro General de

padres y apoderados

Se les informará de:

Los logros de aprendizaje de los/as estudiantes, a lo menos semestralmente,

(resultados de rendimiento escolar y/o mediciones de la calidad de la educación,

obtenidos por el establecimiento)

Los informes de las visitas de fiscalización del Ministerio de Educación.

De los resultados de los concursos para docentes, profesionales de apoyo,

administrativos y directivos.

Del presupuesto anual de todos los ingresos y todos los gastos del

establecimiento, pudiendo el Consejo hacer observaciones y pedir las aclaraciones

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que estime necesarias.

Se les consultará e informará de:

Proyecto Educativo Institucional

Programación anual y actividades extracurriculares.

Las metas del establecimiento y los proyectos de mejoramiento propuestos;

El informe escrito de la gestión educativa del establecimiento que realiza el

Director/a anualmente, antes de ser presentado a la comunidad educativa.

La elaboración y las modificaciones al reglamento interno del establecimiento.

Situaciones de convivencia escolar que sean complejas de manejar.

Art. 27. De los Estudiantes:

1. De acuerdo a reglamento interno de CCAA, se realizarán elecciones de Directiva

de Centro de Alumnos cada 2 años. Facilitando el establecimiento todas aquellas

medidas para que ésta se lleve a cabo con éxito.

2. El centro de alumnos contará con un profesor asesor, quien facilitará y asesorará

en los requerimientos que el cargo amerite.

3. En forma interna, cada curso tendrá su Consejo de Curso, con directiva elegida

democráticamente, siendo el profesor asesor su Profesor Jefe.

4. Representante del Centro de Alumnos participará en el Consejo Escolar.

5. Se realizarán reuniones, por lo menos 4 veces al año, entre la Directiva del Centro

de Alumnos y el equipo directivo y/o de gestión.

6. El Centro de Alumnos deberá tener un delegado en actividades externas cuando

sean convocados a participar, ya sea por distintas instituciones, tales como

Consejo consultivo de la infancia adolescencia de OPD, entre otras.

CAPITULO XII

DE ESCUELA PROMOTORA DE LA SALUD

Art. 28. De las Convivencias Internas de curso y otras en que se represente al

establecimiento educacional.

1. Cada curso deberá planificar sus convivencias, de las diferentes celebraciones

que se realicen en el transcurso del año escolar, considerando las

recomendaciones dadas, respetando el lineamiento de escuela promotora de la

salud.

2. No se permitirá la venta de productos que no sean saludables, de acuerdo a

normativa legal vigente. Esta restricción es válida para el Kiosco, el cual deberá

solo debe ofrecer productos saludables y sin sellos.

3. Que está prohibido vender al interior del establecimiento educacional cualquier

producto que tenga en su etiquetado sellos y que no esté en la línea de lo

saludable a toda comunidad educativa en general (estudiantes, apoderados,

docentes y asistentes de la educación).

4. Al recibir donativos de instituciones externes al establecimiento, que contemplen

alimentación cautelar que éstos sean saludables.

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CONCLUSION

Considerando a todos los miembros de la comunidad escolar como sujetos

iguales en derecho y participación ciudadana, cada uno de ellos en su rol o función

que le corresponda, debe favorecer siempre el diálogo, como la forma más efectiva

de resolver los conflictos que se puedan producir en la interacción cotidiana.

REVISIONES DEL PRESENTE REGLAMENTO:

- AÑO 2005: por Sra. Liliana Rubilar, supervisora de DEPROE, según pauta

del MINEDUC.

- AÑO 2009: Consejo de Profesores del Colegio.

- AÑO 2010: (10.Septiembre) Consejo de Profesores del Colegio.

- AÑO 2011: (18 Abril) Consejo de profesores del Colegio.

- AÑO 2011: (29 Diciembre) Consejo de profesores del Colegio.

- AÑO 2012: (03 de Enero) Consejo de profesores del Colegio.

- AÑO 2013: (12 de Abril) Consejo de profesores del Colegio.

- AÑO 2014: (03 de Marzo) Consejo de profesores del Colegio

- AÑO 2015 : (10 de Abril) Consejo de profesores y Consejo Escolar

- AÑO 2016: (16 y 23 de Marzo) Consejo de Profesores

- AÑO 2016: (21 de Diciembre) Consejo de Profesores

- AÑO 2017: (20 de Diciembre) Consejo de Profesores

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ANEXO I

PROTOCOLO BULLYING

BULLYING O ACOSO ESCOLAR

I. DEFINICIÓN

Es una manifestación de violencia, considerada falta gravísima, en la que un

estudiante es agredido y se convierten en víctima al ser expuesto, de forma repetida y

durante un tiempo, a acciones negativas por parte de uno o más compañeros. Se

puede manifestar como maltrato psicológico, verbal o físico, que puede ser presencial,

es decir directo; o no presencial, es decir indirecto, mediante el uso de medios

tecnológicos como celulares y/o redes sociales, entre otros. El Bullying posee tres

características, que lo diferencian de otras expresiones de violencia: se produce entre

pares, existe asimetría de poder entre los involucrados existiendo abuso de poder e

imposición de criterios de los demás; además se produce de manera sostenida en el

tiempo, es decir se repite durante un periodo indefinido. (MINEDUC, 2011, Prevención

del Bullying en la comunidad educativa)

Entre otras, son faltas en éste ámbito:

1) Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender

un estudiante a otro, en forma reiterativa.

2) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un estudiante de

forma reiterativa.

3) Agredir verbal o psicológicamente a un estudiante, en forma reiterativa.

4) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un

estudiante, en forma reiterativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes,

mofarse de características físicas, etc.);

5) Discriminar a un estudiante, ya sea por su condición social, situación

económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica,

nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o

cualquier otra circunstancia, de forma reiterativa.

6) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un estudiante, en forma reiterativa

a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos,

foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o

cualquier otro medio tecnológico, electrónico o de divulgación virtual.

7) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de

Bullying.

8) Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean

constitutivos de delito.

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II. PROCEDIMIENTOS

Fase 1. Detección de la falta

1. El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, o el mismo afectado, comunica

oralmente a Inspector, Profesora Jefe, Encargada de Convivencia.

2. Inspectoría General y/o Encargada de Convivencia, acogen a estudiante afectado lo

trasladan a oficina, donde pueda estar tranquilo(a) o le prestan la ayuda médica

necesaria según corresponda.

3. Inspectoría General y/o Encargada de Convivencia comunica situación al Director.

Fase 2. Evaluación preliminar

1. Aplicación de la pauta de indicadores de urgencia, por parte de Encargada de

Convivencia, Inspectoría General y/o Profesora Jefe.

2. Encargada de Convivencia, Profesor/a Jefe, Inspectoría General conversan con los

estudiantes involucrados, por separado e indagan sobre las causas y reiteración del

hecho considerado falta muy grave.

3. Encargada de Convivencia, Profesora Jefe o Inspectoría General registra el hecho en el

libro de clases y en hoja de observaciones del estudiante.

4. Director informa a DAEM y realiza la denuncia (siempre y cuando constituya delito) a

institución correspondiente.

Fase 3: Comunicación y entrevistas con apoderados

1. Profesora Jefe, cita a apoderados de los estudiantes involucrados, por separado, a través

de comunicación escrita.

2. Si apoderado no asiste a la entrevista, Inspectoría General citará vía telefónica.

3. Encargada de Convivencia y dupla Psicosocial y Profesora Jefe, se entrevistan con

apoderados, de los estudiantes causantes del daño y al estudiante dañado, por

separado informando sobre el hecho ocurrido, el carácter grave de su reiteración, el

procedimiento a seguir y consecuencias, solicitando su apoyo en las medidas que se

implementarán. Deberá sugerir el inicio de tratamiento con especialista, según sea el

caso.

4. Encargada de Convivencia registra puntos tratados de manera objetiva en hoja de

observaciones de estudiante.

5. Encargada de Convivencia comunica a Director.

6. Director comunica al Consejo de Profesores y Comité de Convivencia Escolar, la situación

ocurrida.

Fase 4. Determinación de las medidas formativas

1. Dirección y Comité de Convivencia Escolar analizan la información recogida y valoran la

situación, teniendo en cuenta su carácter reiterativo. Para ello, se deberá tener en cuenta

las circunstancias del momento de los hechos, la edad y las características personales,

familiares o sociales de los estudiantes involucrados.

2. Determinación, por parte de Comité de Convivencia Escolar, Profesor Jefe, Inspectoría

General, medidas formativas de apoyo al estudiante causante; medidas de apoyo,

seguridad y recuperación al estudiante dañado; medidas preventivas e informativas para

la comunidad educativa.

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3. Comunicación de las medidas formativas y de apoyo para los estudiantes involucrados, al

Consejo de Profesores y a los respectivos apoderados por parte de Encargada de

Convivencia, Profesor jefe y/o Inspectoría General.

Fase 5. Trabajo de apoyo al estudiante

1. Elaboración de un plan de acción común de apoyo a los estudiantes con medidas

formativas por parte de Encargada de Convivencia, Profesor jefe y dupla Psicosocial.

2. Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante del daño

reconocer la falta y sus razones, haciendo hincapié en su carácter reiterativo a través de

diversas técnicas basadas en un diálogo constructivo, resolución pacífica de conflictos. Si

fuese pertinente, orientarlo a que voluntariamente decida disculparse. Así también, derivar

a los especialistas que corresponda y otorgar las facilidades para coordinar sus labores

académicas con las responsabilidades legales que deba asumir.

3. Las medidas de seguridad y de apoyo al estudiante afectado deben estar orientadas a

protegerlo y darle seguridad, algunas medidas pueden ser el incremento de las medidas

de vigilancia: vigilancia específica del estudiante agresor, colaboración de compañeros,

previamente formados para acompañar a la víctima, sobre todo en momentos de mayor

riesgo (entradas, salidas, recreos) solicitud colaboración familiar. Así también, aplicación

de estrategias específicas de desarrollo emocional, habilidades sociales y ayuda personal

por parte de dupla Psicosocial. Asimismo derivar a los especialistas que corresponda si es

necesario.

4. Elaboración de un registro de los procedimientos y evolución del caso por parte de

Encargada de Convivencia.

5. Monitoreo del proceso por parte de Encargada de Convivencia, Inspectoría General,

Profesor Jefe y/o dupla Psicosocial.

Fase 6. Informe Final y cierre de protocolo

1. Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de aplicación de las

medidas formativas de apoyo a los estudiante por parte de Encargada de Convivencia.

2. Entrega de informe final a la Dirección, al Consejo de Profesores, al Profesor Jefe y a las

autoridades que puedan solicitarlo (Carabineros, PDI, MINEDUC, SENAME) por parte de

Orientadora.

3. La Dirección, Inspectoría General y Profesora Jefe resuelven la situación final de

estudiante afectado y de estudiante causante, si el hecho lo ameritase, se establecerán

compromisos personales, firmando documento elaborado para dicho efecto.

4. Encargada de Convivencia comunica el resultado final del procedimiento formativo al

Consejo de Profesores y Comité de convivencia escolar.

5. Profesora Jefe y Encargada de Convivencia comunican el resultado final del

procedimiento formativo a los apoderados y estudiantes involucrados.

6. Encargada de Convivencia archiva informe y resolución final, si existiese, en carpeta de

antecedentes del estudiante.

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III. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

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ANEXO II

PROTOCOLO ABUSO SEXUAL

I. MARCO LEGAL

El abuso sexual está tipificado como delito en el Código Penal chileno, por vulnerar

los bienes jurídicos de la ―indemnidad sexual‖ para las personas menores de 14 años y

―libertad sexual‖ para las personas mayores de esa edad. Esta dimensión está contemplada

en la ley 19.927 del Código Penal.

II. DEFINICIÓN

El maltrato infantil —físico, psicológico o abuso sexual— es toda acción u omisión

que produzca o pueda producir un daño que amenace o altere el desarrollo normal de niños,

niñas o de adolescentes y es considerado una grave vulneración de sus derechos.

El abuso sexual puede ocurrir con o sin contacto físico, mediante conductas que van desde

provocaciones verbales hasta violencia con penetración anal, vaginal o bucal.

Específicamente, como lo plantea el Código Penal en sus artículos 361-367, 397, 450 las

actividades sexuales involucradas en el abuso sexual pueden consistir en:

1. Contacto físico sexual en forma de penetración vaginal, oral o anal, utilizando para ello

cualquier parte del cuerpo del abusador, algún objeto o animal.

2. El tocamiento intencionado de los genitales o partes íntimas, incluyendo los pechos,

área genital, parte interna de los mismos o nalgas, o las ropas que cubren estas partes,

por parte del perpetrador hacia el niño, niño o adolescente.

3. Alentar, forzar o permitir al niño, niña o adolescente que toque de manera inapropiada

las mismas partes del perpetrador.

4. Exponer los órganos sexuales a un niño, niña o adolescente con el propósito de obtener

excitación/gratificación sexual, agresión, degradación o propósitos similares.

5. Realizar el acto sexual intencionadamente en la presencia de un(a) menor de edad con

el objeto de buscar la excitación o la gratificación sexual, agresión, degradación u otros

propósitos semejantes.

6. Auto-masturbación en la presencia de un niño, niña o adolescente.

7. Forzar a la pornografía.

De igual forma, se incluyen los diversos tipos de explotación sexual comercial infantil,

entendida esta como ―… todo tipo de actividad en que una persona usa el cuerpo de un

niño(a) o adolescente para sacar ventaja o provecho de carácter sexual y/o económico

basándose en una relación de poder, considerándose explotador, tanto aquel que intermedia

u ofrece la posibilidad de la relación a un tercero, como al que mantiene la misma con el

niño, niña o adolescente, no importando si la relación es frecuente, ocasional o permanente‖

(Marco para la acción contra la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.

Ministerio de Justicia, Chile, 2000). En este tipo de abuso se distinguen la utilización de

niños, niñas y adolescentes en pornografía infantil, el tráfico sexual infantil y el turismo

sexual infantil.

El abuso sexual infantil ocurre como parte de un proceso en el que una persona, al menos 3

años mayor, ejerce poder sobre un niño o niña menor de 14 años, de manera asimétrica,

mediante manipulación psicológica, chantaje, engaño, fuerza o basándose en un vínculo de

dependencia.

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PREVIO A LA APLICACIÓN DE ESTE PROTOCOLO, SE DEBERÁ TENER LA

CERTEZA QUE EL HECHO DENUNCIADO CONFIGURA UN DELITO

Según lo establece el Código Procesal Penal en su artículo 175, el Director de la

Unidad Educativa, Inspector General y Profesores tienen la obligatoriedad de denunciar

cualquier acción u omisión que revista de carácter de delito y que afecte a un miembro de

la comunidad educativa o que hubieren tenido lugar en el establecimiento.

Frente a una situación de ocurrencia del delito, el Director se debe preocupar,

además de informar a la comunidad educativa, de aplicar los procedimientos de las medidas

reparatorias y de contención a quienes esté afectando el hecho, resguardando la identidad y

privacidad de las personas afectadas.

Al momento de presentarse este tipo de situación el Establecimiento debe considerar lo

siguiente:

Debe dar credibilidad cuando el niño(a) relata que es víctima de una situación de

abuso.

Debe acoger y escuchar al niño, haciéndole sentir seguro y protegido.

Debe resguardar la intimidad e identidad del niño en todo momento, sin exponer su

experiencia frente al resto de la comunidad educativa.

Debe aclarar al niño que no es culpable o responsable de la situación que le afecta.

No actuar como colegio en forma precipitada.

No debe interrogar ni indagar de manera inoportuna al niño

No debe minimizar ni ignorar las situaciones de maltrato o abuso.

No debe investigar los hechos, NO es función de la escuela, sino de los organismos

policiales y judiciales. Recopilar antecedentes generales no es lo mismo que

investigar un delito, por ejemplo: cómo se enteraron del hecho; si han observado

variaciones en el comportamiento del niño; cómo es la comunicación con la familia. Si

el hecho se dio al interior del colegio debe establecerse cómo se dieron los hechos;

en qué lugar; en qué momento; a cargo de quién debería haber estado el niño en ese

momento.

IV. PROCEDIMIENTOS

Fase 1. Detección de la falta y citación al apoderado(a)

1. El miembro de la unidad educativa que tome conocimiento del hecho comunica a

Encargada de Convivencia, dupla Psicosocial y Dirección.

2. Encargada de Convivencia cita, por separado, al apoderado(a) de estudiante dañado(a) y

si lo hubiese al del causante del acto delictivo, a través de llamado telefónico, y en última

instancia por escrito y registra la citación en la hoja de observaciones respectivas.

3. Si no hay respuesta de parte del apoderado(a) se debe designar una dupla de

profesionales, para realizar visita domiciliaria.

Fase 2. Conversación con apoderado(a)

1. Encargada de Convivencia y/o dupla Psicosocial conversan con el apoderado del

estudiante causante del delito.

2. Encargada de Convivencia y/o dupla Psicosocial. conversan con el apoderado del

estudiante afectado.

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3. El apoderado(a) de cada uno de los estudiantes involucrados firma el registro de la

reunión con el compromiso de apoyar las medidas formativas que se decidan aplicar.

Fase 3. Determinación de las medidas formativas y de contención (según corresponda)

1. La Encargada de Convivencia, Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría General analizan la

información recogida. Para ello, se deberá tener en cuenta las circunstancias del

momento de los hechos, la edad y las características personales, familiares o sociales

de los estudiantes involucrados.

2. y/o Dirección, realiza denuncia respectiva (Fiscalía, Carabineros de Chile y Policía de

Investigaciones), en un plazo de 24 horas.

3. Comunicación con centros especializados (Sename, Centros de Salud).

4. Determinación de medidas: formativas y de apoyo al estudiante causante, de apoyo y

seguridad al estudiante dañado, medidas de contención y prevención a la comunidad

educativa, por parte de Encargada de Convivencia, profesor jefe y / o Inspectoría

General.

5. Comunicación de las medidas formativas a las autoridades directivas técnicas, al

Consejo de Profesores y a los respectivos apoderados de los estudiantes involucrados

(afectado y causante del daño, si lo hubiese) por parte de Encargada de Convivencia,

Profesor(a) Jefe y / o Inspectoría General. El apoderado(a) de cada uno de los

estudiantes debe firmar su toma de conocimiento.

Fase 4. Trabajo de apoyo a estudiante y comunidad (según corresponda)

1. Elaboración de un plan de acción común de apoyo al estudiante con medidas formativas

por parte del Encargada de Convivencia(a), Profesor(a) Jefe y Consejo de Profesores.

2. Las medidas de seguridad y de apoyo al estudiante afectado, si lo hubiese, deben estar

orientadas a protegerlo y darle seguridad.

3. Elaboración de registro de los procedimientos y evolución del caso por parte de

Encargada de Convivencia(a).

4. Monitoreo del proceso por parte de Encargada de Convivencia, Inspectoría General,

Profesor(a) Jefe y dupla psicosocial.

Fase 5. Informe Final y cierre de protocolo

1. Determinación, por parte de la Dirección y Consejo de Profesores, frente a la situación

final del estudiante causante si se comprobara su culpabilidad en el proceso judicial

realizado.

2. Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de la aplicación de

medidas formativas de apoyo tanto al estudiante causante como al estudiante

afectado, así también las de apoyo a la comunidad por parte de Encargada de

Convivencia.

3. Entrega de informe final a la Dirección, al Consejo de Profesores, al Profesor(a) Jefe y a

los apoderados de los estudiantes involucrados por parte de Encargada de Convivencia,

resguardando siempre la identidad de las personas afectadas.

4. Orientadora archiva informe final y resolución final, si existiese, en Carpeta de

Antecedentes del estudiante causante y del afectado.

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OBSERVACION: Si la persona causante del año fuera una persona externa al colegio o

un adulto del colegio, el protocolo a seguir será hacer la denuncia inmediata a

Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o Fiscalía Local y Director informará al

DAEM. Además el colegio, de acuerdo a las determinaciones administrativas que tome

el empleador, dará los resguardos de seguridad de protección a la persona afectada.

V. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS COMUNIDAD EDUCATIVA

PROHIBICIONES DENTRO DEL COLEGIO: MEDIDAS PREVENTIVAS:

1. Los lugares de atención de menores en lo posible, deberán ser abiertos y/o

transparentes: los funcionarios del colegio en lo posible atender a menores en salas

cerradas sin visibilidad de terceros, es por ello que se recomienda oficinas con vidrios,

acceso a baños abiertos y visibles, salas de clases con vidrios, etc.

2. El uso de baños y camarines de los alumnos está prohibido para personas externas y

adultos, durante la jornada escolar, con excepción de personal autorizado por Dirección.

3. No realizar el aseo de los baños mientras estén siendo usados por los estudiantes.

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ANEXO III

PROTOCOLO DROGAS:

PORTE, CONSUMO Y/O ASISTENCIA BAJO LA INFLUENCIA DE DROGAS DENTRO

DEL ESTABLECIMIENTO Y/O EN ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES

PROGRAMADAS.

I. DEFINICIÓN

Microtráfico: El micro tráfico es un delito, que puede darse en los establecimientos

educacionales. Se configura por el acto de poseer (que es tener en calidad de dueño);

portar (llevar drogas consigo independiente de quién sea el dueño); transportar

(entendido como el traslado en algún medio de transporte) o guardar pequeñas

cantidades de drogas, a menos que justifique que están destinadas a la atención de

tratamiento médico o a su uso o consumo personal y exclusivo y próximo en el tiempo.5

Las penas en este caso van de 541 días a 5 años. La misma pena sufrirá el que suministre

o facilite a cualquier título (done, ceda, permute, etc.) o el que adquiera pequeñas

cantidades de estas sustancias con el objetivo que otro las consuma.

Son faltas gravísimas:

1. Portar drogas, en cualquiera de sus estados o tipos durante la asistencia al

establecimiento y/o a alguna actividad extraescolar programada.

2. Consumir drogas, en cualquiera de sus estados o tipos, dentro del establecimiento

escolar o afuera del establecimiento vistiendo el uniforme escolar.

3. Asistir al establecimiento y/o a alguna actividad extraescolar programada, bajo la

influencia de algún tipo de droga.

4. Participar de algún acto de microtráfico dentro del establecimiento.

III. PROCEDIMIENTOS

Fase 1. Detección de la falta y conversación con estudiante

1. El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, comunica oralmente al

Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia o a Inspectoría General.

2. Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia o Inspectoría General registra el hecho en

el libro de clases y en hoja de observaciones del o la Estudiante.

3. Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia o Inspectoría General cita al Apoderado(a)

del (la) Estudiante(s) involucrado(s), a través de una telefónica y/o comunicación escrita,

se registra en la hoja de observaciones respectivas.

4. Realizar denuncia a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y/o Fiscalía

5. Director informa al DAEM.

Fase 2. Conversación con apoderado(a) y estudiante

1. El Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia y/o Inspectoría General conversan con

Apoderado(a) y Estudiante para conocer las causas de su comportamiento.

2. Registran de manera objetiva los aspectos centrales de la conversación.

3. Si no hay respuesta de parte del apoderado(a) se debe designar una dupla de

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profesionales, para realizar visita domiciliaria.

4. El (la) apoderado(a) de cada uno de él(los) estudiante(s) involucrados firma registro de

la reunión con el compromiso de apoyar las medidas formativas que se decidan aplicar.

Fase 3. Determinación de las medidas formativas

1. Encargada de Convivencia, Prof. Jefe y/o Inspectoría General analizan la información

recogida y valoran la situación. Para ello, se deberá tener en cuenta las circunstancias

del momento de los hechos, la edad y las características personales, familiares o

sociales de estudiante(s) involucrado.

2. Determinación de:

a) medidas formativas de apoyo al estudiante(s) involucrado(s).

b) medidas de contención y prevención a la comunidad educativa, por parte de,

Profesor(a), Encargada de Convivencia Jefe y / o Inspectoría General.

3. Derivación a CESFAM y/o SENDA.

4. Comunicación de las medidas formativas y de apoyo para él (los) estudiante(s)

involucrados, a Director e Inspector General, al Consejo de Profesores y al(los)

respectivos apoderado(os) por parte de Encargada de Convivencia, Profesor(a) Jefe.

Fase 4. Trabajo de apoyo al estudiante

1. Elaboración de un plan de acción común de apoyo al estudiante con medidas formativas

por parte de Encargada de Convivencia, Profesor(a) Jefe y Psicóloga.

2. Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al (la) estudiante a reconocer la falta

y sus razones a través de diversas técnicas basadas en un diálogo constructivo.

3. Elaboración de registro de los procedimientos y evolución del caso por parte de

Encargada de Convivencia.

4. Monitoreo del proceso por parte de Encargada de Convivencia, Inspectoría General,

Profesor(a) Jefe y Psicóloga.

Fase 5. Informe Final y cierre de protocolo

1. Determinación, por parte de la Dirección, de la situación final de estudiante.

2. Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de la aplicación de

medidas formativas.

3. El Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia Inspectoría y Dirección comunican a los

apoderados y estudiantes involucrados el resultado final del procedimiento formativo.

4. Entrega de informe final a la Dirección, al Consejo de Profesores y al Profesor(a) Jefe de

los estudiantes involucrados por parte de Encargada de Convivencia.

5. Encargada de Convivencia archiva informe y resolución final, si existiese, en Carpeta de

Antecedentes del estudiante causante y del afectado si lo hubiese.

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IV. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS COMUNIDAD EDUCATIVA

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ANEXO IV

PROTOCOLO CONDICIÓN DE EMBARAZO Y MATERNIDAD

I. MARCO LEGAL

El embarazo y la maternidad no pueden constituir impedimento para ingresar y

permanecer en los establecimientos educacionales los que deberán otorgar facilidades

para cada caso. (Ley Nº 18.962 LOCE, art.2º inciso tercero y final). Dichas facilidades, así

como el derecho a ingresar y a permanecer en la educación básica y media, están

reglamentadas en el Decreto Nº 79 de marzo del 2004 que regula el estatuto de las

alumnas en situación de embarazo y maternidad. (El colegio puede ser sancionado vía

proceso LOCE hasta con una multa de 50 UTM si infringe la normativa anterior).

II. DEBERES DE LA ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD:

1.- Debe informar su condición a su Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia

Inspectoría General o Dirección, presentando un certificado médico que acredite su

condición.

2.- Debe comprometerse a cumplir con sus deberes escolares.

3. Presentar los certificados médicos de controles mensuales de su embarazo o de los

controles médicos del bebé.

4. Justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como de la madre,

con los respectivos certificados médicos.

5. Informar la fecha del parto para programar las actividades académicas.

Nota: El estudiante que será padre o lo es deberá informar al colegio para tener las

facilidades de permisos para asistir a los controles médicos de la futura madre o del

bebé.

III. DEBERES DEL COLEGIO CON LAS ESTUDIANTES EN CONDICIONES DE

MATERNIDAD O EMBARAZADAS:

1. En el caso de existir embarazo adolescente se procederá según la normativa vigente y

siempre en consulta con los padres o tutores y en común acuerdo se buscarán las

garantías de salud, cuidado y continuidad de estudios, otorgando todas las facilidades

para el caso.

2. Dar todas las facilidades académicas para ingresar y permanecer en el colegio.

3. No discriminar a estas estudiantes, mediante cambio de establecimiento o expulsión,

cancelación de matrícula, negación de matrícula, suspensión u otro similar.

4. Mantener a la estudiante a en la misma jornada y curso, salvo que ella exprese lo

contrario, lo que debe ser avalado por un profesional competente.

5. Respetar su condición por parte de las autoridades y personal del colegio.

6. Respetar el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y a retomar sus

estudios después del parto. La decisión de dejar de asistir los últimos meses del

embarazo o postergar la vuelta clases después del parto depende exclusivamente de las

indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la joven y el bebé.

7. Otorgarles las facilidades necesarias para que asistan a sus controles médicos

prenatales y post natales, así como a los que requiera su hijo/a.

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8. Permitirles adecuar el uniforme a sus condiciones de embarazo o lactancia.

9. Permitirles hacer uso del seguro escolar.

10. Facilitar su participación en las organizaciones estudiantiles, actividades extra

programáticas realizadas al interior o exterior del colegio así como en las ceremonias

donde participen sus compañeros de colegio. Excepto si hay contraindicaciones

específicas del médico.

11. Permitirles asistir a la clase de Educación Física en forma regular, pudiendo ser

evaluadas de forma diferencial o ser eximidas en los casos que por razones de salud así

proceda.

12. Respetar la eximición de las estudiantes que hayan sido madres de las clases de

Educación Física hasta el término del puerperio. Asimismo, en casos calificados podrán

ser eximidas por recomendación de su médico tratante.

13. Evaluarlas según los procedimientos de evaluación establecidos por el colegio, sin

perjuicio que los docentes directivos les otorguen facilidades académicas y un calendario

flexible que resguarde su derecho a la educación. Podrán brindarles apoyo pedagógico

especial mediante un sistema de tutorías realizadas por los docentes y en los que podrán

cooperar sus compañeros de clases.

14. Otorgarles todas las facilidades para compatibilizar su condición de estudiantes y de

madres durante el período de lactancia.

15. Si el papá del bebé es estudiante del establecimiento escolar, también a él se le dará

las facilidades necesarias para cumplir con su rol paterno.

IV. PROCEDIMIENTOS

Fase 1: Comunicación al colegio

1. La estudiante comunica su condición de maternidad o de embarazo a su

Profesora(a) Jefe, Encargada de Convivencia.

2. El Profesor(a) Jefe comunica esta situación a las autoridades directivas técnicas y

Encargada de Convivencia

Fase 2: Citación al apoderado y conversación

1. El Profesor(a) Jefe y/o Encargada de Convivencia cita por escrito al apoderado de

la estudiante en condición de maternidad o embarazada quedando registrada

dicha citación en la hoja de observaciones de la estudiante.

2. El Profesor (a) Jefe registra aspectos importantes de la situación de la estudiante

embarazada tales como estado de salud, meses de embarazo, fecha posible del

parto y solicita certificado médico. De la misma manera para la estudiante en

condiciones de maternidad: edad y estado de salud del bebé, controles médicos,

etc.

3. El apoderado(a) firma los compromisos para que la estudiante continúe asistiendo

al colegio, excepto tenga imitaciones que deben ser certificadas por el especialista

pertinente.

4. Los acuerdos y compromisos se archivan en la Carpeta de Antecedentes de la

estudiante por parte del Profesor(a) Jefe y/o Encargada de Convivencia

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Fase 3: Determinación de un plan académico para la estudiante

1. Encargada de Convivencia, Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría General analizan la

información recogida y valoran la situación.

2. Elaboración de una programación del trabajo escolar así como de los procesos

evaluativos para la alumna embarazada que le permita asistir de manera normal al

colegio y cumplir, hasta que el médico tratante determine, con las actividades:

clases de las distintas asignaturas, participación de las actividades extra-

programáticas y /o Centro de Alumnos, por parte de Encargada de Convivencia

Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría General.

3. Elaboración y entrega de una programación de trabajo escolar así como de los

procesos evaluativos para la estudiante en condición de maternidad a las

autoridades directivas técnicas, Consejo de Profesores y Consejo Escolar por

parte de Encargada de Convivencia Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría General.

Fase 4. Monitoreo

1. Elaboración de registro del proceso de las alumnas en esta situación de embarazo

y maternidad.

2. Monitoreo del proceso por parte de Encargada de Convivencia, Inspectoría

General, Profesor(a) Jefe y Psicóloga.

Fase 5. Informe Final y Cierre de Protocolo

1. Elaboración de un informe final cuando se haya cumplido el periodo establecido y

ajustado a la norma para apoyar a las alumnas en maternidad y embarazadas por

parte de Encargada de Convivencia

2. Entrega del Informe Final a las autoridades directivas técnicas, al Profesor Jefe, al

Consejo de Profesores y al apoderado(a) por parte de Encargada de

Convivencia.

3. Profesor Jefe archiva informe final en Carpeta de Antecedentes dela estudiante.

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V. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

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ANEXO V

PROTOCOLO ACCIDENTE ESCOLAR

I. DEFINICION Y TIPOS DE ACCIDENTES

ACCIDENTE MENOR: Se entenderá por accidente menor, aquel que provoque daño

físico leve, es decir que no implique fractura ni pérdida de conciencia. ACCIDENTE

MAYOR: Se entenderá por accidente mayor, aquel que provoque daño físico moderado o

grave, incluyendo fracturas, pérdidas de conciencia y sangrado explosivo.

II. PROCEDIMIENTOS

Fase 1: detección del accidente

1. Persona que haya sido testigo del accidente deberá prestar ayuda e informar a

Inspectoría General y Prof. Jefe sobre lo ocurrido.

Fase 2: apoyo al estudiante accidentado

1. Si el accidente es menor, se brindará atención de primeros auxilios al estudiante.

2. Si el accidente es de mayor gravedad, se solicitará ambulancia al servicio de

urgencias.

3. Si el accidente corresponde a un golpe en la cabeza deberá ser informado

inmediatamente y ser derivado a un Centro de Salud correspondiente.

Fase 3: comunicación al apoderado

1. Inspectoría General y/o secretaría comunicará vía telefónica al apoderado sobre

el accidente, y si la situación lo amerita (accidente de mayor gravedad), se

solicitará su presencia en el Establecimiento.

Fase 4: registro en la hoja de observaciones

1. Inspectoría General y/o Profesor Jefe registrará el accidente en la hoja de

Desarrollo Personal del alumno, indicando las características del accidente y

lesiones.

Fase 5: documento de accidente escolar

1. Inspectoría General y /o secretaría completará el documento sobre Accidentes

Escolares, especificando las características del accidente y las circunstancias en

que ocurrió y lesiones.

Fase 6: retiro de alumno

1. Una vez que el apoderado se hace presente, retira al niño(a), para ser llevado a

un Centro Asistencial con el documento de Accidente Escolar.

2. Secretaria registra la hora de salida del alumno en el cuaderno de retiro.

Fase 7: monitoreo de resultado de atención e salud y registro en hoja de vida del

alumno

1. Inspectoría general solicita certificado de atención médica y reporte de la

situación.

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III. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

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ANEXO VI

PROTOCOLO VIOLENCIA ESCOLAR ASIMÉTRICA

(EJERCIDA POR UN ESTUDIANTE O UN MIEMBRO DE LA COMUNIDAD

EDUCATIVA)

I. DEFINICIÓN VIOLENCIA ESCOLAR

Es todo acto de agresión u hostigamiento que se produce entre un estudiante y un

miembro de la comunidad educativa, valiéndose de una situación de superioridad o de

indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor fundado de verse

expuesta a un mal de carácter grave. Este acto agresivo puede ser cometido en forma

individual o grupal, y puede ser tanto dentro como fuera del establecimiento educacional.

Entre otras, son faltas en éste ámbito:

1) Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender

a cualquier miembro de la comunidad educativa.

2) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de

cualquier otro miembro de la comunidad educativa.

3) Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad

educativa;

4) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de

un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar

sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.).

5) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su

condición social, situación económica, religión, pensamiento político o

filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual,

discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

6) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro

integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs,

mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan

videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico,

virtual o electrónico.

7) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de

maltrato escolar.

8) Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean

constitutivos de delito.

II. PROCEDIMIENTOS

Fase 1: Detección de la falta

1. El miembro de la comunidad educativa que detecte la falta, deberá informar de

manera inmediata en forma oral a Inspectoría General, Profesor(a) jefe y

Encargada de Convivencia

Fase 2: Entrevista con involucrados

1. Inspectoría General, Encargada de Convivencia, Profesor(a) Jefe deberá

entrevistar por separado a los involucrados y a las personas que hubieren

observado los hechos.

2. Se dejará constancia escrita de la reunión, mediante el acta correspondiente,

incluyendo los asistentes, los hechos tratados y los acuerdos tomados para iniciar

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las medidas formadoras, redentoras y preventivas.

Fase 3: Evaluación de los hechos

1. Las autoridades técnicas valorarán, el grado responsabilidad de los implicados en

el mismo. En el supuesto de lesiones, se actuará según el protocolo establecido

por la unidad educativa para su atención. Si se recibe asistencia sanitaria, se

podrá solicitar el correspondiente parte facultativo.

2. Si la situación persiste o sobrepasa los recursos y competencias del centro

educativo, se tomarán medidas con carácter de urgencia y se solicitará, en su

caso, ayuda externa a otras entidades y servicios (Servicios de salud,

Carabineros, PDI). Asimismo, si los hechos o conductas pudieran ser constitutivos

de delito o falta, se procede según protocolo establecido por la unidad educativa.

Fase 4: Registro, comunicación y entrevista a apoderado

1. Inspectoría General, deberá registrar la falta en hoja de observaciones de

estudiante o estudiantes involucrado(s) y hoja de vida del trabajador(a) las

versiones del hecho relatadas.

2. Profesor(a) Jefe deberá informar al Apoderado(a) vía libreta de comunicaciones

sobre el hecho acontecido y citar para entrevista.

3. Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia se entrevistarán con apoderado(a),

para informar sobre la situación y el procedimiento a seguir.

Fase 5: Comunicación de medidas

1. Encargada de Convivencia, Profesor(a) Jefe comunican al(los) estudiante(s)

involucrado(s) y apoderado(os) la decisión tomada.

2. En caso de un funcionario del establecimiento involucrado en tal situación,

Director Inspectoría General le informará de las medidas administrativas.

Fase 6: Informe final y cierre de protocolo

1. Elaboración de un informe final por parte de Encargada de Convivencia si fuera un

alumno(a) involucrado o Inspectoría se fuese un funcionario del establecimiento,

cuando se haya cumplido los procedimientos correspondientes.

2. Entrega del Informe Final a la Dirección, al Profesor Jefe, al Consejo de

Profesores y al apoderado(a) por parte de Encargada de Convivencia.

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III. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

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ANEXO VII

PROTOCOLO DE INASISTENCIA

I. FALTAS AL DEBER RELACIONADO CON INASISTENCIA

SON FALTAS:

No presentar al profesor(a) el pase por inasistencia.

1. No presentar licencia o certificado médico dentro de las 24 horas siguientes a la

atención del facultativo, en caso de inasistencia a evaluaciones.

2. Que el apoderado(a) no justifique personalmente, ni presente la licencia o

certificado médico por la inasistencia de más de 3 días debido a enfermedad, en un

máximo de 48 horas después de emitido.

3. Que el apoderado(a) o algún familiar no justifique la inasistencia en caso de

situación de fuerza mayor.

4. Que él o la estudiante no se presenta con su apoderado(a) en Inspectoría General

cuando es citado.

II. PROCEDIMIENTOS

Fase 1: Detección de la inasistencia a clases

1. Prof. jefe o de asignatura constata inasistencia del alumno.

Fase 2: Justificación de inasistencias a clases

1. El apoderado presenta el certificado médico a inspectoría general, quien avisa al

profesor jefe, sobre la causal de inasistencia del alumno.

2. En caso de no existir certificado médico, el apoderado estará obligado a justificar

la inasistencia del alumno al día siguiente.

3. El docente solicita pase correspondiente.

Fase 3: Inasistencia reiterada

1. Por inasistencia injustificada mayor a 3 días, se derivará a Trabajador social para

que realice visita domiciliaria correspondiente.

Fase 4: Monitoreo y seguimiento

1. Prof. Jefe, inspectoría general y orientación constatan si el alumno vuelve y

mantiene asistencia regular a clases.

OBSERVACIÓN: En caso de ausentarse a una prueba, se seguirá el procedimiento del

reglamento de evaluación del colegio.

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III. FUNCIONES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

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ANEXO VIII

PROTOCOLO DE ATRASOS

I. FALTAS AL DEBER RELACIONADO CON PUNTUALIDAD AL INGRESO DE

CLASES

SON FALTAS:

1.-No presentar al profesor(a) el pase por atraso

1. Que el apoderado(a) o algún familiar no justifique el atraso en caso de situación de

fuerza mayor.

2. Que él o la estudiante no se presenta con su apoderado(a) en Inspectoría General

cuando es citado.

II. PROCEDIMIENTOS

Fase 1: Detección del atraso

1. Prof. jefe o de asignatura constata atraso del alumno.

Fase 2: Justificación de atraso

1. El apoderado justifica el atraso del alumno en inspectoría general.

2. Profesor solicita pase respectivo para ingresar a clases.

Fase 3: Determinación de medidas formativas

1. Inspectoría general determinará medidas respecto de situación particular y

evaluará la derivación a Encargada de Convivencia y dupla psicosocial en caso de

reiteración.

Fase 4: Monitoreo y seguimiento

1. Prof. Jefe, inspectoría general constatan si el alumno cumple con llegada oportuna

a clases.

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III. FUNCIONES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

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ANEXO IX

PROTOCOLO ANTE RETIRO DEL ESTABLECIMIENTO Y/O ACTIVIDAD

EXTRAESCOLAR PROGRAMADA SIN AUTORIZACION

I. DESCRIPCIÓN DE FALTAS

Intentar retirarse del establecimiento sin haber cumplido con el procedimiento

administrativo estipulado.

1. Que apoderado(a) no justifique debidamente causal del retiro del Establecimiento.

2. Que apoderado(a) no estipule con quien o de qué forma se retire el (la) estudiante

del Establecimiento.

Es una Falta Grave:

3. Retirarse del establecimiento sin autorización de Inspectoría General.

II. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVO

RETIRO DEL ESTABLECIMIENTO PREVIO A LA JORNADA DE TÉRMINO Y DE

ACTIVIDADES EXTRAESCOLAR PROGRAMADAS.

1. El Apoderado(a) deberá justificar personalmente el retiro del alumno en horas de

clases.

2. Inspectoría autoriza el retiro con la firma del apoderado.

3. El asistente de la educación deberá entregar pase de retiro al profesor a cargo

del alumno.

4. El Profesor(a) a cargo, deberá registrar la hora de retiro del alumno en el libro

clases.

5. Secretaria registra la hora de retiro del alumno en el cuaderno correspondiente.

III. PROCEDIMIENTOS

1. INTENCIÓN FORMATIVA

El comportamiento de los y las estudiantes debe estar regido por el respeto hacia las

autoridades, hacia sí mismos y frente a las normativas dispuestas; privilegiando

comportamientos de autocuidado evitando poner en riesgo su integridad física.

IV. TIPO DE FALTA: GRAVE

Concepto de Falta Grave:―…son aquellas actitudes y comportamientos que atenten

contra la integridad física y psicológica de un(a) integrante de la comunidad educativa

(entre pares, y entre estudiantes y adultos), los bienes muebles e inmuebles de la

institución, así como acciones deshonestas que atenten contra los valores.

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V. PROCEDIMIENTO

Fase 1: Detección de la falta

1. Prof. jefe o miembro de unidad constata falta.

Fase 2: informar apoderado

1. El apoderado se informa de situación en inspectoría general.

Fase 3: Determinación de medidas formativas

1. Inspectoría general determinará medidas respecto de situación particular y evaluará la

derivación a Orientación y dupla psicosocial en caso de reiteración.

Fase 4: Monitoreo y seguimiento

1. Prof. Jefe, inspectoría general constatan si el alumno cumple con sanción determinada.

VI. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

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ANEXO X

PROTOCOLO DE FALTAS EN SALIDAS PEDAGOCICAS Y GIRAS DE ESTUDIO

I. DESCRIPCIÓN DE LAS FALTAS

SON FALTAS:

Leves:

1. No cumplir con la presentación personal según lo solicitado.

2. No respetar los horarios establecidos para estas actividades.

3. No cumplir con los plazos de entrega de la autorización firmada por el

apoderado(a).

Graves

1. No regresar al colegio con todo el grupo sin la autorización correspondiente.

2. No respetar las normas de convivencia del colegio: trato gentil, tolerante y cortés,

buen uso del lenguaje, entre otras.

Gravísimas:

1. Portar elementos tales como objetos cortos punzantes o peligrosos, alcohol,

drogas, alucinógenos, etc. que pongan el peligro al grupo de estudiantes que

realiza la visita programada. Así como, fumar y/o consumir bebidas alcohólicas,

drogas y/o psicofármacos.

II. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

El Profesor(a) Jefe o los docentes organizadores deberán:

1. Comunicar esta actividad al apoderado (a) y solicitar su autorización a través de una

comunicación, especificando lugar que se visitará, fecha, horario, propósito y normas a

cumplir por su pupilo(a).

2. Entregar en los plazos exigidos a Inspectoría General la solicitud respectiva, con la

nómina de estudiantes y las autorizaciones firmadas de los apoderados(as), hoja de ruta,

guías de trabajo, datos de la empresa que los transportará, acompañantes y algún otro

requisito que se haga exigible según las nuevas disposiciones que podrían surgir.

3. Comunicar y comprometer a los estudiantes con las normas y deberes a cumplir en las

salidas pedagógicas.

III. PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS PARA LAS FALTAS

1. INTENCIÓN FORMATIVA

El comportamiento de los alumnos/as debe estar regido por el respeto. El trato cortés no

puede estar limitado a la relación profesor(a)- estudiante que se produce en el momento

de la clase; debe ser una práctica permanente expresada en todo momento y lugar, hacia

todo tipo de personas, dentro y fuera de la institución.

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IV. PROCEDIMIENTOS

Fase 1: Detección de la falta

1. Prof. jefe o miembro de unidad constata falta.

Fase 2: informar apoderado

1. El apoderado se informa de situación en inspectoría general.

Fase 3: Determinación de medidas formativas

1. Inspectoría general determinará medidas respecto de situación particular y evaluará la

derivación a Encargada de Convivencia y dupla psicosocial en caso de reiteración.

Fase 4: Monitoreo y seguimiento

1. Prof. Jefe, inspectoría general constatan si el alumno cumple con sanción determinada.

V. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS UNIDAD EDUCATIVA

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ANEXO XIII

PROTOCOLO CUIDADO DE LA NATURALEZA, MOBILIARIO,

INFRAESTRUCTURA Y EQUIPOS TECNOLÓGICOS

I. DESCRIPCIÓN DE LAS FALTAS AL CUIDADO DE LA NATURALEZA Y BIENES DEL

COLEGIO

Son faltas graves:

Demostrar una actitud poco respetuosa hacia la naturaleza, dañando plantas, árboles u

otras especies.

1. Manifestar conducta despreocupada hacia la mantención de la limpieza de los

espacios del colegio, salas, patios, baños, dejando basura donde no

corresponde.

2. Rayar paredes, baños, bancos, rejas, vidrios no cooperando en la mantención

de la limpieza y la hermosura de los espacios.

3. Dañar objetos del colegio ya sea interruptor, chapas, ampolletas, manillas,

entre otros.

4. No cumplir, cuando es testigo, con comunicar hechos que deterioran lo

existente en el colegio.

5. Utilizarlos equipos disponibles para propósitos no educativos sin la

autorización del profesor respectivo.

6. Hacer uso de los equipos en los horarios no establecidos, no cumpliendo con

las disposiciones y recomendaciones indicadas para su buen uso por parte de

las personas encargadas.

7. Hacer uso de libros de texto y material didáctico sin cuidarlos, escribiéndolos o

rayándolos innecesariamente.

8. No cumplir con la responsabilidad de llevar los textos, materiales didácticos a

su lugar de origen.

9. No cumplir con reparar o reponer material de un compañero(a) cuando haya

reconocido que lo ha dañado intencionadamente.

10. Insistir en traer a la escuela materiales no solicitados.

II. PROCEDIMIENTOS

1. INTENCIÓN FORMATIVA

El mantener un espacio grato y limpio del espacio es un esfuerzo compartido de la

comunidad educativa, por ello es importante promover el desarrollo en los y las

estudiantes actitudes y habilidades de cuidado y respeto por la naturaleza, los equipos y

materiales para la enseñanza aprendizaje así como los bienes muebles e inmuebles.

III. TIPO DE FALTA: GRAVE

Concepto de Falta Grave: Son aquellas actitudes y comportamientos que atenten

contrala integridad física y psicológica de un(a) integrante de la comunidad educativa

(entre pares, y entre estudiante y adultos), los bienes muebles e inmuebles de la

institución,

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IV. PROCEDIMIENTOS

Fase 1. Detección de la falta y citación al apoderado(a)

1. El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, o el mismo afectado,

comunica a Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia y/o a Inspectoría del hecho.

2. El Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia o Inspectoría General registra el hecho

en el libro de clases y en hoja de observaciones del estudiante causante del daño.

3. El Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia o Inspectoría General cita al

apoderado del estudiante causante del daño, a través de una comunicación por

escrito y registra la citación en la hoja de observaciones respectivas.

4. Si apoderado(a) no justifica la inasistencia a la reunión citada, Inspectoría general

citará vía telefónica.

5. Si no hay respuesta de parte del apoderado(a) se debe designar una dupla de

profesionales, para realizar visita domiciliaria.

Fase 2. Conversación con apoderado(a) y estudiante

1. El Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia y/o Inspectoría General conversan con

el apoderado(a) y estudiante causante del daño para conocer las causas y

circunstancias del hecho considerado como falta grave.

2. Registran de manera objetiva los aspectos centrales de cada una de las reuniones.

3. El apoderado(a)de cada uno de los estudiantes involucrados firma registro de la

reunión con el compromiso de apoyar las medidas formativas y redentoras que se

decidan aplicar.

Fase 3. Determinación de las medidas formativas

1. La orientadora, Prof. Jefe y/o inspectoría general analizan la información recogida y

valoran la situación.

2. Determinación de medidas formativas, de reparación y/o reposición del objeto dañado.

Fase 4. Monitoreo de cumplimiento de las medidas

1. Inspectoría general y Prof. jefe deben velar por el cumplimiento de las medidas

reparatorias por parte del alumno.

Fase 5. Registro y cierre del protocolo

1. Inspectoría general y/o Prof. Jefe registran en la hoja de vida del alumno, el

cumplimiento de las medidas acordadas y se informa a los estamentos

correspondientes.

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V. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

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1) ANEXO XIV

PROTOCOLO SOBRE OCURRENCIA DE DELITOS

I. DESCRIPCIÓN DE LOS DELITOS

Definición de Delito: En términos generales son actos que lesionan algún bien jurídico

determinado, existiendo una sanción a imponer a quién los efectúa. Por ejemplo, en los

delitos de carácter sexual los bienes jurídicos lesionados son la Libertad sexual y la

Identidad Sexual.

SON DELITOS:7

- Provocar lesiones y/o amenazas a algún miembro de la unidad educativa

- Robar o hurtar especies del establecimiento y/o de algún miembro de la

comunidad educativa.

- Portar armas.

- Tenencia ilegal de armas.

- Otros constitutivos de delito.

PREVIO A LA APLICACIÓN DE ESTE PROTOCOLO, SE DEBERÁ TENER LA

CERTEZA QUE EL HECHO CONSTATADO CONFIGURA UN DELITO.

II. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Según lo establece el Código Procesal Penal en su artículo 175, el Director de la

Unidad Educativa, Inspector General y Profesores tienen la obligatoriedad de denunciar

cualquier acción u omisión que revista de carácter de delito y que afecte a un miembro de

la comunidad educativa o que hubieren tenido lugar en el establecimiento.

Para cumplir con lo anterior se deben realizar los siguientes procedimientos:

1. Cuando las autoridades del establecimiento educacional tomen conocimiento de este

tipo de hecho, que tiene el carácter de delito, es necesario que cuenten con la mayor

cantidad de antecedentes que permitan fundamentar la denuncia.

7Según Código Penal, artículos 361 – 367, 397, 450

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65

2. Realizar la denuncia a Carabineros de Chile, Policía , dentro del plazo de 24 horas

desde que se tome conocimiento del hecho, según el artículo 176 del Código Procesal

Penal, por parte del Director o Inspector General o profesor(a).

3. Se comunica el hecho al apoderado (a) del o la estudiante involucrado(a) en el acto

delictivo por parte del Director del Establecimiento Educacional.

4. Se comunica el hecho al DAEM.

5. Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una

sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.

6. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de

las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad,

privacidad y respeto por su dignidad y honra.

7. Portería no debe permitir el ingreso, ni entregar información a medios de comunicación

ni a personas ajenas a la Unidad Educativa sin la autorización expresa de la Dirección.

IV. PROCEDIMIENTO

Fase 1. Detección de la falta y citación al apoderado(a)

1. El miembro de la unidad educativa que observe el hecho o el mismo afectado

comunica oralmente al Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia o a Inspectoría

General.

2. Quien reciba la denuncia debe informar inmediatamente al Director(a) del colegio y

éste comunicar de manera inmediata a las autoridades superiores (DAEM)

3. El Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia o Inspectoría General registra el

hecho en la hoja de observaciones del o la estudiante causante del hecho y con el

estudiante dañado, si lo hubiese.

4. Inspectoría y Dirección cita al apoderado del o los estudiantes involucrado(s) a través

de llamado telefónico. Si no hay respuesta de parte del apoderado(a), se debe

designar una dupla de profesionales, para realizar visita domiciliaria.

Fase 2. Conversación con apoderado(a) y estudiante

1. El Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia y/o Inspectoría General conversan por

separado, con el apoderado(a) y estudiante causante del delito y afectado si lo

hubiera, para conocer las causas y circunstancias de su conducta delictual, hecho

considerado como falta gravísima

2. Dirección, inspectoría general y/o orientación realizan la denuncia correspondiente de

acuerdo al delito, en Carabineros de Chile y/o Policía de investigaciones, entre otras.

3. Apoderado firma registro de toma de conocimiento de la situación que afecta a su

pupilo.

Fase 3. Determinación de las medidas formativas y de contención (según

corresponda)

1. Encargada de Convivencia, Profesor Jefe y/o Inspectoría General analizan la

información recogida y valoran la situación. Para ello, se deberá tener en cuenta las

circunstancias del momento de los hechos, la edad y las características personales,

familiares o sociales de los estudiantes involucrados.

2. Determinación de:

a) Medidas formativas y reparadoras al estudiante causante

b) Medidas de apoyo y seguridad al estudiante afectado,

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3. Comunicación de las medidas formativas al Director, Consejo de Profesores y a los

respectivos apoderados de los estudiantes involucrados (causante del daño y

afectado, si lo hubiese) por parte de Orientadora, Profesor(a) Jefe y / o Inspectoría

General. El apoderado(a) de cada uno de los estudiantes debe firmar su compromiso.

Fase 4. Trabajo de apoyo a estudiante y comunidad (según corresponda)

1. Elaboración de un plan de acción común de apoyo al estudiante con medidas

formativas por parte de Encargada de Convivencia, Profesor(a) Jefe y Psicóloga.

2. Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante a

reconocer la falta y sus razones a través de diversas técnicas basadas en un diálogo

constructivo y resolución pacífica de conflictos. Si fuese pertinente orientarlo a

que voluntariamente decida disculparse y/o compensar con una acción concreta a la

persona dañada o al objeto dañado. Así también, derivar a los especialistas que

corresponda.

3. Las medidas de seguridad y de apoyo al estudiante afectado, si lo hubiese, deben

estar orientadas a protegerlo y darle seguridad, sobre todo en momentos de mayor

riesgo (entradas, salidas, recreos). Así también, aplicación de estrategias específicas

de desarrollo emocional, habilidades sociales y ayuda personal.

4. Las medidas de apoyo a la comunidad deben estar orientadas a mejorar la

convivencia escolar con acciones inmediatas de contención y reparación.

5. Registro de los procedimientos y evolución del caso por parte de Encargada de

Convivencia

6. Monitoreo del proceso por parte de Encargada de Convivencia Inspectoría General,

Profesor(a) Jefe y Psicóloga.

Fase 5. Informe Final y cierre de protocolo

1. Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de la aplicación

de medidas formativas de apoyo tanto al estudiante causante como al estudiante

afectado, así también las de apoyo a la comunidad por parte de Encargada de

Convivencia

2. Entrega de informe final a las autoridades directivas técnicas, al Consejo de

Profesores y al Profesor Jefe de los estudiantes involucrados por parte de Encargada

de Convivencia.

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V. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

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ANEXO XV

PROTOCOLO DE SISMO

FUNCIONES DE LOS MIEMBROS Y ALUMNOS DE LA UNIDAD EDUCATIVA

1. INFORMACIÓN

Mantener diario mural

con información del Plan

de Emergencia.

*Conocer a los

zapadores

2. VÍAS DE EVACUACIÓN

* Conocer e identificar

la señal ética

*Conocer la p

1. ALARMA

*Señal auditiva

(campana o pito)

* Instrucciones del

profeso

DURANTE

2. MANTENER LA CALMA

* No salir de la sala

*Ubicarse bajo las

mesas, alejados de

ventanas

1) Información

Mantener diario

mural con información

del Plan deEmergencia

*Conocer a los zapadores

2) Vías de evacuación

Conocer e

identificar la

señalética

*Conocer la puerta por

donde le corresponde

salir

3) Simulacros

Realización

constante de

simulacros (salas, patio

cubierto, comedores, recreos)

4) ALARMA

Señal

auditiva

(campana o pito)

Instruccione

s del profesor.

5) Mantener la calma

No salir de la sala.

Ubicarse bajo las

mesas, alejados de

ventanas y de objetos

que puedan caer.

6) Instrucciones

Zapador 1 abre la

puerta

Salir en forma

ordenada dirigidos por el

zapador 2

7) Zona de seguridad

Zapador 2 dirige a

sus compañeros a la

zona de seguridad,

manteniendo la fila.

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ANEXO XVI

PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A INASISTENCIA A LAS REUNIONES DE

APODERADOS

Profesor Jefe deberá solicitar la firma de los apoderados, en cada reunión, en el

libro de clases.

Profesor Jefe deberá dar la oportunidad de entrevista al apoderado, en un plazo de

una semana, para justificar su inasistencia e informarse de la situación actual de

su pupilo en cuanto a rendimiento y conducta, como también de situaciones

generales importantes del curso. Dicha entrevista, deberá quedar registrada en las

fichas de atención de apoderados (carpetas entregadas por departamento de

orientación).

Si al plazo de una semana, el apoderado no se acerca a entrevista con el Profesor

Jefe y previa citación de éste, la situación deberá quedar registrada en la hoja de

vida del alumno de la siguiente forma: ―Apoderado no asiste ni justifica inasistencia

a la reunión de apoderados‖.

Profesor Jefe deberá registrar como ausente a la reunión de apoderados a

aquellos que no cumplan con la justificación y entrevista antes descrita.

Igualmente el Profesor Jefe deberá entregar un informe escrito con el nombre del

alumno y apoderado ausente a Inspectoría General (de acuerdo a formato

entregado), quien gestionará la forma de comunicarse con el apoderado(a) para

resolver dicha situación.

El presente Protocolo deberá activarse cada vez que se presenten apoderados

ausentes a la reunión mensual.

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ANEXO XVII

PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A AUTOLESIÓN DE ALUMNOS

Quien identifique el hecho, deberá avisar inmediatamente a Inspectora general,

Orientadora o profesor/a jefe del alumno/a afectado/a.

Si la situación es grave, quien tome conocimiento (Inspectora general, Encargada

de Convivencia o profesor/a jefe), delegar a secretaria que llame a servicios de

urgencia correspondiente y al apoderado/a del alumno/a.

Una vez en el lugar de los hechos (Inspectora genera, Encargada de Convivencia

lo profesor/a jefe), cautelar que no presencien la situación más personas que

ellos/as, excepto que éstos soliciten ayuda, procurando que no sean más de tres

personas en el lugar.

Independiente del momento en que ocurra la situación, (hora de clase, recreo,

almuerzo) Inspectora general, Encargada de Convivencia o profesor/a jefe,

delegará a una persona para que avise que se pone en práctica el protocolo de

autolesión, lo que significa que profesores y asistentes deberán cautelar que el

resto de los alumnos no evidencien la situación.

Ningún miembro de la unidad educativa deberá abandonar sus funciones durante

esta situación, a menos que se le pida expresamente que esté en el lugar de los

hechos.

Una vez que llegue el apoderado o servicio de urgencia y el alumno/a se retire del

establecimiento, se dará aviso de levantamiento de protocolo de acción.

Antes durante y después de terminado el protocolo de acción, guardar la mayor

discreción, frente al hecho, evitando cometarios de cualquier tipo hacia: alumnos,

apoderados, o miembros de la comunidad.

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ANEXO XVIII

PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN FUERA DEL AULA DE ALUMNOS CON NEE,

RELACIONADAS CON ADAPTACIÓN ESCOLAR

EN RECREOS Y HORARIO ALMUERZO ALUMNOS:

Los estudiantes que presenten hipersensibilidad sensorial a los ruidos y/o tengan

dificultades con la interacción grupal entre pares , podrán permanecer en otros

espacios físicos del establecimiento, tales como:

Sala PIE 1 (máximo 5 alumnos, a cargo de Prof. Ed. Diferencial, Verónica Flores)

Mesa habilitada para 1 alumno, en el pasillo frente a Encargada de Convivencia y

sala de profesores.

Sector oficinas: Dirección, Secretaría e Inspectoría, máximo 1 alumno.

EN ACTOS INSTITUCIONALES:

Los estudiantes que presenten incomodidad por el ambiente que se genera en los

actos institucionales, cómo música fuerte, cercanía a gran grupo de personas, etc.

podrán permanecer en otros espacios físicos del establecimiento cómo:

Sala PIE 1, máximo 5 alumnos, a cargo de Prof. Ed. Diferencial, Verónica Flores.

NOTA: En estos espacios los alumnos realizarán actividades recreativas, tales cómo: leer

u hojear libros de libre elección, construcciones con lego, uso de juegos en computador,

uso de juguetes diversos, entre otras.

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ANEXO XIX

PROTOCOLO DESREGULACIÓN EMOCIONAL

DESREGULACIÓN EMOCIONAL

I. DEFINICIÓN

Se define la regulación emocional como la capacidad para modificar el propio

estado emocional para promover comportamientos adaptados al contexto y a los objetivos

de la persona. La desregulación emocional, por el contrario, se define como la

incapacidad del niño sobre la propia expresión afectiva en las distintas situaciones

sociales debido a una escasa flexibilidad y espontaneidad, lo que se refleja en falta de

control y conductas disruptivas.

La desregulación emocional puede deberse a la falta de conocimiento de reglas

sociales o una dificultad en la modulación de la respuesta emocional frente a las

demandas del contexto.

II. PROCEDIMIENTO

Fase 1. Detección de la situación

1. El adulto que esté a cargo (profesor/a, asistente, etc), o aquella persona que detecte la

situación, deberá acercarse al niño/a para calmarlo/a y tranquilizarlo/a.

2. Solicitar apoyo a Encargada de Convivencia, Psicóloga, Inspectoría General y/o

Coordinadora PIE, en ése orden de prioridad, si es que es imposible contener al niño/a.

3. Una vez calmado/a, se traslada al alumno/a al Departamento de Convivencia Escolar.

4. En caso de agresiones, hay que resguardar que el resto de los alumnos/as estén

seguros y en caso de ser necesario, desalojarlos del lugar.

5. Informar a apoderado de la situación vía telefónica para que esté atento en el caso de

requerir de que el alumno(a) sea retirado del establecimiento si no se logra calmar o

tranquilizar.

*En caso de que el alumno ya esté siendo contenido por una persona, NO

INTERVENIR NI INVOLUCRARSE respetando el trabajo realizado y evitar hacer

comentarios del episodio o estudiante FRENTE A ESTE.

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Fase 2. Conversación con estudiante

1. Encargada de Convivencia, Psicóloga, Inspectoría General y/o con Coordinadora PIE,

en ése orden de prioridad, se conversará con el niño con el fin de poder tranquilizarlo y

calmarlo.

2. Se dará aviso al profesor jefe del niño, para que esté informado de la situación.

Fase 3. Reincorporación

1. Si el alumno logra regularse y tranquilizarse, será reincorporado a su sala de clases. De

lo contrario, deberá quedarse en la oficina.

2. Si el niño no logra regularse ni tranquilizarse luego de transcurrida 1 hora reloj, se

llamará por teléfono al apoderado para que retire a estudiante del colegio. Si no se logra

contacto, trabajador(a) social realizará visita domiciliaria.

3. Dar aviso a ambulancia y carabineros en caso de que el alumno está muy

descontrolado y en antecedentes de violencia grave y comunicar a apoderado

inmediatamente de la situación.

4. Dejar registrado en el libro de clases la situación.

Fase 4. Cierre del protocolo

1. Se deberá informar a apoderado sobre el episodio vivenciado por el alumno, firmando

en el libro de clases.

2. Encargada de Convivencia, dupla psicosocial, junto a profesor jefe y deberán evaluar

gravedad de la situación para realizar derivación correspondiente si el/la estudiante no ha

sido previamente derivado(a) a un especialista.

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III. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

1) Detección de la situación:

Contención en el lugar.

Solicitar ayuda en caso

necesario.

Trasladar a Dpto de

Orientación.

Desalojar a otros niños en

caso de ser necesario.

Informar a apoderado vía

telefónica.

2) Conversación con el estudiante:

Entrevista con el alumno

en Dpto de Orientación.

Informar a profesor jefe.

3) Reincorporación:

Trasladarlo a sala de

clases si es que logra

tranquilizarse.

Retiro del alumno del

colegio en caso de no

cumplir el punto anterior.

Aviso a ambulancia y/o

carabineros.

Registro en libro de

clases.

4) Cierre del protocolo:

Informar al apoderado,

firmando el libro de

clases.

Reunión entre Dpto de

Orientación y profesor/a

jefe.

Derivación (en caso

necesario)

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Firman en conformidad con este reglamento:

CESAR MATAMALA QUIERO MARIELA CONTRERAS RIQUELME

DIRECTOR INSPECTORA GENERAL

GLORIA ARELLANO CHAMORRO YIRA VALERIA SALDÍAS

ENCARGADA DE CONVIVENCIA JEFA UTP

ESCOLAR

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