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GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CRDOBA

CURSO SOBRE NORMAS DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL

Manual para Docentes

CURSO SOBRE NORMAS DE TRNSITO Y SEGURIDAD VIALEn el ao 1996 la Provincia de Crdoba dict la Ley Provincial de Trnsito y Seguridad Vial Ley N 8560. La norma en cuestin reafirmaba el respeto de las autonomas y creaba las bases de un consenso entre las distintas jurisdicciones Municipales y Comunales de la Provincia, cuya representatividad se manifestara en la Comisin Provincial de Trnsito y Seguridad Vial, a fin de contar con un ordenamiento comn. No obstante la existencia y vigencia de la normativa de que se trata, recin a partir del ao 1999 y con la sancin del Decreto Reglamentario N 1993 que reglament distintos supuestos de la Ley, pudo comenzar a implementarse dentro del territorio provincial. La Ley de Ministerios sancionada tambin en el ejercicio 1999 procedi a trasladar la responsabilidad en materia de trnsito desde un rea eminentemente tcnica - Ministerio de Obras y Servicios Pblicos - a un rea comprometida con la seguridad de las personas como es el Ministerio de Seguridad, donde se inserta la Direccin de Prevencin de Accidentes de Trnsito. Esta Direccin tiene como objetivo el desarrollo de la poltica general, formulando las lneas de accin necesarias a efectos de establecer pautas de ordenamiento y seguridad, cimentadas en los pilares bsicos subyacentes en la Ley N 8560, esto es, la educacin vial de la poblacin en general, el debido e indelegable control por parte de la autoridad respectiva y el estudio sistemtico de la causalidad y de los elementos constitutivos de la accidentologa vial, a fin de introducir las mejoras necesarias para prevenir su ocurrencia. Esta es la razn por la cual en el ao 2001 se produce la incorporacin de las Leyes Ley N 8980, relativa al Sistema de Utilizacin de Dispositivos Reguladores y Controladores de Trnsito y la Ley N 8937, que intenta insertar en el Sistema de Educacin un Programa de Concientizacin de la Seguridad Vial. Consecuente con el aspecto progresivo, en el ao 2002 se modifica la Ley N 8560 mediante la Ley N 9022, y en al ao 2003 ocurre lo mismo con la Ley N 9140, que avanzan ms en los aspectos de carcter organizativos y administrativos que en los tcnicos. En el ao 2004 con fecha 12 de julio, la Legislatura Provincial aprob el Texto Ordenado (Leyes 8560, 9022 y 9140) por Ley N9169, la que resuelve en un solo ordenamiento todo lo relativo al Trnsito y Seguridad Vial, quedando identificado como Ley Provincial de Trnsito N8560 Texto Ordenado 2004. El resultado final de la aplicacin de esta Poltica de Estado, debe necesariamente tender a una disminucin progresiva y geomtrica de los accidentes en la va pblica. La convivencia pacfica en sociedad debe ser garantizada, empleando todos los recursos disponibles. La seguridad vial es uno de los bienes jurdicos a proteger y una meta a la que debemos llegar, aplicando los esfuerzos de todos en beneficio del bien ciudadano.Luis Ernesto Notta Director

CURSO SOBRE NORMAS DE TRNSITO Y SEGURIDAD VIALTEMARIO UNIDAD N 1: Aportes de la Psicologa al Transito Introduccin. El Transito. El hombre, la maquina y la va. El Transito es un Sistema. UNIDAD N 2: Sealizacin en General Concepto. Normas Generales. Obediencia de las seales. Prioridad de las seales sobre las normas y la prioridad de las seales entre s. UNIDAD N 3: Seales y Ordenes de los Agentes de Trnsito Norma general. Seales con el brazo. Otras seales. Alumnos Gua. UNIDAD N 4: Sealizacin Vertical Luminosa Concepto. Distintos tipos de sealizacin vertical luminosa Qu debemos saber sobre las luces de los semforos. UNIDAD N 5: Seales Verticales Significado de las seales. Escala de interpretacin de las seales verticales. Smbolos, logotipos, pictogramas e inscripciones. Clasificacin de las seales verticales. Detalle y significado de la sealizacin vertical. UNIDAD N 6: Demarcacin Horizontal Significado de la demarcacin horizontal. Escala de interpretacin de las marcas viales. Clasificacin de las marcas viales. Detalle y significado de las marcas viales. UNIDAD N 7: Dispositivos Especiales de Encauzamiento y Gua, y Sealizacin de Obra Dispositivos especiales de gua y encauzamiento del trnsito. Sealizacin circunstancial que modifica el rgimen normal de utilizacin de la va Sealizacin de obra. UNIDAD N 8: Normas de Comportamiento Vial Normas Generales De la Circulacin de Vehculos. Otras Normas de Circulacin Dispositivos Complementarios. De la Sealizacin. Ejemplos de prioridad en intersecciones.

UNIDAD N 9: Recomendaciones para una Conduccin Segura Factores que influyen en las aptitudes psicofsicas del conductor. Efectos del alcohol. Otras sustancias que afectan a la conduccin. Consideraciones respecto de los dems usuarios. Posicin confortable y segura para la conduccin. Preparacin de un viaje. Desarrollo de un viaje. Paradas, descansos, comidas. Salidas al extranjero. UNIDAD N 10: Transporte de Cargas y Personas Transporte Pblico urbano. Personas transportadas. Transporte colectivo de personas. Transporte de escolares. UNIDAD N 11: Accidentes Definicin. Obligaciones en caso de accidente. UNIDAD N 12: Primeros Auxilios Socorrer. Shock o colapso. Asfixia. Hemorragia. Aspectos emotivos. Traslado de los heridos. UNIDAD N13: Los Nios y el Trnsito Introduccin. Campo Visual. Sentido del odo. Los objetos tienen vida. Los nios y el juego. Zona de Incertidumbre en el nio. Infraestructura urbana. Ciclos y Bicicletas UNIDAD N 14: Licencia de Conducir Funcin del Estado. Significado Social de la Licencia de Conducir. Significado Jurdico de la Licencia de Conducir. Objeto del Manual del Conductor. Requisitos para obtener la Licencia de Conducir. Permiso de aprendizaje. Conductor Principiante. Edades mnimas para Conducir Menores. UNIDAD N 15: Marco Jurdico Aspecto Constitucional Convenios Internacionales Adhesin a Convenios Internacionales UNIDAD N 16: Consideraciones Generales Definiciones. Circulacin.

Curso sobre Normas de Trnsito y Seguridad Vial

Unidad N 1: Aportes de la Psicologa del Trnsito INTRODUCCINEntre las distintas necesidades y problemticas sociales que deben ser atendidas, el tema del trnsito vial aparece como algo cotidiano. Casi anecdtico, cuando comentamos situaciones ocurridas en nuestro diario transitar y adems, como pblico, se da en la calle y a la vista. Sin embargo y quizs porque entendamos que el concepto de pblico es de todos, no tengamos en cuenta que el todo se forma con cada uno de nosotros y por lo tanto, perdamos las identidades que soportan el todo quedando resumido en: si es de todos no es de nadie. Cuando los datos (*1) de muertes por colisiones de trnsito de los ltimos diez aos nos dan un promedio del 16% en la franja de 0 a 15 aos y el 37% en adultos jvenes de entre de 16 a 30 aos, cada uno de ellos, tena un nombre y apellido, una familia, una escuela, un trabajo, tena esa identidad que forma parte del todo social al que a veces nos sentimos ajenos. Dentro de las instituciones que conforman nuestra comunidad, la institucin escuela es un referente y soporte social y cultural (podramos imaginarnos nuestra sociedad sin escuela?).Como tal tambin se halla atravesada por la problemtica del trnsito. Desde el ingreso y egreso al edificio escolar hasta la dolorosa y significativa prdida de algn miembro de la comunidad educativa. Desde los comentarios de alumnos ante un choque, la comunidad, sea pequea o una gran no escapar a su implicancia en el tema. La idea de las autoridades gobernantes y en el cumplimiento de la normativa legal vigente de hacerse presente en esta instancia de formacin, se muestra como una respuesta comprometida, a la capacitacin del docente, aportndole elementos para hacer posible una educacin vial que permita la constitucin de una verdadera cultura vial tendiente a la salud, donde se haga propio el sentido de transitar seguros, en la situacin social de todos y que hace al bienestar de la vida misma. As por tanto, y tenindose en cuenta que la educacin vial es adems propuesta desde el mbito educativo ministerial como un eje temtico transversal, que cruza como tal, toda la organizacin curricular, haciendo nfasis no slo en la formacin intelectual sino tambin en la formacin personal tica y ciudadana, es que los siguientes contenidos han sido pensados.

El TrnsitoNuestra inclusin como sujetos sociales en el trnsito vial se da, de manera espontnea. Es un aprendizaje que incorporamos de modo no metdico. Como padres y adultos, transmisores desde que nuestros nios nacen de pautas, saberes y valores, no siempre somos conscientes de las caractersticas que stos tienen. Solemos exponer a nuestros bebes bajando de la vereda a la calle, en primer lugar el cochecito para cruzar una calzada, y hacerlo adems por donde nos quede ms cmodo; arrastramos a nuestro pequeo del brazo a un ritmo de adulto, porque no calculamos el tiempo de traslado para llegar en horario a la guardera; estacionamos en doble fila frente al edificio escolar, provocando que el nio zigzague entre autos. Muchos son los ejemplos, si nos detenemos a observar, de situaciones donde esas enseanzasaprendizajes espontneas y cotidianas no son pensadas y tenidas en cuenta, ni mucho menos reflexionadas. Contrariamente nos esforzamos y dedicamos tiempo y cuidado al comienzo de la deambulacin. En nuestra sociedad, mueve a la alegra familiar el hecho de que se comience a caminar. Tanto es as que una de las costumbres suele ser guardar como un recuerdo preciado, el calzado de los primeros paso. Este hecho que puede parecer menor es de significado simblico: este pequeo ser humano comienza a andar por s mismo. Pero, si lo unimos a los ejemplos anteriormente mencionados... cmo andar?

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El hombre, la mquina y la vaLas razones por las cuales transitamos pueden ser diversas. Entre ellas resaltan las siguientes: - Por necesidad: trasladndonos de un sitio a otro con un fin u objetivo: trabajo, estudio, adquisicin de bienes y servicios, transporte de mercaderas, etc. - Por placer: haciendo recorridos que queremos conocer: viajar por la montaa, etc. - Por razones sociales: donde el traslado responde a objetivos ms difusos, no siempre conscientes, que tienen que ver con costumbres y hbitos de la comunidad a la que pertenecemos: vuelta a la manzana cntrica de una poblacin. Las personas que transitamos tenemos distintas caractersticas: Contextura fsica: Altos, bajos, corpulentos, pequeos, etc. Estado de salud: Apto. No Apto No Apto temporal Con afecciones fsicas: (permanentes o temporales) Motrices De audicin De visin, etc. Con afecciones psquicas Trastornos neurologicos (permanentes o temporales) Consumo de drogas Consumo de alcohol, etc. Rasgos personales: Personalidad Hbitos y costumbres, etc. Rasgos de identidad: Edad Origen Idioma Genero Religin Para transitar por va terrestre utilizamos diferentes medios: (la ley 8560 reconoce 23 tipos diferentes) El propio cuerpo El tren Diferentes vehculos Automvil, bicicleta, camin, Camioneta, cuatriciclomotor, Motocicleta, mnibus, etc. Lo hacemos por espacios diversos: Vereda o acera Calle o calzada Camino rural Autopista Autova Ruta, etc. La traza de estos espacios presenta a su vez diferencias propias y comunes: Rotonda Elevaciones Badenes Curvas Tneles Puentes, etc.4

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Otros elementos de la va sern: El tipo de firme La demarcacin El cantero central La banquina La iluminacin, etc. A su vez el medio ambiente y las caractersticas del terreno se harn presente: Niebla Viento Nieve Lluvia Zona de montaa Zona de nevada Zona de desmoronamiento, etc. Como vemos son muchas, y el detalle podra ser mucho ms especfico y amplio an, las variables que al transitar, existen. Pensemos que adems se entrecruzan, pudindose dar en un mismo lugar y tiempo. En este anlisis fueron tomados en cuenta los elementos que conforman la trada o tringulo compuesto por el factor humano, el mecnico y el ambiental. El factor humano es el de mayor incidencia en caso de choque, no debido mayormente, a dificultades psicomotrices, hecho que es detectado en los conductores en el examen para la obtencin de la licencia de conducir, sino debido a la toma de decisiones en el momento de dar una respuesta ante un estmulo no previsto. Es importante comprender que los peatones no deben quedar excluidos en esto. La toma de decisiones no slo y entre otras cosas, se conforma de la capacidad de conducir un vehculo, sino de la forma de conducirnos como personas, como sujetos sociales singulares y diversos. La intencin del detalle anterior es justamente poder hacer hincapi en la necesidad del reconocimiento del otro, este otro que como yo tambin esta apurado, llega tarde, o que a diferencia de m esta enfermo, camina o conduce lentamente por que tiene muchos aos, pero que como yo tambin existe y forma parte de esta sociedad que transita. En la toma de decisiones influirn esos aprendizajes que he incorporado desde el nacimiento mismo. El registro que haya hecho del lugar que se le daba al otro en tanto ser humano, como ser viviente pero adems con vivencias, fallas, vnculos, o el no registro, se mostrar a la hora de definir como conductor, una maniobra, para ser paciente ante el paso lento de una embarazada por la senda peatonal, o como peatn para prever y entonces evitar, la cantidad de maniobras que debe hacer un conductor si cruzo imprevistamente y por cualquier lugar la calle. Tambin esta presente, en el transitar en general, ms all e incluyendo a la toma de decisiones, el sistema de creencias. El ser humano lo va a adquiriendo y conformando a lo largo de su vida. Esta compuesto de representaciones sociales, es decir esto que para el comn significa algo ms all de lo que realmente significa y se liga con lo que imaginamos y deseamos de manera inconsciente. Ideas sobre el status social, econmico, etc. Se dota de una significacin imaginaria a un hecho. Un ejemplo de las mismas es suponer que tener un auto lindo y ltimo modelo me va a hacer ms atractivo, ms masculino adems de poderoso con lo cual podr conquistar a una linda chica. Auto lindo y poderoso-representa y me reviste de valor, masculinidad-fuerza y poder, entonces podr tener a una linda chica. Lindo auto hace posible linda chica. Muchas de las publicidades que vemos en televisin donde es preponderante el lenguaje de la imagen se basan en estas representaciones sociales. Los mitos, tambin conforman nuestro sistema de creencias. Se sostienen e insisten en nuestro discurso aunque no sean verdad. Ante alumnos de 5t ao de la carrera de derecho de una facultad nacional, y en un curso de reflexin sobre el derecho a transitar fue sorprenderte escuchar que: -El choque es cosa del destino. Debemos entender entonces que el destino tiene una entidad propia y que puede incluso ms que el libre albedro de las personas. Por lo tanto no somos las personas las responsables del choque sino el destino.Al revisar este concepto los alumnos comprendieron que estaban ante un mito. Aplicar este mito al transito implica la peligrosa irresponsabilidad de no hacerse cargo y continuar con el concepto de accidente, en tanto no hay responsable.5

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La norma, la sancin y la seguridad vial (*2)Retomando la multiplicidad de componentes que hacen al transito vial, imaginndonos en situacin de salir a formar parte de l, cmo podemos llevar acabo un transitar seguros? Es solamente frente a la instancia de la ley y a travs de sus normas que, como reguladora y organizadora de nuestro desplazamiento en tiempo y espacio ser posible. La norma podemos pensarla entonces como parte misma de l. Decimos que la ley y las normas hacen al transito. Surgen de la propia demanda que sus usuarios requieren, para que sea posible. Ser escuchados, tenidos en cuenta, en el diseo de polticas sobre las que luego se basaran las normas, respecto del uso que a ese espacio pblico se le d, si bien no garantizar el total cumplimiento, si lograr el de la mayora, que a su vez puede funcionar como regulador espontneo. Cuando la norma es impuesta generalmente es resistida. Otras de las razones por la que no se da cumplimiento a pesar de ser surgidas de polticas de transito bien intencionadas y cuidadosas de la vida, suelen ser, la desvalorizacin por no ser nada o insuficientemente difundidos sus beneficios. Un ejemplo de esto puede ser la implementacin del examen psicofsico, cuando solo se difunde que es obligatorio. Sin embargo este examen, cuando es implementado seriamente, hecho por profesionales dedicados al tema, puede permitir detectar insuficiencias visuales, auditivas, malestares diversos, que de no ser evaluado en esa instancia, la persona no se enterara sino en un estadio ms avanzado. El desafo a la ley, entendiendo por sta a las pautas de crianza, en algunas etapas de la niez y la adolescencia deben ser entendidas como parte de la constitucin misma de la personalidad. Es la bsqueda del lmite. El sujeto, tambin en lo fsico, es en formacin. Es entonces y precisamente por eso, que la transmisin de los limites deben ser claros. Es comn escuchar: -Djalo... es chiquito!, O: -Y... es adolescente! Pareciera querer encontrarse en la edad de aquellos a los que tenemos que formar, el modo de justificar nuestro corrimiento en la puesta de lmites. Sin embargo poner lmites le permitir conocer y conocerse, saber hasta dnde puede. Respecto de la ley y las normas de transito tambin debemos hacernos cargo como adultos no solo de cambiar nuestros malos hbitos (ejemplos dados al comienzo), sino adems de introducir el concepto de lmite en tanto ley, que no debe ser transgredida. Si lo es tendr sancin, porque la ley fue producto de la necesidad de posibilitar un bien comn, como lo es transitar seguros. La sancin forma parte de la ley ya que sta, esta para ser cumplida, por lo tanto sino lo es sobrevendr en falta. Es necesaria para darle credibilidad y fundamento a la ley. No debe entenderse como castigo sino como consecuencia de haber sobrepasado un lmite. Cuando no hay sancin hay relajamiento del cumplimiento de la ley. Al hacer referencia de la resistencia al cumplimiento cuando una ley es impuesta, la sancin tambin perder fuerza, y probablemente ser ms resistida que cuando la ley surge de la manera anteriormente dicha. Siguiendo el mismo ejemplo deber cargar no slo con la sancin prevista en la legislacin correspondiente quien atropelle a una persona por ir a excesiva velocidad en una ruta que atraviese el casco urbano de una ciudad. Adems tendr una sancin social inmediata, por infringir una norma que protege y por lo tanto pone en peligro la vida de todos. Como conclusin se puede inferir que

EL TRANSITO ES UN SISTEMA:En tanto es un conjunto de normas y principios ligados entre s para el ordenamiento y funcionamiento del mismo

EL MODO DE TRANSITAR ES UN HECHO CULTURALEn tanto es resultado, de los usos, costumbres y valores de un pueblo. Desde la comprensin y aplicacin de ambos conceptos se puede repensar la seguridad vial con la intencin de evitar la mortandad, morbilidad, gastos econmicos privados y pblicos, perdidas potenciales de horas de vida, trabajo, estudio. (1)* Fuente: Informe I.S.E.V. (2)* Los conceptos de ley y norma deben ser entendidos desde un perspectiva social y psicolgica, no jurdica.

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Unidad 2: Sealizacin en General Concepto: La Sealizacin es el lenguaje de comunicacin destinado a transmitir al usuario de la va las advertencias, prohibiciones, obligaciones, informaciones, orientaciones y fundamentalmente las prioridades de paso, de acceso y de uso de las distintas partes de la va. Normas Generales: La Sealizacin comprende: a) b) c) d) e) f) Seales y rdenes de los agentes de trnsito. Seales circunstanciales o de obra que modifican el normal de uso de la va. Semforos y seales dinmicas. Seales verticales. Demarcacin horizontal. Seales en los vehculos.

Obediencia de las Seales: a) Todos los usuarios de las vas estn obligados a obedecer las seales de la circulacin que establezcan una obligacin, o una prohibicin, y a adaptar su comportamiento al mensaje del resto de las seales que encuentren en las vas por las que circulan. b) Todo dato que deba transmitirse al usuario de la va a efectos de la circulacin y seguridad, se har slo mediante este sistema, no pudindose utilizar smbolos o seales no contemplados en el mismo. Las imposiciones transmitidas a travs de este Sistema, son obligatorias para el usuario al que estn destinadas, constituyendo contravencin su falta de cumplimiento. No constituye infraccin el incumplimiento de una disposicin, que debiendo enunciarse mediante el Sistema de Sealizacin Vial Uniforme, no lo est. Prioridad de las Seales sobre las Normas y Prioridad de las Seales entre si: a) Salvo circunstancias especiales que lo justifiquen, los usuarios deben obedecer las prescripciones indicadas por las seales, an cuando parezcan estar en contradiccin con las normas de comportamiento en la circulacin. b) El orden de prioridad entre los distintos tipos de seales de circulacin es el siguiente: 1. Seales y rdenes de la Autoridad de Control del Trnsito. 2. Sealizacin circunstancial o de obra que modifique el rgimen normal de utilizacin de la va. 3. Semforos y sealizacin vertical luminosa y/o variable de alcance reglamentario 4. Seales verticales de circulacin. 5. Demarcacin horizontal.

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Unidad 3: Seales y Ordenes del los Agentes de Trnsito Norma General: Cuando los agentes de trnsito estn regulando la circulacin, lo harn mediante: a) Seales con el brazo y b) Otras seales. Adems lo harn de forma que sean fcilmente reconocibles, como agentes de trnsito, a distancia, tanto de da como de noche, y sus seales, que han de ser visibles, y sus rdenes deben ser inmediatamente obedecidas por los usuarios de la va. Como norma general prevalecen sobre todas las dems seales y normas. Seales con el brazo:a) Brazo levantado verticalmente. Obliga a detenerse a todos los usuarios de la va que se acerquen de frente al Agente, salvo a los conductores que no puedan hacerlo en condiciones de seguridad. La detencin debe efectuarse ante la lnea de detencin ms cercana o, en su defecto, inmediatamente antes del agente. En una interseccin, la detencin debe efectuarse antes de entrar en la misma. Los usuarios que ya estn dentro debern despejarla, si les es posible, cediendo el paso sin perturbar la circulacin de los dems. La demarcacin con cuadrcula de lneas amarillas recuerda esta norma. Con posterioridad a esta seal, el Agente podr indicar, en su caso, el lugar donde debe efectuarse la detencin b)Brazo o brazos extendidos horizontalmente. Obliga a detenerse, en las mismas condiciones anteriormente sealadas, a los usuarios de la va que se acerquen al Agente desde cualquier direccin que corte a la indicada por el brazo o los brazos extendidos, y permanece en vigor, aunque el Agente baje el brazo o los brazos, siempre que no cambie de posicin o efecte otra seal.

c) Balanceo de una luz roja. Obliga a detenerse a los usuarios de la va hacia los que el Agente dirija la luz.

d) Brazo extendido movindose alternativamente de arriba a abajo. Obliga a disminuir la velocidad de su vehculo a los conductores que se acerquen al Agente por el lado correspondiente al brazo que ejecuta la seal y perpendicularmente a dicho brazo.

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e) Brazo extendido e inclinado hacia abajo. Obliga al conductor a parar con su vehculo en el borde que indica el Agente por el lado correspondiente al brazo que ejecuta la seal, pudiendo ser complementada con movimientos del otro brazo dirigido hacia el lugar de detencin.

f) Brazo extendido e inclinado hacia abajo desde una motocicleta. Obliga al conductor del vehculo que viene por detrs a parar en el borde que indica el Agente por el lado correspondiente al brazo que ejecuta la seal.

g) Brazo extendido horizontalmente desde una motocicleta. Obliga a los conductores de los vehculos que vienen por detrs a parar.

Otras Seales: a) Cuando las circunstancias as lo exijan los Agentes podrn utilizar cualquier otra indicacin, distinta a las anteriores, realizada de forma clara. b) Los agentes podrn ordenar la detencin de vehculos con una serie de toques de silbato cortos y frecuentes y la reanudacin de la marcha con un toque largo. Alumnos Gua: Mediante la capacitacin, los docentes pueden educar a sus alumnos, de cursos superiores, en seguridad vial para aspirar a ser Alumnos Gua. Y de esta manera, detener el trnsito en horas de ingreso y/o egreso al establecimiento escolar. Estos alumnos, luego de la capacitacin sern evaluados. Los alumnos aprobados, podrn ejercer su funcin como Alumnos Gua y colaborar regulando el trnsito y en mantener la seguridad de sus compaeros como as tambin brindar soporte educativo a aquellos, que desconozcan las normas de comportamiento vial que se deben adoptar frente a un establecimiento escolar. El Alumno Gua debe ser claramente visualizado, con elementos retrorreflectivos que lo identifiquen a 150 metros como mnimo. El Alumno Gua no debe estar en la calzada, sino sobre la vereda, con una paleta de por lo menos 1 m de largo, con la seal PARE, como a continuacin se muestra.9

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Unidad 4: Sealizacin Vertical Luminosa Concepto: Son seales con luz propia, continua o intermitente, destinada al usuario de la va pblica, que tienen como funcin: 1) Informar: mediante carteles de orientacin que indican el grado de congestin de ciertas vas. 2) Prevenir: mediante seales de prevencin su mensaje segn las contingencias del trnsito. 3) Reglamentar: mediante semforos, el derecho de paso o de acceso en forma alternativa para vehculos o peatones que confluyen sobre un determinado punto de la va. Distintos tipos de Sealizacin Vertical Luminosa: A) SEMAFOROS. Son seales compuestas por unidades pticas de luz propia variable. Tienen por objeto regular el derecho de paso o de acceso en forma alternativa para vehculos o peatones que confluyen sobre un determinado punto de la va. Las unidades pticas pueden estar dispuestas en la secuencia que a continuacin se indica: a) En forma vertical (de arriba hacia abajo): rojo circular, flecha roja izquierda, flecha roja derecha, amarillo circular, verde circular, flecha amarilla al frente, flecha amarilla izquierda, flecha verde izquierda, flecha amarilla derecha y flecha verde derecha.

b) En forma horizontal (de izquierda a derecha): rojo circular, flecha roja izquierda, flecha roja derecha, amarillo circular, flecha amarilla izquierda, flecha verde izquierda, verde circular, flecha amarilla al frente, flecha amarilla derecha y flecha verde derecha.

B) SIGNIFICADO DE LAS LUCES. Ante las luces bsicas del semforo regulador de intersecciones vehculo-peatonales: a) Los vehculos deben: 1- Con luz verde a su frente, avanzar. 2- Con luz roja, detenerse antes de la lnea marcada a tal efecto o de la senda peatonal, evitando luego cualquier movimiento. 3- Con luz amarilla, detenerse si se estima que no se alcanzar a transponer la interseccin antes de la roja. 4- Con luz intermitente amarilla dispuesta para un slo sentido de circulacin, permite avanzar pero sin prioridad. Dispuesta para dos o ms sentidos de circulacin, permite avanzar de acuerdo a las prioridades de paso establecidas por la sealizacin vertical, la horizontal o la prioridad de la derecha, en ese orden. 5- En el paso a nivel, el comienzo del descenso de la barrera equivale al significado de la luz amarilla del semforo. 6- La velocidad mxima permitida es la sealizada por la asociacin coordinada de10

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luces verdes sobre la misma va; 7- No debe iniciarse el cruce hasta que la luz verde se encienda. 8- En vas de doble mano y semforo no se debe girar a la izquierda cuando haya seal que lo prohba. b) Los peatones podrn cruzar lcitamente la calzada por la senda peatonal o por las esquinas cuando: 1- Tengan a su frente semforo peatonal con luz verde o blanca habilitante. No deben cruzar con la luz roja o cuando el semforo peatonal haya comenzado a emitir la luz de prohibido cruzar en forma intermitente. Si se hubiera iniciado el cruce de la interseccin, deber continuarse hasta finalizarlo. Es obligacin del titular de la va programar el tiempo de luz intermitente acorde a la longitud de la interseccin. Los conductores deben permitir que los peatones finalicen el cruce antes de reiniciar su marcha, an cuando el semforo a su frente est en verde. 2- Slo cuando exista semforo vehicular y el mismo de paso a los vehculos que circulan en su misma direccin. 3- No teniendo la esquina semforo, el peatn tiene prioridad de paso sobre los vehculos.

Que debemos saber sobre las luces de los semforos: a) Durante el funcionamiento normal del semforo, la luz amarilla debe durar el tiempo necesario para que un vehculo pueda atravesar la interseccin, a la velocidad reglamentada, cuando no sea posible su detencin antes de la misma. b) Cuando la interseccin sea adems cruzada por peatones, la luz intermitente del semforo peatonal tiene el significado de la luz amarilla. El tiempo de intermitencia debe ser tal, que permita que un peatn que haya iniciado el cruce pueda concluirlo antes de que el semforo cambie a rojo. e) Para una mejor comprensin del punto anterior hay que tener en cuenta lo siguiente: 1) Cuando el semforo del sentido A est en verde el del sentido B est en rojo. 2) Cuando el semforo del sentido A est en amarillo el del sentido B an est en rojo. 3) Cuando el semforo del sentido A cambia a rojo el del sentido B permanece todava una fraccin de segundo en rojo. 4) Recin en este momento, cuando el semforo del sentido A est en rojo el del sentido B est en verde. De la descripcin efectuada se desprende que es ms peligroso, adems de ilegal, circular adelantado en la cabeza de pelotn, que hacerlo en la cola del mismo.

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Unidad 5: Seales Verticales Significado de las seales verticales: El Sistema de Sealizacin Vial Uniforme basa su comunicacin en una escala de interpretacin que sigue el siguiente orden: 1 FORMA, 2 COLOR, y 3 MENSAJE. POR SU FORMA:

El Rombo

El Crculo

El Cuadrado, rectngulo, etc.

Previene un peligro

IMPONE Prohbe u ObligaPOR SU COLOR:

Informa

Amarillo Anaranjado

Rojo

Azul

Azul

Verde

Blanco

Ruta Normal

Con o sin Ruta en barra transversal Obra Prohbe o Restringe

Obliga

Autopista o Autova

Va rpida

Ruta convencional urbana

El MENSAJE, esta integrado por smbolos, pictogramas y leyendas. ! Los smbolos son para seales de Prevencin y Reglamentacin ! Los pictogramas y leyendas son para seales de Informacin y orientacinSEALES SINGULARES:Tringulo con vrtice hacia abajo Octgono con la leyenda PARE. Rombo amarillo dentro de rombo blanco.

PAREObliga a ceder el paso Obliga a parar y ceder al paso Calzada con prioridad continua

Las tres ltimas seales tienen formas singulares porque reglamentan prioridad y, por lo tanto, representan las seales ms importantes del Sistema Vial Uniforme. El tringulo y el octgono establecen la no prioridad de manera absoluta, mientras que el rombo establece la prioridad de la calzada por la que se circula.

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Escala de interpretacin de las Seales Verticales: Las seales se interpretan primero por su forma, despus por su color, y por ltimo por su mensaje. Adems existen seales de formas y colores singulares. 1) Por su FORMA: a) El rombo previene o advierte el peligro al conductor, tanto para s mismo como para terceros usuarios de la va. Implica adems un determinado comportamiento vial. b) El crculo reglamenta en forma expresa y concreta a partir del lugar donde se encuentre ubicado, una prohibicin o restriccin, o una obligacin. c) Los rectngulos y pentgonos (rectngulo con punta) informan y orientan. Los rectngulos informan u orientan sobre un evento ubicado despus del cartel, mientras que los pentgonos informan u orientan sobre un evento ubicado antes del cartel. 2) Por su COLOR: a) El rombo es de color amarillo, con smbolo y orla negra, su significado es el establecido en 1) a). b) El crculo de fondo blanco, smbolo negro y orla roja con o sin barra transversal roja: prohbe o restringe. Las seales que posean, adems del smbolo negro, otro de color rojo, indican que la maniobra prohibida o restringida es la indicada en rojo. Como ejemplo de este caso se da la seal R-305 de ADELANTAMIENTO PROHIBIDO. c) El crculo de fondo azul, orla y smbolo blanco: obliga. d) En los carteles de orientacin, los rectngulos y pentgonos de fondo blanco estn referidos a rutas convencionales, los de fondo verde a vas rpidas y los de fondo azul a autovas y autopistas. Las seales de indicaciones generales, de carriles y de servicios son de fondo azul independientemente de la va en que se emplacen, salvo la seal de va rpida que es de fondo verde. En zonas urbanas cada color se refiere a lugares de caractersticas similares. 3) Por su MENSAJE: a) Los smbolos son exclusivos de las Seales de Prevencin y de Reglamentacin. b) Los pictogramas y leyendas son propios de las Seales de Informacin y Orientacin. 4) Seales de formas y colores SINGULARES. El sistema de Sealizacin Vertical posee, adems, seales de formas y colores singulares destinadas a indicar de manera expresa las prioridades de paso y de acceso, como as tambin el fin de las prohibiciones, el fin de las obligaciones y el fin de las zonas urbanas, segn la siguiente descripcin: a) El tringulo blanco con orla roja en posicin inestable (R-1), reglamenta la no prioridad en forma absoluta sin obligar a la detencin del vehculo. b) El octgono rojo con la palabra PARE y orla en blanco (R-2), reglamenta la no prioridad en forma absoluta obligando a la detencin del vehculo. c) El rombo de fondo blanco conteniendo otro de menor tamao de color amarillo (R-3), reglamenta la prioridad de la va por la que se circula, en forma absoluta. Cuando dicha seal esta cruzada por una barra transversal negra (R-4), reglamenta el fin de la prioridad de dicha va. d) Dentro de estas seales tambin se distinguen aspectos singulares en su mensaje, como los que a continuacin se describen:13

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El crculo de fondo blanco y orla roja, conteniendo 2 flechas, la derecha roja y la izquierda negra (R-5), reglamenta la no prioridad de paso para los vehculos que circulen en sentido de la flecha roja con relacin a los que circulan en el sentido de la flecha negra.

El cuadrado de fondo azul con 2 flechas, la de la derecha blanca y la de izquierda roja (R-6), informa que los vehculos que circulan en el sentido de la flecha blanca tienen prioridad sobre los que circulan en sentido de la roja. La prioridad puede ser cedida, debido a que la seal no es circular (Reglamentacin), sino cuadrada.

El crculo rojo con una barra central horizontal blanca (R-101), reglamenta la prohibicin absoluta de entrar a una va por tener sta, circulacin en sentido contrario.

Las seales circulares contenidas en placas rectangulares informan que la reglamentacin tiene vigencia bajo determinadas circunstancias: la R-309 y la R-310 segn lo expresado en la leyenda, las R-311, R-312 y R-313 segn las condiciones de visibilidad que permita la niebla. Aquellas seales reglamentarias situadas dentro de carteles de orientacin, tienen la misma validez que las colocadas como seales aisladas. El fin de obligacin se indica usando la misma seal, cruzada por una banda roja (R-505). El fin de prohibicin se sealiza mediante una barra transversal compuesta de un conjunto de lneas negras sobre la seal de prohibicin donde el mensaje se representa en color gris (R-500, R501, R-502, R-503 y R-504). Como por ejemplo la R-500. El fin de un tramo de caractersticas especficas que fuera sealizado mediante una seal de informacin se indica usando la misma seal cruzada por una banda roja (I-2, I-2a, I-2b, I-4, I-6, I10 e I-29) la de fin de zona urbana cambia adems, su orla roja por otra de color negro (I-510). Sirven como ejemplos la I-2, y la I510.

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Smbolos, Logotipos, Pictogramas e Inscripciones: El mensaje de la seal puede estar representado por un smbolo, un logotipo, un pictograma o una inscripcin. La forma de estar representado el mensaje indica las situaciones riesgosas, los movimientos prioritarios, las circulaciones restringidas, etc. Clasificacin de las Seales Verticales: DE PREVENCIN DE PELIGRO. DE REGLAMENTACIN: ! De Prioridad. ! De Prohibicin de Entrada. ! De Restriccin de Paso. ! Otras de Prohibicin o Restriccin. ! De Obligacin. ! De Fin de Prohibicin o Restriccin. DE INDICACIN: ! De Indicaciones Generales. ! De Carriles. ! De Servicio. ! De Orientacin. * Preaviso de Salida. * Aviso de Salida Inmediata. * Identificacin de Rutas. * Localizacin. * Confirmacin. * Urbanas. !Paneles Complementarios. !Paneles Direccionales. !Pictogramas. Detalle y Significado de la Sealizacin Vertical: SEALES DE PREVENCIN DE UN PELIGRO.

! Tienen por objeto indicar a los usuarios de la va la proximidad y naturaleza de un peligro difcil de ser percibido a tiempo, para que se cumplan las normas de comportamiento vial que, en cada, caso sean procedentes. ! La distancia entre la seal y el principio del tramo peligroso podr estar indicado con un panel complementario. ! El panel complementario podr indicar tambin la longitud del tramo de la va afectado por el peligro. (Ej. Sucesin de curvas).

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Las seales de PREVENCIN, tambin denominadas de ADVERTENCIA DE PELIGRO, tienen el significado que a continuacin se detalla:P-1. INTERSECCIN CON PRIORIDAD. Peligro por la proximidad de una interseccin con una va, cuyos usuarios deben ceder el paso. Solo advierte el peligro al conductor de la va principal, no le impone ninguna restriccin. P-1b. INTERSECCIN CON PRIORIDAD. Peligro por la proximidad de una interseccin con una va a la izquierda, cuyos usuarios deben ceder el paso. Solo advierte el peligro al conductor de la va principal, no le impone ninguna restriccin. P-1d. INTERSECCIN CON PRIORIDAD. Peligro por la proximidad de una interseccin con una va a la izquierda, cuyos usuarios deben ceder el paso. Solo advierte el peligro al conductor de la va principal, no le impone ninguna restriccin. P-3. SEMFOROS. Peligro por la proximidad de una interseccin o tramo, con la circulacin regulada por semforos. Impone a los usuarios que circulan por la va, la reglamentacin especfica de semforos. P-1a. INTERSECCIN CON PRIORIDAD. Peligro por la proximidad de una interseccin con una va a la derecha, cuyos usuarios deben ceder el paso. Solo advierte el peligro al conductor de la va principal, no le impone ninguna restriccin. P-1c. INTERSECCIN CON PRIORIDAD. Peligro por la proximidad de una incorporacin por la derecha de una va cuyos usuarios deben ceder el paso. Solo advierte el peligro al conductor de la va principal, no le impone ninguna restriccin. P-2. INTERSECCIN CON PRIORIDAD DE LA DERECHA. Peligro por la proximidad de una interseccin donde tienen prioridad de paso los vehculos que vengan por la derecha. Impone restriccin de paso a los vehculos que circulan desde la izquierda. P-4. INTERSECCIN CON CIRCULACIN GIRATORIA. Peligro por la proximidad de una interseccin donde la circulacin se efecta de forma giratoria en el sentido de las flechas. Los vehculos que lleguen a la rotonda deben ceder el paso a los que circulan por ella, y una vez dentro de la misma deben ceder el paso a los que egresan. P- 6. CRUCE DE TRANVA. Peligro por la proximidad de un cruce con una lnea de tranva, que tiene prioridad de paso.

P-5. PUENTE MVIL. Peligro por la proximidad de un puente que puede ser levantado o girado, interrumpindose as temporalmente la circulacin.

P-7. PASO A NIVEL CON BARRERAS. Peligro por la proximidad de un paso a nivel provisto de barrera o semibarrera. Estando prohibido atravesarlo cuando las barreras estn cerradas o en movimiento. P-9a. PROXIMIDAD DE UN PASO A NIVEL O PUENTE MVIL (lado derecho). Indica, en el lado derecho, la proximidad del peligro sealizado de un paso a nivel o de un puente mvil. Esta baliza va siempre acompaada de la seal P-5, P-7 o P-8. P-9c. CERCANA DE UN PASO A NIVEL O PUENTE MVIL (lado derecho). Indica, en el lado derecho, la cercana de un paso a nivel o de un puente mvil, que dista del mismo un tercio de la distancia entre l y la correspondiente seal de advertencia de peligro. P-10b. APROXIMACIN A UN PASO A NIVEL O PUENTE MVIL (lado izquierdo). Indica, en el lado izquierdo, la aproximacin a un paso a nivel o a un puente mvil, que dista del mismo dos tercios de l y la correspondiente seal de advertencia de peligro.

P- 8. PASO A NIVEL SIN BARRERAS. Peligro por la proximidad de un paso a nivel no provisto de barreras o semibarreras. Los conductores deben atravesar el paso a nivel despus de cerciorarse de que no se aproxima ningn tren. P-9b. APROXIMACIN A UN PASO A NIVEL O PUENTE MVIL (lado derecho). Indica, en el lado derecho, la aproximacin a un paso a nivel o a un puente mvil, que dista del mismo dos tercios de l y la correspondiente seal de advertencia de peligro. P-10a. PROXIMIDAD DE UN PASO A NIVEL O PUENTE MVIL (lado izquierdo). Indica, en el lado izquierdo, la proximidad del peligro sealizado de un paso a nivel o de un puente mvil. Esta baliza va siempre acompaada de la seal P-5, P-7 o P-8. P-10c. CERCANA DE UN PASO A NIVEL O PUENTE MVIL (lado izquierdo). Indica, en el lado izquierdo, la cercana de un paso a nivel o de un puente mvil, que dista del mismo un tercio de la distancia entre l y la correspondiente seal de advertencia de peligro. P-11a. SITUACIN DE UN PASO A NIVEL SIN BARRERAS DE MS DE UNA VA FRREA. Peligro por la presencia inmediata de un paso a nivel sin barreras con ms de una va frrea.

P-11. SITUACIN DE UN PASO A NIVEL SIN BARRERAS. Peligro por la presencia inmediata de un paso a nivel sin barreras.

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Curso sobre Normas de Trnsito y Seguridad VialP-12. AEROPUERTO. Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente vuelan aeronaves a baja altura sobre la va. P-13a. CURVA HACIA LA DERECHA. Peligro por la proximidad de una curva hacia la derecha. El conductor debe adoptar la velocidad conveniente para circular con seguridad P-14a. SUCESIN DE CURVAS, LA PRIMERA HACIA LA DERECHA. Peligro por la proximidad de una sucesin de curvas prximas entre s; la primera hacia la derecha. El conductor debe adoptar la velocidad conveniente para circular con seguridad. P-15a. CURVA Y CONTRACURVA, LA PRIMERA HACIA LA DERECHA. Peligro por la proximidad de una curva y contracurva muy prximas entre s; la primera hacia la derecha. El conductor debe adoptar la velocidad conveniente para circular con seguridad.

P-13b. CURVA HACIA LA IZQUIERDA. Peligro por la proximidad de una curva hacia la izquierda. El conductor debe adoptar la velocidad conveniente para circular con seguridad.

P-14b. SUCESIN DE CURVAS, LA PRIMERA HACIA LA IZQUIERDA. Peligro por la proximidad de una sucesin de curvas prximas entre s; la primera hacia la izquierda. El conductor debe adoptar la velocidad conveniente para circular con seguridad. P-15b. CURVA Y CONTRACURVA, LA PRIMERA HACIA LA IZQUIERDA. Peligro por la proximidad de una curva y contracurva muy prximas entre s; la primera hacia la izquierda. El conductor debe adoptar la velocidad conveniente para circular con seguridad. P-16a. RESALTO. Peligro por la proximidad de un resalto en la va.

P-16. PERFIL IRREGULAR. Peligro por la proximidad de un tramo de va con pavimento irregular o en mal estado.

P-16b. BADN. Peligro por la proximidad de un badn en la va.

P-17a. BAJADA PELIGROSA. Peligro por la existencia de un tramo de va con fuerte pendiente descendente. La cifra indica la pendiente en porcentaje. P-18. ESTRECHAMIENTO DE CALZADA. Peligro por la proximidad de una zona de la va en la que se estrecha la calzada. El conductor debe comportarse segn la prioridad establecida.

P-17b. SUBIDA CON FUERTE PENDIENTE. Peligro por la existencia de un tramo de va con fuerte pendiente ascendente. La cifra indica la pendiente en porcentaje. P-18a. ESTRECHAMIENTO DE CALZADA POR LA DERECHA. Peligro por la proximidad de una zona de la va en la que la calzada se estrecha por el lado de la derecha. El conductor debe comportarse segn la prioridad establecida.

P-18b. ESTRECHAMIENTO DE CALZADA POR LA IZQUIERDA. Peligro por la proximidad de una zona de la va en la que la calzada se estrecha por el lado de la izquierda. El conductor debe comportarse segn la prioridad establecida. P-20. PASO PARA PEATONES (der.). Peligro por la proximidad de un cruce para peatones donde los vehculos deben cederles el paso. Se entiende que no se le cede el paso al peatn cuando se le corta su trayectoria. P-21. ESCUELA O NIOS. Peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por nios, tales como escuela, zona de juegos, etc. En presencia de escolares o nios, los vehculos deben circular a no ms de 30 Km/h, cediendo el paso en cualquier lugar de la va, deteniendo inclusive su marcha hasta que la misma se despeje. P-23. PASO DE ANIMALES DOMSTICOS. Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente la va puede ser atravesada por animales de crianza o domsticos.

P-19. PAVIMENTO DESLIZANTE. Peligro por la proximidad de una zona de la calzada cuyo pavimento puede resultar muy deslizante.

P-20a. PASO PARA PEATONES (izq.). Peligro por la proximidad de un cruce para peatones donde los vehculos deben cederles el paso. Se entiende que no se le cede el paso al peatn cuando se le corta su trayectoria.

P-22. CICLISTAS. Peligro por la proximidad de un paso para ciclistas o de un lugar donde frecuentemente los ciclistas salen a la va o la cruzan. Los vehculos deben cederles el paso.

P-24. PASO DE ANIMALES EN LIBERTAD. Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente la va puede ser atravesada por animales en libertad.

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Curso sobre Normas de Trnsito y Seguridad VialP-25. CIRCULACIN EN LOS DOS SENTIDOS. Peligro por la proximidad de una zona de la calzada donde la circulacin se realiza provisional o permanentemente en los dos sentidos. P-27. MUELLE. Peligro debido a que la va desemboca en un muelle o en una corriente de agua. P-26. DESPRENDIMIENTO. Peligro por la proximidad a una zona con desprendimientos frecuentes y la consiguiente posible presencia de obstculos en la calzada.

P-28. PROYECCIN DE GRAVILLA. Peligro por la proximidad de un tramo de va donde existe la posibilidad de que se proyecte gravilla al pasar los vehculos.

P-29. VIENTO TRANSVERSAL. Peligro por la proximidad de una zona donde sopla frecuentemente viento fuerte en direccin transversal. P-31. CONGESTIN. Peligro por la proximidad de un tramo en que la circulacin puede encontrarse detenida o dificultada por congestin del trnsito. El conductor debe disminuir la velocidad de su vehculo y comportarse de acuerdo a lo establecido para congestin. P-33. VISIBILIDAD REDUCIDA. Peligro por la proximidad de un tramo en que la circulacin puede encontrarse dificultada por una prdida notable de visibilidad debido a niebla, lluvia, nieve, humos, etc. Los conductores deben ajustar la velocidad del vehculo a la distancia de visibilidad disponible, y encender las luces reglamentarias. P-35. INICIO DE CALZADA CON SEPARADOR CENTRAL. Peligro por la proximidad de un separador fsico en la calzada que independiza los sentidos de circulacin. P-37. ALTURA LIMITADA. Peligro por la proximidad de una estructura cuya altura disponible de paso es la indicada. Los conductores de los vehculos cuya altura mxima, incluida la carga sea superior a la indicada deben salir de la va lo antes posible. La presencia, despus de esta seal de la R-205 prohbe continuar a los vehculos cuya altura sea superior a la indicada. P-39. ANIMALES DE MONTURA. Peligro por la proximidad de un tramo de la va donde suelen transitar animales de montura. Los conductores deben adaptar la marcha de sus vehculos con el objeto de poder circular simultneamente con los animales de montura.

P-30. ESCALN LATERAL. Peligro por la existencia de un desnivel a lo largo de la va en el lado que indique el smbolo.

P-32. OBSTRUCCIN EN LA CALZADA. Peligro por la proximidad de un lugar en que hay vehculos que obstruyen la calzada debido a avera, accidente u otras causas. El conductor debe disminuir la velocidad de su vehculo.

P-34. PAVIMENTO DESLIZANTE POR HIELO O NIEVE. Peligro por la proximidad de una zona de la calzada cuyo pavimento puede resultar especialmente deslizante a causa de hielo o nieve. Los conductores deben disminuir la velocidad del vehculo para lograr un desplazamiento seguro. P-36. ALCANTARILLA O PUENTE ANGOSTO. Peligro por la proximidad de una zona de la calzada donde existe una alcantarilla o puente de menor ancho que el resto de la va. Los conductores deben comportarse segn la prioridad establecida P-38. ANCHURA LIMITADA. Peligro por la proximidad de una zona de la calzada cuyo ancho disponible de paso es el indicado. Los conductores de los vehculos cuya anchura mxima, incluida la carga sea superior a la indicada deben salir de la va lo antes posible. La presencia, despus de esta seal de la R-204 prohbe continuar a los vehculos indicada. P-40. VEHCULOS AGRCOLAS. Peligro por la proximidad de un tramo de la va donde suelen transitar vehculos agrcolas. Los conductores de otros deben adaptar la marcha de sus vehculos con el objeto de poder circular simultneamente con los vehculos agrcolas.

P-41. PREAVISO DE SEAL DE PARE. Peligro por la proximidad, a la distancia que indica la seal, de un lugar de la va donde se encuentra emplazada una seal de PARE.

P-42. PREAVISO DE SEAL DE CEDA EL PASO. Peligro por la proximidad, a la distancia que indica la seal, de un lugar de la va donde se encuentra emplazada una seal de CEDA EL PASO.

P-50. OTROS PELIGROS. Indica la proximidad de un peligro distinto de los advertidos por otras seales.

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SEALES DE REGLAMENTACIN Las seales de Reglamentacin tienen por objeto indicar a los usuarios de la va las PROHIBICIONES o RESTRICCIONES y las OBLIGACIONES. Estas seales rigen a partir de la seccin transversal donde estn emplazadas, a no ser que mediante un panel complementario colocado debajo de la seal se indicase la direccin o la distancia a la seccin donde empieza a regir la seal de Reglamentacin.

Las seales de REGLAMENTACIN se subdividen en:a) b) c) d) e) f)

Seales de Prioridad. Seales de Prohibicin de entrada. Seales de Restriccin de paso. Otras seales de Prohibicin o Restriccin. Seales de Obligacin. Seales de Fin de Prohibicin o Restriccin.R-1. CEDA EL PASO. Obligacin para todo conductor de ceder el paso en la prxima interseccin a los vehculos que circulen por la va a la que se aproxime. Slo podrn atravesarla o acceder a la misma cuando no alteren la trayectoria y/o la velocidad de los vehculos que circulan por dicha va. R-2. PARE. Obligacin para todo conductor de detener su vehculo ante la prxima lnea de detencin o, si no existe, inmediatamente antes de la interseccin, y ceder el paso a los vehculos que circulen por la va a la que se aproxime. Slo podrn atravesarla o acceder a la misma cuando no alteren la trayectoria y/o la velocidad de los vehculos que circulan por dicha va. R-4. FIN DE PRIORIDAD CONTINUA. Indica la proximidad del lugar en que la calzada por la que circula pierde su prioridad continua. A partir de esta seal rigen las pautas generales de prioridad: la calzada tiene prioridad hasta donde se encuentre una seal de Ceda el paso o Pare. Los conductores deben prestar atencin a las seales de prioridad que encuentren en las prximas intersecciones. R-6. PRIORIDAD RESPECTO AL SENTIDO CONTRARIO. Indica a los conductores que, en un prximo paso estrecho, tienen prioridad con relacin a los vehculos que circulen en sentido contrario. Si bien es una Seal que establece una prioridad, debido a su forma (cuadrada), no es una seal de obligacin, lo que le permite ceder el paso en una situacin extrema, sin cometer, en ese caso una infraccin.

PARE

R-3. CALZADA CON PRIORIDAD CONTINUA. Establece que los vehculos que circulen por una calzada tienen prioridad en las intersecciones sobre los vehculos que circulen por otra calzada o procedan de ella. Cuando, debajo de la seal, vaya colocado un panel complementario I-850, I851, I-852 o I-853, dicho panel tiene marcado, con mayor trazo, el itinerario que tiene prioridad. La prioridad finaliza donde lo indique la seal R4. A partir de sta, las prximas intersecciones podrn tener restriccin de prioridad mediante la seal de Ceda el paso o Pare R-5. PRIORIDAD AL SENTIDO CONTRARIO. Prohibicin de entrada en un paso estrecho mientras no sea posible atravesarlo sin obligar a los vehculos que circulen en sentido contrario a detenerse.

Aunque las siguientes seales son de Prevencin de un Peligro, tambin indican una PRIORIDAD.

P-1.

P-1a.

P-1b.

P-1c.

P-1d.

P-2.

P-4

P- 6

P- 8

P-20 (a)19

P-21

P-22

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SEALES DE PROHIBICIN DE ENTRADA Las seales de prohibicin de entrada, para quienes las encuentren de frente en el sentido de su marcha y a partir del lugar en que estn situadas, prohben el acceso a los vehculos o usuarios, en la forma que a continuacin se detalla:R-100. CIRCULACIN PROHIBIDA. Prohibicin de circulacin a toda clase de vehculos en ambos sentidos. R-101. ENTRADA PROHIBIDA. Prohibicin de acceso a toda clase de vehculos por tener la va sentido de circulacin opuesto.

R-102. ENTRADA PROHIBIDA A VEHCULOS DE MOTOR. Prohibicin de acceso a vehculos de motor.

R-103. ENTRADA PROHIBIDA A VEHCULOS DE MOTOR, EXCEPTO MOTOCICLETAS SIN SIDECAR. Prohibicin de acceso a vehculos de motor. No prohibe el acceso a motocicletas de dos ruedas sin sidecar. R-107. ENTRADA PROHIBIDA A VEHCULOS DESTINADOS AL TRANSPORTE DE M E R C A N C A S C O N M AY O R P E S O AUTORIZADO QUE EL INDICADO. Prohibicin de acceso a toda clase de vehculos destinados al transporte de mercancas si su peso mximo autorizado es superior al indicado. Prohibe el acceso aunque circulen vacos.

R-106. ENTRADA PROHIBIDA A VEHCULOS DESTINADOS AL TRANSPORTE DE MERCANCAS. Prohibicin de acceso a vehculos destinados al transporte de mercancas.

R-108. ENTRADA PROHIBIDA A VEHCULOS QUE TRANSPORTEN MERCANCAS PELIGROSAS. Prohibicin de paso a toda clase de vehculos que transporten mercancas peligrosas y que deben circular de acuerdo con su reglamentacin especial.

R-109. ENTRADA PROHIBIDA A VEHCULOS QUE TRANSPORTEN MERCANCAS EXPLOSIVAS O INFLAMABLES. Prohibicin de paso a toda clase de vehculos que transporten mercancas explosivas o fcilmente inflamables y que deban circular de acuerdo con su reglamentacin especial.

R-110. ENTRADA PROHIBIDA A VEHCULOS QUE TRANSPORTEN PRODUCTOS CONTAMINANTES DEL AGUA. Prohibicin de paso a toda clase de vehculos que transporten ms de tres mil litros de productos capaces de contaminar el agua.

R-111. ENTRADA PROHIBIDA A VEHCULOS AGRCOLAS DE MOTOR. Prohibicin de acceso a tractores y otras mquinas agrcolas autopropulsadas.

R-112. ENTRADA PROHIBIDA A VEHCULOS DE MOTOR CON REMOLQUE, QUE NO SEA UN SEMIRREMOLQUE O UN REMOLQUE DE UN SOLO EJE. La inscripcin de una cifra de tonelaje, ya sea sobre la silueta del remolque, ya en una placa suplementaria, significa que la prohibicin de peso slo se aplica cuando el peso mximo autorizado del remolque supere dicha cifra.

R-113. ENTRADA PROHIBIDA A VEHCULOS DE TRACCIN ANIMAL. Prohibicin de acceso a vehculos de traccin animal.

R-114. ENTRADA PROHIBIDA A CICLOS. Prohibicin de acceso a ciclos.

R-115. ENTRADA PROHIBIDA A CARROS DE MANO. Prohibicin de acceso a carros de mano.

R-116. ENTRADA PROHIBIDA A PEATONES. Prohibicin de acceso a peatones.

R-117. ENTRADA PROHIBIDA A ANIMALES DE MONTURA. Prohibicin de acceso a animales de montura. Prohibe el acceso aunque el jinete no monte al animal.

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SEALES DE RESTRICCIN DE PASO Las seales de restriccin de paso, para quienes las encuentren de frente en el sentido de su marcha y a partir del lugar en que estn situadas, prohben o limitan el acceso a los vehculos, en la forma que a continuacin se detalla:R - 2 0 0 . P R O H I B I C I N D E PA S A R S I N DETENERSE. Indica el lugar donde es obligatoria la detencin por la proximidad, segn la inscripcin que contenga de un puesto de polica, de aduana, de peaje, u otro, y que, tras ellos, pueden estar instalados medio mecnicos de detencin.

R-201. LIMITACIN DE PESO. Prohibicin de paso de los vehculos cuyo peso en carga, o peso total, supere el indicado en toneladas.

R-202. LIMITACIN DE PESO POR EJE. Prohibicin de paso de los vehculos cuyo peso total sobre algn eje supere el indicado en toneladas.

R-203. LIMITACIN DE LONGITUD. Prohibicin de paso de los vehculos o conjunto de vehculos cuya longitud mxima, incluida la carga, supere la indicada.

R-204. LIMITACIN DE ANCHURA. Prohibicin de paso a los vehculos cuya anchura mxima, incluida la carga, supere la indicada.

R-205. LIMITACIN DE ALTURA. Prohibicin de paso a los vehculos cuya altura mxima, incluida la carga, supere la indicada.

OTRAS SEALES DE PROHIBICIN O RESTRICCINR-300. SEPARACIN MNIMA. Prohibicin de circular sin mantener con el vehculo precedente una separacin igual o mayor a la indicada en la seal. R-301. VELOCIDAD MXIMA. Prohibicin de circular a velocidad superior, en kilmetros por hora, a la indicada en la seal. Obliga desde el lugar donde en que est situada hasta la prxima seal de Fin de la limitacin de velocidad, de Fin de prohibiciones u otra seal de Velocidad mxima, salvo que est colocada bajo una seal R-303. GIRO A LA IZQUIERDA PROHIBIDO. Prohibicin de cambiar de direccin a la izquierda en la va cruce situado despus de la seal.

R-302. GIRO A LA DERECHA PROHIBIDO. Prohibicin de cambiar de direccin a la derecha en la va cruce situado despus de la seal.

R-304. MEDIA VUELTA PROHIBIDA. Prohibicin de cambiar el sentido de marcha en la va cruce situado despus de la seal. No prohibe el giro a la izquierda.

R-305. ADELANTAMIENTO PROHIBIDO. Prohibicin a todo vehculo de adelantar a los vehculos de motor que circulen por los carriles principales de la calzada y que no sean motocicletas de dos ruedas sin sidecar, a partir del lugar en que est situada la seal y hasta la prxima seal de Fin de prohibicin de adelantamiento o Fin de prohibiciones. En el caso de la seal de arriba, la maniobra prohibida es la indicada en rojo.

R-306. ADELANTAMIENTO PROHIBIDO PARA CAMIONES. Prohibicin a los camiones cuyo peso mximo autorizado exceda de 3,5 toneladas, de adelantar a los vehculos de motor que circulen por la calzada y Queridos mam y pap: no sean motocicletas de dos ruedas sin sidecar, a partir del lugar en que est situada la seal y hasta la prxima seal de Fin de prohibicin de adelantamiento o Fin de prohibiciones. En el caso de la seal de arriba, la maniobra prohibida es la indicada en rojo.

R-307. PARADA Y ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO. Prohibicin de parada y estacionamiento en el lado de la calzada en que est situada la seal. La prohibicin comienza en la vertical de la seal y termina en la interseccin ms prxima.

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Curso sobre Normas de Trnsito y Seguridad VialR-307a. PARADA Y ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO (ambos lados). Prohibicin de parada y estacionamiento en el lado de la calzada en que est situada la seal. La prohibicin se extiende a ambos lados de la vertical de la seal y termina en la interseccin ms prxima situada en cada uno de sus lados. R-307b. PARADA Y ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO (a la derecha). Prohibicin de parada y estacionamiento en el lado de la calzada en que est situada la seal. La prohibicin comienza en la vertical de la seal, hacia el lado que indica la flecha, y termina en la interseccin ms prxima. R-308. ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO. Prohibicin de estacionamiento en el lado de la calzada en que est situada la seal. La prohibicin comienza en la vertical de la seal y termina en la interseccin ms prxima. No prohibe la parada.

R-307c. PARADA Y ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO (a la izquierda). Prohibicin de parada y estacionamiento en el lado de la calzada en que est situada la seal. La prohibicin comienza en la vertical de la seal, hacia el lado que indica la flecha, y termina en la interseccin ms prxima.

R-308a. ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO (ambos lados). Prohibicin de estacionamiento en el lado de la calzada en que est situada la seal. La prohibicin se extiende a ambos lados de la vertical de la seal y termina en la interseccin ms prxima situada en cada uno de sus lados. No prohibe la parada.

R-308b. ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO (a la derecha). Prohibicin de estacionamiento en el lado de la calzada en que est situada la seal. La prohibicin comienza en la vertical de la seal, hacia el lado que indica la flecha, y termina en la interseccin ms prxima. No prohibe la parada.

R-308c. ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO (a la izquierda). Prohibicin de estacionamiento en el lado de la calzada en que est situada la seal. La prohibicin comienza en la vertical de la seal, hacia el lado que indica la flecha, y termina en la interseccin ms prxima. No prohibe la parada.

R-308d. ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO (1ra. quincena). Prohibicin de estacionamiento en el lado de la calzada en que est situada la seal, durante la primera quincena del mes. La prohibicin comienza en la vertical de la seal y termina en la interseccin ms prxima. No prohibe la parada.

R-308e. ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO (2da. quincena). Prohibicin de estacionamiento en el lado de la calzada en que est situada la seal, durante la segunda quincena del mes. La prohibicin comienza en la vertical de la seal y termina en la interseccin ms prxima. No prohibe la parada.

R-308f. ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO A CAMIONES Prohibicin de estacionamiento en el lado de la calzada en que est situada la seal, a cualquier tipo de camiones. La prohibicin comienza en la vertical de la seal y termina en la interseccin ms prxima. No prohibe la parada.

R-308g. ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO A MNIBUS Prohibicin de estacionamiento en el lado de la calzada en que est situada la seal, a cualquier tipo de mnibus. La prohibicin comienza en la vertical de la seal y termina en la interseccin ms prxima. No prohibe la parada.

R-309. ZONA DE ESTACIONAMIENTO LIMITADO. Zona de estacionamiento de duracin limitada y obligacin del conductor de indicar, de forma reglamentaria, la hora de comienzo del estacionamiento. La seal circular establece una restriccin al estacionamiento acorde a la leyenda complementaria.

R - 3 0 9 a . Z O N A D E E S TA C I O N A M I E N TO EXCLUSIVO Zona de estacionamiento exclusivo para vehculos autorizados expresamente. La seal circular establece una restriccin al estacionamiento acorde a la leyenda complementaria.

R-310. VA DE CIRCULACIN LIMITADA. Aunque el sentido de marcha es el correcto, la seal indica la prohibicin de acceder y circular en el horario indicado. El cartel tambin podr indicar el tipo de vehculo al cual se le prohibe el acceso y la circulacin.

R-311. VELOCIDAD RESTRINGIDA POR NIEBLA. Prohibicin de circular a velocidad superior, en kilmetros por hora, a la indicada en la seal cuando, por efecto de niebla u otro fenmeno meteorolgico, el conductor slo pueda ver, desde su vehculo en marcha, una marca pintada en la calzada, similar a la que figura en el cartel.

R-312. VELOCIDAD RESTRINGIDA POR NIEBLA. Prohibicin de circular a velocidad superior, en kilmetros por hora, a la indicada en la seal cuando, por efecto de niebla u otro fenmeno meteorolgico, el conductor slo pueda ver, desde su vehculo en marcha, dos marcas pintadas en la calzada, similares a las que figuran en el cartel.

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Curso sobre Normas de Trnsito y Seguridad Vial

SEALES DE OBLIGACIN Las seales de obligacin, que son circulares con fondo azul y smbolos blancos, sealan una norma de circulacin obligatoria. Son las siguientes:R-400a. SENTIDO OBLIGATORIO. La flecha seala la direccin y sentido que los vehculos tienen la obligacin de seguir, en el caso de acceder a la va o carril donde est emplazada. Reglamenta el sentido de circulacin obligatorio de dicha va o carril. R-400c. SENTIDO OBLIGATORIO. La flecha seala la direccin y sentido que los vehculos tienen la obligacin de seguir. R-400b. SENTIDO OBLIGATORIO. La flecha seala la direccin y sentido que los vehculos tienen la obligacin de seguir, en el caso de acceder a la va o carril donde est emplazada. Reglamenta el sentido de circulacin obligatorio de dicha va o carril. R-400d. SENTIDO OBLIGATORIO. La flecha seala la direccin y sentido que los vehculos tienen la obligacin de seguir.

R-400e. SENTIDO OBLIGATORIO. La flecha seala la direccin y sentido que los vehculos tienen la obligacin de seguir.

R-401a. SENTIDO OBLIGATORIO. La flecha seala el lado del refugio, de la isleta o del obstculo por el que los vehculos han de pasar obligatoriamente. R-402. SENTIDO OBLIGATORIO. Las flechas sealan la direccin y sentido del movimiento giratorio que los vehculos tienen la obligacin de seguir. R-403b. NICAS DIRECCIONES PERMITIDAS. Las flechas sealan los nicos caminos que los vehculos pueden tomar. R-403d. NICAS DIRECCIONES PERMITIDAS. Las flechas sealan ambos lados del refugio, isleta o del obstculo por donde los vehculos han de pasar obligatoriamente. R-405. CALZADA PARA MOTOCICLETAS DE DOS RUEDAS SIN SIDECAR. Obligacin para los conductores de motocicletas de dos ruedas sin sidecar de circular por la calzada a cuya entrada est situada. R-406b. CALZADA PARA MNIBUS. Obligacin para los conductores de mnibus, de circular por la calzada a cuya entrada est situada.

R-401b. SENTIDO OBLIGATORIO. La flecha seala el lado del refugio, de la isleta o del obstculo por el que los vehculos han de pasar obligatoriamente. R-403a. NICAS DIRECCIONES PERMITIDAS. Las flechas sealan los nicos caminos que los vehculos pueden tomar.

R-403c. NICAS DIRECCIONES PERMITIDAS. Las flechas sealan los nicos caminos que los vehculos pueden tomar.

R-404. CALZADA PARA AUTOMVILES, EXCEPTO MOTOCICLETAS DE DOS RUEDAS SIN SIDECAR Obligacin para los conductores de automviles, excepto motocicletas de dos ruedas sin sidecar, de circular por la calzada a cuya entrada est situada. R-406a. CALZADA PARA CAMIONES. Obligacin para los conductores de toda clase de camiones, independientemente de su peso, de circular por la calzada a cuya entrada est situada. La inscripcin de una cifra de tonelaje, ya sea sobre la silueta del vehculo, ya en otra placa suplementaria, significa que la obligacin slo se aplica cuando el peso mximo autorizado del vehculo del conjunto de vehculos supere la citada cifra.R-407. CAMINO RESERVADO PARA CICLOS. Obligacin para los conductores de ciclos y ciclomotores de circular por el camino a cuya entrada est situada y prohibicin a los conductores de los dems vehculos de utilizarlo. R-409. CAMINO RESERVADO PARA ANIMALES DE MONTURA. Obligacin para los jinetes de utilizar con sus animales de montura el camino a cuya entrada est situada y prohibido a los dems usuarios de la va de utilizarlo.

R-408. CAMINO RESERVADO PARA VEHCULOS DE TRACCIN ANIMAL. Obligacin para los conductores de vehculos de traccin animal de utilizar el camino a cuya entrada est situada. R-410. CAMINO RESERVADO PARA PEATONES. Obligacin para los peatones de transitar por el camino a cuya entrada est situada y prohibicin a los dems usuarios de la va a utilizarlo.

R-411. VELOCIDAD MNIMA. Obligacin para los conductores de vehculos de circular, por lo menos, a la velocidad indicada por la cifra, en kilmetros por hora, que figure en la seal, desde el lugar en que est situada hasta otra de Velocidad mnima diferente, o de Fin de velocidad mnima o de Velocidad mxima de valor igual inferior.

R-412. CADENAS PARA NIEVE. Obligacin de no proseguir la marcha sin cadenas para nieve u otros dispositivos autorizados, que acten al menos en una rueda a cada lado del mismo eje motor.

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Curso sobre Normas de Trnsito y Seguridad VialR-413. ALUMBRADO DE CORTO ALCANCE. Obligacin para los conductores de circular con el alumbrado de corto alcance con independencia de las condiciones de visibilidad e iluminacin de la va, desde el lugar en que est situada la seal hasta otra de fin de esta obligacin. R-415. CALZADA PARA VEHCULOS QUE T R A N S P O R T E N P R O D U C TO S CONTAMINANTES DEL AGUA. Obligacin para los conductores de toda clase de vehculos que transporten ms de tres mil litros de productos capaces de contaminar el agua, de circular por la calzada a cuya entrada est situada. R-417. OBLIGACIN PARA CAMIONES DE CIRCULAR SLO POR LA DERECHA. Obligacin para los conductores de toda clase de camiones, independientemente de su peso, de circular slo por el lado derecho de la calzada, no pudiendo adelantar a otro vehculo, al menos que se encuentre detenido. R-414. CALZADA PARA VEHCULOS QUE TRANSPORTEN MERCANCAS PELIGROSAS. Obligacin para los conductores de toda clase de vehculos que transporten mercancas peligrosas, de circular por la calzada a cuya entrada est situada. R-416. CALZADA PARA VEHCULOS QUE TRANSPORTEN MERCANCAS EXPLOSIVAS O INFLAMABLES. Obligacin para los conductores de toda clase de vehculos que transporten mercancas explosivas o fcilmente inflamables, de circular por la calzada a cuya entrada est situada.

SEALES DE FIN DE PROHIBICIN U OBLIGACIN ! Las seales de fin de prohibicin son circulares, con fondo blanco y smbolos grises cortadas por una o varias lneas negras oblicuas. ! Las seales de fin de obligacin son circulares con fondo azul y smbolos blancos, cortadas por una lnea roja oblicua.R-500. FIN DE PROHIBICIONES. Seala el lugar desde el que todas las prohibiciones de carcter local, indicadas por anteriores seales de prohibicin para los vehculos en movimiento, dejan de tener aplicacin. R-501. FIN DE LIMITACIN DE VELOCIDAD. Seala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior seal de Velocidad mxima.

R-502. FIN DE LA PROHIBICIN DE ADELANTAMIENTO. Seala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior seal de Adelantamiento prohibido.

R-503. FIN DE LA PROHIBICIN DE ADELANTAMIENTO PARA CAMIONES. Seala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior seal de Adelantamiento prohibido para camiones.

R-504. FIN DE ZONA DE ESTACIONAMIENTO LIMITADO. Seala el lugar donde deja de ser aplicable una anterior seal de Zona de estacionamiento limitado.

R-505. FIN DE VELOCIDAD MNIMA. Seala el lugar desde donde deja de ser obligatoria una anterior seal de Velocidad mnima.

SEALES DE INFORMACIN Las seales de informacin tienen por objeto facilitar al usuario de la va ciertas informaciones que pueden serle de utilidad. Las seales de informacin se dividen en: ! De indicaciones generales. ! De servicio. ! Paneles complementarios. ! De carriles. ! De orientacin. ! Pictogramas.

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Curso sobre Normas de Trnsito y Seguridad VialI-1. AUTOPISTA. Indica el principio de una autopista y, por lo tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulacin en este tipo de va. El smbolo de esta seal puede anunciar la proximidad de una autopista o indicar el ramal de una interseccin que conduce a una autopista. I-1a. AUTOVA. Indica el principio de una autova y, por lo tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulacin en este tipo de va. El smbolo de esta seal puede anunciar la proximidad de una autova o indicar el ramal de una interseccin que conduce a una autova.

I-1b. VA RPIDA. Indica el principio de una va rpida y, por lo tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulacin en este tipo de va. El smbolo de esta seal puede anunciar la proximidad de una va rpida o indicar el ramal de una interseccin que conduce a una va rpida.

I-2. FIN DE AUTOPISTA. Indica el final de una autopista.

I-2a. FIN DE AUTOVA. Indica el final de una autova.

I-2b. FIN DE VA RPIDA. Indica el final de una va rpida.

I-5. TNEL. Indica el principio, y eventualmente el nombre, de un tnel o de un tramo de va a l equiparado.

I-6. FIN DE TNEL. Indica el fin de un tnel o de un tramo de va a l equiparado.

I-7. VELOCIDAD MXIMA ACONSEJADA. Recomienda una velocidad aproximada de circulacin, en kilmetros por hora, que se aconseja no sobrepasar, aunque las condiciones meteorolgicas y ambientales, de la va y de la circulacin, sean favorables. Cuando est colocada bajo una seal de advertencia de peligro, la recomendacin se refiere al tramo en que dicho peligro subsista. Esta seal, permite circular por encima de la velocidad indicada sin ser punible, siempre que no supere la legalmente establecida segn la clase de va. Sin embargo el conductor es responsable de lo que pudiera provocar por circular a una velocidad superior a la aconsejada.

I-8. FIN DE VELOCIDAD MXIMA ACONSEJADA. Indica el fin de un tramo en el que se recomienda circular a la velocidad en kilmetros por hora indicada en la seal.

I-9. INTERVALO ACONSEJADO DE VELOCIDADES. Recomienda mantener la velocidad entre los valores indicados, siempre que las condiciones meteorolgicas y ambientales, de la va y de la circulacin, sean buenas. Cuando est colocada bajo una seal de advertencia de peligro, la recomendacin se refiere al tramo en que dicho peligro subsista. Esta seal, permite circular por encima de la velocidad indicada sin ser punible, siempre que no supere la legalmente establecida segn la clase de va. Sin embargo el conductor es responsable de lo que pudiera provocar por circular a una velocidad superior a la aconsejada. I-10. FIN DE INTERVALO ACONSEJADO DE VELOCIDADES. Indica el lugar desde deja de ser aplicable una anterior seal de Intervalo aconsejado de velocidades I-14a. PASO SUPERIOR PARA PEATONES. Indica la situacin de un paso superior para peatones. I-15a. PREAVISO DE CALZADA SIN SALIDA. Indica que, de la calzada que figura en la seal con un recuadro rojo, los vehculos slo pueden salir por el lugar de entrada.

I-13. SITUACIN DE UN PASO PARA PEATONES. Indica la situacin de un paso para peatones.

I-14b. PASO INFERIOR PARA PEATONES. Indica la situacin de un paso inferior para peatones.

I-15b. PREAVISO DE CALZADA SIN SALIDA. Indica que, de la calzada que figura en la seal con un recuadro rojo, los vehculos slo pueden salir por el lugar de entrada.

I-15c. PREAVISO DE CALZADA SIN SALIDA. Indica que, de la calzada que figura en la seal con un recuadro rojo, los vehculos slo pueden salir por el lugar de entrada.

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Curso sobre Normas de Trnsito y Seguridad VialI-15d. PREAVISO DE CALZADA SIN SALIDA. Indica que, de la calzada que figura en la seal con un recuadro rojo, los vehculos slo pueden salir por el lugar de entrada. I - 1 7 . E S TA C I O N A M I E N T O . I n d i c a u n emplazamiento donde est autorizado el estacionamiento de vehculos. Una inscripcin o un smbolo, representando ciertas clases de vehculos, indica que el estacionamiento est reservado a esas clases. Una inscripcin con indicaciones de tiempo limita la duracin del estacionamiento al sealado. I-19. PARADA DE MNIBUS. Indica el lugar reservado para parada de mnibus. I-16. ZONA DE FRENADO DE EMERGENCIA. Indica la situacin de una zona de escape, acondicionada para que un vehculo pueda ser detenido en caso de fallo de su sistema de frenado.

I-18. ESTACIONAMIENTO RESERVADO PARA TAXIS Indica el lugar reservado al estacionamiento de taxis libres y en servicio.

I - 2 0 . PA R A D A D E T R A N V A S O TROLEBUSES. Indica el lugar reservado para parada de tranvas o trolebuses.

I-21. TRANSITABILIDAD EN TRAMO DE MONTAA. Indica la situacin de transitabilidad de un tramo de montaa definido por su nombre en la parte superior de la seal. Posee tres espacios para la colocacin de paneles. El espacio 2 llevar un panel que podr ir en blanco (2.a), en cuyo caso no indica prescripcin alguna; o bien indicar que el uso de cadenas para nieve es obligatorio (2.b), o que slo est recomendado (2.c).

El espacio 1 llevar un panel que indicar si el tramo est ABIERTO (1.a), o CERRADO (1.b). Cuando el panel 1 indique CERRADO, el espacio 3 podr estar en blanco (3.a), o indicar el nombre del lugar hasta donde la ruta est transitable (3.b), en las condiciones que indique el panel 2. I-23. HOSPITAL. Indica la situacin de un hospital y adems, a los conductores de los vehculos, la conveniencia de tomar las precauciones que requiere la proximidad de establecimientos mdicos, especialmente la de I-25. CAMBIO DE SENTIDO A DISTINTO NIVEL. Indica la proximidad de una salida, a travs de la cual se puede efectuar un cambio de sentido a distinto nivel.

I-22. CAMBIO DE SENTIDO. Indica la proximidad de un tramo en el que se puede efectuar un cambio de sentido. I-24. FIN DE OBLIGACIN DE ALUMBRADO DE CORTO ALCANCE. Indica el final de un tramo en que es obligatorio el alumbrado de corto alcance y recuerda la posibilidad de prescindir del mismo siempre que no venga impuesto por circunstancias de visibilidad, horario, o iluminacin de la va. I-26a. PANEL DE APROXIMACIN A SALIDA (100 m). Indica en una autopista o en una autova, que la prxima salida est situada aproximadamente a 100 m. Si la salida fuera por la izquierda la diagonal sera descendente de izquierda a derecha y la seal se situara a la izquierda de la calzada.

I-26b. PANEL DE APROXIMACIN A SALIDA (200 m). Indica en una autopista o en una autova, que la prxima salida est situada aproximadamente a 200 m. Si la salida fuera por la izquierda la diagonal sera descendente de izquierda a derecha y la seal se situara a la izquierda de la calzada.

I-26c. PANEL DE APROXIMACIN A SALIDA (300 m). Indica en una autopista o en una autova, que la prxima salida est situada aproximadamente a 300 m. Si la salida fuera por la izquierda la diagonal sera descendente de izquierda a derecha y la seal se situara a la izquierda de la calzada.

I-27. AUXILIO EN RUTA. Indica la situacin de un poste o puesto desde el cual se puede solicitar auxilio, en caso de accidente o avera.

I-28. CALLE RESIDENCIAL. Indica las zonas de circulacin especialmente acondicionadas que estn destinadas en primer lugar a los peatones y en las que se aplican las normas especiales de circulacin siguientes: La velocidad mxima de los vehculos esta fijada en 20 km por hora, los conductores deben conceder prioridad a los peatones. Los vehculos no pueden estacionarse ms que en los lugares designados por seales o por marcas. Los peatones pueden utilizar toda la zona de circulacin. Los juegos y los deportes estn autorizados en la misma. Los peatones no deben estorbar intilmente a los conductores de vehculos.

I-29. FIN DE CALLE RESIDENCIAL. Indica que se aplican de nuevo las normas generales de circulacin.

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Curso sobre Normas de Trnsito y Seguridad VialI-30. LIMITACIONES DE VELOCIDAD EN LA PROVINCIA DE CRDOBA. Indica los lmites genricos de velocidad en las distintas clases de vas dentro de la Provincia de Crdoba. Adems indica la velocidad genrica mxima de circulacin de camiones. Se localizan en las rutas de ingreso, apenas traspasado el lmite Provincial. I-31. ZONA DE RIESGO DE INCENDIOS. Indica la situacin de una zona donde existe el riesgo de producirse incendios. Los usuarios no deben encender fuegos, y tomar los recaudos necesarios para evitar de efectuar cualquier actividad que pueda generar incendios.

DE CARRILESI-50a. CARRILES OBLIGATORIOS PARA TRNSITO LENTO Y RESERVADOS PARA TRNSITO RPIDO EN CALZADAS DE DOBLE SENTIDO. Indica que el carril, sobre el que est situada la seal de velocidad mnima, slo puede ser utilizado por los vehculos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada, aunque si las circunstancias lo permiten deben circular siempre por el carril de la derecha. I-50c. CARRILES OBLIGATORIOS PARA TRNSITO LENTO Y RESERVADOS PARA TRNSITO RPIDO EN CALZADAS DE SENTIDO NICO. Indica que el carril, sobre el que est situada la seal de velocidad mnima, slo puede ser utilizado por los vehculos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada, aunque si las circunstancias lo permiten deben circular siempre por el carril de la derecha. I-50b. CARRILES OBLIGATORIOS PARA TRNSITO LENTO Y RESERVADOS PARA TRNSITO RPIDO EN CALZADAS DE SENTIDO NICO. Indica que los carriles, sobre los que estn situadas las seales de velocidad mnima, slo pueden ser utilizados por los vehculos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada, aunque si las circunstancias lo permiten deben circular siempre por el carril de la derecha. I-50d. CARRILES OBLIGATORIOS PARA TRNSITO LENTO Y RESERVADOS PARA TRNSITO RPIDO EN CALZADAS DE DOBLE SENTIDO. Indica que el carril, sobre el que est situada la seal de velocidad mnima, slo puede ser utilizado por los vehculos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada, aunque si las circunstancias lo permiten deben circular siempre por el carril de la derecha.

I-50e. CARRILES OBLIGATORIOS PARA TRNSITO LENTO Y RESERVADOS PARA TRNSITO RPIDO. Indica que el carril, sobre el que est situada la seal de velocidad mnima, slo puede ser utilizado por los vehculos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada aunque si las circunstancias lo permiten deben circular por el carril de la derecha. I-50f. CARRILES OBLIGATORIOS PARA TRNSITO LENTO Y RESERVADOS PARA TRNSITO RPIDO. Indica que los carriles, sobre los que estn situadas las seales de velocidad mnima, slo pueden ser utilizados por los vehculos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada aunque si las circunstancias lo permiten deben circular por el carril de la derecha. I-52. FINAL DE CARRIL DESTINADO A LA CIRCULACIN. Preavisa el carril que va a cesar de ser utilizable, indicando el cambio de carril preciso. I-52a. FINAL DE CARRIL DESTINADO A LA CIRCULACIN. Preavisa, en una calzada de doble sentido de circulacin, el carril que va a cesar de ser utilizable, indicando el cambio de carril preciso. I-52c. FINAL DE CARRIL DESTINADO A LA CIRCULACIN. Preavisa, en una calzada con dos carriles de circulacin en el mismo sentido, el carril que va a cesar de ser utilizable, indicando que en el prximo tramo se va a pasar a disponer de un slo carril en ese sentido. I-53a. PASO DE UNO A DOS CARRILES DE CIRCULACIN CON ESPECIFICACIN DE VELOCIDAD MXIMA EN CADA UNO DE ELLOS. Indica, en un tramo con un slo carril de circulacin en un sentido, que en el prximo tramo se va a pasar a disponer de dos carriles en el mismo sentido de circulacin. Tambin indica la velocidad mxima que est permitido alcanzar en cada uno de ellos.

I-52b. FINAL DE CARRIL DESTINADO A LA CIRCULACIN. Preavisa, en una calzada de doble sentido de circulacin, el carril que va a cesar de ser utilizable, indicando el cambio de carril preciso.

I-53. PASO DE UNO A DOS CARRILES DE CIRCULACIN. Indica, en un tramo con un slo carril en un sentido de circulacin, que en el prximo tramo se va a pasar a disponer de dos carriles en el mismo sentido de circulacin.

I-53b. PASO DE DOS A TRES CARRILES DE CIRCULACIN. Indica, en un tramo con dos carriles de circulacin en un sentido, que en el prximo tramo se va a pasar a disponer de tres carriles en el mismo sentido de circulacin.

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Curso sobre Normas de Trnsito y Seguridad VialI-53c. PASO DE DOS A TRES CARRILES DE CIRCULACIN CON ESPECIFICACIN DE VELOCIDAD MXIMA EN CADA UNO DE ELLOS. Indica, en un tramo con dos carriles de circulacin en un sentido, que en el prximo tramo se va a pasar a disponer de tres carriles en el mismo sentido de circulacin. Tambin indica la velocidad mxima que est permitido alcanzar en cada uno de ellos. I-60b. BIFURCACIN HACIA LA DERECHA EN CALZADA DE DOS CARRILES. Indica, en una calzada con dos carriles de circulacin en el mismo sentido, que en el prximo tramo se producir una bifurcacin con cambio de direccin en el carril de la derecha. I-61b. BIFURCACIN HACIA LA DERECHA EN CALZADA DE TRES CARRILES. Indica, en una calzada con tres carriles de circulacin en el mismo sentido, que en el prximo tramo el carril de la derecha se bifurcar hacia ese mismo lado. I-60a. BIFURCACIN HACIA LA IZQUIERDA EN CALZADA DE DOS CARRILES. Indica, en una calzada con dos carriles de circulacin en el mismo sentido, que en el prximo tramo se producir una bifurcacin con cambio de direccin en el carril de la izquierda.

I-61a. BIFURCACIN HACIA LA IZQUIERDA EN CALZADA DE TRES CARRILES. Indica, en una calzada con tres carriles de circulacin en el mismo sentido, que en el prximo tramo el carril de la izquierda se bifurcar hacia ese mismo lado. I-62a. BIFURCACIN HACIA LA IZQUIERDA EN CALZADA DE CUATRO CARRILES. Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulacin en el mismo sentido, que en el prximo tramo el carril de la izquierda se bifurcar hacia ese mismo lado. I-63. BIFURCACIN EN CALZADA DE CUATRO CARRILES. Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulacin en el mismo sentido, que en el prximo tramo los carriles de la izquierda se bifurcarn hacia la izquierda y los de la derecha hacia la derecha.

I-62b. BIFURCACIN HACIA LA DERECHA EN CALZADA DE CUATRO CARRILES. Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulacin en el mismo sentido, que en el prximo tramo el carril de la derecha se bifurcar hacia ese mismo lado.

DE SERVICIOI-100. PUESTO SANITARIO DE URGENCIA. Indica la situacin de un centro, oficialmente reconocido, donde puede realizarse una cura de urgencia. I-101. BASE DE AMBULANCIA. Indica la situacin de una ambulancia en servicio permanente para cura y traslado de heridos en accidentes de circulacin. I-102. SERVICIO DE INSPECCIN TCNICA VEHICULAR. Indica la situacin de una estacin de inspeccin tcnica de vehculos (ITV). Tambin podr significar revisin tcnica obligatoria (RTO). I-104b. TELFONO DE EMERGENCIA. Indica la situacin de un telfono de uso permanente para advertir a las autoridades de la existencia de un accidente o emergencia en la va. I-106. TALLER MECNICO Y S U R T I D O R D E COMBUSTIBLE. Indica la situacin de una instalacin que dispone de taller mecnico y surtidor de combustible.

I-103. TALLER DE REPARACIONES. Indica la situacin de un taller de reparacin de automviles.

I-104a. TELFONO. Indica la situacin de un aparato telefnico.

I-105. SURTIDOR DE COMBUSTIBLE. Indica la situacin de un surtidor de combustible o estacin de servicio.

I-105a. SURTIDOR DE COMBUSTIBLE CON PLOMO Y SIN PLOMO. Indica la situacin de un surtidor de combustible o estacin de servicio, en la que se puede encontrar nafta sin plomo.

I-107. CAMPING. Indica la situacin de un lugar para acampar.

I-108. AGUA. Indica la situacin de una fuente de agua, potable o no.

I-109. LUGAR PINTORESCO. Indica un sitio pintoresco o el lugar desde el que se divisa.

I-110. HOTEL O MOTEL. Indica la situacin de un hotel o motel.

I-111. RESTAURANTE. Indica la situacin de un restaurante.

I-112. CAFETERA. Indica la situacin de un bar o cafetera.

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Curso sobre Normas de Trnsito y Seguridad VialI-113. TERRENO PARA CASILLAS RODANTES. Indica la situacin de un terreno en el que puede acamparse con remolquevivienda. I - 11 6 . C A M P I N G Y TERRENO PARA CASILLAS RODANTES. Indica la situacin de un lugar donde puede acamparse con carpa o con remolque-vivienda. I-119. LUGAR DE PESCA. Indica un tramo de ro o lago en el que la pesca est sujeta a autorizacin especial. I - 11 5 . P U N TO D E PARTIDA PARA EXCURSIONES A PIE. Indica el lugar apropiado para iniciar excursiones a pie.

I - 11 4 . M E R E N D E R O . Indica el lugar que puede utilizarse para el consumo de comidas y bebidas.

I-117. ALBERGUE JUVENIL. Indica la situacin de un albergue cuya utilizacin est reservada a organizaciones juveniles. I-120. PARQUE NACIONAL. Indica la situacin de un parque nacional, cuyo nombre figura debajo del pictograma.

I-118. INFORMACIN TURSTICA. Indica la situacin de una oficina de informacin turstica.

I-121. MONUMENTO. Indica la situacin de una obra histrica o artstica declarada monumento, cuyo nombre figura debajo del pictograma. I-123. REA DE DESCANSO. Indica la situacin de un rea de descanso.

I-122. OTROS SERVI-CIOS. Seal genrica para cualquier otro servicio, que se inscribir en el recuadro blanco.

I-124. ESTACIONAMIENTO PARA USUARIOS DEL FERROCARRIL. Indica la situacin de una zona de estacionamiento conectada con una estacin de ferrocarril y destinada principalmente para los vehculos de los usuarios que realizan una parte de su viaje en vehculo privado y la otra en ferrocarril.

I-125. ESTACIONAMIENTO PARA USUARIOS DEL FERROCARRIL SUBTERRNEO. Indica la situacin de una zona de estacionamiento conectada con una estacin de ferrocarril subterrneo y destinada principalmente para los vehculos de los usuarios que realizan una parte de su viaje en vehculo privado y la otra en ferrocarril subterrneo.

I-126. ESTACIONAMIENTO PARA USUARIOS DE MNIBUS. Indica la situacin de una zona de estacionamiento conectada con una estacin o una terminal de mnibus y destinada principalmente para los vehculos de los usuarios que realizan una parte de su viaje en vehculo privado y la otra en mnibus.

SEALES D