mapa mental estabilidad y fuero
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LLA
EDUCACION SUPERIORUNIVERSIDAD FERMIN TORO
ESCUELA DE DERECHO
PARTICIPANTE: FRANDI PADILLA
C.I Nº: 20.540.284SAIA – G SAN FELIPE
LA ESTABILIDAD:
Consiste en el derecho que tiene el trabajador a conservar su puesto de
trabajo sin ser trasladado o desmejorado
Los funcionarios públicos prestan servicio a la
administración publica nacional y se rigen por la
ley del estatuto de la función publica (LEFP)
La ley recoge el bagaje doctrinal que rodea la relacion del trabajo de modo que los trabajadores noi
podran ser despedidos ni desmejoras de su
empleo por sus patronos.
Su reforma en el año 1997 trajo consigo
varias modificaciones con el propósito de hacer mas oneroso
permitiendo la estabilidad laboral
Se considera social por que tiene interés familiares y económicos para que representa seguridad para su trabajador
Tipos de estabilidad: •Relativa: son los que permanecen mas de tres meses en su cargo según art: 112 lot• absoluto, propia, directa o inamovilidad: es el derecho que tiene el trabajador que a gozado de fuero• contractual: es la convención colectiva que logran los sindicatos buscando la inamovilidad.• precaria: determina la estabilidad por los contratos de tipos determinados.
EL FUERO:
La legislación venezolana considera fueros sindicales, fueros maternales y fueros establecidos por decreto presidencial amparos por la lot, ley para la protección de
las familias, maternidad y la paternidad.
Realizan actividades propias al desarrollo de la actividad sindical en el marco constitucional el artículo 95 afora a los promotores, promotoras e integrantes de las directivas de las organizaciones sindicales, con inamovilidad laboral durante el tiempo y en las condiciones que se requieran para el ejercicio de sus funciones
No se debe confundir fueros sindicales con el
ejercicio de la libertad sindical u otras protecciones
de inamovilidad
El artículo 453 de la LOT, creado para proteger el fuero sindical, permite al trabajador
aforado la inasistencia a la contestación, en el
procedimiento de calificación de falta, sin que por eso se le declare confeso, precisamente
porque el trabajador no es dueño del fuero.