ministerio del desarrollo, industria y comercio exterior · tributaciÓn sobre las importaciones...
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Seminario “Como Exportar a Brasil”
Ecuador, 15 al 17 de noviembre 2011
MINISTERIO DEL DESARROLLO, INDUSTRIA Y COMERCIO
EXTERIOR
SECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR
DEPARTAMENTO DE OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR
2
TRATAMIENTO
ADMINISTRATIVO
DE LAS
IMPORTACIONES
BRASILEÑAS
3
Clasificación en
NCM
Habilitación
SISCOMEX
Tratamiento
Administrativo de
las Importaciones
Brasileñas
Negociación
Exportador
ETAPAS
4
Tiene por fundamento el Sistema Armonizado (SA)
Códigos de 8 dígitos
6 dígitos SA + 2 dígitos MERCOSUR
Se añaden dos dígitos para marcar diferencias/intereses del comercio regional
NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (NCM)
5
6
7
TARIFA EXTERNA COMUM - TEC
8
9
TARIFA EXTERNA COMUM - TEC
10
Clasificación en
NCM
Habilitación
SISCOMEX
Tratamiento
Administrativo de
las Importaciones
Brasileñas
Negociación
Exportador
ETAPAS
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El importador brasileño debe solicitar su
habilitación en el SISCOMEX
Integra las actividades de registro, seguimento
y control de las operaciones de comercio
exterior, por medio de un flujo único,
computadorizado, de informaciones
Módulo Importación: enero/1997
SISTEMA INTEGRADO DE COMERCIO EXTERIOR (SISCOMEX)
AUTORIZACIÓN PARA UTILIZAR EL SISCOMEX
Concedida por el Ministerio de Hacienda por medio
de la Secretaria de Ingresos Públicos Federales
(SRFB)
Habilitación del Responsable Legal
Acreditación de Representantes
Solamente empresa establecida en Brasil puede
registrar pedidos de importación en SISCOMEX
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Clasificación en
NCM
Habilitación
SISCOMEX
Tratamiento
Administrativo de
las Importaciones
Brasileñas
Negociación
Exportador
ETAPAS
14
TRATAMIENTO
ADMINISTRATIVO DE
LAS IMPORTACIONES
BRASILEÑAS
IMPORTACIONES EXONERADAS DE LICENCIAMIENTO
IMPORTACIONES SUJETAS A LICENCIAMIENTO
AUTOMÁTICO
NO AUTOMÁTICO
ETAPAS
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Como regla general, para las importaciones brasileñas
no hay necesidad de licencia.
El importador deberá formular la Declaración de
Importación (DI) en el SISCOMEX.
El registro de la DI marca el comienzo del Despacho
Aduanero de Importación.
IMPORTACIONES EXONERADAS DE LICENCIAMIENTO
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TRATAMIENTO
ADMINISTRATIVO
IMPORTACIÓN
EXONERADA DE
LICENCIAMIENTO
REGISTRO DE LA
DECLARACIÓN DE
IMPORTACIÓN (DI)
Llegada de la mercancía en Brasil
ETAPAS
17
TRATAMIENTO
ADMINISTRATIVO DE
LAS IMPORTACIONES
BRASILEÑAS
IMPORTACIONES EXONERADAS DE LICENCIAMIENTO
IMPORTACIONES SUJETAS A LICENCIAMIENTO
AUTOMÁTICO
NO AUTOMÁTICO
ETAPAS
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Importador debe registrar la Licencia de Importación
(LI) en el SISCOMEX.
Embarque de la mercancía en el exterior suele ocurrir
sólo después de la autorización del licenciamiento.
Puede ser necesaria en razón del producto negociado
o en función de la operación realizada, siempre
predominando el tratamiento más restrictivo.
Caducidad de la LI: 90 días para el embarque de la
mercancía en el exterior.
IMPORTACIONES SUJETAS A LICENCIAMIENTO
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Licenciamiento Automático: Resultado hacia 10 días útiles
Licenciamiento No Automático: Resultado hacia 60 días
seguidos
Base Jurídica: Portaría SECEX nº 23, de 14/07/2011
Lista de Productos/Operaciones sujetas a licenciamiento:
• Módulo “Tratamento Administrativo” - SISCOMEX
• Dirección Electrónica del MDIC - www.mdic.gov.br
• Los artículos 14º y 15º de la Portaria SECEX nº 23/11
IMPORTACIONES SUJETAS A LICENCIAMIENTO
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CONSOLIDACIÓN DE LAS NORMAS - SECEX
22
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1 - PRODUCTOS SUJETOS A LICENCIAMIENTO AUTOMÁTICO
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2 - PRODUCTOS SUJETOS A LICENCIAMIENTO NO AUTOMÁTICO
25
3 - ÓRGANOS ANUENTES DE LAS IMPORTACIONES
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TRATAMIENTO
ADMINISTRATIVO
IMPORTACIÓN
SUJETA A
LICENCIAMIENTO
REGISTRO DE LA
LICENCIA DE
IMPORTACIÓN (LI)
ETAPAS
27
Registro
de la LI
Órgano de
Anuencia Decisión
ETAPAS
28
Órgano de
Anuencia
Registro de la
Declaración de
Importación
Embarque
Autorizado
Exigencia
Deferido
(Autorizado)
Indeferido
(No Autorizado)
Llegada de la mercancía en Brasil
Llegada de la mercancía en Brasil
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NCM
SISCOMEX
Tratamiento
Administrativo
Licencia de
Importación (LI)
Órgano de Anuencia
Exigencia
Indeferido
Embarque Autorizado
Deferido
Decisión
Declaración de
Importación (DI)
Importación Exonerada
de Licenciamiento
Despacho
Aduanero de
Importación Llegada de la
mercancía en Brasil
Llegada de la mercancía en Brasil
Importación sujeta a licenciamiento
- Automático
- No Automático
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ACTUACIÓN
DE LA
SECRETARÍA
DE COMERCIO
EXTERIOR
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MINISTERIO DEL DESARROLLO, INDUSTRIA Y
COMERCIO EXTERIOR
MDIC
SECEX STI SCS SDP
DEINT
Secretaría de Comercio Exterior
Departamento de Operaciones
de Comercio Exterior
DENOC DECOM DEPLA DECEX
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Régimen Aduanero de Drawback
Cuota Arancelaria
Examen de Similitud
Material Usado
IMPORTACIONES BAJO RESPONSABILIDAD DEL MDIC/SECEX/DECEX
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Drawback: Ventajas a las exportaciones brasileñas, por
medio de la suspensión/exención/restitución de tributos
incidentes en la importación de insumos
Importaciones sujetas a licenciamiento automático
(modalidades Suspensión y Exención)
Importador debe registrar la LI cuando realice las
importaciones previstas en la concesión (Ato Concessório)
La LI puede ser posterior al embarque de la mercancía en
el exterior
Importaciones bajo el régimen de Drawback
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Importaciones bajo Acuerdos en el ámbito de la ALADI
(margen de preferencia) o de la Resolución GMC nº 08/2008
(acciones puntuales por razones de abastecimiento)
Reducción del impuesto de importación
Sujetas a licenciamiento no automático
Hay que obtener la LI antes del embarque de la mercancía
en el exterior
Importaciones Sujetas a la Obtención de Cuota Arancelaria
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Importaciones en que se soliciten ventajas fiscales
(exención o reducción del impuesto de importación)
Análisis: calidad, precio, plazo
Situaciones definidas en Legislación Específica
Importaciones sujetas a licenciamiento no automático
Hay que obtener la LI antes del embarque de la
mercancía en el exterior
Importaciones Sujetas a Examen de Similitud
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Condiciones mencionadas en la Portaría DECEX nº 08/91
Importaciones sujetas a licenciamiento no automático
Hay que obtener la LI antes del embarque de la mercancía
en el exterior
Examen de Producción Nacional Publicación en la Dirección Electrónica del MDIC - www.mdic.gov.br
Importación de bienes de consumo usados: prohibida,
excepto en casos previstos en la legislación
Importaciones de Material Usado
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NCM
SISCOMEX
Tratamiento
Administrativo
Licencia de
Importación (LI)
Órgano de Anuencia
Exigencia
Indeferido
Embarque Autorizado
Deferido
Decisión
Declaración de
Importación (DI)
Importación Exonerada
de Licenciamiento
Desaduanaje
de Importación Llegada de la
mercancía en Brasil
Llegada de la mercancía en Brasil
Importación sujeta a licenciamiento
- Automático
- No Automático
DESADUANAJE DE MERCANCÍAS
Toda mercancía procedente del exterior debe ser sometida al
desaduanaje de importación, basándose en declaración
presentada por el importador
El desaduanaje tiene por finalidad satisfacer y cumplir con todas
las formalidades indispensables para nacionalizar las mercancías
importadas
El control es ejercido por la SRFB, que es el organismo público
encargado de la gestión del sistema aduanero
Dirección Electrónica del SRFB: www.receita.fazenda.gov.br
DESADUANAJE DE MERCANCÍAS
Documentos exigidos del importador:
Conocimiento de Carga (Bill of Lading o Air Way Bill)
MIC-DTA/TIF-DTA (si carretera o ferrocarril)
Original de la Factura Comercial, firmada por el exportador
Lista de empaque (si aplicable)
Otros, en virtud de acuerdos internacionales o legislación específica
Nombre y dirección del exportador y del importador
Descripción de las mercancías
Cantidad y espécimen de los bultos
Peso bruto y neto
País de origen, de adquisición y de procedencia de la mercancía
Precio unitario y total de cada espécimen de mercancía con
indicación del montante y naturaleza de los descuentos
concedidos
Valor del flete, si incluso
El Incoterm negociado
La factura debe contener:
DESADUANAJE DE MERCANCÍAS
Canal verde – desaduanamiento automático
Canal amarillo – aforo documental
Canal rojo – aforo documental y físico
Canal gris – aforo documental y físico y aplicación de procedimiento especial de control (indicios de delito aduanero)
DESADUANAJE DE MERCANCÍAS
Asignación de canal de despacho:
TRIBUTACIÓN A LAS IMPORTACIONES
Tarifa Aduanera - Tarifa Externa Común del Mercosur (TEC)
Tributos internos - IPI, PIS, Cofins, Cide-hidrocarburos, ICMS
Tasas aduaneras diversas - Contraprestación de servicios
(movimiento y almacenamiento de cargas, etc.)
TRIBUTACIÓN SOBRE LAS IMPORTACIONES
Los tributos son liquidados en la Declaración de Importación (DI)
por el Siscomex
El cobro de los tributos es hecho en el momento del registro de la
DI por medio de débito automático en cuenta corriente bancaria
El pago de los tributos es condición para el registro de la DI
La TEC es aplicada sobre el valor aduanero, calculado según el
Acuerdo de Valoración Aduanera de la OMC
El Incoterm “DDP” no es aceptado
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TRATAMIENTO
TRIBUTARIO -
SIMULADOR
45
46
47
1
48
49
50
51
Total (II=20%): R$ 6.833,35 = US$ 3.901,20
Total (II = 0%): R$ 3.073,49 = US$ 1.754,68
MAURICIO GENTA MARAGNI
Ministerio del Desarrollo, Industria y Comercio Exterior
Secretaría de Comercio Exterior
Departamento de Operaciones de Comercio Exterior
Tel.: +55 (61) 2027-7690
Fax.: +55 (61) 2027-7972
E-mail. [email protected]
MUCHAS GRACIAS !!!!!!