modelo -reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo ok

31
REGLAMENTO FECHA DE EMISIÓN 2012 REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN 001 REG.SST-SSMA PÁGINA 1 de 31 NOMBRE CARGO FIRMA ELABORADO POR : Jorge Pérez Jefe de Seguridad REVISADO POR : José Merino Jefe de operaciones APROBADO POR : Fredy Granados Gerente General [ELECTRO G&S INGENIEROS SAC] REG.SST.SSMA REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Upload: jhony-martin-lopez-lopez

Post on 07-Sep-2015

240 views

Category:

Documents


11 download

DESCRIPTION

Muy Bueno

TRANSCRIPT

REGLAMENTO DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

REGLAMENTOFECHA DE EMISIN2012

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJOFECHA DE REVISIN

VERSIN001

REG.SST-SSMAPGINA1 de 1

REGLAMENTOFECHA DE EMISIN2012

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJOFECHA DE REVISIN

VERSIN001

MGSS-SSMAPGINA2 de 2

PGINA DE CONTROL DE CAMBIOS

VERSINFECHA DE REVISINPUNTOS REVISADOSELABORADOREVISADOAPROBADO

INTRODUCCINElectro G&S Ingenieros S.A.C. en cumplimiento a lo dispuesto en el articulo N74 del Decreto Supremo N005 2012-TR, ha elaborado el presente Reglamento Interno de Seguridad , Salud Ocupacional y Medio Ambiente; con el propsito que sus trabajadores, socios estratgicos, clientes y proveedores conozcan las reglas principales de Seguridad , Salud Ocupacional y Medio Ambiente de la empresa.

La gerencia, jefaturas residentes y los supervisores velaran por el cumplimiento de las normas dispuestas en el presente reglamento; as como tomar las medidas correctivas necesarias a fin de evitar que se produzcan accidentes, como resultado del incumplimiento de las normas y procedimientos de seguridad, salud y medio ambiente.

Este reglamento es de carcter obligatorio para todos los trabajadores de Electro G&S Ingenieros S.A.C, socios estratgicos y visitantes dentro de sus instalaciones o proyectos.

TITULO IDISPOSICIONES GENERALESOBJETIVOSArt.1st.- El presente reglamento tiene por objetivo lo siguiente:a) Eliminar y reducir los riesgos a niveles aceptables, con la finalidad de evitar los accidentes, enfermedades ocupacionales y dao al medio ambiente mediante una preventiva arraigada en todos los niveles de la organizacin.b) Fomentar una cultura preventiva en los trabajadores y socios estratgicos mediante las capacitaciones, entrenamientos, sensibilizaciones y motivaciones en seguridad, salud ocupacional y medio ambiente.c) Establecer procedimientos de trabajo, que involucren prcticas seguras de trabajo y proteccin al medio ambiente.d) Investigar y analizar los accidentes e incidentes con el propsito de determinar las causas reales o bsicas que dieron origen al evento.e) Asegurar ambientes y entornos de trabajo seguro, para el desempeo adecuado de nuestros trabajadores.ALCANCEArt.2nd.- El presente reglamento es proporcionado al trabajador antes de iniciar sus actividades as como difundido en cada una de las sedes de Electro G&S Ingenieros S.A.C...TITULO II

LIDERAZGO, COMPROMISOS Y POLITICA DE SSOMAC

Art.3rd.- Es responsabilidad de la lnea de mando, quienes dentro de sus obligaciones deben hacer de la administracin del riesgo, una estrategia que le permita tener un control eficiente y eficaz de la correcta ejecucin de los trabajos, velando que tanto nuestros trabajadores como el personal de las socios estratgicos que ejecuten labores para Electo G&S, cumplan extintamente las normas y estndares establecidos.COMPROMISO DE LA ORGANIZACINa) Brindar los recursos para el desarrollo de todas las actividades en la implementacin y mantenimiento del Sistema Integrado de Gestin. A fin de lograr el xito de la prevencin en su conjunto.b) Asumir la responsabilidad de la prevencin de accidentes de trabajo, las enfermedades ocupacionales. la proteccin del medio ambiente y del cumplimiento de los principios laborales mediante el compromiso de los trabajadores en la aplicacin de las disposiciones que contiene el presente reglamento.c) Establecer programas de gestin de SSOMAC definidos y medir el desempeo, llevando a cabo las mejoras.d) Investigar las causas de los accidentes, incidentes, enfermedades ocupacionales, daos al medio ambiente o desviaciones de los principios laborales, con la finalidad de evitar su repeticin.e) Fomentar una cultura de prevencin en riesgos ocupacionales y ambientales y de cumplimiento de los principios laborales. Para lo cual se inducir en entrenamientos y capacitaciones a los trabajadores con el propsito de mejorar su desempeo en el desarrollo de sus actividades.f) Velar y exigir que los socios estratgicos cumplan con todas las normas aplicables de SSOMA.g) Implementar, mantener y verificar os planes de respuesta a emergenciash) Realizar exmenes mdicos ocupacionales (antes, durante y despus de la relacin laboral a los trabajadores.POLTICA DE SS0MACArt.4th.- Electro G&S Ingenieros S.A.C. se compromete a difundir la Poltica de SSOMAC a sus trabajadores, socios estratgicos, proveedores y visitantes. Asimismo todos los trabajadores y socios estratgicos deben conocer, cumplir y hacer cumplir la Poltica de SSOMAC.

TITULO III

ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES

DE LA EMPRESAArt.5th.- La empresa asume su responsabilidad en la organizacin del sistema integrado de gestin garantizando el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Reglamento Interno de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente (SSOMA), para lo cual la empresa debe:a) Velar por el cumplimiento del Programa de SSOMAC anual y dar el respaldo y soporte necesario para la adecuada y oportuna implementacin de este.b) Ejecutar los programas de entrenamiento y capacitacin en seguridad, salud ocupacional y medio ambiente para sus trabajadores incluyendo al personal y socios estratgicos.c) Proporcionar a sus trabajadores los implementos y equipos de proteccin personal adecuados de acuerdo a las normas legales y tcnicas segn la naturaleza de las actividades que se realicen y riesgos especficos presentes en el desempeo de sus funciones.d) Instruir a sus trabajadores, socios estratgicos, visitantes y clientes que recorren las instalaciones; respecto a los riesgos que estn expuestos con relacin a su operacin, adoptando las medidas necesarias para evitar accidentes y/o enfermedades en su actividad

e) Facilitar y estimular el cumplimiento de las actividades del Comit y sub Comit de SSOMAC.f) Cubrir el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo a los trabajadores para efectos de las coberturas por accidente de trabajo, enfermedades ocupacionales y la cobertura de pensiones, as como las plizas de accidentes, de acuerdo con la legislacin laboral vigente y verificar su cumplimiento por los sub contratistas.

g) Prever que la exposicin a los agentes fsicos, qumicos, biolgicos, ergonmicos y psicosociales concurrentes en el centro de trabajo, no generen daos en la salud de sus trabajadores.DE LOS TRABAJADORESArt.6th.- Todos los trabajadores de la empresa estn obligados a cumplir con las normas contenidas en el presente Reglamento de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente y en otras disposiciones complementarias. En ese sentido:a) Los trabajadores realizan sus actividades en forma segura siguiendo en forma rigurosa todas las instrucciones y recomendaciones dadas por su supervisor.b) Los trabajadores deben mantener en buenas condiciones las herramientas y/o equipos que la organizacin les ha proporcionado para el desarrollo de sus funciones; asimismo al trmino de cada trabajo, proceder a desconectar el sistema de la mquina o herramienta para evitar su arranque accidental. c) Los trabajadores no efectuaran ninguna tarea o manejo de equipo o herramienta para la cual no est calificado o autorizadod) Los trabajadores informaran los actos sub estndar y condiciones sub estndar que observe en el ambiente de trabajo. e) Los trabajadores apoyaran con el mantenimiento de las condiciones de orden y limpieza en lodos los lugares y actividades.f) Los trabajadores tienen derecho a negarse a trabajar cuando las condiciones no son seguras y pone en riesgo su vida y la de sus compaeros.g) Estn prohibidas las bromas, juegos bruscos y bajo ninguna circunstancia trabajara bajo el efecto de alcohol

Adicionalmente a lo estipulado para el personal en general, los conductores de cualquier tipo de vehculo debern tener presente:a) Son responsables tanto del vehculo en si como de los pasajeros que eventualmente lleve en ellos.b) Deber asegurarse que cualquier pasajero que transporte use los cinturones de seguridad instalados.c) No llevar ms pasajeros que lo consignado en la tarjeta de propiedad del vehculo.d) Deber verificar antes de cada inicio de marcha que el vehculo se encuentra en perfectas condiciones de operatividad (incluyendo los accesorios y facilidades de seguridad).e) Deber reportar diariamente a quien corresponda, las anomalas o defectos que el vehculo presente o haya presentado en su tumo saliente.f) Para los operadores de equipo pesado, estos debern efectuar una verificacin detallada del correcto funcionamiento de las partes mviles del equipo antes de iniciar alguna jomada; para ello, debern asegurarse que no exista ninguna persona alrededor del equipo y antes de iniciar las operaciones de verificacin de los elementos hidrulicos externos, debern tocar la bocina elctrica o de aire, tres veces en seal de aviso.DE LA SUPERVISIN LINEA DE MANDOArt.7th.- Todos los supervisores deben:a) Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento y dems dispositivos y normas establecidas para el correcto desarrollo del SSOMA, incluyendo el Reglamento y disposiciones del Cliente si as fuese el caso.b) Velar por el cumplimiento del Programa de SSOMA.c) Desarrollar los procedimientos constructivos necesarios y participar en la confeccin de los de seguridad.d) Incentivar y velar por el obligatorio uso de las AST; particularmente en los trabajos calificados como de alto riesgo.e) Propiciar y ejecutar charlas, capacitaciones y entrenamiento de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente en las reas de su responsabilidad.f) Propiciar y mantener una actitud positiva entre su personal hacia los aspectos de la prevencin de riesgos, auspiciando un reporte continuo y oportuno de las condiciones sub estndares por parte de estosg) Desarrollar las mejores tcnicas de investigacin y reporte de accidentes c incidentes.h) Participar activamente en todas las actividades de SSOMAC.i) Supervisar permanentemente el adecuado y correcto uso de los equipos de proteccin personal, particularmente en aquellas tareas de mayor riesgo.DEL COMIT DE SS0MACa) Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente.b) Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, as como los procedentes de la actividad del servicio de seguridad y salud en la organizacin.c) Aprobar el Programa Anual de Seguridad, Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad.d) Participar en la elaboracin, aprobacin, puesta en prctica y evaluacin de las polticas, planes y programas de promocin de la seguridad y salud en el trabajo, de la prevencin de accidentes y enfermedades ocupacionales.e) Promover que todos los nuevos trabajadores reciban una adecuada formacin, instruccin y orientacin sobre prevencin de riesgos.f) Vigilar el cumplimiento de la legislacin, las normas internas y las especificaciones tcnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo; as como, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.g) Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones tcnicas de trabajo, avisos y dems materiales escritos o grficos relativos a la prevencin de los riesgos en el lugar de trabajo.h) Promover el compromiso, la colaboracin y la participacin activa de todos los trabajadores en bien de la prevencin de los riesgos del trabajo, mediante la comunicacin eficaz.i) Realizar inspecciones peridicas en las reas administrativas, reas operativas, instalaciones, maquinaria y equipos, a fin de reforzar la gestin preventiva.j) Considerar las circunstancias e investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales que ocurran en el lugar de trabajo, emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la repeticin de stos.k) Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la repeticin de los accidentes y la ocurrencia de enfermedades profesionales.l) Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo.m) Analizar las estadsticas de los incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales ocurridas en el lugar de trabajo.EMPRESAS QUE BRINDAN SERVICI0SArt.8th.- Toda empresa que preste servicios, intermediacin laboral, socios estratgicos de Electro G&S Ingenieros S.A.C., deber:a) Cumplir con los dispositivos legales vigentes para segundad, salud ocupacional y medio ambiente; as como el presente reglamento.b) Verificar que la contratacin de los seguros de acuerdo a ley.c) Capacitar y entrenar a sus trabajadores en materia de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente en el trabajo.d) Suministrar a sus trabajadores en materia de seguridad, salud ocupacional m y medio ambiente en el trabajo.e) Suministrar a sus trabajadores los equipos de proteccin personal adecuados a las labores que desempeen.f) Informar inmediatamente a la Gerencia de SSOMAC cuando ocurra un accidente.TITULO IVTITULO IV

ESTANDARES DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE

RIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTEREGLAS PARA EL USO DE HERRAMIENTAS Y OPERACIN DE EQUIPOSArt.9th.- Utilice siempre herramientas y equipos adecuados para cada trabajo, sin modificarlos y verificando su buen estado. No opere herramienta o equipo en mal estado o deteriorado que pueden ocasionar: Dao a las personas Daos a la propiedad Perdida en el proceso

Daos al medio ambienteArt.10th.- Se prohbe fabricar y utilizar herramientas hechizas.Art.11st.- Toda herramienta manual deber se inspeccionada al inicio del mes, colocndole una cinta de color de acuerdo a lo establecido en el procedimiento de Herramientas de mano uso, conservacin y mantenimiento de Electro G&S Ingenieros S.A.CArt.12nd.- Se debe usar solo herramientas y equipos elctricos que cuenten con lnea de puesta a tierra conectada en forma efectiva, salvo que posean doble aislamiento.Art.13rd.- No se permite operar maquinas o equipo al trabajador que no est entrenado y autorizado previamente.Art.14th.- No se permite el traslado de personas en las tolvas de camiones, en el lampn de cargadores y excavadoras, ni en las cabinas u otras partes de los equipos pesados.ESCALERASArt.15th.- Se debe considerar lo siguiente cuando se utilizan escaleras porttiles:a) La escalera deber estar en buenas condiciones estructurales, tener lodos los peldaos completos y contar con un pie antideslizante.b) Las escaleras rectas debern ser apoyadas sobre una base slida y debern ser aseguradas para evitar su deslizamiento.c) En caso que una escalera no se pueda asegurar o cuando se utilice escaleras de tijera se deber contar con una persona de apoyo que la sujete.d) Use ambas manos para subir y bajar de una escalera, asimismo no debe llevar herramientas o materiales que se lo impidane) No se incline demasiado afuera o hacia un lado cuando se encuentre sobre una escalera.f) Nunca colocar la escalera al frente de una puerta, a menos que est cerrada con llave, ni junto a conductores con tensin ni apoyada sobre tuberas.g) Nunca se pare en los ltimos peldaos, hacerlo no menos de dos peldaos abajo.h) No dejar materiales o herramientas en la parte superior de la escalera.i) Est prohibido que dos o ms personas suban al mismo tiempo en una escalera porttil.j) Est prohibido usar escaleras metlicas para realizar trabajos en circuitos elctricos.ANDAMIOSArt.16th.- Un andamio parcialmente levantado o desmantelado debe tener todo su acceso bloqueado para evitar su utilizacin en tales condiciones y una seal indicadora de 'No Usar', tambin se colocar el aviso cuando el andamio se encuentra fuera de uso.Art.17th.- Nunca se usarn las crucetas del andamio como medios de acceso a la plataforma de trabajo.Art.18th.- Los andamios no se deben usar para almacenar materiales, pudiendo colocarse solo los elementos en uso y hasta un mximo de 50 Kg/m2. No se debe concentrar carga en un extremo, las cargas se repartirn equitativamente.Art.19th.- No se debe trabajar en andamios bajo condiciones de tiempo adversas (lluvia, nieve, temporales, fuertes vientos).Art.20th.- Los andamios de ms de 3 cuerpos sern atortolados entre s en ambos extremos para evitar que se desacoplen ante una eventual traccin superior o desequilibrio.Art.21st.- Cualquier punto de la estructura de los andamios deber siempre estar separado por lo menos 2,5 m de todo tipo de tendidos elctricos.

Art.22nd.- El soporte o apoyo del andamio al terreno o piso debe ser slido, parejo, rgido, capaz de resistir la carga mxima sin deformaciones o hundimientos. Adems, este apoyo debe ser seguro contra movimientos en cualquier direccin.Art.23rd.- Los andamios de tipo mvil, con ruedas en sus bases para permitir su traslado de un punto a otro, deben estar adecuadamente asegurados mediante un dispositivo de freno para evitar movimientos y solamente sern movidos por aplicacin de fuerza en la base. Art.24th.- La altura de este tipo de andamio no ser mayor de 4 cuerpos, tratndose de andamios especiales, la norma a seguir ser que la altura no puede ser superior a 3 veces la longitud del lado ms corto de su base.Art.25th.- Est terminantemente prohibido mover andamios de un sitio a otro con personal sobre ellos por comprometer la estabilidad del mismo.EQUIPO DE PROTECCIN PERSONALArt.26th.- Todo trabajador de CAME y terceros que estn en las reas preestablecidas deben utilizar los equipos y elementos de proteccin personalArt.27th.- Dentro de las reas delimitadas de trabajo e instalaciones (excepcin de las oficinas administrativas) es obligatorio el uso de los siguientes equipos de proteccin: Casco de seguridad Lentes de seguridad Zapatos de seguridad Uniforme de trabajo Guantes de seguridadY los implementos necesarios que pueda requerir el rea de trabajo de acuerdo a los peligros identificados.Art.28th.- El trabajador est obligado a usar ames es de seguridad en buenas condiciones cuando realice trabajos a ms de 1.80 mts. sobre el nivel del terreno o losa. Las correas de seguridad sern utilizadas como elementos de contencin para evitar caldas, en adicin a los arneses, nunca en su reemplazoArt.29th.- Los soldadores aparte de usar los EPP obligatorios deben tener en cuenta que al ejecutar operaciones de corte y soldadura usar mscara de soldar, mandil de cuero, guantes y mangas de cuero.Art.30th.- Es obligatorio el uso del equipo de proteccin respiratorio en rea donde exista el riesgo a la salud por acumulacin de polvo, humos, gases, neblina o vapores.PERMISOS DE TRABAJOArt.31st.- No se deber comenzar ningn trabajo que por norma deba contar con permiso, sin estar provisto del respectivo "Permiso de Trabajo" y debern adems, acatarse todas las instrucciones que en este se especifique. En el "Permiso de Trabajo' se indican las condiciones, precauciones e instrucciones de seguridad necesarias para realizar cualquier trabajo libre de riesgos o bajo riesgos controlados.Art.32nd.- Los permisos estn clasificados en: Permiso para trabajos en caliente tales como soldadura o corte autgeno o elctrico, uso de sopletes o llamas abiertas, uso de esmeriles o cualquier otra herramienta que produzca chispas. Permiso para Excavaciones: tales como aberturas de zanjas, excavaciones localizadas, excavaciones masivas, etc. Permiso para trabajos elctricos: tales como uso de herramientas elctricas o de equipos que generen o usen cualquier forma de energa calorfica de rayos X, Gamma o similar, uso de cautiles elctricos, estufas y calentadores, as como todo trabajo que se realice en instalaciones elctricas, as estn des energizadas. Permiso para trabajo en canastillos: tales como los que tienen que efectuarse suspendidos desde el gancho de una gra o desde un canastillo fijo a una estructura mediante retenidas, o para movilizar al personal para alcanzar una determinada posicin. Permito para trabajo en espacios confinados: tales como los que se realicen en espacios cerrados con ventilacin restringida, donde se genere calor por las luminarias instaladas, polvo, trabajos de pintura, etc. Permisos de trabajo en altura: tales como los que se tiene que trabajar a ms de 1.80 mts. Sobre el nivel de terrenoREGLAS PARA TRABAJOS EN ALTURAArt.33rd.- Para todo trabajo en altura donde se pueda producir una calda libre de 1.80 metros o ms, es obligado implementar e instalar un sistema personal de deteccin de caldas. Para tal efecto, todo trabajador expuesto debe utilizar un arns de cuerpo entero correctamente colocado y ajustado, contar con un medio de conexin y con un sistema de anclaje de resistencia adecuada.Art.34th.- Est prohibido utilizar lneas de seguridad o lneas de vida con nudos o empates o de soga manilaArt.35th.- Antes de colocarse un arns el trabajador debe inspeccionarlo visualmente para verificar su buen estado. Se debe revisar correajes, hebillas, costuras, lneas de seguridad y ganchos (mosquetones). Si se observan cortes, abras iones, quemaduras, deshilachados o cualquier tipo de dao, el equipo debe ser inmediatamente descartado y reemplazado por otro en buen estado.Art.36th.- Siempre se debe verificar la posicin correcta de los anillos, en especial el de la espalda donde debe engancharse la lnea de seguridad para detencin de caldas. Se debe contar con una segunda persona que ayude la revisin de la correcta colocacin y ajuste del arns antes de usarlo.Art.37th.- Al realizar trabajos en altura es obligatorio acordonar el rea inferior si existe circulacin peatonal o vehicular para evitar accidentes por caldas de objetosArt.38th.- Es obligatorio reportar al supervisor cualquier dao que presenten las escaleras, plataformas, andamios, pasarelas o barandas que estn en operacin.Art.39th.- No se permite la conexin directa de un cable o extensin elctrica a una fuente de energa o tomacorriente. Todo cable debe contar con un enchufe macho el cual se conecta a un tomacorriente (enchufe hembra].Art.40th.- Se prohbe desenchufar un cable de alimentacin o extensin elctrica tirando del cable.Art.41st.- Cualquier defecto que se detecte en los aparatos e instalaciones elctricas (conductores sueltos o flojos, cables chamuscados, sin aislamiento o con aislamiento deficiente, chisporroteos, etc.) debe ser comunicado de inmediato al electricista autorizado, previa desconexin de la alimentacin de energa elctrica y la aplicacin del sistema de bloqueo respectivo.Art.42nd.- No se debe operar tableros, aparatos o extensiones elctricas con las manos o zapatos mojados o hmedos, o pisando superficies hmedas mojadas.Art.43rd.- Si se produce fuego donde haya energa elctrica presente, nunca se debe usar agua para apagarlo, salvo que se cuente con extintor de agua desmineralizada. Solo usar extintor de polvo qumico seco o de gas carbnico o arena a falta del extintor.Art.44th.- Cuando se requiera efectuar trabajos donde se identifique riesgo de electrocucin, se debe cumplir con las siguientes especificaciones generales: No usar zapatos con puntera, suela u ojillos metlicos. Si se est expuesto a impacto en pies el calzado debe poseer refuerzo con puntera acrlica No trabajar con ropa, guantes, calzado, herramientas u otros implementos mojados o con humedad, con grasa o impregnados con lquidos u otras sustancias que puedan afectar su capacidad aislante.Art.45th.- Antes de acercarse a una instalacin o aparato elctrico a efectuar labores quitarse cadenas, anillos, relojes, pulseras y en generar no portar ningn objeto metlico.REGLAS PARA OPERACIN DE IZAJEArt.46th.- Solamente el trabajador entrenado y autorizado podr operar equipos de izaje y realizar las funciones de maniobrista.Art.47th.- No se permiten izar personas con una graArt.48th.- Nunca debe ubicarse personal bajo una carga suspendida.Art.49th.- El operador debe conocer la capacidad de su gra y de los accesorios de izaje. No deber tratar de levantar cargas de mayor peso de su capacidad.Art.50th.- Si es necesario acercarse a un equipo de izaje, se deber previamente establecer contacto visual con el operador y esperar su confirmacin luego de haber detenido, el movimiento del equipo.Art.51st.- Se debern revisar los accesorios de izaje (cadenas, estrobos, grilletes, eslingas, grapas, ele) antes de cada uso.Art.52nd.- Previamente a la operacin de una gra se deber inspeccionar el rea para evitar chocar con cables elctricos

Art.53rd.- Los equipos de izaje motorizado deben estar provistos de interruptores lmites de seguridad, tanto para la accin de traslado como de levante mximo.Art.54th.- Nunca opere la gra sin antes cerciorarse que no haya nadie en peligro.Art.55th.- Para controlar el movimiento u oscilacin de una carga suspendida se deber usar un nmero apropiado de 'vientos' de soga, de largo conveniente. En esta forma se puede mover o asentar una carga suspendida en forma segura y sin peligro para los trabajadores.Art.56th.- Est prohibido arrastrar los estrobos, eslingas o cadenas por el piso.Art.57th.- Es obligatorio asegurar la carga correctamente usando el estrobo adecuado.

REGLAS PARA EXCAVACIONArt.58th.- El trabajador que trabaje efectuando excavacin manual debe encontrarse separado uno de otro con una distancia mnima de 3.5 metros para evitar lastimarse mutuamente con las herramientas de mano.Art.59th.- No se permite que personal trabaje ubicado en los taludes inclinados o banquetas de una excavacin si hay trabajadores emplazados en niveles inferiores de la misma, salvo que se encuentren protegidos adecuadamente respecto al riesgo desprendimiento o deslizamiento de material, herramienta o equipoArt.60th.- No se permite que trabaje personal dentro de excavaciones con acumulacin de agua, salvo que se hayan implementado las acciones preventivas necesarias para proteger al personal de los riesgos originados por la acumulacin de agua, las cuales deben incluir sistemas de proteccin contra derrumbes de calda de material de los taludes.Art.61st.- Se debe proveer de medios de accesos apropiados (escaleras porttiles o rampas) a cualquier excavacin de 1.20 metros de profundidad o ms donde requiera ingresar el personal.Art.62nd.- No se permite la presencia de personal en una excavacin junto a equipo pesado trabajando dentro de la misma, durante la descarga de material para el relleno, o cuando se tenga equipos o maquinaria que produce vibraciones operando cerca de la excavacin.Art.63rd.- Si se ya a realizar excavaciones, abrir buzones o similares se debe colocar avisos de advertencia para prevenir caldas u otros accidentes. Si se utiliza acordamiento se deben colocar a no menos de I metro del borde. De lo contrario utilizar barandas rgidas.REGLAS PARA INGRESO A ESPACIOS CONFINADOSArt.64th.- El trabajador que vaya a ingresar a un espacio confinado debe ser previamente instruido por el supervisor responsable respecto a los peligros involucrados, a las acciones preventivas que es necesario implementar y en lo referente al uso de los equipo de proteccin y emergencia que se requieran.Art.65th.- No se permite efectuar trabajo en caliente dentro de un espacio confinado en el mismo da o turno laboral en el que se ha realizado labores que originan vapores, nieblas o gases inflamables.REGLAS PARA OPERACIONES ELECTROMECANICASArt.66th.- No se permite fumar o encender lmparas de llama abierta cerca del lugar de almacenamiento de cilindros o botellas de gas comprimido.

Art.67th.- Para el transporte manual de cilindros se deben usar las carretillas porta cilindros destinadas para este fui, donde se colocarn los cilindros en posicin vertical asegurados con cadenas o sogas, con sus capuchones colocados y ajustados.Art.68th.- Est prohibido manipular la amoladora porttil por personal que no est autorizado.Art.69th.- Mientras se realicen operaciones de arenado no se debe acercar ninguna persona ajena a los trabajos ms all de la zona acordonada.Art.70th.- No est permitida la presencia de pasajeros no autorizados durante el transporte de material explosivo, con excepcin de los custodios de la carga quienes deben contar con licencia para manipular explosivos.Art.71st.- Se prohbe la manipulacin de explosivos por personas no autorizadas. Asimismo se prohbe trasladar en el mismo vehculo y en forma simultnea sustancias explosivas con accesorios de voladura. Tampoco se debe trasladar en un mismo vehculo diferentes explosivos no compatibles, ni materiales metlicos, combustibles, inflamables y/o corrosivos junto con explosivos.Art.72nd.- Las personas ajenas a la voladura deben ubicarse a mnimo 500 metros de la zona de disparo. Tambin se debe retirar equipos, maquinaria y vehculos que se encuentren en un radio de 300 metros de la misma.ALMACENAMIENTO Y MANIPULEO DE MATERIALESArt.73rd.- Los materiales se debern almacenar en lugares autorizados, apropiados y debidamente sealizados; de acuerdo a sus caractersticas fsicas y al riesgo qumico que puedan ofrecer.

Art.74th.- El apilamiento de materiales se realizar ordenadamente, en pisos estables y nivelados que puedan soportar el peso de la pila. El objetivo es evitar la calda de los materiales apilados. As mismo se mantendr el orden y la limpieza del rea.Art.75th.- El almacenamiento de anaqueles o repisas debe ser de tal forma que se permita un acceso cmodo a los materiales, no se sobrepase la capacidad de la repisa y los materiales de mayor peso se almacenarn en las zonas bajas.Art.76th.- En toda operacin de carga y descarga de materiales (cilindros, tambores, tubos, maderas, etc.) se deber realizar en forma ordenada y sin apresurarse para evitar lesiones de cualquier tipo.Art.77th.- Cuando levante un peso desde el suelo: agarre firmemente, mantenga sus brazos y espalda tan derechos como sea posible Doble las rodillas y luego levante con los msculos de las piernas y brazos manteniendo la Carga pegada al cuerpo. Al dejar el peso adopte la misma posicin y adems tomes las precauciones necesarias para no golpearse los pies o las manos.SUSTANCIAS PELIGROSASArt.78th.- Todos los productos qumicos debern contar con su respectiva hoja de seguridad (MSDS) durante su transporte, almacenamiento y manipulacin.Art.79th.- Las hojas de seguridad deben estar en idioma espaol y accesible a todos los trabajadores en el lugar de trabajo.Art.80th.- t trabajador antes de manipular una sustancia peligrosa debe conocer la clasificacin de los materiales peligros de acuerdo a la norma NFPA (Asociacin Nacional de Proteccin contra el Fuego) 704

ALCOHOL Y DROGAS

Art.81st.- Se realizaran pruebas preventivas de alcoholemia, los das que el departamento de SSOMAC estime conveniente; la misma que se realizara al azar y procurando abarcar todas las reas de trabajo.Art.82nd.- El negarse a pasar la prueba de alcoholemia significara que el trabajador acepta su falta y se proceder con la sancin respectiva.

ILUMINACINArt.83rd.- La iluminacin debe ser adecuada en los lugares de trabajo que as lo requieran.Art.84th.- No se podrn efectuar trabajos en reas que no se encuentren debidamente iluminadas.

Art.85th.- Los Supervisores diariamente debern coordinar, sobre los requerimientos especficos de iluminacin para trabajos que se prolonguen o empiecen despus de las 18:00 horas.Art.86th.- Todos los accidentes ocurridos en las operaciones de la organizacin ya sea propio del personal o por sus socios estratgicos tienen que ser investigados y reportados bajo el procedimiento establecido.Art.87th.- 1 trabajador que sufra un accidente por leve que sea, debe informar a la brevedad posible a su jefe inmediato. So comunicar luego que finaliza la jomada de trabajo.ORDEN Y LIMPIEZAArt.88th.- Cada trabajador es responsable de mantener ordenado y limpio su lugar de trabajo, antes de iniciar las labores y al trmino de los mismos.Art.89th.- Ninguna labor se considerara terminada si el rea de trabajo no queda limpia y ordenada.Art.90th.- Las instalaciones sanitarias que se encuentren a disposicin de los trabajadores deben conservarse en buen estado y limpios. Asimismo los barios porttiles deben ser mantenidos limpios.Art.91st.- Las dimensiones de los locales debern permitir que los trabajadores realicen su trabajo sin riesgos para su seguridad, salud y en condiciones ergonmicas aceptables.Art.92nd.- Organizar las superficies de trabajo (escritorios, mdulos de cmputo, etc.) para que pueda disponer de una manera cmoda y segura su equipo y otros elementos de trabajo.Art.93rd.- Con relacin a los tiles, equipos de trabajo y materiales en general se debe tener en consideracin lo siguiente:a) Colocar los implementos de trabajo que utiliza con mayor frecuencia, al fcil alcance de las manos.

b) No colocar materiales u objetos en la parte superior de armarios, archivadores o muebles, donde sea difcil alcanzarlos.c) No ubicar cajas, papelera u otro tipo de elemento debajo de escritorios o mesa de trabajo; puesto que esta situacin limita el acercamiento al plano de trabajo e incrementa la fatiga.d) Mantener en el escritorio o puesto de trabajo slo lo indispensable para realizar las actividades.Art.94th.- Mantener las zonas de transito libres de obstculos. Art.95th.- Mantener los cajones de escritorios, archivadores, armarios, etc. siempre cerrados a fin de evitar golpes o caldas del personal.Art.96th.- No sobrecargar los tomacorrientes utilizando enchufes mltiples u otros dispositivos elctricos.Art.97th.- Evitar reflejos de la luz sobre la pantalla del monitor mediantea) Disponer la pantalla de forma vertical para que no refleje los puntos de luz o los fluorescentes del techo.b) Colocar la pantalla en direccin paralela a las ventanas, para evitar el reflejo sobre la misma y que la luz que entra del exterior incida directamente sobre los ojos

Art.98th.- Mantener una postura de sentado que permita comodidad en el trabajo mediante:a) Regular la altura de la silla o de la superficie de trabajo, de forma que los antebrazos queden paralelos al suelo y las muecas no se doblenb) Adoptar una posicin relajada y erguida. Evitar inclinarse hacia adelante o hacia atrs.

c) Colocar los pies de forma plana sobre el suelo.d) La zona lumbar debe quedar cmodamente apoyada.

e) La distancia entre el ojo y la pantalla no debe ser menos de 45 cm. f) No beba cerca o junto equipos o sistemas elctricos los cual incluyen computadoras.Art.99th.- Los objetos o materiales de oficina que puedan causar una lesin (puntiagudos y/o punzo cortantes) se deben guardar en lugares seguros y mantenerlos con sus respectivos medios de proteccin.CONDICIONES AMBIENTALESArt.100th.- Las condiciones ambientales en los ambientes de trabajo sern como sigue:a) La temperatura en todas las instalaciones de la organizacin se mantendr durante las horas de labor a un nivel que no sea perjudicial para la salud de los trabajadores ya sea por medios naturales o artificiales debiendo evitarse el estrs trmico.b) En las reas de trabajos cerrados, se mantendr por medios naturales y/o artificiales condiciones atmosfricas adecuadas para evitar el insuficiente suministro de aire y las corrientes dainas.CONTROLES AMBIENTALESArt.101st.- Usar sistemas de contencin como medida de control de derrames en la naturaleza (suelo y agua) los mismos que debern superar en un 10% la capacidad del recipiente o contenedor

Art.102nd.- Est prohibido incinerar residuos slidos o vegetacin; asimismo la disposicin de los residuos se realizara en los contenedores establecidos, de acuerdo al cdigo de colores que indica el procedimiento de Electro G&S o el cliente.Art.103rd.- Est prohibido la caza, pesca y la adquisicin de animales silvestres de animales vivos o preservados y/o sus pielesArt.104th.- Ejecutar mantenimiento de vehculos y equipos en general con la finalidad de reducir las emisiones gaseosas.

Art.105th.- Se debe evitar la generacin de los derrames de grasas, aceites y/o combustibles en las reas de trabajo y talleres despus de hacer una reparacinArt.106th.- Al finalizar las labores el trabajador debe apagar y desconectar los equipos. Art.107th.- Se informaran los resultados de los monitoreo ambientales y las medidas de control para que los trabajadores apliquen lo encomendado.Art.108th.- Antes de iniciar las actividades se difundir el plan de manejo ambiental y los aspectos ambientales significativos de las diferentes sedes de Electro G&S.TITULO V

PREPARACION Y RESPUESTA A EMERGENCIA

Art.109th.- En toda instalacin de Electro G&S, se organizarn brigadas de emergencia capacitadas en la extincin de incendios, en el empleo de seales de alarma, en tareas de rescate evacuacin y primeros auxilios, y estarn plenamente implementadas Asimismo los trabajadores que sean seleccionados para formar las brigadas estn fsicamente aptos para realizar los deberes que puedan ser asignados durante emergencias.

Art.110th.- Con la finalidad de comprobar la eficacia del sistema de prevencin, el entrenamiento de las brigadas y el conocimiento del personal, se efectuarn simulacros, debiendo coordinarse, si fuera necesario, con las autoridades locales.Art.111st.- En el caso de registrarse contingencias inducidas tales como incendios, accidentes, derrames o naturales tales como sismos, inundaciones, derrumbes, etc.; se deben seguir las instrucciones de emergencia establecidas en los Planes de Contingencias para Emergencias.Art.112nd.- En el caso de sismos, inicialmente el personal debe ubicarse en zonas de seguridad, posteriormente debe desarrollarse la evacuacin del personal en forma ordenada y rpida hacia en zonas externas de seguridad.Art.113rd.- En el caso de huaycos o derrumbes, como medida preventiva debe establecerse un sistema de vigilancia sobre las quebradas que se encuentren cercanas a las Centrales. En caso de peligro inminente, se debe evacuar la zona de trabajo, previa comunicacin, hacia una zona segura llevando el equipo de comunicacin, rescate y primeros auxilios necesario Concluido el siniestro, verificar el estado de los ambientes y del sistema elctrico y comunicaciones, no debe transitarse por la zona donde ocurri el huayco.Art.114th.- En el caso de inundaciones, en lo posible deben construirse canales de desviacin de aguas, construir defensas, no estacionar vehculos en zonas que pueda acumularse agua. En caso de peligro inminente se debe evacuar la zona de trabajo, previa comunicacin hacia una zona segura llevando el equipo de comunicacin, rescate y primeros auxilios necesario. Concluido el siniestro, verificar el estado de los ambientes y del sistema elctrico y comunicaciones.Art.115th.- En caso de incendios elctricos est prohibida la manipulacin de equipos elctricos por personal no autorizado, incluido el cuerpo de bomberos o brigadas de emergencia, debiendo intervenir en este caso, solamente el personal de servicio calificado y que se encuentre debidamente entrenado en aplicacin de planes de accin o respuesta.Art.116th.- Una vez controlada la emergencia se evaluar la situacin y tomaran acciones para la pronta reposicin de los servicios.Art.117th.- Los planes de Emergencia y/o Contingencia que se realizan permitirn:a) Realizar las coordinaciones y comunicaciones en forma inmediata.b) Ejecutar las acciones correctas.c) Actuar con seguridad en el menor tiempo posible.d) Reportar el evento.e) Establecer de manera precisa una lnea de mando y control.f) Identificar y evaluar las amenazas existentes en la instalacin.g) Mitigar el impacto de las amenazas en caso de producirse.h) Establecer un procedimiento de atencin para cada tipo de amenaza con indicaciones claras y precisas.i) Establecer responsables ante cada tipo de amenaza e instalacin.j) Determinar los requerimientos suficientes para cada tipo de amenaza.

k) Determinar una metodologa clara y precisa que permitir una actuacin efectiva ante los eventos que se presenten.l) Establecer un programa de simulacros a fin de capacitar a los involucrados en el mencionado plan.

m) Desarrollar una retroalimentacin de eventos a fin de fortalecer el plan de contingencias existentes.Art.118th.- Los planes de emergencia y/ o contingencia se actualizarn en forma anual, la implementacin de estos planes de contingencias y emergencias, tendr procedimientos eficientes, que permita controlar los sucesos en el momento preciso.Art.119th.- Los planes de Contingencia y/o Emergencias; deben ser difundidos por los Jefes de rea de manera efectiva y oportuna, a fin de que el personal se encuentre preparado para actuar y consciente de cada labor a realizar y d las implicancias de los mismos.Art.120th.- Se capacitar y/o entrenar brigadas de emergencia con los trabajadores. Estas brigadas debern ser debidamente entrenadas y atender las tres principales contingencias:a) Control de Amago de incendio.b) Movilizacin y evacuacin del personalc) Atencin de heridos y primeros auxilios.Art.121st.- Los trabajadores que sean seleccionados para formar brigadas sern fsicamente y psicolgicamente aptos para realizar los deberes que les puedan ser asignados durante las emergencias.Art.122nd.- Las brigadas de emergencia debern ser informadas oportunamente de los riesgos especiales existentes en sus instalaciones, as mismo se les comunicar de cualquier cambio que ocurra con relacin a los riesgos especiales.Art.123rd.- La empresa dotara de extintores de incendios adecuados al tipo de incendio que pueda ocurrir, considerando la naturaleza de los procesos y operaciones.Art.124th.- Los aparatos porttiles contra incendio, sern inspeccionados por lo menos una vez por mes y sern recargado cuando venza su tiempo de vigencia o cuando lo utilicen, gastando o no toda la carga.Art.125th.- Cuando ocurra incendio que implican equipos elctricos, los extintores para combatirlos sern de polvo qumico seco; en caso de que el incendio sea en el centro de cmputo o implique equipos sofisticados, se utilizaran extintores de gas carbnico (C02), para su extincin.Art.126th.- Para utilizar el extintor se procede de la siguiente manera: Primero: Al seleccionar el extintor hay que tener presente el tipo de fuegos a efecto de usar el adecuado. A - COMBUSTIBLES SLIDOS B LIQUIDOS O CASES NFLAMABRES C EQUIPOS ELCTRICOS EN ERG IZADOS D - METALES COMBUSTIBLES Segundo: Tire del seguro

Tercero: Colquese a una distancia de 3 m., en la direccin del viento y apunte la boquilla del extintor hacia la base de la llama.

Cuarto: Apriete el gatillo mientras mantiene el extintor en posicin vertical.

Quinto: Mueva la boquilla en forma de zig zag lentamente, atacando por la base toda la parte frontal del fuego antes de avanzar, para evitar quedar atrapado por atrs.

Art.127th.- Las dimensiones de las seales y carteles de seguridad van a depender de la distancia desde la cual el usuario visualizara la seal de seguridad o tendr que leer el mensaje del cartel de seguridad.Art.128th.- Se debern sealar los sitios indicados por el responsable de seguridad, de conformidad a las caractersticas de sealizacin de cada caso en particular.Art.129th.- Deber sealizarse claramente los obstculos que pudiesen producir accidentes por choque contra los mismos, tales como desmonte, tablas, vidrios, fierros, alambres, etc.; asimismo excavaciones en general, tales como zanjas, pozos, y otras.Art.130th.- Debern establecerse y sealizarse las vas libres para circulacin peatonal; colocando seales tanto para el da como para la noche.Art.131st.- Las zonas donde se realicen trabajos de carga y/o descarga de materiales, sea de forma manual como de manera especial, cuando se usen equipos de levante, se sealizarn con carteles alusivos de advertencia, se colocarn cintas delimitadoras como si es necesario se dispondrn de barreras fsicas para impedir el paso de personal no autorizado.Art.132nd.- Igualmente toda excavacin deber contar con los carteles, cintas y barreras que aseguren que personal no autorizado ingrese a la zona de trabajo como tambin sirva de advertencia al propio trabajador de ese frente.Art.133rd.- Todo trabajo que represente potencialmente un riesgo a terceros deber ser debidamente sealizado y delimitado con los materiales establecidos en las normas y procedimientos. Seal de Prohibicin.- Es la seal de seguridad que prohbe un comportamiento susceptible de provocar un accidente y su mandato es total

Seal de Obligacin.- Es la seal de segundad que obliga al uso de equipos de proteccin personal. Seal de Advertencia o Precaucin.- Es la seal de seguridad que advierte de un peligro o riesgo. Seal de Emergencia.- Es la seal de seguridad que indica la ubicacin de materiales y equipos de emergenciaFORMA GEOMTRICA Y SIGNIFICADO GENERALFORMA GEMETRICASIGNIFICADOEJEMPLO DE USO

Prohibicin Prohibido fumar. Prohibido hacer fuego Prohibido el paso de peatones

Obligacin Use proteccin ocular Use traje de seguridad Use mascarilla

Advertencia Riesgo elctrico Peligro de muerte Peligro cido corrosivo

Condicin de seguridad Rutas de EscapeEquipo de SeguridadDireccin que debe seguirsePunto de reuninTelfono de emergencia

Seguridad Contra IncendioExtintor de incendio Manguera contra incendio

Art.134th.- El principal objetivo de los primeros auxilios, es la de evitar, por todos los medios posibles, la muerte o la invalidez de la persona accidentada. Otro de los objetivos principales es que mediante los mismos se brinde un auxilio a la persona accidentada, mientras se espera la llegada del mdico o se la traslada a un hospitalArt.135th.- Cuando se presente la necesidad de un tratamiento de emergencia, siga stas reglas bsicas:a) Evite el nerviosismo y el pnico.b) Si se requiere accin inmediata para salvar una vida (respiracin artificial, control de hemorragias, etc.); haga el tratamiento adecuado sin demora.c) Haga un examen cuidadoso de la vctima.d) Nunca mueva a la persona lesionada a menos que sea absolutamente necesario para la retirada del peligro.Art.136th.- Cuadro con el gua de primeros auxilio para el tratamiento de algunas clases de lesin:CLASES DE LESINSNTOMASTRATAMIENTO

CORTADURAUna incisin recia o una laceracin sangrante con bordes irregulares o, quiz con cuerpos extraos incrustadosDetener la hemorragia ejerciendo presin con una gasa esterilizada. Lavar con jabn y agua para eliminar cualquier objeto extrao y limpiar la herida Desinfectar la herida Si fuese necesario aplica una venda esterilizada Examinar la herida para asegurarse de que no haya una infeccin. Si la hemorragia es incontrolable o si se presenta una infeccin conseguir atencin mdica

ABRASINUna herida profunda que generalmente sangra poco y que tiene objetos extraos incrustadosLavar la herida con abundante agua corriente para limpiar. Si fuese necesario aplicar una venda esterilizada. Examinar la herida para asegurarse de que no haya infeccin. Si se presenta una infeccin o si la abrasin cubre una superficie amplia del cuerpo conseguir atencin mdica.

PINCHADURAUna herida profunda y puntual que generalmente sangra poco y que tiene objetos extraos incrustadosQuitar solamente los objetos que penetraron superficialmente (por ejemplo una astilla). Tratar luego la lesin como una cortadura. No quilar el objeto si este es muy grande o est muy incrustado para tal caso esterilizar la herida aplicando vendas esterilizadas en la misma y luego ir a la sala de emergencia

CONTUSINColoracin rojiza y dolor, seguido por una mancha coloreada y una leve hinchaznAplicar compresas fras durante las primeras 24 horas para reducir la hinchazn. En caso de persistir la hinchazn y el dolor, conseguir atencin mdica. Una contusin puede ser sntoma de una dislocacin, una fractura o una hemorragia interna.

FRACTURASImposibilidad de realizar movimientos con el miembro fracturado. Deformacin y amoratonamiento de la zona lesionada. Intenso dolorNo se permitir que el lesionado cambie de postura, se reconocer el hueso fracturado y se inmovilizara este con frulas (planchas de metal o madera) estas abarcaran las zonas de la herida incluso la articulacin ms prxima. Estas frulas se sujetaran con vendas no excesivamente apretados.

ASFIXIA MECANICASe presentan dificultades de respiracin por atragantamientoColquese detrs de la persona estando usted de pie, luego coloque sus brazos alrededor de la cintura y su mano derecha en forma de puo cerrado y comprima el abdomen fuertemente hacia arriba con ambas manos. Suspenda la comprensin y repita la maniobra las veces que sea necesario hasta que expulse el cuerpo extrao si pierde el conocimiento contine la maniobra echado a la persona hacia abajo. Mientras se est realizando la maniobra conseguir atencin mdica.

ASFIXIA POR CONFINAMIENTOSe presentan dificultades de respiracin prdida conocimiento intoxicacin gases o falta de oxigeno por confinamiento

Sacar la vctima al medio ambiente, desnudarle de cintura para arriba, aflojando el cinturn y los zapatos luego limpiarle las mucosidades de la boca, la nariz o la garganta con los dedos envueltos en una gasa o pauelo, luego sacarle la lengua para dejar que el paso libre del aire. Frotar la cara suavemente y pasarle alcohol mediante una toalla hmeda. Luego proceder a la respiracin artificial Mientras se est realizando la maniobra conseguir atencin mdica.

CUERPOS EXTRAOS EN EL OJOCuando se presentan objetos extraos en el ojo tales como partculas fragmentos de tierra, arenas, viruta, polvo, etc.Impedir que el ojo afectado sea frotado e inmediatamente proceder a un lavado ocular con abundante agua. Si hay alguna partcula incrustada no removerla cubrir el ojo con una gasa o tela limpia. Si existe alguna partcula incrustada conseguir atencin medica inmediatamente.

QUEMADURASEnrojecimiento de la piel Ampollas en la pielEnfriar con agua en reposo. Desinfectar y cubrir la quemadura con una gasa esterilizada. No reventar las ampollas que se hayan formado. Si se presenta una infeccin, si la quemadura cubre ms de una quinta parte del cuerpo o si se presenta ennegrecimiento de la piel, conseguir atencin mdica.

TITULO VI

PROHIBICIONES Y SANCIONESPROHIBICIONESArt.137th.- Queda prohibido a lodo trabajador lo siguiente:a) Ingresar a las instalaciones y/o proyectos en estado de ebriedad.b) Fumar en el interior de las instalaciones administrativas y/o tcnicas o encender fuegos en lugares sealizados como prohibidos.

c) Ingresar a las zonas determinadas como restringidas (presencia de riesgos), sin contar con la autorizacin correspondiente.d) Destruir avisos, carteles, avisos, cartillas acerca de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente en el Trabajo.e) Manejar vehculos en estado de ebriedad o sin estar autorizados por la Empresa y sin licencia de conducir.f) Sustraer bienes, suministros y materiales de las instalaciones para su uso particular y si se detectara ser denunciado de acuerdo a ley.SANCIONESArt.138th.- En caso que el trabajador incumpla con lo prescrito en el presente Reglamento se proceder a sancionarlo.Art.139th.- La siguiente tabla de sanciones es referencial cada caso deber ser analizado de acuerdo a la circunstancia y la gravedad de la falta para establecer la sancin correspondiente:NACCIONES CONDICIONES SUBESTANDARESSANCIONES

PRIMERA VEZSEGUNDA VEZTERCERA VEZ

1Conducta o lenguaje agresivo con Ingenieros o SupervisoresSUSPENSINDESPIDO

2PelearAMONESTACINSUSPENSINDESPIDO

3Maltratar los equiposAMONESTACINSUSPENSINDESPIDO

4Mentir y/o falsificarSUSPENSINDESPIDO_

5Insubordinacin; desacatoSUSPENSINDESPIDO_

6Generar accidente por negligenciaSUSPENSINDESPIDO_

7Ser detectado drogado y/o en estado alcohlico en el campoDESPIDO__

8Vandalismo; destruccin de propiedadDESPIDO__

9Por retirar sin autorizacin elementos de proteccin colectiva que pongan en peligro la vida de las personasSUSPENSINDESPIDO_

10Por no reinstalar elementos de proteccin colectiva poniendo en peligro la vida de las personasSUSPENSINDESPIDO_

11Robo de objetosDESPIDO__

12SabotajeDESPIDO__

13No usar los EPP necesariosAMONESTACINSUSPENSINDESPIDO

14No informar oportunamente de la ocurrencia de un accidenteAMONESTACINSUSPENSINDESPIDO

15Obstaculizar o impedir el desarrollo de las reuniones de capacitacin de seguridadAMONESTACINSUSPENSINDESPIDO

116No obedecer en la detencin de un trabajo que se haya calificado como muy riesgoso para los trabajadores propios o de tercerosSUSPENSINDESPIDO_

NOTA: Cualquier otra infraccin o falta no contemplada en el listado precedente se evaluar en lo que a potencialidad, severidad, frecuencia y circunstancias se han producido para aplicar la sancin correspondiente; sirviendo como base referencial lo aplicado en el listado desarrollado.CARGO DE RECEPCIN DEL REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTEHe recibido de la empresa Electro G&S Ingenieros S.A.C. una copia y explicacin del "Reglamento Interno de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente". Asimismo me comprometo a una lectura global del presente documento para su fiel cumplimiento.

Lima,..dedel 20........Apellidos yNombre: .D.N.I.:

Firma:

Huella Digital[ELECTRO G&S INGENIEROS SAC] REG.SST.SSMAREGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

NOMBRE CARGOFIRMA

ELABORADO POR :Jorge Prez Jefe de Seguridad

REVISADO POR :Jos MerinoJefe de operaciones

APROBADO POR :Fredy Granados Gerente General

ELABORADO POR: REVISADO POR :APROBADO POR:

Jorge PrezJefe de SeguridadJos MerinoJefe de operacionesComit de SST

Electro G&S Ingenieros S.A.C.