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Modificaciones que impactan
el entorno financiero y fiscal.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA
MODIFICACIONES FISCALES 2017
No se considerarán ingresos acumulables los apoyos económicos o
monetarios previstos en programas presupuestarios gubernamentales.
• Distribuidos a través de transferencia electrónica
• Los beneficiarios cumplan con las reglas previstas para el programa
• Opinión favorable en el cumplimiento de obligaciones
• Los gastos realizados con los apoyos otorgados no serán
deducibles.
No acumulación de apoyos económicos
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Subcontratación laboral
Se establece como requisito de las deducciones, que tratándose de
actividades de subcontratación laboral, el contratante obtenga del
contratista lo siguiente:
Copia de comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los
trabajadores que le hayan proporcionado el servicio
subcontratado.
Pago de las cuotas obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro
Social.
La declaración del entero de las retenciones de
impuestos efectuadas a dichos trabajadores.
Se permite la deducción de $285 pesos diarios por el uso o goce de
automóviles con propulsión de baterías eléctricas recargables o
automóviles eléctricos con motor de combustión interna o accionado
por hidrógeno.
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Renta de automóviles con baterías eléctricas o eléctricos.
En el caso de inversiones en automóviles con propulsión de baterías
eléctricas recargables o automóviles eléctricos con motor de
combustión interna o accionado por hidrógeno, el monto máximo
deducible es de $250,000
Deducción de automóviles con baterías eléctricas o eléctricos.
Se permite la deducción del 25% para bicicletas convencionales,
bicicletas y motocicletas cuya propulsión sea a través de baterías
eléctricas recargables.
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Bicicletas y motocicletas eléctricas
Obligación de las dependencias públicas de expedir CFDI
La federación, las entidades federativas, los municipios y las
instituciones estarán obligadas a emitir CFDI por las contribuciones,
productos y aprovechamientos que cobren; por los apoyos o
estímulos que otorguen, así como exigir CFDI por Internet cuando
hagan pagos a terceros y estén obligados a ello.
Se incluye a las entidades que brinden apoyo a proyectos de
productores agrícolas y artesanos que no rebasen 4 veces el valor de
la UMA (unidad de medida y actualización) elevada al año, ubicadas
en zonas de mayor rezago.
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
No contribuyentes
Donatarias
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Se incluye a las cuotas de recuperación en los ingresos por
actividades distintas que no superen el 10% de sus ingresos por
las que fueron autorizadas para recibir donativos.
En caso de revocación o de renovación de la autorización para ser
donataria autorizada, contarán con un plazo de 12 meses para
obtener nueva autorización, en caso de no obtenerla tendrán 6
meses para transmitir los recursos no destinados para los fines de
la actividad a otras donatarias autorizadas.
Donatarias
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Obligación de las instituciones autorizadas de informar a las
autoridades fiscales el importe y los datos de los bienes e identidad
de personas morales a quienes destinó la totalidad de su
patrimonio, cuando se liquiden, cambien de residencia fiscal o
revoque la autorización.
Obligación para las donatarias autorizadas con ingresos anuales
superiores a los $100 millones o patrimonio de más de $500
millones, a contar con estructuras y procesos de Gobierno
Corporativo para su dirección y control. Dicha obligación deberá
ser cumplida a partir del 1 de enero de 2018.
Certificación.
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Planes Personales de Retiro
Podrán ser contratados no solo de forma individual, sino también de
forma colectiva (a través de asociaciones gremiales o profesionales),
identificando a las personas físicas que integran la colectividad y el
monto de la deducción será aplicable en forma individual por cada
persona física.
Deducción de gastos por servicios de psicología y nutrición
Se permite la deducción de los honorarios derivados de servicios de
psicología y nutrición, siempre y cuando sean prestados por un
profesional titulado.
Producción teatral y otras actividades culturales
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Incremento del estímulo fiscal para proyectos de inversión en la producción
teatral nacional en $150 millones de pesos, además de ampliar los campos
de aplicación como sigue:
• Artes visuales
• Danza
• Música en campos específicos de:
• Dirección de orquesta
• Ejecución instrumental
• Vocal de música de concierto
• Jazz
Esquema alternativo para
determinar la base
gravable del ISR
mediante el sistema de
base de efectivo y no
mediante el sistema de
base sobre devengado,
para personas morales
constituidas por personas
físicas.
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
CONSIDERACIONES
Ingresos no superiores a $5 millones de pesos
anuales.
No están obligados a determinar el ajuste anual por
inflación.
Si cuentan con inventarios al 31 de diciembre de
2016 que no han deducido, deberán seguir
aplicando la técnica de costo de lo vendido hasta
que se agote el dicho inventario.
La deducción por las inversiones realizadas hasta
el 31 de diciembre de 2016, deberán seguir
aplicando los porcientos máximos de deducción
que les correspondan.
Presentar aviso para ejercer la opción a más tardar
el 31 de enero de 2017
Estímulo fiscal para personas morales
Investigación y desarrollo de la tecnología
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Crédito fiscal equivalente al
30% de los gastos e
inversiones realizadas en
investigación y desarrollo de
la tecnología.
CONSIDERACIONES
Aplicable contra ISR causado en el ejercicio
No se considera ingreso acumulable
El monto del estímulo no excederá de $1,500
millones de pesos por ejercicio
El monto no excederá de $50 millones de
pesos por contribuyente
Creación de un Comité Interinstitucional que
emitirá reglas de operación del estimulo
El crédito aplica solo sobre la base que
incrementa sobre el promedio de estos gastos
en los últimos 3 ejercicios.
Declaración informativa de las erogaciones
realizadas, validada por CPR
Sistema de cómputo con información
permanente al SAT.
Deporte de alto rendimiento
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Crédito fiscal aplicable contra el ISR
por las aportaciones que realicen
los contribuyentes a:
a) Proyectos de inversión en
infraestructura
b) Instalaciones deportivas
altamente especializadas
c) Programas diseñados para el
desarrollo, entrenamiento y
competencia de atletas
mexicanos de alto rendimiento
d) Gastos de operaciones y
mantenimiento de las citadas
instalaciones deportivas.
CONSIDERACIONES
No podrá exceder del 10% del ISR del
ejercicio
No será acumulable para efectos de ISR
El estímulo no excederá de $400 millones
de pesos por ejercicio
El estímulo no excederá de $20 millones
de pesos por contribuyente, proyecto de
inversión o programa.
Declaración informativa de las
erogaciones realizadas, validada por CPR
Sistema de cómputo con información
permanente al SAT.
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Equipos de alimentación para vehículos eléctricos
Estímulo fiscal equivalente a un
crédito del 30% del monto de
las inversiones en equipos de
alimentación para vehículos
eléctricos, siempre y cuando se
encuentren conectados de
manera fija en lugares públicos.
CONSIDERACIONES
Aplicable contra el ISR del ejercicio en que se
determine el crédito.
Cuando sea mayor el crédito, podrá aplicarse
contra el ISR de los 10 ejercicios posteriores.
No será acumulable para efectos de ISR.
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Hidrocarburos
Se incorporan los siguientes cambios para el sector de Hidrocarburos:
• Deducción del 10% para infraestructura fija para el transporte,almacenamiento y procesamiento de hidrocarburos, en plataformasy embarcaciones de perforación de pozos, y embarcaciones deprocesamiento y almacenamiento de hidrocarburos.
• Obtener y conservar documentación comprobatoria en materia deprecios de transferencia, tratándose de los asignatarios ycontratistas a que se refiere la LISH, con independencia del nivel deingresos que tengan.
• No serán ingresos acumulables las contraprestaciones en especie afavor del contratista, siempre que para la determinación del ISR asu cargo no se considere como costo de lo vendido deducible.
LEY DEL IMPUESTO AL
VALOR AGREGADO
MODIFICACIONES FISCALES 2017
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Servicios de Outsourcing
En el caso de servicios de subcontratación laboral, se establece como
requisito para que proceda en acreditamiento del IVA trasladado por
dichos servicios, que el contratante obtenga del contratista copia simple
de la declaración mensual correspondiente, el acuse de recibo del pago
del impuesto que se trasladó y la información reportada al SAT.
A su vez, el contratista debe reportar en su declaración informativa el IVA
que trasladó a sus clientes y el IVA que pagó en la declaración mensual.
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
IVA en periodos preoperativos
En el caso de inversiones y gastos en periodos preoperativos se
contemplan dos opciones:
• El IVA se acreditará en la declaración del primer mes en que se
realicen las actividades gravadas para efectos del IVA
• Se podrá solicitar en devolución dicho impuesto en el mes siguiente a
aquél en que se hagan los gastos e inversiones, cumpliendo diversos
requisitos.
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
IVA en periodos preoperativos
En el caso de solicitar en devolución dicho impuesto en el mes siguiente a
aquél en que se hagan los gastos e inversiones, se deberá presentar con
la solicitud de devolución lo siguiente:
• Estimación de los gastos e inversión de ese periodo
• Descripción de las actividades que realizará el contribuyente
• Estimación de la proporción de acreditamiento del IVA
• Mecanismos de financiamiento
• Fecha estimada para que la empresa comience a realizar su actividad
principal.
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
IVA en periodos preoperativos
Otras reglas a observar:
• Ajuste del acreditamiento con base en la proporción que representen
los ingresos gravados
• Considera que el periodo preoperativo es de un año, salvo
comprobación que es mayo
• Si no se realizan las actividades gravada previstas se deberá
reintegrar el impuesto devuelto con actualización y recargos. (No
aplica a la industria extractiva en los supuestos señalados)
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Acreditamiento del IVA en proporción al ejercicio inmediato
anterior
Se establecen nuevas reglas en la opción de acreditar el IVA de
inversiones, con base a una proporción determinada con cifras del
ejercicio inmediato anterior.
El IVA acreditado por inversiones también pasará por un proceso de
ajuste.
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Base y momento de causación del IVA en algunas operaciones
En la Importación por el uso o goce en territorio nacional de bienes
tangibles cuya entrega se efectúa en el extranjero, se establece que la
base del IVA en estas operaciones será el importe de las
contraprestaciones pactadas y se incluye como parte del capítulo de
importación.
En la importación de servicios prestados por no residentes, cuando se
aprovechen en territorio nacional, se precisa que el IVA para dicha
importación se causará al momento en que se paguen efectivamente las
contraprestaciones.
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Exportación de servicios de Tecnologías de la Información
Los servicios relacionados con las tecnologías de la información serán
sujetos a la tasa del 0% del IVA, cuando sean aprovechados en el
extranjero, sujetos al cumplimiento de diversos requisitos.
• Desarrollo, integración y mantenimiento de aplicaciones informáticas o de
sistemas computacionales.
• Procesamiento, almacenamiento, respaldos de información, así como
administración de datos.
• Alojamiento de aplicaciones informáticas.
• Modernización y optimización de sistemas de seguridad de la
información.
• Continuidad en la operación de los servicios anteriores.
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Exportación de servicios de Tecnologías de la Información
Requisitos para considerar exportación:
• Se utilice tecnología, materiales, recursos humanos ubicados en Territorio
Nacional
• Que la dirección IP de los dispositivos electrónicos y del proveedor se
encuentren en Territorio Nacional.
• Se consigne en el comprobante fiscal el ID fiscal del cliente residente en
el extranjero.
• Que el pago se realice a través de medios electrónicos desde cuentas
ubicadas en el extranjero a cuentas del prestador en instituciones de
crédito ubicadas en México.
CÓDIGO FISCAL DE LA
FEDERACIÓN
MODIFICACIONES FISCALES 2017
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Servicios de verificación de E-firmas
Se adiciona el servicio de verificación y autenticación de los certificados
de firmas electrónicas avanzadas por parte del SAT, para que los
particulares utilicen su firma electrónica avanzada como medio de
autenticación.
Ampliación de uso del Buzón Tributario
Se contempla la posibilidad de utilización del “buzón tributario” a otras
Autoridades, como es el caso del sector gobierno, o sector privado.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Inscripción de representantes legales en el RFC
Se establece que también los representantes legales (igual que los
socios y accionistas) deberán solicitar su inscripción ante el RFC y
obtener su e-firma.
También en documentos celebrados ante Fedatarios Públicos se
asentará el RFC del Representante Legal.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Cancelación de CFDI
Se incorpora que los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet sólo
podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expidan
acepte su cancelación, mediante las formas y medios que dé a conocer
el SAT. Por disposición transitoria entrará en vigor el 1 de mayo de
2017.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
DISIF
Se modifica la fecha de presentación de la Declaración de Información
sobre su Situación Fiscal (DISIF) como parte de la Declaración anual del
ISR, ya no como una declaración independiente, por lo que ahora se
presentará en el mes de marzo.
Cabe señalar que la Declaración Informativa sobre la Situación Fiscal de
2016 se presentará a más tardar en Junio de 2017.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Órganos Certificadores
Nueva disposición que establece que el SAT podrá autorizar a personas
morales para que funjan como órganos certificadores.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Facultades de las autoridades
Nuevas facultades para las Autoridades Fiscales a fin de comprobar
que los contribuyentes, los responsables solidarios o los terceros con
ellos relacionados han cumplido con las obligaciones inherentes y
derivadas de autorizaciones, concesiones, padrones, registros o
patentes establecidos en la Ley Aduanera.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Revisiones electrónicas
Se reforma el procedimiento de revisiones electrónicas, ahora la
Autoridad tendrá diez días para solicitar información adicional al
contribuyente y de cuarenta días para emitir la resolución respectiva.
Asimismo, se establece que la notificación de la resolución definitiva no
podrá exceder de seis meses o de dos años, tratándose de comercio
exterior.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Nuevas infracciones
No destinar la totalidad del patrimonio de una “donataria” a entidades
autorizadas para recibir donativos deducibles, al momento de su
liquidación, la infracción va desde $140,540 a $200,090.00.
No proporcionar la información relativa a la identificación de los bienes
ni de las personas morales a las que se hubieren destinado el
patrimonio al momento de la liquidación de una “donataria” de
$80,000.00 a $100,000.00
No cumplir con las especificaciones tecnológicas del SAT al enviarle
los CFDI, por cada documento, de $1.00 a $5.00
No mantener a disposición del público en general la Autorización de
ser “Donataria Autorizada”, de $80,000.00 a $100,000.00.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
REVISIONES ELECTRÓNICAS
Puntos básicos
Se inician de la observación de antecedentes concretos, que se
determinan a partir de la información que tiene en su poder la autoridad
(balanzas, DIM, DIOT, Declaraciones anuales y de pagos provisionales,
CFDI).
El proceso se realizará a través de buzón tributario
La autoridad pretende realizar 3,000 revisiones electrónicas durante el
periodo de septiembre a diciembre 2016
Iniciará con cruces básicos.
REVISIONES ELECTRÓNICAS
Cruces básicos
Diferencia entre impuestos a cargo contra lo pagado
Omisión en el entero de retenciones ISR e IVA
Acreditamientos de pagos provisionales contra anual
Determinación incorrecta del ajuste anual por inflación, partiendo de la
balanza de comprobación.
Donativos otorgados en exceso de acuerdo a su límite de deducción.
REVISIONES ELECTRÓNICAS
Proceso
Sobre las métricas definidas por la autoridad, se determinan aquellos
contribuyentes que presentan alguna omisión.
Notificación de una resolución provisional vía buzón tributario
El contribuyente cuenta con 15 días para desvirtuar o realizar el pago
de la contribución omitida.
La autoridad contará con un plazo de 10 días para analizar la
información.
REVISIONES ELECTRÓNICAS
Proceso
En caso de que la autoridad requiera verificar algo más, efectuará un
segundo requerimiento, otorgando 10 días para su resolución.
La autoridad contará con un plazo máximo de 40 días para la emisión y
notificación de la resolución una vez recibidas las aclaraciones.
Esta revisión no podrá exceder de 6 meses a partir de la fecha de la
notificación de la liquidación provisional.
REVISIONES ELECTRÓNICAS
Medios de defensa
Acuerdo conclusivo
Recurso de revocación
Juicio ante el TFJFA
REVISIONES ELECTRÓNICAS