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NUEVAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A UNIONES DE CRÉDITO Resoluciones en materia corporativa, prudencial y de prevención de lavado de dinero recientemente publicadas y por publicarse

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NUEVAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A

UNIONES DE CRÉDITOResoluciones en materia corporativa, prudencial y de prevención de

lavado de dinero recientemente publicadas y por publicarse

• RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERALAPLICABLES A LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, CASAS DE CAMBIO,UNIONES DE CRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLEREGULADAS. (DOF 27 DE DICIEMBRE DE 2016)

• LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME DE AUDITORÍA PARAEVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL ENMATERIA DE PREVENCIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIAILÍCITA Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO. (DOF 19 ENERO 2017)

• RESOLUCIÓN QUE MODIFICA EL ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER ELCALENDARIO PARA INICIAR EL PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE AUDITORESEXTERNOS INDEPENDIENTES, AUDITORES INTERNOS, OFICIALES DECUMPLIMIENTO, REPRESENTANTES Y DEMÁS PROFESIONALES EN MATERIA DEPREVENCIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA YFINANCIAMIENTO AL TERRORISMO. (DOF 27 DIC-2016)

• RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS REGLAS GENERALES PARA LA INTEGRACION DEEXPEDIENTES QUE CONTENGAN LA INFORMACION QUE ACREDITE ELCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS QUE DEBEN SATISFACER LAS PERSONAS QUEDESEMPEÑEN EMPLEOS, CARGOS O COMISIONES EN ENTIDADES FINANCIERAS.*

• RESOLUCIÓN QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DE LASDISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 129 DELA LEY DE UNIONES DE CRÉDITO.*

• RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERALAPLICABLES A LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, CASAS DE CAMBIO,UNIONES DE CRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLEREGULADAS.*

*Pendiente de publicación en DOF

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLESA LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, CASAS DE CAMBIO, UNIONES DECRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS. (DOF 27 DEDICIEMBRE DE 2016)

• La CNBV decide modificar los Anexos 24 y 25 de la CUIFE para incorporar mayores controles que permitan verificar que los funcionarios y directivos de las Uniones cuentan con:

Honorabilidad

Historial Crediticio Satisfactorio

Historial de Negocios Satisfactorio

Accionistas de más del 15%, pretendan adquirir más del 5% sin llegar a 30%

Accionistas que posean más del 30% o control y pretendan adquirir más del 5%

Accionistas que pretendan gravar sus acciones en estos porcentajes.

Acreedores de acciones en garantía por más del 5%.

• Asimismo modifica los Anexo 26 y 27 de la CUIFE para conocer mayor información de los accionistas, consejeros y directivos de las SOFOMES, y así cruzar información.

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLESA LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, CASAS DE CAMBIO, UNIONES DECRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS. (DOF 27 DEDICIEMBRE DE 2016)

• PERSONAS FISICAS:

Firmar la declaración bajo protesta

Presentar dictámenes de auditoría e investigación empresarial

Declaraciones fiscales

Llenar los anexos aplicables

Autorizar a la CNBV a verificar y comprobar la información.

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLESA LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, CASAS DE CAMBIO, UNIONES DECRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS. (DOF 27 DEDICIEMBRE DE 2016)

• PERSONAS MORALES

Estados financieros anuales dictaminados

Dictamen del auditor

Copia autentificada de la resolución del órgano de gobierno

Buró de crédito

Declaraciones fiscales de los últimos 3 ejercicios

Investigación empresarial

Declaración bajo protesta

Información curricular accionistas

5 años de experiencia financiera profesional

Autorizar a la CNBV a verificar y comprobar la información.

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA EL ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER ELCALENDARIO PARA INICIAR EL PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE AUDITORES EXTERNOSINDEPENDIENTES, AUDITORES INTERNOS, OFICIALES DE CUMPLIMIENTO,REPRESENTANTES Y DEMÁS PROFESIONALES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DEOPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA Y FINANCIAMIENTO ALTERRORISMO. (DOF 27 DIC-2016)

• El proceso de certificación de auditores internos y auditores externos independientes en materia de PLD y FT se modifica para cambiar la fecha de la obligación de contar con el certificado vigente pasando del 31 de enero de 2017, al 29 de junio de 2018.

• El día 29 de junio de 2018 deberán contar con el certificado vigente.

LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME DE AUDITORÍA PARA EVALUAREL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DEPREVENCIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA YFINANCIAMIENTO AL TERRORISMO. (DOF 19 ENERO 2017)

• Dentro de las medidas de control que exige la regla de PLD se contiene la revisión del área de Auditoria Interna o Auditor Externo Independiente (AEI).

CERTIFICADO VIGENTE

NO SENTENCIADO POR DELITOS PATRIMONIALES

NO SER CONSEJERO O DIRECTIVO DE LA UNION

NO TENER LITIGIO PENDIENTE CON LA UNION

NO TENER ANTECEDENTES DE SUSPENSION DE REGISTROS O CANCELACION

NO INAHABILITADO PARA EJERCER COMERCIO

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS REGLAS GENERALES PARA LAINTEGRACION DE EXPEDIENTES QUE CONTENGAN LA INFORMACION QUEACREDITE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS QUE DEBENSATISFACER LAS PERSONAS QUE DESEMPEÑEN EMPLEOS, CARGOS OCOMISIONES EN ENTIDADES FINANCIERAS.*

• Se aumentan los requisitos que deben cumplir los DG, “Directivos”, Comisarios de U de C.

•Deben ser residentes en territorio nacional para efectos fiscales

PLD / FT

•RESOLUCIÓN QUE REFORMA, ADICIONA YDEROGA DIVERSAS DE LAS DISPOSICIONES DECARÁCTER GENERAL A QUE SE REFIERE ELARTÍCULO 129 DE LA LEY DE UNIONES DECRÉDITO.*

INFORMACION DE LA SHCP

Reforma a las Disposiciones de caracter general en PLD

• Las Disposiciones de carácter general en PLD aplicables a las entidades financierascompetencia de la SHCP, están en proceso de reforma para reforzarse en términosde las 40 Recomendaciones de GAFI, en preparación a la visita in situ que losevaluadores harán a México a finales de febrero de 2017, como parte de laevaluación mutua de México ante GAFI.

• Previo al inicio de la visita en cuestión, la SHCP deberá haber publicado las reformascorrespondientes.

Objetivo

• Adición de un nuevo capítulo para establecer que las entidades elaboren unametodología para evaluar los riesgos de LD/FT a que están expuestas y una matrizde riesgo.

– Cumplimiento de obligaciones en congruencia con los resultados de laimplementación de la metodología de evaluación de riesgos.

– Obligación de CNBV para elaborar lineamientos, guías y/o mejores prácticasque las entidades deberán observar para el mejor cumplimiento de lo previstoen el nuevo capítulo de riesgo.

– El oficial de cumplimiento (OC) será el responsable de elaborar la metodologíay la matriz de riesgo; por su parte, el comité de comunicación y control(Comité) las someterá a la aprobación del consejo de administración.

Enfoque basado en riesgo

– Tratándose de grupos financieros, la auditoría y la metodología de riesgo considerarán losfactores de riesgo a que están expuestos las otras entidades financieras que formen parte delmismo grupo.

– Manual PLD/FT adaptado para gestionar los riesgos.

– Que los sistemas automatizados provean información a la matriz de riesgo.

– Análisis de riesgo previo a la contratación de comisionistas extranjeros y a la aprobación derelaciones de corresponsalía.

Enfoque basado en riesgo

• Inclusión en el Manual PLD/FT de procedimientos y criterios para la apertura,limitación y/o terminación de una relación comercial, que deberán ser congruentescon la metodología de riesgo.

• La CNBV podrá revisar y ordenar la modificación de su metodología cuando no seconsidere una debida administración de riesgos en el procedimiento para ladeterminación de la apertura, limitación y/o terminación de una relación comercial.

Criterios para apertura/limitación/terminaciónde relaciones comerciales

• Informe de auditoría de acuerdo con los lineamientos que para tal efecto emita laCNBV.

– En dicho informe se evaluará la efectividad del cumplimiento de lasDisposiciones.

Auditoría

– En las nuevas relaciones comerciales deberán recabar e integrar elcomprobante de domicilio en el expediente de identificación del cliente, noobstante que el domicilio sea el mismo que en la identificación oficial.

– En las nuevas relaciones comerciales deberán incluir el contrato de solicitud deapertura de cuenta o celebración de operación o evidencia del consentimientodel cliente en su expediente de identificación.

– Se incluyen más documentos nacionales de identificación.

– Actualización de expedientes de los clientes personas morales, conindependencia de su nivel de riesgo, en los términos y condiciones que lasentidades establezcan en su Manual PLD/FT.

– Deberá recabarse información del cliente que permita a la entidad conocer suestructura accionaria y corporativa.

KYC

– Se precisan requisitos para ser designado OC.

– Cambios en el plazo para informar a la CNBV sobre el nombramiento del OC (dos días hábiles apartir de su designación) y adición de la obligación de informar sobre la revocación dentro de las24 horas siguientes.

– Adición de la figura de un OC interino, que podrá durar en el encargo hasta por treinta díashábiles. Sólo se puede hacer efectivo el uso de esta figura hasta dos veces en un mismo añocalendario. Se tendrá que informar a la CNBV sobre su nombramiento dentro de las 24 horassiguientes.

Oficial de cumplimiento

– Independientemente del grado de riesgo, obligación de identificar al propietario real de las personas morales; esto es, la personafísica que posea un 25% o más de su capital social.

– Cuando no haya una persona física que posea un 25% o más del capital, o que por otros medios ejerza el control, se consideraráque ejerce dicho control el administrador o administradores de la persona moral.

– Cuando el administrador designado fuera también una persona moral o fideicomiso, se entenderá que el control es ejercido por lapersona física nombrada por el administrador de la persona moral fideicomiso. Para tal efecto, se deberá recabar una declaraciónfirmada por el representante legal del cliente persona moral, en la que se indique quiénes son sus propietarios reales.

– Cuando haya sospechas de la veracidad de la información declarada, las entidades deberán tomar medidas razonables paradeterminar e identificar a los propietarios reales de la persona moral.

– La SHCP, por conducto de la UIF, emitirá guías o mejores prácticas para la identificación de propietarios reales, previa opinión de laCNBV.

Propietario real

– Reducción y cambio en los umbrales de operaciones relevantes, inusuales y enmecanismos de escalamiento de aprobación interna.

– En general, se denominan todos los montos en UDIS.

Umbrales

– Integración del Comité. La notificación a la CNBV será cada que se realice un cambio en la composición y al inicio del año.La designación de suplentes será obligatoria; estos sólo podrán asistir a las sesiones de forma extraordinaria.

– Emisión de lineamientos, guías o mejores prácticas por parte de la SHCP, respecto al posible acceso a ciertos recursos,servicios u operaciones respecto clientes que se encuentren dentro de la Lista de Personas Bloqueadas.

– Intercambio de información entre entidades de un mismo grupo financiero.

– Se homologa el régimen de transferencias con el de transmisores de dinero.

– Cambios al plazo para envío de reportes de operaciones inusuales e internas preocupantes. Dos días naturales a partir deque hayan sido dictaminadas por el Comité.

Otros

ACTO FECHA

Distribución del proyecto de Resolución.

10 de enero

Espera de comentarios del sector. A más tardar el 16 de enero

Presentación de la MIR correspondiente ante COFEMER.

20 de enero

Publicación de la Resolución Tercera semana de febrero.

Proceso de Reforma

¿COMO VAN A SALIR?TEMA ANTES DESPUES

Enfoque Basado en Riesgos (Cap. II Bis)

Sin Metodología Con Metodología dentro del Manual con base en las guías y mejores prácticas dadas a conocer x CNBV.

Definición de “Control” Persona Física, Moral o Fideicomiso Persona Física (o PF de la PM o Fideicomiso).

Definición de “Grado de Riesgo” N/A Clasificación del socio con base en la evaluación

Definición de “Mitigantes” N/A Metodología

Definición Interna Preocupante Empleados / Funcionarios Con independencia del régimen laboral

Definición de operación relevante 10,000 USD 7,500 USD

Persona Políticamente Expuesta - Incluye además a organizaciones internacionales

Propietario Real Persona Física o Moral Personas Físicas

Documentos Válidos de Identificación Personal del Socio

- Se adicionan credencial del ISSSTE, ISSFAM, Seguro Popular y otras a juicio de CNBV

¿COMO VAN A SALIR?TEMA ANTES DESPUES

Comprobante de Domicilio - Permite acreditarlo con IFE cuando coincida con el manifestado.

Información del Socio / Propietario Real (PR) declaración firmada del Socio(bajo riesgo-medidas simplificadas)

- Que permita conocer la estructura accionaria y organigrama hasta un nivel debajo de DG. Habrá lineamientos para PR.

No hay obligación de recabar esta información del PR o BR

- Tratándose de socios PM o sus subsidiarias que coticen en bolsas reconocidas por CNBV

Fideicomisos (socios) - Constancia firmada por el delegado fiduciario y el OC del fiduciario.

Mecanismos de escalamiento de aprobación interna

10,000 USD 7,500 USD

Actualización de expedientes Anualmente Anualmente salvo que sea de bajo riesgo.

Nueva Metodología - Debe contener, indicadores, método de medición, mitigantes, sin inconsistencias.

¿COMO VAN A SALIR?TEMA ANTES DESPUES

Cumplimiento y Resultados de Metodología

- Cada doce meses evaluados

Grados de Riesgo Bajo y Alto PF: Bajo y AltoPM y FISOS: Alto, Medio y Bajo

Alto Riesgo - Recabar mayores datos incluso de fideicomisos, parientes, grupos empresariales, consorcios, accionistas o socios.

Reportes de Operaciones con dólares

10,000 USD 7,500 USD

Reporte de operaciones inusuales 60 días naturales a partir de la alerta

3 días hábiles a partir de que concluya la sesión del Comité que la dictamine como tal. EL Comité debe reunirse 60 días naturales siguientes a la alerta.

Operaciones vinculadas (inusuales) 10,000 USD 7,500 USD

¿COMO VAN A SALIR?TEMA ANTES DESPUES

Reporte de operaciones interna preocupante

60 días naturales a partir de la alerta

3 días hábiles a partir de que concluya la sesión del Comité que la dictamine como tal. EL Comité debe reunirse 60 días naturales siguientes a la alerta.

Integración del CCC Funcionarios hasta dos jerarquías debajo de DG

Funcionarios hasta tres jerarquías debajo de DG

Sesiones del CCC No mayor a un mes ni menos a 10 días

Una vez al mes

Nuevas Obligaciones del OC y del Consejo de Administración (CA)

- OC presenta al CA la metodología y el CA deberá, en su caso, aprobarla

OC Interino - Hasta por 90 días naturales en un año calendario

OC Interino - Informas a CNBV al día hábil siguiente a su nombramiento

Sistemas Automatizados - Debe proveer la información que las uniones incluirán en la metodología.

¿COMO VAN A SALIR?

TEMA ANTES DESPUES

Manual de PLD ajustado - Remitir a CNBV dentro de los 20 días hábiles siguientes a la aprobación del Comité de Auditoría

TRANSITORIOS

Uniones nuevas - 90 días naturales para tener el Manual y 60 días naturales para designar CCC y OC

Uniones en operación 45 días naturales para elaborar el cronograma de trabajo con actividades y responsables que les permitan en 360 días naturales siguientes a la entrada en vigor cumplir con todos los aspectos salvo la metodología.

¿COMO VAN A SALIR?

TEMA ANTES DESPUES

Guías y lineamientos de la SHCP - Se darán a conocer 240 días naturales después de la entrada en vigor.

Cumplir con la metodología contenida en el Capítulo II bis

- 450 días naturales posteriores a la entrada en vigor

Modificaciones a las estructuras internas

- A partir de que la SHCP de a conocer los medios electrónicos y formatos.

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLESA LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, CASAS DE CAMBIO, UNIONES DECRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS.*

Se modificará la CUIFE para los temas siguientes:

1. Información adicional para constituir y operar una Unión

2. Documentación adicional para accionistas en procesos de fusión.

3. Disposiciones prudenciales en proceso de crédito.

4. Integración de expedientes.

5. Prohibición de exigir el pago de intereses por adelantado, sólo por periodosvencidos.

6. Fortalecer el control interno y sistemas, designar a una persona especializadaen procesos, guarda, almacenaje y sistemas de control interno.

7. Servicios y operaciones que brindan las empresas que prestan servicioscomplementarios o auxiliares en la administración, así como inmobiliarias

8. Se incorporan los Anexos 28 a 34.

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLESA LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, CASAS DE CAMBIO, UNIONES DECRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS.*

TEMA ANTES DESPUES

Nuevas Definiciones - • Administración Integral de Riesgos

• Actividad Crediticia• Cartera Crediticia Comercial• Descuento• Empresas de Servicios• Esquema de Cobertura de

Primeras Pérdidas• Fideicomiso de Contragarantía• Información Sensible• Infraestructura Tecnológica• Cesión de Derechos• Riesgo Común• Servicios Complementarios• Sociedades Inmobiliarias

Nuevo Capítulo I bis.- Proceso de Crédito e Integración de expedientes

- Aspectos mínimos a considerar en el proceso de crédito, originación y administración.

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLESA LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, CASAS DE CAMBIO, UNIONES DECRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS.*

TEMA ANTES DESPUES

Responsabilidad del DG - Congruencia entre políticas, lineamientos e infraestructura con la originación y administración. Informar anualmente las desviaciones

Consejo de Administración - Aprobar las políticas de originacióny administración de forma que sean congruentes con la administración Integral de riesgos.

Sistemas de Información de Crédito - • Interfases e interrelación de procesos

• Generar reportes• Controles de confidencialidad• Información necesaria en la

toma de decisiones

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLESA LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, CASAS DE CAMBIO, UNIONES DECRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS.*

TEMA ANTES DESPUES

Personal involucrado en crédito Capacidad técnica e historial crediticio satisfactorio

• Solvencia Moral y Etica• Capacidad técnica• Garanticen la confidencialidad• Programas de capacitación

Barreras Chinas - Regla general: Entre promoción y áreas de aprobación, salvo créditos inferiores a 400,000 UDIS

Riesgo de Contraparte - En operaciones con derivados e instrumentos financieros sofisticados se deberá abrir una línea de crédito.

Nuevos métodos de evaluación de crédito

Paramétrico Además del Paramétrico, se deben desarrollar nuevos métodos por tipos de crédito y montos.

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLESA LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, CASAS DE CAMBIO, UNIONES DECRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS.*

TEMA ANTES DESPUES

Plataforma Automatizada - Que asegure el proceso de validación de los documentos relacionados al factoraje, cesión de derechos y descuento. Requisitos mínimos.

Outsourcing entre uniones - Para compartir o prestar servicios de la plataforma automatizada

Comité de Crédito - Deben participar integrantes de las áreas de negocios, evaluación y seguimiento. Los funcionarios encargados de aprobar deben contar con amplia experiencia financiera y al menos dos niveles debajo de las áreas que aprueban.

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLESA LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, CASAS DE CAMBIO, UNIONES DECRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS.*

TEMA ANTES DESPUES

Constancia de acuerdos Actas Actas, minutas, e incluso aprobaciones personales deben constar por escrito y contar con facultades.

Área de Control de Créditos - Verificar el cumplimiento del manualComprobar la integración de los documentos.Bitácora de actos y operaciones realizadasCorroborar que las áreas den seguimiento y que se cumplan las etapas del crédito.

DG - Informar trimestralmente al Consejo las posibles desviaciones detectadas.

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLESA LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, CASAS DE CAMBIO, UNIONES DECRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS.*

TEMA ANTES DESPUES

Auditoría Interna - Muestreos EstadísticosVerificar la calificación de la carteraVerificar el cumplimiento normativo de la actividad crediticia.Verificar sistemas automatizadosInformar anualmente al Consejo y al Comité.

Elaborar un Manual de Riesgos No era imperativo Políticas y lineamientos bien definidos

Expedientes de Crédito - Comprobantes del proceso de crédito, acreditando cumplimiento y los Anexos 30 a 32

Expedientes del crédito y del deudor

- Menores a 4 millones de UDISMayores a 4 millones de UDISCuando el acreditado es EF.

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLESA LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, CASAS DE CAMBIO, UNIONES DECRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS.*

TEMA ANTES DESPUES

Garantías bajo esquema de cobertura de primeras pérdidas

- Portafolios de menos de 50 créditos deberá compararse el valor de las garantías contra el monto de estimaciones, en su caso adicionarlas y considerarlas en el rubro de provisiones específicas

Lineamientos del SCI - Incorporar adecuada segregación de funciones y canales de comunicación y flujo de información.Incorporar lineamientos de la Infraestrutura Tecnológica que garantice funcionalidad y seguridad.

Personal de auditoría - Rotación periódica para asegurar la independencia.

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLESA LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, CASAS DE CAMBIO, UNIONES DECRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS.*

TEMA ANTES DESPUES

Responsable de la seguridad de la información

- Nuevo cargo dentro de la Unión

Fusión de Uniones - • Proyecto de estatutos• Documentos sobre perfil técnico

y honorabilidad de los directivos• Manuales de C.I., Crédito, AIR.

Empresas de Servicios y Sociedades Inmobiliarias

Cualquier servicio auxiliar o administren bienes para el uso de

oficinas.- No había regulación

• Reguladas por la CNBV.-Autorización

• No pueden detentar capital de Uniones

• No pueden asumir pasivos de uniones por más de su capital contable

• Las inmobiliarias no pueden otorgar créditos para adquirir inmuebles

• Pueden ser corresponsales

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLESA LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, CASAS DE CAMBIO, UNIONES DECRÉDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS.*

TEMA ANTES DESPUES

TRANSITORIEDAD

12 MESES

GRACIAS