o iros) al convenio marco dl apoyo jnilrinstitlicidnal....

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o IROS) AL CONVENIO MARCO DL APOYO JNILRINSTITliCIDNAl. N<' 00124 SiiSCRlTO KN 'i K K K L DEPARTAMENTO NORTE DE SANI AiNDER _ y i A UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER ^6 MAR 2015 Entre los suscritos a saber: HECTOR MIGUEL PARRA LOPEZ, identificado con la cédula de ciudadanía 13.814.433 expedida en Bucaramanga. obrando en su condición de RECTOR de LA UNIVERSIDAD FRj\NClSCO DE PAULA SANTANDER, debidamente delegado para el efecto, siendo la institución un ente Universitario Autónomo de carácter oficial, con personería jurídica reconocida mediante Resolución No 20 del 19 de septiembre de 1962, profenda poi la Gobernación de Norte de Santander- reconocida con carácter de Universidad Secciona! Oficial mediante Ley 67 de 1968 -Ai .,cciid (i por el Congreso de la Repiiblica, oficializada como ente de educación superíor del orden dcpartainental mediante Decreto N'' 323 del 13 de mayo de 1970 expedido por la Gobernación del departamento Norte de Santander, con NIT 890.500.622-6 y con domicilio en la Av. Gran Colombia No 12E-96 Colsag, de esta ciudad quien en adelante se denominará LA UNIVERSIDAD, de una parte: y de la otra EDGAR .lESUS DIAZ CONTRERAS, identificado con cédula de ciudadanía N"* 13.4S4.021 expedida en Cúcuta, acruando en nombre y representación del departamento Norte de Santander, en su calidad de representante legal y gobernador quién en adelante se denominará EL DEPARTAMENTO, hemos acordado celebrar el presente OTROSI AL CONVENIO MARCO DE APOYO INTERÍNSTITUCIONAL N° 00124 SUSCRITO ENTRE EL DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER Y LA LINIVERSIDAD I'RANCISCO DE PAULA SANTANDER, contenido en las cláusulas que más adelante se enuncian, previas las siguientes consideraciones: PRIMERA.- Que, el Gobierno Nacional, mediante Decreto 055 de enero 14 de 2015, del Ministerio de Salud y Protección Social, reglamentó la afiliación de estudiantes al Sistema General de Riesgos Laborales, quedando establecido en su articulo 4° numeral 2, literal d, que para el caso de la educación superior, la afiliación de los estudiantes y el pago de los aportes a este Sistema, corresponde a la entidad, empresa o institución piiblica o prívada donde se realice la práctica, para el caso de la educación superíor y de los programas de formación laboral en la p.rlncacíón para el trabajo y el desarrollo humano, sin pcrj\iicio de los acuerdos entre la institución de educación y la entidad, empresa o instirución pública o privada donde se realice la práctica, sobre quién asumirá la afiliación y el pago de los ."íportes al Sistema General de Riesgos Laborales y la coordinación de las actividades de promoción y prevención en seguridad y salud en el trabajo. SEGUNDA.- Que, el Consejo Académico de la UNIVERSIDAD, según Acta'No. 02 de 2015, detemiinó que UNIVERSIDAD afiliaré n los estudiantes matriculados que deben realizar la asignatura de Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado en cualqtliieia de sus modalidades, al el Sistema General de Riesgos Laborales. TERCERA.- QUQ, debe garantizarse la conlinuidad de la cooperación mediante la utilización de senicios comunes y el enhpico de recursos hunianos y físicos existentes en el Estado colombiano en cumplimiento de las políticas educativas. El presente Otrosí se regirá por las siguientes cláusulas que modificarán exclusivamente en lo que estas se refieren, ál Convenio celebrado cnrre las partes y que a la fecha está vigente. CLÁUSULA PRIMERA: OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD, Para la ejecución del presente convenio, LA UNIVERSIDAD, se obliga a: a) Preseniar y Siiministrai a E L DEPARTAMENTO l3 lista de lo.s estudiantes, que reali:<arán la Práctica Académica, Profesional n Lmpresaria y/o el Trabajo de Grado en cualquiera de sus modalidades; b) Asumir Ja responsahilid Av. Gran ColorrrhiTÑo~12E 96 Coísag Teféfono 5776655 ''^" ^ ^ Cúcuta • Colombia ;

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o I R O S ) A L CONVENIO M A R C O DL APOYO J N I L R I N S T I T l i C I D N A l . N<' 00124 S i iSCRlTO K N ' i K K K L DEPARTAMENTO NORTE DE S A N I AiNDER

_ y i A UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER

^ 6 MAR 2015 Entre los suscritos a saber: HECTOR M I G U E L PARRA LOPEZ, identificado con la cédula de

ciudadanía 13.814.433 expedida en Bucaramanga. obrando en su condición de R E C T O R de LA UNIVERSIDAD FRj \NClSCO DE PAULA SANTANDER, debidamente delegado para el efecto, siendo la institución un ente Universitario Autónomo de carácter oficial, con personería jurídica reconocida mediante Resolución No 20 del 19 de septiembre de 1962, profenda poi la Gobernación de Norte de Santander-reconocida con carácter de Universidad Secciona! Oficial mediante Ley 67 de 1968 -Ai . ,cciid(i por el Congreso de la Repiiblica, oficializada como ente de educación superíor del orden dcpartainental mediante Decreto N ' ' 323 del 13 de mayo de 1970 expedido por la Gobernación del departamento Norte de Santander, con NIT 890.500.622-6 y con domicilio en la Av. Gran Colombia No 12E-96 Colsag, de esta ciudad quien en adelante se denominará LA U N I V E R S I D A D , de una parte: y de la otra EDGAR .lESUS D I A Z C O N T R E R A S , identificado con cédula de ciudadanía N"* 13.4S4.021 expedida en C ú c u t a , acruando en nombre y representación del departamento Norte de Santander, en su calidad de representante legal y gobernador quién en adelante se denominará E L D E P A R T A M E N T O , hemos acordado celebrar el presente OTROSI A L CONVENIO M A R C O DE APOYO INTERÍNSTITUCIONAL N° 00124 SUSCRITO ENTRE EL DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER Y LA LINIVERSIDAD I'RANCISCO DE PAULA SANTANDER, contenido en las cláusulas que más adelante se enuncian, previas las siguientes consideraciones: PRIMERA.- Que, el Gobierno Nacional, mediante Decreto 055 de enero 14 de 2015, del Ministerio de Salud y Protección Social, reglamentó la afiliación de estudiantes al Sistema General de Riesgos Laborales, quedando establecido en su articulo 4° numeral 2, literal d, que para el caso de la educación superior, la afiliación de los estudiantes y el pago de los aportes a este Sistema, corresponde a la entidad, empresa o institución piiblica o prívada donde se realice la práctica, para el caso de la educación superíor y de los programas de formación laboral en la p.rlncacíón para el trabajo y el desarrollo humano, sin pcrj\iicio de los acuerdos entre la institución de educación y la entidad, empresa o instirución pública o privada donde se realice la práctica, sobre quién asumirá la afiliación y el pago de los ."íportes al Sistema General de Riesgos Laborales y la coordinación de las actividades de promoción y prevención en seguridad y salud en el trabajo. SEGUNDA.- Que, el Consejo Académico de la U N I V E R S I D A D , según Acta'No. 02 de 2015, detemiinó que U N I V E R S I D A D afiliaré n los estudiantes matriculados que deben realizar la asignatura de Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado en cualqtliieia de sus modalidades, al el Sistema General de Riesgos Laborales. TERCERA.- QUQ, debe garantizarse la conlinuidad de la cooperación mediante la utilización de senicios comunes y el enhpico de recursos hunianos y físicos existentes en el Estado colombiano en cumplimiento de las políticas educativas. El presente Otrosí se regirá por las siguientes cláusulas que modificarán exclusivamente en lo que estas se refieren, ál Convenio celebrado cnrre las partes y que a la fecha está vigente. C L Á U S U L A P R I M E R A : O B L I G A C I O N E S DE LA U N I V E R S I D A D , Para la ejecución del presente convenio, L A U N I V E R S I D A D , se obliga a: a) Preseniar y Siiministrai a E L D E P A R T A M E N T O l3 lista de lo.s estudiantes, que reali:<arán la Práctica Académica, Profesional n Lmpresaria y/o el Trabajo de Grado en cualquiera de sus modalidades; b) Asumir Ja responsahilid

Av. Gran ColorrrhiTÑo~12E 96 Coísag Teféfono 5776655 ''̂ " ^ ^ Cúcuta • Colombia ;

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•li=j OTROS) A L ( ONVKNIO MARCO J)E APOYO IN í LRLNSTITL'CIONAL N° 00124 SUSCRITO ENTRK E L DEPARTAMENTO NORTE DE S-ÜN'l ANDER V LA UMXT'RSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTA.NDER !

Universidad RO-'A N" 2 ••«r<CV(«> »r>MV«nU<«OiN '

académica y curricular de las Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado en cualquiera de sus modalidades; c) Determinar previamente las condiciones para la evaluación del estudiante de acuerdo con las actividades qXie él misino desarrollará en E L D E P A R T A M E N T O ; d) Realizar las visitas necesarias a E L D E P A R T A M E N T O durante el periodo de la Práctica Académica, Pt^ofesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado en cualquiera de sus modalidades, ^ara guiar y verificar el cuiriplimiento por parte de los estudiantes, del objeto del presente CONVENIO MARCO DE APOYO INTERJNSTITUCIONAL N° 00124 'SUSCRITO ENTRE EL DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER Y LA UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER; e) Afiliar y pagar los aportes de los estudiantes en Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado, al Sistema General de Riesgos Laborales, f) Atender las inquietudes y requerimientos que formule E L D E P A R T A M E N T O para el buen desarrollo del Presente convenio marco de apoyo interinslitucional n" 00124 suscrito entre el departamento Norte de Santander y Ja Universidad Francisco de Paula Santander; g) Aplicar la amonestación por: escrito con copia a la hoja de vida, cuando se demuestre el bajo rendimiento e ineficiéncia de las estudiantes; h) Reemplazar los estudiantes si existen actos continuos del incumplimiento de sus obligaciones cuando lo solicite E L D E P A R T A M E N T O y siempre que L A U N I M L R S I D A D cuente con los estudiantes disponibles, i) Revisar periódicamente que el esiudiarite en práctica desanoüe labores relacionadas exclusivamente con su programa de joimación o educación, que ameritaron su afiliación al Sistema General | de Riesgos Laborales, j ) Verificar que el espacio de práctica cuente con los elementos de protección personal apropiados según el riesgo ocupacional. C L A U S U L A SEGUNDA: O B L I G A C I O N E S D E L D E P A R T A M E N T O . Para la ejecución del preserite convenio E L D E P A R T A M E N T O se obliga a: a) Autorizar a los estudiantes y personal docerite debidamente identificado de L A U N I V E R S I D A D , para realizar la visitas elnpiesarialcs Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Crrado en cualquiera de sus modalidades, en uno o varios de los procesos administrativos que desarrolle E L D E P A R T A M E N T O . P A R Á G R A F O : Las anteriores actividades estarán sujetas a previa planeación de E L D E P A R T A M E N T O , b) Avalar los informes que puedan surgir de ios estudiantes con el objeto de evaluación de la Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado que esté adelantando, c) Proveer los recursos necesarios como instalaciones, útiles elementos, equipos de oficina y e! apoyo logístiCq y de talento humano que requieren los estudiantes en el desarrollo de la Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado y que puedan ejecutar sus labores de nranera adecuada en E L D E P A R T A M E N T O que redunden en '.¿ beneficio mutuo, d) Autorizar a los docentes de LA U N I V E R S I D A D , para realizar capacitación a los estudiantes en E L D E P A R T A M E N T O previa su programación y aprobación por las partes, e) Efectuar una inducción y orientación; así como, el entrenamiento y ¡supervisión, ;(.qucrida para el desanollo de las tarcas que le sean asignadas a las estudiantes en'-la Práctica Académica, Prolesional o Empiesarial y/o el Trabajo de Grado; indicando en (odo caso los riesgos a que va a estar expuesto junio con las medidas de prevención y conííoi mitigarlos, f) Liformar los accidentes y las enfermedades ocurridos cop ocasión de la práctica o actividad, a la Administradora de Riesgos Laborales y a¡ la Entidj

[ , Z i / A v . Gran Colombia No 12E-96 Colsag Teléfono 5776655 i

Cúcuta Colombia ,

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m OTROSI AL CONVENIO MARCO D t APOYO INTERINSTriT'CllONAi-00124 SUSCRITO E N l RE E l DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER Y LA UNIVERSIDAD FRANCESCO DE PAULA SANTANDER

sidad HO.UN'3

Promotora de Salud a la cual estén afiliados los estudiantes, g) Verificar que el estudiante use los elementos de protección personal en el desarrollo de su práctica o actividad, h) Incluir al estudiante en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuando la empresa o institución pública o privada esté en la obligación de tenerlo, i) Infonnar a L A U N I V E R S I D A D sobre cualquier irregularidad que se presente relacionada con los estudiantes en desarrollo de las actividades que le han sido asignadas, j ) Solicitar el reemplazo de los estudiantes que por causa justificada no cumplan con las exigencias técnicas para prestar la Práctica Acadétriica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado, o que por cualquier hecho u omisión perjudiquen el desarrollo de) presente Convenio, k) Verificar que la U N I V E R S I D A D haya afiliado a los estudiantes a una A R L y realice los respectivos apones. CLÁUSULA TERCERA: O B L I G A C I O N E S DE LOS ESTUDIANTES. En virtud del presente convenio los estudiantes se obligan a: a) Realizar en las instalaciones de E L D E P A R T A M E N T O la Práctica ¡Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado asignado y exigido en el programa académico y el cumplimiento de su plari de trabajo deberá contribuir al desarrollo de las labores propias de E L D E P A R T A M E N T O ; b) Regirse estrictamente y cumplir con los reglamentos académicos y disciplinarios establecidos por L A U N I V E R S I D A D , y normas, reglamento interno del trabajo y procedimientos de carácter técnico, científico, administrativo, disciplinario, ocupacional, higiene, seguridad industrial, asi como las instrucciones que se les imparta en materia de ingreso a las instalaciones de E L D E P A R T A M E N T O , c) Depender académicamente de L A U N I V E R S I D A D y su relación con E L D E P A R T A M E N T O solo tendrá carácter de contraprestación de scrN'icios de carácter Académico en razón de la Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado, sin vinculación laboral, d) Responder por su propia cuenta ante E L D E P A R T A M E N T O o rccmbolsarie su valor económico, por pérdida o daños que hayan causado y se hayan comprobado según la Ley, sobre algún elemento y/o equipos, herramientas, de trabajo, etc. P A R Á G R A F O : De esta previsión se excluye el daño generado por el desgaste nomial de los equipos y/o elementos asignados para su trabajo dirigido, c) En caso de enfermedad o accidente, laboral, durante el desarrollo de su Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado, cumplirá los procedimientos internos establecidos en E L D E P A R T A M E N T O para su respectivo reporte y atención por paile de la A R L a que esté afiliado por pane de la U N I V E R S I D A D . O En caso de enfermedad general o accidente que no sea catalogado como laboral, durante el desarrollo de su Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado, serán los estudiantes quienes directamente asuman la responsabilidad de los servicios de atención en salud a través de las EPS o EPSS a que estén afiliados; también podrán utilizar su seguro estudiantil vigente; acreditaciones estas que deberá presentar en E L D E P A R T A M E N T O al iniciar su Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado; y mantenerlas vigentes durante el tiempo establecido para la misma, g) Las estudiantes no podrán renunciar a su Práctica .Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado en E L D E P A R T A M E N T O sin que medie autorizaciórt expresa de L A U N S V E R S Í D A D . h) Cumplir con tí horario establecido para sus actividades dentro de kí. D E P A R T A M E N T O y poner lodo su empeño y diligencia con aplicación y compromis^

^ y Av Gran Colombia No. 12E 96 Cohag Teléfono 5776655' ^ >

Cúcuía Colombia

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o j L g í O T R O S I A l . C O N V E N I O M A R C O D E A I ' O Y O I M E R I N S r iTCCIOiNAE N °

00124 S U S C R I T O E N T R E I T . D E P A R T A M E N T O N O R T E D E S A N T A N D E R

V l.A U N I V I : R S I I ) . M ) F R A N C I S C O D E P A U L A S A M A N D E R

Universidad HO.MNM

para lograr las metas y objetivos en busca de un mayor rendimiento durante la ejecución de su Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado, i). Presentar en las fechas que se señalen, los informes que se le soliciten, j ) Infonnar al Docente de semestre de práctica o director de plan de estudios sobre todo cambio, o situación inegular que se le presente en el desarrollo de su Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado, k) Manejar correctamente la información y documentos de E L D E P A R T A M E N T O y guardar sin excepción la reserva debida sobre los asuntos que le sean encomendados. De igual forma no podrá retirar de las instalaciones de E L D E P A R T A M E N T O ningiJn documento, sin previa autorización escrita. 1) Cumplir con las obligaciones detemoinadas en el presente CONVENIO MARCO DE APOYO INTERINSTI IUCIONAL N° 00124 SUSCRITO ENTRE E L DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER Y LA UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER y demás disposiciones legales y administrativas vigentes y que regulan la Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado. C L Á U S U L A C U A R T A : SUPERVISION Y M A N E J O . La supcl-^'isión por parte de L A U N I V E R S I D A D estará a cargo del el docente de la materia de Practica Académica, Profesional o Empresarial, y estará a cargo de cada Director de Plan de Estudios de .la Facultad; segiin el programa académico que curse el estudiante para los Trabajos de Grado, teniendo la obligación de ofrecer a los estudiantes la asesoría permanente, asi como el seguimiento y control de sus actividades derivadas del Presente convenio marco de apoyo interinstitucional n° 00124 suscrito entre el departamento Norte de Santander y la Universidad Francisco de Paula Santander; igualmente, E L D E P A R T A M E N T O .lo supervisará a través de su coordinador inmediato y sobre quien recaerá la dirección o conducción de los estudiantes, para el cumplimiento del presente convenio marco de apoyo interinstitucional n*̂ 00124 suscrito entre el departamento Norte de Santander y la Universidad Francisco de Paula Santander. C L Á U S U L A Q U I N T A : E X C L U S I Ó N DE TvELACIÓN L A B O R A L . EL D E P A R T A M E N T O y L A U N I V E R S I D A D no adquiere mngíin vinculo laboral con las estudiantes, pues éste será de carácter eminentemente académico; tampoco lo habrá, respecto de E L D E P A R T A M E N T O para con los funcionarios de L A U N I V E R S I D A D , ni de ésta para con el talento humano vinculado a aquella. P A R Á G R A F O : LOS ESTUDIANTES no podrán, por sí ni por terceros, reclamar personal o judicialmente a E L D E P A R T A M E N T O indemnización alguna por relación laboral, en razón a que este convenio es exclusivamente de carácter académico. C L Á U S U L A SEXTA; DECLAFIACION C O M P R O M I S O R I A . Con el propósito de confirmar y ratificar la intención voluntaria de los estudiantes y aceptar los parámetros del Presente convenio marco de apoyo interinslitucional 00124 suscrito entre el departamento Norte de Santander y la Universidad Francisco de Paula Santander, se solicitará la suscripción de una "Declaración Comproinisoria de Aceptación" signada por cada estudiante y el visto bueno del supervisor de la U N I V E R S I D A D , quien deberá verificar en todo caso que el estudiante esté debidamente afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales, al tnomenlo de iniciar la Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado, e ingresar a E L D E P A R T A M E N T O . CLÁUSULA SEPTÜtSIA; VJGENCI.A: Este olrosi rige a partir de ia lecha de su perfeccionamiento hasta que pemianezca vigente el CONVENIO M A R C O DE A P O Y ^ .

Av Gran Colombhj No. 12E-% Colsag Teléfonn 5776655 Cúcuta - ("olombia

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Universidad

O T R O S I A L C O N V E N I O M A R C O DE A P O Y O I M E R I N S T J T l CÍIONAJ. <>0124 SUSCRITO ENTRE EE D E P A R T A M E N T O N O i ^ E D E S A ' N T A N D E R Y L A U N T V ERSIJ)AD ERANC1SCO DE P A U L A SANTANDER

HOJA N" 5

i N i E R í N S T l T U C l O N A L N° 00124 SUSCRITO ENTRE E L D E P A R T A M E N T O N O R T E DE SANTANDER Y L A UN^TERSIDAD FRAJVCISCO DE PAULA SANTAJMDER. C L Á U S U L A O C T A V A : P E R F E C C I O N A M I E N T O . El presente Otrosí se entiende perfeccionado con las firmas de las partes que en el intervienen.

En constancia, se firma a los \ HAR 2015

JEL PARRA RECT^OR/'

HI. T E X T O QUt:^NTECF,DE SE lUiVlSÓ Eri.S«SNÍSfF.CTOS LEGALÜS

Av. Graji Colombia No. 12E'96 Colsag - Teléfono 5776655 Cúcuta • Colombia

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