pagos al exterior (no residentes)

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PAGOS AL EXTERIOR (No residentes)

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PAGOS AL EXTERIOR(No residentes)

Objetivo

ENFATIZAR LAS PRINCIPALES CONSIDERACIONES TRIBUTARIAS EN MATERIA DE IMPUESTO A LA RENTA Y DEL IVA EN PAGOS AL EXTERIOR A UN NO RESIDENTE

RECORDAR LA RESPONSABILIDAD DEL SUJETO PASIVO (AGENTES DE RETENCIÓN), DE CONOCER Y CUMPLIR CON LA NORMATIVA TRIBUTARIA

Inquietudes básicas sobre la retención en la fuente de Impuesto a la Renta (IR)

¿Cuándo se retiene en la fuente?

¿Cuál es la tarifa de retención?

Otras consideraciones

PAGOS EFECTUADOS Al EXTERIORA UN NO RESIDENTE

¿Cuál es la tarifa si es un PF*?

(*) Paraíso Fiscal

Oportunidad de retención¿Quién retiene?

ARTÍCULO 49 LRTITratamiento sobre rentas del extranjero

“(…) Quienes realicen pagos o créditos en cuenta al exterior, que constituyan rentas gravadas por esta Ley, directamente, mediante compensaciones o con la mediación de entidades financieras u otros intermediarios (…)”

Oportunidad de retención¿Cuándo se retiene?

ARTÍCULO 50 LRTIObligaciones de los agentes de retención

“(…) La retención en la fuente deberá realizarse al momento del pago o crédito en cuenta, lo que suceda primero(…)”

Tarifa de retención¿Cuál es la tarifa de retención de IR?

ARTÍCULO 39 LRTIIngresos de No Residentes

Ingreso gravable de NO RESIDENTES

No atribuible a establecimientos

permanentes

Enviados, pagados o acreditados en cuenta

Sin porcentaje de retención específico

en norma

Paraísos fiscales

35%

No Paraísos fiscales

22%En caso de haber un CDI*,esta tarifa podría reducirse

(*) Convenio para Evitar la Doble Imposición

Entonces…¿Cuánto retengo en un pago a un paraíso fiscal?

Sin porcentaje de retención específico

en norma

Porcentajes de retención específicos

en norma

Ganancias de capital

Dividendos a sociedades,dependiendo de tarifa pagada por la entidad que distribuye

Tarifa máxima Personas Naturales

Otras consideracionesCálculo y aplicación de la retención

� El impuesto a la renta es independiente delos términos contractuales dispuestos entrecualquier comprador o vendedor, por lo que elnivel del precio no justifica incumplimientos deobligaciones de las que es responsable unsujeto pasivo como es el pago, percepción oretención de dicho impuesto.

� La retención debe realizarse restando delingreso gravado, que en muchos casoscorresponde al valor de la factura, liquidación osimilar, la correspondiente retención.

Otras consideracionesCertificado de retenciones en pagos al exterior

ARTÍCULO 133 RLRTIDeclaración de retenciones por pagos

hechos al exterior

“En aquellos casos en los que un contribuyente

necesite justificar la retención para efectos del

pago de impuestos en el exterior, el Servicio de

Rentas Internas emitirá el correspondiente

certificado una vez que haya comprobado, en

sus bases de datos, que dicha retención fue

debidamente pagada. El Servicio de Rentas

Internas establecerá el procedimiento para que

los contribuyentes tramiten tales

Certificaciones.”

Otras consideracionesCertificado de auditores independientes

ARTÍCULO 31 RLRTICertificado de auditores independientes

Establece que deberán contar con el certificado“(…) en el caso de pagos o créditos en cuenta queno constituyan ingresos gravados en elEcuador,……..por transacciones realizadas en unmismo ejercicio fiscal y que en su conjuntosuperen una fracción básica desgravada deimpuesto a la renta para personas naturales (...)"

Este deber formal aplica tanto para el sectorpúblico como para el sector privado.

Otras consideracionesImpuesto al valor agregado IVA

� Cuando exista un pago al exterior se deberá considerar si latransacción es sujeta al IVA, gravada con tarifa 12% o gravada contarifa 0%, conforme a la normativa aplicable (entre otrasdisposiciones, los artículos 52, 53, 54, 55 y 56 de la LRTI).

� De acuerdo al artículo 70 de la LRTI, el IVA en la importación demercaderías se liquida con la declaración aduanera y el pago serealiza previo a la desaduanización.

� Sin embargo, el mismo artículo indica que, en el caso deimportaciones de servicios, el adquiriente está obligado a emitir lacorrespondiente liquidación de compra de bienes y servicios,documento autorizado por el SRI conforme el Reglamento deComprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios(artículos 1, 13 y 22, principalmente).

� Además, en tales casos el IVA se suma al valor de la factura delexterior y debe ser retenido en un 100% .