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Benemérito Instituto Normal del Estado “Gral. Juan Crisóstomo Bonilla” Licenciatura en Educación Inicial Primer Semestre Curso: Panorama actual de la educación inicial en México Asesor: Gabriela Portillo Echavarría Alumnas: Calderón Olvera Mónica Calzada Torres María Dolores García Cruz Cristina Hernández Santos María Fernanda

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Benemérito Instituto Normal del Estado

“Gral. Juan Crisóstomo Bonilla”

Licenciatura en Educación Inicial

Primer Semestre

Curso: Panorama actual de la educación inicial en México

Asesor: Gabriela Portillo Echavarría

Alumnas:

Calderón Olvera Mónica

Calzada Torres María Dolores

García Cruz Cristina

Hernández Santos María Fernanda

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CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1° Regula la educación que imparte el Estado.

Art. 2° Todo individuo tiene derecho de recibir educación de calidad.

Art. 3° El Estado esta obligado a prestar servicios de calidad (aprendizaje)

Art. 4° Es obligación de los mexicanos hacer que sus hijos cursen la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior.

Art. 5° La educación debe ser laica, gratuita (6° ); validez oficial (7°) y pública (10°)

Art. 11° La aplicación y vigilancia de la Ley corresponde a las autoridades educativas.

• SEP

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CAPÍTULO II Del Federalismo educativo

Artículo 12: corresponde a la autoridad educativa, determinar para toda la república planes y programas de estudio, calendario escolar, libros de texto, mantener actualizado el sistema educativo. Educación inicial incluyendo la indígena y la especial (art. 13)((el articulo 14 habla sobre que la educación debe ser para todos y se deben prestar servicios y ya lo pusimos))Artículo 15: el ayuntamiento de cada municipio podrá brindar servicios de cualquier tipo o modalidad.Artículo 17: las autoridades deben reunirse periódicamente para analizar el desarrollo del sistemaArtículo 18: el establecimiento de instituciones educativas será revisado por la secretaria.Artículo 19: será responsabilidad de las autoridades educativas la correcta distribución de libros de texto.Artículo 20: las autoridades educativas deberán analizar el sistema de desarrollo de los docentes.Artículo 21: los maestros deben cumplir con todos los requisitos solicitados.

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CAPÍTULO IIIDE LA EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN

Art. 32° Ejercicio pleno del derecho a la educación de calidad.Art. 33° Cumplir con lo anterior.I. Atender a localidades aisladasII. Desarrollar programas de apoyo a maestros y cumplir con el calendario

escolar.III. Promueven centros de desarrollo infantil que apoyen a el aprendizaje.IV. Fortalecerán la educación especial e inicial. V. Otorgaran apoyos pedagógicos a grupos educativos.VI. Fortalecerán sistemas de educación a distancia.VII.Desarrollaran programas para becas y apoyos económicos. VIII.Estímulos para maestros (enseñanza) IX. Jornadas de 6 a 8 horas diarias.X. Impulsaran esquemas de alimentos nutritivos

El Estado llevara programas de ayudas alimenticias, campañas de salubridad.

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Art. 34° El ejecutivo Federal llevará a cabo programas compensatorios.

CAPÍTULO IV

DEL PROCESO EDUCATIVO

Sección 1.- De los tipos y modalidades de educación

Art. 39° En el sistema educativo queda comprendida la educación inicial, la educación especial y para adultos.

Art. 40° La educación inicial tiene el propósito de favorecer el desarrollo físico, cognoscitivo, afectivo y social de los menores de 4 años

Sección 2.- De los planes y programas de estudio.

1.- Adquisición de habilidades, capacidades y destrezas. (50°)

Art. 49° El proceso educativo se basará en principios de libertad y responsabilidad para asegurar la armonía de los educadores y educandos.

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CAPÍTULO V

DE LA EDCUACIÓN QUE IMPARTAN LOS PARTICULARES

Art. 54° Las Instituciones particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidad.

Art. 55° Las autorizaciones y reconocimientos serán validos y se otorgaran cuando los solicitantes

• Con personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación

• Con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, seguridad y pedagógicas.

Art. 56 Las autoridades educativas publicaran, una relación de las instituciones a las que hayan concedido autorización o reconocimiento de validez

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Art. 57 Los particulares que impartan educación con autorización deberán cumplir con los planes y programas de estudio que las

autoridades hayan determinado

Cumplir con lo dispuesto en el articulo 3° de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.

CAPITULO VI

DE LA VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS Y DE LA CERTIFICACIÓN DE CONOCIMIENTOS

Art. 60 Los estudios realizados dentro del sistema educativo tendrán validez en toda la república

Las instituciones del sistema educativo nacional expedirán certificados y otorgaran constancias, diplomas, títulos o grados académicos a las personas que hayan concluido

estudios

Art. 61 Los estudios realizados fuera del sistema educativo nacional podrán adquirir validez oficial.

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CAPÍTULO VIISección 1 De la participación social

Art. 65 derechos de quienes ejercen la patria potestad-VI conocer la capacidad de la planta docente.Art. 66 obligaciones-I hacer que sus hijos reciban educaciónArt. 67 asociaciones de padres de familia-V informa alas autoridades educativas sobre cualquier irregularidadSe abstendrán de intervenir en aspectos pedagógicos y laborales en los establecimientos educativos.

Sección 2 delos consejos de participación socialF ) salvaguardar la integridad y educación plena de los educandosI)Apoyará actividades extraescolares que complementen la formación de los educandos

Art. 70 en cada municipio habrá un consejo municipal de participación social en la educaciónSección 3 de los medios de comunicaciónArt.74Contribuirán a las finalidades previstas del art. 7