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  • PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES

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    1. CLASULAS ADMINISTRATIVAS

    1.1. CONDICIONES GENERALES

    1.2. CONDICIONES FACULTATIVAS

    1.2.1. AGENTES INTERVINIENTES en la OBRA

    1.2.1.1. PROMOTOR

    1.2.1.2. CONTRATISTA

    1.2.1.3. DIRECCIN FACULTATIVA

    1.2.2. DOCUMENTACIN de OBRA

    1.2.3. REPLANTEO y ACTA de REPLANTEO

    1.2.4. LIBRO de RDENES

    1.2.5. RECEPCIN de la OBRA

    1.3. CONDICIONES ECONMICAS

    1.3.1. FIANZAS y SEGUROS

    1.3.2. PRECIOS

    1.3.3. MEDICIONES y VALORACIONES

    1.3.4. CERTIFICACIN y ABONO

    1.4. CONDICIONES LEGALES

    2. CONDICIONES TCNICAS de los MATERIALES, de la EJECUCIN y de las VERIFICACIONES

    2.1. DEMOLICIONES

    2.2. ACONDICIONAMIENTO del TERRENO

    2.3. CIMENTACIN

    2.4. ESTRUCTURA

    2.5. CERRAMIENTOS

    2.6. TABIQUERAS y DIVISIONES

    2.7. CARPINTERA EXTERIOR

    2.8. CARPINTERA INTERIOR

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    2.9. INSTALACIONES

    2.9.1. FONTANERA

    2.9.2. CALEFACCIN y A.C.S.

    2.9.3. SANEAMIENTO

    2.9.4. ELECTRICIDAD

    2.9.5. TELECOMUNICACIONES

    2.9.6. VENTILACIN

    2.9.7. SOLAR-TRMICA

    2.10. AISLAMIENTOS

    2.11. IMPERMEABILIZACIN

    2.12. CUBIERTAS

    2.13. REVESTIMIENTOS

    2.13.1. PARAMENTOS

    2.13.2. SUELOS

    2.13.3. FALSOS TECHOS

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    1. CLASULAS ADMINISTRATIVAS

    1.1. CONDICIONES GENERALES

    El objeto del presente pliego es la ordenacin de las condiciones facultativas, tcnicas, econmicas y legales que han de regir durante la ejecucin de las obras de construccin del proyecto.La obra ha de ser ejecutada conforme a lo establecido en los documentos que conforman el presente proyecto, siguiendo las condiciones establecidas en el contrato y las rdenes e instrucciones dictadas por la direccin facultativa de la obra, bien oralmente o por escrito.Cualquier modificacin en obra, se pondr en conocimiento de la Direccin Facultativa, sin cuya autorizacin no podr ser realizada.Se acometern los trabajos cumpliendo con lo especificado en el apartado de condiciones tcnicas de la obra y se emplearn materiales que cumplan con lo especificado en el mismo.Durante la totalidad de la obra se estar a lo dispuesto en la normativa vigente especialmente a la de obligado cumplimiento. Es obligacin de la contrata, as como del resto de agentes intervinientes en la obra el conocimiento del presente pliego y el cumplimiento de todos sus puntos.Como documento subsidiario para aquellos aspectos no regulados en el presente pliego se adoptarn las prescripciones recogidas en el Pliego General de Condiciones Tcnicas de la Edificacin publicado por los Consejos Generales de la Arquitectura y de la Arquitectura Tcnica de Espaa.

    1.2. CONDICIONES FACULTATIVAS

    1.2.1. AGENTES INTERVINIENTES en la OBRA

    1.2.1.1. PROMOTOR

    Ser considerado promotor cualquier persona, fsica o jurdica, pblica o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificacin objeto de este proyecto.Cuando el promotor realice directamente con medios humanos y materiales propios la totalidad o determinadas partes de la obra, tendr tambin la consideracin de contratista a los efectos de la Ley 32/2006.A los efectos del RD 1627/97 cuando el promotor contrate directamente trabajadores autnomos para la realizacin de la obra o de determinados trabajos de la misma, tendr la consideracin de contratista excepto en los casos estipulados en dicho Real Decreto.Tendr la consideracin de productor de residuos de construccin y demolicin a los efectos de lo dispuesto en el RD 105/2008.Son obligaciones del promotor: Ostentar sobre el solar la titularidad de un derecho que le faculte para construir en l. Nombrar a los tcnicos proyectistas y directores de obra y de la ejecucin material. Contratar al tcnico redactor del Estudio de Seguridad y Salud y al Coordinador en obra y

    en proyecto si fuera necesario. Facilitar la documentacin e informacin previa necesaria para la redaccin del proyecto,

    as como autorizar al director de obra las posteriores modificaciones del mismo.

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    Gestionar y obtener las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas, as como suscribir el acta de recepcin de la obra.

    Suscribir los seguros exigidos por la Ley de Ordenacin de la Edificacin. Facilitar el Libro del Edificio a los usuarios finales. Dicho Libro incluir la documentacin

    reflejada en la Ley de Ordenacin de la Edificacin, el Cdigo Tcnico de la Edificacin, el certificado de eficiencia energtica del edificio y los aquellos otros contenidos exigidos por la normativa.

    Incluir en proyecto un estudio de gestin de residuos de construccin y demolicin. En obras de demolicin, rehabilitacin, reparacin o reforma, hacer un inventario de los residuos peligrosos que se generarn, que deber incluirse en el estudio de gestin, as como prever su retirada selectiva y asegurar su envo a gestores autorizados de residuos peligrosos.

    Disponer de la documentacin que acredite que los residuos de construccin y demolicin han sido debidamente gestionados segn legislacin.

    En su caso constituir la fianza o garanta financiera equivalente que asegure el cumplimiento de los requisitos establecidos en relacin con los residuos de construccin y demolicin de la obra.

    1.2.1.2. CONTRATISTA

    Contratista: es la persona fsica o jurdica, que tiene el compromiso de ejecutar las obras con medios humanos y materiales suficientes, propios o ajenos, dentro del plazo acordado y con sujecin estricta al proyecto tcnico que las define, al contrato firmado con el promotor, a las especificaciones realizadas por la Direccin Facultativa y a la legislacin aplicable.Tendr la consideracin de poseedor de residuos de construccin y demolicin a los efectos de lo dispuesto en el RD 105/2008.Son obligaciones del contratista: La ejecucin del las obras alcanzando la calidad exigida en el proyecto cumpliendo con

    los plazos establecidos en el contrato. Tener la capacitacin profesional para el cumplimiento de su cometido como constructor. Designar al jefe de obra que asumir la representacin tcnica del constructor en la obra,

    tendr la capacitacin adecuada de acuerdo con las caractersticas y la complejidad de la obra y permanecer en la obra a lo largo de toda la jornada legal de trabajo hasta la recepcin de la obra. El jefe de obra, deber cumplir las indicaciones de la Direccin Facultativa y firmar en el libro de rdenes, as como cerciorarse de la correcta instalacin de los medios auxiliares, comprobar replanteos y realizar otras operaciones tcnicas.

    Asignar a la obra los medios humanos y materiales que su importancia requiera. Formalizar las subcontrataciones de determinadas partes o instalaciones de la obra dentro

    de los lmites establecidos en el contrato. Firmar el acta de replanteo y el acta de recepcin de la obra. Facilitar al director de obra los datos necesarios para la elaboracin de la documentacin

    de la obra ejecutada. Suscribir las garantas previstas en el presente pliego y en la normativa vigente. Redactar el Plan de Seguridad y Salud. Designar al recurso preventivo de Seguridad y Salud en la obra entre su personal tcnico

    cualificado con presencia permanente en la obra y velar por el estricto cumplimiento de las medidas de seguridad y salud precisas segn normativa vigente y el plan de seguridad y salud.

    Vigilar el cumplimiento de la Ley 32/2006 por las empresas subcontratistas y trabajadores autnomos con que contraten; en particular, en lo que se refiere a las obligaciones de acreditacin e inscripcin en el Registro de Empresas Acreditadas, contar con el porcentaje de trabajadores contratados con carcter indefinido aspectos regulados en el artculo 4 de dicha Ley y al rgimen de la subcontratacin que se regula en el articulo 5.

    Informar a los representantes de los trabajadores de las empresas que intervengan en la ejecucin de la obra de las contrataciones y subcontrataciones que se hagan en la misma.

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    Estar obligado a presentar al promotor un plan que refleje cmo llevar a cabo las obligaciones que le incumban en relacin con los residuos de construccin y demolicin que se vayan a producir en la obra.

    Cuando no proceda a gestionar por s mismo los residuos de construccin y demolicin estar obligado a entregarlos a un gestor de residuos o a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboracin para su gestin.

    Estar obligado a mantener los residuos de construccin y demolicin en condiciones adecuadas de higiene y seguridad, as como a evitar la mezcla de fracciones ya seleccionadas que impida o dificulte su posterior valorizacin o eliminacin.

    MEDIOS HUMANOS y MATERIALES en OBRA

    Cada una de las partidas que compongan la obra se ejecutarn con personal adecuado al tipo de trabajo de que se trate, con capacitacin suficientemente probada para la labor a desarrollar. La Direccin Facultativa, tendr la potestad facultativa para decidir sobre la adecuacin del personal al trabajo a realizar. El Contratista proporcionar un mnimo de dos muestras de los materiales que van a ser empleados en la obra con sus certificados y sellos de garanta en vigor presentados por el fabricante, para que sean examinadas y aprobadas por la Direccin Facultativa, antes de su puesta en obra. Los materiales que no renan las condiciones exigidas sern retiradas de la obra. Aquellos materiales que requieran de marcado CE irn acompaados de la declaracin de prestaciones que ser facilitada al director de ejecucin material de la obra en el formato (digital o papel) que ste disponga al comienzo de la obra.Las pruebas y ensayos, anlisis y extraccin de muestras de obra que se realicen para cerciorarse de que los materiales y unidades de obra se encuentran en buenas condiciones y estn sujetas al Pliego, sern efectuadas cuando se estimen necesarias por parte de la Direccin Facultativa y en cualquier caso se podr exigir las garantas de los proveedores.El transporte, descarga, acopio y manipulacin de los materiales ser responsabilidad del Contratista.

    INSTALACIONES y MEDIOS AUXILIARES

    El proyecto, consecucin de permisos, construccin o instalacin, conservacin, mantenimiento, desmontaje, demolicin y retirada de las instalaciones, obras o medios auxiliares de obra necesarias y suficientes para la ejecucin de la misma, sern obligacin del Contratista y corrern a cargo del mismo. De igual manera, ser responsabilidad del contratista, cualquier avera o accidente personal que pudiera ocurrir en la obra por insuficiencia o mal estado de estos medios o instalaciones.El Contratista instalar una oficina dotada del mobiliario suficiente, donde la Direccin Facultativa podr consultar la documentacin de la obra y en la que se guardar una copia completa del proyecto, visada por el Colegio Oficial en el caso de ser necesario, el libro de rdenes, libro de incidencias segn RD 1627/97, libro de visitas de la inspeccin de trabajo, copia de la licencia de obras y copia del plan de seguridad y salud.

    SUBCONTRATAS

    Subcontratista es la persona fsica o jurdica que asume contractualmente ante el contratista u otro subcontratista comitente el compromiso de realizar determinadas partes o unidades de obra. El Contratista podr subcontratar captulos o unidades de obra, bajo su responsabilidad, previo consentimiento del Promotor y la Direccin Facultativa, asumiendo en cualquier caso el contratista las actuaciones de las subcontratas. Ser obligacin de los subcontratistas vigilar el cumplimiento de la Ley 32/2006 por las empresas subcontratistas y trabajadores autnomos con que contraten; en particular, en lo que se refiere a las obligaciones de acreditacin e inscripcin en el Registro de Empresas

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    Acreditadas, contar con el porcentaje de trabajadores contratados con carcter indefinido aspectos regulados en el artculo 4 de dicha Ley y al rgimen de la subcontratacin que se regula en el articulo 5.Tendrn la consideracin de poseedores de residuos de construccin y demolicin a los efectos de lo dispuesto en el RD 105/2008.

    RELACIN con los AGENTES INTERVINIENTES en la OBRA

    El orden de ejecucin de la obra ser determinada por el Contratista, excepto cuando la direccin facultativa crea conveniente una modificacin de los mismos por razones tcnicas en cuyo caso sern modificados sin contraprestacin alguna.El contratista estar a lo dispuesto por parte de la direccin de la obra y cumplir sus indicaciones en todo momento, no cabiendo reclamacin alguna, en cualquier caso, el contratista puede manifestar por escrito su disconformidad y la direccin firmar el acuse de recibo de la notificacin.En aquellos casos en que el contratista no se encuentre conforme con decisiones econmicas adoptadas por la direccin de la obra, este lo pondr en conocimiento de la propiedad por escrito, haciendo llegar copia de la misma a la Direccin Facultativa.

    DEFECTOS de OBRA y VICIOS OCULTOS

    El Contratista ser responsable hasta la recepcin de la obra de los posibles defectos o desperfectos ocasionados durante la misma.En caso de que la Direccin Facultativa, durante las obras o una vez finalizadas, observara vicios o defectos en trabajos realizados, materiales empleados o aparatos que no cumplan con las condiciones exigidas, tendr el derecho de mandar que las partes afectadas sean demolidas y reconstruidas de acuerdo con lo contratado, antes de la recepcin de la obra y a costa de la contrata.De igual manera, los desperfectos ocasionados en fincas colindantes, va pblica o a terceros por el Contratista o subcontrata del mismo, sern reparados a cuenta de ste, dejndolas en el estado que estaban antes del inicio de las obras.

    MODIFICACIONES en las UNIDADES de OBRA

    Las unidades de obra no podrn ser modificadas respecto a proyecto a menos que la Direccin Facultativa as lo disponga por escrito.En caso de que el Contratista realizase cualquier modificacin beneficiosa (materiales de mayor calidad o tamao), sin previa autorizacin de la Direccin Facultativa y del Promotor, slo tendr derecho al abono correspondiente a lo que hubiese construido de acuerdo con lo proyectado y contratado.En caso de producirse modificaciones realizadas de manera unilateral por el Contratista que menoscaben la calidad de lo dispuesto en proyecto, quedar a juicio de la Direccin Facultativa la demolicin y reconstruccin o la fijacin de nuevos precios para dichas partidas.Previamente a la ejecucin o empleo de los nuevos materiales, convendrn por escrito el importe de las modificaciones y la variacin que supone respecto al contratado.Toda modificacin en las unidades de obra sern anotadas en el libro de rdenes, as como su autorizacin por la Direccin Facultativa y posterior comprobacin.

    1.2.1.3. DIRECCIN FACULTATIVA

    PROYECTISTA

    Es el encargado por el promotor para redactar el proyecto de ejecucin de la obra con

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    sujecin a la normativa vigente y a lo establecido en contrato.Ser encargado de realizar las copias de proyecto necesarias y, en caso necesario, visarlas en el colegio profesional correspondiente.Cuando el proyecto se desarrolle o complete mediante proyectos parciales o documentos tcnicos, cada proyectista asumir la titularidad de su proyecto.El proyectista suscribir el certificado de eficiencia energtica del proyecto a menos que exista un proyecto parcial de instalaciones trmicas, en cuyo caso el certificado lo suscribir el autor de este proyecto parcial.

    DIRECTOR de la OBRA

    Forma parte de la Direccin Facultativa, dirige el desarrollo de la obra en aspectos tcnicos, estticos, urbansticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto, la licencia de edificacin y dems autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuacin al fin propuesto.Son obligaciones del director de obra: Verificar el replanteo y la adecuacin de la cimentacin y de la estructura proyectadas a

    las caractersticas geotcnicas del terreno. Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de

    rdenes y Asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretacin del proyecto.

    Elaborar modificaciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la obra . Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, as

    como conformar las certificaciones de las unidades de obra ejecutadas. Elaborar y suscribir la documentacin de la obra ejecutada para entregarla al promotor,

    con los visados que en su caso fueran preceptivos. Suscribir el certificado de eficiencia energtica del edificio terminado.

    DIRECTOR de la EJECUCIN de la OBRA

    Forma parte de la direccin facultativa, asume la funcin tcnica de dirigir la ejecucin material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construccin y la calidad de lo edificado.Son obligaciones del director de la ejecucin de la obra: Verificar la recepcin en obra de los productos de construccin, ordenando la realizacin

    de ensayos y pruebas precisas. Dirigir la ejecucin material de la obra comprobando los replanteos, los materiales, la

    correcta ejecucin y disposicin de los elementos constructivos y de las instalaciones, de acuerdo con el proyecto y con las instrucciones del director de obra.

    Consignar en el Libro de rdenes y Asistencias las instrucciones precisas. Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, as

    como elaborar y suscribir las certificaciones de las unidades de obra ejecutadas. Colaborar con los restantes agentes en la elaboracin de la documentacin de la obra

    ejecutada, aportando los resultados del control realizado. Suscribir el certificado de eficiencia energtica del edificio terminado.

    1.2.2. DOCUMENTACIN de OBRA

    En obra se conservar una copia integra y actualizada del proyecto para la ejecucin de la obra incorporando el estudio de gestin de residuos de construccin y demolicin. Todo ello estar a disposicin de todos los agentes intervinientes en la obra.Tanto las dudas que pueda ofrecer el proyecto al contratista como los documentos con especificaciones incompletas se pondrn en conocimiento de la Direccin Facultativa tan pronto como fueran detectados con el fin de estudiar y solucionar el problema. No se proceder a realizar esa parte de la obra, sin previa autorizacin de la Direccin Facultativa.La existencia de contradicciones entre los documentos integrantes de proyecto o entre

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    proyectos complementarios dentro de la obra se salvar atendiendo al criterio que establezca el Director de Obra no existiendo prelacin alguna entre los diferentes documentos del proyecto.Una vez finalizada la obra, el proyecto, con la incorporacin en su caso de las modificaciones debidamente aprobadas, ser facilitado al promotor por el director de obra para la formalizacin de los correspondientes trmites administrativos.A dicha documentacin adjuntar el Promotor el acta de recepcin, la relacin identificativa de los agentes que han intervenido durante el proceso de edificacin, las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones, de conformidad con la normativa que le sea de aplicacin y aquellos datos requeridos segn normativa para conformar el Libro del Edificio que ser entregado a los usuarios finales del edificio.

    1.2.3. REPLANTEO y ACTA de REPLANTEO

    El Contratista estar obligado a comunicar por escrito el inicio de las obras a la Direccin Facultativa como mnimo tres das antes de su inicio. El replanteo ser realizado por el Constructor siguiendo las indicaciones de alineacin y niveles especificados en los planos y comprobado por la Direccin Facultativa. No se comenzarn las obras si no hay conformidad del replanteo por parte de la Direccin Facultativa.Todos los medios materiales, personal tcnico especializado y mano de obra necesarios para realizar el replanteo, que dispondrn de la cualificacin adecuada, sern proporcionadas por el Contratista a su cuenta.Se utilizarn hitos permanentes para materializar los puntos bsicos de replanteo, y dispositivos fijos adecuados para las seales niveladas de referencia principal.Los puntos movidos o eliminados, sern sustituidos a cuenta del Contratista, responsable de conservacin mientras el contrato est en vigor y ser comunicado por escrito a la Direccin Facultativa, quien realizar una comprobacin de los puntos repuestos.El Acta de comprobacin de Replanteo que se suscribir por parte de la Direccin Facultativa y de la Contrata, contendr, la conformidad o disconformidad del replanteo en comparacin con los documentos contractuales del Proyecto, las referencias a las caractersticas geomtricas de la obra y autorizacin para la ocupacin del terreno necesario y las posibles omisiones, errores o contradicciones observadas en los documentos contractuales del Proyecto, as como todas las especificaciones que se consideren oportunas.El Contratista asistir a la Comprobacin del Replanteo realizada por la Direccin, facilitando las condiciones y todos los medios auxiliares tcnicos y humanos para la realizacin del mismo y responder a la ayuda solicitada por la Direccin. Se entregar una copia del Acta de Comprobacin de Replanteo al Contratista, donde se anotarn los datos, cotas y puntos fijados en un anexo del mismo.

    1.2.4. LIBRO de RDENES

    El Director de Obra dispondr al comienzo de la obra un libro de rdenes, Asistencias e Incidencias que se mantendr permanente en obra a disposicin de la Direccin Facultativa.En el libro se anotarn: Las contingencias que se produzcan en la obra y las instrucciones de la Direccin

    Facultativa para la correcta interpretacin del proyecto. Las operaciones administrativas relativas a la ejecucin y la regulacin del contrato. Las fechas de aprobacin de muestras de materiales y de precios nuevos o

    contradictorios. Anotaciones sobre la calidad de los materiales, clculo de precios, duracin de los

    trabajos, personal empleado...Las hojas del libro sern foliadas por triplicado quedando la original en poder del Director de Obra, copia para el Director de la Ejecucin y la tercera para el contratista. La Direccin facultativa y el Contratista, debern firmar al pie de cada orden constatando

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    con dicha firma que se dan por enterados de lo dispuesto en el Libro.

    1.2.5. RECEPCIN de la OBRA

    La recepcin de la obra es el acto por el cual el constructor, una vez concluida sta, hace entrega de la misma al promotor y es aceptada por ste. Podr realizarse con o sin reservas y deber abarcar la totalidad de la obra o fases completas y terminadas de la misma.La recepcin deber realizarse dentro de los 30 das siguientes a la notificacin al promotor del certificado final de obra emitido por la Direccin Facultativa y consignarse en un acta firmada, al menos, por el promotor y el constructor, y en la misma se har constar: las partes que intervienen, la fecha del certificado final de la obra, el coste final de la ejecucin material de la obra, la declaracin de recepcin de la obra con o sin reservas, especificando, en su caso, stas de manera objetiva y el plazo en que debern quedar subsanados los defectos observados y las garantas que en su caso se exijan al constructor para asegurar sus responsabilidades.Una vez subsanados los defectos, se har constar en un acta aparte, suscrita por los firmantes de la recepcin.Asimismo, se adjuntar el certificado final de obra suscrito por el director de obra y el director de la ejecucin de la obra.El promotor podr rechazar la recepcin de la obra por considerar que la misma no est terminada o que no se adecua a las condiciones contractuales. El rechazo deber se motivado por escrito en el acta, en la que se fijar el nuevo plazo para efectuar la recepcin.La recepcin se entender tcitamente producida si transcurridos los 30 das el promotor no hubiera puesto de manifiesto reservas o rechazo motivado por escrito. El cmputo de los plazos de responsabilidad y garanta establecidos se iniciar a partir de la fecha en que se suscriba el acta de recepcin, o cuando se entienda sta tcitamente producida segn lo previsto en el apartado anterior.El Contratista deber dejar el edificio desocupado y limpio en la fecha fijada por la Direccin Facultativa, una vez que se hayan terminado las obras.El Propietario podr ocupar parcialmente la obra, en caso de que se produzca un retraso excesivo de la Recepcin imputable al Contratista, sin que por ello le exima de su obligacin de finalizar los trabajos pendientes, ni significar la aceptacin de la Recepcin.

    1.3. CONDICIONES ECONMICAS

    El Contratista debe percibir el importe de todos los trabajos ejecutados, cuando hayan sido realizados de acuerdo con el Proyecto, al contrato firmado con el promotor, a las especificaciones realizadas por la Direccin y a las Condiciones generales y particulares del pliego de condiciones.

    1.3.1. FIANZAS y SEGUROS

    A la firma del contrato, el Contratista presentara las fianzas y seguros obligados a presentar por Ley, as mismo, en el contrato suscrito entre Contratista y Promotor se podr exigir todas las garantas que se consideren necesarias para asegurar la buena ejecucin y finalizacin de la obra en los trminos establecidos en el contrato y en el proyecto de ejecucin.El Contratista est obligado a asegurar la obra contratada mientras dure el plazo de ejecucin, hasta su recepcin.

    1.3.2. PRECIOS

    PRECIOS CONTRADICTORIOS

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    Los precios contradictorios se originan como consecuencia de la introduccin de unidades o cambios de calidad no previstas en el Proyecto por iniciativa del Promotor o la Direccin Facultativa. El Contratista est obligado a presentar propuesta econmica para la realizacin de dichas modificaciones y a ejecutarlo en caso de haber acuerdo.El Contratista establecer los descompuestos, que debern ser presentados y aprobados por la Direccin Facultativa y el Promotor antes de comenzar a ejecutar las unidades de obra correspondientes.Se levantarn actas firmadas de los precios contradictorios por triplicado firmadas por la Direccin Facultativa, el Contratista y el Propietario.En caso de ejecutar partidas fuera de presupuesto sin la aprobacin previa especificada en los prrafos anteriores, ser la Direccin Facultativa la que determine el precio justo a abonar al contratista.

    PROYECTOS ADJUDICADOS por SUBASTA o CONCURSO

    Los precios del presupuesto del proyecto sern la base para la valoracin de las obras que hayan sido adjudicadas por subasta o concurso. A la valoracin resultante, se le aadir el porcentaje necesario para la obtencin del precio de contrata, y posteriormente, se restar el precio correspondiente a la baja de subasta o remate.

    REVISIN de PRECIOS

    No se admitirn revisiones de los precios contratados, excepto obras extremadamente largas o que se ejecuten en pocas de inestabilidad con grandes variaciones de los precios en el mercado, tanto al alza como a la baja y en cualquier caso, dichas modificaciones han de ser consensuadas y aprobadas por Contratista, Direccin Facultativa y Promotor.En caso de aumento de precios, el Contratista solicitar la revisin de precios a la Direccin Facultativa y al Promotor, quienes caso de aceptar la subida convendrn un nuevo precio unitario, antes de iniciar o continuar la ejecucin de las obras. Se justificar la causa del aumento, y se especificar la fecha de la subida para tenerla en cuenta en el acopio de materiales en obra.En caso de bajada de precios, se convendr el nuevo precio unitario de acuerdo entre las partes y se especificar la fecha en que empiecen a regir.

    1.3.3. MEDICIONES y VALORACIONES

    El Contratista de acuerdo con la Direccin Facultativa deber medir las unidades de obra ejecutas y aplicar los precios establecidos en el contrato entre las partes, levantando actas correspondientes a las mediciones parciales y finales de la obra, realizadas y firmadas por la Direccin Facultativa y el Contratista.Todos los trabajos y unidades de obra que vayan a quedar ocultos en el edificio una vez que se haya terminado, el Contratista pondr en conocimiento de la Direccin Facultativa con antelacin suficiente para poder medir y tomar datos necesarios, de otro modo, se aplicarn los criterios de medicin que establezca la Direccin Facultativa.Las valoraciones de las unidades de obra, incluidos materiales accesorios y trabajos necesarios, se calculan multiplicando el nmero de unidades de obra por el precio unitario (incluidos gastos de transporte, indemnizaciones o pagos, impuestos fiscales y toda tipo de cargas sociales).El Contratista entregar una relacin valorada de las obras ejecutadas en los plazos previstos, a origen, a la Direccin Facultativa, en cada una de las fechas establecidas en el contrato realizado entre Promotor y Contratista.La medicin y valoracin realizadas por el Contratista debern ser aprobadas por la Direccin Facultativa, o por el contrario sta deber efectuar las observaciones convenientes de acuerdo con las mediciones y anotaciones tomadas en obra. Una vez que se hayan corregido dichas observaciones, la Direccin Facultativa dar su certificacin firmada al Contratista y al Promotor.

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    El Contratista podr oponerse a la resolucin adoptada por la Direccin Facultativa ante el Promotor, previa comunicacin a la Direccin Facultativa. La certificacin ser inapelable en caso de que transcurridos 10 das, u otro plazo pactado entre las partes, desde su envo, la Direccin Facultativa no recibe ninguna notificacin, que significar la conformidad del Contratista con la resolucin.

    UNIDADES por ADMINISTRACIN

    La liquidacin de los trabajos se realizar en base a la siguiente documentacin presentada por el Constructor: facturas originales de los materiales adquiridos y documento que justifique su empleo en obra, nminas de los jornales abonados indicando nmero de horas trabajadas por cada operario en cada oficio y de acuerdo con la legislacin vigente, facturas originales de transporte de materiales a obra o retirada de escombros, recibos de licencias, impuestos y otras cargas correspondientes a la obra.Las obras o partes de obra realizadas por administracin, debern ser autorizadas por el Promotor y la Direccin Facultativa, indicando los controles y normas que deben cumplir.El Contratista estar obligado a redactar un parte diario de jornales y materiales que se sometern a control y aceptacin de la Direccin Facultativa, en obras o partidas de la misma contratadas por administracin.

    ABONO de ENSAYOS y PRUEBAS

    Los gastos de los anlisis y ensayos ordenados por la Direccin Facultativa, sern a cuenta del Contratista cuando el importe mximo corresponde al 1% del presupuesto de la obra contratada, y del Promotor el importe que supere este porcentaje.

    1.3.4. CERTIFICACIN y ABONO

    Las obras se abonarn a los precios de ejecucin material establecidos en el presupuesto contratado para cada unidad de obra, tanto en las certificaciones como en la liquidacin final.Las partidas alzadas una vez ejecutadas, se medirn en unidades de obra y se abonarn a la contrata. Si los precios de una o ms unidades de obra no estn establecidos en los precios, se considerarn como si fuesen contradictorios.Las obras no terminadas o incompletas no se abonarn o se abonaran en la parte en que se encuentren ejecutadas, segn el criterio establecido por la Direccin Facultativa.Las unidades de obra sin acabar, fuera del orden lgico de la obra o que puedan sufrir deterioros, no sern calificadas como certificables hasta que la Direccin Facultativa no lo considere oportuno.Las certificaciones se remitirn al Propietario, con carcter de documento y entregas a buena cuenta, sin que supongan aprobacin o recepcin en obra, sujetos a rectificaciones y variaciones derivadas de la liquidacin final.El Promotor deber realizar los pagos al Contratista o persona autorizada por el mismo, en los plazos previstos y su importe ser el correspondiente a las especificaciones de los trabajos expedidos por la Direccin Facultativa.Se podrn aplicar frmulas de depreciacin en aquellas unidades de obra, que tras realizar los ensayos de control de calidad correspondientes, su valor se encuentre por encima del lmite de rechazo, muy prximo al lmite mnimo exigido aunque no llegue a alcanzarlo, pero que obtenga la calificacin de aceptable. Las medidas adoptadas no implicarn la prdida de funcionalidad, seguridad o que no puedan ser subsanadas posteriormente, en las unidades de obra afectadas, segn el criterio de la Direccin Facultativa.

    1.4. CONDICIONES LEGALES

    Tanto la Contrata como a Propiedad, asumen someterse al arbitrio de los tribunales con jurisdiccin en el lugar de la obra.

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    Es obligacin de la contrata, as como del resto de agentes intervinientes en la obra el conocimiento del presente pliego y el cumplimiento de todos sus puntos.El contratista ser el responsable a todos los efectos de las labores de polica de la obra y del solar hasta la recepcin de la misma, solicitar los preceptivos permisos y licencias necesarias y vallar el solar cumpliendo con las ordenanzas o consideraciones municipales. todas las labores citadas sern a su cargo exclusivamente.Podrn se causas suficientes para la rescisin de contrato las que a continuacin se detallan: Muerte o incapacidad del Contratista. La quiebra del Contratista. Modificaciones sustanciales del Proyecto que conlleven la variacin en un 50 % del

    presupuesto contratado. No iniciar la obra en el mes siguiente a la fecha convenida. Suspender o abandonar la ejecucin de la obra de forma injustificada por un plazo

    superior a dos meses. No concluir la obra en los plazos establecidos o aprobados. Incumplimiento de las condiciones de contrato, proyecto en ejecucin o determinaciones

    establecidas por parte de la Direccin Facultativa. Incumplimiento de la normativa vigente de Seguridad y Salud en el trabajo.Durante la totalidad de la obra se estar a lo dispuesto en la normativa vigente, especialmente la de obligado cumplimiento entre las que cabe destacar:NORMAS GENERAL del SECTOR Decreto 462/1971. Normas sobre redaccin de proyectos y direccin de obras de

    edificacin Ley 38/1999. Ley de Ordenacin de la Edificacin. LOE. Real Decreto 314/2006 de 17 de Marzo por el que se aprueba el Cdigo Tcnico de la

    Edificacin. Real Decreto 1371/2007 de 19 de Octubre por el que se aprueba el Documento Bsico de

    Proteccin contra el Ruido DB-HR del Cdigo Tcnico de la Edificacin. Real Decreto 105/2008 por el que se regula la produccin y gestin de los residuos de

    construccin y demolicin. Real Decreto 235/2013 por el que se aprueba el procedimiento bsico para la certificacin

    de la eficiencia energtica de los edificios.ESTRUCTURALES Real Decreto 997/2002. Norma de construccin sismorresistente NCSR-02. Real Decreto 1247/2008. Instruccin de hormign estructural EHE-08. Real Decreto 751/2011. Instruccin de Acero Estructural EAE. MATERIALES Orden 1974 de 28 de julio Pliego de prescripciones tcnicas generales para tuberas de

    abastecimiento de agua. Orden 1986 de 15 de septiembre Pliego de Prescripciones Tcnicas Generales para

    Tuberas de Saneamiento de Poblaciones. Real Decreto 956/2008 RC-08. Instruccin para la recepcin de cementos. Reglamento 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen

    condiciones armonizadas para la comercializacin de productos de construccin y se deroga la Directiva 89/106/CEE.

    Real Decreto 842/2013 clasificacin de los productos de construccin y de los elementos constructivos en funcin de sus propiedades de reaccin y de resistencia frente al fuego.

    INSTALACIONES Real Decreto 1427/1997 de 15 de Septiembre Instalaciones petrolferas para uso propio. Real Decreto 2291/1985 de 8 de Noviembre Reglamento de aparatos de elevacin y

    manutencin de los mismos. Real Decreto 836/2003 de 27 de junio Reglamento de Aparatos de Elevacin y

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    Manutencin referente a gras torre para obra u otras aplicaciones. Real Decreto 1314/1997 de 1 de Agosto Reglamento de aparatos de elevacin y su

    manutencin. Real Decreto 88/2013 que aprueba la Instruccin Tcnica Complementaria AEM1

    Ascensores. Real Decreto 1942/1993 de 5 de noviembre Reglamento de instalaciones de proteccin

    contra incendios Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de

    seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. Real Decreto 842/2002 de 2 de agosto REBT. Reglamento Electrotcnico para Baja

    Tensin e instrucciones complementarias. Real Decreto 1699/2011, que regula la conexin a red de instalaciones de produccin de

    energa elctrica de pequea potencia. Real Decreto-Ley 1/1998 de 27 de Febrero Infraestructuras comunes en los edificios para

    el acceso a los servicios de telecomunicaciones. Real Decreto 346/2011 de 11 de marzo Reglamento regulador de las infraestructuras

    comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicacin en el interior de las edificaciones.

    Real Decreto 919/2006, de 28 de julio Reglamento tcnico de distribucin y utilizacin de combustibles gaseosos y sus instrucciones tcnicas complementarias.

    Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Trmicas en los Edificios. RITE 2007.

    Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, Reglamento de eficiencia energtica en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones tcnicas complementarias.

    SEGURIDAD y SALUD Real Decreto 1407/1992 Decreto Regulador de las condiciones para la Comercializacin y

    Libre Circulacin Intracomunitaria de los Equipos de Proteccin Individual. Ley 31/1995 Prevencin de riesgos laborales Real Decreto 1627/1997 Disposiciones mnimas de seguridad y salud en obras de

    construccin Real Decreto 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevencin de Riesgos Laborales. Real Decreto 485/1997 Disposiciones mnimas en materia de sealizacin de seguridad y

    salud en el trabajo. Real Decreto 486/1997 Establece las disposiciones mnimas de seguridad y salud en los

    lugares de trabajo. Real Decreto 487/1997 Disposiciones mnimas de seguridad y salud relativas a la

    manipulacin manual de cargas que entrae riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores.

    Real Decreto 488/1997 Disposiciones mnimas de seguridad y salud relativos al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualizacin.

    Real Decreto 665/1997 Proteccin de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposicin a agentes cancergenos durante el trabajo.

    Real Decreto 664/1997 Proteccin de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposicin a agentes biolgicos durante el trabajo.

    Real Decreto 773/1997 Disposiciones mnimas de seguridad y salud relativas a la utilizacin por los trabajadores de los EPI.

    Real Decreto 1215/1997 Disposiciones mnimas de seguridad y salud para la utilizacin de los trabajadores de los equipos de trabajo.

    Real Decreto 614/2001 Disposiciones mnimas para la proteccin de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo elctrico.

    Real Decreto 374/2001 Proteccin de la Salud y Seguridad de los Trabajadores contra los Riesgos relacionados con los Agentes Qumicos durante el Trabajo.

    Ley 54/2003 Reforma del marco normativo de la prevencin de riesgos laborales. Real Decreto 171/2004 Desarrolla L.P.R.L. en materia de coordinacin de actividades

    empresariales.

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    Real Decreto 2177/2004 Modifica R.D. 1215/1997 que establece disposiciones mnimas de seguridad y salud para el uso de equipos en trabajos temporales de altura.

    Real Decreto 1311/2005, proteccin de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposicin a vibraciones mecnicas.

    Real Decreto 286/2006, sobre la proteccin de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposicin al ruido.

    Real Decreto 396/2006, por el que se establecen las disposiciones mnimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposicin al amianto.

    Real Decreto 604/2006, que modifica el Real Decreto 39/1997 y el Real Decreto 1627/1997 antes mencionados.

    Ley 32/2006, reguladora de la subcontratacin en el sector de la construccin y Real Decreto 1109/2007 que la desarrolla.

    Resolucin de 28 de febrero de 2012 de la Direccin General de Empleo que inscribe y publica el V Convenio Colectivo del Sector de la Construccin 2012-2016.

    Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercializacin y puesta en servicio de las mquinas.

    ADMINISTRATIVAS Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto

    refundido de la Ley de Contratos del Sector Pblico.En todas las normas citadas anteriormente que con posterioridad a su publicacin y entrada en vigor hayan sufrido modificaciones, correccin de errores o actualizaciones se quedar a lo dispuesto en estas ltimas.

    2. CONDICIONES TCNICAS de los MATERIALES, de la EJECUCIN y de las VERIFICACIONES

    Se describen en este apartado las CONDICIONES TCNICAS PARTICULARES incluyendo los siguientes aspectos:

    PRESCRIPCIONES SOBRE LOS MATERIALES- Caractersticas tcnicas mnimas que deben reunir los productos, equipos y sistemas que se incorporen a la obra, as como sus condiciones de suministro, recepcin y conservacin, almacenamiento y manipulacin, las garantas de calidad y el control de recepcin que deba realizarse incluyendo el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptacin y rechazo, y las acciones a adoptar y los criterios de uso, conservacin y mantenimiento.

    PRESCRIPCIONES EN CUANTO A LA EJECUCIN POR UNIDADES DE OBRA- Caractersticas tcnicas de cada unidad de obra indicando su proceso de ejecucin, normas de aplicacin, condiciones previas que han de cumplirse antes de su realizacin, tolerancias admisibles, condiciones de terminacin, conservacin y mantenimiento, control de ejecucin, ensayos y pruebas, garantas de calidad, criterios de aceptacin y rechazo, criterios de medicin y valoracin de unidades, etc.- Las medidas para asegurar la compatibilidad entre los diferentes productos, elementos y sistemas constructivos.

    PRESCRIPCIONES SOBRE VERIFICACIONES EN EL EDIFICIO TERMINADO- Las verificaciones y pruebas de servicio que deben realizarse para comprobar las prestaciones finales del edificio.

    2.1. DEMOLICIONES

    El orden y la forma de ejecucin y los medios a emplear, se ajustarn a las prescripciones establecidas en la Documentacin Tcnica.Si as lo considera la direccin facultativa, antes de la demolicin se rodear el edificio con vallas, verjas o muros, de dos metros de altura como mnimo y distanciados 1,5 m de la

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    fachada. Se colocarn luces rojas a distancias mximas de 10 m y en esquinas. Se desconectarn las instalaciones del edificio y se protegern las alcantarillas y los elementos de servicio pblico que pudieran verse afectados. No habr materiales txicos o peligrosos acumulados en el edificio. Se vaciarn los depsitos y tuberas de fluidos combustibles o peligrosos.En caso de presencia de amianto, las labores de demolicin las realizarn empresas inscritas en el Registro de empresas con riesgo por amianto. Previamente a sus trabajos elaborarn un plan de trabajo que presentar para su aprobacin ante la autoridad laboral. El cumplimiento de este plan deber supervisarse en obra por una persona con la cualificacin necesaria.Se garantizar que ningn trabajador est expuesto a una concentracin de amianto en el aire superior al valor lmite expresado en el RD 396/2006 para lo que se realizar medicin por laboratorios especializados reconocidos por la autoridad.Los materiales que contengan amianto debern ser almacenados y transportados en embalajes apropiados y con etiquetas reglamentarias que indiquen que contienen amianto siendo transportados fuera del centro de trabajo lo antes posible.Los trabajadores con riesgo de exposicin a amianto no realizarn horas extraordinarias ni trabajarn por sistema de incentivos. Dispondrn de ropa de proteccin apropiada facilitada y descontaminada por el empresario que ser necesariamente sustituida por la ropa de calle antes de abandonar el centro de trabajo y la utilizacin de EPIs de las vas respiratorias se limitar a un mximo de 4 horas diarias.Se delimitar claramente la zona con riesgo de exposicin al amianto siendo inaccesibles para personal no autorizado evitando la dispersin de polvo fuera de los locales o lugares de accin y limpiando adecuadamente el rea afectada al fin de los trabajos.Durante el proceso de demolicin, el contratista est obligado a realizar la gestin de residuos establecido en el plan de residuos que previamente ha de haber sido aprobado por la direccin facultativa y en todo caso de acuerdo que lo especificado en el RD 105/2008.

    MANUAL

    DescripcinDerribo de edificaciones existentes elemento a elemento, de forma parcial o completa, desde la cubierta a la cimentacin, con medios manuales.

    Puesta en obraNo se permite el uso de llama en la demolicin y el uso de martillo neumtico, de compresores o similares deber aprobarlo previamente la Direccin Facultativa.La demolicin se har al mismo nivel, en orden inverso a la construccin, se descender planta a planta de forma simtrica, eliminando la carga que gravita en los elementos antes de demolerlos, contrarrestando o anulando las componentes horizontales de arcos y bvedas, apuntalando elementos en voladizo, demoliendo estructuras hiperestticas en el orden que implique menores flechas, giros y desplazamientos, y manteniendo o introduciendo los arriostramientos necesarios.Los elementos que pudieran producir cortes o lesiones se desmontarn sin trocear. Se eliminarn o doblarn puntas y clavos de forma que no queden salientes. Si las piezas de troceo no son manejables por una persona, se suspendern o apuntalarn de forma que no se produzcan cadas bruscas ni vibraciones. En los abatimientos se permitirn giros pero no desplazamiento de los puntos de apoyo. Slo se podrn volcar elementos cuando se disponga de un lugar de cada consistente y de lado no menor a la altura del elemento ms la mitad de la altura desde donde se lanza que en ningn caso ser mayor de 2 plantas. Se regarn los elementos a demoler y los escombros para que no se produzca polvo, y en caso necesario, se desinfectarn. Al finalizar la jornada no quedarn elementos inestables y se tomarn las precauciones necesarias para que la lluvia no produzca daos. El desescombro se har segn lo indique la direccin facultativa. Si se realiza mediante canales, se inclinar el ltimo tramo para disminuir la velocidad de bajada del escombro, y la boca de salida quedar a una altura mxima de 2 m sobre la base del camin. No se acumular escombro en andamios, apoyado contra vallas, muros y soportes, ni se

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    acumularn ms de 100 kg/m sobre forjados.Control y criterios de aceptacin y rechazo

    Se harn controles cada 200 m de planta y como mnimo uno por planta, comprobando que el orden, forma de ejecucin y medios empleados se corresponden a lo indicado en proyecto y por la direccin facultativa.

    Criterios de medicin y valoracinEn caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarn las siguientes pautas de medicin y valoracin:La medicin de la deconstruccin de los elementos que componen el edificio se realizar utilizando los mismos criterios y unidades que seran empleados para la construccin de los citados elementos y que se definen en el presente pliego de condiciones.

    MECNICA

    DescripcinDerribo de edificaciones existentes por empuje, mediante retroexcavadora, pala cargadora y gra.

    Puesta en obraLa mquina avanzar siempre sobre suelo consistente, evitando hacerlo sobre escombros y los frentes de ataque no aprisionarn a la mquina, de forma que sta pueda girar siempre 360. Se guardar una distancia de seguridad entre el edificio y la mquina no menor de 5 m, comprendida entre 1/2 y 1/3 de la altura. Las gras no se utilizarn para realizar esfuerzo horizontal oblicuo. Los cables utilizados no presentarn imperfecciones como coqueras, cambios irregulares de dimetro, etc.No se empujar contra elementos no demolidos previamente, de acero u hormign armado. Se habr demolido previamente, elemento a elemento, la parte de edificio que est en contacto con medianeras, dejando aislado el tajo de la mquina.Cuando existan planos inclinados, como faldones de cubierta, que puedan deslizar sobre la mquina, debern demolerse previamente.El empuje se har ms arriba del centro de gravedad del elemento a demoler.Se regarn los elementos a demoler y los escombros para que no se produzca polvo, y en caso necesario, se desinfectarn. El desescombro se har segn lo indique la direccin facultativa.

    Control y criterios de aceptacin y rechazoSe harn controles cada 200 m de planta y como mnimo una por planta, comprobando que el orden, forma de ejecucin y medios empleados se corresponden a lo indicado en proyecto y por la direccin facultativa.

    Criterios de medicin y valoracinEn caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarn las siguientes pautas de medicin y valoracin:La medicin y valoracin de la demolicin se realizar por la volumetra del edificio derribado.

    2.2. ACONDICIONAMIENTO del TERRENO

    Engloba todas las operaciones necesarias para que el terreno adquiera las cotas y superficies definidas en el proyecto. Dichas actividades son excavacin en vaciado, excavacin de pozos y zanjas para albergar los elementos de cimentacin e instalaciones, explanacin y estabilizacin de taludes.

    EXCAVACIN en VACIADO

    DescripcinExcavacin a cielo abierto o cubierto, realizada con medios manuales y/o mecnicos, para rebajar el nivel del terreno. Dentro de estas tareas se encuentran las destinadas a nivelar el terreno con el fin de obtener las pendientes, dimensiones y alineaciones definidas en

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    proyecto.Puesta en obra

    El vaciado se har por franjas horizontales de altura mxima 3 m. En los bordes con elementos estructurales de contencin y/o medianeras, la mquina no trabajar en direccin perpendicular a ellos. Si se excava por bataches, stos se harn de forma alterna.El contratista extremar las precauciones durante los trabajos de vaciado al objeto de que no disminuya la resistencia del terreno no excavado, se asegure la estabilidad de taludes y se eviten deslizamientos y desprendimientos, que pudieran provocar daos materiales o personales. Deber evitar tambin erosiones locales y encharcamientos debido a un drenaje defectuoso. Tambin se han de proteger los elementos de Servicio Pblico que pudieran ser afectados por la excavacin.Cuando al excavar se encuentre cualquier anomala no prevista (instalaciones, rocas...) o construcciones que traspasen los lmites del vaciado se comunicar a la Direccin Facultativa antes de continuar con la excavacin..Los trabajos se realizarn con medios manuales y/o mecnicos apropiados para las caractersticas, volumen y plazo de ejecucin de las obras, contando siempre con la aprobacin de la direccin facultativa previa.

    Control y criterios de aceptacin y rechazoSe comprobarn cotas de fondo y de replanteo, bordes de la excavacin, zona de proteccin de elementos estructurales y pendiente de taludes rechazando las irregularidades que excedan de las tolerancias admitidas por la direccin facultativa que debern ser corregidas por el contratista.Las tolerancias mximas admitidas sern:- replanteo: 2,5 por mil y variaciones de +-10 cm.- ngulo de talud: +2%

    Criterios de medicin y valoracinEn caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarn las siguientes pautas de medicin y valoracin:La medicin se calcular segn levantamiento topogrfico de los perfiles transversales de excavacin necesarios ordenados por la Direccin Facultativa de las obras.

    RELLENOS

    DescripcinConsiste en la extensin y compactacin de suelos procedentes de excavaciones o de cantera para relleno de zanjas, pozos, trasds de obras de fbrica o zonas de relleno para recrecer su rasante y alcanzar la cota indicada en proyecto.

    Puesta en obraSi en el terreno en el que ha de asentarse el relleno existen corrientes de agua superficial o subterrnea ser necesario desviarlas lo suficientemente alejadas del rea donde se vaya a realizar el relleno antes de comenzar la ejecucin.Las aportaciones de material de relleno se realizarn en tongadas de 20 cm. mximo, con un espesor de las mismas lo ms homogneo posible y cuidando de evitar terrones mayores de 9 cm. El contenido en materia orgnica del material de relleno ser inferior al 2%. La densidad de compactacin ser la dispuesta en los otros documentos del proyecto y en el caso de que esta no est definida ser de 100% de la obtenida en el ensayo Prctor Normal en las 2 ltimas tongadas y del 95% en el resto.No se trabajar con temperaturas menores a 2 C ni con lluvia sin la aprobacin de la direccin facultativa. Despus de lluvias no se extender una nueva tongada hasta que la ltima se haya secado, o se escarificar aadiendo la siguiente ms seca de forma que la humedad final sea la adecuada. En caso de tener que humedecer una tongada se har de forma uniforme sin encharcamientos.Las tongadas se compactarn de manera uniforme, todas las tongadas recibirn el mismo nmero de pasadas, y se prohibir o reducir al mximo el paso de maquinaria sobre el terreno sin compactar.Para tierras de relleno arenosas, se utilizar la bandeja vibratoria como maquinaria de

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    compactacin.Control y criterios de aceptacin y rechazo

    Se realizar una inspeccin cada 50 m3, y al menos una por zanja o pozo rechazando el relleno si su compactacin no coincide con las calidades especificadas por la direccin facultativa o si presenta asientos superficiales.

    Criterios de medicin y valoracinEn caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarn las siguientes pautas de medicin y valoracin:La medicin se calcular segn levantamiento topogrfico de los perfiles transversales de relleno necesarios ordenados por la Direccin Facultativa de las obras.

    ZANJAS y POZOS

    DescripcinQuedan incluidos dentro de este apartado las tareas necesarias para ejecutar las zanjas y pozos destinados a la cimentacin, drenaje, saneamiento, abastecimiento, etc. realizados con medios manuales o mecnicos con anchos de excavacin mximos de 2 m. y 7 m. de profundidad.

    Puesta en obraPrevio a los trabajos de excavacin, la direccin facultativa deber tener aprobado el replanteo, para lo cual este ha de estar definido en obra mediante camillas y cordeles.El contratista deber conocer la situacin de las instalaciones existentes tanto en el subsuelo como areas con el fin de mantener la distancia de seguridad requerida para evitar accidentes. En esta misma lnea se valorarn las cimentaciones prximas para evitar descalces o desprendimientos. Se protegern los elementos de servicio pblico que pudieran ser afectados por la excavacin.Cuando al excavar se encuentre cualquier anomala no prevista (instalaciones, rocas...) o construcciones que traspasen los lmites del vaciado se comunicar a la Direccin Facultativa antes de continuar con la excavacin.En las excavaciones realizadas con el objeto de encontrar firme de cimentacin, es el director de la obra el encargado de sealar la cota fondo de excavacin, determinando dicha cota en obra en funcin del material aparecido. En este tipo de excavaciones destinados a cimentacin, no se excavarn los ltimos 40 cm. hasta el mismo momento del hormigonado para evitar la disgregacin del fondo de excavacin, limpiando la misma de material suelto mediante medios manuales.Se evitar el acceso de agua a zanjas excavadas, evacuando la misma inmediatamente en caso de no poder evitarse.Se harn las entibaciones necesarias para asegurar la estabilidad de los taludes. La entibacin permitir desentibar una franja dejando las restantes franjas entibadas.Se tomarn las medidas necesarias para que no caigan materiales de excavados u otros a la zanja o pozo.

    Control y criterios de aceptacin y rechazoSe inspeccionarn las zanjas cada 20 m. o fraccin y los pozos cada unidad.Durante la excavacin se controlarn los terrenos atravesados, compacidad, cota de fondo, excavacin colindante a medianeras, nivel fretico y entibacin.Una vez terminada la excavacin se comprobarn las formas, dimensiones, escuadras, cotas y pendientes exigidas rechazando las irregularidades superiores a las tolerancias admitidas que se corregirn de acuerdo con las instrucciones de la direccin facultativa.Las tolerancias mximas admisibles sern: replanteo: 2,5 % en errores y +-10 cm. en variaciones. formas y dimensiones: +-10 cm. refino de taludes: 15 cm.

    Criterios de medicin y valoracinEn caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarn las siguientes pautas de medicin y valoracin:La medicin se calcular segn los perfiles tericos de excavacin segn el tipo de terreno

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    excavado, considerando la profundidad necesaria de excavacin realizada.

    TRANSPORTE de TIERRAS

    DescripcinOperaciones necesarias para trasladar a vertedero los materiales sobrantes procedentes de la excavacin y los escombros.

    Puesta en obraSe establecern recorridos de circulacin en el interior de la obra para los camiones, realizando los vaciados, rampas o terraplenes necesarios y contando con la ayuda de un auxiliar que gue al conductor en las maniobras.Las rampas para la maquinaria tendrn el talud natural que exija el terreno y si se transportan tierras situadas por debajo de la cota 0,00 su anchura mnima ser de 4,5 m, ensanchndose en las curvas y con pendientes mximas del 12% en tramos rectos o del 8% en tramos curvos.El camin se cargar por los laterales o por la parte trasera no pasando en ningn caso por encima de la cabina.

    Control y criterios de aceptacin y rechazoTanto la disposicin de las vas de circulacin como las rampas y terraplenes realizados contarn con la supervisin y aprobacin de la direccin facultativa.La carga de los camiones no exceder en ningn caso la mxima permitida para cada aparato y en cualquier caso el material no exceder la parte superior de la baera, se proteger con lona y se limpiar el vehculo de barro antes de acceder a la calzada pblica.

    Criterios de medicin y valoracinEn caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarn las siguientes pautas de medicin y valoracin:La medicin se calcular aplicando el coeficiente de esponjamiento al material a transportar y considerando la distancia a vertedero.

    2.3. CIMENTACIN

    La cimentacin est constituida por elementos de hormign, cuya misin es transmitir las cargas del edificio al terreno y anclar el edificio contra empujes horizontales.Antes de proceder a la ejecucin de los trabajos es necesario ubicar las acometidas de los distintos servicios, tanto los existentes como los previstos para el propio edificio.El contratista no rellenar ninguna estructura hasta que se lo indique la direccin facultativa.La construccin de cimentaciones est regulada por el Cdigo Tcnico de la Edificacin en su Documento Bsico de Seguridad Estructural-Cimientos.

    ZAPATAS

    DescripcinZapatas de hormign en masa o armado con planta cuadrada, rectangular o de desarrollo lineal, como cimentacin de soportes verticales pertenecientes a estructuras de edificacin.

    Puesta en obraAntes de verter el hormign se nivelar, limpiar y apisonar ligeramente el fondo de la excavacin. Se garantizar que las zapatas apoyen en condiciones homogneas. En suelos permeables, se agotar el agua durante la excavacin sin comprometer la estabilidad de taludes o de obras vecinas. Se verter una capa de mnimo 10 cm. de hormign de limpieza sobre la superficie de la excavacin previa a la colocacin de armaduras. La excavacin del fondo tendr lugar inmediatamente antes de la puesta en obra del hormign de limpieza para que el suelo mantenga las condiciones inalteradas.El hormigonado se realizar por tongadas cuyo espesor permita una compactacin completa de la masa. Se realizar un vibrado mecnico debiendo refluir la pasta a la superficie segn 71.5.2 EHE-08.

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    En zapatas aisladas el hormigonado ser continuo y no se permitir el paso de instalaciones mientras que en las zapatas corridas se deber contar con el consentimiento de la Direccin Facultativa para ello. Las juntas de hormigonado se harn segn el artculo 71.5.4 EHE-08, se situarn en los tercios de la distancia entre pilares, alejadas de zonas rgidas y muros de esquina, eliminando la lechada del antiguo y humedeciendo antes de verter el fresco.El recubrimiento de la armadura se garantizar mediante la disposicin de separadores y se ajustar a las especificaciones del 37.2 EHE-08. Los separadores sern elementos especialmente diseados para tal fin, de naturaleza no atacable por la alcalinidad del hormign, no introducirn corrosin en las armaduras, sern tan impermeables como el propio hormign. Expresamente queda prohibido el uso de separadores de madera, ladrillo u otros elementos residuales de la obra.Para el anclaje y empalme de armaduras se atender a lo dispuesto en 69.5 EHE-08.

    Control, criterios de aceptacin y rechazo y verificaciones en el edificio terminadoAntes de la ejecucin, se realizar la confirmacin del estudio geotcnico, comprobando visualmente o con pruebas, que el terreno se corresponde con las previsiones de proyecto. Informe del resultado de tal inspeccin, la profundidad de la cimentacin, su forma, dimensiones, y el tipo y consistencia del terreno se incorporar a la documentacin final de obra asumiendo el director de obra la mxima responsabilidad en esta cuestin.En su caso, se comprobarn cimentaciones y edificios colindantes para garantizar que no se ven afectadas.Se debe comprobar que: el nivel de apoyo de la cimentacin se ajusta al previsto, la estratigrafa coincide con la estimada en el estudio geotcnico, el nivel fretico y las condiciones hidrogeolgicas se ajustan a las previstas, el terreno presenta una resistencia y humedad similar a la supuesta en el estudio geotcnico, no se detectan defectos evidentes como cavernas, fallas, galeras, pozos, corrientes subterrneas, etc.Se realizar un control por cada zapata, comprobando la distancia entre ejes de replanteo, dimensiones y orientacin de los pozos, correcta colocacin de los encofrados, hormign de limpieza con espesor y planeidad suficiente, tipo, disposicin, nmero y dimensiones de armaduras, armaduras de esperas correctamente situadas y de la longitud prevista, recubrimiento de las armaduras previsto, vertido, compactacin y curado del hormign, planeidad, horizontalidad y verticalidad de la superficie, adherencia entre hormign y acero, unin con otros elementos de cimentacin y juntas de hormigonado.Las tolerancias mximas admisibles sern las establecidas en el anejo 11 de la EHE-08.

    Criterios de medicin y valoracinEn caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarn las siguientes pautas de medicin y valoracin:La medicin de zapatas se realizar considerando el volumen terico de proyecto. El hormign de limpieza se valorar segn planta terica de proyecto multiplicado por profundidad real ordenada por la direccin facultativa.

    SOLERAS

    DescripcinCapa resistente de hormign en masa o armado, situada sobre el terreno natural o encachado de material de relleno cuya superficie superior quedar vista o recibir un revestimiento de acabado.

    MaterialesEl constructor dispondr de un sistema de gestin de materiales, productos y elementos a poner en obra que garantice la trazabilidad de los mismos segn 66.2 de la EHE-08. Hormign armado, segn lo dispuesto en el punto especfico de este mismo Pliego. Sellante de juntas: De material elstico, fcilmente introducible en las juntas. Tendr

    concedido el correspondiente DIT. Fibras de polipropileno (si slo se quiere evitar la fisuracin) o de acero (si adems se

    quiere aumentar la resistencia del hormign). Separador: De poliestireno expandido, de 2 cm de espesor.

    Puesta en obra

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    Se verter el hormign del espesor indicado en proyecto sobre el terreno limpio y compactado, la capa de encachado o sobre la lmina impermeabilizante si existe.Se colocarn separadores alrededor de cualquier elemento que interrumpa la solera antes de verter el hormign y tendrn una altura igual al espesor de la capa de hormign.En el caso de que lleve mallazo, ste se colocar en el tercio superior de la capa de hormign.Si se arma con fibras de acero se har un vibrado correcto, de forma que las fibras no queden en superficie.Se harn juntas de retraccin de ancho comprendido entre 0,5 y 1 cm. a distancias mximas de 6 m y de profundidad de 1/3 del espesor de la capa de hormign. El sellante se introducir en un cajeado previsto en la capa de hormign o realizado posteriormente a mquina, entre las 24 y 48 horas posteriores al hormigonado.En juntas de trabajo u otras discontinuidades se dispondrn elementos conectores, tales como barras de acero corrugado o un machihembrado (si las cargas que transmite no son elevadas) de forma que las dos partes de la solera sean solidarias.Se extramar el cuidado en el curado del hormign segn 71.6 EHE-08.

    Control, criterios de aceptacin y rechazo y verificaciones en el edificio terminadoCada 100 m o fraccin se realizar un control de la compacidad del terreno, del espesor de la solera y planeidad medida por regla de 3 m. se har una inspeccin general de la separacin entre juntas y cada 10 m. de junta se comprobar su espesor y altura.Las tolerancias mximas admisibles sern las establecidas en el anejo 11 de la EHE-08.

    Criterios de medicin y valoracinEn caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarn las siguientes pautas de medicin y valoracin:La medicin se realizar considerando la superficie terica de proyecto.

    Condiciones de conservacin y mantenimientoSe exponen a continuacin las condiciones bsicas y generales de conservacin y mantenimiento. En el preceptivo "Libro del Edificio", a redactar tras la finalizacin de la obra, se incluir mayor detalle de las mismas.No se alterar su configuracin o solicitaciones sin valoracin por tcnico competente.Anualmente, tras la poca de lluvias, se inspeccionarn las juntas y arquetas. Cada cinco aos se incluir la revisin de soleras por tcnico competente.

    2.4. ESTRUCTURA

    ESTRUCTURA de HORMIGN ARMADO

    DescripcinEstructuras constituidas por elementos de hormign armado con barras de acero: vigas, pilares, forjados con nervios, viguetas o semiviguetas y losas.

    MaterialesEl constructor dispondr de un sistema de gestin de materiales, productos y elementos a poner en obra que garantice la trazabilidad de los mismos segn 66.2 de la EHE-08. Hormign armado, segn lo dispuesto en el punto especfico de este mismo Pliego. Elementos para forjados cumplirn con las especificaciones establecidas en la EHE-08.En el caso de utilizar forjados de viguetas de hormign prefabricado, viguetas y bovedillas contarn con marcado CE segn lo expueso en la norma armonizada UNE-EN 15037 y se facilitar la declaracin de prestaciones.En el caso de utilizar elementos prefabricados de hormign para forjados nervados compuestos por una placa superior y uno o ms nervios longitudinales dispondrn de marcado CE segn lo expueso en la norma armonizada UNE-EN 13224.Del mismo modo, la utilizacin de elementos prefabricados de hormign en vigas y pilares requerir la presentacin de la declaracin de prestaciones relativa a su marcado CE segn UNE-EN 13225.

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    En caso de empleo de placas alveolares prefabricadas dispondrn del marcado CE segn la norma armonizada UNE-EN 1168 aportando declaracin de prestaciones en el suministro.En caso de puesta en obra de prelosas prefabricadas para forjados se aportar declaracin de prestaciones segn marcado CE con las condiciones indicadas en la norma armonizada UNE-EN 13747+A1.

    Puesta en obraLa puesta en obra se atendr estrictamente a lo dispuesto en las Instrucciones EHE-08 y NCSE-02.Los encofrados se realizarn segn las indicaciones del artculo 68 de la EHE-08, debiendo ser estancos para que impidan prdidas apreciables de pasta, rgidos para que se cumplan las tolerancias dimensionales y no sufran asientos ni deformaciones perjudiciales, y podrn desmontarse fcilmente, sin peligro y sin producir sacudidas ni daos en el hormign. Han de estar limpios y hmedos antes de verter el hormign y el empleo de desencofrante ha de contar con autorizacin de la direccin de obra. Se prohbe el uso de aluminio en moldes.Para la puesta en obra de cimbras, encofrados y apuntalamientos el constructor se ajustar a lo dispuesto en el punto 68.2, 68.3, 73 y 74 de la EHE-08 ejecutndose preferentemente de acuerdo a la norma EN 12812. Los puntales se dispondrn sobre durmientes y las cimbras se arriostrarn en las 2 direccin para garantizar adecuada respuesta ante esfuerzos horizontales. Los movimientos sern inferiores a 5 mm. locales y a 1/1000 de la luz para el conjunto. Los tiempos de desencofrado se adoptarn segn lo expuesto en el artculo 74 de la EHE-08.No se efectuar el hormigonado sin la conformidad de la Direccin Facultativa, una vez se hayan revisado las armaduras.La eleccin del tamao mximo del rido de los hormigones vendr determinado por las indicaciones del fabricante del forjado y las condiciones de la estructura segn 28.3.1 EHE-08.Los forjados unidireccionales se regarn antes del hormigonado que se realizar en el sentido de los nervios y en un solo proceso tanto los nervios como la losa superior. Se seguirn las instrucciones indicadas por el fabricante para la manipulacin y almacenamiento de viguetas y losas cuidando de retirar aquellos elementos que resulten daados con su capacidad portante afectada.Durante la ejecucin se evitar la actuacin de cualquier carga esttica o dinmica que pueda provocar daos en los elementos ya hormigonados.El recubrimiento de la armadura se garantizar mediante la disposicin de separadores y se ajustar a las especificaciones del 37.2 EHE-08. Los separadores sern elementos especialmente diseados para tal fin, de naturaleza no atacable por la alcalinidad del hormign, no introducirn corrosin en las armaduras, sern tan impermeables como el propio hormign. Expresamente queda prohibido el uso de separadores de madera, ladrillo u otros elementos residuales de la obra.Para el anclaje y empalme de armaduras se atender a lo dispuesto en 69.5 EHE-08.El apoyo de forjados sobre la estructura se realizar segn lo expuesto en el punto 7 del anejo 12 de la EHE-08 y las recomendaciones de la norma UNE-EN 15037. Los enfrentamientos de nervios en los apoyos garantizarn la continuidad de los mismos con una desviacin mxima de 5 cm.

    Control, criterios de aceptacin y rechazo y verificaciones en el edificio terminadoSe har un control de la ejecucin por lotes segn artculo 92 de la EHE-08, haciendo comprobaciones previas al comienzo de la ejecucin, control de acopios, comprobaciones de replanteo y geomtricas, cimbras y andamiajes, armaduras, encofrados, transporte, vertido y compactacin, juntas de trabajo, contraccin o dilatacin, curado, desmoldeo y descimbrado, tolerancias y dimensiones finales.Se comprobar la situacin de los elementos, las distancias a otros elementos, flechas, deformacin bajo carga, adherencia entre el hormign y el acero, uniones con otros elementos, apoyos, coincidencia con pilar inferior, entrevigado de la seccin, pandeo, desplome, planeidad, horizontalidad, formacin de huecos, anclajes.Las viguetas llevarn marcas que permitan identificarlas y conocer todas sus caractersticas.Las tolerancias mximas admisibles sern las establecidas en el anejo 11 de la EHE-08.

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    Criterios de medicin y valoracinEn caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarn las siguientes pautas de medicin y valoracin:Elementos estructurales de hormign armado volumen realmente ejecutado. Las planchas en superficie terica descontando huecos mayores de 1 m2.

    Condiciones de conservacin y mantenimientoSe exponen a continuacin las condiciones bsicas y generales de conservacin y mantenimiento. En el preceptivo "Libro del Edificio", a redactar tras la finalizacin de la obra, se incluir mayor detalle de las mismas.La modificacin de cargas, realizacin de taladros o perforaciones se realizarn previa consulta con un tcnico.Se revisar anualmente la posible aparicin de fisuras, grietas, manchas de xidos, golpes, desconchados en revestimientos del hormign, humedades, degradacin del hormign, abombamiento de techos, puertas y ventanas que no cierran... debiendo ser comunicadas a un tcnico especialista en caso de detectarse.Cada 10 aos se realizar limpieza de las superficies de vigas y pilares vistos con un cepillo de races y agua. En funcin de la contaminacin y la suciedad a la que se vean expuestos estos elementos, se deber realizar con mayor o menor frecuencia.Cada 10 aos se inspeccionar la estructura por tcnico especialista.

    ESTRUCTURA METLICA segn Cdigo Tcnico

    DescripcinEstructuras cuyos elementos: soportes, vigas, zancas, cubiertas y forjados estn compuestos por productos de acero laminado en caliente, perfiles huecos y conformados en fro o caliente, roblones y tornillos ordinarios, calibrados y de alta resistencia, as como tuercas y arandelas.La construccin de estructuras de acero est regulada por el Cdigo Tcnico de la Edificacin en su Documento Bsico de Seguridad Estructural-Acero.

    Materiales Perfiles y chapas de acero laminado:Se usarn los aceros establecidos en la norma UNE EN 10025 (Productos laminados en caliente de acero no aleado, para construcciones metlicas de uso general), cuyas caractersticas se resumen en la Tabla 4.1. del CTE-DB-SEA y cumplirn con las especificaciones contenidas en el CTE-DB-SEA-Art.4.Irn acompaados de la declaracin de prestaciones y marcado CE segn la norma armonizada UNE-EN 10025, declarando expresamente la resistencia a traccin, lmite elstico, resistencia a flexin por choque, soldabilidad, alargamiento y tolerancias dimensionales. Perfiles huecos de acero:El CTE-DB-SEA- Punto 4, contempla los aceros establecidos por las normas UNE-EN 10210-1 relativa a Perfiles huecos para construccin, acabados en caliente, de acero no aleado de grado fino y en la UNE-EN 10219-1, relativa a secciones huecas de acero estructural conformados en fro. Irn acompaados de la declaracin de prestaciones propia del marcado CE segn las norma anteriores incluyendo la designacin del material segn EN 10027. Perfiles de seccin abierta conformada en fro:Se contemplan los aceros establecidos por las normas UNE-EN 10162. Tornillos, tuercas y arandelas: El CTE-DB-SEA- Punto 4,en la tabla 4.3 contempla las caractersticas mecnicas mnimas de los aceros de los tornillos de calidades normalizadas en la normativa ISO. Las uniones cumplirn con lo establecido en el punto 8 de la CTE-DB-SEA, las uniones atornilladas, mas concretamente con las especificaciones del punto 8.5 del citado DB. Cordones y cables.Las caractersticas mecnicas de los materiales de aportacin sern superiores a las del material base. Las calidades de los materiales de aportacin ajustadas a la norma UNE-EN

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    ISO 14555:1999 se consideran aceptables.Las uniones soldadas cumplirn con lo establecido en el punto 8 de la CTE-DB-SEA, ms concretamente con las especificaciones del punto 8.6 del citado DB.Las caractersticas de los materiales suministrados deben estar documentadas de forma que puedan compararse con los requisitos establecidos en proyecto. Adems, los materiales deben poderse identificar en todas las etapas de fabricacin, para lo que cada componente debe tener una marca duradera, distinguible, que no le produzca dao y resulte visible tras el montaje con la designacin del acero segn normas.

    Puesta en obraHa de prevenirse la corrosin del acero evitando el contacto directo con humedad, con otros metales que produzcan corrosin y el contacto directo con yesos. Se aplicarn las protecciones adecuadas a los materiales para evitar su corrosin, de acuerdo con las condiciones ambientales internas y externas del edificio, segn lo establecido en la norma UNE-ENV 1090-1. Los materiales protectores deben almacenarse y utilizarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante. Se han de preparar las superficies a proteger conforme a la norma UNE-ENV 1090-1. Las superficies que no se puedan limpiar por chorreado, se sometern a un cepillado metlico que elimine la cascarilla de laminacin y despus se deben limpiar para quitar el polvo, el aceite y la grasa. Los abrasivos utilizados en la limpieza y preparacin de las superficies a proteger, deben ser compatibles con los productos de proteccin a emplear. Los mtodos de recubrimiento deben especificarse y ejecutarse de acuerdo con la normativa especfica al respecto y las instrucciones del fabricante. Se podr utilizar la norma UNE-ENV 1090-1.El material debe almacenarse siguiendo las instrucciones de su fabricante, evitando deformaciones permanentes, protegiendo de posibles daos en los puntos donde se sujete para su manipulacin, almacenndolos apilados sobre el terreno pero sin contacto con l, evitando cualquier acumulacin de agua. Operaciones de fabricacin en tallerCorte: Por medio de sierra, cizalla, corte trmico (oxicorte) automtico. Oxicorte siempre que no tengan irregularidades significativas y se hayan eliminado los restos de escoria. Conformado: En caliente se seguirn las recomendaciones del productor siderrgico. Se realizar con el material en estado rojo cereza, manejando la temperatura, el tiempo y la velocidad de enfriamiento. No se permitir el conformado en el intervalo de calor azul (250C a 380C). Se permite el conformado en fro, pero no la utilizacin de martillazos y se observarn los radios de cuerda mnimos establecidos en la tabla del punto 10.2.2 del CTE-DB-SEA. Perforacin: Los agujeros deben realizarse por taladrado, el punzonado se admite para materiales de hasta 25 mm. de espesor siempre que el espesor nominal del material no sea mayor que el dimetro nominal del agujero. Las rebabas se deben eliminar antes del ensamblaje ngulos entrantes: Deben tener un acabado redondeado, con un radio mnimo de 5 mm.Superficies para apoyo de contacto:. Las superficies deben formar ngulos rectos y cumplir las tolerancias geomtricas especificadas en DB-SEA. La planeidad de una superficie contrastndola con un borde recto, no superar los 0,5 mm. Empalmes: No se permiten ms empalmes que los establecidos en proyecto o aprobados por el director de obra.SoldeoSe debe proporcionar al personal encargado un plan de soldeo, que incluir los detalles de la unin, dimensiones y tipo de soldadura, secuencia de soldeo, especificaciones del proceso y las medidas para evitar el desgarro laminar. Los soldadores deben estar certificados por un organismo acreditado y cualificarse de acuerdo con la norma UNE-EN 287-1:1992.Las superficies y bordes deben ser los apropiados para el proceso de soldeo y estar exentos de fisuras, entalladuras, materiales que afecten al proceso o calidad de las soldaduras y humedad. Los componentes a soldar deben estar correctamente colocados y fijos mediante dispositivos adecuados. Para la realizacin de cualquier tipo de soldadura, se estar a las especificaciones contenidas en los puntos 10.3 y 10.7 del DB-SEA del CTE.

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    Uniones atornilladas. Las caractersticas de este tipo de uniones se ajustarn a las especificaciones de los artculos 10.4.y 10.5 del DB SEA del CTE. En uniones de tornillos pretensados el control del pretensado se realizar por alguno de los procedimientos indicados en el artculo 10.4.5 de DB SEA: mtodo de control del par torsor, mtodo del giro de tuerca, mtodo del indicador directo de tensin, mtodo combinado. Podrn emplearse tornillos avellanados, calibrados, pernos de articulacin o hexagonales de inyeccin, si se cumplen las especificaciones del artculo 10.5 de DB SEA del CTE. Tratamientos de proteccin. Las superficies se prepararn conforme a las normas UNE-EN-ISO 8504-1:2002 e UNE-EN-ISO 8504-2:2002 para limpieza por chorro abrasivo, y UNE-EN-ISO 8504-3:2002 para limpieza por herramientas mecnicas y manuales. Las superficies que vayan a estar en contacto con el hormign, no se pintarn, solamente se limpiarn. No se utilizarn materiales que perjudiquen la calidad de una soldadura a menos de 150 mm. de la zona a soldar y tras realizar la soldadura no se pintar sin antes haber eliminado las escorias.

    Control, criterios de aceptacin y rechazo y verificaciones en el edificio terminadoEl control de calidad se realizar dando cumplimiento a las especificaciones recogidas en la CTE-DB-SEA en su articulo 12. Las actividades de control de calidad han de quedar registradas documentalmente en la documentacin final de obra. Control de calidad de materialesLos materiales cubiertos por un certificado expedido por el fabricante, el control podr limitarse reconocimiento de cada elemento de la estructura con el certificado que lo avala. Cuando el proyecto especifique caractersticas no avaladas por certificados, se establecer un procedimiento de control mediante ensayos realizados por un laboratorio independiente. Materiales que no queden cubiertos por una normativa nacional podrn utilizar normativas o recomendaciones de prestigio reconocido. Control de calidad de la fabricacin Se define en la documentacin de taller, que deber ser revisada y aprobada por la direccin facultativa de la obra y contendr al menos: a) Una memoria de fabricacin b) Los planos de taller para cada elemento de la estructura c) Un plan de puntos de inspeccin de los procedimientos de control interno de produccin, todo ello con el contenido mnimo especificado en el punto 12.4.1 de la CTE-DB-SEA. Su control tiene por objeto comprobar su coherencia con las especificaciones de proyecto.Control de calidad del montaje. Se define en la documentacin de montaje, que ser elaborada por el montador y revisada y aprobada por la direccin facultativa de la obra y contendr al menos: a) Una memoria de montaje b) Los planos de montaje c) Un plan de puntos de inspeccin, todo ello con el contenido mnimo especificado en el punto 12.5.1 de la CTE-DB-SEA. Su control tiene por objeto comprobar su coherencia con las especificaciones de proyecto.Las tolerancias mximas admisibles, sern las establecidas por el CTE-DB-SEA en su punto 11, en el que se definen tipos de desviaciones geomtricas correspondientes a estructuras de edificacin, y los valores mximos admisibles para tales desviaciones distinguiendo entre tolerancias de fabricacin y tolerancias de ejecucin.

    Criterios de medicin y valoracinEn caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarn las siguientes pautas de medicin y valoracin:Elementos estructurales se medirn segn el peso nominal. Las planchas en superficie terica descontando huecos mayores de 1 m2.

    Condiciones de conservacin y mantenimientoSe exponen a continuacin las condiciones bsicas y generales de conservacin y mantenimiento. En el preceptivo "Libro del Edificio", a redactar tras la finalizacin de la obra, se incluir mayor detalle de las mismas.No han de modificarse ni sobrecargarse los elementos estructurales respecto a su definicin en proyecto.Cada ao se revisar la aparicin de fisuras, grietas, flechas en vigas y forjados, pandeo en pilares, humedades o degradacin del acero informando a un tcnico en su caso. Cada 10 aos revisin por tcnico especialista de los sntomas de posibles daos estructurales, se identificarn las causas de daos potenciales (humedades, uso),

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    identificacin de daos que afectan a secciones o uniones (corrosin, deslizamiento no previsto).Se realizar mantenimiento a los elementos de proteccin de la estructura, especialmente a los de proteccin ante incendio, que se ajustarn a los plazos de garanta declarados por los fabricantes (de pinturas, por ejemplo).Los edificios sometidos a acciones que induzcan fatiga contarn con un plan de mantenimiento independiente que debe especificar el procedimiento para evitar la propagacin de las fisuras, as como el tipo de maquinaria a emplear, el acabado, etc.

    2.5. CERRAMIENTOS

    FBRICAS

    PIEDRA

    DescripcinCerramientos de fbrica de piedra labrada (cantera) o sin labrar (mampostera) rejuntada con mortero o a hueso. La piedra puede ser de granito, caliza, arenisca, doloma o piedra artificial.

    Materiales Mortero:El aglomerante empleado podr ser cemento o mixto con cal.Cemento: cumplirn las especificaciones dispuestas en el RC-08 y normas armonizadas UNE EN 197-1 y 413-1 y las cales segn normas UNE EN 459-1 El cemento se suministrar acompaado de un albarn con los datos exigidos en la RC-08. Contarn con marcado CE e irn acompaados de la declaracin de prestaciones.Cuando el suministro se realice en sacos, el cemento se recibir en los mismos envases cerrados en que fue expedido. No llegar a obra u otras instalaciones de uso, excesivamente caliente. Se almacenar en sitio ventilado y defendido de la intemperie, humedad del suelo y paredes.Preferentemente se emplearn cementos para albailera pudiendo con la aprobacin de la direccin de obra emplear otros cementos comunes a excepcin del CEM I y CEM II/A.Pueden emplearse arenas naturales procedentes de ros, mina y playa, o de machaqueo, o bien mezcla de ellas. El suministrador deber garantizar documentalmente el cumplimiento del marcado CE. Los ridos debern cumplir las condiciones fsico-qumicas, fsico-mecnicas, de granulometra y forma indicadas en la norma armonizada UNE-EN 13139.Se admiten todas las aguas potables y las tradicionalmente empleadas. En caso de duda, el agua cumplir los mismos requisitos dispuestos en el artculo 27 de la EHE-08 para el empleo de agua para el hormign.En caso de emplear aditivos el fabricante suministrar el aditivo correctamente etiquetado y dispondr de marcado CE aportando la declaracin de prestaciones segn norma armonizada UNE-EN 934-3. La Direccin Facultativa deber autorizar su utilizacin y en su incorporacin a la mezcla se seguir estrictamente lo dispuesto por el fabricante.Las mezclas preparadas, envasadas o a granel llevarn el nombre del fabricante, la cantidad de agua a aadir para obtener las resistencias deseadas y dispondrn de garanta documental del cumplimiento del marcado CE y debern cumplir las condiciones indicadas en la norma armonizada UNE-EN 998-2.Se emplear mortero para fbricas M-7,5 o superior. Pie