periodico oficial num. 6, 9 febrero 2009 - segunda sección€¦ · 5° fracciones iii, vii y viii,...

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C O N T E N I D O : GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO COMISION PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO DEL ESTADO UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE AGUASCALIENTES I.S.S.S.S.P.E.A. INSTITUTO DEL DEPORTE DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES PRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES. PRESIDENCIA MUNICIPAL DE ASIENTOS, AGS. PRESIDENCIA MUNICIPAL DE EL LLANO, AGS. INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL I N D I C E Página 54 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES MEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX SEGUNDA SECCION TOMO LXXII Aguascalientes, Ags., 9 de Febrero de 2009 Núm. 6 RESPONSABLE: Lic. Juan Ángel José Pérez Talamantes, Secretario General de Gobierno

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Page 1: Periodico Oficial Num. 6, 9 Febrero 2009 - Segunda Sección€¦ · 5° fracciones III, VII y VIII, 6° fracción II, 31 párrafo tercero, 39 párrafo tercero y demás relativos y

C O N T E N I D O :GOBIERNO DEL ESTADO

PODER EJECUTIVO

COMISION PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO DEL ESTADOUNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE AGUASCALIENTESI.S.S.S.S.P.E.A.INSTITUTO DEL DEPORTE DEL ESTADO DE AGUASCALIENTESPRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES.PRESIDENCIA MUNICIPAL DE ASIENTOS, AGS.PRESIDENCIA MUNICIPAL DE EL LLANO, AGS.INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL

I N D I C E Página 54

PERIODICO OFICIALDEL ESTADO DE AGUASCALIENTESMEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO

Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX

SEGUNDA SECCIONTOMO LXXII Aguascalientes, Ags., 9 de Febrero de 2009 Núm. 6

RESPONSABLE: Lic. Juan Ángel José Pérez Talamantes, Secretario General de Gobierno

Page 2: Periodico Oficial Num. 6, 9 Febrero 2009 - Segunda Sección€¦ · 5° fracciones III, VII y VIII, 6° fracción II, 31 párrafo tercero, 39 párrafo tercero y demás relativos y

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GOBIERNO DEL ESTADOC. O. D. A. G. E. A.

MANUAL DE INTEGRACIÓN YFUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE

ADQUISICIONES Y ENAJENACIONES DE LACOMISIÓN PARA EL DESARROLLO

AGROPECUARIO DEL ESTADODE AGUASCALIENTES

Ing. Gerardo Federico Salas Díaz, Director Ge-neral de la Comisión para el Desarrollo Agropecuariodel Estado de Aguascalientes, en ejercicio de lafacultad que me confieren los Artículos 3°, 8° y de-más relativos y aplicables de la Ley que crea a laComisión para el Desarrollo Agropecuario del Esta-do de Aguascalientes y Artículos 1° fracción II, 4°,5° fracciones III, VII y VIII, 6° fracción II, 31 párrafotercero, 39 párrafo tercero y demás relativos y apli-cables de la Ley Patrimonial del Estado deAguascalientes; y

C O N S I D E R A N D O :Que en cumplimiento a lo dispuesto por los

Artículos 31, 37, y 39 tercer párrafo de la LeyPatrimonial del Estado de Aguascalientes, queestablece la obligación a los sujetos de la Leyde integrar su propio Comité de Adquisiciones yEnajenaciones como órgano colegiado de con-sulta, asesoría, análisis y orientación en mate-ria de adquisiciones y enajenaciones, cuyo fun-cionamiento se regirá en apego al Manual deIntegración y Funcionamiento propuesto por elpresidente y aprobado por el Comité durante losprimeros treinta días de cada año.

Que el Comité de Adquisiciones y Enajena-ciones de la Comisión para el Desarrol loAgropecuario del Estado de Aguascalientes ensu sesión ordinaria número 01/2009 celebradael día 26 de enero de 2009, en ejercicio de lasfacultades que le confiere el Artículo 39 tercerpárrafo y 42 fracción XIX y demás relativos y apli-cables de la Ley Patrimonial del Estado deAguascalientes, contando con la asistencia quela ley señala fue aprobado por unanimidad delos presentes, el Manual de Integración y Fun-cionamiento del Comité de Adquisiciones y Ena-jenaciones de la Comisión para el DesarrolloAgropecuario del Estado de Aguascalientes.

MARCO JURÍDICO� Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos.� Constitución Política del Estado de Aguasca-

lientes.� Ley Patrimonial del Estado de Aguascalientes.� Ley Orgánica de la Administración Pública del

Estado de Aguascalientes.� Ley de Control de Entidades Paraestatales del

Estado de Aguascalientes.� Ley que crea a la Comisión para el Desarrollo

Agropecuario del Estado de Aguascalientes.

� Ley de Desarrollo Ganadero para el Estado deAguascalientes.

� Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Pú-blico del Estado.

� Ley de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos del Estado de Aguascalientes.

� Ley del Procedimiento Administrativo del Estadode Aguascalientes.

� Código Civil del Estado de Aguascalientes.

� Código de Procedimientos Civiles del Estado deAguascalientes.

� Código Fiscal del Estado.

� Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública del Estado de Aguascalientes.

� Acuerdo por el que se establece en el Estado deAguascalientes el Sistema Electrónico de Con-trataciones Gubernamentales “Compranet Ags”.

� Manual Único de Adquisiciones del Gobierno delEstado de Aguascalientes.

� Manual de Políticas y Lineamientos de Enajena-ciones de Bienes Muebles del Gobierno del Es-tado de Aguascalientes.

� Y demás relativos aplicables.

CAPÍTULO IDisposiciones Generales

ARTÍCULO 1°.- El presente Manual se formulaen cumplimiento a las disposiciones establecidasen el Artículo 39, tercer párrafo de la Ley Patrimo-nial del Estado de Aguascalientes.

ARTÍCULO 2°.- Este Manual define el esque-ma de integración y funcionamiento del Comité deAdquisiciones y Enajenaciones de la Comisión parael Desarrollo Agropecuario del Estado deAguascalientes, con apego al marco jurídico quenorma y regula su actuación, para cumplir con losobjetivos, funciones y atribuciones que le corres-ponde a este órgano colegiado en el ámbito de sucompetencia.

ARTÍCULO 3°.- Para los fines de éste Manualse entenderá por:

I. LA COMISIÓN.- La Comisión para el Desa-rrollo Agropecuario del Estado de Aguascalientes;

II. EL COMITÉ.- El Comité de Adquisiciones yEnajenaciones de la Comisión para el DesarrolloAgropecuario del Estado de Aguascalientes;

III. LEY.- La Ley Patrimonial del Estado deAguascalientes.

CAPÍTULO IIObjetivos del Comité

ARTÍCULO 4°.- Los objetivos del comité sonlos siguientes:

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PERIODICO OFICIAL Pág. 3Febrero 9 de 2009 (Segunda Sección)

I. Dar cumplimiento a las disposiciones lega-les y administrativas en materia de adquisición, ena-jenación, arrendamiento y servicios para el Estadode Aguascalientes;

II. Actuar con transparencia y en estricto ape-go a las disposiciones jurídicas y administrativasaplicables, en la toma de decisiones;

III. Fungir como órgano de consulta, asesoría,análisis y orientación de los respectivos Comitésde las entidades o dependencias y Subcomités deestas últimas, en materia de adquisiciones y ena-jenaciones, a solicitud expresa de dichos órganosmediante la requisición correspondiente;

IV. Intervenir como instancia administrativa enlos procedimientos de las adquisiciones, arrenda-mientos, contratación de servicios y enajenacionesde bienes muebles e inmuebles, cuando el valor delas adquisiciones y enajenaciones corresponda alprocedimiento de licitación pública o invitación res-tringida.

CAPÍTULO IIIDe la Integración del Comité

ARTÍCULO 5°.- De conformidad con lo dispuestoen el Artículo 38 y demás relativos y aplicables dela Ley Patrimonial del Estado de Aguascalientes,el Comité estará integrado por:

I. PRESIDENTE CON DERECHO A VOZ YVOTO, Y EN CASO DE EMPATE EL VOTO DECALIDAD: El Director General de la Comisión parael Desarrollo Agropecuario del Estado deAguascalientes;

II. SECRETARIO EJECUTIVO CON DERECHOA VOZ Y VOTO: Director de Finanzas y Adminis-tración de la Comisión para el DesarrolloAgropecuario del Estado de Aguascalientes;

III. VOCAL CON DERECHO A VOZ Y VOTO:Representante de la Secretaría de Planeación yDesarrollo Regional del Estado;

IV. VOCAL CON DERECHO A VOZ Y VOTO:Representante de la Secretaría de Finanzas delGobierno del Estado de Aguascalientes;

V. VOCAL CON DERECHO A VOZ Y VOTO:Representante de la Cámara o Asociación del ramocorrespondiente;

VI. VOCAL CON DERECHO A VOZ PERO SINVOTO: Representante de la Contraloría General delEstado;

VII. VOCAL CON DERECHO A VOZ PERO SINVOTO: Representante del Área Requisitante;

VIII. ASESOR DEL COMITÉ: El Comité, cuan-do considere necesario, podrá invitar a participar alas sesiones de trabajo de este órgano colegiado,con Derecho a Voz, pero sin Voto, a representan-tes de las diversas áreas de la Comisión,involucradas en la materia del correspondiente pro-cedimiento, así como a terceros que el Comité con-

sidere conveniente, quienes fungirán en calidad deasesores, mismo que podrán ser alguno o todoslos siguientes:

a) Titular de la Coordinación Jurídica de la Co-misión para el Desarrollo Agropecuario del Estadode Aguascalientes.

b) Titular de la Coordinación de Planeación einformática de la Comisión para el DesarrolloAgropecuario del Estado de Aguascalientes.

c) Titular de la Dirección de Agricultura yForestal de la Comisión para el DesarrolloAgropecuario del Estado de Aguascalientes.

d) Titular de la Dirección de Servicios al Pro-ductor de la Comisión para el DesarrolloAgropecuario del Estado de Aguascalientes.

e) Titular de la Dirección de Ganadería de laComisión para el Desarrollo Agropecuario del Esta-do de Aguascalientes.

f) Titular de la Dirección de NegociosAgropecuarios de la Comisión para el DesarrolloAgropecuario del Estado de Aguascalientes.

g) Titular de la Dirección de Conservación yObras de la Comisión para el DesarrolloAgropecuario del Estado de Aguascalientes.

El presidente del Comité nombrará un suplen-te, con las facultades previstas en la Ley y en lasdisposiciones relativas aplicables conferidas al ti-tular.

El Secretario Ejecutivo tendrá como suplenteel que él mismo designe, para que en su nombre yrepresentación asista a las reuniones de este Co-mité, ejerciendo las facultades de aquél, salvo lassiguientes no delegables:

a) Solicitar a la Subsecretaría de Egresos de laSecretaría de Finanzas del Estado, la radicaciónde fondos para el cumplimiento de las obligacionesde pago asumidas en los respectivos contratos, enmateria de licitación pública e invitación restringi-da.

b) Ejercer las facultades de decisión del Presi-dente del Comité en su ausencia.

Los demás integrantes del Comité contaran consu suplente, el cual, en ausencia del titular, ten-drán las mismas facultades y atribuciones de ésteúltimo.

CAPITULO IIIFunciones del Comité

ARTÍCULO 6°.- De conformidad con el Artículo42 de la Ley y demás disposiciones aplicables, elComité tiene las siguientes atribuciones:

I. En materia normativa:a) Proponer a la Secretaría de Gestión e Inno-

vación de Gobierno del Estado de Aguascalientes,los criterios para la elaboración del Manual de Ad-quisiciones y el de Enajenaciones de La Comisión,y de otras entidades, así como para su permanen-te actualización.

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b) Aprobar el proyecto del Manual de Integra-ción y Funcionamiento del Comité propuesto por elPresidente.

c) Proponer modificaciones de mejora a los sis-temas, procedimientos y manuales de operaciónque establezca la Secretaría de Gestión e Innova-ción de Gobierno del Estado de Aguascalientesasí como promover que la información se procesede preferencia en sistemas computarizados.

d) Establecer conjuntamente con la Secretaríade Gestión e Innovación de Gobierno del Estadode Aguascalientes las normas, políticas ylineamientos en materia de adquisiciones y enaje-naciones de los bienes muebles e inmuebles.

e) Deliberar y autorizar lo relativo a lo señaladoen el 3er Párrafo del Artículo 80 de la Ley Patrimo-nial del Estado.

II. En materia de evaluación y control:

a) Aprobar los casos de cancelación de pedi-dos, rescisión de contratos por casos fortuitos ode fuerza mayor, los pagos que en su caso se con-sideren procedentes previo dictamen emitido poreste órgano y aprobar las sanciones que corres-pondan a los proveedores que hayan incurrido enincumplimiento parcial o total de pedidos o contra-tos.

b) Rechazar de manera fundada y motivada lasrequisiciones de compra que a su juicio no se jus-tifiquen.

c) Fomentar la homologación y compatibilidadde los bienes y servicios a fin de simplificar lastareas de mantenimiento y servicio.

d) Fomentar la incorporación de más personasal Padrón Único de Proveedores de Gobierno delEstado, que reúnan los requisitos para su registro.

e) Proponer a la Secretaría de Gestión e Inno-vación de Gobierno del Estado de Aguascalientes,la exclusión de el Padrón de Proveedores del Go-bierno del Estado, a los Proveedores que hubiesenincurrido en incumplimiento de adjudicación o con-trato, aún en un solo pedido.

III. En materia de licitaciones públicas e invita-ciones restringidas:

a) Decidir lo procedente respecto a los des-acuerdos que se pudieren suscitar en las licitacionesentre las unidades técnicas de las áreasrequisitantes y las áreas de la Dirección de Finan-zas y Administración de esta Comisión.

b) Autorizar, cuando por razones justificadassea necesario, reducir o ampliar el plazo para lapresentación y apertura de propuestas técnicas,conforme a la normatividad vigente.

c) Llevar a cabo las licitaciones públicas e invi-taciones restringidas, adjudicando, en los términosde la Ley Patrimonial del Estado de Aguascalientes,los contratos y pedidos respectivos.

d) Determinar cuales y cuantos serán los bie-nes y servicios a adquirir.

e) Resolver sobre los casos de excepción a li-citar públicamente bienes y servicios, en casos defuerza mayor y en los supuestos contemplados enel Artículo 57 de la Ley Patrimonial del Estado deAguascalientes.

f) Nombrar a los servidores públicos encarga-dos de recibir ofertas, garantías, poderes, así comoorganizar y coordinar todas las actividades y actosde las licitaciones e invitaciones restringidas.

g) Emitir su resolución respecto de las mejo-res condiciones de calidad, servicio, precio, pago ytiempo de entrega, ofertadas por los proveedorespara la adquisición, contratación, enajenación oarrendamiento de bienes y servicios.

h) Tener la intervención que las Leyes y demásordenamientos señalen, en la enajenación de losbienes muebles e inmuebles propiedad de la Comi-sión para el Desarrollo Agropecuario del Estado deAguascalientes.

i) Hacer públicas por los medios legales idó-neos, las convocatorias de cada licitación para laadquisición de bienes o servicios y la enajenaciónde bienes.

j) Y en general llevar a cabo todas aquellasotras funciones que se relacionen con las ante-riormente señaladas para el cumplimiento de losprocesos de adquisiciones y enajenaciones pre-vistos en la Ley u otro ordenamiento legal apli-cable.

k) Y demás atribuciones que le sean conferi-das en este manual y/o en la Ley Patrimonial delEstado de Aguascalientes.

CAPÍTULO VDe la Operación del Comité

ARTÍCULO 7°.- El Comité, para su operación,tomará en consideración los siguientes aspectosgenerales, y acordará lo necesario para su óptimofuncionamiento:

I. La convocatoria para sesionar será formuladapor el Presidente o por la mayoría de los integran-tes del Comité;

II. Las sesiones deberán ser presididas por elPresidente del comité, o por su suplente, y en suausencia por el Secretario Ejecutivo o suplente;

III. Las sesiones iniciarán a la hora convocada.Por excepción, se establece un margen de toleran-cia a los convocados de 15 minutos siguientes a lahora señalada. Transcurrido este plazo, se deter-minará si existe o no la asistencia mínima requeri-da para sesionar; en caso de no existir, los inte-grantes asistentes podrán solicitar al Presidente oal Secretario Ejecutivo, el análisis del asunto a tra-tar, para estar en condiciones de dar a conocer suopinión al respecto por escrito;

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PERIODICO OFICIAL Pág. 5Febrero 9 de 2009 (Segunda Sección)

IV. Los acuerdos del Comité, se tomarán pormayoría de votos y, en caso de empate, quien pre-sida tendrá voto de calidad, a excepción del Su-plente del Secretario Ejecutivo;

V. Todos los asistentes deberán suscribir lasminutas de las reuniones del Comité;

VI. En caso de no contar con la asistencia mí-nima requerida de tres integrantes con voz y voto,no se llevará a cabo la sesión;

VII. En el caso de que alguno de los suplentesde los miembros del Comité, tenga una inasistenciade 3 sesiones continuas injustificadas, el Presidentesolicitará el cambio de representante suplente a suvocal propietario;

VIII. Contando con la asistencia mínima reque-rida, cualquiera de los integrantes podrá solicitar alPleno del Comité, posponer la dictaminaciòn delcaso en estudio, con causa debidamente justifica-da y plenamente comprobada, la cual no deberáser mayor a 48 horas o en su caso el tiempo quesegún el asunto a tratar se requiera, sin que estetérmino contravenga a lo establecido en la Ley. Lamayoría de los integrantes decidirá sobre la proce-dencia de la solicitud;

IX. Para la celebración de las sesiones, el or-den del día propuesto, así como la documentaciónde soporte sobre los asuntos que serán tratados,deberán ser entregados previamente a todos losintegrantes, asesores e invitados del Comité, me-diante correo electrónico o entrega personal, por lomenos con dos días de anticipación o informar delasunto a tratar vía telefónica si no fuere relevante.Los asuntos que se sometan a la consideracióndel Comité deberán presentarse en forma sinóptica;

X. Con un mínimo de dos días hábiles de antici-pación a la publicación de la convocatoria para lici-tación pública, se deberá remitir la información co-rrespondiente a los miembros del Comité, y en sucaso a los invitados y asesores, vía correo electró-nico o mediante entrega personal con acuse derecibo;

XI. El Secretario Ejecutivo deberá recordar a losintegrantes, vía correo electrónico o telefónica, acer-ca de la sesión más próxima a celebrarse, al me-nos con 90 minutos de anticipación;

XII. Es responsabilidad de cada uno de los inte-grantes propietarios del Comité, informar oportuna-mente a su suplente, para que concurra en su au-sencia;

XIII. El Presidente, el Secretario Ejecutivo y losvocales, así como sus respectivos suplentes, ten-drán derecho a voz y voto. Los demás integrantesy asistentes sólo contarán con derecho a voz;

XIV. La documentación correspondiente a lassesiones del Comité y cualquier otra inherente aeste órgano colegiado, deberá resguardarse y con-servarse por un mínimo de siete años, bajo el cui-dado del Secretario Ejecutivo;

XV. Los expedientes podrán ser consultadosen cualquier momento por los integrantes del Co-mité;

XVI. Es responsabilidad de cada uno de los in-tegrantes del Comité, desempeñar con honestidady eficiencia los encargos y funciones que les seanconferidos.

CAPÍTULO VIDe las Facultades de los Integrantes

del ComitéARTÍCULO 8°.- Serán Atribuciones de los inte-

grantes del Comité las siguientesI. Del Presidente del Comité:a) Convocar las juntas ordinarias y extraordina-

rias del Comité;b) Autorizar el orden del día y analizar previa-

mente los expedientes correspondientes a los asun-tos que se tratarán en cada junta, y en su caso,ordenar las correcciones que se juzguen necesa-rias;

c) Proponer a el Comité, el orden del día a tra-tar en cada junta y/o reuniones del mismo.

d) Coordinar y dirigir las reuniones del Comité;e) Requerir a los miembros del Comité, el cum-

plimiento de los lineamientos establecidos en elManual de Integración y Funcionamiento del mis-mo;

f) En caso de empate, emitir su voto de cali-dad, tomando las decisiones que juzgue adecua-das; y

g) En general, llevar a cabo todas aquellas otrasfunciones que se relacionen con las anteriormenteseñaladas.

II. Del Secretario Ejecutivo:a) Requisitar y formalizar los pedidos y contra-

tos adjudicados por el Comité;b) Elaborar el orden del día correspondiente a

cada reunión, las actas de sesión, los documentosque contengan la información resumida de los ca-sos que se dictaminarán y los demás documentosque integren los expedientes que se someterán ala aprobación del Comité;

c) Citar a las reuniones por acuerdo del Presi-dente;

d) Someter los expedientes respectivos a laconsideración del Presidente del Comité, previamen-te a su presentación ante el Comité;

e) Hacer llegar a cada uno de los integrantes,asesores e invitados del Comité, el expediente co-rrespondiente a cada reunión que se cite, mismoque deberá contener la siguiente información: rela-ción de antecedentes en cada contratación consi-derando cantidad, precio, unidad de medida, mar-ca (en su caso), presupuesto autorizado y algunaotra información que se considere necesaria parala toma de decisiones;

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Pág. 6 PERIODICO OFICIAL Febrero 9 de 2009(Segunda Sección)

f) Llevar a cada una de las reuniones del Comi-té, la documentación adicional que pueda requerirse;

g) Ejecutar y vigilar que se cumplan, a travésde las distintas áreas, los acuerdos que se tomeny los compromisos que se adquieran;

h) Vigilar el oportuno cumplimiento de las me-tas que se haya propuesto el Comité, informandomensualmente los avances o retrasos que al res-pecto hubiese;

i) Ejercer las facultades de decisión del Presi-dente del Comité en su ausencia o la de su suplen-te, salvo las indelegables;

j) Desarrollar las Actas de Dictamen; yElaborar y presentar en tiempo y forma legal,

los informes respectivos.III. De los vocales del Comité, tendrán las si-

guientes funciones:a) Analizar los casos y asuntos que se some-

tan a su consideración y se consignen en el ordendel día, apoyando su análisis sobre los informes ydocumentos que lo sustenten y fundamenten;

b) Manifestar con objetividad, veracidad y se-riedad sus puntos de vista, sus propuestas y alter-nativas de solución, su voto o inconformidad conlos asuntos tratados, a fin de que se pueda llegar auna solución y resolución; y

c) Firmar las actas que se levanten en cadareunión, siempre y cuando haya constancia de suasistencia.

IV. De los Asesores del Comité, tendrán las si-guientes funciones:

a) Analizar los casos y asuntos que se some-tan a su consideración y se consignen en el ordendel día, apoyando su análisis sobre los informes ydocumentos que lo sustenten y fundamenten;

b) Manifestar con objetividad, veracidad y se-riedad sus puntos de vista, sus propuestas y alter-nativas de solución, proporcionando toda la infor-mación técnica administrativa de que disponga, parauna mejor toma de decisiones sobre los asuntostratados.

ARTICULOS TRANSITORIOS:

PRIMERO.- El presente Manual entrará en vi-gor al día siguiente de su publicación en el Periódi-co Oficial del Estado de Aguascalientes.

A T E N T A M E N T E

SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN.

Ing. Gerardo Federico Salas Díaz.DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN

PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIODE AGUASCALIENTES Y PRESIDENTE

DEL COMITÉ DE ADQUISICIONESY ENAJENACIONES DE LA CODAGEA.

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICADE AGUASCALIENTES

MANUAL DE INTEGRACIÓN YFUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ

DE ADQUISICIONES Y ENAJENACIONESDE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA

DE AGUASCALIENTES

I.- DISPOSICIONES GENERALES

El presente manual se formula en cumplimien-to a las disposiciones establecidas en el Artículo39, tercer párrafo de la Ley Patrimonial del Estadode Aguascalientes.

En este manual se define el esquema de inte-gración y funcionamiento del Comité de Adquisi-ciones y Enajenaciones de la Universidad Tecnoló-gica de Aguascalientes, con apego al marco jurídi-co que norma y regula su actuación, para cumplircon los Objetivos, funciones y atribuciones que lecorresponde a este órgano colegiado en el ámbitode su competencia.

II.- MARCO JURÍDICO Y ADMINISTRATIVO

a) Constitución Política del Estado de Aguas-calientes.

b) Ley Patrimonial del Estado de Aguasca-lientes. (PO. 8/VIII/05)

c) Ley Orgánica de la Administración Públicadel Estado de Aguascalientes. (P.O. 21/III/2005)

d) Ley de Presupuesto, Contabilidad y GastoPúblico del Estado. (P.O. 31/XII/2006)

e) Ley de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos del Estado de Aguascalientes. (P.O. 1/XI/2004)

f) Código Civil del Estado de Aguascalientes.Ultima modificación 10/IV/2006.

g) Código de Procedimientos Civiles del Esta-do de Aguascalientes. Ultima modificación III/2006.

h) Ley de Transparencia e Información Públicadel Estado de Aguascalientes. (P.O. 22/V/2006)

i) Acuerdo por el que se establece en el Esta-do de Aguascalientes el sistema electrónico decontrataciones gubernamentales “Compranet Ags”.(PO. 24/IX/2001)

j) Manual Unico de Adquisiciones del Gobier-no del Estado de Aguascalientes (P.O.26/XII/2007)

k) Ley de Adquisición, Arrendamiento y Servi-cio del Sector Público.

l) Reglamento de la Ley de Adquisiciones,Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

m) Ley de la Coordinación Fiscal.

n) Decreto del Presupuesto de Egresos delEstado Ejercicio 2009.

o) Decreto del Presupuesto de Egresos de laFederación Ejercicio 2009.

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PERIODICO OFICIAL Pág. 7Febrero 9 de 2009 (Segunda Sección)

p) Ley Federal de Presupuesto y responsabili-dad hacendaria

III.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

Para la aplicación de este manual, se entende-rá por:

UNIVERSIDAD: Universidad Tecnológica deAguascalientes.

CONTRALORÍA: Contraloría General del Esta-do.

ESTADO: Gobierno del Estado de Aguascalien-tes.

COMITÉ: El Comité de Adquisiciones y Enaje-naciones de la Universidad Tecnológica deAguascalientes.

IV. OBJETIVOS DEL COMITÉ

a) Dar cumplimiento a las disposiciones lega-les y administrativas en materia de adquisición,enajenación, arrendamiento y servicios para el Es-tado de Aguascalientes.

b) Actuar con transparencia y en estricto ape-go a las disposiciones jurídicas y administrativasaplicables en la toma de decisiones.

c) Fungir como órgano de consulta, aseso-ría, análisis y orientación de las respectivas áreasde la dependencia, en materia de adquisicionesy enajenaciones, a solicitud expresa de dichasáreas.

d) Intervenir como instancia administrativa enlos procedimientos de las adquisiciones, arrenda-mientos, contratación de servicios y enajenacionesde bienes muebles e inmuebles, cuando el valor delas adquisiciones y enajenaciones corresponda alprocedimiento de licitación pública o invitación res-tringida.

V.- INTEGRACIÓN DEL COMITÉ

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo38 de la Ley, el Comité estará integrado por:

PRESIDENTE: Rector de la Universidad Tec-nológica de Aguascalientes.

SECRETARIO EJECUTIVO: Director de Admi-nistración y Finanzas de la Universidad Tecnológi-ca de Aguascalientes.

VOCAL: Representante de la Subdirección dePlaneación y Evaluación de la Universidad Tecno-lógica de Aguascalientes.

VOCAL: Representante de la Secretaría de Fi-nanzas del Gobierno del Estado.

VOCAL: Representante del Instituto de Educa-ción de Aguascalientes.

VOCAL: Representante de la Contraloría Ge-neral del Estado.

VOCAL: Representante del área requisitante.

a) El Comité, cuando considere necesario, po-drá invitar a participar a las sesiones de trabajo deeste órgano colegiado, a representantes de las di-versas áreas involucradas en la materia del corres-pondiente procedimiento, así como a terceros queel Comité considere conveniente, quienes fungiránen calidad de asesores.

b) El Presidente del Comité nombrará un su-plente, con las facultades previstas en la Ley y enlas disposiciones relativas aplicables conferidas altitular.

c) El Secretario Ejecutivo tendrá como suplen-te al Jefe del Departamento de Adquisiciones de laUniversidad Tecnológica de Aguascalientes, paraque en su nombre y representación asista a lasreuniones de este Comité, ejerciendo las faculta-des de aquel, excepto la de decisión del Presi-dente del Comité en su ausencia.

d) Los vocales podrán nombrar un suplente,quien deberá acreditar de manera fehaciente el nom-bramiento realizado en su favor por el miembro titu-lar del comité.

VI.- FUNCIONES DEL COMITÉ:

De conformidad con el Artículo 42 de la Ley ydemás disposiciones aplicables, el Comité tienelas siguientes atribuciones.

a) En materia normativa:

1) Proponer a la Universidad los criterios parala elaboración de los manuales de adquisiciones yel de enajenaciones, así como su permanente ac-tualización.

2) Aprobar el proyecto del Manual de Integra-ción y Funcionamiento del Comité propuesto por elPresidente.

3) Proponer modificaciones de mejora a los sis-temas, procedimientos y manuales de operaciónque establezca la Universidad, así como promoverque la información se procese de preferencia ensistemas computarizados.

4) Establecer conjuntamente con la Universidad,las normas, políticas y lineamientos en materia deadquisiciones y enajenaciones de los bienes mue-bles e inmuebles.

b) En materia de evaluación y control:

1) Aprobar los casos de cancelación de pedi-dos, rescisión de contratos por casos fortuitos ofuerza mayor, los pagos que en su caso se consi-deren procedentes, previo dictamen emitido por esteórgano, y aprobar las sanciones parcial o total depedidos o contratos.

2) Solicitar a las áreas su programa anual deadquisiciones, para que lo remitan dentro del pri-mer mes del ejercicio fiscal.

3) Rechazar de manera fundada y motivada lasrequisiciones de compra que a su juicio no se jus-tifiquen.

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Pág. 8 PERIODICO OFICIAL Febrero 9 de 2009(Segunda Sección)

4) Fomentar la homologación y compatibilidadde los bienes y servicios a fin de simplificar lastareas de mantenimiento y servicio.

5) Fomentar la incorporación de más perso-nas al Padrón Único de Proveedores del Gobier-no del Estado, que reúnan los requisitos para suregistro.

6) Proponer a la Secretaría de Gestión e Inno-vación del Gobierno del Estado la exclusión delPadrón Único de Proveedores del Gobierno delEstado de los proveedores que hubiesen incurridoen incumplimiento de adjudicación o contrato, aúnen un solo pedido.

c) En materia de licitaciones públicas e invita-ciones restringidas:

1) Decidir lo procedente respecto a los des-acuerdos que se pudieren suscitar en las licitacionesentre las unidades técnicas de las áreasrequisitantes y el Departamento de Adquisicionesde la Universidad.

2) Autorizar, cuando por razones justificadassea necesario, reducir o ampliar el plazo para lapresentación y apertura de propuestas técnicas,conforme a la normatividad vigente.

3) Llevar a cabo las licitaciones públicas e invi-taciones restringidas, adjudicando, en los términosde la Ley, los contratos y pedidos respectivos.

4) Determinar cuáles y cuántos serán los bie-nes y servicios a adquirir.

5) Resolver sobre los casos de excepción a li-citar públicamente bienes y servicios, en casos defuerza mayor y en los supuestos contemplados enel Artículo 57 de la Ley.

6) Nombrar a los servidores públicos encarga-dos de recibir ofertas, garantías, poderes, así comoorganizar y coordinar todas las actividades y actosde las licitaciones e invitaciones restringidas.

7) Emitir su resolución respecto a las mejorescondiciones de calidad, servicio, precio, pago y tiem-po de entrega, ofertadas por los proveedores parala adquisición, contratación, enajenación o arren-damiento de bienes y servicios.

8) Tener la intervención que las leyes y demásordenamientos señalen en la enajenación de losbienes muebles e inmuebles propiedad de la Uni-versidad.

9) Hacer públicas por los medios legales idó-neos, las convocatorias de cada licitación para laadquisición de bienes o servicios y la enajenaciónde bienes.Vll.- OPERACIÓN DEL COMITÉ

El comité, para su operación, tomará en consi-deración los siguientes aspectos generales, y acor-dará lo necesario para su óptimo funcionamiento:

a) La convocatoria para sesionar será formula-da por el presidente o por el secretario ejecutivo delcomité.

b) Las sesiones deberán ser presididas por elPresidente del Comité, o por su suplente, y en suausencia por el Secretario Ejecutivo, o su suplen-te.

c) Las sesiones iniciarán a la hora convocada.Por excepción se establece un margen de toleran-cia a los convocados de 15 minutos siguientes a lahora señalada. Transcurrido este plazo, se deter-minará si existe o no la asistencia mínima requeri-da para sesionar; en caso de no existir, los inte-grantes asistentes podrán solicitar al Presidente oal Secretario Ejecutivo el análisis del asunto a tra-tar para estar en condiciones de dar a conocer suopinión al respecto por escrito.

d) Los acuerdos del Comité se tomarán pormayoría de votos y en caso de empate, quien pre-sida tendrá voto de calidad, a excepción del su-plente del Secretario Ejecutivo.

e) Todos los asistentes deberán suscribir lasminutas de las reuniones del Comité.

f) En caso de no contar con la asistencia míni-ma requerida de tres integrantes con voz y voto, nose llevará a cabo la sesión.

g) Contando con la asistencia mínima requeri-da, cualquiera de los integrantes podrá solicitar alpleno del Comité posponer la dictaminación del casoen estudio, con causa debidamente justificada yplenamente comprobada, la cual no deberá sermayor a 48 horas, sin que este término contraven-ga a lo establecido en la Ley. La mayoría de losintegrantes decidirá sobre la procedencia de la so-licitud.

h) Para la celebración de las sesiones, el or-den del día propuesto, así como la documentaciónde soporte sobre los asuntos que serán tratados,deberán ser entregados previamente a todos losintegrantes, asesores e invitados del Comité.

i) Es responsabilidad de cada uno de los inte-grantes propietarios del Comité, informar oportuna-mente a su suplente, para que concurra en su au-sencia.

j) El Presidente, el Secretario Ejecutivo y losvocales del área de Planeación y Evaluación de laUniversidad Tecnológica de Aguascalientes, Secre-taría de Finanzas del Gobierno del Estado y delInstituto de Educación de Aguascalientes, así comosus respectivos suplentes, tendrán derecho a vozy voto. Los demás integrantes y asistentes sólocontarán con derecho de voz.

k) La documentación correspondiente a lassesiones del Comité y cualquier otra inherente aeste órgano colegiado, deberá resguardarse y con-servarse por un mínimo de tres años, bajo el cuida-do del Secretario Ejecutivo.

l) Los expedientes podrán ser consultados encualquier momento por los integrantes del Comité.

m) Es responsabilidad de cada uno de los inte-grantes del Comité, desempeñar con honestidad y

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eficiencia los encargos y funciones que les seanconferidos.

VIII.- ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE Y SE-CRETARIO EJECUTIVO DEL COMITÉ

a) Del Presidente del Comité:

1) Convocar a las juntas ordinarias y extraordi-narias del Comité.

2) Autorizar el orden del día y analizar previa-mente los expedientes correspondientes a los asun-tos que se tratarán en cada junta, y en su caso,ordenar las correcciones que juzgue necesarias,

3) Coordinar y dirigir las reuniones del Comité.

4) Requerir a los miembros del Comité, el cum-plimiento de los lineamientos establecidos en elManual de Integración y Funcionamiento del mis-mo.

5) En caso de empate, emitir su voto de cali-dad, tomando las decisiones que juzgue adecua-das; y

6) En general, llevar a cabo aquellas otras fun-ciones que se relacionen con las anteriormenteseñaladas.

b) Del Secretario Ejecutivo:

1) Requisitar y formalizar los pedidos y contra-tos adjudicados por el Comité.

2) Elaborar el orden del día correspondiente acada reunión, las actas de sesión, los documen-tos que contengan la información resumida de loscasos que se dictaminarán y los demás documen-tos que integren los expedientes que se somete-rán a la aprobación del Comité.

3) Citar a las reuniones por acuerdo del Presi-dente.

4) Someter los expedientes respectivos a laconsideración del Presidente del Comité.

5) Hacer llegar a cada uno de los integrantes,asesores e invitados del Comité el expediente co-rrespondiente a cada reunión que se cite.

6) Llevar a cada una de las reuniones del Comi-té la documentación adicional que pueda requerirse.

7) Ejecutar y vigilar que se cumplan, a travésde las distintas áreas, los acuerdos que se tomeny los compromisos que se adquieran.

8) Vigilar el oportuno cumplimiento de las me-tas que se haya propuesto el Comité, informandomensualmente los avances o retrasos que al res-pecto hubiese.

9) Ejercer las facultades de decisión del Presi-dente del Comité en su ausencia o la de su suplen-te, salvo las indelegables; y

10) Elaborar las actas de dictamen.

IX.- FUNCIONES DE LOS VOCALES DEL COMI-TÉ:

1) Analizar los casos y asuntos que se some-tan a su consideración y se consignen en el ordendel día, apoyando su análisis sobre los informes ydocumentos que lo sustenten o fundamenten.

2) Manifestar con objetividad, veracidad y se-riedad sus puntos de vista, sus propuestas y alter-nativas de solución, su voto o incorformidad conlos asuntos tratados, a fin de que se pueda llegar auna solución y resolución; y

3) Firmar las actas que se levanten en cadareunión, siempre y cuando conste su comprobadaasistencia.

X.- AUTORIZACIÓN DEL MANUALEl presente documento fue autorizado en la re-

unión ordinaria del Comité de Adquisiciones y Ena-jenaciones de la Universidad Tecnológica deAguascalientes, celebrada el día treinta de enerode dos mil siete.

XI.- INTEGRANTES DEL COMITÉPRESIDENTE:

Mtra. Petra Llamas García.

SECRETARIO EJECUTIVO:Ing. Socorro Rocha Pedrajo.

VOCALES:

REPRESENTANTE DE LA SUBDIRECCIÓN DEPLANEACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA UNIVER-SIDAD TECNOLÓGICA DE AGUASCALIENTES:

Lic. Ana Matilde San José Zeledón.

REPRESENTANTE DE LA SECRETARÍA DE FI-NANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO:

Gastón E. Guzmán Díaz.

REPRESENTANTE DEL INSTITUTODE EDUCACIÓN DE AGUASCALIENTES:Lic. Mauricio de la Serna Hernández.

REPRESENTANTE DE LA CONTRALORÍAGENERAL DEL ESTADO:

LAE Enrique Jiménez de la Hoya.

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I. S. S. S. S. P. E. A.La H. Junta Directiva del Institutode Seguridad y Servicios Sociales

para los Servidores Públicos del Estadode Aguascalientes

REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION DERECURSOS FINANCIEROS E INVERSIONES

DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOSSOCIALES PARA LOS SERVIDORES

PUBLICOS DEL ESTADO DEAGUASCALIENTES

CONSIDERANDO:Dada la filosofía de optimización, seguridad

y transparencia en el manejo de recursos eco-nómicos en la administración del Sr. Goberna-dor Constitucional del Estado de Aguascalientesel C. Luis Armando Reynoso Femat, y siendotambién una exigencia de la ciudadanía y lostrabajadores al servic io del Estado deAguascalientes el cambio en este rubro, se hadecidido diseñar un conjunto de reglas que apo-yen esta filosofía para lograr un mayor beneficiopara los trabajadores afiliados y pensionistas delInstituto en el corto, mediano y largo plazos, ge-nerándoles así la confianza de que sus recursosson administrados de manera eficiente y escru-pulosa, constituyéndose el presente documentoen parámetro vigente de comparación entre ad-ministraciones públicas y como una base sólidadel actuar disciplinado, ordenado, flexible y se-guro del manejo de los recursos de los trabaja-dores.

Que con fecha 28 de noviembre de 2008, ensesión ordinaria número 70, mediante acuerdo70.6.2008, se aprobó el nuevo reglamento para laadministración de recursos financieros e inversio-nes del Instituto de Seguridad y Servicios Socialespara los Servidores Públicos del Estado deAguascalientes, ordenado su publicación en elPeriódico Oficial en el Estado.

CAPITULO IDisposiciones Generales

ARTICULO 1°.- El presente ordenamiento jurí-dico administrativo, tiene la finalidad de optimizar,transparentar y dar seguridad al manejo de los re-cursos económicos del Instituto.

ARTICULO 2°.- Para los efectos del presentereglamento se entenderá por:

Ley: Ley de Seguridad y Servicios Socialespara los Servidores Públicos del Estado deAguascalientes.

Instituto: Instituto de Seguridad y ServiciosSociales para los Servidores Públicos del Estadode Aguascalientes.

Empresa Social: Unidades Administrativas delInstituto, con fines de lucro.

FAPSE: Fondo Asistencial a Pensionistas ensituación extraordinaria.

Fideicomiso.- Figura jurídica por medio de lacual se plasman instrucciones concretas para laadministración y buen uso de recursos económi-cos, las partes que intervienen son el fiduciario comoparte en la que recae el hecho de hacer cumplir elobjeto para el cual fue creado, el fideicomitente comomandante de que se cumplan de manera estrictasus instrucciones y el fideicomisario quien es en elque recaen los beneficios del fideicomiso.

BANCOS: A las Instituciones de Crédito nacio-nales, así como a las entidades extranjeras querealicen las mismas operaciones que las Institu-ciones de Crédito.

CERTIFICADOS BURSATILES: a los títulos decrédito previstos en la Ley del Mercado de Valores,que representan la participación individual de sustenedores en un crédito colectivo a cargo de perso-nas morales, o de un patrimonio afecto en fideico-miso.

TIIE.- Representa el porcentaje de interés querefleja el costo promedio de captación por parte delsistema financiero Mexicano, bajo las condicionesque prevalecen en un determinado momento.

CPO´s.- a los Instrumentos a que se refiere elCapítulo V Bis de la Ley General de Titulos y Ope-raciones de Crédito y también, cuando sean emiti-dos por fideicomisos, los Certificados Bursátiles.

EMISORES: al Gobierno Federal, Banco deMéxico, Estados, Municipios, Gobierno del Distri-to Federal y Entidades Paraestatales, que emitaninstrumentos para inversión, así como los Bancos,que emitan, acepten o avalen dichos Instrumentos;a los Gobiernos, Bancos Centrales y AgenciasGubernamentales de países miembros del ComitéTécnico de la Organización Internacional de Comi-siones de Valores y de la Unión Europea y las en-tidades que emitán valores bajo la regulación y su-pervisión de éstos, así como a los organismosmultilaterales.

GRADO DE INVERSION: al obtenido por losinstrumentos denominados en moneda nacional,Unidades de Inversión o Divisas que ostenten lascalificaciones relacionadas a lo establecido en esteReglamento.

INSTRUMENTOS: a todos los Valores Guber-namentales, Valores Bancarios, Certificados deParticipación denominados en moneda nacional,Unidades de Inversión o Divisas emitidos por Emi-sores.

UNIDADES DE INVERSIÓN: a las unidades decuenta cuyo valor publica el Banco de México en elDiario Oficial de la Federación, en términos delDecreto por el que se establecen las obligacionesque podrán denominarse en Unidades de Inversióny reforma y adiciona diversas disposiciones delCódigo Fiscal de la Federación y de la Ley del Im-puesto sobre la Renta, publicado en el Diario Ofi-cial de la Federación el 1 de Abril de 1995.

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VALORES BANCARIOS: a los Instrumentoscuya naturaleza corresponda a valores, títulos odocumentos representativos de una deuda con rie-go crediticio, emitidos o avalados por un Banco,

VALORES GUBERNAMENTALES: a inversiónen instrumentos de deuda con riego crediticio,emitidos o avalados por el Distrito Federal, por lasdemás Entidades Federativas de los Estados Uni-dos Mexicanos, por empresas de participación es-tatal mayoritaria o por las dependencias y entida-des de la Administración Pública Federal, ya seacentralizada, descentralizada o paraestata, inclu-yendo los que en su caso coticen en mercadosinternacionales.

Calificadoras.- Son Agencias especializadaspara evaluar y emitir dictamen sobre las caracterís-ticas de los instrumentos de inversión y fondos, encuanto a calidad crediticia y riesgo de mercado.

Inflación.- Indicador económico financiero querefleja el incremento sostenido de los precios y asu vez la pérdida de valor o poder adquisitivo deldinero frente a otras monedas.

Sistema de Administración del Conoci-miento.- Es un sistema de información que identi-fica, adquiere, conserva, resguarda, comparte, uti-liza y genera el conocimiento y las experienciasdel Instituto.

Sistema de Inteligencia Directiva.- Sistemade Medición de indicadores estratégicos del Insti-tuto y su interpretación.

CAPITULO IIDe los Recursos Financieros

y Económicos

ARTICULO 3°.- Todos los recursos financierosdel Instituto serán depositados, resguardados, ad-ministrados, transferidos y canalizados por medioy a través de la figura jurídica de los fideicomisos,con la finalidad primordial de hacer cumplir los ob-jetivos del Instituto, además de que se busque entodo momento la inversión en instrumentos queofrezcan la mejor relación de rendimientos y segu-ridad en el mercado financiero con las reservas fi-nancieras de cada Fondo.

ARTICULO 4°.- Existirán tantos fideicomisoscomo sean necesarios con la única restricción detener como objetivos los especificados como míni-mo en el artículo anterior.

ARTICULO 5°.- Los recursos económicos y fi-nancieros para su administración estarán confor-mados en lo que se denomina fondos, los cualesestarán identificados o se denominarán de acuerdoa su naturaleza específica.

ARTICULO 6°.- Los recursos que integran lasreservas actuariales del Instituto deberán contem-plar para su evaluación y decisiones de inversión elestudio actuarial respectivo, de forma que sean con-gruentes las decisiones estratégicas con el resul-

tado de dicho estudio. Asimismo deberá de mar-carse copia de la justificación de la decisión almódulo que registra, almacena casos y experien-cias del sistema de administración del conocimiento.

ARTICULO 7°.- El Instituto deberá contar siem-pre con niveles mínimos de liquidez para el soste-nimiento sano de la operación cotidiana del Institu-to, dichos niveles estarán soportados en los pro-gramas, presupuestos y pronósticos respectivosrealizados para la óptima marcha de la institucióny deberán generar información permanente al sis-tema de inteligencia directiva para el monitoreo y lacorrecta toma de decisiones.

CAPITULO IIIDe los Fondos del Instituto

ARTICULO 8°.- Los fondos que como mínimohabrán de constituirse o permanecer son:

a) Fondo de Prestaciones Económicas: Dedi-cado a la administración y cumplimiento de lasPrestaciones Económicas que marca la ley,

b) Fondo de Vivienda: Dedicado a otorgar cré-ditos a mediano y largo plazo para facilitar la adqui-sición de viviendas a los servidores públicos y pen-sionistas afiliados al Instituto.

c) Fondo de Ahorro: Integrado por las aporta-ciones que hacen los servidores públicos y las en-tidades en los términos que marca la ley y el regla-mento de prestaciones económicas, teniendo comofinalidad buscar el estímulo y fomento del ahorroparticular de los servidores públicos y solventarnecesidades económicas inmediatas de nuestrosafiliados.

d) Fondo de Ahorro para el Retiro: Este fondoestá dedicado a la administración del Ahorro parael retiro de los trabajadores afiliados al “Instituto”.

ARTICULO 9°.- Las empresas sociales queadministre el Instituto deberán también de contarcon su fondo respectivo y un fideicomiso que ase-gure su efectiva administración.

ARTICULO 10.- Toda decisión respecto a acti-vos, proyectos, programas, transacciones comer-ciales o empresas deberá ser sometida a previoanálisis de valuación de alternativas de inversión y/o proyectos de viabilidad económica y financieraprofesionales, dichos estudios tendrán que ser ela-borados por personal profesional, con credencia-les, prestigio y certificaciones suficientes que avalenel trabajo respectivo, siendo el caso del personalde la Dirección de Contabilidad y Finanzas y res-ponsabilidad del Director de Contabilidad y Finan-zas el elaborar dichos estudios, sólo en caso deque dicha Dirección justifique la conveniencia decontar con una segunda opinión o punto de vista deun externo, lo cual tendría que ser validado por laDirección General, ya que es función obligatoria delDirector de Contabilidad y Finanzas contempladadentro de su descripción de puesto.

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ARTICULO 11.- La administración de los recur-sos financieros deberá guardar una proporcionali-dad con el riesgo inherente a los criterios de segu-ridad dictados por el instituto de protección al aho-rro bancario en cuanto a los mínimos garantizadosen instituciones financieras.

ARTICULO 12.- Todos los fondos y fideicomi-sos deben ser contemplados en el presupuesto demanera independiente pero, deberán estar conteni-dos en el presupuesto general anual de la depen-dencia.

ARTICULO 13.- Se contemplará que los fondosy fideicomisos deberán conservar una salud finan-ciera que les asegure su permanencia en el tiempode manera razonable y en caso de demostrarsealguna tendencia contraria a los fines para el cualfue creado, corresponderá al comité técnico del fi-deicomiso de que se trate tomar las medidas con-ducentes.

ARTICULO 14.- Para la selección de las em-presas o áreas fiduciarias se deberán observar lossiguientes criterios en el siguiente orden de impor-tancia: 1) experiencia, 2) calidad del servicio, 3)servicios otorgados, 4) localización de sus oficinasespecíficas de manejo de fideicomisos enAguascalientes, entendiéndose por esto que no hayintermediarios o representantes para su manejo, 5)facilidades en el manejo de los recursos, 6) comu-nicación periódica y eficiente.

ARTICULO 15.- Los contratos de fideicomisosdeberán ser revisados por la coordinación jurídicadel Instituto y la Dirección General y autorizadospor la Secretaria General de Gobierno para su re-gistro y control respectivo, marcándosele copia ala Secretaría de Finanzas y Administración una vezautorizados.

ARTICULO 16.- Los fideicomisos estarán regu-lados por su ley respectiva, sin embargo el contra-to escrito entre el fideicomitente y el fiduciario de-berá contener las siguientes condiciones mínimasa) Cláusulas de revocabilidad.

b) Cláusula de la no existencia de condicioneslimitantes económicas o no de inversión en otrosinstrumentos o instituciones, distintas a las em-presas que dan origen y administran el área fidu-ciaria respectiva.

c) La existencia de cláusulas de resolución decontroversias previas a medidas correctivas por otrasInstituciones regulatorias del sistema bancariomexicano.

d) La delegación del Comité Técnico al DirectorGeneral del Instituto de la toma de decisiones ydisposición de recursos en casos de fuerza mayor.

CAPITULO IVComité Técnico de Fideicomisos

ARTICULO 17.- Los fideicomisos en su estruc-tura fundamental contemplan un Organismo y co-mités técnicos para su eficiente manejo y adminis-

tración, estos en el caso del Instituto contarán conuna estructura jerárquica de dos niveles:

La H. Junta Directiva como Órgano máximo deeste Instituto con toda la representatividad con queésta cuenta y que tendrá como funciones principa-les entre otras de manera enunciativa y no limitativalas siguientes:

* Dictar los lineamientos generales y de aplica-ción universal para todo tipo de fideicomiso quemaneja el Instituto por así convenir a los mismos.

* La vigilancia mediante la solicitud periódica yanálisis de informes sobre el buen funcionamientode los mismos.

* Convocar a reunión a los representantes decada comité para revisar toda vez que sea necesa-rio aspectos inherentes a los fideicomisos, talescomo vigencia, cumplimiento, funcionamiento, mo-dificaciones para su mejoramiento, etc.

* El estudio, análisis, justificación y convenien-cia de la creación de un nuevo fideicomiso. El se-gundo nivel jerárquico corresponderá a los comitéstécnicos de fideicomisos específicos para cada unode los fideicomisos constituidos y que podrá habervariación en el número de sus miembros y cuyasfacultades y obligaciones serán las estipuladas enel texto de cada contrato de fideicomiso.

ARTICULO 18.- Se propiciará la reunión la H.Junta Directiva y comités técnicos el mínimo deveces necesarias, contando al menos con una re-unión obligatoria anual en el segundo trimestre delaño, en la reunión ordinaria de la H. Junta Directiva,para efectos de presentar planes y presupuestosde cada fideicomiso y se buscará optimizar su pre-sencia de estos comités en una sola ocasión alaño.

ARTICULO 19.- Será posible convocar a reuniónde cualquier comité por solicitud de cualquiera desus integrantes en el momento en que estos locrean conveniente justificando en su convocatoriala razón de la reunión extraordinaria.

ARTICULO 20.- Tanto la H. Junta Directiva comolos comités técnicos de fideicomisos se apegaránen su acción al presente reglamento y a losordenamientos que rigen el funcionamiento del Ins-tituto.

ARTICULO 21.- Sobre la elección de miembrosde los comités, corresponderá al Director Generalel presentar las propuestas respectivas al Secreta-rio General de Gobierno quien decidirá en base alas propuestas presentadas.

ARTICULO 22.- A aquellos que se inviten comomiembros del comité y una vez aceptada la mismase les tomará protesta bajo juramento y se les ex-pedirá el nombramiento respectivo para comprome-terse a velar por los intereses de los trabajadores,de no aceptar el cargo se hará una propuesta desustitución y se repetirá el proceso respectivo, hastaque éste sea aceptado.

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ARTICULO 23.- Los nombramientos de comi-tés técnicos de fideicomisos son honoríficos.

ARTICULO 24.- Las personas que ocupen es-tos cargos honoríficos se someterán al programade actualización y profesionalización directiva anualpropuesta por la Dirección General del Instituto enaras de mantener al día y a la vanguardia a susintegrantes.

CAPITULO VDe la Contribución Económica de las

Empresas Sociales al Instituto

ARTICULO 25.- Los remanentes o utilidades quegeneren como resultado de disminuir al total de losingresos obtenidos en un tiempo determinado, loscostos y gastos necesarios para su obtención, porlas empresas, proyectos y programas administra-dos por estas mismas, serán canalizados de la si-guiente forma: del resultante anual del remanentede cada empresa social, el 40% se destinará a re-forzar el fondo de préstamos a mediano plazo, otro40% será destinado al FAPSE, para la sobrevivenciay sostenimiento de sus programas sociales, y el20% restante se utilizará para reinversión en la mis-ma empresa social.

ARTICULO 26.- Estos porcentajes a que hacemención el artículo anterior se revisarán cada dosaños en la sesión ordinaria correspondiente al 2º.Trimestre de cada año de La H. Junta Directiva delInstituto.

CAPITULO VIEn Cuanto al Manejo del Capital de Trabajo,

Efectivo, Chequeras y la Tesorería

ARTICULO 27.- El Instituto por medio de la Di-rección de Contabilidad y Finanzas para el ade-cuado funcionamiento del mismo, deberá determi-nar anualmente y mediante la elaboración del pre-supuesto de operación, el importe de capital nece-sario para su operación y gasto corriente, el cualse deberá invertir a plazos cortos, y haciendo reti-ros de la inversión y traspasos a chequera sólo porlos montos para pagos programados.

ARTICULO 28.- De manera mensual se debe-rán prever los recursos mínimos necesarios parahacer frente a los gastos fijos del Instituto, median-te la formulación del flujo mensual de efectivo, re-cursos con los que de manera programada se ha-rán traspasos de las inversiones para las cuentasde cheques.

ARTICULO 29.- Los recursos financieros quese capten por medio de las cajas de este Instituto,deberán ser depositados a más tardar un día hábildespués al corte de caja, en donde una vez revi-sando la disponibilidad del dinero se invertirán alplazo que más convenga según la naturaleza delos mismos y las condiciones de tasas prevalecien-tes en ese momento.

ARTICULO 30.- El Instituto no contará con re-cursos en efectivo en cajas de cualquiera de las

empresas sociales del Instituto, adicionales a losmontos mínimos así aprobados como caja chica yfondo para cambio, según los lineamientos y políti-cas ya establecidas, mismos que deberán ser asívigilados por el personal de la Dirección de Conta-bilidad y Finanzas, mediante arqueos sorpresivos,para evitar el tener recursos ociosos y el buen ma-nejo de los mismos.

ARTICULO 31.- Los excedentes de RecursosFinancieros que no lleguen a ser utilizados por al-guna causa, llegado el fin de semana serán inverti-dos por el fin de semana con el objeto de que estostambién generen algún rendimiento. De manera talque los recursos financieros en chequera deberánser los mínimos indispensables para evitar cobrospor manejo de cuenta.

ARTICULO 32.- El Instituto no realizará apertu-ra de chequeras en bancos o instituciones salvoque se justifique el uso de la misma por ser nece-sario para traspaso de recursos o manejo de losmismos para ser invertidos y, en cuyo caso el re-gistro de firmas será sólo por el Director General,Director de Contabilidad y Finanzas, Director deAdministración, Director de Prestaciones Econó-micas y Director del Área Medica de este Instituto,y estarán bajo el resguardo de la Dirección de Con-tabilidad y Finanzas.

En cuanto a la forma cómo se deberán firmarlos cheques, será invariablemente de forma man-comunada y mediante el siguiente mecanismo:

Se designará Firma “A” a la firma del DirectorGeneral y a la del Director de Contabilidad y Finan-zas.

Se designará Firma “B” a las firmas del Direc-tor de Prestaciones Económicas y del Director delÁrea Médica o del Director de Administración.

La firma de los cheques podrán contener dosfirmas “A”, podrán ser con firmas “A” y “B”, peronunca con ambas firmas “B” así mismo el Direc-tor de Prestaciones Económicas no podrá firmarCheques para el pago de proveedores salvo enlos casos de ausencia del Director de Adminis-tración y con la autorización de la DirecciónGeneral.

CAPITULO VIIDe Las Inversiones

ARTICULO 33.- La prioridad de la administra-ción del Instituto será lograr el rendimiento másatractivo posible de la inversión de recursos o quese haga de la inversión de las reservas actuariales,financieras y económicas, dentro de un esquemaque nos permitan las condiciones del mercado ensu momento.

ARTICULO 34.- Para la validación y refuerzo enla toma de decisiones se contará con un Comitéde Inversiones el cual deberá estar conformadopor personal con conocimiento en la materia de fi-nanzas e inversiones, con conocimiento y expe-

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riencia en instrumentos de inversión, por personalque por la naturaleza de su trabajo les impliqueestar enterados y sensibles del entorno eindicadores económicos, por lo que para el logrode lo anterior dicho comité estaría integrado de for-ma tripartita, por representantes de Gobierno Esta-tal, como convenientemente seria al menos un fun-cionario designado por la Secretaria de finanzas,personal del Instituto (ISSSSPEA) el Director Ge-neral, el Director de Contabilidad y Finanzas y unapersona externa representante de alguna institu-ción financiera líder y experta en la materia o per-sona física que cuente con la pericia, experiencia,prestigio y profesionalismo oficialmente certificadoy validado por autoridades reguladoras en la mate-ria, para calificar previamente los instrumentos,mecanismos o acciones de inversión.

ARTICULO 35.- Sólo podrá invertirse con insti-tuciones con las más altas calificaciones en cuan-to a seguridad y confianza por los organismos cali-ficadores que les corresponda.

ARTICULO 36.- Para el caso de instrumentoscomunes en el mercado financiero nacional debe-rán contardichos instrumentos con un Grado deInversión.

Los Instrumentos que se adquieran, deberánalcanzar las calificaciones mínimas establecidasen el Artículo 37. Lo anterior no es aplicable a losInstrumentos emitidos o avalados por el GobiernoFederal y los emitidos por el Banco de México.Las calificaciones mencionadas deberán ser otor-gadas cuando menos por una institución califica-dora y todas las calificaciones con que cuente unainversión deberán ser públicas y alcanzar las califi-caciones establecidas en el Artículo 37 según lesea aplicable. Cuando las calificaciones de un mis-mo Instrumento corresponda a diferentes escalas,dicho Instrumento se sujetará para efectos de esteReglamento a la calificación más baja con quecuente. Los requisitos de calificación previstos noserán aplicables a los depósitos bancarios de di-nero a la vista.

En el caso de que las instituciones calificado-ras de valores modifiquen la denominación de suscalificaciones o se autoricen por la autoridad com-petente instituciones calificadoras de valores noprevistas en el Artículo 37 antes referido, se deberáanalizar las nuevas escalas de calificación y deter-minará las modificaciones que deban realizarse alArtículo 37.

Los porcentajes máximos del total de las dis-ponibilidades en la fecha de la inversión, que po-drán ser invertidos son:

1) Hasta el 100% en Instrumentos que tenganGrado de Inversión conforme al Rango A del Artícu-lo 37.

2) Hasta el 35% en Instrumentos que tenganGrado de Inversión conforme al Rango B del Artícu-lo 37.

No se podrá invertir en ninguno de los Instru-mentos que se señalan a continuación:

1) Adquirir Instrumentos de Deuda subordina-dos.

2) Adquirir Instrumentos emitidos, aceptados oavalados por entidades financieras o casas de bol-sa, que se encuentren sujetas a intervención admi-nistrativa o gerencial que haya sido declarada porla autoridad supervisora.

3) Instrumentos convertibles en acciones.4) Adquirir Instrumentos que otorguen a sus

tenedores derechos o rendimientos referidos, directao indirectamente, a acciones individuales, un con-junto de acciones que no se encuentren autoriza-dos.

ARTICULO 37.- Las calificaciones mínimasaceptables por los comités deberán ser sólo den-tro de los primeros niveles jerárquicos de la escalaque el organismo respectivo maneje, incluyendo enestos niveles, el nivel más alto o primer nivel quesólo es otorgado en México al país y su deuda so-berana, y para lo cual se presentan como primerosniveles de calificación aceptables los siguientes:

Calificaciones para Instrumentos

Rango A

Escala Global de Calificaciones

Corto Plazo

Fitch Standard and Poor’s Moody’sF1+/F1/F2 A-1+/A-1/A-2 P-1/P-2

Largo Plazo

Fitch Standard and Poor’s Moody’sAAA/AA+/AA/AA-/A+/A/A- AAA/AA+/AA/AA- Aaa/Aa1/Aa2/Aa3/A1/A2/A

/BBB+ /A+/A/A-/BBB+ 3/Baa1

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ARTICULO 38.- Será obligación permanente dela Dirección de Contabilidad y Finanzas del Institu-to la actualización de las escalas de calificaciónde al menos las 3 calificadoras más importantes yrepresentativas a nivel internacional para generarlos respectivos cuadros comparativos de homolo-gación de calificaciones y presentarlos en cadareunión de la H. Junta Directiva, para su conoci-miento.

ARTICULO 39.- La Dirección de Contabilidad yFinanzas del Instituto deberá presentar a la Direc-ción General del Instituto informe económico y fi-nanciero de la realidad nacional y estatal, y a losmiembros de la H. Junta Directiva y de los ComitésTécnicos; dicho informe deberá entregarse cincodías previos a las reuniones que tengan con motivode la naturaleza de su trabajo colegiado, dicho in-forme debe ser un resumen del período próximopasado entre la última reunión y la que se tendríamás próxima.

ARTICULO 40.- Con objeto de mantener unmonitoreo permanente y cotidiano del estado queguardan las inversiones y su relación con el entor-no deberá presentarse reporte mensual por partede la Dirección de Contabilidad y Finanzas a la Di-rección General del Instituto.

ARTICULO 41.- La Dirección de Contabilidad yFinanzas deberá mantener informada a la Direc-ción General sobre los aspectos más relevantesen cuanto al comportamiento y tendencias de lastasas sobre las que se estén tomando la decisiónde invertir los recursos financieros del Instituto.

ARTICULO 42.- Previamente para efecto de to-mar decisiones en cuanto a instrumentos de inver-sión se deberá contar con el análisis comparativo

de tasas, riesgo, clasificación, montos, interesessobre premios, plusvalías esperadas y totales a lafecha de su vencimiento y fechas de vencimientos,observaciones y comentarios que justifican el por-que considerarse ese instrumento para la toma dedecisiones. Deberá contarse con un formato deautorización de instrumentos y tasas con el vistobueno de la Dirección General.

ARTICULO 43.- El formato de análisis compa-rativo o de evaluación de tasas e instrumentos deinversión deberá ingresarse o ser alimentado en elsistema de administración del conocimiento con lajustificación de la decisión tomada y el motivo de lamisma, así por ejemplo, si se optó por una tasamas baja se tendrá que justificar plenamente elporque de esa decisión.

ARTICULO 44.- Dentro de los instrumentos le-galmente autorizados por nuestra ley para llevarinversiones en base a su artículo 15 que a la letradice: “la inversión de las reservas financieras delInstituto deberá hacerse preferentemente a travésde fideicomisos, en instrumentos de deuda,específicamente en valores gubernamentales y/obancarios .....” se deriva que las inversiones sólopodrán ser en Instrumentos, Valores Bancarios yValores Gubernamentales, quedando incluidos losfondos de inversión que cumplan con los anterioresrequisitos y cualquier instrumento de naturalezaanáloga que en lo sucesivo se creen o diseñen tan-to por particulares como por gobierno federal, esta-tal y/o municipal.

ARTICULO 45.- Los certificados de participa-ción ordinarios” CPO’s”, así como cualquier otroinstrumento de naturaleza análoga que califique conlo comentado en el artículo que antecede y que

MEXICO Rango A

Corto PlazoFitch Standard and Poor’s Moody’s

F1+(mex) MxA-1+ MX-1

Largo Plazo

Fitch Standard and Poor’s Moody’sAAA (mex) mxAAA Aaa.mx

Rango B

Corto Plazo

Fitch Standard and Poor’s Moody’sF1 (mex) MxA-1 MX-2

Largo Plazo

Fitch Standard and Poor’s Moody’sAA+(mex)/AA(mex)/AA-(mex) mxAA+/mxAA/mxAA- Aa1.mx/Aa2.mx/ Aa3.mx

Las calificaciones antes mencionadas no deberán estar incluidas en la lista de “CreditWatch” o de “pers-pectiva”.

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ofrezcan condiciones adecuadas a lo requerido,serán elegibles siempre y cuando se cumplan losordenamientos del presente reglamento.

ARTICULO 46.- Los criterios de elegibilidad detasa, premios o plusvalías por la inversión del capi-tal del Instituto, serán en función de la siguientejerarquía de criterios: 1) seguridad, 2) controlesgubernamentales sobre el operador y los instrumen-tos 3) rentabilidad, 4) plazos de la inversión, 5) ca-lidad en el servicio, 6) liquidez, 7) costo de la inver-sión, 8) servicios adicionales, 9) prestigio del ope-rador y 10) nacionalidad del operador. Prefiriendoen igualdad de circunstancias a operadores nacio-nales.

ARTICULO 47.- Un requisito indispensable enla elección tanto de operadores como de instru-mentos de inversión será el hecho de que cuentencon oficinas y representantes domiciliados en elterritorio nacional.

ARTICULO 48.- La Dirección de Contabilidad yFinanzas emitirá un informe mensual a la H. JuntaDirectiva y a los órganos de supervisión del Institu-to así como a dependencias relacionadas con laactividad financiera del estado como la Secretaríade Finanzas del Estado para efectos de informeposterior de cuentas públicas al Congreso del Es-tado, dicho informe contendrá los estados financie-ros básicos; estado de posición financiera, estadode resultados, estado de origen y aplicación de re-cursos, reporte de avance presupuestal, el estadoy localización de las reservas financieras del Insti-tuto, así como los instrumentos de inversión endonde se encuentran las mismas.

ARTICULO 49.- La referencia mínima obligadapara evaluación de decisiones de inversión será latasa o indicador más alto de referencia que señaleel Banco de México, para efectos prácticos y tem-porales será la TIIE de 91 días.

ARTICULO 50.- Respecto a la temporalidad yplazos de las inversiones se considera corto plazoa periodos hasta de un mes, mediano plazo de unmes hasta doce meses y largo plazo de doce me-ses en adelante.

ARTICULO 51.- La aplicación del presente re-glamento es función obligada de la Dirección deContabilidad y Finanzas del Instituto en su obser-vancia, operación, supervisión y cumplimiento.

ARTICULO 52.- Respecto de las inversiones delargo plazo se deberán observar los siguienteslineamientos:

a) Podrán considerarse los recursos del fondode prestaciones económicas, en la proporción quenos lo permitan las proyecciones efectuadas en elestudio actuarial mas reciente, cuidando siemprede que exista la liquidez suficiente y necesaria paraafrontar los compromisos de corto, mediano y lar-go plazo que nos imponga la dinámica y necesida-des de nuestros afiliados y pensionistas.

b) Respecto al fondo de SAR seguirán el crite-rio anterior y podrán ser invertidos a largo plazo,manteniendo a su vez recursos invertidos en ins-trumentos a la vista para las entregas frecuentes aservidores públicos que reúnen las característicasy requisitos de dicho fondo para el cual fue creado.

c) El fondo de vivienda podrá ser invertido a lar-go plazo en no más del 50% de su monto, debien-do observar el criterio mencionado en el fondo deprestaciones económicas del presente artículo ynunca deberá de exceder la inversión de recursosde este fondo los 24 meses de plazo.

d) Las tasas deberán estar referenciadas y li-gadas al indicador o tasa más alta que presente elBanco de México en su momento y no anclarse atasas fijas en el tiempo, siendo siempre el criteriola referenciabilidad a una tasa variable positiva ysuperior siempre al índice inflacionario, consideran-do también el criterio de selección y evaluación deinversiones al número de décimas o puntos adicio-nales a la tasa del Banco de México anteriormentemencionada.

ARTICULO 53.- La conformación del portafoliode inversión del Instituto deberá cumplir con el ob-jetivo de que la mezcla de recursos en su totalidaddeberá lograr el objetivo de maximización de capi-tal y rendimientos que exige nuestra Ley y obteneruna relación prudente de su costoriesgo-beneficio,buscando en todo momento el mínimo de riesgo enapego a lo que señala el articulo 37 del presentereglamento.

T R A N S I T O R I O S :

ARTICULO PRIMERO: Este Reglamento entra-rá en vigor al día siguiente de su publicación en elPeriódico Oficial del Estado de Aguascalientes.

ARTICULO SEGUNDO: Este Reglamento fueaprobado por la H. Junta Directiva del instituto deSeguridad y Servicios Sociales para los ServidoresPúblicos del Estado de Aguascalientes, por acuer-do número 70.6.2008, dado en sesión ordinarianúmero 70, de fecha 28 de noviembre de 2008.

ARTICULO TERCERO: Se abroga el Reglamen-to para la Administración de Recursos Financierose Inversiones del Instituto de Seguridad y ServiciosSociales para los Servidores Públicos del Estadode Aguascalientes, publicado en el Periódico Ofi-cial del Estado de Aguascalientes, en fecha 29 demayo de 2003.

A T E N T A M E N T E .

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTODE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

PARA LOS SERVIDORES PUBLICOSDEL ESTADO DE AGUASCALIENTES,

Ing. Oscar Armando González Muñoz.

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ESTATUTO ORGANICO DEL INSTITUTODEL DEPORTE DEL ESTADO

DE AGUASCALIENTESEn términos de lo que establece el Decreto que

crea la Ley de Cultura Fisica y Deporte del Estadode Aguascalientes, como un Organismo PúblicoDescentralizado del Gobierno del Estado y con fun-damento en lo que establece el artículo 16 de laLey en mención, así como lo que dispone el artícu-lo 8° fracción IX, 41 fracción VIII de la Ley de Con-trol de Entidades Paraestatales del Estado deAguascalientes, la Junta de Directiva del Institutodel Deporte del Estado de Aguascalientes, es elÓrgano facultado para aprobar el Estatuto Orgáni-co.

Resulta necesario establecer la estructuraorgánica del Instituto del Deporte del Estado deAguascalientes; la distribución de las atribucio-nes y facultades de sus Unidades Administrati-vas, así como las funciones específicas de cadauna de ellas; en atención a lo anterior la JuntaDirectiva en su sesión ordinaria, aprueba y emi-te el siguiente:

ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTODEL DEPORTE DEL ESTADO

DE AGUASCALIENTES

CAPÍTULO IDisposiciones Generales

Artículo 1°.- El presente Estatuto Orgánico esde orden público y de interés general y tiene porobjeto, regular la estructura y funcionamiento delInstituto del Deporte del Estado de Aguascalientes.

Artículo 2°.- Para los efectos del presente Es-tatuto Orgánico se entiende por:

I. “EL IDEA”.- Instituto del Deporte del Estadode Aguascalientes.

II. “LA JUNTA DIRECTIVA”.- A la Junta Directi-va del Instituto del Deporte del Estado deAguascalientes.

III. “ESTATUTO ORGÁNICO”.- Al conjunto deordenamientos legales de procedimientos y de or-ganización estructural que establecen las basesde funcionamiento de las áreas con las que cuentael Instituto del Deporte del Estado deAguascalientes.

IV. “EL DIRECTOR GENERAL”.- Director Ge-neral del Instituto del Deporte del Estado deAguascalientes.

V. “LA LEY” a La Ley de Cultura Fisica y De-porte del Estado de Aguascalientes.

VI. “LA LEGISLACIÓN DEL DEPORTE”.- Todaslas leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, reso-luciones, normas técnicas y demás disposicionesvigentes de carácter general que conforman lanormatividad del Deporte del Estado deAguascalientes.

VII. “EL PRESIDENTE”.- Al Presidente de laJunta Directiva del Instituto del Deporte del Estadode Aguascalientes.

VIII. “SECRETARIO TÉCNICO” Al SecretarioTécnico de la Junta Directiva del Instituto del De-porte del Estado de Aguascalientes.

IX. “PROSECRETARIO” Al Prosecretario quesuplira las ausencias del Secretario Tecnico de laJunta Directiva del Instituto del Deporte del Estadode Aguascalientes.

Artículo 3°.- “EL IDEA” como Organismo Pú-blico Descentralizado con personalidad jurídica,patrimonio propio, autonomía de gestión e indepen-dencia en sus decisiones, tiene a su cargo el des-pacho de los asuntos que le encomiendan “LALEGISLACIÓN DEL DEPORTE”, así acuerdos cir-culares y órdenes que emita “LA JUNTA DIRECTI-VA” de “EL IDEA”, lo anterior de conformidad con loestablecido en el artículo 13 de la Ley de CulturaFísica y Deporte del Estado de Aguascalientes.

Artículo 4°.- Para el estudio, planeación, y ejer-cicio de las atribucuiones y funciones de los asun-tos de su competencia, “EL IDEA” contará con lossiguientes:

I. Órganos de Gobierno, los cuales regirán elfuncionamiento de “EL IDEA”:

a) Junta Directiva;

b) Director General

II. Unidades Administrativas:

a) Dirección Administrativa

b) Dirección del Deporte;

c) Dirección de Instalaciones Deportivas;

d) Dirección de Normatividad y Asuntos Jurídi-cos.

Artículo 5°.- Cada Unidad Administrativa, parael despacho de sus asuntos contará en su casocon la estructura de Coordinaciones, Departamen-tos, Responsables de Área, Asesores, Asistentesy demás personal auxiliar que apruebe “LA JUNTADIRECTIVA” y que sean necesarios para el buendesarrollo de las funciones que le tenga encomen-dadas.

CAPÍTULO IIDe la Junta Directiva

Artículo 6°.- El Gobernador del Estado o el fun-cionario que designe en su representación, tendráel cargo de “EL PRESIDENTE” de “LA JUNTA DI-RECTIVA”.

Artículo 7°.- “LA JUNTA DIRECTIVA”, con fun-damento en lo que dispone el artículo 19 fracciónIV de “LA LEY”, se encuentra facultada para apro-bar la estructura básica de la organización, de “ELIDEA”, y de las modificaciones que procedan a lamisma.

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Artículo 8°.- La Administración de “EL IDEA” yde las estructuras administrativas establecidas al“ESTATUTO ORGÁNICO”, estarán a cargo de “LAJUNTA DIRECTIVA” misma que estará integrada enlos términos de lo presupuestado en el Artículo 17de la “LA LEY”

Artículo 9°.- Cada Representante que integrede “LA JUNTA DIRECTIVA” tendrá su respectivosuplente, debiendo notificar por escrito a “EL PRE-SIDENTE” y al “SECRETARIO TÉCNICO” para suconocimiento. Solo los suplentes autorizados po-drán participar en las sesiones de “LA JUNTA DI-RECTIVA” en representación de los titulares pro-pietarios.

Artículo 10.- Los integrantes de “LA JUNTADIRECTIVA” designarán mediante oficio ante “LAJUNTA DIRECTIVA” a su suplente.

Los integrantes de “LA JUNTA DIRECTIVA” os-tentarán el cargo a título honorífico.

Artículo 11.- En la preparación y desarrollo delas sesiones, así como en la vigilancia del segui-miento de los acuerdos adoptados, “LA JUNTA DI-RECTIVA” se auxiliará de un “SECRETARIO TÉC-NICO”, cargo que recaerá en “EL DIRECTOR GE-NERAL” de “EL IDEA” mismo que será el encarga-do de llevar a cabo los trabajos de levantar las ac-tas y comunicar las determinaciones y acuerdos atodos los miembros de “LA JUNTA DIRECTIVA”, asímismo tendrá la obligación de asistir a todas lassesiones que ésta celebre.

Artículo 12.- Para los efectos de suplir las au-sencias del “SECRETARIO TÉCNICO”, en las se-siones de “LA JUNTA DIRECTIVA”; y en uso de lasfacultades que le concede el artículo 20 fracciónXXX de “LA LEY“ “EL DIRECTOR GENERAL” de“EL IDEA” propondrá a “LA JUNTA DIRECTIVA” ladesisgnación o remoción en su caso del“PROSECRETARIO” que suplirá las ausencias del“SECRETARIO TÉCNICO” de “LA JUNTA DIRECTI-VA” de “EL IDEA”.

Artículo 13.- Son atribuciones de “LA JUNTADIRECTIVA” independientemente de las contenidasen el artículo 19 de “LA LEY”:

I. Aprobar el “ESTATUTO ORGÁNICO” de “ELIDEA”;

II. Designar al “SECRETARIO TÉCNICO” y al“PROSECRETARIO” de “LA JUNTA DIRECTIVA” y

III. Las demás que le señalen la “LA LEGISLA-CIÓN DEL DEPORTE”.

Artículo 14.- “LA JUNTA DIRECTIVA” sesionaráde manera Ordinaria conforme al calendario anualque propongan los integrantes de la “LA JUNTA DI-RECTIVA” y de manera Extraordinaria cada vez que“EL PRESIDENTE” lo estime necesario o haya pe-tición en tal sentido de la mayoría de sus miem-bros de “LA JUNTA DIRECTIVA”.

Artículo 15.- Para la validez de las sesionesse requerirá cuando menos de la asistencia de la

mitad, más uno de sus integrantes y siempre quela mayoría de los asistentes sean representantesde la Administración Pública Estatal.

Artículo 16.- Las Resoluciones o acuerdos quese den en las sesiones generales o extraordina-rias, serán tomadas por mayoría de votos de lospresentes, teniendo “EL PRESIDENTE” el voto decalidad en caso de empate.

Artículo 17.- Los acuerdos tomados tendrán elcarácter de definitivos y de observancia general, aúncuando exista inconformidad de parte de los miem-bros ausentes.

Artículo 18.- Corresponde a “EL PRESIDEN-TE”:

I. Presidir las sesiones de “LA JUNTA DIRECTI-VA”;

II. Firmar las convocatorias de las sesionesOrdinarias y Extraordinarias de “LA JUNTA DIREC-TIVA” y entregarlas al “SECRETARIO TÉCNICO”para que las entregue a los miembros de “LA JUN-TA DIRECTIVA”;

III. Dar a conocer a los miembros de “LA JUNTADIRECTIVA” el orden del día para cada sesión;

IV. Dirigir los debates de las sesiones de “LAJUNTA DIRECTIVA”;

V. Aprobar con su firma las actas de las sesio-nes de “LA JUNTA DIRECTIVA”, conjuntamente conel “SECRETARIO TÉCNICO”;

VI. Vigilar que los acuerdos y disposiciones de“LA JUNTA DIRECTIVA” se ejecuten en los térmi-nos aprobados;

VII. Ejercer la representación oficial de “LA JUN-TA DIRECTIVA” ante cualquier autoridad o perso-na, pública o privada y;

VIII. Las demás que le encomiende “LA JUNTADIRECTIVA”.

Artículo.19.- Corresponde al “SECRETARIOTÉCNICO” de “LA JUNTA DIRECTIVA”:

I. Entregar las convocatorias para citar a losmiembros de “LA JUNTA DIRECTIVA” a las sesio-nes ordinarias o extraordinarias;

II. Asistir a las reuniones y auxiliar a “EL PRE-SIDENTE” de “LA JUNTA DIRECTIVA”, en especialpara presidir y agotar los puntos pendientes delorden del día de las sesiones ya iniciadas, cuando“EL PRESIDENTE” tenga que retirarse y así lo de-termine;

III. Dar lectura al acta de la sesión anterior pararevisión, aprobación y firma de los miembros de“LA JUNTA DIRECTIVA”.

IV. Levantar el acta de cada sesión celebrada,asentando el desahogo de los puntos del orden deldía y los acuerdos aprobados.

V. Entregar las comunicaciones que “EL PRE-SIDENTE” dirija a nombre de “LA JUNTA DIRECTI-VA”;

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PERIODICO OFICIAL Pág. 19Febrero 9 de 2009 (Segunda Sección)

VI. Supervisar e informar sobre el cumplimientode los acuerdos emanados de “LA JUNTA DIREC-TIVA” y

VII. Las demás que le asigne “EL PRESIDEN-TE” o “LA JUNTA DIRECTIVA”.

Artículo 20.- Corresponde a los miembros de“LA JUNTA DIRECTIVA”:

I. Asistir a las sesiones de “LA JUNTA DIREC-TIVA” y participar con voz y voto;

II. Proponer a “LA JUNTA DIRECTIVA” los acuer-dos que consideren pertinentes para el cumplimientodel objeto, planes y programas de “EL IDEA”;

III. Desempeñar las comisiones que les seanencomendadas por “LA JUNTA DIRECTIVA”; y

IV. Acreditar mediante oficio de comisión anteel “SECRETARIO TÉCNICO”, la designación delsuplente que cubrirá las ausencias del titular enlas sesiones de la “JUNTA DIRECTIVA”;

V. Revisar y aprobar presupuesto, proyectos,programas, plan de trabajo, informes, reglamentointerior, manuales, nombramientos y promoción oremoción de funcionarios públicos de “EL IDEA”;

VI. Revisar, aprobar y firmar las actas de lassesiones de “LA JUNTA DIRECTIVA”; y

VII. Las demás atribuciones que les encomien-de “LA JUNTA DIRECTIVA”.

Artículo 21.- Para la celebración de las sesio-nes de “LA JUNTA DIRECTIVA”, se emitirá convo-catoria por “EL PRESIDENTE”, o en su caso, porel “SECRETARIO TÉCNICO” cuando se encuentreautorizado para ello.

Artículo 22.- A la convocatoria se acompañaráel orden del día, así como el apoyo documental delos asuntos a tratar, que se hará llegar a los miem-bros con una antelación a la fecha de la cita nomenor de ocho días hábiles, excepto en sesionesextraordinarias se citará cuando menos con dosdías hábiles de anticipación.

Artículo 23.- La convocatoria de las sesionesde “LA JUNTA DIRECTIVA, deberá hacerse de lasiguiente manera:

I. Deberá estar firmada por “EL PRESIDENTE”o el “SECRETARIO TÉCNICO” en su caso y con-tener fecha, hora, lugar y orden del día, con lossiguientes puntos:

PARA LAS SESIONES ORDINARIAS:

a. Lista de asistencia.

b. Bienvenida de “EL PRESIDENTE”.

c. Aprobación del orden del día.

d. Lectura y aprobación del acta anterior.

e. Revisar avances de los programas y el ejer-cicio presupuestal, además de otros temas deinterés.

f. Asuntos Generales.

PARA SESIONES EXTRAORDINARIAS no ha-brá inciso f) y en el inciso e) se atenderán los asun-tos definidos previamente por “EL PRESIDENTE” yel “SECRETARIO TÉCNICO”;

Artículo 24.- Cuando las sesiones no puedanrealizarse por falta de quórum, “EL PRESIDENTE”señalará nueva fecha y hora para que la misma ten-ga verificativo. En caso de segunda convocatoria lasesión será válida y se celebrará con los miembrospresentes.

Artículo 25.- En el desarrollo de cada sesiónse observarán las siguientes disposiciones:

I. “EL PRESIDENTE” abrirá la sesión y solicita-rá al “SECRETARIO TÉCNICO” el pase de lista deasistencia, para revisar el quórum legal;

II. El “SECRETARIO TÉCNICO” informará so-bre la asistencia de los titulares y suplentes pre-sentes de “LA JUNTA DIRECTIVA”;

III. Los suplentes deberán entregar su oficio decomisión firmado por el titular.

IV. En caso de estar presentes más de la mi-tad de los miembros de “LA JUNTA DIRECTIVA”, el“SECRETARIO TÉCNICO” informará que existequorum legal y “EL PRESIDENTE” declarará for-malmente iniciados los trabajos de la sesión, encaso contrario se cancelará la sesión y se convo-cará a una nueva;

V. “EL PRESIDENTE” dará a conocer el ordendel día y solicitará su aprobación económica a losmiembros de “LA JUNTA DIRECTIVA”;

VI. El “SECRETARIO TÉCNICO” registrará losasuntos generales que los miembros de “LA JUN-TA DIRECTIVA” desean tratar;

VII. “EL PRESIDENTE” procederá a agotar cadauno de los puntos del orden del día;

VIII. En la lectura del acta anterior se atende-rán las observaciones que se presenten, ensegui-da se iniciara el proceso de votación de maneraeconómica y la aprobación de la misma y se pasa-rá a los presentes para su firma;

IX. Después de presentar el contenido de cadapunto del orden día, se atenderán los comentariosy observaciones al respecto, al final se iniciará a lavotación económica del mismo, el “SECRETARIOTÉCNICO” computará los votos e informará a “ELPRESIDENTE” el resultado obtenido.

X. Para que un punto de acuerdo sea aprobadodeberá obtener la mayoría de los votos computa-bles.

XI.Se podrá proponer a “EL PRESIDENTE” por“LA JUNTA DIRECTIVA” que en determinado asun-to se vote mediante el empleo de cédula, sobretodo en asuntos que requieran guardar reserva acer-ca del sentido en que vota cada uno de sus inte-grantes.

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XII. Una vez agotado el orden del día, “EL PRE-SIDENTE” de “LA JUNTA DIRECTIVA” declararáclausurados los trabajos de la sesión, mencionan-do fecha y hora.

Artículo 26.- De todas las sesiones de “LAJUNTA DIRECTIVA”, el “SECRETARIO TÉCNICO”levantará el acta que tendrá un número progresivoy en la que figurará su carácter, fecha de celebra-ción, lista de asistencia, relación sucinta del des-ahogo del orden del día, así como los acuerdosque se tomen, los cuales deberán ser identificadoscon un número progresivo, número de acta y año aque corresponda.

Artículo 27.- En dicha acta no será necesarioincluir la relatoría de los debates de la sesión, sinembargo, cualquiera de sus integrantes podrá soli-citar que se asiente en ella sobre algún asunto ana-lizado. En este caso se requerirá la aprobación dela mayoría de los asistentes.

Articulo 28.- Las actas podrán acompañarsede los anexos relacionados con los asuntos trata-dos en las sesiones.

Artículo 29.- El acta deberá ser elaborada porduplicado, firmada por todos los asistentes, unacopia se guardará en “EL IDEA” y la otra la conser-vará el “SECRETARIO TÉCNICO” de “LA JUNTADIRECTIVA”.

CAPÍTULO IIIDel Director General

SECCIÓN PRIMERADe Las Facultades del Director General

Artículo 30.- El Titular de “EL IDEA”, será elencargado, deberá conducir sus actividades con-forme a las políticas, prioridades y restricciones quepara el logro de los objetivos y metas del Plan Es-tatal de Desarrollo, Ley de Planeación del Gobier-no del Estado y se sujetará a “LA LEGISLACIÓNDEL DEPORTE”.

Artículo 31.- Las áreas básicas y subalternasde “EL IDEA”, estarán obligados a coordinar entresí sus actividades, a proporcionarse ayuda mutua,cooperación y asesoramiento y se regirán por “LALEGISLACIÓN DEL DEPORTE”.

Artículo 32.- Corresponde a “EL DIRECTORGENERAL” el despacho, atención y resolución delos asuntos de la competencia de “EL IDEA”, asícomo su representación, teniendo todas las facul-tades necesarias para cumplir con las atribucionesque “LA LEGISLACIÓN DEL DEPORTE” le asig-ne.

Artículo 33.- Para el despacho de los asuntos,“EL DIRECTOR GENERAL” podrá delegar sus fa-cultades en los servidores públicos de las distintasUnidades Administrativas de “EL IDEA”, exceptoaquellos que deban ser atendidos directamente porél.

Artículo 34.- Corresponde a “EL DIRECTORGENERAL”, la atención y resolución de los asun-

tos de la competencia de “EL IDEA”, teniendo to-das las facultades indelegables y delegables queestablece la “LA LEY”.

Artículo 35.- Son facultades indelegables de“EL DIRECTOR GENERAL”:

I. Proponer a “LA JUNTA DIRECTIVA”, los pro-yectos de Iniciativa de leyes, reglamentos, decre-tos, acuerdos, manuales de organización, de pro-cedimientos, las reformas que se le hicieran a losinstrumentos jurídicos existentes para su trámitelegal conducente;

II. Refrendar, para su validez y observancia, losdecretos, reglamentos y acuerdos expedidos porel Gobierno del Estado sobre los asuntos materiacompetencia de “EL IDEA”;

III. Comparecer ante el Congreso del Estado, ainformar de algún asunto a su cargo, cuando paraello sea requerido formalmente;

IV. Designar a los representantes de “EL IDEA”ante los Fideicomisos, Comités, Subcomités, Con-sejos, Juntas de Gobierno de Entidades Paraes-tatales y Grupos de Trabajo Interinstitucionales; y

V. Las demás que se señalen en otras leyes,reglamentos o disposiciones legales que deba ejer-cerlas directamente.

Artículo 36.- “EL DIRECTOR GENERAL” sinperjuicio de su ejercicio directo, podrá delegar fa-cultades a sus inferiores jerárquicos. Esta delega-ción se hará mediante oficio delegatorio en el cualse funde y motive dicha encomienda.

Son facultades delegables de “EL DIRECTORGENERAL”, con exclusión de las facultades pre-vistas en el artículo 21 fracción XXXIV y el artículo22 de “LA LEY”.

Artículo 37.- “EL DIRECTOR GENERAL” ade-más de las facultades que le confiera o delegue“LA JUNTA DIRECTIVA” así mismo ejercerá las atri-buciones que establece el artículo 20 de “LA LEY”,contando entre otras las siguientes:

I. Representar a “EL IDEA” legalmente y ejer-cer las funciones que a ésta le correspondan;

II. Elaborar y proponer a “LA JUNTA DIRECTI-VA” los programas y planes de trabajo a los que sesujetará el funcionamiento de “EL IDEA”;

III. Proponer el proyecto de presupuesto de “ELIDEA”, por conducto de la Dirección Administrativaatendiendo a las previsiones del ingreso y del gas-to de “EL IDEA”, para que ordene su incorporaciónal proyecto de egresos del ejercicio fiscal corres-pondiente;

IV. Emitir las recomendaciones y resolucionesde índole administrativa y de interés social que es-tablezca la legislación en materia Deportiva, asícomo la validación de la aplicación de las sancio-nes previstas en “LA LEGISLACIÓN DEL DEPOR-TE”;

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V. Definir, establecer y mantener los sistemasde información, evaluación y control necesarios parael desempeño de las funciones de “EL IDEA”;

VI. Expedir copias certificadas de los documen-tos que obran en sus archivos sobre asuntos quecompetan a “EL IDEA”, de conformidad con las dis-posiciones jurídicas y administrativas aplicables;

VII. Someter a consideración de “LA JUNTA DI-RECTIVA”, la designación o remoción delprosecretario de la misma quien podrá ser o nomiembro de “EL IDEA”, así mismo someter el nom-bramiento, promoción y exclusión de los servido-res públicos de “EL IDEA”;

VIII. Presentar a “LA JUNTA DIRECTIVA” el in-forme anual de sus actividades y del ejercicio desu presupuesto;

IX. Proponer a “EL PRESIDENTE”, de “LA JUN-TA DIRECTIVA”, las políticas y acciones que re-quiera “EL IDEA”, para el cumplimiento de los pro-gramas del Plan Estatal de Desarrollo en materiaDeportiva;

X. Suscribir los convenios que sean necesariospara el cumplimiento del objeto de “EL IDEA”;

XI. Resolver los recursos administrativos que lecorrespondan de acuerdo a “LA LEGISLACIÓN DELDEPORTE”;

XII. Expedir nombramientos y oficios de comi-sión al personal Adscritos a “EL IDEA”;

XIII. Crear y nombrar a los integrantes de lascomisiones internas y externas necesarias para elbuen funcionamiento de “EL IDEA”.

XIV. Desempeñar el cargo de “SECRETARIOTÉCNICO” en “LA JUNTA DIRECTIVA” de “EL IDEA”.

XV. Dirigir y coordinar los esfuerzos de la es-tructura orgánica de “EL IDEA”; y

XVI. Las demás que le señalen “LA LEGISLA-CIÓN DEL DEPORTE”.

SECCIÓN SEGUNDADe las Facultades Genéricas de las Direcciones

y Coordinaciones de Área

Artículo 38.- Al frente de las direcciones seencontrará un Director que se auxiliará de los Je-fes de Departamento y personal necesario para elejercicio de sus facultades y que esten previstosen la partida presupuestal correspondiente;

Artículo 39.- Las Direcciones dependerán di-rectamente de “EL DIRECTOR GENERAL” y ten-drán las siguientes facultades generales:

I. Auxiliar al Director General, dentro de laesfera de su competencia de la Dirección, en elejercicio de sus atribuciones;

II. Planear, organizar, dirigir, implementar, eva-luar, controlar y retroalimentar el desempeño de laslabores encomendadas a las unidades administra-tivas que integren la Dirección;

III. Acordar con “EL DIRECTOR GENERAL”, laresolución de los asuntos cuya tramitación se en-cuentre dentro de la competencia de la Dirección;

IV. Formular dictámenes, opiniones e infor-mes que le sean solicitados por su superior je-rárquico;

V. Formular y proponer al “EL DIRECTOR GE-NERAL”, los proyectos de programas anuales deactividades, propias de su área así como de aque-llas que específicamente les encomiende “EL DI-RECTOR GENERAL”, éstos deberán ser acompa-ñados del presupuesto correspondiente;

VI. Proponer al “EL DIRECTOR GENERAL”, losmanuales de organización interna, procedimientosy servicios de los Jefes de Departamento y Coordi-naciones de Área a su cargo.

VII. Ordenar y firmar la comunicación de losacuerdos de trámite, así como de las resolucioneso acuerdos de las autoridades superiores que cons-ten por escrito, y aquellas que se emitan en ejerci-cio de las facultades y en función de las atribucio-nes de su competencia;

VIII. Proponer a “EL DIRECTOR GENERAL”, losajustes a las estructuras individuales de sus áreasy los nombramientos del personal adscrito a susDirecciones, de los Jefes de Departamento y Coor-dinaciones de Área a su cargo;

IX. Coordinarse entre sí los titulares de las Di-recciones de “EL IDEA” cuando así convenga almejor cumplimiento de los planes y programas deésta;

X. Expedir certificados y constancias de expe-dientes relativos a asuntos de su competencia;

XI. Proyectar los acuerdos, convenios y contra-tos relativos a los asuntos de su competencia quedeban ser suscritos por “EL DIRECTOR GENERAL”;y

XII. Representar a “EL DIRECTOR GENERAL”en los actos o comisiones que les sean asigna-dos;

XIII. Las demás que le señalen sus superioreso les confieran otros ordenamientos legales;

CAPÍTULO IVDe la Organización y Funcionamiento

de las Direcciones

Artículo 40. Para el ejercicio de las funcionesy atribuciones “EL IDEA”, contará con las siguien-tes Unidades Administrativas:

I. SecretarÍa Técnica

II. Dirección Administrativa

III. Dirección del Deporte

IV. Dirección de Instalaciones Deportivas

V. Dirección de Normatividad y Asuntos Jurídi-cos

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Las áreas subalternas desempeñarán las fun-ciones que especifique el Manual de Organizaciónde la Área respectiva.

Articulo 41.- Los servidores públicos que ocu-pen la titularidad de las áreas básicas de “EL IDEA”,ejercerán su cargo y desempeñarán sus funcionesde acuerdo con la distribución que establezcan lanormatividad correspondiente y las contenidas eneste “ESTATUTO ORGÁNICO”, así mismo tendránel carácter de personal de confianza, estando obli-gados a guardar reserva y confidencialidad sobrelos asuntos de su respectiva competencia y suje-tando sus actos a “LA LEGISLACIÓN DEL DEPOR-TE”.

CAPÍTULO VDe las Funciones del Secretario Técnico

y de los DirectoresArtículo 42. La Secretaría Técnica depende

directamente de “EL DIRECTOR GENERAL” y sutitular tendrá como atribuciones indelegables lassiguientes:

I. Atender los asuntos turnados a “EL IDEA”por instancias de Gobierno, dando respuesta pre-vio acuerdo de “EL DIRECTOR GENERAL” y suseguimiento hasta finiquitarlos en términos de lasdisposiciones aplicables y de “LA LEY” y “LA LE-GISLACIÓN DEL DEPORTE”.

II. Dar seguimiento a los acuerdos emanadosde las Sesiones Ordinaria, Extraordinarias de la “LAJUNTA DIRECTIVA” hasta su cumplimiento;

III. Coadyuvar en la convocatoria y celebraciónde las Sesiones del “LA JUNTA DIRECTIVA”;

IV. Elaborar las actas que se generen de lasSesiones de la “LA JUNTA DIRECTIVA”; y obtenerpara éstas la firma de sus miembros;

V. Dar respuesta a asuntos de trámite de orga-nismos y ciudadanos, previo acuerdo de “EL DI-RECTOR GENERAL” y estar pendiente de su se-guimiento hasta su conclusión;

VI. Establecer los mecanismos de audienciade “EL DIRECTOR GENERAL”;

VII. Apoyar en las actividades y requerimientosnecesarios para la realización de los programasaprobados;

VIII. Colaborar con los titulares de las áreasbásicas y subalternas, conforme a instruccionesde “EL DIRECTOR GENERAL” para el mejor des-empeño de sus actividades;

IX. Coadyuvar en la organización de los even-tos que forman parte del desarrollo general de losprogramas de “EL IDEA”;

X. Apoyar a otros organismos en la organiza-ción de eventos de tipo deportivo, cuando así losoliciten;

XI. Revisar los convenios que deba suscribir “ELDIRECTOR GENERAL”;

XII. Revisar los proyecto de obra para Infraes-tructura Deportiva;

XIII. Supervisar el estado que guarden las insta-laciones donde deban realizarse los eventos de-portivos y en su caso reportar las adecuaciones omantenimiento que requieran;

XIV. Suscribir los documentos relativos al ejer-cicio de sus atribuciones, así como aquellas que lesean indicadas por delegación;

XV. Tener bajo su responsabilidad el archivo de“EL DIRECTOR GENERAL”;

XVI. Proporcionar la información que le sea so-licitada por las distintas instancias de Gobierno,en sus tres niveles, así como de organismos de-portivos;

XVII. Organizar la correspondencia dirigida a “ELIDEA” y/o “EL DIRECTOR GENERAL” y turnarla ala Dirección correspondiente.

XVIII. Las demás que le atribuyan “LA LEGIS-LACIÓN DEL DEPORTE”, así como las que le seanconferidas por “El DIRECTOR GENERAL”.

CAPÍTULO VIDe la Dirección Administrativa

Artículo 43. La Dirección Administrativa depen-de directamente de “EL DIRECTOR GENERAL” ysu titular tendrá además de las facultades genéri-cas a que se refiere el artículo 39 del presente “ES-TATUTO ORGÁNICO” como atribuciones las si-guientes:

I. Elaborar y someter a consideración de “LAJUNTA DIRECTIVA” el presupuesto anual del “IDEA”;

II. Fungir como enlace entre “EL IDEA” y laSecretaría de Finanzas, para el trámite de los asun-tos de su competencia;

III. Administrar los recursos financieros de “ELIDEA”;

IV. Llevar al corriente la contabilidad de “ELIDEA”;

V. Coordinar la elaboración del informe finan-ciero de la Dirección Administrativa que se pre-sentará a la “JUNTA DIRECTIVA” y asistir a lasreuniones para su exposición y aclaraciones re-queridas;

VI. Supervisar el cierre presupuestal y contabley la elaboración de los avances presupuestales ylos estados financieros correspondientes y presen-tarlos a la Secretaría de Finanzas, en los tiemposestablecidos;

VII. Vigilar que el manejo administrativopresupuestal cumpla con los principios de transpa-rencia, racionalidad, eficiencia y eficacia;

VIII. Autorizar los pagos mediante los cualesse cumplan los compromisos de “EL IDEA”;

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IX. Supervisar la elaboración de la nómina parael pago del personal de “EL IDEA”;

X. Procurar que los servicios administrativos queproporciona el “EL IDEA”, en apoyo a los progra-mas en el área operativa, cumplan la eficiencia ycalidad propuesta;

XI. Supervisar que los expedientes del personalque presta sus servicios a “EL IDEA”, contengan ladocumentación requerida y fehaciente.

XII. Formular los mecanismos necesarios parael mejor control de asistencia, corrección discipli-naria, estímulos, incapacidades, permisos y licen-cias del personal de “EL IDEA”;

XIII. Supervisar la realización de los movimien-tos de altas y bajas del personal que labora en “ELIDEA”;

XIV. Aplicar las sanciones impuestas al perso-nal que labora en “EL IDEA”, con motivo de las fal-tas que cometan;

XV. Diseñar e instrumentar la obtención yasignación oportuna y eficiente de los recursoseconómicos, materiales y de equipo para el buendesarrollo de las actividades propias de “ELIDEA”;

XVI. Establecer mecanismos y recomendacio-nes de carácter general para una adecuada admi-nistración.

XVII. Implementar en las Instalaciones deporti-vas el autofinanciamiento.

XVIII. Convocar a las reuniones del Comité deAdquisiciones de “EL IDEA” y supervisar la elabo-ración de las actas que se levantan en cada junta,así como el seguimiento de acuerdos;

XIX. Organizar el proceso administrativo de laslicitaciones que deba realizar “EL IDEA”;

XX. Suscribir todo documento relativo al ejerci-cio de sus atribuciones y aquellos que le sean de-legados por “EL DIRECTOR GENERAL”;

XXI. Difundir y vigilar en las áreas el cumplimientode las políticas, normas, criterios, sistemas y pro-cedimientos en materia administrativa ypresupuestal establecidos en “EL IDEA”.

XXII. Entregar a “EL DIRECTOR GENERAL”mensual y anualmente la cuenta pública, los esta-dos financieros y la balanza de comprobación parasu conocimiento y firma, así como toda la informa-ción que muestre el avance financiero de los pro-yectos estratégicos y de los programas estableci-dos de “EL IDEA”;

XXIII. Elaborar, en forma oportuna y de acuerdocon los lineamientos establecidos para ello, los in-formes derivados de los controles físicos, y finan-cieros asignados a la Dirección;

XXIV. Proporcionar a la Contraloría General delEstado, toda la información y documentación que

le sea requerida para el cumplimiento de las fun-ciones de fiscalización, control y vigilancia;

XXV. Elaborar para “EL IDEA” el anteproyectode presupuesto de egresos, propuesta de ingresosy en su caso, las justificaciones para obtener lasampliaciones presupuestales requeridas con basea los estudios e investigaciones realizadas por laCoordinación de Planeación;

XXVI. Fiscalizar el registro correcto de los in-gresos y el ejercicio del presupuesto autorizado de“EL IDEA” e informar a “EL DIRECTOR GENERAL”sobre modificaciones presupuestales en su caso.

XXVII. Supervisar y autorizar las adquisiciones,servicios, asesorías, estudios y capacitaciones de“EL IDEA”.

XXVIII. Supervisar el sistema de control de bie-nes y resguardos de “EL IDEA”;

XXIX. Supervisar los servicios de mensajería,seguridad, vigilancia, talleres gráficos, intendencia,copiado, impresión y encuadernación de documen-tos de “EL IDEA”;

XXX. Coordinar los programas de desarrolloinstitucional para mejorar la calidad de los servi-cios que presta “EL IDEA”;

XXXI. Supervisar el sistema de control de losrecursos humanos de “EL IDEA”;

XXXII. Las demás que le confiera expresamen-te “EL DIRECTOR GENERAL” y “LA LEGISLACIÓNDEL DEPORTE”.

XXXIII. Las demás que le atribuyan “LA LEGIS-LACIÓN DEL DEPORTE”, así como las que le seanconferidas por “EL DIRECTOR GENERAL”.

CAPITULO VIIDirección del Deporte

Artículo 44. La Dirección del Deporte depen-de directamente de “EL DIRECTOR GENERAL”y su titular tendrá además de las facultades ge-néricas a que se refiere el artículo 39 del pre-sente “ESTATUTO ORGÁNICO” como atribucio-nes las siguientes:

I. Elaborar los Programas Operativo Anual yEstatal del Deporte, para someterlo a la aproba-ción de “LA JUNTA DIRECTIVA”;

II. Vigilar que en el Programa Operativo Estataldel Deporte se comprenda todo lo señalado en “LALEY” y dar seguimiento al mismo;

III. Fomentar las relaciones con organismos deacción deportiva federales, estatales y municipa-les;

IV. Promover la investigación y desarrollo de lasciencias aplicadas al deporte;

V. Asesorar en la atención médico-científica delos deportistas;

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VI. Coordinar con las instituciones de saludpública y privada el desarrollo de sus progra-mas específicos en todos los ámbitos del de-porte;

VII. Difundir los principios básicos de la medici-na y ciencias aplicadas al deporte, que permita elimpulso de una cultura de salud adecuada; en losdeportistas y demás recursos humanos involucra-dos;

VIII. Formular estudios, análisis y diagnósti-cos de políticas que permitan orientar y apoyara deportistas y organismos deportivos, para laprevención en el uso de sustancias prohibidas;

IX. Asesorar técnica-metodológicamente a losdiferentes organismos deportivos con el objeto deelevar el nivel científico del deporte;

X. Organizar cursos para aplicarse a entrena-dores a fin de elevar sus conocimientos teóricos yprácticos y expedir la constancia o certificaciónde los asistentes a éstas;

XI. Evaluar el desarrollo técnico científico deldeporte;

XII. Inscribir en el Registro Estatal del Deportea deportistas, asociaciones deportivas, comitésmunicipales del deporte, ligas, clubes, entes depromoción deportiva, eventos e instalaciones de-portivas y demás organismos deportivos;

XIII. Supervisar el Registro Estatal del Deporte,a fin de que se mantenga actualizado y expedir lasconstancias procedentes;

XIV. Impulsar la práctica del deporte en el ám-bito federado para fortalecer su organización y de-sarrollo;

XV. Revisar los anexos técnicos de los conve-nios que deba suscribir “EL DIRECTOR GENERAL”;

XVI. Elaborar el Instructivo para el otorgamien-to de becas, estímulos y reconocimientos, asícomo las convocatorias para deportistas de alto ren-dimiento y entrenadores cuyos méritos les hagamerecedores de estos;

XVII. Aplicar el programa de activación física enel marco de planeación nacional y aportar informa-ción de sus avances;

XVIII. Suscribir los documentos relativos al ejer-cicio de sus atribuciones y los que por delegaciónle sean señalados;

XIX. Coordinar la elaboración de los informes yevaluación trimestral del Programa Operativo Anualde su área;

XX. Asistir a las reuniones que convoque “ELDIRECTOR GENERAL”, para exponer el informetrimestral del área operativa; y

XXI. Las demás que le atribuyan “LA LEGISLA-CIÓN DEL DEPORTE”, así como las que le seanconferidas por “EL DIRECTOR GENERAL”.

CAPITULO VIIIDirección de Instalaciones Deportivas

Artículo 45. La Dirección de InstalacionesDeporivas depende directamente de “EL DIRECTORGENERAL” y su titular tendrá además de las facul-tades genéricas a que se refiere el artículo 39 delpresente “ESTATUTO ORGÁNICO” como atribucio-nes las siguientes:

I. Controlar el uso y mantenimiento de todo elequipo de transporte de “EL IDEA”;

II. Operar el mantenimiento de las Instalacio-nes Deportivas adecuadamente.

III. Vigilar que el aprovechamiento de las Insta-laciones deportivas sea el adecuado.

IV. Estar o permanecer en contacto con las or-ganizaciones deportivas, deportistas y beneficiariosen general, se dirijan con éxito a un fin común.

V. Contar con Instalaciones, que permita quela aplicación de acciones generales de administra-ción sea apropiada.

VI. Clasificar acorde a las dimensiones, alacantidad de áreas deportivas y a los servicios quese prestan en ellas, para que la operación sea larequerida.

VII. Dar seguridad en la práctica deportiva, me-diante la creación de los espacios adecuados asícomo el impulso de áreas recreativas para el desa-rrollo integral de los individuos.

VIII. Proyectar los espacios donde se practica-ran las diferentes disciplinas deportivas para elmejoramiento del contexto urbano.

IX. Planear el mejoramiento y mantenimientode las instalaciones deportivas del estado.

X. Programar el crecimiento y adecuación delos inmuebles destinados a la infraestructura de-portiva según demandan las necesidades de la po-blación.

XI. Fomentar el mejoramiento y conservaciónde instalaciones deportivas, con el propósito de daruna respuesta mas directa a los usuarios que de-mandan una mejor forma de cuidar, conservar ymejorar las instalaciones.

XII. Crear los programas de mantenimiento me-diante los cuales se brinden los servicios genera-les a las instalaciones deportivas con las que cuen-ta.

XIII. Organizar los recursos económicos y hu-manos, que permitan que las instalaciones, tantoal aire libre como cubiertas, se encuentren en lascondiciones adecuadas, para otorgar el servicio decalidad.

XIV. Promover el mantenimiento y conservaciónfomentando el cuidado de las instalaciones depor-tivas.

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XV. Crear los programas de mantenimiento,mediante los cuales se brinde los servicios genera-les a los vehículos oficiales con los que cuenta “ELIDEA”.

XVI. Establecer un programa y lineamientossobre mantenimiento y conservación preventivo ycorrectivo que se requiere en las Instalaciones De-portivas.

XVII. Implementar acciones para mantener unabuena apariencia y adecuado funcionamiento de lasinstalaciones.

XVIII. Realizar actividades permanentes parapoder detectar y verificar posibles fallas en las áreasque integran las Instalaciones Deportivas, ademásde vigilar el uso adecuado de los diferentes espa-cios.

XIX. Vigilar que los trabajos de mantenimientocumplan con los propósitos de conjugar una seriede actividades y conocimientos con la finalidad demantener en buen estado y conservación todos loselementos de las áreas deportivas, así como lasinstalaciones existentes.

XX. Organizar, coordinar y realizar actividadesextra recreativas predeportivas, deportivas, proto-colos de ceremonias de premiación, inauguración,clausura, reuniones, conferencias, y eventualida-des fuera de programación.

XXI. Organizar, coordinar los servicios de vigi-lancia en cada una de las instalaciones con lasque cuenta “EL IDEA”

XXII. Gestionar apoyos humanos, materiales ytécnicos.

XXIII. Participar parcialmente, compartido o to-talmente en los eventos en los que “EL IDEA”, for-me parte, ya sea de manera institucional,interinstitucional o por colaboración.

XXIV. Elaborar materiales, formatos, croquis yotros.

XXV. Diseñar escenografias, mamparas, ubica-ciones, recorridos y otros.

XXVI. Coordinar los apoyos humanos, materia-les y técnicos.

CAPITULO IXDirección de Normatividad

y Asuntos Jurídicos

Artículo 46. La Dirección de Normatividad yAsuntos Jurídicos depende directamente de “ELDIRECTOR GENERAL” y su titular tendrá ademásde las facultades genéricas a que se refiere el artí-culo 39 del presente “ESTATUTO ORGÁNICO”como atribuciones las siguientes:

I. Proponer y aplicar las políticas jurídico nor-mativas de “EL IDEA”;

II. Compilar y divulgar las leyes, tratados, re-glamentos, decretos, acuerdos, circulares y demás

instrumentos normativos que se relacionen con lacultura física y el deporte;

III. Formular denuncias y/o querellas ante laRepresentación Social, Federal y/o local, en losasuntos que involucren el interés jurídico de “ELIDEA” y realizar las acciones de seguimiento quesean necesarias hasta la conclusión de los asun-tos que se traten;

IV. Suscribir documentos en ausencia del “DI-RECTOR GENERAL” en relación al desahogo delos tramites que correspondan a los casos urgen-tes relativos a términos, rendición de informes pre-vios y justificados, interposición de recursos y re-cepción de toda clase de notificaciones; debiendoinformar al “DIRECTOR GENERAL” sobre el caso;

V. Revisar los proyectos para admitir, dar tra-mite y resolver los recursos de revisión que seinterpongan en contra de “EL IDEA” y presentarlosa “EL DIRECTOR GENERAL” para su conocimien-to y aprobación;

VI. Proponer a “EL DIRECTOR GENERAL” lacontestación de las demandas interpuestas en con-tra de “EL IDEA”;

VII. Analizar la viabilidad jurídica de los conve-nios que sean suscritos por “EL IDEA”; y

VIII. Formular proyectos de demandas en ma-teria civil, penal, mercantil, fiscal o laboral;

IX. Llevar a cabo de conformidad con las dispo-siciones aplicables, la notificación de actos, acuer-dos, oficios y resoluciones que se deriven de losprocedimientos que le corresponda conocer y quedeban hacerse del conocimiento de terceros;

X. Dar seguimiento a los juicios de amparo has-ta su conclusión, en los que se involucre el interésjurídico de “EL IDEA”;

XI. Elaborar los proyectos de resolución de losrecursos que se interpongan en contra de las san-ciones que impongan las unidades administrativasde “EL IDEA” en ejercicio de sus funciones, asícomo notificar las resoluciones que se dicten;

XII. Brindar asesoría y apoyo en materia jurídi-ca a las diversas unidades administrativas y servi-dores públicos que conforman “EL IDEA”;

XIII. Elaborar y rendir los informes previos y jus-tificados que requieran los órganos del Poder Judi-cial de la Federación, en los juicios de amparo enque sea parte “EL IDEA”;

XIV. Realizar las gestiones necesarias y vigilarque los oficios dirigidos a las autoridades compe-tentes, relativos a las gestiones para que los ex-tranjeros que presten o deseen prestar sus servi-cios personales a “EL IDEA” se apeguen a las dis-posiciones migratorias aplicables;

XV. Formular los proyectos de convenios, con-tratos y demás actos consensuales en los que in-tervenga a “EL IDEA”, de acuerdo con los requeri-

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mientos de las Direcciones o unidades administra-tivas dependientes de “EL IDEA”; así como aseso-rar en materia jurídica a los miembros del SistemaEstatal de Cultura Física y Deporte SIEDE cuandoasí lo soliciten, en la preparación de proyectos delos instrumentos jurídicos antes señalados y llevarsu registro una vez formalizados.

XVI. Expedir copias certificadas de las cons-tancias que obran en los archivos de “EL IDEA”cuando deban ser exhibidos en procedimientos ju-diciales o contencioso-administrativos y en gene-ral, para cualquier proceso o averiguación;

XVII. Formular y revisar los anteproyectos o ini-ciativas de leyes o decretos legislativos relaciona-dos con la cultura física y el deporte;

XVIII. Vigilar el cumplimiento de la normatividadaplicable en los procesos, en los que “EL IDEA”sea parte, y

XIX. Participar en el Programa de Innovación yCalidad Institucional.

XX. Representar y asistir legalmente al Institu-to; en los trámites jurídicos, legales, convenios le-gales, realizando los trámites necesarios ante cual-quier autoridad, a fin de dar solución rápida y expe-dita a la problemática existente.

XXI. Actuar como conducto institucional ante laSecretaría General de Gobierno a efecto de aten-der los asuntos relacionados con el Congreso delEstado;

XXII. Coordinar las relaciones y el desarrollo delas acciones que correspondan “EL IDEA” en elámbito de su competencia, en atención a las soli-citudes y requerimientos del Congreso del Estadoy

XXIII. Realizar aquellas tareas que le encomiendeexpresamente “EL DIRECTOR GENERAL”.

CAPITULO XDe la Suplencia de los Servidores

Públicos del IDEA

Artículo 47.- En las sesiones ordinarias o ex-traordinarias el “SECRETARIO TÉCNICO” de “LAJUNTA DIRECTIVA”, será suplido en sus ausenciastemporales o accidentales, por el“PROSECRETARIO”.

Artículo 48.- “EL DIRECTOR GENERAL” serásuplido en sus ausencias temporales o accidenta-les menores a treinta días por los Directores en elámbito de su competencia, en ausencias mayoresserá suplido por quien designe “LA JUNTA DIREC-TIVA”.

Artículo 49.- Los Directores serán suplidos ensus ausencias temporales o accidentales meno-res a quince días, por sus Jefes de Departamentoen el ámbito de sus competencias o el servidorpúblico de la jerarquía inmediata inferior que ellosdesignen, si la ausencia es mayor será suplido porquien designe “EL DIRECTOR GENERAL”.

Artículo 50.- Los Jefes de Departamento y de-más personal de “EL IDEA” serán suplidos en susausencias temporales menores a quince días, porel servidor público de la jerarquía inmediata inferiorque ellos mismos señalen, si la ausencia es ma-yor será suplido por quien designe “EL DIRECTORGENERAL”.

T R A N S I T O R I O S :

ARTÍCULO PRIMERO.- El presente “ESTATU-TO ORGÁNICO” entrará en vigor al día siguiente desu aprobación, por “LA JUNTA DIRECTIVA”, no obs-tante que las áreas administrativas que contiene elpresente ordenamiento han venido funcionando ala fecha.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se ordena inscribir elpresente “ESTATUTO ORGÁNICO” de “EL IDEA”en el Registro Público de la Propiedad y del Co-mercio del Estado de Aguascalientes, en el librocorrespondiente a las Entidades Paraestatales, deconformidad como lo establece las fracciones II yIII del artículo 27 de la Ley de Control de EntidadesParaestatales vigente en el Estado.

ARTÍCULO TERCERO.- Se ordena expedir losnombramientos otorgados a favor de los Directorespara los efectos legales que dispone la fracción VIIdel artículo 27 de la Ley de Control de EntidadesParaestatales vigente en el Estado, así mismo paraque en un término no mayor a 60 días se realicenlas adecuaciones presupuestarias conforme a loque prevee la estructura orgánica contenida en elpresente estatuto.

Dado en la segunda sesión ordinaria de JuntaDirectiva del Instituto del Deporte del Estado deAguascalientes, a la fecha de su aprobación.

A t e n t a m e n t e .

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

Lic. Juan Alfredo Morales Shaadi,DIRECTOR GENERAL Y SECRETARIO

TÉCNICO DE LA JUNTA DIRECTIVADEL INSTITUTO DEL DEPORTE

DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES.

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PRESIDENCIA MUNICIPALAGUASCALIENTES, AGS.

CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICAD I C I E M B R E 2 0 0 8

SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICASDIRECCIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA

INGRESOS Y EGRESOS POR CUENTACÓDIGO: SF-DIF-POP-01-R01 REV: 02

DEL 1 DE DICIEMBRE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008

MENSUAL ACUMULADOMás: I n g r e s o s :

Impuestos $ 10,277,828.76 $ 195,593,125.49Derechos 19,895,836.56 231,021,980.12Productos 4,917,259.64 64,622,012.77Aprovechamientos 5,101,712.26 42,632,419.16Participaciones 92,818,423.00 1,279,726,686.00Otros Ingresos 3,293,858.66 49,366,896.18Deuda Pública 80,000,000.00 200,000,000.00Ingresos ExtraordinariosSUBSEMUN 31,300,168.00 78,250,420.00

247,605,086.88 2,141,213,539.72Menos: E g r e s o s :

Remuneraciones 96,414,912.99 528,055,859.27Servicios Generales 25,015,110.72 155,981,691.91Materiales y Suministros 6,786,643.68 37,403,853.55Bienes Muebles e Inmuebles 7,647,031.24 22,161,680.84Obras Públicas 74,781,105.87 224,650,670.56Conservación y Mantenimientode Servicios Públicos 43,497,754.09 233,543,816.55Servicios de Seguridad Públicay Tránsito Municipal 186,494,897.24 588,743,862.81Apoyos, Subsidios y Transferencias 16,417,111.73 62,918,699.99Servicio a la Deuda Pública 7,419,154.37 78,609,102.50Apoyo al Servicio del Agua Potabley Alcantarillado 5,617,353.68 63,521,603.49Instituto Municipal de Planeación 5,220,009.16 20,869,999.98Indemnizaciones por Dañosy Perjuicios a Terceros 75,700.00 29,719,380.43Instituto de la Mujer 78,000.00 500,000.00

475,464,784.77 2,046,680,221.88

Resultado: Superávit ó (Déficit)al 31 de Diciembre de 2008 -227,859,697.89 94,533,317.84

Ing. Gabriel Arellano Espinosa, C.P. Angélica de Santos Velasco, C.P. Marco Aurelio Díaz Díaz,PRESIDENTE MUNICIPAL. SECRETARIO DE FINANZAS PÚBLICAS. SÍNDICO DE HACIENDA.

C.P. José de Jesús Guerrero Veloz,DIRECTOR DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

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MUNICIPIO DE AGUASCALIENTESSECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS

DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA

ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACIÓN FINANCIERA CON BASE EN EFECTIVODEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008

Ingresos no financieros : $ 783,236,433.72Impuestos $ 195,593,125.49Derechos 231,021,980.12Productos 64,622,012.77Aprovechamientos 42,632,419.16Otros Ingresos 49,366,896.18Deuda Pública 200,000,000.00

Más: Apoyos y Participaciones 1,279,726,686.00Fondos Federales Especiales (SUBSEMUN) 78,250,420.00

2,141,213,539.72

Menos:Egresos no financieros : 1,721,258,767.98

Remuneraciones 528,055,859.27Servicios Generales 155,981,691.91Materiales y Suministros 37,403,853.55Conservación y Mantenimientode Servicios Públicos 233,543,816.55Apoyos, Subsidios y Transferencias 62,918,699.99Apoyo al Servicio del Agua Potabley Alcantarillado 63,521,603.49Instituto Municipal de Planeación 20,869,999.98Indemnizaciones por Daños y Perjuiciosa Terceros 29,719,380.43Instituto de la Mujer 500,000.00Servicios de Seguridad Públicay Tránsito Municipal 588,743,862.81

Igual: Balance Primario 419,954,771.74

Menos:Bienes Muebles e Inmuebles 22,161,680.84Obras Públicas 224,650,670.56 246,812,351.40

Menos:Servicio a la Deuda Pública 78,609,102.50

Menos: Aumento ó Disminución en Cuentasde Balance -14,569,069.97

Igual: Aumento de Efectivo 109,102,387.81Efectivo e Inversiones Temporales al Principiodel Periodo 60,416,770.50

Igual: Efectivo e Inversiones Temporales al Finaldel Periodo 169,519,158.31

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,783

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,092

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$ 1,

674,

260.

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16,2

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- -

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162.

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- -

- -

- -

- -

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$ 68

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- -

- -

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- -

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- -

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CNBV

- -

161

,036

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- -

- -

- -

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161

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33

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AMRO

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84,

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- -

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- -

- -

- -

538

,167

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- -

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538,

167.

00

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$ -

$ 8

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$ 7

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55.9

4 $

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000.

00 $

538

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$ 2

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2 $

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$ 5

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71.6

0 $

3,6

00,8

72.5

6

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L M

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1,89

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,861

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81,6

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,689

,168

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6,1

24,2

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3 6

,651

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14.6

3 6

,874

,547

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6,7

13,8

23.8

3 9

,132

,898

.05

7,4

19,1

54.3

7 $

78,

609,

102.

50

CAPITAL INTERESES PAGO DE HONORARIOS

Page 32: Periodico Oficial Num. 6, 9 Febrero 2009 - Segunda Sección€¦ · 5° fracciones III, VII y VIII, 6° fracción II, 31 párrafo tercero, 39 párrafo tercero y demás relativos y

Pág. 32 PERIODICO OFICIAL Febrero 9 de 2009(Segunda Sección)

MU

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3.37

%

Page 33: Periodico Oficial Num. 6, 9 Febrero 2009 - Segunda Sección€¦ · 5° fracciones III, VII y VIII, 6° fracción II, 31 párrafo tercero, 39 párrafo tercero y demás relativos y

PERIODICO OFICIAL Pág. 33Febrero 9 de 2009 (Segunda Sección)

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0,116

,119.7

2-3

.39%

Page 34: Periodico Oficial Num. 6, 9 Febrero 2009 - Segunda Sección€¦ · 5° fracciones III, VII y VIII, 6° fracción II, 31 párrafo tercero, 39 párrafo tercero y demás relativos y

Pág. 34 PERIODICO OFICIAL Febrero 9 de 2009(Segunda Sección)

MU

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PERIODICO OFICIAL Pág. 35Febrero 9 de 2009 (Segunda Sección)

MUNICIPIO DE AGUASCALIENTESSECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS

DIRECCIÓN DE INFORMACION FINANCIERA

REPORTE GLOBAL DE EGRESOS POR OBJETO DEL GASTO Y CONCEPTODICIEMBRE DE 2008

OBJETO DEL GASTO PARCIAL ACUMULADO

Remuneraciones

Compensaciones Base $ 10,920,540.30 $ 49,251,092.36Horas Extras 208,297.92 2,893,219.03Gratificación Anual 44,535,498.59 44,535,498.59Prima Vacacional 299,710.51 5,457,228.82Vacaciones 0.00 4,525.76Ayuda Despensa 377,438.54 3,840,472.20Ahorro 189,789.65 2,357,763.08Sar 272,695.02 3,229,814.60Indemnizaciones y Finiquitos 842,563.60 26,391,476.70Fondo de Prestaciones Económicas 4,824,666.07 27,491,029.87Coutas Patronales IMSS 2,429,980.13 27,373,818.68Ayuda de Transporte 318,884.96 3,873,484.58Fondo de Vivienda 138,226.53 1,660,681.17Ayuda de Renta 318,884.96 3,873,484.58Guardería 52,901.10 716,456.51Prima Dominical 6,478.03 702,851.97Retroactivo 3,125.20 2,255,067.85Sueldo Base 12,420,221.99 151,452,585.54Impuesto sobre Nómina 1,017,177.47 4,330,285.06Ayuda Habitación 6,207,519.70 116,729,584.90Indemnización por Enfermedad y Riesgo Laboral 3,189,323.95 41,794,448.65Retroactivo Plan de Remuneración 7,840,988.77 7,840,988.77

Subtotal 96,414,912.99 528,055,859.27

Servicios Generales

Acción Social y Cívica 2,884,664.40 11,064,622.79Impuestos 0.00 4,464.57Arrendamiento 1,361,606.94 9,555,562.28Servicios Básicos 13,549,103.45 76,915,475.59Mantenimiento de Vehículos 521,519.28 3,859,076.00Mantenimiento de Mobiliario y Equipo 88,086.83 2,442,499.45Comisiones, Seguros y Dividendos 568,888.50 5,277,200.26Mantenimiento de Edificios 281,283.75 1,889,004.24Otros Servicios 5,759,957.57 44,973,786.73

Subtotal 25,015,110.72 155,981,691.91

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Pág. 36 PERIODICO OFICIAL Febrero 9 de 2009(Segunda Sección)

MUNICIPIO DE AGUASCALIENTESSECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS

DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA

REPORTE GLOBAL EGRESOS POR OBJETO DEL GASTO Y CONCEPTODICIEMBRE DE 2008

OBJETO DEL GASTO PARCIAL ACUMULADOMateriales y SuministrosPapelería $ 1,676,989.85 $ 10,700,163.38Refacciones, Mobiliario y Equipo 2,116,537.74 13,511,162.92Otros Materiales 2,993,116.09 13,192,527.25

Subtotal 6,786,643.68 37,403,853.55Bienes Muebles e InmueblesMaquinaria y Equipo 1,303,351.45 7,534,851.96Equipo de Transporte 4,944,339.98 8,957,720.37Equipo de Oficina 1,399,339.81 3,772,972.51Terrenos 0.00 1,750,000.00Edificios 0.00 146,136.00

Subtotal 7,647,031.24 22,161,680.84Obras PúblicasProgramas Obras Públicas 74,781,105.87 224,650,670.56

Subtotal 74,781,105.87 224,650,670.56Conservación y Mantenimiento de Servicios PúblicosAlumbrado Público 19,636,174.60 101,545,861.97Mercados 705,406.88 3,933,552.25Panteones 720,009.36 3,416,532.12Parques y Jardines 7,911,224.26 42,452,047.41Ecología y Salud 3,703,343.91 15,499,672.90Servicios de Limpia 10,821,595.08 66,696,149.90

Subtotal 43,497,754.09 233,543,816.55Servicios de Seguridad Pública y Tránsito Municipal 186,494,897.24 588,743,862.81

Subtotal 186,494,897.24 588,743,862.81Apoyos, Subsidios y TransferenciasDonativos Varios 16,417,111.73 62,918,699.99

Subtotal 16,417,111.73 62,918,699.99Servicio a la Deuda PúblicaCapital 5,301,587.30 58,777,777.81Intereses 1,594,895.47 16,230,452.13Servicio de Deuda 522,671.60 3,600,872.56

Subtotal 7,419,154.37 78,609,102.50Apoyo y Servicio al Agua Potable y AlcantarilladoGastos de Operación CCAPAMA 2,500,000.00 30,000,000.00Infraestructura CCAPAMA 3,117,353.68 33,521,603.49

Subtotal 5,617,353.68 63,521,603.49Instituto Municipal de PlaneaciónInstituto Municipal de Planeación 5,220,009.16 20,869,999.98Proyectos

Subtotal 5,220,009.16 20,869,999.98Indemnizaciones por Daños y Perjuicios a TercerosIndemnizaciones por Daños y Perjuicios a Terceros 75,700.00 29,719,380.43

Subtotal 75,700.00 29,719,380.43Instituto Municipal de la Mujer de Aguascalientes 78,000.00 500,000.00

Subtotal 78,000.00 500,000.00TOTAL $ 475,464,784.77 $ 2,046,680,221.88

Page 37: Periodico Oficial Num. 6, 9 Febrero 2009 - Segunda Sección€¦ · 5° fracciones III, VII y VIII, 6° fracción II, 31 párrafo tercero, 39 párrafo tercero y demás relativos y

PERIODICO OFICIAL Pág. 37Febrero 9 de 2009 (Segunda Sección)

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Pág. 38 PERIODICO OFICIAL Febrero 9 de 2009(Segunda Sección)

ANEXO 1INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN

Estado de Posición Financiera, Balance General al 31 de diciembre de 2008

A C T I V O P A S I V OCIRCULANTE CIRCULANTEEFECTIVO $ 5,000.00 RETENCIONES A FAVOR DE TERCEROS $ 26,686.98BANCOS 1,381,601.88 IVA POR PAGAR 51.24FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS 4,961.97SUBSIDIO AL EMPLEO 6,177.60I.V.A. ACREDITABLE 754,194.49ANTICIPO A PROVEEDORES 4,000.00Total ACTIVO CIRCULANTE 2,155,935.94 Total PASIVO CIRCULANTE 26,738.22

TOTAL DEL PASIVO 26,738.22

CAPITAL

F I J O P A T R I M O N I OPATRIMONIO IMPLAN 45,690.94

EQUIPO DE TRANSPORTE 300,521.74MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA 89,726.90EQUIPO DE COMPUTO 62,528.72 RESULTADO DE EJERCICIOS ANTERIORES 591,400.58EQUIPO DE COMUNICACIÓN 120,035.77 RESULTADO DEL EJERCICIO ANTERIOR 859,842.85SISTEMAS DE COMPUTO 61,968.26 TOTAL PATRIMONIO 1,496,934.37

Total ACTIVO F I J O 634,781.39 Resultados del Ejercicio 1,293,642.74

TOTAL DEL PATRIMONIO 2,790,577.11EQUIPO DIVERSO 26,598.00

TOTAL DEL ACTIVO 2,817,315.33 TOTAL DEL PASIVO Y PATRIMONIO 2,817,315.33

INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓNEstado de Ingresos y Egresos al 31 de Diciembre de 2008

Mensual % Acumulado %I n g r e s o sAPORTACIÓN MUNICIPIO $ 5,672,134.00 99.71 $ 19,170,000.00 90.88VENTA DE PRODUCTOS 497.82 0.01 19,359.98 0.09APORTACIÓN MUNICIPAL RAMO 200.00 0.00 1,700,000.00 8.06OTROS INGRESOS 16,092.54 0.28 204,074.55 0.97Total Ingresos 5,688,724.36 100.00 21,093,434.53 100.00E g r e s o sREMUNERACIONES 2,465,969.60 43.35 11,492,725.92 54.48SERVICIOS GENERALES 830,861.22 14.61 5,331,697.69 25.28MATERIALES Y SUMINISTRO 63,897.61 1.12 330,654.82 1.57BIENES MUEBLES E INMUEBLES 304,653.25 5.36 375,636.95 1.78APORTACIONES RAMO 20 PROGRAMAHABITAT 2008 0.00 0.00 1,258,021.00 5.96PROGRAMA DE RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS 0.00 0.00 33,000.00 0.16SISTEMA DE INFORMACION DEL MUNICIPIODE AGUASCALIENTES 760,860.15 13.37 978,055.41 4.64Total Egresos 4,426,241.83 77.81 19,799,791.79 93.87Superávit (Déficit) 1,262,482.53 22.19 1,293,642.74 6.13

Page 39: Periodico Oficial Num. 6, 9 Febrero 2009 - Segunda Sección€¦ · 5° fracciones III, VII y VIII, 6° fracción II, 31 párrafo tercero, 39 párrafo tercero y demás relativos y

PERIODICO OFICIAL Pág. 39Febrero 9 de 2009 (Segunda Sección)

INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓNAl 31 de Diciembre de 2008

RELACIÓN DE INGRESOS PARCIAL ACUMULADO

APORTACIÓN MUNICIPIO $ 5,672,134.00 $ 19,170,000.00GASTO CORRIENTE

SUBTOTAL 5,672,134.00 19,170,000.00

APORTACION MUNICIPAL RAMO 20PROGRAMA HABITAT 2008 0.00 1,700,000.00

SUBTOTAL 0.00 1,700,000.00

VENTA DE PRODUCTOSIMPRESIÓN DE CARTOGRAFIA PLANDES. URB CD AGS 2000-2020 0.00 0.00

IMP. CARTOGRAFIA PP DE DU CONSERV.Y MEJORA DEL C.HISTORICO 0.00 130.43C.D. PROGRAMA DE DESARROLLOURBANO DE LA CIUDAD DE AGUASCA-LIENTES 2000-2020 0.00 0.00

LIBRO PROGRAMA DES. URBANO CD.AGS. 2000-2020 0.00 0.00

CARTOGRAFIA MUNICIPAL DIGITAL 0.00 695.61

CARTOGRAFIA MUNICIPAL IMPRESA 0.00 1,739.12

REVISTA ORIGEN 0.00 80.00

CARTOGRAFIA PROGRAMA DEDESARROLLO ESTRATEGICO DE LACIUDAD DE AGUASCALIENTES2020 CON VISION 2030 217.39 5,999.96

CD PROGRAMA DE DESARROLLO ESTRA-TEGICO DE LA CIUDAD DE AGUASCA-LIENTES 2020 CON VISION 2030 280.43 10,714.86

SUBTOTAL 497.82 19,359.98

OTROS INGRESOSINGRESOS DE AÑOS ANTERIORES 0.00 34,797.87AYUDA HABITACION 16,092.54 169,276.68

SUBTOTAL 16,092.54 204,074.55

TOTAL 5,688,724.36 21,093,434.53

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Pág. 40 PERIODICO OFICIAL Febrero 9 de 2009(Segunda Sección)

INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓNAl 31 de Diciembre de 2008

OBJETO DEL GASTO PARCIAL ACUMULADOREMUNERACIONESSUELDO BASE $ 258,802.27 $ 2,781,292.07COMPENSACIÓN BASE 0.00 0.00GRATIFICACIONES 184,000.00 193,600.00PRIMA VACACIONAL 4,751.87 42,289.64VACACIONES 389.87 68,005.25CANASTA BÁSICA 0.00 0.00AYUDA DE TRANSPORTE 3,067.92 38,746.70AYUDA DE RENTA 3,067.92 38,746.70PRIMA DE ANTIGÜEDAD 0.00 3,957.36SAR 4,529.71 47,338.48INDEMNIZACIONES 0.00 527,828.28APORTACIONES AL FONDO DE PRESTACIONES 116,601.75 601,719.03CUOTAS PATRONALES I.M.S.S. 18,627.74 243,466.90APORTACIONES AL FONDO DE AHORRO 5,662.27 59,174.28FONDO DE VIVIENDA 3,170.93 33,138.38AYUDA HABITACION 213,750.82 2,309,404.98APORTACIONES ESTANCIA BIENESTAR INFANTIL 1,959.30 9,796.50QUINQUENIOS 1,030.94 12,187.18RETROACTIVO 0.00 716.90FONDO DE PRESTACIONES HIPOTECARIAS 792.61 8,283.35AGUINALDO 310,461.28 331,366.21EVENTUALES 0.00 0.00IMPUESTO SOBRE NÒMINAS 4,190.00 57,051.00DESPENSA 6,817.60 73,772.12RIESGO LABORAL 1,324,294.80 4,010,844.61

SUBTOTAL 2,465,969.60 11,492,725.92

SERVICIOS GENERALESTELÉFONO 5,950.31 64,926.69MANTENIMIENTO Y REP. DE OFICINAS 0.00 33,874.00MANTENIMIENTO Y REP. DE MOBILIARIOY EQ. DE OFICINA 0.00 598.00MANTENIMIENTO Y REP. DE EQUIPO DIVERSO 2,168.73 2,168.73MANTENIMIENTO Y REP. DE VEHICULOS 0.00 4,748.00PLACAS Y TENENCIAS 1,255.00 6,246.00SEGUROS Y FIANZAS 22,267.60 37,137.35INSCRIPCION A CURSOS, CONGRESOSY CONFERENCIAS 3,500.00 44,909.30PASAJES 0.00 400.00VIATICOS 9,090.35 79,705.74ATENCION A TERCEROS 2,100.00 66,719.47COPIAS FOTOSTATICAS 415.00 493.60SUSCRIPCION A MEDIOS INFORMATIVOS 0.00 4,907.00IMPUESTOS -205.00 174,877.14COMISIONES BANCARIAS 1,445.03 10,430.31CORREOS Y MENSAJERÍA 0.00 1,370.84HONORARIOS 163,675.00 1,028,486.33

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PERIODICO OFICIAL Pág. 41Febrero 9 de 2009 (Segunda Sección)

OBJETO DEL GASTO PARCIAL ACUMULADO

ESTUDIOS E INVESTIGACIONES $ 532,250.00 $ 3,590,155.47ACTIVIDADES CIVICAS Y FESTIVIDADES 89,456.20 124,850.37SERVICIOS BASICOS DIVERSOS 805.00 12,732.50CUOTAS Y SUSCRIPCIONES 0.00 31,960.85APOYOS, SUBSIDIOS Y DONATIVOS -3,312.00 10,000.00

SUBTOTAL 830,861.22 5,331,697.69

MATERIALES Y SUMINISTROSPAPELERÍA Y ARTÍCULOS DE OFICINA 1,585.44 32,799.09ARTICULOS Y MATERIALES DE LIMPIEZA 769.99 17,264.45VESTUARIO Y UNIFORMES 154.39 457.13MEDICINA Y ARTICULOS DE BOTIQUIN 0.00 423.49ALIMENTOS 7,405.01 87,518.91MATERIAL DE IMPRENTA 12,512.00 23,868.72MATERIAL FOTOGRAFICO 0.00 6,143.75MATERIAL BIBLIOGRAFICO 0.00 16,180.50COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 3,141.47 22,771.13MATERIALES DIVERSOS 5,890.28 43,439.96PERIODICOS Y REVISTAS 0.00 618.61MATERIALES Y SUMINISTROS DE COMPUTO 32,439.03 79,169.08

SUBTOTAL 63,897.61 330,654.82

BIENES MUEBLES E INMUEBLESVEHICULOS 306,504.00 306,504.00MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA 0.00 24,735.99EQUIPO DE COMUNICACIÓN 0.00 5,337.00EQUIPO DIVERSO 1,955.00 5,919.22SISTEMAS DE COMPUTO 0.00 3,588.00EQUIPO DE COMPUTO -3,805.75 29,552.74

SUBTOTAL 304,653.25 375,636.95

APORTACION AL RAMO 20PROGRAMA HABITAT 2008 0.00 1,258,021.00

SUBTOTAL 0.00 1,258,021.00

PROGRAMA RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOSPLAZA BICENTENARIO INDEPENDENCIA 0.00 33,000.00

SUBTOTAL 0.00 33,000.00

SISTEMA DE INFORMACION DEL MUNICIPIODE AGUASCALIENTESSISTEMA DE INFORMACION DEL MUNICIPIODE AGUASCALIENTES 760,860.15 978,055.41

SUBTOTAL 760,860.15 978,055.41

TOTAL 4,426,241.83 19,799,791.79

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Pág. 42 PERIODICO OFICIAL Febrero 9 de 2009(Segunda Sección)

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PERIODICO OFICIAL Pág. 43Febrero 9 de 2009 (Segunda Sección)

INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓNConciliación Cuenta Pública y Bancos

Al 31 de Diciembre de 2008

SALDO SEGÚN CUENTA PÚBLICA $ 1,370,508.38Más: 16,093.50

CUENTAS DE BALANCESubsidio al Empleo $ -4,501.53Funcionarios y Empleados -4,961.97Impuestos Pendientes por aplicar 0.00Impuestos Acreditables 2,818.78Anticipo a Proveedores -4,000.00Acreedores Diversos 0.00Retenc. A Favor de Terceros 26,686.98IVA por pagar 51.24

SALDO SEGÚN LIBROS DEL IMPLAN AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008 1,386,601.88

MUNICIPIO DE AGUASCALIENTESSECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS

DIRECCION DE INFORMACIÓN FINANCIERA

ANEXO 2CCAPAMA

DICIEMBRE 2008

Balance General al: 31 de Diciembre de 2008Cifras expresadas en pesos

A C T I V O P A S I V OACTIVO CIRCULANTE RETENCION A FAVOR DE TERCEROS 761,026.12FONDO FIJO 15,000.00 TOTAL P A S I V O 761,026.12BANCOS 1,645,899.35INVERSIONES EN ACC. BONOSY VALORES 4,338,829.04INVENTARIO EN ALMACEN 283,576.19 C A P I T A LCUENTAS POR COBRAR 6,400.00 PATRIMONIO CCAPAMA 18,397,592.33IMPUESTOS A FAVOR 11,793.90 APORTACIONES TESORERIA DEL ESTADO 5,464,366.02

RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES -51,528,068.42TOTAL ACTIVO CIRCULANTE 6,301,498.48 PERDIDA POR VENTA DE MATERIAL -160,328.18

SUPERTAVIT REV. DE INVENTARIOS 6,326.81PATRIMONIO POR TITULO DE CONCESION 49,915,931.35PATROMONIO MUNICIPAL 17,636,193.62Utilidad o (perdida) del Ejercicio -17,099,410.32

EQUIPO DE TRANSPORTE 7,484,057.01HERRAMIENTAS 246,292.59 TOTAL C A P I T A L 22,632,603.21EQUIPO DE LABORATORIO 879,840.24RADIO COMUNICACION 313,375.60TERRENOS 4,569,631.64EQUIPO DE COMPUTACION 1,899,030.70EQUIPO PLANTA DE TRATA-MIENTO 11,800.00MOBILIARIO Y EQUIPODE OFICINA 1,377,247.93EDIFICIOS 310,855.14TOTAL ACTIVO FIJO 17,092,130.85TOTAL A C T I V O 23,393,629.33 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 23,393,629.33

Lic. Héctor Macías Díaz,DIRECTOR GENERAL

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Pág. 44 PERIODICO OFICIAL Febrero 9 de 2009(Segunda Sección)

ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERACifras expresadas en pesos

Operación: 31 de Diciembre de 2008Remanente de ingresos sobre egresos del año $ -17,099,410cambio en activos y pasivos de operación:Cuentas por cobrar, inventarios y anticipos para contratos de obraCuentas por pagar -253,531

Recursos generados por la operación -17,352,941Financiamiento:Aumento al patrimonio por cancelación de pasivo APASZU 0Aumento al patrimonio por capitalización de bienes.Recursos utilizados en actividades de financiamiento. 0Inversión:Venta de derechos de extracción de agua 0

Recursos provenientes en actividades de inversion 0Aumento en efectivo y valores de inmediata realización -17,352,941Efectivos y valores de inmediata realización al inicio del año 23,352,670Efectivo y valores de inmediata realización al final del año 5,999,729

Lic. Héctor Macías Díaz,DIRECTOR GENERAL

INGRESOS Y EGRESOS POR OBJETO DEL GASTO Estado de Resultados al 31 de Diciembre de 2008

Cifras expresadas en pesos

I N G R E S O S Acumulado % Periodo %DERECHOS $ 44,948,783.85 28.97 $ 4,080,669.60 16.25PRODUCTOS 1,546,067.49 1.00 60,476.18 0.24APROVECHAMIENTOS 3,553,094.70 2.29 78,321.38 0.31ACTUALIZACION INPC 19,950.23 0.01 0.00INICO DE FACTIBILIDADES 0.00 0.00APOYO TESORERIA MUNICIPAL 30,000,000.00 19.33 2,500,000.00 9.96COBRO DERECHOS EXTRACCION AGUA 25,489,855.24 16.43 0.00DEV.REC.DERECHOS DE EXTRACCION 25,487,291.00 16.43 6,514,122.00 25.94APORTACIONES FEDERALES 23,542,995.20 15.17 11,857,062.85 47.22APORTACIONES COLONOS LOS PERICOS 16,965.09 0.01 0.00RECUPERACION DE ADEUDOS 556,002.02 0.36 18,147.43 0.07

TOTAL I N G R E S O S 155,161,004.82 100.00 25,108,799.44 100.00

E G R E S O S

SERVICIOS PERSONALESREMUNERACIONES 32,193,656.74 20.75 5,087,794.89 20.26TOTAL SERVICIOS PERSONALES 32,193,656.74 20.75 5,087,794.89 20.26

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PERIODICO OFICIAL Pág. 45Febrero 9 de 2009 (Segunda Sección)

SERVICIOS GENERALES

ACCION SOCIAL Y CIVICA $ 421,383.72 0.27 $ 33,373.00 0.13VIATICOS Y GASTOS DE TRANSPORTE 196,989.30 0.13 35,996.00 0.14SERVICIOS BASICOS 1,763,551.59 1.14 729,037.59 2.90MANT. Y CONSERVACION DE VEHICULOS 896,762.34 0.58 59,176.64 0.24MANT. DE MOBILIARIO Y EQUIPO 352,233.70 0.23 171,589.99 0.68MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS 3,191,477.76 2.06 396,919.39 1.58GASTOS FINANCIEROS Y DE SEGUROS 493,350.24 0.32 10,436.75 0.04OTROS SERVICIOS 2,880,620.22 1.86 300,860.00 1.20IMPUESTOS Y DERECHOS 194,624.67 0.13 31,614.00 0.13ENERGIA ELECTRICA EDIFICIOS 0.00 0.00RENTA USO TERRENOS POZO 0.00 0.00CONSUMO DE AGUA POTABLE 0.00 0.00COSTO DE INVENTARIOS VENDIDOS 116,683.71 0.08 21,967.11 0.09SERVICIOS NO PERSONALESCON FACTIBILIDAD 0.00 0.00

ENERGIA ELECTRICA PLANTA DETRATAMIENTO 0.00 0.00CONSUMO DE AGUA (PIPAS) 0.00 0.00ARRENDAMIENTO 59,437.36 0.04 4,407.19 0.02HONORARIOS PROFESIONALES 1,914,100.54 1.23 365,353.89 1.46CAPACITACION, SEMINARIOS, 0.00 0.00CONSERV.PLANTA DE TRATAMIENTO 0.00 0.00ENERGIA ELECTRICA PLANTA TRATAMIENTO 0.00 0.00CONSUMO DE AGUA (PIPAS) 0.00 0.00

TOTAL SERVICIOS GENERALES 12,481,215.15 8.04 2,160,731.55 8.61

MATERIALES Y SUMINISTROS 3,420,651.16 2.20 709,393.06 2.83COSTO CONSTR. MATTO. Y REHABDE SERV 96,663,104.25 62.30 30,234,692.92 120.41BIENES MUEBLES E INMUEBLES 1,995,132.66 1.29 33,793.60 0.13DERECHOS EXTRACCION DE AGU 25,489,855.18 16.43 0.00INDEMNIZACION DAÑOS A PROPIEDADES 16,800.00 0.01 0.00

TOTAL DE OTROS SERVICIOS 127,585,543.25 30,977,879.58

TOTAL E G R E S O S 172,260,415.14 111.02 38,226,406.02 152.24

RESULTADO SUPERAVIT O (DEFICIT)AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2008 -17,099,410.32 -11.02 -13,117,606.58 -52.24

Lic. Héctor Macías Díaz,DIRECTOR GENERAL.

Page 46: Periodico Oficial Num. 6, 9 Febrero 2009 - Segunda Sección€¦ · 5° fracciones III, VII y VIII, 6° fracción II, 31 párrafo tercero, 39 párrafo tercero y demás relativos y

Pág. 46 PERIODICO OFICIAL Febrero 9 de 2009(Segunda Sección)

PRESIDENCIA MUNICIPALASIENTOS, AGS.

SE HOMOLOGA EL ARTICULO 238DEL BANDO DE POLICIA

Y BUEN GOBIERNO

DE LAS FALTAS CONTRALA SEGURIDAD PÚBLICA

ARTICULO 238.- Son faltas contra la seguridadpública y se sancionarán con arresto hasta por trein-ta y seis horas o multa de uno a treinta, días deSalario Mínimo General Vigente en el Estado, lassiguientes:

I. Causar, en los espectáculos y lugares públi-cos, falsas alarmas, lanzando objetos, emitien-do gritos o tomar actitudes que infundan ó provo-quen pánico en los presentes;

II. Almacenar, encender, pretender ó detonarcohetes, utilizar material peligroso, explosivo, in-flamable o flamable, corrosivo, pólvora fría, hacerfogatas o utilizar negligentemente cualquier com-bustible, que pongan en peligro a la población yque no cuenten con los permisos correspondien-tes;

III. Formar parte de grupos que causen moles-tias a las personas en lugares públicos o en la proxi-midad de los domicilios de éstas;

IV. Penetrar o invadir sin la autorización corres-pondiente, zonas o lugares de acceso prohibido enlos centros de espectáculos, diversiones o recreo;

V. Organizar o tomar parte en juegos de cual-quier índole, en vía pública, que pongan en peligroa las personas que en él transiten o que causenmolestias a las familias que habitan en o cerca dellugar en que se desarrollen los juegos, a los peato-nes o a las personas que manejen cualquier clasede vehículos;

VI. Solicitar por cualquier medio los servi-cios de: policía, bomberos, médicos u otros quesean considerados de emergencia, invocando he-chos falsos;

VII. Transportar, sin la autorización de la auto-ridad correspondiente, sustancias de cualquiertipo que generen peligro para la población, que-dando el vehículo bajo el resguardo de la autoridadcompetente;

VIII. Portar cualquier objeto que puede ser utili-zado para agredir o causar algún daño y que notenga aplicación en actividades laborales o recrea-tivas;

IX. Ingerir bebidas embriagantes o alcohólicasen la vía pública;

X.- Participar en altercados o contiendas demanera física y/o verbal;

XI.- Provocar, perseguir o asechar por cualquiermedio a alguien con el ánimo de provocarlo, pelearo agredirlo física o verbalmente;

XII.- Disparar, exhibir o portar artefactos simila-res a las armas de fuego en cualquier lugar públi-co, provocando escándalo o temor en las perso-nas.

DE LAS FALTAS CONTRA EL CIVISMOSon faltas contra el civismo y se sancionarán

con arresto de hasta por treinta y seis horas o multade uno a treinta días de Salario Mínimo GeneralVigente en el Estado, las siguientes:

I. Ocasionar disturbios, emitir gritos o interrum-pir injustificadamente, un acto oficial con honoresa la Bandera;

II. Hacer burla, signos de desprecio o cualquierotra manifestación que implique falta de respetohacia los símbolos patrios;

III. Portar, usar o utilizar de manera ne-gligente los símbolos patrios, sin el respetoo consideración a éstos, utilizándolos enotros aspectos que no son los propios; y

IV. Portar insignias, escudos, ropas ó identi-ficaciones de uso exclusivo de corporaciones po-licíacas del Estado y sus municipios, sin estardebidamente autorizado para ello.

DE LAS FALTAS CONTRALA PROPIEDAD PÚBLICA

Son faltas contra la propiedad pública y se san-cionarán con arresto de hasta por treinta y seishoras o multa de uno a treinta días de SalarioMínimo General Vigente en el Estado, las siguien-tes:

I. Deteriorar intencionalmente bienes destina-dos al equipamiento urbano, o hacer uso indebidode los servicios públicos;

II. Hacer uso indebido de las casetas telefóni-cas o maltratar los buzones, nomenclaturas,expendios de timbres, señales indicadoras u otrosaparatos de uso común colocados en la vía públi-ca;

III. Utilizar negligentemente cualquier obje-to que se encuentre en la vía pública que seadestinado para brindar un servicio público;

IV. Utilizar, remover o transportar césped, flo-res, tierra u otros materiales de las calles, plazas,mercados y demás lugares de uso común, sin au-torización para ello;

V. Maltratar o ensuciar las fachadas de los edi-ficios o lugares públicos;

VI. Maltratar o hacer uso indebido de las esta-tuas, monumentos, postes, arbotantes, cobertizos,edificios o cualquier otro bien de uso público o cau-sar deterioros en las calles, parques, paseos o lu-gares públicos;

VII. Cortar o maltratar todo tipo de flora quese encuentre ubicada en la vía pública;

VIII. Borrar, cubrir o alterar los números o letrascon que están marcadas las casas o los letrerosque designen las calles o plazas u ocupar los luga-

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res destinados para ello con propaganda de cual-quier clase;

IX.- Obstruir por cualquier medio parcial ototalmente calles, avenidas, calzadas, puen-tes u otros lugares públicos sin permiso de laautoridad correspondiente

DE LAS FALTAS CONTRA LA SALUBRIDADSon faltas contra la salubridad y el ornato pú-

blico y se sancionarán con arresto de hasta portreinta y seis horas o multa de uno a treinta díasde Salario Mínimo General Vigente en el Estado,las siguientes:

I. Desperdiciar, contaminar, desviar o rete-ner las corrientes de agua de los: manantiales, tan-ques, tinacos almacenadores, plantas tratadoras,fuentes públicas, acueductos o de las tuberías delos servicios de agua potable del Municipio;

II. Arrojar en la vía pública animales muertos,agua sucia que despida malos olores, escom-bros o cualquier sustancia que contamine el am-biente.

III. Arrojar a los drenajes basura, escombros ocualquier otro objeto que pueda obstruir su funcio-namiento;

IV. Arrojar o abandonar en la vía pública fuerade los depósitos colocados para tal fin, basura,residuos o cualquier otro objeto contaminante;

V. Arrojar en predios baldíos basura, residuosen cualquier estado y especie;

VI. Orinar o defecar en la vía pública, en luga-res distintos de los autorizados para ese efecto;

VII. Sacudir ropa, alfombras y otros objetoshacia la vía pública, tirar deshechos o desperdiciossobre la misma o en cualquier predio o lugar noautorizado;

VIII. Tener animales que originen mal olor, fau-na nociva, ruidos o que causen cualquier otro tipode molestia a los vecinos en zonas habitacionales;

IX. Realizar la quema de basura, pasto seco,llantas o cualquier sustancia que cause contami-nación al ambiente;

X. Fumar en lugares expresamente prohibidospor la ley de la materia;

XI.- Omitir limpiar o recoger los responsa-bles de la guarda y cuidado de cualquier tipode animal una vez que estos defequen o llevea cabo sus necesidades fisiológicas en luga-res públicos así como en propiedad privada;

XII.- Sacar la basura de los contenedores ode los depósitos destinados para tal fin o pren-derles fuego;

DE LAS FALTAS CONTRAEL BIENESTAR COLECTIVO

Son faltas contra el bienestar colectivo y sesancionarán con arresto de hasta por treinta y seishoras o multa de uno a treinta días de SalarioMínimo General Vigente en el Estado, las siguien-tes:

I. Causar escándalo en la vía pública;II. Conducir en la vía pública animales peligro-

sos sin permiso de la autoridad y sin tomar lasmedidas de seguridad necesarias; o dejar el po-seedor o el propietario del animal que éste transitelibremente en la vía pública sin tomar las medidasde seguridad necesarias para evitar daños a terce-ros;

III. Hacer manifestaciones ruidosas en forma talque produzcan disturbio o grave alteración del or-den de un espectáculo o acto público;

IV. Exigir gratificaciones por protección de au-tomóviles estacionados en la vía pública;

V. Ocupar u obstruir rampas o lugares de esta-cionamiento que no sean de uso común y que seandestinados a servicios de emergencia, personascon capacidades diferentes, u otro uso reglamen-tado por la ley de la materia;

VI. Alterar el orden, arrojar cojines, líquidos ocualquier objeto, prender fuego o provocar alterca-dos en los espectáculos o en la entrada de ellos.

VII. Producir cualquier tipo de ruido exce-sivo con equipos de sonido, vehículos de mo-tor o de arrastre, equipos de trabajo o cual-quier otro objeto que provoque malestar público;

VIII. Ensayar las bandas de guerra o conjuntosmusicales en lugares públicos, careciendo del per-miso correspondiente o en lugares privados cuan-do el ruido generado ocasione molestias a los veci-nos;

IX. Proferir palabras obscenas o cualquier tipode insulto en la vía pública;

X. Causar daños a vecinos, transeúntes o ve-hículos, por omitir las medidas necesarias de ase-guramiento de tiestos, plantas u otros objetos.

XI. Difundir o poner a la vista cualquier tipode material con sexo explícito o imágenes quesean en contra de la moral y las buenas cos-tumbres;

XII. Obstruir, rentar o pedir propina por opara el uso de los espacios públicos para serutilizados como estacionamiento de vehículosautomotores.

DE LAS FALTAS CONTRA LA INTEGRIDADDE LAS PERSONAS Y SUS BIENES

Son faltas contra la integridad de las personasen su seguridad, tranquilidad y propiedades parti-culares y se sancionarán con arresto de hasta portreinta y seis horas o multa de uno a treinta díasde Salario Mínimo General Vigente en el Estado,las siguientes:

I. Provocar o incitar a cualquier animal paraque ataque a una persona, o dejarlo en liber-tad sin tomar las debidas precauciones y me-didas de seguridad necesarias para evitar queestos ataquen o provoquen lesiones en laspersonas o daños en sus propiedades;

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II. Causar molestias por cualquier medio, queimpida el legítimo uso o disfrute de un inmueble;

III. Dejar el encargado de la guarda o custodiade un enfermo mental que éste deambule librementeen la vía pública, causando molestias o ponien-do en riesgo la integridad de terceros;

IV. Arrojar intencionalmente, contra una perso-na o sus bienes líquidos, polvos u otras sustan-cias, que puedan mojarla, ensuciarla, mancharla ocausarle malestar;

V. Turbar la tranquilidad de las personas congritos, música o ruidos aún cuando éstos los pro-voquen animales domésticos de la pertenencia obajo el cuidado del que debiendo impedirlo, no lohaga;

VI. Hacer bromas indecorosas o mortificantesde cualquier forma con la intención de molestar auna persona;

VII. Dirigirse a una persona con frases o ade-manes que afecten su integridad, asediarlo,intimidarlo o impedirle su libertad de acción en cual-quier forma;

VIII. Maltratar, rayar, pintar ó ensuciar las fa-chadas de los edificios, vehículos automotores ocualquier otro bien mueble o inmueble de propie-dad particular;

IX. Permitir, inducir, incitar u obligar a menoresde edad para que cometan faltas a las presentesdisposiciones;

X. Deambular en lugar público en notorio esta-do de intoxicación producido por sustancias esti-mulantes o depresores del sistema nervioso cen-tral, contrariando el orden público o turbando la tran-quilidad de los vecinos, o realizando actos quepongan en riesgo su propia integridad física o la deterceros;

XI. Poner en peligro la integridad de las perso-nas o patrimonio por la conducción de vehículos demotor en estado de ebriedad o bajo el influjo denarcóticos u otras sustancias, que produzcan efec-tos similares;

XII. Comunicar dolosamente a una o más per-sonas de la imputación que se hace a otra personafísica de un hecho cierto o falso, que le cause des-honra, descrédito o afecte su reputación;

XIII. Formular toda clase de expresiones o rea-lización de acciones destinadas a manifestar des-precio a otra persona o con el fin de causarle una

ofensa, siempre y cuando de ello tengan conoci-miento otras personas y se ponga al ofendido enuna situación de notable humillación pública;

DE LAS FALTAS CONTRA LA INTEGRIDADMORAL DEL INDIVIDUO

Son faltas contra la integridad moral del indivi-duo y de la familia y se sancionarán con arresto dehasta por treinta y seis horas o multa de uno atreinta días de Salario Mínimo General Vigente enel Estado, las siguientes:

I. Consumir, suministrar o inhalar drogas, es-tupefacientes, psicotrópicos, sustancias, plantaso semillas enervantes en la vía pública;

II. Invitar, inducir, promocionar o facilitar en lavía pública el comercio carnal;

III. Injuriar a las personas que asistan a un es-pectáculo o diversión con palabras, actitudes ogestos, por parte de los actores, jugadores, músi-cos o auxiliares del espectáculo o diversión;

IV. Faltar, en la vía pública, al respeto o consi-deración que se debe a los adultos mayores, muje-res, niños ó a personas con capacidades diferen-tes;

V. Corregir con escándalo, vejar o maltratar alos menores, adultos mayores, al cónyuge, concu-bina o concubinario en la vía pública, o bien en elinterior de un bien inmueble, siempre que causeefectos hacia el exterior o lo solicite un tercero;

VI. Ejecutar, exhibir o asumir actitudes obsce-nas, de manera pública y por cualquier medio, queatente contra la moral y las buenas costumbres;

VII. Ingresar por cualquier medio los meno-res de dieciocho años de edad a centros noctur-nos, bares, pulquerías o cualquier otro lugar en quese prohíba su permanencia, esto con independen-cia de la sanción correspondiente a los estableci-mientos, de acuerdo con las disposiciones regla-mentarias que las rijan.

Prof. José Luis Reyes Medina,PRESIDENTE MUNICIPAL

DE ASIENTOS, AGS.

Prof. José María Lozano González,SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO.

Lic. Ernesto Rangel Silva,SINDICO MUNICIPAL.

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MUNICIPIO DE EL LLANODIRECCION DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANEACIÓN

INVERSIÓN 2008FIDEM-(II)

PROGRAMA DESCRIPCION RUBRO LOCALIDAD INVERSIONDE LA OBRA CONCEPTO MUNICIPIO TOTAL

APAZU P.T.A.R. 20 LPS SANEAMIENTO PALO ALTO $17,500,000.000EMISOR SANITARIO (PAS)REFR. DE NUEVO POZO AGUA POTABLE LOS CONOS $3,620,000.000

Y EQUIPAMIENTOPROF. 350 M

AMPLIACION DE AGUA POTABLE O. DE A. $224,287.000AGUA POTABLE DE CRUCITAS

PROSSAPYS NUEVA RED DE SANEAMIENTO EL PUERTECITO $1,797,230.000ALCANTARILLADO

Y SISTEMA DETRATAMIENTO

2.0K.M. 8" DIAM.AMPLIACION DE RED ALCANTARILLADO O. DE A. $1,411,300.000DE ACLANTARILLADO DE CRUCITAS

SUMAS $24,552,817.000

MUNICIPIO DE EL LLANODIRECCION DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANEACIÓN

INVERSIÓN 2008-2009

FIDEICOMISO NO. 1249 "PARA COADYUVAR AL DESARROLLODE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS

PROGRAMA

APAZU

PROSSAPYS

DESCRIP-CION DE LA

OBRA

P.T.A.R. 20LPS EMISORSANITARIO

(PAS)

PEFR. DENUEVO POZO

Y EQUIPA-MIENTO

PROF. 350 M

AMPLIACIONDE AGUAPOTABLE

NUEVA REDDE ALCAN-

TARILLADO YSISTEMA DE

TRATAMIENTO2.0K.M. 8"

DIAM.

AMPLIACIONDE RED DEALCANTARI-

LLADO

RUBROCONCEPTO

SANEAMIEN-TO

AGUAPOTABLE

AGUAPOTABLE

SANEAMIEN-TO

ALCANTARI-LLADO

LOCALIDADMUNICIPIO

PALO ALTO

LOS CONOS

O. DE A. DECRUCITAS

ELPUERTECITO

O. DE A. DECRUCITAS

SUMAS

INVERSION

FEDERAL ESTATAL MUNICIPAL FOREGION

$8,750,000.000 $620,892.000 $3,955,000.000 $4,174,109.000

1,810,000.000 1,253,094.000 556,906.000 0.000

112,143.000 56,072.000 56,072.000 0.000

898,615.000 449,308.000 449,308.000 0.000

705,650.000 352,825.000 352,825.000 0.000

12,276,408.000 2,732,191.000 5,370,111.000 4,174,109.000

SUBTOTAL(POR

PROGRAMA)

$17,500,001.000

3,620,000.000

224,287.000

1,797,231.000

1,411,300.000

24,552,819.000

TOTAL

$17,500,001.00

7,052,818.00

24,552,819.00

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INSTITUTO ESTATAL ELECTORALAGUASCALIENTES, AGS.

MANUAL DE INTEGRACIÓNY FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ

DE ADQUISICIONES Y ENAJENACIONESDEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL 2009

I.- GLOSARIO DE TÉRMINOSPara efectos del presente manual se entende-

rá por:Comité: Comité de Adquisiciones y Enajenacio-nes del Instituto Estatal Electoral.Contraloría: Contraloría General del Estado.Instituto: Instituto Estatal Electoral.Ley: Ley Patrimonial del Estado de Aguascalientes.Proveedor, Concursante, Licitante o Compra-dor: A la persona que celebre contratos de adquisi-ciones, arrendamiento, prestación de servicio oenajenaciones.Secretaría de Finanzas: Secretaría de Finanzasdel Gobierno del Estado.Secretaría de Gestión e Innovación: Secretaríade Gestión e Innovación.Secretaría de Planeación: Secretaría dePlaneación y Desarrollo Regional del Gobierno delEstado.II.- INTRODUCCIÓN

El presente Manual se ha elaborado con el pro-pósito de dar cumplimiento a las disposicionesestablecidas en los artículos 6º. fracc. II y 39 últi-mo párrafo de la Ley y al 107 fracción III del CódigoElectoral del Estado de Aguascalientes.

El presente Manual tiene por objeto definir elesquema de integración y funcionamiento del Co-mité de Adquisiciones y Enajenaciones del Institu-to, con estricto apego al marco jurídico que normay regula su actuación, para cumplir con los objeti-vos, funciones y atribuciones que les correspondedesempeñar a cada uno de los integrantes.

El presente Manual una vez autorizado por losMiembros del Comité, tendrá el carácter obligato-rio y de apoyo permanente, recomendándose reali-zar revisiones que permitan mantenerlo actualiza-do con apego a la normatividad vigente.III.- MARCO JURIDÍCO-ADMINISTRATIVOLeyes

Ley Patrimonial del Estado de Aguascalientes.Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Pú-

blico del Estado de Aguascalientes.Ley del Procedimiento Administrativo del Esta-

do de Aguascalientes.Códigos

Código Electoral del Estado de Aguascalientes.Código Civil del Estado de Aguascalientes.

ReglamentosReglamento Interior del Instituto Estatal Elec-

toral.Decretos

Decreto de Presupuesto de Egresos del Esta-do de Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal del2009Documentos Normativo-Administrativos

Criterios de Operación emitidos por el Instituto.Manual de Normas, Políticas y Lineamientos

en materia de Adquisiciones y Enajenaciones.IV.- OBJETIVOS

1. Establecer los procedimientos para laoptimización de los recursos que se destinen a lasadquisiciones, enajenaciones, arrendamientos yservicios de cualquier naturaleza, con el objeto deseleccionar adecuadamente al proveedor que ofrez-ca las mejores condiciones de entrega, calidad,precio y servicio de los artículos solicitados por lasunidades administrativas, mediante el análisis yevaluación de la información presentada, a efectode que prevalezca el Costo-Beneficio para el Insti-tuto.

2. Participar en las adjudicaciones de adquisi-ción de bienes o prestación de servicios y arrenda-mientos, cuando se efectúen mediante los proce-dimientos de licitación pública o invitación restrin-gida, así como de enajenaciones a través de su-bastas o licitación.

3. Coadyuvar con el Instituto al cumplimientode las metas establecidas, a la observancia y apli-cación de la normatividad vigente.V.- INTEGRACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo38 de la Ley, el Comité estará integrado por:Presidente: Se propone al Consejero Presidentedel Instituto.Secretario Ejecutivo: El Director Administrativodel Instituto.Tres Vocales con Voz y Voto:

- Un representante del área de Planeación delInstituto.

- Un representante de la Secretaría de Finan-zas.

- Un representante de la Cámara Nacional deComercio, Servicios y Turismo de Aguasca-lientes.

Mismos que serán nombrados por el titular decada Organización participante, previa invitación delPresidente.Dos Vocales con Voz pero sin Voto que serán:

- Un representante de la Contraloría.- Un representante del área requisitante.Los integrantes del Comité podrán contar con

un suplente, el cual, en ausencia del Titular tendrá

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las mismas facultades y atribuciones de este últi-mo, con excepción del Presidente, ya que se esta-rá a lo dispuesto por los artículos 40 y 44 fraccio-nes IX de la Ley.VI.- FUNCIONES

De conformidad con el artículo 42 de la Ley, elComité tendrá las siguientes atribuciones:En materia normativa:

1. Aprobar los casos de cancelación de pedi-dos, rescisión de contratos por caso fortuito o fuer-za mayor, el pago de indemnizaciones a los pro-veedores que en su caso se consideren proceden-tes, previo dictamen emitido por este Órgano y apro-bar las sanciones que correspondan a los provee-dores que hayan incurrido en incumplimiento par-cial o total de pedidos o contratos.

2. Formular las normas, políticas y lineamientosen materia de enajenaciones de los bienes mue-bles e inmuebles.

3. Proponer al Instituto, los criterios para la ela-boración de los manuales de adquisiciones y el deenajenaciones, así como su permanente actuali-zación.En materia de evaluación y control:

1. Proponer modificaciones de mejora a los sis-temas, procedimientos y manuales de operaciónque establezca el Instituto; así cómo procurar quela información se procese de preferencia en siste-mas computarizados.

2. Proponer a las áreas solicitantes del Institu-to se rechacen de manera fundada y motivada lasrequisiciones de compra que a su juicio no se jus-tifiquen.

3. Proponer a la Secretaría de Gestión e Inno-vación, la exclusión del Padrón de Proveedores delGobierno del Estado a los proveedores que hubie-sen incurrido en incumplimiento de algún contrato,aún en el caso de un solo pedido.

4. Fomentar la incorporación de más personasal Padrón de Proveedores del Gobierno del Estadopara su registro.En materia de licitaciones públicas:

1. Llevar a cabo las licitaciones públicas, adju-dicando en los términos de la Ley, los contratos ypedidos respectivos.

2. Nombrar a los servidores públicos encarga-dos de recibir ofertas, garantías, poderes y demásanálogas, esto es, las personas encargadas deorganizar y coordinar todas las actividades y actosde una licitación e invitación restringida.

3. Emitir su opinión respecto de las mejorescondiciones de calidad, servicio, precio, pago y tiem-po de entrega, ofertadas por los proveedores parala adquisición, enajenación o arrendamiento de bie-nes y servicios.

4. Hacer públicas, en uno de los diarios de mayorcirculación, las convocatorias de cada licitación.

Excepción a la licitación pública:Proponer al Instituto sobre los casos de excep-

ción a licitar públicamente bienes y servicios, encaso de fuerza mayor.En materia de programación y presupues-tación:

1. Solicitar a las diferentes áreas su programaanual de adquisiciones.

2. Fomentar la homologación y compatibilidadde los bienes y servicios a fin de simplificar lastareas de mantenimiento y servicio.

3. Recomendar cuáles y cuántos serán los bie-nes y servicios a adquirir.VII.- OPERACIÓN

La operación del Comité tomará en considera-ción los siguientes aspectos generales y acordarálas disposiciones que sean necesarias para el óp-timo funcionamiento del mismo:

Las Sesiones del Comité se llevarán a cabocuando el Presidente del Comité o la mayoría delos miembros del mismo lo consideren necesario.

La convocatoria a sesionar será formulada ycoordinada por el Presidente del Comité.

El Secretario Ejecutivo citará a los miembrosdel Comité a las sesiones por acuerdo del Presi-dente, con al menos un día hábil de anticipación.

Las sesiones deberán ser presididas por el Pre-sidente del Comité y en su ausencia, por el Secre-tario Ejecutivo.

Para dar inicio a las sesiones, éstas tendránuna tolerancia de 10 minutos sobre la hora señala-da y se requerirá que estén presentes la mayoríade sus miembros.

Las decisiones se tomarán por el cincuenta porciento más uno de los votos de los miembros pre-sentes.

Los planteamientos de los casos que se so-metan a la autorización del Comité se harán porescrito, conteniendo un resumen de la informaciónque se presente.

Tratándose de resoluciones de una licitación,cuando no se reúna la mayoría de los integrantesdel Comité, a fin de no obstaculizar y retardar losprocedimientos, el Presidente del Comité resolveráy decidirá la adjudicación.

Para la celebración de las sesiones, el ordendel día propuesto, así como la documentación desoporte sobre los asuntos que serán tratados, de-berá ser entregada previamente a todos los miem-bros del Comité con un día de anticipación a lacelebración de la sesión.

La documentación correspondiente a las sesio-nes del Comité y cualquier otra inherente a esteÓrgano Colegiado, deberá resguardarse y conser-varse por un mínimo de tres años.

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VIII.- FACULTADES DE LOS INTEGRANTESDel Presidente

1. Convocar las juntas ordinarias y extraordina-rias del Comité.

2. Autorizar el orden del día y analizar previa-mente los expedientes correspondientes a los asun-tos que se tratarán en cada junta y en su caso,ordenar las modificaciones que juzgue necesarias.

3. Coordinar y dirigir las reuniones del Comité.

4. Requerir a los miembros del Comité el cum-plimiento de los lineamientos establecidos en esteManual.

5. En caso de empate, emitir su voto de cali-dad, tomando las decisiones que juzgue adecua-das.

6. En general llevar a cabo todas aquellas fun-ciones que se relacionen con las anteriormenteseñaladas.

Del Secretario Ejecutivo1. Requisitar y formalizar los pedidos y contra-

tos adjudicados por el Comité.

2. Elaborar el orden del día correspondiente acada reunión, las actas de sesión, los documentosque contengan la información resumida de los ca-sos que se dictaminarán y los demás documentosque integren los expedientes que se someterán ala aprobación del Comité.

3. Citar a las reuniones por acuerdo del Presi-dente del Comité.

4. Someter los expedientes respectivos a laaprobación del Presidente del Comité.

5. Hacer llegar a cada uno de los Miembros delComité el expediente correspondiente a cada re-unión que se cite.

6. Llevar a cada una de las reuniones del Comi-té la documentación que pueda requerirse.

7. Ejecutar y vigilar que se realicen a través delas distintas áreas, los acuerdos que se tomen ylos compromisos que se adquieran.

8. Vigilar el oportuno cumplimiento de las me-tas que se haya propuesto el Comité, informandomensualmente los avances o retrasos que al res-pecto hubiese.

9. Ejercer las facultades de decisión del Presi-dente del Comité en ausencia de éste.

10. Desarrollar las actas de dictamen.

11. Elaborar y presentar semestralmente anteel Titular del Poder Ejecutivo el Informe de Activi-dades Realizadas por el Comité.

De los Vocales1. Analizar los casos y asuntos que se some-

tan a su consideración y se consignen en el orden

del día, apoyando su análisis sobre los informes ydocumentos que lo sustenten o fundamenten.

2. Manifestar con objetividad, veracidad y se-riedad sus puntos de vista, sus propuestas y alter-nativas de solución, su voto o inconformidad conlos asuntos tratados, a fin de que se pueda llegar auna solución y resolución.

3. Firmar las actas que se levanten en cadareunión, siempre y cuando conste su asistencia.

Del Vocal representante de la Contraloría Ge-neral del Estado

El representante de la Contraloría, asesorará alComité en la interpretación y aplicación de las nor-mas, sistemas y procedimientos para la mejor ad-ministración y operación de las áreas de adquisi-ciones, enajenaciones, arrendamientos y contrata-ción de bienes.

De los InvitadosEl representante del área requisitante, única-

mente tendrá participación en los casos en quequien presida la sesión considere necesaria su in-tervención, para aclarar aspectos técnicos o admi-nistrativos, relacionados con los asuntos someti-dos a la consideración del Comité.

IX. Aprobación del ManualEl presente Manual fue autorizado en la Re-

unión Ordinaria Número 1, celebrada el día 27 delmes de enero del año 2009.

MANUAL DE INTEGRACIÓNY FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ

DE ADQUISICIONES Y ENAJENACIONESDEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL 2009

Miembros del ComitéNombre y Cargo

Lic. Héctor Salvador Hernández Gallegos,PRESIDENTE DEL COMITÉ.

M. A. Francisco Javier Solís Delgado,SECRETARIO EJECUTIVO.

Lic. Hugo Adolfo Hernández Gallardo, REPRESENTANTE DE LA SECRETARÍA

DE FINANZAS.

Tec. Luis David Santacruz Aguilera,REPRESENTANTE ÁREA DE PLANEACIÓN.

C. P. Ignacio Parga Picazo,VOCAL REPRESENTANTE DE LA CÁMARA

NACIONAL DE COMERCIO, SERVICIOSY TURISMO DE AGUASCALIENTES.

LAE. Pedro de Jesús Barrera Gómez,VOCAL REPRESENTANTE DE LA

CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO.

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PERIODICO OFICIAL Pág. 53Febrero 9 de 2009 (Segunda Sección)

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I N D I C E :

GOBIERNO DEL ESTADOPODER EJECUTIVO

COMISION PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO DEL ESTADOManual de Integración y Funcionamiento del Comité de Adquisiciones y Enajenaciones . . . . . . . .UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE AGUASCALIENTESManual de Integración y Funcionamiento del Comité de Adquisiciones y Enajenaciones . . . . . . . .I.S.S.S.S.P.E.A.Reglamento para la Administración de Recursos Financieros e Inversiones. . . . . . . . . . . . . . . . . .INSTITUTO DEL DEPORTE DEL ESTADO DE AGUASCALIENTESEstatuto Orgánico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .PRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES.Cuenta de la Hacienda Pública al mes diciembre de 2008. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .PRESIDENCIA MUNICIPAL DE ASIENTOS, AGS.Se homologa el Artículo 238 del Bando de Policía y Buen Gobierno. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .PRESIDENCIA MUNICIPAL DE EL LLANO, AGS.Programa FIDEM para el ejercicio fiscal 2008 y 2009 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .INSTITUTO ESTATAL ELECTORALManual de Integración y Funcionamiento del Comité de Adquisiciones y Enajenaciones . . . . . . . . .

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‘‘Para su observancia, las leyes y decretos deberán publicarse en el Periódico Oficial del Estado y entrarán en vigoral día siguiente de su publicación.- Cuando en la Ley o decreto se fije la fecha en que debe empezar a regir, su publicaciónse hará por lo menos tres días antes de aquélla’’. (Artículo 35 Constitución Local).

Este Periódico se publica todos los Lunes.- Precio por suscripción anual $ 441.00; número suelto $ 23.00; atrasado$ 28.00.- Publicaciones de avisos o edictos de requerimientos, notificaciones de embargo de las Oficinas Rentísticas delEstado y Municipios, edictos de remate y publicaciones judiciales de esta índole, por cada palabra $ 2.00.- En los avisos,cada cifra se tomará como una palabra.- Suplementos Extraordinarios, por plana $ 431.00.- Publicaciones de balances oestados financieros $ 620.00 plana.- Las suscripciones y pagos se harán por adelantado en la Secretaría de Finanzas.

Impreso en los Talleres Gráficos del Estado de Aguascalientes.

C O N D I C I O N E S :