pliego licitatorio subestacion de media tension

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LEGISLATURA PROVINCIAL SAN JUAN LICITACION PÚBLICA PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA SUBESTACION PROPIA DE MEDIA TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL. PRESUPUESTO OFICIAL : $ 1.739.553.- PLAZO DE EJECUCION : 120 días - Agosto 2013 -

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  • LEGISLATURA PROVINCIAL

    SAN JUAN

    LICITACION PBLICA

    PROYECTO, PROVISION E INSTALACION

    DE UNA SUBESTACION PROPIA DE MEDIA TENSION

    PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL.

    PRESUPUESTO OFICIAL : $ 1.739.553.-

    PLAZO DE EJECUCION : 120 das

    - Agosto 2013 -

  • PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA SUBESTACION PROPIA DE MEDIA TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL.

    INDICE GENERALINDICE GENERALINDICE GENERALINDICE GENERAL

    Contenido Pg. .

    1. Memoria Descriptiva 2

    2. Pliego General de Bases y Condiciones 7

    3. Modelos de Presentacin 25

    4. Especificaciones Tcnicas Generales y Particulares 34

    5. Cmputo Mtrico y Presupuesto Oficial 45

    6. Plan de Trabajos y Curva de Inversiones 47

  • PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA SUBESTACION PROPIA DE MEDIA TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL.

    - 1 -

    MEMORIA DESCRIPTIVA

  • PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA SUBESTACION PROPIA DE MEDIA TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL.

    - 2 -

    MEMORIA DESCRITIVA

    OBJETO :

    La presente contratacin se efecta para el PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA

    SUBESTACION PROPIA DE MEDIA TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL.

    El alcance de los trabajos comprende la provisin de materiales, mano de obra y equipos necesarios para

    efectuar el reemplazo de la subestacin de media tensin existente en el predio de la Legislatura Provincial,

    perteneciente a Energa San Juan, y que provee el actual suministro energtico para el edificio legislativo,

    por otra subestacin de media tensin, de la misma potencia nominal (500 KVA), de propiedad del Poder

    Legislativo, ubicada en idntico sitio, a nivel de terreno, consistente en un centro compacto de

    transformacin, conformado por una caseta envolvente prefabricada de hormign que contendr en su

    interior la celda de media tensin, el transformador de MT/BT y el cuadro de baja tensin con sus

    respectivas unidades de proteccin, control y medida, incluyendo tambin el circuito de alimentacin de 13.2

    KV subterrneo, el empalme en baja tensin con la actual alimentacin del edificio, las puestas a tierra, y

    todos los dems elementos necesarios para el correcto funcionamiento del nuevo sistema.

    Comprende, asimismo, la presentacin de un proyecto previo (incluyendo clculos elctricos, detalle de

    materiales a utilizar y proyecto ejecutivo), y toda tramitacin ante Energa San Juan para contar con las

    autorizaciones y colaboracin del ente distribuidor para efectuar adecuadamente el reemplazo indicado, as

    como todo trabajo y equipamiento provisorio y/o auxiliar necesario para proveer energa al edificio legislativo

    durante el lapso que medie entre la desconexin de la subestacin existente y la puesta en marcha de la

    nueva subestacin transformadora.

    Se incluye tambin la provisin e instalacin de un grupo electrgeno de 400 KVA, ubicado en el mismo

    recinto de la subestacin transformadora, con tablero de transferencia conectado a la misma.

    PRESUPUESTO OFICIAL :

    El presupuesto oficial, al mes de Agosto de 2013 es de: $ 1.739.553.-

    (UN MILLON SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS)

    PLAZO DE EJECUCION :

    El plazo de ejecucin de la obra no podr exceder de los ciento veinte (120) das corridos

  • PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA SUBESTACION PROPIA DE MEDIA TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL.

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    PLIEGO GENERAL

    DE BASES Y CONDICIONES

  • PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA SUBESTACION PROPIA DE MEDIA TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL.

    - 7 -

    INDICE

    PLIEGO GENERAL DE BASES Y CONDICIONES

    Contenido Pg.

    CAPITULO I : NORMAS GENERALES ARTCULO N 1: OBJETO DEL PLIEGO 8

    ARTCULO N 2: NORMATIVA APLICABLE Y ORDEN DE PRELACION 8

    ARTCULO N 3 CONDICIONES GENERALES DE LA CONVOCATORIA 8

    ARTCULO N 4: CONDICIONES PARA UNIONES TRANSITORIAS DE EMPRESAS (UTE) 8

    ARTCULO N 5: DENOMINACIONES 9

    CAPITULO II : PRESENTACIN DE LAS PROPUESTAS ARTCULO N 6: CONOCIMIENTO DE NORMAS LEGALES Y EMPLAZAMIENTO DE OBRA 9

    ARTCULO N 7: DISPONIBILIDAD DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIN 10

    ARTCULO N 8: VALOR DE ADQUISICION DEL PLIEGO 10

    ARTCULO N 9: CONSULTAS Y ACLARACIONES 10

    ARTCULO N 10: PRESENTACIN DE LAS PROPUESTAS 10

    ARTCULO N 11: VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS 11

    ARTCULO N 12: CONTENIDO DEL SOBRE N 1 12

    ARTCULO N 13: CONTENIDO DEL SOBRE N 2 13

    ARTICULO N 14: REPRESENTACIN TCNICA DE LA EMPRESA 14

    ARTCULO N 15: RECURSOS FINANCIEROS Y FORMA DE PAGO 14

    ARTCULO N 16: CAPACIDAD TCNICA DE LOS PROPONENTES 14

    ARTCULO N 17: GARANTA DE LA PROPUESTA 14

    ARTCULO N 18: RECEPCIN Y PROCEDIMIENTO DE APERTURA DE SOBRES N 1 y 2 15

    ARTCULO N 19: ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS 16

    ARTCULO N 20: ADJUDICACIN Y FIRMA DEL CONTRATO 16

    CAPITULO III : DE LA OBRA ARTCULO N 21: SISTEMA DE CONTRATACIN 16

    ARTCULO N 22: PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRA 16

    ARTCULO N 23: CALIDAD 17

    ARTCULO N 24: OTROS CONTRATOS 18

    ARTCULO N 25: ADELANTO FINANCIERO, INSPECCION, MEDICIN Y CERTIFICACIN 18

    ARTCULO N 26: GASTOS IMPRODUCTIVOS 19

    ARTCULO N 27: SEGUROS 19

    ARTCULO N 28: MULTA POR INCUMPLIMIENTO DEL PLAZO CONTRACTUAL 20

    ARTCULO N 29: MULTA POR INCUMPLIMIENTO DE ORDENES DE SERVICIO 21

    ARTCULO N 30: MULTA POR SUSPENSIN DE LOS TRABAJOS 21

    ARTCULO N 31: MULTA POR AUSENCIA INJUSTIFICADA 21

    ARTCULO N 32: MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA EN LA OBRA 21

    ARTCULO N 33: RESPONSABILIDAD DE LA CONTRATISTA 21

    ARTCULO N 34: PAGO DE DERECHOS, TASAS, IMPUESTOS, ETC. 21

    ARTCULO N 35: RECEPCIN PROVISIONAL 21

    ARTCULO N 36: PERIODO DE GARANTA 22

    ARTCULO N 37: DEVOLUCIN DE GARANTAS 22

    ARTCULO N 38: RECEPCIN DEFINITIVA 22

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    PLIEGO GENERAL DE BASES Y CONDICIONES

    CAPITULO I : NORMAS GENERALES

    ARTCULO N 1: OBJETO DEL PLIEGO:

    El presente Pliego establece las condiciones generales para el llamado a Licitacin Pblica para el

    Proyecto, Provisin e Instalacin de una Subestacin Propia de Media Tensin para el Edificio de la

    Legislatura Provincial.

    ARTCULO N 2: NORMATIVA APLICABLE Y ORDEN DE PRELACION:

    Sern de aplicacin las siguientes normas legales: Ley Provincial de Obras Pblicas N 3734, su

    Decreto Reglamentario N 3523-OSP-72 y concordantes; Ley N 5459 y su Decreto Reglamentario N

    1487-OSP-86 (Registro Provincial de Constructores de Obras Pblicas); Decreto 1447-MITyMA-04 (que

    adhiere al Decreto Nacional N 1295/2002) y Decreto 0653-MIyT-06; Ley N 3784 de Procedimiento

    Administrativo y su Decreto Reglamentario; Ley N 3969 y su Decreto Reglamentario N 1617-SH-82

    (Compre Sanjuanino), Normas Legales Nacionales, Provinciales y Municipales pertinentes. Contrato;

    Circulares Modificatorias, Circulares Aclaratorias; Pliego General de Bases y Condiciones; Especificaciones

    Tcnicas Generales y Particulares, y toda otra reglamentacin cuya aplicacin sea necesaria en

    construcciones de las caractersticas de la presente obra. El orden de prelacin ser el establecido en el

    Artculo 24 del Decreto N 3523-OSP-72.

    ARTCULO N 3 CONDICIONES GENERALES DE LA CONVOCATORIA :

    Sern admitidos como Proponentes, empresas individuales, sociedades o uniones transitorias de

    empresas legalmente constituidas, que cumplan con las condiciones establecidas en este Pliego.

    ARTCULO N 4: CONDICIONES PARA UNIONES TRANSITORIAS DE EMPRESAS (UTE):

    Cuando el Proponente sea una Unin Transitoria de Empresa (UTE), sta deber cumplir los

    siguientes requisitos :

    a) Una empresa no podr formar parte de ms de una UTE. Asimismo si se presenta en asociacin

    con otra empresa no podr presentarse sola.

    b) Para la evaluacin de los antecedentes empresarios y tcnicos, se tomarn en conjunto los

    antecedentes de las empresas particulares, es decir la sumatoria de ellos.

    c) Una de las empresas ser nombrada encargada de la Asociacin, consignndose expresamente

    esta determinacin, debiendo la empresa designada cumplir con los antecedentes financieros. La empresa

    encargada ser autorizada a obligar la asociacin, a recibir instrucciones en nombre de la UTE y de cada

    empresa. La ejecucin completa del contrato, incluyendo los pagos, se realizar nicamente con la empresa

    encargada. Las empresas que se presenten asociadas para la construccin de la obra debern aclarar el

    porcentaje que afecta a cada una de ellas en su capacidad. Ambas empresas de la asociacin sern

    responsables solidaria y conjuntamente de la ejecucin del contrato de acuerdo con sus condiciones.

    d) La estructura de cada UTE, en lo referente a las empresas que la integran y la proporcin o

    mtodo para determinar la participacin de las mismas en la distribucin de los resultados, ingresos y

    gastos de la Unin, no podr ser modificada hasta la terminacin del contrato, incluido el perodo de

    Garanta de Obra.

    e) La oferta, y en su caso el contrato deber ser firmado en la forma necesaria para obligar a cada

    empresa.

    f) Cada una de las empresas asociadas deber presentar todos los documentos legales, financieros

    y tcnicos que se solicitan en este pliego.

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    g) Deber denunciarse el Representante de la UTE, quien acreditar su condicin de tal, mediante

    copia certificada del acta de designacin y de la inscripcin en el Registro Publico de Comercio. En caso de

    revocacin de la designacin, deber comunicarse en forma fehaciente al Comitente, dentro de las 48 horas

    de producida.

    h) La UTE deber presentar el correspondiente contrato de unin transitoria, inscripto en el Registro

    Pblico de Comercio, y legalizado por escribano pblico. En caso de que la UTE se constituya al solo efecto

    de la presente Licitacin, se exigir su inscripcin en el Registro Pblico de Comercio solo en caso de

    resultar adjudicataria, debiendo presentar la constancia correspondiente antes de la firma del contrato.

    ARTCULO N 5: DENOMINACIONES:

    Las diversas denominaciones contenidas en el presente Pliego, y la documentacin de la obra, se

    interpretarn de la siguiente manera:

    COMITENTE: Legislatura Provincial.

    PROPONENTE U OFERENTE: Persona fsica o jurdica que presente los documentos requeridos

    en este Pliego de Bases y Condiciones.

    ADQUIRIENTE: Persona fsica o jurdica, o conjunto de ellas, que hayan adquirido el Pliego

    licitatorio

    ADJUDICATARIO: El Proponente al que se le haya notificado la adjudicacin, y hasta el momento

    de la firma del contrato.

    CONTRATISTA: El Adjudicatario que haya suscripto el contrato respectivo y a partir del momento en

    que ste adquiera validez legal.

    SUBCONTRATISTA: Persona fsica o jurdica que establece relacin contractual con la Contratista

    para la ejecucin de obras, suministro de bienes o prestacin de servicios inherentes al contrato, bajo su

    exclusiva responsabilidad y autorizada por el Comitente.

    INSPECCIN: El Representante del Comitente que tiene a su cargo el control y vigilancia directa de

    la obra.

    ASESORAS: Los profesionales especializados encargados del proyecto, clculo e instalaciones,

    que tendrn a su cargo el asesoramiento y las resoluciones de los detalles que surgieren durante el

    desarrollo de la obra.

    REPRESENTANTE TCNICO: El Profesional Representante del Contratista, encargado de la

    conduccin tcnica, debidamente autorizado por el mismo y oficialmente aceptado por el Comitente.

    DAS: Salvo indicacin en contrario, se entendern das corridos, incluso aquellos inhbiles y

    feriados de cualquier naturaleza.

    PROPUESTA: Los documentos de oferta tcnico-econmica, presentados en tiempo y forma.

    LEGAJO DE LA LICITACIN PBLICA: El conjunto de la documentacin entregada al Adquiriente,

    constituida por la Memoria Descriptiva, el Pliego General de Bases y Condiciones, los Modelos de

    Presentacin, las Especificaciones Tcnicas Generales y Particulares, los Planos y/o Croquis, el Cmputo

    Mtrico y Presupuesto Oficial, el Plan de Trabajos y la Curva de Inversiones. Asimismo integrarn el Legajo

    de la Licitacin Pblica todas las circulares aclaratorias y/o modificatorias, ya sean de oficio o de respuesta

    a consultas efectuadas por los participantes.

    CAPITULO II : PRESENTACIN DE LAS PROPUESTAS

    ARTCULO N 6: CONOCIMIENTO DE NORMAS LEGALES Y EMPLAZAMIENTO DE OBRA:

    Los Proponentes debern conocer la Ley N 3734 de Obras Pblicas de la Provincia de San Juan y

    sus Decretos Reglamentarios, como as tambin las normas y reglamentos de organismos de contralor

    municipales, provinciales, nacionales y/o privados, vigentes para el rubro de obras elctricas, leyes

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    laborales e impositivas, tasas e impuestos que graven la realizacin de sus trabajos y toda otra ley, decreto,

    ordenanza, reglamentacin, etc, vinculados con la ejecucin de los trabajos.

    Asimismo, los proponentes podrn visitar la obra existente para tomar conocimiento de sus

    caractersticas principales, condiciones de trabajo tales como: provisin de energa elctrica, acceso de

    camiones, lugares de entrada y salida de materiales y todo otro elemento que pueda constituir un factor

    influyente en el justiprecio del monto de la oferta que integra la propuesta.

    Los interesados debern conocer toda la documentacin y antecedentes del proyecto, pudiendo

    recabar datos complementarios por su cuenta, en caso de considerar insuficiente lo disponible. Asimismo,

    podrn sealar al Comitente y consultar sobre cualquier, discrepancia, error u omisin de cotas, cantidades

    o anotaciones en general contenidas en la documentacin. Las medidas y cantidades indicadas en la

    Memoria Descriptiva, Especificaciones Tcnicas y Cmputos y Presupuestos, debern ser verificadas por

    los oferentes a los efectos de su correspondiente propuesta econmica, por lo que no se admitir ningn

    reclamo posterior fundado en diferencias, desconocimiento de esos hechos, errnea interpretacin de los

    planos, pliegos etc.

    ARTCULO N 7: DISPONIBILIDAD DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIN:

    La Documentacin estar a disposicin de quienes deseen consultarla en la Legislatura de la

    Provincia de San Juan, Oficina de Licitaciones y Compras - 3 Piso - Ciudad de San Juan, desde la fecha

    que indiquen las publicaciones del aviso del llamado a Licitacin, hasta tres (3) das antes de la fecha fijada

    para la apertura de sobres.

    ARTCULO N 8: VALOR DE ADQUISICION DEL PLIEGO:

    La adquisicin de los Pliegos se efectuar en la Oficina de Licitaciones y Compras de la Legislatura

    Provincial, y su valor ser de PESOS UN MIL SETECIENTOS ($ 1.700,00), no reembolsables, monto a

    depositar en la Cuenta Corriente N 018002130/2 del Banco San Juan. La boleta de depsito deber

    presentarse al momento del retiro del Pliego, y luego incluirse entre la documentacin del Sobre N 1.

    ARTCULO N 9: CONSULTAS Y ACLARACIONES:

    El plazo para formular consultas o aclaraciones, se fija en hasta cinco (5) das antes de la fecha de

    apertura de las Propuestas.

    Dichas consultas debern formularse por escrito al Comitente, respondiendo ste de la misma

    manera hasta tres (3) das antes de dicha fecha. Asimismo el Comitente, si lo considera necesario y dentro

    del plazo establecido anteriormente, podr remitir a quienes hayan adquirido el Legajo Licitatorio, las

    aclaraciones que estime corresponder. Sin perjuicio de ello, ser obligacin de los adquirentes concurrir a la

    Cmara de Diputados a fin de notificarse de todas las notas aclaratorias y comunicados, dentro del mismo

    plazo indicado en el primer prrafo del presente artculo. La no concurrencia dar lugar a que las mismas se

    den por conocidas y aceptadas.

    Las consultas, sus respuestas y sus aclaraciones, que integrarn la documentacin de la Licitacin,

    no constituyen causal para extender el plazo establecido para la presentacin de las Propuestas.

    ARTCULO N 10: PRESENTACIN DE LAS PROPUESTAS:

    La presentacin se admitir hasta el da y hora indicados para el acto de apertura de los sobres,

    segn lo detallado en el Artculo 18. La documentacin presentada despus de la hora establecida para la

    apertura, ser devuelta sin abrir.

    Los Proponentes deben examinar cuidadosamente este Pliego de Bases y Condiciones y no omitir

    la presentacin de ninguna informacin o documento solicitado. Esta omisin o la comprobacin de que

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    cualquier informacin proporcionada por un Proponente no es correcta, veraz y completa, motivar la

    aplicacin de las penalidades que en cada caso se establece.

    Cuando se requiera la certificacin de la firma, sta deber ser cumplida por autoridades judiciales o

    notariales con exclusin de toda otra. Si dichas autoridades fuesen de extraa jurisdiccin, deber constar

    la legalizacin del Colegio pertinente.

    La documentacin requerida por este Pliego se acompaar de conformidad a las siguientes

    indicaciones:

    a) Se presentarn dos sobres bajo la denominacin "Sobre N 1" y "Sobre N 2", cerrados y

    lacrados (el Sobre N 2 estar contenido en el Sobre N 1).

    b) El Sobre N 1 llevar un rtulo en el que conste la denominacin de la Licitacin de que se trata,

    el lugar y fecha y hora de apertura. Se insertarn en l todos los documentos solicitados, siguiendo

    estrictamente el orden establecido el Artculo 12.

    c) El Sobre N 2 llevar un rtulo en el que conste la denominacin de la Licitacin de que se trata,

    el lugar, fecha, y hora de apertura y el nombre del Proponente. Contendr el precio ofertado utilizando a tal

    efecto el Formulario N 2, el Cmputo y Presupuesto, el Plan de Trabajos, la Curva de Inversiones y los

    Anlisis de Precios, segn lo especificado en el Artculo 13.

    d) En caso de presentar variantes, referidas exclusivamente a los aspectos permitidos en el Pliego

    de Especificaciones Tcnicas Generales y Particulares, las mismas debern formularse bajo sobre

    separado con las mismas inscripciones del Sobre N 2 y con el agregado del trmino Variante.

    e) Todos los documentos estarn redactados en castellano, se presentarn mecanografiados, sin

    raspaduras, enmiendas, entrelneas, testados y/o errores que no hayan sido debidamente salvados al pie.

    f) Toda la documentacin debe ser presentada en original y una (1) copia de un mismo tenor. Todas

    las pginas del original y copia deben ser firmadas por la o las personas debidamente autorizadas por el

    Proponente para representarlo legalmente, y llevarn el sello de la Empresa, Sociedad o U.T.E. respectiva.

    El ejemplar identificado con la palabra "original", ser considerado a todos los efectos como oferta vlida. El

    otro ejemplar, que deber ser idntico al anterior, ser marcado con la palabra "copia".

    g) Se podr exceptuar la presentacin del Legajo firmado a cambio de una declaracin jurada

    firmada por el Proponente y su Representante Tcnico, en la que conste el conocimiento y aceptacin de la

    documentacin adquirida (Legajo de la Licitacin) y todas las condiciones y requisitos all expresados. Los

    documentos que se acompaen podrn presentarse en su original, en testimonio expedido por autoridad

    competente o en copia certificada por autoridad judicial o notarial.

    Cuando se requiera la certificacin de la firma deber ser cumplida por autoridades judiciales o

    notariales con exclusin de toda otra.

    Si dichas autoridades fuesen de extraa jurisdiccin, deber constar la legalizacin pertinente.

    h) Todas las pginas sern numeradas y se incluir un ndice que facilite la ubicacin de cualquier

    informacin durante el proceso de evaluacin.

    i) La documentacin deber ser protegida por cubiertas adecuadas y anilladas en forma

    suficientemente segura para evitar su deterioro por el manipuleo de que ser objeto durante las tareas de

    revisin y evaluacin.

    No ser admitida documentacin alguna que se presente en forma distinta a la especificada en el

    presente artculo.

    ARTCULO N 11: VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS:

    Todas las propuestas tendrn una validez de sesenta (60) das desde la fecha de apertura y no

    podrn retractarse en ese perodo.

    Transcurrido dicho plazo los Proponentes que lo deseen podrn retirar su propuesta, pero mientras

    no lo hiciesen, se entender que han prorrogado automticamente por igual trmino su plazo de validez.

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    - 12 -

    El aviso de retiro de Propuesta deber ser hecho en todos los casos en forma fehaciente y con un

    mnimo de cinco (5) das de antelacin al vencimiento

    ARTCULO N 12: CONTENIDO DEL SOBRE N 1:

    Los Proponentes debern incluir en su propuesta la siguiente documentacin:

    a) Nota de presentacin firmada por el Representante Legal o autorizado por el Proponente,

    siguiendo el modelo del Formulario N 1.

    b) Constancia de la constitucin de la Garanta de la Propuesta que debe ser por un monto mnimo

    del 1% del Presupuesto Oficial, que ser constituida de acuerdo al Artculo 17 de este Pliego General de

    Bases y Condiciones.

    c) Certificado habilitante expedido por el Registro de Constructores de Obras Pblicas de San Juan,

    indicando capacidad Tcnica y Financiera Libre para el rubro que se licita. En el caso de UTE,

    certificaciones para todas las empresas integrantes.

    d) Constancia de haber adquirido el Pliego de Bases y Condiciones. Deber presentarse el

    comprobante de depsito original, el que ser devuelto terminado el acto licitatorio, contra entrega de una

    fotocopia del mismo.

    e) Para ofertas de sociedades annimas o cooperativas se deber adjuntar copia de los estatutos

    sociales debidamente inscriptos en el Registro Pblico de Comercio, ltima acta de asamblea designando el

    directorio y acta del directorio autorizando la presentacin de la oferta. En caso de otras sociedades

    comerciales deber adjuntarse copia del contrato social debidamente inscripto en el Registro Pblico de

    Comercio, nmina de los directivos, copia del acta de asamblea por la cual se los designa y si

    correspondiere el poder que faculta al representante a presentarse en la Licitacin. Toda la documentacin

    de las sociedades citadas precedentemente y las firmas de sus representantes, debern estar certificadas

    ante escribano pblico.

    f) Poder o autorizacin general otorgado al representante que firma la nota de presentacin, por

    ante escribano pblico.

    g) En caso de que el Proponente sea una U.T.E., cada una de las empresas que la integra deber

    presentar por separado los documentos sealados en los incisos e) y f), en lo que les corresponda.

    Adicionalmente se deber presentar el Contrato Constitutivo de la U.T.E. de acuerdo con la Ley

    22.903, que reform la Ley N 19.550, con la condicin que la responsabilidad sea asumida en forma

    ilimitadamente solidaria y que contemple adems los siguientes aspectos:

    g1) Razones de complementariedad que justifiquen la U.T.E.

    g.2) Designacin de la empresa que asumir el liderazgo tcnico de la U.T.E.

    g.3) Compromiso formal de no modificar los trminos del documento constitutivo de la

    U.T.E., en caso de adjudicacin a la misma, hasta tanto se hayan extinguido las

    obligaciones del contrato. Asimismo, se deber incluir los dems requisitos establecidos en

    el Artculo 4.

    h) Antecedentes de la empresa que permitan evaluar :

    h1) Capacidad tcnica, econmica, financiera y de ejecucin, acompaando el ltimo

    balance general de la empresa.

    h2) Antecedentes de obras ejecutadas y/o en ejecucin, (pblicas y/o privadas), detallando

    propietario u organismo y destino de las mismas, pudiendo agregarse cualquier otro dato

    que permita ilustrar sus caractersticas.

    h3) Declaracin Jurada donde conste que el Proponente no registra rescisin culposa en

    instancias administrativas en los ltimos veinticuatro (24) meses anteriores a la fecha de la

    apertura de sobres de la licitacin, de obras contratadas con organismos oficiales y/o

    privados, en todo el mbito del Territorio Nacional.

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    - 13 -

    h4) Declaracin Jurada donde conste que el Proponente no se encuentra en proceso judicial

    de concurso o quiebra.

    h5) Declaracin Jurada informando los litigios que tuviera pendiente con organismos del

    Estado Nacional, Provincial o Municipal, o con entes o reparticiones descentralizadas, sea

    como actor o demandado.

    i) Declaracin de que para cualquier cuestin judicial que se suscite, acepta someterse a la

    jurisdiccin y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de San Juan, con asiento en la

    Ciudad de San Juan, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o prrroga de jurisdiccin, debiendo

    constituirse domicilio legal en la misma ciudad, todo ello mediante Declaracin Jurada, siguiendo el modelo

    del Formulario N 3.

    j) El Legajo de la Licitacin firmado en todas sus hojas por el Proponente y su Representante

    Tcnico. A cambio de esta exigencia se aceptar la presentacin de una declaracin jurada, conforme se

    indica en el Artculo N 10 inciso g) del presente Pliego.

    k) Detalle del personal que ser afectado a la obra: profesionales, tcnicos, capataces y personal de

    apoyo en relacin de dependencia y los asesores y consultores contratados o a contratar.

    l) Detalle de mquinas, movilidades y equipos que sern afectados a la obra, indicando si son de su

    propiedad.

    m) Catlogos, planillas y/o muestrarios en general de todos los materiales a utilizar.

    n) El Representante Tcnico, adjuntando los comprobantes de cumplimiento de los requisitos

    establecidos en el Artculo 14 del presente Pliego de Bases y Condiciones.

    ) Copia legalizada emitida por la Direccin General de Rentas de la Provincia del Certificado de

    Cumplimiento Fiscal de Obligaciones Tributarias, u obtenida con la respectiva clave de validacin, de

    acuerdo a la Resolucin 1606-DGR-2009, cuyas actividades incluidas en el mismo guarden relacin con el

    objeto de la presente contratacin.

    o) En caso de que el Proponente sea una Persona Jurdica y/o Sociedad de Hecho, deber

    presentar la documentacin que acredite el carcter que invoca (estatutos, acta constitutiva, etc.).

    p) En caso de corresponder, copia de la Resolucin de la Contadura General de la Provincia de

    San Juan, que acredite el Beneficio de Ley 3969 (Compre Sanjuanino).

    q) Certificado de Inscripcin ante la A.F.I.P. (Ganancias e I.V.A., y, en caso de corresponder,

    Empleador) actualizado.

    r) Copia del certificado de recepcin de alta que acredite estar inscripto en el Registro de

    Proveedores y Destinatarios de Pagos de la Administracin Provincial.

    s) Domicilio fijado en la Provincia de San Juan, en alguno de los departamentos que integran el

    Gran San Juan, mediante Declaracin Jurada siguiendo el modelo del Formulario N 3.

    t) Certificado extendido por el Comit Ejecutivo, Ley N 6753, donde conste si el proponente es

    deudor del Banco San Juan S.A. en que situacin se encuentra y en caso de haberse acogido a algn

    rgimen de pago, indicar si se encuentra al da en el cumplimiento de las obligaciones emergentes del

    mismo, conforme a lo dispuesto por el Artculo 17 de la Ley 7053.

    u) Sobre N 2

    ARTCULO N 13: CONTENIDO DEL SOBRE N 2:

    El Sobre N 2, presentado en las condiciones estipuladas en los incisos a) y c) del Artculo 10,

    contendr:

    1) El precio ofertado, utilizando a tales efectos el modelo del Formulario N 2. Cuando exista

    discordancia en la consignacin de un mismo precio, se dar prioridad al precio escrito en letras.

    2) El Cmputo y Presupuesto, el cual deber ajustarse al formato del Cmputo y Presupuesto

    Oficial, respetando en forma obligatoria, la cantidad y designacin de tems y sub-tems.

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    - 14 -

    3) El Plan de Trabajos, desarrollado en base al sistema de barras horizontales (tipo GANTT), de los

    perodos de ejecucin de los tems, con indicacin numrica de las cantidades fsicas y porcentuales, como

    as tambin el nmero de orden y designacin de tems, unidad de medida, cantidad, porcentaje respecto

    del total del presupuesto, importe del tem, porcentajes e inversiones (mensuales y acumulados).

    4) Curva de inversiones con indicacin de los porcentajes e inversiones mensuales y acumuladas.

    Los Proponentes podrn optar por incorporar la curva de inversiones al Plan de Trabajos mencionado.

    5) Los Anlisis de Precios de todos los tems y sub-tems que integran la obra, detallando

    materiales, mano de obra, equipos, etc., segn el modelo que integra la documentacin. Podr exceptuarse

    la presentacin de aquellos anlisis de precios pertenecientes a tems cuya incidencia en forma individual

    sea inferior al dos por ciento (2%) del monto de la obra, y que en su conjunto no superen el cinco por ciento

    (5%) de la misma. Sin perjuicio de ello, la Comisin de Adjudicaciones podr exigir la presentacin de los

    Anlisis sealados precedentemente, en el momento que lo considere necesario.

    6) Detalle de la composicin del porcentaje de los Gastos Generales, discriminados en Gastos

    Generales de Obra y Gastos Generales de la Empresa.

    ARTICULO N 14: REPRESENTACIN TCNICA DE LA EMPRESA:

    La Representacin Tcnica ser ejercida por un profesional de 1 Categora, Ingeniero Elctrico o

    Ingeniero Electromecnico, matriculado en el Consejo o Colegio Profesional correspondiente, debiendo

    acreditar su habilitacin mediante certificado del dicho organismo.

    La empresa deber acreditar antes de la firma del contrato, mediante el instrumento legal

    correspondiente, la vinculacin laboral que une a la misma con el profesional designado, caso contrario, no

    se proceder a la firma del contrato. Si la vinculacin laboral fuese solamente para la obra que se licita,

    deber, adems, adjuntarse el comprobante de inscripcin en la D.G.I. del profesional.

    El Representante Tcnico deber tener domicilio legal en la Provincia de San Juan, y cumplir

    funciones en obra en forma permanente, coordinando las tareas con la Inspeccin de Obra. El

    incumplimiento de lo expresado precedentemente dar lugar a la aplicacin de lo estipulado en el Artculo

    33 de este Pliego.

    Se rechazar toda propuesta en la que se compruebe que existe acuerdo entre dos o ms

    Representantes Tcnicos, o que un mismo Representante Tcnico interviene en dos o ms propuestas.

    ARTCULO N 15: RECURSOS FINANCIEROS Y FORMA DE PAGO:

    La obra objeto de esta Licitacin ser atendida con recursos propios de la Legislatura Provincial, y la

    correspondiente certificacin ser abonada en los trminos y condiciones establecidas en la Ley N 3734

    de Obras Pblicas y sus decretos reglamentarios.

    ARTCULO N 16: CAPACIDAD TCNICA DE LOS PROPONENTES :

    Los Proponentes debern acreditar suficiente capacidad para ejecutar la obra que se licita, mediante el

    Certificado Habilitante expedido por el Registro Provincial de Constructores de Obras Pblicas de San Juan.

    Las capacidades mnimas sern las siguientes:

    - Capacidad de Contratacin Anual $ 5.291.140,38

    - Capacidad Tcnica $ 1.739.553,00

    ARTCULO N 17: GARANTA DE LA PROPUESTA:

    La Garanta de la Propuesta a favor de La Legislatura Provincial, podr ser constituida mediante

    aval bancario, ttulos pblicos con cotizacin en Bolsa del Pas, Certificado de Crdito Lquido y exigible

    que tuviera el Proponente contra la Administracin Pblica Provincial, Seguro de Caucin otorgado por

    Compaa autorizada por el Organismo Nacional competente o por depsito en efectivo. Para el caso de

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    - 15 -

    hacer un depsito en efectivo, el mismo debe hacerse en el Banco de San Juan, Cuenta Corriente N 018-

    1939-8, Devoluciones Reclamables.

    Esta garanta le ser devuelta a la Adjudicataria dentro de los cinco (5) das hbiles posteriores a la

    presentacin de la garanta de cumplimiento de contrato. A los Proponentes que no hubiesen resultado

    adjudicatarios les ser devuelta dentro de los cinco (5) das hbiles posteriores a la firma del contrato.

    ARTCULO N 18: RECEPCIN Y PROCEDIMIENTO DE APERTURA DE SOBRES N 1 y 2 : En

    el lugar, da y hora establecidos en los avisos, o en el da hbil siguiente, a la misma hora, si aquel no lo

    fuere, se dar comienzo al acto de apertura de sobres.

    Antes de procederse a la apertura de las presentaciones, podrn los interesados pedir o formular

    aclaraciones relacionadas con el acto, pero iniciada dicha apertura, no se admitirn nuevas aclaraciones.

    A continuacin se proceder a la apertura de todos los Sobres N 1 verificando si la documentacin

    presentada se ajusta a las disposiciones establecidas, declarando la inadmisibilidad de aquellas propuestas

    que no presenten los requisitos exigidos en los incisos b), c), j), ), q), r), u) del Articulo 12, lo que impedir

    la apertura del Sobre N 2, devolvindose en el acto la documentacin al oferente.

    La omisin de los requisitos exigidos en los restantes incisos del Artculo 12, deber ser salvada

    dentro del trmino de tres (3) das hbiles, a partir de la clausura del acto de apertura de sobres, y sin

    necesidad de intimacin alguna por parte del Comitente. Transcurrido dicho lapso sin que la omisin haya

    sido subsanada, ser rechazada la propuesta.

    A continuacin se dar comienzo a la apertura de los Sobres N 2, verificndose si la

    documentacin presentada se ajusta a las disposiciones establecidas, declarando la inadmisibilidad de

    aquellas propuestas que no presenten todos los requisitos exigidos en los incisos 1) al 6) del Articulo 13,

    lo que impedir continuar analizando la Propuesta devolvindose en el acto la documentacin al oferente.

    Seguidamente se proceder a la apertura de los sobres Variantes, si los hubiera.

    Los Proponentes podrn efectuar las observaciones que consideren pertinentes, las que se

    expresarn en forma verbal y constarn en el Acta, con la obligacin de firmar la misma, acreditando a tal fin

    la facultad para hacerlo, caso contrario no sern atendidas, considerndose y resolvindose su procedencia

    durante el proceso de adjudicacin.

    En el caso de impugnaciones, las mismas debern efectuarse por escrito y en el trmino perentorio

    de seis (6) das hbiles a contar del da de la apertura, debiendo constituir una garanta en iguales

    condiciones a las establecidas en el Artculo 17, por un monto equivalente al uno por ciento (1%) de la o las

    ofertas impugnadas. Dichas impugnaciones sern resueltas conjuntamente con la adjudicacin.

    Esta garanta le ser devuelta al Proponente, solamente en caso de prosperar la impugnacin,

    dentro de los cinco (5) das hbiles posteriores a la notificacin de la adjudicacin. Las impugnaciones

    presentadas fuera del plazo arriba establecido, o no garantizadas debidamente, no sern consideradas.

    De todo lo actuado se labrar un acta, dejndose constancia de los nombres de los Proponentes y

    de las presentaciones rechazadas, si las hubiere, expresando a quines pertenecen y las causales.

    Asimismo se dejar constancia de los requisitos omitidos, que no sean causal de rechazo automtico.

    Terminada esta operacin, se dar lectura del acta, la cual ser firmada por la persona que haya presidido

    el acto de apertura, funcionarios presentes, Proponentes y toda persona que desee hacerlo.

    El incumplimiento del Proponente en la presentacin de la documentacin faltante en el trmino de

    3 (tres) das hbiles, dar lugar al rechazo de la propuesta. En este caso el Comitente se reserva el derecho

    de ejecutar la garanta y aplicar las sanciones que estime oportunas.

    El Comitente podr prorrogar o suspender el acto de apertura de sobres toda vez que lo crea

    conveniente, comunicando esta prrroga suspensin en igual manera a la exigida para el llamado a

    Licitacin y notificndose especialmente a los adquirentes del Pliego.

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    - 16 -

    ARTCULO N 19: ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS:

    Todos los documentos presentados por los Proponentes a la Licitacin sern evaluados con

    referencia a su experiencia, idoneidad empresaria y tcnica y oferta econmica. Dicha evaluacin ser

    efectuada por una Comisin Ad-Hoc designada por la Legislatura Provincial, que actuar como Comisin

    de Adjudicacin, y ejercer su funcin basada en los datos aportados por las Empresas, siendo el

    Presidente, conjuntamente con los Secretarios Administrativo y Legislativo, quienes resolvern en definitiva.

    En caso de que hubiere un nico Proponente, ello no significar obstculo para que se evale la

    oferta tcnicoeconmica y eventualmente la adjudique. Todos los Proponentes estarn obligados a

    suministrar la informacin adicional que le solicite la Comisin de Adjudicacin, pudiendo sta efectuar las

    inspecciones tcnicas y contables que sean menester.

    ARTCULO N 20: ADJUDICACIN Y FIRMA DEL CONTRATO:

    El Comitente comunicar a todos los Proponentes el resultado de la adjudicacin, notificando

    fehacientemente a la Adjudicataria, imponindola del plazo en que deber proceder a la firma del contrato.

    Dicho plazo no ser superior a cinco (5) das hbiles administrativos, contados a partir de dicha notificacin.

    Cuando la fecha de iniciacin de la obra no coincida con el primer da hbil del mes deber

    ajustarse el Plan de Trabajos a la real fecha de iniciacin. El nuevo Plan de Trabajos, que tendr un

    desglose semanal, deber ser consensuado con el Comitente.

    Para la firma del contrato, el Adjudicatario deber constituir una Garanta de Cumplimiento de

    Contrato equivalente al cinco (5%) de la oferta, en la forma y condiciones establecidas en la Ley 3734.

    El contratista deber abonar el correspondiente sellado del contrato conforme a las disposiciones

    vigentes, y se har cargo, adems, de todos los impuestos, tasas y contribuciones que gravan las

    actividades de la empresa, en relacin con el contrato.

    Si el Adjudicatario no se presentara, no afianzara o se negara a firmar el contrato en la forma y

    tiempo establecidos, perder el importe de la garanta de la propuesta. Dicha circunstancia ser comunicada

    al Registro de Constructores de Obras Pblicas de la Provincia de San Juan.

    En caso de impugnaciones, las mismas debern efectuarse por escrito, y dentro del trmino

    perentorio de dos (2) das hbiles a contar de la fecha de la comunicacin del resultado de la adjudicacin,

    debiendo constituir una garanta en iguales condiciones a las establecidas en el Artculo 17, por un monto

    equivalente al dos por ciento (2%) de la oferta adjudicada. Dentro de los tres (3) das hbiles posteriores a

    dicha presentacin, la Comisin de Adjudicaciones se expedir al respecto, comunicando lo resuelto a la

    presentante, restituyendo la garanta solamente en caso de prosperar la impugnacin, dentro de los seis (6)

    das hbiles posteriores de la nueva adjudicacin. Las impugnaciones presentadas fuera del plazo arriba

    establecido, o no garantizadas debidamente, no sern consideradas. Intertanto se resuelva la procedencia

    de la impugnacin, no se proceder a la firma del contrato con la empresa seleccionada.

    CAPITULO III : DE LA OBRA

    ARTCULO N 21: SISTEMA DE CONTRATACIN:

    La obra se contrata por el sistema de Ajuste Alzado (llave en mano). Rige la Ley de Obras Publicas

    N 3734 y su Decreto Reglamentario N 3523-OSP-72 y concordantes, que se incluyen en el Pliego

    General nico de Bases y Condiciones para la contratacin de Obras Pblicas y sus modificaciones.

    ARTCULO N 22: PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRA:

    El plazo de ejecucin de la obra ser de ciento veinte (120) das corridos, y regir desde la fecha del

    Acta de Iniciacin de los Trabajos, la que deber operarse dentro de los cinco (5) das hbiles posteriores a

    la firma del contrato.

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    ARTCULO N 23: CALIDAD:

    a) Instrumental a cargo de la Contratista:

    La Contratista deber tener permanentemente en el obrador, el instrumental y tiles necesarios para

    que la Inspeccin de la Obra pueda realizar en cualquier momento las verificaciones de obras que fuera

    necesario para su correcta ejecucin.

    b) Calidad de los materiales:

    Todos los materiales, artefactos y accesorios que se incorporen a la obra, debern ser de la mejor

    calidad existente en plaza entre los de su clase, previamente aprobados por la Inspeccin antes de su

    acopio al pie de la obra , y en un todo de acuerdo con los Pliegos de Especificaciones Tcnicas.

    A tal efecto, y con la debida anticipacin, la Contratista har entrega de las muestras respectivas,

    para realizar los ensayos y anlisis necesarios.

    Los materiales defectuosos o rechazados que llegaran a colocarse en obra, o los de buena calidad

    puestos en desacuerdo con las reglas del arte, o con las estipulaciones contractuales, sern reemplazados

    por la Contratista, corriendo a su exclusivo cargo los gastos que demande la sustitucin.

    Para los elementos que requieren elaboracin previa en taller, y si stos distan a ms de 50 km. del

    emplazamiento de la obra, la Contratista deber cubrir los gastos de traslado y estada del personal que

    ejecute la Inspeccin.

    c) Rechazo de los materiales:

    Si la Contratista acopiara en obra materiales sin aprobar o rechazados, debe retirarlos en el trmino

    perentorio que determine la Inspeccin de Obra. Si as no lo hiciere, sta dispondr su retiro o

    emplazamiento donde lo considere conveniente, corriendo todos los gastos que origine esta medida por

    cuenta exclusiva de la Contratista.

    En el caso de materiales colocados que difieran con los estipulados en la muestra su rechazo

    quedar sujeto a juicio de la Inspeccin de Obra.

    d) Abastecimiento de materiales, mano de obra y equipos:

    La Contratista tendr siempre en la obra o taller, la calidad de materiales, plantel y equipo que a

    juicio de la Inspeccin de obra se necesite para la marcha correcta de la tareas conforme al Plan de

    Trabajos, y con una reserva mnima que asegure quince (15) das de labor.

    Estar tambin obligado a usar mtodos y enseres que a juicio de la Inspeccin de obras, aseguren

    la calidad satisfactoria de la obra y su finalizacin en trmino.

    Si en cualquier momento, antes de iniciarse los trabajos o durante el curso de los mismos, los

    mtodos, el plantel y equipos utilizados por la Contratista fueren insuficientes, ineficaces, o inadecuados a

    juicio de la Inspeccin de obra, sta podr ordenarle que perfeccione esos mtodos y enseres o los

    reemplace por otros ms eficientes. Sin embargo, el hecho que la Inspeccin de Obra nada objetase sobre

    el particular, no eximir a la Contratista, de la responsabilidad que le concierne por la mala calidad de las

    obras ejecutadas o la demora en la terminacin.

    e) Muestras:

    La Contratista presentar las muestras que se exigen en los respectivos Pliegos de

    Especificaciones Tcnicas, estando a su cargo los gastos que demanden, como as tambin su transporte.

    No se admitir cambio alguno de material que no est autorizado por la Inspeccin de Obra,

    debindose hacer en todos los casos los ajustes econmicos que correspondan.

    Cuando, en opinin de la Inspeccin de Obra, algn material propuesto por la Contratista no rena

    los requerimientos necesarios para la aplicacin especificada, ste deber reemplazarlo conforme a las

    Especificaciones Tcnicas.

    Cualquiera de los elementos suministrados como muestra, podrn ser utilizados en obra como

    ltimo elemento a colocar de cada tipo.

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    f) Tramos de muestra:

    A los efectos de convenir en la realidad con absoluta precisin el grado de perfeccin, terminacin,

    calidad de los materiales y mano de obra, que se pretenden obtener en la obra, como as establecer

    tcnicas constructivas, la Contratista tendr la obligacin de ejecutar un tramo de muestra de obra. El tramo

    a ejecutar ser determinado por la Inspeccin de Obra, y ser repetido hasta tanto se obtengan muestras

    cuyo acabado sea aceptado.

    g) Ensayos y pruebas:

    La Inspeccin de Obra podr hacer todos los ensayos y pruebas que considere necesario para

    comprobar si los materiales, estructuras o instalaciones de toda clase, son las que determinan los Pliegos

    de Especificaciones Tcnicas. El personal y los elementos necesarios en la obra para este objeto, como por

    ejemplo: instrumentos de medida, combustibles, herramientas, fletes, aparatos especficos de control, etc.,

    sern facilitados y costeados por la Contratista y se comprobar que los materiales y/o estructuras son los

    prescritos.

    La Inspeccin de Obra ordenar cualquier ensayo o anlisis fsico, qumico, o mecnico que deba

    encomendarse a un laboratorio para verificar la naturaleza de algn material o calidad de trabajo. La

    Contratista conservar los informes de todos los ensayos y pruebas realizadas, debiendo entregar dos (2)

    copias de cada uno a la Inspeccin de Obra. Los ensayos de laboratorios que eventualmente se requieran,

    sern a cargo exclusivo de la Contratista, debiendo la Inspeccin de Obra aprobar previamente el

    laboratorio elegido por la Contratista.

    ARTCULO N 24: OTROS CONTRATOS:

    a) Relaciones con otros contratistas:

    La Contratista est obligada a permitir la ejecucin de los trabajos, ajenos a su contrato que el

    Comitente encomiende o haya encomendado a otros Contratistas, y a acatar las rdenes que d la

    Inspeccin de Obra para evitar interferencias.

    La Contratista deber facilitar la marcha simultnea y armnica de los trabajos por ella ejecutados y

    los que realizan otras Contratistas de modo que las obras realizadas por unas y otras guarden unidad de

    estructuras, estabilidad, funcionalidad, y esttica. La Inspeccin de Obra impartir al efecto las instrucciones

    y normas para mejor entendimiento.

    b) Reuniones de coordinacin:

    La Contratista deber considerar entre sus obligaciones la de asistir con participacin de su

    Representante Tcnico y/o la eventual de los tcnicos responsables de la obra, a reuniones peridicas de

    carcter semanal y extraordinarias o eventuales promovidas y presididas por la Inspeccin de Obra, a los

    efectos de obtener la necesaria coordinacin entre todos los ejecutantes de la obra, suministrar aclaraciones

    a las prescripciones de Pliegos, responder a cuestionarios de inters comn, facilitar y acelerar todo tipo de

    intercomunicacin en beneficio de la obra y del normal desarrollo del Plan de Trabajos.

    ARTCULO N 25: ADELANTO FINANCIERO, INSPECCION, MEDICIN Y CERTIFICACIN:

    La inspeccin, medicin y certificacin de los trabajos sern ejercidas por el Comitente.

    Dentro de los siete (7) das corridos de la firma del Contrato se efectuar un anticipo financiero del

    30% del monto de contrato, conforme Artculo 15 de la Ley 3834, previa constitucin de una garanta por

    igual importe, la que podr ser constituida mediante aval bancario, ttulos pblicos con cotizacin en Bolsa

    del Pas, Certificado de Crdito Lquido y exigible que tuviera el Proponente contra la Administracin Pblica

    Provincial, o Seguro de Caucin otorgado por Compaa autorizada por el Organismo Nacional competente.

    Dicho anticipo se imputar a los rubros D (Item 9): Grupo Electrgeno, y E (Item 10): Subestacin

    de Media Tensin, segn consta en la Planilla de Cmputo y Presupuesto de Obra obrante en el presente

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    - 19 -

    Pliego, en forma proporcional a sus montos, por lo que se amortizar en los certificados de obra a emitirse

    en los que se consideren acopios o movimientos correspondientes a los mencionados rubros e tems.

    Esta garanta le ser devuelta a la Adjudicataria, dentro de los cinco (5) das hbiles posteriores al

    pago del ltimo certificado en el que se amortice por completo el anticipo financiero.

    Los Certificados de Obra se harn en base al cmputo realizado mensualmente y conformado por la

    Contratista, cuyos resultados se volcarn porcentualmente a las cantidades establecidas en el Presupuesto

    Oficial, aplicando los precios del mismo y afectando los resultados por el porcentaje de incremento o

    disminucin contractual.

    El pago de los certificados de Obra se efectuar dentro de los treinta (30) das corridos contados a

    partir del mes siguiente al que fueron realizados los trabajos. Tanto la certificacin como la forma de pago

    se llevar a cabo siguiendo los mecanismos establecidos en la Ley N 3734, teniendo vigencia el Decreto

    N 1447-MIT y MA-04 (que adhiere al Decreto Nacional N 1295/2002), de Redeterminacin de Precios.

    La Contratista deber presentar, junto a cada factura, el correspondiente certificado emitido por la

    A.R.T. con la nmina de empleados asegurados con pliza vigente a esa fecha.

    Vencido el plazo de pago, corrern desde entonces a favor de la Contratista, intereses, calculados

    a la tasa fijada por el Sistema Bancario Oficial, Banco de la Nacin Argentina, para el descuento de

    certificados de obras pblicas. El pago del certificado final sin reserva de la Contratista respecto a los

    intereses devengados por mora, extinguen la obligacin de abonarlos.

    Los intereses a que hubiere lugar por mora sern liquidados y abonados dentro de los quince (15)

    das corridos siguientes al pago del certificado correspondiente. Si la demora en la emisin de los

    certificados fuera ocasionada por culpa de la Contratista, ste no tendr derecho al cobro de intereses.

    En caso de que el Comitente hubiese extendido certificados por importes superiores a los que

    realmente correspondan, ya sea por error en la medicin de los trabajos, en la aplicacin de los ndices o

    por otras circunstancias, tendr derecho a exigir de la Contratista los intereses correspondientes a la suma

    abonada en exceso desde la fecha del o de los pagos indebidamente efectuados. Los intereses se

    liquidarn a la tasa fijada por el Banco de la Nacin Argentina para los descuentos sobre Certificados de

    Obra y se deducirn conjuntamente con el capital de los primeros crditos a percibir por la Contratista.

    ARTCULO N 26: GASTOS IMPRODUCTIVOS:

    Los Gastos Improductivos que pudieran originarse durante el plazo de la obra, se determinarn en

    base a los porcentajes de gastos generales, incluidos en la oferta a los que se les deducir la incidencia que

    tengan aquellos casos que se producen por nica vez y que no tiene relacin con el avance de los trabajos

    en el tiempo. Con el valor obtenido, se determinar el monto mensual de gastos improductivos, que aplicado

    a la ampliacin de plazo otorgado en base a las causales previstas en la Ley 3734 y Decretos

    Reglamentarios (Artculos 42 y 61), dar el total de los mismos y al cual se le adicionar el porcentaje

    correspondiente al I.V.A.

    El plazo para el pago de los gastos improductivos ser de sesenta (60) das corridos, contados a

    partir de la presentacin del reclamo el cual deber incluir como requisito esencial, la documentacin

    completa que lo avale.

    ARTCULO N 27: SEGUROS:

    El contratista no podr iniciar las obras si previamente no ha asegurado, por su cuenta y cargo,

    contra riesgos de accidentes de trabajo a todo el personal permanente o transitorio afectado a la obra,

    incluyendo el personal de la Inspeccin del Comitente y al de los subcontratistas. Las plizas debern

    cubrir: indemnizacin por muerte, incapacidad total o parcial (ambas temporal o permanente), asistencia

    mdica, asistencia farmacutica y gastos sanatoriales, aparatos de prtesis y ortopedia, estudios de

    cualquier nivel de complejidad, etc, conforme legislacin vigente en la materia.

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    - 20 -

    El Contratista deber entregar al Comitente, con anterioridad a la iniciacin de los trabajos, las

    plizas propias, de sus subcontratistas y del personal de la Inspeccin, y durante el transcurso de las obras,

    en caso de producirse bajas y/o incorporaciones, deber informar tanto a la Compaa de Seguros en los

    trminos que indica la Ley vigente, como al Comitente, adjuntando anexos a la pliza original, donde conste

    dicho movimiento de personal y la cobertura respectiva. Al presentar las plizas de seguro exigidas, el

    Contratista deber acompaar los recibos cancelatorios del pago de las primas, reservndose el Comitente

    el derecho de su verificacin.

    Asimismo, la Contratista tomar seguros por las responsabilidades civiles por los daos y/o lesiones

    que pudieran ser ocasionados a terceras personas (incluyendo empleados legislativos) y/o propiedades de

    terceros, con motivo de la ejecucin de los trabajos, por un monto de un milln de pesos ($ 1.000.000.-).

    Todos los seguros debern ser contratados con Empresas Aseguradoras de Capital Nacional, con

    calificacin de aptitud de la Superintendencia de Seguros de la Nacin, y a satisfaccin del Comitente. Bajo

    ningn concepto se admitir el autoseguro.

    ARTCULO N 28: MULTA POR INCUMPLIMIENTO DEL PLAZO CONTRACTUAL:

    La demora en la terminacin de la obra, siempre que la Contratista no probase que se debe a causa

    justificada y que stas sean aceptadas por el Comitente, ad-referendum de la autoridad que corresponda,

    dar lugar a una multa diaria proporcional y acumulativa que se calcular de la siguiente forma:

    a) Dentro de un perodo equivalente a la cuarta parte del plazo contractual, contado desde el da

    siguiente al que la obra debi terminarse:

    M = 0,10 x C/P

    b) Transcurrido el trmino fijado en a), a contar del da siguiente y durante otro perodo equivalente

    a la cuarta parte del plazo contractual:

    M = 0,20 x C/P

    c) Transcurridos los trminos fijados en a) y b), a contar del siguiente y durante otro perodo

    equivalente a la cuarta parte del plazo contractual:

    M = 0,40 x C/P

    d) Transcurridos los trminos fijados en a), b) y c), a contar del da siguiente:

    M = 0,80 x C/P

    M = Monto de la multa a aplicar por da.

    C = Monto original del Contrato, actualizado o disminuido por el importe que representen las

    modificaciones de obras, actualizadas si correspondiese.

    P = Plazo contractual en das. Si se hubieren acordado modificaciones del mismo, el valor "P" ser

    aumentado o disminuido segn lo convenido.

    El total acumulado de las multas que se apliquen por este concepto ser como mximo del 10% del

    monto contractual. Alcanzado este lmite, el Comitente decidir si es conveniente que la obra prosiga o se

    imponga la rescisin del Contrato por causa de la Contratista.

    El atraso no podr justificarse por el hecho de no haber recibido la Contratista advertencia o

    comunicacin de la Inspeccin sobre la lentitud de la marcha de los trabajos. En cambio, podr la

    Contratista reclamar por escrito o ante la Inspeccin, que se prorrogue el plazo de ejecucin, fundado en las

    siguientes causas:

    1) Encomienda de trabajos adicionales importantes que hubieran demandado un mayor tiempo para

    la ejecucin de la obra.

    2) Causas fortuitas evidentes, incendio, huelgas, epidemias, mal tiempo excepcional por su duracin

    o inclemencia, y en general causas que sin impedir forzosamente la actividad de la obra, la interrumpa en

    forma prolongada.

    3) Toda otra causa contemplada en la legislacin vigente.

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    - 21 -

    Todo pedido de prrroga, as como cualquier otra medida que implique modificacin sustancial del

    Contrato suscrito, ser resueltos por el Comitente, previo informe de la Inspeccin de la obra.

    ARTCULO N 29: MULTA POR INCUMPLIMIENTO DE ORDENES DE SERVICIO

    Si la Contratista o su Representante Tcnico no diera cumplimiento a alguna Orden de Servicio en

    el plazo establecido, se har pasible de una multa diaria y acumulativa del dos por mil (0,2 %) del monto

    contractual, actualizado al mes anterior al de aplicacin de dicha multa, si correspondiere.

    ARTCULO N 30: MULTA POR SUSPENSIN DE LOS TRABAJOS

    Por cada da de suspensin injustificada de los trabajos, la Contratista se har pasible a una multa

    equivalente a la quinta parte del cociente entre el monto del Contrato (actualizado al mes anterior al de

    aplicacin de la multa, si correspondiere) y el plazo contractual en das.

    ARTCULO N 31: MULTA POR AUSENCIA INJUSTIFICADA

    La ausencia injustificada, en la obra, de la Contratista o de su Representante Tcnico, cuya

    presencia haya sido requerida por Orden de Servicio, dar lugar a la aplicacin de la sancin establecida

    para el incumplimiento de rdenes de Servicio.

    ARTCULO N 32: MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA EN LA OBRA:

    La falta de limpieza en la obra ser advertida por orden de servicio, con indicacin del plazo de

    cumplimiento. La desobediencia ser sancionada en la forma establecida para el incumplimiento de rdenes

    de servicio.

    ARTCULO N 33: RESPONSABILIDAD DE LA CONTRATISTA:

    La Contratista es responsable de la interpretacin de la documentacin contractual, la cual debe

    conocer plenamente, y del cumplimiento de las normas de la Municipalidad de la Capital, de Energa San

    Juan, de la Asociacin Electrotecnica Argentina, as como a Normas Iram, Normas IEC, y toda otra

    reglamentacin que rija la materia objeto de la presente contratacin.

    Ser responsabilidad de la Contratista cualquier defecto de construccin y de las consecuencias

    que puedan derivarse de la realizacin de trabajos basados en proyectos o planos con deficiencias

    manifiestas, que no denuncie por escrito a la Inspeccin de Obra antes de iniciar los respectivos trabajos. El

    Representante Tcnico es responsable solidario con la Contratista, por los daos o perjuicios que

    ocasionare al Comitente por culpa o negligencia en el cumplimiento de sus funciones especficas.

    ARTCULO N 34: PAGO DE DERECHOS, TASAS, IMPUESTOS, ETC.

    La Contratista deber abonar por su cuenta a la Municipalidad de la Capital, O.S.S.E. u otros

    organismos que correspondan, todos los derechos, tasas, estampillados, impuestos, etc., as como las

    eventuales multas que surjan de la ejecucin de la obra.

    Tambin estar a cargo de la Contratista el importe de los derechos por el uso de elementos,

    materiales, sistemas y/o procedimientos constructivos patentados.

    ARTCULO N 35: RECEPCIN PROVISIONAL:

    La obra ser recibida provisionalmente por la Inspeccin de obra cuando se encuentre terminada

    con arreglo al contrato y se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas de las instalaciones establecidas

    en las Especificaciones Tcnicas, labrndose un acta en presencia de la Contratista o de su Representante

    debidamente autorizado, a menos que declare por escrito que renuncia a este derecho y que se conforma

    de antemano con el resultado de esta operacin.

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    - 22 -

    Antes de la firma del acta, la Contratista deber presentar los certificados que acrediten haber

    cumplido con los pagos correspondientes al Registro de Constructores de Obras Pblicas de la Provincia de

    San Juan y Colegio o Consejo Profesional pertinente.

    Asimismo deber presentar planos conforme a obra, con todas las instalaciones efectuadas,

    impresos en dos copias en formato y colores reglamentarios, y otra copia en soporte digital en formato

    Autocad.

    En el Acta de Recepcin Provisional se consignar:

    1) La constancia de que la obras estn terminadas de acuerdo con los Planos, Pliegos de Condiciones y

    Ordenes de la Inspeccin de Obra.

    2) Las modificaciones, supresiones o ampliaciones de obra con las indicaciones de las respectivas

    resoluciones que las autorizaron.

    Si al procederse a la Inspeccin previa a la Recepcin Provisional, se encontrasen obras que no

    estuviesen ejecutadas con arreglo a las condiciones del Contrato, se podr suspender dicha recepcin

    hasta que la Contratista ejecute las mismas en la forma estipulada. A tales efectos la Inspeccin de Obra

    fijar un plazo, transcurrido el cual sin que la Contratista diera cumplimiento a las observaciones formuladas,

    el Comitente podr ejecutar los trabajos por s o con intervencin de terceros, cargando los gastos a la

    Contratista, sin perjuicio de las acciones que correspondieren.

    Cuando se trate de subsanar ligeras deficiencias o de completar detalles que no afecten a la

    habilitacin de la obra, podr realizarse la Recepcin Provisional dejando constancia de las mismas en el

    acta, para que se subsanen dichos inconvenientes dentro del trmino que se fije al efecto y durante el plazo

    de garanta.

    ARTCULO N 36: PERIODO DE GARANTA:

    El plazo de garanta de la obra ser de dos (2) aos tanto para materiales como para instalacin a

    partir de la fecha de la Recepcin Provisoria, durante la cual la Contratista queda responsable de la

    totalidad de los trabajos ejecutados estando obligada a la reparacin requerida por desperfectos y/o

    defectos provenientes de la mala calidad de los materiales o de deficiencias en la ejecucin de los trabajos.

    ARTCULO N 37: DEVOLUCIN DE GARANTAS:

    La garanta contractual ser devuelta dentro de los treinta (30) das posteriores a la firma del Acta

    de Recepcin Provisional, y el Fondo Reparos dentro de los treinta (30) das posteriores de efectuada la

    Recepcin Definitiva de la obra.

    ARTCULO N 38: RECEPCIN DEFINITIVA:

    La Recepcin Definitiva tendr lugar a la terminacin del plazo de garanta, previa constancia del

    buen estado de las obras y verificaciones del correcto funcionamiento de las instalaciones, para lo cual se

    realizarn las pruebas que la Inspeccin y la Direccin de Obra estimen necesarias, pudiendo repetir total o

    parcialmente las practicadas en la Recepcin Provisional.

    En el Acta de Recepcin Definitiva constar la entrega de planos conforme a obra, como as

    tambin haber cumplido con los pagos correspondientes al Registro de Constructores de Obras Pblicas de

    la Provincia de San Juan y Colegio o Consejo Profesional Pertinente.

    La falta de presentacin exigida a la fecha de recepcin definitiva, har pasible a la Contratista de

    una multa del cero coma dos por mil ( 0,2 /oo) del monto de la obra, actualizado a la fecha de recepcin,

    por cada da de atraso en el cumplimiento de lo estipulado.

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    - 23 -

    MODELOS DE

    PRESENTACION

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    - 25 -

    INDICE INDICE INDICE INDICE DE MODELOSDE MODELOSDE MODELOSDE MODELOS

    N de Planilla Contenido Pg.

    Modelo N 1 Formulario para Nota de Presentacin 26

    Modelo N 2 Formulario para Propuesta 27

    Modelo N 3 Formulario para Declaracin Jurada 28

    Modelo N 4 Cmputo y Presupuesto de Obra 29

    Modelo N 5 Anlisis de Precios 30

    Modelo N 6 Plan de Trabajos y Curva de Inversiones 31

    Modelo N 7 Planilla de Composicin de Gastos Generales 32

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    - 26 -

    MODELO N 1

    LEGISLATURA PROVINCIAL

    PROVINCIA DE SAN JUAN

    FORMULARIO PARA NOTA DE PRESENTACIN

    San Juan, ............ de ............................. de 2.013.-

    REF. LICITACION PUBLICA N .

    OBRA: PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA SUBESTACION PROPIA DE MEDIA

    TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL

    SR. PRESIDENTE

    DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

    DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

    S / D

    Tengo/nemos.................................... el agrado de presentar a su

    consideracin, los documentos solicitados y oferta tcnica econmica de nuestra empresa/ U.T.E., para la

    construccin de la obra de referencia.

    Por el presente se garantiza la veracidad y exactitud de la

    informacin que se proporciona comprometindonos a presentar cualquier adicional que se nos requiera,

    referido nica y exclusivamente a aclaraciones sobre la documentacin adjunta, y en ningn caso

    suministrar documentos o informacin que hubiese sido omitida.

    Sin otro particular, saludo al Seor Presidente atentamente.

    ......................................... ................................................

    FIRMA NOMBRE DE LA EMPRESA O UTE

    ........................................ ........................................................

    ACLARACIN SELLO/S DE LA/S EMPRESA/S

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    - 27 -

    MODELO N 2

    LEGISLATURA PROVINCIAL

    PROVINCIA DE SAN JUAN

    FORMULARIO PARA PROPUESTA

    LICITACION PUBLICA POR AJUSTE ALZADO

    OBRA: PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA SUBESTACION PROPIA DE MEDIA

    TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL

    San Juan, ............ de ............................. de 2.013.-

    SR. PRESIDENTE

    DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

    DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

    S / D

    Tengo/nemos el agrado de presentar a consideracin del seor

    Presidente la siguiente PROPUESTA para las obras del ttulo, por la suma nica de :

    (1) $ ............................................ (IVA incluido)

    (2) ....................................................................

    Saludo/amos al Seor Presidente muy atentamente.

    (3) .....................................................................

    (4) .....................................................................

    CONTRATISTA PROPONENTE

    Domicilio.......................................................Telfono.......................Certificado de

    depsito:................................................(5)...........................................................

    NOTAS (1) En nmeros.

    (2) En letras.

    (3) Firma.

    (4) Aclaracin de firma.

    (5) Tipo de la Garanta.

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    - 28 -

    MODELO N 3

    FORMULARIO PARA DECLARACIN JURADA

    OBRA: PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA SUBESTACION PROPIA DE MEDIA

    TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL

    San Juan, ............ de ............................. de 2.013.-

    SR. PRESIDENTE

    DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

    DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

    S / D

    En cumplimiento de lo dispuesto por el Pliego de Condiciones, y

    en carcter de DECLARACIN JURADA, acepto/amos la Jurisdiccin de los Tribunales Provinciales de la

    Justicia Ordinaria de la Ciudad de San Juan, para lo cual fijo/amos domicilio en

    .......................................................................................... San Juan, por cualquier Cuestin Judicial que se

    suscite con motivo de la intervencin en el presente Concurso de Precios, renunciando expresamente a

    la competencia de los Tribunales Federales y/o de otra jurisdiccin.

    FIRMA: .........................................................................

    Aclaracin de Firma: .....................................................

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    - 29 -

    MODELO N 4

    CMPUTO Y PRESUPUESTO

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    - 30 -

    MODELO N 5

    ANALISIS DE PRECIOS

    RUBRO: DESIGNACIN: ITEM: DESIGNACIN:

    UNIDAD

    CONCEPTO UNIDAD

    CANTIDAD

    $/UNITARIO

    $/PARCIAL

    $/TOTAL

    A

    MATERIALES

    B

    MANO DE OBRA

    C

    EQUIPOS

    D COSTO DIRECTO (A+B+C)

    E GASTOS GENERALES V% (de D)

    F SUB TOTAL (D+E)

    G

    GASTOS FINANCIEROS W% (de F)

    H SUB-TOTAL (F+G)

    I BENEFICIO X% (de H) J COSTO TOTAL DEL TRABAJO (H+I) K I.V.A. Y% (de J) L INGRESOS BRUTOS Y LOTE HOGAR Z% (de J) M

    PRECIO UNITARIO (J+K+L)

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    - 31 -

    MODELO N 6

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    - 32 -

    MODELO N 7

    PLANILLA DE COMPOSICION DE GASTOS GENERALES

    OBRA: PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA SUBESTACION PROPIA DE MEDIA

    TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL

    GASTOS GENERALES DE OBRA

    Concepto Importe ($) Incidencia (%)

    Pliego

    Seguros

    Aranceles

    Sellados y aforos

    Cartel de obra

    Vallados

    Transportes

    Vigilancia

    Higiene y Seguridad

    Representante Tcnico

    Otros

    Gastos Operativos

    TOTAL : $ .. 100%

    GASTOS GENERALES DE LA EMPRESA

    Concepto Importe ($) Incidencia (%)

    Personal Administrativo

    Gastos de Oficina

    Impuestos

    Amortizaciones

    Otros

    TOTAL : $ .. 100%

    GASTOS GENERALES DE LA OBRA $ . %

    GASTOS GENERALES DE LA EMPRESA $ . %

    GASTOS GENERALES TOTALES $ . %

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    - 33 -

    ESPECIFICACIONES TECNICAS

    GENERALES Y PARTICULARES

  • PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA SUBESTACION PROPIA DE MEDIA TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL.

    - 34 -

    INDICE INDICE INDICE INDICE DE ESPECIFICACIONES TECNICAS DE ESPECIFICACIONES TECNICAS DE ESPECIFICACIONES TECNICAS DE ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALGENERALGENERALGENERALES Y PARTICULARESES Y PARTICULARESES Y PARTICULARESES Y PARTICULARES

    Contenido Pg. .

    1. CONSIDERACIONES PRELIMINARES

    1.1. Descripcin de la obra 35

    1.2. Normas a cumplir 35

    1.3. Documentacin de la obra 35

    1.4. Emplazamiento de la obra (Planimetra y Fotos del sector de

    emplazamiento) 36

    1.5. Especificaciones y marcas 38

    1.6. Operarios 38

    1.7. Orden y coordinacin de las tareas 38

    2. PREPARACION DE LA OBRA

    2.1. Vigilancia de la obra 38

    2.2. Preparacin de reas de trabajo 38

    2.3. Construccin del obrador 38

    2.4. Accesos y control de entradas y salidas 39

    2.5. Medidas de seguridad 39

    3. EQUIPAMIENTO A PROVEER E INSTALAR

    3.1. Subestacin de Media Tensin 39

    3.2. Grupo Electrgeno 40

    3.3. Trabajos a realizar 42

    3.4. Capacitacin de personal 43

  • PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA SUBESTACION PROPIA DE MEDIA TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL.

    - 35 -

    ESPECIFICACIONES TECNICAS

    (Generales y Particulares)

    1. CONSIDERACIONES PRELIMINARES

    1.1. Descripcin de la obra

    La presente contratacin se efecta para el PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA

    SUBESTACION PROPIA DE MEDIA TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA

    PROVINCIAL.

    El alcance de los trabajos comprende la provisin de materiales, mano de obra y equipos necesarios para

    efectuar el reemplazo de la subestacin de media tensin existente en el predio de la Legislatura Provincial,

    perteneciente a Energa San Juan, y que provee el actual suministro energtico para el edificio legislativo,

    por otra subestacin de media tensin de propiedad del Poder Legislativo, de la misma potencia nominal

    (500 KVA), ubicada en igual sitio, a nivel de terreno, consistente en un centro compacto de transformacin,

    conformado por una caseta envolvente prefabricada de hormign que contendr en su interior la celda de

    media tensin, el transformador de MT/BT y el cuadro de baja tensin con sus respectivas unidades de

    proteccin, control y medida, incluyendo tambin el circuito de alimentacin de 13.2 KV subterrneo, el

    empalme en baja tensin con la actual alimentacin del edificio, las puestas a tierra, y todos los dems

    elementos necesarios para el correcto funcionamiento del nuevo sistema.

    Comprende, asimismo, la presentacin de un proyecto previo (incluyendo clculos elctricos, detalle de

    materiales a utilizar y proyecto ejecutivo), y toda tramitacin ante Energa San Juan para contar con las

    autorizaciones y colaboracin del ente distribuidor para efectuar adecuadamente el reemplazo indicado, as

    como todo trabajo y equipamiento provisorio y/o auxiliar necesario para proveer energa al edificio

    legislativo durante el lapso que medie entre la desconexin de la subestacin existente y la puesta en

    marcha de la nueva subestacin transformadora.

    Se incluye tambin la provisin e instalacin de un grupo electrgeno de 400 KVA, ubicado en el mismo

    recinto de la subestacin transformadora, con tablero de transferencia conectado a la misma.

    El proyecto, previo a su ejecucin, debe ser plenamente consensuado con la Inspeccin, de lo que se

    dejar constancia con la redaccin del acta correspondiente.

    1.2. Normas a cumplir

    Tanto en la provisin como en la ejecucin de los trabajos de instalacin del equipamiento objeto de la

    presente Licitacin, sern de aplicacin las siguientes normas :

    a) Reglamentacin Elctrica de la Municipalidad de la Ciudad de San Juan

    b) Reglamentacin de Energa San Juan

    c) Reglamentacin de la Asociacin Electrotcnica Argentina AEA - 95401

    d) Reglamentacin de la Asociacin Electrotcnica Argentina AEA - 95201

    e) Normas Iram 2099

    f) Normas Iram 2250

    g) Normas Iram 2359 partes 1 y 2

    h) Normas IEC 61330

    1.3. Documentacin de la obra

    Se deber tomar como documentacin oficial de la obra la que a continuacin se indica :

    a) Memoria Descriptiva

  • PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA SUBESTACION PROPIA DE MEDIA TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL.

    - 36 -

    b) Pliego General de Bases y Condiciones

    c) Circulares Aclaratorias (si las hubiera)

    d) Especificaciones Tcnicas (Generales y Particulares)

    e) Cmputo y Presupuesto de la Adjudicataria

    f) Plan de Trabajos (anexo del Contrato) y Curva de Inversiones

    1.4. Emplazamiento de la obra

    La obra se emplazar en el mismo recinto en el que se encuentra instalada actualmente la subestacin

    transformadora de Energa San Juan, es decir, en el vrtice sureste del predio legislativo correspondiente a

    la esquina de calles Las Heras y Laprida (ver Planimetra), una vez que se efecten las adecuaciones que

    se indican en el Punto 3.3. de las presentes Especificaciones Tcnicas.

    PLANIMETRIA DEL SECTOR DE OBRAS

    Acceso Materiales

    y Personal

    Recinto para Centro

    Compacto de

    Transformacin y Grupo

    Electrgeno

    Sector

    Obrador

    Ubicacin transitoria

    de transformador

    (instalacin auxiliar)

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    - 37 -

    FOTOS ACTUALES DEL SECTOR DE EMPLAZAMIENTO DEL NUEVO EQUIPAMIENTO

  • PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA SUBESTACION PROPIA DE MEDIA TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL.

    - 38 -

    1.5. Especificaciones y marcas

    Todos los materiales, artefactos y accesorios a emplear en esta obra, sern nuevos, de marca acreditada

    de primera calidad y cumplirn con los requisitos de estas Especificaciones Tcnicas. La aceptacin de los

    mismos quedar a criterio de la Inspeccin.

    Si en las Especificaciones Tcnicas se estipula una marca o similar equivalente, o cualquier palabra que lo

    describa, la Contratista basar su cotizacin en la marca o tipo que se especifica. Si considera adecuado o

    equivalente cualquier otro artculo o material, o si debido a faltantes en el mercado, plazos de entrega

    excesivos o a cualquier otro motivo debidamente justificado, no puede ajustarse a lo solicitado, deber

    comunicarlo expresamente y presentar la alternativa, adjuntando catlogos, folletos, especificaciones,

    muestras y todo otro elemento que permita identificar claramente la propuesta, quedando sujeta su

    aceptacin a la decisin de la Inspeccin.

    1.6. Operarios

    Todos los operarios a emplear en esta obra debern ser especializados. En particular, los operarios que

    lleven a cabo la instalacin y conexionado elctrico debern estar matriculados, debiendo presentar la

    constancia correspondiente en forma previa al inicio de los trabajos.

    1.7. Orden y coordinacin de las tareas

    Como principio bsico, la Contratista deber procurar en todo momento minimizar los inconvenientes que

    pueda generar la obra para el desarrollo de las actividades legislativas. A tal fin, peridicamente el

    Representante Tcnico coordinar con la Inspeccin de Obra el desarrollo de los trabajos, horarios,

    ubicaciones ms convenientes, prioridad de las tareas, etc.

    En todo momento se debern disponer los medios para mantener despejado y cmodo el ingreso vehicular

    al edificio.

    2. PREPARACION DE LA OBRA

    2.1. Vigilancia de la obra

    En virtud de la responsabilidad que le incumbe, la Contratista adoptar las medidas necesarias para

    mantener un eficaz servicio de vigilancia continua de la obra, obrador y depsito, a su costo, y durante las

    24 horas del da, mientras dure la obra, para prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u

    otros bienes propios o ajenos. La adopcin de las medidas enunciadas en este artculo, no eximir a la

    Contratista de las consecuencias derivadas de los hechos que se prev evitar con las mismas.

    2.2. Preparacin de reas de trabajo

    Las reas que sern ocupadas por la obras debern ser preparadas para tal fin, ejecutando los trabajos de

    limpieza, los que consistirn en la remocin de todo impedimento natural o artificial (como por ejemplo

    escombros) retirando este material por cuenta y cargo de la Contratista, y trasladndolos a lugares que

    indique la Inspecin,

    2.3. Construccin del obrador

    El obrador de la Contratista se instalar en el vrtice suroeste del jardn del playn de estacionamiento de

    Presidencia, colindante con el edificio del Museo de Bellas Artes (ver Planimetra del Sector de Obras). Este

    obrador consistir en una casilla mvil remolcable, equipada con ruedas neumticas.

    Una vez concluidos los trabajos, luego de proceder al retiro del obrador la Contratista deber dejar el lugar

    en idnticas condiciones al que lo recibi. Si se hubiese afectado total o parcialmente la parquizacin, se

    repondr la misma con la colocacin de champas de chepica y/o plantas que correspondieran.

  • PROYECTO, PROVISION E INSTALACION DE UNA SUBESTACION PROPIA DE MEDIA TENSION PARA EL EDIFICIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL.

    - 39 -

    La Contratista dispondr, adems, un bao qumico como sanitario para el personal afectado a la obra,

    pudiendo utilizar el agua corriente del jardn de la zona de emplazamiento. El bao qumico se ubicar en el

    mismo sector indicado para el obrador, y por detrs del mismo, de manera tal de quedar oculto de la vista

    del personal ajeno a la obra que circule en las inmediaciones. Estas instalaciones debern mantenerse

    constantemente en perfecto estado de higiene.

    2.4. Accesos y control de entradas y salidas

    La Contratista tendr como nico acceso al edificio de la Legislatura Provincial, el portn de ingreso al

    estacionamiento de Presidencia, ubicado sobre calle Las Heras (ver Planimetra del Sector de Obras). Todo

    material y personal que ingrese al edificio ser registrado por miembros de Seguridad de la Cmara de

    Diputados, debiendo facilitar tanto el personal de la Contratista, como sus subcontratistas y proveedores,

    este trmite de rigor, como as tambin en el control peridico de identificacin.

    2.5. Medidas de seguridad

    La Contratista tomar todas las precauciones que correspondan para evitar accidentes a su personal y al de

    la Inspeccin, al personal Legislativo y a los peatones o terceros en general. Ser de estricta aplicacin la

    Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo, por lo tanto, ser la nica responsable de los accidentes que se

    produzcan y se compruebe hayan ocurrido por causa de sealamiento o precauciones deficientes.

    Deber construir y mantener a su costa los cercos, vallados y pasarelas necesarios, de acuerdo a las

    normas vigentes, y durante el lapso que dure la obra, Estas protecciones no podrn tener salientes,

    uniones defectuosas o detalles que impliquen fragilidad, inestabilidad, o precariedad en el sistema, que

    impidan cumplir con el fin para el que han sido destinados. Debern conservar un buen aspecto y a criterio

    de la Inspeccin debern satisfacer los requisitos que sta considere necesarios en funcin de su ubicacin

    y del grado de riesgo que se pretenda cubrir.

    Queda absolutamente prohibida la colocacin de carteles de propaganda sobre cualquier cerco o elemento

    de la obra.

    3. EQUIPAMIENTO A PROVEER E INSTALAR

    3.1. Subestacin de Media Tensin

    Se instalar un centro de transformacin MT/BT compacto, colocado en una caseta autoportante y

    transportable, tipo Ormazabal, Schneider o calidad superior, fabricada en una envolvente de hormign

    premoldeado de resistencia caracterstica mnima de 250 Kg/cm2, con malla de acero electrosoldada,

    cubierta amovible estanca del mismo material, grado de proteccin IP23, apta para uso exterior, colocada a

    nivel de piso (no subterrnea). Esta caseta estar conformada por dos recintos separados segn los

    diferentes niveles de tensin, con dos puertas de acero galvanizado de accesos independientes desde el

    exterior, tanto para la zona de celdas como para la zona del cuadro de baja tensin y el transformador, c