pot medellin - acuerdo 48 - 2014

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    ACUERDO N 48 DE 2014

    Por medio del cual se adopta la revisin y ajuste de largo plazo del Plan deOrdenamiento Territorial del Municipio de Medelln y se dictan otras disposicionescomplementarias

    EL CONCEJO DE MEDELLN

    En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente lasconferidas por el numeral 2 del Artculo 313 de la Constitucin Poltica de laRepblica de Colombia, el artculo 41 de la Ley 152 de 1994, el artculo 25 de la Ley388 de 1997, el artculo 12 de la Ley 810 de 2003, el artculo 2 de la Ley 902 de2004, el artculo 189 del Decreto Ley 019 de 2012, el artculo 29 de la Ley 1454 de2011 y los Decretos Nacionales 879 de 1998, 4002 de 2004, 3600 de 2007, 4066de 2008 y 1807 de 2014.

    ACUERDA

    PARTE I. COMPONENTE GENERAL. NORMA ESTRUCTURAL

    TITULO I MARCO ESTRATGICO DEL PLAN DE ORDENAMIENTOTERRITORIAL

    CAPTULO I SISTEMA DE ORDENAMIENTO Y DISPOSICIONESPRELIMINARES

    Artculo 1. Revisin y ajuste del plan de ordenamiento territorial.

    Conforme con las previsiones consagradas por la Ley 388 de 1.997, en especial enlo establecido en el Artculo 28 de la misma, y en armona con los DecretosNacionales 879 de 1998 y 4002 de 2.004, adptese para el Municipio de Medellnel presente Acuerdo, que contiene la revisin y el ajuste de largo plazo del PlanOrdenamiento Territorial y de manera explcita, los elementos que lo integran:

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    Artculo 2. Obligatoriedad del Plan de Ordenamiento Territorial.

    Ningn agente pblico o privado o ciudadano podr realizar actuacionesurbansticas que no se ajusten al presente Plan, o su desarrollo en instrumentos deplanificacin complementaria y dems normas que lo reglamenten. Igualmente, lasautoridades competentes, velarn por el cumplimiento de lo dispuesto en este

    Acuerdo.

    Artculo 3. Estructura del Plan de Ordenamiento Territorial Municipal.

    El proceso administrativo de planificacin y gestin territorial del municipio deMedelln, se fundamenta y direcciona en el marco estratgico desarrollado a travsdel Sistema de Ordenamiento Territorial. La estructura del Plan es la siguiente:

    1. El Marco Estratgico es el elemento alineador y unificador de las diversaspropuestas y metas de largo plazo que se compone de: principios, imaginariode ciudad, apuestas, objetivos estratgicos, modelo de ocupacin territorial yestrategias territoriales; todas ellas, construidas en un enfoque de futuro conmiras al cambio y a la consolidacin de un territorio planeado y construido bajoel inters general. Toda decisin del Plan, se enmarca en una visinestratgica y de largo plazo del ordenamiento territorial, que incorpora el

    sistema regional y metropolitano de planificacin.2. El Sistema Municipal de Ordenamiento Territorial instrumenta el marco

    estratgico y comprende el conjunto de decisiones sobre el territorio en sumanifestacin fsico-espacial, apoyadas en procesos de implementacin enlos sistemas institucionales y de gestin.

    3. El conjunto de disposiciones del Plan que gobiernan los Sistemas Fsico-Espaciales, se concretan en el uso y ocupacin del territorio desde treselementos transversales y dos sistemas :

    En primer lugar se establecen tres componentes que por sus caractersticas ycontenidos, se configuran como elementos transversales y tributarios a losSistemas fsico-espaciales e Institucionales y de Gestin.

    La Estructura Ecolgica y las reas de amenaza y riesgo, como elementos desoporte fsico de carcter natural, que aportan, orientan y condicionan, todaslas estrategias e intervenciones de los dems sistemas territoriales.

    La Clasificacin del Suelo como norma estructural establece parmetros aldesarrollo y ocupacin del territorio. Asimismo, se aborda el anlisis y

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    SUBSISTEMADEESPACIOP

    BLICO

    DEESPARCI

    MIENTOY

    ENCUENTRO

    SUBSISTEMADEEQUIPAMIENTOS

    SUBSISTEMADESERVICIOS

    PBLICOS

    SUBSISTEMADEPATRIMONIO

    CULTURALINMUEBLE

    SUBSISTEMADEMOVILIDAD

    SUBSISTEMADECENTRALIDADES

    SUBSISTEMAHABITACIONAL

    TRATAMIENTO

    S,

    USOSDELSUELO

    APROVECHAM

    IENTOSY

    OBLIGACIONE

    S

    RIESGOA

    MBIENTAL

    SUBSISTEMA

    DEPLANIFICACIN

    COMPLEMENTARIA

    GESTIN

    DE

    LOSINSTRUMENTOS

    SISTEMA MUNICIPAL DE ORDENAMIENTOTERRITORIAL

    CLASIFICACIN DEL SUELOESTRUCTURA ECOLGICA

    REAS DE AMENAZA Y RIESGO

    SISTEMAS FSICO-ESPACIALES

    ADAPTACIN

    ALCAMBIOC

    LIMTICO

    VULNERABILIDADSOCIALY

    ECONMICA

    SEGUIMIENTOY

    CONTROL

    SUBSISTEMA

    DEINTERVENCINDEL

    SUELO

    SUBSISTEMA

    DEFINANCIACIN

    SISTEMAS INSTITUCIONALES YDE GESTIN

    MARCO ESTRATGICO POT

    IMAGINARIO

    APUESTAS FSI CO-ESPACIALES

    OBJETIVOS ESTRATGICOS-URBANSTICOS

    MODELO DE OCUPACIN

    ESTRATEGIAS TERRITORIALES

    APUESTAS INSTITUCIONALES Y DE GESTIN

    OBJETIVOS ESTRATGICOS-INTITUCIONALESY DE GESTIN

    REAS DE INTERVENCIN ESTRATGICA

    PRINCIPIOS

    GESTIN

    DELCONOCIMIENTOY

    PARTICIPACIN

    PLANEACIN METROPOLITANA Y REGIONAL

    SISTEMA PBLICOY COLECTIVO

    SISTEMA DEOCUPACIN

    SISTEMA DE GESTINPARA LA EQUIDAD

    TERRITORIAL

    SISTEMA AMBIENTAL,DE GESTIN DEL

    RIESGO Y CAMBIOCLIMTICO

    SISTEMAPARTICIPATIVO EINSTITUCIONAL

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    Artculo 4. Estructura del Acuerdo

    El presente Acuerdo se estructura en cuatro partes segn el Sistema deOrdenamiento Territorial, as:

    Primera Parte. Componente General. Contiene la norma estructural de largo plazodel ordenamiento territorial, referida al marco estratgico del plan, la Clasificacindel Suelo, la Estructura Ecolgica, las reas de Amenaza y Riesgo, el SistemaPblico y Colectivo y el Sistema de Ocupacin en lo referido a los Subsistemas de

    Centralidades y Habitacional.Segunda Parte. Componente Urbano. Contiene el Sistema de Ocupacin referidoa la norma general de mediano plazo para el suelo urbano y de expansin asociadaa los Usos del suelo, Tratamientos, Aprovechamientos, Obligaciones urbansticas yactuaciones de Urbanizacin y Construccin.

    Tercera Parte. Componente Rural. Contiene el Sistema de Ocupacin referido ala norma general de mediano plazo para el suelo rural, asociada a los Usos delSuelo, Tratamientos, Aprovechamientos y Obligaciones Urbansticas.

    Cuarta Parte. Sistemas Institucionales y de Gestin. Establecen las normas demediano plazo asociadas a la gestin territorial y al aprestamiento institucional

    necesario para la implementacin del Plan, desde los Sistemas de Gestin para laEquidad Territorial; Ambiental, de Gestin del Riesgo y Cambio Climtico yParticipativo e Institucional.

    CAPTULO II MARCO ESTRATGICO

    Artculo 5. Principios rectores del Plan de Ordenamiento Territorial.

    En coherencia con los principios consignados en el artculo 2 de la Ley 388 de 1997,el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Medelln, su marco estratgicoy las normas e instrumentos que lo desarrollan, se fundamentan en los siguientes

    principios que permiten hacer posible la consecucin y consolidacin de un modelode ocupacin coherente y consistente con las dinmicas y metas de transformacindel territorio.

    1. El Derecho a la Ciudad.Como la posibilidad de instaurar el sentido de ciudadpara todos, la vida digna y el auto reconocimiento de cada uno como parte deella. Un desarrollo territorial garante de los derechos individuales y colectivos,

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    el desarrollo humano integral, la dignidad humana, el acceso a los recursos,bienes y servicios de la ciudad para que sea sta el escenario de encuentro,sin ninguna discriminacin, para la construccin de la vida colectiva.

    2. La Sostenibilidad. Entendida como la administracin eficiente y racional delos bienes y servicios ambientales, acorde con un modelo de ocupacinconcentrado y dirigido a controlar la expansin urbana, de manera que seaposible el bienestar de la poblacin actual, buscando la satisfaccin de lasnecesidades bsicas y la calidad de vida de las generaciones futuras,mediante las actividades urbanas y rurales, la constitucin de un sistemaeficiente de transporte, la reutilizacin de suelo ya construido y la generaciny mantenimiento del espacio pblico.

    3. La equidad social y territorial. Entendida como la igualdad de oportunidadesde acceso a los bienes y servicios derivados del desarrollo territorial, quegestiona y promueve el Estado para su poblacin, en especial a aquella enmayores condiciones de vulnerabilidad social, econmica y ambiental.

    4. La resiliencia territorial. Entendida como la respuesta del territorio frente adesastres coyunturales de origen natural o humano, as como la capacidad dela ciudad para enfrentar sus procesos de transformacin, sin vulnerar los

    derechos de los moradores y protegiendo las actividades econmicas quesean compatibles con las normas del Plan.

    5. La competitividad territorial y econmica. Entendida como la habilidad delterritorio para crear y adaptar un sistema productivo y social dinmico a nivellocal, de influencia regional y metropolitana, que logre economas de escalapara insertarse en las dinmicas globales, teniendo como soporte su capitalsocial, especificidad y potencial geogrfico, reconociendo los distintossectores econmicos como soporte del desarrollo presente y futuro.

    6. La identidad. Como fundamento de los valores histricos, culturales ygeogrficos generadores de un sentido de pertenencia de la poblacin por el

    territorio, con alto sentido de respeto por la diferencia y la diversidad cultural,orientadas a la generacin de espacios incluyentes en pro del proyecto dedesarrollo de los ciudadanos, facilitando el acceso de la poblacin vulnerablea los bienes y servicios de ciudad con intervenciones que disminuyan losniveles de segregacin socioespacial.

    7. Un Enfoque de Gnero. Que permita identificar los impactos diferenciados dela planeacin territorial en hombres y mujeres, con el objeto de aportar

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    propuestas para el desarrollo de una ciudad y regin equitativa desde el puntode vista social y de gnero, incluyente y sostenible, con base en un modelo deciudad beneficioso para el conjunto de la ciudadana.

    8. La Proteccin a Moradores. Como fundamento de la intervencin en elterritorio para la proteccin de los habitantes de sectores en procesos detransformacin y a los dems actores econmicos, sin detrimento del principiode prevalencia del inters general sobre el particular, promoviendo unordenamiento territorial democrtico e incluyente, que le apueste a lapoblacin como el centro de sus decisiones, y a su bienestar, como el objetivoprincipal. Con una sociedad que asume la corresponsabilidad como modelode gestin desarrollando el principio de precaucin de la ley 1523 de 2.012

    9. La Ruralidad Sostenible. Reconociendo su importancia como proveedora deservicios ecosistmicos, como soporte para un futuro ambientalmente sano,promoviendo la permanencia de la cultura, el paisaje campesino y laproductividad agraria como parte de la seguridad alimentaria.

    10. La corresponsabilidad.La ciudad se entiende y construye con una visin yresponsabilidad compartida y multidireccional, con la participacin de laciudadana y las instituciones pblicas y privadas en los mbitos municipal y

    regional.11. Una Ciudad Saludable. Entendida como aquella que permite a todos los

    ciudadanos desarrollar y construir en forma articulada, mejores condiciones desalud, bienestar y calidad de vida, a fin de crear capacidades y generaroportunidades para el desarrollo individual y colectivo.

    12. La Seguridad Territorial.Entendida como la capacidad de un territorio paraofrecer a sus habitantes las condiciones de estabilidad necesarias paraavanzar de manera efectiva en el aprovechamiento integral de suscapacidades: bienestar, salud, vivienda, recreacin y cultura; y a losecosistemas naturales, las condiciones necesarias para que puedan conservar

    su integridad y biodiversidad, en funcin de asegurar a la poblacin el goce deun medio ambiente sano y la provisin de los bienes y servicios ambientales.

    13. La Eficacia Administrativa. Entendida como la capacidad de lainstitucionalidad pblica para generar un pacto incluyente de obligatoriocumplimiento para todos los actores, en un entorno de confianza mutua, cuyainstrumentacin sea de carcter prctico, dinmico, multiescalar yprogramtico.

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    14. La Eficiencia Administrativa. Entendida como la capacidad de lainstitucionalidad pblica para adaptarse, establecer procesos y procedimientosclaros, flexibles y documentados que permitan dar respuesta completa, precisay oportuna a las exigencias del territorio.

    15. La Solidaridad Social y Territorial. Mediante la distribucin equitativa decargas y beneficios, como un mecanismo democrtico para subsanar lasegregacin socioespacial, previniendo las inequidades que surgen en losprocesos de transformacin del territorio.

    16. La Participacin Interinstitucional. Las capacidades de comunicacin,dilogo social y gobernanza del sistema territorial, fortalecen lainstitucionalidad democrtica local, regional y nacional, en concordancia conlos principios de concurrencia, complementariedad y subsidiaridad queorientan la funcin administrativa.

    17. La Participacin Ciudadana. De conformidad con lo dispuesto en el artculo4 de la Ley 388 de 1997, el proceso de planificacin y gestin territorial en elMunicipio deber vincular el principio de participacin democrtica yconcertacin.

    18. La Persistencia. La voluntad y el compromiso en el tiempo de los actorespblicos, privados y comunitarios del sistema para la materializacin de lavisin, la misin y los objetivos estratgicos del sistema habitacional.

    Artculo 6. Imaginario de Ciudad.

    Como referente indispensable de ciudad y apoyado en los principios rectores delPlan y en el proceso de participacin multisectorial, llevado a cabo para la revisiny ajuste, el Plan de Ordenamiento Territorial parte del siguiente imaginario paraMedelln.

    A 2030, Medelln contar con un sistema territorialen equilibrio para el ser humano,culturalmente rico y plural; integrado ecolgica, espacial y funcionalmente alSistema Pblico y Colectivo de su entorno nacional, regional y metropolitano,aportando as a la consolidacin de una regin de ciudades, donde se logre laplena efectividad de los derechos sociales y colectivos, se valore su paisaje ygeografa, se promueva la competitividad y el desarrollo rural; para heredar a lasfuturas generaciones un territorio socialmente incluyente, globalmente conectado yambientalmente sostenible, con estrategias de desarrollo econmico, en uncontexto regional y metropolitano.

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    Artculo 7. Apuestas Territoriales.

    Partiendo de las condiciones particulares del territorio, como los determinantesgeogrficos, su posicin y funcin como municipio ncleo de una ReginMetropolitana y Centro Regional de servicios, se definen las siguientes apuestasterritoriales, de las cuales se derivan los objetivos estratgicos y estrategias delPlan. Cada una de las apuestas se constituye en retos encaminados a latransformacin o consolidacin del Sistema de Ordenamiento Territorial, con mirasa atender las necesidades, problemticas, dinmicas y tendencias de cambio:

    1. Urbanismo ecolgico como estrategia para la adaptacin y mitigacin alcambio climtico. El Plan buscar establecer e implementar en primerainstancia, medidas de adaptacin que comprendern la gestin del riesgo y laconsolidacin de las reas protegidas y en segundo lugar, medidas demitigacin, con nfasis en el modelo de ciudad compacta, la configuracin deuna red de espacios verdes urbanos, la consolidacin de un subsistema demovilidad sostenible y la implementacin de sistemas alternativos de ahorroenergtico en las edificaciones y el impulso a programas de seguridadalimentaria, mejorando el hbitat urbano y rural.

    2. Equidad territorial municipal y gestin asociativa. A travs de la

    configuracin de un sistema integrado de reparto equitativo de cargas ybeneficios, la implementacin de estrategias de regeneracin urbana a partirde macroproyectos en las reas de intervencin estratgica y la constitucin yconsolidacin de un Subsistema Habitacional incluyente.

    3. Revitalizacin y diversificacin econmica.El presente Plan incorpora losproyectos regionales para la conectividad, el diseo e implementacin de unaplataforma territorial para la competitividad soportada en actividades deconocimiento y tecnologa generadoras de valor, de los clsters estratgicos yla economa solidaria, y la implementacin de estrategias de apoyo a lasactividades productivas, regulando y controlando la mixtura de usos del suelo

    de forma responsable.4. Construccin colectiva del territorio. A travs del fortalecimiento del

    Sistema de Planeacin Municipal, la articulacin interinstitucional para laejecucin del POT, el fomento a las asociaciones pblico -privada-comunitaria, la puesta en marcha de un sistema de evaluacin y seguimientopblico del ordenamiento territorial y la implementacin de mecanismos decontrol urbanstico.

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    5. Consolidacin del sistema fsico espacial. El Plan buscar la conformacinde la Estructura Ecolgica Principal -EEP- como elemento ordenador delterritorio; un espacio pblico como soporte de la construccin de ciudadana;un modelo de movilidad sostenible que da prioridad al peatn y a los mediosno motorizados, fundamentado en un sistema de transporte pblico integradoy multimodal; la preservacin de la identidad, la memoria, el patrimonio; y unSubsistema habitacional asequible, coordinado, articulado e incluyente.

    6. Mejoramiento de las capacidades institucionales. A partir del Plan, laAdministracin Municipal realizar las acciones tendientes a ajustar yredistribuir los recursos humanos y tcnicos disponibles con el fin de lograreficacia y eficiencia administrativa, encaminadas a implementar las decisionescontenidas en los sistemas institucionales y de gestin.

    Artculo 8. Objetivos estratgicos.

    Parten del imaginario de ciudad y estn dirigidos a la consolidacin del modelo deocupacin mediante la operacin de un Sistema Municipal de OrdenamientoTerritorial, funcional, equilibrado y articulado y son los siguientes:

    1. Orientar la equidad territorial y superar la segregacin socio espacial, a travs

    de un Sistema de Gestin para la Equidad Territorial a escala local,promoviendo como municipio ncleo, la articulacin metropolitana y regional.

    2. Desarrollar el modelo de ocupacin compacta y policntrica con crecimientohacia adentro, a travs de la renovacin de reas de intervencin estratgicadel ro, la consolidacin del borde urbano-rural y la generacin del nuevo ejede conexin regional oriente-occidente.

    3. Preservar la Estructura Ecolgica Principal como elemento estructurante delterritorio que constituye la base de la vida.

    4. Promover el desarrollo de un territorio resiliente que de prelacin a la atencinde los factores y situaciones de riesgo en reas de mayor vulnerabilidad social,favoreciendo la implementacin de medidas de mitigacin.

    5. Consolidar el espacio pblico como elemento estructurante del territorio yfactor de enriquecimiento de la vida cotidiana y sitio de encuentro de lapoblacin. Integrando la Estructura Ecolgica Principal y los elementos delSubsistema de Patrimonio Cultural Inmueble.

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    6. Promover el acceso a la vivienda digna en los procesos de mejoramientointegral, consolidacin y construccin del hbitat sostenible como escenariosde cohesin social y territorial, para disminuir el dficit cuantitativo y cualitativode vivienda, bajo una perspectiva de cooperacin regional.

    7. Apoyar y fomentar el desarrollo rural por medio de la produccin sostenible yagroecolgica a travs de explotaciones agrcolas familiares, buscandoconfigurar una sistema de seguridad y soberana alimentaria, en armona conla proteccin ambiental, la biodiversidad, los recursos y servicios ambientales,as como las caractersticas de su hbitat en el entorno metropolitano, para elmejoramiento sostenido de la calidad de vida de la poblacin rural, procurandoasegurar una efectiva y eficiente contribucin de la economa rural al procesode desarrollo.

    8. Fortalecer y promocionar una cultura de la participacin ciudadana en todaslas etapas de los procesos de planeacin y gestin territorial.

    9. Preparar la sociedad para la resolucin pacfica de conflictos territoriales y elpostconflicto, a partir de una poltica de inclusin en los procesos deplaneacin del desarrollo y el ordenamiento territorial.

    10. Consolidar una plataforma territorial para la competitividad regional basada enel fomento de los proyectos regionales de desarrollo econmico, potenciandolos circuitos econmicos existentes, la integracin de los clsters estratgicosde proyeccin internacional y la economa solidaria local, promoviendo lageneracin de espacios para el desarrollo y permanencia de actividadeseconmicas, que hagan sostenible el desarrollo econmico de la ciudad y supoblacin siempre y cuando guarden armona con el rgimen de usos del suelodel Plan.

    11. Mejorar la conectividad y accesibilidad en el territorio, priorizando la movilidadno motorizada, regulando de manera adecuada el uso del vehculo privado.

    12. Generar y cualificar la infraestructura para la prestacin y el acceso a losservicios pblicos, como un instrumento para el desarrollo municipal y lainclusin socio espacial, con base en la eficiencia, oportunidad, seguridad,innovacin y sostenibilidad ambiental.

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    Artculo 9. Modelo de Ocupacin.

    Es el modelo de organizacin espacial o proyecto de ciudad definido en el Plan deOrdenamiento Territorial. Se fundamenta en los principios rectores del Plan a la vezque se inspira en el imaginario de ciudad deseada, recoge las principalesexpectativas sociales e incorpora los objetivos planteados para el ordenamientofuturo; los cuales han de procurarse mediante la aplicacin de estrategias, normasgenerales, programas y proyectos y el Sistema Municipal de Gestin para laEquidad y la Sostenibilidad. Ver Mapa 1. Modelo de Ocupacin.

    Componentes del Modelo:

    1. Un territorio que como municipio ncleo del Valle de Aburr y centro deservicios de escala regional, atiende las nuevas demandas globales en materiaambiental, tecnolgica, y logstica; que trabaja por reducir las desigualdadessocio-espaciales regionales, aportando a la consolidacin de un territorioregional, funcionalmente integrado y conectado en su movilidad y quepromueve la conservacin de su base natural y estructura ecolgica comoprincipal elemento de articulacin con los dems municipios de la regin.

    El crecimiento equilibrado, moderado, programado y compensado de

    conformidad con las dinmicas territoriales metropolitanas, se fortalece ensentido Norte-Sur, mediante el eje natural del ro Aburr como integrador delvalle, mientras que en sentido Oriente-Occidente, se propende por elreconocimiento de dos corredores transversales naturales que histricamentehan sido la conexin del Valle de Aburr con la regin, y se potencian comolas franjas para la conectividad ambiental y funcional entre el rea rural, elborde urbano rural, la media ladera y el corredor metropolitano de servicios delro Medelln, con el fin de disminuir el desequilibrio ambiental, propiciar laintegracin ecolgica y la insercin de un nuevo sistema de conexin vial aescala urbana y regional.

    2. Un territorio ordenado en torno a la estructura ecolgica, interconectado alSubsistema de Centralidades, mediante un sistema de movilidad sostenible yde transporte pblico colectivo, que soporta el funcionamiento ambiental yespacial, propicia la productividad econmica y la competitividad territorial ypotencia la identidad y memoria colectiva.

    3. Una ciudad compacta, continua y diversa que privilegia la densificacin ydiversificacin de usos en las reas ms planas y con mejor capacidad de

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    mbito de ladera, priorizando la localizacin de equipamientos, espaciospblicos e infraestructuras.

    7. Ro.

    a) Ejecutar el proyecto Parques del Ro Medelln con el fin de generar espaciopblico de escala municipal, que recupere y potencie los valoresambientales y urbansticos de la ciudad y contribuya a la disminucin deldficit de espacio pblico.

    b) Fomentar la diversificacin de los usos del suelo, aumentando la mezcla deactividades urbanas y la vivienda supeditada a la implementacin deprotocolos ambientales y urbansticos -PAU-.

    c) Fortalecer las infraestructuras urbanas de soporte y la articulacin de lasreas para la preservacin de infraestructuras y del sistema pblico ycolectivo API sobre el corredor longitudinal, mejorando la cualificacinespacial y funcional de la ciudad.

    TITULO II CLASIFICACIN DEL SUELO

    Artculo 11. Clases de Suelo.

    El suelo del municipio de Medelln se clasifica en: urbano, expansin urbana y rural.La clasificacin se deriva de los elementos de la Estructura Ecolgica Principal -EEP-, la zonificacin de las reas de amenazas y riesgos y la capacidad de soportedel territorio, como se expresa a continuacin.

    Clase de Suelo rea (ha)

    Suelo rural 26.304,11

    Suelo urbano 11.160,98

    Suelo de expansin urbana 175,35

    TOTAL 37.639,95

    Al interior de las clases de suelo, se establece la categora de proteccin como

    elemento trasversal y articulador del territorio, encargado de garantizar elmantenimiento de los procesos ecolgicos y ambientales, as como la oferta deservicios ecosistmicos necesarios para soportar el modelo de ocupacin. Adems,define las restricciones para el desarrollo urbanstico y las posibilidades para laproduccin. Por ltimo, al interior de la clase de suelo rural se establece la categorade suelo suburbano con sus diferentes subcategoras.

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    Ver Mapas 2 Clasificacin del Suelo y 3 Categoras del suelo de proteccin,produccin y suburbano.

    SUELO URBANO Y DE EXPANSIN URBANA

    Artculo 12. Suelo Urbano.

    Corresponde a las reas destinadas a usos urbanos, que cuentan con

    infraestructura de movilidad, redes primarias de energa, acueducto y alcantarillado,soportando su urbanizacin y edificacin. Est conformado por:

    1. Las reas al interior del permetro urbano existente previa la adopcin delpresente Acuerdo.

    2. Los suelos clasificados como de Expansin Urbana previa la adopcin delpresente Acuerdo con Plan Parcial adoptado y actuaciones de urbanizacinconcluidas, correspondientes a: Pajarito (excepto rea de Manejo Especial 2)y las unidades de actuacin o de gestin de los polgonos: Altavista, BelnRincn y La Florida.

    3. Los suelos adyacentes al permetro urbano anterior a la entrada en vigencia

    del presente Acuerdo, donde predominan dinmicas urbanas, con densidadeshabitacionales superiores a las 30viv/ha, prestacin de servicios pblicosdomiciliarios y que requieren un mejoramiento integral, segn lo establecidoen el artculo 30 de la Ley 388 de 1997. Estos territorios, son: parte de lavereda Travesas (sector Palenque), la Loma (sectores Loma Hermosa, LaGabriela, San Gabriel, San Pedro, Parte San Jos, Bella Vista y Altos de laVirgen) del corregimiento de San Cristbal, y la cabecera del corregimiento de

    Altavista.

    Para la delimitacin especfica del Suelo Urbano: Ver Mapa 2. Clasificacin delSuelo y Anexo 1. Delimitacin de Permetros.

    Artculo 13. Suelo de Expansin Urbana.

    Esta clase de suelo se divide en dos categoras, segn su orientacin y desarrollo,de la siguiente manera:

    1. Suelo de Expansin para el Desarrollo. Constituido por la porcin delterritorio municipal que se habilitar para el uso urbano durante la vigencia del

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    presente Plan de Ordenamiento. Est conformado por los siguientespolgonos:

    a)Altos de Calazans

    b) Eduardo Santos

    c) El Noral

    d) Las Mercedes

    e) La Florida2. Suelo de Expansin para el Mejoramiento. Constituido por los

    asentamientos humanos de desarrollo incompleto e inadecuado, localizadospor fuera del permetro sanitario, que sern incorporados al suelo urbano, unavez se adopte el plan parcial y sean recibidas las redes de servicios pblicosde acueducto y alcantarillado por parte de la entidad competente. Hacen partelos siguientes polgonos:

    a)rea adyacente al barrio Mara Cano-Carambolas.

    b)rea adyacente al barrio Llanaditas, Sector Golondrinas.

    c)rea adyacente al barrio Versalles N 2, Sector La Honda.d)rea adyacente al barrio 13 de Noviembre, Pinares de Oriente.

    Para la delimitacin especfica del Suelo de Expansin Urbana y sus permetros:Ver Mapa 2. Clasificacin del Suelo y Anexo 1. Delimitacin de Permetros.

    Pargrafo: Las reas definidas como suelo de expansin que presentenactividades mineras, slo podrn desarrollarse urbansticamente cuando seanexcluidas del registro minero nacional por parte de la autoridad competente y seaejecutado el plan de abandono respectivo.

    Artculo 14. Categora de suelo de proteccin al interior del suelo urbano y de

    expansin urbana.El suelo de proteccin se define como una categora constituida por las zonas yreas de terrenos localizados dentro de cualquiera de las clases de suelo que porsus caractersticas geogrficas, paisajsticas, ambientales, o por formar parte de laszonas de utilidad pblica para la ubicacin de infraestructuras para la provisin deservicios pblicos domiciliarios o de las reas de amenazas y riesgo no mitigable

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    para la localizacin de asentamientos humanos, tiene restringida la posibilidad deurbanizarse. Hacen parte del Suelo de Proteccin:

    1. reas de la Estructura Ecolgica Principal: Incluye las reas protegidaspblicas as como las reas de inters estratgico que contienen el sistemahidrogrfico (ros y quebradas con sus retiros), el sistema orogrfico (cerrostutelares), los elementos estructurantes de la red de conectividad ecolgica ylas reas de inters recreativo y paisajstico, los cuales se desarrollan en elTtulo III. Estructura Ecolgica del presente Componente.

    2. reas de Amenaza y Riesgo: Incluye las reas de amenaza alta (pormovimientos en masa, inundaciones y avenidas torrenciales) y las reas dealto riesgo no mitigable, as como las reas con condiciones de riesgo, segnlo establecido en el Ttulo IV reas de Amenaza y Riesgo del ComponenteGeneral. Norma Estructural del presente Acuerdo.

    Pargrafo. Las zonas con condiciones de riesgo y las zonas de amenaza alta,harn parte del suelo de proteccin hasta tanto se realicen los estudios de riesgo ode amenaza de detalle que definan su mitigabilidad o no. Dichos estudios,determinarn la posibilidad de desarrollo del suelo o su permanencia dentro de lacategora de suelo de proteccin. Una vez sean redelimitadas dichas zonas, les

    aplicarn las dems normas generales del polgono en el que se ubiquen.

    SUELO RURAL

    Artculo 15. Suelo Rural.

    Constituyen esta clase de suelo los terrenos que por su valor de paisaje ecolgico,productivo y cultural se reservan para garantizar la base natural, la productividadagrcola, pecuaria y forestal, as como los usos y actividades suburbanos. Al interiordel suelo rural, se identifican las categoras de proteccin y suburbano -desarrollorestringido.

    SECCIN I. Categoras en suelo rural

    Artculo 16. Categora de proteccin en suelo rural:

    Hacen parte del Suelo de Proteccin los siguientes subcategoras:

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    1. reas de conservacin y proteccin ambiental. Corresponden a las reasprotegidas pblicas y privadas as como las reas de inters estratgico quecontienen el sistema hidrogrfico (cuencas abastecedoras de acueductos,cuencas de orden cero, ros y quebradas con sus retiros, humedales con susretiros y ojos de sal), el sistema orogrfico (cerros tutelares y cadenasmontaosas estructurantes), los elementos estructurantes de la red deconectividad ecolgica, los cuales se desarrollan en el Ttulo III. EstructuraEcolgica del presente Componente.

    2. reas de proteccin para la produccin. Comprende las reas destinadasa la produccin o de explotacin de recursos naturales, correspondientes a:Forestal productor, Agroforestal, Agropecuario, Agrcola, reas Mineras enTransicin, segn las disposiciones establecidas en el Componente Rural delpresente Acuerdo.

    3. reas e Inmuebles considerados patrimonio cultural. Incluye los sitioshistricos y arqueolgicos y las construcciones o restos de ellas que hayansido declaradas como bienes de inters cultural segn lo establecido en elTtulo VI, Captulo III. Subsistema de Patrimonio Cultural Inmueble, delpresente Componente.

    4. reas del sistema de servicios pblicos domiciliarios: Corresponden a lasreas de utilidad pblica para la ubicacin de infraestructuras primarias parala provisin de servicios pblicos domiciliarios, acueductos veredales y centrosde acopio. Estas reas se describen el Ttulo VI, Captulo IV. Subsistema deServicios Pblicos del presente Componente.

    5. reas de Amenaza y Riesgo. Incluye las reas de amenaza alta pormovimientos en masa, inundaciones y avenidas torrenciales y las reas deriesgo clasificadas como de alto riesgo no mitigable, as como las reas concondiciones de riesgo, segn lo establecido el Ttulo IV reas de amenaza yriesgo del Componente General del presente Acuerdo.

    Ver mapa 3. Categoras de suelo de proteccin, produccin y suburbano.Pargrafo. Las zonas con condiciones de riesgo y las zonas de amenaza alta harnparte del suelo de proteccin, hasta tanto se realicen los estudios de riesgo o deamenaza de detalle, que definan su mitigabilidad o no. Dichos estudiosdeterminarn la posibilidad de desarrollo del suelo o su permanencia dentro de lacategora de suelo de proteccin. Una vez sean redelimitadas dichas zonas, lesaplicarn las dems normas generales del polgono en el que se ubiquen.

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    Artculo 17. Categora de suelo suburbano- Desarrollo Restringido.

    Constituyen esta categora de suelo las reas ubicadas dentro del suelo rural, enlas que se mezclan las formas de vida del campo y la ciudad, diferentes a lasclasificadas como reas de expansin urbana, que pueden ser objeto de desarrollocon restricciones de uso, de intensidad y de densidad, garantizando elautoabastecimiento en servicios pblicos domiciliarios, de conformidad con loestablecido en las leyes 99 de 1993 y 142 de 1994.

    Al interior del suelo suburbano se identifican las siguientes subcategoras:1. reas destinadas a la parcelacin de vivienda campestre.Conformado por

    los polgonos Mirador del Poblado, el Tesoro y Chacaltaya, localizados en lavereda las Palmas del Corregimiento de Santa Elena.

    2. Centros Poblados Rurales. Constituidos por las zonas que cuentan con laadopcin de las provisiones necesarias para orientar la ocupacin de sussuelos y la adecuada dotacin de infraestructura de servicios pblicos bsicos,equipamiento comunitario que concentran ms de 20 viviendas contiguas oadosadas, correspondientes a porciones de terreno de las siguientes veredaso sectores:

    a) Corregimiento San Sebastin de Palmitas: Palmitas Sector Central yUrquit.

    b) Corregimiento de San Cristbal: El Llano, Pedregal Alto, Pajarito-AME-, yLa Loma.

    c) Corregimiento de Altavista: Corazn El Morro, Aguas Fras, San Pablo, SanJos del Manzanillo, Buga y Patio Bonito.

    d) Corregimiento de San Antonio de Prado: Potrerito, La Florida.

    e) Corregimiento de Santa Elena: Santa Elena sector Central, Barro Blanco,Mazo, y Mazo-Los Vsquez.

    3. Suelos suburbanos propiamente dichos. Se constituyen en reas opolgonos en los que coexisten usos del suelo rural y las formas de vida delcampo y la ciudad con densidades habitacionales ms bajas a las permitidasen los centros poblados rurales, correspondientes a porciones de terreno delas siguientes veredas o sectores:

    a) Corregimiento San Sebastin de Palmitas: La Aldea 2 y AldeaCentralidad.

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    b) Corregimiento de San Cristbal: Conexin AburrRo Cauca y PedregalAlto.

    c) Corregimiento de Santa Elena: El Plan, El Llano, El Cerro, El Placer,Piedras Blancas y Chorroclarn.

    En dichos suelos no se permite el desarrollo de parcelaciones asociadas a lavivienda campestre. Se permiten las agrupaciones de vivienda rural siempre ycuando cumplan con la unidad mnima de actuacin, densidades

    habitacionales, reas mnimas de lote y provisin de servicios pblicosdomiciliarios.

    4. reas para la localizacin de equipamientos. Corresponden a aquellasreas definidas para la localizacin de equipamientos bsicos como: salud,educacin, bienestar social, cultural, recreacin y deporte, adems de lasreas de las centralidades rurales destinadas a equipamientos.

    Artculo 18. Umbral Mximo de Suburbanizacin.

    A partir del carcter de desarrollo de baja ocupacin y baja densidad del suelosuburbano, las posibilidades de suministro de agua potable y saneamiento bsico,las normas de conservacin y proteccin del medio ambiente, se establece unumbral mximo de suburbanizacin del 5,65% del suelo rural, equivalente a1.575,4ha, agrupando las diferentes subcategoras de suelo suburbano.

    TITULO III ESTRUCTURA ECOLGICA

    DEFINICIN Y CLASIFICACIN

    Artculo 19. Definicin Estructura Ecolgica.

    La Estructura Ecolgica (EE) de Medelln es el sistema interconectado de las reas

    con alto valor ambiental que sustenta los procesos ecolgicos esenciales delterritorio y la oferta de servicios ecosistmicos, que se integran estructural yfuncionalmente con la estructura ecolgica regional, con la finalidad de brindarcapacidad de soporte para el desarrollo socioeconmico y cultural de la poblacin.Igualmente, se incorporan en la Estructura Ecolgica los lineamientos establecidosen el Acuerdo 10 de 2.014, Poltica de Biodiversidad para Medelln. Ver Mapa 4.Estructura Ecolgica Principal.

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    Artculo 20. Clasificacin de la Estructura Ecolgica.

    Se clasifica bajo dos categoras:

    1. Estructura Ecolgica Principal (EEP). Corresponde al primer nivel deprioridad; su propsito es asegurar el mantenimiento o recuperacin defunciones ecolgicas esenciales para la prestacin de servicios ecosistmicos.Incluye reas protegidas de carcter nacional, regional, metropolitano, de lasociedad civil y las reas de inters estratgico (sistema hidrogrfico, sistema

    orogrfico y nodos y enlaces estructurantes de la red de conectividadecolgica), constituyendo parte del suelo de proteccin detallado en el TtuloII Clasificacin del suelo, del Componente General del presente Acuerdo.

    2. Estructura Ecolgica Complementaria (EEC). Corresponde al segundonivel de prioridad; busca asegurar funciones complementarias y conectoras dela Estructura Ecolgica Principal. Incluye reas prioritarias para la prevencinde movimientos en masa, inundaciones y avenidas torrenciales; la captura yel almacenamiento de carbono en biomasa area; la recarga de acuferos, elaprovisionamiento de productos forestales y de alimentos y la prestacin deservicios culturales.

    Esta clasificacin, as como los principales servicios ecosistmicos asociados, seestablece en la siguiente tabla.

    CategoraSub

    categoraComponentes Elementos

    Principales servicios ecosistmicos asociados

    Preservacindela

    biodiversidadyde

    susprocesos

    ecolgicos

    Aprovisionamientoy

    regulacinhdrica

    Culturalesasociados

    aelementos

    naturales

    Moderaciny

    adaptacinaeventos

    asociadosconla

    variabilidadclimtica

    Aprovisionamiento

    dealimentosy

    productosforestales

    ESTRUCTURA

    ECOL

    GICA

    PRINCIPAL(EEP)

    reasprotegidas

    reasprotegidas decarcter

    Nacional

    RF Nare

    reasprotegidas decarcterRegional

    DMI DVARC

    reasprotegidas decarcterMetropolitano

    PNRMVolador, ARNutibara, AR

    Asomadera

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    CategoraSub

    categoraComponentes Elementos

    Principales servicios ecosistmicos asociados

    Preservacindela

    biodiversidadyde

    susprocesos

    ecolgicos

    Aprovisionamientoy

    regulacinhdrica

    Culturalesasociados

    aelementos

    naturales

    Moderaciny

    adaptacinaeventos

    asociadosconla

    variabilidadclimtica

    Aprovisionamiento

    dealimentosy

    productosforestales

    Reserva Natural

    de la SociedadCivil

    RNSC

    Montevivo

    reas deinters

    estratgico

    Sistemahidrogrfico

    Humedalescon sus retiros

    Ojos de sal

    Ros yquebradas consus retiros

    Cuencas ymicrocuencasabastecedoras

    Cuencas de

    orden cero

    Sistemaorogrfico

    Cerrostutelares

    Cadenasmontaosasestructurantes

    Nodos y enlacesestructurantes(actuales yfuturos) de la redde conectividadecolgica

    Red deconectividad

    ESTRUCTURAECOLGICACOMPLEMENTARIA (EEC)

    reascomplementarias yconectorasde la EEP

    reas para la prevencin deinundaciones y avenidas

    torrenciales

    reas para la prevencin demovimientos en masa

    reas con potencial para captura yalmacenamiento de carbono enbiomasa area

    reas estratgicas para la recargade acuferos

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    contenida en los respectivos planes de manejo. En consecuencia, de la EstructuraEcolgica Principal, hacen parte las reas protegidas de los literales c),d),e), el reaprotegida privada del numeral 2 y las zonas de preservacin y restauracin de laReserva Forestal Nare y del DMI DVARC de los literales a) y b). Las zonas de usosostenible de estas dos ltimas hacen parte de la Estructura EcolgicaComplementaria.

    Artculo 22. Reserva Forestal protectora del Rio Nare.

    Se incorpora la zonificacin ambiental de la Reserva Forestal protectora del RioNare, segn lo establecido en la Resolucin 1510 de 2010 del Ministerio de

    Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, por medio de la cual se redelimita laZona Forestal Protectora declarada y reservada a travs del Acuerdo 31 de 1970de la Junta Directiva del INDERENA, aprobado mediante la Resolucin Ejecutiva 24de 1971 del Ministerio de Agricultura, as:

    1. Zona de preservacin: reas que presentan bosque natural secundario deespecies mixtas, bosque natural secundario de robledal mixto y bosqueplantado alrededor de la Represa de Piedras Blancas. Comprende todasaquellas actividades de proteccin, regulacin, ordenamiento, control y

    vigilancia, dirigidas al mantenimiento de los atributos, composicin, estructuray funcin de la biodiversidad, evitando la intervencin humana y sus efectos.

    2. Zona de Restauracin: reas de proteccin con coberturas diferentes abosque, rastrojos altos y bajos, as como los retiros a las quebradas principalessin coberturas adecuadas.

    3. Zona de usos sostenible:Correspondiente a los espacios delimitados parael desarrollo de actividades productivas y extractivas compatibles con elobjetivo de conservacin de la Zona Forestal Protectora.

    Pargrafo. Dentro de la vigencia del corto plazo del Plan, la AdministracinMunicipal realizar y pondr en consideracin de las autoridades ambientales

    competentes, los estudios de detalle y una propuesta para la revisin y el ajuste delos lmites de la Reserva Forestal protectora del Rio Nare, en consonancia con lascondiciones biofsicas y socioeconmicas del territorio. Estos estudios de detallesern insumos para la revisin y ajuste del POT de conformidad con elprocedimiento establecido en la ley 388 de 1.997.

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    Artculo 23. Distrito de Manejo Integrado Divisoria Valle de Aburr - RoCauca.

    Se incorpora la zonificacin ambiental del Distrito de Manejo Integrado segn loestablecido en el Acuerdo 327 de 2.009 y el Acuerdo 387 de 2.012 de Corantioquia,as:

    1. Zona de oferta de bienes y servicios ambientales. Conformada por losecosistemas en mejor estado de conservacin de biodiversidad a los cuales

    se aplican principalmente acciones de preservacin.2. Zona con potencial de oferta de bienes y servicios ambientales. Agrupa

    las reas con vegetacin natural en diferentes estados sucesionales,desarticuladas entre s, con tendencia al encogimiento y al progreso de lafragmentacin de los relictos de bosque natural all localizados. Se incluyen enesta zona las franjas en los nacimientos y fuentes de agua donde no existe lacobertura vegetal, a los cuales les sern aplicables los usos generales delsuelo rural de recuperacin para la preservacin.

    3. Zona de produccin forestal sostenible.Conformada por suelos en reassusceptibles a la erosin o con procesos erosivos consolidados los cuales son

    mejorados a travs del manejo y conservacin de los suelos, desarrollandoprcticas de control a los procesos de expansin de la frontera agrcola ypecuaria. Se aplicarn principalmente a las actividades de produccin dirigidasa generar bienes y servicios para la sociedad.

    4. Zona de produccin agroforestal sostenible.Conformada por reas en lascuales se desarrollan actividades productivas, con medidas que aseguren laproteccin de los recursos naturales renovables a travs de la transformacinde los ecosistemas de produccin actuales hacia sistemas agroforestales decarcter agroecolgico. Se aplicarn principalmente a las actividades deproduccin dirigidas a generar bienes y servicios para la sociedad.

    5. Zona de produccin agropecuaria sostenible. Conformada por reas en lascuales se permite la promocin de las actividades productivas propias de lacultura agrcola, pecuaria y agroindustrial donde se producen bienes yservicios para la poblacin. Se aplicarn principalmente las actividades deproduccin dirigidas a generar bienes y servicios para la sociedad.

    Pargrafo. Dentro del corto plazo del Plan, la Administracin Municipal realizar ypondr en consideracin de las autoridades ambientales competentes, estudios de

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    detalle y una propuesta para la revisin y el ajuste de los lmites del DMI DivisoriaValle de Aburr Ro Cauca, en consonancia con las condiciones biofsicas ysocioeconmicas del territorio.

    Artculo 24. reas de inters estratgico.

    Las reas de inters estratgico que hacen parte de la Estructura EcolgicaPrincipal, son las reas de especial importancia ecosistmica asociadas al sistemahidrogrfico, el sistema orogrfico y los nodos y enlaces estructurantes (actuales yfuturos) de la red de conectividad ecolgica.

    Artculo 25. Sistema hidrogrfico.

    Este sistema corresponde al conjunto de componentes y elementos que contribuyena mantener los servicios ecosistmicos de aprovisionamiento y regulacin hdrica,a travs de la conservacin de depsitos y flujos naturales de agua superficial. Estesistema est compuesto por humedales con sus retiros, ros y quebradas con susretiros, cuencas y microcuencas abastecedoras de acueductos y cuencas de ordencero. Este sistema hace parte de los elementos constitutivos naturales del espaciopblico. En sus componentes, se aplicarn prioritariamente esquemas de pago porservicios ambientales segn lo establecido en el Subsistema de Financiacin delSistema de Gestin para la Equidad Territorial de la Cuarta Parte del presente

    Acuerdo.

    Artculo 26. Ros y quebradas con sus retiros.

    Se incluyen el ro Medelln (Aburr), sus afluentes y los correspondientes retiros alas corrientes naturales de agua comprendidos en el suelo urbano, de expansinurbana y rural. Estos elementos son a su vez, la base para la conformacin decorredores asociados a las corrientes, que forman la red de conectividad ecolgicadel territorio. Jerrquicamente se clasifican en drenajes y corredores principales ydrenajes y corredores secundarios. Varios de estos elementos se incorporan al

    sistema de espacio pblico a travs de ecoparques de quebrada y otros cuerpos deagua. Los ros y quebradas de la Estructura Ecolgica Principal, son los siguientes:

    Ros y Quebradas

    Jerarqua Elemento

    Drenajes y corredores principales

    Ro Medelln (Aburr)

    Santa Elena

    Piedras Blancas

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    La Iguan

    Doa Mara

    Ana Daz

    La Picacha

    Altavista

    La Guayabala

    La Presidenta

    Drenajes y corredoressecundarios

    Todas las quebradas restantes de Medelln incluidas en la red hdrica oficial delMunicipio*

    Se entiende por zonas de retiro, las fajas laterales de terreno a ambos lados de lascorrientes, paralelas a las lneas de mxima inundacin o a los bordes del canalnatural o artificial; que tienen como finalidades, entre otras, la de servir como fajade proteccin contra inundaciones y desbordamientos y conservar el recursohidrolgico; brindar estabilidad para los taludes laterales que conforman el cande la corriente natural; adecuar posibles servidumbres de paso para la extensinde redes de servicios pblicos; mantener el cauce y proporcionar reasornamentales, de recreacin y senderos peatonales ecolgicos. Estas reas seestablecen para garantizar la permanencia de las fuentes hdricas naturales; por lotanto no podrn edificarse, ya que su fin es la proteccin, el control ambiental y elconstituirse como faja de seguridad ante amenazas hdricas.

    En el suelo rural, las zonas de retiro sern de 30 metros a cada lado de la corriente,las cuales no podrn tener un uso diferente al de proteccin y a intervenciones derestauracin ecolgica, sin perjuicio de los derechos adquiridos.

    En el suelo urbano la dimensin de los retiros ser variable, partiendo de un retiromnimo de proteccin de diez metros (10,00 m.) a estructuras hidrulica y quincemetros (15,00 m.), medidos a partir del borde de la cota mxima de inundacin dela corriente natural, si se tienen registros hidrolgicos; o en su defecto, en relacincon los bordes superiores del canal natural (cauce y can) o artificial, hasta fajasmximas de sesenta metros (60,00 m.), que aplican para el Ro Medelln (Aburr).

    Pargrafo 1.No se permite la intervencin del retiro, salvo en el marco de acciones

    asociadas al espacio pblico para recreacin pasiva, donde se permite su uso hastael lmite de la mancha de inundacin para un perodo de retorno de 100 aos, previoestudios tcnicos de detalle y autorizacin de la entidad ambiental competente.Estas intervenciones debern asegurar la permeabilidad de los suelos, la existenciade especies de flora y fauna endmicas o con algn grado de amenaza, adems nose podr alterar la dinmica natural del agua.

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    Las intervenciones destinadas a espacios pblicos para recreacin pasiva, debernestar acordes con los criterios de manejo ya definidos en el subsistema de espaciopblico, esparcimiento y encuentro y pueden hacerse en un 7% del rea total aintervenir.

    Pargrafo 2.Todas las corrientes de agua deben conservar su cauce natural y steno podr modificarse. En el evento de ser necesario una desviacin o rectificacindel cauce o un trasvase de cuenca, sta debe contar con la aprobacin de lasautoridades competentes y obedecer a estudios de ordenamiento y manejo de lamicrocuenca.

    Pargrafo 3. En las reas de proteccin a nacimientos de aguas se deben plantarespecies nativas que permitan la conservacin, recuperacin y regulacin delcaudal del agua, de la flora y fauna, as como cercar con una barrera fsica queimpida el deterioro del rea protectora, el agotamiento progresivo y la contaminacindel recurso hidrogrfico.

    Pargrafo 4. Dentro del corto plazo definido en el presente Acuerdo, laAdministracin Municipal ajustar el protocolo para la actualizacin de la red hdricadel municipio de Medelln y sus retiros y nacimientos, con el fin de construir elinsumo tcnico para su incorporacin al Plan de Ordenamiento Territorial a travs

    del procedimiento establecido en la normativa nacional vigente. Esta disposicinaplicar tambin para la incorporacin de las rondas y retiros que establezcan lasautoridades ambientales en aplicacin de lo establecido por el Artculo 206 de laLey 1450 de 2.011 o la norma que haga sus veces.

    Pargrafo 5:Hasta tanto no se cumpla con lo establecido en el pargrafo anterior,de acuerdo con la concertacin con las Autoridades Ambientales, los retiros acorrientes naturales de agua en Medelln sern los definidos en el presente Acuerdo,sin perjuicio de las disposiciones establecidas en el Decreto 2811 de 1.974 y la Ley99 de 1.993.

    Artculo 27. Humedales con sus retiros.

    Dentro de la categora de reas de inters estratgico de la EEP, los humedalescorresponden a extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficiescubiertas de aguas, sean estas de rgimen natural o artificial, permanente otemporal, estancado o corriente, dulce, salobre o salado. Se consideran humedaleslos siguientes elementos:

    1. Laguna de Guarne

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    2. Embalse de Piedras Blancas

    3. Lago del Parque Norte

    4. Lago del Jardn Botnico

    5. Humedal Romeral

    Pargrafo.Quedan restringidas las actividades agropecuarias, de exploracin dealto impacto y explotacin de hidrocarburos y minerales en los ecosistemas de

    humedales, hasta tanto se produzcan los estudios tcnicos, econmicos, sociales yambientales y sean adoptados por la entidad competente.

    Artculo 28. Ojos de sal.

    Los ojos de aguasal, salados, saladeros o fuentes salinas son aguas continentales,ricas en minerales como sodio, potasio, hierro, calcio, cloro y magnesio entre otros.En el Municipio de Medelln, corresponden a ojos de sal en la Reserva ForestalProtectora del Rio Nare, como: Pozo Real, El Barnizal, El Chifln, El Temprano,Cuberos (Vereda Mazo), Santa Cruz (Vereda El Tambo); los ubicados en la zonaurbana de Medelln como los cercanos a las quebradas La Salada o Aguasal,afluente de la quebrada Santa Elena (sector Rancho de Lata) y en la parte alta de

    la quebrada El Salado (San Javier) y en el corregimiento de San Antonio de Prado,en la estrella fluvial de la quebrada Doa Mara.

    Pargrafo.En el corto plazo del Plan de Ordenamiento, la Administracin Municipaladelantar los estudios para la identificacin, delimitacin, caracterizacin y manejode los ojos de sal del Municipio. Este estudio deber ser incorporado al Plan a travsde los procedimientos de la normativa nacional vigente.

    Artculo 29. Cuencas y microcuencas abastecedoras.

    Las cuencas y microcuencas abastecedoras pertenecientes al suelo rural deMedelln, que surten acueductos urbanos operados por EPM y microcuencas de los

    acueductos rurales recientemente construidos y en proceso de construccin, sonlas siguientes:

    Corregimiento Cuenca Acueductos que surte

    San Antonio dePrado

    La Limona San Jos

    La Larga Montaita

    La Sorbetana Sorbetana

    La Manguala El Manantial

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    La Manguala El Vergel

    Las Despensas

    Acueducto EPM, rea Urbana San Antonio dePrado

    La Chata

    La Larga

    Doa Mara

    San Cristbal

    Quebrada Grande El Hato

    La Frisola Arco Iris

    Quebradas San Francisca y Los Hoyos La Acuarela

    La Iguan La Iguan

    Santa Elena

    San Pedro San Pedro

    Quebradas Santa Elena y las Antenas Multiveredal Santa Elena

    Quebradas San Roque 1 y San Roque 2 Mazo

    Chiqueros Las Flores

    Santa Brbara Media Luna

    Matasano Piedras Blancas

    Piedras BlancasAcueducto EPM

    Chorrillos

    La Castro Acueducto Isaac Gaviria

    Altavista

    Quebrada Altavista y sus afluentes, La Piedra, LosPrez y El Barcino, La Buga

    Altavista

    Ana Daz Travesas El Morro

    La Guayabala Manzanillo

    La Guayabala Agua Pura

    San Sebastin dePalmitas

    Chachafruto y los Azules Acueducto EPM, rea Urbana San Sebastinde Palmitas

    Quebrada La Sucia- Afluente la China Acueducto la China

    Quebrada La Volcana (En proceso deconstruccin)

    Acueducto La Volcana

    Artculo 30. Cuencas de orden cero.

    Las cuencas de orden cero son aquellas que no tienen un canal de corrientepermanente en donde el agua de escorrenta se mueve predominantemente atravs del suelo y en casos extremos de lluvia a travs de lneas de flujo comozanjas o canales. Estas reas son las ms importantes zonas de recarga deacuferos, siendo muy vulnerables a los cambios y transformaciones generadas porlas actividades humanas. Las reas donde existen cuencas de orden cero delmunicipio de Medelln son las siguientes:

    Vereda rea CHOC (ha) % Vereda rea CHOC (ha) %

    Aguas Fras 88,18 0,24 La Suiza 71,95 0,19

    Altavista 11,32 0,03 La Verde 66,36 0,18

    Barro Blanco 133,70 0,36 Las Palmas 427,27 1,14

    Boquern 52,24 0,14 Mazo 77,82 0,21

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    Vereda rea CHOC (ha) % Vereda rea CHOC (ha) %

    Buga - Patio Bonito 125,75 0,34 Media Luna 189,67 0,51

    El Astillero 413,84 1,11 Montaita 57,51 0,15

    El Cerro 19,92 0,05 Naranjal 50,06 0,13

    El Corazn El Morro 166,77 0,45 Palmitas Sector Central 91,68 0,25

    El Jardn 66,74 0,18 Piedra Gorda 72,57 0,19

    El Patio 78,67 0,21 Piedras BlancasMatasano 730,37 1,95

    El Placer 11,76 0,03 Potrera Miserenga 13,42 0,04

    El Plan 154,51 0,41 Potrerito 76,57 0,20

    El Salado 71,50 0,19 San Jos de la Montaa 37,19 0,10El Uvito 42,59 0,11 San Jos del Manzanillo 2,30 0,01

    La Cuchilla 21,34 0,06 San Pablo 8,95 0,02

    La Esperanza 1,09 0,00 Santa Elena Sector Central 54,53 0,15

    La Florida 44,60 0,12 Urquit 22,57 0,06

    La Frisola 4,29 0,01 La Volcana Guayabal 113,45 0,30

    La Ilusin 15,27 0,04 Yarumalito 502,32 1,34

    La Loma 61,40 0,16 El Yolombo 50,44 0,13

    La Palma 297,59 0,80

    Artculo 31. Cuencas aportantes externas a Medelln.

    La Administracin Municipal, con el concurso y autorizacin de los entes territoriales

    respectivos, implementar estrategias y acciones de gestin del recurso en dichasreas, bajo criterios de sostenibilidad urbano regional, promoviendo y viabilizandola conservacin de reas estratgicas para el mantenimiento en cantidad, calidad yregulacin del recurso. Para ello, dar aplicacin a lo establecido sobre la materiaen la Ley 99 de 1993, Ley 1450 de 2011, y Decreto 953 de 2013 o las normas quelas modifiquen o sustituyan.

    Artculo 32. Sistema Orogrfico.

    Constituye la base natural del territorio que conforma las cadenas montaosas quecircundan el Municipio y los cerros o accidentes geogrficos que hacen parte de lasmismas y que incorporarn los elementos constitutivos naturales del espacio

    pblico. Comprende los siguientes elementos.1. Cerros tutelares:Cerro Nutibara, Cerro El Volador, Cerro Santo Domingo,

    Cerro La Asomadera, Cerro El Salvador, Cerro Pan de Azcar, Cerro ElPicacho, Cerro de las Tres Cruces o Morro Peln, Cerro La Potrera, Cerro LasLajas, Cerro Verde, Cerro El Morrn, Cerro El Ajizal, Cerro de La Cajetilla,

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    Cerro La Popa, Cerro El Chuscal, Cerro El Contento, Cerro El Boquern, CerroLoma Hermosa y Cerro El Barcino.

    2. Cadenas montaosas estructurantes. Hacen parte de este conjunto lascadenas montaosas oriental y occidental: cuchillas, altos y cerros de lascadenas montaosas, que por su preponderancia territorial, estructuran aMedelln y al Valle de Aburr.

    a) La cuchilla Romeral (Incluye los Altos de La Guija, Romeral, El Silencio, El

    Chuscal y Las Cruces)b) El cerro del Padre Amaya ,vertiente derecha de la quebrada La Sucia, El

    Boquern, la Cuchilla de Las Baldas en San Cristbal y San Sebastin dePalmitas, en lmites con el Municipio de Bello (Incluye El Alto Urquit, ElBoquern, El Chuscal y El Yolombo),

    c) Las cuchillas El Barcino, Astillero y Manzanillo, las divisorias de aguas queconforman el Corregimiento de Altavista, localizadas en el costadooccidental. (incluye los altos El Astillero, cerro El Barcino, alto El Encanto yalto El Manzanillo y son las divisorias de agua que conforman elcorregimiento de Altavista y los cerros Aguas Fras, alto de Los Jaramillos

    y Morro Peln).d) Lomero del escarpe de Las Palmas, vertiente izquierda de la quebrada

    Santa Elena.

    e) La divisoria de aguas del costado nororiental, donde se incluyen la CuchillaGurupera y los Altos Juan Gmez, La Virgen, Sabanas y El Toldo.

    f) Cadena montaosa limtrofe con los municipios de Envigado (Incluye losaltos de La Pelada, de Perico, Romerillo y Espritu Santo); Rionegro (CerroVerde) y Guarne (Altos de San Ignacio, del Pino, La Yegua, Tres Puertas,Las Cruces y La Honda) y el parque Ecolgico Piedras Blancas.

    Artculo 33. Red de conectividad ecolgica.La conectividad ecolgica estructural busca promover y conservar procesosbiolgicos, adems del mantenimiento de poblaciones viables de biota en un paisajefragmentado. Hacen parte de la red de conectividad estructurante los siguienteselementos:

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    1. Nodos estructurantes. Corresponden a fragmentos de bosque con reassuperiores a 6.400 m2y cobertura vegetal con mejor estado de conservacin.Las reas protegidas urbanas son consideradas como nodos estructurantesde la red de conectividad.

    2. Enlaces estructurantes.Comprenden reas priorizadas a partir de anlisisde mtrica del paisaje, as como los corredores riparios definidos a partir delPOMCA, del Ro Aburr y del Plan Maestro de Zonas Verdes Urbanas, queincluyen corredores riparios y de quebrada asociados a las quebradas laIguan, Santa Elena, Picacha, Tablaza, Doa Mara, Malpaso, Quintana,

    Altavista y Guayabala.

    3. Nodos y enlaces estructurantes proyectados. Corresponden a zonasasociadas con reas de amenaza alta por deslizamientos o inundaciones, ocon deterioro causado por actividades mineras, frente a las cuales seproponen acciones de recuperacin y restauracin para su articulacin a la redecolgica propuesta. Corresponden principalmente a reas localizadas en elborde urbano ruralCinturn Verde- y que a partir de los macroproyectos deborde, se incorporarn al sistema de espacio pblico de esparcimiento yencuentro, con el fin de consolidar el objetivo de recuperar ambientalmente

    estas zonas, consolidar el cinturn verde en articulacin con la clasificacindel suelo y potenciar reas para el espacio pblico, que propendafundamentalmente por pisos blandos y recreacin pasiva.

    4. reas de inters recreativo y paisajstico. Hacen parte de la red deconectividad ecolgica estructurante, los siguientes inmuebles sonconsiderados como reas de inters recreativo y paisajstico: Club ElCampestre, Club El Rodeo, Lote de la Universidad de Antioquia en la ComunaVilla Hermosa, Parque La Ladera, Finca Montecarlo, Finca La Mesa, Museo ElCastillo, Lote El Castillo, Zoolgico Santa Fe, Canal Parque (Antiguo ViveroMunicipal), Piedra Lisa, Ecoparque Loma Hermosa, Ecoparque Bosques deLa Frontera, Finca Yerbabuena, Jardn Botnico y lote adyacente a la

    Universidad de Medelln.5. Corredores del Sistema Metropolitano de reas ProtegidasSIMAP.La

    red de Conectividad Ecolgica vincula aquellos corredores urbanos y urbano-rurales, cuyo propsito es la integralidad de las reas rurales y urbanas paraestablecer un continuo de espacio pblico con funciones ambientalesdefinidas. Hacen parte de la red los siguientes corredores.

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    a) Corredor La Rosa - Villa GuadalupeCarevieja - El Aguacatillo (CorredorNo. 10 del SIMAP). Ubicado en la comuna nororiental de Medelln, en losbarrios La Rosa, San Isidro, Mosc y Carpinelo, y la parte alta del barrioSanto Domingo; entre los principales afluentes asociados estn: laquebrada La Rosa, Villa Guadalupe, Carevieja y El Aguacatillo.

    b) Corredor BermejalaPiuela (Corredor No. 11 del SIMAP). Localizado enla comuna nororiental de Medelln, en los barrios Aranjuez y el sector de

    Aranjuez-Anillo; entre los principales afluentes asociados a esta zona seencuentran: la quebrada La Piuela que desemboca en la quebradaBermejala.

    c) Corredor El Molino (Corredor No. 12 del SIMAP). Ubicado en la comunanororiental, barrios Campo Valds y Santa Cruz, incluye la ribera de laquebrada El Molino (La Chorrera) desde su parte media hasta las partesms altas, que conecta con el Parque Arv; incluye adems la quebrada LaMquina (Tebaida).

    d) Corredor Unidad de conservacin Jardn Botnico Parque Norte Universidad de Antioquia (Corredor No. 13 del SIMAP).

    e) Corredor Santa Elena (Corredor No. 14 del SIMAP). Ubicado en el sectororiental del municipio de Medelln, entre los barrios La Sierra, La Milagrosa,El Salvador y Buenos Aires; entre sus principales afluentes se encuentranla quebrada Santa Elena, Chorro Hondo, La Rafita y la quebrada La India,a travs de la cual se conecta con el Parque Arv.

    f) Corredor La Poblada (Corredor No. 15 del SIMAP). Localizado en el sectorsuroriental del municipio de Medelln, entre los barrios El Poblado y lossectores San Martn y San Lucas, en donde se encuentran adems reascontiguas al Seminario Mayor de Medelln; su principal afluente es laquebrada La Poblada con sus nacimientos en el parque Arv.

    g) Corredor La Presidenta (Corredor No. 16 del SIMAP). Asociado a lascuencas de las quebradas La Presidenta, Palo Blanco y La Chacona, en elsector suroriental del municipio de Medelln; ste conecta el Parque Arvcon la Llanura aluvial del ro Aburr.

    h) Corredor Aguacatala (Corredor No. 17 del SIMAP). Integra las riberas de laquebrada La Aguacatala en su parte media y alta, hasta el Parque Arv;

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    adems incluye reas de la quebrada El Castillo, Los Balsos, La Volcana yLa Sucia.

    i) Corredor Altavista (Corredor No. 18 del SIMAP). Localizado en la zonasuroccidental del municipio de Medelln, integra la cuenca media y alta dela quebrada Altavista hasta la cuchilla El Romeral, en el barrio Beln,sectores Altavista, Rosales y El Rodeo.

    j) Corredor La Picacha (Corredor No. 19 del SIMAP). Ubicado en la zona

    suroccidental del municipio de Medelln, integra la cuenca de la quebradaLa Picacha, desde el valle aluvial del ro Aburr cerca al Cerro Nutibara portoda la ribera de este afluente hasta la cuchilla El Romeral; entre los barriosFtima y Nutibara.

    k) Corredor Ana Daz (Corredor No. 20 del SIMAP). Ubicado en la zonasuroccidental del municipio de Medelln, inicia en la parte alta de la CuchillaEl RomeralBarcino, por la ribera de la quebrada Ana Daz; entre los barriosLa Amrica y Santa Mnica; finalizando en la glorieta de San Juan con lacarrera ochenta.

    l) Corredor La Hueso (Corredor No. 21 del SIMAP). Localizado en la zona

    occidental del municipio de Medelln, que integra la cuenca de la quebradaLa Hueso hasta su desembocadura al ro Aburr; incluye adems otrosafluentes como La Bolillala o Pelahueso, La Amrica, El Salado y laquebrada Ana Daz; en los barrios Veinte de Julio, San Javier parte alta, LaFloresta, Suramericana; asociado al metro. Al interior de este corredor seencuentra incluida la Unidad Deportiva Atanasio Girardot y el Veldromo.

    m) Corredor La Iguan (Corredor No. 22 del SIMAP). Ubicado en la zonaoccidental del municipio de Medelln, corredor que incluye las riberas yzonas de retiro de las quebradas La Iguan, Corcovada, La Gmez, LaMoonga, Malpaso, El Chumbimbo y una parte del cao Bello Horizonte.Conecta la Llanura aluvial del ro Aburr cerca al cerro El Volador con el

    cerro El Picacho y el DMI DVARC, en sectores del barrio Robledo.n) Corredor La Quintana La Cantera (Corredor No. 23 del SIMAP).

    Localizado en el sector occidental del municipio de Medelln, corredor quese inicia desde la Llanura aluvial del ro Aburr por la ribera y zonas de retirode la quebrada La Quintana y parte de la quebrada La Cantera (Culantrillo);entre los barrios Aures, El Picacho, Kennedy, Alfonso Lpez y Crdoba.

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    o) Corredor La MorenoTinajasLa Velsquez (Corredor No. 24 del SIMAP).Ubicado en la zona noroccidental del municipio de Medelln, sobre la riberay zonas de retiro de las quebradas La Moreno, Tinajas (Tinajitas) y partealta de la quebrada La Velsquez, entre los barrios Doce de Octubre,Pedregal, Girardot y Belalczar; finalizando en terrenos y zona verde de laPlaza de Ferias y la parte alta en lmites con el municipio de Bello.

    p) Corredor Red de Cerros Tutelares (Corredor No. 25 del SIMAP).

    Pargrafo. Las reas de inters recreativo y paisajstico que sean suelos depropiedad privada y estn comprendidas dentro de polgonos con tratamiento API,podrn incorporarse al Subsistema de Espacio Pblico a travs del instrumento definanciacin de pago en especie que se desarrolla en el la Cuarta Parte, Sistema deGestin para la Equidad Territorial del presente Acuerdo. Ver Mapa 4. EstructuraEcolgica protocolizado con este Acuerdo.

    CAPTULO III ESTRUCTURA ECOLGICA COMPLEMENTARIA

    Artculo 34. Estructura Ecolgica Complementaria (EEC).

    Se refiere al conjunto de relictos de vegetacin seminatural y transformada,corredores y reas intervenidas de mayor relevancia para complementar y conectarla EEP y que contribuyan a la prestacin de los servicios ecosistmicosdemandados por la poblacin. La caracterstica ecolgica de estas reas es lapresencia de mosaicos de vegetacin remanente en diferentes estados demaduracin y reas dedicadas a pastos y cultivos, incluyendo elementos lineales(cercas vivas, corredores biolgicos o de conectividad) y no lineales (islas devegetacin como parques y zonas verdes).

    Pargrafo. Los temas asociados a Ecoparques se desarrollan en el captulo delSubsistema de Espacio Pblico de Esparcimiento y Encuentro del ComponenteGeneral del presente Acuerdo. Los corredores verdes de conectividad ecolgica se

    desarrollan en el captulo del Subsistema de Movilidad.

    Artculo 35. reas para la prevencin de inundaciones, avenidas torrencialesy movimientos en masa.

    Corresponde a las reas para la prevencin de movimientos en masa, inundacionesy avenidas torrenciales asociadas a los ecosistemas naturales y seminaturales, que

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    bajo las condiciones actuales del territorio, le prestan al municipio suministrocontinuo para la prevencin de daos frente a fenmenos amenazantes. Hacenparte de las reas de amenaza y riesgo definidas en el Ttulo IV del ComponenteGeneral del presente acuerdo, del cual derivan su carcter de suelo de proteccin.

    Artculo 36. reas priorizadas por captura de carbono y almacenamiento enbiomasa area.

    Son reas priorizadas para la prestacin del servicio ecosistmico asociado a lacaptura y almacenamiento de carbono. Hacen parte de esta categora las siguientesreas:

    1. reas con potencial Alto para la captura de carbono:Corresponde a lasextensiones que actualmente cuentan con coberturas de bajo porte comopastos limpios, pastos enmalezados, pastos arbolados y herbazales, lascuales evolucionarn a rastrojos medios, altos y bosques secundarios.

    2. reas con potencial Medio para la captura de carbono: Corresponde a lasreas con coberturas de porte medio y alto en procesos de regeneracinnatural (vegetacin secundaria o en transicin, plantacin forestal, bosquesfragmentados).

    3. reas con potencial Bajo para la captura de carbono: Comprenden estasubcategora, los bosques densos y los bosques de galera y/o ripario.

    Pargrafo. Estas reas se considerarn suelo de proteccin, siempre y cuandocoincidan con alguna de las subcategoras del suelo de proteccin ambientaldefinidas en el Ttulo II. Clasificacin del Suelo del presente Acuerdo.

    Artculo 37. Zonas de recarga de acuferos.

    Corresponde a la parte de la cuenca hidrogrfica en la cual, por las condicionesclimatolgicas, geolgicas y topogrficas, una gran parte de las precipitaciones seinfiltran en el suelo, llegando a recargar los acuferos en las partes ms bajas de la

    cuenca. Estas zonas son las siguientes:Tipo de recarga Extensin (ha)

    Zonas de recarga directa 110,32

    Zonas de recarga indirecta de importancia Alta 11,28

    Zonas de recarga indirecta de importancia Media 224,70

    Zonas de recarga indirecta de importancia Baja 28,70

    TOTAL 375,00

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    Pargrafo 1. En el corto plazo definido por el presente Acuerdo, la AdministracinMunicipal realizar los estudios de detalle para la identificacin y caracterizacin deestas reas, a fin de formular acciones para su adecuado manejo y proteccin ygarantizar as la permanencia del recurso hdrico en la ciudad, que constituye unafuente de aprovisionamiento alternativa al agua superficial. Dichos estudiospriorizarn las reas identificadas en los diferentes instrumentos de planificacin enlos diferentes corregimientos y definir las acciones para el contener y controlar lacontaminacin por infiltracin y la impermeabilizacin del suelo.

    Pargrafo 2. Estas reas se considerarn Suelo de Proteccin, siempre y cuandocoincidan con alguna de las subcategoras del suelo de proteccin definidas en elTtulo II del Componente General, Clasificacin del Suelo del presente Acuerdo.

    Artculo 38. reas para aprovisionamiento de productos forestales.

    Comprende las reas para produccin forestal que han sido objeto de iniciativaspblicas y privadas, con la finalidad de proteccin, ubicadas en los cincocorregimientos.

    Pargrafo.La Administracin Municipal implementar estrategias y acciones parapromover el desarrollo de actividades productivas con medidas que aseguren la

    proteccin de los recursos naturales renovables y contribuyan a la transformacinde los sistemas de produccin actuales, hacia sistema agroforestales de carcteragroecolgico, que protejan el suelo, contribuyan a la seguridad alimentaria local ya la oferta de alimentos regional, de acuerdo a las aptitudes del territorio. Adems,se debern implementar prcticas de manejo y conservacin de suelos para elcontrol de los procesos erosivos.

    Artculo 39. reas para aprovisionamiento de alimentos.

    Corresponden a las reas de proteccin para la produccin de alimentos que el Plande Ordenamiento Territorial, considera de especial inters conservar en loscorregimientos, tanto como garanta de seguridad alimentaria de la poblacin ruraly parte de la urbana, como una manera de conservar una actividad tradicionalcultural representativa del campo y significativa para el campesinado de Medelln.

    Artculo 40. reas para la prestacin de servicios culturales.

    Los servicios culturales son los beneficios no materiales obtenidos de losecosistemas, a travs del enriquecimiento espiritual, belleza escnica, inspiracin

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    artstica e intelectual, el desarrollo cognitivo, la reflexin, la recreacin y lasexperiencias estticas. Estn constituidos por los elementos de la naturaleza, quese mantienen en su contexto original, intervenidos de algn modo por los sereshumanos. La Administracin Municipal o la entidad que esta designe para elcumplimiento de tales fines, adelantar las acciones para la identificacin depaisajes culturales y su potencial inclusin en el Subsistema de Patrimonio CulturalInmueble.

    CAPTULO IV CRITERIOS DE MANEJO DE LA ESTRUCTURAECOLGICA

    Artculo 41. Criterios de manejo de las reas protegidas.

    Las reas protegidas que conforman la EEP de Medelln, se intervendrn con baseen los siguientes criterios de manejo.

    1. De carcter Nacional: Reserva Forestal Protectora del Rio Nare

    a) Las intervenciones en las reas de la reserva aplicarn las disposicionesdel Plan de Manejo.

    b) Se aplicarn las disposiciones del Acuerdo No. 31 de 1.970 de la JuntaDirectiva del INDERENA. Redelimitada por medio de la Resolucin 1510 de2.010 (MAVDT), o las normas que las modifiquen o sustituyan.

    2. De carcter Regional: Distrito de Manejo Integrado Divisoria Valle AburrRo Cauca.

    a) Las intervenciones en las reas del DMI, aplicarn las disposiciones delPlan de manejo y las contenidas en el Acuerdo No. 267 de 2.007 delConsejo Directivo de Corantioquia, modificado mediante Acuerdo No. 327de 2.009, o las normas que las modifiquen o sustituyan.

    b) El Distrito de Manejo Integrado deber buscar bajo el principio de desarrollo

    sostenible, ordenar, planificar y regular el uso y manejo de los recursosnaturales renovables y las actividades econmicas presentes, de maneracontrolada y con fines investigativos, educativos y recreativos.

    3. De carcter Metropolitano: Parque Natural Recreativo Metropolitano.Cerro El Volador.

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    infraestructura y urbano), en concordancia con las zonas definidas en elPlan de Manejo de dicha rea.

    c) Se aplicarn las disposiciones de las Resoluciones Metropolitanas No. 857de 2.011 y No. 0002231 de 2.011 o las normas que las modifiquen osustituyan.

    6. De carcter privado: Reserva Natural de la Sociedad Civil - Montevivo.

    a) Los usos permitidos sern la restauracin, forestal protector, con usos en

    recreacin, produccin sostenible y educacin ambiental.b) Se aplicarn las disposiciones de la Resolucin No.181 del 28 de junio de

    2.005 del MAVDT o las normas que las modifiquen o sustituyan.

    c) Las intervenciones se orientarn hacia la valoracin, conservacin yrecuperacin de los recursos naturales presentes y de su rea de influencia.

    Artculo 42. Criterios de Manejo del Sistema Hidrogrfico.

    El Sistema Hidrogrfico se intervendr con base en los siguientes criterios:

    1. Humedales y sus retiros.Recibirn tratamiento de preservacin estricta, en

    la cual se propender por la recuperacin como hbitat de especies de flora yfauna a partir de la regulacin de ciclos hidrolgicos, adems del valoreconmico asociado con la riqueza biolgica de dichos ecosistemas. La

    Administracin municipal adelantar programas permanentes de adquisicinde predios para la conservacin, preservacin y recuperacin de los recursosnaturales e incorporar la Poltica Nacional para Humedales Interiores deColombia, establecida en Ley 357 de 1.997 o en la que la modifique osustituya.

    2. Ojos de sal.En consonancia con los estudios establecidos en el pargrafo delartculo 28, la Administracin Municipal inventariar e implementar accionesde proteccin a los ojos de agua o salados as como su manejo, mantenimiento

    y conservacin.3. Las intervenciones y manejo de las Cuencas y microcuencas abastecedoras,

    comprendern incentivos a la conservacin, pago por servicios ambientales,incentivos tributarios, compra de predios estratgicos para la conservacin delrecurso hdrico. La Administracin Municipal implementar acciones dereforestacin, regeneracin natural asistida, turismo ecolgico, cercado yamojonamiento, y dar aplicacin de lo establecido por la Ley 99 de 1993, el

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    Acuerdo 48 DE 2014

    Por medio del cual se revisa y ajusta el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Medelln

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    Decreto 0953 de 2013 y la Ley 1450 de 2011, o las normas que los adicionen,modifiquen o sustituyan.

    4. La intervencin y manejo de los Ros y quebradas con sus retiros, buscarimplementar acciones de aislamiento, reforestacin, regeneracin natural. Lasintervenciones debern ser livianas especialmente de paisajismo,acompaadas por estrategias de control por parte de las autoridades,programas educativos y de sensibilizacin, en aplicacin de lo establecido porel Decreto 1640 de 2012 y la ley 1450 de 2011 o la norma que las modifiqueo sustituya. En aplicacin de lo dispuesto en el Acuerdo Metropolitano 15 de2006 y el Acuerdo Municipal 31 de 2011, las intervenciones en los tramos dequebrada, debern propender porque se conserve su estado natural. Para lascuencas que abastecen acueductos veredales y/o multiveredales, laconservacin deber hacerse aguas arriba de las bocatomas, tanto de lacorriente principal, as como de sus afluentes. La delimitacin de reas para lapreservacin de nacimientos deber responder a estudios de detalleelaborados conjuntamente entre el Municipio de Medelln y la autoridadambiental competente.

    Pargrafo 1. Los tramos de quebrada y dems elementos del sistema hidrogrfico,

    podrn ser intervenidos con obras hidrulicas, siempre que dicha intervencincorresponda a alguno de los motivos de utilidad pblica descritos en el artculo 58de la Ley 388 de 1997 o la norma que haga sus veces. En estos casos y previo adichas obras, se debern adelantar los respectivos estudios hidrolgicos de detalley dar aplicacin a lo establecido en el Acuerdo Metropolitano 09 de 2012 y demsnormas que lo complementen, modifiquen o sustituyan.

    Pargrafo 2.La Administracin Municipal, dentro de los lmites de su competencia,incorporar al Sistema de Ordenamiento Territorial, los instrumentos de gestindesarrollados por AMVA para las reas vinculadas al Cinturn Verde Metropolitano.

    Artculo 43. Criterios de Manejo del Sistema Orogrfico.

    El sistema Orogrfico se intervendr y manejar con base en los siguientes criterios.

    1. Preservar y conservar la funcin de los elementos del componente ecolgicoy paisajstico en las dinmicas social, econmica y cultural; su vigencia, uso yapropiacin, en armona con los atributos que le confieren el valor natural.

    2. Preservar el patrimonio ecolgico y paisajstico para el uso y bienestar de lasgeneraciones futuras; smbolo de naturaleza, apropiacin y reconocimiento

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    ciudadano, que aportar a su calidad de vida y guardar la memoria de unabase natural sostenible heredada de generaciones anteriores.

    3. Conservar y recuperar la biodiversidad representativa del municipio comoaporte a la preservacin del componente ecolgico y paisajstico delcomponente cultural.

    4. Para la intervencin en los cerros tutelares, se aplicarn las disposiciones delos planes de manejo y de las normas de las reas protegidas que los cobijan.

    5. El manejo de las cadenas montaosas estructurantes buscar promover laconservacin de los corredores naturales a lo largo de las corrientes de aguao conectores transversales que desde lo rural penetran el suelo urbano,articulndose con parques, zonas verdes y reas de Inters recreativo ypaisajstico.

    6. El manejo de los nodos y enlaces estructurantes de la red de conectividadecolgica, comprendern las herramientas de la ecologa de la restauracin yde la ecologa del paisaje, que viabilicen la estabilidad y permanencia en eltiempo de la red ecolgica, acorde con la debida gestin para el mantenimientode