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1 Chiclayo, miércoles 28 de diciembre del 2016 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL Chi Chicla clayo yo, mi miérc ércole oles2 s 28d 8 ded e dici iciem em CIO CIO PO PORP R PALA ALABRA BRA: : 00 0.025 25 INC NCLUD LUDOI O IGV GV CR CRÓN ÓNIC ICA A JU JUDI DICI CIAL AL 0 .0 O OR R ol ol C U UD D I I R R V V , de e I I 2 2 : : R R C C R RÓ Ó Ó Ó IG D D LU LU L L 00 0.0 A AB B LA LA O OR R PO P N N CR C C C V V G G O O O O NC NC IN N 25 25 0 0 A A: : RA RA R BR A A P PA RP R P d d 8d 8 érc érc yo yo JU JU L em em i ie e c c dic i d de e s e es s ole ole i ié é m m o, cla cla hi ic Ch Ch C C AL AL I CI C C I IC C D D U UD D U U J J A A é RÓNICA JUDICIAL C 1 mb m re re e e e del del del del del del del del del del del del del del d del del del del el 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 2 2 20 20 2 2 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 6 16 6 mb mb mbr

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RÓNICA JUDICIALC

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Chiclayo, miércoles 28 de diciembre del 20162 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

Chiclayo, miércoles 28 de diciembre del 2016

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUEMG. ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA

Telf: 481030 - 239182

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

5.CRONICAS JUDICIALES

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA VEINTITRÉS DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE. CON LOS SEÑORES: ZAMORA PEDEMONTE, SILVA MUÑOZ Y CONTEÑA VIZCARRA, VOTARON VIERON Y :0 4 4 1 5 - 2 0 1 4 - 8 1 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 1 , Concepción Leopo;.dma Esquén de Silva/ Vicente Antonio Falen García y otros. Nulidad de acto jurídico. CONFIRMARON el a’Jto (Resolución Número Dos) de fecha veintiséis de marzo del año dos mil quince.03.329-2006-0-1706-JR-CI-06, José Antonio Quispe Urrutia/ Oficina de Normalización Previsional. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Sesenta y Tres) de fecha veinte de julio del año dos mil quince, que declara infundadas las observaciones . 00492-2005-57-1707-JM-CI-01, José Marcelino Fernández Suclupe/ Oficina de Normalización Previsional Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Cincuenta y Uno) de fecha quince de mayo del dos mil quince.CON LOS SEÑORES: ZAMORA PEDEMONTE, CON TEÑA VIZCARRA Y ARMAZA BALDOS VIERON Y VOTARON:0671-2014-24-1706-JR-CI-07, Esmilda Elsa Castillo de Pissani y otros/ Antonio Lenin Coronado Rioja y otros. Nulidad de Acto Jurídico. CONFIRMARON la Resolución Número Tres, de fecha veintiuno de abril del año dos mil quince, que resuelve declarar infundada la excepción de incompetencia.CON LOS SEÑORES: ZAMORA PEDEMONTE, SilVA MUÑOZ Y PISFIL CAPUÑAY, VIERON Y VOTARON:0 0 6 2 2 - 2 0 0 6 - 1 4 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 4 , Nicolás Ramírez Becerra/ Oficina de Normalización Previsional. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Treinta y Cinco) de fecha seis de mayo del año dos mil quince.0 4 4 8 8 - 2 0 0 7 - 7 3 - 1 7 0 6 - J R - C I - 1 0 , José Antonio Díaz Barandiaran/ Municipalidad Provincial de Chiclayo. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Cuarenta y Tres) de fecha diecisiete de agosto del dos mil quince.CON LOS SEÑORES: ZAMORA PEDEMONTE, PISFIL CAPUÑAY Y CONTEÑA VIZCARRA VIERON Y VOTARON:0 3 0 8 0 - 2 0 0 4 - 4 2 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 6 , José La Rosa Oliva Quiroz/ Oficina de Normalización Previsional. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Treinta y Seis) de fecha catorce de julio del año dos mil quince.08158-2006-83-1706-JR-CI-Q5, Elíseo Valderrama Cancino/ Oficina de Normalización Previsional. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número cuarenta y nueve (copiada de folios trescientos sesenta y tres a trescientos sesenta y cuatro), de fecha dos de junio del año dos mil quince. 05052-2007-3-1706-JR-CI-03, Juan Manuel Sandbval Chero/ Oficina de Normalización Previsional. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON la resolución número treinta y cuatro de fecha dieciocho de junio del año dos mil quince, que declara improcedente la nulidad.

de junio del año dos mil quince, en el extremo que declara Improcedente hacer efectivo el apercibimiento dispuesto por resolución ocho.0 2 0 6 5 - 2 0 0 9 - 7 6 - 1 7 0 6 - J R - C I -03,Fernando Saavedra Díaz/Oficina de Normalización Previsional. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (ResoluciónNúmero Veintitrés) de fecha quince de setiembre del dos mil quince.00144-2015-0-1708-JM-CI-01, José Raúl Severino Bonilla/ Municipalidad Distrital de Motupe y otro. Nulidad de Acto Jurídico. CONFIRMARON el AUTO (resolución número uno), de fecha veintinueve de abril del año dos mil quince, corriente de folios sesenta y cinco a sesenta y siete,que declara IMPROCEDENTE la demanda.03518-2013-32-1706-JR-FC-03, María Isabel^Lucero Cubas/ Gerson Ruperto Vásquez Zeña.Tenencia. CONFIRMARON el auto (Resolución Núrnero Treinta y Dos) de fecha trece de agosto del dos mil quince, que declara infundada la observación.0 2 7 0 6 - 2 0 1 4 - 7 2 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 1 , Segundo Marcelino Torres Guevara/ Municipalidad Provincialde Chiclayo. Proceso Contencioso Administrativo. CONFIRMARON el Auto (resolución número cuatro), de fecha veintitrés de setiembre del año dos mil quince, que IMPONE UNA MULTA de dos unidades de referencia procesal.03792-2010-39-1706-JR-CI-03, Eufroni Nely Cabanillas Duire/ Superintendencia de Banca,Seguros y administradoras privadas de fondos de pensiones y otros. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Diecisiete) de fecha veintinueve de abril del dos mil quince.01918-2015-0-1706-JR-CI-06,Fabriciano Sadot Gamarra Llempen/Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado- FONAFE y otros.Proceso de Amparo.CONFIRMARON el auto (Resolución Número uno) de fecha veintitrés de julio del año dos mil quince, que declara improcedente la demanda.01424-2015-0-1706-JR-CI-05, Catalina Gónzales Arrunátegui/Gerencia Regional de Educación. Proceso de Amparo. REVOCARON el auto (resolución número uno) de fecha dos de junio del año dos mil quince (folios siete a ocho) que declara improcedente la demanda;reformándola, dispusieron la remisión del presente proceso al órgano jurisdiccional competente (Juzgado Civil de Lambayeque).00225-2014-62-1714-JM-CI-01, Elvia Quispe Tirado/Marco Antonio Camaiho Peralta.Desalojo. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Once) de fecha treinta de julio\lel año dos mil quince, que declara improcedente la nulidad.01980-2008-3-1706-JR-CI-02, Betty Mayoría Nazario y otra/ Ministerio de Defensa. Indemnización. CONFIRMARON la resolución número sesenta y siete, de fecha trece de agosto del año dos mil quince, que aprueba la liquidación de intereses legales contenida en el Informe pericial N° 0486-2015-DRL/PJ.02839-2014-59-1706-JR-CI-01, Elva Judy Van Dyck Gamarra de Mejía/ Banco Scotiabank. Indemnización. CONFIRMARON la resolución número tres, de fecha treinta y uno de agosto del año dos mil quince que declara infundada la excepción de falta de legitimidad para obrar del demandado.0 1 0 3 2 - 2 0 1 5 - 1 3 - 1 7 0 6 - J R - F C - 0 2 , Yanev Ghandy López Castillo/ Carlos David Frías Solís. Tenencia y custodia. CONFIRMARON el auto (Resolución

05010-2004-9-1706-JR-CI-01, Antonio Guevara / :uña/ Oficina de Normalización Previsional. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Cuarenta y Cinco) de fecha veintitrés de setiembre de dos mil quince.HECTOR CONTEÑA VIZCARRAJUEZ SUPERIOR SSEC CSJLAMARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZRELATORA SSEC CSJLACARLOS ENRIQUE CASTILLORELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE.CON LOS SEÑORES: ZAMORA PEDEMONTÉ, SILVA MUÑOZ Y CONTEÑA VIZCARRA,VIERON Y VOTARON:0922-2014-45-1706-JR-CI-01, Carlos Magno Padilla Chiguala/ Poder Judicial y otros. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número uno de fecha dieciséis de julio del dos mil catorce, que admite a trámite la medida cautelar.HECTOR CONTEÑA VIZCARRAJUEZ SUPERIOR SSEC CSJLAMARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZRELATORA SSEC CSJLACARLOS ENRIQUE CASTILLORELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA VEINTINUEVE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE. CON LOS SEÑORES: ZAMORA PEDEMONTE, SILVA MUÑOZ Y CONTEÑA VIZCARRA, VIERON Y VOTARON:01749-2015-0-1706-JR-CI-02, Empresa de Transportes y Multiservicios La Victoria/Municipalidad Provincial de Chiclayo. Proceso de Amparo. Declararon IMPROCEDENTE laapelación de la resolución número nueve de fecha uno de octubre del año dos mil quince,interpuesta por la Procuradora Pública de la Municipalidad Provincial de Chiclayo; en consecuencia, NULO el concesorio de apelación.02927-2010-18-1706-JR-CI-10, Ceferino Puse Monja/ Oficina de Normalización Previsional.Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Diecisiete) de fecha tres de agosto del dos mil quince, que declarar infundada la observación.03280-2012-95-1706-JR-CI-02, José Martín Palma Bernal/ Corporación Palmar S.A.C.y otros. Nulidad de acto jurídico. CONFIRMARON ei auto (Resolución Número Treinta y Cinco) de fecha veintiuno de agosto del dos mil quince, en el extremo que declara infundada la nulidad de todo lo actuado.04186-2010-27-1706-JR-CI-01, Segundo Pearo Vásquez Chamaya/ Municipalidad Provincial de Chiclayo. Proceso Constitucional de Amparo. Declararon: IMPROCEDENTE la apelación de la resolución número veinte de fecha veintidós de julio de dos mil quince, interpuesta por la Procuradora Pública de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, en consecuencia, NULO el concesorio de apelación.0 2 5 4 3 - 2 0 1 4 - 4 8 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 3 , Guilliana Beatriz Vílchez Rabines/Edpyme Alternativa.Proceso de Amparo. Declararon NULO el auto (resolución número doce) de fecha diecinueve

Page 3: PRECIO POR PALABRA: PRECIO POPORPR … · PRECIO POR PALABRA: PRECIO POPORPR PRRPPALAALAABRABBRRRARA: 0.025 INCLUDO IGV000.00.002525 225 INCIINNCNLUDLULDOIO IOIGVGV CRÓNICA JUDICIALCRCRCR

3Chiclayo, miércoles 28 de diciembre del 2016PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

Número Siete) de fecha diecisiete de agosto del año dos mil quince.04062-2008-19-1706-JR-CI-ll, Arcadio Cotrina Orrillo/ Gobierno Provincial de Chiclayo. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON la resolución número veintiocho, de veinte de julio del año dos mil quince, que declara INFUNDADA la oposición. 00325-2009-3-1706-JR-CI-02, Julio Emilio Atalaya Vílchez/ Oficina de Normalización Previsional. Proceso Constitucional de Amparo. Declararon: IMPROCEDENTE la apelación del auto (Resolución Número Treinta y Siete) de fecha veinticinco de agosto del dos mil quince. 0107-2014-6-1706-JR-CI-06, Karin Doroty Rodas Prada/ ESSALUD. Proceso de Amparo -Cautelar. REVOCARON la resolución número CUATRO, de fecha veintiocho de abril del dos mil quince, que declara infundada la oposición formulada por ESSALUD; y, REFORMÁNDOLA, declararon FUNDADA la oposición.00650-2011-0-1707-JM-CI-01, Salvador Rolando Majail Calderón/ Empresa Agroindustrial Pucalá S.A.A. Obligación de dar suma de dinero. Declararon NULO todo lo actuado desde folios trescientos treinta. Insubsistente el oficio de elevación de actuados a esta Sala Civil.CON LOS SEÑORES: ZAMORA PEDEMONTE, PISFIL CAPUÑAY Y CONTEÑA VIZCARRA, VIERON Y VOTARON:0 9 2 4 7 - 2 0 0 8 - 6 3 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 3 , Augusto Almanzor Valderrama Salazar/ Oficina de Normalización Previsional. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Treintidós) de fecha diez de junio del año dos mil quince. 0 2 2 1 4 - 2 0 0 4 - 5 2 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 1 , Anaximandrp Esquen Díaz/ Oficina de Normalización Previsional. Proceso Constitucional de Amparo; CONFIRMARON el auto (Resolución Número Treintitrés) de fecha cinco de octubre del año dos, mil quince.HECTOR CONTEÑA VIZCARRAJUEZ SUPERIOR SSEC CSJLAMARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZRELATORA SSEC CSJLACARLOS ENRIQUE CASTILLORELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA TREINTA DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE.CON LOS SEÑORES: ZAMORA PEDEMONTE, SILVA MUÑOZ Y CONTEÑA VIZCARRA,VIERON Y VOTARON:02873-2013-4-1706-JR-CI-07, Tito Esteves Torres/ Jaime Augusto Arboleda Cumpe y otra. Nulidad de acto jurídico. Declararon: NULO el auto (Resolución Número Dos) de fecha veintinueve de enero del dos mil quince, que declara infundada la excepción de falta de legitimidad para obrar del demandado.0 0 0 8 8 - 2 0 1 3 - 9 1 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 6 , Catalina María Mesones Sernaque/ Red Asistencial Lambayeque de ESSALUD. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Doce) de fecha diecisiete de agosto del eos mil quince.0 1 8 1 2 - 2 0 1 1 - 4 1 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 2 , Asociación Ganadera la Unión Sexi Corral Viejo/ Julio Lorenzo Montenegro Barboza y otros. Nulidad de acto jurídico. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Ochenta y Siete) de fecha diez de agosto del dos mil quince.CON LOS SEÑORES: CARRILLO MENDOZA. ZAMORA PEDEMONTE Y SILVA MUÑOZ,VIERON Y VOTARON:0 8 9 1 6 - 2 0 0 8 - 4 9 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 9 , Eusebio Chavesta Gonzales/ Oficina de Normalización Previsional. Proceso de Amparo - Cuaderno de Apelación. CONFIRMARON la resolución número cuarenta y cuatro, de fecha trece de agosto de dos mil quince, que resuelve dejar sin efecto el concesorio de apelación contenido en la resolución número cuarenta y tres. CON LOS SEÑORES: ZAMORA PEDEMONTH, VIERON Y VOTARON:SILVA MUÑOZ Y PISFIL CAPUÑAY,03208-2008-46-1706-JR-CI-ll, Rosas

Gallardo Pérez/ Municipalidad Provincial de Chiclayo. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (resolución número cincuenta) de fecha ocho de setiembre del año dos mil quince.HECTOR CONTEÑA VIZCARRAJUEZ SUPERIOR SSEC CSJLAMARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZRELATORA SSEC CSJLACARLOS ENRIQUE CASTILLORELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA TREINTA Y UNC DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE. CON LOS SEÑORES: ZAMORA PEDEMONTK, SILVA MUÑOZ Y CONTEÑA VIZCARRA VIERON Y VOTARON:00042-2015-85-1708-JM-CI-01, Daniel Suárez Becerra/ Unidad de Gestión Educativa de Lambayeque y otro. Proceso de Amparo - Medida Cautelar. CONFIRMARON la resolución número seis, de fecha siete de julio del año dos mil quince, que declara fundada la oposición formulada por la Unidad de Gestión Educativa Local de Chiclayo.0 3 8 7 8 - 2 0 1 3 - 1 3 - 1 7 0 6 - J R - L A - 0 2 , Graciela Esther Cachay Seden/ Tribunal Fiscal. Impugnación de Resolución Administrativa. Declararon: NULO el auto (Resolución Número Treinta y Dos) de fecha diez de setiembre del dos mil quince.01679-1998-54-1706-JR-CI-01, CÍA Arequipa de Importaciones S.A. Carsa Holding/ Dorila Cortez de Gonzales y otros. Obligación de dar suma de dinero. Declararon NULA la resolución número ciento siete de fecha doce de agosto del año dos mil quince, que declara Infundadas las observaciones.CON LOS SEÑORES: ZAMORA PEDEMONTEf CONTEÑA VIZCARRA Y ARMAZA CALDOS VIERON Y VOTARON:00269-2015-42-1706-JR-CO-08, José Luís Barrueto Palomino/ Guillermo Rojas Tapia. Obligación de dar suma de dinero. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Tres) que resuelve rechazar la solicitud de medida cautelar,HECTOR CONTEÑA VIZCARRAJUEZ SUPERIOR SSEC CSJLAMARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZRELATORA SSEC CSJLACARLOS ENRIQUE CASTILLORELATOR SSEC CSJLA

DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 05 de ENERO DE 2016Con los señores Chávez Mella; Torres Sánchez y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales:275-2004 DISPUSIERON levantar la reserva provisional ordenada en la resolución N° 62, de fecha 6.11.2015104-2007 REVOCA la resolución N° 66 que contiene la sentencia del 23 de Setiembre de 2015 de folios 1639 a 1670, que condenó a Justo Pastor Correa Carrasco como autor de los delitos contra la Libertad Popular en su figura de perturbación o impedimento de proceso electoral previsto en el artículo 354 del Código Penal en agravio del Estado Peruano; con lo demás que contiene.MEDINA MEDINAJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 06 de ENERO DE 2016Con los señores Chávez Mella; Torres Sánchez y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales:15-2008 DISPUSIERON levantar la reserva provisional ordenada en la resolución N° 62, de fecha 6.11.2015.393-2004 declararon improcedente el recurso de nulidad interpuesto por dicho condenado, por tanto declararon consentida la sentencia de fecha16.122015. 433-1997 declararon consentida la sentencia N°56 de fecha 28 de Diciembre de 2015. 391-2003 declararon consentida la sentencia sin número de fecha

29.12.2015. 153-2015 Avóquese al conocimiento del presente proceso los magistrados que conforman este Colegiado Penal.SALA PENAL VACACIONAL DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 2 DE FEBRERO DEL 2016Con los señores: Guillermo Piscoya, Burga Zamora y Salazar Fernández; se vieron y se votaron las siguientes causas penales:94-2004 DECLARARON infundada la solicitud de libertad procesal presentada ,por el acusado César Augusto Martínez Melchor, en la instrucción que se le sigue por el delito de robo agravado y ptro en agravio de Faustino Montalván Carrión.SALAZAR FERNANDEZJUEZ SUPERIORRITA CEPEDA RELATORA

SALA PENAL VACACIONAL DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 3 DE FEBRERO DEL 2016Con los señores: Guillermo Piscoya, Burga Zamora y Salazar Fernandez; se vieron y se votaron las siguientes causas penales:28-2009 DISPUSIERON realizar la audiencia del acusado Eliaser Pérez Villanueva recluido en establecimiento penal de Moyabanba para el día 22 de Febrero del 2016 a las 11 horas vía método de video de conferencia, oficiándose a las autoridades respectivas con tal fin.SALAZAR FERNANDEZJUEZ SUPERIORRITA CEPEDA RELATORA

SALA PENAL VACACIONAL DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 5 DE FEBRERO DEL 2016Con los señores: Figueroa Cutarra, Salazar Fernández y Bravo Llaque; se vieron y se votaron las siguientes causas penales:2740-2005 SEÑALARON audiencia el Lunes 08 de Febrero del año en curso, a las 12 de la mañana, notificándose al acusadcj EverPiscoya Carrasco o David Ever Sánchez Dávila.SALAZAR FERNANDEZJUEZ SUPERIORRITA CEPEDA RELATORA

SALA PENAL VACACIONALDESPACHO JUDCIAL DEL DIA 9 DE FEBRERO DEL 2016Con los señores: Guillermo Piscoya, Burga Zamora y Salazar Fernandez; se vieron y se votaron las siguientes causas penales:463-2008 SEÑALARON para audiencia el día viernes 12 de Febrero del 2016, a las 2:30 pm, notificándose al acusado GusmánChávez Fernández.191-2002 SEÑALARON audiencia el día miércoles 10 de Febrero del año en curso, a las 11:30 am, notificándose a la acusada (detenida) Luz Consuelo Uriarte Segura.269-1999 SEÑALARON audiencia el día Jueves 11 de Febrero del añonen burso, a las 2:30 pm.4262-2009 SEÑALARON audiencia para el día viernes 12 de Febrero del año en curso, a las 3:30 pm, notificándose al acusado Julio Cesar Rivera Castillo.SALAZAR FERNANDEZJUEZ SUPERIORRITA CEPEDA RELATORA

SALA PENAL VACACIONAL DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL 2016Con los señores:Guillermo Piscoya, Burga Zamora y Salazar Fernández; se vieron y se votaron las siguientes causas penales:463-2008 DECLARARON de oficio Fundada la excepción de Naturaleza de Acción, en el proceso seguido contra Gusmán Chávez Fernández por el delito

de Violación sexual en agravio de A.G.P; careciendo de objeto pronunciarse por la reconducción del tipo penal y la prescri ción extintiva solicitada por el Fiscal Superior.SALAZAR FERNANDEZJUEZ SUPERIORRITA CEPEDA RELATORA

SALA PENAL VACACIONALÍPACHO JUDICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL 2016Con los señores: Guillermo Piscoya, Burga Zamora y Salazar Fernández; se vieron y se votaron las siguientes causas penales:269-1999 DISPUSIERON el corte del Proceso de Percy García Montenegro en la instrucción seguida en su contra por el delito de Homicidio, agravio de José María Camacho Aranda.SALAZAR FERNANDEZJUEZ SUPERIORRITA CEPEDA RELATORA

SALA PENAL VACACIONAL DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL 2016Con los señores: Guillermo Piscoya, Burga Zamora y Salazar Fernández; se vieron y se votaron las siguientes causas penales:234-2005 SEÑALARON fecha de audiencia el día 09 de Marzo del 2016,a 10:00 am.3999-2006 SEÑALARON fecha de audiencia el día 24 de Febrero del 2016, a las 08:00 am.4252-2000 SEÑALARON fecha de audiencia el día 09 de Marzo del 2016, a las 12:00 am.4034-2008 SEÑALARON fecha de audiencia el dia 09 de Marzo del 2016, a las 10:30 am.148-2007 SEÑALARON fecha de audiencia el día 09 de Marzo del 2016, a las 11:30 am.71-2005 SEÑALARON fecha de audiencia el día 16 de Marzo del 2016, a las 10:30 am.5214-2005 SEÑALARON fecha de audiencia el día 16 de Marzo del 2016, a las 11:00 am.3999-2006 FUNDADO la solicitud formulada por el representante del Ministerio Público; en consecuencia DISPUSIERON reconducir el delito de Violación Sexual de menor en grado de Tentativa, previsto en el derogado artículo 173° inciso 3, del Código Penal; el artículo 170° del mismo Código vigente al momento de los hechos; FUNDADA la excepción de prescripción; por tanto EXTINGUIDA la acción penal contra Mariano Mendoza Vidaurre.3208-2007 SEÑALARON audiencia para el día 16 de Marzo del 2016, a las 11:30 am.194-2006 SEÑALARON fecha de audiencia para el día 16 de Marzo del 2016, a las 12:00 del mediodía.191-2002 RESUELVE remitir copias al Director Nacional del Instituto Penitenciario - INPE, para que proceda conforme a sus atribuciones.5233- 2002 SEÑALARON audiencia para el día 11 de Marzo del 2016, a las 12 del mediodía.13125-1997 SEÑALARON audiencia para el día 11 de Marzo del 2016, a las 12:30 am.4262-2009 DISPONE declarar no instalada la sesión de audiencia de juicio oral y reserva la programación de la misma.3208-2007 DISPONER el corte del procedimiento del acusado Javier Arturo Ugaz Gonzales minoría de edad.191-2002 SE DECLARA por no instalada la presente sesión de audiencia de juicio oral,’debiendo comunicarse a la Sala Penal Liquidadora Transitoria.28-2009 RESULEVE declarar infundado el pedido de la defensa de que ¿e prescinda de las testimoniales ofrecidos por el Ministerio Público.SALAZAR FERNANDEZ

Page 4: PRECIO POR PALABRA: PRECIO POPORPR … · PRECIO POR PALABRA: PRECIO POPORPR PRRPPALAALAABRABBRRRARA: 0.025 INCLUDO IGV000.00.002525 225 INCIINNCNLUDLULDOIO IOIGVGV CRÓNICA JUDICIALCRCRCR

Chiclayo, miércoles 28 de diciembre del 20164 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

JUEZ SUPERIORRITA CEPEDA RELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIADESPACHO JUDICIAL DEL DIA 2 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Torres Sánchez, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales:38-1993 PROGRAMARON fecha de audiencia para el día 07 de Abril próximo del año en curso a las 10:30 am.650-2009 DISPUSIERON corregir el nombre del acusado de autos debiendo tenerse en adelante como Carlos Alberto Quiñones Saldaña.218-2007 PROGRAMARON fecha de audiencia para el 07 de Abril del 2016, a las 10:00 am.269-1999 DECLARON consentida la resolución la resolución de fecha 15 de Febrero de 2016.369-2008 REPROGRAMARON fecha de audiencia para el día 12 de Abril de 2016, a las 10:00 am.93-2005 CONCEDIERON el recurso de nulidad que interpone condenado recurrente Santos Eladio Flores Fernández y el Representante del Ministerio Público.421-1996 DECLARARON consentida la resolución; de fecha 15 de Diciembre del 2015.225-2007 ORDENARON se renueve las órdenes de captura contra el acusado debidamente identificado Dadny Nayra Melendrez.126-2008 OREDENARON se cursen las órdenes de captura contra el acusado debidamente identificado Félix Peña García.RODRIGUEZ LLONTOPJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 3 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Torres Sánchez, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales:2740-2005 DECLARARON consentida la sentencia de fecha 10 de Febrero de 2016, de folios 264.4441-2005 DISPUSIERON corregir el nombre del sentenciado de autos, debiendo tenerse en adelante como Genaro Ríos Calderón y no como por error se consignó.110-2002 PROGRAMARON audiencia para el día 05 de Abril de 2016 a las 11:00 am.RODRIGUEZ LLONTOPJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 4 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Torres Sánchez, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales:1929-2000 SE RESUELVE declarar de oficio fundado la excepción de prescripción de la acción penal contra el acusado Luis Fernando CacedaCaceda; extinguida la acción penal en su contra por el delito contra la Fe Publica en su figura de Falsificación de Documento Privado en agravio del Estado y de la Municipalidad Distrital de la Victoria.41-1997 DECLARAR infundada la Excepción de Prescripción de la acción penal deducida por el imputado Urbano Muñoz Díaz.RODRIGUEZ LLONTOPJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORASALA PENAL LIQUIDADORA

TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 7 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Torres Sánchez, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales:221-95 MANDARON reservar provisionalmente la instrucción al acusado Lelis Fernández Díaz, hasta que sea debidamente identificado.561-2004 MANDARON reservar provisionalmente la instrucción acusado José Vargas Pérez, hasta que sea debidamente identificado.229-2002 DECLARARON consentida la resolución de fecha 29 de Enero de 2016.3999-2006 DECLARARON consentida la resolución de fecha 24 de Febrero de 2016, mediante la cual se declaró de oficio fundada la excepción de prescripción y extinguida la acción penal seguida contra Mariano Mendoza Vidaurre por el delito de violación de la libertad sexual.217-2006 DISPUSIERON tener por corregido la resolución de fecha 18 de Diciembre de 2015, de fojas 177 -178.191-2002 PROGRAMARON audiencia para el miércoles 16 de Marzo de 2016, a las 11:30 am.292-2006 SEÑALARON para audiencia el día 08 de Marzo del año en curso, a las 11:00 am.711-1998 SEÑALARON para audiencia el día Martes 08 de Marzo del año en curso, a las 12:30 am.4262-2009 PROGRAMARON audiencia el día miércoles 16 de Marzo de 2016 a la 1:00 pm.46-1998 ORDENARON se cursen las órdenes de captura contra el acusado de autos.RODRIGUEZ LLONTOPJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 8 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Torres Sánchez, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales6488-2008 SEÑALARON para audiencia el día miércoles 09 de Marzo del año en curso a las 9:00 am.116- 201 DECLARAR infundado la excepción de Prescripción de la acción penal deducida por el abogado del imputado Alfredo Antonio Alfredo Delgado Salinas (omitido 4.3.16).RODRIGUEZ LLONTOPJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 9 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Torres Sánchez, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales91-2011 DECLARAR fundada la excepción de prescripción la acción penal deducida por el Abogado del imputado Alfredo Antonio Delgado Salinas, en la causa en su contra por el delito de Malversación de Fondos, en agravio de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe.148-2007 PROGRAMARON audiencia para el día viernes 11 de Marzo de 2016, a las 11:30 de la mañana94-2004 ADMITIR los medios probatorios ofrecidos por el señor Fiscal y la Defensa Técnica.196-1996 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso: Reitérese las órdenes de captura contra el acusado Luciano Díaz Juica.440-2004 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso; Reitérese las órdenes de captura contra los acusados Antero Raúl Fernández Pérez y Javier Iván López Díaz.36-2007 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso: Reitérese las órdenes de captura contra el acusado Lelis Humberto Herrera Zaquinaula.151-2006 CORREGIR la resolución (Sentencia) que obra a folios 127 aclarándose que la fecha correcta es

18-12-2015.292-2016 FALLA aprobando el acuerdo de conclusión anticipada al que han arribado en este proceso penal el acusado y el señor Representante del Ministerio Público; en consecuencia CONDENANDO al acusado José Idelso Cubas Díaz, como autor del contra el Patrimonio, en su figura de Robo Agravado en grado de Tentativa, en agravio de Reyes Ornar Rimarachín Tello y como tal le impusieron 5 años y 2 meses de pena privativa de la Libertad efectiva.RODRIGUEZ LLONTOPJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Torres Sánchez, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.5035-2007 DECLARA procedente la solicitud del sentenciado Franklin Riojas García, en consecuencia: ADECÚESE el tipo penal del artículo 173 inciso 3 del Código Penal, el artículo 170 inciso 6 de mismo Código; SUSTITUYASE la pena impuesta de 15 años de pena privativa de la libertad a 10 años de pena privativa de la libertad.301-2005 CONCEDIERON el recurso de nulidad que interpone el condenado recurrente, Jorge León Ramírez.5214-2005 PROGRAMARON audiencia para el viernes 18 de Marzo de 2016 a las 11:30 am, notificándose al acusado en cárcel Rubén Richard Córdova Barragán.RODRIGUEZ LLONTOPJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Torres Sánchez, Medina Medina, Rodríguez Llontop y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.251-97 DECLARA Fundada de oficio la Excepción de Prescripción de la acción penal en cuanto al delito de violación sexual, seguido contra el acusado José Medina Talledo, en agravio del agraviado M.G..M y por consiguiente extinguida la acción penal en cuanto a este extremo, debiéndose resolverse provisionalmente este proceso en cuanto al delito de Secuestro.28-2009 REPROGRAMARON para fecha de audiencia el día viernes 08 de Abril de 2016, a las 09 de la mañana notificándose al acusado Eliaser Pérez Villanueva, recluido en el penal de Moyobamba.71-2005RESULEVE admitir los medios probatorios ofrecidos por el Representante del Ministerio Público, consistentes en las declaraciones de la Agraviada Angela Alvarado Muñoz del testigo Alfonso Pisco Carhuaza.13125-97 PROGRAMARON audiencia el día viernes 18 de Marzo de 2016 de 2016 a las 12 am, notificándose al acusado en cárcel Cesar Gregorio Vidarte Bravo.5233-2002 ADMITIR los medios probatorios ofrecidos por el Representante del Ministerio Público y del abogado de la defensa consistentes en las declaraciones de los sentenciados Jorge Arturo MartinezVentez y Jhony Villegas Montalvo.141-2005 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso y oficíese a la Primera Fiscalía Suprema Penal, para que remita la copia certificada del dictamen o que se hace mención en el segundo considerando de esta resolución, para resolver lo que corresponde.392-2003 ADMITIR como nuevos medio de prueba la declaración del testigo impropio que fuera condenado en Jaén,asimismo del agraviado Jaime Herrera García y de Judith Josseli Burga Olano.

41-2007 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presenteproceso y oficíese a la Primera Fiscalía Suprema Penal, para que remita las copias certificadas del dictamen o que hace mención en el segundo considerando de esta resolución.RODRIGUEZ LLONTOPJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Medina Medina, Zapata Cruz y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.5003-2007 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso, remítase los autos al Archivo de esta sede judicial.SANCHEZ DEJOJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Medina Medina, Rodríguez Llontop y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.462-2008 DECLARARON consentida la resolución de fecha 12 de fecha 12 de Febrero de 2016 de fojas 163.3208-2007 DECLARARON consentida la resolución de fecha 01 de Marzo de 2016.23-2004 DECLARARON consentida la sentencia la sentencia de fecha 22 de Enero de 2016 de fojas 576.2179-2004 DECLARARON procedente de Rehabilitación solicitado por el sentenciado Gerardo Guevara Barboza.217-2006 FALLA Absolviendo de la acusación fiscal al acusado libre Joel Ramírez Guevara, del delito contra la libertad sexual en su figura de violación sexual de menor, en agravio de la menor de iniciales C.R.A.G.SANCHEZ DEJOJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Medina Medina, Rodríguez Llontop y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.191-2002 ADMITIR el medio probatorio ofrecido por el Fiscal consistente en la declaración de la testigo impropia y ya sentenciado Amelia Herrera Uriarte, así como el medio de probatorio de la defensa técnica.6488-2008 SEÑALARON para audiencia el día miércoles 09 de Marzo del año en curso a las 9:00 am.116- 201 DECLARAR infundado la excepción de Prescripción de la acción penal deducida por el abogado del imputado Alfredo Antonio Alfredo Delgado Salinas (omitido 4.3.16).6488-2008 ADMITIR los medios probatorios ofrecidos por el señor Fiscal consistente en la declaración de los testigos Cesar Augusto Gonzales Escurra y de Idelva Amparo Neciosup Vásquez, así como el medio probatorio de la Defensa Técnica.105-2003 DECLARARON consentida la resolución de fecha 22 de Enero de 2016, de folios 1750-1756 y PROGRAMARON audiencia para el día 21 de Abril de 2016 a las 10:00 am, notificándose a los acusados libres.194-2006 RESUELVE declarar procedente el pedido de variación del mandato de detención por el de comparecencia.SANCHEZ DEJOJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

Page 5: PRECIO POR PALABRA: PRECIO POPORPR … · PRECIO POR PALABRA: PRECIO POPORPR PRRPPALAALAABRABBRRRARA: 0.025 INCLUDO IGV000.00.002525 225 INCIINNCNLUDLULDOIO IOIGVGV CRÓNICA JUDICIALCRCRCR

5Chiclayo, miércoles 28 de diciembre del 2016PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Medina Medina, Rodríguez Llontop y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.17-2016 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso. DECLARARONconsentida la sentencia de fecha 24-09-2013; REPROGRAMARONaudiencia para el 25 de Abril de 2016, a las 10:00 am, notificándose al acusado libre Aníbal Tapia Segura.488-2004 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso: Dispusierondejar sin efecto las audiencias síntesis obran en las actas precedentes. Programaron audiencia para el 25 del 04 de 2016, a las 11:00 am, notificándose al acusado libre.367-2008 PROGRAMARON audiencia para el día 25 de Abril de 2016, a las 10:30 am.121-2004 PROGRAMARON audiencia para el día 26 de Abril de 2016, a las 10:00 am.4034-2008 PROGRAMARON audiencia el día 01 de Abril de 2016, a las 1:00 pm.SANCHEZ DEJOJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Torres Sánchez, Medina Medina y Zapata Cruz; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.3991-2008 RESUELVE Revocar la resolución N° 70 de fecha 30 de Junio de 2015, que declara fundado la nulidad deducida.Con los señores: Medina Medina, Rodríguez Llontop y Sánchez Dejo ; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.1910-2008 DECLARARON Improcedente la corrección de pena de la sentencia de fecha 06 de Octubre de 2009.38-2008 PROGRAMARON audiencia el 26 de Abril de 2016, a las 10:30 am.185-2004 PROGRAMARON audiencia el 26 de Abril de 2016, a las 11:00 am.288-2007 MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Santos Quispe Hurtado, hasta que sea debidamente identificado.119-2002 MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Jesús Huamán Pusma, hasta que se debidamente identificado.MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Santos Quispe Hurtado, hasta que sea debidamente identificado.SANCHEZ DEJOJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Medina Medina, RodríguezLlontop y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.1354-2002 CONFIRMA la resolución impugnada de N°168 del 22-05-15 que resolvió declarar improcedente la nulidad deducida por la abogada del sentenciado Ricardo Gonzáles Zúñiga.148-2007 FALLA condenando a Xiomara Elena Becerra Rodríguez como autora del delito contra la Salud Pública en su figura de Microcomercialización de drogas, agravio del Estado y como tal le impusieron 2 años y 7 meses de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución, por el periodo de prueba de 1 año.158-2005 ADMITIR los nuevos medios de probatorios ofrecidos por el señor Fiscal consistentes en las declaraciones

de José Luis Barboza Siesquen; Arsenio Barboza Tarrilo; Gladys Barboza Herrera, así como la declaración del Sub Oficial PNP Luis Alberto ChuñeAviles.80-2011 PROGRAMARON audiencia el viernes 08 de Abril de 2016 a las 11:30 am, notificándose a los acusados libres.1818-2008 PROGRAMARON audiencia el lunes 11 de Abril de 2016 a las 9:00 am, notificándose al acusado libre.3991-2008 RESUELVE revocar la resolución IM° 74 de fecha 06 de Octubre de 2015, que declaró improcedente la diligencia de restitución de posesión en el predio rustico ubicado en el sector los Arenales-Sub Sector de riego Pulen del Distrito de Pimentel.13125-1997 PROGRAMARON audiencia para el viernes 01 de Abril de 2016, a las 1:40 pm; notificándose al acusado en cárcel Cesar Gregorio Vidarte Bravo.246-2005 ORDENARON se cursen las órdenes de captura contra el acusado debidamente identificado LuiggeAvelito Sevilla Montenegro indicándose los datos personales que aparecen en la ficha del RENIEC.SANCHEZ DEJOJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Medina Medina, RodríguezLlontop y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.90-2015 DEJAR sin efecto las audiencias programadas para el día de hoy 22 de Marzo del año en curso, a las 10 de la mañana.4429-2008 DECLARARON improcedente el recurso de nulidad que interpone el recurrente.4751-2007 DECLARARON procedente la rehabilitación solicitada por el sentenciado Dany Ernesto Ravillet Paredes.01-2000 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado a excepción de la denuncia de folios 17-18 y el auto apertorio de instrucción de folios 19-21.3067-07 DECLARARON procedente la Rehabilitación solicitada por el sentenciado Dany Ernesto Ravillet Paredes.317-2002 PROGRAMARON audiencia para el día 06 de Abril de 2016 a las 9:30 am; notificándose al acusado en cárcel Andrés Pérez Pérez.41-97 RESUELVE declarar consentida la resolución de fecha 08de Enero de 2016.771-2000 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado a excepción de la denuncia de folios 23-24y del auto apertorio de instrucción de folios 25-27.SANCHEZ DEJOJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Medina Medina, Rodríguez Llontop y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.227-1999 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado a excepción de la denuncia de folios 24-25 y el auto apertorio de instrucción de folios 26-27.431-99 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado a excepción de la denuncia de folios 16-17, auto de apertura de instrucción de folios 18-19.412-99 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado a excepción de la denuncia de folios 23-24 y el auto de apertura de instrucción de folios 25-26.1317-2008 SEÑALARON para audiencia el Lunes 28 de Marzo del año en curso, a las 12:30 del medio día; notificándose al acusado Segundo Feliciano Azabache Curo.80-2001 DECLARARON la nulidad

de todo lo actuado a excepción de la denuncia de folios 15-16 y del auto apertura de instrucción de folios 17-18.179-1999 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado, a excepción de la denuncia de folios 16-17 y auto apertura de instrucción de folios 18-19.01-1999 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado, a excepción de la denuncia de folios 83-85 y el auto de apertura de instrucción de folios 86-88; la sentencia de fecha 16 de Marzo de 2000, de Fs. 212-216 y ejecutoria suprema de facha 15 de Agosto del 2000, de Fs. 223-231.729-1999 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado a excepción de la denuncia de Fs. 9-10, y el auto apertura de instrucción de Fs. 11- a 13 y la sentencia de fecha 24 de Marzo de 2000 de folios 106-114.98-1999 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado a excepciónde la denuncia de Fs. 44-45 y el auto apertura de instrucción Fs. 46-47 y el auto de apertura de instrucción Fs. 46-47, sentencia de fecha 01 de Junio de 1999 de folios 100-106 y resolución de retiro de acusación de fecha 21-10-2011, de Fs. 169-171.SANCHEZ DEJOJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Medina Medina, Rodríguez Llontop y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.24-2007 SEÑALARON para audiencia el día Martes 29 de Marzo del año en curso, a las 9:30 am.49-2003 SEÑALARON para audiencia el día Martes 29 de Marzo del año en curso, a las 8:40 am.2176-2007 DISPUSIERON se renueve las órdenes de captura con el acusado Deivy Roca Reyes Kujekul o Jerry Moneada Navarro (ver datos personales en sus generales en folios 34).84-2016 REITÉRESE la captura contra el acusado Milton Alexander Lumba Córdova.247-2005 REITÉRESE las ordenes de captura contra el acusado Higinio Acaro Carmen.127-1994 SEÑALARON fecha de audiencia para el 29 de Marzo de 2016, a las 8:00 am.148-2007 DECLARARON consentida la sentencia de fecha 21 de Marzo de 2016, de fojas 701.05-1999 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado, a excepción de la denuncia de FS. 15-16, y el auto de apertura de instrucción de folios 17-18.566-2000 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado, a excepción de la denuncia de Fs. 17-18 y el auto de apertura de instrucción de folios 19-20.887-1998 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado, a excepción de la denuncia de folios 19-21y el auto de apertura de instrucción de folios 22-24, sentencia de folios 124 a 128, ejecutoria suprema de folios 136-137.6960-2008 RESUELVE tener por desistido a Cesar Williams Gutiérrez Zamora del recurso de apelación interpuesto contra la resolución N° 27 de fecha 29 de Enero del año en curso la misma que declaró improcedente la solicitud de variación de mandato de detención por comparecencia.239-1999 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado, a excepción de la denuncia de Fs. 13-14, y el Auto de Apertura de instrucción de folios 15-16.40-2000 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado, a excepción de la denuncia de folios 17-18 y el Auto de apertura de instrucción de folios 19-20.225-2007 RESUELVE dejar sin efecto la resolución que fijó fecha de inicio de juicio oral para el día de la fecha; declararonSANCHEZ DEJOJUEZ SUPERIOR

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SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Medina Medina, Rodríguez Llontop y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.494-1999 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado, a excepción de la denuncia de folios 16-17 y el Auto de Apertura de Instrucción de folios 18-19. ORDENA la remisión de los actuados al Fiscal Provincial de Jaén.SANCHEZ DEJOJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL 2016Con los señores: Medina Medina, Rodríguez Llontop y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.91-2011 DECLARARON consentida la resolución de fecha 09 de Marzo de 2016, mediante la cual se declaró fundado la excepción de prescripción y por tanto extinguida la acción penal iniciado contra Alfredo Antonio Delgado Salinas por el delito de Malversación de Fondos en agravio de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe.885-2004 DECLARARON consentida la resolución de fecha 20 de Marzo de 2015, mediante la cual se declaró procedente la refundición de condenas solicitado por el condenado Elver Evelio Montenegro Hernández. Resolución del 31-03-2016.589-1999 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado, a excepción de la denuncia de folios 19-20 y el Auto de apertura de Instrucción de folios 21-23, retiro de acusación de Fs. 399-401.73-1999 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado,a excepción de la denuncia de folios 11-12 y el Auto de apertura de Instrucción de Fs. 13-14.63-2000 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado,a excepción de la denuncia de Fs.12-14 y el Auto de apertura de Instrucción de Fs. 15-18.305-2000 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado, a excepción de la denuncia de Fs.19-20 y el Auto de apertura de Instrucción de folios 21-22.224-2000 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado, a excepción de la denuncia de Fs.13-14 y el Auto de apertura de Instrucción de folios 15-17, sentencia de Fs. 340-345, resolución de Fs. 361. ORDENAIa remisión de los actuados al Fiscal Provincial de San Ignacio.291-2000 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado, a excepción de la denuncia de folios 26-28 y el Auto de apertura de Instrucción de folios 29-33, Auto de retiro de acusación de folios 629-630.556-1999 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado, a excepción de la denuncia de folios 23-24 y el Auto de apertura de Instrucción de folios 25-27, sentencia de folios 235-240, Ejecutoria Suprema de folios 251-252, Dictamen Fiscal Supremo de folios 253-254.418-1998 DECLARARON la nulidad de todo lo actuado, a excepción de la denuncia de folios 79-82 y el Auto de apertura de Instrucción de folios 80-86, retiro de acusación de folios 771-775.352-2007 FALLA absolviendo de la acusación fiscal al acusado Edgar Eli Gonzales Muñoz por el delito de Robo Agravado en agravio de Juan Saavedra Bravo.360-2007 DECLARAR Infundada la excepción de naturaleza de acción, deducida por el acusado Juan Daniel Delgado Sánchez. FUNDADO la prescripción por el delito de Estafa.SANCHEZ DEJOJUEZ SUPERIOR

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Chiclayo, miércoles 28 de diciembre del 20166 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

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SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Medina Medina, Zapata Cruz y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.4252-2009 ADMITIR la pericia psicológica solicitado por el señor Fiscal que deberá practicarse al acusado Ismael Chavesta Salcedo, con la finalidad de determinar su perfil psicológico y rasgo de pederasta.4034-2008 RESUELVE tener por no pronunciada la condena impuesta al condenado José Anthony lavara Baca en el proceso por el delito de Homicidio Calificado.Con los señores: Medina Medina, Rodríguez Llontop y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.1054-2009 RESUELVE tener por no pronunciada la condena impuesta al condenado José Anthony Távara Baca por el delito de Homicidio Calificado.SANCHEZ DEJOJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Medina Medina, Rodríguez Llontop y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.604-2004 SEÑALARON para audiencia el día Martes 5 de Abril del año en curso, a las 12 am, notificándose al acusado Oblitas Delmes Cieza Cerna.352-2007 DECLARARON consentida la sentencia de fecha 30 de Marzo de 2016, de Fs. 215.63-2008 SEÑALARON audiencia para el 05 de Abril del año en curso.4708-2006 RESUELVE confirmar la resolución impugnada N° 131 del 03-08-15 que resolvió declarar improcedente la nulidad deducida por el abogado del sentenciado Sergio Fidel Soplapuco Morales.SANCHEZ DEJOJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Medina Medina, Zapata Cruz y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.SEÑALARON fecha de audiencia para el día 08 de Abril de 2016, notificándose al acusado Freddy Martínez Manayay o Fredy Ruby Martínez Manayay.Con los señores: Medina Medina, Rodríguez Llontop y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.Se resuelve DECLARAR Procedente la solicitud de variación del mandato de detención por el de comparecencia restringida formulada por el Defensor Público a favor del acusado Oblitas Delmes Cieza Cerna.SANCHEZ DEJOJUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Burga Zamora, Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.1317-2008 ADMITIR los medios probatorios ofrecidos por el señor Fiscal consistentes en la declaración de la menor agraviada de iniciales R.P.C.N y de su padre Ramón Córdova Isique.

1-2016 RESUELVE declarar Infundada la Excepción de Prescripción de la acción penal deducida por la defensa del acusado Pedro Esparraga Pintado por el delito de Homicidio en agravio de Carlomon Malea Roncal; Reformándola lo Absolvieron de la acusación fiscal.6050-2011 CONFIRMAR la resolución impugnada N° 42 del 13-01-16, que resolvió revocar la suspensión de la ejecución de la Ejecución de la pena privativa de la libertad de 4 años, convirtiéndola en efectiva impuesto a la sentenciada Leni Graciela Montenegro Coico por el delito de hurto agravado en agravio de Juana Cristina Margarita Tello Vasallo.711-1998 FALLA absolviendo de la acusación fiscal al acusado Javier Jesús CastañediuVelasuquez, por el delito contra el patrimonio en su figura de Robo Agravado, en agravio de Casino Bagdag.191-2002 FALLA condenando a Luz Consuelo Uriarte Segura, como autora del delito contra la salud en su figura de Tráfico Ilícito de Drogas en agravio del Estado y como tal se le impone 15 años de pena privativa de la libertad efectiva, lo que computado desde el 08 de Febrero de 2016, fecha de su detención, vencerá el 07 de Febrero de 2031.6488-2008 FALLA condenando a Elcer Pérez Silva como autor del delito de Robo Agravado en agravio de Cesar Augusto Gonzales Ascurra y como tal le impusieron se le impone 5 años de pena privativa de la libertad afectiva, que computada desde el 08-03-2016, vencerá el 07-03-2021.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Chávez Mella, Burga Zamora y Zapata Cruz; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.13068-97 SEÑALARON fecha de audiencia para el día de la fecha 07-04-16, a las 12:45 del mediodía.38-1993 DISPUSIERON remitir los autos al Ministerio Público,para su pronunciamiento de ley.314-2005 SE RESUELVE admitir los medios probatorios ofrecidos por el Fiscal, consistente en la Pericia Contable y la Pericia Grafotécnica, para lo cual deberá oficiarse al REPEJ, a fin de que se designe 2 peritos contables y elaboren la misma y determinar el perjuicio económico, como consecuencia del cobro del cheque obrante a Fs. 268.194-2006 FALLA absolviendo el acusado Román Altamirano Rojas como autor del delito contra la libertad, en su figura de Secuestro previsto en el primer párrafo del artículo 152° del Código Penal, en agravio de Wilder Díaz Burga y otros.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Chávez Mella, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.292-2006 DECLARARON improcedente el recurso de nulidad interpuesto por el condenado José Idelso Cubas Díaz, contra la resolución de sentencia N° 32, de fecha 09 de Marzo de 2016 por lo tanto declararon consentida.225-2007 DECLARARON consentida la resolución de fecha 28 de Marzo de 2016, mediante la cual se dispuso el corte del proceso al acusado Dadny Neyra Melendrez, por minoría de edad.360-2007 DECLARARON consentida la resolución de fecha 28 de Marzo de 2016, de folios 361.117-2002 CONCEDIERON el recurso de nulidad interpone la parte civil, María Luisa Zapata Soplapuco y Juan Manuel

Terrones Cedro.57-2009 DECLARO improcedente la solicitud del acusado Santos Mego Silva.217-2006 DECLARARON consentida la resolución de fecha 15 de Marzo de 2016, de Fs. 26.1367-2004MANDARON reservar provisionalmente la instrucción a los acusados Leonardo o Alan Vílchez Vélez y Alex o Alexander Seclén Huamanchumo, hasta que sean debidamente identificados.13068-97 FALLA condenando al acusado Manuel Francisco Peña Chávez como autor del delito contra el Patrimonio en su figura de Robo Agravado, en agravio de Carlos Palacios Velarde y como tal le impusieron 4 años de pena privativa de la libertad efectiva.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Chávez Mella, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.40-2007 SEÑALARON para fecha de audiencia el día 13 de Abril de 2016 a las 8:45 am.4317-2009 ADMITIR el medio probatorio ofrecido por el señor Abogado procesado Félix Gil Mayanga consistentes en la concurrencia de los señores peritos contadores públicos María Lorenza Ruiz Zúñiga y Arsenio Carmona Díaz.174-2002 SEÑALARON para la audiencia el día de la fecha 12 de Abril de 2016, a la 1:00 pm, notificándose al acusado Oger Coronado Ramos.4755-2008 SEÑALARON fecha de audiencia para el 12 de Abril de 2016 pm; a las 10:30 am.3627-2003 SEÑALARON fecha de audiencia para el 12 de Abril de 2016 a las 2:45 pm; notificándose al acusado Grimaldino Chamba Juica.747-1997 ADMITIERON laampliación del dictamen fiscal del 09 de Julio de 1998 de folios 642-648.63-2008 FALLA Absolviendo a Wilder Nahum Rojas Salazar y Luis Armando Torres Quevedo, de la acusación fiscal como co- autores del delito del delito de Robo Agravado en agravio de Wilmer Cesar Vásquez Guerrero.49-2013 FALLA Absolviendo de la acusación fiscal al acusadoSantos Ramiro Rimarache Tarrillo, por el delito contra el patrimonio en su figura de Robo Agravado, en grado de tentativa en agravio de Juan Carlos Vidaurre Meza.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Chávez Mella, Burga Zamora y Zapata Cruz; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.347-2003 PROGRAMARON audiencia para el día Lunes 16 de Mayo del año en curso, a las 10:00 am; notificándose al acusado libre Henry Wilfredo Matta García.41-1991 DECLARARON consentida la resolución de fecha 4 de Marzo de 2016.428-1997 MANDARON reservar provisionalmente la instrucción a los acusados William Vicente Cruzado y Wildes Medina Carbajal hasta que sean debidamente identificados.185-2004 PROGRAMARON audiencia el día 3 de Mayo de 2016, a las 10:00 am, notificándose al acusado libre Emiliano Huamán Rinza y Emiliano Huamán Rivera.4755-2008 FALLA condenando a Alfredo José Severino Juica como coautor del delito de Robo Agravado en agravio de Jeanette Jesenia Cabrejos Flores y como tal le impusieron 4 años de pena privativa de la libertad efectiva, convertida a 208 jornadas de prestación de servicios a la comunidad.

RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Chávez Mella, Burga Zamora y Zapata Cruz; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.3012-2004 MANDARON reservar provisionalmente la instrucción al acusado Jimmy Díaz Mentocilla, hasta que sea debidamente identificado, sin perjuicio de que se realicen las pesquisas o investigaciones necesarios, para lograr su pronta identificación.56-2009 SEÑALARON audiencia para el día 14 de Abril de 2016 a las 12:30 pm; notificándose al acusado Darvil Chicoma Rivera.62-2005/4 SEÑALARON audiencia para el día 14 de Abril de 2016, a las 12:45 pm.49-2013 DECLARARON consentida la resolución (sentencia) de fecha 12 de Abril de 2016, de Fs. 441.4929-2008 CONCEDIERON el recurso de queja excepcional interpuesto por el condenado recurrente Armando Wong Rojas.3627-2003 CONDENARON a Grimaldino Chamba Juica como autor del delito de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego en agravio del Estado, y como tal le impusieron 5 años y 2 meses de pena privativa de la libertad.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Medina Medina, Rodríguez Llontop y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.246-2008-46 SE RESUELVE confirmar la resolución N° 58, de fecha 11 de diciembre de 2015, emitida por la Juez del Juzgado Penal Liquidador.246-2005 SEÑALARON la audiencia para el 15 de Abril de 2016, a las 11 horas y 25 minutos de la mañana, notificándose al acusado Luigge Avelito Sevilla Montenegro.28-2009 SEÑALARON audiencia para el acusado en cárcel Eliaser Pérez Villanueva el día 21 al 23 de Junio del año en curso a las 10 de la mañana.1317-2008 DECLARAR infundado el pedido de variación del mandato de detención por el de comparecencia solicitado por la defensa Técnica del acusado presente Segundo Feliciano Azabache Curo.232-1995 SEÑALARON para audiencia el día Lunes 18 de Abril de 2016 a las 10:30 am, notificándose al acusado Guadalupe López Roque.194-2006 DECLARARON consentida la sentencia de fecha 07 de Abril de 2016 de folios 537.711-1998 DECLARARON consentida la sentencia de fecha 06 de Abril de 2016 de folios 803.6488-2008 CONCEDIERON el recurso de nulidad que interpone el condenado Elcer Pérez Silva.13068-97 DECLARARON consentida la sentencia de fecha 08 de Abril de 2016, de folios 237.219-2000 SEÑALARON fecha de audiencia para el 18 de Abril del año en curso a horas 10:40 am.68-2005 SEÑALARON fecha de audiencia para el 18 de Abril del año en curso, a las 10:00 am.73-2004 ADMITIR el nuevo medio de probatorio ofrecido por el señor fiscal consistente en la declaración del testigo directo y agraviado Lorenzo Ventura Bances.5214-2005 FALLA condenando al acusado Rubén Richard Córdova Barragán en calidad de coautor del delito

Page 7: PRECIO POR PALABRA: PRECIO POPORPR … · PRECIO POR PALABRA: PRECIO POPORPR PRRPPALAALAABRABBRRRARA: 0.025 INCLUDO IGV000.00.002525 225 INCIINNCNLUDLULDOIO IOIGVGV CRÓNICA JUDICIALCRCRCR

7Chiclayo, miércoles 28 de diciembre del 2016PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

contra el patrimonio en su figura de robo agravado. Impusieron 15 años de pena privativa de la libertad efectiva, la que computada desde el 22 de Febrero de 2016 y vencerá el 21 de Febrero de 2031.185-2004-0 FALLA condenando al acusado William Enrique Oliden Córdova, como autor del delito de violación sexual en agravio de la menor de iniciales V.C.E.M y como tal le impusieron 4 años de pena privativa de la libertad, la misma que se convierte a 205 jornadas de prestación de servicios a la comunidad.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Chávez Mella, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.68-2005 RESUELVE declarar Fundado el requerimiento de variación del mandato de detención por el de comparecencia, solicitado por la defensa técnica del acusado Anacleto Idrogo Llatas.1818-2008 RESUELVE admitir como medio de prueba para este juicio oral las declaraciones testimoniales de Aurelio Bernal Castro, Dogner Lizit Díaz Chiscul y Cesar Augusto Monja Monja. 506-1993 SEÑALARON para audiencia el día Lunes 18 de Abril de 2016, a las 12:30 am, notificándose al acusado José Luis Cueva Sánchez.882-2006 DECLARARON de oficio FUNDADA la excepción de prescripción; por tanto extinguida la acción penal iniciado contra Jhoni Vicente Ticllacuri RÍOS y Niño Ticllacuri RÍOS por el delito de Fabricación o Tenencia de Instrumento para falsificación en agravio del Rolando Herrera Cherres y otros.CUMPLACE lo ejecutoriado.611-2008 1194-1993 RESUELVE declarando FUNDADA la excepción de prescripción deducida por la defensa técnica del acusado Miguel Alonso Loyaga Aguílar.3914-2002 SEÑALARON para audiencia el día martes 19 de Abril de 2016 a las 9:30 am, notificándose al acusado Segundo Torres Quevedo.376-2003 DECLARARON procedente el levantamiento del impedimento de salida del país solicitada por la recurrente Milena Flor Merino Izquierdo de Hernández, decisión extensiva para Arturo Castillo Chirinos, Fernando Falen Gonzales y Henry Lobera Guerrero.182-2007 SEÑALARON fecha de audiencia para el 18 de Abril de 2016 a las 1:00 pm.110-2002 FALLA condenando a José Alberto Zelada Fernández como autor del delito de secuestro en agravio de Julián Carhuajulca Hernández y como tal le impusieron 3 años de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por el periodo de prueba de 2 años.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Chávez Mella, Zapata Cruz y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.185-2004 DECLARARON consentida la sentencia de fecha 15 de Abril de 2016 de folios 630.Con los señores: Chávez Mella, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.63-2008 DECLARARON consentida la sentencia de fecha 12 de Abril de 2016.Con los señores: Chávez Mella, Medina Medina y Zapata Cruz; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.3627-2003 DECLARARON consentida la sentencia de fecha 14 de Abril de 2016.4755-2008 DECLARARON consentida la sentencia de fecha 13 de Abril de 2016.Con los señores: Chávez Mella, Burga

Zamora y Zapata Cruz; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.13125-97 FALLA condenando al acusado Cesar Gregorio Vidarte Bravo por el delito de Robo Agravado, en agravio de la Empresa Trasportes “Vargas” y otros, imponiendo 6 años de pena privativa de la libertad efectiva computada desde el 29-02-16 vence el 28 de Agosto del 2022.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Chávez Mella, Burga Zamora y Zapata Cruz; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.174-2002 ADMITIR el nuevo medio de prueba ofrecido por la defensa técnica del acusado Oger Coronado Ramos consistentes en las declaraciones testimoniales de Carmen Lucrecia Gonzales Puppi y Joselyn Mirella Coronado Gonzales.Con los señores: Chávez Mella, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.454-2005 PROGRAMARON audiencia para el día 02 de Junio de 2016 a las 10:00 am, notificándose a los acusados libres José Montalván Vásquez y otros.3914-2002 DISPUSIERON en el día oficiar al Jefe del Instituto Regional Penitenciario de Lambayeque, para que remita en el mismo término los antecedentes de Segundo Honorato Torres Quevedo.3914-2002 DISPUSIERON la inmediata libertad del acusado Segundo Honorato Torres Quevedo, oficiándose a la Policía Judicial de esta ciudad y a la Policía Nacional con tal fin.46-1998 FALLA condenando a Agustín Livia Castillo como autor del delito de Violación de la libertad Sexual en agravio de la menor de iniciales E.Y.S.A y como tal se le impone 4 años de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por el periodo de prueba de 3 años.Con los señores: Medina Medina, Rodríguez Llontop y Sánchez Dejo; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.234-2005 FALLA se absuelva al acusado Alfonso Sánchez Hernadez de las cargas que se le imputa como autor del delito contra la libertad sexual, en su modalidad de violación sexual de la menor de edad de 13 años.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Chávez Mella, Medina Medina y Zapata Cruz; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.3627-2003 DECLARARON improcedente el recurso de nulidad que se interpone por extemporáneo.Con los señores: Chávez Mella, Medina Medina y Zapata Cruz; se vieron y se votaron las siguientes causas penales5214-2005 DECLARARON improcedente el recurso de nulidad que se interpone por extemporáneo.Con los señores: Chávez Mella, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales105-2003 DISPONE oficiar a la Dirección de Migraciones de esta ciudad, a efecto de que informe la fecha de salida al extranjero del ciudadano Raúl Enrique Oliden Ayala, país de destino y si es que tiene fecha de ingreso al país.219-2000 DECLARARON consentida la resolución de fecha 18-04-2016, mediante la cual se declara fundada la excepción de prescripción y por tanto extinguida la acción penal, incoado contra Miguel Alonso Loyaga Aguilar por el delito de violación sexual.191-2002 CONCEDIERON el recurso de nulidad que interpone la condenada

recurrente Luz Consuelo Uriarte Segura.110-2002 DECLARARON consentida la sentencia de fecha 18 de Abril de 2016, mediante la cual se condenó al acusado José Alberto Zelada Fernández, como autor del delito de secuestro en agravio de Julián Carhuajulca Hernández.56-2009 FALLA Absolviendo de la acusación fiscal del acusadopresente Darvil Chicoma Rivera, como autor del delito contra el patriomonio en su calidad de Robo Agravado en agravio de Humberto Córdova Calle.127-1994 FALLA Absolviendo de la acusación fiscal al acusado presente Edilberto Linares Segobia y los ausentes Fredy Vega Nizama, Elixcer Estela Vásquez y Luis Flores Castillo como autores del delito de Robo Agravado en agravio de Salomón Bustamante, Jaime Cruz Olano, Magdalena Saavedra Vidarte y Tomás Saavedra Vidarte.Con los señores: Chavez Mella, Burga Zamora y Zapata Cruz; vieron y se votaron las siguientes causas penales.13125-97 TENGASE por interpuesto dicho recurso impugnativo por el condenado Cesar Gregorio Vidarte Bravo.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Chavez Mella, Medina Medina y Zapata Cruz; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.1478-1999 DISPUSIERON oficiar a la Presidenta y Gerente de esta Corte, ORDENARONel desplazamiento de los Magistrados y Secretario de la Sala Penal Liquidadora Transitoria y SEÑALARONIa audiencia del acusado en cárcel Americo Benavides Hidrogo el día 23 al 24 de Junio del año en curso a las 10:00 am en la Sala Penal de Tara poto.243-2004 DECLARA fundado el pedido de Rehabilitación del sentenciado Ulises DelaoMayta.317-2002 FALLA Declarando Sobreseído la acción penal seguida contra el acusado Andrés Pérez Pérez, por el delito de Homicidio, en agravio de Liborio Mejía Juica.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL 2016Con losseñores: Chávez Mella, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.46-1998 DECLARARON consentida la sentencia de fecha 20 de Abril de 2016.446-1999 REVOCARON la comparecencia restringida impuesta al acusado Cristian Vladimir Gonzales Navel, dictándose en su contra mandato de detención.Con los señores: Chávez Mella, Medina Medina y Zapata Cruz; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.85-2008-11 DECLARARON extinguida la acción penal por muerte del acusado Víctor Regalado Frías con motivo del proceso que se le siguió por el delito de Tenencia Ilegal de armas de fuego en agravio del Estado.Con los señores: Medina Medina, Rodríguez Llontop y Zapata Cruz; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.3991-2008 RESUELVE declarar improcedente el recurso de nulidad deducido por el sentenciado Oswaldo Fernández Tapia contra la resolución superior N° 04 del 21-03-16 que revocó la resolución N° 74 del 06-10-15.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL

DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Chávez Mella, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.355-2006 SEÑALARON fecha de audiencia para el 04 de Mayo del año en curso a las 10:00 am.4031-2009 SEÑALARON para audiencia el 04 de Mayo de 2016 a las 9:30 am.( Cuaderno de Reserva).56-2009 DECLARARON consentida la sentencia de fecha 21-04-2016.234-2005 DECLARARON consentida la sentencia de fecha 20 de Abril de 2016, mediante la cual se absuelve de la acusación fiscal a Alfonso Sánchez Hernández, por el delito de Violación Sexual.38-2008 RESUELVE declarar Fundado la Excepción de Prescripción deducida por el representante del Ministerio Público y en consecuencia extinguida la acción penal, seguido contra Gerardo Odar Arbayza, por la comisión del delito de Peculado Culposo en agravio del Estado UGEL-Jáen.182-2007 FALLA Absolviendo de la acusación fiscal a la acusada Luz Angélica Muñoz Estela por el delito contra la Libertad, en su figura de Secuestro seguido de lesiones, en agravio de Virginia Fernández ChuquicalRODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Chávez Mella, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.506-1993 ADMITIR el nuevo medio probatorio ofrecido por el señor Fiscal consistente en la declaración de la agraviada.24-2007 FALLA condenando al acusado Segundo Santogo SeguraGuevara, como autor del delito contra la Libertad Sexual, en su figura de Violación Sexual de menor, en agravio de la menor de iniciales R.E.S.R y como tal se le impone 30 años de pena privativa de la libertad efectiva, que computa desde el 28-03-2016, vencerá el 27-03-2014.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Chávez Mella, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.4751-2007 SEÑALARON fecha de audiencia para el día 04 de Mayo de 2016, a horas 9:00 am.392-2003 FALLA condenando a Osmer Rodil Alcalde Huancas, como cómplice primario del delito de Robo Agravado, en agravio de Jaime Herrera García y como tal se le impone 7 años de pena privativa de la libertad efectiva, lo que se computará cuando sea habido.68-2005 FALLA Absolviendo de la acusación de la acusación fiscal al acusado Anacleto Idrogo LLatas, por el delito contra la violación de la libertad personal, en su figura de Secuestro, en agravio de Victoriano Obiitas Sánchez.604-2004 FALLA Absolviendo de la acusación fiscal al acusado presente Oblitas Delmes Cieza Cerna o Dermis Cieza Cerna y al ausente Palermo Cieza Silva o Palermo Cerna Silva como autores del delito contra el patrimonio en su modalidad de Robo Agravado en agravio de Juan Román Flores Parinango y otros.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORASALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL

Page 8: PRECIO POR PALABRA: PRECIO POPORPR … · PRECIO POR PALABRA: PRECIO POPORPR PRRPPALAALAABRABBRRRARA: 0.025 INCLUDO IGV000.00.002525 225 INCIINNCNLUDLULDOIO IOIGVGV CRÓNICA JUDICIALCRCRCR

Chiclayo, miércoles 28 de diciembre del 20168 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

DÍA 29 DE ABRIL DEL 2016Con los señores: Chávez Mella, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.40-2007 FALLA Absolviendo al acusado presente Asunción PérezBenavides y a los ausentes Videlmo Montenegro Vásquez y Javier Gonzales Díaz de la acusación fiscal como autores del delito contra la libertad en su modalidad de Secuestro agravado, en agravio de Víctor Gonzales Villalob y Paulino Gonzales Villalobos.28-2009 SEÑALARON audiencia al acusado en cárcel Eliaser Pérez Villanueva el 21 al 22 de Junio de 2016 a las 10 de la mañana, en la Sala de Audiencias del Penal de Moyobamba. (Omitida 22-04-2016).RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 2 DE MAYO DEL 2016Con los señores: Chávez Mella,Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.604-2004 DECLARARON consentida la sentencia de fecha 28 de Abril de 2016.87-2016 RESUELVE declarar improcedente el recurso de apelación contra la resolución impugnada N°70 del 27-01-16 que resolvió declarar fundado la solicitud de reexamen de revocatoria de la condicionalidad de la pena, solicitado por el abogado de los sentenciados. (Omitida 29-04-16).RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL 2016Con los señores: Chávez Mella, Medina Medina y Zapata Cruz; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.476-2006 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso, MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Jefry Navarro Palomino, hasta que sea debidamente identificado.119-2002 DISPUSEIRON levantar la reserva provisionalmente ordenando en la resolución N° 28, de fecha 18-03-2016 de folios 169.94-2004 FALLA Absolviendo de la acusación fiscal al acusadodetenido Cesar Augusto Martínez Melchor por el delito contra el patrimonio en la modalidad de Robo Agravado, en agravio de Daniel Arévalo Medina y otros.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL 2016Con los señores: Chavez Mella, Medina Medina y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.127-2009 SEÑALARON audiencia para el acusado en cárcel Ronald Bustamante Calderón el 24 y 25 de Junio de 2016.52-2016 DECLARARON improcedente la solicitud del condenado Heli castro Tapia, sobre adecuación del tipo penal y sustitución de pena.376-2003 DISPUSIERON remitir los oficios a la Presidencia y Gerencia de este Distrito Judicial.Con los señores: Chavez Mella, Medina Medina y Zapata Cruz; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.3786-2007 RESUELVE declarar infundado la excepción de prescripción de la acción penal, deducida por el acusado Manuel Damián Saavedra Cañoli.

Con los señores: Chavez Mella, Burga Zamora y Zapata Cruz; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.13125-97 CONCEDIERON el recurso de nulidad que interpone el condenado recurrente Cesar Gregorio Vidarte Bravo.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 6 DE MAYO DEL 2016Con los señores: Chávez Mella, Zapata Cruz y Rodríguez Llontop; se vieron y se votaron las siguientes causas penales.5233-2002 FALLA condenando al acusado Rubén Richard Córdova Barragán, como autor del delito contra el patrimonio en su figura de Robo Agravado con subsecuente muerte, en agravio de Sergio Humberto Muñoz Pérez y Lisbel Cecilia Quiroz Briones y como tal se le impone la pena de cadena perpetua.115-2007 REVOCARON la resolución de fecha 07-10-2015 de folios 186 a 189 mediante la cual se varía el mandato de detención del acusado Cecilio DomínguezCórdova, por el de comparecencia restringida, Reformándola dispusieron la detención del citado acusado. (Omitida 3.5.16)127-1994 DECLARARON consentida la sentencia de fecha 21 de Abril de 2016, que Absuelve de la acusación fiscal a Edilberto Juares Segobia, Fredy Vega Nizama, Elicer Estela Vásquez y Luis Flores Castillo. (Omitida 3.5.16).267-2008 RESUELVE declarar Fundada la excepción de Prescripción deducida por representante del Ministerio Público, por consiguiente extinguida por prescripción la acción penal seguida contra el acusado Osear Segura Idrogo, por el delito de Peculado.232-1995 FALLA Absolviendo a Guadalupe López Roque, de la acusación fiscal por la presunta comisión del delito de Homicidio en agravio de Marco García Tantarico y Marín García Tanterico.246-2005 FALLA condenando al acusado Luigge Avelito Savilla Montenegro o Abel Sevilla Montenegro, como coautor del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en su modalidad de Homicidio calificado en agravio de Víctor Hugo Avelas Miñope y como tal se le impone 8 años, 9 meses de pena privativa de la libertad que computada desde el 15 de Abril de 2016 vencerá el 14-01-2025. (Omitida 3.5.16).94-2004 SE RESUELVE declarar consentido la sentencia del 04 de Mayo de 2016.367-2008 SE RESUELVE declarar consentida la resolución de fecha 3 de Mayo de 2016.246-2005 SE RESUELVE declarar consentida la resolución de fecha 3 de Mayo de 2016.RODRIGUEZ LLONTOP JUEZ SUPERIORRITA CEPEDARELATORA

CRÓNICA JUDICIAL CORRESPONDIENTE AL MES DE MARZO DEL DOS MILDIECISEIS DE LA SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA CIVIL DE LA CORTESUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEOÜE.CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA CUATRO DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS. Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Salazar Fernández, vieron y votaron:00283-2013-0-1706-JR-CI-03, Leopoldo Roberto Limo Vasquez / ONP. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia (resolución número diez) de fecha dieciocho de setiembre Del año dos mil quince, que decla-a IMPROCEDENTE la demanda. 00030-2012-0-1706-JR-CI-04, Bárbara del Pilar Yovera de Valdivia / ONP y otros. Indemnización por daños y perjuicios. COIMliRMARON la sentencia (resolución número diecinueve) de fecha diecisiete de abril del dos mil quince, que declara INFUNDADA la demanda.

01284-2012-0-1706-JR-CI-07, José Andrés Bustios Ahumada / Municipalidad Provincial de Chiclayo. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON la sentencia (resolución número catorce) de fecha cuatro de noviembre del año dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE la demanda.02598-2010-0-1706-JR-CI-01, Osear Gilberto Vasquez Toro/ Osear Leoncio Espino Cabrera. Otorgamiento de Escritura Pública. CONFIRMARON la sentencia (resolución número cincuenta), de fecha veintiuno ¿e setiembre del año dos mil quince, que declara INFUNDADA la demanda.OQ831-2009-0-1707-JM-CI-01, César Augusto Céspedes Huertas / Santiago Jesús Balladares Takahasi y otro. Nulidad de Acto Jurídico. Declararon NULA la sentencia (resolución número cuarenta y siete) de fec^a diecinueve de marzo del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda, DEBIENDO el A quo emitir nueva sentencia, en el más breve plazo, teniendo en cuenta lo actuado y lo expuesto en la presente resolución. REMÍTASE copias certificada a la ODECMA - Lambayeque para los efectos a que se refiere el punto IV del segundo conpiríerando.00811-2012-0-I714-JM-FC-01, Fiscalía Provincial Mixta de José Leonardo Ortiz / Jorge Luis Cumpe Quesquén. Violencia Familiar. CONFIRMARON la sentencia (resolución número siete) de fecha tres d-2 agosto del dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda; en consecuencia, DECLARA la existencia de violencia familiar en su modalidad de maltrato psicológico y fMco por parte del demandado. 00195-2014-0-1706-SP-CI-02, Francisco Plaza Fernández/ Nereida Maribel Guevara rrillo. Reconocimiento de resolución judicial emitida en el extranjero. Declara FUNDADA la solicitud sobre reconocimiento de sentencia extranjera; nsecuentemente, tiene fuerza y validez legal en el Perú la sentencia emitida en elExpediente N° 07026 42 1 2013 0000083., expedida por el Juzgado de Primera Instancia N° 1 IBIZA/EIVISSA - ESPAÑA, consistente en la sentencia 137/13 de fecha veintinueve de mayo del dos mil trece, que declara estimando la pretensión de divorcio formulada por de mutuo acuerdo por las partes; Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución.00161-2013-0-1706-SP-CI-02, Victoria Fiorindez Carrasco/ Rogelio Wimper Villacorta Gamboa y otro. Nulidad de Acto Jurídico. Declararon NULA la sentencia (resolución número cincuenta y nueve) de fecha diecinueve de julio del año dos mil trece, que declara FUNDADA la demanda; DEBIENDO emitirse nueva sentencia teniendo en cuenta previamente lo señalado en la presente resolución.03368-2006-92-1706-JR-CI-04, Felicitas Centurión Vera / ONP. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON L:l auto (resolución número treinta y ocho) de fecha diecisiete de Julio Del dos mil quir.ce, que mnpone multa a la demandada en una unidad de referencia procesal.0 5 7 8 0 - 2 0 0 9 - 5 1 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 5 , Reynaldo Díaz Torres / Municipalidad Provincial de Chiclayo. Ejecución de Resolución Judicial. Declararon NULA la resolución apelada (resolución número veintidós), de fecha doce de agosto del dos mil quince; ORDENARON que el juez de la causa expida a la brevedad nueva resolución conforme a ley.02711-2003-7-1706-JR-CI-03, Teresa Valdivieso Marrufo / ONP. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (resolución número cuarenta y nueve), de fecha nueve de setiembre del año dos mil quince, que hace efectivo el apercibimiento decretado en la resolución número cuarenta y ocho; en consecuencia, IMPONE MULTA de una unidad de referencia procesal a la demandada. 01697-2015-0-1706-JR-CI-05, Sebastián Ramón Farro y otros / Leticia Ramón Custodio y otros. Facción de Inventario.

REVOCARON el auto (resolución número dos) de fecha dieciocho de agosto del año dos mil quince, que RECHAZA el trámite de la ARMÁNDOLO, declararon subsanado el sbiendo la A quo recalificar la demanda.demanda, con lo demás que contiene; y RE requisito de presentación del DNI del actor; DEVUÉLVASE al juzgado de origen para su Cumplimiento.ENRIQUER EDUARDO SALAZAR FERNANDEZJUEZ SUPERIOR SSEC CSJLAMARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZRELATORA SSEC CSJLACARLOS ENRIQUE CAATILLO RUIZRELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA SIETE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS.Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Salazar Fernández,vieron y votaron:03728-2014-0-1706-JR-CI-O6, Orlando Montalván Caicedo / Palmeria del Socorro Leyva Guerrero. Desalojo. CONFIRMARON la sentencia (resolución número cuatro) del quince de julio del dos mil quince, que declara INFUNDADA la demanda. 01542-2013-01706-JR-CI-03, Walther Nemecio Diaz Navidad / Genaro Barragan Muro y otro. Nulidad de Acto Jurídico.: CONFIRMARON en parte la sentencia -resolución número seis - del cinco de marzo del dos mil quince, en cuanto declara fundada en parte la demanda interpuesta por Walther Nemecio Díaz Navidad en representación de Ruth Elizabeth Llontop Ramos y declara la nulidad del acto jurídico consistente en la escritura pública N° 1336 de fecha cinco de mayo del dos mil doce expedida por la Notaría Isabel Alvarado Quijano, celebrada entre la Urbanizadora y Constructora San Lorenzo Sociedad Anónima como vendedora a favor de la compradora La Iglesia Bautista Independiente Buenas Nuevas; en cuanto ordena la cancelación de los asientos resístales de los registros públicos de Chiclayo N° G00001, B00002, B00003 y D0002 de la partida electrónica N° 11174200 de los registros públicos de Chiclayo; y declara fundada infundada la pretensión de indemnización por daños y perjuicios; REVOCARON la sentencia en cuanto declara fundada la pretensión de reivindicación y ordena que se entregue a la demandante, el bien inmueble signado con el lote 5 de la manzana “E” ubicado en la calle Cascadas N° 205 de la Urbanización San Lorenzo de esta ciudad; y, REFORMÁNDOLA se declara infundada dicha pretensión.00122-2013-0-1708-JM-CI-01, Gregorio Llontop Yesquen/ ONP. Proceso de Amparo. REVOCARON la resolución número nueve, Del veinte de agosto Del dos mil quince, que declara infundada la demanda de amparo; y, REFORMÁNDOLA se declara improcedente dicha demanda. 00138-2Ü14-0-1706-JR-CI-04, Librería Diego’s E.I.R.L. / Janny Cabrera Sandoval y otra. Desalojo. CONFIRMARON la resolución número seis, del veintisiete de noviembre det dos mil catorce, que declara INFUNDADA las excepciones de falta de legitimidad para obrar del demandante y la excepción de litispendencia. CONFIRMARON la sentencia (resolución número diez) del doce de junio del dos mil quimce, que declara infundada la demanda.0481-2013-0-1714-JM-FC-01, Osear Guevara Zamora / Jacqueline del Rocío Dávila Llanos. Divorcio por Causal de separación de hecho. APROBARON la consulta de la sentencia (resolución número nueve) de fecha diecinueve de octubre del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda.02900-2010-0-1706-JR-CI-03, Mario Eloy Campos Benites / Cooperativa de Vivienda de Técnicos y Sub Oficiales de la Policía y Fuerza Aérea del Perú Ltda -RENOM POLIFAP. Otorgamiento de Escritura Pública. CONFIRMARON la sentencia (resolución número quince), de fecha diecisiete de junio del año mil quince, que declara INFUNDADA la demanda.057-2012-1714-JM-CI-01, Pablo Salatiel

Page 9: PRECIO POR PALABRA: PRECIO POPORPR … · PRECIO POR PALABRA: PRECIO POPORPR PRRPPALAALAABRABBRRRARA: 0.025 INCLUDO IGV000.00.002525 225 INCIINNCNLUDLULDOIO IOIGVGV CRÓNICA JUDICIALCRCRCR

9Chiclayo, miércoles 28 de diciembre del 2016PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

Acuña Idrogo / Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz. Contencioso Administrativo. CONFIRMARON la sentencia ( resolución número quince), del catorce de mayo del año dos mil quince, que declara infundada la demanda contenciosa administrativa.02086-2015-44-1706-JR-CI-02, Maria Beatriz Chamba Abad / Alicia Zuñiga Diaz. Auxilio Judicial. CONFIRMARON la resolución número uno, Del trece de noviembre Del dos mil quince, que declara infundada la solicitud de auxilio judicial. 01297-2015-0-1706-JR-CI-06, Gregorio Villoslada Guerrero/ ONP. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución: número uno, del uno de junio de dos mil quinces, que declara IMPROCEDENTE la demanda.01066-2011-18-1706-JR-CI-03, José Arturo Chicoma Díaz / Dirección Regional de la Policía Nacional del Perú. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON la resolución número ocho, del cinco de marzo del año dos mil quince , que resuelve HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado en la resolución número seies, de fecha veinte de mayo del año dos mil catorce y, en consecuencia, RECHAZA el escrito de apelación contra la resolución número cinco,0 4 2 8 5 - 2 0 0 8 - 7 2 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 3 , Manuel Artidoro Livaque Idrogo / ONP. Impugnación de Resolución Administrativa. Declararon NULA la resolución número treinta y cinco, Del veintiuno de agosto Del dos mil quince, que concede AL demandante El recurso de apelación en contra de la resolución número treinta y cuatro, de cinco de junio del dos mil quince; dejando sin efecto el concesorio de la apelación y los devolvieron.0343-2007-23-1706-JR-FC-04, Domingo Ramos Ciurlizza Huamán / Mariella del Carmen Mendoza Zevallos. Separación Convencional y/o Divorcio Ulterior. CONFIRMARON la resolución número cincuenta y siete, de fecha dos de septiembre del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la nulidad de actos procesales e infundada la suspensión del proceso.01561-2014-72-1706-JR-CI-02, Klidin Roger Villalobos Heredia / Escuela de Sub Oficiales de la Policía Nacional del Perú. Medida Cautelar. CONFIRMARON la resolución número dos, del veintisiete de octubre del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innovativa, con lo demás que contiene.Con los señores: Silva Muñoz, Salazar Fernández y Conteña Vizcarra vieron y votaron en discordia:0 1 0 9 2 - 2 0 1 4 - 0 - 1 7 0 6 - J R - C O - 0 8 , Jorge Javier Salazar Silva / Empresa Scopetroleum SAC. Obligación de dar suma de dinero. CONFIRMARON la resolución número cinco ( auto final) de fecha uno de setiembre del año dos mil quince ( folio noventa y cuatro a noventa y cinco) que ordena llevar adelante la ejecución hasta que la empresa ejecutada cumpla con pagar a la parte ejecutante la suma de US$ 36,000.00; mas intereses legales, costas y costos.Con los señores: Zamora Pedemonte y Silva Muñoz, vieron y votaron en mayoría:02573-2007-0-1706-JR-CI-06, Matilde Delgado viuda de Campos / ONP.Impugnación de Resolución Administrativa. Declararon NULO El auto (resoluciónnúmero cuarenta) de fecha diez de agosto Del año dos mil quince, que aprueba Elinforme pericial N° 392-2015-DRL-COB/PJ, tiene pbr cumplido El mando por parte dela demandada y declara INFUNDADA la ooservación formulada por la demandante;ORDENARON que el A quo emita nueva resoluoión con sujeción al mérito de loactuado.ENRIQUER EDUARDO SALAZAR FERNANDEZJUEZ SUPERIOR SSEC CSJLAMARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZRELATORA SSEC CSJLA

CARLOS ENRIQUE CAATILLO RUIZRELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA OCHO DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS.Con los señores: Carrillo Mendoza, Pisfil Capuñay y Salazar Fernández, vierony votaron:0 1 7 0 7 - 2 0 1 5 - 0 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 6 , Petronila Lara ciudad de Llovera / Jueces Superiores de la Segunda Sala Civil y otros. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número uno, del tres de julio del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda.04181-2014-0-1706-JR-CI-07, Pascual Flores Tiquillahuanca/ Tito H. Bazan Vergara y otros. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número uno, del 25 de marzo del dos mil quince, que declara la NULIDAD de las resoluciones número uno y dos y calificando nuevamente la demanda, declara IMPROCEDENTE la demanda de amparo.2486-2015-0-1706-JR-CI-01, Jacobo Dionisio Mendoza Lachira/ Jueces Superiores de la Segunda Sala Civil y otro. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número uno, de fecha veintidós de setiembre del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda de amparo.Con los señores: Salazar Fernández y Terán Arrunátegui, vieron y votaron en mayoría:03710-2011-66-1706-JR-CI-01, Empresa de Transportes Los Milagros de Monsefú SAC/ Municipalidad Provincial de Chiclayo y otro. Impugnación de Resolución Administrativa - Medida Cautelar. REVOCARON la resolución número diez, del treinta de julio del dos mil quince, que declara INFUNDADA la oposición formulada por la demandada; REFORMÁNDOLA, declararon FUNDADA la oposición, deducida contra la resolución número siete y dejaron sin efecto la medida cautelar otorgada.Con los señores: Zamora Pedemonte, Salazar Fernández y Terán Arrunátegui,vieron y votaron: 03340-2006-36-1706-JR-CI-01, Elias, Campos Chevez / ONP. Impugnación de Resolución Administrativa. Declararon NULA la resolución número cuarentisiete, del cinco de agosto del dos mil quince, que ;DISPONE la remisión de copias certificadas de las piezas procesales pertinentes a la Fiscalía Penal Corporativa de Turno de Chiclayo; DEBIENDO el juzgado de origen emitir nueva resolución según el mérito de lo actuado.los señores: Zamora Pedemonte y Silva Muñoz, vieron y votaron en layoría:;00740-2015-0-1706-3R-CI-01, José Alberto Niño Gonzales / Junta de Usuarios Chancay - Lambayeque. Proceso de Amparo. REVOCARON la resolución número tres, de fecha doce de agosto del año dos mil quince, que declara FUNDADA la excepción de incompetencia por razón de la materia y nulo todo lo actuado; REFORMÁNDOLA, declararon IMPROCEDENTE la excepción de incompetencia, dispusieron que la A quo continúe con el estado del proceso.00038-2015-0-1706-JR-CI-06, Segundo Máximo Becerra Ramos / Municipalidad Provincia! de Chiclayo. Proceso de Amparo.: REVOCARON la resolución número tres, de fecha dos de julio del año dos mil quince, que declara FUNDADA la excepción de incompetencia por razón de la materia y nulo todo lo actuado; REFORMÁNDOLA, declararon improcedente la excepción indicada, dispusieron, que la A quo continúe con el estado del proceso; y los devolvieron, notifíquese.01607-2015-0-1706-JR-CI-07, Mirtha .Elena tingan Flores / Red Asistencia! Lambayeque del Seguro Social de Salud. Proceso de Cumplimiento. REVOCARON el auto (resolución número uno) de fecha dps de julio del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda; y, REFORMÁNDOLO, dispusieron que se admita a trámite la demanda, dictando el

A quo la resolución correspondiente de acuerdo a su estado.Con los señores: Carrillo Mendoza y Pisfil Capuñay. vieron y votaron en mayoría:00174-2015-15-1708-JM-CI-01, Alicia Shirley Barboza Vera / Juez del Juzgado Mixto Transitorio de Lambayeque y otros. Proceso de Amparo. Declararon NULO el auto apelado, contenido en la resolución número dos, de fecha veintiuno de agosto del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda cautelar formulada por la parte demandante y con los demás que contiene; y en RENOVACIÓN del acto procesal sancionado con nulidad , ORDENARON que el A quo expida nueva resolución de calificación de la demanda cautelar, en mérito al proceso y la Ley.EDUARDO ENRIQUE SALAZAR FERNANDEZJUEZ SUPERIOR SSEC CSJLAMARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZRELATORA SSEC CSJLACARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZRELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA ONCE PE MARZO DEL DOS MIL DIECISEISCon los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Salazar Fernández, vieron y votaron:0 2 6 8 2 - 2 0 1 3 — 0 - 1 7 0 6 - J R - F C - 0 3 , Alfredo Ynilopu Reyes/Carmen Marcela Canahuire Peña.Divorcio por Causal. APROBARON la sentencia ( resolución número trece) defecha diez de setiembre del año dos mil quince, que declara fundada la demanda; en consecuencia, declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los justiciables.04154-2014-0-1706-JR-CI-03, Luis Fernando Rivera Sandoval / ONP. Habeas Data.CONFIRMARON la sentencia (resolución número cinco), de fecha dos de Julio Del dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda; en consecuencia, ordena que la entidadbrinde la información consistente en el Expediente Administrativo N° 00300031597 y otorgue las copias certificadas del mismo, a costa del demandante: asimismo, PRECISARON que tales copias certificadas pueden ser presentadas además de lo ordenado en formato CD-ROM.05119-2013-0-1706-JR-CI-06, Domingo Martínez Ruiz / Comisión Ad Hoc por Ley N° 29625 - Fonavi. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia (resoluciónnúmero siete) de fecha quince de setiembre del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda.00753-2010-1707-JM-FC-01, Martín Ramos Primo/ Eugenio Montejo Benites Divorcio por causal. APROBARON, la sentencia consultada que declara FUNDADA la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho.N0338-2013-0-1708-JM-FC-01, Lila Marleni Zuñiga Fernández/Santiago Raúl Gallardo Cervera. Divorcio por Causal. APROBARON la sentencia consultada (resolución número nueve), de fecha veinte de febrero Del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho; y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que unía a los justiciables. 00728-2008-0-1714-JM-FC-01, Ubenal Soto Guevara / Susana Fernández Santacruz. Divorcio por Causal. CONFIRMARON la sentencia (resolución número veintinueve) de fecha veinticuatro de abril del dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda.04779-2013-0-1706-JR-CI-07, José Alberto Gonzáles Santoyo/Comisión Ad Hoc por Ley N° 29625 - Fonavi. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha veintisiete de octubre del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda; asimismo, CONFIRMARON el auto (resolución número tres) de fecha siete de marzo del año dos mil catorce, que tiene por apersonada al proceso al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales

del Ministerio de Economía y Finanzas, 02472-2013-0-1706-JR-CI-03, Andrea Bueno Cortez/ María del Rosario Ballena Ptscoya. Otorgamiento de Escritura Pública. CONFIRMARON la sentencia (resolución numero cinco) de fecha veintisiete de agosto del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda.2625-2014-0-1706-JR-FC-01,Grimaldino Acuña Peralta Andrea Leoncia Palomino de Acuña. Divorcio por Causal.sentencia (resolución número cinco). CONFIRMARON la sentencia (resolución numero diez) de fecha dieciocho de setiembre del dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda.Ó0396-2013-01706-JR-CI-03, Pablo Rivera Carreño / ONP. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia (resolución número trece) de fecha dieciocho de setiembre del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda; e integrándola, dispusieron la remisión del presente proceso al órgano jurisdiccional competente, en atención a lo previsto en el artículo 36° del Código Procesal Civil Procesal Civil, previa elección de la parte demandante.01666-2013-0-1706-JR-CI-01, Martha Verónica Gonzáles Gonzáles / Servicios Integrados de Limpieza S.A. - SILSA. Proceso de Amparo. REVOCARON la sentencia (resolución número diez) de fecha siete de agosto del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda; y, REFORMÁNDOLA la declararon IMPROCEDENTE. 04068-2013-0-1706-JR-CI-07, Segundo Catalino Díaz Pérez / Comisión Ad Hoc por Ley N° 29625 - Fonavi. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON el auto (resolución número tres) de fecha quince de enero de! año dos mil catorce, en el extremo que tiene por apersonada al proceso a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del ministerio de Economía y Finanzas; CONFIRMARON la sentencia (resolución número siete) de fecha veintisiete de octubre del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda.01388-2014-0-1706-JR-CI-04, Dora Susana Gutiérrez de Revilla / ONP. Proceso de Amparo. REVOCARON la sentencia (resolución número diez) de fecha veintiocho de setiembre del año dos mil quince, que declara INFUNDADA la demanda de amparo; y, REFORMÁNDOLA, la declararon improcedente.01309-2013-0-1706-JR-FC-04, Felicita Guevara Rodríguez / Germán Peralta Pérez. Divorcio por Causal. APROBARON la consulta de la Sentencia (resolución número nueve) de fecha quince de mayo del año dos mil quince, que declara FUNDADA laemanda; y, en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial. 00646-2014-1706-JR-FC-03, José Adolfo Neira Martínez / Anali Mirella Peche Altamirano. Divorcio por Causal. APROBARON la consulta de la sentencia (resolución número doce) de fecha dos de octubre del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda; en consecuencia, DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial. 02361-2013-0-1706-JR-FC-02, Roberto Gastón Godfrey Rojas / Martina Gonzáles Saavedra. Divorcio por Causal. APROBARON la consulta efectuada a través de la sentencia (resolución número nueve) que declara FUNDADA la demanda sobre divorcio por la causal de separación de hecho.0896-2014-0-1706-JR-FC-01, Aquilino Ruiz Gómez / Vilma Victoria Montalvo Salazar. Divorcio por Causal. Declararon NULA la sentencia (resolución número siete) de fecha nueve de Julio Del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda sobre divorcio por causal de separación de hecho; ORDENARON que el Juez de la causa proceda de acuerdo a las consideraciones expuestas.02821-2014-0-1706-JR-CI-04, César García Rondoy /ONP. Proceso de Amparo. REVOCARON la sentencia (resolución número seis) del siete de setiembre del dos mil quince que declara FUNDADA la demanda; y, REFORMÁNDOLA se declara IMPROCEDENTE dicha demanda.4312-2007-43-1706-JR-CI-04, Elena

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Chiclayo, miércoles 28 de diciembre del 201610 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

Clara Mullan Viuda de Vera/ ONP.mpugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON la resolución número treinta y seis. De fecha dos de junio del dos mil quince, que impone multa de una unidad de referencia procesal a la parte demandada; así como la resolución número treinta y siete de fecha diez de julio del ¡año dos mil quince, en el extremo que ordena remitir copias al Ministerio Público.03608-2011-0-1706-JR-CI-01, Rafael Flores Izasiga / ONP. Indemnización por daños y perjuicios. CONFIRMARON ei auto (resolución número diez) de fecha treinta y uno de agosto del dos mil quince, que declara la nulidad de la resolución número tres.06612-2005-8-1706-JR-CI-04, Merly Roxana Guevara Barrete / Municipalidad Provincial de Chiclayo. Indemnización. CONFIRMARON las resoluciones número sesenta de fecha uno de setiembre del año dos mi! quince, que declara infundada la oposición planteada por la ejecutada y número sesenta y uno de fecha diecisiete de setiembre del mismo año antes citado, con la que se IMPONE MULTA de dos unidades de referencia procesal.0 0 2 6 2 - 2 0 1 1 - 2 0 - 1 7 0 7 - J M - C I - 0 1 , Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo / Magistrado del Juzgado Mixto de Ferreñafe, Queja de derecho. INFUNDADA la queja contra la resolución número treinta y ocho; IMPUSIERON a la indicada Municipalidad multa equivalente a TRES unidades de referencia procesal, debiendo ser abonada al Código 9148 del Banco de la Nación bajo apercibimiento de formarse el cuaderno respectivo y remitirse al ejecutor de multas de esta Corte, e caso de incumplimiento. 02290-2012-72-1706-JR-CI-07, Luz Natividad Sueldo Torres de Livaque / Superintendencia Nacional de Registros Públicos y otros. Nulidad de Asiento Registral. Declararon NULA la resolución apelada (resolución número veintitrés) de fecha veintitrés de octubre del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE el ofrecimientos de medios probatorios extemporáneos formulado por la parte demandante; DEBIENDO el Q quo, expedir a la brevedad, nueva resolución conforme a Ley. 00627-2014-0-1706-JR-FC-03, Marco Antonio Chafloque Gamarra / Laura Sandra Yturregui Curo. Ejecución de acta de conciliación. CONFIRMARON la sentencia (resolución número siete) de fecha veintiocho de setiembre del dos mil quince, ORDENARON que las partes cumplan con !o dispuesto por la A quo con el numeral veintisiete de la apelada a título de exhortación, bajo responsabilidad. 00472-2009-24-1707-JM-CI-01, Mencia Violante Ximena Torres de Vidaurre Mesones / Josefina Angélica Alva Fuentes. Nulidad de Acto Jurídico. CONFIRMARON la resolución número cuarenta y siete de fecha doce de mayo del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la recusación y la nulidad solicitadas por la parte demandada. 02953-2007-0-1706-JR-CI-04, José Isidoro Medina Díaz / ONP. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (resolución número cincuenta y dos) de fecha dos de octubre del dos mil quince, que declara INFUNDADA la observación del demandante.05440-2007-64-1706-JR-CI-09, Esmilda Sánchez Monteza /ONP. Impugnación de Resolución Administrativa. REVOCARON El auto (resolución número cuarenta y siete), de fecha dieciocho de setiembre del año mil quince, que resuelve declara FUNDADA la observación presentada por la parte demandante contra el Informe Pericial 0594-2015-DRL/PJ, APRUEBA el mencionado informe y REQUIERE a la demandada para que en el plazo de diez días hábiles cumpla con acreditar el pago de los intereses liquidados bajo apercibimiento de multa; REFORMÁNDOSE dicha resolución, se declara FUNDADA la indicada observación, en consecuencia DESAPROBARON el Informe Pericial 0594-2015- DRL/PJ, por insubsistente.03235-2015-14-1706-JR-CI-02, Mateo Santiago Huamanchumo Biminchumo / Abraham Isaías Custodio Zavaleta.

Medida Cautelar fuera Del Proceso. CONFIRMARON el auto (resolución número uno) de fecha veintitrés de diciembre del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar fuera del proceso dembargo en forma de secuestro con desposesión de vehículo.04255-2013-0-1706-JR-FC-03, Dante Montoya Carees / Arlene Rubio Seminario. Divorcio por Causal. CONFIRMARON el auto(resolución número seis) de fecha ocho se setimebre del año dos mil quince, que declara el ABANDONO DEL PROCESO Y SU CONCLUSIÓN SIN DECLARACIÓN DE FONDO; en consecuencia procédase a su archivo definitivo.01007-2013-81-1706-JR-CI-06, Jeam Kevin Ortega Salazar / Servicios Integrados de Limpieza S.A. - Silsa. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número trece de fecha diecisiete de agosto del año dos mil quince, que regula los costos del proceso, en los honorarios profesionales del letrado Juan Vásquez Ascurra, en la suma de trescientos nuevos soles más el cinco por ciento equivalente a quince nuevo soles destinado a favor del Colegio de Abogados.02538-2012-0-1706-JR-CI-06, Zoyla Estalia Reategui Rengifo / Jano Iván Delfín Ordoñez y otros. Indemnización. CONFIRMARON el auto (resolución número once) de fecha uno de setiembre del año dos mil quince, que declara el ABANDONO DEL PROCESO Y SU CONCLUSIÓN SIN DECLARACIÓN DE FONDO; en consecuencia precédase a su archivo definitivo.02216-2006-25-1706-JR-CI-03, Jesús Fiestas Incio / ONP. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (resolución número treinta y dos), de fecha catorce de mayo del año dos mil auince, que hace efectivo el apercibimiento decretado en la resolución número treinta y uno; en consecuencia IMPONE MULTA DE DOS UNIDADES DE REFERENCIA PROCESAL a la demandada, con lo demás que contiene.00224-2010-5-1708-JM-CI-01, Elva Lejficia Cerna Cieza / Cecilia Sánchez Távara. Ejecución de Garantías. CONFIRMARON El auto (resolución número cuarenta y siete), de fecha diecinueve de octubre Del año dos mil quince, que declara INFUNDADA la nulidad deducida, con lo demás que contiene.05187-2007-86-1706-1706-JR-CI-02, Osvaldo Viton Barboza / Municipalidad Provincial de Chiclayo. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (resolución sesenta y cuatro) de fecha veinte de noviembre del dos mil quince, que hace efectivo el apercibimiento decretado en la resolución número sesenta, de fecha veintiocho de abril del dos mil quince; en consecuencia impone a la demandada multa de dos unidades de referencia procesal.0 3 2 5 8 - 2 0 0 3 - 7 6 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 4 , Melchora Yamunaqué de Nevado / ONP. Proceso de Amparo. CONFIRMARON el auto (resolución número treinta y uno) de fecha diecinueve de octubre del año dos mil quince, en el extremo que IMPONE multa a la demandada en una unidad de referencia procesal y le requiere reajustar la pensión de viudez de la accionante.03163-2015-24-1706-JR-CI-02, Gustavo Adolfo Bustamante Llanos / Cooperativa de Vivienda de los Trabajadores Administrativos de la Universidad Particular de Chiclayo. Medida Cautelar de Anotación de demanda. REVOCARON el auto (resolución número uno) de fecha cinco de enero del año dos mil dieciséis, que declara INFUNDADA la solicitud de Medida Cautelar de ANOTACIÓN DE DEMANDA, con lo demás que contiene; y REFORMÁNDOLA declararon FUNDADA la solicitud de medida Cautelar, en consecuencia, DISPUSIERON LA ANOTACIÓN DE LA DEMANDA EN LA PARTIDA REGISTRAL DONDE SE ENCUENTRA ANOTADA LA PROPIEDAD DEL BIEN, debiendo remitirse los partes correspondientes a los Registros

Públicos para tal efecto; SEÑÁLESE LA CONTRACAUTELA, en la forma de CAUCIÓN JURATORIA, en un monto de cinco mil nuevos soles ( s/. 5,000.00) debiendo el solicitante certificar su firma ante el Especialista Legal de la causa, a efectos de poder ejecutar la medida dispuesta; NOTIFIQUESE a la parte emplazada para que haga uso de su derecho de defensarrespondiente. DEVUÉLVASE lo actuado al Juzgado competente para que cumpla conpresente resolución.0 4 4 1 5 - 2 0 1 4 - 9 5 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 1 , Concepción Leopoldina Esquén de Silva / Vicente Antonio Falen García y otros. Nulidad de Acto Jurídico. Declararon NULO el auto (resolución número tres) de fecha veinticuatro de agosto del año dos mil quince, sólo en el extremo que proveyendo el escrito del demandante de fecha veintiocho de mayo del año dos mil quince, tiene por aclarado el petitorio de la demanda en los términos expuestos; debiendo la A quo expedir nueva resolución teniendo en cuenta lo señalado en la presente.0 3 2 9 8 - 2 0 1 1 - 0 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 4 , Graciela Seminario de Casanova/ONP. Indemnización. CONFIRMARON el auto (resolución número quince), de fecha treinta de julio del año dos mil quince, que HACE EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO decretado por resolución catorce de fecha doce de junio del año del dos mi! quince, en consecuencia , dispone la formación del cuaderno de multa y ordena !a remisión al Juzgado ejecutor.00395-2014-0-1706-JR-CI-05, Dina Benites Monja/Comisión Ad Hoc creada por la ley N° 29625 - Fonavi. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON ei auto (resoluciónnúmero cuatro) de fecha diecisiete de agosto del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda.02748-2O14-O-1706-JR-CI-04, José Adán Rondoy Cavero/Juez del Quinto Juzgado Civil de Chiclayo y otro. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número tres,del doce de noviembre del año dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE la demanda.02093-2015-0-1706-JR-CI-06, Gregorio Carranza Tirado/ONP. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON la resolución número uno, del 17 de agostodel 2015, que declara improcedente la demanda.03736-2014-0-1706-JR-CI-06, Silvia Lucila Yahiro Cubas de Quiñones/Ministerio Público. Autorización para Disponer Bienes de Incapaz. DEVUÉLVASE el expediente alJuzgado del primer grado, sin absolver la consulta de la sentencia (resolución número catorce) de fecha veintitrés de noviembre del dos mil quince.0 6 9 6 6 - 2 0 0 8 - 8 7 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 1 , Castorino Augusto Cháñame Exebio Gobierno Provincial de Chiclayo. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON laresolución número treinta y seis, del siete de septiembre del año dos mil quince, que declara INFUNDADA la oposición contra la Medida Cautelar de Embargo en forma deretención, con lo demás que contiene.Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Terán Arrunátegui, vieron y votaron:08768-2008-0-1706-JR-CI-06, José Carlos Delgado Vigo / Gobierno Regional de Lambayeque y otro. Impugnación de Resolución Administrativa. REVOCARON la sentencia emitida en autos que declara FUNDADA la demanda; y REFORMÁNDOLA, sea declarada FUNDADA EN PARTE y por tanto: NULA la resolución gerencial regional 835-2008-GR. Lam/GRDS del veintisiete de noviembre del dos mil ocho en la parte que deniega al actor su inclusión en planillas; y en consecuencia se proceda a incluir a la parte actora en la planilla única de pagos y otorgarle las boletas respecto del período comprendido entre el año dos mil al treinta y uno de diciembre del dos mil ocho; IMPROCEDENTE la ineficacia de los contratos de servicios

no personales celebrados por el actor con la demandada; IMPROCEDENTE la inclusión del actor en las citadas planillas durante ei período posterior al treinta y uino de diciembre del año dos mil ocho e IMPROCEDENTE el pago de remuneraciones! bonificaciones y demás conceptos remunerativos a través de las mismas planillas; sin costas ni costos.EDUARDO ENRIQUE SALAZAR FERNANDEZJUEZ SUPERIOR SSEC CSJLAMARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZRELATORA SSEC CSJLACARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZRELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA TRECE DE MARZO DEL POS MIL DIECISEISCon los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Salazar Fernández, vieron y votaron:01805-2015-0-1706-JR-C1-06, Emérita Susana Puyen de Signo! / Daniel Carrillo Mendoza y otros. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número uno, del diez de julio del dos mil quince, que declara improcedente la demanda de amparo.EDUARDO ENRIQUE SALAZAR FERNANDEZJUEZ SUPERIOR SSEC CSJLAMARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZRELATORA SSEC CSJLACARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZRELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA DIECIOCHO DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Salazar Fernández, vieron y votaron:04642-2011-0-1706-JR-FC-04, Amando de la Cruz Mayanga/Lili Carlota Castillo Román. Divorcio por Causal. APROBARON la sentencia consultada que declara fundada la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho.0 2 6 5 6 - 2 0 1 3 - 0 - 1 7 0 6 - J R - F C - 0 2 , Merlín Vidarte Juica/Manuel Yobani Rojas Perales. Divorcio por Causal. APROBARON la sentencia consultada que declara FUNDADA la demanda de divorcio por causal de divorcio.0844-2012-0-1714-JM-FC-01, Ricardo Zapata Escobar/Regina Mercedes Castro Colmenares. Divorcio por Causal. CONFIRMARON la sentencia (resolución número doce) de fecha siete de agosto Del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda sobre divorcio por la causal de separación de hecho.01455-2011-0-1706-JR-CI-06, Segundo Oswaldo Peralta Santacruz/Nixon Leonel Vidarte Dávila y otro. Desalojo. Declararon NULA la sentencia apelad de fecha seis de setiembre del año dos mil trece; ORDENARON que el Juez de la Causa expida a la brevedad nueva resolución conforme a Ley.0045-2013-0-1712-JM-FC-01, Willians Danilo Sánchez Ramírez/Marisol Alicia Rodas Gutiérrez. Divorcio. APROBARON la sentencia (resolución número doce) de fecha treinta de julio del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda de divorcio por la causal de abandono injustificado de la casa conyugal.03888-2013-1706-JR-FC-04, Pedro Burga Mori/Martha Isabel Quintero Sandoval. Divorcio por Causal de Separación de hecho. APROBARON la consulta de la sentencia (resolución número doce) de fecha trece de noviembre del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda de Divorcio por la Causal de Separación de Hecho, en consecuencia; DISUELTO el vínculo matrimonial, por la causal de separación de hecho por más de cuatro años.0 0 2 2 6 - 2 0 1 2 - 0 - 1 7 1 4 - J M - C I - 0 1 , María Paulina Espinóla Moreno/ Beridiana Moreno Ninaquispe y otros. Otorgamiento de escritura Pública. CONFIRMARON la sentencia (resolución número veinte) de fecha diecisiete de setiembre del dos mil quince, que

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declara FUNDADA la demanda. 00194-2013-0-1714-JM-CI-01, Ana María Monteza Ventura/Cristina Monteza Ventura y otros. Reivindicación. CONFIRMARON la sentencia (resolución número cuatro) de fecha quince de julio del dos mil’quince, que declara FUNDADA la demanda; consecuencia, ORDENA que los demandados entreguen a favor de la parte emendante el inmueble ubicado en la A. Sánchez Cerro N° 217, manzana T3 lote 13, pueblo Joven Villa Hermosa, distrito de José Leonardo Ortiz, bajo apercibimiento de realizarse el lanzamiento.02345-2009-0-1706-JR-CI-09, Dilmer Tentalean Fernández y otros/Clara Rosa/Guevara Llatas y otros. Nulidad de Acto Jurídico. CONFIRMARON la sentencia (resolución número cincuenta y cuatro), de fecha nueve de julio del año dos mil quince, que declara INFUNDADA la demanda sobre Nulidad de Acto Jurídico y del documento que lo contiene y cancelación de asiento registral. Consentida o ejecutoriada que sea esta sentencia, DEVUÉLVASE al juzgado de origen para su cumplimiento.03553-2011-0-1706-JR-FC-03, José de la Cruz Zuloeta Campos / Nancy Cecilia Romero Pisfil. Divorcio por Causal. APROBARON la consulta de la sentencia (resolución número diecisiete), del diez de setiembre del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda sobre divorcio, por la causal de separación de hecho. 03942-2011-0-1706-JR-FC-02, Osear Javier Tentalean Cabrales/Keiko Ochiai. Divorcio por Causal. APROBARON la consulta efectuada a través de la sentencia (resolución número veintiuno), del 27 de agosto del 2015, que declara fundada la demanda sobre divorcio por causal de separación de hecho.03156-2013-0-1706-JR-FC-04, Susy Janet Llontop Rodríguez / Roger Montano Roque. Divorcio por causal. APROBARON la consulta de la sentencia (resolución número once) del trece de noviembre del año dos mil quince, que declara fundada la demanda sobre divorcio por la causal de separación de hecho.0 0 0 9 2 - 2 0 1 4 - 0 - 1 7 0 6 - J R - F C - 0 3 , Manuel ‘Jorge Zarpan Castro/ Narcisa Caicedo Cháñame. Divorcio por Causal. CONFIRMARON la sentencia (resolución número nueve) de fecha veinticuatro de Julio del dos mil quince, sobre divorcio por causal de separación de hecho, en la que se ha declarado FUNDADA la demanda. O4711-2013-0-1706-JR-CI-06, Juan Fernando Carbonel Romero / Colegio Médico del Perú - Consejo Regional VIII - Chiclayo. Nulidad de Convocatoria y otro. CONFIRMARON la sentencia (resolución número cinco) del veintiséis de diciembre del dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE la demanda.02065-2013-0-1706-JR-FC-04, Irina Abigail Guevara Colmenares / Bryan Tenorio Guevara. Declaración de Unión de Hecho. APROBARON la consulta efectuada a través de la sentencia (resolución número catorce) del treinta de octubre del dos mil quince, que declara fundada la demanda.01876-2013-0-1706-JR-FC-CI-03, Jesús Agustina Alayo Linares / ONP. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia (resolución número ocho) Del dieciocho de setiembre Del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 0 2 4 1 0 - 2 0 0 8 - 4 8 - 1 7 0 6 - J R - C I - Q 4 , José Rafael Rivadeneira Castillo / ONP. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON la resolución número cincuenta y nueve, de fecha diecisiete de’Setiembre del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la nulidad deducida por el abogado apoderado de la demanda. 0219-2014-0-1706-JR-CO-08, Banco de Crédito del Perú /Julissa Infante Carrasco de Sousa y otro. Ejecución de Garantías. CONFIRMARON la resolución número nueve de fecha ocho de enero del año dos mil quince, que declara INFUNDADA la contradicción propuesta.0 0 2 5 4 - 2 0 0 8 - 4 0 - 1 7 0 6 - J R - C I - 1 0 , Madeleine Mino Ayasta / Municipalidad Provincial de Chiclayo. Impugnación

de Resolución l Administrativa. CONFIRMARON el auto (resolución número treinta y siete) de fecha tres de agosto del dos mil quince, que impone multa a la demandada equivalente a dos unidades de referencia procesal.O P 7 1 2 - 2 0 0 9 - 4 8 - 1 7 0 6 - 3 R - C I - 0 6 , Cesar Augusto Sandoval Sánchez/Municipalidad rovincial de Chiclayo. Impugnación de Resolución Administrativa.CONFIRMARON la esolución número cuarenta de fecha veinte de agosto del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE las observaciones formuladas por la entidad demandada.06670-2005-80-1706-JR-CI-07, Victoria Esther Osorio viuda de Cabeza/ONP. Proceso de Amparo. Declararon NULO el auto (resolución número treinta y siete) de fecha cinco de junio del dos mil quince, que resuelve IMPONER MULTA equivalente a cuatro unidades de referencia procesal a la entidad demandada; DEBIENDO el A quo expedir nueva resolución conforme a ley.00227-2007-46-1714-JM-CI-01, Banco de Crédito del Perú/Julio Ordoñez Benavides. Obligación de dar Suma de Dinero. CONFIRMARON la resolución apelada número veintiocho, en cuanto declara IMPROCEDENTE la nulidad deducida por la parte demandada.03105-2009-3-1706-JR-CI-03, Manuel Celestino Campos Frías/Municipalidad Provincial de Chiclayo. CONFIRMARON El .auto (resolución número treinta y dos) de fecha veinte de agosto del dos mil quince, que IMPONE MULTA a la demandada equivalente a dos unidades de referencia procesal.0 0 3 7 3 - 2 0 1 3 - 4 5 - 1 7 0 6 - J R - F C - 0 4 , Gaby ‘Mariza Hidalgo Mendoza/Daniel Augusto Llontop Delgado. Indemnización. CONFIRMARON el auto (resolución número veintiuno), de fecha dieciséis de octubre del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la nulidad de la resolución número dieciocho deducida por la demandante.01968-2007-69-1706-JR-CI-06, Blanca Delicia Mundaca Gastelumendi/Gobierno Provincial de Chiclayo. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el Auto ( Resolución Número cincuenta y ocho), de fecha once de setiembre del año dos mil quince, que IMPONE UNA MULTA DE OCHO UNIDADES DE REFERENCIA PROCESAL, a la demandada Municipalidad Provincial de Chiclayo, en efectividad del apercibimiento decretado en la resolución número cincuenta y siete.0140-2011-0-1714-JM-CI-01, Ismael Temoche Martínez/Juan Antonio Mendoza Campos. Reivindicación. CONFIRMARON el auto (resolución número veintisiete), de fecha quince de setiembre del año dos mil quince, que declara INFUNDADA la nulidad deducida, con lo demás que contiene.0 3 1 5 5 - 2 0 Í 1 - 9 0 - 1 7 0 6 - J R - C I - G 1 , César Augusto Vásquez Merino/María Artemia Muro Barboza de Montenegro. Cumplimiento de Contrato. CONFIRMARON el auto (resolución número diez) de fecha veinticinco de setiembre del dos mil quince, que declara INFUNDADA la nulidad por la parte demandada.03844-2011-2-1706-JR-CI-03, Roberto Mestanza Mendo/ONP. Indemnización. CONFIRMARON el auto (resolución número cuatro) de fecha veintiséis de marzo del dos mil quince, que declara FUNDADA la excepción de prescripción extintiva deducida por la parte demandada; en consecuencia, declara nulo todo lo actuado y por concluido el proceso.0325-2009-92-1706-JR-CI-02, Julio Emilio Atalaya Vilchez/ONP. Proceso de Amparo. CONFIRMARON el auto (resolución número cuarenta y cinco) de fecha veintiuno de diciembre del dos mil quince, que hace EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO decretados con las resoluciones número treinta y siete, cuarenta y uno, cuarenta y dos y cuarenta y cuatro e IMPONE MULTA a la demandada equivalente a dos unidades de referencia procesal.0756-2008-12-1706-JR-CI-07, Juan Francisco García/ONP. Impugnación de

Resolución Administrativa. Declararon NULO el Auto (resolución número setenta y uno), de fecha veintiuno de noviembre del año dos mil catorce, que resuelve declarar INFUNDADAS las observaciones formuladas; debiendo el A quo expedir nueva resolución teniendo en cuenta lo señalado en la presente.Q0979-2013-0-1706-JR-FC-02, Víctor Francisco Santamaría Damián/Rosa Marisol .odríguez Renilla. Divorcio. APROBARON: la consulta efectuada por el Juez del Cuarto Juzgado de Familia de Chiclayo mediante resolución número diecisiete de fecha diez de diciembre del año dos mil quince; en consecuencia, DISPUSIERON que el proceso sea devuelto al Segundo Juzgado de Familia de Chiclayo para los fines consiguiente; y devuélvase lo actuado para el cumplimiento de la presente.0 0 2 8 8 - 2 0 1 5 - 5 2 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 1 , Consorcio Ciudad Eten / Municipalidad Distrital de Ciudad de Eten. Ejecución de Resolución Administrativa. REVOCARON la resolución número cuatro, del veintisiete de agosto del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE el pedido de corrección de la resolución número dos, del treinta de abril del dos mil quince, solicitada por la demandante; y, REFORMÁNDOLA declararon FUNDADA dicha corrección ordenaron que el Juez de la causa emita una resolución conformes a las consideraciones expuestas.,0 7 5 5 2 - 2 0 0 6 - 1 0 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 2 , Tercería Fiscalía Provincial Civil de Chiclayo / Gobierno Provincial de Chiclayo. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON la resolución número cien, Oel siete de octubre del año dos mil quince, que dispone HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado en la resolución número noventa y ocho del veinticuatro de agosto del año dos mil quince; en consecuencia,INCREMENTA la multa a dieciséis unidades de referencia procesal (16 URP), la cual debe abonar a favor del Poder Judicial.03867-20080-1706-JR-CI-ll, Carlos Juárez García / ONP. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON la resolución número veintisiete, del veintiuno de octubre del año dos mil quince, que declara infundada la observación formulada por el Abogado del demandante, al Informe Pericial N°0581-2015- DRL/ PJ emitida por e! perito revisor del Departamento de Liquidaciones; CORRIGIERON dicha resolución en la parte que desaprueba el INFORME Pericial N° 0581-2015-DRL/PJ y ordenar remitir al Departamento de Revisiones y Liquidaciones para que liquide devengados conforme a lo señalado en la presente resolución, debiéndose entender que de desaprueba el Informe N° 0614 -2012-DRL/PJ, y sin objeto de remitir al Departamento de Revisiones y Liquidaciones.00351-2014-61-1707-JM-CI-01, María Ésther Piscoya Baquedano/ONP. Habeas Data. CONFIRMARON la resolución número nueve, del once de agosto de dos mil quince, que resuelve regular los costos procesales en la suma de mil ochocientos nuevos soles, rnás el cinco por cierto a favor del Colegio de Abogados de Lambayeque, con lo demás que contiene.01121-2012-3-1706-JR-CI-07, Juan Manuel Morales Cháñame/ONP. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número ocho, del diecisiete de noviembre del año dos mil quince, que hace EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO decretado en la resolución número seis, del ocho de Julio del año dos mil quince; con lo demás que contiene.0 1 4 4 0 - 2 0 0 6 - 3 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 1 , Petronüe Palacios viuda de Delgado/ONP. Impugnación de Resolución Administrativa. • CONFIRMARON la resolución número cincuenta y uno Del veintitrés de septiembre del año dos mil quine, que impone a la demandada multa de Dos unidades de referencia procesal (02 URP); con lo demás que contiene.04382-2014-32-1706-JR-CI-03, Alcalde del Distrito de Picci y otro/Director de la empresa EPSEL. Medida cautelar de no innovar fuera del proceso.

CONFIRMARON la resolución número tres, del veintitrés de diciembre del dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de no innovar fuera de proceso presentada por José Gonzales Ramírez y Alfredo Díaz Barturén, en sus calidades de alcaldes de los distritos de Pimentel y Picci.02091-2015-37-1706-JR-CI-02, Juan Luis Lumbreras Campodónico y otros/Stotiabank Perú S.A.A. Indemnización. CONFIRMARON la resolución número uno, de eintiuno de octubre del dos mil quince, en el extremo que resuelve declarar NFUNDADA la excepción de oscuridad o ambigüedad en el modo de proponer la demanda; IMPROCEDENTES el pedido de falta de interés para obrar de los demandantes, así como, la acumulación; indebida de pretensiones, presentadas por la demandada Scotiabank Perú S.A.A. e infundada la excepción de prescripción extintiva interpuesta por Servicios de Cobranzas e Inversiones SAC - SCI; y declaró saneado el proceso y, por ende, la existencia de una relación jurídico procesal válida. REVOCARON la resolución en el extremo de declarar infundada la excepción de falta de legitimidad pasiva del demandado Scotiabank Per{u S.A.A. ; Y, REFORMÁNDOLA dispusieron declarar FUNDADA la excepción de falto de legitimidad pasiva del demandado Scotiabank Perú S.A.A. y, por consiguiente la exclusión del rederido demandado del presente proceso, prosiguiéndose solo contra Servicios de Cobranzas e Inversiones SAC - SCI.00264-2013-47-1708-JM-CI-01, José Domingo Quiñones Castro/Corte Superior de Justicia de Lambayeque y otro. Proceso de Amparo - Cuaderno de Queja. Declararon INFUNDADO el recurso de queja contra la resolución número nueve del catorce de julio de! dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE el recurso de apelación en contra de la resolución número ocho, del catorce de mayo del dos mil quince.02168-2011-95-1706-JR-CI-02, Ladislao Coronado Becerra/Profuturo AFP y otro. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número treinta y dos, de fecha veintiséis de octubre del año dos mil quince, que hace efectivo apercibimiento dispuesto en la resolución número veintiocho, e impone a la demandada una multa equivalente a dos unidades de referencia procesal.Con los señores: Silva Muñoz, Pisfil Cápuñay y Salazar Fernández, vieron y votaron:03400-2012-0-1706-JR-FC-04, Liliana Elizabeth Chumpén Zamora / Wilter Roger Herbach Pinedo. Divorcio por Causal. APROBARON la sentencia consultada contenida en la resolución número quince, de fecha veintidós de setiembre del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda sbre divorcio por causal de separación de hecho.EDUARDO ENRIQUE SALAZAR FERNANDEZJUEZ SUPERIOR SSEC CSJLAMARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZRELATORA SSEC CSJLACARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZRELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA VEINTIUNO DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Salazar Fernández, vieron y votaron:01387-2016-46-1706-JR-FP-02, Olivia Collantes López y otra/A. L F. J. Infracción contra El patrimonio - hurto agravado. CONFIRMARON el auto (resolución número uno) de fecha veinticuatro de febrero del año dos mil dieciséis, corregido por resolución número dos, de fecha ocho de marzo del mismo año, en el extremo que ordena el internamiento preventivo del menos A.L.F.J.01853-2014-25-1706-JR-CI-01, Carlos Antonio Valderrama Rivasplata/Red Asistencial Lambayeque de ESSALUD. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON el acto (resolución número diez) de fecha veintidós

Page 12: PRECIO POR PALABRA: PRECIO POPORPR … · PRECIO POR PALABRA: PRECIO POPORPR PRRPPALAALAABRABBRRRARA: 0.025 INCLUDO IGV000.00.002525 225 INCIINNCNLUDLULDOIO IOIGVGV CRÓNICA JUDICIALCRCRCR

Chiclayo, miércoles 28 de diciembre del 201612 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

de octubre del año dos mil quince, que requiere a la Gerencia de la Red Asistencial de Lambayeque cumpla con lo dispuesto en la Resolución N°05903-2012-SERVIR/TSC, BAJO APERCIBIMIENTO de multa compulsiva y progresiva.Con los señores: Zamora Pedemonte Y Silva Muñoz, vieron y votaron en mayoría:04098-2014-0-1706-JR-CI-06, Cristhian Guerrero Cruzado/Municipalidad Provincial de Chiclayo. REVOCARON la resolución número tres, de fecha once de agosto del dos mil quince, que remite los actuados al Juzgado de Trabajo de turno de la nueva ley laboral; reformándola, declararon IMPROCEDENTE la excepción indicada, dispusieron que la A quo continúe con el Estado del Proceso.EDUARDO ENRIQUE SALAZAR FERNANDEZJUEZ SUPERIOR SSEC CSJLAMARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZRELATORA SSEC CSJLACARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZRELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA VEINTIDÓS DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Terán Arrunátegui vieron y votaron:084-2015-0-1706-SP-CI-02, Amado Elíseo Rodríguez Monteza/Comercial Giamper SAC y otro. Anulación de Laudo Arbitral. Declara IMPROCEDENTE la excepción de caducidad e INFUNDADA la excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa, deducidas por la demanda. Asimismo, Declara INFUNDADA la demanda interpuesta por Procurador del Gobierno Regional de Lambayeque, sobre declaración de nulidad de laudo arbitral de fecha doce de enero del año dos mil quince emitido por el Arbitro único, Pedro Alvarado Guerrero; ARCHIVÁNDOSE definitivamente lo actuado consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución.02054-2014-0-1706-JR-CI-07, Domingo Benavides Campos/Gerencia Regional de Educación de Lambayeque y otro. Proceso de Amparo. DECLARARON NULO el Auto (resolución número diecisiete), de fecha veintiséis de agosto del año dos mil quince que declara IMPROCEDENTE el pedido de ¡nejecutabilidad de la resolución número dieciséis, ORDENARON que la Juez de Primera Instancia emita nueva resolución.Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Salazar Fernández vieron y votaron:01479-2014-98-1706-1706-JR-CI-02, Sabina Burgos viuda de Acuña/ONP. Habeas Data. CONFIRMARON la resolución número trece, Del seis de noviembre Del dos mil quince, que resuelve REGULAR los costos procesales en la suma de quinientos nuevos soles más el cinco por ciento a favor (Jel Colegio de Abogados de Lambayeque, con lo demás que contiene.EDUARDO ENRIQUE SALAZAR FERNANDEZJUEZ SUPERIOR SSEC CSJLAMARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZRELATORA SSEC CSJLACARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZRELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL VEINTIOCHO DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS Con los señores Zamora Pedemonte, Pisfil Capuñay y Salazar Fernández, vieron y votaron;06209-2007-5-1706-JR-CI-02, Sabino León Sánchez/Municipalidad Provincial de Chiclayo. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON la resolución número cincuenta y siete, del catorce de octubre del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la solicitud de devolución de dinej-o efectuada por la demanda; con lo demás que contiene.EDUARDO ENRIQUE SALAZAR FERNANDEZ

JUEZ SUPERIOR SSEC CSJLAMARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZRELATORA SSEC CSJLACARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZRELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL TREINTA Y UNO DE MARZO DELDOS MIL DIECISEISCon los señores: Zamora Pedemonte, Sí!’-a Muñoz y Salazar Fernández vieron y votaron:04034-2010-1706-JR-FC-01, José Elíseo Portilla Alquizar / Emilia Gómez Quezada. Divorcio por Causal. APROBARON la sentencia consultada (Resolución número veinticinco) de fecha veintitrés de octubre del dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho.04094-2013-0-1706-JR-FT-04, Cuarta Fiscalía de Familia / Marco Antonio Alayo Díaz y otro. Violencia Familiar. Declararon NULA la sentencia (resolución número diez) de fecha seis de Agosto del año dos mil quince, que declara FUNDADA EN PARTE la demanda; ORDENARON, que el Juez de la Causa expida a la brevedad, nueva resolución conforme a Ley.04168-2011-0-1706-JR-FC-01, Shirley Sadith Córdova García / Iván Ernesto Coronado Delgado. Divorcio por Causal. APRONARON la sentencia consultada que declara fundada la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho.0800-2012-0-1714-JM-FC-01, Fiscalía Provincial Mixta del Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz / Felipe Huamanta Morales. Violencia Familiar. APROBARON la sentencia consultada (resolución número doce) de fecha dieciocho de agosto del dos rnil quince, que declara FUNDADA de violencia familiar. 0477-2014-01707-JM-FC-01, Fiscal de la Fiscalía Provincial Mixta de Ferreñafe / Sonia del Pilar Recuenco Huaman y otros. Violencia Familiar. CONFIRMARON la sentencia (resolución número cuatro) de fecha uno de abril del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda sobre Violencia Familiar en su modalidad de Maltrato Psicológico en contra de demandado en agravio de su ex suegra Lucila Yovera Siesquen y otro; con lo demás que contiene.0 7 7 8 - 2 0 0 8 - 0 - 1 7 1 4 - J M - F C - 0 1 , Fiscal Mixta de José Leonardo Ortiz/Luis Armando Litano Durand y otra. Violencia Familiar. APROBARON la sentencia (resolución número trece) de fecha cuatro de setiembre del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda, declara la existencia de violencia familiar en su modalidad de maltrato físico; con lo demás que contiene.6801-2008-0-1706-JR-CI-07, Lucy Améry Fiestas de Rabanal / Walter Bernal Neyra. Nulidad de Acto Jurídico. CONFIRMARON la sentencia (resolución número cuarenta y tres) de fecha veintidós de junio del-dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda.0594-2011-0-1714-JR-FC-01, Fiscalía Mixta de José Leonardo Ortiz/Juan Carlos aldéra Morales. Violencia Familiar. APROBARON la sentencia (resolución número ínce) de fecha dos de setiembre del dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda Je violencia familiar.03146-2011-0-1706-JR-CI-03, Esperanza Bravo Dávila y otro/Asociación de Propietarios de la ciudad del Chofer Profesional de Chiclayo y otro. Nulidad de Acto Jurídico. Declararon NULA la sentencia (resolución número trece) de fecha veinticuatro de julio del año dos mil quince, que declara FUNDADA EN PARTE la demanda; ORDENARON que el A quo, expida a la brevedad nueva resolución conforme a ley. 02571-2013-0-1706-JR-FC-03, Ornar Edhho Cabrera Céspedes / Víctor Manuel Sánchez Izquierdo y otro. Adopción. APROBARON la sentencia (resolución número veintiuno) de fecha doce de agosto del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda, sobre

adopción de menor; en consecuencia DECLARA LA ADOPCIÓN irrevocable del menor, quien en adelante es hijo adoptivo del demandante; ORDENARON se extienda la correspondiente partida de nacimiento del niño. 079-2014-0-1708-JM-FC-01, Marco Antonio Adanaqué Callirgos / Diana Ricardina Cruz Sausa. Régimen de Visitas. CONFIRMARON la sentencia (resolución número siete) de fecha siete de setiembre del año dos mil quince, que declara FUNDADA en parte la demanda sobre RÉGIMEN DE VISITAS, con lo demás que contiene, debiendo tenerse en cuenta la intervención de la Asistenta Social en la primera visita o la que corresponda. Consentida o ejecutoriada que ¿ea esta sentencia.00661-2013-01706-JR-FT-01, Primera fiscalía Provincial de Chiclayo / Jorge Martin Saucedo Quiliche. CONFIRMARON la sentencia (resolución número nueve) de fecha veintiséis de junio del dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda, sobre Violencia Familiar en la figura de maltrato psicológico.01330-2014-0-1706-JR-CI-07, Juan del Carmen Acosta Cajusol / ONP. Proceso de Amparo. REVOCARON la sentencia, de fecha trinta y uno de agosto de dos mil quince, que declara FUNDADA EN PARTE la demanda de amparo; REFORMÁNDOLA, declarron IMPROCEDENTE la demanda.02365-2013-0-1706-JR-FC-03, Jaime Fernando Sámame Puelles / María Ysabel Briones Marin. Divorcio por Causal. DESAPROBARON la consulta de la sentencia .(resolución número catorce) del veintiuno de setiembre del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda de Divorcio por la causal de Separación de Hecho, con fecha veinticinco de enero del año de mil novecientos noventa y siete en la Municipalidad Distrital de Zana; en consecuencia, declararon NULA la indicada resolución; ORDENARON que la Juez de Primera Instancia emita nueva decisión debidamente fundamentada respecto de la indemnización reconvenida. 03073-2012-0-1706-JR-FC-01, María Clorinda Núñez Gonzáles / Celso Cieza Díaz. Interdicción Civil. APROBARON la sentencia (resolución número dieciséis) de fecha veinte de abril del dos mil quince, que declara fundada la demanda; en consecuencia, declara interdicto a don Félix Antenor Cieza Núñez, nombrando como curadora a doña María Clorinda Núñez Gonzáles.00779-2014-0-1706-JR-CI-07, Jorge Valentín Mendoza Chimpen y otra / N & M Inversiones S.A.C. Aclaración o rectificación de escritura pública. CONFIRMARON la sentencia (resolución número ocho) de fecha treinta y uno de agosto del dos mil quince, que declara INFUNDADA la demanda. SIN OBJETO emitir pronunciamiento respecto de las apelaciones diferidas de las resoluciones número cuatro y seis. 03450-2014-0-1706-JR-FT-04, Cuarta Fiscalía de Familia de Chiclayo/ Franco Francisco Rojas Rodríguez. Violencia Familiar. CONFIRMARON la sentencia (resolución número tres) de fecha uno de setiembre del dos mil quince, que declara fundada la demanda interpuesta contra Franco Rojas Rodríguez, en calidad de sustituto procesal d/üsset Irene Guevara Bernal, con lo demás que contiene.00014-201S-0-1712-JM-CI-01, Rita Elizabet Barboza Arévalo/Municipalidad íistrital de Nueva Arica. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia (resolución /número doce) de fecha diez de agosto del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda de amparo.02364-2014-0-1706-JR-FC-01, Tealdo Salvador Huamán Quevedo/Yolanda León Veliz Santisteban. Divorcio por Causal. APROBARON la consulta de la sentencia (resolución número once) de fecha dos de octubre del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda sobre Divorcio por la Causal de Separación de Hecho; en consecuencia declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, debiendo precisarse que I adjudicación preferente del bien se materializará concluida que sea la liquidación de la sociedad de

gananciales. En consecuencia, consentida o ejecutoriada que sea la presente.00309-2007-0-1714-JM-FC-01, Fiscalía Provincial Mixta de José Leonardo Ortiz / Edilberto Delgado Sobrado. Violencia Familiar. APROBARON la sentencia (resolución número veintiuno), de fecha once de agosto del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda, en consecuencia, declara la EXISTENCIA DE VIOLENCIA FAMILIAR en su modalidad de maltrato psicológico y físico de parte del demandado, disponiéndose medidas de protección; con lo demás que contiene. 03573-2013-0-1706-JR-CI-03, Gladys Isabel Echeandía Cossío / ONP. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia (resolución número cinco) de fecha veintidós de septiembre del año dos mil quince, quí; declara IMPROCEDENTE la demanda de amparo.00788-2011-0-1714-JM-FC-01, Fiscalía Provincial Mixta de José Leonardo Ortiz / Nelson Segundo Tantarico Reyes. Violencia Familiar. APROBARON la sentencia (resolución número catorce) de fecha seis de agosto del dos mil quince, que declara fundada la demanda, en consecuencia, .declara la EXISTENCIA DE VIOLENCIA FAMILIAR en su modalidad de maltrato físico y psicológico de parte Del demandado en agravio de Rosa Hilda Reyes Huamán; disponiéndose medidas de protección; y los devolvieron; notifíquese.02388-2014-0-1706-JR-CI-01, Santos Hilario Tantarico Huamán / Gerencia Regional de Educación de Lambayeque y otro. Proceso de Amparo. REVOCARON la ntencia (resolución número cinco) de fecha siete de agosto del año dos mil quince, ‘que declara INFUNDADA la demanda; y, REFORMÁNDOLA declararon IMPROCEDENTE la indicada demanda.01584-2015-0-1706-JR-CI-04, Juan Ricardo Heredia Clavo y otro / Gerencia j Regional de Educación y otro. Habeas Data. CONFIRMARON la sentencia (resolución número tres) de fecha nueve de octubre del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda.00228-2009-0-1708-JM-CI-01, Lennart Erwing Ernesto Zoeger Barandiarán / orberto Gonzales Fiestas y otro. Nulidad de Acto Jurídico. DECLARARON NULA la sentencia (resolución numero dieciocho), cié fecha veinte de mayo del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda; debiendo el juzgador del primer grado emitir nueva sentencia teniendo en cuenta lo señalado. Consentida o ejecutoriada que sea esta sentencia, DEVUÉLVASE al juzgado de origen para su cumplimiento.01902-2014-0-1706-JR-CI-05, María 6sther Quiroz Castillo / Ministerio de Educación y otros. Proceso de Amparo. REVOCARON la sentencia (resolución número cinco) de fecha tres de marzo del año dos mil quince, que declara INFUNDADA la demanda; y, REFORMÁNDOLA la declararon IMPROCEDENTE.00341-2014-0-1707-JM-CI-01, José del Carmen Cortez Fernández y otro/ Walter Gaspar Miranda y otra. Otorgamiento de escritura pública. CONFIRMARON la sentencia (resolución número seis), de fecha doce de marzo del año dos mil quince, que declara FU/iDADA la demanda. DEVUÉLVASE lo actuado para su cumplimiento.01965-2015-0-1706-JR-CI-02, Federico Antonio Gonzales Odar / Tercera Fiscalía rovincial Penal Corporativa de Chiclayo, Proceso de Amparo. CONFIRMARON la «ntencia (resolución número seis) del 30 “de setiembre del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda.01667-2016-32-1706-JR-FP-03, Ricardo Anderson Ortiz Chalan. Infracción contra el patrimonio - robo agravado. CONFIRMARON el auto (Resolución número uno) de fecha siete de marzo del dos dieciséis, en el extremo que ordena el internamiento preventivo del Menor infractor.0 7 9 1 4 - 2 0 0 8 - 4 5 - 1 7 0 6 - J R - C I - 1 0 , Esposoría Acosta Lisboa / ONP. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número cuarenta y cinco, de

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13Chiclayo, miércoles 28 de diciembre del 2016PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

fecha once de enero del dos mil dieciséis, que DESAPRUEBA la liquidación de devengados e intereses presentada y requiere a la demandada- para que cumpla con presentar nueva liquidación de devengados e intereses legales.02637-2015-0—1706-JJR-CI-06, maría -Mercedes Morales Ávila / Gerente de la Red Asistencial de Lambayeque. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la resolución número uno de fecha doce de octubre del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda.00615-2015-0-1706-JR-CI-07, Vilma Meléndez Chávez / José Adán Salazar Mejía y otros. Nulidad de Acto Jurídico. CONFIRMARON el auto (resolución número tres) de fecha veinte de julio del dos mil quince, que rechaza la demanda.0 6 0 5 6 - 2 0 0 5 - 2 3 - 1 2 7 0 6 - J R - C I -01, Daniel Cruzalegui Cholan / ONP. Impugnación de resolución administrativa. CONFIRMARON el auto (resolución número cuarenta y siete) de fecha veintidós de setiembre del do> mil quince, que impone MULTA a la demandada.02048-2003-0-1706-JR-CI-03, Asunción Risco de Albujar / ONP. Proceso de Amparo. CONFIRMARON el auto (resolución número treinta y siete) de fecha trece de julio del año dos mil quince, que APRUEBA el informe pericial N°0117-2014-DRLL-PJ y requiere a la demanda acredite el pago al demandante.02471-2015-0-1706-JR-CI-01, Gerardp Romero Huamán / Red Asistencial Lambayeque de Essalud. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON el auto (resolución número uno) de fecha veintidós de setiembre del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda.0 4 3 1 4 - 2 0 1 4 - 4 0 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 5 , Natividad Cabrejos Panta / Essalud. Proceso de Amparo. CONFIRMARON el auto (resolución número dos) de fecha veinticuatro de marzo del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la medida cautelar ¡nnovativa.O1715-2O15-0-17O6-JR-CI-01, Henry Fernando Sausa Montenegro / Empres Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número tres, de fecha veintiséis de octubre del año dos mil quince, en el extremo que declara FUNDADA la excepción de incompetencia por laatería deducida por la recurrente. 04935-2007-59-1706-JR-CI-02, José Dolores Saldaña Díaz, Municipalidad Provincial de Chiclayo. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON el auto (resolución número ochenta y siete) de fecha veintitrés de octubre del dos mil quince, que impone multa al Centro de Gestión Tributaria equivalente a tres unidades de referencia procesal.02246-2015-0-1706-JR-CI-04, José Cruz Ojeda Esteves/ONP. Proceso de Amparo, Declararon NULO El auto (resolución número uno) de fecha treinta de setiembre del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE in limine la demanda de amparo; ORDARON que el A quo emita nueva resolución teniendo en cuenta lo expuesto.0 2 8 2 5 - 2 0 0 8 - 0 - 1 7 0 6 - 3 R - C I - 1 1 , Humberto Diaz Bravo/Municipalidad Provincial de Chiclayo.Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (resolución número cuarenta y tres) de fecha nueve de octubre del dos mil quince, que declara INFUNDADA la oposición a la variación de embargo en forma de retención ordenado por la resolución número treinta y cinco, presentada por la demandada. 06067-2009-66-1706-JR-CI-01, Héctor Gonzales Huanambal/ ONP. Proceso de paro. CONFIRMARON el auto (resolución número veinticuatro) de fecha dieciséis deetiembre del dos mil quince, que declara FUNDADA la observación formulada por la ‘demandante contra la Resolución N I 0 0 0 1 4 8 9 9 - 2 0 1 1 - O N P / D P R . S C /DL19990, y requiere a la demandada que emita nueva resolución calculando la pensión de jubilación del accionante.03679-2001-0-1706-JR-CI-07, Josefina Rojas García y otros/ Carlos Antonio Rojas

Santisteban y otro. División y Partición. Declararon NULO el auto (resolución número trescientos dieciocho) de fecha treinta de .abril del año dos mil quince, que resuelve CARCE DE OBJETO emitir nuevo pronunciamiento respecto a la declaratoria de nulidad de la resolución número ciento ochenta y cinco. Declarar IMPROCEDENTE el pedido efectuado por la Empresa Ñor Oeste S.A.. respecto de la restitución del inmueble ubicado en la esquina formada por las avenidas Santiago Luis Gonzales y Augusto B. Leguía de la manzana A de la Urbanización San Lorenzo, signado con los números novecientos cincuenta y uno-novecientos cincuenta y seis - Chiclayo; debiendo el A quo expedir nueva resolución teniendo en cuenta lo señalado en la presente. 00446-2015-31-1706-3R-CI-04, Marilyn Yceli Soifer Ramírez / Municipalidad Provincial de Chiclayo. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número uno,de fecha veinte de agosto Del año dos mil quince, que declara improcedente la solicitud de medida cautelar formulada por la demandante.01322-2015-57-1706-JR-CI-04, María Cecilia Malea Ñañez / César Ñañez Quiroz y otra. Nulidad de Escritura Pública. CONFIRMARON el auto (resolución número cuatro) de fecha veinte de agosto del dos mil quince, que declara la nulidad de la resolución admisoria, número uno, de fecha veintiséis de junio del dos mil quince. 07116-2013-43-1706-JR-LA-07, Hilda Carolina de Lourdes Mejía Ugaz/gerente regional de agricultura de Lambayeque. Indemnización (cuaderno de Excepciones). CONFIRMARON el auto (resolución número dos) de fecha tres de marzo del año dos mil quince, que declara FUNDADA la excepción de prescripción extintiva, deducida por el demandado; declara NULO LO ACTUADO y por concluido el proceso. 00780-2014-0-1706-JR-CO-08, Scotiabank Perú S.A.A. / Heber Cruzado Balcazar. Ejecución de Garantías Reales. CONFIRMARON el auto (resolución número seis) de fecha veintiocho de agosto del dos mil quince, que resuelve declarar INFUNDADA la contradicción propuesta por el coejecutado, sustentada en la causal de inexigibilidad de la obligación; en consecuencia, se dispone sacar a remate el bien inmueble. 01255-2007-0-1706-JR-CI-09, José Javier Benites Lindo / Procurador Público del Ministerio de Interior. Indemnización. CONFIRMARON el auto (resolución número cuarenta y seis), de fecha veinte de enero del año dos mil quince, que declara INFUNDADA la observación que efectúa la parte demandada al INFORME PERICIAL número 0863-2014-DRL/PJ, de fecha diecinueve de setiembre del año dos mil catorce, APRUEBA dicho informe y REQUIERE a la entidad demandada cumpla con pagar dicho monto.07075-2005-36-1706-JR-CI-03, María Paula Zapata viuda de Aquino / ONP. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número cuarenta y cinco, de fecha veinticinco de mayo del año dos mil quince, eri el extremo que declara INFUNDADA la observación formulada por la parte demanijante, en consecuencia, aprueba el Informe Pericial N°0152-2015-DRL-COB/PJ; REVOCARON el extremo que dispone autorizar a la entidad demandada para que efectúe el descuento equivalente al veinte por ciento sobre la pensión de viudez para la actora con concepto de pago en exceso de interés legal de su causante hasta cubrir la suma .ce seis mil setecientos ochenta con 40/100 nuevos soles; reformándola, declararon IMPROCEDENTE dicho extremo. 0091-2015-0-1714-JM-CI-01, Luis Andrés Aspillaga Chapoñan / Marina Chapoñan Paredes y otras. Interdicción. Declararon NULA la resolución número tres ( folios cincuenta y ocho) de fecha cuatro de junio del año dos mil quince, que rechaza la demanda; debiendo el Juez volver a calificar la demar/da teniendo como antecedente lo que requirió en el auto número uno.0139-2015-1706-JR-CI-06, José Edilberto Flores feivera / Municipalidad Distrital de Pomalca. Proceso de Amparo.

REVOCARON la resolución número cinco, de fecha uno de julio del año dos mil quince, que declara FUNDADA la excepción de incompetencia por razón de la materia deducida por la demandada; Reformándola, declararon INFUNDADA la indicada excepción; debiendo la A/qjuo continuar con la tramitación de la presente según su estado.0 6 0 5 6 - 2 0 0 5 - 2 3 - 1 2 7 0 6 - J R - C I -01, Daniel Cruzalegui Cholan / ONP. Impugnación de resolución administrativa. CONFIRMARON el auto (resolución número cuarenta y siete) de fecha veintidós de setiembre del do> mil quince, que impone MULTA a la demandada.02048-2003-0-1706-JR-CI-03, Asunción Risco de Albujar / ONP. Proceso de Amparo. CONFIRMARON el auto (resolución número treinta y siete) de fecha trece de julio del año dos mil quince, que APRUEBA el informe pericial N°0117-2014-DRLL-PJ y requiere a la demanda acredite el pago al demandante.02471-2015-0-1706-JR-CI-01, Gerardp Romero Huamán / Red Asistencial Lambayeque de Essalud. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON el auto (resolución número uno) de fecha veintidós de setiembre del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda.0 4 3 1 4 - 2 0 1 4 - 4 0 - 1 7 0 6 - J R - C I - 0 5 , Natividad Cabrejos Panta / Essalud. Proceso de Amparo. CONFIRMARON el auto (resolución número dos) de fecha veinticuatro de marzo del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la medida cautelar ¡nnovativa.O1715-2O15-0-17O6-JR-CI-01, Henry Fernando Sausa Montenegro / Empres Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número tres, de fecha veintiséis de octubre del año dos mil quince, en el extremo que declara FUNDADA la excepción de incompetencia por la matería deducida por la recurrente. 04935-2007-59-1706-JR-CI-02, José Dolores Saldaña Díaz, Municipalidad Provincial de Chiclayo. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON el auto (resolución número ochenta y siete) de fecha veintitrés de octubre del dos mil quince, que impone multa al Centro de Gestión Tributaria equivalente a tres unidades de referencia procesal. 02246-2015-0-1706-JR-CI-04, José Cruz Ojeda Esteves/ONP. Proceso de Amparo, Declararon NULO El auto (resolución número uno) de fecha treinta de setiembre del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE in limine la demanda de amparo; ORDARON que el A quo emita nueva resolución teniendo en cuenta lo expuesto. 02825-2008-0-1706-3R-CI-11, Humberto Diaz Bravo / Municipalidad Provincial de Chiclayo. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (resolución número cuarenta y tres) de fecha nueve de octubre del dos mil quince, que declara INFUNDADA la oposición a la variación de embargo en forma de retención ordenado por la resolución número treinta y cinco, presentada por la demandada. 06067-2009-66-1706-JR-CI-01, Héctor Gonzales Huanambal / ONP. Proceso de paro. CONFIRMARON el auto (resolución número veinticuatro) de fecha dieciséis de setiembre del dos mil quince, que declara FUNDADA la observación formulada por la ‘demandante contra la Resolución NI00014899-2011-ONP/DPR.SC/DL19990, y requiere a la demandada que emita nueva resolución calculando la pensión de jubilación del accionante.03679-2001-0-1706-JR-CI-07, Josefina Rojas García y otros / Carlos Antonio Rojas Santisteban y otro. División y Partición. Declararon NULO el auto (resolución número trescientos dieciocho) de fecha treinta de .abril del año dos mil quince, que resuelve CARCE DE OBJETO emitir nuevo pronunciamiento respecto a la declaratoria de nulidad de la resolución número ciento ochenta y cinco. Declarar IMPROCEDENTE el pedido efectuado por la Empresa Ñor Oeste S.A.. respecto de la restitución del inmueble

ubicado en la esquina formada por las avenidas Santiago Luis Gonzales y Augusto B. Leguía de la manzana A de la Urbanización San Lorenzo, signado con los números novecientos cincuenta y uno-novecientos cincuenta y seis - Chiclayo; debiendo el A quo expedir nueva resolución teniendo en cuenta lo señalado en la presente. 00446-2015-31-1706-3R-CI-04, Marilyn Yceli Soifer Ramírez / Municipalidad Provincial de Chiclayo. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número uno,de fecha veinte de agosto Del año dos mil quince, que declara improcedente la solicitud de medida cautelar formulada por la demandante.01322-2015-57-1706-JR-CI-04, María Cecilia Malea Ñañez / César Ñañez Quiroz y otra. Nulidad de Escritura Pública. CONFIRMARON el auto (resolución número cuatro) de fecha veinte de agosto del dos mil quince, que declara la nulidad de la resolución admisoria, número uno, de fecha veintiséis de junio del dos mil quince. 07116-2013-43-1706-JR-LA-07, Hilda Carolina de Lourdes Mejía Ugaz/gerente regional de agricultura de Lambayeque. Indemnización (cuaderno de Excepciones). CONFIRMARON el auto (resolución número dos) de fecha tres de marzo del año dos mil quince, que declara FUNDADA la excepción de prescripción extintiva, deducida por el demandado; declara NULO LO ACTUADO y por concluido el proceso. 00780-2014-0-1706-JR-CO-08, Scotiabank Perú S.A.A. / Heber Cruzado Balcazar. Ejecución de Garantías Reales. CONFIRMARON el auto (resolución número seis) de fecha veintiocho de agosto del dos mil quince, que resuelve declarar INFUNDADA la contradicción propuesta por el coejecutado, sustentada en la causal de inexigibilidad de la obligación; en consecuencia, se dispone sacar a remate el bien inmueble. 01255-2007-0-1706-JR-CI-09, José Javier Benites Lindo / Procurador Público del Ministerio de Interior. Indemnización. CONFIRMARON el auto (resolución número cuarenta y seis), de fecha veinte de enero del año dos mil quince, que declara INFUNDADA la observación que efectúa la parte demandada al INFORME PERICIAL número 0863-2014-DRL/PJ, de fecha diecinueve de setiembre del año dos mil catorce, APRUEBA dicho informe y REQUIERE a la entidad demandada cumpla con pagar dicho monto.07075-2005-36-1706-JR-CI-03, María Paula Zapata viuda de Aquino / ONP. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número cuarenta y cinco, de fecha veinticinco de mayo del año dos mil quince, eri el extremo que declara INFUNDADA la observación formulada por la parte demanijante, en consecuencia, aprueba el Informe Pericial N°0152-2015-DRL-COB/PJ; REVOCARON el extremo que dispone autorizar a la entidad demandada para que efectúe el descuento equivalente al veinte por ciento sobre la pensión de viudez para la actora con concepto de pago en exceso de interés legal de su causante hasta cubrir la suma .ce seis mil setecientos ochenta con 40/100 nuevos soles; reformándola, declararon IMPROCEDENTE dicho extremo. 0091-2015-0-1714-JM-CI-01, Luis Andrés Aspillaga Chapoñan / Marina Chapoñan Paredes y otras. Interdicción. Declararon NULA la resolución número tres ( folios cincuenta y ocho) de fecha cuatro de junio del año dos mil quince, que rechaza la demanda; debiendo el Juez volver a calificar la demar/da teniendo como antecedente lo que requirió en el auto número uno.0139-2015-1706-JR-CI-06,José Edilberto Flores feivera / Municipalidad Distrital de Pomalca. Proceso de Amparo. REVOCARON la resolución número cinco, de fecha uno de julio del año dos mil quince, que declara FUNDADA la excepción de incompetencia por razón de la materia deducida por la demandada; Reformándola, declararon INFUNDADA la indicada excepción; debiendo la A/qjuo continuar con la tramitación de la presente según su estado.FP/ 28 dic.

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