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    SECRETARA DE SEGURIDAD PBLICADEL DISTRITO FEDERAL

    CURSO

    PROTECCIN

    YPRESERVACINDEL

    LUGAR DE LOS HECHOS

    DR. PEDRO ESTRADA GONZLEZ

    AGOSTO 2012

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    CONTENIDO

    1. INTRODUCCIN

    a) An tecedentesb) Propsito del Curso

    c) Objet ivo del Curso

    2. MARCO JURDICO

    3. NOCIONES DE CRIM INALSTICA

    4. LUGAR DE LOS HECHOS

    5. METODOLOGA6. PROTECCIN

    7. PRESERVACIN

    8. PROCEDIMIENTO

    9. RESULTADOS

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    El ms leve detalle

    lo que ms simp le parece

    suele ser en ocasiones

    la clave que nos conduce

    a la averiguacin de la verdad

    (Hanns Gross )

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    1. INTRODUCCIN

    a) Antecedentes

    El polica preventivo representa la autoridad pblica ms prxima a la poblacin. Sus cualidades

    profesionales han de ser tales que el pblico est convencido de que, de requerir su auxilio,

    recibir una ayuda oportuna y eficiente de su parte.

    El polica preventivo tiene en la actualidad la necesidad de

    cruzar la barrera hacia la Polica Cientfica. En la medida que

    los cuerpos policacos estn mejor preparados operativa y

    cientficamente, sern mas tiles a la sociedad que sirven. Parael delincuente ser mas difcil burlar al polica capacitado y

    sobre todo se podr aprovechar toda la informacin que el

    delincuente nos deja en el lugar de los hechos despus de la

    comisin del delito.

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    La investigacin en un lugar de hechos no inicia con la intervencin de los especialistas,

    sino inmediatamente despus del arribo de la primera autoridad que llega al sitio y toma

    los primeros datos que servirn de referencia para los cuerpos especiales de

    investigacin.El lugar de los hechos donde ha ocurrido

    un evento presuntamente constitutivo de

    delito nos aporta una gama de

    informacin muy amplia; la cual, si no es

    tratada adecuadamente dar lugar a que

    la investigacin se desve, se desvirte o

    nos conduzca al fracaso.

    Esta informacin que nos aporta el lugar

    de los hechos esta dividida en 3 etapas:

    -Proteccin

    -Preservacin

    -Procesamiento

    b) Propsito del Curso

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    LA PROTECCN.- Corresponde a la primeraautoridad que llega al sitio, generalmente polica

    preventivo. La finalidad es prestar auxilio a las

    vctimas, establecer medidas mnimas de

    seguridad, adems de acordonar y proteger el

    lugar de la mano curiosa o el pie mal entrenado

    para moverse en un lugar de investigacin..

    LA PRESERVACIN.- Corresponde a la AutoridadMinisterial para iniciar las primeras diligencias de la

    Averiguacin Previa y solicitar la participacin de sus

    auxiliares

    EL PROCESAMIENTO.- Se refiere a lainformacin recabada en el lugar.

    En relacin a los indicios corresponde al personal

    pericial especializado.

    En relacin a los testigos corresponde al personal

    policial.

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    SECRETARA DE SEGURIDAD PBLICADEL DISTRITO FEDERAL

    Si se logra dar cabal cumplimiento a la primera etapa de trabajo, tendremos entonces una

    cimentacin adecuada, una base slida sobre la que se sostendr el resto de la

    investigacin.

    Una evidencia correctamente protegida en la fase inicial, preservada y procesada

    adecuadamente en las etapas siguientes, conservar la misma solidez al momento deconvertirse en la prueba que el juzgador requerir para dar un fallo final justo.

    c) Objetivo del Curso

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    Los policas preventivos tienen que verificar si la denuncia

    procede, por lo tanto deben constatar si una persona esta

    lesionada, ha fallecido o se encuentra el probable responsable

    en el lugar de los hechos.

    Las reglas de la proteccin del lugar de los hechos nos indican:

    no tocar, no mover, no alterar.

    Por lo que es preciso que posean los conocimientos

    elementales que les permitan coadyuvar eficazmente con los

    dems servidorespblicos que participaran en la investigacin.

    Es de suma importancia que el Polica conozca las diversas

    tcnicas que se utilizan en el lugar de los hechos a fin de

    proteger y despus preservar la evidencia existente, adems

    de conocer como ser procesado el sitio a la llegada de los

    especialistas, pues esto le permitir tomar las precaucionesnecesarias para la siguiente etapa de la investigacin.

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    SECRETARA DE SEGURIDAD PBLICADEL DISTRITO FEDERAL

    Integrar al Polica al ciclo de la investigacin Criminalstica, cerrara completamente

    los pasos del Mtodo Cientfico que rigen toda investigacin.

    Encontraran un terreno frtil del que solo sera necesario extraer la informacin

    implcita en los indicios en el lugar de los hechos.

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    SECRETARA DE SEGURIDAD PBLICADEL DISTRITO FEDERAL

    CONSTITUCIN POLTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

    Artculo 16.- En los casos de delito flagrante, cualquier persona puede detener al indiciadoponindolo sin demora a disposicin de la autoridad inmediata y sta con prontitud, al MinisterioPblico

    Artculo 21.- La imposicin de las penas es propia y exclusiva de la autoridad judicial.La investigacin y persecucin de los delitos incumbe al Ministerio Pblico, el cual se auxiliar con unpolica que estar bajo su autoridad y mando inmediato.

    LEY DE SEGURIDAD PBLICA DEL DISTRITO FEDERAL. TTULO PRIMERO

    Artculo 2o.- La seguridad pblica es un servicio cuya prestacin, en el marco de respeto a lasGarantas Individuales, corresponde en forma exclusiva al Estado y tiene por objeto:

    I.- Mantener el orden pblicoII.- Proteger la integridad fsica de las personas as como sus bienes

    III.- Prevenir la comisin de delitos e infracciones a los reglamentos

    gubernativos y de la polica

    IV.- Colaborar en la investigacin y persecucin de los delitos yV.- Auxiliar a la poblacin en caso de siniestros y desastres

    2.- MARCO JURDICO

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    LEY ORGNICA DE LA SECRETARA DE SEGURIDAD PBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.

    TTULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALESArtculo 3o.Fraccin II.- Desarrollar las polticas de seguridad pblica establecidas por el Jefe deGobierno y proponer al mismo, la poltica criminal en el mbito local, que comprenda las normas,instrumentos y acciones para prevenir de manera eficaz la comisin de delitos y de infracciones.

    Fraccin XII.- Organizar, dirigir y administrar la recepcin y transferencia de los reportes sobreemergencias, infracciones y delitos.

    CAPTULO II.- DE LAS FUNCIONES POLICIALES.-Artculo 26.- Fraccin III.- Auxiliar al Ministerio Pblico cuando se requiera su colaboracin para quela representacin social ejerza sus facultades de investigacin y persecucin de delitos.

    Artculo 27.- Fracciones I.- Proteger la integridad fsica de las personas y sus bienes. II.- Intervenir encaso de delito flagrante, a efecto de perseguir, detener y presentar al indiciado ante el Ministerio

    Pblico.

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    Artculo 29. Fracciones III.- Custodiar y asegurar los instrumentos, objetos o productos deldelito, por disposicin del Ministerio Pblico.

    IV: Vigilar, a peticin del Ministerio Pblico, los lugares en que hubieren ocurrido hechospresuntamente delictivos as como aquellos que sean asegurados.

    V.- Impedir, en los lugares donde se hubiese cometido un delito, el acceso a personas ajenas ala investigacin del mismo y evitar la alteracin o retiro de objetos, instrumentos, productos,vestigios y pruebas materiales de su perpetracin, en tanto no intervenga el Ministerio Pblico.

    VI.- Dar aviso inmediato al Ministerio Pblico de la comisin de hechos presuntamentedelictivos.

    VII.- Perseguir, detener y presentar de inmediato al presunto responsable ante el MinisterioPblico, en caso de delito flagrante.

    VIII.- Comparecer ante el Ministerio Pblico a rendir declaracin y en su caso, cuando fuererequerido, ante la autoridad jurisdiccional, para tal efecto, se llevar un registro minucioso de las

    intervenciones con el fin de aportar los datos e informacin necesaria en el procedimiento.

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    REGLAMENTO INTERIOR DE LA SSP

    CAPTULO PRIMERO DEL MBITO DE COMPETENCIA Y DE LA ORGANIZACIN DELA SECRETARA-

    Artculo 19.Fracciones II.- Establecer sistemas para que, en el auxilio que se preste a lasautoridades competentes, se preserve y custodie el lugar de los hechos conforme a los

    criterios criminalsticos aplicables.III.- Fijar criterios y procedimientos conforme a los cuales el personal que preste auxilio a las

    autoridades competentes, debe poner a disposicin a los detenidos y a los bienes

    asegurados o que estn bajo su custodia, as como levantar las actas correspondientes..

    IV.- Implantar los criterios y procedimientos para la proteccin, traslado, manejo y embalaje

    de los instrumentos, objetos o productos relacionados con la comisin de delito que tenga

    bajo su guardia o custodia.

    V.- Establecer tcnicas, mtodos y sistemas cientficos de investigacin y recoleccin de

    evidencias, para el auxilio que la Secretara brinde al Ministerio Pblico y, en su caso, a la

    autoridad judicial.

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    CODIGO PENAL

    Artculo 320 fraccin II.- Oculte o favorezcael ocultamiento del responsable del delito u

    oculte, altere inutilice, destruya remueve o

    haga desaparecer los indicios, instrumentos u

    otras pruebas del delito.

    DELITO

    VI.- Encubrimiento por favorecimiento deilcito previsto.

    RESPONSABILIDADES

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    3.- NOCIONES DE LA CRIMINALSTICA

    Concepto:La definicin que se apega ms es la del Doctor Rafael Moreno Gonzlez, quien

    describe a la Criminalstica como: La Disciplina que aplica procedimientos, tcnicas yconocimientos propios de las ciencias naturales al examen del material sensible y significativo,

    vinculado con el resultado de un presunto hecho delictuoso, con el fin de determinar encoordinacin y con el apoyo de los rganos responsables de la procuracin y administracin de

    justicia, coadyuvando a la reconstruccin o en el sealamiento y precisin de la congruencia de

    conducta de una o ms personas en el mismo.

    Cesar Augusto Osorio Y Nieto Seala que es la disciplina o conjunto deconocimientos que tiene por finalidad determinar, desde un punto de vista tcnico pericial, si se

    cometi o no un delito, cmo se llev a cabo y quin lo realiz.

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    Criminalstica de campo

    Se entiende la investigacin que se lleva a cabo en

    el propio lugar de los hechos.El escenario del crimen, como tambin se ledenomina, es una fuente invaluable de informacin.

    Criminalstica de laboratorioEs la que se realiza en los laboratorios de

    Criminalstica donde se encuentran los instrumentos

    usados para el examen de los indicios ya sea, enocasiones, con fines de identificacin o cuantificacin.

    Se trata de la parte fina de la investigacin. Es la que

    ha permitido pasar de la poca de las aproximaciones

    a la etapa de las precisiones.

    CLASIFICACION:

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    Investigar tcnicamente y demostrar cientficamente

    la existencia de un hecho en particular, que

    probablemente sea delictivo.

    Determinar los fenmenos ocurridos y reconstruir elmecanismo del hecho, sealando los instrumentos u

    objetos de ejecucin, sus manifestaciones y las

    maniobras que se pusieron en juego para realizarlo.

    Aportar evidencias, coordinar tcnicas y sistemas

    para la identificacin de la victima.

    Aportar evidencias para la identificacin del o los

    presuntos autores.

    Aportar pruebas indiciarias para probar el grado de

    participacin del o los presuntos autores y dems

    involucrados.

    OBJETIVOS DE LA CRIMINALISTICA

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    INDICIO

    DEFINICION

    Es todo objeto, huella o elemento estrechamente

    relacionado con un probable hecho delictuoso, cuyo

    estudio permite reconstruirlo, identificar a su (s)

    autor (es) y establecer su comisin.

    Tambin es conocida como evidencia fsica,material sensible significativo o vestigios materiales

    del delito

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    FUENTES DE LOS INDICIOS1. EL LUGAR DE LOSHECHOS

    CARACTERSTICAS DE LOS INDICIOSTIPO, FORMA, COLOR, DIMENSIONES, EXTENSIN, DIRECCIN, POSICIN,ORIENTACIN, PROFUNDIDAD, CONSISTENCIA, ETC. (EN SI, TODA CUALIDADFSICA PERCEPTIBLE) Y SU UBICACIN, CON MEDIDAS EN DOS PLANOS.

    2. LA VICTIMA 3. El VICTIMARIO

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    MANEJO

    ETIQUETADO.

    FIJACIN

    Fotogrficaescrita

    croquis

    moldeoEMBALAJE.

    LEVANTAMIENTO.

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    FIJACIN DE INDICIOS

    En la mano derecha del occiso se observa

    un arma de fuego tipo escuadra,

    aprecindose que el dedo ndice se

    encuentra en contacto con el llamador,

    asimismo, el martillo se encuentra hacia

    atrs, en posicin de disparo; la parte

    anterior del arma se encuentra entre eL

    brazo y trax lateral lado izquierdo

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    Manipular el indicio solo lo indispensable para

    no alterarlo ni contaminarlo u ocasionar su

    prdida muy especialmente en impresiones

    dactilares latentes; realizar el embalajeindividualmente-

    LEVANTAMIENTO Y EMBALAJE

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    EL DOBLE CARCTER DE LOS INDICIOS

    IDENTIFICATIVO RECONSTRUCTIVO

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    LUGAR DE LOS HECHOSLo define la ley como el sitio, espacio fsico o

    geogrfico determinado, donde se ha cometido un delito oprobable hecho delictuoso. Se da de manera natural o

    creado para desvirtuar la verdad histrica.

    4.- LUGAR DE LOS HECHOS

    LUGAR DEL HALLAZGOEspacio geogrfico en el que se encuentra un indicio

    relacionado con un probable hecho delictuoso que se

    llev a cabo en otro lugar fsico.

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    EL LUGAR DE INVESTIGACION SE DIVIDE EN

    Al investigar en cualquiera de estos lugares, el desarrollo ser aplicando una metodologa

    general para cada caso concreto.

    ABIERTOCERRADO

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    LUGAR ABIERTO

    Es el que no presenta limitantes. (va publica, parques, bosques). Se debe

    proteger un mnimo de 50 metros a la redonda, esto si es posible considerando la zona

    geogrfica el tipo de colonia o ambiente.

    Va publica

    Carreteras

    Parajes

    Ranchos

    Barrancas

    Parques

    Lugares pblicos abiertos:

    Gasolineras

    PlazasEstacionamientos

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    LUGAR CERRADO

    Es el que se encentra delimitado por paredes y techos. (casas,departamento oficinas). Donde se debe proteger los medios de acceso, como sonpuertas y ventanas.

    Casa- habitacin

    OficinasBodegas

    Vehculos

    Lugares Pblicos cerrados:

    Centros Comerciales

    Bancos

    Escuelas

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    LUGAR MIXTO

    Este lugar es la combinacin de los dos lugares anteriores.

    Casa-habitacin --- Va Publica

    Va Publica --------- Casa Habitacin

    Bancos---------------EstacionamientosVehculo-------------Va Pblica

    Va Pblica--------- Vehculo

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    5.- METODOLOGAConjunto de mtodos que se siguen en una investigacin cientfica,

    METODOLOGA CIENTFICA

    Es la disciplina que se ocupa del estudio critico de los procedimientos, que permiten llegar alconocimiento de la verdad objetiva, en el campo de la investigacin.

    Se consideran dentro de la Metodologa de la Investigacin

    Criminalstica la:

    1.-PROTECCIN2.-PRESERVACIN DEL LUGAR DE LOS HECHOS

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    DEFINICIN.-

    Diligencia ordenada y metdica, consistente en evitar que el lugar de los hechos y los indicios

    que se encuentren en l sean contaminados, alterados, cambiados o sustrados.

    No permitir alteraciones por mnimas que sean, es decir, el no tocar o cambiar de sitio los objetos

    o la posicin del cadver,

    Esta la realizara la autoridad que en primera instancia tenga el conocimiento del hecho, que

    puede ser Seguridad Publica, Polica Judicial, Proteccin Civil e incluso personas externas a la

    investigacin.

    6.- PROTECCIN

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    En los lugares de investigacin se tienen alteraciones que pueden ser de dos formas:

    La alteracin inadvertidaSuele ser causada por personal de Seguridad Publica, Policas Auxiliares,

    personal paramdico de urgencias, bomberos, familiares.

    La alteracin deliberadaGeneralmente obedecen a un inters especial por parte de los probables como

    puede ser plizas de seguros, herencias, prejuicios sociales o religiosos, robos, etc.

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    REGLAS PARA LA PROTECCIN DEL LUGAR DE LA INVESTIGACIN.

    Si el acto ilcito se ha cometido en un lugar abierto.-Se establecer un permetro de 50 metros por lo menos a partir del punto donde

    sucedieron los hechos, tomando en cuenta que en esta ciudad esta regla se

    limitar de acuerdo a la zona geogrfica, colonia o situacin que prevalezca almomento de la investigacin.

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    Si el hecho ocurri en un lugar cerrado.

    Los medios de acceso y salidas, tendrn que ser vigilados con el objeto de que si se

    encontrar todava el presunto responsable en el lugar pueda ser capturado, adems se

    debe impedir el paso a toda persona ajena a la investigacin.

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    IMPORTANCIA DE LA PROTECCION DEL LUGAR DE LOS HECHOS

    Desde el punto de vista criminalstico son:

    Efectuar una reconstruccin completa con respecto a la secuencia de eventos, mtodos de

    operacin, motivos, bienes robados y cualquier otra cosa que el delincuente haya hecho.

    Recobrar los indicios que servirn como prueba contra el delincuente.

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    7. PRESERVACIN

    DEFINICIN.-

    Es la diligencia metdica y sistematizada tendiente a

    mantener el escenario del delito como lo dej el infractor,tratando de que toda la evidencia fsica conserve su

    situacin, posicin y estado originales durante el tiempo

    que la autoridad lo necesite, o que marque la ley.

    Queda estrictamente prohibido alterar la posicin de

    cadveres, manipular armas u objetos relacionados con

    el hecho que se investiga, siendo que estn en posicin

    o retiradas de la victima.

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    SECRETARA DE SEGURIDAD PBLICADEL DISTRITO FEDERAL

    Cualquier indicio en que haya la posibilidad de que

    se pueda borrar o alterar se tendrn que seguir las

    tcnicas propias para la fijacin, levantamiento y

    embalaje de dicho indicio, haciendo esto a la

    mayor brevedad posible.

    El Ministerio Pblico con la asesoria de los

    especialistas, sern las personas indicadas para

    sealar los lugares que se preservarn.

    Al concluir la inspeccin ministerial del lugar,queda a criterio del M.P., la accin de sellar

    puertas y ventanas para seguir con la

    preservacin, ya que en das subsecuentes se

    podra requerir para efectuar otras diligencias

    necesarias para la investigacin

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    8.- PROCEDIMIENTOOBJETIVO:

    El Polica Preventivo es el que se enfrenta al lugar de los hechos de manera

    cotidiana. El que tiene que decidir en ese momento, de acuerdo a las

    caractersticas del lugar y las condiciones del evento, que tcnica es la msadecuada para proteger el sitio y la evidencia en el mismo; y es sa decisin la

    que marcar en muchas ocasiones la pauta que regir el resto de la

    investigacin y que se reflejar en los resultados de la misma.

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    SECRETARA DE SEGURIDAD PBLICADEL DISTRITO FEDERAL

    REGLAS GENERALES

    1. Identificar el lugar si es abierto o cerrado y el tipo de delito

    que se cometi, con el fin de prever la accin que se va a

    realizar

    2. Si se trata de un lugar abierto, acordonar el lugar en unpermetro de 50 metros a partir de donde sucedieron los

    hechos siempre cuidando que todos los indicios queden

    dentro de la proteccin. Si no fuera posible, marcar en un

    crculo los objetos relacionados y les pondrn un nmero

    para reconocerlos e informar de ellos al Ministerio Pblico

    3. Si se tiene que verificar si hay lesionados o muertos, tratarde caminar alrededor de los hechos o dibujar una lnea

    imaginaria donde no se observen indicios dispersos

    cuidando de no pisar o patear ningn objeto o lquido. Si hay

    que reportar alguna emergencia, hacerlo cerca del

    lesionado, sin moverse de un lado a otro, una vez que

    lleguen los socorristas, entonces proceder a acordonar.

    LUGAR ABIERTO

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    SECRETARA DE SEGURIDAD PBLICADEL DISTRITO FEDERAL

    4. Acordonar es utilizar la cinta amarilla que indica no pasar o

    precaucin, se desplazar por puntos fijos como rboles, rejas

    metlicas o ayudado por otros compaeros de tal manera que

    ninguna persona la pueda quitar o romper.

    5. Recuerde que las pertenencias de las personas no deben tocarlas,

    pero si hubiera el peligro de extravi, las colocar dentro de la zona

    de resguardo procurando enumerarlas para describirlascorrectamente en su reporte y hacer entrega al Ministerio Pblico

    indicndole la razn de haberlas levantado.

    6. No debe registrar las ropas, ni moverlas; puede ser peligroso si la

    persona est lesionado, ni alterar el cuerpo si ya falleci.

    7. Una vez que ya marc su lnea de desplazamiento en el lugar abierto

    tendr que regresar por la misma cuidando de no dejar pisadas de

    sangre o colillas.

    8. Permanecer en lugar hasta el arribo del M.P. y especialistas. No

    permitir el acceso de ninguna persona ajena y tomar nota de los

    nombres de las autoridades que arriben a la zona indicndoles que es

    muy importante que no toquen, alteren o contaminen el lugar.

    9. Esperar hasta que el Ministerio Pblico termine sus diligencias.

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    LUGAR CERRADO

    1. Si el hecho ocurri en una casa-habitacin,

    establecimiento, edificio, vehculo, etctera, debe

    ubicarlo sin perder de vista que puede haber indiciosfuera de l, por lo que a la llegada al lugar se

    observar a sus alrededores y las entradas.

    2. Una vez detectado el punto donde ocurrieron los

    hechos, establecer la ruta de acceso siempre iniciando

    por la orilla y del lado derecho cambiando al otro lado

    si hubiera ms indicios, si en el lugar no hubiera otra

    forma de pasar sin tener que pisar marcaremos loszapatos de la persona que entrara al lugar a verificar,

    para informarle a los especialistas cuales fueron las

    pisadas que realizaron

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    3. Si hay lesionados hacer la llamada de auxilio sin dejarsolos a los lesionados o movernos de un lado a otro

    4. Si se observa en el lugar desorden, hurgamiento o

    saqueo no tocar nada, ya que se pueden alterar los

    indicios dejados por el victimario.

    5. Una vez que se retiren los socorristas cerrar las entradas

    o salidas si fuera el caso.

    6. Si se trata de una persona sin vida, no tocar el cadver,

    ni manipular las ropas

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    7. Si hubiera peligro de objetos que se puedan destruir,

    describirlos y enumerarlos para reportarlos al Ministerio

    Pblico

    8. Al arribo de las autoridades investigadoras anotar sus

    nombres y puestos para el reporte e informar que

    maniobras realiz y despus por la misma ruta que marcregresar al inicio sin volver a reingresar.

    9. Permanecer en el lugar mientras Ministerio Pblico realiza

    las diligencias respectivas.

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    LUGAR MIXTO

    1. La combinacin de cada uno de los lugares

    involucrados marcaran la forma de protegerlos

    2. Y el procedimiento a seguir ser por cada uno de ellos

    abierto o cerrado.

    3. Se debe tener mayor cuidado con este tipo de lugares

    para no perder de vista ningn indicio

    4. Se acordonar tantas reas como lugares de hechos

    sean y cada una en forma individual

    5. Seguir las dems reglas por cada uno de los lugares

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    REGLAS COMUNES

    Si ya se verific que en el Lugar de los hechos ocurri un hecho

    violento se deben seguir al pie de la letra lo siguiente:

    NO fumar

    NO comer

    NO tirar ningn material

    NO tocar

    NO mover ningn indicio

    No acercarse al rea de saqueo, hurgamiento o desorden

    Si no tiene que reportar el hecho, se debe retirar del lugar

    Evitar caminar dentro del rea protegida