procedimiento de diagnóstico, vigilancia y control de
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Procedimiento de diagnóstico, vigilancia y control de casos y contactos de COVID-19 en residencias de personas mayores y centros sociales
Dirección General de Planificación y Asistencia Sanitaria Dirección General de Salud Pública
Consejería de Sanidad
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Contenido
1. NOVEDADES QUE APORTA ESTE DOCUMENTO ____________________________________ 3
Introducción .................................................................................................................................. 3
3. CLASIFICACIÓN DE RESIDENTES Y ZONIFICACIÓN DE LOS CENTROS RESIDENCIALES _ 13
3.1 Clasificación de los centros residenciales ....................................................................... 13
3.2 Consideraciones generales para residentes .................................................................... 15
3.3 Consideraciones generales para trabajadores en centros residenciales ..................... 17
4. DETECCIÓN PRECOZ DE CASO Y MANEJO DE UN BROTE EN CENTROS
RESIDENCIALES ________________________________________________________________ 21
5. REALIZACIÓN DE PRUEBAS EN REINGRESOS, SALIDAS O VACACIONES _____________ 32
6. INGRESOS EN CENTROS RESIDENCIALES ________________________________________ 34
7. CRIBADOS EN RESIDENCIAS ___________________________________________________ 36
8. VIDA EN LOS CENTROS RESIDENCIALES _________________________________________ 36
9. SALIDAS AL EXTERIOR ________________________________________________________ 37
10. VISITAS _____________________________________________________________________ 39
11. ACTUACIONES EN LOS CENTROS DE DÍA ________________________________________ 40
11.1 Medidas específicas dirigidas a prevenir el contagio ................................................... 40
11.2 Situación de brote en centros de día ............................................................................... 40
11.3 Sospecha de brote ............................................................................................................. 40
11.4 Confirmación de brote ....................................................................................................... 41
11.5 Centros de día con unidad de estancias diurnas para personas mayores ............... 42
11.6 Centros de día para personas con discapacidad........................................................... 43
12. GLOSARIO DE TÉRMINOS _____________________________________________________ 44
13. DOCUMENTACIÓN DE APOYO __________________________________________________ 47
ANEXO 1. LISTADO VERIFICACIÓN EN CENTROS RESIDENCIALES. _____________________ 49
ANEXO 2. HOJA DE INFORMACIÓN SOBRE LA REALIZACIÓN DE CUARENTENA __________ 55
ANEXO 3. ACTUACIONES DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES _____ 56
ANEXO 4. CENSO DE CONTACTOS PARA EL SEGUIMIENTO EN RESIDENCIA ____________ 621
ANEXO 5. ALGORITMO EN CRIBADOS DE RESIDENCIAS ______________________________ 62
ANEXO 6. INDICACIONES DE VACUNACIÓN ……………………………………………………63
ANEXO 7. ALGORITMO DE ACTUACIÓN EN REINFECCIONES………………………………66
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1. NOVEDADES QUE APORTA ESTE DOCUMENTO
Introducción
Este documento, “Procedimiento diagnóstico, vigilancia y control de casos y contactos de
COVID-19 en Residencias de personas mayores y centros sociales”, está elaborado con la
finalidad de establecer las pautas de actuación siguiendo la evidencia científica actual. Está en
revisión permanente, en función de la evolución y nueva información que se disponga de la
infección por el nuevo coronavirus (SARS-Cov-2).
A continuación se pasa a detallar las principales novedades que aporta este documento.
1.1. CONSIDERACIONES GENERALES
Las residencias de personas mayores, personas con diversidad funcional y otros centros sociales
de carácter residencial, han vivido con estrictas restricciones los últimos meses debido a la
situación de vulnerabilidad que presentan ante la infección por Covid-19. Estas restricciones
incluían limitaciones en su interacción social con otros residentes, con los trabajadores y con las
familias o personas externas al centro.
Finalizada la primera etapa de vacunación frente a la Covid.19, en la actual situación
epidemiológica se realizan una serie de modificaciones que flexibilizan las medidas hasta ahora
adoptadas teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
Un centro residencial en el que se ha completado la vacunación será aquel en el que
los residentes y los trabajadores han recibido una pauta de vacunación completa,
excepto si hay alguna persona en la que la vacuna esté contraindicada o explícitamente
rechazada o esté completando su vacunación, y hayan transcurrido 14 días desde la
administración de la segunda dosis.
En base al conocimiento científico actual, la vacunación frente a la Covid-19 ofrece
protección frente a la enfermedad, pero no evita la infección y por tanto la capacidad de
transmisión a otras personas.
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Hay que tener presente que las vacunas tras su administración, necesitan un tiempo para
que el organismo desarrolle la protección frente al virus. Ninguna vacuna es eficaz 100%
y el riesgo no desaparece por completo tras la vacunación.
Se deben informar a los residentes y familiares que en el contexto actual de la pandemia,
se hace imprescindible mantener todas las medidas de protección y prevención relativas
a la higiene, desinfección, ventilación, uso de equipos de protección, eliminación de
residuos y distancias de seguridad establecidas en el presente protocolo.
1.2. VISITAS
Las visitas a los residentes seguirán tal y como se especifica en Guía de actuaciones en las
residencias y centros de día públicos y privados de personas mayores y de personas con
discapacidad de Castilla y León, publicada por la Consejería de Familia e Igualdad de
Oportunidades, con las indicaciones siguientes:
Se flexibilizará el régimen de visitas y salidas, cuando esto sea posible y tras una
valoración individualizada de cada residente.
La ubicación y organización de las visitas, el número de visitantes, así como la
organización y duración de las salidas, se pautará por el centro residencial, garantizando
siempre las medidas de higiene y prevención adecuadas.
Las visitas serán coordinadas por la dirección del centro, teniendo en consideración la
situación epidemiológica y el nivel de alerta de cada momento para garantizar la
seguridad.
Los residentes con deterioro cognitivo moderado-severo requieren interacción directa y
contacto físico que debe de ser priorizado.
No será necesario volver a realizar PDIA a aquellos residentes en los que exista
constancia, en la historia clínica, de que han pasado la enfermedad en los tres
meses previos, o estén inmunizados, por haber completado el proceso de
vacunación.
La persona que acuda a la visita no ha de presentar cuadro clínico compatible con la
infección por coronavirus, ni haber estado en contacto estrecho con caso sospechoso
confirmado y encontrarse por tanto en situación de cuarentena.
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1.3. SALIDAS
Las salidas y visitas no son excluyentes (no son o la una o la otra).
No será necesario la realización de PDIA ni cuarentena a la salida y reingreso de
residentes vacunados.
Se permite las salidas de los residentes vacunados sin limitaciones, siempre que se
mantengan las medidas habituales de protección, incluidas las salidas de fin de
semana o vacaciones, si bien en estas últimas será necesario aportar prueba
diagnóstica de infección activa (PDIA) realizada previamente al reingreso.
Por tanto en determinadas situaciones se deberá valorar en función de si el residente
está o no vacunado, el perfil de salida (duración, actividades realizadas…) así como la
situación epidemiológica del lugar de estancia.
Se debe de realizar una vigilancia activa de síntomas sospechosos de Covid -19 y en
todo momento garantizar el cumplimiento de las medidas de higiene y prevención, así
como la ventilación adecuada. Se procederá a un aislamiento preventivo y PDIA
inmediata ante cualquier síntoma sospechoso de COVID-19.
En los residentes que no estén vacunados se debe de habilitar una ubicación
específica separada del resto y realizar vigilancia activa de los síntomas hasta que se
permita asegurar la inmunización frente al Covid-19, tras completar la pauta de
vacunación y el periodo de 14 días después de la última dosis.
1.4 .NUEVOS INGRESOS
Para los nuevos ingresos, siempre que sea posible, se garantizará la vacunación con la
anterioridad suficiente al mismo.
Existe un procedimiento de coordinación que establece las actuaciones a seguir para
asegurar al proceso de vacunación de los residentes de nuevo ingreso y
trabajadores sanitarios y sociosanitarios de nueva incorporación. (Anexo 6)
Todos los ingresos en residencias de mayores, tanto nuevos ingresos en los centros
como altas hospitalarias, deben aportar información sobre el estado de vacunación de la
persona, si ha sido vacunada o no y sobre su potencial estado infectivo actual, según lo
establecido en el siguiente punto:
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Para el ingreso de una persona en un centro residencial hay que hacer una PCR
en las 48-72 horas previas al ingreso, excepto en las siguientes situaciones:
No es necesario volver a realizar PCR a las personas que en los tres meses
previos se tenga constancia mediante una anotación en la Historia Clínica, de
haber pasado la enfermedad o bien estar correctamente vacunado.
Personas asintomáticas* que ya tuvieron una prueba de PCR positiva que se
negativizó.
Personas con IgG positiva, en una prueba realizada con serología de alto
rendimiento (ELISA, CLIA, ECLIA o técnicas similares, NO con prueba rápida de
anticuerpos). Cuando una persona tenga una Ig G positiva se considera
infección resuelta, por lo que podría ingresar en un centro residencial,
aunque presentara una PCR positiva.
Personas que han realizado el proceso de vacunación completo y se consideran
inmunizados, siempre que haya pasado al menos 14 días de la segunda dosis de
vacuna.
En caso de residentes que precisen un ingreso urgente y no estén vacunados con
anterioridad, se extremarán las medidas de precaución hasta completar la pauta de
vacunación.
*Se considera asintomática la persona que, en el momento actual, no tiene síntomas sospechosos de
COVID o aquellos, que, habiéndolos presentado, hace más de 10 días que se encuentran asintomáticos.
1.5. REALIZACIÓN DE PDIA A RESIDENTES Y TRABAJADORES
Los residentes y trabajadores de los centros residenciales, deben de continuar con el
aislamiento preventivo y realización de PDIA inmediata, ante cualquier síntoma
sospechoso de Covid. Preferiblemente PCR si se espera el resultado en menos de 24
horas.
RESIDENTES
De forma general, no se realizará PDIA ante las salidas de los residentes, ni se realizará
cuarentena pero si se seguirá manteniendo las medidas de higiene y vigilancia activa de
los síntomas.
Se realizará PDIA antes del ingreso en aquellos residentes no vacunados con pauta
completa.
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TRABAJADORES
En los trabajadores de los centros residenciales que hayan pasado la enfermedad en los
últimos tres meses o estén inmunizados tras completar el proceso de vacunación y
transcurrir el periodo de tiempo establecido de inmunización, no es recomendable realizar
PDIA periódicas. Sin embargo, dada la vulnerabilidad de su entorno laboral, se aplicarán
las medidas establecidas siempre que haya alta sospecha clínica de padecer infección
por SARS-CoV-2.
Se recomienda la realización de PDIA tras periodos vacacionales u otras ausencias
prolongadas, con el fin de realizar una detección precoz de los casos de infección activa
por SARS-CoV-2 y el establecimiento de las medidas de control necesarias para evitar
nuevas infecciones, tal y como está especificado en el punto 1.8.
Ante un caso confirmado en un trabajador de un centro residencial se deberá hacer PCR
para la reincorporación laboral.
Se debe evitar, en la medida de lo posible, la incorporación al puesto de trabajo de
aquellos nuevos trabajadores aún inmunizados, salvo que sea estrictamente necesario.
Se debe de recomendar activamente la vacunación al personal de nuevo ingreso.
Los trabajadores de nueva incorporación no inmunizados seguirán el protocolo
establecido para los trabajadores no vacunados frente a Covid -19, según el Anexo 6,
extremando las medidas de precaución establecidas hasta completar el proceso de
vacunación lo antes posible.
1.6. CRIBADOS
En el momento actual no se aconseja la realización de PCR a personas asintomáticas
fuera de determinadas estrategias de cribado planteadas dentro del sistema sanitario,
para la detección precoz de casos entre los contactos en poblaciones vulnerables, en el
contexto de brotes o de forma previa a algunas actuaciones asistenciales (Anexo 5).
En el momento actual NO se recomienda llevar a cabo cribados periódicos en
residentes ni en trabajadores.
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No se aconseja volver a realizar PCR de nuevo a las personas asintomáticas que ya
tuvieron una prueba positiva que se negativizó, dado la falta de evidencia en el momento
actual de transmisibilidad a partir de pacientes que vuelven a presentar PCR positiva.
Aquellos casos asintomáticos que ya tuvieron una infección confirmada por PDIA de
SARS-CoV-2, hace más de 90 días, si muestran una nueva PDIA con resultado positivo
en un cribado, se considerará REINFECCIÓN.
Los casos posibles, probables y confirmados de reinfección se manejarán del mismo
modo que una primera infección, lo que implica aislamiento y búsqueda de contactos tras
este nuevo resultado. (ver apartado 1.10.)
1.7. INTERPRETACIÓN DE PRUEBAS DIAGNÓSTICAS DE SARS-COV-2 TRAS LA
VACUNACIÓN
El conocimiento científico actual sobre las vacunas de ARN-m que se están utilizando, así como
la evidencia disponible, indican que la vacunación no modifica los resultados de las pruebas
diagnósticas de infección por SARS-CoV-2, salvo la serología. Por tanto:
La PCR o los test antigénicos positivos indican INFECCIÓN. No existen falsos positivos
debido a la vacunación. Por tanto, la persona, vacunada o no, con resultado POSITIVO
en una PDIA, debe considerarse COVID-Positivo y se debe de proceder a las medidas de
prevención y atención sanitaria oportunas (aislamiento, búsqueda de contactos estrechos,
tratamiento si precisa….)
La posibilidad de un falso positivo tras la vacuna es la misma que la posibilidad de un
falso positivo en la población general. En personas que presentan síntomas sugestivos de
COVID-19, es excepcional con cualquiera de las dos técnicas (PCR o prueba antigénica).
Si la sospecha clínica es alta y el test antigénico es negativo, se recomienda confirmar el
diagnóstico con la realización de una PCR.
No se recomienda realizar serologías para la verificación de la efectividad de la
vacunación Los métodos que pueden identificar anticuerpos generados por la vacuna
serán aquellos que determinen Ig G Anti SARS-CoV-2 contra el dominio del receptor de la
proteína S1.
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1.8 DIAGNÓSTICO DE COVID-19 Y ACTUACIONES EN RESIDENCIAS DE MAYORES CON
BROTES, SOSPECHA O CASOS CONFIRMADOS DE COVID-19 ACTIVOS EN RELACIÓN A
LA VACUNACIÓN DE LA COVID-19
En los residentes con sospecha de COVID-19, se hayan vacunado o no, hayan pasado
o no la enfermedad, se debe de realizar la PDIA inmediatamente, y aislar del resto de
residentes a la espera del resultado de la prueba.
En el caso de pacientes institucionalizados, los beneficios individuales y sociales de evitar
la cuarentena innecesaria podrían superar el riesgo potencial, pero desconocido, de
transmisión. No obstante, hasta que se disponga de mayor información al respecto, con
las personas que sean consideradas contactos estrechos, aunque se encuentren
vacunadas, se actuará de la misma forma que con el resto de la población.
No se espera un mayor riesgo de eventos adversos en personas vacunadas que hayan
pasado la COVID-19. La vacunación no determina una peor evolución de la enfermedad
si alguna persona estuviera incubando la enfermedad en el momento de recibir la vacuna
o si se contagiara en los primeros días tras la vacunación. La vacunación no interfiere con
las pruebas diagnósticas (PCR o test de antígeno).
Hasta que la vacunación sea efectiva, se extremarán las medidas de protección tanto del
personal que administre la vacunación, como de los residentes y trabajadores del centro.
La actuación respecto a la vacunación COVID-19 es la siguiente:
Casos confirmados activos, es decir, personas con síntomas o sin ellos con una prueba
diagnóstica de infección activa (PDIA) positiva en los14 días anteriores: posponer el inicio
de la vacunación. Se vacunarán cuando termine el aislamiento (tres días desde la
resolución de la fiebre y del cuadro clínico respiratorio con un mínimo de 14 días desde el
inicio de los síntomas).
Aquellos casos que se confirmen entre la primera y la segunda dosis de vacuna, recibirán
la segunda dosis según el intervalo establecido, siempre que haya terminado el periodo
de aislamiento oportuno.
Casos sospechosos, es decir, personas con cuadro clínico compatible, incluidos
pacientes con antecedentes de una PDIA positiva de hace más de 90 días: posponer la
vacunación y se vacunarán cuando se haya descartado la sospecha.
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Contactos estrechos: se recomienda su vacunación cuando estuviera prevista y deberán
continuar realizando la cuarentena de 10 días desde el último contacto con el caso.
Resto de personas del centro residencial se recomienda su vacunación cuando estuviera
prevista.
1.9 CONSIDERACIÓN DE BROTE
La sospecha o detección de un solo caso, dada la vulnerabilidad de los centros
socio sanitarios hará que se considere que existe un brote en el centro residencial.
Si se confirma el brote, se procederá al aislamiento del caso, al manejo de los
contactos estrechos según lo establecido en la Estrategia de Detección precoz,
Vigilancia y Control de COVID-19 y sectorización en unidades de convivencia
estables que faciliten el desarrollo de las prestaciones residenciales y la
trazabilidad de posibles casos hasta al menos trascurrir 14 días sin ningún caso
nuevo y se considere que está epidemiológicamente controlado por parte de la
autoridad competente.
Deberá de garantizarse la comunicación por videoconferencia o teléfono de los
residentes aislados, con sus familiares.
Se protegerá de forma especial a los residentes no vacunados, si es posible
situándolos en habitación individual.
No obstante en último término, el régimen de visitas y salidas de los residentes que
no estén en aislamiento, se mantendrán en general con normalidad y podrá
adaptarse en función de la valoración por los responsables de Salud pública, de la
situación epidemiológica y la estructura de cada centro.
1.10 REINFECCIÓN
Se considera sospecha de reinfección aquellos casos con síntomas compatibles de
COVID.19 que tuvieron una infección confirmada por PDIA de SARS-CoV.2 hace más de
90 días. En estos casos se indicará la realización de una PCR. Si el resultado de la PCR
fuese positivo se considerará caso de reinfección. También serán considerados casos de
reinfección aquellos casos asintomáticos que ya tuvieron una infección confirmada por
PDIA hace más de 90 días y se les ha realizado una nueva PDIA con resultado positivo
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(por estudios de contactos, cribados…).Si se realizó con una prueba rápido de antígenos
se debe de confirmar con PCR.
En ambos casos, si la PCR fuera negativa y la sospecha clínico–epidemiológica alta, se
repetirá la PCR .
Ante la aparición de un caso sospechoso en un residente o en un trabajador vacunado
se procederá al aislamiento del caso hasta la obtención del resultado. Si el resultado es
positivo, se procederá al aislamiento del caso, sectorizando y procediendo a la
cuarentena de los contactos estrechos, según lo establecido en el ”Protocolo de
procedimiento de diagnóstico, vigilancia y control de casos y contactos de Covid-19 en
residencias de personas mayores y centros sociales”.
Los casos posibles, probables y confirmados se manejarán del mismo modo que una
primera infección, lo que implica aislamiento y búsqueda de contactos tras este nuevo
resultado.
Se establece la clasificación de los casos de reinfección según la Estrategia de
detección precoz, vigilancia y control de COVID-19 del Ministerio de Sanidad
actualizada a fecha de 26 de febrero 2021.(Anexo7)
En pacientes asintomáticos con antecedentes de infección resuelta en los últimos
tres meses, NO se indicará ni cuarentena ni PDIA; ni siquiera si son contactos de un
caso. Tampoco está indicada en estos la realización de cribados.
2. ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN
Para que se puedan tomar en cada momento las decisiones más adecuadas y adaptadas al nivel
del riesgo de cada residencia, es necesario realizar un análisis de la situación de cada una de
ellas.
Para la correcta atención es preciso que exista coordinación entre los responsables de los
Centros Sociales, los profesionales de Atención Primaria, las Secciones de Epidemiología y de
las Unidades de Salud Laboral de los Servicios Territoriales y los Servicios de Prevención de
Riesgos Laborales de los Centros.
1. Los centros residenciales, para su coordinación con la administración sanitaria y de
servicios sociales, y para la gestión ágil de aquello que pueda acontecer en relación con la
pandemia, han establecido la figura de “profesional de enlace de centro”. De acuerdo a
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ello, cada centro deberá tener determinado, en cada momento, quién es su “profesional de
enlace”, con nombre completo, teléfono y correo electrónico de contacto. Este profesional,
será el encargado de contactar con el responsable de residencias del centro de salud que
le corresponda o RESE de Zona, según organización interna, en caso de necesidad de
coordinación y siempre para activar el procedimiento de diagnóstico, vigilancia y control
establecido en Atención Primaria para la pandemia.
2. En los Equipos de Atención Primaria habrá dos responsables de residencia,
enfermera y médico, que serán los profesionales de referencia e interlocutores entre el
Centro de Salud y la Gerencia de Atención Primaria. Conocerán las residencias y centros
de su zona, el estado de salud y necesidades de las personas que viven en ellas,
realizaran actividades de asesoramiento en prevención y medidas higiénicas y
colaborarán en la organización de la atención a las residencias en el caso que surjan
nuevos brotes. El trabajador social del EAP trabajará de forma coordinada con ellos y
con los trabajadores sociales de las residencias, CEAS y nivel hospitalario.
3. Así mismo en la Gerencias de Atención Primaria/ Asistencia Sanitaria existirá la figura
de responsable de la Coordinación Sociosanitaria, que actuará como interlocutor con
la persona responsable en la Gerencia Territorial de Servicios Sociales.
Todos los responsables se deberán coordinar con los profesionales de las Secciones de
Epidemiología y las Unidades de Salud Laboral de los Servicios Territoriales de Sanidad
de cada provincia para poder dar una respuesta conjunta, rápida y efectiva ante la aparición de
un brote.
Sin olvidar las necesarias medidas de prevención, las normas de actuación deben permitir que
queden preservadas y se normalicen, en lo posible, el régimen de vida en los centros para que se
puedan mantener las condiciones necesarias que garanticen una adecuada atención, al tiempo
que se realiza una estricta vigilancia epidemiológica.
Con el objetivo de minimizar riesgos y garantizar la buena atención de los usuarios en los centros,
dadas las ventajas conocidas para la contención de la pandemia además del beneficio que
supone para la vida cotidiana de los residentes, se recomienda la organización de los mismos en
espacios estructurados en unidades de convivencia, conformadas por grupos pequeños de
usuarios atendidos, siempre que sea posible, por los mismos profesionales.
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3. CLASIFICACIÓN DE RESIDENTES Y ZONIFICACIÓN DE LOS CENTROS RESIDENCIALES
Todos los centros residenciales contarán con un listado de verificación para comprobar que
cumplen los requisitos definidos en la normativa y en las guías consensuadas (Anexo 1). Deben
de contar con un Plan de Contingencia, adaptado a las características propias de cada uno,
dirigido a prevenir y dar respuesta a la eventual aparición de casos y brotes por la enfermedad
Covid-19 o tipo de crisis similar.
3.1. Clasificación de los centros residenciales
En función del tipo de centro y de la existencia o no de afectación COVID-19, los centros
residenciales deberán estar clasificados en:
Residencias Sin COVID-19: No existen casos positivos de COVID-19 entre los
residentes.
Residencias Mixtas: Con algún caso positivo de COVID-19 entre los residentes.
Viviendas apoyadas para personas con discapacidad: A estos centros les será
aplicada las recomendaciones de prevención sanitaria dirigidas a la población general.
Todo residente debe llevar mascarilla quirúrgica y mantener la distancia de seguridad de, al
menos, 1,5 metros, tenga o no sintomatología, según normativa publicada en el Real Decreto-ley
21/2020, de 9 de junio. En el acuerdo 46/2020, de 20 de agosto, de la Junta de Castilla y León,
por el que se aprueba el plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis
sanitaria ocasionada por la Covid-19 en la Comunidad de Castilla y León, queda especificada
dicha obligatoriedad.
ZONIFICACIÓN DE LOS CENTROS RESIDENCIALES
A efectos de minimizar cualquier potencial de transmisión del COVID-19, los centros
residenciales, deberán contemplar los requisitos de los apartados siguientes y en su caso, la
siguiente zonificación de sus espacios:
Zona NO COVID-19 Zona de personas inmunizadas
Aquella parte del centro ocupada por:
Residentes sin sospecha de COVID-19 y sin contacto conocido con casos de
COVID-19.
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Residentes de nuevo ingreso con PCR negativa, hasta completar el estado
inmunitario. Aunque se debe de procurar que los residentes que vayan a
precisar ingreso en un centro residencial, estén correctamente vacunados
previo al mismo.
Residentes que han superado la enfermedad y se encuentran libres de
síntomas de al menos 3 días.
Residentes asintomáticos que presentan una prueba serológica con IgG+
(realizada no con test rápidos sino con técnica de ELISA/CLIA/ECLIA o similar)
realizada en los últimos 3 meses).
Residentes que han recibido la pauta de vacunación completa y ha transcurrido
el tiempo estipulado para considerar que se ha alcanzado el estado de
inmunización adecuado.
Zona de VIGILANCIA ESPECIAL:
Aquella parte del centro ocupada por:
Residentes que sean contacto estrecho de un caso sospechoso o confirmado.
Zona DE SOSPECHA DE COVID-19
Aquella parte del centro ocupada por:
Residentes con síntomas compatibles sin confirmar (casos sospechosos de
infección por COVID-19 a los que se les realizará PDIA antes de 24h).
Zona COVID-19 CONFIRMADO:
Aquella parte del centro ocupada por:
Residentes con infección de COVID-19 confirmada.
En relación a estas zonas:
- Con carácter general, y en la medida que lo permita la estructura del centro, estas zonas
estarán perfectamente diferenciadas. Es preferible el aislamiento vertical o por plantas,
como criterio de agrupación para cada uno de los grupos de residentes señalados.
- Se establecerán circuitos de circulación que no se mezclen.
- Los profesionales desarrollarán, siempre que sea posible, su jornada laboral en una de
dichas zonas.
- Dentro de cada zona, independientemente de las consideraciones respecto al COVID-19,
se separarán del resto de residentes aquellos que presenten síntomas de infección
respiratoria, tal como se hace de forma rutinaria ante casos de gripe u otras infecciones
respiratorias.
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- En la ZONA DE VIGILANCIA ESPECIAL y la ZONA DE SOSPECHA DE COVID-19 las
atenciones serán individuales, no comunes, y no podrán salir de la habitación a zonas
comunes, salvo circunstancias excepcionales como traslados obligados, y, en todo caso,
extremando las medidas de seguridad como el uso de mascarilla y distancia, etc, hasta
no tener los resultados de las pruebas diagnósticas pertinentes y de acuerdo a ello
proceder a la reubicación del residente.
Finalizada la primera etapa de vacunación frente a la Covid -19, teniendo en cuenta la
situación epidemiológica de cada momento, se permitirán las actividades grupales y el
uso de las zonas comunes dentro del centro asegurando el cumplimiento de las medidas
de higiene y seguridad, en aquellos centros residenciales en los que no exista un brote
abierto.
3.2. Consideraciones generales para residentes
En relación a las zonas establecidas en el apartado 3.1, se establecen una serie de medidas
generales de prevención y protección de la salud en las personas residentes:
Con carácter general y en la medida que lo permita la estructura del centro, las zonas
estarán perfectamente diferenciadas.
Se debe de mantener informados a los residentes, sus familiares, y a los trabajadores
sobre las acciones que se están realizando para proteger su salud.
Se seguirán las recomendaciones establecidas en la Guía de actuaciones en
residencias y centros de día públicos y privados de las personas mayores y de
personas con discapacidad de Castilla y León, publicada y en constante revisión por la
Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.
Se mantendrá una vigilancia activa de sintomatología compatible con la infección de
COVID-19 (fiebre, tos…). En el caso de detectar sintomatología, se procederá a aislar
a la persona (todo residente con sintomatología respiratoria que vaya a ser atendido
por un trabajador debe de portar mascarilla). Se avisará a la familia y se procederá en
consecuencia, según lo descrito en el apartado de manejo de casos en residentes.
Se establecerán circuitos de circulación que no se mezclen. En la medida de lo posible
se organizará el uso de espacios comunes por grupos de residentes en el mismo
módulo/sector. Los centros que dispongan de espacios al aire libre, podrán programar
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horarios de salida de grupos de personas del mismo módulo/sector por franjas
horarias.
En el caso de residencias Mixtas en las que se haya podido establecer un aislamiento
por cohortes, los residentes de la misma Zona, pueden salir de la habitación a zonas
comunes del mismo circuito, con mascarilla y respetando la distancia de seguridad de
al menos 1.5 m, excepto aquellos que sean casos que deben de mantener el
aislamiento el tiempo establecido, en su habitación.
Se llevará a cabo una ventilación frecuente del centro, especialmente en espacios
compartidos y de mayor concentración de personas. Esta medida es fundamental.
El uso de los espacios comunes seguirá las siguientes recomendaciones:
o Se entienden por espacios comunes las dependencias interiores del edificio tales
como las salas de estar, salas de actividades, comedores, biblioteca y otros
espacios de uso análogo que pueden ser utilizados por todos los residentes; así
como los espacios exteriores, dentro del recinto de la residencia.
o Se permitirá solo la circulación de residentes sin síntomas y sin contacto estrecho
con caso sospechoso o confirmado de COVID-19 y aquellos residentes que hayan
superado la enfermedad hace menos de 3 meses o estén inmunizados por pasar
el tiempo establecido tras completar la pauta de vacunación
o Las zonas de deambulación estarán claramente identificadas en función de la
agrupación de residentes Se procurarán deambulaciones que permitan suficiente
separación entre personas y dichas zonas deberán limpiarse con especial
intensidad y frecuencia.
Cuando se presenten en los centros residenciales casos sospechosos, probables o
confirmados que se atiendan en el centro, deberán de permanecer en una habitación
individual con buena ventilación, baño propio si es posible y la puerta cerrada.
Se podrá valorar, en los casos que las habitaciones sean dobles, la posibilidad de
colocar a una persona que no ha pasado la infección por el SARS-Cov-2 o no esté
inmunizada, como puede ser el caso de un nuevo ingreso, junto a otra con criterios de
infección resuelta, en los últimos 3 meses o que esté correctamente inmunizada tras
pasar el tiempo establecido después de completar la vacunación. Dada la falta de
evidencia, en el momento actual, de transmisibilidad a partir de personas que vuelven
a presentar PDIA positiva. Tal y como se recoge en la Estrategia de detección,
vigilancia y control de COVID-19 del Ministerio actualizada a fecha de 26 de febrero de
2021.
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Si no es posible la tolerancia de la mascarilla por parte de la persona usuaria (dentro
de los supuestos contemplados de excepción) o por su situación cognitiva o de
discapacidad es difícil el mantenimiento de la distancia de seguridad de 1,5 metros, se
debe de asegurar el acompañamiento del número necesario de cuidadores, reforzando
las medidas de seguridad establecidas.
Se debe de atender las necesidades de las personas con deambulación inevitable por
trastorno neurocognitivo o trastorno mental grave. A tal efecto, dentro de las
posibilidades, las zonas de deambulación se identificarán claramente
Se favorecerán las actividades programadas de carácter social por zonas, el desarrollo
de actuaciones de estimulación tanto en espacios comunes como en su habitación, así
como el mantenimiento del contacto con las familias a través de los medios que según
la situación sea posible.
Es fundamental mantener las rutinas y las actividades cotidianas. Respetando las
indicaciones sanitarias establecidas, el uso de los espacios comunes no atenta contra
ningún interés personal o colectivo, al contrario, previene complicaciones que pueden
aparecer ocasionadas por el aislamiento y la inactividad, mejora la calidad de vida y
bienestar físico, psíquico y social.
En el caso de que las condiciones del centro lo permitan, es preferible el aislamiento
vertical o por plantas, como criterio de agrupación para cada uno de los grupos de
residentes señalados.
El centro debe de utilizar la sectorización de incendios, siempre que el tamaño de la
residencia lo haga lo posible.
3.3 Consideraciones generales para trabajadores en centros residenciales
Todos los trabajadores encargados de la atención directa seguirán estrictamente las
medidas de protección establecidas en el “Procedimiento de actuación para los
servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS- CoV-2”
Se recomendará activamente la vacunación al personal de nuevo ingreso, ya que un
nuevo trabajador no debería incorporarse en un centro residencial hasta haber iniciado su
pauta de vacunación
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Los trabajadores deben seguir las medidas de protección encaminadas a controlar y
reducir la transmisión del coronavirus. Deberán protegerse según el nivel de riesgo al que
están expuestos de acuerdo a lo establecido por su SPRL.
Los profesionales desarrollarán su jornada laboral en una de las zonas, establecidas en el
apartado 3.1, siempre que sea posible, en la misma.
o Se recomienda la asignación fija de profesionales atendiendo a criterios de
sectorización dentro de la residencia y en la medida de lo posible, llevar un control
de contactos entre profesionales y residentes. Y en función si están o no
correctamente inmunizados
o En el caso de que un profesional tenga que realizar su actividad en las zonas NO
COVID-19 y COVID-19, comenzará siempre en la zona NO COVID-19 y después
en la zona COVID-19, utilizando los equipos de protección adecuados en cada
zona y cambiándose las veces que sea necesario.
Será competencia de la dirección del centro garantizar que los trabajadores reciben una
adecuada formación. Incluirá el conocimiento del modo de transmisión, los riesgos
potenciales para la salud, las instrucciones sobre las precauciones que deberá tomar en
relación a los mismos, las disposiciones en materia de higiene de manos, la utilización y
empleo de ropa y equipos de protección individual, y las medidas que deberán adoptar en
el caso de incidente y para la prevención de estos, así como el control y reconocimiento de
los síntomas asociados a la infección para la puesta en marcha de medidas dirigidas a
evitar la transmisión de la enfermedad.
De acuerdo a los diferentes escenarios clínicos/epidemiológicos, se establece las
siguientes consideraciones de trabajadores de residencias y centros
sociosanitarios:
o Trabajadores que hayan pasado la enfermedad y se hayan recuperado: pueden
incorporarse a su puesto de trabajo.
o Trabajadores que han recibido una pauta de vacunación completa y haya
transcurrido el tiempo estipulado, según la vacuna administrada, y por tanto se
considere que se ha alcanzado el estado inmunitario
o Trabajadores contactos estrechos de caso confirmado, sin protección
adecuada, la empresa les retirará del trabajo inmediatamente y contactará a la
mayor brevedad posible con los SPRL para realizar una PDIA en menos de 24
19
horas (comunicando el resultado en el mismo plazo). En caso de imposibilidad de
realización de la PDIA por parte del SPRL, la empresa lo comunicará a la
Gerencia de Atención Primaria para que actúe en consecuencia.
El responsable del centro residencial o la persona en la que él delegue, en
coordinación con los SPRL, determinarán qué trabajadores son contacto estrecho
del caso confirmado, y realizaran el censo de los contactos estrechos
laborales, que deberán remitir al RESE de Área y este a su vez a las Secciones
de Epidemiología y a las Unidad de Salud Laboral de los servicios territoriales de
sanidad (SSTT) en las primeras 24h tras el conocimiento de un caso confirmado
del centro residencial.
En este momento de la pandemia, cobra especial relevancia, la valoración
rigurosa de contacto estrecho, trabajador que ha estado más de 15 minutos en
contacto con un caso positivo, SIN la distancia, NI las medidas de protección
adecuadas (protección respiratoria con mascarilla, EPI de contacto e higiene de
manos adecuada).
La condición laboral de estos trabajadores, sanitarios y sociosanitarios, hace que
estén en contacto con los casos positivos de manera continuada, pero si respetan
y se cumplen las medidas de seguridad, no entrarían en la definición de contacto
estrecho.
Las FAS realizaran el censo de los contactos estrechos fuera del ámbito laboral.
Atención Primaria realizará el seguimiento de los contactos estrechos, incluida la
baja laboral.
o Trabajadores que no han pasado la enfermedad o no estén correctamente
inmunizados: autovigilancia activa.
o Trabajadores de nueva incorporación, no debe de iniciar su actividad laboral en
el centro residencial hasta haber completado la vacunación, salvo que sea
estrictamente necesario. Si éste es el caso, se programará su vacunación lo antes
posible y extremarán las medidas de precaución hasta completar la pauta de
vacunación.
o Trabajadores que regresan de un permiso o vacaciones por un periodo
superior a 15 días, se debe de realizar la prueba PCR 3 días antes de su
incorporación, siempre y cuando no se tenga constancia de haber pasado la
enfermedad en los 3 meses anteriores o no estén correctamente inmunizados tras
completar el proceso de vacunación
20
o Trabajadores que presentan sintomatología compatible con infección por
COVID-19, la empresa remitirá al trabajador a su casa para el aislamiento
inmediato e informará a la mayor brevedad posible a los SPRL.
El área de Vigilancia de la Salud del SPRL:
Indicarán al paciente que informe a su equipo de Atención Primaria para su
notificación, valoración y seguimiento si procede.
Aislamiento del caso sospechoso y cuarentena de los convivientes hasta el
resultado de la PDIA. En trabajadores sociosanitarios, si el tiempo de
espera es inferior a 24 horas, es de elección la PCR. En caso de realizar
prueba rápida de antígeno, en exudado nasofaríngeo y el resultado ser
negativo, pero la sospecha clínica/epidemiológica es alta y/o han pasado
más de 5 días desde el inicio de los síntomas, se debe de realizar PCR.
Realizaran censo de contactos estrechos.
Si determinan que se trata de un accidente de trabajo, comunicará a la
empresa que el trabajador debe ser remitido a la MUTUA para su estudio
en las primeras 24h e informará del resultado en un plazo máximo de 24
horas. De no garantizarlo, lo realizará Atención Primaria e informará a la
Gerencia para la actuación oportuna.
Realizarán el estudio de los contactos laborales, y la PDIA a aquellos que
se consideren contactos estrechos.
Si el resultado es positivo, se considerará caso confirmado y:
La MUTUA:
Realizará el estudio, tratamiento, seguimiento y rehabilitación si precisa de
los casos sanitarios y socio-sanitarios.
Asumirá la contingencia como Accidente de Trabajo.
Cuando la Mutua sea el INSS, será el médico de familia el que tramitará la
baja como accidente de trabajo.
El caso deberá realizar el aislamiento de la misma forma que la población
general.
Se podrán incorporar a su puesto de trabajo tras 10 días del inicio de los
síntomas siempre que permanezcan asintomático al menos 3 días y tras la
realización de una prueba de diagnóstico que indique ausencia de
21
transmisibilidad, (determinación positiva de IgG por una técnica de alto
rendimiento, PCR negativa o PCR positiva a un umbral de ciclos (Ct)
elevado (superior a 30-35).
El SPRL:
El área técnica en colaboración con el área sanitaria, evaluará las
condiciones laborales y revisará las medidas preventivas adoptadas, con el
único fin de proponer propuestas de mejora para evitar nuevos casos y
contactos estrechos en el ámbito laboral, evitar la aparición de brotes.
Dicho estudio y propuestas deberán ser documentadas y archivadas.
Realizarán los informes propuesta de IT que enviarán a Inspección
Sanitaria con copia a Salud Laboral. Los contactos estrechos laborales
sanitarios y sociosanitarios deberán realizar la cuarentena de la misma
forma que la población general.
4. DETECCIÓN PRECOZ DE CASO Y MANEJO DE UN BROTE EN CENTROS
RESIDENCIALES
4.1. Actuación ante la aparición de un caso
DETECCIÓN PRECOZ
Se vigilará la aparición de síntomas sospechosos en todos los residentes y trabajadores del
centro social (fiebre, tos o sensación de falta de aire, dolor de garganta, pérdida del olfato o
alteración del gusto, dolores musculares, diarrea, dolor torácico o cefaleas).
MANEJO DE UN CASO SOSPECHOSO
1. Ideas clave
- Aislamiento del caso sospechoso hasta saber el resultado de la PDIA.
.(preferible PCR)
- Cuarentena de contactos estrechos hasta saber el resultado de la PDIA del
caso sospechoso.
- Debido a la vulnerabilidad de los centros residenciales y sociosanitarios, la
detección de un solo caso en estas instituciones, se considerará un brote a
efectos de intervención e implicará la puesta en marcha de las medidas de
actuación. Además de las actuaciones generales, se realizará una PDIA a los
22
contactos estrechos o según la circunstancia epidemiológica y sectorización,
a todos los residentes y trabajadores de las mismas, con el fin de la detección
precoz de todos los casos compatibles con COVID-19 como punto clave de
control de la transmisión.
- Por tanto se podrá levantar el aislamiento del caso sospechoso y la
cuarentena de los contactos estrechos cuando la PDIA inicial y/o a las 48
horas del caso sospechoso resulte negativa y por tanto se descarte la
sospecha inicial
- Se protegerá de forma especial a los residentes no vacunados, si es
posible situándolos en una habitación individual
- El régimen de visitas y salidas del resto de residentes podrá adaptarse en
función de la valoración por los responsables de Salud pública de la situación
epidemiológica y la estructura de cada centro.
- Ante la presencia de un caso sospechoso, la prueba de elección es la PCR
siempre y cuando el tiempo de espera del resultado sea menor de 24 horas.
De no ser así se realizará test rápido de antígenos. Si el resultado de PDIA
es:
- Negativo: PCR NEGATIVA, se descarta la infección activa por Covid-19.
Suspender aislamiento del caso y cuarentena de los contactos estrechos.
- Si la PDIA resulta negativa pero existe alta sospecha clínica de COVID-19 se
valorará repetir la prueba:
- Si se realizó una detección rápida de antígeno de inicio, se realizará una
PCR.
- Si se realizó una PCR de inicio, se repetirá la PCR a las 48 horas. Se
mantendrá el aislamiento del caso y cuarentena de los convivientes hasta
nuevo resultado. Si la PCR continúa siendo negativa y han trascurrido varios
días desde el inicio de los síntomas, se podría plantear la detección de IgM
mediante una prueba serológica tipo ELISA u otras técnicas de inmunoensayo
de alto rendimiento.
- Positivo: Se trata de un caso confirmado con infección activa.
23
2. Residentes
Ante la presencia de un caso sospechoso con síntomas que no requieran ingreso
hospitalario, se indicara aislamiento en el centro residencial y se realizará antes de
24h una PDIA: PCR si resultado está disponible en menos de 24h y si no es posible
entonces se realizará un test de antígeno rápido.
Se podrá descartar otros patógenos en ancianos como la gripe y el VRS.
Si no puede garantizarse el aislamiento en casos leves a través del trabajador social del
centro de salud se facilitará instalaciones donde se pueda hacer de manera efectiva.
Si el resultado de la PCR es positivo se considera caso confirmado; si no cumple
criterios de hospitalización se indicará la continuidad del aislamiento del caso en el centro
donde resida, en la zona COVID 19 habilitada para ello. La dirección del centro
residencial junto con el RESE de zona o responsable de residencias realizaran el censo
de contactos estrechos y se comenzará el estudio y cuarentena de los contactos
estrechos.
El aislamiento se mantendrá hasta transcurridos tres días desde la resolución de la
fiebre y del cuadro clínico con un mínimo de 14 días desde el inicio de los síntomas.
Siempre que el residente precise de medidas terapéuticas que no se puedan llevar a
cabo en la residencia, el personal sanitario de la misma, en coordinación con el médico
de Atención Primaria de referencia, considerarán su remisión al hospital de referencia y si
es posible, tras contacto telefónico con el médico responsable del ingreso en el hospital
(UCA/Urgencias) para informarle de la situación del residente.
El seguimiento y el alta serán supervisados por el médico que haya hecho el seguimiento
en su centro.
El equipo de Atención Primaria realizará la notificación del caso (creación del proceso
Enfermedad por Coronavirus, EDO y Guía de Notificación).
3. Trabajadores
Cuando un trabajador presente síntomas compatibles con COVID-19, se aislará de forma
inmediata e informará a la mayor brevedad posible a su empresa que a su vez informará a los
SPRL.
El paciente se pondrá en contacto con su equipo de Atención Primaria para su notificación,
valoración, realización de PDIA y seguimiento si procede.
Se Indicará aislamiento del caso sospechoso y cuarentena de los convivientes hasta el resultado
de la PDIA.
24
Si el resultado de la PDIA es positivo:
El servicio sanitario del SPRL realizará el censo de contactos estrechos laborales y lo
remitirá lo antes posible a las Secciones de Epidemiología y a las Unidad de Salud
Laboral de los Servicios Territoriales de sanidad (SSTT).
Realizará los informes propuesta de IT que enviará a la Mutua con copia a Salud Laboral.
Si el área sanitaria del SPRL determina que el caso debe ser considerado como una
contingencia profesional derivada de accidente de trabajo:
o Realizará el informe que así lo acredite (según Modelo de informe para valoración
de contingencia profesional derivada de accidente de trabajo del Anexo 3 del
Procedimiento de actuación para los SPRL del Mº Sanidad) que remitirá a la
Mutua colaboradora de la SS con copia para Salud Laboral de los SSTT de
Sanidad.
o Comunicará a la empresa que el trabajador debe ser remitido a la Mutua
colaboradora de la Seguridad Social para que ésta realice el tratamiento,
seguimiento y rehabilitación, si precisa, de estos casos.
o Si la Mutua no asume la contingencia como accidente de trabajo, Atención
Primaria prestará la asistencia sanitaria al caso e informará a Inspección Médica y
a la Gerencia de Atención Primaria/Sanitaria para la actuación oportuna.
o Si la empresa tiene como mutua al INSS, el médico de familia tramitará la baja
como accidente de trabajo.
El área técnica en colaboración con el área sanitaria, evaluará las condiciones laborales
y revisará las medidas preventivas adoptadas, con el único fin de proponer propuestas de
mejora para evitar nuevos casos y contactos estrechos en el ámbito laboral, evitar la
aparición de brotes. Dicho estudio y propuestas deberán ser documentadas y
conservadas a disposición de la Autoridad Sanitaria.
Las FAS (Fuerzas Armadas):
Realizaran el censo de los contactos no laborales, solicitando al caso índice en el momento
de la entrevista telefónica, la confirmación de haber notificado a su empresa su condición
de positivo en la PDIA de COVID19. En caso de no haberlo hecho, se le recordará la
obligatoriedad de notificarlo con carácter urgente.
25
Según precisen o no ingreso hospitalario:
o Si no requieren ingreso hospitalario, serán manejados igual que la población
general en cuanto al aislamiento. Se podrán incorporar a su puesto de trabajo tras
10 días del inicio de los síntomas siempre que permanezcan asintomática al
menos 3 días y tras la realización de una prueba de diagnóstico que indique
ausencia de transmisibilidad, (determinación positiva de IgG por una técnica de
alto rendimiento, PCR negativa o PCR positiva a un umbral de ciclos (Ct) elevado
(superior a 30-35 ciclos).
o Si han requerido ingreso hospitalario podrán recibir el alta si la situación clínica
lo permite, aunque sea la PCR positiva, pero deberá mantener el asilamiento con
monitorización de su evolución clínica al menos 14 días desde el alta hospitalaria.
Para la reincorporación se siguen los mismos criterios que en el párrafo anterior.
26
4.2. Notificación de un caso
Cuando se confirme un único caso de COVID-19 en una residencia, centro sociosanitario u otra
institución cerrada, se considerará que existe un brote en esa institución.
El profesional de enlace de centro del centro residencial (puede ser un sanitario del
centro o no, según la propia residencia determine) contactará con el sistema de salud. Si
no, serán los responsables del centro en ese momento los que lo hagan.
27
El RESE de zona o responsable de residencias del Centro de Salud lo notificará de
forma urgente a las Secciones de Epidemiología y Unidades de Salud Laboral de los
Servicios Territoriales de Sanidad.
Fuera del horario de actividad ordinaria, la notificación la realizará el personal sanitario
del PAC, que lo notificará al Sistema de Alertas Epidemiológicas de Castilla y León (a
través del 112), quienes coordinarán la investigación del brote.
La Dirección del centro residencial lo comunicará al SPRL por si se tiene que analizar e
investigar el origen del brote con propuesta de medidas correctoras para evitar la
aparición de otros brotes.
4.3. Criterios referentes al aislamiento de los casos confirmados covid-19
Los residentes estarán ubicados hasta la finalización del aislamiento o cuarentena según lo
especificado en este documento en el punto 1 “Zonificación de los centros residenciales”.
1. Casos asintomáticos: Empieza en el momento que se confirme es caso (PDIA
positiva). Finaliza a los 14 días de la realización PDIA. No es necesario realizar PDIA al
finalizar el aislamiento.
2. Residentes con infección leve por COVID-19 (no han sido hospitalizadas, o no han
precisado oxigenoterapia, o el curso de los síntomas ha sido menor de 7 días):
Comienza en el momento que se sospecha por inicio de síntomas, se puede concluir el
aislamiento a los 14 días del inicio de la enfermedad siempre y cuando no hayan tenido
síntomas los últimos 3 días. Se valorará la realización de PCR. En el momento actual
existe suficiente evidencia de que, a partir de los 10 días, una PCR positiva, solo indica
presencia de genoma vírico en las secreciones, pero no que la persona sea infectante.
Por tanto. la realización de una PCR pasado este tiempo, da una información de dudosa
interpretación que puede prolongar innecesariamente los aislamientos.
3. Residentes que han sufrido un cuadro grave (han sido hospitalizados, o han
precisado oxigenoterapia o los síntomas han durado más de 7 días): deberá mantener
aislamiento con monitorización de su situación clínica al menos 14 días desde el inicio de
los síntomas. A partir de estos 14 días, y siempre que hayan transcurrido tres días desde
la resolución de la fiebre y el cuadro clínico, se podrá finalizar el aislamiento. En
cualquier caso, si antes de transcurridos estos 10 días de aislamiento desde el alta
hospitalaria se realiza una PCR y se obtiene un resultado negativo, se podrá desaislar al
paciente.
28
4. En caso de tener la última PCR negativa en el momento del alta hospitalaria y no
presentar síntomas respiratorios en los tres días previos, se considerará que la infección
está resuelta y se podrá dar el alta sin necesidad de aislamiento.
5. Es importante realizar una vigilancia continua de la posible aparición de síntomas
compatibles con COVID-19 en todos los casos y realizar las pruebas diagnósticas que
sean precisas.
4.4. Manejo de los Contactos Estrechos
1. Ideas clave
Ante un caso confirmado positivo en residencias de personas mayores y centros
sociales se realizará una PDIA, PCR de elección en caso de tener el resultado en
menos de 24 horas o en caso de no ser así, un test rápido de antígenos a los
contactos estrechos y a todos los residentes y trabajadores de las mismas, con
el fin de la detección precoz de todos los casos compatibles con COVID-19 como
punto clave de control de la transmisión. En residencias grandes que estén
sectorizadas y se haya completado la vacunación de residentes y trabajadores,
según los criterios establecidos por las autoridades de Salud Pública, se puede
realizar el estudio solo a los sectores o unidades de convivencia, donde se encuentre
el caso confirmado.
Si el test antigénico es positivo se considerará un “caso confirmado”.
Resultado negativo del primer test rápido de antígenos:
Acto seguido se realizará una PCR.
Si la PCR es positiva, pasará a considerarse “caso confirmado” y se actuará como tal.
Si sigue siendo negativo El 9-10º día se solicitará una segunda PDIA (PCR), dándose
por finalizado el seguimiento si el resultado es negativo.
Si presenta cualquier síntoma bien en el momento de la identificación o en el
seguimiento, pasará a ser caso sospechoso.
En cualquier caso, si no se pudiera realizar la segunda PDIA por circunstancias
excepcionales, la cuarentena finalizará a los 10 días de la fecha del último contacto.
Los contactos estrechos deberán realizar cuarentena con una duración de diez días
desde el último contacto con el caso independientemente del resultado de la PDIA.
(Anexo 2).
29
2. Residentes
Los residentes que hayan tenido contacto estrecho con el caso deberán realizar
cuarentena en la Zona de observación y vigilancia especial de su centro. En situación de
trasmisión comunitaria podría ser necesario realizar las PDIA a todos los residentes y
trabajadores de la misma.
Se les realizará una primera PCR lo antes posible. Se suspenderá la actividad exterior
(visitas, paseos…) en el centro hasta de disponer del resultado negativo del caso
confirmado o bien demostrar la ausencia de transmisibilidad con IgG positiva o estado
inmunitario frente SARS-CoV-2 tras completar el periodo de vacunación.
Para facilitar el seguimiento de los contactos en la Institución, se podrá utilizar una hoja
de seguimiento con la información que se precisa (Anexo 4).
El RESE de Zona periódicamente contactará con el responsable de la residencia para
garantizar el seguimiento y recabar la información necesaria al objeto de cumplimentar la
Guía Asistencial de Contactos de Medora.
El periodo a considerar será:
o Desde 2 días antes del inicio de los síntomas del caso hasta el momento en
que el caso es aislado.
o En los casos asintomáticos confirmados por PDIA, los contactos se buscarán
desde 2 días antes de la fecha de toma de muestra para el diagnóstico.
Las personas que no cumplan criterios de contacto estrecho, no tendrán que realizar
cuarentena si el resultado fuera negativo, aunque sí vigilancia activa de síntomas.
No precisaran de la realización de otra PDIA.
Personas que han tenido una infección confirmada por SARS-CoV-2 los 3 meses
anteriores y estén inmunizados tras completar correctamente el proceso de
vacunación están exentos de hacer cuarentena y nuevo estudio con PDIA.
Los contactos estrechos que no hayan podido hacer la cuarentena en condiciones
óptimas, se prolongará la cuarentena 10 días desde el final del periodo del
aislamiento del caso.
30
3. Trabajadores
Ante un trabajador contacto estrecho, de caso confirmado, sin protección adecuada,
la empresa les retirará del trabajo inmediatamente, y contactará a la mayor brevedad con
los SPRL para realizar una PDIA en menos de 24 horas (comunicando el resultado en el
mismo plazo) Anexo 3.
En el caso de imposibilidad de realización de la PDIA por parte del SPRL, la empresa lo
comunicará a la mayor brevedad posible a la Gerencia de Atención Primaria para que
actúe en consecuencia.
La cuarentena se mantendrá 10 días. El 9ª-10º día se solicitará nuevamente PDIA y se
dará por finalizado el seguimiento si esta es negativa.
Si la segunda PDIA es positiva, pasará a considerarse “caso confirmado” y se actuará
como tal.
El SPRL tramitará el informe de propuesta de baja laboral para Atención Primaria.
El SPRL evaluará las condiciones laborales de los trabajadores que han considerado
contactos estrechos.
31
32
5. REALIZACIÓN DE PRUEBAS EN REINGRESOS, SALIDAS O VACACIONES
Los ingresos en centros residenciales deberán estar a lo dispuesto en el
Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el
que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de
medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria
ocasionada por la COVID-19.
De forma general no se realizará PDIA a la salida y reingreso de residentes.
Sin embargo, en determinadas situaciones, podrá valorarse realizarlas
teniendo en cuenta si el residente está vacunado o no, el perfil de salida
(duración, actividades realizadas…) así como la situación epidemiológica
del centro residencial, se deberá de hacer una vigilancia activa de síntomas
y ante cualquier síntoma sospechoso realizar PDIA de manera inmediata
En los Centros Residenciales:
No es necesario volver a realizar PCR a las personas en las que se tenga constancia de
haber pasado la enfermedad en los tres meses anteriores:
o Personas asintomáticas (persona que en el momento actual no tiene síntomas
sospechosos de COVID), que ya tuvieron una prueba PCR positiva que se
negativizó.
o Personas con IgG positiva de alto rendimiento.
o Personas que han completado el proceso de vacunación y están inmunizadas
En el caso de los nuevos ingresos: las personas en las que no se tenga constancia que
han pasado la enfermedad o estén correctamente vacunados hay realizar la prueba PCR 3
días antes de su ingreso en el centro residencial. El resultado de la PCR debe de ser
negativo, no siendo necesario realizar en el centro residencial cuarentena pero sí que hay
que hacer vigilancia activa.
En el caso de residentes que hayan realizado una salida, al menos durante 15 días y de los
que NO se tenga constancia que han pasado la enfermedad, mediante una anotación en la
Historia Clínica, o estén correctamente inmunizados, tras completar la vacunación hay que
realizar la prueba PCR 3 días antes de su ingreso en el centro residencial. El resultado de la
33
PCR debe de ser negativo, no siendo necesario realizar en el centro residencial cuarentena
pero sí que hay que hacer vigilancia activa.
En los trabajadores de estos centros que regresen de un permiso o vacaciones por un
periodo superior a 15 días, y a los nuevos trabajadores que se incorporen al centro, hay que
realizar la prueba PCR 3 días antes de su incorporación al puesto de trabajo, siempre que no
se tenga constancia de haber pasado la enfermedad en los tres meses anteriores, o estén
correctamente vacunados. Un nuevo trabajador no debe de incorporarse al centro residencial
hasta haber completado la pauta de vacunación, salvo que sea estrictamente necesario. En
caso de que se incorpore, se procederá a la vacunación, cuanto antes. No será necesaria la
realización de pruebas PCR en los Centros de Día de personas mayores y de personas
con discapacidad, viviendas tuteladas o cualquier otro centro de régimen no
residencial, ni para los usuarios de los mismos ni para sus trabajadores.
La PDIA de elección será la PCR pero ante el riesgo de prolongación de los tiempos de
espera, se puede realizar las pruebas con la realización de test antigénicos.
Dado que de momento estos test no están adecuadamente validados en población
asintomática y la necesidad de garantizar un adecuado valor predictivo negativo, ante un
resultado negativo se debe realizar PCR. Como alternativa se podría contemplar la
realización de una nueva detección rápida de antígeno a las 48 horas.
Realización de pruebas diagnósticas en personas asintomáticas:
No se aconseja volver a realizar PCR de nuevo a las personas asintomáticas que ya
tuvieron una prueba positiva que se negativizó, dada la falta de evidencia en el momento
actual de transmisibilidad a partir de pacientes que vuelven a presentar PCR positiva.
Si por cualquier motivo se le ha realizado y esta es positiva, habría que realizar Ig G de alto
rendimiento. Si el resultado es positivo se considera infección resuelta. Y si es negativa se
considera infección activa (aislamiento 14 días y búsqueda de contactos). Hasta el resultado
de dicha IgG, habría que mantener aislamiento del paciente y cuarentena de sus
convivientes.
34
6. INGRESOS EN CENTROS RESIDENCIALES
Ingresos de residentes por prioridad social:
En el caso de ingresos por prioridad social, la persona deberá estar asintomática al
menos en los últimos 3 días presentar una prueba PCR negativa realizada al menos tres
días antes del ingreso. Para los nuevos ingresos, se garantizará la vacunación con la
antelación suficiente No es necesario realizar cuarentena pero si hay que realizar una
vigilancia activa de síntomas.
Si por motivos de urgencia el ingreso no puede supeditarse a la realización de la prueba,
y el residente no está vacunado la persona asintomática ingresará en la zona con
Vigilancia Especial permaneciendo en ella hasta que se realice y se conozca el resultado
de la prueba. Si el resultado fuese positivo deberá pasar a la zona COVID 19. Si el
resultado fuese negativo pasará a la zona NO COVID 19. Se procederá al inicio de la
vacunación y se extremarán las medidas de precaución y vigilancia activa de síntomas
Si la persona que ingresa fuese Covid positivo deberá hacerlo directamente a la zona
COVID 19 del centro.
Nuevos ingresos en centro residencial y reingresos en centro residencial desde
domicilio:
El centro debe contar con la plantilla al 100% de disponibilidad (de la plantilla legalmente
exigible), de acuerdo con la información diaria remitida por la entidad titular a la Gerencia
de Servicios Sociales según su Guía de actuaciones en las residencias y centros de día
públicos y privados de personas mayores y de personas con discapacidad de Castilla y
León.
Para proceder a nuevo ingreso o reingreso en centro residencial tras una estancia en
el domicilio la persona deberá estar asintomática al menos los últimos 3 días, estar
correctamente vacunados y presentar un resultado negativo del test PCR realizado 3
días antes del ingreso desde Atención Primaria. Una vez ingresado en la residencia no
es necesario realizar cuarentena pero si hay que realizar una vigilancia activa de
síntomas
Si el resultado del test al ingreso fuera positivo, solo se podrá producir el ingreso en
aquellos centros que cuenten con sectorización y con plazas vacantes en la zona COVID
con instalaciones y con personal habilitados para tal fin.
En el caso de residentes que hayan realizado una salida, al menos durante 15 días y
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de los que no se tenga constancia que han pasado la enfermedad, mediante una
anotación en la Historia Clínica y no están vacunados hay que realizar la prueba PCR 3
días antes de su ingreso en el centro residencial. El resultado de la PCR debe de ser
negativo, no siendo necesario realizar en el centro residencial cuarentena pero sí que
hay que hacer vigilancia activa.
A la vuelta a la residencia de cualquier tipo de salida del residente siempre habrá que
realizar una vigilancia activa de síntomas al menos durante los 10 días posteriores a la
entrada.
Es fundamental el mantenimiento de medidas de seguridad durante esas estancias fuera
del centro (distanciamiento social, uso de mascarilla, medidas higiénicas, etc.).
Reingresos en centro residencial por alta hospitalaria, o tras acudir a urgencias o a
consultas externas
En el caso de un residente ingresado en el Hospital por COVID-19 al alta se
recomienda la realización de PCR:
- Resultado negativo: ingresara en la residencia y no es necesario cuarentena
pero se realizara vigilancia activa de síntomas.
- Resultado positivo: podrá ingresar en la residencia en la zona COVID y
continuará aislamiento con monitorización de su situación clínica al menos 14
días desde el inicio de los síntomas. A partir de estos 14 días, y siempre que
hayan transcurrido tres días desde la resolución de la fiebre y el cuadro clínico, se
podrá finalizar el aislamiento.
En el supuesto de un ingreso en Hospital en una zona libre de COVID, tras el alta
hospitalaria no será necesaria la realización de un nuevo test PCR ni de la
realización de cuarentena pero se realizara vigilancia activa de síntomas.
En el caso de que la persona acuda a urgencias o a consulta externa del hospital por
motivos que no tienen relación con la enfermedad por COVID, no hay que tener
ninguna actitud especial. El residente deberá acudir a dicha consulta o a urgencias
con todas las medidas de seguridad, y seguir manteniéndolas a la vuelta a la residencia,
pero no precisa ninguna prueba diagnóstica (que en ese caso no daría ninguna
información útil), ni cuarentena posterior pero se realizara vigilancia activa de síntomas.
36
7. CRIBADOS EN RESIDENCIAS Algoritmo en el Anexo 5
Los estudios de cribados son aquellos realizados sobre personas asintomáticas.
La OMS define cribado como “la aplicación sistemática de una prueba para
identificar a individuos con un riesgo suficientemente alto de sufrir un determinado
problema de salud para beneficiarse de una investigación más profunda o acción
preventiva directa, entre una población que no ha buscado atención médica por
síntomas relacionados con la enfermedad “.
Deben de estar muy dirigidos, sólo podría considerarse su realización en
determinadas situaciones y siempre bajo la recomendación de las autoridades
de Salud Pública. En este sentido, mientras persista la vulnerabilidad, se puede
plantear la realización de cribados en personas trabajadoras y residentes de
centros sociosanitarios, de preferencia a través de la técnica PCR. Dado que en
este contexto, la rapidez no es tan necesaria y la toma de muestras se puede
programar. No obstante se puede realizar el cribado sistemático y periódico con
pruebas de detección de antígeno, si bien es necesario confirmar los casos
negativos mediante PCR. El resultado negativo, en este contexto no exime del
cumplimiento de ninguna de las medidas de control y prevención de la infección,
recomendadas.
En función de la situación epidemiológica y de las recomendaciones
establecidas por las autoridades de Salud Pública, tras completar la
vacunación en los centros residenciales de la Comunidad y superado el tiempo
de recomendación para una correcta inmunización de al menos siete días desde
la administración de la segunda dosis, no se realizarán cribados periódicos
entre los trabajadores ni los residentes
8. VIDA EN LOS CENTROS RESIDENCIALES
Extremando las medidas de seguridad, debido a la actual situación epidemiológica, la vida en
los centros residenciales debe de ser lo más parecida posible a la de cualquier persona que vive
en su hogar. Los cuidados y la atención integral de las personas que viven en un centro,
37
implican en muchos casos, cercanía. El apoyo a la higiene personal, la ayuda en las comidas y
muchas otras actividades de la vida cotidiana, se tienen que hacer desde la proximidad. Es
imprescindible compatibilizar las medidas de prevención e higiene generales frente a la
COVID-19 con una adecuada atención integral de la persona.
Las situaciones de aislamiento obligatorio por motivos epidemiológicos, deben ser compatibles
con el desarrollo del mayor número posible de las actividades habituales del centro y la
continuidad de una vida en lo esencial normal para los usuarios que allí residen.
A día de hoy, la mayoría de los residentes han recibido una pauta de vacunación
completa, por lo que se debe de realizar una normalización de actividades como la
rehabilitación, la estimulación cognitiva y actividades relacionadas con la socialización
para asegurar la salud de los residentes desde el punto de vista físico, psicológico y
social.
Al objeto de minimizar los riesgos, dadas las ventajas conocidas para la contención de la
pandemia, además del beneficio que supone para la vida cotidiana de los residentes, se
recomienda organizar los centros en espacios pequeños a modo de “unidades de
convivencia”, conformados siempre por los mismos usuarios, atendidos siempre por los mismos
profesionales de atención directa.
Se desarrollará de acuerdo a las consideraciones que la normativa vigente establezca ,según
lo dispuesto en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y león, por el
que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de medidas de Prevención
y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, junto a lo
establecido en la “Guía de actuaciones en las Residencias y Centros de día públicos y privados
de personas mayores y de personas discapacitadas de Castilla y León” publicado en el portal de
Gerencia de Servicios Sociales.
9. SALIDAS AL EXTERIOR
Las salidas al exterior, se regirán con carácter general de acuerdo a las consideraciones que la
normativa vigente en materia de movilidad esté establecida para la población general y lo
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desarrollado en la Guía de actuaciones en las residencias y centros de día públicos y privados
de personas mayores y de personas con discapacidad de Castilla y León, actualizada en marzo
2021.
En los centros residenciales con vacunación completa y en las que no haya un brote abierto, se
flexibilizará el régimen de salidas, tras una valoración individualizada de cada residente.
Se debe de garantizar el cumplimiento de las medidas de higiene y prevención.
En todo caso, las salidas seguirán, con carácter general, las indicaciones siguientes:
En cualquier nivel de alerta, los residentes podrán realizar salidas para acudir al
médico y similares, o causas de fuerza mayor.
Se permitirán las salidas al exterior de las personas residentes negativas en COVID-19 y
sin sospecha de contagio que residan en centros de servicios sociales. Estas salidas al
exterior, teniendo en consideración la situación epidemiológica y el nivel de alerta de cada
momento, estarán coordinadas con la dirección del centro para asegurar las medidas de
seguridad necesarias tanto para el propio usuario como para evitar la propagación de la
pandemia en el centro.
En todo caso, tanto usuarios como acompañantes deberán encontrarse libres de
síntomas compatibles con infección.
Cuando este acompañamiento sea realizado por familiar, allegado, voluntario o persona
ajena al centro, deberá cumplimentar y firmar una declaración responsable sobre su
situación en relación al COVID-19.
Cuando la salida del residente no precise acompañamiento por ser la persona autónoma
deberá firmar la declaración responsable él mismo.
Se deberán extremar todas las medidas y precauciones de seguridad
establecidas con carácter general para evitar contagios.
Cada centro deberá establecer un protocolo sencillo de salida y retorno al centro,
en el que quedará expresado como mínimo:
o El procedimiento de salida
o Registro de salida
o Salida Individual o grupal
o Motivo de salida en caso de actividad programada
o Datos completos con teléfono de contacto de los acompañantes
o Hora de salida y entrada
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o Modo de concertar la salida (telefónica, telemática o por el procedimiento
que se decida, en caso de realizarse con acompañante por cita previa).
10. VISITAS
Las visitas a centros residenciales se regirán con carácter general de acuerdo a las
consideraciones que la normativa vigente en materia de movilidad establezca para la población
general, y, en su caso, se estará a lo dispuesto en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de
la Junta de Castilla y León, por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se aprueba
el Plan de medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada
por la COVID-19.
Se flexibilizan las visitas, en los centros residenciales correctamente vacunados. Se tendrá en
cuenta, la situación epidemiológica y el nivel de alerta de cada momento y serán coordinadas
por la dirección del centro quien gestionará que se realice con las medidas de seguridad
establecidas
Debe de quedar garantizado el escalonamiento de visitas a los residentes a lo largo del día y al
menos la posibilidad de una visita por residente y día según lo establecido en la Guía de
actuaciones de residencias de personas mayores y centros de día, mencionada a lo largo del
presente documento.
La sospecha o detección de un brote en un centro residencial, hará que se tomen medidas de
contención, vigilancia y control con la finalidad de contener el brote, adaptándose a la
valoración realizada por los responsables de Salud Pública de la situación epidemiológica y la
estructura de cada centro
Las visitas a los usuarios de los centros residenciales que se realicen por razones
excepcionales, tales como el final de la vida o el alivio de descompensación
neurocognitiva del residente, podrán realizarse, aunque el centro tenga casos de covid19.
En estas situaciones y a efectos de minimizar los riesgos, en el acompañamiento en fase
terminal de los residentes, se seguirán las indicaciones siguientes:
o Se limitará a una persona acompañante al residente en esta fase terminal, previa
40
firma del consentimiento informado sobre los riesgos de contagio de COVID-19.
o Se habilitarán accesos y circuitos seguros de entrada y salida que garanticen el
contacto mínimo con otros residentes y trabajadores del centro.
o Se extremarán las medidas de prevención e higiene frente al covid19, tanto las
medidas de protección individual, como las generales de las instalaciones.
o La persona acompañante no podrá en ningún caso presentar sintomatología
compatible con una posible infección por COVID-19.
o El centro deberá llevar un registro nominal de las personas que realizan este
acompañamiento.
11. ACTUACIONES EN LOS CENTROS DE DÍA
11.1 Medidas específicas dirigidas a prevenir el contagio
Las actuaciones deberán estar a lo dispuesto en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de
la Junta de Castilla y león, por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se aprueba
el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada
por la COVID-19, siguiendo lo establecido por la Consejería de Familia e Igualdad en la “Guía
de actuaciones de las residencias y centros de día públicos y privados de personas mayores y
de personas con discapacidad de Castilla y León “
11.2 Situación de brote en centros de día
La detección de un solo caso en un centro tendrá la consideración de brote y llevará
consigo la puesta en marcha de todas las medidas recogidas.
11.3 Sospecha de brote
La aparición de un cuadro sospechoso de Covid-19, de acuerdo a la definición de la Estrategia
de detección precoz, vigilancia y control del Covid-19 del Ministerio de Sanidad y el Instituto de
Salud Carlos III, en un usuario de un centro de día obligará a su aislamiento inmediato
preventivo en su domicilio.
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En el caso de la aparición de un cuadro sospechoso de covid-19, en un profesional de un
centro de día le obligará a retirarse de su actividad laboral y a realizar un aislamiento inmediato
preventivo en su domicilio. De forma inmediata, deberá contactar con el servicio de prevención
de riesgos laborales que le corresponda al objeto de proceder de acuerdo a las indicaciones
marcadas al caso.
En ambos casos, el profesional de enlace del centro deberá contactar de forma inmediata con el
responsable de residencias del centro de salud que le corresponda o RESE de Zona, según
organización interna del centro de salud, y se actuará de acuerdo al procedimiento de
diagnóstico, vigilancia y control establecido en Atención Primaria para la pandemia.
11.4 Confirmación de brote
A los usuarios de centro de día que hayan tenido contacto estrecho, de acuerdo a la
definición de contacto de la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control del COVID19, del
Ministerio de Sanidad y el Instituto de Salud Carlos III, se les indicará la necesidad de
aislamiento preventivo en su domicilio y se les realizará un test PCR lo más precozmente posible,
informados y deberán realizar una cuarentena de 10 días contados desde el último contacto
con un caso confirmado, independientemente del resultado de las PDIA.
A los trabajadores que hayan tenido contacto estrecho, de acuerdo a lo establecido en la
Estrategia de detección precoz, vigilancia y control del COVID19, del Ministerio de Sanidad y el
Instituto de Salud Carlos III, se les realizará test PCR lo más precozmente posible, informados y
deberán realizar una cuarentena de 10 días contados desde el último contacto con un caso
confirmado, independientemente del resultados de las PDIA.
La detección de un brote en un centro de día podrá conducir al cierre provisional de su
actividad, por indicación de la autoridad competente, siempre que lo valore imprescindible para
contener la transmisión de los contagios y en tanto el brote no se considere
epidemiológicamente controlado.
42
11.5 Centros de día con unidad de estancias diurnas para personas mayores
Además de los aspectos generales a tener en cuenta, en el supuesto de no poder llevar a cabo
medidas de distanciamiento y separación de espacios, se planteará la incorporación y
organización de usuarios al centro en turnos diferentes, siendo imprescindible desinfectar el
espacio una vez finalizado cada turno.
Todos los centros de día con unidad de estancias diurnas estén o no integrados en centros
residenciales, para realizar sus actividades habituales, deberán cumplir las siguientes
condiciones y requisitos, encaminados a garantizar la higiene y seguridad de los usuarios para
evitar posibles contagios:
En las actividades grupales de carácter terapéutico y en los espacios de
restauración será necesario el mantenimiento de una distancia de seguridad
interpersonal, de al menos, 1,5metros y el uso de mascarilla.
En las actividades que se realicen en espacios de uso compartido, como jardines,
espacios multiusos, o en el exterior, seguirá siendo obligatorio el uso de
mascarillas.
En todos los espacios del centro deberán estar disponibles geles hidroalcohólicos
u otros productos para la desinfección personal.
Las toallas y servilletas serán desechables.
Las entradas y salidas al centro se realizarán de forma escalonada y en circuitos
diferenciados.
En el acceso al centro se dispondrá de un espacio para que los usuarios puedan
cambiarse de calzado.
Se tomará la temperatura a cada usuario en el espacio de acceso al centro.
Diariamente se hará una limpieza y desinfección del centro. Si en el centro se
realizan turnos, la limpieza y desinfección se hará en cada uno de ellos.
Se recomienda la ventilación diaria de los espacios y en lo posible evitar el uso
de aire acondicionado.
43
11.6 Centros de día para personas con discapacidad
En los centros de día de personas con discapacidad, además de los aspectos generales, se
tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
No compartirán espacio al mismo tiempo las personas usuarias de centro de día que
residan en el hogar familiar con aquellos que residan en centros residenciales para
personas con discapacidad.
La prestación del servicio de centro de día podrá realizarse en los espacios habituales
o en otros que reúnan características similares o sirvan para el desarrollo de las
actuaciones propias de centro de día.
El servicio de centro de día podrá tener una duración (horas/día) inferior a la ordinaria
y podrá comprender todas o algunas de las actuaciones que integran el servicio de
centro de día de forma habitual.
Por parte de la dirección del centro se garantizará:
El respeto de una distancia de 1,5 metros entre personas usuarias sentadas y uso de
mascarilla (en el caso de personas exentas por motivos médicos habrá que potenciar la
distancia de seguridad y emplear las medidas que eviten la transmisión viral)
Ventilación de los espacios en función de la intensidad de uso y obligatoria cuando
cambien las personas usuarias.
Limpieza de los espacios en función de la intensidad de uso y obligatoria cuando cambien
las personas usuarias.
Fijación de un lugar específico del centro para personas que presenten síntomas donde
esperarán a que vengan a recogerlos de acuerdo con lo establecido en el plan de
contingencia.
Por parte de la familia con la que convive la persona usuaria o por parte del personal
responsable de la vivienda apoyada, se garantizará:
Control diario antes de acudir al centro del estado de salud de la persona usuaria. Si
presentara malestar o fiebre no asistirá al centro, comunicándolo para el inicio en su caso
de las actuaciones previstas en el plan de contingencia.
La persona usuaria deberá portar mascarilla.
44
12. GLOSARIO DE TÉRMINOS
CASO SOSPECHOSO: cualquier persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda
de aparición súbita de cualquier gravedad que cursa, entre otros, con fiebre, tos o sensación de
falta de aire. Otros síntomas como la odinofagia, anosmia, ageusia, dolores musculares,
diarreas, dolor torácico o cefaleas, entre otros, pueden ser considerados también síntomas de
sospecha de infección por SARS-CoV-2 según criterio clínico.
CASO CONFIRMADO CON INFECCIÓN ACTIVA:
Persona que cumple criterio clínico de caso sospechoso y con PCR positiva.
Persona que cumple criterio clínico de caso sospechoso, con PCR negativa y resultado
positivo a IgM por serología de alto rendimiento (no por test rápidos).
Persona asintomática con PCR positiva con Ig G negativa o no realizada
CASO CON INFECCIÓN PASADA/RESUELTA: Persona asintomática con serología Ig G
positiva independientemente del resultado de la PCR (PCR positiva, PCR negativa o no
realizada).
CASO DESCARTADO: caso sospechoso con PCR negativa e IgM también negativa, si esta
prueba se ha realizado, en el que no hay una alta sospecha clínica.
CONTACTO ESTRECHO:
Cualquier persona que haya proporcionado cuidados a un caso: personal sanitario o socio-
sanitario que NO haya utilizado las medidas de protección adecuadas, miembros familiares o
personas que tengan otro tipo de contacto físico similar.
De forma general, a nivel comunitario, se considerará contacto estrecho a cualquier persona
que haya estado en el mismo lugar que un caso, a una distancia menor de 1.5* metros y
durante más de 15 minutos. En entornos en los que se pueda hacer una valoración del
seguimiento de las medidas de prevención, incluido el uso correcto y continuado de la
mascarilla, podrá realizarse una valoración individualizada por el servicio de prevención de
riesgos laborales o el responsable que sea designado para ese fin.
*La distancia de 1,5 metros es la establecida en la normativa de Castilla y León en el
ACUERDO 46/2020, de 20 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el
Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada
45
por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León. BOCyL de viernes, 21 de agosto de
2020.
Identificación de contacto estrecho: El periodo a considerar será desde 2 días antes del
inicio de síntomas del caso hasta el momento en el que el caso es aislado. En los casos
asintomáticos confirmados por PDIA, los contactos se buscarán desde 2 días antes de la
fecha de toma de muestra para diagnóstico.
CONVIVIENTE: Persona que conviva en el mismo domicilio con el caso confirmado.
AISLAMIENTO: Medida que se adopta para separar a las personas infectadas o
sospechosas de estarlo por tener sintomatología compatible, de aquéllas que no están
infectadas.
Supone quedarse en su casa, evitar salir de la habitación y con la puerta cerrada, evitando
distancias menores de 1.5 metros de los convivientes. Todo ello además del resto de las
medidas de higiene recomendadas.
Si no fuera posible el aislamiento en estas condiciones o existan convivientes de riesgo, utilizar
las alternativas de alojamiento que oferte el Área de salud.
Casos que no requieran ingreso
hospitalario: manejo por AP
El aislamiento se mantendrá hasta transcurridos tres días desde la resolución de la fiebre y del
cuadro clínico con un mínimo de 10 días desde el inicio de los síntomas y no será necesaria
la realización de una PCR para levantar el aislamiento. En los casos asintomáticos el
aislamiento se mantendrá hasta transcurridos 10 días desde la fecha de toma de la muestra
para el diagnóstico.
Casos que han requerido ingreso
hospitalario con PCR+ al alta
Se deberá mantener aislamiento domiciliario con monitorización de su situación clínica al
menos 14 días desde el inicio de los síntomas. A partir de estos 14 días, y siempre que hayan
transcurrido tres días desde la resolución de la fiebre y el cuadro clínico, se podrá finalizar el
aislamiento. En cualquier caso, si antes de transcurridos estos 14 días de aislamiento
domiciliario desde el alta hospitalaria se realiza una PCR y se obtiene un resultado negativo,
se podrá desaislar al paciente.
Casos que han requerido ingreso
hospitalario con PCR- al alta
En caso de tener la última PCR negativa en el momento del alta hospitalaria y no presentar
síntomas respiratorios en los tres días previos, se considerará que la infección está resuelta y
se podrá dar el alta sin realizar aislamiento en domicilio.
Residentes en centros para mayores o
en otros centros sociosanitarios que no
cumplan criterios de hospitalización y
sean tratados en la residencia
Se indicará aislamiento en los centros donde residan. El aislamiento se mantendrá hasta
transcurridos tres días desde la resolución de la fiebre y del cuadro clínico con un mínimo de
14 días desde el inicio de los síntomas debido a su situación de vulnerabilidad. El
seguimiento y el alta serán supervisados por el médico que haya hecho el seguimiento en su
centro.
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CUARENTENA: Medida que se adopta para mantener alejadas de otras personas a aquellas
personas asintomáticas que podrían haber estado expuestas al contagio.
Periodo de 10 o 14 días en el que el contacto debe permanecer en su domicilio siguiendo las
recomendaciones del Anexo 2 y si no fuera posible en las alternativas de alojamiento que oferte
el Área de salud.
VIGILANCIA ACTIVA: consistirá en un seguimiento activo por parte del profesional con
llamadas telefónicas para detectar la aparición de síntomas. La periodicidad de esas llamadas
dependerá de los factores clínicos, y socio-culturales del pacientes, según la valoración del
profesional y con mayor frecuencia en casos de co-morbilidad, o dudas sobre el cumplimiento de
la cuarentena y control de los síntomas por los pacientes.
VIGILANCIA PASIVA: Será la propia persona la que realice el control de sus síntomas (con la
información que se le proporciona para ello) y avisará al responsable de su centro de salud en
caso de aparición de alguno de ello.
Aclaraciones respecto el papel del SPRL, mutuas y mutualidades
SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (SPRL)
Colaboran con el Sistema Público de Salud en:
- Identificar los contactos estrechos en el ámbito laboral (elaborar censo) y transmitirlo a las
Secciones de Epidemiología y Unidades de Salud Laboral.
El personal sanitario y sociosanitario
que no requieran ingreso hospitalario
Serán manejados de la misma forma que la población general en cuanto al aislamiento. Se
podrán reincorporar a su puesto de trabajo tras 10 días del inicio de síntomas siempre que
permanezcan asintomáticos al menos 3 días y tras la realización de una prueba que indique
ausencia de transmisibilidad, bien sea por una determinación positiva de Ig G por una técnica
de alto rendimiento o por una PCR negativa o que, aun siendo positiva, lo sea a un umbral de
ciclos (Ct) elevado. Por consenso se admite que un Ct>30 equivaldría a una carga viral sin
capacidad infectiva.
El personal sanitario y sociosanitario
que haya requerido ingreso hospitalario
Podrá recibir el alta hospitalaria si su situación clínica lo permite, aunque su PCR siga siendo
positiva, pero deberá mantener aislamiento domiciliario con monitorización de su situación
clínica al menos 10 días desde el alta hospitalaria. Se podrán reincorporar a su puesto de
trabajo tras 10 días del inicio de síntomas siempre que permanezcan asintomáticos al menos
3 días y tras la realización de una prueba que indique ausencia de transmisibilidad, bien sea
por una determinación positiva de Ig G por una técnica de alto rendimiento o por una PCR
negativa o que, aun siendo positiva, lo sea a un umbral de ciclos (Ct) elevado. Por consenso
se admite que un Ct>30 equivaldría a una carga viral sin capacidad infectiva.
47
- Análisis de las causas de los brotes ocasionados en el ámbito laboral para proponer
medidas preventivas que eviten otros brotes.
MUTUAS COLABORADORAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL
Colaboran con el Sistema Público de Salud en:
- Estudio, tratamiento, seguimiento y rehabilitación, si precisa, de los casos sanitarios y
socio-sanitarios.
- Asumir la contingencia como Accidente de Trabajo en trabajadores sanitarios y
sociosanitarios.
MUTUALIDADES (MUFACE,MUGEJU E ISFAS)
El papel de las mutualidades ha quedado definido en el documento “PROCEDIMIENTO DE
ACTUACIÓN, IDENTIFICACIÓN Y MANEJO DE CASOS Y CONTACTOS DE COVID-19 EN
MUTUALISTAS (MUFACE, MUGEJU e ISFAS) en la Comunidad de Castilla y León de 12 de
agosto de 2020.” correspondiendo a la entidad aseguradora la atención a los casos (desde la
sospecha hasta la finalización del seguimiento). Las Entidades de Seguro Libre tienen la
obligación de iniciar la búsqueda de los contactos estrechos del caso confirmado y enviar el
censo de éstos a las Secciones de Epidemiología. Respecto al manejo de los contactos, en el
Centro de Salud de la Zona Básica en la que resida cada contacto, se realizará el seguimiento y
vigilancia.
13. DOCUMENTACIÓN DE APOYO
- Ministerio de Sanidad Adaptación de las medidas en residencias de mayores y otros centros
de servicios sociales de carácter residencial en el marco de la vacunación 15 de marzo de
2021
- Ministerio de Sanidad. Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19. 26
de febrero 2021
- Ministerio de Sanidad. Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de
riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2. 15 de febrero de 2021.
- Dirección General de Planificación y Asistencia Sanitaria. Dirección General de Salud
Pública. Consejería de Sanidad de Castilla y León Novedades del documento Procedimiento
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de diagnóstico, vigilancia y control de casos y contactos covid-19. Implementación en
atención primaria Marzo 2021
- Dirección General de Planificación y Asistencia Sanitaria. Dirección General de Salud
Pública. Consejería de Sanidad de Castilla y León. Procedimiento de diagnóstico, vigilancia y
control de casos y contactos covid-19. Implementación en atención primaria.
- Junta de Castilla y León Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades: Guía de
actuaciones en las residencias y centros de día públicos y privados de personas mayores y
de personas con discapacidad en Castilla y León marzo 2021
- Real Decreto- ley 27/2020, de 4 de agosto, de medidas financieras de carácter extraordinario
y urgente, aplicable a las entidades locales, BOE 5 de agosto.
- Procedimiento de Actuación, Identificación y Manejo de Casos y Contactos de Covid-19 en
mutualistas (MUFACE, MUGEJU E ISFAS) en la Comunidad de Castila y León. 12 de agosto
2020.
- Ministerio de Sanidad. Estrategia diagnóstica en un escenario de aumento de la demanda.
- Resolución de 15 de abril de 2020, de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería
de Sanidad en relación al procedimiento de notificación por los centros, servicios y
establecimientos sanitarios de diagnóstico clínico acerca de los casos Covid-19 confirmados.
Disponibles en
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-
China/documentos.htm
https://www.saludcastillayleon.es/es/covid-19/informacion-profesionales/prevencion-riesgos-
laborales
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/documentos/
Centros_sociosanitarios_actuacion_vacunados.pdf
14.
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/docume
ntos/Centros_sociosanitarios_actuacion_vacunados.pdfANhttps://www.mscbs.gob.es/prof
esionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/documentos/Centros_sociosanitarios_a
ctuacion_vacunados.pdfEX
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ANEXO 1. LISTADO VERIFICACIÓN EN CENTROS RESIDENCIALES.
DOCUMENTACION, INFORMACION, COMUNICACIÓN
1. ¿Dispone de los protocolos actualizados sobre recomendaciones del Ministerio
de Sanidad, Junta de CyL, Servicio de Prevención de Riesgo laboral (SPRL),
SACYL, disposiciones BOE, BOCYL, y sabe cómo y dónde acceder a los
mismos?
2. ¿Están disponibles los listados de contactos (Secciones de Epidemiología,
Médicos de referencia del SPRL, Interlocutores de atención primaria del SACYL,
Área de orientación diagnóstica del Centro Nacional de Microbiología (CNM)?
3. ¿Existe un plan de comunicación Interno a los trabajadores de la documentación
esencial?
4. ¿Todos los trabajadores están informados y formados en relación al agente
infeccioso, tipo de riesgo por contacto y por gotas, medidas higiénicas, cambios
de actividades, medidas de organización, sectorizaciones, manejo de productos
desinfectantes, según cada categoría o por tipo de tarea, y pautas y tipo de
aislamiento y medidas de protección y manejo de equipos de protección
individual (EPIs)?
5. ¿Se ha indicado a los trabajadores que cuiden su propia salud, y que controlen
su estado de salud y que, de presentar algún signo o síntoma, consulten al SPRL
y a su médico de Atención primaria, y se abstengan de acudir al trabajo avisando
de tal condición a la dirección del centro?
6. ¿Conoce y aplica las recomendaciones oficiales en relación a la gestión de
residuos?
7. ¿Conoce y aplica las recomendaciones oficiales en relación a la gestión de
cadáveres?
8. ¿Conoce y aplica las recomendaciones oficiales en relación a la limpieza y
desinfección de espacios generales, vajilla, ropa de cama y ropa de los
residentes y ropa de trabajo?
9. ¿Conoce el SPRL que tiene que realizar el estudio de casos y contactos?
10. ¿Dispone del teléfono de contacto del SPRL para contactar con su responsable
técnico y sanitario?
11. ¿Conoce la Mutua con la que tiene concertada las contingencias (bajas)
comunes o profesionales (enfermedad y accidente)?
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CARTELERIA. SEÑALIZACIONES
1. ¿Existe cartelería sobre higiene de manos en cada baño, higiene respiratoria y
otras medidas higiénicas, medidas al llegar al domicilio, prohibición de visitas, y
toda clase de infografía disponible en relación al COVID-19?
2. ¿Existe señalización de clausura de zonas, para guardar la distancia de
seguridad de 1.5 metros, prohibición del paso, zonas de aislamiento, medidas de
precaución especificas en zonas de aislamiento (de contacto y por gotas)?
STOCKS Y MATERIAL
1. ¿Se ha establecido un cuadro de stocks necesarios de todos los equipos de
protección individual (EPI), estimando necesidades en un escenario de aumento
acusado del número de casos, dificultad de acceso al mercado, teniendo en cuenta
los tipos de EPIs necesarios tanto para algunos usuarios (mascarillas quirúrgicas)
como para los diferentes trabajadores y tipos de tareas?
2. ¿Dispone de los diferentes EPIS necesarios?
3. ¿Se han repartido mascarillas quirúrgicas a todo el personal como una medida
general?
4. ¿Existe un procedimiento de control, entrega y formación para el uso de EPIs?
5. ¿Existe jabón y toallas de papel en todos los baños y aseos?
6. ¿Existe solución hidroalcohólica desinfectante en algunos lugares estratégicos?
7. ¿Se garantiza la colocación de cubos, con tapa de apertura de pedal si fuera
posible, para residuos comunes y pañuelos desechables en lugares estratégicos?
8. ¿Existen contenedores para residuos de clase III, o en su caso, bolsas
adecuadas para la gestión de residuos de acuerdo a los protocolos?
9. ¿Se ha aprovisionado de material y productos de limpieza recomendados para una
limpieza y desinfección intensificada?
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MEDIDAS GENERALES ORGANIZATIVAS
1. ¿Está elaborado el Plan de Contingencia del centro (Guía de prevención y control
frente al COVID-19 en residencias de mayores y otros centros de servicios sociales
de carácter residencial del MSCBS, 24/03/2020)?
2. ¿Se ha realizado la clasificación de los residentes en 4 grupos (Orden
SND265/2020, de 19 de marzo): a) sanos no contactos con casos, b) sanos
contactos con casos, c) enfermos no confirmados, d) enfermos confirmados?
3. ¿Se ha previsto o establecido la sectorización establecida ante posibles casos , de
acuerdo a la anterior clasificación a), b), c), d) de los residentes, y aislamiento por
cohortes si más de 1 caso?
4. ¿Existe un equipo Multidisciplinar de Crisis con profesionales externos al centro
(médicos, unidad de emergencias, autoridad sanitaria, SPRL?
5. ¿Se ha realizado una evaluación de Riesgos Laborales por parte del SPRL?
Se solicita evaluación de riesgos laborales específica para riesgo de COVID-19 al
Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la provincia, para las residencias
públicas a través de los técnicos de Prevención de Riesgos Laborales de las
Delegaciones territoriales de la JCYL y de los profesionales sanitarios concertados
con SP Ajenos, ver anexo).
6. ¿El SPRL ha realizado una valoración de trabajadores especialmente sensibles
o vulnerables en relación a la infección de coronavirus SARS‐CoV‐2, estableciendo
la naturaleza de esta especial sensibilidad y emitiendo un informe sobre las
medidas de prevención, adaptación y protección?
7. ¿Se estableció un listado de trabajadores expuestos, tipo de exposición y tipo de
trabajo efectuado, garantizando una correcta identificación de los profesionales a
efectos de seguimiento?
8. ¿Se realizan pruebas PCR por el SPRL?
9. ¿Se realiza la oportuna notificación de casos posibles o confirmados de COVID-
19 a quien corresponda (SPRL, médicos de cabecera, autoridad sanitaria)?
10. ¿Se efectúan los oportunos registros de los casos de COVID-19, tanto en
residentes como en trabajadores, así como de los contactos de estos casos?
11. ¿Se siguen las recomendaciones sobre las actuaciones frente a casos posibles o
confirmados de COVID-19, tanto en residentes como en trabajadores?
12. ¿Existe un plan de continuidad ante bajas laborales (sustitutos, voluntarios,
refuerzos…)?
52
13. ¿El centro ha adecuado el número de profesionales y el tiempo de exposición a
residentes con COVID-19 en el cuidado de los residentes, según la clasificación de
éstos últimos en los grupos a)b)c)d)?
14. ¿Se evitan, en lo posible, rotaciones de personal asignado a diferentes zonas de
aislamiento?
15. ¿Se han clausurado zonas comunes y cafeterías, o al menos dispuesto para
garantizar distancias de 1.5 metros entre personas?
16. ¿Se ha creado un circuito diferenciado para los proveedores, o trabajadores de
contratas ineludibles, y limitado un horario para ello?
17. ¿Se han producido ingresos desde el estado de alarma? ¿Cuáles? Cuántos?
18. ¿Se han recibido visitas fuera de las ineludibles desde el estado de alarma?
¿Cuáles?
19. En el caso anterior, ¿estas visitas han cumplido con todas las normas de higiene y
usos de EPIs recomendados?
20. ¿Se ha elaborado un registro de toda persona ajena que entra al centro, con
datos de contacto (al menos: día y hora de entrada y salida, categoría
“profesional/visita ineludible”, nombre, apellido y teléfono de contacto y persona o
zona que visita)?
21. ¿El centro ha implementado las medidas necesarias para minimizar el contacto
entre las trabajadores, y entre éstas y otras personas que puedan concurrir en su
lugar de trabajo, disponiendo para ello los puestos de trabajo,
organizando/modificando la circulación de personas y la distribución de espacios
(mobiliario, estanterías, pasillos, etc.) en el centro de trabajo, en la medida de lo
posible, con el objetivo de garantizar el mantenimiento de la distancias de
seguridad de 1.5 metros?
22. ¿Se ha evitado la deambulación, salidas de rutina del centro y salida de personas
aisladas de su zona de aislamiento, salvo las autorizadas (personas deambulantes
o errantes con trastorno neurocognitivo, de manera que se le permita deambular sin
que le resulte posible salir de esa zona de aislamiento, evitando la utilización de
sujeción mecánica o química)?
23. ¿Se mantiene cualquier caso sospechoso o confirmado alejado a más de 1.5
metros de otras personas?
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FORMACION E INFORMACIÓN
1. ¿Se ha informado e impartido formación a los trabajadores por parte del SPRL o
de otros, para aprender las medidas preventivas frente al COVID19, organizativas,
higiénicas, técnicas, uso adecuado de EPIs, recomendaciones de regreso a sus
domicilios, potenciación psicológica frente el dolor ajeno, al estrés y el cansancio
propios, entre otros aspectos?
MEDIDAS HIGIENICAS Y LIMPIEZA
1. ¿Se cumplen las medidas higiénicas al toser o estornudar, distancia social, de
acuerdo a la infografía y guías, tanto para empleados como usuarios?
2. ¿Se evita compartir objetos, utensilios o aparatos por parte de residentes y
también de trabajadores, y si esto no fuera evitable, se limpian y desinfectan
después de su uso y antes de compartirse, y se realiza después de tocarlos higiene
de manos?
3. ¿se limpia y desinfecta de forma intensificada zonas potencialmente más
contaminadas, como escaleras, ascensores, barandillas y pasamanos, botones,
pomos de puertas, mesas, aseos compartidos, y también vehículos, objetos,
productos, que entren desde fuera en la residencia de mayores o centro de carácter
social.
4. ¿Se realizan tareas de ventilación periódica en las instalaciones y, como mínimo,
de forma diaria y por espacio de cinco minutos?
5. ¿Se refuerza la limpieza de los filtros de aire y se aumenta el nivel de ventilación de
los sistemas de climatización para renovar el aire de manera más habitual?
6. ¿Se divulgarán medidas a adoptar por trabajadores al volver a sus domicilios
para evitar contagios en el ámbito personal y para desplazarse de sus domicilios al
centro de trabajo y vuelta?
7. ¿Se ha recomendado prioritariamente el uso de medios de transporte individual?
54
APOYO A FAMILIAS Y RESIDENTES
1. ¿Hay acciones en relación a la humanización en el especial trance de
confinamiento y enfermedad de residentes y sus familiares, y de consideraciones
éticas en relación a la evolución negativa?
2. ¿Se facilitan consentimiento informados para familiares/tutores para
acompañamientos por humanización dentro del centro en fase terminal?
3. ¿Se facilitan medios telemáticos para telecomunicación? Móviles, tablets…
4. ¿Se informa de las acciones que sea realizan, tanto al residente como al
familiar/tutor?
OTROS
1. ¿Se ha solicitado intervención externa, UME, médicos sin fronteras, y modos de
proceder?
2. ¿Están informados los representantes de los trabajadores de la documentación?
Fuentes:
- Servicio de Programas de Salud y Prevención de la Dirección Técnica de Recursos
Humanos y Gestión de Centros. Gerencia de Servicios Sociales. Consejería de Familia
de la Junta de Castilla y León.
- Ministerio de Sanidad. Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de
riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2. 19 de junio de 2020.
55
ANEXO 2. HOJA DE INFORMACIÓN SOBRE LA REALIZACIÓN DE CUARENTENA
(Adaptado del documento del Ministerio de Sanidad Estrategia de detección precoz, vigilancia
y control de COVID-19. 25 de septiembre 2020)
Debido a su exposición a un caso de infección por el nuevo coronavirus (SARS-CoV-2)
durante el posible periodo de transmisibilidad que comienza 48 horas antes de la aparición de
síntomas, se le ha clasificado como contacto de riesgo. Se realizará un seguimiento activo a lo
largo del periodo de incubación máximo de la enfermedad, que es de 10 días.
Durante este periodo hay que estar pendiente de cualquier síntoma de enfermedad (en
particular fiebre, tos o dificultad respiratoria) para poder actuar de la forma más temprana
posible, especialmente para evitar la transmisión a otras personas. Además, debe permanecer
en la residencia en cuarentena durante 10 días. El objetivo es evitar que, si hubiera adquirido
la infección, la pueda transmitir a su vez a otras personas teniendo en cuenta además que
esta transmisibilidad comienza 48 horas antes de la aparición de síntomas, si se desarrollan.
En el centro residencial deben realizar un control de temperatura dos veces al día, entre los
siguientes horarios:
De 08:00 a 10:00 horas
De 20:00 a 22:00 horas.
Además, deberán seguir las siguientes recomendaciones:
- Permanecer la mayor parte del tiempo en una habitación individual hasta
transcurridos 10 o 14 días tras la última exposición de riesgo y preferiblemente con la
puerta cerrada (realizar actividades que entretengan como leer, dibujar, escuchar la radio,
escuchar música, ver televisión, navegar por internet, etc).
- A ser posible usar baño individual, es decir, no compartir con ninguno de sus convivientes.
-Lavarse las manos con frecuencia con agua y jabón, especialmente después de toser o
estornudar o manipular pañuelos que haya usado para cubrirse. También puede utilizarse
soluciones hidro-alcohólicas.
- Restringir al mínimo imprescindible las salidas de la habitación y, cuando sea
necesario salir, llevar siempre una mascarilla quirúrgica.
- Limitar en la medida de lo posible el contacto con residentes.
En caso fiebre (tener en cuenta si se está tomando antitérmicos para poder valorar la
fiebre) o desarrollar cualquier síntoma como tos o dificultad respiratoria, se deberá
contactar de manera inmediata con el Centro de Salud o PAC para valoración lo más
precozmente posible.
56
ANEXO 3. ACTUACIONES DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
El servicio sanitario del servicio de prevención de riesgos laborales elaborará el informe para que
quede acreditada la indicación de incapacidad temporal (IT) con el fin de facilitar a los servicios
de atención primaria o Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social su tramitación en:
Los casos sospechosos o confirmados y los contactos estrechos de casos confirmados
ocurridos en la empresa. Así como los casos confirmados para los que le sea requerido por la
autoridad sanitaria.
Las trabajadores con especial sensibilidad en relación a la infección de coronavirus SARS-
CoV-2, sin posibilidad de adaptación del puesto de trabajo, protección adecuada que evite el
contagio o reubicación en otro puesto exento de riesgo de exposición al SARS-CoV-2. En
este caso, cuando se produzcan cambios en la evidencia científica disponible, en las
condiciones de trabajo o en las medidas preventivas que hagan innecesaria la IT, el servicio
de prevención debe reevaluar con los nuevos criterios o datos, los informes de indicación de
IT emitidos que puedan verse afectados y facilitar su resultado, por la misma vía, a los
servicios de Atención Primaria.
Cuando se tenga conocimiento del periodo de aislamiento o de enfermedad con posterioridad
al inicio del mismo, los partes de baja se emitirán con carácter retroactivo y sin la presencia
física de la persona trabajadora.
El servicio de prevención de riesgos laborales informará sobre las actuaciones anteriores a
las personas afectadas, a la empresa y a los órganos de representación en materia de
seguridad y salud, si los hubiera, guardando la debida confidencialidad, que deberá
extremarse con la información relativa a los problemas de salud de las trabajadores con
especial sensibilidad.
Además, informará de:
- La obligación del aislamiento preventivo o, en su caso, cuarentena.
- Que el parte de baja y los de confirmación serán emitidos sin la presencia física de la
persona trabajadora. La persona interesada no debe ir a recoger los partes, puede
recogerlos otra persona o utilizar otros medios disponibles para evitar desplazamientos.
- Que, aunque los partes de baja y alta serán emitidos por enfermedad común, el INSS
realizará el procedimiento interno correspondiente para convertirlos en accidente de
trabajo, a efectos de prestación económica.
57
- Las medidas y recomendaciones preventivas generales, sobre todo de higiene, de los
lugares de trabajo.
El Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en
materia agraria, científica, económica, de empleo y seguridad social y tributarias para paliar los
efectos del COVID-19, establece en su artículo 9 que las enfermedades padecidas por el
personal que presta servicio en centros sanitarios o socio-sanitarios, inscritos en los registros
correspondientes, como consecuencia del contagio del virus SARS-CoV-2 durante el estado de
alarma, tendrán consideración de contingencia profesional derivada de accidente de trabajo,
cuando así se acredite por los servicios de Prevención de Riesgos Laborales y Salud Laboral.
Esta previsión se aplicará a los contagios del virus SARS-CoV-2 producidos hasta el mes
posterior a la finalización del estado de alarma, acreditando este extremo mediante el
correspondiente parte de accidente de trabajo que deberá haberse expedido dentro del mismo
periodo de referencia.
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MODELOS DE INFORME PARA LA COMUNICACIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN
1. CASO SOSPECHOSO, CONFIRMADO O CONTACTO ESTRECHO
INFORMACIÓN DIRIGIDA AL FACULTATIVO DE ATENCIÓN PRIMARIA
Logo del servicio de prevención
D./Dña………………………………………………………………………………………………
……………………………., nº de colegiado/a ………………………., con
DNI………………………………...…., médico especialista en medicina del trabajo del servicio de
prevención……………………………………………………………………………………., informa que
D./Dña.
………………………………………………………………………………………………………….., con
DNI…………………………….., profesión/ocupación……………………………….......................….,
en la empresa ………………………………………………………………………., cumple los criterios
para ser considerado/a:
☐ caso sospechoso
☐ caso confirmado
☐ contacto estrecho de un caso confirmado de coronavirus,
por lo que, siguiendo los criterios del Estrategia de diagnóstico, vigilancia y control en la
fase de transición de la pandemia de COVID-19 del Ministerio de Sanidad deberá realizar
aislamiento domicilario durante 10 días / cuarentena domiciliaria durante 14 días, contados
desde el día…………………………., fecha en la que se produjo la manifestación clínica o el
contacto. En el caso de los contactos, a esta persona se le realizará seguimiento activo o pasivo
en su domicilio, siguiendo los protocolos establecidos en cada Comunidad Autónoma. Si durante
este tiempo desarrollara síntomas y la situación clínica lo permite, se le ha indicado que deberá
hacer autoaislamiento inmediato domiciliario y contactar con los servicios de atención primaria
y/o de prevención de riesgos laborales.
Lugar y fecha,
Fdo.
59
2. ESPECIAL SENSIBILIDAD. NECESIDAD DE IT.
INFORMACIÓN DIRIGIDA AL FACULTATIVO DE ATENCIÓN PRIMARIA
Logo del servicio de prevención
D./Dña………………………………………………………………………………………………
………..…………………………, nº de colegiado/a ………………………., con
DNI………………………………...…., médico especialista en medicina del trabajo del servicio de
prevención……………………………………………………………………., informa que
D./Dña…………………………………………………………………………………………………………
………………………………..., de ……... años, con DNI………………………………….., cumple los
criterios del Procedimiento de actuación de riesgos laborales frente al nuevo coronavirus (SARS-
CoV-2) del Ministerio de Sanidad (de fecha………………………………), para ser considerado/a
persona trabajadora con especial sensibilidad en relación a la infección de coronavirus SARS-
CoV2. La persona trabajadora padece
..........……………………………………………………………………………………….............., que en
la actualidad se
encuentra1……………………………………………………………………………………………………
….………, presentando como
comorbilidades………………………………………………………………………………………………
………………….....
Tomando como base el Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de
riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2 su puesto de trabajo se encuadra en un
nivel de riesgo…………………… Dado que no existe posibilidad de adaptación del puesto de
trabajo, protección adecuada que evite el contagio o reubicación en otro puesto exento de riesgo
de exposición en la
empresa………………………………………………………………………………………….…., se
considera que debe pasar a situación de incapacidad temporal.
Lugar y fecha,
Fdo. 1Compensada, descompensada
60
3. ESPECIAL SENSIBILIDAD. NO HAY NECESIDAD DE IT.
INFORMACIÓN DIRIGIDA AL FACULTATIVO DE ATENCIÓN PRIMARIA
Logo del servicio de prevención
D./Dña
…………………………………………………………………………………………………………………
………, nº de colegiado/a ………………………., con DNI………………………………...…., médico
especialista en medicina del trabajo del servicio de prevención
…………………………………………………………………………………………., informa que
D./Dña.
………………………………………………………………………………………………………………….
., de ….... años, con nº DNI ………………………………………………….., de acuerdo con los
criterios del Procedimiento de actuación de riesgos laborales frente al nuevo coronavirus (SARS-
CoV-2) del Ministerio de Sanidad (de fecha………………………………), no es necesario que
continue en situación de incapacidad temporal (IT) por:
☐ No pertenecer a los grupos vulnerables establecidos en el citado Procedimiento.
☐ Mejora de las condiciones de trabajo o de las medidas preventivas.
Lugar y fecha,
Fdo.
61
4. ACREDITACIÓN DE CONTINGENCIA PROFESIONAL DERIVADA DE ACCIDENTE
DE TRABAJO
INFORMACIÓN DIRIGIDA A LA MUTUA COLABORADORA DE LA SEGURIDAD
SOCIAL
Logo del servicio de prevención
D./Dña………………………………………………………………………………………………
……………………………., nº de colegiado/a ………………………., con DNI……………………,
médico/a especialista en medicina del trabajo del servicio de prevención de riesgos laborales
……………………………………………………………………………………., informa que D./Dña.
…………………………………………………………………………………………………………..,con
DNI…………………………….., profesión/ocupación……………………………….......................….,
en la empresa ……………………………………………………………………., cumple los criterios
para ser considerado/a:
☐ caso sospechoso de COVID-19
☐ caso confirmado de COVID-19
Y que al tratarse de personal que presta servicio en un centro:
☐ sanitario
☐ socio-sanitario
Esta enfermedad cumple también los criterios para su consideración como contingencia
profesional derivada de accidente de trabajo, tal como establece el Real Decreto-ley 19/2020.
Lugar y fecha,
Fdo.
62
ANEXO 4. CENSO DE CONTACTOS PARA EL SEGUIMIENTO EN RESIDENCIA
ANEXO 3 RESIDENCIA……………………………………………………………………………………….. ESTUDIO DE CONTACTOS ESTRECHOS
IDENTIFICACIÓN DEL CASO ÍNDICE
Nombre: …………………...…………...…………………………………… Fecha de notificación: ………………/……………………/………………
DATOS DEL PROFESIONAL QUE REALIZA EL ESTUDIO DE CONTACTOS
Nombre y apellidos:…………………………….………………………………………………………...…… Z.B.S.:……………………………………………………………………………
Teléfono:………………………………….….……………………….……..... Correo electrónico:…………………………...…………………..…...……
CENSO DE CONTACTOS ESTRECHOS
Apellidos y NombreFecha
nacimientoSexo
Ámbito de
exposición1
Último día de
contacto
Fecha inicio
seguimientoSíntomas2
Fecha
inicio
síntomas
Realización
PCR3
Fecha
resultado
PCR
Fecha cierre
de
seguimiento
INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN
1 ÁMBITO DE EXPOSICIÓN:
1 Residentes
2 Trabajadores Residencias
3 Sanitarios
4 Otros
2 SÍ / NO
3 Positiva/Negativa
D.N.I.: ……………………………………………………..……………………
63
64
ANEXO 6 INDICACIONES PARA VACUNACIÓN EN RESIDENCIAS DE PERSONAS
MAYORES Y CENTROS DE ATENCIÓN A GRANDES DEPENDIENTES
3 de febrero 2021
(Las recomendaciones incluidas en el presente documento están en continua revisión y
serán modificadas según lo establecido en la Estrategia de vacunación frente a COVID-19,
en España, si así se requiriese).
Este procedimiento establece las indicaciones de actuación para la vacunación de los residentes
y trabajadores que no hayan sido aún vacunados o no hayan recibido la vacunación completa, en
residencias de mayores y centros de atención a grandes dependientes, así como la manera de
proceder para garantizar la segunda dosis en aquellos que en el momento de la administración,
no se encuentran ya vinculados con la residencia en que recibieron la primera.
Es de aplicación por tanto en los supuestos que se detallan a continuación:
- Profesionales o usuarios de centros residenciales que no recibieron la primera dosis
- Profesionales o usuarios, de centros residenciales de nueva incorporación
- Profesionales o usuarios, no vinculados a la residencia o fuera de la misma en el
momento de administrar la segunda dosis y recibieron la primera dosis
Sobre el lugar de vacunación: Se ha solicitado a las Gerencias de Atención Primaria y
Asistencia Sanitaria, que una vez finalizado la 2ª ronda de vacunación en la residencias de
mayores y en los centros de atención a grandes dependientes, establezca, al menos, un punto
de vacunación estable dentro de su área, así como que mantengan parte de los equipos de
vacunación en itinerancia para desplazarse a otros lugares donde sea necesario realizar la
vacunación.
Sobre la coordinación para la administración de vacunas: Las personas responsables de
cada residencia y centro de atención a grandes dependientes, enviará la relación y datos de los
residentes y trabajadores pendientes de recibir la vacuna ( DNI, NOMBRE, APELLIDO1,
APELLIDO2, FECHA DE NACIMIENTO, SEXO y PAIS DE NACIMIENTO) al responsable de la
Gerencia Territorial de Servicios Sociales de su provincia, el cual a su vez, enviará dicha
65
información con un teléfono de contacto, para que puedan citarle , a la Gerencia de Atención
Primaria/Asistencia Sanitaria correspondiente
Tras recibir esta información, Atención primaria, se pondrá en contacto con la residencia de
mayores y centro de atención a grandes dependientes para citar a los trabajadores o residentes
en el punto fijo de vacunación establecido, o planificar, si fuera imprescindible, la vacunación en
el propio centro mediante visita del equipo itinerante de vacunación.
Si fuese necesario, los equipos de vacunación podrán citar a las personas residentes o
trabajadores que se puedan desplazar, para recibir la vacunación en un centro residencial
diferente del suyo.
CONSIDERACIONES FINALES
En todo momento se preserva la voluntariedad de la vacunación, sin perjuicio del deber de
colaboración que recae sobre los individuos a salvo de lo previsto en la Ley Orgánica 3/1986, de
14 de abril, de Medidas especiales en Salud Pública.
Se recomienda la vacunación de residentes y trabajadores de centros residenciales, incluidos los
posibles contactos de casos confirmados, ya que la vacunación no influye en una peor evolución
de la enfermedad si se estuviese incubando en ese momento.
No se recomienda realizar serologías para verificación de la efectividad de la vacunación
66
ANEXO 7