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REAL DECRETO 1224/2009, de 17 de JULIO, de RECONOCIMIENTO DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES ADQUIRIDAS POR EXPERIENCIA LABORAL O DE VÍAS no formales de FORMACIÓN

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REAL DECRETO 1224/2009, de 17 de JULIO, de

RECONOCIMIENTO DE LAS COMPETENCIAS

PROFESIONALES ADQUIRIDAS POR EXPERIENCIA

LABORAL O DE VÍAS no formales de FORMACIÓN

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CONTEXTO

Alto nivel de fracaso escolar

Déficit de Titulados/as Medios de FP

Porcentaje elevado de trabajadores/as

“cualificados/as de hecho” Situaciones de

reconversión sectorial/reestructuració

n

Elevado nº de inmigrantes sin

acreditación reconocida

Casi 5 millones de trabajadores/as no

alcanza la 2º etapa de ESO, nivel mínimo para

adaptarse a los cambios del mercado

laboral

Procedimiento para evaluar, reconocer y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de

la experiencia laboral o de vías no formales de formación

Obtener una Población Activa Cualificada

Conocimientos y capacidades que permiten el ejercicio de la actividad profesional

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FINALIDAD

Facilitar la empleabilidad de los/as ciudadanos/as

Facilitar la movilidad Fomentar el aprendizaje a lo largo de la vida

Favorecer la cohesión social

Fomentar el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a

través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación

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NORMATIVA

RD 34/2008 de 18 de enero por el que se regulan los Certificados de Profesionalidad

Art. 8. … El CP se puede obtener a través de ….o mediante los procedimientos par la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Art. 15. … el acceso al procedimiento para la obtención de un CP o de una acreditación parcial acumulable, se realizará según los requisitos y procedimientos que se establezcan en el desarrollo normativo. Será las AA.PP. quienes garantizarán el acceso a la población activa a este derecho.

Ley Orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y la Formación Profesional

• Art. 3.5. … evaluar y acreditar oficialmente la cualificación profesional cualquiera que hubiera sido la forma de su adquisición.

• Art. 4.1b. … uno de sus instrumentos es un procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las cualificaciones profesionales.

• Art. 8.2. … la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación tendrán como referente el CNCP y se desarrollarán siguiendo criterios que garanticen la fiabilidad, objetividad y rigor técnico de la evaluación. Las competencias profesionales así evaluadas, cuando no contemplen las cualificaciones recogidas en algún título de FP o CP, se reconocerán a través de una acreditación parcial acumulable, con la posibilidad, en su caso, de completar la formación conducente a la obtención del correspondiente título o certificado.

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PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN

- Evaluar dichas competencias mediante procedimientos y metodologías comunes que garanticen la validez, fiabilidad, objetividad y rigor técnico de la evaluación.

- Acreditar las Competencias Profesionales.

- Facilitar a las personas el aprendizaje a lo largo de la vida y el incremento de su cualificación profesional ofreciendo oportunidades para la obtención de una acreditación parcial acumulable que conlleve a la obtención del correspondiente título de FP o CP.

QUÉ ES Conjunto de actuaciones dirigidas a evaluar y reconocer las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

PARA QUÉ

CÓMO

DEBE

SER

1. Vinculado al Catálogo Nacional CP, utilizando las UC como referente para el reconocimiento y la evaluación.

2. Reconocer las distintas formas de adquisición de aprendizajes

3. Tener como eje la mejora de la empleabilidad, desde el aprendizaje a lo largo de la vida en un marco de desarrollo profesional continuo.

4. Dar prioridad al desarrollo de sistemas de apoyo y orientación a los/as candidatos/as al reconocimiento.

5. Flexible en la utilización de métodos de evaluación y de los instrumentos de acuerdo con el principio de equidad.

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REFERENTE DE LA

EVALUACIÓNUnidades de Competencia (UC) del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Para una determinada UC se tomarán como referentes las Realizaciones Profesionales, los Criterios de Realización y el Contexto Profesional incluidos en cada una.

Unidades de Competencias incluidas en títulos de FP y/o CP

REFERENTE DE LA

ACREDITACIÓN

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Servicio abierto y permanente, garantizado por las Administraciones Competentes.

Facilitada por las Administraciones Educativas y Laborales, así como por las Administraciones Locales, Agentes Sociales y otras entidades y organizaciones públicas y privadas.

Plataforma de Información y Orientación

Las Administraciones competentes garantizarán la formación y actualización de los/as orientadores/as y de otros/as profesionales para el desarrollo de sus funciones.

INSTRUMENTOS DE

APOYOMANUAL DE PROCEDIMIENTO:

• GUÍA DEL CANDIDATO/A• GUÍA DEL ASESOR/A• GUÍA DEL EVALUADOR/A

CUESTIONARIOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LAS UC

GUÍAS DE EVIDENCIAS DE LAS UC

INFORMACIÓN Y

ORIENTACIÓN

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AD

MIN

STR

AC

ION

ES

CO

MP

ETEN

TES

CONVOCATORIA PÚBLICA

Identificación de: - UC objeto de evaluación

- Títulos de FP y Certificados de Profesionalidad donde están incluidas las UC que van a ser evaluadas

Requisitos generales y específicos no académicos a cumplir por los/as participantes.

Lugares o medios para formalizar la inscripción.

Lugares en los que se desarrollará el procedimiento.

Periodos de inscripción y plazos de las distintas fases del procedimiento.

Procedimiento y plazos para presentar reclamacionesLas Administraciones competentes tendrán en cuenta el plazo en

el que se van a convocar todas las UC de una determinada CP, para que los/as candidatos/as puedan completar, al menos un CP

Designarán los centros donde las personas adultas que no posean la ESO podrán solicitar, en cualquier momento, su participación en el procedimiento.

Mínimo 1 convocatoria anual, para facilita que los/as interesados/as puedan obtener, al menos, una CP

Las organizaciones sindicales y empresariales más representativas podrán realizar convocatorias específicas para dar respuestas a necesidades concretas de determinadas empresas, sectores profesionales y productivos y a colectivos con dificultades de inserción/integración laboral.

CONVOCATORIA E

INSCRIPCIONES

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REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN DE LOS/AS CANDIDATOS/AS

Poseer nacionalidad española, ser residente comunitario o titular de una autorización de residente en vigor.

Tener cumplidos 18 años para UC de nivel I y 20 años para los niveles II y III

Mayores de 25 años que reuniendo los requisitos de experiencia laboral y de formación no puedan justificarlos, podrán solicitar una inscripción provisional, adjuntando alguna prueba admitida en derecho.

Experiencia Laboral (relacionadacon las UC)

Formación (relacionadacon las UC)

Los/as asesores/as instituidos/as para tal fin emitirán un informe sobre la procedencia o no de la participación del candidato/a en el procedimiento. Si éste es positivo, se procederá a la inscripción definitiva.

Abonar las tasas administrativas para participar en el procedimiento, establecida por las Administraciones Competentes.

UC de nivel I: al menos 2 años (mínimo 1200 horas trabajadas en total) en los últimos 10 años.UC de nivel II y III: al menos 3 años (mínimo 2000 horas trabajadas en total) últimos 10 años.

UC de nivel I: al menos 200 horas en los últimos 10 años.

UC de nivel II y III: al menos 300 horas en los últimos 10 años.

Cuando los MF asociados a la UC contemple una duración inferior, se deberá acreditar las horas establecidas en dichos módulos

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INSCRIPCIÓN EN EL PROCEDIMIENTO

Se formalizará por las vías que determinen las Administraciones Competentes.

Modelo de solicitud acompañado del historial profesional y/o formativo, y si lo desea, los cuestionarios de autoevaluación así como la documentación que consideren oportuna.

Los/as candidatos/as se pueden inscribirse en cualquier convocatoria pública

Se hará pública la lista de candidatos/as admitidos/as en el procedimiento, que iniciaran la fase de ASESORAMIENTO

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FASES DEL PROCEDIMIENTO

ASESORAMIENTO

EVALUACIÓN DE LA COMPETENCIA PROFESIONAL

ACREDITACIÓN Y REGISTRO DE LA COMPETENCIA PROFESIONAL

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CANDIDATO/A

INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN

Servicio abierto y permanente

Continuación con el Procedimiento

NO

Elaboración del Historial Profesional y/o Formativo

Elaboración del Dossier de Competencias.

Elaboración del Informe Orientativo – Asesor/a

1ª FASEASESORAMIENT

O

VALORACIÓN

Negativa

Positiva

Orie

nta

ción h

acia

la fo

rmació

n

Evaluación de las evidencias de las Competencias presentadas.

Realización de actividades de evaluación

INFORMEVALORACIÓN

No demostrada

Demostrada

2ª FASEEVALUACIÓN

3ª FASEACREDITACIÓN, EXPEDICIÓN Y

REGISTRO

Proceso de acreditación, expedición y registro de la UC

FASES DEL PROCEDIMIENTO

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ASESORAMIENTO

Obligatorio

Carácter individual o colectivo.

Presencial o por vía telemática

El/la candidato/a

El/la asesor/aFunciones

- Cuestionarios de autoevaluación por UC

- Historial profesional y/o formativo

- Ayudará al candidato/a a autoevaluarse, a completar su historial y

a presentar evidencias para justificar todo ello.

-Elaborará un informe orientativo sobre la conveniencia de pasar a la fase de evaluación

-Colaborará con las Comisiones de Evaluación cuando les sea requerido

Positivo- enviará la documentación aportada y el informe a la Comisión de Evaluación

Negativo- informará al candidato/a sobre la formación complementaria a realizar y centros a donde dirigirse

Relación no vinculante, el candidato/a puede decidir pasar a la fase de evaluación

FASES DEL PROCEDIMIENTO

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EVALUACIÓN

Figura del Evaluador/a

Objeto de la evaluación: Comprobar si el/la candidato/a demuestra la competencia profesional en las UC que solicita.

Análisis de

MétodosDirectos/Indirectos

PlanificaciónPrevia

Resultado definidos en término de demostrada o no demostrada

El/la candidato/a será informado de los resultados y tendrá derecho a presentar una reclamación.

El expediente constituido será custodiado por la Administración competente.

Informe del asesor/a Historial profesional y formativo del candidato/a Recabando nuevas evidencias

Observación Directa en el puesto de trabajo.

Simulaciones Pruebas estandarizadas Entrevista profesional

Las evidencias generadas serán registradas y recopiladas a objeto de análisis.

Actividades y métodos de evaluación Lugares y fechas previstos.

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ACREDITACIÓN,EXPEDICIÓN

Y REGISTRO

Acreditación de cada una de las UC en las que haya demostrado su competencia profesional (Anexo III-A)

Su expedición corresponde a la Administración responsables de la estructura y tendrán efectos de Acreditación Parcial Acumulable.

Finalidad

Para ello

Existirá un Registro, de carácter estatal, nominal y por UC acreditadas donde se transferirá los resultados.

Al concluir el procedimiento se le remitirá a todas las personas participantes un escrito con Posibilidades de formación

Completar la formación conducente a la obtención de un CP o título de FP.

Administración Educativa: reconocerá las UC acreditadas que serán convalidables por los módulos profesionales de los títulos de FP.

Administración Laboral: reconocerá las UC acreditadas que tendrán efectos de exención de los módulos formativos asociados a los CP.

Orientaciones para que puedan acreditar en convocatorias posterior nuevamente las UC.

Orientaciones para completar la formación conducente a la obtención de un CP o título de FP.

La Administración competente indicará los trámites necesarios

para su obtención oficial.

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REQUISITOS PARA

SER ASESOR/A Y/O

EVALUADOR/A

Tener una experiencia de al menos 4 años como:

* Profesores /as del Cuerpo de Catedráticos/as * Profesores de Enseñanza Secundaria * Técnicos/as de formación profesional * Formadores/as especializados * Profesionales expertos/as En la materia correspondiente según UC

Superar un curso de formación específica organizado o supervisado por las administraciones competentes

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COMISIONES

DE EVALUACIÓN

Administraciones ResponsablesNombradas por

ComposiciónMínimo 5 personas: Presidente/a Secretario/a 3 vocales Expertos/as, si procede

Funciones

-Organizar el proceso de evaluación.

-Valorar la documentación aportada por los/as candidatos/as.

-Determinar los métodos e instrumentos de evaluación.

-Evaluar la competencia profesional.

-Recoger los resultados en un acta de evaluación

-Resolver las reclamaciones presentadas.

-Documentar el proceso de evaluación para el seguimiento, control y aseguramiento de la calidad.

-Informar al candidato/a de los resultados de la evaluación y/o de las oportunidades para completar su formación.

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SEGUIMIENTO Y

EVALUACIÓN

Administración General del Estado

Administraciones de las CC.AAcolaboració

n

Consejo General de F.P.

previa consulta

elaborarán

Plan de Seguimiento y Evaluación

Finalidad

Comprobar la Calidad, Eficacia e Impacto del Procedimiento

Elaborará anualmente un informe, incluirá propuestas de mejoras, en su caso.

Proporcionarán la información y los datos necesarios