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DIARIO OFICIAL
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 • Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_oficial • Correo: [email protected]
S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 359 SAN SALVADOR, MARTES 10 DE JUNIO DE 2003 NUMERO 105
DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.
ORGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE HACIENDA
RAMO DE HACIENDA
Acuerdos Nos. 148, 155, 164, 165, 245, 250 y 287.- Se
autorizan transferencias y donaciones de inmuebles. ................
MINISTERIO DE ECONOMIA
RAMO DE ECONOMÍA
Acuerdo No. 500.- Se autoriza como depósito para
perfeccionamiento activo las instalaciones del ex beneficio El
Pedregal, departamento de Santa Ana.. .....................................
MINISTERIO DE EDUCACION
RAMO DE EDUCACIÓN
Acuerdos Nos. 15-0059 y 15-0346.- Equivalencias de
estudios. .....................................................................................
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdo 176-D.- Autorización para el ejercicio de la
Abogacía en todas sus ramas (nueva publicación). ...................
INSTITUCIONES AUTONOMAS
ALCALDIAS MUNICIPALES
Decreto No. 2.- Reformas a la Ordenanza Municipal
Reguladora de Transporte de Basura y Transporte Intercomunal
de la ciudad de Nejapa. ..............................................................
Decreto No. 2.- Ordenanza sobre tasas aplicables durante
fiestas patronales y otras actividades, del Municipio de Monte
San Juan. ....................................................................................
Decreto No. 10.- Reformas al presupuesto municipal de la
ciudad de San Miguel. ...............................................................
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACION
Carteles Nos. 1014 y 1015.- DECLARATORIA
DEFINITIVA A FAVOR DE MARGARITA FLORES, MARIA
ISABEL CARIAS Y GILBERTO AYALA. (1 V.) ..................
Cartel No. 1016.- EDICTO DE EMPLAZAMIENTO A
LA SRA. MARIA ESTELA VELAZQUEZ DE VIGIL. (1 V.)
DE SEGUNDA PUBLICACION
Carteles Nos. 1002, 1003 y 1004.- ACEPTACION
INTERINA A FAVOR DE LOS SRES. ANA MILAGRO DEL
TRANSITO QUINTANILLA VDA. DE ESCOBAR, JOSE
RAFAEL PALACIOS ROMERO, JOSE SAUL MEJIA, y
OTROS (3 V. alt.) .....................................................................
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2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
Cartel No. 1005.- PUBLICA SUBASTA DELTRABAJADOR ABEL ORANTES CONTRA LOS SRES.DAVID GONZALO AGUILAR CRISTALES y LEDA DELCARMEN AGUILAR VANEGAS. (3 V. alt.) .........................
Carteles Nos. 1006, 1007 y 1008.- TITULO SUPLETORIOA FAVOR DE LOS SRES. MIGUEL ANGEL CRUZ AGUILAR,FIDELIA GUERRERO, JOSE ANTONIO GUERRERO. (3 V.alt.) ..........................................................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Carteles Nos. 981 y 982.- ACEPTACION INTERINA A
FAVOR DE LOS SRES. MARIA LUISA PEREZ, ANDRES
LOPEZ HERNANDEZ, Y OTROS (3 V. alt.) ..........................
Cartel No. 983.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DEL
ESTADO Y GOBIERNO DE EL SALVADOR, SAN PABLO
TACACHICO, TIERRA BLANCA. (3 V. alt.) ........................
Cartel No. 984.- TITULO DE PROPIEDAD A FAVOR
DEL ESTADO EN EL RAMO DE JUSTICIA, BARRIO EL
CENTRO DE ESTA LOCALIDAD. (3 V. alt.) ........................
Cartel No. 985.- TITULO DE DOMINIO A FAVOR DE
EL ESTADO Y GOBIERNO DE EL SALVADOR EN EL
RAMO DE OBRAS PUBLICAS J/DE SAN CAYETANO
ISTEPEQUE DEPTO. DE SAN VICENTE. (3 V. alt.) ............
Carteles Nos. 986, 987 y 988.- TITULOS DE DOMINIOS
A FAVOR DE LOS SRES. EDUARDO ACOSTA GUTIERREZ,
MIGUEL ANGEL DE JESUS YANES GONZALEZ,
ERNESTINA MOLINA CAÑAS (3 V. alt.) .............................
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACION
Carteles Nos.- 19315-1v, 19309-1v, 19303-1v, 19288-1v,
19276-1v, 19257-1v, 19212-1v, 19214-1v, 19211-1v, 19216-1v,
19217-1v, 19219-1v, 19223-1v, 19220-1v, 19213-1v, 19206-1v,
19204-1v, 19189-1v, 19190-1v, 19191-1v, 19180-1v, 19167-1v,
19166-1v, 19159-1v, 19187-1v, 19192-1v, 19164-1v, 19222-1v,
19237-1v, 19320-1v, 19267-1v, 19321, 19306, 19304, 19308,
19296, 19293, 19292, 19285, 19281, 19273, 19274, 19253,
19255, 19254, 19241, 19248, 19246, 19238, 19229, 19227,
19221, 19209, 19199, 19197, 19198, 19186, 19188, 19176,
19179, 19170, 19316, 19284, 19265, 19262, 19272, 19226,
19225, 19280, 19175,19178, 19323, 19507, 19174, 19332, 19285,
19312, 19314, 19239, 19249, 19252, 19251, 19202, 19571,
19233-C, 19205-C. ....................................................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Carteles Nos.- 19023, 19025, 18994, 19007, 19006, 19000,
18996, 18992, 18971, 18967, 18970, 18978, 18955, 18935,
18909, 18914, 18912, 18954, 18990, 18991, 19010, 19001,
19008, 18910, 19017, 18937, 18902, 18921, 18942, 18904,
18930, 18931, 18932, 18899, 18898, 18896, 18897, 18995,
19022, 19030, 18957, 18981, 19027, 19024, 18950, 18915,
16388, 19084-C. ........................................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Carteles Nos.- 18510, 18524, 18550, 18573, 18583, 18584,
18619, 18616, 18632, 18629, 18628, 18551, 18537, 18542,
18518, 18495, 18603, 18601, 18530, 18556, 18557, 18513,
18543, 18544, 18623, 18590, 18591, 18588, 18517, 18505,
18627, 18578, 18565, 18555, 18636, 18634, 18529, 18794,
18945-C, 18965-C. ....................................................................
SECCION DOCUMENTOS OFICIALES
MINISTERIO DE HACIENDA
Resolución No. 385.- Disminuciones en los presupuestos
general y especiales de instituciones adscritas a la Presidencia de
la República. ..............................................................................
Resolución No. DREG-284.- Se autoriza a la señorita Elsa
Yanira Mendoza Martínez, para que opere el establecimiento
comercial denominado Artesanías Mano Pipil. .........................
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3DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE HACIENDA
RAMO DE HACIENDAACUERDO No. 148.-
MINISTERIO DE HACIENDA. DEPARTAMENTO JURIDICO. San Salvador, a las once horas y cincuenta minutos del día cinco de febrero del año
dos mil tres.
Y CONSIDERANDO:
I) Que el Estado de El Salvador en el Ramo de Hacienda, es propietario de un inmueble y construcciones de naturaleza urbana, ubicado en la calle que
conduce a la piscina de Apanteos y carretera que de la ciudad de Santa Ana conduce a Metapán, departamento de Santa Ana, en el que antiguamente
funcionaban las instalaciones del Instituto Nacional del Café (INCAFE), de una extensión superficial de DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS
METROS CUADRADOS NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (2,766.95 m2), equivalentes a TRES MIL NOVECIENTOS
CINCUENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS NOVENTA Y CINCO CENTESIMAS DE VARA CUADRADA (3,958.95v2), inscrito al número
45 del Libro 1909, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente. II) Que dicho inmueble se encuentra colindando
con el terreno que alberga el "Centro Penal de Apanteos", instalaciones que son en la actualidad insuficientes para suplir las necesidades que poseen,
a fin de ampliar la infraestructura de las mismas para la implementación de un modulo educativo idóneo. III) Que el citado inmueble no es de utilidad
para los fines de la Cartera de Hacienda. IV) Que mediante Certificación de Punto de Acta de la Sesión de Consejo de Ministros número veinticinco,
celebrada el 9 de agosto del 2001, se autorizó al Ministerio de Hacienda transferir en administración el inmueble en relación al Ministerio de Gobernación
para los usos antes descrito. POR TANTO, en base a los considerandos anteriores, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda. ACUERDA: A)
Transferir al Ministerio de Gobernación, la administración del inmueble relacionado, el cual es de naturaleza urbana, ubicado en la calle que conduce
a la piscina de Apanteos y carretera que de la ciudad de Santa Ana conduce a Metapán, departamento de Santa Ana, en el que antiguamente funcionaban
las instalaciones del Instituto Nacional del Café (INCAFE), de una extensión superficial de DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS METROS
CUADRADOS NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (2,766.95 m2), equivalentes a TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA
Y OCHO VARAS CUADRADAS NOVENTA Y CINCO CENTESIMAS DE VARA CUADRADA (3,958.95v2), para la ampliación del "Centro Penal
de Apanteos". B) Dicha porción fue valuada por la Dirección General del Presupuesto en UN MILLON TRESCIENTOS DIECISEIS MIL CIENTO
VEINTIOCHO COLONES (¢1,316,128.00); C) Facúltase a las Unidades Financieras Institucionales correspondientes, para que registren las
operaciones correspondientes, así como para que realicen el cargo y descargo en sus respectivos inventarios; D) Son de responsabilidad del Ministerio
de Gobernación, el pago de los impuestos, tasas y contribuciones que se cobren sobre el inmueble en referencia; así como los gastos de administración,
debiendo para tal efecto gestionar ante las oficinas correspondientes el cambio de titular; y E) ENTREGUESE materialmente la porción en referencia
al Ministerio de Gobernación, debiéndose para tal efecto levantar el acta pertinente, por medio de la Dirección General de Administración, y en el supuesto
de estar ya en uso, deberá hacerse constar la fecha a partir de la cual está siendo utilizado. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la
República) JUAN JOSE DABOUB ABDALA, MINISTRO DE HACIENDA.
ACUERDO No. 155.-
MINISTERIO DE HACIENDA. DEPARTAMENTO JURIDICO. San Salvador, a las quince horas y treinta minutos del día cinco de febrero del año
dos mil tres.
Y CONSIDERANDO:
I) Que el Estado de El Salvador en el Ramo de Hacienda, es propietario de un inmueble de naturaleza urbana, compuesto de cuatro porciones que forman
un solo cuerpo, situado según antecedentes en el Barrio Candelaria de Usulután, departamento del mismo nombre, y por nomenclatura actual ubicado
al final de la Quinta Avenida Sur y Tercera Calle Poniente Número veinticinco en la ciudad y departamento de Usulután, y que anteriormente contenía
las instalaciones de la Ex Administración de Rentas de ese departamento. II) Que según inscripciones registrales, el inmueble general es de una extensión
total de DIEZ MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE PUNTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS (10,927.35 M2), encontrándose inscritas
las porciones que lo conforman a los Números 69,70 y 71 del Tomo 31 Seccional de San Miguel, al Número 58 del Libro 81 Propiedad de Usulután del
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Registro de Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente, departamento de Usulután, el cual forma un solo cuerpo, del que está distribuido
en tres instituciones un área utilizada para el funcionamiento de la Delegación Fiscal de la Dirección General de Impuestos Internos, otra utilizada por
el Ministerio de Educación y una por el Centro Nacional de Registros. III) Que de conformidad a las descripciones técnicas realizadas por la Sección
de Mantenimiento y Supervisión de Obras de este Ministerio todas las porciones suman una extensión de seis mil novecientos cincuenta y tres punto
sesenta y cinco metros cuadrados (6,953.65 M2), equivalentes a nueve mil novecientos cuarenta y ocho punto cuarenta y ocho varas cuadradas
(9,948.48 V2). IV) Que del inmueble general se ha solicitado al Ramo de Hacienda por parte del Centro Nacional de Registros (CNR), una porción
de terreno en administración, ubicada por el rumbo Norte, para las instalaciones y funcionamiento de la oficina del Registro de la Propiedad Raíz e
Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente; dicha porción es de una extensión superficial de dos mil quinientos cincuenta y siete punto sesenta y seis
metros cuadrados (2,557.66 M2), equivalentes a tres mil seiscientos cincuenta y nueve punto cincuenta varas cuadradas (3,659.50 V2), la cual ha sido
valuada por la Dirección General del Presupuesto en UN MILLON SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO TREINTA Y OCHO COLONES,
equivalentes a DOSCIENTOS UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS DOLARES NOVENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR ($201,272.91).
V) Que de conformidad al artículo 233 de la Constitución de la República, los bienes de la Hacienda Pública, solo pueden ser transferidos a entidades
de utilidad general, mediante donación, comodato o entregarse en arrendamiento, previa autorización de la Asamblea Legislativa. VI) Asimismo, se
solicitó a Consejo de Ministros, autorización para entregarlo en administración al Ministerio de Economía para ser utilizado por el Centro Nacional de
Registros, por razones de no ser de utilidad para el Ramo de Hacienda, pero sí para uso del Centro Nacional en mención, y que ha sido destinado para
la construcción de las oficinas del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente, la autorización solicitada fue concedida
según consta en la Certificación del Punto de Acta Número 4 de la Sesión de Consejo de Ministros número 36 celebrada el día jueves 12 de diciembre
de 2002, la cual fue expedida el día 7 de enero de 2003, por el Secretario Técnico de la Presidencia de la República, interpretándose lo expuesto en el
considerando V de dicha Certificación, que la falta de patrimonio recae sobre dicho inmueble, del cual el Centro Nacional en comento, no posee dominio
a su favor; VII) Que la porción de terreno en referencia fue entregada materialmente al Centro Nacional de Registros, mediante acta de fecha 24 de mayo
de 2001, debido a la emergencia presentada a consecuencia de los terremotos ocurridos en el país en el mes de enero y febrero de 2000, por razones de
haber sido destruidas las instalaciones de la Segunda Sección Oriente, con sede en Santiago de María, Departamento de Usulután. POR TANTO, en base
a los considerandos anteriores, el Ramo de Hacienda: ACUERDA: A) Transferir al Ministerio de Economía, la Administración de la porción de terreno
antes descrito para ser utilizado por el Centro Nacional de Registros, entidad que podrá realizar cualquier clase de modificación en las construcciones
que mejoren la infraestructura del mismo, con el propósito de adecuar las instalaciones que posee para la consecución de sus fines, constando dicho bien
raíz de una extensión superficial de dos mil quinientos cincuenta y siete punto sesenta y seis metros cuadrados (2,557.66 M2), equivalentes a tres mil
seiscientas cincuenta y nueve punto cincuenta varas cuadradas (3,659.50 V2). B) Facúltase a las Unidades Financieras Institucionales correspondientes,
para que registren las operaciones correspondientes, así como para que realicen el cargo y descargo en sus respectivos inventarios. C) Es responsabilidad
del Centro Nacional de Registros, el pago de los impuestos, tasas, y contribuciones, que se generen de dicho inmueble, debiendo realizar los trámites
correspondientes, a fin de que se efectúen los cambios de titular de la obligación de efectuar dichos pagos. D) ARCHIVESE el presente expediente
constando de 99 folios útiles, éste inclusive por no existir trámite pendiente que realizar. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la
República) JUAN JOSE DABOUB ABDALA, MINISTRO DE HACIENDA.
ACUERDO No. 164.-
MINISTERIO DE HACIENDA, DEPARTAMENTO JURIDICO, San Salvador, a las catorce horas del día diez de febrero de dos mil tres. El Organo
Ejecutivo en el Ramo de Hacienda.
CONSIDERANDO: I- Que el Estado de El Salvador en el Ramo de Hacienda es propietario del resto de un inmueble urbano, según antecedente registral
inscrito al número 364 del Tomo 39 del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, del Departamento de Cuscatlán,
situado en el Barrio de Santa Lucía, en la Sexta Avenida Norte y final Calle Francisco López, en la ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán,
de una porción de terreno de UN MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS equivalentes a
dos mil doscientos dieciséis punto diecinueve varas cuadradas hoy por nomenclatura actual, sobre la Sexta Avenida Norte y final Calle Francisco López
de la ciudad de Cojutepeque en el citado Departamento de Cuscatlán, la cual forma parte de otra porción de mayor extensión, que será transferido al
Ministerio de Educación, valuado ese resto por la Dirección General del Presupuesto en CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS
DOLARES ($139,300.00), equivalentes a UN MILLON DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO COLONES
(¢1,218.875.00); en el inmueble antes relacionado funcionaba la Administración de Rentas del Departamento de Cuscatlán. II- Que la porción del
inmueble en referencia ha dejado de ser acorde a los intereses del Estado en este Ramo, pero sí a los intereses del Ministerio de Educación, para que
funcione en dicho lugar la Dirección Departamental de Educación de dicha ciudad. III- Que en la Sesión Número VEINTICINCO celebrada el día nueve
de agosto de dos mil uno, aparece el PUNTO DE ACTA, donde se ACUERDA: resolver favorablemente la solicitud presentada y al efecto se autoriza
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al señor Ministro de Hacienda para que transfiera al Ministerio de Educación, la administración de la porción de terreno relacionado y pase bajo la
responsabilidad de dicho Ministerio, debiendo las Unidades Financieras Institucionales correspondientes, registrar las operaciones pertinentes y efectuar
los descargos en sus respectivos inventarios.
POR TANTO: con base a las razones expuestas, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda,
ACUERDA: A) Transferir la Administración de la porción del inmueble antes relacionado al Ramo de Educación, a fin de utilizarla para el
funcionamiento de la Dirección Departamental de Educación de esa ciudad. B) Facúltase a este Ministerio y al Ministerio de Educación a efecto de que
procedan al descargo y cargo correspondiente, en las respectivas contabilidades institucionales de los inventarios de bienes inmuebles, de la porción del
inmueble antes mencionado, la cual se encuentra valuada por la Dirección General del Presupuesto en la suma de CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL
TRESCIENTOS DOLARES (U.S.$139,300.00) equivalentes a UN MILLON DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y
CINCO COLONES (¢1,218,875.00). C) Que es responsabilidad del Ministerio de Educación cubrir los gastos de mantenimiento, de agua, luz y teléfono;
los Impuestos municipales, tasas y demás contribuciones correspondientes. D) Entréguesele materialmente el inmueble al Ministerio de Educación, por
medio de la Dirección General de Administración, debiendo para tal efecto levantar el acta que establezca la fecha de entrega y demás aspectos pertinentes.
E) Elimínase del Libro índice que al efecto lleva el Departamento Jurídico, el inmueble en referencia bajo el número 03-1, y sus antecedentes identificados
con el 03-2, 03-3 y 03-4. F) DESCARGUESE del inventario de Activo Fijo los instrumentos relacionados. G) ARCHIVESE el expediente que al efecto
lleva el Departamento Jurídico clasificado como ADMINISTRACION DE RENTAS DE COJUTEPEQUE, y que consta de 262 folios útiles, no así el
expediente en el que se ha recopilado la documentación correspondiente a la solicitud del Ministerio de Educación, y que será remitido previa entrega
material del inmueble a dicha Cartera de Estado. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República), JUAN JOSE DABOUB,
MINISTRO DE HACIENDA.
ACUERDO No. 165.-
MINISTERIO DE HACIENDA. DEPARTAMENTO JURIDICO. San Salvador, a las nueve horas del día once de febrero del año dos mil tres.
El Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda:
CONSIDERANDO: I) Que el Estado de El Salvador en el Ramo de Hacienda, es propietario de un inmueble y construcciones de naturaleza urbana,
situado sobre el Kilómetro 41/2, de la carretera que conduce a San Marcos, jurisdicción de San Marcos, Departamento de San Salvador, de una extensión
superficial de CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS PUNTO TRECE METROS CUADRADOS (5,492.13 M2), equivalentes a SIETE
MIL OCHOCIENTAS CINCUENTA Y OCHO PUNTO VEINTINUEVE VARAS CUADRADAS (7,858.29 V2), inscrito en el Sistema de Folio
Computarizado con Matrícula Número M01279781, asiento 0009 del Registro Social de Inmuebles, el cual posee las instalaciones de la escuela "Ignacio
Pacheco". II) Que mediante Certificación de Punto de Acta de la Sesión de Consejo de Ministros número veinticinco, celebrada el 9 de agosto del 2001,
se autorizó al Ministerio de Hacienda transferir en administración el inmueble en relación al Ministerio de Educación por no ser más de utilidad para
sus fines. III) Dicha porción fue valuada por la Dirección General del Presupuesto en QUINIENTOS MIL DOLARES ($500,000.00), según nota No.
689, de fecha 19 de marzo del año 2001; POR TANTO, en base a lo antes expuesto, este Ministerio, en cumplimiento al Acuerdo del Consejo de Ministros,
ACUERDA: A) Transferir al Ministerio de Educación, la administración del inmueble antes descrito el cual es de naturaleza urbana, situado sobre el
Kilómetro 4 1/2, de la carretera que conduce a San Marcos, jurisdicción de San Marcos, departamento de San Salvador, de una extensión superficial de
CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS PUNTO TRECE METROS CUADRADOS (5,492.13 M2), equivalentes a SIETE MIL
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO PUNTO VEINTINUEVE VARAS CUADRADAS (7,858.29 V2); B) Facúltase a las Unidades Financieras
Institucionales correspondientes, para que registren las operaciones correspondientes, así como para que realicen el cargo y descargo en sus respectivos
inventarios; C) PREVIENESE a la institución que funciona en el referido inmueble, que será de su responsabilidad el pago del Impuesto Municipal,
servicios públicos recibidos y demás tasas anexas; D) Asimismo, facúltase a la Dirección General de Administración de esta Cartera de Estado, para que
entregue formalmente el inmueble en relación, debiendo levantarse al efecto el acta correspondiente, haciéndose constar la fecha a partir de la cual ejerce
posesión la entidad educativa sobre el mismo; y, E) Elimínese del Libro índice de bienes inmuebles que al efecto lleva el Departamento Jurídico de esta
Secretaría de Estado la Escritura Número 01-134 del departamento de San Salvador. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la
República) JUAN JOSE DABOUB ABDALA, MINISTRO DE HACIENDA.
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ACUERDO No. 245.-
MINISTERIO DE HACIENDA, DEPARTAMENTO JURIDICO, San Salvador, a las doce horas del día once de marzo de dos mil tres.
El Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda. Considerando: I- Que el Estado de El Salvador en el Ramo de Hacienda es dueño y actual poseedor
de un inmueble situado sobre Avenida España entre la Novena y Onceava Calle Poniente marcado como Edificio Número 620-A, de la ciudad de San
Salvador, según antecedente registral inscrito al número 57 del Libro 235 del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de San Salvador, de una extensión
superficial según antecedente de UN MIL TRESCIENTOS DOCE PUNTO SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS, equivalentes a UN MIL
OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO METROS PUNTO ONCE VARAS CUADRADAS. II.- Que el terreno y construcciones relacionadas han sido
valuadas por la Dirección General del Presupuesto en SEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES (¢6,250.000.00), según oficio
número 0552 de fecha dieciséis de abril de mil novecientos noventa y nueve. III.- Que el Tribunal Supremo Electoral, ha solicitado la administración
de dicho inmueble para instalar las Oficinas del Registro Electoral. IV.- Que el inmueble en referencia ha dejado de ser acorde a los intereses del Estado
en este Ramo, pero sí a los intereses del Tribunal Supremo Electoral, para que funcione en dicho lugar las Oficinas del Registro Electoral. IV.- Que según
Certificación extendida por el Secretario Técnico de la Presidencia de la República, el día veintiocho de febrero de dos mil tres, del Punto cuatro del Acta
de Sesión Número SEIS celebrada el día veintiocho de octubre de mil novecientos noventa y nueve, por Consejo de Ministros, en la cual ACUERDA:
Resolver favorablemente la solicitud presentada por el Ministerio de Hacienda, al efecto autoriza al señor Ministro de Hacienda para transferir al Tribunal
Supremo Electoral, la administración del inmueble descrito, incluyendo terreno y construcciones, situado sobre Avenida España, entre la Novena y
Onceava Calle Poniente, marcado como Edificio Número 620-A, de la ciudad de San Salvador, debiendo las Unidades Financieras Institucionales
Competentes registrar las operaciones pertinentes, así también se autoriza para que se efectúen los cargos y descargos en las respectivas contabilidades.
POR TANTO: Con base a las razones expuestas, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda,
ACUERDA: A) Transferir la Administración del inmueble relacionado en este Acuerdo al Tribunal Supremo Electoral, a fin de ser utilizado para el
funcionamiento de las Oficinas del Registro Electoral. B) Facúltase a las Unidades responsables de cada entidad, a efecto de que procedan al descargo
y cargo correspondiente del inmueble antes relacionado en las respectivas contabilidades institucionales de los inventarios de bienes inmuebles, el cual
se encuentra valuado por la Dirección General del Presupuesto en la suma de SEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES
(¢6,250.000.00) equivalentes a SETECIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO 71/100 DOLARES ($714,285.71). C) Que es
responsabilidad del Tribunal Supremo Electoral cubrir los gastos de mantenimiento, de agua, luz y teléfono; los impuestos municipales, tasas y demás
contribuciones correspondientes. D) Entréguese materialmente el inmueble al Tribunal Supremo Electoral, por medio de la Dirección General de
Administración, debiendo para tal efecto levantar el acta que establezca la fecha de entrega y demás aspectos pertinentes; E) Elimínase del Libro índice
que al efecto lleva el Departamento Jurídico, el inmueble en referencia bajo el número 01-27. F) DESCARGUESE del inventario de Activo Fijo el
inmueble antes relacionado. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República), JUAN JOSE DABOUB, MINISTRO DE
HACIENDA.
ACUERDO No. 250.-
MINISTERIO DE HACIENDA, DEPARTAMENTO JURIDICO. San Salvador, a las catorce horas con treinta minutos del día once de marzo del año
dos mil tres.
El Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, CONSIDERANDO:
I.- Que el Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de Hacienda, es dueño y actual poseedor de un inmueble de naturaleza urbana, compuesto de
cuatro porciones que forman un solo cuerpo, situado según antecedente en el Barrio Candelaria de la ciudad de Usulután en el Departamento del mismo
nombre, y por nomenclatura actual situado al final de la Tercera Calle Poniente número veinticinco, de la referida ciudad, donde anteriormente se
encontraban las oficinas de la Ex - Administración de Rentas de ese Departamento. Y de acuerdo a inscripciones registrales el inmueble en general es
de una extensión total de diez mil novecientos veintisiete punto treinta y cinco metros cuadrados; tres de las porciones que forman parte del inmueble
general están inscritas a los números sesenta y nueve, setenta y setenta y uno del Tomo treinta y uno Seccional de San Miguel, las cuales sumadas son
de una extensión de un mil setecientos cincuenta y cinco punto veinticinco metros cuadrados; y la otra porción inscrita bajo el Asiento número cincuenta
y ocho del Libro ochenta y uno de Propiedad de Usulután, y es de una extensión superficial de nueve mil ciento setenta y dos punto diez metros cuadrados.
II.- Que de acuerdo a las descripciones técnicas emitidas por el Departamento de Mantenimiento y Supervisión de Obras de este Ministerio, sumadas
todas las porciones son de una extensión superficial de seis mil novecientos cincuenta y tres punto sesenta y cinco metros cuadrados, equivalentes a nueve
mil novecientas cuarenta y ocho punto cuarenta y ocho varas cuadradas; que del Inmueble general se ha solicitado al Ministerio de Hacienda, por parte
del Ministerio de Educación se le transfiera en administración una porción ubicada al rumbo sur, para el funcionamiento de un Centro Educativo; dicha
porción es de una extensión superficial de cuatro mil ciento noventa y dos punto sesenta y ocho metros cuadrados, equivalentes a cinco mil novecientas
noventa y ocho punto ochenta y nueve varas cuadradas. III.- Que mediante Sesión número veintiséis celebrada por el Consejo de Ministros del Gobierno
de la República, el día jueves trece de septiembre del año dos mil uno, en el punto de acta número dos, se acuerda autorizar al Ministerio de Hacienda
para que transfiera la administración al Ministerio de Educación, de una porción de terreno de una extensión superficial de cuatro mil ciento noventa
y dos punto sesenta y ocho metros cuadrados, equivalentes a cinco mil novecientos noventa y ocho punto ochenta y nueve varas cuadradas, por ser
necesario para las actividades educativas de ese Ministerio. Que dicha porción de terreno ha sido valuada por la Dirección General del Presupuesto, por
el valor de DOSCIENTOS MIL DOLARES ($200,000.00), según oficio número 1184, de fecha 12 de junio de 2001. IV.- El inmueble general fue dividido
en 3 porciones, una para uso del Centro Nacional de Registro, en el cual actualmente se ha construido la Oficina Regional, de una extensión superficial
de dos mil quinientos cincuenta y ocho punto cuarenta metros cuadrados; otra porción que corresponde a la que se refiere este acuerdo, para uso del
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Ministerio de Educación de cuatro mil ciento noventa y dos punto sesenta y ocho metros cuadrados; y una tercera que queda a favor de este Ministerio,
de un área de trescientos sesenta y dos punto cuarenta y cuatro metros cuadrados, y que está siendo utilizada por la Delegación Fiscal.
POR TANTO: por lo expuesto, este Ministerio en cumplimiento al Acuerdo de Consejo de Ministros,
ACUERDA: A) TRANSFERIR al Ministerio de Educación, la administración de la porción del terreno en referencia; B) FACULTASE a las Unidades
Financiera Institucionales de ambas Secretarías de Estado, para poder efectuar las operaciones de cargo y descargo correspondientes en las respectivas
contabilidades institucionales; C) PREVIENESE que será responsabilidad del Ministerio de Educación, el pago del Impuesto Municipal correspondiente
y el consumo de sus propios servicios públicos; D) Elimínese del Libro Indice de bienes inmuebles que lleva el Departamento Jurídico de este Ministerio;
y E) ENTREGUESE materialmente la porción de terreno en referencia, por parte de la Dirección General de Administración, debiendo levantarse el acta
respectiva, en la que deberá hacerse constar la fecha a partir de la cual está siendo utilizado dicho inmueble. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor
Presidente de la República) JUAN JOSE DABOUB ABDALA, MINISTRO DE HACIENDA.
ACUERDO No. 287.-
MINISTERIO DE HACIENDA, DEPARTAMENTO JURIDICO, San Salvador, a las trece horas y cinco minutos del día veintisiete de marzo del año
dos mil tres.
Vista la solicitud suscrita por el Ingeniero Salvador E. Urrutia Loucel, en calidad de Titular del Ministerio de Agricultura y Ganadería, solicitando al
Ramo de Hacienda la emisión del Acuerdo Ejecutivo que autorice la transferencia a Título de Donación de 53 bienes muebles, consistente en unidades
de mobiliario y equipo, juntamente con 3 vehículos automotores, a favor de la ESCUELA NACIONAL DE AGRICULTURA "ROBERTO
QUIÑONEZ" (ENA), de conformidad a lo establecido en el Artículo 149 Numeral 2 de las Disposiciones Generales de Presupuestos.
Y CONSIDERANDO:
I. Que la Escuela Nacional de Agricultura "Roberto Quiñonez" (ENA), es una Institución Autónoma Tecnológica, dedicada a la formación de
profesionales y técnicos a nivel superior no universitario en el sector Agropecuario, con personería y patrimonio propio, de conformidad a
lo establecido en su ley de organización y funcionamiento contenida en Decreto de la Junta Revolucionaria de Gobierno No. 1013, con fecha
8 de marzo de 1982, entidad adscrita al Ramo de Agricultura y Ganadería.
II. Que el Banco de Tierras, como institución oficial de crédito, descentralizada, con duración indefinida, personalidad jurídica, patrimonio
propio y autonomía en la administración de sus bienes operaciones y servicios, entidad constituida a efecto de fomentar y facilitar el
financiamiento para la adquisición de inmuebles rústicos con vocación agrícola, pecuaria o forestal entregó en calidad de préstamo el
mobiliario y equipo en relación a la Escuela citada para el mejor desempeño de sus funciones.
III. Que el Ministerio de Agricultura y Ganadería, comprometido al desarrollo del citado sector, mediante la implementación de técnicas y
programas encaminados para el impulso técnico y económico, necesita de personal especializado en sus diferentes áreas, quienes en su
mayoría son formados en la referida Escuela Nacional.
IV. De conformidad a la Ley de Liquidación y Disolución del Banco de Tierras, dicha entidad desapareció, asignándose los bienes muebles de
su propiedad al Estado de El Salvador en el Ramo de Agricultura y Ganadería, razón por la cual es necesario que el mobiliario y equipo
entregado a la ENA en carácter de préstamo, sean transferidos formalmente a la Institución beneficiaria en Donación para su disposición.
V. Que en base a lo antes expuesto y en cumplimiento del numeral 2, del Artículo 149 de las Disposiciones Generales de Presupuestos, se solicitó
la ratificación del valúo por parte del Ministerio Donante del mobiliario y equipo a transferir, a la Dirección General del Presupuesto, los cuales
fueron detallados en un listado anexo, remitido por la citada entidad al Ministerio de Agricultura y Ganadería; mediante nota de respuesta
No. 64, de fecha 16 de enero del corriente año, con referencia 4200-6-A, agregada a las presentes diligencias, por medio de la cual opina
favorablemente a la donación solicitada.
Por tanto en razón de los considerandos anteriores, y en uso de las facultades legales que otorga la Disposición Legal citada, el Organo Ejecutivo en el
Ramo de Hacienda,
ACUERDA: A) AUTORIZAR la DONACION del MINISTERIO DE AGRICULTURA y GANADERIA, a favor de la ESCUELA NACIONAL DE
AGRICULTURA "ROBERTO QUIÑONEZ" (ENA), Institución Autónoma, de cincuenta y tres (53) unidades de maquinaria y equipo de oficina, así
como de tres (3) vehículos automotores, cuyas características de los mismos se detallan en el Inventario que forma parte de este acuerdo como anexo
para los efectos correspondientes, las cuales serán utilizadas para la consecución de los fines básicos de educación de la referida entidad; B)
AUTORIZASE el descargo en el inventario de Bienes que al efecto lleva el Ministerio de Agricultura y Ganadería del equipo donado; C)
COMUNIQUESE el presente acuerdo a la Dirección General de Contabilidad Gubernamental y a la Corte de Cuentas de la República, para los efectos
legales pertinentes; y, D) ARCHIVESE las diligencias realizadas, constando de 19 folios útiles, en el Archivo General de esta Secretaría de Estado, por
no existir trámite pendiente a efectuar. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República) JUAN JOSE DABOUB ABDALA.
MINISTRO DE HACIENDA.
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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA
ACUERDO No. 500
San Salvador, 3 de junio de 2003
EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
Visto el escrito presentado a este Ministerio el 21 de mayo de 2003, por el señor Manuel de Jesús Nuñez Mancía, Representante Legal de la Sociedad
Industrias Melisa, Sociedad Anónima de Capital Variable, que puede abreviarse Industrias Melisa, S.A. de C.V., registrado con el Número de
Identificación Tributaria 0614-041200-101-9, relativo a que se le concedan los beneficios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización,
para operar como Depósito para Perfeccionamiento Activo, para dedicarse al ensamblaje o confección de prendas; interiores y exteriores de toda clase,
para hombres, mujeres y niños;
CONSIDERANDO:
I. Que la solicitud fue admitida en este Ministerio el 21 de mayo de 2003;
II. Que se han llenado los requisitos exigidos por la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización;
III. Que este Ministerio ha emitido su dictamen en sentido favorable;
POR TANTO,
De conformidad a las razones expuestas y a los Artículos 1, 18 y 19 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, este Ministerio,
ACUERDA:
1. Autorizar como Depósito para Perfeccionamiento Activo las instalaciones ubicadas en Kilómetro 68, Carretera a Metapán, ex Beneficio El
Pedregal, Departamento de Santa Ana, que miden 2,500 mts2, de la sociedad INDUSTRIAS MELISA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, que se abrevia INDUSTRIAS MELISA, S.A. DE C.V. que se dedicará a la maquila y confección de prendas de vestir
exteriores e interiores en general, que serán destinadas fuera del Area Centroamericana;
2. Conceder a la Sociedad Industrias Melisa, Sociedad Anónima de Capital Variable, los beneficios que establece el Artículo 19, literales a),
b), c), d), e), y f) de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización;
3. Declarar como Depósito para Perfeccionamiento Activo las instalaciones que ocupa la Sociedad beneficiaria, las cuales tienen una extensión
de 2,500 mts2, ubicadas en Kilómetro 68, Carretera a Metapán, ex Beneficio El Pedregal, Departamento de Santa Ana y éste deberá sujetarse
estrictamente a las disposiciones que dicten los Ministerios de Economía y de Hacienda sobre el control fiscal y administrativo;
4. Queda obligado el beneficiario de conformidad al artículo 28 literales a), b), c), d) y e) de la Ley, en proporcionar información relacionada
con su operación y cualquier otra que requieran los Ministerios de Economía y de Hacienda;
5. El beneficiario deberá dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, y demás Leyes
de la República, así como también las obligaciones que se le imponen por medio de este Acuerdo y en Resoluciones o Instructivos que emitan
las Instituciones competentes;
6. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. BLANCA IMELDA DE MAGAÑA,
VICEMINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIA.
(Registro No. 19750-19753)
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION
ACUERDO No. 15-0059.
San Salvador, 16 de enero de 2003
El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la División de Acreditación Académica
se ha presentado BLANCA AZUCENA AMADOR BORJAS, solicitando EQUIVALENCIA de sus Estudios de Segundo Curso Ciclo Común, realizados
en el Instituto de Secretariado Honduras de Tegucigalpa, República de Honduras en el año de 1999, con los de Octavo Grado de Educación Básica de
nuestro país. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: dar como Equivalente los Estudios de
Segundo Curso realizados por BLANCA AZUCENA AMADOR BORJAS en la República de Honduras con los de Octavo Grado de Educación Básica
de nuestro país. Se le autoriza matricularse en Noveno Grado de Educación Básica. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la
República). El Ministro de Educación. R. MARIN.
(Registro No. 19466)
ACUERDO No. 15- 0346.
San Salvador, 13 de marzo de 2003
El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección de Acreditación se ha
presentado LORENA MARITZA ZAMORA, solicitando EQUIVALENCIA de sus Estudios de Primer Curso de Bachillerato en Ciencias y Letras,
realizados en el Instituto de Secretariado "Honduras" de Tegucigalpa, República de Honduras en el año de 2000, con los de Primer Año de Bachillerato
General de nuestro país. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: dar como Equivalente los
Estudios de Primer Curso de Bachillerato en Ciencias y Letras realizados por LORENA MARITZA ZAMORA en la República de Honduras con los
de Primer Año de Bachillerato General de nuestro país. Se le autoriza matricularse en Segundo Año de Bachillerato General. COMUNIQUESE.
(Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación. R. MARIN.
(Registro No. 19368)
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
El presente Acuerdo se publica nuevamente por haber salido errado en el Diario Oficial Nº 97, Tomo 359 de fecha 29 de mayo de 2003.
ACUERDO No. 176-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de abril de dos mil tres. El Tribunal ACUERDA: autorizar a
la Licenciada CLAUDIA CECILIA MARTINEZ RIVAS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido
con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.G. CALDERON.-
J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- V. DE AVILES.- DE BUITRAGO.- E. CIERRA.- GUSTAVE T.- M. CLARA.- Pronunciado por los señores
Magistrados que lo suscriben. E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. 18022)
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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES
DECRETO No. 02/2003
El Concejo Municipal de Nejapa.
CONSIDERANDO:
I.- Que según el Artículo 204 ordinal 3º de la Constitución de la República y el Artículo 3, Numeral 3 del Código Municipal forma parte de laautonomía de los Municipios: Gestionar libremente en materias de su competencia.
II.- Que es competencia del Municipio velar por el ornato público, la prevención y combate de enfermedades, en virtud del Artículo 4, numeral3 del Código Municipal.
III.- Que la Carretera Apopa–Nejapa–Quezaltepeque es utilizada por los usuarios, de la Planta de Tratamiento de Desechos Sólidos, propiedadde CINTEC–MIDES; y que los mismos, no cumplen con las medidas adecuadas para que los desechos sólidos no sean derramados a lo largode la calle mencionada, causando promontorios de basura y daños al medio ambiente y a la salud de los habitantes de las casas aledañas.
VI.- Que actualmente existe la Ordenanza Reguladora del Transporte de Basura y Transporte Intermunicipal, publicada en el Diario Oficial defecha 27 de julio de 1999, la cual debe ser ampliada en el sentido de incluir normas que establezcan un procedimiento claro y preciso parala aplicación de las sanciones correspondiente a los infractores de la misma y así garantizar su fiel cumplimiento.
POR TANTO,
Este Concejo, en uso de las facultades que señala el Artículo 204 ordinal 5º, Artículo 3, Numeral 5 del Código Municipal, este Concejo,
DECRETA las siguientes:
“REFORMAS A LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE TRANSPORTE DE BASURA Y TRANSPORTE INTERMUNICIPAL”.
Artículo 1.- Agréguese el Artículo 17 de la siguiente manera:
COMPETENCIA
Art. 17. Es competente para la aplicación de sanciones por infracciones, a la presente Ordenanza, previo el Procedimiento Administrativo Sancionatoriocorrespondiente, el Alcalde Municipal o funcinario delegado al efecto.
Artículo 2.- Agréguese el Artículo 18 de la siguiente manera:
DEL PROCEDIMIENTO
Art. 18.- Cuando el Alcalde o funcionario delegado tuviere conocimiento por cualquier medio que una persona ha cometido infracción a la presenteOrdenanza, procederá o delegará a un técnico para que inicie la investigación correspondiente y tratará de determinar la existencia de la misma y laidentificación de la persona o personas responsables, para entregarles la esquela de emplazamiento correspondiente.
Cuando tiviere conocimiento de la misma en forma directa, procederá a identificar al infractor y le hará entrega de la esquela de emplazamiento respectiva.
Artículo 3.- Agréguese el Artículo 19 de la siguiente manera:
DE LA ESQUELA DE EMPLAZAMIENTO
Art.- 19 La esquela de emplazamiento es el documento mediante el cual se le hace saber al infractor que ha cometido una infracción contenida en lapresente ordenanza; que podrá ser sancionado con una multa y deberá concurrir ante el funcinario delegado dentro de un término de ocho días a manifestarsi la pagará o continuará Procedimiento Administrativo Sancionatorio para ejercer su derecho de defensa.
Dicho documento contendrá:
1) El lugar, la fecha y la hora de la comisión de la infracción.
2) La naturaleza y circunstancia de la infracción.
3) La disposición de esta Ordenanza, presuntamente infringida.
4) La multa que corresponde a la referida infracción.
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5) El nombre y domicilio del infractor, así como la referencia de su Documento Unico de Identidad o de cualquier otro documento que sirvapara identificarlo.
6) La prueba de comisión de la infracción que se hubiere recogido (fotos, proposición de testigos)
7) El nombre, cargo y firma del técnico que levantó la esquela de emplazamiento.
8) La firma del infractor, si pudiere firmar o la razón por la cual se abstuvo de hacerlo.
9) La prevención contenido en el encabezado del presente inciso.
10) El lugar y la fecha que se levantó la esquela.
De la esquela de emplazamiento se levantará original y copia. La copia se entregará al infractor y el original se remitirá al Jefe de Unidad Ambientalpara los efectos, consiguientes.
Las esquelas de emplazamiento se extenderán en formularios previamente impresos y si fueran varios los responsables de una o varias infracciones, seextenderá una esquela a cada uno de los infractores.
Art. 4.- Agréguese el Artículo 20 de la siguiente manera:
VALOR DE LA ESQUELA DE EMPLAZAMIENTO.
Art. 20. Las esquelas de emplazamiento tendrán el valor de declaración testimonial del técnico que la hubiere levantado, sin perjuicio de corroborarlaso desvirtuarlas con otras pruebas. No obstante si el infractor cuestionara el contenido de las mismas durante el Procedimiento AdministrativoSancionatorio, específicamente en la etapa probatoria, se podrá citar al inspector para la confrontación correspondiente.
Artículo 5.- Agréguese el Artículo 21 de la siguiente manera:
SECUESTRO DE OBJETOS
Art. 21.- En la verificación de cualquiera de las infracciones a las disposiciones contenidas en esta ordenanza el técnico interviniente podrá practicar,cuando las circunstancias lo justifiquen el secuestro de los elementos comprobatorios de la infracción. En el caso de que los objetos secuestrados consistanen los camiones o vehículos que transportan los desechos sólidos, los mismos serán devuelto inmediatamente después que se pague la multacorrespondiente o se emita la resolución mediante la cual se absuelve al infractor de infracciones cometidas.
Art. 6.- Agréguese el Artículo 22 de la siguiente manera:
DE LA CONTESTACION DEL EMPLAZAMIENTO
Art. 22.- El Jefe de la Unidad Ambiental sera el competente de recibir la contestación que hagan los infractores al emplazamiento para los efectos deesta ordenanza.
Si al concurrir expresaren que están dispuestos a pagar la multa, ésta se les fijará y la misma servirá como resolución que pondrá fin al ProcedimientoAdministrativo Sancionatorio.
Si el infractor manifestare que rehúsa pagar la multa se seguirá el procedimiento de la forma que lo establecen los Artículos 131 y 132 del CódigoMunicipal y la comparecencia se tomará como la notificación a la que se refiere el Artículo 131, inciso 2º del Código Municipal:
Art. 7.- Agréguese el Artículo 23 de la siguiente manera:
COLABORACION DE LA POLICIA NACIONAL CIVIL
Art. 23.- Para la realización de las inspecciones y/o investigaciones al que se refiere el Artículo 18, podrá solicitarse el apoyo de la Policía Nacional Civilde la localidad.
Artículo 8.- Agréguese el Artículo 24 de la siguiente manera:
RESPONSABILIDAD DE LOS INFRACTORES
Art. 24.- Serán responsables de las infracciones a la presentes Ordenanza de forma directa los conductores de los camiones y/o cualquier otro vehículoque transporte desechos sólidos hacia el Relleno Sanitario de Desechos Sólidos de Nejapa y de forma solidaria los dueños de los vehículos en los quese transportan los desechos sólidos ya sean éstas personas naturales o jurídicas.
Art. 9.- Las presentes reformas entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en el salón de sesiones de la Alcaldía Municipal de Nejapa, a los diecinueve de marzo del año dos mil tres.
RENE CANJURA,
ALCALDE MUNICIPAL.
SANTIAGO FLORES ALFARO, DORE SANTIAGO GONZALEZ,
SINDICO MUNICIPAL. SECRETARIO MUNICIPAL
(Registro No. 19444)
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DECRETO No. 02
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE MONTE SAN JUAN, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN,
CONSIDERANDO:
I.- Que de conformidad con los Arts. 13 y 30, numeral 4 del Código Municipal, es facultad de este Concejo, emitir Ordenanzas para regular las
materias de su competencia y la prestación de los servicios.
II.- Que es competencia de este mismo Concejo, crear, modificar o suprimir tasas, mediante la emisión de la correspondiente Ordenanza, en
cumplimiento de lo dispuesto en el inciso segundo del Art. 7 y el Art. 158 de la Ley General Tributaria Municipal, en relación con los Arts.
204, ordinal 1ro. y 262 de la Constitución de la República y el numeral 21 del Art. 30 del Código Municipal;
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal,
DECRETA:
LA SIGUIENTE ORDENANZA SOBRE TASAS APLICABLES DURANTE FIESTAS PATRONALES Y OTRAS FESTIVIDADES.
Art. 1.- Créase las Tasas que se aplicarán cada año durante la celebración de las Fiestas Patronales de San Juan Bautista, Navidad y Año Nuevo
así:
01- PISO DE PLAZA
Arrendamiento de áreas, en sitios municipales o particulares autorizados por el Concejo Municipal, por cada metro cuadrado o fracción por la
temporada:
01-01- Ventas en general, espectáculos públicos y otros ............................................................................................................... $ 0.57
01-02- Juegos permitidos ................................................................................................................................................................ $ 0.57
a) De número o figuras .................................................................................................................................................... $ 0.57
b) Otros juegos permitidos ............................................................................................................................................... $ 0.57
01-03 Diversiones
a) Ruedas para adultos, movidas con motor .................................................................................................................... $ 1.00
b) Movidas a mano ........................................................................................................................................................... $ 0.57
Cuando los juegos permitidos y los aparatos de diversión fueran de propiedad de Extranjeros
no residente en el país, se cobrará además el 5%.
02- LICENCIAS
02-01- Ventas, cada una:
a) De juguetes .................................................................................................................................................................. $ 1.71
b) De sorpresas por medio de rifas ................................................................................................................................... $ 1.71
c) De cuadros, espejos u otros similares .......................................................................................................................... $ 1.71
d) De comida, ponches, sandwiches, emparedados u otros similares .............................................................................. $ 3.43
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e) De cohetes y otros artículos pirotécnicos .................................................................................................................... $ 2.29
f) De refrescos, fruta helada, sorbetes, dulces ................................................................................................................. $ 1.71
g) De colchas, herrajes, toallas y telas típicas .................................................................................................................. $ 1.71
p) Paletas, sorbetes, calzado y artículos de marroquinería ............................................................................................... $ 2.29
02-02- Espectáculos públicos, cada uno:
a) Primera categoría:
- Nacionales ................................................................................................................................................................. $ 5.71
b) Segunda categoría:
- Nacionales ................................................................................................................................................................. $ 2.86
c) Al aire libre:
- Nacionales ................................................................................................................................................................. $ 1.14
- Futbolito, tiro al marco .............................................................................................................................................. $ 1.14
d) Diversos:
- Marimbas y demás conjuntos musicales ambulantes ................................................................................................ $ 2.86
- Carnavales en la vía pública, cada día ....................................................................................................................... $ 11.43
02-03- Juegos permitidos:
a) Fíjase como base para el remate de juegos permitidos por la ley, que se venderán
en plaza pública al mejor postor, la suma de ............................................................................................................... $ 1,142.86
b) Si la plaza de juegos permitidos por la ley no fuere vendida por falta de postores,
se faculta a la Municipalidad para vender licencias particulares así:
- Tiro al blanco ............................................................................................................................................................ $ 57.14
- Juegos de argollas ..................................................................................................................................................... $ 57.14
- Loterías de cartón, números y figuras ...................................................................................................................... $ 57.14
- Futbolito ................................................................................................................................................................... $ 57.14
02-04- Diversiones:
a) Ruedas como el gusano, chicago, remolino, zipper, rock and roll y otras similares, cada una ................................... $ 22.86
b) Carrouseles movidos a motor, cada uno ...................................................................................................................... $ 22.86
c) Corrouseles movidos a mano, cada uno ....................................................................................................................... $ 5.71
d) Ruedas infantiles movidas a motor, cada una .............................................................................................................. $ 11.43
e) Ruedas infantiles movidas a mano, cada una .............................................................................................................. $ 5.71
f) Máquinas de juegos electrónicos ................................................................................................................................. $ 11.43
02-05- Otras actividades:
a) Anuncios y propaganda comercial, cada uno:
- Ambulantes ............................................................................................................................................................... $ 5.71
- Por medio de altoparlantes fijos o ambulantes:
- Empresas Nacionales ................................................................................................................................................ $ 11.43
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17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
b) Pregones de mercaderías en sitios municipales, cada uno ........................................................................................... $ 2.86
c) Aparatos de música automáticos no matriculados en el Municipio, cada uno ............................................................ $ 2.86
d) Carretones con golosinas procedentes de otras poblaciones ....................................................................................... $ 5.71
e) Salones para el expendio de cervezas, por vasos:
- Propiedad de particulares ......................................................................................................................................... $ 22.86
- Fotografías ambulantes, cada una ............................................................................................................................. $ 2.86
g) Buhoneros ambulantes, cada una ................................................................................................................................. $ 1.71
h) Ventas ambulantes en canastos o manos, cada una ..................................................................................................... $ 1.14
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de la Alcaldía de Monte San Juan, Departamento de Cuscatlán, a los cinco días del mes de
junio de dos mil tres.
ANACLETO VASQUEZ PAREDES,
ALCALDE MUNICIPAL.
SAUL SATURNINO HERNANDEZ, JUAN PEREZ LOBATO,
SINDICO MUNICIPAL. PRIMER REGIDOR.
ANGEL HERNANDEZ PALACIOS, HORTENSIA MARISOL QUEZADA,
SEGUNDO REGIDOR. TERCER REGIDOR.
LUIS ALFREDO GARCIA, OSCAR GARCIA GONZALEZ,
CUARTO REGIDOR. SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. 19407)
DECRETO No. 10.
La Municipalidad de San Miguel, Departamento de San Miguel, en uso de las facultades que le confiere el numeral 7 del artículo 30 del Código
Municipal, en relación con los artículos 3 numeral 2, artículos 72 y 77 del mismo Código.
DECRETA:
La siguiente modificación al Presupuesto Municipal vigente, así:
Art. 1.- Se autoriza la siguiente reforma según el planteamiento que se detalla a continuación:
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FONDO MUNICIPAL
PARTE SEGUNDA
SECCION PRIMERA
RUBRO DE EGRESOS QUE SE AUMENTAN
3000 EGRESOS DEL FONDO MUNICIPAL
3001 EGRESOS CORRIENTES
3100 SERVICIOS PERSONALES
3110 SALARIOS PERMANENTES
3112-B Salarios del Personal por Contrato $ 12,000.03
3200 SERVICIOS NO PERSONALES
3260 SERVICIOS FINANCIEROS
3262 Primas de seguros de edificios y otros bienes municipales $ 22,000.00
RUBROS DE EGRESOS QUE DISMINUYEN
3100 SERVICIOS PERSONALES
3110 SALARIOS PERMANENTES
3112-A Salarios del Personal Permanente $ 12,000.03
3600 DESEMBOLSOS FINANCIEROS
3630 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA
3631 Ahorro del Presupuesto $ 22,000.00
$ 34,000.03 $ 34,000.03
ANEXO: a la Asignación 3112-B Aumenta
Nombre Plaza: Jefe
Departamento: Asesoría Legal
Sueldo mensual: $ 1.714.29
Sueldo Jun./Dic./03 $ 12,000.03
Tiempo: Junio/Dic.03
A la Asignación 3112-A Disminuye
Nombre Plaza: Jefe
Departamento: Asesoría Legal
Sueldo Mensual: $ 1.714.29
Sueldo Jun./Dic./03 $ 12,000.03
Tiempo: Jun./Dic./03
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de San Miguel, el día cuatro de junio de dos mil tres.
JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, Lic. ANGEL ROLANDO GOMEZ CORDOVA,ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.
Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO,SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. 19372)
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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
NUBIA GLORIA HERNANDEZ DE ORELLANA, JUEZA DE LOCIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICOPARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: que por resolución proveída por este Tribunal a las diezhoras y treinta minutos del día trece de los corrientes, se ha declaradoheredera definitiva con beneficio de inventario en la herencia intestadaque a su defunción dejó el causante MILTON EDGARDO FLORES,ocurrida el día treinta de diciembre de mil novecientos noventa y nueve,en el Cantón Santa Anita, jurisdicción de la población de Tenancingo deeste Departamento, siendo ese lugar su último domicilio; a la señoraMARGARITA FLORES, en su carácter de madre del referido causante;habiéndosele conferido a la heredera declarada la administración yrepresentación definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas ycuarenta minutos del día veinte de mayo del año dos mil tres. Licda.NUBIA GLORIA HERNANDEZ DE ORELLANA, JUEZA DE LOCIVIL SUPLENTE.- Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SE-CRETARIO.
Of. 1 v. No. 1014
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Tribunala las ocho horas treinta y cinco minutos del día treinta de abril de dos miltres, se han declarado herederos definitivos con beneficio de inventarioa los señores MARIA ISABEL CARIAS y GILBERTO AYALA, de laherencia Intestada que dejó el causante señor GILBERTO ANTONIOAYALA CARIAS, quien falleció el día diecinueve de julio de dos mildos, en esta ciudad, su último domicilio; en concepto de padres delcausante. Confiéresele a los herederos declarados la administración yrepresentación definitivas de la sucesión.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diezhoras treinta y cinco minutos del día trece de mayo de dos mil tres.- Dr.DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.-Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 1015
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
LA CAMARA TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA DE LACORTE DE CUENTAS DE LA REPUBLICA, de conformidad con elartículo 88 de su Ley, EMPLAZA a la señora MARIA ESTELAVELAZQUEZ DE VIGIL, o a su representante, para que se presenten aesta Cámara dentro de los cinco días hábiles siguientes a esta publica-ción, a recibir una copia de la DEMANDA interpuesta en su contra porla Fiscalía General de la República, atribuyéndole ResponsabilidadPatrimonial por la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y CUATROMIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO COLONES CON SE-TENTA Y UN CENTAVOS (¢234,645.71); que dio origen al Juicio deCuentas Número III-JC-152002, por su actuación como Tesorera de laAlcaldía Municipal de EL TRANSITO, Departamento de San Miguel,durante el período comprendido del uno de mayo de mil novecientosnoventa y ocho al treinta y uno de mayo de mil novecientos noventa ynueve.
CAMARA TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA DE LA COR-TE DE CUENTAS DE LA REPUBLICA: San Salvador, a las doce horasdel día cuatro de junio del año dos mil tres.
Lic. CARLOS ERNESTO ALVAREZ BARAHONA,JUEZ PRIMERO.
Lic. JAIME ELIAS MENJIVAR,JUEZ SEGUNDO.
Lic. MIRNA SANTOS CARBALLO DE VILLATORO,SECRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 1016
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO, al público para los
efectos de Ley,
HACE SABER.: que por resolución de las diez horas y treinta y
cinco minutos del día dos de junio del presente año; se ha tenido por
aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada
que a su defunción dejó el señor JUAN JEREMIAS ESCOBAR o JUAN
JEREMIAS ESCOBAR ESCOBAR, quien fue de cincuenta y cinco años
de edad, empleado, casado, fallecido el día veinticuatro de noviembre del
año pasado, en Ciudad Delgado, siendo su último domicilio, de parte de
la señora ANA MILAGRO DEL TRANSITO QUINTANILLA VIUDA
DE ESCOBAR, ANA GUADALUPE, KRISSIA MILAGRO y JUAN
ALVARO de apellidos ESCOBAR QUINTANILLA, la primera como
cónyuge sobreviviente del causante y los demás como hijos del causante,
representados por la Licenciada EVELIN PATRICIA GOMEZ
MARROQUIN. Confiéresele a los aceptantes la administración y repre-
sentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente, la que ejercerán los menores KRISSIA
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MILAGRO y JUAN ALVARO de apellidos ESCOBAR QUINTANI-
LLA, a través de su representante legal señora ANA MILAGRO DEL
TRANSITO QUINTANILLA VIUDA DE ESCOBAR, hasta su com-
pleta mayoría de edad.
Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales consi-
guientes.-
Juzgado de lo Civil: Ciudad Delgado, a las diez horas y cincuenta
minutos del día dos de junio del año dos mil tres. – Licda. CONCEPCION
ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGA-
DO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETA-
RIA.
Of. 3 v. alt. No. 1002-2
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CA-
BAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que por resolución proveída este mismo día en este
Tribunal, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario, la herencia intestada de los bienes que a su defunción
acaecida el día diez de diciembre de mil novecientos cincuenta y ocho,
en Cantón Río Grande de esta Jurisdicción, lugar de su último domicilio;
dejó el señor SANTIAGO MEMBREÑO, quien fue de sesenta años de
edad, casado, jornalero, hijo de INDALECIO MEMBREÑO, originario
de Cantón Río Grande, Sensuntepeque, Cabañas, a los señores JOSE
RAFAEL PALACIOS ROMERO, JOSE ORLANDO MEMBREÑO
PAULINO y CESAR SANTOS MEMBREÑO, los primeros dos como
cesionarios del derecho hereditario que le correspondía a los señores
PEDRO JOSE MEMBREÑO O PEDRO MEMBREÑO y EDUARDO
MEMBREÑO ROMERO o EDUARDO MEMBREÑO, en su calidad de
hijos del causante y el tercero por derecho de representación y en su
calidad de hijo de la señora MARIA PAULA MEMBREÑO hija del
causante; habiéndoles conferido, la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Se cita a quienes se crean con derecho en la referida sucesión, para
que en el término de quince días contados al siguiente de la última
publicación del presente edicto, se presenten a deducir tal circunstancia.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a las
once horas con veinte minutos del día ocho de mayo de dos mil tres. – Lic.
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA. – Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1003-2
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA,
HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado, a las
quince horas con quince minutos del día veintinueve de noviembre del
corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora
NATIVIDAD MEJIA; quién fue de ochenta y nueve años de edad,
soltera, de oficios domésticos, originaria y del domicilio de Jucuapa,
Departamento de Usulután, siendo éste su último domicilio, de naciona-
lidad salvadoreña; quién falleció el día siete de julio del año mil
novecientos noventa y siete; de parte del señor JOSE SAUL MEJIA, en
concepto de hijo del causante.-
Confiérese al heredero declarado en el carácter indicado la Admi-
nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente, y ClTA: a los que
se crean con derechos a la herencia referida, para que se presenten a
deducirla dentro del término de quince días, a partir del siguiente al de la
tercera publicación del presente edicto.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.-
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
JUCUAPA, a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del día
veintinueve de noviembre del año dos mil dos.- Lic. OSCAR NEFTALI
ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. RODOLFO
ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1004-2
ANGELA DEL CARMEN TORRES DE ALBERTO, JUEZ DE LO
LABORAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PU-
BLICO,
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado del día veinti-
trés de mayo del corriente año, en el Juicio Individual de Trabajo
promovido por el trabajador ABEL ORANTES, contra los señores
DAVID GONZALO AGUILAR CRISTALES y LEDA DEL CARMEN
AGUILAR VANEGAS, reclamando el pago de indemnización por
despido de hecho, vacación completa, salarios adeudados, vacación y
aguinaldo proporcional, se venderá en pública subasta el siguiente
inmueble: un inmueble de naturaleza rústica, de un área de CUATRO-
CIENTOS SIETE PUNTO SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y
CINCO METROS CUADRADOS, situado en Avenida Independencia
Sur, Barrio San Miguelito, Santa Ana.
Librado en el Juzgado de lo Laboral: Santa Ana, a las quince horas
y tres minutos del veintitrés de mayo del dos mil tres. – Licda. ANGELA
DEL CARMEN TORRES DE ALBERTO, JUEZ DE LO LABORAL.
Lic. JAIME ERNESTO URRUTIA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1005-2
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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA,
HACE SABER: que en este Juzgado se ha presentado la Licenciada
SONIA DEL CARMEN MONTERROSA QUINTANILLA, Auxiliar
del señor Procurador de la República y en nombre y representación del
señor MIGUEL ANGEL CRUZ AGUILAR, de sesenta y dos años de
edad, jornalero, del domicilio de Estanzuelas, con Documento Unico de
Identidad número cero uno ocho cinco cero cero seis cinco- ocho;
solicitando se le extienda Título Supletorio de un terreno de una exten-
sión superficial de DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS
METROS CUADRADOS; dicho inmueble es de naturaleza rústica, el
cual está ubicado en el Cantón El Escarbadero, de la Jurisdicción de
Estanzuelas, Departamento de Usulután, con los colindantes siguientes:
NORTE, con CARLOS ANTONIO RUIZ QUINTANILLA, ORIENTE
con JOSE FERMIN QUINTANILLA, camino vecinal de por medio,
SUR con TIBURCIO DE JESUS QUINTANILLA CRUZ y PONIENTE
con JOSE FERMIN QUINTANILLA. El terreno antes descrito lo
adquirió por posesión material desde más de treinta años, lo adquirió de
su tía señora LORENZA QUINTANILLA, y lo valúa en la cantidad de
DIEZ MIL COLONES.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.-
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
JUCUAPA, a las diez horas y treinta minutos del día veinte de mayo del
año dos mil tres. – Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. – Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1006-2
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA, AL PUBLICO PARA
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada
SONIA DEL CARMEN MONTERROSA QUINTANILLA, de treinta
y nueve años de edad, Abogada, del domicilio de Usulután, con Docu-
mento Unico de Identidad número cero dos siete ocho tres tres - cero,
Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República; en
nombre y representación de la señora FIDELIA GUERRERO, de cin-
cuenta y seis años de edad, ama de casa, del domicilio de Estanzuelas, con
Documento Unico de Identidad número cero dos uno seis seis seis cuatro
nueve-siete, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO DE UN
INMUEBLE DE NATURALEZA RUSTICA, situado en el Cantón El
Escarbadero, de la Jurisdicción de Estanzuelas, Departamento de Usulu-
tán, de una extensión superficial de OCHO MIL OCHOCIENTOS
SESENTA Y CUATRO PUNTO SETENTA Y CUATRO METROS
CUADRADOS, con los colindantes siguientes: NORTE con FELICITA
GOMEZ, ORIENTE con JOSE ANTONIO GUERRERO, SUR con
BERTA BERMUDEZ y PONIENTE con CONCEPCION CHAVA-
RRIA, según denominación catastral, dicho inmueble no es dominante
ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas ni derechos que
pertenezcan a terceras personas. El inmueble lo adquirió por compra
venta que le hizo a la señora MARIA ELIDA GUERRERO conocida por
ELIDA GUERRERO, el día trece de marzo del dos mil dos, a través de
Escritura Pública, la cual no es inscribible por no estarlo su antecedente,
por lo que unida la posesión de su representada a la de su antecesora son
más de diez años, continuos de buena fe, quieta, pacífica e ininterrumpi-
da.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.-
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
JUCUAPA, a las catorce horas y quince minutos del día dieciséis de
mayo del dos mil tres. – Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. – Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1007-2
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA,
HACE SABER: que en este Juzgado se ha presentado el señor
JOSE ANTONIO GUERRERO, de cincuenta y cuatro años de edad,
Jornalero, del domicilio de Estanzuelas, con Documento Unico de
Identidad número cero uno ocho cinco cero cero ocho dos-ocho; solici-
tando se le extienda Título Supletorio de un terreno de una extensión
superficial de TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE
PUNTO NOVENTA Y SEIS, metros cuadrados según denominación
catastral, dicho inmueble es de naturaleza rústica, está ubicado en el
Cantón El Escarbadero, de la Jurisdicción de Estanzuelas, Departamento
de Usulután, con los colindantes siguientes NORTE con FELICITA
GOMEZ, ORIENTE con HILDA MELARA, quebrada de por medio
SUR con BERTA BERMUDEZ y PONIENTE con FIDELIA GUE-
RRERO. El terreno antes descrito lo obtuvo por compra venta que le hizo
a la señora MARIA ELIDA GUERRERO, conocida por ELIDA GUE-
RRERO, el día trece de marzo de dos mil dos a través de Escritura
Pública, la cual no es inscribible por no estarlo su antecedente.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las once
horas del día diecinueve de mayo del año dos mil tres. - Lic. OSCAR
NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. – Lic.
RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1008-2
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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
DE TERCERA PUBLICACIÓN
CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO, al público para losefectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las diez horas y treinta ycinco minutos del día diecinueve de mayo del presente año, se ha tenidopor aceptada expresamente con beneficio de inventario la herenciaintestada que a su defunción dejó el señor AGUSTIN JUAREZ, conoci-do por AGUSTIN JUARES, quien fue casado y fallecido el día dos demayo de mil novecientos cincuenta y ocho, siendo Ciudad Delgado ellugar de su último domicilio, de parte de las señoras MARIA LUISAPEREZ antes de JUAREZA hoy DE SALINAS, FELICITA JUAREZPEREZ y MARIA ISABEL JUAREZ DE SALAZAR, conocida porISABEL JUAREZ e ISABEL PEREZ, en calidad de cónyuge sobrevi-viente e hijas del causante, siendo representadas por el señor AgenteAuxiliar de la Procuraduría General de la República Licenciado MA-NUEL DE JESUS NOLASCO TORRES. Confiriéndoles a las aceptantesla administración y representación interina de la sucesión con lasfacultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales consi-guientes.
JUZGADO DE LO CIVIL: CIUDAD DELGADO, a las once horasdel día diecinueve de mayo del año dos mil tres.- Licda. CONCEPCIONALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGA-DO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETA-RIA.
Of. 3 v. alt. Nº 981-3
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, alpúblico para los efectos de ley,
AVISA: que por resolución de este día, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que asu defunción dejó el causante MARIO ANTONIO LOPEZ HERNAN-DEZ, quien falleció el día nueve de abril de dos mil dos, en la ciudad deSan Salvador, habiendo tenido como último domicilio San Juan Talpa;por parte de los señores ANDRES LOPEZ HERNANDEZ o ANDRESLOPEZ y TERESA DE JESUS HERNANDEZ o TERESA DE JESUSHERNANDEZ DE LOPEZ; en concepto de padres del causante.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herenciade que se trata para que dentro del término de ley, comparezcan adeducirlo a este Juzgado.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 23 de abril de 2003.- Dr.LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTORODRIGUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. Nº 982-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el LicenciadoHERBER ERNESTO MONTOYA SALAZAR, en concepto de AgenteAuxiliar del Fiscal General de la República, solicitando a favor del
Estado y Gobierno de El Salvador, Título Supletorio de un inmueble denaturaleza rústica situado en los Suburbios de la población de San PabloTacachico, en el lugar llamado Tierra Blanca, de una extensión superfi-cial de setecientos sesenta y dos metros cuadrados con setenta y nuevecentímetros cuadrados, en el cual se desarrollará un derecho de vía en elproyecto San Juan Opico-San Pablo Tacachico San Isidro, desmembrauna faja de terreno de una extensión superficial de trescientos cuarentay un metros cuadrados, la cual se describe así: partiendo de la estaciónKilómetro Veintiséis, más ciento setenta y cinco metros, con unadistancia de diez metros exactos y rumbo Sur cuarenta y tres gradosveinticinco minutos Este, se llega al punto marcado en el plano con laletra “A”, que es donde comienza la descripción de esta parcela así:NOROESTE: línea A-B, recta de cuatro metros exactos de longitud yrumbo Norte veintinueve grados quince minutos Este: línea B-C, recta deveintisiete metros cincuenta centímetros de longitud y rumbo Nortecincuenta y un grados treinta minutos Este, colindando con terreno deMIGUEL DE LOS ANGELES BARAHONA; NORESTE: línea C-D,recta de diez metros exactos de longitud y rumbo Sur cuarenta y seisgrados cincuenta minutos Este, colindando con terreno de ANDRESVARELA, antigua calle pública de por medio; SUR: línea D-E, curva detreinta y un metros cincuenta centímetros de longitud y radio de cientonoventa y ocho metros cuarenta y nueve centímetros, colindando conresto del terreno del vendedor, lado derecho del proyecto; SUROESTE:línea E-A, recta de diez metros cincuenta centímetros de longitud yrumbo Norte cuarenta y tres grados veinticinco minutos Oeste, colindan-do con terreno de CIRIACO CORNEJO, hoy ocupado en parte por elderecho de vía de la carretera. Siendo “A” el punto donde finaliza ladescripción de esta parcela, el inmueble descrito no tiene descripciones,ni cultivos permanentes y se encuentra libre de gravamen.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Juan Opico, alos veintisiete días del mes de marzo del año dos mil tres.- Lic. JOSEORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA.- Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRE-TARIO DE ACTUACIONES.
Of. 3 v. alt. Nº 983-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE CONSTAR: que se ha presentado a esta Alcaldía la Licen-ciada ANA RUTH MARTINEZ DE PINEDA, en su carácter de AgenteAuxiliar del señor Fiscal General de la República en representación delEstado en el ramo de Justicia solicitando Título de Propiedad de unaporción de terreno urbano situado en el Barrio El Centro de esta localidadcon una extensión superficial de doscientos cincuenta y nueve puntoveinticinco metros cuadrados, equivalentes a trescientos setenta puntonoventa y tres varas cuadradas y cuya descripción técnica es la siguien-tes: AL NORTE, línea recta con rumbo Norte cincuenta y cinco gradoscincuenta y seis minutos cincuenta y cinco segundos Este y una distanciade diez punto noventa metros lindando con JOEL SALOMONGUEVARA, Carretera Panorámica de por medio; AL ORIENTE, línearecta con rumbo Sur cuarenta y nueve grados cincuenta y tres minutosquince segundos Este y una distancia de veinte punto sesenta y nuevemetros, lindando con MARIA TULIA SARAVIA, pared ajena; ALSUR, línea recta con rumbo Sur cuarenta y ocho grados quince minutoscuarenta y ocho segundos Oeste, una distancia de trece punto setenta ycuatro metros, lindando antes con SIXTO VASQUEZ ahora EMELINAVASQUEZ, Calle “La Ronda” de por medio; y al PONIENTE, línea
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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
recta con rumbo Norte cuarenta y uno grados cuarenta y cuatro minutosveintisiete segundos Oeste, una distancia de veintiuno punto noventa ycuatro metros lindando con ATILIO MEJIA, pared ajena, llegando allindero del cual dio inicio la presente descripción. Que el inmueble loadquirió el Estado y Gobierno de El Salvador, por donación otorgada porla señora MARIA MAGDALENA ACEVEDO. Que no es predio domi-nante ni sirviente, no tiene cargo o derechos reales que respetar ni está enproindivisión. Los colindantes son de este domicilio.
Alcaldía Municipal San Emigdio, veintiséis de mayo de dos miltres.- JORGE ALBERTO ROSALES, ALCALDE MUNICIPAL.- FLORDE MARIA AREVALO DE FLORES, SECRETARIA MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. Nº 984-3
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la LicenciadaELBA YANETH HENRIQUEZ MARTINEZ, de treinta y seis años deedad, Abogado, de este domicilio, actuando como Agente Auxiliar delseñor Fiscal General de la República, a fin de obtener Título de Dominioa favor del Estado y Gobierno de El Salvador, en el ramo de ObrasPúblicas, de un inmueble de naturaleza rústica ubicado en el CantónCerro Grande, jurisdicción de San Cayetano Istepeque, Departamento deSan Vicente, el cual consta de tres inmuebles, los cuales no forman unsólo cuerpo, de las medidas y colindancias siguientes: “Compuesto detres lotes que se denominan LOTE NUMERO DOS, TRES, Y CUA-TRO, y que por su orden se describen así: partiendo de la estaciónKilómetro cuarenta y siete, más cuatrocientos cuarenta y tres metroscincuenta centímetros y rumbo Norte cinco grados cincuenta punto cerominutos Este, se llega al punto marcado en el plano con la letra “A”, quees donde comienza la descripción de este lote así: NORTE, línea A-B,recta de veinte metros de longitud y rumbo Sur sesenta y cinco gradosdiecisiete punto ochenta y un minutos Este; línea B-C, recta de veintemetros cuarenta centímetros de longitud y rumbo Sur setenta y nuevegrados dos punto ochenta y cuatro minutos Este, línea C-D, recta deveinte metros de longitud y rumbo Sur sesenta y un grados dos puntotreinta minutos Este; línea D-E, recta de diecinueve metros treintacentímetros de longitud y rumbo Sur setenta y un grados veintiséis puntonoventa y cuatro minutos Este; línea E-F, recta de catorce metros ochentacentímetros de longitud y rumbo Sur setenta y cuatro grados veintitréspunto treinta y siete minutos Este; línea F-G, curva de treinta y dos metrosde longitud y radio de ochocientos cincuenta y seis metros cincuenta y uncentímetros, colinda con terreno propiedad del vendedor señor MOLI-NA, lado izquierdo del proyecto; SUR, línea G-H, recta de treinta y tresmetros de longitud y rumbo Sur setenta y siete grados siete punto sesentay seis minutos Oeste; línea H-I, recta de treinta y nueve metros delongitud y rumbo Sur setenta grados treinta y seis punto cincuenta y tresminutos Oeste; línea I-J, recta de diecinueve metros cincuenta centíme-tros de longitud y rumbo Sur ochenta y tres grados tres punto noventa ynueve minutos Oeste; línea J-K, recta de veinte metros ochenta centíme-tros de longitud y rumbo Norte setenta y nueve grados treinta y cincopunto ochenta y tres minutos Oeste; línea K-L, recta de veintiún metrosde longitud y rumbo Sur setenta y seis grados veintinueve punto cuarentay cuatro minutos Oeste, colindando con terreno que fueron de SALVA-DOR CHACON hoy de MIGUEL ANGEL DURAN y CRISTINODURAN, Carretera Internacional de por medio, ocupados en parte por elderecho de vía; OESTE, línea L-A, recta de cincuenta y tres metros delongitud y rumbo Norte cinco grados cincuenta punto cero minutos Este;colinda con terreno propiedad del vendedor señor MOLINA, descrito enel numeral I de la escritura de compra venta, hoy ocupado en parte porel derechos de vía de la Carretera. Siendo “A” el punto donde finaliza la
descripción de este lote, que se describe sólo en tres rumbos por ser deforma triangular y tiene una extensión superficial de tres mil doscientosochenta y un metros cuadrados treinta y tres decímetros cuadradosequivalentes a cuatro mil seiscientas noventa y cuatro varas cuadradasnoventa y dos centésimos de vara cuadradas. LOTE NUMERO TRES.Partiendo de la estación Kilómetro cuarenta y siete más seiscientosveinte metros con una distancia de veintiocho metros y rumbo Norte tresgrados veintiocho punto cero tres minutos Oeste, se llega al puntomarcado en el plano con la letra “A”, que es donde comienza ladescripción de este lote, así: NORTE, línea A-B, curva de cuarentametros de longitud y radio de ochocientos cincuenta y seis metroscincuenta y un centímetros; B-C, recta de doce metros de longitud yrumbo Norte setenta y un grados uno punto treinta y dos minutos Este;línea C-D, recta de catorce metros de longitud y rumbo Norte ochenta yocho grados catorce punto noventa y cuatro minutos Este; línea D-E,curva de treinta y seis metros veinte centímetros de longitud y radio deochocientos cincuenta y seis metros cincuenta y un centímetros, colindacon resto del terreno propiedad del vendedor señor MOLINA, ladoizquierdo de la carretera; ESTE, línea E-F, recta de quince metros delongitud y rumbo Sur trece grados siete punto noventa y dos minutosOeste; línea F-G, recta de once metros de longitud y rumbo Sur cerogrados treinta y un punto diecinueve minutos Este, colinda con resto deterreno propiedad del vendedor señor MOLINA, lote número cuatro hoyocupado en parte por el derecho de vía de la carretera; SUR, línea G-H,recta de tres cincuenta centímetros de longitud y rumbo Norte ochenta yocho grados sesenta y cuatro punto un minutos Oeste; línea H-I, recta deveintiún metros de longitud y rumbo Norte setenta y cinco grados treintay cuatro punto sesenta y un minutos Oeste; línea I-J, recta de cuarenta ydos metros cincuenta centímetros de longitud y rumbo Sur ochenta yocho grados cuarenta y ocho punto setenta y siete minutos Oeste; líneaJ-A, recta de treinta metros ochenta centímetros de longitud y rumboNorte ochenta y un grados cincuenta y ocho punto cero tres minutosOeste colinda Carretera Internacional de por medio, con terreno de JOSEDURAN y MIGUEL ANGEL DURAN, que fueron de SALVADORCHACON, hoy ocupado en parte por el derecho de vía de la carreterasiendo “A” el punto donde finaliza la descripción de este lote, quedescribe sólo en tres rumbos por ser de forma triangular y con unaextensión superficial de mil ciento cuarenta y cuatro metros cuadradoscuarenta y seis centímetros cuadrados equivalentes a mil seiscientostreinta y siete varas cuadradas cuarenta y nueve centésimos de varacuadrada. LOTE NUMERO CUATRO. Partiendo de la estación kilóme-tro cuarenta y siete más setecientos quince metros con una distancia decatorce metros noventa centímetros y rumbo Norte sesenta y cincogrados cuarenta y cinco punto doce minutos Oeste, se llega al puntomarcado en el plano con la letra “B”, que es donde comienza ladescripción de este lote así: SUR, línea B-C, recta de diecinueve metrosveinticinco centímetros de longitud y rumbo Norte ochenta y seis gradosveintisiete punto cincuenta y cinco minutos Oeste, colinda con terreno deLUIS ADAN FERNANDEZ, que formó parte del resto del terreno delvendedor señor MOLINA, hoy ocupado en parte por el derecho de vía dela carretera; OESTE, línea C-D, recta de quince metros de longitud yrumbo Norte tres grados siete punto noventa y dos minutos Este, línea D-E, recta de doce metros de longitud y rumbo Norte cuarenta y cincogrados cincuenta y seis punto noventa y cinco minutos Este; línea E-F,recta de dieciocho metros de longitud y rumbo Norte cincuenta y ungrados cuarenta y siete punto treinta y dos minutos Este, colinda con restodel terreno propiedad del vendedor señor MOLINA, lote número tres yadescrito, lado izquierdo del proyecto; ESTE, línea F-G, recta de cuarentay ocho metros cincuenta centímetros de longitud y rumbo Sur treinta yun grados siete punto cuarenta y ocho minutos Este colinda con terrenode CARLOS BONILLA, hoy ocupado por el derecho de vía de lacarretera; SUR-ESTE, línea G-H, recta de dieciséis metros cincuentacentímetros de longitud y rumbo Sur ochenta y cinco grados cuarenta yuno punto noventa y cuatro minutos Oeste, línea H-A, recta de catorcemetros noventa centímetros de longitud y rumbo Norte sesenta y cinco
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grados cuarenta y cinco punto doce minutos Oeste, colinda con terrenode LUIS ADAN FERNANDEZ que formó parte del resto de terreno delvendedor señor MOLINA, hoy ocupado en parte por el derecho de vía dela carretera, siendo “B” el punto donde finaliza la descripción de este lote,y tiene una extensión superficial de mil ciento cuarenta y seis metroscuadrados veintinueve decímetros cuadrados equivalentes a mil seis-cientas cuarenta varas cuadradas once centésimas de vara cuadrada. Losterrenos anteriormente descritos, actualmente no tiene construcciones,asegura poseerlo por compra que hizo al señor FEDERICO MOLINA,ahora de sesenta y un años de edad, jornalero, del domicilio de SanCayetano Istepeque, el día dieciséis de diciembre de mil novecientosochenta y uno, y que los valúa en mil ochenta y seis colones con cuarentay seis centavos cada uno haciendo un total entre los tres de tres mildoscientos cincuenta y nueve colones con treinta y nueve centavos.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las once horas del día veintiochode mayo del dos mil tres.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DELO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETA-RIA.
Of. 3 v. alt. Nº 985-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la LicenciadaTEODORA CANALES CANALES, en su calidad de ProcuradoraAuxiliar del Procurador General de la República representando a losseñores EDUARDO ACOSTA GUTIERREZ, y MARIA DE LA PAZALVAREZ ALVAREZ, solicitando a favor de sus representados Títulode Dominio de un solar de naturaleza urbana situado en Calle El Progresocasa número cincuenta de la Colonia Milagro de la Paz, de esta ciudad,de la capacidad superficial de SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATROMETROS CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS,de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, cuarenta y dosmetros treinta y siete centímetros, con propiedad de MARGARITAJIMENEZ; AL NORTE, veintisiete metros ochenta centímetros, conpropiedad de JUAN PABLO ORTEGA SORTO y la Iglesia Manantialesde Vida Eterna; AL PONIENTE, diez metros cuarenta y siete centíme-tros, con propiedad de JOSE WILFREDO MENDEZ; AL SUR, veinti-cuatro metros ochenta centímetros, con propiedad de ANTONIOGAVINO SANCHEZ, Calle El Progreso de por medio. El inmuebleantes descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechosreales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, y loadquirieron por compra verbal que le hicieron al señor RAMONANTONIO MENDOZA, en el año de mil novecientos setenta y cinco,quien en aquel entonces era mayor de edad, aserrador, de este domicilio,posesión que han ejercido por más de diez años la cual ha sido en formaquieta, pacífica, pública e ininterrumpida; estiman el inmueble relacio-nado en la cantidad de OCHO MIL COLONES EXACTOS, los colin-dantes son todos de este domicilio, por lo que se avisa al público para losefectos de ley.
Alcaldía Municipal: San Miguel, veinte de mayo de dos mil tres.-JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.-Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. Nº 986-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la LicenciadaTEODORA CANALES CANALES, en su calidad de ProcuradoraAuxiliar del Procurador General de la República representando al señorMIGUEL ANGEL DE JESUS YANES GONZALEZ, solicitando enfavor de su representado Título de Dominio de un solar de naturalezaurbana situado en Calle Cárdenas y Avenida DUA de la Colonia Milagrode la Paz, de esta ciudad, de la capacidad superficial de CIENTOTREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS TRECE DECIME-TROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIEN-TE, catorce metros cincuenta centímetros, con propiedad de ANDRESESCOBAR, calle de por medio; AL NORTE, nueve metros veinticincocentímetros, con propiedad de ENMA LEMUS; AL PONIENTE, cator-ce metros cincuenta centímetros, con propiedad de MARIA ELENACENTENO, Avenida DUA de por medio; AL SUR, nueve metrosveinticinco centímetros, con propiedades de RAMON YANES. Elinmueble antes descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas niderechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie,y lo adquirió por compra de posesión material que hizo ante los oficiosnotariales del Licenciado JOSE ALEJANDRO LOPEZ YANES, el díacuatro de julio de dos mil dos a la señora MARIA ELENA CENTENO,quien en ese entonces era de cuarenta y un años de edad, de oficiosdomésticos, de este domicilio, posesión que unida a la de su anteriorposeedora suma un tiempo de más de diez años, la cual ha sido en formaquieta, pacífica, pública e ininterrumpida; estiman el inmueble relacio-nado en la cantidad de NUEVE MIL COLONES EXACTOS, loscolindantes son todos de este domicilio, por lo que se avisa al públicopara los efectos de ley.
Alcaldía Municipal: San Miguel, veintiuno de mayo de dos miltres.- JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICI-PAL.- Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNI-CIPAL.
Of. 3 v. alt. Nº 987-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: que a esta Alcaldía se presentó la Lic. TEODORACANALES CANALES, como Apoderado de ERNESTINA MOLINACAÑAS, solicitando Título de propiedad Municipal a favor de supoderdante de un inmueble urbano situado en el Barrio Candelaria de laciudad de Moncagua Distrito y Departamento de San Miguel de lacapacidad de CIENTO CINCUENTA Y UN METROS SESENTA YCINCO DECIMETROS CON CUARENTA CENTIMETROS CUA-DRADOS, que mide y linda al ORIENTE: veintitrés metros calle de pormedio con la señora LILA BRIZUELA y FRANCISCA PEREZ; NOR-TE, seis metros noventa y ocho centímetros con DOLORES ARGUETADE CAÑAS; PONIENTE, quince metros veinte centímetros con DOLO-RES ARGUETA; y SUR, ocho metros noventa centímetros con JOSEDE JESUS ROBLES, la casa es de tejas, paredes de adobe de trece metrosde largo por cinco de ancho, éste lo adquirió por donación de DOLORESARGUETA VARGAS VIUDA DE CAÑAS, no es dominante ni sirvien-te, no tiene cargas ni derechos reales, los colindantes son de estedomicilio y lo valora en NUEVE MIL COLONES.
Se avisa al público para efectos de ley.
Alcaldía Municipal: Moncagua, a catorce de mayo de dos mil tres.-JOSE FELICITO RIVAS GOMEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- FRAN-CISCO ANTONIO FUENTES, SECRETARIO MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. Nº 988-3
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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
ANA PATRICIA GUADALUPE ALEGRIA GARCIA, Notario, de estedomicilio, con oficina ubicada en Calle San Carlos, Pasaje Rocío númerociento Catorce, San Salvador,
HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notario, proveídaa las diez horas del día tres de junio del año dos mil tres, se ha declaradoHEREDERO DEFINITIVO con beneficio de inventario, al señor JOR-GE ALBERT PALACIOS DAMIAN en concepto de Heredero Testa-mentario de la causante señora MARIA ANTONIA CHONG PALA-CIOS DE FORES, conocida por MARIA ANTONIA FORES y porMARIA ANTONIA PALACIOS DAMIAN en la Sucesión Testamenta-ria que ésta dejó al fallecer en Colonia Lisboa, Avenida Rocío númeroochenta y cinco, de esta ciudad a las dieciséis horas cincuenta minutos deldía cinco de marzo del dos mil dos, siendo San Salvador su últimodomicilio, confiriéndole al heredero la Administración y Representacióndefinitiva de dicha sucesión, con las facultades de ley. Por lo que se Avisaal público para las efectos de ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a las once horas del día tresde junio del año dos mil tres.
Lic. ANA PATRICIA GUADALUPE ALEGRIA GARCIA,
NOTARIO.
1 v. No. 19315
JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: que por resolución de las once horas del día dos deabril del corriente año, se ha tenido por declarado herederos con benefi-cio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó laseñora WENCESLAO CABRERA RAMOS, fallecida a las seis horascon treinta minutos del día dieciséis de junio del dos mil uno, en el BarrioEl Calvario de la Villa de Chilanga, Departamento de Morazán, siendoCiudad Barrios su último domicilio; a los señores MAXIMO GUEVARACABRERA, FLORENTIN GUEVARA, en calidad de hijos de la cau-sante. Confiriéndole a los declarados la Administración y Representa-ción definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Ciudad Barrios, a lasdiez del día veintiséis de mayo de dos mil tres. Lic. JORGE ALBERTOGUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. JOSEFRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRETARIO.
1 v. No. 19309
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, alpúblico para los efectos de ley;
HACE SABER: que este día ha declarado al señor RAFAELANIBAL REYES MARTINEZ, heredero beneficiario e intestado en lasucesión del causante ANTONIO MARTINEZ GIRON, quien fallecióel día diez de agosto de mil novecientos noventa y siete, en el Cantón ElCarmen de esta jurisdicción, su último domicilio; en concepto de hijo delcausante.
El heredero declarado, tiene la Administración y Representacióndefinitivas de la sucesión.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 5 de mayo de 2003. Dr.LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTORODRIGUEZ, SECRETARIO
1 v. No. 19303
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS EFEC-TOS DE LEY,
HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lasonce horas del día nueve de mayo de dos mil tres, se ha declaradoHeredera Definitiva Abintestato con beneficio de inventario a la señoraREYNA MARGARITA OCHOA MORALES DE ACOSTA, en sucalidad de Cesionaria de los derechos Hereditarios que le correspondíana MARTA LIDIA RIVERA, en concepto de madre del causante FRAN-CISCO RIVERA FUENTES, quien fue de veintisiete años de edad,soltero, jornalero, fallecido el día dos de mayo de mil novecientosochenta y siete, en el Hospital San Juan de Dios de la cuidad de Santa Ana,siendo Metapán su último domicilio. En consecuencia, se le ha conferidoa la mencionada heredera la Administración y Representación DEFINI-TIVA de la sucesión.
LIBRADO en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas deldía catorce de mayo de dos mil tres. Lic. JOSE HERNAN PALACIOSLIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA LETICIA FIGUEROAFIGUEROA, SECRETARIO.
1 v. No. 19288
MARIO MOISA MARTINEZ, Juez de lo Civil de este Distrito:
AVISA: que por resolución de las once horas del día dos de lascorrientes, ha sido declarado heredera abintestato con beneficio deinventario de la herencia dejada por el señor HERNAN ANTONIOCASTILLO GARZONA, fallecido el día diez de septiembre de milnovecientos noventa y cuatro, en esta ciudad su último domicilio, al señorJOSE ADOLFO CASTILLO FLORES, en concepto de hijo del Causante.
Se ha conferido al heredero declarado la Administración y Repre-sentación definitivas de la sucesión.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas treinta minutos deldía seis de junio del año dos mil tres. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ,JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DEESCOBAR, SECRETARIO.
1 v. No. 19276
SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
AVISA: que por resolución dictada a las once horas de este día, seha Declarado Heredero Abintestato y con Beneficio de Inventario, de laHerencia Intestada que a su defunción ocurrida el día diecisiete deseptiembre de mil novecientos noventa y cuatro en el Barrio San José deCoatepeque, lugar de su último domicilio, dejó la señora EMMA LIDIAANAYA DE VILLANUEVA, conocida por EMMA LIDIA ANAYA,de parte MIGUEL ANGEL VILLANUEVA ANAYA, en su concepto dehijo de la causante antes referida y como cesionario de los derechoshereditarios que como hijas de la causante les correspondían a MARIADEL CARMEN y EMMA DELIA, ambas de apellidos VILLANUEVAANAYA y ROSA VILMA VILLANUEVA DE HERNANDEZ;confiriéndosele DEFINITIVAMENTE la Administración y Representa-ción de la Sucesión expresada.
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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: SantaAna, a las once horas con treinta minutos del día diez de abril del dos miltres. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERODE LO CIVIL. BLANCA ALICIA GRANADOS DE AMAYA, SE-CRETARIO.
1 v. No. 19257
MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia, deldistrito Judicial de San Francisco Gotera, al público para los efectos deley,
HACE SABER: que en las diligencias de Aceptación de Herencia,promovidas por el Doctor ANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, enbienes de la causante JUANA DE LA CRUZ PORTILLO; se ha decla-rado Heredera Definitiva, a la señora JULIA PORTILLO, de treinta ycuatro años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Delicias deConcepción por derecho propio que le corresponde como hija de lacausante, y con beneficio de Inventario de la Herencia Intestada, que a sudefunción dejó la señora JUANA DE LA CRUZ PORTILLO, quien fuede sesenta y dos años de edad, soltera de oficios domésticos, originariade Cacaopera y del domicilio de Delicias de Concepción, hija de losseñores JOSE MARTIR ARGUETA y ALEJANDRA PORTILLO, yFALLECIO el día diez de octubre de mil novecientos noventa y tres, enel Barrio El Centro de la población de Lolotiquillo, siendo la poblaciónde Delicias de Concepción su último domicilio.
Se le confirió a la heredera Declarada, y en la forma establecida, laAdministración y Representación DEFINITIVAS DE LA SUCESION.
A publicarse en el Diario Oficial, el edicto correspondiente para losefectos del Artículo 1,165 del Código Civil.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-cisco Gotera, a las nueve horas y treinta minutos del día veinticuatro deenero del dos mil tres. Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2º DE 1a.INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,SECRETARIA.
1 v. No. 19212
MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia, deldistrito Judicial de San Francisco Gotera, al público para los efectos deley,
HACE SABER: que en las Diligencias de Aceptación de Herencia,promovidas por el Doctor ANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, enbienes del causante SINFOROSO COREAS, se ha Declarado HEREDE-RA DEFINITIVA a la señora BARTOLA SANCHEZ COREAS, cono-cida por BARTOLA SANCHEZ, de sesenta y siete años de edad, deoficios domésticos, del domicilio de Delicias de Concepción, en sucalidad de heredera cesionaria de los derechos que le corresponden a losseñores OSCAR COREA ARRIAZA y MARIA ELVIA COREA, éstosen conceptos de hijos del causante, y con beneficio de inventario de laHerencia intestada que a su defunción dejó el señor SINFOROSOCOREA, conocido por SINFOROSO COREAS, quien fue de sesenta ycuatro años de edad, soltero, originario de Yoloaiquín, jornalero, denacionalidad Salvadoreña, hijo de BERNARDINO SANCHEZ yBALBINA COREA, y FALLECIO el día veintiocho de mayo de milnovecientos ochenta y cuatro, en la población de Yoloaiquín, siendo éstesu último domicilio.
Se le confirió a la Heredera Declarada, y en la forma establecida,la Administración y Representación DEFINITIVAS de la Sucesión.
A publicarse en el Diario Oficial, los edictos correspondientes.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-cisco Gotera, a las diez horas del día veinticuatro de enero del dos mil tres.Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2º DE 1a. INSTANCIA. Licda.ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.
1 v. No. 19214
JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO, DE PRIME-RA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMEN-TO DE MORAZAN.
AVISA: que por resolución pronunciada en este Juzgado a lasnueve horas de este día, se ha DECLARADO HEREDERO DEFINITI-VO y con beneficio de Inventario al señor CARLOS FERNANDEZ, dela herencia que en forma intestada dejó el señor VICENTE FERNAN-DEZ, quien fue de cincuenta y tres años de edad, casado, agricultor enpequeño, hijo de NICOLAS FERNANDEZ y de MAXIMA ARRIAZA,originario de Chilanga, fallecido a las trece horas con treinta minutos deldía quince de mayo de dos mil, en el Cantón Chaparral de la jurisdicciónde Chilanga, lugar que fue su último domicilio, en concepto de hijo delreferido causante, y como cesionario de los derechos hereditarios que lecorrespondían a la señora MARIA LEONOR FERNANDEZ DE FER-NANDEZ, conocida por MARIA LEONOR FERNANDEZ y por LEO-NOR FERNANDEZ, en con concepto de esposa del referido causante;se ha conferido al referido heredero en la calidad expresada la Adminis-tración y Representación DEFINITIVA de dicha Sucesión con lasfacultades y restricciones de ley.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a lasnueve horas y treinta minutos del día veinticinco de febrero de dos miltres. Lic. JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1º DE 1a. INS-TANCIA. Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SE-CRETARIA.
1 v. No. 19211
MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia, deldistrito Judicial de San Francisco Gotera, al público para los efectos deley,
HACE SABER: que en las diligencias de Aceptación de Herencia,promovidas por el Doctor ANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, enbienes del causante JOSE ANTONIO GARCIA GARCIA, se ha decla-rado Heredera Definitiva a la señora REYNA ELIZABETH SORTOGARCIA, de treinta y un años de edad, de oficios domésticos, deldomicilio de Osicala, como heredera cesionaria del derecho que lecorrespondía al señor GAVINO MARTIR GARCIA, éste en concepto dehermano del causante, y con beneficio de inventario de la herenciaIntestada que a su defunción dejó el señor JOSE ANTONIO GARCIAGARCIA, quien fue de sesenta y tres años de edad, soltero, agricultor enpequeño, originario y del domicilio de Osicala, de nacionalidad Salvado-reña, hijo de PEDRO GARCIA y de lSIDRA GARCIA, y FALLECIOel día seis de julio del dos mil uno, en el Barrio El Centro de la ciudad deOsicala, siendo dicha población lugar de su último domicilio.
Se le confirió a la Heredera Declarada y en la forma establecida, laADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVAS DE LASUCESION.
A publicarse en el Diario Oficial el edicto correspondiente, para losefectos del Artículo 1,165 del Código Civil.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las nueve horas y quince minutos del día veinticuatro deenero del dos mil tres. Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2º DE 1a.INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,SECRETARIA.
1 v. No. 19216
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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia de esteDistrito Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las catorcehoras y veinte minutos del día trece de enero del dos mil tres, se haDECLARADO HEREDERA EN FORMA DEFINITIVA DE LA HE-RENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el señor FRANCISCODOMINGUEZ, quien a la fecha de su fallecimiento era de treinta y ochoaños de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Perquín, origina-rio de la misma población, siendo hijo de la señora MARIA DOLORESDOMINGUEZ y falleció el día veintiséis de abril del año dos mil, en elBarrio El Centro de la mencionada población de Perquín, siendo estamisma, lugar de su último domicilio a la señora MILAGRO DE LA PAZGUEVARA SAENZ, conocida por MILAGRO DE LA PAZ SAENZ, detreinta años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Jocoaitique,portadora de su Cédula de Identidad Personal número doce- ocho- cerotres mil novecientos once, en concepto de representante legal de sumenor hijo JOSE NOE DOMINGUEZ SAENZ, de trece años de edad,Estudiante, originario y del domicilio de Perquín, nacido a las doce horasdel día veintiséis de marzo de mil novecientos ochenta y nueve, en elBarrio El Centro de la misma población, éste por derecho propio en losbienes que le corresponden y como hijo legítimo del mencionadocausante. Confiérese al heredero declarado antes relacionado y en laforma establecida la Administración y Representación Definitiva de lasucesión.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del día diecisietede enero del dos mil tres. Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZSEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDAGUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.
1 v. No. 19217
MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia de esteDistrito Judicial, al público para efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las oncehoras del día dieciocho de febrero del dos mil tres, se han DECLARADO,HEREDEROS EN FORMA DEFINITIVA, a los señores JOSE SAN-TOS HERNANDEZ VELASQUEZ, conocido por JOSE SANTOSHERNANDEZ, PAULA HERNANDEZ VELASQUEZ, conocida porPAULA HERNANDEZ y JULIO CESAR HERNANDEZ, de la heren-cia intestada que a su defunción dejó el señor EUGENIO VELASQUEZORDOÑEZ, conocido por EUGENIO VELASQUEZ, quien a la fechade su fallecimiento fue de ochenta años de edad, Jornalero, Salvadoreño,hijo de DELFINA VELASQUEZ, originario y del domicilio de Deliciasde Concepción; quien falleció intestado a las nueve horas del día doce defebrero de mil novecientos ochenta y uno, en el Barrio El Calvario deDelicias de Concepción siendo la Población de Delicias de Concepciónlugar de su último domicilio; de parte de los señores JOSE SANTOSHERNANDEZ VELASQUEZ, conocido por JOSE SANTOS HER-NANDEZ, PAULA HERNANDEZ VELASQUEZ, conocida porPAULA HERNANDEZ y JULIO CESAR HERNANDEZ, éstos porderecho propio que les corresponde en los bienes del mencionadocausante, en concepto de hijos. Confiérese a los aceptantes mencionadosy en la forma establecida la administración y representación definitivade la sucesión.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las quince horas del día veintiuno de febrero del dos mil tres.Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERAINSTANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ, SECRETA-RIA.
1 v. No. 19219
MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia, delDistrito Judicial de San Francisco Gotera, al público para los efectos deley,
HACE SABER: que en las diligencias de aceptación de herencia enbienes del causante CONCEPCION ARGUETA, por resolución proveí-da por este Tribunal de las diez horas del día veintisiete de enero del
corriente año; se han DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS, alos señores EMMA NOEMI AMAYA, conocida por ENMA NOEMIAMAYA, de treinta y nueve años de edad, de oficios domésticos, deldomicilio de Delicias de Concepción, RUBIDIA PATRICIA GONZA-LEZ ARGUETA, de veintiún años de edad, DOUGLAS ALEXANDERGONZALEZ ARGUETA, de veinticuatro años de edad, y CESARCONCEPCION GONZALEZ ARGUETA, de veintisiete años de edad,los tres últimos estudiantes, del domicilio de Delicias de Concepción, laprimera, en calidad de heredera cesionaria del derecho que le correspon-día a la señora REINA MARIBEL AMAYA ARGUETA; y los demás encalidad de hijos del causante, la señora cedente como hija del de cujus,y con beneficio de inventario, de la herencia que en forma Intestada a sudefunción dejó el señor CONCEPCION ARGUETA, quien fue desesenta y siete años de edad, soltero, carpintero, hijo de NASARIAARGUETA, de nacionalidad Salvadoreña, originario de Delicias deConcepción, y FALLECIO Intestado el día trece de agosto del dos mildos, en el Barrio El Centro de la población de Delicias de Concepción,siendo éste su último domicilio.
Se les confirió a los herederos declarados, y en la forma establecida,la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA DE LASUCESION.
A Publicarse los edictos respectivos, de conformidad al Art. 1,165del Código Civil.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las diez horas del día siete de febrero del dos mil tres. Lic.MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS-TANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SE-CRETARIA.
1 v. No. 19223
JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERAINSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTODE MORAZAN,
AVISA: que por resolución pronunciada en este Juzgado a lasnueve horas de este día, se han DECLARADO HEREDEROS DEFINI-TIVOS, y con beneficio de inventario, a los señores MARIA DOLORESSALMERON GONZALEZ, conocida por MARIA DOLORESSALMERON y MARTIN GONZALEZ SALMERON, conocido porMARTIN GONZALEZ, de la herencia que en forma intestada dejó laseñora AGRIPINA GONZALEZ, quien fue de cuarenta y cuatro años deedad, soltera, de oficios domésticos, hija de CLARA GONZALEZ,originaria y del domicilio de Lolotiquillo, Departamento de Morazán,quien falleció a las veintidós horas del día diecinueve de noviembre demil novecientos ochenta y cuatro, en el Barrio El Centro de Lolotiquillo,lugar que fue su último domicilio; en concepto de hijos de la referidacausante; se ha conferido a los referidos herederos en la calidad expre-sada la administración y representación definitiva de dicha sucesión conlas facultades y restricciones de ley.-
Juzgado Primero de Primera Instancia, de San Francisco Gotera, alas diez horas del día tres de febrero de dos mil tres. Lic. JUAN CARLOSFLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA.Lic. FLORA MARIBEL HERNANDEZ DE NOLASCO, SECRETA-RIA INTERINA.
1 v. No. 19220
El Infrascrito Notario WALTER OMAR FLORES MARTINEZ, conoficina jurídica en Octava Calle Poniente Número Dos de esta ciudad, ytelefax trescientos treinta y cuatro- cuarenta y tres- diecinueve al público,
AVISA: que por resolución de las ocho horas del día de hoy, antemis oficios notariales se ha declarado a MARTA LILIAN CORNEJO DEBURGOS, HEREDERA DEFINITIVA INTESTADA CON BENEFI-CIO DE INVENTARIO en la sucesión del causante ALEJANDROALBERTO BURGOS CARMONA, de cuarenta y cuatro años de edad
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al momento de fallecer, casado quien según certificación de partida dedefunción que me presenta tenía de cuatro a seis meses de fallecido almomento de practicarse la autopsia la que fue realizada el día dieciséisde junio del dos mil uno, fallecimiento que ocurrió en el Cantón La Joya,de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, sin haber formalizado testa-mento alguno, ocurrido a consecuencia de fractura de cráneo, ocasionadocon proyectil disparado con arma de fuego habiendo sido su últimodomicilio en esta Ciudad; por lo que se le ha conferido a la heredera quese declara en el carácter anteriormente indicado la administración yrepresentación definitiva de la sucesión.
Librado en la ciudad de San Vicente tres días del mes de junio delaño dos mil tres.
WALTER OMAR FLORES MARTINEZ,
NOTARIO.
1 v. No. 19213
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que por resolución de las diez horas con veinteminutos del día de hoy, se ha declarado al señor VICENTE ERNESTOMIRANDA GRACIAS, heredero abintestato con beneficio de inventa-rio de los bienes que a su defunción dejó el señor VICENTE EMILIOMIRANDA o VICENTE MIRANDA, quien fue de cincuenta y seis añosde edad, albañil y jornalero, soltero, originario y del domicilio de estaciudad, salvadoreño, falleció en el Barrio El Calvario, de esta ciudad, eneste Distrito Judicial lugar de su último domicilio, en concepto de hijo delcausante. Y se ha conferido al heredero declarado la administración yrepresentación definitivas de la sucesión.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las once horas con cincominutos del día cuatro de junio del dos mil tres. Dra. ANA FELICITAESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DESALINAS, SECRETARIA.
1 v. No. 19206
JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,
HACE SABER: que por resolución de las ocho horas veinticincominutos del día veintitrés de abril del año dos mil tres, se ha declaradoheredero definitivo, testamentario, con beneficio de inventario al señorEDGARDO ERNESTO LANDAVERDE MAGAÑA, en su calidad deheredero testamentario instituido por el causante señor JEREMIASCRUZ LANDAVERDE ZEPEDA, fallecido a las dieciocho horas deldía diecisiete de marzo del año dos mil uno, en el Hospital San Juan deDios de la ciudad de Santa Ana, habiendo sido su último domicilio el deesta ciudad. Y se ha conferido definitivamente al heredero declarado, laadministración y representación de la sucesión.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPAN, a las catorce horascincuenta minutos del día diecinueve de mayo del año dos mil tres. Dr.JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTEGRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.
1 v. No. 19204
JOSE AUGUSTO CONTRERAS MONTERROSA, Notario, de estedomicilio, con oficina situada en Calle Padres Aguilar número dos, SanJuan Nonualco, La Paz.
HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario proveídaa las ocho horas de este día, se ha declarado a la señora MARTA ALICIACARRILLO DE RIVAS, Heredera Definitiva Abintestato con Beneficiode Inventario en los bienes que a su defunción ocurrida el doce de febrerodel año dos mil tres, en Santiago Nonualco, su último domicilio, dejó el
señor SANTIAGO RIVAS, conocido por SANTIAGO RIVAS, comocónyuge sobreviviente y cesionaria de los señores ORLANDO RIVASCARRILLO, DOLORES DEL CARMEN RIVAS DE ZEPEDA,ROXANA JEANNETTE RIVAS DE PALACIOS y BLANCA ESTE-LA RIVAS DE PALACIOS, hijos del causante; habiéndosele conferidola administración y representación definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de San Juan Nonualco, a las ocho horas yquince minutos del día dos de junio del año dos mil tres.
Lic. JOSE AUGUSTO CONTRERAS MONTERROSA
NOTARIO.
1 v. No. 19189
JOSE AUGUSTO CONTRERAS MONTERROSA, Notario, de estedomicilio, con oficina situada en Calle Padres Aguilar número dos, SanJuan Nonualco, La Paz,
HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las ocho horas y treinta minutos de este día, se ha declarado a la señoraFERMINA LARA, heredera definitiva abintestato con Beneficio deInventario de los bienes que a su defunción ocurrida el seis de abril delaño dos mil tres, en Santiago Nonualco su último domicilio, dejó el señorCARLOS HUMBERTO ROSALES, como cesionaria de la señoraTERESA DE JESUS ROSALES, hermana del causante; habiéndoseleconferido la administración y representación definitiva de la referidasucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Juan Nonualco, a las ocho horas ycuarenta y cinco minutos del día dos de junio del año dos mil tres.
Lic. JOSE AUGUSTO CONTRERAS MONTERROSA,
NOTARIO.
1 v. No. 19190
JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ, Notario, del domicilio deAguilares y de San Salvador, con oficina profesional ubicada en CuartaCalle Oriente Número Dieciocho, de la ciudad de Aguilares, al público,
HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las diez horas del día cinco de junio del dos mil tres, se ha declarado alseñor MIGUEL ANGEL ORELLANA GUTIERREZ, Heredero Defini-tivo intestado con Beneficio de Inventario de los bienes que a sudefunción ocurrida en Barrio El Centro, Jurisdicción de Aguilares,Departamento de San Salvador, el día dieciséis de enero del año dos mildos, siendo la ciudad de Aguilares, Departamento de San Salvador, suultimo domicilio, dejara el señor BERNARDINO ORELLANA, en suconcepto de hijo sobreviviente del de cujus, habiéndosele concedido larepresentación y administración definitiva Intestada de la referida suce-sión.-
Librado en la ciudad de Aguilares, a los cinco días del mes de juniodel dos mil tres.
JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. 19191
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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
BLANCA MERCEDES LOPEZ MELENDEZ, Notario, del domiciliode esta ciudad, con Oficina Jurídica Notarial, ubicada en CondominioAries, Local Número Once, sobre Trece Calle Oriente, Barrio SanMiguelito, San Salvador, al público,
HACE SABER: que por resolución proveída por la suscrita Nota-rio, a las nueve horas del día veintisiete de mayo del presente año, se hatenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario laHerencia Intestada, que a su defunción ocurrida en la Ciudad de Mejica-nos, Departamento de San Salvador, a las tres horas y quince minutos deldía quince de septiembre del año dos mil dos, dejó el señor SALVADORMARTINEZ, siendo este el último domicilio del causante, de parte de laseñora MARTA ELIZABETH MARTINEZ DE FLORES, de treinta ynueve años de edad, de las atenciones de su hogar y de este domicilio; enconcepto de hija del causante se le ha declarado Heredera Definitiva,habiéndosele conferido la Administración y Representación Definitivade la sucesión con Beneficio de Inventario y con las facultades yrestricciones de los curadores de la Herencia Yacente, razón por la cualse pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del díacinco del mes de junio del año dos mil tres.
Licenciada BLANCA MERCEDES LOPEZ MELENDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. 19180
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las nueve horas treintaminutos del día ocho de abril del corriente año, se han declaradoherederos abintestato con beneficio de inventario de los bienes que a sudefunción dejó el señor LUIS GUZMAN conocido por LUIS GUZMANGRACIAS, quien fue de sesenta y ocho años de edad, casado, fallecidoel día trece de mayo de mil novecientos setenta y dos, en el Cantón SanFelipe de la jurisdicción de Apastepeque, de este Departamento, lugar desu último domicilio, a los señores Dolores Cruz de Guzmán, MaríaDolfina Guzmán Cruz, Luis Antonio Guzmán Cruz, Jorge AlbertoGuzmán Cruz, Miguel Angel Guzmán Cruz, Ana Alicia Guzmán Cruz,Josefa de Dolores Guzmán Cruz, Marta Silvia Guzmán Cruz y FélixGriselda Guzmán Cruz, la primera en concepto de cónyuge sobrevivientedel causante y el resto en concepto de hijos del causante y se ha conferidoal heredero declarado la administración y representación definitivas dela sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los ocho días delmes de Abril del año dos mil tres. Dra. ANA FELICITA ESTRADA,JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,SECRETARIO.
1 v. No. 19167
OSCAR GARCIA, Notario de este domicilio, con oficinas en la SéptimaAvenida Norte, Edificio 2-C, local Número siete en el Centro deGobierno de esta ciudad, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución proveída, a las diez horas deldía once de febrero del año dos mil tres, se ha declarado HerederaAbintestato Definitiva con Beneficio de Inventario, en la HerenciaIntestada, que a su defunción dejó don RAFAEL CASTILLO BARRE-RA conocido por RAFAEL CASTILLO, quién fue de cuarenta y nueve
años de edad, Agricultor, originario y del domicilio de Guazapa De-partamento de San Salvador, habiendo fallecido el primero de enero demil novecientos noventa y cinco, en el Cantón Santa Bárbara, jurisdic-ción de Guazapa, Departamento de San Salvador lugar de su últimodomicilio a la señora DOLORES ESCOBAR PEREZ, de cincuenta ysiete años de edad, de oficios del hogar, del domicilio de Guazapa,Departamento de San Salvador, en calidad de Cesionaria del Derechoque le correspondió a WALTER ESCOBAR CASTILLO, de veinticincoaños de edad, mecánico, del domicilio de Guazapa, Departamento de SanSalvador, hijo del causante; confiriéndole a la Heredera declarada laAdministración y Representación Definitiva de la Sucesión.
San Salvador, veintisiete de febrero del año dos mil tres.
Dr. OSCAR GARCIA,
NOTARIO.
1 v. No. 19166
AVISO
JOSE RUBEN JOVEL HERNANDEZ, Notario, de este domicilio y delde San Salvador, con oficina ubicada sobre la Octava Calle Oriente,número cuatrocientos cinco, Barrio La Cruz de esta Ciudad, AL: PUBLI-CO,
HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente ycon beneficio de inventario, y a la vez se han declarado herederos de losbienes intestados que a su defunción dejó el causante ROSENDOARGUETA, quien fue de cincuenta años de edad, soltero, agricultor enpequeño, originario de Carolina, departamento de San Miguel, y fallecióa las nueve horas con cuarentay cinco minutos del día doce de noviembrede mil novecientos noventa y nueve, en la Colonia Estanzuela, Cantón ElPuente, jurisdicción de Quezaltepeque, departamento de La Libertad,lugar que fue su último domicilio, a la señora JUANA DEL CIDAMAYA y al menor HONORIS RUBEN DEL CID ARGUETA, laprimera en su concepto de cesionaria de los derechos que como hijos lescorrespondía a los señores LEONEL DEL CID ARGUETA, GEROMINDEL CID ARGUETA y EYCA MARISOL DEL CID ARGUETA, y alsegundo como hijo, siendo representado por su madre JUANA DEL CIDAMAYA, a quienes se les ha conferido la administración y representa-ción definitiva de la sucesión.
Librado en las oficinas del Doctor JOSE RUBEN JOVEL HER-NANDEZ; Ciudad de San Miguel, a los cinco días del mes de junio delaño dos mil tres.
Dr. JOSE RUBEN JOVEL HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. 19159
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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
JOSE AUGUSTO CONTRERAS MONTERROSA, Notario, de estedomicilio, con oficina situada en Calle Padres Aguilar número dos SanJuan Nonualco, La Paz,
HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las ocho horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurridael treinta y uno de marzo de mil novecientos noventa y cinco, en SantiagoNonualco, dejó el señor ARTURO MERINO, de parte de la señoraLAURA RIVAS, como cesionaria del señor LUCIO CRESPIN MERI-NO, hermano del causante; habiéndosele conferido la administración yrepresentación interina de la sucesión, con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este mediose cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, paraque se presenten a esta oficina en el término de quince días, contadosdesde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la ciudad de San Juan Nanualco, a las ocho horas yquince minutos del día cinco de junio del año dos mil tres.
Lic. JOSE AUGUSTO CONTRERAS MONTERROSA,
NOTARIO.
1 v. No. 19187
JOSE AUGUSTO CONTRERAS MONTERROSA, Notario, de estedomicilio, con oficina situada en Calle Padres Aguilar número dos, SanJuan Nonualco, La Paz.
HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las ocho horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que asu defunción ocurrida en San Salvador el día trece de noviembre del añodos mil dos, dejó la señora SILVESTRE CRUZ VIUDA DE PORTI-LLO, conocida por MANUELA DE JESUS CRUZ VIUDA DE PORTI-LLO, MANUELA CRUZ VIUDA DE PORTILLO y SILVESTRECRUZ, de parte de la señora MARIA DEL CARMEN PORTILLO DECORTEZ, por derecho propio y como cesionaria del señor LUIS POR-TILLO, ambos hijas de la causante; habiéndosele conferido la adminis-tración y representación interina de la sucesión, con las facultades yrestricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia,por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referidaherencia, para que se presenten a esta oficina en el término de quince días,contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la ciudad de San Juan Nonualco, a las ocho horas ycuarenta y cinco minutos del día cinco de junio del año dos mil tres.
Lic. JOSE AUGUSTO CONTRERAS MONTERROSA,
NOTARIO.
1 v. No. 19192
JUAN ANTONIO GOMEZ GOMEZ, Notario, de este domicilio conoficina Jurídica situada en: Primera Calle Poniente, Condominio SanJosé de la Montaña Local Once -A, Colonia Escalón, de esta ciudad,
HACE SABER: que por resolución proveída por el suscrito Nota-rio a las nueve horas del día treinta de julio del año dos mil dos, se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada que a su defunción ocurrida, el día tres de febrero delaño dos mil uno, en esta ciudad, habiendo sido su último domicilio laciudad y Departamento de San Miguel, dejó el señor JOSE ANTONIODE LA O ROMERO, quien fue de cincuenta y ocho años de edad,Cantador Público, originario de la Ciudad Barrios, Departamento de SanMiguel, y de nacionalidad salvadoreña, por parte de la señora GLADISARMIDA CABRERA FLORES DE DE LA O; en concepto de cónyugesobreviviente del causante, habiéndosele conferida la administración yrepresentación interina de la sucesión, con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la oficina de Notariado del suscrito Notario, en SanSalvador, a los treinta días del mes de julio del año dos mil dos.
Lic. JUAN ANTONIO GOMEZ GOMEZ,
NOTARIO.
1 v. No. 19164
CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
AVISA: que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada ISISLUCILA BONILLA DE ORANTES, Abogada, de este domicilio, ac-tuando como Apoderada General Judicial de la Sociedad CorporaciónT.S. S. A. de C. V., manifestando que está promoviendo Juicio CivilEjecutivo en este Juzgado, contra la Sociedad, Corporación RomeroMolina, S. A. de C. V., a quien actualmente se le desconoce su domicilio;por lo que PIDE: se tenga por último domicilio conocido de la Sociedadantes mencionada la Avenida Los Lirios número mil trece, UrbanizaciónUniversitaria, de esta ciudad; y ordene la publicación del aviso de ley; yse le nombre Curador Especial para que la represente en el presentejuicio; en consecuencia y de conformidad al Art. 141 inc. 3o. del Códigode Procedimientos Civiles, Previénesele a la Sociedad CorporaciónRomero Molina Sociedad Anónima de Capital Variable, representadalegalmente por el señor Raúl Atilio Ricardo Bernardo Peccorini Menaconocido por Raúl Peccorinni Mena, que si tienen o han dejado Procu-rador o Representante Legal, se presente a este Juzgado a comprobarlodentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Quinto de lo Civil: San Salvador, a las nuevehoras del día dos de mayo de dos mil tres.Lic. CARLO ROBERTOURBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL. - Lic. ANGELANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. 19222
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que la Abogada Xiomara Guadalupe LópezMartínez, apoderada de la señora María del Carmen Lozano de Ramos,se ha presentado a este Juzgado, promoviendo Diligencias Varias Civi-les, a fin que se les provea de un Curador Especial para que los represente
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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
en Juicio Ejecutivo que oportunamente promoverá, a los señores MA-RIA CARLOTA FLORES DE RIVERA, NORA GINA SIBRIANFLORES, CARLOTA DELMY SIBRIAN FLORES y MANUEL SI-BRIAN FLORES, quienes son mayores de edad, costurera, estudiante,egresado de derecho y estudiante por su orden, con último domicilioconocido de la primera y tercera esta ciudad, de la segunda la ciudad deSan Salvador, y del cuarto Colón, y de quienes se ignora su paraderoactual y no se sabe si han dejado Procurador, Apoderado o RepresentanteLegal que los represente en el referido juicio. En consecuencia, sepreviene al Apoderado, Procurador o Representante Legal alguno de losseñores María Carlota Flores de Rivera, Nora Gina Sibrián Flores,Carlota Delmy Sibrián Flores y Manuel Sibrián Flores, caso que lotuvieren, se presente a este Juzgado en el término de quince días despuésde la tercera publicación de este edicto a comprobar dicha circunstancia.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a lascatorce horas y cuarenta minutos del día veintiséis de mayo de dos miltres. Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic.SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.
1 v. No. 19237
NELSON EDGARDO LOPEZ GUARDADO, Notario del domiciIio deeste domicilio y del de San Salvador,
HAGO CONSTAR: que a mi oficina se ha presentado, el señorJOSE GONZALO LOPEZ LARREYNAGA, de sesenta años de edad,Agricultor en Pequeño, del domicilio de Guacotecti, Departamento deCabañas, persona que conozco, no obstante la identifico por medio de suDocumento Unico de Identidad número cero dos millones trescientoscincuenta y nueve mil cuatrocientos veinticinco- seis; con número deIdentificación Tributaria cero novecientos dos- doscientos sesenta y unmil ciento cuarenta y dos- cero cero uno- cero: solicitando título suple-torio, por tener más de veinte años de estar en quieta, pacífica eininterrumpida posesión de un inmueble, que adquirió por posesiónregular de buena fe del señor Ismael López y de la señora ElisaLarreynaga de López, inmueble que está situado en el Cantón el Bañadero,Jurisdicción de Guacotecti, Departamento de Cabañas, inmueble que esde naturaleza rural, rústico, sin cultivos permanentes, que tiene una áreasuperficial de CINCO MIL DOSCIENTOS METROS CUADRADOS,que tienen las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, rumbodividido en tres tiros: EL PRIMERO, setenta y nueve metros con rumbohacia al Oriente, partiendo de un palo de cemento, hasta llegar a un palode jiote, colinda con terrenos de Víctor Meléndez y Eduardo López; ELSEGUNDO, veinticuatro metros con setenta centímetros, buscandohacia al Sur, partiendo de un palo de jiote hasta llegar a un palo deTihuilote, esto es, buscando el Sur, colinda con terreno de EduardoLópez, EL TERCERO, ciento doce metros, buscando hacia al Oriente,partiendo del palo de Tihuilote hasta llegar a un palo de jiote, colinda conterreno de Blanca Hernández de Espínola, AL ORIENTE, cincuenta ydos metros con veinte centímetros, partiendo de un palo de jiote en línearecta hasta llegar a otro palo de jiote, colinda con terreno de MeregildoOrellana, calle pública de por medio, que conduce del Cantón Bañaderoal Cantón Palo Bonito; AL SUR, este rumbo está dividido en cuatro tiros:EL PRIMERO, de sesenta y tres metros, partiendo del palo de jiote hastallegar a un pepeto, esto es buscando el Poniente, colinda con terreno deEstebana Arias de Majano, EL SEGUNDO, cuarenta y un metros,buscando el Nor-Poniente en línea irregular, colinda con terreno de JorgeMira, EL TERCERO, veintiocho metros en línea irregular, bordeandouna quebradita de invierno hasta llegar a un mojón de baras de bambú,colinda con terrenos de Jorge Mira; EL CUARTO, cuarenta y seis metrosbordeando una quebradita de invierno, buscando el Poniente hasta llegara un poste de cemento, colinda con terrenos de Miguel Villalobos; Y ALPONIENTE, cien metros, partiendo del poste de cemento, colinda conterreno de Juan Carlos Henríquez, camino vecinal de por medio queconduce del Cantón Bañadero al Cantón Palo Bonito los colindantes sondel domicilio de Guacotecti Departamento de Cabañas, el inmuebledescrito no tiene derechos ni gravámenes de otras personas que respetar;lo valúa el solicitante en la cantidad de VEINTE MIL COLONES, lo quehago del conocimiento del público para los efectos correspondientes.
Librado en mi Oficina Notarial, situada en Quinta Avenida Norte,casa número ocho, Barrio San Antonio, Sensuntepeque, Cabañas. En laciudad de Sensuntepeque, a los treinta días del mes de mayo del año dosmil tres.
NELSON EDGARDO LOPEZ GUARDADO,
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1 v. No. 19320
EDICTO
PERFECTO EDUARDO ESCALANTE ECHEVERRIA, Notario, deldomicilio de San Salvador, con Oficina ubicada en Segunda CalleOriente número doce, Barrio Santa Bárbara Sensuntepeque, Cabañas,
HACE SABER: que a esta oficina, se ha presentado en su carácterpersonal el señor MIGUEL ANGEL BAIRES BAIRES, de cuarenta yocho años de edad, Agricultor en pequeño, de este domicilio, conDocumento Unico de Identidad número cero cero setecientos sesenta ytres mil ochocientos veintiuno - cero, MANIFESTANDO: ser dueño yactual poseedor de buena fe, en forma quieta, pacífica, continua y nointerrumpida, de un terreno de naturaleza rústica, situado en CantónCuyantepeque, Jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de Caba-ñas, de una extensión superficial de CINCUENTA Y CINCO MILDOSCIENTOS UN METROS CUADRADOS, de las medidas y colin-dantes siguientes: AL NORTE: seis tramos, primero de cincuenta ynueve punto setenta y cuatro metros, segundo de cincuenta y nueve puntosetenta y cuatro metros, tercero de cuarenta y tres punto ochenta y nuevemetros, cuarto de cuarenta y tres punto ochenta y nueve metros, quintode cuarenta y tres punto ochenta y nueve metros, sexto de doscientosnoventa y dos punto sesenta y tres metros, lindando en todos los tramoscon terreno de Rosalina Baires, quebrada seca de por medio; ALORIENTE: dos tramos, primero de sesenta punto noventa y seis metros,y segundo de trescientos cincuenta y seis punto cero tres metros, lindacon terreno de Julia Mercado, divididos por cerco de alambre propio; ALSUR: ciento sesenta y cinco punto cero nueve metros, linda con terrenode Julia Mercado, divididos por cerco de alambre propio; Y AL PO-NIENTE, cuatrocientos nueve punto sesenta y ocho metros linda conterreno de Alonso Góngora, divididos por cerco de alambre propio. Delcual solicita TITULO DE DOMINIO INSCRITO, presentando la fichacatastral respectiva. Todos los colindantes son del domicilio de Sensun-tepeque, Departamento de Cabañas. El terreno descrito no es dominanteni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas ni derechos realesde ajena pertenencia; y lo adquirió por compra que le hizo a la señoraMarta González de González, de cuarenta y cinco años de edad, deoficios domésticos, del domicilio de Sensuntepeque, Cabañas, en elpresente año, según escritura pública de Compra Venta, cuya Posesiónsumada a la de su antecedente hacen más de diez años consecutivos.Valúa dicho terreno en la suma de QUINCE MIL COLONES.
Lo que se avisa al público para los fines de ley.
Se previene a las personas que desean presentar oposición a laspretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en midespacho notarial.
Librado en Sensuntepeque, Cabañas, a los treinta días del mes demayo de dos mil tres.
PERFECTO EDUARDO ESCALANTE ECHEVERRIA,
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1 v. No. 19267
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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
LA INFRASCITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRI-TO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,
HACE SABER: que por resolución de las quince horas y cuarenta y cincominutos del día dieciséis de mayo del corriente año, se tuvo por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que asu defunción dejó el causante MANUEL EUGENIO GARGIA, quienfalleció el tres de noviembre de dos mil dos, a 1a edad de cincuenta ycuatro años, Jornalero, acompañado, siendo e1 Cantón E1 Majahual, LaLibertad su último domicilio; de parte de la señora LEONOR DURANLOPEZ conocida por LEONOR DURAN, en su calidad de cesionaria delos derechos hereditarios que en la sucesión del causante referido lecorrespondían a sus hijos ELENA DURAN GARCIA, CATALINAELVIRA DURAN GARCIA y SANTOS GABRIEL DURAN GAR-CIA; lo anterior de conformidad al Testimonio de Escritura Pública deCesión de Derechos Hereditarios, otorgada por las herederossupramencionados, a favor de la señora LEONOR DURAN LOPEZconocida por LEONOR DURAN, ante los oficios notariales del Licen-ciado JOSE URSUS AGUILAR LOPEZ. Confiriéndose a la Cesionariamencionada, la administración y representación interina de la sucesiónreferida, con las facultades y restricciones del curador de la herenciayacente, de conformidad a lo establecido en e1 Art.1163 Inc. 1°- C.C.;citándose a las personas que se crean con derecho a la herencia, para quese presenten a deducirlo en el término de quince días, posteriores a lapublicación del presente edicto.
Librado en e1 Juzgado de Primera Instancia de este DistritoJudicial, a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del día dieciséisde mayo de dos mil tres. Licda. DIGNA GLADIS MEDRANO RIVERADE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. EDUARDOALFONSO GALDAMEZ MEBIUS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19321-1
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO,
HACE SABER: que por resolución de las diez horas treintaminutos del día diez de diciembre del año dos mil dos. Se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario 1a herencia intestadadejada par la señora ANA FRANCISCA PEÑA DE MARTINEZ,fallecida el día veintitrés de noviembre de mil novecientos noventa ycinco, en la Lotificación La Ponderosa siendo esta ciudad su últimodomicilio de parte del señor CEFERINO MARTINEZ, en concepto decónyuge sobreviviente de la causante. Se ha conferido al aceptante laadministración y representación interinas de la sucesión con las faculta-des y restricciones de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas del díatrece de enero del año dos mil tres. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ,JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DEESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19306-1
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO,
HACE SABER: que por resolución de las nueve horas quinceminutos del día dieciocho de febrero del año dos mil tres. Se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intes-tada dejada por el señor:
NICOLAS MERINO, fallecido el día diecisiete
de junio del año pasado en el Kilómetro veintisiete carretera a SonsonateLourdes, Colón siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de lasseñoras MARIA ANA URBANO DE MERINO y DINA VERONICA
MERINO URBANO, la primera como cónyuge sobreviviente y 1asegunda como hija, ambas del causante. Se ha conferido a las aceptantesla administración y representación interinas de la sucesión con lasfacultades y restricciones de ley.
Publíquense los edictos respectivos y extiéndase la certificaciónsolicitada.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas del día cuatro demarzo del año dos mil tres. Dr. MARIO MOISA MATINEZ, JUEZ DELO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,SECRETARIA.
3 v. alt. No. 19304-1
EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO JUDICIAL,
HACE SABER: que por resolución pronunciada a las doce horas ydiez minutos del día veintinueve de mayo del año dos mil tres, se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada que a su defunción, ocurrida en Cantón El Zapote deAyutuxtepeque, su último domicilio, el día seis de febrero de milnovecientos setenta y seis, dejó la causante señora MARIA ISIDRABARAHONA DE ORTIZ, conocida por ISIDRA BARAHONA, departe de la señora MARTINA ORTIZ BARAHONA, en su concepto dehija de la causante. Confiéresele a la aceptante la Administración yRepresentación interina de la sucesión, con las facultades y restriccionesde los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a lascatorce horas y treinta minutos del día tres de junio del año dos mil tres.MARIO AGUILR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda.IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA INTERI-NA.
3 v. alt. No. 19308-1
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DELEY,
HACE SABER: que por la resolución de las doce horas y quinceminutos del día trece de mayo del presente año, se tuvo por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la HERENCIA INTESTA-DA de los bienes que a su de función dejó el causante PEDRO MENALOPEZ conocido por PEDRO LOPEZ, quien falleció en el Cantón SanRoque de esta Jurisdicción, a las cinco horas y treinta minutos del díaveintitrés de agosto de mil novecientos ochenta y ocho, siendo su últimodomicilio esta ciudad; por parte de la señora JUANA MORENO VIUDADE MENA en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante.
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Habiéndose conferido además a la aceptante en el carácter antes indicadola ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS de lasucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herenciayacente.
Y CITA: a todas las personas que se crean con derecho a la referidaherencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro deltérmino de quince días contados a partir de la última publicación delpresente edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las doce horas ytreinta minutos del día trece de mayo de dos mil tres. Lic. JOSE HUGOESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Bachiller MIRNAPATRICIA VILLALTA MACHADO, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. 19296
NELLY EDITH POZAS HENRIQUEZ, Jueza de Primera InstanciaSuplente de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las catorcehoras y de esta misma fecha, se ha tenido por aceptada expresamente conbeneficio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción dejóel señor TOMAS SIBRIAN PEÑA, quien falleció el día cuatro dediciembre de mil novecientos ochenta y cinco, en la ciudad de Ilobasco,departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de losseñores MARIA ERNESTINA ORELLANA VIUDA DE SIBRIAN;RAFAEL SIBRIAN ORELLANA; JOSE ANTONIO SIBRIAN ORE-LLANA; EULISES SIBRIAN ORELLANA y GLORIA CRISTINASIBRIAN ORELLANA VIUDA DE HERNANDEZ; la primera enconcepto de cónyuge sobreviviente; y los demás en calidad de hijos delcausante; la última además como cesionaria de los derechos hereditariosque les corresponhU a cada uno de los señores JOSE TOMAS SIBRIANORELLANA; RITA ELENA SIBRIAN ORELLANA y MARIA JESUSSIBRIAN DE HERNANDEZ, hijos del mismo causante; y se les haconferido conjuntamente a los aceptantes, la administración y represen-tación interina de la sucesión testamentaria, con las facultades y restric-ciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departa-mento de Cabañas, a las catorce horas treinta minutos del día dos de juniode dos mil tres. Licda. NELLY EDITH POZAS HENRIQUEZ, JUEZADE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- Br. CELIO GERMANMENJIVAR ROMERO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19293
ERNESTO CEA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDI-CIAL,
HACE SABER: que por resolución dictada en este Tribunal a lasdiez horas treinta minutos del día veintisiete de mayo de dos mil tres, seha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada dejada a su defunción por la señora MARIA SARANERIO, conocida por MARIA SARA NERIO VALLADARES, SARANERIO VALLADARES, y por SARA NERIO, quien fue de setenta ysiete años de edad, de oficios domésticos, fallecida el día tres de febrerode mil novecientos noventa y nueve, siendo Aguilares su último domi-cilio, de parte de los señores FRANCISCO NERIO VALLADARES,MARIA NATALINA NERIO, conocida por MARIA NEFTALINA
NERIO y por MARIA NEFTALINA NERIO DE CORPEÑO, JOSENOE NERIO, ANTONIO ISRAEL NERIO, MARIA JUANA NERIO,MARIA REINA MAGDALENA NERIO, y JOSE OSMIN NERIO, enconcepto de hijos de la Causante a quien se le ha conferido la adminis-tración y representación interina de la sucesión, con las facultades yrestricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público en general para los efectos de ley.
Librado en e1 Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las docehoras y treinta minutos del día veintinueve de mayo de dos mil tres. Lic.ERNESTO CEA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ELEAZAR CAR-DONA GUEVARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19292-1
GLORIA ANA AVALOS ARTIGA, Jueza de Primera Instancia de esteDistrito Judicial,
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las nueve
horas y de esta misma fecha, se ha tenido por aceptada expresamente conbeneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó elseñor SANTIAGO HIDALGO AVILES, quien falleció en 1a Villa deCinquera, departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, el díaveintinueve de mayo de mil novecientos noventa y ocho, de parte deMARISOL CRUZ HIDALGO, en calidad de hija del causante; y se le haconferido a la aceptante, 1a administración y representación interina dela sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad deIlobasco, departamento de Cabañas, a las nueve horas treinta minutos deldía trece de diciembre de dos mil dos. Licda. GLORIA ANA AVALOSARTIGA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. JOSE ALBERTOMERCADO GUERRA, SECRETARIO Into.
3 v. alt. No. 19285-1
JOSE RODOLFO AGUILAR BOLIVAR, Notario, de este domicilio,con Oficina Profesional ubicada en la Trece Calle Oriente y AvenidaEspaña, Condominio Metro España, edificio «A» local Dos-B, segundaplanta de esta ciudad, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución proveída por el suscrito, a lascatorce horas del día veintiuno de las corrientes, en las Diligencias deAceptación de Herencia intestada, promovidas ante sus oficios notaria-les, por el Licenciado JUAN JOSE ALVARENGA NAVAS, en sucalidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de laseñora JULIA QUINTANILLA BOLIVAR, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con Beneficio de Inventario, la herencia intestada dejadaa su defunción por la causante JULIA BOLIVAR, quien fue conocidatambién por JULIA OLIVA y por JULIA OLIVA DE QUINTANILLA,que falleció a las doce horas veinte minutos del día veintinueve deseptiembre de dos mil uno, en Final Colonia Escalón, Comunidad “JoséCecilio del Valle”, número cincuenta y nueve, de esta ciudad y quien almomento de su fallecimiento era de setenta años de edad, acompañada,originaria del departamento de Chalatenango, de este domicilio, de
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nacionalidad salvadoreña, hija de la señora BONIFACIA OLIVA, yafallecida, habiendo sido el último domicilio de la causante, el de estaciudad, la referida señora JULIA QUINTANILLA BOLIVAR, en sucarácter de hija de la causante; y se le ha conferido a la aceptante, laadministración y representación interinas de la sucesión, con las facul-tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
San Salvador, a los tres días del mes de junio de dos mil tres.
Lic. JOSE RODOLFO AGUILAR BOLIVAR,
ABOGADO Y NOTARIO.
3 v. alt. No. 19281-1
JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez de Primera Instanciade este Distrito Judicial,
HACE SABER: que por resolución de las ocho horas y cincuentaminutos de este día, se ha tenido por acertada expresamente y conbeneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó laseñora FAUSTINA FELIPA ARGUETA, quien falleció el día diecinue-ve de junio de mil novecientos noventa y seis, en Cantón La Laguna,jurisdicción de San Gerardo, departamento de San Miguel, siendo suúltimo domicilio el lugar de su fallecimiento, de parte de las señoraMARIA PAZ ARGUETA LEMUS conocida por MARIA PAZ RIVASDE LARA, en concepto de hija de la causante; confiriéndole a laaceptante declarada en el carácter indicado, la administración y represen-tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.
Y CITA, a los que se crean con derecho a la herencia referida paraque se presenten a deducirlo dentro del término de quince días, contadosdesde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia Ciudad Barrios, depar-tamento de San Miguel, a las nueve horas y veinte minutos del día cincode mayo del año dos mil tres. Lic. JORGE ALBERTO GUZMANURQUILLA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. JOSE FRAN-CISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19273-1
JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: que por resolución de las doce horas y diezminutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó laseñora ROSA AMELIA PINEDA LARIOS, conocida por ROSAAMELIA PINEDA VIUDA DE PORTILLO y por ROSA AMELIAPINEDA, quien falleció a las veintidós horas del día tres de noviembre
de mil novecientos noventa y ocho, en el Hospital Nacional de estaciudad, siendo éste su último domicilio, de parte de la señora CONCEP-CION ISABEL PORTILLO DE HERNANDEZ conocida por CON-CEPCION ISABEL PORTILLO PINEDA, en calidad de hija y deheredera cesionaria de los derechos de su hermana ROSA ELIDAPORTILLO o ROSA ELIDA PORTILLO PINEDA. Confiérese alaceptante en el carácter indicado la administración y representaciónINTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de loscuradores de 1a herencia yacente.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Ciudad Barrios, a lasquince horas del día catorce de febrero de dos mil tres. Lic. JORGEALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA.- Br. JOSE FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19274-1
Distintivo: DISALUNIL.
Clase: 05
Nº de Exp.: 19950001988
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUELANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO deArzneimittelwerk Dresden GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Disalunil
Consistente en: la palabra “Disalunil”, la letra inicial “D” va enmayúscula y las letras restantes en minúsculas, que servirá para: AMPA-RAR PRODUCTOS ESPECIALES QUIMICO - FARMACEUTICOS(MEDICAMENTOS).
La solicitud fue presentada el día cinco de mayo del año milnovecientos noventa y cinco.
REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, diez dejunio del año dos mil dos.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. Nº 15829-1
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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, Juez Tercero de lo Civil deeste Distrito Judicial,
HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado estemismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio deinventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día cincode julio de dos mil uno en la ciudad de El Tránsito, departamento de SanMiguel, siendo la ciudad de Coatepeque el lugar de su último domicilio,dejó JOSE ARMANDO LOPEZ MIRON, conocido por JOSE ARMAN-DO LOPEZ de parte de MYRIAN AREVALO DE LOPEZ conocida porMYRIAN AREVALO, MYRIAM AREVALO y por MIRIAM ARE-VALO, cónyuge sobreviviente, confiriéndosele a la referida aceptanteinterinamente la administración y representación de la sucesión expresa-da con las facultades y restricciones de ley.
LIBRADA EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: SantaAna, a las doce horas treinta minutos del día treinta de abril de dos miltres. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERODE LO CIVIL.- BLANCA ALICIA GRANADOS DE AMAYA,SECRETARIO.-
3 v. alt. No. 19253-1
SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOSEFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que por resolución dictada a las diez horas concuarenta y cinco minutos de este día se ha tenido por aceptada expresa-mente y con beneficio de inventario la herencia Intestada que a sudefunción ocurrida el día veintinueve de enero de mil novecientoscuarenta, en el Barrio El Calvario de la jurisdicción de Coatepeque, lugarde su último domicilio, dejó la señora INES VANEGAS VIUDA DERIVERA conocida por INES VANEGAS, de parte de MARIA DOLO-RES RIVERA, por el derecho de representación que en la presentesucesión le correspondía a MARIA NATIVIDAD VANEGAS conocidapor NATIVIDAD RIVERA, en su concepto de hija de la causante;confiriéndosele interinamente la administración y representación de lasucesión expresada, con las facultades y restricciones de ley.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que sepresenten a este Tribunal, en el término de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: SantaAna, a las once horas con treinta minutos del día veintisiete de mayo deldos mil tres.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZTERCERO DE LO CIVIL.- BLANCA ALICIA GRANADOS DEAMAYA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19255-1
FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,
HACE SABER: que por resolución de las quince horas del díatreinta de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamentey con beneficio de inventario la herencia intestada de la causante ZOILAMARIA ELENA DUARTE conocida por ZOILA ELENA RODRI-GUEZ DUARTE, ELENA RODRIGUEZ, ZOILA MARIA ELENARODRIGUEZ, ELENA DUARTE RODRIGUEZ, ZOILA MARIAELENA DUARTE RODRIGUEZ, ZOILA MARIA ELENA RODRI-GUEZ DE ZAVALETA, ZOILA MARIA ELENA DUARTE DE ZA-VALETA, y ZOTLA MARIA ELENA RODRIGUEZ DUARTE DEZAVALETA, fallecida el día uno de mayo del año dos mil uno, en estaciudad, lugar de su último domicilio, de parte de la señora VILMA
ARACELY ZAVALETA RODRIGUEZ en su calidad de hija de dichacausante a quien se le confiere interinamente la administración y repre-sentación de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
Juzgado Primero de lo Civil, - Santa Ana, a las quince horas y veinteminutos del día treinta de mayo del año dos mil tres. Lic. FRANCISCOALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETA-RIA.
3 v. alt. No. 19254-1
DELMY ELSY RODRIGUEZ AREVALO, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL INTERINO DE ESTE MUNICIPIO.
HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolu-ción de este Juzgado de las quince horas treinta minutos del día veintio-cho de marzo de dos mil tres. Se ha tenido por aceptada expresamente ycon beneficio de inventario de parte del señor JOSE ANTONIO FLO-RES ESCOBAR, la herencia intestada que a su defunción dejó elcausante señor GERARDO FLORES REYES, conocido por GERARDOREYES, quien falleció en esta ciudad el día veintidós de noviembre dedos mil uno, siendo esta ciudad lugar de su última domicilio, aceptaciónque hace el señor JOSE ANTONIO FLORES ESCOBAR, en su calidadde hijo del causante. Y se ha conferido al aceptante declarado larepresentación y administración interina de la sucesión con las facultadesy restricciones de la herencia yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herenciapara que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quincedías contados desde el siguiente a la tercera publicación del presenteedicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SANSALVADOR, a las nueve horas del día tres de abril del dos mil tres. Lic.DELMY ELSY RODRIGUEZ AREVALO, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL Into. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DEALAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 19241-1
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO,
HACE SABER: que por sentencia definitiva pronunciada por esteTribunal a las once horas del día veintiocho de abril y ejecutoriada porresolución de las doce horas quince minutos del día veintiséis de mayodel presente año, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficiode inventario la herencia intestada dejada por el señor NICOLASAREVALO HERNANDEZ quien fue conocido por NICOLAS HER-NANDEZ AREVALO y por NICOLAS HERNANDEZ, fallecido el díacuatro de diciembre del año dos mil, en esta ciudad su último domicilio,de parte del señor SALVADOR BALMORE LUNA HERNANDEZ ymenores NICOLAS ISAAC HERNANDEZ TORRES y MOISES DEJESUS HERNANDEZ TORRES, en concepto de hijos del causante, losmenores representados por su madre señora SILVIA NOHEMI TORRES.Se ha conferido a los aceptantes la administración y representacióninterinas de la sucesión con las facultares y restricciones de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas del díaveintisiete de mayo del dos mil tres. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ,JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DEESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19248-1
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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA SUPLENTE DE ESTA CIUDAD,
HACE SABER: que por resolución emitida por este tribunal a las
doce horas de este día, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario la herencia que a su defunción dejara el causante JOSE
CLEOFAS SERRANO GUARDADO o JOSE CLEOFAS SERRANO,
quien falleció a las dieciséis horas con treinta minutos del día cinco de
enero del año dos mil dos, en el Hospital Nacional “Rosales” de San
Salvador, con residencia y domicilio en el Cantón Las Piedras, jurisdicción
de Santa Isabel Ishuatán, siendo este lugar su último domicilio, de parte
de SAUL SERRANO MENJIVAR en su concepto de hijo sobreviviente
del expresado causante y como cesionario de los derechos que le
correspondían a MARIA LUISA SERRANO MENJIVAR DE MENJI-
VAR, SANTIAGO SERRANO MENJIVAR, JOSE NEFTALI SERRA-
NO MENJIVAR como hijos sobrevivientes del causante y RUDECINDA
MENJIVAR SERRANO, RUDECINDA MENJIVAR SERRANO DE
SERRANO, RUDENCINDA MENJIVAR, RUDECINDA MENJIVAR
y por GUMERCINDA MENJIVAR ahora RUDECINDA MENJIVAR
SERRANO VIUDA DE SERRANO, esta última en el concepto de
cónyuge sobreviviente del causante. Se le ha conferido al heredero
declarado en el concepto antes indicado la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público en general para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de
Armenia, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil tres. Lic.
RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA SUPLENTE. Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR
ANGEL, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19246-1
ARMANDO ANTONIO CHACON, Notario, de este domicilio, con
oficina ubicada en Sesenta y Siete Avenida Sur número doscientos
treinta, de esta ciudad, al público,
HACE SABER: que en las diligencias de aceptación de herencia
promovidas ante mis oficios notariales, de conformidad can la Ley del
Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias,
por resolución del suscrito Notario, proveída a las catorce horas del día
cinco de junio del año dos mil tres, se ha tenido par aceptada expresamen-
te y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción
ocurrida en esta ciudad, el día veintiuno de mayo del año dos mil dos,
siendo esta ciudad su último domicilio, dejó el señor MARIO PACHECO
CHACON, de parte de los señores: JUAN HECTOR ARMANDO
PACHECO CHACON, conocido por ARMANDO PACHECO
CHACON y SONIA AMERICA PACHECO CHACON DE KLUMKER,
conocida por ZONIA AMERICA KLUMKER, en su calidad de herma-
nos legítimos del causante, habiéndoseles conferido a los aceptantes la
administración y representación interinas de la sucesión, con las facul-
tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los seis días del mes de
junio del año dos mil tres.
Dr. ARMANDO ANTONIO CHACON,
NOTARIO.
3 v. alt. No. 19238-1
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTA
CIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las
once horas y treinta y cinco minutos del día veintiocho de marzo del
corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por la causante
JOSEFA ISABEL MENJIVAR conocida por ISABEL MENJIVAR, por
MARIA ISABEL MENJIVAR y por ISABEL MENJIVAR MELARA,
ocurrida el día veintiocho de enero de dos mil dos, en el Hospital Médico
Quirúrgico del Seguro Social en San Salvador, siendo Antiguo Cusca-
tlán, el lugar de su último domicilio, de parte del señor JAIME
ESCAMILLA MENJIVAR, en calidad de hijo de la causante; y se ha
conferido al aceptante, la administración y representación interinas de
la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente, debiendo ejercerla conjuntamente con las otras
aceptantes, señoras JUANA ISABEL ESCAMILLA DE McCORMACK,
DINORA GUADALUPE ESCAMILLA MENJIVAR y MARTHA
VIOLETA ESCAMILLA DE ESCOBAR.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las
catorce horas diez minutos del día treinta y uno de marzo de dos mil tres.-
Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic.
SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19229-1
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTA
CIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las
diez horas cincuenta minutos del día veintidós de mayo del corriente año,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la
herencia intestada dejada a su defunción por la causante JOSEFA
ISABEL MENJIVAR, conocida por ISABEL MENJIVAR, por MARIA
ISABEL MENJIVAR y por ISABEL MENJIVAR MELARA, ocurrida
el día veintiocho de marzo de dos mil dos, en el Hospital Médico
Quirúrgico del Seguro Social en San Salvador, siendo Antiguo Cusca-
tlán, el lugar de su último domicilio, de parte del señor EDUARDO
ESCAMILLA MENJIVAR, como hijo de la causante; y se ha conferido
al aceptante la administración y representación interinas de la sucesión,
con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente,
conjuntamente con los otros aceptantes señores JUANA ISABEL
ESCAMILLA DE McCORMACK, DINORA GUADALUPE
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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
ESCAMILLA MENJIVAR, MARTHA VIOLETA ESCAMILLA DE
ESCOBAR y JAIME ESCAMILLA MEJIVAR.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las
catorce horas y treinta minutos del día dos de junio de dos mil tres.- Lic.
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. SAN-
DRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19227-1
MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia, de este
Distrito Judicial,
AVISA: que por resolución proveída por este Tribunal de las nueve
horas del día trece de noviembre del corriente año, se ha tenido por
aceptada expresamente y con Beneficio de inventario, la herencia Intes-
tada que a su defunción dejó el señor CARLOS LUIS RAMOS, quien fue
de treinta y tres años de edad, soltero, empleado, originario de Osicala,
de nacionalidad Salvadoreña, hijo de JACINTA RAMOS, FALLECIO
el día catorce de septiembre de mil novecientos ochenta, en el Cantón
Agua Zarca, Jurisdicción de Osicala, siendo esta Ciudad su último
domicilio, de parte del señor JOSE RENE RAMOS; en concepto de
heredero cesionario del derecho que le correspondía a la señora LUCIANA
RAMOS, ésta como hermana del causante.
Se le confirió al aceptante mencionado, y en la forma establecida,
la Administración y Representación Interinas de la sucesión, con las
facultades y restricciones para los curadores de la herencia Yacente,
A publicarse los edictos respectivos en el Diario Oficial, y se citan
a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a
deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la
tercera publicación del edicto en el expresado periódico.
Lo que hace del conocimiento al público para los efectos legales.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-
co Gotera, a los veinte días del mes de noviembre del dos mil dos. Lic.
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2º. de 1ª. INSTANCIA.- Licda.
ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 19221-1
CONVOCATORIA
EL INSFRASCRITO DIRECTOR PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD
COMPAÑIA SANTANECA DE INVERSIONES TURISTICAS, SO-
CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia
COSAINTU S.A. DE CV. , por este medio:
Convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse en Km.
76.5 Carretera a Chalchuapa, Beneficio Venecia, a partir de las 10:00
a.m., del día dos de julio de dos mil tres.
La Agenda a tratar será de la siguiente manera:
1. Establecimiento del Quórum.
2. Lectura del Acta Anterior.
3. Conocer la memoria de labores.
4. Presentación y autorización de los estados financieros del 2002
5. Nombramiento del auditor externo y auditor fiscal.
6. Otros.
• Autorizar todas las operaciones realizadas por accionistas
con la empresa
• Ratificación de todos los acuerdos en Juntas Directivas y
Asambleas Ordinarias realizadas anteriormente.
• Autorizar el pago de la Matrícula de Comercio y de Empresa
o de Establecimiento y los derechos de inscripción de balan-
ce.
El Quórum necesario para la celebración de la Junta General
Ordinaria de Accionistas en primera convocatoria, es la mitad más una
de las acciones y las resoluciones serán válidas con la mayoría de las
acciones presentes o representadas.
Si no hubiese Quórum en la fecha y hora señalada, se convoca para el día
tres de julio de dos mil tres, a las 10:00 am, en el mismo lugar. En este
caso el Quórum necesario para celebrar sesión será cualquiera que fuere
él numero de acciones presentes, y las resoluciones se tomarán por la
mayoría de los votos presentes.
GERARDO MARTIN MENENDEZ CASTANEDA,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. 19571-1
ANA DELMY MENDOZA CAMPOS, Notaria, de este domicilio y
también del de Cuscatancingo con oficina jurídica en la Calle Central
Número TREINTA Y OCHO, en esta última publicación.
HACE SABER : que por resolución que proveída a las diez horas
con quince minutos del día veintiséis de mayo del presente año, se tuvo
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada que a su defunción dejó el señor CARLOS CORDERO
PONCE, acaecido en esta ciudad, su último domicilio, el día treinta y uno
de enero de dos mil dos, de parte de sus hijos CARLOS OMAR y JOSE
SAMUEL, de apellidos CORDERO PINEDA, en concepto de únicos y
universales herederos del causante, confiriéndoseles la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Lo que aviso al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a dos de junio de dos mil tres.
ANA DELMY MENDOZA CAMPOS,
NOTARIO.
3 v. alt. No. 19209-1
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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA,
HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolu-
ción proveída por este Tribunal, a las nueve horas dieciséis minutos del
día diez de abril de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente,
con beneficio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción
ocurrida a las ocho horas del día veintitrés de septiembre de mil
novecientos ochenta, en el Barrio Las Animas de esta ciudad, siendo su
último domicilio la ciudad de Chalchuapa; dejó la señora JULIA AMELIA
DE LOS ANGELES GODOY DE TORRES conocida por JULIA
AMELIA GODOY y por JULIA GODOY, quien fue de setenta y dos
años de edad, Comerciante en pequeño, Casada, de parte de la señorita
ROSA ANGELICA VASQUEZ PORTILLO, en su concepto de Cesio-
naria de los Derechos Hereditarios que le correspondían a los señores
MAURICIO ANTONIO TORRES GODOY y RICARDO ORLANDO
TORRES GODOY, en su calidad de Hijos de la expresada Causante; a
quien se le nombra INTERINAMENTE Administradora y Representan-
te de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de
la Herencia Yacente.
Se cita a todas las personas que se crean can derecho a la Herencia,
para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince
días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este Edicto.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las catorce horas del día once de
abril de dos mil tres. Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA,
JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ,
SECRETARIO.-
3 v. alt. No. 19199-1
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA,
HACE SABER: al público para los efectos de Ley, que por
resolución proveída por este Tribunal, a las doce horas treinta y siete
minutos del día veinte de marzo de dos mil tres, se ha tenido por aceptada
expresamente, con beneficio de inventario, la Herencia Intestada, que a
su defunción ocurrida a las diecinueve horas diez minutos del día
veintinueve de mayo de dos mil dos, en el Hospital Médico Quirúrgico
del Instituto Salvadoreño del Seguro Social de la ciudad de San Salvador,
siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa; dejó el señor
ROBERTO ZUNIGA CALDERON, quien fue de sesenta y siete años de
edad, Mecánico Automotriz, Casado, de parte de la señora ELVA JULIA
SOLIS VIUDA DE ZUNIGA, en su concepto de Cónyuge y además
como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían a los
señores ESTELA DEL CARMEN ZUNIGA SOLIS, SILVIA JEANETH
ZUNIGA SOLIS, ZULEYMA MARISOL ZUNIGA SOLIS, JUAN
CARLOS ZUNIGA SOLIS, REINA ETIEL ZUNIGA SOLIS, JOSE
ROBERTO ZUNIGA SOLIS, BERTA DE JESUS ZUNIGA SOLIS,
HILDA ESPERANZA ZUNIGA SOLIS DE COTO, TRANSITO ELI-
ZABETH ZUNIGA SOLIS DE OLIVA y ANA CLARIBEL ZUNIGA
SOLIS, en calidad de Hijos del expresado Causante; a quien se le nombra
INTERINAMENTE Administradora y Representante de la Sucesión,
con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia
Yacente.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la Herencia,
para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince
días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este Edicto.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las nueve horas cincuenta y
cinco minutos del día veinticuatro de marzo de dos mil tres.- Lic.
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.
HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19197-1
JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIME-
RA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las ocho
horas quince minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario de parte del señor ONOFRE DEL
CARMEN GARCIA PINEDA, la herencia testamentaria dejada a su
defunción por la señora ROGELIA GUZMAN VIUDA DE AGUILAR,
fallecida a las diecinueve horas quince minutos del día treinta de
diciembre de mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón Joya de
Cerén de esta jurisdicción, su último domicilio, en concepto de cesiona-
rio de los derechos testamentarios que en dicha sucesión correspondían
a los señores JESUS GUZMAN y FLOR DE MARIA RODRIGUEZ, en
su calidad de herederos testamentarios, según testimonio de Escritura
Pública de Testamento otorgada por la señora ROGELIA GUZMAN DE
AGUILAR, a las nueve horas del día doce de mayo de mil novecientos
ochenta y ocho, en esta ciudad, ante los oficios del Notario LAZARO
MOLINA LOPEZ, y testimonios de escrituras públicas de cesión de
derechos, otorgadas por el primero en la ciudad de Los Angeles Estado
de California, Estados Unidos de América, a las nueve horas del día
cuatro de marzo del año dos mil dos, ante los oficios del Notario JAIME
HUEZO HIDALGO, y por la segunda, en esta ciudad, a las dieciocho
horas del día diecisiete de noviembre de dos mil dos, ante los oficios del
Notario JORGE ENRIQUE BARAHONA MARTINEZ, documentos
que están agregados a las diligencias. Confiérese al aceptante expresado,
en el concepto indicado la administración y representación interina de
la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Cítense a las personas que se crean con derecho en la sucesión para
que se presenten a este Juzgado a deducirla dentro de los quince días
subsiguientes a la publicación de este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las
ocho horas treinta minutos del día ocho de abril del año dos mil tres. Lic.
JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA.- Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,
Srio.
3 v. alt. No. 19198-1
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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ, Notario, del domicilio de
Aguilares y de San Salvador, con oficina Jurídica, ubicada en Cuarta
Calle Oriente Número Dieciocho, de la ciudad de Aguilares,
HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario proveída
a las diez horas del día veinticuatro de marzo de dos mil tres, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia
Testamentaria que a su defunción ocurrida en Hospital de Emergencias
Médico Quirúrgicas Merliot, el día cuatro de diciembre de dos mil uno,
siendo la ciudad de San Salvador, su último domicilio, dejó la señora
FIDELINA MATILDE CARLOTA ISABEL VAQUERO DE
BATISTA MENA, conocida socialmente por FIDELINA VAQUERO
DE BATISTA MENA, de parte de CARLOS ENRIQUE RAFAEL
BATISTA VAQUERO, quien actúa por sí y en representación de
GERARDO ANTONIO BATISTA VAQUERO, RODOLFO ERNES-
TO BATISTA VAQUERO, JOSE ROBERTO RODOLFO BATISTA
VAQUERO, y ANA GLORIA FIDELINA DE LA CONCEPCION
BATISTA VAQUERO DE ABREGO, conocida por ANA GLORIA
BATISTA DE ABREGO, en sus conceptos de Herederos Testamenta-
rios de la causante FIDELINA MATILDE CARLOTA ISABEL
VAQUERO DE BATISTA MENA, conocida socialmente por
FIDELINA VAQUERO DE BATISTA MENA, habiéndoseles conferi-
do la administración y representación interina de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con
derecho a la referida herencia, para que se presenten a dicha oficina en
el término de quince días contados desde el siguiente a la última
publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario JORGE ALBERTO MARMOL
MENDEZ en la ciudad de Aguilares, a los veinticuatro días del mes de
marzo de dos mil tres.
Lic. JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ,
NOTARIO.
3 v. alt. No. 19186-1
JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ, Notario, del domicilio de
Aguilares y de San Salvador, con oficina Jurídica, ubicada en Cuarta
Calle Oriente Número Dieciocho, de la ciudad de Aguilares,
HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario proveída
a las diez horas del día ocho de abril de dos mil tres, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intes-
tada que a su defunción ocurrida en Hospital Bautista de la ciudad de San
Salvador, el día siete de agosto de mil novecientos noventa y siete, siendo
la ciudad de San Salvador, su último domicilio, dejó la señora DORIS
ERMELINDA SOLORZANO LANDAVERDE, conocida por DORIS
ERMELINDA SOLORZANO, de parte de la señorita SILVIA
MARLENE SOLORZANO PINEDA, en su concepto de Cesionaria de
los derechos Hereditarios que les correspondían a las señoras GLORIA
SOLORZANO o GLORIA VILMA SOLORZANO DE FLORES,
PATRICIA DEL CARMEN GUTIERREZ SOLORZANO, y de FLOR
DE MARIA SOLORZANO DE SELVA, en sus conceptos de hijas
legítimas sobrevivientes del causante, habiéndosele conferido la admi-
nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con
derecho a la referida herencia, para que se presenten a dicha oficina en
el término de quince días contados desde el siguiente a la última
publicación del presente edicto.-
Librado en la oficina del Notario JORGE ALBERTO MARMOL
MENDEZ; En la ciudad de Aguilares, a los ocho días del mes de abril de
dosmil tres.-
Lic. JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ.
NOTARIO.
3 v. alt. No. 19188-1
CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO. Al público para los
efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las diez horas y treinta y
cinco minutos del día veintisiete de febrero del presente año; se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada que a su defunción dejó el señor PIOQUINTO LOPEZ MEJIA
conocido por PIOQUINTO LOPEZ, quien fue de ochenta y nueve años
de edad, viudo, Agricultor en pequeño, originario de Ciudad Delgado,
fallecido el día diecisiete de febrero de mil novecientos noventa, siendo
esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de la señora JULIA
QUITERIA LOPEZ RAMOS, en calidad de hija de la causante.
Confiriéndosele a la aceptante la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Lo que hago del conocimiento del público para los demás efectos
de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: CIUDAD DELGADO, a las doce
horas y quince minutos del día veintisiete de febrero del año dos mil tres.-
Licda. CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE
CIUDAD DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO
ARIAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 19176-1
CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO. Al público para los
efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las diez horas y cinco
minutos del día veintiocho de abril del presente año; se ha tenido por
aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia que a su
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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
defunción dejó la señora FERNANDA JIMENEZ VASQUEZ, quien
fue de sesenta y ocho años de edad, soltera, oficios domésticos fallecida
el día cinco de mayo de mil novecientos noventa y seis, siendo Ciudad
Delgado el lugar de su último domicilio, de parte del señor LUCIO
JIMENEZ, en calidad de hijo de la causante. Confiriéndole al aceptante
la administración y representación interina de la sucesión con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que hago del conocimiento para los efectos legales consiguien-
tes.
JUZGADO DE LO CIVIL: CIUDAD DELGADO, a las once del
día veintiocho de abril del año dos mil tres.- Licda. CONCEPCION
ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGA-
DO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. 19179-1
ANA FELICITA ESTRADA. Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las diez horas y cuarenta
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario de parte de la señora BLANCA NORMA
FLORES, de treinta años de edad, oficios domésticos y del domicilio de
Tecoluca de este Departamento, heredera abintestato con beneficio de
inventario de los bienes que a su defunción dejó la señora MARIA
AGUSTINA FLORES, conocida por AGUSTINA FLORES y por AGUS-
TINA FLORES LOPEZ, quien falleció a las dieciséis horas del día
dieciséis de Julio del año dos mil dos, en el Barrio Las Flores de la ciudad
de Tecoluca de este Departamento, lugar de su último domicilio, en
concepto de hija de la causante. Y se ha nombrado a la aceptante
administradora y representante interina de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintinueve días del mes de
mayo del año dos mil tres.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE
LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETA-
RIA.-
3 v. alt. No. 19170-1
SAUL CAÑENGUEZ MONTANO, JUEZ SEGUNDO DEReNOR
CUANTIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por el
Licenciado JOSE RAFAEL QUINTANILLA, en carácter personal,
contra la demandada señora ANA VICTORIA LISSETTE BONILLA
ORANTES, reclamando la cantidad de DIEZ MIL COLONES, o su
equivalente en dólares, más intereses y sus respectivos accesorios
legales, se venderá en este Juzgado, en Pública Subasta en fecha que
oportunamente se proveerá, un lote de naturaleza urbana, situado en
Calle Renovación, detrás del Mercado La Tiendona de esta jurisdicción
y Departamento y que se identifica en el plano respectivo como lote
DIECISEIS, del Block veintitrés, de la COMUNIDAD JARDINES DE
DON BOSCO SECTOR IBERIA B-DOS con sus medidas perimetrales
siguientes: AL -NORTE, distancia de cinco punto cero seis metros; AL
ORIENTE, distancia de ocho punto cero cero metros; Al SUR, distancia
de cinco punto cero seis metros; AL PONIENTE, distancia de ocho punto
cero uno metros. El área del lote antes descrito es de CUARENTA
PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE MENOR CUAN-
TIA: San Salvador, a los veintidós días del mes de mayo del dos mil tres.
Lic. SAUL CAÑENGUEZ MONTANO, JUEZ SEGUNDO DE ME-
NOR CUANTIA.- Lic. FRANCISCO RENE AREVALO PUJOL, SE-
CRETARIO.-
3 v. alt . No. 19316-1
JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: que por ejecución promovida primeramente por el
Licenciado AGUSTIN ANTONIO CABRERA GUEVARA, y conti-
nuado por la Licenciada LETICIA ORELLANA CALLES, en su calidad
de Apoderado General Judicial del señor JOSE NAPOLEON
VILLALOBOS mayor de edad, empleado y del domicilio de Quezalte-
peque del Departamento de La Libertad, en contra del señor LUIS
ALONSO ROMERO, de treinta y nueve años de edad, empleado y de
este domicilio, se venderá en pública subasta en este Juzgado en día y
hora que oportunamente se indicará el siguiente, inmueble: "Un lote de
terreno de naturaleza rústica, inculto, situado en el Cantón Jalacatal, de
esta Jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la capaci-
dad superficial de ONCE AREAS SESENTA Y SEIS CENTIAREAS
poco más o menos, según su antecedente, pero en realidad es de mayor
capacidad superficial que tiene los linderos siguientes: al NORTE,
lindando con terreno de MARIANO PARADA, ahora de su sucesión; al
NORTE, lindando con terreno de HERMINIA NAVARRETE, camino
de por medio; al PONIENTE, lindando con terrenos de BERNABE
ROBLES, cerca de alambre de por medio; y al SUR, camino de por
medio, lindando con terreno de CARMEN QUINTANILLA
y PILAR VILLALOBOS, existe construida una casa, techo de tejas,
paredes de ladrillo teniendo siete metros de largo por seis metros de
ancho, siendo en su totalidad el área construida de cuarenta y dos metros,
todo lo cual entra en la venta Inmueble que se encuentra inscrito a favor
del deudor en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera
Sección de Oriente bajo el Número NOVENTA Y SIETE del Tomo
TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS, de Propiedad del Departamento
de San Miguel.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL San Miguel,
a las catorce horas y treinta minutos del día diecisiete de marzo del año
dos mil tres.- Dr. JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRI-
MERO DE LO CIVIL.- Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. 19284-1
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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL PARALOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovi-do por el Abogado TITO SANCHEZ VALENCIA, como Apoderado delFONDO SOCIAL PARA VIVIENDA, contra la señora ORBELINADIAZ DE REYES, conocida por ORBELINA DIAZ AMAYA, recla-mándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios, se venderáen pública subasta en este Tribunal el inmueble siguiente: " Un loteurbano y construcciones que contiene marcado en el plano respectivo conel número CUARENTA Y OCHO del Block DIECIOCHO Pasaje I, delReparto LA CAMPANERA I ETAPA, situado en el lugar conocido conel nombre de la Campanera a la vera del camino vecinal que deSoyapango, conduce a Tonacatepeque, en el Cantón El Limón, Jurisdic-ción de Soyapango, Departamento de San Salvador; cuyas medidasperimetrales son: AL NORTE, nueve punto cero cero metros; ALORIENTE, cinco punto cero cero metros; AL SUR, nueve punto cerocero metros; AL, PONIENTE, cinco punto cero cero metros; de unaextensión superficial de CUARENTA Y CINCO PUNTO CERO CEROMETROS CUADRADOS. En el cual hay construida una casa de sistemamixto con todos servicios. El inmueble antes descrito se encuentrainscrito a favor de la señora ORBELINA DIAZ DE REYES, conocidapor ORBELINA DIAZ AMAYA, bajo el Asiento 003 de la MatrículaNúmero M CERO UNO CERO SIETE DOS SEIS SIETE SIETE delRegistro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, Registro Social de Inmueblesde este Departamento.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las diezhoras y veinte minutos del día dos de abril del año dos mil tres.- MARIOAGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. CON-CEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 19265-1
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio CivilEjecutivo promovido por el Licenciado TITO SANCHEZ VALENCIA,Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra laseñora MIDIAN RUTH SOSA DE BONILLA conocida por MIDIANRUTH BONILLA SOSA SALINAS reclamándole cantidad de colones,se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente:“Lote de terreno urbano y construcciones, marcado en el plano respec-tivo con el número TREINTA, del polígono "O", sector CUARENTA YOCHO, de una extensión superficial de CINCUENTA Y DOS PUNTOCINCUENTA METROS CUADRADOS, y un área construida, desistema mixto, de VEINTICINCO METROS CUADRADOS. Dicholote forma parte de la URBANIZACION DENOMINADA "URBANI-ZACION RESIDENCIAL VILLA HERMOSA", situada en Jurisdic-ción de Cuscatancingo, en los Cantones San Luis Mariona, BarrancaHonda y el Angel, porción segregada situada únicamente en el Municipiode Cuscatancingo Departamento de San Salvador y cuyas medidasperimetrales son: AL NORTE: cinco metros; AL ORIENTE: diez puntocincuenta metros; AL SUR: cinco metros; y AL PONIENTE: diez puntocincuenta metros. Inscrito dicho inmueble en el Sistema de Folio RealComputarizado, del Registro Social de Inmuebles, del Instituto Libertady Progreso, Matrícula M CERO UNO CERO TRES TRES DOS OCHOTRES a favor de la demandada MIDIAN RUTH SOSA DE BONILLAconocida por MIDIAN RUTH BONILLA SOSA SALINAS.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las ochohoras del día diecinueve de marzo de dos mil tres.- Dr. DARIO VILLAL-TA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINOALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19262-1
LUZ LIDIA GUTIERREZ PARADA, Notario, de este domicilio, alpúblico para los efectos de ley,
HACE SABER: que a mi oficina situada en la Quince CalleOriente, número ochocientos Dos Bis, Costado Sur del Centro deGobierno de esta ciudad, se ha presentado el señor MARIANO DEJESUS SANTOS CHAVEZ, mayor de edad, jornalero, del domicilio deSan Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, pidiendo se le extien-da TITULO SUPLETORIO de un terreno de naturaleza rústica, quecompró a la señora SANTOS ROMERO VIUDA DE CHAVEZ, situadoen el Cantón Santa Clara, jurisdicción de San Rafael Oriente, Departa-mento de San Miguel, de la capacidad superficial de OCHO MILSETECIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS, de las colin-dancias siguientes: AL NORTE, con propiedad de SANTOS ROMEROVIUDA DE CHAVEZ; AL ORIENTE, con SANTOS ROMERO VIU-DA DE CHAVEZ; AL SUR, con CLARA ROMERO VIUDA DEPORTILLO; y AL PONIENTE, quebrada de por medio con JOSEISMAEL PARADA y MARGARITA PARADA.- La posesión delpeticionario data desde el día trece de noviembre de mil novecientosnoventa y uno, hasta hoy, y ha sido y es quieta, pacífica y sin interrupción,no habiendo sido impedido, ni perturbado por nadie.
San Miguel, seis de junio del año dos mil tres.
Licda. LUZ LIDIA GUTIERREZ PARADA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. 19272-1
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para efectos deley,
HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el DoctorANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, en calidad de ApoderadoGeneral Judicial del señor LUIS FUENTES, conocido por LUIS FUEN-TES SARAVIA, solicitando a favor de éste, se le extienda TítuloSupletorio de dos Lotes de terreno de
. Naturaleza rústica situado el
primero: en el Cantón Estancia, Caserío El Rodeo, jurisdicción deCacaopera, Distrito de Osicala, Departamento de Morazán, de la capa-cidad de TRES MIL SETECIENTOS CATORCE METROS CUADRA-DOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, mide sesentay un metros noventa centímetros con terrenos de la Sucesión de FERMINORTEZ RAMOS, representada por MIGUEL RAMOS, cerco de alam-bre de por medio; AL NORTE, mide sesenta metros con propiedad deJULIO CESAR CANALES, cerco de alambre de por medio del colin-dante; AL PONIENTE, mide sesenta y un metros noventa centímetroscon propiedad de ROSENDA ORBELINA ORTEZ VIUDA DE RA-MOS y propiedad del Ministerio de Educación, muro y cerco de alambrede por medio; y AL SUR, mide sesenta metros, con ROSENDAORBELINA ORTEZ VIUDA DE RAMOS, cerco de alambre de pormedio, hasta llegar donde se comenzó.- Dicho inmueble lo valora en el
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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
precio de VEINTE MIL COLONES y al estar arrendado produciría deRenta Anual la suma de MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEISCOLONES CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS.- EL SEGUNDO: unterreno de naturaleza rústica, ubicado en el Cantón Estancia, jurisdicciónde Cacaopera, Distrito de Osicala, Departamento de Morazán, de lacapacidad de CUARENTA Y CUATRO MIL SEIS CIENTOS VEIN-TIUN METROS SETENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS,de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, mide doscientosdoce metros, con terrenos de MARIA JUSTA GARCIA MARTINEZ,REYES ORTEZ y SANTOS VICTOR ORTIZ, Río Torola de pormedio; AL NORTE, mide doscientos diez metros con cuarenta y ochocentímetros, con propiedad de ESTEBAN PEREZ y SANTOS CANDI-DO MARTINEZ MARTINEZ, Río Torola de por medio; AL PONIEN-TE, mide doscientos doce metros con Sucesión de FERMIN ORTEZRAMOS, representada por MIGUEL RAMOS, cerco de alambre de pormedio; y al SUR, mide doscientos diez metros con cuarenta y ochocentímetros, con propiedad de EUSTAQUIO ORTEZ, cerco de alambrede por medio, hasta llegar donde se comenzó este terreno, existen doscasas construidas techo de tejas, paredes de adobe, piso de tierra, laprimera de diecinueve varas de largo por once varas de ancho y la,segunda de doce varas de largo par nueve metros de ancho.- ELmencionado inmueble lo valora en el precio de CUARENTA MILCOLONES y produce de renta anual la suma de TRES MIL TRESCIEN-TOS TREINTA Y TRES COLONES CON TREINTA Y TRES CEN-TAVOS. Los inmuebles antes relacionados los adquirió por EscrituraPública de Compra Venta de Posesión Material, otorgada en esta ciudad,a las once horas del día tres de julio del año dos mil dos, por el señorMAXIMILIANO ORTEZ, de la cual agrega copia y original, no sonejidales, baldíos, ni comunales, no tienen cargas ni derechos realesajenos, no son predios dominantes ni sirvientes. La posesión de dichosinmuebles data desde el mes de julio del año dos mil dos, más agregandola posesión de su antecesor dueño hasta esta fecha suman más de treintaaños consecutivos, en una forma quieta, pacífica e ininterrumpida sinproindivisión con persona alguna, consistiendo dicha posesión en sem-brarlos, cercarlos, arrendarlos y pastar algunos animales todo sin pedirleconsentimiento a nadie.
Lo que se hace del conocimiento del público para efectos legalesconsiguientes.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de la ciudadde San Francisco, a las quince horas del día diecinueve de diciembre deldos mil dos.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o. DE 1ª.INSTANCIA.- Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ, SRIA.
3 v. alt. No. 19226-1
JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERAINSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DERARTAMENTODE MORAZAN,
HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el DoctorANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, como Apoderado GeneralJudicial con Cláusula Especial de la señora MARINA EVELIACANIZALEZ DE SUAZO, solicitando Título Supletorio de un terrenode naturaleza rústica, situado en el Cantón San Pedro, Caserío Río Seco,Jurisdicción de El Divisadero, Distrito de San Francisco Gotera, Depar-tamento de Morazán de la capacidad superficial de NOVECIENTOSSETENTA Y SIETE METROS, - CINCUENTA DECIMETROS CUA-DRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: midecuarenta y dos metros con terrenos de ALICIA RODRIGUEZ DE
SAENZ, cerco de alambre de por medio; AL NORTEs: mide cuarenta ytres metros, con terrenos del señor LUIS LAZO GOMEZ, calle de pormedio; AL PONIENTE: mide cuatro metros, con la señora MAURAFLORES FERNANDEZ DE MATA, calle de por medio; y AL SUR,mide cuarenta y dos metros con terrenos de la señora TERESA DEJESUS FUENTES FLORES, cerco de alambre de por medio hasta llegardonde comenzó. Existe una casa construida, techo de tejas, paredes deadobe, piso natural; dicho inmueble lo adquirió por compraventa que lehizo al señor MIGUEL ANGEL SUAZO y lo valora en la cantidad deVEINTE MIL COLONES.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a lasonce horas del día dieciséis de octubre de dos mil dos.- Lic. JUANCARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1º. DE 1ª. INSTANCIA.- Br.YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 19225-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE CONSTAR: que a esta oficina se ha presentado el señorRAUL ERNESTO GUADRON RUANO, mayor de edad, estudiante, deeste domicilio, solicitando para sí, Título de Propiedad de UN TERRE-NO RUSTICO, situado en el cantón Llano Grande de esta jurisdicción,constante: de DIECIOCHO MIL QUINIENTOS CATORCE METROSCUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL NORTE: con terrenode JOSE ALBERTO SANTAMARIA; AL ORIENTE, con terreno deMATILDE ESCAMILLA ESCOBAR y otros, camino vecinal de pormedio; al SUR: con terrenos de MIGUEL ANGEL GUADRON; y ALPONIENTE: con terreno de FRANCISCO GUADRON; lo obtuvo pordonación que le hiciera su difunto padre SALVADOR GUADRON,desde el año de mil novecientos noventa, y lo valúa en DIEZ MILCOLONES equivalente a MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PUNTOOCHENTA Y CINCO DOLARES. Siendo todos los colindantes de estedomicilio.
ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN JOSE GUAYABAL, a losdieciséis días del mes de mayo del dos mil tres.- Ing. MAURICIOARTURO VILANOVA VAQUERO, ALCALDE MUNICIPAL.- MI-RIAN ESTELA MELARA DE BENITEZ, SECRETARIA MUNICI-PAL.
3 v. alt. No. 19280-1
El Infrascrito Alcalde Municipal,
HACE SABER: que a esta Alcaldía se presentó el Lic. OSARRENE MELENDEZ VILLATORO, Apoderado de la señora MARIAALICIA BENITEZ CRUZ, solicitando Título de Propiedad de Solar deNaturaleza Urbana Situado en el Barrio El Calvario de esta ciudad, quetiene las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, siete metrosveinte centímetros Calle pública de por medio con ISMAEL GARCIA;AL NORTE: veintiocho metros ochenta y cinco centímetros, con solaresde CRISTINO SALMERON y CATALINO SALMERON, calle públicade por medio; AL PONIENTE: dieciocho metros sesenta y cincocentímetros, con terreno de la señora FELIPA AMELIA RIOS DE
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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
VILLATORO, cerco de alambre de la colindante de por medio; Y ALSUR, veintinueve metros noventa centímetros, con terreno de MARIAERCILIA DE ALVAREZ, quebrada de por medio. Lo hubo por Compra-venta de Posesión Material que le hizo el señor SANTIAGOMANZANARES, de la capacidad de TRESCIENTOS SETENTA YNUEVE METROS CON SESENTA Y SIETE CENTIMETROS CUA-DRADOS y lo estima en VEINTE MIL COLONES.
Alcaldía Municipal: Anamarós, veintitrés de mayo del dos miltres.- ISABEL VILLATORO BENITEZ, ALCALDE MUNICIPAL.-PEDRO PABLO REYES, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. 19175-1
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el Lic. GERMANMOISES GARCIA ARRIAZA, Apoderado del señor FELIX ANTO-NIO BLANCO, mayor de edad, agricultor, de este domicilio, quienpretende titular dos predio de naturaleza urbana situado en Barrio ElCoco de esta ciudad, de las medidas y linderos siguientes: el primeromide AL ORIENTE: veinticinco metros, con BERNARDINA SORTO,camino vecinal de por medio; AL NORTE: dieciséis metros, con CECI-LIA CASTRO, cerco de piña propio, de alambre y pared de por mediodel colindante; AL PONIENTE: treinta y seis metros, con JOSE LUISZELAYA, conocido socialmente como LUIS MAGIN ZELAYA, cercode alambre de por medio del titulante, AL SUR: veinticinco metros, conANGELA BENITEZ, calle pública de por medio. Haciendo un total deSEISCIENTOS VEINTICINCO METROS, VEINTICINCO DECIME-TROS CUADRADOS, de capacidad superficial.- El segundo mide alrumbo ORIENTE: veintiocho metros con ISAIAS DE CONCEPCIONMENDEZ, cerco de piña de por medio; al NORTE: cuarenta y cincometros con HECTOR BENITEZ, Río de por medio, AL PONIENTE:veintiún metros con LIDIA ORTEZ, cerco de alambre de por medio deltitulante; AL SUR: cincuenta y cuatro metros con MARIA ORALIAFLORES DE FLORES; haciendo un total de MIL DOSCIENTOSDOCE METROS, SESENTA DECIMETROS CUADRADOS.- Dichospredios están valorados, el primero por la suma de VEINTE MILCOLONES (¢ 20,000.00) y el segundo en VEINTICINCO MIL COLO-NES (¢ 25,000.00).- Todos los colindantes de este domicilio.
Alcaldía Municipal de Sociedad, Departamento de Morazán, cincode junio de dos mil tres.- Lic. MILAGRO FUENTES DE BLANCO,ALCALDESA MUNICIPAL.- LAZARO ULISES GOMEZ SANTOS,SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. 19178-1
AVISO
El Banco Cuscatlán S.A.,
COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas en Km 10 carretera aSanta Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DEDEPOSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número 008PLA200000028,solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por CUARENTA YOCHO MIL DOLARES (US$48,000.00). En consecuencia de lo ante-
rior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectoslegales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercerapublicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederáa reponer el certificado en referencia.
Nueva San Salvador, 3 de junio de 2003.
DELMY DE ROSALES,
BANCO CUSCATLAN S.A.
3 v. alt. No. 19323-1
AVISO
El Banco Cuscatlán S.A.,
COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas en Km 10 Carretera a SantaTecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPOSI-TO A PLAZO FIJO DOLARES Número 020pla000104345, solicitandola reposición de dicho CERTIFICADO por veintisiete mil 00/100Dólares (US$27,000.00). En consecuencia de lo anterior, se hace delconocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, quetranscurridos treinta días después de la tercera publicación de este avisoy si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificadoen referencia.
Sonsonete, 6 de junio de 2003.
BANCO CUSCATLAN, S. A.
AGENCIA METRO CENTRO SONSONATE.
3 v. alt. No. 19307-1
AVISO
El Banco Cuscatlán S.A.,
COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas en Km 10 carretera aSanta Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DEDEPOSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número 007PLA000175438,solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por OCHOCIEN-TOS SESENTA Y DOS 86/100 DOLARES (US$ 862.86). En conse-cuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general,para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días despuésde la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna aposición,se procederá a reponer el Certificado en referencia.
San Miguel, 5 de junio de 2003.
AMADEO SALVADOR PORTILLO,
BANCO CUSCATLAN, S. A.
AGENCIA RUTA MILITAR
3 v. alt. No. 19174-1
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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
El INFRASCRITO SECRETARIO DE LA SOCIEDAD CORPORA-
CION AHORROMET, S.A. DE C.V., inscrita en el Registro de Comer-
cio, al Número DIECINUEVE del Libro MIL SETENTA Y CINCO del
Registro de Sociedades,
CERTIFICA: que en libro de actas de esta Sociedad se encuentra
asentada el Acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas, número
OCHO celebrada en esta ciudad el día veintidós de mayo del dos mil tres,
con la asistencia del SETENTA Y SEIS PUNTO VEINTIOCHO por
ciento de las acciones, y con el voto unánime de todos, acordaron los
siguientes puntos que textualmente dicen: “DOS: DISOLUCION Y
LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD. Los accionistas después de discu-
tir ampliamente sobre el futuro de los negocios de la Sociedad, decidie-
ron DISOLVER Y LIQUIDAR LA SOCIEDAD CORPORACION
AHORROMET, S.A. DE C.V., de conformidad al artículo ciento ochen-
ta y siete romano IV del Código de Comercio.“TRES: NOMBRAMIEN-
TO DE LIQUIDADORES Y EJECUTORES ESPECIALES. La Junta
General Extraordinaria de Accionistas de conformidad con la cláusula
TRIGESIMA SEGUNDA del Pacto Social, decide nombrar como Liqui-
dadores y Ejecutores Especiales de los acuerdos tomados por esta
Asamblea, a los señores JUAN FEDERICO SALAVERRIA PRIETO,
de cincuenta y dos años de edad, Licenciado en Administración de
Empresas, de este domicilio, Salvadoreño, y RAMON AVILA QUEHL,
de cincuenta y un años de edad, ejecutivo empresarial, de este domicilio,
salvadoreño, a quienes les corresponderá publicar el acuerdo de DISO-
LUCION Y LIQUIDACION. Es conforme con el original, con el cual se
confrontó.
Y para ser presentado al Registro de Comercio se extiende la
presente Certificación, en San Salvador, a los seis días del mes de junio
del dos mil tres.
RAMON AVILA QUEHL
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19332-1
ASIENTO DE EMPRESA 2003047877
ESTABLECIMIENTO 2003047877- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-
TOS:
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ARBAIZA
NUÑEZ DE MENENDEZ, MABEL XIOMARA, en su calidad de
Representante Legal de la Sociedad INDUSTRIA, SOCIEDAD ANO-
NIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INDUSTRIA,
S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN
SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 39 del
Libro 362 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio con
número de Identificación Tributaria: 0614-120303-102-0, ha presentado
solicitud a las nueve horas y treinta minutos del día veintiocho de abril
de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No.
2003047877 y Establecimiento No. 2003047877-001; a favor de la
Empresa denominada INDUSTRIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-
PITAL VARIABLE, la cual se dedica a CONTRATACION DE SERVI-
CIOS Y SUB-CONTRATACION, con dirección en CALLE GERARDO
BARRIOS, N° 1311-B del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo
asciende a CIEN MIL COLONES CON 00/100 ¢ 100,000.00 y que tiene
el (los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-) INDUSTRIA, S.A. DE
C.V. ubicado en CALLE GERARDO BARRIOS, N° 1311-B, del
domicilio de SAN SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, veintitrés de mayo de dos mil tres.
Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,REGISTRADOR.
3 v. alt. No. 19285-1
Clase: 05
No. de Exp.: 2003032234
No. de Pres.: 20030037289
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICTOR
MANUEL IRAHETA ALVAREZ, en su calidad de APODERADO de
LABORATORIOS MEDIKEM, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-
TAL VARIABLE que se abrevia: MEDIKEM, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
KETORAL
Consistente en: la palabra KETORAL.
La solicitud fue presentada el día doce de mayo del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19312-1
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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.Clase: 05
No. de Exp.: 2003032236
No. de Pres.: 20030037291
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICTORMANUEL IRAHETA ALVAREZ, en su calidad de APODERADO deLABORATORIOS MEDIKEM, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que se abrevia: MEDIKEM, S.A. DE C.V., denacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCADE FABRICA Y DE COMERCIO,
GLUDETHON
Consistente en: la palabra GLUDETHON.
La solicitud fue presentada el día doce de mayo del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZSECRETARIO.
3 v. alt. No. 19314-1
No. de Exp.:2002029087
No. de Pres.: 20020031598
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RENE SAL-VADOR MOLINA PEÑA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en sucalidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE CO-MERCIAL,
Consistente en: las palabras pollo pipil y diseño, que servirá para;IDENTIFICAR: UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DEDICA-DO A LA EXPLOTACION Y COMERCIALIZACION DE POLLO.UBICADO EN CALLE A SAN JUAN OPICO KM. 39.5 DEPTO. DELA LIBERTAD.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del añodos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintisiete de mayo del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19239-1
Clase: 19
No. de Exp.: 2002029410
No. de Pres.: 20020032131
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JORGECARLOS FIGEAC CISNEROS, en su calidad de APODERADO GE-NERAL JUDICIAL de AMANCO EL SALVADOR, SOCIEDAD ANO-NIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra "Siding y diseño".
La solicitud fue presentada el día cuatro de diciembre del año dosmil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento, de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil tres.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.
XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.
3 v. alt. No. 19249-1
Clase: 17
No. de Exp.: 2002029416
No. de Pres.: 20020032137
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JORGE CARLOSFIGEAC CISNEROS, en su calidad de APODERADO GENERALJUDICIAL de AMANCO EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MAR-CA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra GEOSISTEMAS y diseño.
La solicitud fue presentada el día cuatro de diciembre del año dosmil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil tres.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.
XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.
3 v. alt. No. 19252-1
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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359Clase: 06
No. de Exp.: 2002029414
No. de Pres.: 20020032135
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JORGECARLOS FIGEAC CISNEROS, en su calidad de APODERADO GE-NERAL JUDICIAL de AMANCO EL SALVADOR, SOCIEDAD ANO-NIMA que se abrevia: AMANCO EL SALVADOR, S.A. o AMANCO,S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra CONSTRUSISTEMAS y diseño.
La solicitud fue presentada el día cuatro de diciembre del año dosmil dos.-
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de abril del año dos mil tres.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZSECRETARIO.
3 v. alt. No. 19251-1
Distintivo: BECLONON.Clase: 05No. de Exp.: 012001019616
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoROBERTO JOSE ANTONIO RODRIGUEZ MONTALVO, en su cali-dad de APODERADO de la Sociedad LABORATORIOS ARSAL, S.A.DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
BECLONON
Consistente en la palabra BECLONON.
La solicitud fue presentada el día quince de noviembre de dos miluno.
REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PPOPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los vein-titrés días del mes de noviembre de dos mil uno.
Dr. ALFREDO GONZALEZ ELIZONDO,REGISTRADOR.
JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19202-1
JULIO EDUARDO RODRIGUEZ FLORES, Notario, de este domicilio,con oficina situada en Calle Modelo Condominio Modelo Menéndezlocal cuatro de esta ciudad;
HACE SABER: que en las diligencias de Aceptación de Herenciaseguidas ante mis Oficios Notariales, por el Licenciado GILBERTOGUTIERREZ MENDOZA, en su carácter de Apoderado General Judi-cial con Cláusula Especial la de la señora MARIA LUZ MUÑOZ DEHERNANDEZ, aceptando en el carácter en que actúa, la herenciaintestada que a su defunción dejara el señor JOSE RAFAEL HERNAN-DEZ MENDEZ, quien falleció en Cantón Cuchilla Comalapa, Jurisdic-ción de San Luis Talpa, Departamento de La Paz, siendo éste su últimodomicilio, el día cuatro de mayo de mil novecientos noventa y seis, a laedad de cincuenta años, se proveyó resolución a las diez horas del díadoce de abril del años dos mil tres, teniéndose por aceptada expresamentey con Beneficio de Inventario de parte de la señora MARIA LUZMUÑOZ DE HERNANDEZ, la herencia intestada que a su defuncióndejara el señor JOSE RAFAEL HERNANDEZ MENDEZ, nombrándo-se Administrador y Representante Interino de la Sucesión expresada, conlas facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente;citándose a los que se crean con derecho a la misma, para que se presentena deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a latercera publicación del presente edicto.
San Salvador, diez de mayo de dos mil tres.
JULIO EDUARDO RODRIGUEZ FLORES,
NOTARIO.
3 v. c. No. 19233-1
EDUVIGIS BERTA GARCIA, Notario, de este domicilio, con oficinaubicada en Colonia Médica, Diagonal Dr. Arturo Romero, EdificioOquelí, Número: ciento treinta, Local Uno, Segunda Planta, de estaciudad,
HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notario, proveídaa las once horas del día cuatro de junio de das mil tres, se ha tenido porAceptada Expresamente y con Beneficio de Inventario, la HerenciaIntestada que a su defunción, ocurrida en Toronto, Ontario, Canadá, eldía once de marzo de mil novecientos noventa y tres, dejó la señora:SUSANA MORALES o SUSANA MORALES MEJIA, de parte de laseñora: ESPERANZA MEJIA MORALES, conocida por ESPERANZAMEJIA MORALES DE MARROQUIN, en su concepto de HIJA sobre-viviente de la causante, habiéndosele conferido la administración yrepresentación Interina de la Sucesión, con las facultades y restriccionesde los Curadores de la Herencia Yacente.-
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean conderechos a la referida herencia, para que se presenten a la citada oficinaen el término de quince días, contados desde el siguiente a la últimapublicación del siguiente edicto.
Librado en la oficina de la Notario: EDUVIGIS BERTA GAR-CIA.- En la ciudad de San Salvador, a las catorce horas del día cuatro dejunio de dos mil tres. -
EDUVIGIS BERTA GARCIA,
NOTARIO.
3 v. c. No. 19205-1
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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZA DE LO CIVILDEL DISTRlTO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lasdoce horas diez minutos del día veinticuatro de marzo del presente año,se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, lasucesión intestada que a su defunción dejó el causante JULIO FLORESGOMEZ conocido por JULIO GOMEZ FLORES, quien fue de sesentay tres años de edad, carpintero, casado, siendo su último domicilioSoyapango, originario de Morazán, salvadoreño, hijo de JOSE HEC-TOR FLORES y LUZGARDA GOMEZ, quien falleció el veinticinco demayo de mil novecientos noventa y nueve, de parte de ROSA IRMAMOJICA VIUDA DE GOMEZ, en su calidad de cónyuge sobrevivien-te.-
Confiérese a la aceptante la Administración y representacióninterina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia Yacente.-
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que sepresenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes a laúltima publicación del edicto respectivo.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horasdel día ocho de abril del dos mil tres.- Lic. ELSA IRMA GONZALEZ DEHENRIQUEZ, JUEZA DE LO CIVIL. Lic. MARIA ESTELA SORIA-NO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 19023-2
CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO, al público para losefectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las diez horas y treinta ycinco minutos del día doce de mayo del presente año; se ha tenido poraceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestadaque a su defunción dejó el señor LUCAS ROBERTO GONZALEZconocido por ROBERTO GONZALEZ, quien fue de sesenta años deedad, fallecido el día uno de agosto del año pasado, en Ciudad Delgado,siendo su último domicilio, de parte de la señora TERESA DE JESUSMENJIVAR VIUDA DE GONZALEZ, en calidad de cónyuge sobrevi-viente del causante y como Cesionaria de los Derechos Hereditarios queles correspondían a las señoras LISETTE CAROLINA GONZALEZMENJIVAR, NANCY BEATRIZ GONZALEZ DE CRUZ, KATIAMARLENE GONZALEZ MENJIVAR y KARLA WENDY GONZA-LEZ MENJIVAR, en su calidad de hijas del Causante, representada porel Licenciado WILLIAM ALFREDO QUEZADA SALAZAR. Asimis-mo se les tuvo por repudiado el derecho que le correspondía en laherencia a los señores AIDA YASMIN GONZALEZ UMAÑA, VICTO-RIA EVANGELINA GONZALEZ NAJARRO conocida porEVANGELINA GONZALEZ y HECTOR LOPEZ SIGUENZA cono-cido por JOSE HECTOR PERFECTO LOPEZ y HECTOR LOPEZ, laprimera en concepto de hija del causante y los demás como padres delcausante. Confiéresele a la aceptante la administración y representacióninterina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadoresde la herencia yacente.
Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales consi-guientes.-
JUZGADO DE LO CIVIL: CIUDAD DELGADO, a las diez horasy cincuenta minutos del día doce de mayo del año dos mil tres.- Licda.CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE CIU-DAD DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,SECRETARIA.
3 v. alt. No. 19025-2
LIGIA DEL ROSARIO SANDOVAL DE NUILA, Abogado y Notario,de este domicilio, con oficina situada en Primera Calle Poniente, númerotres mil doscientos diez, Colonia Escalón, de esta ciudad, al público paralos efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las ocho horas treinta y cincominutos del día tres de junio de dos mil tres, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario de parte de los señores JOSEADALBERTO TORRES LIZAMA, MELBA EMERITA TORRES DETURCIOS, IRMA HAYDEE TORRES DE CAÑAS, ELSY DEL CAR-MEN TORRES DE MELENDEZ, RUDY TORRES, RAUL ERCIDESTORRES LIZAMA, ZOILA CONCEPCION TORRES LIZAMA,MARTA TORRES DE SMALLEY, conocida por MARTA TORRESDE SMALLEY y por MARTA TORRES LIZAMA, FLOR AMINTADE ALVAREZ, la herencia intestada que a su defunción dejó la causanteseñora CONCEPCION LIZAMA BARRIOS, quien falleció el día quin-ce de julio de mil novecientos noventa y cinco, en la ciudad de Costa Rica,siendo éste su último domicilio, aceptación que hacen en su carácter dehijos legítimos, de la referida causante. Y se ha conferido a los aceptantesla administración y representación interinas de la sucesión, con lasfacultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Por lo anterior se cita a las personas que se crean con derecho a laherencia, para que se presenten a esta oficina de notaría a deducirlo en eltérmino de quince días contados a partir del día siguiente a la tercerapublicación del presente edicto.-
Librado en San Salvador, a las once horas veinticinco minutos deldía tres de junio de dos mil tres .-
Lic. LIGIA DEL ROSARIO SANDOVAL DE NUILA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. 18994-2
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CA-BAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que por resolución proveída en este Tribunal a lascatorce horas del día treinta de abril del año dos mil tres, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestadaque a su defunción acaecida el día doce de octubre de dos mil dos, en SanSalvador, siendo su último domicilio Sensuntepeque, Departamento deCabañas, dejó el señor JOSE MANUEL AMAYA MERCADO, conoci-do por JOSE MANUEL AMAYA y por MANUEL AMAYA, quien fuede setenta y cuatro años de edad, agricultor en pequeño, casado, hijo deANTONIO AMAYA y de MARIA VICTORIA MERCADO, originariode Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; de parte de la señoraMARIA AREVALO VIUDA DE AMAYA conocida por MARIAAREVALO AMAYA y por MARIA AREVALO, en su calidad decónyuge del causante; habiéndosele conferido la administración y repre-sentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho a la referida sucesiónpara que se presenten a deducir tales derechos, dentro de los quince díassiguientes al de la última publicación de este edicto.
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a lascatorce horas con quince minutos del día treinta de abril de dos mil tres.- Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA. - Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SECRETA-RIO.
3 v. alt. No. 19007-2
DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA,
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado proveída a lasdoce horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que asu defunción dejó la señora LUCILA PORTILLO VIUDA DE RIVAS,quien fue de setenta y cuatro años de edad, de oficios domésticos, fallecióa las diez, horas con treinta minutos del día diecinueve de diciembre demil novecientos noventa y ocho, en Colonia Santa Leonor, Pasaje G, casanúmero dos, Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador y siendosu último domicilio La Reina, de este Departamento, por parte de laseñora CONCEPCION MURCIA DE RIVERA, en concepto de hija dela causante.
Confiérese a la aceptante la administración y representación inte-rina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que lescorresponden a los curadores de la herencia yacente.
Fíjense y publíquense los edictos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tejutla, Chalatenan-go a los dieciocho días del mes de febrero del dos mil tres. -Dr. DANILOANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. - Licda.ERLINDA GUADALUPE GUERRERO DE JIMENEZ, SECRETA-RIA DE PRIMERA INSTANCIA.
3 v. alt. No. 18996-2
DELMY ELSY RODRIGUEZ AREVALO, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL INTERINO DE ESTE MUNICIPIO.
HACE SABER: al público para efectos de ley, que por resoluciónde este Juzgado de las diez horas veinte minutos del día ocho de mayodel presente año, SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente ycon beneficio de inventario de parte de los señores MELANIE FLORESDE DOMINGUEZ PARADA, conocida por MELANIE FLORES VIU-DA DE DOMINGUEZ PARADA y CESAR REYNALDO CORNEJOHERRERA, por aceptada la herencia intestada que a su defunción dejóla causante señora MELANI HERRERA DE CORNEJO, quien en eseentonces era de setenta y dos años de edad, de oficios domésticos, de éstedomicilio, y falleció en esta ciudad el día diez de diciembre de milnovecientos noventa y seis; aceptación que hacen los señores arribamencionados en su calidad de hijos de la referida causante. Y SE HACONFERIDO a los aceptantes declarados la administración y represen-tación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de laherencia yacente; debiendo ejercerla el señor CESAR REYNALDOCORNEJO HERRERA, por medio de su Tutora Legítima señoraMELANIE FLORES DE DOMINGUEZ PARADA, CONOCIDA PORMELANIE FLORES VIUDA DE DOMINGUEZ PARADA.
POR LO ANTERIOR se cita a los que se crean con derecho a laherencia para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el términode quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación delpresente edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SANSALVADOR, a las diez horas del día diecinueve de mayo del dos miltres. Lic. DELMY ELSY RODRIGUEZ AREVALO, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL Into. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERESDE ALAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 18992-2
MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZDE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE, AL PUBLICOPARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que por resolución de las once horas del díaveintidós de abril del corriente año, se ha tenido por aceptada y conbeneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó laseñora GREGORIA RODRIGUEZ, quien falleció el día veinte de juniode mil novecientos setenta y seis, en el Cantón El Tránsito de estajurisdicción, siendo éste su último domicilio, de parte de la señoraMARIA VALERIANA HENRIQUEZ DE RIVAS, como hija de lacausante; habiéndosele conferido la administración y representacióninterina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadoresde la herencia yacente
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia paraque se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince díascontados a partir del día siguiente de la tercera publicación de este edictoen el Diario Oficial.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a lostreinta días de abril de dos mil tres. Lic. MARGARITA DE LOSANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA. Lic. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19006-2
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.
HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolu-ción proveída por éste Tribunal, a las diez horas dieciocho minutos deldía treinta de mayo de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamen-te, con beneficio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunciónocurrida a las veintidós horas del día veinticinco de febrero de dos mildos, en la Tercera Calle Poniente Número Treinta y cuatro de esta ciudad,siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa; dejó el señor JESUSALCIDES LIMA, quien fue de sesenta y tres años de edad, RadioTécnico, Soltero, de parte de la señora MARLENE ELIZABETHVALDEZ LIMA DE RODRIGUEZ, en su calidad de Hija del expresadoCausante; a quien se le nombra INTERINAMENTE Administradora yRepresentante de la Sucesión, con las facultades y restricciones de losCuradores de la Herencia Yacente.-
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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la Herencia,para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quincedías contados desde el siguiente a la tercera publicación de este Edicto.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las ocho horas veintidósminutos del día dos de junio de dos mil tres. Lic. HENRY EDMUNDOMACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. HENRY OVIDIOGARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19000-2
ANGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, de este DistritoJudicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las diezhoras y diez minutos del día dieciséis de mayo de dos mil tres. Se tuvopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herenciaintestada que al fallecer a las diecisiete horas del día dos de noviembrede mil novecientos ochenta y ocho, siendo el Cantón Boquín, Jurisdic-ción de la Villa de Polorós, Departamento de La Unión, su últimodomicilio dejó el causante JUAN BAUTISTA REYES, de parte deMARIA ELADIA REYES VIUDA DE REYES Y SANTA MARIAREYES, en calidad de hijos de la causante antes referida, de conformidadcon el Artículo 988 Númeral 1o. C.c. Se les confiere a los aceptantes enel carácter dicho la administración y representación interina de los bienesde la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curado-res de la herencia yacente. Extiéndase para sus publicaciones los edictosrespectivos.
Librado en el Juzgado de Lo Civil; Santa Rosa de Lima, a losveintisiete días del mes de mayo de dos mil tres.-Lic. ANGEL ALBINOALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEP-CION MARTINEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18971-2
ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil; de este DistritoJudicial, al público para los efectos de ley
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las diezhoras y quince minutos del día ocho de mayo de dos mil tres. Se tuvo poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intes-tada que al fallecer a las cuatro horas del día diez de marzo de milnovecientos noventa y cuatro, siendo el Cantón Tulima, de la Jurisdic-ción de Anamorós, de este Distrito, Departamento de La Unión, su últimodomicilio dejó el causante JOSE RAUL MEDINA, conocido por RAULMEDINA, de parte de los señores. VICENTA CRUZ VIUDA DEMEDINA, conocida por VICENTA CRUZ, JOSE HUMBERTOMEDINA CRUZ, conocido por JOSE HUMBERTO MEDINA Y RAULANTONIO MEDINA CRUZ, conocido por RAUL ANTONIOMEDINA, en calidad la primera como cónyuge sobreviviente y losrestantes en calidad de hijos del causante antes referido, de conformidadcon el Artículo 988 Númeral 1o. C.c. Se les confiere a los aceptantes enel carácter dicho la administración y representación INTERINA de losbienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente. Extiéndase para sus publicaciones losedictos respectivos.
Librado en el Juzgado de Lo Civil; Santa Rosa de Lima, a las oncehoras del día veintiuno de mayo de dos mil tres.- Lic. ANGEL ALBINOALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.Licda. MARINA CONCEPCIONMARTINEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18967-2
ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este DistritoJudicial, al público para los efectos de ley
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las docehoras y veinte minutos del día ocho del corriente mes; se declaró herederaexpresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada queal fallecer el veintinueve de octubre de dos mil dos, en Lislique,Departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejóel causante REGINO DOMINGUEZ SALMERON, conocido porREGINO DOMINGUEZ, de parte de MARIA SANTAN a DOMINGUEZDE TURCIOS, conocida por MARIA SANTANA DOMINGUEZTURCIOS; en concepto de hija del causante antes relacionado y comocesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían aVICTORINO DOMINGUEZ TURCIOS, MARIA ANDREADOMINGUEZ TURCIOS, PEDRO PABLO DOMINGUEZ TURCIOS,ALBERTA CARMEN DOMINGUEZ y MARTHA ALICIADOMINGUEZ DE RIOS; en consecuencia se le confirió a la aceptante,en el carácter dicho, la administración y representación interina de losbienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, Departa-mento de La Unión, a los diecinueve días de mayo de dos mil tres. Lic.ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARI-NA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18970-2
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, alpúblico para los efectos de ley,
HACE SABER: que este día, se ha tenido por aceptada expresa-mente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a sudefunción dejó el causante ARQUIMIDES RIVERA, conocido porARQUIMEDES RIVERA, y por SAMUEL ARQUIMIDES RIVERALARA, quien falleció el día dos de mayo de mil novecientos noventa yseis, en el Barrio San Juan de la jurisdicción de Santiago Nonualco, suúltimo domicilio; por parte de los señores JOSE ANTONIO ULLOARIVERA, VILMA ARGENTINA RIVERA DE DOMINGUEZ, RHINAMARISOL RIVERA HOY DE GARCIA, RENE ARQUIMIDES RI-VERA RENDEROS, SILVIA ARELI RIVERA RENDEROS HOY DEVELASQUEZ o SILVIA ARELI RIVERA DE VELASQUEZ, yMARVIN ERNESTO RENDEROS RIVERA o MARVIN ERNESTORIVERA GARCIA, en concepto de hijos del causante.
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean conderecho a la herencia de que se trata, para que se presenten a deducirloen el término de quince días después de la tercera publicación de esteedicto.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 16 de mayo del 2003.-Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBER-TO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18978-2
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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
NUBIA GLORIA HERNANDEZ DE ORELLANA, JUEZA DE LOCIVIL SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICOPARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal, alas diez horas del día siete de abril del presente año, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testa-mentaria que a su defunción dejó la causante GUADALUPE ALFAROVIUDA DE GOMEZ, ocurrida el día dieciséis de noviembre de milnovecientos treinta y nueve, en el Banco Concepción de esta ciudad,siendo éste su último domicilio, de parte de la señora ROSA DELCARMEN GOMEZ DE ROJAS, en su calidad de cesionaria del derechode transmisión que le correspondía al señor CARLOS ABARCA GO-MEZ, en su calidad de hijo de la causante, señora MARIA ELOISAALFARO GOMEZ DE ABARCA; habiéndosele conferido a la aceptan-te la administración y representación interina de la sucesión con lasfacultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en eltérmino legal se presenten a este Tribunal, a hacer uso de su derecho.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horasdel día catorce de mayo del dos mil tres.- Licda. NUBIA GLORIAHERNANDEZ DE ORELLANA, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.-Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18955-2
MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia de esteDistrito Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las nuevehoras y veinte minutos del día cinco de mayo del corriente año; se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laherencia intestada que a su defunción dejó la señora EULALIA ROME-RO, quien a la fecha de su fallecimiento fue de setenta y tres años de edad,soltera, de Oficios Domésticos, originaria y del domicilio de Jocoaitique,de nacionalidad salvadoreña, hija de GREGORIA ROMERO; quienfalleció intestada a las veinte horas del día veintitrés de febrero de milnovecientos ochenta y cuatro, en Carretera Troncal del Norte, Parcela-ción San Antonio, Final Pasaje Toledo Número Tres, en Ciudad Delga-do, Departamento de San Salvador, siendo la ciudad de Jocoaitique,Departamento de Morazán lugar de su último domicilio; de parte delseñor CATALINO ROMERO VIGIL, éste por derecho que le correspon-de como hijo de la mencionada causante.- Confiérese al aceptantemencionado y en la forma establecida, la administración y representa-ción INTERINA, de la sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la Herencia Yacente.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las doce horas del día diecinueve de mayo del dos mil tres.-Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA.- Lic.ROSA ERMELINDA GUTIERREZ, Sria.
3 v. alt. No. 18935-2
MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia de esteDistrito Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las quincehoras y cinco minutos del día veintisiete de marzo del dos mil tres; se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA ELVIAAMAYA, quien falleció en edad ignorada, de Oficios Domésticos, deNacionalidad Salvadoreña, hija de EUSTAQUIO AMAYA VENTURAy de MARIA ANGELA CRUZ, y del domicilio de Delicias de Concep-ción; quien falleció intestada el día catorce de abril de mil novecientossetenta y siete, en el Barrio El Centro de Delicias de Concepción,Departamento de Morazán, siendo la Población de Delicias de Concep-ción lugar de su último domicilio; de parte del señor FRANCISCOALBERTO VILLALTA AMAYA, conocido por FRANCISCO AL-BERTO VILLALTA, éste por derecho propio que le corresponde en losbienes de la mencionada causante en concepto de hijo de ésta.- Confié-rese al aceptante mencionado y en la forma establecida, la administracióny representación INTERINA, de la sucesión, con las facultades yrestricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las diez horas del día nueve de abril del dos mil tres.- Lic.MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA.- Br.MARIA ELBA ARGUETA HERNANDEZ, Sria Inta.
3 v. alt. No. 18909-2
FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, Juez Primero de loCivil del Distrito Judicial de Santa Ana, al público, para los efectos de ley,
HACE SABER: que por ejecución seguida en este Tribunal por elLicenciado JORGE ANTONIO VALLADARES CASTILLO, de treintay seis años de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, comoApoderado de la Sociedad UNION DE EXPORTADORES, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarseUNEX, S.A. DE C.V., Persona Jurídica, del domicilio de San Salvador,contra el señor MARIO ALBERTO INOCENTE GARCIA ROSSI,conocido por MARIO ALBERTO GARCIA ROSSI y por MARIOGARCIA ROSSI, de setenta años de edad, Ingeniero Civil, del domiciliode Santa Ana, y contra el señor LUIS ALBERTO GARCIA FIGUEROA,conocido por LUIS ALBERTO GARCIA ROSSI FIGUEROA, deveintiocho años de edad, Estudiante, de este domicilio, reclamándolecantidad de dinero, se venderá en pública subasta y al mejor postor enfecha que oportunamente se dará a conocer, en este Tribunal, el inmueblesiguiente: inmueble de naturaleza rústica, cultivado de café en sutotalidad, formado de Los Tablones Melonar, Santa Rosa y Yucal, queforman un sólo cuerpo, con una extensión superficial, según su antece-dente de trece hectáreas sesenta y dos áreas ochenta y cinco centiáreasdoce y medio decímetros cuadrados, equivalentes a diecinueve manza-nas cuatro mil novecientos noventa y nueve varas cuadradas cuarenta yocho centésimos de vara cuadrada en realidad tiene una superficie real dequince hectáreas cinco áreas equivalentes a veintiún manzanas treinta ycinco áreas, con los linderos actuales, especiales siguientes: AL SUR,calle vecinal en medio con resto del inmueble general de donde sesegrega el que se describe de propiedad del donante don MARIOGARCIA ROSSI y en una pequeña parte con ROSA CACERES DESALAVERRIA, parte también con la Finca San Antonio de don ERNES-TO GARCIA ROSSI; AL PONIENTE: con terreno de GLORIA CACE-RES, camino en medio; AL NORTE: con terreno de GLORIA CACE-RES y ALEX CACERES y AL ORIENTE: calle vecinal en medio en
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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
parte con Finca San Antonio de don ERNESTO GARCIA ROSSI.- Estelote contiene una galera de madera y lámina de un área de CIENTOCINCUENTA METROS CUADRADOS y además contiene un tanquede captación de agua que será compartida con el otro donatario donDANIEL EUGENIO GARCIA FIGUEROA o GARCIA ROSSIFIGUEROA.- El lote está atravesado en una parte por caminos vecinalesy por una quebrada.- El inmueble descrito es propiedad del señor LUISALBERTO GARCIA FIGUEROA, conocido por LUIS ALBERTOGARCIA ROSSI FIGUEROA, inscrito a su favor AL NUMERO CIN-CO DEL LIBRO UN MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE del Registrode la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Occidente.-Quien quiera hacer posturas puede ocurrir la que se admitirá siendolegal.-
LIBRADO en el Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a lascatorce horas del día tres de abril de dos mil tres.- Lic. FRANCISCOALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRE-TARIA.
3 v. alt. No. 18914-2
ROSA MARGARITA ROMAGOZA DE LOPEZ BERTRAND, JUEZPRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: al público para los efectos de ley, que en el JuicioEjecutivo Mercantil promovido por Licenciado JORGE ANTONIOVALLADARES CASTILLO, en su carácter de endosatario al Cobro dela Sociedad UNION DE EXPORTADORES, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse UNEX, S.A. DEC.V., contra el señor JOEL HERNANDEZ GUILLEN, reclamándolecantidad de colones y accesorios de ley, se venderá en pública subasta eneste Tribunal en fecha que oportunamente se determinará, el bieninmueble embargo siguiente “Un terreno fértil y rústico, situado en ellugar denominado LA ZOMPOPERA, del Cantón El Aguacatal, Juris-dicción de La Palma, Departamento de Chalatenango, se desmembra unaporción de terreno de la extensión superficial de SEIS MIL NOVECIEN-TOS OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, equivalentes aUNA MANZANA cuyas lindancias son: ORIENTE; linda con JOSEANGEL HERNANDEZ y con terreno que antes formó parte del inmue-ble general, vendido hoy a ANGEL LANDAVERDE, camino de pormedio; AL NORTE; linda con terreno de inmueble general, pertenecien-tes al vendedor; PONIENTE: linda con resto del terreno del inmueblegeneral propiedad del vendedor, y SUR; linda con terreno que antesformó parte del inmueble general, vendido hoy a MARIA CONCEP-CION LANDAVERDE, árboles de pito y guachipilín, esquineros. Notiene construcción alguna, es árido, sin cultivos permanentes, no estáarrendado ni lo está con anterioridad, el inmueble antes descrito seencuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de laQuinta Sección del Centro, Departamento de Chalatenango al númeroVEINTE del Libro TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO, a favor deldemandado señor JOEL HERNANDEZ GUILLEN.
Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a lasnueve horas del día dieciocho de septiembre de dos mil uno.- Lic. ROSAMARGARITA ROMAGOZA DE LOPEZ BERTRAND, JUEZ PRI-MERO DE LO MERCANTIL.- Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBI-NA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18912-2
LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE MENOR CUANTIA, deeste Distrito Judicial, al público en general,
HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido en esteTribunal por el Licenciado JOSE EMILIO OLMOS FIGUEROA, mayorde edad, Abogado, de este domicilio, actuando: en calidad de ApoderadoGeneral Judicial del señor WILFREDO TURCIOS, conocido por WIL-FREDO FLORES y por WILFREDO FLORES TURCIOS, contra elseñor RENE BENJAMIN SEGOVIA CASANOVA, mayor de edad,Agrónomo, del domicilio de La Libertad, se venderá en pública subastaen este Tribunal en fecha que más adelante se señalará, el inmueble quea continuación se describe: Inmueble de Naturaleza Rústico, localizadoen la parte Central Oriente, situado en el kilómetro treinta y uno y mediode la carretera que conduce al Puerto de La Libertad, que formó parte dela Hacienda Santa Adela, de la Jurisdicción de la Ciudad y Puerto de LaLibertad, Departamento del mismo nombre, de una extensión superficialde UN MIL CIENTO SESENTA Y UN METROS CUADRADOS,equivalentes a MIL SEISCIENTAS SESENTA PUNTO VEINTITRESVARAS CUADRADAS, de las medidas y linderos siguientes: ALNORTE, treinta y ocho metros linda con el inmueble general propiedaddel señor LUIS PABLO ALVARENGA SERRANO, del cual sedesmembra éste. AL ORIENTE, treinta y dos metros, con terreno deJOSE LUIS PORTILLO, carretera que conduce al Puerto de La Libertadde por medio, AL SUR, veinticinco metros, linda con el inmueble delcual se desmembra éste de propiedad del señor LUIS PABLO ALVA-RENGA SERRANO, y AL PONIENTE, cincuenta y un metros, lindatambién con el inmueble general del señor LUIS PABLO ALVAREN-GA SERRANO, inscrita a favor del deudor.- El inmueble anteriormentedescrito así como sus mejoras presentes y futuras pertenecen al señorRENE BENJAMIN SEGOVIA CASANOVA, según inscripción núme-ro SESENTA Y SEIS del libro DOS MIL SEISCIENTOS NUEVE depropiedad, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la CuartaSección del Centro de Nueva San Salvador, Departamento de La Liber-tad.
Se admitirán posturas legales.-
Librado en el Juzgado Primero de Menor Cuantía: San Salvador,cinco de marzo del dos mil tres.- Licda. JULIA BUENDIA MENDEZ,JUEZA PRIMERO DE MENOR CUANTIA.- Licda. MAGDALENABOLAÑOS DE AGUILAR, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 18954-2
MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por elLicenciado ROLANDO VINICIO HERRERA CASTILLO, como Apo-derado General Judicial de “HOSPITALES DE ORIENTE, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, contra los señores MIGUELANGEL FLORES hijo, y MANUEL ANTONIO CRUZ, reclamándolescantidad de colones, intereses y costas procesales, se venderá en públicasubasta en este Juzgado el siguiente inmueble: “Un terreno de naturalezarústica, situado en el lugar denominado “POTRERON”, al rumbo Nortede la población de Bolívar, distrito y Departamento de La Unión, de lacapacidad superficial de veintiséis manzanas equivalentes a dieciochohectáreas veinte áreas, que linda al ORIENTE: con terrenos deDONATILO ROMERO, cerco de piña y alambre de por medio que
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siendo la piña propia y el alambre del colindante; AL NORTE: conterrenos de la sucesión de don MIGUEL ANGEL FLORES LAZO, enuna parte y en otra con terreno de OLIMPIA FLORES PERLA; ALPONIENTE: con terreno de MARIA LEONOR RODAS y con terreno deLEONIDAS FLORES, cerco de alambre, piña y piedra de por medio conla primera el cual es propio y con el segundo cerco de alambre delcolindante; Y AL SUR: con terreno de la sucesión de don MIGUELANGEL FLORES LAZO; inmueble que se desmembra de otro de lamisma naturaleza y situación de la capacidad de treinta manzanas o seanveintiún hectáreas que tiene los linderos siguientes: AL ORIENTE: conterreno de DONATILO ROMERO, cerco de piña y alambre de pormedio, siendo la piña propia y el alambre de colindante; al NORTE: conresto de terreno que le queda al vendedor; al PONIENTE: con terreno deMARIA LEONOR RODAS, cerco de alambre, piña y piedra propio depor medio; y AL SUR: con resto de terreno que le quedó al vendedor".-Inscrito a favor del damandado señor MIGUEL ANGEL FLORES hijo,bajo el número NOVENTA Y CUATRO del Libro DOSCIENTOSTREINTA Y NUEVE. De Propiedad del Departamento de La Unión.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nuevehoras cuarenta y tres minutos del día veinticinco de marzo del dos miltres.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZSEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS,Sria.
3 v. alt. No. 18990-2
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO,
HACE SABER: que por ejecución seguida en este Tribunal por laLicenciada VILMA YOLANDA PANIAGUA DE OLIVARES, comoApoderada General Judicial de la señora BERTA ADILIA VELASQUEZDE GARCIA, conocida por BERTA ADILIA VELASQUEZ, contra elseñor ANIBAL MONCHEZ ROJAS, se venderá en pública subasta eneste Juzgado y en fecha oportuna los siguientes inmuebles: seis lotes deterreno rústico, hoy en urbanización, situados en el lugar denominadoTatopa, de esta Jurisdicción, desmembrados de la Urbanización TatopaPoniente, marcados en la escritura respectiva con los números OCHEN-TA Y CUATRO, OCHENTA Y CINCO, OCHENTA Y SEIS OCHEN-TA Y SIETE, OCHENTA Y OCHO Y OCHENTA Y NUEVE delpolígono D, que individualmente se describen así: LOTE NUMEROOCHENTA Y CUATRO DEL POLIGONO D, de una extensión super-ficial de ciento treinta metros cuadrados cero cinco decímetros cuadra-dos, que mide y linda: AL NORTE, en veintiún metros treinta y cincocentímetros, con lote número ochenta y tres, del mismo polígono D; ALSUR en veintidós metros, con lote número ochenta y cinco, del mismoPolígono D; AL ORIENTE, en seis metros, carretera que de Sonsonateconduce a Acajutla de por medio, con resto de Terreno que le quedó a laSociedad Colectiva Mercantil Carlos Sandoval Langenegger y Compa-ñía; y línea férrea también de por medio; al PONIENTE, en seis metros,con lote número sesenta y dos, del mismo polígono D, Pasaje Acaxualnúmero dos de por medio. LOTE NUMERO OCHENTA Y CINCO DELPOLIGONO D, de una extensión superficial de ciento treinta y tresmetros cuadrados cero cinco decímetros cuadrados, que mide y linda: ALNORTE, en veintidós metros, con lote número ochenta y cuatro delmismo Polígono D; AL SUR, en veintidós metros treinta y cincocentímetros, con lote número ochenta y seis del mismo Polígono D; ALORIENTE, en seis metros, línea férrea y carretera internacional que deSonsonate, conduce a Acajutla de por medio, con resto de terreno que le
quedó a la Sociedad Colectiva Mercantil Carlos Sandoval Langeneggery Compañía; y AL PONIENTE, en seis metros, con lote número sesentay uno, del mismo Polígono D, Pasaje Acazual número Dos de por medio;LOTE NUMERO OCHENTA Y SEIS DEL POLIGONO D, de unaextensión superficial de ciento treinta y seis metros cuadrados cincodecímetros cuadrados, que mide y linda; AL NORTE, en veintidósmetros treinta y cinco centímetros, con lote número ochenta y cinco delmismo polígono D; AL SUR, en veintitrés metros, con lotes númerosochenta y siete ochenta y ocho y ochenta y nueve del mismo PolígonoD, AL ORIENTE, en seis metros, línea férrea y carretera internacionalde por medio que de Sonsonate conduce a Acajutla, con resto de terrenoque le quedó a la Sociedad Carlos Sandoval Langenegger y Compañía;y AL PONIENTE, en seis metros, con lote número sesenta, del mismoPolígono D, Pasaje Acaxual número Dos de por medio.- LOTE NUME-RO OCHENTA Y SIETE DEL POLIGONO D, de una extensiónsuperficial de noventa metros cuadrados, que mide y linda; AL NORTE,en seis metros, con lote número ochenta y seis, del mismo Polígono D,al Sur, en seis metros, Pasaje Veracruz número dos de por medio, con lotenúmero noventa del mismo Polígono D; AL ORIENTE en quincemetros, con lote número ochenta y ocho del mismo Polígono D; y ALPONIENTE, en quince metros, Pasaje Acaxual número Dos de pormedio, con lote número sesenta del mismo Polígono D. LOTE NUME-RO OCHENTA Y OCHO DEL POLIGONO D, DE UNA EXTENSIONsuperficial de noventa metros cuadrados, que mide y linda: AL NORTE,en seis metros, con lote número ochenta y seis del mismo Polígono D; alSUR, en seis metros, Pasaje Veracruz número Dos de por medio; con lotenúmero noventa del mismo polígono D; al ORIENTE, en quince metros,con lote número ochenta y nueve del mismo Polígono D; y al PONIEN-TE, en quince metros, con lote número ochenta y siete del mismoPolígono D, LOTE NUMERO OCHENTA Y NUEVE DEL POLIGO-NO D, de una extensión superficial de noventa metros cuadrados, quemide y linda; AL NORTE, en seis metros, con lote número ochenta y seisdel mismo Polígono D; AL SUR, en seis metros Pasaje Veracruz númeroDos de por medio; con lote número noventa y uno del mismo PolígonoD; al ORIENTE, en quince metros, línea férrea y carretera internacionalde por medio que de Sonsonate conduce a Acajutla, con resto de terrenoque le queda a la Sociedad Carlos Sandoval Langenegger y Compañía;y al PONIENTE, en quince metros, con lote número ochenta y ocho, delmismo Polígono D. Los lotes colindantes son o han sido de la mismaLotificación, propiedad de la Sociedad Carlos Sandoval Langenegger yCompañía. Estos lotes forman un solo cuerpo, y en conjunto tienen unaextensión superficial de seiscientos sesenta y nueve metros equivalentesa novecientas cincuenta y seis punto sesenta y siete varas cuadradas. -Inscrito a favor del Ejecutado bajo el Sistema de Folio Real Computari-zado Matrículas Números UNO CERO CERO DOS OCHO CUATROTRES SIETE- CERO CERO CERO CERO CERO; UNO CERO CERODOS OCHO CUATRO TRES NUEVE-CERO CERO CERO CEROCERO; UNO CERO CERO - DOS OCHO CUATRO CUATRO TRES-CERO CERO CERO CERO CERO; UNO CERO CERO DOS OCHOCUATRO CUATRO SIETE-CERO CERO CERO CERO CERO CERO;UNO CERO CERO DOS OCHO CUATRO CINCO CERO-CEROCERO CERO CERO CERO; Y UNO CERO CERO DOS OCHOCUATRO CINCO DOS- CERO CERO CERO CERO CERO todasAsiento UNO de Propiedad.-
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas del día catorce defebrero del año dos mil tres.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZDE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCO-BAR, SECRETARIA.
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MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERODE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: al público para los efectos de ley, que en el JuicioEjecutivo Mercantil promovido por BANCO DE CREDITO INMOBI-LIARIO ; SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION contra el señorSANTIAGO ANTONIO ORELLANA AMADOR, reclamándole canti-dad de colones y accesorios de ley, se venderá en Pública Subasta en esteTribunal en fecha que oportunamente se determinará, los bienes inmue-bles embargados siguientes: “ Tres locales comerciales situados en elCondominio Comercial Loma Linda, el que está ubicado sobre laAlameda Doctor Manuel Enrique Araujo, conocida como Calle a SantaTecla y Calle Loma Linda, en Edificio “A” identificados con los númerostrece, catorce y quince, los cuales se describen así: a) LOCAL NUMEROTRECE, EDIFICIO “A” CONDOMINIO COMERCIAL LOMA LIN-DA, está ubicado en la segunda planta o piso del edificio, consta de unasuperficie totalmente construída de Setenta Punto Quince Metros Cua-drados equivalentes a Cien Punto Treinta y Siete Varas Cuadradas y unamedida cúbica de trescientos quince punto sesenta y ocho metroscúbicos; su nivel de piso se encuentra en la elevación de setecientoscincuenta y nueve punto cero cuatro metros, medidos sobre el nivelmedio del mar y la descripción de su perímetros se inicia así: partiendode la intersección de ejes de la Calle Loma Linda y del arriate central dela Alameda Doctor Manuel Enrique Araujo conocida Calle a SantaTecla, se mide sobre el eje de éste último con rumbo Sur Treinta y ungrados veintidós punto nueve minutos Oeste, una distancia de veinticua-tro punto setenta y siete metros. En este punto se hace una deflexiónderecha de noventa grados y se mide una distancia total de veintidóspunto treinta y dos metros, localizando el nivel de piso de la primeraplanta del Edificio “A” y atravesando de manera sucesiva la mitad delderecho de vía de la mencionada Alameda, de once punto noventa y cincometros de ancho y una franja para el estacionamiento y circulaciónvehicular interior del Condominio, de diez punto treinta y siete metros deancho. En este lugar se mide verticalmente hacia arriba una altura de trespunto quince metros, localizando el nivel de piso y esquinero Nor- Estedel inmueble cuyos linderos son los siguientes: LADO ORIENTE,tramo recto de rumbo Sur, treinta y un grados cincuenta y tres punto seisminutos Oeste y distancia de cinco punto setenta y cinco metros,lindando con el espacio aéreo de la franja para circulación interior yestacionamiento vehicular del Condominio; LADO SUR, tramo recto derumbo Norte, cincuenta y ocho grados cero seis punto cuatro minutosOeste y distancia de doce punto cero cero metros, lindando con el localnúmero catorce del Edificio “A” columnas y paredes medianeras entreambos; LADO PONIENTE, tramo recto de rumbo norte, treinta y ungrados cincuenta y tres punto seis minutos Este y distancia de cinco puntosetenta y cinco metros, lindando con el estacionamiento vehicularubicado en la segunda planta de un cuerpo estructural desarrollando endos piso o niveles de construcción e iguales destinos, estando de pormedio un pasillo de circulación peatonal y para el acceso a los localesubicados en la segunda planta del Edifico “A” de dos punto sesentametros de ancho; LADO NORTE, tramo recto de rumbo Sur, cincuentay ocho grados cero seis punto cuatro minutos Este y distancia de docepunto veinte metros, llegando de nuevo al esquinero Nor- Este, punto deinicio de la presente descripción y lindando con el local número Doce delEdificio “A” estando de por medio el cuerpo estructural que contiene alas escaleras que sirven de acceso a los locales ubicados en la segundaplanta del Edificio “A” de cuatro punto sesenta y tres metros de ancho depor medio; entre cada cuerpo estructural hay una separación de cincocentímetros. Este inmueble linda también por el lado inferior o piso conel local número uno del edificio “A” losa de concreto reforzado de pormedio; por el lado superior o cielo a cuatro punto cincuenta metros dealtura promedio de la construcción, medidos desde el piso, linda con el
espacio aéreo del Condominio. Los locales estacionamientos vehiculares,el pasillo de acceso y circulación peatonal y el cuerpo de escalerascolindantes mencionados en los linderos Oriente, Sur, Poniente y Nortee inferior forman parte del Condominio Comercial Loma Linda de estaciudad y son propiedad de Procesos y Sistemas de Construcción, S.A. deC.V.- b) LOCAL NUMERO CATORCE, EDIFICIO “A” CONDOMI-NIO COMERCIAL LOMA LINDA, está ubicado en la segunda plantao piso del Edificio, consta de una superficie totalmente construida desesenta y siete punto diez metros cuadrados equivalentes a noventa y seispunto cero una varas cuadradas y una medida cúbica de trescientos unopunto noventa y cinco metros cúbicos; su nivel de piso se encuentra enla elevación de setecientos cincuenta y nueve punto cero cuatro metros,medidos sobre el nivel medio del mar y la descripción de su perímetrosse inicia así: partiendo de la intersección de los ejes de Calle Loma Linday del arriate central de la Alameda Doctor Manuel Enrique Araujoconocida como Calle a Santa Tecla, se mide sobre el eje de este últimocon rumbo Sur treinta y un grados veintidós punto nueve minutos Oeste,una distancia de treinta punto cincuenta y dos metros. En este punto sehace una deflexión derecha de noventa grados y se mide una distanciatotal de veintidós punto treinta y siete metros, localizando el nivel de pisode la primera planta del Edificio “A” y atravesando de manera sucesivala mitad del derecho de vía de la mencionada Alameda, de once puntonoventa y cinco metros de ancho y una franja para el estacionamiento ycirculación vehicular interior del Condominio, de diez punto cuarenta ydos metros de ancho. En este lugar se mide verticalmente hacia arriba unaaltura de tres punto quince metros, localizando el nivel de piso yesquinero Nor- Este del inmueble cuyos linderos son los siguientes:LADO ORIENTE, tramo recto de rumbo Sur, treinta y un gradoscincuenta y tres punto seis minutos Oeste y distancia de cinco puntocincuenta metros, lindando con el espacio aéreo de la franja paracirculación interior y estacionamiento vehicular del condominio; AL ALSUR, tramo recto de rumbo Norte, cincuenta y ocho grados cero seispunto cuatro minutos Oeste y distancia de doce punto veinte metros.Lindando con el Local número Quince del Edificio “A” columnas yparedes medianeras entre ambos; LADO PONIENTE, tramo recto derumbo Norte, treinta y un grados cincuenta y tres punto seis minutos Estey distancia de cinco punto cincuenta metros, lindando con el estaciona-miento vehicular ubicado en la segunda planta de un cuerpo estructuraldesarrollado en dos pisos o niveles de construcción e iguales destinos,estando de por medio un pasillo de circulación peatonal y para el accesoa los locales ubicados en la segunda planta del Edificio “A” de dos puntosesenta metros de ancho; LADO NORTE, tramo recto de rumbo Sur,cincuenta y ocho grados cero seis punto cuatro minutos Este y distanciade doce punto veinte metros, llegando de nuevo al esquinero Nor- Este,punto de inicio de la presente descripción y lindando con el local númerotrece del Edificio “A” columnas y paredes medianeras entre ambos. Esteinmueble linda también por el lado inferior o piso con el local númeroDos del Edificio “A” losa de concreto reforzado de por medio; por el ladosuperior o cielo a cuatro punto cincuenta metros de altura promedio dela construcción, medidos desde el piso, linda con el espacio aéreo delCondominio. Los locales estacionamientos vehiculares y el pasillo deacceso y circulación peatonal colindantes, mencionados en los linderosOriente, Sur, Poniente, Norte e inferior, forman parte del CondominioComercial Loma linda de esta ciudad y son propiedad de Procesos ySistemas de Construcción, S.A. de C.V.- c) LOCAL NUMERO QUIN-CE, EDIFICIO “A” CONDOMINIO COMERCIAL LOMA LINDA,está ubicado en la segunda planta o piso del Edificio, consta de unasuperficie totalmente construida de Sesenta y Siete punto Diez metroscuadrados equivalentes a Noventa y Seis punto Cero Una varas cuadra-das y una medida cúbica de trescientos uno punto noventa y cinco metroscúbicos; su nivel de piso se encuentra en la elevación de setecientos
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cincuenta y nueve punto cero cuatro metros, medidos sobre el nivelmedio del mar y la descripción de su perímetro se inicia así: partiendo dela intersección de los ejes de Calle Loma Linda y del arriate central de laAlameda Doctor Manuel Enrique Araujo conocida como Calle a SantaTecla, se mide sobre el eje de éste último con rumbo Sur treinta y ungrados veintidós punto nueve minutos Oeste, una distancia de treinta yseis punto cero dos metros. En este punto se hace una deflexión derechade noventa grados y se mide una distancia total de veintidós puntocuarenta y dos metros, localizando el nivel de piso de la primera plantadel Edificio “A” y atravesando de manera sucesiva la mitad del derechode vía de la mencionada Alameda, de once punto noventa y cinco metrosde ancho y una franja para el estacionamiento y circulación vehicularinterior del Condominio, de diez punto cuarenta y siete metros de ancho.En este lugar se mide verticalmente hacia arriba un altura de tres puntoquince metros, localizando el nivel de piso y esquinero Nor- Este delinmueble cuyos linderos son los siguientes: LADO ORIENTE, tramorecto de rumbo Sur, treinta y un grados cincuenta y tres punto seisminutos Oeste y distancia de cinco punto cincuenta metros, lindando conel espacio aéreo de la franja para circulación interior y estacionamientovehicular del condominio; LADO SUR, tramo recto de rumbo Norte,cincuenta y ocho grados cero seis punto cuatro minutos Oeste y distanciade doce punto veinte metros, lindando con el local número dieciséis delEdificio “A” columnas y paredes medianeras entre ambos; LADOPONIENTE, tramo recto de rumbo Norte, treinta y un grados cincuentay tres punto seis minutos Este y distancia de cinco punto cincuentametros, lindando con el estacionamiento vehicular ubicado en la segundaplanta de un cuerpo estructural desarrollado en dos pisos o niveles deconstrucción e iguales destinos, estando de por medio un pasillo decirculación peatonal y para el acceso a los locales ubicados en la segundaplanta del Edificio “A” de dos punto sesenta metros de ancho; LADONORTE, tramo recto de rumbo Sur, cincuenta y ocho grados cero seispunto cuatro minutos Este y distancia de doce punto veinte metros,llegando de nuevo al esquinero Nor- Este, punto de inicio de la presentedescripción y lindando con el local número catorce del Edificio “A”columnas y paredes medianeras entre ambos. Este inmueble lindatambién por el lado inferior o piso con el local número tres del Edificio“A” losa de concreto reforzado de por medio; por el lado superior o cieloa cuatro punto cincuenta metros de altura promedio de la construcción,medidos desde el piso, linda con el espacio aéreo del condominio. Loslocales establecimientos vehiculares, el pasillo de acceso y circulaciónpeatonal colindantes, mencionados en los linderos Oriente, Sur Poniente,Norte e inferior, forman parte del Condominio comercial Loma Linda yson propiedad de Procesos y Sistemas de Construcción, S.A. de C.V.-Dichos locales se encuentran inscritos a favor del deudor hipotecarioseñor SANTIAGO ANTONIO ORELLANA AMADOR, bajo el siste-ma de Folio Real con matrículas números: el local número trece CEROUNO- CIENTO VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUA-TRO- CERO CERO CERO Inscripción SEIS; Local número CatorceCERO UNO- CIENTO VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS SESENTAY CINCO- CERO CERO CERO Inscripción SEIS; Local númeroQuince CERO UNO- CIENTO VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS SE-SENTA Y SEIS- CERO CERO CERO Inscripción SEIS todas lasmatrículas del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del departa-mento de San Salvador.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: SanSalvador, a las quince horas con treinta minutos del día veinticuatro demarzo de dos mil tres. Lic. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZBARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL. Lic. OSCAREMILIO ZETINO URBINA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19010-2
FRANCISCA CORALIA CASTILLO DE TRUJILLO, Notario, deldomicilio de Ilopango y del de esta ciudad, con Oficina Jurídica deNotariado ubicada en la segunda Calle Poniente, Barrio San Juan deDios, casa número cuarenta y cuatro, San Vicente,
HACE SABER: que a esta Oficina a comparecido el señor SAN-TIAGO DE JESUS GONZALEZ conocido por SANTIAGO DE JESUSGONZALEZ MAJANO, de sesenta años de edad, Agricultor en Peque-ño, del domicilio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad,persona que conozco e identifico por medio de su Documento Unico deIdentidad Número cero cero tres cinco dos tres uno siete-cero. Sepresenta ante Mis Oficios Notariales a iniciar Diligencias de TítuloSupletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado en Cantón El Arco,Jurisdicción de Tecoluca, Departamento de San Vicente. De un áreacatastral aproximada de ONCE MIL DOSCIENTOS DIECISEIS ME-TROS CUADRADOS; de los linderos especiales siguientes: AL ORIEN-TE: ciento veintiséis metros en línea recta, colindando con terreno deJOSEFA GAVIDIA DE MORALES, RAFAEL AGUILAR, GRACIELACORVERA y UDELIA RODRIGUEZ; AL NORTE: cuarenta y sietemetros en línea recta con terreno de MANUEL VICENTE MAJANO,RAFAEL AGUILAR, JUAN RAMIREZ MARADIAGA,GUMERSINDO ALVARADO, y ANA BERTA DEL ROSARIO AVI-LA DE ALVARENGA; AL PONIENTE: ciento sesenta metros en línearecta con terreno propiedad de JOSEFA GAVIDIA DE MORALES yVICTOR RAFAEL AGUILAR; y AL SUR: ciento cuarenta metros conterreno de UDELIA RODRIGUEZ, JOSE RAUL PONCE GARCIA yROSA ELIA RODRIGUEZ. El dominio del inmueble lo adquirió porcompra que hizo a la señora BERTA SAGRERA DE AVILA, por mediode escritura privada otorgada en la ciudad de San Salvador a las catorcehoras y treinta minutos del día veintiocho de febrero de mil novecientosochenta ante los Oficios Notariales del Licenciado LUIS REYES SAN-TOS, teniendo más de veintitrés años de poseerlo en forma quieta,pacífica, continua e ininterrumpida posesión, haciendo acto de verdade-ro dueño a ciencia y paciencia de vecinos y colindantes no es prediodominante ni sirviente, ni está en proindivisión, no tiene carga dederechos reales, valuando dicho inmueble en la cantidad de TREINTAMIL COLONES exactos, lo que se avisa al público para los efectos de laley, se previene a las personas que desean presentar oposición a laspretensiones del señor SANTIAGO DE JESUS GONZALEZ conocidopor SANTIAGO DE JESUS GONZALEZ MAJANO, lo hagan dentrodel término de ley en mi oficina jurídica, en la dirección descrita alprincipio del presente edicto.
Librado en la ciudad de San Vicente, a las nueve horas del día ochode mayo del año dos mil tres.
FRANCISCA CORALIA CASTILLO DE TRUJILLO,
NOTARIO.
3 v. alt. No. 19001-2
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CA-BAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado la señoraMARIA LUCIA CRUZ DE RODRIGUEZ en su carácter personal, deveintidós años de edad, ama de casa, y de éste domicilio, portador deDocumento Unico de Identidad número cero dos tres cuatro cinco unoseis ocho- seis, solicitando Título Supletorio por ser poseedora de dosinmuebles rústicos, EL PRIMERO, situado en el Cantón Chunte de estajurisdicción, de nueve hectáreas ochenta áreas de superficie, el que mide
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y linda; AL ORIENTE, en ciento veintiún metros, cerco de alambre ypiedra propio de división, con inmueble de ANGEL ZUNIGA; ALNORTE, en cuatrocientos veintiséis metros, líneas de trayectoria enparte rectas y en parte curvas, una zanjuela y cerco de piedra medianerode división, con inmueble de MARIA SALOME, ALFREDO CRUZ,EVARISTO HERNANDEZ e HILDA SOSA; AL PONIENTE, entrescientos ochenta metros, cerco de piedra medianero de división, y alfinal del rumbo también hay una zanjuela de por medio, en principiodicho cerco va en línea recta, luego continúa y termina en forma sinuosa,linda con inmuebles de PEDRO RODRIGUEZ, ARCADIO RODRI-GUEZ y FRANCISCO RODRIGUEZ; AL SUR, trescientos setenta ycuatro metros, en una parte, cerco de alambre y piedra de división, queva por línea irregular, con inmuebles de SANTOS CRUZ y con el deALFREDO ORELLANA; y en otra parte, la Calle que conduce al lugarllamado El Caulote y cerco de alambre propio de división, con inmueblede SANTOS CRUZ y PEDRO RODRIGUEZ. EL SEGUNDO, estásituado en el Cantón San Gregorio de esta jurisdicción, de treinta y treshectáreas sesenta áreas de superficie, el que mide y linda; AL ORIENTE,ochocientos ochenta metros, en una parte hay una zanzuela de división,luego sigue por cerco de alambre y piedra, que en principio es recto yluego es curvo linda con inmueble de JUAN JOSE AMAYA DEL CID;y en otra parte hay cerco de alambre y piedra de por medio, con inmueblede JULIA ALFARO; AL NORTE, en trescientos sesenta y siete metros,cerco de alambre y piedra propio que va en forma sinuosa, de por medio,con inmuebles de INES AMYA, CRISTINO VILLANUEVA e INESAMAYA; AL PONIENTE, en setecientos cuarenta y tres metros, enprincipio hay cerco de alambre y piedra propio de división. Lo hubo porcompra que le hiciere al señor FRANCISCO RODRIGUEZVILLANUEVA, el trece de febrero del corriente año y con la posesiónde su antecesor fue desde el mes de enero de mil novecientos setenta sehace lapso de más de diez años, y los posee en forma quieta, pacífica eininterrumpida, sin proindivisión con terceros. Lo valúa en la cantidad deTREINTA MIL Y CINCUENTA MIL COLONES por su orden.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a lascatorce horas con veinte minutos del día veinticuatro de marzo de dos miltres. Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA. Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SE-CRETARIO.
3 v. alt. No. 19008-2
JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERAINSTANCIA; DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTODE MORAZAN.
HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el LicenciadoHECTOR ARTURO BONILLA CHICAS, como Apoderado GeneralJudicial de la señora PASCUALA GONZALEZ, promoviendo Diligen-cias de Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica situado encaserío Las Crucitas, Cantón Lajitas jurisdicción de Chilanga, Departa-mento de Morazán, de la capacidad superficial de DIEZ MIL SETE-CIENTOS NOVENTA Y OCHO PUNTO CUARENTA Y OCHOMETROS CUADRADOS, equivalentes a UNA MANZANA más CIN-CO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS PUNTO CUA-RENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS, de las medidas y colindanciassiguientes: AL NORTE, colinda con CANDIDA GONZALEZ, cerco dealambre de púa de por medio, con los mojones y distancias siguientes: delmojón siete al ocho, con distancia de dieciocho punto cero un metros; delocho al nueve, con distancia de veinticinco punto cuarenta y cincometros, del nueve al diez, con distancia de veintisiete punto cero seismetros, y del mojón diez al diez “A”, con distancia de diecisiete puntoveintiséis metros; AL PONIENTE: colinda con la señora VIRGINIAGONZALEZ, pero que en el futuro será con JOSE MARTIR GOMEZGONZALEZ, por venta que le hará a éste, con las medidas y mojones
siguientes: del mojón diez “A” al mojón diez “B”, donde se sitúa un árbolde madre cacao con una distancia de sesenta y seis punto cero sietemetros; del mojón diez "B" al mojón diecisiete, con distancia de diecio-cho punto cincuenta y ocho metros; AL SUR: colinda con HILARIOGONZALEZ, cerco de alambre de púa de por medio, con los mojones ymedidas siguientes: del mojón diecisiete al dieciocho con distancia deveintiuno punto treinta y cinco metros; del dieciocho al diecinueve condistancia de veintiocho punto cuarenta y dos metros, del mojón diecinue-ve al uno, con distancia de veintisiete punto once metros; del uno al dos,con distancia de veintiuno punto diez metros; del dos al tres, con distanciade veintinueve punto catorce metros y del mojón tres al cuatro condistancia de treinta y siete punto noventa metros; y AL ORIENTE:colinda con CANDIDA GONZALEZ, cerco de alambre de púa de pormedio, con las medidas y mojones siguientes: del mojón cuatro al cinco,con distancia de treinta y siete punto dieciocho metros; del mojón cincoal seis con distancia de veintinueve metros y del mojón seis al siete condistancia de veintisiete punto setenta metros. Dicho inmueble lo adquirióla señora PASCUALA GONZALEZ, por compra venta que le hiciera enEscritura Pública a la señora VIRGINIA GONZALEZ, en el año dos miluno. Y lo valúa en la cantidad de CINCUENTA MIL COLONES.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a lascatorce horas del día trece de febrero de dos mil tres. Lic. JUANCARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1a. DE LA INSTANCIA. Br.YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 18910-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD, ALPUBLICO ,
HACE SABER: que a esta oficina se presentó el señor MARIOCRISTINO INCLAN ROBREDO, de ochenta y seis años de edad,Abogado, del domicilio de Nueva San Salvador y de la ciudad de SanSalvador, portador del Documento Unico de Identidad Número cero,cero ciento once mil ciento treinta y seis guión siete; quien solicita Títulode propiedad a su favor de UN INMUEBLE de naturaleza Rústica,ubicado en el Cantón Cuntan de esta jurisdicción, de un Area Catastralde DIECISEIS MIL NOVECIENTOS CUATRO PUNTO VEINTIUNOMETROS CUADRADOS, y mide y linda: AL NORTE, en catorcetramos cuyas medidas son: el primero veintiséis punto cincuenta y tresmetros; el segundo, dos punto sesenta y seis metros; el tercero, trescincuenta y tres metros; el cuarto, cincuenta punto ochenta y cincometros; quinto, trece punto veinte metros; sexto, dieciséis metros;séptimo, veinte punto ochenta y cinco metros; octavo, once punto treintay cinco metros; noveno, nueve metros; décimo, once punto setentametros; undécimo, ocho punto cero seis metros; duodécimo, ocho puntosesenta y cinco; décimo tercero, cuatro noventa y cinco metros y décimocuarto, dos punto ochenta metros; con terreno de la Alcaldía Municipalde esta ciudad, calle vecinal de por medio; AL ORIENTE, en línea curvaformada por nueve tramos midiendo: el primero, seis punto cero cincometros; el segundo, diecisiete punto quince metros; el tercero, seis puntocero cinco metros; el cuarto, veintisiete punto quince metros; el quinto,once punto treinta metros; el sexto, ocho metros; el séptimo, diez puntonoventa metros; el octavo, seis punto treinta metros; y el noveno, treintay ocho punto cincuenta y un metros, con propiedad de los señores:ROBERTO RAFAEL MARTINEZ CASTILLO y ADELA DEL TRAN-SITO VEGA, calle vecinal de por medio; AL SUR, en línea formada pornueve tiros que miden: el primero, veintisiete punto ochenta; el segundo,veintiuno punto cuarenta y cinco metros; el tercero, seis punto cuarentay cinco; el cuarto, veinte metros; el quinto, diecinueve punto noventa y
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cinco; el sexto, siete punto treinta; el séptimo, once punto veinte; eloctavo, diecisiete punto ochenta metros; y el noveno, quince puntocincuenta y tres metros; con terreno de ROBERTO RAFAEL MARTI-NEZ CASTILLO, carretera que conduce a Sonsonate de por medio; y ALPONIENTE, en tres tiros que miden: el primero, quince punto noventametros; el segundo, cuarenta y cinco punto setenta metros; y el tercero,veintiuno punto dieciocho metros, lindando con Río o Quebrada Shutiat.El inmueble descrito no es sirviente ni es dominante, es inculto, no tienecargas o derechos reales a favor de otra persona y que deba respetar, noestá en proindivisión con ninguna persona, lo hubo el Titulante PORCOMPRA que hizo al señor EDUARDO ALEJANDRO VEGA, el díanueve de enero de mil novecientos ochenta y cuatro, según EscrituraPública otorgada ante los oficios del Notario JORGE ANTONIO MA-RROQUIN RUGAMAS, unida su posesión material a la de su antecesor,asciende a más de diez años, la cual ha sido de manera continua, quieta,pacífica, de buena fe y sin interrupción, practicando actos de verdaderodueño a ciencia y paciencia de vecinos y colindantes sin impedimentoalguno, lo estima en la suma de CINCO MIL COLONES.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley consiguien-tes.
Alcaldía Municipal de Izalco, once de marzo de dos mil tres.GILBERTO ADOLFO ENRIQUE DE LEON, ALCALDE MUNICI-PAL. JUAN JOSE GUARDADO HENRIQUEZ, SECRETARIO MU-NICIPAL.
3 v. alt. No. 19017-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
AVISA: que a esta oficina se ha presentado la señora IRMAMARGOTH HERNANDEZ DE AYALA, solicitando TITULO DEPROPIEDAD Y DOMINIO, de un LOTE DE TERRENO, de naturalezaurbana, situado en Barrio El Centro de esta ciudad y Distrito, departa-mento de Morazán, de la capacidad superficial de DOSCIENTOSSESENTA Y NUEVE PUNTO CINCUENTA Y CINCO METROSCUADRADOS, que mide: AL ORIENTE, dieciocho metros setentacentímetros, linda con terreno de EVILIA DE GIRON, hoy de LUCIOAMAYA, cerco de alambre propio, AL NORTE, mide catorce metroscon setenta centímetros, linda con terreno de LICIDA VASQUEZ eIglesia Parroquial, calle pública de por medio; AL PONIENTE: dieci-nueve metros con terreno de BERTA ROLDAN, cerco de alambrepropio y AL SUR: trece metros noventa centímetros, con terreno deGREGORIA COLINDRES ALVARADO, cerco de alambre y callepública de por medio. No es predio dominante ni sirviente, no tienecargas reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión. Valúa dicholote en la cantidad de UN MIL CUARENTA Y DOS PUNTO OCHEN-TA Y CINCO DOLARES y lo hubo por derecho hereditario que comosobrina le dejó la señora LIDIA DEL CARMEN RODRIGUEZ, origina-ria de esta ciudad, fallecida en el año de mil novecientos setenta y dos,fecha desde la cual, que unida a la posesión material de su antigua dueñasobrepasan más de veinticinco años consecutivos de posesión quieta,pacífica sin interrupción. Los colindantes son de este domicilio.
Lo que se hace saber al público par los efectos de ley.
Dado en la Alcaldía de Jocoaitique, a los dieciséis días del mes demayo del año dos mil tres. HECTOR ALBERTO HERNANDEZ,ALCALDE MUNICIPAL. IRMA FRANCISCA RODRIGUEZ, SE-CRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. 18937-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
HACE SABER: que a esta oficina ha presentado la señora MER-CEDES DEL CARMEN CISNEROS GUANDIQUE, solicitando a sufavor Título de Dominio de un solar de naturaleza urbana situado enAvenida Cardoza Calle a la Iglesia número doscientos veintidós de laColonia Milagro de La Paz, jurisdicción distrito y departamento de SanMiguel, de la capacidad superficial de QUINIENTOS VEINTINUEVEMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: ALORIENTE, veintitrés metros, con propiedad de LIDIA LOPEZ; ALNORTE, veintitrés metros, con propiedad de LIDIA LOPEZ; AL PO-NIENTE, veintitrés metros, con propiedad de JOSE SEBATIAN GON-ZALEZ GUEVARA; AL SUR, veintitrés metros, calle de por medio, conpropiedad de CESAR ESCOBAR. El inmueble antes descrito no esdominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajenapertenencia, ni está en proindivisión con nadie, y lo adquirió por Comprade Posesión Material que en Escritura Pública hizo el día cuatro de abrilde este año, al señor JUAN RAMON GRANADOS, quien en ese acto erade treinta y un años de edad, panificador, de este domicilio, ante losoficios notariales del Licenciado JAIME ANTONIO CHICAS SAN-CHEZ, posesión que unida a la de su anterior poseedor es por más de diezaños la cual ha sido en forma quieta, pacífica, pública e ininterrumpida;estima el inmueble relacionado en la cantidad de CINCO MIL COLO-NES EXACTOS, los colindantes son todos de este domicilio.
Por lo que se avisa al público par a los efectos de ley.
Alcaldía Municipal: San Miguel, cinco de mayo de dos mil tres.JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. 18902-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el señorDOMINGO MARTINEZ PEÑA, solicitando se extienda a su favor,Título de Propiedad de un predio urbano con su edificación de CIENTONOVENTA Y OCHO METROS VEINTIUN CENTIMETROS CUA-DRADOS de extensión superficial, que en forma quieta y pacíficamenteposee en el punto La Calavera del Barrio Los Desamparados de estaciudad, comprendido dentro de los linderos siguientes: AL ORIENTE,linda con propiedad de MODESTO MEJIA, tapial propio de por medio;AL NORTE, linda con propiedad de SALVADOR RIVAS ESCOBAR,pared de adobes de por medio del colindante; AL PONIENTE, linda conpropiedad de REFUGIO VIDES, calle pública de por medio y AL SUR,linda con propiedad de PEDRO GUERRA, calle pública de por medio.No es dominante ni sirviente. No tiene cargas o derechos reales ni está enproindivisión. Lo hubo por compra a MODESTO MEJIA PORTILLO ylo estima en SETENTA MIL COLONES. Los colindante son de estedomicilio.
Alcaldía Municipal: Ilobasco, a siete de abril de dos mil tres. JOSEMARIA DIMAS CASTELLANOS, ALCALDE MUNICIPAL. MA-NUEL DE J. ZETINO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18921-2
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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
MARINA DE JESUS MARENCO RAMIREZ DE TORRENTO JUEZSEGUNDO DE FAMILIA, SAN SALVADOR, AL PUBLICO
HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a lasdiez horas de este día, en las diligencias de Utilidad y Necesidad paraAutorización de Venta en Pública Subasta, promovida por el AbogadoTOMAS ZELAYA PORTILLO como apoderado de la señora GUADA-LUPE GUARDADO DE OSORIO, de treinta y cuatro años de edad, deOficios Domésticos y del domicilio de esta Ciudad. Representante Legalde los menores LOIDA SARAI y DANIEL EDUARDO, en expedienteClasificado al NUI SS-F2-707-230-02/5 se ha ordenado LA VENTA ENPUBLICA SUBASTA del derecho proindiviso, correspondiente a unveinticinco por ciento, propiedad de cada uno de los menores anterior-mente relacionados, de un inmueble, de naturaleza rural, ubicado en elproyecto punto Las Joyas, Block dos número cuatro, del municipio deCiudad Delgado, Departamento de San Salvador, el cual se encuentraasentado bajo el Sistema de Folio Real, computarizado matrícula M cerocincuenta y uno cero seis ciento catorce asiento número cero cero cerotres del Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de la Sección delCentro; dicha audiencia se realizará a las doce horas del día veintitrés dejunio del corriente año, en la sala de audiencias de este Juzgado.Sirviendo como base para el remate la suma de SETENTA Y DOS MILOCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS colones o su equivalente enDólares Americanos, ello de conformidad con el artículo 230 Inc. 2º delCódigo de Familia. Se aceptarán posturas siendo legales.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de leycorrespondientes.
Librado en el Juzgado Segundo de Familia, San Salvador, a lasonce horas del día dos de junio del año dos mil tres. Lic. MARINA DEJESUS MARENCO RAMIREZ DE TORRENTO, JUEZ SEGUNDODE FAMILIA. Lic. NURIA ELIZABETH SERRANO ALGUERA,SECRETARIA.
3 v. alt. No. 18942-2
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se hapresentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.142221668500 (122901) emitido en Suc. San Benito (Bancasa) el 08 deenero de 1996, por valor original de ¢50,000.00 a un plazo de 90 días, elcual devenga el 17.50% de interés, solicitando la reposición de dichocertificado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso, transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el certificado en referencia.
San Salvador, a los treinta días del mes de mayo de dos mil tres.
RENE HUMBERTO RODRIGUEZ MEJIA,
JEFE SECCION REGISTRO DE OPERACIONES,
SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. 18904-2
AVISO
La Sociedad LICORES CHAPARRON, S.A. DE C.V., COMUNICA:que a sus oficinas ubicadas en Ochenta y Siete Avenida Norte, Númerosetecientos veinte, Colonia Escalón, San Salvador, se ha presentado elpropietario del Certificado de Acciones Número DOS, que amparacincuenta mil acciones emitidas por esta Sociedad, solicitando la repo-sición de dicho certificado de acciones.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al públicoen general para los efectos legales del caso.
Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de esteaviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer elcertificado en referencia.
San Salvador, siete de mayo de dos mil tres.
RICARDO ARMANDO BUSTILLO,
DIRECTOR SECRETARIO,
LICORES CHAPARRON, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. 18930-2
AVISO
La Sociedad TORREFACTORA CHAPARRASTIQUE, S.A. DE C. V.,COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas en Ochenta y Siete AvenidaNorte, Número setecientos veinte, Colonia Escalón, San Salvador, se hapresentado el propietario del Certificado de Acciones Número DOS, queampara cien mil acciones emitidas por esta Sociedad, solicitando lareposición de dicho certificado de acciones.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al públicoen general para los efectos legales del caso.
Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de esteaviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer elcertificado en referencia.
San Salvador, siete de mayo de dos mil tres.
RICARDO ARMANDO BUSTILLO,
DIRECTOR SECRETARIO,
TORREFACTORA CHAPARRASTIQUE, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. 18931-2
AVISO
La Sociedad DESTILERIA VICTORIA, S.A. DE C.V., COMUNICA:que a sus oficinas ubicadas en Ochenta y Siete Avenida Norte, Númerosetecientos veinte, Colonia Escalón, San Salvador, se ha presentado elpropietario del Certificado de Acciones Número TRES, que amparanovecientas mil acciones emitidas por esta Sociedad, solicitando lareposición de dicho certificado de acciones.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al públicoen general para los efectos legales del caso.
Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de esteaviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer elcertificado en referencia.
San Salvador, siete de mayo de dos mil tres.
RICARDO ARMANDO BUSTILLO,
DIRECTOR SECRETARIO,
DESTILERIA VICTORIA, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. 18932-2
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se hapresentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.51601012145 (279781) emitido en Suc. Unicentro el 26 de noviembre de2001, por valor original de $6,857.14 a un plazo de 3 meses, el cualdevenga el 3.75% de interés solicitando la reposición de dicho certifica-do por habérsele extraviado.
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En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso; transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el Certificado en referencia.
San Salvador, a los treinta días del mes de mayo de dos mil tres.
RENE HUMBERTO RODRIGUEZ MEJIA,
JEFE SECCION REGISTRO DE OPERACIONES,
SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. 18899-2
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO S.A. comunica que a sus oficinas se hapresentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.142129205700 (87627) emitido en Suc. Santa Tecla (Bancasa) el 10 dejunio de 1993, por valor original de ¢17,360.00 a un plazo de 60 días, elcual devenga el 16.50% de interés, solicitando la reposición de dichocerficado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso, transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el certificado en referencia.
San Salvador, a los treinta días del mes de mayo de dos mil tres.
RENE HUMBERTO RODRIGUEZ MEJIA,
JEFE SECCION REGISTRO DE OPERACIONES,
SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. 18898-2
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO S.A. comunica que a sus oficinas se hapresentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.22601036520 (238576) emitido en Suc. Jardín el 02 de mayo de 2001,por valor original de $1,714.29 a un plazo de 4 meses, el cual devenga el5.25% de interés, solicitando la reposición de dicho certificado porhabérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso; transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el certificado en referencia.
San Salvador, a los treinta días del mes de mayo de dos mil tres.
RENE HUMBERTO RODRIGUEZ MEJIA,
JEFE SECCION REGISTRO DE OPERACIONES,
SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. 18896-2
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se hapresentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.22601047514 (76697) emitido en Suc. Jardín el 27 de mayo de 2002, porvalor original de $12,482.86 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el3.30% de interés, solicitando la reposición de dicho certificado porhabérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso, transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el certificado en referencia.
San Salvador, a los treinta días del mes de mayo de dos mil tres.
RENE HUMBERTO RODRIGUEZ MEJIA,
JEFE SECCION REGISTRO DE OPERACIONES,
SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. 18897-2
AVISO
El BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S. A. , comunica quea nuestra agencia se ha presentado el (los) propietario (s) del certificadode depósito a plazo número 371391 emitido en agencia SAN MIGUELCENTRO, el día NUEVE del mes de JULIO del año 2002, por unacantidad de $1,578.00 a un plazo de 360 DIAS , solicitando la reposiciónde dicho certificado, por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico en general para los efectos legales del caso.
Transcurridos treinta días después de la sexta publicación de esteAVISO si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer elcertificado en referencia.
En la ciudad de SAN MIGUEL ALOS DIECISEIS días del mes demayo de dos mil tres.
JOSE GERMAN OSORIO,
GERENTE AGENCIA.
3 v. alt. No. 18995-2
AVISO
El infrascrito Director Secretario de la Junta Directiva de ESTADIOSDEPORTIVOS DE EL SALVADOR S.A. DE C.V. (EDESSA DEC.V.), para los efectos legales correspondientes, hace del conocimientodel público que a nuestras oficinas se ha presentado el Sr. RICARDOANTONIO PADILLA hijo, solicitando reposición; por haberse extra-viado, el certificado número 877, inscrito en el folio 040, del LibroNúmero DOS de accionistas de esta Sociedad, por una acción, con valornominal de ¢ 60,000.00 a nombre de “DISTRIBUIDORA JAGUAR,S.A. DE C.V.”, la reposición solicitada se hace en base a lo prescrito enel Artículo 932 del Código de Comercio.
San Salvador, 2 de junio de 2003.
Dr. JORGE ALBERTO HUETE,
DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19022-2
AVISO
EL BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A., Comunicaque a nuestra Agencia SONSONATE CENTRO, se ha presentado elpropietario del certificado de depósito a plazo fijo, resguardo N° 385184emitido el día 08 de marzo de 2003, por la cantidad de $1,000.00 a unplazo de 90 días, solicitando la reposición de dicho certificado, porhaberse extraviado.
En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento delpúblico en general para los efectos legales del caso.
Transcurridos 30 días de la tercera publicación de este AVISO, sino hubiere ninguna oposición se procederá a reponer el certificado enreferencia.
SONSONATE, A LOS 26 DIAS DEL MES DE MAYO DEL 2003.
Lic. JACQUELINE RIVAS DE PINEDA,
GERENTE AG. SONSONATE CENTRO.
3 v. alt. No. 19030-2
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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
AVISO
Para los efectos de ley, se hace del conocimiento público: que en JuntaGeneral Extraordinaria, celebrada en la ciudad de Nueva San Salvadorel día veintisiete de mayo del año dos mil tres, la SociedadDISTRIBUIDORA CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-PITAL, VARIABLE, de este domicilio, cuya denominación se abrevia:DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, S.A. DE C.V., por unanimidadacordó AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL MINIMO a la suma deCUATRO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y UN MILTRESCIENTOS COLONES y modificar en tal sentido la cláusula quintade su pacto social.
Lo que se hace saber al público, para los efectos legales consiguien-tes.
Nueva San Salvador, veintiocho de mayo de dos mil tres.
MARIO GUILLERMO KOCH ESCOBAR,
TERCER DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18957-2
AVISO
CENTRAL AMERICAN CUTTING CENTER EL SALVADOR, SO-CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria de Accionis-tas, celebrada a las ocho horas del día veintidós de abril de dos mil tres,se acordó aumentar el Capital Social Mínimo de la Sociedad, en la sumade DOS MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS COLO-NES, equivalentes a DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUI-NIENTOS SETENTA Y UN DOLARES CUARENTA Y TRES CEN-TAVOS, para que en lo sucesivo el capital social sea de CUATROMILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL COLO-NES, equivalentes a QUINIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOSVEINTIOCHO DOLARES CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS, delos cuales DOS MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MILQUINIENTOS COLONES equivalentes a DOSCIENTOS CINCUEN-TA MIL DOLARES corresponden su capital mínimo y DOS MILLO-NES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS COLO-NES, equivalentes a DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL CUATRO-CIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CINCUENTA Y SIETE CEN-TAVOS, corresponden al capital variable.
Lo anterior se hace saber para los efectos de ley.
San Salvador, 22 de abril de 2003
JOSE CARLOS ERNESTO POLA JEREZ,
SECRETARIO DE LA JUNTA.
3 v. alt. No. 18981-2
No. de Exp.: 2003031527
No. de Pres.: 20030036053
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado GUSTAVONAPOLEON CHAVEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGALde IC CONSULTORIA S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADORE-ÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras I.C. CONSULTORIA y diseño, queservirá para: IDENTIFICAR: UNA EMPRESA DE SERVICIO DEDI-CADA A SERVICIOS DE INGENIERIA, CONSULTORIA Y PRO-YECTOS, UBICADA EN FINAL 21 A. NORTE Y AUTOPISTANORTE, EDIFICIOS TEQUENDAMA, LOCAL 10-2, COL. LAYCO,SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos miltres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, cuatro de abril del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19027-2
No. de Exp.: 2003030561
No. de Pres.: 20030034287
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAFAELARISTIDES CIENFUEGOS VILLAVICENCIO, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registrodel NOMBRE COMERCIAL,
PROACTIVA
Consistente en: la palabra PROACTIVA, escrita en letras demolde, mayúsculas, color negro y sin diseño en especial, que servirápara: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO UBICADO EN CON-DOMINIO RESIDENCIAL VISTA DEL CARMEN, EDIFICIO LOSBAMBUES, APARTAMENTO UNO-B, SAN SALVADOR, DEPAR-TAMENTO DE SAN SALVADOR.
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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos miltres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, quince de mayo del año dos mil tres.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19024-2
No. de Exp.: 2002028140No. de Pres.: 20020030046EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado PATRICIAVICTORIA REY ESCALANTE, en su calidad de APODERADO ES-PECIAL de GUILLERMO JOSE VELASQUEZ GUZMAN, de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE CO-MERCIAL,
Consistente en: la palabra Farmacia Limeña, y diseño, que servirápara: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DE-DICADO A VENTA DE ARTICULOS FARMACEUTICOS, UBICA-DO EN CALLE AL MIRADOR Y AVENIDA MASFERRER, NUME-RO CATORCE MIL CIENTO DIECISEIS, FRENTE A REDONDELEX-LUZEIRO, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día siete de octubre del año dos mildos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil tres.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18950-2
Clase: 05No. de Exp.: 2002029114No. de Pres.: 20020031631EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WYETH,de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
BONISARA
Consistente en: la palabra BONISARA.La solicitud fue presentada el día veintidós de noviembre del año
dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, cinco de mayo del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18915-2
Clase: 05No. de Exp.: 1956004427No. de Pres.: 19960005290LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN FRAN-CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE, conocido por JUANFRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO,del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS ARSAL,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:LABORATORIOS ARSAL, S.A. DE C.V., del domicilio de SANSALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENO-VACION, para la Inscripción Número 04427 del Libro 00021, deREGISTRO DE MARCAS, Consistente en: la palabra “PARASITIN”;que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la ClasificaciónInternacional de Niza.
Lo que hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, a los once días del mes de febrero del año dos mil tres.
Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.
JUANA LETICIA VILLATORO,SECRETARIA.
3 v. alt. No. 18924-2
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este MunicipioJudicial,
HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a lasnueve horas del día veintiocho de abril de dos mil tres. Se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intes-tada que a su defunción ocurrida el día veintinueve de diciembre de milnovecientos noventa y cinco, en esta ciudad de San Marcos, su últimodomicilio, dejó el señor JUAN ANTONIO HUEZO, de parte de sucónyuge sobreviviente, señora ELIA MARTINEZ DE HUEZO, conoci-da por ELIA MARTINEZ y ELIA MARTINEZ INOCENTE; y de suhijo JUAN ROBERTO HUEZO MARTINEZ. Se ha conferido a lossolicitantes la administración y representación interina de la sucesióncon las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención paraque transcurridos el término de quince días contados a partir desde elsiguiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este Tribunala hacer uso de sus derechos.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.Librado en el Juzgado de lo Civil: ciudad de San Marcos, Depar-
tamento de San Salvador, a las diez horas del día cinco de mayo del añodos mil tres.- Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LOCIVIL. Lic. IRMA ELENA DOÑAN BELLOSO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 16388-2
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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.DAZA HERRERA, S.A. DE C.V. En liquidación
Balance Final de Liquidación al 30 de noviembre de 2001
ACTIVO PASIVO Y PATRIMONIO
OTROS ACTIVOS CIRCULANTE
Déficit Documentos por Pagar $ 13,628.45
Déficit de Ejercicios Anteriores $ 36,777.55
Déficit Acumulado del Presente Ejercicio 538.59 $ 37,316.14
CAPITAL CONTABLE
Capital Social $ 22,857.14
Reserva Legal 830.55 23,687.69
Total Activo $ 37,316.14 Total Pasivo y Patrimonio $ 37,316.14
Patrimonio neto que corresponde a cada acción
es de ($6.814225) sobre 2,000 acciones.
El presente estado financiero ha sido
preparado para propósitos legales, y las
cifras arriba mostradas están de acuerdo
a los registros contables.
Félix Antonio Daza Rivas, Anaité Herrera Trigueros de Daza, José Roberto Gallardo, Ricardo Alejandro Crespín Quintanilla,
Representante Legal, Liquidador, Auditor Externo Contador.
Liquidador. Inscripción No. 203.
3 v. alt. No. 18988-2
CARLOS ALBERTO GALAN, Notario, de este domicilio, con Oficina
Jurídica ubicada en Diecinueve Avenida Norte, número Mil trescientos
diecinueve, entre Veintitrés y Veinticinco Calle Poniente, Colonia
Layco, de la ciudad de San Salvador,
HACE SABER: que por Resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día uno de octubre de dos mil dos, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia
Intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Mejicanos,
departamento de San Salvador, el día nueve de junio de dos mil dos, dejó
el señor PEDRO JOAQUIN PORTILLO SANTOS, conocido por PE-
DRO JOAQUlN PORTILLO y por JOAQUlN PORTILLO SANTOS,
de parte de la señora FREDESVINDA PEÑATE DE PORTILLO, en
concepto de cónyuge sobreviviente del causante; habiéndosele conferido
al administración y representación interina de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. En
consecuencia, por este medio se cita a todas las personas que se crean con
derecho a la referida herencia, para que se representen a la referida
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la Oficina del Notario CARLOS ALBERTO GALAN,
San Salvador, a los quince días del mes de octubre de dos mil dos.
CARLOS ALBERTO GALAN,
NOTARIO.
3 v. c. No. 19084-2
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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
MANUEL FRANCISCO CARDONA, Notario, de este domicilio, conOficina situada en Séptima Avenida Norte, Condominio Centro deGobierno, Tercera Planta, Local número treinta y cuatro, de esta ciudad,
HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las nueve horas del día veinticuatro de mayo del presente año, se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de Sonsonate,departamento de Sonsonate, su último domicilio, el día doce de julio delaño dos mil dos, dejó el señor MAURICIO GONZALEZ conocido porMAURICIO GONZALEZ SASSO, MAURICIO SASSO GONZALEZy por MAURICIO S. GONZALEZ, de parte del señor JAIMEADALBERTO GONZALEZ en su carácter de Apoderado de losseñores: KATHLEEN HOGUE GONZALEZ, CARLOS ANTONIOGONZALEZ, JAIME MAURICIO RAFAEL GONZALEZ y COLLEENMELINDA GONZALEZ, habiéndosele conferido la administración yrepresentación interina de la sucesión con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente.
Cita por este medio, a todos los que se crean con derecho a laherencia antes referida para que se presenten a esta oficina a deducirlo enel término de quince días, contados desde el siguiente a la últimapublicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario MANUEL FRANCISCO CAR-DONA, San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil tres.
MANUEL FRANCISCO CARDONA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. 18510-3
ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, Juez de lo Civil de laciudad de Soyapango,
AVISA: que por resolución proveída en este Tribunal, a las oncehoras veinte minutos del día siete de abril de este año, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la sucesión intes-tada que a su defunción dejó el causante JUAN JOSE ROBERTOMIRANDA, conocido por ROBERTO MIRANDA, de setenta y ochoaños de edad, Técnico oficinista, casado, originario de Ilobasco, salva-doreño, con último domicilio en Soyapango, hijo de EMILIA MIRAN-DA, quien falleció el treinta y uno de diciembre de dos mil uno; a laseñora AGUSTINA DOMINGUEZ DE MIRANDA, en calidad decónyuge sobreviviente. Confiérese a la aceptante la administración yrepresentación interina de la sucesión intestada, con las facultades yrestricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que sepresenten a este Tribunal, dentro del término de ley a deducir susderechos.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horasdel día siete de abril de dos mil tres. Licda. ELSA IRMA GONZALEZDE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA ESTELASORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 18524-3
MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: que por resolución de las doce horas y cincuentaminutos del día cinco de mayo del año dos mil tres; se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testa-mentaria que a su defunción dejó la señora ISABEL FLORES SAN-CHEZ viuda DE MARTINEZ, quien falleció a las veintidós horas del díauno de febrero del año dos mil tres, en la Colonia Brisas del Eden de SanMiguel, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte de la señoraANAGIL MARTINEZ FLORES DE GOMEZ, conocida por ANAGILMARTINEZ DE GOMEZ, en concepto de heredera testamentaria de lacausante. Y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antes indicado,la administración y representación interina de la sucesión, con lasfacultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las trecehoras y cincuenta minutos del día cinco de mayo del año dos mil tres.-Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRE-TARIA.
3 v. alt. No. 18550-3
MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: que por resolución de las diez horas del día catorcede mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó laseñora FELICIANA FUENTES HERNANDEZ DE MELENDEZ, co-nocida por FELICIANA FUENTES, quien falleció el día veinte defebrero del dos mil tres, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de estaciudad, siendo éste su último domicilio; de parte de la señora MARTAELSY MELENDEZ DE ALVAREZ, de cuarenta y ocho años de edad,de oficios domésticos, de este domicilio, en concepto de hija de lacausante y como cesionaria del derecho hereditario que como hija de lacausante le correspondía a la señora MARIA DEL ROSARIO MELEN-DEZ FUENTES; y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antesindicado la administración y representación interina de la sucesión, conlas facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley.Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SE-GUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SE-CRETARIA.
3 v. alt. No. 18573-3
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: que por resolución pronunciada a las once horasdel día tres de diciembre de dos mil dos, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario de parte de los señoresCARLOS RENE GUTIERREZ ABDALA conocido por CARLOSRENE GUTIERREZ MARTINEZ, y ROBERTO EDMUNDO GUTIE-RREZ ABDALA , la herencia Testamentaria del causante señor RENE
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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
ANTONIO GUTIERREZ QUEZADA conocido por RENE GUTIE-RREZ QUEZADA, quien falleció en esta ciudad, su último domicilio, eldía uno de abril de dos mil uno; en concepto de herederos testamentarios.
Confiérase a los aceptantes la administración y representacióninterinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadoresde la herencia yacente.
Y CITA: a los que se crean con mejor derecho a la herencia referidapara que se presenten en el término de ley, a hacer uso de sus derechosen la sucesión.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las ochohoras del día dieciséis de noviembre de dos mil dos. Dr. DARIOVILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic.VICTOR ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18583-3
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOSEFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que por resolución de las diez horas y treintaminutos del día veintitrés del corriente mes y año, se tuvo por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la HERENCIA INTESTA-DA de los bienes que a su defunción dejó el causante señor MELECIOCRUZ, quien falleció en Ayutuxtepeque de esta jurisdicción, el díaveintinueve de enero de mil novecientos veintisiete; siendo su últimodomicilio la ciudad de Ayutuxtepeque; por parte del señor JOSE ANTO-NIO HERNANDEZ BORJA, en su concepto de cesionario de losderechos hereditarios que en esta sucesión le correspondían al señorPEDRO CRUZ VENTURA, en su concepto de hijo del de cujus.Habiéndosele conferido al aceptante en el concepto antes indicado, laADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS DE LASUCESION con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.
Y CITA: a todas las personas que se crean con derecho a la presenteherencia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo dentro deltérmino de quince días contados a partir del día siguiente al de la últimapublicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las diez horas ycincuenta minutos del día veintitrés de abril de dos mil tres. Lic. JOSEHUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. YANIRAMARGARITA GAVIDIA RIVERA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18584-3
MARIA MARTA MARTINEZ DE ARGUMEDO, Notario, de estedomicilio, con oficina en Reparto Los Heroes, Calle Gabriel Rosalesnúmero ciento cincuenta uno, San Salvador,
HACE SABER: que por resolución de la Suscrita proveída a lasocho horas del día dos de junio del año en curso, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada, delseñor JUAN BOLAYNES, que a su defunción ocurrida en Narcross,Gwinnett, Georgia, Estados Unidos de América, siendo esta ciudad yGeorgia, Estados Unidos de América, el lugar de su último domicilio, eldía veinticuatro de julio de dos mil uno, de parte de la señora MARIAZOILA RAMOS, o ZOILA RAMOS, en su calidad de cónyuge sobrevi-
viente, DEL CAUSANTE, habiéndosele conferido la administración yrepresentación interinas de la sucesión, con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público para efectos de ley, por tres veces y dadoen la oficina de la Notario MARIA MARTA MARTINEZ DEARGUMEDO, San Salvador, a dos de junio de dos mil tres.
MARIA MARTA MARTINEZ DE ARGUMEDO,
NOTARIO.
3 v. alt. No. 18619-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL: al público para los efectos deley,
HACE SABER: que por resolución de las once horas y quinceminutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario la herencia intestada que dejó al fallecer laseñora: JUANA ANTONIA CONTRERAS ARGUETA DE MOREIRA,conocida por JUANA ANTONIA CONTRERAS DE MOREIRA y porJUANA CONTRERAS, el día seis de junio de mil novecientos noventay dos, en la ciudad de Richmond, Estado de Virginia, de los EstadosUnidos de América; siendo su último domicilio la ciudad de Usulután, departe del señor: JOSE RICARDO CONTRERAS, conocido por JOSERICARDO MOREIRA CONTRERAS y por JOSE RICARDO CON-TRERAS MOREIRA, en calidad de hijo de la causante.- Confiriéndoleal aceptante dicho la administración y representación interina de dichasucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herenciayacente.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que sepresenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercerapublicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintiséis días delmes de julio del dos mil dos. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DELO CIVIL.- Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SE-CRETARIA.
3 v. alt. No. 18616-3
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIADE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: que por resolución proveída en este Juzgado a lasdoce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó laseñora CLEMENCIA ZELAYA, quien fuera de setenta y siete años deedad, soltera, de oficios domésticos, originaria y del domicilio de NuevaGranada, hija de TRANSITO ZELAYA y de ROSA RODRIGUEZ, deNacionalidad Salvadoreña; falleció aquella a la una hora del tres de juniodel año dos mil uno, en el Cantón Carrizal, Jurisdicción de NuevaGranada, siendo éste su último domicilio; de parte del señor FELIXADRIAN GUZMAN, en su carácter de CESIONARIO de los derechoshereditarios que le correspondían al señor NARCISO ZELAYA CAM-POS, éste en concepto de hijo del causante. Confiéresele al aceptantedeclarado en el carácter aludido, la administración y representacióninterina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadoresde la herencia yacente.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, paraque se presenten a deducirlo dentro del término de quince días, a partirdel siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley.
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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las quincehoras del día diecinueve de marzo del año dos mil tres. Lic. OSCARNEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic.RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18632-3
OSCAR DEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIADEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA,
HACE SABER: que por resolución proveída en este Juzgado, a lasnueve horas del día dieciocho de marzo del año dos mil tres, se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herenciaintestada que a su defunción dejó el señor EULALIO CORTEZ, quienfue de setenta y tres años de edad, soltero, jornalero, originario deEstanzuelas, departamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña,quien falleció el día veintiocho de febrero del año dos mil dos, siendo suúltimo domicilio la ciudad de Nueva Granada; de parte del señor JOSEFELIX GUZMAN, en su calidad de hijo del causante. Confiérese alheredero declarado en el carácter indicado la administración y represen-tación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.
Y CITA: a los que se crean con derecho alguno a la herenciareferida, para que se presenten a deducirla dentro del término de quincedías, a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las nuevehoras con treinta minutos del día dieciocho de marzo del año dos mil tres.Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ 1ra. INSTANCIA.- Lic.RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18629-3
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DEPRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al públicopara los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las quince horas del díadieciséis de agosto del corriente año, se ha tenido por aceptada expresa-mente y con beneficio de inventario la herencia Ab-intestato, de losbienes que a su defunción dejó el causante LAZARO VILLALTA,conocido por LAZARO DE JESUS VILLALTA, y por LAZAROVILLALTA VILLALTA; quien falleció a las veintidós horas y treintaminutos del día seis de agosto de mil novecientos ochenta y seis; en elBarrio San José de esta ciudad su último domicilio, de parte de BER-NARDO ERNESTO NIETO VILLALTA, conocido por BERNARDOERNESTO NIETO, en calidad de cesionario de los derechos hereditariosque correspondían a la señora CELIA BERTILA DOLORES HERNAN-DEZ DE VILLALTA, conocida por CELIA BERTILA DOLORESHERNANDEZ, y por CELIA DOLORES HERNANDEZ, como cónyu-ge sobreviviente del causante; a quien se le confiere la administración yrepresentación interina de la sucesión, con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que dentrodel término de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de susderechos, que se pone en conocimiento del público, para los efectoslegales consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito: Berlín, alas quince horas del día dieciocho de agosto del año dos mil dos. Lic.MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DEPRIMERA INSTANCIA.- Br. ANA MARGARITA BERMUDEZ DEHENRIQUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18628-3
Clase: 32No. de Exp.: 1992004223No. de Pres.: 19920004223
EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ROBERTO
ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de BON APPETIT,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:BON APPETIT, S.A. DE C.V. de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:
Consistente en: la palabra "Petit" escrito en letras de molde carac-terísticas de color blanco, siendo sólo la letra inicial P mayúscula y lasdemás minúsculas, lo anterior se encuentra dentro de un óvalo horizontalde color negro, estando este último delineado por una delgada líneablanca y siendo ésta a la vez, delineada por una delgada línea color negro.
La solicitud fue presentada el día catorce de diciembre del año milnovecientos noventa y dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil tres.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 19714-3
MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERODE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: al público para los efectos de ley que en el JuicioEjecutivo Mercantil promovido por FONDO DE FINANCIAMIENTOY GARANTIA PARA LA PEQUEÑA EMPRESA, (FIGAPE), contralos señores JORGE ARGUELLO LOPEZ, conocido por JORGE LO-PEZ, JORGE ALBERTO ARGUELLO PEÑA, SANDRA ELIZABE-TH ARGUELLO PEÑA, ahora DE MAGAÑA, y OSCAR DAVIDARGUELLO PEÑA, reclamándoles cantidad de colones y accesorios deley se venderá en pública subasta en este Tribunal en fecha que oportu-namente se determinará, el bien inmueble embargado siguiente: Un solarUrbano y casa marcado con el número veinticinco, tipo T-uno-A delCentro Urbano Santa Lucia de la jurisdicción de Ilopango, de estedepartamento, solar que es de CIEN METROS CUADRADOS YOCHENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS de extensión su-perficial, siendo lo construido de una superficie de cuarenta y tres metrosochenta y siete decímetros cuadrados y que a partir de su vértice Norestemide y linda: AL NORTE, ocho metros cincuenta centímetros con áreadestinada para zona verde, pasaje “A” de cinco metros de ancho de pormedio, AL ORIENTE, once metros ochenta y seis centímetros con casanúmero veintitrés, tipo T-uno-A, del pasaje “A”, AL SUR, ocho metroscincuenta centímetros, con casa número veintiséis tipo T-uno-A, delpasaje “B” y AL PONIENTE, con casa numero veintisiete tipo T-uno-Adel pasaje “A” once metros ochenta y seis centímetros. Todos los solaresy casas colindantes son del tipo uno-A, de la misma colonia, las cualesson o han sido de propiedad del INSTITUTO. El lote descrito es parte deun terreno antes rústico hoy urbano, situado en la jurisdicción deIlopango, en donde está construida la Colonia Santa Lucia, inscrito enel Registro de la Propiedad Raíz de este departamento, a favor de losejecutados al número CUARENTA Y UNO del Libro DOS MIL SEIS-CIENTOS OCHENTA Y SEIS de propiedad de este Departamento.
Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a lasnueve horas y cuarenta minutos del día ocho de abril de dos mil tres.- Lic.MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERODE LO MERCANTIL. Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18551-3
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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARALOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que por ejecución seguida en este Juzgado, por laseñora BLANCA ESTELA ALARCON ACEVEDO, por medio de suApoderado General Judicial, Doctor SALVADOR ROMAN CHAVEZDURAN, contra los señores LUIS ALFONSO MAGAÑA ESTRADA yADIEL POLANCO FLORES; reclamándoles cantidad de dinero adeu-dada y accesorios; se venderá en este Juzgado, en fecha que después sedará a conocer, en pública subasta y en el mejor postor, un derechoproindiviso equivalente a un medio de un quinto de un entero, que radicaen el resto de un lote de terreno rústico, situado en los CantonesRanchador y Ayuta de esta jurisdicción, que tiene una extensión super-ficial de CUARENTA Y NUEVE HECTAREAS, TREINTA Y TRESAREAS, VEINTISIETE CENTIAREAS, CUATRO DECIMETROSCUADRADOS, con los linderos especiales siguientes: AL ORIENTE,con porciones segregadas y vendidas a RECAREDO ALFREDO SEVI-LLANO y MANUEL ALFONSO BAÑOS DIAZ; AL SUR, con unaparte con la Finca Nacional Zacarías; y por otra parte porción segregaday vendida a MARIA ANTONIA ORELLANA, hoy de ROBERTOMARTIN GARCIA; AL PONIENTE, con terreno de DAGLIO y Com-pañía que antes fue de ELY REGALADO DE ALVARADO; conpropiedad de BENJAMIN SERPAS RIVAS, que antes fue del BancoHipotecario de El Salvador, con terrenos del mismo señor BENJAMINSERPAS RIVAS, que antes fueron del Banco Hipotecario de El Salva-dor, camino de servidumbre de por medio, abierto en terreno de la FincaGranada y con terreno de DAGLIO y Compañía, que antes fueron deELY REGALADO DE ALVARADO; y al NORTE, con terreno deGRACIELA BOLAÑOS y del Doctor ALFREDO VALIENTE AR-GUETA, que antes fueron del Banco Hipotecario de El Salvador. Estágravado con servidumbre a favor de CEL, al número OCHENTA YOCHO, Tomo SEISCIENTOS VEINTINUEVE, del Registro de laPropiedad de este Departamento. Inscrito a favor de los señores LUISALBERTO MAGAÑA ESTRADA y ADIEL POLANCO FLORES alos números DIECINUEVE y VEINTE del Libro DOS MIL DOSCIEN-TOS VEINTICUATRO, del Registro de la Propiedad de esta ciudad; yle afecta el gravamen de PRIMERA HIPOTECA a favor de la señoraBLANCA ESTELA ALARCON ACEVEDO, inscrita al número CUA-RENTA Y CINCO del Libro UN MIL CUATROCIENTOS UNO deHipotecas de este Departamento. Quien quiera hacer posturas queocurra, que se le admitirá siendo legal.
LIBRADO en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a lasquince horas treinta minutos del día diez de abril de dos mil tres. Dr.RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. 18537-3
MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL; AL PUBLICO EN GENERAL PARALOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL SUMARIO DE PARTI-CION, promovido inicialmente por el Abogado JOSE MILTON APA-RICIO VILLACORTA y continuado por el Abogado MAURICIOJAVIER ALARCON JOVEL, como Apoderados del señor SALVA-DOR POMPILIO LOPEZ CUBIAS, contra los señores RICARDOMAURICIO LOPEZ CUBIAS y MARIA CECILIA CUBIAS, y paraefectos de ley transcribo la Descripción Técnica del Inmueble queliteralmente dice: “Un inmueble de naturaleza urbana, situado en lasafueras del Barrio San José de esta ciudad, contiguo a la antigua finca LaEsperanza, conocida hoy por Barrio La Esperanza, identificado en suantecedente así: Un inmueble situado en el Barrio La Esperanza de estaciudad, hoy urbano, de doscientos cuarenticuatro metros cuadrados
cincuenta decímetros cuadrados, dentro de las medidas y linderos si-guientes: al NORTE, ocho metros cuarenta centímetros, con la proyec-tada prolongación de la Veinticinco Calle Oriente de por medio, quedan-do al otro lado lotes de Salvador Iglesias y MANUEL CABRALES, antesdel Doctor GUSTAVO MAGAÑA MENENDEZ; al SUR, en ochometros setenta centímetros con pasaje de servidumbre de un metro deancho de por medio, con lotes arrendados a MILAGRO LOPEZ yALFREDO CAMPOS y señora, estos lotes son de propiedad delmencionado Doctor MAGAÑA MENENDEZ: al ORIENTE, en veinti-nueve metros veinte centímetros, con lote de BENIGNO GUARDADO,antes del Doctor MAGAÑA MENENDEZ: y al PONIENTE, en lamisma medida del Oriente, con lotes arrendados a VICENTE SAN-CHEZ AMAYA, los lotes colindantes en todos sus rumbos son o han sidode propiedad del Doctor GUSTAVO MAGAÑA MENENDEZ”. ElInmueble antes mencionado se encuentra inscrito a favor de los señoresSALVADOR POMPILIO LOPEZ CUBIAS, RICARDO MAURICIOLOPEZ CUBIAS y MARIA CECILIA CUBIAS, bajo el Asiento Núme-ro CERO CERO CERO CUATRO Y CERO CERO CERO TRES, de lamatrícula Número M CERO CINCO UNO CINCO DOS SEIS CEROTRES del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la PrimeraSección del Centro, de este Departamento. Dicho Inmueble se valúa porla cantidad de QUINIENTOS MIL COLONES, sirviendo como basepara el remate las dos terceras partes de dicho Valúo, o sea por la cantidadde TREINTA Y OCHO MIL NOVENTA Y CINCO DOLARES CONVEINTICUATRO CENTAVOS, equivalentes a TREINTA Y TRESMIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES COLONES CON TREINTAY CINCO CENTAVOS.
Se admitirán posturas siendo éstas legales.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las diezhoras y cinco minutos del día ocho de mayo del año dos mil tres. MARIOAGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. JOSEDANILO ESCOBAR MIRANDA, SECRETARIO Into.
3 v. alt. No. 18542-3
MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERODE LO MERCANTIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: al público para los efectos de ley, que en el JuicioEjecutivo Mercantil promovido por BANCO AGRICOLA, SOCIEDADANONIMA contra el señor LELIS UBERTO VELASQUEZ conocidopor LELIS UBERTO VELASQUEZ JIMENEZ, reclamándole cantidadde colones y accesorios de ley, se venderá en Pública Subasta en esteTribunal en fecha que oportunamente se determinará, los bienes inmue-bles embargados siguientes: “Dos terrenos de naturaleza rústica, situa-dos en la carretera que conduce a Cutuco y esquina que va al balneariode Playitas, departamento de La Unión: 1) Una porción de terreno de lacapacidad superficial de CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA YUNO PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS equivalentes aOCHO MIL VARAS CUADRADAS, con la descripción técnica si-guiente: Partiendo en sentido de las agujas del reloj y del vértice entreLEONCIA MEJIA DE ABREGO, ALBERTO ABREGO yFENADESAL, vértice esquinero con el mojón número doce al mojónnúmero trece veinte punto cincuenta metros rumbo Norte de setenta ynueve grados cuarenta y un minutos Este, linda con propiedad deFENADESAL, calle pavimentada de por medio, partiendo del mojóntrece al mojón catorce mide cuatro punto treinta metros rumbo Norteochenta y dos grados quince minutos Este, linda con propiedad deFENADESAL calle pavimentada de por medio. Partiendo del mojóncatorce al mojón catorce prima cinco metros Norte, cincuenta y sietegrados cero minutos Este, linda con FENADESAL, calle de por medio;del mojón catorce prima al mojón número seis prima setenta y uno punto
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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
setenta metros Norte treinta y ocho grados, cero minutos Oeste linda conel Ingeniero VICTOR EDILTRUDIS MARTINEZ GARCILAZO; delmojón seis prima al mojón siete veintiuno punto setenta y cinco metrosrumbo Sur setenta y ocho grados, quince minutos Oeste, linda con elseñor RICARDO ESPINAL. Partiendo del mojón siete al mojón Ochonoventa y cuatro punto setenta y cinco metros, rumbo Norte noventagrados cero minutos Oeste, linda con propiedad del señor RICARDOESPINAL; del mojón ocho partimos en línea quebrada que consta de unsolo tramo hasta el mojón número nueve mide cuarenta punto cerometros y rumbo Norte diecisiete grados cero minutos Este, linda por esterumbo con la propiedad de los señores LEONCIA MEJIA DE ABREGOy ALBERTO ABREGO, partiendo del mojón número nueve línea de unsolo tramo hasta el mojón número diez que mide diecisiete punto quincemetros con rumbo Norte diecisiete grados cero minutos Este, linda conpropiedad de LEONCIA DE ABREGO y ALBERTO ABREGO. Par-tiendo de mojón número diez al mojón número once que mide quincepunto veinte metros con rumbo Norte veintiocho grados treinta minutosEste con la propiedad de LEONCIA DE ABREGO y ALBERTOABREGO. Partiendo de mojón número doce mide seis punto setenta ycinco metros al Norte treinta y nueve grados quince minutos Este lindacon propiedad de los señores LEONCIA DE ABREGO y ALBERTOABREGO. 2) Una porción de terreno de un área de SEIS MIL OCHO-CIENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS equiva-lentes a DIEZ MIL VARAS CUADRADAS, que se detalla así: Partiendodel punto “A” que es la intersección de la propiedad del señor ALBERTOABREGO GARCIA y del señor VICTOR EDILTRUDIS MARTINEZGARCILAZO y siguiendo el sentido de las agujas del reloj, en un tramode línea recta de ochenta metros, con rumbo Sur, ochenta grados, diezminutos cero segundos Este, hasta llegar al punto de intersección con elterreno del señor JOSE REYES BURUCA; (Punto B) colinda con lapropiedad el señor VICTOR EDILTRUDIS MARTINEZ GARCILAZO;de este punto “B” en línea recta ochenta y cinco metros con rumbo Norte,seis grados treinta y un minutos un segundo Oeste, colinda con el restode la propiedad de los herederos RIVERA ESPINAL hasta llegar al puntoC; de este punto “C” en línea recta un tramo de ochenta metros, conrumbo Sur, setenta y ocho grados dos minutos tres segundos Este,colinda con el resto de la propiedad de los herederos RIVERA ESPINALhasta llegar a la propiedad del señor ALBERTO ABREGO GARCIA;(Punto D) del punto “D” y con rumbo Norte, veintiún grados veintiséisminutos cuatro segundos Este, en línea recta, una distancia de ochenta ycinco metros hasta llegar al punto A de partida, colinda con la propiedaddel señor ALBERTO ABREGO GARCIA. La porción antes descritacarece de construcciones y de cultivos permanentes. Dichos terrenos seencuentran inscritos a favor del demandado LELIS UBERTO VELAS-QUEZ conocido por LELIS UBERTO VELASQUEZ JIMENEZ bajo elnúmero SETENTA del libro SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO, delRegistro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección deOriente, de Propiedad del departamento de La Unión”.
Un terreno de naturaleza rústica, inculto ahora urbanizado, situadoen los suburbios del Barrio San Felipe de la ciudad de San Miguel, distritoy departamento del mismo nombre, el que en el plano respectivo estámarcado con el número catorce, y tiene una superficie de SETECIEN-TOS OCHENTA Y UN METROS SETECIENTOS SETENTA Y NUE-VE MILIMETROS CUADRADOS, que tiene las medidas y linderossiguientes: AL PONIENTE, diecisiete metros, con terreno del inmueblegeneral vendido a APOLINARIO RODRIGUEZ; AL ORIENTE, dieci-siete metros, con porción del inmueble general vendida a BERTAGUADALUPE QUINTANILLA, calle de por medio; AL NORTE,cuarenta y cinco metros novecientos setenta y cinco milímetros, conporción del inmueble general vendida al Doctor PABLO CERNA,actualmente de ANGELICA LETICIA ALVAREZ CRUZ; y AL SUR,
cuarenta y seis metros con porción del inmueble general vendida aFELIPE CASTILLO MARQUEZ y ERNESTINA DE JESUSSANTAMARIA. Predio que contiene una mediagua, techo de teja,paredes de sistema mixto y un pozo de agua; inscrito a favor deldemandado LELIS UBERTO VELASQUEZ conocido por LELISUBERTO VELASQUEZ JIMENEZ al número SESENTA Y CUATROdel libro UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES del Registro dela Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, depropiedad del departamento de San Miguel.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: SanSalvador, a las diez horas con treinta minutos del día catorce de marzo deldos mil tres. Lic. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE,JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL. Lic. OSCAR EMILIO ZETI-NO URBINA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18518-3
MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARALOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO al cual sele acumuló la Ref. No. 114-EC-2002 proveniente del Juzgado Quinto delo Civil de este Distrito Judicial, ambos promovidos por la AbogadaGLORIA DE LOS ANGELES GERMAN ARGUETA, como Apodera-da de la FUNDACION SALVADOREÑA PARA EL DESARROLLOECONOMICO Y SOCIAL, en contra de la señora BERNARDA BONI-LLA VALLES, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demásaccesorios de ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal elinmueble siguiente: “Un lote de terreno rústico, situado en el lugarllamado Los Cobanitos, jurisdicción de Acajutla, departamento deSonsonate, identificado como LOTE NUMERO TREINTA DE LALOTIFICACION LOS COBANOS, de las medidas y linderos especialessiguientes: AL NORTE: mide treinta metros, linda con lote númerotreinta y uno; AL ORIENTE: diez metros, linda en una pequeña parte conlote número setenta y uno y en otra parte con zona verde, Avenida númerouno abierta dentro de la lotificación de por medio; AL SUR: mide treintametros, linda con lote número veintinueve; y AL PONIENTE: diezmetros, linda con lote número diecisiete. Los lotes colindantes con eldescrito son o han sido propiedad de la sociedad HENRIQUEZ CHACON,Sociedad Anónima de Capital Variable. El lote así descrito tiene unaextensión superficial de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS, yaún cuando no lo menciona su antecedente equivale a CUATROCIEN-TAS VEINTINUEVE PUNTO VEINTICUATRO VARAS CUADRA-DAS. Inmueble inscrito a favor , de la deudora al NUMERO CUAREN-TA Y CINCO DEL LIBRO UN MIL CUARENTA Y DOS del Registrode la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Occidente”.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las diezhoras con veinte minutos del día trece de mayo del año dos mil tres.MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic.JOSE DANILO ESCOBAR MIRANDA, SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. 18495-3
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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CA-BAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que a este Tribunal se han presentado las señorasMARIA ROSA PORTILLO DE SARAVIA de sesenta y cuatro años deedad, y MARIA SANDRA SARAVIA PORTILLO, de treinta y cuatroaños de edad, ambas de oficios domésticos y de este domicilio, portado-ras de Documento Unicos de Identidad número cero cero quinientosdieciséis mil ochocientos sesenta y nueve, y cero cero novecientosveintinueve mil seiscientos veinticinco nueve, respectivamente, solici-tando Título Supletorio por ser poseedores de un inmueble de naturalezarústica, situado en el Cantón San Lorenzo, Sensuntepeque, Departamen-to de Cabañas, de la extensión superficial de SEIS MIL SETECIENTOSSETENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y SEIS METROS CUA-DRADOS, de las colindancias siguientes: AL ORIENTE: sesenta ynueve punto treinta y nueve metros, colinda con propiedad del señorJOSE ANGEL GUZMAN y con propiedad del señor ANTONIO NUÑEZ,divididos por cerco de alambre; AL PONIENTE: cincuenta y nuevepunto cincuenta metros, con propiedad de MARIA SANDRA SARA-VIA, y con propiedad de LORENZO ANTONIO LAINEZ VELASCO,divididos por cerco de alambre y Callejón de por medio; AL NORTE:noventa y cinco punto tres metros, colinda con propiedad de JAIME yMARIA ambos de apellido HIDALGO, divididos por cerco de alambreen una parte, y en otra colinda con propiedad de la Señora SARALAINEZ; Y AL SUR: ciento quince metros, con propiedad del señorJOSE ANTONIO AMAYA, divididos por cerco de alambre y callejón depor medio. Terreno el cual lo adquirieron por compra que le hicieron alseñor INDALENCIO SARAVIA LAINEZ en el año de dos mil dos y elcual lo valoran en la cantidad de CINCUENTA MIL COLONES.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE SENSUNTEPE-QUE, a los once días del mes de abril de dos mil tres. Lic. CARLOSWILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18603-3
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, AL
PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el señor
JUAN ANTONIO VILLANUEVA PALACIOS, de sesenta y nueve
años de edad, agricultor y de este domicilio, portador de documento
Unico de Identidad número cero un millón ciento ochenta y cinco mil
trescientos ochenta y dos-dos, solicitando Título Supletorio por ser
poseedor de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el punto
llamado Palacios, Cantón Río Grande, Sensuntepeque, Cabañas, de la
extensión superficial de DIECISIETE Y MEDIA AREA, según antece-
dente aunque realmente es UNA MANZANA equivalente a SIETE MIL
METROS CUADRADOS y de las colindancias siguientes: AL ORIEN-
TE, con terreno de JUAN FRANCISCO MEMBREÑO MORENO,
FRANCISCA CANTARERO VIUDA DE MEMBREÑO, divididos por
la quebrada de invierno El Corralito de por medio aunque por error en el
antecedente está de por medio la calle que del Cantón Río Grande
conduce a Sensuntepeque; AL SUR, con terreno de JOSE FRANCISCO
MEMBREÑO ROMERO cerco de alambre de división, aunque por error
en el antecedente aparece la Quebrada El Corralito de por medio; AL
PONIENTE, con terreno de MARIA ANTONIA CANTARERO VIU-
DA DE MEMBREÑO, camino vecinal de por medio; AL NORTE, con
terreno de MARIA ANTONIA CANTARERO VIUDA DE
MEMBREÑO, divididos por cerco de alambre y una quebrada de
división. Terreno el cual adquirió por compra que le hizo a la señora
MARIA DORA CHACON DE MEMBREÑO en el año de mil novecien-
tos noventa y siete el cual lo valoro en la cantidad de TREINTA MIL
COLONES.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
veinticinco días del mes de marzo de dos mil tres. Lic. CARLOS
WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18601-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado el
señor PEDRO JUAN UMAÑA AGUILAR, mayor de edad, Agricultor
en Pequeño, de este domicilio solicitando por sí y por escrito Título de
Propiedad, de un solar urbano situado en el Barrio El Clavario de esta
Villa, de la extensión superficial de DOSCIENTOS CUARENTA Y
SEIS PUNTO OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, aproxi-
madamente, de las medidas y linderos siguientes: al NORTE: en treinta
metros con terreno de AMADO NAVARRETE y ARISTIDES BA-
RAHONA, JOSE RAMIRO MANZANARES, VICTORIA
JACKELINA DURAN MONTANO, al SUR: en treinta metros con
DOUGLAS ARMANDO RAMIREZ UMAÑA, al ORIENTE: en ocho
metros con DOUGLAS ARMANDO RAMIREZ UMAÑA y al PO-
NIENTE: en ocho metros con ANTONIO RODRIGUEZ SANCHEZ,
Quinta Avenida Sur de por medio. El inmueble descrito no es sirviente
no dominante no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni
está en proindivisión con nadie, lo estima en la cantidad de OCHENTA
MIL COLONES. Lo adquirió por compra que hizo el señor CECILIO
AGUILAR LEBRON, quien es mayor de edad, de este domicilio, los
colindantes son de este domicilio, y se avisa al público para los efectos
de ley.
Alcaldía Municipal: San Esteban Catarina a cinco de julio de dos
mil dos. JESUS OTONIEL CARRILLO, ALCALDE MUNICIPAL.
FRANCISCA EMPERATRIZ CUBIAS, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. 18530-3
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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado el señor
RAMON ESTEBAN GARCIA CORNEJO, de cuarenta y siete años de
edad, Agricultor, de este domicilio, solicitando a su favor TITULO DE
DOMINIO de un solar urbano ubicado en Barrio El Carmen, Villa de San
Esteban Catarina, Departamento de San Vicente, de una extensión
superficial de DOSCIENTOS DIECISEIS METROS CUADRADOS,
cuyas medidas y colindancias actuales son: AL NORTE: mide ocho
metros seiscientos catorce milímetros, linda con terreno propiedad de
JESUS LETICIA MANZANARES DE RODRIGUEZ ; AL ORIENTE:
mide trece metros trescientos sesenta y seis milímetros, linda con terreno
propiedad de LETICIA DEL CARMEN GONZALEZ FLORES; AL
SUR: mide ocho metros seiscientos catorce milímetros, linda con terreno
propiedad de PEDRO ANTONIO GONZALEZ, ELISA AGUILAR
RODRIGUEZ, Calle Dr. Adrián García de por medio; AL PONIENTE:
mide trece metros trescientos setenta y seis milímetros, linda con terreno
propiedad de ELIAS IRAHETA CONSTANZA. el cual lo adquirió por
compraventa en documento privado que le hiciera la señora SARAI
TISNADO, dicho inmueble lo poseyó la señora SARAI TISNADO por
más de quince años consecutivos, que sumados al tiempo en que lo ha
poseído el señor RAMON ESTEBAN GARCIA CORNEJO, suman más
de treinta años. Todos los colindantes del inmueble descrito, son de este
domicilio, y lo valúa en la cantidad de CINCUENTA MIL COLONES;
que desde la adquisición de dicho terreno el solicitante lo ha poseído de
buena fe en forma quieta, pacífica e ininterrumpida.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Esteban Catarina, Departamento de
San Vicente, a los 15 días del mes de abril del año dos mil tres.- JESUS
OTONIEL CARRILLO, ALCALDE MUNICIPAL.- FRANCISCA
EMPERATRIZ CUBIAS, SECRETARIA MUNICIPAL.-
3 v. alt. Nº. 18556-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado el señor
MANUEL DE JESUS ARIAS ABARCA. de sesenta y ocho años de edad
Jornalero, de este domicilio, solicitando a su favor TITULO DE
DOMINIO de un solar urbano ubicado en Barrio El Carmen, Villa de San
Esteban Catarina, Departamento de San Vicente, de una extensión
superficial de QUINIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUA-
DRADOS, cuyas medidas y colindancias actuales son: AL NORTE:
mide veintitrés metros punto cuarenta centímetros, linda con terreno
propiedad de MARIA LEONARDA HERNANDEZ DE ALVARADO,
AL ORIENTE: mide veintiún metros, linda con terreno propiedad de
ERLINDA ANTONIA VILLALTA MAJANO, calle de por medio, AL
SUR: mide veintiún metros, linda con terreno propiedad de MARIA
ELIDA MAJANO LEONOR DE ALVARADO, IGLESIA
EVANGELICA DEL PRINCIPE DE PAZ, calle de por medio, AL
PONIENTE: mide veintisiete metros cuarenta y ocho centímetros, linda
con terreno propiedad de MARIA ESTELA IRAHETA; el cual lo
adquirió por compraventa en documento privado que le hiciere el señor
JOSE FLORES RODRIGUEZ, dicho inmueble lo poseyó el señor JOSE
FLORES RODRIGUEZ por más de quince años consecutivos, que
sumados al tiempo en que lo ha poseído el señor MANUEL DE JESUS
ARIAS ABARCA, suman más de treinta años. Todos los colindantes del
inmueble descrito, son de este domicilio, y lo valúa en la cantidad de
CINCUENTA MIL COLONES; que desde la adquisición de dicho
terreno el solicitante lo ha poseído de buena fe en forma quieta, pacífica
e ininterrumpida.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Esteban Catarina, Departamento
de San Vicente, a los 10 días del mes de abril del año dos mil tres.- JESUS
OTONIEL CARRILLO, ALCALDE MUNICIPAL.- FRANCISCA
EMPERATRIZ CUBIAS, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. Nº. 18557-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,
HACE SABER: que a esta Alcaldía se presentó la señora JUANA
MARIA GONZALEZ, solicitando a su favor Título de Dominio de un
solar de naturaleza urbana situado en la Colonia Vía Satélite, Calle
Jerusalén, Jurisdicción, Municipio y Departamento de San Miguel, de la
capacidad superficial de DOSCIENTOS SESENTA METROS CUA-
DRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, diez
metros lindando con SEBASTIAN AMAYA divididos por una pared de
ladrillo propiedad del colindante; AL ORIENTE, veintiséis metros linda
con MARIA ESPERANZA LOPEZ tapial de ladrillo propio de por
medio; AL SUR, diez metros lindando con JOSE ROBERTO PENA-
DO, Calle Jerusalén de por medio; y AL PONIENTE, veintiséis metros
lindando con ELVA LOBO ARGUETA, Pasaje Dinarte de por medio.
En el inmueble antes descrito existen construcciones de sistema mixto,
no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena
pertenencia ni está en proindivisión con nadie, y lo adquirió por compra
que le hizo a la señora MARIA ESPERANZA LOPEZ, hace diez años,
posesión que ha sido quieta, pública, pacífica e ininterrumpida, lo estima
en la cantidad de CINCUENTA MIL COLONES EXACTOS, los
colindantes son de este domicilio, lo que se avisa al público para los
efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los diez días del mes de
enero del año dos mil.- MARTIN FRANCISCO ZALDIVAR VIDES,
ALCALDE MUNICIPAL.- MIGUEL ANGEL MANZANO CASTI-
LLO, SECRETARIO MUNICIPAL.-
3 v. alt. Nº. 18513-3
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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
LA INFRASCRITA ADMINISTRADORA UNICA PROPIETARIA
DE LA SOCIEDAD “CANDEL VILLATORO, S.A. DE C.V.”
CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistas
de la Sociedad CANDEL VILLATORO, S.A. DE C.V., de acuerdo al
Artículo número Doscientos Treinta y Tres del Código de Comercio
vigente, celebrada a las catorce horas y treinta minutos del día veintiséis
de mayo de dos mil tres, se encuentra el Punto Unico del Acta número
Trece, se encuentra el acuerdo donde se autoriza tomar del capital
variable para trasladarlo al Capital Fijo, se acordó la capitalización para
aumentar el Capital Social Mínimo exigido por la ley, por la cantidad de
OCHENTA MIL COLONES, equivalentes a NUEVE MIL CIENTO
CUARENTA y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTA-
VOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, con lo
que el Capital Mínimo Fijo será de CIEN MIL COLONES equivalentes
a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON
CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, San Salvador, treinta de mayo de dos mil tres.-
EDITH CORALIA CANDEL DE HERODIER,
ADMINISTRADORA UNICA.
3 v. alt. Nº. 18543-3
LA INFRASCRITA ADMINISTRADORA UNICA PROPIETARIA
DE LA SOCIEDAD "MULTICREDITOS, S.A. DE C.V.”
CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistas
de la Sociedad MULTICREDITOS, S.A. DE C. V., de acuerdo al
Artículo número Doscientos Treinta y Tres del Código de Comercio
vigente, celebrada a las once horas del día veintiséis de mayo de dos mil
tres, se encuentra el Punto Dos del Acta número once, se encuentra el
acuerdo donde se autoriza tomar del capital variable, por la cantidad de
OCHENTA MIL COLONES, equivalentes a NUEVE MIL CIENTO
CUARENTA y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTA-
VOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, con lo
que el Capital Mínimo Fijo será de CIEN MIL COLONES equivalentes
a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON
CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, San Salvador, treinta de mayo de dos mil tres.-
MARIA DEL CARMEN CANDEL VILLATORO,
ADMINISTRADORA UNICA.
3 v. alt. Nº. 18544-3
AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL
LA INFRASCRITA ADMINISTRADORA UNICA DE LA SOCIE-
DAD INMOBILIARIA LEMUS PACAS SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE,
CERTIFICA: que en Acta número 2 de la Sesión de Junta General
Extraordinaria de Accionistas de fecha de las trece horas y treinta
minutos del 23 de marzo del 2002, por unanimidad de votos se acordó:
"Aumentar el Capital Social Mínimo que actualmente es de veinte mil
colones, en la suma de ochenta mil colones, a fin de que pueda girar con
un nuevo capital social de CIEN MIL COLONES, representado y
dividido en mil acciones comunes y nominativas de un valor de cien
colones cada una.
San Salvador, 27 de mayo del 2003.
Lic. JUANA LEMUS FLORES VIUDA DE PACAS,
ADMINISTRADORA UNICA.
3 v. alt. Nº. 18623-3
AVISO DE DISMINUCION DE CAPITAL
MINIMO
El Infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionis-
tas de la Sociedad denominada "FRA, S. A. de C. V., de este domicilio,
al público,
HACE SABER: que por acuerdo de Junta General Extraordinaria
de Accionistas, celebrada en San Salvador, a las ocho horas y treinta
minutos del día 8 de mayo de dos mil tres, se acordó disminuir el Capital
Social de la Sociedad en la parte Variable en UN MILLON DOSCIEN-
TOS QUINCE MIL COLONES EXACTOS equivalentes a 1,215 accio-
nes con Valor Nominal de ¢ 1,000.00 cada una; estableciendo el Capital
Mínimo de la Sociedad en CIEN MIL COLONES EXACTOS dividido
en 100 acciones con un Valor Nominal de ¢ 1,000.00 cada una.
San Salvador, a los ocho días del mes de mayo del dos mil tres.
ROBERTO SOLER GUIROLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. Nº. 18590-3
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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
AVISO DE DISMINUCION DE CAPITAL MINIMO
El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionis-
tas de la Sociedad denominada "SOLER , GUIROLA, S. A. DE C. V.",
de este domicilio, al público,
HACE SABER: que por acuerdo de Junta General Extraordinaria
de Accionistas, celebrada en San Salvador, a las nueve horas y treinta
minutos del día 6 de mayo de dos mil tres, se acordó disminuir el Capital
Social de la Sociedad en la parte Variable en DOS MILLONES NOVE-
CIENTOS TREINTA MIL COLONES EXACTOS equivalentes a 29,300
acciones con Valor Nominal de ¢100.00 cada una; estableciendo el
Capital Mínimo de la Sociedad en CIEN MIL COLONES EXACTOS
dividido en 1,000 acciones con un Valor Nominal de ¢ 100.00 cada una.
San Salvador, a los seis días del mes de mayo del dos mil tres.
MERCEDES LEITZELAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. Nº. 18591-3
AVISO DE DISMINUCION DE CAPITAL MINIMO
El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionis-
tas de la Sociedad denominada "AGRICOLA DEL LITORAL,
S.A. DE C. V.", de este domicilio, al público,
HACE SABER: que por acuerdo de Junta General Extraordinaria
de Accionistas, celebrada en San Salvador, a las nueve horas del día 6 de
mayo de dos mil tres, se acordó disminuir el Capital Mínimo de la
Sociedad que actualmente es de UN MILLON DE COLONES EXAC-
TOS a CIEN MIL COLONES representado y dividido en 1,000 acciones
del Valor Nominal de ¢ 100.00 cada una; estableciendo el Capital
Variable en DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y
CINCO MIL NOVECIENTOS COLONES EXACTOS, por lo que el
Capital Social se mantiene en DOS MILLONES QUINIENTOS
CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS COLONES EXAC-
TOS; como consecuencia deberá modificarse la Cláusula del Capital
Social Art. 5 del Pacto Social.
San Salvador, a los seis días del mes de mayo del dos mil tres.
JOSE ENRIQUE CAÑAS VILANOVA,
SECRETARIO.
3 v. alt. Nº. 18588-3
AVISO
EL BANCO DE LOS TRABAJADORES Y DE LA PEQUEÑA Y
MICROEMPRESA S.C. DE R.L. DE C.V., comunica que a sus oficinas
ubicadas en Alameda Roosevelt # 2823, en San Salvador se han presen-
tado los propietarios de los certificados de acciones siguientes:
Certificado # 22194 POR ¢ 250, Certificado # 6229 POR ¢ 600,
Certificado # 4261 POR ¢ 500, Certificado # 4885 POR ¢ 250,
Certificado # 7544 POR ¢ 450, Certificado #7532 POR ¢ 300, Certifi-
cado # 6545 POR ¢250, Certificado # 8565 POR ¢ 150, Certificado
# 1468 POR ¢ 250, Certificado # 8725 POR ¢ 250, Certificado # 6598
POR ¢350, Certificado #7366 POR ¢500, Certificado # 6428 POR ¢
300, Certificado # 10363 POR ¢ 300, Certificado # 6013 POR ¢250,
Certificado # 6554 POR ¢ 750, Certificado # 2131 POR ¢ 900, Certifi-
cado #4741 POR ¢300, Certificado # 1153 POR ¢750, Certificado
#13069 POR ¢ 500, Certificado # 7678 POR ¢250, Certificado # 10192
POR ¢450, Certificado # 2374 POR ¢750, Certificado # 68882 POR
¢750, Certificado # 6453 POR ¢ 180, Certificado # 3960 POR ¢ 500,
Certificado # 5533 POR ¢ 500, Certificado # 3511 POR ¢ 400,
Certificado # 17387 POR ¢ 150, Certificado # 5667 POR ¢300, Certi-
ficado # 4460 POR ¢ 250, Certificado # 20220 POR ¢ 600, Certificado
# 1309 y 5687 POR ¢ 250 y ¢300, Certificados # 19829 y 2322 POR ¢
150 y ¢250 respectivamente, Certificado # 10599 y 23560 POR ¢750 y
¢750 respectivamente, Certificados # 17546 POR ¢ 150, Certificado #
17301 POR ¢ 200, Certificado # 850 POR ¢ 400, Certificado # 3359 POR
¢ 150, Certificado # 7033 POR ¢500, Certificado # 3754 y 8365 POR
¢150 y ¢350 respectivamente, Certificado # 7454 POR ¢ 330, Certifi-
cado # 7491 POR ¢ 300, Certificado # 8527 POR ¢ 750, Certificado #
68496 POR ¢ 550, Certificado # 25237 y 3725 POR ¢ 200 y ¢ 500
respectivamente, Certificados # 3302 Y 6151 por ¢ 750.00 Y ¢ 500.00
respectivamente, Certificado # 3481-18978 y 25735 POR ¢ 650 ¢ 500 ¢
600 respectivamente, Certificado # 5556 y 70533 POR ¢ 250 y ¢ 650
respectivamente, Certificado # 5096 POR ¢300 , Certificado # 11699 y
23467 POR ¢600 y ¢750 respectivamente, Certificado # 25864 POR
¢250, Certificado # 10774 POR ¢500. solicitando la reposición de
dichos certificados por haberse extraviado.
En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público
en general para los efectos legales del caso.
Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este
aviso, si no hubiera ninguna oposición, se procederá a reponer los
certificados en referencia.
Dado en San Salvador, a los veintisiete días del mes de mayo del
año dos mil tres.
MAURICIO ALFONSO AYALA MERINO,
GERENTE GENERAL.
BANCO DE LOS TRABAJADORES Y DE LA PEQUEÑA Y
MICROEMPRESA S.C. DE R.L. DE C.V.
3 v. alt. Nº. 18517-3
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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
ASIENTO DE EMPRESA: 2002025980
ESTABLECIMIENTOS: 2002025980-001, 002, 003,004, 005, 006
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOSNORBERTO MENDEZ ORTEGA, en su calidad de RepresentanteLegal de la Sociedad REPUESTOS Y SERVICIOS AUTOMOTRICES,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abre-viarse, REPSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, deldomicilio de SAN SALVADOR, cuya Escritura Social está inscrita bajoel Número 53 del Libro 741 del Registro de Sociedades del Registro deComercio, con Número de Identificación Tributaria: 1217-250990-102-4, ha presentado solicitud a las trece horas y tres minutos del díaveinticuatro de septiembre de dos mil dos. Con la cual se otorgaron losAsientos de Empresa No. 2003025980 y Establecimiento No.2003025980- 001, 002, 003, 004, 005, 006; a favor de la Empresadenominada REPUESTOS Y SERVICIOS AUTOMOTRICES, SO-CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica aREPUESTOS Y SERVICIOS AUTOMOTRICES, con dirección enANTIGUA CALLE FERROCARRIL COLONIA 3 DE MAYO # 2224,“A” del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a QUI-NIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA YDOS DOLARES CON 47/100 $564,292.47 y que tiene el (los) estable-cimiento (s) siguiente (s): 001-) REPSA, S .A. DE CASA MATRI<ubicado en BOULEVARD VENEZUELA Y 41 AVENIDA SUR # 1003S.S., del domicilio de SAN SALVADOR, 002-) REPSA, S.A. DE C.V.SUCURSAL VEINTINUEVE ubicado en 29 CALLE PONIENTE #1265, del domicilio de SAN SALVADOR, 003-) REPSA, S.A. DE C.V.SUCURSAL SANTA ANA ubicado en ALDEA SAN ANTONIOCALLE PRINCIPAL # 15, del domicilio de SANTA ANA, 004-)REPSA, S.A. DE C.V. SUCURSAL SAN MIGUEL ubicado en 8aCALLE PONIENTE # 303, del domicilio de SAN MIGUEL, 005-)REPSA, S.A. DE C.V. SUCURSAL SONSONATE ubicado en KILO-METRO 64 1 /2 CARRETERA A SAN SALVADOR, COLONIASANTA MARTA, del domicilio de SONSONATE, 006-) REPSA, S.A.DE C.V. ubicado en ANTIGUA CALLE FERROCARRIL COLONIA3 DE MAYO # 2224 “A”, del domicilio de SAN SALVADOR.
Lic. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. 18505-3
ASIENTO DE LA EMPRESA: 2001035217
ESTABLECIMIENTO: 2001035217-1
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado OSCARARMANDO CHICAS en su calidad de Representante Legal de laSociedad SOCIEDAD COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITOAMC DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que puede abreviarseSOCIEDAD COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO AMC DE
R.L., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN FRAN-CISCO GOTERA, MORAZAN, cuya Escritura Social está inscrita bajoel Número 00010 del Libro 1585 del Registro de Sociedades del Registrode Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 1319-191200-101-5, ha presentado solicitud a las once horas y diez minutos del díadoce de enero del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron los Asientosde Matrícula de Empresa No 2001035217 y Establecimiento No.2001035217-1; a favor de la Empresa denominada SOCIEDAD COO-PERATIVA DE AHORRO Y CREDITO AMC DE RESPONSABILI-DAD LIMITADA, la cual se dedica a SERVICIO FINANCIERO PARALA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA Y CONCESION DE CREDI-TOS A PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS, con dirección enAVENIDA THOMPSON Y PRIMERA CALLE ORIENTE # 7, SANFRANCISCO GOTERA, MORAZAN cuyo activo es de QUINIENTOSSETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS VENTIOCHO 5/100 Dóla-res (571,428.55); y que tiene un Establecimiento Comercial denominado1-) SOCIEDAD COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO AMCDE R.L. ubicado en AVENIDA THOMPSON Y PRIMERA CALLEORIENTE # 7 SAN FRANCISCO GOTERA, MORAZAN.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley. SanSalvador, veinte de febrero del año dos mil uno.
Lic. LILIANA PATRICIA CACERES DE MONTOYA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. 18627-3
Clase: 09
No. de Exp.: 2003030626
No. de Pres.: 20030034367
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOSAGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de PUBLICA-CIONES MERCADOLOGICAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que se abrevia: PUBMERC, S.A. DE C.V., denacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCAINDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: la expresión ACT! y diseño, traducción al castella-no: Acto.
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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dosmil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil tres.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18578-3
No. de Exp.: 2003031656
No. de Pres.: 20030036334
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado GERARDOENRIQUE MEJIA ROMERO, de nacionalidad SALVADOREÑA, ensu calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRECOMERCIAL,
Consistente en: las palabras BUFFALO WINGS & BEER ydiseño, cuya traducción al castellano sería: ALAS DE BUFALO YCERVEZA, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIEN-TO COMERCIAL, DEDICADO ESPECIALMENTE A LA OPERA-CION DE RESTAURANTES, UBICADO EN LOCAL 106, EDIFICIOSKY LIGHT CENTER, BOULEVARD DEL HIPODROMO, COLO-NIA SAN BENITO, SAN SALVADOR,
La solicitud fue presentada el día nueve de abril del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, once de abril del año dos mil tres.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18565-3
Clase: 16
No. de Exp.: 2003032313
No. de Pres.: 20030037425
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado FIDEL AN-GEL GONZALEZ HIJO, en su calidad de APODERADO GENERALJUDICIAL de DUTRIZ HERMANOS, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE que se abrevia: DUTRIZ HERMANOS, S.A.DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
EL GRAFICO
Consistente en: la palabra EL GRAFICO.
La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos miltres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinte de mayo del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18555-3
Clase: 30
No. de Exp.: 2003030797
No. de Pres.: 20030034627
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MAURICIOERNESTO ACEVEDO ALVAREZ, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de laMARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: las palabras “Cantos de Finca”.
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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dos
mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, veintiocho de mayo del año dos mil tres.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. 18636-3
No. de Exp.: 2003030941
No. de Pres.: 20030034901
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MAURICIO
ERNESTO ACEVEDO ALVAREZ, de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOM-
BRE COMERCIAL,
Consistente en: la palabra “El Santuario y diseño”, que servirá para:
IDENTIFICAR: UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICA-
DO A LA COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS ELABORA-
DOS CON CAFE Y JUGOS NATURALES RESIDENCIAL ALTOS
DEL PASEO NUMERO CUATRO, PASEO GENERAL ESCALON,
SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, veintiocho de mayo del año dos mil tres.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. 18634-3
Clase: 30
No. de Exp.: 2002028456
No. de Pres.: 20020030542
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado GILBERTO
LEONEL CASTILLO, en su calidad de APODERADO de
BENEFICIADORES Y EXPORTADORES DE CAFE, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
PANORAMA
Consistente en: la palabra PANORAMA.
La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos
mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, siete de mayo del año dos mil tres.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18529-3
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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
Clase: 16
No. de Exp.: 2003032312
No. de Pres.: 20030037424
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado FIDEL AN-
GEL GONZALEZ HIJO, en su calidad de APODERADO GENERAL
JUDICIAL de DUTRIZ HERMANOS, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DUTRIZ HERMANOS S.A. DE
C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra ENFOQUES.
La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil
tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. 18799-3
JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, Notario, de este
domicilio, con oficina profesional ubicada en Colonia El Roble Avenida
“B” número Ciento Cincuenta y Siete, San Salvador, al público en
general,
HACE SABER: que por acta notarial otorgada a las nueve horas del
día cuatro de marzo del año dos mil tres, se tuvo por aceptada expresa-
mente y con Beneficio de Inventario la herencia intestada que a su
defunción dejara el señor FRANCISCO FERNANDEZ, de parte de los
señores MARIA ROJAS VIUDA DE FERNANDEZ, MARTHA ALI-
CIA FERNANDEZ ROJAS, IRMA FERNANDEZ ROJAS, y FRAN-
CISCO ANTONIO FERNANDEZ ROJAS, en su concepto de cónyuge
sobreviviente e hijos del causante respectivamente, habiéndoseles con-
ferido la administración y representación Interina de la Sucesión con las
facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.-
Cítese a los que se crean con derechos a la herencia deferida para que se
presenten a deducirlo dentro del término de ley, lo que se hace del
conocimiento público para los efectos de ley.
San Salvador, cinco de marzo de año dos mil tres.
Lic. JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO,
NOTARIO.
3 v. c. No. 18945-3
LUIS RODRIGO MEDRANO MERCADO, Notario, de este domicilio,
con Oficina establecida en Barrio La Parroquia, Avenida Guandique,
número seis de la ciudad de Usulután. AL PUBLICO,
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado doña ALBA
GUADALUPE DEL CARMEN DUKE DE HIDALGO, de cincuenta
años de edad, Licenciada en Administración de Empresas, del domicilio
de Usulután, con Documento Unico de Identidad número cero cero cero
cincuenta y cinco mil doscientos veintidós guión siete, solicitando a su
favor TITULO SUPLETORIO de un terreno rústico, situado en el
Cantón El Nisperal, jurisdicción de Santa Elena, distrito y departamento
de Usulután, de una extensión superficial de CUARENTA Y UN MIL
SEISCIENTOS CUARENTA PUNTO NOVENTA Y CINCO ME-
TROS CUADRADOS, que linda: NORTE, con Ana Vilma Joya de
Chavarría; ORIENTE, con Víctor Manuel Gaitán, Rosa Catalina Ramos
Torres; SUR, con Alba Guadalupe Carmen Duke de Hidalgo, camino
vecinal de por medio; y PONIENTE, con propiedad de Finata, camino
vecinal de por medio. No es predio dominante, ni sirviente, ni está en
proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad de DIEZ MIL
COLONES, lo adquirió por compra que hizo a los señores Juan Antonio
Duke, Ana Fidelia Duke, María Irma Duke, Carlos Duque Portillo, María
Dolores del Rosario Duke y José Salvador Duke, posesión que unida a
la de sus antecesores data de más de diez años consecutivos.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Usulután, seis de mayo de dos mil tres.
LUIS RODRIGO MEDRANO MERCADO,
NOTARIO.
3 v. c. No. 18965-3
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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 10 de Junio de 2003.
RESOLUCION No. 385
Ministerio de Hacienda: San Salvador, a los 27 días del mes mayo del año 2003.
Visto el Oficio remitido por la Dirección General del Presupuesto, en el que consta que se han verificado los excedentes de disponibilidades realesgenerados al 31 de diciembre de 2002, correspondientes a Instituciones Descentralizadas de la Presidencia de la República, y
CONSIDERANDO:
I Que tales existencias han sido determinadas de acuerdo con lo que establece el Art. 62 del Reglamento de la Ley Orgánica de AdministraciónFinanciera del Estado;
II Que de conformidad con el mismo artículo los excedentes generados serán disminuidos de la transferencia del ejercicio fiscal vigente,correspondiente a cada Institución;
III Que el Art. No. 2 de la Ley de Presupuesto vigente, faculta al Organo Ejecutivo para que por medio de Acuerdo en el Ramo de Haciendarefuerce la Unidad Presupuestaria 10 Provisión para Atender Gastos Imprevistos, con ahorros obtenidos durante la ejecución de lasasignaciones presupuestarias correspondientes a las Unidades Primarias de Organización e Instituciones Oficiales Autónomas que recibanrecursos del Fondo General;
POR TANTO:
De acuerdo a la disposición legal antes citada, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda,
RESUELVE:
1. Disminuir de la Transferencia Corriente del presente ejercicio, que otorga la Presidencia de la República y de los presupuestos especiales delas instituciones adscritas a dicho Ramo, en concepto de excedentes reales correspondientes al ejercicio fiscal 2002, los montos que acontinuación se indican:
EXCEDENTE A DISMINUIR
INSTITUCIONES EN DOLARES
0501-lnstituto Nacional de los Deportes de El Salvador 56,553
0502-lnstituto Salvadoreño de Protección al Menor 26,288
0504-lnstituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer 24,840
TOTAL 107,681
2. El total de CIENTO SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($107,681)que representa los excedentes detallados en el numeral que antecede, se trasladarán a la Unidad Presupuestaria 10 Provisión para AtenderGastos Imprevistos del Ramo de Hacienda, para financiar necesidades extrapresupuestarias.
3. La Unidad Financiera Institucional del Instituto Nacional de los Deportes de El Salvador, Instituto Salvadoreño de Protección al Menor eInstituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, deberá registrar las operaciones de acuerdo a la normativa contable vigente.
COMUNIQUESE, CARLOS MAURICIO FUNES, VICEMINISTRO DE HACIENDA.
SECCION DOCUMENTOS OFICIALESMINISTERIO DE HACIENDA
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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359
RESOLUCION No. DREG-284
DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS, DEPARTAMENTO DE REGIMENES ADUANEROS; Ilopango, a las once horasy cincuenta minutos del día diecinueve de mayo del año dos mil tres.
Vista la solicitud número 1141, presentada a esta Dirección General, el día 31 de enero de 2003, por la señora Elsa Yanira Mendoza Martínez,con Número de Identificación Tributaria (N.I.T.) 0614-110469-006-0, actuando en calidad de persona natural y propietaria del establecimiento comercialdenominado “ARTESANIAS MANO PIPIL”, tendiente a que se le autorice para operar bajo el Régimen Aduanero de Tiendas Libres, en el localidentificado como 2-84B, con un área de 33.15 mts2, ubicado en la segunda planta del edificio de la Terminal de Pasajeros del Aeropuerto InternacionalEl Salvador. LEIDOS LOS AUTOS, Y CONSIDERANDO: I. Que por medio del Decreto Legislativo número 373, publicado en el Diario Oficial número81, tomo 351 de fecha 2 de mayo del 2001, vigente a partir del 10 de mayo del mismo año, fue creada la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres,y en su Art. 3 determina que el Ministerio de Hacienda por medio de la Dirección General de la Renta de Aduanas, autorizará a personas naturales ojurídicas para que operen en el Aeropuerto establecimientos comerciales, bajo el Régimen Aduanero de Tiendas Libres. II. Que se ha comprobado lalegalidad del negocio y la calidad con que actúa la señora Elsa Yanira Mendoza Martínez, por medio de Escritura Pública de Compraventa número 87de fecha 24 de enero de 2003, inscrita en el Registro de Comercio al número 58 del libro No. 904 del Registro de otros contratos mercantiles, del folio437 al folio 442, con fecha 12 de febrero de 2003; mediante la cual se adquiere la tradición del dominio, posesión y demás derechos que sobre la empresale corresponden; asimismo, comprobante de pago de matrícula de comercio No. 5318788 de fecha 14 de marzo de 2003. III. Que al hacer el análisis delos documentos presentados por la sociedad peticionaria, se ha comprobado que: ésta cumple con todos los requisitos exigidos en el Art. 5 de la Leyde la materia. IV. Que en cumplimiento a lo establecido en el Art. 6 de la referida Ley, esta Dirección General practicó inspección en el local dondefuncionará la Tienda Libre a efectos de asegurarse que éste garantice el interés fiscal, el cual a consideración de esta oficina sí cumple con lo requeridopor la Ley. V. Que la señora Elsa Yanira Mendoza Martínez ha manifestado que la mercadería que comercializará son artículos de artesanía, los cualesadquiere exclusivamente en el mercado nacional. VI. Que de acuerdo a la Resolución No. 158 de fecha 21 de enero del año 2000, la Subdirección Técnicade la Renta de Aduanas, delegó a partir de esa fecha al Jefe del Departamento de Regímenes Aduaneros de esta Dirección General, la función de autorizarcon su firma las Resoluciones, Autos, Notas y demás actos o decisiones que la Subdirección Técnica de la Renta de Aduanas deba emitir con relacióna la aplicación de la legislación aduanera, encontrándose dentro de dichos actos el presente caso. POR TANTO: Con base en lo antes expuesto,disposiciones legales citadas, y facultades que la Ley le confiere, esta Dirección General, RESUELVE: I. Autorizar a Elsa Yanira Mendoza Martínez,para que pueda operar el establecimiento comercial denominado “ARTESANIAS MANO PIPIL”, en el Local número 2-84B con un área de 33. 15 mts2,ubicado en la segunda planta del edificio de la Terminal de Pasajeros del Aeropuerto Internacional El Salvador. II. El plazo para el cual se autoriza ala empresa para operar como Tienda Libre es de tres años contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial. III.La beneficiaria tendrá derecho a introducir con exención total de los impuestos a que se refiere el Inciso segundo del Artículo tres de la expresada Ley,un monto anual de TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS DOLARES ($33,500.00), quedando sujeto a la venta de dicha mercancía exclusivamentea viajeros que salgan o entren al país por vía aérea conforme a los requisitos que a efecto establece la Ley de Equipajes de Viajeros procedentes del exterior.IV. La empresa no podrá introducir al amparo del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, mercancías declaradas como de importación prohibida por leyesespeciales o Convenios Internacionales. V. Dicha empresa, para gozar de los beneficios concedidos, estará obligada a cumplir con todas las medidasespecíficas de seguridad y control aduanero que la Dirección General determine por medio de disposiciones Administrativas que sean necesarias, a finde garantizar el ingreso, permanencia y salida de mercancías sujetas al presente régimen. VI. A partir de la vigencia de la presente resolución todas lasventas que realice la empresa beneficiaria deberán cumplir con todos los requisitos señalados en el artículo 13 de la Ley en mención. VII. La beneficiariautilizará el método de costo de adquisición, para la valuación de sus inventarios. VIII. La referida empresa deberá rendir caución a favor del Fisco yGobierno de El Salvador, por un monto de CINCO MIL QUINIENTOS VEINTISEIS DOLARES ($5,526.00), equivalente al trece por ciento delimpuesto a la transferencia de bienes muebles y la prestación de servicios, IVA, más un veinte por ciento adicional del impuesto determinado, la cualservirá para responder por el pago de los Impuestos, derechos y demás cargas fiscales que se adeuden o se originen por las operaciones que se realicenen el ejercicio de la autorización concedida; dicha garantía deberá ser aprobada por esta Dirección General previamente al inicio de las operaciones dela autorización correspondiente, la cual deberá ser presentada a esta Dirección a mas tardar dentro de los ocho días siguientes a la notificación de lapresente resolución. IX. Sin perjuicio de la autorización concedida, esta Dirección General se reserva el derecho de revocar los beneficios concedidosmediante la presente resolución, en caso de infracciones a las disposiciones legales aplicables a la materia o incumplimientos a las disposicionesestablecidas en la presente resolución. X. La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial. HAGASE SABER:Lic. J. A. Fonseca, Jefe del Departamento de Regímenes Aduaneros de la Dirección General de la Renta de Aduanas, Rubricada y Sellada.
Lic. JAIME ADALBERTO FONSECA,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE
REGIMENES ADUANEROS.
(Registro No. 19415)
Imprenta Nacional - Tiraje 800 Ejemplares.
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