resolucion.caso garcía vs. megacomisión. voto juez tapia

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1 SALA CIVIL

EXPEDIENTE: 14923-2013-14-1801-JR-CI-05

MATERIA

: ACCION DE AMPARO

RELATOR

: FELIX AQUINO PEDRO FELICIANO

DEMANDADO: PROCURADOR PUBLICO DEL PODER LEGISLATIVO ,

COMISION INVESTIGADORA MULTIPARTIDARIA ,

JUAN DONATO PARI CHOQUICOTA INTEGRANTE DE LA COMISION INVESTIGADORA ,

DALMACIO MODESTO JULCA JARA INTEGRANTE DE LA COMISION INVESTIGADORA ,

SERGIO FERNANDO TEJADA GALINGO PRESIDENTE DE LA COMISION INVESTIGADORA ,

DEMANDANTE: GARCIA PEREZ, ALAN SS.- LAMA MORE

HURTADO REYES

SOLIS MACEDO

Resolucin N 19Lima, Veintiuno de JulioDel ao dos mil quince.-

DADO CUENTA en la fecha; y Atendiendo: Primero: Que, viene en grado de apelacin el auto de ejecucin nmero 33 de fecha 01 de septiembre del 2014, corriente en copias a fojas 2119 a 2151; que declara 1. Fundado el pedido de nulidad solicitado por el actor; en consecuencia () 2. Poner en conocimiento del Congreso de la Repblica (); 3. En cuanto al pedido del demandante (); 4. Se declara la conclusin del proceso y Archvense definitivamente el proceso (); 5. Habiltese da y hora para notificar la presente resolucin; Segundo: Al respecto, es necesario, sealar que el auto apelado, es uno de aquellos que concluye el proceso y por lo tanto archiva definitivamente el mismo; que en los presentes actuados existen dos votos que opinan porque se confirme la resolucin apelada y archive el proceso, y otro que opina porque se revoque la misma; y por otro lado hay un voto que opina, porque se declare nulo el auto apelado, en consecuencia dada la naturaleza de la resolucin materia de grado y el sentido de los votos emitidos; es de aplicacin lo previsto en el artculo 141 del Texto nico Ordenado de la Ley Orgnica del Poder Judicial, requirindose por tal razn el voto conforme de tres magistrados, siendo as; existe discordia; por lo que, corresponde llamar al Juez Superior designado por Ley, en consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto por el articulo 144 del mismo texto legal: SEALARON fecha para la vista de la causa en discordia el da CUATRO de SEPTIEMBRE del ao dos mil quince, a horas NUEVE de la maana, CON INFORME ORAL, dejndose constancia:

i) que el voto emitido por los Jueces Superiores: HURTADO REYES Y SOLIS MACEDO es porque: se CONFIRME en todo lo dems que contiene la resolucin apelada, en consecuencia se declara la nulidad de: i) la carta-citacin de fecha 04 de octubre de 2013 (sin considerar el extremo que fue revocado); ii) la sesin y acta de la Comisin Investigadora Multipartidaria (en adelante la Comisin) de fecha 30 de octubre 2013 y iii) de los informes finales aprobados por la Comisin Investigadora Multipartidaria, slo en los extremos que imputen alguna responsabilidad penal y/o infraccin correctamente, conforme lo expuesto en la presente resolucin; dando por concluido el proceso;--------------------------------------------------------------------------------------

ii) el voto emitido por el Juez Superior: LAMA MORE es porque se REVOQUE la resolucin N 33 (auto de ejecucin), de fojas 2119/2151 de este cuaderno, que declara: fundado el pedido de nulidad solicitado por el actor mediante escrito de fecha 27 de enero de 2014, corriente a fojas 976 a 978 de este cuaderno; en consecuencia: se declara la nulidad de: i) la carta-citacin de fecha 04 de octubre de 2013; ii) la sesin y acta de la Comisin Investigadora Multipartidaria de fecha 30 de octubre 2013 y iii) de los informes finales aprobados por la Comisin Investigadora Multipartidaria, slo en los extremos que imputen alguna responsabilidad penal y/o infraccin constitucional al demandante, debido a que no ha sido citado correctamente, conforme lo expuesto en la presente resolucin; y REFORMANDOLA: se declare INFUNDADO el pedido de nulidad respecto de la carta-citacin del 04 de octubre de 2013; e IMPROCEDENTES los pedidos de nulidad de la sesin y acta de Comisin Investigadora Multipartidaria, de fecha 30 de octubre de 2013, y de los informes aprobados por la citada Comisin. DECLARARON CONCLUIDA LA PRESENTE EJECUCION y los devolvieron.-------------------------------------------------------------------------iii) el voto emitido por el Juez Superior TAPIA GONZALES es porque se declare NULO el auto contenido en la resolucin N 33 de fecha 01 de setiembre de 2014, obrante de fojas 2119 a 2151, que declar fundado el pedido de nulidad interpuesto por el seor demandante y en consecuencia declara la nulidad de: a) la carta-citacin de fecha 04 de octubre de 2013; b) la sesin y acta de la Comisin Investigadora Multipartidaria de fecha 30 de octubre 2013 y c) los informes finales aprobados por la Comisin Investigadora Multipartidaria, slo en los extremos que imputen alguna responsabilidad penal y/o infraccin constitucional al demandante, debido a que no ha sido citado correctamente, conforme lo expuesto en la presente resolucin; adems de declarar la conclusin del proceso y su archivamiento definitivo; sin perjuicio del cobro de los costos del proceso. ORDENARON al A-quo a volver a expedir resolucin tomando en cuenta las consideraciones de esta resolucin de vista.-------------------------Es pertinente precisar; que se ha formado resolucin respecto al auto apelado en la resolucin N 33 de fecha 01 de septiembre del 2014, fojas 2119/2151 con los votos emitidos por los seores Jueces Superiores LAMA MORE, HURTADO REYES Y SOLIS MACEDO, es porque se REVOQUE nicamente en el extremo que declara nula la carta-citacin de fecha 04 de octubre de 2013, por haber considerado al actor como vinculado a los cargos imputados; REFORMANDO dicho extremo DISPUSIERON que la mencionada carta en dicho extremo s dio cumplimiento a la sentencia dictada en autos con autoridad de cosas juzgada.-