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REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DEDUCACIÓN RESUELTONo. 3050 Panamá, .n: de j. tilA) de 2016 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN en uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO: Que la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO" fue instituida por el Decreto Ejecutivo No.412 de 27 de noviembre de 1959, el cual fue modificado por el Decreto Ejecutivo No.469 de 15 de junio de 2011, para conceder anualmente, cada 1 de diciembre declarado "Día del Maestro Panameño", el máximo galardón tanto a docentes que se distinguen por su desempeño y compromiso en la transmisión de conocimientos, formando estudiantes con calidad educativa, como a centros educativos oficiales de excelencia académica que se caracterizan por la realización de obras de positivo valor cultural, académica y social, en bienestar de la educación; Que el Resuelto NO.3274 del 10 de julio de 2015 reglamenta el Decreto Ejecutivo No.412 del 27 de noviembre de 1959, estableciendo el procedimiento para otorgar esta condecoración, crea el Consejo Nacional y el Comité Ejecutivo de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO" Y estipula los requisitos que deben cumplir los candidatos que aspiran ser galardonados; Que con el interés de seleccionar a educadores íntegros y centros educativos oficiales que se distingan por su labor cultural y educativa, es necesaria la actualización de los requisitos y parámetros establecidos a los aspirantes a la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO", con la fmalidad de resaltar la imagen del educador y el centro educativo en sus diferentes ámbitos de acción, en aras de la excelencia académica; Que por lo antes señalado, se requiere modificar las disposiciones que establece el Resuelto NO.3274 del 10 de julio de 2015; así como otros aspectos importantes al procedimiento de selección de los educadores que aspiran a la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO", por tanto; RESUELVE: ARTÍCULO 1. Crear el Consejo Nacional de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO", el cual estará integrado por la Comisión Nacional de Ética del Educador, que efectuará la selección final entre los candidatos postulados a nivel regional y se encargará del otorgamiento de esta condecoración. I ARTÍCULO 2. Crear el Comité Ejecutivo de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO", el cual estará integrado por funcionarios de las diferentes direcciones nacionales del Ministerio de Educación, así: l. Un representante de la Dirección General de Educación; 2. Un representante de la Dirección Nacional de Educación Especial; 3. Un representante de la Dirección Nacional de Educación Básica General; 4. Un representante de la Dirección Nacional de Educación Media Académica; 5. Un representante de la Dirección Nacional de Educación Media Profesional y Técnica; 6. Un representante de la Dirección Nacional de Educación de Jóvenes y Adultos; 7. Un representante de la Dirección Nacional de Educación Particular; 8. Un representante de la Dirección Nacional de Educación Inicial; 9. Un representante de la Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza o Superior; 10. Un representante de la Dirección Nacional de Planearniento Educativo; . /~¿r¿:Ep,. 11. Un representante de la Dirección Nacional de Finanzas y Desarrollo InstituCiO~ .. ~~~~~+ 12. Un represeI}tante de la Dirección Nacional de Asesoria Legal; ,o: 'J}j •••••••. "f' 'P' .. \ I ! \~ .J~ ~~·~;ISl

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REPÚBLICA DE PANAMÁMINISTERIO DEDUCACIÓN

RESUELTONo. 3050 Panamá, .n:de j. tilA) de 2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓNen uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO" fue instituida por el Decreto Ejecutivo No.412de 27 de noviembre de 1959, el cual fue modificado por el Decreto Ejecutivo No.469 de 15de junio de 2011, para conceder anualmente, cada 1 de diciembre declarado "Día del MaestroPanameño", el máximo galardón tanto a docentes que se distinguen por su desempeño ycompromiso en la transmisión de conocimientos, formando estudiantes con calidadeducativa, como a centros educativos oficiales de excelencia académica que se caracterizanpor la realización de obras de positivo valor cultural, académica y social, en bienestar de laeducación;

Que el Resuelto NO.3274 del 10 de julio de 2015 reglamenta el Decreto Ejecutivo No.412del 27 de noviembre de 1959, estableciendo el procedimiento para otorgar estacondecoración, crea el Consejo Nacional y el Comité Ejecutivo de la Orden "MANUELJOSÉ HURTADO" Yestipula los requisitos que deben cumplir los candidatos que aspiranser galardonados;

Que con el interés de seleccionar a educadores íntegros y centros educativos oficiales que sedistingan por su labor cultural y educativa, es necesaria la actualización de los requisitos yparámetros establecidos a los aspirantes a la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO", con lafmalidad de resaltar la imagen del educador y el centro educativo en sus diferentes ámbitosde acción, en aras de la excelencia académica;

Que por lo antes señalado, se requiere modificar las disposiciones que establece el ResueltoNO.3274 del 10 de julio de 2015; así como otros aspectos importantes al procedimiento deselección de los educadores que aspiran a la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO", portanto;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Crear el Consejo Nacional de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO", elcual estará integrado por la Comisión Nacional de Ética del Educador, que efectuará laselección final entre los candidatos postulados a nivel regional y se encargará delotorgamiento de esta condecoración.

I

ARTÍCULO 2. Crear el Comité Ejecutivo de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO", elcual estará integrado por funcionarios de las diferentes direcciones nacionales del Ministeriode Educación, así:

l. Un representante de la Dirección General de Educación;2. Un representante de la Dirección Nacional de Educación Especial;3. Un representante de la Dirección Nacional de Educación Básica General;4. Un representante de la Dirección Nacional de Educación Media Académica;5. Un representante de la Dirección Nacional de Educación Media Profesional y

Técnica;6. Un representante de la Dirección Nacional de Educación de Jóvenes y Adultos;7. Un representante de la Dirección Nacional de Educación Particular;8. Un representante de la Dirección Nacional de Educación Inicial;9. Un representante de la Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de

Enseñanza o Superior;10. Un representante de la Dirección Nacional de Planearniento Educativo; ./~¿r¿:Ep,.11. Un representante de la Dirección Nacional de Finanzas y Desarrollo InstituCiO~..~~~~~+12. Un represeI}tante de la Dirección Nacional de Asesoria Legal; ,o: 'J}j •••••••. "f' 'P'

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13. Un representante de la Dirección Nacional de Administración;14. Un representante de la Dirección Nacional de Recursos Humanos;15. Un representante de la Dirección Nacional de Información y Relaciones Públicas y

Protocolo;16. Un representante de Secretaría General.

ARTÍCULO 3. El Comité Ejecutivo tiene la finalidad de lograr la colaboración directa delas respectivas áreas curriculares, a través de sus directivos, para que el proceso deorganización y del Acto de Condecoración sea más expedito y ejerzan funciones operativastendientes a garantizar el cumplimiento de la reglamentación relativa al otorgamiento de laOrden "MANUEL JOSÉ HURTADO".

ARTÍCULO 4. Para los efectos del otorgamiento de la Orden "MANUEL JOSÉHURTADO", el país se dividirá en circunscripciones denominadas regiones escolares, lascuales funcionarán en las diferentes Direcciones Regionales de Educación.

ARTÍCULO 5. Créase el Consejo Regional de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO",que estará presidido por el Coordinador de la Comisión Regional de Ética del Educador yestará integrado por los miembros de dicha Comisión, conforme lo establecido en el ResueltoNO.6277 de 14 de noviembre de 2012.

ARTÍCULO 6. Los Consejos Regionales deberán recibir por lo menos tres (3) aspirantesdocentes y tres (3) centros educativos, de lo contrario la región educativa no podrá presentaraspirantes a la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO".

ARTÍCULO 7. Los Consejos Regionales de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO"recibirán la documentación de los participantes y seleccionarán a un (1) educador y un (1)centro educativo que cumplan con las exigencias y requisitos, dentro del plazo establecidoen el Resuelto de convocatoria.

ARTÍCULO 8. Para participar en la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO" los candidatosdocentes, directores, subdirectores, supervisores y centros educativos deben enviar lassolicitudes al Consejo Regional de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO" con la siguientedocumentación:

l. Docentes, Supervisores, Directores y Sub Directores de Centros Educativos:a. Certificación de la comunidad educativa escolar, firmada por cada uno de los

miembros y su identificación personal.b. Resumen de hoja de vida.c. Dos (2) fotos actualizadas tamaño carnet.d. Certificación firmada por el Supervisor de la zona que dé fe de la labor realizada

en beneficio de los estudiantes y comunidad en general, cuando se trate dedocentes, subdirectores y directores. En caso de los supervisores lo hará elDirector Regional de Educación.

e. Presentar evidencias de su trayectoria profesional, la cual debe ser no menor dediecisiete años (17) en el sistema educativo.

f. Certificación de la Dirección Nacional de Recursos Humanos de no haber sidoobjeto de investigación ni sancionado por falta alguna, por lo que debe haberobservado una conducta ejemplar en su vida personal y profesional comodocente, dentro y fuera .del centro educativo.

g. Certificación de la Dirección Regional de Educación que indique que no ha sidoseleccionado, a nivel de la región, en años anteriores.

2, Centros Educativos:a. Solicitud de participación.b. Decreto de funcionamiento.c. Una fotografia del plantel.d. Certificación que el centro educativo ha cumplido un período mínimo de diez

(10) años de servicios a la comunidad.e. Certificación de la labor social y educativa que ha realizado el centro educativo,

firmada por la máxima autoridad de la comunidad.f. Certificación de la Dirección Regional de Educación dando fe de

educativa y cultural que ha desarrollado el centro educativo.

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Los aspirantes deben presentar los documentos en original y copia, para el respectivo cotejo,y su posterior evaluación ante el Consejo Regional de la Orden "MANUEL JOSÉHURTADO".

ARTÍ CULO 9. Los candidatos propuestos a la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO" debenacompañar su solicitud para su participación, con la documentación que evidencie y sustentesu labor, la cual deberá entregar en el orden que se establece de conformidad con lossiguientes parámetros:

1. Dimensión personal, con un valor del quince por ciento (15%):a. Haber sido objeto de reconocimiento público por el desempeño de sus funciones.b. Reflejar como docente una imagen impecable, ejemplar y acorde, en su forma de

vestir y de conducirse en la escuela y la comunidad.c. Ejercer su labor bajo el concepto de vocación de servicio y de amor a los

estudiantados, centro educativo e institución, evidenciando una actitud de interéspor el aprendizaje de los alumnos y por su bienestar en general.

d. Gozar del respeto, admiración y consideración de sus educando s, colegasadministrativos, padres de familia y de la comunidad en general, en donde ejercecomo docente.

e. Practicar y proyectar valores, demostrar calidad humana en la convivencia conlos estudiantes, personal docente y administrativo, padres de familia y lacomunidad en general, en donde ejerce como docente.

f. Demostrar buen carácter, manejo de conflictos y buenas relacionesinterpersonales con los estudiantes, docentes y administrativos.

g. Manejar sus emociones frente a las diferentes situaciones que se le presentan adiario.

h. Mantener, a través de su rol de docente, la práctica de valores y un estilo devida democrático.

2. Dimensión académica, con un valor del quince por ciento (15%):a. Innovar constantemente con sus prácticas pedagógicas, para superar el bajo

rendimiento, inasistencia y deserción escolar.b. Ofrecer orientación y seguimiento a los estudiantes en los espacios curriculares

abiertos y en horas no laborables, para mantener la motivación e interés en elaprendizaje.

c. Organizar programas, módulos, tutorías presenciales y a distancia, paraestudiantes con bajo rendimiento académico y en especial para estudiantes condificultades de aprendizaje, problemas de adaptación, concentración en el estudiou otros problemas comunes en el estudiantado. ,

d. Aplicar de forma correcta los programas curriculares de su cátedra.3. Dimensión escolar, con un valor deÍ cuarenta por ciento (40%):

a. Realizar encuentros, reuniones de seguimiento con los padres de familia yacudientes, para conocer la situación familiar y mejorar las condiciones derendimiento escolar de sus alumnos.

b. Participar en proyectos socioeducativos, como: Escuela para Padres, concursosinstitucionales, los festivales de talento y eventos que permitan el crecimientosocial y educativo de los estudiantes.

c. Participar en la coordinación y organización de eventos científicos otecnológicos, como estrategia para motivar el aprendizaje en los estudiantes.

d. Utilizar métodos, técnicas, estrategias y recursos vinculados a los intereses ynecesidades de los alumnos.

e. Aplicar las tecnologías de la información y comunicación en su modelopedagógico, como un apoyo para mejorar la metodología enseñanza-aprendizaje.

f. Crear las condiciones para la comunicación y participación de los padres, madresy acudientes en las tareas y responsabilidades educativas.

g. Organizar y participar en los actos cívicos, desfiles patrios, vigilancia del recreo,actividades culturales y sociales que se organizan, como labor de extensión parapreservar la disciplina, el sentimiento patriótico, las normas morales, sociales yculturales de desempeño del estudiantado.

h. Promover los valores, la vida sana, las habilidades sociales, artísticas, culturalesy deportivas de sus estudiantes, como complemento de su formación integral.

I. Registrar asistencia y puntualidad excelente en los dos (2) años anteriores a sunominación.

J. Aplicar los nuevos modelos de evaluación de aprendizaje.

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k. Reflejar excelencia académica en su evaluación del desempeño docente.4. Dimensión profesional, con un valor del veinte por ciento (20%):

a. Presentar título de maestro, licenciatura, profesorado, postgrado, maestria y/odoctorado.

b. Haber asistido en los últimos dos (2) años a seminarios, congresos, foros,diplomados, charlas educativas u otra acción de perfeccionamiento profesionalque esté vinculado con su especialidad.

c. Elaborar textos, libros, folletos, cuadernos, boletines, guías o revistas quepermitan o faciliten la información educativa necesaria y actualizada, mediantemodelos de comunicación de cambio educativo.

d. Apoyar, en forma espontánea, como facilitador en seminarios, conferencias,charlas u orientación docente, administrativa, estudiantil o comunitaria.

e. Demostrar un sentido de pertenencia hacia el centro educativo.f. Practicar las nuevas tendencias educativas durante su labor en el proceso

enseñanza-aprendizaje.g. Mantener un comportamiento ético en su vida personal y profesional como

modelo a seguir.h. Conocer, preocuparse y contribuir en la disminución de las debilidades

educativas de sus estudiantes.5. Dimensión comunitaria, con un valor del diez por ciento (10%):

a. Realizar jornadas o talleres de orientación y proyectos con los padres de familiay acudientes trimestralmente, para compartir las dificultades de la enseñanza-aprendizaje o para conocer y tratar de mejorar la situación familiar en lacomunidad de su estudiantado.

b. Incorporarse a talleres de actualización en acciones intersectorialescontribuyendo con profesionales de salud, policías, bomberos, jueces, ecólogosexpertos en flora y fauna, periodistas, artesanos y otros profesionales; paramejorar el conocimiento de la vida en sociedad y los factores económicos deriesgo que influyen en la misma.

c. Organizar giras educativas con estudiantes y docentes a sitios de desarrollonacional, a [m de incrementar el conocimiento sobre los diversos sectores denuestro país.

d. Participar en los diferentes espacios de la comunidad donde labora con trabajosde extensión y de orientación en beneficio de la comunidad.

ARTÍCULO 10. Los centros educativos propuestos como candidatos a la Orden "MANUELJOSÉ HURTADO" deben acompañar la solicitud para su participación, con ladocumentación que evidencie y sustente su labor, la cual deberá entregar en el orden que seestablece de conformidad con los siguientes parámetros:

1. Dimensión académica, con un valor del cuarenta por ciento (40%):a. Superar los resultados académicos de los estudiantes, en comparación con las

deficiencias presentadas en años anteriores.b. Formar y capacitar continuamente al personal docente, administrativo y de

apoyo, organizado por el personal directivo.c. Elaborar propuestas exitosas de estrategias didácticas y metodológicas con sus

respectivos resultados.d. Seguir el progreso de sus estudiantes en una amplia gama de logros intelectuales,

comunitarios, sociales, morales y emocionales. 'e. Fomentar las vivencias y prácticas que coadyuven a comprometer al personal en

el mejoramiento de sí mismo y de su entorno.f. Liderar cambios significativos para maximizar el alcance de los objetivos de

enseñanza-aprendizaje, mediante el uso apropiado de las TIC's, entre otros.g. Implementar cambios significativos, que aumenten el uso de recursos de la era

digital y que permitan lograr los objetivos de la enseñanza-aprendizaje, apoyadode prácticas efectivas para el mejor desempeño de los líderes escolares.

h. Recopilar y analizar datos, interpretar resultados y compartir hallazgos que hanpermitido establecer causas y efectos, en aras de mejorar el desempeño del cuerpodocente y la calidad de la enseñanza-aprendizaje de los educandos.

1. Asegurar el compromiso continuo en el desarrollo e implementación del planestratégico, para el mejoramiento de la calidad en la enseñanza-aprendizaje delcentro educativo. }~~Jll.¡Olifi,

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j. Armonizar la convivencia entre los directivos, docentes, padres de familia,estudiantes y la comunidad.

2. Dimensión administrativa, con un valor del veinte cinco por ciento (25%):a. Innovaciones educativas promovidas por la Administración, en cuanto a sus

metas y logros.b. Servicios educativos brindados a la comunidad educativa.c. Espacios físicos adecuados y equipados para el desarrollo exitoso del proceso de

aprendizaje.d. Proyecto Educativo del Centro que oriente sus acciones en la gestión institucional

y pedagógica, con el fin de mejorar la calidad educativa.e. Elliderazgo que el equipo directivo del centro ejerce como eje transformador en

la comunidad.f. Compromiso con su misión y visión.g. Logros de los objetivos del centro, producto de una política administrativa

sustentada en las cuatro funciones básicas de un buen administrador.h. Condiciones físicas del centro educativo refrendadas por la Dirección Nacional

de Ingeniería y Arquitectura.3. Dimensión de gestión, con un valor del veinte por ciento (20%):

a. Gestión oportuna y uso adecuado de los recursos del Fondo de Equidad y Calidadde la Educación.

b. Implicación y apoyo de los padres de familia al centro escolar.c. Compromiso con normas y metas compartidas y claras.d. Identificar y satisfacer las expectativas de estudiantes, padres de familia,

comunidad educativa en general.e. Reconocimiento externo por la labor realizada a favor de los estudiantes.f. Existencia de organismos de representación y de participación que funcionan de

manera activa y permanente.g. Ambiente físico de ornato y limpieza, que refleje y determine una organización

armónica dentro del centro educativo.h. La Escuela para Padres se desarrolla como una acción permanente.

4. Dimensión comunitaria, con un valor del quince por ciento (15%):a. El centro educativo participa y contribuye con sus aportes al desarrollo de la

comunidad y al de sus instituciones.b. Promueve y modela interacciones sociales responsables relacionadas con el

mejoramiento de los miembros de la comunidad.c. Proyección y compromiso social del centro con la comunidad donde está

inmerso.d. Realizan acciones intersectoriales como apoyo para el beneficio de los

estudiantes.e. Elaboran programas para mejorar el ambiente, la seguridad social y la vida en

valores, control de epidemias y medidas para mitigar la delincuencia.

ARTÍCULO 11. El Código de Ética Profesional para los Educadores de la República dePanamá será un instrumento de consulta para las deliberaciones del Consejo Regional de laOrden "MANUEL JOSÉ HURTADO".

ARTÍCULO 12. La convocatoria para el Concurso Nacional de la Orden "MANUEL JOSÉHURTADO" se hará cada año mediante Resuelto, en el cual se fijará el plazo para laspostulaciones de los candidatos, con una anticipación no menor de cuatro (4) meses a larealización del acto de imposición de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO".

ARTÍCULO 13. El Consejo Nacional y el Consejo Regional de la Orden "MANUEL JOSÉHURTADO" realizarán visitas a los centros educativos seleccionados por el ConsejoRegional y corroborarán la información suministrada, si así lo estiman conveniente.

ARTÍCULO 14. El proceso de selección de los candidatos deberá desarrollarse dentro de unambiente de altura profesional, evitando toda situación que afecte su seríedad.

ARTÍCULO 15. Una vez realizada la selección del(los) educador(es) y el(los) centro(s)educativo(s) que postulará cada región para la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO", losdoc~entos aportados por los propon~ntes y el acta respectiva serán enviados al Conssi€p~.~:'<I,.Nacional de la Orden "MANUEL JOSE HURTADO". ..,.,)~¡'¡\IAG~>"!i

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El Consejo Nacional de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO" revisará y ponderará ladocumentación de cada postulado y tomará la decisión final entre los candidatos propuestospor el Consejo Regional de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO", en el orden establecidoen este Resuelto.

La decisión del Consejo Nacional de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO" no essusceptible de Recurso.

ARTÍCULO 16. El Consejo Nacional de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO" elegiráa los ganadores de la Orden entre docentes y centros educativos seleccionados a nivelregional que reúnan las mejores condiciones establecidas en los artículos 9 y 10 del presenteResuelto y dará a conocer, en forma oportuna, los ganadores que serán condecorados con laOrden "MANUEL JOSÉ HURTADO".

ARTÍCULO 17. El acto de imposición de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO" serealizará en la ciudad de Panamá y será presidido por las máximas autoridades educativas.

En caso de que alguno de los ganadores no pueda asistir, la Orden le será impuesta en lafecha que determine la autoridad educativa de la región respectiva, en coordinación con elConsejo Nacional de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO".

ARTÍCULO 18. La condecoración de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO" consistiráen una medalla de plata de setenta (70) milímetros, que en el converso llevará la efigie deDon MANUEL JOSÉ HURTADO en oro, alrededor de la cual estará la leyenda: "MANUELJOSÉ HURTADO, PADRE DE LA EDUCACIÓN PANAMEÑA", y en la parte inferiorllevará el año 1959 y el año correspondiente al concurso. La medalla estará suspendida poruna cinta de color rojo púrpura de cuarenta (40) milímetros de ancho, que llevará en el centrouna franja de color amarillo de cinco (5) milímetros de ancho.

ARTÍCULO 19. Los condecorados recibirán, además de la medalla, un pergamino en el queconstará el reconocimiento que le hace el Órgano Ejecutivo.

ARTÍCULO 20. No podrán participar los educadores ni centros educativos que hayan sidopostulados a la condecoración de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO" en los últimosdiez (10) años.

ARTÍCULO 21. El Comité Ejecutivo de la Orden "MANUEL JOSÉ HURTADO" elaboraráuna memoria anual de la labor realizada, la cual será entregada a la Secretaría General delMinisterio de Educación, acompañada de toda la documentación utilizada, para que sirva deantecedente y de consulta en los años sucesivos.

ARTÍCULO 22. Este Resuelto deroga en todas sus partes el Resuelto 3274 del 10 de juliode2015.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

i2wCARLOS STAFFVice Ministro Académico

Q~~~~CELA PAREDES DE V· QU

Ministra de Educación

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