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FICHA Nº 1 1.- Ponente Dr. Manuel José Cepeda Espinosa 2.- Fecha 31 Octubre de 2001 3.- Procesado Manuel Enrique Cifuentes Muñoz 4.- Referente Conceptual Deberes Páginas Web 5 - Asunto El actor reprocha la generalidad y vaguedad con que el artículo 91 de la Ley 633 de 2000 establece dos deberes con los cuales han de cumplir todas las páginas web y los sitios de Internet de origen colombiano cuya actividad económica sea de carácter comercial, financiera o de prestación de servicios. 6.- Tesis de la Decisión Corresponde a la Corte Constitucional resolver el siguiente problema: ¿La consagración de los deberes de inscripción en el registro mercantil y de remisión de la información tributaria que solicite la DIAN a las páginas o sitios web de origen colombiano mediante las que se prestan servicios personales, comerciales y financieros, constituye una violación del principio de reserva de ley que establece la Constitución en ciertas materias como la relativa al derecho a la intimidad garantizado por el artículo 15 Superior?. 7.- Resumen de la Argumentación. Le corresponde a la corte señalar A) Cuál es el alcance del ordenamiento constitucional frente a la regulación de materias ligadas al ejercicio de actividades a

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FICHA N 1

1.- PonenteDr. Manuel Jos Cepeda Espinosa

2.- Fecha31 Octubre de 2001

3.- ProcesadoManuel Enrique Cifuentes Muoz

4.- Referente ConceptualDeberes Pginas Web

5 - AsuntoEl actor reprocha la generalidad y vaguedad con que el artculo 91 de la Ley 633 de 2000 establece dos deberes con los cuales han de cumplir todas las pginasweby los sitios de Internet de origen colombiano cuya actividad econmica sea de carcter comercial, financiera o de prestacin de servicios.

6.- Tesis de la DecisinCorresponde a la Corte Constitucional resolver el siguiente problema: La consagracin de los deberes de inscripcin en el registro mercantil y de remisin de la informacin tributaria que solicite la DIAN a las pginas o sitioswebde origen colombiano mediante las que se prestan servicios personales, comerciales y financieros, constituye una violacin del principio de reserva de ley que establece la Constitucin en ciertas materias como la relativa al derecho a la intimidad garantizado por el artculo 15 Superior?.

7.- Resumen de la Argumentacin.Le corresponde a la corte sealar A) Cul es el alcance del ordenamiento constitucional frente a la regulacin de materias ligadas al ejercicio de actividades a travs de InternetB) Se har referencia al contenido especfico de la disposicin objeto de la demanda.C) Cul es el sentido y alcance de la informacin requerida por la norma impugnada para dos efectos distintos: la inscripcin de los comerciantes en el registro mercantil y los requerimientos especficos que en materia tributaria hace la Direccin Nacional de Impuesto y Aduanas Nacionales..

8.- DecisinDeclarado exequible de manera condicionada, excepto las expresiones en los trminos y lo contenidas en dicha disposicin que, en consecuencia, sern declaradas inexequibles.En ese orden de ideas, la informacin que puede requerir la DIAN, y debe suministrrsele, sobre las transacciones econmicas que se realizan en sitios de Internet y pginasweb, de origen colombiano, mediante las que se prestan servicios personales, comerciales o financieros es slo la directamente relevante y estrictamente necesaria para el cumplimiento de sus funciones en ejercicio de sus competencias legales.

9.- Salvamento de VotoNo es posible avalar que cierto tipo de informacin pueda sustraerse del alcance de las autoridades competentes para conocerla cuando ella contiene datos directamente relevantes y estrictamente necesarios para el cumplimiento de fines constitucionalmente reconocidos y legalmente definidos como los que desarrolla la administracin tributaria. Sin embargo, esta circunstancia no puede desconocer los derechos de las personas sobre las que versa tal informacin ni la existencia de pactos de confidencialidad o reserva que acuerdan lmites de acceso a ciertos datos. Por eso, para conciliar el derecho y el deber en esta hiptesis, es decir, en el evento en el que el agente material de la actividad que est sujeta al deber de informacin ante la DIAN haya de entregar datos acerca de las transacciones econmicas que ha realizado a travs de un sitio de Internet o pginaweb, se debe igualmente dar aviso de este hecho a las personas comprometidas con tal revelacin sealando (i.) la autoridad a la que se le remite, (ii.) el contenido especfico de lo informado y (iii.) la finalidad que se busca con tal divulgacin.