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COMISIN TCNICA MDICA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTNFacultad de Ingeniera de Produccin y Servicios

CURSO POSGRADO

SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

ALUMNO:

Lic. Edgar Atahualpa Bellido

AREQUIPA, Abril del 2012

MATERIAL REPRODUCIDO CON FINES ESTRICTAMENTE ACADEMICOS

INDICE

PRESENTACIN DEL CURSO Pg. 1MODULO I: INTRODUCCIN A LA SALUD OCUPACIONALPg. 21.1 Resea histrica de la salud OcupacionalPg. 21.2 Componentes bsicos de la Salud OcupacionalPg. 31.3 Concepto de Peligro y Riesgo en Salud OcupacionalPg. 31.4 Principales tipos de Riesgos LaboralesPg. 31.5 Medidas de control primarias, secundarias y terciariasPg. 51.6 Accidente de trabajo Pg. 171.7 Enfermedad ocupacional Pg. 17MODULO II: NORMATIVA DE SALUD OCUPACIONAL Pg. 182.1 Ley N 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Pg. 182.2 R.M. N 148-2007TR Reglamento de Constitucin y Funcionamiento del Comit y Designacin de Funciones del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo y otros documentos conexos Pg. 192.3 R.M. N 480-2008/MINSA Enfermedades Profesionales Pg. 242.4 Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo Pg. 262.5 Bioseguridad Pg. 312.6 Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional y otras medidas complementarias en minera D.S. N 055-2010-EM Otras normas relacionadas a la Salud Ocupacional Pg. 322.7 Otras normas relacionadas a la Salud Ocupacional Pg. 35MODULO III: IDENTIFICACIN DE PELIGROS EVALUACIN DE RIESGOS Y CONTROL Pg. 393.1 Algunos formatos utilizados para recopilar informacin Pg. 393.2 Matriz de Identificacin de Peligros, Evaluacin de Riesgos y Control Pg. 443.3 Valores Lmite Tolerables (TLVs Pg. 46MODULO IV: GESTIN DE LA SALUD OCUPACIONAL Pg. 474.1 Planeamiento de la Salud Ocupacional Pg. 474.2 Investigacin de accidentes y enfermedades ocupacionales Pg. 474.4 Gestin de Riesgos Laborales Pg. 50

PRESENTACIONLa Salud Ocupacional en Per, viene siendo reimpulsada con la normativa legal requerida, el control de la misma en las empresas privadas y el apoyo a las empresas pblicas; sin embargo muchas empresas formales e informales aun no asimilan la cultura de Seguridad y Salud en el trabajo, teniendo esta relacin directa con la productividad y habiendo dejado hace ya mucho tiempo de ser una ventaja competitiva para ser una necesidad de produccin de las empresas globalizadas.

MODULO IINTRODUCCIN A LA SALUD OCUPACIONAL1.1 RESEA HISTRICA DE LA SALUD OCUPACIONALDesde el siglo IV AC el griego Hipcrates de Cos menciona enfermedades que presentan solo los trabajadores mineros de entonces, llamados trabajadores de las canteras. Luego en la era cristiana Plinio el Viejo, describi las enfermedades pulmonares entre los mineros y los envenenamientos por azufre y zinc; posteriormente en el siglo II Galeno describe las enfermedades ocupacionales entre los trabajadores del mediterrneo. As mismo enEl tratado De la Res Metlica (De la Cosa Metlica) del autor Agrcola, cuya obra fue publicada pstumamente en 1556, menciona las enfermedades que afectan a los mineros como la Neumoconiosis.En el mismo siglo XVI Paracelso escribe la primera monografa Vonder Birgsucht Und Anderen BergranK Heiten, que relaciona la accin de las sustancias usadas en el trabajo y la enfermedad en el trabajador, describe la toxicidad del mercurio, mencionando los principales sntomas.En el ao 1700 Bernardino Ramazzini (Italia), a quien se le conoce como el Padre de la Medicina del Trabajo publica el libro De Morbis Artificum Diatriba, en el que seala la relacin entre riesgo y enfermedad, basado en la observacin y en respuesta a una pregunta simple que recomienda no olvidar: Cul es tu ocupacin?.El Per tiene una tradicin milenaria en la que el trabajo es considerado como un deber social. Durante la Conquista por los espaoles, el sistema productivo se modific. Desde la Colonia hasta la etapa Republicana se cimienta la coexistencia del modo de produccin variado que influye en el paso del Per al proceso productivo industrial.En 1824 se suprime el trabajo forzado de los indios en las minas, y en 1900 se promulga el primer Cdigo de Minera.En 1911 se dio la primera Ley sobre Accidentes de Trabajo, Ley N1378 (Jos Matas Manzanilla), norma pionera en la regin y avanzadsima para su poca, introduce la teora de responsabilidad por riesgo, quien crea un puesto de trabajo est creando un riesgo, no siendo necesario demostrar la culpa del empresario pues ste responde al riesgo existente en el trabajo por l creado. Los empresarios para cubrirse de esta responsabilidad aseguraban a sus trabajadores contratando plizas con seguros privados; esto dur 60 aos.En 1936 se crea el Seguro Social Obrero, en el que se establece cobertura por enfermedad, maternidad, invalidez, vejez y muerte, no considerando los accidentes y enfermedades ocupacionales.El 5 de Agosto de 1940 por Decreto Supremo se crea el Departamento de Higiene Industrial dentro del Ministerio de Salud Pblica y Previsin Social. Por Ley 10833 de 1947 se crean los fondos, para el Departamento de Higiene Industrial, con el aporte del 1,8 % de la planilla de salarios de los trabajadores mineros, posteriormente Instituto de Salud Ocupacional.En 1957 el Departamento de Higiene Industrial se transforma en Instituto de Salud Ocupacional (ISO), durante este periodo se realizaron diversos estudios de investigacin: Dimetro transverso del corazn en los mineros de altura, Diversos Estudios sobre Control de Polvos Contaminantes en Plantas Mineras, Silicosis , Tuberculosis y Mal de Montaa Crnico, Intoxicacin por Insecticidas en valles de Caete, Chincha, Pisco e Ica, Visita de inspeccin y control de las condiciones de trabajo, Investigacin sobre la correlacin del factor tiempo, concentracin y la Silicosis, Diagnstico de Silicosis, Lmites Fisiolgicos de Adaptacin a la Altura - Factores Hemticos y Cardiopulmonares, Metabolismo Basal en el Fro, Aplicacin de la Cromatografa de Gases a los Estudios de Ventilacin Pulmonar.Fue el Centro de Capacitacin Profesional Especializado a nivel latinoamericano. El ISO en 1985 se eleva a la categora de Instituto Nacional de Salud Ocupacional (INSO).De 1990 a 1994 el INSO sufri cambios, integrndose a la Direccin General de Salud Ambiental (DIGESA), en esta dcada el campo de la salud ocupacional fue minimizado por la corriente ambientalista. En abril de 2001 mediante R.M. N223-2001-SA/DM, la Direccin Ejecutiva de Salud Ocupacional se incorpora en el Reglamento de Organizacin Y funciones (ROF) de la DIGESA.En Julio de 2001 el INSO, pasa a ser un rgano desconcentrado de la estructura orgnica del Ministerio de Salud, denominndose Instituto de Salud Ocupacional Alberto Hurtado Abada.Mediante la promulgacin de la Ley del Ministerio de Salud, Ley N27657 publicada en Enero del 2002, se crea el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Proteccin del Ambiente para la Salud (CENSOPAS), como integrante del Instituto Nacional de Salud (INS), rgano descentralizado del MINSA.En Noviembre de 2002 segn el D.S. N 014-2002-SA Reglamento de Organizacin y Funciones del MINSA, la Direccin Ejecutiva de Salud Ocupacional (DESO) se ubica en la estructura orgnica de la DIGESA.El 23 de Mayo del 2003, se les asigna funciones de salud ocupacional a las Direcciones de Salud y Direcciones de Redes de Salud, segn R.M N 573-2003-SA/DM, Reglamento de Organizacin y Funciones, habindose constituido en el 2004 las Unidades de Salud Ocupacional como componente organizacional de las Direcciones Ejecutivas de Salud Ambiental (en las 34 DESAs) de las Direcciones Regionales de Salud (DIRESAs) y Direcciones de Salud (DISAs), las mismas que vienen realizando acciones de vigilancia de salud ocupacional en las regiones del pas.En aspectos de globalizacin, los cambios en el mundo del trabajo han sido tan vertiginosos y rpidos como en el campo de la informtica y de las comunicaciones, afectando a la salud de los trabajadores.1.2 COMPONENTES BSICOS DE LA SALUD OCUPACIONALLa Salud Ocupacional es una ciencia que busca prevenir los accidentes y enfermedades laborales, multidisciplinaria que tiene tres componentes fundamentales, los que son:a) La Seguridad Laboral (Seguridad Industrial).- Cuyo objetivo primordial es hacer que los trabajos sean ms seguros en sus diferentes operaciones, para evitar la ocurrencia de accidentes, incidentes y la consecuente prdida de capital por actos y condiciones inseguras.b) La Higiene Laboral (Higiene Industrial).- Es el conjunto de procedimientos destinados a controlar los factores ambientales que pueden afectar la salud en el mbito de trabajo. Se entiende por salud al completo bienestar fsico, mental y social.Por lo tanto, debe identificar, evaluar y, si es necesario, eliminar los agentes biolgicos, fsicos y qumicos que se encuentran dentro de una empresa o industria y que pueden ocasionar enfermedades a los trabajadores.c) La Medicina Ocupacional.- Es una especializacin mdica que se ocupa de estudiar como las condiciones de trabajo pueden afectar la salud de los trabajadores y la prevencin de estas enfermedades. Es una de las actividades dentro de un programa de salud ocupacional.1.3 Concepto de Peligro y Riesgo en Salud Ocupacional.PELIGRO.- Es algo que tiene la potencialidad de causar dao a personas (trabajador, visitantes), equipos e instalaciones, o al medio ambiente.RIESGO OCUPACIONAL.- Es la probabilidad, oportunidad o posibilidad de que pueda ocurrir un dao a partir del peligro.1.4 Principales tipos de Riesgos Laborales.A) Riesgos Fsicos.- Son las diferentes formas de energa que se generan en el ambiente de trabajo en una proporcin mayor a la que el organismo es capaz de soportar, creando condiciones adversas para la salud de los trabajadores. Se manifiestan como: Ruido, Vibracin, Iluminacin, Temperaturas extremas, Radiaciones ionizantes, Radiaciones no ionizantes, Humedad.B) Riesgos Qumicos.- Son los elementos de origen orgnico o inorgnico, naturales o sintticos, presentes en el ambiente de trabajo en concentraciones mayores de los niveles limites de exposicin laboral, con efectos irritantes, corrosivos, asfixiantes o txicos nocivos para la salud.Se presentan bajo la forma de: Gases, Vapores. Polvos, Humos, Neblinas, Roco,

C) Riesgos Biolgicos.- Son los seres vivos microscpicos (microorganismos) presentes en el ambiente que tienen su origen en el hombre, animales, la materia orgnica procedente de ellos y del ambiente de trabajo, que en contacto con el trabajador puede producir enfermedades infecciosas, micticas y parasitarias. Los ms comunes son: Virus, Bacterias, Hongos, Parsitos. Para los Riesgos Biolgicos no existen lmites permisibles y el desarrollo y efectos despus del contagio, depende de las defensas naturales que tenga cada individuo. Ocupaciones vinculadas a ste riesgo: Agrcolas, Camales, Pastores, Jardinera, Enfermera, Veterinaria, Lavandera, etc.Enfermedades que pueden ocasionar: Parasitosis, Micosis, Malaria o Paludismo, Tuberculosis, Leishmaniosis, Leptospirosis, Fiebre Amarilla, Ttanos, Dengue, HepatitisB, Brucelosis, Tifoidea, Difteria, Polio, Cisticercosis, Encefalitis, etc.D) Riesgos Ergonmicos.- Son aquellos producidos por una inadecuada relacin entre el hombre y la mquina o su puesto de trabajo. Pueden ser: Posturas inadecuadas, Sobreesfuerzos, Movimientos forzados, Trabajos prolongados de pie, Dimensiones inadecuadas, Distribucin del espacio.E) Riesgos Mecnicos.- Son los referidos a materiales, equipos o herramientas de trabajo, que utiliza el trabajador en su actividad. Herramienta defectuosa, Elementos cortantes, punzantes y contundentes, Maquinaria sin proteccin, Material en movimiento, Maquinas y herramientas, Transporte mecnico, Partes en movimiento, Material proyectado, Cada de objetos.F) Riesgos Psicosociales.- Son aquellos originados por interacciones negativas entre las condiciones de trabajo y las caractersticas individuales. Se pueden agrupar en: Contenido de la tarea, Relaciones Humanas, Organizacin del tiempo de trabajo, Gestin de personal. Carga trabajo mental

Estrs laboral: es la reaccin de defensa del organismo humano frente a la presencia de exigencias, tensiones y peligros internos o externos a que la persona est expuesta en su entorno generndoles cambios en la mente, el interior del cuerpo y en su comportamiento.G) Riesgos Del Entorno De Trabajo.- Engloban los siguientes peligros: Riesgos Elctricos, Ej.: Contacto con cuerpos energizados. Riesgos Fsico-qumicos, Ej.: Sustancias o situaciones que pueden causar incendios. Riesgos Locativos, Ej.: Falta de adecuada sealizacin, superficies defectuosas, escaleras, pasadizos.

1.5 Medidas de control primarias, secundarias y terciarias.1.5.1 Control Primario: En la fuente donde se produceSu objetivo es eliminar por completo la generacin del contaminante. Incluye los siguientes mtodos:a) El diseo del edificio, planta, equipo y maquinaria y sistemas de trabajoEn la etapa de planeacin y disposicin del sitio de trabajo se debe considerar:Su ubicacin La facilidad del transporte Las instalaciones de higiene personal La disposicin del equipo y procesos productivos o de fabricacin El diseo del sistema de trabajo para prevenir la sobrecarga fsica de los trabajadores La ventilacin general - distribucin adecuada de ventanas, claraboyas, aberturas, para aumentar la ventilacin general y disminuir la temperatura Los espacios para la instalacin de sistemas de ventilacin local La iluminacin Las reas libres para circulacin de trabajadores y materiales La ubicacin de equipos a presin (calderas, compresoras) Los circuitos elctricos - conexin a tierra, aislamiento de todos los puntos por donde circula corriente, instalacin de interruptores automticos para prevenir sobrecargas elctricas La proteccin contra incendios Las instalaciones para el almacenamiento de materiales y los equipos para su manejo Las necesidades de mantenimiento Las medidas de seguridad y de salud (duchas de seguridad, sistemas de ventilacin local exhaustiva). La utilizacin de sistemas cerrados para manejar productos qumicos en lugar de un sistema abierto que libere contaminantes.b) SustitucinConsiste en reemplazar un material o proceso riesgoso por materiales o procesos menos nocivos. La sustitucin es el mtodo menos costoso y el ms efectivo para controlar el riesgo ocupacional.Sustitucin en el material: Se requiere de buena informacin para evitar cambiar un riesgo por otro ms nocivo, como tambin considerar los factores tcnicos, econmicos y de disponibilidad del sustituto en el mercado.La fibra de vidrio ha sido ampliamente utilizada como sustituto para el asbesto pero actualmente es considerada tambin como un riesgo para la salud.Muchas veces se han reemplazado solventes de alta toxicidad y poco inflamables por solventes de baja toxicidad y altamente inflamables. Lo que se ha hecho ha sido cambiar un riesgo por otro.Ejemplos de esta medida de control: Sustitucin de nafta de petrleo por percloroetileno De benceno por nafta de petrleo De solventes voltiles por otros de menor volatilidad De sales de mercurio por perxido de hidrogeno y sulfato de bario en la fabricacin de fieltros para sombreros. Pigmentos a base de plomo por sulfatos de bario y de zinc en la fabricacin de pinturas blancas.En el proceso: En muchos casos el riesgo es inherente al proceso. La pregunta sera si el proceso es necesario o si ste puede cambiarse. La administracin a menudo cambia o altera un proceso por razones de eficiencia. Se deber entonces insistir para asegurar que deberan obrar lo mismo cuando se trata de la salud del trabajador.Buscar un proceso sustituto no siempre es difcil. Ejemplos: La pintura por inmersin crea menos problema de inhalacin que la pintura a pistola. El corte es menos ruidoso que la ruptura. La limpieza qumica de metales reemplaza la limpieza por chorro de arena (sand blasting) La limpieza qumica de piezas metlicas con una cesta metlica en vez de limpieza manual. Los mtodos mecanizados reemplazan los mtodos manuales; en la fabricacin de bateras, la exposicin a plomo se puede reducir aplicando la pasta de oxido de plomo a las rejillas de forma mecnica. Los procedimientos hmedos como sustituto de las tcnicas en seco.c) MantenimientoUn buen programa de mantenimiento preventivo aplicado al proceso productivo y a la maquinaria puede evitar la generacin de factores de riesgo.El mantenimiento debe incluir inspecciones peridicas del equipo, de tanques, tuberas, vlvulas, bombas, empaquetaduras, sistemas de ventilacin y el reemplazo de las partes defectuosas.1.5.2 Control Secundario: En el ambienteOcurrida la generacin del contaminante su objetivo es retirarlo o suprimirlo en el origen donde se produce.Limita el contacto con el factor de riesgo, reduciendo la magnitud de personas expuestas y el tiempo de exposicin.Incluye los mtodos de:a) Segregacin o aislamientoConsiste en aislar o separar el factor de riesgo del trabajador de alguna manera.Puede realizarse por:Aislamiento en el tiempo: el trabajo que ofrece riesgo es realizado fuera del horario normal de trabajo.En este caso tambin se reduce el nmero de personas expuestas, aunque no es ninguna solucin para las personas directamente expuestas.Ejemplos: En tneles y minas al efectuar las quemas de explosivos al final del turno. En fundiciones realizar el vaciado de la colada en las horas nocturnas.Aislamiento en espacio: Incremento de la distancia entre la fuente de riesgo y el trabajador y efectuando un determinado proceso en una rea distante a la zona general de trabajo y en un momento con presencia reducida de trabajadores. Ejemplos: Almacenamiento de lquidos inflamables en tanques y en un sitio especial. Separacin de cuartos de bombas de otras instalaciones de la planta. Procesos manejados a control remoto para reducir el tiempo de exposicin cerca al factor de riesgo: manipulacin de sustancias radioactivas.Aislamiento fsico o encerramiento: Uso de encerramiento o barreras fsicas. En el encerramiento total o parcial de un proceso, operacin de la parte ms peligrosa para evitar el escape de los contaminantes al ambiente de trabajo. La maquinaria u operaciones que requieren atencin en forma ocasional pueden encerrarse de forma efectiva.Ejemplos donde puede aplicarse este mtodo: En puntos de tamizado. En trituracin y molienda En sistemas de transporte de materiales por bandas. Para equipo ruidoso y superficies calientes En cargue de aviones para fumigacin.Es mejor que el aislamiento porque el encerramiento retiene el contaminante en su origen.b) HumectacinPrincipalmente para el control de partculas gruesas. Se debe tener en cuenta que la sustancia humectante no dae o interfiera con el producto.Ejemplos: Se emplea especialmente en operaciones de: Trituracin Molienda Perforacin Mezclado Barrido Transporte de materialesc) VentilacinEste mtodo usa corrientes de aire para retirar o diluir el contaminante del ambiente de trabajo. Hay dos tipos bsicos de sistemas de ventilacin: general o de dilucin y ventilacin local exhaustivaVentilacin general: Consiste en suministrar aire en un rea. Su objetivo es diluir la concentracin del agente ambiental a niveles seguros, no reduce ni elimina la cantidad de material nocivo liberado en el ambiente de trabajo.La ventilacin general puede hacer que el aire en el lugar de trabajo sea ms confortable.Pero no segura que las partculas las emanaciones de gases no se diseminen por todo el ambiente.Ningn sistema de ventilacin general puede evitar que se respire aire contaminado.En todo lugar existe una ventilacin general, el aire continuamente entra y sale de los locales a travs de las puertas, ventanas y aberturas. Tambin el aire permanece en circulacin debido a las diferencias de temperatura, de presin, al movimiento de personas y equipos: se denomina ventilacin general natural. Sin embargo, esta ventilacin no es suficiente en los casos en que se produce contaminantes en concentraciones superiores al valor lmite permisible. La ventilacin general tambin puede ser mecnica para lo cual se emplea ventiladores colocados en las paredes o cielo raso que inyectan aire de tal forma que se garantice la remocin completa del aire del local en un nmero determinado de veces por hora.Se usa la ventilacin general cuando: La cantidad producida del factor de riesgo en el ambiente no es muy grande; en caso contrario sera necesario diluir con un volumen excesivo de aire La toxicidad del factor de riesgo no es alta, el desprendimiento o produccin del contaminante es relativamente uniforme, se requiere controlar exposiciones a calor Los contaminantes son gases y vapores. Raramente se usa para el control de humos y polvos Los trabajadores se encuentran lo suficientemente distantes del punto de generacin del contaminante, para prevenir una exposicin excesiva a las personasPrincipios bsicos para los sistemas de ventilacin general: El aire que se inyecta a la planta debe pasar primero a las reas de trabajo y luego a las zonas donde se producen las sustancias contaminantes, para que los trabajadores puedan respirar aire fresco El aire debe ser adecuadamente distribuido a travs de la planta y evitarse las corrientes contrarias. El ingreso del aire debe localizarse lo suficientemente distante de la salida de sistemas de ventilacin local exhaustiva o de otras posibles fuentes de aire contaminado El aire empleado debe producir el mayor confort y salubridad en las personas, por ejemplo, ser calentado, enfriado, humidificado y deshumidificado, segn sea el caso. La sensacin de comodidad de incomodidad depende de la combinacin de los factores: temperatura, humedad y movimiento de aire. El movimiento del aire es importante en el equilibrio trmico del cuerpo. Las prdidas de calor pueden aumentarse incrementando la velocidad del aire, siempre y cuando el aire tenga una temperatura adecuada.Ventilacin local exhaustiva: Estos sistemas capturan los contaminantes en o lo ms cerca de su origen antes de que se dispersen dentro del local de trabajo. Un sistema de ventilacin local exhaustiva se compone de los siguientes elementos: campana, ductos, limpiador de aire, ventilador, sombrete o chimenea.Las campanas son aberturas del sistema por donde se capturan o retienen los contaminantes para lo cual se genera un movimiento de aire. Las operaciones ms importantes del sistema cubren diverso objetivos: Algunas llegan o se extienden hasta las fuentes de contaminacin para capturar los contaminantes Otras atrapan los contaminantes arrastrndolos hacia ellas desde las fuentes de contaminacin Otras encierran los contaminantes que se liberan dentro de las campanas y previenen que escape en el lugar de trabajo. Se requieren campanas diferentes para cada proceso. Ejemplos: Para una rueda de esmeril se emplea una campana circular tipo encerramiento. Las campanas de ranura son efectivas para tanques de recubrimientos metlicos. Las campanas con ductos flexibles son tiles para operaciones donde se usa herramientas porttiles. Las campanas varan ampliamente, dependiendo del proceso y del factor de riesgo que ste genere. Sin embargo pueden aplicarse los siguientes principios bsicos: Localizar la campana tan cerca como sea posible al origen del contaminante: Encerrar el proceso tanto como sea posible para evitar que los contaminantes escapen del sistema. Arrastrar el aire contaminado desde la cara del operario y no hacia ella. Crear un movimiento de aire suficiente para capturar los contaminantes.Los ductos son las tuberas que conectan la campana a otros elementos del sistema y que conduce el aire contaminado hacia el limpiador de aire o al exterior. Deben ser resistentes a la corrosin y libres de agujeros y escapes. Para mantener un flujo de aire sin turbulencias, los ductos deben ser preferiblemente circulares y en lo posible con pocas curvaturas. Deben limpiarse e inspeccionarseRegularmente. Los ductos con rugosidades restringen el flujo de aire y pueden ser un riesgo de incendio en el caso de que transporten partculas inflamables.El limpiador de aire es el equipo que remueve los materiales que han sido arrastrados con el aire aspirado y que no pueden descargarse en el medio ambiente por razones de normas de contaminacin o tambin por tener algn valor que justifica su reciclaje. En el mercado existen limpiadores de aire que remueven contaminantes slidos, gaseosos y vapores.El ventilador es la fuente de succin del sistema. Es el equipo que suministra la energa para arrastrar el aire y los contaminantes dentro del sistema de ventilacin.Sugerencias para conocer si el sistema de ventilacin funciona bien: Se siente la corriente de aire en la mano o se observa movimiento de arrastre con un pedazo de papel? Se ve ms polvo o neblinas en el aire o puede percibirse olor? Las superficies estn cubiertas de polvo? Se observan problemas de salud como irritacin en los ojos, nariz o garganta?Las medidas ms importantes en los sistemas de ventilacin local exhaustiva:a. La velocidad de captura: es la velocidad del aire en cualquier punto en frente de la campana necesaria para capturar el aire contaminado y arrastrarlo dentro de la campana. La velocidad de captura depende de: La manera o condicin en que el contaminante se dispersa La distancia desde la campana al origen de la contaminacin.A continuacin se indican diversos valores recomendados de velocidades de captura.

b. La velocidad de transporte: Es la velocidad de aire mnima requerida para mover o transportar los contaminantes a travs del sistema. Esta velocidad debe ser lo suficientemente alta para prevenir que el contaminante se deposite en los diferentes elementos del sistema. Los rangos de velocidades recomendables, figuran:

Uso de ventilacin local exhaustiva: Cuando el factor de riesgo sea muy txico Cuando se producen grandes cantidades del contaminante Especialmente cuando hay humos y polvos, pero tambin es adecuada para el control de gases, vapores, neblinas.d) Orden y limpiezaLos residuos y deshechos originados en los centros de trabajo se depositan sobre el piso, la maquinaria y los equipos, los cules se convierten en factores de riesgos ocupacional y ambiental.Para poder establecer el orden y limpieza en los ambientes de trabajo (herramientas de mano, equipos y maquinarias, materiales, implementos de proteccin personal), es necesario designar una persona con jerarqua, para que est velando permanentemente por estas condiciones.El supervisor de la seccin debe dar importancia a estos factores de orden y limpieza, ya que la calidad del trabajo, la productividad dependen en gran parte del orden y la limpieza que exista.En cuanto a los operadores de mquinas y equipos, el orden y limpieza deben ser comprendidos dentro de sus obligaciones de trabajo. No pueden salir al final de la jornada, sin previamente haber dedicado cierto tiempo para dejar ordenado y limpio el ambiente de trabajo.Ventajas del orden y limpieza Aumento de la produccin debido al ordenamiento y la eliminacin de residuos. Mayor facilidad para controlar la produccin. Rapidez en la entrega del trabajo terminado y menor acumulacin de materiales. Mayor facilidad de comprobacin de las operaciones y procesos. La labor de inspeccin adquiere un carcter relevante. El control de calidad del trabajo es influido por el estado de orden y limpieza. Se ahorran y recuperan materiales: Todos los materiales remanentes, los trabajos rechazados por defectuosos, los desperdicios, se llevan a lugares adecuados. Se ahorra tiempo. Se elimina la bsqueda de herramientas. Los trabajadores disponen de mayor espacio para trabajar libremente: Los pisos estn libres de obstculos y limpios. Se facilitan los trabajos de conservacin y reparacin. Los trabajadores encargados de mantenimiento, tienen fcil acceso a las mquinas. Se reduce el riesgo de incendio. Se reduce la posibilidad de combustiones espontneas. Se dispone de superficies libres para una rpida salida de los trabajadores en caso de incendio. Se reducen los costos de limpieza. Se eleva la moral de trabajo del personal. Los trabajadores se acostumbran vivir en buenas condiciones.Desarrollo de una actitud positiva hacia el orden y limpieza.(a) Importancia del orden y la limpieza en la prevencin de accidentesUna direccin orientada hacia la seguridad considera el orden y la limpieza como parte importante de buenas relaciones industriales. El orden y limpieza levanta el nimo de los trabajadores y ayuda a atraer trabajadores mejor calificados. Orden y limpieza deficiente constituye un factor importante en la produccin de accidentes e incendios.(b) El factor personal en cuanto al orden y la limpiezaDirectivos: Incluir orden y limpieza en el plan de labores. Establecer las medidas de control y limpieza. Ajustar los procedimientos de trabajo segn las reglas y mtodos respectivos. Incluir entre las responsabilidades de trabajadores para mantener buen orden y limpieza. Mantener un eficiente programa de limpieza con personal capacitado. Inducir a mantener una buena visin al respecto.Supervisores: Revisar constantemente las condiciones de orden y limpieza. Hacer que se corrijan o limpien de inmediato las condiciones desaseadas. Planear el orden en todas las operaciones.Trabajadores: Obedecer las instrucciones con respecto al mantenimiento del orden y limpieza.(c) El planeamiento en el orden y limpieza1. Ordenar los procedimientos de seguridad e higiene.2. Adecuar espacio para materiales, herramientas y equipos.3. Habilitar algn medio de control: Recipientes metlicos para desperdicios no combustibles y chatarras. Recipientes para derrames. Drenaje para charcos. Recipientes metlicos cubiertos para basura combustible. Envases de seguridad para lquidos inflamables.4. Diseo de distribucin de equipos y maquinarias adecuado para la limpieza y mantenimiento.5. Planear el uso de colores que contrasten apropiadamente.6. Determinar las reas de almacenamiento, circulacin y procesos en ambientes de trabajo.1.5.3 Control terciario: Proteccin del trabajadorLas acciones ms relevantes que se deben realizar son:a) Limitar el tiempo de exposicinSe utiliza cuando otros mtodos no han podido disminuir o controlar el factor de riesgo hasta niveles seguros. Se logra mediante rotacin de personal, no obstante este procedimiento no es aceptable en el caso de sustancias que causan cncer, en cuyo caso es preferible reducir el nmero de trabajadores expuestos y protegerlos con otras medidas de control.La rotacin de personal ha sido utilizada para reducir la exposicin a ruido y temperaturas extremasb) Controles en prcticas de trabajo y operacionesSe refiere a cambios en la forma como el trabajo presente debe efectuarse para reducir la exposicin ocupacional. Algunos ejemplos incluyen: Seguimiento de procedimientos estrictos de cierres o etiquetado. Seguimiento de reglas estrictas de almacenamiento para prevenir la exposicin por derrame de materiales o que se han dejado en el rea de trabajo. Seguimiento de reglas y procedimientos para ingresar a espacios confinados o encerrados. Disminuir el contacto innecesario de sustancias con la piel. Manipulacin correcta de materiales.c) CapacitacinEsta medida es muy importante porque ayuda a que las otras medidas de control sean eficientes. Por medio de la capacitacin, el trabajador debe conocer cuales son las alteraciones en la salud que se producen por los factores de riego existentes en los lugares de trabajo, las maneras seguras de trabajar y los mtodos para controlar los riesgos y prevenir las enfermedades y los accidentes de trabajo.d) Exmenes mdicosEs una medida que debe aplicarse siempre. Es por esto que la empresa debe practicar a los trabajadores exmenes mdicos de admisin, peridicos y de retiro. Sirven para conocer el estado de salud del trabajador al ingresara trabajar y cuando se retira, lo mismo que si est siendo afectado por los factores de riesgo del ambiente laboral. Es una forma de averiguar la eficiencia de los mtodos de control, de detectar operarios susceptibles a la accin de las condiciones de trabajo y la necesidad de aplicar medidas de prevencin. Facilita adems la ubicacin del trabajador segn tipo de labor.Los exmenes mdicos deben seleccionarse segn el factor de riesgo a que se encuentre sometido el operario, como se aprecia a continuacin:

e) Equipos de proteccin personalSon elementos complementarios y no sustitutos de las medidas de control primarias y secundarias. La empresa prefiere controlar los riesgos usando equipo de proteccin personal porque es la respuesta ms barata a los problemas de salud y de seguridad pero no siempre la ms satisfactoria. El equipo de proteccin personal debe emplearse principalmente en las siguientes circunstancias: Cuando el trabajador se expone directamente a factores de riesgo que no son controlables por otros mtodos de control. Cuando el trabajador se expone a riesgos que son controlados parcialmente por otros mtodos de control. En caso de emergencia, o sea cuando la rutina de trabajo sufre una alteracin por cualquier anormalidad y se hace necesario el uso de proteccin complementaria y temporal por los trabajadores. Provisionalmente, en perodos de instalacin y reparaciones, para impedir el contacto del trabajador con el producto, material o condicin nociva.Para la utilizacin de equipo de proteccin personal es necesario tener en cuenta: La identificacin del factor de riesgo: verificar la existencia de elementos de operacin, de productos, de condiciones del ambiente, que sean o que puedan ser nocivas para el trabajador. Es importante especificar el estado del riesgo: partculas, gases, vapores, lquidos. La evaluacin del factor de riesgo existente: determinar la concentracin o intensidad del riesgo, las posibles consecuencias para el trabajador, el tiempo y la frecuencia de la exposicin y el nmero de trabajadores sometidos a los mismos factores de riesgo. La seleccin del equipo de proteccin apropiado: teniendo presente el problema que se pretende solucionar, la necesidad de uso en el trabajo y la parte del cuerpo que requiere proteccin, con la asistencia tcnica de los fabricantes y de los tcnicos de salud ocupacional. Dependiendo de los factores de riesgo especficos y segn la ocupacin se han desarrollado elementos de proteccin de diversos modelos y materiales. El mantenimiento y conservacin de los elementos de proteccin La capacitacin de los usuariosCONTROL DE LOS FACTORES DE RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJOEstrs en el mbito laboral.- El estrs se ha constituido en una de las consecuencias de los factores de riesgo Psicosociales que ms estragos viene causando a la poblacin econmicamente activa (PEA) a nivel mundial, tal como viene siendo sustentado por diversas investigaciones e informes cientficos provenientes de diversas partes del mundo, algunos de los cuales transcribimos a continuacinUn reporte de la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo, en el ao 2002, seala que:Es cada vez mayor el porcentaje de trabajadores que estn siendo afectados por el estrs en diversas actividades econmicas.Ese mismo ao, se realiz la 1ra campaa Paneuropea (por Unin Europea - UE) para combatir el estrs laboral detectando que: El 28% de los trabajadores de la UE padecen de estrs laboral, las mujeres sufren un poco ms que los hombres, entre las causas habituales figuran la falta de seguridad y control del puesto de trabajo y la sobrecarga de trabajo; ms del 50% del ausentismo tiene sus races en el estrs laboral; se calcula que el problema cuesta a la UE, como mnimo, 20 millones de euros al ao en concepto de tiempo perdido y gastos sanitarios.Tambin la Revista Ekonoma,-EEUU- rea Salud Laboral del ao 2002, reporta datos que transcribimos:El 50%-60% de jornadas laborales se pierden por el estrs, el que puede deberse a causas fsicas o psicosociales, es una de las mayores amenazas al bienestar de los trabajadores, puede causar fatiga, ansiedad, ataques de pnico. Y, de persistir esta situacin de estrs el trabajadores afecta fsica y mentalmente dando origen a enfermedades psicosomticas como: asma, diabetes, cardiovasculares y otros como el cncer, los que a su vez irn afectando su rendimiento laboral y la productividad de un pas.En 1975, la OIT emiti una importante Resolucin que afirmaba que El trabajo no slo debe respetar la vida y la salud de los trabajadores y dejarles tiempo libre para el descanso, el ocio, sino que tambin ha de permitirles servir a la sociedad y conseguir su autorrealizacin, mediante el desarrollo de sus capacidades personales.En Per, un estudio titulado Prevalencia de Estrs Laboral en Trabajadores Asistenciales de la Direccin de Salud IV- LE Lima- Per -2004, concluye que: la incidencia de Estrs Laboral en dichos trabajadores es de 31.4%, la misma que esta dentro del rango de la prevalencia latinoamericana.De los anteriores expuestos, es que consideramos de suma necesidad y urgencia priorizar el estudio del estrs laboral. Empezaremos definindolo, para luego identificarlo (mediante sus indicadores), detallaremos las causas que lo originan y finalmente conoceremos sus formas de prevencin a fin de evitar su establecimiento en nuestro cuerpo.Desde los primeros estudios y descripciones realizados por Hans Selye en1960, el concepto de estrs ha ido variando ha sido usado para diferentes situaciones y ahora existen muchas, algunas de las cuales presentamos a continuacin por ser ms operativas y claras.ESTRS Es un estado de alerta del ser humano que le genera alteraciones psicosomticas. Es la reaccin de defensa del organismo humano frente a la presencia de exigencias, tensiones y peligros internos o externos a que la persona esta expuesta en su entorno generndole cambios en la mente, fisiolgicos y en su comportamiento. Y, hablamos de estrs laboral, cuando las condiciones que la producen se encuentran relacionadas al lugar donde el hombre desempea una actividad de modo permanente.Aclaramos que, no nos ocuparemos del estrs agudo que es pasajero, benigno salvador (que se presenta cuando sufrimos peligros repentinos como: terremotos, asaltos, cadas repentinas, sorpresas, noticias tristes o alegres, por algo que nos entusiasma y nos hace llegar hasta una meta cercana, etc. ),sino del que se establece de modo permanente en la persona, como producto del ejercicio de una actividad diaria ocasionndole una serie de daos a su salud y a la productividad laboral de un pas, como se ha especificado en prrafos anteriores, como es el que actualmente se ha tornado en un problema a nivel mundial y que requerimos conocer sus indicadores a fin de evitar su establecimiento.

Causas de estrs laboral:En la tarea misma: Sobrecarga de trabajo: mucho que hacer y bien (Cuantitativa y/o cualitativa) El trabajo es repetitivo: hace un mismo movimiento todo o por largo tiempo Cuando las tareas no son claras o son contradictorias. Contenido de tarea con gran dificultad (Muy complicado). Tareas que no corresponde al inters, entrenamiento o habilidad Cuando hay necesidad de: extender horas de trabajo, doblar turnos. Presin del tiempo sin oportunidad de parar, sin breves descansos. Presin de responsabilidad sin lugar para decidir (trabajar rpido). Trabajo aislado Al existir riesgos o peligros fsicos-qumicos: desorden, apilado Confinacin, vapores, humos, sustancias txicas, etc.En el proceso del trabajo: Interrupciones o alteraciones inesperadas en las tareas. Carencia de breves descansos o recuperacin. Condiciones inapropiadas para el puesto o tarea Dependencias y controles inesperados de otros. Cambios continuos de tareas y lugares.Aspectos de las condiciones organizacionales: Clima laboral no ptimo: cambios permanentes e intempestivos de personal, rumores, maltratos verbales, verticalidad jefatural, etc. Considerar al trabajador elemento de productividad y no de potencialidad. Falta de apoyo-estmulo al trabajador por parte de Jefes Ausencia de polticas motivacionales de desarrollo y de lneas de carrera Hacinamiento o aislamiento total para la actividad laboral. Jefe perseguidor o autoritario o inestable o sobre protector. Ausencia de mstica e identidad organizacional OtrosCaractersticas de la persona que le generan estrs Poca capacidad de: comunicarse, vincularse y relacionarse afectivamente con compaeros y superiores Timidez e inseguridad de si de sus capacidades. Escaso dominio propio: tendencia a los frecuentes con compaero. Se ofende con facilidad, se afecta de lo menor (Hipersensibilidad). Excesivo perfeccionismo en el desempeo de sus tareas. Excesiva autoexigencia en metas y plazos: se traza meta a corto plazo No sabe programar ni distribuir su tiempo. Renuncia a delegar. OtrosCondiciones familiares, sociales, nacionales e internacionales La globalizacin y los avances tecnolgicos Situacin socio- poltica - econmica inestable, bajas remuneraciones. Familia numerosa: inadecuadas condiciones domiciliarias. Largas distancias domiciliarias: dificultades en transportes. Conflictos, enfermedades familiares irresueltas. Otros.Prevencin y control del estrs laboral: Se realiza a nivel institucional y a nivel individual.a) Nivel InstitucionalEl centro laboral puede llevar a cabo las siguientes estrategias de prevencin del estrs laboral:A travs de una auditoria del estrs: Consiste en llevar a cabo una investigacin exhaustiva del estrs de sus causas, incidencia, lugares de ms estrs, etc. dentro de una organizacin laboral. Lo que implica y exige: compromiso personal y directo de la alta direccin del Centro de trabajo y coordinacin permanente del equipo de especialistas (constituido, stos ltimos, preferentemente por personal ajenos a la institucin, pero con la participacin de los trabajadores a fin de llegar a un diagnstico completo para su prevencin oportuna).A travs de la programacin de actividades organizacionales especficas sin previo estudio de investigacin del estrs: Incentivar la formacin de grupo emocional: En el trabajo el apoyo de los superiores es muy valioso para contrarrestar el estrs laboral (se da mediante el reconocimiento del esfuerzo u otros apoyos de jefes). Desarrollar Tcnicas de enriquecimiento del trabajo, a fin de incorporar en ellos autonoma, realimentacin, variedad en la tarea y habilidades demandantes, identidad de las tareas, significado de la misma. Realizar un diseo ergonmico de la tarea y puesto de trabajo en relacin a complejidad, carga mental, etc. Facilitar grupos semi - autnomos, es decir, asignacin de la tarea al grupo el cual, es responsable de la planificacin, organizacin ejecucin y control. Cambio de horario, en cuanto a la organizacin de la jornada, turno partido, horarios flexibles, etc. Asignacin de tareas para una determinada unidad de tiempo, sobrecarga y plazos asignados a las tareas. Impulsar los Planes de carrera, estableciendo planes de carrera flexibles: asegurando que el esfuerzo y la eficacia sern recompensados, y facilitando el intercambio de conocimientos entre empleados de distintas edades. Incorporar procesos y tcticas de socializacin y formacin existentes en la organizacin. Facilitar de forma transparente los procesos de incorporacin de nuevas tecnologas, incorporando el conocimiento de la ergonoma clsica y cognitiva, psicosociologa del trabajo y de las organizaciones y promoviendo programas participativos en el diseo, implantacin y gestin de las nuevas tecnologas. Modificar la estructura organizacional, reduciendo el conflicto de ambigedad del rol a travs de: tcnicas de negociacin de roles, participacin de los trabajadores en la gestin de la empresa y en el rediseo organizacional.b) Nivel individualSe refiere a las estrategias de prevencin que cada persona puede optar para mejorar o prevenir su salud mental o liberarse del estrs excesivo, y stas puedes ser las siguientes: Desarrollo de la empata en el Centro Laboral. Es el saber compartir penas y alegras de otros y con otros. Es sabido que quienes tienen buenas relaciones humanas con otros estn menos propensos a sufrir de estrs. Construir reservas fsicas: Alimentacin y nutricin balanceada, evitar: cigarrillos, alcohol, practicar algn tipo de ejercicio fsico, descansar el tiempo suficiente, alternar el trabajo con distracciones sanas, cultivo de artes, dibujo, msica, canto, bailes moderados. Entrenamiento en tcnicas para la disminucin del estrs laboral: Consiste en una serie de ejercicios, de los ms simple a los ms complicados, que combinados con una respiracin completa o integral nos dan la relajacin psicofsica o recuperacin de la homeostasis del cuerpo y mente: tcnicas de biofeed -bak, prcticas de ejercicio fsico y mantenimiento de buena condicin fsica, tcnicas cognitivas y de autocontrol, tcnicas de comunicacin interpersonal. Formacin en dinmica de grupos, implantacin de sistema de innovacin y mejora, apoyo social. Asesora o tratamiento Psicolgico individual.1.6 Accidente de trabajoD.S. N 003-2008-SA, Art. 2 Accidente de trabajo, 2.1 de acuerdo al inciso k) Art. 2 del D.S. N 009-97-SA, se considera accidente de trabajo toda lesin orgnica o perturbacin funcional causadas en el centro de trabajo o con ocasin del trabajo, por accin imprevista, fortuita u ocasional de u a fuerza externa, repentina y violenta que obra sbitamente sobre la persona del trabajador o debido al esfuerzo del mismo.1.7 Enfermedad ocupacional.Se denomina a todas las alteraciones de la salud que se producen como consecuencia de la exposicin a distintos factores de riesgo existentes en los ambientes de trabajo, a los derivados de la calidad de trabajo que desempea; cuya evolucin sea en forma aguda o crnica, y segn sea su intensidad puede determinar distintos grados de incapacidad de carcter permanente e irreversible y hasta la muerte en muchos casos.

MODULO II:NORMATIVA DE SALUD OCUPACIONAL2.1 Ley N 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo PRINCIPIOSI. PRINCIPIO DE PREVENCINEl empleador garantiza, en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que, no teniendo vnculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del mbito del centro de labores. Debe considerar factores sociales, laborales y biolgicos, diferenciados en funcin del sexo, incorporando la dimensin de gnero en la evaluacin y prevencin de los riesgos en la salud laboral.II. PRINCIPIO DE RESPONSABILIDADEl empleador asume las implicancias econmicas, legales y de cualquier otra ndole a consecuencia de un accidente o enfermedad que sufra el trabajador en el desempeo de sus funciones o a consecuencia de l, conforme a las normas vigentes.III. PRINCIPIO DE COOPERACINEl Estado, los empleadores y los trabajadores y sus organizaciones sindicales establecen mecanismos que garanticen una permanente colaboracin y coordinacin en materia de seguridad y salud en el trabajo.IV. PRINCIPIO DE INFORMACIN Y CAPACITACINLas organizaciones sindicales y los trabajadores reciben del empleador una oportuna y adecuada informacin y capacitacin preventiva en la tarea a desarrollar, con nfasis en lo potencialmente riesgoso para la vida y salud de los trabajadores y su familia.V. PRINCIPIO DE GESTIN INTEGRALTodo empleador promueve e integra la gestin de la seguridad y salud en el trabajo a la gestin general de la empresa.VI. PRINCIPIO DE ATENCIN INTEGRAL DE LA SALUDLos trabajadores que sufran algn accidente de trabajo o enfermedad ocupacional tienen derecho a las prestaciones de salud necesarias y sufi cientes hasta su recuperacin y rehabilitacin, procurando su reinsercinLaboral.VII. PRINCIPIO DE CONSULTA Y PARTICIPACINEl Estado promueve mecanismos de consulta y participacin de las organizaciones de empleadores y trabajadores ms representativos y de los actores sociales para la adopcin de mejoras en materia de seguridad y salud en el trabajo.VIII. PRINCIPIO DE PRIMACA DE LA REALIDADLos empleadores, los trabajadores y los representantes de ambos, y dems entidades pblicas y privadas responsables del cumplimiento de la legislacin en seguridad y salud en el trabajo brindan informacin completa y veraz sobre la materia. De existir discrepancia entre el soporte documental y la realidad, las autoridades optan por lo constatado en la realidad.IX. PRINCIPIO DE PROTECCINLos trabajadores tienen derecho a que el Estado y los empleadores aseguren condiciones de trabajo dignas que les garanticen un estado de vida saludable, fsica, mental y socialmente, en forma continua. Dichas condiciones deben propender a:a) Que el trabajo se desarrolle en un ambiente seguro y saludable.b) Que las condiciones de trabajo sean compatibles con el bienestar y la dignidad de los trabajadores y ofrezcan posibilidades reales para el logro de los objetivos personales de los trabajadores.2.2 R.M. 148-2007 TR Reglamento de Constitucin y Funcionamiento del Comit y Designacin de Funciones del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo y otros documentos conexos.REGLAMENTO DE CONSTITUCIN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMIT Y DESIGNACIN Y FUNCIONES DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO TITULO I DISPOSICIONES GENERALESArtculo 1o.- Para los fines de la presente Resolucin se entiende por:a) Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo: El Decreto Supremo N 009-2005-TR, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, modificado por el Decreto Supremo N 007-2007-TR.b) Comit: Comit de Seguridad y Salud en el Trabajo.c) Supervisor: Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.d) Autoridad competente: El Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo a travs de la Direccin Nacional de inspeccin del Trabajo.e) Empresa: Toda empresa o entidad cuyos trabajadores se rigen por las normas laborales aplicables al sector privado.Artculo 2.- El presente Reglamento regula la constitucin y el funcionamiento del Comit, as como la designacin y funciones del Supervisor en todas ias empresas cuyos trabajadores se encuentren.sujetos al rgimen laboral de la actividad privada.Artculo 3o.- Las empresas que se rigen por normas sectoriales en las cuales est regulado el funcionamiento del Comit y del Supervisor, no se sujetan a las disposiciones del presente Reglamento, salvo de manera supletoria, en lo que les pudiera ser aplicables.Sin embargo, dicha regulacin sectorial debe respetar lo establecido en los artculos 18, 19, 20, 21, 22 23 del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.TITULO II DEL COMIT O SUPERVISORCAPTULO I NORMAS GENERALESArtculo 4.- Toda empresa que cuente con veinticinco (25) o ms trabajadores debe constituir obligatoriamente un Comit, en cumplimiento del Artculo 18 del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.Artculo 5.- Toda empresa que tenga menos de veinticinco (25) trabajadores, debe designar obligatoriamente a un Supervisor, en cumplimiento del Artculo 19 del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, quien tiene las mismas obligaciones y responsabilidades del Comit referido en el artculo precedente.Artculo 6.- El Comit tiene por objetivo promover la salud y seguridad en el trabajo, asesorar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo y la normativa nacional, favoreciendo el bienestar laboral y apoyando el desarrollo de la empresa.Artculo 7.- El Comit o Supervisor desarrollar el objeto para el cual fue constituido, no estando facultado a realizar actividades distintas a las sealadas.CAPTULO II ESTRUCTURA Y ORGANIZACINArtculo 8.- El Comit debe estar conformado por igual nmero de representantes de la parte empleadora y de la parte trabajadora.Artculo 9.- El nmero total de personas que componen el Comit puede variar de 4 a 12 miembros.Artculo 10.- Cuando la empresa cuente con varios centros de trabajo, cada uno de estos centros puede contar con un Supervisor o Sub-Comit, de acuerdo al nmero de trabajadores que laboren en cada uno de ellos. De optar por ello, la empresa debe conformar el Comit con la participacin de representantes de cada uno de los Sub-Comits o Supervisores de sus diversos centros de trabajo.Artculo 11.- La composicin del Comit es de carcter paritario entre representantes de la empresa y el personal operativo de la misma.Artculo 12.- El Comit coordina y apoya las actividades de los otros Sub-Comits respectivamente.Artculo 13.- El Comit realiza sus actividades en estrecha relacin con la unidad orgnica o funcional de Prevencin de Riesgos Laborales de la empresa, cuando sta exista.Artculo 14.- El personal que conforme el Comit o el Supervisor debe portar una tarjeta de Identificacin o distintivo especial, que acredite su condicin de tal, la cual es suministrada por el empleador.CAPTULO III CONSTITUCIN DEL COMIT O DESIGNACIN DEL SUPERVISORArtculo 15.- Para ser integrante del Comit se requiere:a) Ser trabajador a tiempo completo de la empresa.b) Tener 18 aos de edad como mnimo.c) De preferencia, tener capacitacin en temas de seguridad y salud en el trabajo o laborar en puesto que permita tener conocimiento o informacin sobre riesgos laborales.Artculo 16.- Para ser Supervisor en las empresas comprendidas en el Artculo 2o del presente Reglamento se requiere:a) Ser trabajador a tiempo completo de la empresa.b) Tener 18 aos de edad como mnimo.c) Ser profesional, trabajador de mando medio o trabajador calificado y de preferencia que tenga capacitacin en temas de seguridad y salud en el trabajo o labore en un puesto que permita tener conocimiento o informacin sobre riesgos laborales.Artculo 17.- El empleador designa sus representantes titulares y suplentes ante el Comit entre quienes desempeen cargos de responsabilidad ejecutiva o administrativa dentro de la estructura de la empresa.Artculo 18.- Los trabajadores eligen sus representantes, titulares y suplentes, ante el Comit segn el nmero que le corresponda, y que representen a diferentes Secciones de la empresa. Dicha eleccin se efecta entre todos los trabajadores mediante votacin secreta y directa.Artculo 19.- El empleador designa al Supervisor en las empresas referidas en el Artculo 5 de este Reglamento.Artculo 20.- La convocatoria a la instalacin del Comit corresponde al empleador. Dicho acto se lleva a cabo en el local de la empresa, levantndose el Acta respectiva.Artculo 21.- El acto de constitucin e instalacin, as como toda reunin, acuerdo o evento del Comit debe ser asentado en un Libro de Actas de 100 hojas como mnimo, exclusivamente destinado para estos fines. Dicho Libro de Actas puede estar constituido por hojas sueltas debidamente foliadas, fechadas y suscritas por los representantes.Artculo 22.- El Supervisor debe llevar un Libro tipo Actas -Cuaderno de Notas-, donde anota los acuerdos tomados con la Gerencia y el cumplimiento de los mismos dentro del plazo previsto.Artculo 23.- Como resultado de la constitucin e instalacin del Comit se levanta el Acta respectiva de la misma, la que debe contener:a) Nombre de la empresa.b) Nombres y cargos de los miembros titulares del Comit.c) Nombres y cargos de los miembros suplentes.d) Lugar, fecha y hora de la instalacin.e) Otros de importancia.Artculo 24.- El Acta de constitucin e instalacin se asienta a partir de la segunda pgina del Libro de Actas a que se refiere el Artculo 21 del presente Reglamento.

CAPTULO IV FUNCIONES Y RESPONSABILIDADESArtculo 25.- El Comit o Supervisor debe elaborar y presentar los reportes de los accidentes de trabajo, as como los informes de investigacin de cada accidente ocurrido y las medidas correctivas adoptadas a la Direccin de la empresa.Artculo 26.- El Comit o Supervisor colabora con los Inspectores del Trabajo de la Autoridad Competente o fiscalizadores autorizados cuando efecten inspecciones a la empresa.Artculo 27.- El Comit tiene carcter promotor, consultivo y de control en las actividades orientadas a la prevencin de riesgos y proteccin de la salud de los trabajadores.Artculo 28.- El Comit o Supervisor propicia la participacin activa de los trabajadores y la formacin de estos, con miras a lograr una cultura preventiva de Seguridad y Salud en el Trabajo, y promueve la resolucin de los problemas de seguridad y salud generados en el trabajo.La ejecucin de los acuerdos del Comit es responsabilidad de la empresa y est a cargo de la unidad orgnica o funcional de seguridad y salud en el trabajo y de aquellas otras unidades relacionadas, segn estime la empresa.Artculo 29.- El Comit o Supervisor puede solicitar la asesora de la autoridad competente en seguridad y salud en el trabajo para afrontar problemas relacionados con la prevencin de riesgos en el trabajo en la empresa, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.Artculo 30.- El Comit o Supervisor tiene las siguientes responsabilidades:a) Asegurar que todos los trabajadores conozcan los Reglamentos Oficiales o Internos de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa.b) Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.c) Vigilar el cumplimiento del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa.d) Investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales que ocurran en el centro de trabajo, emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la repeticin de los mismos.Verificar el cumplimiento de la implementacin de las recomendaciones, as como la eficacia de las mismas.Hacer visitas de inspeccin peridicas en las reas administrativas, reas operativas (de ser el caso), instalaciones, maquinaria y equipos en funcin de la Seguridad y Salud en el Trabajo.g) Hacer recomendaciones para el mejoramiento de las condiciones relacionadas con la Seguridad y Salud en el Trabajo y verificar que se lleven a efecto las medidas acordadas y evaluar su eficiencia. h) Promover la participacin de todos los trabajadores en la prevencin de los riesgos del trabajo, mediante la comunicacin eficaz, la participacin de los trabajadores en la solucin de los problemas de seguridad, la induccin, la capacitacin, el entrenamiento, concursos, simulacros, etc. i) Estudiar las estadsticas de los incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales ocurridos en la empresa cuyo registro y evaluacin deben ser constantemente actualizados por la unidad orgnica de seguridad y salud en el trabajo de la empresa. j) Asegurar que todos los trabajadores reciban una adecuada formacin sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. k) Colaborar con los servicios mdicos y de primeros auxilios. l) Llevar en el Libro de Actas el control del cumplimiento de los acuerdos y propuestas del Comit. m) Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el programa anual, y en forma extraordinaria para analizar los accidentes graves o cuando las circunstancias lo exijan. n) Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud de la empresa. o) Reportar a la Gerencia de la empresa respectiva, la siguiente informacin:1. Reporte de cada accidente mortal dentro de las veinticuatro (24) horas de ocurrido.2. Investigacin de cada accidente mortal y medidas correctivas adoptadas dentro de los diez (10) das de ocurrido.3. Reportes trimestrales de estadsticas de accidentes.4. Actividades trimestrales del Comit de Seguridad y Salud en el Trabajo.CAPTULO V ESTATUTOSArtculo 31.- El Comit est conformado por:a) El Presidente, quien es elegido por el propio Comit entre los representantes de la Direccin de la empresa, y acta de nexo entre el Comit y la Gerencia de la empresa.b) El Secretario, puede ser el encargado de la unidad orgnica o funcional de la seguridad y salud en el trabajo de la empresa, o ser uno de los miembros del Comit elegido por consenso.c) Los miembros, quienes son los dems integrantes del Comit designados de acuerdo a los Artculos 17o y 18 del presente Reglamento.Artculo 32.- El Presidente es el encargado de convocar, presidir y dirigir las reuniones del Comit y facilitar la aplicacin y vigencia de los acuerdos de ste, canalizando el apoyo de la Direccin de la empresa.Artculo 33.- El Secretario est encargado de las labores administrativas en el Comit, como tener al da el Libro de Actas y distribuir las copias correspondientes. Cuando no se encuentre el Comit sesionando, es el nexo entre el Presidente de ste y los miembros.Artculo 34.- Los miembros, entre otras funciones sealadas en el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, aportan iniciativas propias o del personal operativo de la empresa para ser tratadas en las reuniones y son los encargados de fomentar y hacer cumplir las disposiciones o acuerdos tomados por el Comit sobre Seguridad y Salud en el Trabajo en la empresa.Artculo 35.- Las personas que integran el Comit o el Supervisor pueden solicitar a la autoridad competente la informacin y asesora tcnica que crea necesaria para cumplir con sus fines.Artculo 36.- El Comit o el Supervisor cuenta con autoridad funcionaf para el ejercicio de sus labores con apoyo, en forma permanente, de la Direccin de la empresa.Artculo 37.- Los integrantes del Comit son renovados peridicamente de acuerdo a lo establecido por los Artculos 8 y 40 del presente Reglamento.Para ser reelegido como miembro del Comit se debe dejar transcurrir al menos un perodo.Artculo 38.- El Supervisor puede ocupar el cargo en forma permanente.Artculo 39.- Los cargos asignados en el Comit y el de Supervisor son honorficos y obligatorios.Artculo 40.- La duracin del mandato del Comit es de un ao como mnimo y de dos aos como mximo.Artculo 41.- En las actividades del Comit o del Supervisor debe haber continuidad.Artculo 42.- El cargo de miembro del Comit o de Supervisor queda vacante por alguna de las siguientes causales:a) En caso de muerte.b) En caso de renuncia como trabajador de la empresa.c) En caso de renuncia como integrante del Comit, debidamente justificada.d) Inasistencia injustificada a tres sesiones consecutivas del Comit o a cuatro alternadas, en el lapso de su vigencia.e) Por cualquier otra causa que extinga el vnculo laboral.Artculo 43.- Los cargos que pudieran quedar vacantes en el Comit, deben ser /jy) p v cubiertos de inmediato por el suplente o los suplentes que hubieren, hasta que se Dl"HS2S complete el perodo.El cargo de Supervisor que quedara vacante es cubierto de inmediato por designacin de la Direccin de la empresa.Artculo 44.- En las empresas donde no exista una unidad orgnica o funcional de seguridad y salud en el trabajo y se labore bajo el sistema de turnos, el Comit puede nominar a un trabajador, de cada uno de los otros turnos, para que acte como Supervisor del turno, sin ser necesariamente integrante del Comit.Artculo 45.- Cuando la magnitud de la empresa lo justifique, el Comit puede crear Comisiones Tcnicas para el desarrollo de tareas especficas como investigacin de accidentes de trabajo, diseo del programa de capacitacin, elaboracin de procedimientos, registros de sustancias peligrosas, orden y limpieza; entre otros.Artculo 46.- El Comit o Supervisor debe recibir capacitacin bsica en seguridad y salud en el trabajo a cargo del empleador.Artculo 47.- El Comit o Supervisor puede recurrir, en calidad de consejeros, a profesionales con competencias tcnicas en seguridad y salud en el trabajo.Artculo 48.- Las reuniones del Comit se pueden realizar dentro o fuera de las horas de trabajo, segn acuerdo de los miembros del Comit.Artculo 49.- El lugar de reuniones estar ubicado en el establecimiento de la empresa y debe reunir las condiciones adecuadas.Artculo 50.- El Comit se rene en forma ordinaria una (1) vez por mes, en da previamente fijado.Artculo 51.- En forma extraordinaria, el Comit se rene a convocatoria de su Presidente, a solicitud de dos o ms de sus miembros, o en caso de ocurrir un accidente o enfermedad grave.Artculo 52.- Para que el Comit pueda sesionar es requisito mnimo la asistencia de la mitad ms uno de sus integrantes.Artculo 53.- Cuando a la fecha de sesin del Comit, no asista el mnimo requerido establecido en el artculo precedente, dentro de los ocho (8) das subsiguientes se cita a nueva reunin. sta se lleva a cabo con el nmero de asistencia que hubiere, levantndose en cada caso el Acta respectiva.Artculo 54.- Las sesiones se llevan a cabo bajo agenda previamente elaborada.Artculo 55.- Las reuniones versarn sobre temas de segundad y salud en el trabajo y no de otros asuntos.Artculo 56.- El Comit procura que los acuerdos sean adoptados por consenso y no por el sistema de votacin. En el caso de no conseguirse consenso, se requiere mayora En caso de empate el Presidente tiene el voto dirimente.Artculo 57.- Al trmino de cada sesin del Comit se levanta la respectiva Acta que ser asentada en el correspondiente Libro de Actas. Una copia de la misma se entrega a cada uno de los integrantes del Comit y a la Gerencia de la empresa.Artculo 58.- El Supervisor lleva el Cuaderno de Notas -Libro tipo Actas-para las ocurrencias y sugerencias que se transmitan por escrito a la Gerencia de la empresa.Artculo 59.- Al final del perodo de cada Comit o del cargo de Supervisor se redacta un Informe Resumen de las labores realizadas, el que sirve de referencia a los miembros del nuevo Comit o Supervisor.CAPTULO VI DISPOSICIONES FINALES, TRANSITORIAS Y DEROGATORIASPRIMERA.- El Comit funciona bajo la supervisin de la Autoridad Competente en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, quien se encarga de velar por el cumplimiento del presente Reglamento.SEGUNDA.- Las empresas Industriales y las que no cuentan con norma sectorial de seguridad y salud en el trabajo debern adecuar el funcionamiento del Comit de Seguridad y Salud en el Trabajo a las disposiciones de la presente norma, dentro del plazo a que hace referencia la Cuarta Disposicin Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo N 007-2007-TR.TERCERA.- Queda derogada la Resolucin Directoral N 1472-72-IC-DG, Reglamento de los Comits de Seguridad e Higiene Industrial de Empresas Industriales.2.3 R.M. N 480-2008/MINSA Enfermedades ProfesionalesNTS N 068 -MINSA/DGSP-V.1NORMA TCNICA DE SALUD QUE ESTABLECE EL LISTADO DE ENFERMEDADES PROFESIONALESI. FINALIDADContribuir con el adecuado proceso de evaluacin y calificacin del grado de invalidez en trabajadores asegurados que padecen una "enfermedad profesional", perteneciente al listado oficial.II. OBJETIVOEstablecer el Listado de Enfermedades Profesionales, que servir como referencia oficial para la evaluacin y calificacin del grado de'invalidez de los trabajadores asegurados afectados, por parte de las entidades que participan en el proceso.III. MBITO DE APLICACINLa presente Norma Tcnica de Salud es de aplicacin en los establecimientos del Sector Salud a nivel nacional (Ministerio de Salud, EsSalud, Sanidad de fas Fuerzas Armadas y Policiales, Clnicas y otros del sub-sector privado) y otras instituciones pblicas y privadas, que participen en el proceso, de la evaluacin y calificacin del grado de invalidez de los trabajadores asegurados.IV. BASE LEGALLey N 26842. Ley General de Salud.Ley N 27657. Ley del Ministerio de Salud.Ley N 27813. Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud.Ley N 26790. Ley de Modernizacin de la Seguridad Social en Salud.Decreto Supremo N" 009-97-TR que aprueba el reglamento de la Ley N 26790Decreto Supremo N 003-98-SA/DM. Aprueban. Normas Tcnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.Resolucin Ministerial N 360-98-SA/OM. Designan miembros sectoriales" de Comisin Tcnica Mdica-CTM, encargada de la elaboracin de Normas Tcnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo-SCTR.V. DISPOSICIONES GENERALES5.1. DEFINICIONES OPERATIVAS5.1.1. LISTADO DE ENFERMEDADES PROFESIONALESSon aquellas enfermedades en las que se ha establecido la relacin causa-efecto, entre los riesgos a los cuales estn expuestos los trabajadores, segn la actividad econmica que desarrollan, con la enfermedad que denuncian; estas enfermedades son identificadas por la Comisin Tcnica Mdica-CTM (Resolucin Ministerial N 360-98-SA/DM) y son usadas como referencia oficial, durante el proceso de evaluacin y calificacin de la invalidez.5.1.2. SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO5.1.- Es el Seguro que otorga coberturas por accidente de trabajo y enfermedad profesional, a los trabajadores empleados y obreros que tienen calidad de.afiliados regulares del seguro Social de Salud.5.2.-A nivel nacional, los establecimientos de salud pblicos y privados, as como las entidades pblicas y privadas, que participan en el proceso, de la evaluacin y calificacin del grado de invalidez de los trabajadores afectados, usarn como nica referencia oficial para la identificacin de su padecimiento, el Listado de Enfermedades Profesionales actualizada. Motivo de la presente NTS y que forma parte de los anexos.5.3. El Listado de Enfermedades Profesionales aprobada, pertenece al conjunto de normas tcnicas que regulan el proceso, para otorgar la cobertura del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, a los asegurados regulares, comprende aquellas que ocasionan daos o secuelas de naturaleza permanente y temporal. Para cada una de las enfermedades enlistadas, se ha establecido una relacin causa-efecto, de los riesgos a los cuales estn expuestos los trabajadores, segn la actividad econmica que desarrollan.5.4.Se ha previsto considerar al listado, como de carcter abierto, para que en el futuro pueda continuar admitiendo otras enfermedades que sean consideradas como ocupacionales, siempre y cuando las evidencias, estudios y comprobacin asi lo indiquen. Para este propsito, la Comisin Tcnica Mdica-CTM (RM N 360-98-SA/DM), ser la encargada de proponer al Ministerio de Salud, las futuras versiones actualizadas de la presente NTS que establece el Listado de Enfermedades Profesionales.VI. DISPOSICIONES ESPECFICAS6.1. El Listado de Enfermedades Profesionales est ordenado en.los siguientes grupos:GRUPO 1 : Enfermedades profesionales causadas por agentes qumicos. GRUPO 2: Enfermedades profesionales causadas por agentes fsicos.GRUPO 3: Enfermedades profesionales causadas por agentes biolgicos.GRUPO 4: Enfermedades profesionales causadas por inhalacin de sustancias y agentes no comprendidas en otros apartados.GRUPO 5: Enfermedades profesionales de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de los otros apartados.GRUPO 5: Enfermedades profesionales causaaspor agentes carcinognicos.RESPONSABILIDADESEl detalle del mencionado listado se encuentra en el ANEXO 01 de la presente Norma Tcnica de Salud.En el Nivel Nacional, la Direccin General de Salud de las Personas, es la responsable de normar, supervisar, monitorear, y evaluar las acciones, para promover y verificar el uso del Listado de Enfermedades Profesionales, como nica referencia oficial y parte integrante del proceso para otorgar la cobertura del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.En el Nivel Regional las Direcciones de Salud de Lima y Callao, las Direcciones Regionales de Salud, o la que haga sus veces en el mbito regional a travs de la Direccin Ejecutiva de Salud de las Personas, son responsables de la difusin, implementacin y monitoreo de la presente Norma Tcnica de Salud.Las Comisiones Evaluadoras y/o Calificadoras de Incapacidades, de ESSALUD, del Ministerio de Salud o de las EPS, acreditadas ante la Oficina de Normalizacin Provisional-ONP, deben utilizar el Listado de Enfermedades Profesionales-LEP, como nica referencia oficial para la evaluacin y calificacin del grado de invalidez por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.VIl. DISPOSICIONES FINALESLa Direccin General de Salud de las Personas, en un plazo no mayor de diez (10) das de aprobada la presente Norma Tcnica de Salud, se encargara de su difusin a las Direcciones de Salud, las Direcciones Regionales de Salud o a que haga sus veces en el mbito regional.VIII. ANEXOSANEXO 1 LISTADO DE ENFERMEDADES PROFESIONALESGRUPO 1 : Enfermedades profesionales causadas por agentes qumicos GRUPO 2: Enfermedades profesionales causadas por agentes fsicos GRUPO 3: Enfermedades profesionales causadas por agentes biolgicos GRUPO 4: Enfermedades profesionales causadas por inhalacin de sustancias y agentes no comprendidas en otros apartados GRUPO 5; Enfermedades profesionales de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de ios otros apartados GRUPO 6: Enfermedades profesionales causadas por agentes carcnognicos2.4 Seguro Complementario de Trabajo de RiesgoQu es el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo?Es el seguro por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales creado por la Ley 26790 (de Modernizacin de la Seguridad Social en Salud), que reemplaza al seguro por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (SEGATEP) de la Ley 18846 (derogada) que amparaba exclusivamente a los trabajadores obreros y era administrado por el IPSS, ahora EsSalud, y se rige de acuerdo a las Normas Tcnicas del D.S. 003-98-SA del 14 de Abril de 1998. Otorga coberturas por accidentes de trabajo y enfermedad profesional a los trabajadores, empleados y obreros y que laboran en un centro de trabajo de alto riesgo, de las actividades que se detallan en el Anexo 5 del mencionado Decreto Supremo.Quines estn amparados bajo este seguro?Estn amparados bajo el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo la totalidad de trabajadores del centro de trabajo de riesgo, determinado como tal por ley, en el cual se desarrollan las actividades de riesgo, sean empleados u obreros, temporales o permanentes.Cmo considera la ley a un centro de trabajo?Se considera centro de trabajo de riesgo al establecimiento de la entidad empleadora en el que se ubican las unidades de produccin en las que se realizan las actividades de riesgo (inherentes a las actividades descritas en el anexo N 5 del Decreto Supremo N 009-97-SA). Incluye a las unidades administrativas y de servicios que, por su proximidad a las unidades de produccin, exponen al personal al riesgo de accidentes de trabajo o enfermedad profesional.El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo otorga a los trabajadores las siguientes coberturas: La Cobertura de Salud, la cual es ofrecida por EsSalud o las entidades prestadoras de Salud (EPS). La Cobertura de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio la cual es ofrecida por la ONP o por las compaas de Seguros. Cobertura de Salud por Trabajo de Riesgo y Enfermedades Profesionales ESSALUD o la Entidad Prestadora de Salud (EPS) con las que la entidad empleadora haya contratado esta cobertura otorgar al trabajador como mnimo las siguientes prestaciones: Asistencia y asesoramiento preventivo promocional en salud ocupacional a la Entidad Empleadora y a los Asegurados. Atencin mdica, farmacolgica, hospitalaria y quirrgica, cualquiera fuere su nivel de complejidad hasta la recuperacin total del asegurado, la declaracin de invalidez total o parcial permanente o su fallecimiento. El asegurado conserva su derecho de ser atendido por el Seguro Social en Salud con posterioridad al alta o la declaracin de invalidez permanente. Rehabilitacin y readaptacin laboral al asegurado invlido bajo este seguro. Aparatos de prtesis y ortopdicos que necesite el asegurado bajo este seguro. Cobertura de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio: Pensin de Sobrevivencia: La Aseguradora pagar pensiones de sobrevivencia a los beneficiarios en caso de fallecimiento del asegurado. Pensin de Invalidez: La Aseguradora pagar pensiones de invalidez al asegurado que como consecuencia de un accidente detrabajo o enfermedad profesional quedara en situacin de invalidez. Gastos de Sepelio: En caso de fallecimiento de un asegurado, la aseguradora reembolsar los gastos de sepelio a la persona natural o jurdica que los hubiera sufragado, previa presentacin de los documentos originales que sustenten dicho gasto.Cobertura de InvalidezCondicinBeneficioParcial PermanenteEn caso sea un grado igual o superior al 20% e inferior al 50%24 mensualidades en forma proporcional a la que correspondera por invalidez Total Permanente.Parcial PermanenteEn caso sea un grado igual o superior al 50% pero menor a los 2/3.Pensin Vitalicia igual al 50% de la Remuneracin.Total PermanenteEn caso sea igual o superior a los 2/3Pensin Vitalicia igual al 70% de la Remuneracin.Gran InvalidezDefinitivamente incapacitado para realizar cualquier clase de trabajo remunerado, y que requiere el auxilio de otra persona para las funciones escenciales de la vida.Pensin Vitalicia igual al 100% de la RemuneracinImportante: Por incapacidad temporal los primeros 20 das estn a cargo del empleador, los 11 meses y 10 das siguientes estn a cargo de Essalud.Cobertura de SobrevivenciaCondicinBeneficioPara todos los casos, si ocurre el fallecimiento del TrabajadorCnyuge sin hijo(s)Pensin Vitalicia igual al 42% de la Remuneracin.Cnyuge con 1 ms hijos.Pensin Vitalicia igual al 35% de la Remuneracin. Hijo (s)14% de la Remuneracin hasta los 18 aos o Vitalicia si es invalido total y permanente. Padres14% de la Remuneracin para unos de los padres que cumplan con alguno de los siguientes requisitos: si son invlidos total o parcialmente en proporcin superior al 50% o que tengan ms de 60 aos y hayan dependido econmicamente del trabajador fallecidoPara efecto del clculo de la remuneracin se tomar el promedio de las 12 ltimas remuneraciones mensuales percibidas antes del siniestro.Actividades comprendidas dentro del Seguro Complementario de Trabajo de RiesgoTodas las empresas que desarrollan alguna de las actividades indicadas a continuacin estn obligadas a contratar este seguro: Pesca Produccin de Petrleo Crudo y Gas Natural Extraccin de Minerales Metlicos Extraccin de Otros Minerales (No metlicos) Elaboracin de Productos del Tabaco Fabricacin de Textiles Industrias del Cuero y Afines Industrias de Madera, Productos de Madera y Corcho Fabricacin de Otros Productos Qumicos Fabricacin de Sustancias Qumicas Industriales 2 Construccin 3 Refineras de Petrleo Fabricacin de Productos derivados del Petrleo y Carbn Fabricacin de Productos Plsticos Fabricacin de Vidrio y Productos de Vidrio Periodistas y Camarografa Fabricacin de Otros Productos Minerales No Metales Industria Bsica de Hierro y Acero Fabricacin de Productos Metlicos 3 Construccin de Maquinarias Electricidad, gas y vapor Transporte Areo Servicios Odontolgicos, Sanitarios y VeterinariaMultas para Empresas que incumplen la LeyEl Ministerio de Trabajo y Promocin Social ha establecido un esquema de multas para aquellas empresas que incumplan con los beneficios laborales, el cual detallamos:En nuevos soles:Nmero de trabajadores afectados 1-2 Incumplimientos3-4 Incumplimientos5 o ms IncumplimientosEmpresas que tienen hasta 5 trabajadores5% de 8 UITs15% de 8 UITs25% de 8 UITsEmpresas que tienen entre 6 y 10 trabajadores10% de 8 UITs20% de 8 UITs30% de 8 UITsEmpresas que tienen entre 11 y 30 trabajadores20% de 8 UITs30% de 8 UITs35% de 8 UITsEmpresas que tienen entre 31 y 80 trabajadores30% de 8 UITs40% de 8 UITs60% de 8 UITsEmpresas que tienen entre 81 y 120 trabajadores40% de 8 UITs50% de 8 UITs70% de 8 UITsEmpresas que tienen de 121 a ms trabajadores50% de 8 UITs70% de 8 UITs100% de 8 UITsClculo realizado tomando en cuenta informacin del Boletn Informativo del Ministerio de Trabajo y Promocin Social.Base del Clculo: 8 UITs (1 UIT = S/.3,500)Informacin para Trabajadores afiliados al Seguro Complementario de Trabajo de RiesgoEl captulo VII del Decreto Supremo No. 003-98-Sa, Normas Tcnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, establece, que las Entidades Empleadoras sujetas al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, estn obligadas a difundir entre los trabajadores de cada uno de sus centros de trabajo de riesgo las coberturas y procedimientos del referido seguro, con indicacin expresa del nombre y domicilio de las entidades con que se han contratado estas coberturas, indicando adicionalmente que el incumplimiento de esta obligacin, ser sancionada por el Ministerio de Trabajo mediante las multas que correspondan.Qu es un Accidente de Trabajo?Es toda lesin orgnica o perturbacin funcional causada en el centro de trabajo o con ocasin del trabajo, por accin imprevista, fortuita u ocasional de una fuerza externa, repentina y violenta que obra sbitamente sobre la persona del trabajador o debida al esfuerzo del mismo.Qu es una enfermedad profesional?Es toda enfermedad permanente o temporal que sobreviene al trabajador como consecuencia directa de la clase de trabajo que desempea o del medio en que se ha visto obligado a trabajar.Qu accidentes no se consideran como Accidente de Trabajo? El que se produce en el trayecto de ida y retorno al centro de trabajo. Por participacin en rias u otra accin ilegal. Por incumplimiento del trabajador de orden estricta especfica del empleador. En ocasin de actividades recreativas, deportivas o culturales. El que sobrevenga durante permisos, licencias, vacaciones. Por uso de sustancias alcohlicas o estupefacientes.Los que sean a consecuencia de guerra civil o internacional, conmocin civil o terrorismo y similares. Convulsin de la naturaleza (terremoto, maremoto, etc.) Fusin nuclear. Lesiones voluntariamente autoinflingidas o autoeliminacin o su tentativa.Todo accidente que no sea calificado como accidente de trabajo, as como toda enfermedad que no sea calificada como enfermedad profesional; sern tratados como accidentes o enfermedades comunes sujetas al rgimen general del Seguro Social de Salud y al sistema pensionario al que se encuentra afiliado el trabajador.Cules son los deberes del trabajador? Procurar el cuidado integral de su salud. Suministrar informacin clara, veraz y completa sobre su estado de salud. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de seguridad y salud ocupacional de la Entidad Empleadora. Participar en la prevencin de riesgos profesionales. Cumplir con el tratamiento mdico rehabilitador que le fuera prescrito.Cules son los procedimientos a seguir en la Entidad Prestadora de Salud (EPS) en caso de un accidente de trabajo o enfermedad profesional?En caso que la Entidad Empleadora tenga contratada la cobertura del SCTR-SALUD con una EPS (Entidad Prestadora de Salud), se debern seguir los siguientes pasos: Evacuar al trabajador accidentado a cualquiera de las clnicas o centros mdicos afiliados. De ser necesaria la evacuacin del herido en ambulancia, llamar al telfono de emergencia de la aseguradora (servicio slo para Lima). Ingresar en la clnica al trabajador herido y entregar en recepcin el formato de solicitud de Atencin Mdica por accidentes de trabajo, con los datos del trabajador y la empresa completos. De existir documentos por gastos efectuados, remitirlos a la EPS para su reembolso con la solicitud de Atencin Mdica por accidentes de trabajo y la documentacin sustentatoria adicional. Los honorarios mdicos debern ser a nombre del accidentado y los de farmacia, anlisis, radiografas, etc., a nombre de la aseguradora.Cules son los procedimientos a seguir en caso de invalidez o fallecimiento por accidente o fallecimiento por accidente de trabajo o enfermedad profesional?En caso que la Entidad Empleadora tenga contratada la cobertura del SCTR-SALUD con una EPS (Entidad Prestadora de Salud), se debern seguir los siguientes pasos: La entidad empleadora, comunicar por escrito a la aseguradora, dentro del plazo de 48 horas (o en un trmino mayor que sea razonable atendiendo las circunstancias), la ocurrencia de todo accidente de trabajo, el cual contendr necesariamente informacin sobre la fecha y hora del accidente, el nombre, apellido, edad, el domicilio y labor desempeada por el asegurado que ha sufrido el accidente; el lugar y circunstancias en que ste ocurri, as como el nombre y domicilio de los testigos. En caso de enfermedad profesional, la entidad empleadora, comunicar en el mismo plazo, el diagnstico de la enfermedad profesional o la ocurrencia que la evidencie, o que ocurra primero.Documentacin para la obtencin de la Pensin de SobrevivenciaPara obtener la Pensin de Sobrevivencia, los beneficiarios, se dirigirn directamente a la aseguradora, adjuntando la siguiente informacin y documentacin: Certificado mdico de defuncin. Atestado policial y certificado de necropsia. Solicitud de pensin de sobrevivencia acompaado de la documentacin que acredite su condicin de beneficiario. Declaracin jurada de la entidad empleadora y de anteriores empleadores, de ser el caso, en la que se acrediten las remuneraciones percibidas por el asegurado durante los 12 meses anteriores al siniestro.La aseguradora puede exigir la autopsia o exhumacin del cadver para establecer la causa de la muerte.Las personas que reclamen gastos de sepelio, debern presentar adicionalmente, la solicitud de reembolso y las facturas, boletas de venta y recibos originales que sustenten los mismos. Estos documentos deben estar emitidos a nombre de la persona natural o jurdica que solicite el reembolso.Documentacin para la obtencin de la pensin de InvalidezPara obtener la Pensin de Invalidez, el asegurado igualmente debe dirigirse a la aseguradora, presentando una solicitud en los formatos proporcionados por sta, acompaada de la siguiente informacin y documentacin: Certificado del mdico que prest los primeros auxilios, expresando las causas del accidente y las consecuencias inmediatas producidas en la salud del paciente. Certificado del mdico tratante, con la indicacin de la fecha de inicio y naturaleza del tratamiento recibido, as como la fecha y condiciones de alta o baja del paciente. Certificado de inicio y fin del goce del subsidio de incapacidad temporal otorgado por Essalud. Declaracin jurada de la entidad empleadora y de anteriores empleadores, de ser el caso, en la que se acrediten las 12 ltimas remuneraciones percibidas por el asegurado hasta la fecha de inicio de las prestaciones de invalidez, incluyendo los subsidios por incapacidad temporal que hubiere percibido a cargo de Essalud.2.5 Bioseguridad.COMIT DE VIGILANCIA EPIDEMIOLGICA (COVE)DIVISIN DE TALENTO HUMANOSALUD OCUPACIONAL2003CONTENIDOCONTENIDO1INTRODUCCIN3ELEMENTOS DE PROTECCIN PERSONAL4USO DE LOS ELEMENTOS DE PROTECCIN PERSONAL4MANTENIMIENTO DE ELEMENTOS DE PROTECCIN PERSONAL5PROTECCIN OCULAR5PROTECCIN BUCONASAL Y FACIAL7PROTECCIN DE CUERPO Y EXTREMIDADES SUPERIORES7NORMAS DE BIOSEGURIDAD10NORMAS GENERALES DE BIOSEGURIDAD10NORMAS DE BIOSEGURIDAD PARA EL REA DE URGENCIAS12NORMAS DE BIOSEGURIDAD PARA EL REA DE GINECOBSTETRICIA12NORMAS DE BIOSEGURIDAD PARA EL REA DE CIRUGA13NORMAS DE BIOSEGURIDAD PARA SALAS DE HOSPITALIZACIN14NORMAS DE BIOSEGURIDAD PARA EL REA DE ODONTOLOGA14NORMAS DE BIOSEGURIDAD PARA EL REA DE LABORATORIO CLNICO15NORMAS DE BIOSEGURIDAD PARA EL REA DE CENTRAL DE ESTERILIZACIN16NORMAS DE BIOSEGURIDAD PARA LA CAPILLA FUNERARIA16NORMAS DE BIOSEGURIDAD PARA EL REA DE PATOLOGA17NORMAS DE BIOSEGURIDAD PARA EL REA DE LAVANDERA17PROTOCOLO DE INMUNIZACIN18Tabla 1. PROTOCOLOS DE INMUNIZACIN RECOMENDADAS PARA PERSONAL DE SALUD18METODOLOGA19INTERPRETACIN DE RESULTADOS DE LABORATORIO Y CONDUCTAS 19Tabla 2. INTERPRETACIN DE RESULTADOS DE LABORATORIO Y CONDUCTAS20MANEJO DEL ACCIDENTE DE TRABAJO22PROCEDIMIENTO INMEDIATO22PROTOCOLO PARA EL MANEJO DEL ACCIDENTE CON RIESGO BIOLGICO25PROCEDIMIENTO INMEDIATO25PROCEDIMIENTOS POSTERIORES27GUA PARA EL AISLAMIENTO DE PACIENTES28CARACTERSTICAS DE LOS AISLAMIENTOS28PRECAUCIONES RECOMENDADAS PARA EL AISLAMIENTO EN EL HOSPITAL29FUENTE29HUESPED29MEDIOS DE TRANSMISIN29TCNICAS QUE INCLUYEN LAS PRECAUCIONES ESTNDAR31PRECAUCIONES BASADAS EN LA FORMA DE TRANSMISIN33PRECAUCIONES ESTNDAR (Ver Tabla 3)33Tabla 3. Lista de sndromes especficos para aplicar las precauciones basadas en la transmisin34PRECAUCIONES AREAS34Tabla 4. Precauciones de transmisin por va area35PRECAUCIONES POR GOTAS35PRECAUCIONES POR CONTACTO35Tabla 5. Precauciones de transmisin por gotas36PRECAUCIONES POR VECTORES36Tabla 6. Precauciones para la transmisin por contacto37Tabla 7. Precauciones para la transmisin por vectores37BIBLIOGRAFA382.6 Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional y otras medidas complementarias en minera D.S. N 055-2010-EMArtculo 1.- Aprobacin (Lima, domingo 22 de agosto de 2010) Aprubese el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minera, el mismo que consta detrescientos noventa y seis (396) artculos, 32 Anexos y3 Guas, los cuales forman parte integrante del presente Decreto Supremo.Artculo 2.- Publicacin de anexosLos anexos y guas que forman parte del Reglamento aprobado por el presente Decreto Supremo, sern publicados mediante el portal electrnico del Ministerio de Energa y MinasArtculo 3.- Registro de procedencia de sustancias benefi ciadas en planta.Para efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artculo 4 del TUO de la Ley General de Minera, las plantas de benefi cio que adquieren el producto de la actividad minera sin procesamiento o como concentrado, refogado, relave o cualquier otro estado hasta antes de su refi nacin; as como las personas naturales o jurdicas que se dedican exclusivamente a la compraventa de oro y/o minerales en bruto, debern verifi car el origen de cualesquiera de ellos y mantener un registro actualizado en medio electrnico o fsico, que deber incluir la siguiente informacin respecto a cada compra de productos minerales que realicen:a) El nombre y documento nacional de identidad o denominacin y RUC, dependiendo de si el vendedor es persona natural o jurdica.b) El nombre y cdigo nico de la(s) concesin(es) minera(s) de donde proviene el oro y/o mineral en bruto y/o relaves.c) La naturaleza del producto (con o sin procesamiento, concentrados, refogados, relaves, etc.), la cantidad y/o peso, la ley del mineral (contenido metlico) y el precio de compra.Asimismo, debern mantener dicho registro actualizado y, de ser el caso, su respectivo medio de visualizacin, a disposicin de la autoridad que resulte competente en lafi scalizacin del comprador.La autoridad fi scalizadora competente dispondr la paralizacin de aquellas plantas de benefi cio en donde se verifi que el origen ilegal de las sustancias a benefi ciar.Artcu