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03 de mayo, 2011 Situación de las y los defensores de derechos humanos

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03 de mayo, 2011

Situación de las y los defensores de

derechos humanos

Defensoras y defensores de derechos

humanos

“Individuos, grupos o

instituciones que contribuyen

a la eliminación efectiva de

todas las violaciones de los

derechos humanos y las

libertades fundamentales de

los pueblos y los individuos”Preámbulo de la Declaración sobre

Defensores/as

¿QUIÉNES SON Y QUÉ HACEN?

Defensoras y defensores de derechos

humanos

No existe una definición concreta.

Se les conoce sobre todo por lo que hacen, y la

mejor forma de explicar lo que son consiste en

describir sus actividades.

Defensoras y defensores de derechos

humanos

NOson características distintivas

SI son características distintivas

Profesión Aceptar la universalidad e interdependencia ddhh

Remuneración Se definen por los derechos que defienden

Edad Acciones pacíficas

Pertenencia a ONG

Reconocimiento público

Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los

grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos

humanos y las libertades fundamentales universalmente

reconocidos

Antecedentes:

Su elaboración inició en 1984.

Se aprobó el 09 Diciembre de 1998.

Naturaleza no vinculante.

Recoge principios y obligaciones de otros instrumentos

internacionales.

Derechos consagrados:

Procurar la protección y realización de los derechos humanos en los planos nacional e internacional.

Formar asociaciones y ong´s.

Reunirse o manifestarse pacíficamente.

Recabar, obtener, recibir información sobre vdh.

Presentarse ante organismos gubernamentales.

Denunciar las políticas y acciones oficiales en relación con vdh.

Ofrecer y prestar asistencia letrada profesional.

Asistir a las audiencias, los procedimientos y los juicios públicos para formarse una opinión sobre el cumplimiento de las normas nacionales y las obligaciones internacionales.

Disponer de recursos eficaces.

Ejercer legítimamente su labor.

Obligaciones:

RESPETAR PROTEGERGARANTIZAR

(cumplir/facilitar)

No deslegitimar

públicamente la labor de

los defensores/as

Crear instituciones

especializadas en

promover y proteger a

defensores de derechos

humanos

Proteger a defensores/as

frente a las agresiones de

terceras personas

PREVENIR INVESTIGAR

SANCIONAR REPARAR

Sistema Universal de protección

Procedimientos Especiales:

Relatorías

LA RELATORA ESPECIAL

SOBRE LA SITUACIÓN

DE

LAS Y LOS DEFENSORES

DE DERECHOS

HUMANOS(2008 A LA FECHA)

MARGARET SEKAGGYA

Procedimientos Especiales

• Expertos independientes

• Analizan aspectos de derechos humanos desde

una perspectiva temática o geográfica

• Nombrados por el Consejo de Derechos Humanos

• No se trata de personal de Naciones Unidas, no

son remunerados.

• Pueden estar compuestos de una persona

(relator/a o representante especial) o de un grupo

de trabajo.

Procedimientos Especiales

Actividades:

• Informes anuales temáticos al Consejo de Derechos

Humanos (y a la Asamblea General en algunos

casos)

• Visitas a países

• Comunicaciones individuales

• Actividades de sensibilización y visibilidad

(comunicados de prensa, conferencias, etc.)

COMUNICACIONES INDIVIDUALES

El principal objetivo es que las autoridades estén

informadas de la denuncia lo antes posible y

tengan la oportunidad de investigarla para poner

fin o evitar cualquier violación de los derechos

humanos.

Dos tipos:

Llamamientos urgentes

Carta de alegaciones

Comunicaciones individuales o conjuntas

Se le solicita al gobierno:

Clarificar el caso

Tomar medidas preventivas o de reparación e

informar a la Relatora

COMUNICACIONES INDIVIDUALES

¿Quien puede enviar una comunicación?

Las presuntas víctimas o cualquier persona en su

nombre

ONG`s

Otros actores (agencias de la ONU, sindicatos, etc.)

¿A quién se le envía la comunicación?

Principalmente a las autoridades

En algunas ocasiones a actores no gubernamentales

(grupos rebeldes, compañías de seguridad privada)

¿Cómo es el proceso?

Reflexiones finales

La intervención del SNU da visibilidad, ejerce

un nivel de presión sobre los Estados y abre

espacios.

Son una herramienta, pero no un fin último ni

único.

Uso complementario de varias herramientas, a

fin de lograr mayor incidencia.

Todo lo que se presenta al SNU vuelve a sede

nacional: cumplimiento