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Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958 Número 217 S u m a r i o Jueves 18 de septiembre de 2014 DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA: Notificación 3 JUNTA DE ANDALUCÍA: Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo: Delegación Territorial en Sevilla: Instalación eléctrica 3 Consejería de Fomento y Vivienda: Delegación Territorial en Sevilla: Expedientes de prórroga de subsidiación de préstamos 3 Solicitudes de subsidiación autonómica 5 Solicitud de calificación provisional 5 Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio: Delegación Territorial en Sevilla: Expediente para la concesión de terrenos del dominio público marítimo terrestre 5 Vías Pecuarias—Expedientes 1053/14, 2314/09, 810/14, 890/02, 952/14, 945/14, 1818/13 y 1815/13 6 DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR: Jefatura Provincial de Tráfico de Sevilla: Medidas especiales de ordenación de la circulación por la cele- bración de una romería 8 Notificaciones 8 DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA: Área de Hacienda: Anuncios de licitación 10 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: Juzgados de lo Social: Sevilla—Número 1: autos 1142/11; número 2: autos 440/11; número 3: autos 107/13; número 6: autos 155/12; número 7: autos 1040/11; número 10: autos 739/12 12 Madrid—Número 3: autos 699/13; número 6: autos 10/14 y 1/14 16 Juzgados de Instrucción: Sevilla—Número 3: autos 84/13, 321/12 y 184/13 17

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Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958

Número 217

S u m a r i o

Jueves 18 de septiembre de 2014

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA: Notificación 3

JUNTA DE ANDALUCÍA:— Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo: Delegación Territorial en Sevilla: Instalación eléctrica 3— Consejería de Fomento y Vivienda: Delegación Territorial en Sevilla: Expedientes de prórroga de subsidiación de préstamos 3 Solicitudes de subsidiación autonómica 5 Solicitud de calificación provisional 5— Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio: Delegación Territorial en Sevilla: Expediente para la concesión de terrenos del dominio público

marítimo terrestre 5 Vías Pecuarias —Expedientes 1053/14, 2314/09, 810/14, 890/02,

952/14, 945/14, 1818/13 y 1815/13 6

DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR:— Jefatura Provincial de Tráfico de Sevilla: Medidas especiales de ordenación de la circulación por la cele-

bración de una romería 8 Notificaciones 8

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA:— Área de Hacienda: Anuncios de licitación 10

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:— Juzgados de lo Social: Sevilla —Número 1: autos 1142/11; número 2: autos 440/11;

número 3: autos 107/13; número 6: autos 155/12; número 7: autos 1040/11; número 10: autos 739/12 12

Madrid —Número 3: autos 699/13; número 6: autos 10/14 y 1/14 16— Juzgados de Instrucción: Sevilla —Número 3: autos 84/13, 321/12 y 184/13 17

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AYUNTAMIENTOS:— Sevilla —Gerencia de Urbanismo: Notificación 18— Burguillos: Expediente de modificación de créditos 19— Camas: Notificación 20— La Campana: Expediente de modificación de créditos 21— Carmona: Anuncio de licitación 21— Carrión de los Céspedes: Presupuesto general ejercicio 2014 23— Estepa: Expediente de suplemento de crédito 25— Mairena del Aljarafe: Notificaciones 25— Las Navas de la Concepción: Convocatoria para la provisión del

puesto de trabajo de Secretaría-Intervención 28— Palomares del Río: Ordenanza municipal 32— Sanlúcar la Mayor: Delegaciones de funciones 42 Notificación 43— Santiponce: Notificaciones 43— Tocina: Cuentas generales ejercicios 2004 a 2013 44— Utrera: Proyectos de actuación 44 Notificaciones 45— Villamanrique de la Condesa: Anuncio de licitación 45

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Número 217

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍANo habiéndose podido practicar la notificación de la comunicación que se cita, se hace público el presente anuncio, de confor-

midad con lo prevenido en el artículo 59 4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, a fin de que en el plazo de quince días, el interesado pueda comparecer en la Sección de Autorizaciones Administrativas, de la Delegación del Gobierno en Sevilla, en Plaza de España, Torre Sur, de esta capital, para tener conocimiento del expediente que se indica y, en su caso, formular las alegaciones o interponer los recursos procedentes:

Expte : 16437 Asunto: Desestimando recurso LIC E Interesado: David Román Fornet DNI: 48884763B Sevilla, 5 de septiembre de 2014 —El Secretario General, Francisco Javier Arroyo Navarro

265W-10455

JUNTA DE ANDALUCÍA————

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo————

Delegación Territorial en Sevilla

Instalación eléctrica

A los efectos previstos en el artículo 125 º del R D 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la petición de autorización de la instalación eléctrica, cuyas características principales se señalan a continuación:

Peticionario: Hermanos Tejada Gómez S C y otros Domicilio: Salvador Moreno Durán, n º 28 bj, C P 41560 Estepa (Sevilla) Emplazamiento: Polígono catastral 22, parcelas 56 a 65, C P 41560 Estepa (Sevilla) Finalidad de la instalación: Suministro fincas.

Línea eléctrica:Origen: LAMT Estepa subestación Osuna 25 kV Final: CTs Proyectados T M afectado: Estepa Tipo: Aérea Longitud en km: 3,16 Tensión en servicio en kV: 25 Conductores: LA-56 Apoyos: 22 ud metálicos Aisladores: 3 U40BS

Centro de transformación.Tipo: Intemperie Potencia en kVA: 160+160 Relación de transformación en kV: 25/0,4 Presupuesto en euros: 54 893 Referencia: R A T : 24225 Exp : 273381 Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en esta Delegación Territorial, sita en

Sevilla, Avenida de Grecia, s/n, planta baja, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas, y formularse al mismo tiempo las alegaciones, por duplicado, que se estimen oportunas, en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación en este anuncio

Sevilla a 24 de julio de 2014 —La Delegada Territorial, Aurora Cosano Prieto 34F-9693-P

————

Consejería de Fomento y Vivienda————

Delegación Territorial en Sevilla

«Resolución del expediente núm 41-AP-G-00-4155/07, de prórroga de subsidiación de préstamo, a instancias de don Rafael González Ruiz, por el que se resuelve inadmitir dicha prórroga Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa,

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4 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma Sra Consejera de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo establecido en los arts 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero »

Sevilla, 16 de julio de 2014 —La Delegada Territorial, Granada Santos García 265W-8934

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Delegación Territorial en Sevilla

«Resolución del expediente núm 41-AP-G-00-2026/06, de prórroga de subsidiación de préstamo, a instancias de don Rubén Rojas López, por el que se resuelve inadmitir dicha prórroga. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma Sra Consejera de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo establecido en los arts. 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero »

Sevilla, 16 de julio de 2014 —La Delegada Territorial, Granada Santos García 265W-8935

————

Delegación Territorial en Sevilla

«Resolución del expediente núm 41-AP-E-00-3181/09, de prórroga de subsidiación de préstamo, a instancias de don Antonio García Jiménez, por el que se resuelve inadmitir dicha prórroga Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma Sra Consejera de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo establecido en los arts 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero »

Sevilla, 16 de julio de 2014 —La Delegada Territorial, Granada Santos García 265W-8938

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Delegación Territorial en Sevilla

«Resolución del expediente núm 41-AP-G-00-1839/07, de prórroga de subsidiación de préstamo, a instancias de don Alexis Montes López, por el que se resuelve inadmitir dicha prórroga Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma Sra Consejera de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo establecido en los arts 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero »

Sevilla, 16 de julio de 2014 —La Delegada Territorial, Granada Santos García 265W-8940

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Delegación Territorial en Sevilla

«Resolución del expediente núm 41-AP-G-00-1524/07, de prórroga de subsidiación de préstamo, a instancias de don Francisco Javier Gil Castro, por el que se resuelve inadmitir dicha prórroga Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma Sra Consejera de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo establecido en los arts 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero »

Sevilla, 16 de julio de 2014 —La Delegada Territorial, Granada Santos García 265W-8941

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Delegación Territorial en Sevilla

«Resolución del expediente núm 41-AP-G-00-0989/00, de prórroga de subsidiación de préstamo, a instancias de don Alberto García Fernández, por el que se resuelve inadmitir dicha prórroga Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrati-va, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma Sra Consejera de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo establecido en los arts 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero »

Sevilla, 16 de julio de 2014 —La Delegada Territorial, Granada Santos García 265W-8942

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Delegación Territorial en Sevilla

«Resolución del expediente núm 41-AP-E-00-0403/09, de prórroga de subsidiación de préstamo, a instancias de don Juan Le-desma Longares, por el que se resuelve inadmitir dicha prórroga Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma Sra Consejera de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 5

día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo establecido en los arts 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero »

Sevilla, 16 de julio de 2014 —La Delegada Territorial, Granada Santos García 265W-8943

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Delegación Territorial en Sevilla

«Resolución del expediente núm 41-AP-E-00-1782/08, de prórroga de subsidiación de préstamo, a instancias de don Luis Hal-cón González, por el que se resuelve inadmitir dicha prórroga Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma Sra Consejera de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo establecido en los arts 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero »

Sevilla, 16 de julio de 2014 —La Delegada Territorial, Granada Santos García 265W-8945

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Delegación Territorial en Sevilla

«Resolución del expediente núm 3579/07, de solicitud de subsidiación de prórroga autonómica, a instancias de Juan Manuel Mata García, por el que se resuelve la desestimación del mismo Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma Sra Consejera de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo establecido en los arts 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero »

Sevilla, 25 de agosto de 2014 —La Delegada Territorial, Granada Santos García 265W-9987

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Delegación Territorial en Sevilla

«Resolución del expediente núm 719/08, de solicitud de subsidiación de prórroga autonómica, a instancias de David Santama-ría Lapeña, por el que se resuelve la desestimación del mismo Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma Sra Consejera de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo establecido en los arts 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero »

Sevilla, 19 de agosto de 2014 —La Delegada Territorial, Granada Santos García 265W-9988

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Delegación Territorial en Sevilla

«Resolución del expediente núm 41-PO-M-00-0048/10, a instancia de Puertaolivares, S C A , , que resuelve tener por desistida a la interesada de la solicitud de calificación provisional presentada. Así como tener por concluido el procedimiento iniciado, proce-diendo al archivo del expediente Previa acreditación de su identidad podrá comparecer en las dependencias del Servicio de vivienda en la citada Delegación Territorial, situada en Plaza de San Andrés, núm. 2, Sevilla, para la notificación del texto íntegro. Contra la pre-sente resolución, que no pone fin a la administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo establecido en los art 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.»

Sevilla, 1 de julio de 2014 —La Delegada Territorial, Granada Santos García 265W-8246

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Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio————

Delegación Territorial en Sevilla

En esta Delegación Territorial, con n º de Expte CNC02-14-SE-0004 se tramita a instancias de don Juan y doña María García Martín, la concesión administrativa para la ocupación de terrenos de dominio público marítimo-terrestre en la margen izquierda de la Ría del Guadalquivir, con motivo de la ejecución de las obras del «Proyecto para la concesión de ocupación de terrenos de dominio público marítimo-terrestre del encauzamiento del brazo del este», en el término municipal de La Puebla del Río (Sevilla)

De conformidad con lo previsto en el artículo 146 8 del Reglamento General para desarrollo y ejecución de la vigente Ley de Costas, se anuncia que la documentación referida a dicho expediente, se encuentra en el Servicio de Protección Ambiental de esta Delegación Territorial sita en la Avda. de Grecia, s/n. - Edificio Los Bermejales de Sevilla, a disposición de quienes quieran consultarla y formular alegaciones durante un plazo de veinte días hábiles

Sevilla a 19 de mayo de 2014 —La Delegada Territorial, María Dolores Bravo García 4W-6064-P

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6 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

Delegación Territorial en Sevilla

Vías Pecuarias.—Expediente VP/01053/2014

CIAR (Ciclo Integral Aguas Retortillo), ha solicitado la ocupación por un plazo de diez años renovables de los terrenos de la vía pecuaria siguiente:

Provincia: Sevilla Término municipal: Lantejuela Vía pecuaria: «Cañada Real de La Laguna» Superficie: 678,44 m2 Con destino a: Ocupación para ejecución «Proyecto renovación colector salida aliviadero Edar» Lo que se hace público para que aquellos que se consideren interesados, puedan formular las alegaciones oportunas en las

oficinas de esta Delegación Territorial, sita en Avda. de Grecia s/n, Edificio Administrativo Los Bermejales, durante un plazo de veinte días, a contar desde la finalización del mes de exposición e información pública.

Sevilla a 26 de agosto de 2014 —El Secretario General Provincial, José Salvador Camacho Lucena 34W-10189-P

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Delegación Territorial en Sevilla

Vías Pecuarias.—Expediente: VP/02314/2009

Endesa Distribución Eléctrica, S L ha solicitado la ocupación por un plazo de diez años renovables de los terrenos de la vía pecuaria siguiente:

Provincia: Sevilla Término municipal: Guillena Vía pecuaria: «Cañada Real de Córdoba a Huelva» Superficie: 7,39 m2 Con destino a: L A A132 KV S/C desde la sub Funciones Caetano hasta la sub Guillena Lo que se hace público para que aquellos que se consideren interesados, puedan formular las alegaciones oportunas en las ofi-

cinas de esta Delegación Territorial, sita en Avda. de Grecia, s/n. (edificio administrativo Los Bermejales), en Sevilla durante un plazo de veinte días, a contar desde la finalización del mes de exposición e información pública.

Sevilla a 6 de junio de 2014 —El Secretario General Provincial, Salvador Camacho Lucena 2W-7133-P

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Delegación Territorial en Sevilla

Vías Pecuarias.—Expediente: VP/00810/2014

Endesa Distribución Eléctrica, S L ha solicitado la ocupación por un plazo de diez años renovables de los terrenos de la vía pecuaria siguiente:

Provincia: Sevilla Término municipal: Estepa Vía pecuaria: «Cañada Real de Estepa a Puente Genil» Superficie: 5,03 m2 Con destino a: Proyecto de nuevo tramo de LAMT A 25 KV entre el apoyo A273838 y el apoyo A273792 para reconfiguración

de líneas en la zona Lo que se hace público para que aquellos que se consideren interesados, puedan formular las alegaciones oportunas en las ofi-

cinas de esta Delegación Territorial, sita en Avda. de Grecia, s/n. (edificio administrativo Los Bermejales), en Sevilla durante un plazo de veinte días, a contar desde la finalización del mes de exposición e información pública.

Sevilla a 26 de junio de 2014 —El Secretario General Provincial, Salvador Camacho Lucena 2W-8291-P

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Delegación Territorial en Sevilla

Vías Pecuarias.—Expediente: VP/00890/2002

Endesa Distribución Eléctrica, S L ha solicitado la ocupación por un plazo de diez años renovables de los terrenos de la vía pecuaria siguiente:

Provincia: Sevilla Término municipal: Dos HermanasVía pecuaria: «Vereda del Rayo»Superficie: 589,33 m2Con destino a: Proyecto de dos líneas subterráneas de M T 15 (20) KV desde Sub Dos Hermanas de 3825 m cada una y 7CC

TT de 2X 630 KVA y L sub de 15K de 580M al C T existente número 6 (motel) Lo que se hace público para que aquellos que se consideren interesados, puedan formular las alegaciones oportunas en las ofi-

cinas de esta Delegación Territorial, sita en Avda. de Grecia, s/n. (edificio administrativo Los Bermejales), en Sevilla durante un plazo de veinte días, a contar desde la finalización del mes de exposición e información pública.

Sevilla a 1 de julio de 2014 —El Secretario General Provincial, Salvador Camacho Lucena 2W-8293-P

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 7

Delegación Territorial en Sevilla

Vías Pecuarias.—Expediente: VP/00952/2014

Endesa Distribución Eléctrica, S L ha solicitado la ocupación por un plazo de diez años renovables de los terrenos de la vía pecuaria siguiente:

Provincia: Sevilla Término municipal: Coria del Río Vías pecuarias: «Cañada Real del Polvero», «Colada de Los Cortijos» Superficie: 88,41 m2 Con destino a: Proyecto de sustitución de red aérea de baja tensión del C D gasolinera número 65601 Lo que se hace público para que aquellos que se consideren interesados, puedan formular las alegaciones oportunas en las ofi-

cinas de esta Delegación Territorial, sita en Avda. de Grecia, s/n. (edificio administrativo Los Bermejales), en Sevilla durante un plazo de veinte días, a contar desde la finalización del mes de exposición e información pública.

Sevilla a 28 de julio de 2014 ——El Secretario General Provincial, Salvador Camacho Lucena 2W-9418-P

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Delegación Territorial en Sevilla

Vías Pecuarias.—Expediente: VP/00945/2014

Endesa Distribución Eléctrica, S L ha solicitado la ocupación por un plazo de diez años renovables de los terrenos de la vía pecuaria siguiente:

Provincia: Sevilla Término municipal: Bormujos Vía pecuaria: «Cañada Real de Las Islas» Superficie: 16,48 m2 Con destino a: Proyecto de nuevo centro de transformación intemperie A15(20) KV Rocío Chico 1 y línea de enlace con red

existente, sito en urbanización Río Pudio los Panaderos Lo que se hace público para que aquellos que se consideren interesados, puedan formular las alegaciones oportunas en las ofi-

cinas de esta Delegación Territorial, sita en Avda. de Grecia, s/n. (edificio administrativo Los Bermejales), en Sevilla durante un plazo de veinte días, a contar desde la finalización del mes de exposición e información pública.

Sevilla a 25 de julio de 2014 —El Secretario General Provincial, Salvador Camacho Lucena 2W-9419-P

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Delegación Territorial en Sevilla

Vías Pecuarias.—Expediente: VP/01818/2013

Endesa Distribución Eléctrica, S L ha solicitado la ocupación por un plazo de diez años renovables de los terrenos de las vías pecuarias siguientes:

Provincia: Sevilla Término municipal: Peñaflor.Vías pecuarias: «Cañada Real Soriana o de Castilla» y «Vereda de Cabeza del Pino»Superficie: 74,8 m2 Con destino a: Proyecto de línea aérea D/C de media tensión a 15/20 kV desde subestación Los Cabezos hasta C T polidepor-

tivo Lo que se hace público para que aquellos que se consideren interesados, puedan formular las alegaciones oportunas en las ofi-

cinas de esta Delegación Territorial, sita en Avda. de Grecia, s/n. (edificio administrativo Los Bermejales), en Sevilla durante un plazo de veinte días, a contar desde la finalización del mes de exposición e información pública.

Sevilla a 28 de julio de 2014—El Secretario General Provincial, Salvador Camacho Lucena 2W-9422-P

————

Delegación Territorial en Sevilla

Vías Pecuarias.—Expediente: VP/01815/2013

Endesa Distribución Eléctrica, S L ha solicitado la ocupación por un plazo de diez años renovables de los terrenos de la vía pecuarias siguientes:

Provincia: Sevilla Términos municipales: Olivares, Salteras, Villanueva del Ariscal Vías Pecuarias: «Cordel de los Carboneros o camino de Aznalcóllar», «Vereda de Espadero o de La Andina»Superficie: 46,14 m2 Con destino a: Ocupación L A 15 (20) KV d/c desde subestación Salteras hasta Villanueva del Ariscal Lo que se hace público para que aquellos que se consideren interesados, puedan formular las alegaciones oportunas en las ofi-

cinas de esta Delegación Territorial, sita en Avda. de Grecia, s/n. (edificio administrativo Los Bermejales), en Sevilla durante un plazo de veinte días, a contar desde la finalización del mes de exposición e información pública.

Sevilla a 1 de agosto de 2014 —El Secretario General Provincial, Salvador Camacho Lucena 2W-9501-P

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8 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR————

Jefatura Provincial de Tráfico de SevillaResolución del Jefe Provincial de Tráfico de Sevilla sobre medidas especiales de ordenación de la circulación con motivo de la

celebración de la Romería de la Virgen de Santa María del Alcor en El Viso del Alcor, el día 21 de septiembre de 2013 Antecedentes de hecho.Debido a la celebración de la Romería de la Virgen de Santa María del Alcor Coronada y San Pedro Nolasco, el día 21 de sep-

tiembre de 2014, se prevé la movilización de un gran número de vehículos, peatones y animales, por la carretera A-398 a su paso por El Viso del Alcor Ello supone la necesidad de establecer un dispositivo especial para que la circulación sea, en todo momento, lo más segura y fluida posible; tal como indica informe de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, recabado para tal fin.

Fundamentos de derecho.En virtud de lo establecido en los artículos 5 y 6 de la Ley 6/2014, de 7 de abril por la que se modifica el texto articulado de la

Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobada por Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, corresponde a la Dirección General de Tráfico la ordenación, control y gestión de la circulación en las vías interurbanas.

El Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, establece que:Artículo 37 —Ordenación especial del tráfico por razones de seguridad o fluidez de la circulación.1. Cuando razones de seguridad o fluidez de la circulación lo aconsejen, podrá ordenarse por la autoridad competente otro senti-

do de circulación, la prohibición total o parcial de acceso a partes de la via, bien con carácter general, bien para determinados vehículos o usuarios, el cierre de determinadas vías, el seguimiento obligatorio de itinerarios concretos o la utilización de arcenes o carriles en sentido opuesto al normalmente previsto (artículo 16 1 del texto artículado)

2. Para evitar entorpecimiento a la circulación y garantizar su fluidez, se podrán imponer restricciones o limitaciones a determi-nados vehículos y para vías concretas, que serán obligatorias para los usuarios afectados (artículo 16 2 del texto articulado)

3. El cierre a la circulación de una vía objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial sólo se realizará con carácter excepcional y deberá ser expresamente autorizado por el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o, en su caso, por la autoridad autonómica o local responsable de la regulación del tráfico, salvo que esté motivada por deficiencias físicas de la infraestructura o por la realización de obras en ésta; en tal caso la autorización corresponderá al titular de la via, y deberá contemplarse, siempre que sea posible, la habilitación de un itinerario alternativo y su señalización. El cierre y la apertura al tráfico habrá de ser ejecutado, en todo caso, por los agentes de la autoridad responsable de la vigilancia y disciplina del tráfico o del personal dependiente del organismo titular de la vía responsable de la explotación de ésta Las autoridades competentes a que se ha hecho refe-rencia para autorizar el cierre a la circulación de una carretera se comunicarán los cierres que hayan acordado

4. El organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o, en su caso, la autoridad autonómica o local responsable de la regula-ción del tráfico, asi como los organismos titulares de las vías, podrán imponer restricciones o limitaciones a la circulación por razones de seguridad vial o fluidez del tráfico, a petición del titular de la vía o de otras entidades, como las sociedades concesionarias de auto-pistas de peaje, y quedará obligado el peticionario a la señalización del correspondiente itinerario alternativo fijado por la autoridad de tráfico, en todo su recorrido. [...]

Artículo 39 —Limitaciones a la circulación.1 Con sujeción a lo dispuesto en los apartados siguientes, se podrán establecer limitaciones de circulación, temporales o

permanentes, en las vias objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, cuando asi lo exijan las condiciones de seguridad o fluidez de la circulación.

2 En determinados itinerarios, o en partes o tramos de ellos comprendidos dentro de las vias públicas interurbanas, asi como en tramos urbanos, incluso travesías, se podrán establecer restricciones temporales o permanentes a la circulación de camiones con masa máxima autorizada superior a 3 500 kilogramos, furgones, conjuntos de vehículos, vehículos articulados y vehículos especiales, asi como a vehículos en general que no alcancen o no les esté permitido alcanzar la velocidad mínima que pudiera fijarse, cuando, por razón de festividades, vacaciones estacionales o desplazamientos masivos de vehículos, se prevean elevadas intensidades de tráfico, o cuando las condiciones en que ordinariamente se desarrolle aquél lo hagan necesario o conveniente

Asimismo por razones de seguridad podrán establecerse restricciones temporales o permanentes a la circulación de vehículos en los que su propia peligrosidad o la de su carga aconsejen su alejamiento de núcleos urbanos, de zonas ambientalmente sensibles o de tramos singulares como puentes o túneles, o su tránsito fuera de horas de gran intensidad de circulación

3. Corresponde establecer las aludidas restricciones al organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o, en su caso, a la autoridad de tráfico de la comunidad autónoma que tenga transferida la ejecución de la referida competencia .[...]

Por todo cuanto antecede, resuelvo:Autorizar el cierre a la circulación general de vehículos de la carretera A-398 en el tramo comprendido los p k 14 100 y 15 150,

ambos sentidos, entre las 19 00 y las 21 00 horas del 21 de septiembre de 2014 En Sevilla a 27 de agosto de 2014.—La Jefa Provincial de Tráfico accidental, Ana Cobos Rodríguez.

253W-10374————

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones dictadas por el Jefe Provincial de Tráfico de la provincia que, una vez tramitados los correspondientes expedientes, declaran la pérdida de vigencia de las autorizaciones administrativas para conducir de que son titulares las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones podrá interponerse recurso de alzada dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial o Diario Oficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico.

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 9

Estas resoluciones son inmediatamente ejecutivas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 94 de la Ley de Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que las personas relacionadas no podrán conducir desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial o Diario Oficial correspondiente.

Los correspondientes expedientes obran en la Jefatura Provincial de Tráfico.Sevilla, 3 de julio de 2014.—El Jefe Provincial de Tráfico, Ramiro Marcello Marín.

Expediente Conductor DNI/NIF Localidad Fecha

4129485100 Gabriel Baños Jara 53342699 Camas 18/06/20144129469666 Borja Raúl Cuberos Álvarez de 28803554 Carmona 18/06/20144129484544 Beatriz Jiménez Murga 28830501 La Rinconada 19/06/20144129475877 Manuel Pérez García 28726896 Mairena del Aljarafe 18/06/20144129470977 Daniel Cabañas Gamero 53352484 Mairena del Aljarafe 20/06/20144129475300 Gonzalo Maya Amador 53354708 Mairena del Aljarafe 20/06/20144129484877 Driss El Hattab X6756924F Marchena 09/06/20144129481355 Alberto Rodríguez Correa 48823459 Santiponce 09/06/20144129540133 José Ignacio Rodríguez Vallejo 28484275 Sevilla 20/06/20144129549844 Manuel Mariño Rivera 30224896 Sevilla 20/06/20144129453655 Iván José Jaén García 30228818 Sevilla 20/06/20144129457488 Juan Félix Cala Olmo 77588641 Sevilla 08/04/20144129459300 Mohamed Wechky X7344545R Sevilla 09/06/20144129484566 Francisco José Medina Cano 52692986 Tomares 09/06/20144129463655 Isaac Cerviño Muñoz 28832822 Villanueva del Río y Minas 19/06/2014

265W-8387————

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública no-tificación de la iniciación de los expedientes para declarar la pérdida de vigencia de las autorizaciones administrativas para conducir de que son titulares las personas que a continuación se relacionan, y que son instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones

Sevilla, 1 de septiembre de 2014.—El Jefe Provincial de Tráfico, Ramiro Marcello Marín.

Expediente Conductor DNI/NIF Localidad Fecha

4129639155 Diego Jesús Fuentes Cruz 14326225 Alcalá de Guadaíra 08/08/20144129637599 Pedro Carrasco Velasco 30242496 Castilleja de la Cuesta 13/08/20144129629322 Diego Ropero Fernández 28596586 Dos Hermanas 02/08/20144129650222 Alejandro Ramos Hurtado 49025055 Dos Hermanas 27/08/20144129644388 Pedro José Bernal Gallero 52313611 Dos Hermanas 28/08/20144129643388 Boboc Costel X7134918L Dos Hermanas 20/08/20144129640199 Raquel Bollo Dorado 52227542 Espartinas 16/08/20144129630555 Francisco Fernández Vargas 28589914 Gelves 05/08/20144129639200 Baldomero Campos Rioja 53279171 Gelves 16/08/20144129629944 Juan Diego Romero Luna 47391984 La Algaba 05/08/20144129636944 Trinidad Dorado Vázquez 53279813 Mairena del Aljarafe 19/08/20144129635711 Ana María González Cabrera 53284086 Mairena del Aljarafe 16/08/20144129640033 Ismael Cordobés Navarro 47341578 Osuna 07/08/20144129591000 Javier Chía Maldonado 47341579 Osuna 14/08/20144129636933 Antonio Perea Jiménez 52248166 Osuna 13/08/20144129636200 Antonio Miguel Estévez Estévez 05346771 San Juan Aznalfarache 16/08/20144129642355 José Aroca Vicaria 28566677 Sevilla 18/08/20144129558899 Fco Antonio González Rodríguez 28583106 Sevilla 01/08/20144129617911 Gonzalo Parlade Soto 28853752 Sevilla 06/08/20144129630511 Juan Antonio Corpas Jiménez 28892186 Sevilla 08/08/20144129616688 Manuel Ortiz Vázquez 30259779 Sevilla 30/07/20144129630422 David Barcia García 30266255 Sevilla 11/08/20144129636888 Francisco Aneas García 75021292 Sevilla 19/08/20144129636055 Valeriano Gutiérrez del Corral 77849138 Sevilla 14/08/20144129632122 Alejandro Viel Mijares 77935722 Sevilla 11/08/2014

265W-10312

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10 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA————

Área de Hacienda1 Entidad adjudicadora. a) Organismo: Diputación Provincial de Sevilla b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación 2 Objeto del contrato. Resolución número 3 649 del 11 de septiembre de 2014 a) Descripción del objeto « Mejora del firme de la CP SE-7105, camino de Peñaflor a La Puebla de los Infantes, en los términos municipales de

Peñaflor y La Puebla de los Infantes. Supera II.» b) Lugar de ejecución/plazo: En Peñaflor y La Puebla de los Infantes, Sevilla. Dos meses. c) Tipo del contrato: Obra d) Codificación C.P.V.: 45233142 – Trabajos de reparación de carreteras. e) Núm de lotes: 1 3 Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. a) Tramitación: Ordinario b) Procedimiento: Abierto c) Forma: Un sólo criterio: Porcentaje más alto de obra a ejecutar sin superar el tipo de licitación 4 Presupuesto base de la licitación. 1) Importe máximo: 291 840,94€ (Presupuesto base 241 190,86 € + 50 650,08 € de IVA) 5 Garantías. 1) Garantía Provisional: No exigida 2) Garantía Definitiva: 5% del importe de adjudicación, excluido IVA.6 Obtención de documentación e información. a) Entidad o lugar: Diputación Provincial de Sevilla b) Domicilio: Av Menéndez y Pelayo, 32 c) Localidad y código postal: Sevilla, 41071 d) Teléfonos: 954550763 / 954550216 / 954550765 e) Fax: 95 455 08 61 f) Dirección internet Perfil de Contratante: http://www.dipusevilla.es/perfildecontratante. g) Correo electrónico: jome75@dipusevilla es h) Fecha límite obtención de documentos e información: 17/10/2014 13:00 7 Requisitos específicos del contratista. a) Clasificación: Potestativa: Grupo G, subgrupo 4, según cláusula 4 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. b) Solvencia profesional: La Exigida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares c) Solvencia económica: La Exigida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares 8 Presentación de solicitudes de participación/ofertas. a) Fecha y hora límite de presentación: El 17 de octubre de 2014 a las 13,00 horas b) Documentación a presentar: La señalada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Tipo y lo señalado, en su caso, en

el Anexo I a éste, o en el de Prescripciones Técnicas c) Lugar de presentación: 1 ª Entidad: Diputación Provincial de Sevilla Registro Gral de 9,00 a 13,00 horas 2 ª Domicilio: Av Menéndez y Pelayo, 32 3 ª Localidad y código postal: Sevilla, 41071 d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Quince días e) Admisión de variantes: No se admiten 9 Apertura: A) De la documentación (Sobre A): El 21 de octubre de 2014 a las 11,00 horas en acto reservado A las 12 horas, se noti-

ficará verbalmente a los licitadores el resultado del acto y se publicará un extracto del anuncio con las incidencias en el tablón electrónico de esta Diputación, así como en el Perfil de Contratante de la misma.

B) De la documentación técnica (Sobre B): No procede C) De las ofertas económicas (Sobre C): Cuando señale la Mesa a) Entidad: Diputación Provincial de Sevilla b) Domicilio: Av Menéndez y Pelayo, 32 c) Localidad: Sevilla 10 Otras informaciones: En virtud del artículo 44 2 de esta Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionaliza-

ción, la documentación establecida en la Cláusula 1 1 V 2 A) Aptdos A 1, A 2, A 4, A 5 y A 6 del Pliego de Claúsulas Administrativas

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 11

Particulares Tipo aprobadas por la Diputación relativa a la capacidad y solvencia del licitador, puede ser sustituida por una declaración responsable del mismo según Anexo X que se puede obtener en la dirección del Perfil del Contratante de esta Diputación.

En la presente licitación rige el Pliego Económico-Administrativo Tipo aprobado por esta Diputación (www.dipusevilla.es), en lo que no se oponga a la Ley 14/2013, de 27 de septiembre antes citada

11 Gasto máximo del anuncio por parte del adjudicatario: 150,00 (€) Sevilla, 15 de septiembre de 2014 —El Secretario General, P D Resolución núm 2 942/11, Fernando Fernández-Figueroa Guerrero

265W-10550-P————

1 Entidad adjudicadora. a) Organismo: Diputación Provincial de Sevilla b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación

 2. Objeto del contrato. Resolución número 3651 del 11 de septiembre de 2014 a) Descripción del objeto Servicio de conservación y restauración de bienes histórico-artísticos Supera II b) Lugar de ejecución/plazo: En Sevilla/Lo señalado en el punto 4 del PPT c) Tipo del contrato: Servicio d) Codificación C.P.V.: 92522000 - Servicios de preservación de lugares y edificios históricos. e) N º de lotes: 10

 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. a) Tramitación: Ordinario b) Procedimiento: Abierto c) Forma: Valoración de más de un criterio

 4 Presupuesto base de la licitación. 1) Importe máximo: 141 569,89 € (Presupuesto base 116 999,91€ + 24 569,98€ de I V A) 2) Valor estimado: 116 999,91€, IVA excluido

 5. Garantías. 1) Garantía Provisional: No se exige 2) Garantía Definitiva: 5% del importe de adjudicación excluido IVA.

 6. Obtención de documentación e información. a) Entidad o lugar: Diputación Provincial de Sevilla b) Domicilio: Avda Menéndez y Pelayo, 32 c) Localidad y código postal: Sevilla 41071 d) Teléfonos: 954550763 / 954550216 / 954550765 e) Fax: 95 455 08 61 f) Dirección Internet Perfil de Contratante: http://www.dipusevilla.es/perfildecontratante. g) Correo electrónico: jome75@dipusevilla es h) Fecha límite obtención de documentos e información: 03/10/2014 a las 13:00 horas

 7. Requisitos específicos del contratista. a) Clasificación: No procede. b) Solvencia profesional: La exigida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares c) Solvencia económica: La exigida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares

 8. Presentación de solicitudes de participación / ofertas. a) Fecha y hora límite de presentación: El 3 de octubre de 2014 a las 13:00 horas b) Documentación a presentar: La señalada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Tipo y lo señalado, en su caso, en

el Anexo I a éste, o en el de Prescripciones Técnicas c) Lugar de presentación: 1.ª Entidad: Diputación Provincial de Sevilla. Registro Gral. de 9 a 13 horas. 2.ª Domicilio: Avda. Menéndez y Pelayo, 32. 3.ª Localidad y código postal: Sevilla. 41071. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Dos meses e) Admisión de variantes: No se admiten

 9. Apertura: A) De la documentación (sobre A): 9 de octubre de 2014 a las 11:00 horas en acto reservado. A las 12 horas, se notificará

verbalmente a los licitadores el resultado del acto y se publicará un extracto del anuncio con las incidencias en el tablón electrónico de esta Diputación, así como en el Perfil de Contratante de la misma.

B) De la documentación técnica (sobre B): 9 de octubre de 2014 a las 12:00 horas, de no requerirse subsanación de do-cumentación a los licitadores, en cuyo caso se trasladaría al 16 de octubre de 2014 a las 12:00 horas, en acto público

C) De las ofertas económicas (sobre C): Cuando lo señale la Mesa en acto público a) Entidad: Diputación Provincial de Sevilla. b) Domicilio: Avda. Menéndez y Pelayo, 32. c) Localidad: Sevilla.

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12 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

10 Otras informaciones: En virtud del artículo 44 2 de esta Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprende-dores y su Internacionalización, la documentación establecida en la Clausula 1 1 V 2 A) aptdos A 1, A 2, A 4, A 5 y A 6 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Tipo aprobadas por la Diputación relativa a la capacidad y solvencia del licitador, puede ser sustituida por una declaración responsable del mismo según Anexo X que se puede obtener en la dirección del Perfil del Contratante de esta Diputación

En la presente licitación rige el Pliego Económico-Administrativo Tipo aprobado por esta Diputación (www.dipusevilla.es), en lo que no se oponga a la Ley 14/2013, de 27 de septiembre antes citada

11 Gasto máximo del anuncio por parte del adjudicatario (€): 150,00 En Sevilla a 16 de septiembre de 2014 —El Secretario General, P D Resolución n º 2 942/11, Fernando Fernández-Figueroa

Guerrero 34W-10594

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA————

Juzgados de lo Social————

SEVILLA —JUZGADO NÚM 1

N I G : 4109144S20110013640 Procedimiento: 1142/11 Ejecución núm : 182/2014 Negociado: A De: Don Manuel Crespo TorresContra: Aluminios Cano Gálvez S L Don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número uno de los de esta capital y su

provincia Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm 182/2014, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de

Manuel Crespo Torres contra Aluminios Cano Gálvez S L , en la que con fecha 2 de julio de 2014 se ha dictado auto y decreto cuyos encabezamientos y parte dispositiva dicen lo siguiente:

Auto.En Sevilla a dos de julio de dos mil catorce

Parte dispositiva.S S ª Ilma acuerda:Despachar ejecución a favor de don Manuel Crespo Torres, contra Aluminios Cano Gálvez por la suma de 3 436,63 euros en

concepto de principal incluido 10% de interés por mora, más la de 687,32 euros calculados para intereses y costas y gastos.Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición,

en el plazo de tres días ante este Juzgado, en los términos referidos en el fundamento tercero de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander, sucursal de c/ José Recuerda Rubio n.º 4, de Sevilla, cuenta n.º 4020-0000-64-0182-14, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Con-cepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts 451, 452 y concordantes de la LEC y la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco de Santander con IBAN: ES5500493569920005001274 (en formato electrónico) o IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 (en formato papel), indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social núm. 1 de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos –antes expresados– de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial.

Así por este auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma. Sra. doña Aurora Barrero Rodríguez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número 1 de Sevilla Doy fe

La Magistrada-Juez —El Secretario

Decreto.Secretario Judicial don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles En Sevilla a dos de julio de dos mil catorce

Parte dispositiva. Acuerdo:Habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial

a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 13

Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155 5 de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares siempre que estos últimos esté siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma.

Notifíquese esta resolución al/los ejecutado/s, junto con el auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda/n perso-narse en la ejecución

Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander, sucursal de c/ José Recuerda Rubio n.º 4, de Sevilla, cuenta n.º 4020-0000-64-0182-14, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Con-cepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «Social-Revisión», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts 451, 452 y concordantes de la LEC y la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco de Santander con IBAN: ES5500493569920005001274 (en formato electrónico) o IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 (en formato papel), indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social núm. 1 de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos –antes expresados– de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «31» y «Social-Revisión»

Así lo acuerdo y firmo.El Secretario Judicial Y para que sirva de notificación en forma a Aluminios Cano Gálvez S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro

el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla , con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o senten-cias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa

En Sevilla a 2 de julio de 2014 —El Secretario Judicial, Reynaldo Carlos Carmona Argüelles 34W-8409

————

SEVILLA —JUZGADO NÚM 2

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número dos de los de esta capital y su provincia Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm 440/2011, sobre social ordinario, a instancia de Fundación

Laboral de la Construcción contra Cimentaciones Especiales Andaluzas S L , en la que con fecha 13 de mayo de 2013 se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Estimar la demanda interpuesta por Fundación Laboral de la Construcción, contra Cimentaciones Especiales Andaluzas S L , con CIF 0B91790048 y, en consecuencia, procede:

Condenar a la empresa a abonar a la parte actora la cantidad de cuatrocientos cincuenta y cinco euros con dos céntimos (455,02) Notifíquese esta sentencia a las partes previniéndoles que contra la misma no cabe recurso de suplicación Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación en forma a Cimentaciones Especiales Andaluzas S.L., cuyo actual domicilio o paradero se

desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa

En Sevilla a 10 de junio de 2014 —El Secretario Judicial (Firma ilegible )34W-7400

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SEVILLA —JUZGADO NÚM 3

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número tres de los de esta capital y su provincia Hace saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento sobre ejecución de títulos judiciales 107/13 dimanante de los autos

1236/2011, a instancia del ejecutante Marcelino García Benjumea contra Alquileres Leflet S.L., en la que con fecha 17 de junio de 2014 se ha dictado decreto de insolvencia cuya parte dispositiva extractada contiene los siguientes extremos, advirtiéndole a la ejecutada que los originales se encuentran a su disposición en el Juzgado todo ello de conformidad con la Circular 6/12 de la Secretaría de Estado de la Administración de Justicia:

Parte dispositiva.Declarar a la ejecutada Alquileres Leflet S.L., con CIF N.º B-91089276, en situación de insolvencia con carácter provisional,

por importe de 45 068,32 euros de principal, más 12 500 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación

Expídanse a la parte ejecutante los oportunos testimonios necesarios para su aportación al FGS, remitiéndose los mismos junto con la presente resolución

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe re-curso directo de revisión (art 188 de la Ley 36/2011) ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso

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14 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

Para la admisión del recurso de la empresa ejecutada, deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el Banco Santander n º 4022-0000-64-123611, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L O 6/1985 del Poder Judicial

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta del Banco Santander n º ES55-0049-35-69920005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. 3 de Sevilla, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-Reposición»

Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivo provisional de las actuaciones.De conformidad con el artículo 276 5 de la Ley 36/11, en la redacción dada por la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, pro-

cédase a la anotación de la presente insolvencia en el Registro Mercantil Central Lo acuerdo y mando La Secretaria Y para que sirva de notificación en forma a Alquileres Leflet S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el

presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla conforme a la instrucción n.º 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia en relación con la Ley de Protección de Datos, con la prevención de que las citadas resolucio-nes se encuentran a su disposición en el Juzgado para que sean consultadas, así como la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa

En Sevilla a 17 de junio de 2014 —El Secretario Judicial (Firma ilegible )34W-7642

————SEVILLA —JUZGADO NÚM 6

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 155/2012 Negociado: K N I G : 4109144S20110013867 De: Don Antonio Alcocer Barrios Contra: Cantinitas, S L Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 155/2012, a instancia de la parte actora don Antonio

Alcocer Barrios, contra Cantinitas, S L , sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 15 de julio de 2014, del tenor literal siguiente:

Decreto: Secretaria Judicial doña María de los Ángeles Peche Rubio En Sevilla a 15 de julio de 2014Antecedentes de hecho:

Único: Se ha presentado escrito por el Letrado del Fondo de Garantía Salarial en el que solicita que se le admita como parte en la presente ejecución al haber abonado al trabajador la cantidad de 21 941,40 €

Fundamentos de derecho:

Primero: De conformidad a lo dispuesto en el art 33 1 del Estatuto de los Trabajadores el Fondo de Garantía Salarial, como organismo autónomo dependiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con personalidad jurídica y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, abonará a los trabajadores el importe de los salarios pendientes de pago a causa de la insolvencia, suspensión de pagos, quiebra o concurso de acreedores de los empresarios dentro de los límites legalmente previsto Por ello y en virtud de las responsabilidades que pudiera imponerse al Fogasa, procede tenerle como parte en esta ejecución

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.2 LRJS despachada ejecución se notificará a los trabajadores afec-tados o a sus representantes la subrogación producida, por si pudieren conservar créditos derivados del propio título frente a la empresa ejecutada por la parte no satisfecha por el Fondo de Garantía Salarial y se les ofrecerá la posibilidad de constituirse como ejecutantes en el plazo de quince días

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,Parte dispositiva:

Acuerdo:1 Tener como parte en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial 2. Requerir a los trabajadores afectados o a sus representantes por término de quince días para que manifiesten si desean

constituirse como ejecutantes en la parte no satisfecha por el Fogasa Notifíquese la presente resolución:Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días

hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida La Secretaria Judicial

Y para que sirva de notificación al demandado Cantinitas, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos

En Sevilla a 15 de julio de 2014 —La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio 2W-8967

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 15

SEVILLA —JUZGADO NÚM 7Procedimiento:1040/11 Ejecución de títulos judiciales 99/2014 N I G : 4109144S20110012447 De: Fabiola D´Averso Roldan, Álvaro Arenas Patiño, María Mandragón, Kathrin María Bruch y Denny Lorena Ayala Rocabado Contra: Los Zolitos, S L Doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número siete de los de

esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1040/11 Ejecución número 99/2014, a instancia de la

parte actora Fabiola D´Averso Roldan, Álvaro Arenas Patiño, contra Los Zolitos, S L , sobre ejecución de títulos judiciales se ha dicta-do auto de fecha 25/06/14, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Dispongo: Dar orden general de ejecución contra Los Zolitos, S L , a instancia de Fabiola D´Averso Roldan, Álvaro Arenas Pa-tiño, por importe de 1 443,73 euros en concepto de principal (que se desglosan de la siguiente manera: para Álvaro Arenas Patiño 537,76 euros en concepto de salarios debidos más 207,46 euros de interés de demora y para Fabiola D´Averso Roldán 504,15 euros de salarios de-bidos más 194,36 euros de interés de demora), más la de 288,74 euros presupuestados provisionalmente en concepto de intereses y costas

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días siguientes al de su notificación.»

Así mismo se ha dictado decreto de igual fecha que sustancialmente dice lo siguiente:Acuerdo: Habiendo sido ya declarada a la ejecutada Los Zolitos, S L , en insolvencia provisional por otro Juzgado, dese au-

diencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial, a fin de que en el plazo de quince días inste la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo, con la advertencia que de no hacerlo en dicho plazo se procederá al dictado de la insolvencia de la empresa ejecutada en cuantía suficiente a cubrir la suma de 1 443,73 euros en concepto de principal (que se desglosan de la siguiente manera: Para Álvaro Arenas Patiño 537,76 euros en concep-to de salarios debidos más 207,46 euros de interés de demora y para Fabiola D´Averso Roldan 504,15 euros de salarios debidos más 194,36 euros de interés de demora), más la de 288,74 euros presupuestados provisionalmente en concepto de intereses y costas

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabrá interponer ante su señoría , recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de los 3 días siguientes al de su notificación, debiendo citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido, no admitiéndose el recurso si no se cumplieran ambos requisitos

Asimismo deberá acreditar el depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta por este Juzgado en el Banesto, oficina de la Buhaira de Sevilla con el núm. 4026000064009914 (si se hace por transferencia se hará a la cuenta número 0049-3569-92-0005001274, reseñando en el apartado de observaciones la primera que se ha dicho 4026… y reseñando el Juzgado receptor en el de beneficiario).

Y para que sirva de notificación al demandado Los Zolitos, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos

En Sevilla a 25 de junio de 2014 —La Secretaria Judicial, María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas 4W-8022

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SEVILLA —JUZGADO NÚM 10

N I G : 4109144S20120008057 Procedimiento: 739/12 Ejecución número: 22/2013 Negociado: J De: Juan Roldán Cañete, Juan Andrés Bustos Zurita y Rafael Serrano Barrero Contra: Telecomunicaciones El Real, S L , y Sedurtel, S L El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número diez de los de esta capital y su provincia Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm 22/2013, sobre ejecución, de títulos judiciales, a instancia de Juan

Roldán Cañete, Juan Andrés Bustos Zurita y Rafael Serrano Barrero contra Telecomunicaciones El Real, S L , y Sedurtel, S L , en la que se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:

Auto —En Sevilla a 15 de marzo de 2013 Dada cuenta;Parte dispositiva:El anterior escrito, regístrese en el libro de su clase No ha lugar a continuar la ejecución contra la empresa concursada, Sedurtel, S L , debiendo la actora ejercitar su derecho ante

el Juez de lo Mercantil, conocedor del concurso Procédase al archivo de las actuaciones, previa notificación a las partes y dejada debida nota en el libro de su clase.Contra la presente resolución, cabe interponer recurso de reposición por escrito presentado dentro de los tres días hábiles si-

guientes a su notificación.Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma la ilustrísima Sra. doña Carmen Lucendo González, Magistrada Juez del Juzgado

de lo Social número diez de Sevilla Doy fe La Magistrada-Juez —La Secretaria Y para que sirva de notificación en forma a Sedurtel, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconoce, libro el presente

edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa

Sevilla a 5 de noviembre de 2013 —El Secretario Judicial (Firma ilegible )4W-15323

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16 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

MADRID —JUZGADO NÚM 3NIG: 28 079 00 4-2013/0030455 Procedimiento: Procedimiento Ordinario 699/2013 Materia: Reclamación de cantidad Demandante: Doña María de los Ángeles Gómez Piñero Demandado: Esabe Transportes Blindados S A

Cédula de notificación.Don Ismael Pérez Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número tres de Madrid Hace saber: Que en el procedimiento 699/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de doña María de los Ángeles

Gómez Piñero frente a Esabe Transportes Blindados S A , sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo.Procede estimar la demanda planteada por doña María de los Ángeles Gómez Piñero contra la empresa Esabe Transportes

Blindados S A , en reclamación de cantidad y debo condenar a la empresa demandada Esabe Transportes Blindados S A , a que abone al demandante la cantidad total de 5.546,89 euros; mas el 10% de interés por mora.

Se advierte a la partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o Graduado Social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta 2501-0000-60-0699-13 del Banco Santander aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de entidad financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el recurrente, siempre que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen publico de la Seguridad Social deberá aportar, el justificante del pago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, conforme a los criterios establecidos en la citada norma en sus arts. 7.1 y 2.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación.—Leída y publicada ha sido la anterior sentencia, por el Sr. Magistrado-Juez que la firma, estando celebrando

audiencia pública en el día de su fecha Doy fe Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Transportes Blindados S.A., en ignorado paradero, expido el presente

para su inserción en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina

judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento

En Madrid a 22 de mayo de 2014 —El Secretario Judicial, Ismael Pérez Martínez 34W-6701

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MADRID —JUZGADO NÚM 6

NIG: 28 079 00 4-2013/0066484 Procedimiento despidos/ceses en general 10/2014 Materia: Despido Demandante: Don Jorge Ramón Bernal López Demandado: Luxalite Ibérica S L

Cédula de notificación.Doña Eva San Pablo Moreno, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de Madrid Hace saber: Que en el procedimiento 10/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Jorge Ramón Bernal

López frente a Luxalite Ibérica S L , sobre despidos/ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo.Que estimando la demanda interpuesta por don Jorge Ramón Bernal López, contra la empresa Luxalite Iberica, S L , debo

declarar y declaro improcedente el despido del referido trabajador que tuvo lugar el 9 de noviembre de 2013, declarando extinguida la relación laboral que vinculaba a las partes, y condenando a la demandada a abonar al demandante 5 069,93 euros en concepto de indemnización por dicha extinción

Además se condena a la demandada a abonar al trabajador 2 302,87 euros que le adeuda por los conceptos reclamados en la demanda

Se advierte a la partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Luxalite Ibérica S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inser-ción en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento

En Madrid a 24 de junio de 2014 —La Secretaria Judicial, Eva San Pablo Moreno 34W-7995

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 17

MADRID —JUZGADO NÚM 6

NIG: 28 079 00 4-2013/0066124 Procedimiento despidos/ceses en general 1/2014 Materia: Despido Demandante: Doña Blanca Amago Vegas Demandado: Luxalite Ibérica S L

Cédula de notificación.Doña Eva San Pablo Moreno, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de Madrid Hace saber: Que en el procedimiento 1/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de doña Blanca Amago Vegas

frente a Luxalite Ibérica S L , sobre despidos/ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo.Que estimando la demanda interpuesta por doña Blanca Amago Vegas, contra la empresa Luxalite Ibérica S L , debo declarar y

declaro improcedente el despido de la referida trabajadora que tuvo lugar el 8 de noviembre de 2013, declarando extinguida la relación laboral que vinculaba a las partes, y condenando a la demandada a abonar a la demandante 7 234,36 euros en concepto de indemniza-ción por dicha extinción

Además se condena a la demandada a abonar a la trabajadora 2 612,89 euros que le adeuda por los conceptos reclamados en la demanda

Se advierte a la partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Luxalite Ibérica S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inser-ción en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento

En Madrid a 24 de junio de 2014 —La Secretaria Judicial, Eva San Pablo Moreno 34W-7998

————Juzgados de Instrucción

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SEVILLA —JUZGADO NÚM 3

Don Jesús Ángel Orozco Torres, Secretario del Juzgado de Instrucción número tres de los de esta capital y su provincia Doy fe y testimonio:Que en el Juicio de faltas núm 84/2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:Sentencia 341/13.En Sevilla a 6 de septiembre de 2013 Visto por mí, Patricia Fernández Franco, Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción número tres de la ciudad de Sevilla y su

partido, el Juicio de faltas inmediato número 84/2013, en nombre de S M El Rey, he dictado la siguiente Sentencia:Fallo:Que debo condenar y condeno a don Carlos Javier Alarcón Martínez como autor criminalmente responsable de una falta de

hurto, ya definida, a la pena de cincuenta días de multa, con una cuota diaria de cuatro euros. En caso de impago, cumplirá un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas Se le imponen las costas procesales causadas

Contra esta Sentencia cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días, mediante escrito a presentar en este Juzgado, para su sustanciación ante la Ilma Audiencia Provincial

Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación Dada, leída y publicada por en Audiencia Pública el mismo día de su fecha Y para que conste y sirva de notificación de Sentencia a Carlos Javier Alarcón Martínez, actualmente paradero desconocido, y

su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia Sevilla, expido la presente.En Sevilla a 27 de marzo de 2014 —El Secretario Judicial, Jesús Ángel Orozco Torres

265W-4529————

SEVILLA —JUZGADO NÚM 3

Don Jesús Ángel Orozco Torres, Secretario del Juzgado de Instrucción número tres de los de esta capital y su provincia Doy fe y testimonio:Que en el Juicio de faltas núm 321/2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:Sentencia núm. 366/13.En la ciudad de Sevilla a 16 de septiembre del 2013 Doña Patricia Fernández Franco, Juez Titular del Juzgado de Instrucción número tres de Sevilla, ha visto los autos de Juicio de

faltas inmediato seguidos en este Juzgado bajo el número 321/12, sobre hurto, apareciendo como denunciantes Juan Miguel Cabanillas Ojeda, Gerardo Corona Llamas y Julio Manuel Guillén Toranzo y como denunciados Cristian Nicolae Dumitrescu, Raoul Adrian Dui-ca y Catalin Predut, cuyas demás circunstancias constan suficientemente en las actuaciones, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal.

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18 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

Fallo.Que debo condenar y condeno a Cristian Nicolae Dumitrescu, Raoul Adrian Duica y Catalin Predut, como autores de una falta

de hurto en grado de tentativa precedentemente definida, con la pena de 30 días de multa, con cuota diaria de 5 euros cada uno de ellos; así como al pago por terceras partes de las costas procesales si las hubiere Y debiendo además indemnizar de forma conjunta y solidaria a la entidad Carrefour, S A , por importe de 348,75 euros

Esta Sentencia no es firme contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla en el plazo de cinco días desde la notificación de la misma.

Comuníquese la misma al Registro de Condenas del Decanato a efectos del cómputo legal Quede esta Sentencia en el Libro correspondiente y llévese testimonio bastante a las actuaciones de su razón Así, por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.Publicación: La anterior Sentencia fue dada, leída y publicada por la Sra Juez que la autoriza en el mismo día de su fecha,

estando celebrando audiencia Y para que conste y sirva de notificación de Sentencia a Cristian Nicolae Dumitrescu y Raoul Adrian Duica, actualmente para-

dero desconocido, y su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, expido la presente.En Sevilla a 27 de marzo de 2014 —El Secretario Judicial, Jesús Ángel Orozco Torres

265W-4530————

SEVILLA —JUZGADO NÚM 3

Don Jesús Ángel Orozco Torres, Secretario del Juzgado de Instrucción número tres de Sevilla Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 184/2013, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento

y parte dispositiva dice:Sentencia número 502/13 E 2013 Sevilla a 5 de diciembre de 2013 El señor Juan Jesús García Vélez, Magistrado en sustitución reglamentaria del Juzgado de Instrucción núm tres de los de esta

ciudad y su partido, ha visto y oído en juicio oral y público, los autos de juicio faltas inmediatas número 184/2013, por presunta falta contra las relaciones familiares del artículo 618 Código Penal, seguidos contra doña Sonia Sánchez Ruiz, con asistencia del Ministerio Fiscal

Fallo:Que debo absolver y absuelvo, a doña Sonia Sánchez Ruiz de una falta prevista y penada en el libro III del Código Penal Se

declaran las costas de oficio.La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado

para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla, en el plazo de cinco días desde su notificación.Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación —Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el mismo Magistrado que la dictó, estando celebrando

audiencia pública en Sevilla, en el mismo día de su fecha, de lo que yo el Secretario doy fe Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José Miguel Jiménez Rodríguez, actualmente paradero desconoci-

do, y su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, expido la presente.En Sevilla a 15 de abril de 2014 —El Secretario Judicial, Jesús Ángel Orozco Torres

258-5293

AYUNTAMIENTOS————

SEVILLA

Gerencia de UrbanismoCon fecha 28 de mayo de 2014 y número de Registro 2916, el Sr Gerente se ha servido decretar lo siguiente:«La finca sita en calle Parque Genovés número 12, con referencia catastral número 6957611TG3365N, constituye un solar libre

de edificación, según consta en informe emitido por la Sección Técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos de fecha 11 de febrero de 2013, estando localizada la misma en suelo Urbano no Consolidado, habiendo adquirido la condición de solar el 11 de diciembre de 2008, fecha del acuerdo plenario de recepción de las obras de urbanización, tras el cual se considera el ámbito donde se incluye (API-DBP-06) como suelo urbano consolidado

El plazo máximo fijado por el artículo 2.4 de la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas («Boletín Oficial» de la provincia número 210, de 8 de septiembre de 2012), para dar cumplimiento al deber de edificar para los solares localizados en zonas no comprendidas en el Centro Histórico es de dos (2) años desde la fecha en que se encuentren libres de edifica-ción, habiendo vencido el mismo el pasado 11 de diciembre de 2011, sin que conste el comienzo de las correspondientes obras, ello comporta la inclusión de la parcela o solar en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, de conformidad con el artículo 150 1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3 3 de la citada Ordenanza No obstante, en la indicada fecha se encontraba suspendido el referido plazo en virtud de acuerdo plenario de fecha 18 de marzo de 2011

Alzada dicha suspensión, y transcurrido el resto del cómputo de los dos años, se tramitó el procedimiento administrativo legal-mente previsto y por acuerdo por la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo de fecha 2 de mayo de 2013, se incluyó dicha finca en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, acordándose por la Comisión Ejecutiva de fecha 30 de julio de

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 19

2013 la adecuación del plazo para el cumplimiento del deber de edificar a un año, habiendo vencido el mismo el pasado 16 de mayo de 2014 no constando que por la propiedad tan siquiera se haya solicitado la preceptiva licencia, ni las causas que imposibilitan, en su caso, su obtención

El mero transcurso del referido plazo conlleva por ministerio de la Ley la colocación de la finca en situación de venta forzosa para su ejecución por sustitución, previa declaración de incumplimiento del correspondiente deber urbanístico, por lo que procede iniciar procedimiento administrativo a tales efectos, de conformidad con lo dispuesto por el citado artículo 150 1, 25 del Decreto 635/1.964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares y 3.4 de la referida Ordenanza municipal

Visto el informe emitido por la Sección Técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos con fecha 11 de febrero de 2013, las disposiciones anteriormente citadas, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares, las facultades conferidas por el artículo 27 de los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo, así como la resolución número 3.055 de 29 de julio de 2011, de esta autoridad sobre delegación de firma.

Vengo en disponer

Primero.—Incoar procedimiento administrativo para la declaración de incumplimiento del deber de edificar de la finca sita en calle Parque Genovés número 12, de Sevilla (referencia catastral número 6957611TG3365N), y colocación de la misma en situación de venta forzosa para su ejecución por sustitución

Segundo —Conceder, conforme a lo previsto en los artículos 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, 15 1 en relación con el 25 del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares y 3.4 de la Ordenanza municipal reguladora de dicho registro, trámite de audiencia previa, durante el plazo de quince (15) días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución, durante el cual podrán formular alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, a cuyos efectos podrá examinar el expediente en el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, sito en el edificio núme-ro 5 del domicilio de la Gerencia de Urbanismo, avenida Carlos III s/n de Sevilla

Tercero.—Notificar y publicar los presentes acuerdos de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 15 1 b), c) y d) en relación con el 25.2 del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares

Cuarto.—En base a la complejidad objetiva de la tramitación del procedimiento (publicación en Boletines Oficiales, informa-ción registral de las Oficinas del Registro de la Propiedad donde radique el inmueble) así como el volumen de inmuebles afectados por este tipo de procedimiento, ampliar al máximo legal el plazo para su resolución y notificación, es decir tres meses más, de conformidad con lo establecido por el artículo 42 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 15 1 b), c) y d), en relación con el 25.2 del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares

Durante el plazo de quince (15) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el «Boletín Ofi-cial» de la provincia, podrán los interesados examinar el expediente y alegar, en dicho plazo, lo que tuvieran por conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren necesarias

En Sevilla a 4 de junio de 2014 —El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez 8W-7220

————

BURGUILLOS

Don Domingo Delgado Pino, Alcalde del Ayuntamiento de esta villa Hace saber: Que en cumplimiento del artículo 169, por remisión del 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,

por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 28 de julio de 2014, sobre el expediente de modificación de créditos núm. 5/2014 de modificación de crédito extraordinario financiado por nuevos, que se hace público resumido por capítulos:

Presupuesto de gastos

Aplicación Presupuestaria Descripción Importe

342 632 PEE: Recuperación Antiguo Polideportivo Charneca 116 720,00Total 116 720,00

Presupuesto de ingresos

Concepto Descripción Importe

72100 Transferencia de capital del Servicio Público de Empleo Estatal 116 720,00Total 116 720,00

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171 3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la inter-posición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado

Burguillos, 3 de septiembre de 2014 —El Alcalde, Domingo Delgado Pino 265W-10250

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20 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

CAMAS

Decreto 760/2014, de doce de mayo, sobre requerimiento de retirada de la vía pública, por encontrarse en posible estado de abandono, del vehículo matrícula SE0222CX

Examinadas, las diligencias y actuaciones realizadas por este Ayuntamiento, en relación con el expediente administrativo nú-mero 052/2014, para la declaración en estado de abandono del vehículo matrícula SE0222CX

Antecedentes de hecho.I. Con fecha 2 de abril de 2014, por parte del Oficial y el Agente de la Policía Local titulares de los NIP 4116 y 14785, se

realizó informe sobre estado aparente de abandono de un vehículo en la vía pública, concretamente en aparcamiento Balcón de Sevilla (entrada), donde se encontraba el vehículo tipo turismo, matrícula SE0222CX que según consta en el informe presentaba síntomas de encontrarse en estado de abandono (suciedad acumulada en los bajos, óxido en discos de freno, calzado sobre adoquines) llevando el vehículo en el citado lugar según el propio Agente se desconoce el tiempo

II A fecha 7 de abril de 2014, consultados los archivos de la D G T el vehículo matrícula SE0222CX, se trata de un turismo, de la marca Ford, modelo Escort, propiedad de José María Rodríguez Albejar, titular del D N I número 48812423Y, siendo el domicilio fiscal del vehículo en la calle Julio César, 10-2.º-B de Camas (41900 - Sevilla).

Fundamentos de derecho.Primero —De conformidad con el artículo 86 1 a) y b) del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se

aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, «se determina que el vehículo tiene la consideración de abandonado cuando hayan transcurrido mas de dos meses desde que el mismo fuese inmovilizado o retirado de la vía pública y depositado por la Administración y su titular no hubiera formulado alegaciones, o cuando permanezca estacionado por un periodo superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten placas de matrícula »

Segundo.—Según lo dispuesto en el artículo 51 de la Ordenanza Municipal de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial del Ayun-tamiento de Camas, acuerdo adoptado en el pleno del Excmo Ayuntamiento de Camas de fecha 28 de octubre de 2009, y aprobada definitivamente con la publicación el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla número 38 de 16 de febrero de 2010, «se presumirá racionalmente el abandono de los vehículos en los siguientes casos:

a) Cuando permanezca estacionado por tiempo superior a un mes en un mismo lugar y presente desperfectos que hagan impo-sible su desplazamiento por sus propios medios o les falten las placas de matriculación En este caso tendrá el tratamiento de residuo sólido urbano, de acuerdo con la normativa ambiental correspondiente

b) Cuando transcurran mas de dos meses desde que el vehículo haya sido depositado en el lugar destinado a tal fin, tras su retirada de la vía pública por la autoridad competente»

Así en el mismo artículo apartado 4 se determina «transcurrido un mes desde la formalización de dicha acta, la cual gozará de presunción de certeza a efectos probatorios, se procederá a la retirada del vehículo y su traslado al depósito designado a tal efecto, formalizándose igualmente en este caso otro acta o diligencia de retirada o traslado del vehículo, continuándose la tramitación del procedimiento anteriormente iniciado »

Tercero —El artículo 3, apartado b) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y suelos contaminados, determina que tendrán la consideración de residuos domésticos, los residuos procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas, los animales domésticos muertos y los vehículos abandonados, el artículo 7 c del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y el artículo 21 1 s) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, respecto a la competencia de los municipios y entidades locales, en materia de ordenación, control y vigilancia del tráfico, retirada de vehículos de las vías públicas y recogida, transporte y tratamiento de residuos domésticos

Cuarto —El artículo 12 5 a) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y suelos contaminados, el artículo 7 c del Real De-creto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y el artículo 21 1 s) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, respecto a la competencia de los municipios y entidades locales, en materia de ordenación, control y vigilancia del tráfico, retirada de vehículos de las vías públicas y recogida, transporte y tratamiento de residuos domésticos

En base a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho resuelvo:Primero —Formalizar requerimiento al titular del vehículo matrícula SE0222CX, don José María Rodríguez Albejar, para que

en el plazo de un mes retire el vehículo del lugar donde se encuentra estacionado Segundo —Notifíquese la presente resolución al interesado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le comunica que el plazo para resolver y notificar el presente expediente es de seis meses a contar desde su iniciación y que en caso de no resolverse expresamente los efectos serán de caducidad conforme a lo señalado en el artículo 44 de la misma normal legal

Recursos: Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de re-posición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, y si interpone el recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestima-do por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-adminis-trativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo o Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla, según sus respectivas competencias y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en el plazo de seis meses contados desde el siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto

El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administra-tivo. El plazo para interponer este recurso será de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 21

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Rafael Alfonso Recio Fernández, en Camas a doce de mayo de dos mil catorce, de lo que, como Secretaria General, doy fe

Camas a 12 de mayo de 2014 —El Alcalde, Rafael Alfonso Recio Fernández La Secretaria General, Amadora Rosa Martínez 34W-6856

————LA CAMPANA

Don Antonio Díaz Badillo, Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta villa Hace saber: Que habiendo finalizado, sin formularse reclamaciones, el periodo de exposición pública del acuerdo del Pleno

del Ayuntamiento, celebrado el día 2 de julio de 2014, por el que se aprobó inicialmente el expediente de modificación de créditos núm. 09/2014 del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito núm. 01/2014, se entiende el mismo elevado a defini-tivo y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 3, en relación con el artículo 177 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el siguiente resumen:

Suplemento en aplicaciones de gastos:Aplicaciones presupuestarias Concepto Importe

011 913 00 Amortización de préstamos 223 262,44 €342 622 01 Construcción de gradas en el campo de fútbol 13 625,71 €

Total modificación 236 888,15 €Alta en concepto de ingresos y bajas en aplicaciones de gastos:

Aplicaciones presupuestarias Concepto Importe870 00 Remanente de Tesorería para gastos generales 223 262,44 €

151 227 09 Otros estudios y trabajos técnicos Elaboración del PGOU 13 625,71 €Total modificación 236 888,15 €

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Regu-ladora de dicha Jurisdicción

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171 3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la inter-posición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado

La Campana, 1 de septiembre de 2014 —El Alcalde, Antonio Díaz Badillo ————

Don Antonio Díaz Badillo, Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta villa Hace saber: Que habiendo finalizado, sin formularse reclamaciones, el periodo de exposición pública del acuerdo del Pleno

del Ayuntamiento, celebrado el día 2 de julio de 2014, por el que se aprobó inicialmente el expediente de modificación de créditos núm. 08/2014 del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario núm. 02/2014, se entiende el mismo elevado a definitivo y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 3, en relación con el artículo 177 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el siguiente resumen:

Alta en aplicación de gastos:Aplicación presupuestaria Descripción Euros

162 204 00 Alquiler camión recolector-compactador de RSU 1 540,00 €Baja en aplicación de gastos:

Aplicación presupuestaria Descripción Euros151 227 09 Otros estudios y trabajos técnicos Elaboración del PGOU 1 540,00 €

Total financiado mediante baja de otros créditos 1 540,00 €Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por

el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Regu-ladora de dicha Jurisdicción

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171 3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la inter-posición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado

La Campana, 1 de septiembre de 2014 —El Alcalde, Antonio Díaz Badillo 265W-10446

————CARMONA

Mediante resolución de la Alcaldía-Presidencia dictada el día 4 de septiembre de 2014, se aprobó el expediente de contratación de obra de «Consolidación estructural de grada alta del Teatro Cerezo» incluida en el Plan Complementario del Plan Provincial Bienal de Cooperación a las Obras y Servicios de Competencia Municipal 2014-2015 (Supera), por procedimiento abierto,conforme a los siguientes datos:

1 Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información: a) Organismo: Ayuntamiento de Carmona b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría

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c) Obtención de documentación e información: Perfil de contratante. 1. Dependencia: Secretaría. 2. Domicilio: C/ El Salvador, 2. 3. Localidad y código postal: Carmona, 41.410. 4. Teléfono: 954.140.011. 5. Dirección de internet del Perfil de Contratante: www.carmona.org. d) Número de expediente: 11/2014

2 Objeto del contrato: a) Tipo: Contrato de obras b) Descripción del objeto: Consolidación estructural de grada alta del Teatro Cerezo de Carmona c) División por lotes y número de lotes/unidades: No d) Lugar de ejecución: Carmona (Sevilla) e) Plazo de ejecución: 5 meses f) Admisión de prórroga: No

3 Tramitación y procedimiento. a) Tramitación: Urgente b) Procedimiento: Abierto c) Criterios de adjudicación: — Oferta económica Puntuación máxima: 80 puntos — Oferta de plazo de garantías Puntuación máxima: 10 puntos — Oferta del plazo de ejecución de obras Puntuación máxima: 10 puntos

4 Presupuesto base de licitación. Importe : 272 727,27 € (I V A excluido) I.V.A. (21%): 57.272,73 €. Importe total: 330 000,00 €

5 Garantía exigidas. a) Provisional: 4.090,91€ (1,5% del presupuesto de licitación). b) Definitiva: 5% del importe de adjudicación, I.V.A. excluido.

6 Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Plazo límite de presentación: 13 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación de este anuncio de

licitación b) Documentación a presentar: La prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares c) Lugar de presentación: Por correo, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38 4 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común — Entidad: Excmo. Ayuntamiento de Carmona (Sevilla). — Domicilio: Calle El Salvador, 2. — Localidad y código postal: Carmona – 41.410. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: 2 meses e) Admisión de variantes: No

7 Requisitos específicos del contratista. a) Clasificación: No se exige. b) Solvencia económica y financiera; y solvencia técnica y profesional: La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o en su caso, justificante de existencia de un seguro de indemni-

zación por riesgos profesionales. Dicha declaración deberá incluir en todo caso y como mínimo el 50% del importe de la licitación

b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros Oficiales podrán aportar , como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados

c) Declaración sobre el volumen global de negocios, acreditado mediante la presentación de la declaración anual de operaciones con terceras personas (modelo 347) y , en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios

Se entenderá que el empresario reúne solvencia financiera en los dos últimos casos: –  Si de las cuentas anuales se deduce que dispone de unos fondos propios que sean al menos el 20% del importe

de licitación –  Se entenderá que la empresa tiene solvencia económica y financiera si de las declaraciones anuales de operacio-

nes con terceras personas resultan unas cifras globales de negocios en los tres últimos años que, en suma, sean equivalentes, al menos, al presupuesto del contrato

En los dos últimos casos (letras b) y c)), justificará la solvencia financiera el cumplimiento de estos requisitos en cualquiera de los últimos tres años

En todos los supuestos anteriores (letras a), b) y c)) , se entenderá por importe de la licitación, el valor estimado del contrato, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 23

La solvencia técnica profesional podrá acreditarse por los medios previstos en el TRLCSP y, en todo caso, con lo siguiente:

– Relación de las obras ejecutadas de características y presupuesto análogos a los que se licitan en el curso de los últimos cinco años, indicando presupuesto de adjudicación, promotor y fechas de iniciación y terminación de las obras. Asimismo deberán acompañarse certificados de buena ejecución para las más importantes expedidos por la Administración o por el promotor

Se consideran obras de carácter análogo: La construcción o reforma de edificios públicos. Se consideran de presupuesto análogo cuando el presupuesto del contrato ejecutado sea igual o superior al 100 %, del

presupuesto de licitación del presente contrato, al menos en una de las obras realizadas en los últimos cinco años Se exigirán certificados de buena ejecución de las obras realizadas en el curso de los últimos cinco años. Se entenderá que se reúnen los requisitos de solvencia técnica cuando se cumplan las condiciones de tipología y pre-

supuesto análogo anteriores

8 Apertura de ofertas: a) Entidad: Excmo Ayuntamiento de Carmona b) Domicilio: Calle El Salvador, 2 c) Localidad: Carmona d) Fecha: Dentro de los tres días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de proposiciones.

9 Gastos de publicidad: A cargo del adjudicatario, hasta un máximo de 1 000 €

10 Página web donde figuren las informaciones relativa a la convocatoria o donde pueden obtenerse los pliegos: www.carmona.org.En Carmona a 4 de septiembre de 2014 —El Alcalde, Juan Manuel Ávila Gutiérrez

34W-10195-P————

CARRIÓN DE LOS CÉSPEDES

Don Ignacio Escañuela Romana, Alcalde–Presidente del Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Que no habiéndose presentado reclamaciones contra el acuerdo inicial de aprobación del Presupuesto General para

el ejercicio 2014 y sus Bases de ejecución, plantilla de personal funcionario y laboral, publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla número 185, de fecha 11 de agosto de 2014, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se considera definitivamente aprobado, publicándose a continuación el texto del Presupuesto resumido a nivel de capítulos:

presupuesto de gastos

CAPITULOS DENOMINACION EUROS1 -CAPITULO I Gastos de personal 1 599 180,36 €

2 -CAPITULO II Gastos en bienes corrientes y servicios 429 517,60 €

3 - CAPITULO III Gastos financieros 44 000,00 €

4 - CAPITULO IV Transferencias corrientes 44 146,31 €

5 - CAPITULO V

6 - CAPITULO VI Inversiones reales 83 374,75 €

7 -CAPITULO VII Transferencias de capital 0,00 €

8 -CAPITULO VIII Activos financieros 0,00 €

9 -CAPITULOIX Pasivos financieros 32 143,61 €TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS 2 232 362,43 €

presupuesto de ingresos

CAPITULOS DENOMINACION EUROS1 Impuesto Directos 835 191,97 €2 Impuestos Indirectos 19 905,18 €

3 Tasas y otros ingresos 241 355,06 €

4 Transferencias corrientes 1 266 340,95 €

5 Ingresos patrimoniales 3 630,00 €

6 Enajenación inversiones reales 0,00 €

7 Transferencias de capital 12 000,00 €

8 Activos financieros 0,00 €

9 Pasivos financieros 0,00 €

TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS 2 378 423,16 €

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24 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

plantilla de personal

FUNCIONARIOS DE CARRERADENOMINACION Nº VACANTES GRUPO

1 - HABILITACIÓN CARÁCTER NACIONAL1 1 Secretario-Interventor 1 A 1

2 - ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL2 1 Subescala Administrativa 2 1 1 Administrativo/a 2 C1

3 - ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL3 1 Subescala Servicios Especiales 3 1 1 Cuerpo de la Policía Local 3.1.1.1. Oficial Policía Local (Jefe de la Policía Local) 3 1 1 2 Policía Local 3 1 1 3 Auxiliar Policía Local

131

C1C1C2

PERSONAL LABORALDENOMINACION Nº C/P VACANTES GRUPO

1 - SERVICIOS GENERALES1 1 Administración General 1 1 1 Auxiliar Administrativo 1 1 2 Arquitecto Técnico 1 1 3 ADL 1 1 4 Informático Guadalinfo 1 1 5 Auxiliar Administrativo Juzgado de Paz 1 1 6 Vigilante 1 2 Servicios Sociales 1 2 1 Servicios Generales Asistenciales 1 2 1 1 Trabajador Social 1 2 1 2 Psicóloga 1 2 1 3 Animadora Sociocultural 1 2 1 4 Asesora Jurídica PIM 1 2 1 5 Auxiliares SAD 1 2 1 6 Auxiliares SAD 1 2 1 7 Entrenador Deportivo Servicios Sociales

1 2 2 Servicios de Residencia Municipales 1 2 2 1 Director Residencia 1 2 2 2 Fisioterapeuta 1 2 2 3 ATS 1 2 2 4 Auxiliar de Clínica 1 2 2 5 Auxiliar de Cocina 1 2 3 Servicios Consultorio 1 2 3 1 Auxiliar Administrativo

1 3 Servicios de Educación 1 3 1 Servicios de Guardería Municipal 1 3 1 1 Monitora 1 3 1 2 Educadoras 1 3 1 3 Auxiliar de Guardería 1 3 1 4 Directora de Guardería 1 3 2 Servicios de Apoyo en Colegios 1 3 2 1 Monitor Apoyo Colegio 1 3 3 Escuela de Música 1 3 3 1 Profesor Música 1 4 Obras y Servicios 1 4 1 Encargado de Obras 1.4.2. Oficial 1ª Albañil 1 4 3 Peón Pintor 1 4 4 Encargado de Mantenimiento 1 4 5 Peón Limpieza 1 4 6 Limpiador

1 5 Servicios de Cementerio 1 5 1 Encargado

1 6 Servicios de Cultura y Juventud 1 6 1 Auxiliar Administrativo Cultura 1 6 2 Agente Dinamización Juvenil

1 7 Servicios de Deporte 1 7 1 Socorristas

211111

1211421

11191

1

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1

6

122117

1

11

2

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070202050710

02020201070702

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resumen plantilla de personal

Funcionarios: 8.laborales: 66

total plantilla: 74

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 25

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso–Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción

En Carrión de los Céspedes a 1 de septiembre de 2014.—El Alcalde–Presidente, Ignacio Escañuela Romana.8W-10451

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ESTEPA

Don Miguel Fernández Baena, Alcalde-Presidente del Ilustrísimo Ayuntamiento de esta ciudad Hace saber: Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 169 1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que

se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 2 de septiembre de 2014, ha aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito número 1 del ejercicio 2014, tras resolver las alegaciones presentadas por el Grupo Socialista Conforme con el apartado tercero del artículo citado se publica el mismo resumido por capítulos

Suplementos de crédito

Capítulo Denominación ImporteA) Operaciones corrientes

I Personal 5 981 872,91II Compra de bienes y servicios 1 075 702,41III Intereses 25 614,26IV Transferencias corrientes 16 504,04

B) Operaciones de capital VI Inversiones 145 087,99

Total gastos 7 244 781,61Los suplementos anteriores se financiarán con remanente de tesorería para gastos generales:

Concepto Denominación Importe870 00 Remanente de Tesorería para gastos generales 7 244 781,61

Total 7 244 781,61Lo que se hace público para general conocimiento, conforme con lo dispuesto en los arts 20 3 y 38 2 del R D 500/1990, de

20 de abril Contra esta aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses,

contados desde el día siguiente al de la presente publicación. El citado recurso no suspenderá por sí solo la aplicación de las modifica-ciones aprobadas

Estepa, 4 de septiembre de 2014 —El Alcalde, Miguel Fernández Baena 265W-10346

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MAIRENA DEL ALJARAFE

Notificación edictal del embargo de devolución de la Agencia Tributaria:En uso de las facultades que me confiere el art. 5.3.(c) del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre (BOE 29/9/1987), y

de conformidad con lo establece el art 167 2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) (BOE 18/12/2003), (art 28 3 LGT), en los plazos señalados en el art 62 5 LGT y, en caso contrario, se proceda contra el patrimonio de aquél o de las garantías existentes para el cobro de la deuda, (art 28 4 LGT) y de los intereses de demora (art 26 LGT) que se devenguen hasta la fecha de cancelación de la deuda

Serán exigidas al obligado al pago las costas originadas durante el desarrollo del procedimiento de apremio (art 113 y siguien-tes del RD 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación-RGR)

No habiéndose podido practicar directamente la notificación personal a los deudores que posteriormente se relacionan, a pesar de haberse intentado en la forma debida, se procede, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común y el 112 de la 58/2003 de 17 de diciembre, a efectuar la citada notificación, mediante el presente anuncio.

Sujeto pasivo DNI/CIF Importe embargado

A TAVOLA COESBO S L B91768564 477,83 €

ACEVEDO DEL CARMEN LOURDES 53270420M 100,00 €

ACEVEDO DEL CARMEN LOURDES 53270420M 100,00 €

ACTIVE SHOPPING GROUP S L B91253906 504,00 €

AIDO JIMÉNEZ ANTONIO 28537932S 192,60 €

ÁLVAREZ GRANADO MANUEL 28871878R 535,64 €

ANTÚNEZ TAVIRA MARÍA SANTOS 31534334T 764,25 €

AZIZ MOURAD X2290280D 214,49 €

BARRERO GONZÁLEZ VICENTE 52266816Y 567,90 €

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26 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

Sujeto pasivo DNI/CIF Importe embargado

BEDIA PAZO ROSARIO 28442553V 951,03 €

BERNARDINO JIMÉNEZ M ASUNCIÓN 52261872F 165,82 €

BIKINI DUCC S L B91797902 461,61 €

BUENO MARTÍNEZ ANTONIA 52698335E 191,49 €

C B 2000 S L B41622754 851,60 €

CAMPBELL PÉREZ MARÍA VICTORIA 53281814Z 100,00 €

CAMPBELL PÉREZ MARÍA VICTORIA 53281814Z 343,71 €

CASTELO CASTRO JOSÉ MANUEL 75372741Q 571,81 €

CASTILLO MALLADO RUBÉN 48814499N 655,29 €

COLCHERO ORDEN JOAQUÍN 53272366L 161,81 €

CONSEGLIERE CASTILLA AGUSTÍN PABLO 28875603T 257,63 €

CORDERO ATIENZA JOSÉ ANTONIO 52330606V 363,80 €

CUBA CAMINERO JOSÉ ANTONIO 28332634S 291,01 €

CUERVAS GARCÍA CRISTINA 45652722E 100,00 €

DE LOS SANTOS ORTEGA JOSÉ MANUEL 27321469E 204,39 €

DELGADO ALCAIDE 52692197W 192,07 €

DELGADO ROMERO SILVIA 77334037X 200,00 €

DÍAZ GONZÁLEZ ANTONIO MIGUEL 34021096W 433,39 €

DÍAZ MUÑOZ MARTA 76124102J 100,00 €

DOMÍNGUEZ BERNAL JOSÉ JOAQUÍN 53278810T 103,78 €

DONAIRE RUIZ ANA 28354371V 149,16 €

DUARTE DOMÍNGUEZ JAIME 75407359L 443,30 €

DURAN SERRANO CARMEN 27286412V 411,24 €

FERNÁNDEZ GONZÁLEZ MANUEL 27286478Z 263,81 €

FIMIA ANAYA MELISSA 45128522S 163,42 €

GALIANI GARCÍA JOSÉ FRANCISCO 28716137Q 265,41 €

GALIANO LÓPEZ JUAN MANUEL 53271909E 39,93 €

GAONA PÉREZ ISMAEL 44200256Y 1,323,07€

GARABITO SÁNCHEZ MANUEL 258631614H 560,77 €

GARCÍA ENRÍQUEZ MARÍA ALICIA 28768076K 175,08 €

GARCÍA LÓPEZ ENCARNACIÓN 52268606W 217,02 €

GARCÍA MOLINA ALEJANDRA SANDRA 53276884Y 100,00 €

GARCÍA MOLINA ALEJANDRA SANDRA 53276884Y 100,00 €

GARCÍA MOLINA ALEJANDRA SANDRA 53276884Y 100,00 €

GARCÍA MOLINA ALEJANDRA SANDRA 53276884Y 100,00 €

GARCÍA MOLINA ALEJANDRA SANDRA 53276884Y 100,00 €

GARCÍA MOLINA ALEJANDRA SANDRA 53276884Y 100,00 €

GARCÍA MOLINA ALEJANDRA SANDRA 53276884Y 100,00 €

GASTROBAR COMA Y PUNTO S L B90046939 1,016,74€

GAVIÑO SERRANO ANA M 52693161T 184,04 €

GÓMEZ LÓPEZ VICENTA 52264599C 180,71 €

GÓMEZ RODRÍGUEZ JOSÉ 27285291T 224,54 €

GONZÁLEZ OLIVA FRANCISCO JAVIER 27302186J 599,23 €

GUILLEN IGLESIAS SANDRA 53352522C 200,00 €

GUILLEN IGLESIAS SANDRA 53352522C 100,00 €

GUILLEN IGLESIAS SANDRA 53352522C 100,00 €

GUTIÉRREZ BAENA MARÍA TERESA 53280765T 100,00 €

GUTIÉRREZ BAENA MARÍA TERESA 53280765T 100,00 €

HENKE SANTAMARÍA AGUSTÍN 28485749L 783,59 €

HIDALGO BORRERO INMACULADA 27311803Q 302,71 €

IGLESIAS MATEO JUAN MANUEL 52699190A 262,95 €

INMOBILIARIA RAMOSUR S L B41514597 720,24 €

INVERSIONES NUGUER S L B91230094 158,22 €

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 27

Sujeto pasivo DNI/CIF Importe embargado

IPROYECT S L B91345025 647,15 €

JIMÉNEZ ROMERO ENCARNACIÓN 28640152T 100,00 €

JOBERAN S A A07229933 2,314,79€

LAS CANTERUELAS S L B81357469 10,006,15€

LÓPEZ GIRÁLDEZ VÍCTOR MANUEL 27316210F 154,57 €

LORA COLCHERO REYES 52692349Q 100,00 €

LUQUE POLEY LUIS JESÚS 45655297K 903,41 €

MADRIGAL MARTÍN JOSÉ MANUEL 27896456D 886,23 €

MARCH CASTILLA JOSÉ VICENTE 28679593L 260,27 €

MÁRMOL RODRÍGUEZ ROCÍO 53271387Y 100,00 €

MARTÍNEZ COBO ARCADIO 21993953L 185,87 €

MARTÍNEZ GONZÁLEZ ELISABET MARÍA 53277032Q 247,70 €

MEDEL SANTIAGO RAFAEL 28327112J 253,59 €

MÍGUEZ VELA PATRICIA 48807273P 200,00 €

MUÑOZ SOTO SEBASTIÁN 28713856N 474,58 €

ORTIZ MOYA BERNARDO 53276091H 377,67 €

PACHÓN LEDESMA CRISTINA 53284006K 100,00 €

PALOMO DORADO CARLOS LUIS 52693827E 26,52 €

PANCHO DE LA RUBIA ANDRÉS MARÍA 52692965B 1,46 €

PÉREZ BONILLA SUSANA 34077170W 1,46 €

PÉREZ HERRERA PABLO 52267515S 179,52 €

POBLADOR BLÁZQUEZ ANA ISABEL 28473104R 258,54 €

POZO LIÑÁN MARÍA ROSA 28551675G 259,97 €

PUGA PUERTAS ANDRÉS 52691152S 99,05 €

RAEN GRUPO INMOBILIARIO S L B91447888 6,997,70€

RECURSOS INMUEBLES DE SEVILLA S L B91048348 473,66 €

RETAMERO LÓPEZ RICARDO 52268883A 149,94 €

REVILLA SAIZ MARÍA SOLEDAD 13083232G 271,64 €

REYES ESCAÑO JORGE 52264611D 657,61 €

RIVERA CAMPANA MARÍA CARMEN 52692080T 336,08 €

RIVERA MADRIGAL VÍCTOR 34075915N 1,163,90€

ROBLES MARTÍNEZ EVA 52692049S 186,23 €

RODRÍGUEZ PRIETO RAFAEL 28781864D 298,55 €

ROMERO REY M JESÚS 52693928P 255,39 €

ROPERO SILVA MIGUEL 28445013Q 73,45 €

RUIZ JIMÉNEZ EVA MARÍA 28902527Z 100,00 €

RUIZ JIMÉNEZ EVA MARÍA 28902527Z 100,00 €

SÁNCHEZ DE LA MADRID GARCÍA JESÚS 52269147Z 286,78 €

SÁNCHEZ FRANCO M CARMEN 77589967L 100,00 €

SÁNCHEZ GÓMEZ ANTONIA 28447955Z 1,48 €

SÁNCHEZ SÁNCHEZ ISABEL MARÍA 28473338M 672,29 €

SANGUINO CANO MARÍA JOSÉ 30257287M 215,84 €

SANTA GIL FRANCISCO JAVIER 52269635L 428,37 €

SANTIAGO LÓPEZ ANTONIO 27826287J 172,65 €

SECO VASCO JOSÉ RAMÓN 28660408Q 416,87 €

SIGLER RIVERO MARTÍN 52266873V 102,75 €

SILVA GARCÍA LUCAS 53276355Y 487,92 €

SISTO MUÑOZ JESÚS 27322366E 48,73 €

SUÁREZ NAVAS JUAN RAFAEL 53272507E 35,17 €

TANDOS S L B91161711 3,002,28€

TEJADA RUIZ JUAN JOSÉ 28926638K 896,64 €

TENA MORILLO VÍCTOR 76207015B 172,93 €

TOME GARCÍA ESTEFANÍA 53279510X 414,32 €

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28 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

Sujeto pasivo DNI/CIF Importe embargado

TORIBIO ARESTOY EMILIO 28916783X 321,52 €

TORNE PÉREZ PEDRO JESÚS 28781076A 662,40 €

VAYAD GAMAZA CRISTINA 45651018C 100,00 €

VAYAD GAMAZA CRISTINA 45651018C 100,00 €

VEGA RODRÍGUEZ ANA MARÍA 28557848J 242,06 €

VILLARGARICA JOSÉ FRANCISCO 28894922E 269,90 €

Plazos para efectuar la notificación:

El sujeto pasivo (art. 112 Ley 58/2003) deberá comparecer para ser notificado en el plazo de quince días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del presenta anuncio en las oficinas de la Sociedad Local de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, sita en plaza de las Naciones s/n, 1 ª y 2 ª planta, de lunes a viernes, de 8 00 a 14 30 horas Transcurrido este plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para la personación

Plazos y lugar para el pago:

Una vez notificado el sujeto pasivo deberá realizarse el pago en la Sociedad Local de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe o mediante transferencia bancaria al n º de cuenta 2100/9166/75/2200103872, de conformidad con los siguientes plazos en consonancia con el art 108 del Reglamento General de Recaudación:

— Recibida la notificación entre los días 1 y 15 del mes, hasta el 20 del mismo mes o inmediato hábil posterior.— Recibida la notificación entre los días 16 y último de cada mes, hasta el 5 del mes siguiente o inmediato hábil posterior.Advertencia: Caso de no efectuar el ingreso en los plazos señalados, se procederá sin más al embargo de los bienes o la ejecu-

ción de las garantías existentes, siendo las costas ocasionadas a su cargo, así como los intereses de demora devengados hasta la fecha del ingreso

Deudas fraccionadas:

Si no se han constituido garantías parciales e independientes para cada plazo y la presente providencia contiene algún plazo de una deuda fraccionada se le advierte que de no pagarse en los plazos aquí establecidos, se considerarán vencidas el resto de las fraccio-nes pendientes y se exigirán por el procedimiento de apremio, con ejecución de las garantías y demás medios de ejecución forzosa (art 57 de Reglamento General de Recaudación)

Costas:

En caso de producirse costas en el procedimiento de apremio, la Administración repercutirá su importe al deudor, conforme a lo establecido en los artículos 153 y 157 del Reglamento General de Recaudación (RD 939/2005, de 29 de julio)

Recursos y suspensiones:

Recurso de reposición ante el Tesorero en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación del presente acto, (art 14 2 del R D LEG 2/2004 de 5 de marzo Reguladora de las Haciendas Locales)

Podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquél en que el Recurso de Reposición se entienda presuntamente desestimado, lo que tendrá lugar transcurrido un mes, sin que haya recaído resolución expresa, desde la interposición del Recurso de Reposición (art 14 2 del R D LEG 2/2004 de 5 de marzo Reguladora de las Haciendas Locales, art 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y art 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común), sin perjuicio de que puede ejercitar otro que estime pertinente

El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, sólo se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación

Mairena del Aljarafe a 4 de junio de 2014 —La Tesorera, María Francisca Otero Candelera 2W-7439

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LAS NAVAS DE LA CONCEPCIÓN

Don José Enrique Rodríguez Vázquez, Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamietno de esta villa Hace saber: Que habiendo quedado vacante la plaza de Secretaría-Intervención, mediante resolución de fecha uno de septiem-

bre de 2014, esta Alcaldía acordó iniciar el procedimiento para la provisión del puesto de Secretaría–Intervención, y al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a fun-cionarios con habilitación de carácter estatal, se expone el expediente al público para que los interesados funcionarios pertenecientes a la escala de Habilitación Estatal, Subescala Secretaría- Intervención, soliciten en el plazo de diez días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, el nombramiento provisional o comisión de servicios.

Si se presentaran varias solicitudes de funcionarios de la Escala de Habilitación Nacional, se atenderá al orden recogido en los artículos 30, 31, 32 y 34 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, con su nueva redacción dada por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio

Igualmente, se resolvió aprobar las bases para simultanear, con los efectos previstos en el artículo 30 del Real Decreto 1732/1994, la provisión en régimen de interinidad, por el sistema de concurso-oposición de la plaza vacante para el caso de que no se presentase solicitud alguna por funcionario de Habilitación Estatal

Si como consecuencia de la presentación de solicitudes de funcionarios pertenecientes a la escala de Habitación Estatal, por parte del órgano competente de la Comunidad Autónoma se procediera al nombramiento provisional y/o en comisión de servicios, automáticamente quedará suspendido el procedimiento

En Las Navas de la Concepción a 5 de septiembre de 2014 —El Alcalde-Presidente, José Enrique Rodríguez Vázquez

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 29

bases de la conVocatoria para la proVisión mediante nombramiento como Funcionario interino, por el sistema de concurso-oposi-ción, del puesto de trabajo de secretaría interVención del ayuntamiento de las naVas de la concepción.

bases:Primera —Objeto de la convocatoria.La presente convocatoria tiene por objeto seleccionar la persona destinada a cubrir, mediante nombramiento como funcionario

interino, el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Las Navas de la Concepción, para su posterior propuesta de nombramiento por la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 de Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, en su nueva redacción dada por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, artículo 64 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, y preceptos concordantes

Las funciones a desarrollar serán, con carácter general, las establecidas en el Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter General

La plaza se encuentra dotada con las retribuciones previstas en el Presupuesto, de acuerdo con la legislación vigente Segunda —Requisitos de los aspirantes.Para ser admitidos los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, que habrán de poseerse el último día de presentación

de solicitudes:a) Ser español b) Tener cumplidos 18 años de edad c) Poseer alguna de las siguientes titulaciones académicas o estar en condiciones de obtenerla: Licenciado en Derecho, Licen-

ciado en Ciencias Políticas y de la Administración, Licenciado en Sociología, Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Licenciado en Economía, Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras, Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología, Licenciado en Ciencias Económicas o Empresariales o equivalente

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones e) No haber sido separado o despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones

Públicas, no hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad prevista en la legislación vigente salvo, en este último caso, que se ejercite en su momento la opción prevista en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas

Tercera —Solicitudes y documentación a presentar.Los interesados presentarán solicitud de participación dirigida al Sr Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Las Navas de la

Concepción, en la que deberán manifestar que reúnen todos y cada una de los requisitos exigidos en la Base Segunda de esta convo-catoria, referidos a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, y que se comprometen a tomar posesión de la plaza en el caso de ser nombrados

Se presentará en el Registro General del Ayuntamiento, sito Plaza de España número 7, de Las Navas de la Concepción, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común (en adelante LRJPAC). Las presentadas en las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas en dicho organismo antes de ser certificadas. A la instancia se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad La falta de este requisito determinará la exclusión del aspirante

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria y sus bases en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

Los aspirantes acompañarán a su solicitud los documentos justificativos de los méritos alegados. Éstos deberán de ser originales o, en caso de presentarse fotocopias, éstas deberán de estar debidamente compulsadas por órgano competente Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente solicitar su modifi-cación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, salvo el cambio de domicilio a efectos de notificaciones, todo ello sin perjuicio de lo preceptuado en el artículo 71 3 LRJPAC

En ningún caso será necesaria la previa inscripción en las oficinas de empleo para participar en la presente convocatoria.Cuarta —Admisión de los aspirantes.Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, en el plazo máximo de siete días, aprobando

la lista provisional de admitidos y excluidos en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos, número de DNI y en su caso, el motivo de la exclusión, haciéndose pública en el tablón de anuncios de la Corporación, y donde se determinará la composición del tribunal, y el lugar, día y hora en que se llevará a cabo la entrevista a los aspirantes admitidos

Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles tanto para la subsanación de errores de hecho como para solicitar la inclusión en caso de resultar excluido. Los que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. A estos efectos, los aspirantes deberán comprobar no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan correctamente en la pertinente relación de admitidos

Transcurrido el plazo que hace referencia el párrafo anterior, se entenderá elevada a definitiva la mencionada lista en el caso de no presentarse reclamación alguna, o se dictará resolución por la Alcaldía en la que se aceptarán o rechazarán las reclamaciones y, elevando a definitiva la lista de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios de la Corporación. La resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que la haya dictado o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

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30 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administra-tiva Las sucesivas publicaciones y anuncios se realizarán a través del tablón de edictos del Ayuntamiento, tal como prevé el artículo 59 5 de la LRJPAC

Quinta —Tribunal calificador.El tribunal calificador estará constituido de la siguiente forma:1) Presidente: Don Juan Francisco Galván Montero Funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Estatal

Secretario-Interventor del Excmo. Ayuntamiento de Peñaflor.Presidente suplente: Don Isaac Manuel Amuedo Balberas Funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter

Estatal Secretario-Interventor del Excmo Ayuntamiento de El Real de la Jara 2) Secretaria: Doña Mª Dolores Agujetas Muriel, Funcionaria de Administración Local con Habilitación de Carácter Estatal

Secretaria-Interventora del Excmo Ayuntamiento de Alcolea del Río Con voz pero sin voto Secretario suplente: Don José Pablo Sancha Díez, Funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Estatal

Secretario-Interventor del Excmo Ayuntamiento de Guadalcanal Con voz pero sin voto 3) Primer vocal: Don Rafael Valero Navarro Funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Estatal Secre-

tario-Interventor del Excmo Ayuntamiento de El Pedroso Primer vocal suplente: Don Jorge Herrera Santos Funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Estatal

Secretario-Interventor del Excmo Ayuntamiento de San Nicolás del Puerto 4) Segundo vocal: Doña Felicidad Majúa Velázquez Funcionaria de Administración Local con Habilitación de Carácter Esta-

tal Secretaria-Interventora del Excmo Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes Segundo vocal suplente: Don Fernando José Cano Recio Funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter

Estatal Secretario del Excmo Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, dos de sus miembros titulares o suplentes entre los que

deben figurar, en todo caso, el Presidente y el Secretario.Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificando a la Alcaldía–Presidencia, cuando concurra en ellos

alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 LRJPAC Así mismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de los tribu-nales cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 29 de la mencionada norma. La Alcaldía–Presidencia resolverá en el plazo de tres días sobre la abstención o recusación, en su caso, formulada El Presidente podrá solicitar, de los miembros del tribunal, declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 mencionado

El tribunal se constituirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 LRJPAC, y las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente

El tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan surgir en la aplicación de las bases, para decidir respecto en lo no contemplado en las mismas, velar por el exacto cumplimiento de las bases, así como para incorporar especialistas en pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos; tales especialistas actuarán con voz pero sin voto

Los vocales deberán tener igual o superior nivel de titulación o especialización que la plaza convocada El tribunal se clasificará en la categoría primera de las establecidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemni-

zaciones por razón del servicio y disposiciones complementarias Todos los miembros y asesores del tribunal tendrán derecho a percibir indemnizaciones que por razón del servicio correspondan con arreglo a la ley

Contra las resoluciones de los tribunales y, sin perjuicio del posible recurso de alzada o de cualquier otro que pudiera inter-ponerse de conformidad con la legislación vigente, los aspirantes podrán presentar reclamaciones ante el propio órgano de selección dentro del plazo improrrogable de tres días contados desde la fecha de la correspondiente resolución, sin que este trámite interrumpa el plazo para la interposición del citado recurso de alzada

Sexta —Procedimiento de selección.El procedimiento de selección será el concurso-oposición, consistente esta última fase en una entrevista personal de carácter

práctico Si el tribunal tuviese conocimiento, en cualquier momento del proceso selectivo, de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos en la base tercera de esta convocatoria, deberá proponer, previa audiencia del interesado, su exclusión a la Autoridad convocante, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante a los efectos procedentes

Los méritos a tener en cuenta, así como su valoración, serán los siguientes, siendo la calificación final el resultado de la suma de los puntos obtenidos en todos los apartados, unida a la de la entrevista personal

I Fase de concursoA Expediente académico (máximo 1 punto) Se valorarán según su nota media, de la siguiente manera:– Nota media de aprobado (de 5 hasta 5,99): 0,25 puntos.– Nota media de bien (de 6 hasta 6,99): 0,5 puntos.– Nota media de notable (de 7 hasta 8,49): 0,75 puntos.– Nota media de sobresaliente (de 8,50 hasta 9,99): 0,95 puntos.– Nota media de matrícula de honor (10 puntos): 1,00 punto.Si no aparecieran valoradas las asignaturas en términos numéricos, se entenderá que las calificaciones son las siguientes:– Aprobado: 5,00 puntos.– Bien: 6,00 puntos.– Notable: 7,00 puntos.– Sobresaliente: 9,00 puntos.– Matrícula de honor: 10,00 puntos.

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 31

Para su acreditación, se deberá aportar Certificado académico oficial comprensivo de todas las asignaturas de la titulación aca-démica exigida en la base segunda, apartado c)

B Cursos de Formación y Perfeccionamiento (máximo 2 puntos): sólo se valorarán los relacionados directamente con las funciones propias del puesto de trabajo, convocados, impartidos u homologados por Administraciones Públicas u organismos oficiales:

– Cursos donde no se mencione su duración en horas: 0,08 puntos.– Cursos de duración comprendidos entre 15 y 30 horas lectivas: 0,25 puntos.– Cursos de duración comprendidos entre 31 y 50 horas lectivas: 0,40 puntos.– Cursos de duración comprendidos entre 51 y 100 horas lectivas: 0,60 puntos.– Cursos de duración superior a 100 horas lectivas, 1,00 punto.Los cursos cuyos contenidos estén relacionados con las funciones propias de la Secretaría-Intervención serán puntuados incre-

mentando la baremación anterior en un 20% de lo previsto.Para acreditarlos se deberá aportar certificación original del Centro o fotocopia compulsada por órgano competente de los

títulos o diplomas C Experiencia profesional (máximo 3 puntos): sólo se valorará la relacionada directamente con las funciones del puesto de

trabajo a cubrir, de la siguiente manera:1) Por el desempeño mediante nombramiento interino de puesto reservado a Funcionario de Administración Local con Habili-

tación de Carácter Nacional: 0,20 puntos/mes hasta un máximo de 2 puntos 2) Por el desempeño mediante nombramiento como funcionario o contrato laboral de puestos de asesoramiento jurídico en la

Administración Local, en puesto clasificado en el grupo S en la categoría profesional I: 0,15 puntos/mes hasta un máximo de 2 puntos.3) Por el desempeño de puestos de trabajo adscritos a la Subescala Técnica Superior de la Escala de Administración General

o la Subescala Técnica superior de la Escala de Administración Especial, siempre que en el último caso su titulación sea una de las comprendidas en la base 2ª de esta convocatoria: 0,15 puntos/mes hasta un máximo de 2 puntos

4) Por el desempeño de puestos de trabajo adscritos a la Subescala de Gestión de la Escala de Administración General o la Subescala Técnica media de la Escala de Administración Especial, siempre que en el último caso su titulación sea una de las compren-didas en la base 2ª de esta convocatoria: 0,1 puntos/mes hasta un máximo de 2 puntos

5) Por el desempeño de puestos de trabajo como funcionario en Cuerpos o subescalas clasificados como grupo A en la Admi-nistración Estatal o Autonómica: 0,05 puntos/mes hasta un máximo de 2 puntos

6) Por el desempeño de puestos de trabajo como funcionario en Cuerpos o subescalas clasificados como grupo B en la Admi-nistración Estatal o Autonómica: 0,03 puntos/mes hasta un máximo de 2 puntos

7) Por el desempeño de otro puesto de trabajo mediante contrato laboral como titulado superior o de grado medio: 0,01 punto/mes hasta un máximo de 2 puntos

8) Por el desempeño de otro puesto de trabajo mediante contrato laboral como titulado de grado medio: 0,005 punto/mes hasta un máximo de 2 puntos

Para acreditar la experiencia profesional se aportará certificación expedida por el órgano competente de la Administración en donde se haya desempeñado el trabajo, donde se especifique el nombre, grupo de adscripción y funciones de la plaza, así como periodo de cobertura En cualquier otro caso se debe acompañar informe de vida laboral junto con fotocopias de los contratos debidamente inscritos en el INEM o SAE

Superación de pruebas selectivas (máximo 3 puntos): Por haber superado ejercicios eliminatorios de pruebas selectivas para el acceso a las Subescalas de Secretaría-Intervención, Secretaría o Intervención Tesorería de la Escala de Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, se puntuará de la siguiente forma:

– Por cada ejercicio superado: 0,75 puntos.Para acreditar este mérito se deberá presentar certificación expedida por el órgano competente de la Administración Pública,

con expresión de todos los datos que permitan identificar los ejercicios superados y el opositor.II Fase oposiciónEntrevista personal (se valorará de 0 a 3 puntos):El tribunal, después de haber valorado los méritos aportados por los aspirantes, llevará a cabo una entrevista personal a cada

uno de los aspirantes, que versará sobre conocimientos prácticos de las materias incluidas en la parte específica del temario vigente para la selección de funcionarios de la Subescala de Secretaría-Intervención, pudiendo el tribunal realizar cuantas preguntas consideren necesarias

Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, perdiendo todos sus derechos aquel aspirante que el día y hora de la entrevista no se presente a realizarla, salvo casos de fuerza mayor, debidamente acreditados y libremente apreciados por el tribunal

Para su realización se comenzará por el aspirante cuyo primer apellido, y según la lista de admitidos alfabéticamente ordenada, comience por la letra que resulte elegida por sorteo público el día de ésta Si no existiere ningún aspirante cuyo primer apellido co-menzara por la letra indicada, actuaría en primer lugar aquel opositor cuyo primer apellido comience por la letra o letras del alfabeto inmediatamente siguientes

El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del tribunal será de 0 a 3 puntos La nota que obtendrá el as-pirante será la media de las puntuaciones concedidas por los mismos, eliminándose la de mayor y menor puntuación, si se apartasen en más de un punto de la citada media En caso de que la mayor o menor puntuación fueran varias, se eliminarán únicamente una de ellas, respectivamente

Séptima —Calificación definitiva.El resultado del proceso selectivo se hará público en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde que se acuerde por el

tribunal calificador y será expuesto en el tablón de edictos del Ayuntamiento. El orden de clasificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los méritos valorados y la entrevista realizada por el tribunal calificador,

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proponiéndose por éste al aspirante que haya obtenido la mayor puntuación En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo en primer lugar el que haya obtenido mayor puntuación en el apartado de entrevista personal, en segundo lugar en el apartado de experien-cia profesional, en tercer lugar en el expediente académico y así sucesivamente

En el caso de que la persona inicialmente propuesta no reúna los requisitos necesarios de la base 2 ª, no sea nombrada o, de serlo, no tomase posesión en tiempo y forma, se entenderá hecha la propuesta en favor del aspirante que, habiendo obtenido un mínimo de cinco puntos, hubiese alcanzado la segunda mejor puntuación en el procedimiento selectivo y así sucesivamente

De igual forma se procederá en el caso de que, habiendo sido nombrado y tomado posesión el aspirante, cesase por cualquiera de las causas previstas en Derecho, sin que tenga que reunirse nuevamente el tribunal para la propuesta, facultando a la Alcaldía para ello, siempre que no haya transcurrido más de seis (6) meses desde la propuesta inicial del tribunal

Octava —Presentación de documentos.El aspirante propuesto por el tribunal presentará en el Ayuntamiento, dentro del plazo de cinco días naturales contados desde

la fecha en que se haga pública la selección llevada a cabo por el tribunal calificador, los documentos acreditativos de capacidad y requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria

Si dentro del plazo establecido y salvo causa de fuerza mayor libremente apreciada por la Alcaldía, el aspirante propuesto no presentara la documentación exigida, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la respon-sabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la instancia En este caso, se procederá conforme a lo previsto en la base anterior

Novena —Propuesta de nombramiento.Una vez presentada la documentación por el candidato propuesto, si ésta se hallase conforme a lo establecido en las bases, será

propuesto por el Alcalde–Presidente ante la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía para su nombramiento como Secretario-Interventor Interino por ésta

Cuando se hubiera procedido al nombramiento o toma de posesión para cubrir interinamente el puesto, y posteriormente se hubiera cesado por haber finalizado tal supuesto, si nuevamente procedieran otros nombramientos y tomas de posesión, por concurrir nuevamente alguno de los casos previstos, se entenderá que el aspirante ya ha acreditado las condiciones, procediendo únicamente la propuesta de nombramiento y la toma de posesión en su caso

Décima —Recursos.Las presentes bases y su convocatoria podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida por la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, es decir, mediante la interposición de recurso de potestativo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes desde la publicación de éstas en el «Boletín Oficial» de la provincia, y/o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados de igual forma ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Sevilla, debiendo esperar en el primer caso a que se resuelva o se entienda desestimado el primero

Undécima —Duración de la interinidad.El aspirante seleccionado tomará posesión del puesto de trabajo de Secretaría-Intervención con carácter temporal y cesará en

todo caso una vez que se incorpore el titular de la misma a dicho puesto o ésta sea cubierto por cualquiera de las formas previstas en la legislación vigente

En Las Navas de la Concepción a 10 de septiembre de 2014.—El Alcalde–Presidente, José Enrique Rodríguez Vázquez.Modelo de instanciaD. …, con DNI núm. …, y domicilio a efectos de notificación en …,Expone:Primero —Que habiendo sido convocado concurso-oposición para cubrir con carácter interino, hasta tanto se cubra la misma

por funcionario de habilitación de carácter nacional por cualquiera de los procedimientos reglamentarios la plaza de Secretario-Inter-ventor del municipio de Las Navas de la Concepción, mediante anuncio publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia número …, de fecha …,

Segundo —Que reúne todos y cada una de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia, y que se compromete a tomar posesión de la plaza en el caso de ser nombrado

Tercero —Que declara conocer y aceptar las bases generales de la convocatoria y adjunta la documentación exigida en las mismas

Por todo ello,Solicita:Que se admita esta solicitud para el proceso de selección de Secretario-Interventor interino En …, a … de … de 20 …El solicitante,Fdo : …,Sr. Alcalde–Presidente de Las Navas de la Concepción (Sevilla).Lo que se hace público para general conocimiento En Las Navas de la Concepción a 5 de septiembre de 2014 —El Alcalde-Presidente, José Enrique Rodríguez Vázquez

253W-10452————

PALOMARES DEL RÍO

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 26 de junio de 2014, acordó la aprobación inicial de la Ordenanza Reguladora del Uso de Medios Electrónicos El texto ha sido expuesto al público por un plazo de 30 días, sin que se hayan presentado alegaciones, reclamaciones o sugerencias al mismo Por todo ello y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y

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70.2.º de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica el acuerdo elevado a definitivo así como el texto íntegro de dicho Reglamento

Contra dicho acuerdo que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

Palomares del Río a 11 de septiembre de 2014 —La Secretaria General, Inés Piñero González-Moya ORDENANZA REGULADORA DEL USO DE LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS EN EL AYUNTAMIENTO DE PALOMARES DEL RÍO

exposición de motiVos

Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (en adelante LAE) ha recono-cido el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, regulando asimismo los aspectos básicos de la utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa, tanto en las relaciones entre las Administraciones Públicas como en las relaciones de los ciudadanos con las mismas

La presente Ordenanza pretende facilitar en el ámbito del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río la efectiva realización de los derechos reconocidos en la LAE, que constituye legislación básica directamente aplicable a todas las Administraciones Publicas en los términos establecidos en su disposición final primera, y cuyo desarrollo normativo se ha realizado mediante el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la LAE (en adelante RDLAE) así como por los Reales Decretos 3/2010 y 4/2010, de 8 de enero, que regulan respectivamente el Esquema Nacional de Seguridad (en adelante ENS) y el Esquema Na-cional de Interoperabilidad (en adelante ENI) en el ámbito de la Administración Electrónica

La citada Ley, entre otras importantes innovaciones, acomete en sus artículos 24, 25 y 26 una nueva regulación delos registros electrónicos, que deroga los preceptos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre esta materia y amplía notablemente los derechos de los ciudadanos, estableciendo junto con la obligación para todas las Administraciones Públicas de la creación de registros electrónicos, la obligatoriedad de que exista al menos, un sistema de registros electrónicos suficiente para recibir todo tipo de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a dichas Administraciones Públicas

Conforme al artículo 25 de la LAE, la creación de los registros electrónicos se debe hacer mediante disposiciones normativas, obligación que el Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río pretende cumplir con la aprobación de la presente Ordenanza, a fin de adaptar al nuevo marco legal la anterior regulación de los registros

Asimismo la presente normativa se ocupa de la novedosa figura de la sede electrónica creada en la LAE, que la define en su artículo 10 1 como la dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una administración pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de su competencia

Se trata, además, de establecer un marco lo más flexible posible en la implantación de las tecnologías de la información en toda la actividad administrativa del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río, cuidando los niveles de seguridad y protección de derechos e intereses previstos tanto en la propia LAE como en la legislación administrativa en general, y permitiendo en el futuro la adaptación al estado del desarrollo tecnológico y la posibilidad de incorporación de nuevas soluciones y servicios

Se aborda la regulación del régimen jurídico de la administración electrónica municipal, sus documentos y archivos, así como la gestión de sus procedimientos gestionados electrónicamente, delegando en el Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de Pa-lomares del Río el desarrollo normativo de los aspectos que se han considerado necesarios para permitir la mayor adaptabilidad de la regulación al desarrollo tecnológico

De conformidad con lo anteriormente expuesto, el Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río, haciendo uso de su potestad reglamentaria y de autoorganización prevista en el artículo 4 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, tratará de adecuar, a través de la presente Ordenanza las disposiciones generales aludidas a las características propias de la organización de sus servicios

capítulo iDisposiciones generales

Artículo 1. Objeto.1 — La presente Ordenanza tiene por objeto regular el uso de los medios electrónicos en el ámbito de la administración del

Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río, y que se concreta en los siguientes aspectos:a) La creación de la sede electrónica b) La creación y regulación del registro electrónico c) La fijación del marco general de actuación para la implantación y el desarrollo de la Administración electrónica en el ám-

bito del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río d) La regulación de las condiciones y los efectos jurídicos del uso de los medios electrónicos en los procedimientos admi-

nistrativos en lo relativo a la transmisión de datos, identificación y autenticación, notificaciones electrónicas, copias y archivos electrónicos y formación de expedientes electrónicos

Artículo 2. Ámbito de aplicación.Las disposiciones de la presente Ordenanza serán de aplicación:a) A la actividad de los órganos administrativos integrantes del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río b) A las personas físicas y jurídicas cuando utilicen medios electrónicos en sus relaciones con el Excmo Ayuntamiento de

Palomares del Río c) A las relaciones entre los órganos y las entidades a las que se refieren los párrafos a) y b).

Artículo 3. Derechos de los ciudadanos en el ámbito de la Administración Electrónica.1 — En el ámbito de la Administración Electrónica, los ciudadanos tendrán los derechos reconocidos en el artículo 6 y con-

cordantes de la LAE, cuyo ejercicio se realizará en los términos previstos en la citada ley y su normativa de desarrollo, así como en la presente Ordenanza

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2.— A fin de hacer efectivo el derecho de los ciudadanos a obtener la información prevista en el artículo 6 3 de la LAE, y realizar los trámites y procedimientos necesarios para acceder a las actividades de servicios y para su ejercicio, de conformidad con lo establecido en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, el Excmo Ayun-tamiento de Palomares del Río suscribirá convenios de colaboración con otras entidades para la implantación de la ventanilla única

Artículo 4. Transmisiones de datos entre Administraciones Públicas.1 — Cuando los ciudadanos ejerzan el derecho a no aportar datos y documentos que obren en poder de las Administraciones

Públicas, reconocido en el artículo 6 2 b) de la LAE, ante los órganos administrativos incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza, se seguirán las reglas establecidas en el artículo 2 del RDLAE, así como lo preceptuado en los Esquemas Nacionales de Seguridad y de Interoperabilidad

A fin de dar cumplimiento a la exigencia del artículo 9 de la LAE, sobre transmisión de datos entre Administraciones Públicas, para un eficaz ejercicio del derecho reconocido en su artículo 6.2.b), el Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río promoverá la ce-lebración de acuerdos o convenios con las restantes Administraciones Públicas para facilitar el ejercicio de este derecho por los ciuda-danos En dichos acuerdos o convenios se establecerán, en particular, los procedimientos que permitan a la entidad cedente comprobar el efectivo ejercicio del derecho respecto de los datos o documentos cuyo acceso hubiera sido solicitado

2 — Los documentos electrónicos y los datos que el Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río transmita a otras Adminis-traciones Públicas en entornos cerrados de comunicaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la citada LAE, serán considerados válidos a efectos de autenticación e identificación de los emisores y receptores en las condiciones establecidas en el citado precepto y en esta Ordenanza, así como en los acuerdos y convenios que los regulen

Tendrán la consideración de entorno cerrado de comunicación: la Red Provincial de Telecomunicaciones constituida mediante acuerdo plenario de 6 de junio de 2002,que comunica los centros de las entidades adheridas a la Red Corporativa; la Red NEREA para la interconexión de los entes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Red SARA para la interconexión de los centros dependientes de la Administración Estatal y otras por ella accesibles, así como aquellas otras redes públicas que pudieran crearse y con las que la Red Provincial pudiera interrelacionarse, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LAE

capítulo iiRégimen jurídico de la Administración electrónica

Sección 1.ª De la sede electrónica.

Artículo 5. Sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río.1 — La sede electrónica del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río se corresponde con sede palomaresdelrio es 2 — La sede electrónica estará disponible para todos los ciudadanos de forma permanente y gratuita 3.— La fecha y hora oficial de la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río corresponde a la de la España

peninsular conforme a lo establecido en el ENI 4 — El Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río responderá de la integridad, veracidad y actualización de la información

y de los servicios del propio Ayuntamiento a los que se pueda acceder a través de la sede electrónica, en los términos del artículo 7 del RDLAE

5 — La gestión de las infraestructuras y aplicaciones corresponderá al Servicio que tenga atribuida la competencia según la normativa de organización del Ayuntamiento

6 — Corresponde la permanente actualización de los contenidos y de los servicios puestos a disposición de los ciudadanos en la sede electrónica, a cada uno de los responsables de los Servicios, de conformidad con las competencias atribuidas en las normas de organización del Ayuntamiento

7 — La sede electrónica del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río estará dotada de las medidas de seguridad que ga-ranticen la autenticidad e integridad de sus contenidos, así como el acceso permanente a los mismos, con sujeción a las prescripciones establecidas en el ENS

8.— La identificación de la sede electrónica se llevará acabo mediante certificado de sede, consistente en certificado del servi-dor donde se aloja la información o cualquier otro certificado de dispositivo seguro o medio equivalente conforme a las características y requisitos establecidos en el ENS

El sistema de verificación de los certificados de la sede estará accesible de forma directa y gratuita.9 — El Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río publicará en la sede electrónica la declaraciones de conformidad y los

distintivos de seguridad obtenidos respecto al cumplimiento de los Esquemas Nacionales de Seguridad y de Interoperabilidad

Artículo 6. Contenido y servicios de la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río.El Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río contemplará para la sede electrónica las características y contenidos mínimos

expresados en el artículo 10 y siguientes del Título II, Capítulo I de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadano a los Servicios Públicos, garantizando en todo caso la identificación del titular de la sede y los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas

Artículo 7. Canales de acceso.1 — El Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río garantizará el acceso a los servicios disponibles en la Sede Electrónica a

través, al menos, de los siguientes canales:a) Acceso electrónico, a través de la sede electrónica b) Atención presencial, en las oficinas del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río, conforme a las competencias defi-

nidas en las normas sobre organización administrativa, que pondrán a disposición de los ciudadanos, de forma gratuita, los medios e instrumentos precisos para ejercer los derechos reconocidos en la LAE, debiendo contar con la asistencia necesaria para su utilización bien a cargo del personal de las oficinas o bien por sistemas incorporados al propio medio o instrumento

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 35

c) Atención telefónica, que en la medida en que los criterios de seguridad y las posibilidades técnicas lo permitan, faciliten a los ciudadanos el acceso a las informaciones y servicios electrónicos a los que se refieren los artículos anteriores.

A medida que las posibilidades técnicas y presupuestarias del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río lo permitan, se faci-litarán servicios de atención con otras tecnologías disponibles que pongan a disposición de los ciudadanos nuevos canales de acceso, a su elección, que se publicarán en la sede electrónica

2.— En la sede electrónica se expresarán los números de teléfono y las oficinas a través de los cuales pueden accederse a los servicios disponibles en la sede

3 — Para la formulación de quejas y sugerencias la sede electrónica dispondrá de una o varias direcciones electrónicas y for-mularios adecuados a tal propósito

Artículo 8. Tablón de anuncios electrónico.1 — Los actos y comunicaciones que, por disposición legal o reglamentaria, se hubieran de publicar en el tablón de anuncios

del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río, podrán ser publicados en el tablón de anuncios electrónico debiéndose indicar el ca-rácter sustitutivo o complementario de la publicación física

2 — El acceso al tablón de anuncios electrónico no requerirá ningún mecanismo especial de acreditación de la identidad del ciudadano

3 — El tablón de anuncios dispondrá de los sistemas y mecanismos que garanticen la autenticidad, la integridad y la disponibi-lidad del contenido, en los términos previstos en la LAE, y se publicará en la sede electrónica del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río, así como se facilitará su consulta en la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento, sita en su sede en la Plaza de Andalucía de este municipio, a cuyo fin existirá en dicha oficina al menos un terminal informático.

4 — El tablón de anuncios electrónico estará disponible todos los días del año durante las veinticuatro horas del día Cuando por razones técnicas se prevea que el tablón puede no estar operativo se deberá anunciar a los usuarios con la máxima antelación posible indicando los medios alternativos disponibles

Sección 2.ª De la identificación y autenticación de los ciudadanos y la identificación y acreditación del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río.

Artículo 9. Identificación de los ciudadanos y autenticación de su actuación.1 — Los ciudadanos podrán utilizar para relacionarse con el Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río, los siguientes siste-

mas para su identificación electrónica y para la autenticación de los documentos electrónicos que produzcan:a) Los sistemas de firma electrónica incorporados al Documento Nacional de Identidad, en todo caso, y los sistemas de firma

electrónica avanzada, incluyendo los basados en certificado electrónico reconocido, admitidos por el Excmo. Ayuntamien-to de Palomares del Río, cuya relación se publicará en la sede electrónica, con sujeción a los criterios contenidos en el artículo 15 de la LAE y a las normas dictadas en su desarrollo, así como en la política de firma electrónica y de certificados del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río

b) Otros sistemas de firma electrónica, como la utilización de claves concertadas en un registro previo como usuario, la apor-tación de información conocida por ambas partes u otros sistemas no criptográficos, en los términos y condiciones que se determinen en la política de firma electrónica y de certificados del Ayuntamiento, que será aprobada mediante Decreto de la Alcaldía, con indicación de las actuaciones en las que son admisibles estos medios de identificación y autenticación.

2.— Las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica podrán utilizar sistemas de firma electrónica de persona física que las representen. Los certificados de persona jurídica sólo se utilizarán cuando los sistemas existentes en el Ayuntamiento puedan aceptarlos

3.— El uso de la firma electrónica no excluye la obligación de incluir en el documento o comunicación electrónicos los datos de identificación que sean necesarios conforme a la legislación aplicable.

El uso por los particulares de sistemas de firma electrónica implicará que el Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río puede tratar los datos personales consignados, a los solos efectos de verificación de la firma.

4.— La identificación y autenticación de los ciudadanos podrá también realizarse a través de empleados públicos habilitados, en los procedimientos en los que así se establezca y en los que resulte necesaria la utilización de sistemas de firma electrónica de los que los interesados no dispongan

A tal efecto, el ciudadano habrá de identificarse ante el funcionario y prestar consentimiento expreso, debiendo quedar constan-cia de ello para los casos de discrepancia o litigio

5 — El Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río mantendrá actualizado un registro de funcionarios habilitados para la iden-tificación o acreditación de la voluntad de los ciudadanos prevista en el apartado anterior, cuyo funcionamiento se regulará mediante Decreto de la Alcaldía, incluyendo el sistema para la determinación de los funcionarios que puedan ser habilitados y el alcance de la habilitación El mencionado registro será público y accesible en la sede electrónica

Artículo 10. Identificación y acreditación de la voluntad del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río.1 — De conformidad con lo establecido en el artículo 13 3 de la LAE, el Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río podrá

utilizar los siguientes sistemas para su identificación electrónica y para la autenticación de los documentos electrónicos que produzcan:a) En actuaciones administrativas automatizadas el Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río determinará mediante De-

creto de la Alcaldía, los supuestos de utilización de los sistemas de firma electrónica mediante sello electrónico y sistemas de código seguro de verificación de documentos, siguiendo las prescripciones establecidas en los artículos 19 y 20 del RD-LAE, los artículos 18 y siguientes del Real Decreto 4/2010,de 8 de enero, y de acuerdo con la política de firma electrónica y de certificados Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río..

b) El personal al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río utilizará los siguientes sistemas de firma electrónica: — La firma electrónica basada en el Documento Nacional de Identidad. — La firma electrónica establecida en la «Plataforma @FIRMA», o en los sistemas que pudieran sustituirlo o completarlo. — La firma electrónica basada en certificado de empleado público al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del

Río en los términos establecidos en los artículos 21 y 22 del RDLAE, y conforme a la resolución de la Alcaldía que apruebe la política de firma electrónica y de certificados del Ayuntamiento.

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c) El intercambio electrónico de datos transmitidos en entornos cerrados de comunicación será válido a efectos de autentica-ción e identificación de los emisores y receptores de conformidad con las condiciones y garantías que se determinen en los convenios que los regulen que, en todo caso, deberán garantizar la seguridad del entorno y la protección de los datos que se transmitan, conforme al artículo 4 de esta Ordenanza

2.— El Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río aprobará, mediante decreto de la Alcaldía, y publicará su política de firma electrónica y de certificados partiendo de la norma técnica establecida a tal efecto en la disposición adicional primera del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, y conforme a las determinaciones establecidas en los artículos 18 y siguientes del mismo

3 — Asimismo el Ayuntamiento aprobará mediante decreto de la Alcaldía, su política de seguridad en base a los principios básicos y requisitos mínimos establecidos en el ENS. La política de seguridad deberá identificar a los responsables de velar por su cumplimiento y ser conocida por todos los miembros de la Corporación

4 — La seguridad y la interoperabilidad de la sede y la del registro electrónico, así como la del acceso electrónico de los ciuda-danos a los servicios públicos, se regirán por lo establecido en los Esquemas Nacionales de Seguridad y de Interoperabilidad

Sección 3.ª Del registro y las comunicaciones y notificaciones electrónicas.

Artículo 11. Registro electrónico del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río.1 — Mediante esta Ordenanza se crea y regula el Registro Electrónico del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río, ac-

cesible en su sede electrónica para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones, en la forma y con el alcance y funciones previstos en los artículos 24 y 25 de la LAE, y 26 a31 del RDLAE

2 — El Registro Electrónico se integrará a todos los efectos en el Registro General del Ayuntamiento, y tendrá carácter volun-tario para los ciudadanos, salvo en los supuestos previstos en esta Ordenanza y en los que se establezca reglamentariamente la obliga-toriedad del uso de los medios electrónicos para relacionarse con el Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río, de conformidad con lo previsto en el artículo 27 6 de la LAE

En particular tendrá carácter obligatorio el uso de medios electrónicos en la presentación de los anuncios para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla de conformidad con lo establecido en su Ordenanza reguladora.

3 — La existencia del Registro General, en el que se integra el registro electrónico, se entiende sin perjuicio de su organización desconcentrada en registros auxiliares

4 — El acceso al Registro electrónico se podrá hacer durante las veinticuatro horas del día, todos los días del año A los efectos de cómputo de plazos, la recepción de documentos en día inhábil se entenderá efectuada el primer día hábil siguiente

5.— El Registro electrónico tendrá la fecha y hora oficial correspondiente a la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río, que será la oficial peninsular conforme a lo que establece el ENI. El calendario de días inhábiles a efectos de este registro electrónico será el que corresponde a este municipio en donde está domiciliado el titular de la sede electrónica

6 — En ningún caso tendrán la condición de Registro Electrónico del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Ríolos buzones de correo electrónico corporativo asignados a los empleados públicos o a las distintas unidades y órganos

7 — Tampoco tendrán la consideración de registro electrónico los dispositivos de recepción de fax, salvo aquellos supuestos expresamente previstos en el ordenamiento jurídico

Artículo 12. Gestión del Registro.1 — Es responsable de la gestión del Registro Electrónico del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río el Servicio que tenga

atribuida la competencia en las normas sobre organización, bajo la dirección de la Secretaria del Ayuntamiento 2.— Corresponde al Alcalde la aprobación y modificación de la relación de documentos electrónicos normalizados, que sean

del ámbito de competencia del registro Asimismo le corresponde, a propuesta de los Servicios correspondientes, de la Secretaría o a iniciativa propia, la aprobación y modificación de los formularios correspondientes, con especificación de los campos de los mismos de obligada cumplimentación y de los criterios de congruencia de los datos a consignar en el formulario Los propios formularios deberán marcar de forma precisa los campos obligatorios

Artículo 13. Documentos admisibles.1 — El Registro Electrónico admitirá a través de las aplicaciones informáticas habilitadas:a) Documentos electrónicos normalizados o formularios correspondientes a servicios, procedimientos y trámites que se es-

pecifiquen en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río.b) Cualquier documento electrónico distinto de los mencionados en el apartado anterior dirigido al Excmo Ayuntamiento

de Palomares del Río, cuya presentación se efectuará adjuntándose a un formulario general que estará disponible en la aplicación del Registro Electrónico

2 — Mediante el correspondiente convenio de colaboración, el Registro Electrónico del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río podrá admitir solicitudes, escritos y comunicaciones del ámbito competencial de la Administración Pública con la que se acuer-de, o recibir solicitudes, escritos y comunicaciones presentados en esta última de la competencia del Ayuntamiento

3 — La presentación de solicitudes, escritos o comunicaciones en el Registro electrónico tendrá los mismos efectos que la presentación efectuada por el resto de medios admitidos por el artículo 38 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre

4.— El Registro Electrónico rechazará de forma automática las solicitudes, escritos y comunicaciones a que se refiere el primer apartado del artículo 29 del RDLAE, realizando en la misma sesión la información y advertencias a que alude el apartado 2 del citado artículo, y dando opción al interesado para solicitar el justificante del intento de presentación a que se refiere este mismo precepto, salvo que la información sobre el intento conste en la visualización de la pantalla deforma imprimible o descargable por el interesado

5 — Cuando concurriendo las circunstancias previstas para el rechazo automático, éste no se hubiera producido, se requerirá al interesado la subsanación, advirtiéndole que, de no ser atendido el requerimiento, la presentación del documento electrónico carecerá de validez o eficacia.

6.— La presentación de los textos a publicar en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla se realizará ante el Registro Elec-trónico de la Diputación que estará accesible en la sede electrónica o bien a través de la Oficina Virtual del boletín en la «Plataforma BOPSevill@», donde existirá un enlace con el mencionado registro electrónico

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Excepcionalmente, se admitirá la presentación en soporte papel ante el registro presencial cuando se acredite que no se dispone, por causa justificada, de los medios tecnológicos precisos de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.6 dela LAE. En todo caso la presentación de estos textos será única, debiéndose registrar a través de un único asiento conforme al artículo 16 2 de esta Ordenanza

Artículo 14. Presentación de documentación complementaria.1.— Cuando se presenten documentos normalizados o formularios incluidos en la relación a que se refiere el artículo 12.2 de

esta Ordenanza, las aplicaciones gestoras correspondientes podrán, de acuerdo con las normas que regulen el respectivo procedimiento, admitir o requerir la presentación de documentos electrónicos anejos al mismo La posibilidad de esta presentación existirá en todo caso cuando se trate de una presentación electrónica no sujeta a formulario específico.

2 — Cuando el ciudadano hubiera optado por la presentación electrónica y deba acompañar documentos no disponibles en formato electrónico y que, por su naturaleza, no sean susceptibles de aportación utilizando el procedimiento de copia digitalizada pre-visto en el artículo 35 2 de la LAE y en el artículo 23 de esta Ordenanza, podrá aportar los mismos por vía no electrónica, indicando la información a que se refiere el apartado 4 siguiente.

3 — Si en un momento posterior a la presentación de un formulario electrónico, el interesado, por propia iniciativa o en trámite de subsanación, debiese aportar documentos complementarios omitidos en la presentación de dicho formulario, lo podrá presentar también por vía electrónica, utilizando, si lo hubiere, un formulario específico para tal propósito.

4 — Cuando el sistema de presentación electrónica no permita determinar de forma automática la comunicación, escrito o solicitud del que sea complementaria la documentación aportada o el procedimiento o expediente con el que se relaciona, el interesado deberá aportar la información que permita identificar el expediente en el que haya de surtir efectos, el número o, en su defecto, el código de registro individualizado al que se refiere el artículo 17 de esta Ordenanza.

5 — De acuerdo con la capacidad de los instrumentos informáticos y vías de comunicación disponibles, podrá limitarse me-diante Decreto de la Alcaldía la extensión máxima de los documentos complementarios posibilitando su presentación fraccionada e informando de ello en la sede electrónica del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río

Artículo 15. Cómputo de plazos.1 — El Registro Electrónico permitirá la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones todos los días del año, durante

las veinticuatro horas del día, sin perjuicio de las interrupciones justificadas de mantenimiento técnico u operativo, que se anunciarán con la antelación que resulte posible en la sede electrónica

2.— En supuestos de interrupción no planificada en el funcionamiento del registro electrónico, y siempre que sea posible, se dispondrán las medidas para que el usuario resulte informado de esta circunstancia así como de los efectos de la suspensión, con indi-cación expresa, en su caso, de la prórroga de los plazos de inminente vencimiento

3 — Conforme a lo establecido en el artículo 26 1 de la LAE, la fecha y hora a computar en las anotaciones del Registro Elec-trónico será la oficial de la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río, que figurará visible al usuario.

4 — El cómputo de plazos se realizará conforme a lo dispuesto en los apartados 3, 4 y 5 del artículo 26 de la LAE 5 — Determinado el día de presentación del documento, el cómputo del plazo respectivo del procedimiento atenderá al calen-

dario aplicable conforme a la normativa de procedimiento administrativo común

Artículo 16. Anotaciones de los asientos en el Registro Electrónico.1 — La recepción y la remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones dará lugar a los asientos correspondientes en el

Registro Electrónico, utilizándose medios electrónicos seguros para la realización de los asientos y la recuperación de los datos de inscripción

2 — El sistema de información que soporte el Registro Electrónico garantizará la constancia de cada asiento de entrada o de salida que se practique y de su contenido, estableciéndose un registro por asiento en el que se identifique la documentación presentada o remitida, que se asociará al número de asiento correspondiente

3.— Cada asiento en el Registro Electrónico se identificará con los siguientes datos:a) Un código de registro individualizado b) La identidad del presentador o destinatario y, en su caso, del representado,mediante nombre y apellidos, documento na-

cional de identidad, número de identificación fiscal, número de identificación de extranjero, pasaporte o equivalente. En el caso de entidades, denominación y NIF. Asimismo, podrá hacerse constar la dirección a efectos de notificaciones, postal o electrónica

c) La fecha y hora de presentación o remisión d) En su caso, la identidad del órgano al que se dirige el documento electrónico e) Procedimiento o trámite con el que se relaciona f) Extracto del contenido del documento electrónico con indicación de la existencia, en su caso, de anexos g) Cualquier otra información que se considere pertinente en función del procedimiento electrónico origen del asiento Para los textos a publicar en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla se estará a lo dispuesto en su Ordenanza reguladora.

Artículo 17. Recibo de presentación.1.— El registro electrónico emitirá automáticamente por el mismo medio un recibo firmado electrónicamente por el Excmo.

Ayuntamiento de Palomares del Río, con el siguiente contenido:a) El número o código de registro individualizado b) La fecha y hora de presentación c) La copia del escrito, comunicación o solicitud presentada, siendo admisible a estos efectos la reproducción literal de los

datos introducidos en el formulario de presentación d) En su caso, la enumeración y denominación de los documentos adjuntos al formulario de presentación o documento

presentado, seguida de la huella electrónica de cada uno de ellos A estos efectos se entiende por la huella electrónica el resumen que se obtiene como resultado de aplicar un algoritmo matemático de resumen «hash» a la información de que se trate El acuse de recibo mencionará el algoritmo utilizado en la elaboración de la huella electrónica

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e) Cuando se trate de escritos que inicien un procedimiento, la información del plazo máximo establecido normativamente para la resolución del procedimiento y la notificación de la resolución así como de los efectos que pueda producir el silen-cio administrativo, cuando sea automáticamente determinable

2.— El recibo de presentación indicará que el mismo no prejuzga la admisión definitiva del escrito si concurriera alguna de las causas de rechazo contenidas en el artículo 29 1del RDLAE

3 — El traslado a los interesados del recibo de presentación de los escritos que deban motivar anotación en el Registro Elec-trónico se realizará, siempre que resulte posible, en la misma sesión en la que se realice la presentación, de forma tal que se garanticen plenamente la autenticidad, la integridad y el no repudio por el Ayuntamiento del contenido delos formularios presentados así como de los documentos anejos a los mismos, proporcionando a los ciudadanos los elementos probatorios plenos del hecho de la presentación y del contenido de la documentación presentada

Artículo 18. Notificaciones electrónicas.1.— Las notificaciones se efectuarán por medios electrónicos cuando así haya sido solicitado o consentido expresamente por el

interesado o cuando haya sido establecida como obligatoria conforme a lo dispuesto en el artículo 27 6 de la LAE 2.— Las notificaciones electrónicas de resoluciones y actos administrativos se realizarán de forma que cumplan las exigencias

técnicas establecidas en el artículo 32 del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, que regula el ENS 3.— La solicitud deberá manifestar la voluntad de recibir las notificaciones por alguna de las formas electrónicas reconocidas,

e indicar un medio de notificación electrónica válido conforme a lo establecido en la presente Ordenanza. Tanto la indicación de la preferencia en el uso de medios electrónicos como el consentimiento podrán emitirse y recabarse por medios electrónicos

4.— Cuando la notificación deba admitirse obligatoriamente por medios electrónicos, el interesado podrá elegir entre las dis-tintas formas disponibles salvo que la normativa que establece la notificación electrónica obligatoria señale una forma específica.

5 — Cuando, como consecuencia de la utilización en el mismo procedimiento de distintos medios, electrónicos o no elec-trónicos, se practiquen varias notificaciones de un mismo acto administrativo, se entenderán producidos todos los efectos jurídicos derivados de la notificación, incluido el inicio del plazo para la interposición de los recursos que procedan, a partir de la primera de las notificaciones correctamente practicada. El Ayuntamiento podrá advertirlo de este modo en el contenido de la propia notificación.

6.— Se entenderá consentida la práctica de la notificación por medios electrónicos respecto de una determinada actuación ad-ministrativa cuando, tras haber sido realizada por una de las formas válidamente reconocidas para ello, el interesado realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la resolución o acto objeto de la notificación. La notificación surtirá efecto a partir de la fecha en que el interesado realice dichas actuaciones

7.— Para facilitar la práctica de las notificaciones electrónicas, el Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río, podrá poner a disposición de los interesados sistemas de consulta y formularios normalizados que les faciliten:

— El cambio, en cualquier momento, del medio de notificación consentido o señalado como preferente por otro cualquiera de los admitidos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y normas concordantes, salvo en los casos en que fuera obligatoria la comunicación por medios electrónicos

— El conocimiento de las notificaciones electrónicas que, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 28 de la LAE, pudie-ran figurar como rechazadas por haber transcurrido diez días naturales sin haber accedido a su contenido. Esta circunstan-cia no afectará al cómputo de los plazos de notificación producidos. A estos efectos el contenido de las notificaciones estará disponible para los interesados en tanto se encuentren abiertos los plazos de recurso contra el acto notificado.

8.— En los casos previstos en el artículo 28.3 de la LAE, cuando la notificación no haya podido practicarse por imposibilidad técnica o material del acceso, esto es, por razones, debidamente acreditadas, imputables a circunstancias estrictamente objetivas y específicamente relacionadas con el servidor de correo electrónico o con el prestador de servicios de certificación que interviene en el proceso de notificación, se repetirá la notificación abriéndose un nuevo plazo de 10 días desde la puesta a disposición a los efectos previstos en el citado precepto

Artículo 19. Medios de notificación electrónica.1.— El Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río, habilitará sistemas de notificación electrónica de acuerdo con lo dispuesto

en los artículos 35 a 40 del RDLAE y en la presente Ordenanza 2.— La práctica de notificaciones por medios electrónicos podrá efectuarse, de alguna de las formas siguientes:a) Mediante la dirección electrónica habilitada que se establezca, conforme a los requisitos establecidos en el artículo 38 1

del RDLAE. Los ciudadanos podrán solicitar la apertura de esta dirección electrónica, que tendrá vigencia indefinida, excepto en los supuestos en que se solicite su revocación por el titular, por fallecimiento de la persona física o extinción de la personalidad jurídica, que una resolución administrativa o judicial así lo ordene o por el transcurso de tres años sin que se utilice para la práctica de notificaciones, supuesto en el cual se inhabilitará esta dirección electrónica, comunicándose así al interesado

b) Mediante sistemas de correo electrónico siempre que se genere automáticamente y con independencia de la voluntad del destinatario un acuse de recibo que deje constancia de su recepción y que se origine en el momento del acceso al contenido de la notificación.

c) Mediante comparecencia electrónica en la sede, consistente en el acceso por el interesado, debidamente identificado, al contenido de la actuación administrativa correspondiente a través de la Oficina Virtual del Ciudadano, cuando se den las siguientes condiciones:

— Que, con carácter previo al acceso a su contenido, el interesado pueda visualizar un aviso del carácter de notificación de la actuación administrativa que tendrá dicho acceso Asimismo para facilitar el conocimiento por los interesados de que se ha puesto a su disposición una notificación en la sede electrónica se utilizarán sistemas de aviso consistentes, preferentemente, en el envío de mensajes SMS al número de teléfono móvil que a estos efectos hayan designado, u otros sistemas sustitutivos o complementarios tales como correo electrónico a la dirección indicada u otros que se habiliten en la Red Provincial de Telecomunicaciones

— Que el sistema de información correspondiente deje constancia de dicho acceso con indicación de fecha y hora d) Otros medios de notificación electrónica que puedan establecerse, siempre que quede constancia de la recepción por el

interesado en el plazo y en las condiciones que se establezcan en su regulación específica.

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 39

Artículo 20. Expediente electrónico.1 — La formación de los expedientes electrónicos es responsabilidad del órgano encargado de su tramitación 2.— El foliado de los expedientes electrónicos se llevará acabo mediante un índice electrónico, firmado electrónicamente me-

diante los sistemas previstos en los artículos 18 y 19 de la LAE, y en los términos del artículo 32 2 de la citada Ley y conforme a la política de firma electrónica y de certificados del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río.

3 — Un mismo documento electrónico podrá formar parte de distintos expedientes, pudiendo incluir asimismo un expediente electrónico otros expedientes electrónicos si así lo requiere el procedimiento Excepcionalmente, cuando la naturaleza o la extensión de determinados documentos a incorporar al expediente no permitan o dificulten notablemente su inclusión en el mismo conforme a los estándares y procedimientos establecidos, deberán incorporarse al índice del expediente sin perjuicio de su aportación separada

4 — Los documentos que se integran en el expediente electrónico se ajustarán al formato o formatos de larga duración, accesi-bles en los términos que determina el ENI

Sección 4.ª De los documentos y los archivos electrónicos.

Artículo 21. Documentos y certificados electrónicos.1 — El Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río podrá emitir por medios electrónicos los documentos administrativos y

los certificados, que producirán idénticos efectos que los expedidos en soporte papel siempre que incorporen una o varias firmas elec-trónicas conforme a los artículos 18 y 19 de la LAE y a la política de firma electrónica y de certificados del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río, y se ajusten a los requisitos de validez previstos en la Ley 30/1992, de 26de noviembre, así como en los artículos 41 y 42 del RDLAE, y alas determinaciones de los Esquemas Nacionales de Seguridad y de Interoperabilidad

Los certificados electrónicos, además, deberán contar con la firma electrónica reconocida del Secretario del Ayuntamiento, o funcionario público con habilitación de carácter estatal en quien delegue o le supla, y el visto bueno del Alcalde

2 — El Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río usará estándares abiertos, así como, en su caso y de forma complementaria, estándares que sean de uso generalizado por los ciudadanos, al objeto de garantizar la independencia en la elección de alternativas tecnológicas por los ciudadanos y las Administraciones públicas y la adaptabilidad al progreso de la tecnología, y de forma que los documentos, servicios electrónicos y aplicaciones puestos a disposición de los ciudadanos o de otras Administraciones públicas serán visualizables, accesibles y funcionalmente operables en condiciones que permitan satisfacer el principio de neutralidad tecnológica y eviten la discriminación a los ciudadanos por razón de su elección tecnológica

3 — La información relativa a las marcas y sellos de tiempo se asociará a los documentos electrónicos en la forma que deter-mine el ENI

Artículo 22. Copias electrónicas de los documentos electrónicos realizados por el Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río.Las copias electrónicas de los documentos electrónicos originales tendrán la eficacia jurídica de documento electrónico original

siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art 43 del RDLAE

Artículo 23. Copias electrónicas de documentos en soporte no electrónico realizados por el Excmo. Ayuntamiento de Palo-mares del Río.

1 — Las copias electrónicas de los documentos en soporte papel o en otro soporte susceptible de digitalización realizadas por el Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río tendrán la naturaleza de copias electrónicas auténticas, con el alcance y efectos previstos en el artículo 46 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 44 del RD-LAE y en el ENI

2 — La digitalización de documentos en soporte papel por parte del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río se realizará de acuerdo con lo indicado en la norma técnica de interoperabilidad correspondiente en relación con los siguientes aspectos:

a) Formatos estándares de uso común para la digitalización de documentos en soporte papel y técnica de compresión emplea-da, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 2 de esta Ordenanza

b) Nivel de resolución c) Garantía de imagen fiel e íntegra.d) Metadatos mínimos obligatorios y complementarios, asociados al proceso de digitalización 3 — La gestión y conservación del documento electrónico digitalizado atenderá a la posible existencia del mismo en otro so-

porte

Artículo 24. Copias en papel de los documentos públicos administrativos electrónicos realizados por el Excmo. Ayuntamien-to de Palomares del Río.

Para que las copias emitidas en papel de los documentos públicos administrativos electrónicos tengan la consideración de co-pias auténticas deberán cumplirse los siguientes requisitos:

a) Que el documento electrónico copiado sea un documento original o una copia electrónica auténtica del documento elec-trónico o en soporte papel original, emitido conforme a lo previsto en el RDLAE y en la presente Ordenanza

b) La impresión en el mismo documento de un código generado electrónicamente u otro sistema de verificación, con indi-cación de que el mismo permite contrastar la autenticidad de la copia mediante el acceso a los archivos electrónicos del órgano u organismo público emisor

c) Que la copia sea obtenida conforme a las normas de competencia y procedimiento contenidas en la normativa de organi-zación del Ayuntamiento, incluidas las de obtención automatizadas

Artículo 25. Destrucción de documentos en soporte no electrónico.1 — Los documentos originales y las copias auténticas en papel o cualquier otro soporte no electrónico admitido por la ley

como prueba, de los que se hayan generado copias electrónicas auténticas, podrán destruirse en los términos y condiciones que se de-terminen en las resoluciones por las que se acuerden los procesos de destrucción conforme a lo dispuesto en la normativa en materia de Archivos, cumpliendo los siguientes requisitos:

a) La destrucción requerirá una resolución adoptada por el Alcalde del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río, previo el oportuno expediente de eliminación, en el que se determinen la naturaleza específica de los documentos susceptibles de destrucción, los procedimientos administrativos afectados, las condiciones y garantías del proceso de destrucción, y la

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40 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

especificación delas personas u órganos responsables del proceso Las resoluciones que aprueben los procesos de destrucción regulados en el artículo 30 4 de la LAE, requerirán informe

previo de la Secretaría, así como un análisis de los riesgos realizado por los servicios encargados del Archivo, relativos al supuesto de destrucción de que se trate, con mención explícita de las garantías de conservación de las copias electrónicas y del cumplimiento de las condiciones de seguridad que, en relación con la conservación y archivo de los documentos elec-trónicos, establecen los Esquemas Nacionales de Seguridad y de Interoperabilidad, así como la legislación sobre Archivos

b) Que no se trate de documentos con valor histórico, artístico o de otro carácter relevante que aconseje su conservación y protección, o en el que figuren firmas u otras expresiones manuscritas o mecánicas que confieran al documento un valor especial

Artículo 26. Imágenes electrónicas aportadas por los ciudadanos.Los interesados podrán aportar al expediente, en cualquier fase del procedimiento, copias digitalizadas de los documentos,

cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada, de conformidad con el artículo 35.2 de la LAE, y el artículo 48 del RDLAE Las mencionadas imágenes electrónicas carecerán del carácter de copia auténtica y deberán ajustarse a los formatos y estándares aprobados en el ENI En caso de incumplimiento de este requisito, se requerirá al interesado para la subsanación del defecto advertido, en los términos establecidos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre

Artículo 27. Obtención por los ciudadanos de copias electrónicas de documentos electrónicos.1 — Los ciudadanos podrán ejercer el derecho a obtener copias electrónicas de los documentos electrónicos que formen parte

de procedimientos en los que tengan condición de interesados de acuerdo con lo dispuesto en la normativa reguladora del respectivo procedimiento

La obtención de la copia podrá realizarse mediante extractos de los documentos o se podrá utilizar otros métodos electrónicos que permitan mantener la confidencialidad de aquellos datos que no afecten al interesado.

2 — La incorporación, en su caso, de documentos en soporte papel en los trámites y procedimientos administrativos que se tramiten por vía electrónica se hará mediante la compulsa electrónica de estos documentos conforme a lo establecido en el artículo 23 de esta Ordenanza

Los documentos compulsados electrónicamente tendrán la consideración de copias auténticas, a los efectos que prevé el artí-culo 46 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común

Artículo 28. Archivo electrónico de documentos.1 — El Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río deberá conservar en soporte electrónico todos los documentos electrónicos

utilizados en actuaciones administrativas que formen parte de un expediente administrativo, así como aquellos otros que tengan valor probatorio de las relaciones entre los ciudadanos y la Administración

2.— El Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río adoptará las medidas organizativas y técnicas necesarias con el fin de garantizar la interoperabilidad en relación con la recuperación y conservación de los documentos electrónicos a lo largo de su ciclo de vida, con sujeción a lo establecido en los artículos 21 y siguientes del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero

3 — Para preservar la conservación, el acceso y la legibilidad de los documentos electrónicos archivados, podrán realizarse operaciones de conversión, de acuerdo con las normas sobre copiado de dichos documentos contenidas en el RDLAE y en los Esque-mas Nacionales de Seguridad y de Interoperabilidad, así como en la presente Ordenanza, y de conformidad con lo establecido en la legislación en materia de Archivos

4 — Los responsables del Archivo Electrónico promoverán el copiado auténtico con cambio de formato de los documentos y expedientes del archivo tan pronto como el formato de los mismos deje de figurar entre los admitidos en la gestión pública por el ENI.

5 — Para asegurar la conservación de los documentos electrónicos se aplicará lo previsto en el ENS en cuanto al cumplimento de los principios básicos y de los requisitos mínimos de seguridad mediante la aplicación de las medidas de seguridad adecuadas a los medios y soportes en los que se almacenen los documentos, de acuerdo con la categorización delos sistemas

6 — Cuando los citados documentos electrónicos contengan datos de carácter personal les será de aplicación lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y su normativa de desarrollo

7.— Los aspectos relativos a la firma electrónica en la conservación del documento electrónico se establecerán en la Política de firma electrónica y de certificados del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río, y a través del uso de formatos de firma longeva que preserven la conservación de las firmas a lo largo del tiempo.

capítulo iiiGestión electrónica de los procedimientos

Artículo 29. Criterios de la gestión electrónica de los procedimientos.El Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río, impulsará la aplicación de medios electrónicos a los procesos de trabajo y la

gestión de los procedimientos y de la actuación administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 33 y 34 de la LAE, y su normativa de desarrollo, así como en la presente Ordenanza

Artículo 30. Iniciación del procedimiento por medios electrónicos.1 — La iniciación del procedimiento por medios electrónicos se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 35 de la

LAE, a cuyo fin se pondrá a disposición de los interesados en la sede electrónica los correspondientes modelos o sistemas normaliza-dos de solicitud En todo caso, deberán establecerse tales modelos cuando concurra la circunstancia señalada en el artículo 70 4 o en relación con las comunicaciones previas y declaraciones responsables a las que se refiere el artículo 71 bis, ambos artículos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre

Los sistemas normalizados de solicitud podrán incluir comprobaciones automáticas de la información aportada respecto de datos almacenados en sistemas propios o pertenecientes a otras administraciones e, incluso, ofrecer el formulario cumplimentado, en todo o en parte, con el objeto de que el ciudadano verifique la información y, en su caso, la modifique y complete.

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2 — Los modelos a los que se refiere el apartado anterior podrán integrarse en sistemas normalizados de solicitud que permitan la transmisión por medios electrónicos de los datos e informaciones requeridos siempre que se garantice el cumplimiento de los requi-sitos contemplados en la legislación administrativa Los sistemas normalizados de solicitud deberán establecerse por resolución del Alcalde y publicarse en la sede electrónica del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río

Artículo 31. Comunicación a los interesados en un procedimiento.Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 17,apartado 1, letra e) de esta Ordenanza, la emisión de la comunicación al intere-

sado prevista en el artículo 42, apartado 4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se emitirá por el órgano administrativo competente para la instrucción del procedimiento de que se trate y tendrá, como mínimo, el siguiente contenido:

a) Denominación y objeto del procedimiento b) El número o código de registro individualizado que identifique el expediente.c) Especificación del plazo máximo para resolver y notificar la resolución y de la fecha a partir de la cual se inicia el cómputo

de dicho plazo d) Efectos que puede producir el silencio administrativo, si transcurre el plazo señalado sin que se haya dictado y notificado

la resolución correspondiente e) Medios que se podrán utilizar para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento, incluyendo, en

su caso, teléfono, dirección postal, fax, correo electrónico, sede electrónica y cualquier otro medio electrónico 2.— La comunicación se remitirá al lugar que el interesado haya indicado en su solicitud a los efectos de recibir notificaciones

y, por el medio señalado como preferente en la misma 3 — La emisión de la comunicación no será necesaria en los siguientes casos:a) Cuando los interesados formulen solicitudes cuya única petición sea la suspensión de la ejecución de un acto impugnado

en vía de recurso b) Cuando, dentro del plazo establecido para emitir la comunicación a la que se refiere este artículo, se dicte y se notifique la

resolución expresa correspondiente que ponga final procedimiento.4 — En los procedimientos iniciados a través de la ventanilla única a que hace referencia el artículo 18 de la Ley 17/2009, de 23

de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, la comunicación deberá realizarse en un plazo máximo de cinco días

Artículo 32. Instrucción del procedimiento utilizando medios electrónicos.1 — La instrucción de los procedimientos por medios electrónicos se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo

36 de la LAE, así como en la legislación de procedimiento administrativo común o especial que resulte aplicable, y en esta Ordenanza 2 — Cuando un procedimiento iniciado electrónicamente no se pueda tramitar en su totalidad de esta manera, el Servicio

competente para su tramitación procederá a la reproducción en soporte papel de las solicitudes, comunicaciones y demás documentos electrónicos que se consideren necesarios, pudiendo continuar la tramitación del expediente de forma no electrónica

En todo caso, para garantizar la concordancia entre los documentos electrónicos originales y su reproducción en papel, se estará a lo establecido en el artículo 23 de esta Ordenanza

De no ser posible la impresión de un código generado electrónicamente o la utilización de otro sistema de verificación auto-mático, el secretario o funcionario habilitado extenderá una diligencia en la que hará constar la coincidencia de la copia en papel con el documento electrónico original, incluyendo todas aquellas diligencias que faciliten la recuperación del documento electrónico, que en ningún caso podrá ser destruido

3 — La gestión electrónica del procedimiento garantizará en todo caso el ejercicio efectivo de los controles internos preceptivos conforme a la legalidad vigente

Artículo 33. Acceso de los interesados a la información sobre el estado de la tramitación.El Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río habilitará en la Oficina Virtual del Ciudadano, servicios electrónicos de infor-

mación sobre el estado de la tramitación de los procedimientos administrativos de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la LAE

Artículo 34. Terminación del procedimiento.La resolución que ponga fin a un procedimiento electrónico cumplirá con los requisitos previstos en el artículo 89 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, e incorporará la firma electrónica reconocida del órgano administrativo competente para dictar la reso-lución

Artículo 35. Actuación administrativa automatizada.En los casos de actuaciones automatizadas en los términos establecidos en el artículo 39 de la LAE, se considerará a la Alcaldía

como el órgano responsable a efectos de impugnación

Disposición adicional. Política de creación y conservación del Archivo Electrónico Municipal y de gestión de documentos electrónicos.

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 28 2 de esta Ordenanza, el Servicio competente, a propuesta del Servicio de Archivo, elaborará la propuesta de política de creación y conservación del Archivo Electrónico Municipal así como la política de gestión de documentos electrónicos, en un plazo no superior a XXXXX años desde la entrada en vigor de esta Ordenanza

Disposición transitoria única. Régimen transitorio.Esta Ordenanza no se aplicará a los procedimientos iniciados con anterioridad a su entrada en vigor El Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río adecuará las herramientas tecnológicas y sus aplicaciones y medios infor-

máticos para que las previsiones contenidas en esta Ordenanza sean aplicables desde su entrada en vigor En todo caso los derechos reconocidos a los ciudadanos de acceso electrónico a los servicios públicos en el ámbito de la administración del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río podrán ser ejercidos en relación con la totalidad de los procedimientos y actuaciones de su competencia, a partir del año 2015

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42 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

Disposición final primera. Habilitación normativa.Se autoriza al Alcalde del Excmo Ayuntamiento de Palomares del Río para que dicte cuantas resoluciones sean necesarias para

el desarrollo y ejecución de lo previsto en esta Ordenanza y pueda disponer la modificación de los aspectos técnicos que sean conve-nientes por motivos de normalización, interoperabilidad o, en general, adaptación al desarrollo tecnológico, dando cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que éste celebre

Disposición final segunda. Regulación de nuevos procedimientos y trámites.A partir de la entrada en vigor de esta Ordenanza, cualquier regulación que se efectúe de nuevos procedimientos y trámites ad-

ministrativos, o modificación de los existentes, tendrá que prever su tramitación por medios electrónicos y se ajustará a las condiciones y a los requisitos previstos en esta Ordenanza

Disposición final tercera. Entrada en vigor.1 — En todo lo no regulado, en la presente Ordenanza, se estará a lo que determina la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la Ley

11/2007, de 22 de junio, el RDLAE, el Real Decreto3/2010, de 8 de enero y el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero y demás legislación que resulte aplicable

2 — La presente Ordenanza entrará en vigor de conformidad con lo establecido en el artículo 70 2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local

34W-10469————

SANLÚCAR LA MAYOR

El Sr Alcalde, mediante Decreto núm 541/14, de fecha 8 de septiembre de 2014, dictó la siguiente resolución:«Decreto 541/2014:En Sanlúcar la Mayor a 8 de septiembre de 2014 Visto el artículo número 51 del Código Civil, conforme a la redacción dada al mismo por la Ley 35/94, de 23 de diciembre, de

modificación del Código Civil en materia de autorización de matrimonio civil por los Alcaldes y a la Instrucción de fecha 26 de enero de 1995, dictada por la Dirección General de Registros y Notariado, sobre las directrices sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes

En uso de las atribuciones que legalmente me son conferidas, por medio del presente, vengo en resolver:Primero Delegar en el Teniente de Alcalde de esta Corporación don Juan Antonio Naranjo Rioja, para que autorice el matrimo-

nio civil que celebrarán don Javier Vázquez Expósito y doña María Garrido Gómez el próximo día 12 de septiembre a las 21,00 horas Segundo Notifíquese al interesado así como al Sr Juez encargado del Registro Civil de esta localidad y transcríbase a su Libro

de Registro correspondiente Tercero. Publicar la presente Resolución en el «Boletín Oficial» de la provincia.»Sanlúcar la Mayor, 8 de septiembre de 2014 —El Alcalde, Antonio Manuel Pérez Márquez

265W-10395————

SANLÚCAR LA MAYOR

El Sr Alcalde, mediante Decreto núm 517/14, de fecha 29 de agosto de 2014, dictó la siguiente resolución:«Decreto 517/2014:En Sanlúcar la Mayor a 29 de agosto de 2014 Visto el artículo número 51 del Código Civil, conforme a la redacción dada al mismo por la Ley 35/94, de 23 de diciembre, de

modificación del Código Civil en materia de autorización de matrimonio civil por los Alcaldes y a la Instrucción de fecha 26 de enero de 1995, dictada por la Dirección General de Registros y Notariado, sobre las directrices sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes

En uso de las atribuciones que legalmente me son conferidas, por medio del presente, vengo en resolver:Primero Delegar en la Concejal de esta Corporación don Manuel Jesús Reyes Robayo, para que autorice el matrimonio civil

que celebrarán don Iñaki Bregel Del Barco y doña María Aurora Ibáñez Alfonso, el próximo día 30 de agosto a las 20,00 horas Segundo Notifíquese al interesado así como al Sr Juez encargado del Registro Civil de esta localidad y transcríbase a su Libro

de Registro correspondiente Tercero. Publicar la presente Resolución en el «Boletín Oficial» de la provincia.»Sanlúcar la Mayor, 8 de septiembre de 2014 —El Alcalde, Antonio Manuel Pérez Márquez

265W-10353————

SANLÚCAR LA MAYOR

El Sr Alcalde, mediante Decreto núm 530/14, de fecha 3 de septiembre de 2014, dictó la siguiente resolución:«Decreto 530/2014:En Sanlúcar la Mayor a 3 de septiembre de 2014 Visto el artículo número 51 del Código Civil, conforme a la redacción dada al mismo por la Ley 35/94, de 23 de diciembre, de

modificación del Código Civil en materia de autorización de matrimonio civil por los Alcaldes y a la Instrucción de fecha 26 de enero de 1995, dictada por la Dirección General de Registros y Notariado, sobre las directrices sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 43

En uso de las atribuciones que legalmente me son conferidas, por medio del presente, vengo en resolver:Primero Delegar en la Concejal de esta Corporación doña Pilar Moreno Muñoz, para que autorice el matrimonio civil que

celebrarán don Manuel Alejandro Mazo Cañas y doña Chadia Ahmed Al Lal el próximo día 6 de septiembre a las 20,00 horas Segundo Notifíquese al interesado así como al Sr Juez encargado del Registro Civil de esta localidad y transcríbase a su Libro

de Registro correspondiente Tercero. Publicar la presente Resolución en el «Boletín Oficial» de la provincia.»Sanlúcar la Mayor, 8 de septiembre de 2014 —El Alcalde, Antonio Manuel Pérez Márquez

265W-10352————

SANLÚCAR LA MAYOR

Don Antonio Manuel Pérez Márquez, Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta ciudad Hace saber: Que no habiéndose podido llevar a cabo notificación conforme a lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, a la persona que a continuación se relaciona, por desconocimiento de su nuevo domicilio, por medio del presente edicto se hace pública las notificaciones de dicho expediente.

Nombre y apellidos: Julio Sánchez Cobos Expte : SC/JGL/12/07/13 Documento: Notificación sobre subsanación de deficiencias en relación con la solicitud de creación de una plaza de

discapacitado en calle Pío XII El correspondiente expediente obra en la Secretaria de este Ayuntamiento, donde puede acceder al mismo En Sanlúcar la Mayor a 17 de junio de 2014 —El Alcalde-Presidente, Antonio Manuel Pérez Márquez

34W-7529————

SANTIPONCE

En virtud de lo dispuesto en los artículos 59 5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado abajo referenciado, el siguiente acto administrativo, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en la sede de este Ayuntamiento, sita en la calle Arroyo s/n de Santiponce (Sevilla)

Expediente: 3MA/2013. Interesado: Don José Borrego Vela. Vehículo matrícula: SE-1917-CS. Acto notificado: Declaración residuo sólido vehículo modelo Citroën Saxo. Fecha: 16/06/2014.Santiponce, 16 de junio de 2014 —El Alcalde, Gonzalo Valera Millán

34W-7530————

SANTIPONCE

En virtud de lo dispuesto en los artículos 59 5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado abajo referenciado, el siguiente acto administrativo, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en la sede de este Ayuntamiento, sita en la calle Arroyo s/n de Santiponce (Sevilla)

Expediente: 4MA/2013 Interesado: Don David Acebal Cano Vehículo matrícula: SE-1078-BF Acto notificado: Declaración residuo sólido vehículo modelo Opel Kadett.Fecha: 25 de junio de 2014 En Santiponce a 25 de junio de 2014.—El Alcalde–Presidente, Gonzalo Valera Millán.

8W-8034————

SANTIPONCE

Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación realizados en relación con el expediente relativo a la retirada de vehículos presumiblemente abandonados en vía pública, se procede a practicarla a través del presente anuncio, dando con ello cumpli-miento a lo dispuesto en el artículo 59 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así por Resolución de Alcaldía, de fecha 21 de abril de 2014 se acordó lo siguiente:

Resolución número 142 /2014 Ref/número: Policía/Secretaría Asunto: Vehículos abandonadosA la vista del acta de los agentes de la Policía Local números 14860 y 14905 de fecha de 7 de marzo de 2014, con relación al

posible abandono del vehículo Renault Kangoo de color blanco, matrícula 4347-BGC y de conformidad con el artículo 86 del Real

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44 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehí-culos a Motor y Seguridad Vial, resuelvo

Primero —Incoar procedimiento de traslado del vehículo al centro autorizado de tratamiento de vehículos Segundo —Requerir al titular del vehículo para que, en el plazo de un mes, proceda a su retirada de la vía pública advirtiéndole

que, en caso de no hacerlo, se procederá a su traslado al centro autorizado de tratamiento de vehículos para su posterior destrucción y descontaminación/adjudicación a los servicios de vigilancia y control del tráfico.

En el supuesto en que el titular haya manifestado en forma expresa su voluntad de abandonar el vehículo, el Alcalde dispondrá del mismo en beneficio de la Administración Municipal, conforme a lo dispuesto en la Orden de 14 de febrero de 1974, por la que se regula la Retirada de la Vía Pública y el Depósito de Vehículos Automóviles Abandonados

Contra la presenta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento de Santiponce, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso- administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso–Administrativo de Sevilla en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presenta notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso–Admi-nistrativa Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho

En Santiponce a 16 de junio de 2014 —La Secretaria, Lucía Rivera García 8W-8035

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TOCINA

Don Francisco José Calvo Pozo, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de este municipio Hace saber: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que

se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y una vez que han sido dictaminadas favorablemente por la Comisión Especial de Cuentas, se exponen al público las Cuentas Generales correspondientes a los ejercicios presupuestarios de los años 2004 a 2013, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes

En Tocina a 10 de septiembre de 2014 —El Alcalde, Francisco José Calvo Pozo 34W-10470

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UTRERA

Don Wenceslao Carmona Monje, Teniente de Alcalde del Área de Urbanismo, por delegación del sr Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta localidad,

Hace saber: Que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Excmo Ayuntamiento de Utrera, en sesión ordinaria, celebrada el día 14 de agosto de 2014, se admitió a trámite el proyecto de actuación para adecuación de instalaciones de una industria de enva-sado de aceite de oliva virgen, en finca sita en la carretera A-394, de Arahal a N-IV, polígono 13 parcela 40, con referencia catastral 41095A013000400000AA, finca registral número 7300 del término municipal de Utrera, presentado por doña M.ª José González Jiménez, DNI 28598932L, en nombre y representación de la entidad Campos de Olea, S L , CIF B91721688, y conforme al proyecto de actuación, anexo I y documentación complementaria, documentos redactados por el por el Ingeniero Técnico Agrícola don Antonio Madroñal Aniceno, de fechas agosto de 2013, 31 de diciembre de 2013 y 18 de junio de 2014

En virtud de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se somete el referido pro-yecto de actuación a información pública al objeto de que pueda ser examinado por el plazo de veinte días a partir de su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, por toda aquella persona que pueda resultar interesada. A estos efectos el expediente se encontrará de manifiesto en las Dependencias del Área de Urbanismo por el plazo señalado, de lunes a viernes en horas de 9.00 a 13.30 horas.

Utrera a 21 de agosto de 2014 —El 6 º Teniente Alcalde del Área de Urbanismo, Wenceslao Carmona Monje 2W-9920-P

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UTRERA

Don Wenceslao Carmona Monje, Teniente de Alcalde del Área de Urbanismo, por delegación del sr Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta localidad,

Hace saber: Que por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Excmo Ayuntamiento de Utrera, en sesión ordinaria, celebrada el día 14 de agosto de 2014, se admitió a trámite el proyecto de actuación para construcción de nave ganadera para explotación caprina en finca sita en polígono 35 parcela 8, con referencia catastral 41095A035000080000AW, finca registral número 26477 del término municipal de Utrera, presentado por doña Ana María Sánchez Soria, con DNI núm 48 983 127-G, y conforme al proyecto básico y de actuación de nave ganadera para caprino lechero, redactado por el Ingeniero Técnico Agrícola don Eduardo J Gómez Pérez, de fecha 18 de noviembre de 2013

En virtud de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se somete el referido pro-yecto de actuación a información pública al objeto de que pueda ser examinado por el plazo de veinte días a partir de su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, por toda aquella persona que pueda resultar interesada. A estos efectos el expediente se encontrará de manifiesto en las Dependencias del Área de Urbanismo por el plazo señalado, de lunes a viernes en horas de 9.00 a 13.30 horas.

Utrera a 21 de agosto de 2014 —El 6 º Teniente Alcalde del Área de Urbanismo, Wenceslao Carmona Monje 2W-9919-P

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Jueves 18 de septiembre de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 45

UTRERA

Don Wenceslao Carmona Monje, Sexto Teniente de Alcalde del Área de Urbanismo (P D del Sr Alcalde-Presidente, Decreto de 13 de marzo de 2014) del Excelentísimo Ayuntamiento de esta ciudad

Hace saber: Que no habiéndose podido llevar a cabo notificación conforme a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, por mantenerse ausentes de sus domicilios en horas de reparto o ser desconocidos en los mismos, por medio del presente edicto se hace pública la notificación de dichos expedientes.

Nombre y apellidos: Don José Antonio García Gallego DNI/NIF: 14322616X Expte : LMA 051/2013 (C A 915) Documento: Notificación como vecino colindante del trámite de información pública de Calificación Ambiental, solici-

tada por doña María José Gómez Nuño, objeto del expediente núm LMA 051/2013, (C A 915), para la ac-tividad de supermercado-autoservicio con frutas y verduras, a emplazar en avenida de Fátima, núm 1-bajo en Utrera (Sevilla)

Nombre y apellidos: Don Antonio Morilla Martínez DNI/NIF: 75402327R Expte : LMA 051/2013 (C A 915) Documento: Notificación como vecino colindante del trámite de información pública de Calificación Ambiental, solici-

tada por doña María José Gómez Nuño, objeto del expediente núm LMA 051/2013, (C A 915), para la ac-tividad de supermercado-autoservicio con frutas y verduras, a emplazar en avenida de Fátima, núm 1-bajo en Utrera (Sevilla)

Nombre y apellidos: Don Francisco Javier Rodríguez Sánchez DNI/NIF: 44959854Y Expte : LMA 026/2013 (C A 914) Documento: Notificación como vecino colindante del trámite de información pública de Calificación Ambiental, soli-

citada por doña M.ª Reyes Benítez Cruz, en nombre y representación de la entidad Newrid Investigación y Desarrollo, S L , objeto del expediente núm LMA 026/2013, (C A 914), para la actividad de laboratorio industrial de I+D, a emplazar en polígono industrial La Morera, calle Carreros, núm 19 en Utrera (Sevilla)

Nombre y apellidos: Don Rafael Bernabé Rodríguez DNI/NIF: 28591147P Expte : LMA 026/2013 (C A 914) Documento: Notificación como vecino colindante del trámite de información pública de Calificación Ambiental, soli-

citada por doña M.ª Reyes Benítez Cruz, en nombre y representación de la entidad Newrid Investigación y Desarrollo, S L , objeto del expediente núm LMA 026/2013, (C A 914), para la actividad de laboratorio industrial de I+D, a emplazar en polígono industrial La Morera, calle Carreros, núm 19 en Utrera (Sevilla)

Entidad: Metalistería Los Juanes, S L , laboral CIF: B91366005 Expte : LMA 026/2013 (C A 914) Documento: Notificación como vecino colindante del trámite de información pública de Calificación Ambiental, soli-

citada por doña Mª Reyes Benítez Cruz, en nombre y representación de la entidad Newrid Investigación y Desarrollo, S L , objeto del expediente núm LMA 026/2013, (C A 914), para la actividad de laboratorio industrial de I+D, a emplazar en polígono industrial La Morera, calle Carreros, núm 19 en Utrera (Sevilla)

Lo que se le notifica al objeto de que por los interesados puedan formularse las reclamaciones, alegaciones, sugerencias u ob-servaciones que se estimen pertinentes, en el plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente al de la presente notificación. A tal efecto el expediente se encuentra de manifiesto en las Dependencias Municipales de Urbanismo, donde podrá ser consultado de lunes a viernes en horario de 9,00 h a 13,30 horas

Utrera, 2 de septiembre de 2014 —El Teniente de Alcalde del Área de Urbanismo (P D de Alcaldía de 13/03/14), Wenceslao Carmona Monje

265W-10211————

VILLAMANRIQUE DE LA CONDESA

De conformidad con la resolución de Alcaldía núm 425/2 014 de fecha 5 de septiembre de 2014, por medio del presente anun-cio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, único criterio de adjudicación, al precio más bajo, por lotes y tramitación urgente, para la adjudicación del contrato de suministro de materiales y alquiler de maquinaria para la ejecución del proyecto de obra de materiales y alquiler de maquinaria para la ejecución del proyecto de obra «Rehabilitación y reforma de la plaza sita en barriada Juan XXIII» Plan Complementario al Bienal de Cooperación a las Obras y Servicios de Competencia Mu-nicipal 2014/2015 (Plan Supera), conforme a los siguientes datos:

 1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información: a) Organismo: Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría c) Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Oficinas Generales. 2) Domicilio: Plaza de España, núm. 1. 3) Localidad y código postal: Villamanrique de la Condesa. 41850. 4) Teléfono: 955-756000.

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46 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 217 Jueves 18 de septiembre de 2014

Diputación Provincial - Imprenta

TASAS CORRESPONDIENTES AL «BOLETÍN OFICIAL» DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . 2,10Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . 18,41Venta de CD’s publicaciones anuales . . . . . . . 5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

———Dirección del «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. (Bellavista), 41014-Sevilla.

Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 2170 649. Correo electrónico: [email protected]

5) Fax: 955-755300. 6) Correo electrónico: [email protected]. 7) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.villamanriquedelacondesa.es. 8)  Fecha límite de obtención de documentación e información: 8 días a contar desde el siguiente a la publicación del

anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla. d) Número de expediente: 89/2 014

 2. Objeto del contrato: a) Tipo: Suministro b) Descripción: Suministro de materiales y alquiler maquinaria «Rehabilitación y reforma de la plaza sita en barriada

Juan XXIII» c) CPV (Referencia de nomenclatura): 288110000

 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Urgente b) Procedimiento: Abierto, único criterio de adjudicación, precio más bajo, por lotes y trámite de urgencia

 4. Valor estimado del contrato: 171 567,84 euros

 5. Presupuesto base de licitación: a) Importe neto: 141 791,60 euros Importe total: 29 776,24 euros

 6. Garantías exigidas: Definitiva (%): No se exige.

 7. Requisitos específicos del contratista: a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional (en su caso): Según pliego de cláusula adminis-

trativas particulares

 8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: 8 días a contar desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia. b) Modalidad de presentación: Por correo o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los

lugares establecidos en el artículo 38 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

c) Lugar de presentación: 1 Dependencia: Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa 2 Domicilio: Plaza de España, núm 1 3 Localidad y código postal: Villamanrique de la Condesa 41850 4 Dirección electrónica: info@villamanriquedelacondesa es

 9. Apertura de ofertas: a) Descripción: Tercer día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de proposiciones. b) Dirección: Plaza de España, núm 1 c) Localidad y código postal: Villamanrique de la Condesa 41850

10 Gastos de publicidad: Exigibles al contratista En Villamanrique de la Condesa a 5 de septiembre de 2014 —El Alcalde, José Solís de la Rosa

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