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Lunes, 14 de marzo del 2016 Corte Superior de Justicia de Puno EDICTOS EDICTO Por ante la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA de Puno, que despacha el Señor Juez Supe- rior Ricardo Pablo Salinas Málaga, con actuación del secretario Miguel Becerra Pineda, en la QUEJA N° 324-2014, seguida por PAULA ESTOFANERO MOLLEAPAZA, en contra del señor CLAUDIO CALSIN USCAMAYTA, se ha dictado la Resolución N° 01, del 22 de Enero del dos mil quince, que RESUELVE: DECLARAR INADMISIBLE la queja interpuesta por PAULA ESTOFA- NERO MOLLEAPAZA, en consecuencia, CONCEDASE el plazo de CINCO DÍAS, a fin de que subsane los defectos anotados, bajo apercibimiento, en caso de incum- plimiento, de rechazarse la tramitación de la presente queja y disponer su archi- vamiento. T. R. y H. S.- Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. Puno, 02 de Marzo del 2016. Miguel E. Becerra Pineda- Secretario de la ODECMA. (10,11y14 de Marzo) EDICTO Por ante la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA de Puno, que despacha el Señor Juez Supe- rior Ricardo Pablo Salinas Málaga, con actuación del secretario (e) Miguel Bece- rra Pineda, en la QUEJA N° 259-2014, se- guida por AMBROCIA CORNEJO RAMOS, en contra del Magistrado NICOLAS AR- NALDO APAZA GONZALES, se ha dictado la Resolución N° 04, del 02 de Marzo del dos mil dieciséis, que RESUELVE: Declarar CONSENTIDA la resolución número tres, del veintiocho de diciembre del dos mil quince, que resuelve RECHAZAR la que- ja presentada por AMBROCIA CORNEJO RAMOS; en consecuencia, remítase al archivo central de la Corte Superior de Justicia de Puno.- Lo que se pone en co- nocimiento público para los fines de ley. Puno, 02 de Marzo del 2016. Miguel E. Be- cerra Pineda- Secretario de la ODECMA. (10,11y14 de Marzo) EDICTO Por ante la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA de Puno, que despacha el Señor Juez Supe- rior Ricardo Pablo Salinas Málaga, con actuación del secretario (e) Miguel Bece- rra Pineda, en la INVESTIGACIÓN N° 002- 2015, seguida en contra de la Magistrada PENELOPE NAJAR PINEDA, se ha dictado la Resolución N° 10, del 02 de Marzo del dos mil quince, que RESUELVE: Declarar CONSENTIDA la resolución número ocho, de fecha quince de octubre del dos mil quince, se resuelve DECLARAR IMPROCE- DENTE la apertura de procedimiento ad- ministrativo disciplinario, formulado por la señora LUZMILA CANAZA JUSTO, en contra de la Magistrada PENELOPE NAJAR PINEDA, en su actuación como Juez del Primer Juzgado de Investigación Prepara- toria de la provincia de San Román - Julia- ca; en consecuencia, remítase al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Puno.- Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. Puno, 02 de Marzo del 2016. Miguel E. Becerra Pine- da- Secretario de la ODECMA. (10,11y14 de Marzo) EDICTO Nro. 0006-2016-SR-J EXPEDIENTE: Nro. 00072-1998-0-2111-SP- PE-01 SECRETARIO: Carmelo Huisa Gutiérrez Se cita, llama y emplaza a la persona de: NORMA MOROCCO MOLLO Para que preste su declaración; todo ello durante el acto de la audiencia privada de juicio oral, programado, para el DIECISIE- TE DE MARZO DEL AÑO EN CURSO A HO- RAS DIEZ DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, acto que se llevará en el salón de audiencias del Establecimiento Peni- tenciario de la provincia de San Román - Juliaca Ex la Capilla. Bajo apercibimiento de ley, en caso de incumplimiento al pre- sente mandato judicial. Dispuesto en el proceso penal del número de la referen- cia, seguido en contra del acusado Angel Torres Apaza, por el delito de violación de la libertad sexual, en agravio de la menor de iniciales NMM. Para que se pongan a derecho y cumplan con el presente mandato judicial. Juliaca, 08 de Marzo del 2016. MARÍA LUISA PADILLA ARPITA Presidente - Sala Penal Liquidadora San Román – Juliaca (10,11y14 de Marzo) EDICTO JUDICIAL En el Expediente No. 0512-2014-1-2101-JR-PE-02. seguido en contra de JAIME RAUL PONCE QUISPE, por el Delito Contra la Libertad Sexual, en agravio de menor de iniciales MRMC. El Juzgado Colegiado Penal de Puno NO- TIFICA a JAIME RAUL PONCE QUISPE. con RESOLUCIÓN Nro. 01-2016 Puno, siete de marzo del año dos mil dieciséis - SE RE- SUELVE. 1) CONVOCAR A JUICIO ORAL y con carácter INAPLAZABLE en contra del procesado. JAIME RAUL PONCE QUISPE, con DNI 01332501, por la presunta co- misión grado tentativa del delito contra la libertad en su modalidad violación de la libertad sexual en su forma violación sexual agravada por ostentar la víctima 14 años de Edad, previsto y sancionado por el artículo 170°, primer párrafo del Código Penal, concordante con la agra- vante prevista por el segundo párrafo, numeral 2 y 6 del mismo artículo, y el artículo 16° del acotado cuerpo de leyes del Código Penal; en agravio de la menor de edad MRMC, audiencia que se realiza- rá el próximo, LUNES DOS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS OCHO CON TREINTA DE LA MAÑANA (08.30am); en la Sala de Audiencias de los Juzgados Penales Unipersonales (3), ubicado en el segundo piso de la sede central de la Cor- te Superior de Justicia de Puno. Para cuyo efecto, I) NOTIFÍQUESE al acusado, JAIME RAUL PONCE QUISPE, bajo apercibimien- to en caso de inasistencia injustificada de ser declarado ausente y/o contumaz. Así como a su abogado defensor JAVIER FLORENTINO QUISPE SILVA. III) NOTIFÍ- QUESE al Representante del Ministerio Publico RICHARD HANCCO SONCO. Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provin- cial Penal Corporativa de Puno. III) NOTI- FÍQUESE al agraviado de iniciales menor de edad MRMC. 2) CÍTESE a los siguientes órganos de prueba, Del Ministerio Públi- co, Peritos y/o Testigo; l.-La declaración testimonial de LUCY AMPARO ROME- RO 2.-JULIO ERNESTO CARRERA MEZA 3 - declaración referencial del menor de edad JOSÉ MANUEL MIRANDA CARRERA 4 - Perito GUIDO ARMANDO CRUZ TAGLE. 5.- perito GUADALUPE VERYOSKA DE LA JARA,. NOTIFÍQUESE a los testigos y peri- tos mediante cédula, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la fuerza pública, en caso de inconcu- rrencia injustificada; las partes deberán coadyuvar para la notificación a sus ór- ganos de prueba, bajo apercibimiento de prescindirse del medio de prueba ofre- cido en caso de incumplimiento, ello de acuerdo con los artículos 164°.3 y 355°.5 del Código Procesal Penal, y los artículos 22° y 24° inciso 1) del Reglamento de no- tificaciones, citaciones, comunicaciones, aprobado por R.A. 096-2006-CE-PJ.3) COMUNIQUESE que de haberse admi- tido documentales, éstas deberán ser incorporadas a través de los órganos de prueba en cuanto corresponda; salvo las excepciones prevista en el artículo 383° del Código Procesal Penal.4) FORMESE EL EXPEDIENTE JUDICIAL en sujeción a lo indicado en el considerando segundo de la presente resolución. Con dicha finali- dad REQUIERASE a las partes procesales, según corresponda, remitan en el día las documentales admitidas en la etapa intermedia y los que se precisan en el artículo 136°. 1 del Código Procesal Penal que hayan sido debidamente incorpora- das al proceso; y para fines formales las declaraciones previas del acusado confor- me lo señala el artículo 376°. 1 del Código Procesal Penal. CUMPLIDO SEA, PÓNGASE a disposición de las partes procesales por el plazo de CINCO DÍAS hábiles, para sus fines consiguientes 5) FORMESE EL CUADERNO DE DEBATES, conforme a lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución.6) COMUNIQUESE a las partes procesales, que siendo el juicio oral de carácter inaplazable regirán los alcances del artículo 85°. 1 del Código Procesal Penal; asimismo, las resoluciones que serán dictadas oralmente se enten- derán notificadas desde el momento de su pronunciamiento; y que el desarrollo integro del juicio oral será registrado en audio. NOTIFÍQUESE.- Puno, 07 de Marzo del 2016. Marcelo H. Passano del Carpio – Especialista de causas Jurisdiccionales. (10,11y14 de Marzo) EDICTO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE PUNO, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZ NORKA ROSA- RIO CASTILLO PRADO: Expediente N° 00841-2015-0-2101-JP-PE-01- Se NOTIFI- CA al inculpado Victoriano Canaza Quis- pe y a la agraviada María Riña Huaraya Mamani, con la resolución cinco, del 02 de marzo del dos mil dieciséis, emitida en el proceso de Faltas contra la persona, donde se ha dispuesto, ARCHIVAR las ac- tuaciones en contra de Victoriano Canaza Quispe, por Faltas contra la persona en su modalidad de lesiones; en agravio de Ma- ría Riña Huaraya Mamani; dejando a salvo el derecho de las partes hacerlo valer con arreglo a ley, debiendo notificarse a las partes mediante edictos judiciales T. R y H. S.- Asterio Flores Vasquez – Secretario Judicial de la Corte superior de Justicia de Puno. (10,11y14 de Marzo) EDICTO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE PUNO, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZ NORKA ROSARIO CASTILLO PRADO: Expediente 01132-2015-0-2101-JP- PE-01- Se NOTIFICA a la agraviada Victoria Ruiz Cruz, y la inculpada Ruth Mamani Bernedo, con la resolución cero tres, del veintinueve de enero de dos mil dieciséis, emitida en el proceso de 1 Faltas contra la persona, donde se, dispuesto, ARCHIVAR las actuaciones en contra de Ruth Mama- ni Bernedo, por Faltas contra la persona en su modalidad de lesiones; en agravio de Victoria Ruiz Cruz; dejando a salvo el derecho de las partes hacerlo valer con arreglo a ley, debiendo notificarse a las partes mediante Edictos Judiciales T. R. y H. S. Asterio Flores Vasquez – Secretario Judicial de la Corte Superior de Justicia de Puno. (10,11y14 de Marzo) EDICTO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE PUNO, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZ NORKA ROSARIO CASTILLO PRADO: Expediente N° 00547-2015-PE-01 - Se NO- TIFICA a la agraviada FELICIA PALACIOS FLORES, y a la inculpada Edith Angélica Paredes Ramos, con la resolución cinco, del 02 de Marzo del 2016, emitida en el proceso de Faltas contra la persona, don- de SE RESUELVE: ARCHIVAR LAS ACTUA- CIONES realizadas en contra de Edith An- gélica Paredes Ramos, por faltas con las persona en su modalidad de lesiones, en agravio de Felicia Palacios Flores; dejando a salvo el derecho de las partes hacerlo valer con arreglo a ley, debiendo notifi- carse a las partes mediante edictos Judi- ciales T. R. y H. S. Asterio Flores Vasquez – Secretario Judicial de la Corte Superior de Justicia de Puno. (10,11y14 de Marzo)

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La República 1Lunes, 14 de marzo del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

Lunes, 14 de marzo del 2016

Corte Superior de Justicia de Puno

EDICTOS

EDICTO

Por ante la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA de Puno, que despacha el Señor Juez Supe-rior Ricardo Pablo Salinas Málaga, con actuación del secretario Miguel Becerra Pineda, en la QUEJA N° 324-2014, seguida por PAULA ESTOFANERO MOLLEAPAZA, en contra del señor CLAUDIO CALSIN USCAMAYTA, se ha dictado la Resolución N° 01, del 22 de Enero del dos mil quince, que RESUELVE: DECLARAR INADMISIBLE la queja interpuesta por PAULA ESTOFA-NERO MOLLEAPAZA, en consecuencia, CONCEDASE el plazo de CINCO DÍAS, a fi n de que subsane los defectos anotados, bajo apercibimiento, en caso de incum-plimiento, de rechazarse la tramitación de la presente queja y disponer su archi-vamiento. T. R. y H. S.- Lo que se pone en conocimiento público para los fi nes de ley. Puno, 02 de Marzo del 2016. Miguel E. Becerra Pineda- Secretario de la ODECMA.(10,11y14 de Marzo)

EDICTO

Por ante la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA de Puno, que despacha el Señor Juez Supe-rior Ricardo Pablo Salinas Málaga, con actuación del secretario (e) Miguel Bece-rra Pineda, en la QUEJA N° 259-2014, se-guida por AMBROCIA CORNEJO RAMOS, en contra del Magistrado NICOLAS AR-NALDO APAZA GONZALES, se ha dictado la Resolución N° 04, del 02 de Marzo del dos mil dieciséis, que RESUELVE: Declarar CONSENTIDA la resolución número tres, del veintiocho de diciembre del dos mil quince, que resuelve RECHAZAR la que-ja presentada por AMBROCIA CORNEJO RAMOS; en consecuencia, remítase al archivo central de la Corte Superior de Justicia de Puno.- Lo que se pone en co-nocimiento público para los fi nes de ley. Puno, 02 de Marzo del 2016. Miguel E. Be-cerra Pineda- Secretario de la ODECMA. (10,11y14 de Marzo)

EDICTO

Por ante la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA de Puno, que despacha el Señor Juez Supe-rior Ricardo Pablo Salinas Málaga, con actuación del secretario (e) Miguel Bece-rra Pineda, en la INVESTIGACIÓN N° 002- 2015, seguida en contra de la Magistrada PENELOPE NAJAR PINEDA, se ha dictado la Resolución N° 10, del 02 de Marzo del dos mil quince, que RESUELVE: Declarar CONSENTIDA la resolución número ocho, de fecha quince de octubre del dos mil quince, se resuelve DECLARAR IMPROCE-DENTE la apertura de procedimiento ad-ministrativo disciplinario, formulado por la señora LUZMILA CANAZA JUSTO, en

contra de la Magistrada PENELOPE NAJAR PINEDA, en su actuación como Juez del Primer Juzgado de Investigación Prepara-toria de la provincia de San Román - Julia-ca; en consecuencia, remítase al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Puno.- Lo que se pone en conocimiento público para los fi nes de ley. Puno, 02 de Marzo del 2016. Miguel E. Becerra Pine-da- Secretario de la ODECMA. (10,11y14 de Marzo)EDICTO Nro. 0006-2016-SR-JEXPEDIENTE: Nro. 00072-1998-0-2111-SP-PE-01 SECRETARIO: Carmelo Huisa GutiérrezSe cita, llama y emplaza a la persona de:NORMA MOROCCO MOLLOPara que preste su declaración; todo ello durante el acto de la audiencia privada de juicio oral, programado, para el DIECISIE-TE DE MARZO DEL AÑO EN CURSO A HO-RAS DIEZ DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, acto que se llevará en el salón de audiencias del Establecimiento Peni-tenciario de la provincia de San Román - Juliaca Ex la Capilla. Bajo apercibimiento de ley, en caso de incumplimiento al pre-sente mandato judicial. Dispuesto en el proceso penal del número de la referen-cia, seguido en contra del acusado Angel Torres Apaza, por el delito de violación de la libertad sexual, en agravio de la menor de iniciales NMM. Para que se pongan a derecho y cumplan con el presente mandato judicial. Juliaca, 08 de Marzo del 2016. MARÍA LUISA PADILLA ARPITA Presidente - Sala Penal Liquidadora San Román – Juliaca (10,11y14 de Marzo) EDICTO JUDICIALEn el Expediente No. 0512-2014-1-2101-JR-PE-02. seguido en contra de JAIME RAUL PONCE QUISPE, por el Delito Contra la Libertad Sexual, en agravio de menor de iniciales MRMC. El Juzgado Colegiado Penal de Puno NO-TIFICA a JAIME RAUL PONCE QUISPE. con RESOLUCIÓN Nro. 01-2016 Puno, siete de marzo del año dos mil dieciséis - SE RE-SUELVE. 1) CONVOCAR A JUICIO ORAL y con carácter INAPLAZABLE en contra del procesado. JAIME RAUL PONCE QUISPE, con DNI 01332501, por la presunta co-misión grado tentativa del delito contra la libertad en su modalidad violación de la libertad sexual en su forma violación sexual agravada por ostentar la víctima 14 años de Edad, previsto y sancionado por el artículo 170°, primer párrafo del Código Penal, concordante con la agra-vante prevista por el segundo párrafo, numeral 2 y 6 del mismo artículo, y el artículo 16° del acotado cuerpo de leyes del Código Penal; en agravio de la menor de edad MRMC, audiencia que se realiza-rá el próximo, LUNES DOS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS OCHO CON TREINTA DE LA MAÑANA (08.30am); en la Sala de Audiencias de los Juzgados Penales Unipersonales (3), ubicado en el segundo piso de la sede central de la Cor-

te Superior de Justicia de Puno. Para cuyo efecto, I) NOTIFÍQUESE al acusado, JAIME RAUL PONCE QUISPE, bajo apercibimien-to en caso de inasistencia injustifi cada de ser declarado ausente y/o contumaz. Así como a su abogado defensor JAVIER FLORENTINO QUISPE SILVA. III) NOTIFÍ-QUESE al Representante del Ministerio Publico RICHARD HANCCO SONCO. Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provin-cial Penal Corporativa de Puno. III) NOTI-FÍQUESE al agraviado de iniciales menor de edad MRMC. 2) CÍTESE a los siguientes órganos de prueba, Del Ministerio Públi-co, Peritos y/o Testigo; l.-La declaración testimonial de LUCY AMPARO ROME-RO 2.-JULIO ERNESTO CARRERA MEZA 3 - declaración referencial del menor de edad JOSÉ MANUEL MIRANDA CARRERA 4 - Perito GUIDO ARMANDO CRUZ TAGLE. 5.- perito GUADALUPE VERYOSKA DE LA JARA,. NOTIFÍQUESE a los testigos y peri-tos mediante cédula, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la fuerza pública, en caso de inconcu-rrencia injustifi cada; las partes deberán coadyuvar para la notifi cación a sus ór-ganos de prueba, bajo apercibimiento de prescindirse del medio de prueba ofre-cido en caso de incumplimiento, ello de acuerdo con los artículos 164°.3 y 355°.5 del Código Procesal Penal, y los artículos 22° y 24° inciso 1) del Reglamento de no-tifi caciones, citaciones, comunicaciones, aprobado por R.A. 096-2006-CE-PJ.3) COMUNIQUESE que de haberse admi-tido documentales, éstas deberán ser incorporadas a través de los órganos de prueba en cuanto corresponda; salvo las excepciones prevista en el artículo 383° del Código Procesal Penal.4) FORMESE EL EXPEDIENTE JUDICIAL en sujeción a lo indicado en el considerando segundo de la presente resolución. Con dicha fi nali-dad REQUIERASE a las partes procesales, según corresponda, remitan en el día las documentales admitidas en la etapa intermedia y los que se precisan en el artículo 136°. 1 del Código Procesal Penal que hayan sido debidamente incorpora-das al proceso; y para fi nes formales las declaraciones previas del acusado confor-me lo señala el artículo 376°. 1 del Código Procesal Penal. CUMPLIDO SEA, PÓNGASE a disposición de las partes procesales por el plazo de CINCO DÍAS hábiles, para sus fi nes consiguientes 5) FORMESE EL CUADERNO DE DEBATES, conforme a lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución.6) COMUNIQUESE a las partes procesales, que siendo el juicio oral de carácter inaplazable regirán los alcances del artículo 85°. 1 del Código Procesal Penal; asimismo, las resoluciones que serán dictadas oralmente se enten-derán notifi cadas desde el momento de su pronunciamiento; y que el desarrollo integro del juicio oral será registrado en audio. NOTIFÍQUESE.- Puno, 07 de Marzo del 2016. Marcelo H. Passano del Carpio

– Especialista de causas Jurisdiccionales. (10,11y14 de Marzo) EDICTO JUDICIALPRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE PUNO, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZ NORKA ROSA-RIO CASTILLO PRADO: Expediente N° 00841-2015-0-2101-JP-PE-01- Se NOTIFI-CA al inculpado Victoriano Canaza Quis-pe y a la agraviada María Riña Huaraya Mamani, con la resolución cinco, del 02 de marzo del dos mil dieciséis, emitida en el proceso de Faltas contra la persona, donde se ha dispuesto, ARCHIVAR las ac-tuaciones en contra de Victoriano Canaza Quispe, por Faltas contra la persona en su modalidad de lesiones; en agravio de Ma-ría Riña Huaraya Mamani; dejando a salvo el derecho de las partes hacerlo valer con arreglo a ley, debiendo notifi carse a las partes mediante edictos judiciales T. R y H. S.- Asterio Flores Vasquez – Secretario Judicial de la Corte superior de Justicia de Puno. (10,11y14 de Marzo)

EDICTO JUDICIAL

PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE PUNO, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZ NORKA ROSARIO CASTILLO PRADO:Expediente N° 01132-2015-0-2101-JP-PE-01- Se NOTIFICA a la agraviada Victoria Ruiz Cruz, y la inculpada Ruth Mamani Bernedo, con la resolución cero tres, del veintinueve de enero de dos mil dieciséis, emitida en el proceso de 1 Faltas contra la persona, donde se, dispuesto, ARCHIVAR las actuaciones en contra de Ruth Mama-ni Bernedo, por Faltas contra la persona en su modalidad de lesiones; en agravio de Victoria Ruiz Cruz; dejando a salvo el derecho de las partes hacerlo valer con arreglo a ley, debiendo notifi carse a las partes mediante Edictos Judiciales T. R. y H. S. Asterio Flores Vasquez – Secretario Judicial de la Corte Superior de Justicia de Puno. (10,11y14 de Marzo)

EDICTO JUDICIAL

PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE PUNO, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZ NORKA ROSARIO CASTILLO PRADO:Expediente N° 00547-2015-PE-01 - Se NO-TIFICA a la agraviada FELICIA PALACIOS FLORES, y a la inculpada Edith Angélica Paredes Ramos, con la resolución cinco, del 02 de Marzo del 2016, emitida en el proceso de Faltas contra la persona, don-de SE RESUELVE: ARCHIVAR LAS ACTUA-CIONES realizadas en contra de Edith An-gélica Paredes Ramos, por faltas con las persona en su modalidad de lesiones, en agravio de Felicia Palacios Flores; dejando a salvo el derecho de las partes hacerlo valer con arreglo a ley, debiendo notifi -carse a las partes mediante edictos Judi-ciales T. R. y H. S. Asterio Flores Vasquez – Secretario Judicial de la Corte Superior de Justicia de Puno. (10,11y14 de Marzo)

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La República2 Lunes, 14 de marzo del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

EDICTO

Por ante el primer JUZGADO PENAL DE IN-VESTIGACION PREPARATORIA DE PUNO, que despacha el señor JUEZ EDSON JÁU-REGUI MERCADO, con intervención de la Especialista de Causas Jurisdiccionales TAÑIA QUISPE ACHAHUANCO en el EXP. N° 1488-2014-53, ha dispuesto mediante la presente se NOTIFIQUE a PATRICIA RUE-LAS QUENTA con la:RESOLUCION N° 19.Puno, veintisiete de enero Del año dos mil dieciséis.-VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: Funda-mentos registrados en audio.SE RESUELVE:PRIMERO.- DECLARAR FUNDADO el re-querimiento de REVOCATORIA DE PENA SUSPENDIDA por EFECTIVA presentado por parte del Ministerio Público. SEGUN-DO.- SE DISPONE REVOCAR LA PENA SUS-PENDIDA DE NUEVE MESES CON TRECE DIAS Impuesta a YHONY CESAR MAMANI VARGAS, mediante sentencia de confor-midad o resolución 08 del 24 de junio del año 2015, haciéndose efectiva la misma por nueve meses y trece días de pena privativa de libertad con el carácter de efectiva, cuyo cómputo deberá efectuar-se una vez que el sentenciado sea cap-turado por la autoridad policial y puesto a disposición de este despacho, a cuyo efecto deben cursarse las órdenes de cap-tura en su contra.NOTIFICANDOSE al imputado: YHONY CESAR MAMANI VARGAS, por la presunta comisión del delito de OMISION DE ASIS-TENCIA FAMILIAR, en agravio de menor de iniciales FYMG. Puno 07 de marzo 2016. Tania Quispe Achahuanco – Asis-tente Jurisdiccional de Causas del Poder Judicial. (10,11y14 de Marzo)CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNOSEDE CARABAYA

NOTIFICACIÓN POR EDICTO

Que, ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la provincia de Carabaya, que despacha el señor Juez Cesar Augus-to Pineda Fernández, con actuación de la Especialista de Juzgado Yuliana Karina Coaquira Cusi, se tramita el proceso sig-nado con el N° 00013-2013-01-P, seguido contra de Andrés Loaiza Sayhua por el delito de Homicidio Culposo y otro en agravio de Q E.V.F. Yoswar Infanzón Quilla y otros, que mediante resolución numero cinco, de fecha veintinueve de enero del dos mil dieciséis, se ha ordenado la notifi -cación edictal a la parte imputada Andrés Loaiza Sayhua, para que esté presente en la audiencia de acusación señalada para el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (hora exacta), audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Juzgado de In-vestigación Preparatoria de la Provincia de Carabaya - Macusani. Macusani, 29 de enero del 2016. Yuliana K. Coaquira Cusi Especialista Judicial de Juzgado Modulo penal de Carabaya. (10,11y14 de Marzo)

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNOSEDE CARABAYANOTIFICACIÓN POR EDICTOQue, ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la provincia de Carabaya, que despacha el Señor Juez Cesar Augus-to Pineda Fernández, con actuación de la Especialista de Juzgado Yuliana Karina Coaquira Cusi, se tramita el proceso sig-nado con el N° 00014-2015-97-P, segui-do contra de MAURO YANCACHASLLA

TITO por el delito de HOMICIDIO SIMPLE en agravio de Q.E.V.F. RAFAEL CALCINA QUISPE y, que mediante resolución nú-mero uno, de fecha veintinueve de enero del dos mil dieciséis, se ha ordenado la notifi cación edictal a la parte agraviada, para que asté presente en la audiencia de acusación señalada para el día OCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MI DIECISEIS A HO-RAS DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta), audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Establecimiento Penal de Juliaca Ex-Capilla. Macusani, 29 de enero del 2016. Yuliana K. Coaquira Cusi Espe-cialista Judicial de Juzgado Modulo penal de Carabaya. (10,11y14 de Marzo)CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNOSEDE CARABAYANOTIFICACIÓN POR EDICTOQue, ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la provincia de Carabaya, que despacha el señor Juez Cesar Augus-to Pineda Fernández, con actuación de la Especialista de Juzgado Yuliana Karina Coaquira Cusi, se tramita el proceso sig-nado con el N^, 00017-2016-0 seguido contra de los acusados JULIO RONALD MERMA MERMA , CIRIACO MARIO MERMA MERMA , JUAN LUIS MERMA MERMA por el delito de LESIONES LEVES en agravio de ALEJANDRO ASUNCION QUECAÑO MOROCCO y, que mediante resolución número uno, de fecha veintinueve de enero del dos mil dieciséis, se ha ordena-do la notifi cación edictal a la parte acu-sada para que estén presentes en la au-diencia de Acusación señalada para el día VEINTIOCHO DE ABRIL DELAÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, audiencia a lle-varse a cabo en el salón de audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Carabaya. Macusani, 29 de enero del 2016. Yuliana K. Coaquira Cusi Especialista Judicial de Juzgado Modulo penal de Carabaya. (10,11y14 de Marzo) SEDE CARABAYA

NOTIFICACIÓN POR EDICTO

Que, ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la provincia de Carabaya, que despacha el Señor Juez Cesar Augus-to Pineda Fernández, con actuación de la Especialista de Juzgado Yuliana Karina Goaquira Cusí, se tramita el proceso sig-nado con el N° 00061-2012-01-P, seguido contra de BELTRAN CALCINA RODRIGUEZ y otra por el delito de concusión en agra-vio de Municipalidad Provincial de Cara-baya, que mediante resolución numero nueve, de fecha veintinueve de enero del dos mil dieciséis, se ha ordenado la notifi cación edictal a la parte imputada BELTRAN CALCINA RODRIGUEZ, para que esté presente eri la audiencia de sobresei-miento señalada para el día VEINTIUNO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.), audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Carabaya. Macusani, 29 de enero del 2016. Yulia-na K. Coaquira Cusi Especialista Judicial de Juzgado Modulo penal de Carabaya. (10,11y14 de Marzo) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNOSEDE CARABAYA

NOTIFICACIÓN POR EDICTO

Que, ante el Juzgado Unipersonal de la provincia de Carabaya, que despacha la señora Juez Mary Sandra Lino Talavera, con actuación del Especialista de Juzgado Yuliana Karina Coaquira Cusi, se tramita el proceso signado con el N° 24-2013-73-P,

seguido contra Oscar Chambi Caracela y Otros, por la comisión del delito de Pecu-lado Doloso, en agravio de Municipalidad Distrital de Coasa; y, que mediante resolu-ción número cuatro, de fecha veintinueve de enero del dos mil dieciséis, se ha or-denado la notifi cación edictal de ANGEL AGUILAR HANCCO Y EDITH MILAGROS HUALLPA CALDERON, para que esté pre-sente en la audiencia de juicio oral repro-gramada para el día QUINCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOS DELA TARDE CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Juzgado Uni-personal de Carabaya. Macusani, 29 de enero del 2016. Yuliana K. Coaquira Cusi Especialista Judicial de Juzgado Modulo penal de Carabaya. (10,11y14 de Marzo)

EDICTO JUDICIAL

El señor Juez del Juzgado de Investiga-ción Preparatoria de! Modulo Básico de Justicia de Yunguyo, Dr. CARLOS EDISSON FLORES ELGUERA, por medio de la pre-sente se notifi ca a: JESÚS CALDERÓN QUI-ÑONES; Contenido de la resolución nu-mero dos que resuelve. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día DIECIOCHO DE ABRIL. DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HO-RAS DIEZ DE LA MAÑANA, la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencia del Modulo Básico de Yunguyo, debien-do asistir el representante del Ministerio Publico a efectos de que oraiice su reque-rimiento, además, CÚMPLASE en notifi -car vía edicto judicial y en los domicilio existentes del acusado JESÚS CALDERÓN QUIÑONES. HÁGASE SABER.- Yunguyo, 02 de marzo del año 2016. Arium Rome-ro Cachicatari Especialista de Audiencia. (10,11y14 de Marzo)

EDICTO JUDICIAL

El señor Juez del Juzgado de Investiga-ción Preparatoria del Modulo Básico de Justicia de Yunguyo, Dr. CARLOS EDISSON FLORES ELGUERA, por medio de la presen-te se notifi ca a: FREDDY SUAÑA AQUINO; Contenido de la resolución numero dos que resuelve: REPROGRAMAR LA AUDIEN-CIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSA-CIÓN PARA EL DÍA SEIS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencia del Modulo Básico de Yunguyo, debiendo asistir el represen-tante del Ministerio Publico a efectos de que oralice su requerimiento acusatorio, SE REQUIERE Que el imputado se aperso-ne con su abogado de libre elección, bajo apercibimiento de nombrar un defensor Publico, para cuyo fi n OFÍCIESE. SE DIS-PONE: notifi car mediante EDICTO al acu-sado Freddy Suaña Aquino. HÁGASE SA-BER.- Yunguyo, 07 de marzo del año 2016. Arium Romero Cachicatari Especialista de Audiencia. (10,11y14 de Marzo)EDICTO PENALJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA DE LA PROVINCIA DE HUANCANEExpediente N° 00017-2015-0.- Se NOTI-FICA a los que resulten responsables y/o 4 afectados con lo dispuesto en acto de audiencia de fecha veintiocho de enero del año en curso, que señala fecha para la reprogramacion de la AUDIENCIA DE PRORROGA DE PROCESO DECLARADO COMPLEJO, para el dia DIECIOCHO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparato-ria de la Provincia de Huancané; proceso que se sigue en contra de Vilma Barrantes

Barrantes y otros, por la presunta comi-sión del delito de Colusión Agravada, en agravio del Estado Peruano. Conforme a lo dispuesto en acto de audiencia de fe-cha veintiocho de enero del año en curso. Huancané, 07 de marzo del 2016. Julia L. Gomez Quispe – Especialista Especial de Juzgado Huancane. (10,11y14 de Marzo) NOTIFICACION POR EDICTOPor ante el Primer Juzgado de Familia de San Román -Juliaca a cargo del señor Juez doctor YOUL RIVEROS SALAZAR, con la actuación de la Secretaria Judicial Zaida Enriquez Montoya, Exp. Nro, 758-2016 seguido por ALBERTA VICTORIA MONTAL-VO VILCA sobre VIOLENCIA FAMILIAR en contra de ANACLETO GUZMÁN CANAZA COLGA, se ha ordenado la notifi cación vía edictos de lo siguiente: RESOLUCION Nro.01 Juliaca, tres de marzo del dos mil dieciséis. RESUELVO.- SEÑALAR FECHA para la audiencia de ley la misma que deberá desarrollarse el día CATORCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOS DE LA TARDE CON CATORCE MINU-TOS, en el salón de audiencias del primer juzgado de familia de nuestra ciudad de Juliaca, DEBIENDO DE NOTIFICARSE VIA EDICTOS PARA QUE ASISTAN A LA AU-DIENCIA PROGRAMADA. Juliaca 03 de marzo del 2016. Zaida Enriquez Montoya – Secretaria Judicial San Roman Juliaca. (10,11y14 de Marzo)

EDICTO JUDICIAL DEL JUZGADO DE

INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE

LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN

La Señorita Juez del PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATO-RIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del DOCTORA YESSICA CONDORI CHATA, con intervención de la Asistente Jurisdiccional de Juzgado Jova-na Cerpa Zamata, por medio del presente NOTIFICA A: JAVIER LAURA CHURA, con el contenido de la resolución N° DOS de fecha diecinueve de enero del dos mil dieciséis, emitida en el Expediente N° 00418-2014-94-2111-JR-PE-01, mediante la cual el Juzgado a los imputados RE-QUIERE que a efectos de que en el térmi-no de cuarenta y ocho horas de notifi cado DESIGNE un Abogado de libre elección bajo apercibimiento de designarle un Abogado Defensor Público, para que asuma la defensa técnica de los referidos imputados, con quien se llevara a cabo el trámite de la etapa intermedia. Y que asimismo se CÓRRASE TRASLADO con el requerimiento acusatorio por el plazo pe-rentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan actuar conforme lo dispues-to por el artículo 350° del Código Proce-sal Penal. Y que CONFORME a lo previsto en el artículo 351.1 del Código Procesal Penal, SE CITA para el día VEINTIDOS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a las ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta) la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL MIXTO, audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Mó-dulo Penal, ubicado en la plaza Zarumilla s/n local del Poder Judicial de ésta ciudad, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado de los imputados, bajo apercibi-miento por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable, en caso de incon-currencia injustifi cada del Abogado De-fensor de libre elección del imputado de procederse conforme a lo establecido por el artículo 85.1 del Código Procesal Penal. Juliaca, 04 de marzo del 2016. Jovana Ce-pra Zamata – Asistente Jurisdiccionales de la Unidad de Apoyo a Causas Jurisdic-cionales de San Román Corte Superior

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La República 3Lunes, 14 de marzo del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

de justicia de Puno PODER JUDICIAL. (10,11y14 de Marzo)

EDICTO JUDICIAL

El señor Juez del SEGUNDO JUZGADO PE-NAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA de la Provincia de San Román - Juliaca, Dr. JOHNNY PEDRO QUISPE VILCA, por medio del presente NOTIFICA A: JUAN DOMIN-GO ARROYO PAREJA ; con el contenido de la resolución número uno de fecha cuatro de marzo del dos mil dieciséis, donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE DECLARATORIA DE REO AUSENTE PARA EL DIA VEINTIUNO DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA; ello ordenado en el proceso penal No. 2488-2015-93-21 ll-JR-PE-02, seguido en contra de Juan Domingo Arroyo Pareja, por la presunta comisión del delito de Re-ceptación Aduanera en agravio del Esta-do Peruano. Asistente Jurisdiccional: MIL-TON JAMES HUACASI COILA. Juliaca, 04 de Marzo del 2016. (10,11y14 de Marzo) EDICTO DEL PRIMER JUZGADO DE INVES-TIGACIÓN PREPARATORIA EL SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATO-RIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del Doctor; YESSICA CONDORI CHATA, medio de la presente ha dispuesto mediante el presente no-tifi car al imputado HUGO PERCY APAZA FLORES :con la resolución UNO Al reque-rimiento Fiscal Provincial Penal de la Pri-mera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román Juliaca, formula su reque-rimiento de declaración de Reo Ausente, por ignorarse su paradero actual, pese a las notifi caciones efectuadas en el por la Comisión del delito Conducción en Esta-do de Ebriedad . .. SE DISPONE; CITAR para audiencia de reo ausente para el día CIN-CO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (09.00 a.m.), hora exacta, audiencia que se lle-vara a cabo en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de San Román ubicado en la Plaza Zarumilla s/n, local del Poder Ju-dicial - sede San Román Juliaca; Asistenta Judicial Margarita Paredes Pamo. Juliaca, 27 de enero 2016. (10,11y14 de Marzo)EDICTO DEL PRIMER JUZGADO DE INVES-TIGACIÓN PREPARATORIAEl Señor Juez del PRIMER JUZGADO PE-NAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATO-RIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del Doctora YESSICA CONDORI CHATA, en el expediente 1293-2015: ha dispuesto notifi car la resolución numero ocho de fecha 27-01-2016„Que RESUELVE: DECLARAR FUNDADO el pedi-do de requerimiento de CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL, en consecuencia se tenga a YANETH RIVERA HUARILLOCLLA, como ACTOR CIVIL en la presente causa; la misma que puede hacer uso de todas las facultades que la norma procesales le confi ere en calidad de actora civil, y, SE DISPONE la SUSPENSIÓN de esta au-diencia para que la misma se pueda llevar a cabo en fecha TREINTA DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas DOCE DEL MEDIO DIA CON TREINTA MINUTOS, quedan notifi cadas las partes, subsisten todos los apercibimientos. TR y H.- Asis-tente Judicial Margarita Paredes Pamo. Juliaca, 15 de octubre de 2015. (10,11y14 de Marzo)

EDICTO JUDICIAL

El señor Juez del SEGUNDO JUZGADO PE-NAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA

de la Provincia de San Román - Juliaca, Dr. JOHNNY PEDRO QUISPE VILCA, por me-dio del presente NOTIFICA A: CRISTOBAL RUFINO VIZA APAZA Y VLADIMIR FAÑEZ PAREDES BELLIDO,; con el contenido de la resolución numero cinco de fecha die-ciséis de junio del dos mil quince, donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION PARA EL DIA CUATRO DE ABRIL DEL DOS MIL DIE-CISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS; ello ordenado en el proceso penal No. 1103- 2015-19-21 ll-JR-PE-02, seguido en contra de Cristóbal Rufi no Viza Apaza y Otros, por la presunta comisión del delito de Violencia contra la Autoridad en agravio del Estado Peruano Jurisdiccional: MILTON JAMES HUACASI COILA. Juliaca, 03 de Marzo del 2016. (10,11y14 de Marzo)

EDICTO PENAL

El señor Juez del SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PUNO, a cargo del Doctor VICTOR CALIZAYA COILA, por medio de la presente NOTIFICA A: GARY BERLY PACCARA VILCA; en el cuaderno de debates N° 00426-2016-35-2101-JR-PE- 01, como presunto autor del delito de Contra la Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en su forma de Incumplimiento de Obligación Alimentaria; con el contenido de la reso-lución N° 03, de fecha dos de marzo del año dos mil dieciséis, mediante el cual: SE RESUELVE: VISTOS, OÍDOS Y CONSIDE-RANDO – Fundamentos expuestos y gra-bados en audio. SE RESUELVE.PRIMERO - DECLARAR AUSENTE AL ACUSADO GARY BERLY PACCARA VILCA; EN CONSECUEN-CIA, SE DISPONE SU CONDUCCIÓN COM-PULSIVA PARA FINES DE INSTALACIÓN de juicio oral, debiendo girarse las comuni-caciones correspondientes. SEGUNDO - ARCHIVAMOS PROVISIONALMENTE la presente CAUSA, sin perjuicio que el acu-sado pueda presentarse voluntariamente en cuanto tome conocimiento de la pre-sente causa para fi nes de instalación del juicio oral. Adicionalmente, se dispone la notifi cación al acusado mediante edictos judiciales en el diario correspondiente. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. Especialista Jurisdiccional. Puno, 3 de marzo de 2016.-.ANA MARIA CONDEMAYTA CUTIMBO. Especialista de Causas Jurisdiccionales, PODER JUDICIAL. (11 de Marzo)EDICTO PENAL - SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNOExpediente N° 2566-2015-0, seguido con-tra Fredy Velásquez Mendoza, en agravio del menor de inicales V.B.V.C., por el pre-sunto delito de Omisión de Asistencia Familiar se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al imputado FREDY RONAL VELASQUEZ MENDOZA con la RESOLUCIÓN N° 02. Puno, veintiu-no de enero Del año dos mil dieciséis.- Estando al informe del señor Especialista de Audiencias, así como lo expresado por la representante del Ministerio Público, la abogado de la defensa del actor civil y del abogado de la defensa pública presentes en esta audiencia, verifi cándose que el imputado si bien es cierto se habría di-rigido la cédula de notifi cación a su do-micilio real la misma no ha sido devuelta por la Central de Notifi caciones corres-pondiente, por tanto no teniendo certeza de la notifi cación del imputado, a efecto de no vulnerar derechos fundamentales, SE DISPONE reprogramar la presente audiencia para el día TREINTA DE MARZO DEL DOS MIL DIECISÉIS, A HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA,

quedando notifi cados en este acto los asistentes a la presente audiencia, no siendo necesaria ninguna otra notifi ca-ción para los mismos, debiendo de notifi -carse al imputado en su domicilio real por cuanto es el único domicilio que se habría proporcionado por parte del Ministerio Público, a efecto de que cumpla en el plazo de 24 horas con designar o ratifi car abogado de libre elección, bajo apercibi-miento en caso de no hacerlo de desig-narse abogado de la defensa pública el cual recaerá en el defensor público que se encuentra presente en esta audiencia, el cual se encuentra ya debidamente no-tifi cado, asimismo notifíquese vía edictos en los Diarios de circulación local y otro de la ciudad de CHIMBOTE, sin perjuicio de ello a efecto de que la audiencia no sea frustrada en una nueva oportunidad, debiendo las Centrales de Notifi caciones de ambas Cortes correspondientes tomar las medidas del caso a efecto de que las cédulas de notifi cación retornen con an-telación, asimismo notifíquese en el do-micilio electrónico: fredy velá[email protected]. - ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES DE PUNO.- Hugo Be-gazo Armaza. Puno, 27 de enero del 2016. (11 de Marzo)EDICTO PENAL - PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNOExpediente N° 1949-2015-65, seguido contra Mario Condori Catari, en agravio del menor de iniciales K.M.C.S., por el presunto delito de Omisión de Asistencia Familiar; se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al imputado MARIO CONDORI con AUTO DE ENJUICIA-MIENTO RESOLUCION N° 06- 2016 Puno, veinticinco de enero Del año dos mil die-ciséis.- VISTOS, OIDOS y CONSIDERANDOS fundamentos registrados en audio. SE RE-SUELVE: PRIMERO: DECLARAR SANEADA la acusación fi scal oralizada por la seño-ra representante del Ministerio Publico. SEGUNDO:DICTAR AUTO DE ENJUICIA-MIENTO en contra del ciudadano MARIO CONDORI CATARI identifi cado con DNI N° 42860215. nacido el veintidós de julio de mil novecientos ochenta, en el Distrito, provincia, departamento de Puno, es-tado civil soltero, nombre de sus padres Francisco y Domitila, grado de instruc-ción primaria completa, por el delito de Omisión de Asistencia Familiar previsto en el primer párrafo del artículo 149 del Código Penal en agravio de Katherine Ma-ribel Condori Sucapuca representada por su madre Eduarda Rosa Sucapuca Panc-ca TERCERO: ADMITIR COMO MEDIOS PROBATORIOS del Ministerio público los siguientes. Testimoniales La declaración de Eduardo Rosa Sucapuca Pancca quien deberá declarar respecto de las obliga-ciones incumplidas, requerimientos efec-tuados y daño moral ocasionado por el acusado. DocumentalesLa resolución N° 20 de fecha nueve de diciembre del año 2014. La resolución N° 21 de fecha veintiuno de enero del año 2015. - La cédula de notifi cación N° 4191 -2015-.IP. de fecha 27 de enero del 2015. Mediante la cual se notifi ca la resolución 21. SE DECLARAN INADMISIBLE: las docu-mentales contenida en la sentencia 100-2011-FA, de fecha veintidós de setiembre del 2011, el aviso de notifi cación de fecha 26 de setiembre y 27 de setiembre del año 2011, en el que asciende alimentos devengados. CUARTO: Se Dispone que MARIO CONDORI CATARI, tenga la medi-da de coerción de comparecencia simple, esta resolución debe ser notifi cada me-diante edictos, y cumplido sea se dispone

la remisión de los actuados al Juzgado Unipersonal de Puno que corresponda, dentro del plazo de ley TR y HS. FISCAL: Solicita se integre la resolución admi-tiendo como medio de prueba la notifi -cación 61421, que notifi ca la resolución 20. RESOLUCION 07.- VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO, detalles registrados en audio: SE RESUELVE: ADICIONAR a la re-solución seis, la admisión de la siguiente documental, ofrecida como prueba por el Ministerio Público, a ser introducida a través de la declaración de Eduarda Rosa Sucapuaca Pancca, nos referimos al aviso de notifi cación de fecha 11 de diciembre del 2014 y notifi cación N° 61421-2014, de fecha 12 de diciembre del 2014, sobrecar-tando en todo lo demás la referida reso-lución. NOTIFIQUESE. - ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES DE PUNO - Hugo Begazo Armaza. Puno. 02 de marzo del 2016. (11 de Marzo)

VISITA JUDICIAL N° 0078-2013

EDICTO

El magistrado Sustanciador Dr. ROGER FERNANDO ISTAÑA PONCE, integrante de la Unidad Desconcentrada de Investi-gaciones, Visitas Quejas de la Ofi cina Des-concentrada de Control de la Magistratu-ra de Puno, con actuación de la secretaria encargada Dra. GRACE TICONA BARREDA, en la VISITA JUDICIAL N° 0078-2013. Me-diante resolución treinta y tres de fecha dos de marzo del dos mil dieciséis, se ha ordenado notifi car por edictos al investi-gado ALEX NUÑEZ MAMANI: con la reso-lución veintiocho: RESOLUCION N° 28.- Al INFORME N° 214-2015-I-UAF-CSJPU/PJ con REGISTRO N° 4833, suscrito por el servidor judicial Wildo Sucasaire Monroy, Coordinador de Informática de la Corte Superior de Justicia de Puno: Téngase presente y agréguese a sus antecedentes a fi n de ser valorado en su oportunidad, conforme corresponda. Y estando al es-tado del presente proceso disciplinario póngase los AUTOS A DESPACHO a fi n de emitir INFORME FINAL, si se viera por con-veniente. Se pone en conocimiento de los investigados que las posteriores resolu-ciones emitidas en el presente proceso disciplinario, serán notifi cadas en su casi-lla electrónica (si se encuentran laboran-do en el Poder Judicial); en caso que, aún no tengan casilla electrónica deben pro-ceder a solicitar su creación en el plazo de setenta y dos horas, bajo apercibimiento de poner en conocimiento del Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Puno, a fi n de que actúe conforme a sus atribuciones, en caso de incumplimiento. H.S.. Puno, 03 de marzo del 2016. GRACE TICONA BARREDA, SE-CRETARIA UNIDAD DE INVESTIGACIONES VISTAS Y QUEJAS ODECMA –PUNO. (11 de marzo)NOTIFICACION JUDICIAL POR EDICTO - MBJ-AZÁNGARO J.UNIPERSONAL.El Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Liquidador del MBJ de Azángaro, a cargo de la Dra. LORENA MENESES TICONA, con intervención del Especialista Legal Mi-guel Percy Turpo Cari, en el proceso penal 00153-2013- 35-2102-JR-PE-01, seguido en contra de WILBER QUISPE CHURA, por el delito contra el patrimonio, en su mo-dalidad de hurto, en su forma de hurto agravado en grado de tentativa, previsto en el artículo 186 primer párrafo, numeral 1 y 2, siendo su tipo base el artículo 185 concordado con el artículo 16 del mismo cuerpo legal, en agravio de EMIL RONAL

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La República4 Lunes, 14 de marzo del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

MAMANI PAREDES, mediante resolución número 06-2016 de fecha 29 de enero del dos mil dieciséis; CITA Y NOTIFICA al acu-sado WILBER QUISPE CHURA, a fi n de que asista acompañado de su abogado defen-sor a la AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL señalado para el día cuatro de mayo del dos mil dieciséis a horas diez de la ma-ñana (10:00 am), la misma que se realiza-rá en la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Liquidador del Módulo Básico de Justicia de Azángaro, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, ordenarse su conducción com-pulsiva y archivarse provisionalmente el proceso hasta que sea habido, en caso de su inasistencia a la audiencia programa-da. Lo que se pone en conocimiento para los fi nes consiguientes. Azángaro, 7 de marzo del 2016.Miguel Percy Turpo Cari, ESPECIALISTA LEGAL .M.B.J. AZANGARO. (11 de Marzo).NOTIFICACION JUDICIAL POR EDICTO - MBJ-AZÁNGARO J.UNIPERSONAL El Juzgado Penal Unipersonal y Liquida-dor del MBJ de Azángaro, a cargo de la Dra. LORENA MENESES TICONA, con in-tervención del Especialista Legal Miguel Percy Turpo Cari, en el proceso penal 00235-2014-14-2102-JR-PE-01, seguido en contra de WALTER SULLCAPUMA MA-CHACA, por el delito contra la familia, en la modalidad de omisión a la asistencia familiar, en su forma de incumplimiento de obligación alimentaria, previsto en el primer párrafo del artículo 149 del Código Penal, en agravio de la menor M.C.S.T. re-presentada por su progenitora LELIS ALE-JANDRINA TITI CALCINA, mediante reso-lución número 03-2016 de fecha doce de enero del dos mil dieciséis; CITA Y NOTIFI-CA al acusado WALTER SULLCAPUMA MA-CHACA, a fi n de que asista acompañado de su abogado defensor a la AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL señalado para el día veintitrés de marzo del dos mil die-ciséis a horas nueve de la mañana (9:00 am), la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Uniper-sonal y Liquidador del Módulo Básico de Justicia de Azángaro, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, ordenar-se su conducción compulsiva y archivarse provisionalmente el proceso hasta que sea habido, en caso de su inasistencia a la audiencia programada. Lo que se pone en conocimiento para los fi nes consi-guientes. Azángaro, 29 de enero del 2016. Miguel Percy Turpo Cari, ESPECIALISTA LEGAL .M.B.J. AZANGARO. (11 de marzo)NOTIFICACION JUDICIAL POR EDICTO - MBJ-AZÁNGARO J. UNIPERSONAL.El Juzgado Penal Unipersonal y Liquida-dor del MBJ de Azángaro, a cargo de la Dra. LORENA MENESES TICONA, con in-tervención del Especialista Legal Miguel Percy Turpo Cari, en el proceso penal 00232-2013-23-2102-JR-PE-01, seguido en contra de SIMON YANA CHAMPI y JA-CINTO POLONIO TUTACANO PARI, por el delito contra la administración de justicia, en la modalidad de delitos contra la fun-ción jurisdiccional, en su forma de falso testimonio en juicio, previsto en el primer párrafo del artículo 409 primer párrafo del Código Penal, en agravio del ESTADO PERUANO representado por el Procura-dor Público encargado de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, mediante resolución número 02-2015 de fecha cua-tro de noviembre del dos mil quince; CITA Y NOTIFICA a los acusados SIMON YANA CHAMPI y JACINTO POLONIO TUTACANO PARI, a fi n de que asistan acompañados de su abogado defensor a la AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL señalado para

el día nueve de marzo del dos mil die-ciséis a horas doce del medio día (12:00 md), la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Uniper-sonal y Liquidador del Módulo Básico de Justicia de Azángaro, bajo apercibimiento de ser declarados reo contumaz, ordenar-se su conducción compulsiva y archivarse provisionalmente el proceso hasta que sea habido, en caso de su inasistencia a la audiencia programada. Lo que se pone en conocimiento para los fi nes consi-guientes.Azángaro, 29 de enero del 2016. Miguel Percy Turpo Cari, ESPECIALISTA LEGAL .M.B.J. AZANGARO.(11 de marzo)NOTIFICACION JUDICIAL POR EDICTO - MBJ-AZÁNGARO J. UNIPERSONAL.El Juzgado Penal Unipersonal y Liquida-dor del MBJ de Azángaro, a cargo de la Dra. LORENA MENESES TICONA, con in-tervención del Especialista Legal Miguel Percy Turpo Cari, en el proceso penal 00022-2015-76-2102-JR-PE-01, seguido en contra de ELMER HANCCO CHOQUE-MAMANI, por el delito contra la familia, en la modalidad de omisión a la asisten-cia familiar, en su forma de incumplimien-to de obligación alimentaría, previsto en el primer párrafo del artículo 149 del Código Penal, en agravio de los menores W.H.I. y R.H.I. representada por su proge-nitora ELSA ITUSACA CONDORI, median-te resolución número 03-2016 de fecha veintiséis de enero del dos mil dieciséis; CITA Y NOTIFICA al acusado ELMER HANC-CO CHOQUEMAMANI, a fi n de que asista acompañado de su abogado defensor a la AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL señalado para el día doce de abril del dos mil dieciséis a horas ocho de la mañana (08:00 am), la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal y Liquidador del Módulo Bá-sico de Justicia de Azángaro, bajo aperci-bimiento de ser declarado reo contumaz, ordenarse su conducción compulsiva y archivarse provisionalmente el proce-so hasta que sea habido, en caso de su inasistencia a la audiencia programada. Lo que se pone en conocimiento para los fi nes consiguientes. Azángaro, 26 de enero del 2016. Miguel Percy Turpo Cari, ESPECIALISTA LEGAL .M.B.J. AZANGARO. .(11 de marzo)NOTIFICACION JUDICIAL POR EDICTO - MBJ-AZÁNGARO J. UNIPERSONAL.El Juzgado Penal Unipersonal y Liquida-dor del MBJ de Azángaro, a cargo de la Dra. LORENA MENESES TICONA, con in-tervención del Especialista Legal Miguel Percy Turpo Cari, en el proceso penal 00068-2015-10-2102-JR-PE-01, seguido en contra de FICO DERLY QUISPE QUISPE, por el delito contra la familia, en la mo-dalidad de omisión a la asistencia familiar, en su forma de incumplimiento de obli-gación alimentaria, previsto en el artículo 149 primer párrafo del Código Penal, en agravio del menor Y.B.Q.C. representa-da por su progenitora LUZMILA CAHUA CARI, mediante resolución número 02-2016 de fecha veintiséis de enero del dos mil dieciséis; CITA Y NOTIFICA al acusado FICO DERLY QUISPE QUISPE, a fi n de que asista acompañado de su abogado defen-sor a la AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL señalado para el día doce de abril del dos mil dieciséis a horas ocho de la mañana con treinta minutos (8:30 am), la misma que se realizará en la Sala de Au-diencias del Juzgado Penal Unipersonal y Liquidador del Módulo Básico de Justi-cia de Azángaro, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, ordenarse su conducción compulsiva y archivarse provisionalmente el proceso hasta que

sea habido, en caso de su inasistencia a la audiencia programada. Lo que se pone en conocimiento para los fi nes consi-guientes.Azángaro, 26 de enero del 2016. Miguel Percy Turpo Cari, ESPECIALISTA LEGAL .M.B.J. AZANGARO. (11 de marzo)CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNOJUZGADOS UNIPERSONALES Y COLEGIA-DO DEL MODULO PENAL DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁNExpediente N° 01252-2014-61-2111-JR-PE-03, (Cuaderno de Debate).- El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de la Provin-cia de San Román - Juliaca, a cargo del señor Magistrado Milton Huallpa Mace-do, por medio de la presente NOTIFICA al acusado WILSON FEDERICO ROJAS COA-QUIRA, por el delito Contra la Familia en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar en su forma de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Có-digo Penal; en agravio del menor Adans Anthony Rojas Charca representado por su madre Nelly Lourdes Charca Pacori, la misma que se realizará en AUDIENCIA PÚBLICA É INAPLAZABLE en fecha VEIN-TITRÉS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIE-CISÉIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, en la sala de au-diencias del Módulo Penal de la Provincia de San Roman –Juliaca , BAJO APERCIBI-MIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ O AUSENTE y dispone su captura a nivel nacional en caso de inasistencia . Milton Huallpa Macedo, JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL MO-DULO PENAL DE SAN ROMÁN. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO PODER JUDICIAL. Guísela Sofía Zevallos Valdez .ASISTENTE, CORTE SUPERIOR DE JUS-TICIA DE PUNO PODER JUDICIAL. (11 de marzo).CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNOJUZGADOS UNIPERSONALES Y COLEGIA-DO DEL MODULO PENAL DELA PROVINCIA DE SAN ROMÁNExpediente N° 01601-2015-58-2111-JR-PE-04, (Cuaderno de Debate).- El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román - Juliaca, a cargo del señor Magistrado Milton Huallpa Macedo, por medio de la presente NOTIFICA al acusa-do PEDRO QUISPELUZA TICONA, por el delito Contra la Familia en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar en su forma de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, previsto en el artículo 149° primer párrafo del Código Penal en agra-vio del menor Luis Fernando Quispeluza Maza representado por Alvina Maza Apa-za, la misma que se realizará en AUDIEN-CIA PÚBLICA É INAPLAZABLE en fecha VEINTIUNO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS, en la sala de audiencias del Módulo Penal de la Provincia de San Román - Juliaca, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ O AUSENTE y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inasis-tencia. . Milton Huallpa Macedo, JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSO-NAL MODULO PENAL DE SAN ROMÁN. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO PODER JUDICIAL. Guísela Sofía Zevallos Valdez .ASISTENTE, CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO PODER JUDICIAL. (11 de Marzo)CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNOSALA PENAL LIQUIDADORADE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JU-LIACA“AÑO DE LA CONSOLIDACION DEL MAR DE GRAU”EDICTO Nro. 00004- 2016 - HSPL-SR-J

EXPEDIENTE Nro. 00013-1998 - 0 - 2111 - SP-PE-01 SECRETARIO: Carmelo Huisa GutiérrezSe cita, llama y emplaza al acusado:JUAN REYNALDO ALIAGA PACHECO OSCAR GERARDOM LAYME YEPEZPARA QUE CONCURRAN OBLIGATORIA-MENTE AL ACTO DE LA AUDIENCIA PÚBLI-CA DE JUICIO ORAL, PROGRAMADO PARA EL LUNES CATORCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS, A HORAS DOS CON TREIN-TA DE LA TARDE DILIGENCIA QUE TENDRÁ LUGAR EN EL SALÓN DE AUDIENCIAS DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, bajo apercibimiento de iniciarse el juicio oral con presencia del defensor público adscrito a esta Sala Superior en caso de inconcurrencia del abogado de libre elec-ción.Dispuesto en el proceso penal del núme-ro de la referencia, seguido en contra de los acusados referidos, por el delito Con-tra El Patrimonio - Robo, en agravio de Edwin Henrry Arque Mayta.Para que se ponga a derecho y se defi en-da de los cargos que se les imputa. Julia-ca, 03 de marzo de 2016. : Carmelo Huisa Gutiérrez, Secretario – Sala Penal Liquida-dora San Román – Juliaca. (11 marzo)CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNOJUZGADOS UNIPERSONALES Y COLEGIA-DO DEL MODULO PENAL DELA PROVINCIA DE SAN ROMÁNExpediente N° 01358-2014-69-2111-JR-PE-04, (Cuaderno de Debate).- El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de la Provin-cia de San Román - Juliaca, a cargo del se-ñor Magistrado Milton Huallpa Macedo, por medio de la presente NOTIFICA a los acusados FREDY ARI JACHO y ALEXANDER ARI JACHO, por el delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en su modalidad de Le-siones en su forma de Lesiones Leves, pre-visto en el primer párrafo del artículo 122° del Código Penal en agravio de Situac Co-yla Sucasaca, la misma que se realizará en AUDIENCIA PÚBLICA É INAPLAZABLE en fecha VEINTITRÉS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS TRES DE LA TARDE CON QUINCE MINUTOS, en la sala de audiencias del Modula Penal de la Provincia de San Román - Juliaca, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADOS CONTUMAZ O AUSENTE y disponerse su captura a nivel nacional en caso de ina-sistencia . Milton Huallpa Macedo, JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPER-SONAL MODULO PENAL DE SAN ROMÁN. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO PODER JUDICIAL.(11 de Marzo)CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNOJUZGADOS UNIPERSONALES Y COLEGIA-DO DEL MODULO PENAL DELA PROVINCIA DE SAN ROMÁNExpediente N° 01677-2014-14-2111-JR-PE-04, (Cuaderno de Debate).- El Se-gundo Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román - Juliaca, a cargo del señor Magistrado Milton Huallpa Ma-cedo, por medio de la presente NOTIFICA al acusado REYNALDO QUISPE CHACÓN, por el delito Contra la Familia en su mo-dalidad de Omisión de Asistencia Familiar en su forma de Incumplimiento de Obli-gación Alimentaria, previsto en el artículo 149° primer párrafo del Código Penal en agravio del menor Yimi Royer Quispe Cca-lla representado por su madre Julia Ccalla Huarsaya, la misma que se realizará en AUDIENCIA PÚBLICA É INAPLAZABLE en fecha VEINTITRÉS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Módulo Penal de la Provincia de San Ro-mán - Juliaca, BAJO APERCIBIMIENTO DE

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La República 5Lunes, 14 de marzo del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

SER DECLARADO CONTUMAZ O AUSENTE y captura a nivel nacional en caso de in-asistencia. Milton Huallpa Macedo, JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPER-SONAL MODULO PENAL DE SAN ROMÁN. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO PODER JUDICIAL. Guísela Sofía Zevallos Valdez .ASISTENTE, CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO PODER JUDICIAL.(11 de Marzo)

EDICTO DEL PRIMER JUZGADO PENAL

UNIPERSONAL

DE SAN ROMÁN - JULIACALa Juez del Primer Juzgado Penal Uni-personal de la Provincia de San Román Juliaca, del Distrito Judicial de Puno, a cargo de la Magistrada CARMEN MA-MANI NUÑEZ, con intervención del Asistente Jurisdiccional Nimer Bautista Quilla, en el proceso penal expediente N° 0543-2015-69-2111-JR-PE-01 (Cuaderno de debate), seguido en contra de segui-do en contra de JUAN FERNANDO AHU-MADA HUAYNACHO, quien se encuentra procesado por la presunta comisión del delito Contra la Familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en su forma de Incumplimiento de Obligación Alimentaria en agravio de Lucy Ruth Pa-cori Hilaquijo y otros, CITA Y NOTIFICA al acusado JUAN FERNANDO AHUMADA HUAYNACHO, a fi n de que asista acom-pañado de su abogado defensor a la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL, se-ñalado para el VEINTISIETE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOS DE LA TARDE CON TREINTA MINUTOS en el salón de audiencias del Módulo Penal de San Román Juliaca, bajo apercibimiento de declarársele REO CONTUMAZ y ordenarse su captura hasta que sea habido en caso de inasistencia.-Juliaca, 02 de marzo del 2016.NIMER BAUTISTA QUILLA, ASISTEN-TE JURISDICCIONALES DE LA UNIDAD DE APOYO PODER JUDICIAL.(11 de marzo)EDICTO PENALExpediente N° 1774-2015-48Segundo Juzgado Penal Unipersonal de PunoEspecialista de Causas: Henry Velásquez EnriquezSe ha dispuesto la Notifi cación por Edicto con la Resolución N° 05, al acusado ER-NESTO LOPEZ VALDIVIA, cuyo extracto de la parte pertinente, es el siguiente:“RES. 05.- SE RESUELVE: Considerar AU-SENTE al acusado ERNESTO LOPEZ VAL-DIVIA. SE DISPONE su conducción com-pulsiva con la fi nalidad e instalar el juicio oral, que se hagan las comunicaciones correspondientes para dicho efecto, y archivamos provisionalmente la presente causa (...), a efecto que pueda presentarse voluntariamente y de esa manera pro-pender a la instalación del juicio oral, defi -namos en tanto el abogado Felipe Milton Iruri Davila para que cautele en cuanto corresponda el derecho defensa del au-sente Ernesto Lopez Valdivia.” Puno, 07 de marzo de 2016. Henry Velásquez Enrí-quez ESPECIALISTA JUDICIAL DE CAUSAS PODER JUDICIAL.(11 de marzo)EDICTOPor ante el segundo JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PUNO, que despacha el señor CHIRSTIAN CAYE-TANO CHIRE, con intervención de la Espe-cialista de Causas Jurisdiccionales TANIA QUISPE ACHAHUANCO en el EXP. N° 1437-2014-15, ha dispuesto mediante la pre-sente se NOTIFIQUE a JUAN DAVID AUCCA CUSIRIMAY, ITALO ROSWEL COLQUE CHO-QUE, ROGER EDGAR CAYRA HUANCOLLO y DENIS YANQUE RUELAS con la Resolu-

ción N° 11 de fecha veinticinco de enero del dos mil dieciséis, se ha dispuesto reprogramar la fecha para la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION para el día MIERCOLES TREINTA DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas DIEZ DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias N° (DOS) del Juzgado de Investigación Preparatoria de Puno; NOTIFICANDOSE a los imputados: JUAN DAVID AUCCA CUSIRIMAY, ITALO ROSWEL COLQUE CHOQUE, ROGER EDGAR CAYRA HUANCOLLO y DENIS YANQUE RUELAS, por la presunta comisión del delito de FALSEDAD GENERICA en agravio, de la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO. Puno, 02 de marzo del 2016. TA-NIA QUISPE ACHAHUANCO, Asistente Ju-risdiccional de Causas. PODER JUDICIAL.( 11 de marzo)CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNOJUZGADOS UNIPERSONALES Y COLEGIA-DO DEL MODULO PENAL DELA PROVINCIA DE SAN ROMÁNExpediente N° 0376-2016-0-2111-JR-PE-03, (Cuaderno de Debate).- El Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Provin-cia de San Román - Juliaca, a cargo de la señora Magistrada Carmen Mamani Núñez, por medio de la presente NOTI-FICA al acusado JHIMI DEIVIS QUISPE RO-QUE, por el delito Contra la Libertad en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual en su forma penal de Violación Se-xual en grado de tentativa; ilícito previsto en el artículo 160° primer párrafo del Có-digo Penal concordado con el artículo 16° del citado cuerpo normativo; en agravio de A. S. M. Y, la misma que se realizará en AUDIENCIA PÚBLICA É INAPLAZABLE en fecha QUINCE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS A HORAS TRES DE LA TARDE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS, en la sala de audiencias del Módulo Penal de la Provincia de San Román - Juliaca, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARA-DO CONTUMAZ O AUSENTE y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inasistencia. Guísela Sofía Zevallos Val-dez .ASISTENTE JURISDICCIONAL DE LA UNIDAD DE APOYO, CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO PODER JUDICIAL.(11 de Marzo)CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNOJUZGADOS UNIPERSONALES Y COLEGIA-DO DEL MODULO PENAL DELA PROVINCIA DE SAN ROMÁNExpediente N° 0199-2016-0-2111-JR-PE-03, (Cuaderno de Debate).- El Se-gundo Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román - Juliaca, a cargo de la señora Magistrada Carmen Mamani Núñez, por medio de la presente NOTIFI-CA al acusado BELARMINO PACORI MA-MANI, por el delito Contra la Familia en su Modalidad de Omisión de Asistencia Familiar en su forma de Incumplimiento de Obligación Alimentaria; ilícito previsto en el artículo 149° primer párrafo del Có-digo Penal; en agravio de Mateo Alexsan-der Pacori Paricoto representada por Ana Isabel Paricoto Mamani, la misma que se realizará en AUDIENCIA PÚBLICA É INA-PLAZABLE en fecha QUINCE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Módulo Penal de la Provincia de San Ro-mán - Juliaca, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ O AUSENTE y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inasistencia. Guísela Sofía Zevallos Valdez .ASISTENTE JURISDIC-CIONAL DE LA UNIDAD DE APOYO, CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO PODER JUDICIAL. (11 de marzo)

NOTIFICACION POR EDICTOPor ante el Primer Juzgado de Familia de San Román -Juliaca a cargo del señor Juez doctor YOUL RIVEROS SALAZAR, con la actuación de la Secretaria Judicial Zaida Enriquez Montoya, Exp. Nro. 404-2016 seguido por NORMA ELIZABETH QUISPE PUMA sobre VIOLENCIA FAMILIAR en con-tra de FIDEL QUISPE CALCINA, se ha orde-nado la notifi cación vía edictos de lo si-guiente: RESOLUCION Nro.01 Juliaca, tres de marzo del dos mil dieciséis. RESUEL-VO.- SEÑALAR FECHA para la audiencia de ley la misma que deberá desarrollarse el día CATORCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS TRES DE LA TARDE, en el salón de audiencias del primer juzgado de familia de nuestra ciudad de Juliaca, DEBIENDO DE NOTIFICARSE VIA EDICTOS PARA QUE ASISTAN A LA AUDIENCIA PRO-GRAMADA. Juliaca 03 de marzo del 2016. ZAIDA ENRIQUEZ MONTOYA, SECRETARIA JUDICIAL SAN ROMAN –JULIACA (11 de marzo)

EDICTO

El Juzgado Penal Colegiado Supraprovin-cial de la Provincia de Huancané, a cargo de los Magistrados Dr. Héctor Benito Ol-vera Cusilayme (DD), Dra. Lorena Mene-ses Ticona, Dra. Sandra Lino Talavera, con intervención del Especialista de Causas Jurisdiccionales Edgar Luis Quíspe Quen-ta, en el cuaderno de debates número 008- 2016-63-2106-JR-PE-01, seguido en contra del imputado ROCKY LUIS COA-QUIRA QOSQO y GUMERCINDA MAMANI CHIPANA, por el delito de TRATA DE PER-SONAS AGRAVADA, en agravio de días menores de Iniciales T.CH.C. y F.CH.C; por intermedio de la presente se NOTIFICA al acusado ROCKY LUIS COAQUIRA QOS-QO, con el contenido de la resolución N° 03-2016, que REPROGRAMA la audiencia de juicio oral para el día DIECIOCHO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A LAS DOS DE LA TARDE (14:00 pm Hora Exacta); la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Establecimiento Penitenciario de Juliaca “Ex Capilla”, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, lo que se hace de su conoci-miento. Huancané, 08 de Marzo del 2016. Edgar Luis Quíspe Quenta, ESPECIALISTA JUDICIAL DE CAUSAS PODER JUDICIAL. (11 de marzo)EDICTOPor ante el primer JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PUNO, que despacha el señor JUEZ EDSON JÁU-REGUI MERCADO, con intervención de la Especialista de Causas Jurisdiccionales TANIA QUISPE ACHAHUANCO en el EXP. N° 387-2016-0, ha dispuesto mediante la presente se NOTIFIQUE a VICTOR ANDRES RODRIGUEZ QUISPE con la Resolución N° 02 de fecha veintiséis de febrero del dos mil dieciséis, se ha dispuesto REPRO-GRAMAR la fecha para la AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO para el día VIERNES ONCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIE-CISEIS, a las DOCE horas del medio día, en la Sala de Audiencias N° (UNO) del Juzga-do de Investigación Preparatoria de Puno; NOTIFICANDOSE al imputado: VICTOR ANDRES RODRIGUEZ QUISPE, por la pre-sunta comisión del delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de sus menores hijos. Puno 01 de marzo 2016. TANIA QUISPE ACHAHUANCO, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (11 de marzo)

EDICTO

POR ANTE EL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO MBJ AZANGARO, QUE DESPA-

CHA EL JUEZ LLANOS QUISPE SANTOS, ESPECIALISTA APAZA PEREZ RIDER AYAR.Se tramita el Expediente N° 00127-2015-0-2102-JP-CI-01, seguida por Juan Donato Choquehuanca Justo, Mate-ria SUCESION INTESTADA, se ha emitido la Resolución N° 02 fecha 26 enero 2016, SE RESUELVE: Admitir a trámite en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la solicitud de SUCESIÓN INTESTADA interpuesta por JUAN DONATO CHOQUEHUANCA JUSTO, de la causante CLARA JUSTO DE CHO-QUEHUANCA fallecida el dia 17 de febre-ro del 2015, a fi n de que sean declarados herederos el solicitante y hermanos Flavio Choquehuanca Justo, Margarita Choque-huanca Justo, Cipriana Justina Choque-huanca Justo y Bernardino Choquehuan-ca Justo, en Consecuencia SE DISPONÉ 1) Realizar las publicaciones previstas por el Articulo 833 del Código Procesal Civil en el diario Ofi cial “El Peruano” y en el Diario encargado de los anuncios judiciales de Puno 2) Anótese la presente solicitud en el Registro de Sucesión Intestada y en el Registro de Mandatos y Poderes de los Registro Públicos a gestión de la parte in-teresada, 3) Notifíquese la presente reso-lución a la Benefi cencia Publica y Ministe-rio Publico. 4) Cúmplase con lo dispuesto por el Articulo 835 del Código Procesal Civil en concordancia con lo establecido por el Artículo 759 del mismo cuerpo le-gal. 5) Téngase por ofrecido los medios de prueba y a sus antecedentes los ane-xos adjuntos, Azángaro, Marzo 2016, 12. ABOG. APAZA PEREZ RIDER AYAR - SECRE-TARIO JUDICIAL. (11 MAR) B/30 – 0000536 S/.0.00

EDICTO JUDICIAL

POR ANTE EL PRIMER JUZGADO CIVIL DE LA PROVINCIA DE SAN ROMAN JU-LIACA, QUE DESPACHA El SEÑOR JUEZ EDWIN HUGO QUISPE VARGAS, ASISTIDO DEL SEC. JUD. ALEX FREDY VELÁSQUEZ RAMOS, se tramita el EXPEDIENTE N° 00602-2011-CI. ESTRACTO DE DEMANDA: QUE, DON EDUARDO CONDORI TIPULA, INTERPONE DEMANDA DE DESALOJO POR OCUPANTE PRECARIA SEGUIDO EN CONTRA DE LOS DEMANDADOS MARINO MAMANI FLORES, SATOS IGNACIO PARI-CAHUA APAZA, JOSE BERNARDO TURPO QUISPE, NATIVIDAD LOPEZ PARILLO, NI-COLAS APAZA CHATA, FAUSTINO LOPEZ PARILLO, JUAN PUMA VIVEROS Y CONTRA LOS QUE ESTÉN OCUPEN EL BIEN MATE-RIA DE DESALOJO, bien inmueble rustico “Parcela B-18-ab” de una extensión super-fi cial de veintinueve hectáreas con 2,277 metros lineales, conforme al título de propiedad número 1100, escritura públi-ca número 368 de sucesión intestada de fecha doce de setiembre del dos mil seis, partida electrónica número 05049712; bien inmueble materia de desalojo que tiene como colindancias generales : por el Norte con terrenos de Max Giraldo Loayza Mariaca, con una longitud de 560 metros lineales; por el Sur con terrenos de la CAT Natividad, con una longitud de 550 metros lineales; por el Este con terrenos de Miguel Apaza, con una longitud de 530 metros lineales; y por el Oeste con la línea ferroviaria que conduce de Julia-ca a Cusco o viceversa, con una longitud de 637 metros lineales. ESTRACTO AUTO ADMISORIO: SE RESUELVE: ADMITIR a trá-mite la demanda interpuesta por EDUAR-DO CONDORI TIPULA, sobre DESALOJO POR OCUPANTE PRECARIO en contra de: MARINO MAMANI FLORES, SANTOS IGNA-CIO PARICAHUA APAZA, JOSE BERNARDO TURPO QUISPE, NATIVIDAD LOPEZ PARI-

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La República6 Lunes, 14 de marzo del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

LLO, NICOLAS APAZA CHATA, FAUSTINO LOPEZ PARILLO Y JUAN PUMA VIVEROS; en la vía de proceso Sumarísimo, en consecuencia, cúmplase con efectuar el TRASLADO a la parte demandada por el plazo de CINCO DIAS, a efecto que con-teste la demanda, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía; para lo cual notifíquesele en la dirección indicada en la demanda. Hágase Saber. RESOLUCION NUMERO 46, de fecha veintinueve de enero del año dos mil dieciséis, median-te el cual se dispone las publicaciones mediante edictos a todos los ocupantes del inmueble materia del presente proce-so.- Juliaca, 02 de marzo del 2016. ALEX FREDY VELASQUEZ RAMOS – SECRETARIO JUDICIAL. (11,14,15 MAR) B/30 – 0000501 S/.0.00

EDICTO JUDICIAL FAMILIA

2° JUZGADO DE PAZ LETRADO - Sede Anexa Juliaca EXPEDIENTE: 00951-2015-0-2111-JP-FC-02 MATERIA: ALIMENTOS JUEZ: LIZANDRO MUÑUICO MAMANI ESPECIALISTA: RAMOS MORA BELINDA DEMANDADO: QUISPE LINARES EDGAR DEMANDANTE: QUILLA CHURA, MARTHA El señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Juliaca, que despacho el Dr. LIZANDRO MUÑUICO MAMANI, asis-tido por la Secretaria Judicial RAMOS MORA BELINDA; en el Expediente N° 00951-2015-0-2111-JP-FC-02, ha dispues-to la notifi cación por edictos de QUISPE LINARES, EDGAR, lo siguiente: RESOLU-CIÓN N° 01 ADMITIR a trámite la deman-da interpuesta por QUILLA CHURA, MAR-THA, en representación de sus menores hijas QUISPE QUILLA, MAYTE CINTHYA y QUISPE QUILLA, MAYERLY MIRIAN, sobre PRESTACION DE ALIMENTOS en, contra de QUISPE LINARES, EDGAR; Se dispone NOTIFICAR POR EDICTOS al demandado QUISPE LINARES, EDGAR, en consecuen-cia FIJESE EN QUINCE DIAS como plazo especial de emplazamiento para que con-teste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Julia-ca, 10 de septiembre del 2015. BELINDA RAMOS MORA DE MONCA – SECRETARIO JUDICIAL. (11,14,15 MAR) B/30 – 0000524 S/.0.00

EDICTO JUDICIAL

Ante el juez del primer Juzgado Civil Sede - Juliaca de la provincia de San Román, Dr. Edwin Hugo Quispe Vargas Expediente N° 2227- 2015-0-2111-JM- CI-03, y con intervención del secretario Judicial, Wil-ber Paredes Jaen, la demanda de Nuli-dad de Acto Jurídico, habiendo dictado el juzgado la resolución N° 04-2016, de fecha 29 de enero del 2016 en donde RESUELVE ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por FELIX EDUARDO CALLA FLORES, JUANA FRANCISCA ARIAS DE COLQUEHUANCA, PORFIRIO COLQUE-HUANCA MAMANI, VICENTE JAIME CALLA PAREDES, MARIANA PACORI COYLA DE CALLA, SIMONA CRUZ CALLA DE PACO-RI Y JESUS PACORI APAZA. En contra de MAXIMILIANO PACORI CATI, la sucesión de la Q.E.V.F.: NICOLASA HILASACA SUCA-CAHUA, MARCOS MARIANO HILLAZACA GONZALES, de la sucesión de la Q.EV.F.: LUCIANO ILASACA GONZALES, FRANCIS-CA SUAQUITA QUISPE, de la sucesión de la Q.E.V.F.: FRANCISCO JILASACA SUCASA-CA, ALEJANDRINA APAZA DE HILASACA, SUSANA YUCRA ARIAS DE HILASACA. En la vía de proceso de CONOCIMIENTO; em-plácese a la sucesión del Q.E.V.F. NICOLA-

SA HILASACA -SUCACAHUA, a la sucesión del Q.E.V.F. LUCIANO ILASACA GONZALES, a la sucesión del Q.E.V.F. FRANCISCO JILA-SACA SUCASACA, por el plazo de sesenta días, mediante edictos y en la forma pre-vista por ley bajo apercibimiento de nom-brársele curador procesal, por el termino de Ley, conforme a los artículos 165 y 167 del Código Procesal Civil. JULIACA 08 DE MARZO DEL 2016. WILBER PAREDES JAEN – SECRETARIO JUDICIAL. (10,16,21 MAR) B/30 – 0000531 S/.0.00

EDICTO PENAL

Expediente N° 435-2016-94Segundo Juzgado Penal Unipersonal de PunoEspecialista de Causas: Henry Velásquez EnriquezSe ha dispuesto la Notifi cación por Edicto con la Resolución N° 02 y 03, al acusado WILLIAM ROLDAN HUANCA POMA, cuyo extracto de la parte pertinente, es el si-guiente:“RES. 02.- SE RESUELVE: DECLARAR LA VALIDEZ FORMAL Y SUSTANCIAL, de la acusación fi scal, en consecuencia, SE DIC-TA AUTO DE ENJUICIAMIENTO en contra del acusado WILLIAM ROLDAN HUANCA POMA, identifi cado con DNI 40936990 (...), como presunto autor del delito con-tra la Familia, en su modalidad de Omi-sión a la Asistencia Familiar, en su forma penal de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, tipo penal previsto y sancio-nado por el primer párrafo del artículo 149 del Código Penal en agravio de la menor Nicole Claudia Huanca Arpasi, re-presentada por su madre Soledad Arpasi Pacho (...)”.“RES. 03.- SE RESUELVE: CONSIDERAR AU-SENTE al acusado William Roldan Huanca Poma, en consecuencia, DESIGNAMOS como su abogado defensor para efec-tos de cautelar el derecho de defensa del acusado, al letrado Percy Wilfredo Mejía Quispe, sin perjuicio de que en su reemplazo pueda intervenir la letrada Mela Yesi Mamani Marca, como así ha estado aconteciendo, SE DISPONE su Conducción compulsiva, solamente con la fi nalidad de instalar el Juicio oral (…) ARCHIVAMOS PROVISIONALMENTE esta causa hasta mientras sea factible intalar el jucio” Puno, 08 de Marzo del 2016. Henry Velasquez Enriquez – Especialista Judicial de Causas del Poder Judicial (11,14,15 de Marzo)EDICTOPor ante el segundo JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PUNO, que despacha el señor CHIRSTIAN CAYETANO CHIRE, con intervención de la Especialista de Causas Jurisdiccionales TAÑIA QUISPE ACHAHUANCO en el EXP. N° 962-2015-32, ha dispuesto mediante la presente se NOTIFIQUE a RODRIGUEZ CHOQUE CORINA VILMA, ASQUI LLUTARI HENRRY JESUS, HUARAYA ZAVALANGA NARDA PAOLA, FLORES CACHICATARI CESAR, CHOQUEHUANCA OLVEA FRANZ, PAYE HUARAHUARA HOLINDA MARITZA, AROAPAZA AGUILAR NESTOR, APAZA PI-NEDA LIDIA VANESA y SALAS PASTOR AN-GELICA con la Resolución N° 04 de fecha tres de marzo del dos mil dieciséis, se ha dispuesto REPROGRAMAR la fecha para la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION para el día MARTES DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias N° (DOS) del Juzga-do de Investigación Preparatoria de Puno; NOTIFICANDOSE a los imputados: RODRI-GUEZ CHOQUE CORINA VILMA, ASQUI

LLUTARI HENRRY JESUS, HUARAYA ZAVA-LANGA NARDA PAOLA, FLORES CACHI-CATARI CESAR, CHOQUEHUANCA OLVEA FRANZ, PAYE HUARAHUARA HOLINDA MARITZA, AROAPAZA AGUILAR NESTOR, APAZA PINEDA LIDIA VANESA y SALAS PASTOR ANGELICA, por la presunta comi-sión del delito de PECULADO en agravio del Estado Peruano representado por la Contraloría General de la República. Puno, 04 de Marzo del 2016. Tania Quis-pe Achahuanco – Asistente Jurisdiccional de Causas del Poder judicial. (11,14,15 de Marzo)

EDICTO

Por ante el SEGUNDO JUZGADO DE IN-VESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO que despacha señor Juez CHRISTIAN NEIL CAYETANO CHIRE, con intervención de la Especialista de Causas Jurisdiccionales TAÑIA QUISPE ACHAHUANCO en el EXP. N°60-2016-12, ha dispuesto mediante la presente se NOTIFIQUE a HENRY YONI LLUTARI BUSTINCIO y con la Resolución N°03 de fecha tres de marzo del dos mil dieciséis se ha dispuesto REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONFIRMATORIA DE INCAUTACION para el día TREINTA Y UNO DE MARZO DEL PRESENTE AÑO, a horas DOS DE LA TARDE CON TREINTA MINU-TOS (14:30horas), en la Sala de Audiencias N°(DOS) del Juzgado de Investigación Preparatoria de Puno, NOTIFICÁNDOSE al acusado HENRY YONI LLUTARI BUSTINCIO por la presunta comisión del delito AGRU-PACION ILICITA DESTINADA A COMETER DELITOS DE NEGOCIO en agravio del ES-TADO. Tania Quispe Achahuanco – Asis-tente Jurisdiccional de Causas del Poder judicial. (11,14,15 de Marzo) EDICTOPor ante el primer JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PUNO, que despacha el señor JUEZ EDSON JÁU-REGUI MERCADO, con intervención de la Especialista de Causas Jurisdiccionales TAÑIA QUISPE ACHAHUANCO en el EXP. N° 1341-2015-37, ha dispuesto mediante la presente se NOTIFIQUE a MILENA LAE-ROL ALARCON HUAMAN con la RESOLU-CION NUMERO 13 Puno veintinueve de enero Del dos mil dieciseisVISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDOS: Re-gistrados en audio;SE RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR FUN-DADO ‘el Requerimiento Fiscal de Revo-cación de Pena de Prestación de Servicios a la Comunidad, por la de Pena Privativa de la Libertad con el carácter de Efectiva. SEGUNDO: SE REVOCA la Conversión de Pena Privativa de Libertad de dos años con seis meses a ciento veintiocho Jor-nadas de Prestación de Servicios a la Co-munidad, HACIÉNDOSE EFECTIVA la Pena Privativa de Libertad con carácter de efec-tiva de dos años con seis meses impuesta a Milena Laerol Alarcon Huaman con DNI N° 46460878, nacida el dos de julio de mil novecientos ochenta y ocho, en el distrito y provincia de Tambopata, departamento y región de Madre de Dios, hija de Bernar-dino y Laureano, que se le ha impuesto a través de la sentencia de Terminación An-ticipada mediante la resolución Numero Dos del día siete de agosto del año dos mil quince. TERCERO: SE DISPONE que se cursen las ordenes de captura en contra de la citada sentenciada y una vez sea puesta a disposición de este Despacho, se determinara el computo del inicio y fi nalización de la pena que se ha men-cionado, esta resolución debe notifi carse en su domicilio real y además mediante edictos. H.S.

NOTIFICANDOSE a la imputada: Milena Laerol Alarcon Huaman, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVA-DO en agravio de MARTHA ISABEL PARI BARREDA. Puno, 07 de Marzo del 2016. Tania Quispe Achahuanco – Asistente Ju-risdiccional de Causas del Poder judicial. (11,14,15 de Marzo)EDICTOAnte el 3° Juzgado de Paz Letrado de San Román - Juliaca, a cargo de la señora Juez Dr. Elsa H. Mantilla Cahuana; con la Secre-taria Judicial que autoriza; Expediente N° 1431 -2015-0-2111 -JP-PE-03; seguidos por Juan José Mamani Rodríguez, por faltas contra la persona en contra de Sillo Mamani Rosa, que mediante resolución Nro. 01 de fecha 11-01-2016: R E -SUELVO: DECLARAR NO HA LUGAR a la apertura de instrucción y en conse-cuencia ARCHIVAR LAS ACTUACIONES POLICIAL ES SOBRE FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de JUAN JOSE MA-MANI RODRIGUEZ en contra de JHON CRISTIAN SILLO MAMANI y ROSA SILLO MAMANI. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SA-BER. Jakeline C. Tapia Miranda – Secreta-ria Judicial. (11,14,15 de Marzo) EDICTO DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE SAN ROMÁN - JULIACALa Juez del Primer Juzgado Penal Uni-personal de la Provincia de San Román Juliaca, del Distrito Judicial de Puno, a cargo de la Magistrada CARMEN MAMA-NI NUÑEZ, con intervención del Espe-cialista Judicial Ronald L. Ferreyros Cali-saya en el proceso penal expediente N° 126-2016-0-2111-JR-PE-01 (Cuaderno de debate), seguido en contra de ADRIAN DIANDERAS CHIPANA, quien se encuentra procesado por la presunta comisión del delito Contra la Familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en su forma de Incumplimiento de Obligación Alimentaria en agravio de Yolanda Ara-pa Condori, CITA Y NOTIFICA al acusado JUAN FERNANDO AHUMADA HUAYNA-CHO, a fi n de que asista acompañado de su abogado defensor a la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL, señalado para el TREINTA DE MARZO DEL DOS MIL DIECI-SEIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON QUINCE MINUTOS en el salón de audien-cias del Módulo Penal de San Román Ju-liaca, bajo apercibimiento de declarársele REO CONTUMAZ y ordenarse su captura hasta que sea habido en caso de inasis-tencia.- Juliaca, 09 de marzo del 2016. Ro-nald L. Ferreyros Calisaya – Especialista Judicial. (11,14,15 de Marzo)

NOTIFICACION POR EDICTO

Expediente N° 2203-2015-18-2111 -JR-PE-01 (Cuaderno de Debates).- El juzgado penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, a cargo de la magistrada MILTON HUALLPA MACEDO, por medio de la presente se NOTIFICA al acusado EDWIN PONCE CASTILLO, (todo ello con la medida de comparecencia simple), como autor por la presunta comisión del Delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de TERESA COAQUIRA ROJAS Para la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL a realizarse en fecha SIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS DOS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA TARDE en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de la provincia de San Román - Juliaca BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ y disponerse su captura a nivel nacional, en caso de inasistencia. Sin perjuicio de notifi carse por edictos si el caso lo ameri-

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La República 7Lunes, 14 de marzo del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

ta. Juliaca, 08 de Marzo del 2016. Guisela Sofi a Zevallos Valdes – Asistente Jurisdic-cional. (11,14,15 de Marzo) NOTIFICACIÓN POR EDICTOExpediente N° 2001-2016-49-2111-JR-PE-03 (Cuaderno de Debates).- El juzgado penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, a cargo del magistrado, MILTON HUALLPA MACEDO por medio de la presente se NOTIFICA al acusado YHA-MIR ALI QUISPE PEREZ(todo ello con la medida de comparecencia simple), como autor por la presunta comisión del Delito de FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, en agravio de chambi Gonzales luz lizbeth.; Para la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL a realizarse en fecha SIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS , A HORAS DOS DE LA TARDE , en la Sala de Audien-cias del Módulo Penal de la provincia de San Román - Juliaca BAJO APERCIBIMIEN-TO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ y disponerse su captura a nivel nacional, en caso de inasistencia. Sin perjuicio de notifi carse por edictos si el caso lo ame-rita. Juliaca, 08 de Marzo de 2016. Guisela Sofi a Zevallos Valdes – Asistente Jurisdic-cional. (11,14,15 de Marzo)NOTIFICACION POR EDICTOExpediente N° 01435-2014-82-2111-JR-PE-02 (Cuaderno de Debates).- El juzgado penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, a cargo del magistrado Milton Huallpa Macedo, por medio de la presente se NOTIFICA al acusado RAUL CALLOAPAZA MAMANI, (todo ello con la medida de comparecencia simple), como autor por la presunta comisión del Delito de FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, en agravio de LUZ MARINA PHOCCO MAMA-NI.; Para la AUDIENCIA PUBLICA DE JUI-CIO ORAL a realizarse en fecha CATORCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de la provincia de San Román - Juliaca BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ y disponerse su captura a nivel nacional, en caso de inasistencia. Sin perjuicio de notifi carse por edictos si el caso lo amerita. Juliaca, 08 de Marzo de 2016. Guisela Sofi a Zevallos Valdes – Asis-tente Jurisdiccional. (11,14,15 de Marzo)NOTIFICACION POR EDICTOExpediente N° 01914-2015-46-2111-JR-PE-02 (Cuaderno de Debates).- El juzgado penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, a cargo del magistrado Milton Huallpa Macedo, por medio de la presente se NOTIFICA al acusado LUZBER MEMO RAMOS NEYRA, (todo ello con la medida de comparecencia simple), como autor por la presunta comisión del Deli-to de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de CRISTIAN ELNEMBER RAMOS APAZA; Para la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL a realizarse en fecha SIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS TRES DE LA TARDE CON TREIN-TA MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de la provincia de San Román - Juliaca BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ y disponerse su captura a nivel nacional, en caso de inasistencia. Sin perjuicio de no-tifi carse por edictos si el caso lo amerita. Juliaca,08 de Marzo de 2016. Guisela Sofi a Zevallos Valdes – Asistente Jurisdiccional. (11,14,15 de Marzo)

NOTIFICACION POR EDICTO

Expediente N° 02120-2015-67-2111 -JR-PE-01 (Cuaderno de Debates).- El juzgado penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, a cargo del magistrado

Milton Huallpa Macedo, por medio de la presente se NOTIFICA al acusado EDWAR BARRIONUEVO CALLA, (todo ello con la medida de comparecencia simple), como autor por la presunta comisión del Delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ALEXANDER BARRIONUEVO QUISPE.; Para la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL a realizarse en fecha SIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS CUATRO DE LA TARDE CON QUIN-CE MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de la provincia de San Román - Juliaca BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ y disponerse su captura a nivel nacional, en caso de inasistencia. Sin perjuicio de notifi carse por edictos si el caso lo ame-rita. Juliaca, 08 de Marzo de 2016. Guisela Sofi a Zevallos Valdes – Asistente Jurisdic-cional. (11,14,15 de Marzo)EDICTO JUDICIALLa señora Juez del PRIMER JUZGADO PE-NAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA de la Provincia de San Román - Juliaca Dra. YESSICA CONDORI CHATA, por me-dio del presente NOTIFICA A: CECILIA CHECASACA QUISPE; con el contenido de la RESOLUCIÓN NUMERO DOS, por medio del cual REQUIÉRASE al acusados ELISBAN CHIPANA HUACCOTO y CECILIA CHECASACA QUISPE a efectos de que en el término de cuarenta y ocho horas de notifi cado DESIGNE un Abogado de libre elección bajo apercibimiento de de-signarle un Abogado Defensor Público, para que asuma la defensa técnica de los referidos acusados, con quien se llevará a cabo el trámite de la etapa intermedia. Ello en el proceso penal N° 533-2015- 68-2111JR-PE-01, seguido en contra de Cecilia Checasaca Quispe y otros, por la presunta comisión del delito de apropia-ción ilícita, en agravio de Monica Yrene Llachi Laurente.Juliaca, 02 de marzo de 2016. Asistente Jurisdiccional: XIANETH Y. VILA GALLARDO (11,14,15 de Marzo)

EDICTO JUDICIAL

El señor Juez del CUARTO JUZGADO PE-NAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA de la Provincia de San Román - Juliaca, Dr. WALTER ROBERT PAREDES LIPA, por me-dio del presente NOTIFICA A: FRANCISCA JULIA CHINO DE JAVIER ; con el contenido de la Requerimiento Mixto “ de conformi-dad con lo establecido en el Artículo 336° inc. 4 concordante con el Art. 349° del Codigo Procesal Penal, esta Fiscalía pro-cede a Formular ACUSACION en contra de FRANCISCA JULIA CHINO DE JAVIER. Por ser presunto autor del delito de Lesiones Graves Agravadas por Violencia Familiar en agravio de Felipa Mamani Mamani y la resolución número siete de fecha siete de marzo del dos mil dieciséis, donde se dispone REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION PARA EL DIA TREINTA DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE DE LA MAÑA-NA; ello ordenado en el proceso penal No. 318-2015-91-2111-JR-PE-04, seguido en contra de Francisca Julia Chino De Javier y Otro, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves Agravadas por Violen-cia Familiar en agravio de Felipa Mamani Mamani. COILA. Juliaca, 07 de Marzo del 2016. Asistente Jurisdiccional: MILTON JA-MES HUACASI (11,14,15 de Marzo)

EDICTO JUDICIAL

El señor Juez del PRIMER JUZGADO PE-NAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA de la Provincia de San Román - Juliaca, Dr. YESSICA CONDORI CHATA, por medio

del presente NOTIFICA A: ADRIAN DIONE ROQUE APAZA, ROGER AMERICO CUTISA-CA APAZA, ALFREDO LLANO BALCONA, ROGER MAGNO PUMA SALAZAR, MAR-CELINA YANAPA CALCINA, ALFREDO ES-TRADA RODRIGUEZ, RONALD GERONIMO IBEROS PUMA Y EDWIN CONDORI HUA-MAN ; Con el contenido de la resolución numero uno de fecha cuatro de marzo del dos mil dieciséis, donde se dispone PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE PRISION PREVENTIVA PARA EL DIA VEINTINUE-VE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOS CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE; ello ordenado en el proceso penal No. 2710-2015-63-2111-JR-PE-01, seguido en contra de Adrián Dione Roque Apaza y Otros, por la presunta comisión del delito de Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido del Cargo en agravio del Estado Peruano. Juliaca, 04 de Marzo del 2016. Asistente Jurisdiccional: MILTON JAMES HUACASI COILA. (11,14,15 de Marzo)

EDICTO JUDICIAL

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MEL-GAR-AYAVIRI.Ante el Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Melgar Ayaviri, que despa-cho ei Dr. Alexanaer Roque Díaz, cita y emplaza a los inculpados ROBERTA QUIS-PE DE CAHUANA Y LEONARDO CAHUANA CCOA EN SU DOMICILIO REAL EN EL SEC-TOR SANTA TERESA DE LA COMUNIDAD DE KUNURANA ALTO Y CALLE CUSCO N° 411 DISTRITO SANTA ROSA- MELGAR-PU-NO; a efecto de que concurran al Juzgado Penal Unipersonal de la ciudad de Ayaviri. a la diligencia de Citación de Juicio Ora! a realizarse e día CINCO DE ABRIL DEL 2016 ha horas NUEVE DE LA MAÑANA, ordenada en el Cuaderno de Debates No.00073-2011-91 seguido por el DELITO DE USURPACION AGRAVADA, en agravio de LUZ MARINA MENDOZA PALOMINO VDA DE QUISPE. Ayaviri, 03 DE MARZO del 2016. Geraldo Chalco Ugarte – Secretario Judicial. (11,14,15 de Marzo)

EDICTO JUDICIAL

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MEL-GAR-AYAVIRI.Ante el Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Melgar Ayaviri, que despa-cho el Dr. Alexander Roque Díaz, cita y emplaza a los inculpados JOHNNY PAUL RIVERA CACERES EN SU DOMICILIO REAL EN EL JIRON GRAU S/N DEL DISTRITO DE ANDARAY,CONDESUYO-AREQUIPA Y URB.GUARDIA CIVIL MZ. “A”2 LOTE 3, JULIACA-San Román-Puno; a efecto de que concu-rran al Juzgado Pena! Unipersonal de la ciudad de Ayaviri. a la diligencia de Cita-ción de Juicio Oral a realizarse el día SIETE DE ABRIL DEL 2016 ha horas NUEVE DE LA MAÑANA, ordenada en el Cuaderno de Debates No.00052-2011-57 seguido por el DELITO DE USURPACION AGRA-VADA, en agravio de TORIBIO CONDORI CHINCHERCOMA Y OTRA. Ayaviri, 03 DE MARZO del 2016. Geraldo Chalco Ugarte – Secretario Judicial. (11,14,15 de Marzo)

NOTIFICACIÓN POR EDICTO

Que, ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la provincia de Carabaya, que despacha el señor Juez Cesar Augus-to Pineda Fernández, con actuación de la Especialista de Juzgado Yuliana Karina Coaquira CUSÍ, se tramita el proceso sig-nado con el Nf, 00017-2016-78 seguido contra délos acusados JULIO RONALD MERMA MERMA , CIRIACO MARIO MERMA MERMA , JUAN LUIS MERMA MERMA por

el delito_ de LESIONES LEVES en agravio de ALEJANDRO ASUNCION QUECAÑO MOROCCO y. que mediante resolución número uno. de fecha veintinueve de enero del dos mil dieciséis, se ha ordena-do la notifi cación edictal a la parte acusa-da para que esté presente en la audiencia de comparecencia con restricciones se-ñalada para el día VEINTE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, audiencia a llevarse a cabo en el salón de audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Carabaya. Macusani, 29 de enero del 2016. Yuliana K. Coaquira Kusi – Especialista judicial de Juzgado modulo penal Carabaya. (11,14,15 de Marzo)

NOTIFICACIÓN POR EDICTO

Que, ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la provincia de Carabaya, que despacha el señor Juez Cesar Augus-to Pineda Fernández, con actuación de la Especialista de Juzgado Yuliana Karina Coaquira CUSÍ se tramita el proceso sig-nado con el N° 16-2014-1 -P, seguido con-tra de Rubén Aurelio Diaz Calsina y otros por el delito de Peculado en agravio de Municipalidad Provincial de Carabaya y. que mediante resolución número siete, de fecha veintinueve de enero del dos mil dieciséis, se ha ordenado la notifi cación edictal a la parte acusada Ronal David Gonzales Nuñez, para que esté presente en la audiencia sobreseimiento señalada para el día DIECINUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta), audiencia a llevarse a cabo en el salón de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparato-ria de la provincia de Carabaya. Macusani 29 de enero de 2016. Yuliana K. Coaqui-ra Kusi – Especialista judicial de Juzgado modulo penal Carabaya. (11,14,15 de Marzo)EDICTO PENAL EXPEDIENTE 080-2015-74-2111-JR-PE-01.Él señor Juez del Juzgado de Investiga-ción Preparatoria Vacacional de Emergen-cia de Chucuito- Juli, a cargo del doctor Roñal Leonel Ferreyros Calisaya, por medio de la presente NOTIFICA A; EDDY JESÚS FLORES RAMOS, identifi cado con D.N.I 71431737 y WILBER QUISPE MACHA-CA identifi cado con DNI N°45057691 en el expediente de la referencia 080-2015-74- 2111 -JR-PE-01, como agraviados del proceso antes señalado; con el contenido de la resolución N° 03 de fecha veintidós de febrero del años dos mil dieciséis, mediante el cual SE REPROGRAMA día y hora para la realización de la Audiencia de requerimiento mixto el mismo que se llevara a cabo el DÍA VEINTIDÓS DE MAR-ZO DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DOS DE LA TARDE CON TREINTA MINUTOS, au-diencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del juzgado de Investigación Preparatoria del Juzgado de Investiga-ción Preparatoria de Chucuito- Juli. Juli, 26 de Febrero del 2016. Abg. Stefany Indhira Velazques Aguilar – Especialista Judicial Secretaria Judicial. (11,14,15 de Marzo)

EDICTO JUDICIAL

EN EL EXPEDIENTE NUMERO 0012-2012-36-2108-JR-PE-01, EL JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DE LA PROVINCIA DE MELGAR - PUNO, DOCTOR ADOLFO EDGAR PERAL-TA CORNELIO, EN FECHA VEINTICINCO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS, HA DISPO-NIENDO EMPLAZAMIENTO POR EDICTO

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La República8 Lunes, 14 de marzo del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

CON LA RESOLUCIÓN 29, A LA PROCESA-DA FLORA TACURI HUAYLLA, CUYA TEXTO ES EL SIGUIENTE: (...) DESIGNAR COMO DEFENSA TÉCNICA DE LA SEÑORA FLORA TACUR! HUAYLLA AL DEFENSOR PUBLICO DE TURNO EN ESTE CASO AL ABOGADO VÍCTOR PÉREZ FUENTES, QUIEN HA DE ASUMIR SU DEFENSA TÉCNICA, Y PO-NER DE CONOCIMIENTO DE LA CITADA IMPUTADA A TRAVÉS DE EDICTOS, QUE TODAS LAS NOTIFICACIONES QUE SE VAN A EFECTUAR EN ADELANTE VAN A SER EFECTUADAS EN EL DOMICILIO DEL QUE HA SEÑALADO EN ESTE ACTO DE AUDIEN-CIA EL DEFENSOR PÚBLICO; PONGASE EN CONOCIMIENTO DEL SUJETO PROCESAL EL PRESENTE. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY. Ayaviri, 29 de Enero del 2016. Rivel Mestas Leon – Especialista Ju-dicial de Audiencias (11,14,15 de Marzo)EDICTO PENAL EXPEDIENTE 051 -2016-54-2111 -JR-PE-01.El señor Juez del Juzgado de Investiga-ción Preparatoria Vacacional de Emergen-cia de Chucuito- Juli, a cargo del doctor Roñal Leonel Ferreyros Calisaya, por medio de la presente NOTIFICA A; FELIX AGUSTIN DAMIAN QUISPE, identifi cado con D.N.I 44581773 en el expediente de la referencia 051- 2016-54-2111-JR-PE-01., como presunto autor del delito Contra la vida el cuerpo y la salud, en su moda-lidad de homicidio, en agravio quien en vida fue Primo Chambilla Romero; con el contenido de la resolución N° 02 de fecha diecisiete de febrero del años dos mil die-ciseis, mediante el cual SE REPROGRAMA día y hora para la realización de la Audien-cia de requerimiento de prisión preventi-va el mismo que se llevara a cabo el DÍA SIETE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOS DE LA TARDE CON TREINTA MINUTOS, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del juzgado de Investigación Preparatoria del Modulo Básico de Justicia de Yunguyo. Juli, 24 de Febrero del 2016. Abg. Stefany Indhira Velasquez Aguilar – Especialista Judicial (11,14,15 de Marzo)

EDICTO PENAL

El señor Juez del JUZGADO PENAL CO-LEGIADO DE PUNO, a cargo del Doctor ROGER FERNANDO ISTAÑA PONCE, por medio de la presente NOTIFICA A: CE-SAR FERNANDEZ RAFAEL; en el cuaderno de debates N° 01161-2015-34-2101-JR-PE-02, como presunto autor del delito de Contra la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, en su forma de Incumplimiento de Violación Sexual en grado de Tentativa; con el con-tenido de la resolución N° 07, de fecha siete de marzo del año dos mil dieciséis, mediante el cual: RESOLUCIÓN No. 07-2016, Puno, siete de marzo, Del dos mil dieciséis. VISTOS, OIDOS; y, CONSIDE-RANDO: Expuestos y grabados en audio. EL JUZGADO, RESUELVE.- PRIMERO: De-clarar REO CONTUMAZ al señor CESAR FERNANDEZ RAFAEL, identifi cado con DNI N° 45954790, nacido el veinticinco de setiembre de mil novecientos ochenta y nueve, en el distrito de Acora, Provincia y Departamento de Puno, hijo de Bernardo y Petrona, en la presente causa que se le sigue por la presunta comisión del delito de Violación Sexual en grado de Tenta-tiva, previsto en el numeral 6) segundo párrafo del artículo 170° del Código Penal en concordancia con el primer párrafo del artículo 16 del Código Penal, y en forma alternativa por Actos contra el Pudor pre-visto en el artículo 176° primer párrafo del Código Penal, en agravio de la menor

de iniciales Y.CH.C., en consecuencia. Se DISPONE SU CONDUCCIÓN COMPULSIVA, debiendo GIRARSE los ofi cios a la Policía Judicial y a las autoridades policiales que sean necesarias, a efecto de que una vez que lo ubiquen, lo conduzcan y pongan a disposición de este órgano jurisdic-cional, se instale la realización del juicio oral. SEGUNDO: DISPONER el ARCHIVO PROVISIONAL de la presente causa, de conformidad con el artículo 79° numeral 5) del Código Procesal penal hasta cuan-do sea habido el referido ciudadano Ce-sar Fernández Rafael, sin perjuicio de que en forma voluntaria pueda presentarse cuando vea por conveniente, portando su DNI y en horas de despacho judicial..., SE DISPONE además que se le notifi que con esta resolución en su domicilio real, así como también por edictos del Diario Ofi cial de Puno, y se giren los ofi cios en forma periódica hasta lograrse su ubica-ción y conducción.- Regístrese- Puno, 08 de marzo del 2016. Ana Maria Condema-yta Cutimbo – Especialista de Causas Ju-diciales. (11,14,15 de Marzo)EDICTO N° 006-2016-SPA/SPLPROCESO PENAL N° : 00080-2000ESPECIALISTA JUDICIAL : Jimmy Rolando Alata TitoEL SEÑOR PRESIDENTE DE LA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN SALA PE-NAL LIQUIDADORA DE LA PROVINCIA DE PUNO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTI-CIA DE PUNO, QUE SUSCRIBE:Cita, llama y emplaza a los acusados:Acusados contumaces:1. - FLORENCIO TICONA GOMEZ2. -SILVIA SUPO RUELAS Acusa-dos ausentes:3. - LEONILDA JUAREZ FLORES o LEONILDA FLORES CONDORI o JUANA BERTHA JUAREZ FLORESA fi n de que estén presentes, se pongan a derecho y se defi endan de los cargos formulados en su contra por el señor Re-presentante del Ministerio Público, en la audiencia pública que se realizará el día QUINCE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, en el salón de audiencias de la Sala Pe-nal de Apelaciones en adición Sala Pena! liquidadora de Puno, bajo apremio de hacerse efectivo el apercibimiento preve-nido en autos, en caso de inconcurrencia injustifi cada a la presente citación. Orde-nado en el proceso Penal de la referencia, seguido en contra de Leoncio Zamora Figueroa y otros, por la comisión del De-lito de Tráfi co ilícito de drogas en agravio del estado Peruano. Puno 09 de Marzo del 2016. Reynaldo Luque Mamani – PRE-SIDENTE DE LA SALA DE APELACIONES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO (11,14,15 de Marzo)

EDICTO

Ante el Tercer Juzgado Mixto de Puno, en el expediente N° 216-2014-CI; 1) Se ADMITIO a trámite la demanda de DELI-MITACION DE LINDEROS MEDIANTE DES-LINDE interpuesto por ENRIQUE CALMET CHOQUE e IVETTE PAOLA RODRIGUEZ CARDENAS solicitando LA DELIMITACION DE AREAS Y LINDEROS VIA DESLINDE ASI COMO LA RECTIFICACION DE AREA DEL TERRENO Y ACLARACION DE LINDEROS; en contra de LA DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION PUNO, representada judi-cialmente por el PROCURADOR PUBLICO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE PUNO; y, 2) EL MINISTERIO DE EDUCA-CION, REPRESENTADO JUDICIALMETE POR EL PROCURADOR PUBLICO ENCAR-GADO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES

DEL MINISTERIO DE EDUCACION. 2) TRA-MITESE en la vía del proceso abreviado 3) EMPLACESE con la demanda anexos y la presente a los demandados, para que absuelvan en el plazo de diez días. 4) PROVEYENDO: AL EXORDIO.- Téngase por señalado el domicilio procesal (Ca-silla judicial) del recurrente, lugar donde se le hará conocer las resoluciones que recaigan en el presente proceso. 5) A LOS MEDIOS PROBATORIOS.- Téngase por ofrecidos. 6) A LOS ANEXOS.- Agréguese a sus antecedentes.- AL PRIMER, SEGUN-DO, TERCER Y CUARTO OTROSI: Téngase presente en lo que fuere de ley, lo que se publica para fi nes legales. Firmando el Juez Dr. Guido Armando Chevarria Tisnado y la secretaria Sofía Guerra Ca-brera.- Conforme a la Resolución 40.- AL PRINCIPAL: Téngase presente y agréguese a sus antecedentes las publicaciones que se acompañan; y conforme a lo dispuesto por el Art. 506° del Código Procesal Civil cúmplase con notifi car mediante edictos a los colindantes en la forma prevista en los artículos 167 y 168 del mismo cuerpo legal, así mismo notifíquese mediante cédula a tres de los colindantes con la demanda anexos y admisorio a efecto de evitar nulidades posteriores en el pro-ceso.- AL PRIMER Y SEGUNDO OTROSI: Téngase presente.- Firmando el Juez Dr. Guido Chevarria Tisnado y Secretaria Ju-dicial Sofía Guerra Cabrera.- (11,14,15 de Marzo) EDICTO JUDICIALEl Primer Juzgado Mixto de Puno a car-go del señor Juez Dr. Angel Gumercindo Huanca Yampara, con intervención del Secretario Abog. Víctor Raúl Carpió Fran-co, hace saber que en el Proceso No Con-tencioso N° 2313-2015, Hilda Pastorina Saraza Aroapaza ha solicitado la Autoriza-ción de Cambio de Nombre. Dictándose la RESOLUCIÓN N° 01, QUE RESUELVE: “ADMITIR a trámite la demanda Autoriza-ción Judicial de Cambio de Nombre, pro-movido por HILDA PASTORINA SARAZA ^AROAPAZA a efecto de que cambie su primer y segundo nombre de pila “HILDA PASTORINA” por el de “GLORIA HILDA”, en la Partida de nacimiento N° 101, expedido por la Municipalidad Distrital de Chucuito de la provincia de Puno”. Lo que se pone en conocimiento del público para que haga valer sus derechos en el plazo de ley. Puno, 07 de marzo del 2016, Victor Carpio Franco – Secretario Judicial.(11,14,15 de Marzo)

EDICTO

En el expediente N° 584-2016-0-2101 -JR-PE-01 seguida contra Pedro Choque Rojas, por delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, se NOTIFICA al imputado PEDRO CHOQUE ROJAS, a fi n que asista a la audiencia de proceso inmediato programada para el 18 de marzo de 2016 a horas 9:00 a.m., en el salón de audiencias N° 1 de los Juz-gados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459). Puno, 7 de marzo de 2016. RAMÓN CASA PARI ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES PODER JUDI-CIAL.(11,14 de Marzo)CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNOSEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNOEDICTOEn el expediente N° 1815-2015-55-2101-JR-PE-02 seguida contra Presento Calsin Mamani y otra, por delito de usurpación agravada y otro, en

agravio de »Hilario Juli Yanarico, se NO-TIFICA a los acusados PRESENTO CALSIN MAMANI y DIONISIA JULI CARI, a fi n que asistan a la continuación de la audiencia de control de acusación programada para el 21 de marzo de 2016 a horas 3:00 p.m., en el salón de audiencias N° 2 de los Juz-gados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459).Puno, 2 de marzo de 2016.-. RAMÓN CASA PARI. Especialista de Cau-sas Jurisdiccionales, PODER JUDICIAL.(11,14 de Marzo)

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNOSEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNOEn el expediente NP 2561 -2015-0-2101 -JR-PE-02 seguida contra Jung Edison Huancollo Vilca, por delito de incum-plimiento de obligación alimentaria, en agravio de sus menores hijos repre-sentados por Zuleika Y. Vilchez Lazarte, se NOTIFICA al acusado JUNG EDISON HUANCOLLO VILCA, a fi n que asista a la continuación de la audiencia de control de acusación programada para el 6 de abril de 2016 a horas 9:00 a.m., en el sa-lón de audiencias N° 2 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459). Puno, 3 de marzo de 2016.-. RA-MÓN CASA PARI. Especialista de Causas Jurisdiccionales, PODER JUDICIAL.(11,14 de Marzo).EDICTOEn el expediente N° 682-2011-7-2101-JR-PE-02 seguida contra Walter Aduviri Calisaya y otros, por delito de daño agra-vado y otros, en agravio de Edwin Artu-ro Chavez Chavez y otros, se NOTIFICA a los acusados EUFRACO GUIDO VELEZ CARITO, DOMINGO QUISPE TANCARA y JAVIER PARI SARMIENTO, a fi n que asis-tan a la continuación de la audiencia de control de acusación programada para el 5 de abril de 2016 a horas 8:30 a.m., en el salón de audiencias N° 1 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubi-cado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459).Puno, 4 de marzo de 2016. RAMÓN CASA PARI. Especialista de Causas Juris-diccionales, PODER JUDICIAL. (11,14 de Marzo).REMATESAVISO JUDICIAL DEL PRIMER REMATEEn el Expediente Civil N° 01318-2015-0-2111-JM-CI-03, sobre Eje-cución de Garantías, seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, debidamente representado por su apoderado John Herbert Figueroa Subia en contra de JUANA ELENA MAMA-NI RAMOS y JAVIER UBALDO PUMA MENA; el Señor Juez del Segundo Juzgado Civil de la Provincia de San Román - Juliaca, Dr. Ariel Antonio Quispe Laureano y el Espe-cialista Legal Dr. Rene Augusto Tacar Cen-teno, con la intervención del Martillero Público Sr. Víctor Orlando Apaza Morante han dispuesto convocar a PRIMER REMA-TE PÚBLICO, del bien inmueble dado en garantía cuya descripción se detalla: 1.- BIEN INMUEBLE: Ubicado en el Jirón Ger-mán Humpiri, Cuadra cuatro Num. 482 y 488, Urbanización La Florida, Distrito de Juliaca, Provincia de San Román, Depar-tamento de Puno, con un área de 321.86 metros cuadrados; Cuyas demás carac-terísticas se encuentran detalladas en la Partida Registral 05008314, del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros

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La República 9Lunes, 14 de marzo del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

Públicos de Juliaca. 2.- AFECTACIONES CARGAS Y GRAVAMENES: Primera y Pre-ferente Hipoteca por Escritura Publica de fecha 10 de abril del 2014, ante Notario Publico de Juliaca Dr. Jorge Guillermo Gutiérrez Díaz, a favor de la Caja Muni-cipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de US$ 41,306.00 (CUA-RENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SEIS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS) (Asiento D00004). Que es materia del presente proceso y no se conocen otras afecta-ciones 3.- VALOR DE TASACION Y PRECIO BASE: El valor de la tasación del inmueble es US$ 41,306.00 (CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SEIS CON 00/100 DÓLA-RES AMERICANOS). El precio base para el primer remate publico es la suma de US$ 27,537.33 (VEINTISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON 33/100 DÓLARES AMERICANOS). Que es el equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación; por tratarse del remate judicial en prime-ra convocatoria. 4.- LUGAR DEL REMATE: La diligencia se realizara el día 18 de mar-zo del 2016 a horas 08:30 a.m., en el local del Segundo Juzgado Civil de la Provin-cia de San Román - Sede Juliaca, sito en la Casa de la Justicia ubicado en la Plaza Zarumilla, cuarta cuadra del Jr. Apurimac s/n., de la Ciudad de Juiiaca. 5.- NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE: El remate lo realizara el Martilie-ro Publico Sr. Víctor Orlando Apaza Mo-rante con registro nacional N° 321 Celular 952-603020. 6.- DE LOS POSTORES PARA PARTICIPAR EN EL REMATE: Los interesa-dos para ser postores deberán depositar previo al acto del remate una cantidad dineraria no menor al 10% del valor de Tasación (US$4,130.60), en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, acompañando la tasa judicial y su D.N.I.y fotocopias respectivas. Los honorarios del Martiliero Público los paga el adjudica-tario y están afectos al IGV. determinado por ley N° 27728 y conforme al Art. 18° del Reglamento (D.S N° 008-2005- JUS). Juliaca, 07 de marzo del 2016. VICTOR O. APAZA MORANTE – MARTILLERO PÚBLI-CO. RENE AUGUSTO TACAR CENTENO – SECRETARIO JUDICIAL. (10,11,14,15,16,17 MAR) B/30 – 0000530 S/.0.00

PRIMER REMATE PUBLICO

En el expediente Nro. 01543-2014-0-2101-JP-CI-01, sobre Obli-gación de Dar Suma de Dinero seguido por la Cooperativa de Ahorro y Crédito dei Artesano- CIAP en contra de Yolanda Vitulas Flores; la señora Jueza del Primer Juzgado de Paz Letrado de Puno Dra. Noi-ka Rosario Castillo Prado, con actuación del Secretario Cursor Dr. Rubén Charaja Gonzales, ha dispuesto se lleve a efecto el Primer Remate Público del bien que se detalla:INMUEBLE URBANO UBICADO EN LA PAR-CIALIDAD DE HUARAYA, hoy ALTO SAN JOSÉ, distrito, provincia, departamento de Puno, denominado PANTIPANTINE TOROLAHUA MORO LACAYA; con un área total de 199 M2 y con los siguientes lin-deros: Por el norte, con propiedad de Silvestre Lorenzo Mamani, con tres tamos de 5.19,3.81 y 8.76 metros lineales; por el sur, con un pasaje sin nombre, con tres tramos de 14.32, 0.80 y 4.25 metros Linea-les; por el este, con propiedad de Wilfredo Larico Calcina con 11.86 metros lineales y por el oeste con el Jr. Peral, con 8.25 me-tros lineales.GRAVAMEN.- Medida Cautelar de embar-go en forma de depósito de inmueble no inscrito a favor de la Cooperativa de Aho-

rro y Crédito de Artesano- CIAP, hasta por S/. 5,000.00. No se conoce otro gravamen.. TASACION DEL BIEN: S/. 38,158.25 (Trein-ta y ocho mil ciento cincuenta y ocho con 25/100 soles) BASE: S/. 25,438.83 (Veinti-cinco mil cuatrocientos treinta y ocho con 83/100 soles)LUGAR Y HORA DEL REMATE.- Ei remate de efectuara en el frontis del Primer Juz-gado de Paz letrado, el mismo que está ubicado en la avenida El Sol número 865 de la ciudad de Puno, el día 21 de marzo 2016, a las 14.30 horas (02.30pm) y será efectuado por Martillero Publico señor José Carlos Eulalio Chirinos Escobedo.DE LOS POSTORES: Los postores deberán depositar, en efectivo o cheque de geren-cia girado a nombre del propio postor, el diez por ciento del valor total de la tasa-ción del bien, debiendo además adjuntar la tasa judicial por derecho de participa-ción en remede de bien inmueble, consig-nando en ella el número del expediente, juzgado y número de DNI del postor. Los honorarios del Martillero Público más IGV deberán ser cancelados por el adjudicata-rio a la fi nalización del acto (art 732° del C.P.C.) (959600795) Puno, 08 de Marzo 2016. Ruben Charaja Gonzales – Secreta-rio Judicial.

AVISO DEL SEGUNDO REMATE JUDICIALEn el Expediente Civil N° 356-2015, sobre Ejecución de Garantías Reales, seguido Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. en contra de Francisco Cari Mamani y Leonarda Pacheco de Cari, el Señor Juez del Segundo Juzgado Mixto de Juliaca, Dr. Percy Amilcar Rivas Surco y Especialista Legal Dr. Ivan Palomino Jara, con la intervención del Martillero Públi-co Sra. María Ángela Zeballos Alva, han dispuesto convocar a SEGUNDO REMATE PÚBLICO, del bien inmueble dado en ga-rantía, cuya descripción se detalla: 1. BIEN INMUEBLE: Ubicado en Urbanización La Capilla, Lote G7, C3, Distrito de Juliaca, Provincia de San Román y Departamen-to de Puno, con un área de 150.00 m2; cuya demás características se encuen-tran detalladas en la Partida Registral N°11002698, del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Juliaca. 2 AFECTACIONES CARGAS Y GRA-VAMENES: Hipoteca por Escritura Públi-ca de fecha 23 de Noviembre del 2011, ante Notario Público de Juliaca Dr. Jorge Guillermo Gutiérrez Díaz, a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S. hasta por S/. 165,284.00 (Ciento sesenta y cinco mil docientos ochenta y cuatro y 00/100 Nuevos Soles) (Asiento D00002). 3. VALOR DE TASACION Y PRECIO BASE: Valor comercial de US$ 80,734.25 (Ochen-ta mil setecientos treinta y cuatro con 25/100 Dólares Americanos). Con la de-ducción de una tercera parte del valor comercial del inmueble, menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria, el precio base del segundo remate es por la suma de US$ 45,749.41 (Cuarenta y cin-co mil setecientos cuarenta y nueve con 41/100 Dólares Americanos). 4 . LUGAR FECHA Y HORA DEL REMATE La Diligencia se realizará el día 24 de Marzo del 2016 a Horas: 11.00 a.m., en el frontis del Segundo Juzgado Mixto de San Ro-mán-Juliaca, sito en la Casa de la Justicia ubicado en Plaza Zarumilla, cuarta cuadra del jirón Apurímac s/n de la ciudad de Juliaca. El remate lo realizará la Martiliera Pública Dra. María Ángela Zeballos Alva, con Registro N° 142. Los interesados para ser postores, deberán consignar al Juzga-do previo al acto del remate o en efectivo

entregarán a la Martiliera, una cantidad dinerada no menor al 10% del valor de la Tasación, en efectivo o en cheque de gerencia a su nombre, acompañando la tasa judicial. Los honorarios de la Martille-ra Pública los paga el adjudicatario con-forme a ley. Juliaca, 30 de Diciembre del 2015. MA. ANGELA ZEBALLOS A. – MARTI-LLERA PUBLICA. IVAN F. PALOMINO JARA – SECRETARIO JUDICIAL. (11,14,15 MAR) B/30 – 0000494 S/.0.00

PRIMER REMATE JUDICIAL

En los seguidos por SCOTIABANK PERU SAA contra DIONICIA NUÑEZ CHURA y JU-LIO CESAR CHAVEZ CUTIMBO, Expediente N° 00687-2014-0-2111 -JM-CI-03, el Se-gundo Juzgado Civil de Juliaca, a cargo del señor Juez Dr. Ariel Antonio Quispe Laureano, con intervención del Especia-lista Legal Dr. Rene Augusto Tacar Cente-no, ha dispuesto que el suscrito Martiliero Público con Matricula Nro. 209, saque a REMATE en PRIMERA CONVOCATORIA un bien inmueble ubicado en: MZ. H, LOTE 15, URBANIZACION SAN APOLINAR, DEL DISTRITO DE JULIACA, PROVINCIA DE SAN ROMAN Y DEPARTAMENTO DE PUNO; CUYA ÁREA, COUNDANCIAS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SE ENCUENTRAN INSCRI-TAS EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 05004107 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XIII SEDE TACNA - OFICINA REGISTRAL JUUACA. VALOR DE LA TASACIÓN (Convencional): US$ 169,962.70 Dólares Americanos. BASE DE REMATE: US$ 113,308.47 Dólares Ame-ricanos, equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación. AFECTACIONES: HIPO-TECA en el Asiento D00009, a favor de la entidad ejecutante hasta por la suma de US$ 150,000.00. En la Partida Electrónica Nro. 05004107 de la Ofi cina Registral de Juliaca. DIA Y HORA DEL REMATE: viernes 15 de abril de 2016, a las 08h30 am.LUGAR DEL REMATE: En el Hall del local del Tercer Juzgado Mixto (civil) de Ju-liaca, de la Provincia de San Román, sito en Jr. Apurímac N° 578 - Plaza Zarumilla, Juliaca. FUNCIONARIO QUE EFECTUARA LOS REMATES: Remate a viva voz, que será efectuado por el Martiliero Público Dr. Asdel Vega Tirado, Cell: 999098701 / correo electrónico: [email protected]. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de la tasa-ción en efectivo o cheque de gerencia a su nombre; la Tasa Judicial por derecho a participar en remate, consignando núme-ro de expediente, juzgado y número de Documento Nacional de Identidad (copia fi rmada de la Tasa y copia del DNI). El ad-judicatario abonará el saldo del precio del remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contra-rio perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los Honorarios del Martiliero Público son por cuenta del adjudicatario más el IGV., de conformidad con la Ley 27728 “Ley del Martiliero Público” y su Reglamento aprobado por Decreto Su-premo Nro. 008-2005-JUS. Juliaca, enero 08 de 2016. Dr. ASDEL VEGA TIRADO – MARTILLERO PUBLICO. RENE AUGUSTO TACAR CENTENO – SECRETARIO JUDICIAL. (11,14,15,16,17,18 MAR) B/30 – 0000516 S/.0.00

AVISO DE TERCER REMATE

En el expediente número 00053-2013-0-2102-JP-CI-01, sobre Obli-gación de Dar Suma de Dinero seguido por Iván Elías Gárate Cuentas, endosata-rio en procuración de la COOPERATIVA

DE AHORRO Y CRÉDITO LA ISLA Ltda., en contra de Edwin Bernabé Canaza Apa-za; el Juzgado de Paz Letrado del M.B.J. de Azángaro, a cargo del Señor Juez Dr. Santos Llanos Quispe, con actuación del Secretario Dr. Rider Ayar Apaza Perez ha dispuesto se lleve adelante el TERCER REMATE del bien inmueble que a conti-nuación se detalla: CARACTERISTICAS Y DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE.- In-mueble urbano ubicado en el Lote Nº 02 de la manzana G – 1, ubicado en el Jr. Flavio Mandujano Torres Nº 209 del distri-to de Azángaro, provincia de Azángaro y departamento de Puno, con un área total de 300.00 m2, con las siguientes colin-dancias y medidas perimétricas: Por el Norte: colinda con el Lote Nº 01 de la mis-ma manzana, con 20.00 m. l.; Por el Sur: Con la propiedad de Casiano Calcina, con 20.00 m. l.; Por el Este: con el lote Nº 09 de propiedad de Víctor Calcina, con 15.00 m. l.; Por el Oeste: con el Jr. Flavio Mandujano Torres por medio al frente con propiedad de Benjamín Mamani Zapana, con 15.00 m. l., Inmueble que en la actualidad no se encuentra inmatriculado. AFECTA-CIONES.- Embargo de Bien Inmueble No Inscrito En Forma de Depósito, a favor de Iván Elías Gárate Cuentas, quien es endosatario en procuración de la COO-PERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO LA ISLA Ltda., hasta por el monto de CUATRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES S/. 4,000.00 de fecha 27 de mayo del 2010. No se cono-cen otras afectaciones. VALOR DE LA TA-SACION.- El valor de la tasación comercial del inmueble es de S/. 157,346.00 (CIEN-TO CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES), según peritaje realizado por los señores peritos Reynaldo E. Charaja Ca-naval y Roger Carcasi Cutipa. (y aprobado por resolución 15-2015 del expediente principal). PRECIO BASE PARA EL TERCER REMATE.- S/. 75,788.33 (SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 33/100 NUEVOS SOLES). LUGAR, FECHA Y HORA DE REMATE.- el día 18 DE MARZO del 2016 a Horas 12:00 m., la misma que se realizará en el LOCAL DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO del M.B.J. de Azángaro, sito en el jirón Tácna – Arica S/N de la ciudad de Azángaro, provincia de Azángaro y departamento de Puno. Remate que se llevará con intervención del señor Mar-tillero Público Oscar Ronald Cornejo Ba-rragán con Registro Nacional N° 266, ce-lular 959779577. DE LOS POSTORES.- Los interesados para ser postores, deberán depositar previo al acto del remate una cantidad dineraria no menor al 10% del valor de la Tasación (Art. 735 del Código Procesal Civil), en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, el recibo de pago del arancel judicial para participar en el remate judicial (indicando núme-ro de expediente, juzgado y su número de documento nacional de identidad) y D.N.I. (copia de DNI y tasa judicial). Los honorarios del martillero público son de cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV, determinados según Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamento (D.S N° 008-2005-JUS). Los interesados podrán recabar mayor información en el local del Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Azángaro. Azángaro, Marzo del 2016. OSCAR RONALD CORNEJO BARRAGAN – MARTILLERO PUBLICO. (11,14,15 MAR) B/30 – 0000526 S/.0.00

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La República10 Lunes, 14 de marzo del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DISTRITAL

COMUNICADO

SE COMUNICA A TODOS LOS SEÑORES MAGISTRADOS, SERVIDORES JUDICIALES Y ADMINISTRATIVOS QUE PRESTEN SERVICIOS A MÁS DE UN EMPLEADOR, DEBERÁN PRESENTAR UNA DECLARACIÓN JURADA A LA ENTIDAD DONDE PERCIBE MAYOR REMUNERACIÓN, A EFECTO QUE ESTE REALICE LA RETENCIÓN DE QUINTA CATEGORÍA CORRESPONDIENTE, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL INCISO B) DEL ARTÍCULO 44° DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA Y AL NUMERAL 2 DEL INCISO A) DEL ARTÍCULO 3° DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 036-98/SUNAT.

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La República 11Lunes, 14 de marzo del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

PODER JUDICIAL

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO

COMUNICADO

La Coordinación de Logística de la Corte Superior de Justicia de Puno, invita a los Proveedores del Estado con Registro Nacional de Proveedores RNP vigente Capitulo Servicios a ser participes de los Procedimientos de Selección publicados en el Portal del Sistema Electrónico de Constataciones del Estado SEACE.

AS-SM-1-2016-CSJPU/PJ-1; PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO "MEJORAMIENTO DE OFICINAS DEL AREA DE PRESIDENCIA E IMAGEN INSTITUCIONAL SEDE CENTRAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO"

AS-SM-2-2016-CSJPU/PJ-1; PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO "MEJORAMIENTO DE GRADAS Y PISOS EN 1RO Y 2DO NIVEL DE LA SEDE CENTRAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO"

CRONOGRAMA DE LOS PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN

PUNO, 26 DE FEBRERO 2016.

COORDINACION DE LOGISTICA

Convocatoria : 25/02/2016

Registro de participantes * A través del SEACE

: Desde las: 00:01 horas del 26/02/2016 Hasta las: 07:44 horas del 09/03/2016

Formulación de consultas y observaciones a las bases *En Mesa de Partes o la que haga sus veces en la Entidad en *Adicionalmente, de ser el caso, enviar a la siguiente dirección electrónica

: : :

Del: 26/02/2016 Al: 01/03/2016 Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia, sito en el Jr. Puno Nro. 459 - Puno (Piso 3), en el horario de 07:45 a 13:00 horas y 14:00 a 16:45 horas. [email protected]

Absolución de consultas y observaciones a las bases

: 02/03/2016

Integración de bases : 03/03/2016

Presentación de ofertas : 09/03/2016

* En acto privado en : Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia, sito en el Jr. Puno Nro. 459 - Puno (Piso 3), en el horario de 07:45 a 13:00 horas y 14:00 a 16:45 horas.

Evaluación de ofertas : 10/03/2016

Calificación de ofertas : 10/03/2016

Otorgamiento de la buena pro : 10/03/2016

* A través del SEACE

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La República12 Lunes, 14 de marzo del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

PUNO.

RECAUDACIÓN JUDICIAL Y SECRETARÍA DE MULTASCONTROL E INCREMENTO DE LA RECAUDACIÓN JUDICIAL

META: 52 VISITAS

En

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1 SANTA ROSA - MELGAR 15/03/16 15/03/16 Juzgado de Paz Letrado X

2 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y penal Liquidador X

3 Juzgado de Paz Letrado y de Invest. Preparatoria X

4 ANANEA 11/04/16 11/04/16 Juzgado de Paz Letrado X

5 CHUPA-AZÁNGARO 19/04/16 19/04/16 Juzgado de Paz Letrado X

6 PUNO 21/04/16 21/04/16 Segundo Juzgado de Paz Letrado X

7 SAN ROMÁN - JULIACA 26/04/16 26/04/16 Primer Juzgado de Familia X

8 SAN ROMÁN - JULIACA 28/04/16 28/04/16 Segundo Juzgado de Familia X

9 PUNO 5/05/16 5/05/16 Tercer Juzgado de Paz Letrado X

10 PUNO 10/05/16 10/05/16 Cuarto Juzgado de Paz Letrado X

11 SAN ROMÁN - JULIACA 17/05/16 17/05/16 Quinto Juzgado de Paz Letrado X

12 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y penal Liquidador X

13 Juzgado de Paz Letrado y de Invest. Preparatoria X

14 SAN ANTÓN - AZÁNGARO Juzgado de Paz Letrado X

15 PUNO 2/06/16 2/06/16 Primer Juzgado de Familia X

16 PUNO 7/06/16 7/06/16 Segundo Juzgado de Familia X

17 ACORA 9/06/16 9/06/16 Juzgado de paz Letrado e Invest. Preparatoria X

18 PUNO 14/06/16 14/06/16 Juzgado Especializado en lo Civil X

19 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y penal Liquidador X

20 Juzgado de Investigación Preparatoria X

21 Juzgado de Paz Letrado X

22 PUNO 28/06/16 28/06/16 Primer Juzgado Civil X

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23 Juzgado Mixto y Penal Unipersonal X

24 Juzgado de Paz Letrado e Invet. Preparatoria X

25 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador X

26 Juzgado de Paz Letrado e Invet. Preparatoria X

27 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador X

28 Juzgado Penal de Investigación Preparatoria X

29 ILAVE 21/07/16 21/07/16 Juzgado de Paz Letrado X

30 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador X

31 Juzgado de Paz Letrado e Invest. Preparatoria X

32 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador X

33 Juzgado de Paz Letrado e Invet. Preparatoria X

34 Segundo Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Liquid. X

35 Juzgado de Paz Letrado e Invest. Preparatoria X

36 SAN ROMÁN - JULIACA 18/08/16 18/08/16 Primer Juzgado Civil X

37 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador X

38 Primer Juzgado de Paz Letrado X

39 Primer Juzgado Mixto y Liquidador X

40 Segundo Juzgado Mixto y Liquidador X

41 Juzgado Penal Unipersonal X

42 Juzgado de Investigación Preparatoria X

43 Juzgado de Paz Letrado X

44 13/09/16 13/09/16 Primer Juzgado de Paz Letrado X

45 15/09/15 15/09/16 Segundo Juzgado de Paz Letrado X

46 20/09/16 20/09/16 Tercer Juzgado de Paz letrado X

47 22/09/16 22/09/16 Cuarto Juzgado de Paz Letrado X

48 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador X

49 Juzgado de Paz Letrado e Invest. Preparatoria X

50 PUNO 4/10/16 4/10/16 Primer Juzgado de Paz Letrado X

51 SAN ROMÁN - JULIACA 6/10/16 6/10/16 Segundo Juzgado Civil X

52 PUNO 11/10/16 11/10/16 Segundo Juzgado Civil X

MELGAR - AYAVIRI 24/08/16

AZÁNGARO 6/09/16 7/09/16

SAN ROMÁN - JULIACA

YUNGUYO 27/09/16 27/09/16

HUANCANÉ 21/06/16 22/06/16

BASE LEGAL: R.A. N° 431-2010-CE-PJ/DIRECTIVA N°009-2010-CE-PJ

5/07/16 5/07/16

CRONOGRAMA DE VISITAS ADMINISTRATIVAS PARA EL 2016

Meses

ÓRGANO JURISDICCIONAL

Meses

FECHA DE

INICIO

SANDIA 28/03/16

CARABAYA24/05/16

N° PROVINCIAFECHA DE

INICIO

ILAVE 19/07/16

12/07/16

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO

CRONOGRAMA DE VISITAS ADMINISTRATIVAS PARA EL 2016

ÓRGANO JURISDICCIONALFECHA DE

TÉRMINOPROVINCIA

29/03/16

23/05/16

24/08/16

SAN ANTONIO DE PUTINA 2/08/16 2/08/16

DESAGUADERO

DISTRITO JUDICIAL:

AREA DE CONTROL:

RESPONSABLES:

OBJETIVO:

PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION.

16/08/16

12/07/16LAMPA

FECHA DE

TÉRMINO

19/07/16

JULI 26/07/16 26/07/16

MOHO

16/08/16

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La República 13Lunes, 14 de marzo del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

COMUNICADO

La Corte Superior de Justicia de Puno pone en conocimiento de los usuarios de la Administración de Justicia y ciudadanía en general lo siguiente: PRIMERO.- En cumplimiento a lo establecido en la Resolución Administrativa 356-2015-CE-PJ, del 15 de diciembre del 2015, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se ha regulado las vacaciones para el presente año judicial para lo cual la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno ha programado el Período Vacacional de los Magistrados, personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial comprendido entre el 01 de Febrero al 01 de Marzo del presente año, el mismo que se hace efectivo en el Distrito Judicial de Puno, mediante la Resolución Administrativa N°044-2016-P-CSJPU/PJ de fecha 21 de enero del 2016. SEGUNDO.- Por tal motivo se ha designado el funcionamiento de Órganos Jurisdiccionales de emergencia, que atenderán durante el Periodo Vacacional en el Distrito Judicial de Puno, lo mismos que estarán conformados de la siguiente manera: SALA MIXTA ÚNICA DE EMERGENCIA CON SEDE EN PUNO

PRESIDENTE : Dr. DIEGO SALINAS MENDOZA Primer Juez Superior : Dr. JUAN LEOPOLDO GIL LAYME Segundo Juez Superior : Dr. JUAN LUIS MENDOZA GUZMÁN La presente Sala, por el mes de vacaciones, adicionalmente a sus labores alternarán las causas que correspondan a las Sala Penal Liquidadores, de Apelaciones y Salas Civiles de las Provincias de Puno, Huancané y San Román. JUZGADOS PENALES DE EMERGENCIA

Durante el Periodo vacacional del Año Judicial 2016, funcionaran y se conformarán los siguientes Juzgados Penales Colegiados de Emergencia:

- Juzgado Penal Colegiado de Emergencia, con sede en la Provincia de Puno, Distrito de Puno; el cual estará integrado por los Juzgados Penales Unipersonales de Emergencia de las sedes de las Provincias de Puno y Chucuito - Juli.

- Juzgado Penal Colegiado de Emergencia, con sede en la Provincia de San Román, Distrito de Juliaca; el cual estará integrado por

los Juzgados Penales Unipersonales de Emergencia de las sedes de las Provincias de San Román, Azángaro y Huancané.

PROVINCIA DE PUNO

Juzgados con sede en la provincia de Puno, distrito de Puno; con competencia en la provincia de Puno y distrito de Acora

- Juzgado Mixto y de Familia de Emergencia

Juez: Dr. HUANCA YAMPARA, Ángel Gumercindo

- Juzgado Penal Unipersonal y Penal Liquidador de Emergencia

Juez: Dr. ROMERO VALERO, Hugo Cesar

- Juzgado de Investigación Preparatoria de Emergencia

Juez: Dr. JAUREGUI MERCADO, Edson Augusto

- Juzgado de Paz Letrado de Emergencia

Juez: Dra. RAMOS CHAHUARES, Kelly Yesenia

PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA

Juzgados con Sede en la Provincia de San Román, Distrito de Juliaca; con competencia en las Provincias de San Román y Lampa.

- Juzgado Mixto y Familia de Emergencia.

Juez: Dr. QUISPE VARGAS, Edwin Hugo

PODER JUDICIAL Corte Superior de Justicia de Puno

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La República14 Lunes, 14 de marzo del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

- Juzgado Penal Unipersonal y Penal Liquidador de Emergencia

Juez: Dr. HUALLPA MACEDO, Milton

- Juzgado de Investigación Preparatoria de Emergencia

Juez: Dr. PERALTA CORNELIO, Adolfo Edgar

- Primer Juzgado de Paz Letrado

Juez: Dr. HUAMAN ROMERO, Gonzalo Víctor

PROVINCIA DE CHUCUITO - JULI

Juzgados con Sede en la Provincia de Chucuito, distrito de Juli; con competencia en la Provincia de Chucuito y Distrito de Desaguadero, El Collao Ilave y la Provincia de Yunguyo.

- Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador de Emergencia

Juez: Dr. QUISPE LAUREANO, Ariel Antonio.

- Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Emergencia Juez: DR. FERREYROS CALIZAYA, Ronald Lyonel

PROVINCIA DE AZANGARO

Juzgados con Sede en la Provincia de Azángaro, Distrito de Azángaro; con competencia en las Provincias de Azángaro, los distritos de San Antón y Chupa, Provincia de Carabaya, Provincia de Melgar y Distrito de Ayaviri y Santa Rosa.

- Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador de Emergencia

Juez: Dr. FLORES CHAMBILLA, Hilarión

- Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Emergencia

Juez: Dr. PAREDES JAEN, Wilber

PROVINCIA DE HUANCANÉ

Juzgados con Sede en la Provincia de Huancané, Distrito de Huancané; con competencia en las Provincias de Huancané y San Pedro de Moho, Sandia, Ananéa y San Antonio de Putina.

- Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador de Emergencia

Juez: Dra. LINO TALAVERA, Mary Sandra

- Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Emergencia

Juez: Dr. ALE POLAR, Raúl LA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA (ODECMA).- En adición a sus funciones, estará a cargo del señor Juez Superior Titular Dr. Diego Salinas Mendoza.

TERCERO .- Durante el mes de vacaciones funcionarán órganos jurisdiccionales de emergencia, designados por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del País, los cuales seguirán conociendo y tramitando los procesos a su cargo y atenderán exclusivamente las siguientes materias de los órganos jurisdiccionales que saldrán de vacaciones: a) Penal: Habeas Corpus, calificación de denuncias con detenidos, trámite de libertades, apelación de mandato de detención, trámite de procesos con reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones; b) Civil: Acciones de Garantías y medidas cautelares fuera de proceso; c) Familia: Consignaciones de alimentos, autorización de viaje de menores, violencia familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores; así como medidas cautelares de régimen provisional de visitas, anotación de demanda, visitas reguladas por el Equipo Multidisciplinario y ampliación de régimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecución anticipada, tenencia provisional; procesos sobre interdicción civil tramitados ante los Juzgados de Familia en materia tutelar y en las Salas Superiores; d) Laboral: Consignaciones laborales; e) Así como todas aquellas

solicitudes que los Jueces de acuerdo a su facultad discrecional consideren de urgente atención, en materia Contencioso Administrativo, Constitucional y Previsional u otras que estimen conveniente. CUARTO.- Además de los Órganos Jurisdiccionales de emergencia que funcionarán en el período vacacional, la Presidencia y las Oficinas Administrativas, atenderán al público en forma regular.

Puno, enero de 2016

OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO

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La República 15Lunes, 14 de marzo del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

EDICTO

Investigación : 0053-2014

Investigado : Orlando Jesus Ontiveros Flores

EL MAGISTRADO SUPERIOR PERCY PASCUAL RUIZ NAVARRO, EL QUE HACE LAS

VECES DE JEFE DE ODECMA HA DISPUESTO SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTO LAS¡

SIGUIENTE RESOLUCION:

EXPEDIENTE : 00053-2014-INV

INVESTIGADO : ORLANDO JESUS ONTIVEROS FLORES

MATERIA : CONDUCTA DISFUNCIONAL

RESOLUCIÓN Nº 16

Moquegua, nueve de febrero

Del año dos mil dieciséis

VISTO: La razón que antecede, la Resolución Administrativa Nº 002-2016-J-ODECMA-CSJMO/PJ, la resolución Nº 15 de fecha 08 de enero del 2016 (fojas 404 a 409), la impresión de los edictos publicados en el diario la República, la constancia de notificación de fojas 411, y, CONSIDERANDO: PRIMERO: De los actuados se advierte que la presente causa fue asignado al magistrado superior Wilbert Gonzales Aguilar, para que haga las veces de Jefe de ODECMA; sin embargo, dicho magistrado se encuentra de licencia; y, mediante la Resolución Administrativa referida en vistos se dispone que la presente causa sea remitida a mi persona a fin de continuar con el tramite respectivo. SEGUNDO: De lo verificado en la presente causa, se tiene que por resolución número quince de fecha ocho de enero del dos mil dieciséis, se resolvió: imponer al servidor judicial Orlando Jesús Ontiveros Flores, en su condición de Especialista Legal de Audiencias del Módulo Penal de Mariscal Nieto, la medida disciplinaria de AMONESTACION ESCRITA (…) disponiendo que una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente, se proceda al registro correspondiente en el record de medidas disciplinaria (…). TERCERO: Que, respecto a la resolución antes mencionada, ha sido notificada válidamente al investigado (mediante la publicación de edictos en la ciudad de Puno y Moquegua, así como en su domicilio declarado en la RENIEC), además que se ha notificado a la Sociedad Civil, los mismos que pese al tiempo transcurrido no han

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La República16 Lunes, 14 de marzo del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

interpuesto recurso de apelación en el plazo establecido de ley, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93º del antiguo Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, debe declararse consentida la misma, disponiendo su ejecución, en el extremo de su registro en el record de medidas disciplinarias del SISOCMA, debiendo una vez cumplido, remitir el presente expediente al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua para su conservación y custodia.

SE RESUELVE:

1.- Declarar CONSENTIDA la resolución número quince de fecha ocho de enero del dos mil dieciséis. 2.- Se dispone REGISTRAR la medida disciplinaria de amonestación escrita, en el registro de medidas disciplinarias del SISOCMA. 3.- Una vez cumplido, se dispone REMITIR el presente expediente al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. R. y H.S.

……………………………………..

PERCY PASCUAL RUIZ NAVARRO MAGISTRADO SUPERIOR CONTRALOR DE ODECMA

CORTES SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

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La República 17Lunes, 14 de marzo del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

Corte Superior de Justicia de Puno

Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura

JEFATURA DE ODECMA

“Año de la Consolidación del Mar de Grau”

EDICTO

Por ante la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA de Puno, que despacha, en este período vacacional, el Señor Juez Superior Diego Salinas Mendoza, con actuación del secretario (e) Miguel Becerra Pineda, en la INVESTIGACION N° 056-2015, seguida en contra del señor ERNESTO CUEVA TORRES, se ha dictado la Resolución N° 07, del 05 de Febrero del dos mil dieciséis, que RESUELVE: Declarar CONSENTIDA la resolución número cinco, de fecha doce de octubre del dos mil quince, que resuelve DECLARAR IMPROCEDENTE la apertura de proceso disciplinario en contra de ERNESTO CUEVA TORRES, RECOMENDANDO al encargado de la Central de Notificaciones de la provincia de Chucuito - Juli, atender con diligencia sus funciones; en consecuencia, remítase al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Puno. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. Puno, 05 de Febrero del 2016.

MIGUEL E. BECERRA PINEDA SECRETARIO (e) DE LA OFICINA DESCONCENTRADA DE

CONTROL DE LA MAGISTRATURA DE PUNO

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La República18 Lunes, 14 de marzo del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

EDICTO

Investigación : 0053-2014

Investigado : Orlando Jesus Ontiveros Flores

EL MAGISTRADO SUPERIOR WILBERT GONZALEZ AGUILAR, EL QUE HACE LAS VECES DE JEFE DE

ODECMA HA DISPUESTO SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTO LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES:

RESOLUCIÓN Nº 14

Moquegua, catorce de diciembre Del año dos mil quince

AVOCANDOSE al conocimiento de la presente Investigación el Magistrado que suscribe,

téngase presente la propuesta que antecede, emitido por el que hace las veces de Jefe de la Unidad

Desconcentrada de Quejas e Investigaciones y Visitas de la ODECMA, y conforme su estado; Se Dispone:

que pasen los autos a despacho para emitir la resolución final correspondiente.

RESOLUCIÓN FINAL

Resolución Nº 15

Moquegua, ocho de enero

Del año dos mil dieciséis.

VISTOS:

El procedimiento disciplinario seguido en contra del servidor Orlando Jesús Ontiveros Flores, por

conducta disfuncional –incurrir en omisión, descuido o negligencia al no grabar en un CD las audiencias

realizadas y anexarlas al cuaderno de debates; además de no acatar las disposiciones contenidas en

reglamentos, acuerdos y resoluciones (…), en su actuación funcional de entonces especialista de

audiencias del Módulo Penal de Mariscal Nieto; y, teniendo a la vista los informes emitidos por el

magistrado sustanciador y el magistrado que hace las veces de Jefe de la Unidad Desconcentrada de

Quejas e Investigaciones y Visitas de ésta ODECMA, (obrantes a fojas 343 y 366, respectivamente); y,

CONSIDERANDO:

PRIMERO: ANTECEDENTES

Con fecha 21 de julio del 2014 el Presidente de la Sala Penal de Apelaciones de Moquegua, denuncia

(mediante Oficio Nº 478-2014-P-SPA-MP-CSJMO-PJ) la presunta conducta irregular en contra del servidor

Orlando Jesús Ontiveros Flores, en la tramitación del expediente judicial Nº 00229-2011-86-2801-JR-PE-01

seguido en contra de Roger Quispe Mamani y otros, por el delito de peculado culposo en agravio del

Estado. Conducta que implicaría que en el cuaderno de debates no se haya incorporado copia del audio

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La República 19Lunes, 14 de marzo del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

de las múltiples sesiones de juzgamiento desde el 21 de agosto del 2013 al 14 de enero del 2014, lo que ha

perturbado la revisión del caso, y ha obligado a la escucha de audios auxiliares, irregularidad que fue

subsanada tardíamente el 13 de marzo del 2014.

SEGUNDO: DE LOS CARGOS ATRIBUIDOS

Mediante la resolución Nº 03 (véase fojas 242 a 250) se resuelve abrir procedimiento disciplinario en

contra del servidor Orlando Jesús Ontiveros Flores (en adelante el investigado) en su actuación funcional

como Especialista de Audiencias del Módulo Penal de Mariscal Nieto, atribuyendo los siguientes cargos:

- Incurrir en omisión, descuido o negligencia al no grabar en un CD las audiencias realizadas y

anexarlas al cuaderno de debates. Conducta que configura la falta disciplinaria establecida en el

artículo 8º.1 del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder

Judicial, aprobado por R.A. Nº 227-2009-CE-PJ (en adelante Reglamento de Auxiliares).

- No acatar las disposiciones contenidas en reglamentos, acuerdos, como son la R.A. 082-2013-CE-

PJ, Resolución que aprueba el MOF y el Manual Tipo de Procedimientos del Código Procesal Penal

apartados 1.7 y 1.8, en la cual establece como obligación del investigado realizar copias de los

registros de audios de las audiencias en los medios de almacenamiento, identificándolos

adecuadamente para su fácil ubicación y uso. Conducta que configura la falta disciplinaria

establecida en el artículo 9º.6 del Reglamento de Auxiliares.

TERCERO: NATURALEZA DE LA RESOLUCION DE LA ODECMA.

En ejercicio de las funciones propias de este Órgano de Control, con el objeto de supervisar la conducta de

los Magistrados y Auxiliares Jurisdiccionales, señalada en la Ley como supuesto de responsabilidad, en la

búsqueda de alcanzar un eficiente servicio de justicia, se tiene la obligación de analizar los presentes

autos, pruebas aportadas por el investido en el ejercicio de su derecho de defensa, como las recabadas

oficiosamente, por esta Oficina, bajo el imperio de la documentación cierta y fehaciente mediante las

reglas de la sana crítica, objetiva y justa rodeada de imparcialidad.

CUARTO: DEL DERECHO DE DEFENSA.

El investigado no ha efectuado su descargo que le fuera solicitado mediante la resolución Nº 04 de fecha

17 de octubre del 2014, notificado debidamente y en forma personal el 21 de octubre del 2014 (véase

fojas 254); sin embargo, se tendrá en consideración lo vertido en el escrito de fojas 61 a 63.

Del descargo precisa:

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La República20 Lunes, 14 de marzo del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

4.1.- Que, por disposición de Administración del Módulo Penal, así como por mandato del señor Juez a

cargo del proceso, se ordenó realizar una sola copia de todas las audiencias de juicio oral en un solo

disco compacto CD, esto es para tener un mejor manejo del cuaderno de debates.

4.2.- Que, el audio está grabado y registrado en el SIJ, así también por defecto está grabado en la

memoria virtual al que tiene acceso mediante la oficina de informática.

4.3.- Que, ha realizado audiencias desde el 25 de junio del 2013 hasta el 28 de enero del 2014, en un

total de 25 audiencias, y posteriormente se han realizado 6 audiencias más, en fecha 14, 18, 24, 26, 28

de febrero del 2014 y el 03 de marzo del 2014, haciendo un total de 31 audiencias de juicio oral que

debieron ser grabados en un solo CD.

4.4.- Que, no tenía la responsabilidad de hacer el grabado de CD ya que no se realizó la última

audiencia, teniendo en cuenta además que las posteriores audiencias fueron realizados en el periodo

vacacional.

QUINTO: ACTIVIDAD PROBATORIA

5.1.- Está acreditada la existencia del expediente judicial objeto de investigación, conforme obra en

copias certificadas de fojas 66 a 235.

5.2.- Se encuentra acreditado que el investigado se desempeñó como Especialista Legal de

Audiencias, conforme aparece del informe emitido por el C.P.C Alexander Arenas Puma,

Administrador de esta Corte (véase fojas 272 a 274), así como con las copias certificadas de las actas

de índice de audiencias donde el investigado las autoriza (véase fojas 115 a 168).

5.3.- Está acreditada la realización de 22 audiencias de juicio oral en el expediente judicial, conforme

se desprende del Informe evacuado por el asistente informático Lino Vizcarra Zambrano (véase fojas

278 a 318); además con ello está acreditado que los 22 audios han sido grabados recién el 13 de

marzo del 2014.

5.4.- Con el informe Nº 07-JPI-2JUP-MN de fecha 29 de diciembre del 2014, está acreditado que

posterior a las audiencias llevadas a cabo (después del periodo vacacional) se ha hecho el quemado

de los audios (véase fojas 336).

5.5.- Esta acreditado que la oficina de Administración del Módulo Penal mediante un acuerdo entre

magistrados y personal de juzgamiento han acordado mediante reunión de coordinación de fecha

08 de abril del 2013 grabar las audiencias en un solo CD (véase fojas 264 a 267).

SEXTO: SUBSUNCION DE LOS CARGOS FÁCTICOS IMPUTADOS EN LA NORMA JURÍDICA

ADMINISTRATIVA SANCIONADORA.

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La República 21Lunes, 14 de marzo del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

DEL PRIMER CARGO:

- Incurrir en omisión, descuido o negligencia al no grabar en un CD las audiencias realizadas y

anexarlas al cuaderno de debates, al respecto precisar que la imputación es no grabar en CD las

audiencias realizadas por el investigado en el proceso judicial objeto de investigación, pese a que

el propio investigado tenia conocimiento de tal obligación (se advierte que tenía conocimiento

por cuanto en su descargo lo precisó (ver ítem 4.1).

- El MOF de los Órganos Jurisdiccionales Penales de las Cortes Superiores de Justicia aprobado por

R.A. N° 082-2013-CE-PJ, en relación a los especialistas judiciales de realización de audiencias de

juzgado, establece en sus funciones específicas 1.6 y 1.8., que esos servidores se encuentran

obligados a realizar las grabaciones de audio o video y los registros de la audiencia en el sistema

informático respectivo, así como a realizar las copias de seguridad de los registros de audio y/o

video de las audiencias en los medios de almacenamiento de datos correspondiente (CD/DVD). El

“Manual Tipo de Procedimientos del Código Procesal Penal” aprobado también por la ya citada

R.A. N° 082-2103-2013-CE-PJ, específicamente en el procedimiento referido a realización de

audiencias y en la acción a seguir N° 11, establece como responsabilidad del especialista de

audiencias, el registrar el audio y el asociarlo inmediatamente al SIJ en un plazo no mayor de 24

horas.

- Cabe precisar que si bien el investigado al tener la condición de especialista legal de audiencias

tiene conocimiento de sus obligaciones, como es grabar la audiencia en el SIJ para el registro

respectivo (en tanto el audio es la audiencia en propiamente), consecuentemente realizar la

grabación en el soporte magnético a efecto que quede la constancia de dicha audiencia en el

expediente judicial (conforme se señala en el ítem precedente), este no habría sido efectuado por

el investigado, ya que se ha efectuado en forma posterior conforme se advierte del ítem 5.3 .

- De lo vertido, en el trámite del presente procedimiento se tiene que si bien no hubo omisión en el

registro de las audiencias (por cuanto se grabaron todas las audiencias), las cuales no fueron

asociadas oportunamente; sin embargo, tal conducta no fue objeto de calificación, por lo que

únicamente este despacho se centrará en la imputación efectuada “el grabado de los audios en el

soporte magnético” y consecuentemente su omisión de anexarlas”.

- De la falta atribuida, esto es haber incurrido en omisión, implica no haber efectuado el grabado

en el CD, pese a que el investigado tenia pleno conocimiento de hacerlo y no lo ha realizado,

además que la conducta atribuida no se encuentra justificada por acto investigado alguno,

máxime se desprende del propio investigado que omitió haberlo realizado cuando hace

referencia que ha realizado las audiencias desde el 25 de junio del 2013 hasta el 28 de enero del 2014,

en un total de 25 audiencias, y posteriormente se han realizado 6 audiencias más, en fecha 14, 18, 24,

26, 28 de febrero del 2014 y el 03 de marzo del 2014, haciendo un total de 31 audiencias de juicio oral

que debieron ser grabados en un solo CD.

- Sin embargo, se tiene que si bien el investigado tenía su derecho al periodo vacacional, y tenía

pleno conocimiento que el expediente se encontraba tramitándose (prueba de ello en el periodo

vacacional se llevó a cabo seis audiencias más), el investigado tenía la obligación de haber

efectuado el grabado antes de salir a su periodo vacacional, por tanto lo referido por el

investigado de que no tenía la responsabilidad de hacer el grabado de CD ya que no se realizó la

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La República22 Lunes, 14 de marzo del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

última audiencia, no resulta justificable, por lo que se advierte la conducta irregular del servidor,

la cual es pasible de una sanción disciplinaria.

DEL SEGUNDO CARGO:

- No acatar las disposiciones contenidas en reglamentos (…) como son la R.A. 082-2013-CE-PJ,

Resolución que aprueba el MOF, así como el Manual Tipo de Procedimientos del Código Procesal

Penal apartados 1.7 y 1.8 que implica realizar copias de los registros de audios de las audiencias

en los medios de almacenamiento, identificándolos adecuadamente para su fácil ubicación y uso,

es el caso que esta conducta se encuentra relacionada con el primer cargo, como bien se precisó

el servidor omitió una obligación, obligación que se encuentra establecida en disposiciones y

acuerdos adoptados por el Modulo penal, ello con el afán de efectivizar y mejorar la labor

jurisdiccional (ver segundo párrafo del ítem precedente). De la conducta irregular ya descrita,

además ha conllevado a la inobservancia de las obligaciones contempladas en el apartado 1.8 del

Manual antes señalado, por lo que en su condición de especialista de audiencia, se encontraba en

la obligación de realizar copias de seguridad de ese audio, en CD, que debían ser incorporados a

los respectivos expedientes de esos procesos; obligación que fue incumplida totalmente;

además, es de remarcar que las omisiones en las que incurrió fueron elementales, sino las más

primordiales de su labor de especialista de audiencia, por lo que no puede haber excusa para que

dejara de cumplirlas.

- En ese sentido, no pueden excusarse las conductas omisivas referidas, consecuentemente, no

puede quedar duda que el investigado es responsable funcionalmente de las omisiones que se le

atribuyen, no habiendo presentado justificación razonable que por el fondo permita entender su

reiterado proceder, por lo que, debe asumirse que el mismo fue producto de una labor

ineficiente, sino displicente y poco seria.

SETIMO: DETERMINACION DE LA SANCIÓN A IMPONERSE.

El investigado ha incurrido en dos faltas uno de naturaleza leve y otra grave previstas en los articulo 8.1 y

9.6 del Reglamento Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, esto es, “incurrir en

omisión, descuido o negligencia y no acatar las disipaciones contenidas en reglamentos (…) en materia

jurisdiccional.

Teniendo en cuenta que las faltas atribuidas se encuentran intrínsecamente relacionadas, la sanción a

imponerse obedece a la de mayor gravedad, esto es a la falta grave, es el caso que este tipo de falta se

sanciona con multa o suspensión; además de observarse el principio de inmediatez, razonabilidad y la

proporcionalidad entre la gravedad del hecho constitutivo de la infracción y la sanción aplicada,

valorando el nivel del auxiliar jurisdiccional, el grado de participación en la infracción, el concurso de otras

personas, así como el grado de perturbación del servicio judicial, la trascendencia social de la infracción o

el perjuicio causado. Asimismo, se considera el grado de culpabilidad del autor, al motivo determinante

del comportamiento, el cuidado empleado en la preparación de la infracción o, entre otros, o la presencia

de situaciones personales excepcionales que aminoran la capacidad de autodeterminación. Del mismo

modo el artículo 13 segundo párrafo del citado Reglamento, prescribe que también puede imponerse

sanciones de menor gravedad que las que tienen ordinariamente atribuidas.

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Por lo tanto, este despacho es del criterio que para determinar la sanción disciplinaria a imponer, debe

también analizarse la trascendencia de la conducta irregular, del como influyó para perjuicio del proceso

judicial; sin embargo, de lo denunciado, se tiene que el perjuicio que habría ocasionado es haber

perturbado la revisión del caso y haber obligado a la escucha de audios auxiliares, circunstancias, que no

resultan trascendentales para el trámite del expediente propiamente. Sin embargo, ello no es óbice para

no advertir la responsabilidad y obligación que tenía el servidor como especialista legal de audiencias,

como bien se precisó en el considerando sexto, la cual sí obedece a la imposición de una sanción, es por

tal motivo que este despacho no impondrá la sanción establecida para la falta grave denunciada, sino

impondrá una de menor gravedad, por cuanto advirtiendo su record de medidas disciplinarias (fojas 259)

cuenta con tres amonestaciones; sin embargo, se tiene un record actualizado extraído del SISOCMA,

donde resulta que a la fecha de la imposición de la presente sanción no cuenta con ninguna medida

disciplinaria impuesta, en tanto las demás ya habrían sido rehabilitas, es por estas consideraciones y al ser

responsable de la conducta irregular denunciada, el investigado merece una sanción disciplinaria de

amonestación escrita , con la cual se conmina al investigado para que enmiende su conducta .

Consecuentemente, habiéndose demostrado la conducta o falta atribuida, que representa una negación

del deber de desempeñarse con eficiencia, se tiene que el investigado es responsable y pasible de sanción

disciplinaria.

SETIMO: En mérito a los antecedentes y consideraciones que preceden y de conformidad con los artículos

93 inciso 4 y 98 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario de la OCMA del Poder Judicial, y, el

artículo 13 inciso 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA del Poder Judicial.

SE RESUELVE:

1.- DECLARAR al servidor Orlando Jesús Ontiveros Flores, en su actuación funcional como especialista

Legal de Audiencias del Módulo Penal de Mariscal Nieto, responsable en la omisión del grabado en el

soporte magnético (CD) de las veintidós audiencias de juicio oral en el Expediente judicial Nº 00229-2011-

86-2801-JR-PE-01 seguido en contra de Roger Quispe Mamani y otros, por el delito de peculado culposo

en agravio del Estado, y la inobservancia de no acatar disposiciones del emitidas por Poder Judicial.

2.- IMPONER la sanción disciplinaria de AMONESTACION ESCRITA, por incurrir en las faltas tipificadas en

los artículos 8.1 y 9.6 del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder

Judicial.

3.- Se DISPONE que una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente, se proceda al registro

correspondiente en el record de medidas disciplinarias, se ponga en conocimiento de quien corresponda

y se proceda al archivo de los actuados.

4.- Se DISPONE que además de notificarse vía edictos se notifique al domicilio real consignado en el

Sistema de RENIEC. Regístrese y hágase saber.-

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