tema 9 contral. general de ctas. y auditoría gubern

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CONTRALORA GENERAL DE CUENTAS Y AUDITORA GUBERNAMENTAL1. CONTRALORA GENERAL DE CUENTASTema 9 Grupo No. 7 Saln 215

1.1 Definicin Segn el artculo 1 de la Ley Orgnica la Contralora General de Cuentas es una institucin pblica, tcnica y descentralizada. La cual goza de independencia funcional, tcnica, presupuestaria, financiera y administrativa, con capacidad de establecer delegaciones en cualquier lugar de la Repblica. La Contralora General de Cuentas es el ente tcnico rector de la fiscalizacin y el control gubernamental, y tiene como objetivo fundamental dirigir y ejecutar con eficiencia, oportunidad, diligencia y eficacia las acciones de control externo y financiero gubernamental, as como velar por la transparencia de la gestin de las entidades del Estado o que manejen fondos pblicos, la promocin de valores ticos y la responsabilidad de los funcionarios y servidores pblicos, el control y aseguramiento de la calidad del gasto pblico y la probidad en la administracin pblica. Tambin estn sujetos a esta fiscalizacin y control externo los contratistas de obras pblicas, Organizaciones No Gubernamentales, Asociaciones, Fundaciones, Patronatos, Comits, Organismos Regionales e Internacionales, Fideicomisos y cualquier persona individual o jurdica, pblica o privada, nacional o extranjera, que por delegacin del Estado reciba, invierta o administre fondos pblicos, incluyendo donaciones recibidas y ejecutadas por el Estado, en lo que se refiere al manejo de estos fondos, algn rgano o dependencia que tenga bajo su responsabilidad la fiscalizacin interna de sus operaciones. Existe otra definicin que da la Constitucin Poltica de la Repblica, vigente a la fecha, en la que en su artculo 232 se establece que la Contralora General de Cuentas es una institucin tcnica descentralizada, con funciones fiscalizadoras de los ingresos, egresos y en general de todo inters hacendario de los organismos del Estado, los municipios, entidades descentralizadas y autnomas, as como de cualquier persona que reciba fondos del Estado o que haga colectas pblicas.

1.2 Historia de la Contralora General de Cuentas Su historia se remonta al segundo viaje de Cristbal Coln, cuando los Reyes Catlicos nombraron a un funcionario para supervisar el manejo del presupuesto destinado a la expedicin. En 1,609, deba rendirse cuentas a la Contadura Mayor de Mxico. En el ao de 1,810 Espaa cre el Tribunal de Contadura General para que examinara las cuentas de todos los que deban rendirlas, habindose creado esta seccin para Guatemala. Guatemala inicia labores con extrema carencia de fondos econmicos, lo que da lugar a que tenga que entregar cuentas a Mxico nuevamente. En 1,823 se logra separar Guatemala del imperio, por lo que la Asamblea Nacional Constituyente aprob la Ley No.1, mediante la cual se cre la Contadura Mayor de Cuentas. En 1,881 se crea la Direccin General de Cuentas. En 1,921 por iniciativa de Don Carlos Herrera emiti el Decreto Legislativo 1,127 Ley Orgnica del Tribunal de Cuentas concedindole la independencia para el buen xito de sus labores como Tribunal. En la poca de la Revolucin, ao 1945, la Asamblea Nacional Constituyente, promulg la Constitucin Poltica de la Repblica, en el artculo 188 se establece que, la Contralora de Cuentas es una institucin autnoma. El Presidente Doctor Juan Jos Arvalo Bermejo firm el Decreto 515 que contiene la Ley Orgnica del Tribunal y Contralora General de Cuentas y es cuando por primera vez se utiliz el ttulo de Contralor. Esta Ley fue transformada mediante el Decreto No. 220 el presidente Carlos Castillo Armas anul la autonoma de la Contralora de Cuentas, convirtindola en dependencia del Ministerio de Hacienda y Crdito Pblico. En 1,956, el Congreso de la Repblica promulg el Decreto 1,126, Ley Orgnica del Tribunal y Contralora de Cuentas en la cual el Contralor General volvi a ser electo por el Congreso de la Repblica a la vez que garantiz la autonoma de la Institucin. La Asamblea Nacional Constituyente integrada en 1,985, promulg la Constitucin Poltica de la Repblica, vigente a la fecha, en la que en su artculo 232 se establece que la Contralora General de Cuentas es una institucin tcnica descentralizada, con funciones fiscalizadoras de los ingresos, egresos y en general de todo inters hacendario. En el ao 2002 fue emitido el Decreto 31-2002 Ley Orgnica de la Contralora General de Cuentas. En estas reformas se establece que la Contralora es el rgano rector de control gubernamental y pueda garantizar la transparencia en la utilizacin del erario pblico.

1.3 Filosofa1.3.1 Visin Ser la Institucin superior de control que fiscalice, evale y haga transparente la gestin de los recursos pblicos en atencin al estado de derecho y las expectativas de la poblacin guatemalteca.1.3.2 Misin Contribuir a mejorar la calidad de vida de los guatemaltecos, a travs de la promocin de la probidad, la transparencia, la rendicin de cuentas, la calidad del gasto pblico y la lucha contra la corrupcin.1.3.3 Poltica 1 Fortalecimiento de la Fiscalizacin, Probidad y Transparencia: Ejercer la funcin fiscalizadora de manera integral bajo criterios de eficiencia, eficacia, economa y oportunidad, fomentando la cultura de probidad, transparencia y calidad en el gasto pblico, implementando procesos que generen valor agregado a la sociedad guatemalteca.1.3.4 Poltica 2 Fortalecimiento Institucional: Impulsar el fortalecimiento institucional, promoviendo un modelo de gestin eficaz y moderno que incorpore en el desempeo y actitud del personal las herramientas, los valores y hbitos que permitan lograr mayor eficiencia y eficacia en el ejercicio del control gubernamental y la lucha contra la corrupcin.1.3.5 Poltica 3 Fomento de la Participacin Ciudadana: Fomentar la participacin y la cultura de denuncia ciudadana, con el fin de sumar esfuerzos en la prevencin y lucha contra la corrupcin, a fin de que la sociedad sea actor y partcipe en la vigilancia del uso de los recursos pblicos.

1.4 Base Legal Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala Ley Orgnica de la CGC Decreto 31-2002 Reglamento Ley Orgnica CGC Acuerdo Gubernativo 192-2014 Ley de Probidad y Responsabilidad de Funcionarios y empleados Pblicos Decreto 89-2002 Reglamento Ley de Probidad Acuerdo Gubernativo Decreto 613-2005 Ley de Contrataciones del Estado Decreto 57-92 Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado 1056-92 Ley Orgnica del Presupuesto Decreto 101-97 Reglamento Ley Orgnica del Presupuesto Acuerdo Gubernativo 540-2013 Ley de Acceso a la Informacin Pblica Decreto 57-2008 Ley contra la Corrupcin Decreto 31-2012 Cdigo Municipal Decreto 12-2002 Ley de lo Contencioso Administrativo Decreto 119-96 Ley Orgnica del Tribunal y Contralora de Cuentas Decreto 1126 Ley de ONGs Decreto 02-2003 Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural Decreto 11-2002 Acuerdo Gubernativo No. 364-2013

1.5 Objetivos de la Contralora General de Cuentas Determinar si la gestin institucional se realiza bajo criterios de probidad, eficacia, eficiencia, transparencia, economa y equidad. Apoyar el diseo e implantacin de mecanismos de participacin ciudadana para el fortalecimiento de la transparencia, probidad y credibilidad de la gestin pblica y del proceso de rendicin de cuentas, como medios de lucha contra la corrupcin, el peculado, el trfico de influencias, la malversacin de fondos y el desvo de recursos. Promover y vigilar la responsabilidad de los servidores pblicos para que puedan rendir cuentas pblicamente, de manera amplia y oportuna, tanto de la regularidad en el manejo de los bienes y recursos como de los resultados cualitativos y cuantitativos obtenidos en su gestin. Promover el intercambio de informacin, a travs de los informes y recomendaciones de auditora, para la actualizacin, modernizacin y mantenimiento de los sistemas, en especial del integrado de administracin financiera, as como de los procedimientos operativos y de control. Promover procesos de capacitacin para funcionarios pblicos responsables de la administracin, ejecucin o supervisin del patrimonio hacendario del Estado. Promover la modernizacin de la auditora interna y externa gubernamentales, para garantizar un mejor servicio a las instituciones pblicas, con el fin de mantener actualizados los procesos y sistemas operativos y de control. Contribuir al fortalecimiento de la capacidad gerencial del Estado para ejecutar con eficacia y eficiencia las decisiones y polticas del Gobierno. Velar por la probidad, transparencia y honestidad de la administracin pblica. Promover y vigilar la calidad del gasto pblico.1.6 Atribuciones La ley de la Contralora General de Cuentas en su artculo 4 menciona las atribuciones de la misma. Entre las ms importantes: Ser el rgano rector de control gubernamental. Efectuar el examen de operaciones y transacciones financieras emitiendo el informe sobre lo examinado de acuerdo con las normas de auditora generalmente aceptadas y de auditora gubernamental vigentes. Normar el control interno institucional y la gestin de las unidades de auditora interna, proponiendo las medidas que contribuyan a mejorar la eficiencia y eficacia de las mismas. Evaluar los resultados de la gestin de los organismos, instituciones, entidades y personas bajo los criterios de probidad, eficacia, eficiencia, transparencia, economa y equidad. Auditar, emitir dictamen y rendir informe de los estados financieros, ejecucin y liquidacin del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, y los de las entidades autnomas y descentralizadas, enviando los informes correspondientes al Congreso de la Repblica, dentro del plazo constitucional. Requerir la suspensin Inmediata del funcionario o empleado pblico encargado de la custodia, manejo y administracin de los valores pblicos, cuando se detecten delitos en sus atribuciones y denunciarlo ante las autoridades competentes. Autorizar los formularios, destinados a la recepcin de fondos y egresos de bienes muebles y suministros, as como controlar y fiscalizar su manejo. Examinar la contabilidad de los contratistas de obras pblicas y de cualquier persona que, por delegacin del Estado, reciba, invierta o administre fondos pblicos. Autorizar y verificar la correcta utilizacin de las hojas movibles, libros principales y auxiliares legalmente autorizados de las entidades sujetas a fiscalizacin. Calificar y contratar Contadores Pblicos y Auditores Independientes, que sean Colegiados Activos para realizar auditoras en los organismos, entidades y personas, quedando sujetas stas a la supervisin de la Contralora General de cuentas. Promover mecanismos de lucha contra la corrupcin. Controlar la incineracin o destruccin de cdulas, bonos, cupones y cualesquiera otros documentos o ttulos de crdito del Estado o del municipio y dems instituciones sujetas a su fiscalizacin. Fiscalizar fsicamente las obras pblicas y de infraestructura en cualquier etapa del proceso, verificando, auditando y evaluando la calidad de las mismas y el cumplimiento de las especificaciones tcnicas contenidas en los trminos de referencia. Requerir solvencia a cualquier persona natural o jurdica que por contrato o convenio administre, ejecute o reciba por cualquier medio fondo pblico.1.7 Estructura administrativa de la Contralora General de Cuentas La direccin, administracin y funcionamiento de la Contralora General de Cuentas, est estructurada en el siguiente orden jerrquico:Nivel Superior Contralor General de Cuentas; Subcontralor de Probidad; Subcontralor de Calidad de Gasto Pblico; Subcontralor Administrativo; Inspector General; y Directores. El reglamento de esta Ley desarrollar la estructura funcional administrativa, as como los requisitos necesarios para optar a los cargos definidos dentro de dicha estructura. En el caso de los Directores, Jefes de Unidad y de Departamento, estos debern ser profesionales colegiados activos. El Contralor General de Cuentas es el jefe de la Contralora General de Cuentas y mxima autoridad de la institucin. Nivel de Apoyo Secretaria General; Direccin de Asuntos Jurdicos; Direccin de Auditora Interna; Direccin de Recursos Humanos; Unidad de Asesoras Especficas; y, Unidad de Seguridad del Despacho Superior.Nivel ejecutivo de Fiscalizacin Direccin de Probidad; Direccin de Auditora de Calidad de Gasto Pblico; Direccin de Auditora de Infraestructura Pblica; Direccin de Auditora Gubernamental; Direccin de Auditora de Municipalidades; Direccin de Auditora de Entidades Especiales; Direccin de Auditora de Fideicomisos; Direccin de Auditora de Sistemas Informticos; Direccin de Auditora de Gestin; y, Direccin de Control y Verificacin Interinstitucional.Nivel ejecutivo tcnico y administrativo-financiero Direccin Financiera; Direccin Administrativa; Direccin de Delegaciones Departamentales; Direccin de informtica y Tecnologa de la Informacin; y, Direccin de Planificacin.Nivel de transparencia, capacitacin y profesionalizacin Direccin de tica y Moral; Direccin de Cooperacin y Desarrollo Institucional; Direccin de Asuntos Internos; y, Direccin de Normativa y Formacin Gubernamental.

2 AUDITORA GUBERNAMENTAL2.1 Definicin Es un examen profesional, objetivo, independiente, sistemtico, constructivo y selectivo de evidencias sobre la gestin de las entidades y personas que recaudan y manejan recursos pblicos, con el objeto de determinar la razonabilidad de la informacin financiera y presupuestal que respalda dicha gestin y si la misma se ha realizado bajo criterios de probidad, eficacia, eficiencia, transparencia, economa y equidad, incluyendo el grado de cumplimiento de objetivos y metas. Es la herramienta principal para el ejercicio del Control Externo Gubernamental, la cual se lleva a cabo con base en las Normas de Auditora Gubernamental emitidas y aprobadas por la Contralora General de Cuentas para tal fin.2.1.1 Control gubernamental. El Control Gubernamental es el conjunto de principios, rganos, normas y procedimientos que rigen y coordinan el ejercicio de control interno y externo gubernamental.2.1.2 Aplicacin del Control Gubernamental. La Contralora General de Cuentas normar lo relativo a las actividades tcnicas que ejercern las unidades de auditora interna de los organismos, instituciones y entidades del Estado. Adems, para ejercer el control externo posterior o concurrente, disear e implementar un sistema de auditora gubernamental que, con un enfoque de auditora integral, examine y evale las actividades administrativas financieras y de gestin de los organismos, entidades y personas a que se refiere el artculo 2 de la presente Ley, cuyos alcances, normas y procedimientos se establecern en el reglamento de esta Ley.

2.2 Normas de Auditora para el Sector Gubernamental Son el elemento bsico que fija las pautas tcnicas y metodolgicas de la auditora gubernamental, porque ayudan a desarrollar adecuadamente un proceso de auditora con las caractersticas tcnicas actualizadas y el nivel de calidad requerido por los avances de la profesin. Constituyen un medio tcnico para fortalecer y estandarizar el ejercicio profesional del auditor gubernamental y permiten la evaluacin del desarrollo y resultado de su trabajo. Las normas de Auditora del sector Gubernamental, son de cumplimiento obligatorio por parte de todos los auditores que ejecuten auditoras de carcter interno y externo en todas las entidades del sector pblico guatemalteco; as mismo, son de observancia general para las firmas privadas de auditora, profesionales y especialistas de otras disciplinas que participen en el proceso de la auditora gubernamental. Las normas de auditora para el sector gubernamental se clasifican en cinco grupos: Normas Personales Normas para la Planificacin de la Auditora Gubernamental Normas para la Ejecucin de la Auditora Gubernamental Normas para la Comunicacin de Resultados Normas para el Aseguramiento de Calidad

2.2.1 Normas Personales Se refieren a los requisitos tcnicos, personales y profesionales que debe reunir el auditor del sector gubernamental. Las normas personales se refieren a: Capacidad Tcnica y Profesional, Independencia, Cuidado y Esmero Profesional, Confidencialidad y Objetividad.2.2.1.1 Capacidad Tcnica y Profesional La competencia profesional es la cualidad que caracteriza al auditor del sector gubernamental, por la idoneidad y habilidad profesional, para efectuar su labor acorde con los requerimientos y exigencias que demanda el trabajo.2.2.1.2 Independencia La independencia de criterio permite que los juicios emitidos por el auditor del sector gubernamental, estn fundamentados en elementos objetivos de los aspectos examinados.2.2.1.3 Cuidado y esmero profesional El debido cuidado y esmero profesional del auditor del sector gubernamental, significa aplicar correctamente sus conocimientos, habilidades, destrezas y juicio profesional en todo el proceso de la auditora, para garantizar la calidad de su trabajo.

2.2.1.4 Confidencialidad El auditor del sector gubernamental debe mantener estricta confidencialidad respecto al proceso y los resultados de la auditora; sin embargo, podrn tener acceso a la informacin relacionada con el examen, el personal debidamente autorizado por las autoridades competentes.

2.2.2 Normas para la Planificacin de la Auditora del Sector Gubernamental La planificacin consiste en desarrollar una estrategia de auditora, que permitaAdoptar decisiones apropiadas acerca de la naturaleza, oportunidad y alcance del trabajo de auditora gubernamental, as como identificar lo que se debe hacer, por quin y cundo. Las normas para el proceso de planificacin de la auditora se dividen en: Plan Anual de Auditora Gubernamental y Planificacin Especfica de la Auditora.2.2.2.1 El Plan Anual de Auditora del sector Gubernamental Es el documento que define el nmero de auditoras a realizar dentro del universo de entidades del sector pblico, durante el perodo de un ao, y ser elaborado de acuerdo con las polticas y disposiciones establecidas dentro del Sistema de Auditora Gubernamental de la Contralora General de Cuentas. Las Unidades de Auditora Interna de las dependencias Gubernamentales, para cada ejercicio fiscal, deben elaborar el Plan anual de Auditora Interna y con la aprobacin de las autoridades superiores de sus respectivas entidades y enviar una copiad a la Contralora General de Cuentas, a ms tardar el 15 de Enero de cada ao. El Plan Anual de Auditora Gubernamental debe ser aprobado por las autoridades superiores de la Contralora General de Cuentas e incorporado al Plan Operativo Anual (POA).2.2.2.2 La planificacin especfica de una auditora: Implica desarrollar una estrategia para la ejecucin del trabajo, a fin de asegurar que el auditor del sector gubernamental tenga un conocimiento adecuado de la entidad a auditar, que le permita evaluar el nivel de riesgo de la auditora, as como determinar y programar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos a aplicar. La planificacin especfica de auditora debe incluir la evaluacin de los resultados de la gestin de la entidad a examinar, en relacin con los objetivos y metas de los programas institucionales y sectoriales. La informacin que necesita el auditor gubernamental para realizar la planificacin especfica de la auditora, vara de acuerdo con los objetivos de la misma y con la entidad sujeta a examen. La funcin de Supervisin, es responsable de asegurar que la planificacin especfica de cada actividad, incluya los procedimientos mnimos necesarios, para garantizar que se alcancen los objetivos, as como que se enfoque la atencin en los sistemas y procesos. La planificacin de auditora se dividen en: Familiarizacin con el ente a auditar: Comprende el conocimiento general de la entidad y el rea objeto de examen, a travs de la revisin del archivo permanente, los sistemas de informacin y los procesos operacionales. El auditor del sector gubernamental debe realizar una visita preliminar a la entidad como parte de la preparacin de la planificacin especfica. Toda actividad realizada en esta fase debe quedar documentada en papeles de trabajo, y sustentada con la documentacin obtenida. Evaluacin Preliminar del Control Interno: La evaluacin preliminar es un procedimiento necesario para identificar las posibles reas crticas, y definir la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditora. En el proceso de evaluacin del control interno y previo a la aplicacin de pruebas de cumplimiento, el auditor gubernamental debe describir y evaluar las principales actividades sustantivas de la entidad, utilizando cuales quiera de los medios disponibles en los manuales respectivos. Elaboracin del Memorando de Planificacin: Este documento es el resultado del trabajo efectuado durante la familiarizacin y evaluacin preliminar del control interno. El memorando de planificacin resume los criterios a ser utilizados por el auditor del sector gubernamental, y sirve de base para definir los objetivos generales y especficos, naturaleza y alcance del trabajo y la estimacin de recursos y tiempo necesario que se reflejar en un cronograma de actividades, basado en las posibles reas crticas detectadas, para las cuales se definirn las muestras para los anlisis respectivos. Elaboracin de los Programas de Auditora: Para el anlisis de cada rea seleccionada, se elaborarn los programas de auditora respectivos, que representan una relacin ordenada de procedimientos a ser aplicados en el proceso de la auditora, para obtener la evidencia suficiente, competente y pertinente para alcanzar los objetivos establecidos. Cada auditora del sector gubernamental, debe disponer de los programas especficos que incluyan objetivos y procedimientos aplicables a las muestras establecidas y debern ser archivados como referencia para futuras auditoras. La Planificacin Especfica debe guardar armona con los objetivos y lineamientos de las polticas institucionales y del Plan Anual de Auditora Gubernamental de la Contralora General de Cuentas.

2.2.3 Normas para la Ejecucin de la Auditora del Sector Gubernamental. El propsito es orientar la ejecucin de la auditora con base en la planificacinEspecfica, a travs de la aplicacin adecuada de tcnicas y procedimientos que permitan obtener evidencia, suficiente, competente y pertinente, para cumplir con los objetivos de cada auditora. Las normas para la ejecucin de la auditora se dividen en: Estudio y Evaluacin del Control Interno, Evaluacin del Cumplimiento de Disposiciones Legales y Reglamentarias, Actualizacin del Archivo Permanente, Supervisin del Trabajo de Auditora, Obtencin de Evidencia Comprobatoria, Elaboracin de Papeles de Trabajo, Propiedad y Archivo de los Papeles de Trabajo, Corroboracin de Posibles Hallazgos y Recomendaciones, Comunicacin Acciones Legales y Administrativas ante la Identificacin de Hallazgos y Solicitud de Carta de Representacin.2.2.3.1 Estudio y evaluacin del control interno Comprende la evaluacin de la eficiencia y eficacia del ambiente y estructura de control interno establecido, para determinar su grado de confiabilidad y repercusin en los resultados de las operaciones y la razonabilidad de la informacin financiera y administrativa.

2.2.3.2 Evaluacin del Cumplimiento de Disposiciones Legales y Reglamentarias La evaluacin del cumplimiento de las leyes y reglamentos es importante, debido a que los organismos, entidades, programas, servicios, actividades y funciones gubernamentales, estn sujetos a disposiciones legales y reglamentarias generales y especficas.2.2.3.3 Supervisin del Trabajo de Auditora La supervisin es un proceso tcnico que consiste en dirigir y controlar la auditora desde su inicio hasta la aprobacin del informe por el nivel competente. 2.2.3.4 Elaboracin de Papeles de Trabajo Los papeles de trabajo constituyen el vnculo entre el trabajo de planificacin, ejecucin y el informe de auditora, y contienen la evidencia para fundamentar el resultado de la misma.2.2.3.5 Propiedad y Archivo de los Papeles de Trabajo El encargado de cada auditora gubernamental, es responsable de integrar y consolidar los legajos de papeles de trabajo, para ser entregados en la seccin de archivo de papeles de trabajo de las entidades propietarias de los mismos.

2.2.4 Normas para la Comunicacin de Resultados Establecen los criterios tcnicos del contenido, elaboracin y presentacin delInforme de auditora del sector gubernamental, asegurando la uniformidad de suEstructura, as como la exposicin clara y precisa de los resultados. Las normas para la comunicacin de resultados se dividen en: Forma Escrita, Contenido, Discusin, Oportunidad en la Entrega del Informe, Aprobacin y Presentacin y Seguimiento del cumplimiento de las Recomendaciones.

2.2.5 Normas para el Aseguramiento de la Calidad Estas normas aseguran que todos los productos o servicios que brinda la Contralora General de Cuentas, y las unidades de Auditora Interna del sector Gubernamental, hayan sido sometidos a un proceso de control de calidad en todas sus etapas. Las normas para el aseguramiento de la calidad se dividen en: Polticas de Calidad, Mejoramiento Continuo, Conciencia de Calidad y Apoyo Externo a la Calidad.2.2.5.1 Polticas de Calidad La Contralora General de Cuentas y las Unidades de Auditora Interna del sector Gubernamental, disearn e implementarn polticas y procedimientos que aseguren que los productos o servicios que proporcionan a sus clientes internos y externos, posean el mejor estndar de calidad y satisfagan sus expectativas.La Contralora General de Cuentas y las unidades de Auditora Interna del sector Gubernamental para poner en prctica las polticas, disearn slidos procedimientos que garanticen el aseguramiento integral de la calidad en las siguientes reas: personal (Recursos Humanos), planificacin, ejecucin, informe y seguimiento, informacin gerencial.2.2.5.2 Mejoramiento continuo La Contralora General de Cuentas y las unidades de Auditora Interna del sector Gubernamental, permanentemente debern evaluar y mejorar las polticas y procedimientos para asegurar la calidad en todas sus acciones. Cada unidad administrativa es responsable de evaluar y mejorar constantemente las normas de calidad de sus productos y servicios, a travs de la formacin de equipos de evaluacin permanente.

2.2.5.3 Conciencia de Calidad Todos los auditores del sector gubernamental deben conocer las polticas y aplicar los procedimientos establecidos para el control de calidad institucional.

2.2.5.4 Apoyo externo a la calidad La Contralora General de Cuentas, buscar el apoyo de otras entidades fiscalizadoras superiores y de organismos internacionales a fines. Para evaluar los procesos de calidad implementados, la Contralora General de Cuentas buscar firmar convenios de asistencia tcnica con diferentes Instituciones, que le permitan medir la confiabilidad y vigencia de sus procesos de calidad.

CASO PRCTICO

La Contralora General de Cuentas es el rgano rector de la fiscalizacin del control gubernamental, de ingresos y egresos del Estado, as como de toda persona que reciba y administre fondos pblicos.

La funcin fiscalizadora se realiza de conformidad con lo establecido en los Artculos 232 y 241, de la Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala, as como lo indicado en la Ley Orgnica de la Contralora General de Cuentas, Decreto Nmero 312002, del Congreso de la Repblica, en el Artculo No. 4, inciso e), el cual indica que una de las principales atribuciones de la Contralora General de Cuentas, es la de Auditar, emitir dictamen y rendir informe de los estados financieros, ejecucin y liquidacin del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, y los de las entidades autnomas y descentralizadas, enviando los informes correspondientes al Congreso de la Repblica, dentro del plazo constitucional previsto.

Para cumplir con sus funciones la Contralora General de Cuentas debe cumplir con ciertos requisitos y procedimientos que establecen las leyes, en especfico para realizar una auditora se gua por las Normas de Auditora para el Sector Gubernamental, ya que su funcin es especfica para las entidades pblicas. Inicialmente las Normas de Planificacin estipulan que tiene que elaborar un Plan Anual de Auditoria del Sector Gubernamental, donde se establece qu entidades van a ser auditadas durante el ao. Seguidamente se elabora la Planificacin especfica de una Auditora, sta permite formular una estrategia para la auditora, as como la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos a aplicar, apoyndose de una visita preliminar para conocer mejor la entidad a auditar y as tener plena seguridad de lo que se necesita, adems se hace una evaluacin preliminar del Control Interno, por consiguiente se procede a elaborar el Memorando de Planificacin, teniendo el conocimiento necesario de la entidad junto con la estrategia a seguir, se elaboran los Programas de Auditoria para el anlisis de cada rea seleccionada, donde indica los procedimientos para reunir evidencia suficiente, competente y pertinente.

Luego se aplican las Normas de Ejecucin de Auditora en base a la planificacin especifica, se ponen en prctica tcnicas, mtodos y procedimientos ya indicados, despus se evala el Control Interno y el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, se elaboran papeles de trabajo y por ltimo se elabora el informe y se comunican los resultados a las autoridades que corresponde, sin dejar de lado las Normas para el Aseguramiento de la Calidad.

Finalmente el producto terminado de la Contralora General de Cuentas es el Informe que debe emitir despus de haber hecho todas las evaluaciones consideradas, as como cumplir con lo establecido en los programas de auditora y dems papeles de trabajo. En esta oportunidad se presenta el Informe emitido por parte de la Contralora General de Cuentas a la Municipalidad de San Mateo, Departamento de Quetzaltenango, en el mes de mayo de 2015, del periodo auditado del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014. Se presenta a continuacin lo que esencialmente integra ese informe: Carta del Subcontralor al Alcalde haciendo oficial el informe presentado Parte introductoria del Informe donde indica quienes son los auditores responsables, as como su funcin y los hallazgos encontrados. Estados Financieros Notas a los Estados Financieros Hallazgos: donde se indica la situacin de incumplimiento, criterio (bases legales utilizadas), se establece adems causa, efecto, se hace la recomendacin pertinente, tambin se encuentra el comentario de los responsables, los comentarios de auditora, as como las Acciones Legales y Administrativas es decir las sanciones econmicas dadas a los responsables.

Ley Orgnica de la Contralora General de Cuentas, Articulo 39. Sanciones La Contralora General de Cuentas aplicar sanciones pecuniarias que se expresan en cantidad de salarios o sueldos a los funcionarios y empleados pblicos y dems personas sujetas a su control y fiscalizacin, que incurran en alguna infraccin de conformidad con el artculo 38 de la presente Ley, en otras disposiciones legales y reglamentarias de la siguiente manera:1. Falta de arqueos sorpresivos de fondos y valores. El equivalente al 25% del 100% de su salario mensual.2. Incumplimiento de recomendaciones realizadas en auditoras anteriores. El equivalente al 25% del 100% de su salario mensual.3. Falta de manuales de funciones y responsabilidades, de clases de puestos y de normas y procedimientos. El equivalente al 25% del 100% de su salario mensual.4. Incumplimiento a normas de control interno y de administracin de personal. El equivalente al 25% del 100% de su salario mensual.5. Falta de control previo a la ejecucin de inversiones. El equivalente al 25% del 100% de su salario mensual.6. Falta de presentacin del informe de Ejecucin de la Inversin. El equivalente al 25% del 100% de su salario mensual.7. Incumplimiento a normas establecidas para la creacin y manejo de fondos fijos rotativos y de caja chica. El equivalente al 25% del 100% de su salario mensual.8. Uso excesivo de efectivo para pagos. El equivalente al 25% del 100% de su salario mensual.9. Falta de aplicacin de los clasificadores presupuestarios establecidos en la Ley. El 25% del 100% de su salario mensual.10. Falta de conciliaciones de saldos. El equivalente al 50% del 100% de su salario mensual.11. Atraso en las conciliaciones bancarias. El 25% del 100% de su salario mensual.12. Incumplimiento en la rendicin de cuentas. El equivalente al 100% de su salario mensual.

Son algunas sanciones que se mencionan en la ley con respecto a los hallazgos.CONCLUSIONES

La Contralora General de Cuentas, en cumplimiento de las disposiciones legales establecidas en el Decreto 31-2002 y su reglamento, ha elaborado el Manual de Auditora Interna Gubernamental, el cual vino a llenar un vaco tcnico, ya que un documento de esta naturaleza es vital para guiar a los auditores de las Unidades de Auditora Interna de las instituciones del sector pblico a ejercer un trabajo profesional, apegado a las Normas de Auditora Interna Gubernamental, emitidas tambin por la Contralora General de Cuentas.

La aplicacin del manual permite ejercer un control de calidad en los trabajos realizados, ya que regula la ejecucin de las diferentes fases del proceso de toda auditora, que son: a) planificacin, b) ejecucin y c) comunicacin de resultados, cada una de estas fases se haya desglosada en actividades especficas que deben cumplir los auditores para realizar satisfactoriamente cualquier tipo de trabajo.

Asimismo, dicho manual facilita y apoya la funcin directriz de las autoridades superiores de las instituciones, al definir la metodologa y los procedimientos tcnicos que deben observar los auditores internos, para que el resultado de su trabajo se convierta en opciones viables para mejorar sus resultados operacionales (objetivos y metas), bajo criterios de eficiencia, eficacia, economa, equidad y transparencia, de acuerdo con la misin y visin institucional que gua sus programas de trabajo.

BIBLIOGRAFA

Ley Orgnica de la Contralora General de CuentasDecreto No. 31-2002, 5 de junio de 2002.

Reglamento de la Ley Orgnica de la Contralora General de CuentasAcuerdo Gubernativo 192-2004, 16 de junio de 2014.

Normas de Auditoria Gubernamental (Externa e Interna)Contralora General de Cuentas Sistema de Auditora Gubernamental, Proyecto SIAF- SAG, junio 2006.

Marco Conceptual Sistema de Auditoria GubernamentalContralora General de Cuentas Sistema de Auditora Gubernamental, Proyecto SIAF-SAG, junio 2006.

Contralora General de CuentasMunicipalidad de San Mateo, Departamento de Quetzaltenango, Auditoria Financiera y Presupuestaria, Periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014, mayo 2015.

Todas las fuentes consultadas anteriores se encuentran disponibles en: www.contraloria.gob.gt

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