tesis de funcioanamiento de los bancos comunales

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UNIVERSIDAD DE ORIENTE NÚCLEO ANZOÁTEGUI ESCUELA DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS CURSOS ESPECIALES DE GRADO CÁTEDRA: ECONOMIA GERENCIAL SECCIÓN: ADMINISTRACIÓN I EQUIPO NÚMERO: 3 ANALISIS DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS BANCOS COMUNALES. TUTOR: AUTORES: Dr. Lucas Gutiérrez Herazo, Camilo C.I. V-18.133.849

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Se refiere que entre las conclusiones determinantes de esta investigación se considera relevante el conocimiento del funcionamiento de los bancos comunales, la obtención de sus recursos y las actividades a financiar, por cuanto se sugiere estudiar este aspecto ya que permite utilizar el banco comunal como un excelente instrumento de desarrollo de las comunidades para alcanzar la ventaja competitiva de esta unidad de gestión financiera que rinda al máximo de calidad de todos los beneficiarios.

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UNIVERSIDAD DE ORIENTENCLEO ANZOTEGUIESCUELA DE CIENCIAS ADMINISTRATIVASCURSOS ESPECIALES DE GRADOCTEDRA: ECONOMIA GERENCIALSECCIN: ADMINISTRACIN IEQUIPO NMERO: 3

ANALISIS DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS BANCOS COMUNALES.

TUTOR: AUTORES:Dr. Lucas Gutirrez Herazo, Camilo C.I. V-18.133.849 Rodrguez, Andrs C.I. V-17.442.506

BARCELONA, JULIO DE 2012NDICE GENERAL

pp.

INDICE GENERAL ii

RESUMEN v

INTRODUCCIN...6

CAPITULOS

I EL PROBLEMA...8

1.1 Planteamiento Del Problema..8

1.2 Interrogantes..9

1.3Objetivos De La Investigacin........ 9

1.3.1 Objetivo General.9

1.3.2 Objetivos Especficos.9

1.4 Justificacin e importancia...10

1.5 Sistema de Variables....11

1.5.1 Variables Conceptuales11

1.5.2 Variables Operacionales12

II MARCO TERICO.15

2.1 Antecedentes de la Investigacin.15

2.2 Bases Tericas..18

2.2.1 Ley de los Consejos Comunales..18

2.2.2 Bancos Comunales.. .20

2.2.2.1 Misin del Banco Comunal.. 20

2.2.2.2 Visin del Banco Comunal.. .20

2.2.2.3 Valores del Banco Comunal.. ...21

2.2.2.4 Objetivos especficos del Banco Comunal...21

2.2.2.5 Recursos de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria o Banco Comunal.22

2.2.2.6 Funciones Financieras del Banco Comunal..24

2.2.2.7 Pautas necesarias para el desarrollo de las funciones financieras.....36

2.2.2.8 Herramientas Financieras. 43

2.2.2.9 Transferencia de los recursos del Fondemi a los Bancos Comunales.. .45

2.2.2.10 Diferencias entre un Banco Comunal y un Banco Tradicional......

47PP.

III MARCO METODOLGICO...48

3.1 Modelo de la Investigacin.....48

3.2 Tipo de Investigacin....49

3.3 Diseo de la Investigacin51

3.4 Recopilacin, Procedimiento y Anlisis de la Investigacin 52

IV ANLISIS DE LA INVESTIGACIN54

4.1 Los Bancos Comunales y los fines, objetivos y metas de su funcionamiento54

4.2 Funcionamiento de los Bancos Comunales y sus diferentes mtodos para otorgar financiamiento.56

4.3 Diferencias entre un Banco Comunal y un Banco Tradicional 60

V CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES..

5.1 Conclusiones..62

5.2 Recomendaciones..63

BIBLIOGRAFA..64

UNIVERSIDAD DE ORIENTENCLEO ANZOTEGUIESCUELA DE CIENCIAS ADMINISTRATIVASCUROS ESPECIALES DE GRADOCTEDRA:

ANALISIS DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS BANCOS COMUNALES.Prof.: Lucas Gutirrez Autores:Br. Herazo, Camilo Br. Rodrguez, AndrsAo 2012RESUMEN

Desde inicios de la dcada de los 2000 se dieron avances en la creacin de espacios y mecanismos para la participacin de los ciudadanos en los asuntos pblicos, siendo el ms reciente la aprobacin en el ao 2006 de los Consejos Comunales. Desde esta perspectiva, los consejos comunales se crean con la finalidad de que la formulacin de las polticas pblicas se concrete desde la base de la sociedad, es decir, que las comunidades organizadas puedan decidir sobre diferentes opciones cual es la solucin a los problemas de su comunidad. Esto es posible en la prctica, dado que estos consejos reciben financiamiento a travs de asignaciones directas de recursos por parte del gobierno nacional para la realizacin de sus proyectos designndose la responsabilidad del manejo de dichos recursos a laUnidad de Gestin Financiera o Banco Comunal. Esta investigacin se traza como objetivo general: Analizar el funcionamiento de los bancos comunales. Es as como este trabajo est soportado en las bases tericas relativas a los aspectos financieros de los bancos comunales, que estuvo enmarcada en la bsqueda de informacin bajo la modalidad cualitativa de tipo descriptivo, recopilando informacin descrita en los objetivos, lo que propici la obtencin de resultados satisfactorios en cuanto al funcionamiento de los bancos comunales. As mismo se refiere que entre las conclusiones determinantes de esta investigacin se considera relevante el conocimiento del funcionamiento de los bancos comunales, la obtencin de sus recursos y las actividades a financiar, por cuanto se sugiere estudiar este aspecto ya que permite utilizar el banco comunal como un excelente instrumento de desarrollo de las comunidades para alcanzar la ventaja competitiva de esta unidad de gestin financiera que rinda al mximo de calidad de todos los beneficiarios.

Descriptores: Funcionamiento, Recursos, Herramientas, Bancos Comunales.

INTRODUCCIN

En la construccin del Socialismo del Siglo XXI, el Poder Comunal constituye el modelo para lograr el desarrollo econmico, social, poltico y cultural. Dentro de esta construccin se hace indispensable el desmontaje de la democracia representativa como forma de gobierno, para dar paso a la democracia participativa y protagnica; en este contexto surgen los Consejos Comunales como la piedra angular del autogobierno comunal en donde el pueblo ejerce directamente el poder.

Dentro del Consejo Comunal constituido por el rgano Ejecutivo, el rgano de Contralora Social y la Unidad de Gestin Financiera, el Banco Comunal es la organizacin del Consejo Comunal que administrar los recursos financieros y no financieros de la comunidad, los cuales podrn ser retornables y no retornables, provenientes de los fondos generados, asignados y/o captados.

El Fondo de Desarrollo Micro financiero (FONDEMI), con el fin de tributar al Quinto Motor Constituyente Explosin del Poder Comunal, y siguiendo lineamientos directos de la Presidencia de la Republica, en que todas las empresas pblicas debern invertir en el desarrollo social, toma como base las decisiones emanadas de las Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas, motorizando a travs de la administracin de recursos, la materializacin a travs del financiamiento, de todas aquellas iniciativas y solicitudes expresadas por la comunidad que estn orientadas al mejoramiento de las condiciones y nivel de vida de sus habitantes, involucrando as, al colectivo en la toma de decisiones de todos aquellos proyectos que los involucren y le afecten de manera directa.

Esta investigacin est dividida en cinco captulos, el captulo I est dedicado a la contextualizacin del problema, los objetivos que se persiguen con esta investigacin as como demostrar la importancia de los autores en realizar sus estudios.

El captulo II est orientado hacia otros anlisis que realizaron otros investigadores que ayudaron al desarrollo de los objetivos, de igual forma todo aquel basamento terico que es necesario conocer antes de abordar este tema.

En su captulo III establece la metodologa empleada para la recoleccin de la informacin como el modelo, tipo y diseo de la investigacin.

El captulo IV contiene el resultado de los objetivos y el anlisis propuesto por los autores y en el captulo V se exponen las conclusiones y recomendaciones que arrojo el estudio.

CAPITULO I

EL PROBLEMA

1.1 Planteamiento del Problema.

La banca tradicional es una organizacin que al ser privada busca el crecimiento econmico particular desvinculndose de la problemtica social de su entorno. De esta manera nace el banco comunal, que busca otorgar financiamiento de manera flexible y accesible y que est articulado con la comunidad mediante el Consejo Comunal.

Los Bancos Comunales son los mecanismos ejecutores de los Consejos Comunales. Es el Fondemi quien financia el capital con el que se ejecutarn los planes y proyectos emprendidos tanto por la comunidad, a travs de los consejos comunales, como por las personas naturales que soliciten financiamiento.

En Venezuela producto de la aprobacin de una nueva Constitucin (1999), se aprueban un conjunto de normativas, las cuales establecen lineamientos sobre la gestin pblica y, el rol de los ciudadanos en la misma y en su quehacer cotidiano. En tal sentido, aparece la participacin ciudadana como requisito explicito en la formulacin, ejecucin, control y evaluacin del financiamiento de sus necesidades a travs de los bancos comunales.

Sin embargo, muchas veces por un gran desconocimiento de los principales beneficiarios se olvida o se desvirta el objetivo del funcionamiento de los bancos comunales; no existe una clara percepcin de lo que es el financiamiento a travs de la autogestin comunal y cuales serian los criterios para el manejo de los recursos y herramientas financieras a su disposicin.

1.2 Interrogantes.

1. Que son los bancos comunales y cuales son los fines, objetivos y metas de su funcionamiento?

2. Como es el funcionamiento de los bancos comunales y sus diferentes mtodos para otorgar financiamiento?

3. Cules son las diferencias entre un banco comunal y un banco comercial o tradicional?

1.2 Objetivos de la Investigacin

1.3.1 Objetivo General

Analizar el funcionamiento de los bancos comunales.

1.3.2 Objetivos Especficos

Describir los fines, objetivos y metas de los bancos comunales.

Explicar el funcionamiento de los bancos comunales y sus diferentes mtodos para otorgar financiamiento.

Identificar las diferencias entre un banco comunal y un banco comercial o tradicional.

1.4 Justificacin e Importancia

La Banca Comunal es un proyecto que surge de la necesidad de los sectores menos favorecidos por acceder a los planes crediticios ofrecidos por la banca tradicional; es por ello que esta investigacin, busca explorar el funcionamiento y caractersticas sobre los productos y servicios que este tipo de banca ofrece a sus clientes; entendindose que este tipo de organizacin, ms que beneficiar a unos pocos, busca beneficiar al colectivo; haciendo que los mismos obtengan financiamiento sin sentir los rigores de la banca tradicional.

La unidad administrativa y financiera comunitaria o mejor conocida como los bancos comunales adquieren su personalidad jurdica conformndose como cooperativas financieras, por lo tanto, teniendo su origen en la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas. Otras de las leyes que rigen este tipo de organizacin son la Ley de Consejos Comunales y la Ley de Creacin Estimulo, Promocin y Desarrollo del Sistema Micro financiero.

La importancia de esta investigacin pretende establecer el funcionamiento del nuevo sistema crediticio impulsado por el gobierno nacional, a la vez que busca establecer cules son las semejanzas y diferencias con la banca tradicional; y los mecanismos para el uso del mismo.

Los bancos comunales por ser de reciente creacin no cuentan con una extensa informacin escrita sobre ellos y los mecanismos que emplean.

1.5 Sistema de Variables.

Las variables, segn Bavaresco (1994) "representan diferentes condiciones, cualidades, caractersticas o modalidades que asumen los objetos en estudio desde el inicio de la investigacin". (pag.76).

Segn las normas para la elaboracin, presentacin y evaluacin de los trabajos de grado de la Universidad Santa Mara (2001), las variables representan a los elementos, factores o trminos que pueden asumir diferentes valores cada vez que son examinados, o que reflejan distintas manifestaciones segn sea en el contexto en que se presentan. (pg. 37).

Segn lvarez (2008) un sistema de variables consiste: en una serie de caractersticas por estudiar, definidas de manera operacional, es decir, en funcin de sus indicadores o unidades de medida. (pag.59).

Arias (1999) explica que: el sistema puede ser desarrollado mediante un cuadro, donde adems de las variables, se especifiquen sus dimensiones e indicadores, y su nivel de medicin. (pag.17).

Es as como el sistema de variable es el compendio de las mismas para expresar su esencia.

1.5.1 Variables Conceptuales

Una variable, segn Arias (1999), Es una cualidad susceptible de sufrir cambio. (pag.26).

Ramrez (1999) plantea que una variable es: la representacin caracterstica que puede variar entre individuos y presentan diferentes valores. (pag.25)

Balestrini (2006) seala que la definicin conceptual consiste en:

La definicin de la variable en estudio, la cual hace referencia a los objetivos de la investigacin y se encuentra estrechamente relacionada con el cuerpo terico en el cual est contenida la hiptesis en cuestin o la variable de estudio. (pag.42).

Segn Saldao (2009) Bsicamente, la definicin conceptual de las variables constituye una abstraccin articulada en palabras para facilitar su comprensin y su adecuacin a los requerimientos prcticos de la investigacin. http://www.emagister.com/curso-tesis-investigacion/variables-operacionalizacion

La variable es cualquier caracterstica del objeto de investigacin que puede cambiar de valor y expresarse en diferentes categoras. Ver cuadro N 1.

1.5.2 Variables Operacionales

Variable operacional, Representa el desglose de la misma en aspecto cada vez ms sencillos que permiten la mxima aproximacin para poder medirla, estos aspectos se agrupan bajo las denominaciones de dimensiones e indicadores. (Arias 1999) Dimensin, se enfocan los aspectos, reas, secciones, niveles, estados, etc., desde donde se sitan las variables. (Arias, 2006)

Indicadores, se mencionan cada una de las reas temticas que intervienen en el radio de accin de la variable. (Arias, 2006)

La variable operacional permite ser desglosada para poder ser observada al detalle. Ver cuadro N 2.

CUADRO N 1IDENTIFICACIN Y DEFINICIN DE LAS VARIABLESOBJETIVO ESPECIFICOVARIABLESDEFINICIN CONCEPTUALFUENTE

Describir los fines, objetivos y metas de los bancos comunales.Fines, objetivos y metas de los bancos comunales.Organizar y gestionar administrativa y financieramente los recursos recibidos por el Consejo Comunal.Bibliogrfica

Explicar el funcionamiento de los bancos comunales y sus diferentes mtodos para otorgar financiamiento.Funcionamiento de los bancos comunales y sus diferentes mtodos para otorgar financiamiento.Es un procedimiento que utiliza herramientas para diferentes financiamientos de desarrollo socio productivo.Bibliogrfica

Identificar las diferencias entre un banco comunal y un banco comercial o tradicional.Diferencias entre un banco comunal y un banco comercial o tradicional.Es el conjunto de caractersticas que conciben a un sistema, los cuales son juzgados para evaluar su funcionalidad.Bibliogrfica

Fuente: Autores (2012)

CUADRO N 2

OPERACIONALIZACIN DE LAS VARIABLES

VARIABLES INDICADORESDIMENSIONES

FUENTES

Fines, objetivos y metas de los bancos comunales.EquidadControl administrativo y financieroAdministracinFinancieraBibliogrfica

Funcionamiento de los bancos comunales y sus diferentes mtodos para otorgar financiamiento.Ejecucin presupuestalEficienciaEficacia

FinancieraAdministracinGerenciaBibliogrfica

Diferencias entre un banco comunal y un banco comercial o tradicional.Costo-BeneficioActividad

FinancieraAdministracin

Bibliogrfica

3

Fuente: Autores (2012)

20

CAPTULO II

MARCO TERICO

2.1 Antecedentes de la Investigacin:

Milano Miletza y Prez Andris (2009) elaboraron un trabajo de grado en la Universidad de Oriente, Ncleo Anzotegui, para la obtencin del Titulo Licenciado en Contadura Pblica, titulado: El sistema microfinanciero nacional y sus niveles de productividad social en la banca comunal, siendo su objetivo general: Estudiar cuales son los mecanismos del sistema microfinanciero que inciden en el nivel de productividad social de la banca comunal. (pg.20).

Concluyendo que:

El banco comunal promueve los principios de corresponsabilidad, protagonismo y participacin ciudadana en la gestin pblica comunitaria. (pg.88)

Esta investigacin es de gran relevancia para este trabajo, ya que, sirve como fuente de informacin documental sobre los bancos comunales.

Lpez Arlenys (2009) elabor un trabajo de grado en la Universidad de Oriente, Ncleo Sucre, para la obtencin del Titulo Licenciada en Trabajo Social, titulado: Anlisis de la estructura y el Funcionamiento de los Consejos Comunales que operan en la Urbanizacin Brasil Cuman Estado Sucre 2008, siendo su objetivo general: Analizar la estructura y el funcionamiento de los Consejos Comunales que operan en la Urbanizacin Brasil. Cumana estado sucre 2007. (pg.12)

Concluyendo que:

Los consejos comunales de los sectores I; II y III de la urbanizacin Brasil cuentan con las dos unidades pilares de su estructura, representados por la Unidad de Gestin Financiera, la cual administra los recursos asignados para los distintos proyectos, y la Unidad de Contralora Social, encargada del seguimiento y control de los recursos que lleguen al consejo comunal para la ejecucin de los proyectos propuestos.(pg.102)

Este trabajo de grado permite el anlisis de informacin documental sobre los consejos comunales y sus unidades de gestin financiera y contralora social.

Mejas Mara y Lpez Jess (2009) elaboraron un trabajo de grado en la Universidad de Oriente, Ncleo Anzotegui, para la obtencin del Titulo Licenciado en Contadura Pblica, titulado: Disear un modelo de auditoria para el control de los crditos otorgados a los Consejos Comunales, siendo su objetivo general: disear un modelo de auditoria para el control de los crditos otorgados a los consejos comunales. (pag.224).

Concluyendo que:

Actualmente los recursos que le son otorgados a los consejos comunales estn en discusin debido al descontento popular de los habitantes de las respectivas comunidades que en su mayora opinan que los mismos estn siendo usados incorrectamente y no para el beneficio de la comunidad, aunque en algunos sectores la labor de los consejos comunales ha sido muy buena porque sin han cumplido con las metas propuestas. (pg.283).

Este trabajo de grado permite analizar la importancia de los diferentes recursos para los consejos comunales.

Rodrguez Nstor y Araguainamo Jos (2009) elaboraron un trabajo de grado en la Universidad de Oriente, Ncleo Anzotegui, para la obtencin del Titulo Licenciado en Administracin, titulado: Propuesta de un plan estratgico para incrementar la participacin de los ciudadanos en los Consejos Comunales en el Municipio Turstico El Morro Licenciado Diego Bautista Urbaneja, Estado Anzotegui, siendo su objetivo general: Elaborar un plan estratgico para lograr la participacin de la ciudadana en la construccin y desarrollo de los Consejos Comunales en el Municipio Turstico El Morro Licenciado Diego Bautista Urbaneja, Estado Anzotegui. (pg.19).

Concluyendo que:

La participacin popular en la conformacin de los consejos comunales tiene un verdadero poder, representado en la capacidad para administrar recursos, en proyectos destinados a mejorar las condiciones de vida en sus comunidades. (pg.125).

Este trabajo de grado contribuy a nivel documental a conocer sobre los consejos comunales, a fin de analizar su funcionamiento.

2.2 Bases Tericas:

2.2.1 Ley de los Consejos Comunales.

Los consejos comunales han sido definidos segn la Ley de los Consejos Comunales en Gaceta Oficial del 28 de Diciembre de 2009 como:

Artculo 1. Objeto. La presente Ley tiene por objeto regular la constitucin, conformacin, organizacin y funcionamiento de los consejos comunales como una instancia de participacin para el ejercicio directo de la soberana popular y su relacin con los rganos y entes del Poder Pblico para la formulacin, ejecucin, control y evaluacin de las polticas pblicas, as como los planes y proyectos vinculados al desarrollo comunitarioArtculo 2. De los Consejos Comunales. Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagnica, son instancias de participacin, articulacin e integracin entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestin directa de las polticas pblicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades en la construccin del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social. (pg.13).

La Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria o Banca Comunal, ha sido definida segn la Ley de los Consejos Comunales (2009) como:

Artculo 30. La Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria es la instancia del Consejo Comunal que funciona como un ente de administracin, ejecucin, inversin, crdito, ahorro e intermediacin financiera de los recursos y fondos de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, privilegiando el inters social sobre la acumulacin de capital. Estar integrada por cinco habitantes de la comunidad, electos o electas a travs de un proceso de eleccin popular. (pg.28)

Segn el artculo 31 de la Ley de los Consejos Comunales (2009), las Funciones de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria o Banco Comunal son:

Artculo 31. Son funciones de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria: Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en el rea de su competencia. Elaborar los registros contables con los soportes que demuestren los ingresos y egresos efectuados. Presentar trimestralmente el informe de gestin y la rendicin de cuenta publica cuando le sea requerido por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, por el colectivo de coordinacin comunitaria o por cualquier otro rgano o ente del Poder Pblico que le haya otorgado recursos. Prestar servicios financieros y no financieros en el rea de su competencia. Realizar la intermediacin financiera comunitaria, privilegiando el inters social sobre la acumulacin de capital. Apoyar las polticas de fomento, desarrollo y fortalecimiento de la economa social, popular y alternativa. Promover formas alternativas de intercambios de bienes y servicios para lograr la satisfaccin de las necesidades y fortalecimiento de la economa local. Promover el ahorro familiar. Facilitar herramientas que permitan el proceso de evaluacin y anlisis de los crditos de las organizaciones previstas en el decreto No. 6.129 con rango, Valor y Fuerza de ley para el Fomento y Desarrollo de la Economa Popular. Consignar ante la unidad de Contralora Social del Consejo Comunal, el comprobante de la declaracin jurada de patrimonio de los voceros y voceras de Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria al inicio y cese de sus funciones. Administrar los fondos del Consejo Comunal con la consideracin del colectivo de coordinacin comunitaria y la aprobacin de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. Elaborar y presentar el proyecto anual de gastos de los fondos del Consejo Comunal. Presentar y gestionar el proyecto anual de gastos de los fondos del Consejo Comunal. Las dems que establezca la presenta Ley, los estatutos del Consejo Comunal y las dems que sean aprobadas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. (pg. 28 y 29).

2.2.2 Bancos Comunales

2.2.2.1 Misin del Banco Comunal.

Segn las polticas financieras de FONDEMI (2008) la misin de un banco comunal consiste en administrar los recursos financieros y no financieros, retornables y no retornables, captados, asignados y generados por los Consejos Comunales, a fin de solventar necesidades e impulsar potencialidades mediante el desarrollo de proyectos comunales identificados por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, consolidando de esta manera el Poder Popular.

2.2.2.2 Visin del Banco Comunal.

Segn las polticas Financieras del FONDEMI (2008) la visin del banco comunal trata sobre convertirse en la organizacin microfinanciera fundamental de la Economa Comunal, que articulada con las comunidades logre la ptima administracin de los recursos financieros y no financieros con valores ticos y morales, consolidando el Sistema Nacional de Planificacin Pblica como estructura de Autogobierno Comunal.2.2.2.3 Valores del Banco Comunal.

Segn las polticas Financieras del FONDEMI (2008) los valores del banco comunal son la solidaridad, honestidad, corresponsabilidad, cooperacin y transparencia.

2.2.2.4 Objetivos especficos del Banco Comunal.

Segn FONDEMI (2008) los objetivos especficos del Banco Comunal son:

Instrumentar y apoyar las polticas de fomento, desarrollo y fortalecimiento de la economa social, popular y alternativa. Consolidar el Consejo Comunal mediante la correcta gestin del Banco Comunal para as tributar a la construccin del Poder Popular. Generar productividad, articulacin e integralidad mediante la capacitacin, el acompaamiento y el financiamiento. Otorgar financiamiento a proyectos comunales de los habitantes de la(s) comunidad(es), fundamentados en el Ciclo del Poder Comunal especficamente Plan Comunal en el Eje Econmico. Apoyar en la capacitacin y formacin integral de los beneficiarios de crditos. Dar respuesta oportuna a las necesidades y requerimientos de las comunidades mediante el desarrollo de planes estratgicos consolidados dentro del nuevo sistema econmico socialista basado en el fortalecimiento y financiamiento de actividades socio-productivos, de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Ejecutivo Nacional. Evaluar el impacto social de los proyectos, instrumentos, y servicios de promocin de desarrollo a los efectos de mejorar su planificacin y ejecucin. Establecer mecanismos para evaluar las necesidades de la comunidad y situaciones de carcter de emergencia para brindar as respuestas rpidas y efectivas a los habitantes de la misma.

2.2.2.5 Recursos de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria o Banco Comunal.

La Ley de los Consejos Comunales (2009) habla de los recursos de la siguiente manera:

Articulo 47. Los consejos comunales recibirn de manera directa los siguientes recursos financieros y no financieros:1. Los que sean transferidos por la Republica, los estados y los municipios.2. Los que provengan de lo dispuesto en la ley que crea el fondo intergubernamental para la descentralizacin y la Ley de Asignaciones Econmicas Especiales derivadas de Minas e Hidrocarburos.3. Los que provengan de la administracin de los servicios pblicos que les sean transferidos por el Estado.4. Los generados por su actividad propia, incluido el producto del manejo financiero de todos sus recursos.5. Los recursos provenientes de donaciones de acuerdo con lo establecido en el ordenamiento jurdico. 6. Cualquier otro generado de actividad financiera que permita la Constitucin de la Republica y la Ley. (pg.37 y 38)

De los Recursos No Financieros la Ley expresa lo siguiente: Articulo 49. El consejo comunal manejara recursos no financieros, entendidos como los que no tienen expresin monetaria y son necesarios para concretar la ejecucin de las polticas, planes y proyectos comunitarios. (pg.38).

De los Recursos Financieros:

Articulo 48: El Consejo Comunal manejar recursos financieros que son los expresados en unidades monetarias propios y asignados, orientados a desarrollar las polticas, programas y proyectos comunitarios establecidos en el Plan Comunitario de Desarrollo Integral, se clasifican en: 1. Recursos retornables 2. Recursos no retornables. (pg.38).

Segn Milano y Prez (2009), los Recursos Retornables: Son los que aporta FONDEMI. Recursos que se destinarn para impulsar proyectos productivos y deben regresar al Banco Comunal para que ste pueda seguir beneficiando a otras personas. (pg.54).

Segn Milano y Prez (2009), los Recursos No Retornables:

Son lo que se otorgan a los Consejos Comunales a travs del Fondo Nacional de los Consejos Comunales, impulsado por el Ministerio de Participacin Popular y Desarrollo Social (MINPADES), para invertir en pequeas obras de infraestructura y de servicio en la comunidad. Los recursos que la comunidad decide ejecutar en la construccin de la cancha, en la escuela, en el comedor o en la farmacia. (pg.57).

2.2.2.6 Funciones Financieras del Banco Comunal.

El Banco Comunal en su carcter de Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria, administra recursos financieros y no financieros, retornables y no retornables, asignados, generados y captados para el financiamiento de proyectos de Inversin Social, Socio productivos, as como generar actividades de Autogestin Comunal.

Segn FONDEMI (2008) las funciones financieras del banco comunal se dividen en:

1.- Manejo de Recursos de Inversin Social. (Recursos No Retornables).2.- Financiamiento de Actividades Socio-productivas.(Recursos Retornables).3.- La Autogestin Comunal.

1. Manejo de Recursos de Inversin Social (No Retornables).

Es una funcin en la cual el Banco Comunal se desempea como receptor y a su vez, canalizador o distribuidor de los recursos aportados por diferentes organismos pblicos como el Servicio Autnomo Fondo Nacional de Consejos Comunales (SAFONACC), el Fondo Intergubernamental para laDescentralizacin (FIDES), la Ley de Asignaciones Econmicas Especiales(LAEE) entre otros, y recursos aportados por entes privados para la ejecucin de proyectos de la comunidad.

Son recursos no retornables ya que se beneficia a la comunidad en su conjunto, y como de ellos se deriva solo bienestar social, por lo tanto, no se regresan al ente financiero de origen. La dinmica de esta funcin es la siguiente:

Recepcin: el Banco Comunal recibe los recursos financieros a travs de una cuenta bancaria en un banco preferiblemente del Estado; all parte de estos podran ser colocados en una cuenta que genere intereses, con el doble propsito de que no pierdan valor en el tiempo y a su vez produzcan una renta que ayude a nutrir el Fondo de Accin Social.

Canalizacin: los recursos financieros sern bajados hacia las cooperativas y organizaciones que ejecutarn las obras de una manera secuencial y organizada de acuerdo al cronograma de ejecucin del proyecto aprobado, esto con el fin de que la administracin de grandes sumas de dinero no queden en manos de particulares y haya un mayor control sobre las mismas. Sern prioridad para la ejecucin de las obras las fuerzas productivas propias de la comunidad.

2. Financiamiento de Actividades Socio-productivos (RecursosRetornables).

Funcin en la que el Banco Comunal recibe y administra recursos de diferentes organismos del Estado tales como: Fondo de Desarrollo Microfinanciero (FONDEMI), Banco del Pueblo Soberano, Banco de la Mujer, INAPYMI, FONDAFA, FONCREI, entre otros para el impulso de la poltica microfinanciera, a partir del financiamiento de proyectos socio-productivos de acuerdo al Plan Comunal aprobado en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.

Estos recursos son retornables, lo que quiere decir, que tanto el Banco Comunal como los beneficiarios del crdito repondrn los recursos obtenidos, y estos ltimos cancelarn unos intereses por estos. Los recursos recibidos sern destinados fundamentalmente a financiar actividades socio productivas enmarcadas en el Primer Plan Socialista de la Nacin, bajo el enfoque del Modelo Econmico Socialista.

Para la asignacin de estos recursos retornables se debe crear un proyecto econmico a travs de actividades socioproductivos.

El Proyecto Econmico es un plan que articula diversas actividades econmicas de carcter endgeno dentro de una red productiva de acuerdo a la priorizacin de las necesidades, debilidades, fortalezas y potencialidades de las comunidades (Diagnstico Comunal).

El Banco Comunal se encarga de su formulacin, realizar uno por cada desembolso de la Lnea de Crdito Fondemi-Banco Comunal o Contrato de Prstamo utilizando el formato suministrado por el Fondemi. Es fundamental que el Proyecto Econmico este enmarcado dentro del Plan Comunal especficamente en el Eje Econmico.

Criterios para el Financiamiento de Crditos Socio-productivos.

Para el otorgamiento de crditos, el Banco Comunal junto con el rgano Ejecutivo y la Unidad de Contralora Social del Consejo Comunal debern considerar las variantes geogrficas, econmicas, sociales, polticas y culturales, de acuerdo con las potencialidades, fortalezas, necesidades y debilidades de cada comunidad, debidamente jerarquizadas y diagnosticadas.

Se debe tomar en cuenta los siguientes criterios:

a.- Destino de los Recursosb.- Actividades no Financiablesc.- Tipos de Crditosd.- Distribucin y Monto de Financiamientoe.- Asignacin de la cartera por sector econmicof.- Requisitos

a) Destino de los Recursos

Los crditos deben ser dirigidos al financiamiento de:

Activo fijo: compra, instalacin y puesta en marcha de maquinaria, equipos y herramientas. Capital de trabajo: adquisicin de materia prima e insumos y de mano de obra directa del proceso productivo del proyecto a financiar, hasta tres (3) meses. Construccin, Remodelacin o Alquiler del Local, hasta tres (3) meses. Compra y/o reparacin de vehculo de trabajo, para el uso indispensable y exclusivo de la actividad productiva y cuyo propiedad ser de la comunidad.

b) Actividades no Financiables

Quedarn excluidas del financiamiento las siguientes actividades:

Produccin y comercializacin de licores excepto los de elaboracin artesanal y que cuenten con la debida permisologa legal, juegos de envite y azar, casas de empeo. Actividades comerciales tales como, clubes de videos y ventas de discos compactos sin las correspondientes licencias de propiedad intelectual. Igualmente quedarn excluidas del financiamiento: peluqueras, centros de navegacin de Internet, alquiler de equipos electrnicos (lavadoras, sonidos, entre otros), vehculos de uso particular, franquicias, taxis, moto taxis, comercio informal, y en general aquellas actividades econmicas cuyos servicios y productos no estn vinculados a los Planes, Programas y Proyectos de inversin y desarrollo que determine el Ejecutivo Nacional. Quedar prohibido cabalgar crditos, es decir, financiar el mismo proyecto que haya sido financiado por otros entes u organismos del estado o privados.

c) Tipos de Crditos

El Banco Comunal estructurar los crditos del Proyecto Econmico a financiar en: crditos socio productivos y crditos personales, este ltimo ser para atender necesidades de carcter no productivo en las comunidades. Los Proyectos presentados a los Bancos Comunales, debern estar preferiblemente enmarcados dentro de las polticas que dicte el Ejecutivo Nacional, destinadas a contribuir con el Modelo Productivo Socialista.

La cartera de crdito estar distribuida en:

Crditos Socio productivos:

Unidades Comunales de Produccin Socialista (UCPS): dirigido a un grupo de personas organizadas con el objeto de emprender o desarrollar actividades socio productivas, cuyos medios de produccin son propiedad de la comunidad. Este tipo de crdito alcanzar un tope mximo de hasta TREINTA MIL Bolvares (Bs. 30.000,00).

Cooperativas: dirigido a un grupo de personas organizadas bajo la figura jurdica de asociacin cooperativa, preferiblemente de diez (10) o ms asociados, en cuyo objeto se establece el emprendimiento o desarrollo de actividades socio-productivas. Este tipo de crdito alcanzar un tope mximo de hasta VEINTE MIL bolvares (Bs. 20.000,00).

Crdito Personal: dirigido a solventar necesidades de los habitantes de la comunidad, tales como: gastos mdicos, gastos de educacin, gastos odontolgicos, arreglos o reparaciones de viviendas, lnea blanca, lnea marrn, turismo popular, y algn otro que determine la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. Este tipo de crdito alcanzar un tope mximo de UN MIL bolvares (Bs. 1.000,00), por persona.

d) Distribucin y Monto de Financiamiento

Se establecen como topes de financiamiento los siguientes:

Para el Tipo de crdito de Unidades Comunales de Produccin Socialista se establece un Porcentaje de la Cartera de 70% con un Monto Mximo del Crdito de Bs. 30.000,ooPara el Tipo de crdito de Cooperativas se establece un Porcentaje de la Cartera de 20% con un Monto Mximo del Crdito de Bs. 20.000,oo

Para el Tipo de crdito Personal se establece un Porcentaje de la Cartera de 10% con un Monto Mximo del Crdito de Bs. 1.000,oo

Para un total distribuido de 100%.

e) Asignacin de la cartera por sector econmico

La cartera de crdito estar distribuida en los siguientes sectores econmicos, haciendo distincin entre las reas urbanas y rurales:

Sector Urbano RuralManufactura 40% 20%Agropecuario 10% 50%Servicio 25% 15%Comercio 5% 5%Turismo 20% 10% 100% 100%

f) Requisitos

El requisito fundamental es ser habitante de la comunidad, adems el solicitante de crdito deber consignar los siguientes recaudos:

Ficha de datos personales de cada uno(a). Fotocopia de la cdula de identidad. Solicitud de crditos (para Unidades Comunales de Produccin Socialista, cooperativas y personales). Solvencia moral de cada uno de los aspirantes del crdito emitida por el Consejo Comunal (Aprobada en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas). Croquis de residencia y/o del lugar en donde se desarrolla o desarrollar la actividad productiva. Constancia de Residencia. Encuesta Socio-Econmica. Cotizaciones comunales, pro-formas comerciales. Proyecto Socio-productivo.

3. La Autogestin Comunal.

La Autogestin Comunal es la forma a travs de la cual el potencial de la comunidad se pone al servicio del desarrollo econmico, social, poltico y cultural de la patria con el fin de conseguir la suprema felicidad social con el apoyo solidario de sus habitantes. La autogestin adems de generar recursos financieros y no financieros se basa en el conocimiento, la ideologa socialista, la conciencia revolucionaria y la moral colectiva como manantial de vida en las comunidades. Representa: Emancipacin, Autosuficiencia, Soberana, Empoderamiento, Corresponsabilidad, Desarrollo Endgeno, Pertenencia, Identidad, Autoderminacin.

La autogestin contempla dos tipos de recursos, los financieros y los nofinancieros.

1) Recursos No Financieros.

Recursos en forma de servicios con que cuenta la comunidad, y que manifiesta a travs de los recursos naturales del lugar, y del trabajo voluntario no remunerado que los habitantes brindan de forma desinteresada como un aporte solidario y humanitario. Estos son:

Humanos: asesoramiento tcnico para la elaboracin y ejecucin de proyectos, fuerza de trabajo, transmisin de conocimientos mediante talleres, cursos, foros, charlas, clases, entre otras, servicios de transporte gratuito y actividades culturales (tteres, danzas, declamacin de poesas). Naturales: canteras de piedra, minas de arena y minerales, ros, lagos, mares, playas, rboles madereros y frutales, fauna, paisajes, entre otros. Ambientales: viviendas, plazas, canchas deportivas, edificios histricos, entre otros.

2) Recursos Financieros:

Dinero cuyo uso lo determina el Consejo Comunal y que se genera mediante las siguientes actividades:

A. Unidades Comunales de Produccin Socialista (U.C.P.S).B. Administracin del Fondo de Ahorro y Crdito Social.C. Actividades de intercambio comunal.

A. Unidades Comunales de Produccin Socialista (U.C.P.S)

Son organizaciones productivas asociativas que ponen en marcha una actividad socio-productiva de propiedad comunal (Propiedad Social Directa), es decir, pertenece a todos los habitantes de la comunidad, y se beneficiarn de manera equitativa de ellas en donde los excedentes financieros producto de su accionar, son distribuidos en el financiamiento de proyectos comunales contemplados en el Plan Comunal. Otra caracterstica de la Unidades Comunales de Produccin Socialista es que carece de personalidad jurdica formal.

Las Unidades Comunales de Produccin Socialista son de propiedad comunal, las personas que laboran en dicha actividad reciben una retribucin por su trabajo, ms no son propietarias de los medios de produccin. Dentro de las Unidades Comunales de Produccin Socialista no existen patrones, jefes, gerentes, presidentes, ni ningn otro tipo de cargo que exprese rango alguno, ya que estas son organizaciones socialistas en donde no existen escalas jerrquicas, de esta forma, los trabajadores desde sus diferentes roles de trabajo determinan en igualdad de condiciones la planificacin y gestin de la unidad productiva.

B. Administracin del Fondo de Ahorro y Crdito Social.

Funcin que consiste en captar recursos o dinero de personas de la comunidad y de otras fuentes; y con estos, otorgar crditos personales y socio-productivos a aquellos que los soliciten y que a su vez, sean aprobados por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. Es decir, es una funcin cuya dos actividades fundamentales son: la captacin y la colocacin.

La Captacin:

Como su nombre lo indica, significa captar o recolectar dinero de las personas de la(s) comunidad(es), y de otras fuentes. El dinero captado gana intereses denominados de captacin o pasivos. Es decir, puesto que al Banco Comunal le interesa estimular el ahorro de la comunidad, ste les paga una cantidad de dinero por colocar su dinero en l. Adems emitir un comprobante de depsito a los ahorristas para que quede constancia de dicha operacin. La tasa de inters de captacin es del 12 % anual.

El Fondo de Ahorro y Crdito Social estar compuesto por:

Los aportes de los ahorristas independientes. Los ingresos por concepto de los intereses y recursos excedentes devengados de los recursos de inversin social (no retornables), colocados en las cuentas de un banco. Los ingresos de intereses generados por la cuenta bancaria en donde se encuentran los recursos del Fondo de Ahorro y Crdito Social. Recursos generados de mecanismos de autogestin comunal.

La Colocacin o Crdito:

Es lo contrario a la captacin. La colocacin permite poner dinero en circulacin en la comunidad, es decir, el Banco Comunal toma los recursos que obtiene mediante la captacin, y otorga crditos a las personas que los soliciten y que habiten dentro de la comunidad. Por dar estos crditos el Banco Comunal cobra una cantidad de dinero en forma de intereses denominados de colocacin o activos que es del 15% anual. Para acceder a los crditos del Fondo de Ahorro y Crdito Social se debe tener una cuenta de ahorro en el mismo.

Cmo se mantiene y crece el Fondo de Ahorro y Crdito Social?

La respuesta a ello, es que los intereses de colocacin son ms altos que los intereses de captacin (15% mayor a 12%), es decir, que los Bancos Comunales cobran ms por otorgar recursos que lo que pagan por captarlos. A la diferencia entre la tasa de inters de colocacin y la de captacin se le denomina: margen de intermediacin. Esta tasa de intermediacin es del 3%, los recursos generados van a reinvertirse en el Fondo de Ahorro y Crdito Social para hacerlo sostenible y dar ms crditos en el futuro.

Tasa inters de colocacin tasa de inters de captacin = margen de intermediacin.

Reserva del Fondo de Ahorro y Crdito Social

El dinero que los Bancos Comunales recogen a travs de la captacin no puede ser utilizado en su totalidad para la colocacin, parte de l se destina a lo que se denomina Reserva; mientras que la otra parte se utiliza para conceder crditos. La Reserva es un porcentaje del total de las captaciones del Fondo de Ahorro y Crdito Social, el cual se debe conservar permanentemente, este es del 20%. Para su clculo, se suman a los recursos de la cuenta del Fondo de Ahorro y Crdito Social los crditos vigentes otorgados a travs de dicho fondo, y ese monto se multiplica por el20%. La Reserva tiene como fin, garantizar el retorno del dinero a los ahorristas en caso de que ellos lo soliciten. De esta forma, se disminuye el riesgo de la prdida del dinero de los ahorristas.

C. Actividades de intercambio comunal.

Son aquellas actividades orientadas al desarrollo de formas comercialesalternativas y la prestacin de servicios de esparcimiento y difusin, en estas no existe la transformacin de materia prima. Entre ellas estn:

Vendimias, Bazares, Ferias. Actividades culturales: conciertos, tteres, danzas, templetes, verbenas, obras teatrales, publicidad y radio-comunitaria.En general los Recursos Financieros se emplean para:

Remunerar el trabajo de los integrantes de la Unidad Comunal de Produccin Socialista. (U.C.P.S.). Cubrir los costos y gastos propios de la operatividad de la U.C.P.S. Aportar al Fondo de Accin Social. Aportar al Fondo de Gastos Operativos y de Administracin. Financiar proyectos contemplados en el Plan Comunal. Nutrir el Fondo de Ahorro y Crdito Social para otorgar crditos personales y socio-productivos.

2.2.2.7 Pautas necesarias para el desarrollo de las funciones financieras.

a) Los Intereses.

Los intereses de los crditos a otorgar por los Bancos Comunales sern los siguientes:

Tipo de Crdito Tasa AnualSocio Productivos 6 %Personales 6 %

Dada la naturaleza social y jurdica del Banco Comunal, este podr otorgar crditos sin intereses para casos especiales. Es importante sealar que los beneficiarios de estos crditos debern devolver el dinero prestado. En los crditos sin intereses la tasa de inters anual de los crditos personales, de cooperativas y de Unidades Comunales de Produccin Socialista otorgados por el Banco Comunal, ser exonerado slo en los siguientes casos:

Cuando el crdito personal vaya dirigido a personas de latercera edad y personas con discapacidad. Cuando los integrantes de la Cooperativa y/o Unidad Comunalde Produccin Socialista sean en su totalidad personas de latercera edad y personas con discapacidad. Los que determine el Ejecutivo Nacional en proyectosespeciales.

Asimismo, cuando se determine que el incumplimiento de pagos est asociado a una causa justificada o de fuerza mayor, y el mismo sea aprobado en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.

b) Los Fondos.

Segn la Ley de los Consejos Comunales (2009)

Articulo 51. El Consejo Comunal, deber formar cuatro fondos internos: accin social; gastos operativos y de administracin; ahorro y crdito social; y, de riesgos; para facilitar el desenvolvimiento armnico de sus actividades y funciones. Sern administrados por la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria, previa aprobacin de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, con la justificacin del colectivo de coordinacin comunitaria. (pg.39).

El Fondo de Accin Social.

Articulo 52. El Fondo de accin social ser destinado a cubrir las necesidades sociales, tales como: situaciones de contingencia, de emergencia, problemas de salud, que no puedan ser cubiertas por los afectados debido a su situacin socio-econmica. Se presentar una propuesta para la utilizacin de estos recursos que deber ser aprobada por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, excepto en los casos de emergencia o fuerza mayor. Este fondo se constituye mediante:1. Los intereses cobrados de los crditos otorgados con recursos retornables del financiamiento.2. Los ingresos por concepto de los intereses y excedentesdevengados de los recursos de inversin social no retornables.3. Los recursos generados de la autogestin comunitaria. (pg.39 y 40).

El Fondo de Gastos Operativos y de Administracin.

Articulo 53. El fondo de gastos operativos y de administracin estar para contribuir con el pago de los gastos que se generen en la operatividad ymanejo administrativo del Consejo Comunal. Este fondo se constituye mediante tres fuentes:1. Los intereses anuales cobrados de los crditos otorgados con recursos retornables en los respectivos proyectos que le sean aprobados.2. Los que sean asignados para estos fines, por los rganos y entes del Poder Pblico en los respectivos proyectos que le sean aprobados.3. Recursos generados por la autogestin. (pg.40).

El Fondo de Ahorro y Crdito Social.

Articulo 54. El fondo de ahorro y crdito social ser destinado a incentivar el ahorro en las comunidades con una visin socialista y promover los medios socios productivos mediante crditos solidarios. Estar conformado por la captacin de recursos monetarios de forma colectiva, unipersonal y familiar, recursos generados de las organizaciones autogestionarias, los excedentes de los recursos no retornables y los propios intereses generados de la cuenta de ahorro y crdito social. (pg.40).

El Fondo de Riesgo.

Articulo 55. El fondo de riesgo ser destinado a cubrir los montos no pagados de los crditos socio-productivos que incidan u obstaculicen el incumplimiento y continuidad de los proyectos comunitarios, en situacin de riesgos y asumidos por el Consejo Comunal, constituido por:1. Los intereses anuales cobrados de los crditos otorgados con recursos retornables del financiamiento. La Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria deber realizar un informe donde se contemple la voluntad porparte de las organizaciones socio productivas de no cancelar el saldo adeudado, o cualquier circunstancia que imposibilite el pago del mismo por situacin de emergencia, enfermedad o muerte. La Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria est en la capacidad de proponer formas alternativas para el pago de un crdito. Para su trmite administrativo se tendr una cuenta bancaria en la que se depositar mensualmente el monto.El inters de mora de los crditos otorgados con recursos retornables.3. Los recursos generados de la autogestin comunitaria. (pg.40 y 41).

c) Apertura de Cuentas.

El Banco Comunal deber aperturar y manejar las siguientes cuentas bancarias (preferiblemente corrientes) mediante la forma de firmas conjuntas.

Cuentas de los Bancos Comunales:

Cuenta Recursos No Retornables (RNR). Recibe Recursos no Retornables. Destinada al financiamiento de proyectos de inversin social. Habr tantas cuentas como proyectos de inversin social aprobados. Cuenta Matriz. Fondemi le deposita al Banco Comunal. A travs de ella se reciben los recursos de la Lnea de Crdito Fondemi-Banco Comunal (LCF-BC). Cuenta Recaudadora. Beneficiarios de crditos pagan al Banco Comunal. En esta cuenta se depositan las cuotas que pagan los beneficiaros de crditos de la Lnea de Crdito FONDEMI-Banco Comunal (LCF-BC). Cuenta Pagadora. Banco Comunal paga a FONDEMI. Aqu se reintegran los recursos al Fondemi. Corresponde a la cuota amortizada mes a mes. Cuenta Fondo de Accin Social. Depsitos de recursos para ayudas sociales. Recibe 3,5 % de inters anual de los crditos otorgados de la Lnea de Crdito Fondemi-Banco Comunal (LCF-BC), ms el 1% de mora, ms excedentes de la Cuenta RNR, ms los aportes de la autogestin comunitaria. Cuenta Fondo de Gastos Operativos y de Administracin. Depsitos de recursos para los gastos del banco comunal. Recibe 1,5 % de inters anual de los crditos otorgados de la Lnea de Crdito Fondemi-Banco Comunal (LCF-BC), ms los abonos de la autogestin comunitaria. Cuenta Fondo de Riesgo. Cubre los montos de crditos no cancelados. Recibe el 1% de los intereses recuperados de la Lnea de Crdito FONDEMI-Banco Comunal (LCF-BC). Cuenta Fondo de Ahorro y Crdito Social. Depositan los Ahorristas. Recibe principalmente recursos de los ahorristas ms los excedentes de la cuenta RNR, ms aportes de la autogestin comunitaria. Cuenta Recuperadora. Depsitos de los beneficiarios de crditos del Fondo de Ahorro y Crdito Social. Recibe las cuotas de pago de crditos personales y socio-productivos de recursos provenientes del Fondo de Ahorro y Crdito Social.

d) Periodo Muerto.

Es la etapa del crdito medida en meses en la que no cancela ninguna cuota de pago ni se generan intereses.

Existen dos lapsos de tiempo distintos en el periodo muerto, uno dirigido al Banco Comunal y otro hacia el beneficiario del crdito.

El Banco Comunal tendr 6 meses de periodo muerto para comenzar a pagar el crdito al Fondemi al finalizar el sptimo mes.

Los crditos socio-productivos tendrn 3 meses de periodo muerto para el beneficiario, contados a partir de la fecha de entrega del crdito.

Los crditos personales tendrn 1 mes de periodo muerto para el beneficiario, contados a partir de la fecha de entrega del crdito.

e) Plazos.

Para el Crdito Personal:

El Plazo para los crditos personales (incluyendo el periodo muerto) ser de doce (12) meses.

Para los Crditos Socio-Productivos:

El Plazo de los crditos socio-productivos (incluyendo el periodo muerto) ser de treinta y seis (36) meses, exceptuando los crditos del sector comercio, cuyo plazo ser de doce (12) meses.

En el caso de los crditos socio-productivos agropecuarios se aplicarn plazos de acuerdo al rubro especfico. La modalidad de pago de las cuotas es mensual.

Para el caso de los programas especiales del Ejecutivo Nacional se aplicarn los lineamientos emitidos por el Ministerio respectivo.

Para el Banco Comunal:

El plazo para la cancelacin del crdito entre el Banco Comunal y Fondemi ser de treinta y nueve (39) meses.

f) Re-crdito.

El Banco Comunal aprobar nuevos otorgamientos de re-crditos, slo a aquellos beneficiarios que hayan demostrado responsabilidad y puntualidad en el pago del crdito concedido, y que a su vez dicho proyecto de muestras de una buena gestin, adems de tributar en el desarrollo socio-econmico de la comunidad.

g) Segn la Nacionalidad de los Aspirantes.

El Banco Comunal podr mediante Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos destinar hasta un mximo del diez por ciento (10%) de los recursos a los ciudadanos extranjeros residentes, que sean habitantes de la comunidad con un mnimo de SEIS (6) meses de residencia en la misma.

2.2.2.8 Herramientas Financieras.

Dentro de las funciones financieras del Banco Comunal, se utilizan herramientas que sirven para elaborar, estudiar, evaluar los proyectos Socio-productivos, as como el control y manejo de los recursos asignados en la lnea de crdito Fondemi- Banco Comunal mediante las siguientes herramientas:

a) Informe Financiero b) Tablas de Amortizacin.c) Tabla de control del Banco Comunal.d) Informe Tcnico.e) Formatos de Proyecto Econmico y Socio-Productivo (llenado por el solicitante de crdito).

a) Informe Financiero.

Este formato contiene la informacin que caracteriza la actividad socio-productiva que tiene o emprender el microempresario o cooperativa, se obtienen los datos relativos al uso o destino del crdito, los cuales reflejan el monto de la solicitud y de aprobacin del crdito. Adems se indican, el total de ingresos, el costo de produccin y el costo de venta estimado, los gastos de administracin y venta, y los gastos financieros, as como el clculo de indicadores de evaluacin como: el nmero de trabajadores directos y la remuneracin de estos, la utilidad bruta o excedente bruto, la utilidad neta o excedente neto, el flujo neto de efectivo, la relacin beneficio-costo, y la capacidad de pago. Los aspirantes a crditos personales no presentan el informe financiero ya que con l no se realizan actividades socio-productivas.

b) Tablas de Amortizacin.

Tabla de Amortizacin para el Beneficiario del Banco Comunal:

Es el cronograma de pago que muestra la proyeccin para la cancelacin del crdito, de acuerdo al nmero de cuotas establecidas y la tasa de inters aplicada. Esta tabla se llena automticamente al hacer el Informe Financiero, lo nico que se transcribe es la fecha de liquidacin.

Tabla de Amortizacin para la Recuperacin del Banco Comunal:

Representa la forma real (no proyectada) en la que la unidad productiva cancela el crdito mes a mes. Adems contiene una tabla que distribuye el monto de las cuotas de pago recaudadas entre Fondemi, el Fondo de Riego, el Fondo de Accin Social, y el Fondo de Gastos Operativos y Administrativos.

c) Tabla de Control del Banco Comunal.

Herramienta que permite el controlar y dar seguimiento al movimiento de la Lnea de Crdito Fondemi-Banco Comunal.

d) Informe Tcnico.

El informe tcnico es una herramienta creada para llevar a cabo un control detallado de toda la informacin financiera que muestra el manejo de los recursos asignados y/o captados del Banco Comunal, detallando como se distribuyen los crditos en la comunidad.e) Formatos de Proyecto Econmico y Socio-Productivo (llenado por el solicitante de crdito).

El Formato del Proyecto Socio-Productivo es el formato que se debe entregar al momento de solicitar el crdito y debe contener los siguientes datos:

DATOS BSICOS DE LA PERSONA NATURAL O JURDICA. DATOS GENERALES DEL PROYECTO. Estudio de Mercado. (En cuanto a la demanda, a la oferta y al mercado potencial). Estudio Tcnico. (Maquinarias y equipos, el local, los procedimientos y el impacto ambiental). Estudio Financiero. (Plan de inversin o destino del crdito, Ingresos mensuales y los desembolsos mensuales).

Y el Formato del Proyecto Econmico debe contener los siguientes datos:

IDENTIFICACIN DEL PROYECTO ECONMICO. JUSTIFICACIN Y OBJETIVOS DEL PROYECTO. ESTUDIO INTEGRAL DE LA COMUNIDAD. PLAN DE INVERSIONES Y FINANCIAMIENTO/ ESTUDIO ECONOMICO FINANCIERO.

2.2.2.9 Transferencia de los Recursos del Fondemi a losBancos Comunales.

La transferencia de los recursos retornables a los Bancos Comunales

se establecer a travs de una lnea de crdito o contrato de prstamo suscrito entre stos y el Fondemi sin tasa de inters.

Los Bancos Comunales y los beneficiarios aperturarn cuentas corrientes las cuales estarn relacionadas electrnicamente en el banco establecido por el Fondemi, con miras a estandarizar, controlar y supervisar los recursos financieros otorgados a nombre de los Bancos Comunales y sus beneficiarios. Fondemi otorgar los recursos retornables al Banco Comunal por medio de dos (2) modalidades:

A travs de la Lnea de Crdito del FONDEMI:

Esta lnea de crdito tiene una vigencia que va desde la suscripcin del contrato de la lnea de crdito que otorga el Fondemi, hasta un (1) ao despus. Los recursos del financiamiento son transferidos al Banco Comunal en dos desembolsos de 50% cada uno; el primero despus de la suscripcin del contrato y el segundo despus de que el Banco Comunal haya otorgado el 100% del primer desembolso.

Por Contrato de Prstamo con el FONDEMI:

Los Bancos Comunales podrn solicitar ante el Fondemi su aprobacin para suscribir un contrato de prstamo, y el recurso ser otorgado en un solo desembolso. Los Bancos Comunales recibirn financiamiento de recursos retornables como se detallan a continuacin:

a. Financiamiento por Consejo Comunal: consiste en el financiamiento de un Banco Comunal de un solo Consejo Comunal. El monto a financiar ser de Bs. 300.000.oo

b. Financiamiento por Comuna: consiste en el financiamiento de unBanco Comunal por Comuna, es decir varios Consejos Comunales integrados. El monto a financiar ser de Bs. 200.000,oo por cada ConsejoComunal que integre la comuna.

N de C.C. por Comuna 2 3 4 5 ms Bs. 400.000 600.000 800.000 1.000.000

2.2.2.10 Diferencias entre un Banco Comunal y un Banco Tradicional o Comercial.

Banco Comunal Banco Comercial) Es una organizacin para la Es una organizacin Capitalista. construccin del Socialismo.) Es regido por: Fondemi - Es regido por la SUDEBAN. Consejo Comunal.) Es una organizacin pblica Es una organizacin privada. instrumentada por el pueblo organizado.) Es flexible y accesible para Es excluyente, rgido y selectivo otorgar crditos. en la asignacin de crditos. ) Est articulado con la comunidad Esta desvinculado de la mediante el Consejo Comunal. problemtica social de la comunidad. ) Se centra en el desarrollo social Su propsito es el desarrollo del y del ser humano. capital y la acumulacin de riqueza.

) Impulsa el modelo de Se gua por modelos de Desarrollo Endgeno. desarrollo exgenos.

De esta manera se evidencia que el Banco Comunal es una organizacin que rompe con las estructuras pre-establecidas representadas por la banca comercial tradicional, para contribuir al desarrollo econmico y social del pas.

CAPITULO III

MARCO METODOLOGICO

3.1 Modelo de la Investigacin:

Segn el conocimiento general es Cualitativa, por lo que a partir de consultas y fuentes documentales se proceder a describir la informacin presentada en esta investigacin.

Sampieri, Collado y Lucio (2006), indican que una investigacin cualitativa utiliza la recoleccin de datos sin medicin numrica para descubrir o afinar preguntas de investigacin en el proceso de interpretacin se fundamenta mas en un proceso inductivo (explorar y describir), y luego generar perspectivas tericas. (pg.8).

Segn Balczar (2005) La investigacin cualitativa ofrece al investigador mtodos y herramientas viables y confiables para hacer de la investigacin una fuente de informacin para la toma de decisiones y para aportar informacin relevante al comportamiento de un mercado especifico. (pg.33).

La investigacin cualitativa es un mtodo de investigacin basado en principios tericos empleando mtodos de recoleccin de datos que son no cuantitativos, con el propsito de describir la realidad tal como la experimentan los correspondientes a quienes se estudia. En otras palabras, investiga el porqu de las realidades desde una perspectiva terica.

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3.2 Tipo de Investigacin:

Segn los conocimientos que se adquirieron, la investigacin es de tipo Descriptiva y Documental.

Planteados los objetivos de esta investigacin, es necesario establecer los procedimientos que se siguieron en su realizacin, el cual contempla una investigacin de tipo documental y nivel descriptivo.

Segn Sabino (2000) especifica que las Investigaciones Descriptivas:

Describen algunas caractersticas fundamentales de conjuntos homogneos de fenmenos. As mismo, afirma que las investigaciones descriptivas utilizan criterios sistemticos que permiten poner en manifiesto la estructura o comportamiento de los fenmenos en estudio, proporcionando de ese modo informacin sistemtica y comparable con la de otras fuentes. (pg.43).

Segn Arias (1999) seala que este tipo de investigacin consiste en la caracterizacin de un hecho, fenmeno o grupo con el fin de establecer su estructura o comportamiento. (pg.29).

Segn Best (1982) La investigacin descriptiva concierne a como lo que es o lo que existe se relaciona con algn hecho precedente, que haya influido o afectado una condicin o hecho presentes. (pg.91).

Segn Salkind (1998) La investigacin descriptiva describe la situacin de las cosas en el presente. (pg.11).

El objetivo de la investigacin descriptiva consiste en llegar a conocer las situaciones, costumbres y actitudes predominantes a travs de la descripcin exacta de las actividades, objetos, procesos y personas. Despus de recogido todos los datos, se analizan a fin de extraer generalizaciones significativas que contribuyan al conocimiento.

Segn Eyssautier (2006) La investigacin documental es aquella que depende exclusivamente de fuente de datos secundarios, sea, aquella informacin que existe en documentos y material de ndole permanente y a la que se puede acudir como fuente de referencia en cualquier momento. (pg.169).

Segn Arias (1999) el anlisis documental, consiste en describir en forma exhaustiva los elementos de un documento. (pg.77).

Investigacin Documental segn el Manual para la elaboracin del trabajo especial de grado Instituto Universitario de Tecnologa Juan Pablo Prez Alfonzo (IUTEPAL) (2007).

Es el estudio de problemas con el propsito de ampliar y profundizar el conocimiento de su naturaleza, con apoyo, principalmente, en trabajos previos, informacin y datos divulgados por medios impresos, audiovisuales o electrnicos. La originalidad del estudio se refleja en el enfoque, criterios, conceptualizaciones, reflexiones, conclusiones, recomendaciones y en general, en el pensamiento del autor. (pg.10).

Segn Muoz (1998) La investigacin de carcter documental se apoya en la recopilacin de antecedentes a travs de documentos grficos formales e informales, cualquiera que estos sean, donde el investigador fundamenta y complementa su investigacin con lo aportado por diferentes autores. (pg. 203).

El objetivo de la investigacin documental es elaborar un marco terico conceptual para formar un cuerpo de ideas sobre lo que se estudia y as descubrir respuestas a las interrogantes.

Por lo antes expuesto se dice que esta investigacin es de documental y descriptiva porque se describieron los objetivos sujetos a estudios a fin de justificar el objetivo general.

3.3 Diseo de la investigacin:

El diseo de la investigacin es de tipo bibliogrfico.

Segn Sabino (2000) define el diseo bibliogrfico como:

El hecho de trabajar con materiales ya elaborados, de tipo secundario, es decir, que el investigador se limitara a recabar informacin ya estudiada por otro investigador y podr ejercer su funcin como crtico y mejorador de la obra ya publicada. (pg.65).

Por otra parte Tamayo (2004) indica que:

El diseo bibliogrfico es aquel el que recurrimos a la utilizacin de datos secundarios, es decir, aquellos que han sido obtenidos por otros y nos llegan elaborados y procesados de acuerdo con los fines de quienes inicialmente los elaboran y manejan y por lo cual decimos que es un diseo bibliogrfico. (pg.109).

Segn Ospino (2004) cuando el investigador utiliza datos recogidos en otras investigaciones, usualmente estos datos son recogidos en una investigacin con diseo bibliogrfico. (pg.117).

El diseo bibliogrfico se utiliza cuando se trabaja con materiales ya elaborados, a lo que los autores denominan de tipo secundario. El principal beneficio que se obtiene mediante este diseo es que posibilita al investigador tener a su alcance una bibliografa donde no tendr mayores obstculos para contar con toda la informacin de referencia. Este diseo tambin es bueno cuando se hace referencia a la historia de lo que se estudia, porque no hay otro modo, en general, de enterarse de los hechos pasados si no es apelando a una gran proporcin de datos secundarios.

3.3 Recopilacin, Procedimiento y Anlisis de la Informacin:

Para la recopilacin de informacin y las bases tericas de esta investigacin, se utiliz las fuentes primarias en trminos de libros y revistas. Otras fuentes secundarias fueron Internet y direcciones World Wide Web, por ser el ms novedoso esquema de organizacin de informacin y acceso a servicios de Internet; toda esta informacin se trato con anlisis crtico.

Segn Hochman y Montero (1995)

El anlisis crtico viene a ser la culminacin del trabajo comenzando con la presentacin resumida y consiste en la apreciacin definitiva de un texto, a partir de los elementos hallados en el mismo. A partir del resumen analtico, se habrn dejado al descubierto el orden de las ideas del autor, los argumentos que las soportan, la coherencia entre ellas, los errores u omisiones que pueda haber, cotejando el plan encontrado con un plan lgico ideal. (pg.527).

Para obtener la informacin que sustenta el trabajo de investigacin, se asisti a bibliotecas y otros centros de documentacin. El procesamiento de la informacin fue realizada en su mayor parte por borradores o apuntes inciales los cuales fueron el principal instrumento de esta fase de trabajo, los cuales posteriormente convenientemente organizados y redactados pasaron a integrar el cuerpo expositivo final de la obra. De igual manera, examinado ya el problema desde un punto de vista general, se enfatiz la clarificacin de los conceptos a emplear, elaborando definiciones provisionales, delimitando significados, elaborando esquemas de trabajo y precisando nociones vagas o confusas. Posteriormente se elabor un anlisis crtico de toda la informacin recopilada.

Esta investigacin fue diseada basada en un conjunto de pasos que se pueden resumir de la siguiente forma:

D. La presentacin y formulacin de un problemaE. Formulacin de objetivosF. Revisin de material bibliogrfico relacionado al problema, G. Recopilacin, anlisis de la informacin y presentacin de los resultados.

CAPITULO IV

ANALISIS DE LA INVESTIGACION

4.1 Los bancos comunales y los fines, objetivos y metas de su funcionamiento.

El Banco Comunal, es una unidad de organizacin y gestin administrativa y financiera de los recursos recibidos por el Consejo Comunal. Es una organizacin de carcter social que administra los recursos financieros y no financieros, retornables y no retornables del Consejo Comunal, mediante la cual el pueblo organizado puede financiar los proyectos socio productivos, situaciones de emergencia de sus vecinos y obras de inversin social, segn la priorizacin de las necesidades y potencialidades identificadas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.

Surge como una herramienta para consolidar el Poder Comunal. El Banco Comunal asumir dos formas, existir un Banco Comunal por Consejo Comunal y un Banco Comunal por Comuna la cual estar compuesta por varios Consejos Comunales, de acuerdo con las caractersticas propias de las comunidades que la integran.

La Cooperativa Banco Comunal o Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria, debe su existencia al Consejo Comunal, dado que esa unidad es considerada el brazo ejecutor de los recursos asignados al Consejo Comunal. Si no se ha creado u organizado el Consejo Comunal, no existir la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria o Cooperativa Banco Comunal. Por lo que la comunidad no podr ejercer su participacin protagnica en la construccin de su entorno. El objeto de la cooperativa est estrechamente relacionado con las funciones o necesidades que dan nacimiento a la misma. Es por ello, que las cooperativas han sido definidas como un proyecto de vida que les permite a los asociados que la integran hacer frente a sus necesidades econmicas, sociales, ambientales y financieras.

La Cooperativa Banco Comunal, es una cooperativa de obtencin, dado que la misma, beneficiara a sus principales clientes o usuarios, los Asociados.

Los fines, objetivos y metas de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria estn definidos en el Artculo 31 de la Ley de los Consejos Comunales (2009):

Artculo 31. Son funciones de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria: Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en el rea de su competencia. Elaborar los registros contables con los soportes que demuestren los ingresos y egresos efectuados. Presentar trimestralmente el informe de gestin y la rendicin de cuenta publica cuando le sea requerido por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, por el colectivo de coordinacin comunitaria o por cualquier otro rgano o ente del Poder Pblico que le haya otorgado recursos. Prestar servicios financieros y no financieros en el rea de su competencia. Realizar la intermediacin financiera comunitaria, privilegiando el inters social sobre la acumulacin de capital. Apoyar las polticas de fomento, desarrollo y fortalecimiento de la economa social, popular y alternativa. Promover formas alternativas de intercambios de bienes y servicios para lograr la satisfaccin de las necesidades y fortalecimiento de la economa local. Promover el ahorro familiar. Facilitar herramientas que permitan el proceso de evaluacin y anlisis de los crditos de las organizaciones previstas en el decreto No. 6.129 con rango, Valor y Fuerza de ley para el Fomento y Desarrollo de la Economa Popular. Consignar ante la unidad de Contralora Social del Consejo Comunal, el comprobante de la declaracin jurada de patrimonio de los voceros y voceras de Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria al inicio y cese de sus funciones. Administrar los fondos del Consejo Comunal con la consideracin del colectivo de coordinacin comunitaria y la aprobacin de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. Elaborar y presentar el proyecto anual de gastos de los fondos del Consejo Comunal. Presentar y gestionar el proyecto anual de gastos de los fondos del Consejo Comunal. Las dems que establezca la presenta Ley, los estatutos del Consejo Comunal y las dems que sean aprobadas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. (pg. 28 y 29).

4.2 Funcionamiento de los bancos comunales y sus diferentes mtodos para otorgar financiamiento.

El Banco Comunal utiliza herramientas para el financiamiento de proyectos de inversin social, el estmulo al ahorro, el financiamiento de actividades socio productivas y la autogestin, para transformar la economa y con ello cambiar las relaciones sociales de produccin existentes para lograr un desarrollo econmico justo, equitativo y sustentable.

Esto conforme lo establece la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, en sus art. 87, 112, 299 y 308. Quien demanda el derecho a una mejor calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas del Estado.

Los encargados de otorgar recursos son: Fondemi, Banco de la Mujer, Banco del Pueblo, Instituciones Gubernamentales y Organizaciones Sociales. Estas instituciones son las encargadas de asignarles recursos a los bancos comunales para su funcionamiento. Ver figura N 1.

Figura N 1. Funcionamiento de la asignacin de recursos. Fuente: Fondemi (2008).

Diagramas de las funciones financieras de los Bancos Comunales.

1. Manejo de Recursos de Inversin Social (No Retornables). Ver figura N 2.

Figura N 2. Manejo de Recursos de Inversin Social (No Retornables).Fuente: Fondemi (2008).2. Financiamiento de Actividades Socioproductivas (Recursos Retornables).

Financiamiento bajo la forma de Lnea de Crdito. Ver figura N 3.

Figura N 2. Financiamiento de Actividades Socioproductivas (Recursos Retornables).Fuente: Fondemi (2008).

3. La Autogestin Comunal. Ver figura N 4.

Figura N 4. La Autogestin Comunal.Fuente: Fondemi (2008).Parafraseando a la Ley de Creacin, Estmulo, Promocin y Desarrollo del Sistema Microfinanciero esta expone en el artculo 4 que la actividad objeto de la Ley ser desarrollada por los Entes de Ejecucin; y que los referidos entes pueden ser Asociaciones Civiles, Fundaciones, Fondos, Cooperativas de Ahorro y Crdito y Otras Organizaciones pblicas o privadas, constituidas para prestar los servicios previstos en la Ley, adoptando o no la forma de banco. El artculo 4 ha sido considerado como la base legal para que el Fondo de Desarrollo Microfinanciero (FONDEMI) otorgue recursos a los Consejos Comunales a travs del Banco Comunal de la comunidad.

Fondemi otorgar financiamiento a los Entes de ejecucin, para la realizacin de las actividades de los Consejos Comunales, de acuerdo a lo establecido en el artculo 13 ordinal 2 de la Ley de Creacin, Promocin y Desarrollo del Sistema Microfinanciero.

El Banco Comunal, por ser ente de ejecucin est en la obligacin de suministrar a Fondemi toda la informacin relacionada con la cartera de usurarios, as como cualquier otra que le sea requerida por este ente.

Los diferentes mtodos para otorgar financiamiento por los Consejos Comunales a la comunidad a travs del Banco Comunal, se harn bajo la modalidad de:

Crdito Individual. Crdito Mancomunado. Crdito Solidario.

El Crdito Individual:

Es aquel otorgado a personas naturales, auto empleadas o desempleadas, o a los microempresarios, individualmente considerados, con o sin intereses.

El Crdito Mancomunado:

Es aquel otorgado a un grupo de usuarios de manera individual, del sistema microfinanciero, cuya caracterstica principal es el compromiso de todos los participantes del grupo en el cumplimiento de las obligaciones de pago.

El Crdito Solidario:

Es aquel otorgado a un grupo solidario de usuarios del sistema microfinanciero, el cual estar conformado por dos (2) o nueve (9) personas naturales o jurdicas, reunidas para respaldar en forma solidaria el crdito concedido.

4.3 Diferencias entre un Banco Comunal y un Banco Tradicional.

A nivel legal y jurdico los Bancos Comunales se rigen por la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas y la Ley de Creacin, Estmulo, Promocin y Desarrollo del Sistema Microfinanciero; mientras que los Bancos Tradicionales se rigen por la Ley del Banco Central de Venezuela y Ley Especial de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

A nivel de productos y servicios que ofrecen se puede distinguir los siguientes:

Banco Comunal Banco Tradicional.Crdito Individual Cuenta CorrienteCrdito Mancomunado Cuenta de AhorrosCrdito Solidario Financiamiento para adquisicin de viviendas, vehculos, compras, lnea blanca, entre otros. Fideicomisos. Tarjetas de crdito.

Esto sucede porque la banca privada al tener muchos aos funcionando ha creado y desarrollado una amplia gama de productos y servicios; mientras que el Banco Comunal por su reciente creacin solo cuenta con tres tipos de productos por ahora.

Los productos del Banco Comunal estn destinados a satisfacer principalmente las necesidades surgidas en las comunidades; es decir, los mismos estn orientados al colectivo, a diferencia que en el Banco Tradicional los financiamientos son concedidos para satisfacer las necesidades individuales.

Y precisamente, en cuanto a los beneficiarios, los de los Bancos Tradicionales son solo aquellos que cumplan expresamente con los requisitos exigidos por estos; mientras que en los Bancos Comunales los beneficiarios son aquellos que integran la comunidad a donde este establecida la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria.

CAPITULO V

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

5.1 Conclusiones:

Las unidades administrativas y financieras comunitarias o mejor conocidas como los bancos comunales son instancias comunitarias que buscan elevar la conciencia de la poblacin mediante el estmulo a distintas formas de asociacin y cooperacin en procura de incentivar la produccin y el desarrollo endgeno trabajando en fortalecer las redes socio productivas.

Las comunidades a travs de los bancos comunales muestran una mejor administracin de los recursos. Los ingresos generados por asignacin o autogestin, lo distribuyen segn sus prioridades y necesidades, que en la mayora de casos est vinculado con el ahorro e inversin en beneficio de los integrantes de la comunidad a la que sirve la unidad administrativa y financiera comunitaria.

Las comunidades con la oportunidad de contar con recursos a travs de los bancos comunales, se les ha permitido que las comunidades puedan tomar decisiones en forma autnoma, sin la extorsin de los bancos tradicionales. Ello abona a una mejor autoestima y seguridad en s mismos, y de creer en su desarrollo, lo que tambin facilita el evitar situaciones de ahogo por parte de la banca tradicional sino tambin a la asfixia que estos imponen por sus mltiples requisitos.5.2. Recomendaciones:

Las instituciones encargadas de otorgar los financiamientos deben realizar seguimiento en el uso y destino de los recursos asignados para que stos no se desven; ni se desvirtu el objetivo, meta y fin principal del banco.

Crear leyes que regulen ms especficamente las funciones de la banca comunal y orienten claramente a los usuarios sobre los productos, servicios y beneficios que se ofrece a la comunidad para evitar desconocimientos que afecten la perdurabilidad de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria.

Los resultados obtenidos a partir de la investigacin cualitativa realizada motivan a buscar la incidencia en las polticas pblicas, puesto que como se observa, la oportunidad de participar en los bancos comunales ha propiciado que las comunidades adquieran una mayor autonoma en tanto tienen acceso a recursos propios. Sin embargo, se observa que desde el Estado y otras instituciones pblicas y privadas se debe realizar una intervencin a nivel de la misma sociedad, puesto que si bien se reconocen los derechos de las comunidades en su ejercicio financiero y administrativo, en la prctica tal vez no exista una libertad plena para el ejercicio de sus derechos lo que podra afectar su pleno desarrollo.

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