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1 UNIVERSIDAD ANDINA “NÉSTOR CÁCERES VELÁSQUEZ” FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS CAP DE CONTABILIDAD PROYECTO DE INVESTIGACIÓN ASIGNATURA : SEMINARIO DE TESIS I PRESENTADO POR : SEMESTRE : DOCENTE : JULIACA PERÚ 2015

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PERFIL DE TESIS SOBRALA EVASIÓN TRIBUTARIA Y SU REPERCUSIÓN EN LA INFORMALIDAD COMERCIAL EN EL CONTRABANDO DE LOS COMERCIANTES DE LACIUDAD DE JULIACA

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1

UNIVERSIDAD ANDINA

“NÉSTOR CÁCERES VELÁSQUEZ”

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS

CAP DE CONTABILIDAD

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

ASIGNATURA : SEMINARIO DE TESIS I

PRESENTADO POR :

SEMESTRE :

DOCENTE :

JULIACA – PERÚ

2015

2

OPERACIONALIZACION VARIABLE

VARIABLES DIMENSIONES INDICADORES

1. EVASION TRIBUTARIA

1. 1. CAUSAS Y CONSECUENCIAS

DE LA EVASION TRIBUTARIA

1.2 . OBJETIVOS DE

LA EVASION TRIBUTARIA

1.1.1 Concepto de tributación

1.1.2 Aplicación de la ley penal

1.1.3 Sanciones

1.2.1 Definición del arancel 1.2.2 Tipos de arancel

1.2.3 Controles aduaneros

2.INFORMALIDAD COMERCIAL EN EL

CONTRABANDO

2.1 COMERCIALIZACION ILEGAL

2.2. VALORES Y

ACCTITUDES DEL COMERCIANTE

2.1.1 Definición de la comercialización ilegal 2.1.2 Modalidad de venta ilegal 2.1.3 Informalidad comercial de Juliaca 2.1.4 Sector informal

2.2.1 Definición de la actitud del comerciante

2.2.2 Fraude a aduanas

2.2.3 Soborno a la autoridad

3

UNIVERSIDAD ANDINA

“NÉSTOR CÁCERES VELÁSQUEZ”

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS

CAP DE CONTABILIDAD

EVASIÓN TRIBUTARIA Y SU REPERCUSIÓN CON LA INFORMALIDAD

COMERCIAL EN EL CONTRABANDO DE LOS COMERCIANTES DE LA

CIUDAD DE JULIACA

AÑO 2014

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

PRESENTADO POR:

PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE CONTADOR PÚBLICO

JULIACA – PERÚ

2015

UNIVERSIDAD ANDINA

4

“NÉSTOR CÁCERES VELÁSQUEZ”

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS

CAP DE CONTABILIDAD

EVASIÓN TRIBUTARIA Y SU REPERCUSIÓN CON LA

INFORMALIDAD COMERCIAL EN EL CONTRABANDO DE LOS

COMERCIANTES DE LA CIUDAD DE JULIACA AÑO 2014

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE CONTADOR PÚBLICO

APROBADO POR:

PRESIDENTE DEL JURADO : ……………………………………………..

MIEMBRO DEL JURADO : ……………………………………………..

MIEMBRO DEL JURADO : ……………………………......................

ASESOR DE TESIS : ………………………………………………

ÍNDICE

5

I. EL PROBLEMA

1.1 Explicación de la situación problemática 7

1.2 Formulación del Problema 9

1.3 Justificación de la investigación. 9

II. OBJETIVOS

2.1. Objetivo general 10

2.2. Objetivos específicos 10

III. MARCO TEÓRICO REFERENCIAL

3.1 Antecedentes de la Investigación 11

3.2 Bases teóricas 11

3.3 Marco Conceptual 29

IV HIPÓTESIS

4.1. Hipótesis 31

4.2. Variables e Indicadores 31

4.3. Operacionalizacion de variables. 33

V. MÉTODO DE INVESTIGACIÓN

5.1 Método 34

5.2 Unidad de análisis 34

5.3. Nivel y tipo de investigación 34

5.4. Diseño 34

5.4.1. Diseño especifico 35

5.4.2. Prueba de hipótesis 35

5.5 Población y muestra 36

5.6 Técnicas e instrumentos 39

5.7 Matriz de Consistencia

VI. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

6.1. Cronograma de actividades 43

6.2. Presupuesto y financiamiento 44

VII. ESCTRUCTURA TENTATIVA DE LA TESIS

ANEXOS

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

6

DATOS GENERALES

TÍTULO TENTATIVO:

EVASIÓN TRIBUTARIA Y SU REPERCUSIÓN CON LA INFORMALIDAD

COMERCIAL EN EL CONTRABANDO DE LOS COMERCIANTES DE LA

CIUDAD DE JULIACA AÑO 2014

ÁREA DE INVESTIGACIÓN CONTABLE: Tributación

LINEA DE INVESTIGACIÓN:

AUTOR:

INTITUCION:

UNIVERSIDAD ANDINA “NÉSTOR CÁCERES VELÁSQUEZ” JULIACA

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS

CAP DE CONTABILIDAD

ASESOR: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

LUGAR Y FECHA: Juliaca, Julio del 2015

7

I. PROBLEMA

1.1 ANALISIS DE LA SITUACION PROBLEMÁ

En la ciudad de Juliaca se ha incrementado de manera acelerada, en

relación a la informalidad comercial que forman parte de la evasión tributaria

como también a la comercialización de productos de forma ilegal en nuestro

país que causan un gran desorden económico, la problemática de la

informalidad comercial no solo es ilegal sino también muestra la otra cara del

comercio opuesto a la formalidad de los empresarios formales y a la bolsa de

recaudación de tributos quien es administrado por el estado para el bien de

nuestra necesidades de nuestra nación.

La comercialización ilegal de los comerciantes en la ciudad de Juliaca

cada día va acelerando de una manera increíble puesto que esto reduce los

impuestos que deberían pagarse al estado peruano, cabe mencionar que en

una encuesta a nivel nacional la comercialización de productos y servicios va

incrementando de manera sorprendente la suma de dinero que se evade

tributariamente al estado.

Los valores y actitudes de los comerciantes informales constituye una

manera de sobrevivencia donde los sujetos dedicados a esta actividad informal

no tienen protección ni ley que los regule, por lo que se convierten, en una

competencia desleal para el comercio formal. Es menester destacar que los

resultados del estudio arrojaron actitudes positivas y negativas en cuanto al

comercio informal y la reconversión monetaria resaltándose pensamientos,

sentimientos o emociones y una predisposición conductual hacia estos

fenómenos sociales, tales como, solidez, inflación, economía, lucro, temor,

ansiedad, alegría, confianza, optimismo, cambio de capital, y búsqueda de

información

8

La evasión tributaria es la omisión parcial o total del impuesto de

forma voluntaria o involuntaria y trae como consecuencia una discusión

ilegitima de los ingresos tributarios, el otorgamiento indebido de exenciones y

un perjuicio a la administración tributaria sustraerse del pago de un tributo que

legalmente se adeuda. Toda acción u omisión dolosa, violadora de las

disposiciones tributarias, destinadas a reducir total o parcialmente la carga

tributaria en provecho propio o de terceros.

Las causas de la evasión tributaria tenemos ;deseo de obtener

beneficios particulares apropiándose del dinero público, percepción del bajo

riesgo de ser detectado, desconocimientos de las normas tributarias

,predominio de valores personales conservadores y desinterés por adecuarse a

la formalización y la legalidad ,percepción de estar pagando demasiado

impuesto y de no estar recibiendo servicios públicos por los impuestos que se

pagan ,la inestabilidad tributaria originada por la modificación constante de las

normas y la existencia de un desequilibrio entre la carga tributaria y la

capacidad económica de los contribuyentes , el aumento de las tasas de los

impuestos. Los estudios sobre la materia revelan que a mayores tasas,

mayores son los niveles de evasión. Asimismo tenemos las consecuencias;

falta de recursos para garantizar los derechos sociales y económicos de los

ciudadanos y dificultades para ofrecerles servicios públicos asistenciales y

económicos de calidad , genera déficit fiscal , lo que origina que ,para cubrirlo

,se creen nuevos tributos ,aumenten las tasas o se obtengan créditos externos

,aumentan la carga tributaria a los buenos contribuyentes .esto se debe a que

la creación de más tributos o el aumento de las tasas de los tributos ya

existentes afecta a los que ya cumplen con sus obligaciones y no a los

evasores.

Los objetivos que tenemos en mente son realizar relevamientos,

consultas, entrevistas, y toda otra gestión que resulte de utilidad para el

conocimiento de los modos de operación y la práctica de elusión y evasión de

las actividades del sector a su cargo, obtener la información necesaria para la

clasificación de los contribuyentes por segmentos de importancia y de grado

de cumplimiento con relación al conjunto de cada actividad.

9

1.2 FORMULACION DEL PROBLEMA

Por la descripción del problema se plantea las siguientes interrogantes

1.2.1 PROBLEMA GENERAL

¿Cuál es el nivel de repercusión de la evasión tributaria en la informalidad

comercial de los comerciantes de la ciudad de Juliaca año 2014

1.2.2 PROBLEMAS ESPECIFICOS

Como incide la EVASION TRIBUTARIA en la INFORMAALIDAD

COMERCIAL en los comerciantes?

¿Cómo repercute las formas de EVADIR TRIBUTARIAMENTE en la

INFORMALIDAD COMERCIAL de los comerciantes?

Como incide la EVASION TRIBUTARIA de la INFORMALIDAD

COMERCIAL de los comerciantes?

En qué medida influyen la COMERCIALIZACION ILEGAL en la

INFORMALIDAD COMERCIAL de los comerciantes?

¿de qué forma los VALORES Y ACCTITUDES DEL COMERCIANTE

repercute en la EVASION TRIBUTARIA del comerciante?

1.3 JUSTIFICACION DE LA INVESTIGACION

Las razones por las cuales se ha elegido el presente estudio es

porque el tema de la EVASION TRIBUTARIA cobra cada día mayor

importancia lo cual contribuye a la formalización de los comerciantes con sus

diferentes empresas comerciales y así cumplir con los impuestos que les

correspondan pagar

La presente investigación se justifica por su IMPORTANCIA porque

nos sirve para:

10

Diagnosticar , conocer y tener información real sobre el sistema tributario

que poseen los comerciantes de la región Puno, en los diferentes rubros

durante el año 2014

Tener información real sobre las deficiencias y carencias que presentan

los comerciantes en cuanto respecta al sistema tributario , cumplir con

los Impuestos de la Renta, Impuesto General a las Ventas ,Impuesto

Selectivo al Consumo, contribuciones con Es salud , ONP ,Tasas etc. .

las mismas que pueden reducir voluntariamente la evasión tributaria

Su estudio permitirá conocer la realidad tributaria en nuestro medio

porque no existen estudios referidos al tema problema , siendo una

oportunidad para el logro de los objetivos propuestos en el presente

estudio

Determinar la repercusión en el sistema tributario en la informalidad

comercial de los comerciantes de la región de Puno

Asimismo permitirá que a través del presente estudio los comerciantes

tengan cierto nivel de conocimiento del sistema tributario y sus funciones

correspondientes

Es necesario que todos los ciudadanos de un país posean una

fuerte información sobre la EVASION TRIBUTARIA como la SUNAT los

comerciantes para que puedan comprender que los tributos son recursos que

recauda el ESTADO en carácter de administrado

11

II. OBJETIVOS

2.1 OBJETIVO GENERAL

Determinar el nivel de REPERCUSION de la EVASION TRIBUTARIA en la

INFORMALIDAD COMERCIAL de los comerciantes de la ciudad de Juliaca año

2014

2.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS

Identificar las formas de EVADIR TRIBUTARIAMENTE en la

INFORMALIDAD COMERCIAL que repercuten en los comerciantes

Describir el nivel de INCIDENCIA de la EVSION TRIBUTARIA en la

INFORMALIDAD COMERCIAL de los comerciantes

Precisar la medida en que INFLUYEN la COMERCIALIZACION ILEGAL en

la INFORMALIDAD COMERCIAL en los comerciantes

Describir la forma en que LOS VALORES Y ACCTITUDES DEL

COMERCIANTE REPERCUTEN en la EVASION TRIBUTARIA de los

comerciantes

III. MARCO TEORICO REFERENCIAL

3.1 MARCO REFERENCIAL ( ANTECEDENTES)

TITULO DE LA INVESTIGACION: la contabilidad y la evasión tributaria

AUTOR: Mallqui Quijano

FECHA DE PUBLICACION: 1999

NOTAS: tesis para optar el grado académico de magister en contabilidad en la

Universidad Nacional De San Marcos

AUTOR: Jáuregui Gorgona, Edwin Emiliano

TITULO DE LA INVESTIGACION: el contrabando del sur del Perú

(2002-2003) y las políticas tributarias aduaneras para su mejor control

12

FECHA DE PUBLICACION: 2007

NOTAS: tesis para optar el grado académico de magister en ciencias contables

con mención en política de administración tributaria

AUTOR: Jiménez Nina, Eduardo

3.2 BASES TEORICAS

3.2.1. EVASION TRIBUTARIA (VARIABLE 1)

3.2.1.1 CAUSAS Y CONSECUENCIAS

A. ¿Qué ENTIENDE POR TRIBUTO?

Es una prestación de dinero que el estado exige en el ejercicio de su

poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud de una

ley, y para cubrir los gastos que le demande el cumplimiento de sus fines.1 El

código tributario establece que el termino TRIBUTO comprende impuestos

(según Héctor Villegas)

. IMPUESTO: Es el tributo cuyo pago no origina por parte del estado una

contraprestación directa en favor del contribuyente. tal es el caso del

impuesto a la renta

.Contribuciones el tributo que tiene como hacho generador los beneficios

derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales,

como es el caso de la contribución de CENCICO

.TASA: El tributo que se paga como consecuencia de la prestación

efectiva de un servicio público, individualizado en el contribuyente, por

parte del estado. Por ejemplo los derechos arancelarios de los registros

públicos

13

La ley establece la vigencia de los tributos cuya administración

corresponde al gobierno central, los gobiernos locales y algunas entidades que

lo administran para fines específicos

B. APLICACIÓN DE LA LEY PENAL TRIBUTARIA

SOBRE EL REGIMEN PENAL TRIBUTARIO Y ADUANERO IMPUESTO POR

LOS DECRETOS LEGISLATIVOS N°1111(29.6.12) N°1113(5.7.12)

N°114(5.7.12)

____________________________________________________________

1 DEFINICION DE HECTOR VILLEGAS curso de finanzas y derecho tributario

MODIFICACIONES ALA LEY N°28008”LEY DE DELITOS ADUANER0S”

Mediante el D.Leg. N° 1111 publicado el 29.6.12 y vigente desde

30.6.12 se modificó la ley N° 28008 “LEY DE DELITOS ADUANEROS” como

consecuencia de la delegación de facultades legislativas en materia tributaria,

aduanera y en particular, sobre delitos tributarios y aduaneros, por parte del

congreso de la Republica al Poder Ejecutivo

Este decreto legislativo tiene como finalidad declarada ampliar las

competencias de la administración aduanera para intervenir en los casos

vinculados a infracciones administrativas relacionados a los delitos aduaneros

y así controlar mejor el ingreso regular e irregular de mercancías al territorio

nacional

En primer término en el art. 1 que define el delito de comercialización

ilegal se ha elevado a 4 UIT el valor de la mercancía objeto de la sustracción,

elusión o burla del control aduanero. De la misma manera, este valor impositivo

tributario(4 UIT) se ha previsto para la modalidad sistemática de este delito ,

de acuerdo al art. 3 “ comercio informal fraccionado ” así como en la

“receptación aduanera” , conforme al art 6 y por último en el delito del tráfico de

mercancías prohibidas previstos en el art. 8

14

C. SANCIONES

SANCIONES MAS DRASTICAS AL CONTRABANDO CON LA NUEVA LEY

DE DELITOS ADUANEROS

(Según Sanabria Ortiz Rubén comentarios de tributación) La nueva

ley de delitos aduaneros (ley N°28008) es el instrumento jurídico que le permite

a la SUNAT combatir y reprimir adecuadamente los delitos aduaneros, pues

establece para los comerciantes ilegales que puedan fluctuar entre 5 a 12 años

de cárcel, así como con la aplicación de fuertes multas y el decomiso de las

mercancías e instrumentos con los que se cometieron delitos.2

______________________________________

Sanabria Ortiz Rubén tributación y los ilícitos tributarios

Dicha ley entró en vigencia a partir del 28 de agosto del 2003, al día

siguiente de la publicación de su reglamento, aprobado con el decreto supremo

N°121-2003-EF.En dicha norma se considera aspecto innovadores vinculados

con las actividades tributario aduaneros , relacionados con la reducción del

monto para determinar el delito aduanero las nuevas modalidades de delitos

aduaneros, la aplicación de drásticas sanciones para los que cometen delitos

aduaneros los criterios para establecer la valorización de las mercancías , así

como sancionar la tentativa de un delito ilegal

Un aspecto relevante es que con la nueva ley se reduce el monto

establecido para la tipificación del delito del contrabando, receptación aduanera

y tráfico de mercancías prohibidas o restringidas .De esta manera, si se trae

mercancías de contrabando por un valor mayor a dos UIT la pena de cárcel

mínima es de 5 años Anteriormente, con la ley N°26461, el límite establecido

era 4UIT

Cabe indicar que la nueva ley también considera como delito

aduanero el transporte, compra, almacenamiento, encubrimiento y venta de

mercancías de mercaderías ilegal Asimismo, se considera como delito de

contrabando la ocultación o sustracción de mercaderías de la acción de

15

verificación o reconocimiento físico que debe realizar la administración

aduanera dentro de los recintos o lugares habilitados.

En lo que respecta a las nuevas modalidades de delitos aduaneros,

se incorpora la figura delictiva del tráfico de mercancías delictivas del tráfico de

mercancías prohibidas y restringidas, sancionado dicho supuesto con una

pena privativa de la libertad no menor de ocho ni mayor de doce años.

Otra innovación que merece ser destacado, es la pena privativa de

libertad referida a los autores del delito de financiación delitos ilegales. En este

sentido, se señala que quien financie por cuenta propia o ajena a la comisión

de los delitos aduaneros, será reprimido con pena privativa de la libertad no

menor de ocho ni mayor a doce años

Es importante señalar que para determinar el valor de las mercancías

que son objetos de delito de mercadería ilegal, con la nueva ley de delitos

aduaneros se considera el valor FOB (valor comercial) cuando se trata de

mercancías nacionales o nacionalizadas que son extraídas del territorio

nacional, y se considera el valor CIF (valor que incluye el costo de mercancías

el seguro y el flete) cuando se trata de mercancías extranjeras

Además, a partir del 28 de agosto del 2003 se sanciona también la

tentativa de delito aduanero. Esto implica que las personas que sean detenidas

por intentar pasar mercadería ilegal podrán ser denunciadas por la SUNAT y

en el caso de que la tentativa sea comprobada el poder judicial impondrá la

pena mínima que hubiera correspondido en el caso del delito se hubiera

consumado

En el caso de las mercancías que integran al país a través de la zona

franca de Tacna, también se considera como delito de contrabando cuando se

pretende comercializar

Dichas mercancías fuera de la zona comercial de Tacna sin el pago de los

tributos diferenciales y el cumplimiento d los requisitos legales, cuando el valor

de las mercancías es superior a 2 UIT. Finalmente, se invoca a la ciudadanía

16

en general a cumplir con sus obligaciones tributarias, a fin de evitar las

drásticas sanciones que establece la nueva ley de delitos aduaneros

1.2.1.2 OBJETIVOS DE LA EVACION TRIBUTARIA

CONTROLES ADUANEROS

DERECHOS ARANCELARIOS

A. ¿Qué ES UN ARANCEL?

Un arancel es un impuesto o gravamen que se aplica solo a los

bienes que son importados o exportados .en más usual es el que se cobra

sobre las importaciones en el caso del Perú y muchos otros países, no se

aplican aranceles a las exportaciones

En el Perú los aranceles son aplicados a las importaciones en las sub

partidas nacionales de aranceles de aduanas .La nomenclatura vigente es la

del arancel de aduanas 2014, aprobada mediante decreto supremo N°238-

2011-EF publicado el 24 de diciembre del 2011 y puesto en vigencia a partir del

01 de enero de 2012, norma que derogo el arancel de aduanas 2007. El

arancel de aduanas 2012 ha sido elaborado en base a la quinta recomendación

de enmienda del consejo de cooperación aduanera de la organización mundial

de aduanas (OMA) y la nueva nomenclatura ANDINA (NANDINA) aprobada

mediante decisión 766 de la comunidad andina de naciones (CAN) las cuales

también entraron en vigencia el 01 de enero de 2012 .3

B. TIPOS DE ARNCELES

Arancel ad valoren: Es el derecho de aduana, y se expresa

como porcentaje del valor de la mercancía importada. Es uno de los

gravámenes más difundidos, y le otorga potestades a los puestos de control

aduanero de los Estados a imponer valores restrictivos para evitar la prolifer

ación del ingreso de mercadería extranjero al mercado interno.

17

ARANCEL ESPECÍFICO: Es el derecho de aduana que no guarda relación

alguna con el valor de la mercancía importada, sino con su peso o volumen. Se

impone un valor determinado por una unidad de cantidad determinada, así por

ejemplo se cobra un arancel por kilo. Se utiliza para los bienes no divisibles en

unidades cuantitativas, tan frecuentes en el comercio internacional. Es el

arancel aplicado a las importaciones de artículos ganaderos, como soja, trigo,

maíz, harinas y demás. Con frecuencia se incurre en un error cuando se

confunde el arancel específico con aquel que se impone sobre determinados

bienes –como pueden ser autos, o televisores, o radios.

__________________________________________

3 VILLEGAS HECTOR derecho tributario y financiero

Pero en dicho caso no sería un arancel sino un impuesto al comercio,

que el Estado en cuestión podría imponer por ley o decreto y que se haría

efectivo al cobro recién una vez introducido el bien y comercializado en el

mercado interno.

ARANCELES MIXTOS: También llamados compuestos, son las tarifas

arancelarias impuestas por el derecho aduanero que combinan el método ad

valorem con el específico en las importaciones. Se aplica para regular las

cantidades, ejemplo es común que se imponga un valor de un determinado

porcentaje además del gravamen por unidad de cantidad. Son poco comunes,

ya que los Estados imponen en general el sistema ad valorem o el específico,

pero pueden tener influencia en las épocas de crisis o cuando un país está

fomentando en el comercio interno la producción de un bien en particular.

C. CONTROLES ADUANEROS

Es el conjunto de medidas adoptadas por la administración aduanera

con el objeto de asegurar el cumplimiento de la legislación aduanera o de

cualesquiera otras disposiciones cuya aplicación o ejecución es de

18

competencia o responsabilidad de las aduanas Art. 104.El Control Aduanero en

todas las operaciones de comercio exterior se aplicarán controles precisos por

medio de la gestión de riesgo, velando por el respeto al ordenamiento jurídico y

por el interés fiscal.(código de producción, comercio e inversiones)4

El control aduanero se aplicará al ingreso, permanencia, traslado,

circulación, almacenamiento, y salida de mercancías, unidades de carga y

medios de transporte, hacia y desde el territorio aduanero

comunitario. Asimismo, el control aduanero se ejercerá sobre las personas

que intervienen en las operaciones de comercio exterior y sobre las que entren

o salgan del territorio aduanero. El control aduanero podrá realizarse en las

fases siguientes:

________________________________________________

4 YACOLCA ESTRÉS DANIEL delitos tributarios 2009 pg. 912

Control anterior, el ejercido por la administración aduanera antes de la

admisión de la declaración aduanera de mercancías.

Control durante el despacho, el ejercido desde el momento de la

admisión de la declaración por la aduana y hasta el momento del levante

o embarque de las mercancías.

Control posterior, el ejercido a partir del levante o del embarque de las

mercancías despachadas para un determinado régimen aduanero.

1.2.2 INFORMALIDAD COMERCIAL EN EL CONTRABANDO (VARIABLE 2)

3.2.2.1. COMERCIALIZACION ILEGAL

A. DEFINICION

El comercio ilegal es un fenómeno que se presenta prácticamente en

todos los países y sus repercusiones se evidencian no sólo en la economía de

las industrias, sino en el bienestar social, la seguridad pública y el propio

desarrollo nacional.

19

Las prácticas ilegales como la piratería, el contrabando y, en general,

el comercio ilegal están rebasando al Estado, por la que sólo con acciones

conjuntas y contundentes entre sociedad, autoridades y legisladores se podrá

combatir este fenómeno que ha ido avanzando a pasos vertiginosos.

El contrabando de combustible en Tulcán se ha incrementado, en los

últimos años, debido a los escases de empleo a pesar de ser una zona

comercial fronteriza, actividad que se ha venido disminuyendo debido a las

políticas económicas propuestas por el gobierno actual. Lo que ha permitido

una disminución en el área comercial de esta ciudad, repercutiendo en la

economía de cada familia.

Las personas dedicadas a la actividad ilícita de combustible Colombia,

viven el drama de violencia al arriesgar a sus familias, a cada uno de los

controles que realizan los agentes antinarcóticos de la policía nacional, al frente

de la fiscalía y gobernadora de la Provincia. Quienes bajo el escudo de hacer

cumplir la ley, no miran las consecuencias que pueden traer sus actuaciones

frente a las enfrentamientos producidos con los contrabandistas, siendo por lo

general víctimas de la necesidad económica que existe.

La falta de empleo no es razón para que los ecuatorianos se dediquen

al comercio ilícito debido a que somos capaces de generar fuentes pequeñas

de trabajo, con la habilidad que caracteriza a las personas emprendedoras. El

gobierno nacional debe presentar propuestas que permitan a las personas que

viven en frontera mejorar su situación ocupacional, generando y facilitando

fuentes de trabajo, por medio de los distintos Ministerios. Vivimos en un país

que nos proporciona mecanismos naturales de desarrollo económico,

independientemente delas políticas que se manejen, el deseo de superación

por el camino más largo o más difícil pero legal , siendo el de mejor satisfacción

porque nos permite una estabilidad laboral, económica y emocional tranquila.

.

B.MODALIDAD DE CONTRABANDO

LAS MODALIDADES DE VENTA ILEGAL

20

Un problema adicional que enfrenta la lucha contra el contrabando es

el apoyo que la población de las localidades aledañas a las carreteras, dan a

los contrabandistas, sea por necesidad o complicidad. Esto impide la captura

de los cabecillas de las organizaciones y la intervención de la mercadería.

Además de la ‘serpiente’, la Sunat ha identificado otras modalidades

que proliferan en las zonas de frontera. El jefe de la División Anti contrabando,

Giovanni Guisado Zuloaga, refiere que otras de ellas son el llamado ‘paso

hormiga’ y el ‘ruleteo’, muy extendidos sobre todo en la zona sur.

El primero consiste explica Guisado en reclutar mujeres del lugar para

que, a cambio de una pequeña suma, ingresen debajo de sus polleras–

cargamentos de ropa y pequeños enseres. 5

____________________________________________________

5 BRAMONT ARIAS Luis, temas de derecho penal 1990 pg.83

Esto es realizado por muchas féminas a la vez, en distintos puntos y

varias veces al día, de modo que resulta imposible revisarlas a todas.

El ‘ruleteo’ o carrusel, en cambio, es realizado desde las ciudades por bandas

mejor organizadas. Consiste en emplear varias veces un mismo documento

legal para sustentar mercadería de contrabando comprada en la zona de

tratamiento especial de Tacna. "Mezclan en sus negocios productos legales

con mercadería ilegal, aprovechando que en las guías de remisión no figuran

los números de serie y pueden pasar un producto por otro", anota el

funcionario. Para ello estas organizaciones emplean a los llamados ‘chacales’

que llevan mercadería hasta por mil dólares a cambio de una pequeña suma de

dinero. La lucha contra el contrabando es difícil, pero los miembros de control

de Aduanas la toman muy en serio.

C.INFORMALIDAD COMERCIAL

De acuerdo con lo investigado en todas las fuentes bibliográficas, se

considera como formal, en el sentido legal y social, todo aquello que está

organizado, tiene una estructura y un reconocimiento legal y se sujeta a

las normas jurídicas del país; su funcionamiento responde a

dicha organización la cual está sistematizada en documentos que pueden ser,

21

por ejemplo, un Manual de Organización y Funciones, un Organigrama, una

estructura jerárquica y relaciones de gobierno y dependencia que permiten

su control y funcionamiento.

Al contrario, lo informal es el reverso de la moneda, pues

son instituciones que surgen al margen de todo lo formal, muchas veces

espontánea y circunstancialmente, aunque puedan tener una organización y

cierto orden en su funcionamiento, pero dicho sistema no permite su control. En

nuestro país, la informalidad ha tomado la característica de institucionalización

pues la encontramos en todo orden de cosas y en todos los niveles e

instituciones, en tal forma se ha propagado este estilo de vida que ha concitado

la atención de los estudiosos, no solo a nivel nacional sino internacional en lo

que algún sociólogo ha llamado "La Cultura Chicha", o mejor el "sector

informal"

D. EL SECTOR INFORMAL

Se ha intentado a través de los sociólogos de conceptuar la

informalidad y se ha llegado a determinar que es un término ambiguo, así se

dice que:

"El concepto de sector informal tenía la dudosa ventaja de permitirnos agrupar

tanto al vendedor de cigarrillos por unidad como al ambulante dedicado a las

confecciones, a los recolectores de botellas y a los que tapean formularios a la

entrada de las oficinas públicas, a los pequeños talleres de reparación y a los

que comercializan objetos robados, a los lustrabotas y a las empleadas

domésticas".

Se recomienda por igual establecimientos que operan en

la producción, como los talleres, y a niveles de distribución, como

la venta ambulante; incluye servicios dirigidos al consumo, con otros vinculados

a la industria y sus modalidades de expansión (por ejemplo preparación

de alimentos, peluqueros, empleadas domésticas y talleres de reparación),

destinados a mercados de altos ingresos (algunos tipos de artesanías y de

confecciones) o a sectores de ingreso más bajos (como la recuperación de

objetos usados)

22

La esfera de lo informal comprende en algunos autores el total del

flujo de transacciones que se realizan al margen del sistema financiero y en

otros, aquellos que evaden el pago de impuestos en su totalidad o en parte. En

el primer caso se integra al campo de estudio, por ejemplo, el crédito por

adelanto de mercaderías que pueden darles una fábrica a talleres de la

pequeña y mediana industria, o a las variadas modalidades de crédito

comercial, entre ellas las de las tiendas a sus clientes. Como bien lo señalan

los estudiosos, la ambigüedad mencionada lleva a dos consecuencias:

Alude a segmentos sócales que son objetivamente distintos como si se

tratara de una situación común y Abre la puerta a la convivencia de

compresiones muy diversas que coexisten en un mismo término

En este segundo caso están:

Las empresa familiar donde capital y trabajo se confunde, que pueden

rendir una ganancia y ser un negocio estable pero no llega a acumular un

capital;

La pequeña empresa establecida donde el dueño del capital que paga a

sus trabajadores lo hace sin un contrato firmado y sin especificar deberes

y derechos de los contratados;

La subcontratación en la que un empresario paga al destajo un trabajo que

se puede realizar en cualquier tiempo y lugar;

Los servicios personales que, en América Latina, tienen rasgos

semiserviles.

Con mucha razón Alberto Bustamante dice que la informalidad lo

constituye:

Lo que viene a completar lo enunciado anteriormente. Pese a la ambigüedad

del concepto, entendemos que el comercio ambulatorio cae entre las

concepciones de la informalidad, dadas las características de su organización y

funcionamiento, aún al margen de los dispositivos legales vigentes.

3.2.2.2 ACTITUDES DEL COMERCIANTE

A.DEFINICION (Guillermo Heliasta Fernández concepto del comerciante)

23

El presente artículo es referente a la actitud de los comerciantes

informales hacia la reconversión monetaria en el ejercicio de sus actos

mercantiles. El estudio estuvo basado en un enfoque cualitativo, utilizando

técnica de recolección de datos como la entrevista biográfica y la observación

fenomenológica. Así mismo, se utilizó como técnicas de análisis, la

categorización, la triangulación, además del razonamiento inductivo.

La muestra estuvo conformada por cuatro (4) informantes claves, vale

decir, los comerciantes informales de sexo femenino y masculino. En la

investigación se destacan tópicos como la actitud, reconversión monetaria y

actos mercantiles, apreciándose en los resultados, que el comercio informal

constituye una manera de sobrevivencia donde los sujetos dedicados a esta

actividad informal no tienen protección, ni ley que los regule, por lo que, se

convierten en una competencia desleal para el comercio formal. Es menester

destacar que los resultados del estudio arrojaron actitudes positivas y negativas

en cuanto a lo que es el comercio informal y la reconversión monetaria,

resaltándose pensamientos, sentimientos o emociones y una predisposición

conductual hacia estos fenómenos sociales, tales como, solidez, inflación,

economía, lucro, temor, ansiedad, alegría, confianza, optimismo, cambio de

capital y búsqueda de información .Los fenómenos sociales repercuten

psicológicamente en las personas y en las actividades que le generan lucro.

B. FRAUDE EN ADUANAS Y/O COMERCIALIZACION ILEGAL DE LOS

COMERCIANTES

La Administración Aduanera puede incumplir con su obligación de

controlar el ingreso y salida de mercancías, en virtud de error provocado

mediante engaño realizado por usuarios que de esta manera evaden o

disminuyen el pago de las debidas contribuciones, o se sustraen del

cumplimiento de requisitos señalados como obligatorios por la Ley que indica el

contenido.

Quien introduce o extrae mercancías por lugares no habilitados

24

incurre en contrabando, pero no engaña, no vicia la voluntad de la oficina

aduanera, si bien escapa a ella. Por el contrario, quien presenta ante la aduana

un documento falso, alterado, adulterado, expedido irregularmente, o bien

aparenta mediante troqueles o sellos la entrega de dinero a las oficinas

receptoras de fondo nacional, o destruye documentos para evitar el

cumplimiento de una obligación comete contrabando mediante engaño,

sorprendiendo la buena fe de la Administración, consecuentemente, viciando

su voluntad que si bien se pronuncia libremente se expresa equivocadamente

como consecuencia de error generado por los artificios que la han

distorsionado. No se castiga el engaño en sí mismo, si no la lesión que por la

voluntad del actor se produce o se pretende producir mediante la utilización del

medio engañoso a objeto de hacer incurrir en error al sujeto pasivo del delito y

obtener de esa manera un beneficio impropio.

Los literales en análisis no admiten la simple culpa; por el contrario

exigen el dolo, en cuya ausencia sería otro el tipo delictual, de ser alguno

invocarle. La redacción utilizada por el legislador no nos permite razonar de

otra manera, pues señala la persecución de fines antijurídicos con las

locuciones: "con el objeto de acceder a un tratamiento preferencial, de evitar la

aplicación de restricción u otra medida a la operación aduanera o en todo caso,

defraudar los intereses del Fisco Nacional"; "destinados a aparentar el pago o

la caución de las cantidades debidas al Fisco Nacional". Además, señala como

delito el respaldo a las declaraciones con medios capaces de engañar y

producir decisiones administrativas erróneas distintas a las que en deberían

producirse de no mediar la falsedad, alteración o forjamiento documental. La

Ley trata ciertas manipulaciones de los documentos (sustitución, destrucción,

adulteración, forjamiento) dirigidos a producir una apariencia injustamente

provechosa para el manipulador. El dolo consiste en la intención que antecede

al acto por parte del sujeto activo de pretender un tratamiento aduanero distinto

al que legalmente le corresponde. Pero no basta que esté presente el deseo de

engañar para lograr beneficio propio y/o beneficiar aquellas personas

cercanas.

Es necesario que los medios que se utilicen sean idóneos, que las

25

artimañas utilizadas sean lo suficientemente insidiosas o astutas como para

engañar al funcionario aduanero. Así, si un usuario presenta una factura

evidentemente falsa o alterada o con valores que no tengan relación alguna

con la realidad comercial, no podríamos hablar de engaño, pues no toda

mentira es capaz de engañar y, en consecuencia, podemos estar en presencia

de otro delito o falta que se haya podido evidenciar con claridad.

Se han dado casos, un importador presenta factura y declaración

señalando un valor que constituye apenas una milésima parte del real. Una

mentira evidente, es incapaz de llamar a error a un funcionario medianamente

avezado y por tanto mal se podría considerar que se está en presencia de un

medio engañoso lo suficientemente hábil como para inducir a engaño y

producir el error para hacer posible el daño ajeno y el provecho propio.

La calificación de esta idoneidad es ardua tarea para el juzgador

sobre la que se ha hablado y escrito mucho cuando se analiza el delito de

estafa. Hay quienes sostienen que la intensidad del engaño debe medirse

sobre la base de una prudencia media, mientras que otros consideran que el

juez debe analizar cada caso en particular y hurgar en las condiciones

intelectuales del estafado. Esta última posición ha ido tomando cuerpo ante la

imposibilidad de determinar valores intelectuales medios entre la inmensa

disimilitud de los seres humanos. A los fines que interesan a este estudio,

puede presumirse que un funcionario aduanero a quien corresponde

determinar el régimen jurídico e impositivo aplicable a las mercancías objeto de

operación aduanera, tiene conocimientos y experiencias que no son propios de

personas que no desempeñen estas funciones, por lo que el medio engañoso

debe ser evaluado sin perder de vista estas especiales características.

La falsificación, adulteración, forjamiento, de facturas, conocimientos

de embarque y demás documentos privados propios del comercio internacional

o de actividad aduanera en sí no es delito, como tampoco lo sería poseer el

troquel de un banco o el sello de una aduana; lo que resulta sujeto a pena es el

uso de esos documentos o artefactos, por lo que el momento consumativo del

delito sería el de la consignación ante la oficina aduanera de tales documentos

26

o en el caso de troqueles y sellos el de la presentación ante la aduana de los

documentos sellados o troquelados de forma irregular que afectan .

Asunto distinto es la falsificación, alteración, simulación o forjamiento

de documentos públicos. Por un lado, el derecho penal ordinario hace notorias

diferencias entre la manipulación indebida de unos y otros; en lo que a los

asuntos aduaneros respecta, debemos empezar señalando que los oficios de

clasificación arancelaria, delegaciones, permisos, licencias, certificados y

similares son documentos públicos por haber sido emitidos por órganos del

Estado pero igual a lo que sucede con los documentos privados es su

consignación ante la aduana lo que consuma el delito aduanero.

"La mera falsedad del documento privado, mientras permanezca en

propiedad del falsario, no lesiona ningún bien. Apenas constituye, dentro de los

estadios del, los actos preparatorios. La misma etapa en que se encuentra

quien compra el arma para la comisión del homicidio. Puede suceder que quien

habiendo dado comienzo a la falsificación de un documento privado para

usarlo, sea sorprendido antes de consumar la falsedad, o que cualquier otra

circunstancia ajena a esa voluntad le impida utilizar el documento falso, como

lo pretendía, en cuyo caso se presentará la tentativa de querer realizarlo el

delito."

"Usar se refiere al uso que, por ley o por convenio de los particulares

está destinado el documento, vale decir, a establecer o modificar situaciones

jurídicas. Esta precisión permite algunas exclusiones obvias: no usa el

documento quien lo emplea como combustible, o para embalar objetos o con

una dirección diferente para la cual fue creado. El uso debe constituir un hecho

jurídicamente relevante, o sea, inducir en error grave a una o varias personas

sobre la validez jurídica del documento privado de que éste carecen en razón

de una falsedad. Se ha dicho que el uso del documento falso es simplemente

una condición de punibilidad, es decir, la falsificación de documento privado es

punible si el falsificador usa tal documento para un beneficio propio."

27

Puede darse el caso de un documento que no se consigna, pero se

muestra al funcionario a objeto de inducirlo a error. Tal sería de la presentación

ante el reconocedor de un Oficio de clasificación arancelaria adulterado con el

objeto evitar la aplicación de una restricción o la aplicación de una tarifa más

elevada. De acuerdo a la Ley se habría cometido un contrabando, pero

estaríamos ante un problema de probanza, pues si no queda constancia en el

acta de reconocimiento de la presentación del citado Oficio, resultaría difícil

establecer la inducción a error mediante esta artimaña que se está realizando.

Pocos documentos han sido presentados a las aduanas con fines tan

aviesos como la factura comercial. Al referirse a las facturas falsas, opina: "La

falsedad puede consistir, en primer lugar, en documentar una venta que no se

realizó, en cuyo caso la falsedad es total; puede consistir, también, en la

modificación de los datos consignados en la factura, tales como la cantidad, la

calidad, el precio o los vicios aparentes u ocultos de las mercaderías; la fecha,

el plazo o cualquier otra circunstancia que produzca el efecto de dar a la

factura un valor crediticio que no sea el que corresponde a las verdaderas

condiciones de la compraventa realmente efectuada. Se trata de un caso de

falsedad ideológica, puesto que la factura en su aspecto material, no es falsa;

lo es en lo que documenta."

Cosa similar puede decirse de los sobordos, conocimientos de

embarque, guías aéreas y de encomienda que cada día son más manipulados

o destruidos para hacer desaparecer pruebas de introducciones o extracciones

subrepticias de mercancías. La entrega de cualquiera de ellos a la autoridad

aduanera constituye el momento consumativo del delito. Quien entrega lo hace

obviamente para lograr un fin antijurídico pasado por el tamiz del engaño, el

error y el consentimiento viciado del órgano estatal de querer sacar provecho.

La falsedad de los documentos puede ser material o ideológica. Es lo

primero cuando se confecciona un documento falso o se altera uno verdadero.

Es ideológica cuando en un documento auténtico se consignan o insertan

hechos o declaraciones falsas, por lo que este tipo de falsedad sólo puede

estar presente en documentos públicos, aun cuando muchos autores

28

mantienen posición diferente. Adulterar un documento es alterarlo, bien

incluyendo manifestaciones no formuladas por el otorgante, pero sólo mediante

sustitución o supresión.

C. SOBORNO

Soborno es la dádiva con que se soborna y la acción y efecto de

sobornar. Este verbo, con origen en el latín sobornare, se refiere a corromper a

alguien con dinero, regalos o algún favor para obtener algo de esta persona.

El soborno también es conocido como cohecho o, en el lenguaje

coloquial, coima. Se trata de un delito cuando un funcionario público acepta o

exige una dádiva para concretar una acción u omitirla.

Es posible distinguir entre un cohecho simple (cuando el funcionario

acepta dinero para cumplir con un acto) y un cohecho calificado (cuando la

dádiva se entrega para obstaculizar o impedir la realización de una acción). La

persona que ofrece o acepta la dádiva incurre en el delito de cohecho pasivo.

Un ejemplo de soborno tiene lugar cuando un empresario le paga una dádiva a

un funcionario público con el objetivo de que éste le favorezca en una licitación

o concurso. Por otra parte, un empresario puede sobornar a un inspector para

que una investigación no arroje resultados negativos.

De la misma forma podemos establecer que también podemos

clasificar los sobornos en base al ámbito donde se desarrollen. Así, por un

lado, tenemos los sobornos en el ámbito público que son aquellos en los que

toma protagonismo una figura de la administración pública. Un claro ejemplo de

ello es cuando un individuo cualquiera es parado en la carretera por la policía

por exceso de velocidad y aquel le ofrece dinero a la autoridad con tal de que

no le ponga la correspondiente multa.

Por otro lado, están los sobornos en el ámbito de la esfera privada o

particular. Los mismos son los que dan entre individuos cuando uno de ellos

ofrece dinero a otro con tal de que acometa o no algún tipo de acción que le

puede favorecer al primero. Un claro ejemplo de ello es cuando un ciudadano

29

que trabaja en una empresa coge el dinero que le ofrece otro para que no

contrate a un tercero.

Los sobornos también existen fuera del ámbito estatal. Es posible

que un vendedor soborne al encargado de las compras de una empresa a la

que intenta venderle un producto o un servicio, con la intención de que éste

elija su propuesta por sobre la de los competidores. Más allá de que el soborno

implique un delito, el hecho de corromper a alguien para obtener un beneficio

personal supone una falta ética que, en este sentido, debería ser evitada sin

necesidad del castigo legal.6

____________________________________________________________

6 BUSTOS RAMIREZ Juan, manual y aplicación de la ley penal 1991 pg. 297

3.3 MARCO CONCEPTUAL

CONTRABANDO

Es la entrada, la salida y venta clandestina de mercancías prohibidas

o sometidas a derechos en los que se defrauda a las autoridades locales

También se puede entender como la compra y venta de mercancías evadiendo

los aranceles, es decir evadiendo los impuestos .se considera que comete

contrabando aquel que ejerce acciones u omisiones , mediante una conducta

engañosa , con el objetivo de lograr que determinada mercadería eluda el

control de servicio aduanero , los celulares los perfumes y las carteras son

objetos producidos por el contrabando.

TRIBUTOS

Los tributos son ingresos públicos de derecho público que consisten

en prestaciones pecuniarias obligatorias, impuestas unilateralmente por el

Estado, exigidas por una administración como consecuencia de la realización

del hecho imponible al que la ley vincule en el deber de contribuir. Su fin

primordial es el de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento

30

del gasto público, sin perjuicio de su posibilidad de vinculación a otros fines

conducta humana denominada contrabando se inscribe en el marco del

derecho penal económico. La economía de las naciones necesita tener control

sobre sus importaciones y exportaciones, por cuanto hace a la vida de un país.

De esa forma, se considera que comete contrabando aquel que ejerce

acciones u omisiones, mediante una conducta ardida o engañosa, con el objeto

de lograr que determinada mercadería eluda el control del servicio aduanero.

Se han considerado como las dos modalidades más importantes de

contrabando el abierto y el técnico. Por contrabando abierto se entiende la

modalidad más elemental, según la cual simplemente se evade el control legal

en torno de la introducción de bienes en su transposición de fronteras. Así,

ingresar mercancías por sitios diferentes a los autorizados, empleando rutas

diferentes a las establecidas para el tránsito ordinario de mercancías, o en

otros casos ocultando las mismas para evadir la acción de la autoridad

aduanera; representan llamativos ejemplos de contrabando abierto que

omitieron la verificación de la autoridad estatal.

A su vez, se entiende por contrabando técnico a la utilización de

canales ordinarios de transporte e introducción de mercancías (puertos,

plataformas, aeropuertos, puentes de frontera), donde la conducta maliciosa

consiste en fingir declaraciones de importación, presentar documentos falsos o

adulterados, trastocar valores reales de la mercancía, emplear codificación

aduanera errónea, informar cantidades equivocadas, y un sinnúmero de

conductas que pretenden simular un proceso de legalización de importación

conforme las normas existentes sobre la materia, cuando en realidad las

cantidades, los valores, la especie o la calidad de las mercancías introducidas

no se ajustan a los datos declarados.

El contrabando se tiene como un delito de creación legal. Muchas

legislaciones lo consideran como delito contra el orden económico o social, y

guarda mucha familiaridad de orden legal con las disposiciones de orden fiscal,

de control de cambios, del mercado de divisas, y ha terminado por establecerse

como un mecanismo apropiado para las operaciones de lavado de activos.

ADUANAS

31

Servicios administrativos responsables de aplicar la legislación

aduanera y de recaudar los derechos e impuestos que se aplican a la

importación, a la exportación, al movimiento o al almacenaje de mercancías, y

encargados asimismo de la aplicación de otras leyes y reglamentos relativos.

VI. HIPÓTESIS

4.1.1 HIPÓTESIS GENERAL

El nivel de EVASION TRIBUTARIA REPERCUTE claramente en la

INFORMALIDAD COMERCIAL de los comerciantes de la ciudad de Juliaca año

2014.

4.1.2 HIPÓTESIS ESPECÍFICAS

Forma de EVADIR TRIBUTARIAMENTE en la INFORMALIDAD

COMERCIAL de los comerciantes REPERCUTEN positivamente

En el nivel de INCIDENCIA de la EVASION TRIBUTARIAMENTE en la

INFORMALIDAD COMERCIAL de los comerciantes es alto

Los tipos de COMERCIALIZACION ILEGAL de la INFORMALIDAD

COMERCIAL INFLUYE significativamente

La forma en que los LAS ACTITUDES DEL COMERCIANTE

REPERCUTEN en la EVASION TRIBUTARIA del comerciante es

deficiente.

32

4.2. VARIABLES E INDICADORES

4.2.1 IDENTIFICACION DE VARIABLES.

4.2.1.1. VARIABLES INDEPENDIENTE

A. EVASIÓN TRIBUTARIA

concepto de tributación

aplicación de la ley penal

sanciones

definición de arancel

tipos de arancel

controles aduaneros

4.2.1.2. VARIABLE DEPENDIENTE

B. Informalidad comercial del contrabando

Comercialización ilegal

Modalidad de venta ilegal

Informalidad comercial

Sector informal

Actitud del comerciante fraude a aduanas

Soborno a la autoridad

4.3 Operacionalizacion de variables.

33

OPERACIONALIZACION DE VARIABLE

VARIABLES DIMENSIONES INDICADORES

1. EVASION TRIBUTARIA

2. 1. CAUSAS Y CONSECUENCIAS

DE LA EVASION TRIBUTARIA

2.2 . OBJETIVOS DE

LA EVASION TRIBUTARIA

1.1.3 Concepto de tributación

1.1.4 Aplicación de la ley penal

1.1.3 Sanciones

1.2.1 Definición del arancel 1.2.3 Tipos de arancel

1.2.4 Controles aduaneros

34

2.INFORMALIDAD COMERCIAL EN EL

CONTRABANDO

2.1 COMERCIALIZACION ILEGAL

2.2. VALORES Y

ACCTITUDES DEL COMERCIANTE

2.1.1 Definición de la comercialización ilegal 2.1.2 Modalidad de venta ilegal 2.1.3 Informalidad comercial de Juliaca 2.1.4 Sector informal

2.2.3 Definición de la actitud del comerciante

2.2.4 Fraude a aduanas

2.2.3 Soborno a la autoridad

V.METODO DE INVESTIGACION

5.1. METODO

Para el presente trabajo de investigación corresponde el científico

debido a que nuestro estudio estará basado en aplicaciones estadísticas con

el uso de una serie de instrumentos adecuados y pertinentes para el caso.

5.2. UNIDAD DE ANÁLISIS

El estudio estará dirigido a los comerciantes de la ciudad de Juliaca

de los mercados Túpac Amaru, San José, y los demás comerciantes y del

mismo modo a los diferentes profesionales entendidos en tributación del ámbito

de la ciudad de Juliaca durante el año 2012.

35

5.3 NIVEL Y TIPO DE INVESTIGACIÓN

Por su finalidad : básica

Por su tiempo : sincrónica

Por el nivel de profundización : explicativa

Por su carácter : cuantitativa

Según el criterio de la naturaleza de la investigación, es investigación

explicativa porque es aquella que tiene relación causal; no solo persigue

describir o acercarse al problema estudiado, sino que intenta encontrar las

causas del mismo .Según el propósito de la investigación es básica

5.4 DISEÑO

El diseño de la investigación entendida como el conjunto de

estrategias procedimentales y metodológicas definidas y elaboradas

previamente para desarrollar el proceso investigativo, guiando los propósitos y

contratarlas a través de la prueba de hipótesis, para el presente estudio es de

carácter no experimental y cuyo diseño es el explicativo causa

A. DISEÑO ESPECÍFICO

Para el presente estudio se establecerá el diseño: Y=F(x)

Dónde:

Y es la variable dependiente : evasión tributaria

X es la variable independiente : informalidad comercial en contrabando

C. PRUEBA DE HIPOTESIS

La estadísticas, aplicada al método especifico, presenta dos

tratamientos para los datos. El primero se denomina la teoría de las grandes

muestras (cuando el número de datos es > 30) utilizándose la distribución Z o

36

chií cuadrado .La segunda se denomina la teoría de las pequeñas muestras y

es cuando n<30 datos, y se utiliza la distribución t. En ambos casos el nivel de

significación es del 5% siendo ambos resultados bastante similares .De

acuerdo al tipo de investigación en el presente estudio y a la población, se

utilizara el estadístico de prueba denominado: PRUEBA CHI CUADRADO:

A.PLANTEAMIENTO DE LAS HIPOTESIS

H0: Las proposiciones de la cultura tributaria en la informalidad de los

comerciantes de la ciudad de Juliaca son iguales y no influye.

P1 = P2 = P3 =…. Pn

H1: Las proposiciones de la cultura tributaria en la informalidad de los

comerciantes de la ciudad de Juliaca son diferentes e influye negativamente.

P1 = P2 = P3 =… Pn

____________________________________________________

CHARAJA C.F.”EL MAPIC metodología de investigación pg.161

B. LA PRUABA ES UNILATERAL Y DE COLA DERECHA

C. NIVEL DE SIGNIFICACION:

0 =0.05 (5%)

D. PRUEBA ESTADISTICA

Chi cuadrado se obtendrá X2

E.CALCULO DEL ESTADISTICO DE PRUEBA

5.5. POBLACION Y MUESTRA

5.5.1. POBLACION OBJETO DE ESTUDIO

El tipo de muestreo es no probabilístico e intencionado es decir que

ha sido elegido por criterio propio. Para el presente estudio la población estará

37

conformada por los comerciantes de diferentes rubros de la ciudad de Juliaca

durante el año 2012 .por las características del estudio y la mayor

concentración de comerciantes informales y focalización se ha establecido

como la población a los comerciantes informales del mercado San José de la

ciudad de Juliaca, con 3200 empadronados distribuidos en diferentes comités

y rubros.

TABLA N°1

Juliaca: población de comerciantes

Rubro NUMERO DE COMERCIANTES

COMBUSTIBLES 18000

ELECTRODOMESTICOS 9000

ABARROTES 6000

OTROS 11000

TOTAL 44000

FUENTE: Padrón de comerciantes plaza san José 2013.

Elab. Por el ejecutor CARLOS

MUESTRA

Para el presente estudio se utilizó el muestreo expresado en formula:

S2

n = -----------------

E2 S2

----- + -----

Z2 N

Z=nivel de contabilidad al 95%lo que implica que: Z=1,96

E=Error de estimación. Entonces E=0.05

S=Desviación Estándar (40%).Entonces S=0.40

N=Población .N=44000

38

(0,40)2

n = ------------------------

(0,05)2 (0,40)2

--------- + ----------

(1,96)2 44000

Reemplazando se obtiene que la muestra para el presente estudio estará

conformada por n=244 comerciantes.

SELECCIÓN DE MUESTRA

A través del método no probabilístico, para lo cual se Eligio, al número de

comerciantes por rubro identificado para el presente estudio.

AFIJACION PROPORCIONAL AL TAMAÑO DEL ESTRATO

Nh * n

nh =

N

18000 * 244

n1 = = 100

44000

9000 * 244

n2 = = 50

44000

6000 * 244

n3 = = 33

44000

11000 * 244

39

n4 = = 61

44000

TABLA Nº 2

AFIJACION PROPORCIONAL AL TAMAÑO DEL ESTRATO

Rubro NUMERO DE

COMERCIANTES

nh

COMBUSTIBLES 18000 100

ELECTRODOMESTICOS 9000 050

ABARROTES 6000 033

OTROS 11000 061

TOTAL 44000 244 (muestra)

Fuente: Elaboración propia 2013.

Elab. Por el ejecutor. CARLOS.

5.5. TECNICAS E INSTRUMENTOS.

TECNICAS

INSTRUMENTOS

VARIABLE

Encuesta

Cuestionario estructurado

Sistema tributario

Observación

Ficha de observación

Informalidad comercial

en el contrabando

CUADRO DE ESTRUCTURA DE LOS INSTRUMENTOS

CUADRO Nº 01

40

VARIABLE: SISTEMA TRIBUTARIO

DIMENSION INDICADORES ITEMS

- Objetivos de la evasión

tributaria.

- Causas de la evasión

tributaria.

Concepto de tributos

Aplicación de la ley penal

tributaria

sanciones

definición de arancel

tipos de arancel

controles aduaneros

1

2

3

4

5

FUENTE: Elab. Propia 2014

CUADRO Nº 02

VARIABLE: INFORMALIDAD COMERCIAL EN EL CONTRABANDO

DIMENSION INDICADORES ITEMS

- Comercialización ilegal

- Actitudes de los

comerciantes informales.

- Definición de la

comercialización ilegal

- Modalidad de venta ilegal

-Informalidad comercial de

Juliaca

- Sector informal

-Definición de la actitud del

1,2,3,4,5,6,7,

41

comerciante

-Fraude a aduanas

-Soborno a la autoridad

8,9,10

FUENTE: Elab. Propia 2014.

a) TECNICAS DE PROCESAMIENTO DE DATOS.

1. PROCESAMIENTO ESTADISTICO.

Estadística descriptiva.

1. Codificación

2. Tabulación.

3. Medidas de tendencia central

4. Medidas de dispersión o variación.

5. Formulación de resultados.

6. Conclusiones.

C.2. REPRESENTACION GRAFICA.

- Histogramas.

- Polígonos de frecuencias.

- Barras simples.

C.3. ANALISIS E INTERPRETACION DE RESULTADOS

- Análisis y síntesis.

- comparación.

- Correlación.

- Inducción y deducción

42

43

5.6. MATRIZ DE CONSISTENCIA

PROBLEMA OBJETIVOS HIPÓTESIS VARIABLES METODOLOGÍA

PROBLEMA GENERAL

Cuál es el nivel de REPERCUSIÓN de la EVASION TRIBUTARIA en la INFORMALIDAD COMERCIAL de los comerciantes de la ciudad de Juliaca año 2014?

PROBLEMAS ESPECIFICOS

¿Cómo REPERCUTE las formas de EVADIR TRIBUTARIAMENTE en la INFORMALIDAD COMERCIAL de los comerciantes?

¿Cómo INCIDE la EVASION TRIBUTARIA de la INFORMALIDAD COMERCIAL de los comerciantes?

¿En qué medida INFLUYEN la COMERCIALIZACION ILEGAL en la INFORMALIDAD COMERCIAL en los comerciantes?

¿De qué forma los VALORES Y ACCTITUDES DEL COMERCIANTE REPERCUTE en la EVASION TRIBUTARIA del comerciante?

OBJETIVO GENERAL HIPÓTESIS GENERAL INDEPENDIENTE TIPO

Básica

NIVEL EXPLICATIVO

DISEÑO

EXPLICATIVO CAUSAL

MÉTODO

Científico

POBLACIÓN

Constituida por los

comerciantes de la

ciudad de Juliaca año

2012.

MUESTRA

TÉCNICAS

- Observación

- Cuestionario

- entrevista

INSTRUMENTOS

- Ficha de

Observación

- Encuesta

- Guía de entrevista

Determinar el nivel de REPERCUSION de la EVASION

TRIBUTARIA en la INFORMALIDAD COMERCIAL de los comerciantes de la ciudad de

Juliaca año 2014

El nivel de EVACION TRIBUTARIA REPERCUTE claramente en la INFORMALIDAD COMERCIAL de los comerciantes de la ciudad de Juliaca año 2014

EVASION

TRIBUTARIA

OBJETIVOS ESPECÍFICOS HIPÓTESIS ESPECÍFICAS DEPENDIENTE

Identificar las formas de EVADIR TRIBUTARIAMENTE en la INFORMALIDAD COMERCIAL que REPERCUTEN en los

comerciantes

Describir el nivel de INCIDENCIA de la EVASION TRIBUTARIA en la INFORMALIDAD COMERCIAL de los comerciantes

Precisar la medida en que INFLUYEN la COMERCIALIZACION ILEGAL en la INFORMALIDAD COMERCIAL en los comerciantes

Describir la forma en que los VALORES Y ACCTITUDES DEL COMERCIANTE REPERCUTEN en la EVASION TRIBUTARIA de los comerciantes

Formas de EVADIR TRIBUTARIAMENTE en la

INFORMALIDAD COMERCIAL de los comerciantes REPERCUTEN

positivamente

El nivel de INCIDENCIA de la EVASION TRIBUTARIA en la INFORMALIDAD COMERCIAL de los comerciantes es alto Los tipos de COMERCIALIZACION ILEGAL de la INFORMALIDAD COMERCIAL INFLUYE significativamente

La forma en que los VALORES Y ACCTITUDES DEL COMERCIANTE REPERCUTEN en la EVASION TRIBUTARIA del comerciante es deficiente

COMERCIALIZACI

ON INFORMAL EN

EL

CONTRABANDO

44

VI. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

6.1. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES.

ACTIVIDADES

2014

MA

RZ

AB

RIL

MA

YO

JU

NIO

JU

LIO

AG

OS

T

SE

T

OC

T

NO

V

DIC

IEM

EN

ER

O

01 Revisión Bibliográfica

X

02 Planteamiento del Problema

X

03 Elaboración del Proyecto

X

04 Presentación del Proyecto

X

05 Aprobación del proyecto

X

06 Recolección de Datos para el marco teórico.

X

07 Procesamiento de Datos

X

08 Aplicación, Análisis e interpretación de datos

X

09 Selección y ordenamiento de datos teóricos y estadísticos

X

10 Redacción del informe de investigación

X

11 Revisión del informe

X

12 Sustentación del trabajo de investigación

X

45

6.2. PRESUPUESTO Y FINANCIAMIENTO

A. RECURSOS HUMANOS

EJECUTOR DE LA INVESTIGACIÓN:

CARLOS RUELAS COLQUEHUANCA

ASESOR: Dr. MARIO AGUILAR FRUNA.

B. RECURSOS MATERIALES

No DESCRIPCIÓN UNIDAD

DE

MEDIDA

CANTIDAD PRECIO

UNITARIO

TOTAL

01 CD- RUM Unidad 2 0.50 1.00

02 ANILLADO Unidad 2 2.00 4.00

03 OTROS 20.00

04 PAPEL BOND A4

80GR

Millar 1 25.00 25.00

05 IMPRESIONES Unidad 52 0.10 5.20

06 USO DE

COMPUTADORA

Hora 180 1.00 180.00

TOTAL 135.20

C.- PRESUPUESTO GENERAL

RUBRO CANTIDAD EN S/.

Recursos Humanos 50.00

Recursos Materiales 300.00

TOTAL 350.00

46

VII. ESTRUCTURA TENTATIVA DE LA TESIS

A. ESQUEMA CAPITULAR DEL INFORME DE INVESTIGACIÓN

PORTADA

CARÁTULA

JURADOS Y ASESOR

DEDICATORIA

AGRADECIMIENTOS

ÍNDICE

RESUMEN

ABSTRACT

INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO I

EL PROBLEMA

1.1 Explicación de la situación problemática

1.2 Planteamiento del problema

1.3 Objetivos

CAPÍTULO II

MARCO TEÓRICO REFERENCIAL

2.1 Antecedentes de la investigación

2.2 Bases teóricas

2.3 Marco conceptual

2.4 Hipótesis

2.5 Análisis de variables e indicadores

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CAPÍTULO III

METODOLOGÍA DE INVESTIGACIÓN

3.1 Método de investigación

3.2 Diseño de la investigación

3.3 Población y muestra

3.4 Técnicas e instrumentos

3.5 Diseño de contrastación de hipótesis

3.6 Matriz de consistencia y tripartita

CAPÍTULO IV

RESULTADOS Y DISCUSIÓN

4.1 Resultados y discusión

4.2 Aportación teórico – práctica

CONCLUSIONES

SUGERENCIAS

BIBLIOGRAFÍA

ANEXOS

48

VIII.REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

1. HECTOR VILLEGAS curso de finanzas, derecho tributario y financiero.

Tomo I – BUENOS AIRES

2. BUNGE, Mario.(1997) La investigación científica: su estrategia y su

Filosofía .Editorial. Ariel, 4ta Edición.

3. CABANELLAS DE LA TORRE Guillermo “diccionario jurídico elemental”

editorial heliastan S.R.L. 5ta reimpresión Buenos Aires.

4. DICCIONARIO DE LA REAL ACADEMIA ESPAÑOLA vigésima segunda

edición Esta información puede consultarse en la siguiente página web

http:/buscom.rae.es/drael/srvlConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=CONTRABAND

5. SANCHEZ CARLESSI, Hugo y REYES, Carlos. (1999) Metodología y

Diseños en la Investigación Científica", Editorial San Marcos, Lima Perú.

6. SANABRIA ORTIZ Rubén “comentario tributario y los ilícitos

tributarios”Edit. san marcos .Tercera edición. Junio 1997 Lima página 678

7. ANDER EGG, Ezequiel. Técnicas de investigación social, Edit. Lumen.

24 ediciones. Bs. As. Argentina

8. BRAMONT ARIAS Luis “Temas de derecho penal” tomo IV Lima 1990

Pagina 83.

9. CARRASCO DIAZ, Sergio: (2005) Metodología de la Investigación

Científica. Edit. San Marcos. 1ra Edición. Lima Perú.

10. ROXIN Claus “límites y sentidos de la pena estatal” En: problemas

básicos de derecho penal Editorial REUS .Madrid .1976 .Pagina 20-26.

11. CARRILLO, F.: (1998) Cómo Hacer la Tesis y el Trabajo de

Investigación Universitaria. Lima Perú; Editorial Horizonte, 9na. Edición.

12. BUSTOS RAMIREZ, Juan. “Manual de derecho penal”. Parte especial

Editorial Arial S.A. 1991. Página 297

13. CHARAJA CUTIPA, Francisco; (2011) El MAPIC en la Investigación

Científica Segunda edición. Edit. Nuevo mundo Puno – Perú.

14. SANABRIA ORTIZ. Rubén OP. Cit. Página 594.

15. ESTARES, Daniel .En el artículo titulado “el bien jurídico tutelado en los

delitos tributarios .Publicado en el libro de “derecho tributario”. Editorial Grijley.

Lima 2009 Página 912

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