una introducción a la ley 2/2010 de "muerte digna" de andalucía
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Una presentación sobre los contenidos fundamentales de la Ley 2/2010 de "Muerte Digna" de AndalucíaTRANSCRIPT
La Ley de Muerte Digna de Andalucía.
Por qué y para qué
Pablo Simón LordaEASP
Granada
Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de la
Persona en el Proceso de la Muerte
UN CASO CLÍNICOUna enfermera que está de domicilios acude a
ver a una enferma por indicación del médico, en sustitución de la enfermera habitual de la paciente, que está de vacaciones.
La enferma tiene 86 años y padece una Enfermedad de Alzheimer muy evolucionada, está encamada y en posición fetal. Se ha arrancado la sonda nasogástrica por la que desde hace 2 meses recibía alimentación e hidratación.
La indicación que el médico ha dado a la enfermera es que vuelva a colocarle la sonda nasogástrica, tal y como hace 1 mes hizo su compañera, también por indicación del mismo médico, porque la paciente se la había arrancado.
La enfermera tiene serias dudas acerca de si es una indicación correcta.
Le pregunta a la familia su opinión.
El hijo, de 56 años, opina que sí hay que ponérsela, porque si no es como dejarla morir,
pero su esposa –que es la que la cuida a diario- piensa que no sirve de nada, que se la está haciendo sufrir y que, al fin y al cabo, se la volverá a arrancar más pronto o más tarde.
¿ qué debe hacer la enfermera?
¡ orden médica! ¡eutanasia! ¡dar de comer al
hambriento! ¡el hijo decide!
Del PATERNALISMO SOCIOPOLÍTICO a las relaciones sociopolíticas basadas en el consentimiento informado
1978
SÚBDITOS
SIERVOSCIUDADANOS
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Del PATERNALISMO MÉDICO a las relaciones sanitarias basadas en el consentimiento informado
1986
PACIENTES
PASIVOS
ENFERMOS EMPODERADOS
LEY GENERAL DE SANIDAD
Artículo Diez
Todos tienen los siguientes derechos con respecto a las distintas administraciones públicas sanitarias: (….)
5. A que se le de en términos comprensibles, a él y a sus familiares o allegados, información completa y continuada, verbal y escrita, sobre su proceso, incluyendo diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento.
6. A la libre elección entre las opciones que le presente el responsable médico de su caso, siendo preciso el previo consentimiento por escrito del usuario para la realización de cualquier intervención, excepto en los siguientes casos ….
9. Negarse al tratamiento, excepto en los casos señalados en el apartado 6; debiendo, para ello, solicitar el alta voluntaria, en los términos que señala el apartado 4 del artículo siguiente
1995
1998
2004
LEY 41/2002, de 14 de NOVIEMBRE, BÁSICA
REGULADORA de la AUTONOMÍA del PACIENTE y de DERECHOS y OBLIGACIONES en MATERIA de
INFORMACIÓN y DOCUMENTACIÓN CLÍNICA
(BOE de 15 de noviembre de 2002)15 de mayo de 2003
2005
TERRY SCHIAVO
2005 - 2008
SEDACIÓN PALIATIVA
HOSPITAL SEVERO OCHOA
LEGANES
(MADRID)
2006
JORGE LEÓN
«Necesito la mano hábil que supla mi mano inútil para acabar con urgencia»
INMACULADA ECHEVARRIA
18 OCTUBRE 2006
CONFERENCIA DE PRENSA
14 MARZO 2007
ES SEDADA Y DESCONECTADA DE LA VENTILACIÓN MECÁNICA
“ LO ÚNICO QUE PIDO ES LA
EUTANASIA”
Fiscalía del TSJA (26 Septiembre 2007) La paciente “ejerció un
derecho”, que se trató de “un cese de tratamiento” y que fue la enfermedad, y no la acción de retirar el tratamiento lo que provocó la muerte de Inmaculada, por lo que la conducta omisiva no tenía encaje en el artículo 143.4 CP.
COMISIÓN AUTONÓMICA DE ÉTICA E INVESTIGACIÓN DE ANDALUCIA
25 de Junio de 2008
LOS 5 ESCENARIOS ÉTICOS DEL FINAL DE LA VIDA
1. EUTANASIA Y SUICIDIO ASISTIDO
2. LIMITACIÓN DEL ESFUERZO TERAPÉUTICO
3. RECHAZO DE TRATAMIENTO
4. SEDACIÓN PALIATIVA5. SUSPENCIÓN DE
ATENCIÓN POR MUERTE
PROYECTO DE LEY DE DERECHOS Y GARANTÍAS DE LA DIGNIDAD DE LA PERSONA EN EL PROCESO DE LA MUERTE Consejería de Salud
Junta de Andalucía
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
11 DERECHOS
12 PUNTOS FUERTES1. Desarrollo del Estatuto2. Aclara el uso correcto de la palabra
EUTANASIA, lo que es y lo que no es.3. NO es una Ley de EUTANASIA4. Define términos5. Amplio catálogo de derechos6. Establece criterios de evaluación de la
incapacidad de hecho
12 PUNTOS FUERTES1. Regula la Limitación del Esfuerzo
terapéutico: Más seguridad2. Garantías: Compromiso valiente de la
Consejería3. Potencia los Comités de Ética Asistencial4. Mejora el marco regulador de las VVAs5. Procedimiento participado6. Sustrato ético potente: aceptable desde
marcos morales muy diversos
CA
TE
CIS
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TÓ
LIC
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Críticas… “Innecesaria…”
“Ya hay regulación legal suficiente…”INMACULADA ECHEVARRIA vs JORGE LEON
“Los médicos ya lo hacen bien, tienen un Código Deontológico”SE CONFUNDE LA REGULACION MORAL CON
LA JURIDICA
“Sanciones”¿PUEDE UNA LEY NO TENERLAS?SE HA MEJORADO EL CONTENIDO
Críticas…
La objeción de concienciaNO HAY BASE JURIDICA SOLIDA SOBRE LA QUE
REGULAR CON SEGURIDADPOSIBLEMENTE ES MEJOR HACERLO PRIMERO
A NIVEL ESTATALDE REGULARLA, ES MEJOR HACERLO SOBRE
TODOS LOS ESCENARIOS SANITARIOS, NO SOLO SOBRE LA “MUERTE DIGNA”
¿SOBRE QUE SE PUEDE OBJETAR EN ESTA LEY?
Mirando hacia adelante La ley andaluza llega al límite de lo jurídicamente
posible en el ámbito de la muerte digna con el marco legislativo actual…
Medidas administrativas complementarias: eliminar las recetas de estupefacientes
La sociedad está madura para abrir el debate de la eutanasia o el suicidio asistido. Sólo se necesita voluntad política para hacerlo
No basta con hacer leyes: Plan de implantación (información, formación, recursos)
GRACIAS !