unidad acadÉmica de ciencias empresariales carrera de...
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UNIDAD ACADÉMICA DE CIENCIAS EMPRESARIALES
CARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
MACHALA2016
ROMERO YANAYACO PRISCILLA DEL PILAR
APLICACION DE LA HERRAMIENTA DECLARATORIA DEEMERGENCIA PARA REALIZAR CONTRATACIONES DE MANERA
DIRECTA Y SIN CONCURSO PREVIO
UNIDAD ACADÉMICA DE CIENCIAS EMPRESARIALES
CARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
MACHALA2016
ROMERO YANAYACO PRISCILLA DEL PILAR
APLICACION DE LA HERRAMIENTA DECLARATORIA DEEMERGENCIA PARA REALIZAR CONTRATACIONES DE
MANERA DIRECTA Y SIN CONCURSO PREVIO
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4
U R K N DU
APLICACION DE LA HERRAMIENTA DECLARATORIA DE EMERGENCIA PARA
REALIZAR CONTRATACIONES DE MANERA DIRECTA Y SIN CONCURSO
PREVIO
Autora
RESUMEN
El presente proyecto tiene la finalidad de hacer un análisis para la utilización de la herramienta
de declaratoria de emergencia ante eventos o catástrofes naturales o provocadas, tal como lo
define el Art. 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y la manera
de aplicarla la establece el Art. 57 de Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública.
Cabe indicar que la constitución de la república en el Art. 14 reconoce el derecho que tiene la
población a vivir en un ambiente sano y equilibrado que garantice la sostenibilidad del buen
vivir, así mismo en el Art. 38 manifiesta que el estado tomara medidas y dar atención
permanente ante casos de desastre, conflictos armados y todo tipo de emergencia. De la misma
manera el estado cambia la antigua ley de licitación por una nueva ley denominada Ley De
Orgánica De Sistema Nacional De Contratación Pública, la misma que tal como lo indica en el
artículo 10 crea el Servicio Nacional de Contratación Pública que estará encargado de regular y
expedir normativas, manuales o instructivos relacionadas con la ley, para la contratación de
bienes y servicios de las entidades públicas.
Dentro de este ámbito el SERCOP mediante resolución externa 045-2010 expide disposiciones
para la contratación en situaciones de emergencia. Para que este procedimiento sea ágil y de fácil
aplicación para entidades que tengan que una declaratoria de emergencia.
PALABRAS CLAVES
Declaratoria, emergencia, catástrofes, sostenibilidad, buen vivir, instructivos, licitación.
APLICACION DE LA HERRAMIENTA DECLARATORIA DE EMERGENCIA PARA
REALIZAR CONTRATACIONES DE MANERA DIRECTA Y SIN CONCURSO
PREVIO
Author
ABSTRACT
This project aims to analyze for the use of the tool emergency declaration to events or natural or
disasters, as defined by Art. 6 of the Organic Law of the National System of Public Procurement
and how apply the established in Art. 57 of General Regulation of the Organic Law of the
National Public Procurement System
It is noted that the constitution of the republic in Art. 14 recognizes the right of people to live in
a healthy and balanced environment that ensures sustainability of good living , also in Art. 38
states that the state will take measures and give permanent attention to disaster , armed conflict
and all kinds of emergency. In the same way the state changes the old law bidding for a new law
called the Law of Organic Procurement National System , the same as indicated in Article 10
created the National Procurement Service Post that will be responsible for regulating and issue
regulations , manuals or instructions related to the law , for the procurement of goods and
services of public entities
Within this area the SERCOP resolution 045-2010 issued by external recruitment provisions for
emergency situations. For this procedure to be nimble and easy to apply to entities that have an
emergency declaration
KEYWORDS
Declaratory , emergency, disaster , sustainability, good living , instructions, tender.
ÍNDICE
TAPA ........................................................................................................................................................................... I
CUBIERTA ............................................................................................................................................................. II
PORTADA .............................................................................................................................................................. III
PÁGINA DE ACEPTACIÓN ................................................................................................................................ IV
CESIÓN DE PUBLICACIÓN ................................................................................................................................ V
RESUMEN................................................................................................................................................................. VI
ABSTRACT ............................................................................................................................................................ VII
REPORTE DE SIMILITUD URKUND .............................................................................................................. VIII
INTRODUCCION ..................................................................................................................................................... 9
1.1 MARCO CONTEXTUAL ................................................................................................................................ 14
1.2 PROBLEMATICA ............................................................................................................................................ 15
DESARROLLO ........................................................................................................................................................ 16
Determinación del procedimiento aplicando una declaratoria de Emergencia ....................................................... 16
Documentos relevantes de una declaratoria de Emergencia .................................................................................. 17
Definir si aplica la elaboración de pliegos , contratos y garantías ,etc. ................................................................... 19
Es necesario que los proveedores tengan R.U.P .................................................................................................... 19
Se debe tener proformas y cuantas para poder realizar este tipo de proceso .......................................................... 19
Puede un oferente participar en este proceso ......................................................................................................... 20
Es necesario realizar un contrato pata esta contratación ........................................................................................ 20
CONCLUSIONES .................................................................................................................................................... 21
ÍNDICE DE CUADROS
CUADRO 1 Principales políticas y objetivos que sustentaron la expedición de la LONSC ............................ 12
CUADRO 2 Procedimientos de contratación .................................................................................................... 13
CUADRO 3 Tipo de procedimientos de régimen común ................................................................................... 14
9
INTRODUCCIÓN
Historia de la contratación pública.
Una de las cosas más importantes que los estados de los diferentes países ha sido establecer
políticas a la contratación pública que beneficien a lograr los objetivos y metas que se trazan
durante el periodo fiscal de cada año.
La pobreza es un problemática en toda Latinoamérica que aún no podido desterrarse en la
totalidad pues en todos los países este es uno de los problemas sociales más relevantes que
cobra bastante interés pues se evidencia un incremento en algunos sectores particulares.
Igualmente las entidades públicas deben tener correspondencia con la programación ya
existente, debido a que no se puede asignar fondos que no fueron programados o estimados, y
no por falta de liquidez, sino por la burocratización de los procesos que involucra. (Armesto,
2012)
A inicios del año 1927 la ley de contratación pública, se inicia con la ley de hacienda, la
misma que se encarga de la compra de materiales e insumos que necesitan para el desarrollo
de las mismas dentro de su ejercicio fiscal, en esta ley se elaboraba la licitación para realizar
ciertos contratos que superaba el importe, en la misma ley también pedía que actúe el
Contralor General de la Nación, para los contratos públicos que se celebraban. (Guillen Uyen,
2014)
Vario cambios sufrió esta ley a la cual se le fue agregando tales como la codificación en 1960,
la misma que contemplaba que para cada requerimiento este debe contar con la partida
presupuestaria pues esta indica que existen los fondos disponibles y necesarios para poder
celebrar los contratos de los procedimientos de licitación, los mismos que tenían sus bases
para el concurso y que eran publicadas en el registro oficial o cualquier periódico que estén
aprobados por la Junta de Licitaciones.
Posteriormente en el año de 1974 después de un grupo de reformas se crea la ley de
Licitaciones y Concursos de Ofertas la misma que incorpora la figura del derecho
10
administrativo y de la terminación unilateral y anticipada del contrato la que aún se encuentra
vigente hasta la presente fecha la misma que mantiene los principios de la licitación anterior,
tales como bases, partida presupuestaria, debidamente autorizada por la entidad contratante.
Esta Ley después de varias metamorfosis la sustituyen por la nueva ley de contratación
pública que fue publicada en el año de 1990 en la que se hicieron constar normas específicas
que se deberían aplicar solo a unas cuantas instituciones públicas exceptuando a algunas,
además se hicieron leyes para contrataciones especiales, tales como las leyes para las
contrataciones de las petroleras, las mismas que se sujetarían en la Ley de Hidrocarburos, así
también como la ley de Petroecuador y varias normas para la ampliación de la contratación
del oleoducto transecuatoriano.
En el transcurso del tiempo se producen transformaciones tanto económicas como sociales, y
dentro de la económica hemos vistos cambios en el sector público, como la contratación de
bienes y servicios la misma que viene acompañada principalmente por la convergencia
tecnológica de la informática así mismo como la convergencia jurídica de los derechos
administrativos, en este contexto en el año 2008 se modifica la ley de licitaciones por la ley de
contratación pública, la misma que agrega cambios tanto a nivel jurídico como también se
agregan herramientas acorde a la tecnología. (Del Piazzo, 2011).
Principios de contratación pública, objetivos.
Dentro del desempeño de las muchas funciones que tienen los organismos gubernamentales
ya que la mayoría de estos requieren a menudo adquirir tanto bienes como servicios con
dinero del estado. Normalmente a este tipo de adquisiciones se las denomina contratación
publica (Martin Tirado, 2013)
Uno de los objetivos primordiales en la mayoría de los sistemas de contratación pública es la
de mejorar el uso de los recursos públicos. Se considera en general a los sistemas de
contratación transparente y no discriminatoria además de ser la herramienta con la que se
puede lograr el objetivo planteado, pues en esta se puede aprovechar a un proveedor al
máximo. La mayoría de los gobiernos utilizan a la contratación pública como una de las
políticas que les permite alcanzar los objetivos que se han planteado de acuerdo la política
nacional de ellos así como al desarrollo de determinados sectores económicos o grupos
sociales (Bernal Blay, 2011)
11
En la contratación pública se exige de un diseño de política pública compleja que deben tener
las instituciones gubernamentales, superior a los mandos nacionales especializados en dicha
área, y estructuras del sector privado, siendo estas un origen principal de los vendedores. Una
de las inquietudes frente a postura que se tomara entre los sistemas y funcionarios por una
cooperación para poder realizar contrataciones públicas dentro de una región será tomada
como un desafío para dar un impulso a mejorar un posible régimen regional de dentro de las
compras públicas, el cual ya presenta adelantos en los esquemas y mecanismos de
combinación descritos. “Dentro de las prácticas europeas y las asiáticas (APEC), las mismas
que muestran un nivel mayor de integración en lo que respecta a las compras públicas, a las
que se deben tomar como un referencial para que las condiciones se acomoden a las
realidades de América Latina en especial para el Ecuador. (Pedreschi Garces, 2015)
Dentro de todo este ámbito y con la creación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública. Se establecieron los objetivos principales y el ámbito que debe tener
esta ley, así en el Art. De LOSNCP estableció los tres grandes grupos de contratación como
son:
Adquisición y/o arrendamientos de bienes
Ejecución de Obras
Prestación de Servicios, incluidos los de consultoría.
Así mismo se pusieron los principios que regulan la contratación que serían el eje principal al
que deberán someterse cada uno de los procesos que se realicen en la contratación pública, los
mismos que enumeraremos a continuación. (Fondevila Antolin, 2015)
Principio de Legalidad
Principio de Trato Justo
Principio de Igualdad
Principio de Calidad
Principio de Vigencia Tecnológica
Principio de Oportunidad.
Principio de Concurrencia
Principio de Transparencia.
Principio de Publicidad.
12
Principio de Participación Nacional.
Estos principios no solamente fueron puestos en Ecuador sino que se han venido dando en el
resto de países que mantienen como política la contratación pública, en el artículo de José
Carbonero de la importancia de establecer directivas en la Unión Europea para la contratación
pública. Enunciando un grupos de directivas que se tomaran en cuenta para que rijan la
contratación públicas las mismas que tienen similitud a las puestas en Ecuador. (Carbonero
Gallardo, 2014)
De esta manera en el Ecuador se pone en un artículo de la Constitución de la Republica y deja
en constancia que se debe tener en cuenta como base los principios que deben regir la
contratación pública tal como lo establece el Art. 288, que menciona claramente que las
compras públicas deberán cumplir criterios, de eficiencia, transparencia, calidad,
responsabilidad ambiental y social, y se hace hincapié a que se debe priorizar los productos y
servicios de producción nacional, en especial aquellos que provienen de la economía popular
y solidaria.
De la misma manera se crean políticas y objetivos que regirán cada uno se los procesos de
contratación públicas, entre los que podemos anotar y que más sobresalen como la evitar la
discrecionalidad y la corrupción, convertir a la compra publica en un ente dinamizador de la
producción nacional, garantizar el buen uso de los recursos del estado. (Ruiz, 2015)
Gráfico N. 1
PRINCIPALES POLÍTICAS Y OBJETIVOS QUE SUSTENTARON LA EXPEDICIÓN
DE LA LOSNC
13
Fuente: La Autora
En el Ecuador la contratación pública al inicio se tuvo establecido como procedimientos
precontractuales a la licitación, concursos públicos y privados, así como también los de menor
cuantía todo esto amparados en distintos cuerpos normativos, en la nueva LOSNCP, se crea
procedimientos, precontractuales para los diferentes tipos de contratación. (Ivanega, 2011)
Estos procedimientos fueron regulados por el reglamento general de la Ley RGLOSNCP. La
misma que formo dos grupos de procedimientos como son los de Régimen Común como los
de Régimen Especial, cada uno de estos poseen sus propios procedimientos de contratación
los cuales están regulados por dos atributos, como son los bienes normalizados o no
normalizados, y por el presupuesto referencial, atributos que se tomaran en cuenta antes de
seleccionar que tipo de proceso se debe aplicar. Como lo veremos en el siguiente gráfico.
Gráfico N. 2
PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
Fuente: La autora.
14
Gráfico N. 3
TIPO DE PROCEDIMIENTOS DE RÉGIMEN COMÚN
Fuente: Sercop
Dentro de los procesos de régimen especial existen otro grupo que se establecieron para que
las entidades públicas puedan realizar procedimientos de una manera más fácil simplificando
ciertos parámetros, siempre y cuando cumplan con lo establecido dentro de la Ley conocida
como la LOSNCP.
15
1.1 MARCO CONTEXTUAL
Dentro de la contratación pública existen ciertos casos en que es difícil que se sometan a
los procedimientos precontractuales de la ley de contratación pública, pues existen casos o
circunstancias imprevistas y graves que necesitan una urgente solución, para evitar daños que
se estén generando o se podrían generar, a los que se los conoce como casos de emergencia,
pues en estos casos la entidad no puede estar esperando a levantar un proceso de contratación
por los métodos normales, pues el trámite se demoraría, y lo que necesita es una urgente
solución al problema, para esto la LOSNCP dentro de su normativa en su Art. 6 numeral 31
delimita las situaciones que se ejecutan por emergencia la misma que las contextualiza como
a aquellas que son concebidas por acontecimientos graves tales como accidentes, terremotos
naturales, inundaciones sufridas por causas naturales, sequias, grave conmoción interna,
guerras, u otros catástrofes naturales los mismos que provengan por “fuerza mayor o caso
fortuito”. (Constituyente, 2015).
Para el siguiente ejercicio vamos a hacer un análisis de porque se aplica un caso de
emergencia.
1.2 PROBLEMÁTICA
En febrero de 2016, el Director Ejecutivo de ABC resolvió declarar en emergencia los
procesos de contratación de estudios, obras y fiscalización que comprende la construcción de
dos Unidades de Policía Comunitaria, el director financiero certificó la existencia y suficiente
disponibilidad de fondos con cargo a la partida presupuestaria Nº 12345678, denominada
“Construcciones y Edificaciones”, por un valor de 450.000 dólares de los Estados Unidos de
Norteamérica.
Determinar el procedimiento para este tipo de contratación, con sus determinados pliegos y
anexos, así mismo especificar la forma de pago, garantías, seguros, entre otros.
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DESARROLLO
APLICACIÓN DE LA HERRAMIENTA DECLARATORIA DE EMERGENCIA
PARA REALIZAR CONTRATACIONES DE MANERA DIRECTA Y SIN
CONCURSO PREVIO
En febrero de 2016, el Director Ejecutivo de ABC resolvió declarar en emergencia los
procesos de contratación de estudios, obras y fiscalización que comprende la construcción de
dos Unidades de Policía Comunitaria, el director financiero certificó la existencia y suficiente
disponibilidad de fondos con cargo a la partida presupuestaria Nº 12345678, denominada
“Construcciones y Edificaciones”, por un valor de 450.000 dólares de los Estados Unidos de
Norteamérica.
Determinar el procedimiento para este tipo de contratación, con sus determinados pliegos y
anexos, así mismo especificar la forma de pago, garantías, seguros, entre otros.
a) Determinación del procedimiento aplicando una declaratoria de emergencia
En lo primordial que se debe establecer por qué se declara la emergencia, cual es el caso de
gravedad que ocasiona que dicha entidad llegue a declarar en emergencia un proceso.
Debo indicar que así como la ley establece procedimientos para la contratación de bienes y
servicios, da la posibilidad de también ejecutar contratos en forma directa a través de una
declaratoria de emergencia a una determinada área, en el presente ejercicio no se establece
claramente cuál es el motivo de la declaratoria de emergencia, si bien es cierto que se quiere
realizar la declaratoria de emergencia a la construcción de unidades de policía comunitaria, no
establece el motivo grave que origine tal declaratorio, en vista que la ley establece en su
artículo 6 numeral 31 cuando se debería declarar en emergencia un área determina, siempre y
cuando la emergencia se produzca por accidentes, terremotos naturales, inundaciones sufridas
por causas naturales, sequias, grave conmoción interna, guerras, u otros catástrofes naturales
los mismos que provengan por “fuerza mayor o caso fortuito”. (Constituyente, 2015).
Debemos aclarar que para hacer una declaratoria de emergencia este debe ser concreta, e
inmediata, además debe ser imprevista, así mismo probada y objetiva. De todo lo dicho
anteriormente se determina que una emergencia proviene de acontecimientos graves como de
17
otras situaciones que provengan de fuerza mayor o caso fortuito, es decir una situación de
emergencia se genera de un hecho o situación de apremio para la entidad que le obliga a
tomar decisiones urgentes y poder solucionarlos.
Una de las cosas que también debemos tomar en cuenta es la palabra fuerza mayor o caso
fortuito, en el Código Civil en el art. 30 define al imprevisto que no se puede resistir, como
un naufragio, terremoto, el apresamientos de enemigos, los actos de autoridad etc. Así mismo
si hablamos doctrinariamente a la palabra fuerza mayor como todo acontecimiento que no ha
podido o que previsto no ha podido resistirse; y que impide hacer lo que se debía o posible y
licito.
Para el caso del presente ejercicio no indica cual es la causa que permita hacer la declaratoria
de emergencia, al parecer el proceso está en curso pues habla de se están haciendo los
estudios, de la obra e inclusive nos indica que existe una fiscalización además de contener una
certificación presupuestaria del proceso, para efectos de poder tomar como ejemplo el
presente caso tomaremos dos alternativas, la primera que podría ser la más viable será la de
que existe una conmoción interna y tengan la necesidad de mantener o aumentar unidades de
policía comunitaria para poder contener el foco de conmoción interna en la que se encontraría
el país, y que este a su vez haya sido declarado en estado de excepción por el presidente de la
república, y la segunda por un terremoto que a mi parecer no tendría mucha valides en este
ejercicio.
Tomando este criterio en cuenta pasaremos a indicar cuál es proceso que debería seguir la
entidad contratante una vez hecha la declaratoria de emergencia, de acuerdo a la normativa
expuesta en el Art. 57 de la LOSNCP.
b) Documentos relevantes de una declaratoria de emergencia
Para Poder solucionar las situaciones de emergencias el artículo 57 de la LOSNCP establece
que el primer documento que se debe emitir es una resolución de declaración de emergencia
debidamente motivada, indicando que origino la emergencia, la misma que deberá ser emitida
por la máxima autoridad de la entidad.
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Para esto el Servicios Nacional de Contratación Pública SERCOP, emitió la resolución 045-
2010 donde da las disposiciones para este tipo de contrataciones, y en su art. 1 indica que será
la máxima autoridad quien será que haga la declaratoria de emergencia o también su
delegado, siempre y cuando este enmarcada dentro de lo que establece las señaladas en el Art.
6 numeral 31 de la LOSNCP.
Además se deberá subir en la herramienta implementada para el portal para la declaración de
emergencia la resolución de declaratoria de emergencia indicando además la fecha de inicio
de la emergencia. También deberán publicarse con la misma herramienta los contratos que se
suscriben en consecuencia de la declaratoria de la emergencia.
Una vez pasada la emergencia la entidad contratante deberá elaborar un informe emitido por
la máxima autoridad que obligatoriamente deberá contener lo siguiente.
.
El Número y fecha de la resolución con la que se declaró la emergencia;
El Número de los contratos efectuados para superar la emergencia;
El Objeto de cada contrato realizado;
Identificación del o los contratistas con su respectivo número de RUC;
Plazo de duración de la emergencia;
Valor de cada contrato, incluyéndose reajustes, contratos complementarios o cualquier
otra situación que permita cuantificar con exactitud el valor invertido en la
emergencia;
El Resultado de la contratación indicando el tipo de bienes adquiridos, servicios
prestados, productos de consultoría u obras construidas, según el caso,
con referencia al cumplimiento de sus respectivas obligaciones; y,
Indicación clara de las situaciones de hecho que se lograron corregir o superar con los
resultados de la contratación. (Publica, 2016).
En resumen los documentos relevantes en este proceso son los siguientes:
1. Resolución de la declaratoria de Emergencia.
2. Informe de la declaratoria de emergencias
3. Contratos realizados.
4. Facturas
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5. Actas de entrega recepción.
c) Definir si aplica la elaboración de pliegos, contratos, garantías etc.
Como en todo proceso de contratación se realizan pliegos en este caso, por no ser un proceso
precontractual de ninguno de los procedimientos antes mencionados como los de régimen
común y especial, aquí no se elabora ningún pliego.
Lo que si se elaboran los contratos con los proveedores que se les escogió para que realicen
dicha venta ya sea de bienes o servicios en este caso es el una obra, para lo cual se tomara los
formatos establecidos en los pliegos de los otros procesos de contratación tal como lo
menciona la el Art.4 de la resolución 045-2010 del sercop, de la misma manera se solicitara
las respectivas garantías ya sea las de fiel cumplimiento del contrato como las de buen uso del
anticipo si fuere el caso, cabe mencionar que las garantías de buen uso del anticipo es sobre el
100% del anticipo que se le otorgó al proveedor y la fiel cumplimiento del contrato es sobre el
5% del monto del contrato. Además si es un bien el que se adquiere deberá presentar la
garantía técnica del bien a adquirirse.
d) Es necesario que los proveedores tengan RUP?
Respecto al procedimiento a seguir para escoger a un proveedor aun el SERCOP no da una
definición exacta en la LOSNCP ni en su Reglamento o en la misma resolución, en tal manera
se entenderá que el proceso de selección del proveedor la definirá la máxima autoridad o su
delegado, la misma que deberá constar en la resolución, en todo caso en el Art. 57 de la
LOSNCP permite a la entidad contratante escoger al proveedor de una manera directa e
inclusive a una empresa extranjera sin que este domiciliada en país, pudiendo esta serla una
vez adjudicado el contrato, todo esto es en razón de la inmediatez con la que se deberá actuar
para que sea superada la emergencia. Por lo tanto tampoco es necesario que consten en con el
Registro Único de Proveedores.
e) Se debe tener proformas y cuantas para poder realizar este tipo de procesos
Como lo establece la resolución 062-2013 para realizar un proceso de contratación directa en
el art. 7 se exhorta a las entidades a que por lo menos tengan tres proformas para realizar una
adquisición directa en este caso en virtud de la emergencia se deberá tratar de conseguir el
20
mejor precio, ya que en ninguna parte de la LOSNCP y su reglamento tipifica eso, pero como
es una situación de emergencia están exonerados de los procesos precontractuales pero no así
de lo que establece la LOSNCP, RGLOSNCP, y sus Resoluciones, por lo tanto para nuestro
criterio debería sujetarse en lo más a lo que establece la ley y sus resoluciones solo en el caso
que fuera imposible conseguir más proformas debería optarse por las que tengan.
f) Puede un oferente inhabilitado participar en este proceso
Ningún oferente que se encuentre inhabilitado podrá celebrar contrato alguno con las
instituciones públicas, pues si bien es cierto que las emergencias deben solucionarse de una
manera rápida y escogerse al proveedor es decir se exonera los procedimientos
precontractuales, debe cumplirse lo que la Ley Orgánica de Contratación Publica lo establece,
esta es clara en el Art. 62 y 63 de la misma donde se establece claramente las inhabilidades de
los proveedores para no suscribir contrato alguno con la entidad.
g) Es necesario realizar un contrato para esta contratación
Como habías dicho en los párrafos anteriores no existe definición alguna de la elaboración de
contratos en la LOSNCP en concordancia con su Reglamento, lo que si debemos acotar es que
los contratos de emergencia se encuentra exonerados de los procedimientos precontractuales
comunes, pero la contratación como tal debe sujetarse a lo que establece la LOSNCP en
concordancia con su reglamento, es decir deben realizarse los contratos con los formatos de
los procesos precontractuales y sujetarse a las garantías que se encuentran estipuladas en la
LOSNCP y RGLOSNCP.
21
CONCLUSIONES
Para la declaratoria de emergencia se debe tener en cuenta que es causada solo por caso
fortuito o fuerza mayor en el presente ejercicio no define esa parte.
Las emergencias son utilizadas para solucionar problemas provocados por desastres
naturales, terremotos, inundaciones, sequias graves, conmoción interna, inminente
agresión externa, guerras internacionales, en el caso en estudio no se detalla ninguno de
estos acontecimientos.
Las declaratorias de emergencias son utilizadas para solucionar en forma urgente e
inmediata y evitar más daños que se estén produciendo o que se puedan originar.
La contratación se la realiza de forma directa obviándose los procedimientos
precontractuales de los procesos de régimen común.
22
Bibliografía
Armesto, M. A. (2012). Gasto particularista en bienes públicos locales: índice de desviación. Revista
Mexicana de Sociología, 395.
Bernal Blay, M. A. (2011). El principio de objetividad en la contratacion publica. DA. Revista
Documentacion Administrativa, 10.
Carbonero Gallardo, J. M. (2014). Las Nuevas Directivas europeas sobre contratacion publica; claves
para una primera lectura. Wlters Kluwer, 2.
Constituyente, A. (2015). LOSNCP. En A. Constituyente.
Del Piazzo, C. E. (2011). Contratacion publica electronica en Europa y America Latina. Derecho PUCP, 10.
Fondevila Antolin, J. (2015). El Principio de transparencia donde esta en el empleo publico en españa.
Cuadernos Criticos del Derecho, 160.
Guillen Uyen, &. M. (2014). Mecanismos de deteccion de corrupcion en compras del estado: Sistema de
precios testigo como politica publica. Pensamiento y gestion, 138.
Ivanega, M. M. (2011). El procedimiento de la Licitacion Publica. Revista de la Facultad de Derecho, 1.
Martin Tirado, R. J. (2013). El Laberinto Estata: Historia. evolucion y conceptos de la contratacion
administrativa en el Peru. Circulo de Derecho Administrativo, 2.
Pedreschi Garces, W. (2015). Aproximaciones al regimen de contratacion en la nueva ley de
contrataciones del estado. Revista Derecho & Sociedad, 164.
Publica, S. N. (2016). Resolucion 048-2016. Resoluciones, 2.
Ruiz, J. F. (2015). El Contrato Administrativo y la Licitacion Publica. Derecho & Sociedad, 1.
23
CONTENIDO
BIBLIOGRAFÌA ..................................................................................................................................................... 22
ANEXOS ............................................................................................................................................................... 24
PAPER 1 El principio de objetividad en la contratación pública
https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=4409763 ................................................................................ 24
PAPER 2 El procedimiento en la licitación pública
https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=5085256 ................................................................................. 26
PAPER 3 El contrato administrativo y la licitación pública
http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/14389/15004 ........................................... 28
PAPER 4 El laberinto Estatal : Historia , evolución y conceptos de la contratación administrativa el Perú
http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoadministrativo/article/view/13483/14110 .................................. 30
PAPER 5 Contratación pública electrónica en Europa y América Latina
http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/3027/3468 ....................................................... 32
PAPER 6 Las nuevas directivas europeas sobre contratación pública : clave para una primera lectura
https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=4687475 ................................................................................. 34
PAPER 7 Gasto particularista en bienes públicos locales : Índice de desviación
http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=32123148002 .......................................................................................... 36
PAPER 8 El principio de transparencia : donde está el empleo público en España
http://www.liberlex.com/archivos/Transparencia_FP_JFA.pdf .......................................................................... 38
PAPER 9 Mecanismo de detección de corrupción en compras del estado : Sistema de precios testigo como
política pública http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=64631418005 ............................................................... 40
PAPER 10 Aproximaciones al régimen de contratación directa en la nueva ley de contrataciones del
Estado http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/14398/15013 ............................. 42
24
ANEXOS
PAPER #1
Enlace:
https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=4409763
CAPTURA DE LA PORTADA
25
PARTE ESPECÍFICA DE LA CITA
26
PAPER #2
Enlace:
https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=5085256
CAPTURA DE LA PORTADA
27
PARTE ESPECÍFICA DE LA CITA
28
PAPER #3
Enlace:
http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/14389/15004
CAPTURA DE LA PORTADA
29
PARTE ESPECÍFICA DE LA CITA
30
´PAPER #4
Enlace:
http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoadministrativo/article/view/13483/14110
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PARTE ESPECÍFICA DE LA CITA
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PAPER #5
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http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/3027/3468
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PAPER #6
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https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=4687475
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PARTE ESPECÍFICA DE LA CITA
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PAPER #7
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http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=32123148002
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PAPER #8
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http://www.liberlex.com/archivos/Transparencia_FP_JFA.pdf
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PAPER #9
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http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=64631418005
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PAPER #10
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http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/14398/15013
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