universidad surcolombiana - usco.edu.co · 5g /384 - 1 gp 205 • i co - sc 7384 - 1 resoluciÓn...

2
Universidad Surcolombiana Nit. 891.180.084-2 5G /384 - 1 GP 205 • I CO - SC 7384 - 1 RESOLUCIÓN NÚMERO P0435 DE 2016 (2 de marzo) Por la cual se hace un nombramiento de una docente ocasional EL RECTOR (E) DE LA UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA en uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el Artículo 74 de la ley 30 de 1992 y CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 74 de la ley 30 de 1992, los profesores ocasionales deben ser nombrados mediante resolución; Que los profesores ocasionales mediante sentencia C-006 de 1996, expedida por la Corte Constitucional, tienen derecho a que les sean reconocidas y canceladas las prestaciones sociales y demás emolumentos y derechos laborales en igualdad de condiciones con los profesores de planta; Que los profesores ocasionales cumplen las mismas funciones de un profesor de planta, pues tienen las mismas obligaciones que éstos, salvo que su vinculación se hace a través de resolución y esta tiene un carácter temporal; Que conforme al Artículo 5 0 . del Acuerdo 037 de 1993, son profesores ocasionales aquellos que con dedicación de tiempo completo y medio tiempo, sean requeridos transitoriamente por la Universidad, para un período inferior a un (1) año; Que según el Artículo 1° del Acuerdo 059 del 2015 del Consejo Superior Universitario el procedimiento de vinculación de docentes ocasionales a través de concurso de mérito, entra en vigencia a partir del periodo 2016-2; Que en aplicación al Acuerdo 014 del 21 de mayo de 2014 del Consejo Superior Universitario, los aspirantes a docentes Ocasionales para su vinculación con la Universidad no requieren concurso de mérito; Que Mediante oficios 4. VA — CSED-069 del 1 de marzo de 2016 informa que el Comité de Selección y Evaluación Docente, en reunión del 29 de febrero de 2016, contenida en el Acta 005, estudió las solicitudes de vinculación de docentes ocasionales, para el semestre A de 2016; Que el Comité de Asignación de Puntaje -CAP- mediante Acta 04 del 1 de marzo de 2016, puntuó la hoja de vida de la señora CLAUDIA MARCELA HERNÁNDEZ CORTES, asignándole 247 puntos para efectos salariales; Que con fundamento en lo aludido y por necesidad del servicio, para no entorpecer el normal funcionamiento académico de la Facultad de Ingeniería, Departamento de Ingeniería de Petroleos y mientras se adelanta el procedimiento de convocatoria para docentes ocasionales, se hace necesario nombrar a la señora CLAUDIA MARCELA HERNÁNDEZ CORTES, como profesora ocasional de tiempo completo, en reemplazo del profesor ALFONSO ORTIZ, quien se pensionó; AV. Pastrana Borrero - Cra la. PBX: 8754753 FAX: 8758890 - 8759124 Edificio Administrativo Cra. 5 No. 23 - 40 PBX: 8753686 Línea Gratuita Nacional: 018000968722 www.usco.edu.co Neiva - Huila

Upload: dangque

Post on 01-Oct-2018

214 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Universidad Surcolombiana - usco.edu.co · 5G /384 - 1 GP 205 • I CO - SC 7384 - 1 RESOLUCIÓN NÚMERO P0435 DE 2016 ... Que conforme al Artículo 50. del Acuerdo 037 de 1993, son

Universidad Surcolombiana Nit. 891.180.084-2

5G /384 - 1

GP 205 • I

CO - SC 7384 - 1

RESOLUCIÓN NÚMERO P0435 DE 2016 (2 de marzo)

Por la cual se hace un nombramiento de una docente ocasional

EL RECTOR (E) DE LA UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA en uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas

por el Artículo 74 de la ley 30 de 1992 y

CONSIDERANDO:

Que conforme al Artículo 74 de la ley 30 de 1992, los profesores ocasionales deben ser nombrados mediante resolución;

Que los profesores ocasionales mediante sentencia C-006 de 1996, expedida por la Corte Constitucional, tienen derecho a que les sean reconocidas y canceladas las prestaciones sociales y demás emolumentos y derechos laborales en igualdad de condiciones con los profesores de planta;

Que los profesores ocasionales cumplen las mismas funciones de un profesor de planta, pues tienen las mismas obligaciones que éstos, salvo que su vinculación se hace a través de resolución y esta tiene un carácter temporal;

Que conforme al Artículo 50. del Acuerdo 037 de 1993, son profesores ocasionales aquellos que con dedicación de tiempo completo y medio tiempo, sean requeridos transitoriamente por la Universidad, para un período inferior a un (1) año;

Que según el Artículo 1° del Acuerdo 059 del 2015 del Consejo Superior Universitario el procedimiento de vinculación de docentes ocasionales a través de concurso de mérito, entra en vigencia a partir del periodo 2016-2;

Que en aplicación al Acuerdo 014 del 21 de mayo de 2014 del Consejo Superior Universitario, los aspirantes a docentes Ocasionales para su vinculación con la Universidad no requieren concurso de mérito;

Que Mediante oficios 4. VA — CSED-069 del 1 de marzo de 2016 informa que el Comité de Selección y Evaluación Docente, en reunión del 29 de febrero de 2016, contenida en el Acta 005, estudió las solicitudes de vinculación de docentes ocasionales, para el semestre A de 2016;

Que el Comité de Asignación de Puntaje -CAP- mediante Acta 04 del 1 de marzo de 2016, puntuó la hoja de vida de la señora CLAUDIA MARCELA HERNÁNDEZ CORTES, asignándole 247 puntos para efectos salariales;

Que con fundamento en lo aludido y por necesidad del servicio, para no entorpecer el normal funcionamiento académico de la Facultad de Ingeniería, Departamento de Ingeniería de Petroleos y mientras se adelanta el procedimiento de convocatoria para docentes ocasionales, se hace necesario nombrar a la señora CLAUDIA MARCELA HERNÁNDEZ CORTES, como profesora ocasional de tiempo completo, en reemplazo del profesor ALFONSO ORTIZ, quien se pensionó;

AV. Pastrana Borrero - Cra la. PBX: 8754753 FAX: 8758890 - 8759124 Edificio Administrativo Cra. 5 No. 23 - 40 PBX: 8753686

Línea Gratuita Nacional: 018000968722 www.usco.edu.co Neiva - Huila

Page 2: Universidad Surcolombiana - usco.edu.co · 5G /384 - 1 GP 205 • I CO - SC 7384 - 1 RESOLUCIÓN NÚMERO P0435 DE 2016 ... Que conforme al Artículo 50. del Acuerdo 037 de 1993, son

itigi Universidad Surcolombiana

Nit. 891.180.084-2

RESOLUCIÓN NÚMERO P0435 DE 2016 (2 de marzo)

Por la cual se hace un nombramiento de una docente ocasional

SC 7384 - I GP 205 - 1 CO - SC 7384 - I

En mérito de lo expuesto, RESUELVE:

ARTÍCULO lo. Nombrar a la profesora CLAUDIA MARCELA HERNÁNDEZ CORTES, identificada con cédula de ciudadanía número 38.289.580 de Honda (T), corno profesora ocasional, categoría auxiliar, tiempo completo, adscrita a la Facultad de Ingeniería, Departamento de Ingeniería de Petroleos.

ARTÍCULO 2o. Que la profesora CLAUDIA MARCELA HERNÁNDEZ CORTES devengará una asignación mensual de DOS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS PESOS ($2.777.762) M/CTE, que corresponde a 247 puntos por valor de $11.246 cada uno, para un valor total de DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL VEINTITRES PESOS ($16.384.023) M/CTE, que corresponde a los salarios devengados por la profesora y sus prestaciones sociales, según detalle:

TOTAL SUELDO MÁS VACACIONES

TOTAL PRESTAC SOCIALES

TOTAL SEGURIDAD SOCIAL

TOTAL PARAFISCALES

TOTAL VIGENCIA

$10.451.358 $3.076.767 $2.027.329 $828.569 S16.384.023

ARTÍCULO 3o. Que se cuenta con el certificado de disponibilidad presupuestal según CDP No. 103-1600018 expedido por la Oficina de Presupuesto.

ARTÍCULO 4o. El presente nombramiento se hace desde el cuatro (4) de marzo y hasta el diecisiete (17) de junio de 2016.

ARTÍCULO 5o. La presente Resolución se notificará a la profesora CLAUDIA MARCELA HERNÁNDEZ CORTES, de conformidad con los términos establecidos en la Ley 1437 de 2011-CPACA-

ARTÍCULO 6o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Neiva, a los dos (2) días del mes de marzo de 2016.

ALBe1440UCUARA MAN IQUE EDWIN ALIRIO TRUJILLO CERQUERA Rector (E) T4 Secretario General

Proyectado por: MIGU. ANGEL GUTIÉ ANTURY Pri*sional _de Gestión Institucional Área de Personal

Revisado por: SECRETARLA GENERAL

Eia6oró: Lifia EsmifSantofimio Tí«

AV. Pastrana Borrero - Cra la. PBX: 8754753 FAX: 8758890 - 8759124 Edificio Administrativo Cra. 5 No. 23 - 40 PBX: 8753686

Línea Gratuita Nacional: 018000968722 www.usco.edu.co Neiva - Huila