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Anexo Osakidetza 1 1 VIOLENCIA DE GÉNERO. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE MALOS TRATOS 1. INTRODUCCIÓN Violencia doméstica: Atentado contra la integridad física y moral. Ataque directo a la dignidad. Violación de los derechos humanos. Problema social grave. Requiere de la implicación de toda la sociedad especialmente política. La violencia doméstica tiene gran importancia por: Gran frecuencia. Gravedad de lesiones físicas y psíquicas incluso con resultado de muerte. Alto coste socioeconómico. Este protocolo está dentro del IV Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV). Objetivo: "detectar lo antes posible los casos de maltrato, asistir a la persona maltratada y facilitar todos los pasos precisos para que la víctima pueda contar lo antes posible con una atención integral (sanitaria, jurídica y social)" La actuación del Departamento de Sanidad y Osakidetza queda encuadrada en el marco del Acuerdo Interinstitucional para la Mejora en la Atención a las Mujeres Víctimas de Maltrato en el Ámbito Doméstico y de la Violencia Sexual. La actuación de los servicios sanitarios queda marcada por este protocolo. El PROTOCOLO sanitario tiene como objetivo establecer pautas comunes de actuación en la CAPV para asegurar una atención sanitaria integral a las mujeres víctimas de maltrato doméstico, de agresión o abuso sexuales que acuden a un centro sanitario.

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AnexoOsakidetza1

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VIOLENCIA DE GÉNERO. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE MALOS TRATOS

1. INTRODUCCIÓN Violencia doméstica:

• Atentado contra la integridad física y moral. • Ataque directo a la dignidad. • Violación de los derechos humanos. • Problema social grave.

Requiere de la implicación de toda la sociedad especialmente política.

La violencia doméstica tiene gran importancia por:

• Gran frecuencia. • Gravedad de lesiones físicas y psíquicas incluso con resultado de

muerte. • Alto coste socioeconómico.

Este protocolo está dentro del IV Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV).

Objetivo: "detectar lo antes posible los casos de maltrato, asistir a la persona maltratada y facilitar todos los pasos precisos para que la víctima pueda contar lo antes posible con una atención integral (sanitaria, jurídica y social)"

La actuación del Departamento de Sanidad y Osakidetza queda encuadrada en el marco del Acuerdo Interinstitucional para la Mejora en la Atención a las Mujeres Víctimas de Maltrato en el Ámbito Doméstico y de la Violencia Sexual.

La actuación de los servicios sanitarios queda marcada por este protocolo.

El PROTOCOLO sanitario tiene como objetivo establecer pautas comunes de actuación en la CAPV para asegurar una atención sanitaria integral a las mujeres víctimas de maltrato doméstico, de agresión o abuso sexuales que acuden a un centro sanitario.

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2. PAUTAS DE ACTUACIÓN ANTE EL MALTRATO EN EL ÁMBITO DOMÉSTICO.

2.1. ACTUACIÓN ANTE EL MALTRATO CON LESIONES FÍSICAS O PSÍQUICAS AGUDAS EVIDENCIALES.

1. Prestar asistencia terapéutica correspondiente. 2. Si hay abuso sexual seguir procedimiento que se describe

posteriormente. 3. Una vez finalizada la atención se inicia el protocolo rellenando el parte

de lesiones.

Este Parte de lesiones incorpora los siguientes apartados:

• Datos de filiación de la víctima (nombre, edad, sexo, dirección...). • Exposición de los hechos que motivan la asistencia según

declaración de la víctima (reflejar fecha, hora y lugar de la agresión, persona agresora si se conoce y tipo de maltrato físico o psíquico o ambos).

• Antecedentes personales de interés en relación con las lesiones. • Exploración física (descripción de las lesiones -forma, tamaño o

dimensiones, ubicación y aspectos descriptivos del color, siendo aconsejable la toma de fotografías previo consentimiento de la víctima).

• Estado emocional actual. • Exploraciones complementarias. • Diagnóstico. • Tratamiento. • Plan de actuación y observaciones especificando, según cada

caso, si se deriva a la víctima a Atención Primaria, a un hospital para su ingreso en el mismo, a Servicios Sociales o al Servicio de Asistencia a la Víctima...

4. Una vez cumplimentado el parte de lesiones se hará una lectura del mismo a la víctima y se remitirá a la mayor brevedad al juzgado de guardia, según el modelo de “Oficio-Remisión”.

5. Se debe entregar el parte de lesiones y del oficio-remisión a la persona interesada, pero si compromete su seguridad, puede recogerlo una persona designada por la victima de confianza.

6. Copia de ambos documentos a la historia clínica. 7. Si se atiende en urgencia hospitalaria o atención especializada se hará

copia del informe para que la víctima entregue al médico que va a hacer el seguimiento.

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8. Asesorar a la víctima sobre medidas sociales y de protección o bien por servicio social del hospital, o bien por contacto urgente con Servicios Sociales y con el Servicio de Asistencia a la Víctima.

9. Si hay riesgo para la seguridad e integridad física de la víctima, se solicitará presencia policial a través del SOS-Deiak.

2.2. SITUACIONES DE MALTRATO FÍSICO O PSÍQUICO SIN LESIONES EVIDENCIABLES.

• Ante la sospecha es necesario descartar. En el primer año una gran parte de las víctimas acude a atención primaria, por lo que es un medio muy importante para la detección precoz. Mantener entrevista clínica en ambiente de confianza.

• Si la mujer reconoce estar en una situación de maltrato hay que hacer una exploración minuciosa para buscar posibles lesiones.

• Si no quiere denunciar, hay que explicar que es un derecho y una forma de romper con la relación violenta. Explicar que los profesionales están obligados por ley a poner este tipo de hechos en conocimiento del juzgado.

• Si la persona no reconoce estar en situación de maltrato, y no haya elementos de juicio suficientes para considerar que existe una sospecha fundad, se registrarán en la historia clínica los indicios existentes, actuaciones realizadas y se prestará atención a los problemas físicos, psíquicos, sociales, encontrados y se ofertarán visitas de seguimiento.

3. PAUTAS DE ACTUACIÓN ANTE AGRESIÓN O ABUSO SEXUAL.

3.1. ACTUACIÓN ANTE AGRESIÓN O ABUSO SEXUAL RECIENTE (MENOS DE 72 HORAS)

• Remitir la víctima lo más rápido posible al hospital más cercano. • El hospital llamará el médico forense. Salvo gravedad y riesgo vital se

esperará a que se persone. La víctima permanecerá acompañada tratando de humanizar la situación.

• El médico hospitalario realizará la función asistencial y el forense la investigadora. Pedir el consentimiento de la víctima de las actuaciones a realizar.

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• Una vez finalizadas las dos actuaciones se procederá a cumplimentar el parte de lesiones.

1. Datos de filiación de la víctima (nombre, edad, sexo, dirección...). 2. Exposición de los hechos que motivan la asistencia según

declaración de la víctima (reflejar fecha, hora y lugar de la agresión, y persona agresora si se conoce).

3. Antecedentes personales de interés en relación con las lesiones. 4. Exploración física (descripción de las lesiones: forma, tamaño o

dimensiones, ubicación y aspectos descriptivos del color, siendo aconsejable la toma de fotografías previo consentimiento de la víctima).

5. Exploración ginecológica. 6. Estado emocional actual. 7. Exploraciones complementarias. • 8. Diagnóstico. 9. Tratamiento. 10. Plan de acutación y observaciones especificando si se deriva a

servicios sociales, atención primaria o a un hospital para su ingreso

• Una vez finalizado, lectura del parte a la víctima y remitir al juzgado de guardia según el modelo de Oficio-Remisión.

• Se entregan copias a la víctima, salvo que comprometa su seguridad personal que se indica a una persona de confianza.

• Guardar copia en la historia de ambos documentos. • Se redactará informe para entregar a médico que haga el seguimiento

cuando se atienda en urgencia o atención especializada. • Asesoramiento a la víctima.

3.2. ACTUACIÓN ANTE AGRESIÓN O ABUSO SEXUAL NO RECIENTE.

• Asistencia a lesiones físicas y psíquicas. • Cumplimentación del parte de lesiones según las pautas ya indicadas.