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Contenido de proyectos y Reglamentos

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  • UNIDAD TEMTICA 4

    CONTENIDOS DEL PROYECTO Y REGLAMENTACION

    MSTER UNIVERSITARIO EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES

    CURSO 2014-2015

    ASIGNATURA GESTION Y DIRECCION DE PROYECTOS

  • UNIDAD 4. CONTENIDOS DEL PROYECTO Y REGLAMENTACION

    MSTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES 1

    NDICE Pgina

    OBJETIVOS. ................................................................................................................................. 3 INTRODUCCION. ......................................................................................................................... 5

    4.1. DOCUMENTOS BASICOS DEL PROYECTO. ............................................................ 7 4.2. NORMATIVAS SOBRE CONTENIDOS DEL PROYECTO. ........................................ 7

    4.2.1. CONTENIDOS DE LOS PROYECTOS GENERALES ........................................... 9 4.2.2. CONTENIDOS DE LOS PROYECTOS ESPECFICOS ....................................... 15 4.2.3. CONTENIDOS SEGN LA TIPOLOGA DEL PROYECTO ................................. 16

    4.3. REGLAMENTACION APLICABLE A LOS PROYECTOS. ....................................... 17 4.3.1. NORMATIVA DE CARACTER GENERAL ........................................................... 18 4.3.2. NORMATIVA SOBRE CONSTRUCCION ............................................................ 20 4.3.3. NORMATIVA SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ....................... 20 4.3.4. NORMATIVA SOBRE SEGURIDAD INDUSTRIAL .............................................. 21 4.3.5. NORMATIVA SOBRE SEGURIDAD ALIMENTARIA ........................................... 25 4.3.6. NORMATIVA ZOOTECNICA ................................................................................ 26 4.3.7. NORMATIVA SOBRE MEDIO AMBIENTE ........................................................... 27 4.3.8. OTRAS NORMATIVAS ......................................................................................... 32

    RESUMEN. .................................................................................................................................. 32

  • UNIDAD 4. CONTENIDOS DEL PROYECTO Y REGLAMENTACION

    MSTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES 3

    OBJETIVOS.

    Conocer las diferentes normativas que regulan los contenidos que han de incluir los proyectos

    Estudiar los contenidos bsicos exigidos por las normativas principales

    Conocer los diferentes grupos de normas y reglamentaciones que deben cumplir los proyectos segn sus particularidades

    Conocer qu diferentes normas y reglamentaciones que afectan a dichos proyectos

  • UNIDAD 4. CONTENIDOS DEL PROYECTO Y REGLAMENTACION

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    INTRODUCCION.

    En la presente Unidad se hace un repaso inicial de los diferentes documentos que debe contener un proyecto, incluyendo los documentos conocidos como Anexos al mismo.

    En segundo lugar se ocupa de las diferentes normativas sobre contenidos de los proyectos y de cada uno de sus documentos, en funcin del tipo de proyecto de que se trate; si se trata de proyectos generales, de proyectos especficos de instalaciones industriales, de proyectos de regados, etc., y tambin sobre los contenidos habituales en funcin de la temtica concreta del proyecto.

    Finalmente se realiza una relacin de la reglamentacin obligatoria de los proyectos, de manera desglosada por grupos, desde la reglamentacin general que afectar a todos o la mayora de los proyectos, hasta la de tipo ms especfico que afectar a solo algunos proyectos ms concretos en funcin de su objetivo temtico, y las implicaciones que sobre determinados aspectos tenga: medioambientales, sanitarias, etc.

    No obstante, ha de tenerse en cuenta en relacin con los aspectos legales de los proyectos (normas a seguir, etc.), el enorme carcter cambiante de los mismos, y la necesidad que implica, por tanto, para el profesional relacionado con los proyectos en el campo de la ingeniera, de permanecer contantemente alerta sobre la continua aparicin de nuevas normas o modificaciones de las existentes, a veces sutiles, pero importantes, sobre algunos aspectos que pueden tener transcendencia en un determinado proyecto.

  • GESTION Y DIRECCION DE PROYECTOS

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  • UNIDAD 4. CONTENIDOS DEL PROYECTO Y REGLAMENTACION

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    4.1. DOCUMENTOS BASICOS DEL PROYECTO.

    Todas las normativas y referencias a los contenidos documentales de los proyectos de Ingeniera coinciden en la relacin de documentos que han de incluir los proyectos. Estos documentos son cuatro: Memoria, Planos, Pliego de condiciones y mediciones y Presupuesto.

    Adems de estos cuatro documentos que podemos denominar bsicos (no confundir con la denominacin Documento Bsico del Cdigo Tcnico de la Edificacin), segn lo exigido por el RD 1627/1997 de disposiciones mnimas de seguridad y salud en las obras de construccin, se hace necesario acompaar a los proyectos, de un documento denominado Estudio bsico de seguridad y salud ( Estudio bsico de seguridad y salud, para proyectos de menor relevancia para la seguridad segn lo recogido en dicho RD).

    As pues, un proyecto de Ingeniera estara compuesto de estos cuatro o cinco documentos, en funcin de si el ESS EBSS es considerado como un documento diferenciado del resto de los del proyecto o si se incluye como un Anexo a la Memoria (como a veces suele ocurrir en el caso de proyectos para los que solo se exige el mencionado Estudio bsico de seguridad y salud (EBSS).

    El resto de documentacin relacionada con el proyecto, que puede ser necesaria para la realizacin de determinados trmites o gestiones, pero que no es imprescindible para la ejecucin material del mismo, no se considera documentacin del proyecto (considerado ste como documento tcnico y no como documento empresarial).

    En este sentido, documentos como por ej. el Estudio de impacto ambiental (EIA), imprescindible para la autorizacin ambiental de determinados proyectos, o un estudio econmico-financiero, habitualmente necesario para obtener la financiacin de ciertos proyectos o solicitar algn tipo de ayuda pblica, si bien desde un punto de vista amplio del proyecto (proyecto empresarial) son necesarios, desde el de la sola ejecucin material, no lo son, por lo que no se han de considerar como documentos integrantes del proyecto.

    No obstante, no hay que perder de vista que en el proyecto (proyecto tcnico) deben estar incluidas todas aquellas obras e instalaciones necesarias para que lo ejecutado resulte ajustado a la normativa diversa que le sea de aplicacin, por lo que, por ej., unas medidas correctoras propuestas en el Estudio de impacto ambiental de dicho proyecto, deberan estar incluidas en el mismo, al tratarse de acciones materiales ejecutables (en construccin o instalacin), lo que no significa que el citado EIA se incluya como documento del proyecto, como antes se ha dicho.

    4.2. NORMATIVAS SOBRE CONTENIDOS DEL PROYECTO.

    La regulacin sobre los contenidos de los proyectos podemos clasificarla segn la tipologa del proyecto, as pues distinguiremos:

    - Proyectos de tipo general

    - Proyectos especficos

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    - Proyectos generales: estos son proyectos que incluyen el conjunto de obras, instalaciones y maquinaria, etc. considerados en el proyecto. Su finalidad fundamental es la ejecucin material de las obras e instalaciones que incluye el proyecto. Es un documento ejecutivo que incluye la ingeniera de detalle, para poder transformar lo diseado en una realidad material. Esta es su principal funcin (la funcin tcnica) adems de la econmica en cuanto que debe incluir el presupuesto completo y detallado de toso el proyecto. Pero adems de estas funciones (tcnica y econmica), debe cumplir una funcin administrativa y tambin legal.

    En este ltimo sentido, ha de cumplir con las exigencias normativas de contenidos mnimos actuales, que bsicamente son las exigidas por el Cdigo tcnico de la Edificacin (CTE) y en menor medida otras, como la Instruccin de Hormign Estructural (EHE), y sin cuya justificacin, no podr sortear con xito los trmites a que va a ser sometido, principalmente relacionados con la licencia municipal de obra (funcin administrativa).

    - Proyectos especficos: estos proyectos tienen como finalidad habitualmente la tramitacin administrativa de las correspondientes autorizaciones, registros, etc. Adems pueden servir como documentos tcnicos a nivel de ingeniera de detalle, para la ejecucin de las obras o instalaciones especficas que incluyen.

    El caso ms usual de este tipo de proyectos es el relacionado con las instalaciones industriales sujetas a reglamentos de seguridad industrial, las cuales requieren ser registradas en los correspondientes organismos de las Comunidades Autnomas (CCAA) y en algunos casos concretos hasta es preciso autorizacin previa a su ejecucin, como el caso de las instalaciones de AT, etc.

    Para realizar dichos trmites administrativos (tanto si se trata de registro de la instalacin como si se precisa de autorizacin previa) se necesitar de la redaccin de un proyecto especfico (en la mayora de los casos) o de una memoria tcnica (redactada en este caso por el instalador autorizado correspondiente), junto con los certificados de direccin de obra (en caso de necesitar proyecto tcnico) y de instalacin (realizado ste por el instalador autorizado), adems de cierta documentacin complementaria que depender del tipo de instalacin de que se trate y las exigencias concretas de la reglamentacin aplicable de seguridad industrial (reglamento tcnico de dicha instalacin).

    Otros organismos pueden igualmente requerir la presentacin de proyectos especficos relacionados con obras o instalaciones de su competencia que estn incluidas en el proyecto general, como es el caso de instalaciones de depuracin, para la obtencin de las autorizaciones de vertido (por parte de la correspondiente Confederacin Hidrogrfica), o de obras en el entorno (zonas de afeccin) de vas de comunicacin (carreteras, lneas frreas, etc.), o que afecten a dichas vas (por ej. por la adecuacin de accesos a una industria) por parte de la Direccin general de carreteras de la Comunidad Autnoma en cuestin, o del Ministerio de Fomento (en su caso, en funcin de la categora de la va de comunicacin). Las obras en zona de afeccin de cauces pblicos (segn la Ley de aguas) representan otra situacin que suelen requerir este tipo de tramitaciones con la consiguiente redaccin del correspondiente Proyecto tcnico especfico (paso de ramblas por tuberas, etc.), en este caso de nuevo por la Confederacin Hidrogrfica competente.

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    Para este tipo de proyectos especficos, los diferentes organismos pblicos que realizan la tramitacin de los mismos, exigen que dichos proyectos se ajusten a determinados formatos o contenidos mnimos, por lo general derivados de las exigencias de las normativas tambin especficas que les fueran de aplicacin. El caso ms paradigmtico es el de las instalaciones sujetas a reglamentacin de seguridad industrial, en las que, adems de los reglamentos correspondientes, de mbito nacional, en muchos casos derivados de Directivas europeas, es habitual la publicacin de normas autonmicas que especifican los contenidos mnimos de los proyectos especficos, de manera diferenciada por tipo de instalacin. Por suerte este tipo de exigencia, en detalle, suele ser bastante parecida, sino igual, de unas a otras CCAA.

    Aparte de los tipos de proyectos descritos, hemos de recordar la especificad de los proyectos redactados para las obras o instalaciones promovidas por las Administraciones Pblicas (AAPP), que, como se ver en el tema correspondiente, han de responder a lo establecido en la normativa especfica de contratacin del sector pblico (RDL 3/2011 de 14 de noviembre del texto refundido de la ley de contratos del sector pblico), donde se fijan determinados contenidos mnimos para los proyectos de promocin pblica.

    Es importante aclarar que la exigencia de contenidos mnimos no es excluyente en el sentido que es posible que un mismo proyecto deba responder a contendidos mnimos distintos en funcin del organismo que vaya a realizar su tramitacin administrativa, de manera que es posible que de un mismo proyecto sea necesario realizar alguna variante con el objeto de cumplir con los requisitos de un determinado organismo interesado en el mismo.

    4.2.1. CONTENIDOS DE LOS PROYECTOS GENERALES

    No obstante lo dicho, podemos establecer como normas generales sobre contenidos mnimos de los proyectos las siguientes:

    1. Los proyectos generales de ingeniera (proyectos de ejecucin), han de cumplir con los contenidos mnimos establecidos en el CTE, adems de la informacin tcnica suficiente para la ejecucin completa del proyecto.

    2. En el caso de proyectos para obras e instalaciones de promocin pblica, adems de lo anterior, habr de incluirse las exigencias en contenidos establecidas en la normativa de contratacin del sector pblico (citada ms arriba), de manera complementaria a lo exigido por el CTE, es decir que son compatibles dichas exigencias en un mismo documento.

    3. Las obras e instalaciones incluidas en un proyecto general que, por estar sujetas a determinadas autorizaciones, requieran de la elaboracin de un proyecto especfico, adems de estar definidas en el proyecto general, debern contar con el correspondiente proyecto especfico que, por lo general y conforme se ha dicho, estar sujeto a determinados contenidos mnimos que, por supuesto, habrn de cumplirse.

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    Aparte de lo dicho, hay que tener en cuenta que, frecuentemente, en los proyectos generales, si bien es normal y necesaria la inclusin de los detalles relacionados con la construccin, no lo es tanto en lo relacionado con las instalaciones de servicios industriales, en tanto que, al darse la necesidad de realizar los mencionados proyectos especficos, es en stos donde se incluye dichos detalles de ejecucin, de manera que en ese caso el proyecto general pierde su condicin de proyecto de ejecucin si no va acompaado de los correspondientes proyectos especficos (a modo de Anexos del mismo), considerndose en este caso un documento con funcin meramente administrativa. Segn el CTE, en la memoria del proyecto debe aparecer la referencia a los proyectos parciales y otros documentos tcnicos, correspondiendo al proyectista su integracin en el proyecto y la coordinacin entre ellos.

    4.2.1.1. CONTENIDOS MNIMOS DE LOS PROYECTOS SEGN EL CTE

    Con la aprobacin del Cdigo Tcnico de la Edificacin (RD 314/2006) se genera un nuevo marco normativo sobre la edificacin que afecta tambin a los contenidos de los proyectos que incluyen elementos de edificacin. As, en la Parte I de dicha norma, en su Captulo 2 de Condiciones tcnicas y administrativas, y dentro de sta en el artculo 6 sobre Condiciones del proyecto, se establecen en el apartado 1, de manera genrica lo que debe constituir los contenidos que necesariamente deben incluir los proyectos:

    el proyecto describir el edificio y definir las obras de ejecucin del mismo con el detalle suficiente para que puedan valorarse e interpretarse inequvocamente durante la ejecucin,

    Lo que constituye ms o menos la interpretacin tradicional de lo que se entenda que deba de ser el nivel de detalle exigido a los proyectos, claro est, de manera efectivamente genrica. A continuacin, explicita algo ms dicho nivel de detalle:

    con relacin al CTE, el proyecto definir las obras proyectadas con el detalle adecuado a sus caractersticas, de modo que pueda comprobarse que las soluciones propuestas cumplen las exigencias bsicas de este CTE y dems normativa aplicable.

    Esta definicin incluir al menos la siguiente informacin:

    a. las caractersticas tcnicas mnimas que deben cumplir los productos, equipos y sistemas que se incorporen de forma permanente al edificio proyectado, as como sus condiciones de suministro, las garantas de calidad, y el control de recepcin que deba realizarse;

    b. las caractersticas tcnicas de cada unidad de obra, con indicacin de las condiciones para su ejecucin y las verificaciones y controles a realizar para comprobar su conformidad con lo indicado en el proyecto. Se precisarn las medidas a adoptar durante la ejecucin de las obras y en el uso y mantenimiento del edificio, para asegurar la compatibilidad entre los diferentes productos, elementos y sistemas constructivos;

    c. las verificaciones y pruebas de servicio que, en su caso, deban realizarse para comprobar las prestaciones finales del edificio, y;

    d. las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado, de conformidad con lo previsto en el CTE y dems normativa de aplicacin.

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    Y se diferencia desde el punto de vista administrativo entre dos tipos de documentos que denomina: proyecto bsico y proyecto de ejecucin, los cuales deben cumplir las siguientes condiciones:

    - proyecto bsico: definir las caractersticas generales de la obra y sus prestaciones mediante la adopcin y justificacin de soluciones concretas. Su contenido ser suficiente para solicitar la licencia municipal de obras, las concesiones u otras autorizaciones administrativas, pero insuficiente para iniciar la construccin del edificio. Aunque su contendida no permita verificar todas las condiciones que exige el CTE, definir las prestaciones que el edificio proyectado ha de proporcionar para cumplir las exigencias bsicas y, en ningn caso, impedir su cumplimiento; y

    - proyecto de ejecucin: desarrollar el proyecto bsico y definir la obra en su totalidad sin que en l puedan rebajarse las prestaciones declaradas en el bsico, ni alterarse los usos y condiciones bajo las que, en su caso, se otorgaron la licencia municipal de obras, las concesiones u otras autorizaciones administrativas, salvo en aspectos legalizables. El proyecto de ejecucin incluir los proyectos parciales u otros documentos tcnicos que, en cu caso, deban desarrollarlo o completarlo, los cuales se integrarn en el proyecto como documentos diferenciados bajo la coordinacin del proyectista.

    Obsrvese en la descripcin de proyecto de ejecucin como se hace referencia a lo reflejado en el ltimo prrafo del punto 4.2.1 anterior, sobre el empleo de los proyectos parciales o especficos.

    Finalmente se hace referencia al Anexo I de la citada norma en la que viene detallada la relacin de los contenidos que ha de incluir un proyecto de edificacin, a los efectos de cumplimiento del este CTE. A continuacin se acompaan los cuadros de contenidos de dicho Anejo 1:

    Tabla 4.1.- Anejo I del CTE: Contenido del proyecto

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    Tabla 4.1.- Anejo I del CTE: Contenido del proyecto (cont)

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    Tabla 41.- Anejo I del CTE: Contenido del proyecto (cont)

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    Tabla 4.1.- Anejo I del CTE: Contenido del proyecto (cont)

    En la anterior tabla vienen sealados con un * los contenidos mnimos necesarios en el caso de tratarse de un proyecto bsico en vez de proyecto de ejecucin.

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    4.2.2. CONTENIDOS DE LOS PROYECTOS ESPECFICOS

    Los proyectos parciales (o especficos como tambin se les llama) son proyectos de ejecucin de partes concretas de un proyecto general que, adems, en la mayora de las ocasiones, tienen una funcin administrativa concreta, en tanto que sirven como justificacin del cumplimiento de determinadas normativas, en funcin de dicha norma y del organismo pblico que los tramita. El caso ms frecuente es el de los proyectos especficos de instalaciones sujetas a reglamentos de seguridad industrial, normativas de mbito nacional, cuya tramitacin se lleva a cabo por cada comunidad autnoma, de manera que finalmente son dichas CCAA las que establecen el detalle de los contenidos mnimos que dichos proyectos han de contener, con el doble objeto de cumplir el reglamento correspondiente y facilitar el trmite administrativo.

    Tambin otras administraciones han establecido normativas sobre contenidos mnimos, como es el caso de algunas consejeras de agricultura de comunidades autnomas para los proyectos de modernizacin de regados que en ellas se desarrollan, en tanto que dichos proyectos son en la mayora de las ocasiones objeto de subvenciones pblicas relacionadas con el ahorro y la eficiencia en el uso del agua de riego, lo que implica un control pblico sobre dichos proyectos, y por consiguiente una gestin que se facilita mediante la normalizacin documental de sus contenidos.

    A continuacin se relacionan los tipos de proyectos especficos relacionados con normativas de seguridad industrial que nos podemos encontrar, por ej., en la Comunidad Autnoma de la Regin de Murcia (Resolucin de 4/11/2002 de la DGIEM de desarrollo de la Orden de 9/09/2002 de la Consejera de Ciencia, Tecnologa, Industria y Comercio por la que se adoptan medidas de normalizacin en la tramitacin de expedientes en materia de industria, energa y minas).

    1. Nuevas industrias (*)

    2. Ampliacin y/o traslado de industrias (*)

    3. Lneas elctricas areas de alta tensin (AT) (*)

    4. Lneas elctricas subterrneas de AT (*)

    5. Centros de transformacin tipo interior (*)

    6. Centros de transformacin tipo intemperie (*)

    7. Instalaciones elctricas de baja tensin (BT) en industrias (*)

    8. Instalaciones elctricas en BT en edificios destinados a viviendas

    9. Instalaciones de BT en locales u otros establecimientos (excluidos los destinados a usos industriales y viviendas)

    10. Instalaciones de alumbrado pblico

    11. Lneas elctricas areas de BT (*)

    12. Lneas elctricas subterrneas de BT (*)

    13. Instalaciones de almacenamiento y/o receptoras de GLP (*)

    14. Redes y acometidas de combustibles gaseosos (**)

    15. Instalaciones receptoras de gas canalizado para uso comercial o industrial(**)

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    16. Aprobacin de tipo nico de aparato que consume gas como combustible (**)

    17. Instalaciones trmicas de los edificios (*)

    18. Instalaciones petrolferas de almacenamiento para su consumo en la propia instalacin (IP-03) (*)

    19. Instalaciones petrolferas de carburantes y/o combustibles para suministro a vehculos (IP-04) (**)

    20. Instalaciones de calderas, economizadores, precalentadores, redes de tuberas y aparatos a presin (*)

    21. Instalaciones de aparatos a presin sin ITC del reglamento de aparatos a presin (**)

    22. Instalaciones de aire comprimido (*)

    23. Plantas e instalaciones frigorficas (*)

    24. Instalaciones interiores para suministro de agua potable (*)

    25. Instalacin de gras torre

    26. Estudio tcnico de reforma de vehculos automviles

    27. Instalacin de proteccin contra incendios en establecimientos industriales y edificios diversos (*)

    Adems de establecer los contenidos por tipos de los diferentes proyectos, esta normativa incluye los modelos de los certificados finales de obra de las diferentes instalaciones, con la informacin que cada uno ha de incluir, etc.

    En la anterior relacin vienen sealados con un (*) los tipos de proyectos especficos correspondientes a las instalaciones industriales que con mayor frecuencia nos encontramos en el sector agrario y agroindustrial.

    Con (**) se han marcado los correspondientes a instalaciones menos frecuentes en los proyectos de dicho sector.

    4.2.3. CONTENIDOS SEGN LA TIPOLOGA DEL PROYECTO

    Aparte de los contenidos mnimos que puedan ser exigidos por diferentes normativas que afecten a los proyectos, es importante tener en cuenta que cada tipologa de proyectos, entendiendo por tal a cada grupo de proyectos definido por el tipo de objeto del proyecto, requerir unos contenidos mnimos que, en general, vendrn determinados por los diversos aspectos tcnicos que definen el objeto de dicho proyecto.

    As pues, en un proyecto de una red de modernizacin de regados para una comunidad de regantes, se requerirn numerosos planos a pequea escala relacionados con la distribucin de parcelas, trazado de tuberas, cotas del terreno, etc.; mientras que en otro de implantacin de una nueva industria, existir una serie profusa de planos de detalles a gran escala de las secciones de las distintas instalaciones de servicios industriales (tuberas de agua, aire comprimido, instalacin frigorfica, vapor, canalizaciones elctricas de fuerza, alumbrado y mando, etc.) Igualmente ocurrir con otros documentos o diferente informacin de la incluida en el proyecto (anejos, partidas del presupuesto, pliegos de condiciones, etc.), siguiendo

  • UNIDAD 4. CONTENIDOS DEL PROYECTO Y REGLAMENTACION

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    siempre la mxima de que el nivel de detalle requerido habr de ser el necesario para que las obras puedan valorarse e interpretarse inequvocamente durante su ejecucin.

    Aunque es posible una clasificacin ms pormenorizada (o subdivisin) de las distintas tipologas de los proyectos en el sector agrario y agroindustrial, a continuacin se recoge una relacin no exhaustiva de dichos tipos de proyectos, en funcin del objeto de los mismos:

    a. Proyectos de industrias agroalimentarias (conserveras, lcteas, crnicas, manipulacin hortofrutcola, de bebidas, bodegas, etc.)

    b. Proyectos de modernizacin de regados

    c. Proyectos de jardinera, paisajismo e instalaciones deportivas

    d. Proyectos de invernaderos

    e. Proyectos de explotaciones ganaderas (porcino, ovino-caprino, vacuno, aves, etc.)

    En algunos casos concretos se han llegado a desarrollar normativas concretas de contenidos mnimos de alguna de estas clases de proyectos, lo que generalmente ocurre cuando es necesario un control administrativo ms riguroso como consecuencia de estar por ejemplo sujetos a algn tipo de ayuda pblica. Es el caso de los proyectos de mejora y modernizacin de regados, para los que, por ejemplo en la Comunidad Autnoma de la Regin de Murcia se han establecido unos contenidos mnimos en la Orden de 25/05/2007 de la Consejera de Agricultura.

    En las asignaturas especficas dedicadas a los distintos grupos de proyectos relacionados, se detallarn los contenidos habituales de dicha tipologa de proyectos.

    4.3. REGLAMENTACION APLICABLE A LOS PROYECTOS.

    Ms all de la normativa relacionada con los aspectos formales de los proyectos, sus contenidos mnimos requeridos, etc., est la que regula los propios aspectos tcnicos de aquellos, es decir la que atae a aspectos de diseo, construccin, control, seguridad, calidad, sanidad, medio ambiente, etc., correspondiente a todos y cada uno de los subsistemas o partes diferenciadas en que se puede descomponer un proyecto. Toda esta normativa, adems de, ser aplicada, como no puede ser de otra forma, en cada proyecto (segn el caso concreto), habr de ser obligatoriamente relacionada en documento que los describe (habitualmente en la Memoria descriptiva y el Pliego de condiciones), con el objeto de que pueda comprobarse su observancia por los diferentes organismos, administraciones o personas que se interesan en el mismo.

    Entre la normativa, habr de distinguirse los diferentes mbitos territoriales de cada una, en el sentido de que existirn normas de mbito estatal, otras de mbito de cada comunidad autnoma y otras de carcter local, impuestas por los ayuntamientos. Tambin existe normativa de obligado cumplimiento derivada del ordenamiento jurdico europeo (Directivas) que cada vez con ms frecuencia marcan las lneas a seguir en muchos aspectos. En la relacin de normas de los apartados siguientes, se seala entre parntesis el mbito de aplicacin de cada una de las normas, con la siguiente notacin:

    (E): europea

  • GESTION Y DIRECCION DE PROYECTOS

    18 MASTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES

    (N): nacional

    (A): autonmico

    (L): local

    En los siguientes apartados se relacionan las diferentes normas que ataen a los proyectos en el sector agroalimentario, por grupos, en funcin de la temtica objeto de dichas normas.

    Junto a cada norma se hace referencia, en los casos considerados ms relevantes desde el punto de vista aclaratorio, al objeto y mbito de aplicacin de la misma.

    Tambin es importante tener en cuenta las modificaciones que en muchas de estas normas ha originado la reciente aprobacin de la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (Ley 17/2009 de 23 de noviembre, Ley 25/2009 y RD 560/2010) y sus modificaciones, conocida como ley mnibus, y que por tener un carcter transversal no se recoge para cada uno de los casos.

    Por otra parte, respecto de la normativa de mbito autonmico, se ha recogido, por no hacerlo excesivamente extenso, nicamente la correspondiente a las comunidades autnomas de Valencia y Murcia, por ser las ms prximas a nuestra ubicacin universitaria y teniendo en cuenta que es bastante frecuente la existencia de legislacin similar para el resto de comunidades, fcilmente localizable en la web.

    4.3.1. NORMATIVA DE CARACTER GENERAL

    En este apartado de reglamentacin general se incluyen varias normativas relacionadas con las condiciones de las edificaciones y el rgimen de uso del suelo, que en unos casos tendrn mbito estatal, en otros ser autonmico y tambin local.

    - Ley 38/1999 de 5 de noviembre de Ordenacin de la Edificacin (N)

    o Tiene por objeto regular en sus aspectos esenciales el proceso de la edificacin, estableciendo las obligaciones y responsabilidades de los agentes que intervienen en dicho proceso, as como las garantas necesarias para el adecuado desarrollo del mismo, con el fin de asegurar la calidad mediante el cumplimiento de los requisitos bsicos de los edificios y la adecuada proteccin de los intereses de los usuarios.

    o Dentro del mbito de aplicacin, se hace mencin explcita a los edificios de tipo agropecuario e industrial, entre otros.

    - RDL 2/2008 de 20 de junio por el que se aprueba el texto refundido de la ley del suelo (N)

    - RD 3288/1978 de 25 de agosto, de por el que se aprueba el Reglamento de Gestin urbanstica para el desarrollo y aplicacin de la Ley sobre rgimen de suelo y ordenacin urbana (N)

    - RD 2187/1987 de 23 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina urbanstica para el desarrollo y aplicacin de la Ley sobre rgimen de suelo y ordenacin urbana (N)

  • UNIDAD 4. CONTENIDOS DEL PROYECTO Y REGLAMENTACION

    MSTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES 19

    - RD 2159/1978 de 23 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicacin de la Ley sobre rgimen de suelo y ordenacin urbana (N)

    - Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanstica Valenciana (A)

    - Ley 1/1998, de 5 de mayo, de la Generalitat Valenciana, de Accesibilidad y Supresin de Barreras Arquitectnicas, Urbansticas y de la Comunicacin (A)

    - Ley 2/1992 de 5 de junio sobre suelo no urbanizable en la Comunidad Valenciana (A)

    - Ley 10/2004 de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Suelo no urbanizable (A)

    - Decreto Ley 1/2008 de 27 de junio de medidas urgentes para el fomento de la vivienda y el suelo en la Comunidad Valenciana (A)

    - Decreto Legislativo 1/2005 de 10 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Regin de Murcia (A)

    - Decreto 102/2006 de 2 de junio de la Regin de Murcia por el que se aprueban las Directrices y Plan de Desarrollo territorial del suelo industrial (A)

    - Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo (N)

    - Ley 4/2004, de 30 de junio, de la GV, de Ordenacin del Territorio y Proteccin del Paisaje (A)

    - Ley 4/1992, de 30 de julio, de ordenacin y proteccin del territorio de la Regin de Murcia (A)

    - Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell de la GV, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenacin y Gestin Territorial y Urbanstica (A)

    - Ley 34/2010 de 5 de agosto, que modifica la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Pblico (N)

    - Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Pblico, modificado por el RD 300/2011 de 4 de marzo (N)

    - Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Pblico (N)

    - Normas urbansticas (NNUU) municipales y planes generales municipales de ordenacin (PGMO) (L)

    o Este grupo de normas tiene por objeto, entre otros, la regulacin de los usos del suelo y las condiciones de edificacin relacionadas con el suelo y el territorio donde se ubican las edificaciones, es decir que establece las condiciones en las que el terreno puede ser empleado para construir las edificaciones, estableciendo los usos permitidos, aprovechamientos, distancias mnimas, alturas mximas, n de plantas, etc.

  • GESTION Y DIRECCION DE PROYECTOS

    20 MASTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES

    4.3.2. NORMATIVA SOBRE CONSTRUCCION

    La normativa sobre las condiciones tcnicas de la construccin fue unificada a partir del ao 2006 con la aprobacin del Cdigo Tcnico de la Edificacin (CTE), aunque subsisten otras normas juntamente con ste, que afectan adems al resto de las obras de construccin que no son propiamente edificacin, adems de la norma sismorresistente y la de recepcin de cementos. As pues la principal normativa a tener en cuenta ser:

    - RD 314/2006 de 17 de marzo de aprobacin del CTE y correccin de errores de 25 de enero de 2008, junto con el RD 1371/2007 de 19 de octubre de aprobacin del DB: HR sobre Proteccin frente al ruido, que completa dicho CTE (N) y por el posterior Real Decreto 1675/2008, de 17 de octubre:

    o DB-SE: Seguridad estructural DB-SE-AE: Acciones en la edificacin DB-SE-C: Cimientos DB-SE-A: Acero DB-SE-M: Madera DB-SE-F: Fbrica

    o DB-SU: Seguridad de utilizacin o DB-SH: Salubridad o DB-SI: Seguridad en caso de incendio o DB-HE: Ahorro de energa o DB-HR: Proteccin frente al ruido

    - RD 1247/2008 de 18 de julio por la que se aprueba la instruccin de hormign estructural (EHE-08) y posterior correccin de errores (N)

    - RD 751/2011 de 27 de mayo por la que se aprueba la instruccin de acero estructural (EAE) (N)

    - RD 956/2008 de 6 de junio por el que se aprueba la instruccin para la recepcin de cementos (RC-08) y posterior correccin de errores (N)

    - RD 997/2002 de 27 de septiembre por el que se aprueba la norma de construccin sismorresistente: parte general y edificacin (NCSE-02) (N)

    4.3.3. NORMATIVA SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    En este apartado, adems de la normativa general de seguridad e higiene en el trabajo, tiene especial importancia la que atae al trabajo en las obras de construccin, por constituir ste una parte esencial en los proyectos de ingeniera, adems de por la elevada siniestralidad del sector.

    - Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevencin de Riesgos Laborales y posteriores modificaciones (N)

  • UNIDAD 4. CONTENIDOS DEL PROYECTO Y REGLAMENTACION

    MSTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES 21

    - RD 1627/1997 de 24 de octubre por el que se establecen las disposiciones mnimas de seguridad y salud en las obras de construccin y posteriores modificaciones (N)

    - RD 39/1997 de 17 de enero por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevencin y posteriores modificaciones (N)

    - RD 1215/1997 de 18 de julio de disposiciones mnimas de seguridad y salud para la utilizacin por los trabajadores de los equipos de trabajo (N)

    - RD 1407/1992 de 20 de noviembre por el que se regulan las condiciones para la comercializacin y libre circulacin intracomunitaria de los equipos de proteccin individual (N) y posteriores modificaciones

    - Notas tcnicas de prevencin (NTP). Se trata de cerca de un millar de documentos tcnicos sobre detalles de las medidas de seguridad y salud en cada uno de los mbitos laborales especficos, muchos de los cuales son utilizados en los proyectos de construccin (N)

    - Guas tcnicas, son actualmente 21 guas de interpretacin orientativa de los diferentes reglamentos, con carcter no vinculante (N)

    - Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mnimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo (N)

    - Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mnimas en materia de sealizacin de seguridad y salud en el trabajo (N)

    4.3.4. NORMATIVA SOBRE SEGURIDAD INDUSTRIAL

    En prcticamente todos los proyectos de ingeniera se incluyen una o varias instalaciones, denominadas habitualmente instalaciones industriales, las cuales estn sujetas a determinadas normativas reglamentarias. Estas normas vienen generalmente derivadas de las correspondientes directivas europeas de la materia, y en la mayor parte de los casos tiene por objeto el aseguramiento de unas mnimas medidas de seguridad en dichas instalaciones, tanto para las personas como para los animales y el medio ambiente.

    A continuacin se relacionan los diferentes reglamentos que en esta materia estn vigentes actualmente en nuestro pas, en relacin con los diferentes tipos de instalaciones que en un proyecto de ingeniera nos podemos encontrar. En muchos casos, estos reglamentos van acompaado de una serie de Instrucciones Tcnicas Complementarias (ITC) cuya relacin se obvia:

    a. Reglamentacin general

    o Ley 21/1992 de 16 de julio de Industria (N) o RD 1254/1999 de 16 de julio por el que se aprueban las medidas de

    control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas (N)

    o RD 559/2010 de 7 de mayo por el que se aprueba el Reglamento de Registro Integrado Industrial (N)

  • GESTION Y DIRECCION DE PROYECTOS

    22 MASTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES

    o Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el mercado de produccin de energa elctrica y Orden de 29 de diciembre de 1997 (N)

    o Real Decreto 2200/1995 de 28 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de la infraestructura de la calidad y la seguridad industrial, modificado por el RD 411/1997 de 21 de marzo y por el RD 338/2010 de 219 de marzo (N)

    b. Instalaciones elctricas de Baja Tensin (BT)

    o RD 842/2002 de 2 de agosto por el que se aprueba el Reglamento electrotcnico de baja tensin (N)

    o Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexin a red de instalaciones de produccin de energa elctrica de pequea potencia (N)

    o Real Decreto 1614/2010, de 7 de diciembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de produccin de energa elctrica a partir de tecnologas solar termoelctrica y elica (N)

    o Real Decreto 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de produccin de energa elctrica en rgimen especial (N)

    o Real Decreto 436/2004, de 12 de marzo, por el que se establece la metodologa para la actualizacin y sistematizacin del rgimen jurdico y econmico de la actividad de produccin de energa elctrica en rgimen especial (N)

    c. Instalaciones elctricas de Alta Tensin (AT)

    o RD 22372008 de 15 de febrero por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones tcnicas y garantas de seguridad en lneas elctricas de alta tensin y sus ITC,s (N)

    o RD 3275/1982 de 12 de noviembre sobre Condiciones tcnicas y garantas en centrales elctricas y centros de transformacin, sus ITCs y modificaciones de stas (N)

    d. Instalaciones frigorficas

    o RD 138/2011 de 4 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones frigorficas y sus ITCs (N)

    e. Instalaciones de equipos a presin (vapor, aire comprimido, etc.)

    o RD 2060/2008 de 12 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presin y sus ITCs (N)

    o RD 769/1999 de 7 de mayo de aplicacin de la Directiva 97/23/CE relativa a equipos a presin (N)

  • UNIDAD 4. CONTENIDOS DEL PROYECTO Y REGLAMENTACION

    MSTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES 23

    o Resolucin de 27 de marzo de 2014 de la DG de Industria y de la Pequea y Mediana Empresa por la que se publica la relacin de Normas armonizadas en el mbito del RD 769/1999 de 7 de mayo (N)

    o RD 1388/2011 de 14 de octubre por el que se dictan las disposiciones de aplicacin de la Directiva 2010/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de junio de 2010 sobre equipos a presin transportables (N)

    f. Instalaciones de gas

    o Ley 34/1998 de 7 de octubre del sector de hidrocarburos (N) o RD 919/2006 de 28 de julio por el que se aprueba Reglamento

    tcnico de distribucin y utilizacin de combustibles gaseosos y sus ITCs (N)

    o RD 1428/1992 de 27 de noviembre por el que se dictan las disposiciones de aplicacin de la Directiva 90/936/CEE sobre aparatos de gas y posteriores modificaciones (N)

    o RD 494/1988 de 20 de mayo por el que se aprueba el Reglamento de aparatos que utilizan gas como combustible y sus ITCs (N)

    g. Instalaciones petrolferas

    o RD 1523/1999 de 1 de octubre por el que se modifica el Reglamento de instalaciones petrolferas (RD 2085/1994 de 20 de octubre), y las instrucciones tcnicas MI-IP03 y MI-IP04 (N)

    h. Instalaciones de almacenamiento de productos qumicos

    o RD 371/2001 de 6 de abril por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos qumicos y sus ITCs (N)

    o RD 105/2010 de 5 de febrero por el que se modifican determinados aspectos de la regulacin de los almacenamientos de los productos qumicos y se aprueba la ITC MIE-APQ-9 almacenamiento de perxidos orgnicos (N)

    i. Aparatos elevadores

    o RD 2291/1985 de 8 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevacin y Manutencin, y sus ITCs (N)

    o Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba una nueva Instruccin tcnica complementaria "MIE-AEM-2" del Reglamento de aparatos de elevacin y manutencin, referente a gras torre para obras u otras aplicaciones (N)

    o Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instruccin tcnica complementaria "MIE-AEM-4" del Reglamento de aparatos de elevacin y manutencin, referente a gras mviles autopropulsadas (N)

  • GESTION Y DIRECCION DE PROYECTOS

    24 MASTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES

    o Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instruccin Tcnica Complementaria AEM 1 "Ascensores" del Reglamento de aparatos de elevacin y manutencin, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre y correccin de errores de 09/05/13 (N)

    j. Instalaciones trmicas

    o RD 1027/2007 de 20 de julio por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones trmicas en los edificios y sus ITCs y su modificacin en RD 1826/2009 de 27 de noviembre y RD 238/2013 de 5 de abril (N)

    k. Instalaciones de proteccin contra incendios

    o RD 2267/2004 de 3 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contraincendios en los establecimientos industriales (N)

    o RD 1492/93 de 5 de noviembre por el que se aprueba el reglamento de Instalaciones de proteccin contra incendios y Orden de 16 de abril 1998 sobre normas de procedimiento y desarrollo de dicho RD (N)

    o RD 393/2007 de 23 de marzo por el que se aprueba la Norma bsica de autoproteccin de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia (N)

    l. Maquinaria

    o RD 1644/2008 de 10 de octubre (Directiva 2006/42/CE de 17 de mayo) por el que se establecen normas de comercializacin y normas de puesta en servicios de mquinas (N)

    m. Eficiencia energtica

    o RD 1890/2008 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energtica en las instalaciones de alumbrado exterior y sus ITCs (N)

    o Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energtica de los edificios (E)

    o Ley 13/2007, de 27 de diciembre, de modificacin de la Ley 1/1995, de 8 de marzo, de Proteccin del Medio Ambiente de la Regin de Murcia, y de la Ley 10/2006, de 21 de diciembre, de Energas Renovables y Ahorro y Eficiencia Energtica de la Regin de Murcia, para la Adopcin de Medidas Urgentes en Materia de Medio Ambiente (A)

    o Ley 10/2006, de 21 de diciembre, de Energas Renovables y Ahorro y Eficiencia Energtica de la Regin de Murcia (A)

  • UNIDAD 4. CONTENIDOS DEL PROYECTO Y REGLAMENTACION

    MSTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES 25

    o Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento bsico para la certificacin de la eficiencia energtica de los edificios y correccin de errores (N)

    o DECRETO 112/2009, de 31 de julio, del Consell de la GV, por el que regula las actuaciones en materia de certificacin de eficiencia energtica de edificios (A)

    o Orden de 24 de mayo de 2013 por la que se crea y regula el Registro de Certificados de Eficiencia Energtica de Edificios de la Regin de Murcia (A)

    o ORDEN 1/2011, de 4 de febrero, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte de la GV, por la que se regula el Registro de Certificacin de Eficiencia Energtica de Edificios (A)

    4.3.5. NORMATIVA SOBRE SEGURIDAD ALIMENTARIA

    La reglamentacin regulatoria de la seguridad alimentaria tiene una especial relevancia en el sector de la industria agroalimentaria, a diferencia de lo que sucede con otros sectores de la actividad industrial, al producirse el manejo de productos perecederos cuyo estado puede tener una repercusin importante sobre la salud de las personas que los vayan a consumir.

    Esta reglamentacin la podemos agrupar en dos bloques, por un lado el correspondiente a los aspectos generales comunes a todas las industrias del sector agroalimentario, y por el otro el de aquellas normas especficas que puedan afectar a un determinado grupo de industrias dentro del conjunto de las agroalimentarias, como puede ser: crnicas, conserveras, lcteas, pesqueras, bodegas, etc., cuyas especificaciones y requisitos particulares pueden afectar en algunos aspectos del diseo en los proyectos de dichas industrias.

    A continuacin se relaciona tanto la legislacin general como la especfica ms importante para cada tipo de industria:

    - RD 168/1985 de 6 de febrero por el que se aprueba la Reglamentacin Tcnico Sanitaria sobre condiciones generales de almacenamiento frigorfico de productos alimentarios (N)

    - Ley 17/2011 de 5 de julio de seguridad alimentaria y nutricin (N)

    - Ley 2/2006 de 5 de mayo de prevencin de la contaminacin y calidad ambiental (N)

    - RD 890/2011 de 24 de junio por la que se modifica la norma general de etiquetado, presentacin y publicidad de los productos alimenticios aprobada pro RD 1334/1999 de 31 de julio (N)

    - RD 1338/2011 de 3 de octubre por el que se establecen distintas medidas singulares de aplicacin de las disposiciones comunitarias en materia de higiene de la produccin y la comercializacin de los productos alimenticios (N)

  • GESTION Y DIRECCION DE PROYECTOS

    26 MASTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES

    - RD 640/2006 de 26 de mayo por el que se regulan determinadas condiciones de aplicacin de las disposiciones comunitarias en materia de higiene, en la produccin y comercializacin de los productos alimenticios (N)

    - RD 1437/1992 de 27 de noviembre por el que se fijan las normas sanitarias aplicables a la produccin y comercializacin de productos pesqueros y de la acuicultura (N)

    - RD 2484/1967 de 21 de septiembre por el que se aprueba el Cdigo Alimentario Espaol, y sus posteriores modificaciones (N)

    - Reglamento 37/2005 de la Comisin, de 12 de enero de 2005 relativo al control de temperaturas en los medios de transporte y los locales de depsito y almacenamiento de alimentos ultracongelados destinados al consumo humano (E)

    - RD 1109/1991 de 12 de julio por el que se aprueba la norma general relativa a los alimentos ultracongelados destinados al consumo humano (N)

    - RD 706/1986 de 7 de marzo por el que se aprueba la reglamentacin tcnico-sanitaria de almacenamiento no frigorfico de alimentos y productos alimentarios (N)

    - RD 2483/1986 de 14 de noviembre, por la que se aprueba la reglamentacin tcnico-sanitaria de transporte terrestre de alimentos y productos alimentarios a temperatura regulada (N)

    - Real Decreto 728/2011, de 20 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1376/2003, de 7 de noviembre, por el que se establecen las condiciones sanitarias de produccin, almacenamiento y comercializacin de las carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio al por menor (N)

    - Real Decreto 1376/2003, de 7 de noviembre, por el que se establecen las condiciones sanitarias de produccin, almacenamiento y comercializacin de las carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio al por menor (N)

    - Real Decreto 1297/1987, de 9 de octubre. Inclusin de las carnes frescas y de los embutidos curados en el rgimen de Denominaciones de Origen, Genricas y Especficas (N)

    - Real Decreto 110/1990, de 26 de enero. Se establecen los requisitos sanitarios que han de cumplir las carnes frescas de las especies bovina, ovina, caprina, porcina y solpedos domsticos, objeto de intercambios intracomunitarios e importadas de terceros pases, as como los mataderos, salas de despiece y almacenes frigorficos autorizados para su comercio (N)

    - Real Decreto 315/1996 de modificacin del RD 147/1993, de 29 de enero, por el que se establece las condiciones sanitarias de produccin y comercializacin de carnes frescas (N)

    4.3.6. NORMATIVA ZOOTECNICA

    Se considera en este apartado la normativa relacionada tanto con la proteccin sanitaria de los animales en los proyectos de explotaciones ganaderas y agropecuarias en general, como aquella relacionada con las condiciones tcnicas del

  • UNIDAD 4. CONTENIDOS DEL PROYECTO Y REGLAMENTACION

    MSTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES 27

    manejo y la explotacin de las mismas, ms relevante si cabe, a los efectos del diseo de dichas explotaciones:

    - RD 1976/2004 de 1 de octubre por el que se establecen las normas zoosanitarias aplicables a la produccin, transformacin, distribucin e introduccin de los productos de origen animal destinados al consumo humano (N)

    - RD 599/2011 de 29 de abril por el que se establecen las bases del Plan de vigilancia sanitaria del ganado porcino (N)

    - RD 1221/2009 de 17 de julio por el que se establecen las normas bsicas de ordenacin de las explotaciones de ganado porcino extensivo y por el que se modifica el RD 1547/2004 de 25 de junio por el que se establecen las normas de explotacin de las explotaciones cuncolas (N)

    - RD 479/2004 de 26 de marzo por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas (N)

    - RD 348/2000 de 10 de marzo por el que se incorpora al ordenamiento jurdico la Directiva 98/58/CE relativa a proteccin de loa animales en las explotaciones ganaderas (N)

    - RD 441/2001 de 27 de abril por el que se modifica el RD 348/2000 de 10 de marzo (N)

    - RD 804/2011 de 10 de junio por el que se regula la ordenacin zootcnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino (N)

    4.3.7. NORMATIVA SOBRE MEDIO AMBIENTE

    En el grupo de normativas relacionadas con el medio ambiente, hay una gran parte de ellas que tienen origen autonmico e incluso local, aunque tambin existe cierta reglamentacin nacional. Este grupo de normas son adems posiblemente las ms cambiantes de todas, debido a los constantes avances tcnicos que se originan en la materia y la cada vez mayor concienciacin social sobre su importancia, lo que hace necesario que los ingenieros dedicados a la actividad proyectual hayan de estar constantemente actualizados en el conocimiento de dichas normas a la vez que en las que son de aplicacin en cada regin o municipio, etc.

    Este grupo de normas, si bien se han considerado todas ellas dentro del conjunto general de normas medioambientales, es posible establecer una clasificacin ms especfica, considerando a su vez varios subgrupos: de proteccin general del medio ambiente e impacto ambiental, de residuos, de ruidos, vertidos, emisiones atmosfricas, etc.

    - Proteccin y evaluacin de impacto ambiental

    o RD Legislativo 1/2008 de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Evaluacin de Impacto Ambiental de proyectos (N)

  • GESTION Y DIRECCION DE PROYECTOS

    28 MASTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES

    o Ley 6/2010 de 24 de marzo de modificacin del anterior RD Legislativo 1/2008 de 11 de enero (N)

    o RD 1131/1988 de 30 de septiembre por el que se aprueba el Reglamento para la aplicacin del RDL 1302/1986 de 28 de junio de evaluacin de impacto ambiental (N)

    o Ley 9/2006 de 28 de abril sobre evaluacin de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (N)

    o Ley 42/2007 de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y la Biodiversidad (N)

    o RD 1628/2011 de 16 de septiembre por el que se aprueba el Plan Estratgico del patrimonio natural y la biodiversidad 2011-2017 (N)

    o RDL 17/2012 de 4 de mayo, de medidas urgentes en materia de medio ambiente (N)

    o Ley 16/2002 de 1 de julio, de prevencin y control integrados de la contaminacin (N)

    o RD 509/2007, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecucin de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevencin y control integrados de la contaminacin (N)

    o Ley 43/2003 de 21 de noviembre, de Montes, modificada por la Ley 10/2006 de 28 de abril (N)

    o Ley 4/2009 de 14 de mayo, de Proteccin Ambiental Integrada de la Regin de Murcia (A)

    o Ley 4/1989 de 27 de marzo, de conservacin de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres (Red NATURA 2000) (N)

    o Ley 2/1989 de 3 de marzo de Impacto Ambiental en la Comunidad Valenciana (A)

    o Decreto 162/1990 de 15 de octubre por el que se aprueba el Reglamento para la ejecucin de la Ley 2/1989 de 3 de marzo de Impacto Ambiental en la Comunicad Valenciana (A)

    o Ley 21/2013 de 9 de diciembre de evaluacin ambiental y Dictamen 6/2014 de 14 de febrero sobre la misma (N)

    - Ambiente atmosfrico

    o Ley 34/2007 de 15 de noviembre, de calidad del aire y proteccin de la atmsfera (N)

    o RD 102/2011 de 28 de enero relativo a la mejora de la calidad del aire (N)

    o Directiva 2008/50/CE de 21 de mayo relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmsfera ms limpia en Europa (E)

    o Directiva 96/62/CE de 27 de septiembre sobre evaluacin y gestin de la calidad del aire ambiente (E)

    o Reglamento CE/1005/2009 de 16 de septiembre sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (E)

  • UNIDAD 4. CONTENIDOS DEL PROYECTO Y REGLAMENTACION

    MSTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES 29

    o Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de noviembre de 2010 sobre las emisiones industriales (prevencin y control integrado de la contaminacin) (E)

    o Ley 16/2002 de 1 de julio de prevencin y control integrados de la contaminacin (N)

    o RD 815/2013 de 18 de octubre por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002 (N)

    o RD 795/2010 de 16 de junio por el que se regula la comercializacin y manipulacin de gases fluorados y equipos basados en los mismos, as como la certificacin de los profesionales que los utilizan (N)

    o RD 117/2003 de 31 de enero sobre limitacin de emisiones de compuestos orgnicos voltiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades (N)

    o RD 227/2006 de 24 de febrero por el que se complementa el rgimen jurdico sobre la limitacin de las emisiones de compuestos orgnicos voltiles (COV) en determinadas pinturas y barnices y en productos de renovacin del acabado de vehculos (N)

    - Ambiente marino

    o Decisin de la Comisin 2010/477/UE sobre los criterios y las normas aplicables al buen estado ambiental de las aguas marinas (E)

    o Ley 41/2010 de 29 de diciembre de Proteccin del Medio Marino (N)

    - Proteccin del ruido

    o Directiva 2002/49/CE de 25 de junio sobre evaluacin y gestin del ruido ambiental (E)

    o Ley 37/2003 de 17 de noviembre, del Ruido (N) o RD 1513/2005 de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley

    37/2003 (N)

    o RD 1367/2007 de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003 del Ruido en lo referente a zonificacin acstica, objetivos de calidad y emisiones acsticas (N)

    o RD 1371/2007 de 19 de octubre por el que se aprueba el Documento Bsico DB-HR Proteccin frente al ruido, del CTE y se modifica el RD 314/2006 de 17 de marzo por el que se aprueba el Cdigo Tcnico de la Edificacin (N)

    o Real Decreto 1675/2008, de 17 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Documento Bsico DB-HR Proteccin frente al ruido del Cdigo Tcnico de la Edificacin y se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Cdigo Tcnico de la Edificacin

    o Decreto 48/1998, de 30 de julio, de proteccin del medio ambiente frente al ruido en la Regin de Murcia (A)

  • GESTION Y DIRECCION DE PROYECTOS

    30 MASTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES

    - Residuos y suelo

    o Ley 22/2011 de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (N) o Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases (E) o Directiva 2004/12/CE de 11 de febrero, por la que se modifica la

    Directiva 94/62/CE (E)

    o Directiva 2008/98/CE de 19 de noviembre, sobre los residuos (E) o Directiva 91/689/CE de 12 de diciembre relativa a residuos peligrosos

    (E)

    o Ley 10/1998 de 21 de abril, de Residuos (N) o Ley 11/1997 de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases (N) o RD 9/2005 de 14 de enero, por el que se establece la relacin de

    actividades potencialmente contaminadoras del suelo y los criterios y estndares para la declaracin de suelos contaminados (N)

    o Resolucin de 28 de abril de 1995 de la Secretara de estado de Medio Ambiente y Vivienda por la que se dispone la publicacin del Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de febrero de 1995 por el que se aprueba el Plan Nacional de Recuperacin de Suelos Contaminados (N)

    o Ley 10/2000 de 12 de diciembre de residuos de la Comunidad Valenciana (A)

    o RD 777/2012 de 4 de mayo por el que se modifica el RD 975/2009 de 12 de junio sobre gestin de los residuos de las industrias extractivas y de proteccin y rehabilitacin del espacio afectado por las actividades mineras (N)

    o RD 105/2008 de 1 de febrero por el que se regula la produccin y gestin de los residuos de construccin y demolicin (N)

    o RD 782/1998 de 30 de abril de reglamento de ejecucin de la Ley 11/1997 de envases y residuos de envases (N)

    o RD 252/2006 de 3 de marzo por el que se revisan los objetivos de reciclado y valorizacin establecidos en la Ley 11/1997 de 24 de abril de envases y residuos de envases, y por el que se modifica el reglamento para su ejecucin aprobado por el RD 782/1998 de 30 de abril (N)

    o RD 833/1988 de 20 de julio por el que se aprueba el reglamento de la Ley 20/1986 bsica de residuos txicos y peligrosos (N)

    o Decreto 317/1997 de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana (A)

    o Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero por las que se publican las operaciones de valorizacin y eliminacin de residuos y la lista europea de residuos (N)

    - Vertidos

    o RD Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Aguas (N)

  • UNIDAD 4. CONTENIDOS DEL PROYECTO Y REGLAMENTACION

    MSTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES 31

    o RD 849/1986 de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Pblico Hidrulico (N)

    o RD 606/2003 de 23 de mayo por el que se modifica el RD 849/1986 de 11 de abril de aprobacin del Reglamento de Dominio Pblico Hidrulico (N)

    o RD Ley 4/2007, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la ley de aguas (N)

    o RD 9/2008 de 11 de enero por el que se modifica el RD 849/1986 de 11 de abril por el que se aprueba el reglamento de Dominio Pblico Hidrulico (N)

    o Orden ARM 1312/2009 de 20 de mayo por la que se regulan los sistemas para realizar el control efectivo de los volmenes utilizados por los aprovechamientos de agua del dominio pblico hidrulico, de los retornos al citado dominio pblico hidrulico y de los vertidos al mismo (N)

    o Orden del MAM/85/2008 de 16 de enero, por la que se establecen los criterios tcnicos para valoracin de daos al dominio pblico hidrulico y las normas para tomas de muestras y anlisis de vertidos de aguas residuales. (N)

    o Orden MAM/1873/2004, de 2 de junio por la que se aprueban los modelos oficiales para la declaracin de vertido y se desarrollan determinados aspectos relativos a la autorizacin de vertido y liquidacin del canon de control de vertidos (N)

    o Orden MAM/985/2006, de 23 de marzo, por la que se desarrolla el rgimen jurdico de las entidades colaboradoras de la administracin hidrulica en materia de control y vigilancia de calidad de las aguas y de gestin de los vertidos al dominio pblico hidrulico (N)

    o RD 1620/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece el rgimen jurdico de la reutilizacin de las aguas depuradas (N)

    o RD Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueban las normas aplicables al tratamiento de aguas residuales urbanas (N)

    o RD 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas, modificado por RD 2116/1998, de 2 de octubre (N)

    o RD 995/2000, de 2 de junio, por el que se fijan objetivos de calidad para determinadas sustancias contaminantes (N)

    o Orden 12 de noviembre de 1987 Normas de emisin, objetivos de calidad y mtodos de medicin de referencia relativos a determinadas sustancias nocivas o peligrosas contenidas en los vertidos de aguas residuales (Mercurio (en electrlisis de cloruros alcalinos), Mercurio (en otros procedimientos industriales), Cadmio, Hexaclorociclohexano (HCH), Tetracloruro de carbono, Diclorodifeniltricloroetano (DDT), Pentaclorofenol.) (N)

    o Directiva 2006/118/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006 relativa a la proteccin de las aguas subterrneas contra la contaminacin y el deterioro (E)

  • GESTION Y DIRECCION DE PROYECTOS

    32 MASTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES

    o RD 261/1996, de 16 de febrero, sobre proteccin de las aguas contra la contaminacin producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias (N)

    o Decreto 16/1999 de 22 de abril de vertidos de aguas residuales industriales al alcantarillado en la regin de Murcia (A)

    4.3.8. OTRAS NORMATIVAS

    Se recogen en este apartado una serie de normas de diversa ndole que en caso de ser aplicables, han de tenerse en cuenta en algunos proyectos de ingeniera:

    - Ley 25/1988 de 29 de julio, de Carreteras y modificaciones posteriores (N)

    - RD 1812/1994 de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras y modificaciones posteriores (N)

    - Ley 39/2003 de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario (N)

    - RD 2387/2004 de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario (N)

    - Ley 22/1988 de 28 de julio, de Costas (N)

    - RD 1471/1989 de 1 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo y la ejecucin de la Ley 22/1988 de 28 de julio de Costas (N)

    - Orden de 25 de mayo de 2007 de la Consejera de Agricultura y Agua por la que se establecen los contenidos mnimos de los proyectos de obra para mejora, modernizacin y consolidacin de regados en la Regin de Murcia (A)

    RESUMEN.

    En el presente tema se ha hecho en primer lugar un repaso sobre los contenidos documentales de los proyectos en el campo de la ingeniera. A continuacin se han revisado las diferentes exigencias sobre contenidos mnimos de los distintos documentos que nos podemos encontrar, tanto desde el punto de vista de los contenidos bsicos generales, como de aquellos ms especficos que solo son aplicables a determinadas tipologas de proyectos.

    Por ltimo, se ha descrito una relacin de las diferentes normas reglamentarias que obligatoriamente habremos de tener en cuenta en la bsqueda de las soluciones que damos al problema proyecto planteado.

    Esta relacin se ha realizado por grupos definidos por los diferentes objetivos temticos de la normativa, empezando por una normativa general aplicable a todos los proyectos hasta otra ms especfica cuyo seguimiento depender del la tipologa concreta de cada proyecto y las implicaciones de ste sobre determinados aspectos como la salud, el medio ambiente, la sanidad animal o la inclusin de ms o menos instalaciones de servicios, etc.

    Adems de la observancia de las normas relacionadas, se ha destacado la necesidad de que las reglamentaciones observadas sean relacionadas dentro del propio proyecto, con el objeto de que en las diferentes instancias administrativas que

  • UNIDAD 4. CONTENIDOS DEL PROYECTO Y REGLAMENTACION

    MSTER EN GESTIN Y DISEO DE PROYECTOS E INSTALACIONES 33

    el mismo haya de superar, pueda comprobarse que para su realizacin, dichas normas han sido tenidas en cuenta.