2. ley 1562 de 2012

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ley 1562

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  • SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALESEL YOPAL, CASANARE FEBRERO DE 2013

  • VOLUNTARIA? VOLUNTARIA OBLIGATORIACLASE DE RIESGO P I LAASISTENCIALES Y ECONOMICASINDEP - INFOR DEPEN INDEP.Sistema General de Riesgos Laborales

  • Antecedentes Ley 1562 De 2012

  • DEFINICIONESTECNICAS - LEGALES

  • Definiciones Entidades Pblicas

    Entidades Privadas

    Normas y Procedimientos

  • Seguridad y Salud en el Trabajo - SST Lesiones Prevencin Enfermedades Qu es SST? Proteccin y Objeto Promocin Salud

  • Desarrollo de un proceso lgico y por etapas, basadoen la mejora continua y queIncluye la poltica, laorganizacin, la planificacin laaplicacin, la evaluacin la auditoria y las acciones de mejora Anticipar, reconocer, evaluar ycontrolar los riesgos que puedan afectar la seguridad ysalud en el trabajoPrograma De Salud Ocupacional = Sg - Sst

  • AMPLIACIN DE COBERTURA

  • Afiliacionesa. En forma obligatoria: Dependientes Independientes

    Contrato formal de prestacin de serviciossuperior a 1 mes- Circunstanciasde tiempo, modo y lugar.Multiafiliacin?Cotizacin?

    1. Trabajadores(nacionales o Extranjeros )

  • Afiliacionesobligatoria

    COPASO Los pensionados por invalidez? Sujeto a reglamentacin del gobierno

  • Afiliacionesobligatoria

    Agremiaciones Asociaciones Cuyos trabajos signifiquen fuente de ingreso para la institucin.

  • Afiliacionesobligatoria

  • Afiliaciones

    Siempre y cuando coticen al rgimen contributivo. Las afiliaciones puede realizarse por intermedio de agremiaciones o asociaciones.Para la realizacin de actividades de prevencin, promocin y salud ocupacional, los trabajadores independientes se asimilan a los dependientes.Cotizacin en funcin del riesgo tiempo-modo- lugar.

    b. En forma Voluntaria

  • ASPECTOS RELEVANTES ENATEL

  • Accidente De Trabajo

    Por Causa Ocasin Lesin Orgnica. Perturbacin Funcional o psiquitrica Invalidez o muerte.

  • Accidente De TrabajoTambin se considera accidente de trabajo:

    El hecho de quese refiera a la autoridad delcontratante, nolaboraliza larelacin? Siempre y cuando,el transporte lo suministre el empleador. Omiti contratante

  • Accidente De Trabajostos dos ltimos eventos considerados como accidentes de trabajo en la presente ley, en el Decreto 1295 eran considerados excepciones al mismo.

  • Enfermedad Laboral

  • ASPECTOS RELEVANTES EN PRESTACIONES DEL SGRL

  • Ingreso Base De LiquidacinAccidente de TrabajoEnfermedad Laboral

  • IBL

  • IBL para IT

  • Prescripcin

    PrestacinEconmicaMomento a partir del cual comienza a correr la prescripcinSubsidio por incapacidad temporalDesde que se expide la IncapacidadIncapacidad permanente parcialA partir del momento de la calificacin de la PCLMesada Pensin por invalidezA partir del momento de la calificacin de la PCLMesada Pensin de sobrevivientesA partir del fallecimientoGastos funerariosA partir del momento en que se demuestre haberse sufragado

  • ASPECTOS RELEVANTES EN PROMOCION Y PREVENCION

  • Promocin Y Prevencin

    Las administradoras de riesgos laborales no pueden desplazar el recurso humano ni financiar las actividades que por ley le corresponden al empleador, y deben otorgar todos los servicios de promocin y prevencin sin ninguna discriminacin, bajo el principio de la solidaridad, sin tener en cuenta el monto de la cotizacin o el nmero de trabajadores afiliados.

  • Promocin Y Prevencin

    La Entidad Administradora de Riesgos Laborales deber presentar un plan con programas, metas y monto de los recursos que se vayan a desarrollar durante el ao en promocin y prevencin, al Ministerio de Trabajo para efectos de su seguimiento y cumplimiento conforme a las directrices establecidas por la Direccin de Riesgos Profesionales de ahora en adelante Direccin de Riesgos Laborales.

  • Promocin Y Prevencin

    La labor de intermediacin de seguros ser voluntaria en el ramo de riesgos laborales, y estar reservada legalmente a los corredores de seguros, a las agencias y agentes de seguros, que acrediten su idoneidad profesional y la infraestructura humana y operativa requerida en cada categora para el efecto, quienes se inscribirn ante el Ministerio de Trabajo. Quien actu en el rol de intermediacin, ante el mismo empleador no podr recibir remuneracin adicional de la administradora de riesgos laborales, por la prestacin de servicios asistenciales o preventivos de salud ocupacional.

  • Promocin Y Prevencin

    Reporte de informacin de actividades y resultados de promocin y prevencinSupervisin de las empresas de alto riesgoFortalecimiento de la prevencin de los riesgos laborales en las micro y pequeas empresas en el pas. Sistema de Garanta de la Calidad en Salud Ocupacional y Riesgos Laborales.Licencias en Salud Ocupacional.El Instituto Nacional de Salud

  • Promocin Y Prevencin 5% Programas, campaas y acciones de educacin y prevencin dirigidas a garantizar que sus empresas afiliadas conozcan, cumplan las normas y reglamentos tcnicos en salud ocupacional, expedidos por el Ministerio de Trabajo; Programas, campaas y acciones de educacin y prevencin, dirigidas a garantizar que sus empresas afiliadas cumplan con el desarrollo del nivel bsico del plan de trabajo anual de su Programa de Salud Ocupacional;Asesora tcnica bsica para el diseo del Programa de Salud Ocupacional y el plan de trabajo anual de todas las empresas; Capacitacin bsica para el montaje de la brigada de emergencias, primeros auxilios y sistema de calidad en salud ocupacional

  • Capacitacin a los miembros del comit paritario de salud ocupacional en aquellas empresas con un nmero mayor de 10 trabajadores, o a los vigas ocupacionales, quienes cumplen las mismas funciones de salud ocupacional, en las empresas con un nmero menor de 10 trabajadores.

    Fomento de estilos de trabajo y de vida saludables, de acuerdo con los perfiles epidemiolgicos de las empresas.

    Investigacin de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales que presenten los trabajadores de sus empresas afiliadas.

  • Desarrollo de programas regulares de prevencin y control de riesgos laborales y de rehabilitacin integral en las empresas afiliadas;

    Apoyo, asesora y desarrollo de campaas en sus empresas afiliadas para el desarrollo de actividades para el control de los riesgos, el desarrollo de los sistemas de vigilancia epidemiolgica y la evaluacin y formulacin de ajustes al plan de trabajo anual de las empresas. Los dos objetivos principales de esta obligacin son: el monitoreo permanente de las condiciones de trabajo y salud, y el control efectivo del riesgo.Promocin Y Prevencin 9,2%

  • Promocin Y Prevencin 9,2% Las administradoras de riesgos laborales deben desarrollar programas, campaas, crear o implementar mecanismos y acciones para prevenir los daos secundarios y secuelas en caso de incapacidad permanente parcial e invalidez, para lograr la rehabilitacin integral, procesos de readaptacin y reubicacin laboralDiseo y asesora en la implementacin de reas, puestos de trabajo, maquinarias, equipos y herramientas para los procesos de reinsercin laboral, con el objeto de intervenir y evitar los accidentes de trabajo y enfermedades Laborales; Suministrar asesora tcnica para la realizacin de estudios evaluativos de higiene ocupacional o industrial, diseo e instalacin de mtodos de control de ingeniera, segn el grado de riesgo, para reducir la exposicin de los trabajadores a niveles permisibles.

  • ASPECTOS RELEVANTES EN COTIZACIONES

  • Efectos Por El No Pago De AportesEFECTOSEmpleador o contratante se hace responsable por:Gastos en que incurra la ARL por prestacionesAsistenciales otorgadas2. Pago de prestaciones econmicas.3. Pago de aportes en mora con sus respectivosIntereses.Liquidacin

  • Procedimiento De Cobro De Las ARL Un mes

  • OTROS ASPECTOS RELEVANTES

  • Juntas De Calificacin

    Supervisin por MT

    Control fiscal por la Contralora General de la Repblica.

    Procuradura Control Disciplinario

    Organiza Funcionamiento

    Responsabilidad Solidaria.

    Honorarios AFP / ARL

    Obligacin de actores del sistema de entregar documentacin e informacin para calificar.

  • Sanciones Hasta 500 S.M.L.M.V 20 1000 Hasta por 120 das

  • Reportes De Accidentes De Trabajo Y Enfermedad Laboral

  • FORTALECIMIENTO CONTROL Y VIGILANCIA

  • GRACIAS

  • Resolucin 001016 de 1989 en el Artculo 4 y Paragrfo 1, se obliga a los empleadores a contar con un programa de Salud Ocupacional, especfico y particular, de conformidad con sus riesgos potenciales y reales y el nmero de los trabajadores. Tambin obliga a los empleadores a destinar los recursos humanos financieros y fsicos, indispensables para el desarrollo y cumplimiento del programa de Salud Ocupacional, de acuerdo a la severidad de los riesgos y el nmero de trabajadores expuestos. Igualmente los programas de Salud Ocupacional tienen la obligacin de supervisar las normas de Salud Ocupacional en toda la empresa, y en particular, en cada centro de trabajo.

  • A continuacin se describen los principales Decretos y Resoluciones que reglamentan la Salud Ocupacional en Colombia: Ley 9a. De 1979, es la Ley marco de la Salud Ocupacional en Colombia.Resolucin 2400 de 1979, conocida como el "Estatuto General de Seguridad". Decreto 614 de 1984, que crea las bases para la organizacin y administracin de la Salud Ocupacional. Resolucin 2013 de 1986, que establece la creacin y funcionamiento de los Comits de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en las empresas.Resolucin 1016 de 1989, que establece el funcionamiento de los Programas de Salud Ocupacional en las empresas.

  • Comisin Especial De Inspectores De Trabajo En Materia De Riesgos Laborales

    Prevencin y promocin de riesgos laborales. 2. Vigilancia del cumplimientode las normas de prevencin de Accidentes de trabajo y enfermedades laborales. 3. Velar por el cumplimiento y observanciade las normas de Salud ocupacional y Seguridad Industrial4. Conocer conciliaciones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

    1. Prevencin y promocin en riesgos laborales2. Dems fines en materia de Seguridad IndustrialRealizar visitas peridicas y permanentes a las ARL y empresas afiliadas al SGRL2. Requerir a las ARL y a las empresas en el cumplimiento de normas del sistemaDirector Territorial(1 instancia)Direccin deRiesgos Laborales(2 instancia)FUNCIONES

  • Dependencias de las entidades estatales que dentro de sus Funciones realicen visitas in situ a las empresas 1. Realizar visitas a las empresas yProcurar observar el entorno laboral,El clima de trabajo y las condiciones Laborales de los trabajadores.2. Recibir las quejas de los trabajadores yRemitirlas a los inspectores de trabajo.3. Presentarse en el lugar donde existan Indicios sobre presuntas irregularidadesEn el incumplimiento de normas de Riesgos laborales Viceministro de Relaciones Laboralesdel Ministerio del TrabajoPODER PREFERENTE frente a las Investigaciones que se adelanten dentro del Sistema de Inspeccin,Vigilancia y Control. Tiene expresa facultad para decidir si continan o terminanuna investigacin administrativaadelantada por otra Direccin Territorial.

    Conformado por:

  • S ST

    Salud Ocupacional del Magisterio. El Ministerio de Educacin Nacional y el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio establecern el Manual de Calificacin de Invalidez y tabla de enfermedades laborales para los docentes afiliados a dicho fondo, Igualmente establecer la implementacin de los programas de salud ocupacional, los comits paritarios de salud ocupacional, las actividades de promocin y prevencin y los sistemas de vigilancia epidemiolgica. La adopcin y puesta en marcha de lo anterior no afectar en nada el rgimen especial de excepcin en salud que de acuerdo con el artculo 279 de la Ley 100 de 1993 est vigente para los afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. Las anteriores actividades se reglamentarn en el trmino de un ao por el Ministerio de Educacin Nacional, contado a partir de la vigencia de la presente ley.

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