2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. decreto nº 1090/06: ordenanza...

82
MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPAL BOLETÍN MUNICIPAL SUMARIO DECRETOS Pág. 9 - 75 Decreto Nº 1053/06: Otorgamiento al “Comando de Patrulla Morón” la suma destinada a solventar los gastos ara múltiples reparaciones. Decreto Nº 1054/06: Adecuación presupuestaria destinada a las necesidades planteadas por los diversos sectores. Decreto Nº 1055/06: (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1056/06: (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1057/06: (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1058/06: (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1059/06: (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1060/06: (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1061/06: (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1062/06: Otorgamiento de un subsido a favor de la Sra. Sosa Natalia Jorgelina. Decreto Nº 1063/06: (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1064/06: (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1065/06: Ordenanza Nº 8301/06: Establecimiento del doble sentido de circulación de la calle Juan Vucetich. Decreto Nº 1066/06: (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1067/06: (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1068/06: Rectificación del art. 1º del Decreto Nº 643/06. Decreto Nº 1069/06: (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1070/06: (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1071/06: Fíjase a partir del día 1º de Agosto el monto y la rotación de las cajas chicas de las dependencias mencionadas en el presente Decreto. Decreto Nº 1072/06: (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1073/06: Declaración de Interés Municipal de los “Ciclos de Conciertos Corales Castelar Canta y Ciclo de Arte coral 2006”. Decreto Nº 1074/06: Declaración de Interés Municipal de la “Jornada de Capacitación para Directores de Coro”. Decreto Nº 1075/06: Ordenanza Nº 8527/06: Declaración de Interés Social de la Escrituración del inmueble designado. Decreto Nº 1076/06: Ordenanza Nº 8528/06: Desafectación del dominio privado municipal del inmueble denominado. Decreto Nº 1077/06: Ordenanza Nº 8529/06: Convalidación de Convenio Nº 381/06. Decreto Nº 1078/06: Ordenanza Nº 8531/06: Declaración de Legítimo Abono al agente Emiliano Alberto Wendler. Decreto Nº 1079/06: Ordenanza Nº 8530/06: Convalidación de Convenio Nº 357/06. BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 1

Upload: ngonguyet

Post on 30-Sep-2018

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

SUMARIO

DECRETOS Pág. 9 - 75

Decreto Nº 1053/06: Otorgamiento al “Comando de Patrulla Morón” la suma destinada a solventar los gastos ara múltiples reparaciones.

Decreto Nº 1054/06: Adecuación presupuestaria destinada a las necesidades planteadas por los diversos sectores.

Decreto Nº 1055/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1056/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1057/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1058/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1059/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1060/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1061/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1062/06: Otorgamiento de un subsido a favor de la Sra. Sosa Natalia Jorgelina.

Decreto Nº 1063/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1064/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1065/06: Ordenanza Nº 8301/06: Establecimiento del doble sentido de circulación de la calle Juan Vucetich.

Decreto Nº 1066/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1067/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1068/06: Rectificación del art. 1º del Decreto Nº 643/06.

Decreto Nº 1069/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1070/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1071/06: Fíjase a partir del día 1º de Agosto el monto y la rotación de las cajas chicas de las dependencias mencionadas en el presente Decreto.

Decreto Nº 1072/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1073/06: Declaración de Interés Municipal de los “Ciclos de Conciertos Corales Castelar Canta y Ciclo de Arte coral 2006”.

Decreto Nº 1074/06: Declaración de Interés Municipal de la “Jornada de Capacitación para Directores de Coro”.

Decreto Nº 1075/06: Ordenanza Nº 8527/06: Declaración de Interés Social de la Escrituración del inmueble designado.

Decreto Nº 1076/06: Ordenanza Nº 8528/06: Desafectación del dominio privado municipal del inmueble denominado.

Decreto Nº 1077/06: Ordenanza Nº 8529/06: Convalidación de Convenio Nº 381/06.

Decreto Nº 1078/06: Ordenanza Nº 8531/06: Declaración de Legítimo Abono al agente Emiliano Alberto Wendler.

Decreto Nº 1079/06: Ordenanza Nº 8530/06: Convalidación de Convenio Nº 357/06.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 1

Page 2: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Nº 1080/06: Ordenanza Nº 8532/06: Declaración de Legítimo Abono a la agente Juana Guerrieri.

Decreto Nº 1081/06: Ordenanza Nº 8533/06: Declaración de Legítimo Abono al agente Liliana Esther Rodriguez.

Decreto Nº 1082/06: Ordenanza Nº 8535/06: Declaración de Legítimo Abono al agente Miguel Carrasco.

Decreto Nº 1083/06: Ordenanza Nº 8536/06: Declaración de Legítimo Abono a la Profesional Carmen Inés Moyano.

Decreto Nº 1084/06: Ordenanza Nº 8537/06: Declaración de Legítimo Abono al Profesional José María Basilis.

Decreto Nº 1085/06: Ordenanza Nº 8538/06: Declaración de Legítimo Abono al agente Hugo Romano.

Decreto Nº 1086/06: Ordenanza Nº 8540/06: Declaración de Legítimo Abono al agente Aníbal Tarca.

Decreto Nº 1087/06: Ordenanza Nº 8539/06: Declaración de Legítimo Abono a la agente María Alejandra Delavalle.

Decreto Nº 1088/06: Ordenanza Nº 8541/06: Declaración de Legítimo Abono a la agente Graciela D’Agostino.

Decreto Nº 1089/06: Ordenanza Nº 8542/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el dominio de la parcela designada.

Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el dominio de la parcela designada.

Decreto Nº 1091/06: Ordenanza Nº 8544/06: Declaración de Legítimo Abono a la agente Edith Fons.

Decreto Nº 1092/06: Ordenanza Nº 8545/06: Declaración de Legítimo Abono a los agentes mencionados en el presente Decreto.

Decreto Nº 1093/06: Ordenanza Nº 8547/06: Autorización a la Empresa Telefónica de Argentina S.A. a la apertura de veredas.

Decreto Nº 1094/06: Ordenanza Nº 8548/06: Convalidación del contrato de Comodato Nº 317/06.

Decreto Nº 1095/06: Ordenanza Nº 8554/06: Convalidación del Acuerdo de Colaboración Nº 418/06.

Decreto Nº 1096/06: Ordenanza Nº 7628/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar a la Sra. Gladys Carrizo.

Decreto Nº 1097/06: Ordenanza Nº 8187/06: Condónese al Sr. Evaristo Díaz la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio.

Decreto Nº 1098/06: Ordenanza Nº 8194/06: Condónese al Sr. Oscar Antonio Nacher la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio.

Decreto Nº 1099/06: Ordenanza Nº 8197/06: Condónese al Sr. Rodrigo Carlos Sosa la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio.

Decreto Nº 1100/06: Declaración de Interés Municipal de las “III Jornadas Técnicas del Centro de Administraciones Tributarias”.

Decreto Nº 1101/06: Declaración de Interés Municipal de las “Jornadas de Homenaje a la Sra. Olga Aredez”.

Decreto Nº 1102/06: Autorización a la Dirección de Tesorería a efectuar el gasto destinado a la compra de timbrados provinciales.

Decreto Nº 1103/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1104/06: Declaración de Interés Municipal del “120º Anivesario de la Estación de Haedo”.

Decreto Nº 1105/06: Ordenanza Nº 8534/06: Declaración de Legítimo Abono por el Servicio de Transporte Escolar prestado a la Escuela “Mi Futuro”.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 2

Page 3: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Nº 1106/06: Asignación a la Dra. María Elena Rogan la firma de la Dirección de Asuntos Legales en sustitución de la Dra. Alba Gabriella Gómez D’agnino.

Decreto Nº 1107/06: Creación de la Caja Chica de la Dirección de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo.

Decreto Nº 1108/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1109/06: Orden de la reconstrucción de los expts. Nº 4079-17100/05 D.E. .

Decreto Nº 1110/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1111/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1112/06: Ordenanza Nº 8377/06: Otorgamiento del cambio de titularidad de la Licencia de Automóvil de Alquiler con Taxímetro.

Decreto Nº 1113/06: Ordenanza Nº 7885/06: Condónese a la Sra. Blanca Parra la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio.

Decreto Nº 1114/06: Adecuación Presupuestaria destinada al programa Adolescencia e Integración Social.

Decreto Nº 1115/06: Apruébase la nómina definitiva de Mayores Contribuyentes.

Decreto Nº 1116/06: Declaración de Interés Municipal de las “XII Jornadas Nacionales de Cooperativismo Escolar y VI del Mercosur”.

Decreto Nº 1118/06: Autorización a la realización de la obra de extensión de la red de gas natural en la localidad de Haedo.

Decreto Nº 1119/06: Autorización a la realización de la obra de extensión de la red de gas natural en la localidad de Morón.

Decreto Nº 1120/06: Ordenanza Nº 8546/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Alberto Fabián Guzmán la registración del Plano de Obra.

Decreto Nº 1121/06: Rechazo de las ofertas presentadas en la Licitación Pública Nº 04/06.

Decreto Nº 1122/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1122/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1123/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1124/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1125/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1126/06: Declaración de Interés Municipal de la realización de la “VI Reunión de Profesionales de Ciencias Económicas del Ámbito Municipal”.

Decreto Nº 1127/06: Declaración de Interés Municipal del “II Modelo de Naciones Unidas Morón – Comunidad Pompeya – Palloti”.

Decreto Nº 1128/06: Ordenanza Nº 8403/06: Condónese al Sr. José González el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1129/06: Ordenanza Nº 8410/06: Condónese a la Sra. Genoveva Romero el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1130/06: Ordenanza Nº 8419/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 226.290 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1131/06: Ordenanza Nº 8420/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 50.057 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1132/06: Ordenanza Nº 8421/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 32.333 un Plan de Facilidades de Pago.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 3

Page 4: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Nº 1133/06: Ordenanza Nº 8422/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 42.034 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1134/06: Ordenanza Nº 8423/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 59.480 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1135/06: Ordenanza Nº 8424/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 136.399 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1136/06: Ordenanza Nº 8425/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 241.658 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1137/06: Ordenanza Nº 8426/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 50.112 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1138/06: Ordenanza Nº 8427/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 42.102un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1139/06: Ordenanza Nº 8428/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 145.220 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1140/06: Ordenanza Nº 8421/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 41.847 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 114106: Ordenanza Nº 8430/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar a los titulares y/o responsablea del pago de la Partidas Nº 504.923 y Nº 504.922 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1142/06: Ordenanza Nº 8431/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 31.922 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1143/06: Ordenanza Nº 8432/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 140.477 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1144/06: Ordenanza Nº 8433/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 50.159 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1145/06: Ordenanza Nº 8434/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 12.046un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1146/06: Ordenanza Nº 8435/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 42.015 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1147/06: Ordenanza Nº 8436/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 42.099 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1148/06: Ordenanza Nº 8435706: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 512.417 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1149/06: Ordenanza Nº 8438/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 95.197 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1150/06: Ordenanza Nº 8439/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 514.568 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1151/06: Ordenanza Nº 8440/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 50.120 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1152/06: Ordenanza Nº 8441/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 50.044 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1153/06: Ordenanza Nº 8442/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 42.007un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1154/06: Ordenanza Nº 8463/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 70.863 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1155/06: Ordenanza Nº 8464/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 75.974 un Plan de Facilidades de Pago.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 4

Page 5: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Nº 1156/06: Ordenanza Nº 8461/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 12.619 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1157/06: Ordenanza Nº 8469/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 54.486 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1158/06: Ordenanza Nº 8473/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 67.446 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1159/06: Ordenanza Nº 8474/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 59.488 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1160/06: Ordenanza Nº 8475/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 58.256 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1161/06: Ordenanza Nº 8476/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 115.967 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1162/06: Ordenanza Nº 8522/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 84.537un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1163/06: Ordenanza Nº 8523/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 42.114 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1164/06: Ordenanza Nº 8524/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 190.482 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1165/06: Ordenanza Nº 8525/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 79.518 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1166/06: Ordenanza Nº 8525/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 23.626 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1167/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1168/06: Ordenanza Nº 8396/06:Condónese a la Unión Obrera Metalúrgica el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1169/06: Ordenanza Nº 8401/06:Condónese a la Sra. María Ofelia Dos Santos el 50% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1170/06: Ordenanza Nº 8550/06:Condónese al Sr. Pedro Gribaudo el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1171/06: Ordenanza Nº 8553/06:Condónese al Sr. Martín Galmes el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1172/06: Ordenanza Nº 8414/06:Condónese al Sr. Ramón Elizaga el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1173/06: Ordenanza Nº 8412/06:Condónese el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1174/06: Ordenanza Nº 8416/06:Condónese a la Sra. Elsa Dora Castagno el 50% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1175/06: Ordenanza Nº 8413/06:Condónese al Sr. José Manuel Fernández Montero 75% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1176/06: Ordenanza Nº 8395/06:Condónese a la Sra. Juana Ester Sosa Lezcano el 50% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1177/06: Ordenanza Nº 8397/06:Condónese a la Sra. María Paizal el 50% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1178/06: Ordenanza Nº 8417/06:Condónese a la Sra. Antonia De Simeone el 50% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1179/06: Ordenanza Nº 8389/06:Condónese al Sr. Roberto Montenegro el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 5

Page 6: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Nº 1180/06: Ordenanza Nº 8552/06:Condónese el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1181/06: Ordenanza Nº 8398/06:Condónese al Sr. Santiago Rizzo el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1182/06: Ordenanza Nº 8551/06:Condónese a la Sra. Juana Romero el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1183/06: Ordenanza Nº 8393/06:Condónese a la Sra. Placer Martínes el 50% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1184/06: Ordenanza Nº 8388/06:Condónese al Sr. Justo Calleja Ochoa el 50% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1185/06: Ordenanza Nº 8399/06:Condónese a la Sra. María Magdalena Pérez el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1186/06: Ordenanza Nº 8390/06:Condónese al Sr. Carlos José Rodriguez el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1187/06: Ordenanza Nº 8387/06:Condónese a la Sra. María Magdalena Araujo el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1188/06: Ordenanza Nº 8400/06:Condónese el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1189/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1190/06: (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1191/06: Adecuación Presupuestaria con destino al programa de Mantenimiento y Reparación de Vías de Comunicación.

Decreto Nº 1192/06: Ordenanza Nº 8380/06: Otorgamiento a la Sra. Marcelina Rosas y al Sr. Rodolfo Oscar Abel los beneficios establecidos por la Ordenanza Nº 4360/02.

Decreto Nº 1193/06: Ordenanza Nº 8386/06:Condónese a la Sra. Eva Vergara el 50% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1194/06: Ordenanza Nº 8391/06: Exímase a la Asociación Hermanas perpetuo Socorro, el 100% del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1195/06: Ordenanza Nº 8392/06: Exímase a la Unión de Padres y Amigos del Minusválido de Morón, el 100% del pago en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.

Decreto Nº 1196/06: Ordenanza Nº 8394/06:Condónese a la Sra. Elena Cibelli el 50% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1197/06: Ordenanza Nº 8402/06:Condónese a la Sra. Felicia La Barba el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1198/06: Ordenanza Nº 8406/06: Condónase al Obispado de Morón, Colegio Cristo Obrero, el 100% del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1199/06: Ordenanza Nº 8411/06:Condónese a la Sra. Agueda Angélica, el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1200/06: Ordenanza Nº 8405/06:Condónese a la Curia Diócesis Morón el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1201/06: Ordenanza Nº 8407/06:Condónese al Sr. José Hidaldo Pavón el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1202/06: Ordenanza Nº 8415/06:Condónese al Instituto Cultural Marianista el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

Decreto Nº 1203/06: Ordenanza Nº 8418/06:Condónese al Sr. Florentino Ortega el 50% de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 6

Page 7: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Nº 1204/06: Ordenanza Nº 8443/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 31.777 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1205/06: Ordenanza Nº 8445/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 50.094 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1206/06: Ordenanza Nº 8449/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 5.900un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1207/06: Ordenanza Nº 8454/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 130.196 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1208/06: Ordenanza Nº 8455/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 155.308 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1209/06: Ordenanza Nº 8456/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 72.487 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1210/06: Ordenanza Nº 8457/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 155.307 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1211/06: Ordenanza Nº 8462/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 71.363 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1212/06: Ordenanza Nº 8466/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 516.977 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1213/06: Ordenanza Nº 8465/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 22.379 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1214/06: Ordenanza Nº 8467/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 50.130 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1215/06: Ordenanza Nº 8472/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 23.323 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1216/06: Ordenanza Nº 8477/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 79.519 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1217/06: Ordenanza Nº 8479/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 33.835 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1218/06: Ordenanza Nº 8481/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 8.357 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1219/06: Ordenanza Nº 8483/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 59.582 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1220/06: Ordenanza Nº 8485/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 20.937 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1221/06: Ordenanza Nº 8490/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 197.704 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1222/06: Ordenanza Nº 8491/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 50.115 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1223/06: Ordenanza Nº 8494/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 79.111 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1224/06: Ordenanza Nº 8495/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 31.795 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1225/06: Ordenanza Nº 8496/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 72.483 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1226/06: Ordenanza Nº 8499/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 42.105 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1227/06: Ordenanza Nº 8501/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 95.198 un Plan de Facilidades de Pago.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 7

Page 8: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Nº 1228/06: Ordenanza Nº 8506/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 50.093 un Plan de Facilidades de Pago.

Decreto Nº 1229/06: Ordenanza Nº 8517/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable del pago de la Partida Nº 72.481 un Plan de Facilidades de Pago.

RESOLUCIONES Pág. 76 - 80

DECRETOS SINTETIZADOS Pág. 80 - 81

El presente trabajo es elaborado por:Secretaría Privada de

Relaciones Comunitarias y DescentralizaciónDirección de Asistencia Técnica

Departamento Boletín y Digesto MunicipalDependiente del

Sr. Intendente Martín Sabbatella

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 8

Page 9: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

DECRETOS

DECRETO Nº 1053/06 Morón, 17 de Julio de 2006VISTO:

El expediente Nº 4079-13105/06 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 de las actuaciones citadas en el Visto, luce nota presentada por el Jefe Distrital de Morón Carlos Alberto Montre, solicitando la suma de $ 9.000 (pesos nueve mil), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, en el marco del Convenio de Cooperación Institucional existente entre la Municipalidad de Morón y el Comando de Patrulla Morón, correspondiente al periodo del mes de Mayo de 2005, a los efectos de proceder a múltiples reparaciones (móviles colisionados, rotura de trenes delanteros, etc.), mantenimiento y cuidado de la flota automotriz (desgaste normal de los elementos que componen partes de la mecánica liviana de los vehículos), como así también las reparaciones de chapa y pinturas necesarias para los móviles policiales, cuya mayoría cubren servicio las 24 horas, lo que hace imperiosa la necesidad de mantenerlos en condiciones optimas. Asimismo se informa que parte de dicha suma será destinada a la mantención y reparación de las instalaciones de ese elemento y la adquisición de materiales de construcción y mantenimiento edilicio.

Que a fs. 6 obra Registro de Compromiso, en el cual consta la respectiva imputación presupuestaria, efectuado por la Contaduría General.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Otórgase al “Comando de Patrulla Morón”, la suma de $ 9.000.- (pesos nueve mil), a efectos de solventar los gastos para múltiples reparaciones de móviles colisionados, chapa, pintura y mantenimiento de la flota automotriz, como así también para la mantención y reparación de las instalaciones y la adquisición de elementos de construcción y mantenimiento edilicio.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría líbrese orden de pago por la suma de $ 9.000 (pesos nueve mil) a nombre del Sr. Carlos Alberto Montre, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas para mantenimiento móviles.ARTICULO 3º: Impútase el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe01.00.00 5.3.7.0 Transferencia a entes de

gobiernos provinciales$ 9.000.-

Total$ 9.000.-

ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1054/06 Morón, 18 de Julio de 2006VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto Nº 2542/05 promulgatorio de la Ordenanza General de Presupuesto 2006, el expediente Nº 4079-16018/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a través del expediente citado en el Visto, los Organos Ejecutores de cada Secretaría han dado conformidad a las necesidades planteadas por los diversos sectores respecto de proceder a la realización de las adecuaciones presupuestarias solicitadas.

Que la Ordenanza General de Presupuesto para el ejercicio fiscal 2006, dispone en su artículo 8º la modalidad de procedimiento para la modificación de los créditos presupuestarios. Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Disminúyase en el Presupuesto General de Gastos por un monto total de $ 48.700,00.- (pesos cuarenta y ocho mil setecientos), las siguientes partidas:

Subjurisdicción Cat. Program. Objeto del Gasto Importe

Fuente de Financiamiento 1101110101000 01.02.00 2.2.2.0 $ 7.000,00.-1110101000 01.02.00 2.3.1.0 $ 17.700,00.-1110101000 01.02.00 2.3.3.0 $ 10.000,00.-1110101000 01.02.00 2.9.6.0 $ 14.000,00.-

Total $ 48.700,00.-

ARTICULO 2º: Increméntase en el Presupuesto General de Gastos por un total de $ 48.700,00.- (pesos cuarenta y ocho mil setecientos), las siguientes partidas:

Subjurisdicción Cat. Program. Objeto del Gasto Importe

Fuente de Financiamiento 1101110101000 01.02.00 3.2.9.0 $ 17.700,00.-

1110101000 01.02.00 3.5.4.0 $ 10.000,00.-

1110101000 01.02.00 3.5.9.0 $ 21.000,00.-

Total $ 48.700,00.-

ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff – Damian Eduardo

Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1062/06 Morón, 18 de Julio de 2006VISTO:

El expediente Nº 4079-15882/06-0 D.E., por el cual tramita la solicitud de subsidio para la adquisición audífonos efectuada por la Sra. Sosa Natalia Jorgelina (DNI 23.889.086) para su hija Corbalan Camila Elizabeth (DNI 41.882.997), yCONSIDERANDO:

Que a fs. 2 obra copia de la prescripción médica expedida por el médico del Hospital “Manuel Rocca”. Que a fs. 6/7 obran las copias de los Documentos Nacionales de Identidad de la

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 9

Page 10: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

peticionante y su hija. Que a fs. 17 luce copia del Exámen Audiometrico realizado a la paciente. Que a fs. 23/24 se adjuntan los presupuestos respectivos de distintos centros audiológicos.

Que a fs. 7/7 vta. obra Informe Social, elaborado por la Coordinación del Hospital AMP “El Palomar” dependiente de la Secretaria de Salud y Desarrollo Social, mediante la cual se verifica la situación de la peticionante, aconsejándose el otorgamiento del subsidio en cuestión.

Que a fs. 26 se agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11654.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Sosa Natalia Jorgelina (DNI 23.803.988), por la suma de Pesos Un mil ochocientos ($ 1.800.-), a los efectos de adquirir audífonos para su hija Corbalan Camila Elizabeth (DNI 41.882.997).ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese la orden de pago por la suma precedentemente indicada, a nombre de Gaes S.A., con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a la partida presupuestaria 5.1.4.0 “Ayudas Sociales a personas”. ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1065/06 Morón, 18 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8301/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Junio del año 2006, el expediente Nº 4079-11780/06 D.E.– 61236/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 8301/06.

Que atento lo expuesto precedentemente resulta necesario efectuar la inscripción en el registro respectivo, dictando al efecto el acto administrativo pertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº 8301/06, la norma sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Junio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Establézcase el doble sentido de circulación de la calle Juan Vucetich entre la Avenida Eva Perón (ex Pierrestegui) y Avelino Palacios de la Ciudad de Morón.”“Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo procederá a instalar un cabezal en el semáforo de la intersección de la Avenida Eva Perón (ex Pierrestegui) y la calle Juan Vucetich, para que los vehículos que

circulen por la calle Juan Vucetich puedan cruzar o retomar la Avenida Eva Perón.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de Junio del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel Guillermo Larrache - Guillermo R.

Pascuero

* * *DECRETO Nº 1068/06 Morón, 19 de Julio de 2006VISTO:

La Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), el Decreto-Ley Nº 6769/58, los Decretos Nº 643/06 y Nº 921/06, el expediente Nº 4079-14323/06-0 D.E., y CONSIDERANDO: Que por el Decreto Nº 643/06, se dispone la realización del “Censo para el Personal de Carrera Administrativa Ley Nº 11.757 y Relevamiento de Puesto de Trabajo” de cumplimiento efectivo para todo el personal municipal del Departamento Ejecutivo, a excepción de aquellos incluidos en el régimen de Carrera Profesional Sanitaria y Estatuto Docente.

Que por Decreto Nº 921/06, se rectifican los Anexos I y II, Formulario del Censo y Descripción de Tareas, aprobados en el artículo 4º del Decreto Nº 643/06.

Que por razones operativas, resulta necesario rectificar el artículo 1º del Decreto Nº 643/06, respecto a las fechas de finalización de las etapas y/o componentes que integran el proceso de “Censo para el Personal de Carrera Administrativa Ley Nº 11.757 y Relevamiento de Puestos de Trabajo” de la siguiente manera: Censo para el Personal de Carrera Administrativa Ley Nº 11.757 el que se realizará hasta el 31 de Julio de 2006; Proceso de Actualización de Legajo del Personal de Carrera Administrativa Ley Nº 11.757 hasta el día 15 de Octubre de 2006 y Relevamiento de Puestos de Trabajo a desempeñar por el personal de Carrera Administrativa Ley Nº 11.757 hasta el día 15 de Octubre de 2006.

Que en razón de lo expuesto, de conformidad con lo establecido por el artículo 114º de la Ordenanza Nº 11.654, de Procedimiento Administrativo, procediendo a dictar el acto administrativo pertinente. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DELPARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Rectifícase el Artículo 1º del Decreto Nº 643/06, el que quedará redactado de la siguiente manera:“Artículo 1º: Dispónese la realización del “Censo Obligatorio para el Personal de Carrera Administrativa Ley Nº 11.757 y Relevamiento de Puestos de Trabajo” para todo el personal comprendido en el Departamento Ejecutivo, con excepción de la Rama Docente y Carrera Profesional Sanitaria. El mismo se llevará a cabo en las siguientes etapas y/o procesos:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 10

Page 11: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

1) Censo Obligatorio para el Personal de Carrera Administrativa Ley Nº 11.757 el que se realizará a partir de la fecha del presente hasta el día 31 de julio de 2006.

2) Proceso de Actualización de Legajos del Personal de Carrera Administrativa Ley Nº 11.757 el que se realizará a partir de la fecha del presente hasta el día 15 de Octubre de 2006.

3) Relevamiento de Puestos de Trabajo a desempeñar por el Personal de Carrera Administrativa Ley Nº 11.757 el que se realizará a partir de la fecha del presente y hasta el día 15 de Octubre de 2006”.

ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1070/06 Morón, 19 de Julio de 2006VISTO:

El Decreto N° 2113/04 D.E., Decreto 488/2006 D.E., Decreto N° 890/2006 D.E., Decreto N° 891/2006 D.E., Decreto N° 1066/06 D.E. ,Decreto Provincial N° 2980/00, la Ley 11.757, el Decreto Ley 6769/58, la Nota registrada bajo el Nº 6235/06 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1066/06, se acepta la renuncia del Sr. Contador Alonso Fernando Alberto al cargo de Subtesorero Municipal.

Que por Decreto N° 488/2005 se designó a la agente Gatta Castel Cecilia Natalia, Legajo N° 177689, como Coordinadora de la otrora Secretaría de Finanzas Municipales.

Que el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, en la nota de fecha 19 de Junio de 2006, considera que la agente Gatta Castel Cecilia Natalia, reúne los requisitos de idoneidad y compromiso necesarios para ocupar el cargo de Subtesorera.

Que el Decreto 2980/00 regulatorio de la Reforma de la Administración Financiera en el ámbito Municipal, dispone en su artículo 65° que la Tesorería estará a cargo de un Tesorero, el que será asistido por un Subtesorero que suplantará a titular en los casos de ausencia transitoria, y cumpliendo regularmente las funciones que asignare el Tesorero Municipal.

Que por Decreto N° 890/2006 se designaron a partir del 1° de Junio de 2006 y hasta el 31 de Julio de 2006, los agentes que se encuentran cumpliendo funciones dentro de la Planta de Personal Temporario, encontrándose entre ellos la agente Gatta Castel.

Que asimismo, por Decreto N° 891/2006, se asignaron a los agentes pertenecientes a la Planta de Personal Temporario, los adicionales por Polifuncionalidad y Flexibilidad Horaria, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I y II del mismo.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, conforme lo dispuesto por la normativa citada en el Visto y el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11654. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Exclúyase a partir del día 19 de Julio de 2006 a la agente Gatta Castel Cecilia Natalia, Legajo N° 177689, de los alcances de los Decretos 890/2006 y 891/2006.

ARTÍCULO 2°: Desígnase a partir del día 19 de Julio de 2006 a la Contadora Gatta Castel Cecilia Natalia, Legajo N° 177689, dentro de la Planta de Personal Permanente, en el cargo de Subtesorera, prestando servicios en la Dirección de Tesorería, dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 3°: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 4º: Regístrese. Comuniquese. Publiquese en el Boletin Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1071/06 Morón, 19 de Julio de 2006VISTO:

Lo actuado en el expediente Nº 4079-16113/06-0 en donde la Secretaría de Economía y Finanzas manifiesta la necesidad de reasignar las Cajas Chicas para poder hacer frente a gastos menores que hacen al funcionamiento operativo de las distintas dependencias, con una asignación financiera que permita el equilibrio presupuestario, y CONSIDERANDO:

Que en el curso del ejercicio se autorizaron la apertura como la modificación de Cajas Chicas para las dependencias que así lo solicitaron.

Que resulta necesario reasignar los fondos otorgados a fin de conseguir un equilibrio financiero y presupuestario.

Que corresponde dictar el acto administrativo correspondiente.

Que por lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Fíjase a partir del día 1º de Agosto del año 2006, el monto y la rotación de las cajas chicas de las dependencias que se detalla a continuación:

DependenciaImporte Rotación

Subs. Modernización y Transp. Del Estado 480.00 1Subs. Relaciones con la Comunidad 900.00 1Unidad Intendente 1.500.00 2Justicia de Faltas 600.00 1Derechos Humanos 300.00 1Of. Anticorrupción 180.00 1Org. y Part. Comunitaria 300.00 1Rel. Públicas Ceremonial y Protocolo 480.00 1Secretaría de Gobierno 600.00 2Subs. Control Comunal 600.00 1Subs. Seguridad y Defensa Civil 900.00 2Asuntos Legales 300.00 1Estadísticas 180.00 1Inspección General 480.00 1Recursos Humanos 300.00 2Sist. Y Gestión Administrativa 600.00 1Tránsito y Transporte 600.00 1Colonia de Vacaciones 300.00 2Secretaría de Economía y Finanzas 900.00 2Compras 300.00 1Contaduría 300.00 2Fiscalización y Apremios 300.00 1Tesorería 1,200.00 2Tributos Municipales 300.00 1Sec. Planif. Estrat. E Infraest. Urbana 900.00 1Subs. De Obras y Ser. Públicos 900.00 1Subs. De Planeamiento Urbano 600.00 3Cementerio 600.00 1Logística y Administración 900.00 3Mantenimiento Urbano y Del. Operativas 600.00 1Sec. De Salud y Desarrollo Social 1,200.00 3Subs. Adm. Gral. de Salud y Des. Social 1,040.00 1Subs. de Coord. De Políticas 800.00 1Chicos con Menos Calle 500.00 1Acción Social 960.00 2Cultura 640.00 1Deportes 640.00 1

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 11

Page 12: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Educación 1,200.00 2Medicina Preventiva 1,200.00 2Política de Genero 400.00 1Hogar del Menor 500.00 2Zoonosis 400.00 1Hospital de Morón - Dirección 1,600.00 4Hospital de Morón - Administración 1,600.00 4Juventud 400.00 1SAME 1,600.00 1Sec. Desarrollo Ec. Local 720.00 2Comercio 300.00 1Industria 300.00 1Promoción al Empleo y Ec. Social 300.00 1Secretaría de Políticas Comunicacionales 900.00 1Subs. de Política Institucional 420.00 1Prensa 300.00 1

.0DependenciaImporte Rotación

U.G.C. Nº 1 600.00 1U.G.C. Nº 2 600.00 1U.G.C. Nº 3 600.00 1U.G.C. Nº 4 900.00 1U.G.C. Nº 5 600.00 1U.G.C. Nº 6 600.00 1U.G.C. Nº 7 600.00 1

ARTICULO 2º: La Tesorería implementará las fianzas de los funcionarios que tendrán a cargo los fondos de la Caja Chica, conforme lo establecido en el artículo 218º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios del Departamento Ejecutivo.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese

MARTIN SABBATELLADiego Spina – Ar. Walter Adrián Juara – Daniel

Guillermo Larrache - Damian Eduardo Aguilar – Lic. Gustavo G. S. Hurtado Uhalde - Dr. Eduardo

Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1073/06 Morón, 19 de Julio de 2006VISTO:

Las actuaciones obrantes en el expediente Nº 4079-16130/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en el Visto, obra Memorándum emitido por la Dirección de Arte y Cultura, solicitando la declaración de Interés Municipal los “Ciclos de Conciertos Corales Castelar Canta y Ciclo de Arte coral 2006”, el primero organizado por el “Coral Vox Spei” bajo la dirección de la Sra. Edelmira Lobato y el segundo organizado por la Asociación Musical “Ensamble Coral de Buen Ayre”.

Que Castelar Canta cuenta con el apoyo de la Conducción Eclesiástica de Parroquia Nuestra Sra. del Rosario de Pompeya, (Almafuerte 2660 Castelar Sur) quienes facilitan el templo para la realización de los conciertos, la colaboración y auspicio de la Sociedad de Fomento de Castelar, (quienes también aportan sus instalaciones edilicias) y el reconocimiento artístico de Adicora, Filial GBA Zona Oeste Norte.

Que en razón de lo expuesto, el Municipio de Morón entiende relevante el evento, considerando pertinente declararlo de Interés Municipal.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Declárase de Interés Municipal los “Ciclos de Conciertos Corales Castelar Canta y Ciclo de Arte coral 2006”, organizados por el “Coral Vox Spei” bajo la dirección de la Sra. Edelmira Lobato y por la Asociación Musical “Ensamble Coral de Buen Ayre” respectivamente. ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social y General de Gobierno.

ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLALic. Gustavo G. S. Hurtado Uhalde - Guillermo R.

Pascuero

* * *DECRETO Nº 1074/06 Morón, 19 de Julio de 2006VISTO:

Las actuaciones obrantes en el expediente Nº 4079-16131/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que el expediente citado en el Visto, obra Memorándum emitido por la Dirección de Arte y Cultural, solicitando la declaración de Interés Municipal la “Jornada de Capacitación para Directores de Coro”, que se llevará a cabo el día 25 de Agosto del corriente año en el marco del “Wacca 2006” (Worl assembly of choral conductor´s associations/ Asamblea mundial de asociaciones de directores de coro).

Que la misma estará a cargo de la Directora de Coros y Pedagoga Canadiense, Patricia Abbott, que disertará en el Conservatorio de Morón “Alberto Ginastera”, sobre la Música Coral de Canadá, dando un panorama general del movimiento coral de su País, de la actividad coral con niños y jóvenes, así cómo de las característica generales del lenguaje vocal polifónico del repertorio Canadiense

Que en razón de lo expuesto, el Municipio de Morón entiende relevante el evento, considerando pertinente declararlo de Interés Municipal.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Declárase de Interés Municipal la “Jornada de Capacitación para Directores de Coro”, que se llevará a cabo el día 25 de Agosto del año 2006.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLALic. Gustavo G. S. Hurtado Uhalde - Guillermo R.

Pascuero

* * *DECRETO Nº 1075/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8527/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-20777/05-0 D.E. – 62087/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8527/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Interés Social la Escrituración del inmueble designado

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 12

Page 13: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

catastralmente como: Circ. III; Secc. B; Mza. 103; Parc. 2; Subp. ; a favor de la Sra. Silvia Liliana Carbonetti con D.N.I. Nº 13.501.593”.“Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere en el artículo anterior”.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel Guillermo Larrache - Guillermo R.

Pascuero

* * *DECRETO Nº 1076/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8528/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-34731/02-0 D.E.– 62089/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8528/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Desaféctase del dominio privado municipal el inmueble cuya denominación catastral responde a las siguientes características: Circ. II; Secc G;Mza. 284; Parcelas 22, 23 y 24.”“Artículo 2º: Téngase por cumplidos los requisitos que establece la Ordenanza Nº 10293/88 y sus modificatorias, a efectos que el Departamento Ejecutivo suscriba el respectivo boleto de compra-venta del inmueble municipal que se especifica en el artículo 1º con el siguiente beneficiario: Sr. Leonardo Jorge Monzón, con D.N.I. Nº 29.012.529.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel Guillermo Larrache - Guillermo R.

Pascuero

* * *DECRETO Nº 1077/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8529/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-14764/06-1 D.E.– 62137/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8529/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase el Convenio registrado bajo el Nº 381/06, suscripto con el Ministerio de Desarrollo Social, representado por la Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano, el que tiene por objeto social la ejecución del Proyecto de Capacitación Comunitaria “Taller de Capacitación en Artes y Oficios” presentado por la Municipalidad y subsidiado parcialmente por el Ministerio.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1078/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8531/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-10993/06-0 D.E. – 61970/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 13

Page 14: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8531/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la suma de $ 227,86 (pesos doscientos veintisiete con ochenta y seis centavos), en concepto de Diferencia Salarial, correspondiente al período comprendido entre el día 3 al 9 de diciembre del año 2005, Aportes y Contribuciones al Instituto de Previsión Social y al Instituto Obra Médico Asistencial, al agente Emiliano Alberto Wendler (Legajo Nº 203.867) (D.N.I. Nº 29.041.976), de acuerdo a lo normado por el artículo 54º del Decreto Provincial Nº 2980/00 y conforme constancias obrantes en el expediente Nº 61970/06 H.C.D- - 4079-10993/06-0 D.E.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1079/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8530/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-10523/06 D.E. – 62138/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8530/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase el Convenio Marco registrado bajo el Nº 357/06, suscripto con la Facultad de Ciencias Sociales – U.B.A., cuyo objeto es la prestación de Asistencia Técnica por parte de la Facultad a la Municipalidad, en todos aquellos programas o temas que esta última considere de su interés”.“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo

Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLALic. Gustavo G. S. Hurtado Uhalde - Guillermo R.

Pascuero

* * *DECRETO Nº 1080/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8532/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-14505/06-0 D.E.– 62069/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8532/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la suma de $ 381,43 (pesos trescientos ochenta y uno con cuarenta y tres centavos), en concepto de Bonificación por Título el 30%, correspondiente al período comprendido entre el día 28 de noviembre hasta el día 31 de diciembre del año 2005, Aportes y Contribuciones al Instituto de Previsión Social y al Instituto Obra Médico Asistencial, a la agente Juana Guerrieri (Legajo Nº 8276) (L.C. Nº 5.693.206), de acuerdo a lo normado por el artículo 54º del Decreto Provincial Nº 2980/00 y conforme constancias obrantes en el expediente Nº 62069/06 H.C.D. – 4079-14505/06-0 D.E.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1081/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8533/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-12976/06-0 D.E. – 61992/06 H.C.D., y

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 14

Page 15: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

CONSIDERANDO: Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley

Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8533/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la suma de $ 66 (pesos sesenta y seis), en concepto de Viáticos correspondiente a 22 días del mes de diciembre de 2005, correspondiente a la agente Liliana Esther Rodriguez (Legajo Nº 9.064.700), de acuerdo a lo normado por el artículo 54º del Decreto Provincial Nº 2980/00 y conforme constancias obrantes en el expediente Nº 61992/06 H.C.D. – 4079-12976/06-0 D.E.”.“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1082/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8535/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-13637/06-0 D.E. – 62064/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8535/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la suma de $ 38,22 (pesos treinta y ocho con veintidós centavos), en concepto de Horas Extras, correspondiente al mes de noviembre de 2005, al agente Miguel Carrasco (Legajo Nº 19.022.700) (D.N.I. Nº 12.989.067), de acuerdo a lo normado por el artículo 54º del Decreto Provincial Nº 2980/00 y conforme constancias

obrantes en el expediente Nº 62064/06 H.C.D. – 4079-13637/06-0 D.E.”.“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1083/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8536/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-12986/06-0 D.E. – 62068/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8536/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la suma de $ 143,63 (pesos ciento cuarenta y tres con sesenta y tres centavos), en concepto de Reemplazo de Guardia, correspondiente al día 28 de diciembre del año 2005, Aportes y contribuciones al Instituto de Previsión Social y al Instituto Obra Médico Asistencial, a la Profesional Carmen Inés Moyano (Legajo Nº 85.969) (D.N.I. Nº 14.908.174), de acuerdo a lo normado por el artículo 54º del Decreto Provincial Nº 2980/00 y conforme constancias obrantes en el expediente Nº 62068/06 H.C.D. – 4079-12986/06-0 D.E.”.“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 15

Page 16: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

DECRETO Nº 1084/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8537/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-12983/06-0 D.E. – 62052/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8537/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la suma de $ 174,43 (pesos ciento setenta y cuatro con cuarenta y tres centavos), en concepto de Reemplazo de Guardia, correspondiente al día 10 de diciembre del año 2005, Aportes y Contribuciones al Instituto de Previsión Social y al Instituto Obra Médico Asistencial, al Profesional José María Basilis (Legajo Nº 188.190), de acuerdo a lo normado por el artículo 54º del Decreto Provincial Nº 2980/00 y conforme constancias obrantes en el expediente Nº 62052/06 H.C.D- - 4079-12983/06-0 D.E.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1085/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8538/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-13077/06-0 D.E. – 62015/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8538/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la suma de $ 60.- (pesos sesenta), en concepto de Subsidio pre-natal correspondiente al agente Hugo Romano (Legajo Nº 91.579), de acuerdo a lo previsto por la Ordenanza Nº 6060/74. Correspondiendo ser abonado por el término de nueve meses anteriores a la fecha calculada de parto, se constató que resta saldar 1 mes del mencionado concepto, de acuerdo a lo normado por el artículo 54º del Decreto Provincial Nº 2980/00 y conforme constancias obrantes en el expediente Nº 62015/06 H.C.D. – 4079-13077/06-0 D.E.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1086/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8540/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-13640/06-0 D.E.– 62063/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8540/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la suma de $ 420.- (pesos cuatrocientos veinte), en concepto de Retroactivo de Viáticos, correspondiente a 7 días del mes de agosto, 5 días del mes de septiembre, 5 días del mes de octubre, 4 días del mes de noviembre y 7 días del mes de diciembre del año 2005, al agente Aníbal Tarca (Legajo Nº 178.501) (D.N.I. Nº 12.713.624), de acuerdo a lo normado por el artículo 54º del Decreto Provincial Nº 2980/00 y conforme constancias obrantes en el expediente Nº 62063/06 H.C.D. – 4079-13640/06-0 D.E.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana,

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 16

Page 17: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1087/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8539/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-10991/06-0 D.E. – 62067/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8539/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la suma de $ 772,13 (pesos setecientos setenta y dos con trece centavos), a favor de la agente María Alejandra Delavalle (Legajo Nº 132.985) (D.N.I. Nº 17.722.600), atento al Decreto Nº 211/2006 que en su artículo 1º se reencasilla a dicha agente en la categoría SUMS “C” con 36 horas semanales de labor, con una retroactividad al día 21 de junio de 2005, de acuerdo a lo normado por el artículo 54º del Decreto Provincial Nº 2980/00 y conforme constancias obrantes en el expediente Nº 62067/06 H.C.D. – 4079-10991/06-0 D.E.”.“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1088/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8541/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-10992/06-0 D.E. – 61991/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como

atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8541/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la suma de $ 940,29 (pesos novecientos cuarenta con veintinueve centavos), en concepto de Liquidación Retroactiva referente a la categoría SUMS “A” con 36 horas semanales de labor, correspondiente desde el día 20 de mayo hasta el día 31 de diciembre de 2005, Aportes y Contribuciones al Instituto de Previsión Social y al Instituto Obra Médico Asistencial, a la agente Graciela D´Agostino (Legajo Nº 46.870) (D.N.I. Nº 12.911.029), de acuerdo a lo normado por el artículo 54º del Decreto Provincial Nº 2980/00 y conforme constancias obrantes en el expediente Nº 61991/06 H.C.D- - 4079-10992/06-0 D.E.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1089/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8542/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-17157/05-0 D.E. – 62169/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8542/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a transferir el dominio de la parcela excedente designada catastralmente como Circunscripción V, Sección B, Manzana 194, Parcela 13-a, Partida 1.191, que surge del plano 101-182-65, a favor del Sr. Pablo Damián

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 17

Page 18: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Levalle, según constancias obrantes en el Expte. Nº 62169/06 H.C.D. – 4079-17157/05-0 D.E.”.“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel Guillermo Larrache - Guillermo R.

Pascuero

* * *DECRETO Nº 1090/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8543/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-19190/94 D.E.– 62168/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8543/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a transferir el dominio de la parcela excedente designada catastralmente como Circunscripción III, Sección F, Manzana 335, Parcela 15-b, Partida 701.376, que surge del plano aprobado bajo característica 101-219-86, a favor del Sr. Juan Carlos Angel Lorenzo y la Sra. María del Carmen Lorenzo, según constancias obrantes en el Expte. Nº 62168/06 H.C.D – 4079-19190/94 D.E.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel Guillermo Larrache - Guillermo R.

Pascuero

* * *

DECRETO Nº 1091/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8544/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-10986/06-0 D.E. – 62425/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8544/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la suma de $ 312,74 (pesos trescientos doce con setenta y cuatro centavos), a favor de la agente Edith Fons (D.N.I. Nº 11.848.408) – (Legajo Nº 185.801), en concepto de bonificación por Función por el reemplazo que dicha profesional realizó durante la ausencia del DR. Enrique Falconet, entre los días 19 de diciembre de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2005, de acuerdo a lo normado por el artículo 54º del Decreto Provincial Nº 2980/00 y conforme constancias obrantes en el expediente Nº 62125/06 H.C.D. – 4079-10986/06-0 D.E.”.“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1092/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8545/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-13307/06-0 D.E. – 62107/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8545/06, sancionada por el Honorable Concejo

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 18

Page 19: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la suma total de $ 4.065,28 (pesos cuatro mil sesenta y cinco con veintiocho centavos), en concepto de Diferencias Salarial correspondiente a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2005, Aportes y Contribuciones al Instituto de Previsión Social y al Instituto Obra Médico Asistencial, de los agentes que a continuación se mencionan, de acuerdo a lo normado por el artículo 54º del Decreto Provincial Nº 2980/00 y conforme constancias obrantes en el expediente Nº 62107/06 H.C.D. – 4079-13307/06-0 D.E.”

Apellido y Nombre Legajo Nº Documento Monto

Romero, Sara Alejandra 201.334 D.N.I. 25.909.732 $ 823,42

Muzio, Christian Gabriel 201.856 D.N.I. 24.873.747 $ 823,42

Giretti, Luciano Andrés 201.867 D.N.I. 26.831.513 $ 604,61

González, Daniela Laura 201.878 D.N.I. 26.417.709 $ 604,61

Natero, María Gimena 201.889 D.N.I. 26.787.106 $ 604,61

Duesi, Ariel 201.890 D.N.I. 25.422.276 $ 604,61

Total $4065,28

“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1093/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8547/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-14568/06-0 D.E.– 62055/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8547/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase a la Empresa Telefónica de Argentina S.A., a la apertura de veredas para la colocación de una cabina telefónica, en la siguiente calle: Río Piedras e/Brown y Buen Viaje de la Ciudad de Morón, de acuerdo a las constancias obrantes en las presentes actuaciones.”

“Artículo 2º: La presente autorización estará supeditada al fiel cumplimiento de las condiciones que establezca la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana en su carácter de autoridad de aplicación y de las que surjan del informe técnico brindado por autoridad de incumbencia, como asimismo de toda la normativa legal vigente en la materia.”“Artículo 3º: La Empresa autorizada deberá abonar en concepto de Derechos de Construcción, los importes resultantes de aplicar una alícuota sobre el monto de Obra que fija el Colegio de Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, que asciende a un valor del 1% de dicho monto, según lo establecido por el artículo 37º de la Ordenanza Impositiva.”“Artículo 4º: La Empresa autorizada deberá abonar los importes resultantes de aplicar lo establecido en los artículos 39º y 40º de la Ordenanza Impositiva, por la ocupación de espacio aéreo, del subsuelo y/o de cualquier otra superficie de la vía pública.” “Artículo 5º: La Empresa citada en el artículo 1º no deberá adeudar importe alguno en concepto de multas con el Municipio de Morón, debiendo acreditar fehacientemente ello al momento previo a la devolución del fondo de garantía.” “Artículo 6º: La Empresa deberá finalizar los trabajos descriptos en el artículo 1º en un plazo de 4 días a partir de su notificación ante el Departamento Ejecutivo y podrá prorrogarse hasta un plazo similar.” “Artículo 7º: El incumplimiento de lo establecido en los artículos 2º, 3º y 4º provocará la caducidad automática de la autorización conferida en la presente Ordenanza.”“Artículo 8º: La Empresa deberá presentar por nota a la autoridad de aplicación, los nombres y apellidos y un número teléfonico de fácil acceso del Representante Técnico y del inspector designado por la misma, los que permanecerán en el lugar de las obras durante su ejecución a fin de recibir las notificaciones, comunicaciones y toda otra gestión directamente vinculada a la misma. Asimismo deberá poner a disposición del Municipio un vehículo a fin de efectuar los controles y recorridos pertinentes.”“Artículo 9: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel Guillermo Larrache - Guillermo R.

Pascuero

* * *DECRETO Nº 1094/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 19

Page 20: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

La Ordenanza Nº 8548/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-14404/06 D.E. – 61976/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8548/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase el Contrato de Comodato registrado bajo el Nº 317/06, suscripto con el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Subsecretaría de Atención a las Adicciones, destinado a aunar esfuerzos para disminuir el uso abusivo de alcohol, drogas y tabaco en el territorio de este Distrito, desarrollando a tal fin, de manera conjunta o separada, acciones de prevención y control tendientes a lograr este objetivo social y para lo cual se cede en Comodato al Municipio, un alcoholímetro identificado como Alcotest, marca Drager, Código Nº ARTN 0337, a fin de que sea utilizado para realizar controles de alcoholemia, a través del test de alcohol, en conductores de vehículos automotores en jurisdicción Municipal.”.“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLALic. Gustavo G. S. Hurtado Uhalde - Guillermo R.

Pascuero

* * *DECRETO Nº 1095/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8554/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 20 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-15694/06-0 D.E. – 62327/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8554/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 20 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase el Acuerdo de Colaboración suscripto con la Empresa CENCOSUD S.A., registrado bajo el Nº 418/06, por el cual esta última se compromete a colaborar con la Municipalidad para la realización de las actividades del Programa “Morón a lo grande para los más chicos”, a realizarse entre los días 24 de julio y 6 de agosto de 2006, mediante la provisión de 50.000 trípticos y 50.000 volantes con la programación de la actividad”.“Artículo 2º: Convalídase el Acuerdo de Colaboración suscripto con la TARSHOP S.A., registrado bajo el Nº 419/06, por el cual esta última se compromete a colaborar con la Municipalidad para la realización de las actividades del Programa “Morón a lo grande para los más chicos”, a realizarse entre los días 24 de julio y 6 de agosto de 2006, mediante la provisión de 4 escenarios metálicos”.“Artículo 3º: Convalídase el Acuerdo de Colaboración suscripto con la Empresa SANFORD S.A., registrado bajo el Nº 420/06, por el cual esta última se compromete a colaborar con la Municipalidad para la realización de las actividades del Programa “Morón a lo grande para los más chicos”, a realizarse entre los días 24 de julio y 6 de agosto de 2006, mediante la provisión de 400 sillas de plástico”.“Artículo 4º: Convalídase el Contrato de Donación suscripto con la Empresa IBERARGEN S.A., registrado bajo el Nº 421/06, mediante el cual esta última se compromete a entregar el día 19 de julio de 2006 a la Municipalidad en concepto de donación, la suma única y total de $ 20.000.- (pesos veinte mil), para ser destinada exclusivamente al evento de vacaciones de invierno denominada “Morón a lo grande para los más chicos”, en el marco del Decreto Nº 1033/06”.“Artículo 5º: Acéptase la donación de $ 20.000.- (pesos veinte mil), efectuada por la Empresa IBERARGEN S.A., para ser destinada al alquiler de 3 carpas, 2 de 8 mts. x 16 mts. x 6 mts. de altura, metálicas, lona blanca, entarimado e iluminación interior y 1 de 8 mts. x 24 mts. x 6 mts. de altura, metálica, lona blanca, entarimado e iluminación interior, para ser ubicadas en las Plazas San Juan, Rotonda del Bianco y Santa Rosa, a los fines de la realización del evento “Morón a lo grande para los más chicos”, a realizarse entre los días 24 de julio y 6 de agosto de 2006”.“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinte días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 20

Page 21: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

MARTIN SABBATELLALic. Gustavo G. S. Hurtado Uhalde - Guillermo R.

Pascuero

* * *DECRETO Nº 1096/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 7628/05 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25 de Agosto del año 2005, el expediente Nº 4079-15805/05 D.E.– 60069/05 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 7628/05.

Que atento lo expuesto precedentemente resulta necesario efectuar la inscripción en el registro respectivo, dictando al efecto el acto administrativo pertinente. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº7628/05, la norma sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Agosto del año 2005, cuyo texto se transcribe

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a la Sra. Gladys Carrizo, una prórroga por (1) un año para efectuar la exhumación de los restos de quien en vida fuera su hermana, la Sra. Sara Carrizo, inhumada en la Sepultura Nº 2, Tabón S-132, Nº de Orden 98.241 del Cementerio Municipal de Morón. La prórroga otorgada regirá desde el día 4 de junio de 2005 hasta el día 4 de junio de 2006.” “Artículo 2º: Lo otorgado en el artículo 1º queda condicionado a que la peticionante se presente dentro de un plazo de 60 (sesenta) días a partir de la notificación de la promulgación de la presente Ordenanza, ante la Dirección de Cementerio, a los efectos de abonar la Tasa correspondiente, como así también a autorizar la prórroga otorgada.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil cinco”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel Guillermo Larrache - Guillermo R.

Pascuero

* * *DECRETO Nº 1097/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8187/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Junio del año 2006, el expediente Nº 4079-42871/02 D.E. – 54504/02 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 8187/06.

Que atento lo expuesto precedentemente resulta necesario efectuar la inscripción en el registro respectivo, dictando al efecto el acto administrativo pertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº 8187/06, la norma sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Junio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Condónese al Sr. Evaristo Díaz, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/urna Nº 0/118, Galería 7, Fila 4º, por los años 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de Junio del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel Guillermo Larrache - Guillermo R.

Pascuero

* * *DECRETO Nº 1098/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8194/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Junio del año 2006, el expediente Nº 4079-18671/04 D.E. – 58826/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 8194/06.

Que atento lo expuesto precedentemente resulta necesario efectuar la inscripción en el registro respectivo, dictando al efecto el acto administrativo pertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº 8194/06, la norma sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Junio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Condónese al Sr. Oscar Antonio Nacher, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/ataúd Nº 33, Galería 3, Fila 3º, en concepto de inhumación y arrendamiento de Nicho de Urna.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 21

Page 22: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

días del mes de Junio del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel Guillermo Larrache - Guillermo R.

Pascuero

* * *DECRETO Nº 1099/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8197/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Junio del año 2006, el expediente Nº 4079-18956/04 D.E.– 58927/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8197/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º:Condónese al Sr. Rodrigo Carlos Sosa, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/ataúd Nº 0/1156, Galería 4, Fila 1º, por los años 2004 y 2005.”“Artículo 2º: Exímase al Sr. Rodrigo Carlos Sosa, del pago en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/ataúd Nº 0/1156, Galería 4, Fila 1º, por el año 2006.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de junio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel Guillermo Larrache - Guillermo R.

Pascuero

* * *DECRETO Nº 1100/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

El expediente Nº 4079-16086/06-0D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra nota del Contador General, informando acerca de la realización del III Jornadas Técnicas del Centro de Administraciones Tributarias, los días 23 al 25 de Agosto del corriente año en la Ciudad de Mendoza, donde se debatirán, reconocerán, evaluarán y discutirán temas relacionados con áreas específicas de la administración tributaria.

Que atento a la trascendencia de los temas a tratar en tan importante jornada que son de aplicación en la jurisdicción de los Municipios en especial en el área de impositiva, ya que tratarán temas relacionados con las técnicas de fiscalización aplicadas a impuestos y tasas, se solicita la declaración de Interés Municipal.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal las “III Jornadas Técnicas del Centro de Administraciones Tributarias” a realizarse los días 23 al 25 de Agosto del corriente año en la Ciudad de Mendoza.ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1101/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

El expediente Nº 4079-16265/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra memorándum de la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad, solicitando la declaración de Interés Municipal las “Jornadas de Homenaje a la Sra. Olga Aredez”, que se llevarán a cabo el día 27 de Julio del corriente año, a la Ciudad de Margarita Belén, Provincia de Jujuy, República Argentina.

Que el homenaje que se realizará a la Sra. Aredez, fallecida el día 17 de Marzo de 2005, la que sufrió como esposa y madre la desaparición de su esposo el médico Luis Aredez, secuestrado y desaparecido en Ledesma, Jujuy, el día 13 de Mayo de 1977. La misma en 1982 funda Madres de Detenidos – Desaparecidos del Departamento Ledesma de Jujuy. Desde entonces Olga, junto a sus cuatro hijos llevó adelante una lucha incansable en la ciudad de Libertador General San Martín, acompañada por la solidaridad de las Madres de Plaza de Mayo y de muchos habitantes de ese pueblo que no podrán olvidar a quién fuera intendente y defensor de los derechos populares. Olga Aredez ha dejado con su testimonio de vida una lección imborrable, que se quiere rememorar y agradecer.

Que asimismo informa que participarán en las mencionadas Jornadas el Director de Derechos Humanos, Marcello Guillermo; el Coordinador General, Toscanini Pablo y la Profesional Fangano Analía, por tal motivo solicita a tal efecto la suma de $ 1.500.- (pesos un mil quinientos), a fin de afrontar el gasto que demanden dichas concurrencias.

Que a fs. 3 luce Registro de Compromiso con la correspondiente Imputación Presupuestaria.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 22

Page 23: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal las “Jornadas de Homenaje a la Sra. Olga Aredez”, que se llevará a cabo el día 27 de Julio del año 2006, en la Ciudad de Margarita Belén, Provincia de Jujuy, República Argentina.ARTÍCULO 2º: Autorízase al Director de Derechos Humanos, Marcello Guillermo; el Coordinador General, Toscanini Pablo y la Profesional Fangano Analía a concurrir a las Jornadas mencionadas en el Artículo 1º.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Director de Derechos Humanos, Sr. Marcello Guillermo, por la suma de Pesos Un mil quinientos ($ 1.500.-) con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe01.01.00 3.7.2.0 Viáticos $ 1.500,00.-

Total: $ 1.500,00.-

ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADamian Eduardo Aguilar - Dr. Eduardo Daniel

Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1102/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

El expediente Nº 4079-16108/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, luce nota presentada por la Dirección de Tesorería, solicitando que se autorice el libramiento de una orden de pago por la suma de $ 60.000.- (pesos sesenta mil) para la compra de timbrados provinciales, correspondientes a la Tasa Provincial necesaria para el otorgamiento de las licencias de conducir, cuya nueva tarifa es de $ 20.- (pesos veinte) y de $ 30.- (pesos treinta) según el tramite a realizar.

Que, asimismo según surge de la nota de referencia se aclara que la adquisición del timbrado en cuestión, se efectúa con el objeto de evitar trámites innecesarios al contribuyente que debería abonar esta tasa en el Banco de la Provincia de Buenos Aires.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Autorízase a la Dirección de Tesorería a efectuar el gasto por la suma de $ 60.000.- (pesos sesenta mil), a efectos de solventar la compra de timbrados provinciales, para su expedición en la caja de su dependencia, instalada en el Departamento de Licencias de Conducir, a efectos del otorgamiento de las mismas.

ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de Banco Provincia de Buenos Aires, por la suma precedentemente indicada, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, por parte del Contador Juan Manuel Caracachian.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1104/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

El expediente Nº 4079-16157/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1/2 del expediente mencionado en el Visto, obra memorándum de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 2 de Haedo, solicitando se declare Interés Municipal los festejos que se llevarán a cabo a partir del 1º de agosto del corriente año, en el marco de 120º Aniversario de la Estación de Haedo.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal los festejos que se llevarán a cabo a partir del 1º de agosto del corriente año, en el marco de “120º Aniversario de la Estación de Haedo”.ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 2 “Haedo” y el Señor Secretario General de Gobierno.ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLALic. Alejandra Myriam Dezi - Guillermo R.

Pascuero

* * *DECRETO Nº 1105/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8534/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-42754/98-0 D.E. – 61833/06 H.C.D. (2 cuerpos), adjuntos Nº 4079-48947/98 D.E., Nº 4079-42164/98 D.E. y 4079-49871/99 D.E., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8534/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la suma de $ 15.568 (pesos quince mil

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 23

Page 24: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

quinientos sesenta y ocho centavos), por el servicio de Transporte Escolar prestado a la Escuela “Mi Futuro”, efectuado por el Sr. Enrique Juan Cetrangolo, correspondiente a los períodos comprendidos entre los días 25 de julio de 1997 al 02 de octubre de 1997 y desde el día 09 de marzo de 1998 al 21 de mayo de 1998, de acuerdo a lo normado por el artículo 54º del Decreto Provincial Nº 2980/00 y conforme constancias obrantes en el expediente Nº 61833/06 H.C.D. – 4079-42754/98-0 D.E. y adjuntos 4079-48947/98 D.E. – 4079-42164/98 D.E. – 4079-49871/99 D.E. – 4079-42754/98-1 D.E. (II Cuerpos)”. “Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *

DECRETO Nº 1106/06 Morón, 24 de Julio de 2006VISTO:

El Decreto Nº 1880/03, yCONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto, fue designada como Directora de Asuntos Legales, la Dra. Alba Gabriella Gómez D’agnino.

Que la Dra. Gómez D’agnino, hará uso de licencia ordinaria a partir del día 24 hasta el día 30 de Julio de 2006 inclusive.

Que en razón de lo expuesto corresponde asignar en otro funcionario del Municipio, la firma del despacho de la Dirección de Asuntos Legales, a efectos de evitar resentimientos en el normal desenvolvimiento de las tareas del área.

Que siendo la Dra. María Elena Rogan la funcionaria idónea para el desempeño de las tareas delegadas, corresponde efectuar la sustitución de la competencia hasta el reintegro de la Dra. Alba Gabriella Gómez D’agnino, Directora de Asuntos Legales.

Que en virtud de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Asígnasele a partir del día 24 hasta el día 30 de Julio del año 2006 inclusive, a la Dra. María Elena Rogan (DNI 14.145.045) Directora de Asistencia Técnica, la firma de la Dirección de Asuntos Legales, en sustitución de la Dra. Alba Gabriella Gómez D’agnino (DNI 16.967.159), cesando dicha sustitución a la fecha de reincorporación de la funcionaria mencionada.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1107/06 Morón, 25 de Julio de 2006VISTO:

El expediente Nº 4079-16252/06-0 D.E., en donde la Dirección de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo manifiesta la necesidad de contar con una Caja Chica a fin de poder hacer frente a gastos de pequeña cuantía que hacen al funcionamiento operativo de la XII Cumbre de Mercociudades, yCONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, obra memorándum de la Dirección de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo, solicitando la creación de la Caja Chica.

Que toma debida intervención la Dirección de Contaduría sin formular objeción alguna al respecto.

Que por lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Créase la Caja Chica de la dependencia que se detalla a continuación con especificación del monto asignado y su rotación mensual:

DependenciaMonto Rotación Mensual

Dirección de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo – XII Cumbre de Mercociudades

$ 2.000.- 2

ARTICULO 2º: La Tesorería implementará la fianza del funcionario que tendrá a cargo los fondos de la Caja Chica, conforme lo establecido en el artículo 218º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, de General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese

MARTIN SABBATELLADamian Eduardo Aguilar - Dr. Eduardo Daniel

Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1109/06 Morón, 25 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo, el expediente Nº 4079-15552/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que fs. 1 del expediente citado en Visto, el Sr. Walter Sbrero manifiesta que en la Dirección de Comercio le informan que el Expte. Nº 4079-17100/05, por el cual tramita la habilitación de su comercio no puede ser localizado.

Que a fs. 20 la Dirección de Comercio informa que de una exhaustiva búsqueda no se pudo dar con el paradero del Expediente requerido.

Que asimismo, la Dirección de Comercio hace saber que habida cuenta de la denuncia obrante a fs. 12 donde consta que le habrían sustraído al peticionante el Certificado de Habilitación Provisoria, se procedió a extender un nuevo certificado cuya vigencia es de 90 (noventa)

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 24

Page 25: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

días a efectos de permitirle el diligenciamiento del trámite.

Que a fs. 28 la Dirección de Asuntos Legales entiende que habiéndose comprobado la perdida o extravío del Expte. Nº 4079-17100/05, correspondería ordenar su reconstrucción conforme lo establece la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11.654 en su artículo 130 y 131.

Que por lo expuesto, esa Asesoría considera que se debería remitir los actuados a la Secretaría Privada de Relaciones Comunitarias y Descentralización a efectos de que se dicte el pertinente acto administrativo ordenando la reconstrucción del Expediente Nº 4079-17100/05.

Que en razón de lo expuesto y agotados los recursos de búsqueda de las actuaciones en cuestión, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 105º y 130º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Ordénase la reconstrucción de los expedientes Nº 4079-17100/05 D.E., de conformidad con lo dispuesto por el artículo 130º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. ARTÍCULO 2º: Reprodúzcanse los dictámenes, informes o vistas que se hubieren dictado en las actuaciones mencionadas en el Artículo 1º y que registren las áreas con incumbencia.ARTICULO 3º: Instrúyase separadamente sumario administrativo, a efectos de determinar las responsabilidades correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 131º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1112/06 Morón, 25 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8377/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 22 de Junio del año 2006, el expediente Nº 4079-19513/05-0 D.E. – 61999/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 8377/06.

Que atento lo expuesto precedentemente resulta necesario efectuar la inscripción en el registro respectivo, dictando al efecto el acto administrativo pertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº 8377/06, la norma sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de Junio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Otórgase el cambio de titularidad de la Licencia de Automóvil de Alquiler con Taxímetro Nº 210, a favor de la Sra. María Alejandra González, D.N.I. Nº 17.823.831, domiciliada en la calle Posta de Pardo Nº 2551 de la Ciudad de Ituzaingó, en virtud de lo normado en el

artículo 71º de la Ordenanza Nº 10447 y sus modificatorias.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de Junio del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel Guillermo Larrache - Guillermo R.

Pascuero

* * *DECRETO Nº 1113/06 Morón, 25 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 7885/05 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 10 de noviembre del año 2005, el expediente Nº 4079-15516/04 D.E.– 58307/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 7885/05.

Que atento lo expuesto precedentemente resulta necesario efectuar la inscripción en el registro respectivo, dictando al efecto el acto administrativo pertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº 7885/05, la norma sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 10 de Noviembre del año 2005, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Condónese a la Sra. Blanca Parra, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente a la Sepultura 52, Tablón S-129, Orden Nº 91.149, en concepto de exhumación, lavado de restos, traslado y arrendamiento de Nicho/urna Fila 4º, por los años 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diez días del mes de noviembre del año dos mil cinco”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel Guillermo Larrache - Guillermo R.

Pascuero

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 25

Page 26: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

* * *DECRETO Nº 1114/06 Morón, 25 de Julio de 2006VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el expediente Nº 4079-16251/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a través de memorándum con fecha 24 de Julio de 2006 la Dirección de Tesorería informa que a la fecha se ha percibido la suma de $ 24.600.- (pesos veinticuatro mil seiscientos).

Que a través de memorándum con fecha 19 de Julio de 2006 la Dirección de Acción Social informa el destino que se le dará a los fondos informados por la Dirección de Tesorería.

Que los recursos percibidos del Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia revisten el carácter de aportes con afectación.

Que el artículo 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece el procedimiento a seguir para las ampliaciones o creaciones de partidas de carácter afectado. Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Increméntase en el Cálculo de Recursos el siguiente rubro por PESOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS ($ 24.600,00.-): 1.7 - Transferencias Corrientes2.0 - De Administración Nacional03.07 - Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia – Programa

Adolescencia e Integración Social.Importe - $ 24.600,00.-

ARTICULO 2º: Increméntase en el Presupuesto General de Gastos el programa 32.04.00 Adolescencia e Integración Social por un total de PESOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS ($ 27.600,00.-):

Fuente Financ

Subjurisd Prog Activ Inciso P.Ppal P.Pcial Denominación Monto

133 7 32 04 2 1 1 Alimento para Personas

$ 300,00.-

133 7 32 04 3 7 2 Viáticos $ 6.150,00.-133 7 32 04 3 9 9 Otros $ 150,00.-133 7 32 04 5 1 4 Ayudas

Sociales a Personas

$ 21.000,00.-

Total $ 27.600,00.-

ARTICULO 3º: Disminúyase en el Presupuesto General de Gastos el programa 32.04.00 Adolescencia e Integración Social por un total de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00.-):

Fuente Financ.

Subjurisd Prog. Activ. Inciso P.Ppal P.Pcial Denominación Monto

133 7 32 04 3 4 9 Otros $ 3.000,00.-Total $ 3.000,00.-

ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud y Desarrollo Social.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLALic. Gustavo G. S. Hurtado Uhalde - Dr. Eduardo

Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1115/06 Morón, 26 de Julio de 2006VISTO:

Los artículos 93º, 94º y concordantes del Decreto-Ley Nº 6769/58, el artículo 193º inciso 2º de la Constitución Provincial, el Decreto Nº 114/06 del Honorable Concejo Deliberante, los expedientes Nº 4079-13390/06-0 D.E. – 62145/06 H.C.D., adjunto Nº 4079-15447/06 D.E. – 62202/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 114/06 del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Morón se procede a designar a los Mayores Contribuyentes titulares y suplentes, por cada Bloque Político que integran dicho Cuerpo.

Que en consecuencia corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 94º inciso 5º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Apruébase la nómina definitiva de mayores contribuyentes a saber:BLOQUE NUEVO MORÓN - ENCUENTRO POR LA

DEMOCRACIA Y LA EQUIDAD:

Titulares

Número Contribuyentes Número de Partida

1 Spina, Juan 191.8142 Olivero, Andrés Rubén 74.2253 Katchekian, Isabel 16.5994 Giordano, Francisco Luis 54.2255 Rateni, María Concepción 31.0366 Solano, Rafael Mario 210.3317 Maran, Alejandro Humberto 23.6528 Nuñez, Argentino Amalio 26.1419 Lamela, Carlos Claudio 6.899

10 Martínez, Fabio Ariel 41.43911 Anil, Celso 44.36212 Filco, Héctor Jorge 7.71613 Ricaba, Jaime Oscar 118.03414 Chamo, Mario 139.74015 Fazio, Carlos Alberto 150.74516 Guerra, Fernando Pablo 515.93217 Segata, Mario Orestes 24.40118 Bazano, Lilia Beatriz 191.459

BLOQUE NUEVO MORÓN - ENCUENTRO POR LA DEMOCRACIA Y LA EQUIDAD:

Suplentes

19 Mengoni, Mario 66.12720 Pedreira, Valeria 4621 Ghi, Mario José 121.55322 Losange, Liliana 69.07723 Porcelli, Eduardo 29.91024 Giovanniello, Italo 144.26625 Macera, Adriana 131.39726 La Manna, Felipe 99.63127 Albanese, José 21.14528 González, Juan Carlos 64.44329 Bianchi, Hugo 144.24130 Ulloque, Omar Víctor 193.50031 Bilello, Oscar Alberto 81.58032 Bilello, Carlos Horacio 217.70633 Ceriani, José Carlos 27.63234 Carenzo, Rogelio 20.60035 González, José 205.65836 Colla, Hernan Javier 169.104

BLOQUE FRENTE POR LA VICTORIA:

Titulares

NúmeroContribuyentes Número de Partida

37 Tapia, Carlos Tomás 11.64938 Ripa, Sergio Francisco 64.43139 Pitrelli, Graciela 21.96740 Urtubey, Raúl 12941 Alcalde, Jorge Antonio 79.387

Suplentes

42 Rial, Domingo 543 De Donato, Lillia 73.62744 Corengia, Angel 218.98145 Martínez, Oscar 26.13946 Levinstein, Ricardo 89.457

BLOQUE PERONISMO POR LA GENTE:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 26

Page 27: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Titulares

NúmeroContribuyentes Número de Partida

47 Cuevas, Rene Virgilio 212.939

Suplentes

48 Vacirca, Diego Oscar 42.618

ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1116/06 Morón, 26 de Julio de 2006VISTO:

El expediente Nº 4079-16277/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra memorándum de la Dirección de Políticas de Economía Social y Solidaria, solicitando la declaración de Interés Municipal de la XII Jornadas Nacionales de Cooperativismo Escolar y VI del Mercosur, organizadas por el Ministerio de Educación, Ministerio de Producción, el IPAC y la Universidad Nacional de Santiago del Estero, a llevarse a cabo en Río Hondo, los días 17, 18 y 19 de Agosto de 2006.

Que esta oportunidad es propicia para que los docentes de las distintas provincias y países convocados, participen de jornadas de integración, análisis y reflexión, respecto a la fundamentación y práctica de la educación cooperativa en el ámbito escolar.

Que el Cooperativismo para los actores de la comunidad educativa se constituye en una herramienta para enfrentar los cambios de la mejor manera posible, ya que es una de las estrategias superadoras de obstáculos y de dificultades que se plantean tanto en la vida cotidiana como en la institución educativa.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal las “XII Jornadas Nacionales de Cooperativismo Escolar y VI del Mercosur”, organizadas por el Ministerio de Educación, Ministerio de Producción, el IPAC y la Universidad Nacional de Santiago del Estero, a llevarse a cabo en Río Hondo, los días 17, 18 y 19 de Agosto de 2006.ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de Gobierno.ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADamian Eduardo Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1118/06 Morón, 26 de Julio de 2006VISTO:

El expediente Nº 4079-16064/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs 1 obra carta de presentación del Sr. Trofelli Guillermo Pedro, Socio Gerente, de la empresa PROTECNIC S.R.L. y a fs. 2/18 se acompaña la correspondiente documentación a saber: Contrato Social de la Empresa, Contrato individual original, nota fijando domicilio legal, certificado de Capacidad Técnica y Financiera, plancheta catastral, Plan de Trabajos, Contrato visado con el Colegio de Técnicos, fotocopias de aportes, Análisis de Precios y Plano de Proyecto.

Que a fs. 19 la Dirección de Proyectos de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbano, informa que la obra en cuestión se realizará con la modalidad de “costo cubierto”, bajo el régimen de la Ordenanza General Nº 165/73 y el artículo 132º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ya que el costo de la misma será afrontado en su totalidad por el vecino frentista tanto en lo que respecta a la instalación propiamente dicha, como así también a la reparación de los pavimentos, veredas y otras instalaciones que se encuentren ubicadas en la vía pública y que puedan verse afectadas por esa obra.

Que en virtud de lo expuesto, resulta pertinente proceder de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Autorízase la realización de la obra de extensión de la red de gas natural en la localidad de Haedo, por contrato directo entre la Empresa PROTECNIC S.R.L. y el contribuyente Jorge Roca, a cuyo cargo estará el costo total de la obra, por un monto de $ 5.808,00.- (pesos cinco mil ochocientos ocho), y comprende la siguiente calle:Milan e/Media calle y Goria, Cir. III, Sec. F, Maz.

425, Parc. 10 ARTICULO 2º: En cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza General Nº 165/73, la Empresa Contratista ha efectivizado el 1% (uno por ciento) del monto total de la obra, según artículo 102º de la citada Ordenanza General. El aporte del 5% (cinco por ciento) según artículo 56º deberá constituirse antes del comienzo de obra a la fecha de notificación del presente Decreto.ARTICULO 3º: Los trabajos de reconstrucción de veredas y pavimentos deberán efectuarse de acuerdo con las disposiciones Municipales vigentes, interiorizándose de los mismos en la Dirección de Proyectos. El incumplimiento de lo expuesto alteraría las normas que este Municipio mantiene para la ejecución de Obras Públicas en General y dará lugar a las acciones legales correspondientes.ARTICULO 4º: Para la ejecución de los trabajos se ha establecido un plazo de 7 (siete) días corridos, contados a partir de la fecha del Acta de Inicio. ARTICULO 5º: En razón de que se trata de una obra de “COSTO CUBIERTO” no se expedirán certificados, limitándose la Municipalidad al contralor de la obra, la que deberá ejecutarse en un todo de acuerdo con la Ordenanza General 165/73. Concluida la realización de los trabajos correspondientes, se otorgará la Recepción Provisoria y oportunamente se efectuará la Recepción Definitiva.ARTICULO 6º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 7º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel Guillermo Larrache - Guillermo R.

Pascuero

* * *

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 27

Page 28: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

DECRETO Nº 1119/06 Morón, 26 de Julio de 2006VISTO:

El expediente Nº 4079-15956/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs 1 obra carta de presentación del Sr. Trofelli Guillermo Pedro, Socio Gerente, de la empresa PROTECNIC S.R.L. y a fs. 2/18 se acompaña la correspondiente documentación a saber: Contrato Social de la Empresa, Contrato individual original, nota fijando domicilio legal, certificado de Capacidad Técnica y Financiera, plancheta catastral, Plan de Trabajos, Contrato visado con el Colegio de Técnicos, fotocopias de aportes, Análisis de Precios y Plano de Proyecto.

Que a fs. 19 la Dirección de Proyectos de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbano, informa que la obra en cuestión se realizará con la modalidad de “costo cubierto”, bajo el régimen de la Ordenanza General Nº 165/73 y el artículo 132º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ya que el costo de la misma será afrontado en su totalidad por el vecino frentista tanto en lo que respecta a la instalación propiamente dicha, como así también a la reparación de los pavimentos, veredas y otras instalaciones que se encuentren ubicadas en la vía pública y que puedan verse afectadas por esa obra.

Que en virtud de lo expuesto, resulta pertinente proceder de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Autorízase la realización de la obra de extensión de la red de gas natural en la localidad de Morón por contrato directo entre la Empresa PROTECNIC S.R.L. y la contribuyente Andrea Moreno (D.N.I. 24.028.047), a cuyo cargo estará el costo total de la obra, por un monto de $ 1.610.- (pesos mil seiscientos diez), y comprende la siguiente calle:Ing. Sagasta e/Ramella y Ozanam Circ.I, Sec. F,

Maz. 516, Parc. 2ARTICULO 2º: En cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza General Nº 165/73, la Empresa Contratista ha efectivizado el 1% (uno por ciento) del monto total de la obra, según artículo 102º de la citada Ordenanza General. El aporte del 5% (cinco por ciento) según artículo 56º deberá constituirse antes del comienzo de obra a la fecha de notificación del presente Decreto.ARTICULO 3º: Los trabajos de reconstrucción de veredas y pavimentos deberán efectuarse de acuerdo con las disposiciones Municipales vigentes, interiorizándose de los mismos en la Dirección de Proyectos. El incumplimiento de lo expuesto alteraría las normas que este Municipio mantiene para la ejecución de Obras Públicas en General y dará lugar a las acciones legales correspondientes. ARTICULO 4º: Para la ejecución de los trabajos se ha establecido un plazo de 7 (siete) días corridos, contados a partir de la fecha del Acta de Inicio.ARTICULO 5º: En razón de que se trata de una obra de “COSTO CUBIERTO” no se expedirán certificados, limitándose la Municipalidad al contralor de la obra, la que deberá ejecutarse en un todo de acuerdo con la Ordenanza General 165/73. Concluida la realización de los trabajos correspondientes, se otorgará la Recepción Provisoria y oportunamente se efectuará la Recepción Definitiva.ARTICULO 6º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 7º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA

Daniel Guillermo Larrache - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1120/06 Morón, 26 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8546/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-51373/03 D.E. – 56531/03 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8546/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Alberto Fabián Guzmán, D.N.I. Nº 21.929.353, la registración del Plano de Obra, de la ampliación de superficie subsistente del Local Negocio y Depósito Industrial, sito en la calle Dr. Ramón Santamarina Nº 557/559 de la Ciudad de Castelar, con infracción a los artículos 3.5.1.1 y 3.4.1.0 y al artículo 46º del Decreto Ley 8912/77, del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, según constancias obrantes en el expediente Nº 56531/03 H.C.D. – 4079-51373/03 D.E. y la Audiencia Pública celebrada el 22 de agosto de 2005”.“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º está condicionado al inicio del trámite de registración de plano y al pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales que resulte de aplicación. En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos conferidos”.“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar la presente Ordenanza, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654”.“Artículo 4º: Deróguese la Ordenanza Nº 7909/05”.“Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel Guillermo Larrache - Guillermo R.

Pascuero

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 28

Page 29: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

* * *DECRETO Nº 1121/06 Morón, 26 de Julio de 2006VISTO:

El Decreto-Ley Nº 6769/58, el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades, artículos 188º y ccdts., el expediente Nº 4079-10683/06 D.E. (9 cuerpos), referido a Obras de bacheo de hormigón (simple y armado), Licitación Pública Nº 04/06, yCONSIDERANDO:

Que efectuada la apertura de los sobres Nº 1 y 2 conteniendo la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares y las ofertas receptivamente, se presentaron las empresas VALFOS S.A.I.C.I.F. é I., PROTEL SERVICIOS S.A., CENTRO CONSTRUCCIONES S.A., ALEQUI S.A., ING. JOSE MARIA CASAS S.R.L., C.O.V.Y.C. S.A. y TECNIPISOS S.A.

Que en la etapa de evaluación de ofertas, la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, sugiere se proceda al rechazo de todas las ofertas presentadas en virtud que las mismas superaron el presupuesto oficial para la realización de la obra objeto del proceso de licitación, analizando la posibilidad de realizar las obras a través del mecanismo de administración.

Que a fs. 1835/1848 obra dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones, concluyendo la misma, en concordancia con la dependencia referida precedentemente, que todas las ofertas presentadas superan el monto oficial del llamado a licitación y que deviene ajustado al principio de razonabilidad al rechazo de todas las ofertas.

Que en los términos del artículo 24º del Pliego de Bases y Condiciones Generales, la Municipalidad de Morón, se reserva el derecho de rechazar todas o cualquiera de las ofertas no generando derecho indemnizatorio alguno.

Que el artículo 188º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades dispone “En las licitaciones la Municipalidad no estará obligada a aceptar ninguna oferta”.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11654.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Rechánzase todas las ofertas presentadas en la Licitación Pública Nº 04/06, referida a Obras de bacheo de hormigón (simple y armado) superficie aproximada de 5170 m2 y sellado de juntas de 59.520 metros lineales en calles del Partido de Morón.ARTICULO 2º: Déjase sin efecto la Licitación Pública Nº 04/2006, cuyo llamado fuera autorizado por Decreto Nº 288/2006.ARTICULO 3º: Notifíquese el presente Decreto a los oferentes intervinientes a través de la Dirección de Compras y Contrataciones. ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, General de Gobierno y de Economía y Finanzas. ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADaniel Guillermo Larrache – Dr. Eduardo Daniel

Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *

DECRETO Nº 1126/06 Morón, 26 de Julio de 2006VISTO:

El expediente Nº 4079-16315/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra nota del contador General solicitando la declaración de Interés Municipal de la VI Reunión de Profesionales de Ciencias Económicas del Ámbito Municipal, a realizarse el día 4 de agosto del corriente año, organizada por la Municipalidad de San Nicolás.

Que en el evento se tratarán los siguientes temas: Reforma de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Sistema de promoción de inversiones y Varios a agenda abierta con funcionarios del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.

Que a fs. 3 obra nota del Secretario de Economía y Finanzas, donde considera ventajoso la participación de profesionales de esta Comuna que vienen interviniendo en los distintos encuentros llevados a cabo este año, los cuales son: la Sra. Secretaria de la Unidad de Gestión Comunitaria de El Palomar, C.P. Stella Maris Santos; la Srta. Directora de Tributos Municipales, Dra. Silvana Papalardo; la Sra. Subtesorera, Dra. Cecilia Gata Castel; Contador General, Dr. Gabriel Enrique Bernini y el Secretario de Economía y Finanzas, Dr. Eduardo Aseff.

Que asimismo se solicita la suma de $ 2.000.- (pesos dos mil) para solventar los gastos de la participación en dicho evento.

Que a fs. 6 se agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal la realización de la “VI Reunión de Profesionales de Ciencias Económicas del Ámbito Municipal”, que se llevará a cabo en la Ciudad de San Nicolás, el día 4 de Agosto del corriente año.ARTÍCULO 2º: Autorízase al Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Dr. Eduardo Aseff, a la Sra. Secretaria de la Unidad de Gestión Comunitaria de EL Palomar, la C.P. Stella Maris Santos, el Sr. Contador General, Dr. Gabriel Enrique Bernini, la Srta. Directora de Tributos Municipales, la Dra. Silvana Papalardo y la Sra. Subtesorera, Dra. Cecilia Gata Castel a concurrir al Encuentro mencionado en el artículo precedente.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Dr. Gabriel Enrique Bernini, por la suma de Pesos dos mil ($ 2.000.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, para solventar viáticos para asistir a la Sexta Reunión de Profesionales de Ciencias Económicas en la Municipalidad de San Nicolás. ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe 01.13.00 3.7.2.0 Viáticos $ 2.000,00

Total $ 2.000,00

ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 29

Page 30: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

* * *DECRETO Nº 1127/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

El expediente Nº 4079-16313/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra memorándum de la Dirección de Arte y Cultura, solicitando la declaración de Interés Municipal del evento II Modelo de Naciones Unidas Morón – Comunidad Pompeya – Pallotti, que se realizará los días 18 y 19 de agosto del corriente año.

Que un Modelo Naciones Unidas es la representación por parte de alumnos secundarios de los diferentes órganos de la Organización Internacional. Los jóvenes de ESB 3 y y 1º a 3º de Nivel Polimodal adoptan el rol de “diplomáticos” representando a un país determinado y asignado por el Comité Organizador. Se trata de una propuesta pedagógica en la cual los estudiantes reflexionan sobre temas concretos, debaten, negocian y proponen soluciones como lo harían los auténticos delegados de los 185 Estados Miembros ante Naciones Unidas. De esta manera adquirirán una visión global que los ubica en una nueva perspectiva frente al mundo en que viven.

Que en forma previa los estudiantes realizan un proceso de preparación intensiva investigando sobre los países que representarán, ejercitándose en técnicas de negociación, redacción, oratoria, donde deben elaborar documentos de posición, informes y proyecto de resolución. El objetivo de los Modelos es la búsqueda de soluciones basadas en el consenso frente a problemáticas que afectan a la humanidad.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el evento “II Modelo de Naciones Unidas Morón – Comunidad Pompeya – Pallotti”, que se realizará los días 18 y 19 de Agosto del corriente año, en la calle Martín Irigoyen Nº 638 de Castelar.ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1128/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8403/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-20304/05 D.E. – 60714/05 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8403/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. José González, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 182.078, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1999, 2000 y 2001, y por los años 2002, 2003, 2004 y 2005.“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.” “Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de junio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1129/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8410/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-16762/05 D.E. – 60075/05-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8410/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Genoveva Romero, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 165.232, incluídos multas, recargos e intereses, por el compromiso de pago CO3-114723 (cuotas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10), y por los años 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004.”.“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 30

Page 31: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1130/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8419/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-30349/01 D.E. – 61285/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8419/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 226.290 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”

“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1131/06 Morón, 27 de Julio de 2006 VISTO:

La Ordenanza Nº 8420/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-29773/01 D.E. – 61215/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8420/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 50.057 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 31

Page 32: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1132/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8421/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-45290/98 D.E. – 41547/98 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8421/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 32.333 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o

acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1133/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8422/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-29748/01 D.E. – 61208/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8422/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 42.034 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 32

Page 33: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1134/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8423/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-45231/98 D.E. – 41899/98 H.C.D., adjunto Nº 4079-45375/98 D.E. – 41541/98 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8423/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 59.480 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago

anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1135/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8424/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-29912/01 D.E. – 61402/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8424/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 136.399 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 33

Page 34: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1136/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8425/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-19928/01 D.E. – 61399/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8425/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 241.658 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el

Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1137/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:La Ordenanza Nº 8426/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-34712/02-0 D.E. – 61410/06 H.C.D., y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8426/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 34

Page 35: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

50.112 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1138/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8427/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-11740/06-0 D.E. – 61639/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8427/06, sancionada por el Honorable Concejo

Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 42.102 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1139/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8428/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-33586/01-0 D.E. – 61148/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 35

Page 36: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8428/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 145.220 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1140/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8429/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-29994/01 D.E. – 61590/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar

y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8429/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 41.847 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1141/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8430/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 36

Page 37: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-30141/01 D.E. – 61847/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8430/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a los titulares y/o responsables de pago de las Partidas Nº 504.923 y Nº 504.922 afectadas por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *

DECRETO Nº 1142/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8431/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-33360/01 D.E. – 61370/06 H.C.D., adjunto Nº 4079-30937/01 D.E., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8431/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 31.922 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 37

Page 38: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1143/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8432/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-29929/01 D.E. – 61377/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8432/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 140.477 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”

“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1144/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8433/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-30186/01 D.E. – 61375/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8433/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 50.109 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 38

Page 39: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1145/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8434/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-30586/01 D.E. – 61345/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8434/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 12.046 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”

“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1146/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8435/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-30355/01 D.E. – 61331/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8435/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 42.015 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 39

Page 40: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1147/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8436/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-30192/01 D.E. – 61351/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8436/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 42.099 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”

“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1148/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8437/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-30605/01 D.E. – 61369/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8437/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 512.417 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 40

Page 41: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1149/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8438/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-30243/01 D.E. – 61339/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8438/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 95.197 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en

la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1150/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8439/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-30165/01 D.E. – 61340/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8439/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 514.568 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 41

Page 42: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1151/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8440/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-31416/01 D.E. – 61168/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8440/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 50.120 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su

Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1152/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8441/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-30566/01 D.E. – 61167/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8441/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 50.044 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 42

Page 43: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1153/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8442/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-32830/01 D.E. – 61280/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8442/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 42.007 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo

Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1154/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8463/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-53042/99 D.E. – 43241/99 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8463/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 43

Page 44: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 70.863 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1155/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8464/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-47112/98 D.E. – 41997/98 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8464/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 75.974 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1156/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8461/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-16155/06 D.E. – 61967/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 44

Page 45: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8461/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 12.619 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1157/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8469/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-46143/98 D.E. – 41797/98 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8469/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 59.486 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1158/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 45

Page 46: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

La Ordenanza Nº 8473/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-45400/98 D.E. – 41572/98 H.C.D., y

CONSIDERANDO: Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley

Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8473/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 67.446 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1159/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8474/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-45376/98 D.E. – 41542/98 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8474/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 59.488 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 46

Page 47: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *

DECRETO Nº 1160/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8475/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-43905/98 D.E. – 41216/98 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8475/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 58.256 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana,

Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1161/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8476/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-15197/00 D.E. – 58406/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8476/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 115.967 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 47

Page 48: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1162/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8522/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-27339/01 D.E. – 49611/01 H.C.D., adjuntos Nº 4079-29580/01 D.E. – 50406/01 H.C.D., Nº 4079-37609/02 D.E. – 52707/02 H.C.D., Nº 4079-33607/01 D.E. – 49610/01 H.C.D., Nº 4079-44750/03 D.E. – 54966/03 H.C.D., y Nº 4079-30080/01 D.E., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8522/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 84.537 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de

financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1163/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8523/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-27339/01 D.E. – 49611/01 H.C.D., adjuntos Nº 4079-29580/01 D.E. – 50406/01 H.C.D., Nº 4079-37609/02 D.E. – 52707/02 H.C.D., Nº 4079-33607/01 D.E. – 49610/01 H.C.D., Nº 4079-44750/03 D.E. – 54966/03 H.C.D., y Nº 4079-30080/01 D.E., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8523/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 42.114 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 48

Page 49: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1164/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8524/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-27339/01 D.E. – 49611/01 H.C.D., adjuntos Nº 4079-29580/01 D.E. – 50406/01 H.C.D., Nº 4079-37609/02 D.E. – 52707/02 H.C.D., Nº 4079-33607/01 D.E. – 49610/01 H.C.D., Nº 4079-44750/03 D.E. – 54966/03 H.C.D., y Nº 4079-30080/01 D.E., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8524/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 190.482 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el

ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1165/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8525/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-27339/01 D.E. – 49611/01 H.C.D., adjuntos Nº 4079-29580/01 D.E. – 50406/01 H.C.D., Nº 4079-37609/02 D.E. – 52707/02 H.C.D., Nº 4079-33607/01 D.E. – 49610/01 H.C.D., Nº 4079-44750/03 D.E. – 54966/03 H.C.D., y Nº 4079-30080/01 D.E., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8525/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 79.518 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 49

Page 50: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1166/06 Morón, 27 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8526/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-27339/01 D.E. – 49611/01 H.C.D., adjuntos Nº 4079-29580/01 D.E. – 50406/01 H.C.D., Nº 4079-37609/02 D.E. – 52707/02 H.C.D., Nº 4079-33607/01 D.E. – 49610/01 H.C.D., Nº 4079-44750/03 D.E. – 54966/03 H.C.D., y Nº 4079-30080/01 D.E., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8526/06, sancionada por el Honorable Concejo

Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 23.626 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1168/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8396/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-18966/04 D.E. – 58945/04 H.C.D., adjunto Nº 60392/05-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 50

Page 51: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8396/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Unión Obrera Metalúrgica, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales, incluídos multas, recargos e intereses, de la Partida Nº 701.447 por el saldo pendiente del año 2001, y por los años 2002, 2003 y 2005; y de la Partida Nº 10.646 por los saldos pendientes de los años 1992, 1993 y 1994, y por los años 1995, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003 y 2005.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor del beneficio otorgado en el artículo 1º.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1169/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8401/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-19963/04 D.E. – 59115/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8401/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. María Ofelia Dos Santos, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 92.249, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del compromiso de pago CO3-180036, y por los años 1999, 2000 y 2001.”

“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1170/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8550/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 17 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-19521/04 D.E. – 59030/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8550/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 17 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Pedro Gribaudo, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 121.718, incluídos multas, recargos e intereses, por el compromiso de pago CO3-60752 (cuota 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47 y 48), por los saldo del año 2005 (cuotas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11) y por los años 1999, 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 51

Page 52: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1171/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8553/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 17 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-17446/04 D.E. – 58646/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8553/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 17 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Martín Galmes, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 29.710, incluídos multas, recargos e intereses, por el compromioso de pago CO3-195562 (cuotas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30).”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1172/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8414/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-35470/02 D.E. –51911/02 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8414/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Ramón Elizaga, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 151.070, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 2001, y por los años 1999, 2000, 2003 y 2004.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1173/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8412/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-37990/02 D.E. – 52857/02 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8412/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 68.137, incluídos multas, recargos e intereses, por el compromiso de pago CO3-136101 (cuotas 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11), por los saldos pendientes de los años 1993, 1994, 1996, 2000 y 2001, y por los años 1997, 1998, 1999, 2002, 2003, 2004 y 2005.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 52

Page 53: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *

DECRETO Nº 1174/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8416/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-15560/05 D.E. – 59626/05 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8416/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Elsa Dora Castagno, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 147.742, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1991, 1992, 1993, 1994 y 1997, y por los años 1995, 1996, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1175/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8413/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-18277/04 D.E. – 58782/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8413/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. José Manuel Fernández Montero, el 75% (setenta y cinco por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 83.545, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 2000 y 2001, y por los años 2002 y 2003.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1176/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8395/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-15972/04 D.E. – 58364/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8395/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Juana Ester Sosa Lezcano, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 53

Page 54: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Nº 200.867, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 1996, y por los años 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1177/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8397/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-19529/04 D.E. – 59018/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8397/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. María Paizal, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 181.039, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 2003, y por los años 1999, 2000, 2001 y 2002.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA

Dr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1178/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8417/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-19627/04 D.E. – 59037/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8417/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Antonia De Simone, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 146.129, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1995 y 2000, y por los años 1999, 2001, 2002, 2003 y 2005.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1179/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8389/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-34581/02 D.E. – 51478/01 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 54

Page 55: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8389/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Roberto Montenegro, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 62.082, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1992, 1993, 1994 y 1995, y por los años 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1180/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8552/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 17 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-16806/04 D.E. – 58514/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8552/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 17 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 62.187, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo del año 2001 (cuotas 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11 y 12), y por los años 1999, 2000, 2002, 2003, 2004 y 2005.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil seis”.

“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1181/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8398/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-19843/04 D.E. – 59061/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8398/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Santiago Rizzo, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 505.005, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 2000, y por los años 2001, 2002 y 2003.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1182/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8551/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 17 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-19242/04 D.E. – 58977/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 55

Page 56: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8551/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 17 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Juana Romero, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 70.756, incluídos multas, recargos e intereses, por los años 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1183/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8393/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-15966/04 D.E. – 58385/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8393/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Placer Martínez, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 86.378, incluídos multas, recargos e intereses, por el compromiso de pago CO3-183029 (cuotas 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30), y por los años 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago,

deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1184/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8388/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-13902/04 D.E. – 58020/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8388/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Justo Calleja Ochoa, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 154.291, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 2000, y por los años 2001, 2002 y 2003.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1185/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 56

Page 57: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

La Ordenanza Nº 8399/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-19983/04D.E. – 59080/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8399/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. María Magdalena Pérez, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 512.331, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1999 y 2005, por los años 2000, 2001, 2002 y 2003.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1186/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8390/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-14823/04 D.E. – 58186/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8390/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Carlos José Rodríguez, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 207.473,

incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1989, 1990, 1991, 1992, 1993 y 1994, y por los años 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1187/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8387/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-51811/03 D.E. – 56685/03 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8387/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. María Magdalena Araujo, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 989, incluídos multas, recargos e intereses, por los años 2002 y 2004.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 57

Page 58: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Dr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1188/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8400/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-19980/04 D.E. – 59111/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8400/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 118.973, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1990, 1991, 1993, 1994 y 1995, y por los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1191/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto Nº 2542/05 promulganda de la Ordenanza General de Presupuesto 2006, el expediente Nº 4079-16267/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que al cierre del ejercicio 2005, la cuenta de recursos con destino a financiar el Fondo Afectado por Ordenanza Nº 4698/02 Estacionamiento Medido, arrojó un saldo disponible en cuenta corriente de Pesos Ciento un mil quinientos treinta y uno con veintiocho centavos ($ 101.531, 28.-).

Que el artículo 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece el procedimiento a

seguir para las ampliaciones o creaciones de partidas con carácter afectado. Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Créase en el Cálculo de Recursos el siguiente rubro por Pesos Ciento un mil quinientos treinta y uno con veintiocho centavos ($ 101.531,28.):

Tipo Clase Concepto Sub-concepto Descripción Importe35 1 01 10 Saldo Fondo Ordenanza

4698/02 Estacionamiento Medido

$ 101.531,28.-

Total $ 101.531,28.-

ARTICULO 2º: Increméntase en el Presupuesto General de Gastos el siguiente programa dotado de las partidas que a continuación se detallan por un total de Pesos Ciento un mil quinientos treinta y uno con veintiocho centavos ($ 101.531,28.-):Fuente Financ

Subjurisd

Prog.

Proy.

Inciso P.Ppal P.Pcial Denominación Monto

131 2 20 00 3 3 4 Mantenimiento y Reparación de Vías de Comunicación

$ 101.531,28.-

Total $ 101.531,28.-

ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1192/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8380/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-12786/06-0 D.E. – 61987/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8380/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Otórguese a la Sra. Marcelina Rosas y al Sr. Rodolfo Oscar Abel, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la 133.869.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, los contribuyentes y/o responsables de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 58

Page 59: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1193/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8386/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-13228/04 D.E. – 57875/04 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8386/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Eva Vergara, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 147.787, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1993, 1994, 1998, 2004 y 2005, y por los años 1995, 1996, 1997, 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1194/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8391/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-

14217/04 D.E. – 58093/04 H.C.D., adjunto Nº 4079-13879/04-0 D.E. – 59402/05 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8391/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Exímase a la Asociación Hermanas Perpetuo Socorro, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida 701.238, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2006.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor del beneficio otorgado en el artículo 1º.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1195/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8392/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-13264/06 D.E. – 61483/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8392/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Exímase a la Unión de Padres y Amigos del Minusválido de Morón “U.P.A.M.M.”, el 100% (cien por ciento) del

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 59

Page 60: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

pago en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene del Legajo Nº 7-100330, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2006.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor del beneficio otorgado en el artículo 1º.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1196/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8394/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-18812/04 D.E. – 58896/04 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8394/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Elena Cibelli, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 31.415, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 2004, y por los años 1999 y 2005.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1197/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8402/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-13465/05 D.E. – 59195/04 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8402/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Felicia La Barba, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 45.581, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 1999.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1198/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8406/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-13746/05-0 D.E. – 61315/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 60

Page 61: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8406/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Obispado de Morón, Colegio Cristo Obrero, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales, incluídos multas, recargos e intereses, de la Partida Nº 82.664, por los saldos pendientes de los años 1989, 1990, 1991, 1992 y 1993; de la Partida Nº 82.665 por los saldos pendientes de los años 1989, 1992 y 2005; y de la Partida Nº 82.666 por los saldos de los años 1989, 1990, 1991, 1992 y 1993.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor del beneficio otorgado en el artículo 1º.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1199/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8411/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-13637/05 D.E. – 59324/04 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8411/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Agueda Angélica Lugonez, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 209.734, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 2000 y 2005, y por los años 2001, 2002, 2003 y 2004.”

“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1200/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8405/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-16235/05-0 D.E. – 61314/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8405/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Curia Diócesis Morón, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales, incluídos multas, recargos e intereses, de la Partida Nº 5.639 por los compromisos de pago CO3-126039 (cuotas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12) y CO3-126040 (cuotas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10), y por los saldos pendientes de los años 1997, 2001 y 2002, y por los años 2003, 2004 y 2005.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor del beneficio otorgado en el artículo 1º.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 61

Page 62: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1201/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8407/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-14258/06 D.E. – 61785/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8407/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. José Hidaldo Pavón, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 212.291, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 2001 y 2002, y por los años 2003 y 2004.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1202/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8415/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-10877/94 D.E. – 45366/00 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8415/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Instituto Cultural Marianista, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 29.394, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1991, 1992, 1993 y 1994, y por los años 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor del beneficio otorgado en el artículo 1º.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1203/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8418/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-17624/00 D.E. – 47013/00 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8418/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Florentino Ortega, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 21.020, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1996 y 1997, y por los años 1998, 1999, 2000 y 2001.”

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 62

Page 63: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1204/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8443/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-31015/01 D.E. – 61268/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8443/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 31.777 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”

“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1205/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8445/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30683/01 D.E. – 61250/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8445/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 50.094 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 63

Page 64: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1206/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8449/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-19921/05-0 D.E. – 60995/05 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8449/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 5.900 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de

pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1207/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8454/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30664/01D.E. –61164/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8454/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 130.196 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 64

Page 65: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1208/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8455/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30663/01 D.E. –61165/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8455/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 155.308 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su

Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1209/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8456/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30745/01 D.E. – 61163/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8456/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 72.487 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 65

Page 66: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1210/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8457/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-32645/01 D.E. – 61262/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8457/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 155.307 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo

Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1211/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8462/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30729/01 D.E. – 61405/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8462/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 66

Page 67: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 71.363 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1212/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8466/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30770/01 D.E. – 61407/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8466/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 516.977 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1213/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8465/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30866/01 D.E. – 61327/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 67

Page 68: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8465/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 22.379 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”

“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1214/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8467/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30627/01 D.E. – 61414/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8467/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 350.130 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1215/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 68

Page 69: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

La Ordenanza Nº 8472/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-16154/06 D.E. – 61536/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8472/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 23.323 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1216/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8477/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-48854/98 D.E. – 42438/98 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8477/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 79.519 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 69

Page 70: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1217/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8479/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30609/01 D.E. – 61357/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8479/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 33.835 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1218/06 Morón, 28 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8481/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30626/01-0 D.E. – 61365/06 H.C.D. y Adjunto Nº 4079- 30626/06-1 D.E., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8481/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 8.357 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 70

Page 71: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * * DECRETO Nº 1219/06 Morón, 31 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8483/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-20486/04-0 D.E. – 61188/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8483/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 59.482 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”

“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * * DECRETO Nº 1220/06 Morón, 31 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8485/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30602/01 D.E. – 61343/06 H.C.D., y

CONSIDERANDO: Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley

Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8485/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 20.937 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 71

Page 72: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * * DECRETO Nº 1221/06 Morón, 31 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8490/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30879/01 D.E. – 61307/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8490/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 197.704 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”

“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * * DECRETO Nº 1222/06 Morón, 31 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8491/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, el expediente Nº 4079-30334/01 D.E. – 61182/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8491/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 50.115 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 72

Page 73: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * * DECRETO Nº 1223/06 Morón, 31 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8494/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30607/01 D.E. – 61342/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8494/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 79.111 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de

pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * * DECRETO Nº 1224/06 Morón, 31 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8495/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30762/01 D.E. – 61162/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8495/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 31.795 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 73

Page 74: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * * DECRETO Nº 1225/06 Morón, 31 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8496/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30608/01 D.E. – 61358/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8496/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 72.483 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su

Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.

“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * * DECRETO Nº 1226/06 Morón, 31 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8499/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30865/01 D.E. – 61366/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8499/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 42.105 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 74

Page 75: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * * DECRETO Nº 1227/06 Morón, 31 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8501/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-31011/01 D.E. – 61159/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8501/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 95.198 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo

Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”

“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * * DECRETO Nº 1228/06 Morón, 31 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8506/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-31415/01 D.E. – 61158/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8506/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 75

Page 76: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 50.093 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * * DECRETO Nº 1229/06 Morón, 31 de Julio de 2006VISTO:

La Ordenanza Nº 8517/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Julio del año 2006, los expedientes Nº 4079-30790/01 D.E. – 61161/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8517/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Julio del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al titular y/o responsable de pago de la Partida Nº 72.481 afectada por los desbordes e inundaciones de la Cuenca Media Arroyo Morón, un Plan de Facilidades de Pago de hasta 120 (ciento veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas por el total de la deuda que mantenga con el Municipio en concepto de Tasa por Servicios Generales.”“Artículo 2º: Serán de aplicación las bonificaciones establecidas en los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario, que se aplicarán también a las obligaciones vencidas en el ejercicio fiscal corriente, sin considerar los incumplimientos de compromisos de pago anteriores a la fecha de suscripción del referido plan.”“Artículo 3º: El contribuyente podrá optar por acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza o el compromiso de pago en cuotas establecido en la Ordenanza Fiscal vigente. Para el caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, el contribuyente podrá optar por continuar con el plan existente o acceder al plan de pago establecido en la presente Ordenanza.”“Artículo 4º: La Ordenanza Fiscal y su Decreto Reglamentario son de aplicación supletoria respecto a los intereses de financiación, a la caducidad del plan, y a toda otra condición que no se encuentre regulada en la presente Ordenanza referida a planes de pago.”“Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLADr. Eduardo Daniel Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *

RESOLUCIONES

RESOLUCION Nº 108/06Morón, 20 de Julio de 2006.-

VISTO:Lo normado por la Ley Orgánica

de las Municipalidades, las Ordenanzas Fiscal e Impositiva Vigentes, los autos caratulados “Y

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 76

Page 77: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

PEDIDO DE INSPECCION APTILUZ SRL LEG:2-100062” por expediente N° 4079-11015/06, que tramitan ante la Municipalidad de Morón sita en la Calle Brown N° 946 de la Ciudad y Partido de Morón, Provincia de Bs. As., las Actas de Ajustes Tributarios F-04 N° 01273, F-13 Nros. 1949, 1950, 1951, 1952, 1953, y;CONSIDERANDO: Que el expediente del visto contiene la documentación que respalda la fiscalización efectuada al contribuyente APTILUZ S.R.L., con domicilio fiscal en la calle San Martín Remedios de Escalada N° 311 de la localidad de Haedo, partido de Morón, cuya actividad desarrollada es Arts. Eléctricos Vs. e Iluminación, legajo de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene Nº 2-100062. Que a través del citado expediente se procedió a fiscalizar la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por el período comprendido desde el mes de enero de 2001 a febrero de 2006.

Que en fecha 09/02/2006, mediante Requerimiento N° 1870, obrante a fs. 12 del expediente de marras, se solicitó documentación, al contribuyente Aptiluz S.R.L., a los fines de verificar si el mismo ha abonado correctamente o no las obligaciones tributarias que posee a su cargo, otorgándole para ello un plazo para cumplimentar la documentación. Transcurrido el plazo establecido en dicho Requerimiento y visto que el contribuyente no ha presentado la documentación peticionada, la Administración Municipal procedió a reiterarle en varias oportunidades, tal como puede apreciarse a través de las Actas de Verificaciones Nros. 11154 y 11229, obrantes a fs. 13/14 del expediente de marras, que acompañe la documentación descripta en el Requerimiento mencionado, bajo apercibimiento de proceder conforme lo establecido en los arts. 24, 25 y cctes de la Ordenanza Fiscal Vigente.

Que ante la reticencia del contribuyente en suministrar la documentación requerida, y a falta de elementos necesarios para determinar la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene sobre base cierta, se procedió conforme lo establecido en el artículo 25 de la Ordenanza Fiscal Vigente.

Que asimismo el articulo 25 de la Ordenanza Fiscal Vigente establece: “ La determinación de oficio sobre bases ciertas, corresponderá cuando los contribuyentes o responsables suministren a la Municipalidad todos los elementos comprobatorios de la actividad sujeta a tributación…. En caso contrario corresponderá la determinación sobre bases presuntas…”.

Que entonces para obtener las bases imponibles y calcular la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, mediante base presunta, se han considerado los ingresos de otro contribuyente que desarrolla una actividad comercial con características similares, e igualdad de rubro y condiciones.

Que de acuerdo a los cálculos realizados se determinó que los ingresos por ventas para las cuotas mensuales 05/02, 06/02, 08/02 a 12/02, 05/03 a 12/03, 01/04 a 12/04, 01/05 a 12/05, 01/06 y 02/06, superan el mínimo imponible determinado en el art. 20 inc. 2.1 de la Ordenanza Impositiva vigente, por lo tanto deberá tributar por la alícuota establecida en el mencionado artículo inc. 2.2.

Que una vez aplicadas las alicuotas mencionadas en el párrafo precedente, al monto obtenido se le adicionó el 45% de incremento de conformidad con lo estipulado por las Ordenanzas N° 10.984/90 (modificada por Ordenanza N° 11.354/90), N° 12.867/92, N° 12.868/92 y las Ordenanzas Nros. 14.053/95, 14054/95 y 14055/95.

Que de la compulsa de las actuaciones surge como resultado que el contribuyente, omitió determinar y abonar los períodos fiscales bimestrales 01/01 a 06/01 y las cuotas mensuales 01/02 a 12/02, 01/03 a 12/03, 01/04 a 12/04, 01/05 a 12/05, 01/06 y 02/06 conforme el art. 137 y cctes de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que corresponde se determine de oficio la misma conforme a los arts. 24, 25, 138, 140 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente

Que, sin perjuicio de no haber sido fiscalizado, el contribuyente registra deuda por los mínimos establecidos en el art. 20 inc. 2.1 de la Ordenanza Impositiva vigente por las cuotas mensuales 03/06 a 05/06, por lo cual debe intimarse su pago, el cual quedará sujeto a verificación.

Que con fecha 26 de abril de 2006 se procedió a dar vista de las Actas de Ajuste Tributario F-04 N° 01273, F-13 Nros. 1949, 1950, 1951, 1952 y 1953, otorgándole al contribuyente el plazo de 5 (cinco) días para que formule por escrito su defensa y ofrezca la prueba documental que haga a su derecho.

Que vencidos los plazos otorgados en el párrafo precedente el contribuyente no presentó descargo alguno, procediéndose al dictado de la presente Resolución Administrativa conforme lo establecido por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal vigente.

Que a través del expediente del Visto, se han demostrado los incumplimientos en que ha incurrido el contribuyente.

Que por lo expuesto en los párrafos precedentes, corresponde determinar la tasa mencionada;

Que atento lo normado por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal vigente, corresponde dictar la presente; determinándose en primer lugar el monto total de la obligación tributaria, por los períodos fiscales abarcados por la auditoría practicada; e intimándose en segundo término al pago de lo adeudado por el contribuyente.

Que el procedimiento seguido para ajustar las obligaciones tributarias del contribuyente encuentra su fundamento en el Título I, Cap. 7, arts. 21, 24 y cctes. de la Ordenanza Fiscal y Título II, Cap. 4, art. 20 y 21 de la Ordenanza Impositiva. Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Economía y Finanzas, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 480/2006, Anexo III (tres) A.1.4.

Por ello,LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

RESUELVE:Artículo 1º: Determínanse sobre base presunta conforme lo dispuesto por los art. 24, 25 y cctes de la Ordenanza Fiscal vigente, las obligaciones tributarias del contribuyente APTILUZ S.R.L., legajo N° 2-100062, surgidas de la verificación practicada por el expediente del visto, por la suma de pesos TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 00/100 ($ 36.488,00) en concepto de valor nominal de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por los períodos fiscales bimestrales 01/01 a 06/01 y cuotas mensuales 01/02 a 02/06, con más los recargos y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 77

Page 78: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

conforme lo establecido en los arts. 55 y 58 de la Ordenanza Fiscal vigente.Artículo 2º: Intímase al contribuyente APTILUZ S.R.L., legajo N° 2-100062, a abonar en un plazo de diez días, la suma de pesos TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 00/100 ($ 36.488,00) a valor nominal, en concepto de importes impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por los períodos fiscales bimestrales 01/01 a 06/01 y cuotas mensuales 01/02 a 12/02, 01/03 a 12/03, 01/04 a 12/04, 01/05 a 12/05, 01/06 y 02/06, con más recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal vigente los cuales a la fecha ascienden a la suma de pesos DOCE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 05/100 ($ 12.764,05) y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal vigente. Artículo 3º: Intímase al contribuyente APTILUZ S.R.L., legajo N° 2-100062, a abonar en un plazo de diez días, en concepto de importes mínimos impagos establecidos en el artículo 20 de la Ordenanza Impositiva vigente, respecto a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por los períodos fiscales no auditados cuotas mensuales 03/06 a 05/06, la suma de pesos QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 02/100 ($ 571,02), en concepto de valor nominal con más los recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal vigente que a la fecha ascienden a la suma de pesos DIECISIETE CON 14/100 ($ 17,14), y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal vigente, todo ello sujeto a verificación y ajuste posterior.Artículo 4°: Notifíquese la presente al interesado con la entrega de copia y vencido el plazo para su pago, procédase al cobro judicial por vía del Departamento de Gestión Judicial.Artículo 5º: Dése al registro de Decretos y Resoluciones.

Dra. Alicia M. Del C. Sztyrle – Dr. Eduardo D. Aseff

* * *

RESOLUCION Nº 109/06Morón, 28 de Julio de 2006.-

VISTO:Lo normado por la Ley Orgánica

de las Municipalidades, las Ordenanzas Fiscal e Impositiva Vigentes, los autos caratulados “GARCIA MARCELO Y PABLO 25 de MAYO 183 MORON” por expediente N° 4079-10162/06, que tramitan ante la Municipalidad de Morón sita en la Calle Brown N° 946 de la Ciudad y Partido de Morón, Provincia de Bs. As., las Actas de Ajuste Tributario F-04 Nro. 1278 y F-13 Nros.2000/2003 y;CONSIDERANDO:

Que el expediente del visto contiene la documentación que respalda la fiscalización efectuada al contribuyente GARCIA MARCELO Y GARCIA PABLO S.H., con domicilio fiscal en la calle 25 de Mayo N° 183, de la localidad de y partido de Morón, cuya actividad desarrollada es “Jugueterías, Plásticos Arts.”, legajo de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene Nº 1-90495. Que a través del citado expediente se procedió a fiscalizar la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por el período comprendido desde el mes de enero de 2001 a diciembre de 2005.

Que habiéndose verificado la siguiente documentación a saber: Constancia de Inscripción en A.F.I.P, obrante a fs.16 del expediente del visto, Formulario de Inscripción en Ingresos Brutos, obrante a fs.17 del mencionado expediente, Declaraciones Juradas anuales de Ingresos Brutos correspondientes a los años 2000 a 2005, obrantes

a fs. 18/34 del expediente del visto, Copia de Resumen Mensual de ventas por los periodos 1/2001 a diciembre de 2005, sin rubricar; Vista del listados de I.V.A. ventas por los periodos mes de enero de 2001 hasta diciembre de 2005, sin rubricar; Copia certificada de habilitación del local en el partido de la Matanza, obrante a fs. 46 a 47; Certificación Contable de Ingresos Netos Mensuales correspondientes a los periodos fiscales 01/2001 a 12/2005, obrante a fs.51/53 del expediente del visto; Nota presentada por el contribuyente declarando los puntos de ventas, obrantes a fs. 57/58; Informe de Pagos y pendientes de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, obrante a fs. 3/11 del expediente del visto, se procedió a determinar las obligaciones tributarias del contribuyente sobre base cierta.

Que conforme antecedentes y registros administrativos existentes se corroboró que el sujeto pasivo de la obligación tributaria, en fecha 30/11/2005 suscribió el compromiso de pago Nro. C04-18590 en concepto de importes mínimos impagos, establecidos en el art. 20 de la Ordenanza Impositiva vigente, por los periodos fiscales bimestrales 01/00 a 06/01 y cuotas mensuales 01/02 a 10/05; razón por la cual, sin perjuicio de haber acordado el contribuyente un plan de regularización de deuda, el mismo deberá tributar las diferencias detectadas en los periodos comprometidos, conforme se desprende del proceso de auditoria llevado adelante a través del expediente del visto;

Que de la substanciación de la auditoria practicada surge que el contribuyente tributa el Impuesto a los Ingresos Brutos, de manera directa, bajo el C.U.I.T. Nro.30-61621028-5;

Que con el propósito de efectuar el cálculo de la base imponible aplicable al proceso determinativo de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, correspondientes a los periodos fiscales mes de enero de 2001 a diciembre de 2005, la Administración ha considerado los importes de ventas obtenidos de la Certificación Contable obrante a fs. 51/53 del expediente de tratas; los cuales fueron cotejados con las bases imponibles consignadas en las Declaraciones Juradas de Ingresos Brutos y con los datos consignados en el libro de I.V.A. ventas correspondientes a los periodos fiscales 01/2001 a 12/2005, no surgiendo diferencias entre los mismos;

Que de acuerdo a los cálculos realizados se determinó que los ingresos por ventas para los periodos fiscales bimestrales 04/01, 06/01 y cuotas mensuales 12/02, 01/03, 08/03, 12/03, 01/04, 07/04, 08/04, 12/04, 01/05, 02/05, 04/05, 05/05, 06/05, 07/05, 08/05, 10/05, 11/05, 12/05, superan el mínimo imponible determinado en el art. 20 inc. 2.1 de la Ordenanza Impositiva vigente, por lo tanto deberá tributar por la alícuota establecida en el mencionado artículo.

Que una vez aplicadas las alicuotas mencionadas en el párrafo precedente, al monto obtenido se le adicionó el 45% de incremento de conformidad con lo estipulado por las Ordenanzas N° 10.984/90 (modificada por Ordenanza N° 11.354/90), N° 12.867/92, N° 12.868/92 y las Ordenanzas Nros. 14.053/95, 14054/95 y 14055/95.

Que de la compulsa de las actuaciones surge como resultado que el contribuyente, determinó en forma inexacta la base imponible del tributo, abonando en menos la obligación tributaria a su cargo, por los periodos fiscales bimestrales 04/01, 06/01 y cuotas mensuales 12/02, 01/03, 08/03, 12/03, 01/04, 07/04, 08/04, 12/04, 01/05, 02/05, 04/05, 05/05, 06/05, 07/05, 08/05, 10/05, 11/05, 12/05 conforme lo establecido por el art. 137 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que corresponde se determine de oficio la misma, de conformidad a lo normado por los arts. 24, 25, 138, 140 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente;

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 78

Page 79: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Que con fecha 16 de mayo de 2006 se procedió a dar vista de las Actas de Ajuste Tributario formularios F-04 Nro.1278 y F-13 Nros. 2000/2003, otorgándole al contribuyente el plazo de 5 (cinco) días para que formule por escrito su defensa y ofrezca la prueba documental que haga a su derecho.

Que vencidos los plazos otorgados en el párrafo precedente el contribuyente no presentó descargo conforme lo establecido por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal vigente;

Que a través del expediente del Visto, se han demostrado los incumplimientos en que ha incurrido el contribuyente.

Que por lo expuesto en los párrafos precedentes, corresponde determinar la tasa mencionada;

Que atento lo normado por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal vigente, corresponde dictar la presente; determinándose en primer lugar el monto total de la obligación tributaria, por los períodos fiscales abarcados por la auditoría practicada, sin deducir los importes comprometidos, ni los pagos efectuados por el contribuyente; e intimándose en segundo término al pago de lo efectivamente adeudado por el contribuyente.

Que el procedimiento seguido para ajustar las obligaciones tributarias del contribuyente encuentra su fundamento en el Título I, Cap. 7, arts. 21, 24 y cctes. de la Ordenanza Fiscal y Título II, Cap. 4, art. 20 y 21 de la Ordenanza Impositiva. Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Economía y Finanzas, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 480/2006, Anexo III (tres) A.1.4.

Por ello,LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

RESUELVE:Artículo 1º: Determínanse las obligaciones tributarias del contribuyente GARCIA MARCELO Y GARCIA PABLO S.H., legajo Nº 1-90495, surgidas de la verificación practicada por el expediente del Visto, por la suma de pesos VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 98/100 ($25.644,98) en concepto de valor nominal de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por los periodos fiscales bimestrales 01/01 a 06/01 y cuotas mensuales 01/02 a 12/05 con más los recargos y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder conforme lo establecido en los arts. 55 y 58 de la Ordenanza Fiscal vigente .Artículo 2º: Intímase al contribuyente GARCIA MARCELO Y GARCIA PABLO S.H., legajo Nº 1-90495 a abonar, en un plazo de diez días, la suma de pesos OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 59/100 ($ 8.399,59) a valor nominal, en concepto de importes impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por los periodos fiscales bimestrales 04/01, 06/01 y cuotas mensuales 12/02, 01/03, 08/03, 12/03, 01/04, 07/04, 08/04, 12/04, 01/05, 02/05, 04/05, 05/05, 06/05, 07/05, 08/05, 10/05, 11/05, 12/05 con más recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal vigente los cuales a la fecha ascienden a la suma de pesos DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO CON 95/100 ($ 2.221,95) y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal vigente.Artículo 3°: Notifíquese la presente al interesado con la entrega de copia y vencido el plazo para su pago, procédase al cobro judicial por vía del Departamento de Gestión Judicial.Artículo 4º: Dése al registro de Decretos y Resoluciones.

Dra. Alicia M. Del C. Sztyrle – Dr. Eduardo D. Aseff

* * *

RESOLUCION Nº 110/06Morón, 28 de Julio de 2006.-

VISTO:Lo normado por la Ley Orgánica

de las Municipalidades, las Ordenanzas Fiscal e Impositiva Vigentes, los autos caratulados “Y ORDEN DE INSPECCION SEID DAVID OSCAR LEG 1-10504” por expediente N° 4079-21652/05, que tramitan ante la Municipalidad de Morón sita en la Calle Brown N° 946 de la Ciudad y Partido de Morón, Provincia de Bs. As., las Actas de Ajuste Tributario F-13 Nros. 1875, 1876, 1877, 1878, y;CONSIDERANDO: Que el expediente del visto contiene la documentación que respalda la fiscalización efectuada al contribuyente SEID DAVID OSCAR, con domicilio fiscal en la calle Alte. Brown N° 871 (local 33-34) de la localidad y partido de Morón, y con domicilio real en la calle Avda. de Mayo N° 1250 (piso 10, Dpto J) Capital Federal, cuya actividad desarrollada es Venta de Computadoras y Accesorios, legajo de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene Nº 1-104044. Que a través del citado expediente se procedió a fiscalizar la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por el período comprendido desde el mes de noviembre de 2002 a diciembre de 2005.

Que en fecha 26/12/2005 mediante Requerimiento N° 1806, obrante a fs. 8 del expediente de marras, se solicitó documentación al contribuyente Seid David Oscar a fin de verificar si el mismo ha abonado correctamente o no las obligaciones tributarias que posee a su cargo, otorgándole para ello un plazo para cumplimentar la documentación. Transcurrido el plazo establecido en dicho Requerimiento y visto que el contribuyente no ha presentado la documentación peticionada, la Administración Municipal procedió a reiterarle en varias oportunidades, tal como puede apreciarse a través de las Actas de Verificaciones Nros. 10927 y 11029 obrantes a fs. 9 y 10 respectivamente del expediente de marras, que acompañe la documentación descripta en el Requerimiento mencionado, bajo apercibimiento de proceder conforme lo establecido en los arts. 24, 25 y cctes de la Ordenanza Fiscal Vigente.

Que ante la reticencia del contribuyente en suministrar la documentación requerida, y a falta de elementos necesarios para determinar la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene sobre base cierta, se procedió conforme lo establecido en el artículo 25 de la Ordenanza Fiscal Vigente.

Que asimismo el articulo 25 de la Ordenanza Fiscal Vigente establece: “ La determinación de oficio sobre bases ciertas, corresponderá cuando los contribuyentes o responsables suministren a la Municipalidad todos los elementos comprobatorios de la actividad sujeta a tributación…. En caso contrario corresponderá la determinación sobre bases presuntas…”.

Que entonces para obtener las bases imponibles y calcular la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, mediante base presunta, se han considerado para las cuotas mensuales 11/02 a 12/05, un promedio de los ingresos pertenecientes a los periodos 03/04 a 02/05 de otro contribuyente que desarrolla una actividad comercial con características similares, e igualdad de rubro y condiciones.

Que de acuerdo a los cálculos realizados se determinó que los ingresos por ventas para las cuotas mensuales 11/02, 12/02, 01/03 a

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 79

Page 80: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

12/03, 01/04 a 12/04, 01/05 a 12/05, superan el mínimo imponible determinado en el art. 20 inc. 2.1 de la Ordenanza Impositiva vigente, por lo tanto deberá tributar por la alícuota establecida en el mencionado artículo inc. 2.2.

Que una vez aplicadas las alicuotas mencionadas en el párrafo precedente, al monto obtenido se le adicionó el 45% de incremento de conformidad con lo estipulado por las Ordenanzas N° 10.984/90 (modificada por Ordenanza N° 11.354/90), N° 12.867/92, N° 12.868/92 y las Ordenanzas Nros. 14.053/95, 14054/95 y 14055/95.

Que de la compulsa de las actuaciones surge como resultado que el contribuyente determinó en forma inexacta la base imponible del tributo por las cuotas mensuales 11/02, 12/02, 01/03 a 12/03, 01/04 a 12/04, 01/05 a 12/05, conforme a los arts. 24, 25, 138,140 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que corresponde se determine de oficio la misma, conforme art. 137 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente.

Que, sin perjuicio de no haber sido fiscalizado, el contribuyente registra deuda por los mínimos establecidos en el art. 20 inc. 2.1 de la Ordenanza Impositiva vigente por las cuotas mensuales 01/06 y 02/06, por lo cual debe intimarse su pago, el cual quedará sujeto a verificación.

Que con fecha 07 de marzo de 2006 se procedió a dar vista de las Actas de Ajuste Tributario F-13 Nros. 1875, 1876, 1877, 1878, otorgándole al contribuyente el plazo de 5 (cinco) días para que formule por escrito su defensa y ofrezca la prueba documental que haga a su derecho.

Que vencidos los plazos otorgados en el párrafo precedente el contribuyente no presentó descargo alguno, contra las Actas de Ajuste Tributario mencionadas ut-supra, procediéndose al dictado de la presente Resolución Administrativa conforme lo establecido por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal vigente.

Que a través del expediente del Visto, se han demostrado los incumplimientos en que ha incurrido el contribuyente.

Que por lo expuesto en los párrafos precedentes, corresponde determinar la tasa mencionada;

Que atento lo normado por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal vigente, corresponde dictar la presente; determinándose en primer lugar el monto total de la obligación tributaria, por los períodos fiscales abarcados por la auditoría practicada, sin deducir los pagos efectuados por el contribuyente; e intimándose en segundo término al pago de lo efectivamente adeudado por el contribuyente.

Que el procedimiento seguido para ajustar las obligaciones tributarias del contribuyente encuentra su fundamento en el Título I, Cap. 7, arts. 21, 24 y cctes. de la Ordenanza Fiscal y Título II, Cap. 4, art. 20 y 21 de la Ordenanza Impositiva. Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Economía y Finanzas, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 480/2006, Anexo III (tres) A.1.4.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE:

Artículo 1º: Determínanse sobre base presunta conforme lo dispuesto por los art. 24, 25 y cctes de la Ordenanza Fiscal vigente, las obligaciones tributarias del contribuyente SEID DAVID OSCAR, legajo N° 1-104044, surgidas de la verificación

practicada por el expediente del visto, por la suma de pesos VEINTIUNMIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON 42/100 ($ 21.188,42) en concepto de valor nominal de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por las cuotas mensuales 11/02, 12/02, 01/03 a 12/03, 01/04 a 12/04, 01/05 a 12/05, con más los recargos y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder conforme lo establecido en los arts. 55 y 58 de la Ordenanza Fiscal vigente.Artículo 2º: Intímase al contribuyente SEID DAVID OSCAR, legajo N° 1-104044, a abonar en un plazo de diez días, la suma de pesos DIECINUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 27/100 ($ 19.751,27) a valor nominal, en concepto de importes impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por las cuotas mensuales 11/02, 12/02, 01/03 a 12/03, 01/04 a 12/04, 01/05 a 12/05, con más recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal vigente los cuales a la fecha ascienden a la suma de pesos SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 41/100 ($ 7.259,27) y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal vigente. Artículo 3º: Intímase al contribuyente SEID DAVID OSCAR, legajo N° 1-104044, a abonar en un plazo de diez días, en concepto de importes mínimos impagos establecidos en el artículo 20 de la Ordenanza Impositiva vigente, respecto a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por los períodos fiscales no auditados cuotas mensuales 01/06 y 02/06, la suma de pesos SETENTA Y TRES CON 70/100 ($ 73,70), en concepto de valor nominal con más los recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal vigente que a la fecha ascienden a la suma de pesos CUATRO CON 97/100 ($ 4,97), y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal vigente, todo ello sujeto a verificación y ajuste posterior.Artículo 4°: Notifíquese la presente al interesado con la entrega de copia y vencido el plazo para su pago, procédase al cobro judicial por vía del Departamento de Gestión Judicial.Artículo 5º: Dése al registro de Decretos y Resoluciones.

Dra. Alicia M. Del C. Sztyrle – Dr. Eduardo D. Aseff

* * *

RESOLUCION Nº 111/06Morón, 28 de Julio de 2006.-

VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el expediente Nº 1761/06, referente a la Reparación del equipo desobstructor marca Vactor, solicitado por el Departamento de Talleres de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, yCONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para dicha adquisición se presentó la Empresa Emsade S.A., el precio se considera conveniente y resulta de aplicación los términos del artículo 156º inciso 6 (reparación de motores, máquinas,

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 80

Page 81: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

automotores y aparatos en general) de la Ley Orgánica Municipal.Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudícase la Reparación del equipo desobstructor marca Vactor, tramitado por expediente Nº 1761/06, solicitado por el Departamento de Talleres de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, a la empresa EMSADE S.A., en la suma total de Pesos Veintiún mil setecientos dieciocho con treinta centavos ($ 21.718,30.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 46, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en la solicitud de gastos Nº 2321.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Mariano Pablo Spina – Dr. Eduardo D. Aseff

* * *

DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº :1055/06Dese de baja a las docentes Irurzun María Fernanda y Eufrati Analía Verónica, con carácter de Suplentes.

Morón, 18 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1056/06Exclúyase al Dr. Rey Sebastián Ariel de los alcances del Decreto Nº 713/06 a partir del1º de Junio. Desígnación a partir del 1º de Junio del Profesional Echeverría Pablo dentro de la Planta Permanente del SUMS.

Morón, 18 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1057/06Designación de la docente Irurzum María Fernanda con carácter de Suplente.

Morón, 18 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1058/06Exclúyase al Dr. Rabinovich Gerardo Daniel de los alcances del Decreto Nº 713/06.

Morón, 18 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1059/06Designación de los Profesionales Palagro Rosana Marisa, Craviotto Pablo Eduardo y Miraglia Marcelo Horacio con el fin de realizar reemplazos de guardias médicas.

Morón, 18 de Julio de 2006.-DECRETO Nº :1060/06Téngase por aceptada la renuncia presentada por el agente Fares Marcel Rubén quien revistaba dentro de la Planta de Personal Temporario.

Morón, 18 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1061/06Incrementación de las Horas Cátedra al docente Lawaisse Juan José, con carácter Provisional. Designación de la docente Bartellone María Laura con carácter provisional.

Morón, 18 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1062/06Dése de baja para acogerse a los beneficios jubilatorios por edad avanzada a la agente Borsani Ana María y otórgasele el beneficio del Régimen de Retiro Progresivo.

Morón, 18 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1064/06Reconócese los servicios prestados por el agente Rebagliatti Marcelo por el período entre el día 1º hasta el día 16º de Junio de 2006.

Morón, 18 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1066/06Acéptase a partir del 19 de Julio de 2006 la renuncia presentada por el Contador Alonso Fernando Alberto, al cargo de Subtesorero Municipal. Incorpórese a los alcances de los Decreto Nº 890/06 Anexo I y 891/06 Anexos I y II al agente Alonso Fernando Alberto.

Morón, 19 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1067/06Téngase por aceptada la renuncia presentada por la agente Rodríguez Paula Valeria quien revistaba dentro de la Planta de Personal Temporario.

Morón, 19 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1069/06Exclúyase del Anexo III del Decreto Nº 713/06 a partir del 1º de Junio de 2006 a la Dra. Ferran María Soledad.

Morón, 19 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1072/06Téngase por autorizada a hacer uso de licencia sin goce de haberes a la agente Revidatti Yolanda Patricia.

Morón, 21 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1103/06Desígnase al agente Barbarotto Carlos Rubén con carácter de interino en el cargo de Jefe de Departamento.

Morón, 24 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1108/06Desígnase a la docente Castro Eleonora en carácter de Suplente.

Morón, 25 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1110/06Reencasíllase a la Profesional Guarayo Jaldin Lucia Viviana dentro de la Planta Interina del SUMS.

Morón, 25 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1111/06Reencasíllase a la Profesional Ortíz Sandra Beatriz dentro de la Planta Interina del SUMS.

Morón, 25 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1117/06Desígnase a la Lic. en Psicología Caporale Stella Maris en carácter de Concurrente ad Honorem.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 81

Page 82: 2º de julio-2006 - moron.gob.ar · dominio de la parcela designada. Decreto Nº 1090/06: Ordenanza Nº 8543/06: Autorización al Departamento Ejecutivo a transferir el ... Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Morón, 26 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1122/06Cese en sus funciones, el agente Manfredini Jorge Raúl, quien revistaba dentro de la Planta de Personal Permanente, por encontrarse incurso en el régimen de incompatibilidades previsto en art. 53º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

Morón, 26 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1123/06Téngase por designada a la Dra. Enriquez Aviles María Elena dentro de la Planta Interina del SUMS.

Morón, 26 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1124/06Desígnase a la Lic. Gisela Marisa Celaya en carácter de Concurrente ad honorem.

Morón, 26 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1125/06Téngase por designada a la Dra. Alvarez Analía Viviana dentro de la Planta Interina del SUMS.

Morón, 26 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1167/06Desígnase a los Profesionales de la Salud que se encuentran en el AnexoI del presente, con el fin de realizar respectivamenteReemplazos de Guardias.

Morón, 28 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1189/06Desígnase al Sr. Gómez Roberto Fernando en carácter de Concurrente Ad-Honorem.

Morón, 28 de Julio de 2006.-

DECRETO Nº :1190/06Desígnase durante el período entre del 24 de Julio y el 6 de Agosto a los agentes que se detallan en el Anexo I, dentro de la Planta de Personal Temporario. Desígnase durante el período entre del 24 de Julio y el 6 de Agosto a los agentes que se detallan en el Anexo II, dentro de la Planta de Personal Temporario.

Morón, 28 de Julio de 2006.-

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 82