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PLAN DE SECTORIZACIÓN DEL SUNP-2

SAN FERNANDO DE HENARES (MADRID)

DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO

JULIO 2018

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INDICE

BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO ORDINARIO PARA EL DESARROLLO URBANÍSTICO DEL SUNP-2 DE SAN FERNANDO DE HENARES. (MADRID)

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BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

ANTECEDENTES ....................................................................................................... 4

1- OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN. .................................................................. 6

1.1.- FICHA DE ORDENACIÓN. ................................................................................. 7

1.2.- CONDICIONES DE ORDENACIÓN. ................................................................... 7

2.- ALCANCE Y CONTENIDO DEL PLAN PROPUESTO Y DE SUS

ALTERNATIVAS RAZONABLES, TÉCNICA Y AMBIENTALMENTE VIABLES. .... 11

3.- DESARROLLO PREVISIBLE DEL PLAN O PROGRAMA. ................................ 12

4.- CARACTERIZACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. ................................................. 12

4.1.- MEDIO FÍSICO. ................................................................................................ 12

4.1.1.- Factores climáticos. ........................................................................ 14

4.1.2.- Aire. .................................................................................................... 19

4.1.3.- Geología. ............................................................................................ 36

4.1.4.- Geomorfología. ................................................................................... 39

4.1.5.- Hidrogeología. ................................................................................. 40

4.1.6.-Edafología. .......................................................................................... 42

4.2.-MEDIO BIÓTICO ................................................................................................ 57

4.2.1 Vegetación: ........................................................................................... 57

4.2.2.- Fauna. ................................................................................................ 61

4.2.3.- Espacios Naturales Protegidos .......................................................... 61

4.3.-MEDIO PERCEPTUAL. ...................................................................................... 62

4.3.1.- Calidad intrínseca. .............................................................................. 63

4.3.2.- Incidencia visual. ................................................................................ 67

4.3.3.- Potencial de vistas. ............................................................................ 68

4.3.4.- Fragilidad. ........................................................................................... 68

4.4.- MEDIO SOCIOECONÓMICO. .......................................................................... 68

4.4.1.- Población. ........................................................................................... 68

4.4.2.- Saldo migratorio. ................................................................................ 70

4.4.3.- Población activa y paro. ..................................................................... 70

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BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

4.5.-PATRIMONIO CULTURAL. ................................................................................ 71

4.5.1.-Patrimonio histórico-artístico. .............................................................. 71

4.5.2.- Vías pecuarias. ................................................................................... 74

4.6.-UNIDADES HOMOGÉNEAS .............................................................................. 74

5.-EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES. IDENTENTIFICACIÓN Y

VALORACIÓN DE IMPACTOS. ............................................................................... 78

5.1.- ENFOQUE METODOLÓGICO. ......................................................................... 78

5.2.- IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS. .................................................................. 80

5.3.- VALORACIÓN DE IMPACTOS SIGNIFICATIVOS. .......................................... 80

5.4.- DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD DE ACOGIDA. APLICACIÓN DEL

MODELO IMPACTO/APTITUD. ................................................................................ 85

5.4.1.- Conclusiones: ..................................................................................... 93

5.5.- IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS. ................................................................... 95

5.5.1.-Identificación de factores ambientales susceptibles de ser afectados 95

5.5.2.- Identificación de acciones susceptibles de generar impactos ............ 97

5.5.3.- Matriz de identificación de impactos ................................................... 97

5.5.4.- Impactos No significativos .................................................................. 99

5.5.5.- Impactos Significativos. Descripción y Valoración. ........................... 102

5.5.6.- Otros impactos ................................................................................. 130

5.5.7.- Síntesis de la afección ambiental del Plan. ...................................... 134

5.5.8.- Impactos potenciales derivados del cambio climático. ..................... 136

5.6.- CONCLUSIONES CAPACIDAD DE ACOGIDA. ............................................. 138

6.- EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LOS PLANES SECTORIALES Y

TERRITORIALES CONCURRENTES. ................................................................... 139

7.- MOTIVOS DE SELECCIÓN DE LAS ALTERNATIVAS CONTEMPLADAS. .... 142

7.1.- DESCRIPCIÓN DE LA ALTERNATIVA CERO. .............................................. 142

7.1.1.- Ordenaciones alternativas. ............................................................... 143

7.1.2.- Cumplimiento de objetivos. .............................................................. 144

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BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

7.1.3- Valoración. ........................................................................................ 146

7.2.- DESCRIPCIÓN DE LA ALTERNATIVA ELEGIDA. ......................................... 147

7.2.1.- Calificación urbanística..................................................................... 147

7.2.2.- Incardinación en la estructura territorial. .......................................... 147

7.2.3.- Estructura Urbana. ........................................................................... 148

8.- MEDIDAS PROTECTORAS Y CORRECTORAS TOMANDO EN

CONSIDERACIÓN EL CAMBIO CLIMÁTICO. ....................................................... 148

8.1.- MEDIDAS PROTECTORAS. ........................................................................... 149

8.1.1.- Medidas para la protección de los recursos hídricos ........................ 149

8.1.2.-Medidas para la protección de la calidad del aire. ............................. 151

8.1.3.-Medidas en materia de tratamiento y gestión de residuos. ............... 153

8.1.4.- Medidas para evitar la protección del cielo nocturno y la eficiencia

energética del alumbrado exterior ............................................................... 154

8.1.5.- Medidas para el aprovechamiento de la energía solar térmica ........ 157

8.1.6.- Medidas para la protección de la vía pecuaria ................................. 158

8.2.- MEDIDAS CORRECTORAS ........................................................................... 159

8.2.1.- Medidas para el mantenimiento de la calidad de los suelos............. 159

8.2.2.- Medidas para el mantenimiento de los yacimientos arqueológicos .. 160

8.2.3.- Medidas en materia de infraestructuras ........................................... 160

9.- PLAN DE VIGILANCIA Y CONTROL MEDIOAMBIENTAL. DESCRIPCIÓN DE

LAS MEDIDAS PREVISTAS PARA EL SEGUIMIENTO AMBIENTAL DEL PLAN.

................................................................................................................................ 165

9.1- SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS .............. 169

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BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

ANTECEDENTES

El estudio de incidencia ambiental correspondiente al SUNP-2 de San Fernando de

Henares del año 2007 elaborado por Melissa S.A Consultoría e Ingeniería Ambiental,

se realizó en base a la Ley 2/2002, de 19 de Junio de Evaluación Ambiental de la

Comunidad de Madrid (BOCM, nº 154, de 1 de julio), cumpliendo lo en ella

establecido.

En el ámbito de la Comunidad de Madrid, en tanto que se apruebe una nueva

legislación autonómica en materia de evaluación ambiental en desarrollo de la

normativa básica estatal, se aplicará la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, no obstante

se establece a través de la disposición transitoria primera de la Ley 4/2014, de 22 de

diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, el régimen transitorio en materia de

evaluación ambiental, indicando en esta que: Los Planes Generales, los Planes de

Sectorización y el resto de instrumentos de planeamiento a los que sea de aplicación

el artículo 6, apartado 1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación

ambiental, se someterán a evaluación ambiental estratégica ordinaria.

Por tanto, en base a lo anteriormente expuesto, la tramitación del estudio ambiental

del SUNP-2 se iniciaría con una solicitud de inicio de la evaluación ambiental

estratégica ordinaria.

En el Artículo 18 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, se establece cual es el

procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinario para la formulación de la

declaración ambiental estratégica. Dentro del procedimiento sustantivo de adopción o

aprobación del plan o programa el promotor presentará ante el órgano sustantivo,

junto con la documentación exigida por la legislación sectorial, una solicitud de inicio

de la evaluación ambiental estratégica ordinaria, acompañada del borrador del plan o

programa y de un documento inicial estratégico que contendrá, al menos, la siguiente

información:

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a) Los objetivos de la planificación.

b) El alcance y contenido del plan o programa propuesto y de sus alternativas

razonables, técnica y ambientalmente viables.

c) El desarrollo previsible del plan o programa.

d) Los potenciales impactos ambientales tomando en consideración el cambio

climático.

e) Las incidencias previsibles sobre los planes sectoriales y territoriales

concurrentes.

El Estudio de incidencia ambiental presentado anteriormente recogía en sus diferentes

apartados y anexos, valoraciones ambientales y recomendaciones que se

sustentaban en la legislación vigente en esas fechas. Muchos de los decretos y leyes

referidos en ese estudio han sido derogadas o bien, han sufrido modificaciones

sustanciales. Así mismo, el documento ha sufrido modificaciones y las alternativas

propuestas en la actualidad, aunque se enmarcan dentro de los mismos parámetros

urbanísticos y el mismo uso del suelo, no se corresponden con las analizadas en el

inicial estudio de incidencia ambiental.

Por otro lado, las actuaciones, que se han llevado a cabo en el sector en los años

transcurridos desde la fecha de su elaboración, han alterado algunos de los elementos

del medio físico con incidencia directa en la valoración ambiental de las unidades

homogéneas existentes y definidas y, por tanto, en el desarrollo del plan.

Una vez analizados bajo el marco legislativo actual cada uno de los elementos

medioambientales y socioeconómicos del ámbito del sector que se han visto afectados

por algún cambio o alteración desde 2007, y valoradas la viabilidad de las nuevas

alternativas de desarrollo propuestas, no se observan motivos sustanciales que

supongan incompatibilidad desde el punto de vista medio ambiental al desarrollo

urbanístico del sector.

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BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

Partiendo de este escenario, se debe concretar el contenido del nuevo documento que

actualice y complemente el anterior. Su alcance debe, por un lado, garantizar su

validez según los requerimientos de la comunidad de Madrid y, por otro, ser suficiente

en el análisis de aquellos aspectos que han sufrido modificación y tienen una

incidencia directa en el desarrollo urbanístico del sector.

El procedimiento llevado a cabo ha sido el siguiente:

▪ Revisión y actualización de cada uno de los puntos y anexos recogidos en

el estudio de incidencia ambiental inicial.

▪ Elaboración del documento para la solicitud de inicio de la evaluación de

impacto ambiental estratégica simplificada según los requerimientos

recogidos en la ley 21/2013.

1- OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 9/2001 “Los planes de

sectorización son los instrumentos mediante los cuales se establecen las

determinaciones estructurantes de la ordenación urbanística, necesarias para valorar

la conveniencia de acometer la transformación urbanizadora de terrenos clasificados

como suelo urbanizable no sectorizado.”

Su contenido sustantivo se describe en el artículo 45 de la ley citada que, en su punto

2. Párrafo d), establece: “el Plan de Sectorización podrá incluir como parte de su

contenido la completa ordenación pormenorizada del sector correspondiente,

cumpliendo los requisitos de contenido exigidos para los planes parciales. En todo

caso, aunque la ordenación pormenorizada se contenga en un Plan parcial

independiente, siempre ambos documentos se formularán, conocerán y tramitarán de

forma simultánea.” En base a este artículo se incluye la completa ordenación

pormenorizada.

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BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

1.1.- FICHA DE ORDENACIÓN.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1 a) de la Ley 9/01, uno de los contenidos

sustantivos del Plan de Sectorización es la “delimitación del sector que será objeto de

actuación urbanizadora, estableciendo para el mismo las pertinentes condiciones

básicas de ordenación”.

Esta delimitación (art. 45.2) “cumplirá lo dispuesto para el Plan General respecto a los

sectores del Suelo Urbanizable Sectorizado en el nº 5 del artículo 42 “que establece

condiciones específicas.

Superficie del sector: En la ficha de ordenación del Plan General se establece una

delimitación reflejada en plano según la cual la superficie del sector es de 75.499 m2.

La expropiación posterior de una franja de suelo para el paso del segundo anillo de

abastecimiento ha reducido su superficie a 71.053,07 m2. Por otra parte, el límite en

todos los linderos, excepto en el que colinda con la M-115 y la Cañada Real, es la

línea de dominio público de las vías supramunicipales que los definen, que no coincide

con la reflejada en el plano del Plan general, sino que ha sido modificada en la

ejecución de la obra.

1.2.- CONDICIONES DE ORDENACIÓN.

El Plan general regula el desarrollo del SUNP con la Norma Urbanística SUNP-2 que,

aun pudiendo constituir una sobre-determinación, es indicativa de los requerimientos

del modelo territorial.

Norma y Ficha urbanística se incluyen a continuación:

“Art. 38. SUNP-2

Art. 38.1. Uso global

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Productivo.

Art. 38.2. Usos prohibidos

Se prohíbe expresamente el uso residencial y el comercial C-3 y C-4, así como todos aquellos que según el

Decreto 78/1999, de 27 de Mayo de la C.M., resulten incompatibles con las afecciones sonoras de la zona.

Art. 38.3. Características de compatibilidad con el modelo territorial

Todo el ámbito debe ser un único sector.

El acceso deberá producirse por la glorieta situada en la M-215.

Art. 38.4. Condiciones básicas

El sector se encuentra sometido al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental de acuerdo con la Ley

10/91 de Protección del Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid. El Estudio de Impacto Ambiental deberá

tener en cuenta a los efectos de la calidad del medio ambiente urbano resultante, la fuerte congestión de tráfico

que la localización a lo largo de las autovías nacionales de usos de carácter supramunicipal (terciarios e

industrias en su mayoría) provoca en el Sistema General de Comunicaciones de la Comunidad. A los efectos

previstos en el Decreto 78/99 por el que se regula el Régimen contra la Contaminación Acústica, el Plan Parcial

deberá establecer las áreas de sensibilidad acústica. Se deben garantizar los niveles mínimos en ambiente

exterior fijados por el citado Decreto.

En la ejecución del Sector deberá asegurarse la conexión con el sistema integral de saneamiento y la capacidad

de las instalaciones de depuración para tratar los efluentes que genere. En cualquier caso, el saneamiento será

separativo1.

Deberá respetar la línea de edificación en las carreteras conforme a lo dispuesto en la Norma N-RV y las Leyes

de carreteras estatal y regional así como sus Reglamentos.Deberán realizarse los aislamientos en edificaciones

necesarios para cumplir el Decreto 78/1999 de 27 de Mayo de la Comunidad de Madrid que fija los límites de

ruido admisibles en el interior de la edificación, con la instalación, en su caso, de pantallas acústicas.

Deberá contribuir a la instalación general de depuración y vertido con la tasa por m2 de parcela que se

determine en el convenio con el Canal de Isabel II.”

1 Debido a que el vertido de las aguas pluviales al río Jarama de los sectores industriales situados al Norte de la A-2, tiene un

impacto sobre el dominio público Hidráulico mayor que el de su saneamiento unitario, con la previsión de los laminadores y

tanques de tormenta adecuados, en el Plan Especial del Colector Doblado del emisario Ajalvir-Daganzo se ha recogido el

saneamiento unitario para dichos sectores, incluido el SUNP-2

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BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

Los objetivos a cumplir por la ordenación del Plan de Sectorización son:

1- Económicos.-

1.1. Posibilitar la implantación de usos productivos en instalaciones que

respondan a las demandas del mercado.

1.2. Favorecer la viabilidad económica de las instalaciones que materializan

el aprovechamiento, lo que requiere:

• Accesibilidad de tráfico.

• Accesibilidad visual desde el entorno.

• Condiciones volumétricas apropiadas.

• Infraestructuras y servicios urbanos.

2- Medioambientales.-

Mejorar la calidad paisajística del sector, actualmente un espacio intersticial de

la red viaria supramunicipal, eliminando los impactos negativos actuales

derivados de la existencia de ruinas, escombros, naves en desuso, etc. y

creando un borde visualmente agradable que contribuya a la recuperación

ambiental de un enclave residual.

3- Sociales.-

Conseguir un área de trabajo agradable protegida de las agresiones acústicas

y un entorno visual no degradado, garantizando la mayor confortabilidad

posible y una mayor sostenibilidad de conjunto.

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BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

2.- ALCANCE Y CONTENIDO DEL PLAN PROPUESTO Y DE SUS ALTERNATIVAS

RAZONABLES, TÉCNICA Y AMBIENTALMENTE VIABLES.

Tomando los objetivos descritos como referencia, se han analizado tres alternativas

junto con la alternativa cero, todas ellas condicionadas por la impermeabilidad de los

bordes, excepto el NO desde el que se accede al sector en un punto totalmente

definido.

Previamente se hace notar que se trata de un ámbito que, hasta tanto no se apruebe

el Plan de Sectorización, tiene el régimen del suelo no urbanizable, caracterizado por

su pequeño tamaño, por su situación en el interior de un enlace entre dos autovías

que impide su destino a usos agrícolas, y por estar parcialmente ocupado por unos

almacenes/talleres/depósito de vehículos que el Plan General deja fuera de

ordenación. En estas circunstancias, la alternativa 0 habría consistido en el

mantenimiento de estas instalaciones, cada vez en situación más precaria y con un

impacto muy negativo para la calidad del paisaje del entorno, salvo que se emitieran

órdenes de ejecución para la rehabilitación de las construcciones existentes, (algo

muy problemático toda vez que se sitúan hacia el interior de la línea de edificación de

la A-2) o, alternativamente, su derribo y retirada de escombros. Debido a la citada

imposibilidad del uso agrícola, por otra parte, desaparecido en todo el entorno, estas

operaciones de recuperación deberían ser acometidas, muy posiblemente, por el

Ayuntamiento o la Comunidad de Madrid, lo que no parece socialmente prioritario.

El desarrollo urbanístico supondrá la desaparición de las edificaciones actuales y el

destino del suelo a la implantación de nuevas actividades que, fuera cual fuere la

solución de diseño, daría como resultado una implantación de calidad urbana superior

a la actual y a la que resultaría de la proyección de la situación actual en el supuesto

de no intervención.

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BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

Los fuertes condicionantes de borde de los que resulta un sector con solo un punto de

acceso posible, y la inexistencia de redes públicas de equipamientos y servicios que,

por otra parte, serían de escasa funcionalidad, limitan las alternativas posibles al

tamaño mínimo de parcela.

Alternativa 1- Parcelas independientes de reducido tamaño (1.000 m2) con una red

viaria interior que garantizara su accesibilidad.

Alternativa 2- Parcelas de gran tamaño (mayor de 20.000 m2), con dos variantes: con

y sin viario público.

3.- DESARROLLO PREVISIBLE DEL PLAN O PROGRAMA.

Conjuntamente con el Plan de Sectorización se tramita un Proyecto de Urbanización

que, dada la inexistencia de viario público, excepto el acceso desde la glorieta de la

M-115, se limita a recoger los requerimientos de las diferentes compañías gestoras

de las infraestructuras.

El Proyecto de Reparcelación, una vez aprobado el Plan definirá dos parcelas de uso

industrial, además, en su caso de la del 15% de cesión si no se sustituye por su

equivalente en metálico, y de las correspondientes a las redes.

La implantación de las industrias se efectuará primando las que no impliquen

subdivisión de las parcelas, favoreciendo, incluso, la agrupación en una parcela única.

4.- CARACTERIZACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.

4.1.- MEDIO FÍSICO.

La parcela objeto de estudio se localiza en el término municipal de San Fernando de

Henares, situado al Este de la Comunidad de Madrid, a 17 kilómetros de la capital,

integrado dentro del denominado Corredor del Henares.

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BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

Figura nº 1. Situación municipio San Fernando de Henares.

Concretamente la parcela se localiza al Norte del término municipal, prácticamente

incrustado en el enlace de la M-45 y la A-2. Tiene forma triangular con dos lados

curvos, limita al NO con la Cañada Real Galiana y la carretera M-115 que discurre

ocupando parte de la misma, al SE con la A-2 y al NE con el ramal de enlace de la M-

45 con dicha vía. Tiene una superficie de 71.053,07 m2.

Figura nº 2. Localización Sector SUNP-2 en el término municipal de

San Fernando de Henares.

SECTOR SUNP-2

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BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

Figura nº 3. Localización sector. SUNP-2

4.1.1.- Factores climáticos.

La Comunidad de Madrid como la mayor parte de la Península pertenece al dominio

de los climas mediterráneos, cuyos rasgos más destacados son la estacionalidad de

las temperaturas, la sequía estival y la irregularidad de las precipitaciones. A nivel

local, los parámetros climáticos tienen grandes contrastes: precipitación anual media

entre 400 y casi 2.000 mm, temperaturas medias entre 7º C y 15º C y absolutas entre

-8º C y 44º C.

La caracterización climatológica del ámbito de estudio se ha realizado a partir de los

datos obtenidos en la estación meteorológica de la base aérea de Torrejón de Ardoz

y la estación para el control de la calidad del aire de Torrejón de Ardoz (COD –

28148004), localidad muy próxima al ámbito del estudio.

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BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

La estación Base Aérea de Torrejón de Ardoz altitud de 611 metros y se localiza bajo

las coordenadas geográficas: 40º 29´ de Latitud y 3º 27´ 01” de Longitud.

Estación para el control de la calidad del aire de Torrejón de Ardoz, situada en el

Parque de Ocio a una altura de 597 m.

En la tabla 1, se recoge la relación de los parámetros fundamentales que determinan

en gran medida el tipo de suelo, la vegetación, y la fauna y condiciona la calidad del

aire, durante un periodo de 30 años.

En base a estos datos y a otros de lectura más reciente, la climatología en el ámbito

del estudio se caracteriza por importantes variaciones en las temperaturas medias

(entre 6ºC en invierno y 25ºC en verano) y por una precipitación media anual de entre

380 y 450 mm. Si consideramos la última década se han alcanzado la máxima

precipitación media anual en el año 2010 por encima de los 500 mm, y una

precipitación más baja de 176 mm. en el año 2015.

La distribución media mensual indica que prácticamente en todas las estaciones el

mes de mayor precipitación es noviembre, con valores en torno a los 52 mm. Su

distribución anual permite observar que casi la mitad de las precipitaciones se reparten

en dos períodos, en otoño en los meses de octubre, noviembre y diciembre, y en

primavera en los meses de abril y mayo. Los meses de heladas se limitan a diciembre,

enero y febrero.

Tomando los valores de temperatura media mensual de los últimos 5 años, se observa

que se produce un incremento de la temperatura entre los meses de junio y noviembre.

(más acentuada en los dos últimos años).

Periodo: 1981-2010 - Altitud (m): 607

Latitud: 40° 29' 19'' N - Longitud: 3° 26' 37'' O

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Tabla nº 1 Datos climáticos periodo 1981-2010

Mes T TM Tm R H DR DN DT DF DH DD I

Enero 5.6 10.8 0.5 29 77 5.1 0.7 0.0 2.7 15.3 7.5 149

Febrero 7.3 13.1 1.4 31 70 4.6 0.8 0.2 1.5 10.5 6.3 163

Marzo 10.5 17.1 3.8 23 60 3.8 0.2 0.5 0.8 4.0 5.3 202

Abril 12.4 18.8 5.9 40 59 6.6 0.0 1.5 0.4 0.7 4.1 216

Mayo 16.4 23.2 9.6 48 55 7.0 0.0 3.8 0.4 0.0 3.9 268

Junio 21.9 29.6 14.1 19 44 3.1 0.0 2.9 0.0 0.0 9.6 320

Julio 25.2 33.3 17.1 13 38 1.6 0.0 2.1 0.0 0.0 16.1 359

Agosto 24.8 32.7 16.9 9 39 1.6 0.0 2.2 0.0 0.0 13.9 332

Septiembre 20.6 27.8 13.4 25 50 3.5 0.0 1.6 0.1 0.0 8.2 241

Octubre 15.0 21.0 9.0 50 65 6.6 0.0 1.0 0.8 0.0 6.3 189

Noviembre 9.6 14.8 4.3 49 74 6.2 0.0 0.1 2.0 4.0 6.0 149

Diciembre 6.4 11.0 1.7 42 79 6.5 0.5 0.0 4.5 11.5 6.8 124

Año 14.7 21.1 8.2 385 59 56.0 2.5 16.5 13.1 45.7 - -

Leyenda

T Temperatura media mensual/anual (°C)

TM Media mensual/anual de las temperaturas máximas diarias (°C)

Tm Media mensual/anual de las temperaturas mínimas diarias (°C)

R Precipitación mensual/anual media (mm)

H Humedad relativa media (%)

DR Número medio mensual/anual de días de precipitación superior o igual a 1 mm

DN Número medio mensual/anual de días de nieve

DT Número medio mensual/anual de días de tormenta

DF Número medio mensual/anual de días de niebla

DH Número medio mensual/anual de días de helada

DD Número medio mensual/anual de días despejados

I Número medio mensual/anual de horas de sol

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Gráfico 1. Variación de la temperatura. Años 2007-2016/1981-2010.

Gráfico 2. Variación de la temperatura. Años 2011-2016.

En la práctica totalidad de la Cuenca del Tajo, donde se incluye esta zona, los vientos

dominantes en días lluviosos proviene del SO y O, así mismo, en el periodo de verano

las direcciones E y SE, son las dominantes. La humedad relativa está por encima del

40% en los meses más húmedos, bajando a valores próximos al 10% en épocas

estivales.

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La clasificación de PAPADAKIS incluye el clima del ámbito del estudio como

Mediterráneo acentuado y según la UNESCO-FAO es mediterráneo continental. En

cuanto a la clasificación bioclimática regional mediterránea se enmarca dentro del piso

Mesomediterráneo.

La evapotranspiración potencial tiene su máximo en el mes de julio con un valor

de148,2 mm y un mínimo en enero con 10,5 mm para una media anual de 741,2 mm.

La observación de la relación entre la evapotranspiración potencial y el volumen de

precipitaciones permite definir un período árido y semiárido entre los meses de mayo

y septiembre, meses estos en los que hay déficit hídrico.

La dirección predominante del viento es Noreste y Suroeste, según la Rosa anual de

los vientos incluida en el estudio de incidencia ambiental de 2007.

Figura nº 4. Rosa de los vientos. Periodo 1971-2000.

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4.1.2.- Aire.

El ámbito del estudio está afectado por una red de infraestructura lineales de gran

envergadura que tienen una influencia directa en la calidad del aire del sector.

- M-45. Esta vía con importante carga de tráfico se localiza al oeste del sector,

este no limita con su trazado principal, pero si lo hace con el enlace de la M-45

y la N-II.

- N II. El trazado de esta vía recorre todo el límite este – sureste del sector

- M511. Esta carretera que ha sido recientemente desdoblada, recibe una carga

de tráfico muy significativa dado que da acceso a las diferentes sectores de

desarrollo industrial de San Fernando de Henares y será la vía de acceso al

SUP-2 según la alternativa prevista para el desarrollo urbanístico del sector.

Fotografía nº 1. Infraestructuras lineales principales

M-115

M-50

A-2

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La presencia de este conjunto de infraestructuras, hacen que la combustión de

carburantes fósiles generada por el tráfico sea uno de los factores contaminantes de

mayor relevancia en el ámbito del área de estudio. La combustión puede generar la

emisión de partículas de diferente tipo: partículas grandes, por la liberación de

materiales inquemados (cenizas volátiles), partículas finas, formadas por

condensación de materiales vaporizados durante la combustión, y partículas

secundarias, generadas mediante reacciones químicas entre los contaminantes

desprendidos como gases en la atmósfera.

4.2.2.1.-Calidad del aire

Se ha realizado una actualización del estudio de contaminación del aire que recoge el

estudio de incidencia ambiental realizado en 2005 en base a las siguientes directivas,

leyes y decretos, siendo el REAL DECRETO 102/2011, de 28 de enero, el patrón de

referencia principal.

DIRECTIVA 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de

2008, relativa a la calidad del aire ambiente y una atmósfera más limpia en Europa.

LEY 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.

REAL DECRETO 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.

Estas normas establecen unos objetivos de calidad del aire, que se concretan en

valores límite, valores objetivo, objetivos a largo plazo o umbrales de información y/o

de alerta a la población en función del contaminante, encomendándose a las

administraciones competentes la función de velar para asegurar su cumplimiento.

La normativa estatal específica en materia de calidad del aire ha sido unificada en el

Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire que

tiene por objeto:

a. Definir y establecer objetivos de calidad del aire, de acuerdo con el anexo III de

la Ley 34/2007, con respecto a las concentraciones de dióxido de azufre, dióxido de

nitrógeno y óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno, monóxido de carbono,

ozono, arsénico, cadmio, níquel y benzo(a)pireno en el aire ambiente.

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b. Regular la evaluación, el mantenimiento y la mejora de la calidad del aire en

relación con las sustancias enumeradas en el apartado anterior y los hidrocarburos

aromáticos policíclicos (HAP) distintos al benzo(a)pireno.

c. Establecer métodos y criterios comunes de evaluación de las concentraciones de

las sustancias reguladas citadas en el apartado a, el mercurio, los HAP y de los

depósitos de arsénico, cadmio, mercurio, níquel y HAP.

d. Determinar la información a la población y a la Comisión Europea sobre las

concentraciones y los depósitos de las sustancias mencionadas en los apartados

anteriores, el cumplimiento de sus objetivos de calidad del aire, los planes de mejora

y demás aspectos regulados en esta norma.

e. Establecer, para amoniaco (NH3), de acuerdo con el anexo III de la Ley 34/2007,

métodos y criterios de evaluación y establecer la información a facilitar a la población

y a intercambiar entre las administraciones.

Para la realización del estudio de contaminación, se han tomado los valores de las

estaciones de Coslada y Torrejón de Ardoz, Alcobendas y Alcalá de Henares, desde

el año 2012 al 2016.

Estación de Coslada

ZONA: 02.Corredor del Henares

MUNICIPIO: Coslada

COD. ESTACIÓN: 28049003

DIRECCIÓN: Avda. José Gárate (Polideportivo Mun)

LONGITUD: -3,542804

LATITUD: 40,430987

ALTURA: 621

TIPO ZONA: N/A

Fotografía 2.

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Estación de Torrejón de Ardoz

ZONA: 02.Corredor del Henares

MUNICIPIO: Torrejón de Ardoz

COD. ESTACIÓN: 28148004

DIRECCIÓN: Parque del Ocio

LONGITUD: -3,477645

LATITUD: 40,449541

ALTURA: 597

TIPO ZONA: N/A

Estación de Alcobendas

ZONA: 02.Corredor del Henares

MUNICIPIO: Alcobendas

COD. ESTACIÓN: 28006004

DIRECCIÓN: C/ Pintor Murillo, Parque de Andalucía

LONGITUD: -3,646455

LATITUD: 40,539523

ALTURA: 688

TIPO ZONA: N/A

Estación de Alcalá de Henares

ZONA: 02.Corredor del

Henares

MUNICIPIO: Alcalá de Henares

COD. ESTACIÓN: 28005002

DIRECCIÓN: Avda del Ejército

LONGITUD: -3,377949

LATITUD: 40,479328

ALTURA: 595

TIPO ZONA: N/A

Fotografía 3.

Fotografía 4.

Fotografía 5.

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Análisis de parámetros de contaminación.

Partículas en suspensión.

Los efectos de las PM10 sobre la salud humana dependen del tamaño de las partículas,

siendo los seres vivos más vulnerables a aquellas de menor tamaño, ya que presentan

mayor capacidad de penetrar al interior del organismo por medio de las vías

respiratorias, produciendo irritación de las mismas y otros efectos dependiendo de su

composición.

Las partículas presentan efectos nocivos ambientales al influir en la temperatura

atmosférica por su capacidad de absorber o emitir radiación, alterar la cubierta

nubosa, y servir de medio para reacciones químicas.

Los parámetros obtenidos reflejan un descenso con respecto a los valores medios

anuales registrados entre los años 2001-2005 periodo analizado en el estudio incluido

en el estudio de incidencia ambiental de 2007.

Tabla nº 2. PM10 µg/cm3.

En cuanto al valor límite anual, la legislación establece que desde 2005 el valor medio

de PM10 a lo largo de todo el año no debe exceder los 40 μg/m3. La Organización

Mundial de la Salud (OMS) recomienda no superar los 20 μg/m3 de valor medio anual,

para una adecuada protección de la salud.

ESTACION 2001 2002 2003 2004 2005

COSLADA 15 13 33 31 40

TORREJÓN DE ARDOZ35 52 55 56 49

ESTACION 2012 2013 2014 2015 2016

COSLADA24 20 26 24 23

TORREJÓN DE ARDOZ26 19 23 22 15

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Los datos recogidos para los últimos 5 años, indican que solo de forma puntual se ha

superado el valor límite legal anual de PM10, concretamente en el año 2015 en la

estación de Coslada en el mes de diciembre se alcanzó un valor de 48 μg/m3, además

se supera el valor límite anual recomendado por la OMS en distintos meses delos

últimos 5 años, siendo superado en prácticamente todos los meses en la estación de

Coslada en el año 2015. El número de superaciones del valor límite diario para estas

dos estaciones es inferior a 35 en todos los años, Alcanzando los máximos en 2015 y

2016.

Gráfico 3. Media anual de PM10 . Estación Coslada.

Gráfico 4. Media anual de PM10. Estación de Torrejón de Ardoz.

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Dióxido de Nitrógeno.

El NO2 que proviene de la oxidación del óxido de nitrógeno (NO) es otro contaminante

que en la zona es relevante su consideración al tener como fuente principal las

emisiones originadas por los automóviles.

En relación con el NO2, el valor límite anual establecido por la legislación vigente para

2011 estaba fijado en 40 μg/m3. En este caso, las recomendaciones de la OMS

coinciden con los límites legales. Los valores analizados correspondientes a las

estaciones de Torrejón de Ardoz y Coslada, muestran que el límite establecido se

supera en diferentes meses a lo largo de los últimos 5 años, siendo muy acusada este

incremento en los meses de noviembre y diciembre de 2015, siendo el valor más alto

74 μg/m3 detectado en Coslada en el mes de diciembre.

Dioxido de Azufre

El dióxido de azufre (SO2) es un importante contaminante primario. Es un gas incoloro

y no inflamable, de olor fuerte e irritante. Se origina de modo natural en las erupciones

volcánicas y en la combustión de carburantes con cierto contenido en S (carbón, fuel

y gasóleos), procedentes de centrales térmicas, procesos industriales, tráfico de

vehículos pesados y calefacciones de carbón y fuel.

Para analizar este parámetro se ha tomado la estación de Alcalá de Henares, dado

que en las de Torrejón y Coslada no cuentan con el registro de este parámetro.

Se han realizado dos graficas que muestran la evolución de la media anual durante el

periodo comprendido entre 2001-2005 y por otro lado entre 2012-2016.

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Gráfico 5. Media anual de SO2. Estación de Alcalá de Henares (2001-2005).

Gráfico 6. Media anual de SO2. Estación de Alcalá de Henares (2012-2016).

Como se puede apreciar hay una clara tendencia de descenso, mostrando más

regularidad entre los años 2012-2016. En ningún caso se han superado los valores

límite para la salud o la vegetación.

Ozono.

Dentro del ozono existen dos tipos:

Ozono estratosférico o "bueno\u201D, se encuentra en la atmósfera superior, a una

una altura de entre 15 y 50 km y es beneficioso al formar una capa que nos protege

de los efectos nocivos de los rayos solares dañinos al actuar como filtro de la radiación

ultravioleta, por lo tanto, se debe evitar su destrucción.

9,00

9,20

9,40

9,60

9,80

10,00

10,20

10,40

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006

µm

3

AÑO

SO2

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Ozono troposférico o "malo\u201D, está situado en la parte baja de la atmósfera, al

nivel de la superficie terrestre que es donde se encuentra el aire que respiramos. A

partir de ciertas concentraciones puede ser perjudicial para la salud, por lo tanto, se

debe evitar su formación.

Según el real decreto 102/2011, No podrá superarse en las medidas móviles

octohorarias en más de 25 días por cada año civil de promedio en un periodo de 3

años un valor de 120 µg/m3. Se ha producido un incremento en el número de

superaciones de este valor entre el 2012 y 2016 en la estación de Torrejón de Ardoz,

manteniéndose o disminuyendo en la estación de Coslada. Si bien se el número de

superaciones del umbral de alerta e información para la población (180 µg/cm3) se ha

superado en la estación de Torrejón 10 veces en los últimos cinco años, alcanzando

las 20 superaciones en la estación de Coslada, concentrándose todas estas

superaciones en el mes de julio de 2015, donde se alcanzó un máximo de 233 µg/cm3.

El valor objetivo para la protección de la vegetación que se ha fijado en un valor límite

de 18000 µg/cm3 en u promedio de 5 años, se supera en la estación de Torrejón en

los promedios que incluyen los años 2014,2015 y 2016, quedando por debajo de este

valor en la Estación de Coslada.

Monóxido de carbono.

Los óxidos de Carbono. (CO).

Los más importantes son el CO (monóxido de carbono) y CO2 (dióxido de carbono).

El CO es un gas inflamable sin color, olor ni sabor. Su vida media se estima en unos

pocos meses y combina con el O2 atmosférico para generar CO2. Proviene

fundamentalmente de la combustión de derivados del petróleo, siendo el principal foco

emisor el transporte, seguido a larga distancia por el sector residencial y la industria.

Para el análisis de este parámetro se ha tomado la estación de Alcalá de Henares,

dado que las estaciones de Coslada y Torrejón de Ardoz, carecen de datos de este

parámetro.

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Las máximas medias móviles octohorarias del año de CO son inferiores a 2, muy por

debajo del valor límite.

Plomo (Pb).

Metal que se transporta a través del aire en forma de partícula sólida y se deposita en

la superficie terrestre en su mayor parte. Décadas atrás la principal fuente de emisión

de este contaminante fueron los vehículos a motor de combustión.

La eliminación del contenido de plomo en las gasolinas ha contribuido a bajar los

niveles de emisión considerablemente. Hoy en día el problema de la contaminación

por plomo se centra en torno a industrias siderometalúrgicas, manufacturas de

baterías y acumuladores u otras fuentes puntuales de emisiones de plomo.

La media anual para este parámetro entre los años 2012 y 2016, está muy por debajo

del valor máximo permitido.

En la estación de Torrejón de Ardoz se han medido los siguientes valores:

Gráfico 7. Media anual de SO2. Estación de Alcalá de Henares (2012-2016).

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Se mantiene la misma tendencia que se advirtió entre 2001 y 2005, debido a la

sustitución de las gasolinas con plomo, con un valor máximo de 0.006, muy alejado

del límite (5µg/cm3) que marca el RD 112/2011.

Hidrocarburos y Benceno.

La estación de referencia para el periodo de 2012-2016 es la estación de Alcobendas

Para ambos parámetros los valores medios anuales están muy por debajo de los

límites para la protección de la salud.

Benceno < 1.0 µg/cm3

Con respecto a los objetivos del estudio ambiental y a la finalidad del mismo, no se ha

considerado necesario rehacer en su totalidad el estudio de contaminación

atmosférica de 2005 (incluido en el estudio de incidencia ambiental), dado que se

entiende que las directrices europeas establecen en sus continuas

revisiones legislativas un marco más restrictivo para la emisión de contaminantes ,

de modo que las previsiones de contaminación expuestas en el estudio de 2005 son

más desfavorables que las previsiones actuales y por tanto, la viabilidad del plan no

se verá afectada por el nuevo escenario de previsión de emisión de contaminantes.

En cualquier caso, con el fin de tener una referencia que corrobore lo anteriormente

expuesto, se incluye en este apartado una estimación de la contaminación actual de

las vías M-115 y A2 comparando estos con los resultados del estudio de 2005.

Estudio de la contaminación de la A-2.

La intensidad media de vehículos recogidos en el año 2016, en las estaciones de aforo

E-101-0, E-102-2 Y E-343-0, km 16, 19.38 y 17.43 respectivamente de la A-2, reflejan

una disminución de la intensidad media de vehículos del 37 % con respecto al año

2005 (donde se registraron más de 170000 vehículos según los datos suministrados

por dos estaciones situadas en los km 17 y 18,3 de la mencionada vía.

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Fotografía 6. A-2.

Se ha realizado un cálculo de las emisiones de los compuestos referidos

anteriormente para el año 2016. Se han representado en una gráfica en la que se

comparan con los obtenidos en 2005, advirtiéndose una disminución en la

contaminación derivada de esta vía del 33%, disminución que se debe en gran parte

a un IMD menor en el año 2016 entre los kilómetros 16-20.

Tabla nº 3. Contaminantes por tráfico A-2. Año 2016.

2016VEHICULOS

GASOLINA

VEHICULOS

DIESEL< 3,5 t gasolina < 3,5 t diesel > 3,5 t diesel TOTAL

CO2 (t/año) 3352,61 5458,46 8811,06

SO2 (t/año) 0,35 1,39 1,74

CO (kg/año) 46617,84 4919,42 1053,40 1558,81 2482,24 56631,71

VOC(kg/año) 2138,88 641,66 34,14 288,67 1165,44 4268,79

NOX(kg/año) 8622,11 14972,14 229,21 3204,23 6311,56 33339,25

PM(kg/año) 1924,99 346,40 560,02 2831,41

CH4(kg/año) 273,28 229,93 8,58 14,43 30,27 556,49

N2O(kg/año) 511,48 577,50 17,07 49,07 45,41 1200,53

NH3(kg/año) 2138,88 21,39 48,77 2,89 4,54 2216,46

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Tabla nº 4. Contaminantes por tráfico A-2. Año 2005.

Gráfico 8. Kg/año contaminantes A-2 (2005 / 2016) (Euro 1).

Si consideramos en nuestra estimación el porcentaje de vehículos que cumplen la

normativa Euro 4 y Euro 5, podemos observar que se produce un descenso en la

incidencia de los contaminantes CO, NH3 y CH4 (gráfica adjunta).

2005VEHICULOS

GASOLINA

VEHICULOS

DIESEL< 3,5 t gasolina < 3,5 t diesel > 3,5 t diesel TOTAL

CO2 (t/año) 3474,95 7846,83 11321,78

SO2 (t/año) 0,36 2,00 2,36

CO (kg/año) 63264,00 8542,06 1473,37 1478,28 2604,28 77361,99

VOC(kg/año) 1897,00 1262,04 318,63 3036,42 1230,67 7744,76

NOX(kg/año) 11779,31 25590,36 48,57 278,45 6630,05 44326,74

PM(kg/año) 3285,43 321,80 582,49 4189,72

CH4(kg/año) 360,27 395,89 11,70 13,63 31,80 813,29

N2O(kg/año) 693,78 993,95 23,85 46,34 47,70 1805,63

NH3(kg/año) 1982,23 36,81 68,15 2,73 4,77 2094,68

CO2

SO2

CO

VOC

NOx

PMCH4 N2O NH3

0,00

10000,00

20000,00

30000,00

40000,00

50000,00

60000,00

70000,00

80000,00

90000,00

0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

g/año -

kg/año

COMPUESTOS

EMISIONES AÑO 2005 / 2016

AÑO 2016

AÑO 2005

CO2 (t/año)

SO2 (t/año)

CO (kg/año)

VOC(kg/año)

NOX(kg/año)

PM(kg/año)

CH4(kg/año)

N2O(kg/año)

NH3(kg/año)

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Gráfico 9. Kg/año contaminantes A-2 (2005 / 2016) (Euro 4-Euro 5).

Estudio de la contaminación de la M-115.

Fotografía 7. M-115.

CO2

SO2

CO

VOC

NOx

PMCH4 N2O NH30,00

10000,00

20000,00

30000,00

40000,00

50000,00

60000,00

70000,00

80000,00

90000,00

0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

g/año -

kg/año

COMPUESTOS

EMISIONES AÑO 2005 / 2016

AÑO 2016

AÑO 2005

CO2 (t/año)

SO2 (t/año)

CO (kg/año)

VOC(kg/año)

NOX(kg/año)

PM(kg/año)

CH4(kg/año)

N2O(kg/año)

NH3(kg/año)

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33

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La intensidad media de vehículos recogidos en el año 2015, considerado los índices

de tráfico publicados por la Comunidad de Madrid en la estación de aforo en el

kilómetro 4.30, reflejan un ligero aumento de la intensidad media de vehículos (13.753

IMD) con respecto al año 2005 donde se registraron más de 13.006 IMD.

Se ha realizado un cálculo de las emisiones de los compuestos referidos

anteriormente para el año 2015, representados en una gráfica en la que se comparan

con los obtenidos en 2005, advirtiéndose un ligero aumento en la contaminación

considerando que los vehículos cumplen la norma Euro 1, no obstante, si

consideramos en nuestra estimación el porcentaje de vehículos que actualmente

cumplen la normativa Euro 4 y Euro 5, podemos observar que se produce un

descenso en la incidencia de los contaminantes CO, NH3 y CH4 (gráfica adjunta).

Tabla nº 5. Contaminantes por tráfico M-115. Año 2016.

2016VEHICULOS

GASOLINA

VEHICULOS

DIESEL< 3,5 t gasolina < 3,5 t diesel > 3,5 t diesel TOTAL

CO2 (t/año) 283,90 469,92 753,82

SO2 (t/año) 29,44 119,81 149,25

CO (kg/año) 1450,74 248,47 15,08 175,79 304,27 2194,35

VOC(kg/año) 123,47 67,77 2,01 50,22 149,80 393,26

NOX(kg/año) 540,17 1106,83 8,25 492,20 644,43 2791,88

PM(kg/año) 67,77 35,16 68,66 171,58

CH4(kg/año) 26,85 11,02 0,36 2,51 3,12 43,87

N2O(kg/año) 54,02 60,99 0,70 8,54 4,68 128,93

NH3(kg/año) 154,33 2,26 2,01 0,50 0,47 159,57

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Tabla nº 6. Contaminantes por tráfico M-115. Año 2016.

Gráfico 10. Kg/año contaminantes M-115 (2005 / 2016) (Euro 1).

2005VEHICULOS

GASOLINA

VEHICULOS

DIESEL< 3,5 t gasolina < 3,5 t diesel > 3,5 t diesel TOTAL

CO2 (t/año) 210,45 489,36 699,80

SO2 (t/año) 21,82 124,77 146,59

CO (kg/año) 1325,58 287,01 42,08 78,05 254,62 1987,34

VOC(kg/año) 117,00 86,23 5,37 23,04 125,98 357,62

NOX(kg/año) 494,57 1283,00 22,72 219,11 539,44 2558,84

PM(kg/año) 90,73 16,06 57,40 164,19

CH4(kg/año) 24,63 12,82 9,99 1,12 2,61 51,17

N2O(kg/año) 49,53 70,96 1,96 3,81 3,92 130,18

NH3(kg/año) 141,52 2,63 5,60 0,22 0,39 150,36

CO2 (t/año)

SO2 (t/año)

CO (kg/año)

VOC(kg/año)

NOX(kg/año)

PM(kg/año)

CH4(kg/año)

N2O(kg/año)

NH3(kg/año)

CO2

SO2

CO

VOC

NOx

PMCH4

N2O NH30,00

500,00

1000,00

1500,00

2000,00

2500,00

3000,00

0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

g/año -

kg/año

COMPUESTOS

EMISIONES AÑO 2005 / 2016

AÑO 2016

AÑO 2005

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Gráfico 11. Kg/año contaminantes A-2 (2005 / 2016) (Euro 4-Euro 5)

4.2.2.2.-Confort sonoro.

La contaminación acústica en el ámbito del estudio se genera a partir de dos focos

principales, las infraestructuras lineales y el tráfico aéreo. Ambas son responsables

de unos rangos de contaminación acústica bastante elevados dentro del cómputo

general de los parámetros de la región. Los niveles de inmisión estimados en el

estudio de ruido realizado en mayo de 2017, provocados por el tráfico que circula por

las vías que rodean al ámbito, provocan en el escenario postoperacional una ligera

afección acústica en el periodo nocturno que se corrige con la instalación de una

barrera acústica tal como se especifica en el estudio correspondiente.

CO2

SO2

CO

VOC

NOx

PMCH4

N2O NH30,00

500,00

1000,00

1500,00

2000,00

2500,00

3000,00

0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

g/año -

kg/año

COMPUESTOS

EMISIONES AÑO 2005 / 2016

AÑO 2016

AÑO 2005

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Figura 4. Mapa ruido.

El sector se encontraría dentro de la zona de servidumbre acústica del aeropuerto,

zona dónde se podrían superar los 60 dB(A) en los periodos del día y de la tarde y los

50dB(A) en el periodo nocturno. No obstante el análisis del mapa estratégico de ruido

de esta infraestructura muestra que en ningún caso se superarían los límites

establecidos como objetivos de calidad para el tipo de área acústica que nos ocupa.

4.1.3.- Geología.

El ámbito del estudio se encuentra dentro de la cuenca del rio Jarama, que atraviesa

materiales terciarios y ha generado una serie de depósitos de terraza y de llanura

aluvial, visibles en el ámbito de nuestro estudio.

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Durante los primeros movimientos tectónicos de la orogenia Alpina (Cretácico

Terminal-Paleoceno Inferior) se retira el mar definitivamente y se pasa en el área

central de la península a ambientes continentales, que dan lugar a los depósitos

mioceno presentes en el ámbito del estudio, que afloran con una disposición

horizontal, con un ligero basculamiento hacia el SW.

Los depósitos cuaternarios que son mayoritarios en la zona estudiada son un

indicativo de que esta remodelación fluvial constituye los procesos geológicos

predominantes en el ámbito del estudio. El rio Jarama discurre y se desarrolla a favor

de fracturas que recorrían el basamento con una dirección NNE-SSW. El nivel de

terraza presente en la zona está asociado a procesos neotectónicos más que a

procesos climáticos.

Las terrazas y llanuras de inundación esta formadas mayoritariamente por barras y

canales rellenos de gravas, cantos y bloques de carácter heterométrico con una

naturaleza predominantemente cuarcítica, aunque con un porcentaje polimíctico de

relativa importancia (cuarzo, pizarras y granitoides) que se encuentra parcialmente

cementada en algunos niveles dando lugar a seudoconglomerados que dan un cierto

resalte geomorfológico.

La fracción arenosa adquiere mayor representación en la llanura de inundación, que

finaliza con limos arenosos o arenas limosas con laminaciones paralelas.

Las formaciones miocenas que no afloran en el ámbito del sector están formadas por

arenas arcósicas, arcillas marrones y limos pardo grisáceos, que se enmarcan

próximos al contacto con las facies de transición, formadas por depósitos margo-

yesíferos.

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Figura 5. Mapa geológico MAGNA hoja n º 559 (Madrid).

Desde el punto de vista geotécnico son suelos aceptables para la construcción con

una resistencia entre 1,5 y 2 Kilos por centímetro cuadrado.

El entorno es una zona que ha sufrido fuertes transformaciones por obras importantes

ya que, como se ha dicho, se encuentra prácticamente en el interior del enlace de la

M-45 con la A-2, efectuado a distinto nivel utilizando la tierra armada en los apoyos de

las estructuras por lo que se han aportado gran cantidad de materiales procedentes

del exterior.

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4.1.4.- Geomorfología.

La geomorfología del entorno de la unidad se caracteriza por su extensa llanura,

desarrollada sobre la terraza baja del río Jarama. La altimetría desciende

gradualmente hacia el Sur y Suroeste. En el río Jarama, el IGME (1989) ha reconocido

y cartografiado, además de la llanura aluvial, un total de 9 terrazas.

Las terrazas del río Jarama y los depósitos de llanura de inundación están formados

por “barras y canales rellenos de gravas, cantos y algún bloque, con una composición

petrológica de cuarcita, cuarzo, pizarras y granitoides” (IGME, 1989). Hacia el oeste

la terraza está limitada por un escarpe con una altura que oscila entre 2 y 4 metros,

que representa el enlace con el nivel del cauce. Hacia el Este, se sitúa un nivel de

terraza más antiguo separado por un escarpe de unos 10 metros de la terraza baja.

El terreno donde se ubica el Sector desciende desde el límite noroeste colindante con

la Cañada Real y el enlace de la M-45 en el que se sitúan las cotas más altas (588 m)

suavemente en dirección suroeste y con un poco más pendiente hacia el sur,

apareciendo las cotas más bajas en la zona de contacto con la A-2 (584 m).

El ramal del enlace discurre por una cota dos metros más elevada que el suelo del

sector en el extremo norte y va descendiendo hasta situarse en el mismo nivel junto a

la A-2.

La pendiente es de 1% en la mitad norte, 2,5% en la zona centro y 2% en la zona sur.

La figura adjunta representa gráficamente la topografía descrita.

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Figura 5. Geomorfología de la parcela.

4.1.5.- Hidrogeología.

En el ámbito del estudio no hay ríos o arroyos de entidad significativa y no se enmarca

en ninguna unidad Hidrogeológica inventariada. El curso fluvial de más entidad

próximo a la zona de actuación cauce es el Río Jarama, localizado a unos 1000 metros

al oeste del límite del ámbito.

Con respecto a la hidrogeología de la zona investigada, se corresponde con la unidad

hidrogeológica de acuíferos libres ligados al curso del Río Jarama, formada por

diferentes acuíferos ligados a las formaciones geológicas de los cursos de agua

principales, que tienen una cierta interconexión. El nivel freático suele estar muy

superficial y sufre oscilaciones severas tanto por su conexión con el curso del río como

las derivadas de su explotación como recurso para riego, se trata de formaciones muy

permeables y por tanto con un riesgo de contaminación potencial alto.

Los pozos que permiten la explotación de esta unidad son de escasa profundidad,

cuyos caudales dependen de la conexión hidráulica con el cauce y que, en las

condiciones más favorables, presentan caudales específicos muy altos (10-18 l/s/m).

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En los depósitos miocenos, el predominio de las formaciones arcillosas condiciona un

carácter prácticamente impermeable a la Unidad de Transición, únicamente existe una

circulación de agua mayor en los primeros metros a favor de las intercalaciones de

arenas finas o limos micáceos, recargándose por filtración directa de la lluvia y a partir

de los materiales que la cubren. Los caudales específicos que pueden llegar a

obtenerse son variables entre 0,1 y 1,4 l/s/m.

Figura 6 Unidades hidrogeológicas

4.1.5.1.- Vulnerabilidad a la contaminación.

El sector se encuentra en una zona muy vulnerable a la contaminación de los

yesíferos. Se trata de una zona que se asienta sobre sedimentos cuaternarios

presentando acuíferos libres. No existe ninguna protección natural contra los agentes

contaminantes exteriores.

4.1.5.2.- Hidrología superficial.

El término municipal de San Fernando de Henares está atravesado por dos ríos

importantes, Jarama y Henares, tributarios del Tajo.

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42

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Respecto a la calidad del agua hay que señalar que de ambos ríos se encuentra muy

contaminados, tanto en alcalinidad, mineralización del agua (principalmente desde

Barajas) y contenido de cloruros y sulfatos.

El sector objeto de estudio se enmarca por tanto dentro de la cuenca del río Tajo,

subcuenca del río Jarama. Dentro de la misma, no se localiza ningún cauce de agua

permanente ni estacional.

4.1.6.-Edafología.

4.1.6.1.- Tipos de suelos.

El mapa de suelos de España del Instituto Nacional de Edafología y Agrobiología del

C.S.I.C. clasifica los suelos de la zona de estudio como Suelos sin desarrollo de

horizontes genéticos, suelos aluviales, coluviales. Se trata de suelos jóvenes, sin

desarrollo de horizontes edáficos, por lo que el perfil es de tipo A/C. Como son los

suelos que primeramente se pusieron bajo cultivo, se encuentra siempre en superficie

un horizonte antrópico.

Según el Sistema Español de Información de Suelos, C.S.I.C./Ministerio de Medio

Ambiente, estos suelos pertenecen al Orden Entisol, Suborden Orthent, Grupo

Xerorthrept+Xerofluvent, Asociación Xerochrept.

Caracteriza a los entisoles un perfil del tipo AC, pues las condiciones ambientales y/o

la falta de tiempo han impedido la formación de otros horizontes. Los xerofluvent son

suelos aluviales a los que las sucesivas avenidas han condicionado una variación

irregular del contenido de materia orgánica con la profundidad y están relacionados

con las vegas y llanuras de inundación de los ríos y arroyos.

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43

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4.1.6.2.- Usos del suelo.

El uso tradicional de la parcela y de su entorno ha sido la agricultura hasta la década

de los sesenta. Desde entonces ha sufrido un rápido proceso de industrialización de

forma paralela al que se produjo en el resto de España.

En el Estudio de Incidencia ambiental objeto de revisión y actualización, se describe

la situación en el momento de la redacción del mismo (año 2007):

“Los suelos de la parcela no presentan aprovechamiento agrícola. La mayor parte de

la superficie de la parcela, que se dedicaba al cultivo agrícola, se presenta

actualmente abandonada. En la zona sur de la parcela se ubicaron naves con diversos

usos terciarios, actualmente abandonadas. Concretamente existen en el sector cinco

naves destinadas a desguace que han sido afectadas por el trazado del enlace, pero

que permanecen todavía sin derribar y a las que se accede desde una vía situada

hacia el interior del sector. Toda la propiedad esta vallada con una valla de ladrillo

macizo de medio pie, con machones de un pie enfoscada exteriormente de cemento

pintada de blanco en las proximidades del acceso.

En el extremo sur existía una edificación destinada a restaurante, en la actualidad

derribada en su mayor parte.

Por la zona discurre una línea de media tensión de 20 KV, paralela a la M-115 justo

en el límite con la vía pecuaria y en algunos tramos incluida dentro de la misma, así

como una línea aérea de fibra óptica, que deben ser soterradas. Asimismo, existe una

red telefónica y otros tendidos eléctricos aéreos de nivel puramente local para servicio

de las edificaciones descritas que desaparecerán conjuntamente con ellas.

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Atraviesa el tercio sur del sector el colector de fecales de la Comunidad de Madrid que

recoge los vertidos de Paracuellos con destino a la depuradora. Está prevista la

ejecución de dos arterias de transporte del Canal de Isabel II cuyo trazado queda en

el exterior del sector”.

Adjunto a este documento, en tomo especifico, se incluye al estudio de la

caracterización de la calidad del suelo y las aguas subterráneas integrado por el

análisis realizado en el Estudio de Incicdencia Ambiental de 2007 y la actuación que

se expone a continuación. Una actualización imprescindible toda vez que la población

y los usos del suelo han ido variando a lo largo de los años transcurridos desde la

emisión de dicho informe hasta la actualidad.

Por otro lado, el uso del suelo es uno de los factores determinantes a la hora de

establecer criterios de diferenciación entre las distintas unidades homogéneas que

conforman la parcela objeto de evaluación.

A partir del año 2007 se producen algunas modificaciones en la localización de

las zonas potencialmente conflictivas, asi como en la definición de las distintas

unidades ambientales homogéneas que conforman el ámbito del SUNP-2.

A continuación, se adjuntan los cuadros síntesis donde se indican, a través de las

fotografías de los últimos años, los cambios que se han ido produciendo en los usos

del suelo desde el año de redacción del estudio de incidencia ambiental del SUNP-2

(2007) hasta la actualidad (2017). En cualquier caso, repetimos para mayor claridad,

las fotografías de los últimos años que se han añadido al Estudio de Caracterización

de Suelo al que se ha hecho referencia.

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ÁMBITO DE ESTUDIO

LÍMITE SUNP-2

UBICACIÓN SECTOR SUNP-2 SAN FERNANDO DE HENARES

LA PARCELA OBJETO DE ESTUDIO SE ENCUENTRA AL NORTE DE EL TÉRMINO MUNICIPAL DE SAN

FERNANDO DE HENARES. LIMITA AL NO CON LA CARRETERA M-115, AL SE CON LA A-2 Y AL NE CON

EL RAMAL DE ENLACE DE LA M-45.

FOTOGRAFÍA AÑO 2009

USOS DEL SUELO. AÑO 2009

DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO ORDINARIO. SUNP-2 SANFERNANDO DE HENARES (MADRID).

EVOLUCIÓN HISTORICA DE USOS DE SUELO

ESCALA GRÁFICA (m)0 300200100

SECTOR SUNP-2

Entre los años 2007 y 2009 la parte de la parcela dedicada anteriormente a la agricultura continua abandonada.

El complejo MUNDOASY ha desaparecido totalmente así como la valla de arizónicas quedando el suelo removilizado.

El cambio significativo lo produce la obra de adecuación del Canal de Isabel II, realizando movimientos de tierra en el límite NO-SO de la parcela, paralelamente a la M-115 y a la Cañada Rela Galiana, en una franja de aproximadamente entre 20 y 50 m de anchura.

En la zona removilizada en el año 2006 de la parcela abandonada (anteriormente agrícola ) comienzan a acumularse restos de demoliciones y escombros(vertidos incontrolados).

En esta misma parcela también se pueden apreciar las calicatas realizadas para la investigación del estudio arqueológico.

En este intervalo de tiempo se ha construido un muro de separación con la M-115 y una puerta de acesso a la parcela.

A parte de la actividad propia de la obra no se observa ninguna otra actividad en todo el ámbito de estudio.

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FOTOGRAFÍA AÑO 2011

USOS DEL SUELO. AÑO 2011

ÁMBITO DE ESTUDIO

LA PARCELA OBJETO DE ESTUDIO SE ENCUENTRA AL NORTE DE EL TÉRMINO MUNICIPAL DE SAN

FERNANDO DE HENARES. LIMITA AL NO CON LA CARRETERA M-115, AL SE CON LA A-2 Y AL NE CON

EL RAMAL DE ENLACE DE LA M-45.

LÍMITE SUNP-2

UBICACIÓN SECTOR SUNP-2 SAN FERNANDO DE HENARES

ESCALA GRÁFICA (m)0 300200100

SECTOR SUNP-2

La actividad se reduce a las naves industriales situadas en el sector sur del ámbito de estudio, dedicadas al sector terciario.Como en la nave 6 campa de empresa de limpieza con arena a presión, extinción de Grafitis (almacén de vehículos y maquinaria de propia empresa, nave 5 circuito de coches de radiocontrol y naves 2 y 3 carpintería metálica.

El resto de los terrenos de la parcela no presentan ninguna actividad así como la parcela destinada a usos agriculas tampoco presenta aprovechamiento.

Las obras del Canal de Isabel II han finalizado.

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DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO ORDINARIO. SUNP-2 SANFERNANDO DE HENARES (MADRID).

EVOLUCIÓN HISTORICA DE USOS DE SUELO

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ÁMBITO DE ESTUDIO

LA PARCELA OBJETO DE ESTUDIO SE ENCUENTRA AL NORTE DE EL TÉRMINO MUNICIPAL DE SAN

FERNANDO DE HENARES. LIMITA AL NO CON LA CARRETERA M-115, AL SE CON LA A-2 Y AL NE CON

EL RAMAL DE ENLACE DE LA M-45.

LÍMITE SUNP-2

FOTOGRAFÍA AÑO 2012

UBICACIÓN SECTOR SUNP-2 SAN FERNANDO DE HENARES

USOS DEL SUELO. AÑO 2012

ESCALA GRÁFICA (m)0 300200100

SECTOR SUNP-2

No existen cambios significativos respecto al año anterior, manteniendose la actividad concentrada en las naves industriales.

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DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO ORDINARIO. SUNP-2 SANFERNANDO DE HENARES (MADRID).

EVOLUCIÓN HISTORICA DE USOS DE SUELO

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ÁMBITO DE ESTUDIO

LA PARCELA OBJETO DE ESTUDIO SE ENCUENTRA AL NORTE DE EL TÉRMINO MUNICIPAL DE SAN

FERNANDO DE HENARES. LIMITA AL NO CON LA CARRETERA M-115, AL SE CON LA A-2 Y AL NE CON

EL RAMAL DE ENLACE DE LA M-45.

LÍMITE SUNP-2

FOTOGRAFÍA AÑO 2013

UBICACIÓN SECTOR SUNP-2 SAN FERNANDO DE HENARES

USOS DEL SUELO. AÑO 2013

ESCALA GRÁFICA (m)0 300200100

SECTOR SUNP-2

No existen cambios significativos respecto al año anterior, manteniendose la actividad concentrada en las naves industriales.

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DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO ORDINARIO. SUNP-2 SANFERNANDO DE HENARES (MADRID).

EVOLUCIÓN HISTORICA DE USOS DE SUELO

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ÁMBITO DE ESTUDIO

LA PARCELA OBJETO DE ESTUDIO SE ENCUENTRA AL NORTE DE EL TÉRMINO MUNICIPAL DE SAN

FERNANDO DE HENARES. LIMITA AL NO CON LA CARRETERA M-115, AL SE CON LA A-2 Y AL NE CON

EL RAMAL DE ENLACE DE LA M-45.

LÍMITE SUNP-2

FOTOGRAFÍA AÑO 2014

UBICACIÓN SECTOR SUNP-2 SAN FERNANDO DE HENARES

USOS DEL SUELO. AÑO 2014

ESCALA GRÁFICA (m)0 300200100

SECTOR SUNP-2

La parcela de uso agrícola continua abandonada.

En las naves industriales 2, y 3 así como en los terrenos pertenecientes a esta parcela varía la actividad, siendo destinadas a una campa de gruas. En la antigua zona dedicada a desguace se vierten acopios de restos de demoliciones de asfalto y comienzan a extenderse hacia el N-O de la parcela ocupando un 30 % de esta.

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DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO ORDINARIO. SUNP-2 SANFERNANDO DE HENARES (MADRID).

EVOLUCIÓN HISTORICA DE USOS DE SUELO

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º

ÁMBITO DE ESTUDIO

LA PARCELA OBJETO DE ESTUDIO SE ENCUENTRA AL NORTE DE EL TÉRMINO MUNICIPAL DE SAN

FERNANDO DE HENARES. LIMITA AL NO CON LA CARRETERA M-115, AL SE CON LA A-2 Y AL NE CON

EL RAMAL DE ENLACE DE LA M-45.

LÍMITE SUNP-2

FOTOGRAFÍA AÑO 2015

UBICACIÓN SECTOR SUNP-2 SAN FERNANDO DE HENARES

USOS DEL SUELO. AÑO 2015

ESCALA GRÁFICA (m)0 300200100

SECTOR SUNP-2

La parcela de uso agrícola continua abandonada.

En las naves industriales 2, y 3 así como en los terrenos pertenecientes a esta parcela, continua Gruas Aguilar y siguen destinadas a una campa de gruas y taller.

Aumentan los acopios de restos de demoliciones de pavimento asfáltico y así como la extensión de estos.

Los acopios ocupan toda la parcela y el antiguo centro Mundoasy.

En la nave 6 continúa la campa de empresa de limpieza con arena a presión.

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DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO ORDINARIO. SUNP-2 SANFERNANDO DE HENARES (MADRID).

EVOLUCIÓN HISTORICA DE USOS DE SUELO

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ÁMBITO DE ESTUDIO

LA PARCELA OBJETO DE ESTUDIO SE ENCUENTRA AL NORTE DE EL TÉRMINO MUNICIPAL DE SAN

FERNANDO DE HENARES. LIMITA AL NO CON LA CARRETERA M-115, AL SE CON LA A-2 Y AL NE CON

EL RAMAL DE ENLACE DE LA M-45.

LÍMITE SUNP-2

FOTOGRAFÍA AÑO 2016

UBICACIÓN SECTOR SUNP-2 SAN FERNANDO DE HENARES

USOS DEL SUELO. AÑO 2016-20017

ESCALA GRÁFICA (m)0 300200100

SECTOR SUNP-2

Actualmente los terrenos de uso agrícola continúan abandonados y se mantiene una zona al SO de vertidos incontrolados.

La nave 6, campa de empresa de limpieza con arena a presiónas naves industriales. Las naves 2, y 3 así como en los terrenos pertenecientes a esta parcela destinadas a una campa de gruas. Las naves 2 y 4 se encuentran sin uso.

Los acopios de restos de demoliciones de pavimento asfáltico se han extendido por toda la parcela y por los terrenos de Mundoasy.

El muro de ladrillo intermedio de la parcela ha sido derribado en gran parte y sus restos se encuetran junto a los acopios incontrolados de vertidos de la parcela.

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DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO ORDINARIO. SUNP-2 SANFERNANDO DE HENARES (MADRID).

EVOLUCIÓN HISTORICA DE USOS DE SUELO

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Actualmente los terrenos de uso agrícola continúan abandonados y se ha

incrementado las zonas de vertidos incontrolados existentes.

Fotografía nº 8. Vertidos incontrolados.

En la zona de naves industriales, la nave 6 está destinada a campa de empresa de

limpieza con arena a presión. Las naves 2, y 3 así como los terrenos adyacentes, zona

sur y suroeste del sector están destinados a una campa de grúas. En las naves

también se desarrollan trabajos de mantenimiento de las grúas. Las naves 2 y 4 se

encuentran sin uso.

Fotografía n º 9. Naves industriales.

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Fotografía n º 10. Campa de grúas.

Los acopios de restos de demoliciones de pavimento asfáltico se han extendido por

toda la zona de campa y por los terrenos del antiguo Mundoasy ya desaparecidos. En

esta zona, cubierta de restos de firme, no queda nada de vegetación, ocasionalmente

cubierta por vegetación típica de abandono, como cardos y malas hierbas.

Fotografía nº 11. Acopios de restos de demoliciones de pavimento asfáltico.

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Fotografía nº 12. Terrenos del antiguo Mundoasy cubiertos por restos de pavimento

asfáltico

El muro de ladrillo de separación entre los terrenos destinados a uso agrícola y los

destinados a la campa de grúas ha sido derribado en gran parte y sus restos se

encuentran junto a los acopios incontrolados de vertidos de la parcela.

Después de las obras de adecuación del Canal de Isabel II y de forma paralela a la M-

115 se ha instalado una valla metálica que separa la parcela de la Cañada Real de la

Senda Galiana coincidente con la M-115.

Fotografia nº 13. Valla metálica de separación.

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Por la zona discurre una línea de media tensión de 20 KV, paralela a la M-115 justo

en el límite con la vía pecuaria y en algunos tramos incluida dentro de la misma, así

como una línea aérea de fibra óptica. También existe una red telefónica y otros

tendidos eléctricos aéreos de nivel puramente local para servicio de las naves

industriales.

Fotografía nº 14. Línea aérea telefónica

De los tres pozos existentes, dos fueron cegados. El único en uso es el que se observa

en mitad de la parcela al lado del depósito vertical (ladrillo) muy deteriorado, cubierto

por una tapa de hormigón, desde donde se bombea agua a depósitos individuales de

las naves con actividad.

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Fotografía n º 15. Depósito vertical.

4.2.6.3.-Contaminación de los suelos.

Con fecha 2011 se realizó un estudio de caracterización analítica de la calidad del

suelo.

Todos los resultados se han comparado con niveles genéricos de referencia

establecidos en la Norma de la Comunidad de Madrid para uso Industrial del suelo y

con los correspondientes al real Decreto 9/2005. Los resultados obtenidos han

mostrado concentraciones de hidrocarburos totales superiores a los NGR en tres de

las muestras. Todas las demás muestras y los compuestos analizados se encuentran

por debajo de los NGR. Las muestras con concentraciones de hidrocarburos totales

por encima de los NGR están localizadas en emplazamientos donde se han producido

derrames asociados a los fosos de los antiguos talleres, vertidos de residuos

peligrosos rellenos de materiales con restos procedentes del antiguo desguace de

coches.

Entre el año 2011 y 2013 no se han registrado actividades o usos de suelo que hayan

supuesto un incremento en el estado de contaminación del sector registrada en 2011.

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A partir de 2014 se realiza una serie de actuaciones que se inician con la demolición

de las instalaciones de Mundoasy y la creación de una explanada aportando restos

de demolición proveniente de fresado o demolición de carreteras que ocupa una

extensión significativa y que ha sido ocupada hasta la fecha de hoy por la empresa de

grúas como campa para grúas de diferente tonelaje, así mismo, se realizan labores

de mantenimiento en una de las naves existentes.

Las acumulaciones de restos de pavimentos de aglomerado asfáltico pueden resultar

contaminantes según su composición. El alquitrán, que suele tener, entre otros

compuestos, considerables cantidades de hidrocarburos aromáticos (BTEX, HAPs...),

Fenoles etc.

4.2.-MEDIO BIÓTICO

4.2.1 Vegetación:

La vegetación que actualmente coloniza el sector nada tiene que ver con la potencial.

En la mitad oriental del ámbito se localiza un herbazal rudero-arvense que aparece

colonizando antiguos cultivos, en el que dominan las gramíneas (Avena sp., Bromus

sp., Vulpia sp., Hordeum sp, Stipa sp., etc.) y que se acompaña de otras especies

como el cardo corredor (Eryngium campestre), la amapola (Papaver rhoeas), el

gordolobo (Verbascum pulverulentum), etc.

Los terrenos están muy impactados por las obras públicas realizadas en el entorno,

existiendo gran cantidad de escombros en zonas colindantes con las mismas.

Desde la fecha de realización del estudio de incidencia ambiental, la escasa

comunidad vegetal existente ha sufrido una degradación progresiva, por un lado la

zona oriental del sector colonizada por el herbazal rudero-arvense ha sufrido el vertido

de restos de demolición y se aprecia claramente un empobrecimiento de la cobertera

vegetal. En la zona occidental han desaparecido de las zonas libres de edificación el

escaso sustrato herbáceo y se han eliminado diferentes grupos de árboles, quedando

solo algún ejemplar aislado de olmo siberiano (ulmus pumila) No hay restos de

moreras (Morus sp) ni de arizónica (cupresus arizónica).

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Fotografía n º 16. Ejemplar aislado de olmo siberiano (ulmus pumila)

Fotografía n º 17. Ejemplares aislados entre acopios de escombros.

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Fotografía n º 18. Olmos de Siberia entre las naves industriales. Año 2006

Fotografía n º 19. Desaparece el arbolado. Año 2017.

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Fotografía n º 20. Línea de arbolado en los terrenos de Mundoasy. Año 2006

Fotografía n º 21. Terrenos de Mundoasy. Año 2017

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4.2.2.- Fauna.

En cuanto a la fauna existente en la zona, cabe destacar una vez más que la

antropización existente, ha dado lugar al desplazamiento de especies que

originalmente habitaban en el entorno.

Estos hábitat se ven muchas veces afectados por el cambio de uso de los sistemas

agrarios, la intensificación agraria y el sobrepastoreo, así como la utilización intensiva

de fertilizantes y/o plaguicidas, alterando la estructura y funcionamiento del

ecosistema y los hábitats asociados, la zona de estudio no está exenta de esta

problemática general sino que hay que sumar otras deficiencias por la existencia de

una fuerte antropización que ha ido creando barreras y fragmentando los ecosistemas

no permitiendo un desarrollo adecuado de la fauna.

La zona del herbazal y los escasos ejemplares de arbolado sirven de alguna forma de

refugio a una mermada fauna adaptada a los parajes antropizados conejos

(Oryctolagus cuniculus), palomas (Columba livia) urracas (pica pica) etc

4.2.3.- Espacios Naturales Protegidos

La parcela no se localiza dentro de ningún espacio natural protegido. Sin embargo, se

encuentra próxima al Parque Regional de los Cursos Bajos de los ríos Manzanares y

Jarama, también denominado Parque Regional del Sureste.

Además de ser un espacio natural protegido de ámbito regional esta zona está

catalogada como Z.E.P.A. (Zona de Especial Protección para las Aves),

concretamente la nº142 “Cortados y cantiles de los ríos Jarama y Manzanares”, y

como L.I.C. (Lugar de Interés Comunitario), concretamente el LIC ES3110006 “Vegas,

cuestas y páramos del Sureste”. A la vista de esta circunstancia se entiende que el

Estudio de Impacto Ambiental deberá evaluar las consecuencias que la nueva

ordenación pueda derivar de forma indirecta en dicha área natural.

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Fuente: Cartanet. Consejeria de Medio Ambiente. Comunidad de Madrid.

Figura 7. Espacios protegidos

4.3.-MEDIO PERCEPTUAL.

Se analiza aquí el paisaje como la expresión espacial y visual del medio, es decir,

percepción sensorial de la escena.

El paisaje en la zona de estudio se encuentra profundamente alterado por la presencia

de numerosas infraestructuras y construcciones que, además, limitan y condicionan

las vistas desde el área de actuación. No en vano, al sur, la finca presenta fachada a

la Autovía A-II; por el noroeste la parcela limita con la M-115 y por el este con el enlace

a la M-45.

El análisis del paisaje de la finca, objeto de estudio, se analiza considerando cuatro

caracteres fundamentales que aportan criterios de valor; estos son:

▪ Calidad intrínseca. ▪ Incidencia visual ▪ Potencial de vistas. ▪ Fragilidad

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4.3.1.- Calidad intrínseca.

Quiere significar el atractivo visual que se deriva de cada punto del territorio. Los

valores intrínsecos visuales positivos se definen generalmente en función de la

singularidad, el significado, la variedad de elementos, los sonidos que se perciben, los

olores, el estado de conservación, etc.

El sector presenta una nula calidad intrínseca justificada básicamente por las

circunstancias que se describen a continuación.

1.- Ausencia de vegetación de valor; indica una degradación del medio con su consiguiente repercusión perceptual.

Fotografía n º 22.Herbazal rudero-arvense degradado. Año 2017

Fotografías n º 23 y 24.Perdida de vegetación desde 2006 que ha contribuido a

reducir la escasa calidad intrínseca del Paisaje

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Fotografía n º 25. Los ejemplares de olmo de Siberia (ulmus pumila) aislados solo

contribuyen mínimamente a una mejor percepción estética.

2.- Presencia de vertidos de inertes en diferentes puntos del sector.(Fotografías n º 26 y 27).

Fotografía n º 26.

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Fotografía n º 27.

3.- Restos de (aglomerado-asfalto) provenientes del fresado y demolición de carretera que se han extendido formando explanaciones. (Fotografías nº 28 y 29).

Fotografía n º 28.

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Fotografía nº29.

4.- Postes publicitarios que suponen elementos distorsionantes. (Fotografía

nº30).

Fotografía n º 30.

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5.- Red de alta tensión que supone un elemento agresivo al medio. (Fotografía

nº31).

(Fotografía n º 31).

El ruido existente en el sector, derivado de la circulación de vehículos y al tráfico aéreo

contribuye junto a lo anteriormente expuesto a que la calidad intrínseca del paisaje del

sector sea en términos generales, NULA, considerando que ha existido un

empobrecimiento progresivo en los últimos 5 años.

4.3.2.- Incidencia visual.

Entendida como el grado de percepción del sector fuera de sus límites.

La incidencia visual de la finca es un aspecto muy importante a considerar a la hora

de analizar las repercusiones del desarrollo sobre el conjunto paisajístico.

Concretamente la finca presenta una alta incidencia visual, Toda vez que se hace

perceptible desde la A-2 a su paso, desde la M-115 y desde la M-45.

Dado el estado de degradación de la escena se considera que, cualquier actuación

que ordene el medio e incorpore elementos de valor, mejorará la percepción.

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4.3.3.- Potencial de vistas.

En el que se analiza la calidad de lo que se divisa, la cuenca visual, la amplitud del

campo visual, la profundidad, etc. Considerando que aquellas zonas que se

consideren con un alto potencial de vistas han de ser preservadas y aprovechado su

potencial de uso.

El potencial de vistas se considera bajo, pues, aunque la cuenca es amplia, el

horizonte se sitúa muy próximo a la línea del suelo y lo que se ve es de escasa calidad.

4.3.4.- Fragilidad.

Entendida como la susceptibilidad de un paisaje al cambio cuando se desarrolla un

uso sobre él, es decir, la expresión del grado de deterioro que el paisaje

experimentaría ante la incidencia de determinadas actuaciones.

Dado el actual estado de la finca, la calidad del paisaje propio y de lo que se percibe,

la particular ubicación de la zona y el tipo desarrollo previsto se considera que la

susceptibilidad de este espacio al cambio es muy baja. Es más, puede afirmarse que

cualquier cambio que organice el actual desorden de la parcela se percibirá como

POSITIVO.

4.4.- MEDIO SOCIOECONÓMICO.

4.4.1.- Población.

Según los datos publicados por el Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid.

a 1 de Enero de 2016 el número de habitantes en San Fernando de Henares es de

40.095 habitantes más que en el año 2003. En el gráfico siguiente se muestra la

evolución demográfica entre los años 2004-2016.

ACTUACIÓN

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Gráfico n º 10. Evolución demográfica.

Tabla n º 7.

39000393003960039900402004050040800411004140041700

2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016

hab

itan

tes

año

EVOLUCION DEMOGRÁFICA 2004-2016

GRUPO EDAD

VARONES MUJERES AMBOS SEXOS

NUMERO % NUMERO % NUMERO %

0-4 909 4,6 870 4,2 1779 4,4

5-9 1044 5,3 965 4,7 2009 5,0

10-14 1115 5,7 1122 5,5 2237 5,6

15-19 1169 6,0 1084 5,3 2253 5,6

20-24 1160 5,9 1116 5,5 2276 5,7

25-29 1295 6,6 1283 6,3 2578 6,4

30-34 1578 8,0 1508 7,4 3086 7,7

35-39 1680 8,6 1646 8,0 3326 8,3

44-44 1650 8,4 1746 8,5 3396 8,5

45-49 1790 9,1 1954 9,5 3744 9,3

50-54 1549 7,9 1734 8,5 3283 8,2

55-59 1434 7,3 1680 8,2 3114 7,8

60-64 1242 6,3 1176 5,7 2418 6,0

65-69 714 3,6 709 3,5 1423 3,5

70-74 452 2,3 537 2,6 989 2,5

75-79 356 1,8 483 2,4 839 2,1

80-84 268 1,4 407 2,0 675 1,7

84-89 161 0,8 289 1,4 450 1,1

90-94 48 0,2 136 0,7 184 0,5

94-99 9 0,05 22 0,1 31 0,08

>100 0 0,0 5 0,0 5 0,0

TOTAL 19623 48,9 20472 51,1 40095 100,0

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Podemos observar que, a partir de 2010, se rompe la tendencia de incremento de la

población que desde 1996 había separado a San Fernando de la desaceleración del

corredor del Henares. Hasta el 2010 se ha producido un ascenso contenido, excepto

en 2007. Una vez finalizado 2010 se produce un descenso demográfico, más

acentuado partir de 2012, y un marcado envejecimiento de la población (25% > 60

años).

La distribución por sexos ha sufrido escasas variaciones desde 2004,

incrementándose ligeramente el número de mujeres (51.1%), con respecto al 48.9 %

de hombres.

4.4.2.- Saldo migratorio.

En el 2016 se ha mantenido una tendencia de incremento en el número de

inmigrantes, que desde el año 2009 ha supuesto un incremento del 88% con respecto

a los habitantes extranjeros censado en el 2009. Si bien, estamos hablando de cifras

que apenas suponen el 0,6 % del total de la población de San Fernando de Henares.

4.4.3.- Población activa y paro.

Según las estadísticas del Instituto Nacional de Empleo (INEM), para Demandantes

Activos Parados en el municipio, se obtiene una tasa global de paro de 11.6%, valor

inferior al correspondiente a la Comunidad de Madrid (CM).

Por sexos, de los 2695, el 56.21% son mujeres y el 42.79 % son hombres.

A continuación, se expone la evolución del paro desde 2006 a 2017.

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Gráfico n º11 Evolución tasa del paro.

Respecto a la situación económica general del municipio hay que destacar que el

porcentaje del producto municipal bruto per cápita de San Fernando de Henares es

de 110,86 % en el año 2005 encontrándose por encima de la media de la Comunidad

de Madrid.

4.5.-PATRIMONIO CULTURAL.

4.5.1.-Patrimonio histórico-artístico.

Resulta interesante destacar la declaración del Casco Urbano de la localidad como

Conjunto Histórico-Artístico por Real Decreto de 9 de noviembre de 1983 (3312/88)

del Ministerio de Cultura, comprendiendo la Plaza de España con sus edificaciones,

los restos de la Real Fábrica de Tapices (que se ha rehabilitado para dar cabida a la

nueva sede del Consistorio) y el trazado urbano formado por eje con la Plaza Circular

de Fernando VI y las calles radiales que de ella parten. La ciudad de San Fernando

se construyó en 1746 por mandato de Fernando VI. No obstante, el sector se

encuentra muy alejado del núcleo y separado del mismo por importantes barreras

infraestructurales, no afectando su edificación a nivel paisajístico al caso urbano.

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En lo que se refiere al patrimonio arqueológico el ámbito está afectado en una

pequeña zona con protección arqueológica A (incluye zonas en las que está probada

la existencia de restos arqueológicos de valor relevante).

Figura 8.-Arqueología en la zona de estudio.

En cumplimiento de las prescripciones legales vigentes se llevó a cabo un el estudio

arqueológico que se incluye en documento independiente, emitiéndose la resolución

que se incluye a continuación:

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4.5.2.- Vías pecuarias.

La unidad limita en su parte norte con la Cañada Real Galiana, de 75 metros de

anchura, ocupada en gran parte por la carretera la M-115 y en menor medida por la

reserva del anillo de distribución de abastecimiento del Canal de Isabel II.

Figura nº 9.-Vías pecuarias en la zona de estudio

Fuente: Consejería de Economía e Innovación Tecnológica. Servicio de Desarrollo Rural Sección de Vías Pecuarias

4.6.-UNIDADES HOMOGÉNEAS

Las unidades homogéneas pueden interpretarse como la manifestación externa de los

sistemas presentes que ayudan a comprender la estructura y el funcionamiento del

medio físico en el territorio afectado por el Plan de Sectorización.

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La diferenciación de las unidades dentro el ámbito de la zona de estudio, se ha

realizado en base a diferentes criterios, tanto bióticos, físicos como socioeconómicos.

El uso del suelo y el paisaje son otros de los factores que se han tenido en cuenta a

la hora de establecer criterios de diferenciación entre las distintas unidades que

conforman la zona de estudio. Por lo que respecta a otros factores ambientales, tanto

de índole biológica como aquellos relacionados con los agentes de contaminación

(calidad el aire, ruido) etc, apenas aportan elementos diferenciadores a las unidades,

lo que hace que en líneas generales muchos de los aspectos ambientales descriptivos

de las unidades sean muy similares o iguales entre ellas.

Atendiendo a los mismos criterios que los empleados en la elaboración del estudio de

incidencia ambiental del año 2007, se han revisado estas unidades, ya que con el

transcurso del tiempo sus características ambientales se han modificado,

produciéndose algunas variaciones en las unidades, tanto en sus características como

en sus límites.

En los cuadros adjuntos a continuación se describen estas características así como

su delimitación y localización.

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CALIDAD DEL AIRE:Las principales fuentes de contaminación son los vehículos que circulan por la A-II,M115 y enlacesCONFORT SONORO:

HIDROLOGÍA SUPERFICIAL:No cuenta con cauces de agua ni permanentes ni estacionalesHIDROLOGÍA SUBTERRANEA:Acuíferos libres cuaternarios.GEOLOGÍA:

GEOMORFOLOGÍA:La topografía natural del terreno es llana por tratarse de las terrazas del Jarama.EROSIONABILIDAD Y EROSIÓN:Muy baja. Pérdidas de suelo entre 0 y 5 toneladas/año.VULNERABILIDAD A LA CONTAMINACIÓN DE ACUÍFEROS:Muy alta. Acuífero muy permeable por porosidad.SUELOS:

VEGETACIÓN:Herbazal rudero-arvense con abundancia de gramineas muy empobrecido.FAUNA:No presenta fauna destacable o de interés, constituyendo un habitat muy deteriorado por la actividad del hombre.ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS:La unidad no se necuentra dentro de los límites de ningún espacio protegido.CALIDAD:

FRAGILIDAD:Baja. Admite transformaciones o cambios sin grave deterioro de sus condiciones actuales.INCIDENCIA VISUAL:Alta (muy visible desde carreteras con gran afluencia de tráfico).POTENCIAL DE VISTAS:Bajo, limitado por las infraestructuras que circundan el ámbito y su topografía.USOS DEL SUELO:En la actualidad la zona se encuentra sin uso del suelo.INFRAESTRUCTURAS:Linea eléctrica que atraviesa el ámbito por el noroeste.VIAS PECUARIAS:No es atravesado por ninguna vía pecuaria, limita al norte-noroeste con la Cañada Real de la Senda Galiana.YACIMIENTOS ARQUEOLÓGICOS:No se localizan en la unidad.

LOCALIZACIÓN Y DELIMITACIÓN

Cuaternario, Pleistoceno medio. Gravas y cantos poligénicos, arenas, arcillas arenosas, pseudomicelios nódulos de carbonatos y costras calizas. (Terrazas de los ríos Henares y Jarama).

Esta unidad ha disminuido en cuanto a superficie con respecto a la delimitada en el estudio de incidencia ambiental, una pequeña zona pasa a formar de la U.A.H. nº 2 ya que sus características ambientales han variado en los años transcurridos. Ocupa la mitad oriental del Sector. Queda delimitada al norte por la Cañada Real de la Senda Galiana y la M-115, al este por el enlace con la M-45, al sur por la A-II y al oeste con la U.A.H. Nº 2.

-Muy alta vulnerabilidad a la contaminación de acuíferos.

FOTOGRAFÍA DE LA UNIDAD AMBIENTAL HOMOGENEA

- Alta incidencia visual en el área.

- Presencia de una línea eléctrica. Obligación de cumplir el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas.

-El trazado de la Cañada Real de la Senda Galiana deberá ser tenido en cuenta a la hora de planificar el acceso al Sector desde la M-115. En todo caso debe cumplir la Ley 8/1998 de Vías Pecuarias.

Suelos aluviales a los que las sucesivas avenidas han condicionado una variación irregular del contenido de materia orgánica con la profundidad y están relacionados on las vegas y llanuras de inundación de los ríos y arroyos.

MEDIO FÍSICO

MEDIO BIÓTICO

Baja. No cuenta con elementos paisajísticos de especial valor

MEDIO PERCEPTUAL

Se ha realizado un estudio de ruido en la zona siendo las principales fuentes de ruido los vehículos que circulan por la A-II, M-115 y enlaces y el tráfico aéreo.

- Resolver los potenciales problemas de ruido.

MEDIO SOCIO ECONÓMICO

VALOR DE CONSERVACIÓN AMBIENTAL: BAJO

CONDICIONANTES AMBIENTALES QUE SE DERIVAN

PRESENTES FUTUROS

-Potenciales problemas de ruido en el ámbito. El Decreto 78/1999 fue derogado en 2012.El régimen jurídico aplicable en la materia será el definido por la legislación estatal: REAL DECRETO 1367/2007, de 19 de octubre,REAL DECRETO 1513/2005, de 16 de diciembre y la LEY 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido. (B.O.E. 276 de 18/11/2003).

DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO. SUNP-2 SANFERNANDO DE HENARES (MADRID)

UNIDAD AMBIENTAL HOMOGÉNEA Nº - 1. HERBAZAL RUDERO ARVENSE

POLÍGONO INDUSTRIAL LA CASTELLANA

U.A.H. Nº 1

ENLACE M-45

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CALIDAD DEL AIRE:Las principales fuentes de contaminación son los vehículos que circulan por la A-II,M115 y enlacesCONFORT SONORO:

HIDROLOGÍA SUPERFICIAL:No cuenta con cauces de agua ni permanentes ni estacionalesHIDROLOGÍA SUBTERRANEA:Acuíferos libres cuaternarios.GEOLOGÍA:

GEOMORFOLOGÍA:La topografía natural del terreno es llana por tratarse de las terrazas del Jarama.EROSIONABILIDAD Y EROSIÓN:Nula, superficies artificiales.VULNERABILIDAD A LA CONTAMINACIÓN DE ACUÍFEROS:Muy alta. Acuífero muy permeable por porosidad.SUELOS:

VEGETACIÓN:Olmos de Siberia entre las naves industriales.FAUNA:No presenta fauna destacable o de interés, constituyendo un habitat muy deteriorado por la actividad del hombre.ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS:La unidad no se necuentra dentro de los límites de ningún espacio protegido.CALIDAD:

FRAGILIDAD:Baja. Admite transformaciones o cambios sin grave deterioro de sus condiciones actuales.INCIDENCIA VISUAL:Alta (muy visible desde carreteras con gran afluencia de tráfico).POTENCIAL DE VISTAS:Bajo, limitado por las infraestructuras que circundan el ámbito y su topografía.USOS DEL SUELO:Campa de gruas, en el interior de las naves taller y empresa de limpieza con arena a presión.INFRAESTRUCTURAS:Linea eléctrica que atraviesa el ámbito por el norte. Un tendido telefónico.VIAS PECUARIAS:No es atravesado por ninguna vía pecuaria, limita al norte-noroeste con la Cañada Real de la Senda Galiana.YACIMIENTOS ARQUEOLÓGICOS:No se localizan en la unidad.

MEDIO FÍSICO

LOCALIZACIÓN Y DELIMITACIÓN

Esta unidad ha aumentado en superficie con respecto a la delimitada en el estudio de incidencia ambiental. Se incluye en ella parte de la U.A.H. Nº 1 inicial, ya que sus características ambientales han variado en los años transcurridos. Ocupa la mitad occidental del Sector. Queda delimitada al norte por la Cañada Real de la Senda Galiana y la M-115, al este por U.A.H. Nº 1 y al oeste con la M-115.

Se ha realizado un estudio de ruido en la zona siendo las principales fuentes de ruido los vehículos que circulan por la A-II, M-115 y enlaces y el tráfico aéreo.

Cuaternario, Pleistoceno medio. Gravas y cantos poligénicos, arenas, arcillas arenosas, pseudomicelios nódulos de carbonatos y costras calizas. (Terrazas de los ríos Henares y Jarama).

Los suelos aluviales se encuentran asfatados en los viales de la zona de naves industriales y en el resto cubiertos por restos de demoliciones de pavimento asfáltico.

MEDIO BIÓTICO

MEDIO PERCEPTUAL

Baja. No cuenta con elementos paisajísticos de especial valor

MEDIO SOCIO ECONÓMICO

VALOR DE CONSERVACIÓN AMBIENTAL: BAJO

-Área Árqueológica tipo A.

-Normas para áreas A. Ante cualquier solicitud de obra que afecte al subsuelo, será obligatoria la emisión de informe arqueológico precedido de la oportuna excavación, todo ello elaborado por un técnico arqueólogo colegiado, que controlorá tada la superficie afactada y contará con un permiso oficial y nominal emitido por la Dirección General de Patrimonio Histórico-artístico de la consejeria de Las Artes de la Comunidad de Madrid.

FOTOGRAFÍAS DE LA UNIDAD AMBIENTAL HOMOGENEA

-Muy alta vulnerabilidad a la contaminación de acuíferos.

- Alta incidencia visual en el área.

- Presencia de una línea eléctrica. Obligación de cumplir el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas.

-Potenciales problemas de contaminación de suelo según las actividades industriales desarrolladas, incluidas en el Anexo I del Real Decreto 9/2005 de 14 de enero,por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

PRESENTES FUTUROS

-Potenciales problemas de ruido en el ámbito. El Decreto 78/1999 fue derogado en 2012.El régimen jurídico aplicable en la materia será el definido por la legislación estatal: REAL DECRETO 1367/2007, de 19 de octubre,REAL DECRETO 1513/2005, de 16 de diciembre y la LEY 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido. (B.O.E. 276 de 18/11/2003).

-El trazado de la Cañada Real de la Senda Galiana deberá ser tenido en cuenta a la hora de planificar el acceso al Sector desde la M-115. En todo caso debe cumplir la Ley 8/1998 de Vías Pecuarias.

- Resolver los potenciales problemas de ruido.

CONDICIONANTES AMBIENTALES QUE SE DERIVAN

DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO SUNP-2 SANFERNANDO DE HENARES (MADRID)

UNIDAD AMBIENTAL HOMOGÉNEA Nº - 2. CAMPA DE GRUAS-NAVES INDUSTRIALES Y VERTIDOS ANTRÓPICOS

POLÍGONO INDUSTRIAL LA CASTELLANA

U.A.H. Nº 2

ENLACE M-45

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5.-EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN

DE IMPACTOS.

El impacto ambiental generado en cualquier sistema depende en gran medida de su

calidad y fragilidad ambiental. Los impactos serán mayores cuanto mayor sea la

calidad y la fragilidad del medio en el que se emplaza la nueva actividad.

Teniendo en cuenta la anterior afirmación, en la zona de estudio, que presenta una

muy baja fragilidad y calidad ambiental, no se generan impactos importantes, sin

embargo, el presente apartado tiene como finalidad proceder a identificar las

incidencias sobre los diferentes parámetros medioambientales del proyecto que nos

ocupa. Las repercusiones ambientales del planeamiento no han variado desde la

emisión del estudio de incidencia ambiental del año 2007. Por lo que se mantiene la

metodología análisis y conclusiones de este documento.

5.1.- ENFOQUE METODOLÓGICO.

El presente Estudio analiza la Incidencia Ambiental que se deriva del Plan de

Sectorización SUNP-2 del PGOU de San Fernando de Henares desde dos

perspectivas fundamentales:

1) Valorando la capacidad de acogida de la zona de estudio frente a los nuevos usosque propone el Plan de Sectorización, de forma que se pone de manifiesto, desdeel punto de vista de la planificación y la ordenación del territorio, si la clasificacióndel suelo propuesta se ajusta a la realidad territorial del área.

2) Identificando y valorando los efectos ambientales que se derivarán de laconstrucción y del uso/funcionamiento de los desarrollos urbanísticos quecontempla la Modificación. Estos efectos ambientales se agrupan principalmenteen:

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BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

• Impactos de Ocupación/transformación

• Impactos de Sobreexplotación de recursos

• Impactos de Contaminación de vectores

• Otros impactos de diversa índole

La capacidad de acogida expresa la relación de las actividades con el territorio y

proporciona un método para lograr la integración de ambos aspectos. La capacidad

de acogida de un territorio para una actividad representa el grado de idoneidad o la

cabida del territorio para la actividad, teniendo en cuenta la medida en que el territorio

cubre los requerimientos de localización de la actividad y los efectos de la actividad

sobre el medio. Así pues, indica y representa el mejor uso que puede hacerse del

territorio según el punto de vista de las actividades que en él se pueden dar y el según

el punto de vista del impacto al medio.

En resumen, la capacidad de acogida representa la forma en que cada punto del

territorio puede utilizarse en beneficio del hombre sin que sufra alteraciones

inaceptables en sus características o valores.

Las unidades territoriales sobre las que se determina la capacidad de acogida reciben

el nombre genérico de unidades de integración, en cuanto que integran en sus límites

los diferentes aspectos que conforman la realidad territorial.

Entre los diversos modelos existentes para la determinación de la capacidad de

acogida se utiliza el Modelo Impacto/Actitud. Se trata de un modelo de carácter

sistemático que opera sobre los conceptos de impacto (efecto de una actividad sobre

una unidad de integración) y aptitud (medida en que la unidad de integración cubre

los requisitos de localización de una actividad). Según este modelo una unidad de

integración tendrá una buena capacidad de acogida para una actividad determinada

cuando se dé la máxima aptitud y el mínimo impacto negativo, o en su caso, el máximo

positivo. Desde el punto de vista social, se puede afirmar que en ese lugar convergen

los intereses del promotor del proyecto y del conservacionista del medio.

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El modelo Impacto/Aptitud se inicia con la elaboración de las matrices de impacto y

de aptitud. Las matrices de impacto se formalizan situando en las casillas de cruce el

impacto de la actividad de sobre cada uno de los aspectos de la unidad de integración

correspondiente. Las matrices de aptitud se formalizan disponiendo en las casillas de

cruce un código cualitativo que refleje la aptitud de la unidad respecto a la actividad.

Una vez confeccionadas estas matrices se agrupan los impactos y aptitudes se

deduce la capacidad de acogida del medio, distinguiendo actividades vocacionales,

compatibles –con o sin limitaciones- e incompatibles.

5.2.- IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS.

Los impactos han sido identificados mediante una matriz de relación causa – efecto.

Cada una de las casillas señaladas de la matriz se identifica una interacción que se

traduce después a un impacto, cuya importancia habrá que averiguar después.

Se han diferenciado cuatro grupos de impactos:

• Impactos de Ocupación/transformación

• Impactos de Sobreexplotación de recursos

• Impactos de Contaminación de vectores

• Otros impactos de diversa índole

Una vez identificados todos los impactos se diferenciará entre aquellos que a priori se

estiman como no significativos, exponiendo los motivos que conducen a tal decisión.

Los impactos no significativos no se valorarán, dado que carecen de interés, por su

parte los impactos significativos se valorarán tal y como se expone a continuación.

5.3.- VALORACIÓN DE IMPACTOS SIGNIFICATIVOS.

La valoración de los impactos se realiza de forma cuantitativa mediante el cálculo de

dos variables, la Incidencia y la Magnitud, del modo que se expone a continuación:

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1) Caracterización de los Impactos:

La caracterización nos aproxima a la severidad y forma de la alteración, la cual

viene definida por una serie de atributos de tipo cualitativo que caracterizan dicha

alteración; son los siguientes:

a) Signo: positivo o negativo, se refiere a la consideración de benéfico o perjudicial que merece el efecto a la comunidad técnico-científica y a la población en general.

b) Inmediatez: directo o indirecto. Efecto directo o primario es el que tiene repercusión inmediata en algún factor ambiental, mientras el indirecto o secundario es el que deriva de un efecto primario.

c) Acumulación: simple o acumulativo. Efecto simple es el que se manifiesta en un solo componente ambiental y no induce efectos secundarios ni acumulativos ni sinérgicos. Efecto acumulativo es el que incrementa progresivamente su gravedad cuando se prolonga la acción que lo genera.

d) Sinergia: sinérgico o no sinérgico Efecto sinérgico significa reforzamiento de efectos simples, se produce cuando la coexistencia de varios efectos simples supone un efecto mayor que su suma simple.

e) Momento: en que se produce: corto, medio o largo plazo. Efecto a corto, medio o largo plazo es el que se manifiesta en un ciclo anual, antes de cinco años o en un período mayor respectivamente.

f) Persistencia: temporal o permanente. Efecto permanente, supone una alteración de duración indefinida, mientras el temporal permanece un tiempo determinado.

g) Reversibilidad: reversible o irreversible. Efecto reversible es el que puede ser asimilado por los procesos naturales, mientras el irreversible no puede serlo o solo después de muy largo tiempo.

h) Recuperabilidad: recuperable o irrecuperable Efecto recuperable es el que puede eliminarse o reemplazarse por la acción natural o humana, mientras no lo es el irrecuperable.

i) Periodicidad: periódico o de aparición irregular. Efecto periódico es el que se manifiesta de forma cíclica o recurrente; efecto de aparición irregular es el que se manifiesta de forma impredecible en el tiempo, debiendo evaluarse en términos de probabilidad de ocurrencia

j) Continuidad: continuo o discontinuo. Efecto continuo es el que produce una alteración constante en el tiempo, mientras el discontinuo se manifiesta de forma intermitente o irregular.

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2) Cálculo de la Incidencia de los Impactos:

La Incidencia considera estos atributos y se calcula asignando un código

numérico para las distintas formas que pueda tomar cada atributo, acotado entre

un valor máximo para la más desfavorable y un valor mínimo para la más

favorable, según se muestra a continuación:

ATRIBUTO TIPO PESO

NATURALEZA

Positivo

Negativo

--

--

INMEDIATEZ (I)

Directo

Indirecto

1

3

ACUMULACIÓN (A)

Acumulativo

Simple

3

1

SINERGIA (S)

Sinérgico

No sinérgico

3

1

MOMENTO EN QUE SE PRODUCE (M)

A corto plazo

A medio plazo

A largo plazo

3

2

1

PERSISTENCIA (P)

Permanente

Temporal

3

1

REVERSIBILIDAD (R)

Reversible

Irreversible

1

3

RECUPERABILIDAD (Rc)

Recuperable

Irrecuperable

1

3

PERIODICIDAD (Pr)

Periódico

No periódico

3

1

CONTINUIDAD (C)

Continuo

No continuo

3

1

Tabla n º 8. Valoración atributos.

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La integración de todos estos atributos en el cálculo de la incidencia se realiza

mediante la suma ponderada de los atributos según la importancia de cada uno

en el entorno y en el Plan de Sectorización objeto de estudio. En el caso concreto

que nos ocupa se considera que los atributos más importantes son los que hacen

referencia a la imposibilidad de recuperar la unidad ambiental afectada una vez

desarrollados los usos urbanísticos previstos. Se obtiene así que la incidencia

para los impactos de ocupación se calcula como:

INCIDENCIA = I + 2A + 2S + M + 3P + 3R + 3Rc + Pr + C

Para la estandarización de la incidencia entre 0-1 se utiliza la expresión:

IminImax

IminIIs

−=

Siendo:

Is: Valor de la incidencia del impacto estandarizado entre 0 y 1

I: Valor de la incidencia del impacto sin estandarizar

Imax: Máximo valor que puede tomar la incidencia del impacto

Imin: Mínimo valor que puede tomar la incidencia del impacto

Los valores de Imin e Imax son de 17 y 51, respectivamente, para todos los

impactos excepto para los positivos, en los que toman valores de 11 y 33,

respectivamente, dado que no se le asignan los atributos de recuperabilidad y

reversibilidad, al carecer de sentido en los mismos.

3) Determinación de la Magnitud de los Impactos: La Magnitud representa la cantidad y calidad del factor modificado. Cuando es

posible se utiliza un indicador cuantitativo. Los indicadores seleccionados

corresponden al nivel de detalle del proyecto en la situación; si en ocasiones

parecen demasiado sencillos, ello se debe a que el proyecto no está

suficientemente definido para utilizar indicadores que requieren información

más detallada.

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BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

En síntesis se puede afirmar que los indicadores se han seleccionado bajo los

criterios de sencillez y posibilidad de utilizarlos teniendo en cuenta los datos

disponibles. En otras ocasiones se determina la magnitud de una manera

cualitativa. Finalmente se estandariza el resultado entre 0-1, de forma que la

magnitud resulte:

4) Enjuiciamiento de los Impactos:

Se realiza a partir de los resultados obtenidos en los dos puntos anteriores y

consiste en la interpretación de cada impacto identificado en los términos de

COMPATIBLE, MODERADO, SEVERO O CRÍTICO.

Para ello el valor final del impacto se calcula multiplicando la incidencia por la

magnitud. Teniendo en cuenta que el resultado oscila entre 0-1 se considera que

la calificación del impacto, ajustada a las clases que establece el Ley 21/2013

(Anexo VI, artículo 8, “Conceptos técnicos”) presenta la siguiente progresión:

Muy Alta 1

Alta 0,8

Media 0,6

Baja 0,4

Muy Baja 0,2

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BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

VALOR

IMPACTO

(Incidencia x

Magnitud)

INCIDENCIA

Muy alta Alta Media Baja Muy Baja Nula

(1) (0,9) (0,8) (0,7) (0,6) (0,5) (0,4) (0,3) (0,2) (0,1) (0)

MA

GN

ITU

D

Muy

alta (1)

1 CRÍTICO

0,9

CRÍTICO

0,8

CRÍTICO

0,7

CRÍTICO

0,6

SEVERO

0,5

SEVERO

0,4

SEVERO

0,3

MODERADO

0,2

MODERADO

0,1

COMPATIBLE

NO

IMPACTO

Alta

(0,8)

0,8

CRÍTICO

0,72

CRÍTICO

0,64

SEVERO

0,56

SEVERO

0,48

SEVERO

0,4

SEVERO

0,32

MODERADO

0,24

MODERADO

0,16

MODERADO

0,08

COMPATIBLE

NO

IMPACTO

Media

(0,6)

0,6

SEVERO

0,54

SEVERO

0,48

SEVERO

0,42

SEVERO

0,36

MODERADO

0,3

MODERADO

0,24

MODERADO

0,18

MODERADO

0,12

COMPATIBLE

0,06

COMPATIBLE

NO

IMPACTO

Baja

(0,4)

0,4

SEVERO

0,36

MODERADO

0,36

MODERADO

0,28

MODERADO

0,24

MODERADO

0,2

MODERADO

0,16

MODERADO

0,12

COMPATIBLE

0,08

COMPATIBLE

0,04

COMPATIBLE

NO

IMPACTO

Muy

Baja

(0,2)

0,2

MODERADO

0,18

MODERADO

0,16

MODERADO

0,14

MODERADO

0,18

MODERADO

0,1

COMPATIBLE

0,08

COMPATIBLE

0,06

COMPATIBLE

0,04

COMPATIBLE

0,02

COMPATIBLE

NO

IMPACTO

Nula

(0)

NO

IMPACTO

NO

IMPACTO

NO

IMPACTO

NO

IMPACTO

NO

IMPACTO

NO

IMPACTO

NO

IMPACTO

NO

IMPACTO

NO

IMPACTO

NO

IMPACTO

NO

IMPACTO

5.4.- DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD DE ACOGIDA. APLICACIÓN DEL

MODELO IMPACTO/APTITUD.

Como se expuso anteriormente la capacidad de acogida representa lo idóneo que es

un territorio respecto al uso que se pretende hacer de él. El primer paso para su

determinación es dividir el territorio a evaluar en “unidades ambientales homogeneas”,

que son esquemas simplificados del mismo que expresan sus elementos y procesos

en términos comprensibles, y sobre todo operativos.

Se han definido dos unidades de integración en el terreno a analizar:

I x M = 0-0,15 I x M = 0,15-0,36

I x M = 0,36-0,65

I x M = 0,65-1

COMPATIBLE MODERADO SEVERO CRÍTICO

CALIFICACIÓN FINAL DEL IMPACTO

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• Unidad homogénea 1) Herbazal rudero-arvense colonizando antiguos

cultivos sedimentos cuaternarios. Incluye depósito de áridos.

• Unidad homogénea 2) Campa de grúas, naves industriales y vertidos

antrópicos.

Y se han considerado las siguientes actividades genéricas:

A. CONSERVACIÓN Y REGENERACIÓN DE LA NATURALEZA.

Preservación estricta

Mantenimiento de la situación actual y su evolución sin intervención humana o

intervención mínima y de carácter estrictamente científico o cultural.

Conservación activa

Continuidad del uso actual, mantenimiento indefinido de las condiciones de uso

y explotación tradicionales que se vienen realizando, siempre con la

participación activa del hombre.

Regeneración del ecosistema original

Tratamientos culturales capaces de reconducir la zona a que se aplique a su

situación primigenia o a otros estados de equilibrio supuestamente más

valiosos.

Repoblación forestal: bosque productor

Plantación o siembra de especies arbóreas seleccionadas por productivos.

B. ESPARCIMIENTO Y DEPORTES AL AIRE LIBRE.

Excursionismo.

Actividad de tipo extensivo que implica el simple tránsito peatonal, que no

requiere, o sólo de pequeña envergadura, infraestructuras o acondicionamiento

para su práctica: pasos sobre arroyos, tramos de sendas, miradores, etc., que

se presumen cuidadosas e integradas en el paisaje.

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Recreo concentrado.

Adaptación de un espacio localizado para actividades recreativas concentradas

de distinto tipo, dotándolo con equipos de pequeña entidad: mesas, bancos,

barbacoas, fuentes, servicios sanitarios, juegos de niños, papeleras, crematorio

de basuras, alguna edificación de pequeña entidad para el servicio de la zona.

C. ACTIVIDADES AGRARIAS.

Agricultura.

Además del laboreo y otras prácticas de cultivo, esta actividad incluye la

construcción de los edificios e instalaciones ligados a la explotación.

Ganadería.

Además del pasto de ganado, esta actividad incluye la construcción de los

edificios e instalaciones ligados a la explotación.

D. URBANIZACIÓN

Urbanización dispersa

Viviendas unifamiliares en parcelas de gran tamaño y contiguas. En cuanto

urbanización se les supone dotadas de las instalaciones necesarias de

saneamiento y depuración de aguas residuales.

Urbanización de media densidad

Viviendas unifamiliares aisladas u otro tipo de urbanización en que al menos

quede libre de edificación, de viario y otros usos que impermeabilizan, el 50%

del terreno.

Urbanización de alta densidad

Cualquier urbanización que suponga mayor densidad u ocupación del suelo

que en el caso anterior.

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E. ACTIVIDADES INDUSTRIALES.

Industria pesada aislada

Industria con edificaciones de distinto tipo que ocupa la práctica totalidad del

espacio afectado, con posibilidad de emitir vertidos sólidos, líquidos y

gaseosos.

Polígonos industriales

Terrenos urbanizados para localización industrial, incluyendo esta.

Industria limpia

Se asimila a la urbanización de media o alta densidad a la que puede

acompañar.

F. INFRAESTRUCTURAS Y OTROS.

Escombreras

Acumulación controlada de residuos sólidos inertes, procedentes de derribos,

desmontes, vaciados, tierras sobrantes o inertes procedentes de la minería o

de la industria.

Vertedero de residuos urbanos

Acumulación controlada de residuos procedentes de basuras domésticas y de

composición heterogénea.

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MATRIZ DE IMPACTO-APTITUD

Unidades

Actividades

UNIDAD 1 UNIDAD 2

Impacto Aptitud Impacto Aptitud

CONSERVACIÓN

Y

REGENERACIÓN

DE LA

NATURALEZA

Preservación estricta 1 1 1 1

Conservación activa 1 1 1 1

Regeneración del

ecosistema original 1 1 1 1

Repoblación forestal:

bosque productor 1 1 1 1

ESPARCIMIENTO

Y RECREO AL

AIRE LIBRE

Excursionismo 1 1 1 1

Recreo Concentrado 2 1 2 1

ACTIVIDADES

AGRARIAS

Agricultura 2 3 2 3

Ganadería 2 3 2 3

URBANIZACIÓN

Urbanización dispersa 1 1 1 1

Urbanización de media

densidad 2 2 2 2

Urbanización de alta

densidad 2 2 2 2

ACTIVIDADES

INDUSTRIALES

Industria pesada

aislada 4 3 4 3

Polígonos industriales 3 4 3 4

Industria limpia 2 4 2 4

Escombreras 4 2 4 2

Vertederos de

residuos urbanos 4 2 4 2

5 = Muy Alto 4 = Alto 3 = Medio 2 = Bajo 1 = Muy Bajo

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La capacidad de acogida se desprende del análisis conjunto de los valores de impacto

y aptitud, asumiendo que, la mayor capacidad de acogida para un uso determinado

corresponde a aquellas unidades ambientales donde coincida la máxima aptitud y el

mínimo impacto negativo.

A continuación, se presenta una tabla dónde se establecen los criterios utilizados para

determinar la capacidad de acogida en función de los valores de impacto y aptitud.

Aptitud

Muy alto (5) Alto (4) Medio (3) Bajo (2) Muy bajo (1)

Imp

acto

Muy Alto (5) I I I I I

Alto (4) Cl Cl I I I

Medio (3) Cs Cl Cl I I

Bajo (2) Cs Cs Cl Cl Na

Muy Bajo

(1)

V Cs Cs Cl Na

V:

Vocacional

Cs:

Compatible

sin

limitaciones

Cl:

Compatible con

limitaciones

I:

Incompatible

Na:

No aplicable

Las diferentes categorías en las que se expresa la capacidad de acogida, quedan

definidas de la siguiente forma:

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• Vocacional (V): Se consideran usos y actividades vocacionales aquellos

que mantienen o potencian los valores de la unidad ambiental en la que

se asientan.

• Compatible sin limitaciones (Cs): Se consideran usos y actividades

compatibles sin limitaciones aquellos que no van en perjuicio de los

valores de las unidades sobre las que se asientan.

• Compatible con limitaciones (Cl): Se consideran usos y actividades

compatibles con limitaciones aquellos que yendo en perjuicio de los

valores de las unidades sobre las que se asientan, sólo son aceptables

bajo ciertas condiciones.

• Incompatible (I): Se consideran usos y actividades incompatibles aquellos

que degradan irreversiblemente los valores ecológicos, productivos,

paisajísticos o culturales de la unidad ambiental sobre la que se

pretenden asentar.

• No aplicable (Na): Se consideran usos y actividades no aplicables

aquellos que no tienen sentido ser ubicados en la unidad analizada, dada

la baja aptitud del área.

En función de estos criterios el resultado obtenido en la matriz de impacto actitud se

sintetiza en la siguiente tabla:

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ACTIVIDADES

CAPACIDAD DE ACOGIDA

UNIDAD 1 UNIDAD 2

CONSERVACIÓN Y

REGENERACIÓN DE

LA NATURALEZA

Preservación estricta Na Na

Conservación activa Na Na

Regeneración del

ecosistema original Na Na

Repoblación forestal:

bosque productor Na Na

ESPARCIMIENTO Y

RECREO AL AIRE

LIBRE

Excursionismo Na Na

Recreo Concentrado Na Na

ACTIVIDADES

AGRARIAS

Agricultura Cl Cl

Ganadería Cl Cl

URBANIZACIÓN

Urbanización

dispersa Na Na

Urbanización de

media densidad Cl Cl

Urbanización de alta

densidad Cl Cl

ACTIVIDADES

INDUSTRIALES

Industria pesada

aislada I I

Polígonos

industriales Cl Cl

Industria limpia Cs Cs

Escombreras I I

Vertederos de

residuos urbanos I I

V:

Vocacional

Cs:

Compatible

sin

limitaciones

Cl:

Compatible con

limitaciones

I:

Incompatible

Na:

No aplicable

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5.4.1.- Conclusiones:

Ninguna de las dos unidades presenta vocación para la preservación estricta ya que

no tienen valor ecológico, productivo, paisajístico o cultural que así lo exija,

entendiendo que la conservación de sus valores requiere la intervención del hombre.

Tampoco tienen sentido las actividades relacionadas con el esparcimiento, ni las de

carácter extensivo, como el excursionismo, que no ocasionan impactos ni las de

carácter más intensivo, como el recreo concentrado, que pueden ocasionar algún

impacto. No hay que olvidar que la parcela se encuentra circundada por varias vías

de circulación (autovía A-2, M-115 y enlace con la M-45) que hacen de la parcela un

sitio poco grato para las actividades al aire libre.

La agricultura es una actividad que podría darse en los terrenos de estudio, que por

otra parte presentan buena aptitud para su desarrollo, aunque no parece la actividad

más propicia dada su ubicación. Lo mismo ocurre con la ganadería, actividad algo

más propicia que la agricultura en tanto en cuanto la parcela limita al norte-noroeste

con la Cañada Real de la Senda Galiana (75 metros de ancho).

La urbanización dispersa no tiene sentido en la parcela. En cuanto a la urbanización

de media y alta densidad es compatible con limitaciones, ya que habría que resolver

ciertos problemas como el provocado por el ruido procedente de las vías que circunda

la parcela.

Dentro de la actividad industrial se considera incompatible la industria pesada, pero

los polígonos industriales y la industria limpia se consideran actividades compatibles

con limitaciones y sin limitaciones según el caso.

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Las actividades relacionadas con el vertido de residuos se consideran incompatibles

al presentar los terrenos una aptitud baja para acoger estas actividades. Esto es

debido a su proximidad con núcleos de población que se verían afectados por los

impactos provocados por estas actividades y su localización junto a la carretera desde

donde serían fácilmente visibles.

Como conclusión se puede decir que las actividades industriales se presentan entre

las más adecuadas en la zona. Por ello se puede afirmar que el uso que el Plan de

Sectorización pretende dar a los terrenos “cabe”, desde el punto de vista de la

capacidad de acogida de los terrenos, con las limitaciones siguientes:

- Respecto al recurso agua: que la actividad tenga resuelto el abastecimiento de

agua y su depuración.

- Respecto al recurso suelo: que la actividad tenga resuelto la gestión de los

residuos.

- Respecto al recurso aire: que la actividad tenga resueltos los problemas de

contaminación acústica que actualmente afectan al Sector.

De los datos de la calidad del aire publicados por el Área de Calidad Atmosférica

de la Comunidad de Madrid, que son registrados por la Red estaciones para

la protección de la salud humana y de los ecosistemas, concretamente se han

tomado como valores de referencia los registrados por las estaciones de

Coslada y Torrejón como puntos de medida más cercanos y las estaciones de

Alcalá de Henares y Alcobendas para aquellos parámetros no registrados por

las dos primeras, se deduce cierta contaminación atmosférica en la zona, lo que

unido a las características específicas del ámbito de estudio, al situarse en una

zona donde ya se localizan otros polígonos industriales y estar rodeado de

carreteras -principales fuentes de contaminación del aire-, hace conveniente

limitar las emisiones de las actividades industriales que pueden ubicarse en el

Sector. Así se prohíbe la localización en el Sector de las actividades que el

Decreto 100/2011, que desarrolla la Ley 34/2007, incluye en el "Catálogo de

actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera".

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5.5.- IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS.

A priori, y una vez realizado un análisis previo de la capacidad de acogida de la zona

para diferentes usos, no se prevé la existencia de impactos graves asociados al Plan

de Sectorización; esto se debe básicamente a:

• No se localizan zonas de un excepcional valor cultural o ecológico.

• Los terrenos son prácticamente llanos.

• Las zonas colindantes presentan una clara influencia antrópica; el sector

se encuadra entre la autovía A-2, la M-115 y enlace con la M-45, y entre

el Polígono Industrial la Castellana y el Polígono Industrial y Parque

Empresarial San Fernando.

La identificación de los efectos o alteraciones significativas que se pueden producir se

ha realizado según un proceso iterativo desarrollado en los pasos siguientes:

• Identificación de acciones del proceso de urbanización susceptibles de

producir impactos y expresión en forma de árbol con tres niveles.

• Identificación de factores ambientales del medio que pueden ser

afectados por el proceso y expresión en forma de árbol con tres niveles.

• Cruce de los dos árboles anteriores para detectar los impactos

potenciales y expresión en forma de “matriz de impactos”.

A continuación, se desarrollan estos puntos.

5.5.1.-Identificación de factores ambientales susceptibles de ser afectados

Se ha elaborado una lista de los factores ambientales del sector que pueden verse

potencialmente afectados por las acciones implicadas en el proceso de desarrollo del

Plan de Sectorización:

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SU

BS

IST

EM

A F

ÍSIC

O N

AT

UR

AL

MEDIO FÍSICO

AIRE

CALIDAD DEL AIRE

CONFORT SONORO

CAMBIO CLIMÁTICO

TIERRA-SUELO

RELIEVE Y CARÁCTER

TOPOGRÁFICO

SUELO Y SUBSUELO

CAPACIDAD AGROLÓGICA DEL

SUELO

AGUA

AGUAS SUPERFICIALES

AGUAS SUBTERRÁNEAS

PROCESOS

RECARGA DE ACUÍFEROS

DRENAJE SUPERFICIAL

CIELO NOCTURNO

ENERGIA RECURSOS ENERGÉTICOS

MEDIO BIÓTICO

VEGETACIÓN VEGETACIÓN

FAUNA HÁBITATS

ESPACIOS NATURALES ESPACIOS NATURALES

MEDIO

PERCEPTUAL

PAISAJE INTRÍNSECO UNIDADES DE PAISAJE

INCIDENCIA VISUAL INCIDENCIA VISUAL

ARQUELOGÍA YACIMIENTOS

SU

BS

IST

EM

A P

OB

LA

CIÓ

N

Y A

CT

IVID

AD

ES

EC

ON

ÓM

ICA

S

POBLACIÓN PERSONAS SEGURIDAD Y SALUD

ECONOMÍA ACTIVIDADES

ECONÓMICAS

A.E. AFECTADAS

A.E. INDUCIDAS

INFRAESTRUCTURAS Y

SERVICIOS

INFRAESTRUTURA

VIARIA

VIAS PECUARIAS

VIARIO

INFRAESTRUCTURA

HIDRÁULICA

ABASTECIMIENTO

SANEAMIENTO

INFRAESTRUCTURA.

ENERGÉTICA ENERGÍA

ESTRUCTURA ESTRUCTURA

ESPACIAL DE NÚCLEOS

ESTRUCTURA TERRITORIAL DEL

MUNICIPIO

FACTORES AMBIENTALES

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5.5.2.- Identificación de acciones susceptibles de generar impactos

El Plan de Sectorización se traduce en una serie de acciones que se llevarán a cabo

durante la construcción de los desarrollos industriales y durante el funcionamiento/uso

de los mismos. De forma que se han identificado aquellas acciones asociadas al

proceso urbanizador susceptibles de generar impactos:

FA

SE

DE

CO

NS

TR

UC

CIÓ

N OCUPACIÓN DEL

SUELO

CONSTRUCCIONES, ACCESOS, ACOMETIDAS, Y OTRAS ZONAS

QUE "CONSUMEN" SUELO.

OBRAS DE

CONSTRUCCIÓN

DESBROCE Y DESPEJE

MOVIMIENTO DE TIERRAS

CIRCULACIÓN/FUNCIONAMIENTO DE MAQUINARIA DE OBRA Y

OTROS

FA

SE

DE

FU

NC

ION

AM

IEN

TO

/US

O

PRESENCIA DE LOS

ELEMENTOS

URBANÍSTICOS

CONTEMPLADOS

PRESENCIA DE LAS EDIFICACIONES, VIALES, INSTALACIONES

ASOCIADAS, VEHÍCULOS, PERSONAS, ETC.

UTILIZACIÓN DE

LOS PROYECTOS

EJECUTADOS

ACTIVIDAD PROPIA DE LAS INDUSTRIAS

ALUMBRADO EXTERIOR

INCREMENTO DEL TRÁFICO RODADO

INSUMOS

CONSUMO DE ENERGÍA

CONSUMO DE AGUA

EFLUENTES

EMISIONES PROCEDENTES DE LA ACTIVIDAD

INDUSTRIAL, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS, ETC.

PRODUCCIÓN DE VERTIDOS (AGUAS

RESIDUALES)

PRODUCCIÓN DE RESIDUOS

5.5.3.- Matriz de identificación de impactos

Del cruce del árbol de factores ambientales con el de acciones del proceso

urbanizador se obtiene la matriz que identifica los impactos asociados a dicho proceso.

A continuación se presenta dicha matriz.

ACCIONES ASOCIADAS AL PROCESO URBANIZADOR PLANTEADO

EN EL PLAN DE SECTORIZACION

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FASE DE CONSTRUCCIÓN FASE DE FUNCIONAMIENTO

Ocupación Obras de construcción Presencia Utilización de los proyectos edificados

Insumos Efluentes Consumode suelo

Desbroce y despeje

Mvto.tierras

Funciona-miento

maquinaria

Edificacio-nes, viario,

etc. Actividad Alumbrado Tráfico

Energía Agua Áridos Emisiones Vertidos Residuos

CALIDAD DEL AIRE Impacto nº15 Impacto nº15 Impacto nº15 Impacto nº15

CONFORT SONORO Impacto nº16 Impacto nº16 Impacto nº16 Impacto nº16AIRE

MICROCLIMA Impacto nº1 Impacto nº1 Impacto nº1 Impacto nº1 Impacto nº1

RELIEVE Impacto nº3

SUELO Y SUBSUELO Impacto nº17 Impacto nº17 Impacto nº6 Impacto nº17 Impacto nº17 TIERRA-SUELO

CAPACIDAD AGROLÓGICA Impacto nº8 Impacto nº8

AGUAS SUPERFICIALES Impacto nº13 Impacto nº18

AGUAS SUBTERRÁNEAS Impacto nº13 Impacto nº18

RECARGA DE ACUÍFEROS Impacto nº12

DRENAJE SUPERFICIAL Impacto nº11

AGUA

CIELO NOCTURNO Impacto nº19

MEDIO INERTE

ENERGÍA RECURSOS ENERGÉTICOS

Impacto nº14

VEGETACIÓN VEGETACIÓN Impacto nº4

FAUNA HÁBITATS Impacto nº5 Impacto nº5 Impacto nº5 Impacto nº5 Impacto nº5 MEDIO BIÓTICO

E. NATURALES ESPACIOS NATURALES Impacto nº2 Impacto nº2 Impacto nº2 Impacto nº2 Impacto nº2 Impacto nº2 Impacto nº2 Impacto nº2 Impacto nº2

P. INTRÍNSECO UNIDADES DE PAISAJE Impacto nº9 Impacto nº9 Impacto nº9

INCIDENCIA INCIDENCIA VISUAL Impacto nº9 Impacto nº9 Impacto nº9

SUB

SIST

EM

A F

ÍSIC

O N

AT

UR

AL

MEDIO

PERCEPTUAL

ARQUEOLOGÍA YACIMIENTOS Impacto nº10

POBLACIÓN PERSONAS SEGURIDAD Y SALUD Impacto nº22 Impacto nº20

A.E. AFECTADAS Impacto nº8 ECONOMÍA ACTIVIDADES

ECONÓMICAS A.E. INDUCIDAS Impacto nº21 Impacto nº21

VIAS PECUARIAS Impacto nº7 INFRAEST. VIARIA VIARIO Impacto nº24

ABASTECIMIENTO Impacto nº24 INFRAESTR. HIDRÁULICA

SANEAMIENTO Impacto nº24

INFRAES-TRUCTURAS Y SERVICIOS

INFRAESTR. ENERGÉIICA ENERGÍA Impacto nº24 SU

BSI

STE

MA

PO

BL

AC

IÓN

Y A

CT

IVID

AD

ES

EC

ON

ÓM

ICA

S

ESTRUCTURA ESTRUCTURAESPACIAL DE NÚCLEOS

ESTRUCTURATERRITORIAL DEL MUNICIPIO

Impacto nº23

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5.5.4.- Impactos No significativos

Se valoran como no significativos los impactos que se exponen a continuación por las

razones que se señalan:

IMPACTOS DE OCUPACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESPACIO. NO SIGNIFICATIVOS.

Impacto nº 1: Afecciones sobre el clima.

Cruce: Factores ambientales: ▪ Medio inerte. Microclima.

Acciones del Plan: ▪ Fase de funcionamiento.

Los efectos del Plan de Sectorización sobre el clima a escala regional son mínimos. Sin embargo, a escala local el aumento de la superficie construida puede introducir variaciones en las condiciones microclimáticas, tales como un incremento de la temperatura (efecto denominado isla de calor) o la disminución de la humedad y la velocidad del viento.

No obstante, y a pesar de considerar que estos cambios pueden hacerse efectivos una vez desarrollado el Plan de Sectorización, se entiende que esta variación, principalmente por la superficie afectada, aproximadamente 8 has, no tiene incidencia sobre el clima general del municipio, y en todo caso, no supone una amenaza sobre la salud de las personas, ni sobre la fauna o la flora.

Se juzga este impacto como NO SIGNIFICATIVO.

Impacto nº 2: Incidencia sobre el Parque Regional de los Cursos Bajos de los ríos Manzanares y Jarama

Cruce: Factores ambientales: ▪ Espacios naturales.

Acciones del Plan: ▪ Fase obras.

▪ Fase de funcionamiento.

La parcela no se localiza dentro de ningún espacio natural protegido, pero se encuentra próxima al Parque Regional de los Cursos Bajos de los ríos Manzanares y Jarama, que, además de ser un espacio natural protegido de ámbito regional está catalogada como Z.E.P.A. (Zona de Especial Protección para las Aves) y como L.I.C. (Lugar de Interés Comunitario).

Sin embargo, la distancia, las características del entorno donde se ubica -fuertemente antropizado- y la característica de la parcela como isla entre vías de comunicación muy concurridas hace muy improbable que sea la nueva ordenación la que pueda ocasionar daños en dicha área natural.

Se juzga este impacto como NO SIGNIFICATIVO.

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Impacto nº 3: Modificación de la Topografía Natural

Cruce: Factores ambientales: ▪ Relieve y carácter topográfico

Acciones del Plan: ▪ Fase obras. Movimiento de

tierras.

El entorno donde se ubica la finca es una zona que ha sufrido fuertes transformaciones por obras importantes ya que, como se ha dicho, se encuentra prácticamente en el interior del enlace de la M-45 con la A-2I, efectuado a distinto nivel utilizando la tierra armada en los apoyos de las estructuras por lo que se han aportado gran cantidad de materiales procedentes del exterior.

Por lo tanto la topografía natural de los terrenos se encuentra ya modificada.

Se juzga este impacto como NO SIGNIFICATIVO.

Impacto nº 4: Desbroce y despeje de la vegetación

Cruce: Factores ambientales: ▪ Vegetación

Acciones del Plan: ▪ Fase obras. Desbroce y

despeje.

La vegetación que actualmente coloniza el sector nada tiene que ver con la potencial. En la mitad oriental del ámbito aparece un herbazal rudero-arvense que aparece colonizando antiguos cultivos, en el que dominan las gramíneas que se acompaña de otras especies como el cardo corredor, la amapola, el gordolobo, etc. de escaso valor ecológico.

En extremo occidental cubierto de restos de firme, no queda nada de vegetación, en algunas zonas cubierta por vegetación típica de abandono, cardos y malas hierbas.

El impacto se considera NO SIGNIFICATIVO

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Impacto nº 5: Afección a la fauna y a los hábitats faunísticos

Cruce: Factores ambientales: ▪ Hábitats faunísticos

Acciones del Plan: ▪ Ocupación del suelo

▪ Fase obras. Desbroce y despeje.

▪ Fase obras. Movimiento de tierras.

▪ Fase obras. Funcionamiento de la maquinaria.

▪ Fase de funcionamiento. Actividad.

La ausencia de una vegetación de interés en la parcela junto con la elevada presión antrópica a la que está sometida determina que el interés como hábitats faunístico de la misma sea nulo. Y es que el sector se encuentra totalmente circundado por carreteras (A-2, M-115 y enlace M-45), aparece en las proximidades de polígonos industriales (Las Fuentecillas y La Castellana), distinguiéndose, dentro del propio ámbito, diversas naves e instalaciones y una campa de grúas. En este contexto sólo se distinguen unas pocas especies de gran amplitud ecológica, comunes y poco valiosas a escala local y regional.

El impacto se considera NO SIGNIFICATIVO.

IMPACTOS DE SOBREEXPLOTACIÓN DE RECURSOS. NO SIGNIFICATIVOS.

Impacto nº 6: Extracción de áridos para las obras de urbanización

Cruce: Factores ambientales: ▪ Suelo y subsuelo.

Acciones del Plan: ▪ Insumos. Áridos.

Las obras de construcción suponen el consumo de áridos y materiales de construcción que se extraen del medio. En todo caso, se trata de un impacto de escasa significación en el ámbito, teniendo en cuenta el número de edificaciones que se prevén y la necesidad de que estos áridos procedan de canteras autorizadas, para lo que se incorporan las preceptivas consideraciones en el marco del presente estudio de incidencia ambiental (ver criterios de integración ambiental).

Se juzga este impacto como NO SIGNIFICATIVO.

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5.5.5.- Impactos Significativos. Descripción y Valoración.

Como se expuso en la metodología y se deduce del análisis de la matriz de impactos

los efectos ambientales asociados al desarrollo del Plan de Sectorización se agrupan

en:

• Impactos de Ocupación/transformación

• Impactos de Sobreexplotación de recursos

• Impactos de Contaminación de vectores

• Otros impactos de diversa índole

A continuación, se procede a la descripción y valoración de cada uno de estos

impactos.

5.5.5.1.- Impactos de ocupación y transformación del espacio

En el marco de un Plan de Sectorización los impactos de ocupación y transformación

del espacio adquieren gran importancia. En este sentido, los problemas ambientales

relevantes tienen que ver con la nueva superficie de suelo urbanizable que se ordena,

teniendo en cuenta que es en estas zonas dónde se prevén cambios en los usos del

suelo que van a modificar sustancialmente las condiciones actuales.

Seguidamente se analizan las consecuencias ambientales que se derivan de la

ocupación y transformación de los distintos factores ambientales que configuran la

zona incluida en el Plan de Sectorización.

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Impacto nº 7: Ocupación y alteración del funcionamiento de la vía pecuaria.

Cruce: Factores ambientales: ▪ Vías Pecuarias

Acciones del Plan: ▪ Ocupación del suelo

Descripción: La unidad limita en su parte norte con la Cañada Real Galiana, de 75 metros de anchura, coincidente en parte con el trazado de la M-115.

Figura nº 10. Foto aérea de 2014, donde se aprecia el estado

actual de la cañada

La vía pecuaria presenta actualmente un estado deteriorado tanto por la ocupación directa de la M-115 como por la acumulación de residuos sobre ella.

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Trazado de la Cañada Real, colindante con la M-115 hacia el

norte.

La propuesta del Plan es que el sector efectúe el tratamiento de la vía pecuaria colindante conforme a los criterios de la Dirección General de Agricultura, en forma que se integre en la nueva imagen del ámbito.

Figura nº 11.Trazado de la Cañada Real, colindante con la M-115 hacia el norte y propuesta del Plan

La Cañada Real Galiana discurre colindante con el sector y en la actualidad esta muy afectada porque por ella discurre la carretera M-115 y en ella se sitúa la glorieta de acceso, ejecutada para dar servicio a este sector y al de Las Castellanas. La pequeña ampliación de la misma que resulta del estudio de tráfico y cuya necesidad no es imputable ni exclusiva ni mayoritariamente a este sector sino al tráfico de Las Castellanas y el Sector 6, de mayor superficie se compensa con la cesión del suelo colindante entre el límite actual y la línea de expropiación de la reserva de la arteria del segundo anillo de abastecimiento y con el acondicionamiento de la margen SE de la misma.

Es decir el Plan propone la recuperación de un tramo de la Cañada, por lo que se trata de un impacto de tipo POSITIVO.

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Valor del impacto:

POSITIVO

Necesidad de medidas:

Aun tratándose de un impacto que se ha calificado como positivo, se ha incluido una medida encaminada a asegurar que el tratamiento de la vía responde a las exigencias de la Ley 8 /1998, de 15 de junio, de Vías pecuarias de la Comunidad de Madrid.

Valor final del impacto:

POSITIVO

Impacto nº 8: Pérdida de suelo de interés agronómico

Cruce: Factores ambientales: ▪ Capacidad agrológica del suelo

▪ Actividades económicas afectadas: Aprovechamiento agrícola

Acciones del Plan: ▪ Ocupación del suelo

▪ Fase obras. Movimiento de tierras.

Descripción: Las obras de urbanización del desarrollo planificado producirán movimientos de tierra y ocuparán suelos quedando irreversiblemente inutilizados para cualquier otro uso. Los suelos del ámbito de estudio son susceptibles de uso agrario, su destrucción, en las zonas a urbanizar, supone la pérdida irreversible de este recurso.

Caracterización del

Efecto: ATRIBUTO CARACTERIZACIÓN

VALOR

NUMÉRICO

Signo Negativo -

Inmediatez Directo 1

Acumulación Simple 1

Sinergia No Sinérgico 1

Momento Corto Plazo 3

Persistencia Permanente 3

Reversibilidad Irreversible 3

Recuperabilidad Irrecuperable 3

Periodicidad No periódico 1

Continuidad Continuo 3

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106

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Cálculo de la Incidencia:

INCIDENCIA = I + 2A + 2S + M + 3P + 3R + 3RC + PR + C = 39

INCIDENCIA ESTANDARIZADA (Is=I-Imin/Imax-Imin) = 0,6

Cálculo de la Magnitud:

El desarrollo se asienta sobre suelos de vega que presentan una buena calidad agrológica. No obstante se considera que:

1) Dada la dinámica de expansión del entorno, no parece probable el uso agrícola de estos suelos.

2) Los terrenos son actualmente improductivos, están muy impactados por las obras públicas realizadas en el entorno, existiendo gran cantidad de escombros en zonas colindantes con las mismas.

Figura n º 12. Localización del Sector SUNP-2 frente a las principales infraestructuras de transporte

Como puede verse en la figura el sector ha quedado aislado entre la M-115, la A-2 y el enlace con la M-45, lo que hace técnica y económicamente inviable su aprovechamiento agrícola.

La magnitud se estima media-baja.

Valor del Impacto:

Valor del Impacto = Incidencia x Magnitud = 0,6 x 0,3 = 0,18

Se juzga como impacto COMPATIBLE

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Necesidad de medidas:

Así y todo, se trata de un recurso natural importante no renovable cuya perdida debe evitarse en la medida de lo posible por lo que este estudio propone la medida protectora de separación de las tierras vegetales, contenedoras del recurso, para su posterior utilización en jardinería o en cualquier otra actividad acorde con su naturaleza.

Valor final del impacto:

COMPATIBLE

Impacto nº 9: Transformación de las unidades de paisaje y alteración del potencial de vistas desde vías de acceso.

Cruce: Factores ambientales:

▪ Unidades de Paisaje

▪ Incidencia visual

Acciones del Plan: ▪ Fase obras. Movimiento de tierras.

▪ Fase obras. Circulación/ funcionamiento de maquinaria de obras y otros

▪ Fase de funcionamiento. Presencia de las edificaciones, automóviles, etc.

Descripción: La afección de la nueva clasificación del suelo propuesta por el Plan de Sectorización sobre el paisaje se manifiesta básicamente en dos momentos:

1) Durante las obras de urbanización. Los movimientos de tierras y la presencia de maquinaria (camiones, grúas, excavadoras, etc.) durante las obras afectarán, en principio, al paisaje de la zona, muy visible desde la M-115 y desde la A-2. Sin embargo, si tenemos en cuenta la situación preoperacional de la que se parte, actualmente la parcela se percibe como un espacio degradado con vertidos de tierras, desmontes y terraplenes, deposición de residuos, etc., muy similar a la que tendrá durante la fase de obras, podemos considerar este impacto como NO SIGNIFICATIVO.

Alteración paisajística provocada por vertidos de tierras.

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2) Fase de funcionamiento. Presencia de las nuevas edificaciones e instalaciones. Finalizadas las obras de urbanización, la presencia de las nuevas construcciones industriales supondrá la modificación del paisaje actual. muy perceptible desde la M-115 y la A-2.

Para estudiar el signo de este impacto hay que comenzar analizando la situación preoperacional de la que se parte. Esta situación se caracteriza por los elementos que se describen a continuación.

i) Ausencia de vegetación de valor; indica una degradación del medio con su consiguiente repercusión perceptual.

ii) Presencia de naves y edificaciones en mal estado y/o abandonadas, con pintadas, elementos quemados, etc; degradan enormemente el valor paisajístico de la finca.

iii) Presencia de terraplenes; contribuyen al aspecto desordenado de la parcela.

iv) Presencia de escombros y basura; completa el estado de deterioro del paisaje.

v) Línea eléctrica de alta tensión que atraviesa la finca; un elemento distorsionante e inquietante.

vi) Cartelería; aparece como otro elemento distorsionante.

vii) Ruido constante, es necesario mencionarlo como otro de los elementos que perturban la percepción del paisaje de la finca.

De esta forma puede concluirse que, en función del elevado grado de alteración que presenta, sus escasos valores, su elevada monotonía, su deficiente estado de conservación y los ruidos que soporta, la calidad intrínseca del paisaje de la finca es, en términos generales, NULA.

Por el estado de degradación de la escena se considera que, cualquier actuación que ordene el medio e incorpore elementos de valor, mejorará la percepción. Máxime si tenemos en cuenta el tipo desarrollo previsto que contempla la ejecución de una plantación forestal que dignifique la imagen del sector y elimine su actual carácter residual así como la recuperación de la Cañada Real Galiana.

El impacto se caracteriza como POSITIVO.

Valor final del impacto:

POSITIVO

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Impacto nº 10: Ocupación y transformación de un área de protección arqueológica tipo A.

Cruce: Factores ambientales: ▪ Yacimientos arqueológicos

Acciones del Plan: ▪ Ocupación del suelo

Descripción: En lo que se refiere al patrimonio arqueológico dentro del ámbito se encuentran cartografiada una zona de protección (A). Estas zonas incluyen áreas donde está probada la existencia de restos arqueológicos de valor relevante.

Figura nº 13.Croquis arqueológico

Si el sector se urbaniza sin tener en cuenta la existencia de este condicionante se producirá un impacto de magnitud considerables.

Valor del Impacto: Se juzga como impacto SEVERO

Necesidad de medidas:

Si. El capítulo VI del Título I de la Ley 3/2013 de 18 de Junio de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, recoge las normas específicas de protección del patrimonio arqueológico, paleontológico y etnológico en la Comunidad de Madrid que debe respetar el Plan.

Valor final del impacto:

COMPATIBLE

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Impacto nº 11: Alteración del drenaje superficial en los terrenos por el cambio de uso.

Cruce: Factores ambientales: ▪ Drenaje superficial

Acciones del Plan: ▪ Fase funcionamiento. Presencia edificios e instalaciones.

Descripción: Consecuencia del cambio de uso del suelo se puede producir una

alteración en la red de drenaje superficial.

El Plan Parcial SUNP-2 se encuentra al este de los planes parciales SUP I-4, SUP I-5, SUP I-6, SUE-PC, SUP-TO-1. Todos ellos forman parte de una misma cuenca, actualmente trasformada por la existencia de las carreteras que la bordean los Planes Parciales de San Fernando de Henares. Entre ellas caben citar la M-50 y la A-II.

Figura nº 13. Situación de los planes parciales

La cuenca, en el estado actual, es la que se muestra en la imagen en color rojo. Como puede verse corresponde a los Planes Parciales (no es una cuenca natural) debido a la situación de las carreteras existentes actualmente que bordean los planes (en color azul).

Figura nº 14.Plano de la cuenca en estado actual

C

2

C

1

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Las carreteras han modificado la cuenca natural y suponen una barrera infranqueable al paso del agua. En la mayor parte de sus tramos siguen un trazado en trinchera de más de 10 metros de profundidad.

Las características geométricas de la cuenca en estado actual (color rojo) se recogen en el cuadro siguiente:

Como puede verse se ha dividido la cuenca en dos trozos, uno de ellos C1, el principal que recoge casi todos los planes parciales y otro el C2 que corresponde al pequeño trozo más al sur de SUP-TO-1 independiente del resto desde el punto de vista hidrológico. La razón es que existe una carretera que divide a las cuencas C1 y C2.

Caracterización del

Efecto: ATRIBUTO CARACTERIZACIÓN

VALOR

NUMÉRICO

Signo Negativo -

Inmediatez Directo 1

Acumulación Simple 1

Sinergia No Sinérgico 1

Momento Corto Plazo 3

Persistencia Permanente 3

Reversibilidad Irreversible 3

Recuperabilidad Irrecuperable 3

Periodicidad No periódico 1

Continuidad Continuo 3

Cálculo de la Incidencia:

INCIDENCIA = I + 2A + 2S + M + 3P + 3R + 3RC + PR + C = 39

INCIDENCIA ESTANDARIZADA (Is=I-Imin/Imax-Imin) = 0,6 Cálculo de la Magnitud: El Plan General de San Fernando de Henares prevé, para recoger

los vertidos de los sectores previstos en su modelo territorial, tanto al Norte de la A‐2 como al sur de la misma y al este de la M‐45/M‐50, un colector general que, viniendo del Norte del municipio (en la dirección de la M‐115) llega hasta la M‐206 y, girando hacia el Este, se dirige paralelo a la misma hacia la nueva depuradora de Torrejón de Ardoz.

El citado colector general figura calificado en el PGSFH como un sistema general.

Cuenca S L Cota inicial Cota final Pendiente Pendiente Pendiente Grupo Impermeable

(km2) (km) (m) (m) media (j) (%) (%) de suelo (%)

C1 2.8700 4.738 605.6 558.3 0.0100 1.00 < 3% B 0

C2 0.0999 0.653 562.3 559.8 0.0038 0.38 < 3% B 0

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RED DEL PLAN PARCIAL SUNP-2

El plan parcial SUNP-2 se encuentra situado entre la A-II y la M-115.

La red de saneamiento y aguas pluviales del SUP2 verterá a el futuro colector doblado Aljavir-Daganzo.

Figura nº 16. Planta red de aguas pluviales y saneamiento.

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El doblado del colector se encuentra actualmente en ejecución en su tramo Sur, quedando el resto a falta de su aprobación definitiva. En la siguiente figura se muestra el trazado y estado en el que se encuentra actualmente la ejecución de dicho colector.

Figura nº 17. Trazado aprobado para el doblado Ajalvir-

Daganzo.

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Este colector llevará sus aguas a la depuradora de Casa Quemada que vierte sus aguas al río Jarama.

No se modifica la red hidrográfica existente, ya que los Planes Parciales no contemplan ninguna actuación en la misma, sólo se incrementa la aportación de agua de escorrentía del río Jarama, debido al cambio de usos de suelo (actualmente en la mayoría de la zona campos sin cultivar o muy pobres de cultivo)

Los caudales del río Jarama a su paso por la zona de estudio se incluyen a continuación (información del estudio “Delimitación del Dominio Público Hidráulico del Jarama. Comunidad de Madrid”):

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Periodo de retorno Caudal en m3/s

5 260

10 350

15 400

25 470

50 550

100 640

500 840

Caudales del río Jarama a su paso por la zona de estudio

Los caudales aportados por el colector unitario al río Jarama, frente a los caudales que lleva el río, supone un incremento de caudal muy pequeño (menor del 5%).

Todo ello permite concluir que la magnitud del impacto es muy baja (0,2).

Valor del Impacto: Valor del Impacto = Incidencia x Magnitud = 0,6 x 0,2 = 0,12

Se juzga como impacto COMPATIBLE

Necesidad de medidas: No

Valor final del Impacto:

COMPATIBLE

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Impacto nº 12: Disminución de la infiltración del agua de lluvia por la urbanización en una superficie de recarga del acuífero cuaternario detrítico de Madrid.

Cruce: Factores ambientales: ▪ Recarga de acuíferos

Acciones del Plan: ▪ Fase funcionamiento. Presencia edificaciones, instalaciones, viales, etc.

Descripción: El desarrollo del suelo urbanizable contemplado por el Plan de Sectorización se traduce en una disminución de la infiltración del agua de lluvia en la superficie a urbanizar. El acuífero cuaternario detrítico, sobre el que se asienta la zona de estudio, se recarga fundamentalmente por la infiltración del agua de lluvia caída sobre los interfluvios.

Caracterización del

Efecto: ATRIBUTO CARACTERIZACIÓN

VALOR

NUMÉRICO

Signo Negativo -

Inmediatez Directo 1

Acumulación Simple 1

Sinergia No Sinérgico 1

Momento Corto Plazo 3

Persistencia Permanente 3

Reversibilidad Irreversible 3

Recuperabilidad Irrecuperable 1

Periodicidad No periódico 1

Continuidad Continuo 3

Cálculo de la Incidencia:

INCIDENCIA = I + 2A + 2S + M + 3P + 3R + 3RC + PR + C = 33

INCIDENCIA ESTANDARIZADA (Is=I-Imin/Imax-Imin) = 0,5

Cálculo de la Magnitud:

Para el cálculo de la magnitud se utilizan los siguientes indicadores:

La Unidad hidrogeológica Madrid-Talavera ocupa en la Comunidad de Madrid una amplia superficie, 1.784,22 Km2, dominando los materiales permeables. El Plan Sectorización ocupa una superficie insignificante de la unidad hidrogeológica, aproximadamente 0,8 km2 .

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Figura n º 18.

En todo caso, la urbanización no supone la impermeabilización total de los terrenos. Conviene señalar que existen pavimentos que permiten mejorar los porcentajes de agua de lluvia infiltrada y la posibilidad de instalación de depósitos de infiltración.

En vista de estas consideraciones se estima que la magnitud del impacto resulta baja (0,2).

Valor del Impacto: Valor del Impacto = Incidencia x Magnitud = 0,5 x 0,2 = 0,10

Se juzga como impacto COMPATIBLE

Necesidad de medidas:

No.

Valor final del impacto:

COMPATIBLE

5.5.5.2.- Impactos de sobreexplotación de recursos

En este apartado se van a tratar todos aquellos efectos ambientales que se derivan

de la extracción de bienes o servicios, del medio o de un ecosistema, por encima de

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las tasas de renovación, para los recursos naturales renovables, o a unos ritmos e

intensidades de uso inadecuados, en el caso de los recursos naturales no renovables.

En este sentido y para la zona de estudio se ha identificado dos impactos

fundamentalmente:

- AGUA. Las actividades en las que se concreta la Modificación, tanto en el

proceso de construcción de los desarrollos urbanísticos, como posteriormente,

durante el funcionamiento y puesta en marcha de la actividad, supone un

incremento en el consumo de agua.

- ENERGÍA. Las actividades en las que se concreta la Modificación, tanto en el

proceso de construcción de los desarrollos urbanísticos, como posteriormente,

durante el funcionamiento y puesta en marcha de la actividad, supone un

incremento en el consumo energético.

Impacto nº 13: Riesgo de sobreexplotación del recurso hídrico

Cruce: Factores

ambientales:

▪ Agua.

Acciones del Plan: ▪ Fase funcionamiento. Consumos.

Descripción: El Canal de Isabel II abastece de agua al municipio de San Fernando de Henares, con el que tiene firmado un “Convenio de Gestión Integral de Servicios de Distribución” con fecha 15 de marzo de 1993. Con fecha 25 de julio de 2003 el ayuntamiento de San Fernando de Henares y el Canal de Isabel II suscribieron una “Adenda al Convenio de Gestión” para la ejecución de infraestructuras hidráulicas necesarias para los desarrollos urbanísticos de este municipio. En la actualidad el término municipal de San Fernando de Henares se abastece con recursos procedentes del Sistema General de Abastecimiento del Canal de Isabel II que llegan al municipio a través de las arterias de San Fernando de Henares y de Torrejón de Ardoz. Existen varias tuberías del Canal de Isabel II que discurren por las proximidades del sector, destacando entre ellas la denominada arteria del segundo anillo de abastecimiento, con un diámetro de 1600 mm. En esta arteria se realizado una conexión mediante una tubería de 800 mm de diámetro, y que mediante una hinca atraviesa la M-115 para abastecer al SUE-PC “Las Castellanas”. El abastecimiento de agua potable al sector SUNP-2 se realizará desde la nueva tubería, de 800 mm de diámetro, pensada para suministrar conjuntamente al sector SUE-PC y al sector SUNP-2.

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Valor del Impacto: Al cumplir con lo establecido por el Canal de Isabel II, entidad pública concesionaria, se considera que no se producen impactos de sobreexplotación del recurso hídrico. No obstante en el apartado de medidas protectoras y correctoras de este documento se propone, que la normativa del Plan de Sectorización que se evalúa exija que los proyectos que desarrollen el Plan incluyan medidas tendentes al ahorro de agua como por ejemplo cisternas con doble dispositivo de descarga, grifos de cierre automático en servicios públicos, difusores en los grifos, utilización de especies autóctonas y austeras en consumo de agua en la jardinería, etc.

Se juzga como RIESGO BAJO

Impacto nº 14: Incremento del consumo de energía.

Cruce: Factores

ambientales:

▪ Recursos energéticos.

Acciones del Plan: ▪ Fase funcionamiento.

Consumos.

Descripción: Los desarrollos contemplados se traducen en un incremento de la demanda energética del municipio. El aumento de demanda de potencia y energía trae como consecuencia la necesidad de incrementar la generación y la capacidad de los sistemas de transmisión y distribución, con el consiguiente impacto sobre el medio a escala global (calentamiento global, efecto invernadero, etc.).

Valor del Impacto:

Los consumos estimados son los siguientes:

La reducida demanda no plantea problemas de corriente dado que se ha tenido en cuenta por la Compañía a la hora de planificar la demanda de todos los desarrollos industriales de la zona norte de la A-2.

Se juzga como RIESGO BAJO

Aún así se proponen dentro del capítulo dedicado apartado de medidas protectoras y correctoras de este documento las repercusiones ambientales negativas, que la normativa del Plan de Sectorización que se evalúa exija que los proyectos que desarrollen el Plan incluyan medidas tendentes al ahorro energético.

Uso Superficie m2

Edificabilidad m2c

Estándar w/m2

Potencia

Industria logística

65.387,50

32.684,41 60 1,96

Industria media

65.387,50 32.684,41 120 3,92

Se empresa única

65.387,50 32.684,41 150 4,90

Industria escaparate

65.387,50 32.684,41 130 4,2

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5.5.5.3.- Impactos de contaminación

Bajo este epígrafe se tratan aquellos efectos ambientales que se derivan de la emisión

de materiales o energía por una actividad en niveles que alteran la composición o la

dinámica natural de los vectores ambientales sobre los que actúan (atmósfera, agua

o suelo). Esta emisión acarrea, en muchos casos, consecuencias sobre el hombre,

los ecosistemas, la biocenosis o los bienes materiales; el responsable directo del

impacto es el nivel de inmisión y su manifestación los efectos citados. Por lo tanto se

incluyen efectos ambientales que provocan la superación de la capacidad de

asimilación de los vectores ambientales, y su traducción a unos niveles de inmisión

inaceptables.

Este tipo de efectos ambientales se evalúan en términos de riesgos teniendo en

cuenta que podrán o no ocurrir, con mayor o menor probabilidad dependiendo de las

actividades concretas que se desarrollen en el marco del Plan de Sectorización. A

priori se han identificado los siguientes:

• Riesgo de contaminación atmosférica

• Riesgo de contaminación acústica

• Riesgo de contaminación del suelo

• Riesgo de contaminación de las aguas

• Riesgo de contaminación lumínica

• Riesgo de contaminación electromagnética

El análisis y enjuiciamiento de estos impactos se realiza a continuación:

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Impacto nº 15: Riesgo de contaminación atmosférica

Cruce: Factores ambientales: ▪ Calidad del aire

Acciones del Plan: ▪ Fase de obras. Movimientos de tierras.

▪ Fase de obras. Circulación/ Funcionamiento de maquinaria.

▪ Fase funcionamiento. Emisiones.

▪ Fase funcionamiento. Incremento del tráfico rodado en las vías M-115, N-II y enlace con la M-45.

Descripción: Uno de los efectos ambientales asociado al nuevo desarrollo es el aumento de la emisión de gases y partículas diversas y de diferente procedencia a la atmósfera. Esta disminución en la calidad atmosférica actual se producirá en dos momentos:

1) Durante las obras de urbanización.

2) En la fase de funcionamiento y actividad del nuevo desarrollo industrial.

Situación inicial/Situación final:

Fase de obras

En la fase de construcción se producirá un incremento en la emisión de partículas con motivo de los movimientos de tierras, transporte de materiales, etc. Este hecho puede ocasionar niveles elevados de inmisión de partículas en suspensión y sedimentables.

Respecto a las emisiones derivadas del movimiento de tierras no se consideran un efecto de importancia, debido a las condiciones del terreno actual, con escasa pendiente, que permitirá al proyecto adaptarse al máximo a la topografía actual.

Respecto a las emisiones derivadas de la carga y descarga de camiones, tampoco se considera una acción de importancia y cuyos efectos pueden minimizarse con una ejecución cuidadosa de las obras.

En cualquier caso se han definido en el apartado a criterios de integración ambiental las oportunas medidas para evitar la aparición de este tipo de efectos.

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Fase de explotación

• Niveles de calidad del aire

Del estudio de los niveles de los distintos contaminantes registrados en las estaciones de referencia y publicados en la red por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, se deduce cierta contaminación atmosférica en la zona lo que unido a las características especificas del ámbito de estudio, al situarse en una zona donde ya se localizan otros polígonos industriales y estar rodeado de carreteras -principales fuentes de contaminación del aire-, hace conveniente limitar las emisiones de las actividades industriales que pueden ubicarse en el Sector. Así se prohíbe la localización en el Sector de las actividades que el Decreto 100/2011, que desarrolla la Ley 34/2007, incluye en el "Catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera".

• Emisiones debidas al tráfico de la zona de estudio:

Las carreteras que limitan el sector objeto de estudio, son: M-115, A-II y M-45. El aumento de tráfico derivado de los nuevos usos del suelo se ha estimado en 500 desplazamientos al día, según el estudio de tráfico realizado en Mayo de 2017. Este aumento es despreciable comparado con el número de vehículos que actualmente transitan por estas vías.

Hay que tener en cuenta que estos aumentos no son debidos al únicamente al desarrollo previsto, cuya influencia es escasa, sino en mayor medida por el desarrollo de los sectores circundantes.

Emisiones industriales:

Según la propuesta de sectorización, el área aproximada que ocuparán las nuevas industrias será de 65.387,50 m2. Por lo que la superficie dedicada al uso industrial aumentará 7 veces. Se considera asimismo que las nuevas industrias son limpias, al haberse limitado la instalación de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera por lo que la contaminación se derivará principalmente de los usos de calefacción y el agua caliente sanitaria. Por ello, se deduce, que principalmente aumentarán las emisiones de sulfuros (28,42 t/año) y de CO2 (86,16 t/año). Al igual que en el caso anterior se considera que el aumento de las emisiones es admisible.

Valor del Riesgo: Se juzga como BAJO

Necesidad de medidas:

Si. Se incluyen criterios para la protección del aire.

Valor final del impacto:

COMPATIBLE

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Impacto nº 16: Riesgo de contaminación acústica

Cruce: Factores

ambientales:

▪ Confort sonoro

Acciones del Plan: ▪ Fase de obras. Movimientos de tierras.

▪ Fase de obras. Circulación/ Funcionamiento de maquinaria.

▪ Fase funcionamiento. Emisiones. ▪ Fase funcionamiento.

Incremento del tráfico rodado en las vías M-115, N-II y enlace con la M-45.

Descripción: Consecuencia del desarrollo del Plan se va a modificar el actual confort sonoro. Concretamente se aumentan las fuentes productoras de ruido en las dos fases fundamentales:

a) Durante las obras de urbanización. Se producirá un incremento en los niveles sonoros -esencialmente diurnos- como consecuencia del desplazamiento y trabajos de la maquinaria pesada. Se trata de un impacto de fuerte intensidad pero de carácter temporal, limitado a la duración de la construcción que puede considerarse poco importante.

b) Durante el funcionamiento. Se producirá un incremento en los niveles sonoros diurnos y nocturnos asociados al aumento del volumen del tráfico inducido por el crecimiento previsto. Por otra parte, además de la carretera, la actividad que se desarrolle en las áreas industriales y comerciales, ocasionarán ruidos de diversa índole.

Valor del Impacto:

El uso predominante propuesto para el sector es industrial, zona de sensibilidad acústica Tipo b,Real Decreto 1038/2012, de 6 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas. Como consecuencia del desarrollo propuesto, en los planos de ruido resultantes (ver del Estudio Acústico). Los niveles de inmisión estimados, provocados por el tráfico que circula por la vías que rodean al ámbito, provocan en el escenario postoperacional una ligera afección acústica en el periodo nocturno.

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El sector se encontraría dentro de la zona de servidumbre acústica del aeropuerto, zona dónde se podrían superar los 60 dB(A) en los periodos del día y de la tarde y los 50dB(A) en el periodo nocturno. No obstante el análisis del mapa estratégico de ruido de esta infraestructura muestra que en ningún caso se superarían los límites establecidos como objetivos de calidad para el tipo de área acústica que nos ocupa.

Necesidad de medidas:

Si. Se incluyen medidas correctoras y/o preventivas dirigidas al cumplimiento de los niveles de inmisión acústica en el periodo nocturno, no existiendo problemas en el periodo diurno.

Valor final del impacto:

No obstante del estudio acústico se deduce que los niveles acústicos que se preveen, adoptando las medidas correctoras propuestas, serán perfectamente compatibles con el uso industrial predominante.

COMPATIBLE

Impacto nº 17: Riesgo de contaminación del suelo

Cruce: Factores ambientales:

▪ Suelo y subsuelo

Acciones del Plan: ▪ Fase obras. Movimientos de tierras

▪ Fase obras. Circulación maquinaria

▪ Fase funcionamiento. Residuos.

▪ Fase de funcionamiento. Vertidos.

Descripción: El riesgo de contaminación del suelo aparece asociado durante la fase de obras a la posibilidad de que se produzcan vertidos accidentales al sustrato. Durante la fase de funcionamiento, el riesgo de contaminación se asocia fundamentalmente a los vertidos y residuos que van a generarse consecuencia, de la actividad industrial y terciaria en la zona.

Valor del Impacto: Este impacto no debe producirse siempre y cuando, tanto en la fase de obras como en la de funcionamiento, las actividades potencialmente contaminadoras se ajusten a la normativa existente en materia de vertidos y residuos. El presente Estudio de impacto plantea una serie de medidas a incorporar en el Plan de Sectorización que garanticen la incorporación de las determinaciones especificadas en la normativa vigente.

La contaminación, de producirse tendría carácter puntual, máxime si se tiene en cuenta que gran parte del sector será asfaltado.

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Por otra parte, con fecha 2011 se realizó un estudio de caracterización analítica de la calidad del suelos. Todos los resultados se han comparado con niveles genéricos de referencia establecidos en la Norma de la Comunidad de Madrid para uso Industrial del suelo y con los correspondientes al real Decreto 9/2005. Los resultados obtenidos han mostrado concentraciones de hidrocarburos totales superiores a los NGR en tres de las muestras. Todas las demás muestras y los compuestos analizados se encuentran por debajo de los NGR. Las muestras con concentraciones de hidrocarburos totales por encima de los NGR están localizadas en emplazamientos donde se han producido derrames asociados a los fosos de los antiguos talleres, vertidos de residuos peligrosos rellenos de materiales con restos procedentes del antiguo desguace de coches. Entre el año 2011 y 2013 no se han registrado actividades o usos de suelo que hayan supuesto un incremento en el estado de contaminación del sector registrada en 2011. A partir de 2014 se realiza una serie de actuaciones que se inician con la demolición de las instalaciones de Mundoasy y la creación de una explanada aportando restos de demolición proveniente de fresado o demolición de carreteras que ocupa una extensión significativa y que ha sido ocupada hasta la fecha de hoy por una empresa de grúas como campa para grúas de diferente tonelaje, así mismo, se realizan labores de mantenimiento en una de las naves existentes. Tanto en el exterior de las naves como en la propia explanada se aprecia contaminación por vertido de aceites e hidrocarburos, que unido a la acumulación de restos de pavimentos de aglomerado asfáltico que pueden resultar contaminante según su composición se considera necesario realizar una valoración más exahustiva de la contaminación que ha sufrido el suelo desde 2011.

Por ello parece conveniente que el informe que se someta a informe definitivo de análisis ambiental incluya un Estudio de Caracterización Analítica en la zona de la parcela actualmente ocupada por esta actividad.

Valor final del impacto:

COMPATIBLE

Impacto nº 18: Riesgo de contaminación del agua

Cruce: Factores ambientales:

▪ Aguas superficiales

▪ Aguas subterráneas

Acciones del Plan: ▪ Fase funcionamiento. Efluentes. Incremento del volumen de aguas residuales.

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Descripción: Valor final del impacto: Necesidad de medidas: Valor final del impacto:

El riesgo de contaminación de las aguas asociado al Plan de Sectorización se concreta en los siguientes aspectos.

▪ AGUAS SUBTERRÁNEAS. Teniendo en cuenta que el Sector SUNP-2 se encuentra en una zona muy vulnerable a la contaminación de acuíferos el riesgo de contaminación procede de:

- Durante la fase de obras. Vertidos (aceites, combustibles, etc.) asociados a la presencia de maquinaria.

- Durante la fase de funcionamiento. A pesar de que la zonas industriales van a estar asfaltadas y las aguas pluviales y residuales son directamente colectadas y conducidas a los sistemas de depuración se asume un cierto riesgo asociado a la posibilidad de que se produzcan vertidos incontrolados en las zonas verdes.

▪ AGUAS SUPERFICIALES. Teniendo en cuenta que el Sector SUNP-2 no cuenta con ningún cauce de agua en su perímetro, el riesgo se asocia a la fase de funcionamiento.

Para la evacuación de aguas pluviales y fecales los promotores del sector se han integrado en el conjunto de sector del Suelo Urbanizable Sectorizado y sus vertidos han sido considerados en el Plan Especial del Trazado del Doblado del emisario Ajalvir-Daganzo para su dimensionamiento. Tal como se justifica en el mismo, el vertido será unitario previa la instalación de un laminador, toda vez que, debido a las cotas del terreno y a las infraestructuras y puntos de vertido existentes, resulta más favorable para la protección del dominio público hidráulico.

Se juzga el riesgo como BAJO

Si. Se incluyen medidas para garantizar la protección de las aguas.

COMPATIBLE

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Impacto nº 19: Riesgo de contaminación lumínica

Cruce: Factores ambientales: ▪ Cielo nocturno

Acciones del Plan: ▪ Fase funcionamiento. Alumbrado

exterior.

Descripción: La contaminación lumínica es el brillo o resplandor de luz en el cielo nocturno producido por la reflexión y difusión de luz artificial en los gases y en las partículas del aire por el uso de luminarias inadecuadas y/o excesos de iluminación. El mal apantallamiento de la iluminación de exteriores envía la luz de forma directa hacia el cielo en vez de ser utilizada para iluminar el suelo, lo que conlleva una serie de consecuencias negativas tales como:

▪ Incremento del gasto y costo energético. Aumento indirecto en el consumo de combustibles, emisiones de CO2, NOX, y SO2 y otras partículas.

▪ Molestias visuales causadas por la iluminación “agresiva” de las fuentes de luz. La visibilidad se torna escasa y empeora en la medida que la intensidad de la fuente aumenta, incrementando así el deslumbramiento de conductores de vehículos, disminuyendo la seguridad vial, las molestias a la población residente, etc.

▪ Se perturba el medio ambiente nocturno lo que tiene efectos medioambientales sobre la vida de los animales: deslumbramiento y desorientación en aves, alteración de costumbres y hábitos nocturnos (reproducción, migraciones, etc.) de especies como murciélagos, insectos, anfibios, etc. Se rompe, además, el equilibrio poblacional de las especies, porque algunas son ciegas a ciertas longitudes de onda de luz y otras no, con lo cual las depredadoras pueden prosperar, mientras se extinguen las depredadas. Finalmente, la flora se ve afectada al disminuir los insectos que realizan la polinización de ciertas plantas.

▪ Se generan de residuos sólidos de alta toxicidad que no se reciclan adecuadamente. Las lámparas de alumbrado llevan mercurio, cadmio y otros metales pesados tóxicos para los seres vivos.

▪ La emisión indiscriminada de luz hacia el cielo y su dispersión en la atmósfera supone la destrucción del paisaje nocturno al ocasionar la desaparición progresiva de los astros. Algunos de ellos no tienen un brillo puntual como las estrellas, sino que son extensos y difusos (las nebulosas y las galaxias) y, por esta razón, son los primeros en resultar afectados.

Situación inicial: La zona de estudio se localiza en un entorno antropizado en el que la iluminación nocturna de los actuales desarrollos (M-115, A-2, polígonos industriales de San Fernando y La Castellana.) tiene ya efectos sobre el cielo nocturno.

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La M-115 y la A-2 son vías que cuentan con alumbrado.

Parte del alumbrado de la A-2 se encuentra dentro de la misma parcela.

Situación final: No se produce un incremento notable de la contaminación lumínica por los desarrollos contemplados en el Plan de Sectorización en tanto en cuanto se incorporen las adecuadas medidas.

Valor del Riesgo: Se juzga el riesgo como BAJO

Necesidad de medidas:

Si. Se incluyen medidas para garantizar la protección del cielo nocturno.

Valor final del impacto:

COMPATIBLE

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Impacto nº 20: Riesgo de contaminación electromagnética

Cruce: Factores ambientales: ▪ Seguridad y salud de las personas

Acciones del Plan: ▪ Fase de funcionamiento.

Presencia de tendidos eléctricos.

Descripción: Por el sector discurre una línea de media tensión de 20 KV, paralela a la M-115 justo en el límite con la vía pecuaria y en algunos tramos incluida dentro de la misma. Asimismo, existe una red telefónica y otros tendidos eléctricos aéreos de nivel puramente local para servicio de las edificaciones descritas que desaparecerán conjuntamente con ellas.

Dado que la existencia de líneas eléctricas aéreas próximas a edificaciones, produce impacto medio ambiental y con fin de dar cumplimiento al Decreto 131/1997, de 16 de octubre (Comunidad de Madrid) por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas el Plan de Sectorización contempla su soterramiento.

Situación inicial: El ámbito de estudio es atravesado por una línea de media tensión de 20 KV. Además existe una red telefónica y otros tendidos eléctricos aéreos de nivel puramente local para servicio de las edificaciones existentes que desaparecerán conjuntamente con ellas.

Situación final: Línea soterrada.

Valor del Riesgo: Se juzga como BAJO

Necesidad de medidas:

Si. El Plan de Sectorización queda sometido al cumplimiento del Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas.

Valor final del impacto:

COMPATIBLE

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5.5.6.- Otros impactos

Bajo este epígrafe se recogen aquellos otros impactos que dadas sus características

no pueden ser incluidos en los tipos anteriores. Concretamente se han identificado:

• Efectos del Plan sobre las actividades económicas y el empleo en el

municipio de San Fernando de Henares.

• Afección a la estructura territorial del municipio.

• Efectos del Plan sobre otras infraestructuras.

• Riesgos sobre la seguridad y la salud de las personas.

Impacto nº 21: Efectos del Plan sobre las actividades económicas y el empleo en el municipio de San Fernando de Henares.

Cruce: Factores ambientales:

▪ Actividades económicas y

empleo

Acciones del Plan: ▪ Fase obras.

▪ Fase de funcionamiento. Actividad.

Descripción: La ejecución y el funcionamiento de las actividades previstas en el Plan de Sectorización tienen una incidencia favorable sobre la economía del municipio. Las nuevas actividades que se desarrollen suponen una importante fuente de empleo tanto para la población local como para vecinos de otros municipios próximos.

Valor del Impacto:

Teniendo en cuenta que la tasa de paro aumentó desde un 3.8.en el año 2006 hasta un máximo de 16.87 en el 2013 y un 11.59 en el año 2016, se puede deducir que el paro experimento un aumento desorbitado hasta el año 2013 consecuencia de la crisis que afectó a todo el país, a partir de 2013, ayudado por el desarrollo industrial del municipio ha ido descendiendo hasta la tasa actual. La instalación de nuevas fuentes productivas en el municipio resulta altamente beneficiosa para la economía local.

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Paro registrado en % s/población total

2016 2015 2014 2013 2012 2011

San

Fernando

de Henares 11.59 13.54 15.32 16.87 16.58 14.66

MUY POSITIVO

Impacto n º 22: Riesgos sobre la seguridad y salud de las personas

Cruce: Factores ambientales: ▪ Seguridad y salud de las personas.

Acciones del Plan: ▪ Fase de obras. Movimiento de

maquinaria en zonas próximas a núcleos de población.

Descripción: Los riesgos para las personas se producirán fundamentalmente durante las obras de urbanización del plan.

Se considera el impacto compatible, ya que por un lado los riesgos durante la fase de construcción deben ser evitados con la aplicación de la legislación vigente sobre Seguridad y Salud. Los proyectos de urbanización llevarán su correspondiente estudio o proyecto de seguridad y salud, que se aplicará durante la fase de ejecución.

En lo que se refiere a las consecuencias en la salud y la seguridad de la población potencialmente afectada durante la fase de funcionamiento, ya ha sido considerada implícitamente en la evaluación de los impactos.

Valor final del impacto:

COMPATIBLE

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Impacto nº 23: Afección a la estructura territorial del municipio.

Cruce: Factores

ambientales:

▪ Estructura territorial

Acciones del Plan: ▪ Fase funcionamiento. Actividad.

Descripción: El desarrollo del Sector se enmarca dentro del Plan General del municipio, y por tanto, su desarrollo contribuye a la consecución del modelo territorial planteado en este último, y más ambicioso, plan de ordenación. En este sentido, conviene dejar claro que el Plan de Sectorización aprovecha las oportunidades que le brinda la privilegiada situación del área, accesible desde vías de comunicación muy importantes.

Debido a la escasa superficie del sector, su impacto en las redes exteriores es mínimo y ha sido tenido en cuenta por el Plan General, toda vez que hasta una última fase se consideró el ámbito como un sector más del suelo urbanizable programado sin que como consecuencia de su desprogramación se modificaran las características de las redes previstas en dicho Plan General.

Valor del Impacto: La solución propuesta no sólo queda perfectamente no solo no contradice sino que favorece el desarrollo del modelo territorial del Plan General, y la solución de los problemas de abastecimiento y saneamiento del conjunto de los suelos industriales.

POSITIVO

Impacto nº 24: Efectos del Plan sobre otras infraestructuras.

Cruce: Factores

ambientales:

▪ Infraestructura viaria ▪ Infraestructura de

abastecimiento de agua ▪ Infraestructura de saneamiento ▪ Infraestructura de

abastecimiento de energía

Acciones del Plan: ▪ Fase funcionamiento.

Descripción: El modo en que el desarrollo del Plan repercute en el resto de infraestructuras municipales es el siguiente:

- Sobre la Red de Transporte Público Por la escasa entidad de la actuación no puede suponer un cambio apreciable en la demanda de transporte público, si se tiene en cuenta, además que en ese mismo margen de la A-2, existe en este momento en desarrollo una superficie de suelo cercana a los cuatro millones de metros cuadrados entre San Fernando de Henares y Torrejón de Ardoz.

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La colindancia de la A-2 por la que actualmente discurren las líneas de autobuses: 224-225: Madrid-Torrejón de Ardoz; 251: Madrid-Torrejón de Ardoz–Daganzo-Valdivieso y 261: Madrid-Nuevo Baztán-Villar del Olmo, asegura un buen servicio de transporte público. No obstante la gran superficie en vías de urbanización o desarrollo ha permitido plantear la propuesta, que se ha incluido en los sectores del Suelo Sectorizado de San Fernando de Henares, de una línea circular de microbuses que conectaría los apeaderos de cercanías de San Fernando y Torrejón, con la estaciones de METRO de San Fernando en la Plaza de Fernando VI y que recorrerían los diferentes polígonos industriales con el itinerario que se indica en el esquema adjunto y que posibilitaría una conectividad entre todos ellos con recorridos hasta la parada no superiores a los 500 m.

- Sobre la Red de Abastecimiento de agua

La red de abastecimiento de agua se ha diseñado de forma coordinada con el resto de los sectores de San Fernando y de acuerdo con los requerimientos del Canal de Isabel II y la addenda al Convenio suscrito por el Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de San Fernando de Henares.

Se ha diseñado un saneamiento separativo considerando dos grandes parcelas de 15.756,21 m2 y 23.476,29 m2, con un punto de vertido al Doblado del emisario actual cada una de ellas. Para el cálculo de los caudales se ha partido de las recomendaciones del Canal de Isabel II, en sus Normas para Redes de Saneamiento, resultando un vertido por para cada una de las dos parcelas de 0,31 l/s y 0,46 l/s de caudal mínimo respectivamente y 3,78 l/s y 5,15 l/s de caudal punta. En total 8,93 l/s.

- Pluviales. De acuerdo con la cálculos llevados a cabo por el Plan Especial del Colector Doblado del emisario Ajalvir-Daganzo que se encuentra en tramitación en el momento de redactarse este Plan de Sectorización, la máxima protección del Dominio Público Hidráulico, teniendo en cuenta la topografía y el punto de vertido en el que desembocaría una red separativa de pluviales para los sectores situados al Norte de la A-2 y al Sur de la M-50, aconseja una red unitaria para los sectores citados SUP-I 4, SUP-I 5, SUP I-6 y SUNP-2 pues el aumento de caudal de vertido al colector se ve compensado por el desplazamiento del punto de vertido aguas abajo, una vez sobrepasado el núcleo de San Fernando. Con objeto de reducir al máximo el volumen de agua vertido al Doblado se propone infiltrar en el terreno todo el caudal de lluvia, ya que se dispone para ello de toda la superficie comprendida entre la línea de edificación y el límite del suelo edificable en la que se situarían dos depósitos de infiltración, y, en cualquier caso, se califica una reserva específica en la que se localiza un último tanque regulador, de manera que el volumen total de almacenamiento ascendería a 589,20 m3, que garantizaría que en ningún caso se vertería un volumen superior a 19,5 l/s, diferencia entre el vertido considerado en el Plan Especial del Doblado y el vertido de aguas residuales anteriormente reseñado.

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- Sobre la Red de Energía Eléctrica

La reducida demanda no plantea problemas de corriente dado que se ha tenido en cuenta por la Compañía a la hora de planificar la demanda de todos los desarrollos industriales de la zona norte de la A-2.

- Sobre la Red de Gas

No se prevé red de gas.

- Sobre la Red de Telefonía y Comunicaciones

La conexion de las líneas de telecomunicaciones se realizan desde la canalización proyectada en el sector SUE-PC “Las Castellanas” ubicada al otro lado de la M-115. Para ello será necesario atravesar dicha carretera mediante una hinca. Las canalizaciones telefónicas están compuestas por grupos de tubos de PVC de 110 mm de diámetro, lisos, de 4 conductos, protegidos con hormigón HM-15,

Valor final del

impacto:

COMPATIBLE

5.5.7.- Síntesis de la afección ambiental del Plan.

TABLA SINTÉTICA DE LA AFECCIÓN AMBIENTAL DEL PLAN

Denominación del impacto Naturaleza Valor del efecto

sin medidas

Valor del efecto

con medidas

Impactos de ocupación y transformación del Espacio:

Impacto nº 1: Afecciones sobre el clima Negativo NO SIGNIFICATIVO NO SIGNIFICATIVO

Impacto nº 2: Incidencia sobre el Parque

Regional de los Cursos Bajos de los ríos

Manzanares y Jarama

Negativo NO SIGNIFICATIVO NO SIGNIFICATIVO

Impacto nº 3: Modificación de la

Topografía Natural Negativo NO SIGNIFICATIVO NO SIGNIFICATIVO

Impacto nº 4: Desbroce y despeje de la

vegetación Positivo NO SIGNIFICATIVO NO SIGNIFICATIVO

Impacto nº 5: Afección a la fauna y a los

hábitats faunísticos Negativo NO SIGNIFICATIVO NO SIGNIFICATIVO

Impacto nº 7: Ocupación y alteración del

funcionamiento de la vía pecuaria. Positivo POSITIVO POSITIVO

Impacto nº 8: Pérdida de suelo de interés

agronómico Negativo COMPATIBLE COMPATIBLE

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TABLA SINTÉTICA DE LA AFECCIÓN AMBIENTAL DEL PLAN

Denominación del impacto Naturaleza Valor del efecto

sin medidas

Valor del efecto

con medidas

Impacto nº 9: Transformación de las

unidades de paisaje y alteración del

potencial de vistas desde vías de acceso.

Positivo POSITIVO POSITIVO

Impacto nº 10: Ocupación y transformación

de un área arqueológica tipo A. Negativo SEVERO COMPATIBLE

Impacto nº 11: Alteración del drenaje

superficial en los terrenos por el cambio de

uso.

Negativo COMPATIBLE COMPATIBLE

Impacto nº 12: Disminución de la

infiltración del agua de lluvia por la

urbanización en una superficie de recarga

del acuífero cuaternario detrítico de Madrid.

Negativo COMPATIBLE COMPATIBLE

Impactos de sobreexplotación de recursos:

Impacto nº 6: Extracción de áridos para las

obras de urbanización Negativo NO SIGNIFICATIVO NO SIGNIFICATIVO

Impacto nº 13: Riesgo de sobreexplotación

del recurso hídrico Negativo COMPATIBLE COMPATIBLE

Impacto nº 14: Incremento del consumo de

energía. Negativo COMPATIBLE COMPATIBLE

Impactos de contaminación:

Impacto nº 14: Riesgo de contaminación

atmosférica Negativo COMPATIBLE COMPATIBLE

Impacto nº 15: Riesgo de contaminación

acústica Negativo SEVERO COMPATIBLE

Impacto nº 16: Riesgo de contaminación

del suelo Negativo COMPATIBLE COMPATIBLE

Impacto nº 17: Riesgo de contaminación

del agua Negativo COMPATIBLE COMPATIBLE

Impacto nº 18: Riesgo de contaminación

lumínica Negativo COMPATIBLE COMPATIBLE

Impacto nº 19: Riesgo de contaminación

electromagnética Negativo COMPATIBLE COMPATIBLE

Impactos de índole diversa:

Impacto nº 20: Efectos del Plan sobre las

actividades económicas y el empleo en el

municipio de San Fernando de Henares

Muy

positivo POSITIVO POSITIVO

Impacto nº 21: Riesgos sobre la seguridad

y salud de las personas Negativo COMPATIBLE COMPATIBLE

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TABLA SINTÉTICA DE LA AFECCIÓN AMBIENTAL DEL PLAN

Denominación del impacto Naturaleza Valor del efecto

sin medidas

Valor del efecto

con medidas

Impacto nº 22: Afección a la estructura

territorial del municipio Positivo POSITIVO POSITIVO

Impacto nº 23: Efectos del Plan sobre

otras infraestructuras Negativo COMPATIBLE COMPATIBLE

5.5.8.- Impactos potenciales derivados del cambio climático.

La valoración de los impactos potenciales sobre el cambio climático en alineación con

la normativa de Evaluación, recoge implícitamente un enfoque claro de la valoración

del impacto potencial en términos de mitigación, entendiendo como tal, a escala del

planeamiento, la contribución a la reducción de las fuentes de emisiones o absorción

de estas en sumideros.

En el apartado medidas protectoras y correctoras de este documento se enumeran

una serie de acciones en términos de mitigación.

El punto de partida de la adaptación al cambio climático es el análisis de la

vulnerabilidad propia ante la climatología actual y la que pueda presentarse en el

futuro.

La forma en que los impactos afectan a los sistemas, depende de la magnitud de las

consecuencias de dichos impactos, y de la probabilidad de que ocurran en un lugar

determinado para un período de tiempo concreto.

Estas dos componentes del impacto, magnitud y probabilidad, definen el riesgo

derivado de cada impacto.

Por otro lado, el riesgo propio que enfrenta cada sistema, depende de su exposición

al impacto y de la sensibilidad propia del sistema al impacto (vulnerabilidad), ya que,

ante un mismo impacto, diferentes sistemas reaccionan de manera distinta.

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Por vulnerabilidad se entiende el grado de susceptibilidad o de incapacidad de un

sistema para afrontar los efectos adversos del cambio climático y, en particular, la

variabilidad del clima y los fenómenos extremos. La vulnerabilidad dependerá del

carácter, magnitud y rapidez del cambio a que esté expuesto un sistema, así como de

las características intrínsecas del sistema expuesto.

En el caso que nos ocupa, teniendo en cuenta la baja calidad ambiental de la zona, la

vulnerabilidad que presenta ante los potenciales impactos producidos por el cambio

climático es nula, por tanto el riesgo resultado del producto de la vulnerabilidad,

peligrosidad y exposición resulta igualmente nulo.

Los principales efectos globales derivados de un incremento de temperatura en la

atmósfera, que cuentan con una mayor probabilidad de ocurrencia son:

▪ Aumento del nivel del mar. ▪ Cambios en los patrones de temperatura. ▪ Cambios en los patrones de precipitación. ▪ Cambios en las superficies nevadas. ▪ Mayor frecuencia de eventos meteorológicos extremos.

Los mencionados impactos, pueden provocar, una serie de consecuencias, es decir,

aquellas perturbaciones experimentadas por el sistema.

La geomorfología y características geológicas del entorno afectado por el plan

sectorial, no son susceptibles de sufrir alteraciones derivadas del cambio climático que

puedan incidir de forma directa en las actuaciones derivadas del proyecto. Teniendo

en cuenta la naturaleza geológica del substrato y las características del proyecto, los

fenómenos de riesgo por aumento de la erosión o la inestabilidad y deslizamiento de

tierras u otros fenómenos consecuencia de cambios meteorológicos adversos,

tendrán escasa incidencia y las medida de mitigación se pueden prever a largo plazo

minimizando su incidencia, con actuaciones encaminadas a preservar el suelo del

riesgo de erosión, que puede tener una mayor incidencia nivel global por el cambio

climático.

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El plan ocupa áreas muy degradadas donde la fauna y vegetación autóctona están

poco o nada representadas, por tanto la incidencia de los posibles impactos y las

consecuencias derivadas de potenciales modificaciones por el cambio climático

tendrán nula incidencia en este aspecto.

Uno de los efectos ambientales asociado al nuevo desarrollo es el aumento de la

emisión de gases y partículas diversas y de diferente procedencia a la atmósfera,

causado por las emisiones del tráfico y de la nueva industria, se considera asimismo

que las nuevas industrias son limpias, al haberse limitado la instalación de

actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (se prohíbe la

localización en el Sector de las actividades que el Decreto 100/2011, que desarrolla

la Ley 34/2007. incluye en el "Catálogo de actividades potencialmente

contaminadoras de la atmósfera"), por lo que la contaminación se derivará

principalmente de los usos de calefacción y el agua caliente sanitaria, tal y como se

ha detallado en el apartado de impactos significativos.

El aumento en las emisiones de gases de efecto invernadero pueden contribuir al

cambio climático, si bien la incidencia del plan de actuación programado para este

sector es ínfima a nivel global.

5.6.- CONCLUSIONES CAPACIDAD DE ACOGIDA.

Analizada la capacidad de acogida en términos del modelo Impacto/Aptitud recogido

en la publicación Ordenación Territorial (Gómez Orea, D. 2001), para la zona de

estudio:

- Los impactos ambientales señalados pueden ser debidamente minimizados con la aplicación de las correspondientes medidas protectoras, correctoras y compensatorias. De forma que, el impacto global resulte compatible.

- La aptitud del territorio frente a los usos es muy buena dada la buena comunicación del Sector (A-2, M-50, M-206 y M115) y la facilidad de dotarlo de servicios (abastecimiento eléctrico, gas, saneamiento, etc.).

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Únicamente parece conveniente limitar las emisiones de las actividades industriales

que puedan ubicarse en el Sector dada su ubicación en una zona donde ya se

localizan otros polígonos industriales y estar rodeado de carreteras -principales

fuentes de contaminación del aire-. Así parece conveniente prohibir la localización en

el sector de las actividades incluidas en el "Catálogo de actividades potencialmente

contaminadoras de la atmósfera" Decreto 100/2011, que desarrolla la Ley 34/2007.

Con esta limitación se considera que el territorio analizado es capaz de acoger, sin

grave deterioro de las condiciones ambientales del entorno, siempre cuando se

apliquen las medidas protectoras, correctoras y compensatorias que se indican en el

presente Estudio, los usos planteados por el Plan de Sectorización.

6.- EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LOS PLANES SECTORIALES Y

TERRITORIALES CONCURRENTES.

A continuación, se indican los Planes sectoriales y territoriales relacionados con el

Plan Sectorial, valorando su incidencia.

▪ Plan Hidrológico del segundo ciclo de planificación de la parte española

de la demarcación hidrográfica del Tajo:

El Plan Hidrológico de la parte española de la demarcación hidrográfica del Tajo

(2015-2021), se elabora en cumplimiento del proceso cíclico de planificación

introducido por la Directiva Marco del Agua (DMA), que establece el marco

comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas. Dicha

planificación trata de compatibilizar las distintas necesidades de la sociedad

con una gestión racional que permita el desarrollo sostenible, y garantice el

buen estado ecológico de los sistemas hídricos naturales.

El Plan de Sectorización contempla medidas para evitar el deterioro de los

recursos hídricos y favorece la protección del dominio público hidráulico.

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▪ Plan Forestal de la Comunidad de Madrid 2000-2019:

El Plan Forestal de la Comunidad de Madrid 2000-2019 tiene por objeto definir

y ejecutar una política forestal según los objetivos marcados por la ley 16/1995,

Forestal y de Protección de la Naturaleza. El Plan establece las directrices,

programas, actuaciones, inversiones y fases de ejecución de la política forestal

y de conservación de la naturaleza, y establece los mecanismos de

seguimiento y evaluación necesarios para su cumplimiento.

El Plan Sectorial no afecta a explotaciones forestales de utilidad pública o

montes en régimen especial, y no tendrá incidencias negativas sobre recursos

forestales, por tanto, no se considera incompatible con el Plan Forestal.

▪ Estrategia de Calidad del Aire y Cambio Climático de la Comunidad de

Madrid (2013-2020). Plan azul + :

La Estrategia de Calidad del Aire y Cambio Climático ha sido elaborada con el

objetivo de mejorar la calidad del aire de la Comunidad de Madrid, disminuir las

emisiones de gases de efecto invernadero e implantar medidas de mitigación y

adaptación al cambio climático, contando con la colaboración de las

administraciones locales en el ámbito de sus competencias, y muy

especialmente de aquellos municipios de más de 100.000 habitantes, para

quienes se establece en la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, la necesidad de

adoptar planes y programas para el cumplimiento de los objetivos de calidad

del aire.

El Plan Especial se ajustará a los objetivos que recoge la Estrategia mediante

la elaboración de un plan de medidas encaminadas a la reducción del consumo

energético y favorecer al control de las emisiones de gases de efecto

invernadero (GEI) y otros contaminantes a la atmósfera.

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▪ Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid:

La nueva Estrategia de Gestión Sostenible de los Residuos de la Comunidad

de Madrid (2017-2024) pretende desarrollar las medidas oportunas para hacer

frente al creciente desafío que supone aprovechar los recursos contenidos en

los residuos y limitar su impacto en el medio ambiente y en el clima y adaptar

la gestión de los residuos a las nuevas exigencias de las Directivas europeas.

La Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid (2006-2016)

permanecerá, no obstante, vigente, en tanto no se apruebe la nueva Estrategia.

La Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid (2006 – 2016) establece

el marco general en el que desarrollar la gestión de los residuos que se

producen en la región.

Este instrumento de planificación se fundamenta en una serie de principios,

como son:

· Reducción de la cantidad de residuos que se producen o, al menos, la

peligrosidad de las sustancias contaminantes presentes en los mismos.

· Reducción, reutilización, reciclado y otras formas de valorización prioritarias

frente a la eliminación.

· Correcta gestión de los residuos.

· Reducción de los impactos adversos sobre la salud humana y el

medioambiente, de los residuos generados.

El plan Especial se ajustará a los principios de esta Estrategia mediante la

elaboración de un plan de las medidas necesarias para reducir y gestionar los

residuos.

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▪ Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad2011-2017.

El Plan Estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017

(PEPNB), aprobado por Real Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre,

constituye el instrumento fundamental para la conservación y el uso sostenible

de la biodiversidad biológica y representa la aplicación del Plan Estratégico del

Convenio sobre Diversidad Biológica en España.

El Plan Sectorial se considera compatible con este Plan Estratégico ya que no

afecta a espacios naturales protegidos ni representa ninguna amenaza sobre

especies de flora y fauna silvestres protegidas, contemplando medidas

encaminadas a minimizar afecciones y preservar la biodiversidad en su ámbito

territorial.

7.- MOTIVOS DE SELECCIÓN DE LAS ALTERNATIVAS CONTEMPLADAS.

Se han analizado tres alternativas junto con la alternativa cero, todas ellas

condicionadas por la impermeabilidad de los bordes, excepto el NO desde el que se

accede al sector en un punto totalmente definido.

7.1.- DESCRIPCIÓN DE LA ALTERNATIVA CERO.

Previamente se hace notar que se trata de un ámbito que, hasta tanto no se apruebe

el Plan de Sectorización, tiene el régimen del suelo no urbanizable, caracterizado por

su pequeño tamaño, por su situación en el interior de un enlace entre dos autovías

que impide su destino a usos agrícolas, y por estar parcialmente ocupado por unos

almacenes/talleres/depósito de vehículos y chatarra que el Plan General deja fuera de

ordenación.

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En estas circunstancias la alternativa 0 habría consistido en el mantenimiento de este

depósito cada vez en situación más precaria y con un impacto muy negativo para la

calidad del paisaje del entorno, salvo que se emitieran órdenes de ejecución para la

rehabilitación de las instalaciones existentes, algo muy problemático toda vez que se

sitúan hacia el interior de la línea de edificación de la A-2 o, alternativamente, su

derribo y retirada de escombros. Debido a la citada imposibilidad del uso agrícola, por

otra parte desaparecido en todo el entorno, estas operaciones de recuperación

deberían ser acometidas, muy posiblemente, por el Ayuntamiento o la Comunidad de

Madrid, lo que no parece socialmente prioritario.

El desarrollo urbanístico supondrá la desaparición de las edificaciones y el destino del

suelo a la implantación de nuevas actividades que, fuera cual fuere la solución de

diseño, daría como resultado una implantación de calidad urbana superior a la actual

y a la que resultaría de la proyección de la situación actual en el supuesto de no

intervención.

7.1.1.- Ordenaciones alternativas.

Los fuertes condicionantes de borde de los que resulta un sector con solo un punto de

acceso posible, y la inexistencia de redes públicas de equipamientos y servicios que,

por otra parte, serían de escasa funcionalidad, limitan las alternativas posibles al

tamaño mínimo de parcela.

Alternativa 1- Parcelas independientes de reducido tamaño (1.000 m2) con una red

viaria interior que garantizara su accesibilidad.

Alternativa 2- Parcelas de gran tamaño (mayor de 20.000 m2), con dos variantes: con

y sin viario público.

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Figura nº 19.

7.1.2.- Cumplimiento de objetivos.

Objetivo 1.1.

Las alternativas que mejor cumple el objetivo es la 2, toda vez que la demanda actual

en la zona es exclusivamente de parcelas de gran tamaño, siendo poco atractiva para

la pequeña industria un área muy cerrada que potenciaría la invisibilidad de las

instalaciones sin fachada a las autovías, que serían la inmensa mayoría.

Dentro de la alternativa 2, la reducción al mínimo del viario interior ampliaría el abanico

de la oferta y la superficie máxima a ofrecer. Por otra parte, es mucho más factible la

previsión de un polígono único con viario mancomunado en caso de que se optara por

un tamaño de parcela reducido que optar por la previsión de un viario público que

habría de ser suprimido en caso de optar por una única parcela que es la opción más

racional y probable.

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La alternativa cero no permite el desarrollo industrial, salva con espediente de

calificación urbanística,ya que al suelo le sería de aplicación el régimen del No

Urbanizable.

Objetivo 1.2.

La accesibilidad desde el exterior es la misma para todas las alternativas ya que todas

incluyen la misma y única posible conexión con la M-115. La percepción desde el

entorno es mayor para grandes instalaciones que para mini-polígonos, salvo que se

tratara de conjuntos unitarios, en cualquier caso, más factibles de realizar en la

alternativa 2.

La alternativa cero tiene una imagen muy degradada debido a las naves existentes en

el límite sur.

Objetivo 2.

Ambas alternativas son similares, pues conforman una imagen permeable del sector

que transforma favorablemente la situación actual, haciendo especial hincapié en la

confluencia de la M-115 - A-2, un extremo actualmente degradado y que exige un

tratamiento singular, superando la actual situación (alternativa cero), con un área

residual muy degradada incrustada en un enlace entre carreteras, de nula utilidad para

usos recreativos, de ocio o de descanso al aire libre por el impacto sonoro del

aeropuerto y por su ubicación en la franja no edificable de protección de la autovía.

La determinación de que el viario interior no debe computarse a efectos de ocupación

cuando se opte por parcelaciones mancomunadas o por mini-polígonos.

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Objetivo 3.

Una única instalación o un máximo de tres grandes instalaciones permite una

homogeneidad en la edificación y una ordenación de usos más funcional respecto a

las agresiones acústicas del entorno. La ausencia de viario público disminuye los

gastos de mantenimiento y aumenta la sostenibilidad del desarrollo para la hacienda

municipal.

La alternativa cero, no representa ninguna ventaja desde el punto de vista social

debido al alto grado de deterioro existente. El estado de las instalaciones no permite

su rehabilitación a costes razonables.

7.1.3- Valoración.

Estableciendo cuatro grados de cumplimiento de objetivos con los valores que se

indican a continuación, los resultados se exponen en el cuadro adjunto.

Mejor cumplimiento del objetivo ................................................................. 3

Cumplimiento medio ................................................................................... 2

Cumplimiento bajo ...................................................................................... 1

No cumplimiento o cumplimiento irrelevante .............................................. 0

Objetivo Alt. cero Alt. 1 Alt. 2

1.1 0 1 3

1.2 0 2 3

2 0 2 2

3 0 1 3

Total 0 6 11

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7.2.- DESCRIPCIÓN DE LA ALTERNATIVA ELEGIDA.

Se trata de un espacio industrial único, con un único acceso desde la glorieta de la M-

115, cuyo destino idóneo sería para una única actividad y posible hasta para un

máximo de dos actividades con acceso independiente desde una plataforma común

de distribución que constituiría un pro-indiviso. El acceso actual a las instalaciones

existentes se mantiene como acceso de servicio para la conservación de las

instalaciones de saneamiento por parte del canal de Isabel II, facilitando las maniobras

gracias a la adscripción del suelo por el que discurre el actual emisario y discurrirá el

futuro doblado y del suelo situado entre estas redes y el anillo de abastecimiento, lo

que clarificaría el borde con la A-2.

7.2.1.- Calificación urbanística.

El uso global del sector es el uso productivo sin que el Plan general establezca la

composición de usos pormenorizados, por lo que, teniendo en cuenta que la

edificabilidad no puede ser superior al aprovechamiento unitario, se trata de un

parámetro aplicable a cualquiera de los usos considerados por el plan general como

productivos.

7.2.2.- Incardinación en la estructura territorial.

La inserción en la estructura territorial está totalmente condicionada por la nula

permeabilidad de los límites del sector que, como se ha repetido a lo largo de esta

memoria, tan solo permiten la conexión con el exterior en un punto ya predeterminado,

previsto e iniciado, desde la rotonda de la M-115. El uso predominante es industrial,

el mismo que el del resto de sectores del entorno.

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7.2.3.- Estructura Urbana.

Entendiendo por estructura urbana la específica forma de uso del sector en base a las

actividades previstas, las restricciones de acceso y edificación de la red viaria

supramunicipal la condicionan.

La alternativa elegida plantea que, incluso en el caso de ubicación de varias

actividades, todos los accesos se realicen desde una plataforma de distribución

situada como fondo del acceso desde la glorieta de la M-115 que sería un proindiviso

entre las dos o tres parcelas, en caso de que no se destinara a una sola instalación.

Dado que el número máximo de parcelas es de tres y con mayor probabilidad una

sola, en este último casdo el centro de reciclaje único para el sector puede sustituirse

por la previsión de uno en la parcela integrado en el conjunto edificado o en la

ordenación interior accesible desde la vía pública. Deberá concretarse en el Proyecto

de Reparcelación.

8.- MEDIDAS PROTECTORAS Y CORRECTORAS TOMANDO EN

CONSIDERACIÓN EL CAMBIO CLIMÁTICO.

Una vez analizadas las principales repercusiones ambientales que se derivan del Plan

de Sectorización del sector SNUP-2, del P.G.O.U. de San Fernando de Henares, se

exponen en este apartado las medidas preventivas y correctoras que deben ser

incorporadas a dicho Plan.

Prevenir el impacto ambiental significa introducir medidas protectoras, correctoras o

compensatorias, con el fin de:

▪ Evitar, disminuir, modificar, curar o compensar el efecto del proyecto en el

medio ambiente.

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▪ Aprovechar mejor las oportunidades que brinda el medio para el éxito del

proyecto, de acuerdo con el principio de integración ambiental.

Las medidas protectoras reducen la agresividad de la acción modificando alguno de

los factores definitorios del Plan.

Las medidas correctoras se orientan a la eliminación, reducción o modificación de la

alteración producida sobre un factor ambiental y puedan operar sobre las causas o

acciones del Plan, modificando los aspectos más impactantes.

8.1.- MEDIDAS PROTECTORAS.

8.1.1.- Medidas para la protección de los recursos hídricos

MEDIDA Nº 1

- AHORRO DE AGUA POTABLE-

EFECTO QUE PROTEGE

Impacto nº13: Riesgo de sobreexplotación del recurso hídrico

OBJETIVO Minimizar el consumo de agua potable.

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA / ASPECTOS QUE COMPRENDE

El Plan de Sectorización debe exigir que los planes y proyectos que lo desarrollen incluyan medidas tendentes al ahorro de agua. Entre ellas, y a modo de ejemplo, se destacan las siguientes:

▪ En proyectos de urbanización:

▪ Toda nueva construcción de edificios que comporte consumo de agua, y en lo que respeta a la instalación de agua potable, ha de contar obligatoriamente con:

a) Contadores individuales de agua en cada oficina o industria.

b) En el caso de la instalación de agua caliente centralizada, esta instalación dispondrá de un contador individual para cada oficina o industria.

▪ En los puntos de consumo de agua se colocarán los mecanismos adecuados para permitir el máximo ahorro, y a tal efecto:

c) Los grifos de los aparatos sanitarios de consumo individual dispondrán de perlizadores o economizadores de chorro o similares y mecanismo reductor de caudal de forma que para una presión de 2,50 Kg/cm2 tengan un caudal máximo de 5 l./min,

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MEDIDA Nº 1

- AHORRO DE AGUA POTABLE-

d) El mecanismo de las duchas incluirá economizadores de chorro o similares y mecanismo reductor de caudal de forma que para una presión de 5,50 Kg/cm2 tengan un caudal máximo de 10 l./min.

e) El mecanismo de adición de la descarga de las cisternas de los “waters” limitará el volumen de descarga a un máximo de 7 litros y dispondrá de sistemas de ahorro como interruptores de descarga, doble sistema de descarga o contrapesos.

▪ Los grifos de los aparatos sanitarios dispondrán de temporizadores o de cualquier otro mecanismo similar de cierre automático que dosifique el consumo de agua, limitando las descargas a 1 l. de agua. Todo nuevo proyecto que no contemple estos sistemas ahorradores de agua, no dispondrá de la preceptiva Licencia de Obras hasta que no estén incluidos y valorados en dicho proyecto.

▪ Las máquinas de lavado de vehículos deberán tener dispositivos para el reciclado del agua utilizada.

EFICACIA Alta

ENTIDAD RESPONSABLE

Órgano gestor del Sector

MEDIDA Nº 2

- CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN LA LEY 10/1993 SOBRE EL VERTIDO DE

LÍQUIDOS INDUSTRIALES AL SISTEMA INTEGRAL DE SANEAMIENTO DE LA

COMUNIDAD DE MADRID-

EFECTO QUE PROTEGE

Impacto nº17: Riesgo de contaminación del agua

OBJETIVO

Garantizar la calidad de las aguas a través del cumplimiento de la

Ley 10/1993 Sobre vertido de líquidos industriales al sistema integral

de saneamiento de la Comunidad de Madrid.

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA / ASPECTOS QUE COMPRENDE

▪ Todos los caudales de vertidos líquidos procedentes de las industrias que se establezcan en el Sector, deberán cumplir la Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre vertido de líquidos industriales al sistema integral de saneamiento de la Comunidad de Madrid y su normativa de desarrollo. Por lo que el Plan de Sectorización con ordenación pormenorizada o el Plan de Sectorización y el Plan Parcial deberán recoger expresamente la necesidad de que los vertidos industriales al sistema integral de saneamiento se adecuen a esta Ley.

EFICACIA Alta

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ENTIDAD RESPONSABLE

Órgano gestor del Sector

8.1.2.-Medidas para la protección de la calidad del aire.

MEDIDA Nº 3

- LIMITACIÓN DE LAS ACTIVIDADES QUE SE PODRÁN UBICAR EN EL SECTOR-

EFECTO QUE PROTEGE

Impacto nº14: Riesgo de contaminación atmosférica

OBJETIVO Evitar la contaminación atmosférica en la fase de funcionamiento.

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA / ASPECTOS QUE COMPRENDE

De los datos publicados por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental se deduce cierta contaminación atmosférica en la zona lo que unido a las características específicas del ámbito de estudio, al situarse en una zona donde ya se localizan otros polígonos industriales y estar rodeado de carreteras -principales fuentes de contaminación del aire-, hace conveniente limitar las emisiones de las actividades industriales que pueden ubicarse en el Sector.

Así se prohíbe la localización en el Sector de las actividades que el Decreto 100/2011, que desarrolla la Ley 34/2007. incluye en el "Catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera"

Se entiende por actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera aquellas que por su propia naturaleza o por los procesos tecnológicos convencionales utilizados constituyen o pueden constituir un foco de contaminación atmosférica.

EFICACIA Alta

ENTIDAESPONSABLE

Órgano gestor del Sector

MEDIDA Nº 4

- CONTROL DE LAS EMISIONES EN ACTIVIDADES TERCIARIAS-

EFECTO QUE PROTEGE

Impacto nº14: Riesgo de contaminación atmosférica

OBJETIVO Evitar la contaminación atmosférica en la fase de operativa

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA / ASPECTOS QUE COMPRENDE

a) Se prohibirá la implantación de sistemas de aire acondicionado o frío que emita sustancias que agoten la capa de ozono, conforme a los Reglamentos promulgados, considerando la lista de sustancias cuya fabricación o distribución no está permitida.

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b) Las emisiones en sistemas de calefacción que se implanten en el sector, funcionarán preferentemente con sistemas de combustión de gas natural o gasóleo, por su mayor rendimiento energético y menores emisiones a la atmósfera.

c) Las emisiones de cocinas y similares se harán de modo que se garantice una adecuada dispersión de gases para evitar concentración de contaminantes a nivel de suelo, además de producción de olores en el área. Ninguna chimenea debería ventear sus gases a una cota menor de la de la cumbrera del tejado de cualquier edificación situada en un radio inferior a 3 veces la altura de la cumbrera de la nave de descarga.

EFICACIA Alta

ENTIDAD RESPONSABLE

Órgano gestor del Sector

MEDIDA Nº 5

- PARA LA PROTECCIÓN DEL CONFORT SONORO -

EFECTO QUE PROTEGE

Impacto nº 25: Riesgo de contaminación acústica

OBJETIVO Evitar la contaminación acústica en la fase de operativa

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA / ASPECTOS QUE COMPRENDE

a) Instalación de una pantalla acústica, de al menos 4,5 m de altura, en la zona sur del ámbito a lo largo del recorrido de la autopista A2, con aproximadamente 380 m ,tal y como se recoge en el estudio de ruido que acompaña a este documento.

b) En relación al aislamiento acústico de los edificios que se proyecten en el interior del sector, se estará a lo dispuesto en la Norma Básica de la edificación, al considerar suficientes los niveles de aislamiento mínimos exigidos para el uso previsto. No obstante, se aconseja el diseño como fachadas ciegas aquellas que estén orientadas hacia las fuentes de ruido. Se procurará así mismo la orientación hacia el interior del sector de las oficinas auxiliares a la actividad industrial.

EFICACIA Alta

ENTIDAD RESPONSABLE

Órgano gestor del Sector

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8.1.3.-Medidas en materia de tratamiento y gestión de residuos.

MEDIDA Nº 6

- TRATAMIENTO Y GESTIÓN DE RESIDUOS-

EFECTO QUE PROTEGE

Impacto nº16: Riesgo de contaminación del suelo

Impacto nº17: Riesgo de contaminación del agua

OBJETIVO Evitar la contaminación del suelo y las aguas tanto en la fase de urbanización como posteriormente, durante el funcionamiento.

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA / ASPECTOS QUE COMPRENDE

Todos los proyectos que desarrollen el Plan incluirán un sistema de gestión, de acuerdo con la normativa vigente, de los aceites, combustibles, cementos y otros sólidos procedentes de las zonas de instalaciones, de tal manera que, en ningún caso, lleguen al suelo o a los cursos de agua.

Dichos proyectos se ajustarán a los requerimientos de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de residuos de la Comunidad de Madrid. Entre otros aspectos se pueden destacar:

▪ Artículo 30 “Los nuevos sectores de suelo industrial deberán contar con un centro de recogida de residuos no peligrosos cuya construcción se llevará a cabo a costa de los promotores. La gestión de la citada instalación corresponderá al órgano gestor del sector”.

▪ Artículo 31 “Asimismo, los grandes establecimientos comerciales, tal y como se definen en la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, adoptarán las medidas necesarias para facilitar la recogida selectiva de todos los residuos generados en el establecimiento, incluyendo las salas de ventas y las dependencias auxiliares como almacenes, oficinas y zonas comunes”.

Por otra parte el destino de los residuos inertes producidos en los nuevos desarrollos cumplirá lo dispuesto tanto en el Plan Estatal marco de Gestión de Residuos 2016-2022, como en el Plan de Gestión Integrada de los Residuos de Construcción y Demolición de la Comunidad de Madrid 2006-2016 actualmente vigente.

EFICACIA Alta

ENTIDAD RESPONSABLE

Órgano gestor del Sector

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8.1.4.- Medidas para evitar la protección del cielo nocturno y la eficiencia

energética del alumbrado exterior

MEDIDA Nº 7

- PROTECCIÓN DEL CIELO NOCTURNO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL ALUMBRADO

PÚBLICO-

EFECTO QUE

PROTEGE

Impacto nº18: Riesgo de contaminación lumínica

Impacto nº14: Incremento del consumo de energía.

OBJETIVO

Evitar la emisión de luz directa hacia el cielo y los excesos de iluminación para evitar daños a fauna, conductores, etc. reduciendo el gasto y costo energético:

a) Promover la eficiencia energética de los alumbrados exteriores mediante el ahorro de energía, sin perjuicio de la seguridad de los usuarios.

b) Mantener al máximo posible las condiciones naturales de las horas nocturnas, en beneficio de los ecosistemas en general.

c) Prevenir y corregir los efectos del resplandor luminoso nocturno en la visión del cielo.

d) Minimizar la intrusión luminosa en el entorno doméstico y por tanto, disminuir sus molestias y perjuicios.

e) Adecuar los requerimientos y características técnicas de las instalaciones de alumbrado exterior a las recomendaciones y normativas vigentes.

DESCRIPCIÓN

DE LA MEDIDA /

ASPECTOS QUE

COMPRENDE

El alumbrado público de calles y el general de los nuevos desarrollos previstos debe incorporar las siguientes medidas: (Se tendrán en cuenta las propuestas de la Guía para la Reducción del resplandor Luminoso Nocturno del Comité Español de Iluminación.)

- Las especificaciones técnicas serán las establecidas por el IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía) del Ministerio de Ciencia y Tecnología en su Propuesta de Ordenanza Municipal.

- Para el diseño de las instalaciones de alumbrado exterior se seguirán las recomendaciones de la Comisión Internationale de l’Eclairage (CIE) relativas a los parámetros luminotécnicos, tomando los valores recomendados como niveles objetivos a conseguir y se cumplirán los Requerimientos Técnicos y Niveles de Iluminación establecidos por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

- Las luminarias a implantar deberán ser tales, que el flujo hemisférico superior instalado FHSinst% no supere el 15% del flujo hemisférico superior instalado FHSinst(%).

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MEDIDA Nº 7

- PROTECCIÓN DEL CIELO NOCTURNO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL ALUMBRADO

PÚBLICO-

- Las características fotométricas de los pavimentos serán:

o Siempre que las características constructivas, composición y sistema de ejecución resulten idóneas en las calzadas de las vías de tráfico se utilizaran pavimentos cuyas características y propiedades reflectantes resulten adecuadas para las instalaciones de alumbrado público.

o Siempre que resulte factible, en las calzadas de las vías de tráfico se recomienda implantar pavimentos con un coeficiente de luminancia medio o grado de luminosidad Q0 lo más elevado posible y con un factor especular S1 bajo.

- Los nuevos proyectos y memorias técnicas de diseño de las instalaciones de alumbrado exterior y de remodelaciones, ampliaciones o reformas de las existentes, deben iluminar únicamente la superficie que se pretende dotar de alumbrado y deben cumplir los criterios de eficiencia y ahorro energético, reducción del resplandor luminoso nocturno y adecuada gestión de los residuos generados por las mismas.

- Los niveles de iluminación calculados en los proyectos y memorias técnicas de diseño y obtenidos en estas instalaciones, no deben superar los valores máximos establecidos para cada tipo de alumbrado por el IDAE. No obstante, podrán sobrepasarse los niveles luminosos hasta un 20%, salvo en casos excepcionales debidamente justificados en los que sería posible rebasar dicho porcentaje.

- La relación luminancia / iluminancia (L/E) debe contemplarse en la valoración de las prestaciones de las diferentes soluciones luminotécnicas, de forma que dicha relación sea máxima al objeto de que el flujo luminoso emitido al cielo sea mínimo.

- Las luminarias y proyectores previstos en los proyectos y memorias técnicas de diseño, con la inclinación y reglajes recomendados por los fabricantes, una vez instaladas no deben rebasar los límites máximos del flujo hemisférico superior instalados FHSinst y deben alcanzar los valores

mínimos del rendimiento () y del factor de utilización (K) establecidos por el IDAE.

- Los rayos de los focos de emisión de luz no sobrepasarán la horizontal y se dirigirá únicamente hacia donde sea necesario.

- Se usarán luminarias orientadas en paralelo al horizonte, con bombillas correctamente apantalladas y eficientes, de la potencia necesaria para alumbrar el suelo según los criterios de seguridad, pero no más.

- Se utilizará una óptica que cree conos de luz tan agudos como sea posible.

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MEDIDA Nº 7

- PROTECCIÓN DEL CIELO NOCTURNO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL ALUMBRADO

PÚBLICO-

- Las nuevas instalaciones de alumbrado exterior, así como todas las existentes deben estar dotadas de los correspondientes sistemas de encendido y apagado de forma que, al evitar la prolongación innecesaria de los periodos de funcionamiento, el consumo energético sea el estrictamente necesario.

- Se establecerá un horario de uso de alumbrado que permita apagar o disminuir la intensidad cuando no sea necesario (horario nocturno).

- Las nuevas instalaciones y todas las existentes deben llevar incorporados, en las condiciones establecidas en el presente Título, sistemas de regulación del nivel luminoso que permitan la reducción del flujo luminoso y el consiguiente ahorro energético.

- Se cuidará el posicionamiento, el apuntamiento y la orientación de los aparatos de alumbrado, impidiendo la visión directa de las fuentes de luz. Se dirigirá la luz preferentemente en sentido descendente y no ascendente, especialmente en el alumbrado de fachadas en edificios y monumentos utilizando, en su caso, sistemas ópticos adecuados, deflectores, pantallas y paralúmenes para evitar la dispersión del haz luminoso con la finalidad de paliar en lo posible la luz intrusiva.

- Las instalaciones ejecutadas cumplirán con lo exigido por el IDAE según la zona donde se encuentre la instalación de alumbrado exterior.

- Las lámparas y sus equipos de encendido se elegirán entre aquellas que tengan mejor rendimiento de lúmenes producidos por vatio de potencia.

- Se evitarán las lámparas de mercurio por ser especialmente agresivas para muchas especies animales y se priorizará el uso de lámparas de sodio de baja presión.

- Se optará por luz roja en lugar de azul o blanca.

- Se utilizarán lámparas de descarga frente a las lámparas incandescentes.

- Se establecerán programas de limpieza externa e interna de las luminarias para minimizar pérdidas de radiación luminosa por la suciedad.

- En la redacción de Proyectos de Urbanización se tendrá en cuenta que las especies de árboles sean compatibles con el tipo de punto de luz, para que aquellos no apantallen su radiación luminosa haciéndola ineficaz.

- Las instalaciones de alumbrado vial dispondrán de dispositivos para regular el nivel luminoso que permitan la reducción del flujo emitido aproximadamente hasta el 45% del servicio normal en los horarios que el Ayuntamiento determine mediante decreto de Alcaldía.

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MEDIDA Nº 7

- PROTECCIÓN DEL CIELO NOCTURNO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL ALUMBRADO

PÚBLICO-

Asimismo se determinarán los ciclos de funcionamiento en instalaciones de alumbrado de fachadas de edificios y monumentos, anuncios luminosos, festivos, feriales, deportivos o culturales, etc. debiendo disponer su instalación de relojes capaces de ser programados por ciclos diarios, semanales y mensuales.

EFICACIA Muy Alta

ENTIDAD

RESPONSABLE Órgano gestor del Sector

8.1.5.- Medidas para el aprovechamiento de la energía solar térmica

MEDIDA Nº 8

- APROVECHAMIENTO DE LA ENERGÍA SOLAR TÉRMICA -

EFECTO QUE PROTEGE

Impacto nº14: Incremento del consumo de energía.

OBJETIVO

Mejorar el consumo energético del sector mediante la incorporación de sistemas de captación y utilización de energía solar activa de baja temperatura para la producción de agua caliente sanitaria.

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA / ASPECTOS QUE COMPRENDE

- Las instalaciones solares deberán proporcionar un aporte mínimo del 60% (el resto 40% se podrá aportar mediante equipos auxiliares, calderas, resistencias...) respecto de la demanda anual excepto para el calentamiento de piscinas descubiertas que será del 100%.

- Las instalaciones de energía solar de baja temperatura deberán cumplir la legislación vigente en cada momento. Les resulta especialmente de aplicación la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (BOE 23 Julio)en lo relativo al régimen de infracciones y sanciones, y el reglamento de instalaciones térmicas de los edificios -RITE- aprobado por Real Decreto 1751/1998 de 31 de Julio y las condiciones técnicas fijadas por el Pliego de Condiciones Técnicas del IDAE.

- Con el fin de aumentar la integración paisajística de estas estructuras la instalación de los paneles en las edificaciones deberá ajustarse a las siguientes especificaciones:

o Cubiertas inclinadas.- Podrán situarse paneles de captación de energía solar en los faldones de cubierta, con la misma inclinación de éstos y sin salirse de su plano, armonizando con la composición de la fachada y del resto del edificio.

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MEDIDA Nº 8

- APROVECHAMIENTO DE LA ENERGÍA SOLAR TÉRMICA -

o Cubiertas planas.- Deberán situarse dentro de la envolvente formada por planos trazados a 45º desde los bordes del último forjado y un plano horizontal situado a 375 cm. de altura, medido desde la cara inferior del último forjado. El peto de protección de cubierta deberá prolongarse con protecciones diáfanas estéticamente acordes con el lugar, sin formar frentes opacos continuos, hasta la altura máxima del panel.No será necesario prolongar el peto citado siempre que la distancia (d), medida desde la parte más próxima del panel al plano de fachada, sea igual o superior que la distancia existente (h) entre la cara superior del forjado de cubierta y la parte más alta del panel.

o Fachadas.- Podrán situarse paneles de captación de energía solar en las fachadas, con la misma inclinación de éstas y sin salirse de su plano, armonizando con la composición de la fachada y del resto del edificio.

Queda prohibido de forma expresa el trazado visible por fachadas de cualquier tubería y otras canalizaciones que sirvan, salvo que se acompañe en el proyecto, de forma detallada, solución constructiva que garantice su adecuada integración en la estética del edificio.

EFICACIA Muy Alta

ENTIDAD

RESPONSABLE Órgano gestor del Sector

8.1.6.- Medidas para la protección de la vía pecuaria

MEDIDA Nº 9

- PROTECCIÓN DE LA CAÑADA REAL GALIANA -

EFECTO QUE PROTEGE

Impacto nº 26: Ocupación y alteración del funcionamiento de la vía pecuaria.

OBJETIVO Minimizar las afecciones sobre la vía pecuaria.

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA / ASPECTOS QUE COMPRENDE

En todas las actuaciones que se pretendan acometer en la Cañada se estará a lo regulado legalmente en la Ley Estatal 3/1995, de 23 de Marzo, de Vías Pecuarias y en la Ley 8/1998, de 15 de Junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

El suelo de las vías pecuarias no podrá generar aprovechamiento urbanístico, ni considerarse suelos de cesión, ni computar a efectos de los estándares mínimo exigibles por la legislatura urbanística.

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MEDIDA Nº 9

- PROTECCIÓN DE LA CAÑADA REAL GALIANA -

Se cumplirán las determinaciones del informe del Servicio de Vías Pecuarias.

EFICACIA Alta

ENTIDAD RESPONSABLE

Órgano gestor del Sector

8.2.- MEDIDAS CORRECTORAS

8.2.1.- Medidas para el mantenimiento de la calidad de los suelos

MEDIDA Nº 10

-RETIRADA, ACOPIO, RECUPERACIÓN Y CONSERVACIÓN DE LA TIERRA

VEGETAL-

EFECTO QUE PROTEGE

Impacto nº8: Pérdida de suelo de interés agronómico.

OBJETIVO Conservar la capa fértil de tierra en las zonas que vayan a asfaltarse para su posterior utilización en plantaciones y recuperación de suelos.

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA / ASPECTOS QUE COMPRENDE

Retirada, acopio, conservación y recuperación de tierra vegetal. Tras la fase de desbroce se realizará la recogida de la capa de tierra vegetal de mayor valor, que será apilada en montones en espacios especialmente señalados y señalizados para ello. Estos espacios deberán disponer de protección contra el viento.

MANTENIMIENTO

Para evitar el deterioro de las características iniciales de la tierra, se evitará su apilamiento en montículos superiores a 1,5 metros así como su mezcla con materiales de escombros u otros residuos. El tiempo de apilado se limitará a un plazo que no superará los 12 meses.

EFICACIA Alta

ENTIDAD

RESPONSABLE Órgano gestor del Sector

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8.2.2.- Medidas para el mantenimiento de los yacimientos arqueológicos

MEDIDA Nº 11

- PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO -

EFECTO QUE PROTEGE

Impacto nº10: Ocupación de un área de protección arqueológica tipo A.

OBJETIVO Mantener los recursos arqueológicos.

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA / ASPECTOS QUE COMPRENDE

El capítulo VI del Título I de la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, recoge las normas específicas de protección del patrimonio arqueológico, paleontológico y etnológico en la Comunidad de Madrid. En general, la regulación de las diferentes áreas de protección arqueológica resulta:

- Normas para Áreas A. Ante cualquier solicitud de obra que afecte al subsuelo, será obligatoria la emisión de informe arqueológico precedido de la oportuna excavación, todo ello elaborado por un técnico arqueólogo colegiado, que controlará toda la superficie afectada y contará con un permiso oficial y nominal emitido por la Dirección General de Patrimonio Histórico-Artístico de la Consejería de Las Artes de la Comunidad de Madrid.

En el apartado anexos se adjunta dicho informe realizado en 2007 y se cuenta con la autorización requerida.

EFICACIA Alta

ENTIDAD

RESPONSABLE Órgano gestor del Sector

8.2.3.- Medidas en materia de infraestructuras

MEDIDA N º 12

-REQUISITOS QUE HAN DE CUMPLIR LAS ACTUACIONES URBANÍSTICAS EN

RELACIÓN CON LAS INFRAESTRUCTURAS ELÉCTRICAS -

EFECTO QUE PROTEGE

Impacto nº19: Riesgo de contaminación electromagnética

OBJETIVO

Garantizar el cumplimiento del Decreto 131/1997, de 16 de octubre (Comunidad de Madrid) por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas.

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DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA / ASPECTOS COMPRENDE

Artículo 1. “Para la aprobación de toda nueva actuación de desarrollo

urbanístico será requisito indispensable que las redes de alta y baja

tensión de la infraestructura eléctrica proyectada para el suministro de

dicha actuación, contemple su realización en subterráneo, dentro del

documento de aprobación y en el curso de la ejecución de la urbanización,

salvo que discurran por los pasillos eléctricos definidos en el plan de

actuación”.

Artículo 2. “Asimismo, y dentro del citado documento de aprobación e

instrumentos de planeamiento y de urbanización correspondientes, se

contemplará que las líneas eléctricas aéreas de alta y baja tensión

preexistentes dentro del perímetro de toda nueva actuación urbanística y

en sus inmediaciones, se pasen a subterráneas o se modifique su trazado,

siempre que la modificación pueda hacerse a través de un pasillo eléctrico

existente o que se defina en ese momento por la Administración

competente.

Dicho paso a subterráneo o modificación de trazado se realizará en el

curso de la ejecución de la urbanización con el fin de que en ningún

momento durante la construcción de las edificaciones puedan producirse

situaciones de falta de seguridad para las personas y las cosas”.

Artículo 3. “Los terrenos susceptibles de ser utilizados como pasillos

eléctricos serán definidos en los instrumentos del planeamiento general

por la Administración competente y en su zona de influencia no habrá

edificaciones ni se podrá construir en el futuro, cumpliendo los requisitos,

reservas y afecciones que correspondan”.

Artículo 4. “Las líneas aéreas existentes que no se encuentren en la red

de pasillos existentes o de nueva creación, se irán trasladando a dichos

pasillos o se pasarán a subterráneas, siguiendo un plan de etapas a

establecer por las Administraciones competentes, oídos los titulares de las

líneas.

Para el desarrollo, gestión y ejecución de dichos planes se suscribirán los

Convenios necesarios entre las Administraciones competentes y los

titulares de las líneas, que contemple la responsabilidad y compromiso

financieros que a cada una de las partes le corresponde en dichas

actuaciones.

Se dará prioridad a aquellas líneas que por su elevada tensión, potencia

transportada y ubicación de edificaciones en su zona de influencia lo

requieran”.

Artículo 5. “Para llevar a cabo el paso a subterráneo o desvío de las líneas

aéreas, se aplicará el artículo 54 de la Ley 54/1997 de 27 de noviembre,

de Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional.

EFICACIA Alta

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ENTIDAD

RESPONSABLE Órgano gestor del Sector

PROPUESTA

SOTERRAMIENTO

IBERDROLA

MEDIDA Nº 13

-CUMPLIMIENTO DE LA LEY 3/1991, DE 7 DE MARZO, DE CARRETERAS DE LA COMUNIDAD

DE MADRID Y LA LEY 37/2015 DE CARRETERAS DEL ESTADO.

EFECTO QUE PROTEGE

Impacto nº23: Efectos del Plan sobre otras infraestructuras.

OBJETIVO Garantizar el cumplimiento de la Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid y la ley 37/2015 de carreteras

del estado y sus reglamentos.

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA / ASPECTOS COMPRENDE

Considerando que el Sector limita con la A-2 al sur y la M-115 al oeste, el Plan y los proyectos que lo desarrollen deben estar a lo dispuesto en la Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid. Concretamente y la Ley 37/2015 de 29 de septiembre de carreteras del Estado. así como sus reglamentos.

Se cumplirán las limitaciones impuestas por las leyes citadas para la protección del dominio público viario así como las limitaciones a la propiedad.

A tales efecto la Ley de Carreteras del Estado establece las tres zonas que se describen a continuación:

Dominio Público.- Terrenos ocupados por las carreteras y sus elementos funcionales y una franja de ocho metros de anchura en autopistas, autovías y vías rápidas y de tres metros en las restantes carreteras a cada lado de la vía, medidos en horizontal y en la perpendicular al eje de la misma desde la arista exterior de la explanación,

Arista exterior de la explanación es la intersección del talud del desmonte, del terraplén o, en su caso, de los muros de sostenimiento colindantes con el terreno natural.

Servidumbre.- Dos franjas de terreno a ambos lados de la carretera, delimitados interiormente por la zona de dominio público y exteriormente por dos líneas paralelas a las aristas exteriores de la explanación a una distancia de 25 m. en autopistas, autovías y vías rápidas y 8 m. en el resto de las carreteras medidas desde las citadas aristas.

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MEDIDA Nº 13

-CUMPLIMIENTO DE LA LEY 3/1991, DE 7 DE MARZO, DE CARRETERAS DE LA COMUNIDAD

DE MADRID Y LA LEY 37/2015 DE CARRETERAS DEL ESTADO.

Afección.- Dos franjas de terreno a ambos lados de la carretera delimitadas interiormente por la zona de servidumbre y exteriormente por dos líneas paralelas a las aristas externas de la explanación a una distancia de 100 m. en autopista, autovías y vías rápidas y 50 m. en el resto de las carreteras medida desde las citadas aristas.

Línea límite de la edificación.- Es la línea que separa la franja de terreno colindante con la carretera en la que está prohibido cualquier tipo de obra de construcción, reconstrucción o ampliación a excepción de las obras de mantenimiento de las edificaciones existentes. Se sitúa a 50 m. en las autopistas, autovías y vías rápidas y 25 m. en el resto de carreteras de la arista exterior de la calzada y medida horizontalmente a partir de la misma. En carreteras de circunvalación y variantes, la línea se situará a 100 m. del borde de la calzada. En los nudos viarios, cambios de sentido, las intersecciones y los ramales la línea de edificación se sitúa a los 50 m.

Arista exterior de la calzada.- Es el borde exterior de la parte de la carretera destinada a la circulación de vehículos en general.

Los usos y actividades permitidos serán:

En la zona de dominio público los especificados en el artículo 76 del Reglamento General de Carreteras, publicado por R.D. 1812/94, de 2 de septiembre.” (RCLE)

En la zona de servidumbre los especificados en el artículo 78 del RCLE.

En la zona de afección los especificados en el artículo 83 del RCLE.

Dentro de la línea límite de la edificación tan solo se podrán ejecutar obras de conservación y mantenimiento de las construcciones existentes dentro de la línea límite de edificación así como obras de reparación por razones de ornato e higiene de los inmuebles.

Los depósitos subterráneos, surtidores de aprovisionamiento y marquesinas de las estaciones de servicio deben quedar al exterior de la línea de edificación.

La ejecución de obras de cruce de las vías estatales para servicios de infraestructuras requerirá con carácter previo la solicitud y obtención de la autorización por parte de la Demarcación de Carreteras, aportando para ello la documentación relativa a las obras a realizar.

Entre el borde de la línea exterior de la zona de servidumbre y la línea de edificación no se podrán ejecutar obras que supongan una edificación por debajo del nivel del terreno, ni instalaciones aéreas o subterráneas que constituyan parte integrante de industrias o establecimiento, salvo las que tengan carácter provisional y sean fácilmente desmontables.

Se prohíbe la instalación de publicidad, de forma que sea visible desde las carreteras estatales, excepto la instalada en suelo clasificado como urbano, dicha prohibición se rige por lo establecido en el RCLE.”

La Ley de Carreteras de la Comunidad de Madrid establece, con la misma finalidad:

En su artículo 30:

“1.Son de dominio público los terrenos ocupados por las carreteras y sus elementos funcionales, y una franja de ocho metros en autopistas y autovías, y tres metros en el resto de las carreteras, medidas horizontales y perpendicularmente al eje de la misma, desde la arista exterior de la explanación.

La arista exterior de la explanación es la intersección de talud de desmonte del terraplén o, en su caso, de los muros de sostenimiento colindantes con el terreno natural.

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MEDIDA Nº 13

-CUMPLIMIENTO DE LA LEY 3/1991, DE 7 DE MARZO, DE CARRETERAS DE LA COMUNIDAD

DE MADRID Y LA LEY 37/2015 DE CARRETERAS DEL ESTADO.

En los casos especiales de puentes, viaductos, túneles, estructuras u obras similares se podrá fijar como arista exterior de la explanación la línea de proyección ortogonal del borde de las obras sobre el terreno. Será en todo caso de dominio público el suelo ocupado por los soportes de la estructura.

En los tramos de carreteras que discurran por suelo urbano consolidado, será de dominio público la franja de terreno existente hasta las alineaciones que fije el planeamiento. En caso de no existir alineaciones fijadas, la fr

2. En la zona de dominio público de la carretera no podrá realizarse ninguna obra más que las de acceso a la propia vía, aquellas que formen parte de su estructura, señalización y medidas de seguridad, así como las que requieran la prestación de un servicio público de interés general, previa autorización de la Consejería de Política Territorial”.

En su artículo 31

“1. Con el fin de garantizar la seguridad vial, asegurar la disponibilidad de los terrenos necesarios para la realización de obras de mantenimiento de las carreteras e instalaciones de sus servicios complementarios, así como proteger los usos de los terrenos colindantes del impacto de las vías, se establecerá una zona de protección a ambas márgenes de cada carretera, delimitada por dos líneas paralelas a las aristas exteriores de explanación, a una distancia de 50 metros en autopistas y autovías, 25 metros en las carreteras integradas en la Red principal y 15 metros en el resto de las redes de la Comunidad de Madrid, medidos desde la arista exterior de explanación.

En los tramos de carreteras que discurran por suelo que el planeamiento urbanístico clasifique como urbano, dicho planeamiento podrá establecer los límites de la zona de protección que, como mínimo, será coincidente con la zona de dominio público.

2. Sin perjuicio de las situaciones consolidadas, en la zona de protección no se podrán realizar obras de construcción de nueva planta, sustitución o reedificación, ni instalaciones fijas, ni ejecutar obras que supongan una edificación por debajo del nivel del terreno, ni instalar líneas de alta tensión, carteles o cualquier otro medio de publicidad.

3. No obstante, se podrán efectuar en la zona de protección, previa autorización de la Consejería de Política Territorial, pequeñas obras de reparación y conservación de las existentes que no supongan en ningún caso incremento de su valor, así como levantar instalaciones fácilmente desmontables y aquellas otras destinadas al servicio de la carretera.

En estas zonas, los propietarios de los terrenos podrán libremente sembrar y plantar sin más restricciones que las referentes a los cerramientos de sus fincas. Las plantaciones de arbolado estarán sujetas a autorización.

4. Se podrán autorizar en esta zona cerramientos diáfanos siempre que no resulten mermadas las condiciones de visibilidad y seguridad, ni supongan disminución de las facultades de los órganos administrativos en orden al cumplimiento de sus atribuciones, con relación al dominio público viario.

5. Cuando resulte necesario el retranqueo de los cerramientos de fincas por exigencias derivadas de la construcción de nuevas vías, desdoblamiento de calzadas, ensanche de la plataforma u otros motivos de interés público, se podrá ejecutar en las mismas condiciones existentes antes de la formulación del proyecto de obra, en cuanto a su estructura y distancia de la arista exterior de la explanación, garantizándose en todo caso que el cerramiento se sitúe fuera de la zona de dominio público.

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MEDIDA Nº 13

-CUMPLIMIENTO DE LA LEY 3/1991, DE 7 DE MARZO, DE CARRETERAS DE LA COMUNIDAD

DE MADRID Y LA LEY 37/2015 DE CARRETERAS DEL ESTADO.

Las anteriores limitaciones no confieren a los titulares de derechos reales sobre las fincas incluidas en la zona de protección ningún derecho a indemnización.

EFICACIA Alta

ENTIDAD

RESPONSABLE Órgano gestor del Sector

9.- PLAN DE VIGILANCIA Y CONTROL MEDIOAMBIENTAL. DESCRIPCIÓN DE

LAS MEDIDAS PREVISTAS PARA EL SEGUIMIENTO AMBIENTAL DEL PLAN.

Las medidas de supervisión y vigilancia deben entenderse como el conjunto de

criterios de carácter técnico que, en base a la predicción realizada sobre los efectos

ambientales que se derivan del plan, permite a la Administración realizar un

seguimiento eficaz y sistemático tanto del cumplimiento de lo estipulado en el Informe

de Análisis Ambiental, como de aquellas otras alteraciones de difícil previsión que

pudieran aparecer en las distintas fases de desarrollo del Plan.

Las medidas previstas para la supervisión, vigilancia e información al órgano

ambiental persiguen los siguientes objetivos básicos:

• El efectivo cumplimiento de las medidas protectoras, correctoras y compensatorias.

• El control de los impactos de difícil estimación en el momento de la redacción del Estudio de Incidencia Ambiental.

• El seguimiento de los impactos previstos más importantes de acuerdo con la valoración efectuada en el Estudio de Incidencia Ambiental.

La supervisión, vigilancia e información al órgano ambiental se basa en el seguimiento

de unos indicadores que reflejan el estado del factor ambiental afectado por el Plan, y

bajo cuyos límites se puede estimar el éxito o fracaso de las medidas previstas para

proteger, corregir o compensar el daño ambiental. En caso de observar la poca

efectividad de alguna de estas medidas se podrán establecer o no medidas

correctoras de carácter complementario.

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Los resultados de los controles de supervisión y vigilancia se incluirán en Informes

que deberán remitirse al Organismo competente en materia medioambiental, a través

del Organismo responsable de la ejecución de las obras. Básicamente se trata de

constatar si los documentos y proyectos que desarrollan el Plan de Sectorización

cumplen adecuadamente las medidas propuestas.

CONTROL DE LA MEDIDA Nº 1- PROTECTORA –

- AHORRO DE AGUA POTABLE-

OBJETIVO DEL

CONTROL:

Verificar que los proyectos de arquitectura incorporan las

medidas señaladas en materia de ahorro de agua.

MOMENTO EN EL QUE

SE LLEVA A CABO:

Antes de otorgar la licencia correspondiente.

INDICADOR: Presencia/ausencia de las consideraciones que incorpora la

medida en los proyectos constructivos.

CONTROL DE LA MEDIDA Nº 2- PROTECTORA –

- CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN LA LEY 10/1993 SOBRE EL VERTIDO DE

LÍQUIDOS INDUSTRIALES AL SISTEMA INTEGRAL DE SANEAMIENTO DE LA

COMUNIDAD DE MADRID -

OBJETIVO DEL

CONTROL:

Verificar antes de la aprobación definitiva del Plan de

Sectorización que éste ha incluido la obligatoriedad de que los

vertidos industriales al sistema integral de saneamiento se

adecuen a la Ley la Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre

vertido de líquidos industriales al sistema integral de

saneamiento de la Comunidad de Madrid.

MOMENTO EN EL QUE

SE LLEVA A CABO:

Antes de aprobar definitivamente el Plan de Sectorización.

INDICADOR: Presencia/ausencia de las consideraciones que incorpora la

medida en el Plan de Sectorización.

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CONTROL DE LA MEDIDA Nº 3- PROTECTORA –

- LIMITACIÓN DE LAS ACTIVIDADES QUE SE PODRÁN UBICAR EN EL SECTOR -

OBJETIVO DEL

CONTROL:

Verificar que no se conceden licencia de obra para localizar

en el Sector actividades el " Decreto 100/2011, que

desarrolla la Ley 34/2007. incluye en el "Catálogo de

actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera"

MOMENTO EN EL QUE

SE LLEVA A CABO: Antes de aprobar definitivamente el Plan de Sectorización.

INDICADOR: Presencia/ausencia de las consideraciones que incorpora la

medida en el Plan de Sectorización.

CONTROL DE LA MEDIDA Nº 4- PROTECTORA –

- CONTROL DE LAS EMISIONES EN ACTIVIDADES TERCIARIAS-

OBJETIVO DEL

CONTROL:

MOMENTO EN EL QUE

SE LLEVA A CABO:

INDICADOR:

Verificar antes de la aprobación definitiva del Plan de

Sectorización que éste ha incluido los condicionantes

expuestos en la medida.

Antes de aprobar definitivamente el Plan de Sectorización.

Presencia/ausencia de las consideraciones que incorpora la

medida en el Plan de Sectorización.

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CONTROL DE LA MEDIDA Nº 5- PROTECTORA

– PROTECCIÓN DEL CONFORT SONORO -

OBJETIVO DEL

CONTROL:

MOMENTO EN EL QUE

SE LLEVA A CABO:

INDICADOR:

Verificar que los proyectos urbanísticos que desarrollen el

Plan de Sectorización incorporan las medidas señaladas en

materia de contaminación acústica

Antes de recepcionar las obras de urbanización y antes de

otorgar las licencias de edificación.

Presencia/ausencia de las consideraciones que incorpora la

medida en los proyectos constructivos.

CONTROL DE LA MEDIDA Nº 6- PROTECTORA –

- TRATAMIENTO Y GESTIÓN DE RESIDUOS-

OBJETIVO DEL

CONTROL:

Verificar que los proyectos urbanísticos que desarrollen el

Plan de Sectorización incorporan las medidas señaladas en

materia de tratamiento y gestión de los residuos.

MOMENTO EN EL QUE

SE LLEVA A CABO:

Antes de aprobar definitivamente el Proyecto de

Urbanización y antes de otorgar las licencias de edificación.

INDICADOR: Presencia/ausencia de las consideraciones que incorpora la

medida en los proyectos constructivos.

CONTROL DE LA MEDIDA Nº 7- PROTECTORA –

- PROTECCIÓN DEL CIELO NOCTURNO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL

ALUMBRADO PÚBLICO

OBJETIVO DEL

CONTROL:

Verificar que el proyecto de urbanización incorpora las

especificaciones señaladas en materia de alumbrado

exterior.

MOMENTO EN EL QUE

SE LLEVA A CABO:

Antes de aprobar el proyecto de Urbanización y antes de

recepcionar las obras.

INDICADOR: Presencia/ausencia de las consideraciones que incorpora la

medida en los proyectos constructivos.

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CONTROL DE LA MEDIDA Nº 8- PROTECTORA –

- APROVECHAMIENTO DE LA ENERGÍA SOLAR TÉRMICA -

OBJETIVO DEL

CONTROL:

Verificar que los proyectos de edificación incorporan las

especificaciones señaladas en materia de captación y

utilización de energía solar.

MOMENTO EN EL QUE

SE LLEVA A CABO:

Antes de otorgar la licencia de edificación.

INDICADOR: Presencia/ausencia de las consideraciones que incorpora la

medida en los proyectos constructivos.

CONTROL DE LA MEDIDA Nº 9- PROTECTORA –

- PROTECCIÓN DE LA CAÑADA REAL GALIANA -

OBJETIVO DEL

CONTROL:

Verificar que la emisión de informe favorable por el

organismo competente en materia de vías pecuarias

MOMENTO EN EL QUE

SE LLEVA A CABO:

Antes de aprobar definitivamente el Plan de Sectorización.

INDICADOR: Presencia/ausencia de informe favorable.

9.1- SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS

Básicamente se trata de constatar si los documentos y proyectos que desarrollan el

Plan de Sectorización cumplen adecuadamente las medidas propuestas. El indicador,

en la mayor parte de los casos es la presencia/ausencia de estas medidas en los

documentos y proyectos que desarrollan el Plan. La vigilancia queda entonces como

sigue.

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CONTROL DE LA MEDIDA Nº 10- CORRECTORA –

-- RETIRADA, ACOPIO, RECUPERACIÓN Y CONSERVACIÓN DE LA TIERRA

VEGETAL -

OBJETIVO DEL

CONTROL:

Vigilar que durante la fase de obras se retira, acopia y

conserva la tierra vegetal, tal y como señala la medida.

MOMENTO EN EL QUE

SE LLEVA A CABO:

Al inicio de las obras de urbanización. Control diario durante

el periodo de retirada de tierra vegetal.

INDICADOR: Espesor de tierra vegetal retirada en relación a la

profundidad que puede considerarse con características de

tierra vegetal a juicio de la Dirección Ambiental de Obra

VALOR UMBRAL: Espesor mínimo retirado 30 cm. en las zonas consideradas

aptas.

MEDIDAS

COMPLEMENTARIAS:

Aprovisionamiento externo de tierra vegetal en caso de

déficit. Definición de prioridades de utilización del material

extraído.

CONTROL DE LA MEDIDA Nº 11- CORRECTORA –

-PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO -

OBJETIVO DEL

CONTROL: Recursos arqueológicos.

MOMENTO EN EL QUE

SE LLEVA A CABO:

Durante la ejecución de las obras de movimiento de tierras.

INDICADOR: Vigilancia y control por arqueólogo autorizado. Informe

arqueológico.

.

Page 173: 3/$1 '( 6(&725,=$&,Ï1 '(/ 6813 SAN FERNANDO DE HENARES ... · Sectorización y el resto de instrumentos de planeamiento a los que sea de aplicación el artículo 6, apartado 1 de

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BIOTOPO CONSULTORESGEOLOGÍA GEOTÉCNIA Y MEDIO AMBIENTE

CONTROL DE LA MEDIDA Nº 12- PROTECTORA –

-REQUISITOS QUE HAN DE CUMPLIR LAS ACTUACIONES URBANÍSTICAS EN

RELACIÓN CON LAS INFRAESTRUCTURAS ELÉCTRICAS -

OBJETIVO DEL

CONTROL: Soterramiento de las líneas eléctricas.

MOMENTO EN EL QUE

SE LLEVA A CABO:

Desarrollo del Proyecto de Urbanización. Antes de

recepcionar las obras.

INDICADOR: Se comprobará que se han soterrado las líneas.

CONTROL DE LA MEDIDA Nº 13- PROTECTORA –

-CUMPLIMIENTO DE LA LEY 3/1991, DE 7 DE MARZO, DE CARRETERAS DE LA

COMUNIDAD DE MADRID-

OBJETIVO DEL

CONTROL: Infraestructuras de la Comunidad

MOMENTO EN EL QUE

SE LLEVA A CABO: Antes de otorgar la correspondiente licencia de edificación.

INDICADOR: Se comprobará que se cumple con Ley 3/1991, de 7 de

marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid.