boletin septiembre derechos humanos ufro

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BOLETÍN Derechos FRONTERA en la José Huenante: A una década de su desaparición Prisión Política - Prisión de Conciencia: Derechos en la lupa Temuco: Fragmentos de una realidad. A 42 años del golpe Conmemoración estudiantes y docentes víctimas de la dictadura TEMUCO, SEPTIMBRE 2015

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Boletín correspondiente al mes de septiembre. Temuco 2015.

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Page 1: Boletin Septiembre Derechos Humanos Ufro

BOLETÍN DerechosFRONTERA

en la

José Huenante: A una década de su desaparición

Prisión Política - Prisión de Conciencia: Derechos en la lupa

Temuco: Fragmentos de una realidad. A 42 años del

golpe

Conmemoración estudiantes y docentes víctimas de la dictadura

TEMUCO, SEPTIMBRE 2015

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Derechos en la FronteraEDITORIAL

Por Nicole DrouillyCentro de Estudios y Promoción de los Derechos Humanos

Universidad de La Frontera

Nuestro Centro considera inaceptable el uso de la violencia de agentes del Estado para controlar las expresiones pacíficas de expresión y reunión. Igual considera-ción merece el uso de la violencia como método de protesta. Ambos atentan con-tra múltiples derechos de los demás y crean un clima de inseguridad y despro-tección para el conjunto de la sociedad.

Amnistía Internacional definió la cali-dad de “presos de conciencia”, a aque-llos individuos que por el solo hecho de reclamar, dar su opinión y/o manifes-tarse, sin que mediara una trasgresión a la ley (si es en línea con los instru-mentos internacionales de DD.HH.) o el uso de violencia, son encarcelados.

Hay otros casos donde son los individuos los que en el proceso de protesta y mani-festación pública usan la violencia en cual-quiera de sus formas y al hacerlo infringen

El Centro de DD.HH. en términos generales, se inclina por soluciones no violentas a conflictos de cualquier tipo. Sin embargo, la Declaración Universal de DD.HH. establece en su preámbulo: “ Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión”. Ante esto, creemos necesario clarificar algunos conceptos y ex-plicar nuestra posición frente a situaciones recurrentes.

Los seres humanos por el solo hecho de ser hu-manos, poseen derechos, independientemente de quien sean, de lo que hagan y en qué posición se en-cuentren. Es un principio que guía nuestro accionar.

la ley, atentan contra la integridad física, la propiedad privada o las libertades de los demás. Pero debe existir evidencia judicial contra ellos. Durante este proceso los de-rechos procesales de los imputados deben ser no solo respetados, sino que garantiza-dos. Y estos derechos deben seguir siendo garantizados si es que estas personas son condenadas, encarceladas, etc. No hay un momento en que puedan ser suspendidos.

Los derechos humanos son para todos; para los inocentes y los culpables. Son estándares básicos que en un sentido describen la sociedad en que queremos vivir, pero la cual aún no se encuentra ni establecida, ni legitimada. Es nuestra tarea como Centro DD.HH. difundir, inculcar, y explicar la necesidad de conocer y hacer respetar estos derechos, no solo para no-sotros mismos, sino que para los demás.

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El día 10 de septiembre a partir de las 17:00 hrs. en el memorial de la Universi-dad de La Frontera ubicado al costado del edificio de Humanidades, se lleva-rá a cabo una nueva ceremonia de conmemoración por los estudiantes y do-centes de nuestra casa de estudios que fueron víctimas de la dictadura militar.

La actividad, organizada en conjunto con la FEUFRO, pretende recordar una vez más que el respeto por los derechos humanos debe ser un valor ineludible para la sociedad y que la justi-cia es un derecho de todos. Cabe señalar que el año re-cién pasado se dio por inau-gurado el nuevo memorial que contiene los nombres de 10 profesores y estu-diantes que no estaban in-cluidos en la antigua piedra.

Compartimos el nombre de las víctimas contenidas en el memorial:

DocentesPedro Ríos Castillo, Ale-jandro Flores, Rubén Mo-rales Jara, Jecar Neghme

Estudiantes

Jorge Calderon Otaiza (Contador), Muriel Docken-dorff Navarrete (Servicio Social), Jacqueline Drouilly Yurich (Servicio Social), Ma-merto Espinoza Henríquez (Dibujo técnico), Javier Pa-

rada Valenzuela (Tecnolo-gía Agrícola), José Salazar Aguilera (Servicio Social), Marcelo Salinas Eytel (La-boratorista electrónico), Daniel Sepúlveda Contre-ras (Técnico Laboratorista), Luis Almonacid Dumenes, Patricio Calfuquir Henrí-quez, José Alejandro Cam-pos, Juan Chávez Rivas, Nélson Curiñir Lincoqueo, Carmen Díaz Carricarrere, Santiago Bustos Faúndes, Luis Maldonado Ávila, Pe-dro Mardones Jofre, Ama-dor Montero Mosquera, Dixon Retamal Cornejo.

En la Universidad de la Frontera conmemorarán a estudiantes y docentes víctimas de la dictadura

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Temuco, fragmentos de una realidad A 42 AÑOS DEL GOLPE MILITAR

El Director del Museo Regional Araucanía, Miguel Chapanoff Cerda y la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos de la Araucanía, extendieron la in-vitación a visitar la exhibición denominada “Temuco, fragmentos de la realidad: a 42 años del Golpe Militar”, en ella se muestra el proceso de búsqueda de verdad, justicia y reparación, realizado por los familiares de víctimas de violaciones a los derechos humanos en la región de la Araucanía.

GALERÍA FOTOGRÁFICA

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Temuco, fragmentos de una realidad A 42 AÑOS DEL GOLPE MILITAR

Una exposición que fue creada en 2013 con el fin de conmemorar los cuarenta años del golpe militar. Hoy, dos años después. la muestra se ha trasladado al

Museo Regional en donde permanecerá durante el mes de septiembre con una entrada completamente gratuita.

Fotografías de Ignacio Norambuena

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NOTICIAS

En Temuco se realizaron diversas actividades en conmemoración de la desaparición de José Huenante

Con tal solo 16 años de edad, José Huenante fue detenido por Carabineros de Chile un 3 de

septiembre del año 2005 en la población Vicuña Mackenna de la ciudad de Puerto Montt. Desde ese momento nunca más se supo

qué pasó con su paradero.

Hoy, a 10 años de su desaparición diversas organizaciones sociales de Temuco y Puerto Montt reiteraron la necesidad de que se haga justi-cia por el joven, ya que el caso fue sobreseído por la justicia militar y la Fiscalía de Puerto Montt man-tiene vigente una denuncia por presunta desgracia, sin embargo,

hasta ahora no existen respuestas

concretas.

Además, el día 29 de agosto los ca-rabineros involucrados en el caso fueron reintegrados a la institución.

En Temuco, las actividades comenzaron el día 25 de agosto, con un foro informativo denomina-do “Violencia Estatal y Desaparición forzada” que se llevó a cabo en las dependencias del Teodoro Wickel donde estuvieron como exposito-res Sergio Millaman, abogado de la familia Huenante, Alfredo Seguel, de Mapuexpress y Carlos Oliva, del Comité Ético contra la tortura.

Las actividades continuaron el día 3 de septiembre con una marcha por el centro de Temuco, conti-nuaron con un acto artístico cultural en el Campus San Francisco de la Universidad Católica de Temu-co y finalizaron con una velatón por la Verdad y la Defensa de la Vida en la Plaza Dagoberto Godoy.

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NOTICIAS

Programa Conmemoración

11 de Septiembre Temuco 2015

CONVOCATORIALas organizaciones e instituciones vincula-das a los derechos Humanos de la Región de La Araucanía, invitan a la ciudadanía a participar en distintas actividades artístico culturales a realizarse la tercera semana de septiembre, las que están orientadas a sen-sibilizar y proyectar los Derechos Humanos como un valor permanente de la sociedad.

Dirigido a toda la ciudadanía, en particular a jóvenes, para generar en conjunto una cultura ciudadana vinculada a los DDHH.

Page 8: Boletin Septiembre Derechos Humanos Ufro

NOTICIASObservatorio de Equidad en Salud según Género y Pueblo Mapuche celebró 10 años de historia

Con 10 años de presencia en la región de La Araucanía, el Observatorio de Equidad según Género y Pueblo Mapuche conmemoró su décimo aniversario con diversas actividades de debate y reflexión, que tuvieron como eje principal los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, y la discusión sobre el aborto que actualmente se está discutiendo en el país.

Las actividades comenzaron el día jueves 20 de agosto con un seminario denominado “Equidad en Salud según Género y Pueblo Mapuche: Miradas desde el Ob-servatorio” que contó con la pre-sencia dos destacadas exponen-tes; la Dra. María Isabel Matamala, quien expuso sobre la incorpora-ción de la perspectiva de género

en las reformas de salud en América Latina, y la Dra. Paloma Cuchí, direc-tora del OPS en Chile, quien desarro-lló una ponencia sobre la incorpora-ción del Género y Pueblos Indígenas en la actual política de salud en Chi-le. Durante esa misma tarde, tam-bién se realizó un taller sobre la per-sistencia de las desigualdades a 20 años de la cuarta Conferencia Mun-dial sobre la Mujer llevada a cabo en Beijing, dictada por la Dra. en Cien-cias Políticas, Magdalena Valdivieso.En tanto, el tema central del día vier-nes fue la discusión sobre el abor-to, donde especialistas del área médica y social expusieron desde distintas miradas y perspectivas. Fi-nalmente, la actividad culminó con el lanzamiento del libro de poesía “Menester”, de Ángela Neira Muñoz, escritora e investigadora feminis-ta, quien estuvo acompañada en el panel por Sandra López, periodista y académica UFRO y Verónica Ze-gers, Trabajadora Social y miem-bra del Observatorio de Equidad.

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NOTICIAS

Menos de dos meses quedan para el Festival

Internacional de Cine y Video de los

Pueblos Indígenas

La duodécima edición del FICWALLMAPU se realizará entre el 17 y el 21 de noviem-bre del 2015, en Wallmapu, territorio ma-puche, teniendo como sede principal a Temuco, además de una serie actividades com-plementarias camino al Ficwallmapu 2015.

Cada día va se acerca más el Festival de Cine y Video indígena más importante de América Latina y el Caribe, organizado por la Coordinadora Latinoamericana de Cine y Comunicación de los Pueblos Indí-genas (CLACPI), se remonta a 1985, cuan-do por primera vez se celebra en México. Una celebración pluricultural organi-zada por distintas instituciones, cen-tros culturales, y colectivos indígenas y no indígenas comprometidos con la defensa del derecho de los pue-blos originarios a la comunicación.

Cabe destacar que este festival internacio-nal se celebra desde hace 30 años. Ha te-nido como sede varias ciudades de Améri-ca Latina (México, Brasil, Venezuela, Perú, Bolivia, Guatemala, Ecuador), lo que per-mitirá que Wallmapu -y en particular Te-muco- figure a nivel mundial como ciudad anfitriona del mejor cine indígena interna-cional, el cual impulsará la riqueza cultural de nuestra región, el diálogo intercultural y los derechos de los pueblos indígenas.El objetivo principal de esta jornada es coadyuvar a la construcción de la ima-gen de los pueblos originarios con una mirada propia de los mismos, impulsan-do así el respeto por nuestras culturas, cosmovisiones y aportes a la humanidad.La invitación ya está hecha, el evento de carácter nacional, internacional y pluricul-tural cada vez se acerca más y con activi-dades complementarias de realce cultural.

Para mayor información se les invita a vi-sitar la página web del festival en www.fi-cwallmapu.cl También puedes seguirles en Facebook como Ficwallmapu2015 y en twitter como @ficwallmapu

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DERECHOS EN LA LUPA

Aclarando conceptos: Prisión Política – Prisión de Conciencia

En el contexto de los últimos acontecimientos en materia internacional, así como tam-bién en el contexto de la historia de nuestro país, existen algunos conceptos que escucha-mos de manera constante, pero que no conocemos con certeza su significado e implicancias. Esto ocurre particularmente, con los conceptos de prisión política y prisión de conciencia.

El concepto de prisión política implica la privación de libertad de una persona que se realiza existiendo una motivación po-lítica detrás de dicha privación. Así, el in-forme elaborado por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, también denominada “Comisión Valech” por ser pre-sidida por monseñor Sergio Valech, seña-la que existe motivación política cuando la privación de libertad se realiza estando presente esta motivación “en los agentes del Estado que las ordenaron o realizaron”.

Continúa describiendo “por ejemplo, cuando el hecho era motivado por presuntos objetivos de interés público o social, como supuestas razones de Estado, o por razones cuyo fundamento era contra-rio a las normas y principios del derecho internacional de los derechos humanos, razones tales como: motivos políticos o ideológicos, motivos de seguridad nacional y lucha contra la subversión; o cuan-do se originaba en la omisión del Estado y sus agentes de cumplir deberes fundamentales en orden a la observancia de sus compromisos de respeto y protección de los derechos prioritarios de las personas”.

Se indica que, esta motivación no siempre se manifiesta de manera clara, por lo que, entrega ciertos factores que permiten distinguirla:

c) Juzgamiento de hechos mediante la apli-cación de normas jurídicas “en forma arbi-traria o con claros fines de represión polí-tica, como la ampliación de las penas o las restricciones en el derecho a defensa y a las garantías del debido proceso, impuestas por el tiempo de guerra, o la imposición del fue-ro militar para juzgar delitos que carecen de tal carácter” (…) también, se incluye el “juz-gamiento en virtud de normas especiales”.

a) Casos en que la conducta sancionada es enteramente de naturaleza política, siendo ésta el fundamento único del acto represivo. De esta manera, deja de haber delito cuan-do se omite la motivación política de la con-ducta. Ejemplos de estos casos son aquellas “acciones penadas como consecuencia de la prescripción del quehacer político o la perte-nencia a partidos declarados asociaciones ilícitas por la mera doctrina a que adhieren”.

b) Aplicación de “medidas privativas de libertad sin juicio y sin fundamento, como las detencio-nes administrativas o la aplicación de medidas restrictivas o privativas de libertad una vez cum-plidas las condenas, en virtud de las atribucio-nes de los estados de excepción constitucional”.

d) El último factor consiste en el “juzgamiento de delitos que constituyen hechos delic-tivos sancionados por cualquier legislación ordinaria de un país, que fueron cometidos con la intención de derrocar al régimen o impulsar cambios políticos”. Cabe señalar que una característica de este factor es la utilización de la violencia para lograr el resultado.

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Aclarando conceptos: Prisión Política – Prisión de Conciencia

Se indica que, esta motivación no siempre se manifiesta de manera clara, por lo que, entrega ciertos factores que permiten distinguirla:

c) Juzgamiento de hechos mediante la apli-cación de normas jurídicas “en forma arbi-traria o con claros fines de represión polí-tica, como la ampliación de las penas o las restricciones en el derecho a defensa y a las garantías del debido proceso, impuestas por el tiempo de guerra, o la imposición del fue-ro militar para juzgar delitos que carecen de tal carácter” (…) también, se incluye el “juz-gamiento en virtud de normas especiales”.

d) El último factor consiste en el “juzgamiento de delitos que constituyen hechos delic-tivos sancionados por cualquier legislación ordinaria de un país, que fueron cometidos con la intención de derrocar al régimen o impulsar cambios políticos”. Cabe señalar que una característica de este factor es la utilización de la violencia para lograr el resultado.

Por su parte, la noción de Prisión de Conciencia, es acuñada por el abogado bri-tánico Peter Benenson, quien en el año 1961 publica en la prensa inglesa un ar-tículo denominado “Los presos olvidados”, en el cual invita a los lectores a par-ticipar en una campaña en pro de la amnistía de personas encarceladas por sus opiniones, denominándolos con dicha terminología. De este artículo, nace Amnis-tía Internacional, siendo lo más adecuado recurrir a ellos para aclarar estos conceptos.

De esta manera, Amnistía Internacional de-fine la prisión de conciencia como aquella que sufren “aquellas personas que, sin ha-ber utilizado la violencia ni haber propug-nado su uso, son encarceladas o sometidas a otras restricciones de su libertad a causa de sus creencias, su origen étnico, sexo, co-lor o idioma”. Así, de acuerdo a lo que ex-plica esta organización, en sus carpetas di-dácticas, una persona puede convertirse en preso de conciencia por toda clase de moti-vos, por ejemplo, por participar en activida-des políticas no violentas como tomar parte en las labores de desarrollo de una comuni-dad; por pertenecer a un grupo minoritario que lucha por su autonomía; por insistir en observar prácticas religiosas que no aprue-

ba el Estado; por llevar a cabo actividades sindicales como participar en huelgas o ma-nifestaciones; siendo detenidos con el pre-texto que han cometido un delito aunque en realidad sólo han criticado a las autorida-des; sufriendo detenciones por haber escrito artículos alarmando sobre violaciones que se estaban cometiendo en sus países; sien-do detenidos por negarse a hacer el servicio militar por motivos de conciencia o por re-sistirse a utilizar la lengua oficial de un país; sufriendo prisión porque un familiar suyo es un opositor destacado del gobierno o por el hecho de vivir en un pueblo determinado.

Por Soledad MoralesABOGADA

Fotografía referencial

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Presos políticos en Chile: El caso de Emilio Berkhoff

REPORTAJE

Emilio Berkhoff Jerez, ex estudiante de Antropología de la Universidad Católica de Temuco, actualmente condenado a cinco años y un día de presidio efectivo por porte ilegal de armas y municiones, fue desde el año 2013 sindicado por represen-tantes del Gobierno como uno de los líderes activos de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM). Luego de la condena dictada por el tribunal de Cañete, decidió de-clararse en rebeldía a través de un comunicado público que señalaba “es mi deber como revolucionario declararme en rebeldía frente a la opresión de los poderosos”.

Previo a las acusaciones del Gobierno de Sebastián Piñe-ra sindicándolo como miem-bro de la CAM, la vida de Emilio se situaba a orillas del Río Lleu-Lleu, en una comu-nidad mapuche donde vivía con su pareja e hijos. Luego de congelar sus estudios de enseñanza superior, decide insertarse en los albores de la naturaleza, para compar-tir con personas del pueblo mapuche, a quienes siempre ha admirado, y en reitera-das ocasiones ha declara-

do simpatizar con su causa.

Es por ello que el año 2013, Emilio es señalado por el Ministro del Interior Andrés Chadwick, como miembro activo de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), quien declaraba a los medios na-cionales lo siguiente “No es cualquier persona (Emilio), se trata de uno de los operadores más importantes en las orga-nizaciones violentistas y terro-ristas de La Araucanía y Malle-co” (La Tercera, febrero 2013).

Durante este año se efec-túa su primera detención, junto a otros seis sospe-chosos quienes serían in-vestigados por atentados incendiarios y acciones violentistas efectuadas en la región de La Araucanía. En total, se le acusaba de dos delitos por robo con in-timidación, seis delitos de incendios y porte ilegal de armas de fuego, por lo que arriesgaba una pena de 30 años de presidio efectivo.

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Desde aquel entonces, co-mienzan una serie de hechos que permitirían señalar que este caso se convierte en un caso netamente político, afir-mación respaldada por di-versos expertos en derechos humanos del país, como Ro-drigo Román y José Venturelli.Para el desarrollo y accionar de las audiencias que se rea-lizaron en contra de Emilio, el Ministerio Público decidió uti-lizar un total de 14 testigos con identidad reservada, quienes declaraban sindicarlo en el lu-gar de los hechos, mencionan-do argumentaciones infunda-das y discriminatorias, como la declarada por uno de ellos que señalaba: “encapuchado con características de líder, que era instruido, alto y de ojos claros”.

La defensa de Berkhoff solicitó desde el principio conocer la identidad de los testigos, argu-mentando que su desconoci-miento atentaba contra el de-bido proceso. Por otro lado, su madre Elisa Jerez, por medio de un comunicado público emi-tido el año 2014 hacía un lla-mado a las organizaciones so-ciales, de derechos humanos, entidades no gubernamenta-les, e instancias simpatizantes con las demandas del pueblo mapuche a pronunciarse so-bre la acción de la Fiscalía a re-currir a los testigos sin rostro.

En reiteradas instancias y por medio de ribetes legales se de-negaba conocer la identidad de estos testigos con rostro prote-gido, los cuales aseguraban y

argumentaban que Berkhoff tenía vínculo con la CAM. Finalmen-te, luego de más de un año de investigación, es la jueza subro-gante del Tribunal de Cañete May-Lin Wong Parra, quien decide levantar la identidad de los 14 testigos protegidos, ya que no exis-tía evidencia de que las personas que tenían reservada la identi-dad hubiesen tenido algún problema o estuvieran amenazadas.

Ante esto, el Ministerio Público decide presentar el caso a la Corte de Apelaciones de Concepción, donde el fiscal a car-go, Álvaro Hermosilla, señala que el impedimento de utili-zación de un medio de prueba que contempla la ley, como el uso de testigos, impedía la consecución final del pro-cedimiento que estaba basado en los testimonios. Final-mente, la Corte decide rechazar la solicitud de la Fiscalía. Cabe señalar que la defensa logra que el Tribunal de a cono-cer la identidad de los 14 testigos, sin embargo, la Fiscalía des-estima la decisión y decide no llevarlos a juicio, argumentan-do que debía salvaguardarlos. Sin embargo, el fiscal decide introducir “testigos de escucha”, quienes como su nombre lo menciona, escucharon las declaraciones de los testigos pro-tegidos, en este caso Carabineros y Policía de Investigaciones.

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El juicio

El día 3 de marzo de 2015 a las 9 de la mañana en el tri-bunal de Cañete se llevó a cabo el primer día de juicio contra Berkhoff, quien estu-vo acompañado por sus fa-miliares y amigos. Luego de algunas argumentaciones entre la defensa y la fisca-lía, el juez del tribunal Cris-tian Medina comenzó a leer el expediente señalando a Emilio como: “simpatizante de la coordinadora Arauco Malleco, quien en compa-ñía de otras personas cuya identificación se desconoce, mediante el uso de la vio-lencia como método de rei-vindicación de tierra realizó acciones delictivas en varias provincias de Arauco”, cul-pándolo en 10 delitos en total.En el juicio que duró alrede-dor de dos semanas, estu-vieron presentes los jueces Cristian Medina y Julio Ra-mírez, el fiscal Álvaro Her-mosilla y Juan Yañez, los abogados defensores Jai-me Pacheco y Juan Ignacio Lafontaine, y los abogados querellantes Hernán Val-debenito y Luis Montero.

Luego de conocida la sen-tencia, que lo absolvía de ocho de los diez delitos se-ñalados en un principio, Berkhoff declaró a la opinión

pública “Yo siempre he soste-nido que esto ha sido un mon-taje, y no porque los hechos no existieron, sino que porque yo no estuve presente, y eso ha quedado claro y estable-cido por el tribunal…Hoy día la represión se fijó en mí, en tanto soy un simpatizante de las demandas de las comuni-dades, que por cierto, hoy en día están militarizadas, inva-didas por la Policia, el Gope y la PDI…Estoy contento de que se haya caído este mon-taje y haya quedado en evi-dencia las maniobras del Mi-nisterio Público”, puntualizó.

Page 15: Boletin Septiembre Derechos Humanos Ufro

En tanto, el abogado de-fensor Álvaro Hermosilla afirmó una vez más que las pruebas de la Fiscalía era débiles: “Durante las audiencias de juicio de-claramos que las pruebas del Ministerio Público eran completamente insuficien-tes, pruebas de mala cali-dad, y que en caso alguno podrían llevar a formar convicción de la culpabi-lidad del señor Berkhoff como hoy ha quedado establecido, fue declara-do inocente de la mayo-ría de los delitos”, señaló.A pesar de que el abogado defensor había establecido en sus declaraciones que a Emilio le correspondía una pena de multa, la Fis-calía solicitó el máximo de

pena, cinco años de presidio efectivo, los cuales fueron acogidos por el Tribunal condenándolo a cumplir una pena efectiva por el porte ilegal de armas y municiones. La sentencia fue considerada excesiva por parte de la defensa, quien presentó un recurso de nulidad en la Corte de Apelaciones de Concepción, el cual fue rechazado, posteriormente presentó un recur-so de queja ante la Corte Suprema, sin embargo, este también se declaró inadmisible, confirmando así la condena de cinco años y un día de pena efectiva.

Berkhoff prófugo

A través de un comunicado que fue publicado por su madre Elisa Jerez, Emilio Berkhoff informó públicamen-te que se encuentra prófugo de la justicia, luego de ago-tar las últimas instancias legales que tenía a su favor. En el comunicado señala “Es mi deber como revolucionario declararme en rebeldía frente a la opresión de los po-derosos, de las transnacionales forestales y del estado servil a los intereses capitalistas. Así, desde donde esté, continuaré aportando al proceso de Liberación Nacio-nal Mapuche”.Emilio Berkhoff debió enfrentar un proceso judicial mar-cado por faltas al debido proceso, largas prisiones pre-ventivas, uso injustificado de testigos protegidos, acu-saciones del Gobierno sin tener pruebas concretas en su contra, pasando a llevar un principio básico en nuestro sistema judicial, la presunción de inocencia. A Berkhoff se le acusa principalmente por sospechas de ser miem-bro de la Coordinado Arauco Malleco y por defender un tipo de causa que utiliza la violencia como méto-do de lucha, convirtiéndolo así en un preso político.

Fotografías referenciales

Por Nicole Ibañez y Enoc Figueroa

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EQUIPO DERECHOS EN LA FRONTERAEditora: Nicole Ibáñez

Periodista: Enoc Figueroa NeiraGalería Fotográfica: Ignacio Norambuena

Derechos en la Lupa: Soledad MoralesFotografías extra: Referenciales

Agradecimiento: Fotografías Observatorio Regional de Equidad en Salud, según Género y Pueblo Mapuche.